LA GACETA Nº 88 DEL 8 DE MAYO DEL 2012

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MNISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

MINISTERIO DE SALUD

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

PODER LEGISLATIVO

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

SALUD

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

AVISOS

REMATES

AVISOS

VARIACIONES DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGLAMENTOS

BANCO DE COSTA RICA

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

MUNICIPALIDADES

AVISOS

REMATES

HACIENDA

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

AVISOS

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MNISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

N° 008-2012-MGP

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

En uso de las facultades que le confiriere el artículo 28 inciso 2) aparte a) y 89 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, los artículos 22, 23, 25, 41 y 42 del Decreto Ejecutivo 30720-H, “Reglamento para el Registro Control de Bienes de la Administración Central”, publicado en La Gaceta Nº 188 del 01 de octubre del 2002.

Considerando:

I.—Que de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, es indispensable que las instituciones que conforman la Administración Central, realicen procesos eficientes y eficaces en materia de control y fiscalización de activos incluidos dentro de su patrimonio.

II.—Que conforme lo establece el numeral 10 de la Ley General de Control Interno, Ley Nº 8292 del 31 de julio del 2002, el Jerarca y los Titulares Subordinados, son responsables de establecer, mantener, perfeccionar, y evaluar el Sistema de Control Interno Institucional. Para lo cual, el artículo 15 del mismo cuerpo normativo, establece, entre otros, como deber de dichos funcionarios, el documentar, actualizar y divulgar internamente tanto las políticas como los procedimientos que definan claramente, entre otros, la protección y conservación de todos los activos institucionales.

III.—Que el artículo 41 del Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central, establece, que cada Ministerio o Institución adscrita, contará con una Comisión de Donación, de nombramiento del máximo Jerarca de la Institución; conformada, por lo menos, por el Director Administrativo, el Proveedor Institucional y el Encargado de Bienes de la Institución; la que se encargará de recomendar las donaciones. Por lo tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Conformar la Comisión de Donaciones del Ministerio de Gobernación y Policía, que estará integrada por los funcionarios que ostenten los siguientes cargos:

a)  El Viceministro de Gobernación y Policía o su representante, quien presidirá la comisión.

b)  El Oficial Mayor o su representante.

c)  El Director Financiero o su representante.

e)  El Director Jurídico o su representante.

d)  El Proveedor Institucional o su representante

e)  El encargado de la Unidad de Activos o su representante.

Artículo 2º—Convocatoria: La Comisión será convocada por el Viceministro de Gobernación y Policía o su representante, cuando lo considere necesario. Las sesiones se realizarán durante la jornada laboral ordinaria y sus miembros no devengarán dietas.

En todos los aspectos relacionados con la estructura de la Comisión, sesiones de dicho órgano y quórum para que pueda sesionar, se aplicará el Capítulo Tercero “De los Órganos Colegiados”, de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

Artículo 3º—Delegar formalmente la firma de las actas finales de traslado, donaciones y bajas de bienes del Ministerio en el Viceministro de Gobernación y Policía o su representante, que presidirá la comisión.

Artículo 4º—Rige a partir del 14 de marzo del 2012.

Dado en la ciudad de San José, a las once horas del día catorce de marzo del dos mil doce.

Publíquese.—Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 14564.—Solicitud Nº 46383.—C-28200.—(IN2012031039).

Nº DGME 053-2012

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13 inciso 24 de la Ley General de Migración y Extranjería número 8764, el criterio de la Procuraduría General de la República número C229-2009 del 25 de agosto de 2009, los artículos 1, 2, 7, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, actualizado por la Contraloría General de la República mediante resolución R-DC-111-2011, de las ocho horas y siete minutos, del 07 de julio de 2011, así como lo dispuesto en Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República y sus reformas.

Considerando:

I.—La Dirección General de Migración y Extranjería, recibió formal invitación por parte del Programa Regional de Seguridad Fronteriza en América Central (SEFRO), para participar en el “Seminario Regional OACI sobre DVLM (Programa de Documentos de Viaje de Lectura Mecánica)”, que tendrá lugar, en Río de Janeiro, Brasil, del 17 al 19 de abril del presente año.

II.—Que para efectos de participación en la citada reunión a que hace referencia el Considerando Primero anterior, se ha designado a la señora Kathya Rodríguez Araica, cédula 1-0706-0127, en calidad de Directora General de Migración y Extranjería; Órgano del Ministerio de Gobernación y Policía de conformidad con el artículo 12 de la Ley General de Migración y Extranjería número 8764, Dicha cita tendrá lugar en Río de Janeiro, Brasil, del 17 al 19 de abril del presente año. Sin embargo, por motivos propios de la organización del evento, la señora Kathya Rodríguez Araica, se trasladará desde el 15, regresando 21, ambos de abril del presente año. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Kathya Rodríguez Araica cédula número: 1-0706-0127, en calidad de Directora General de Migración y Extranjería, para que participe en la reunión citada en el Considerando Primero del presente Acuerdo, que se realizará en Río de Janeiro, Brasil, del 17 al 19 de abril del presente año.

Artículo 2º—Que la tarifa máxima establecida para viajar a Brasil, corresponde a trescientos veinte dólares diarios ($320.00 USD). Dicha tarifa se desglosa de la siguiente manera: 1) Gastos de hospedaje, hasta un 60% diario, correspondiendo a la suma de ciento noventa y dos dólares diarios ($192.00 USD). 2) Gastos de alimentación según se detalla: se destinará hasta un 8% diario por concepto de desayuno, correspondiendo a la suma de veinticinco dólares con sesenta centavos diarios ($25.60 USD); hasta un 12% diario por concepto de almuerzo, correspondiendo a treinta y ocho dólares con cuarenta centavos diarios ($38.40 USD) y, hasta un 12% diario para cena, correspondiendo a treinta y ocho dólares con cuarenta centavos diarios ($38.40 USD). 3) Gastos menores de viaje, hasta un 8% diario que correspondiendo a la suma de veinticinco dólares con sesenta centavos diarios ($25.60 USD).

Artículo 3º—Que de conformidad con la tarifa antes descrita, se reconocerá el gasto en que incurra la señora Kathya Rodríguez Araica, por concepto de hospedaje, alimentación. Además se reconocerán, si los hubiere, los Gastos Menores, gastos de transporte, traslados aeropuerto-hotel-aeropuerto y los impuestos de entrada o salida que deban ser cancelados en los países que tengan relación directa con el traslado al evento. Los gastos reconocidos serán cubiertos con el presupuesto ordinario de la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería. Los demás gastos, incluidos los tiquetes aéreos, serán cubiertos por los organizadores del evento.

Artículo 4º—Que durante los días en que participe la señora Kathya Rodríguez Araica, en la Reunión a la que se refiere este acuerdo, devengará el 100 % de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige del 14 al 21 de abril del año 2012.

Dado en la Dirección General de Migración y Extranjería, el 26 de marzo de 2012.

Celso Gamboa Sánchez, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública a. í.—1 vez.—O. C. Nº 15215.—Solicitud Nº 41423.—C-36120.—(IN2012028745).

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

E Nº 0013-2012-SE-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con los artículos 140, inciso 12), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 55 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica.

Considerando:

I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 0224-2011-SE-RE del 20 de diciembre del 2011, se procedió a llamar en consulta al señor Álvaro Cedeño Molinari, cédula Nº 1-0896-0007, quien desempeña el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en Japón, para que viajara a Costa Rica del 12 al 30 de enero del 2012.

II.—Que es necesario extender el periodo de la llamada en consulta del señor Embajador Cedeño Molinari hasta el 2 de febrero del 2012, debido a la necesidad de que participe en una reunión coordinada por el Ministro de Comunicación, señor Roberto Gallardo, sobre el papel de las redes sociales dentro del Gobierno de la República. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Extender el plazo de la llamada en consulta del señor Álvaro Cedeño Molinari, cédula Nº 1-0896-0007, quien desempeña el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en Japón, hasta el 2 de febrero del 2012.

Artículo 2º—Rige a partir del 31 de enero al 2 de febrero del 2012.

Dado en la Presidencia de la República, a los treinta días del mes de enero del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, J. Enrique Castillo Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 14767.—Solicitud Nº 08350.—C-14100.—(IN2012031682).

Nº 0015-2012-SE-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con los artículos 140, inciso 12), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 55 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y el artículo 28, párrafos 1) y 2), inciso a) de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 008-2012-SE-RE del 24 de enero del 2012, se procedió a llamar en consulta al señor Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, cédula Nº 1-455-128, quien desempeña el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en la República Popular China, para que permaneciera en Costa Rica finalizadas sus vacaciones del 1º al 29 de febrero del 2012, con el fin de atender asuntos propios de su cargo.

II.—Que en virtud de que la llamada en consulta generó la necesidad de modificar la fecha de regreso a China por parte del señor Embajador Ruiz y por consiguiente, el pago de una penalidad y del diferencial tarifario, es necesario autorizar que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto asuma el pago de dichos montos. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Autorizar el pago de los costos generados por concepto de diferencial tarifario y penalidad ocasionados en virtud de la llamada en consulta realizada al señor Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, cédula Nº 1-455-128, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en la República Popular China, del 1º al 29 de febrero del 2012.

Artículo 2º—Rige a partir del 31 enero del 2012.

Dado en la Presidencia de la República, a los treinta y un días del mes de enero del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, J. Enrique Castillo Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 14767.—Solicitud Nº 08350.—C-14100.—(IN2012031683).

Nº 0016-2012-SE-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con los artículos 140, inciso 12), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 55 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y el artículo 28, párrafos 1) y 2), inciso a), de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 0010-2012-SE-RE del 25 de enero del 2012, se procedió a llamar en consulta al señor Hubert Gerardo Méndez Acosta, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario  de  Costa  Rica  en  Cuba, cédula de identidad Nº 9-015-951, para que viaje a Costa Rica del 5 del 12 febrero del 2012.

II.—Que resulta necesario indicar que el costo de los pasajes aéreos será cubierto por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081-Servicio Exterior, Subpartida 1.05.03 Transporte en el exterior. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Autorizar que el costo de los pasajes aéreos generados en virtud de la llamada en consulta realizada al señor Hubert Gerardo Méndez Acosta, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario  de  Costa  Rica  en  Cuba, cédula de identidad Nº 9-015-951, del 5 del 12 febrero del 2012, sea asumido por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081-Servicio Exterior, Subpartida 1.05.03 Transporte en el exterior.

Artículo 2º—Reiterar que en virtud de que el costo de los pasajes aéreos será asumido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular Nº DGAVCA-NP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, el funcionario deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 3º—Rige a partir del 1º febrero del 2012.

Dado en la Presidencia de la República, el primero de febrero del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, J. Enrique Castillo Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 14767.—Solicitud Nº 08350.—C-16450.—(IN2012031679).

Nº 0019-2012-SE-RE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con los artículos 140, inciso 12), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que la Reunión de Avanzadas Presidenciales para la VI Cumbre de las Américas se realizará del 8 al 11 de febrero del 2012, en Cartagena de Indias, Colombia, con el fin de coordinar todos los aspectos relacionados con la participación de las 34 delegaciones de los países miembros de la Organización de Estados Americanos y para conocer y discutir las necesidades operativas de la VI Cumbre de las Américas, que se celebrará del 9 al 15 de abril del 2012.

II.—Que el señor Antonio Eduardo Alarcón Zamora, cédula de identidad Nº 1-0643-0555, Encargado de Negocios a. í. de la Embajada de Costa Rica en la República de Colombia, ha sido comisionado para participar en representación del Gobierno de Costa Rica en la reunión preparatoria indicada en el considerando anterior. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Antonio Eduardo Alarcón Zamora, cédula de identidad Nº 1-0643-0555, Encargado de Negocios a. í. de la Embajada de Costa Rica en la República de Colombia, para que viaje a Cartagena de Indias, Colombia, del 8 al 11 de febrero del 2012.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos por gastos de cancillería. De conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, se autoriza la suma de $219 diarios para un total de $876. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—En virtud de que el costo de los tiquetes de viaje será asumido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular Nº DGAVCA-NP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, el funcionario deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 4º—Rige a partir del 8 al 11 de febrero del 2012.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los seis días del mes de febrero del dos mil doce.

J. Enrique Castillo Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 14767.—Solicitud Nº 08350.—C-16450.—(IN2012031680).

Nº 0023-12-SE-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con los artículos 140, inciso 12) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y el artículo 41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Considerando:

I.—Que mediante el Concurso para la rotación del Servicio interno al Servicio Exterior de la República, Nº CCSE-0029-12 del 23 de enero del 2012, se sacó a concurso interno la plaza de Ministro Consejero, Cónsul General y Encargado de Negocios a. í. en la Embajada de Costa Rica en Bolivia.

II.—Que de conformidad con el criterio de la Dirección General de Servicio Civil, los funcionarios amparados al Régimen de Servicio Exterior de la República, quedan excluidos de la aplicación de la Directriz Nº 013-H del Ministerio de Hacienda, del 16 de febrero del 2011, publicada el 4 de marzo del 2011, referente a las medidas que debe adoptar el Sector Público para hacerle frente a la reducción de gasto público y a la austeridad en la Hacienda Pública.

III.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto acogió la recomendación de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, referente a la asignación del cargo de Ministra Consejera, Cónsul General y Encargada de Negocios a. í. de la Embajada de Costa Rica en Bolivia, a la señorita Tatiana Vargas Masís, cédula Nº 1-1112-0160, funcionaria de carrera diplomática. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la Tercera Secretaria de carrera diplomática, señorita Tatiana Vargas Masís, cédula Nº 1-1112-0160, en el cargo de Ministra Consejera, Cónsul General y Encargada de Negocios a. í. en la Embajada de Costa Rica en Bolivia, a partir del 6 de febrero del 2012.

Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 3º—Rige a partir del 6 de febrero del 2012.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de febrero del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, J. Enrique Castillo Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 14767.—Solicitud Nº 08350.—C-16450.—(IN2012031678).

Nº 0025-2012-SE-RE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con los artículos 140, inciso 12), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que es necesario contar con representación costarricense en el Acto Conmemorativo del 45° Aniversario del establecimiento de la zona libre de Armas Nucleares (ZLAN) de América Latina y el Caribe, así como en la apertura del Seminario Internacional: “La Experiencia de la ZLAN de América Latina y el Caribe y la Perspectiva hacia el 2015 plus”, organizado por el Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (OPANAL), el 14 y 15 de febrero del 2012, en Ciudad de México, al cual la señora Ana Teresa Dengo Benavides, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en Austria y Representante Permanente de la Misión Permanente de Costa Rica ante los Organismos Internacionales con sede en Viena, ha sido invitada en calidad de panelista por la Secretaria General del dicho organismo.

II.—Que la señora Ana Teresa Dengo Benavides, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en Austria y Representante Permanente de la Misión Permanente de Costa Rica ante los Organismos Internacionales con sede en Viena, ha sido comisionada para participar en representación del Gobierno de Costa Rica en las actividades indicadas en el considerando anterior, razón por la cual deberá viajar a México del 13 al 16 de febrero del 2012. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Ana Teresa Dengo Benavides, cédula Nº 1-542-703, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en Austria y Representante Permanente de la Misión Permanente de Costa Rica ante los Organismos Internacionales con sede en Viena, para que viaje a México del 13 al 16 de febrero del 2012.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de pasajes aéreos corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección de Política Exterior, Subpartida 1.05.03 Transporte en el exterior. Los gastos por concepto de viáticos y transporte interno corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección de Política Exterior, Subpartida 1.05.04 Viáticos en el exterior. Se autoriza la suma de $309 diarios para un total de $1236. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—En virtud de que el costo de los tiquetes de viaje será asumido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular Nº DGAVCA-NP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, la funcionaria deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 4º—Rige a partir del 13 al 16 de febrero del 2012.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los ocho días del mes de febrero del dos mil doce.

J. Enrique Castillo Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 14767.—Solicitud Nº 08350.—C-16450.—(IN2012031677).

Nº 0029-2012-SE-RE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con los artículos 140, inciso 12), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que la VI Reunión del Comité de Seguimiento del Comité Ejecutivo del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), se celebrará el 23 de febrero del 2012 y al día siguiente, sea el 24 del mismo mes y año, se celebrará la reunión del Comité Ejecutivo. En ella se analizarán y adoptarán una serie de decisiones relevantes para la reforma y el fortalecimiento institucional del SICA.

II.—Que para participar en dicha reunión se ha comisionado a las señoras Adriana Prado Castro, cédula de identidad Nº 1-381-537, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en la República de El Salvador, y a la señora María de los Ángeles Gutiérrez Vargas, cédula Nº 1-0664-0741, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en la República de Honduras. La primera, en su condición de Embajadora en el país anfitrión de la reunión, y la segunda, en virtud de que Honduras ostenta la Presidencia Pro-Témpore del SICA, y como tal, nuestra representante en ese país debe estar muy bien documentada e interiorizada de todas las decisiones que se tomen a nivel del Sistema. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora María de los Ángeles Gutiérrez Vargas, cédula Nº 1-0664-0741, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en la República de Honduras, para que viaje a El Salvador del 22 al 25 de febrero del 2012.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de pasajes aéreos corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección de Política Exterior, Subpartida 1.05.03 Transporte en el exterior. Los gastos por concepto de viáticos y transporte interno corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 082, Dirección de Política Exterior, Subpartida 1.05.04 Viáticos en el exterior. Se autoriza la suma de $212 diarios para un total de $848. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—En virtud de que el costo de los tiquetes de viaje será asumido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular Nº DGAVCA-NP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, la funcionaria deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 4º—Rige a partir del 22 al 25 de febrero del 2012.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los diecisiete días del mes de febrero del dos mil doce.

J. Enrique Castillo Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 14767.—Solicitud Nº 08350.—C-16450.—(IN2012031681).

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Nº 041-2012-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada Seminario de Seguridad de Fronteras de Centroamérica, por realizarse en Panamá, del 26 de febrero al 3 de marzo del 2012 (incluye salida y regreso del participante).

2º—Que el objetivo del viaje es participar en el intercambio de información y cooperación interinstitucional.

3º—Que dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho Seminario. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor José Domingo Cruz López, cédula de identidad Nº 5-446-972, para que asista a la actividad denominada Seminario de Seguridad de Fronteras de Centroamérica, por realizarse en Panamá, del 26 de febrero al 3 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º—Los gastos correspondientes al transporte, hospedaje y alimentación serán cubiertos por la Embajada de los Estados Unidos de América.

Artículo 3º—Que durante los días del 26 de febrero al 3 de marzo de 2012, en que se autoriza la participación del funcionario en dicho Seminario, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 26 de febrero al 3 de marzo de 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los diez días del mes de febrero del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46387.—C-15040.—(IN2012031112).

Nº 054-2012-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada Seminario de Seguridad de Fronteras de Centroamérica, por realizarse en Panamá, del 26 de febrero al 03 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso del participante).

2º—Que el objetivo del curso es participar en el intercambio y cooperación interinstitucional.

3º—Que dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho Seminario. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Rigoberto Montero Delgado, cédula 7-158-317, para que asista a la actividad denominada Seminario de Seguridad de Fronteras de Centroamérica, por realizarse en Panamá, del 26 de febrero al 03 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º—El Comando Sur correrá con todos los gastos de transporte aéreo, hospedaje, alimentación y transporte local.

Artículo 3º—Que durante los días del 26 de febrero al 03 de marzo del 2012, en que se autoriza la participación del funcionario en dicho Seminario, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 26 de febrero al 03 de marzo de 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 14796.—Solicitud Nº 46388.—C-15040.—(IN2012031110).

Nº 059-2012-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada Curso Drogas y Estupefacientes, por realizarse en Carabineros de Chile, del 02 de marzo al 31 de diciembre de 2012 (incluye salida y regreso del participante). La asignación se realizó en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Becas Nº 03-2012-CB, celebrada el 21 de febrero de 2012.

2º—Que el objetivo del viaje es especializar oficiales en orden y seguridad, en la técnica de investigación en los delitos de Drogas y Estupefacientes, organizaciones ilícitas y lavado de dinero.

3º—Que dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho Curso. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Jorge Madrigal González, cédula 6-336-885, para que asista a la actividad denominada Curso Drogas y Estupefacientes, por realizarse en Carabineros de Chile, del 02 de marzo al 31 de diciembre de 2012 (incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º—El Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformados Extranjeros, otorgará una asignación mensual, para solventar los costos básicos de alimentación y hospedaje. El pago del tiquete aéreo correrá por cuenta del participante.

Artículo 3º—Que durante los días del 2 de marzo al 31 de diciembre del 2012, en que se autoriza la participación del funcionario en dicho Curso, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 2 de marzo al 31 de diciembre de 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los veintiún días del mes de febrero del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46387.—C-15040.—(IN2012031113).

Nº 060-2012-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada Curso Montaña y Frontera, por realizarse en Carabineros de Chile, del 1º de marzo al 31 de diciembre de 2012 (incluye salida y regreso del participante). La asignación se realizó en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Becas Nº 03-2012-CB, celebrada el 21 de febrero de 2012.

2º—Que el objetivo del curso es especializar integradamente a los alumnos en el ámbito de montaña y fronteras, en forma técnica y profesional, para el cumplimiento de las funciones policiales que le corresponderá desempeñar en las Unidades y Departamentos de la Frontera Terrestre.

3º—Que dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho Curso. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor César Gustavo Anchía Céspedes, cédula 5-301-599, para que asista a la actividad denominada Curso Montaña y Frontera, por realizarse en Carabineros de Chile, del 1º de marzo al 31 de diciembre de 2012 (incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º—El Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformados Extranjeros, otorgará una asignación mensual, para solventar los costos básicos de alimentación y hospedaje. El pago del tiquete aéreo correrá por cuenta del participante.

Artículo 3º—Que durante los días del 1º de marzo al 31 de diciembre del 2012, en que se autoriza la participación del funcionario en dicho Curso, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 1º de marzo al 31 de diciembre de 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los veintiún días del mes de febrero del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 15349.—Solicitud Nº 46389.—C-15040.—(IN2012031111).

Nº 064-2012-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada Pasantía en la Dirección Nacional de Educación de la Policía Nacional de Colombia, por realizarse en Colombia, del 10 al 18 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso de los participantes).

2º—Que el objetivo del viaje es orientar a los Oficiales de la Escuela Nacional de Policía del Ministerio, de Seguridad Pública, en la Estructura Procedimientos de Incorporación, Currículos, Investigación, Modelos de Educación continua implementados por ese Cuerpo Policial.

3º—Que dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicha actividad. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Magda Aponte Calero, cédula 1-800-063, y los señores Juan Pablo Calvo Cuadra, cédula de identidad Nº 3-262-599, Alejandra Miranda Gutiérrez, cédula de identidad Nº 1-1102-951, Erwin Moraga Simoneau, cédula de identidad Nº 1-824-705, Ingrid Serrano Leandro, cédula de identidad Nº 1-991-755, para que asistan a la actividad denominada Pasantía en la Dirección Nacional de Educación de la Policía Nacional de Colombia, por realizarse en Colombia, del 10 al 18 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso de los participantes).

Artículo 2º—Los gastos de transporte, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos.

Artículo 3º—Que durante los días del 10 al 18 de marzo del 2012, en que se autoriza la participación de los funcionarios en dicha actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 10 al 18 de marzo de 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los veintisiete días del mes de febrero del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46387.—C-15040.—(IN2012031114).

Nº 066-2012-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7º del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Curso Estrategia y Política de Defensa”, por realizarse en Washington DC, Estados Unidos de América, del 11 al 31 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso del participante),

II.—Que el objetivo del curso es analizar el alcance y variedad de perspectivas de los retos y problemas de seguridad global, hemisférico, regional y nacional.

III.—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho Curso. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor José Domingo Cruz López, cédula 5-446-972, para que asista a la actividad denominada “Curso Estrategia y Política de Defensa”, por realizarse en Washington DC, Estados Unidos de América, del 11 al 31 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º—Los gastos por concepto de participación serán cubiertos por el Centro de Estudios Hemisféricos de Defensa (CHDS).

Artículo 3º—Que durante los días del 11 al 31 de marzo del 2012, en que se autoriza la participación del funcionario en dicho Curso, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 11 al 31 de marzo de 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, al primer día del mes de marzo del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46387.—C-15040.—(IN2012031115).

Nº 067-2012-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7º del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Curso Estrategia y Política de Defensa”, por realizarse en Washington DC, Estados Unidos de América, del 11 al 31 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso del participante).

II.—Que el objetivo del curso es analizar el alcance y variedad de perspectivas de los retos y problemas de seguridad global, hemisférico, regional y nacional.

III.—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho Curso. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor José Pablo Miranda Hurtado, cédula 1-1316-340, para que asista a la actividad denominada “Curso Estrategia y Política de Defensa”, por realizarse en Washington DC, Estados Unidos de América, del 11 al 31 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º—Los gastos por concepto de participación serán cubiertos por el Centro de Estudios Hemisféricos de Defensa (CHDS).

Artículo 3º—Que durante los días del 11 al 31 de marzo del 2012, en que se autoriza la participación del funcionario en dicho Curso, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 1l al 31 de marzo de 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, al primer día del mes de marzo del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13888.—Solicitud Nº 46385.—C-15040.—(IN2012031121).

Nº 068-2012-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7º del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Curso de Educación y Entrenamiento en Resistencia de Pandillas (GREAT)”, por realizarse en El Salvador, del 18 al 29 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso de los participantes).

II.—Que el objetivo de la actividad es orientar a los estudiantes a desarrollar aptitudes para enfrentar los factores de riesgo asociados con la afiliación a pandillas y grupos delictivos juveniles y evitar el uso de la violencia para la solución de conflictos.

III.—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho curso. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a las señoras Diana Solano Granados, cédula  3-367-854,  Cinthia  Gabriela  Quirós  Jiménez,  cédula Nº 1-1042-958, Franklin Ruiz Rojas, cédula Nº 5-232-690, Olman Valverde Corrales, cédula Nº 1-893-010, Anabelle Montero Jiménez, cédula 1-632-403, (suplente) Isabel Lara Fallas, cédula Nº 1-564-968, (suplente) para que asistan a la actividad denominada “Curso de Educación y Entrenamiento en Resistencia de Pandillas (GREAT)”, por realizarse en El Salvador, del 18 al 29 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso de los participantes).

Artículo 2º—El costo de los boletos aéreo, alimentación, seguridad, alojamiento y seguro médico básico serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Artículo 3º—Que durante los días del 18 al 29 de marzo del 2012, en que se autoriza la participación de los funcionarios en dicho curso, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 18 al 31 de marzo de 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, al primer día del mes de marzo del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46387.—C-15040.—(IN2012031116).

Nº 072-2012-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7º del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Reunión con el Director General del Servicio Nacional de Fronteras”, por realizarse en Panamá, del 15 al 16 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso de los participantes).

II.—Que el objetivo de la actividad es discutir temas de capacitaciones para el personal del Ministerio de Seguridad Pública.

III.—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicha actividad. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a los señores Walter Navarro Romero, cédula 1-512-957, Erick Lacayo Rojas, cédula Nº 1-791-681, para que asistan a la actividad denominada “Reunión con el Director General del Servicio Nacional de Fronteras”, por realizarse en Panamá, del 15 al 16 de marzo de 2012 (incluye salida y regreso de los participantes).

Artículo 2º—Los gastos por concepto de hospedaje, alimentación y tiquete aéreo serán sufragados por el Programa 089 para el señor Walter Navarro Romero, y por el Programa 090-02 al señor Erick Lacayo Rojas, ambos, mediante la subpartida 1.05.04 de Gastos de Viaje al Exterior y subpartida 1.05.03 de Gastos de Transporte al Exterior del país.

Artículo 3º—En virtud de que el costo del tiquete aéreo será asumido por el Ministerio de Seguridad Pública, de conformidad con la Circular Nº DGABCA-NP-1035-2010, de la Dirección de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda, los funcionarios deberán ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Seguridad Pública.

Artículo 4º—Que durante los días del 15 al 16 de marzo del 2012, en que se autoriza la participación de los funcionarios en dicha actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 5º—Rige a partir del 15 al 16 de marzo de 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los doce día del mes de marzo del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13888.—Solicitud Nº 46385.—C-15040.—(IN2012031122).

Nº 073-2012-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7º del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que se ha recibido cordial invitación para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Élite para Jefes de Policía”, por realizarse en Gran Bretaña, Reino Unido, del 17 de marzo al 21 de abril de 2012 (incluye salida y regreso del participante). La asignación se realizó en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Becas Nº 04-2012-CB, celebrada el 13 de marzo de 2012.

II.—Que el objetivo de la actividad es cubrir aspectos modernos de la Policía y está dirigido a Jefes de la Policía o Subjefes.

III.—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicha Actividad. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Juan José Arévalo Montoya, cédula 8-060-767, para que asista a la actividad denominada “Élite para Jefes de Policía”, por realizarse en Gran Bretaña, Reino Unido, del 17 de marzo al 21 de abril de 2012 (incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º—El Reino Unido financiará los gastos por concepto de vuelos, alojamiento y alimentación.

Articulo 3º—Que durante los días del 17 de marzo al 21 de abril del 2012, en que se autoriza la participación del funcionario en dicha Actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 17 de marzo al 21 de abril de 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los catorce días del mes de marzo del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 14676.—Solicitud Nº 46386.—C-15040.—(IN2012031123).

Nº 075-2012-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7º del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Principios Básicos de la Policía Comunitaria”, por realizarse en El Salvador, del 15 al 21 de abril de 2012 (incluye salida y regreso de los participantes).

II.—Que el objetivo de la actividad es exponer a los participantes la historia, el desarrollo del concepto de policía comunitaria, los elementos fundamentales de esta filosofía y sus implicaciones en las operaciones policiales.

III.—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicha actividad. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a los señores Róger Esteban Cantillo Durán, cédula Nº 1-1107-398, Róger Guzmán Carmona, cédula Nº 1-920-596, Jackeline Fajardo Juárez, cédula Nº 7-128-267, Agnes Martínez Méndez, cédula Nº 1-973-220, Jacqueline Retana Campos, cédula Nº 1-1187-535, Shirley Solano Moya, cédula Nº 3-356-319, Huberth Solano Quesada, cédula Nº 1-872-642, Juan Luis Varela Montero, cédula Nº 2-515-057, para que asistan a la actividad denominada “Principios Básicos de la Policía Comunitaria”, por realizarse en El Salvador, del 15 al 21 de abril de 2012 (incluye salida y regreso de los participantes).

Artículo 2º—El costo de los boletos aéreos, alimentación, alojamiento, seguro médico básico y gastos misceláneos serán sufragados por el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Artículo 3º—Que durante los días del 15 al 21 de abril del 2012, en que se autoriza la participación de los funcionarios en dicha actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 15 al 21 de abril de 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los nueve días del mes de marzo del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46387.—C-15040.—(IN2012031117).

Nº 078-2012-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que se ha recibido cordial invitación para que varios funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Seminario On Law Enforcement At Sca For Developing Countries, por realizarse en Zhe Jiang, República de China, del 31de marzo al 25 de abril de 2012 (incluye salida y regreso de los participantes).

II.—Que el objetivo de la actividad es la presentación de un tema por país para el intercambio de experiencias entre los participantes de los diferentes países.

III.—Que dado el objetivo del viaje, es de interés para este Ministerio contar con varios funcionarios en dicho Seminario. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a los señores Conrad Huch Chollette Benedict, cédula Nº 7-044-279, Jorge Luis Espinoza Sandí, cédula 6-217-097, para que asistan a la actividad denominada “Seminario On Law Enforcement At Sca For Developing Countries”, por realizarse en Zhe Jiang, República de China, del 31 de marzo al 25 de abril del 2012 (incluye salida y regreso de los participantes).

Artículo 2º—El Ministerio de Comercio de China (MOFCOM), cubrirá los siguientes gastos: Transporte Internacional ida y regreso, alojamiento, transporte interno, seguro de accidente personal, un monto de dinero diario, asistencia médica en caso de enfermedades agudas entre otros. El Servicio Nacional de Guardacostas otorgará un subsidio de $200,00 (doscientos dólares) a cada uno de los participantes, por gastos misceláneos a través del Fondo Especial de la Supartida 1.05.04 de Viáticos al Exterior.

Artículo 3º—Que durante los días del 31 de marzo al 25 de abril del 2012, en que se autoriza la participación de los funcionarios en dicho Seminario, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 5º—Rige a partir del 31 de marzo al 25 de abril del 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los doce días del mes de marzo del dos mil doce.

Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº 14796.—Solicitud Nº 46388.—C-15040.—(IN2012031109).

MINISTERIO DE SALUD

Nº DM-FP-1377-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” N° 6227 del 02 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Dr. Adolfo Enrique Ortiz Barboza, cédula N° 1-966-0528, Viceministro de Salud y al Lic. Julio Mena Zamora, cédula Nº 1-470-445, funcionario de la Dirección de Vigilancia de la Salud, para que asistan y participen en la “Reunión de Alto Nivel en el Marco del Programa de Desastres”, que se llevará cabo en la Ciudad de Panamá, Panamá, el 27 de marzo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del Dr. Adolfo Enrique Ortiz Barboza y del Lic. Julio Mena Zamora, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario el Dr. Adolfo Enrique Ortiz Barboza y el Lic. Julio Mena Zamora, estarán saliendo el 26 de marzo y regresando el 28 de marzo del 2012.

Artículo 5º—Rige del 26 al 28 de marzo del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud. San José a los veintiún días del mes de marzo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31907.—C-9020.—(IN2012030720).

Nº DM-FP-1414-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” N° 6227 del 02 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Dr. Guillermo Flores Galindo, cédula N° 8-068-088, Director General de Nutrición y Desarrollo Infantil, para que asista y participe en el “1° Encuentro Mesoamericano y 7° Encuentro Nacional de Educación”; que se llevará a cabo del 18 al 20 de abril del 2012 en la Ciudad de San Salvador, El Salvador.

Artículo 2º—Los gastos del viaje del Dr. Guillermo Flores Galindo, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Fundación de apoyo Familiar (FUNDANAM), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario el Dr. Guillermo Flores Galindo, estará saliendo el día 17 y regresando el 21 de abril del 2012.

Artículo 5º—Rige del 17 al 21 de abril del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud.—San José a los nueve días del mes de abril del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, Msc, Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31908.—C-9020.—(IN2012030719).

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Nº 014-C.—San José, 31 de enero del 2012

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 25.1 de la Ley General de la Administración Pública, y la Ley Nº 3535 del 14 de agosto de 1965 y Decreto Ejecutivo Nº 21608-C del 18 de setiembre de 1992.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Reelegir como miembro propietario de la Comisión Nacional de Nomenclatura al señor Carlos Manuel Zamora Hernández, cédula de identidad Nº 1-496-618.

Artículo 2º—Reelegir como miembro suplente de la Comisión Nacional de Nomenclatura al señor Santiago Quesada Vanegas, cédula de identidad Nº 5-142-160.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 de febrero del 2011 y por un período de seis años.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—O. C. Nº 13890.—Solicitud Nº 41220.—C-12300.—(IN2012031651).

Nº MCJ/024/2012

EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo Nº 28 inciso 1) de la Ley Nº 6227 “Ley General de Administración Pública”, del 2 de mayo de 1978 y en la Ley Nº 9019 “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2012” del 2 de diciembre del 2011 y en el Capítulo IV de los Viajes al Exterior, del Reglamento de Gastos de Viajes para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, así como lo dispuesto en el artículo Nº 1 inciso 7) de la Ley Nº 7411 “Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio”, del 25 de mayo de 1994 y el artículo Nº 7 inciso c) de la Ley Nº 8316 “Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional” del 26 de setiembre del 2002.

Considerando:

1º—Que el señor Iván Rodríguez Rodríguez, viajará a Cuba para participar en la entrega del revolver del General Antonio Maceo y suscribir un Convenio de Cooperación Cultural entre el Ministerio de Cultura de Cuba y este Ministerio.

2º—Que la participación del señor Rodríguez Rodríguez en la actividad, responde a las funciones que realiza como Viceministro de Cultura. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Iván Rodríguez Rodríguez, cédula Nº 1-0626-0183, Viceministro de Cultura, para que participe en la entrega del revolver del General Antonio Maceo y suscribir un Convenio de Cooperación Cultural entre el Ministerio de Cultura de Cuba y este Ministerio, que se realizará en Cuba, del 13 al 17 de marzo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos de transporte internacional, serán cubiertos por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.03-Transporte en el exterior, por un monto de ¢543.150,00 (quinientos cuarenta y tres mil ciento cincuenta colones exactos), equivalentes a $1.000,00 (mil dólares exactos); los gastos de hospedaje y alimentación los cubren los organizadores; los impuestos de salida de Cuba y los gastos de Servicios de Internet, serán cubiertos por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.04-Viáticos en el exterior, por un monto de ¢17.441,47 (diecisiete mil cuatrocientos cuarenta y un colones con cuarenta y siete céntimos), equivalente a $34,10 (treinta y cuatro dólares con diez centavos).

Artículo 3º—Rige del 13 al 17 de marzo del 2012.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 29 días del mes de marzo del 2012.

Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 13890.—Solicitud Nº 31704.—C-28700.—(IN2012031649).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Resolución Nº D.M. 058-2012.—Ministerio de Cultura y Juventud.—Despacho del Ministro.—San José, a las nueve horas treinta minutos del día diecinueve de marzo del dos mil doce. Reelegir  al  señor  Manuel  Araya Incera, cédula de identidad Nº 1-372-723, como representante del Ministerio de Cultura y Juventud, en la Comisión Nacional de Conmemoraciones Históricas.

Resultando:

1º—Que la Ley Nº 5118 del 15 de noviembre de 1972, publicada en La Gaceta Nº 226 del 28 de noviembre de 1972, crea la Comisión Nacional de Conmemoraciones Históricas, con la finalidad de preparar los actos, investigaciones, estudios y publicaciones que estime convenientes para conmemorar las fechas de la historia Patria, erigir monumentos, placas conmemorativas y en general, llevar a cabo todos los actos que tiendan a velar por el mantenimiento y relieve del patrimonio histórico nacional.

2º—Que conforme con la supracitada Ley, la Comisión estará integrada, entre otros miembros por dos representantes del Ministerio de Cultura y Juventud.

Considerando único:

Que es necesaria la efectiva integración de la Comisión Nacional de Conmemoraciones Históricas, para el cumplimiento de los fines y objetivos para la que fue creada. Por tanto,

EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD,

RESUELVE:

Artículo 1º—Reelegir al señor Manuel Araya Incera, cédula de identidad Nº 1-372-723, como representante del Ministerio de Cultura y Juventud, en la Comisión Nacional de Conmemoraciones Históricas.

Artículo 2º—Rige a partir del 14 de febrero del 2012 y por un período de dos años.

Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 13890.—Solicitud Nº 41221.—C-17220.—(IN2012031656).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de Lablovip, Barrio La Gloria, Bella Vista y Palmeras de La Roxana de Pococí, Limón, por medio de su representante: Minor Vargas Gamboa, cédula Nº 107960882, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 11:50 horas del día 12 de marzo del 2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2012285156.—(IN2012023291).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS

EDICTO

La señora Annette Planells de Flores, pasaporte Nº 1430489, en calidad de representante legal de la compañía Fertitec Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Super Café 18-4-15-8-0.3(B)-7(S), compuesto a base de nitrógeno, fósforo, potasio, magnesio, boro, azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de marzo del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012023669).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

EDICTO

El señor Jaime Garita Arauz, número de cédula 6-102-1404, vecino de Heredia, en calidad de representante legal de la compañía Droguería Corivet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Biomisán, fabricado por Laboratorio Bio-Zoo S.A., de C.V., de México, con los siguientes principios activos: cada 100 g: Aceite de Eucalipto 2.72 g, Esencia de Trementina 5.20 g, Salicilato de Metilo 2.95 g, Extracto de Árnica 0.92 g, Extracto de Algas 4.60 g, Extracto de Romero 4.60 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: analgésico, antiflogístico, astringente y antiséptico. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 8 de marzo del 2012.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe  de Registro.—1 vez.—(IN2012031025).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo I, Folio 179, Título N° 1271, emitido por el Liceo Anastasio Alfaro, en el año dos mil uno, a nombre de Bonilla Oviedo Diego Armando. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes de marzo del dos mil doce.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012287420.—(IN2012028145).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 119, título Nº 2698, emitido por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Guzmán Centeno Mónica Helena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de marzo del 2012.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—Msc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2012029155).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 37, título Nº 923, emitido por el Liceo de Pavas, en el año dos mil cuatro, a nombre de Sánchez Cárdenas Eugenio Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012029267).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 002, folio 86, título Nº 1802, emitido por el Colegio Nocturno de Limón, en el año dos mil once, a nombre de Duarte Corado Ángela Tatiana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012029320).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 09, título Nº 027, emitido por el Colegio del Valle, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Fonseca Becker Leonardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012029343).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 114, título N° 1494, emitido por el Colegio Calasanz en el año dos mil dos, a nombre de Rodríguez Monge Amanda. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintinueve marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012288149.—(IN2012029972).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 25, asiento 10, título N° 0220, emitido por el Colegio Técnico Profesional San Isidro Daniel Flores en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Chaves Monge Ronny. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de abril del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefe.—RP2012288248.—(IN2012029973).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Rama Técnica”, inscrito en el tomo 01, folio 19, título N° 24 y del Título de Técnico Medio en Secretariado, inscrito en el tomo 01, folio 20, título N° 491, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Valverde Pana Hilda María. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012030054).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio 121, título Nº 153, emitido por el Instituto Clodomiro Picado Twight, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Sanabria Ujueta Soledad. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012030108).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 235, título N° 903, emitido por el Liceo Los Lagos en el año dos mil once, a nombre de Yoseline Tatiana Ovares Nájera. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Yoseline Tatiana Durán Ovares. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los doce días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012288347.—(IN2012029492).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 49, título N° 93, emitido por el Liceo Potrero Grande en el año dos mil siete, a nombre de García Barrantes David. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012288445.—(IN2012029493).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 351, título Nº 2247, emitido por el Liceo de Costa Rica, en el año dos mil seis, a nombre de Chavarría Pravia Bagner Adonis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de enero del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN212030114).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, título Nº 55, emitido por el Centro Educativo Madelene Medford en el año dos mil once, a nombre de Montero Madrigal Sergio Francisco. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de abril del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012288747.—(IN212030297).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 53, título Nº 1308, emitido por el Liceo de Coronado, en el año dos mil cuatro, a nombre de Gómez Tenorio Christian Daniel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 6 de diciembre del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012288801.—(IN20120030298).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 134, título Nº 517, emitido por el Colegio Técnico Profesional Guaycará en el año dos mil nueve, a nombre de Acuña Chavarría Aurora del Carmen. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de marzo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012030545).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 137, título N° 955, asiento 09, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal, en el año dos mil seis, a nombre de Elizondo Arias Adriana María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintidós días del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012030642).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título N° 71, emitido por el Liceo Julio Fonseca Gutiérrez en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Johnson Castillo Nubia Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de abril del dos mil doce.—M.Sc. Trino Zamora Zumbado, Jefe, Departamento de Evaluación de la Calidad.—(IN2012030658).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 69, título N° 289, emitido por el Liceo Julio Fonseca Gutiérrez, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Calderón Umaña Christian David. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012030740).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, título N° 394, emitido por el Colegio de Limón Diurno, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Batres Sandoval Eddie. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012030742).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 130, título N° 2875, emitido por el Liceo Dr. Vicente Lachner Sandoval, en el año dos mil nueve, a nombre de Vargas Acuña Eduardo Aníbal. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—Nº RP2012289066.—(IN2012030811).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 11, título N° 24, emitido por el CINDEA Santa Ana, en el año dos mil uno, a nombre de Escalante Landaverde María Judith. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—Nº RP2012289136.—(IN2012030812).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 70, título N° 995, emitido por el Colegio Saint Paul, en el año dos mil nueve, a nombre de Artavia Cappella Carolina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de marzo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012031131).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Educación Técnica en la Modalidad Agropecuaria, inscrito en el tomo 1, folio 22, título N° 989, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Cartagena, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Leal Barrantes Martín. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de julio del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012031165).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Cooperativa de Profesionales del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica R. L., siglas COOPECIAGRO R. L., acordada en asamblea celebrada el 20 de setiembre del 2011. Resolución 1405-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Presidente:                         Ivo Hilje Quirós

Vicepresidente:                  Carlos Cruz Chang

Secretario:                          Joaquín Bernardo Jiménez Lara

Vocal 1:                               Nicolás Blard Artavia

Vocal 2:                               Ana Isabel Ureña Hidalgo

Suplente 1:                         Minor Adolfo Serrano Mora

Suplente 2:                         Valeri Susana Rojas Molina

Gerente:                              Luis Fernando Escalante Soto

San José, 13 de abril del 2012.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2012029271).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

Osman Díaz Mendoza, Secretario Administrativo.—Junta Administrativa - Registro Nacional, hace constar que: En Sesión Ordinaria Nº 04-2002, celebrada el día 02 de febrero del 2012, con fundamento en el oficio DF-RN-0017-2012 de fecha 26 de enero del 2012, suscrito por el Licenciado William Astúa Meléndez, Director Administrativo del Registro Nacional, la Junta Administrativa del Registro Nacional tomó el Acuerdo J033-2012 que literalmente reza:

La Junta Administrativa acuerda por unanimidad:

J033

a-  Tener por recibido el oficio DF-RN-0017-2012 de fecha 26 de enero del 2012, suscrito por el Licenciado William Astúa Meléndez, Director Administrativo, mediante el cual se emite estudio de actualización de tarifas para el servicio denominado “RESPALDO DIGITAL DEL DOCUMENTO TÉCNICO DE PATENTES DE INVENCIÓN”.

b-  De conformidad con el estudio de costos realizado por el Departamento Financiero, visto en el oficio DF-RN-0017-2012 de fecha 26 de enero del 2012, y consecuentes con la apertura del servicio “RESPALDO DIGITAL DEL DOCUMENTO TÉCNICO DE PATENTES DE INVENCIÓN”, autorizado mediante Acuerdo Firme J158 de la Sesión Ordinaria Nº 16-2011 del día 14 de abril del 2011, se autoriza a la Administración para actualizar las tarifas de los servicios de cita en la forma que se presenta:

Ø  Imagen (folio) sin conversión en formato tif ¢100.00 (cien colones) la unidad.

Ø  Imagen (folio) convertida del formato tif al formato pdf ¢200,00 (doscientos colones) la unidad.

c-  Rige ocho días hábiles a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

d-  Acuerdo firme.

San José, 15 de marzo del 2012.—Osman Díaz Mendoza, Secretario Administrativo.—1 vez.—O. C. Nº 12-0002.—Solicitud Nº 26633.—C-37620.—(IN2012030728).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Para ver las marcas de fábrica solo en La Gaceta PDF o impresa

Patentes de Invención

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Rafael Ángel Quesada Vargas, cédula 1-0994-0112, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de Apoderado Especial de Abbott Biotherapeutics Corp., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS ANTI-VEGF Y SUS USOS. La presente divulgación se refiere a anticuerpos dirigidos al factor de crecimiento endotelial vascular (“VEGF”) y usos de estos anticuerpos, por ejemplo para tratar enfermedades asociadas con la actividad y/o sobreproducción de VEGF. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07 16/22, cuyos inventores son Harding Fiona, Akamatsu Yoshiko, Dubridge Robert B, Powers David B. La solicitud correspondiente lleva el número 20110653, y fue presentada a las 14:48:10 del 06 de diciembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de febrero del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012285429.—(IN2012023960).

La señora Silvia Salazar Fallas cédula 1-622-930, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de Universidad de Costa Rica, de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado MINI MESA PERSONAL PORTÁTIL.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Plato especial para facilitar a las personas el poder portar con sólo una mano: el vaso, plato, servilletas, cigarrillos, salsas u otros objetos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 07/02, cuyo(s) inventor(es) es(son) Erick Alonso Flores Arroyo. La solicitud correspondiente lleva el número 20120077, y fue presentada a las 14:40:10 del 14 de febrero de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—O.C. 114713.—Sol. 26499.—C-68620.—(IN2012030670).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Médicos San Carlos Siglo XXI, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: mantener a un alto nivel el profesionalismo médico. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma hasta por un monto de cinco millones de colones y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Martín Zumbado Zumbado. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011, asiento: 205289 y documento adicional tomo: 2011, asiento: 286527).—Curridabat, quince de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012284931.—(IN2012023282).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Proyecto Belén, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: la ayuda a familias en situación de necesidad, mediante apoyo alimentario, social y espiritual. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Iris Valverde Usaga. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 6327).—Curridabat, diez de febrero del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012284936.—(IN2012023283).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación del Adulto Mayor Años Dorados, San Rafael de Platanares, Pérez Zeledón, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Dar una mejor calidad de vida a los adultos mayores de San Rafael de Platanares. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Flor María Quesada Navarro. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011, asiento: 146359, adicionales: 2011-287051 y 2012-53965).—Curridabat, primero de marzo del dos mil doce.—Lic. Henry Jara Solís, Subdirector a.í.—1 vez.—RP2012284937.—(IN2012023284).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Ministerio Internacional Restaurador de Portillos, con domicilio en la provincia de Heredia. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar la enseñanza de las Sagradas Escrituras. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Nelson Flechas Flechas. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 16251.—Curridabat, 15 de febrero del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285034.—(IN2012023286).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Padres de Familia de la Escuela San Blas, Moravia, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover, coadyuvar, estimular y desarrollar proyectos de trabajo en grupo para fomentar en los padres de familia una cultura de colaboración por medio de la organización de actividades para el desarrollo del centro educativo. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta: Lizeth Blanco Zúñiga. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 66096, adicional tomo: 2012, asiento: 75284.—Curridabat, a los veinte días del mes de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285049.—(IN2012023287).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Campo Santo San Vicente, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover la creación de servicios para el mejoramiento social y comunal de los habitantes de las comunidades. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta: Deisy Loría Ovares. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 1960.—Curridabat, a los siete días del mes de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285161.—(IN2012023288).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Virgen del Rosario, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: propagar la devoción a la virgen y al rosario. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Johnny Bermúdez Gambassi. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2011, asiento: 318650, tomo: 2012, asiento: 58082.—Curridabat, 5 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285164.—(IN2012023289).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Comunidades de Retirados de Costa Rica - PRORETIRE, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Apoyar al Estado en la consolidación y fortalecimiento de la imagen de Costa Rica como destino de clase mundial de retirados y como centro de comunidades de atención especializada al adulto mayor, en los mercados internacionales. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Lutgardo Carlos Aguilera Hernández. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, Asiento: 7638).—Curridabat, a los veintisiete días del mes de enero del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2012023706).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos Calle La Chacona Sector Barrio Nazareth de Lourdes de San Francisco de Cartago, con domicilio en la provincia de Cartago; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: procurar el desarrollo socieconómico de los asociados a través del fortalecimiento de actividades participativas entre los vecinos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Willy Brenes Arce. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011 Asiento: 237830. Tomo: 2012 Asiento: 51199.—Curridabat, veintisiete de febrero del dos mil doce.—Lic. Henry Jara Solís, Subdirector a. í.—1 vez.—RP2012285278.—(IN2012023961).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la Asociación de Productores El Chirripó, cédula jurídica 3-002-117207. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2011, Asiento: 352556, sin adicionales. Dado en el Registro Nacional a las catorce horas cuarenta y seis minutos, del 27 febrero del 2012.—Lic. Henry Jara Solís, Subdirector a. í.—1 vez.—RP2012285364.—(IN2012023963).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-320413, denominación: Asociación de la Comunidad de Bajamar. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2011 Asiento: 341119.—Dado en el Registro Nacional, a las once horas cuarenta y nueve minutos, del veinticinco de enero del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285376.—(IN2012023964).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Fares, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Realizar sin fines de lucro el desarrollo espiritual, educativo y de evangelización de sus asociados, dentro del concepto integral del ser humano enseñado en el Evangelio de Jesucristo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el Presidente: Róger Obando Arauz. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012. Asiento: 09695).—Curridabat, a los siete días del mes de febrero del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285383.—(IN2012023965).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Vecinos Residencial Las Garzas de San Francisco Cartago, con domicilio en la provincia de Cartago, San Francisco, exactamente doscientos metros al sur del Colegio Miravalles, en la casa número treinta y seis-a. Cuyos fines principales, entre otros, son: luchar activamente por el progreso y bienestar del Residencial Las Garzas. Su presidente Luis Paulino Serrano Brenes es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. El Vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; Tomo: 2012. Asiento 43777, sin adicionales. Dado en el Registro Nacional, a las nueve horas treinta minutos, del veintisiete de febrero del 2012.—Lic. Henry Jara Solís, Subdirector a. í.—1 vez.—RP2012285434.—(IN2012023966).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Padres Escuela Porfirio Brenes Castro, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines entre otros serán los siguientes: Promover y coadyuvar al desarrollo de actividades educativas, tecnológicas y de capacitación continua para los alumnos de la Escuela Porfirio Brenes Castro. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin Ana Marcela Camacho Chacón. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2012 Asiento 3688 y documento adicional Tomo 2012 Asiento 44171).—Curridabat, catorce de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285477.—(IN2012023967).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Centro de Restauración Eben Ezer, con domicilio en la provincia de Limón, Pococí, Cariari, de la Guardia Rural cien metros al norte y cincuenta al oeste. Cuyo fin principal, entre otros, es: Promover el desarrollo integral de personas tanto desde la prevención como desde la recuperación y/o restauración por consumo de drogas. Su presidente Ángel Oldemar Miranda Rivera es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. El Vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas No. 218 del 08 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; tomo: 2012 asiento: 20240, sin adicionales. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 30 minutos, del 13 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012286432.—(IN2012026247).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-196088, denominación: Asociación Misionera de San José. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones ) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2012 asiento: 35158.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 38 minutos y 3 segundos, del 19 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012286454.—(IN2012026248).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-174338, denominación: Asociación de Residentes Los Reyes. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 41 minutos y 30 segundos del 17 de abril del 2012. Documento tomo: 2012, asiento: 82257.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2012031252).

REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR

Y DERECHOS CONEXOS

Ricardo Vílchez Navamuel, cédula de identidad Nº 1-458-068, mayor, divorciado dos veces, empresario, vecino de Heredia, Cariari, Los Arcos, solicita la inscripción de los derechos patrimoniales en la obra artística y divulgada que se titula: DEMOCRACIO. La obra consiste de un personaje caricaturizado y humanizado, de un profesor idealista que defiende la enseñanza de la democracia por todo el mundo. El personaje es parte de una iniciativa y un proyecto para la educación a nivel mundial del concepto de la democracia. Las características físicas y sicológicas particulares y propias de este personaje, constan junto con los dibujos aportados. Los derechos morales son del autor de los dibujos Juan Carlos Muñoz Quesada, mayor, cédula de identidad Nº 1-650-419, y vecino de San Pedro de Montes de Oca, San José. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los treinta días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente Nº 6989.—Curridabat, 7 de marzo del 2012.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—RP2012285087.—(IN2012023293).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

La Dirección Nacional de Notariado comunica que ante este Despacho el licenciado Javier Lisandro Madrigal Navarro, cédula de identidad número 3-0376-0036, carné profesional número 17692, según expediente N° 11-000832-0624-NO, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación.—Curridabat, tres de octubre del dos mil once.—Lic. Roy A. Jiménez Oreamuno, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—RP2012285436.—(IN2012023968).

AMBIENTE ENERGIA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Nº 0151-2012-DGTCC.—San José, a los diez días del mes de junio del año dos mil once, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor Ricardo Rodríguez Zúñiga, mayor, casado una vez, empresario, cédula número 1-437-803, vecino de San Miguel de Santo Domingo de Heredia, en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada Inversiones Diamo S. A., con cédula jurídica 3-101-50648, solicita cambio de titular de la estación de servicio Petróleos Delta San Rafael Abajo de Desamparados, autorizada para el almacenamiento, venta y prestación del servicio público de combustible derivado de hidrocarburos, el cual se encuentra a la fecha a nombre de Petróleos Delta Costa Rica S. A. Lo anterior por haber concluido el contrato de usufructo suscrito entre Inversiones Diamo S. A. y Shell de Costa Rica S. A., hoy Petróleos Delta Costa Rica S. A., para que de ahora en adelante, se proceda al cambio de titular a nombre de Inversiones Diamo S. A., con cédula jurídica 3-101-50648. Con fundamento en el Decreto Ejecutivo 30131-MINAE-S, artículo 79, se otorga un plazo de quince días hábiles a partir de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial La Gaceta para que cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar afectada con el cambio del titular y haga llegar a esta Dirección su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda la prueba que la sustente.—San José, a las catorce horas treinta y cinco minutos del día veinte de marzo del dos mil doce.—Lic. Humberto Cerdas Brenes, Director General.—(IN2012023147).

DIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 569-H.—Planta Eléctrica de Tapezco Ltda, solicita concesión de: 300 litros por segundo del río Tapezco, efectuando la captación en finca de Guido Alfaro Rodríguez en Tapezco, Zarcero, Alajuela, para uso fuerza hidráulica autogeneración eléctrica y venta a terceros Coordenadas 245,175 / 492,200 hoja 3346 IV. Caída bruta (metros) 120 m, Potencia teórica (Kw) 352,84 kw. Propietarios de terrenos aguas abajo no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del término de un mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de mayo del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2012026130).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 7611.—Saúl Francisco Prado Abarca solicita concesión de: 0,06 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cangrejal, Acosta, San José, para uso abrevadero y consumo humano doméstico. Coordenadas 191.700 / 516.200 hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de febrero del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012023711).

Exp. 14374A.—Imágenes de Arena Ltda, solicita concesión de: 15 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Inmobiliaria Brisas del Mar Azul IBMA S. A., en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso consumo humano, industria, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 171.832 /481.124 hoja Herradura. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de diciembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2012285240.—(IN2012023976).

Exp. 6873P.—Bananera Los Escorpiones S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de acuífero (pozo GM-27), efectuando la captación en finca de su propiedad en Duacarí, Guácimo, Limón, para uso agroindustrial-piñera. Coordenadas 252.950/579.450 hoja Guácimo. 12,87 litros por segundo de acuífero (pozo GM-40), efectuando la captación en finca de su propiedad en Duacarí, Guácimo, Limón, para uso agroindustrial-piñera. Coordenadas 252.890/579.150 hoja Guácimo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031223).

Exp. Nº 7081A.—Henry A., Villegas Corrales, solicita concesión de: 5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustria-embotellado para la venta y turístico-hotel-restaurante-piscinas. Coordenadas 270.000/463.000 hoja Fortuna. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031224).

Exp. Nº 15082A.—Hermanos Lobo Hernández S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del Río Santa Lucía, efectuando la captación en finca de el mismo en Las Juntas, Abangares, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 253.004/429.441 hoja Juntas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031225).

Exp. Nº 15080A.—Tierras de David M Y M S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de Naciente 1, efectuando la captación en finca de el mismo en Buenos Aires, Puntarenas, para uso embotellado para la venta. Coordenadas 343.800/540.800 hoja General. 3 litros por segundo de Naciente 2, efectuando la captación en finca de el mismo en Buenos Aires, Puntarenas, para uso embotellado para la venta. Coordenadas 343.650/540.750 hoja General. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031226).

Exp. Nº 15074A.—La Vita E Bella Ltda., solicita concesión de: 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en su propiedad en Buenos Aires, Buenos Aires, Puntarenas, para uso consumo humano-abrevadero. Coordenadas: 119.952/617.713 hoja General. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031228).

Exp. Nº 15089A.—Kenneth Alpízar Suárez, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Walter Suárez Villalta en Acapulco, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 238.550/448.450 hoja Chapernal. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031229).

Exp. Nº 15054A.—Miguel Arce E Hijos S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Meluisca Ltda. en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso granja avícola. Coordenadas 259.112/497.752 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031230).

Exp. Nº 15056A.—Meluisca Ltda., solicita concesión de: 1,45 litros por segundo de nacimiento sin nombre, efectuando la captación en su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano y lechería. Coordenadas 259.112/497.752 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031250).

Exp. Nº 13973P.—Aromapasto S. A., concesión de: 2,6 litros por segundo de acuífero (Pozo CN-695), efectuando la captación en finca de el mismo en Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 284.990/366.052 hoja Carrillo Norte. 2,6 litros por segundo acuífero (Pozo CN-696), efectuando la captación en finca de el mismo en Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 284.748/365.652 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031253).

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

EDICTOS

Ante la Oficina Regional Guápiles del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los servicios ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles según el siguiente detalle:

 

Solicitante

N° presolicitud

Ubicación geográfica

N° de plano

Área bajo PSA

Juan Jiménez Salazar

PO01003212

San Juan de Colorado y Rita, Pococí, Limón

L-228601-1995

106.3

Juan Leonel Gutiérrez Atencio

PO01005112

Chirriposito, Colorado Pococí, Limón

L-670771-1987

30.0

 

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo número 25721-MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición.

El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional, sita Barrio Diamantes, contiguo a las instalaciones del MINAET, Guápiles, Pococí en horario de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.—Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro Fallas, Encargada.—O. C. Nº 121.—Solicitud Nº 47605.—C-81220.—(IN2012029207).                                                              2 v. 2.

Ante la Oficina Regional San José Occidental del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los servicios ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles según el siguiente detalle:

 

Solicitante

Presolicitud

Ubicación Geográfica

N° de Plano

Área Bajo PSA

Enrique Vargas Herrera

SJ010035112

Caserío: La Potenciana

Distrito: Mercedes Sur

Cantón: Puriscal

Provincia: San José

SJ-1399676-2010

30

Gerardo Álvarez Vargas

SJ01006512

Caserío. Quebrada Ganado

Distrito: Tárcoles

Cantón: Garabito

Provincia: Puntarenas

P-1496470-2011

36

Luis Mora Cordero

SJ010068112

Caserío: La Potenciana

Distrito: Mercedes Sur

Cantón: Puriscal

Provincia: San José

SJ-1386404-2009

42

Jorge Rodríguez Zamora

SJ01009312

Caserío: Ángeles

Distrito: Ángeles

Cantón: San Ramón

Provincia: Alajuela

A-1377955-2009

119.2

Eliécer Jiménez Castro

SJ010147112

Caserío: El Caite

Distrito: San Juan Mata

Cantón: Turrubares

Provincia: San José

SJ-891994-2003

40

Inversiones Raica S. A.

SJ01019712

Caserío: San Rafael Norte

Distrito: Parrita

Cantón: Parrita

Provincia: Puntarenas

P-1504221-2011

18

Didier Rodríguez Rodríguez

SJ01021112

Caserío: Dos Bocas

Distrito: Savegre

Cantón: Aguirre

Provincia: Puntarenas

P-1413959-2010

25

Hermanos J & F de Puriscal S. A.

SJ01025612

Caserío: Alto Limón

Distrito: Mercedes Sur

Cantón: Puriscal

Provincia: San José

SJ-673567-2000

19.3

Mario Aguilar Álvarez

SJ010258112

Caserío. Rancho Largo

Distrito. Mercedes Sur

Cantón: Puriscal

Provincia: San José

SJ-1423797-2010

44

Quebrada Seca S. A.

SJ01026112

Caserío: Jacó

Distrito: Jacó

Cantón: Garabito

Provincia: Puntarenas

P-523625-1998

11.4

Gerardo Carranza Arias

SJ01026412

Caserío: Bajo Caliente

Distrito: Acapulco

Cantón: Puntarenas

Provincia: Puntarenas

P-921693-2004

35

Héctor Méndez Chinchilla

SJ01027712

Caserío: Dos Bocas

Distrito: Savegre

Cantón: Aguirre

Provincia: Puntarenas

P-711994-2001

20

Rosa Regina Díaz Núñez

SJ010278112

Caserío: Dos Bocas

Distrito: Savegre

Cantón: Aguirre

Provincia: Puntarenas

P-746535-2001

15

Andrés Quirós Corella

SJ01033612

Caserío: San Ramón

Distrito: Parrita

Cantón: Parrita

Provincia: Puntarenas

P-671010-2000

10

 

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo Número 25721-MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional de San José Occidental y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición. El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional, sita San José centro, calle 3, avenidas 3 y 5, en los altos de la Farmacia Morazán, horario de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.

Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro Fallas, Encargada.—O. C. Nº 139.—Solicitud Nº 47606.—C-243340.—(IN2012031103).                                                                                                                                                                                                 2 v. 1.

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 15081-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del catorce de febrero del dos mil doce. Proceso Administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Luis Miguel Chavarría Robles, que lleva el número setecientos setenta, folio trescientos ochenta y cinco, tomo cuatrocientos catorce, de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos, en el sentido que el mismo es hijo de “Gerardo Cristino Gallo Gallo y Juliana Robles Masís, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, practíquese la respectiva anotación marginal de advertencia en el asiento de nacimiento indicado y publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Gerardo Cristino Gallo Gallo, José Ramón Chavarría Alvarado y a la señora Juliana Robles Masís, con el propósito que se pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. Nº 14896.—Solicitud Nº 278-2012.—C-50710.—(IN2012030023).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Evangelina Tenorio Duartes, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2210-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.— San José, a las ocho horas dos minutos del veintisiete de setiembre del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 34214-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Julissa Elizabeth Duarte Tenorio...; en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Duartes”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012023208).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ángel Araya Molina, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 715-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas y treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil doce. Expediente Nº 47257-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Ángel Araya Molina con María Luisa Espinoza no indica segundo apellido…; en el sentido que el segundo apellido de la cónyuge es “Espinoza”, y no como se consignó. Asimismo, hágase constar al margen del precitado asiento de matrimonio que actualmente la cónyuge es “costarricense” y portadora de la cédula de identidad número “ocho-cero noventa y seis-novecientos noventa y tres”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012285116.—(IN2012023294).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Nebis Iveth Samudio Mora conocida como Nebys González Mora, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1669-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas dos minutos del veintidós de julio del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº 16675-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Nebis Iveth Samudio Mora...; en el sentido que los apellidos del padre de la persona ahí inscrita consecuentemente el primer apellido de la misma son “González Samudio” y “González” respectivamente.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012285215.—(IN2012023969).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Andrés Aragón Caballero, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 728-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas trece minutos del diecisiete de febrero del dos mil doce. Ocurso. Exp. Nº 50611-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de José Andrés Aragón Caballero...; en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Serrano”.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—RP2012285448.—(IN2012023970).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Carmela Álvarez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1071-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta minutos del veintisiete de mayo del dos mil once. Exp. Nº 7197-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de José Gabriel Álvarez Álvarez, en el sentido que el apellido de la madre... es “Álvarez, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—1 vez.—RP2012285456.—(IN2012023971).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Josefa Ileana Ramírez Ruiz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 841-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas tres minutos del veintinueve de febrero del dos mil doce. Ocurso. Exp. Nº 16194-2010. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Brayan Alexander Ortiz Ramírez...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Josefa Ileana”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012285609.—(IN2012024477).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jacinta de Los Dolores Solís, no indica, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2651-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas siete minutos del veinticuatro de octubre del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº 32605-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Edwin Josué Gaso Solís...; en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Jacinta de Los Dolores Solís, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012024696).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Virginia Cordero Delgado, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3265-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas treinta y cinco minutos del treinta de noviembre del dos mil once. Exp. Nº 30586-2011. Resultando: 1º—...; 2º—...; 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo..; Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Nathalie Francini Campos Delgado y el asiento de nacimiento de Alan Gustavo Arias Delgado, en el sentido que los apellidos de la madre... son “Cordero Delgado”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012026184).

AVISOS

DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO ELECTORAL

Y FINANCIAMIENTO DE PARTIDOS POLÍTICOS

AVISO

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 62 del Código Electoral, se hace saber que el señor Andrés Guzmán Stein, cédula de identidad número uno-cuatrocientos cinco-ciento veintiséis, en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo Superior del partido Avance Montes de Oca, en escrito presentado el nueve de abril de dos mil doce, ha solicitado la inscripción de dicho partido a escala cantonal, por el cantón de Montes de Oca de la provincia de San José, agregando para esos efectos: protocolización de las actas de la asamblea constitutiva y asamblea cantonal, conteniendo el Estatuto que incluye el programa doctrinal y la divisa que será: “...un fondo blanco con dos pinceladas de izquierda a derecha, terminando en forma de punta y siendo más ancha de izquierda a derecha, primera pincelada de color verde Pantone: trescientos cincuenta y la segunda pincelada de color amarillo Pantone: ciento ocho; en el segundo tercio dice AVANCE, en letra mayúscula y Tipografía: grenadier regular, mientras que el nombre Montes de Oca, se encuentra escrito en letras minúsculas, solo en mayúscula la-letra “M” de Montes y la letra “O” de Oca en Tipografía: Arial Black regular. El nombre AVANCE se escribe encima de Montes de Oca. Tanto la palabra AVANCE como la palabra Montes de Oca, serán en color verde pantone trescientos cincuenta C. La bandera será de forma rectangular...”; así como setenta y dos fórmulas de adhesiones colectivas. Previniese a quienes sean interesados para que dentro del término de quince días naturales contados a partir de la última publicación de este aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen pertinentes.—San José, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Héctor Fernández Masís, Director General.—(IN2012031251).                                                                                                                                                                                                5 v. 1.

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Marta Lorena Arauz Rueda, mayor, soltera, ama de casa, nicaragüense, cédula de residencia 155808449029, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1224-2012.—San José, 10 de abril del 2012.—             Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012029434).

Yesmer Enrrique Serrato Morales, mayor, soltero, peón agrícola, nicaragüense, cédula de residencia 155808328727, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 5426-2009.—San José, 25 de agosto del 2011.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012288425.—(IN2012029499).

Maryury Jahaira Cortez Ocampo, mayor, soltera, dependiente, nicaragüense, cédula de residencia 155807491319, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.4754-2011.—San José, trece de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012288437.—(IN2012029500).

Elizabeth del Carmen Navarrete Dávila, mayor, unión libre, ama de casa, nicaragüense, cédula de residencia 155800393628, vecina de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 102-2012.—San José, veintiuno de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012030518).

Oswald Styven Reyes Garay, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155811241217, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 4141-2010.—San José, nueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—(IN2012030564).

Danelia de los Ángeles Contreras Umaña, mayor, soltera, miscelánea, nicaragüense, cédula de residencia 155803446626, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1601-2009.—San José, veintidós de febrero de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012030762).

Hilton Antonio Guillén Torres, mayor, soltero, asistente técnico en agronomía, nicaragüense, cédula de residencia 155805724604, vecino de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 2398-2009.—San José, 24 de febrero del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012288991.—(IN2012030813).

Élida Rosa Bermúdez Orozco, mayor, soltera, vendedora, nicaragüense, cédula de residencia 155809956135, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2294-2011.—San José, ocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012289015.—(IN2012030814).

Laura Lynn Walker Calvez, mayor, soltera, ama de casa, estadounidense, pasaporte 710687786, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 6221-2010.—San José, ocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012289060.—(IN2012030815).

Gustavo Adolfo Restrepo Salazar, mayor, soltero, administrador, colombiano, cédula de residencia 117000868025, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2541-2010.—San José, trece de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012289077.—(IN2012030816).

Alejandra María Pineda Henao, mayor, casada, Administradora de Empresas, colombiana, cédula de residencia 117000453203, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 5697-2010.—San José, diez de febrero de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012031119).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000009-01

Compra de electrodomésticos

Se invita a todos los proveedores inscritos en el Registro de Proveedores de la Asamblea Legislativa y a todos los interesados en general, a participar en esta licitación. El cartel correspondiente estará disponible en esta Proveeduría, sita del Cine Magaly, 50 metros norte y 50 metros oeste, Edificio Sasso, segundo piso o bien, el mismo estará disponible en la página Web de la Asamblea Legislativa bajo el siguiente acceso: http:www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Proveeduria/

El plazo para recibir ofertas vence el día 4 de junio del 2012, a las 10:00 horas, momento en el cual se procederá a la apertura de las mismas.

San José, 7 de mayo del 2012.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—O. C. Nº 22003.—Solicitud Nº 35685.—C-7520.—(IN2012036890).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-0000068-00200

Construcción de la primera etapa del Edificio de Asesoría

en Tecnología de la Información del COSEVI

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 29 de mayo del 2012, para la licitación de referencia.

El (los) interesado(s) tiene(n) el cartel a su disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección http://www.hacienda.go.cr, accesando el link de Compra Red de Internet a partir del día hábil siguiente a esta publicación o solicitándolo para ser enviado vía correo electrónico (gvargas@csv.go.cr / vrodri@csv.go.cr).

Código Compra Red Nº CRAV12079804642012.

San José, 3 de mayo del 2012.—Departamento Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012037055).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE

Y LA RECREACIÓN

COMPRA DIRECTA Nº 2012CD-000030-01

Alquiler de oficina para la Dirección Regional

Pacífico Central

El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, invitan para tal efecto se recibirán ofertas por escrito hasta las 14:00 horas del 15 de mayo del 2012, en la Proveeduría Institucional ubicada dentro de las instalaciones del Gimnasio Nacional. Los interesados pueden retirar el pliego de condiciones sin costo alguno, en la Proveeduría Institucional, ubicada en las instalaciones del Gimnasio Nacional, Sabana Este, o bien, a través de la página Web del ICODER en la dirección: www.icoder.go.cr.

San José, 3 de mayo del 2012.—Proveeduría.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012036880).

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-01

Adquisición de software administrativo

para apoyo a la docencia

El Departamento de Proveeduría del Colegio Universitario de Cartago, se permite invitar al concurso por medio del procedimiento de contratación administrativa Licitación Abreviada Nº 2012LA-000003-01 “Adquisición de software administrativo para apoyo a la docencia”.

El pliego de condiciones está a disposición de todo proveedor interesado, a partir de la fecha de publicación de la presente invitación, el pliego de condiciones deberá ser solicitado al correo electrónico: proveeduriacuc@yahoo.com de lunes a viernes de las 9:00 horas a las 16:00 horas.

Cartago, 30 de abril del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Ligia Amador Brenes, Proveedora.—1 vez.—RP2012292051.—(IN2012036942).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD DE PÉREZ ZELEDÓN

ADMINISTRACIÓN

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012-LA-000002-2760

Contratación de arrendamiento de un edificio de mínimo

600m2, para albergar la Sede Administrativa del Área

de Salud de Pérez Zeledón

El Área de Salud de Pérez Zeledón, Unidad Programática 2760, comunica que se encuentra en concurso la Licitación Abreviada Nº 2012-LA-000002-2760, para contratación de arrendamiento de un edificio de mínimo 600m2, para albergar la sede administrativa del Área de Salud de Pérez Zeledón. Ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San Isidro de El General, 2 de mayo del 2012.—Lic. Sonia Fernández Benamburg, Administradora.—1 vez.—(IN2012036926).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000020-PRI

Abastecimiento de agua potable Santa María

de Río Jiménez de Guácimo

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 29 de mayo del 2012. Para contratar el “Abastecimiento de agua potable Santa María de Río Jiménez de Guácimo”.

Los documentos que conforman el cartel podrán descargarse de la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien retirarse en la Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

San José, 3 de mayo del 2012.—Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42085.—C-11480.—(IN2012037070).

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000022-PRI

Compra de tubería HG, HD y accesorios en HG y HD,

Valvulería en BR., HF o HD y tapas metálicas

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 24 de mayo del 2012, para contratar la “Compra de Tubería HG, HD y accesorios en HG y HD, Valvulería en BR., HF o HD y tapas metálicas”.

Los documentos que conforman el cartel, podrán descargarse en la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien retirarse en la Proveeduría del AyA, sita en el módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

San José, 2 de mayo del 2012.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42084.—C-12300.—(IN2012037072).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-01

Servicios de Licenciamiento de software para la creación

de objetivos de aprendizaje para e-learning,

así como su hospedaje y mantenimiento

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 29 de mayo del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste; del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46871.—C-12220.—(IN2012037006).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-SUTEL

Contratación de un servicio de monitoreo de medios

de comunicación y publicidad, sobre temas

relacionados con la SUTEL

y los operadores

que regula

La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica número 3-007-566209, ubicada en Guachipelín de Escazú, Edificio Tapantí, tercer y cuarto piso, 100 metros al norte de Construplaza, mediante su área de Proveeduría, indica a todos los oferentes interesados, que aplicando el artículo 99 del R.L.C.A., recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 21 del mes de mayo del 2012.

El cartel no posee ningún costo, por lo que puede ser descargado en el link http://www.sutel.go.cr/Ver/Contenido/proveeduria/226.

A la vez se informa que para cualquier consulta adicional, se pueden comunicar al teléfono 4000-0086 o al correo electrónico noilly.chacon@sutel.go.cr.

Área de Proveeduría.—Lic. Noilly Chacón González.—1 vez.—O. C. Nº 0065-2012.—Solicitud Nº 40896.—C-16940.—(IN2012036946).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-SUTEL

Contratación de una empresa que realice la revisión,

actualización y definición de las condiciones

de medición de los parámetros de calidad

de los servicios de telecomunicaciones,

establecidas en el Reglamento

de Prestación y Calidad

de los Servicios

La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica número 3-007-566209, ubicada en Guachipelín de Escazú, Edificio Tapantí, tercer y cuarto piso, 100 metros al norte de Construplaza, mediante su área de Proveeduría, indica a todos los oferentes interesados, que aplicando el artículo 99 del R.L.C.A, recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 22 del mes de mayo del año 2012.

El cartel no posee ningún costo, por lo que puede ser descargado en el link http://www.sutel.go.cr/Ver/Contenido/proveeduria/226.

A la vez se informa que para cualquier consulta adicional, se pueden comunicar al teléfono 4000-0086 o al correo electrónico noilly.chacon@sutel.go.cr.

Área de Proveeduría.—Lic. Noilly Chacón González.—1 vez.—O. C. Nº 0065-2012.—Solicitud Nº 40896.—C-16940.—(IN2012036947).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-SUTEL

Contratación de servicios profesionales para la medición

de indicadores de calidad para redes móviles a nivel nacional

La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica número 3-007-566209, ubicada en Guachipelín de Escazú, Edificio Tapantí, tercer y cuarto piso, 100 metros al norte de Construplaza, mediante su área de Proveeduría, indica a todos los oferentes interesados, que aplicando el artículo 99 del R.L.C.A, recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 23 del mes de mayo del 2012.

El cartel no posee ningún costo, por lo que puede ser descargado en el link http://www.sutel.go.cr/Ver/Contenido/proveeduria/226.

A la vez se informa que para cualquier consulta adicional, se pueden comunicar al teléfono 4000-0086 o al correo electrónico noilly.chacon@sutel.go.cr.

Área de Proveeduría.—Lic. Noilly Chacón González.—1 vez.—O. C. Nº 0065-2012.—Solicitud Nº 40896.—C-16940.—(IN2012036948).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ

UNIDAD DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000002-01

Mantenimiento preventivo y correctivo para la flota

de maquinaria y vehículos de la Municipalidad de Sarapiquí

La Municipalidad de Sarapiquí, ubicada costado noroeste; de las Oficinas del Tránsito en Puerto Viejo de Sarapiquí, recibirá ofertas para el siguiente proceso de licitación:

    Licitación Pública Nº 2012LN-000002-01 “Mantenimiento preventivo y correctivo para la flota de maquinaria y vehículos de la Municipalidad de Sarapiquí”

Hasta las 10:00 horas del día 30 de mayo del 2012.

El pliego de condiciones de esta licitación (cartel), normativa aplicable, estarán disponibles a partir de la presente publicación, en la página Web de la Municipalidad de Sarapiquí: www.sarapiqui.go.cr. Para mayor información comunicarse al teléfono 2766-5434 de la Proveeduría Municipal.

Proveeduría Municipal.—Andrés Hernández Arguedas Proveedor.—1 vez.—(IN2012036996).

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-000161-01

Servicios de regencia ambiental para la fiscalización

de operación de la celda temporal por un periodo

de agosto 2012 a abril 2013

La Oficina de Proveeduría de la Municipalidad de Santa Cruz, Guanacaste, le comunica que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día viernes 18 de mayo del 2012, para participar de la Contratación Directa Nº 2012CD-000161-01, servicios de regencia ambiental para la fiscalización de operación de la celda temporal por un periodo de agosto 2012, a abril del 2013, la cual se realizará en las oficina de la Proveeduría de la Municipalidad de Santa Cruz, sita costado noroeste del Parque Bernabela Ramos, para la presente contratación; respectivamente se procederá la apertura de las mismas. Se les solicita apegarse al cartel.

Podrán realizar consultas al teléfono 2680-0101 Ext. 233 o bien al correo electrónico proveeduriasantacruz@gmail.com, de previo a la apertura.

Santa Cruz, 3 de mayo del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Keylor Jaén Rosales, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012036919).

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COLORADO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-01

Contratación de dos abogados externos para tramitar cobro

judicial para el Concejo Municipal de Distrito de Colorado

El Concejo Municipal de Distrito de Colorado, invita a participar a los proveedores a nivel nacional, para la contratación de abogados externos, el pliego de condiciones se encuentra a disposición de los interesados en las oficinas de este Municipio, fecha y hora máxima para recibir ofertas el día 17 de mayo del 2012, a las diez horas. Para mayor información comunicarse a los teléfonos 2678-0137 ó 0383, ext. 102, al Departamento de Proveeduría o al correo electrónico i_guzman_m@hotmail.com.

Proveeduría.—Idaly Guzmán Mejías.—1 vez.—(IN2012036886).

ADJUDICACIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-0001600005

Cambio de cubierta de techo y sustitución de canoas de algunas

áreas específicas del Galpón 1 del CENADA

La Proveeduría del PIMA en apego a la normativa vigente y según resolución tomada por nuestra gerencia mediante oficio GG-158-12, comunica al público en general que se ha procedido a adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000004-0001600005, a la oferta presentada por Construcciones Arroymar S. A., por un monto total de veintisiete millones doscientos treinta mil quinientos treinta y tres colones con 75/100 (¢27.230.533,75), para que lleve a cabo el cambio de la cubierta de techo y sustitución de canoas de algunas áreas específicas del Galpón 1 del CENADA, según cartel de licitación y oferta respectiva. Lo anterior en virtud de los resultados obtenidos en el proceso de análisis y calificación de ofertas que consta en el Expediente de contratación respectivo.

Cualquier consulta o aclaración respecto a este proceso puede solicitarse al teléfono 2239-1233, ext. 222 ó 258 o directamente en las oficinas de Proveeduría ubicadas 500 metros este del Mall Real Cariari en Barreal de Heredia.

Heredia, 2 de mayo del 2012.—Proceso de Proveeduría.—Ronald Miranda.—1 vez.—(IN2012037022).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-01

Contratación de una empresa que brinde el servicio de

interconexión de transacciones, mediante una

plataforma integral de pagos para comercio

electrónico adquirente

Se comunica a los interesados de esta Licitación Abreviada, que el Subcomité de Licitaciones en el artículo 06 de la Sesión Ordinaria Nº 591-2012, celebrada el 23 de abril del 2012, acordó:

Adjudicar parcialmente la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000004-01, promovida para la “Contratación de una empresa que brinde el servicio de interconexión de transacciones, mediante una plataforma integral de pagos para comercio electrónico adquirente” a la empresa Alignet S.A.V., según el siguiente detalle:

    Costo de procesamiento por transacción autenticada o autorizada (incluye mantenimiento y licenciamiento de la plataforma)      $0.15 i. v. i.

    Costo anual por cada comercio nuevo o por cada comercio afiliado a la plataforma  $188.00 i. v. i.

El plazo de la contratación será de doce (12) meses, prorrogables en forma automática por un periodo igual, hasta un máximo de dos (2) años en total, o hasta el momento en que se agote el presupuesto asignado, por lo cual el primer hecho que acaezca, dará por terminado el contrato sin responsabilidad para ninguna de las partes.

Todo conforme lo estipulado en el cartel y la oferta presentada que consta en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente contratación.

La Uruca, 8 de mayo del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 511099.—Solicitud Nº 41973.—C-28220.—(IN2012037024).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-2101

Lamotrigina 25 Mg. Tabletas masticables y dispersables

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael A. Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar el mismo de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Compañía Farmacéutica S. A.

Ítem adjudicado: Único

Monto total: ¢22.968.000,00

Tiempo de entrega: Parcial, primera entrega 160 CN en 3 días hábiles máximo, luego entregas mensuales de 100 CN cada una, después de la primera entrega hasta terminar.

Estabilidad: 20 meses.

Compra para consumo de un año. Podrá ser prorrogado como máximo por un periodo igual si con sesenta (60) días naturales de anticipación a su vencimiento el hospital no comunica por escrito su deseo de darlo por terminado.

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 3 de mayo del 2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinadora a.í.—1 vez.—(IN2012037015).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000104-01

Servicio de mantenimiento y soporte técnico para equipo de

cómputo integrado al sistema SAN (Storage Área

Network) del INA, según demanda

La Comisión Local Central de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en la sesión 09-2012, artículo II, de fecha 30 de abril del 2012, acordó lo siguiente:

a.  Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000104-01, para el servicio de mantenimiento y soporte técnico para equipo de cómputo integrado al sistema SAN (Storage Área Network) del INA, según demanda, de conformidad con el informe de recomendación UCI-PA-0459-2012, el estudio legal AL-166-2012, y los Estudios Técnicos USST-ADQ-009-2012, USST-ADQ-037-2012 y USST-ADQ-058-2012, de la siguiente manera:

    Adjudicar la línea 1 (única), a la oferta 1 de la empresa Sonda Tecnologías de Información de Costa Rica S.A., por un monto de $90,00 la hora, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.

San José, 8 de mayo del 2012.—Proceso Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46871.—C-18820.—(IN2012037008).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-01

Contratación de consultor profesional para la organización

y gestión de la recolección de la información de la Encuesta

Nacional de Ingresos y Gastos

La Unidad de Proveeduría del Instituto Nacional de Estadística y Censos, procede a comunicar que mediante la resolución gerencial GE-297-2012, se adjudica la Licitación Abreviada Nº 2010LA-000001-01 “Contratación de consultor profesional para la organización y gestión de la recolección de la información de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos”, al MSc. Luis Alberto de los Ángeles Ruiz Esquivel, cédula 4-0126-0995, por un monto total de ¢18.000.000,00 (dieciocho millones de colones exactos).

Unidad de Proveeduría.—Lic. Mario Madriz Quirós, Coordinador.—1 vez.—(IN2012036881).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO

ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

UNIDAD EJECUTORA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-03

Actualización y extensión del SCADA

de distribución de la JASEC

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, por medio de la Unidad Ejecutora, comunica que la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000003-03, que tiene por objeto la “Actualización y extensión del SCADA de distribución de la JASEC” fue declarada infructuosa por la Junta de Adquisiciones, en el acuerdo Nº UEP-327-2012, de las nueve horas y treinta minutos del 26 de abril del 2012, por ausencia de ofertas elegibles. Los interesados podrán obtener el texto íntegro del acuerdo accesando la página Web de JASEC, http://www.jasec.co.cr/adjudicaciones_prov_ejecutora/lic_abreviadas.html

Cartago, 27 de abril del 2012.—Área Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Jénnifer Solano Abarca.—1 vez.—O. C. Nº 5094—Solicitud Nº 47111.—C-14100.—(IN2012037048).

REMATES

AVISOS

ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE

REMATE Nº 2012-RE-001-01

Vehículos para ser utilizados como chatarra

La Asociación Cruz Roja Costarricense, cédula jurídica número 3-002-045433, rematará al mejor oferente, vehículos únicamente para ser cortados y utilizados como chatarra.

Será responsabilidad del oferente adjudicado, cortar y extraer todo el material existente, por lo que deberá contar con la maquinaria correspondiente o de lo contrario contratar a terceros para dicha tarea, sin que esto implique ningún costo para la Cruz Roja Costarricense, además deberá realizar la limpieza del lugar en donde se encuentran los vehículos, debiendo realizar las dos labores, en un plazo no mayor a quince días naturales, con posterioridad a la orden de inicio que el encargado del Departamento de Transportes le extienda; sin embargo, si se presentara algún inconveniente y no se pudieran ejecutar en dicho plazo, es obligación del oferente comunicar las razones del atraso en forma escrita y razonada al Departamento de Proveeduría, al fax número 2528-0041, además debe indicar la cantidad de días adicionales que necesitaría en ese caso; lo cual debe ser evaluado y valorado por dicho Departamento.

Los bienes a rematar se encuentran ubicados en el Comité Auxiliar de la Cruz Roja Costarricense en León XIII, ubicado en Ciudadela León XIII, de la Metalco 800 metros oeste y 200 metros norte. Los mismos únicamente pueden ser utilizados como chatarra y deberán de ser cortados en el lugar del remate, por disposición expresa del Instituto Costarricense Sobre Drogas, Institución que donó el material.

El precio base de los materiales es de: ¢300.000,00 (trescientos mil colones exactos) para el vehículo marca Nissan placas 183904, decomisado en la causa 03-000633-066, ¢100.000,00 (cien mil colones exactos) para el vehículo marca Daewoo placas 226585, decomisado en la causa 02-002365-647, ¢200.000,00 (doscientos mil colones exactos) para el vehículo marca Honda placas 197256, decomisado en la causa 98-001467-066, por lo que el oferente no podrá ofrecer un precio menor. Para que la adjudicación sea eficaz, el adjudicatario (oferente que ofreció el precio mayor por vehículo para chatarra) deberá depositar a la administración el mismo día del remate, una vez finalizado el mismo, una garantía de cumplimiento del 10% (diez por ciento) en dinero efectivo, por cada uno de los vehículos adjudicados, el cual será contado en presencia del adjudicatario y de los representantes de la institución, y posteriormente se le entregará un recibo que indique el monto de dinero recibido. El saldo correspondiente deberá cancelarlo en un plazo máximo de tres días hábiles posterior al día del remate, en la caja de la tesorería ubicada en el edificio administrativo 50 metros norte de Casa Presidencial, o en la cuenta corriente 120470-0 del Banco Nacional de Costa Rica, de lo contrario no podrá llevarse los materiales. Cabe mencionar que en caso que no realice el depósito correspondiente como se indica o que decida retirarse del proceso y no cumplir con la extracción, el monto de la garantía depositada resultará a favor de la Institución y no le será devuelta al oferente bajo ningún concepto.

El remate se llevará a cabo en el Comité Auxiliar en León XIII, a las 10:00 horas del día jueves 31 de mayo del 2012 y los interesados podrán ir a examinar los bienes, antes del remate, como lo establece el artículo 50 de la L. C. A., para lo cual deben coordinar la visita con el señor Olivier Vásquez, Jefe del Departamento de Transportes de la Cruz Roja Costarricense, al teléfono 2528-0140.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Verny Alexander Rodríguez Martínez, jefe.—1 vez.—(IN2012037040).

VARIACIONES DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

ÁREA DE PLANIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

Comunican:

Que en atención a los oficios AMTC-1151-04-2012 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica y el oficio SIEI-00519-2012 de la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, se informa que se modificó la siguiente ficha técnica.

   Código         Descripción medicamento                Observaciones

1-10-11-1758 Warfarina sódica 1 mg. Tabletas           Versión CFT 03808

                                                                           Rige a partir de su publicación

Esta ficha técnica se encuentra disponible en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 13 del Edificio Genaro Valverde, Oficinas Centrales de la CCSS.

San José, 18 de abril del 2012.—Lic. William Vargas Chaves Mass, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 1143.—Solicitud Nº 2418.—C-9840.—(IN2012031183).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

Que en atención a los oficios AMTC-1322-04-2012, y el oficio SIEI-0606-2012, de la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, se informa que:

Se modificaron las siguientes fichas técnicas.

 

Código

Descripción medicamento

Observaciones

1-10-44-4762

Vacuna combinada de toxoide diftérico

Versión CFT 69802

Rige a partir de su publicación

1-10-44-4773

Vacuna de sarampión y rubeola

Versión CFT 69501

Rige a partir de su publicación

2-       Se publican las siguientes nuevas fichas técnicas:

 

Código

Descripción medicamento

Observaciones

1-11-04-0010

Voriconazol 200 mg (10 mg/ml)

Versión 71800

Primera versión

Rige a partir de su publicación

1-11-38-0003

Cabergolina 0,5 mg. Tabletas

Versión 71900

Primera versión

Rige a partir de su publicación

Estas fichas técnicas se encuentran disponibles en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 13 del Edificio Genaro Valverde, oficinal Centrales CCSS.

Área de Planificación de Bienes y Servicios.—Lic. William Vargas Chaves Mass, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 1143.—Solicitud Nº 2420.—C-30740.—(IN2012036987).

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA

En relación al expediente 12-002-RC y fundamento en el informe final Al-0135-2012 suscrita por la Lic. Sandra Nájera Pérez-Órgano Instructor de la Oficina de Asesoría y Gestión Legal; mediante oficio DAF-0357-2012 del MSc Edwin Acuña Ulate-Director Administrativo Financiero, dicta:

“... Ratifica sanción de apercibimiento contra la empresa Distribuidora Royal S. A., por incumplimiento contractual en la Compra Directa Nº 2011CD-000104-2304 “Varios de oficina...”.

De la cual incumplió con los siguientes objetos:

 

Código Institucional

Descripción

4-80-05-0020

Cinta de impresora LX Epson 300/850

4-80-05-0020

Cinta de impresora LX Epson 2170

4-80-05-0125

Tinta para impresora HP 5440 negro

4-80-05-0125

Tinta para impresora HP 5440 color

4-80-05-0125

Tinta para impresora Epson C92 negra

4-80-05-0125

Tinta para impresora Epson C92 color cyan

4-80-05-0125

Tinta para impresora Epson C92 color magenta

4-80-05-0125

Tinta para impresora Epson C92 color amarillo

1-80-02-0590

Toner para fotocopiadora modelo Afic 1022

1-80-02-0590

Toner para brother modelo TN-350

 

San José, 3 de mayo del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada, MBA Jefa.—1 vez.—(IN2012036524).

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000006-01

(Modificación Nº 1)

Contratación de los servicios de: 1- recolección de depósitos

a cuenta en el domicilio de clientes dentro de la gran área

metropolitana, 2- recolección de depósitos a cuenta

en el domicilio de clientes fuera de la gran área

metropolitana, 3- transporte y entrega de remesas

de dinero en el domicilio de clientes dentro

de la gran área metropolitana y 4- transporte

y entrega de remesas de dinero en el domicilio

de clientes fuera de la gran área metropolitana

Se comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000006-01, que el Comité de Licitaciones en el artículo 05 de la Sesión Ordinaria Nº 1089-2012, celebrada el 17 de abril del 2012, acordó las siguientes modificaciones:

1.  Modificación uno

En el apartado I. Criterios Técnicos Obligatorios para todos los ítems, punto 1 permisos y licencias durante la vigencia del contrato, deberá leerse de la siguiente manera:

Con su oferta debe aportar la certificación vigente a la fecha de la apertura de las ofertas, de que se encuentra debidamente inscrito y autorizado para brindar los servicios de seguridad privada en la clasificación de Custodia y Transporte de Valores que otorga el Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública; facultad que debe mantener durante toda la vigencia del contrato.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, 8 de mayo del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—O. C. Nº 511099.—Solicitud Nº 41971.—C-24460.—(IN2012037023).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000018-PCAD

(Prorroga Nº 1)

Contratación de servicios para las visitas de seguimiento

y control a garantías reales recibidas como avales

de Operaciones Crediticias

(Consumo según demanda)

Se les comunica a los interesados que se prorroga por la atención de aclaraciones, la fecha y hora para la apertura de ofertas de este concurso para el día 16 de mayo del 2012, a las 14:00 horas.

Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 3 de mayo del 2012.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2012037064).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº LN101204 (2012LN-101204-UP)

Adquisición de equipo especializado

para la atención y el combate

de incendios

El Benemérito Cuerpo de Bomberos comunica la publicación de una serie de aclaraciones de la Licitación Pública Nº LN101204 (2012LN-101204-UP) “Adquisición de equipo especializado para la atención y el combate de incendios”.

Las aclaraciones respectivas podrán visualizarlas y descargarlas del portal de Internet www.bomberos.go.cr

San José, 3 de mayo del 2012.—Lic. Guido Picado Jiménez, Proveedor.—1 vez.—(IN2012037046).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000013-2101

Compra de detergente industrial

para maquina lavadora vajilla

Se informa a los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000013-2101. Compra de detergente industrial para maquina lavadora vajilla.

Fecha de recepción de ofertas programada para el día 9 de mayo del 2012, a las 2:00 p.m. Se traslada para el día 17 de mayo del 2012, a las 10:00 a.m.

Resto de condiciones del cartel se mantienen igual.

San José, 3 de mayo del 2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Alejandro Molina Fonseca.—1 vez.—(IN2012037017).

REGLAMENTOS

BANCO DE COSTA RICA

La Junta Directiva General del Banco en sesión 13-12, artículo X, del 26 de marzo de 2012, aprobó el siguiente documento:

REGLAMENTO DE VENTA DE BIENES ADQUIRIDOS

EN PAGO DE OBLIGACIONES

Propósito

El propósito de este Reglamento es regular la administración de los bienes embargados y adquiridos en pago de obligaciones, así como la venta de éstos, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional.

Alcance

Está dirigido para los funcionarios, que en sus labores diarias, administren este tipo de bienes, logrando por medio de esta actividad la máxima recuperación por ejecución de garantías.

Definiciones

Conglomerado Financiero BCR: está integrado por el Banco de Costa Rica que ostenta la condición de entidad controladora del conglomerado, y por sus sociedades subsidiarias: BCR Valores S. A., BCR Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S. A., BCR Pensiones, Operadora de Planes de Pensiones Complementarias S. A., BCR Corredora de Seguros S. A., Banco Internacional de Costa Rica S. A., BanProcesa TI S. A., así como cualquier otra sociedad que en el futuro integre al Conglomerado, según lo dispuesto en el Reglamento sobre autorizaciones de entidades supervisadas por la Sugef y sobre autorizaciones y funcionamiento de grupos y conglomerados financieros, acuerdo Sugef 8-08.

Para efectos de estas disposiciones, se excluye del concepto de Conglomerado Financiero BCR al Banco Internacional de Costa Rica S. A. (BICSA) y BanProcesa TI S. A.

CAPÍTULO I

De la administración de los bienes

Artículo 1º—Las atribuciones aquí consignadas, así como cualquier otro monto a que se haga referencia están dadas en U.S. dólares; para lo cual se aplicará su equivalente en colones al tipo de cambio vigente establecido por el BCR para la compra.

Artículo 2º—La administración de los bienes deberá ejercerse con criterio comercial, sin detrimento de las obligaciones que impone la ley para su cuido.

Dentro de este marco, las acciones necesarias para la vigilancia, mantenimiento y los gastos en que se incurra por estos conceptos, deberán autorizarse en beneficio de la deseabilidad comercial de los bienes, brindando seguimiento a los gastos efectuados, a fin de evitar un incremento excesivo.

Asimismo, las inversiones que mejoren la condición de los bienes, se aprobarán considerando que éstas facilitarán su venta y que pueden ser recuperadas con ella, o por razones de costo-beneficio de conveniencia institucional justificada.

Artículo 3º—Con una periodicidad conforme lo dispuesto en los artículos 12 y 16 de este Reglamento, se deberá realizar una valoración de los bienes a fin de ajustarlos al valor de mercado.

Artículo 4º—La compra de bienes y servicios necesarios para la administración de los bienes, se regirá, en lo que corresponda, por la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento, así como por el Reglamento de atribuciones en materia de contratación administrativa de bienes y servicios.

Artículo 5º—El monto de las compras de bienes y servicios, que el BCR realice para la administración de los bienes embargados o adquiridos en pago de obligaciones, será cargado a la obligación que originó esa administración.

Artículo 6º—El arrendamiento de bienes adjudicados en pago de obligaciones debe considerarse como una contratación de excepción, por lo tanto cada caso en concreto debe ser analizado y aprobado por la Comisión de Venta de Bienes Adquiridos en Pago de Obligaciones, previo criterio favorable de la División Jurídica cuando el caso lo amerite.

CAPÍTULO II

De las ventas

Artículo 7º—Toda venta deberá ser promovida inmediatamente después de la adjudicación en firme de los bienes no sujetos a inscripción, o a la inscripción en el Registro Público si se trata de bienes inscribibles, salvo situaciones excepcionales previo estudio del caso concreto.

Artículo 8º—Para la venta de los bienes con avalúos superiores a $4.000,00 y que sean de liquidez alta y media alta deberá promoverse un concurso de oferentes, incrementándose la base del avalúo en un 10% en el primer concurso. Excepcionalmente, la Comisión de Venta de Bienes podrá aprobar el traspaso de los bienes, eximiéndoles de este requisito.

El resto de los bienes, se podrán vender mediante negociaciones directas.

Los bienes que se hayan incluido en concurso de oferentes y sobre los cuales no se haya finiquitado la venta se pondrán vender por medio de estas negociaciones.

Cuando se estime conveniente, podrá solicitarse garantía de participación o cumplimiento, o ambas, en los porcentajes y condiciones, establecidas para este tipo de instrumentos, en la Ley de contratación administrativa y su Reglamento.

Artículo 9º—Los avalúos que se utilizarán como base para la venta de bienes, serán realizados por la Gerencia de Ingeniería y Valuación, ya sea con peritos internos o externos.

Artículo 10.—Independientemente de la base fijada para la venta, se podrá realizar la venta directa al ex propietario de un bien, por la suma necesaria para cancelar las obligaciones exigibles con el BCR. Si el ex propietario es el deudor, la venta deberá ser de contado.

Artículo 11.—De toda decisión sobre la venta de un bien, deberá quedar constancia en el mismo acto administrativo en que se emite la resolución aprobando la venta.

De la venta de bienes muebles

Artículo 12.—La base inicial para la venta de los bienes muebles, no podrá ser inferior al monto del avalúo, el cual no podrá tener más de seis meses de haberse efectuado.

Artículo 13.—La Comisión de Venta de Bienes Adquiridos en Pago de Obligaciones o el director de Operaciones o el director Comercial Empresarial y de Personas, podrán autorizar una disminución a la base, hasta un 25%, cuando la promoción de la venta haya resultado infructuosa.

Esta autorización, deberá ser debidamente motivada, y sustentada en criterios de razonabilidad y conveniencia institucional.

Artículo 14.—En caso de bienes muebles con derechos prioritarios a favor de terceros y otros que presenten obstáculos que dificulten libremente su venta en el mercado, la Comisión de Venta de Bienes Adquiridos en Pago de Obligaciones o el Comité Corporativo Ejecutivo podrán autorizar la venta sin sujeción a base.

Artículo 15.—En caso de bienes que presenten condiciones especiales que imposibiliten su venta, tales como alto grado de deterioro, obsolescencia o muy poca liquidez, la Comisión de Venta de Bienes Adquiridos en Pago de Obligaciones, podrán venderlos sin sujeción a base o declararlos como desechos; esta declaratoria implica su liquidación y eliminación del inventario de bienes muebles, debiendo motivarse el acto y dejar constancia de los atestados que justifiquen esta decisión.

Venta de bienes inmuebles

Artículo 16.—La base para la venta de los bienes inmuebles, no podrá ser inferior al monto del avalúo, el cual no podrá tener más de un año de haberse efectuado.

La Comisión de Venta de Bienes Adquiridos en Pago de Obligaciones o el director de Operaciones, o el director Comercial Empresarial y de Personas podrán autorizar una disminución a la base hasta de un 25% cuando la promoción de la venta haya resultado infructuosa. Esta autorización, deberá ser debidamente motivada, y sustentada con criterios de razonabilidad y conveniencia institucional.

Artículo 17.—En caso de bienes inmuebles que requieren de una gestión de venta especial, como son derechos indivisos de copropiedad que se adjudique el Banco, fincas con problemas de precarismo, bienes con derechos prioritarios de terceros y otros que presenten obstáculos que dificulten libremente su venta en el mercado; la Comisión de Venta de Bienes Adquiridos en Pago de Obligaciones o el Comité Corporativo Ejecutivo podrán autorizar, una vez evaluada su conveniencia, la venta sin sujeción a base.

CAPÍTULO III

Del financiamiento

Artículo 18.—Cuando se realice una venta con financiamiento parcial o total del precio, el crédito se tramitará de conformidad con las disposiciones crediticias vigentes. Para efectos del cuadro de garantías, se utilizará el avalúo en que se sustentó la base de venta.

Si el monto a financiar es superior al avalúo del bien a los márgenes de responsabilidad que corresponda, se podrá tramitar el crédito con garantía adicional a satisfacción del BCR.

CAPÍTULO IV

De las atribuciones

Artículo 19.—Los pagos obligatorios que imponen las leyes, tales como: impuestos territoriales, impuestos municipales y otros como los correspondientes a servicios públicos, se cancelarán con el visto bueno en forma individual del director de Operaciones, el gerente del CSO Corporativo Empresarial, el gerente del CSO Empresarial Centro, el gerente de Ingeniería y Valuación, el gerente de División Comercial Institucional, el gerente de División Comercial Corporativo y el director Comercial Empresarial y de Personas.

Artículo 20.—Los niveles de atribuciones para la compra de bienes y servicios necesarios para la administración de los bienes embargados y de los bienes adjudicados y recibidos en dación de pago, se regirán conforme lo establecido en el anexo 1 Atribuciones para la compra de bienes y servicios para la administración de los bienes embargados y adjudicados de este Reglamento.

Artículo 21.—Los niveles de atribuciones para la adjudicación de la venta de bienes, se regirán conforme lo establecido en el anexo 2 Atribuciones para la aprobación de ventas de bienes adquiridos en pago de obligaciones de este Reglamento.

CAPÍTULO V

De la Comisión de Venta de Bienes Adquiridos

en Pago de Obligaciones

Artículo 22.—La Comisión estará integrada por los servidores que ostenten los siguientes cargos y será presidido por el director de Operaciones del Banco:

1.  Director de Operaciones, quién preside.

2.  Gerente del CSO Corporativo Empresarial.

3.  Gerente del CSO Empresarial Centro.

4.  Gerente de Ingeniería y Valuación, (o en su defecto a quien designe en caso de ausencia temporal).

5.  Gerente de División Comercial Institucional.

6.  Gerente de División Comercial Corporativo.

7.  El Director Comercial Empresarial y de Personas, (o en su defecto a quien designe en caso de ausencia temporal) (*).

(*)  Lo podrán sustituir, dependiendo del tema:

a.    Gerente de División Comercial Empresarial y de Personas Oeste o,

b.   Gerente de División Comercial Empresarial y de Personas Este

Cuando se conozcan otros temas específicos, la Comisión del BCR podrá invitar al servidor respectivo, según el tema a tratar.

Artículo 23.—La Comisión de Venta de Bienes Adquiridos en Pago de Obligaciones le corresponden las siguientes funciones:

a.  Tramitar y resolver los asuntos en materia de venta de bienes adjudicados en pago de obligaciones que se sometan a su conocimiento, procurando los mejores intereses de la Institución.

b.  Establecer una política de plazos de referencia para la venta de cada bien adjudicado, y la disminución porcentual de la base, en caso de promociones infructuosas.

c.  Evaluará resultados y tratará los temas estratégicos necesarios para mejorar la gestión y maximizar la recuperación por esta vía.

Artículo 24.—El quórum quedará válidamente constituido con la presencia de la mitad de sus miembros más uno.

Artículo 25.—Las decisiones se tomarán por simple mayoría de los miembros asistentes con derecho a voto; en caso de empate el Presidente tendrá doble voto.

Artículo 26.—Las reuniones de la Comisión de Venta de Bienes Adquiridos en Pago de Obligaciones, se celebrarán con la frecuencia que sea necesaria, y será convocada por cualquiera de sus miembros.

A la convocatoria para la reunión se acompañará copia del orden del día, salvo caso de urgencia. Quedará válidamente constituido e integrado el Órgano Colegiado sin cumplir los requisitos referentes a la convocatoria o al orden del día cuando asistan todos sus miembros y así lo acuerden por unanimidad.

Artículo 27.—La persona designada por la comisión será la encargada de elaborar el acta de cada reunión; quien también deberá llevar un libro físico donde se custodiarán las actas.

De cada una de las reuniones que celebre la Comisión, se levantará un acta detallando los asuntos conocidos y su resolución. Los acuerdos quedarán en firme en la reunión en que se toman sí así lo disponen al menos la mitad de sus miembros más uno. En caso contrario quedarán en firme en la siguiente reunión la cual deberá llevarse a cabo en las siguientes dos semanas; como máximo, después de celebrada la reunión anterior.

El acta de la Comisión una vez aprobada; se hará del conocimiento del Comité Corporativo Ejecutivo y por medio de éste a la Junta Directiva General.

Artículo 28.—En ausencia temporal de alguno de los miembros de esta Comisión, se sustituirá por quién ejerza en ese momento el puesto del titular.

En el caso de que un servidor deje de ejercer el puesto que lo habilita para ser miembro, este será sustituido por quién sea designado a ejercer ese cargo.

El titular del cargo en la Comisión designará quién lo sustituirá temporalmente por motivo de vacaciones, incapacidades, ausencias por capacitaciones, entre otros motivos. El sustituto, debe cumplir las competencias suficientes y necesarias para su representación. Ejercerá el cargo con las mismas atribuciones de voz y voto del titular.

CAPÍTULO VI

Disposiciones finales

Artículo 29.—Los funcionarios del Conglomerado Financiero BCR, no podrán participar en los procesos de venta que se tramiten.

No obstante, si un bien se ha publicado en tres oportunidades o más durante un año y no se ha logrado su venta, la Comisión de Venta de Bienes Adquiridos en Pago de Obligaciones podrá autorizar su venta entre los funcionarios del Conglomerado Financiero BCR.

Tendrán prohibición absoluta de adquisición de estos bienes, miembros de la Junta Directiva General, el gerente general, los subgerentes, los directores, auditor y subauditor, los gerentes de las divisiones comerciales, los abogados de la División Jurídica, así como los abogados externos y peritos que hayan participado en el proceso de adquisición y valoración de los bienes, gerente del CSO Corporativo Empresarial, gerente del CSO Empresarial Centro, gerente de Ingeniería y Valuación, los interventores y cualquier otro funcionario que participe en la Comisión de Venta de Bienes Adquiridos en Pago de Obligaciones.

La anterior prohibición incluye además, al cónyuge, compañero o compañera de unión de hecho de los funcionarios mencionados, así como sus parientes por consanguinidad hasta el primer grado.

Artículo 30.—Estas normas se aplicarán sin perjuicio de normas específicas legales y reglamentarias, aplicables a los asuntos tratados.

Artículo 31.—Esta publicación elimina la versión anterior. Rige a partir de su publicación en Diario Oficial La Gaceta.

San José, 10 de abril del 2012.—Oficina de Normativa Administrativa.—Carlos Calderón Gutiérrez, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 61892.—Solicitud Nº 45962.—C-313040.—(IN2012032287).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Que en la sesión de Junta Directiva del INA Nº 4522, celebrada el 19 de marzo de 2012, mediante acuerdo Nº 037-2012-JD-V2, se aprobó el Reglamento de Uniformes y Signos Externos del Instituto Nacional de Aprendizaje, el cual se transcribe a continuación:

Artículo 1º—Se entenderá por uniforme la vestimenta distintiva y accesorios necesarios, establecidos para el personal del Instituto Nacional de Aprendizaje, que se regula en los siguientes artículos.

Artículo 2º—El Instituto Nacional de Aprendizaje suministrará el uniforme ó signos externos en forma gratuita a las personas funcionarias que señala este Reglamento.

Artículo 3º—Definiciones:

Administración Superior: Junta Directiva, Presidencia Ejecutiva, Gerencia General, Subgerencias.

Bodeguero(a): Persona funcionaria que recibe y entrega materiales, herramientas o equipos en una bodega y lleva los registros respectivos.

Camisa de vestir: Prenda de vestir en tela con cuello, abertura al frente con botones, de manga larga o corta que cubre el torso hasta abajo de la cintura. En los colores y con los logos institucionales establecidos en el Manual de Imagen Gráfica Institucional.

Camisa tipo polo: Camisa de origen deportivo, con manga corta y cuello camisero abotonado hasta la mitad del pecho En los colores y con los logos institucionales establecidos en el Manual de Imagen Gráfica Institucional.

Conserje: Persona funcionaria que realiza labores de limpieza y aseo en oficinas, bodegas, edificios, así como en áreas adyacentes; barre y limpia muebles, estantes pisos, puertas, paredes, servicios sanitarios, ventanas, o similares; recoge y trasporta basura y desechos y prepara alimentos de acuerdo con instrucciones recibidas, lava los utensilios y mantiene el orden y el aseo en su área de trabajo.

Chofer: Persona funcionaria cuyas tareas implican la conducción de vehículos oficiales para el transporte de personas, materiales y carga diversa y vela porque el vehículo cuente con las condiciones necesarias para garantizar tanto su propia seguridad como la de las personas, materiales y equipos transportados.

Gabacha: Prenda textil que funciona como una vestimenta para la protección, holgada, con cierre delantero y cuello sport, cuya composición de la tela va a depender para el fin requerido. En los colores y con los logos institucionales establecidos en el Manual de Imagen Gráfica Institucional.

Personal Docente: Persona funcionaria cuyas actividades incluyen: impartir acciones formativas en diferentes modalidades, participar en las construcciones evaluativas teóricas y prácticas para medir el progreso de enseñanza aprendizaje de los formandos, en las certificaciones para la habilitación profesional y en la elaboración de perfiles ocupacionales., diseño y rediseño curriculares, renovación y preparación de material didáctico y programas de estudio; participar en proyectos de investigación que permitan obtener información para el desarrollo del Centro de Formación y de las acciones formativas en el área de influencia geográfica y la evaluación del desarrollo e impacto social de las acciones tanto de índole formativa como de proyección comunal y; participar en actividades propias de su área técnica en misiones internacionales en el acopio, desarrollo y transferencias de tecnología.

Mangas para la protección solar: Prendas confeccionadas en telas que contienen fibras sintéticas como elastano o spandex para mejorar su capacidad de obstrucción de los rayos solares

Mensajero(a): Persona funcionaria cuyas tareas contemplan el retiro, orden y distribución de correspondencia de toda índole, realiza diligencias y entrega mensajes y lleva los controles respectivos.

Oficial de seguridad: Persona funcionaria que ejecuta labores seguridad y vigilancia de las instalaciones, activos y personas de una institución pública.

Pantalón de mezclilla: Pantalón conocido comercialmente como vaquero y empleado originalmente como prenda de trabajo. Elaborado con tela cuyo componente principal es el algodón y por lo general de color azulado con atraques.

Pantalón de vestir: Prenda de vestir que cubre desde la cintura y cuya función está definida por el largo de la pierna. Confeccionado en gran variedad de telas y colores.

Persona trabajadora de mantenimiento: Persona funcionaria que ejecuta labores que requieren de la aplicación de conocimientos teóricos-prácticos de un oficio específico que combina el trabajo manual, las destrezas y habilidades personales, con la utilización de herramientas y equipo para proveer productos y servicios diversos de mantenimiento preventivo y correctivo de instalaciones, maquinaria y mobiliario, tales como cableado eléctrico, cambio de lámparas, revisión de enchufes, reparación de muebles de oficina, cambios de llaves de agua entre otras, así como trabajos de albañilería, pintura, fontanería, carpintería, soldadura y electricidad.

Uniforme: Indumentaria estandarizada que usan como distintivo de su profesión o actividad, un determinado grupo de miembros de la organización.

Zapato: Calzado que encubre el pie menos que una bota y más que una sandalia (caña baja). Cuero curtido al cromo, suela de poliuretano y caucho (antidelizante) y cocida de amarrar, con cordones, ojetes de metal, resistente a grasas y aceites.

Zapato de seguridad: Equipo o accesorio destinado a proteger los pies del trabajador cuando está expuesto a riesgos por impacto de caída libre, proyecciones de objetos a velocidad, aplastamiento, perforación, objetos filosos, humedad, sustancias calientes, superficies ásperas, sustancias químicas, contra conmociones eléctricas y la acumulación de electricidad estática.

Zapato tipo mocasín: Calzado que no pasa del tobillo con la parte inferior generalmente de goma o suela y lo demás de piel u otro material, no se utiliza cordón.

Signos externos: Son los diferentes artículos institucionales publicitarios, y promocionales utilizados para difundir la imagen y posicionar la Marca INA.

Persona trabajadora de fincas didácticas (peón de finca): Persona funcionaria que ejecuta labores ganaderas y agrícolas en las fincas didácticas de la Institución, encargada de las tareas propias del ganado vacuno, así como de la producción obtenida de las diversas cosechas.

Artículo 4º—Las Dependencias que requieran comprar uniformes o signos externos cumplirán con las especificaciones técnicas del “Sistema de Información de Recursos Materiales” (SIREMA) y el Manual de Imagen gráfica para su correcta digitación y cumplir con los trámites respectivos en la adquisición y confección de uniformes.

Artículo 5º—Las prendas y los accesorios que definen cada uniforme, según el grupo de trabajo para el personal del Instituto Nacional de Aprendizaje serán las siguientes:

Oficiales de seguridad:

    Tres camisas, tipo polo, unisex.

    Tres pantalones de vestir color azul oscuro.

    Un par de zapatos color negro

    Una capa tipo poncho

    Una sombrilla o paraguas

Personal de mensajería y conserjes

    Tres camisas tipo polo, unisex.

    Tres pantalones de vestir, para personal de conserjes

    Tres pantalones de mezclilla color azul, para personal de mensajería

    Un par de zapatos color negro

    Para las mujeres un par de zapatos tipo mocasín en cuero

    Adicionalmente, los mensajeros internos recibirán una sombrilla o paraguas y un maletín; y los mensajeros externos un casco y una capa

Personal de bodega:

    Tres gabachas, unisex.

    Tres pantalones de mezclilla color azul.

    Un par de zapatos de seguridad color negro

Trabajador de mantenimiento

    Tres camisas tipo polo, unisex

    Tres pantalones de mezclilla color azul.

    Un par de zapatos de seguridad

Persona trabajadora de finca didácticas

    Tres camisas tipo polo, unisex.

    Tres pantalones de mezclilla color azul.

    Un par de zapatos de seguridad

    Dos pares de botas de hule tipo colibrí

    Capa de dos piezas con gorro

Persona dedicada a la toma física de inventario institucional:

    Tres gabachas, unisex.

    Tres pantalones de mezclilla color azul

    Un par de zapatos de seguridad

Choferes:

    Cinco camisas tipo polo, unisex.

    Tres pantalones de mezclilla color azul.

    Un par de zapatos, color negro.

    Dos pares de mangas para protección solar.

Choferes de vehículos de uso discrecional:

    Cinco camisas de vestir, manga larga o corta

    Tres pantalones de vestir color azul

    Un par de zapatos

Personal docente

    El tipo de uniformes para personal docente y la cantidad a entregar dependerá de la actividad que desempeñe, los cuales serán solicitados por Gestión Formación y Servicios Tecnológicos y aprobados por la Subgerencia Técnica una vez al año.

Artículo 6º—Se efectuará la entrega de los uniformes correspondientes a las personas funcionarias, una vez al año, según lo estipulado en este Reglamento.

Artículo 7º—Es responsabilidad de las Jefaturas de las Dependencias que tengan relación con este Reglamento entregar uniformes únicamente al personal autorizado.

Artículo 8º—Es responsabilidad de las Jefaturas de las Dependencias que tengan personal que debe usar uniforme, llevar un control estricto y documentado sobre la entrega de los uniformes.

Artículo 9º—La Jefatura que tenga a su cargo personal que debe usar uniforme, de acuerdo a las disposiciones de este Reglamento, deberá tomar las previsiones presupuestarias del caso y tramitar oportunamente ante la instancia correspondiente su adquisición o confección.

Artículo 10.—Las personas funcionarias que reciban uniforme, están en la obligación de cuidarlos con la mayor diligencia. La reposición anticipada de uniformes, solo se realizará cuando el deterioro de las prendas obedezca a su uso racional a través del tiempo o al robo o hurto cuando no medie la negligencia de la persona funcionaria. En caso de que la pérdida obedezca a la culpa de la persona funcionaria a la que le fue asignado el uniforme corresponderá a ella la responsabilidad de reponerlos con su propio peculio.

Artículo 11.—Las personas funcionarias que reciban uniforme, de conformidad con las disposiciones de este Reglamento están en la obligación de utilizarlo durante todas las horas y días que conforman su jornada laboral

Artículo 12.—La Jefatura de la Unidad o Núcleo donde se encuentren ubicadas las personas funcionarias autorizadas para el uso del uniforme son los responsables de velar porque se cumplan las disposiciones contenidas en este Reglamento

Artículo 13.—Las discrepancias o diferencias de criterio que en la aplicación de este Reglamento surjan, serán resueltas por la Gerencia General.

Artículo 14.—La Unidad de Recursos Materiales velará por la supervisión y la correcta aplicación de este Reglamento entre las personas funcionarias y las diferentes jefaturas de la Institución.

Artículo 15.—Las infracciones al presente Reglamento serán sancionadas disciplinariamente de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Autónomo de Servicios del INA.

Artículo 16.—La entrega de uniformes que se haga a la persona funcionaria en virtud del presente Reglamento no será considerado salario en especie.

Artículo 17.—Los colores de las prendas de vestir, así como los tamaños de los logos y sus diseños deberán ser acordes a lo estipulado en el Manual de Imagen Gráfica del Instituto Nacional de Aprendizaje.

Artículo 18.—La compra y asignación de signos externos para estandarizar la imagen institucional procederá en aquellos proyectos específicos donde sea necesario identificar y promocionar la marca INA, frente a otras instituciones, empresas o público en general tales como: congresos, seminarios interinstitucionales, actos protocolarios, ferias, exposiciones, publicidad, patrocinio y otras actividades análogas en las que el personal del INA participe en su representación. También procederá respecto a la Administración Superior, y el personal a su cargo, cuando en el ejercicio de sus funciones, actúen en representación de la Institución.

Artículo 19.—Todo trámite de adquisición de signos externos deberá justificarse específicamente para cada evento. En esa justificación se consignarán las razones que hacen necesaria su utilización en el evento o actividad específica de que se trate.

Artículo 20.—La Asesoría de la Comunicación es la Unidad Rectora en todo lo relacionado a signos externos Institucionales. En este sentido, será la encargada de seleccionar los artículos que podrán ser utilizados para este fin. También será la encargada de coordinar su trámite de compra y distribución. Como Unidad Rectora, también deberá velar por el uso racional de los signos externos institucionales y su uso correcto por todo el personal del INA.

Artículo 21.—El personal del INA que por iniciativa propia desee utilizar signos externos institucionales, deberá sufragarlos con su propio peculio y tendrá la obligación de respetar los colores y diseños aprobados en el Manual de Imagen Gráfica Institucional y obtener la aprobación de la Asesoría de Comunicación.

Artículo 22.—Este Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga cualquier otra disposición interna que le oponga.

Transitorio

Primero.—Las personas funcionarias que deseen utilizar signos externos, contarán con cuatro meses contados a partir de la publicación del presente Reglamento en el Diario Oficial La Gaceta, para cumplir con las disposiciones establecidas en el Manual de Imagen Gráfica Institucional.

San José, 20 de abril del 2012.—Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Ana Luz Mata Solís, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46838.—C-244420.—(IN2012032276).

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO INTERNO

DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

DEL IMAS

Que mediante acuerdo de Consejo Directivo Nº 078-02-2012, acta Nº 014-02-2012, del 20 de febrero del 2012, se procede a modificar los artículos 22 y 97 del Reglamento Interno de Contratación Administrativa del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS). Lo anterior para que se lea correctamente:

Artículo 22.—Niveles de competencia para adjudicar. El órgano competente para adjudicar, lo determinará el monto total estimado para cada procedimiento de contratación, de acuerdo con el estrato presupuestario al que pertenece el IMAS, conforme con la siguiente tabla:

a.  Hasta el límite máximo económico autorizado por la Contraloría General de la República para la Contratación Directa, aprueba: el Funcionario Responsable de la Proveeduría.

b.  Hasta el 50% del límite máximo económico autorizado por la Contraloría General de la República para la Licitación Abreviada autoriza, la Subgerencia de Soporte Administrativo.

c.  Más de 50% hasta menos del límite máximo económico autorizado por la Contraloría General de la República para la Licitación Abreviada autoriza, la Gerencia General.

d.  En el caso de contrataciones basadas en los supuestos de excepción a los procedimientos ordinarios de contratación administrativa hasta un monto máximo de ¢20.000.000,00 (veinte millones de colones exactos), autoriza la Subgerencia de Soporte Administrativo y montos superiores a ¢20.000.000,00 (veinte millones de colones exactos) y hasta menos del límite máximo económico autorizado por la Contraloría General de la República para la Licitación Abreviada autoriza la Gerencia General y montos iguales o más del límite económico autorizado por la Contraloría General de la República para las Licitaciones Públicas, autoriza el Consejo Directivo.

e.  Hasta el límite máximo económico autorizado por la Contraloría General de la República para las Licitaciones Públicas, el Consejo Directivo.

Artículo 97.—Supuestos de prescindencia de procedimientos. La determinación de los supuestos de prescindencia de los procedimientos ordinarios es responsabilidad exclusiva de la Administración, en los supuestos del artículo 2º y 2 bis) de la Ley de Contratación Administrativa. Deberá dictarse una resolución administrativa debidamente motivada, por parte del Gerente General en la cual se hará referencia a los estudios legal, financiero y técnico según corresponda, en los que se acredita el supuesto de prescindencia. En los procedimientos de excepción será responsabilidad del Consejo Directivo emitir resolución motivada que acredite el supuesto de prescindencia de los procesos ordinarios, de acuerdo con los límites que establece el artículo 22 de este Reglamento.

En caso de urgencia y para evitar lesiones del interés público, daños graves a las personas y daños irreparables a las cosas, podrá prescindirse de una o de todas las formalidades de los procedimientos de contratación; incluso podrán dictarse procedimientos sustitutivos. En estos supuestos y para el control y la fiscalización correspondiente, la administración estará obligada a solicitar, previamente a la Contraloría General de la República, la autorización para utilizar este mecanismo.

Publíquese.—San José, marzo del 2012.—Área de Proveeduría Institucional.—Ramón Alvarado Gutiérrez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012031257).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

REFORMA REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA

CARRERA PROFESIONAL A LOS PROFESIONALES

DE LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN

CENTRAL DE CARTAGO

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Cartago comunica que, en sesión ordinaria realizada 6 de marzo del 2012, artículo 6° del acta N° 138-12 aprobó reformas al “Reglamento para la aplicación de la carrera profesional a los profesionales de la Municipalidad del cantón central de Cartago” en los siguientes términos:

1)  Incisos a) y e) del artículo número 4):

a)  Ocupar un puesto en propiedad, o interino con una jornada laboral de tiempo completo…

e)  Los funcionarios que perciben el incentivo de Carrera Profesional deben estar al día en sus obligaciones con el colegio profesional, para lo cual deberán presentar la certificación respectiva, en la cual también se acredite su condición de agremiado activo.

2)  Párrafo segundo del artículo número 8: “La obtención de grados académicos y la realización de estudios de postgrado o especialidades, nacionales al grado de bachillerato universitario, la capacitación recibida, la capacitación impartida bajo la condición de instructor, la experiencia profesional obtenida como profesional en la Municipalidad de Cartago y en otras instituciones del sector público, la experiencia docente en instituciones de enseñanza de nivel universitario o parauniversitario y las publicaciones efectuadas.”

3)  Inciso d) del punto 2. del artículo 9 :

“d)  Experiencia Profesional en la Municipalidad de Cartago y en otras instituciones del sector público.”

4)  Inciso a) del artículo 11:

a)  Aprovechamiento: Son aquellos cursos de entrenamiento y capacitación, impartidas a los funcionarios de nivel profesional, igual o mayor a veinticinco horas, en los cuales el participante debe rendir pruebas evaluables sobre la materia desarrollada en la actividad y cuando éstas sean fundamentales para determinar, mediante nota final, en las cuales se debe obtener un mínimo de ochenta por ciento como promedio final en sus calificaciones, la cual debe aportar en el momento de la solicitud. De ser aprobado el curso con un porcentaje menor al 80% éste será considerado como una actividad de participación.

5)  Inciso a) del artículo 15:

a)  “Haya sido obtenida ejerciendo un puesto en propiedad o en forma interina, en un puesto de nivel profesional para cuyo desempeño exija al menos el grado de bachillerato universitario y el servidor posea también dicho grado académico”

6)  El subtítulo que antecede el artículo número 16, se leerá de la manera siguiente: “De la Experiencia Profesional en Organismos Internacionales y en otras instituciones del sector público nacional:”

7)  Artículo 16: Artículo 16.—La experiencia profesional en Organismos Internacionales y en otras instituciones del sector público nacional podrá ser considerada para la Carrera Profesional, siempre que:”

8)  Artículo 21: Artículo 21.—El Departamento de Recursos Humanos estudiará la solicitud y si la aprobare, determinará el puntaje obtenido, comunicando al interesado el resultado de su gestión, asimismo se remitirá la misma a la Sección de Planillas, para el cálculo del monto a pagar. El monto por concepto de Carrera Profesional se pagará a partir del momento en que se disponga de los recursos económicos para tal compromiso, debidamente aprobados por la Contraloría General de la República, de conformidad con el Artículo 103 del Código Municipal.

El Departamento de Recursos Humanos dispondrá de un plazo de quince días hábiles para resolver la solicitud del beneficio de carrera profesional, contados a partir del recibo de la respectiva solicitud.

Se elimina totalmente el artículo 25 del Reglamento.

Rige a partir de su publicación.

Departamento de Secretaría General.—Eduardo A. Castillo Rojas, Jefe.—1 vez.—(IN2012026200).

AVISOS

POPULAR SOCIEDAD AGENCIA DE SEGUROS S. A.

REGLAMENTO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS

PROPIEDAD DE LOS TRABAJADORES DE POPULAR

SOCIEDAD AGENCIA DE SEGUROS S. A.

En la sesión ordinaria Nº 72 de la Junta Directiva Popular Sociedad Agencia de Seguros S. A., según Acuerdo Nº JDPSAS-72-Acd-037-Art-6, celebrada el día lunes 5 de marzo del 2012, se estipuló acoger la recomendación contenida en el acuerdo CSA-SRAIyAJ-PS-03-2012 de la Comisión de Seguimiento de Acuerdos, Seguimiento de Recomendaciones de Auditoría Interna y Asuntos Jurídicos y en ese sentido aprobar el Reglamento de Arrendamiento de Vehículos Propiedad de los Trabajadores de Popular Sociedad Agencia de Seguros S. A., que a la letra dice:

Artículo 1º—Popular Sociedad Agencia de Seguros S. A., establece el sistema de arrendamiento de vehículos de sus funcionarios, cuando para el cumplimiento de sus funciones, deban desplazarse a lugares fuera de su centro de trabajo. Dicho arrendamiento se materializará mediante un contrato, el cual será retribuido mediante la fórmula que se detalla en el artículo dos siguiente.

Artículo 2º—Para los efectos de la siguiente Reglamentación se entenderá por:

-    Arrendamiento: Modalidad de utilización de vehículos de los funcionarios, de conformidad con lo que al efecto prevé el inciso l) del artículo 131 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, Decreto Nº 33411-H, La Gaceta Nº 210 del 2 de noviembre del 2006.

-    Popular Seguros: Popular Sociedad Agencia de Seguros S. A.

-    Sistema: El sistema de arrendamiento de los vehículos de los funcionarios de Popular Sociedad Agencia de Seguros S. A.

-    Beneficiario: Trabajador de Popular Sociedad Agencia de Seguros S. A., a quien se cancela el arrendamiento al amparo de este reglamento.

-    Órgano de Control: Dirección Administrativa Financiera, que es la dependencia interna de control de Popular Sociedad Agencia de Seguros S. A.

-    Boleta: Formulario de registro de la gira.

-    Hoja de cobro: Es el formulario de “Cobro por Arrendamiento”; en cuyo cuerpo se consigna el detalle de la totalidad de las giras realizadas en un mismo mes calendario y consta de la suma de todas las boletas, las cuales deben ser anexadas a este documento.

-    Forma de pago: El reconocimiento económico por el arrendamiento de vehículo se calculará mediante la aplicación de una fórmula que consiste en multiplicar la cantidad de kilómetros efectivos recorridos en cada gira por la tarifa expresada en colones por kilómetro recorrido aprobada por la Contraloría General de la República.

Artículo 3º—Cuando por necesidades propias de Popular Seguros y en el cumplimiento de sus funciones, los funcionarios de esta deban trasladarse a laborar a lugares fuera de su sede y no se cuente con vehículos oficiales disponibles para hacer el recorrido; o bien la Gerencia General considere que su uso, por la naturaleza de la gira resulte inconveniente, se podrá contratar el arrendamiento de vehículos, de conformidad con la dispuesto en este Reglamento. La aplicación de este reglamento cubrirá a todo trabajador de Popular Sociedad Agencia de Seguros S. A., que en el desarrollo de sus funciones, sea autorizado a utilizar el vehículo para realizarlas, siempre y cuando cumpla con los requisitos y condiciones aquí establecidas.

Artículo 4º—Bajo ninguna circunstancia, la remuneración por el pago de arrendamiento, será considerado como beneficio, mejora salarial, salario en especie, o en forma alguna, parte del contrato de trabajo, ni dará lugar a derechos adquiridos a favor del trabajador arrendante.

Artículo 5º— El monto a pagar por el arrendamiento será la que resulte del procedimiento que se establece en el artículo 2° de este Reglamento, en el apartado que define la “Forma de Pago” y se calculará para cada gira efectuada.

Artículo 6º—Para ingresar al sistema, el funcionario interesado deberá llenar el formulario de admisión denominado: “Formulario de Inscripción en el Sistema de Arrendamiento de Vehículos de Popular Sociedad Agencia de Seguros S. A.”, con la autorización de la jefatura a la que esté adscrito y presentarlo ante el Área Administrativa Financiera para que se genere el respectivo contrato, previa verificación de que el trabajador cumple con los requisitos establecidos en este reglamento. El formulario deberá contener como mínimo:

a.  Nombre del funcionario y número de identificación.

b.  Puesto y unidad administrativa a la que pertenece el trabajador.

c.  Marca del vehículo, modelo, año y placa, así como tipo de combustible.

d.  Espacio para nombre y firma del trabajador solicitante.

e.  Nombre y firma del trabajador que autoriza el ingreso al sistema.

Artículo 7º—Para el ingreso y permanencia de cada trabajador dentro de este sistema, se requiere suscribir un contrato con el que se estará delimitando la manera en que se dará en arrendamiento a favor de Popular Seguros. Son condiciones esenciales para tal suscripción:

a.  Que el vehículo cuente con los Derechos de Circulación (marchamo) y Revisión Técnica al día (aportar copia al expediente y actualizarla a su vencimiento).

b.  Que el odómetro del vehículo se encuentre en perfecto estado de funcionamiento.

c.  Que el vehículo esté debidamente asegurado con un seguro voluntario, que tenga al menos las coberturas de Responsabilidad Civil por lesión o muerte de personas o daños a la propiedad de terceros. En caso de que opte solo por estas coberturas, deberá rendir una declaración jurada en que exima a la Sociedad de cualquier responsabilidad por robo o daño directo del vehículo o bien daños a la propiedad de terceros. Esta póliza debe estar vigente durante todo el tiempo que dure el contrato.

d.  Que la licencia para conducir del dueño del vehículo se encuentre vigente y corresponda al tipo de vehículo que conduce (Aportar copia al expediente y mantenerla actualizada).

Artículo 8º—El Área Administrativa Financiera llevará un expediente individualizado por cada trabajador incluido dentro del sistema, donde además del contrato original firmado y los documentos indicados en este reglamento, se incorporarán las copias de las actualizaciones de los mismos.

El incumplimiento de requisitos será causa suficiente para que el Área Administrativa Financiera no dé trámite al ingreso o permanencia en el sistema de arrendamiento a quien incumple. No se podrá reclamar el pago del arrendamiento si no constan en el expediente los documentos descritos antes o las respectivas actualizaciones.

Artículo 9°—Es entendido que el pago de arrendamiento se hará una vez hecha la liquidación del mismo y no antes, por lo que no se autorizarán adelantos de pago. No existirá por parte de Popular Seguros la obligación de garantizar un mínimo de giras por efectuar y por remunerar. En todo caso, la ejecución de la gira se iniciará siempre y cuando exista una comunicación y consecuente aprobación de la misma por correo electrónico y en casos muy calificados mediante autorización verbal. Si el jefe no ha avalado la gira, el pago de arrendamiento por la misma, no será reconocido.

Artículo 10.—Para los efectos del cálculo de montos a cancelar por el arrendamiento, se utilizará el procedimiento que se indica en los artículos dos y cinco de este Reglamento y utilizando como referencia la distancia recorrida y calculada en kilómetros según lo descrito en estos artículos. Para el cálculo de distancias, se utilizará la tabla oficial emitida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. El Área Administrativa Financiera, será la encargada de realizar los pagos por concepto de pago de arrendamiento establecido en este reglamento. Como caso de excepción y cuando no se tenga información sobre la distancia recorrida entre dos puntos, se aceptará la reportada por el trabajador siempre que cuente con la aprobación del responsable que autoriza el pago del arrendamiento y dentro de los principios de razonabilidad respectiva. Solo se aceptarán distancias mayores a las establecidas por las tablas, cuando se demuestre que la variación obedeció a desvíos, cierres o causas análogas. El trabajador debe adjuntar una nota que explique las circunstancias de interés de Popular Seguros que mediaron por ese desplazamiento, o bien caso fortuito o fuerza mayor que produjeron la diferencia y además llevar la autorización del jefe correspondiente. Cuando la Tabla Oficial de Distancias no contemple el recorrido realizado, se tomará en cuenta la lectura del odómetro del vehículo. Es entendido que el punto de referencia de salida y llegada, será la sede central de las oficinas de Popular Seguros.

Artículo 11.—Cada jefatura estará en la obligación de verificar la disponibilidad de recursos presupuestarios. No se podrán realizar giras o gestiones sin contar con el sustento económico y autorizaciones estipuladas, siendo improcedente el pago por concepto de arrendamiento en estas condiciones, debiendo el funcionario cubrir de su propio peculio los gastos incurridos.

Artículo 12.—La responsabilidad que se deriven por el pago del arrendamiento será exclusiva de la persona que recibió el pago. Al jefe que avaló el pago, solo le acarreará responsabilidad en caso de dolo o por aprobaciones o pagos indebidos.

Artículo 13.—La boleta es el formulario que registra la gira y consta de dos partes:

A)  La primera parte que contiene la autorización de la respectiva gira, la cual debe completarse –sin excepción- antes de iniciar el recorrido de la gira y debe contener al menos los siguientes datos:

a.  Fecha de inicio de la gira

b.  Nombre e identificación del funcionario que realiza la gira

c.  Puesto y unidad administrativa a la que pertenece el funcionario.

d.  Número de placa, marca, modelo y año del vehículo.

e.  Motivo de la gira

f.   Destino de la gira

g.  Nombre y cargo de la Jefatura que autoriza la gira

h.  Tarifa vigente por kilómetro recorrido autorizada por la Contraloría General de la República

B)  La segunda parte que debe completar al finalizar la gira y que debe contener al menos los siguientes datos:

i.   Lugar y hora de inicio de la gira

j.   Lugar y hora de terminación de la gira

k.  Lectura del odómetro al inicio y conclusión de la gira

m. Tarifa vigente por kilómetro recorrido, autorizada por la Contraloría General de la República.

Además, el formulario deberá contar con espacios para registrar el nombre y firma del funcionario que estudia y revisa la boleta y del funcionario del Área Administrativo Financiera que autoriza o deniega el pago.

Artículo 14.—El arrendamiento se liquidará ante el Área Administrativa Financiera de forma mensual y dentro de los siete días hábiles posteriores a la finalización del mes anterior que se liquide, mediante la Hoja de Cobro detallada en Artículo 2° de este Reglamento. Esta Hoja de Cobro, debe incluir como mínimo la siguiente información:

    Fecha de cada gira efectuada

    Monto de cada liquidación

    Totales

    Firma del funcionario que realizó las giras

    Firma del funcionario que aprueba y ordena su pago

El incumplimiento de lo anterior, así como la no presentación del formulario de liquidación dentro del plazo establecido en este Reglamento, hará que el funcionario (a) pierda el derecho de reclamar el pago del arrendamiento y se tendrá como que este no realizó recorrido alguno y obligará Área Administrativa Financiera, a rechazar la liquidación de que se trate.

Artículo 15.—Será prohibido para el trabajador autorizado dentro del sistema:

a.  Incumplir injustificadamente con los objetivos de la gira.

b.  Llevar a cabo otras actividades dentro de la jornada de trabajo que no sean acordes con el objeto de la gira.

c.  Cobrar el arriendo del vehículo cuando se utilice para la gira un vehículo que no esté autorizado en el sistema de arrendamiento de vehículos ó haya utilizado un medio de trasporte público.

Artículo 16.—Corresponde al Área Administrativa Financiera, llevar un registro y control de todos los reportes de pago efectuados, así como la custodia del expediente respectivo que consta del original del contrato firmado y las copias de todos los documentos que se citan en este Reglamento y verificar para cada una de las renovaciones, la actualización de los documentos que se citan en el artículo 7º de este Reglamento.

Artículo 17.—Es entendido que Popular Seguros, al contratar el arrendamiento del vehículo, solo adquiere compromiso de pago de este según lo descrito en los artículos anteriores. Corren por cuenta del funcionario, todos los gastos de combustible, lubricantes, mantenimiento, reparaciones, pago del seguro, responsabilidades civiles o penales y otros riesgos en que pudieran incurrir por tener el vehículo al servicio de Popular Seguros. Correrá por cuenta de Popular Seguros el pago de los montos que por concepto de peaje y transbordadores deban cancelar los trabajadores cuando circulen haciendo uso del beneficio que se deriva de este contrato.

Artículo 18.—Corresponde a cada Jefatura y al Auditor General, según corresponda al área de atención de cada uno, autorizar las giras a sus funcionarios, bajo este sistema y ejercer el control y vigilancia de la aplicación del mismo.

Artículo 19.—Popular Seguros podrá prescindir del servicio de arrendamiento cuando considere que esta modalidad no resulta conveniente a sus intereses o bien sea sustituida por una alternativa diferente.

Artículo 20.—El contrato que se firme entre las partes, deberá ser aprobado y firmado por el Gerente General de Popular Seguros. Su vigencia será de un año, prorrogable en forma automática por convenio de partes y si ninguna de estas manifiesta su disconformidad y mientras se encuentre al día en el cumplimiento de todos los requisitos formales establecidos en este Reglamento. Será causal para dar por terminado el contrato, si se comprueba que el propietario incumplió alguno de los requisitos aquí establecidos o bien, si por despido, renuncia del propietario o por deseo expreso de este o de la Jefatura de la dependencia respectiva, se acuerde la resolución del mismo. También en caso de incapacidad o permiso con o sin goce de salario otorgado al propietario; se suspenderá este contrato. Se dará por terminado también, cuando concurra cualquiera de las siguientes causales:

a.  Cuando se dé un uso indebido del sistema.

b.  Cuando se hubiere incurrido en alguna de las prohibiciones.

c.  Cuando se dé el incumplimiento de alguno de los requisitos.

d.  Cuando se den violaciones de las disposiciones reglamentarias.

e.  Cuando la necesidad que dio origen al sistema, haya desaparecido.

La finalización del contrato de arrendamiento con cada trabajador, conlleva la exclusión de dicho trabajador del registro del sistema.

Artículo 21.—En todo lo que no esté previsto expresamente en este reglamento, se aplicará lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa, su Reglamento y demás normas relacionadas que resulten oportunas considerar.

Artículo 22.—Este Reglamento deroga cualquier otro reglamento de similar naturaleza.

Artículo 23.—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, 19 de abril del 2012.—Área Administrativa y Financiera.—Lic. Mélida Medrano Cáceres, Proveedora.—1 vez.—(IN2012030743).

REMATES

HACIENDA

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS

2012

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 1:30 horas del día 15 del mes de junio del 2012, en las instalaciones de la misma, situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de JAPDEVA, Muelle Alemán y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran en estado de abandono:

Depositario Aduanero: Terminales de Limón S.A.

Código: 152

Cédula Jurídica: 3-101-07093206.

Dirección: Carretera Saopín, contiguo al Liceo Nuevo de Limón.

BOLETA Nº: A152-01-2012 Consignatario: 4 APL. Descripción: Flexitanque base lubricante oil, peso 110.500 kgs. Estado: Regular, Se desconoce funcionamiento. Documento: 20112617. Fecha: 27/01/2012. Bultos: 05. Base: ¢1.682.404,71. Ubicación: TELISA, código: A-152.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate. Siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 2798-1626.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de Aduanas.— MSc. Luis A. Juárez Ruiz, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—O. C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34766.—C-24440.—(IN2012036964).

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 9:00 horas del día 1l8 del mes de junio del 2012, en las instalaciones de la misma, situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de JAPDEVA, Muelle Alemán y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran en estado de abandono:

Depositario: Zona Portuaria JAPDEVA-Moín

Código: P-003

Dirección: Instalaciones Portuarias, Muelle Moín.

Boleta Nº: P003-03-2011. Consignatario: desconocido. Descripción: Jestky usado, marca Bombardier, serie 22NL0836E696, año 1988, centímetros cúbicos 781, 1 Jetsky usado, marca Bombardier, serie 22NF5057E797, año 1988 centímetros cúbicos 781, y una traileta doble para transportar 2 jetsky, sin marca sin serie usada. Documento: desconocido. Fecha: 01/01/2011. Bultos: 3. Base: ¢105.690,37. Estado: Regular. Ubicación: Muelle Moín, código A-P003.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate. Siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 2798-1626.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de Aduanas.—MSc. Luis A. Juárez Ruiz, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—O. C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34766.—C-24910.—(IN2012036965).

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 1:30 horas del día 18 del mes de junio del 2012, en las instalaciones de la misma, situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de JAPDEVA, Muelle Alemán y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran en estado de abandono:

Depositario Aduanero: Industrias Jaspe S. A.

Código: A-215

Cédula Jurídica: 3-101-34326734.

Dirección: Carretera Saopín, 100 metros este de la entrada a Río Blanco

Boleta Nº: A215-10-2011. Consignatario: a LA Orden. Descripción: 1 contenedor usado CRXU-680382-0, año 1996, de 45 pies, máximo 32480, marca Cronos. Documento: 20082164. Fecha: 17/11/2009. Bultos: 1 unt. Base: ¢243.480,65. Movimiento: 20566-2009. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Jaspe, S.A., Código: A-215.

Boleta Nº: A215-11-2011, Consignatario: A la Orden. Descripción: 1 contenedor usado CRXU-113225-2, año 1997, de 20 pies. Documento: 20082256. Fecha: 17/11/2009. Bultos: 1 unt. Base: ¢69.071,18. Movimiento: 57036-2011. Estado: Regular, se desconoce funcionamiento. Ubicación: Industrias Jaspe, S.A., Código: A-215.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate. Siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 2798-1626.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Lic. Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de Aduanas.—MSc. Luis A. Juárez Ruiz, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—O. C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34765.—C-24910.—(IN2012036966).

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 9:00 horas del día 19 del mes de junio del 2012, en las instalaciones de la misma, situada en Limón Centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de Japdeva, Muelle Alemán y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario Aduanero: Corporación Aeromar, código 168

cédula jurídica 3-101-01632104. Dirección: carretera

Saopín, 250 metros oeste Bomba Moín

Boleta Nº A168-07-2011. Consignatario: Distribuidora Digema. Descripción: 40 box de piso cerámico sin barnizar ni esmaltar, medidas 60x60, marca Fiandre, nuevo. Documento: 2011-046900. Fecha: 04/04/2011. Bultos: 40 box. Movimiento de inventario: 53782-2011. Base: ¢146.732,83. Estado: bueno. Ubicación: Corporación Aeromar, código A-168.

Boleta Nº A168-08-2011. Consignatario: Total Petróleo. Descripción: lubricantes Total 15W40, Rubia TIR7400, cada caja contiene 4 galones. Documento: 006-2011-093922. Fecha: 29/06/2011. Bultos: 13 cajas. Movimiento de inventario: 57066-2011. Base: ¢48.614,66. Estado: bueno. Ubicación: Corporación Aeromar, código A-168.

Boleta Nº A168-09-2011. Consignatario: Rav Tres Setenta y cuatro. Descripción: cenefas en cadena marca Mosavit, cada caja contiene 19 laminas, nuevo. Documento: 20100966,44,1. Fecha: 17/05/2010. Bultos: 18 cajas. Movimiento de inventario: 40775-2010. Base: ¢84.371,13. Estado: bueno. Ubicación: Corporación Aeromar, código A-168.

Boleta Nº A168-10-2011. Consignatario: Marcos Sevilla Briones. Descripción: motor fuera de borda nuevo. Documento: PCF-AO-0021-2011. Fecha: 15/12/2010. Bultos: 1. Movimiento de inventario: 49648-2010. Base: ¢215.487,05. Estado: bueno. Ubicación: Corporación Aeromar, código A-168.

Boleta Nº A168-11-2011. Consignatario: Olga Salazar Araya. Descripción: congelador nuevo, marca Parker, modelo FH155T, serie FH155TIAJ00568, 50hz-60hz. Documento: Acta decomiso 277-2011. Fecha: 10/02/2011. Bultos: 1. Movimiento de inventario: 51889-2011. Base: ¢42.061,24. Estado: bueno. Ubicación: Corporación Aeromar, código A-168.

Boleta Nº A168-13-2011. Consignatario: Jeffry Rojas Prendas. Descripción: sandalias de hombre y de mujer nuevas de hule. Documento: 2011-076877. Fecha: 31/05/2011. Bultos: 1440 unt. Movimiento de inventario: 56049. Base: ¢153.211,90. Estado: regular. Ubicación: Corporación Aeromar, código A-168.

Boleta Nº A168-15-2011. Consignatario: Nutrimax Pecuaria. Descripción: top milk, alimento animal para bovines de leche marca Matsuda, peso por saco 25 kilos, vence el 12/08/2012. Documento: 2010-098839. Fecha: 04/08/2010. Bultos: 100. Base: ¢10.153,46. Estado: regular. Ubicación: Corporación Aeromar, código A-168.

Boleta Nº A168-18-2011. Consignatario: Seaboard Marine. Descripción: 1 montacarga usado serie A23S60080 marca TCM. Documento: 20091051, 94,2. Fecha: 02/07/2010. Bultos: 1 UNT. Base: ¢74.018,34. Estado: malo. Ubicación: Corporación Aeromar, código A-168

Boleta Nº A168-19-2011. Consignatario: Jeffry Prendas Rojas. Descripción: collares de bisutería, juguetes plásticos. Fecha: 15/12/2012. Bultos: 1131 pkg. Base: ¢99.012,35. Estado: regular. Ubicación: Corporación Aeromar, código A-168

Boleta Nº A168-22-2011.Consignatario: Mateco. Descripción: Estructuras decorativas de hierro utilizadas en verjas, Documento: 105390. Fecha: 22/07/2011. Bultos: 297 pcs. Base: ¢41.829,37. Estado: Regular. Ubicación: Corporación Aeromar, código A-168

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate. Siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 798-1626.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de Aduanas.—Msc. Luis A. Juárez Ruiz, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—O. C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34768.—C-47940.—(IN2012036967).

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma individual en la Aduana de Limón a las 9:00 horas del día 15 del mes de junio del 2012, en las instalaciones de la misma, situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de Japdeva, Muelle Alemán y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario Aduanero: Sislocar, código 171 cédula

jurídica 3-101-34649016. Dirección: carretera

Saopín, contiguo a la bomba Shell.

Boleta Nº A171-14-2010. Consignatario: Stephen Carty. Descripción: televisor marca Fisher usado, con control remoto modelo PC-2525, serie V346047463019 de 24 pulgadas, 1 mueble para televisor de madera usado, 1 mueble de madera usado medidas 78cm x 75cm y una tina usada sin marca medidas 1.10mtsx1.80mtsx60cm. Documento: 2009359858. Fecha: 01/09/2009. Bultos: 04. Base: ¢27.700,12. Estado: regular. Ubicación: Sislocar, código A-171

Boleta Nº A171-19-2010. Consignatario: Stephen Carty. Descripción: recipientes plásticos nuevos de plástico, de tela y de metal diferentes medidas. Documento: 2009359858. Fecha: 01/09/2009. Bultos: 42. Base: ¢25.922,05. Estado: regular. Ubicación: Sislocar, código A-171

Boleta Nº A171-22-2010. Consignatario: Stephen Carty. Descripción: clavadora para puntillas nuevo, marca Portes Cable, 1 cincel profesional nuevo y 1 paquete con sujetadores nuevos marca Smart Straps de acero. Documento: 2009359858. Fecha: 01/09/2009. Bultos: 3. Base: ¢49.609,66. Estado: regular. Ubicación: Sislocar, código A-171.

Boleta Nº A171-23-2010. Consignatario: Stephen Carty. Descripción: péndulo de acero, nuevo, kit de desatornilladores marca Work Force y 1 kit con crimpadora nueva documento: 2009359858. Fecha: 01/09/2009. Bultos: 3. Base: ¢13.649,76. Estado: regular. Ubicación: Sislocar, código A-171

Boleta Nº A171-02-2011. Consignatario: Constructora Meco Sociedad Anónima. Descripción: accesorios de trituradora de metal, usadas, sin marca. Documento: 20080551, 132,1. Fecha: 16/10/2008. Bultos: 2 Base: ¢45.399,53. Estado: regular. Ubicación: Sislocar, código A-171

Boleta Nº A171-67-2011. Consignatario: Cerámica Industrial. Descripción: piso cerámico nuevo, 18 piezas por caja, total metros cuadrados 20.4. Fecha: 11/01/2010. Bultos: 10 cajas. Base: ¢8.282,67. Estado: Regular. Ubicación: Sislocar, código A-171.

Boleta Nº A171-68-2011.Consignatario: Expo Cerámica Acabados S. A. Descripción: cerámica prensada y esmaltada, 17 piezas por caja, total metros cuadrados 98.88. Fecha: 01/09/2011. Bultos: 48 cajas. Base: ¢33.981,56. Estado: regular. Ubicación: Sislocar, código A-171.

Boleta Nº A171-69-2011. Consignatario: Danilo Barquero. Descripción: 33 blusas nuevas marcas Old Navy, Dankin, George, Jane Ashley, Victoria Secret, tallas XS, S,M , L, 1X, 2X.. Documento: 2010516146. Fecha: 13/12/2010. Bultos: 33 Base: ¢23.594,91. Estado: Bueno. Ubicación: Sislocar, código A-171.

Boleta Nº A171-70-2011.Consignatario: Danilo Barquero. Descripción: blusas y blazers nuevos de niña y mujer de mujer diferentes marcas. Documento: 2010516146. Fecha: 13/12/2010. Bultos: 14 Base: ¢6.783,58. Estado: bueno. Ubicación: Sislocar, código A-171.

Boleta Nº A171-71-2011. Consignatario: Danilo Barquero. Descripción: camisas de hombre diferentes tallas y marcas, nuevas. Documento: 2010516146. Fecha: 13/12/2010. Bultos: 54. Base: ¢34.185,05. Estado: bueno. Ubicación: Sislocar, código A-171.

Boleta Nº A171-72-2011. Consignatario: Mayca Distribuidores S. A. Descripción: dispensadores de condimentos, nuevos, marca Sonoco. Documento: 006-2011-175803. Fecha: 07/01/2011. Bultos: 24. Base: ¢2.743,37. Estado: regular. Ubicación: Sislocar, código A-171.

Boleta Nº A171-73-2011. Consignatario: Mayca Distribuidores S. A. Descripción: utensilios de plástico marca Server Food Serving y ollas de metal marca Server, nuevo. Fecha: 28/01/2011. Bultos: 83. Base: ¢19.264,57. Estado: regular. Ubicación: Sislocar, código A-171.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate. Siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y a la Sección de Almacenes de la Aduana de Limón, teléfono 2798-1626.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de Aduanas.—Msc. Luis A. Juárez Ruiz, Gerente Aduana de Limón.—1 vez.—O. C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34764.—C-51700.—(IN2012036969).

ADUANA SANTAMARÍA

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública, en forma individual, en la Aduana Santamaría a las 1:30 horas del día 14 del mes de junio del 2012, en las instalaciones de la misma, sita: 1km. al oeste del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003, las mismas se encuentran en estado de abandono a favor del Fisco, y podrán ser ubicadas en las instalaciones del:

Depositario Aduanero: Almacenadora Heredia, código A 164, cédula jurídica 3-101-275956. Dirección: de Mabe 100 metros norte, 250 metros oeste Lagos de Heredia.

Boleta Nº 348-2011 Consignatario. Colorado Shoes Documento SZH070304160 Movimiento de Inventario 2007-27104 Bultos: 143. Descripción. Calzado para Dama total 1716 pares Precio Base: ¢388.488,50 colones. Ubicación: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 349-2011 Consignatario Desatur Corobici S. A. Documento MIASEK102450939 Movimiento de Inventario 2008-60459 Bultos: 3 Descripción azafates plásticos total 18 unidades Precio Base: ¢16.222,67 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 350-2011 Consignatario Comercial M, y R Internacional S. A. Documento 08190353 Movimiento de Inventario 2008-52629 Bultos: 1 Descripción Herramientas de mano marca spx-otc modelo 7317 total 5 unidades Precio Base: ¢7.948,88 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 351-2011 Consignatario Ferretería Pavas Documento 00010515 Movimiento de Inventario 2007-39357 Bultos: 8 Descripción aceite Hidráulico marca Alco con 20 unidades, 5 cartones Grasa en Spray 60 unidades Precio Base: ¢106.321,09 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 352-2011 Consignatario Invers. Internacionales Hong Phen Documento APLU-401860474 Movimiento de Inventario 2007-38416 Bultos: 1 Descripción Grasa para Chasis Precio Base: ¢31.301,90 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 353-2011 Consignatario Dodona S.R.L Documento 5407040155 Movimiento de Inventario 2008-54010 Bultos: 4 Descripción Receptor de Señales marca General, 200 unidades Precio Base: ¢1.030.416,69 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 354-2011 Consignatario Telerad S. A. Documento HBOL13519 Movimiento de Inventario 2007-39143 Bultos: 1 Descripción Cartuchos para Impresora Precio Base: ¢7.613,35 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 355-2011 Consignatario Representaciones Cosalco S. A. Documento DEL131 Movimiento de Inventario 2007-37527 Bultos: 1 Descripción Carrucha de película de polipropileno Precio Base: ¢1.839,30 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 356-2011 Consignatario Mistral Ltda Documento MIJ71270 Movimiento de Inventario 2008-61754 Bultos: 14 Descripción Gorras Textiles con Luces, Precio Base: ¢69.948,94 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 357-2011 Consignatario Hoteles Aeropuerto Documento 18394 Movimiento de Inventario 2008-60573 Bultos: 10 Descripción Lámparas Eléctricas y Accesorios Precio Base: ¢22.329,52 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 358-2011 Consignatario Empaques Santa Ana Documento SJO11076501 Movimiento de Inventario 2010-70370 Bultos: 1 Descripción Repuesto para Maquina Precio Base: ¢22.683,51 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 359-2011 Consignatario Tabacalera Costarricense S. A. Documento C335 Movimiento de Inventario 2008-59085 Bultos: 336 Descripción Película de plástico Polipropileno Precio Base: ¢471.843,43 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 360-2011 Consignatario Alumimundo S. A. Documento CR2630805 Movimiento de Inventario 2008-57951 Bultos: 2 Descripción Tinas para baño Precio Base: ¢9.004,23 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 361-2011 Consignatario Cosnos Electrónica S. A. Documento QD0908020080TS Movimiento de Inventario 2008-56990 Bultos: 2 Descripción Repuestos para Refrigerador Precio Base: ¢22.845,73 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 362-2011 Consignatario Jorge Llovet/ Documento 40797AC Movimiento de Inventario 2007-35014 Bultos: 7 Descripción Equipo de Gimnasia para hacer ejercicios Precio Base: ¢54.031,47 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 363-2011 Consignatario Marco Salazar Documento CR2410B Movimiento de Inventario 2008-65766 Bultos: 13 Descripción Muebles de Metal Precio Base: ¢83.457.173 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 364-2011 Consignatario Indianapolis S. A. Documento 200805805 Movimiento de Inventario 2008-62891 Bultos: 4 Descripción Conectores Flexibles para abasto de Agua Precio Base: ¢65.351,06 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 365-2011 Consignatario Lobo y Monge S. A. Documento C445 Movimiento de Inventario 2008-60591 Bultos: 1 Descripción Herrajes para Muebles de Madera Precio Base: ¢7.628,12 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 366-2011 Consignatario Vilicori Documento CLVB8027249 Movimiento de Inventario 2009-50481 Bultos: 80 Descripción Licor cuatrocientos ochenta unidades Precio Base: ¢5.848.494,82 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 367-2011 Consignatario Clínica de la Audición Documento 60851995867 Movimiento de Inventario 2008-58461 Bultos: 1 Descripción Cabina de Audiología Equipo Medico Precio Base: ¢1.757.772,00 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 368-2011 Consignatario Servex S. A. Documento 200707705077 Movimiento de Inventario 2007-34390 Bultos: 2 Descripción Artículos para el Hogar Precio Base: ¢13.759,36 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 369-2011 Consignatario Havells Sylvania C,R Documento GBLON4221815485 Movimiento de Inventario 2008-68551 Bultos:10 Descripción Bombillos de 7/9 Watts Tipo GB 22E Precio Base: ¢11.894.845,95 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 370-2011 Consignatario Distribuidora Arsa S. A. Documento NYKS7270013450 Movimiento de Inventario 2008-67931 Bultos: 1 Descripción Bombas para fumigar manuales Precio Base: ¢561,21 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 371-2011 Consignatario Sondel S. A. Documento 090609001 Movimiento de Inventario 2009-56636 Bultos: 3 Descripción Cascos de Seguridad setecientos sesenta y nueve unidades Precio Base: ¢3.861.420,55 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 372-2011 Consignatario Cosmos Electrónica S.A. Documento QD0908010229 Movimiento de Inventario 2008-55935 Bultos: 7 Descripción Repuestos para Electrodomésticos ciento veinte unidades Precio Base: ¢42.306,92 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 373-2011 Consignatario Cosmos Electrónica S. A. Documento QD0908010313T Movimiento de Inventario 2008-56360 Bultos: 2 Descripción Repuestos para Electrodomésticos ochenta unidades Precio Base: ¢28.204,61 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 374-2011 Consignatario Coca Cola Femsa C,R S. A. Documento 60858546988 Movimiento de Inventario 2008-67899 Bultos: 10 Descripción Partes para Dispensador de Bebidas diez unidades Precio Base: ¢4.644,85 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 375-2011 Consignatario Natalia Textil Ltda. Documento 032008SSZMITI510 Movimiento de Inventario 2008-59346 Bultos: 23 Descripción Textiles Encajes elásticos para Pasamanería. Precio Base: ¢18.145,90 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 376-2011 Consignatario Recreativas Jumam Documento 0801000310302 Movimiento de Inventario 2008-54876 Bultos: 166 Descripción Mercadería variada juguetes, plásticos lapiceros ropa interior adornos de vidrio, otros. Precio Base: ¢2.140.350,08 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 377-2011 Consignatario Recreativos Expetica S. A. Documento 0801000310303 Movimiento de Inventario 2008-54877 Bultos: 201 Descripción Mercadería variada Lapiceros plásticos, adornos, juguetes plásticos, archivadores de metal, Precio Base: ¢2.229.499,43 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 378-2011 Consignatario Águila Eléctrica S. A. Documento DMCQHKG2191974 Movimiento de Inventario 2010-69238 Bultos: 1 Descripción Accesorios eléctricos, cien unidades, Precio Base: ¢3.684,27 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 379-2011 Consignatario Importaciones Beirute S. A. Documento 200807601072 Movimiento de Inventario 2008-61024 Bultos: 4 Descripción Aceite para Bombas, seis galones, Precio Base: ¢156.166,78 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 380-2011 Consignatario Leaho Refrigeración Industrial S. A. Documento PLAV0834 Movimiento de Inventario 2009-54634 Bultos: 1 Descripción Gas refrigerante, doce unidades, Precio Base: ¢60.543,51 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 381-2011 Consignatario Taeyang de C.A S. A. Documento 858413188 Movimiento de Inventario 2009-58984 Bultos: 1 Descripción Vehículo Ambulancia Usada, marca Kia Bongo Frontier año 2003 Vin: KRHYABC323B030641 color Verde 2957 cc Precio Base: ¢1.626.283,51 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 382-2011 Consignatario Microflock de Costa Rica S. A. Documento 0170209GTLSV04 Movimiento de Inventario 2009-52019 Bultos: 345 Descripción Rollos de Tela para Muebles poliéster Precio Base: ¢8.455.733,88 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 383-2011 Consignatario Mercantil de Alimentos S. A. Documento 241846 Movimiento de Inventario 2009-58190 Bultos: 44 Descripción Cremas para el Cuerpo, doscientas sesenta y cuatro unidades Precio Base: ¢2.133.461,82 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 384-2011 Consignatario Investiments Manager S. A. Documento MXJ15809 Movimiento de Inventario 2007-51040 Bultos: 1 Descripción Piezas Sentadero Servicio Sanitario, tanque para agua Lava manos Precio Base: ¢9.366,50 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 385-2011 Consignatario Súper Moto de Costa Rica A.N.R S. A. Documento PSHE08080380 Movimiento de Inventario 2008-66017 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim, modelo HS-150 c/c Tipo Sport color negra Vin: LLCHPS50581007107 año 2008 motor: 162FMJ08400931 Precio Base: ¢81.478,24 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia.

Boleta Nº 386-2011 Consignatario Súper Moto de Costa Rica A.N.R S. A. Documento PSHE08080380 Movimiento de Inventario 2008-66017 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim, modelo HS-150 c/c Tipo Sport color azul Vin: LLCHPS50X81007104 año 2008 motor: 162FMJ08400934 Precio Base: ¢71.356,65 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 387-2011 Consignatario Súper Moto de Costa Rica A.N.R S. A. Documento PSHE08080380 Movimiento de Inventario 2008-66017 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim, modelo HS-150-11 c/c Tipo Sport color rojo Vin: LLCHPS50781007108 año 2008 motor: 162FMJ08400930 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 388-2011 Consignatario Súper Moto de Costa Rica A.N.R S. A. Documento PSHE08080380 Movimiento de Inventario 2008-66017 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim, modelo HS-175-GY c/c Tipo Pistera color Lila Vin: LUAHGL10081000055 año 2008 motor: Precio Base: ¢91.521,94 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 389-2011 Consignatario Súper Moto de Costa Rica A.N.R S. A. Documento PSHE08080380 Movimiento de Inventario 2008-66017 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim, modelo HS-150-S c/c Tipo Sport color Negra Vin: LLCHPS50381007100 año 2008 motor: 162FMJ08H00933 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 390-2011 Consignatario Súper Moto de Costa Rica A.N.R S. A. Documento PSHE08080380 Movimiento de Inventario 2008-66017 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim, modelo HS-150-S c/c Tipo Sport color Roja Vin: LLCHPS50981007109 año 2008 motor: 162FMJ08H00937 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 391-2011 Consignatario Súper Moto de Costa Rica A.N.R S. A. Documento PSHE08080380 Movimiento de Inventario 2008-66017 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim, modelo H-150-S c/c Tipo Port color Azul Vin: LLCHPS481007101 año 2008 motor: 162FMJ080H00935 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 392-2011 Consignatario Súper Moto de Costa Rica A.N.R S. A. Documento PSHE08080380 Movimiento de Inventario 2008-66017 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim, modelo HS-150-S c/c Tipo Sport color Negra Vin: LLCHPS50681007102 año 2008 motor: 162FMJ08H00936 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 393-2011 Consignatario Súper Moto de Costa Rica A.N.R S. A. Documento PSHE08080380 Movimiento de Inventario 2008-66017 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim, modelo HS-150-S c/c Tipo Sport color Negra Vin: LLCHPS50881007103 año 2008 motor: 162FMJ08H00932 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 394-2011 Consignatario Súper Moto de Costa Rica A.N.R S. A. Documento PSHE08080380 Movimiento de Inventario 2008-66017 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim, modelo HS-150-S c/c Tipo Sport color Azul Vin: LLCHPS50181007105 año 2008 motor: 162FMJ08H00938 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 395-2011 Consignatario Súper Moto de Costa Rica A.N.R S. A. Documento PSHE08080380 Movimiento de Inventario 2008-66017 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim, modelo HS-175-GY c/c Tipo Pistera color Verde Vin: LUAHGL10781000084 año 2008 motor: 162FMK08400944 Precio Base: ¢91.521,94 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 396-2011 Consignatario Súper Moto de Costa Rica A.N.R S, A Documento PSHE08080380 Movimiento de Inventario 2008-66017 Bultos: 25 Descripción Repuestos y Accesorios para Moto Precio Base: ¢193.788,94 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 397-2011 Consignatario Banco Cathay de Costa Rica Documento PSHE08040129 Movimiento de Inventario 2008-58978 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim modelo HS-150-S c/c Tipo Sport color Negra Vin: LLCHPS05078100381708D Motor: 162FMJ00235 año 2008 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 398-2011 Consignatario Banco Cathay de Costa Rica Documento PSHE08040129 Movimiento de Inventario 2008-58978 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim modelo HS-125-c/c Tipo Sport color Roja Vin: LLCHPP10381000773 Motor: 157FMI08D00210 año 2008 Precio Base: ¢66.702,26 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 399-2011 Consignatario Banco Cathay de Costa Rica Documento PSHE08040129 Movimiento de Inventario 2008-58978 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim modelo HS-150-S c/c Tipo Sport color Roja Vin: LLCHPS50481003811 Motor: 162FMJ08D00177 año 2008 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 400-2011 Consignatario Banco Cathay de Costa Rica Documento PSHE08040129 Movimiento de Inventario 2008-58978 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim modelo HS-150-S c/c Tipo Sport color Roja Vin: LLCHPS50981003805 Motor: 162FMJ08D00228 año 2008 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 401-2011 Consignatario Banco Cathay de Costa Rica Documento PSHE08040129 Movimiento de Inventario 2008-58978 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim modelo -175-GY c/c Tipo Pistera color Verde Vin: LAUHGL104810000757 Motor: 162FMK08D00015 año 2008 Precio Base: ¢91.521,94 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 402-2011 Consignatario Banco Cathay de Costa Rica Documento PSHE08040129 Movimiento de Inventario 2008-58978 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim modelo HS-150-S c/c Tipo Sport color Negra Vin: LLCHPS50781003804 Motor: 162FMJ08D00231 año 2008 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 403-2011 Consignatario Banco Cathay de Costa Rica Documento PSHE08040129 Movimiento de Inventario 2008-58978 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim modelo HS-150-S c/c Tipo Sport color Roja Vin: LLCHPS50X81003814 Motor: 162FMJ08D00227 año 2008 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 404-2011 Consignatario Banco Cathay de Costa Rica Documento PSHE08040129 Movimiento de Inventario 2008-58978 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim modelo HS-150-S c/c Tipo Sport color Negra Vin: LLCHPS50281003807 Motor: año 2008 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 405-2011 Consignatario Banco Cathay de Costa Rica Documento PSHE0804129 Movimiento de Inventario 2008-58978 Bultos: 1 Descripción Motocicleta marca Hensim modelo HS-150-S c/c Tipo Sport color Azul Vin: LLCHPS50681003809 Motor: 162RMJ08D00238 año 2008 Precio Base: ¢71.356,15 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia Documento PSHE08040129

Boleta Nº 406-2011 Consignatario IDISA S, A Movimiento de Inventario 2009-58836 Bultos: 177 Descripción Body Loción para el cuerpo, ochenta y ocho cartones Bod Man y ochenta y nueve cartones Body Fantasies Precio Base: ¢366.381,22 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 407-2011 Consignatario Mercantil de Alimentos S. A Movimiento de Inventario 2009-50985 Bultos: 1 Descripción Gel para Cabello, marca l, a Look Precio Base: ¢51.640,84 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 408-2011 Consignatario Frio Club S, A Movimiento de Inventario 2009-56336 Bultos: 4 Descripción Aires Acondicionados, marca Blue-Box Precio Base: ¢260.120,24 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 409-2011 Consignatario Martel de Centroamérica S. A Movimiento de Inventario 2009-55360 Bultos: 1 Descripción Sellos de Extremo de Rueda Precio Base: ¢21.104,17 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 410-2011 Consignatario Axioma Internacional S. A Movimiento de Inventario 2010-69111 Bultos: 37 Descripción Estructuras Metálicas, cincuenta Piezas Precio Base: ¢345.082,68 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 411-2011 Consignatario Corporación Flin S. A Movimiento de Inventario 2009-54393 Bultos: 1 Descripción Repuesto para Aire Acondicionado Precio Base: ¢6.567,40 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Boleta Nº 447-2011 Consignatario Banco Cathay S, A Movimiento de Inventario -58978 Bultos: 27 Descripción Repuestos y Accesorios para Motocicleta Precio Base: ¢140.426,77 colones: Depositario Fiscal Almacenadora Heredia

Depositario Aduanero: Almacenadora Heredia, código A 164, cédula jurídica 3-101-275956. Dirección: de Mabe 100 metros norte, 250 metros oeste Lagos de Heredia.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo Depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas Nº 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas.

La diferencia en relación con el valor de adjudicación y el monto previamente depositado, deberá cancelarse inmediatamente o a más tardar dentro del día hábil siguiente a la fecha de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta. Las mercancías serán subastadas de forma individual, las personas interesadas en participar en la subasta, podrán observarlas o inspeccionarlas dentro del plazo de tres días previos a la realización del remate, siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y la Sección de Depósitos de la Aduana Santamaría. A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de Aduanas.—Lic. Roy Chacón Mata, Gerente Aduana Santamaría.—1 vez.—O. C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34761.—C-199750.—(IN2012036968).

Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública, en forma individual, en la Aduana Santamaría a las 9:00 horas del día 14 del mes de junio del 2012, en las instalaciones de la misma, sita: 1 km. al oeste del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría y que de conformidad con la Ley Nº 7557 (Ley General de Aduanas), del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003, las mismas se encuentran en estado de abandono a favor del Fisco, y podrán ser ubicadas en las instalaciones del:

Depositario Aduanero: Almacén Fiscal Ecatrans A 173, cédula jurídica 3-101-218852. Dirección: de San Joaquín de Flores Heredia, del Mega Súper 100 metros oeste y 100 norte

Contiguo a Cementerio

Boleta Nº 001-2011: Consignatario. Ecatrans Logística S. A. Documento MSCUMNL45786. Movimiento de Inventario 2008-28906. Bultos: 204. Descripción. Tanques Cilíndricos de Auto Gas, LPG, Tanques Tipo Toroidai Auto Gas Precio Base ¢1.573.959,96 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 002-2011: Consignatario. Dell Tico S. A. Documento 050504  Movimiento de Inventario 2008-16082 Bultos: 80. Descripción. CPU Marca Dell Modelos opti plex, dimensión, 8250, 8400, 2400, 3000, optiplex gx, 200 Precio Base ¢2.609.110,65 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 003-2011: Consignatario. Centenario Internacional S. A. Documento CFRLY0000019241 Movimiento de Inventario 2008-10518 Bultos: 100. Descripción. Licor de Anís marca Ricard, quinientas noventa y siete unidades Precio Base ¢937.436,03 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 004-2011: Consignatario. Canachil S. A. Documento CFRLY0000024580 Movimiento de Inventario 2008-30935 Bultos: 325. Descripción. Vino varias marcas, Chateau, Sushiwine, Beaujolais, Sepays, Franceses Precio Base ¢2.519.521,56 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 262-2011: Consignatario. Imp. Envasol de Costa Rica S. A. Documento JAX57M095768 Movimiento de Inventario 2007-31092 Bultos: 968. Descripción. Aceite Lubricante, ciento ochenta y cinco cartones, con doce unidades c/u Precio Base ¢3.280.360,66 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 263-2011: Consignatario. Innovación Original Productiva, Costa Rica S.A. Documento CHK14600SSAN Movimiento de Inventario 2009-8683  Bultos: 10. Descripción. Muebles Metálicos para Oficina Precio Base ¢47.072,87. Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 264-2011: Consignatario. Industrias Fotográficas de Costa Rica S.A. Documento CR23561 Movimiento de Inventario 2009-12860 ultos: 67. Descripción. Material fotográfico Kodak Medical X Ray Precio Base ¢112.411,66 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 265-2011: Consignatario. Piramide Internacional S. A. Documento LAX20300 Movimiento de Inventario 2009-13499  Bultos: 5. Descripción. Ganchos giratorios par tender Ropa trescientas unidades Precio Base ¢51.920,10 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 266-2011: Consignatario. Tips S. A. Documento MASJ0930909 Movimiento de Inventario 2009-6723 Bultos: 1. Descripción. Lavadora de Platos marca SJM  200D Precio Base ¢52.470,19. Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 267-2011: Consignatario. Henkel C. R. Documento SCAN1508081C Movimiento de Inventario 2008-21499  Bultos: 160. Descripción. Adhesivo solvente cada bulto contiene un galón Precio Base ¢1.572.831,96 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 268-2011: Consignatario. Juan Carlos Rodo. Documento CLSTO2007271 Movimiento de Inventario 2007-28782 Bultos: 5. Descripción. Maquina de masajes y sus accesorios, marca Simguay Precio Base ¢730.727,47  Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S,A

Boleta Nº 269-2011: Consignatario. K.F.C S,A. Documento INSJ2970108 Movimiento de Inventario 2008-20844 Bultos: 1. Descripción. Refrigeradora Industrial marca Delfield, modelo 406-CA -DHL Precio Base ¢342.826,66 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 270-2011: Consignatario. Auto Tech Documento MASJ0501107 Movimiento de Inventario 2009-3782 Bultos: 20. Descripción.  Parlantes para Auto 1200 watts, gatas hidráulicas, alfombras de caucho para auto, candados para repuestos, cierre central parte de auto. Precio Base ¢89.331,67  Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 271-2011: Consignatario. Peña y Compañía. Documento HB0214794 Movimiento de Inventario 2010-3140 Bultos: 12. Descripción. Sillas de Comedor de Madera bases de metal. Precio Base ¢17.240,54 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 272-2011: Consignatario. Juan Bambasch. Documento HB0L14990 Movimiento de Inventario  2010-4971 Bultos: 18. Descripción. Sistema de Entretenimiento con DVD de metal. Precio Base ¢344.141,80 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 273-2011: Consignatario. Francisco Llobeth. Documento MIA20570 Movimiento de Inventario 2010-9138 Bultos: 9. Descripción. Set para juego de básquet mod msc 26992 Precio Base ¢46.879,72 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 274-2011: Consignatario. Café Britt. Documento MASJ1530510 Movimiento de Inventario 2010-8669 Bultos: 20. Descripción. Te negro en bolsitas, ciento veinte cajas con veinte unidades c/u marca Horney, Sons Precio Base ¢28.124,53 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 275-2011 Consignatario. Café Britt. Documento MASJ1270510 Movimiento de Inventario 2010-7428 Bultos: 49. Descripción. Te negro en bolsitas, doscientas noventa y cuatro con veinte unidades c/u marca Horney, Sons Precio Base ¢44.475,68  Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 276-2011: Consignatario. Odontomedica Mercantil Documento 7SJ0552Z06 Movimiento de Inventario 2007-18244 Bultos: 57. Descripción Equipo médico dental, accesorios sud de hídricos tecno, brazos eléctricos, para silla modelo E97252 1 aparato de rayos x marca, spectro, dobi md.70x selectronic, 4 unidades de cama Precio Base ¢1.098.922,63 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 277-2011: Consignatario. Westomatic. Documento ELSTO2009-017 Movimiento de Inventario 2009-2340 Bultos: 20. Descripción. Termostatos para electrodomésticos, cien unidades. Precio  Base ¢230.246,65 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 278-2011: Consignatario. Aregon S. A. Documento 6910609262 Movimiento de Inventario 2007-20068  Bultos: 9. Descripción. Fajas de Tela y cuerina, trescientas cinco unidades, Billeteras de tela y cuerina doscientas veinte unidades Precio Base ¢48.104,90 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 279-2011: Consignatario. Cascos Safety. Documento MICR39965 Movimiento de Inventario 2010-1806 Bultos: 10. Descripción. Guantes de Látex marca meditech cincuenta, unidades en cada cartón Precio Base ¢13.721,17. Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 280-2011: Consignatario. Mr. Baldew Documento EMUMUM0850014194 Movimiento de Inventario 2008-32201: Bultos: 3. Descripción. Artesanía Indu adornos de mármol, nueve piezas Precio Base ¢98.792,24 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 281-2011 Consignatario Pacific Explorer Documento 020476 Movimiento de Inventario 2008-9626 Bultos: 3 Descripción: Ropa de Cama fundas para almohada de algodón, trece docenas Precio Base ¢27.269,20 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 282-2011: Consignatario. Bridgestone Documento MICR29018 Movimiento de Inventario  2007-29287 Bultos: 4. Descripción: Motores eléctricos y accesorios marca Baldor, cm 3546 de 1 hp, serie I070580172 Precio Base ¢9.327,63  Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 283-2011: Consignatario. Zebol Documento SMROQSES7211004T Movimiento de Inventario 2007-23352 Bultos: 1. Descripción. Válvulas para cañería de metal, seis unidades Precio Base ¢4.662,15 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 284-2011: Consignatario. Advantage Lighthing Documento SCAN2005091B Movimiento de Inventario 2009-11876 Bultos: 1. Tubos fluorescentes de 13 Watts cuarenta unidades. Precio  Base ¢21.356,00 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 285-2011: Consignatario. Enercon S. A. Documento 912359009 Movimiento de Inventario 2009-9487  Bultos: 1. Grasa multiuso, alta capacidad marca OKS cuatrocientos envases de 1 kilo Precio Base ¢29.185,40 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 286-2011: Consignatario. Auto Repuestos OCA S. A. Documento HAWB017296 Movimiento de Inventario 2007-18497 Bultos: 1. Grapa de metal Precio Base ¢2.595,63 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 287-2011: Consignatario. Batse S. A Documento TIJDU004090 Movimiento de Inventario 2006-6164 Bultos: 1. Conectores de Plomo para acumuladores Precio Base ¢8.249,66. Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 288-2011: Consignatario. Organización Bravo Rudin Documento 012375 Movimiento de Inventario 2006-360  Bultos: 1. Filtros de Agua para Refrigeradora, y máquina para hacer hielo marca Ominifilter R-200, cincuenta unidades Precio Base ¢10.478,38  Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 289-2011: Consignatario. Distribuidora Técnica Documento  68831634 Movimiento de Inventario 2008-10823 Bultos: 6. Bombillos decorativos de 40 Watts, cuatro bultos, bombas para fumigar, dos bultos Precio Base ¢31.249,77 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 290-2011: Consignatario. Dihasa S. A. Documento MASJ00210410 Movimiento de Inventario 2010-6718 Bultos: 1. Neutralizador de olor para telas y otros, ocho docenas Precio Base ¢10.760,16 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 291-2011: Consignatario. Durman y Esquivel S. A. Documento 688334450 Movimiento de Inventario 2010-4719 Bultos: 1. Accesorios para puerta de baño, treinta unidades. Precio Base ¢3.784,31 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 292-2011: Consignatario. Mercantil de Alimentos S. A. Documento MASJ1830510 Movimiento de Inventario 2010-10544 Bultos: 25. Productos para tratamiento del cabello marca SCH, ciento cuarenta y dos unidades Precio Base ¢132.941,63 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 293-2011: Consignatario. Superba S. A. Documento MASJ0791107 Movimiento de Inventario 2007-20362 Bultos: 1. Artículos para pintar de felpa, setenta y cuatro piezas Precio Base ¢10.914,29 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 294-2011: Consignatario. CIFSA S. A. Documento Movimiento de Inventario 2006-1566 Bultos: 1.Marchamos plásticos. Precio Base ¢5.927,75 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 295-2011: Consignatario. Interactiva 2000 Documento 014300 Movimiento de Inventario 2006-5399 Bultos: 1. Terminales de plástico, para redes inalámbricas, cien piezas. Precio Base ¢5.924,62 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 297-2011: Consignatario. Torneca S. A. Documento CR1013507 Movimiento de Inventario 2007-24236 Bultos: 1. Partes para pistón sin marca, dieciséis unidades. Precio Base ¢4.997,47 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 298-2011: Consignatario. Redes y Sistemas S. A. Documento MASJ0660407 Movimiento de Inventario 2007-18406 Bultos: 1. Termostatos marca Walton para alarma, trece unidades. Precio Base ¢11.190,96 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 299-2011: Consignatario. Tracto motriz S. A. Documento HWB021303 Movimiento de Inventario 2008-19107 Bultos: 1. Pieza para montacargas de metal. Precio Base ¢4.713,61. Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 300-2011: Consignatario. Nacional Automotriz S. A. Documento MASJ1291507 Movimiento de Inventario 2007-27190 Bultos: 1. Cilindro de coche, marca s chier–sioux, cincuenta unidades. Precio Base ¢19.417,22 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 301-2011: Consignatario. Arte en Luz S. A. Documento MASJ1440607 Movimiento de Inventario  2007-30387 Bultos: 1. Sockets de Cerámica, ochenta y cinco unidades. Precio Base ¢23.680,16 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 302-2011: Consignatario. Consolidaciones  Improsa S. A. Documento PT1254517 Movimiento de Inventario 2007-15428 Bultos: 1. Tapas plásticas, carburadores, manubrios, muflas, partes y piezas para chapia dora. Precio Base ¢24.304,54 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 303-2011: Consignatario. Formas eficientes Fesa S. A. Documento 91356 Movimiento de Inventario 2010-7098 Bultos: 1. Partes para apagadores, cuatrocientos noventa y ocho unidades. Precio Base ¢29.391,44 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 304-2011 Consignatario. Eurotrade S. A. Documento 12007 Movimiento de Inventario 2010-3500 Bultos: 11. Equipo de Restaurante, seis urnas, siete cartones con accesorios, un huacal con vidrios. Precio Base ¢1.161.189,17 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans

Boleta Nº 305-2011: Consignatario. Real Cebo Azul S. A. Documento SUDU292970946104 Movimiento de Inventario 2010-6899 Bultos: 2694. Ron Cubano marca Santero, Palma superior, mil ciento veinticinco cartones Añejo Reserva quinientos sesenta y seis cartones, Añejo reserva, cuatrocientos sesenta y dos cartones, Añejo Blanco, quinientos cuarenta y uno cartones  Precio  Base ¢19.105.122,36 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 306-2011: Consignatario. Megatendencias S. A. Documento LAX20590 Movimiento de Inventario 2010-11773 Bultos: 5 Desodorantes Ambientales para closet, ciento unidades, canastas de mimbre cuarenta y ocho unidades. Precio Base ¢48.167,81 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 307-2011: Consignatario. Grupo Nación S. A. Documento HWB025831 Movimiento de Inventario 2010-11879 Bultos: 1 Roles industriales para maquina de impresión, ocho unidades. Precio Base ¢6.293,71 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 308-2011: Consignatario. Tu mundo S. A. Documento MASJ00490410 Movimiento de Inventario 2010-13518 Bultos: 2 Cable coaxial, dos carruchas Precio Base ¢44.870,94 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans

Boleta Nº 309-2011: Consignatario. Jenny Obando Documento DTMX10110  Movimiento de Inventario  2010-13960 Bultos: 16 Maquillaje para ojos, trescientas noventa y tres unidades, tratamiento para uñas doscientas ochenta y una, Lápiz labial, un mil catorce unidades, polveras ochocientos cincuenta y cinco unidades Precio Base ¢291.525,73 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans

Boleta Nº 310-2011: Consignatario. Importaciones Pamer S, A  Documento GKTSJO42248  Movimiento de Inventario 2010-16140 Bultos: 18 Neumático para motocicleta, novecientas unidades marca suallon. Precio Base ¢17.312,22 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 311-2011: Consignatario Mafisa S. A. Documento MASJ1520107 Movimiento de Inventario 2007-30975 Bultos:1 Manguera de caucho. Precio Base ¢2.577,29 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 312-2011: Consignatario. Hospimedica S. A. Documento SJO1005044 Movimiento de Inventario 2010-16303 Bultos: 60  Mascarillas para adultos tipo ventury, uso médico, tres mil unidades. Precio Base ¢32.571,17 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 313-2011: Consignatario. Date Windows S. A. Documento SMLUPTL-015A12360 Movimiento de Inventario 2008-21875 Bultos: 5 Madera tipo caobilla, seiscientas piezas. Precio Base ¢431.234,78 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 314-2011: Consignatario. A la orden Documento SHA1580475AH Movimiento de Inventario 2010-16689 Bultos: 133 Herramientas y accesorios de carpintería, y ferretería. Precio Base ¢4.808.536,36 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 315-2011: Consignatario. Cosmos Electrónica S. A. Documento CLSJO2010195. Movimiento de Inventario 2010-14624 Bultos: 12 Cobertores para lavadora, tapas plásticas. Precio Base ¢32.647,77 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 316-2011: Consignatario. Inversiones Oredama S. A. Documento 030587204 Movimiento de Inventario 2010-16074 Bultos: 1 Aceite de Castor un tambor Precio Base ¢29.695,88. Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 317-2011: Consignatario. Macrobiótica Ibarra  S. A. Documento HAWB5461. Movimiento de Inventario 2010-13272 Bultos: 1 Vitaminas Naturales, noventa y ocho unidades marca Alfa. Precio Base ¢15.211,73 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans

Boleta Nº 318-2011: Consignatario. Seyla S. A. Documento CR24738 Movimiento de Inventario 2010-16447 Bultos: 1 Equipo médico doce unidades. Precio Base ¢1.305,56 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 319-2011: Consignatario. Durman Esquivel S. A. Documento CR24596 Movimiento de Inventario 2010-11619 Bultos: 1 Filtros Refrigerantes, doce unidades Precio Base ¢1.285,78 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 320-2011: Consignatario. Mariscos Wang S. A. Documento KASJS602609. Movimiento de Inventario 2006-8494 Bultos: 1 Conectores y Válvulas de cobre, uniones. Precio Base ¢36.894,05 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Boleta Nº 321-2011: Consignatario. Repritec S. A. Documento 02008B. Movimiento de Inventario 2009-5150 Bultos: 1 Conectores de metal, llaves de paso, codos uniones en bronce Precio Base ¢8.035,61 Ubicación: Depositario Fiscal Ecatrans S. A.

Depositario Aduanero: Fiscal Ecatrans cédula jurídica 3-101-218852 Dirección: San Joaquín de Flores, del Mega Súper 100 metros oeste y 100 metros norte contiguo a cementerio.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo Depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas Nº 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas.

La diferencia en relación con el valor de adjudicación y el monto previamente depositado, deberá cancelarse inmediatamente o a más tardar dentro del día hábil siguiente a la fecha de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta. Las mercancías serán subastadas de forma individual, las personas interesadas en participar en la subasta, podrán observarlas o inspeccionarlas dentro del plazo de tres días previos a la realización del remate, siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y la Sección de Depósitos de la Aduana Santamaría. A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de Aduanas.—Lic. Roy Chacón Mata, Gerente Aduana Santamaría.—1 vez.—O. C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34760.—C-180950.—(IN2012036970).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

C. N. TRES RÍOS

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se comunica que hemos recibido aviso de la señora: Laura del Carmen Bonilla Arias, cédula 01-0737-0781, del extravío del siguiente Certificado de Depósito a Plazo en colones:

Certificado de Depósito a Plazo:

 

Inversión

Fórmula

Monto ¢

Tasa Int. %

Apertura o

renovación

Vencimiento

502-304-5026692

914692

4.000.000,00

3.75%

19-10-2011

24-11-2011

Cupones:

 

Inversión

Fórmula

Monto ¢

Vencimiento

502-304-5026692

914693

14.583.33

24-11-2011

 

A favor de Laura del Carmen Bonilla Arias, cédula 01-0737-0781, al 3.75% anual a un plazo de 35 días, lo anterior para efectos de la publicación respectiva, según lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Tres Ríos, 21 de noviembre del 2011.—Luis Enrique Mata Redondo, Coordinador de Operaciones.—(IN2012030572).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

OFICINA PERIFÉRICA DE SAN ANTONIO DE

DESAMPARADOS

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal Oficina Periférica de San Antonio de Desamparados, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo a la orden de Damaris Obando Garita, cédula 01-0302-0970.

 

Certific. Núm.

Monto

Fecha Vencimiento

Cupón Núm.

Monto

Fecha Vencimiento

16111660210016887

¢707.713,00

26-03-2012

0

0

26-03-2012

 

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San Antonio de Desamparados, 3 de abril del 2012.—Lic. Iván Rodríguez Rodríguez, Coordinador.—RP2012288328.—(IN2012029503).

CENTRO SERVICIOS FINANCIEROS CATEDRAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por este medio se hace constar que la Asociación para el Cáncer Ginecológico y Mama-Apecagima cédula 3-002-509629, posee un certificado de depósito a plazo fijo capitalizable con la Institución, el cual se detalla a continuación:

         Certificado Nº                 Monto             Fecha           Intereses

                                                                     vencimiento

    16108460212084772       3.361.372,00     11-4-2011             NA

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 22 de marzo del 2012.—Plataforma de Ahorro a Plazo.—Lic. Carmen Sánchez Rivas, Coordinadora.—(IN2012030103).

INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor José Alfredo Pérez Reyes, cédula de residencia Nº 155803730103 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el Título de Arquitecto obtenido en Universidad Nacional de Ingeniería, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 30 de marzo del 2012.—MBA William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20120023.—Solicitud Nº 14584.—C-28220.—(IN2012030056).

La señora Diana Montero Katchan, cédula de identidad Nº 112220636 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el Título de Licenciada en Ecología y Manejo de Recursos Naturales obtenido en la Universidad de la Amistad de los Pueblos, Rusia. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 13 de abril del 2012.—MBA William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20120023.—Solicitud Nº 14583.—C-28220.—(IN2012030057).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

Acuerdo Nº 2012-122

ASUNTO:  Constitución de un derecho de servidumbre subterránea y de paso, para el Proyecto de Línea de Aducción en San Antonio de Escazú (Hernán Metger Rovira).

Considerando:

1º—Que la Dirección de Ingeniería de la Unidad Ejecutora AyA-BCIE, mediante memorandos UEBCIE-2011-628, del 26 de agosto del 2011 y UEBCIE-2012-153, del 21 de febrero del 2012, solicitó y justificó técnicamente la necesidad de adquirir y constituir un derecho de servidumbre subterránea de acueducto y de paso, con una longitud de 29,77 metros, ancho promedio de 6,00 metros, para un área total de 178,67 metros cuadrados, con un rumbo de sur a norte, conforme al plano levantado por el Departamento de Topografía, archivo de AyA Nº SJ-02-02-010s, para el Proyecto de Línea de Aducción en San Antonio de Escazú, como parte del Programa de Abastecimiento de Agua Potable que está llevando a cabo el AyA con financiamiento mediante préstamo del BCIE.

2º—Que la finca afectada se encuentra inscrita en el Partido de San José, del Registro Público al Folio Real matrícula Nº 484938-000, con un área total según registro de 19388,31 metros cuadrados, propiedad del señor Hermann Metger Rovira, cédula de identidad Nº 1-650-358.

3º—Que sobre la finca que se debe expropiar, se encuentran inscritos los siguientes gravámenes: al tomo 292 asiento 11674 secuencias 903 y 905, gravamen de reservas y restricciones; tomo 460 asiento 10365 Cédulas Hipotecarias; tomo 487 asiento 00472 Cédulas Hipotecarias; tomo 500 asiento 02645 Hipoteca; tomo 518 asiento 14741 Demanda Ejecutiva Hipotecaria; tomo 518 asiento 14742 Demanda Ejecutiva Hipotecaria; tomo 571 asiento 09024 Demanda Penal; tomo 573 asiento 93033 Practicado; tomo 574 asiento 82072 Practicado; y tomo 575 asiento 26676 Practicado.

4º—Que al soportar dicho inmueble el gravamen de reservas y restricciones, inscrito al tomo 292 asiento 11674, producto de haberse inscrito dicho inmueble por medio de la Ley Nº 139, Ley de Informaciones Posesorias, ley que establece en el artículo 19, en lo que interesa lo siguiente:

“Artículo 19.—Las fincas inscritas por medio de esta ley, quedarán afectadas por las siguientes reservas, sin que haya necesidad de indicarlas en la resolución:

a)  Si el fundo es enclavado o tiene frente a caminos públicos, con ancho no  inferior a veinte metros, estará afecto a las reservas que indica la Ley General de Caminos Públicos.

b)  A las reservas que indica la Ley de Aguas en sus artículos 72 y 73, cuando existieren aguas de dominio público o privado, en su caso;.....”.

En concordancia al artículo anterior, podemos citar el artículo 7º de la Ley Nº 5060 Ley General de Caminos Públicos, que literalmente dice:

“Artículo 7º—Para la construcción de caminos públicos el Estado, tendrá derecho a utilizar sin indemnización alguna:

a)  Los porcentajes señalados como reserva para tal fin en las propiedades inscritas o pendientes de inscripción en el Registro Público; y

b)  Hasta un doce por ciento (12%) del área de los terrenos que en adelante se otorguen por el Estado o las Municipalidades a título de concesión, canje de terrenos, baldíos y todos aquellos derechos o concesiones que otorguen el Estado por cualquier otra causa en los baldíos nacionales. Esta reserva se aplicará en cualquier momento a caminos de cualquier naturaleza con un ancho no mayor a veinte metros, o al aprovechamiento de fuerzas hidroeléctricas o para el paso de cursos de agua que fueren necesarios para el abastecimiento de poblaciones, abrevaderos de ganado o irrigación, o PARA CUALQUIER OTRA FINALIDAD DE UTILIDAD PÚBLICA.

     Tales restricciones y cargas irán aparejadas a la inscripción de la finca afectada, quedando obligado el funcionario a quien corresponde otorgar la escritura o suscribir el mandamiento inscribible a dejar constancia de las mismas. El Registro Público no inscribirá título si en éste no constan dichas restricciones y cargas.

5º—Que se desprende de dichos artículos, que el Estado tiene derecho a ejercer hasta un doce por ciento de los terrenos sobre los cuales se encuentre inscrito el gravamen a que se refiere el artículo 19 de la Ley de Informaciones Posesorias. Que evidentemente el mejoramiento y suministro de agua potable para la población conlleva indudablemente un interés público en beneficio de toda una colectividad y en beneficio de la salud pública de una población determinada.

6º—Que en vista de que en este caso el Estado actuando en la persona de AyA, debe ejercer ese derecho, por tener la finca inscrito el gravamen de reservas y restricciones referentes a dicho artículo, y por no causar lesión alguna a los derechos individuales de los propietarios, con la aplicación de alguna norma de manera arbitraria, que podría afectar su derecho de propiedad, y por la complejidad del tema, se procedió mediante documento Nº G-2005-0455, del 18 de marzo del 2005, a realizar la consulta correspondiente a la Procuraduría General de República (se recibió documento de consulta a la Procuraduría en fecha 28 de marzo del 2005), sobre la procedencia y adecuada aplicación de los artículos citados, en respuesta a la consulta, emiten el dictamen Nº C-053-2006, del 14 de febrero del 2006, dictamen que en lo que interesa indica:

“... El artículo 7º de la Ley General de Caminos Públicos, Nº 5060, por sí solo, no es aplicable a fincas inscritas a través del trámite de información posesoria; sin embargo, con la incorporación del artículo 19 a la Ley de Informaciones Posesorias, Nº 139 de 14 de julio de 1941....., se viene a unificar para ambos trámites de titulación de terrenos, en vía judicial y administrativa, la afectación a las reservas de la Ley General de Caminos Públicos de las fincas inscritas por ambas leyes, ya se trate de fincas madres o segregadas en la proporción correspondiente...”

7º—Que el dictamen rendido por la Procuraduría es de acatamiento obligatorio, conforme lo indica el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, Nº 6815, no pudiendo este Instituto obviar la desaplicación de las normas consultadas, ya que conforme al dictamen de Procuraduría antes indicado, los artículos antes dichos deben ser aplicados para el Estado como ejercicio de su derecho de reserva, por lo que no puede este Instituto, desacatar un criterio Superior, debiendo obligatoriamente ejercer el derecho de reserva sobre cualquier bien que haya sido inscrito por medio de la Ley de Informaciones Posesorias, en concordancia con la Ley General de Caminos Públicos y Ley de Aguas, en cuanto a las reservas establecidas en dichas leyes.

8º—Que el Departamento de Avalúos, mediante memorando SUB-G-AID-UEN-PYC-A-2011-046, del 15 de junio del 2011, valoró la servidumbre así:

AVALÚO DE LA SERVIDUMBRE:

“B.9. DESCRIPCIÓN DE LA SERVIDUMBRE A CONSTITUIRSE:

La servidumbre a constituirse es una franja de terreno de 6 metros de ancho por 29,79 metros de longitud, con un área a constituir de 178,67 metros cuadrados.

El uso del terreno en la finca madre es en su mayor parte zona boscosa y de charrales.

La finca madre tiene un frente a calle pública de 17,00 metros en la colindancia Este. La pendiente del terreno es variable, con pendientes entre el 10% al 50% en el sentido este-oeste.

La servidumbre se localiza cerca de la margen izquierda del río Agres cerca de la colindancia este de la finca madre, donde predomina una superficie quebrada hacia el lindero y dentro del área de protección del río.

El resto del inmueble es considerado una finca con tendencia a la regeneración boscosa por cuanto no se determina una explotación particular de cultivo o desarrollo agrario, ni el uso intensivo de algún tipo de actividad ganadera o similar...

B.10. MONTO A INDEMNIZAR POR EL ÁREA AFECTADA POR EL DERECHO DE RESERVA A FAVOR DEL ESTADO.

Debido al gravamen que pesa sobre la finca inscrito en las citas 292-11674, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de la Ley General de Caminos Públicos, Nº 5060; el artículo 19 de la Ley de Informaciones Posesorias, Nº 139; implica que, ante la evidente utilidad pública, el Estado puede ejercer derecho de reserva sin indemnización alguna hasta un 12% del área inscrita; lo cual queda de manifiesto en las conclusiones del dictamen C-053-2006 de la Procuraduría General de la República.

En concordancia con lo anterior indico que el área afectada por el gravamen de Reservas y Restricciones es de 19 388,31 m2, el cual corresponde al 100% de la finca. El 12% de esa área inscrita consta de 2 326,60 metros cuadrados.

De acuerdo a criterios técnicos, el AyA requiere un área de 179 metros cuadrados; lo cual corresponde a un 0,92% del área inscrita de la finca folio real 1 484938-000, lo anterior implica que después de constituir el Derecho de servidumbre, el gravamen de Reservas y Restricciones aún quedará inscrito sobre la finca en un porcentaje del 11,08%.

Por lo tanto se concluye que no le corresponde al AyA indemnizar ningún monto por el valor de los 178,67 m² afectados por el gravamen antes citado.

MONTO A INDEMNIZAR POR EL ÁREA AFECTADA
POR EL GRAVAMEN DE RESERVAS Y RESTRICCIONES
(178,67 M2) = ¢0,00

B.11. VALOR DE DAÑOS A LOS CULTIVOS:

En la franja de servidumbre no existen plantaciones de ningún tipo por lo cual no sufrirá ningún daño por la constitución del gravamen de servidumbre.

VALOR DE LOS DAÑOS A LOS CULTIVOS = ¢0,00

C.1) POR TANTO:

Se fijan los siguientes valores:

Valor de los derechos cedidos por la servidumbre

¢

0.00

Valor de los daños a los cultivos

¢

0.00

Total de la indemnización

¢

0.00

Valor en letras: Cero colones con cero céntimos”.

9º—Que dentro del área de la servidumbre no se podrán construir edificaciones permanentes ni sembrar árboles, ni mantener obstáculos en la franja de terreno, que impidan el mantenimiento de la tubería o impidan el acceso a funcionarios o empresas contratadas por AyA.

10.—Que en virtud de encontrarse la finca madre en la zona protectora de los Cerros de Escazú, mediante memorando SINAC-ACOPAC-OSRP-AESA-001-12, de fecha 10 de enero del 2012, la Subregión Puriscal, del MINAET, se autorizó la servidumbre de acueducto.

11.—Que la adquisición señalada, es de evidente interés público, para el cumplimiento de los fines institucionales. Por tanto,

Con fundamento en los artículos 45 y 50 de la Constitución Política y la Ley Constitutiva de AyA, Ley Nº 6313 de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres, aplicable a AyA, por mandato de la Ley Nº 6622, artículo 7º de la Ley General de Caminos Públicos, Nº 5060; Ley de Aguas Nº 276; Artículo 19 de la Ley Nº 139 Ley de Informaciones Posesorias, Artículo 2 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, Nº 6815, y normas concordantes, se acuerda:

1º—Declarar de utilidad pública y necesidad social la adquisición y constitución de un derecho de servidumbre subterránea de acueducto y de paso, con una longitud de 29,77 metros, ancho promedio de 6,00 metros, para un área total de 178,67 metros cuadrados, con un rumbo sur a norte, para el Proyecto de Línea de Aducción en San Antonio de Escazú, como parte del Programa de Abastecimiento de Agua Potable que está llevando a cabo el AyA con financiamiento mediante préstamo del BCIE. El terreno sobre el cual se debe constituir el derecho de servidumbre, se encuentra inscrito en el partido de San José, del Registro Público al sistema de Folio Real matrícula Nº 484938-000, con un área total según registro de 19388,31 metros cuadrados, propiedad del señor Hermann Metger Rovira, cédula de identidad Nº 1-650-358.

2º—Aprobar el informe, rendido por el Departamento de Avalúos, mediante memorando SUB-G-AID-UEN-EYP-A-2011-046 del 15 de junio del 2011, en la suma de ¢0,00 (Cero colones con cero céntimos).

3º—Autorizar la adquisición de inmueble indicado, ejerciendo del 12% de reserva, un 0,92% a favor de AyA, conforme al artículo 7 de la Ley 5060 y 19 de la Ley Nº 139 Ley de Informaciones Posesorias, sobre la finca inscrita en el Partido de San José, sistema de folio Real Matrícula Nº 484938-000, quedando aún a favor del Estado un 11,08% de reserva a su favor.

4º—Autorizar al AyA a ejercer el derecho de reserva que se establece en el gravamen que se encuentra inscrito al tomo 292 asiento 11674, sobre el inmueble en el cual se requiere constituir un derecho de servidumbre subterránea de acueducto y de paso a favor, para el Estado conforme al artículo 7º de la Ley General de Caminos Públicos, Nº 5060, artículo 19 de la Ley Nº 139 Ley de Informaciones Posesorias, en concordancia con el dictamen Nº C-053-2006, de la Procuraduría General de La República, Nº 6815.

5º—Autorizar a los apoderados del Instituto, para que realicen las Diligencias necesarias a fin de declarar el área de reserva a favor de AyA, o expropiar en vía administrativa o judicial, en caso de negativa del afectado a aceptar la aplicación del derecho de reserva del Estado, actuando en la persona de AyA, o de que exista algún otro impedimento legal que obligue a la Institución a acudir a la vía judicial, o bien, presentar los procesos judiciales que requiera para ejercer dicho derecho.

6º—Autorizar a los apoderados del Instituto para que realicen cualquier gestión con el fin de lograr inscribir la servidumbre a nombre de AyA.

7º—Autorizar, a los notarios de la Institución para que realicen las diligencias necesarias a fin de inscribir a nombre de A y A, la servidumbre en el Registro Público.

8º—Notificar al propietario señor Hermann Metger Rovira, cédula de identidad Nº 1-650-358, por cualquier medio que establezca la ley y se otorga un plazo de ocho días hábiles, para manifestar su conformidad o no con el precio asignado administrativamente, de conformidad con el artículo 25 de la ley de expropiaciones Nº 7495, así como, su aceptación o no del ejercicio del derecho de reserva a favor del Estado; en caso de no aceptación del precio fijado administrativamente o cumplido el plazo indicado sin respuesta alguna por parte de la compañía propietaria, se acudirá a la vía judicial y se iniciarán las diligencias de avalúo por expropiación, para proceder a la adquisición del derecho de servidumbre. Notifíquese. Publíquese. Acuerdo firme.

Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42077.—C-242560.—(IN2012032356).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Presidencia Ejecutiva.—San José, al ser las trece horas del día diez de abril del dos mil doce.

Se delega en la titular de la Gerencia General del Instituto Nacional de Aprendizaje, la firma de contratos administrativos, resoluciones finales y resoluciones de recursos de revocatoria en procedimientos administrativos e informes para los entes y órganos de control, durante la ausencia del titular de la Presidencia Ejecutiva.

Resultando:

1º—Que el artículo 9 de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Aprendizaje, Nº 6868 del 6 de mayo de 1983, dispone que el Presidente Ejecutivo es el funcionario de mayor jerarquía de la Institución, en quien recae su representación legal, pudiendo delegar sus funciones en sus inmediatos colaboradores de la Gerencia.

2º—Quede conformidad con ese artículo, corresponde al Presidente Ejecutivo en calidad de representante legal del Instituto Nacional de Aprendizaje y máximo jerarca, gestionar el resarcimiento por daños causados a la Institución, ejercer la potestad disciplinaria, celebrar contratos y convenios con otras entidades públicas y privadas y rendir los informes solicitados por los entes u órganos externos de control, tales como la Contraloría General de la República y la Defensoría de los Habitantes.

3º—Que mediante el acuerdo de la Junta Directiva Nº 42-2012-JD tomado en la sesión Nº 4523 del 26 de marzo del 2012, se autorizó al Presidente Ejecutivo para que viaje a la ciudad de Pennsylvania, Estados Unidos, del 29 de mayo al 01 de junio del 2012, con el fin de que participe en el Congreso Internacional de Educación Superior (CIESUP).

4º—Que el artículo 89 de la Ley General de la Administración Pública, autoriza la delegación de funciones a condición de que el órgano delegante y el órgano delegado tengan funciones de igual naturaleza y de que exista relación jerárquica inmediata entre los titulares de ambas dependencias.

5º—Que por medio del acuerdo Nº 63-2010-JD, tomado por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje en la sesión Nº 4438 del 5 de mayo del 2010 se designó a la doctora Shirley Benavides Vindas, cédula de identidad 1-697-276, como Gerente General de la Institución para el período comprendido entre el 01 de mayo del 2010 y el 30 de junio del 2014.

Considerando:

I.—Que el titular de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará ausente de la Institución del 29 de mayo al 01 de junio del 2012, período durante el cual viajará a la ciudad de Pennsylvania, Estados Unidos, con el fin de participar en el Congreso Internacional de Educación Superior (CIESUP).

II.—Que durante ese período de ausencia, resulta necesario dar continuidad a una serie de funciones propias de ese titular, tales como la firma de contratos originados en procedimientos de contratación administrativa, la firma de resoluciones de nombramientos de órganos director y finales, dictadas en procedimientos administrativos disciplinarios y de cobro; las resoluciones originadas en recursos administrativos que deba conocer el Presidente, así como la firma de informes para entes u órganos de control, tales como la Contraloría General de la República, la Defensoría de los Habitantes de la República, la Autoridad Presupuestaria y la Auditoría Interna; cuya posposición puede tener efectos negativos en el normal desarrollo de sus actividades, razón por la cual este órgano considera que resulta prudente que esas funciones sean asumidas temporalmente y durante el referido período, por la titular de la Gerencia General.

III.—Que además de la autorización expresa prevista en el artículo 9 de la ley 6868 supra citado; entre los titulares de la Presidencia Ejecutiva y de la Gerencia General del Instituto Nacional de Aprendizaje se cumplen las condiciones señaladas en el artículo 89 de la Ley General de la Administración Pública, para que opere la delegación de funciones entre ambos órganos. Por tanto,

La Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, con fundamento en las consideraciones y normas legales antes citadas;

RESUELVE:

Delegar en la doctora Shirley Benavides Vindas, Nº cédula 1-697-276, titular de la Gerencia General del Instituto Nacional de Aprendizaje, durante el período comprendido entre el 29 de mayo y el 01 de junio del 2012, las siguientes funciones:

a)  La firma de contratos que deba suscribir el INA, originados en la actividad de contratación administrativa que promueva la Institución.

b)  La constitución y nombramiento de órganos directores de procedimiento en procedimientos disciplinarios originados en denuncias por acoso sexual o de cualquier otro procedimiento administrativo para lo cual no exista delegación expresa en otro órgano.

c)  La firma de resoluciones finales dictadas en procedimientos disciplinarios seguidos en contra de funcionarios institucionales.

d)  La firma de resoluciones finales dictadas en procedimientos resarcitorios (de cobro administrativo) promovidos en contra de funcionarios institucionales o de terceros.

e)  La firma de resoluciones dictadas en ocasión de reclamos administrativos promovidos en contra de la Institución.

f)   La firma de resoluciones dictadas en recursos de reposición, revocatoria o apelación cuyo conocimiento corresponda a la Presidencia Ejecutiva.

g)  La elaboración de informes dirigidos a la Defensoría de los Habitantes de la República, la Contraloría General de la República, la Autoridad Presupuestaria y la Auditoría Interna.

Comuníquese mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, 18 de abril del 2012.—Dr. Ólman Segura Bonilla, Presidente Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46837.—C-67240.—(IN2012031156).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A: Luis Fernando Arias Loría se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, de las ocho horas del ocho de marzo del año en curso, en la que se resuelve: 1) Se le ordena al joven Stiferson Arias Porras asistir a atención ambulatoria en el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA). Debiendo aportar a esta oficina local comprobantes de asistencia al proceso de rehabilitación. 2) Brindar atención psicoterapéutica a la persona menor de edad y su guardadora la señora María de los Ángeles Soto Sánchez por parte de esta oficina local, con miras a fortalecer el proceso de rehabilitación y empoderarlos para que asuman de forma adecuada su rol. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado, las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. Nº 245-00111-1995.—Oficina Local de Grecia.—Grecia, 13 de marzo del 2012.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4170.—C-11520.—(IN2012029227).

Al señor Fernando Antonio Gutiérrez Castillo, cédula y domicilio actual es desconocido se le comunica la resolución administrativa. Donde se dicta la resolución administrativa de las nueve horas del día dos de febrero del dos mil doce a favor de la persona menor de edad Fernando Antonio Gutiérrez Martínez. Contra esta resolución procede el recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la publicación de este edicto, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso. Debiendo señalar lugar para atender notificaciones en la Oficina Local de Cartago. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Administrativo Nº 331-000381-2010.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidiette Calvo Garita, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4170.—C-11020.—(IN2012029228).

Al señor: Manuel Antonio Medrano Palacios de domicilio actual desconocido. Se le comunica la resolución de las ocho horas del día veinte de febrero del dos mil doce. Donde se dicta medidas de protección a favor de sus hijos personas menores de edad Willian, Moisés, Cándida Rosa y René Omar todos de apellidos Medrano Rodríguez contra esta resolución procede el recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la publicación de este edicto, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso. Debiendo señalar lugar para atender notificaciones. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Administrativa Nº 331-00242-2011.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidiette Calvo Garita, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4170.—C-11020.—(IN2012029229).

A la señora María de Los Ángeles Velazquez Hernández cuyo domicilio actual es desconocido se le comunica la resolución administrativa. Donde se dicta la resolución administrativa de las trece horas del trece de enero del dos mil doce a favor de la persona menor de edad Moiseis de Jesús, Luis Alberto, Cristofer Martin todos de apellidos Alvarado Velazquez y Emanuel Antonio Velazquez Hernández. Contra esta resolución procede el recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la publicación de este edicto, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso. Debiendo señalar lugar para atender notificaciones en la Oficina Local de Cartago. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Administrativo legajo Nº 342-00024-2010.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidiette Calvo Garita, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4170.—C-14420.—(IN2012029233).

Se le comunica Michael Alberto Mairena Cascante y a Marcela Fonseca Araya, la resolución de las quince horas del veintidós de marzo de dos mil doce, mediante la cual se ubica a Gabriel Mairena Fonseca en una alternativa de protección institucional o privada. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas, contados a partir de la tercera publicación del presente edicto. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Exp. Nº 112-00089-2005.—Oficina Local de Guadalupe, 26 de marzo del 2012.—Lic. Roberto Marín A., Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4170.—C-7940.—(IN2012029242).

Se comunica a Erick Víctor Brostek, la resolución de las 10:50 horas del 23 de marzo de 2011, que ubica a la persona menor de edad Jerrica Dian Brostek Rodríguez, al lado de la señora Blanca Segura Chacón. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Debe además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Exp. Nº 112-00153-2010.—Oficina Local de Guadalupe, 28 de marzo del 2012.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4170.—C-7940.—(IN2012029244).

A Joseph Fernández León de calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las once horas del catorce de marzo de dos mil doce, que dicta medida de protección de cuido provisional en familia sustituta y otras y ubica a las personas menores de edad Camila Nicole Fernández Picado, en hogar de la señora Vilma Obando Obando. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de revocatoria y de apelación si se plantean dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta oficina local resolver la revocatoria, y el de apelación corresponde resolver a la Presidencia Ejecutiva. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo Expediente: 111-00184-2011.—Oficina Local de San José Oeste, marzo del 2012.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-7940.—(IN2012029268).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A: Jonis Federico Estrella se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, de las nueve horas treinta minutos del veintidós de febrero del año en curso, en la que se resuelve: 1) Se ordena el egreso del Hospital San Francisco de Asís de la niña Hilary María Estrella Castro al lado de su madre la señora María Marta Castro Ferreto. 2) Brindar orientación, apoyo y atención psicológica a la adolescente Hilary María Estrella Castro y a su madre la María Marta Castro Ferreto de acuerdo al plan de intervención elaborado por la Msc. Guiselle González Ávila. 3) Se le ordena al IMAS brindar apoyo económico a la señora María Marta Castro Ferreto, la cual no cuenta con trabajo propio y en este momento atraviesa una difícil situación económica, por lo que se recomienda la ayuda para que de esta forma pueda mejorar la calidad de vida de los miembros de la familia; quienes residen en Grecia, San Isidro, 600 metros norte de la pulpería Las Brisas por donde da la vuelta el bus, casa color marrón a mano izquierda. 4) Se le ordena a la señora María Marta Castro Ferreto asistir al grupo de apoyo que brinda el Hospital San Francisco de Grecia con el fin de empoderarla y fortalecerla, respecto a su rol de mujer y madre. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. Nº 245-00060-2010.—Grecia, 2 de marzo del 2012.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4170.—C-17300.—(IN2012029238).

Al señor Joseph Edgar Paniagua Corrales, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le comunica la resolución número 95-2012 de once horas del veintiséis de marzo de dos mil doce que dicta cuido provisional a favor de la persona menor de edad María José Paniagua Garro por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente ubicándola con su abuela materna señora Amada Bonilla Lizano, refiere su situación al IMAS y hace prevenciones y solicitudes a su progenitura. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Exp. Nº 431-00120-2010.—Oficina Local de Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-14540.—(IN2012029246).

Comunica a la señora Raquel del Socorro Lanzas Gutiérrez, la resolución de este Despacho de las trece horas del día veintiséis de marzo del dos mil doce, que ordenó otorgar medida de protección, deposito administrativo de la persona menor de edad Josué Antonio Lanzas Gutiérrez en la alternativa de protección, Familia Sustituta, en el Hogar de la señora Flor Adriana Garzon Vanegas, como medida de protección. Recurso: El de apelación, señalando lugar para recibir notificaciones en los alrededores de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Exp. Nº 118-00056-2011.—Oficina Local de Santa Ana.—Lic. Olga Myriam Boza Fernández, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-9920.—(IN2012029249).

Al señor Bryner Josué Loría Camacho, se le comunica la resolución de las 9:30 horas del 21 de marzo del 2012, mediante la cual se brindó abrigo provisional en la ONG Hogar de Vida, por el plazo en que se cumpla con el plan de tratamiento familiar, de la persona menor de edad Breidan Josué Loría Núñez. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias. Se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local de San José Oeste, en días y horas hábiles, ubicada en San José, Paseo Colón, de la esquina suroeste del Edificio Colón, 25 metros al sur, frente a parqueo público deberá señalar lugar para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán notificadas con el solo trascurso de veinticuatro horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la presente resolución procede recurso de revocatoria y apelación en subsidio para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de los tres días siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Administrativo 111-0393-2011.—San José, 12 de abril del 2012.—Oficina Local de San José Oeste.—M.Sc. Vanesa de León Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-19820.—(IN2012029250).

A quien interese que en esta oficina local se tramita el expediente administrativo número 141-00095-2010, correspondiente a la declaratoria administrativa de abandono con depósito judicial a favor de la persona menor de edad Kristel Naomy Cruz Ortiz nacida el veinticinco de abril del dos mil nueve. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer recurso de apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José Barrio Luján, antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Expediente: 141-00095-2010.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 35242.—Solicitud Nº 4178.—C-21800.—(IN2012029251).

A quien interese se le avisa a la señora Sauquen Matamoros Artavia, número de cédula 2057900044, mayor, demás calidades desconocidas que en esta oficina local se tramita el expediente administrativo número 243-00059-2001 correspondiente a medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Axel Matamoros Artavia, quien se encuentra a cargo de su cuido y protección de los señores Ana Lorena Estrada González y Ronald Gamboa Granados. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José Barrio Luján, antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Expediente: 243-00059-2001.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 35242.—Solicitud Nº 4178.—C-21800.—(IN2012029254).

A Daniele Paolo Sabbia (único apellido por nacionalidad). Se le comunica la resolución de las 8:00 horas del 19 de marzo del 2012, donde se resuelve: de previo a resolver la elevación del expediente ante el superior en grado para que conozca sobre el recurso de apelación interpuesto por la progenitora Fabiola Julieth Artola Delgado, se resuelve: I) Remítase el expediente al Área Integral con énfasis en Trabajo Social y Psicología de esta Oficina para que en el plazo improrrogable de quince días rindan los informes respectivos. II) Solicítese a la Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia de Naranjo con carácter de urgente, la valoración del hogar recurso de los señores Agustín Bonilla Rodríguez y Denia Monge Villalobos, quienes están anuentes a asumir a las personas menores de edad Ethan Abel Artola Delgado y Sheera Daniela Sabbia Artola en su hogar hasta que se defina la situación socio legal por parte de esta Institución y cuyo domicilio es Sarchí de Valverde Vega, cien metros al este del Colegio Experimental en San Juan de Sarchí, localizables en el teléfono: 2454-1510. III) Se tiene por hecha la renuncia de la Lic. Marianela González Fonseca a la Dirección de este Proceso y por realizado el nombramiento de apoderado especial judicial en la persona del Licenciado Douglas Román Díaz, así como el señalamiento del nuevo medio para recibir notificaciones. IV) Se señala para la recepción de la prueba testimonial ofrecida las nueve horas del tres de abril del dos mil doce, debiendo la parte interesada presentar a los testigos Xinia Mena López y Pedro Marina Murillo. Quedan las citas a disposición de las partes en el momento en que las soliciten.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-14540.—(IN2012029256).

Al señor Carlos Andrés Martínez Méndez, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le comunica la resolución número ochenta-dos mil doce de las doce horas del veinte de marzo de dos mil doce, que dicta abrigo temporal a favor de las personas menores de edad Kristel y Joshua ambos Martínez Badilla por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente ubicándolos en albergue institucional. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta oficina local, en forma verbal o escrita; oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Expediente número: 431-00062-2011.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-14540.—(IN2012029259).

Al señor Louis Ortiz, con un solo apellido, de nacionalidad nicaragüense, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le comunica la resolución número setenta y nueve-dos mil doce de las nueve y cuarenta horas del veinte de marzo de dos mil doce, que inicia proceso especial de protección y dicta cuido provisional a favor de los niños Litzi Yojanci y Steven Javier ambos Ortiz Espinoza, ubicándolos al lado de su abuela materna. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta oficina local en forma verbal o escrita, oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Expediente número 431-000025-2012.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-14540.—(IN2012029269).

A Luis Cerdas Montenegro se le comunica la resolución administrativa de las diez horas dieciocho minutos del dos de abril del dos mil doce de la Oficina Local de Sarapiquí, que dicta medida especial de protección de cuido provisional a favor de su hija Fabiana Belén Cerdas Gutiérrez, en el hogar del señor Julio González Vargas y la señora Marcela del Carmen Gutiérrez López. Plazo para interponer el recurso de apelación tres días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-7940.—(IN2012029270).

Se le comunica a Ana Cristina Vargas Azofeifa que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de 14:05 horas de 6 de marzo del 2012, se inició proceso de protección administrativa a favor del niño Ángel Mauricio Vargas Azofeifa y se le otorgó su abrigo temporal en la entidad privada Asociación Hogar de Vida para la Niñez, hasta por seis meses, además el PANI se arrogó su representación legal. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, así como otro posible recurso para la reubicación de su hijo, y se le advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Paseo Colón, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante la Representación Legal de esta oficina local dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 111-00072-2012.—Oficina Local de San José Oeste, Roberto Calderón Barrantes, Asistente de la Representación Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4182.—C-17160.—(IN2012030697).

Se le comunica a José Manuel Alegría Betancourt y Wendy Elizabeth Zamora Quesada que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de 15:38 horas de 28 de marzo del 2012, se declaró la adoptabilidad del niño Mauricio Alberto Alegría Zamora, y ordenó iniciar el proceso judicial para la declaratoria de estado de abandono del niño, con fines de adopción, además, la permanencia de dicho niño con los señores Eduardo Pérez Johanning y Laura Quirós Blanco, mientras el Consejo Nacional de Adopciones define su ubicación con una familia potencialmente adoptiva. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio, los que deberá interponer dentro de los tres días hábiles siguientes, contados a partir de la última notificación a las partes, siendo competencia de esta oficina local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasados los tres días señalados. Expediente N° 111-00023-2006.—Oficina Local de San José Oeste.—Roberto Calderón Barrantes, Asistente de la Representación Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4182.—C-17160.—(IN2012030698).

Se notifica a la señora Yamileth Villalobos Vega, mayor, soltera, de demás calidades desconocidas, la resolución administrativa de nueve y treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil doce, en la cual se dictó Medida de Protección de Abrigo Temporal, de la persona menor de edad Johan Villalobos Vega. Se advierte que deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la asesoría y hacerse representar por un abogado de su elección, así como tener acceso y revisar el expediente administrativo. Procede recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación de esta comunicación, ante la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí del Patronato Nacional de la Infancia.—Oficina Local de Pococí.—Lic. Liseth Patricia Carvajal Sanders, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4182.—C-17160.—(IN2012030699).

Oficina Local de Cañas, a quien interese comunica que por resolución de las siete horas treinta minutos del tres de abril del dos mil doce, se declaró estado de abandono en sede administrativa de la persona menor de edad Daniela Bolívar Meza; asimismo, se ordenó el depósito administrativo de tal menor de edad a cargo de esta institución quien a su vez lo delega en Sandra Virginia Meza Palacios. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: 542-00155-2009.—Oficina Local de Cañas.—Lic. Dinnia María Marín Vega, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4182.—C-17160.—(IN2012030700).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

Se recibe y se conoce Oficio D.E. Nº 150-2012, suscrito por el señor Martín Robles Robles, mediante el cual adjunta oficio SC Nº 0108-2012, emitido por el Área de Supervisión Cooperativa, referido al trámite de legalización y reposición de libros de actas y contables que deben ser presentados por los organismos cooperativos al Área de Supervisión Cooperativa.

Se acuerda aprobar el trámite de legalización y reposición de libros de actas y contables, con la revisión y modificación realizada por el Área de Supervisión Cooperativa, como se detallan a continuación:

REQUISITOS GENERALES PARA LEGALIZACIÓN DE LIBROS

1)  En el momento del ingreso de los libros, el asistente ejecutivo del Área de Supervisión Cooperativa extenderá un “Recibo de Libros Legales”, el cual sin ninguna excepción deberá ser presentado por la persona que posteriormente retire los libros. En caso de que los retire otra persona diferente a la que los entregó, deberá presentar una autorización del gerente para tal efecto.

2)  Si se trata de una cooperativa de reciente inscripción, debe presentar el juego completo de libros carente de transcripciones:

El juego de libros que debe legalizar y mantener una asociación cooperativa es el siguiente:

-    Actas para Asambleas Generales

-    Actas para Consejo de Administración

-    Actas para Comité de Vigilancia

-    Actas para Comité de Educación y Bienestar Social (excepto los organismos auxiliares)

-    Diario

-    Mayor

-    Inventarios y Balances

-    Registro Permanente de Asociados o Afiliadas (hoja adjunta)

-    Actas para Comisión de Crédito (para cooperativas de ahorro y crédito)

3)  Para cierre y legalización de un nuevo libro: Previo a la presentación ante esta Área de Supervisión para el cierre, el libro de actas deberá ser encuadernado y empastado para su debida conservación, con un espacio libre mínimo de ocho renglones en su último folio para imprimir el sello de cierre (ver punto 4).

4)  Se autoriza el uso de hojas sueltas en los libros de Actas, siempre y cuando las hojas por legalizar se presenten debidamente foliadas con el número consecutivo en la esquina superior derecha, con la impresión tanto de la razón social como del número de cédula de persona Jurídica de la cooperativa en uno o ambos lados, según vaya a utilizarse a la hora de Imprimir. Es nuestra recomendación que también se identifique cada hoja con el nombre del órgano social respectivo. Para efectos prácticos, así como de conservación y manejo de los libros en hojas sueltas, la cantidad de este tipo de hojas a legalizar se restringe a un número máximo de quinientos folios, entendiéndose que cada libro debe iniciar con el folio número uno, sin que puedan legalizarse libros con una numeración, posterior al folio quinientos.

5)  Los tres libros de contabilidad pueden ser registrados en forma manual, empastados o en hojas sueltas, a criterio del organismo cooperativo.

6)  Para el registro de asociados, existe en esta Área de Supervisión un modelo que contempla la información básica que debe anotarse en el mismo. (hoja adjunta)

7)  El trámite de legalización de los libros tendrá una duración máxima de ocho días hábiles a partir de la fecha de recibo de los mismos.

8)  Los libros se mantendrán a despacho durante un período no mayor a tres meses después de la fecha de recibo. Si no se retiran en ese plazo, el Área de Supervisión Cooperativa procederá a su destrucción o dispondrá de ellos conforme lo considere conveniente.

9)  Si se presenta la situación de pérdida, hurto o robo de alguno de los libros, debe cumplir con los requisitos indicados en el “Procedimiento para la Reposición de Libros”.

REQUISITOS PARA LA REPOSICIÓN DE LIBROS

LEGALES POR PÉRDIDA, HURTO O ROBO

Deberán aportarse al Área de Supervisión Cooperativa los siguientes documentos:

1)  Acuerdo del Consejo de Administración firmado por el Presidente y el Secretario en el cual se autoriza al Gerente proceder con la reposición de los libros.

2)  Copia de la Personería Jurídica del Gerente y Presidente del Consejo de Administración, emitida por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

3)  Solicitud del trámite al Área de Supervisión Cooperativa, suscrita por el Gerente y el Presidente del Consejo de Administración, con detalle de nombre y número de libro a reponer.

4)  Declaración Jurada protocolizada del Gerente de la Cooperativa, haciendo constar las causas o motivos de la reposición. Una copia de dicha Declaración Jurada deberá adherirse al folio primero de los libros sustitutos.

5)  El trámite de reposición de los libros tendrá una duración máxima de ocho días hábiles a partir de la fecha de recibo de los mismos y se mantendrán en custodia hasta por un mínimo de tres meses, vencido el plazo de custodia se procederá a la destrucción de los libros sin responsabilidad.

Acuerdo firme.

Aprobado por la Junta Directiva en sesión 3858, artículo 2º, inciso 3.3 del 06 de febrero del 2012.

San José, 17 de abril del 2012.—Lic. Eliécer Ureña Quirós, Gerente.—1 vez.—O. C. Nº 33307.—Solicitud Nº 35950.—C-95900.—(IN2012030748).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer la siguiente propuesta tarifaria planteada por la empresa Transportes Cabo Velas S. A., para ajustar las tarifas de la ruta 534 descrita como Santa Cruz-Tamarindo-Matapalo y viceversa, y por corredor común las rutas 533, 536 y 558, tramitada en el expediente ET-45-2012:

 

DESCRIPCIÓN

 RUTA 534

SANTA CRUZ-MATAPALO

Tarifas

(colones)

Variaciones

Vigentes

Solicitadas

Absoluta

¢

Porcentual

%

 

 

Regular

Adulto

Mayor

Regular

Adulto

Mayor

Regular

Adulto mayor

Regular

Adulto mayor

Santa Cruz-Matapalo

710

535

910

690

200

155

28,17

28,97

Santa Cruz-Huacas

710

535

910

690

200

155

28,17

28,97

27 Abril-Santa Rosa

585

440

750

565

165

125

28,21

28,41

Santa Cruz-Santa Rosa

585

295

750

380

165

85

28,21

28,81

Santa Cruz-Tamarindo

575

290

740

375

165

85

28,70

29,31

Santa Cruz-Villa Real

570

285

735

370

165

85

28,95

29,82

Santa Cruz-Hernández

505

255

650

330

145

75

28,71

29,41

Santa Cruz-Caña Fístula

435

220

560

285

125

65

28,74

29,55

Santa Cruz-San Francisco

405

-

520

-

115

-

28,40

-

Santa Cruz-Soncoyo

380

-

490

-

110

-

28,95

-

Santa Cruz-27 de Abril

335

-

530

-

195

-

58,21

-

Santa Cruz-José Gutiérrez

240

-

405

-

165

-

68,75

-

Santa Cruz-Caimito

235

-

370

-

135

-

57,45

-

Santa Cruz-San Pedro

200

-

335

-

135

-

67,50

-

Santa Cruz-Lagunilla

155

-

250

-

95

-

61,29

-

Santa Cruz-Puente Negro

155

-

200

-

45

-

29,03

-

Tarifa Mínima

155

-

200

-

45

-

29,03

-

Por corredor común se solicita el ajuste de tarifas en las rutas 533 descrita como Santa Cruz-Paraíso, para los siguientes fraccionamientos Santa Cruz-Puente Negro y la tarifa mínima; 536 descrita como Santa Cruz-Paraíso para los siguientes fraccionamientos Santa Cruz-27 de Abril, Santa Cruz-José Gutiérrez, Santa Cruz-Caimito, Santa Cruz-San Pedro, Santa Cruz-Lagunilla, Santa Cruz-Puente Negro y tarifa mínima y; 558 descrita como Santa Cruz-Hatillo-Porte Golpe-El Llano, para los siguientes fraccionamientos Santa Cruz-Caimito, Santa Cruz-San Pedro, Santa Cruz-Lagunilla, Santa Cruz-Chirco y la tarifa mínima.

Para los demás fraccionamientos de las rutas citadas, la empresa peticionaria no está solicitando ajuste de tarifas.

 

La Audiencia Pública se llevará a cabo el día 4 de junio del 20121 a las 17 horas (5:00 p. m.), en los siguientes lugares: la Escuela Matapalo, ubicada frente al EBAIS de Cabo Velas, y en el Liceo de Villareal, ubicado 400 metros al oeste del EBAIS de Villareal, Santa Cruz, Guanacaste.

Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la audiencia pública o por escrito firmado: en la audiencia pública, en las oficinas de la Autoridad Reguladora, en horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, o por medio del fax 2215-6002 hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.

Las oposiciones o coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal), para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, y presentar documento de identificación aceptado en el país, o copia de dicho documento si es interpuesta por escrito.

Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Se informa que el expediente se puede consultar en las instalaciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Servicios/Consulta de Expedientes).

Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3200 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.

(1  Plazo establecido de conformidad con lo señalado en la resolución de la Sala Constitucional número 2012-03689 de las 9 horas 15 minutos del 16 de marzo del 2012).

Dirección General de Participación del Usuario.—Luis Fernando Chavarría Alfaro.—1 vez.—O. C. Nº 6368-2012.—Solicitud Nº 46077.—C-140460.—(IN2012034972).

/En cumplimiento del voto de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia número 2012-3689 y de la resolución de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos número 823-RCR-2012, se procede a convocar a audiencia pública para exponer la propuesta tarifaria planteada por la empresa COOPEPAR R. L., para ajustar las tarifas de las rutas 316, 336, 340 y 340A, tramitadas en el expediente ET-184-2011:

 

DESCRIPCIÓN RUTAS

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto (¢)

Porcentual

316: San José-Paraíso

 

 

 

 

 

 

San José-Paraíso

670

335

955

480

285

42,54%

336: Cartago-Paraíso y extensiones

 

 

 

 

 

 

Cartago-Paraíso

210

0

300

0

90

42,86%

Cartago-Doña Ana-Laguna

230

0

325

0

95

41,30%

Paraíso-Parque Industrial De Cartago

365

0

515

0

150

41,10%

Cartago-Llanos de Santa Lucía

165

0

240

0

75

45,45%

Periférica de Paraíso

165

0

240

0

75

45,45%

Cartago-Bº San José-Caballo Blanco

165

0

240

0

75

45,45%

Paraíso-Cartago-C.O.V.A.O.

330

0

475

0

145

43,94%

340: Cartago-Cachí-Loaiza-Peña Blanca

 

 

 

 

 

 

Cartago-Peña Blanca

495

0

715

0

220

44,44%

Cartago-Loaiza

465

0

665

0

200

43,01%

Cartago-Charrarra

465

0

665

0

200

43,01%

Cartago-Cachí

425

0

615

0

190

44,71%

Cartago-Urasca

365

0

515

0

150

41,10%

Paraíso-Cachí

365

0

515

0

150

41,10%

Paraíso-Urasca

270

0

380

0

110

40,74%

Paraíso-Ajenjal

270

0

380

0

110

40,74%

Cartago-Paraíso

210

0

300

0

90

42,86%

Tarifa mínima

160

0

225

0

65

40,63%

340A: Cartago-Tucurrique-El Humo

 

 

 

 

 

 

Cartago-El Humo

1.180

590

1.700

850

520

44,07%

Cartago-Las Vueltas

980

490

1.410

705

430

43,88%

Cartago-Tucurrique

905

455

1.300

650

395

43,65%

Cartago-Guatuso

585

0

840

0

255

43,59%

Tucurrique-El Humo

210

0

300

0

90

42,86%

Tarifa mínima

160

0

225

0

65

40,63%

 

La audiencia pública se llevará a cabo el día 6 de junio del 2012 en los siguientes lugares:

    A las 18:00 horas (6:00 p. m.) en el Salón Parroquial de la Parroquia de Santa Lucía de Paraíso, ubicado 500 metros sur del Estadio de Paraíso, Cartago; y en el Salón Parroquial de la Parroquia Santa Isabel de Portugués en Cachí, ubicado al frente de la plaza de fútbol de Cachí, Paraíso, Cartago.

    A las 17:00 horas (5:00 p. m.) en el Salón El Bambú del Centro Agrícola Cantonal en Tucurrique, ubicado frente al Salón de los Testigos de Jehová en Tucurrique, Jiménez, Cartago, y en el Salón Comunal de Pejibaye, ubicado frente a la plaza de deportes, diagonal a la Delegación de Policías, Pejibaye, Jiménez, Cartago.

Quien tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la audiencia pública o por escrito firmado: en la audiencia pública, en las oficinas de la Autoridad Reguladora, en horario regular, hasta el día de realización de la audiencia, o por medio del fax 2215-6002 hasta la hora programada de inicio de la respectiva audiencia pública.

Las oposiciones o coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal), para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, y presentar documento de identificación aceptado en el país, o copia de dicho documento si es interpuesta por escrito.

Las personas jurídicas deben interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

Se informa que el expediente se puede consultar en las instalaciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Servicios/Consulta de Expedientes).

Para información adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3200 o al correo electrónico consejero@aresep.go.cr.

Luis Fernando Chavarría Alfaro, Dirección General de Participación del Usuario.—1 vez.—O. C. Nº 6370-2012.—Solicitud Nº 46080.—C-166380.—(IN2012034973).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

INSTITUCIÓN BENEMÉRITA

AVISO

Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social, publicado en La Gaceta Nº 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio AL 254 de la Licda. Marcela Sánchez Quesada, Asesora Legal, con fecha 16 de marzo del 2012 y la Declaración Jurada rendida ante el Notario Público Lic. German Hernández Zamora, la Gerencia General representada por el M.A.E. Francisco Ibarra Arana, cédula Nº 8-055-883, mayor, casado, vecino de Moravia, autoriza acogiendo el criterio legal, el traspaso del 50% del derecho de arriendo del Cementerio General, mausoleo 1, cuadro Ángeles, lado norte, línea cuarta, inscrito al tomo 3, folio 369, a la señora María Isabel Vives Cordero, cédula Nº 1-727-802. Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no existiere oposición, se autoriza a la Administración de Cementerios, para que comunique a la interesada lo resuelto.

San José, 21 de marzo del 2012.—Manuel Roldán Porras, Administrador de Cementerios.—1 vez.—(IN2012023716).

Junta de Protección Social procede a publicar listado de Cancelaciones, Adjudicaciones, Reajustes, Renuncias  y sustituciones a Cooperativas que se han presentado del 31 de julio del 2011 al 31 de diciembre del 2011. Lo anterior para dar cumplimiento a lo que establece el artículo 9º de la Ley de Loterías Nº 7395.

 

CANCELACIONES DE CUOTA

Nombre

Cédula Nº

N

P

I

T

Domicilio

Lugares de  expendio

CARVAJAL CORELLA XINIA MAYELA

204450529

100

 -

 -

 -

 ALAJUELA

ALAJUELA

ALFARO PORRAS AMADA

202640707

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

DELGADO FLORES GERARDO

600640701

50

50

 -

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

PICADO DURAN DAISY

500950052

100

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

VARGAS RAMIREZ LIGIA

106970054

100

 -

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

SALAS SALAS CECILIA

600670443

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

FERNANDEZ RIVERA OSCAR

104630573

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CESPEDES ARIAS VICTOR G.

700460470

100

100

5

 -

LIMON

LIMON

BEJARANO MURILLO WALTER

103560764

50

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

RODRIGUEZ ARGUEDAS ANGELA C.

301680655

100

100

5

 -

LIMON

LIMON

MARIN SALAS ESTRELLA

203090075

100

 -

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

MARINJIMENEZ FRANCISCO

105780623

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MORA ACUÑA VIRGINIA

301470441

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

MARTINEZ MACHADO JOSE OMAR

301640379

100

100

5

 -

LIMON

LIMON

BONILLA ORTEGA REYNIERI

700511195

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

LOIZA FONSECA GIOVANNI ANTONIIO

302920681

100

100

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

ROJAS SEQUEIRA ALBERTO

104990959

100

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GUERRERO ZUÑIGA ALLAN ALBERTO

203700494

100

 -

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

ARAYA ZAMORA MARCO A.

704100552 100

100

100

5

50

LIMON

LIMON

MORALES MONTANO JUAN ERNESTO

155802228607

100

100

5

 -

LIMON

LIMON

CHAVES MONTERO GILBERTO

203460752

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

PANIAGUA REYES MARCO VINICIO

106140549

75

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ALPIZAR CASTILLO LETICIA

105150740

50

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BRUNO TAPIA LILIA MARIA

104111008

80

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PRENDAS PRENDAS SANTIAGO

500790883

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

VARGAS ALFARO MARIA GERARDA

202490988

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

ARAYA ZAMORA MARCO A.

700410522

100

100

5

50

LIMON

LIMON

PORTUGUEZ BARRANTES GERARDO*

103230584

50

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

(SU COTA QUEDA EN 50 NACIONAL, 100 POPULAR Y 5 INSTANTANEA)

 

 

 

 

GUTIERREZ GUTIERREZ DAVID

501790782

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

NUÑEZ PEÑARANDA MARÍA DE LOS A.

103320017

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MELENDEZ MORALES EDGAR E.

104350174

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MADRIZ NUÑEZ LUIS DEMETRIO

203930551

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

PICADO FAJARDO JUANA

601920779

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

TORRES BLANCO JORGE EDUARDO

900320360

300

300

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

CAMPOS CASCANTE JUAN

103300690

 -

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

AVILA CHAVARRIA CECILIA

203190063

200

200

 -

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

CHACON RODRIGUEZ MARIA DE LOS ANG.

103870221

100

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GUTIERREZ SALAS FRANCISCO

101670912

170

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

QUESADA GALAGARZA ELIZABETH

600560484

50

50

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

ACEVEDO MARTINEZ CATALINA

501240653

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PARAJELES ARGUEDAS WALTER

202720557

50

50

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

ROJAS SOLANO RONALD EDUARDO

107490249

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

MC KENLY MINOTH ESMAY

700240257

50

50

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

SOLORZANO ALVAREZ IRMA

203260891

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

SALAS CANALES JOHNNY

502300670

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MENA MORENO FRANCISCO

201680436

100

100

5

 -

 HEREDIA

HEREDIA

VARGAS GUEVARA MARVIN

601080751

100

100

 -

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

UMAÑA CHINCHILLA LIDIETH

103540245

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VARGAS QUESADA MAGDALENA

104830335

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ULATE LEDEZMA FLOR LIDIETH

501580420

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

SANCHEZ MADRIGAL ZENEIDA

103370309

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CHAVES MONTERO ROLANDO

900380258

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

GONZALEZ ARIAS EDITH

301580332

50

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MORALES MORALES SOCORRO

800410492

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PIZARRO ACEVEDO CARLOS

501560408

100

100

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

LEDEZMA ROJAS ELADIO

202270379

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

MIRANDA SOLANO JOSE ANGEL

301270590

100

 -

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

VARGAS CORRALES GLADYS  MARGARITA

201370952

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

HERNANDEZ FIGUEROA JESUS E.

302780329

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

SOLANO VARELA JOSE BERNARDO

301560874

100

100

50

100

SAN JOSE

SAN JOSE

DELGADO JIMENEZ MARIA E.

601170117

50

50

 -

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

RODRIGUEZ SEQUEIRA ELIETH*

103160279

 -

50

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

(SU CUOTA QUEDA EN 100 NACIONAL Y 5 INSTANTANEA)

 

 

 

 

 

 

ADJUDICACIONES DE CUOTA

QUIROS MADRIGAL WILLIAM

501630731

100

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

RODRIGUEZ COTO JORGE

400920064

100

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VARGAS FLORES GERARDO

601210367

100

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CAMPOS CASCANTE JUAN ROGELIO

103300690

100

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ROJAS GARITA JOSE JENARO

103120031

100

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PERAZA MORALES DAMARIS

105860280

100

 -

 -

*

HEREDIA

HEREDIA

RODRIIGUEZ VARGAS ANA ISABEL

105030865

100

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MONTERO RAMIREZ RODOLFO

106300483

30

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CASTILLO LOPEZ CARLOS H.

202900503

 -

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CANCELACION CUOTA ARTICULO Nº 10

CARRILLO VALVERDE NOLDAN JOSE

112660206

 -

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

LEON SOLANO ERNESTINA

105190538

 -

 -

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

ALVARADO DELGADO ENOC JESUS

110430752

100

 -

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

REDONDO ALVAREZ LUIS ANTONIO

503700002

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

CHINCHILLA BARBOZA NORMA AURORA

303150964

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

GONZALEZ CORDERO LAURA ISABEL

303150083

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

PICADO VEGA JORGE ALBERTO

205230666

50

50

2

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

AVILA CHAVARRIA EMILCE

203620586

100

100

5

50

GUANACASTE

GUANACASTE

ANGULO CHACON MELVIN

106980213

100

100

2

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GONZALEZ AMADOR ANDRES

112450504

100

100

2

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

SALAZAR RAMIREZ MAYNOR

502870874

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

AVILA MORALES MARCO

204580150

100

100

 -

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

LEDEZMA CASTRO WILLIAM

203250057

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

ARIAS HERRERA ALEXIS

900570090

50

 -

2

 -

HEREDIA

HEREDIA

CASCANTE ARIAS LUIS ALBERTO

203220640

50

50

2

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CANCELACIÓN POR RENUNCIA COOPELOT

OBREGON ESPINOZA MARIA ESTELA

501310670

 -

 -

 -

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

FERNANDEZ ARCE RODOLFO

203100583

 -

 -

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CONRADO JARQUIN JOSE N.

1558061311022

 -

 -

 -

 -

PUNTARENAS

PUNTERENAS

OBREGON ESPINOZA MARIA ESTELA

501310670

 -

 -

 -

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

FERNANDEZ ARCE RODOLFO

203100583

 -

 -

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CHAVARRIA RAMIREZ VIRGILIO

401021284

 -

 -

 -

 -

HEREDIA

HEREDIA

DIAZ SANDOVAL YESENIA

110340275

 -

 -

 -

 -

SANJOSE

SAN JOSE

DURAN VASQUEZ GUILLERMO

103110439

 -

 -

 -

 -

SANJOSE

SAN JOSE

GUERRERO ROJAS CARLOS

202190104

 -

 -

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

LEDEZMA OVARES MARIA C.

105070443

 -

 -

 -

 -

SANJOSE

SAN JOSE

MIRANDA GARITA TERESA

401051154

 -

 -

 -

 -

HEREDIA

HEREDIA

PIEDRA ZAMORA FEDERICO

302750939

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

MUÑOZ RODRIGUEZ IRENE

303060812

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

ORTIZ VALVERDE THAIS

107110103

 -

 -

 -

 -

SANJOSE

SAN JOSE

MENDEZ MORA RAFAEL A.

111770495

 -

 -

 -

 -

SANJOSE

SAN JOSE

LOPEZ CALVO GEOVANNI

108950971

 -

 -

 -

 -

HEREDIA

HEREDIA

SERRANO MURILLO ELIZABETH

105080906

 -

 -

 -

 -

SANJOSE

SAN JOSE

LFARO MOREIRA MIGUEL A.

401410870

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

BEJARANO JIMENEZ LUIS

105510729

 -

 -

 -

 -

SANJOSE

SAN JOSE

CARRANZA MURI.LLO MARIA TERESA

105610151

 -

 -

 -

 *

SANJOSE

SAN JOSE

CORDERO NAVARRETTE JENNIFER

111320830

 -

 -

 -

 -

SAN JIOSE

SAN JOSE

MATARRITA CAICEDO NOYLE

701040610

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MOLINA FERRETO ANA LORENA

107020441

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

QUIROS ARCE BERNY

301800962

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

UMAÑA ZUÑIGA DENNISSE

107000358

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MORALES CEDEÑO JOSE ALEXANDER

602010363

 -

 -

 -

 -

PUNTARENAS

PUNTERENAS

VENEGAS ESPINOZA YORLENNNE

109170913

 -

 -

 -

 -

HEREDIA

HEREDIA

LOPEZ  MORA SANDRA EUGENIA

401470214

 -

 -

 -

 -

HEREDIA

HEREDIA

BOLAÑOS MARTÍNEZ CARLOS EDUARDO

203730240

 -

 -

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

SOLANO RODRIGUEZ JESUS RODOLFO

302140572

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

LOPEZ JACAMO JOSE LUIS

601680751

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

FONSECA ARAYA EDWIN

106810526

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GARCIA ROJAS SONIA

601010798

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VARGAS ROMAN VICTO HUGO

108750145

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CALDERON BARQUERO CARLOS G

105880482

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BLANCO CARRANZA NANCY

900950864

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SACASA SALAS MARIA DEL ROCIO

601880285

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ZAMORA SANCHEZ MARIO

202890726

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CABEZAS FERNANDEZ ROSITA

204070734

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ZUMBADO CALVO BLANCA

110530979

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BONILLA ORTEGA ANA ISABEL

104510011

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ARIAS SOTO ANA MARIA

203000155

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CERDAS CERDAS CECILIA

105460512

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GUERRERO ROJAS CARLOS

202190104

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CALDERON SOLANO ESTEBAN D.

111520360

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BARQUERO PORTILLA VICTOR MANUEL

103300251

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

COOPELOT SOCIOS POR SUSTITUCIÓN

GOMEZ MENDEZ AGNIE

106230565

100

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

MENDEZ MENDEZ MANUEL

301830495

100

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

UMAÑA BRAVO RAFAEL ANGEL

202841298

100

 -

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

MATTIS JACKSON DIXIE

700890408

100

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MARTINEZ ACOSTA ANABELINA

108290479

100

 -

 -

 -

 SAN JOSE

SAN JOSE

CORRALES MADRIGAL LUZ M

103140112

 -

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VARGAS BARBOZA YORLENI

11220807

 -

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

UMAÑA RAMIREZ GERARDINA

104001223

 -

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

LOPEZ HRNANDEZ WILLIAM

11340267

 -

100

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

CARPIO MORA LUIS PAULINO

301860949

 -

100

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

AGUILAR ROJAS DAVID

106710223

 -

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BADILLA ULATE JENNIE

107540984

 -

100

 -

 -

HEREDIA

HEREDIA

CORRALES DIAZ NURIA MARIA

106470742

 -

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CECILIANO ARAYA ERICKA

109130482

 -

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BUSTOS CAISEDO MELISSA

111060708

 -

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CAMPOS MADRIGAL EVELYN

205770321

 -

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

RODRIGUEZ PORRAS ALEXIS

6008830028

 -

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

RIVERA VALVERDE ANA C.

104180079

 -

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GOMEZ MENDEZ AGNIE

106230565

 -

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

MENDEZ MENDEZ MANUEL

301830495

 -

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

UMAÑA BRAVO RAFAEL ANGEL

202841298

 -

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

MALTES JACKON DIXIE

700890408

 -

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CORRALES MADRIGAL LUZ M.

103140112

 -

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

ESPINOZA ARROYO MARIO A.

203730844

 -

 -

 -

50

SAN JOSE

SAN JOSE

ZAMORA CHAVES ADRIAN

111360455

 -

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

RODRIGUEZ OROZCO MERCEDES

900620554

 -

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

CHAVES PEREZ CARLOS

105480634

 -

 -

 -

100

CARTAGO

CARTAGO

REDONDO ARIAS DORA MARIA

106650047

 -

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

VARGAS GONZALEZ ALEXANDER

204710824

 -

 -

 -

100

ALAJUELA

ALAJUELA

HERNANDEZ UREÑA CECILIA

601420264

 -

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

ORTEGA CRUZ OLGER

701110856

 -

 -

 -

100

HEREDIA

HEREDIA

ANGULO MORA MARCO VINICIO

110960052

 -

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

RODRIGUEZ PORRAS EUNICE L.

108560322

 -

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

MARTINEZ ACOSTA  ANABELINA

1088290479

 -

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

QUIROS CAMBRONERO JULIO

601550111

100

100

5

100

PUNTARENAS

PUNTARENAS

SANCHEZ LOICIGA YORLENNY

110850596

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

CANCELACIÓN DE SOCIOS A COCOVELOT R. L.

VELIZ ARRIETA JORGE E.

601050210

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CALDERON BRENES JOSE

107640015

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

MATARRITA OBANDO RAMON

600940867

 -

 -

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

SALAZAR CHAVES URIEL

501090671

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MEZA CESPEDES ANA PATRICIA

106580991

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MORALES UMAÑA CESAR

105370529

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

FALLAS SOTO JUANA ISABEL

107240284

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PICADO SOLANO RODRIGO

302220897

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

CALDERON GUERRERO JOSE ART.

301450573

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

SOLANO CHINCHILLA ROGER FERNANDO

104190354

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GARCIA BORGE ANGELICA

110310882

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

GRANADOS GRANADOS JORGE A.

301991274

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

GONZALEZ HERNANDEZ LUIS F.

105500483

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MONGE BARQUERO HERNAN MIGUEL

105080652

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

QUIROS SANDI INGRID MILITZA

107280434

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SOLANO MENDEZ VIRGILIO

302670425

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

ZUÑIGA GOMEZ DORA

301760307

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

CAMACHO ULATE CRITOBALINA

400691004

 -

 -

 -

 -

HEREDIA

HEREDIA

GONZALEZ GUTIERREZ FABIO EDUARDO

303250830

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

SOLANO BEJARANO RICARDO MIGUEL

302310172

 -

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

CASCANTE PICADO DOMINGO

903900592

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VINDAS SOLIS SERGIO

401050674

 -

 -

 -

 -

HEREDIA

HEREDIA

COCOVELOT SOCIOS POR SUSTITUCIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

CASCANTE BADILLA CARLOS

109050774

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MOLINA BERNARDI LIGIA

105170021

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MORALES MOLINA ESTIBALIZ

112940698

 -

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

MORA ARIAS HAZEL

109580287

 -

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

CANCELACIÓN SOCIOS A COOPECIVEL

SANCHEZ CHINCHILLA EDUARDO

103530827

 -

 -

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

SALAS SALAS MARVIN

401230627

 -

 -

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

SOLIS ARTAVIA FRANCISCO

104140777

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

COOPECIVEL SOCIOS POR SUSTITUCIÓN

PEREIRA MARIN ALVARO

301890575

50

 -

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

MARTINEZ BEJARANO DAGOBERTO

104071088

50

100

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CASTRO NUÑEZ FRANKLIN

201990918

 -

 -

 -

50

ALAJUELA

ALAJUELA

ARIAS SOLIS MANUEL E.

106190484

 -

 -

 -

50

SAN JOSE

SAN JOSE

CANCELACIÓN POR RENUNCIA A COOPEPACIVELOT

MURILLO VILLEGAS DAVID

501650687

 -

 -

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

JIMENEZ CASTILLO ANA YURIAN

900720451

 -

 -

5

100

HERDIA

HEEREDIA

SIBAJA ARTAVIA LUZ ANNIA

203050373

 -

 -

 -

 -

ALAJUEALA

ALAJUELA

CAMACHO CASTRO JOSE

106800235

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MENDEZ JIMENEZ JOSE A.

103890189

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MURILLO GONZALEZ GEOVANNY

20900079

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CALERO CALERO ORLANDA

600370199

 -

 -

 -

 *

PUNTARENAS

PUNTARENAS

PORRAS GODINEZ VICTOR G.

106720137

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MORA SANTOS GREIVIN ISRAEL

110880751

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PORRAS GODINEZ VICTOR G.

106720137

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VALLE ZAMORA RAFAEL

600920049

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ZUÑIGA BONILLA JOSE J.

103600624

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CAMACHO CASTRO JOSE

106800235

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MENDEZ JMENEZ JOSE A.

103890189

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MONTOYA BRENES FLORA MARIA

103630736

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BADILLA ARTVIA ILEANA

106540962

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MORERA NUÑEZ HENRY

107680690

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ZUÑIGA BONILLA OSCAR

104730219

 -

 -

 -

 -

 SAN JOSE

SAN JOSE

CANCELACIÓN POR DEFUNCIÓN COOPEPACIVELOT

QUIROS CESPEDES LEONOR

600660064

100

50

5

 -

HEREDIA

HERDIA

ADJUDICACIÓN DE SOCIOS A COOPEPACIVELOT

JIMENEZ QUIROS OSCAR

401960659

100

50

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

COOPEPACIVELOT SOCIOS POR SUSTITUCIÓN

ZUÑIGA BONILLA ADRIAN

109250261

43

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

SOJO MOYA GERARDO

110730944

100

 -

 -

 -

HEREDIA

HEEDIA

CORRALES MORALES MARVIN

501800407

20

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

MIRANDA VINDAS RICARDO

900360667

20

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

JIMENEZ FALLAS ANA ISABEL

104120653

25

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ALPIZAR MARIN RAFAEL

103760437

100

 -

 -

100

ALAJUELA

ALAJUELA

JIMENEZ CASTILLO ANA YURIAN

900720451

42

 -

 -

  -

HEREDIA

HEEDIA

ZUÑIGA BOLAÑOS DAMARIS

602670239

 -

71

 -

 -

 SAN JOSE

SAN JOSE

SOLANO VILLALOBOS GERARDO

103911335

 -

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CHAVES VEGA DORIS

105970850

 -

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MORALES MORALES GONZALO

102850209

 -

70

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

CAMACHO JIMENEZ WILLIAM

104210442

 -

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

FONSECA ANGULO VALENTIN

500840946

 -

 -

 -

100

CARTAGO

CARTAGO

MARIN MARIN FLOR MARIA

900380542

 -

 -

 -

100

SAN JOSE

SAN JOSE

LOPEZ VEGA JUAN RAFAEL

202650551

 -

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

UREÑA BARRIENTOS JORGE

104740044

 -

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PEÑA BONILLA GUILLERMO

601900549

 -

 -

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

NAVAEZ SABALLOS LUIS

800720109

 -

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CHINCHILLA MESEN MAYRA

203710305

 -

 -

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CARRANZA AVILA RAFAEL A.

202650400

 -

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BEJARANO VALVERDE JOSE

301980651

 -

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BLANCO HERNANDEZ ANANIAS

201900493

 -

 -

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

SOLANO MARIN ANTONIO

303090307

 -

 -

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

CUNNINGHAN RED CARLOS

700560770

 -

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VEGA ARTAVIA MARCIA

111330422

 -

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

RENUNCIAS POR PENSIÓN

VARGAS BARAHONA NELLY

102570654

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VIQUEZ HIDALGO MARCOS

201990694

100

100

5

 -

 ALAJUELA

ALAJUELA

MOYA RODRIGUEZ ODILIE

301270805

50

50

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

OBANDO SUAREZ SIMEONA DEL C.

155800922113

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

JIMENEZ JIMENEZ FRANCISCO

201300261

50

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

ALVARADO ALVARADO HERNAN

400650988

100

50

 -

 -

HEREDIA

HEREDIA

CORDERO CAMBRONERO JOSE

201890423

50

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

ARAYA SOLANO EDGAR

700150882

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

MORA SOTO JUAN R.

400760262

100

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CASTILLO MENA CARLOS

800470778

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

CAMPOS CAMPOS ROGER

500910335

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

BRENES SOLANO BLANCA

301150406

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

BOLAÑOS ROJAS BENILDA

201400612

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

BEJARANO RAMIREZ ANTONIA

301040443

130

100

 -

50

SAN JOSE

SAN JOSE

BERMUDEZ NUÑEZ JOSEFA

201340671

50

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

BADILLA ARIAS HERMIDA

600430707

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

BRENES BRENES LUZ MARINA

301160901

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

BLANCO ALVARADO JORGE

201350399

100

 -

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

BATISTA HERNANDEZ JOSE ALBERTO

301130256

 -

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BEJARANO BEJARANO ANGELA

600460705

50

 -

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

ARIAS GONZALEZ MARIO

201790926

50

 -

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CARBALLO MOLINA EMERSON

101960861

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CALIVA ALFARO LUZ

400540491

100

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CARVAJAL LORIA MARCO TULIO

202650353

100

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CASASOLA CASASOLA MARIA

700290217

50

50

5

 -

LIMON

LIMON

CASTILLO SOLOZANO MARCO TULIO

201800966

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

BRENES ARAYA EDGAR

301350197

100

100

5

 -

LIMON

LIMON

HERNANDEZ SANCHEZ ALICIA

400710672

100

50

 -

 -

HEREDIA

HEREDIA

GONZALEZ CONTRERAS EMIR

500920231

50

50

2

 -

 ALAJUELA

ALAJUELA

MENDOZA MENDOZA FLOR EMILIA

900420608

50

50

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

GUTIERREZ MORALES JOSE ANGEL

501200024

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GUTIERREZ FONSECA HILMA

700170312

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CORRALES CARRILLO CARLOS

101790302

100

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ANCHIA BLANCO BERNARDITA

102710013

 -

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

HERNANDEZ MORA CRISELDA

201490753

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GUTIERREZ CAMPOS ANGELA

400570741

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

HUERTAS MORALES OTONIEL

202020785

100

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

GUTIERREZ MORALES ABELARDO

300910892

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

GUTIERREZ GUTIERREZ SALVADORA

60048310

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

GONZALEZ MORA MARIA ELENA

102780774

100

50

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GONZALEZ QUESADA XINIA

102150515

100

100

 -

50

SAN JOSE

SAN JOSE

HERNANDEZ CASCANTE LUIS

102810308

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

FONSECA MONGE MARIA DEL SOCORRO

301400580

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GONZALEZ CUBERO BERNARDO

201340757

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

GONZALEZ SANCHO ONDINA

201690719

100

100

5

50

ALAJUELA

ALAJUELA

CORRALES CORRALES ANI

201660116

50

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GONZALEZ MORA RODRIGO

102490086

170

140

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VALVERDE TORRES JUAN JOSE

102730219

200

200

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

DORMOND CAMPOS TERESITA

301150194

50

 -

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

ELIZONDO CUBILLO ALFONSO

102700263

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ALPIZAR QUIROS ALVARO

101890503

100

50

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

GONZALEZ CORTES BOLIVAR

400640227

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GUTIERREZ GUTIERREZ MARTA

500880884

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

FERNANDEZ DIAZ DULCELINA

101690174

50

50

 -

50

SAN JOSE

SAN JOSE

GARCIA LOGHAN ZULAY

301060055

100

50

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

FONSECA FONSECA VICTOR

102150738

 -

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

DOMINGUEZ GONZALEZ AMADA

900210199

100

100

5

 -

 PUNTARENAS

PUNTARENAS

GARCIA ALVAREZ VICTOR MANUEL

201270112

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

GARCIA VARGAS THAIS

201960192

 -

 -

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

ESQUIVEL PACHECO MARIA ELENA

103820944

150

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

COTO CHACON FLORA

301040687

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

FALLAS VARGAS FRANCISCA

202010614

100

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CONTRERAS REYES ROSA MARIA

600500009

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

BERMUDEZ DIAZ CORIANA

600510812

50

 -

 -

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

ANGULO CHINCHILLA JUAN

500680912

100

100

5

 -

 SAN JOSE

SAN JOSE

DESANTI GARCIA LUIS

301370328

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CROTONY CROTONY WALLACE

700240149

100

100

 -

 -

LIMON

LIMON

CONEJO SANTAMARIA JUAN

301030504

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

CHAVES MOLINA CECILIA

201060824

100

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CHAVERRI CHAVERRI GONZALO

400700282

50

 -

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

CORDERO SANABRIA ELSI

201880393

50

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CHAVERRI HIDALGO ELIDA

500810125

50

50

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

CHAVES TORRES FELIX

301430080

100

50

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

CERDAS CERDAS NORMA

800610433

50

 -

5

 -

LIMON

LIMON

CAMPOS UGALDE JORGE LUIS

202010733

50

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BRENES ARAYA EDWIN

700300385

100

100

5

 -

LIMON

LIMON

ARAYA ALVARADO GUILLERMO

301180462

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ARAYA RAMIREZ CARLOS DEIMY

102540550

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

RODRIGUEZ CASTRO ESPIRITU

201030459

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

ARIAS PICADO RAQUEL

300690656

50

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CASTRO CORDERO ZELMIRA

201840180

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ALFARO BARBOZA OLGA

102430960

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

AMADOR GOMEZ FLOR

102470124

50

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ALVAREZ ALVAREZ RAFAELA

500740867

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

ALFARO SANCHEZ JUAN DE DIOS

102320100

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ALVAREZ MENDEZ HUMBERTO

301280319

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

ALEMAN TORRES OLIMPIA

800460534

50

 -

5

 -

LIMON

LIMON

BARRANTES RODRIGUEZ MELCIADES

500570499

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

ARGUEDAS ARGUEDAS GONZALO

104120616

160

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

ARAYA CALVO MARINA

201550356

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ALFARO MARIN ILMA ANGELA

201090647

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ALVAREZ CRUZ MIRIAM

201990102

50

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ARAYA MARIN FRANCISCO

90020182

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

ANCHIA MENDEZ ARISTIDES

600460421

50

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

AVILES SERRANO SILVIA

600540633

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

AGUILAR ANTILLON ANA MARIA

103120112

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ACUÑA BADILLA FRANCISCO

201700247

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ACOSTA MARIN MARIA DE LOS ANG.

102540544

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ARAYA JIMENEZ CARLOS ALBERTO

202050769

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

DESANTI GARCIA MIRIAM

102840439

200

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CEDEÑO SOTO EDGAR

301230617

50

50

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

BERMUDEZ PORRAS NELLY

900250569

200

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CHAVARRIA PEREZ BERTALIA

202040284

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CALDERON CARVAJAL MARCO

301340370

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

ZUÑIGA ZUÑIGA ALVARO

102150577

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CASTILLO OTAROLA JUANA

102300452

50

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CASTILLO MEOÑO MARIA

300900557

100

100

5

50

CARTAGO

CARTAGO

CABRERA SALAZAR REINER

102350557

100

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CESPEDES ARIAS JORGE LUIS

203090566

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

GONZALEZ QUESADA JUAN

102400118

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

CASTRO RODRIGUEZ OLMAN

90090922

50

50

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CASTRO RODRIGUEZ ROSAMIRO

201570154

50

100

 -

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

CAMPOS ARGUEDAS AURORA

202040751

100

100

5

50

ALAJUELA

ALAJUELA

UGALDE SALAZAR CARLOS LUIS

102690054

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

 DURAN VASQUEZ ANA ALICIA

102100301

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

CHINCHILLA RAMIREZ ESTRELLA

102610695

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CASTRO ULATE CELIMO

201560987

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

GONZALEZ BADILLA CRISTINA

700210700

100

100

 -

 -

LIMON

LIMON

ARROYO HERRERA MARGOT

201210474

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

GARCIA MEDINA BERNABE

500560676

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

MATA CARMONA BELISARIO

102591068

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MAROTO MAROTO JORGE

301150269

100

50

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

MORA CASTRO BASILIO

500680928

100

100

 -

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

MELENDEZ MORUA ROBERTO

102180958

50

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MONTOYA CARMONA ALVARO

600530423

50

50

 -

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

NUÑEZ SALAS JOSE ROBERTO

301400573

 -

50

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MENA NAVARRO BERTALIA

201760235

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

MATA VALLE CELIA

301080658

50

50

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

MONTERO MORALES MARIA V.

201900487

 -

50

 -

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

MONTERO ALVARADO INES CELSA

101690301

100

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MARTINEZ ALTAMIRANO ISABEL

800640628

50

50

 -

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

MONGE DURAN MARIA CECILIA

102830814

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

OBANDO ANGULO MAURICIA

500480855

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

OCONITRILLO HERNANDEZ MEIBOL

102370187

50

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PIZARRO PIZARO ULISES

500420195

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PEREZ VENEGAS FELICIA

301130600

100

50

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

QUESADA VEGA CLOTILDE

301140206

100

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

RUIZ SANCHEZ LUCILA

800570321

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

ROMAN ULLOA OLIVER

102850323

50

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

RIVERA ARAYA JOSE MANUEL

301180794

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

ROJAS CARRANZA ROBERTO

300820321

50

50

5

50

CARTAGO

CARTAGO

RODRIGUEZ ELIZONDO JOSE MIGUEL

102990943

50

50

5

50

PUNTARENAS

PUNTARENAS

RODRIGUEZ GARRO GORDIANO

102180615

50

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SEGURA MORALES HERNAN

201910406

50

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

SAUYERS ROYAL ARTHUR SAMUEL

700180845

100

100

2

 -

HEREDIA

HEREDIA

SANDOVAL CAMPOS RODRIGO

102240376

50

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SOLANO AGUILAR JOSE MARIA

102990323

100

100

5

50

ALAJUELA

ALAJUELA

SALAZAR MADRIGAL ROSA MARIA

101830842

50

50

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SOTO CAMACHO MARIA

300980899

 -

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SOLORZANO MARIN BELSI

201930666

50

50

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

SOLANO QUIROS PAULINA

300980199

100

 -

 -

 -

LIMON

LIMON

SALVATIERRA LOPEZ ALBERTINA

600320067

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

TABOADA SAAVEDRA MERCEDES

800160077

50

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

UGALDE SALAZAR ADELINA

201120654

160

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ULLOA CISNEROS RAMON

102670946

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VARGAS ROJAS CARMEN

202860609

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

MONTERO ULATE ERLINDA

400550622

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

MELENDEZ MORUA CARLOS ALBERTO

101840266

50

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CABEZAS BERMUDEZ HERIBERTO

201530475

 -

50

 -

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

CALDERON SOLANO MARTA

101400231

50

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CALVO AGÜERO ANTONIO

101220259

100

50

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CAMPOS ABARCA MARIA LUISA

201400960

100

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CHAVARRIA MARTINEZ MARIA F.

500640256

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

DIAZ MORA VICTOR MANUEL

102100859

 -

 -

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CHAVARRIA MARTINEZ MARIA FCA.

500640256

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

GUERRERO ARIAS JUDITH

102330013

100

50

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GUTIERREZ CORTES ARSENIA

600470009

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

HERNANDEZ ZUÑIGA PEDRO

500890779

50

50

 -

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

JIMENEZ SOTO MARIA EUGENIA

900260341

50

50

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

LEITON VARGAS MARIA LUISA

201830241

100

 -

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

LOBO CORRALES JOSE JAIRO

102710651

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

LARA ALVARADO JESUS PETRA

500910412

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

LOIZA SALAS ZENEIDA

301350398

50

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MUÑOZ MUÑOZ ANASTACIA

500430214

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MOLINA MONTERO CAYETANO

301190053

50

 -

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

MONTOYA GUTIERREZ FERNANDO

600550772

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

MONGE DIAZ JULIO

102591108

 -

100

5

25

SAN JOSE

SAN JOSE

MADRIZ FONSECA REINALDO

301130206

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

MONGE ARGUEDAS JORGE

300900243

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

MONTERO QUESADA MANUEL

102860923

50

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

MONGE SALAS RUBEN DARIO

201740647

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

ARGUEDAS CARMONA FLORA JOSEFA

900470008

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

BOLAÑOS SOTO ANA RAMONA

201180075

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BRENES CESPEDES MARIO

600330778

50

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CHAVES MONTERO GILBERTO

204360752

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

MORA MENDEZ ELVIA

102130844

50

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ORTIZ ORTIZ CARLOS JOSE

900910783

100

100

5

 -

LIMON

LIMON

MUÑOZ ARCE JUAN LUIS

201730619

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PICADO VEGA OTONIEL

102860716

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BARQUERO VILLALOBOS JORGE LUIS

400770788

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

RODRIGUEZ CRUZ MIREYA

201930824

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

SAENZ GARCIA ALICIA

101420632

50

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ROJAS ZUÑIGA MARCO TULIO

201950444

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MURLLO HERNANDEZ EFRAIN

400690143

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

MONGE UMAÑA VICTOR

900220540

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GONZALEZ SANCHEZ NETALI

102020619

50

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

VILLAFUERTE VILLAFUERTE EMILIANO

500550781

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PICADO MADRIGAL JOSE

201940760

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

MADRIGAL FERNANDEZ ERBIN

400770319

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

VARGAS   SOLANO VIRGINA

201830632

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

MENDEZ RODRIGUEZ CAYETANO

102650984

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

SOLANO CASTILLO LUIS

300900113

100

50

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

ZAMORA MOLINA VICTOR

202040931

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PORRAS CHINCHILLA EDWIN

102200159

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MARIN HERNANDEZ JORGE

102640613

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SEGURA MORALES ANTONIO

201500242

50

50

 -

 -

HEREDIA

HEREDIA

VARGAS CHAVES IRIS

101980584

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SEAS SEAS MARIA DEL ROSARIO

102550021

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VEGA HERNANDEZ ASCENSION

201560633

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

VALVERDE CHAVARRIA HORTENSIA

102640458

100

50

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

VARGAS JIMENEZ LUIS MIGUEL

102350519

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MENDEZ ZUÑIGA ELADIO

400760193

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

SANCHEZ CHACON MIREYA

103380851

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SOLIS ROBLES CARLOS

102360497

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SABORIO SOTO RUTH

201950968

100

50

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

PANIAGUA MENDEZ CARLOS LUIS

102410109

100

50

5

 

ALAJUELA

ALAJUELA

SOLANO SAENZ AURORA

301120252

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

GUTIERREZ VASQUEZ ADELA

201570177

100

100

 -

50

PUNTARENAS

PUNTARENAS

RODRIGUEZ PORRAS IRMA

201630290

100

100

 -

50

SAN JOSE

SAN JOSE

HERRERA MELENDEZ CARMEN

201480403

100

50

 -

 -

HEREDIA

HEREDIA

ARROYO HERNANDEZ ALEX

202920587

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

NAVARRO NAVARRO LUIS GUILLERMO

301220337

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

OROZCO OROZCO AMALIA

400550216

100

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

JIMENEZ MORA OSCAR

102850848

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

TORRES MONESTEL JUAN

202020763

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

RODRIGUEZ RODRIGUEZ MARIA NIEVES

500440448

100

100

5

50

GUANACASTE

GUANACASTE

RUIZ CONTRERAS VILMA IRENE

5006400494

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

TREJOS PICADO JAVIER

300860794

100

50

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

SOLORZANO MURILLO EMILCE

201400261

100

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

SOLANO MONGE RAFAEL

301420984

100

100

5

50

CARTAGO

CARTAGO

OBANDO JIMENEZ ESTER ODILIE

900310969

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

RETANA ROJAS MARGARITA

101930884

200

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SIBAJA VALVERDE MARCO TULIO

201440312

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

ALFARO ALFARO VICTOR

201780425

100

100

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

SOTO NUÑEZ RAFAEL

900190307

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

MOYA CHAVES OSCAR

102800190

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

BARQUERO RODRIGUEZ  SERGIO

201850752

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

MONGE MORA FELIPE

102110509

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VARGAS MARTINEZ CARLOS LUIS

102110207

150

150

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

MONESTEL LOIZA MELBA

301360158

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

SOLERA ARAYA LUIS

201090928

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

BEITA VIDAL RAUL

600350279

100

100

5

50

PUNTARENAS

PUNTARENAS

JIMENEZ CASTRO FLORA

201190943

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

HERRERA BARRANTES GLADYS

201191000

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MONGOMERY MONGOMERY ARTURO

700530488

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ROJAS ALVARADO MANUEL

201250044

160

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VALVERDE SANCHEZ JUAN RAFAEL

101880313

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ZUÑIGA RODRIGUEZ FLORA

102200277

 -

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

QUESADA HIDALGO DINORAH

900220465

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

PEÑA BARAHONA ANTONIO

301240815

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

LIZANO CHACON RODRIGO

301160008

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

REYES LOPES RUTH

102591144

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SOTO BARBOZA CARMEN

500710906

100

100

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

VILLALOBOS BERMUDEZ BERTALIA

500690050

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SIBAJA VALVER DE VICTOR

500620433

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

MELENDEZ MORALES MARIO

102120563

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ZAMORA UGALDE JOSE LUIS

700230547

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

VINDAS PEREZ BENJAMIN

101870321

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VARGAS CASTRO RAUL

201340720

 -

50

 -

 -

LIMON

LIMON

VEGA MONGE ARGENTINA

300990042

100

100

5

50

CARTAGO

CARTAGO

VARGAS ROJAS CARMEN

202860609

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

ULLOA CISNEROS RAMON ANTONIO

102670946

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

UGALDE SALAZAR ADELINA

201120654

160

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

TABOADA SAAVEDRA MERCEDES

800160077

50

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ANGULO BARBOZA ROSARIO

104250459

50

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SANDOVAL HERNANDEZ CLARA

102460798

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

QUIROS PORRAS MARIA UMBELINA

102300051

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PORRAS SALAZAR INOCENCIA

101180626

130

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CHINCHILLLA MORA MARIO HUGO

102140986

110

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CORTES CORTES MARIA SANTOS

600530049

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

SOTO SOTO ROSA

101730851

150

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CARVAJAL LUNA ENRIQUE

202880953

80

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

SIBAJA RODRIGUEZ MIGUEL

201710858

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

MONTERO GONZALEZ RITA

102001995

100

50

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VENEGAS MONDRAGON GABRIEL

700250004

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

HIDALGO DURAN SERGIO

200796616

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

MUÑOZ QUESADA EDGAR

102320068

 -

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

DIAZ  SERRANO RAMON

102610105

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

CALDERON LEIVA CELINA

900010977

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

VARGAS BUSTAMANTE ALEXIS

101950388

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CAMPOS CAMPOS ODILIE

101741002

100

50

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

FERNANDEZ VILLALOBOS JOSE JOAQUIN

201480529

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

RUEDA CHAVARRIA RUBEN

600430051

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CASTRO ALFARO HECTO AURELIO

201730789

 -

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CORNAVACA CORNAVACA BAYARDO

800510612

100

100

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

ACUÑA MURILLO CARMEN

201070884

50

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

RODRIGUEZ ALVAREZ JOSE JOAQUIN

301220099

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

RODRIGUEZ MUÑOZ BLANCA ROSA

102370597

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CASTILLO AVILA CARMEN

102710777

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

RODRIGUEZ BARQUERO RONULFO

500380584

100

100

5

50

ALAJUELA

ALAJUELA

LOPEZ PEÑA MARIA JUSTINA

500740328

100

100

5

 -

GUANACASTE

GUANACASTE

ZUÑIGA VARGAS ALVARO

102070217

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

BARBOZA GODINEZ MARCO TULIO

102120529

50

50

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

FLORES BADILLA ENRIQUETA

101950032

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VENEGAS MONDRAGON CARMELINA

700220513

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CHAVARRIA GOMEZ JORGE

301040141

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

VALERIO MURILLO ERNILDA

201510215

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VARGAS NAVARRO JUAN RAMON

102850479

50

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

VARGAS FLORES MARIA MERCEDES

1026109355

50

50

5

50

ALAJUELA

ALAJUELA

VILLEGAS JIMENEZ JOSE

600490725

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ALVARADO MONGE VIRGILIA

201730674

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

ZUÑIGA MONGE MARIA DEL ROSARIO

300890050

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MORA CHAVARRIA OVIDIO

102010480

100

100S

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

QUESADA MORA BLANCA ROSA

102240848

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

MIRANDA MIRANDA CONRADO

501570553

100

100

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

DAVILA JIMENEZ ZAIDA

500910627

100

100

5

50

CARTAGO

CARTAGO

GONZALEZ SOLANO CARLOS LUIS

400630838

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

UGALDE CORDERO JUAN

201780126

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

BERMUDEZ PORRAS EVA RAMONA

600270405

100

50

5

 -

PUNTARENAS

PUNTARENAS

GAMBOA MORA RAFAEL EMILIO

101910258

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

RENUNCIAS POR PENSION A COOPERATIVAS

LEON ALVARADO  RAFAEL

600380136

120

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ANGULO ANGULO ROMUALDO

500850796

100

 -

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

PACHECO VARGAS LUIS ANGEL

201990731

100

100

5

100

ALAJUELA

ALAJUELA

PACHON MADRIZ JOSE ANTONIO

103240114

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

ROSALES ROSALES JOSE DE LA CRUZ

800700120

100

100

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

AGUILAR ALVARADO CELIN

301330102

100

100

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

RAMIREZ BARBOZA REINALDO

102780409

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

RODRIGUEZ SIBAJA LUIS

202080317

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CERDAS CALVO GUILLERMO

301100534

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

HERRERA ELIZONDO AMALIA

102170494

100

50

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

HERNANDEZ MADRIGAL JOSE JOAQUIN

102270001

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

HIDALGO GARCIA FLORA EMILCE

301100534

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

MORA HERRERA CARLOS LUIS

203170173

100

100

5

50

ALAJUELA

ALAJUELA

VILLALTA MORA CARLOS FERNANDO

102800769

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

DELGADO COTO CLEMENCIA

102820599

 -

 -

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

MONTERO VARELA PURA BENILDA

201960914

100

100

 -

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

GARITA GUEVARA MARIA LUCIA TERESA

400590471

100

100

5

50

HEREDIA

HEREDIA

CAMPOS SOLORZANO HUMBERTO

201790427

100

100

5

50

ALAJUELA

ALAJUELA

CHACON BONILLA ALVARO

301240535

50

70

5

50

CARTAGO

CARTAGO

FONSECA ANGULO ANGEL

500840946

 -

 -

5

 -

CARTAGO

CARTAGO

ARAYA SALAS HERIBERTO

201750465

100

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

CASTRO NUÑEZ FRANKLIN

201990918

100

100

5

50

ALAJUELA

ALAJUELA

MAIRENA MAIRENA FRANCISCO

500580951

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

OBANDO BRIZUELA FRANCISCO

301330270

100

100

5

100

CARTAGO

CARTAGO

FALLAS SANABRIA FRANKLIN

102560024

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

JIMENEZ CASTRO SERGIO

201780148

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

MONGE MIRANDA HECTOR

102810178

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

MADRIGAL CORDERO VICTOR

102350089

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

ROJAS ORTEGA RODRIGO

102680420

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

MEZA BONILLA ADILIO

900300295

100

100

5

 -

HEREDIA

HEREDIA

ROJAS MORALES MARCO TULIO

700290222

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

ANGULO ANGULO JORGE ANTONIO

102170115

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

HERRERA SOTO CIRILO

201880485

100

100

5

100

PUNTARENAS

PUNTARENAS

BRENES CASCANTE CARLOS EDUARDO

102710726

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

CHAVES CHAVES RODOLFO

102700495

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

GARCIA VARGAS JOSE FRANCISCO

102620997

100

100

5

 -

SAN JOSE

 SAN JOSE

ARAYA DELGADO EDWIN

102590338

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

OPORTA MARTINEZ FELICITA

500680115

100

100

 -

 -

CARTAGO

CARTAGO

SALAZAR ARIAS SARA

102990277

100

100

5

50

SAN JOSE

SAN JOSE

ARIAS CHAVES JESUS MARIA

102310783

50

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

AQUILINA ALVARADO CECILIANO

102390924

100

100

 -

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

CALDERON SOTO JORGE LUIS

201570652

100

50

5

 -

ALAJUELA

ALAJUELA

GONZALEZ CAMPOS AMELIA

400730471

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

ARAYA PRADO NORMA

102270534

100

100

5

100

SAN JOSE

SAN JOSE

GONZALEZ ZUMBADO ISABEL

900090108

100

100

5

 -

SAN JOSE

SAN JOSE

 

San José, 18 de abril del 2012.—Departamento de Loterías.—Jorge Agüero Gutiérrez, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 15995.—Solicitud Nº 0745.—C-2088240.—(IN2012031659).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:

PN INTE 16-11-01:2012, “Tuberías de concreto reforzado para alcantarillado” (Correspondencia: ASTM C76)

PN INTE 11-02-02:2012, “Partículas (esferas de vidrio) retro-refractoras” (Correspondencia: AASHTO M247 - 2011)

Se recibirán observaciones a los anteriores proyectos de norma hasta el 10 de julio del 2012.

Para el caso del siguiente proyecto de norma, se recibirán observaciones hasta el 10 de junio del 2012.

PN INTE 37-01-01:2012, “Acuerdos Voluntarios de Producción más Limpia (AVP+L)-Requisitos, Seguimiento y medición, evaluación del cumplimiento y reconocimiento”. (Correspondencia: N. A.)

Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización al teléfono 2283-4522 o a los correos fcalvo@inteco.or.cr  o  crosales@inteco.or.cr.

Esther Esquivel A., Directora Ejecutiva a. í.—1 vez.—(IN2012036517).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA

TRASPASO DE PATENTE DE LICOR

DISTRITO CENTRO

A quien interese, se hace saber: que la sociedad Hermanos Maggo F.M.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y un mil trescientos ochenta y cuatro, cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma son los hermanos: Ana Beatriz, Cinthia, José Manuel, Diego Alberto, Ricardo, Santiago, Alejandro Francisco y Pablo, todos Guzmán Madrigal mediante traspaso de la señora Floribeth Madrigal Castro, portadora de la cédula uno-doscientos cincuenta y cuatro-novecientos cuatro, mayor viuda, de oficios domésticos y vecina de Santa Ana, ha adquirido el derecho de la patente Nº 01-06, Nº 01-03 y Nº 01-28 del distrito Centro, según consta en dictamen Nº 15 de la Unidad de Licencias y Patentes Municipales celebrada el 12 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad, dentro de un período de ocho días a partir de esta publicación.

Santa Ana, 17 de abril del 2012.—Lic. Gerardo Oviedo Espinoza, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2012031089).

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

AVISO

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Cartago comunica que en sesión ordinaria realizada el 17 de abril del 2012, Acta Nº 145-12, artículo 3°, acordó por unanimidad, con dispensa de trámite de comisión y acuerdo definitivamente aprobado, programar la sesión extraordinaria para elección del Directorio del Concejo del período 2012-2014, para el día 1° de mayo del 2012 a las 9:30 a. m. A la vez trasladar la sesión ordinaria de este día martes 1° de mayo del 2012 para iniciarse una vez concluida la sesión extraordinaria dicha, en el salón de sesiones municipal.

Departamento de Secretaría General.—Eduardo A. Castillo Rojas, Jefe.—1 vez.—(IN2012031101).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

EDICTO

Acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 0125-2011

del 07-11-2011, en el artículo V, según oficio

SCM-2743-2011 del 10-11-2011

La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el Cementerio Central, existe un derecho donde el actual arrendatario solicita que el mismo sea traspasado a su hermana y que se incluya como beneficiaria a su hija, indicándose así:

Arrendataria:  Marta Eugenia Orozco Oviedo   cédula Nº 4-095-591

Beneficiaria:   Adriana García Orozco               cédula Nº 4-178-161

Derecho ubicado en el Cementerio Central, lote Nº 114 bloque I, con una medida de 3 metros cuadrados para 2 nichos, según solicitud Nº 190, recibo Nº 80966, inscrito en el folio 14, libro 2, el cual fue adquirido el 07 de marzo de 1985. El mismo se encuentra a nombre de Jorge Luis Orozco Oviedo y Fam. Gómez Orozco. Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 6 de setiembre del 2011. Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Departamento de Rentas y Cobranzas.—Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa.—1 vez.—(IN2012030759).

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

Cambio de sesión ordinaria

Siendo que el martes primero de mayo por obligatoriedad se debe convocar a sesión extraordinaria solemne, para la elección del nuevo Directorio Político, y este día corresponde la celebración de una sesión ordinaria; por unanimidad de votos y en firme, el Concejo Municipal de Carrillo, Guanacaste, dispuso a través del acuerdo número cuatro, emitido en la sesión ordinaria número catorce, celebrada el día nueve de abril del dos mil doce; reponer la sesión ordinaria de ese día para realizarla el viernes cuatro de mayo a la misma hora (4:00 p.m.). Publíquese para efectos de ley.

Mayela Canales Líos, Secretaria del Concejo.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012030503).

AVISOS

CONVOCATORIAS

ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS

DE GIARDINI DI PAPAGAYO

A los asociados de la Asociación de Concesionarios de Giardini Di Papagayo, por este medio se les convoca a la asamblea general anual ordinaria a celebrarse el día dos de junio del dos mil doce, en las instalaciones del Hotel Coco Palms, ubicado exactamente en Playas del Coco, al costado de la cancha de fútbol de la localidad, Sardinal, Carrillo, a las 10:00 horas. Se abrirá la Asamblea con la bienvenida y se verificará la condición de asociado previo al inicio de la Asamblea. La agenda tratará los siguientes temas: Uno) Lectura del acta de la última reunión. Segundo) Informe del tesorero. Tercero) Informe de la seguridad. Cuarto) Actualización e informe del estado del proceso judicial. Quinto) Discusión abierta. Esta convocatoria se realiza de conformidad con lo establecido por los estatutos de la asociación.—Playa Panamá, Guanacaste, dos de mayo del dos mil doce.—Sheron Weatherholtz, Responsable.—1 vez.—(IN2012036495).

FITOTEC SOCIEDAD ANÓNIMA

Fitotec Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-390204, convoca a asamblea ordinaria y extraordinaria de socios a realizar a las 9:00 horas del día 22 de junio del 2012, en Heredia, Flores, Llorente, de la Plaza de Deportes, 200 metros al sur, el cual conocerá de los siguientes asuntos:

a)  Informes del Presidente de la Junta Directiva.

b)  Conocimiento de los Estados Financieros, Balances y cierre fiscal del período 2012.

c)  Aumento del capital social de la compañía.

d)  Reforma a la cláusula de administración y nombramiento de nueva Junta Directiva.

e)  Otros asuntos a tratar de interés de los socios.

Roxana Villalobos Molina, Secretaria.—1 vez.—(IN2012036989).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

INVERSIONES CORUM SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Corum Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-099666, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros Diario 1, Mayor 1, Balances e Inventarios 1, Actas de Junta Directiva 1, Actas de Asamblea General 1 y Registro de Accionistas o Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—(IN2012028067).

CONDOMINIO RESIDENCIAL LOS GIRASOLES

Condominio Residencial Los Girasoles, con cédula jurídica Nº 3-109-158946, solicita ante el Registro Nacional, la reposición por pérdida de los libros a saber de: Actas de Asamblea de Condominio, Acta de Junta Directiva y Caja. Quien se considere afectado puede manifestar oposición ante la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público de la Propiedad dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Henry Mauricio Díaz Díaz, Ana María Rodríguez Gómez y Ana Cecilia Gómez Armijo.—Condóminos Propietarios.—(IN2012029272).

UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLO

Universidad Florencio del Castillo solicita reposición del título por extravío del original de la estudiante Norma Arce Mora, cédula de identidad uno-setecientos ochenta-seiscientos noventa y siete, quien optó por el título de Licenciatura en Ciencias de la Educación con Énfasis en I y II Ciclo. Se publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la tercera publicación.—Cartago, al ser las ocho horas del doce de abril del dos mil doce.—Rectoría.—Lic. Cristian Chinchilla Monge.—RP2012288284.—(IN2012029982).

AGENCIA DE SEGUROS MULTICARIBE S. A.

Agencia de Seguros Multicaribe S. A., cédula jurídica 3-101-338061, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Diario (DI), Mayor (MY), Inventarios y balances (IB), Actas de Consejo de Administración (ACA), Actas de Asamblea de Socios (AAS), Registro de Socios (RS) y Registro de Obligaciones (RO). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 13 de abril del 2012.—Andrés Ávila, Gerente General.—(IN2012030016).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío de las bitácoras relacionadas con los siguientes números de contratos y profesional a cargo:

Ing. Erick Gerardo Orozco Orozco, IC-18502, P53202 y OC-553845; Arq. Luis Orlando Hernández Chaves, A-18887, OL-543721; Ing. Jorge Sanabria Cambronero, IC-19227, OC-533770; Arq. Javier Gustavo Ramos Jiménez, A-10610, OC-485908; Arq. Marcelo Freixa Mata, A-10212, OC-548988; Arq. Sergio Araya Yockchén, A-6451, OC-512358; Ing. Arturo Muñoz Quirós, IC-4796, Oc-530769-EX; Arq. Tatiana Rojas Jiménez, A-20953, OC-539263; Arq. José Manuel Loría Vargas, A-3070, OC-548860; Ing. Luis Guillermo Rivera Hidalgo, ICO-2716, OQ-559146; Arq. Gueisel Rojas Hernández, A-15806, OC-552455; Arq. Ericka Cabalceta Leiva, A-10120, OG-539955; Ing. Rodrigo Azofeifa Olilvares, IC-10657, OC-540290; Ing. Hermes Cruz Briceño, ICO-4628, OC-501298; Arq. Agustín Mata Masís, A-17604, OC-557110; Arq. Marcelo Freixa Mata, A-10212, OC522984; Arq. Juan Francisco Rojas Cedeño, A-14263, OC-556608-EX; Arq. Dania Chavarría Núñez, A-11240, OC-549784; Ing. Oldemar Bermúdez Campos, IC-8548, OC-553975; Ing. José Alberto Calderón Zúñiga, IC-20971, OC-554538; Ing. Javier Corrales Barboza, ICO-11638, OC-490425; Arq. Caleb Ramírez Hernández, A-19953, OC-540810; Ing. Fernando Salazar Solano, ICO-3182, OC-331855; Ing. Róger Martínez Coto, IC-9310, OC551054; Arq. Silvia Salazar Castro, A-17016, OC-509287 y OC-509295; Arq. David Blanco Alfaro, A-14910, OC-555671; Ing. Roy Ruiz Murillo, ICO-14077, OC-556379; Ing. Álvaro Villalobos Murillo, IC-7863, OC-554328; Ing. Daniel Masís Solano, ICO-14367, OC-531964; Arq. Rosa Forn Moraga, A-4411; OC-493722; Ing. Ricardo Solano Vargas, IC-2451, OC-553088; Ing. Julio Sarmiento Vargas, IC-5222, OC-526004; Ing. Andrea Aguilar Brenes, ICO- 17468, OC-538468; Ing. Roberto Fung Li, ICO-4101, OC-499815; Ing. Thyssen Wong Chang, IC-22849, OC-518640; Arq. Ricardo Rodríguez Carrillo, A-16162, OC-551679 y OC-559053; Ing. Alberto González Solera, IC-16251, OA-547189-EX; Arq. José Manuel Loría Vargas, A-3070, OC-557765; Ing. Luis Rojas Montero, CC-00553, OC-531739; Arq. Silena Alfaro Rosal, A-22274, OA-537570; Ing. Alberto González Solera, IC-16251, OA-547189-EX; Arq. Luis Fajardo Pérez, A-16421, OC-554507.—San José, 23 de marzo del 2012.—Departamento de Responsabilidad Profesional.—Ing. Javier Chacón Hernández, Jefe.—O. C. Nº 242-2012.—Solicitud Nº 37880.—C-132500.—(IN2012029300).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

           Certificado Nº             Acciones                     Serie

                 3287                              400                              B

Nombre del accionista: Solera Castro Miriam.

Folio número 4623.

26 de abril del 2012.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2012030089).

Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

                Certificado Nº     Acciones               Serie

                            3286                                 400                         B

Nombre del accionista: Ramírez Castro Guillermo

Folio número: 4622

San José, 17 de abril del 2012.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2012030090).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

GRUPO MUTUAL ALAJUELA - LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Xinia Ugalde Herrera, cédula Nº 2-271-635 ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición del certificado CPH Nº 100-301-803301184560 por  ¢8.477.472,19 y del cupón por ¢648.526,62 con fecha de vencimiento del 24/03/2012.

Centro de Negocios.—Josué Núñez Cartín, Gerente.—((IN2012030506).

FLORIDA ICE & FARM CO. S.A.

La señora Ileana María Rodríguez Obando, cédula Nº 5-0248-0275, apoderada generalísima de la señora María Victoria Obando Cruz, cédula Nº 5-005-50811, ha solicitado la reposición del certificado de acciones Nº M 205 por la cantidad de 195 acciones del 4 de marzo de 1988 de Florida Ice & Farm Co. S. A., por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—Ramón de Mendiola Sánchez, Director General.—(IN2012030556).

CASLAP SOCIEDAD ANÓNIMA

Caslap Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-058529, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros, Actas de Asamblea uno, Actas de Junta Directiva uno, Registro de Accionistas uno, Diario uno, Mayor uno e Inventario y Balance uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Dr. Eduardo Castro Sittenfeld, Representante Legal.—(IN2012030583).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado Nº                   Acciones                                Serie

1838                                          800                                         B

Nombre del accionista: Mueblería El Hogar S. A.

Folio número: 2501.

San José, 29 de marzo del 2012.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2012031029).

Yo, Juan Carlos Peralta Montoya, mayor, casado, abogado y notario público, código profesional doce mil doscientos treinta y uno, vecino de Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos setenta y nueve-quinientos setenta y cuatro, hago constar que por pérdida de título de abogado, estoy realizando los trámites respectivos ante el Colegio de Abogados para la reposición de mi título.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Juan Carlos Peralta Montoya, Notario.—(IN2012031063).

COMPAÑÍA COSTARRICENSE DEL CAFÉ S. A.

Compañía Costarricense del Café S. A. (CAFESA), avisa que los certificados N° 415 serie I por 1 acción, N° 429 serie J por 1 acción, N° 451 serie K por 33 acciones, N° 491 serie M por 5 acciones, N° 512 serie N por 5 acciones, N° 188 serie O por 14 acciones, N° 793 serie O por 14 acciones, N° 1612 serie O por 21 acciones, Nº 838 serie Q por 11 acciones y N° 563 serie R por 29 acciones, a nombre de Iride Negrini Benavides, fueron extraviados. Transcurridos 15 días a partir de la tercera publicación de este aviso se procederá a su reposición.—San José, 16 de abril del 2012.—MBA. Marco Ant. Pinto Murray, Gerente General.—(IN2012031180).

Compañía Costarricense del Café, S.A. (CAFESA), avisa que el certificado N° 390 serie AA por 23.652 acciones, a nombre de Orvo Ltda., fue extraviado. Transcurridos 15 días a partir de la tercera publicación de este aviso, se procederá a su reposición.—San José, 9 de marzo del 2012.—MBA. Marco Ant. Pinto Murray, Gerente General.—(IN2012031181).

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros al mes de abril de 2012, se encuentran morosos. Si realizó el pago respectivo favor ignorar esta publicación, la cual se realiza conforme con el artículo 981 del Código de Comercio.

 

Nombre

Cédula

Alvarado Alpízar Yorleny

108590373

Araya Herra Wálter

303150671

Arias Alfaro Mirzeth

205010059

Bogantes Rodríguez Óscar

302200288

Campos RuIz Susan Marcela

205630248

Centeno Calderón Victorino Ole

800640615

Guzmán Madrigal Lilliam

103930982

Méndez López Ana Gabriela

303600309

Olivas Jiménez José Esteban

104500608

Portuguez Sánchez Marianela

105430669

Rodríguez Cambronero Floriana

401650021

Rodríguez Ramírez Wálter

600610676

Sevilla Novoa Marvin

106560660

Venegas Morales Maureen María

107370587

 

Junta Directiva.—M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria.—(IN2012030175).

2 v. 1 Alt.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

El Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa que la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, constituida en Consejo de Disciplina, sesiones Nos. 04-2011 y 28-2011, acuerdos Nº 2011-04-090, le impuso a la Lic. Ana María Pérez Granados, colegiada 3731, la sanción disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de su profesión de abogado. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo Nº 170-07.—Lic. Rocío Leiva Trejos, Fiscal.—1 vez.—RP2012285044.—(IN2012023292).

Por escritura otorgada en mi notaría, hoy a las 9:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Corporación J.A.M.C. S. A., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en sus en lo referente al domicilio y plazo social.—San José, 4 de abril del 2012.—Lic. Mario Alvarado Castro, Notario.—1 vez.—RP2012287219.—(IN2012027745).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy, a las 11:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Arlak S. A., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en sus en lo referente al domicilio y plazo social.—San José, 4 de abril del 2012.—Lic. Mario Alvarado Castro, Notario.—1 vez.—RP2012287220.—(IN2012027746).

Por escritura otorgada en San José, a las catorce horas del treinta de marzo de dos mil doce, en esta notaría, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inver Exuberantes del Caribe Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula novena correspondiente a la administración del pacto social de la sociedad. Se recibe la renuncia del presidente y vicepresidente de la junta directiva, y se nombra nuevo presidente.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Gabriel Zamora Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012287221.—(IN2012027747).

Por escritura de 14:00 horas, de hoy protocolicé acta de asamblea de accionistas de Renta Video Los Yoses S. A., por otra de 15:00 horas de igual día de Lagrícola El Cocobolo S. A., y por una tercera de 16:00 horas, de igual día de Unidad Uno del Quinto S. A. En todas se procedió a disolverlas.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Tobías D´Ambrosio Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012287222.—(IN2012027748).

En mi notaría protocolicé el día de hoy acta de asamblea general extraordinaria de socios de F G I Frontier Group International Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, tres de abril del dos mil doce.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012287223.—(IN2012027749).

Que mediante escritura pública número setenta y tres, otorgada ante la notaría pública Isabel Nozzara Moreno Vásquez, a las nueve horas del 9 de abril del 2012, se reforman las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Octubre Lluvioso SRL. Es todo.—Cartago, 9 de abril del 2012.—Lic. Isabel Nozzara Moreno Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2012287225.—(IN2012027750).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 26 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Montorsa Sociedad Anónima, por la que se modifica la cláusula quinta de los estatutos en cuanto al capital social y se modifica la cláusula sétima en cuanto a la administración. Es todo.—San José, 29 de marzo del dos mil doce.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012287226.—(IN2012027751).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 26 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Qualitas Médica Sociedad Anónima, por la que se modifica la cláusula quinta de los estatutos en cuanto al capital social y se modifica la cláusula sétima en cuanto a la administración y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 29 de marzo del dos mil doce.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012287227.—(IN2012027752).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 26 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Su Herida Sana Sociedad Anónima, por la que se modifica la cláusula sétima en cuanto a la administración y se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal. Es todo.—San José, 29 de marzo del dos mil doce.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012287228.—(IN2012027753).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 26 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad LMA de Costa Rica Sociedad Anónima, por la que se modifica la cláusula sétima en cuanto a la administración y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 29 de marzo del dos mil doce.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012287229.—(IN2012027754).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 17 de noviembre de 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones de los Montes Sociedad Anónima, por la que se modifica la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad en cuanto al capital social. Es todo.—San José, 2 de diciembre del 2011.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012287230.—(IN2012027755).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inversiones Osypa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veinte mil seiscientos cincuenta, donde se acuerda su disolución.—Palmares, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287231.—(IN2012027756).

Ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada 3-101-533248 S. A. Se acuerda la disolución a partir del día 7 de febrero del 2012.—Palmares, 2 de abril del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012287232.—(IN2012027757).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad B & M Textiles A.V. S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintidós mil novecientos sesenta y dos, donde se acuerda su disolución.—Palmares, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287233.—(IN2012027758).

El día 19 de marzo del 2012, en asamblea general extraordinaria de socios de Vargas San Martin Sociedad Anónima, persona con cédula 3-101-123866, se acordó su disolución a partir del día 10 de abril del 2012, conforme al artículo doscientos uno del Código de Comercio. En cumplimiento con la normativa legal se cita a las personas interesadas a efecto establezcan las reclamaciones que tuviesen, para lo cual se otorga el plazo de treinta días a partir de la presente publicación. (Artículo 207 Código de Comercio). Reclamaciones que se pueden establecer ante esta notaría ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros al norte, de la esquina noreste del Club de Amigos o bien en la vía jurisdiccional.—Palmares, 29 de marzo del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012287234.—(IN2012027759).

El catorce de marzo del dos mil doce, en asamblea general extraordinaria de socios de 3-101-603526 S. A., persona con cédula 3-101-603526, se acordó su disolución a partir del 15 de abril del 2012, conforme al inciso d-) Artículo doscientos uno del Código de Comercio. En cumplimiento con la normativa legal se cita a las personas interesadas a efecto establezcan las reclamaciones que tuviesen, para lo cual se otorga el plazo de treinta días a partir de esta publicación. Reclamaciones que se pueden establecer ante esta notaría ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros al norte, de la esquina noreste del Club de Amigos o bien en la vía jurisdiccional.—Palmares, 2 de abril del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012287235.—(IN2012027760).

Hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inmobiliaria Corita Tomacu Sociedad Anónima, donde se acordó reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombró tesorero.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Livia Meza Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012287236.—(IN2012027761).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día nueve de marzo del dos mil doce, se disuelve la empresa Inversiones Pensimon Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012287239.—(IN2012027762).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día tres de abril del dos mil doce, se modifica el domicilio social de Magdala Group Sociedad Anónima.—San José, tres de abril del dos mil doce.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012287240.—(IN2012027763).

Por asamblea general extraordinaria de socios celebrada al ser las 10:00 horas del 1º de febrero del 2012, se acuerda la disolución de la empresa Servicios Psicológicos Carvi S. A., a partir del día 30 de marzo del 2012. Presidenta: Shirley Carmona Brenes.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Shirley Duarte Duarte, Notaria.—1 vez.—RP2012287244.—(IN2012027764).

Por asamblea general extraordinaria de socios celebrada al ser las 12:00 horas del 29 de marzo del 2012, se acuerda la disolución de la empresa Condominio Montecristo Estilo Faria Bloque C Cuarto S. A., a partir del día treinta de marzo del 2012. Presidenta: Zaira Brenes Rodríguez.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Francisco Chacón Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2012285245.—(IN2012027765).

Por escritura otorgada a las diecinueve horas del día veinticinco de marzo de dos mil doce, ante la notaria Sandra Víquez Blanco, se constituyó la sociedad denominada: Morales y Aguilar Multiservicios Sociedad Anónima, su objetivo será la prestación de servicios en construcción y remodelación de casas y edificios. Su presidente tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veinticinco de marzo de dos mil doce.—Lic. Sandra Víquez Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012287254.—(IN2012027766).

Por escritura otorgada a las 11:30 horas del 12 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad denominada Moviemiento Total Sociedad Anónima, con un capital social de ciento veinte mil colones suscrito y pagado.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012287255.—(IN2012027767).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 15 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Pretty Woman Sociedad Anónima, por la que se modifican las cláusulas segunda, octava y novena de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012287256.—(IN2012027768).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 14 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Outlet Marcas Íntimas Sociedad Anónima, por la que se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva Junta Directiva, Fiscal y Agente Residente.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012287257.—(IN2012027769).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Textiles R Y M A.V. S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintidós mil setecientos treinta y cinco, donde se acuerda su disolución.—Palmares, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287258.—(IN2012027770).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 26 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad TRI DM Sociedad Anónima, por la que se modifica la cláusula sétima en cuanto a la administración y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 29 de marzo del dos mil doce.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012287259.—(IN2012027771).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil setecientos treinta y seis Sociedad Anónima, persona jurídica con cédula tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil setecientos treinta y seis. Se realiza nombramientos en junta directiva y fiscal.—Palmares, 3 de abril del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012287260.—(IN2012027772).

La suscrita notaria hace constar que mediante escritura número ciento ochenta y seis del tomo cuatro de mi protocolo, se ha disuelto y liquidado S V Casas S. A.—San José, nueve de abril de dos mil doce.—Lic. Marisela Vázquez Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012287264.—(IN2012027773)

En esta notaría al ser las 7:00 horas del 2 de abril del 2012, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Servicentros Chorotega S. A., en la que reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo aumentando el capital social a la suma de doscientos setenta millones de colones. Presidente: Luis Jiménez Valverde.—Naranjo, 2 de abril del 2012.—Lic. Emilia María Pacheco Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012287265.—(IN2012027774).

Por asamblea general extraordinaria de socios celebrada al ser las 12:00 horas del 29 de marzo del 2012, se acuerda la disolución de la empresa Condominio Montecristo Estilo Faria Bloque C Cuarto S. A., a partir del día treinta de marzo del 2012. Presidenta: Zaira Brenes Rodríguez.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Francisco Chacón Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2012285245.—(IN2012027765).

Por escritura otorgada a las diecinueve horas del día veinticinco de marzo de dos mil doce, ante la notaria Sandra Víquez Blanco, se constituyó la sociedad denominada: Morales y Aguilar Multiservicios Sociedad Anónima, su objetivo será la prestación de servicios en construcción y remodelación de casas y edificios. Su presidente tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veinticinco de marzo de dos mil doce.—Lic. Sandra Víquez Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012287254.—(IN2012027766).

Por escritura otorgada a las 11:30 horas del 12 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad denominada Moviemiento Total Sociedad Anónima, con un capital social de ciento veinte mil colones suscrito y pagado.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012287255.—(IN2012027767).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 15 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Pretty Woman Sociedad Anónima, por la que se modifican las cláusulas segunda, octava y novena de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012287256.—(IN2012027768).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 14 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Outlet Marcas Íntimas Sociedad Anónima, por la que se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva Junta Directiva, Fiscal y Agente Residente.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012287257.—(IN2012027769).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Textiles R Y M A.V. S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintidós mil setecientos treinta y cinco, donde se acuerda su disolución.—Palmares, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287258.—(IN2012027770).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 26 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad TRI DM Sociedad Anónima, por la que se modifica la cláusula sétima en cuanto a la administración y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 29 de marzo del dos mil doce.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—RP2012287259.—(IN2012027771).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil setecientos treinta y seis Sociedad Anónima, persona jurídica con cédula tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil setecientos treinta y seis. Se realiza nombramientos en junta directiva y fiscal.—Palmares, 3 de abril del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012287260.—(IN2012027772).

La suscrita notaria hace constar que mediante escritura número ciento ochenta y seis del tomo cuatro de mi protocolo, se ha disuelto y liquidado S V Casas S. A.—San José, nueve de abril de dos mil doce.—Lic. Marisela Vázquez Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012287264.—(IN2012027773)

En esta notaría al ser las 7:00 horas del 2 de abril del 2012, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Servicentros Chorotega S. A., en la que reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo aumentando el capital social a la suma de doscientos setenta millones de colones. Presidente: Luis Jiménez Valverde.—Naranjo, 2 de abril del 2012.—Lic. Emilia María Pacheco Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012287265.—(IN2012027774).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del primero de abril del año dos mil doce que es asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Gallur Internacional Sociedad Anónima, se acuerda disolver esta sociedad. Es todo.—San José, a las nueve horas del primero de abril del año dos mil doce.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012287268.—(IN2012027775).

Por escritura otorgada a las nueve horas del dos de abril del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Josemar S. A., en la que se acordó disolver dicha sociedad.—San José, dos de abril de dos mil doce.—Lic. Martín Hernández Treviño, Notario.—1 vez.—RP2012287369.—(IN2012027855).

Sabanero Ecológico Sociedad Anónima, en asamblea general extraordinaria de accionista, celebrada en su sede social a las trece horas del 6 de marzo del 2012, tomó el acuerdo de cambiar su razón social, que dice: acuerdo segundo. Se procede a reformar el artículo primero del estatuto social para que en lo sucesivo se lea: primero: se denominará Central Access Sociedad Anónima, nombre  que  es de fantasía; pudiendo abreviarse Central Access S. A.—Dr. Juan Ávila Abrahams, Notario.—1 vez.—RP2012287371.—(IN2012027856).

Comparecieron a esta notaría los señores Johnny Mora Quesada,  cédula  1-706-9982,  Kenneth  Barboza  Nájera, cédula 1-1415-010, para constituir la sociedad anónima Plenitud Psicoeducativa Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 9:30 horas del día 22 de diciembre del año 2012 por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura número 320-22 del tomo 22 de su protocolo.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2012287372.—(IN2012027857).

El día 27 de marzo del año 2012, Corporación Los Vientos Verdes y Grises, cédula jurídica 3-101-268576, los socios de la sociedad procedieron a disolver y liquidar esta sociedad. Dicha disolución fue protocolizada mediante escritura 17-23, visible al folio 6 frente del tomo 23 del protocolo, con fecha 8:30 horas del día 27 de marzo del año 2012, por el notario Gerardo Quesada Monge.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2012287373.—(IN2012027858).

Ante mí, a las 13 horas treinta minutos del 28 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios  de  Asesorías  M  W  Sociedad  Anónima, cédula jurídica 3-101-140055 disolución.—Lic. Rodolfo Martín Rojas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012287374.—(IN2012027859).

Mediante escritura otorgada a las nueve horas del cuatro de abril de dos mil doce, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la empresa A J D Ingeniería en Finanzas Sociedad Anónima, mediante la cual se aumenta el capital social.—San José, 4 de abril del 2012.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2012287375.—(IN2012027860).

En esta notaría, se tramita en escritura doscientos veinte-quinto del veintinueve de marzo del dos mil doce. Se tramita la desinscripción registral y tributaria de la sociedad Asesores Campos Villalobos Sociedad Anónima.—Nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012287377.—(IN2012027861).

En esta notaría, se tramita en escritura doscientos diecinueve-quinto del veintinueve de marzo del dos mil doce. Se tramita la desinscripción tributaria de la sociedad Proquesa Sociedad Anónima.—Treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012287378.—(IN2012027862).

En escritura 229 de 30 de marzo del 2012, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de Desarrollos Maolma del General S. A., reforma pacto constitutivo sobre plazo social. Disolución y desinscripción de la sociedad.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Emilia María Marín Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012287379.—(IN2012027863).

En mi notaría, en escritura doscientos ochenta y seis folio ciento veinticinco vuelto del protocolo sétimo, constituyo la sociedad Avalon Advisors Corp Sociedad Anónima, con domicilio en Tibas, siendo su presidente: Yupanky José Vílchez Rojas, cédula de identidad: uno-uno cuatro ocho uno-cero nueve seis cuatro. Es todo.—San José, veintiuno de marzo del año dos mil doce.—Lic. Warren Alberto Flores Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012287381.—(IN2012027864).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas y treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Greta Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada, en donde se acuerda la disolución de la sociedad por acuerdo de socios.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012287382.—(IN2012027865).

Por escritura doscientos cuarenta y uno otorgada a las diez horas del cuatro de febrero de dos mil doce, ante el notario Fabián Azofeifa Arce, se constituyó la sociedad anónima Ecopiscinas de Centroamérica S. A., con un capital social de diez mil colones.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Fabian Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—RP2012287384.—(IN2012027866).

Protocolización de acta de asamblea general de accionistas de Mundo Salvaje Sociedad Anónima, cédula 3-101-345149, mediante la cual se reformó la cláusula del domicilio social, se revocaron e hicieron nuevos nombramientos de presidente, secretario, tesorero y fiscal, se adicionó cláusula del agente residente y se nombró el mismo.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Laura Eugenia Montero Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2012287385.—(IN2012027867).

Marcela Rodríguez Chaves, Notaría pública, hace constar que mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las diez horas del veintiuno de marzo del dos mil doce, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Amigos Palmareños Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012287386.—(IN2012027868).

La suscrita notaria, doy fe que en mi notaría, procedí a realizar la constitución de sociedad anónima, la cual se denominará Constructora Marval, la representación judicial y extrajudicial la ejerce el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—Guácimo, al ser las once horas cuarenta minutos del nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2012287388.—(IN2012027869).

Por escritura autorizada por la suscrita notaiía, a las diecisiete horas del 20 de marzo del 2012, protocolicé actas de asambleas generales extraordinarias de propietarios de cuotas de Sikalakos Ltda., Trivenkratus Ltda., Aichikutsi Ltda. y Trishioto Ltda., en las cuales se acordó la fusión por absorción de las tres primeras por la última. Además, Trishioto Limitada, modificó las cláusulas correspondientes a su domicilio, su capital social y a su administración.—Lic. Gineth Garita Medrano, Notaria.—1 vez.—RP2012287389.—(IN2012027870).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:30 horas del 2 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hidroelectricidad Rocha Sociedad Anónima, en la que se acuerda la disolución de la compañía.—Ciudad Quesada, 2 de abril del 2012.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012027872).

Ante esta notaría, se fusionan por absorción en una sola Sociedad Anónima las siguientes sociedades: 1. Real Joyeros Diez Diamante S. A.; cédula jurídica número 3-101-428278; 2. Real Joyeros Dieciseis Cobre S. A.; cédula jurídica número 3-101-428569; 3. Real Joyeros Diecisiete Circón S. A.; cédula jurídica número 3-101-428287; 4. Real Joyeros Dieciocho Granate S. A.; cédula jurídica número 3-101-430222; 5. Real Joyeros Diecinueve Cuarzo S. A.; cédula jurídica número 3-101-430771; 6. Real  Joyeros  Veinte  Granito  S. A., cédula jurídica número 3-101-430410; 7. Real Joyeros Veintiuno Magnesio S. A., cédula jurídica número 3-101-430454; 8. Real Joyeros Veintidós Marmol S. A., cédula jurídica número 3-101-430764; 9. Real Joyeros Veintitrés Titanio S. A., cédula jurídica número 3-101-430579; 10. Real Joyeros Veinticuatro Ópalo S. A., cédula jurídica número 3-101-428292; 11. Real Joyeros Veinticinco Níquel S. A., cédula jurídica número 3-101-431056; 12. Real Joyeros Veintiséis Bornita S. A., cédula jurídica número 3-101-430959; 13. Real Joyeros Veintiocho Fluorita S. A., cédula jurídica número 3-101-430221; 14. Real Joyeros Veintinueve Jaspe S. A., cédula jurídica número 3-101-431730; 15. Real Joyeros  Treinta  y  Uno  Ágata  S. A.,  cédula  jurídica número 3-101-429733; 16. Real Joyeros Treinta y Dos Aventurina S. A., cédula jurídica número 3-101-430577; 17. Real Joyeros Treinta y Tres Rutilo S. A., cédula jurídica número 3-101-430444; 18. Real Joyeros  Treinta  y  Seis  Sodalita S. A.,  cédula  jurídica  número 3-101-431025; 19.  Real  Joyeros  Treinta  y  Siete  Alejandría S. A., cédula jurídica número 3-101-430408; 20. Real Joyeros Treinta y Ocho Ámbar S. A., cédula jurídica número 3-101-429087; 21: Real Joyeros Veintisiete Citrina S. A., cédula jurídica número 3-101-428564; 22: Real Joyeros Siete Rubí S. A., cédula jurídica número 3-101-431068, absorbiendo la sociedad Real Joyeros Ocho Esmeralda S. A., cédula jurídica 3-101-431230 a las restantes veintidós sociedades.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Hazell Ahrens Arce, Notaria.—1 vez.—(IN2012027881).

Operadora de Frecuencia y Canal de Televisión Irazu S.R.L., modifican pacto constitutivo. Escritura número doscientos cincuenta y cinco-dos otorgada en San José, a las diez horas del 2 de abril del 2012. Ante la notaria, Nuria Gabriela Alpízar Chaves. Es todo.—San José, 4 de abril del 2012.—Lic. Nuria Gabriela Alpízar Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2012027887).

Canal Cincuenta de Televisión S.R.L., modifican pacto constitutivo. Escritura número doscientos cincuenta y seis-dos otorgada en San José, a las trece horas del 2 de abril del 2012. Ante la notaria, Nuria Gabriela Alpízar Chaves. Es todo.—San José, 4 de abril del 2012.—Lic. Nuria Gabriela Alpízar Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2012027888).

Radiodifusión Centroamericana FCN del Dial S.R.L., modifican pacto constitutivo. Escritura número doscientos cincuenta y siete-dos otorgada a las dieciséis horas del dos de abril del dos mil doce. Es todo.—San José, 4 de abril del 2012.—Lic. Nuria Gabriela Alpízar Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2012027889).

Al ser las once horas veinte minutos del nueve de marzo dos mil doce, en esta notaría, mediante escritura pública número doscientos quince he protocolizado acta número cinco de Tecla Número S. A., donde se acuerda disolver la sociedad.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Benito Abad López Dinartes, Notario.—1 vez.—(IN2012027894).

Al ser las diez cuarenta minutos del nueve de marzo dos mil doce, en esta notaría, mediante escritura pública número doscientos catorce he protocolizado acta número siete de SF Servicios de Inmobiliaria y Afines Sociedad Anónima, donde se acuerda disolver la sociedad.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Benito Abad López Dinartes, Notario.—1 vez.—(IN2012027897).

Ante esta notaría, comparecen Yeiner Glenda Vargas Vargas y Oky María Hidalgo Hernández, quienes constituyen la sociedad de responsabilidad limitada denominada Green Dental Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo capital ha sido totalmente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 29 de marzo del 2012.—Lic. Jeffrey David Esquivel Barquero, Notario.—1 vez.—(IN2012027899).

La sociedad denominada Tacame G Y G Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro tres siete dos seis cero, acuerda disolver la sociedad, no habiendo activos ni pasivos se prescinde nombrar liquidador y se liquida por consiguiente la referida sociedad.—Alajuela, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Óscar Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012027906).

Por escritura otorgada a las 18:00 horas del primero de abril del 2012, ante esta notaría, se constituyó New Production S. A., representada por su presidenta Karen Yesenia Solano Ramírez y por su Vicepresidente, Jorge Manuel Morera Vega.—Santa Bárbara de Heredia, 2 de abril del 2012.—Lic. Ana Cecilia Solís Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2012027909).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veinticinco de marzo del dos mil doce, a las ocho horas, se realizo asamblea general extraordinaria de la sociedad Desarrollo y Mercadeo Atenas Real Estate Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012027915).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veintinueve de marzo del dos mil doce, a las ocho horas en Atenas, se realizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Villa André de Atenas Cero Tres Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo la cual modifica la denominación social de la sociedad por la siguiente Parasol Window Films Sociedad Anónima.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027916).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día treinta de marzo del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Indigo Ventures LLC Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027917).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día treinta de marzo del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Hacienda Lillac Sociedad Anónima, en la cual se disuelve la sociedad anónima.—Atenas, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027918).

Por escritura pública número 183, tomo 4, otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad denominada: El Aroma de las Heliconias Sociedad Anónima, escritura otorgada en Grecia, a las 8 horas 40 minutos del día 16 de marzo del 2012. Presidente: Rhonda Leone Berg.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012027926).

Mediante escritura número 123-04, del tomo IV del protocolo del suscrito notario público, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Viñales S. A., según la cual se acuerda unánimemente su disolución. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 10 de abril del 2012.—Lic. Mauricio López Elizondo, Notario.—1 vez.—(IN2012027937).

Mediante escritura número 122-04, del tomo IV del protocolo del suscrito notario público, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bramales S. A., según la cual se acuerda unánimemente su disolución. Escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 10 de abril del 2012.—Lic. Mauricio López Elizondo, Notario.—1 vez.—(IN2012027938).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se liquido y disolvió, la compañía denominada American Import Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-350588.—Alajuela, 10 de abril del 2012.—Lic. Alonso Soto Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012027940).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se liquido y disolvió, la compañía denominada Finca Futuro Verde de Rincón de Salas Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-468045.—Alajuela, 10 de abril del 2012.—Lic. Alonso Soto Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012027941).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se liquido y disolvió, la compañía denominada Fresh Food Group Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-419846.—Alajuela, 10 de abril del 2012.—Lic. Alonso Soto Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012027943).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se liquido y disolvió, la compañía denominada Paquetes y Casilleros Áreos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-475097.—Alajuela, 10 de abril del 2012.—Lic. Alonso Soto Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012027951).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 13:00 horas del 8 de marzo del 2012, se protocolizó acta de la sociedad denominada 3-101-496663, en la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Sarchí, 9 de abril del 2012.—Lic. Francisco Rodríguez Rudríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012027952).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintinueve de marzo de dos mil doce, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad anónima Jsoluciones, referente al capital social. Asimismo, se nombró nuevo secretario y fiscal.—San José, 10 de abril de 2012.—Lic. Ruth Alexandra Ramírez Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012027954).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del veintisiete de marzo de dos mil doce, se modificó la cláusula cuarta del pacto constitutivo, de la sociedad anónima Diseños Computacionales DCH, referente al el plazo social.—San José, 10 de abril de 2012.—Lic. Ruth Alexandra Ramírez Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012027955).

Ante mi notaría, a las 11:00 horas del 9 de abril del 2012, se protocolizó  el  acta  número  1 de la sociedad Inversiones Xhera S R & C M S. A., sustituyendo Junta Directiva y modificando las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2012027957).

En esta notaría, a las nueve horas del dos de abril del 2012, se ha protocolizado en lo conducente el acta de asamblea número ocho de la sociedad Zee Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cero siete mil cincuenta, en la que por votación unánime se ha disuelto la sociedad a partir del dos de abril del dos mil doce, y no habiendo activos ni pasivos pendientes, se prescindió del trámite de liquidador.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012027958).

En esta notaría, a las nueve horas y veinte minutos del diez de abril del 2012, se ha protocolizado en lo conducente el acta de asamblea número cuatro de la sociedad Leguijo del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintiocho mil veintiocho, en la que por votación unánime se ha disuelto la sociedad a partir del nueve de abril del dos mil doce, y no habiendo activos ni pasivos pendientes, se prescindió del trámite de liquidador.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012027961).

Se comunica a los interesados que por acta de asamblea de socios número dos del nueve de abril del dos mil doce, la sociedad Proyecto Zúñiga y Villegas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y tres mil seiscientos sesenta y siete y con votación unánime, se ha disuelto la sociedad a partir del nueve de abril del dos mil doce, y no habiendo activos ni pasivos pendientes, se prescindió del trámite de liquidador. Presidenta: Rose Mary Zúñiga Ramírez.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012027964).

En esta notaría, a las nueve horas del diez de abril del 2012, se ha protocolizado en lo conducente el acta de asamblea número ocho de la sociedad Educativa Juleg Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintiocho mil cincuenta y nueve, en la que por votación unánime se ha disuelto la sociedad a partir del nueve de abril del dos mil doce, y no habiendo activos ni pasivos pendientes, se prescindió del trámite de liquidador.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012027966).

Por medio de la escritura número doscientos treinta y seis, otorgada a las catorce horas del día diecisiete de febrero del dos mil doce, ante esta notaría, se constituyó la sociedad limitada denominada Andreasgro Limitada. Plazo noventa y nueve años. Domicilio: Playas del Coco, Guanacaste. Gerente el señor Reka Katalin Laszlo.—Lic. Jóse Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027969).

Por medio de la escritura número doscientos ochenta y cuatro, otorgada a las dieciséis horas del día dieciséis de marzo del año dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Pampa de Paskey Limitada, por medio de la cual se modifica la cláusula sexta de la administración, se revoca el nombramiento del gerente general y se nombran nuevos gerente y subgerentes.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027970).

Por medio de la escritura número doscientos noventa y dos, otorgada a las diez horas del día veintiséis de marzo del año dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Unit Fifteen Conde Tropical Waves Limitada, por medio de la cual se modifica la cláusula sexta de la administración, se revoca el nombramiento del gerente general y se nombran nuevos gerente y subgerentes.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027971).

Por medio de la escritura número trescientos cuatro, otorgada a las dieciséis horas del día dos de abril del año dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Agenzia Investimenti Esteri S. A., por medio de la cual se acuerda liquidar y disolver esta sociedad revocando el poder de sus apoderados.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027974).

Por medio de la escritura número trescientos tres, otorgada a las quince horas del día dos de abril del año dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos noventa y dos mil novecientos cuarenta y siete s. a., por medio de la cual se acuerda liquidar y disolver esta sociedad revocando el poder de sus apoderados.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027975).

Por medio de la escritura número trescientos seis, otorgada a las nueve horas del día tres de abril del año dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sole Fortuna A & N S. A., por medio de la cual se acuerda liquidar y disolver esta sociedad revocando el poder de sus apoderados.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027976).

Por medio de la escritura número trescientos cinco, otorgada a las ocho horas del día tres de abril del año dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos noventa y seis mil cincuenta s. a., por medio de la cual se acuerda liquidar y disolver esta sociedad revocando el poder de sus apoderados.—Lic. Jóse Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027977).

Por medio de la escritura número doscientos noventa y ocho, otorgada a las ocho horas del día veintinueve de marzo del año dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó actas de asambleas generales extraordinaria de accionistas de las sociedades denominadas Utah Partners S. A., y Green Corner S. A., por medio de la cual se fusionan estas compañías prevaleciendo la sociedad Utah Partners Sociedad Anónima.—Lic. Jóse Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027978).

Por medio de la escritura número doscientos noventa y siete, otorgada a las once horas del día veintisiete de marzo del año dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó actas de asambleas generales extraordinaria de accionistas de las sociedades denominadas Mogar de Rohmorsser S. A., Inversiones Varadero  Centroamericana  S.  A.,  JTS  Bejuco del Pacífico S. A., DNA Vistas del Oeste S. A., Inversiones El Palacio de Bronce S. A., Propiedades Dangara INC S. A., Vistas M & G de Playa Coyote S. A., por medio de la cual se fusionan estas compañías prevaleciendo la sociedad Magar de Rohrmoser Sociedad Anónima.—Lic. Jóse Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027979).

Por medio de la escritura número doscientos noventa y nueve, otorgada a las nueve horas del día veintinueve de marzo del año dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó actas de asambleas generales extraordinaria de accionistas de las sociedades denominadas Teca Tree S. A., Villa Marsella S. A., Purple Butterfly S. A., Asesoría y Desarrollo A Y S S. A., por medio de la cual se fusionan estas compañías prevaleciendo la sociedad Asesoría y Desarrollo A Y S Sociedad Anónima.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012027980).

Viento Fresco de Guanacaste S. A. disuelve sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las diecisiete horas con treinta minutos del día nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012027983).

Compañía de Méndez y Espinoza S. A. disuelve sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las diecinueve horas del día nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012027984).

Farniente S. A. disuelve sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las catorce horas del día veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012027985).

S.GS Consultores Inmobiliarios S. A. disuelve sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las nueve horas del día veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012027986).

Azo Empresa Individual de Responsabilidad Limitada disuelve sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las diez horas del día diez de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012027987).

Grupo Acosta Pereira S. A., disuelve sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las dieciséis horas del día nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012027988).

Corporación Vargas y Pereira S. A., disuelve sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las diecisiete horas del día nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012027989).

En San José, a las diez horas del veintiuno de marzo del año dos mil doce, se protocolizaron ante esta notaría acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Corpora VV Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos dos mil veintitrés, anteriormente denominada La Vainilla Ti-Cero Cero Cuatro Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la presente sociedad. Se emplaza por treinta días a todos los interesados a partir de la publicación del presente aviso fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012027991).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día cuatro de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Centro de Roles Sociedad Anónima, donde no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012027994).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día tres de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Costa Rica Paint & Body Sociedad Anónima, donde no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012027995).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día tres de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tajo La Taujia Sociedad Anónima, por encontrarse con el plazo vencido y no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012027996).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día tres de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Corporación Metalbus Sociedad Anónima, por encontrarse con el plazo vencido y no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012027997).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día tres de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad H H Racing Power System Sociedad Anónima, donde no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012027999).

Por escritura número treinta y siete-ocho, otorgada en Heredia, a las ocho horas del día diez de abril del dos mil doce, ante esta notaría la compañía Juliosan de Orotina S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos siete mil ciento veintiuno, mediante acta de asamblea general extraordinaria número uno, acordó la disolución total de esta sociedad.—Heredia, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Mauricio Bolaños Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012028001).

Por escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas del veintiséis de marzo de dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Distribuidora Lato S. A., en donde se modifican las cláusulas cuarta y novena de los estatutos y se nombra nueva Junta Directiva.—Alajuela, 10 de abril del 2012.—Lic. Liliana Villalobos Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012028007).

A las doce horas del día quince de marzo de dos mil doce, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Agropecuaria La Danta S. A., celebrada en Guanacaste, Liberia, Avenida Veinticinco de Julio, del INS setenta y cinco metros al este, Edificio Montiel, a las once horas del día quince de marzo de dos mil doce, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, quince de marzo de dos mil doce.—Lic. G. Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1 vez.—(IN2012028009).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 11:00 horas del 9 de abril del 2012, se disuelve y liquida la sociedad Mussio Sociedad Anónima.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2012028011).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 9:00 horas del 9 de abril del 2012, se protocoliza la asamblea extraordinaria de Costa Montaña Estates Pinzan Ciento Veintinueve Sociedad Anónima, y se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2012028012).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 9:30 horas del 9 de abril del 2012, se protocoliza la asamblea extraordinaria de CMM Tecnologías Constructivas y Desarrollos Arquitectónicos S. A., y se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2012028014).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ministerio de Seguridad Pública.—Asesoría Jurídica.—Proceso de Desalojos Administrativos.—Se notifica mediante edicto, al no ser posible por medio común, según el artículo 241 inciso 4 de la Ley General de la Administración Pública, a José María Jiménez Venegas, la resolución 3346-11 D.M. “Ministerio de Seguridad Pública. Despacho del Ministro. San José, a las ocho horas del dieciocho de noviembre de dos mil once. Gestión de desahucio administrativo promovida por Miguel Ángel Valverde Fernández, en su condición de albacea en el sucesorio de quien en vida se llamó María Etelgive Fernández Retana contra José María Jiménez Venegas, cédula 1-390-1454.

Resultando:

1º—Que Miguel Ángel Valverde Fernández, en su condición señalada, gestiona desahucio administrativo contra José María Jiménez Venegas, del bien inscrito en el Registro Nacional bajo la matrícula 159094-000 del Partido de San José, ubicado en Paso Ancho, Barrio El Carmen, 75 metros al este de la cantina El Orotinense, casa portón verde. (V.f. 1 al 10).

2º—Que según certificación expedida por el Registro Nacional, el accionante acredita el derecho de propiedad de la causante sobre la finca de cita. (V.f. 7).

3º—Que en el escrito de interposición de la demanda, el actor indica que el accionado ocupa el inmueble litigioso por mera tolerancia. No obstante, pese a que la tolerancia terminó, sigue ocupándolo y se niega a abandonarlo, motivo por el cual acude a esta vía para hacer efectiva su pretensión. (V.f. 1 al 4).

4º—Que se han realizado las diligencias útiles, necesarias y se tomaron en cuenta las normas y los términos de ley para el dictado de la presente resolución.

Considerando:

I.—Que rola en autos la prueba documental idónea que acredita el derecho de propiedad de la causante sobre el bien en disputa y el nombramiento como albacea conferido al actor, circunstancias que legitiman sus pretensiones. (V.f. 15 al 19).

II.—Que el artículo 7 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos establece:

“Se excluyen del ámbito de aplicación de esta ley: f) El comodato o la simple ocupación en precario o por pura tolerancia de un bien inmueble edificado. El comodatario u ocupante no modifica su calidad por el hecho de abonar los consumos de acueducto, alcantarillado, electricidad y otros que deriven del uso del bien, aunque haya registrado a su nombre esos servicios.”

III.—Que el artículo 455 del Código Procesal Civil, ordena lo siguiente:

“El desahucio administrativo procederá en los casos que establece el artículo 7 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos. En tales casos no habrá necesidad de promover desahucio judicial y quienes ocupen el bien deberán desalojarlo tan pronto como se lo solicite el dueño, el arrendador o la persona con derecho a poseerlo o su representante. De existir oposición, la autoridad de policía correspondiente, a solicitud del interesado con derecho a pedir la desocupación, procederá al desalojamiento, sin trámite alguno.”

IV.—Que la Sala Constitucional ha señalado en forma reiterada, en hipótesis como la que se estudia, que:

“La norma transcrita supra (artículo 455 CPC) no establece que se deba otorgar audiencia previa al dictado de la resolución que ordena el desahucio, no obstante el acto es recurrible ante el Ministro, con lo cual se garantiza el derecho a ser oído que contempla el artículo 39 de la Constitución Política”. Voto 3821-92, de 11:15 horas del 25 de noviembre de 1992.

V.—Que con fundamento en la prueba aportada por el accionante, la legislación, el criterio jurisprudencial y los hechos expuestos, resulta procedente acoger la presente gestión, autorizando a la policía que corresponda a desalojar al demandado del bien en litis. Por tanto:

EL DESPACHO DEL MINISTRO, RESUELVE:

Acoger la gestión de desahucio administrativo promovida por Miguel Ángel Valverde Fernández, en su condición señalada contra José María Jiménez Venegas. En consecuencia, con apego a lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley General de Policía, se autoriza a la policía del lugar para que proceda a cumplir con lo ordenado. De previo a ejecutar el desalojo, se deberá otorgar al demandado, un plazo de cinco días hábiles a fin de que voluntariamente desocupe la finca de que se trata. Caso contrario, transcurrido dicho plazo, se procederá al desalojo correspondiente. La presente resolución cuenta con recurso de reposición el cual podrá interponerse en la Asesoría Jurídica de esta Cartera, dentro de tercer día hábil, de conformidad con los artículos 344 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, indicando dirección exacta o fax para atender futuras notificaciones. Comuníquese. Expediente: 2115-11.—Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de Seguridad Pública.—Proceso de Desalojos Administrativos.—Lic. Ovidio Paniagua Ortiz, Jefe a. í.—(IN2012023173).

EDUCACIÓN PÚBLICA

Apertura de Procedimiento Administrativo Ordinario Disciplinario contra: Pastrana Cantillo Eleonor.—Resolución Nº 1469-12.—Órgano Director del Procedimiento, a las diez horas con treinta minutos del veintiséis de marzo de dos mil doce.

Resultando :

I.—Que mediante el oficio DRHAD-111-2012 de fecha veintidós de marzo del año dos mil doce, suscrito por el Msc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, se ordena la apertura de procedimiento administrativo ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de Pastrana Cantillo Eleonor, por la presunta comisión de faltas graves o de alguna gravedad en detrimento de los deberes y obligaciones del cargo. (Ver folio 124 del expediente de marras).

II.—Que mediante resolución número 1424-12 de las diez horas del veintidós de marzo del dos mil doce, suscrita por el MSc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos, designa a quien suscribe, como órgano Director Unipersonal del Procedimiento administrativo tramitado contra Pastrana Cantillo Eleonor. (Ver folio 125 y 126 del expediente de marras).

III.—Que lo anterior encuentra sustento en lo establecido en los artículos 211 y siguientes (de la responsabilidad Disciplinaria del Servidor), artículos 214 y siguientes (Del Procedimiento Administrativo), 272 y siguientes (Del acceso al Expediente y sus Piezas) y 308 y siguientes (Del Procedimiento Ordinario), todos de la Ley General de la Administración Pública; 41, 42 y 43 del Estatuto del Servicio Civil, artículos 18 inciso j) y 50 inciso K) de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, así como en artículos 54 y siguientes del Reglamento Interior de Trabajo del Ministerio de Educación Pública.

IV.—Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, se considera procedente dar inicio al Procedimiento Administrativo Ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de la persona investigada, a saber Pastrana Cantillo Eleonor, cédula de identidad N° 06-0124-0769 respecto a los hechos que a continuación se detalla:

a)  Que en su condición de Cocinero, en el Centro Educativo Judas, de la Dirección Regional de Educación de Puntarenas, no se presentó a laborar los día 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28 y 29 de febrero; 01, 02, 05, 06, 07, 08, 09, 12, 13, 14, 15 de marzo, todos del año 2012; lo anterior sin dar aviso oportuno sobre su ausentismo, y sin presentar la debida justificación del caso a su superior inmediato. (Ver folios del 01 al 122 de la causa de marras).

V.—Que los hechos anteriormente citados -de corroborarse su comisión- constituirían una violación a las obligaciones y prohibiciones del cargo contempladas en el Estatuto de Servicio Civil artículo 39 inciso a), Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, artículo 35; Reglamento Interior de Trabajo del Ministerio de Educación Pública, artículo 42 incisos a), b), y q) 63, 72 y 78, y podrían acarrear una sanción que podría ir desde una suspensión sin goce de salario hasta el despido sin responsabilidad patronal de conformidad con el artículo 81 del Código de Trabajo.

VI.—La prueba que constituye la base del procedimiento disciplinario, es el expediente administrativo número 196-12 a nombre de Pastrana Cantillo Eleonor en el cual consta la denuncia, el registro de asistencia debidamente certificado, así como la apertura y la designación del procedimiento (ver folios 124 al 126 de la causa de marras).

VII.—Se apercibe al accionado que debe señalar medio electrónico o número de fax -artículo 26 de la Ley de Notificaciones N° 7637- para atender notificaciones, dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la notificación del presente acto, bajo apercibimiento que en caso contario quedará notificada de forma automática dentro del las 24 horas siguientes de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales.

VIII.—Que para los efectos de este procedimiento, se pone a disposición de la persona accionada, el respectivo Expediente Administrativo, el cual podrá consultar, reproducir o analizar cuantas veces considere necesario. Así mismo se le hace sabe que le asiste el derecho de presentar los argumentos de defensa y descargo que considere oportunos, de ofrecer la prueba que considere pertinente, desde este momento y hasta el mismo día de la audiencia, así como hacerse asesorar por un profesional en Derecho que le provea la defensa técnica, si así lo considera pertinente. En caso de aportar prueba testimonial, se le solicita que indique expresamente el nombre, calidades, la dirección respectiva de los testigos junto con la descripción lacónica de los hechos sobre los que versará su deposición, para efectos de confeccionar las citaciones respectivas.

IX.—Se cita a Pastrana Cantillo Eleonor, a comparecencia oral y privada de ley conforme a los artículos 309 y 312 de la Ley General de la Administración Pública, se fija para tales efectos el día jueves 26 de abril del dos mil doce, al ser las 9:00 a. m. (lo anterior en apego y resguardo del artículo 128 del Código de Trabajo), en el Departamento de Asuntos Disciplinarios, ubicado en el cuarto piso del edificio Rofas, frente a emergencias del Hospital San Juan de Dios. Ese día, como se indicó, podrá:

Ofrecer (presentar) su prueba, si es que no lo hubiera hecho con antelación o quisiera adicionarla.

1)  Obtener su admisión y trámite cuando sea pertinente y relevante.

2)  Interrogar a la contraparte, si la hubiera, preguntar y repreguntar a los testigos y peritos cuando los hubiera.

3)  Aclarar, ampliar o reformar su petición o escrito de defensa inicial.

4)  Formular conclusiones de hecho y de derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Lo anterior deberá hacerse verbalmente y bajo la sanción de caducidad del derecho para hacerlo si se omite en la comparecencia.

XI.—La sede del Órgano Director donde las partes podrán consultar el expediente y presentar su defensa, recusaciones e impugnaciones, será la normal del Departamento de Asuntos Disciplinarios, sito en el Edificio Rofas, frente a la entrada de Emergencias del Hospital San Juan de Dios, 4° piso, San José.

XII.—Conforme lo estipulan los artículos 245 de la Ley General de la Administración Pública y 18 j) de la Ley Orgánica del Ministerio de  Educación Pública, se hace saber que contra esta Resolución proceden los recursos ordinarios de Revocatoria y de Apelación, los cuales deben formularse ante esta instancia dentro del término de veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva notificación. El primero será resuelto por este órgano y el segundo por el Despacho del Señor Ministro de Educación. Notifíquese.—Lic. Rosa María Rojas Gamboa, Órgano Director.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 43713.—C-44650.—(IN2012030756).

Expediente número 112-12.—La Dirección de Recursos Humanos, a: Guevara Guevara Mauricio, cédula Nº 07-0121-0681, hace saber:

1º—Que en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de falta grave o de alguna gravedad.

2º—De la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:

a)  Que en su condición de profesor de Enseñanza Técnica Profesional -Artes Plásticas- en el Colegio Técnico Profesional Padre Roberto Evans Saunders de Siquirres de la Dirección Regional de Educación de Limón, no se presentó a laborar los días: 01, 02, 03, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23 y 24 de febrero del 2012. Lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente previsto, justificación posterior alguna (Ver folios del 01 y 02 del expediente de marras).

3º—Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; artículo 42 incisos a) y q), y 63 del Reglamento Interior de Trabajo del Ministerio de Educación Pública.

4º—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos bajo apercibimiento de poder ser declarada inadmisible la referida prueba.

Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.

5º—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Asuntos Disciplinarios, de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, ubicado en el Edificio Rofas, cuarto piso, frente a emergencias del Hospital San Juan de Dios. Debiendo señalar casa u oficina, para atender notificaciones, bajo apercibimiento que en caso contario quedará notificada de forma automática dentro del las 24 horas siguientes de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales, La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental y, la no indicación de lugar para recibir notificaciones surtirá los efectos previstos en el artículo 12 de la citada ley,

6º—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios previstos en el artículo 345 de la Ley General de la Administración Pública.

San José, 07 de marzo del 2012.—MSc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 43712.—C-33840.—(IN2012030760).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RM-3415-2011 de las nueve horas del día 9 de diciembre del 2011. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución DNP-JPIG-REG-2974-2011 de las 9:00 horas del 24 de noviembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga una pensión de guerra incoada por Chaves Araya Sigifredo, cédula de identidad N° 3-120-140, a partir del día 4 de abril del 2001; por la suma de treinta y ocho mil ciento cuatro colones con cero céntimos (¢38.104,00), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2012289089.—(IN2012030819).

De conformidad con resolución RMT-166-2012 de las 9:00 horas del día 9 de enero del 2012. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-3234-2011, de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 24 de noviembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Gómez Arroyo Clara conocida como: Eneida, cédula de identidad N° 5-061-143, a partir del día 1º de junio del 2011; por la suma de sesenta y seis mil cuatrocientos once colones con cero céntimos (¢66.411,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2012289126.—(IN2012030820).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO INMOBILIARIO

Se hace saber a German Sibaja Chacón, cédula 2-500-763, demandado en Proceso Penal, citas 567, 1728, sobre la finca 2-412129-000, por ser este desconocido en el domicilio establecido; asimismo a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales: I) Que el Registro Inmobiliario ordenó la apertura de diligencias administrativas por resolución de las 9 horas del 8-2-12, debido a una inexactitud en la inscripción de la finca 2-412129-000, por lo cual se le confiere audiencia hasta por el término de quince días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro de éste término deben señalar número de fax, medio electrónico, o casa u oficina, donde oír futuras notificaciones de éste Despacho, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo Nº 35509-J, en concordancia con los artículos 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales Ley Nº 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 27 del Reglamento de cita y al artículo 11 de la Ley Nº 8687. (Expediente 2012-206-RIM).—Curridabat, 21 de marzo del 2012.—Máster Emilia Magaly Rojas Maradiaga, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº 12-0002.—Solicitud Nº 32058.—C-26340.—(IN2012030724).

Se hace saber a Inversiones PHI de San Antonio Sociedad Anónima, cédula 3-101-257450, mediante su representante legal Bienvenodo Tan III, pasaporte ZZ011328, en calidad de propietario de la finca 4-173561-000, por ser la dirección insuficiente; asimismo a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales: I) Que el Registro Inmobiliario ordenó la apertura de diligencias administrativas por resolución de las 8:00 horas 27/1/12, debido a una doble inmatriculación de las fincas 4-173561 y 4-76740. II) Que mediante resolución de las 9:00 horas del 6/2/12, se le confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a su derecho convenga. Se previene que dentro de éste término debe señalar número de fax, medio electrónico, o casa u oficina, donde oír futuras notificaciones de éste Despacho, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo N° 35509-J, en concordancia con los artículos 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales Ley N° 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 27 del Reglamento de cita y al artículo 11 de la Ley N° 8687. (Expediente 2011-1605-RIM).—Curridabat, 20 de marzo del 2012.—Máster Emilia Magaly Rojas Maradiaga, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº 12-0002.—Solicitud Nº 32057.—C-30100.—(IN2012030725).

Se hace saber a: I) Josefa Gómez Gómez, cédula 6-038-177 propietaria de la finca de Limón 53871 descrita con el plano 7-124014-1993 que es el mismo terreno que describe el plano L-1411909-2010. II) Ing. Alfredo Reyes Picado, cédula 7-036-467, topógrafo encargado del levantamiento del plano investigado, cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales, que la Dirección de este Registro ha iniciado Diligencias Administrativas que afectan esa finca y planos. Por lo anterior se les confiere audiencia, hasta por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación, a efecto de que presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se les previene que dentro de ese término deben señalar fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho. Asimismo, se les aclara que los detalles de esta gestión pueden consultarse en el Expediente 2011-1188-RIM que se tramita en la Dirección del Registro Inmobiliario.—Curridabat, 22 de marzo del 2012.—Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—Licda. Kattia Meza Brenes.—1 vez.—O. C. Nº 12-0002.—Solicitud Nº 44665.—C-20700.—(IN2012030726).

Se hace saber a Occidental Taurus Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-125941, en su calidad de interesado en el practicado Tomo 2010-Asiento 351653, dentro del proceso monitorio, bajo el expediente 10-001001-0691-CI, en el Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón sobre la finca 2-243329-000, por ser desconocida; asimismo a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales: I) Que el Registro Inmobiliario ordenó la apertura de diligencias administrativas por resolución de las 9:00 horas del 28-9-11, debido a una supuesta inconsistencia con la inscripción del plano A-631366-1986. II) Que mediante resolución de las 9 horas del 9-1-12, se le confiere audiencia hasta por el término de quince días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro de éste término debe señalar número de fax, medio electrónico, o casa u oficina, donde oír futuras notificaciones de éste Despacho, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo N° 35509-J, en concordancia con los artículos 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales Ley Nº 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 27 del Reglamento de cita y al artículo 11 de la Ley Nº 8687. (Expediente 2011-1289-RIM).—Curridabat, 16 de marzo del 2012.—Máster Emilia Magaly Rojas Maradiaga, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº 12-0002.—Solicitud Nº 32055.—C-30100.—(IN2012030727).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL LA UNIÓN

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El suscrito Licenciado Gilberth Hernández Hernández Administrador de la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social en La Unión, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda al 19 de abril de 2012. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

 

Nombre del patrono

Número patronal

Total deuda ¢

 AGENCIA PROFESIONAL DE SEGURIDAD A P S S. A.

2-03101201412-003-001

2.526.752,00

 AGROINDUSTRIAS BARDE SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101459213-001-001

322.248,00

 AGUILAR ZÚÑIGA RITA LUCÍA

0-00107860317-999-001

1.216.428,00

 ALONSO BACELAR ORIALYS CARIDAD

7-00028235659-999-001

784.057,00

 AMADOR MONTENEGRO JAVIER ALBERTO

7-00017000406-001-001

80.977,00

 ARAYA VARGAS VELKY GISSELA

0-00303440318-001-001

558.496,00

 ARIAS MORA ALVARO ENRIQUE

0-00105730546-999-001

907.652,00

 ARQUITECTURA DE MUROS ARQUIMURO S. A.

2-03101359798-001-001

2.126.999,00

 ASERRADERO LOS NÚÑEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101532452-001-001

895.804,00

 ASOCIACIÓN SHEPHERD S GATE

2-03012466655-001-001

124.665,00

 ATICO CREATIVO S & V SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101589929-001-001

953.493,00

 AUTOMOTRIZ V Q SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101566023-001-001

731.706,00

 BALTODANO DÍAZ JOSE EITEL

0-00502380138-999-001

535.048,00

 BAROCA CONSTRUCTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101582002-001-001

179.198,00

 BIKE INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101441043-001-001

201.636,00

 BRENES MEZA WILLIAM

0-00104760774-001-001

236.873,00

 CALDERÓN CALVO ANDREA

0-00303590838-001-001

473.774,00

 CAMACHO MATA CARLOS

0-00109140394-999-001

1.163.533,00

 CAMPOS JIMÉNEZ HECTOR EDUARDO

0-00302890575-001-001

2.706.711,00

 CARVAJAL CERVANTES ERIK

0-00106500381-001-001

168.961,00

 CARVAJAL SEGURA JOSÉ JOAQUÍN

0-001061700611

1.285.771,62

 CASTRO FONSECA MARÍA ISABEL

0-00104610179-001-001

1.201.357,00

 CHAVES CHAVARRÍA EDGAR GERARDO

0-00104950438-999-001

1.844.360,00

 CHOTTO MONESTEL ARLING

0-00109010696-001-001

69.654,00

 CHOTTO MONESTEL ARLING

0-00109010696-999-001

161.498,00

 COMSEVI SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101295979-001-001

182.279,00

 CONSTRUCCIONES NISI DOS MIL OCHO S. A.

2-03101527014-001-001

318.106,00

 CONSTRUCTORA JC LINDSAY SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101604141-001-001

75.347.908,00

 CORPORACIÓN LAS CARONDAS S. A.

2-03101281524-001-001

73.086,00

 CORPORACIÓN MENAVAL DEL SUR S. A.

2-03101299720-001-001

4.293.995,00

 COTO CÉSPEDES SANTIAGO

0-00301900731-999-001

1.754.838,00

 DAHLAGER NOINDICAOTRO JON MARK

7-01700100691-001-001

31.627,00

 DAI JUN LIANG

9-00216479003-001-000

2.927.344,00

 DESAROLLOS ICOM SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101444304-001-001

1.105.720,00

 DRAGÓN SYSTEMS SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101345949-001-001

302.023,00

 ESPINOZA POLANCO SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101452184-001-001

69.231,00

 F & S CONSTRUCTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101584730-001-001

450.057,00

 FLORES GARCÍA FLOR DE MARÍA 

0-00102600499-001-001

64.983,00

 FONSECA TROYO MARÍA DEL MILAGRO

0-00302290112-001-001

8.480,00

 FRANQUICIA REGIONAL DE VIDEOCAJEROS S. A.

2-03101499464-001-001

33.621,00

 GARCÍA SANABRIA JOSÉ PABLO

0-00114130813-999-001

493.836,00

 GÓMEZ TREJOS CHRISTIAN

0-00109910565-001-001

88.874,00

 GONZÁLEZ ARGUEDAS ENRIQUE

0-00105400359-999-001

1.158.705,00

 GUILLÉN VILLALOBOS GREIVIN EDUARDO

0-00106680793-002-001

1.912.752,00

 GUZMÁN MONTERO JORGE ENRIQUE

0-00302090993-001-001

239.595,00

 HIDALGO MORA FERNANDO

0-00104660923-001-001

34.137,00

 IBARRA MATTA XIOMARA DEL CARMEN

7-00027818253-999-001

1.595.001,00

 INGIANNA ARCE GIANCARLO

0-00108140696-001-001

203.692,00

 INTERNATIONAL SECURITY AGENCY I.S.A. S. A.

2-03101398031-001-001

1.258.792,00

 INVERSIONES Y DESARROLLOS GOLDEN DISH S. A.

2-03101571975-001-001

30.077,00

 IVANNKA FRANCO SALÓN & BOUTIQUE S. A.

2-03101569949-001-001

284.153,00

 JIMÉNEZ CARRANZA GABRIELA

0-00104580982-001-002

63.230,00

 JIMÉNEZ MORA FRANKLIN

0-00401530733-001-001

383.035,00

 JIMÉNEZ VILLALTA GISELA

0-00105670653-001-001

325.951,00

 LEÓN STELLER JOSE PRIMITIVO

0-00204380742-999-001

2.151.161,00

 LICORAMA DEL SUR A & G SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101439679-001-001

74.194,00

 LIMPRO COSTA RICA PUNTO COM S. A.

2-03101575694-001-001

87.424,00

 MOYA NAVARRO ANDRÉS MARTÍN

0-00304220989-999-001

1.103.481,00

 PUERTAS Y VENTANAS UNIDAS DE COSTA RICA S. A.

2-03101184073-001-001

12.708.762,00

 QUIRÓS QUESADA MANUEL ALBERTO

0-00109210530-999-001

829.955,00

 RAMÍREZ SALAS PEDRO GERARDO

0-00303600252-999-001

1.144.795,00

 REYES GARCÍA MARISOL

0-00111730358-001-001

529.556,00

 RIAÑO VARGAS YOLANDA

7-00026994420-001-001

13.944,00

 RODOBAN SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101085228-001-001

346.286,00

 RODRIGUEZ DELGADO CARLOS RAMÓN

7-00015822651-999-001

595.972,00

 SÁNCHEZ HERNANDEZ GIOVANI

0-00302610796-999-001

1.392.954,00

 SÁNCHEZ HERNANDEZ GIOVANI

0-00302610796-002-001

4.099.030,00

 SÁNCHEZ MAROTO SUSANA

0-00112650558-999-001

1.058.448,00

 SÁNCHEZ VARGAS BERNARDO

0-00301760373-999-001

1.010.342,00

 SANDOVAL LEITÓN SERGIO

7-00018014886-999-001

1.650.858,00

 SITE EIGHT TECHNOLOGIES SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101606651-001-001

5.741.171,00

 VEGA ANGULO FRANCISCO GERARDO

0-00302370050-001-001

489.321,00

 VILLALTA SOLANO JAVIER

0-00109630186-001-001

1.048.059,00

 ZHANG NOINDICAOTRO ZHIMIN

7-01660099656-001-001

387.763,00

 ZÚÑIGA MEJÍA ROXANA

0-00106040770-001-001

365.435,00

 

La Unión, Tres Ríos, 19 de abril del 2012.—Lic. Gilberth Hernández Hernández, Administrador Sucursal 2.—(IN2012031638).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

DEPARTAMENTO DE BIENES INMUEBLES

AVALÚOS DE BIENES INMUEBLES

La Municipalidad de Cartago, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 19, 36 de la Ley Nº 7509, Impuesto sobre Bienes Inmuebles, sus Reformas y su Reglamento, artículos 30, sección 4 del capítulo III del título II, 121 y 137, inciso d) del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (CNPT), notifica por este medio a los siguientes sujetos pasivos, por haber agotado esta Administración Tributaria los medios previos de notificación o porque no quisieron recibir la notificación, o por no existir dirección o la misma es inexacta, los avalúos que se indican a continuación:

 

Propietario

Identificación

Finca

Avalúo

Valor terreno ¢

Valor construcción ¢

Valor total ¢

3-101-615637 Sociedad Anónima

3-101-615637

181484

AV-9-07-07-090F-20047

8.299.200,00

15.683.040,00

23.982.240,00

Acuña Gutiérrez Marleny Teresita

3-350-680

178570

AV-10-06-02-000-19492

8.359.862,00

0,00

8.359.862,00

Aguilar Aguilar Hermida

3-120-539

168416

AV-10-03-02-000-19500

3.893.697,00

6.666.240,00

10.559.937,00

Aguilar Morales Manuel Antonio

3-167-936

172875

AV-10-06-02-000-19477

15.595.972,92

0,00

15.595.972,92

Alfaro Jorge Antonio

22002096750008354

200752

AV-9-07-07-470C-20091

9.818.077,50

0,00

9.818.077,50

Alvarado Moya Hilda

3-132-051

178568

AV-10-06-02-000-19491

8.403.188,78

0,00

8.403.188,78

Alvarado Muñoz Ana Gabriela

3-362-982

154717

AV-9-07-07-100A-19929

6.782.400,00

6.294.360,00

13.076.760,00

Álvarez y Morales S. A.

3101069734

144879

AV-1-19-01-120G-19113

32.081.120,00

73.558.450,00

105.639.570,00

Araya Alvarado Ronald

3-259-178

162636

AV-10-03-02-000-19497

2.683.237,50

7.067.360,00

9.750.597,50

Araya Cornejo Hortencia

3-191-1293

198201

AV-9-07-06-140D-20399

4.732.586,95

16.179.700,00

20.912.286,95

Araya Garro Melvin Antonio

1-737-280

172033

AV-10-06-02-000-19701

9.320.446,52

0,00

9.320.446,52

Araya Leitón Róger

3-240-797

135347

AV-10-03-02-000-19507

16.268.234,53

10.144.080,00

26.412.314,53

Araya Monge Dionisio

9-0091-0620

85464

AV-9-07-03-040-20063

8.108.550,00

8.348.280,00

16.456.830,00

Araya Monge Iván

9-0091-0620

85464

AV-9-07-03-040-20063

8.108.550,00

8.348.280,00

16.456.830,00

Araya Monge Kenny Yohel

3-0498-0302

85464

AV-9-07-03-040-20063

8.108.550,00

8.348.280,00

16.456.830,00

Araya Soto Yamileth

1-681-969

178574

AV-10-06-02-000-19488

8.617.657,41

0,00

8.617.657,41

Arrieta Alfaro José Miguel

3-241-116

211881

AV-10-03-01-000-19392

44.474.889,54

0,00

44.474.889,54

Artavia Fonseca Víctor Julio

3-0170-0814

74442

AV-9-07-02-080-19965

26.986.458,75

4.353.470,00

31.339.928,75

Barquero González Hannia Sioni

3-204-276

152788

AV-10-06-2-000-19735

51.211.524,67

0,00

51.211.524,67

Barquero González José Miguel

3-152-455

152788

AV-10-06-2-000-19735

51.211.524,67

0,00

51.211.524,67

Barquero Morales María

3-177-059

178571

AV-10-06-02-000-19486

7.416.384,19

0,00

7.416.384,19

Bertozzi Monge Miguel Andrés

3-0236-0073

200779

AV-9-07-07-605D-20097

6.090.735,00

7.041.636,00

13.132.371,00

Bonilla Calvo Yolanda

3-123-452

85084

AV-1-18-01-330-19533

13.251.421,80

31.188.780,00

44.440.201,80

Borreguero Lozano Julio Manuel

8-0632-0024

79079

AV-4-27-01-0060-20118

129.965.149,80

30.251.340,00

160.216.489,80

Brenes Alvarado Fernando Alberto

3-242-136

178574

AV-10-06-02-000-19488

8.617.657,41

0,00

8.617.657,41

Brenes Barquero Alberto

3-123-502

178568

AV-10-06-02-000-19491

8.403.188,78

0,00

8.403.188,78

Brenes Madriz Reynaldo

1-920-314

178566

AV-10-06-02-000-19489

8.537.850,04

0,00

8.537.850,04

Brenes Rodríguez Alberto Miguel

3-395-043

49498

AV-1-17-02-200-19058

28.946.185,65

27.372.480,00

56.318.665,65

Brenes Rodríguez Andrés Alberto

3-379-725

49498

AV-1-17-02-200-19058

28.946.185,65

27.372.480,00

56.318.665,65

Brenes Rodríguez Gerardo José

3-387-782

49498

AV-1-17-02-200-19058

28.946.185,65

27.372.480,00

56.318.665,65

Brenes Sequeira Gustavo Adolfo

3-342-576

181569

AV-9-07-07-90A-19953

11.046.555,00

17.456.780,00

28.503.335,00

Brenes Solano Odili

3-118-412

86415

AV-9-07-07-020C-19914

6.370.093,80

4.372.920,00

10.743.013,80

Calderón Cerdas Romilio

3-180-955

178571

AV-10-06-02-000-19486

7.416.384,19

0,00

7.416.384,19

Calderón Monge Carlos Alfredo

3-264-566

144825

AV-1-19-01-10D-19091

45.235.050,00

0,00

45.235.050,00

Calvo Hernández Alfredo

3-101-293

193175

AV-1-18-01-340-19532

13.251.421,80

0,00

13.251.421,80

Campos Vega Viviana Andrea

3-0353-0120

181384

AV-9-07-07-030A-20009

8.349.057,00

14.250.930,00

22.599.987,00

Cantillo Castillo María Fernanda

3-0427-0306

200694

AV-9-07-07-180B-20088

6.000.000,00

10.906.880,00

16.906.880,00

Cedeño Barboza Alex

1-419-705

182850

AV-10-03-02-000-19508

12.045.666,88

8.463.480,00

20.509.146,88

Cedeño Barboza Alex

1-419-705

182846

AV-10-03-02-000-19531

8.753.100,00

0,00

8.753.100,00

Cedeño Barboza Freddy Macario

1-411-236

181735

AV-10-01-01-000-18932

6.110.042,25

0,00

6.110.042,25

Cedeño Barboza Freddy Macario

1-411-236

181736

AV-10-01-01-000-18933

7.206.372,72

0,00

7.206.372,72

Cedeño Barboza Freddy Macario

1-411-236

182848

AV-10-03-02-000-19525

13.278.837,87

0,00

13.278.837,87

Cedeño Barboza Freddy Macario

1-411-236

182849

AV-10-03-02-000-19527

5.274.814,80

3.887.040,00

9.161.854,80

Cedeño Barboza Freddy Macario

1-411-236

182846

AV-10-03-02-000-19531

8.753.100,00

0,00

8.753.100,00

Cedeño Barboza Guido

3-164-340

182846

AV-10-03-02-000-19531

8.753.100,00

0,00

8.753.100,00

Cedeño Barboza Walter Gerardo

1-393-614

182846

AV-10-03-02-000-19531

8.753.100,00

0,00

8.753.100,00

Cedeño Rojas Dennia María

1-1015-612

182846

AV-10-03-02-000-19531

8.753.100,00

0,00

8.753.100,00

Cedeño Rojas Edward Enrique

1-977-297

182846

AV-10-03-02-000-19531

8.753.100,00

0,00

8.753.100,00

Cedeño Rojas Esteban José

1-1097-487

182846

AV-10-03-02-000-19531

8.753.100,00

0,00

8.753.100,00

Cedeño Rojas Guido Gerardo

1-922-284

182846

AV-10-03-02-000-19531

8.753.100,00

0,00

8.753.100,00

Cerdas Solórzano Guido

2-474-800

43287

AV-10-03-03-000-19126

56.497.118,54

0,00

56.497.118,54

Cerdas Solórzano Sergio Julián

2-540-790

43287

AV-10-03-03-000-19126

56.497.118,54

0,00

56.497.118,54

Cerdas Solórzano Zelenia

2-484-140

43287

AV-10-03-03-000-19126

56.497.118,54

0,00

56.497.118,54

Chacón Aguilar Hugo

3-210-302

89147

AV-10-06-02-000-19478

5.084.180,05

0,00

5.084.180,05

Chacón Ceciliano Marjorie

1-0808-0509

173521

AV-9-7-07-120B-19997

10.523.510,80

16.900.744,00

27.424.254,80

Coghi Montoya Bernal

3-266-247

53606

AV-1-13-02-070-18861

37.319.116,80

49.622.750,00

86.941.866,80

Coghi Montoya Juan Carlos

3-224-306

53606

AV-1-13-02-070-18861

37.319.116,80

49.622.750,00

86.941.866,80

Cordero Arias Francisco

3-264-711

38986

AV-6-08-01-670-19865

6.456.010,00

2.338.000,00

8.794.010,00

Corporación Ganadera Interamericana

3-101013947

84914

AV-4-27-04-070-19944

307.774.212,20

452.258.037,00

760.032.249,20

Coto Meza Gerardo

1-867-375

70963 B

AV-1-16-10-190-19360

19.295.820,00

5.972.800,00

25.268.620,00

Cruz Gutiérrez Carmen Eugenia

3-216-041

77397

AV-1-17-04-110-19564

35.585.446,50

5.424.840,00

41.010.286,50

Desarrollos y Maquinaria de Cartago

3101624844

13565

AV-6-08-14-110-19829

26.717.091,50

30.024.050,00

56.741.141,50

Díaz Alvarado Vianny Alexis

1-0532-0461

85512

AV-9-07-03-120B-20083

13.404.019,50

7.439.040,00

20.843.059,50

Duarte Espinoza Margarita

6-137-649

194340

AV-9-07-06-120D-20303

9.109.401,60

0,00

9.109.401,60

Durán Núñez Eugenia Mireya del Carmen

6-0151-0338

200747

AV-9-07-07-445C-20098

10.821.136,50

4.132.226,00

14.953.362,50

Empresa de Responsabilidad Limitada Inversiones Asís

3-105-312119

173524

AV-9-7-07-190C-19986

16.128.750,00

0,00

16.128.750,00

Espinoza Barboza José Luis

9-075-093

144769

AV-1-19-1-170Q-19207

23.479.227,00

0,00

23.479.227,00

Esquivel Porras Xenia Saray

7-108-837

137146

AV-10-02-01-000-18962

7.076.218,50

0,00

7.076.218,50

Fábrica de Muebles Turrialba S. A.

3101152795

65652

AV-1-08-01-060-18698

62.214.240,40

0,00

62.214.240,40

Fernández Cedeño Orlando

3-094-962

152467

AV-10-03-03-000-19425

25.048.237,54

0,00

25.048.237,54

Fernández Redondo Grace María

3-239-189

199205

AV-10-06-02-000-19467

10.302.871,71

0,00

10.302.871,71

Fernández Redondo Guido Enrique

3-304-855

181020

AV-10-03-03-000-19413

7.546.952,63

1.906.000,00

9.452.952,63

Fernández Sanabria William

3-210-799

205883

AV-10-06-2-000-19728

15.748.890,70

0,00

15.748.890,70

Fernández Sanabria William

3-210-799

82155

AV-10-06-2-000-19729

35.553.210,72

0,00

35.553.210,72

Fernández Solís José Darío

3-471-965

152467

AV-10-03-03-000-19425

25.048.237,54

0,00

25.048.237,54

Fernández Solís William Stefano

3-497-571

152467

AV-10-03-03-000-19425

25.048.237,54

0,00

25.048.237,54

Fonseca Cordero Julio Enrique

3-281-968

109441

AV-1-16-10-180-19359

19.533.896,55

14.066.400,00

33.600.296,55

Fonseca Quesada Vinicio de la Trinidad

3-263-216

181575

AV-9-07-07-30A-19947

15.017.326,80

0,00

15.017.326,80

Garita Víquez José Ramón

3-078-816

71193A

AV-10-03-02-000-19503

8.232.394,84

0,00

8.232.394,84

Gómez Coto Carmen

3-063-712

55204

AV-1-13-04-360-19556

31.127.976,00

4.188.360,00

35.316.336,00

González Dobrosky Adriana

1-1040-590

144725

AV-1-19-01-70T-19239

36.071.334,00

0,00

36.071.334,00

González Hernández Arnoldo

3-123-456

55143

AV-1-17-11-010-19350

33.263.631,45

3.041.892,00

36.305.523,45

González Leandro Ana Maritza

3-295-799

55143

AV-1-17-11-010-19350

33.263.631,45

3.041.892,00

36.305.523,45

González Leandro Edgar Adolfo

3-257-264

55143

AV-1-17-11-010-19350

33.263.631,45

3.041.892,00

36.305.523,45

González Leandro Gerardo Arnoldo

3-214-141

55143

AV-1-17-11-010-19350

33.263.631,45

3.041.892,00

36.305.523,45

González Leandro Johnny

3-231-412

55143

AV-1-17-11-010-19350

33.263.631,45

3.041.892,00

36.305.523,45

González Leandro Luis Fernando

3-248-322

55143

AV-1-17-11-010-19350

33.263.631,45

3.041.892,00

36.305.523,45

González Leandro Marvin Eduardo

3-281-631

55143

AV-1-17-11-010-19350

33.263.631,45

3.041.892,00

36.305.523,45

González Leandro Róger Enrique

3-306-423

55143

AV-1-17-11-010-19350

33.263.631,45

3.041.892,00

36.305.523,45

González Leandro Ronald Pedro

3-269-516

55143

AV-1-17-11-010-19350

33.263.631,45

3.041.892,00

36.305.523,45

González Leandro Roxana María

3-316-729

55143

AV-1-17-11-010-19350

33.263.631,45

3.041.892,00

36.305.523,45

González Méndez Elia

3-062-082

152788

AV-10-06-2-000-19735

51.211.524,67

0,00

51.211.524,67

González Orozco Josefa Elena

3-108-418

144033

AV-9-07-07-3010-19941

89.069.568,00

0,00

89.069.568,00

González Quesada María Ángela

3-207-382

164246

AV-9-07-07-10C-19959

28.097.404,80

12.414.710,00

40.512.114,80

González Rivera Ana Catalina

1-695-996

175322

AV-1-24-01-030C-19339

21.517.113,00

0,00

21.517.113,00

González Rivera Ana Catalina

1-695-996

175321

AV-1-24-01-040C-19338

21.525.240,00

0,00

21.525.240,00

González Sanabria Dagoberto

3-297-328

63408

AV-10-02-01-000-18899

16.658.054,35

0,00

16.658.054,35

González Sanabria Eduardo Emilio

3-212-495

147321

AV-10-03-01-000-19437

5.267.874,40

19.030.880,00

24.298.754,40

González Sanabria Virtudes

3-263-985

199207

AV-10-06-02-000-19675

9.544.383,84

0,00

9.544.383,84

González Zúñiga Sergio

3-0283-0761

85464

AV-9-07-03-040-20063

8.108.550,00

8.348.280,00

16.456.830,00

Granados González Marjorie

3-243-213

175793

AV-10-06-02-000-19671

15.973.773,38

0,00

15.973.773,38

Guido Villalobos Sergio

6-130-587

201130

AV-10-06-02-000-19697

2.781.801,80

0,00

2.781.801,80

Guilar Salazar Norma Gineth

3-323-930

201130

AV-10-06-02-000-19697

2.781.801,80

0,00

2.781.801,80

Guillen Valverde María Teresa

9-010-907

69286

AV-1-16-11-60A-19287

15.328.363,05

8.597.820,00

23.926.183,05

Guzmán Aguilar Federico

3-331-536

168416

AV-10-03-02-000-19500

3.893.697,00

6.666.240,00

10.559.937,00

Guzmán Aguilar Hugo Alberto

3-264-894

168416

AV-10-03-02-000-19500

3.893.697,00

6.666.240,00

10.559.937,00

Guzmán Guzmán Mario Alberto

3-184-723

197345

AV-10-06-02-000-19490

8.487.783,94

0,00

8.487.783,94

Guzmán Meoño Rita

3-100-649

71195A

AV-10-03-02-000-19502

5.821.065,20

0,00

5.821.065,20

Hernández Alfaro José Ramón

3-101-349

49500B

AV-1-17-02-210-19059

17.279.708,40

0,00

17.279.708,40

Hernández Rivera Ana Isabel

3-257-333

67522

AV-1-17-04-240-19569

19.534.927,95

8.439.860,00

27.974.787,95

Hernández Rivera Laura María

3-257-353

67522

AV-1-17-04-240-19569

19.534.927,95

8.439.860,00

27.974.787,95

Hernández Rivera María Gabriela

3-257-442

67522

AV-1-17-04-240-19569

19.534.927,95

8.439.860,00

27.974.787,95

Herrera Fonseca Jeannette

5-199-104

172033

AV-10-06-02-000-19701

9.320.446,52

0,00

9.320.446,52

Hine Saborío Hortensia

1-299-922

193175

AV-1-18-01-340-19532

13.251.421,80

0,00

13.251.421,80

Inmobiliaria Trigo Dorado S. A.

3101226112

144417

AV-1-19-01-90H-19119

38.855.762,00

0,00

38.855.762,00

Inmuebles Terraravi Limitada

3102473061

144034

AV-9-07-07-2990-19937

191.012.472,00

0,00

191.012.472,00

Inversiones Agropecuarias El Encanto Azul S. A.

3101286855

195499

AV-10-02-01-000-18966

9.008.670,00

0,00

9.008.670,00

Inversiones Agropecuarias El Encanto Azul S. A.

3101286855

195496

AV-10-02-01-000-18967

4.687.689,00

0,00

4.687.689,00

Inversiones Agropecuarias El Encanto Azul S. A.

3101286855

195494

AV-10-02-01-000-18969

4.103.798,40

0,00

4.103.798,40

Inversiones Agropecuarias El Encanto Azul S. A.

3101286855

180112

AV-10-02-01-000-18971

19.678.016,84

0,00

19.678.016,84

Inversiones Dota S. A.

3101042491

164952

AV-1-13-04-180-19548

36.612.000,00

0,00

36.612.000,00

Inversiones Edu Internacional S. A.

3101200131

144727

AV-1-19-01-20K-19146

33.171.520,00

120.872.400,00

154.043.920,00

Inversiones Mar Chan de San José S. A.

3101356798

180112

AV-10-02-01-000-18971

19.678.016,84

0,00

19.678.016,84

Jaleo Finance Corp.

3-012-590211

230995

AV-6-12-01-950-20415

591.871.590,00

85.876.140,00

677.747.730,00

Jiménez Fonseca Zeidy

9-098-208

172004

AV-10-06-02-000-19692

6.398.322,64

0,00

6.398.322,64

Jiménez Jiménez Otto

1-0492-0341

76072

AV-9-07-05-0100-20114

9.273.075,00

4.579.680,00

13.852.755,00

Jiménez Mora Lucía

1-0163-0593

76072

AV-9-07-05-0100-20114

9.273.075,00

4.579.680,00

13.852.755,00

Jiménez Segura José Manuel

1-635-425

195836

AV-1-18-01-150-19542

18.141.448,50

57.676.500,00

75.817.948,50

Las Montañas de Abedules S. A.

3101536843

144915

AV-1-19-1-130M-19171

27.789.333,00

0,00

27.789.333,00

Las Montañas de Abedules S. A.

3101536843

144916

AV-1-19-1-140M-19172

31.544.370,00

0,00

31.544.370,00

Las Pavas de Llano Grande S. A.

3101226436

47045

AV-10-03-03-000-18388

32.602.934,78

0,00

32.602.934,78

López López Gilberto

6-0193-0735

85512

AV-9-07-03-120B-20083

13.404.019,50

7.439.040,00

20.843.059,50

Magaltef S. A.

3101226260

144792

AV-1-19-01-170R-19216

23.803.744,00

48.338.410,00

72.142.154,00

Mata Cordero Rafael

467

38986

AV-6-08-01-670-19865

6.456.010,00

2.338.000,00

8.794.010,00

Mata Ortega Alejo

3-198-476

101389

AV-9-07-07-410-19887

289.484.012,40

0,00

289.484.012,40

Mata Ortega Álvaro

3-271-901

101389

AV-9-07-07-410-19887

289.484.012,40

0,00

289.484.012,40

Mejía Cabezas Nicolás Felipe

3-247-408

71169B

AV-1-16-09-110-19324

18.944.590,50

13.128.640,00

32.073.230,50

Mena Orozco Edgar

3-158-890

164246

AV-9-07-07-10C-19959

28.097.404,80

12.414.710,00

40.512.114,80

Méndez Rivera Manuel de Jesús

3-227-689

172002

AV-10-06-02-000-19694

8.384.894,70

0,00

8.384.894,70

Méndez Solís Ana Isabel

4-081-158

105927

AV-10-06-2-000-19716

9.026.176,32

0,00

9.026.176,32

Meza Madriz Jaime

3-236-903

72377B

AV-1-16-11-80A-19307

13.510.812,15

8.908.720,00

22.419.532,15

Meza Meza María del Rosario

3-192-1121

70963 B

AV-1-16-10-190-19360

19.295.820,00

5.972.800,00

25.268.620,00

Molina Coto Antonio Gerardo

3-230-236

68304

AV-6-08-01-470-19858

17.067.428,40

10.038.375,00

27.105.803,40

Molina Coto Arnoldo

3-179-842

68304

AV-6-08-01-470-19858

17.067.428,40

10.038.375,00

27.105.803,40

Molina Coto Carlos Manuel

3-171-566

68304

AV-6-08-01-470-19858

17.067.428,40

10.038.375,00

27.105.803,40

Molina Coto Carmen María

3-220-402

68304

AV-6-08-01-470-19858

17.067.428,40

10.038.375,00

27.105.803,40

Molina Coto Hilda

3-188-1078

68304

AV-6-08-01-470-19858

17.067.428,40

10.038.375,00

27.105.803,40

Molina Coto Isabel María

3-248-427

68304

AV-6-08-01-470-19858

17.067.428,40

10.038.375,00

27.105.803,40

Molina Coto José Francisco

3-278-837

68304

AV-6-08-01-470-19858

17.067.428,40

10.038.375,00

27.105.803,40

Molina Coto María de los Ángeles

3-264-560

68304

AV-6-08-01-470-19858

17.067.428,40

10.038.375,00

27.105.803,40

Molina Coto Marta Isabel

3-197-1103

68304

AV-6-08-01-470-19858

17.067.428,40

10.038.375,00

27.105.803,40

Molina Coto Miguel Ángel

3-238-856

68304

AV-6-08-01-470-19858

17.067.428,40

10.038.375,00

27.105.803,40

Molina Coto Teresita Elvia

3-303-685

68304

AV-6-08-01-470-19858

17.067.428,40

10.038.375,00

27.105.803,40

Montenegro Montenegro Beltrán

3-243-213

175793

AV-10-06-02-000-19671

15.973.773,38

0,00

15.973.773,38

Montero Granados Francisco José

3-287-001

161359

AV-9-07-07-165-19884

15.530.748,75

21.825.076,00

37.355.824,75

Morales Morales Teresa

3-112-155

49500B

AV-1-17-02-210-19059

17.279.708,40

0,00

17.279.708,40

Murillo Bolaños Luis

3-186-043

110205

AV-9-07-07-400-19886

82.299.955,20

0,00

82.299.955,20

Murillo Simón Sheila Cristina

1-706-737

161359

AV-9-07-07-165-19884

15.530.748,75

21.825.076,00

37.355.824,75

Navarro Cabezas Isabel Paulina

3-274-364

144439

AV-1-19-01-50K-19148

27.666.870,00

53.365.750,00

81.032.620,00

Navarro Umaña Lorenzo

1-217-653

215697

AV-10-06-02-000-19690

4.588.981,70

0,00

4.588.981,70

Obando Obando Flor Cecilia

3-177-916

48275

AV-1-16-09-070-19323

12.662.730,00

2.539.900,00

15.202.630,00

Obando Rojas Elizabeth

3-188-982

154715

AV-9-07-07-120A-19931

6.782.400,00

7.867.950,00

14.650.350,00

Obando Rojas Esteban

3-0349-0395

181424

AV-9-07-07-130C-20026

8.299.200,00

25.391.680,00

33.690.880,00

Obando Rojas Jenny M.

3-319-845

45521

AV-6-08-01-190-19848

14.442.254,75

7.100.880,00

21.543.134,75

Panameña de Expediciones S. A.

3101195428

144909

AV-1-19-1- 70M-19167

16.160.789,00

0,00

16.160.789,00

Pérez Pérez Manuel

3-078-821

106020

AV-9-07-07-1370-19892

15.904.826,84

0,00

15.904.826,84

Propiedades Gralara S. A.

3-101-289770

181455

AV-9-07-07-140D-20033

8.299.200,00

16.581.360,00

24.880.560,00

Quirós Aguilar María Elena

3-338-591

172025

AV-10-06-02-000-19703

8.881.303,20

0,00

8.881.303,20

Quirós Vargas Francisco

3-074-0168

41156

AV-10-04-06-000-17702

2.638.281,60

0,00

2.638.281,60

Quirós Vargas Greivin Rafael

3-291-683

199207

AV-10-06-02-000-19675

9.544.383,84

0,00

9.544.383,84

Residencias Navarro y Asociados S. A.

3-101-177444

190502

AV-4-27-03-0010-20001

243.953.078,40

61.904.000,00

305.857.078,40

Retana Gaitán Luis Humberto

3-197-042

105075

AV-6-08-01-170-19847

3.917.634,60

0,00

3.917.634,60

Reyes Pineda Johana Carolina

27017115309936

148677

AV-1-23-2- 60A-19639

7.935.492,50

12.110.560,00

20.046.052,50

Rivera Bianchini Enrique Eduardo

3-190-587

29141

AV-10-01-1B-000-19706

25.223.452,21

0,00

25.223.452,21

Rivera Solano Carlos María

3-286-619

199137

AV-10-03-02-000-19396

3.867.774,04

0,00

3.867.774,04

Rodríguez Cordero Francisco Antonio

3-0384-0301

181384

AV-9-07-07-030A-20009

8.349.057,00

14.250.930,00

22.599.987,00

Rodríguez Fonseca Jairo Antonio

3-0399-0334

200694

AV-9-07-07-180B-20088

6.000.000,00

10.906.880,00

16.906.880,00

Rodríguez Lozada Vicenta

6-063-541

215697

AV-10-06-02-000-19690

4.588.981,70

0,00

4.588.981,70

Rodríguez Solano Juan José

3-0354-0726

181448

AV-9-07-07-210D-20038

19.266.307,20

50.263.200,00

69.529.507,20

Rodríguez Valerín Rosa Elena

3-257-116

49498

AV-1-17-02-200-19058

28.946.185,65

27.372.480,00

56.318.665,65

Rojas Chacón Fabio

1-359-521

78583

AV-10-02-01-000-18903

14.309.467,02

0,00

14.309.467,02

Rojas Hernández Olga Myriam

1-382-541

182846

AV-10-03-02-000-19531

8.753.100,00

0,00

8.753.100,00

Rojas Masís Ana Isabel

1-858-327

178566

AV-10-06-02-000-19489

8.537.850,04

0,00

8.537.850,04

Román González Shirley

3-349-858

153742

AV-9-07-07-230A-19935

6.512.994,00

6.294.360,00

12.807.354,00

Salas Araya Juan Bautista

3-248-955

175322

AV-1-24-01-030C-19339

21.517.113,00

0,00

21.517.113,00

Salas Araya Juan Bautista

3-248-955

175321

AV-1-24-01-040C-19338

21.525.240,00

0,00

21.525.240,00

Salas Gaitán Luis Humberto

3-197-042

66165

AV-6-08-01-100-19844

8.754.653,60

4.909.120,00

13.663.773,60

Salazar Boniche Arianda

5-0300-0940

173506

AV-9-7-07-040B-19999

10.755.435,90

6.447.168,00

17.202.603,90

Salazar Boniche Arianda

5-0300-0940

173518

AV-9-7-07-150B-19994

10.521.315,20

26.585.440,00

37.106.755,20

Salazar Morales Adrián Gilberto

3-0321-0906

173506

AV-9-7-07-040B-19999

10.755.435,90

6.447.168,00

17.202.603,90

Salazar Morales Adrián Gilberto

3-0321-0906

173518

AV-9-7-07-150B-19994

10.521.315,20

26.585.440,00

37.106.755,20

Sanabria Alvarado Prisila María

3-494-141

154717

AV-9-07-07-100A-19929

6.782.400,00

6.294.360,00

13.076.760,00

Sanabria Gómez Rafael

3-149-088

185446

AV-10-06-02-000-19458

11.350.088,83

0,00

11.350.088,83

Sanabria Mata Indira Maildred

1-1003-0613

173493

AV-9-7-07-070A-19982

10.132.720,40

31.366.080,00

41.498.800,40

Sanabria Rosito Rolando

1-755-232

175290

AV-1-24-01-280B-19262

22.000.000,00

34.080.220,00

56.080.220,00

Solano Mata Ronald Mariano

9-068-366

144798

AV-1-19-01-100R-19212

19.854.718,00

0,00

19.854.718,00

Solano Núñez Cristian Bernardo

3-0318-0482

181456

AV-9-07-07-130D-20032

8.299.200,00

16.117.137,00

24.416.337,00

Solano Vega Rafael Venancio

3-312-285

175741

AV-10-06-02-000-19466

6.631.105,41

0,00

6.631.105,41

Sueños de Primavera Sofiul S. A.

3101328042

144894

AV-1-19-1-190N-19184

22.069.914,00

0,00

22.069.914,00

Tierra Fértil Los Cipreses S. A.

3101185973

177369

AV-10-06-2-000-19731

40.496.588,12

0,00

40.496.588,12

Togo Dos Mil S. A.

3101133150

190857

AV-10-04-06-000-18943

34.678.424,23

0,00

34.678.424,23

Treviño Ordóñez José Arturo

5-264-243

172004

AV-10-06-02-000-19692

6.398.322,64

0,00

6.398.322,64

Vargas Román Irma Eva

3-072-172

139504

AV-10-03-02-000-19511

29.460.966,80

34.741.980,00

64.202.946,80

Vargas Serrano Georgina María

3-184-006

54976

AV-1-17-09-030-19616

14.771.281,50

9.918.200,00

24.689.481,50

Villalta Arce Belisario

3-099-097

144033

AV-9-07-07-3010-19941

89.069.568,00

0,00

89.069.568,00

Villalta González Gerardo

3-267-639

144033

AV-9-07-07-3010-19941

89.069.568,00

0,00

89.069.568,00

Villalta Portuguez Rolando

3-0315-0532

206952

AV-9-7-07-110B-19995

17.974.792,00

0,00

17.974.792,00

Villalta Portuguez Rolando

3-0315-0532

173521

AV-9-7-07-120B-19997

10.523.510,80

16.900.744,00

27.424.254,80

Zamora Solano Aurora

3-209-260

172002

AV-10-06-02-000-19694

8.384.894,70

0,00

8.384.894,70

Zúñiga Coto Julio

3-171-317

199205

AV-10-06-02-000-19467

10.302.871,71

0,00

10.302.871,71

Zúñiga Madriz Lidiette Marlene

3-287-162

109441

AV-1-16-10-180-19359

19.533.896,55

14.066.400,00

33.600.296,55

Zúñiga Quirós José

2-401-132

172025

AV-10-06-02-000-19703

8.881.303,20

0,00

8.881.303,20

Zúñiga Zúñiga Marvin Antonio

3-309-733

178570

AV-10-06-02-000-19492

8.359.862,00

0,00

8.359.862,00

 

En los términos del artículo 137 del CNPT, se considera notificado el interesado a partir del tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación de este edicto. Para futuras notificaciones, el contribuyente o responsable debe señalar lugar o medio para recibirlas, en caso de que no lo haga, las resoluciones que recaigan quedan firmes veinticuatro horas después de dictadas.

Rolando Rodríguez Brenes, Alcalde Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 40920.—Solicitud Nº 32310.—C-338100.—(IN2012031785).

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

FISCALÍA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Al licenciado Alejandro Rodríguez Castro, colegiado 7837, cédula de identidad 1-0787-0896, se le hace saber: Que en proceso disciplinario número 277-11, seguido en su contra se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: se inicia procedimiento administrativo disciplinario.—Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica.—San José, a las nueve horas treinta minutos del primero de julio del año dos mil once. La Junta Directiva del Colegio de Abogados, mediante acuerdo número 2011-22-050, Sesión Ordinaria 22-2011, celebrada el veinte de junio del año dos mil once, dispuso trasladar el presente expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. De conformidad con las potestades que se le otorgan a esta Fiscalía, téngase por instaurado el presente procedimiento disciplinario en contra de los licenciados Larissa Seravalli Sáurez, colegiada 15529, Carlos Corrales Azuola, colegiado 8335, y Alejandro Rodríguez Castro, colegiado 7837, con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los hechos que constan en la denuncia adjunta, los cuales consisten en: “Contratación a partir del 24/6/10 para la tramitación de la cédula de residencia del señor Mark, para lo cual se les cancelaron la suma de $2.000, entregándoles la documentación. Que en todo momento quien se presentó como el encargo del trámite fue el Lic. Corrales. Dos meses después de haber firmado el poder especial administrativo a los empleados de los denunciados, señores Juan José Valerio Alfaro, Irleny Montiel Castillo, Leila Teme Álvarez y David Carranza Arias, se le indicó el número de expediente 2919-0002684. A partir de ahí se le indicó de supuestas reuniones en Migración y que en enero del 2011 no existía respuesta alguna. Que en todo momento los licenciados Seravalli Sáurez y Corrales Azuola recibían copia de los correos remitidos al señor Mark donde se le indicaba del supuesto trámite. Para el 15/02/11 se le solicita, a un empleado de los quejosos, copia certificada del expediente, quien le da una serie de justificaciones para no entregarlo y al día de hoy no lo ha hecho. El 4/3/11 se le remite un correo supuestamente recibido de la Dirección General de Migración y Extranjería donde se señala un cambio de una cita. Para el 8/3/11 el señor Mark le remite correo al Lic. Corrales a fin de que sea más específico con su trámite a lo cual le indica que requiere reunirse con él, para lo cual el 9/3/11 se hace presente a su oficina, donde se le indica que no aparece rastro de su gestión, que no pueden explicarle lo acontecido, siendo que la misma no había sido presentada, le facilitan copias de lo supuestamente presentado los cuales adolecen de una serie de graves errores en sus datos y fechas lo que no le logran explicar y se lo atribuyen a un problema interno de Migración. El 11/03/11 el señor Mark se apersona a Migración a revisar el expediente antes citado, llevándose la sorpresa que a esa fecha no existía ningún documento o trámite alguno bajo ese número. Que en los nueve meses se le ocultó la verdad, y le hicieron falsas expectativas. Lo anterior provocó que debiera salir del país para no tener problemas migratorios y volver a empezar de cero con el trámite, solicitar de nuevo la documentación. Los anteriores hechos pueden configurar las faltas establecidas en el artículo 10 incisos 2) y 6) de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, relacionados con los numerales 13, 14, 17, 31, 32, 34, 82, 83 incisos a) y e), 85 incisos a) y b) del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, sin perjuicio, de la calificación definitiva que deba hacerse en el acto final”. Se le otorga a la parte denunciada acceso al expediente que se encuentra en la Fiscalía de este Colegio, sita en el edificio de Zapote, para que dentro del plazo de ocho días a partir de la notificación de este acto, proceda si a bien lo tiene, rendir por escrito un informe sobre los hechos que se le atribuyen, en el entendido de que la rendición o no del informe de cita, no es impedimento para continuar el procedimiento administrativo disciplinario. Se tiene por establecida esta Fiscalía como órgano director y se delega en el Licenciado Gary Hernández Santana la instrucción del presente procedimiento, que se regirá por lo establecido en el artículo 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública y la normativa legal vigente del Colegio de Abogados. Sobre el ofrecimiento de prueba: se les hace saber a las partes que la admisión y evacuación de la prueba testimonial, documental o cualquier otra será en la comparecencia oral y privada, que para efecto de instruir la queja se señale, por lo que se les previene que toda prueba que tengan a bien ofrecer con relación con este asunto, deberán presentarla ante esta oficina en el mismo acto de la comparecencia oral y privada, o bien en fecha anterior, en cuyo caso deberán hacerlo por escrito, excepto las periciales e inspecciones oculares que se estimen pertinentes, las cuales se deben ofrecer antes de la realización de la comparecencia, para que de ser posible, se evacúen con antelación a la audiencia (artículo 309, párrafo segundo Ley General de la Administración Pública), lo anterior bajo pena de caducidad de ese derecho, en el entendido de no recibir ninguna prueba fuera de los plazos indicados, declarándose la misma inevacuable o inadmisible, excepto la que el órgano director, de oficio o a petición de parte, ordene recibir para mejor resolver por considerarla indispensable para el establecimiento de la verdad real. Solución alternativa del conflicto: con fundamento en los principios de economía y celeridad procesal, así como justicia pronta y cumplida, se hace saber a las partes que deben indicar en el plazo de ocho días, si están dispuestas o no a llegar a un acuerdo a efecto de citar a audiencia de conciliación. De no considerar las partes necesaria la intervención de la Fiscalía para ese efecto, el acuerdo podrán hacerlo llegar por escrito a este despacho, el cual, si es conforme a derecho, sin dilación procederá a remitir el expediente a la Junta Directiva para la homologación de convenio y el archivo del expediente. En caso que se omita indicar sobre el punto anterior se procederá con el trámite ordinario. De mero trámite: Se informa a las partes que tratándose de faltas muy graves la Junta Directiva del Colegio de Abogados, en su calidad de Consejo de Disciplina, podrá denegar o limitar el acuerdo conciliatorio, tomando en consideración las circunstancias del caso. Así mismo se les recuerda a las partes que de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, una vez firme el acto final no se admitirá para su conciliación arreglo o transacción alguna. De igual manera se informa que según lo establecido en el artículo 328 de la Ley General de la Administración Pública en el procedimiento administrativo no habrá lugar a la imposición de costas a favor o en contra de la Administración ni del interesado. Celebración de la comparecencia: La comparecencia será oral y privada y se realizará en base a lo estipulado en los artículos 309 al 319 de la Ley General de la Administración Pública. En esa audiencia se deberá presentar toda la prueba que no haya sido aportada al expediente bajo pena de caducidad de ese derecho, asimismo se podrán formular los interrogatorios de rigor e igualmente se expondrán los argumentos y las conclusiones que se estimen pertinentes. Se advierte que la no asistencia a la comparecencia no impedirá que esta se lleve a cabo, evacuándose la prueba que hubiese ofrecido la parte ausente con antelación y que conste en el expediente (artículo 315 Ley General de la Administración Pública). Igualmente se les informa que tienen el derecho de hacerse asistir o representar por un profesional en Derecho durante la tramitación del presente procedimiento y durante la comparecencia oral y privada. Notificaciones: Se le previene a la partes que tiene el deber de señalar un medio donde atender notificaciones, que puede ser electrónico, fax o en estrados. En cuanto al medio electrónico: se advierte a la partes que cualquier imposibilidad con la entrega final a la cuenta es su propia responsabilidad. Referente al fax: se harán los cinco intentos que señala la ley, con los intervalos establecidos, de resultar todos negativos se tiene como notificación automática. Respecto a la notificación en estrados: esta aplica en ausencia de las anteriores, siempre y cuando la parte la haya señalado como medio. La notificación en estrados se hará los días martes y jueves, mediante la exhibición de la lista de los procedimientos. Si estos días fueren inhábiles, la exhibición se hará el día hábil siguiente. Cuando no se señale medio alguno para notificación, de los indicados supra, aplica la notificación automática teniéndose por notificada veinticuatro horas después de dictada la resolución. Se informa a la partes que los únicos medios para que gestionen ante la Fiscalía de este Colegio, es a través del fax número 2283-0920 o remitido a estas instalaciones de forma escrita. Recursos: contra esta resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El primero será resuelto por el suscrito fiscal y el segundo por la Junta Directiva de este Colegio constituida en Consejo de Disciplina. Estos recursos se deberán interponer dentro de las veinticuatro horas siguientes a la última comunicación a todas las partes (artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública). El acto final que se dicte tendrá el recurso ordinario de revocatoria y se deberá interponer ante esta Fiscalía dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del mismo, quedando su resolución a cargo de la Junta Directiva, todo de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados en relación con los artículos 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública. La resolución del recurso interpuesto contra el acto final dará por agotada la vía administrativa. Oportunamente se designará hora y fecha para la comparecencia oral y privada. Notifiquese. Lic. Rosette María Morgan Asch, Fiscal. Se ordena comunicar por edicto. Fiscalía del Colegio de Abogados. Instructor del procedimiento. San José, a las once horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero del dos mil doce. Considerando que la normativa orgánica, reglamentaria y deontológica del Colegio establece que los abogados están obligados a cumplir, en el ejercicio de la abogacía las reglas sobre ética profesional que adopte el Colegio, y en esta se establece la obligación de los abogados de mantener actualizados sus datos de especialización y localización; y estudiados que han sido los autos y vistas las constancias del notificador de esta Fiscalía y de las demás diligencias realizadas al efecto, según folios 124, 128, 131, 132, 134, 136, 138, 140, 143 y 146, incorporado todo lo anterior integralmente en autos; de lo cual se comprueba que ha sido imposible ubicar al abogado denunciado, Lic. Alejandro Rodríguez Castro, a fin de notificarle el auto inicial y de traslado de cargos, se provee, en aras de cumplir con todo rigor el debido proceso, de conformidad con el artículo 241 incisos 3 y 4, de la Ley General de la Administración Pública, notificarle al Lic. Alejandro Rodríguez Castro el auto inicial y de traslado de las presentes diligencias, mediante la publicación por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta teniéndose por hecha la notificación a partir de la última publicación. Procédase y publíquese.—Lic. Rocío Leiva Trejos, Fiscal.—O.C. Nº 8505.—Solicitud Nº 40558.—C-535820.—(IN2012030661).