LA GACETA Nº 89 DEL 9 DE MAYO DEL 2012

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

HACIENDA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

LICITACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

CULTURA Y JUVENTUD

PODER JUDICIAL

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

AVISOS

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUTO COSTARRICESENE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE OSA

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN

Y EXTRANJERÍA

CIRCULAR

DG-0018-04-2012SV

PARA:         Todos los Agentes de Migración en el Exterior, Direcciones, Gestiones, Subprocesos, Departamentos, Delegaciones y oficinas de la Dirección General de Migración y Extranjería.

FECHA:       27 de abril del 2012.

DE:                Lic. Kathya Rodríguez Araica

                      Directora General Migración y Extranjería

RIGE:            A partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

ASUNTO:    Directrices Generales sobre Visas de Ingreso para personas No Residentes.

DIRECTRICES GENERALES DE VISAS DE INGRESO

PARA PERSONAS NO RESIDENTES

CONSIDERACIONES INICIALES

PRIMERO: FUNDAMENTO LEGAL (LEY DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, LEY 8764).

Artículo 47.—La Dirección General establecerá las directrices generales de visas de ingreso y permanencia para no residentes, para personas extranjeras provenientes de determinados países o zonas geográficas, con base en los acuerdos y tratados internacionales vigentes y en las razones de seguridad, conveniencia u oportunidad para el Estado costarricense.

Artículo 51.—Las personas extranjeras que pretendan ingresar bajo la categoría migratoria de no residentes, salvo las excepciones que determinen las directrices generales de visas de ingreso y permanencia para no residentes, requerirán la correspondiente visa de ingreso. El plazo de permanencia será autorizado por el funcionario de la Dirección General competente al ingreso de la persona extranjera al país con base en las directrices establecidas por la Dirección General. Previo al otorgamiento de la visa, los agentes de migración en el exterior deberán obtener, de la Dirección General, la respectiva autorización de ingreso, en los casos que corresponda, de acuerdo con las directrices generales de visas de ingreso y permanencia para no residentes.

SEGUNDO: DEFINICIÓN DE INGRESO Y PERMANENCIA COMO NO RESIDENTE. Las personas admitidas al país en calidad de NO RESIDENTES podrán realizar las actividades delimitadas por la Organización Mundial del Turismo como turismo y comprende cualquier actividad realizada durante el viaje con fines de ocio, negocios o profesionales siempre y cuando no sean actividades remuneradas o lucrativas.

TERCERO: EL INGRESO. De acuerdo a lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Migración y Extranjería, Ley 8764 y el Decreto Ejecutivo 36769-G Reglamento de Control Migratorio las personas extranjeras que pretendan ingresar a Costa Rica deberán aportar: 1) pasaporte o documento de viaje válido (ver vigencia en cada grupo a continuación); 2) visa en caso de requerirla; 3) comprobación de solvencia económica de un mínimo de USD$100.00 (cien dólares americanos) por mes de permanencia legal en el país; 4) tiquete, boleto o pasaje de continuación de viaje o bien el plan de navegación en el conste el puerto de destino, y 5) no tener impedimento de ingreso al territorio nacional.

CUARTO: Según lo estipulado en el artículo 55 de la Ley General de Migración y Extranjería la visa implica una mera expectativa de derecho, no supone la admisión incondicional de la persona extranjera al país ni la autorización de permanencia pretendida; estará supeditada al control migratorio que el funcionario competente realice en el puesto de ingreso para verificar el cumplimiento de todos los requisitos legales y reglamentarios exigidos para el ingreso.

DIRECTRICES GENERALES DE VISAS

DE INGRESO PARA NO RESIDENTES

PRIMER GRUPO DE PAÍSES

    INGRESO: SIN VISA CONSULAR.

    PERMANENCIA MÁXIMA: HASTA LOS NOVENTA DÍAS. NO PRORROGABLES.

    PASAPORTE: VIGENCIA HASTA UN DÍA.

ALEMANIA

LITUANIA

ANDORRA

LUXEMBURGO

ARGENTINA

MALTA

AUSTRALIA*

MÉXICO

AUSTRIA

MALTA

BAHAMAS

MÉXICO

BARBADOS

MONTENEGRO

BÉLGICA

NORUEGA*

BRASIL

NUEVA ZELANDA*

BULGARIA

PAÍSES BAJOS (HOLANDA) *

CANADÁ

PANAMÁ

CROACIA

PARAGUAY

CHILE

POLONIA

CHIPRE

PORTUGAL

DINAMARCA*

PRINCIPADO DE MÓNACO

ESLOVAQUIA

SAN MARINO

ESLOVENIA

PUERTO RICO

ESPAÑA

SERBIA

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA*

SUDÁFRICA

ESTONIA

REINO UNIDO DE LA GRAN BRETAÑA**

FINLANDIA

E IRLANDA DEL NORTE**

FRANCIA*

REPÚBLICA CHECA

HUNGRÍA

REPÚBLICA DE COREA DEL SUR

IRLANDA

REPÚBLICA HELÉNICA (GRECIA)

ISLANDIA

RUMANIA

ISRAEL

SANTA SEDE VATICANO

ITALIA

SINGAPUR

JAPÓN

SUECIA

LETONIA

SUIZA

LIECHTENSTEIN

TRINIDAD Y TOBAGO

LITUANIA

URUGUAY

LUXEMBURGO

 

 

*Sus dependencias reciben igual tratamiento

**Incluye Inglaterra, Gales y Escocia

 

SEGUNDO GRUPO

    INGRESO: SIN VISA CONSULAR.

    PERMANENCIA MÁXIMA: HASTA LOS TREINTA DÍAS. PRORROGABLES HASTA LOS NOVENTA DÍAS.

Las personas extranjeras autorizadas para ingresar al país y permanecer en él bajo la categoría migratoria de no residente, por un plazo inferior a los noventa días, tendrán la posibilidad de prorrogar su permanencia, previa gestión anterior al vencimiento del plazo original autorizado y previa comprobación de que poseen medios económicos suficientes para subsistir. Revisar requisitos y procedimientos en www.migracion.go.cr.

 

    PASAPORTE: VIGENCIA OBLIGATORIA DE TRES MESES.

ANTIGUA Y BARBUDA

MAURICIO

BELICE

MICRONESIA (ESTADOS FEDERADOS)

BOLIVIA

NAURU

DOMINICA

PALAOS

EL SALVADOR

REINO DE TONGA

FILIPINAS

SAMOA

FIYI

SAN CRISTOBAL Y NIEVES

GRANADA

SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS

GUATEMALA

SANTA LUCÍA

GUYANA

SANTO TOMÉ Y PRINCÍPE

HONDURAS

SEYCHELLES

ISLAS MARIANAS DEL NORTE

SURINAM

ISLAS MARSHALL

TUVALU

ISLAS SALOMÓN

TURQUÍA

KIRIBATI

VANUATU

MALDIVAS

VENEZUELA

 

TERCER GRUPO

    INGRESO: CON VISA CONSULAR.

    PERMANENCIA MÁXIMA: HASTA LOS TREINTA DÍAS. PRORROGABLES HASTA LOS NOVENTA DÍAS.

Las personas extranjeras autorizadas para ingresar al país y permanecer en él bajo la categoría migratoria de no residente, por un plazo inferior a los noventa días, tendrán la posibilidad de prorrogar su permanencia, previa gestión anterior al vencimiento del plazo original autorizado y previa comprobación de que poseen medios económicos suficientes para subsistir. Revisar requisitos y procedimientos en www.migracion.go.cr.

 

    PASAPORTE: VIGENCIA OBLIGATORIA DE SEIS MESES.

ALBANIA

MALASIA

ANGOLA

MALAUI

ARABIA SAUDÍ

MALI

ARGELIA

MARRUECOS

ARMENIA

MAURITANIA

AZERBAIYÁN

MOLDAVIA

BAHRÁIN

MONGOLIA

BENIN

MOZAMBIQUE

BIELORRUSIA

NAMIBIA

BOSNIA Y HERCEGOVINA

NEPAL

BOTSUANA

NICARAGUA

BRUNÉI-DARRUSAL

NÍGER

BURKINA FASO (ALTO VOLTA)

NIGERIA

BURUNDI

OMÁN

BUTÁN

PAKISTÁN

CABO VERDE

PAPUA NUEVA GUINEA

CAMBOYA

PERÚ

CAMERÚN

QATAR

COLOMBIA

REPÚBLICA ÁRABE SAHARAHUI (SAHARA OCCIDENTAL)

COSTA DE MARFIL

REPÚBLICA CENTRO AFRICANA

COMORAS

REPÚBLICA DE MACEDONIA

CHAD

REPÚBLICA DEL CONGO

ECUADOR

REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO (ANTES ZAIRE)

EGIPTO

REPÚBLICA DEMOCRÁTICA POPULAR DE LAOS

EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

REPÚBLICA DOMINICANA

FEDERACIÓN RUSA

RUANDA

GABÓN

SENEGAL

GAMBIA

SIERRA LEONA

GEORGIA

SUDÁN

GHANA

SWAZILANDIA

GUINEA

TAILANDIA

GUINEA BISSAU

TAIWAN (REGIÓN)

GUINEA ECUATORIA

TANZANIA

INDIA

TAYIKISTÁN

INDONESIA

TIMOR ORIENTAL

JORDANIA

TOGO

KAZAJISTÁN

TÚNEZ

KENIA

TURKMENISTÁN

KIRQUIZISTÁN

UCRANIA

KOSOVO

UGANDA

KUWAIT

UZBEKISTÁN

LESOTO

VIET NAM

LIBERIA

YEMEN

LIBIA

YIBUTI

LÍBANO

ZAMBIA

MADACASCAR

ZIMBABUE

 

EXCEPCIONES DE INGRESO PARA NACIONALES DE PAÍSES DEL TERCER GRUPO

Las personas nacionales de los países ubicados en el tercer grupo que cumplan con alguna de las excepciones de ingreso estipuladas a continuación, podrán prescindir del proceso de las visas ordinarias:

a)   Los nacionales de los países ubicados en el tercer grupo que posean visa de ingreso vigente por tres meses (visa de turismo, visa de tripulante o visa de negocios) a Estados Unidos de América, Canadá, Corea del Sur, Japón, los países de la Unión Europea y/o visa Schengen estampada en su pasaporte, podrán prescindir de visa consular para ingresar a Costa Rica. El plazo de tres meses debe contarse a partir del día de ingreso a Costa Rica. El plazo de permanencia será máximo de 30 días y la vigencia del pasaporte será de seis meses.

b)   Los nacionales de los países ubicados en el tercer grupo, con una permanencia legal (residencia, permiso de trabajo, permiso de estudio, refugio) mínima de seis meses en Estados Unidos de América, Canadá y los países de la Unión Europea, podrán prescindir de visa consular para ingresar a Costa Rica. El plazo de seis meses debe contarse a partir del día de ingreso a Costa Rica. Los nacionales que no cuenten con la permanencia legal de seis meses requerida, podrán optar por una visa consular en el país respectivo que será otorgada bajo los lineamientos establecidos en el Decreto Ejecutivo 36626-G Reglamento para el Otorgamiento de Visas, quedando a criterio del cónsul aplicar esta modalidad. El plazo de permanencia será máximo de 30 días y la vigencia del pasaporte será de seis meses.

c)   Los nacionales de los países ubicados en el tercer grupo que ostenten una permanencia legal (residencia, permiso de trabajo, permiso de estudio, refugio) con una vigencia no inferior a seis meses, en los países del primer grupo que no se encuentren en los supuestos del inciso anterior, podrán solicitar visa consular en ese país de permanencia legal, que será otorgada bajo los lineamientos establecidos en el Decreto Ejecutivo 36626-G Reglamento para el Otorgamiento de Visas siempre que presenten ante el respectivo cónsul costarricense, el documento de identidad que acredita esa permanencia. Los cónsules costarricenses deberán verificar ante las autoridades migratorias del país de permanencia, la autenticidad de esa condición. El plazo de seis meses debe contarse a partir del día de ingreso a Costa Rica. El plazo de permanencia será máximo de 30 días y la vigencia del pasaporte será de seis meses.

d)   Los nacionales de los países ubicados en el tercer grupo que radiquen en calidad de residente permanente con una vigencia no inferior a seis meses en Guatemala, Honduras, Nicaragua o El Salvador, podrán solicitar visa consular en ese país de residencia permanente, siempre que presenten ante el respectivo cónsul costarricense, el documento de identidad que acredita esa permanencia legal. La visa será otorgada bajo los lineamientos establecidos en el Decreto Ejecutivo 36626-G Reglamento para el Otorgamiento de Visas. Los cónsules costarricenses deberán verificar ante las autoridades migratorias del país de residencia, la autenticidad de la residencia permanente.

Para los demás extranjeros nacionales de un país del tercer grupo que solicite visa de ingreso ante un consulado costarricense que no sea el de su país de origen o residencia y que no se encuentre dentro de las observaciones indicadas anteriormente, el agente consular deberá remitir la petición a la Dirección General de Migración y Extranjería, para su valoración. Estas solicitudes serán valoradas según lo establecido en el Decreto Ejecutivo 36626-G Reglamento para el Otorgamiento de Visas.

CUARTO GRUPO DE PAÍSES

    INGRESO: CON VISA RESTRINGIDA AUTORIZADA POR LA COMISIÓN DE VISAS RESTRINGIDAS.

    PERMANENCIA MÁXIMA: HASTA LOS TREINTA DÍAS. PRORROGABLES HASTA LOS NOVENTA DÍAS.

Las personas extranjeras autorizadas para ingresar al país y permanecer en él bajo la categoría migratoria de no residente, por un plazo inferior a los noventa días, tendrán la posibilidad de prorrogar su permanencia, previa gestión anterior al vencimiento del plazo original autorizado y previa comprobación de que poseen medios económicos suficientes para subsistir. Revisar requisitos y procedimientos en www.migracion.go.cr.

 

    PASAPORTE: VIGENCIA OBLIGATORIA DE SEIS MESES.

                               PAÍS

AFGANISTÁN

JAMAICA

BANGLADESH

MYANMAR (BIRMANIA)

CUBA

PALESTINA

ERITREA

REPÚBLICA ÁRABE SIRIA

ETIOPÍA

REPÚBLICA POPULAR DE CHINA (CHINA CONTINENTAL)

HAITÍ

REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA COREA DEL NORTE

IRÁN

SOMALIA

IRAQ

SRI LANKA

 

EXCEPCIONES DE INGRESO PARA NACIONALES DE PAÍSES DEL CUARTO GRUPO

Las personas nacionales de los países ubicados en el cuarto grupo que cumplan con alguna de las excepciones de ingreso estipuladas a continuación, podrán prescindir del proceso de las visas restringidas:

a)   Los nacionales de los países ubicados en el cuarto grupo que posean visa de ingreso vigente por tres meses (visa de turismo, visa de tripulante o visa de negocios) a Estados Unidos de América, Canadá, Corea del Sur, Japón, los países de la Unión Europea y/o visa Schengen, estampada en su pasaporte, podrán prescindir de visa consular para ingresar a Costa Rica. El plazo de tres meses debe contarse a partir del día de ingreso a Costa Rica. El plazo de permanencia será máximo de 30 días y la vigencia del pasaporte será de seis meses. Los nacionales de los países que cumplan esta disposición quedan exentos del depósito de garantía.

b)   Los nacionales de los países ubicados en el cuarto grupo, con una permanencia legal (residencia, permiso de trabajo, permiso de estudio, refugio) mínima de seis meses en Estados Unidos de América, Canadá y los países de la Unión Europea, podrán prescindir de visa consular para ingresar a Costa Rica. El plazo de seis meses debe contarse a partir del día de ingreso a Costa Rica. Los nacionales que no cuenten con la permanencia legal de seis meses requerida, podrán optar por una visa consular en el país respectivo que será otorgada bajo los lineamientos establecidos en el Decreto Ejecutivo 36626-G Reglamento para el Otorgamiento de Visas, quedando a criterio del cónsul aplicar esta modalidad. El plazo de permanencia será máximo de 30 días y la vigencia del pasaporte será de seis meses.

c)   Los nacionales de los países ubicados en el cuarto grupo que ostenten una permanencia legal (residencia, permiso de trabajo, permiso de estudio, refugio) con una vigencia no inferior a seis meses, en los países del primer grupo que no se encuentren en los supuestos del inciso anterior, podrán solicitar visa consular en ese país de permanencia legal, que será otorgada bajo los lineamientos establecidos en el Decreto Ejecutivo 36626-G Reglamento para el Otorgamiento de Visas siempre que presenten ante el respectivo cónsul costarricense, el documento de identidad que acredita esa permanencia. Los cónsules costarricenses deberán verificar ante las autoridades migratorias del país de permanencia, la autenticidad de esa condición. El plazo de seis meses debe contarse a partir del día de ingreso a Costa Rica. El plazo de permanencia será máximo de 30 días y la vigencia del pasaporte será de seis meses.

d)   Los nacionales de Hong Kong portadores de pasaportes británicos para ciudadanos de ultramar (British National Overseas/BN) que se encuentren vigentes, recibirán el mismo tratamiento que los nacionales del primer grupo del presente reglamento, por lo que no requerirán visa para ingresar al país y su permanencia será hasta por treinta días. Los nacionales de Hong Kong que no porten el referido documento de viaje, sí requerirán visa restringida y se les aplicarán las disposiciones correspondientes a la República Popular China.

e)   En el caso de empresarios e inversionistas nacionales de la República Popular China, que realicen su trámite desde el Consulado de Costa Rica en China, debidamente avalados mediante carta de apoyo emitida por el Consejo Chino para el Fomento del Comercio Internacional (China Council for the Promotion of International Trade, CCPIT) o la Oficina Comercial de PROCOMER en China, los requisitos de ingreso serán los señalados para las personas extranjeras del tercer grupo, es decir, ingreso mediante visado consular. La Oficina Comercial de PROCOMER en China, únicamente otorgará dicho documento en aquellos casos en que las personas que requieren visitar Costa Rica, vayan a participar en una actividad relacionada con la promoción de las exportaciones y las inversiones en suelo nacional, organizada por PROCOMER. Es entendido que las cartas emitidas por los organismos citados en este inciso, deben contar con los requisitos mínimos que para tal efecto dispone el Consulado de Costa Rica en China.

f)    Los nacionales de la República Popular de China residentes en Beijing y Shanghai con un mínimo de ocho años de residencia permanente, podrán optar por visa consular ante el Consulado General de Costa Rica en Beijing, que será otorgada bajo los lineamientos establecidos en el Decreto Ejecutivo 36626-G Reglamento para el Otorgamiento de Visas, aportando además de los requisitos estipulados en dicho reglamento para este tipo de visa, la libreta familiar (hukou) y su cédula de identificación.

g)   Los nacionales de la República Popular de China portadores de pasaporte para asuntos públicos podrán ingresar con visa consular, según las disposiciones establecidas para el tercer grupo y de acuerdo con el procedimiento establecido entre la DGME y el Consulado de Costa Rica en Beijing.

h)   Los nacionales de la República Popular de China que sean portadores de pasaportes diplomáticos o de servicio del Gobierno de la República Popular China estarán exentos de los requisitos de visa tanto para la entrada, permanencia, salida y tránsito dentro del territorio, durante un período que no exceda los treinta días a partir de su entrada.

Para las personas extranjeras nacionales de un país del cuarto grupo que requieran visa de ingreso a Costa Rica y que no se encuentren dentro de las observaciones indicadas anteriormente, podrán efectuar un trámite de visa restringida ante la Comisión de Visas Restringidas. El agente consular deberá remitir la petición a dicha Comisión para su valoración. Estas solicitudes serán valoradas según lo establecido en el Decreto Ejecutivo 36626-G Reglamento para el Otorgamiento de Visas.

TRANSITORIO I

Los nacionales de países no señalados en los cuatro grupos anteriores, se encuentran incluidos en el Cuarto Grupo.

TRANSITORIO II

La Circular DG-3312-2010 queda derogada a partir de la publicación de las nuevas directrices en el Diario Oficial La Gaceta.

TRANSITORIO III

Dependencias británicas, francesas, holandesas, danesas, noruegas, neozelandesas y estadounidenses reciben igual tratamiento mientras porten pasaporte del país del cual son dependientes.

DEPENDENCIAS

BRITÁNICAS

ANGUILA

ISLAS MALVINAS

ASCENCIÓN

ISLAS PITCAIRN

BERMUDAS

ISLAS TURCAS Y CAICOS

GIBRALTAR

ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS

ISLAS CAIMÁN

MONSERRAT

ISLAS CANAL

SANTA HELENA

ISLAS DE MAN

TERRITORIO BRITÁNICO DEL OCÉANO INDICO

FRANCESAS

GUADALUPE

REUNIÓN

GUYANA FRANCESA

SAN PEDRO Y MIGUELÓN

MARTINICA

SAN MARTIN

MAYOTTE

TERRITORIOS AUSTRALES FRANCESES

NUEVA CALEDONIA

WALLIS Y FORTUNA

POLINESIA FRANCESA

 

PAÍSES BAJOS (HOLANDA)

ANTILLAS NEERLANDESAS

BONAIRE

ARUBA

CURAZAO

DANESAS

GROENLANDIA

ISLAS FEROÉ

AUSTRALIANAS

ISLAS COCOS

ISLAS HEARD Y McDONALD

ISLAS CHRISTMAS

ISLAS NORFOLK

ESTADOUNIDENSES

GUAM

ISLAS VÍRGENES AMERICANAS

ISLAS MENORES ALEJADAS DE ESTADOS UNIDOS

SAMOA AMERICANA

NEO ZELANDESAS

ISLAS COOK

TOLKELAU

NIUE

 

NORUEGAS

ISLAS BOUVET

SVALBARD Y JAN MAYEN

 

Lic. Kathya Rodríguez Araica, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 15215.—Solicitud Nº 41426.—C-252280.—(IN2012037785).

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar que la Asociación de Desarrollo Integral de El Molino de Florencia de San Carlos, Alajuela. Por medio de su representante: Ólger Peñaranda Corrales, cédula 203280940 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 13:04 horas del 12 de marzo del 2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN2012024274).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica Recreativa para la Construcción y Mantenimiento de la Plaza de Deportes de Carrizal Nº, Chacarita Puntarenas. Por medio de su representante: Luis Ángel de Jesús Soto Vásquez, cédula 602340532, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 26 de marzo del 2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2012285620.—(IN2012024479).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar que la Asociación de Desarrollo Integral de Palmital y San Juan Norte de Rivas de Pérez Zeledón, por medio de su representante: José Luis Campos Barrantes, cédula 105720046, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 13:32 horas del día 22/03/2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2012285789.—(IN2012024992).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar que la Asociación de Desarrollo Integral de San Miguel de Sarapiquí de Alajuela, por medio de su representante: Edwin Daniel de Jesús Jiménez Padilla, portador de la cédula de identidad N° 1-707-434, ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículos N° 17 para que en adelante se lea así:

Artículo N° 17:

La Junta directiva es el órgano encargado de dirigir y orientar la marcha de la asociación, atendiendo a las reglas establecidas en este estatuto y los acuerdos de las asambleas generales, estará integrada por siete miembros, a saber un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y tres vocales así como un fiscal, que serán nombrados en el seno de la asamblea general en votación secreta o pública levantando la mano, por papeleta o individual por mayoría de votos, durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelectos indefinidamente siempre y cuando la Asamblea General así lo decida.

Dicha reforma es visible a folio 30 vuelto del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afiliados celebrada el día 9 de octubre del 2011.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las once horas del día 27 de marzo del 2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2012285979.—(IN2012024993).

HACIENDA

UNIDAD EJECUTORA DE REGULARIZACIÓN

DE CATASTRO  Y REGISTRO

AVISOS

En el marco del Programa de Regularización del Catastro y Registro del Gobierno de Costa Rica y la Ley de Catastro Nacional y su Reglamento.

Se convoca a los propietarios y poseedores del distrito San Pablo, cantón de San Pablo, de la provincia de Heredia, para que se apersonen a la Exposición Pública de Resultados del Levantamiento Catastral, que se realizará del 18 al 27 de mayo del 2012. Esto con el fin de que examinen los registros y mapas catastrales, suscriban el acta de conformidad o manifiesten su inconformidad. De no presentarse el Catastro Nacional dará los datos por correctos, según lo indica el Artículo 19 de la Ley de Catastro.

Horario de Atención: de lunes a domingo de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. (jornada continua). Dirección: Centro Cultural de San Pablo, ubicado en la Plaza de los Expresidentes, del Gimnasio del Liceo Mario Vindas Salazar, 500 metros este y 100 metros norte, contiguo a la Cruz Roja.

Para más información comuníquese al 2202-0999 con María Gómez y/o al 2527-9516 con Zeidy Cedeño.

San José, 26 de abril del 2012.—Unidad Ejecutora 1284/OC-CR.—Homer Badilla Toledo, Especialista en Adquisiciones.—1 vez.—(IN2012033783).

En el marco del Programa de Regularización del Catastro y Registro del Gobierno de Costa Rica y la Ley de Catastro Nacional y su Reglamento.

Se convoca a los propietarios y poseedores del distrito Santo Domingo, cantón de Santa Bárbara, de la provincia de Heredia, para que se apersonen a la Exposición Pública de Resultados del Levantamiento Catastral, que se realizará del 18 al 27 de mayo del 2012. Esto con el fin de que examinen los registros y mapas catastrales, suscriban el acta de conformidad o manifiesten su inconformidad. De no presentarse el Catastro Nacional dará los datos por correctos, según lo indica el artículo 19 de la Ley de Catastro.

Horario de Atención: De lunes a domingo de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. (jornada continua)

Dirección: Aula del Edificio Noé Chacón Zumbado, en Santa Bárbara de Heredia, ubicado en el costado norte, de la iglesia católica.

Para más información comuníquese al 2202-0999 con María Gómez y/o al 2527-9516 con Zeidy Cedeño.

San José, 4 de mayo del 2012.—Unidad Ejecutora.—Homer Badilla Toledo, Especialista en Adquisiciones.—1 vez.—(IN2012037734).

En el marco del Programa de Regularización del Catastro y Registro del Gobierno de Costa Rica y la Ley de Catastro Nacional y su Reglamento.

Se convoca a los propietarios y poseedores de los distritos Occidental, Oriental, Guadalupe y E1 Carmen, cantón de Cartago, de la provincia de Cartago, para que se apersonen a la Exposición Pública de Resultados del Levantamiento Catastral, que se realizará del 25 de mayo al 3 de junio del 2012. Esto con el fin de que examinen los registros y mapas catastrales, suscriban el acta de conformidad o manifiesten su inconformidad. De no presentarse el Catastro Nacional dará los datos por correctos, según lo indica el artículo 19 de la Ley de Catastro.

Horario de Atención: De lunes a domingo de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. (jornada continua)

Dirección: Salón Parroquial de la Catedral del Carmen, ubicado al costado norte del Banco Nacional de Cartago.

Para más información comuníquese al 2202-0999 con María Gómez y/o al 2527-9516 con Zeidy Cedeño.

San José, 4 de mayo del 2012.—Unidad Ejecutora.—Homer Badilla Toledo, Especialista en Adquisiciones.—1 vez.—(IN2012037739).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

EDICTOS

La doctora Paola Núñez Cascante, número de cédula 205110339, vecina de San José, en calidad de representante legal de la Droguería Lisan S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Shampoo con Azul de Metileno para perros y gatos, fabricado por Laboratorios Lisan S. A., con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contienen: Azul de Metileno 0.0035 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Prevención de infecciones cutáneas, para pelaje opaco y quebradizo. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 24 de enero del 2012.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012024722).

La doctora Paola Núñez Cascante, número de cédula 205110339, vecina de San José, en calidad de representante legal de la Droguería Lisan S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Ciprofloxacina Lisan 500 mg/g Polvo Oral, fabricado por Laboratorios Lisan S. A., con los siguientes principios activos: Cada 100 mg contiene: Ciprofloxacina HCL H20 582 mg equivalente a 500 mg de Ciprofloxacina base y las siguientes indicaciones terapéuticas: Antibiótico de amplio espectro para tratamiento de enfermedades causadas por bacterias sensibles a la Ciprofloxacina. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861 -MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 24 de enero del 2012.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012024723).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Rama Técnica”, inscrito en el tomo 01, folio 19, título N° 24 y del Título de Técnico Medio en Secretariado, inscrito en el tomo 01, folio 20, título N° 491, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Valverde Pana Hilda María. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012030054).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio 121, título Nº 153, emitido por el Instituto Clodomiro Picado Twight, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Sanabria Ujueta Soledad. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012030108).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 235, título N° 903, emitido por el Liceo Los Lagos en el año dos mil once, a nombre de Yoseline Tatiana Ovares Nájera. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Yoseline Tatiana Durán Ovares. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los doce días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012288347.—(IN2012029492).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 49, título N° 93, emitido por el Liceo Potrero Grande en el año dos mil siete, a nombre de García Barrantes David. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012288445.—(IN2012029493).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 351, título Nº 2247, emitido por el Liceo de Costa Rica, en el año dos mil seis, a nombre de Chavarría Pravia Bagner Adonis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de enero del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN212030114).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, título Nº 55, emitido por el Centro Educativo Madelene Medford en el año dos mil once, a nombre de Montero Madrigal Sergio Francisco. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de abril del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012288747.—(IN212030297).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 53, título Nº 1308, emitido por el Liceo de Coronado, en el año dos mil cuatro, a nombre de Gómez Tenorio Christian Daniel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 6 de diciembre del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012288801.—(IN20120030298).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 134, título Nº 517, emitido por el Colegio Técnico Profesional Guaycará en el año dos mil nueve, a nombre de Acuña Chavarría Aurora del Carmen. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de marzo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012030545).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 137, título N° 955, asiento 09, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal, en el año dos mil seis, a nombre de Elizondo Arias Adriana María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintidós días del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012030642).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título N° 71, emitido por el Liceo Julio Fonseca Gutiérrez en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Johnson Castillo Nubia Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de abril del dos mil doce.—M.Sc. Trino Zamora Zumbado, Jefe, Departamento de Evaluación de la Calidad.—(IN2012030658).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 69, título N° 289, emitido por el Liceo Julio Fonseca Gutiérrez, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Calderón Umaña Christian David. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012030740).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, título N° 394, emitido por el Colegio de Limón Diurno, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Batres Sandoval Eddie. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012030742).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 130, título N° 2875, emitido por el Liceo Dr. Vicente Lachner Sandoval, en el año dos mil nueve, a nombre de Vargas Acuña Eduardo Aníbal. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—Nº RP2012289066.—(IN2012030811).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 11, título N° 24, emitido por el CINDEA Santa Ana, en el año dos mil uno, a nombre de Escalante Landaverde María Judith. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—Nº RP2012289136.—(IN2012030812).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 70, título N° 995, emitido por el Colegio Saint Paul, en el año dos mil nueve, a nombre de Artavia Cappella Carolina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de marzo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012031131).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Educación Técnica en la Modalidad Agropecuaria, inscrito en el tomo 1, folio 22, título N° 989, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Cartagena, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Leal Barrantes Martín. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de julio del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012031165).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

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Cambio de Nombre Nº 77850

Que Una Aine Ni Fhiachain, cédula de residencia 137200000321, y pasaporte L030130, en su calidad de apoderada generalísima de Ayurveda Centroamericana S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Ayurveda S. A., cédula jurídica 3-101-123007, por el de Ayurveda Centroamericana S. A., presentada el día 15 de marzo de 2012 bajo expediente 77850. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2001-0002232 Registro Nº 129285 AYURVEDA HIMALAYA en clase 49 Marca Mixta. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de marzo del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2012027058).

Cambio de Nombre Nº 76312

Que Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 1-415-1184, en calidad de apoderado especial de Liphatech S.A.S., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de De Sangosse Appats por el de Liphatech S.A.S., presentada el 9 de enero de 2012, bajo expediente 76312. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7741805 Registro Nº 77418 LIPHATECH en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de marzo de 2012.—Lic. Tomás Montenegro Montenegro, Registrador.—1 vez.—(IN2012028614).

Cambio de Nombre Nº 76350

Que Harry Zurcher Blen, cédula de identidad 1-415-1184, en calidad de apoderado especial de Chemtura Usa Corporation, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Uniroyal Chemical Company Inc., por el de Chemtura Usa Corporation, presentada el 10 de enero de 2012, bajo expediente 76350. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7847105 Registro Nº 78471 VITAVAX 300 en clase 5 Marca Denominativa, 1900-8092005 Registro Nº 80920 TERRAZOLE en clase 5 Marca Denominativa, 2001-0004292 Registro Nº 131430 DIMILIN en clase 5 Marca Denominativa y 2001-0004832 Registro Nº 131235 MICROMITE en clase 5 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de febrero de 2012.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—1 vez.—(IN2012028615).

Cambio de Nombre Nº 77060

Que Édgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de apoderado especial de Banco Promérica de Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Banca Promérica Sociedad Anónima por el de Banco Promérica de Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el 7 de febrero de 2012, bajo expediente 77060. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1993-0006634 Registro Nº 87718 TECNICARD en clase 49 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de marzo del 2012.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—1 vez.—(IN2012028616).

Patentes de Invención

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Rafael Ángel Quesada Vargas, cédula 1-0994-0112, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de Apoderado Especial de Abbott Biotherapeutics Corp., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS ANTI-VEGF Y SUS USOS. La presente divulgación se refiere a anticuerpos dirigidos al factor de crecimiento endotelial vascular (“VEGF”) y usos de estos anticuerpos, por ejemplo para tratar enfermedades asociadas con la actividad y/o sobreproducción de VEGF. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07 16/22, cuyos inventores son Harding Fiona, Akamatsu Yoshiko, Dubridge Robert B, Powers David B. La solicitud correspondiente lleva el número 20110653, y fue presentada a las 14:48:10 del 06 de diciembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de febrero del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012285429.—(IN2012023960).

La señora Silvia Salazar Fallas cédula 1-622-930, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de Universidad de Costa Rica, de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado MINI MESA PERSONAL PORTÁTIL.

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Plato especial para facilitar a las personas el poder portar con sólo una mano: el vaso, plato, servilletas, cigarrillos, salsas u otros objetos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 07/02, cuyo(s) inventor(es) es(son) Erick Alonso Flores Arroyo. La solicitud correspondiente lleva el número 20120077, y fue presentada a las 14:40:10 del 14 de febrero de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—O.C. 114713.—Sol. 26499.—C-68620.—(IN2012030670).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Luis Esteban Hernández Brenes, mayor de edad, Abogado, con cédula de identidad número: 4-155-803, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Hunca Kozmetik Sanayi Anonim Sirketi, de Turquía, solicita el diseño industrial denominado ENVASE.

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El presente diseño industrial, cuya documentación comprende seis representaciones fotográficas y una descripción sumaria, se refiere al diseño de una caja o envase con una forma cilíndrica y alargada y su tapa. Y su forma plástica y las líneas y diseños que contiene, son las que confieren a este envase una específica connotación ornamental que expresamente se reivindica con el presente registro de diseño industrial, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es 09/03 cuyo inventor es Tuncer Hunca. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0057, y fue presentada a las 12:12:23 del 6 de febrero de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de marzo de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012285941.—(IN2012024997).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: ACROMTA-Asociación Costarricense de Cirugía contra Obesidad y Transtornos Metabólicos, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: dedicarse al estudio, investigación y manejo ético de la obesidad, enfermedades metabólicas relacionadas y transtorno de la conducta alimentaria. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Jacobo Zafrani Zebede. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011, asiento: 357432, adicional tomo: 2012, asiento: 55973).—Curridabat, veinte de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2012024295).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la Asociación a la Carga, cédula jurídica 3-002-646163, misma que en adelante se denominará: Asociación Cultural Insitu. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 44842, sin adicionales. Dado en el Registro Nacional a las 10 horas 46 minutos del 14 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2012024410).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Academia de Historia de la Medicina de Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José, Mata Redonda, costado sur de La Sabana, en la sede del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica. Cuyos fines principales entre otros son: rescatar y preservar la memoria histórica del desarrollo de la Medicina en Costa Rica desde la época indígena, colonial y republicana. Promover la celebración de congresos, simposios y talleres, relacionados con la historia de la medicina regional, continental y universal. Su presidente Rolando Cruz Gutiérrez es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2011, asiento: 310685, adicional tomo: 2011, asiento: 342020.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 30 minutos del 6 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285522.—(IN2012024471).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Productores Agroecológicos de Cacao del cantón de Pococí, con domicilio en la provincia de Limón, Pococí, Cariari centro, en las instalaciones del Instituto de Desarrollo Agrario. Cuyos fines principales entre otros son: impulsar proyectos agrícolas y pecuarios de desarrollo productivo que sean factibles a través del tiempo, fomentar, organizar, planificar, distribuir, coordinar y evaluar el trabajo, en pro del desarrollo agropecuario en favor de los asociados. Su presidente: Tomás Eliodoro Quesada Delgado es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones indicadas en el estatuto. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; tomo: 2012, asiento 16460, sin adicionales.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 30 minutos del 6 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285559.—(IN2012024472).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-273597, denominación: Asociación de Acueducto Rural de Río Conejo de Cartago. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 29 minutos y 31 segundos del 9 de marzo del 2012. Documento tomo: 2012, asiento: 50112.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285574.—(IN2012024473).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-087352, denominación: Federación Misionera Evangélica Costarricense. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2012, asiento: 30530.—Curridabat, 8 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285724.—(IN2012024474).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-098217, denominación: Asociación de Voluntarios para el Servicio en las Áreas Protegidas. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2012, asiento: 52377.—Curridabat, 12 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2012024720).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del Estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-199371 denominación: Asociación Turística Visite Estados Unidos. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 43681).—Curridabat, 1º de marzo del 2012.—Lic. Henry Jara Solís, Subdirector a. í.—1 vez—(IN2012024873).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva La Francia del Cairo de Siquirres, con domicilio en la provincia de Limón; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción, masificación, y todo lo relacionado con el fútbol en todas sus áreas y el deporte en general en ambos géneros y en todas sus categorías a nivel nacional e internacional de acuerdo con sus propios estatutos y reglamentos, y los entes oficiales de esta disciplina, así como los deportes en general. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Carlos Manuel Salazar Porras. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 asientos: 4433, 41769).—Curridabat, 21 de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285767.—(IN2012024986).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación para el Fomento del Deporte y la Recreación de Corredores (AFODERCO), con domicilio en la provincia de Puntarenas, Corredores, en el Salón Comunal de Ciudad Neily. Cuyos fines principales son: construir una asociación que promueva el deporte y la recreación, en el cantón de Corredores de la provincia de Puntarenas. Colaborar en los programas y campañas de índole educativas que se emprendan, en las que se fomente el deporte y la recreación en Corredores de la provincia de Puntarenas. Su presidente William Baltodano Valverde y el Vicepresidente Michael Reyes Wong, son los representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; tomo: 2011 asiento 342383, sin adicionales. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 30 minutos, del catorce de febrero del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285816.—(IN2012024987).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Mujeres y Hombres Artesanos y Artesanas Tiviritabara, La Victoria, Horquetas, Sarapiquí, Heredia, con domicilio en la provincia de Heredia; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: asesorar a los artesanos de la comunidad. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Laura Varela Mora. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 asiento: 35261.—Curridabat, 5 de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285896.—(IN2012024988).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma total de estatutos de la Asociación Nacional de Administradores de Servicios de Salud y Afines del Seguro Social (ANASASS) la cual se denominará Asociación Nacional de Administradores de Salud y Afines del Seguro Social “ANASASS”. Por cuanto dichas reformas se encuentran dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite, documento tomo: 2012, asiento: 73123.—Curridabat, 23 de marzo del dos mil doce.—Lic. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012285911.—(IN2012024989).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cámara de Agricultores Zona Norte y Zarcero, con domicilio en la provincia de San Carlos. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: trabajar por la organización y efectivo desarrollo de la agricultura y artesanía. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo limitado a la suma de un millón de colones, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Richard Arias Caballero. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011 asiento 330111 y documento adicional tomo 2012 asiento 32533).—Curridabat, catorce de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012288617.—(IN2012030287).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

La Dirección Nacional de Notariado hace saber: que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio del Notariado de la Licenciada Cinthya Roja Boza, portadora de la cédula de identidad número 1-1174-0818, carné profesional 18285, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. (Expediente 12-000211-0624-NO).—San José, 15 de marzo del 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012285881.—(IN2012024995).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 569-H.—Planta Eléctrica de Tapezco Ltda, solicita concesión de: 300 litros por segundo del río Tapezco, efectuando la captación en finca de Guido Alfaro Rodríguez en Tapezco, Zarcero, Alajuela, para uso fuerza hidráulica autogeneración eléctrica y venta a terceros Coordenadas 245,175 / 492,200 hoja 3346 IV. Caída bruta (metros) 120 m, Potencia teórica (Kw) 352,84 kw. Propietarios de terrenos aguas abajo no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del término de un mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de mayo del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2012026130).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 7611.—Saúl Francisco Prado Abarca solicita concesión de: 0,06 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cangrejal, Acosta, San José, para uso abrevadero y consumo humano doméstico. Coordenadas 191.700 / 516.200 hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de febrero del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012023711).

Exp. 14374A.—Imágenes de Arena Ltda, solicita concesión de: 15 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Inmobiliaria Brisas del Mar Azul IBMA S. A., en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso consumo humano, industria, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 171.832 /481.124 hoja Herradura. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de diciembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2012285240.—(IN2012023976).

Exp. 6873P.—Bananera Los Escorpiones S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de acuífero (pozo GM-27), efectuando la captación en finca de su propiedad en Duacarí, Guácimo, Limón, para uso agroindustrial-piñera. Coordenadas 252.950/579.450 hoja Guácimo. 12,87 litros por segundo de acuífero (pozo GM-40), efectuando la captación en finca de su propiedad en Duacarí, Guácimo, Limón, para uso agroindustrial-piñera. Coordenadas 252.890/579.150 hoja Guácimo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031223).

Exp. Nº 7081A.—Henry A., Villegas Corrales, solicita concesión de: 5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustria-embotellado para la venta y turístico-hotel-restaurante-piscinas. Coordenadas 270.000/463.000 hoja Fortuna. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031224).

Exp. Nº 15082A.—Hermanos Lobo Hernández S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del Río Santa Lucía, efectuando la captación en finca de el mismo en Las Juntas, Abangares, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 253.004/429.441 hoja Juntas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031225).

Exp. Nº 15080A.—Tierras de David M Y M S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de Naciente 1, efectuando la captación en finca de el mismo en Buenos Aires, Puntarenas, para uso embotellado para la venta. Coordenadas 343.800/540.800 hoja General. 3 litros por segundo de Naciente 2, efectuando la captación en finca de el mismo en Buenos Aires, Puntarenas, para uso embotellado para la venta. Coordenadas 343.650/540.750 hoja General. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031226).

Exp. Nº 15074A.—La Vita E Bella Ltda., solicita concesión de: 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en su propiedad en Buenos Aires, Buenos Aires, Puntarenas, para uso consumo humano-abrevadero. Coordenadas: 119.952/617.713 hoja General. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031228).

Exp. Nº 15089A.—Kenneth Alpízar Suárez, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Walter Suárez Villalta en Acapulco, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 238.550/448.450 hoja Chapernal. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031229).

Exp. Nº 15054A.—Miguel Arce E Hijos S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Meluisca Ltda. en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso granja avícola. Coordenadas 259.112/497.752 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031230).

Exp. Nº 15056A.—Meluisca Ltda., solicita concesión de: 1,45 litros por segundo de nacimiento sin nombre, efectuando la captación en su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano y lechería. Coordenadas 259.112/497.752 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031250).

Exp. Nº 13973P.—Aromapasto S. A., concesión de: 2,6 litros por segundo de acuífero (Pozo CN-695), efectuando la captación en finca de el mismo en Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 284.990/366.052 hoja Carrillo Norte. 2,6 litros por segundo acuífero (Pozo CN-696), efectuando la captación en finca de el mismo en Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 284.748/365.652 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031253).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 15043P.—Condominio Horizontal Vistas del Irazú, solicita concesión de: 0,75 litros por segundo del acuífero (pozo TP-31) efectuando la captación en finca de Condominio Horizontal Vista del Irazú en San Isidro, El Guarco, Cartago, para autoabastecimiento en Condominio Horizontal Vistas del Irazú. Coordenadas 201.200 / 541.250 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de febrero de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2012286018.—(IN2012024994).

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

EDICTOS

Ante la Oficina Regional San José Occidental del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los servicios ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles según el siguiente detalle:

Solicitante

Presolicitud

Ubicación Geográfica

N° de Plano

Área Bajo PSA

Enrique Vargas Herrera

SJ010035112

Caserío: La Potenciana

Distrito: Mercedes Sur

Cantón: Puriscal

Provincia: San José

SJ-1399676-2010

30

Gerardo Álvarez Vargas

SJ01006512

Caserío. Quebrada Ganado

Distrito: Tárcoles

Cantón: Garabito

Provincia: Puntarenas

P-1496470-2011

36

Luis Mora Cordero

SJ010068112

Caserío: La Potenciana

Distrito: Mercedes Sur

Cantón: Puriscal

Provincia: San José

SJ-1386404-2009

42

Jorge Rodríguez Zamora

SJ01009312

Caserío: Ángeles

Distrito: Ángeles

Cantón: San Ramón

Provincia: Alajuela

A-1377955-2009

119.2

Eliécer Jiménez Castro

SJ010147112

Caserío: El Caite

Distrito: San Juan Mata

Cantón: Turrubares

Provincia: San José

SJ-891994-2003

40

Inversiones Raica S. A.

SJ01019712

Caserío: San Rafael Norte

Distrito: Parrita

Cantón: Parrita

Provincia: Puntarenas

P-1504221-2011

18

Didier Rodríguez Rodríguez

SJ01021112

Caserío: Dos Bocas

Distrito: Savegre

Cantón: Aguirre

Provincia: Puntarenas

P-1413959-2010

25

Hermanos J & F de Puriscal S. A.

SJ01025612

Caserío: Alto Limón

Distrito: Mercedes Sur

Cantón: Puriscal

Provincia: San José

SJ-673567-2000

19.3

Mario Aguilar Álvarez

SJ010258112

Caserío. Rancho Largo

Distrito. Mercedes Sur

Cantón: Puriscal

Provincia: San José

SJ-1423797-2010

44

Quebrada Seca S. A.

SJ01026112

Caserío: Jacó

Distrito: Jacó

Cantón: Garabito

Provincia: Puntarenas

P-523625-1998

11.4

Gerardo Carranza Arias

SJ01026412

Caserío: Bajo Caliente

Distrito: Acapulco

Cantón: Puntarenas

Provincia: Puntarenas

P-921693-2004

35

Héctor Méndez Chinchilla

SJ01027712

Caserío: Dos Bocas

Distrito: Savegre

Cantón: Aguirre

Provincia: Puntarenas

P-711994-2001

20

Rosa Regina Díaz Núñez

SJ010278112

Caserío: Dos Bocas

Distrito: Savegre

Cantón: Aguirre

Provincia: Puntarenas

P-746535-2001

15

Andrés Quirós Corella

SJ01033612

Caserío: San Ramón

Distrito: Parrita

Cantón: Parrita

Provincia: Puntarenas

P-671010-2000

10

 

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo Número 25721-MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional de San José Occidental y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición. El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional, sita San José centro, calle 3, avenidas 3 y 5, en los altos de la Farmacia Morazán, horario de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.

Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro Fallas, Encargada.—O. C. Nº 139.—Solicitud Nº 47606.—C-243340.—(IN2012031103).                                                                                                                                                                                        2 v. 2.

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Elizabeth Guadamuz Reyes, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 736-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta y seis minutos del treinta de enero del dos mil doce. Exp. Nº 41787-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Reichel de Los Ángeles Mora Reyes..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Rosa Elizabeth Guadamuz Reyes”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012024302).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Reyna Celia Granados, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 310-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y cuarenta minutos del veintisiete de enero del dos mil doce. Ocurso Exp. No. 35750-2008. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Manuel Alejandro Arévalo Castro..., en el sentido que el primer nombre y el apellido de la madre del mismo son “Reyna” y “Granados” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—RP2012285533.—(IN2012024476).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Yamileth del Carmen Gutiérrez único apellido, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 115-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del veinticuatro de enero del dos mil once. Exp. Nº 29058-2010. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, Rectifíquense los asientos de nacimiento de Yilda del Carmen Mejía Gutiérrez y el de Meilyn Yuseth Mejía Gutiérrez en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Yamileth del Carmen Gutiérrez no indica segundo apellido” y no como se consignaron.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012024921).

AVISOS

DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO ELECTORAL

Y FINANCIAMIENTO DE PARTIDOS POLÍTICOS

AVISO

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 62 del Código Electoral, se hace saber que el señor Andrés Guzmán Stein, cédula de identidad número uno-cuatrocientos cinco-ciento veintiséis, en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo Superior del partido Avance Montes de Oca, en escrito presentado el nueve de abril de dos mil doce, ha solicitado la inscripción de dicho partido a escala cantonal, por el cantón de Montes de Oca de la provincia de San José, agregando para esos efectos: protocolización de las actas de la asamblea constitutiva y asamblea cantonal, conteniendo el Estatuto que incluye el programa doctrinal y la divisa que será: “...un fondo blanco con dos pinceladas de izquierda a derecha, terminando en forma de punta y siendo más ancha de izquierda a derecha, primera pincelada de color verde Pantone: trescientos cincuenta y la segunda pincelada de color amarillo Pantone: ciento ocho; en el segundo tercio dice AVANCE, en letra mayúscula y Tipografía: grenadier regular, mientras que el nombre Montes de Oca, se encuentra escrito en letras minúsculas, solo en mayúscula la-letra “M” de Montes y la letra “O” de Oca en Tipografía: Arial Black regular. El nombre AVANCE se escribe encima de Montes de Oca. Tanto la palabra AVANCE como la palabra Montes de Oca, serán en color verde pantone trescientos cincuenta C. La bandera será de forma rectangular...”; así como setenta y dos fórmulas de adhesiones colectivas. Previniese a quienes sean interesados para que dentro del término de quince días naturales contados a partir de la última publicación de este aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen pertinentes.—San José, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Héctor Fernández Masís, Director General.—(IN2012031251).

                                                                                                                                                                                                                                               5 v. 2.

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DESARROLLO ORGANIZACIONAL

GERENCIA ADMINISTRATIVA

PLAN DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2012

Se avisa a todos los potenciales oferentes que el Plan de Adquisiciones de la Dirección de Desarrollo Organizacional (UP 4506) para el año 2012, se encuentra a disposición de los interesados en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social, ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr, Transferencia/ Planes Anuales/ 2012/ Direcciones. Para consultas a los teléfonos 2539-0202, 2539-0208. Telefax 2539-0197.

San José, 27 de marzo del 2012.—Subárea de Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Silvia Cedeño Leiva, MBA, Jefa.—1 vez.—(IN2012024893).

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS

Modificación Plan Anual de Compras para el año 2012

De conformidad con las modificaciones a la Ley de Contratación Administrativa, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que la primera modificación al plan anual de compras para el año 2012, se encuentra a disposición de los interesados en la página Comprared, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared.

Proveeduría.—Lic. Guido Sandoval Carrera, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 08-2012.—Solicitud Nº 25277.—C-4700.—(IN2012037627).

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA

Modificación al plan de compras 2012

La Proveeduría Institucional del Laboratorio Costarricense de Metrología, avisa a los interesados en el plan de compras de esta institución para el período 2012, que el mismo ha sido modificado, se encuentra a disposición en forma gratuita en el Sistema Comprared en la dirección http://www.hacienda.go.cr/comprared, plan de compras versión 2, a partir del próximo día hábil de esta publicación.

Máster Dunia Jiménez Fernández, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 0004.—Solicitud Nº 43136.—C-4700.—(IN2012037520).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES

Conforme a lo dispuesto en el artículo 7º del Reglamento de Contratación Administrativa, esta Institución se permite publicar modificación que se realiza al Programa de Adquisiciones de la Institución, que fue publicado en La Gaceta N° 24 del 2 de febrero del 2012:

1-01-02   Alquiler de Maquinaria, equipo y mobiliario. De ¢22.650.000,00 pasa a ¢69.450.000,00

1-03-03   Impresión, encuadernación y otros. De ¢1.720.000,00 pasa a ¢2.220.000,00

1-04-04   Servicios de Ciencias Económicas y Sociales. De ¢25.000.000,00 pasa a ¢33.000.000,00

1-04-05   Servicio Desarrollo Sistemas Informáticos. ¢52.158.000,00

1-04-06   Servicios Generales. De ¢336.400.000,00 pasa a ¢345.100.000,00

1-04-99   Otros servicios de Gestión y Apoyo. De ¢194.500.000,00 pasa a ¢221.900.000,00

1-07-01   Actividades de Capacitación. De ¢26.125.000,00 pasa a ¢26.625.000,00

1-07-02   Actividades protocolarias y sociales. De ¢7.500.000,00 pasa a ¢6.000.000,00

1-08-01   Mantenimiento de Edificios y locales. De ¢27.000.000,00 pasa a ¢26.000.000,00

1-08-02   Mantenimiento de Vías de Comunicación. De ¢70.000.000,00 pasa a ¢69.000.000,00

1-08-03   Mantenimiento Instalaciones y otras obras. De ¢10.000.000,00 pasa a ¢9.200.000,00

1-08-04   Mantenimiento Reparación Maquinaria y Equipo Produc. ¢1.792.43,00

1-08-06   Mant. y Reparación Equipo de Comunicación. De ¢5.500.000,00 pasa a ¢5.800.000,00

1-08-07   Mant. y Rep. Equipo y Mobiliario de Oficina. De ¢16.374.682,00 pasa a ¢16.474.682,00

1-08-08   Mant. y Reparación Equipo Cómputo y Sist. Informac. De ¢7.184.000,00 pasa a ¢5.184.000,00

1-08-09   Mant. y Reparación de otros Equipos. De ¢2.733.888,00 pasa a ¢3.133.888,00

2-01-04   Tintas Pinturas y Diluyentes. De ¢21.650.000,00 pasa a ¢20.650.000,00

2-01-99   Otros Productos Químicos. De ¢3.500.000,00 pasa a ¢5.000.000,00

2-03-01   Materiales y productos metálicos. De ¢4.500.000,00 pasa a ¢3.900.000,00

2-99-01   Útiles y materiales de oficina y cómputo. De ¢4.550.000,00 pasa a ¢5.050.000,00

2-99-03   Productos de papel, cartón e impresos. De ¢9.825.000,00 pasa a ¢11.125.000,00

2-99-04   Textiles y Vestuario. De ¢2.675.000,00 pasa a ¢3.875.000,00

2-99-99   Otros útiles, materiales y suministros. De ¢4.950.000,00 pasa a ¢4.450.000,00

5-01-01   Maquinaria y equipo para la Producción. De ¢50.000.000,00 pasa a ¢28.211.658,72

5-01-03   Equipo de Comunicación. De ¢2.500.000,00 pasa a ¢5.780.112,08.

5-01-04   Equipo y Mobiliario de Oficina. De ¢6.400.000,00 pasa a ¢4.339.541,42

5-01-05   Equipo y Programas de Cómputo. De ¢24.500.000,00 pasa a ¢16.309.000,00

5-01-06   Equipo sanitario de Laboratorio e investigación. ¢12.500.000,00

5-01-99   Maquinaria y Equipo Diverso. ¢26.786.808,37

5-02-01   Edificios. De ¢35.000.000,00 pasa a ¢0,00

5-02-04   Obras Marítimas y Fluviales de ¢446.440.000,00 pasa a ¢123.440.000,00

5-02-99   Otras Construcciones, adiciones y mejoras. De ¢220.000.000,00 pasa a ¢849.123.019,99

5-99-02   Piezas y Obras de Colección. De ¢800.000,00 pasa a ¢0,00

En lo demás permanece igual el Programa de Adquisiciones, tal y como salió en la publicación de La Gaceta N° 24 del 2 de febrero del año en curso.

Proveeduría.—Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 26200.—Solicitud Nº 23093.—C-75220.—(IN2012037731).

LICITACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

PROYECTO DE EQUIDAD Y EFICIENCIA

DE LA EDUCACIÓN

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD

DE LA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

Nº 2012PP-000006-00100 (2012LPN-000003-PROV)

Construcción en la Red Telesecundaria La Casona

El Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Educación General Básica (PROMECE), Órgano Desconcentrado del Ministerio de Educación Pública, creado mediante la Ley Nº 7731, representado por la Proveeduría de PROMECE, invita a participar en la Licitación Pública Nacional Nº 2012PP-000006-0100 (2012LPN-000003-PROV.), para la construcción de obra nueva en la Red de la Telesecundaria La Casona, Escuelas: Coopey Jonkruhora, Brus Mali, Betania, La Chiva, Modoriboda, Villa Palacios y Quiabdo: El objetivo de la licitación es construir obra nueva en los centros educativos de la Red Telesecundaria La Casona, Escuelas Coopey Jonkruhora, Brus Mali, Betania, La Chiva, Modoriboda, Villa Palacios y Quiabdo, en Corredores, Osa, Coto Brus, provincia de Puntarenas, de acuerdo a los requerimientos técnicos señalados en el presente cartel, planos y especificaciones técnicas. Se recomienda que la información dada en estos documentos sea verificada por el licitante en el sitio de obra.

Esta licitación se promueve en el marco del Proyecto de Equidad y Eficiencia de la Educación y es financiada con recursos provenientes del Convenio de Préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) Nº 7284-CR, mismo que es ejecutado por la Unidad Coordinadora del Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Educación General Básica (PROMECE).

Los interesados podrán adquirir un juego completo de los pliegos de licitación y los planos constructivos en un CD, en las Oficinas de la Unidad de Adquisiciones del Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Educación General Básica, PROMECE, en la dirección indicada al final de este anuncio.

Los licitantes deben presentar una garantía de participación por un monto no menor de ¢12.300.000,00 (doce millones trescientos mil colones exactos), tendrá una vigencia de 120 días naturales contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.

Para cualquier notificación o aclaración se debe remitir con la siguiente leyenda:

UNIDAD DE ADQUISICIONES DE PROMECE

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Antigua Embajada Americana, 3er piso, calle 1, avenidas 1 y 3, San José, Costa Rica.

Programa Mejoramiento de la Calidad de la Educación General Básica. Componente de infraestructura física, construcción de obra nueva en los Centros Educativos Coopey, Jonkruhora, Brus Mali, Betania, La Chiva, Modoriboda, Villa Palacios y Quiabdo, en Corredores de Puntarenas.

Licitación Pública Nacional Nº 2012PP-000006-00100 (2012LPN-000003-PROV).

Las ofertas deberán ser presentadas en sobre cerrado en la Proveeduría de PROMECE, hasta las 10:00 horas del día 11 de junio del 2012, y con la misma leyenda.

San José, 4 de mayo del 2012.—Lic. Marielena Molina Pacheco, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 025-2012.—Solicitud Nº 42410.—C-28690.—(IN2012037099).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000010-PCAD

Contratación de servicios de localización de patronos

físicos y/o jurídicos morosos en el pago

de cuotas obrero patronales

Apertura: para las 14:00 horas del día 24 de mayo del 2012.

Venta del cartel: Cajas 23 ó 24 de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.

Retiro del cartel: En el 6to piso, oficinas centrales, Proceso de Contratación Administrativa.

Costo: ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 3 de mayo del 2012.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras, Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2012037730).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

ADMINISTRACIÓN

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2012LN-000007-2104

Pertecneciato de sodio 99 mtc. Tecnecio (99mtc): Proveniente

de un generador de 99 Molibdeno/Tecnecio (99mtc):

(Sistema Cerrado de Producción de Tecnecio

Metaestable) Servicio de Farmacia

Se comunica: Fecha de recepción de ofertas para el día 5 de junio del 2012, a las 10:30 horas.

San José, 3 de mayo del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012037469).

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2012LN-000005-2104

Sunitineb (Malato 50 mg)

Se comunica: Fecha de recepción de ofertas para el día 5 de junio del 2012, a las 9:00 horas

San José, 3 de mayo del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa, Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012037470).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000023-2104

Placas radiográficas para impresora Kodak,

modelo Dry View 8150

Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el 23 de mayo del 2012, a las 9:30 horas.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 3 de mayo del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012037483).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO

DE BIENES Y SERVICIOS

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

CONCURSO Nº 2012LA-000041-5101

10 800 AM. Fosfatos de potasio. Concentrado para inyección.

Solución inyectable, ampolla o frasco

ampolla con 15 ml

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000041-5101 para la adquisición de: Ítem único: 10 800 AM. Fosfatos de potasio. Concentrado para inyección. Solución inyectable, ampolla o frasco ampolla con 15 ml.

Apertura de ofertas para el día 6 de junio del 2012, a las 9:00 horas.

San José, 4 de mayo del 2012.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 32738.—C-13180.—(IN2012037738).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000023-02

Contratación de los servicios para el control

de zacates y malezas en Refinería

La Dirección de Suministros de RECOPE invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000023-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las oficinas centrales de RECOPE, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 29 de mayo del 2012.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la Caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página Web de RECOPE www.recope.com.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 10 de mayo del 2012, a las 10:00 horas en la entrada principal de la Refinería.

San José, 3 de mayo del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-014.—Solicitud Nº 47904.—C-18820.—(IN2012037556).

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES

COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR

Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012-LA-000002-01

Compra de computadoras de escritorio y computadoras

portátiles y de un servidor para Popular Pensiones S. A.

La Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., recibirá ofertas por escrito en sus oficinas ubicadas en San José, en el segundo piso del edificio anexo del Club Unión, frente a correos de Costa Rica, hasta las 10:00 horas del día 23 de mayo del 2012, para el suministro del siguiente servicio:

Licitación Abreviada Nº 2012-LA-000002-01, cuyo objeto es la “Compra de computadoras de escritorio y computadoras portátiles, y de un servidor para Popular Pensiones S. A.”.

El pliego de especificaciones, condiciones generales y especiales, podrá retirarse en la Sección Administrativa de Popular Pensiones S. A., por un valor de ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100), los cuales podrán ser depositados en la cuenta Nº 1610100010006443-9, a nombre de Popular Pensiones S. A., o cancelar en la caja de Tesorería de Popular Pensiones S. A., haciendo el retiro del mismo en la Sección Administrativa, con un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

San José, 3 de mayo del 2012.—Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—Sección Administrativa.—MSC. Alonso Oviedo Arguedas, Jefe.—1 vez.—(IN2012037658).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-0000007-MMO

Mantenimiento de parques y zonas verdes del Cantón

La Proveeduría de la Municipalidad de Montes de Oca, invita a todos los posibles oferentes de mantenimiento de parques y zonas verdes, a participar en este proceso Licitatorio.

El cartel de licitación se pondrá a disposición de los interesados a partir del día siguiente de ésta publicación, en el Departamento de Proveeduría, ubicado en la primera planta del Palacio Municipal, San Pedro de Montes de Oca, costado norte del Parque Kennedy.

La apertura será el 24 de mayo del 2012, a las diez horas, en las oficinas de la Proveeduría Municipal. No se reciben ofertas que se presenten a las diez horas y un minuto según tiempo marcado por la proveeduría municipal.

Corre por cuenta de los interesados las copias del documento de licitación.

San Pedro de Montes de Oca, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil doce.—Lic. Sofía Guzmán Moreno, Directora Administrativa.—1 vez.—(IN2012037692).

ADJUDICACIONES

CULTURA Y JUVENTUD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000014-74900

Servicio de Producción General Proyecto

Enamórate de Tu Ciudad 2012

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud, avisa a todos los interesados en está licitación, que se dictó el acto de adjudicación el día 3 de mayo a las 9:25 horas.

El interesado tiene esta resolución de adjudicación a disposición en el Sistema Comprared, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta notificación, o podrá obtenerla en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud, que se encuentra en la antigua FANAL, frente al Parque España.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

San José, 3 de mayo del 2012.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jorge Rodríguez Solera, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.C. Nº 13890.—Solicitud Nº 31713.—C-8460.—(IN2012037497).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación de referencia, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 44-12, celebrada el día 3 de mayo del 2012, artículo V, se dispuso adjudicar la licitación que se dirá según el siguiente detalle:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000105-PROV

Suministro e instalación de ascensor para el Edificio

de los Tribunales de Justicia de Nicoya

A: Carife de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-214532: suministro e instalación de ascensor marca Ortobras, con capacidad de 350 kilogramos, semiautomático, autosoportado, incluye la estructura original en aluminio panorámico de fábrica con vidrios de seguridad, cabina alta, central hidráulica tipo 4 KW 23 L, para uso de personas con discapacidad, para ser instalado en el Edificio de los Tribunales de Justicia de Nicoya. Incluye todos los materiales y mano de obra necesarios para dejar en óptimo estado de funcionamiento el ascensor requerido, por un monto del equipo instalado de ¢33.000.000,00.

San José, 4 de mayo del 2012.—Departamento de Proveeduría, Lic. Wilbert Kidd Alvarado, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012037720).

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

DIVISIÓN FÁBRICA NACIONAL DE LICORES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000022-PV

Compra de 150.000 envases cristalinos 750 ml.

La Fábrica Nacional de Licores por medio de su Proveeduría, comunica a los interesados que mediante acuerdo de la Junta Directiva del Consejo Nacional de Producción Nº 38390, adoptado en la sesión 2838 (Ord), Art. 3, celebrada el día 18 de abril del 2012, se dispuso adjudicar la contratación para la compra de 150.000 envases cristalinos 750 ml. Corona 30 mm., a la empresa Vidriera Centroamericana S. A., por un valor de US $99.623,63 I.V.I., la cual cotizó el servicio conforme a los términos establecidos en el cartel.

Por lo anterior, se invita al adjudicatario a que deposite la garantía de cumplimiento por el 5% del monto adjudicado, con los siguientes requisitos:

    Esta garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días adicionales de la fecha de recepción definitiva del contrato.

    Presentar declaración jurada en donde se indique que la empresa se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.

    Adjuntar un timbre deportivo de ¢5,00 (cinco colones).

    Aportar una certificación extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social, en donde conste que se encuentra al día con las obligaciones respectivas.

Todo lo anterior deberá presentarse en la oficina de la proveeduría, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que quede en firme la adjudicación. El depósito deberá emitirse a favor del Consejo Nacional de Producción, en la Tesorería de FANAL en Rincón de Salas, Grecia.

Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador Área.—1 vez.—(IN2012037710).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000002-05

Contratación de servicios de seguridad para los Centros

de Formación Taller Público de Limón, Centro Regional

Polivalente de Guácimo y Centro

Regional Polivalente de Limón

La Comisión de Licitaciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en la sesión 20-2012, artículo III del 2 de mayo del 2012, acordó:

a.  Ratificar el acuerdo tomado por la Comisión Local Regional de Licitaciones, en la sesión 02-2012, del 17 de abril del 2012, en su artículo I.

b.  Adjudicar la Licitación Pública Nº 2012LN-000002-05, para la contratación de servicio de seguridad para los Centros de Formación Taller Público de Limón, Centro Regional Polivalente de Guácimo y Centro Regional Polivalente de Limón, de conformidad con el informe de recomendación URHA-PAS-167-2012, el estudio técnico URMA-SG-285-2012, el estudio legal URHA-AL-024-2012, en los siguientes términos:

     Adjudicar las líneas 1 y 3, a la oferta Nº 3, Servicios y Vigilancia Sevin S. A., por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un monto anual de ¢144.000.000.00, con una vigencia de un año prorrogable año a año para un total de 5 años.

     Declarar infructuosa la línea 2, por incumplimientos técnicos.

San José, 4 de mayo del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O.C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46872.—C-30080.—(IN2012037639).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

LICITACIÓN PÚLICA Nº 2011LN-000002-ARESEP

Contratación de servicios de aseo y limpieza

La Proveeduría Institucional de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº 3-007-042042-09, comunica a los interesados en la licitación de referencia, que mediante el oficio Nº 276-RG-2012, se readjudica dicha licitación al oferente: Enlaces Casuales Costa Rica S. A., quien cotiza la prestación de sus servicios de aseo y limpieza, objeto de esta contratación en un monto total anual de ¢33.555.017,04 (treinta y tres millones quinientos cincuenta y cinco mil diecisiete colones con 04/100).

Plazo de entrega: 12 meses después de la firma del contrato y que el mismo sea aprobado por la unidad interna de aprobaciones.

Demás condiciones: De conformidad con el cartel de licitación y su oferta.

San José, 27 de abril del 2012.—Oficina de Proveeduría.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 6373-2012.—Solicitud Nº 46081.—C-20700.—(IN2012037508).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LA-000005-02

(Declaratoria de infructuosa)

Contratación de los servicios y mano de obra, materiales y

equipo para el mejoramiento del sistema de almacenamiento

de agua para el sistema contra incendios en los

planteles El Alto y La Garita

Se informa que la Gerencia de Distribución y Ventas, mediante oficio GDV-0096-2012, declara infructuoso el presente concurso con base en lo estipulado en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de la Contratación Administrativa y 23 del Reglamento de Contrataciones de RECOPE, así como lo establecido en la cláusula 1.19 del cartel, lo anterior de conformidad con los resultados del análisis legal y técnico, de los cuales se obtuvo que las ofertas recibidas a concurso resultan inadmisibles desde la perspectiva jurídica y desde la perspectiva técnica las tres plicas resultan incumplientes.

San José, 3 de mayo del 2012.—Departamento de Contratación de Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 12-0014.—Solicitud Nº 47906.—C-11300.—(IN2012037555).

ALMACÉN FISCAL AGRÍCOLA DE CARTAGO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-01

Adquisición de un sistema de circuito cerrado de televisión

para la bodega del Almacén Fiscal en Cartago y la bodega

del Almacén General en Alajuela

La Comisión de Contrataciones del Almacén Fiscal Agrícola de Cartago, empresa subsidiaria de Bancrédito, comunica a todos los interesados en el concurso en referencia la adjudicación del evento a la empresa Tech Brocker S. A., cédula jurídica 3-101-496525, por un monto de $61.625,45 (sesenta y un mil seiscientos veinticinco dólares con 45/100).

Cartago, 4 de mayo del 2012.—Andrey Gómez Gómez, Contralor.—1 vez.—(IN2012037696).

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000008-01

(Prórroga Nº 1)

Contratación de hasta cinco (5) empresas que brinden servicios

de mantenimiento por requerimientos en diferentes

áreas (obras menores) para los edificios de

las oficinas del Banco Nacional

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000008-01, lo siguiente: Fecha de apertura.

Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría del Banco Nacional, situada en La Uruca, a más tardar a las diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este Despacho, del 22 de mayo del 2012, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.

La demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, 9 de mayo del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 511099.—Solicitud Nº 41975.—C-18920.—(IN2012037727).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000010-01

(Modificación al cartel Nº 3)

Adquisición por demanda de hasta 50 impresoras de inyección

de tinta a color y hasta 160 impresoras

láser monocromáticas

Se les informa a los interesados en la licitación en referencia la siguiente modificación al cartel:

1-  En las especificaciones técnicas, se modifica el ítem III 3.4. Interface de Conexión, de la siguiente manera:

“Punto 3.4 Interface de Conexión: 10/100 Ethernet integrado (no externa, incluida e instalada), además de USB 2.0 incluir los cables correspondientes de las interfaces ofertadas”.

Las demás condiciones se mantienen invariables.

San José, 4 de mayo del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge, Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 45975.—C-18820.—(IN2012037660).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO

DE BIENES Y SERVICIOS

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENESY SERVICIOS

CONCURSO Nº 2012LN-000004-5101 (Aviso Nº 4)

Implantes e insumos descartables para cirugía artroscópica

de hombro, rodilla, cadera y pequeñas articulaciones

A los oferentes interesados en participar en el concurso antes mencionado, se les comunica que ya está disponible la nueva ficha técnica la cual podrá adquirir en la fotocopiadora ubicada en el piso comercial del Edificio Jenaro Valverde, esto consecuencia de recurso de objeción presentado al cartel. La fecha de la apertura se prorroga para el día 18 de mayo del 2012, a las 9:30 horas.

Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 9 de mayo del 2012.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 32739.—C-18820.—(IN2012037735).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000002-02 (Prórroga Nº 3)

Construcción de tanques para almacenamiento

de asfalto y bunker en refinería

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 31 de mayo del 2012 a las 10:00 horas.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 47907.—C-9420.—(IN2012037554).

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES

COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR

Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-01

Compra, instalación, configuración y mantenimiento de un

Software que interfase los servicios del Sistema Nacional

de Pagos (SINPE), con los sistemas internos

de la Operadora

La Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., en relación con la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000006-01, cuyo objeto es la “Compra, instalación, configuración y mantenimiento de un Software que interfase los servicios del Sistema Nacional de Pagos (SINPE), con los sistemas internos de la Operadora”, comunica que se han efectuado modificaciones al cartel, las cuales pueden ser retiradas en las oficinas de la operadora, ubicadas en San José, en el segundo piso del edificio anexo del Club Unión (Sección Administrativa), frente a correos de Costa Rica, con un horario de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

San José, 3 de mayo del 2012.—Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—Sección Administrativa.—MSC. Alonso Oviedo Arguedas, Jefe.—1 vez.—(IN2012037656).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

APRUÉBESE Y COMUNÍQUESE

El Concejo de la Municipalidad de Parrita; según oficio N° SM-2012-174, acuerdo N° 14, artículo cuarto, correspondencia, asunto Nº 10, sesión ordinaria N° 2440-2012, celebrada el doce de marzo del dos mil doce, aprobado con cinco votos a favor.

REGLAMENTO PARA EL COBRO DE LA TASA SOBRE

EL SERVICIO DE LIMPIEZA DE VÍAS PÚBLICAS

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Se entenderá por vías públicas en este reglamento aquellas áreas de terreno fijadas por la municipalidad de Parrita, frente a los bienes inmuebles que están ubicados en su jurisdicción.

Artículo 2º—Se entenderá por mantenimiento y limpieza de vías públicas, aquella actividad técnica y artesanal, así como el costo financieros que realiza la Municipalidad de Parrita a través de sus dependencias. Para la atención de las comunidades que se brinda el servicio en el cantón.

Artículo 3º—El respectivo servicio que presta la municipalidad en relación con la limpieza de de vías públicas relacionadas con los bienes inmuebles ubicados en el Cantón de Parrita son: este servicio es de acuerdo o con el costo efectivo invertido por la municipalidad y sus gastos se prorratean de acuerdo con el metraje (metros lineales) de la propiedad de la zona dejada al servicio público.

Artículo 4º—Es sujeto pasivo para los efectos de este reglamento, toda aquella persona física o jurídica que sea propietario de un inmueble, que en por tal condición está obligada al pago de la tasa que cobra la municipalidad.

Artículo 5º—Se entiende por tasa para efectos de este reglamento, aquel tributo cuya obligación tiene como hecho generador, la prestación efectiva o potencial de un servicio público que brinda la Municipalidad, individualizando en el contribuyente, cuyo producto no debe tener un destino ajeno al servicio, razón de ser de la obligación.

Artículo 6º—La Municipalidad de Parrita cobrara una tasa por concepto de limpieza de vías públicas a todos los propietarios de los inmuebles ubicados en las comunidades del cantón.

Artículo 7º—El costo de esta tasa se determina tomando en consideración el costo efectivo de lo invertido por la Municipalidad para su mantenimiento, incrementándose en un diez por ciento de utilidad para el desarrollo.

Artículo 8º—Están obligados a pagar el tributo los propietarios del bien inmueble por la prestación del servicio de aseo de vías públicas.

Artículo 9º—El cobro de esta tasa lo hará la Municipalidad a cada uno de los contribuyentes, en trimestres vencidos y único recibo que se enemistará para tal efecto.

Artículo 10—En la determinación del costo efectivo la Municipalidad tomara como base el gasto real o efectivo que por la actividad de Limpieza de vías y sus respectivo periodo fiscal, que estarán sustentados en los costos reales brindados la sección de Servicios unidad encargada de prestar el servicio en el cantón, costos que determinaran el metraje cantidad y numero de esta áreas públicas.

CAPÍTULO II

Clasificación de usuarios del servicio

Artículo 11.—Para el cobro de los servicios municipales a los usuarios, se establecen las siguientes categorías:

a)  Categoría residencial

c)  Categoría comercial

h)  Categoría institucional

Artículo 12.—La tarifa residencial es la tasa que se aplica sobre los metros lineales de frente de aquellos bienes inmuebles donde su uso es viviendas, y se ubique dentro del área de cobertura.

Artículo 13.—La tarifa residencial es la tasa que se aplica sobre los metros lineales de frente de a aquellos bienes inmuebles donde su uso es de actividades lucrativas. (Comercio, servicio, industria). Y se ubique dentro del área de cobertura.

Artículo 14.—La tarifa institucional es la tasa que se aplica sobre los metros lineales de frente de a aquellos bienes inmuebles donde su uso es de actividades estatales o instituciones no comerciales. Y que se ubiquen dentro del área de cobertura.

CAPÍTULO III

Disposiciones finales

Artículo 15.—Lo no dispuesto expresamente en el presente reglamento, se regirá por la normativa contenida en el Código Municipal, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley General de Salud y demás normas atinentes.

Artículo 16.—El presente Reglamento deroga cualquier disposición de la misma naturaleza que haya emitido la Municipalidad con anterioridad al presente.

Artículo 17.—Este Reglamento rige un mes después de su publicación.

Concejo Municipal.—Nelson Masís Campos.—1 vez.—(IN2012024284).

MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA

El Concejo Municipal de Talamanca, mediante sesión ordinaria Nº 84 del 4 de enero del 2012, adoptó acuerdo Nº 06, que dice:

El Concejo Municipal de Talamanca acuerda aprobar el siguiente Reglamento para el otorgamiento de ayudas temporales, subvencionales y aportes de la Municipalidad de Talamanca, que a continuación de detalla:

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS

TEMPORALES, SUBVENCIONES Y APORTES

El Concejo de la Municipalidad de Talamanca, en su sesión ordinaria Nº 84, celebrada el día miércoles 4 de enero del 2012, bajo el artículo 10, acordó el siguiente Reglamento:

CAPÍTULO I

Artículo 1º—Ayudas a personas en riesgo o en condición de pobreza y/o infortunio. Se define como riesgo: El nivel de vida y recursos económicos inferiores al básico, definido por el marco legal vigente.

Artículo 2º—Requisitos. Para ser beneficiario, los interesados deben cumplir con lo siguiente:

a.  Ser vecino del cantón.

b.  Encontrarse en una situación de pobreza o infortunio.

c.  Solicitar -ante la administración municipal- una ayuda ante la secretaría de la Alcaldía Municipal, la que, en caso de ser necesario, será trasladada a la Comisión de Asuntos Sociales para su estudio y resolución. Le corresponde al Alcalde girar lo acordado.

d.  Aportar en la solicitud los documentos que demuestren la situación de desgracia e infortunio, así como toda aquella que se le requiera. Se realizará inspección al lugar de ser necesario.

Artículo 3º—Responsabilidad Municipal.

a.  La Municipalidad debe de comprobar mediante visita al hogar y entrevista que lo solicitado corresponde a una situación imprevista y tiene la responsabilidad de decidir si la ayuda se da en materiales, artículos de primera necesidad o cancelar directamente lo requerido, como de garantizar la satisfacción de la necesidad. Pudiendo la Municipalidad solicitar al criterio de instituciones de bienestar social.

b.  No obstante, para resolver favorablemente la solicitud la Municipalidad deberá disponer de recursos presupuestarios en la partida correspondiente de lo contrario esta inhibida de conferir ayudas, salvo situaciones de emergencia o infortunio.

c.  La Municipalidad podrá disponer de otros recursos materiales y/o de equipo y maquinaria para lograr el propósito de socorrer a los pobladores en situaciones de infortunio. Igualmente podrá donar material extraído del río o sus derivados.

Artículo 4º—Monto de la ayuda. El monto de la ayuda individual no será mayor de ¢200.000,00 (doscientos mil) o su equivalente en artículos o materiales para cada solicitud.

Artículo 5º—Plazos.

a.  Toda ayuda deberá ser solicitada en plazo máximo de 30 días posteriores a ocurrir el evento, salvo situaciones calificadas a juicio de la Alcaldía o de la Comisión de Asuntos Sociales, posterior a este plazo se denegarán.

b.  La Municipalidad otorgará la ayuda cuando proceda en el término máximo de 15 días posterior a su aprobación. Extraordinariamente en el momento que lo considere necesario.

Artículo 6º—Sanciones. Si se comprobara, durante el trámite o posteriormente, la existencia de datos falsos o cualquier otro elemento para hacer incurrir en error a la Municipalidad, se revocara la ayuda otorgada e inmediatamente se acudirá a presentar denuncia judicial procurando se castigue al infractor y recuperar lo girado.

CAPÍTULO II

Subvenciones y aportes

Artículo 7º—La Municipalidad podrá otorgar subvenciones y/o aportes a: Centros educativos oficiales, Asociaciones de Desarrollo, de Beneficencia, Servicio Social de recuperación de adicciones, protección de ancianos, cementerios, iglesias, comités comunales, niños o indigentes, grupos organizados, familias, siempre y cuando cumpla con el presente Reglamento y se disponga del correspondiente contenido presupuestario, con excepción si se trata de emergencia local, regional o nacional.

Artículo 8º—La institución, comité o interesado deberá presentar la solicitud y justificación de uso ante la Secretaría de la Alcaldía o ante la Comisión de Asuntos Sociales, en papel tamaño carta, sin borrones ni tachones y con el timbre municipal debidamente cancelado, explicando en forma clara y precisa el objeto y fines para la lo que requiere el aporte o subvención, así como cualquier otro requisito que se le solicite.

Artículo 9º—Los beneficiarios, previo a recibir lo solicitado, deberán acreditar la personería jurídica o cédula de identidad cuando se trate de personas físicas y comprometerse a presentar liquidación y comprobar el correcto uso y aplicación de lo autorizado, inmediatamente posterior a finalizar lo financiado; así como el beneficio obtenido para los intereses del cantón.

CAPÍTULO III

Disposiciones finales

Artículo 10.—Anualmente, por medio de la Comisión de Asuntos Hacendarios, la Municipalidad presupuestará los recursos económicos necesarios para satisfacer las necesidades presentadas mediante solicitudes y las previsiones para atender necesidades de ayudas temporales por infortunio de familias y atender situaciones de calamidad.

La Comisión de Asuntos Sociales en conjunto con la Administración y los Concejos de Distrito, constituirá el ente fiscalizador de los recursos que autoricen al amparo del presente Reglamento. Para lo anterior, podrá solicitar la colaboración de funcionarios (as) municipales, quienes están obligados a apoyar el esfuerzo por el cumplimiento de los propósitos de fiscalización.

SE ACUERDA:

1º—Acoger en todos sus términos el Reglamento para el Otorgamiento de Ayudas Temporales, Subvenciones y Aportes.

2º—Solicitar de inmediato a la Unidad de Proveeduría Municipal, proceda de manera expedita a realizar las publicaciones de Ley, para que entre en vigencia el presente Reglamento.

De conformidad con el artículo 43 del Código Municipal el Concejo Municipal de Talamanca, publica el presente proyecto de Reglamento y lo somete a consulta pública no vinculante por diez días hábiles a partir de la fecha de esta publicación.

Acuerdo aprobado por unanimidad.

Ciudad de Bribrí, Talamanca, 22 de marzo del 2012.—Concejo Municipal.—Yorleny Obando Guevara, Secretaria.—1 vez.—(IN2012024711).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

C. N. TRES RÍOS

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se comunica que hemos recibido aviso de la señora: Laura del Carmen Bonilla Arias, cédula 01-0737-0781, del extravío del siguiente Certificado de Depósito a Plazo en colones:

Certificado de Depósito a Plazo:

 

Inversión

Fórmula

Monto ¢

Tasa Int. %

Apertura o

renovación

Vencimiento

502-304-5026692

914692

4.000.000,00

3.75%

19-10-2011

24-11-2011

 

Cupones:

 

Inversión

Fórmula

Monto ¢

Vencimiento

502-304-5026692

914693

14.583.33

24-11-2011

 

A favor de Laura del Carmen Bonilla Arias, cédula 01-0737-0781, al 3.75% anual a un plazo de 35 días, lo anterior para efectos de la publicación respectiva, según lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Tres Ríos, 21 de noviembre del 2011.—Luis Enrique Mata Redondo, Coordinador de Operaciones.—(IN2012030572).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CENTRO SERVICIOS FINANCIEROS CATEDRAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por este medio se hace constar que la Asociación para el Cáncer Ginecológico y Mama-Apecagima cédula 3-002-509629, posee un certificado de depósito a plazo fijo capitalizable con la Institución, el cual se detalla a continuación:

         Certificado Nº                 Monto             Fecha           Intereses

                                                                     vencimiento

    16108460212084772       3.361.372,00     11-4-2011             NA

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 22 de marzo del 2012.—Plataforma de Ahorro a Plazo.—Lic. Carmen Sánchez Rivas, Coordinadora.—(IN2012030103).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº. 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley 7495 del 3 de mayo de 1995 y la Ley Nº 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser expropiados conforme a esta legislación, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere establecer una servidumbre, necesaria para la Línea de Transmisión Río Macho-San Isidro, en finca inscrita en el Registro Público, Folio Real 1-599571-000, de la provincia primera San José, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, distrito tercero Daniel Flores, ubicado camino a Los Chiles de la Estación Experimental del ICAFÉ 265 metros al sur.

El inmueble tiene un área de 500,00 m², según plano catastrado SJ-1289414-2008, es propiedad de Lorena Villalobos Mora, cédula de identidad 1-1029-0011, agricultora, divorciada, vecina de Brujo de Río Nuevo de Pérez Zeledón, contiguo a la escuela.

El uso del suelo del inmueble es terreno para construir. Linderos registrales de la finca: norte, José Blanco Valverde; al sur, José Blanco Valverde; al este, calle pública con un frente de diez metros y al oeste, José Blanco Valverde.

A solicitud del Coordinador del Área de Mantenimiento de las Líneas de Transmisión Huetar Brunca del Instituto Costarricense de Electricidad, esta servidumbre fue valorada en la suma de ¢2.986.338,85 (Dos millones novecientos ochenta y seis mil trescientos treinta y ocho colones con ochenta y cinco céntimos), según avalúo administrativo Nº 957-2011.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de adquirir esta servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley Nº 7495, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢2.986.338,85 (Dos millones novecientos ochenta y seis mil trescientos treinta y ocho colones con ochenta y cinco céntimos), según avalúo administrativo Nº 957-2011 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, exprópiese la servidumbre en propiedad de Lorena Villalobos Mora, cédula de identidad 1-1029-0011, agricultora, divorciada, vecina de Brujo de Río Nuevo de Pérez Zeledón, contiguo a la escuela.

De acuerdo a la inspección efectuada en campo, sobre el mismo se estaba construyendo una vivienda de interés social, la cual no se encuentra afectada por el paso de la línea de transmisión.

El inmueble presenta una topografía plana frente a calle (costado este) y ondulada hacia el fondo del mismo (costado oeste). El lote se encuentra dividido entre área verde y tierra, debido a la construcción que se estaba efectuando al momento de la inspección. Presenta una forma regular, similar a un rectángulo. Tiene una ubicación tipo medianero.

Su acceso es por medio de calle de lastre en regular estado, se encuentra a nivel con respecto a la misma, no cuenta con caño ni acera. Además, tiene instalado el servicio de luz y agua, asimismo la calle cuenta con alumbrado público.

Colinda a los costados norte y sur, con lotes que presentan las mismas características al lote en estudio. Al costado oeste, colinda con zona verde que forma parte de la propiedad de José Blanco Valverde sobre la cual se encuentra una quebrada y que se ubica aproximadamente a 47,00 m del límite con el puente sobre la quebrada. Se encuentra delimitada con cercas en poste muerto de cuatro hilos hacia el costado norte y oeste, en el resto de las colindancias no se apreciaron cercas debido a que estas fueron removidas por la construcción.

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre sobre el inmueble de Lorena Villalobos Mora para la Línea de Transmisión Río Macho-San Isidro. De acuerdo al croquis del ICE Código 3641-4-18, el área de la servidumbre corresponde a 195,12 m², con una longitud de 9,76 m y un ancho de 20,00 m.

Se localiza hacia el costado oeste del inmueble. Tiene una forma regular, similar a un rectángulo, con un ancho de 20,00 m y un largo de 9,76 m. representa el 39,02 % del área total del inmueble a valorar. Al momento de la inspección, no se observaron cultivos ni árboles forestales o frutales debajo de la línea de transmisión, sino que el área afectada se encuentra cubierta por pasto jengibrillo y maleza que no son utilizados para fines ganaderos o de otra índole.

La servidumbre tiene una orientación Norte-Sur, con un azimut de 190º28’52”. Tiene 10,00 m a cada lado con respecto a la línea de centro. No tiene sitios de torre. La topografía del área afectada es plana, ondulada, atravesando una zona que forma parte de un lote con vivienda familiar.

Los linderos de la servidumbre son al norte, Rubén Vargas Vargas; al sur, José Blanco Valverde; al este, Lorena Villalobos Mora, y al oeste, Lorena Villalobos Mora.

El propietario deberá limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando éstos se encuentren en condiciones de carga máxima o de contingencia.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

3º—La constitución de derecho de servidumbre descrita se establecerá en favor del Instituto Costarricense de Electricidad, en adelante llamado Instituto, que es dueño de la finca inscrita en el mismo Registro, provincia de San José, matrícula número doscientos catorce mil doscientos sesenta y uno-cero cero cero, sito en el distrito primero San Isidro de El General, cantón decimonoveno Pérez Zeledón de la provincia de San José; mide dos mil cuatrocientos sesenta y seis metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados, y linda al norte, calle pública con 72.72 metros; al este, calle pública, Florinda Elizondo Barrantes; al este, Carretera Internacional en 38,92 metros, al oeste, Finca El General, Plano Catastrado no indica.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5982 el 22 de febrero del 2012.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 28 de marzo del 2012..—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2012024922).

INSTITUTO COSTARRICESENE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

Nº 2012-095

ASUNTO:  Convenio de Delegación Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la comunidad de La Libertad de San Mateo.

Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.

Resultando:

1º—Que de conformidad con el artículo 50, 129 de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las Municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas N° 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta N° 150 del 05 de agosto de 2005, se establece que A y A es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando:

I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

II.—Que la comunidad de La Libertad de San Mateo, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

III.—Que en Asamblea General de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

IV.—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de la Comunidad de La Libertad de San Mateo, cédula jurídica tres-cero cero dos- seiscientos dieciocho mil setecientos dos, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo dos mil diez, asiento número ciento cincuenta y ocho mil trescientos veintinueve.

V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Pacífico Central, por memorando N° SUB-G-GSC-UEN-GA-FA-ORAC-RPC-2012-016 del día 07 de febrero del 2012, así como de la Dirección Jurídica en el Memorando N° PRE-J-2012-956 del 05 de marzo del 2012, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

VI.—Que mediante el dictamen legal N° PRE-J-SC-2012-018 de 05 de marzo del 2012, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública N° 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas N° 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable N° 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1, 4, 11, 16, 113.12, 114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente N° 7554 del 04 de octubre de 1995, artículo 4 y 33 de la Ley Forestal N° 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre N° 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos N° 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de A y A Decreto N° 26066-S, publicado en  La Gaceta N° 109 del 09 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo N° 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 31545 del 09 de octubre de 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo N° 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario N° 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el Diario Oficial  La Gaceta N° 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA:

   Otorgar la delegación de la administración del acueducto de la Comunidad de La Libertad de San Mateo, cédula jurídica tres-cero cero dos-seiscientos dieciocho mil setecientos dos.

   Autorizar a la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

   Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnico, ambiental, financiero, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y Reglamentos.

   Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el Diario Oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y Reglamentos. Comuníquese y publíquese.

Acuerdo firme.

Rige a partir de su publicación. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo Nº 2012-095, adoptado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en el artículo Nº 4 inciso 4.6 de la sesión ordinaria Nº 2012-012, celebrada el 20 de marzo del 2012.

Junta Directiva.—Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 02-12.—Solicitud Nº 42061.—C-113900.—(IN2012024407).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A: Jonis Federico Estrella se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, de las nueve horas treinta minutos del veintidós de febrero del año en curso, en la que se resuelve: 1) Se ordena el egreso del Hospital San Francisco de Asís de la niña Hilary María Estrella Castro al lado de su madre la señora María Marta Castro Ferreto. 2) Brindar orientación, apoyo y atención psicológica a la adolescente Hilary María Estrella Castro y a su madre la María Marta Castro Ferreto de acuerdo al plan de intervención elaborado por la Msc. Guiselle González Ávila. 3) Se le ordena al IMAS brindar apoyo económico a la señora María Marta Castro Ferreto, la cual no cuenta con trabajo propio y en este momento atraviesa una difícil situación económica, por lo que se recomienda la ayuda para que de esta forma pueda mejorar la calidad de vida de los miembros de la familia; quienes residen en Grecia, San Isidro, 600 metros norte de la pulpería Las Brisas por donde da la vuelta el bus, casa color marrón a mano izquierda. 4) Se le ordena a la señora María Marta Castro Ferreto asistir al grupo de apoyo que brinda el Hospital San Francisco de Grecia con el fin de empoderarla y fortalecerla, respecto a su rol de mujer y madre. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. Nº 245-00060-2010.—Grecia, 2 de marzo del 2012.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4170.—C-17300.—(IN2012029238).

Al señor Joseph Edgar Paniagua Corrales, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le comunica la resolución número 95-2012 de once horas del veintiséis de marzo de dos mil doce que dicta cuido provisional a favor de la persona menor de edad María José Paniagua Garro por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente ubicándola con su abuela materna señora Amada Bonilla Lizano, refiere su situación al IMAS y hace prevenciones y solicitudes a su progenitura. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Exp. Nº 431-00120-2010.—Oficina Local de Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-14540.—(IN2012029246).

Comunica a la señora Raquel del Socorro Lanzas Gutiérrez, la resolución de este Despacho de las trece horas del día veintiséis de marzo del dos mil doce, que ordenó otorgar medida de protección, deposito administrativo de la persona menor de edad Josué Antonio Lanzas Gutiérrez en la alternativa de protección, Familia Sustituta, en el Hogar de la señora Flor Adriana Garzon Vanegas, como medida de protección. Recurso: El de apelación, señalando lugar para recibir notificaciones en los alrededores de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Exp. Nº 118-00056-2011.—Oficina Local de Santa Ana.—Lic. Olga Myriam Boza Fernández, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-9920.—(IN2012029249).

Al señor Bryner Josué Loría Camacho, se le comunica la resolución de las 9:30 horas del 21 de marzo del 2012, mediante la cual se brindó abrigo provisional en la ONG Hogar de Vida, por el plazo en que se cumpla con el plan de tratamiento familiar, de la persona menor de edad Breidan Josué Loría Núñez. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias. Se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local de San José Oeste, en días y horas hábiles, ubicada en San José, Paseo Colón, de la esquina suroeste del Edificio Colón, 25 metros al sur, frente a parqueo público deberá señalar lugar para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán notificadas con el solo trascurso de veinticuatro horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la presente resolución procede recurso de revocatoria y apelación en subsidio para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de los tres días siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Administrativo 111-0393-2011.—San José, 12 de abril del 2012.—Oficina Local de San José Oeste.—M.Sc. Vanesa de León Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-19820.—(IN2012029250).

A quien interese que en esta oficina local se tramita el expediente administrativo número 141-00095-2010, correspondiente a la declaratoria administrativa de abandono con depósito judicial a favor de la persona menor de edad Kristel Naomy Cruz Ortiz nacida el veinticinco de abril del dos mil nueve. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer recurso de apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José Barrio Luján, antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Expediente: 141-00095-2010.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 35242.—Solicitud Nº 4178.—C-21800.—(IN2012029251).

A quien interese se le avisa a la señora Sauquen Matamoros Artavia, número de cédula 2057900044, mayor, demás calidades desconocidas que en esta oficina local se tramita el expediente administrativo número 243-00059-2001 correspondiente a medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Axel Matamoros Artavia, quien se encuentra a cargo de su cuido y protección de los señores Ana Lorena Estrada González y Ronald Gamboa Granados. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: en contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José Barrio Luján, antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Expediente: 243-00059-2001.—Lic. Mildred Morales Castrejón, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 35242.—Solicitud Nº 4178.—C-21800.—(IN2012029254).

A Daniele Paolo Sabbia (único apellido por nacionalidad). Se le comunica la resolución de las 8:00 horas del 19 de marzo del 2012, donde se resuelve: de previo a resolver la elevación del expediente ante el superior en grado para que conozca sobre el recurso de apelación interpuesto por la progenitora Fabiola Julieth Artola Delgado, se resuelve: I) Remítase el expediente al Área Integral con énfasis en Trabajo Social y Psicología de esta Oficina para que en el plazo improrrogable de quince días rindan los informes respectivos. II) Solicítese a la Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia de Naranjo con carácter de urgente, la valoración del hogar recurso de los señores Agustín Bonilla Rodríguez y Denia Monge Villalobos, quienes están anuentes a asumir a las personas menores de edad Ethan Abel Artola Delgado y Sheera Daniela Sabbia Artola en su hogar hasta que se defina la situación socio legal por parte de esta Institución y cuyo domicilio es Sarchí de Valverde Vega, cien metros al este del Colegio Experimental en San Juan de Sarchí, localizables en el teléfono: 2454-1510. III) Se tiene por hecha la renuncia de la Lic. Marianela González Fonseca a la Dirección de este Proceso y por realizado el nombramiento de apoderado especial judicial en la persona del Licenciado Douglas Román Díaz, así como el señalamiento del nuevo medio para recibir notificaciones. IV) Se señala para la recepción de la prueba testimonial ofrecida las nueve horas del tres de abril del dos mil doce, debiendo la parte interesada presentar a los testigos Xinia Mena López y Pedro Marina Murillo. Quedan las citas a disposición de las partes en el momento en que las soliciten.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-14540.—(IN2012029256).

Al señor Carlos Andrés Martínez Méndez, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le comunica la resolución número ochenta-dos mil doce de las doce horas del veinte de marzo de dos mil doce, que dicta abrigo temporal a favor de las personas menores de edad Kristel y Joshua ambos Martínez Badilla por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente ubicándolos en albergue institucional. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta oficina local, en forma verbal o escrita; oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Expediente número: 431-00062-2011.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-14540.—(IN2012029259).

Al señor Louis Ortiz, con un solo apellido, de nacionalidad nicaragüense, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le comunica la resolución número setenta y nueve-dos mil doce de las nueve y cuarenta horas del veinte de marzo de dos mil doce, que inicia proceso especial de protección y dicta cuido provisional a favor de los niños Litzi Yojanci y Steven Javier ambos Ortiz Espinoza, ubicándolos al lado de su abuela materna. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta oficina local en forma verbal o escrita, oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Expediente número 431-000025-2012.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-14540.—(IN2012029269).

A Luis Cerdas Montenegro se le comunica la resolución administrativa de las diez horas dieciocho minutos del dos de abril del dos mil doce de la Oficina Local de Sarapiquí, que dicta medida especial de protección de cuido provisional a favor de su hija Fabiana Belén Cerdas Gutiérrez, en el hogar del señor Julio González Vargas y la señora Marcela del Carmen Gutiérrez López. Plazo para interponer el recurso de apelación tres días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4178.—C-7940.—(IN2012029270).

Se le comunica a Ana Cristina Vargas Azofeifa que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de 14:05 horas de 6 de marzo del 2012, se inició proceso de protección administrativa a favor del niño Ángel Mauricio Vargas Azofeifa y se le otorgó su abrigo temporal en la entidad privada Asociación Hogar de Vida para la Niñez, hasta por seis meses, además el PANI se arrogó su representación legal. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, así como otro posible recurso para la reubicación de su hijo, y se le advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Paseo Colón, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra la indicada resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante la Representación Legal de esta oficina local dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 111-00072-2012.—Oficina Local de San José Oeste, Roberto Calderón Barrantes, Asistente de la Representación Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4182.—C-17160.—(IN2012030697).

Se le comunica a José Manuel Alegría Betancourt y Wendy Elizabeth Zamora Quesada que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de 15:38 horas de 28 de marzo del 2012, se declaró la adoptabilidad del niño Mauricio Alberto Alegría Zamora, y ordenó iniciar el proceso judicial para la declaratoria de estado de abandono del niño, con fines de adopción, además, la permanencia de dicho niño con los señores Eduardo Pérez Johanning y Laura Quirós Blanco, mientras el Consejo Nacional de Adopciones define su ubicación con una familia potencialmente adoptiva. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio, los que deberá interponer dentro de los tres días hábiles siguientes, contados a partir de la última notificación a las partes, siendo competencia de esta oficina local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasados los tres días señalados. Expediente N° 111-00023-2006.—Oficina Local de San José Oeste.—Roberto Calderón Barrantes, Asistente de la Representación Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4182.—C-17160.—(IN2012030698).

Se notifica a la señora Yamileth Villalobos Vega, mayor, soltera, de demás calidades desconocidas, la resolución administrativa de nueve y treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil doce, en la cual se dictó Medida de Protección de Abrigo Temporal, de la persona menor de edad Johan Villalobos Vega. Se advierte que deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la asesoría y hacerse representar por un abogado de su elección, así como tener acceso y revisar el expediente administrativo. Procede recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación de esta comunicación, ante la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí del Patronato Nacional de la Infancia.—Oficina Local de Pococí.—Lic. Liseth Patricia Carvajal Sanders, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4182.—C-17160.—(IN2012030699).

Oficina Local de Cañas, a quien interese comunica que por resolución de las siete horas treinta minutos del tres de abril del dos mil doce, se declaró estado de abandono en sede administrativa de la persona menor de edad Daniela Bolívar Meza; asimismo, se ordenó el depósito administrativo de tal menor de edad a cargo de esta institución quien a su vez lo delega en Sandra Virginia Meza Palacios. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: 542-00155-2009.—Oficina Local de Cañas.—Lic. Dinnia María Marín Vega, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4182.—C-17160.—(IN2012030700).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE OSA

EDICTO

Sueños de Ballena S. A., cédula jurídica número 3-101-606078, en base a Ley sobre la Zona Marítima Terrestre número seis-cero cuatro tres (6043) del dos de marzo de mil novecientos setenta y siete, Decreto Ejecutivo nÚmero 7841-P del 16 de diciembre de mil novecientos setenta y siete. Solicita en concesión una parcela localizada en el sector de Dominical, distrito cuarto, cantón Osa, provincia Puntarenas, área 3.738 m2, plano sin catastrar para darle un uso zona de desarrollo controlado y zona de baja densidad. Linderos: norte: zona restringida, sur: zona restringida, este: carretera costanera sur, oeste: zona pública 50 metros. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de las futuras disposiciones del Plan Regulador o Plan de Uso de Suelo que varíen el destino de la parcela. Se conceden treinta días hábiles a partir de su publicación para oír oposiciones. Según el artÍculo 38 del Reglamento a la Ley 6043. Las cuales deberán ser presentadas en la oficina de la Zona Marítima Terrestre de la Municipalidad de Osa, en papel sellado y timbres correspondientes a tres tantos.

Ciudad Cortés, 26 de julio del 2011.—Alberto Cole de León, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2012024290).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío de las bitácoras relacionadas con los siguientes números de contratos y profesional a cargo:

Ing. Erick Gerardo Orozco Orozco, IC-18502, P53202 y OC-553845; Arq. Luis Orlando Hernández Chaves, A-18887, OL-543721; Ing. Jorge Sanabria Cambronero, IC-19227, OC-533770; Arq. Javier Gustavo Ramos Jiménez, A-10610, OC-485908; Arq. Marcelo Freixa Mata, A-10212, OC-548988; Arq. Sergio Araya Yockchén, A-6451, OC-512358; Ing. Arturo Muñoz Quirós, IC-4796, Oc-530769-EX; Arq. Tatiana Rojas Jiménez, A-20953, OC-539263; Arq. José Manuel Loría Vargas, A-3070, OC-548860; Ing. Luis Guillermo Rivera Hidalgo, ICO-2716, OQ-559146; Arq. Gueisel Rojas Hernández, A-15806, OC-552455; Arq. Ericka Cabalceta Leiva, A-10120, OG-539955; Ing. Rodrigo Azofeifa Olilvares, IC-10657, OC-540290; Ing. Hermes Cruz Briceño, ICO-4628, OC-501298; Arq. Agustín Mata Masís, A-17604, OC-557110; Arq. Marcelo Freixa Mata, A-10212, OC522984; Arq. Juan Francisco Rojas Cedeño, A-14263, OC-556608-EX; Arq. Dania Chavarría Núñez, A-11240, OC-549784; Ing. Oldemar Bermúdez Campos, IC-8548, OC-553975; Ing. José Alberto Calderón Zúñiga, IC-20971, OC-554538; Ing. Javier Corrales Barboza, ICO-11638, OC-490425; Arq. Caleb Ramírez Hernández, A-19953, OC-540810; Ing. Fernando Salazar Solano, ICO-3182, OC-331855; Ing. Róger Martínez Coto, IC-9310, OC551054; Arq. Silvia Salazar Castro, A-17016, OC-509287 y OC-509295; Arq. David Blanco Alfaro, A-14910, OC-555671; Ing. Roy Ruiz Murillo, ICO-14077, OC-556379; Ing. Álvaro Villalobos Murillo, IC-7863, OC-554328; Ing. Daniel Masís Solano, ICO-14367, OC-531964; Arq. Rosa Forn Moraga, A-4411; OC-493722; Ing. Ricardo Solano Vargas, IC-2451, OC-553088; Ing. Julio Sarmiento Vargas, IC-5222, OC-526004; Ing. Andrea Aguilar Brenes, ICO- 17468, OC-538468; Ing. Roberto Fung Li, ICO-4101, OC-499815; Ing. Thyssen Wong Chang, IC-22849, OC-518640; Arq. Ricardo Rodríguez Carrillo, A-16162, OC-551679 y OC-559053; Ing. Alberto González Solera, IC-16251, OA-547189-EX; Arq. José Manuel Loría Vargas, A-3070, OC-557765; Ing. Luis Rojas Montero, CC-00553, OC-531739; Arq. Silena Alfaro Rosal, A-22274, OA-537570; Ing. Alberto González Solera, IC-16251, OA-547189-EX; Arq. Luis Fajardo Pérez, A-16421, OC-554507.—San José, 23 de marzo del 2012.—Departamento de Responsabilidad Profesional.—Ing. Javier Chacón Hernández, Jefe.—O. C. Nº 242-2012.—Solicitud Nº 37880.—C-132500.—(IN2012029300).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

           Certificado Nº             Acciones                     Serie

                 3287                              400                              B

Nombre del accionista: Solera Castro Miriam.

Folio número 4623.

26 de abril del 2012.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2012030089).

Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

           Certificado Nº             Acciones                     Serie

                 3286                              400                              B

Nombre del accionista: Ramírez Castro Guillermo

Folio número: 4622

San José, 17 de abril del 2012.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2012030090).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

GRUPO MUTUAL ALAJUELA - LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Xinia Ugalde Herrera, cédula Nº 2-271-635 ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición del certificado CPH Nº 100-301-803301184560 por  ¢8.477.472,19 y del cupón por ¢648.526,62 con fecha de vencimiento del 24/03/2012.

Centro de Negocios.—Josué Núñez Cartín, Gerente.—((IN2012030506).

FLORIDA ICE & FARM CO. S.A.

La señora Ileana María Rodríguez Obando, cédula Nº 5-0248-0275, apoderada generalísima de la señora María Victoria Obando Cruz, cédula Nº 5-005-50811, ha solicitado la reposición del certificado de acciones Nº M 205 por la cantidad de 195 acciones del 4 de marzo de 1988 de Florida Ice & Farm Co. S. A., por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—Ramón de Mendiola Sánchez, Director General.—(IN2012030556).

CASLAP SOCIEDAD ANÓNIMA

Caslap Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-058529, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros, Actas de Asamblea uno, Actas de Junta Directiva uno, Registro de Accionistas uno, Diario uno, Mayor uno e Inventario y Balance uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Dr. Eduardo Castro Sittenfeld, Representante Legal.—(IN2012030583).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado Nº                   Acciones                                Serie

1838                                          800                                         B

Nombre del accionista: Mueblería El Hogar S. A.

Folio número: 2501.

San José, 29 de marzo del 2012.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2012031029).

Yo, Juan Carlos Peralta Montoya, mayor, casado, abogado y notario público, código profesional doce mil doscientos treinta y uno, vecino de Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos setenta y nueve-quinientos setenta y cuatro, hago constar que por pérdida de título de abogado, estoy realizando los trámites respectivos ante el Colegio de Abogados para la reposición de mi título.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Juan Carlos Peralta Montoya, Notario.—(IN2012031063).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE COSTA RICA

Comunicación de acuerdo de Junta Directiva

Acuerdo Nº VI-04-06-2012.—En relación con el expediente Nº 36-2011 en contra de la colegiada Martha Molina Lobo, se acuerda acoger la recomendación del Tribunal de Honor, mediante oficio CPPCR.TH-09-2012 y suspender por seis meses en el ejercicio de la profesión a la colegiada Martha Molina Lobo y seis meses en un trabajo de proyección comunitaria en una organización que requiera de ese servicio, para ello debe la denunciada presentar a la Fiscalía, en el plazo de quince días, el plan de trabajo y la propuesta de servicio a realizar.

En cuanto al expediente se archivará una vez que se cumpla el acuerdo conciliatorio acordado con la Fiscalía, para lo cual deberán notificar a esta Junta Directiva la terminación del trabajo de proyección comunitaria que debe realizar la colegiada.

Comunicar a la denunciada y a la Fiscalía. Publicar la suspensión en el Diario Oficial La Gaceta y en un periódico de circulación nacional. Acuerdo firme por mayoría.—Junta Directiva.—MSc. Milagro Quesada Villegas, Secretaria.—1 vez.—(IN2012024740).

ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO

RURAL DE ESTERO GRANDE-PUERTO VIEJO

DE SARAPIQUÍ

El suscrito, Juan José Solís Villegas, cédula de identidad número 5-279-629, en mi calidad de Presidente y representante legal de la Asociación Administradora del Acueducto Rural de Estero Grande-Puerto Viejo de Sarapiquí, cédula jurídica 3-002-361292, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del primer libro de Registro de Socios, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—26 de marzo del 2012.—Juan José Solís Villegas, Presidente.—1 vez.—RP2012285846.—(IN2012024999).

Por acuerdo de asamblea general de socios se resuelve disolver Compañía Agrícola Menecon S. A., cédula jurídica 3-101-059006.—San José, 9 de abril de 2012.—Lic. Rafael Ángel Soto Suárez, Notario.—1 vez.—RP2012287269.—(IN2012027776).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del primero de abril del dos mil doce, que es asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Siverson Internacional Sociedad Anónima, se acuerda disolver esta sociedad. Es todo.—San José, a las catorce horas quince minutos del primero de abril del dos mil doce.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012287270.—(IN2012027777).

Ante esta notaría se nombra Consejo Directivo, fiscal propietario y fiscal suplente de Asociación Cámara Nacional de Transportistas de Servicios Especiales.—San José, 30 de marzo de 2012.—Lic. Rafael Ángel Soto Suárez, Notario.—1 vez.—RP2012287271.—(IN2012027778).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del primero de abril del dos mil doce que es asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Kaura Internacional Sociedad Anónima, se acuerda disolver esta sociedad. Es todo.—San José, a las quince horas quince minutos del primero de abril del dos mil doce.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012287272.—(IN2012027779).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del primero de abril del dos mil doce que es asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Compañía Milonguera Sociedad Anónima, se acuerda disolver esta sociedad. Es todo. San José, a las nueve horas quince minutos del primero de abril del dos mil doce.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012287273.—(IN2012027780).

Mediante escritura número 123-1, otorgada a las 13:00 horas del 16 de marzo de 2012, se acuerda la disolución de la sociedad denominada Inversiones Vásquez Ramírez Corp S. A., cédula jurídica número: 3-101-413282. Domicilio: Heredia.—San José, 29 de marzo de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012287274.—(IN2012027781).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del primero de abril del dos mil doce que es asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Proyectos y Soluciones Atoz Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto social, es todo.—San José, a las once horas cinco minutos del primero de abril del dos mil doce.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012287275.—(IN2012027782).

Mediante escritura número 134-1, otorgada a las 13:00 horas del 2 de abril de 2012, se acuerda la disolución de la sociedad denominada Fajube S. A., cédula jurídica número: 3-102-546893. Domicilio: San José.—San José, 4 de abril de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012287276.—(IN2012027783).

Mediante escritura número 135-1, otorgada a las 14:00 horas del 2 de abril de 2012 se acuerda la disolución de la sociedad denominada: Douglas Velásquez Ingenieros Estructurales Consultores Constructores S. A., cédula jurídica número: 3-101-144159. Domicilio: Cartago.—San José, 4 de abril de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012287277.—(IN2012027784).

Mediante escritura número 135-1, otorgada a las 15:00 horas del 2 de abril de 2012, se acuerda la disolución de la sociedad denominada LVP Consultores S. A., cédula jurídica número: 3-101-531497. Domicilio: San José.—San José, 4 de abril de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012287278.—(IN2012027785).

Mediante escritura número 133-1, otorgada a las 15:30 horas del 29 de marzo de 2012, se acuerda la disolución de la sociedad denominada El Cuencano Azuayo S. A., cédula jurídica número: 3-101-351753. Domicilio: Heredia.—San José, 29 de marzo de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012287279.—(IN2012027786).

Ante esta notaría a las 10:00 horas del 7 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad Gonsal S. A. Capital social: ¢120.000,00. Plazo: 99 años. Domicilio: San José, Moravia, del Súper Irazú, trescientos metros norte. Es todo.—San José, 2 de abril del 2012.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—RP2012287280.—(IN2012027787).

Por medio de escritura otorgada en mi notaría, a las diez horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil doce, donde se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Servicios Vega Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, treinta de marzo del dos mil doce.—Lizeth Álvarez Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012287281.—(IN2012027788).

La suscrita notaria hago constar que a las 9:00 horas del 4 de abril del 2012 en la escritura 124-5, se protocoliza acta del ente jurídico Pacific Blue Skies Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-348483, reformándose la cláusula 6 del pacto constitutivo y nombrando nuevos miembros en junta directiva.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012287282.—(IN2012027789).

La suscrita notaria hago constar que a las 8:00 horas del 4 de abril del 2012 en la escritura 123-5, se protocoliza acta del ente jurídico Satsang, Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-510263, reformándose las cláusulas 8 y 9 del pacto constitutivo y nombrando nuevos miembros en junta directiva.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012287283.—(IN2012027790).

La suscrita notaria hago constar que a las 12:00 horas del 5 de abril del 2012 en la escritura 125-5, se protocoliza acta del ente jurídico Moon Fire Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-495953, reformándose la cláusula 9 del pacto constitutivo y nombrando nueva junta directiva.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012287284.—(IN2012027791).

La suscrita notaria hago constar que a las 10 horas y 30 minutos del 9 de abril del 2012 en la escritura 126-5, se protocoliza acta del ente jurídico Sonrisa Marina Alegre Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-522738, reformándose las cláusulas 1 y 9 y la junta directiva.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012287285.—(IN2012027792).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía sin denominación social según decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en donde se autoriza expresamente al Registro Público de la Propiedad para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio le asigne en el momento de su inscripción, su plazo social es de cien años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, un gerente será el representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—RP2012287286.—(IN2012027793).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyen dos compañías sin denominación social según Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en donde se autoriza expresamente al Registro Público de la Propiedad para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio le asigne en el momento de su inscripción. Su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente es el representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—RP2012287287.—(IN2012027794).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria en la ciudad de San José, a las ocho horas del nueve de abril del dos mil doce, se constituyó la sociedad Materiales de Construcción Palmira Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Palmira. Plazo social: cien años.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—RP2012287288.—(IN2012027795).

Por escritura otorgada el 29 de marzo del 2012, ante esta notaría se reforman estatutos de la sociedad Road Runner Renta Car Sociedad Anónima.—San José, 30 de marzo del 2012.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2012287289.—(IN2012027796).

Por escritura otorgada el 29 de marzo del 2012, ante esta notaría se disuelve la sociedad anónima Inversiones Inmobiliarias Maya CSD Sociedad Anónima.—San José, treinta de marzo del dos mil doce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2012287290.—(IN2012027797).

Por escrituras otorgadas ante la suscrita notaria, a ser las 13:15 y 13:30 horas del 30 de marzo del 2012, se protocoliza las acta de reunión extraordinaria de socios de las empresas Exportaciones e Importaciones MJ y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-125880 y Corporación Arsa Cuatro Soles Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-326980, en la cual se acuerda disolver dichas sociedades.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Laura Francini Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012287291.—(IN2012027798).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas del treinta y uno de marzo del dos mil doce, ante esta notaría se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Playa Hermosa Blanca Diez C.R.C. Coral Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- uno cero uno-cinco nueve ocho uno cero dos, mediante la cual se modifica el pacto constitutivo y cambio de junta directiva.—San José, a las nueve horas del nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012287292.—(IN2012027799).

En asamblea general extraordinaria de socios de las quince horas del veintidós de marzo de dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad De Costa Rica al Mundo Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-476379; quedando autorizada esta notaría para la protocolización respectiva.—Lic. Nury María López Marchena, Notaria.—1 vez.—RP2012287293.—(IN2012027800).

En asamblea general extraordinaria de socios de las quince horas del veintidós de marzo de dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Alfaro Castillo y Sucesores Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-218865; quedando autorizada esta notaría para la protocolización respectiva.—Lic. Nury María López Marchena, Notaria.—1 vez.—RP2012287294.—(IN2012027801).

En asamblea general extraordinaria de socios de las quince horas del veintidós de marzo de dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Picasso A&C Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-292305; quedando autorizada esta notaría para la protocolización respectiva.—Lic. Nury María López Marchena, Notaria.—1 vez.—RP2012287295.—(IN2012027802).

Por escritura número veintiuno del tomo segundo del notario público Rolando José Villalobos Romero, se protocoliza acta de la sociedad denominada Cascadas de la Musa S. A., donde se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio de la sociedad y la cláusula novena en cuanto a la representación, se nombra como presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma a Yensi Massiel Campos Carvajal.—29 de marzo del 2012.—Lic. Rolando José Villalobos Romero, Notario.—1 vez.—RP20120287297.—(IN2012027803).

Por escritura número doscientos treinta, del tomo dos del protocolo de la suscrita notaria, y otorgada a las diecisiete horas del día veintinueve de marzo del dos mil doce, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de Redline Consulting Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cuatro cuatro siete siete ocho.—San José, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012287298.—(IN2012027804).

En mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general de Inversiones Jicarba Ramonense Sociedad Anónima, en que se procede al adelanto del plazo social. Es todo.—San Ramón, 7 de abril del 2012.—Lic. José Alan Cordero Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012287299.—(IN2012027805).

Por medio de escritura otorgada a las quince horas y treinta minutos del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Rocosa Sociedad Anónima, donde se conviene disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Román Fallas Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012287302.—(IN2012027806).

Por medio de escritura otorgada a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Corporación Interamericana de Televisión Remapa Sociedad Anónima, donde se conviene disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Román Fallas Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012287303.—(IN2012027807).

Por medio de escritura otorgada a las quince horas del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Mardam del Oeste Sociedad Anónima, donde se conviene disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Román Fallas Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012287304.—(IN2012027808).

Por medio de escritura otorgada a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento uno-quinientos setenta y un mil cuatrocientos cincuenta y seis sociedad anónima, donde se conviene disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Angie Vanessa Miranda Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012287305.—(IN2012027809).

Por escritura número doscientos diecisiete, otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del nueve de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada Consultores Públicos G Y C Sociedad Anónima. Disolución sociedad.—Heredia, 9 de abril del 2012.—Lic. Lorena Soto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012287306.—(IN2012027810).

Por medio de escritura otorgada a las diecisiete horas del día veintiocho de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Smart Sunset Four Limitada, donde se conviene disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Angie Vanessa Miranda Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012287307.—(IN2012027811).

Por medio de la escritura treinta y seis, otorgada el día dieciséis de marzo del dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Servicios Internacionales AX Limitada, y se modificaron la cláusula primera en donde se modificó el nombre de la sociedad de la siguiente manera: Integradores de Soluciones de Negocios L A Limitada, pudiendo abreviarse de la siguiente manera: Integradores de Soluciones de Negocios L A Ltda., y se nombró nuevo subgerente.—San José, veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012287308.—(IN2012027812).

En escritura otorgada ante el suscrito notario, número ciento tres del cinco de marzo del dos mil doce, visible al folio cincuenta y dos del tomo diecisiete de mí protocolo, se modifica la cláusula segunda, del domicilio social del pacto social constitutivo de la sociedad denominada Munacuna en Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-432794.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012287311.—(IN2012027813).

En escritura otorgada ante el suscrito notario, número ciento veintiséis del veintiuno de marzo del dos mil doce, visible al folio sesenta y tres del tomo diecisiete de mí protocolo, se protocoliza acta de la empresa denominada Movimientos Agrícolas Castro Campos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-612854, en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012287312.—(IN2012027814).

En escritura otorgada ante el suscrito notario, número ciento veintitrés del diecinueve de marzo del dos mil doce, visible al folio sesenta y dos del tomo diecisiete de mí protocolo, se modifica la cláusula novena de la representación judicial y extrajudicial del pacto social constitutivo de la sociedad denominada Inversiones K V Wilka Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-647897.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012287313.—(IN2012027815).

En escritura otorgada ante el suscrito notario, número ciento cuarenta del treinta de marzo del dos mil doce, visible al folio sesenta y nueve vuelto del tomo diecisiete de mí protocolo, se protocoliza acta de la empresa denominada Florca C F A de Guápiles S. A., cédula jurídica Nº 3-101-220749, en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012287314.—(IN2012027816).

En escritura otorgada ante el suscrito notario, número noventa y cinco del dos de marzo del dos mil doce, visible al folio cuarenta y ocho vuelto del tomo diecisiete de mí protocolo, se protocoliza acta de la empresa denominada Rancho Retana S. A., cédula jurídica Nº 3-101-052254, en la cual se modifica la cláusula novena de la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012287315.—(IN2012027817).

Por escritura número ciento dieciocho, visible al folio cincuenta y cuatro frente del tomo seis de mí protocolo, otorgada en Guadalupe, Goicoechea, a las trece horas del treinta de marzo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la entidad Medicina Corporativa MEDCO G&E S. A., mediante la cual se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Lic. Franklin González Cubero, Notario.—1 vez.—RP2012287317.—(IN2012027818).

Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, protocolizada por esta notaria, la suscrita actuando como conotaria pública, a las 11:00 horas del 29 de marzo del 2012, mediante la cual se reforma la cláusula tercera de los estatutos de la empresa MAC-CAM S. A. Presidente: Michael Esteban Anchía Cubillo.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012287318.—(IN2012027819).

Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, protocolizada por esta notaria, la suscrita actuando como conotaria pública, a las 10:00 horas del 29 de marzo del 2012, mediante la cual se reforma la cláusula tercera de los estatutos de la empresa Desarrollos Jaboncillal S. A. Presidente: Francisco Javier Soley Alfaro.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012287319.—(IN2012027820).

Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por acta protocolizada en esta notaría, mediante la escritura número ciento treinta y tres del tomo once de mí protocolo, de las once horas del veinte de marzo del dos mil doce, la compañía Mundorep S. A., modifica la cláusula quinta de su pacto constitutivo.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012287320.—(IN2012027821).

La sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro mil trescientos setenta y siete sociedad anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro mil trescientos setenta y siete, reforma acta constitutiva, otorgado a las catorce horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, ante la Lic. María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—RP2012287323.—(IN2012027822).

Mediante escritura número trescientos cuarenta y nueve, de las doce horas del dos de abril del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria, en donde se disuelve la sociedad Emeye Estudio Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y cuatro mil trescientos cincuenta y cuatro.—Lic. Carolina Morales García, Notaria.—1 vez.—RP2012287324.—(IN2012027823).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de El Refugio del Arco Iris S. A. mediante la cual se reforman cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, once horas quince minutos del veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—RP2011287326.—(IN2012027824).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo Internet de Costa Rica S. A. mediante la cual acuerdan la disolución de la sociedad.—San José, primero de noviembre de dos mil once.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—RP2011287327.—(IN2012027825).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las quince horas del cuatro de abril del dos mil doce se protocolizó acuerdo de asamblea de socios por medio de la cual se disuelve la sociedad denominada La Vereda Desconocida Sociedad Anónima.—San José, cuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—RP2011287329.—(IN2012027826).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del nueve de abril del año 2012 se protocolizó disolución por acuerdo de socios de la sociedad denominada Instalsolar Sociedad Anónima.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Mariana Campos Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011287331.—(IN2012027827).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas cincuenta y un minutos del veintinueve de marzo del año 2012 se constituyó la sociedad denominada Soluciones Integrales Gabaron Sociedad Anónima.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Mariana Campos Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011287333.—(IN2012027828).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del veinte de marzo del año 2012 se constituyó la sociedad denominada Revestimientos y Pinturas Hermanos Abarca Sociedad Anónima.—San José, 25 de marzo del 2012.—Lic. Mariana Campos Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011287335.—(IN2012027829).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintidós de marzo del año dos mil doce, número quince-cuatro, se constituyó la entidad denominada Elsa Sociedad Anónima. Se nombró junta directiva, capital suscrito y pagado. Es todo.—Cartago, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Gabriela Rodríguez Loría, Notaria.—1 vez.—RP2011287336.—(IN2012027830).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del cuatro de abril del año dos mil doce, número diecinueve-cuatro, se constituyó la entidad denominada Rapi-Demarcaciones Sociedad Anónima. Se nombró junta directiva, capital suscrito y pagado. Es todo.—Cartago, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Gabriela Rodríguez Loría, Notaria.—1 vez.—RP2011287337.—(IN2012027831).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del catorce de febrero del año dos mil doce, número dos-cuatro, se constituyó la entidad denominada Constructora y Consultora Doble C Sociedad Anónima. Se nombró junta directiva, capital suscrito y pagado. Es todo.—Cartago, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Gabriela Rodríguez Loría, Notaria.—1 vez.—RP2011287338.—(IN2012027832).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las ocho horas del treinta de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Equilibrium Spa DC Sociedad Anónima. Se acuerda modificar la cláusula quinta del capital social y aumentar el capital social.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2011287339.—(IN2012027833).

Por escritura número 192-7, otorgada a las 14:40 horas del 26 de marzo del 2012, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Magelan Holdings de Costa Rica SRL donde se acuerda la disolución de la compañía.—Puntarenas, 26 de marzo del 2012.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2011287343.—(IN2012027835).

La suscrita notaria da fe, que mediante escritura otorgada el diecisiete de febrero del dos mil doce, se acordó la disolución de Cocina Popular Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-296.093.—Naranjo, ocho de abril del dos mil doce.—Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—RP2011287344.—(IN2012027836).

Por escritura número 194-7, otorgada a las 15:15 horas del 26 de marzo del dos mil doce, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3 102 631054 limitada en donde se acuerda reformar la cláusula primera de los estatutos.—Puntarenas, 27 de marzo del 2012.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2011287345.—(IN2012027837).

Por escritura número 193-7, otorgada a las 15:00 horas del 26 de marzo del dos mil doce, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3 102 631053 limitada en donde se acuerda reformar la cláusula primera de los estatutos.—Puntarenas, 27 de marzo del dos mil doce.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2011287346.—(IN2012027838).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día veinte de marzo del año dos mil doce, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y tres mil seiscientos veintitrés, sociedad anónima. Se acuerda reformar las cláusulas primera, del nombre, de ahora en adelante se denominará Providencia Trece de Noviembre Sociedad Anónima, segunda, del domicilio, décima y undécima de la representación, de los estatutos.—San José, nueve de abril del año dos mil once.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—RP2011287347.—(IN2012027839).

Por asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Servicios de Computación Inteligente CP Sociedad Anónima, se procedió a realizar la disolución de la misma, a partir del día veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—RP2011287351.—(IN2012027841).

Los suscritos Óscar Rojas Cambronero y Shirley Paniagua Paniagua, constituyeron la sociedad cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número: Treinta y tres mil ciento setenta y uno del veintinueve de mayo del dos mil seis.—Lic. Otto José André Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2011287352.—(IN2012027842).

Por escritura número 74-5 del 7 de abril del 2012, otorgada en Cartago, a las 12:43 horas; se protocolizó acta de asamblea general en la cual se acordó la disolución de la sociedad denominada Carnes Veracruz Sociedad Anónima.—Lic. Kathia Valverde Molina, Notaria.—1 vez.—RP2011287353.—(IN2012027843).

Por escritura otorgada ante el notario público Víctor Manuel Garita González, a las 12:30 horas del día 30 de marzo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía tres-ciento uno quinientos ochenta y seis mil quinientos cincuenta y ocho s. a., donde se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto social en cuanto al capital social, de la compañía.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Víctor Manuel Garita González, Notario.—1 vez.—RP2011287355.—(IN2012027844).

La suscrita notaria pública, Alia Aguilar Navarro, constituí sociedad anónima, siendo su denominación social Producciones Café Veintiuno Sociedad Anónima. Con un capital social de diez mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Se constituyó mediante escritura pública número doscientos sesenta, del tomo sexto, a las catorce horas del veintiocho de mayo de dos mil once. Es todo.—San José, diecinueve de marzo de dos mil doce.—Lic. Alia Aguilar Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012287356.—(IN2012027845).

Mediante escritura pública número sesenta y ocho del tomo primero de mi protocolo otorgada ante esta notaría, el día veintidós de marzo del año dos mil doce, se protocoliza el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Agrícola Zarcero Exporta S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro cero uno ocho tres cero, en la que se acuerda reformar la cláusula número cuarta de los estatutos—Zarcero, Alajuela, 9 de abril del año 2012.—Lic. Jacqueline Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012287359.—(IN2012027846).

Por escritura otorgada ante mí de las 17:30 horas del día dos de marzo del 2012, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada M.O. Dental Corporation S. A., cuya traducción al español es M.O. Corporación Dental, junta directiva nombrada y capital suscrito y pagado.—San José 28 marzo del 2012.—Lic. Francisco José Amado Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012287360.—(IN2012027847).

Por escritura otorgada ante mí de las 18:35 horas del día dieciséis de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Industrias Mineras S. A., mediante la cual se nombra tesorero y secretario de junta directiva.—San José 28 de marzo del 2012.—Lic. Francisco José Amado Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012287361.—(IN2012027848).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 9:00 horas del 30 de marzo de 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Bancomunal El Cedro de San José de Grecia Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula primera y se cambia la razón social a Compañía Los Quesada del Cedro J L A M Dos Mil Doce Sociedad Anónima. Además se reforman las cláusulas tercera y cuarta del pacto.—Lic. Michael Arce Sancho, Notario.—1 vez.—RP2012287362.—(IN2012027849).

Por escritura otorgada ante mí, de las 18:59 horas del día dieciséis de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Manejo a Granel S. A., mediante la cual se nombra tesorero y secretario de junta directiva.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Francisco José Amado Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012287363.—(IN2012027850).

Por asamblea de socios de la sociedad Servicios Especializados de Transporte del Caribe A & M Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cinco mil ochocientos trece, se acuerda disolver dicha sociedad. Asimismo por asamblea de socios de la sociedad denominada Tres-Ciento Dos- Seiscientos Cincuenta y Un Mil Doscientos Diez Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de personería jurídica número tres-ciento dos- seiscientos cincuenta y un mil doscientos diez, se modificó las cláusulas primera y la sexta y se nombró nuevo gerente. Por asamblea de socios de la sociedad denominada Tres-Ciento Dos- Seiscientos Cincuenta y un Mil Doscientos Doce Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de personería jurídica número tres-ciento dos- seiscientos cincuenta y un mil doscientos doce, se nombró nuevo gerente y subgerente. Es todo.—San José, 9 de abril del año dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2012287365.—(IN2012027851).

Mediante escritura pública número sesenta y dos, visible al folio treinta y tres frente del tomo doce de mi protocolo, otorgada a las doce horas cinco minutos del treinta de marzo del dos mil doce, el suscrito notario Jorge Andrés Cordero Leandro, protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Cisneros Consultores Asociados S. A., en la cual se revocó el nombramiento de presidente, tesorero, secretario y fiscal y se hicieron nuevos nombramientos.—San José, 30 de marzo de 2012.—Lic. Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—RP2012287366.—(IN2012027852).

Yo, Abdenago Barboza Sánchez, notario público con oficina en Cartago, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la Empresa Ticocim S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y tres mil cuatrocientos cinco, domiciliada en San José, y llevada a cabo el día diecinueve de marzo del año dos mil doce a las diecinueve horas con treinta minutos; donde se acordó disolver tal entidad. Escritura la cual se encuentra en el protocolo del suscrito notario bajo el número ciento ochenta y siete, visible al folio cien vuelto del tomo once.—Lic. Abdenago Barboza Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012287367.—(IN2012027853).

Por escritura otorgada a las quince horas del veintiuno de marzo de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Compañía Flecha Roja S. A., en la que se reformó las cláusulas quinta y segunda, se nombra presidente y agente residente.—San José, veintiuno de marzo del dos mil doce.—Lic. Martín Hernández Treviño, Notario.—1 vez.—RP2012287368.—(IN2012027854).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintisiete de febrero del dos mil doce, se constituyó la sociedad Simmachines Limitada, capital social cien mil colones, totalmente suscrito y pagado, se nombró gerente. El gerente tiene la representación judicial y extrajudicial.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—(IN2012028018).

Por escritura otorgada, se comunica que al ser las dieciséis horas del nueve de abril del dos mil doce, en asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Construcciones Saca MYE S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres siete seis cero seis cero, en firme por unanimidad y por convenir así a los intereses de sus socios y haber cumplido su objeto social. Se acuerda disolver dicha sociedad ante la notaría de la Lic. Ivonne Monge Calderón.—Lic. Ivonne Monge Calderón Notaria.—1 vez.—(IN2012028020).

La suscrita notaria hace constar que en mi notaría, al ser las diez horas del nueve de abril del dos mil doce, protocolicé mediante escritura pública el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad MV Enterprises/Design Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cinco mil setecientos veintiocho; el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad MV Interprises INC Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil novecientos diecinueve; y el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Damselflyhouse Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y seis mil cincuenta y cinco, en la cual los socios acordaron la fusión por absorción de las sociedades MV Enterprises/Design Sociedad Anónima, MV Interprises INC Sociedad Anónima, y Damselflyhouse Sociedad Anónima. De conformidad con la fusión indicada, la sociedad que prevalece es Damselflyhouse Sociedad Anónima; cesando las sociedades MV Enterprises/Desing Sociedad Anónima, y MV Interprises INC Sociedad Anónima. Se acuerda aumentar el capital social de la sociedad prevaleciente Damselflyhouse Sociedad Anónima. Es todo.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Karla Cerdas López, Notaria.—1 vez.—(IN2012028023).

La sociedad Importadora Jumagsa JM Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y un mil ciento noventa y uno, avisa que modificó su plazo social el cual será hasta el treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Marlon Gerardo Goméz Pizarro, Notario.—1 vez.—(IN2012028028).

Por escritura otorgada a las nueve horas del diez de abril del dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad Filial Doce Bariloche de Monte Real S. A.—San José, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012028029).

Ante esta notaría, escritura 33 de las 11:00 horas del 9 de abril 2012, Gabine S. A., modifica cláusula segunda de sus estatutos.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Edgar Gutiérrez López, Notario.—1 vez.—(IN2012028036).

Ante esta notaría, escritura número 32 de las 10:00 horas del 9 abril del 2012. Cordero Noventa y Cinco S. A., modifica cláusula cuarta pacto constitutivo.—San Juan de Tibás, 10 de abril del 2012.—Lic. Edgar Gutiérrez López, Notario.—1 vez.—(IN2012028037).

Mediante acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Valle Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento dos-cinco cuatro siete tres cuatro cuatro, celebrada a las ocho horas del ocho de marzo del dos mil doce, se acuerda disolver dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d del Código de Comercio. Se advierte que la sociedad no tiene actualmente ningún bien o activo ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene actividades ni operaciones de ninguna naturaleza. Por tal razón se prescinde del trámite de liquidador y su nombramiento así como del resto de trámites excepto el edicto.—San José, nueve de abril de dos mil doce.—Lic. Alejandro Goicuría Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012028040).

Por escritura Nº 233 otorgada a las 9:00 horas del día 9 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Inversiones Metic Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012028046).

Por escritura Nº 235 otorgada a las 10:00 horas del día 9 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Inversiones Porras Delgado Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012028047).

Ante esta notaría, a las 19:30 horas del día 30 de marzo del 2012, se acuerda fusionar las sociedades Distrito Financiero Sabana Oeste S. A., y Cape Forjador Ltda., prevaleciendo esta última.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012028048).

Ante esta notaría, a las 19:00 horas del día 30 de marzo del año  2012, se acuerda fusionar las sociedades Corporación Kato S. A., y Bestar Express Ltda., prevaleciendo esta última.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012028049).

Ante esta notaría, a las 18:00 horas del día 30 de marzo del 2012, se acuerda fusionar las sociedades Corporación Montes de Escazú S. A., y Atlas Domination Ltda., prevaleciendo esta última.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012028050).

Ante esta notarla, a las 18:30 horas del día 30 de marzo del 2012, se acuerda fusionar las sociedades Desarrolladora Tecnoparques S. A., y Aton Sense Ltda., prevaleciendo esta última.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012028051).

Por escritura número 339, se protocoliza acta donde se reforma la Junta Directiva de la sociedad Seguridad Unificada de Alta Tecnología SUAT S. A., escritura otorgada en Alajuela, a las 15:00 horas del 10 de abril del 2012.—Lic. Emily Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2012028053).

Nadki S. A., cédula 3-101-215667 establece nuevo domicilio social en ciudad de San José, c-2, av. 10-12, Parqueo Público Las Aguilas.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Carlos A. Retana Retana, Notario.—1 vez.—(IN2012028055).

Por medio de escritura número ciento noventa y nueve del tomo quinto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificó las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Rancho Kebly Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-nueve tres cuatro uno ocho.—Alajuela, dos de abril del dos mil doce.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2012028070).

Por escritura pública otorgada en San José, a las 17:00 horas del 29 de marzo del 2012, se protocolizaron acuerdos de asambleas extraordinarias de socios de las sociedades denominadas: Fital Costa Rica S. A. e Inmobiliaria Monteverde S. A. Se fusionan en una sola prevaleciendo Fital Costa Rica S. A.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012028073).

Por escritura pública otorgada en San José a las 12.00 horas del 10 de abril del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad anónima denominada: Ricesa S. A. Se otorga poder generalísimo sin límite de suma condicionado a Freddy Ricardo Céspedes Sibaja.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012028075).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó la compañía Equilibrium S. A., Ingeniería y Arquitectura, le corresponde al presidente, secretario y tesorero la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, cuatro de abril de dos mil doce.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012028080).

Por escritura pública otorgada el día de hoy ante mí, se modificó la cláusula novena en cuanto a la administración, y se cambia la junta directiva y fiscal de la compañía Bigpro Soluciones Integrales de Importación S. A.—San José, cinco de abril de dos mil doce.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012028081).

Por escritura otorgada ante el notario Javier Gallo Piña, en Barranca, a las 11 horas del 29 de marzo del 2012, se disolvió Proyecto Una Mirada Al Cielo Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-345997.—Lic. Javier Arturo Gallo Piña, Notario.—1 vez.—(IN2012028082).

Se hace saber a todos los interesados que por escritura pública otorgada a las 10 horas del 10 de abril de 2012 ante la notaria Sianny Arce Álvarez, tomo 8 de su protocolo, se protocolizó acta asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Gaby Salón Sociedad Anónima, se contó con la presencia de la totalidad del capital social y se acordó disolver la sociedad.—Alajuela, 10 de abril de 2012.—Lic. Sianny Arce Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2012028083).

Se hace saber a todos los interesados que por escritura pública otorgada a las 11 horas del 9 de marzo de 2012 ante la notaria Sianny Arce Álvarez, tomo 8 de su protocolo, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Domasol Sociedad Anónima, se contó con la presencia de la totalidad del capital social y se acordó disolver la sociedad.—Alajuela, 27 de marzo de 2012.—Lic. Sianny Arce Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2012028084).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Hacienda San Gerardo Limitada, domiciliada en Cartago, Oreamuno, San Gerardo Norte de Irazú, Lechería San Gerardo, cédula jurídica número tres-ciento dos-siete mil novecientos sesenta y ocho, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad y que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece el acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, 30 de marzo de 2012.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—(IN2012028088).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Morugon EME Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José a las diecisiete horas del día quince de marzo de dos mil doce. Notarios: Lic. Fabián Fernández Faith y William Fernández Sagot.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—(IN2012028089).

Por escritura número doscientos setenta y seis de las nueve horas del doce de marzo del dos mil doce, se ha constituido la empresa Grupo Faro Desarrollos Inmobiliarios S. A. Presidente: Adrian Rojas Villalobos, quien comparte con el vicepresidente y secretario las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social suscrito y pagado de ¢500.000,00. Domicilio social: 175 metros al oeste de la Mutual Alajuela, Heredia. Plazo social: 99 años. Se emplaza a cualquier interesado para lo que a bien tenga manifestar en el término de ley.—Lic. Carlos L. Mejías Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2012028092).

Por escritura número doscientos sesenta y siete de las nueve horas del nueve febrero del dos mil doce, la empresa Moto Bici Costa Rica S. A., reforma la cláusula segunda de sus estatutos, cambiando el domicilio social a Barva centro, Heredia, cien metros al este de la gruta. Igual se reforma la cláusula primera, cambiando su razón social a Servicios Aduanales y Logísticos de Costa Rica S. A.; por lo que se emplaza a cualquier interesado para lo que a bien tenga manifestar en el término de ley.—Lic. Carlos L. Mejías Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2012028093).

Por escritura pública número 193, tomo 4, otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad denominada: Webb Cres Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 12 horas 30 minutos del día 11 de abril del 2012. Presidente: Elliott Lowndes Webb.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012028094).

A las 15:45 horas del día de hoy, protocolicé en mi notaría actas de asambleas de socios de la compañía Servicios Empresariales Palma Dorada Real S. A. Se reforma cláusula V del pacto social.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Edgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—RP2012287690.—(IN2012028156).

Ante mí Yeudi Aguirre Aguirre, notario público, se ha modificado la sociedad denominada Agropecuria Price Sociedad Anónima, en la que se realiza cambio de agente residente por Minor Porras Herrera. Escritura número 54, tomo cinco, otorgada el 22 de marzo del 2012.—Ciudad Neily, 22 de marzo del 2012.—Lic. Yeudi Aguirre Aguirre, Notario.—1 vez.—RP2012287391.—(IN2012028157).

La notaria Tatiana Zeledón Castro informa que en su oficina se modificó junta directiva de 3-101-632245 S. A.—Heredia, 30 de marzo del 2012.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012287393.—(IN2012028158).

Canalones y Ductos de Línea Vieja Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-104398, acuerda su disolución a partir del día 28 de marzo del 2012. Escritura 307, tomo trece, de las 17 horas del 28 de marzo del 2012.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012287395.—(IN2012028159).

Que por escritura número 131, visible a folio 192 frente, se acordó disolver la empresa denominada Vie Doree S. A., representada por Leonore Billie Ann Engelhardt. Visible en el tomo 19 del protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la disolución de la empresa indicada.—Uvita de Osa, a las 8:00 horas del 9 de abril del 2012.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012287397.—(IN2012028161).

Que ante esta notaría se está tramitando por acuerdo de socios que consta en acta número uno de asamblea general extraordinaria, la disolución de la sociedad Arcava del Sur Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-391124. Por carecer de activos y pasivos, se acuerda su disolución.—San Isidro de El General, 10 de abril de 2012.—Lic. Geovanny José Sibaja Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012287400.—(IN2012028162).

Al ser las nueve horas del día cuatro de abril del dos mil doce, se realiza cambio de junta directiva y así mismo se reforma la cláusula sexta, de la sociedad tres-ciento uno-quinientos once mil catorce sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos once mil catorce, por medio de escritura otorgada ante el notario público.—San Isidro de Pérez Zeledón, el día nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Alexander Elizondo Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012287401.—(IN2012028163).

Ante mí, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Restos de Dominical Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y dos mil cuarenta y cuatro, en la cual se reforma las cláusulas segunda, tercera, sétima y novena de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón a las 16:30 horas del 9 de abril del 2012.—San José, 9 de abril del dos mil doce.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—RP2012287405.—(IN2012028164).

Ante mí, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Forestal Baru-Teca Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y cinco mil ochocientos setenta y siete, en la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, a las 16:10 horas del 9 de abril del 2012.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Juez.—1 vez.—RP2012287406.—(IN2012028165).

Ante mí, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad B.M.L. de Dominical Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ocho mil seiscientos catorce, en la cual se reforma la cláusula tercera de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, a las 16:00 horas del 9 de abril del 2012.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Juez.—1 vez.—RP2012287407.—(IN2012028166).

Loaiza Hermanos Sociedad Anónima, en asamblea general extraordinaria, celebrada el 2 de abril del 2012, a las 10:00 horas, modifico el pacto constitutivo en la cláusula segunda del domicilio social.—Ciudad Neily, 4 de abril del 2012.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—RP2012287408.—(IN2012028167).

Ante mí, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Gambordela Enterprises Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento siete mil ciento setenta y tres, en la cual se reforman las cláusulas tercera y sexta de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, a las 16:20 horas del 9 de abril del 2012.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Juez.—1 vez.—RP2012287409.—(IN2012028168).

La Moderna de Ciudad Neily Limitada, en asamblea general extraordinaria, celebrada el 2 de abril del 2012, a las 10:00 horas, modifico el pacto constitutivo en la cláusula segunda del domicilio social.—Ciudad Neily, 4 de abril del 2012.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—RP2012287410.—(IN2012028169).

Que  en  mi  notaría, se reformaron estatutos de la sociedad 3-101-649304 s. a., a las 15:00 horas del 15 de enero del 2011. Presidente: Richard Stephen, al ser las nueve horas del 7 de marzo del 2012.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—RP2012287413.—(IN2012028170).

Por medio de escritura otorgada a las diecisiete horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Niveus Volatilis Equus Sociedad Anónima, por medio de cual se cambia la junta directiva y se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo. Es todo.—29 de marzo del 2012.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012287414.—(IN2012028171).

Por medio de escritura otorgada a las 16:00 horas del 29 de marzo del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Oleajes de Viento Sobre Mi Ventana Sociedad Anónima, por medio de cual se cambia la junta directiva y se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo. Es todo.—29 de marzo del 2012.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012287415.—(IN2012028172).

Por escritura otorgada ante e1 suscrito notario, a las diecinueve horas de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Rescate Dos Mil Veinte S. A., reformando estatutos y reestructurando junta directiva.—San José, veintisiete de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—RP2012287422.—(IN2012028173).

 El 27 de marzo del 2012, Buzos de Flamingo Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-210100, los socios de la sociedad procedieron a disolver y liquidar esta sociedad. Dicha disolución fue protocolizada mediante escritura 22-23, visible al folio 8 frente del tomo 23 del protocolo, con fecha 13:00 horas del 27 de marzo del 2012, por el notario Gerardo Quesada Monge.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2012287425.—(IN2012028174).

Por escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se acuerda la disolución de la sociedad (Kim Gio) Imperio de Repuestos Coreanos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-618463. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2012287426.—(IN2012028175).

En esta notaría pública a las 9:00 horas del 29 de marzo del 2012, se disolvió y liquidó Bienes Feyvel MPM Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-628270.—Palmar Norte, 29 de marzo del 2012.—Lic. Rafael Campos Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012287428.—(IN2012028176).

Por escritura otorgada en San José, a las veinte horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se acuerda la disolución de la sociedad Internarional Aesthetic Corporal Ciecsa S. A., cédula jurídica 3-101-441286. Es todo.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2012287429.—(IN2012028177).

Por escritura otorgada en San José, a las quince horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se acuerda la disolución de la sociedad El Imperio de los Repuestos S. A., cédula jurídica 3-101-315665. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2012287431.—(IN2012028178).

Se hace constar que mediante escritura pública número setenta y dos-tres del tomo tercero de esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Decodiez Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y seis mil quinientos treinta y ocho, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos y se hace un nuevo nombramiento de vicepresidente.—San José, nueve de abril de dos mil doce.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012287432.—(IN2012028179).

Por escritura número 244 otorgada ante mi notaría, a las 16 horas del 30 de marzo de 2012, se constituyó la sociedad Grupo J&B Solutions Sociedad Anónima. Representantes con facultades de apoderados generalísimos: presidente, secretario y tesorero. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 30 de marzo de 2012.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012287433.—(IN2012028180).

Por escritura otorgada ante mí el 29 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad Shambala Cincuenta y Uno Innc Sociedad Anónima, capital social 100.000,00 colones totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012287435.—(IN2012028181).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se acuerda la disolución de la sociedad Cali-Tico Productions Sociedad Anónima.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—RP2012287436.—(IN2012028182).

Por escritura otorgada ante esta Notaría en San José, a las 8 horas del 21 de marzo del 2012, 3-101-531536 s. a., reforma cláusula 5° del pacto social que aumenta capital social. Capital íntegramente cancelado.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—RP2012287438.—(IN2012028183).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8 horas del hoy, protocolicé acuerdos de Serviosa S. A., por los que se reforma cláusula cuarta reduciendo el plazo.—San José, veintisiete de marzo del 2012.—Lic. Óscar Emilio Zeledón Grau, Notario.—1 vez.—RP2012287439.—(IN2012028184).

El suscrito notario hace constar, que según escritura ciento veintinueve-siete, folio sesenta y tres frente del tomo siete de mi protocolo, se ha reformado la cláusula del acta constitutiva referente al domicilio de la sociedad Oblivion de Nosara Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos setenta, para que en adelante se lea así: El domicilio de la sociedad será en San José, doscientos metros este y ciento cincuenta metros sur de Casa Matute Gómez, Edificio Tenerife, oficinas de Andrés González Anglada.—Cartago, dos de abril del dos mil doce.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—RP2012287440.—(IN2012028185).

Al ser las trece horas del dos de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada Siciliano de Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se reforma la cláusula del domicilio.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012287441.—(IN2012028186).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de Boutique Chery Ltda., por los cuales se reforman cláusulas segunda y cuarta de sus estatutos.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. Óscar Emilio Zeledón Grau, Notario.—1 vez.—RP2012287442.—(IN2012028187).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de Inversiones La Alondra Ltda., por el cual se modifica su plazo social.—San José, 12 de marzo del 2012.—Lic. Eugenio Fco. Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012287443.—(IN2012028188).

Por escrituras otorgadas ante mí, a las 10, 11, 12 y 13 horas de hoy, protocolicé acuerdos de Los Peiros S. A., Arrendadora de Mobiliario y Equipo Jutland S. A., Corporación Mexicano Costarricense de Farmacias MCR S. A. y de Cargo Segurity Systems Latinoamericana Ltda., por las cuales se modifica su plazo social.—San José, 21 de marzo de 2012.—Lic. Eugenio Fco. Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012287444.—(IN2012028189).

Por escritura de las 9:30 horas del 4 de abril del 2012, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad VMA Servicios Integrales de Limpieza S. A., mediante la cual se aumenta el capital social modificando la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 4 de abril del 2012.—Lic. Johnny Alberto Vargas Carranza, Notario.—1 vez.—RP2012287445.—(IN2012028190).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las quince horas quince minutos del día nueve de abril del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Coco Bay Lot Sixty Five Limitada. Donde se acuerda fusionar Coco Bay Lot Sixty Four Limitada, y Coco Bay Lot Sixty Five.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012287446.—(IN2012028191).

Por escritura de las 14:00 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Abuelita Mochis S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287447.—(IN2012028192).

Por escritura de las 14:30 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Grosbois S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287448.—(IN2012028193).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las quince horas del día nueve de abril del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Coco Bay Lot Sixty Four Limitada. Donde se acuerda fusionar Coco Bay Lot Sixty Four Limitada, y Coco Bay Lot Sixty Five.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012287449.—(IN2012028194).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día nueve de abril del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-648944, SRL. Donde se acuerda modificar la cláusula primera de los estatutos.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2012287450.—(IN2012028195).

Por escritura de las 15:30 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Treinta y Cuatro D.R. Azul Marino S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287451.—(IN2012028196).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las trece horas del día nueve de abril del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos  de  asamblea  de  cuotistas  de  la  sociedad denominada 3-102-648943 SRL. Donde se acuerda modificar la cláusula primera de los estatutos.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012287452.—(IN2012028197).

Por escritura de las 15:00 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Pinot Noir S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287453.—(IN2012028198).

Por escritura de las 16:00 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Treinta y Tres D.R. Azul Oscuro S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287454.—(IN2012028199).

Por escritura pública número 236-9 otorgada en San José, a las 10:30 horas del día 01 de abril del año 2012, se constituye la sociedad denominada Famiyicon M.A.J. S. A., cuyo presidente es José Antonio Ayi Con. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución.—Lic. Adrián Antonio Brenes Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012287455.—(IN2012028200).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintidós de marzo del dos mil doce, se realizó el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad denominada Flair Flexible Packaging Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de marzo del mil doce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2012287456.—(IN2012028201).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, se realizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada T.J.P. Tres Sociedad Anónima.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2012287457.—(IN2012028202).

La sociedad domiciliada en San José, Escazú, modifica la cláusula segunda del domicilio, la cláusula octava de la administración y nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada en esta Notaría, a las quince horas del veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. José Francisco Monge Masís, Notario.—1 vez.—RP2012287458.—(IN2012028203).

Ante la notaría de la suscrita notoria pública, se reformó la cláusula sexta del pacto social de la sociedad denominada Alan G. Hernried S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veinticuatro mil ciento nueve, domiciliada en San José y se nombró nuevo secretario.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—RP2012287462.—(IN2012028204).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las trece horas del día treinta de marzo del año dos mil doce, se reforma la cláusula primera: “del nombre” y sexta: “de la administración y facultades de los administradores” del pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento uno-quinientos sesenta y ocho mil ciento setenta y cinco sociedad anónima.—San José, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Andrea Hütt Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287464.—(IN2012028205).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:52 horas del día 14 de  marzo  del  2012,  la  sociedad  denominada LBJ Consulting S. A., cambia, reforma las cláusulas primera y segunda de su pacto social y nombra nuevos presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—RP2012287465.—(IN2012028206).

Ante esta Notaría comparecen Marta Victoria Lozada Acosta y Mariselle Verdesia Meneses, quienes el día de hoy, constituyen la sociedad de responsabilidad limitada denominada Euca Global Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo capital ha sido totalmente suscrito y pagado.—San José, dos de abril del dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012287466.—(IN2012028207).

Ante esta notaría comparecen Marta Victoria Lozada Acosta y Mariselle Verdesia Meneses, quienes el día de hoy constituyen la sociedad de responsabilidad limitada denominada M-One Equipe Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo capital ha sido totalmente suscrito y pagado.—San José, nueve de abril del dos mil doce del dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012287467.—(IN2012028208).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la Asociación Ministerios Casa de Paz Sucot Shalom.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Fernando Montero Piña, Notario.—1 vez.—RP2012287470.—(IN2012028209).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las dieciséis horas del tres de abril del dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la empresa Productividad y Capacitación PRODYCAPSA S. A., por medio de la cual se acuerda disolver la presente compañía.—Lic. Silvia Patricia Cordero Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012287471.—(IN2012028210).

En escritura número ciento noventa y uno del tomo cuarto de mi protocolo, visible al folio ciento noventa y dos frente, se reformó el pacto social de la empresa Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Noventa y Cuatro Mil Trescientos Noventa y Ocho Sociedad Anónima, otorgada a las diecisiete horas y treinta minutos del nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Cynthia Rodríguez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012287472.—(IN2012028211).

Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas diez minutos del nueve de abril del dos mil doce, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de la empresa Larseky Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil seiscientos treinta, por virtud de la cual se dispuso reformar las cláusulas primera y novena de su pacto constitutivo.—Grecia, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Christian Ocampo Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012287473.—(IN2012028212).

Mediante escritura 181, visible a folio 82 vuelto del protocolo tomo 8 del Notario Público Marlon Fernando Arce Blanco, a las 10 horas del 03 de abril del año 2012, se constituyó la sociedad denominada Reforestaciones Omega M Y C Sociedad Anónima. Domiciliada en Santa Rosa, distrito décimo tercero Pocosol, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela, doscientos cincuenta metros norte de Coocoque R. L. Objeto: prestación de servicios. Capital social: doce mil colones. Presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y fiscal apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012287474.—(IN2012028213).

Por escritura de las 11:30 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Pinto con Huevos Productions S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287475.—(IN2012028214).

Por escritura de las 11:00 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de HWP Arteria Creativa S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287476.—(IN2012028215).

Por escritura de las 8:00 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Communiketing S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287477.—(IN2012028216).

Por escritura otorgada ante mí a las once horas cuarenta minutos del veintinueve de marzo del 2012, la sociedad Desarrollo y Planificación Ambiental Consultores DEPLAM Sociedad Anónima, se ha disuelto a solicitud de su socio Esequiel Barrantes Arguedas.—Turrialba, 29 de marzo del 2012.—Lic. Carmen Ma. Achoy Arce, Notaria.—1 vez.—RP2012287479.—(IN2012028217).

Por escritura número treinta, otorgada en mi Despacho, a las diecisiete horas del día siete de abril del año dos mil doce, se constituyó la sociedad cuya razón social será el número de cédula jurídica que le asignará el Registro Nacional, y el aditamento X. Plazo social: noventa y nueve años. Gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—RP2012287480.—(IN2012028218).

Por escritura número treinta y uno, otorgada en mi Despacho a las dieciocho horas del día siete de abril del año dos mil doce, se constituyó la sociedad cuya razón social será el número de cédula jurídica que le asignará el Registro Nacional, y el aditamento Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—RP2012287481.—(IN2012028219).

Ante mi notaría, Mónica Gago Brenes, mediante escritura número trescientos treinta y dos, se constituyó la sociedad denominada Condominio Panorama S. A. El día veintinueve de marzo del dos mil doce.—Santa Ana, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012287482.—(IN2012028220).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy se constituyó la Fundación Oxígeno, cuyo objeto principal es el fomento de acciones para el desarrollo humano y tecnologías para la innovación educativa y cultural y cuyo plazo social es perpetuo. Mariela Garrón Montero, fundadora.—San José, 1º de marzo del 2012.—Lic. Sergio Masís Olivas, Notario.—1 vez.—RP2012287485.—(IN2012028221).

Por escritura pública número ciento sesenta y nueve de las nueve horas del treinta de marzo de dos mil doce, Daniela Ramos Morales y Ana Yesenia Navarro Montero, constituyeron la sociedad G & A Partners Costa Rica Limitada. La sociedad tiene un plazo de noventa y nueve años, un capital social de doce mil colones, el domicilio estará en San José, San Pedro de Montes de Oca y la representación judicial y extrajudicial la ostentarán dos gerentes.—Lic. Gabriel Boyd Salas, Notario.—1 vez.—RP2012287486.—(IN2012028222).

Por escritura número ciento setenta del tomo número siete de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las once horas del día treinta de marzo del año dos mil doce, se constituyó la compañía South Oil Services Sociedad Anónima.—Lic. Gabriel Boyd Salas, Notario.—1 vez.—RP2012287487.—(IN2012028223).

La suscrita notaria hace constar que ante mí, se constituyó Exportadora Agrícola Internacional GGS Sociedad Anónima. Domicilio: La Unión, Tres Ríos, Residencial Sierras de La Unión, lote veinticuatro veinticinco B. Capital social: noventa mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Administración: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Guillermo González Solís.—San José, nueve de abril de dos mil doce.—Lic. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012287490.—(IN2012028224).

Mediante escritura pública otorgada a las 18:30 horas del 28 de marzo del 2012, se constituyó Soluciones e Ideas Avicast Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Capital social: 100.000 colones. El presidente y el secretario de la Junta Directiva con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de esta sociedad, actuando individualmente.—Ciudad Colón, a las 9:00 horas del día 9 de abril del 2012.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—RP2012287491.—(IN2012028225).

Por escritura número 182 del tomo 7 de mi protocolo, otorgada las 14:00 horas del 30 de marzo del  2012, el suscrito notario protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas  de la sociedad P. I. Promotora de Infraestructuras S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-402294, mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos sociales.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012287492.—(IN2012028226).

Por  escritura  otorgada hoy ante mi notaría, las sociedades O.K. Número Doce de Hacienda Paraíso S. A., Pami de Santa Ana S. A., y Desarrollos Picado y Ávila de Santa Ana S. A. Se fusionan prevaleciendo la última.—Santa Ana, 29 de marzo del 2012.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—RP2012287493.—(IN2012028227).

Por escritura otorgada hoy ante mi notaría, las sociedades Asesoría Pecuaria Agem de San Rafael S. A., Hacienda Veracruz Limitada, Transportes Especializados de Alimentos S. A.,  e  Industrias  Salud  S. A.  Se  fusionan  con  Inversiones U S. A., prevaleciendo ésta, la cual aumenta su capital social.—Santa Ana, 26 de marzo del 2012.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—RP2012287494.—(IN2012028228).

Por escritura número 183, del tomo 7 de mi protocolo, otorgada las 15:00 horas del 30 de marzo del año 2012, el suscrito notario protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad M&S DI- M&S Desarrollos Internacionales S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-399819, mediante la cual se reformó la cláusula segunda de los estatutos sociales.—San José, 10 de abril del año 2012.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012287495.—(IN2012028229).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizan acuerdos adoptados por la asamblea general extraordinaria de accionistas de Ganadera Macacona S. A. Mediante los cuales se modifica la cláusula segunda del pacto social.—San José, 18 de julio del 2007.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—RP2012287496.—(IN2012028230).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizaron acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de Sociedad Agricaren S. A. Mediante los cuales se reforma la cláusula segunda del pacto social.—Santa Ana, 29 de marzo del 2012.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—RP2012287497.—(IN2012028231).

Según asamblea general extraordinaria de socios se acordó disolver y liquidar la empresa Odin del Norte Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del veintiséis de marzo de dos mil doce. Según asamblea general extraordinaria de socios se acordó disolver y liquidar la empresa Auto Transportes Criba Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintisiete de marzo de dos mil doce. Según asamblea general extraordinaria de socios se acordó disolver y liquidar la empresa Costa Rica Accesible Travel Crat Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del veintisiete de marzo de dos mil doce. Según asamblea general extraordinaria de socios se acordó disolver y liquidar la empresa Cotza Siglo XXI Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del veintiocho de marzo de dos mil doce. Según asamblea general extraordinaria de socios se acordó disolver y liquidar la empresa Grupo Sánchez Carvajal Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del veintinueve de marzo de dos mil doce. Según asamblea general extraordinaria de socios se acordó disolver y liquidar la empresa Inversiones Continentales Alpho Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Tatyana Brenes Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012287498.—(IN2012028232).

Ante mí, Natalia Carolina Espinoza Chaves, notaria con oficina en Atenas, hago constar que el día cuatro de abril del dos mil doce, a las diez horas en la ciudad de Atenas, se realizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Unsere Wagen Schewe Sociedad Anónima, en la cual se disuelve dicha sociedad.—Atenas, cuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Natalia Carolina Espinoza Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012287500.—(IN2012028233).

En escritura otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 26 de marzo del 2012, se protocoliza acta de la sociedad Los Arrecifes del Pacífico S. A., cédula jurídica 3-101-120683, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad por acuerdo de socios y siendo que no tienen pasivo alguno ni bienes o activos, operaciones ni actividades de ninguna naturaleza, se prescinde del trámite de liquidación.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Alejandra Ramírez Sutherland, Notaria.—1 vez.—RP2012287501.—(IN2012028234).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del día veintisiete de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Plantimec Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—Liberia, 2 abril del 2012.—Lic. Ana Isabel Campos Sáenz, Notaria.—1 vez.—RP2012287502.—(IN2012028235).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día veintinueve de marzo del año en curso, se protocoliza el acta de la sociedad denominada Goloso del Este I.P.D.C. Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, a las quince horas del veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Daniel Alberto de la Garza Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2012287504.—(IN2012028236).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veintinueve de marzo del año en curso, se protocoliza el acta de la sociedad denominada Horizontes H Y B Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, a las dieciséis horas del veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Daniel Alberto de la Garza Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2012287505.—(IN2012028237).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas quince minutos del día treinta de marzo del dos mil doce, se acuerda revocar el poder general conferido por la compañía, así como revocar el nombramiento y hacer nuevo nombramiento del secretario de la empresa Kuehne + Nagel Sociedad Anónima.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012287506.—(IN2012028238).

Se le comunica a terceros interesados que la sociedad anónima Feardex, Ferias, Artesanías y Exportaciones, con cédula jurídica número 3-101-195961 en asamblea general extraordinaria de socios Nº 1, celebrada el día 21 de noviembre del 2011, dispuso mediante acuerdo en firme por voluntad de los socios disolver la sociedad anónima Feardex, Ferias, Artesanías y Exportaciones, con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, razón por la cual se emplaza a acreedores y terceros que sientan lesionados sus derechos a hacerlos valer de manera judicial dentro del plazo improrrogables de treinta día naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente aviso. Es todo.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Ana Lucía Castillo Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012287508.—(IN2012028239).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó la presente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Penny Black S. A.—Veintinueve de marzo dos mil doce.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012287510.—(IN2012028240).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó la presente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El Matador de Cocodrilos S. A.—Veintiséis de marzo dos mil doce.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012287511.—(IN2012028241).

Mediante escritura pública número setenta y dos, otorgada ante los notarios públicos Alicia Esquivel Carranza y Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, actuando en el protocolo de la primera, en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste; ciento setenta y cinco metros al sur de la Municipalidad; a las dieciséis horas del día trece de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta mediante la cual se modifican las cláusulas quinta y noventa del pacto constitutivo y se nombra nuevo agente residente y vicepresidente de la junta directiva de la sociedad Transportes Milán Sociedad Anónima.—Santa Cruz, Guanacaste; dieciséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012287512.—(IN2012028242).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del doce de abril del dos mil doce, Juan Miguel Blanco Sánchez y Juan José Blanco Morales, constituyeron dos sociedades cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años.—Lic. Xenia Priscilla Moya Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012287513.—(IN2012028243).

Mediante escritura número cincuenta y nueve de las ocho horas del siete de abril del dos mil doce, fue protocolizada acta de asamblea extraordinaria, de la sociedad denominada Multiservicios Profesionales Pozo y Castrillo S. A. En donde los socios acordaron la disolución de dicha sociedad.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Luis Azofeifa Saavedra, Notario.—1 vez.—RP2012287515.—(IN2012028244).

Raymond Patrick Rhoton y James Larry Crossen, constituyen Campamento Vida Ministerios CVM de CR Sociedad Anónima, con domicilio en Cartago, Tres Ríos, San Rafael, para dedicarse al comercio en general, cuyos apoderados generalísimos sin limitación de suma son el presidente y el secretario, capital diez mil colones.—San José, a las trece horas del nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012287516.—(IN2012028245).

Raymond Patrick Rhoton y James Larry Crossen, constituyen Crossen Costa Rica Holdings LLC Sociedad Anónima, con domicilio en Cartago, Tres Ríos, San Rafael, para dedicarse al comercio en general, cuyos apoderados generalísimos sin limitación de suma son el presidente y el secretario, capital, diez mil colones.—San José, a las trece horas del nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012287517.—(IN2012028246).

Raymond Patrick Rhoton y James Larry Crossen, constituyen CVM Management CR Sociedad Anónima, con domicilio en Cartago, Tres Ríos, San Rafael, para dedicarse al comercio en general, cuyos apoderados generalísimos sin limitación de suma son el presidente y el secretario, capital diez mil colones.—San José, a las trece horas del nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012287518.—(IN2012028247).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las diez horas y treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, la sociedad Tutto Sports Distibution Sociedad Anónima, otorgó poder generalísimo con limitación de suma al señor Jean Carlos Pappa Villasmil.—Lic. Reyna María Quirós León, Notaria.—1 vez.—RP2012287519.—(IN2012028248).

La suscrita notaria Jenny Patricia Reyes Durán, protocoliza asamblea general extraordinaria, donde se disminuye el plazo social de la sociedad Agroindustrias Derek S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-uno cero seis cero seis tres.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Jenny Patricia Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—RP2012287520.—(IN2012028249).

Por escritura número sesenta, que se encuentra al tomo duodécimo de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea de socios de Diseño Limitada, mediante la cual se disuelve la sociedad y los socios liquidan sus activos.—San José, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Fabio Arturo Guerrero Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012287521.—(IN2012028250).

Mediante escritura número 131 otorgada a las 8 horas 25 minutos del 30 de marzo del 2012, se acordó disolver la sociedad Cipreses Condo Negra Seis S. A. Se nombra como liquidador al señor Rogelio Díaz Valle.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012287522.—(IN2012028251).

Mediante escritura número 132 otorgada a las 8 horas 30 minutos del 30 de marzo del 2012, se acordó disolver la sociedad Cipreses Condo Verde Ocho S. A. Se nombra como liquidador al señor Rogelio Díaz Valle.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012287524.—(IN2012028252).

Mediante escritura número 130 otorgada a las 8 horas 20 minutos del 30 de marzo del 2012, se acordó disolver la sociedad Cipreses Condo Morada Dos S. A. Se nombra como liquidador al señor Rogelio Díaz Valle.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012287525.—(IN2012028253).

Mediante escritura número 129 otorgada a las 8 horas 15 minutos del 30 de marzo del 2012, se acordó disolver la sociedad Cipreses Condo Café Uno S. A. Se nombra como liquidador al señor Rogelio Díaz Valle.—San José, 30 de marzo 2012.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012287527.—(IN2012028254).

Mediante escritura número 128 otorgada a las 8 horas 10 minutos del 30 de marzo del 2012, se acordó disolver la sociedad Cipreses Condo Blanca Cinco S. A. Se nombra como liquidador al señor Rogelio Díaz Valle.—San José, 30 de marzo 2012.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012287528.—(IN2012028255).

Ante esta notaría, mediante asamblea general extraordinaria de accionistas se acordó disolver y liquidar a Avicamo MC Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno- doscientos ochenta y dos mil doscientos veinticinco a partir del nueve de abril del dos mil doce. Es todo.—San José, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Kerly Masís Beita, Notaria.—1 vez.—RP2012287529.—(IN2012028256).

Ante ésta notaría se liquidó la sociedad Servicios Múltiples Ferde S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno- uno cuatro cuatro seis dos cuatro. Es todo.—San José, al ser las dieciocho horas del treinta y uno de marzo del año dos mil doce.—Lic. Kerly Masís Beita, Notaria.—1 vez.—RP2012287530.—(IN2012028257).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Montedraco Sociedad Anónima, en donde se disuelve la sociedad anónima.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Elizabeth Chan Chan, Notaria.—1 vez.—RP2012287531.—(IN2012028258).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Young & Montenegro Sociedad Anónima, en donde se disuelve la sociedad anónima.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Elizabeth Chan Chan, Notaria.—1 vez.—RP2012287532.—(IN2012028259).

Por este medio el suscrito notario, hace constar que a las nueve horas treinta minutos del día treinta de marzo del dos mil doce, mediante escritura número doscientos sesenta y tres-uno otorgada en el tomo primero del protocolo del suscrito notario, se constituyó una sociedad denominada: Sol de la Playa Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Puerto Viejo, dos de abril del dos mil doce.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—RP2012287534.—(IN2012028260).

Mediante la escritura número trescientos setenta y cuatro, otorgada ante el notario Roy Alberto Ramírez Quesada, se constituyó la compañía denominada M AR UUN Uno Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012287535.—(IN2012028261).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las 15 horas del veintiséis de marzo de 2012, se hizo nuevos nombramientos de junta directiva de Árbol Dividivi S. A.—San José, 27 marzo 2012.—Lic. Ana María Faeth Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012287537.—(IN2012028262).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las 14:00 horas del catorce de marzo del 2012, se disolvió la sociedad María Lidia Zúñiga Chacón S. A.—San José, 27 marzo del 2012.—Lic. Ana María Faeth Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012287539.—(IN2012028263).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las 11:00 horas del veintisiete de marzo del 2012, se disolvió la sociedad Consorcio María Lilly S. A.—San José, 27 marzo del 2012.—Lic. Ana María Faeth Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012287540.—(IN2012028264).

Por escritura número doscientos ochenta y nueve, visible a folio ciento cincuenta y siete vuelto, del tomo veinte del protocolo de la notaria Grace Morales Vargas, otorgada a las nueve horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de Serviagro Jarces del Norte Sociedad Anónima, nombran miembros de Junta Directiva; Fiscal. Reforma cláusulas primera, segunda y octava.—Ciudad Quesada, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Grace Morales Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012287542.—(IN2012028265).

Por escritura 94 otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 29 de marzo del 2012, se reforman las cláusulas segunda y quinta de la sociedad denominada Habitat G M Constructora & Consultora Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-508011.—MSC. Ivannia María Gutiérrez Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287543.—(IN2012028266).

Por escritura 93 otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 29 de marzo del 2012, se disuelve la sociedad denominada Servicios Chacón & Mora S. A., cédula jurídica 3-101-369628.—MSC. Ivannia María Gutiérrez Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287544.—(IN2012028267).

Mediante escritura número ciento ochenta otorgada a las quince horas del veintidós de marzo del dos mil doce, en el tomo tercero del protocolo del notario Walter Gerardo Gómez Rodríguez, se reforma la cláusula quinta del pacto social de la sociedad denominada Ferretería Barosa Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil seiscientos noventa y siete.—San José, diez de abril de dos mil doce.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012287545.—(IN2012028268).

En mi notaría, por escritura número quince-catorce de once horas del veintitrés de marzo de este año, se constituyó GS Logística Virtual Ltda.—San José, diez de abril de dos mil doce.—Lic. Estrella García Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012287548.—(IN2012028269).

Mediante escritura número sesenta y siete ante el notario Marcos Didier Varela Castillo, se protocolizó el acta número uno de la sociedad Damejagui Sociedad Anónima, donde se nombró como su presidente a Luis Guillermo Chavarría Bravo, mayor, cédula de identidad número uno-cero seiscientos ochenta-cero novecientos cuarenta y siete, casado una vez, ingeniero civil, vecino de San José, San Francisco de Dos Ríos, doscientos metros oeste del Restaurante Fresas. Es todo.—San José, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Marcos Didier Varela Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012287549.—(IN2012028270).

Por escrituras otorgadas ante mi notaría en la segunda quincena del mes de marzo último, se liquidan las sociedades denominadas Duffi del Oeste S. A., Tres de Agosto S. A., y Celaje del Norte S. A.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2012287550.—(IN2012028271).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad denominada Servicio Sercomar Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Hugo Gerardo Cavero Araya, Notario.—1 vez.—RP2012287551.—(IN2012028272).

Por escritura otorgada ante mí, en la ciudad de Tres Ríos, a las 15:00 horas del 9 de abril del 2012, se constituyó la sociedad denominada: Corporación Odontológica Móvil Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: comercio en general. Domicilio: provincia de San José. Representada por el presidente de la Junta Directiva.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Roxana Rodríguez Cascante, Notaria.—1 vez.—RP2012287552.—(IN2012028273).

Que en mi notaría mediante escritura número diez visible del folio catorce vuelto al folio quince frente, del tomo ciento cuarenta y uno de mi protocolo, se protocoliza el acta número tres de socios de la sociedad denominada Mi Nuevo BMW JK Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos cuarenta y ocho mil novecientos dieciséis; celebrada en el domicilio social, sea en Heredia, en La Ribera de Belén, trescientos metros este de Panasonic, Centro Comercial Boston, oficina cuarto piso Pent-house. Donde se acordó: modificación de la cláusula décima correspondiente a los miembros de la junta directiva.—San Ramón de Alajuela, 29 de marzo del 2012.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.—RP2012287553.—(IN2012028274).

Mediante escritura número 127 otorgada a las 8 horas 5 minutos del 30 de marzo del 2012, se acordó disolver la sociedad Cipreses Condo Azul Cuatro S. A. Se nombra como liquidador al señor Rogelio Díaz Valle.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012287554.—(IN2012028275).

Mediante escritura número 133, otorgada a las 8 horas 35 minutos del 30 de marzo del 2012, se acordó disolver la sociedad Inversiones Díaz Barcia S. A. Se nombra como liquidador al señor Rogelio Díaz Valle.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012287555.—(IN2012028276).

Mediante escritura número 126 otorgada a las 8:00 horas del 30 de marzo del 2012, se acordó disolver la sociedad Cipreses Condo Amarilla Tres S. A. Se nombra como liquidador al señor Rogelio Díaz Valle.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012287557.—(IN2012028277).

Ante esta notaría, se disolvió la sociedad 3-101-623901, según artículo 201 del Código de Comercio, no hay activos ni pasivos.—San José, 21 de marzo del 2012.—Lic. Sonia Montero Briceño, Notaria.—1 vez.—RP2012287558.—(IN2012028278).

Mediante escritura otorgada a las 15:00 horas del 23 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Integrales para la Comunicación SOINCOM Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, con su domicilio social en San José, Escazú, Torre HSBC, tercer piso, oficina doce.—San José, 23 de marzo del 2012.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—RP2012287560.—(IN2012028279).

Mediante escritura otorgada a las 13:15 horas del 23 de marzo del 2012, se fusionaron las sociedades Corporación El Atardecer del Sendero CM S. A., y Corporación Ganadera Cinco Moros S. A., prevaleciendo esta última.—San José, 23 de marzo del 2012.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—RP2012287563.—(IN2012028280).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del nueve de abril de dos mil doce, los socios de la sociedad Producciones Agropecuarias Roalva Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y tres mil ochocientos ochenta y uno, domiciliada en San Luis de Upala de Alajuela, por unanimidad acuerdan la disolución de la sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Mayela Bonilla García, Notaria.—1 vez.—RP2012287564.—(IN2012028281).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diez de abril de dos mil doce, los socios de la sociedad Los Morros Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y dos mil novecientos ochenta y ocho, domiciliada en San José, San Sebastián, Colonia Los Presidentes, 100 sur y 25 metros oeste de la ferretería, por unanimidad de socios se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Mayela Bonilla García, Notaria.—1 vez.—RP2012287565.—(IN2012028282).

Que mediante la escritura número ciento sesenta y nueve otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, otorgada en la ciudad de Alajuela, a las once horas del día treinta de marzo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Roguez y Vieto Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y nueve mil ochenta y cuatro, cuyo presidente es el señor Claudio Antonio Vieto Zeledón.—Alajuela, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Nidia I. Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012287567.—(IN2012028283).

Por instrumento público otorgado ante esta notaría, a las 19:00 horas del día 29 de marzo del 2012, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de IPM Litografía Milenium S. A., con cédula jurídica número 3-101-354442, se modificó la cláusula primera del nombre.—San José, 29 marzo del 2012.—Lic. Jorge Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—RP2012287568.—(IN2012028284).

Ante esta notaría, por escritura pública número 269 visible a folio 199 frente del tomo 07, otorgada a las 10:00 horas del día 29 de marzo del 2012, se protocolizó acta de Asamblea Extraordinaria de socios de la empresa Macaw Development Group S. A., donde se modifico las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo y se nombró nueva Junta Directiva y Fiscal. Presidente: Lucas Anchía Rodríguez.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012287569.—(IN2012028285).

Ante esta notaría, a las 20:00 horas del 9 de abril del 2012, se protocoliza actas de la Asamblea Extraordinaria de accionistas de Codificadora Comercial Z C S. A., donde se reforma cláusula novena del domicilio de la sociedad.—Lic. José Pablo Arce Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012287575.—(IN2012028286).

AC Logistics Sociedad Anónima, por asamblea de socios acuerdan disolver la sociedad. Otorgada el 09-04-2012.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012287576.—(IN2012028287).

Metalmecánica Jica Sociedad Anónima, por asamblea de socios acuerdan disolver la sociedad. Otorgada el 09-04-2012.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012287577.—(IN2012028288).

Depósito de Estañones El Carmen de Paso Ancho Sociedad de Responsabilidad Limitada, por asamblea de socios acuerdan disolver la sociedad. Otorgada 09-04-2012.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012287578.—(IN2012028289).

Ingeniería P.E.S.A. Sociedad Anónima, por asamblea de socios acuerdan disolver la sociedad. Otorgada 09-04-2012.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012287579.—(IN2012028290).

Por escritura otorgada, el día de hoy protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la empresa de nombre Empresa Grupo Dorado E G D S. A., en que se reforma el pacto social y se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 3 de abril del 2012.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012287581.—(IN2012028291).

Por escritura otorgada el día de hoy protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Eurocorp Bienes Raíces S. A., en que se reforma el pacto social y se nombra nuevo secretario de la junta directiva y fiscal.—San José, 2 de abril del 2012.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012287582.—(IN2012028292).

Por escritura otorgada el día de hoy protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Corporación Vembezar S. A., en que se reforma el pacto social y se nombra nuevo secretario de la junta directiva.—San José, 2 de abril del 2012.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012287583.—(IN2012028293).

Ante esta notaría se solicitó la desinscripción de la sociedad denominada UR Ciudad de Caldea Limitada, cuyo presidente era el señor Alderico Solano Fallas. Es todo.—San José treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—RP2012287585.—(IN2012028294).

Ante esta notaría, a las dieciséis horas del treinta y uno de marzo del dos mil doce, se constituyó Cerca Trova Sociedad Anónima mediante escritura número ciento treinta y ocho, cuyo plazo social es de 99 años, capital íntegramente pagado, representación judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin límite de suma a cargo del presidente Francisco Joseph Chacón Ramírez.—Limón, dieciséis horas del nueve de abril dos mil doce.—Lic. Rafaela Oses Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012287586.—(IN2012028295).

El suscrito notario, hago constar que en acta número uno, en sesión extraordinaria de socios accionistas de la sociedad denominada Tecnismart Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - trescientos treinta y cinco mil ciento noventa y tres, celebrada en San José, a las catorce horas del dos de marzo del año dos mil doce, con la presencia del total del capital social se tomó el siguiente acuerdo: modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad, para que sea leída de la siguiente forma: “La sociedad será administrada por una junta directiva compuesta por tres miembros que serán presidente, secretario y tesorero, los cuales podrán ser socios o no y durarán en su cargo por todo el plazo social, corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, según lo que al respecto dispone el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, actuando conjunta o separadamente, podrá nombrar apoderados especiales, generales o generalísimos, además tendrá las facultades de sustituir sus poderes en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio revocar sustituciones y hacer otras de nuevo. Tanto el presidente como el secretario podrán abrir, firmar cuentas y operaciones bancarias y otorgar toda clase de poderes, así como construir, administrar y formar parte de fideicomisos en cualquier forma. La junta directiva se reunirá previa convocatoria de su presidente. Cuarto: Se conoce la renuncia del presidente, secretario, tesorero y del fiscal las cuales se acuerdan y se les agradece la labor desempeñada, se procede a realizar los nombramientos de los puestos vacantes de la Junta directiva de la siguiente forma: Presidente Ovidio Pacheco Salazar, cédula tres- ciento cincuenta y seis - cuatrocientos sesenta y ocho, secretaria: Adela Rosa Castro Gutiérrez, cédula: uno- trescientos cuarenta-novecientos ochenta y siete, tesorero: Eduardo Pacheco Castro, cédula: uno- setecientos tres -novecientos ochenta y siete, y fiscal: Laurieth Pereira Aguilar, cédula tres- cuatrocientos tres-quinientos veintidós. Es conforme.—Turrialba, veintitrés de marzo del año dos mil doce.—Lic. Martín Vargas Coto, Notario.—1 vez.—RP2012287587.—(IN2012028296).

La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Muebles Finos JD de Cenízaro Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres- ciento uno- ciento ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y cuatro, para hacer nuevo nombramiento de subgerente. Es todo.—Palmares, diez de abril del año dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287588.—(IN2012028297).

La suscrita notaria Marta Emilia Rojas Carranza, constituí Sociedad Anónima, siendo su denominación social la cédula jurídica que le otorgue el Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas, ello conforme al Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno- J, publicado en La Gaceta ciento catorce del día catorce de junio del dos mil seis. Con un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, diez de abril del año dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287589.—(IN2012028298).

En mi notaría Ricardo Salazar Salazar y Grace Llovira Méndez Jiménez constituyen Brigada para la Seguridad Las Águilas S. A., presidente Ricardo Salazar Salazar, escritura otorgada en Goicoechea, a las veinte horas treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil doce.—Lic. Zayra Sevilla Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012287590.—(IN2012028299).

El día diez de abril del año dos mil doce, en asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad denominada 3-101-495905 Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos cinco, conforme al artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó su disolución. En cumplimiento con la normativa legal se cita a las personas interesadas a efecto establezcan las reclamaciones en el término de treinta días, contabilizados a partir de la fecha de esta publicación. Se pueden establecer ante esta notaría, ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros norte del Club de Amigos Palmareños.—Palmares, diez de abril del año dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287591.—(IN2012028300).

El día diez de abril del año dos mil doce, en asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad denominada 3-101-630830 Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- seiscientos treinta mil ochocientos treinta, conforme al artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó su disolución. En cumplimiento con la normativa legal se cita a las personas interesadas a efecto establezcan las reclamaciones en el término de treinta días, contabilizados a partir de la fecha de esta publicación. Se pueden establecer ante esta notaría, ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros norte del Club de Amigos Palmareños.—Palmares, diez de abril del año dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287592.—(IN2012028301).

El día diez de abril del año dos mil doce, en asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad denominada Servicios y Transportes Rocriski Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- doscientos treinta y siete mil novecientos ocho, conforme al artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó su disolución. En cumplimiento con la normativa legal se cita a las personas interesadas a efecto establezcan las reclamaciones en el término de treinta días, contabilizados a partir de la fecha de esta publicación. Se pueden establecer ante esta notaría, ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros norte del Club de Amigos Palmareños.—Palmares, diez de abril del año dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287593.—(IN2012028302).

Ante esta notaría, se disolvió la sociedad Ovares & Ramírez O.R.S. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-400383. Es todo.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012287594.—(IN2012028303).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 183-II otorgada en Guanacaste a las 09:30 horas del 4 de abril del año 2012, se protocolizó el acta número cinco de la sociedad Elephant Ears Limitada, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos. Primero: Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo. Segundo: Se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo. Tercero: Se remueve al gerente, subgerente y agente residente de la sociedad. Cuarto: Se realiza el siguiente nombramiento: Gerente general: Jeffrey Stuart Baker.—Guanacaste, 4 de abril del año 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012287595.—(IN2012028304).

Ante esta notaría, se disolvió la sociedad Soluciones Informáticas del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-166686. Es todo.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012287596.—(IN2012028305).

Ante esta notaría, se disolvió la sociedad Corporación Construvent Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-08152. Es todo.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012287597.—(IN2012028306).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 184-II otorgada en Guanacaste a las 11:00 horas del 4 de abril del año 2012, se protocolizó el acta número seis de la sociedad JailHouse Rock S. A., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos primero: Se remueve al tesorero. Segundo: Se realiza el siguiente nombramiento: tesorera: Andrea Goldman.—Guanacaste, 4 de abril del año 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012287598.—(IN2012028307).

Ante esta notaría, se disolvió la sociedad Sustainable Experiential Education S.E.E.D Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-411334. Es todo.—San José, nueve de abril de dos mil doce.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012287599.—(IN2012028308).

Ante esta notaría, se disolvió la sociedad Súper Gasolinera Raeli Limitada, con cédula jurídica 3-102-086751. Es todo.—San José, nueve de abril de dos mil doce.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012287600.—(IN2012028309).

Por escritura autorizada a las dieciocho horas de hoy protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Inmobiliarias El Manzano Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda y sexta de sus estatutos, en cuanto al domicilio y la administración de la sociedad; se reorganiza la junta directiva, se nombra fiscal, se confiere poder generalísimo y se elimina el agente residente. Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Lic. Juan Carlos Céspedes Chaves, Notarios.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz., Notario.—1 vez.—RP2012287601.—(IN2012028310).

Hoy protocolicé acta de asamblea de accionistas de Pollux Diamante Quince S. A. mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, veintidós de marzo del dos mil doce.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012287603.—(IN2012028311).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 11:00 horas del día 31 de marzo del dos mil doce, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Dgrel Technologies Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la presente sociedad ante la Sección Mercantil del Registro Público por su inactividad.—San José, 31 de marzo del dos mil doce.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—RP2012287607.—(IN2012028312).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Instalaciones y Montajes Industriales S. A. donde se modifican las cláusulas primera y segunda, relativas al nombre y domicilio, respectivamente de dicha sociedad. Así consta en escritura otorgada en San Antonio de Belén, a las once horas del nueve de abril del 2012 ante la notaria Olga Morera Chaves.—San Antonio de Belén, 9 de abril del 2012.—Lic. Olga Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012287608.—(IN2012028313).

El suscrito notario da fe de que en su protocolo 5°, al folio 1 frente, escritura pública N° 1, se constituyó la sociedad denominada Mi Parcela Tibás S. A., domiciliada en San José, Tibás, diagonal a la bomba Coopetaxi, cuyo presidente es Manuel A. Sequeira Ortega, mayor, soltero, empresario, portador de la cédula de identidad N° 1-1298-332. Secretario: José M. Sequeira Saborío, mayor, casado una vez, sastre, portador de la cédula de identidad N° 1-356-371 y la tesorera: Ana I. Ortega Jiménez, casada una vez, pensionada, portadora de la cédula de identidad N° 2-276-089, todos vecinos de San José, Tibás, diagonal a la bomba Coopetaxi. Con un capital social de 500.000 colones y un plazo social de cien años.—Lic. Eduardo Vílchez Hurtado, Notario.—1 vez.—RP2012287609.—(IN2012028314).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 16 de febrero de 2012 se constituyó Asunfer Cacabelos S. A. Domicilio: San José. Capital: doce mil colones. Presidente, secretario y tesorero nombrados.—San José, 23 de marzo del 2012.—Lic. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria.—1 vez.—RP2012287610.—(IN2012028315).

Por escritura otorgada ante mí a las 14:25 horas del 9 de abril de 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Recursos de Mercadeo Reme S. A., mediante los cuales se acuerda disolver la sociedad.—San José, 9 de abril de 2012.—Lic. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria.—1 vez.—RP2012287611.—(IN2012028316).

Asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Crisda de San José Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social a las quince horas del dieciséis marzo dos mil doce. Se disuelve y liquida la sociedad. Escritura otorgada en San José, catorce horas veintinueve de marzo dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Palma León, Notario.—1 vez.—RP2012287616.—(IN2012028317).

Escritura 3-209 otorgada a 17:00 horas, 9 marzo 2012, ante mí, Maricela Alpízar Chacón, constituyen RF Workforece Group Co. S. A., capital un millón de colones, plazo noventa y nueve años, domicilio San José, Mata Redonda, Sabana oeste del Balcón Verde trescientos norte, edificio de dos pisos.—San José, 9 de marzo del 2012.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012287617.—(IN2012028318).

Por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del diez de abril del dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad denominada Grupo Educativo Continuemos Sociedad Anónima.—Cartago, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Monge Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012287618.—(IN2012028319).

Por escritura otorgada a las ocho horas del diez de abril del dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad denominada Asesorías Nutricionales Obando Valverde Sociedad Anónima.—Cartago, diez de abril del dos mil doce .—Lic. Jorge Monge Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012287619.—(IN2012028320).

En asamblea general extraordinaria de Turachada Generación S. A., celebrada a las 11 horas del día 28 de marzo de 2012, se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo, en adelante solo el presidente es representante y apoderado generalísimo sin límite de suma de la compañía. Se sustituyen al tesorero de la junta directiva y fiscal.—Cóbano, 9 de abril del 2012.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012287620.—(IN2012028321).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas cinco minutos del veintiocho de marzo del 2012, la sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Sesenta y Seis Mil Cuatrocientos Cincuenta y Tres S. A. se ha disuelto, a solicitud de su único socio Carlos Enrique Ovando Linares.—Alajuela, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jésika Alfaro Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012287621.—(IN2012028322).

Por escritura otorgada ante mí a las once horas cuarenta minutos del veintiocho de marzo del 2012, la sociedad Coval Sociedad Anónima se ha disuelto a solicitud de su único socio Carlos Enrique Ovando Linares.—Alajuela, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jésika Alfaro Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012287622.—(IN2012028323).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas treinta y cinco minutos del veintiocho de marzo del 2012, la sociedad tres-ciento uno-quinientos treinta y tres mil novecientos ochenta s. a. se ha disuelto a solicitud de su único socio Carlos Enrique Ovando Linares.—Alajuela, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jésika Alfaro Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012287623.—(IN2012028324).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintiocho de marzo del 2012, la sociedad Importaciones Alcru S. A. se ha disuelto a solicitud de su único socio Edward Alonso Alpízar Cruz.—Alajuela, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jésika Alfaro Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012287624.—(IN2012028325).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas cincuenta minutos del veintiocho de marzo del 2012, la sociedad Comercial Casa Real Apartamentos S. A. se ha disuelto a solicitud de Danilo Morera Herrera.—Alajuela, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jésika Alfaro Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012287626.—(IN2012028326).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del día de 9 de abril del 2012, se disuelve la sociedad Corporación Constructora Vista Azul Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—RP2012287627.—(IN2012028327).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del día de 9 de abril del 2012, se disuelve la sociedad Inversiones Racionales del Trópico Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—RP2012287628.—(IN2012028328).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del día de 9 de abril del 2012, se disuelve la sociedad Corporación Valle Sereno Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—RP2012287629.—(IN2012028329).

Hoy he protocolizado asamblea de Amigos de Salea S. A. en que modifica el domicilio y nombra agente residente.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2012287630.—(IN2012028330).

Hoy he protocolizado asamblea de Águila Doble S.A. en que se modifica domicilio, nombra secretario y tesorero y agente residente.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2012287631.—(IN2012028331).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del día de 9 de abril del 2012, se disuelve la sociedad Compañía de Comercio Diversificada Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—RP2012287632.—(IN2012028332).

Hoy he protocolizado asamblea de Playa Jade de Pavones S. A. en que se modifica domicilio, nombra secretario,  tesorero y agente residente.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2012287633.—(IN2012028333).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del día de 9 de abril del 2012, se disuelve la sociedad Factores Económicos de Centroamérica Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—RP2012287634.—(IN2012028334).

Hoy he protocolizado asamblea de Beautiful Coast Line S.. en que se disuelve la sociedad.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2012287635.—(IN2012028335).

Hoy he protocolizado asamblea Lovera Inmuebles y Valores S. A, en que se disuelve la sociedad.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2012287636.—(IN2012028336).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del día de 9 de abril del 2012, se disuelve la sociedad Libros y Revistas Estrella Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—RP2012287637.—(IN2012028337).

Ante esta notaría, mediante escritura número: doscientos quince de las doce horas cinco minutos del nueve de abril del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Desarrollos Cristalinos Sociedad Anónima.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Miguel Ángel Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012287638.—(IN2012028338).

Ante esta notaría, mediante escritura número: doscientos dieciséis de las once horas diez minutos del nueve de abril del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Conglomerado Hotelero Dar Es Salam Sociedad Anónima.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Miguel Ángel Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012287639.—(IN2012028339).

Ante esta notaría, mediante escrituras número: doscientos diez de las once horas treinta minutos; doscientos once de las once horas cuarenta minutos; doscientos doce de las once horas cincuenta minutos; doscientos trece de las once horas cincuenta y cinco minutos; y doscientos catorce de las doce horas del nueve de abril del dos mil doce se acuerda fusionar por absorción las sociedades Liberos S. A., Bonanza Management Team B.M.T. S. A., Conglomerado Nautilius del Occidente S. A. Inmobiliaria Andyden del Occidente I.A.O. S. A. y Bar, Tasca & Tapas La Maestranza S. A., prevaleciendo la sociedad Bonanza Management Team, B.M.T. Sociedad Anónima, quien asume todos los activos y pasivos de todas las sociedades fusionadas.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Miguel Ángel Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012287640.—(IN2012028340).

Ante mí, Guiselle Brenes Rojas, por escritura número tres de las 12:30 horas del 29 de marzo del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Tac Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres ciento uno doscientos un mil novecientos trece, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Guiselle Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012287641.—(IN2012028341).

Ante mí Guiselle Brenes Rojas, por escritura número cinco de las 13:30 horas del 29 de marzo del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Clínica de Diagnóstico Gama Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-trescientos cuarenta y un mil ochocientos noventa y cuatro, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Guiselle Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012287642.—(IN2012028342).

Actuando en Santo Domingo de Heredia, en escritura pública número dos-ciento veintinueve, otorgada a las nueve horas del veintiuno de marzo del año dos mil doce, mediante asamblea general extraordinaria se cambia el plazo social de la sociedad: Asesoría en Prevención Mas Tres Sociedad Anónima. Es todo.—Santo Domingo de Heredia, a las nueve horas del nueve de abril del año dos mil doce.—Lic. Tatiana María Barboza Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287643.—(IN2012028343).

Ante mí Guiselle Brenes Rojas, por escritura número cuatro de las 13:00 horas del 29 de marzo del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Centro de Diagnóstico Vascular CDV Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y un mil novecientos veintitrés, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad.—San José, 28 de marzo del dos mil doce.—Lic. Guiselle Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012287644.—(IN2012028344).

Actuando en Santo Domingo de Heredia, en escritura pública número dos-ciento veintiocho, otorgada a las veintidós horas del veinte de marzo del año dos mil doce, mediante asamblea general extraordinaria se cambia la junta directiva, el fiscal y la agente residente de la sociedad: Tecni Servicios Automotrices Oconitrillo Sociedad Anónima. Es todo.—Santo Domingo de Heredia, a las nueve horas del veintinueve de marzo del año dos mil doce.—Lic. Tatiana María Barboza Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287645.—(IN2012028345).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones y Soluciones Integrales Benavi Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y ocho mil ciento nueve, se acuerda disolver y liquidar la sociedad. Se emplaza por treinta días a partir de esta publicación a quienes tengan interés en oponerse.—San José, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—RP2012287647.—(IN2012028346).

Se disuelve la sociedad denominada J y C Island Investment S. A. cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro mil ochocientos sesenta y seis, por acuerdo unánime de la totalidad de su capital social. Artículo 201, inciso d) Código de Comercio.—Lic. Leticia María Molina Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012287649.—(IN2012028347).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se disolvió la sociedad anónima denominada Inversiones Iribón Porto Sociedad Anónima. Se reparten activos.—Heredia, 4 de abril del 2012.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez González, Notario.—1 vez.—RP2012287650.—(IN2012028348).

Por la escritura número ciento dieciséis, otorgada ante esta notaría a las quince horas del veintitrés de marzo de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Mirosa Dos Mil Dos Sociedad Anónima, cédula de jurídica número tres-ciento uno-trescientos once mil seiscientos ochenta por medio de la cual se acordó su disolución.—Ciudad Colón, 25 de marzo del 2012.—Lic. Mario Peña Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012287651.—(IN2012028349).

El suscrito notario licenciado Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, hace constar que a las ocho horas del dos de abril de dos mil doce he protocolizado acta de asamblea general de Asociación Administradora de Acueducto Frailes, Desamparados, San José por medio de la cual por dos años se nombra nueva junta directiva y fiscales. Oficina abierta en San José, Lourdes, Oficentro Escude, teléfono 2283-5192. Es todo.—San José 10 de abril de 2012.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012287652.—(IN2012028350).

Mediante la escritura número 131-6, autorizada en mi notaría al ser las 18:30 horas del día 30 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, Montes de Oca, Sabanilla, del Supermercado La Cosecha, quinientos metros al norte y cien metros al oeste, casa a mano derecha, portón café, denominada Temsa Tecnología y Equipo Médico Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de ¢10.000,00, y una duración de 99 años.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Fresia Ma. Ramos Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012287653.—(IN2012028351).

El suscrito notario licenciado Luis Cesar Monge Hernández, notario público con oficina en San José, hace constar que a las dieciocho horas del veintinueve de marzo de dos mil doce se ha constituido Corporación El Fauno S. A. con domicilio en San José, Coronado, Urbanización Jardines de Coronado, casa número diecisiete, capital social diez mil colones. Presidente Esteban Rojas Monge, cédula uno-mil cuarenta-cero cero nueve ocho. Oficina abierta en San José, Lourdes, Oficentro Escude, teléfono 2283-5192. Es todo.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012287654.—(IN2012028352).

Corporación Amandita Sociedad Anónima, acuerda su disolución. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del diez de abril de dos mil doce ante la notaria Patricia Araya Serrano.—Lic. Patricia Araya Serrano, Notaria.—1 vez.—RP2012287655.—(IN2012028353).

El suscrito notario da fe de que en esta notaría se protocolizó el aumento de capital de la sociedad Muro S. A., con cédula jurídica número 3-101-21637. Escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del catorce de marzo del dos mil doce. Es todo.—San José, a las ocho horas del nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Alfredo Calvo Cascante, Notario.—1 vez.—RP2012287656.—(IN2012028354).

Ante el suscrito notario Erick Varela Vargas, se constituyó en escritura número noventa y seis tres la sociedad con cédula jurídica por denominación social, por un plazo de noventa y nueve años y con un capital social de doce mil colones, lo anterior en fecha de veinticinco de enero de dos mil doce . En la ciudad de Alajuela.—Alajuela, veinticinco de enero de dos mil doce.—Lic. Erick Varela Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012287661.—(IN2012028355).

Por escritura otorgada ante mí, al ser trece horas del siete de marzo del dos mil doce, se disolvió Inversiones WHHE del Pacífico Sociedad Anónima. Domicilio social: Jacó, Garabito, Puntarenas, altos de la Farmacia Jacó, oficina de Consultores Integrados de Centroamérica. Presidente con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma: Walter Hugo Herrera Escobedo.—Ciudad Neily, al ser las catorce horas del tres de abril del dos mil doce.—Lic. Roy F. Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012287662.—(IN2012028356).

Ante el suscrito notario Erick Varela Vargas, se constituyó en escritura número setenta y ocho tres la sociedad F Shinonome Ltda, por un plazo de noventa y nueve años y con un capital social de diez mil colones, lo anterior en fecha de cuatro de noviembre de dos mil once. En la ciudad de Alajuela.—Alajuela, cuatro de noviembre de dos mil once.—Lic. Erick Varela Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012287663.—(IN2012028357).

Ante el suscrito notario Erick Varela Vargas, se constituyó en escritura número noventa y ocho tres la sociedad C.M.E. Clubes Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años y con un capital social de doce mil colones, lo anterior en fecha tres de febrero de dos mil doce. En la ciudad de Alajuela.—Alajuela, tres de febrero de dos mil doce.—Lic. Erick Varela Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012287664.—(IN2012028358).

Ante el suscrito notario Erick Varela Vargas, se constituyó en escritura número noventa y cinco tres la sociedad con cédula jurídica por denominación social, por un plazo de noventa y nueve años y con una capital social de doce mil colones, lo anterior en fecha de veinticinco de enero de dos mil doce. En la ciudad de Alajuela.—Alajuela veinticinco de enero de dos mil doce.—Lic. Erick Varela Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012287666.—(IN2012028359).

Se hace constar que en acta número uno de las once horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, acordó disolver la sociedad Marovi Sociedad Anónima.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2012287668.—(IN2012028360).

Se hace constar que en acta número uno de las nueve horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, acordó disolver la sociedad Centro de Asesorías Contables Sociedad Anónima.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2012287669.—(IN2012028361).

Se hace constar que en acta número uno de las diez horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, acordó disolver la sociedad Aluno Playas de Garabito CR Sociedad Anónima.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2012287670.—(IN2012028362).

Se hace constar que en acta número dos de las nueve horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se modificó la junta directiva Coltan International Sociedad Anónima.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2012287671.—(IN2012028363).

Se hace constar que en acta número uno de las nueve horas del quince de marzo del dos mil doce, acordó disolver la sociedad Voronda Sociedad Anónima.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2012287673.—(IN2012028364).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del veintidós de marzo del dos mil doce, ante esta notaría se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Solidarismo Activo Nacional Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente.—Lic. Rebeca Zaparolli Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012287676.—(IN2012028365).

Por escritura otorgada a las 11:20 horas del 9 de abril del 2012, se acuerda disolver la sociedad El Trébol Jiménez y Arguedas S. A. Presidente Rodolfo Jiménez López.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2012287679.—(IN2012028366).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 7 de abril del 2012, se disuelve la sociedad denominada Fábrica de Armazones y Productos Ópticos Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—7 de abril del 2012.—Lic. Iliana María Flores Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012287680.—(IN2012028367).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once, se constituye sociedad anónima la cual tendrá como denominación social DMS Inversiones Sociedad Anónima. Domicilio: Heredia, del Centro Comercial Paseo de las Flores, un kilómetro al este, Residencial Corobicí, casa cinco D. Presidenta: Daniela Rivera Moraga. Capital social: diez mil colones.—San José, doce de marzo de dos mil doce.—Lic. Federico Torrealba Navas, Notario.—1 vez.—RP2012287682.—(IN2012028368).

Por escritura otorgada ante mí, a las 7 horas del 9 de marzo de 2012, se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Mercantil Las Seis Flores Sociedad Anónima. Presidenta: Leda Masís Brenes.—San José, 9 de marzo del 2012.—Lic. Blanca Cecilia Briceño Bustos, Notaria.—1 vez.—RP2012287685.—(IN2012028369).

A las 15:30 horas del día de hoy protocolicé en mi notaría acta de asamblea de socios de la compañía Gayle Dos Mil S. A., se reforma cláusula III del pacto social.—San José, 1º de abril del 2012.—Lic. Edgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—RP2012287686.—(IN2012028370).

A las 15:30 horas del día de hoy protocolicé en mi notaría actas de asambleas de socios de la compañía Movilidades S. A., se reforma cláusula IV del pacto social.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Edgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—RP2012287687.—(IN2012028371).

A las 12:30 horas del día de hoy protocolicé en mi notaría acta de asamblea de socios de la compañía Importadora Dumesnil Ltda, se reforma cláusula III del pacto social.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Edgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—RP2012287688.—(IN2012028372).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizaron acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de Inversiones Zeka del Nuevo Milenio S. A., mediante los cuales se reforma la cláusula tercera del pacto social.—Santa Ana, 9 de abril del 2012.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—RP2012287612.—(IN2012028373).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría el 10 de abril de 2012, se acuerda reformar la cláusula dos y nombrar fiscal de la sociedad Urban Partners S. A.—San José, 12 de abril del 2012.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012028378).

Ante la notaria Hellen Cordero Mora, se protocoliza acta número dos de asamblea extraordinaria de socios de Lobo Law Firm Sociedad Anónima, el diez de abril del dos mil doce, en la cual se hacen nuevos nombramientos en la junta directiva. Es todo.—Heredia, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Hellen Cordero Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012028381).

Ante la notaria Hellen Cordero Mora, se protocoliza acta número uno de asamblea extraordinaria de socios de The Only SP Angus Sociedad Anónima, el treinta de marzo del dos mil doce, en la cual se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo referida al nombre para que en adelante se denomine OSI Seis Sociedad Anónima y se hacen nuevos nombramientos en la junta directiva. Es todo.—Heredia, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Hellen Cordero Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012028384).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 8 horas del 9 de abril del 2012, se modificó estatutos de la sociedad denominada Elguima Murillo Campos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta mil novecientos treinta y nueve.—Ciudad Quesada, a las 8 horas y 15 minutos del 9 de abril del 2012.—Lic. Fabricio Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2012028386).

Ante esta notaría se constituye sociedad denominada Villegas Lang Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del veintiuno de marzo del dos mil doce.—Lic. Sheila Recio Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012028387).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de Cricri Alfa Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la entidad citada. Escritura protocolizada en San Pablo de Heredia, a las nueve horas del diez de abril del dos mil doce, ante el notario Juan Carlos Martínez Araya.—Lic. Juan Carlos Martínez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012028390).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de Kukai Tours Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la entidad citada. Escritura protocolizada en San Pablo de Heredia, a las nueve horas del doce de abril del dos mil doce, ante el notario Juan Carlos Martínez Araya.—Lic. Juan Carlos Martínez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012028391).

A las trece horas con treinta minutos del tres de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Velloca Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento-uno-quinientos noventa y nueve mil ciento veintiuno, mediante la cual sus accionistas por unanimidad de votos decidieron disolver la sociedad anónima.—San José, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012028395).

Ante esta notaría mediante escritura número doscientos veintisiete de las nueve horas cuarenta minutos del veintiuno de marzo de dos mil doce, se nombra nueva junta directiva de la sociedad denominada Distribuidora de Repuestos Los Cocos Ng S. A. de cédula jurídica tres-ciento ochenta mil ciento ochenta y cuatro. Presidente: Gilberth Darío Rodríguez Díaz. Notaría del Lic. Adalid Otoya Quirós.—San José, veinte de marzo de dos mil doce.—Lic. Adalid Otoya Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2012028401).

Por escritura 652 de las 15 horas del 10 de abril este notario, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Servicios Odontológicos Santa Lucía Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-354186, en la cual se disuelve y se liquida dicha sociedad.—San José, 10 de abril del dos mil doce.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2012028405).

Por escritura 653 de las quince horas y treinta minutos del 11 de abril del 2012, de este notario, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad AFFI Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-133712, en la cual se disuelve y se liquida dicha sociedad.—San José, once de abril del dos mil doce.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2012028407).

Villa Sanchal Sociedad Anónima, cédula jurídica de tres-ciento uno-doscientos tres mil quinientos setenta y uno, con domicilio social y fiscal es en Alajuela, San Carlos, La Fortuna dos kilómetros al norte del Banco Nacional, cambia junta directiva, y modifica cláusula octava, a las ocho hora del día veintitrés de marzo del año dos mil doce.—Lic. Freddy Antonio Rojas López, Notario.—1 vez.—(IN2012028408).

Por escritura Nº 632 de las 12:00 horas del 17 de marzo del 2012, otorgada ante mí, Maderera San Gabriel S. A., modifica cláusula 4 del pacto constitutivo para que diga así: El plazo social será de 99 años a partir del día 7 enero de 1995.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2012028409).

Sideris A y M Sociedad Anónima, en asamblea general de socios, celebrada a las nueve horas del día veintinueve de marzo del año dos mil doce, acuerda la disolución de esta sociedad, con fundamento en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, San Carlos, diez de mayo del año dos mil doce.—Lic. Freddy Antonio Rojas López, Notario.—1 vez.—(IN2012028411).

Ante esta notaría, al ser las once horas del doce de abril del dos mil doce, se ha protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Ecogas de Costa Rica Sociedad Anónima, donde se hace la disolución de dicha sociedad. Dado en esta capital el día doce de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Francisco González Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012028412).

Por escritura otorgada ante este notario público el 12 de abril del 2012, a las 8:20 horas, se constituyó la sociedad Admivalhes Sociedad Anónima, capital social: tres millones de colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de abril del 2012.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012028425).

Por escritura número 82, otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 9 de abril del año en curso, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada GLA Legal Services Playa Negra S. A.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. José Pablo Fernández Narváez, Notario.—1 vez.—(IN2012028430).

Por escritura número setenta y tres, otorgada ante esta notaría a las ocho horas treinta minutos del día doce de abril del año dos mil doce, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Bienes Ant Sociedad Anónima.—Heredia, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—(IN2012028432).

Por asamblea extraordinaria de accionistas de las 16 horas del 10-03-2012, de Corporación Mena & Lawless S. A., se modificó la cláusula 1 del pacto constitutivo. Escritura número 35 protocolo 24.—Heredia, 12 de abril del 2012.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(IN2012028433).

Por escritura número setenta y dos, otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día doce de abril del año dos mil doce, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Yotana Sociedad Anónima.—Heredia, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—(IN2012028436).

Por escritura número sesenta y ocho, otorgada ante este notario a las doce horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Centro Infantil Manitas Creativas S. A.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Gerardo Alberto Barboza Mesén, Notario.—1 vez.—(IN2012028438).

Mediante escritura número sesenta y nueve, otorgada en Heredia, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día diez de abril del año dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad denominada Zúñiga Monge Asesores en Seguros Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil setecientos treinta y nueve, que en lo que interesa dice: Se acuerda: “... Disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. ...”.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—(IN2012028440).

Mediante escritura otorgada en esta ciudad a las diecisiete horas del diecinueve de marzo de dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Viflo Sociedad Anónima. Domicilio: Itiquís Alajuela. Presidente y secretario: Representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 10 de abril del 2012.—Lic. María González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012028442).

Ante mí María Isabel Bonilla Arroyo, notaria pública con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las ocho horas del doce de marzo del año dos mil doce, se reformó el pacto constitutivo de la empresa Residencias Jessimath S. A., en sus cláusulas primera y octava.—San José, 12 de marzo del 2012.—Lic. María Isabel Bonilla Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2012028447).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Tres EF Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028453).

Ante mí Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Dos CD Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028454).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Cuatro EF Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028455).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Cinco GH Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028456).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Seis IJ Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028457).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Siete KL Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028458).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Ocho MN Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028459).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Nueve OP Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028460).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Diez QR Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028461).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Once ST Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028462).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Doce UV Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028463).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Cincuenta y Nueve YG Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028464).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Sesenta y Uno JK Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028465).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Sesenta FR Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028466).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Cincuenta y Ocho PI Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028467).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Treinta y Cuatro SD Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028468).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Treinta y Cinco FG Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028469).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Treinta y Seis HJ Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028470).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Treinta y Siete KL Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028471).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Treinta y Ocho ZX Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028472).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Veintinueve ER Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028473).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Veintiocho QW Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028474).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Treinta TY Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028475).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Treinta y Uno YU Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028476).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Treinta y Dos IO Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028477).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Diecisiete BY Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028478).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Dieciocho CX Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028479).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Diecinueve DW Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028480).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Veinte EV Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028481).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Veintiuno FU Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028482).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Veintidós GT Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028483).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Veintitrés HS Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028484).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Veinticuatro IR Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028485).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Veinticinco JQ Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028486).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Veintiséis KP Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028487).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Veintisiete LO Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028488).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Dieciséis AZ Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028489).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Quince Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028490).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Catorce YZ Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028491).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Trece WX Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028492).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Cuarenta y siete YN Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028493).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Cuarenta y Seis TB Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028494).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Cuarenta y Cinco RV Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028495).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Cuarenta y Cuatro EC Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028496).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecisiete de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Rancho Montecito Cuarenta y Ocho UM Limitada, en la cual se disuelve la sociedad limitada.—Atenas, once de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012028497).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ministerio de Seguridad Pública.—Asesoría Jurídica.—Proceso de Desalojos Administrativos.—Se notifica mediante edicto, al no ser posible por medio común, según el artículo 241 inciso 4 de la Ley General de la Administración Pública, a José María Jiménez Venegas, la resolución 3346-11 D.M. “Ministerio de Seguridad Pública. Despacho del Ministro. San José, a las ocho horas del dieciocho de noviembre de dos mil once. Gestión de desahucio administrativo promovida por Miguel Ángel Valverde Fernández, en su condición de albacea en el sucesorio de quien en vida se llamó María Etelgive Fernández Retana contra José María Jiménez Venegas, cédula 1-390-1454.

Resultando:

1º—Que Miguel Ángel Valverde Fernández, en su condición señalada, gestiona desahucio administrativo contra José María Jiménez Venegas, del bien inscrito en el Registro Nacional bajo la matrícula 159094-000 del Partido de San José, ubicado en Paso Ancho, Barrio El Carmen, 75 metros al este de la cantina El Orotinense, casa portón verde. (V.f. 1 al 10).

2º—Que según certificación expedida por el Registro Nacional, el accionante acredita el derecho de propiedad de la causante sobre la finca de cita. (V.f. 7).

3º—Que en el escrito de interposición de la demanda, el actor indica que el accionado ocupa el inmueble litigioso por mera tolerancia. No obstante, pese a que la tolerancia terminó, sigue ocupándolo y se niega a abandonarlo, motivo por el cual acude a esta vía para hacer efectiva su pretensión. (V.f. 1 al 4).

4º—Que se han realizado las diligencias útiles, necesarias y se tomaron en cuenta las normas y los términos de ley para el dictado de la presente resolución.

Considerando:

I.—Que rola en autos la prueba documental idónea que acredita el derecho de propiedad de la causante sobre el bien en disputa y el nombramiento como albacea conferido al actor, circunstancias que legitiman sus pretensiones. (V.f. 15 al 19).

II.—Que el artículo 7 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos establece:

“Se excluyen del ámbito de aplicación de esta ley: f) El comodato o la simple ocupación en precario o por pura tolerancia de un bien inmueble edificado. El comodatario u ocupante no modifica su calidad por el hecho de abonar los consumos de acueducto, alcantarillado, electricidad y otros que deriven del uso del bien, aunque haya registrado a su nombre esos servicios.”

III.—Que el artículo 455 del Código Procesal Civil, ordena lo siguiente:

“El desahucio administrativo procederá en los casos que establece el artículo 7 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos. En tales casos no habrá necesidad de promover desahucio judicial y quienes ocupen el bien deberán desalojarlo tan pronto como se lo solicite el dueño, el arrendador o la persona con derecho a poseerlo o su representante. De existir oposición, la autoridad de policía correspondiente, a solicitud del interesado con derecho a pedir la desocupación, procederá al desalojamiento, sin trámite alguno.”

IV.—Que la Sala Constitucional ha señalado en forma reiterada, en hipótesis como la que se estudia, que:

“La norma transcrita supra (artículo 455 CPC) no establece que se deba otorgar audiencia previa al dictado de la resolución que ordena el desahucio, no obstante el acto es recurrible ante el Ministro, con lo cual se garantiza el derecho a ser oído que contempla el artículo 39 de la Constitución Política”. Voto 3821-92, de 11:15 horas del 25 de noviembre de 1992.

V.—Que con fundamento en la prueba aportada por el accionante, la legislación, el criterio jurisprudencial y los hechos expuestos, resulta procedente acoger la presente gestión, autorizando a la policía que corresponda a desalojar al demandado del bien en litis. Por tanto:

EL DESPACHO DEL MINISTRO, RESUELVE:

Acoger la gestión de desahucio administrativo promovida por Miguel Ángel Valverde Fernández, en su condición señalada contra José María Jiménez Venegas. En consecuencia, con apego a lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley General de Policía, se autoriza a la policía del lugar para que proceda a cumplir con lo ordenado. De previo a ejecutar el desalojo, se deberá otorgar al demandado, un plazo de cinco días hábiles a fin de que voluntariamente desocupe la finca de que se trata. Caso contrario, transcurrido dicho plazo, se procederá al desalojo correspondiente. La presente resolución cuenta con recurso de reposición el cual podrá interponerse en la Asesoría Jurídica de esta Cartera, dentro de tercer día hábil, de conformidad con los artículos 344 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, indicando dirección exacta o fax para atender futuras notificaciones. Comuníquese. Expediente: 2115-11.—Lic. Mario Zamora Cordero, Ministro de Seguridad Pública.—Proceso de Desalojos Administrativos.—Lic. Ovidio Paniagua Ortiz, Jefe a. í.—(IN2012023173).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Documento Admitido Traslado al Titular

Ref.: 30/2011/24330.—Huberth Leiva Arias, cédula de identidad 3-307-634, en calidad de representante legal de Industrias Leiva Arias S. A., cédula jurídica 3-101-185698.—Documento: cancelación por falta de uso (Nutripro S. A.).—Nº y fecha: Anotación/2-72431 de 06/05/2011.—Expediente: 2003-0001408, Registro Nº 141015 Masterdog en clase 31 Marca Mixto.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:13:00 del 21 de junio de 2011. Conoce este Registro la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por Édgar Rohrmoser Zúñiga, en calidad de apoderado especial de Nutripo Sociedad Anónima, contra el registro del signo distintivo:

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Registro Nº 141015, el cual protege y distingue: “Alimento para perros”, en clase 31 propiedad de Industrias Leiva Arias Sociedad Anónima (hoy denominada Purinsa S. A.). Conforme a lo previsto en los artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de nulidad al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley. Notifíquese.—Johana Peralta Azofeifa, Asesoría Jurídica.—1 vez.—(IN2012024420).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL LA UNIÓN

EDICTO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El suscrito Licenciado Gilberth Hernández Hernández Administrador de la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social en La Unión, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda al 19 de abril de 2012. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

 

Nombre del patrono

Número patronal

Total deuda ¢

 AGENCIA PROFESIONAL DE SEGURIDAD A P S S. A.

2-03101201412-003-001

2.526.752,00

 AGROINDUSTRIAS BARDE SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101459213-001-001

322.248,00

 AGUILAR ZÚÑIGA RITA LUCÍA

0-00107860317-999-001

1.216.428,00

 ALONSO BACELAR ORIALYS CARIDAD

7-00028235659-999-001

784.057,00

 AMADOR MONTENEGRO JAVIER ALBERTO

7-00017000406-001-001

80.977,00

 ARAYA VARGAS VELKY GISSELA

0-00303440318-001-001

558.496,00

 ARIAS MORA ALVARO ENRIQUE

0-00105730546-999-001

907.652,00

 ARQUITECTURA DE MUROS ARQUIMURO S. A.

2-03101359798-001-001

2.126.999,00

 ASERRADERO LOS NÚÑEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101532452-001-001

895.804,00

 ASOCIACIÓN SHEPHERD S GATE

2-03012466655-001-001

124.665,00

 ATICO CREATIVO S & V SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101589929-001-001

953.493,00

 AUTOMOTRIZ V Q SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101566023-001-001

731.706,00

 BALTODANO DÍAZ JOSE EITEL

0-00502380138-999-001

535.048,00

 BAROCA CONSTRUCTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101582002-001-001

179.198,00

 BIKE INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101441043-001-001

201.636,00

 BRENES MEZA WILLIAM

0-00104760774-001-001

236.873,00

 CALDERÓN CALVO ANDREA

0-00303590838-001-001

473.774,00

 CAMACHO MATA CARLOS

0-00109140394-999-001

1.163.533,00

 CAMPOS JIMÉNEZ HECTOR EDUARDO

0-00302890575-001-001

2.706.711,00

 CARVAJAL CERVANTES ERIK

0-00106500381-001-001

168.961,00

 CARVAJAL SEGURA JOSÉ JOAQUÍN

0-001061700611

1.285.771,62

 CASTRO FONSECA MARÍA ISABEL

0-00104610179-001-001

1.201.357,00

 CHAVES CHAVARRÍA EDGAR GERARDO

0-00104950438-999-001

1.844.360,00

 CHOTTO MONESTEL ARLING

0-00109010696-001-001

69.654,00

 CHOTTO MONESTEL ARLING

0-00109010696-999-001

161.498,00

 COMSEVI SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101295979-001-001

182.279,00

 CONSTRUCCIONES NISI DOS MIL OCHO S. A.

2-03101527014-001-001

318.106,00

 CONSTRUCTORA JC LINDSAY SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101604141-001-001

75.347.908,00

 CORPORACIÓN LAS CARONDAS S. A.

2-03101281524-001-001

73.086,00

 CORPORACIÓN MENAVAL DEL SUR S. A.

2-03101299720-001-001

4.293.995,00

 COTO CÉSPEDES SANTIAGO

0-00301900731-999-001

1.754.838,00

 DAHLAGER NOINDICAOTRO JON MARK

7-01700100691-001-001

31.627,00

 DAI JUN LIANG

9-00216479003-001-000

2.927.344,00

 DESAROLLOS ICOM SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101444304-001-001

1.105.720,00

 DRAGÓN SYSTEMS SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101345949-001-001

302.023,00

 ESPINOZA POLANCO SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101452184-001-001

69.231,00

 F & S CONSTRUCTORES SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101584730-001-001

450.057,00

 FLORES GARCÍA FLOR DE MARÍA 

0-00102600499-001-001

64.983,00

 FONSECA TROYO MARÍA DEL MILAGRO

0-00302290112-001-001

8.480,00

 FRANQUICIA REGIONAL DE VIDEOCAJEROS S. A.

2-03101499464-001-001

33.621,00

 GARCÍA SANABRIA JOSÉ PABLO

0-00114130813-999-001

493.836,00

 GÓMEZ TREJOS CHRISTIAN

0-00109910565-001-001

88.874,00

 GONZÁLEZ ARGUEDAS ENRIQUE

0-00105400359-999-001

1.158.705,00

 GUILLÉN VILLALOBOS GREIVIN EDUARDO

0-00106680793-002-001

1.912.752,00

 GUZMÁN MONTERO JORGE ENRIQUE

0-00302090993-001-001

239.595,00

 HIDALGO MORA FERNANDO

0-00104660923-001-001

34.137,00

 IBARRA MATTA XIOMARA DEL CARMEN

7-00027818253-999-001

1.595.001,00

 INGIANNA ARCE GIANCARLO

0-00108140696-001-001

203.692,00

 INTERNATIONAL SECURITY AGENCY I.S.A. S. A.

2-03101398031-001-001

1.258.792,00

 INVERSIONES Y DESARROLLOS GOLDEN DISH S. A.

2-03101571975-001-001

30.077,00

 IVANNKA FRANCO SALÓN & BOUTIQUE S. A.

2-03101569949-001-001

284.153,00

 JIMÉNEZ CARRANZA GABRIELA

0-00104580982-001-002

63.230,00

 JIMÉNEZ MORA FRANKLIN

0-00401530733-001-001

383.035,00

 JIMÉNEZ VILLALTA GISELA

0-00105670653-001-001

325.951,00

 LEÓN STELLER JOSE PRIMITIVO

0-00204380742-999-001

2.151.161,00

 LICORAMA DEL SUR A & G SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101439679-001-001

74.194,00

 LIMPRO COSTA RICA PUNTO COM S. A.

2-03101575694-001-001

87.424,00

 MOYA NAVARRO ANDRÉS MARTÍN

0-00304220989-999-001

1.103.481,00

 PUERTAS Y VENTANAS UNIDAS DE COSTA RICA S. A.

2-03101184073-001-001

12.708.762,00

 QUIRÓS QUESADA MANUEL ALBERTO

0-00109210530-999-001

829.955,00

 RAMÍREZ SALAS PEDRO GERARDO

0-00303600252-999-001

1.144.795,00

 REYES GARCÍA MARISOL

0-00111730358-001-001

529.556,00

 RIAÑO VARGAS YOLANDA

7-00026994420-001-001

13.944,00

 RODOBAN SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101085228-001-001

346.286,00

 RODRIGUEZ DELGADO CARLOS RAMÓN

7-00015822651-999-001

595.972,00

 SÁNCHEZ HERNANDEZ GIOVANI

0-00302610796-999-001

1.392.954,00

 SÁNCHEZ HERNANDEZ GIOVANI

0-00302610796-002-001

4.099.030,00

 SÁNCHEZ MAROTO SUSANA

0-00112650558-999-001

1.058.448,00

 SÁNCHEZ VARGAS BERNARDO

0-00301760373-999-001

1.010.342,00

 SANDOVAL LEITÓN SERGIO

7-00018014886-999-001

1.650.858,00

 SITE EIGHT TECHNOLOGIES SOCIEDAD ANÓNIMA

2-03101606651-001-001

5.741.171,00

 VEGA ANGULO FRANCISCO GERARDO

0-00302370050-001-001

489.321,00

 VILLALTA SOLANO JAVIER

0-00109630186-001-001

1.048.059,00

 ZHANG NOINDICAOTRO ZHIMIN

7-01660099656-001-001

387.763,00

 ZÚÑIGA MEJÍA ROXANA

0-00106040770-001-001

365.435,00

 

La Unión, Tres Ríos, 19 de abril del 2012.—Lic. Gilberth Hernández Hernández, Administrador Sucursal 2.—(IN2012031638).

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

FISCALÍA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Al licenciado Alejandro Rodríguez Castro, colegiado 7837, cédula de identidad 1-0787-0896, se le hace saber: Que en proceso disciplinario número 277-11, seguido en su contra se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: se inicia procedimiento administrativo disciplinario.—Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica.—San José, a las nueve horas treinta minutos del primero de julio del año dos mil once. La Junta Directiva del Colegio de Abogados, mediante acuerdo número 2011-22-050, Sesión Ordinaria 22-2011, celebrada el veinte de junio del año dos mil once, dispuso trasladar el presente expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. De conformidad con las potestades que se le otorgan a esta Fiscalía, téngase por instaurado el presente procedimiento disciplinario en contra de los licenciados Larissa Seravalli Sáurez, colegiada 15529, Carlos Corrales Azuola, colegiado 8335, y Alejandro Rodríguez Castro, colegiado 7837, con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los hechos que constan en la denuncia adjunta, los cuales consisten en: “Contratación a partir del 24/6/10 para la tramitación de la cédula de residencia del señor Mark, para lo cual se les cancelaron la suma de $2.000, entregándoles la documentación. Que en todo momento quien se presentó como el encargo del trámite fue el Lic. Corrales. Dos meses después de haber firmado el poder especial administrativo a los empleados de los denunciados, señores Juan José Valerio Alfaro, Irleny Montiel Castillo, Leila Teme Álvarez y David Carranza Arias, se le indicó el número de expediente 2919-0002684. A partir de ahí se le indicó de supuestas reuniones en Migración y que en enero del 2011 no existía respuesta alguna. Que en todo momento los licenciados Seravalli Sáurez y Corrales Azuola recibían copia de los correos remitidos al señor Mark donde se le indicaba del supuesto trámite. Para el 15/02/11 se le solicita, a un empleado de los quejosos, copia certificada del expediente, quien le da una serie de justificaciones para no entregarlo y al día de hoy no lo ha hecho. El 4/3/11 se le remite un correo supuestamente recibido de la Dirección General de Migración y Extranjería donde se señala un cambio de una cita. Para el 8/3/11 el señor Mark le remite correo al Lic. Corrales a fin de que sea más específico con su trámite a lo cual le indica que requiere reunirse con él, para lo cual el 9/3/11 se hace presente a su oficina, donde se le indica que no aparece rastro de su gestión, que no pueden explicarle lo acontecido, siendo que la misma no había sido presentada, le facilitan copias de lo supuestamente presentado los cuales adolecen de una serie de graves errores en sus datos y fechas lo que no le logran explicar y se lo atribuyen a un problema interno de Migración. El 11/03/11 el señor Mark se apersona a Migración a revisar el expediente antes citado, llevándose la sorpresa que a esa fecha no existía ningún documento o trámite alguno bajo ese número. Que en los nueve meses se le ocultó la verdad, y le hicieron falsas expectativas. Lo anterior provocó que debiera salir del país para no tener problemas migratorios y volver a empezar de cero con el trámite, solicitar de nuevo la documentación. Los anteriores hechos pueden configurar las faltas establecidas en el artículo 10 incisos 2) y 6) de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, relacionados con los numerales 13, 14, 17, 31, 32, 34, 82, 83 incisos a) y e), 85 incisos a) y b) del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, sin perjuicio, de la calificación definitiva que deba hacerse en el acto final”. Se le otorga a la parte denunciada acceso al expediente que se encuentra en la Fiscalía de este Colegio, sita en el edificio de Zapote, para que dentro del plazo de ocho días a partir de la notificación de este acto, proceda si a bien lo tiene, rendir por escrito un informe sobre los hechos que se le atribuyen, en el entendido de que la rendición o no del informe de cita, no es impedimento para continuar el procedimiento administrativo disciplinario. Se tiene por establecida esta Fiscalía como órgano director y se delega en el Licenciado Gary Hernández Santana la instrucción del presente procedimiento, que se regirá por lo establecido en el artículo 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública y la normativa legal vigente del Colegio de Abogados. Sobre el ofrecimiento de prueba: se les hace saber a las partes que la admisión y evacuación de la prueba testimonial, documental o cualquier otra será en la comparecencia oral y privada, que para efecto de instruir la queja se señale, por lo que se les previene que toda prueba que tengan a bien ofrecer con relación con este asunto, deberán presentarla ante esta oficina en el mismo acto de la comparecencia oral y privada, o bien en fecha anterior, en cuyo caso deberán hacerlo por escrito, excepto las periciales e inspecciones oculares que se estimen pertinentes, las cuales se deben ofrecer antes de la realización de la comparecencia, para que de ser posible, se evacúen con antelación a la audiencia (artículo 309, párrafo segundo Ley General de la Administración Pública), lo anterior bajo pena de caducidad de ese derecho, en el entendido de no recibir ninguna prueba fuera de los plazos indicados, declarándose la misma inevacuable o inadmisible, excepto la que el órgano director, de oficio o a petición de parte, ordene recibir para mejor resolver por considerarla indispensable para el establecimiento de la verdad real. Solución alternativa del conflicto: con fundamento en los principios de economía y celeridad procesal, así como justicia pronta y cumplida, se hace saber a las partes que deben indicar en el plazo de ocho días, si están dispuestas o no a llegar a un acuerdo a efecto de citar a audiencia de conciliación. De no considerar las partes necesaria la intervención de la Fiscalía para ese efecto, el acuerdo podrán hacerlo llegar por escrito a este despacho, el cual, si es conforme a derecho, sin dilación procederá a remitir el expediente a la Junta Directiva para la homologación de convenio y el archivo del expediente. En caso que se omita indicar sobre el punto anterior se procederá con el trámite ordinario. De mero trámite: Se informa a las partes que tratándose de faltas muy graves la Junta Directiva del Colegio de Abogados, en su calidad de Consejo de Disciplina, podrá denegar o limitar el acuerdo conciliatorio, tomando en consideración las circunstancias del caso. Así mismo se les recuerda a las partes que de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, una vez firme el acto final no se admitirá para su conciliación arreglo o transacción alguna. De igual manera se informa que según lo establecido en el artículo 328 de la Ley General de la Administración Pública en el procedimiento administrativo no habrá lugar a la imposición de costas a favor o en contra de la Administración ni del interesado. Celebración de la comparecencia: La comparecencia será oral y privada y se realizará en base a lo estipulado en los artículos 309 al 319 de la Ley General de la Administración Pública. En esa audiencia se deberá presentar toda la prueba que no haya sido aportada al expediente bajo pena de caducidad de ese derecho, asimismo se podrán formular los interrogatorios de rigor e igualmente se expondrán los argumentos y las conclusiones que se estimen pertinentes. Se advierte que la no asistencia a la comparecencia no impedirá que esta se lleve a cabo, evacuándose la prueba que hubiese ofrecido la parte ausente con antelación y que conste en el expediente (artículo 315 Ley General de la Administración Pública). Igualmente se les informa que tienen el derecho de hacerse asistir o representar por un profesional en Derecho durante la tramitación del presente procedimiento y durante la comparecencia oral y privada. Notificaciones: Se le previene a la partes que tiene el deber de señalar un medio donde atender notificaciones, que puede ser electrónico, fax o en estrados. En cuanto al medio electrónico: se advierte a la partes que cualquier imposibilidad con la entrega final a la cuenta es su propia responsabilidad. Referente al fax: se harán los cinco intentos que señala la ley, con los intervalos establecidos, de resultar todos negativos se tiene como notificación automática. Respecto a la notificación en estrados: esta aplica en ausencia de las anteriores, siempre y cuando la parte la haya señalado como medio. La notificación en estrados se hará los días martes y jueves, mediante la exhibición de la lista de los procedimientos. Si estos días fueren inhábiles, la exhibición se hará el día hábil siguiente. Cuando no se señale medio alguno para notificación, de los indicados supra, aplica la notificación automática teniéndose por notificada veinticuatro horas después de dictada la resolución. Se informa a la partes que los únicos medios para que gestionen ante la Fiscalía de este Colegio, es a través del fax número 2283-0920 o remitido a estas instalaciones de forma escrita. Recursos: contra esta resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El primero será resuelto por el suscrito fiscal y el segundo por la Junta Directiva de este Colegio constituida en Consejo de Disciplina. Estos recursos se deberán interponer dentro de las veinticuatro horas siguientes a la última comunicación a todas las partes (artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública). El acto final que se dicte tendrá el recurso ordinario de revocatoria y se deberá interponer ante esta Fiscalía dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del mismo, quedando su resolución a cargo de la Junta Directiva, todo de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados en relación con los artículos 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública. La resolución del recurso interpuesto contra el acto final dará por agotada la vía administrativa. Oportunamente se designará hora y fecha para la comparecencia oral y privada. Notifiquese. Lic. Rosette María Morgan Asch, Fiscal. Se ordena comunicar por edicto. Fiscalía del Colegio de Abogados. Instructor del procedimiento. San José, a las once horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero del dos mil doce. Considerando que la normativa orgánica, reglamentaria y deontológica del Colegio establece que los abogados están obligados a cumplir, en el ejercicio de la abogacía las reglas sobre ética profesional que adopte el Colegio, y en esta se establece la obligación de los abogados de mantener actualizados sus datos de especialización y localización; y estudiados que han sido los autos y vistas las constancias del notificador de esta Fiscalía y de las demás diligencias realizadas al efecto, según folios 124, 128, 131, 132, 134, 136, 138, 140, 143 y 146, incorporado todo lo anterior integralmente en autos; de lo cual se comprueba que ha sido imposible ubicar al abogado denunciado, Lic. Alejandro Rodríguez Castro, a fin de notificarle el auto inicial y de traslado de cargos, se provee, en aras de cumplir con todo rigor el debido proceso, de conformidad con el artículo 241 incisos 3 y 4, de la Ley General de la Administración Pública, notificarle al Lic. Alejandro Rodríguez Castro el auto inicial y de traslado de las presentes diligencias, mediante la publicación por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta teniéndose por hecha la notificación a partir de la última publicación. Procédase y publíquese.—Lic. Rocío Leiva Trejos, Fiscal.—O.C. Nº 8505.—Solicitud Nº 40558.—C-535820.—(IN2012030661).