AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 54, título 387, emitido por el Colegio
México en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Quesada Barboza
Luciana. Se solicita la reposición del título por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Para ver las marcas de Fábrica solo en
Marcas
de ganado
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Nº 107.245.—Luis Emilio
Matarrita Sánchez, cédula de identidad número 5-0306-0171, mayor, casado 1 vez,
solicita el registro de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Belén, Belén, Carrillo, Guanacaste. Se cita a terceros con
derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez
días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San
José, 20 de enero del 2012.—Lic. Anais Mendieta Jiménez,
Registradora.—RP2012286979.—(IN2012027089).
Nº 110616.—Segura Muñoz Marcos, cédula de identidad número 2-465-256,
mayor, casado, agricultor, con domicilio en Heredia, San Rafael de Vara Blanca,
solicita el registro de:
A L
U 5
como marca de ganado que usará
preferentemente en. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos
valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de
la primera publicación de este edicto.—San José, 26 de noviembre del 2010.—Lic.
Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—Nº RP2012287533.—(IN2012028135).
Patentes de Invención
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Luis Esteban Hernández Brenes, mayor de
edad, Abogado, con cédula de identidad número: 4-155-803, vecino de San José,
en su condición de apoderado especial de Hunca Kozmetik Sanayi Anonim Sirketi,
de Turquía, solicita el diseño industrial denominado ENVASE.
Para ver imagen
solo en
El presente diseño industrial, cuya documentación
comprende seis representaciones fotográficas y una descripción sumaria, se
refiere al diseño de una caja o envase con una forma cilíndrica y alargada y su
tapa. Y su forma plástica y las líneas y diseños que
contiene, son las que confieren a este envase una específica connotación
ornamental que expresamente se reivindica con el presente registro de diseño
industrial,
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora Marianella Arias Chacón, cédula
1-679-960, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial
de Ecotrac Organics Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención
denominada COMPUESTO PARA TRATAMIENTO ORGÁNICO DE SUELOS Y MÉTODO PARA SU
ELABORACIÓN Y USO. Se proporciona una composición que incluye particulados
de madera, paja, vainas, composta de cultivos, hulla residual biológica, o
residuo de desechos, ceniza y hulla residual biológica de madera o cultivos, y
una fuente de nitrógeno proveniente de residuos de desechos de procesos de
gasificación, agua de desecho de procesamiento de alimentos u otros
subproductos residuales de procesamiento forestal, acuático, de alimentos o de
forraje. Idealmente todos los componentes son favorables al ambiente,
provenientes de productos naturales y libres de químicos elaborados. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor,
abogada, vecina de Tres Ríos, cédula número 1-812-604, en su condición de
apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de Alemania, solicita la patente de
invención denominada: COMBINACIONES DE LEVADURA FUNGICIDAMENTE ACTIVA Y
FUNGICIDAS. Se proporcionan composiciones que mejoran el vigor global de la
planta y el rendimiento combinando cantidades agrícolamente eficaces de al
menos un agente de control biológico respetuoso con el medio ambiente y al
menos un fungicida químico. Una composición de la presente invención es
particularmente eficaz en presencia de especies fúngicas. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 15043P.—Condominio
Horizontal Vistas del Irazú, solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 14668-P.—Playa Humo PHP
S. A., solicita concesión de: un litro por segundo de Acuífero (Pozo SG-14),
efectuando la captación en su propiedad en Savegre de Aguirre, para consumo
humano y riego. Coordenadas 148850 / 540643 hoja Savegre. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 14 de marzo del 2012.—José Joaquín Chacón Solano,
Director a. í.—(IN2012025237).
Exp. Nº 14667P.—El Cerro de las
Ninfas S.R.L., solicita concesión de:
Exp. 14901A.—Desarrollos
Topográficos del Norte, solicita concesión de:
Exp. 14902A.—Freddy Ramírez
Vindas, solicita concesión de:
Exp. 15034P.—3101503332 S. A.
solicita concesión de:
Expediente Nº 8053P.—Creativo de
Urbanizaciones S. A., solicita concesión de:
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 42495-2011.—Registro
Civil.—Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce
horas siete minutos del seis de febrero del dos mil doce. Patricia Trejos
Castro, mayor, casada, auxiliar de enfermería, costarricense, cédula de identidad
número dos-trescientos cuarenta y uno-quinientos ochenta y uno; solicita a la
rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de
nacimiento de la misma es “dos de mayo de mil novecientos cincuenta y cinco” y
no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de
DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO ELECTORAL
Y
FINANCIAMIENTO DE PARTIDOS POLÍTICOS
AVISO
De acuerdo con lo dispuesto por
el artículo 62 del Código Electoral, se hace saber que el señor Andrés Guzmán
Stein, cédula de identidad número uno-cuatrocientos cinco-ciento veintiséis, en
su condición de Presidente del Comité Ejecutivo Superior del partido Avance
Montes de Oca, en escrito presentado el nueve de abril de dos mil doce, ha
solicitado la inscripción de dicho partido a escala cantonal, por el cantón de
Montes de Oca de la provincia de San José, agregando para esos efectos:
protocolización de las actas de la asamblea constitutiva y asamblea cantonal,
conteniendo el Estatuto que incluye el programa doctrinal y la divisa que será:
“...un fondo blanco con dos pinceladas de izquierda a derecha, terminando en
forma de punta y siendo más ancha de izquierda a derecha, primera pincelada de
color verde Pantone: trescientos cincuenta y la segunda pincelada de color
amarillo Pantone: ciento ocho; en el segundo tercio dice AVANCE, en letra
mayúscula y Tipografía: grenadier regular, mientras que el nombre Montes de
Oca, se encuentra escrito en letras minúsculas, solo en mayúscula la-letra “M”
de Montes y la letra “O” de Oca en Tipografía: Arial Black regular. El nombre
AVANCE se escribe encima de Montes de Oca. Tanto la palabra AVANCE como la
palabra Montes de Oca, serán en color verde pantone trescientos cincuenta C. La
bandera será de forma rectangular...”; así como setenta y dos fórmulas de
adhesiones colectivas. Previniese a quienes sean interesados para que dentro
del término de quince días naturales contados a partir de la última publicación
de este aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen
pertinentes.—San José, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Héctor
Fernández Masís, Director General.—(IN2012031251). 5 v. 4.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000065-78300
Contrato de entrega según demanda-suministro de papel
higiénico
(productos amigables con el ambiente)
El cartel estará a disposición
tanto en el Sistema de Compras Gubernamentales Comprared a partir de esta
fecha, en la dirección
https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?TRAMIDEN=2012LN-000065-78300&TITUTRAM=1414,
como en
San José, 3 de mayo del
2012.—Proveeduría Institucional.—Lic. Rolando A. Chinchilla Masís, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 15198.—Solicitud Nº
16743.—C-12220.—(IN2012038911).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000062-78300
Contrato de entrega según demanda de artículos de limpieza
El cartel estará a disposición
en el Sistema de Compras Gubernamentales Comprared a partir de esta fecha, en
la dirección https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?TRAMIDEN=2012LN-000062-78300&TITUTRAM=19.
San José, 8 de mayo del 2012.—Proveeduría Institucional.—Rolando Arturo Chinchilla
Masís, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 15198.—Solicitud Nº
16741.—C-7990.—(IN2012038912).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000057-78300
Contrato de entrega según demanda-compra de pasta
dental
para el Sistema Penitenciario Nacional
Los interesados podrán pasar a
retirar el cartel a partir de la fecha en forma gratuita en
San José, 8 de mayo del 2012.—Proveeduría Institucional.—Rolando Chinchilla Masís,
Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 15198.—Solicitud Nº 16742.—C-11280.—(IN2012038913).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría,
invita a participar en los siguientes procedimientos de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000017-PROV
Contratación de servicios de alimentación para los privados
de
libertad que deben permanecer en las celdas
del
O. I. J. de Cartago
Fecha y hora de apertura: 8 de junio de
______
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000022-PROV
Servicios médicos bajo la modalidad de hora profesional
para
los servidores judiciales del II Circuito
Judicial
de Guanacaste, Sede Santa Cruz
Fecha y hora de apertura: 8 de junio del
El respectivo cartel se puede
obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los
interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección:
http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm o
solicitarlo a los correos electrónicos kpiedra@poderjudicial.go.cr y
jjimenezco@poder-judicial.go.cr.
San José, 8 de mayo del
2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2012038511).
El Departamento de Proveeduría
invita a participar en los siguientes procedimientos de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000034-PROV
Compra de vehículos
Fecha y hora de apertura: 1º de junio del
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000005-PROV
Contratación del servicio de mantenimiento correctivo
de
equipos de cómputo (CPU, monitores, impresoras,
UPS
y Escaners), según demanda
Fecha y hora de apertura: 12 de junio del
El respectivo cartel se puede
obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los
interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección:
http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm o
solicitarlo a los correos electrónicos jjimenezco@poder-judicial.go.cr y
rchavesc@poder-judicial.go.cr respectivamente.
San José, 8 de mayo del
2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2012039000).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-PCAD
Compra de sistema de potencia ininterrumpida
de
Sistema Modular
Apertura: Para las 10:00 horas
del día 28 de mayo del 2012.
Venta del cartel: cajas 23 ó 24 de lunes a
viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.
Retiro del cartel: en el 6to piso, oficinas
centrales, Proceso de Contratación Administrativa.
Costo: ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones
con 00/100).
San José, 8 de mayo del
2012.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge
Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2012039031).
DIRECCIÓN REGIONAL SERVICIOS DE SALUD
HUETAR
ATLÁNTICA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000001-2699
Compra de servicios por terceros de registros médicos
para
el Área de Salud de Siquirres
Apertura de ofertas
Viernes, 8 de junio del
Visita al sitio:
Viernes 25 de mayo del
El cartel se puede adquirir en
Limón, 4 de abril del
2012.—Unidad Regional Contratación Administrativa.—MBA. Ilse Betancourt Avilés,
Coordinadora.—1 vez.—(IN2012038944).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-02
Construcción de tanques para almacenamiento
de
gasolina, bunker y asfalto en Refinería
El cartel respectivo puede
retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada
en el primer piso del edificio, por un costo de ¢15.000,00, o bien, el mismo
está disponible, en la página Web de RECOPE, www.recope.com.
La visita al sitio para explicar
los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a
cabo el día 21 de mayo del
San José, 8 de mayo del 2012.—Dpto. Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny
Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 12-0014.—Solicitud Nº
47910.—C-18820.—(IN2012038923).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000026-02
Suministro de tubería
El cartel respectivo puede
retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada
en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo
está disponible en la página Web de RECOPE, www.recope.com.
San José, 8 de mayo del 2012.—Dpto. de Contrataciones
Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
12-00014.—Solicitud Nº 47912.—C-15060.—(IN2012038924).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000025-02
Suministro de equipo de laboratorio
El cartel respectivo puede
retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada
en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo
está disponible en la página Web de RECOPE, www.recope.com.
San José, 8 de mayo del 2012.—Dpto. de Contrataciones
Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
12-00014.—Solicitud Nº 47911.—C-15060.—(IN2012038925).
OPERADORA DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS CCSS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-0000006-01
Contratación de una empresa proveedora de información
sobre
valoración de precios de los instrumentos
financieros
de mercados locales
e
internacionales
El retiro del Cartel se
realizará a partir de la publicación en el Diario Oficial
Para consultas y retiro del
Cartel, contactar al Sr. Juan Carlos Sáenz, Jefe Administrativo, correo
electrónico jcsaenz@opcccss.fi.cr,
teléfono Nº 2522-3620, o al Sr. Jimmy Vargas Pérez, Proveedor General
Institucional al correo electrónico jvargas@opcccss.fi.cr, teléfono Nº
2522-3643.
Proveeduría Institucional.—Jimmy Fernando Vargas Pérez, Proveedor.—Juan Carlos Sáenz,
Jefe Administrativo.—1 vez.—(IN2012038512).
HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-2304
Pastas y otros
A los interesados en el presente
concurso se les comunica que por resolución de
Ver detalle en: www.ccss.sa.cr.
San José, 8 de mayo del
2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada, MBA Jefa.—1 vez.—(IN2012038524).
HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-2205
Mantenimiento preventivo y correctivo para equipos
de
Rayos X y ultrasonidos
Se informa a los interesados que
este concurso se adjudicó a la empresa Siemens S. A. Los ítems 3, 4, 5,
6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 por un monto de $123.000,00, (ciento veintitrés mil
dólares estadounidenses con 00/100) el ítem
Alajuela, 2 de mayo del 2012.—Dirección Médica.—Dr. Luis Diego Alfaro Fonseca.—1
vez.—(IN2012038879).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-2101
Valganciclovir 450 Mg. comprimidos recubiertos
Empresa adjudicada: Cefa
Central Farmacéutica S. A.
Ítem adjudicado: Único
Monto total: $55.507,20
Tiempo de entrega: Parcial,
primera entrega 10.2 CN en 10 días hábiles máximo, segunda entrega 6.6 CN un
mes después de la primera entrega.
Estabilidad: 22 meses.
Compra para consumo de un año.
Podrá ser prorrogado como máximo por un periodo igual si con sesenta (60) días
naturales de anticipación a su vencimiento el hospital no comunica por escrito
su deseo de darlo por terminado
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 8 de mayo del
2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, MSc.
Coordinador a.í.—1 vez.—(IN2012038935).
DEPARTAMENTO DE SUMINISTROS,
BIENES
Y SERVICIOS
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-000197-01
Servicio de digitación para registro de datos en Sistemas
de
Información de Alternativas de Protección (SIAP)
El Patronato
Nacional de
De conformidad con lo que
establece el artículo 136 del Reglamento a
San José, 7 de mayo del
2012.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Lic. Guiselle Zúñiga
Coto, M.B.A. Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº
35342.—Solicitud Nº 6058.—C-2800.—(IN2012038984).
MUNICIPALIDAD DE MORA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000001-01
Contratación del servicio de recolección, transporte,
tratamiento
y disposición final de residuos sólidos
ordinarios,
de manera amigable con el ambiente
para
el Cantón de Mora
San José, 8 de mayo del
2012—Proveeduría—Lic. Geremmy Chaves Marín, Jefe.—1
vez.—(IN2012038985).
MUNICIPALIDAD DE UPALA
Se comunica las adjudicaciones
de las siguientes contrataciones directas:
Contratación Directa Nº
2012CD-000013-01. Contratación de persona física o jurídica por el alquiler de
maquinaria y equipo por horas para realizar un relastrado de
El Alcalde Municipal ha
adjudicado a: Multiservicios Gedeón S. A., cédula jurídica:
3-101-311809; por un monto de ¢7.000.000,00 (siete millones de colones).
Contratación Directa Nº
2012CD-000014-01. Contratación de persona física o jurídica por el alquiler de
maquinaria y equipo por horas de vagoneta tipo Tandem de
El Alcalde Municipal ha
adjudicado a: Multiservicios Gedeón S. A., cédula jurídica:
3-101-311809; por un monto de ¢5.000.000,00, (cinco millones de colones).
_____
Contratación Directa Nº
2012CD-000015-01. Contratación de persona física o jurídica por el alquiler de
maquinaria y equipo por horas para realizar un relastrado de
El Alcalde Municipal ha
adjudicado a: Excavaciones y Acarreos del Norte R & G S.
A., cédula jurídica: 3-101-474672; por un monto de ¢5.000.000,00, (cinco
millones de colones).
_____
Contratación Directa Nº
2012CD-000016-01. Contratación de persona física o jurídica por el alquiler de
maquinaria y equipo por horas para realizar un relastrado de
El Alcalde Municipal ha
adjudicado a: Multiservicios Gedeón S. A., cédula jurídica:
3-101-311809; por un monto de ¢4.999.940,00, (cuatro millones novecientos
cuarenta colones netos).
Upala, 30 de abril del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Elyin Shión Molina.—1
vez.—(IN2012038531).
DIVISIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN FINANCIERA, DE BIENES Y SERVICIOS
UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000011-UPIMS
Campaña publicitaria para Plan de Mercadeo
en
Alimentación Saludable
y
Actividad Física
Además, hace del conocimiento de
todos aquellos interesados en presentar oferta en este proceso licitatorio, las
solicitudes de aclaración recibidas y las respuestas dadas a las mismas, las
cuales podrán ser retiradas en la unidad de bienes y servicios sin costo alguno
a partir de la presente publicación.
Las demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
San José, 4 de mayo del
2012.—Proveeduría.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº
41058.—C-12320.—(IN2012039016).
DIRECCIÓN LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000008-01
(Modificación
Nº 1)
Contratación de hasta cinco (5) empresas que brinden servicios
de
mantenimiento por requerimientos en diferentes áreas
(obras
menores) para los edificios de las oficinas
del
Banco Nacional
Se comunica a los interesados en
1) En el apartado D. Condiciones Especiales para todos los ítems,
punto 5, se indica:
“Todos los materiales que se
requieran para la atención de cada uno de los reportes, serán provistos por
parte del Banco Nacional.
5.1...
5.2...
5.3...
5.4...
5.5...
5.6...
5.7...
5.8 El Banco Nacional se reserva
el derecho de realizar inspecciones y arqueos de materiales, a efecto de
fiscalizar el cumplimiento de todo lo aquí dispuesto.
Se deberá de leer de la
siguiente forma:
1) En el apartado D. Condiciones especiales para todos los ítems,
punto 5, se indica:
“Todos los materiales que se
requieran para la atención de cada uno de los reportes, serán provistos por
parte del Banco Nacional.
5.1...
5.2...
5.3...
5.4...
5.5...
5.6...
5.7...
5.8 El Banco Nacional se reserva
el derecho de realizar inspecciones y arqueos de materiales, a efecto de
fiscalizar el cumplimiento de todo lo aquí dispuesto.
5.9 Los pagos correspondientes a
materiales que el adjudicatario aporte para los trabajos, se cancelarán previa
verificación de la razonabilidad de precio y cantidad de los materiales”
2) En el apartado F. Condiciones generales para todos los ítems, punto
2, se indica:
“Precio.
E1 precio deberá indicarse por
hora para cada tipo de trabajador...
El precio deberá cotizarse en
términos de costo por hora para cada tipo de trabajador (cuatro tipos de
operario y misceláneos). Por lo anterior, la estructura anterior debe
detallarse para el precio por hora de cada tipo de trabajador”
Se deberá de leer de la siguiente forma:
2) En
el apartado I. Criterios técnicos obligatorios para todos los ítems, punto 1
permisos y licencias durante la vigencia del contrato, se indica:
“Precio.
El precio deberá indicarse por
hora para cada tipo de trabajador...
El precio deberá cotizarse en
términos de costo por hora para cada tipo de trabajador (cuatro tipos de
operario y misceláneos). Por lo anterior, la estructura anterior debe
detallarse para el precio por hora de cada tipo de trabajador.
Además, del detalle de precios
por hora ordinaria, se deben presentar en la oferta los cuadros de precios que
corresponderían cuando se requieran los trabajos en horas fuera de la jornada
ordinaria en los días hábiles y en días feriados o durante los sábados y
domingos”
Las demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000015-PCAD
(Prorroga
Nº 2)
Compra de vehículos, camiones y motocicletas
Se les comunica a los
interesados que se prorroga la apertura de ofertas de este concurso, para a las
10:00 horas del día 1º de junio del 2012, lo anterior por la atención de
recurso de objeción al cartel.
Todas las demás condiciones y
requisitos permanecen invariables.
San José, 8 de mayo del 2012.—Proceso
de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2012039030).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2012LN-000005-2104
Adquisición de Sunitib
Vea detalles y mayor información
en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 7 de mayo del
2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro,
Jefa.—1 vez.—(IN2012038922).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO Nº 2011LA-000204-5101
(Declaratoria
de infructuosidad)
Sellador para fosas y fisuras, código: 2-48-09-0860
A los interesados en el presente
concurso, se les comunica que por resolución de
San José, 8 de mayo del
2012.—Lic. Eithel Corea Baltodano, Director.—1 vez.—O.
C. Nº 1142.—Solicitud Nº 32740.—C-9840.—(IN2012039020).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-09
Contratación de servicios de seguridad y vigilancia física
y
electrónica para las instalaciones de las aulas
del
proceso de servicio al usuario ubicadas
en
El Proceso de Adquisiciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje, de
San José, 8 de mayo del
2012.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C.
Nº 21711.—Solicitud Nº 46873.—C-18820.—(IN2012038980).
INSTITUCIÓN BENEMÉRITA
REGLAMENTO DE JUEGOS DE LOTERIA ELECTRÓNICA
Mediante acuerdo JD-123,
correspondiente al artículo V), inciso 2) de la sesión 10-2012 celebrada el 13
de marzo.
a) Autorizar la modificación correspondiente en el Reglamento del
Juego Pega Millones, a efectos de que el rango de números a escoger se ubique
entre los números 01 al 31, inclusive.
Con base en lo anterior, se
efectúa la siguiente modificación:
MODIFICACION AL REGLAMENTO DE JUEGOS DE
LOTERÍA
ELECTRÓNICA, PUBLICADO EN EL
ALCANCE
Nº 47 DE
27 DE
NOVIEMBRE DEL 2009
Los artículos 9 y 15 quedan de
la siguiente manera:
CAPÍTULO II
De los juegos de lotería electrónica
Artículo 9º—Descripción del
Juego Pega Millones. Este es un juego por medio del cual el jugador elige
seis números diferentes de dos dígitos entre el 01 y el 31, indicando el
monto del dinero que desea jugar.
Las apuestas de este juego se pueden efectuar
directamente en
El Canal de Comercialización debe entregar un
comprobante que respalde las transacciones de venta del Juego Pega Millones,
cuyas características- por razones prácticas, de oportunidad y seguridad- serán
definidas por la administración de
CAPÍTULO III
De la realización de los sorteos
Artículo 15º—Metodología para
los sorteos. Para cada uno de los diferentes sorteos, se utiliza la siguiente
metodología:
Pega 1: El número ganador de la
lotería nacional, popular o tiempos determinará el número ganador del sorteo
Pega 1, según la fecha que corresponda.
Posteriormente se procede a
elaborar y firmar el acta respectiva con el resultado del sorteo; además, se
procede a incluir la información por parte del funcionario designado para tal
efecto en los sistemas automatizados de
Pega Millones: Para realizar los sorteos de
esta lotería, se dispone de una esfera y 31 bolitas numeradas del 01 al 31,
las cuales quedan en exhibición ante el público que desee asistir a presenciar
el sorteo. Quince minutos antes del inicio del sorteo, se procede a depositar
las bolitas en la respectiva esfera. A la hora de la realización del sorteo, se
procede a extraer seis bolitas, sin reemplazo, las cuales conforman la
combinación ganadora de los seis números correspondientes al premio mayor del
Pega Millones.
Posteriormente, se procede a elaborar y
firmar el acta respectiva con el resultado del sorteo; además, se procede a
incluir la información por parte del funcionario designado para tal efecto, en
los sistemas automatizados de
Esta disposición rige a partir
del sábado 19 de mayo del 2012, sorteo de Pega 1 Nº 1483 y sorteo de Pega
Millones Nº 520.
San José, 04 de mayo del
2012.—Departamento de Loterías.—Jorge Agüero Gutiérrez.—1 vez.—O. C. Nº
16043.—Solicitud Nº 4008.—C-72400.—(IN2012037120).
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Patronato Nacional de
Al señor José Miguel Valle Flores, se le
comunica la resolución dictada por esta entidad, de las 14 horas del día 09 de
marzo del 2012, que ordenó medidas de cuido provisional bajo la responsabilidad
del señor Hans Aleman, en beneficio del niño Neitan Valle Granados y otra.
Además se declaró la incompetencia territorial a
A Armando Alexei Mas Echandi, de calidades
desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las diez horas del
veinte de marzo del dos mil doce que dicta medida de protección de cuido
provisional en familia sustituta y otras y ubica a las p.m.e. Dylan Alexander
Mesén Caruzo y Donoban Alexander Mas Caruzo en hogar del señor Alexander Mesén
Villalta y la señora Marielos Salazar. Indicándose que debe señalar lugar para
oír notificaciones. Garantía de defensa: procede recurso de revocatoria y de
apelación si se plantean dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de
su notificación, siendo competencia de esta oficina local resolver la
revocatoria, y el de apelación corresponde resolver a
Al señor Óscar Mauricio Herrera Martínez, se
le comunica la resolución dictada por esta entidad, de las 14 horas del 20 de
febrero del 2012, que ordenó medidas de cuido provisional en beneficio de la
persona menor de edad Valentina Herrera Calderón, bajo la responsabilidad de la
señora Alejandra e Isidro ambos González Calderón, hasta por un plazo de seis
meses. Se traslada el expediente al integral para lo correspondiente. Plazo
para ofrecer recurso de apelación, 48 horas a partir de la tercera publicación
de este edicto. Se le previene además señalar lugar para oír notificaciones en
el entendido de no hacerlo las mismas quedarán en firme veinticuatro horas
después de dictadas. Expediente administrativo: 116-0011-2012.—Oficina Local de
Desamparados, 23 febrero del 2012.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio,
Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº
3898.—C-10730.—(IN2012026948).
Al señor Rafael Ángel Ramírez Castro y a la
señora Emilce Grajal Arroyo, se les comunica la resolución dictada por esta
entidad, de las 9 horas del 20 de marzo del 2012, que ordenó la incompetencia
territorial a
Se le comunica a los señores Kenny Vega y
Brian Jason Roebuck, la resolución administrativa de las nueve horas tres
minutos del tres de febrero del dos mil doce con la que se inicia el Proceso
Especial de Protección en Sede Administrativa dictando medida de cuido
provisional a favor de las personas menores de edad Naomi Roebuck Hernández y
Kenia Vega Hernández; el plazo de la resolución es de seis meses contados a
partir del dictado del acto administrativo, en contra de la presente resolución
procede el recurso de apelación para ante el superior en grado dentro de un
plazo de cuarenta y ocho horas después de notificada. Deberá además señalar
lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro
de esta oficina local si el lugar señalado fuere inexacto, incierto o el medio
ineficaz las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo
transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Expediente:
342-00006-2012.—Oficina Local de
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer la siguiente
propuesta tarifaria planteada por la empresa Transportes Rosaso Limitada, para
ajustar las tarifas de la ruta 269 descrita como Palmares-Zaragoza-Candelaria y
viceversa, tramitada en el expediente ET-41-2012:
Descripción ruta 269: Palmares-Zaragoza-Candelaria y viceversa |
Tarifas (en colones) |
Incremento |
||||
Vigentes |
Solicitadas |
|||||
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
Absoluto (¢) |
Porcentual |
|
Palmares-Candelaria |
175 |
0 |
210 |
0 |
35 |
20% |
Palmares-Zaragoza |
175 |
0 |
210 |
0 |
35 |
20% |
Quien tenga interés legítimo
podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la
audiencia pública o por escrito firmado: en la audiencia pública, en
las oficinas de
Las oposiciones o coadyuvancias
deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un
lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal),
para efectos de notificación por parte de
Las personas jurídicas deben
interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de
dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.
Se informa que el expediente se
puede consultar en las instalaciones de
Para información adicional,
comunicarse con el consejero del usuario al teléfono 2506-3200 o al correo
electrónico consejero@aresep.go.cr.
(1 Plazo establecido
de conformidad con lo señalado en la resolución de
Dirección General de
Participación del Usuario.—Luis Fernando Chavarría
Alfaro.—1 vez.—O. C. Nº
6379-2012.—Solicitud Nº 46084.—C-49840.—(IN2012037565).
Para exponer la siguiente propuesta tarifaria
planteada por la empresa Transportes EGO S. A., para ajustar las tarifas de la
ruta 645 descrita como Buenos Aires-Potrero Grande y viceversa, tramitada en el
expediente ET-56-2012:
Descripción Ruta 645: |
Tarifas (colones) |
Variaciones |
||||||
Vigentes |
Propuesta |
Absoluta (¢) |
Porcentual (%) |
|||||
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
|
Buenos Aires-Potrero Grande y viceversa |
850 |
425 |
1100 |
550 |
250 |
125 |
29,41 |
30 |
Quien tenga interés legítimo
podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la
audiencia pública o por escrito firmado: en la audiencia pública, en
las oficinas de
Las oposiciones o coadyuvancias
deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un
lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal),
para efectos de notificación por parte de
Las personas jurídicas deben
interponer la oposición o coadyuvancia por medio del representante legal de
dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.
Se informa que el expediente se
puede consultar en las instalaciones de
Para información adicional,
comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3200 o al correo
electrónico consejero@aresep.go.cr.
(1 Plazo establecido
de conformidad con lo señalado en la resolución de
Dirección General de
Participación del Usuario.—Luis Fernando Chavarría
Alfaro.—1 vez.—O. C. Nº 6377-2012.—Solicitud Nº 46082.—C-52980.—(IN2012037698).
Para exponer la solicitud
tarifaria presentada por el Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA) para ajustar las tarifas de los servicios de acueducto y
alcantarillado de dicho instituto, tramitada en el expediente ET-30-2012:
|
Categoría |
||||
Domiciliar |
Empresarial |
Preferencial |
Gobierno |
||
Servicio de
acueducto todo el país |
|||||
Servicios medidos: |
Consumos de |
||||
Bloque básico (Colones) |
|
|
|
|
|
Para el año 2012 |
4 517,00 |
17 069,00 |
7 130,00 |
17 069,00 |
|
Para el mes de febrero
2013 |
4 992,00 |
18 861,00 |
7 879,00 |
18 861,00 |
|
Para el mes de febrero
2014 |
5 720,00 |
21 615,00 |
9 029,00 |
21 615,00 |
|
Consumos mayores de |
|||||
Precio unitario en ¢/m3* |
|
|
|
|
|
Para el año 2012 |
610,00 |
1 160,00 |
500,00 |
1 160,00 |
|
Para el mes de febrero
2013 |
674,00 |
1 282,00 |
552,00 |
1 282,00 |
|
Para el mes de febrero
2014 |
773,00 |
1 469,00 |
633,00 |
1 469,00 |
|
Servicios sin
Medición (Precio fijo
–colones-): |
|
13 968,00 |
47 844,00 |
51 986,00 |
221 824,00 |
Para el mes de febrero
2013 |
15 435,00 |
52 867,00 |
57 444,00 |
245 115,00 |
|
Para el mes de febrero
2014 |
17 688,00 |
60 586,00 |
65 831,00 |
280 902,00 |
|
Servicio de
Alcantarillado para |
|||||
Servicios medidos: |
Consumos de |
||||
Bloque básico (Colones) |
|
|
|
|
|
Para el año 2012 |
2 174,00 |
8 584,00 |
3 586,00 |
8 584,00 |
|
Para el mes de febrero
2013 |
2 391,00 |
9 442,00 |
3 945,00 |
9 442,00 |
|
Para el mes de febrero
2014 |
2 741,00 |
10 821,00 |
4 521,00 |
10 821,00 |
|
Consumos mayores de |
|||||
Precio unitario en ¢/m3* |
|
|
|
|
|
Para el año 2012 |
475,00 |
475,00 |
250,00 |
475,00 |
|
Para el mes de febrero
2013 |
522,00 |
522,00 |
275,00 |
522,00 |
|
Para el mes de febrero
2014 |
598,00 |
598,00 |
315,00 |
598,00 |
|
Servicios sin
Medición (Precio fijo –colones-): |
|
10 733,00 |
25 022,00 |
43 684,00 |
150 257,00 |
Para el mes de febrero
2013 |
11 807,00 |
27 524,00 |
48 053,00 |
165 283,00 |
|
Para el mes de febrero
2014 |
13 530,00 |
31 542,00 |
55 068,00 |
189 414,00 |
|
Servicio de
Alcantarillado para el resto del país |
|||||
Servicios medidos: |
Consumos de |
||||
Bloque básico (Colones) |
|
|
|
|
|
Para el año 2012 |
1 304,00 |
5 150,00 |
2 152,00 |
5 150,00 |
|
Para el mes de febrero
2013 |
1 435,00 |
5 665,00 |
2 367,00 |
5 665,00 |
|
Para el mes de febrero
2014 |
1 644,00 |
6 493,00 |
2 712,00 |
6 493,00 |
|
Consumos mayores de |
|||||
Precio unitario en ¢/m3 * |
|
|
|
|
|
Para el año 2012 |
175,00 |
305,00 |
175,00 |
305,00 |
|
Para el mes de febrero
2013 |
192,00 |
335,00 |
192,00 |
335,00 |
|
Para el mes de febrero
2014 |
221,00 |
384,00 |
221,00 |
384,00 |
|
Servicios sin
Medición (Precio fijo –colones-): |
|
3 109,00 |
13 011,00 |
30 753,00 |
71 307,00 |
Para el mes de febrero
2013 |
3 420,00 |
14 312,00 |
33 828,00 |
78 438,00 |
|
Para el mes de febrero
2014 |
3 920,00 |
16 402,00 |
38 767,00 |
89 890,00 |
|
*Aplica desde el primer m3 de consumo |
La audiencia pública se llevará
a cabo:
¡ El
13 de junio de
¡ El
15 de junio de
Quien tenga interés legítimo
podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la audiencia
pública o por escrito firmado: en la audiencia pública, en las oficinas de
Las oposiciones o coadyuvancias deben de
estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, indicando un lugar
exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o apartado postal), para
efectos de notificación por parte de
Se comunica que los expedientes que contienen
la información que sustenta esta propuesta se pueden consultar en las instalaciones
de
(1) Si por motivo de fuerza
mayor o caso fortuito la audiencia pública no se puede realizar por el sistema
de video-conferencia, ésta se celebrará en forma presencial en cada una de las
sedes señaladas al efecto.
(2) De conformidad con lo
establecido en el voto de
Dirección General de
Participación del Usuario.—Luis Fernando Chavarría
Alfaro.—1 vez.—O. C. Nº 6378-2012.—Solicitud Nº
46083.—C-153260.—(IN20120037699).
Se convoca a todos los socios de la sociedad
Ganadera Lindora Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cero
cinco tres ocho nueve, domiciliada en San Lorenzo de Flores de Heredia,
inscrita en
ALOUZA LIMITADA
Se convoca a todos los socios de
la compañía Alouza Limitada, cédula de persona jurídica Nº 3-102-
1. Discusión entrega a herederos del Sr. Óscar Zeller de su parte
dentro del producto obtenido por venta de finca de la empresa.
2. Disolución de la sociedad.
3. Asuntos varios.
San José, 7 de mayo del 2012.—Sr. José Miguel Pozuelo Azuola, Subgerente.—1
vez.—(IN2012038891).
COMERCIAL R.M. RAMA DEL SUR S. A.
Comercial R.M. Rama del Sur S.
A., cédula jurídica número 3-101-345962, convoca a la asamblea ordinaria y
extraordinaria de accionistas a celebrarse a las quince horas del día 28 de
mayo del 2012, en su domicilio social. A falta de quórum de ley, se convoca a
una segunda convocatoria una hora después, con cualquier número de accionistas
presentes. Asunto a tratar: nombramiento de nueva Junta Directiva.—San José, 4 de mayo del 2012.—Luis Cascante Salazar,
Representante Legal.—1 vez.—RP2012293196.—(IN2012038941).
EDITORIAL
Se convoca a los socios de
Editorial
a) Revocatoria y nombramiento de junta directiva;
b) Modificación general de estatutos para adecuarlo a la normativa
vigente, entre otros el domicilio, la administración, la representación, la
vigilancia, la convocatoria, las asambleas de socios y el objeto de la
sociedad.
c) Incorporación de nuevos socios, emisión de asientos de registro de
socios y emisión de las acciones correspondiente.
Nota: Los libros legales y demás
documentos pertinentes a esta Asamblea se encuentran en el domicilio social de
San José, 4 de mayo del 2012.—Gloria Mazariegos Palacino,
Accionista-Cesionaria-Apoderada.—1 vez.—(IN2012038962).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
COMPAÑÍA COSTARRICENSE DEL CAFÉ S. A.
Compañía Costarricense del Café
S. A. (CAFESA), avisa que los certificados N° 415 serie I por 1 acción, N° 429
serie J por 1 acción, N° 451 serie K por 33 acciones, N° 491 serie M por 5
acciones, N° 512 serie N por 5 acciones, N° 188 serie O por 14 acciones, N° 793
serie O por 14 acciones, N° 1612 serie O por 21 acciones, Nº 838 serie Q por 11
acciones y N° 563 serie R por 29 acciones, a nombre de Iride Negrini Benavides,
fueron extraviados. Transcurridos 15 días a partir de la tercera publicación de
este aviso se procederá a su reposición.—San José, 16 de abril del 2012.—MBA.
Marco Ant. Pinto Murray, Gerente General.—(IN2012031180).
Compañía Costarricense del Café, S.A.
(CAFESA), avisa que el certificado N° 390 serie AA por 23.652 acciones, a
nombre de Orvo Ltda., fue extraviado. Transcurridos 15 días a partir de la
tercera publicación de este aviso, se procederá a su reposición.—San José, 9 de
marzo del 2012.—MBA. Marco Ant. Pinto Murray, Gerente General.—(IN2012031181).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura número trescientos
sesenta-siete, de las once horas del cuatro de abril del dos mil doce, se
constituyó la sociedad Multiservicios Dabar M - A - M Sociedad Anónima.
Plazo social: noventa y nueve años. Presidenta: Marianela Alvarado
Rodríguez.—Lic. Mario Cortés Parrales, Notario.—1 vez.—RP2012287855.—(IN2012028960).
José Luis Villegas Castro y Rosa Emilio
Tenorio Aguilar, disuelven sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cinco seis dos cinco cuatro nueve. Escritura cuatrocientos setenta y tres
del tomo trece, otorgada a las quince horas treinta minutos del primero de
abril del dos mil doce.—Lic. Gerardo Morales Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012287856.—(IN2012028961).
Disolución de Alalta Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y ocho novecientos
veintiséis. Mediante escritura cuatrocientos setenta y siete del tomo trece,
otorgada a las once horas del dos de abril del dos mil doce.—Lic. Gerardo
Morales Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012287857.—(IN2012028962).
Disolución de Altetaji Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos diecisiete mil doscientos
dieciséis. Mediante escritura cuatrocientos setenta y cinco del tomo trece,
otorgada a las nueve horas del dos de abril del dos mil doce.—Lic. Gerardo
Morales Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012287858.—(IN2012028963).
Por escritura otorgada ante esta notaría,
número setenta, de las diecisiete horas con treinta minutos del once de abril
del dos mil doce, la sociedad Theginec S. A., realiza cambio de junta
directiva y cambio de domicilio social.—Lic. Rosa Barinia Mora Castro,
Notaria.—1 vez.—RP2012287859.—(IN2012028964).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas del trece de octubre del dos mil diez, se reforma cláusula segunda
del pacto social de Inversiones Gonyli S. A. Gonzalo Coto Alvarado,
presidente.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1
vez.—RP2012287860.—(IN2012028965).
Ante mí, Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, se
constituyó Mía Inversiones Sociedad Anónima, mediante escritura número
doscientos sesenta y tres del tomo tercero de mí protocolo, otorgada a las
nueve horas del nueve de abril del dos mil doce. Capital social: suscrito y
pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Norma Sheyla
Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—RP2012287861.—(IN2012028966).
Hoy en esta notaría, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de William Lobo Ingenieros S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-462394, que modifica cláusula segunda del objeto de la empresa,
y se elimina cláusula décima quinta relativa a agente residente.—San José,
catorce de marzo del dos mil doce.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1
vez.—RP2012287862.—(IN2012028967).
Hoy en esta notaría, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de Miyo Asesoría Organizacional Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3101416232, que disuelve la empresa por acuerdo
de socios.—San José, 22 de marzo del 2012.—Lic. Adriana Castillo Guzmán,
Notaria.—1 vez.—RP2012287864.—(IN2012028968).
Por escritura Nº 18, de las 10:00 horas del
día 7 de abril del 2012, se protocoliza acta de asamblea de las sociedades: Las
Nubes Trade Menuler S. A.; Edventures S. A., y Las Nubes
Fomalhaut Corp S. A., se acuerda fusionar las sociedades y prevalece Edventures
S. A. Es todo.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. José Juan Sánchez
Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012287865.—(IN2012028969).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las quince horas del veintitrés de setiembre del dos mil once, se constituyó la
sociedad denominada Tyrval de Costa Rica Sociedad Anónima, cuyo capital
social es de diez mil colones. Presidente y secretario, con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic.
Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—RP2012287868.—(IN2012028970).
En mi notaría, por escritura otorgada en la
ciudad de Santa Ana, a las 13:00 horas del 27 de marzo del
2012, se constituyó M & G Alimentos Sociedad
Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Santa Ana, 27 de marzo del 2012.—Lic.
Miguel Villegas Arce, Notario.—1 vez.—RP2012287869.—(IN2012028971).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00
horas del 3 de abril del 2012, se protocolizó asamblea general extraordinaria
de socios donde se disuelve la sociedad Glasnost S. A.—San José, 3 de
abril del 2012.—Lic. Óscar Julio Rímola Umaña, Notario.—1
vez.—RP2012287870.—(IN2012028972).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00
horas del 2 de abril del 2012, se protocolizó asamblea general extraordinaria
de socios donde se disuelve la sociedad Greatness S. A.—San José, 2 de
abril del 2012.—Lic. Óscar Julio Rímola Umaña, Notario.—1
vez.—RP2012287871.—(IN2012028973).
El día de hoy, protocolicé acta de asamblea
general ordinaria de socios de Soluciones para el Desarrollo y
Ante esta notaría, se protocolizó acta
general extraordinaria de accionistas de la empresa Inteligencia Pública S.
A., en la cual se modifica la cláusula del domicilio y de la administración
de la empresa, mediante la escritura número ciento sesenta y seis visible al
folio ciento sesenta y dos frente del tomo seis del protocolo del suscrito
notario público, otorgada al ser las diez horas del día doce de abril del dos
mil doce.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1 vez.—RP2012287875.—(IN2012028975).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
trece horas y treinta del once de abril del dos mil doce, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de socios de Distribuidora Jiménez Arias
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta
y dos mil trescientos sesenta, en que se acuerda la disolución de la misma. Es
todo.—Heredia, once de abril del dos mil doce.—Lic. Humberto Céspedes Chacón,
Notario.—1 vez.—RP2012287876.—(IN2012028976).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
trece horas del once de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Jiménez y Valerio R H Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y cinco mil
setecientos treinta y ocho, en que se acuerda la disolución de la misma. Es
todo.—Heredia, once de abril del dos mil doce.—Lic. Humberto Céspedes Chacón,
Notario.—1 vez.—RP2012287877.—(IN2012028977).
Ante esta notaría, por medio de escritura
pública, se modificó la sociedad anónima
Joyería y Relojería G Cavallini S Sociedad Anónima.—San José,
doce de abril del dos mil doce.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1
vez.—RP2012287878.—(IN2012028978).
Ante esta notaría, por medio de escritura
pública, se modificó la sociedad anónima Paanca Sociedad Anónima.—San
José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1
vez.—RP2012287879.—(IN2012028979).
Ante esta notaría, por medio de escritura
pública, se disolvió la sociedad anónima Artevela Paola Sociedad Anónima.—San
José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1
vez.—RP2012287880.—(IN2012028980).
Por escritura número quince, de las diez
horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, del protocolo décimo de la
notaria Clara Isabel Loría Martínez, protocolizó acuerdos de asamblea general
extraordinaria de disolución de la empresa Rogova Médica S. A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y dos mil trescientos
cincuenta.—Lic. Clara Isabel Loría Martínez, Notaria.—1
vez.—RP2012287881.—(IN2012028981).
Por escritura número dieciséis, de las diez
horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, del protocolo décimo de la
notaria Clara Isabel Loría Martínez, protocolizó acuerdos de asamblea general
extraordinaria de disolución de la empresa Telecable Internacional S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento nueve mil trescientos
diecisiete.—Lic. Clara Isabel Loría Martínez, Notaria.—1
vez.—RP2012287882.—(IN2012028982).
Ante esta notaría, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de socios donde se disolvió la sociedad Fuerza
Computacional S. A.—San José, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Walter
Solís Amen, Notario.—1 vez.—RP2012287883.—(IN2012028983).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diez horas del día doce de abril del dos mil doce, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Eximia
Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula segunda de los
estatutos.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Daniel Befeler
Scharf, Notario.—1 vez.—RP2012287884.—(IN2012028984).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diez horas treinta minutos del día doce de abril del dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos treinta y ocho mil doscientos
quince sociedad anónima, mediante la cual se modificó la cláusula primera
de los estatutos, se realizan nuevos nombramientos.—San José, doce de abril del
dos mil doce.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1
vez.—RP2012287885.—(IN2012028985).
Por escritura otorgada hoy, ante esta
notaría, se protocolizó el acta de Comercio e Industria Doña María S. A.,
en la que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic.
Carlos Eduardo Quesada Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012287886.—(IN2012028986).
Por escritura otorgada hoy, ante esta
notaría, se protocolizó el acta de Ensambles Técnicos Internacionales S. A.,
en la que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic.
Carlos Eduardo Quesada Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012287887.—(IN2012028987).
Por escritura número doscientos ochenta y
ocho, del tomo octavo de mí protocolo, protocolicé acuerdos de la asamblea
general extraordinaria de socios de Manzana Rosa de Cacao Limitada,
cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos veintiún mil novecientos
noventa, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad, no se nombra
liquidador en razón de que no existen activos ni pasivos.—San José, 30 de marzo
del 2012.—Lic. Alejandro Villegas Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2012287889.—(IN2012028988).
Por escritura ante esta notaría, de las 17:00
horas del 24 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Coguerra Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la
disolución de la sociedad.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. María Isabel
Blanco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012287890.—(IN2012028989).
Por escritura ante esta notaría, de las 11:00
horas del 29 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Inversiones Tita Marta Sociedad Anónima, en la cual se
acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic.
María Isabel Blanco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012287891.—(IN2012028990).
Por escritura ante esta notaría, de las 11:00
horas del 18 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Inversiones Castiroco Sociedad Anónima, en la cual se
acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic.
María Isabel Blanco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012287892.—(IN2012028991).
Por escritura número ochenta, otorgada ante
esta notaría, a las diecisiete horas del veinticuatro de marzo del dos mil
doce, se reformaron las cláusulas quinta y sétima del pacto social, y se nombró
nueva junta directiva y agente residente de Vagabundo Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta mil cuatrocientos
cuarenta, domiciliada en San José.—San José, doce de abril del dos mil
doce.—Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1
vez.—RP2012287893.—(IN2012028992).
Ante mi notaría, se protocolizó acuerdo de
disolución de la sociedad: Compañía Eléctrica Ramírez e Hijos Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-201306, conforme al artículo 201, inciso
d) del Código de Comercio, tomado en asamblea extraordinaria de accionistas
celebrada en su domicilio social, a las 08:00 horas del 18 de marzo del 2012,
acta protocolizada mediante escritura Nº 127 del tomo 18 de mí protocolo.—Lic.
Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2012287894.—(IN2012028993).
Ante mi notaría, se protocolizó acuerdo de
disolución de la sociedad: Fidji Video Y L C L Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-394628, conforme al artículo 201, inciso d) del Código de
Comercio, tomado en asamblea extraordinaria de accionistas celebrada en su
domicilio social, a las 13:00 horas del 22 de marzo del 2012, acta
protocolizada mediante escritura Nº 132 del tomo 18 de mi protocolo.—Lic. Susana
Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2012287895.—(IN2012028994).
Ante mi notaría, se protocolizó acuerdo de
disolución de la sociedad: Inversiones Juan Vásquez J.V.S. Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-313512, conforme al artículo 201, inciso d) del Código
de Comercio, tomado en asamblea extraordinaria de accionistas celebrada en su
domicilio social, a las 08:00 horas del 12 de marzo del 2012, acta
protocolizada mediante escritura Nº 119 del tomo 18 de mi protocolo.—Lic.
Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2012287896.—(IN2012028995).
Ante mi notaría, se protocolizó acuerdo de
disolución de la sociedad: El Clan del Caribe A C B Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-417502, conforme al artículo 201, inciso d) del Código
de Comercio, tomado en asamblea extraordinaria de accionistas celebrada en su
domicilio social, a las 08:00 horas del 17 de marzo del 2012, acta
protocolizada mediante escritura Nº 128 del tomo 18 de mi protocolo.—Lic.
Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2012287897.—(IN2012028996).
Ante mi notaría, se protocolizó acuerdo de
disolución de la sociedad: Empresa Samey Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-194840, conforme al artículo 201, inciso d) del Código de
Comercio, tomado en asamblea extraordinaria de accionistas celebrada en su
domicilio social, a las 08:00 horas del 18 de marzo del 2012, acta
protocolizada mediante escritura Nº 130 del tomo 18 de mi protocolo.—Lic.
Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2012287898.—(IN2012028997).
El día diez de abril del dos mil doce, en
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad
denominada Cosechas Esparza S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos ocho mil cuatrocientos noventa y cuatro, conforme al artículo
doscientos uno del Código de Comercio, se acordó su disolución. En cumplimiento
con la normativa legal, se cita a las personas interesadas a efecto establezcan
las reclamaciones en el término de treinta días, contabilizados a partir de la
fecha de esta publicación. Se pueden establecer ante esta notaría, ubicada en
Palmares de Alajuela, cincuenta metros norte del Club de Amigos
Palmareños.—Palmares, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas
Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287899.—(IN2012028998).
El día diez de abril del dos mil doce, en
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad
denominada Cosechas Liberia S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos diecisiete mil ciento cincuenta, conforme al artículo
doscientos uno del Código de Comercio, se acordó su disolución. En cumplimiento
con la normativa legal, se cita a las personas interesadas a efecto establezcan
las reclamaciones en el término de treinta días, contabilizados a partir de la
fecha de esta publicación. Se pueden establecer ante esta notaría, ubicada en
Palmares de Alajuela, cincuenta metros norte del Club de Amigos
Palmareños.—Palmares, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas
Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287900.—(IN2012028999).
El día diez de abril del dos mil doce, en
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad
denominada Cosechas Nicoya S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos diecisiete mil ciento cuarenta y uno, conforme al artículo
doscientos uno del Código de Comercio, se acordó su disolución. En cumplimiento
con la normativa legal, se cita a las personas interesadas a efecto establezcan
las reclamaciones en el término de treinta días, contabilizados a partir de la
fecha de esta publicación. Se pueden establecer ante esta notaría, ubicada en
Palmares de Alajuela, cincuenta metros norte del Club de Amigos
Palmareños.—Palmares, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas
Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287901.—(IN2012029000).
El día diez de abril del dos mil doce, en
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad
denominada Cosechas Cañas S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos diecisiete mil ciento cuarenta y tres, conforme al artículo
doscientos uno del Código de Comercio, se acordó su disolución. En cumplimiento
con la normativa legal, se cita a las personas interesadas a efecto establezcan
las reclamaciones en el término de treinta días, contabilizados a partir de la
fecha de esta publicación. Se pueden establecer ante esta notaría, ubicada en
Palmares de Alajuela, cincuenta metros norte del Club de Amigos
Palmareños.—Palmares, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas
Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287903.—(IN2012029001).
El día diez de abril del dos mil doce, en
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad
denominada Detalles del Hogar F Y R S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y tres mil trescientos veintidós,
conforme al artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó su
disolución. En cumplimiento con la normativa legal, se cita a las personas
interesadas a efecto establezcan las reclamaciones en el término de treinta
días, contabilizados a partir de la fecha de esta publicación. Se pueden
establecer ante esta notaría, ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros
norte del Club de Amigos Palmareños.—Palmares, doce de abril del dos mil
doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1
vez.—RP2012287904.—(IN2012029002).
El día diez de abril del dos mil doce, en
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad
denominada Cosechas en Guanacaste S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos ocho mil trescientos ochenta y cinco, conforme al artículo
doscientos uno del Código de Comercio, se acordó su disolución. En cumplimiento
con la normativa legal, se cita a las personas interesadas a efecto establezcan
las reclamaciones en el término de treinta días, contabilizados a partir de la
fecha de esta publicación. Se pueden establecer ante esta notaría, ubicada en
Palmares de Alajuela, cincuenta metros norte del Club de Amigos
Palmareños.—Palmares, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas
Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012287905.—(IN2012029003).
Ante mi notaría, se protocolizó acuerdo de
disolución de la sociedad: Cordinadores de Eventos Especiales de Prestigio
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-194424, conforme al artículo
201, inciso d) del Código de Comercio, tomado en asamblea extraordinaria de
accionistas celebrada en su domicilio social, a las 09:00 horas del 18 de marzo
del 2012, acta protocolizada mediante escritura Nº 131 del tomo 18 de mí
protocolo.—Lic. Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1
vez.—RP2012287906.—(IN2012029004).
Ante mi notaría, se protocolizó acuerdo de
disolución de la sociedad: Ganadería Pereira & Familia C.A.P. Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-303573, conforme al artículo 201, inciso
d) del Código de Comercio, tomado en asamblea extraordinaria de accionistas
celebrada en su domicilio social, a las 15:00 horas del 2 de abril del 2012,
acta protocolizada mediante escritura Nº 146 del tomo 18 de mi protocolo.—Lic.
Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2012287907.—(IN2012029005).
Ante mi notaría, se protocolizó acuerdo de
disolución de la sociedad: Agrícola Ganadera R J G L Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-374917, conforme al artículo 201, inciso d) del Código
de Comercio, tomado en asamblea extraordinaria de accionistas celebrada en su
domicilio social, a las 13:00 horas del 2 de abril del 2012, acta protocolizada
mediante escritura Nº 144 del tomo 18 de mi protocolo.—Lic. Susana Zamora
Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2012287908.—(IN2012029006).
Ante mi notaría, se protocolizó acuerdo de
disolución de la sociedad: Agrícola Capesa C.P.S. Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-300280, conforme al artículo 201, inciso d) del Código
de Comercio, tomado en asamblea extraordinaria de accionistas celebrada en su
domicilio social, a las 14:00 horas del 2 de abril del 2012, acta protocolizada
mediante escritura Nº 145 del tomo 18 de mi protocolo.—Lic. Susana Zamora
Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2012287909.—(IN2012029007).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las catorce horas treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Villas - Olinka Sociedad Anónima. Se reforma la
cláusula sétima del pacto constitutivo, y se reorganizan los puestos de presidente
y tesorero de la junta directiva.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez,
Notaria.—1 vez.—RP2012287910.—(IN2012029008).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las doce horas del dos de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tres-ciento
uno-seiscientos treinta y un mil novecientos setenta y uno Sociedad Anónima.
Se reforma la cláusula primera para de ahora en adelante se llame Inversiones
Franco Guillén Sociedad Anónima, cláusulas segunda, quinta y sétima del
pacto constitutivo, se nombra agente residente, se acepta la renuncia de toda
la junta directiva y del fiscal, se hacen nuevos nombramientos. Escritura
otorgada en San José, a las doce horas del dos de abril del dos mil doce.—Lic.
María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2012287911.—(IN2012029009).
Ante esta notaría se protocolizaron acuerdos
de la sociedad Flamingo Cove Plateada A Cinco S. A. a las diecisiete
horas del dos de abril del dos mil doce. Se reformó la cláusula sexta del pacto
constitutivo. Representantes: presidente y secretario, poder generalísimo sin
límite de suma, pueden actuar conjunta o separadamente.—Lic. E. Alejandra
Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012287912.—(IN2012029010).
Ante esta notaría se protocolizaron los
acuerdos tomados por Playa Vida de Guanacaste de Costa Rica S. A., a las
once horas del día veintiocho de marzo del dos mil doce. Se modificó la
cláusula novena de la representación y la cláusula décima del pacto
constitutivo de esta sociedad. Es todo.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez,
Notaria.—1 vez.—RP2012287913.—(IN2012029011).
Ante esta notaría a las once horas del día
dos de abril del dos mil doce, se constituyó sociedad denominada Muscandia
S. A. Plazo social: cien años. Objeto: genérico. Capital: diez mil colones.
Domicilio: Flamingo, Santa Cruz de Guanacaste. Representantes: presidente y
secretario. Podrán actuar conjunta o separadamente. Poder generalísimo sin
límite de suma.—Lic. E. Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2012287914.—(IN2012029012).
Mediante escritura 86 de las 8:00 horas del
21 de marzo del 2012, otorgada ante esta notaría, se disuelve sociedad Global
Soft Innovation Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-437204.—Cañas, 22 de marzo del 2012.—Lic. Gina Matarrita Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2012287915.—(IN2012029013).
Mediante escritura 87 de las 9:00 horas del
21 de marzo del 2012, otorgada ante esta notaría, se disuelve sociedad Pecera
San Rafael Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-348894.—Cañas, 22 de
marzo del 2012.—Lic. Gina Matarrita Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2012287916.—(IN2012029014).
Mediante escritura 88 de las 10:00 horas del
21 de marzo del 2012, otorgada ante esta notaría, se disuelve sociedad Corporación
Ticopez Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-309735.—Cañas, 22 de marzo
del 2012.—Lic. Gina Matarrita Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2012287917.—(IN2012029015).
Por escritura pública otorgada ante el
suscrito notario el día de hoy en Turrialba a las ocho horas, número
veintitrés, tomo quince de mi protocolo, se solicita disolución de Compañía
Agrícola Industrial Rivas Ellis S. A., cédula tres-ciento uno-ciento
setenta y nueve mil novecientos dieciocho.—Turrialba, tres de abril del dos mil
doce.—Lic. Paulo Araya Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012287918.—(IN2012029016).
Mediante escritura 89 de las 11:00 horas del
21 de marzo del 2012, otorgada ante esta notaría, se disuelve sociedad Tilacañas
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-256938.—Cañas, 22 de marzo del
2012.—Lic. Gina Matarrita Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012287919.—(IN2012029017).
Ante este notario se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Central Azucarera de Turrialba
Sociedad Anónima. Se modifica el domicilio social del pacto
constitutivo.—Turrialba, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Guillermo Brenes
Cambronero, Notario.—1 vez.—RP2012287920.—(IN2012029018).
Mediante escritura 90 de las 12:00 horas del
21 de marzo del 2012, otorgada ante esta notaría, se disuelve sociedad Guanapez
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-274677.—Cañas, 22 de marzo del
2012.—Lic. Gina Matarrita Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012287921.—(IN2012029019).
Por escritura doscientos cincuenta y
nueve-dos otorgada en esta notaría el día once de abril del dos mil doce, a las
dieciséis horas, se protocoliza asamblea general extraordinaria de las
empresas, Corporación Solano Ulloa Sociedad Anónima, Bufete Solano y
Asociados de Centroamérica Sociedad Anónima, Inversiones Doble
S Sociedad Anónima, Consultores en Comunicación
Política CCP Sociedad Anónima, Exportadora Centroamericana
de Productos Exóticos Sociedad Anónima, Corporación del
Bosque Doble A Sociedad Anónima, mediante las cuales se acuerda
fusionarlas prevaleciendo Corporación Solano Ulloa Sociedad Anónima, de
conformidad con el artículo 224 del Código de Comercio.—Cartago, once de abril
del dos mil doce.—Lic. Jorge Eduardo Sanabria Rosito, Notario.—1
vez.—RP2012287922.—(IN2012029020).
En esta notaría mediante escritura 231-24
otorgada en San Isidro de Heredia a las 10 horas del 29 de marzo del 2012 se
constituyó la sociedad denominada Smart Governance Sociedad Anónima.
Domiciliada en San Isidro de Heredia. Capital social de 12 mil colones
totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años. Presidente y secretario
representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2012287923.—(IN2012029021).
Que por escritura otorgada a las ocho horas
de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Valle
Tolima Limitada, por medio de la cual se modifican las cláusulas segunda y
sexta del pacto social constitutivo.—San José, 2 de abril del 2012.—Lic. Oscar
Emilio Zeledón Grau, Notario.—1 vez.—RP2012287926.—(IN2012029022).
Que por escritura otorgada a las ocho horas
de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Fuentefrunta
de Valle Limitada, por medio de la cual se modifican las
cláusulas segunda y sexta del pacto social constitutivo, y se nombra nuevo gerente
y subgerente.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Oscar Emilio Zeledón Grau,
Notario.—1 vez.—RP2012287927.—(IN2012029023).
El suscrito notario Gabriel Andrés Segura
Corrales, publica el edicto de la constitución de la sociedad Grupo Jical
Sociedad Anónima, constituida ante esta notaría en Cartago, a las doce
horas del día tres de marzo del dos mil doce, con domicilio: San José, Aserrí.
Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital social: diez mil
colones.—Lic. Gabriel Segura Corrales, Notario.—1
vez.—RP2012287928.—(IN2012029024).
La suscrita notaria pública Melissa Vásquez
Monge, hace constar que mediante escritura número treinta y ocho, del tomo
primero de mi protocolo, escritura otorgada a las nueve horas del día diez de
abril del dos mil doce, se protocolizó el acta número diez de asamblea general
de la compañía Kotza Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-ciento ochenta y tres mil trescientos cuarenta y siete que es
acta de disolución de la citada compañía y en la cual se prescinde del trámite
de liquidación de la misma por no existir activos ni pasivos a nombre de la
citada empresa. Es todo.—San José, diez de abril del dos mil doce.—M.Sc.
Melissa Vásquez Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012287929.—(IN2012029025).
Ante esta notaría, por escritura otorgada
ante el suscrito, número 239, otorgada a las 8 horas del 2 de abril del 2012,
tomo sexto de mi protocolo, se disolvió la sociedad denominada Noilyn
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-306033. Aquellos interesados en
oponerse a la presente disolución cuentan con el plazo señalado en el numeral
207 del Código de Comercio.—Lic. Carlos Fco. Millet Nieto, Notario.—1
vez.—RP2012287930.—(IN2012029026).
Por escritura otorgada a las nueve horas del
diez de abril del dos mil doce, protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Alfajores Sociedad Anónima, mediante la
cual se reforma la cláusula segunda del domicilio de la sociedad.—San José,
diez de abril del dos mil doce.—Lic. Genive González Hernández, Notaria.—1
vez.—RP2012287932.—(IN2012029027).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez
horas del nueve de abril del dos mil doce, se reformó la cláusula cuarta del
pacto constitutivo de la sociedad denominada Artnalint Corredores de
Arte Nacionales e Internacionales Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cuatro mil
novecientos cincuenta y tres.—San José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic.
Luis Arturo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012287937.—(IN2012029028).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del
día 9 de abril del 2012 ante esta notaría pública se protocolizaron actas de la
asamblea de patrocinadores y de junta administrativa de
Por escritura otorgada ante mí se protocolizó
acta de la sociedad Compañía Santes Creus Sociedad Anónima. Mediante
asamblea general extraordinaria de la sociedad se acuerda liquidar y disolver
dicha sociedad.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Flor Eugenia
Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012287940.—(IN2012029030).
Mediante asamblea general extraordinaria de
socios de Effort and Faith Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil noventa y nueve, se
acuerda disolver y liquidar la sociedad. Se emplaza por treinta días a partir
de esta publicación a quienes tengan interés en oponerse.—Siquirres, 27 de
marzo del 2012.—Lic. Carmen María Varela Hernández, Notaria.—1
vez.—RP2012287942.—(IN2012029031).
Mediante asamblea general extraordinaria de
socios de Quintanilla y Brenes Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y siete mil quinientos
cuarenta, se acuerda disolver y liquidar la sociedad. Se emplaza por treinta
días a partir de esta publicación a quienes tengan interés en
oponerse.—Siquirres, 27 de marzo del 2012.—Lic. Carmen María Varela Hernández,
Notaria.—1 vez.—RP2012287943.—(IN2012029032).
Mediante escritura número ciento ochenta y
siete, otorgada a las diecinueve horas del día diez de abril del dos mil doce,
visible al folio ciento ochenta y siete, visible al folio ciento cincuenta y
seis vuelto, del tomo quinto de mi protocolo, se disolvió la sociedad Compañía
Consultora Internacional ICC S. A. Es todo.—San José, doce de abril
del dos mil doce.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1
vez.—RP2012287944.—(IN2012029033).
Mediante escritura otorgada en ésta notaría a
las diecisiete horas cuarenta minutos del día nueve de abril del dos mil doce,
se procede a disolver y a liquidar la entidad denominada Peque B.A. Santa
Cruz Sociedad Anónima. Se cita y emplaza a cualquier tercero que posea
interés en oponerse, lo cual puede realizar mediante nota en mí notaría,
ubicada en San José, avenidas doce y catorce, calle quince, casa mil doscientos
sesenta y seis.—San José, 12 de abril del 2012.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro,
Notario.—1 vez.—RP2012287945.—(IN2012029034).
Ante esta notaría, a las 10:30 horas del 11
de abril del 2012, mediante escritura número 167 del tomo cuarto, se constituyó
la sociedad Tritón SMB S. A. Plazo social 99 años. Capital
social: trescientos dólares. El presidente, el secretario y el tesorero son
apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.
Presidente: Lucas Julián Saín Costa, secretario: José Pablo Monge González,
tesorero: Alejandro Banegas Solano.—San Lorenzo de Flores, Heredia, 12 de abril
del 2012.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1
vez.—RP2012287949.—(IN2012029035).
Grupo Consolidado CPI de Centroamérica S. A.
y CorradoVatta, constituyen la sociedad denominada Colupana Express S. A.
Escritura otorgada en la ciudad de Cartago a las dieciséis horas treinta
minutos del veinte de marzo del dos mil doce. Ante el Notario Walter Martínez
Ceciliano.—Cartago, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Walter Martínez
Ceciliano, Notario.—1 vez.—RP2012287951.—(IN2012029036).
Se disuelve la sociedad denominada Soft
Angel’s Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-quinientos sesenta y
cuatro mil ciento veintiséis. Escritura otorgada en la ciudad de Cartago a las
catorce horas del veintisiete de marzo del dos mil doce. Ante el Notario Jorge
Monge Jiménez.—Cartago, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jorge Enrique Monge Jiménez,
Notario.—1 vez.—RP2012287952.—(IN2012029037).
Que por el instrumento público número ciento
noventa y tres, de las dieciséis horas del nueve de abril del dos mil doce, se constituyó
la sociedad anónima Contracting dos mil doce Cr
Sociedad Anónima.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1
vez.—RP2012287953.—(IN2012029038).
Desarrollos Proyectados Loma Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos veinticinco mil ciento sesenta y uno, acuerda su disolución.
Escritura otorgada en la ciudad de Cartago a las diez horas del veintinueve de
marzo del dos mil doce. Ante el Notario Daniel Valverde Schmidt.—Cartago,
veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1
vez.—RP2012287954.—(IN2012029039).
Ante la notaría del licenciado Douglas Mora
Umaña, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de GSF Group
Sociedad Anónima, en la que se reformó la cláusula primera,
novena de sus estatutos y se nombró junta directiva. Es todo.—Lic. Douglas Mora
Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012287956.—(IN2012029040).
Hoy he protocolizado el acta número tres, de Sinergia
Group en Proyectos S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda de los
estatutos y se nombra secretaria y fiscal.—San José, 22 de marzo del 2012.—Lic.
Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2012287961.—(IN2012029041).
Hoy he protocolizado el acta número doce, de PM
Training S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda de los estatutos
y se nombra secretaria y fiscal.—San José, 22 de marzo del 2012.—Lic. Fernando
Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2012287962.—(IN2012029042).
Hoy he protocolizado el acta número seis, de PM
Consultores en Proyectos S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda
de los estatutos y se nombra secretaria y fiscal.—San José, 22 de marzo del
2012.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2012287963.—(IN2012029043).
La suscrita, María de los Ángeles González
Fernández notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada Natural Stone de Palmares S. A.,
cédula jurídica número 3-101-544869, para disolver y desinscribir la sociedad,
ante el Registro Público, lo anterior de conformidad con el artículo 201 inciso
d del Código de Comercio. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición al Registro Público en el término de 30 días naturales a partir de
esta publicación. Es todo.—Palmares, diez de abril del dos mil doce.—Lic. María
de los Ángeles González Fernández, Notaria.—1
vez.—RP2012287965.—(IN2012029044).
Al ser las diecinueve horas del día catorce
de marzo del 2012, en asamblea general extraordinaria de la sociedad tres
ciento uno-seiscientos tres mil quinientos veintiséis sociedad anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos tres mil quinientos veintiséis, se
acordó proceder a disolverla a partir del día 15 de abril, 2012 amparados al
inciso d-), artículo 201 del Código de Comercio. Se otorgan treinta días con la
finalidad se presentes los reclamos u objeciones, ante la autoridad judicial o
bien ante esta notaría (artículo 207 Código de Comercio). Una vez vencido el
plazo, de no existir objeciones y/o reclamos judiciales, se procederá a
distribuir el monto del capital social entre los socios conforme a sus
acciones, prescindiendo del nombramiento de liquidador por innecesario. La
notaría se ubica en Palmares de Alajuela,
Mediante escritura pública número doscientos
cuarenta y nueve otorgada ante mí a las 10:30 horas del 11 de abril del 2012,
se constituyó
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las quince horas del diez de abril del dos mil doce, se aumenta el capital
social y se reforma cláusula segunda del pacto social de Constructora
Hermanos Brenes S. A.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1
vez.—RP2012287969.—(IN2012029047).
Propiedades
La suscrita, María de los Ángeles González
Fernández, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada Caimruz S. A., cédula
jurídica número 3-101-554787, para disolver y desinscribir la sociedad, ante el
Registro Público, lo anterior de conformidad con el artículo 201 inciso d del
Código de Comercio. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
al Registro Público en el término de 30 días naturales a partir de esta
publicación. Es todo.—Palmares, doce de abril del dos mil doce.—Lic. María de
los Ángeles González Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012287971.—(IN2012029049).
Ante la notaría de Ilse Arguedas Chaverri
mediante escritura adicional a la escritura número sesenta y dos, visible al
folio ciento treinta y cuatro vuelto del tomo veintiséis se liquidó la sociedad
denominada Energías Renovables de Costa Rica
S. A. Es todo. Dada en Heredia a las ocho horas del doce de abril del
dos mil doce.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri, Notaria.—1
vez.—RP2012287973.—(IN2012029050).
Ante la notaría de Ilse Arguedas Chaverri,
mediante adicional de la escritura número sesenta y uno, visible al folio
ciento treinta y tres vuelto del tomo veintiséis se liquidó la sociedad
denominada tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil novecientos
sesenta s. a. Es todo.—Dada en Heredia a las ocho horas del doce de abril
del dos mil doce.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri, Notaria.—1
vez.—RP2012287975.—(IN2012029051).
Ante la notaría de Ilse Arguedas Chaverri,
mediante escritura número sesenta y nueve, visible al folio ciento cincuenta y
cinco frente del tomo veintiséis se liquidó la sociedad denominada Acital
INN S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
treinta y ocho mil ciento ochenta y nueve. Es todo.—Dada en Heredia a las ocho
horas del doce de abril del dos mil doce.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri,
Notaria.—1 vez.—RP2012287978.—(IN2012029052).
Ante la notaría de Ilse Arguedas Chaverri
mediante escritura número setenta, visible al folio ciento cincuenta y cinco
vuelto del tomo veintiséis se liquidó la sociedad denominada Dwiggins Corp
S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta
y siete mil trescientos veinticuatro. Es todo.—Dada en Heredia a las ocho horas
del doce de abril del dos mil doce.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri, Notaria.—1
vez.—RP2012287979.—(IN2012029053).
Ante la notaría de Ilse Arguedas Chaverri
mediante la escritura número setenta y uno, visible al folio ciento cincuenta y
seis frente del tomo veintiséis se liquidó la sociedad denominada tres-ciento
uno-quinientos cuarenta y siete mil novecientos cincuenta y nueve mil s. a.
Es todo.—Dada en Heredia a las ocho horas del doce de abril del dos mil
doce.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri, Notaria.—1
vez.—RP2012287981.—(IN2012029054).
Por escritura pública número noventa y
siete-dos, otorgada a las 16:00 horas del veintiuno de marzo del dos mil doce,
ante el notario José Mario Ulloa Salazar se constituyó la sociedad anónima
denominada Fortuna ROB Brewer Incorporated Sociedad
Anónima.—San José, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. José Mario
Ulloa Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012287982.—(IN2012029055).
Por escritura otorgada por el suscrito
notario se protocolizaron actas acordando la fusión de las sociedades, Arroyo
Seco S. A., Centro Jurídico Notarial Aequus S. A., Celebration S.
A. y Numitor S. A., con la sociedad Selah Ti Da S. A., la
cual será la sociedad prevaleciente. Conforme al artículo 222 del Código de
Comercio.—San José, 22 de marzo del 2012.—Lic. Rodrigo Luna Sancho, Notario.—1
vez.—RP2012287983.—(IN2012029056).
Por escritura número ciento veinticinco
otorgada ante esta notaría a las quince horas del diez de abril del año dos mil
doce, se nombre nueva junta directiva de la sociedad denominada Direct Bay
Vistas D. B. V. S. A.—Lic. Nikohl Vargas Araya, Notaria.—1
vez.—RP2012287985.—(IN2012029057).
Carlos Alberto Mata Granados y Yamileth
Sanabria Álvarez constituyen Cayakafan Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Escritura otorgada en Cartago a las 10:00 horas del 19 de julio del 2011.—Lic.
Eduardo Solano Monge, Notario.—1 vez.—RP2012287988.—(IN2012029058).
Ante esta notaría por medio de escritura
pública número 185-11 otorgada en Guanacaste a las 14:30 horas del 9 de abril
del año 2012 se protocolizó el acta número uno de la sociedad Las Delicias
Paradise Properties Limitada, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos
Primero:.. Segundo: Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo. Tercero:
Se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo. Cuarto: Se remueve al
gerente y subgerente sociedad. Quinto: Se realiza el siguiente nombramiento:
Gerente General uno: Denise Lynn Brown, Gerente General dos: Lawrence Mark
Novak.—Guanacaste, 9 de abril del año 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2012287989.—(IN2012029059).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las
14:00 horas del 30 de marzo de 2012, Silvia Cristina Ballar Calvo cédula
1-730-937, y Javier Jesús Víquez Ruiz, cédula 1-980-844, constituyeron la
sociedad Ministerio Gautama del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Capital diez mil colones.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Eduardo
Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—RP2012287991.—(IN2012029060).
Por escritura número 125 otorgada ante mi
notaría a las 12:00 horas del 12 de abril de 2012, la sociedad Finca Coco
del Bosque Lluvioso FCDBL Limitada, cédula jurídica número 3-102-493083,
reformó la cláusula octava y novena de los estatutos, y se procede a nombrar
nuevos gerentes.—San José, 12 de abril de 2012.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos,
Notario.—1 vez.—RP2012287992.—(IN2012029061).
Mediante escritura autorizada por mí, a las
doce horas del tres de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Alegrías Flamencas Sociedad
Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-seiscientos treinta y dos mil seiscientos setenta y siete; por medio de la
cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, tres de abril del dos mil
doce.—Lic. Juan Gregorio Roscio, Notario.—1 vez.—RP2012287993.—(IN2012029062).
Mediante escritura autorizada por mí, a las
diez horas del tres de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Inversiones Buhan BH Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos
sesenta y seis mil quinientos noventa y seis; por medio de la cual se acuerda
disolver la sociedad.—San José, tres de abril del dos mil doce.—Lic. Juan
Gregorio Roscio, Notario.—1 vez.—RP2012287994.—(IN2012029063).
Mediante escritura autorizada por mí, a las
once horas del tres de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Jopachry y Asociados Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos
cuarenta y un mil doscientos cuarenta y seis; por medio de la cual se acuerda
disolver la sociedad.—San José, tres de abril del dos mil doce.—Lic. Juan
Gregorio Roscio, Notario.—1 vez.—RP2012287995.—(IN2012029064).
Mediante escritura autorizada por mí, a las
nueve horas del tres de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de From Here to Eternity Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
treinta y un mil noventa y cinco; por medio de la cual se acuerda disolver la
sociedad.—San José, tres de abril del dos mil doce.—Lic. Juan Gregorio Roscio,
Notario.—1 vez.—RP2012287996.—(IN2012029065).
Mediante escritura autorizada por mí, a las
ocho horas del tres de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Pachry Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y dos mil seiscientos
sesenta y siete; por medio de la cual se acuerda disolver la sociedad.—San
José, tres de abril del dos mil doce.—Lic. Juan Gregorio Roscio, Notario.—1
vez.—RP2012287997.—(IN2012029066).
Ante la notaría del licenciado Víctor Manuel
González Loría, mediante escritura número ciento cuarenta y cuatro-dos, de las
diecisiete horas del día veinte de enero del año dos mil doce, se protocoliza
la modificación de la cláusula cuarta de los estatutos, referente al capital
social, de la sociedad denominada Monteverde Extremos Canopy Tour Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y
tres mil cuatrocientos siete.—San José, treinta de enero del año dos mil
doce.—Lic. Víctor Manuel González Loría, Notario.—1 vez.—RP2012287999.—(IN2012029067).
Ante esta notaría mediante escritura número
cuarenta y ocho del tomo quinto de la suscrita notaria de las ocho horas del
treinta de marzo del dos mil doce, los socios acordaron por unanimidad y en
firme la disolución de la sociedad Diproalpaci S. A., sin distribución
de activos ni pasivos, debido a la emisión de la ley nueve mil veinticuatro del
dos mil once.—Lic. Patricia Guerrero Murillo, Notaria.—1
vez.—RP2012288002.—(IN2012029068).
Por escrituras otorgadas el 12 de abril 2012,
Promosalud Cuidado y Auxilio (PCA) S. A. aumenta su capital social. Se
constituyen las sociedades Naviera Bernardino, S. A., Marina Aracely, S. A. y
Marítima
Por escritura otorgada el día de hoy, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Vinoteca
de Historia S. R. L. por la que se disuelve la misma.—San José, nueve de
abril del dos mil doce.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2012029075).
Por escritura pública, otorgada el día de
hoy, ante mí se modificó la cláusula cuarta, en cuanto al plazo, y se nombra
junta directiva de
Ante mi notaría se disolvió la sociedad de
esta plaza denominada Inversiones Ivaura del Sol Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y dos setenta y ocho noventa y
ocho. Escritura número doscientos treinta y siete iniciada al folio ciento
treinta y seis frente del tomo segundo del suscrito notario de las once horas del
día trece de abril del año dos mil doce. Notaría sita en Heredia, Residencial
Ante mi notaría se disolvió la sociedad de
esta plaza denominada Inversiones Veral Continental Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y dos setenta y siete cuarenta y
seis. Escritura número doscientos treinta y seis iniciada al folio ciento
treinta y cinco vuelto del tomo segundo del suscrito notario de las diez horas
del día trece de abril del año dos mil doce. Notaría sita en Heredia
Residencial
Se modifican cláusulas segunda (domicilio
social) quinta (del capital social) octava (la representación y junta
directiva) y la undécima: nombramientos, todo de la denominada Inmobiliaria
Valle Azul IVASA Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101454788, escritura
118, otorgada a las 17:00 horas del 12 de abril del año 2012, visible del folio
61 vuelto al 62 vuelto del tomo tres del protocolo de la notaria pública Ileana
María Sanabria Vargas.—Alajuela, 12 de abril del año 2012.—Lic Ileana María
Sanabria Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012029083).
Por escritura número 183-13 del tomo número
13 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las 11:45 horas del 23
de marzo del 2012, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general de
accionistas de la sociedad Cisternas y Transportes de San José S. A.,
mediante los cuales se reformó la cláusula quinta del pacto social y se revoca
el nombramiento del tesorero de la junta directiva y se nombra nuevo.—Lic.
Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(IN2012029086).
Por escritura número 184-13 del tomo número
13 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las 11:50 horas del 23
de marzo del 2012, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general de
accionistas de la sociedad Ecofuel Servicios S. A., mediante los cuales
se reformó la cláusula quinta del pacto social y se revocan los nombramientos
del presidente y el tesorero de la junta directiva y se nombran nuevos.—Lic.
Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—(IN2012029087).
Se disuelve por acuerdo de los socios la
sociedad Industrias Manolo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cero uno noventa y cuatro veinticuatro. Accionista Manuel Antonio Vargas
Porras, y Agropecuaria Manolo Sociedad Anónima. Acta
Se disuelve por acuerdo de los socios la
sociedad Agropecuaria Manolo Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cero uno noventa y ocho cero ocho, accionista, Manuel Antonio
Vargas Porras, y Margarita Montero Rodríguez. Acta
Por acuerdo de socios y escritura otorgada
ante mí, se disolvieron y liquidaron las siguientes sociedades: a) Grupo Paz
del Sur Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento
ochenta y seis mil quinientos catorce, con domicilio social en San José, Pérez
Zeledón, San Isidro, cien metros oeste y cien sur de
Por acuerdo de socios se disolvió y se
liquida la sociedad Inversiones Comerciales El Sol Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-139963, con domicilio en Buenos Aires de Puntarenas.
Presidente Isaac Solís Solís.—Lic. Jéssica Barboza Barrantes, Notaria.—1
vez.—(IN2012029097).
Por acuerdo de socios y mediante escritura
otorgada ante mí, se disolvió y se liquida la sociedad denominada Repasto de
Ruiz S. A., cédula jurídica Nº 3-101-252926, domiciliada en San José,
Tibás, costado sur, del Laboratorio Calox. Presidenta Marta Steinvorth
Jiménez.—Lic. Marlene Barrantes Granados, Notaria.—1 vez.—(IN2012029099).
Que por escritura otorgada ante esta notaría,
a las quince horas del doce de abril del dos mil doce, se procede a disolver
definitivamente la empresa Alquileres de Vehículos Alegar Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintiséis cero cincuenta y
siete.—San José, viernes trece de abril del dos mil doce.—Lic. Hans Van der
Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012029105).
Que por escritura otorgada ante esta notaría
a las catorce horas del doce de abril del dos mil doce. Se procede a realizar
el convenio de fusión por el sistema de absorción de las sociedades Inacon
Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-cero seis cuatro ocho cero
tres cero tres, Condominio Los Robles de Tamarindo Café Claro
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos
veinticuatro mil seiscientos cuarenta y cinco, en el entendido de que la sociedad
prevaleciente es Inacon Sociedad Anónima.—San José, viernes trece de
abril del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1
vez.—(IN2012029108).
Que por escritura otorgada ante esta notaría
a las doce horas del doce de abril del dos mil doce. Se procede a realizar el
convenio de fusión por el sistema de absorción de las sociedades Comercializadora
Romero López Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos sesenta y tres mil treinta y siete, TV Gangas Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cinco
mil setenta, Promotora Industrial Romero López Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-cero cincuenta y ocho mil ciento setenta y
nueve, y la empresa Inmobiliaria Internacional Sarove Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y nueve mil novecientos cincuenta
y cinco, en el entendido de que la sociedad prevaleciente es Comercializadora
Romero López Sociedad Anónima.—San José, viernes trece de abril del dos mil
doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012029109).
Que por escritura otorgada ante esta notaría,
a las nueve horas del nueve de abril del dos mil doce. Se procede a realizar el
convenio de fusión por el sistema de absorción de las sociedades Productos
Industriales Kered Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento sesenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y cuatro, Importaciones Essex
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil
ochocientos cincuenta, Zedecrem Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cero noventa y seis mil setecientos dieciocho, Romesa de San
José Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero ochenta
y cinco mil ciento veintiuno, Compañía Inversora Roscimo Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y cinco mil doscientos cuarenta y
nueve, Promociones Internacionales del Sur R & R Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y nueve mil setecientos
noventa y siete, Inmobiliaria Internacional Rolo Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cero sesenta y siete mil doscientos sesenta y
siete, Inmobiliaria Internacional Farmarsa Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y nueve mil trescientos cincuenta y
nueve, Representaciones y Distribuciones de los Continentes
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero setenta y siete mil
doscientos sesenta y siete, en el entendido de que la sociedad prevaleciente es
Productos Industriales Kered Sociedad Anónima.—San José, viernes trece
de abril del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1
vez.—(IN2012029113).
Ante esta notaría, ha comparecido Esteban
Elizondo Solera, a protocolizar el acta constitutiva de la asociación
denominada Asociación Centro de Restauración para el Exprivado
de Libertad Samaria. Domicilio: San José, Sagrada Familia, Reina de
Los Ángeles, cien metros norte, cien metros sur y diez metros norte de
Ante esta notaría, han comparecido Isaac
Flores Bertozzi y Trinidad Fores Badilla, a modificar el pacto constitutivo de
la sociedad denominada Flober Sistems S. A., en cuanto a su plazo
social.—13 de abril del 2012.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1
vez.—(IN2012029137).
Ante esta notaría, al ser las ocho horas del
nueve de abril del dos mil doce, ha comparecido la señora Laura Gutiérrez León
a protocolizar acta de la sociedad Pizzería Lunáticos S. A., donde
solicita al registro la disolución de la misma.—Dado en esta capital el trece
de abril del dos mil dos.—Lic. Vanessa Solano Zúñiga, Notaria.—1
vez.—(IN2012029146).
Ante mí, Pablo Arias González, notario con
oficina en Atenas, hago constar que el día diez de abril del dos mil doce, a
las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Costa
Rican Carvelli Investments S. A., en la cual se disuelve la sociedad
anónima.—Atenas, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González,
Notario.—1 vez.—(IN2012029148).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de Galeón
Sociedad Anónima, domicilio: San José, San Antonio de Coronado, frente a
Fábrica de Fideos San Vicente.—Lic. Ana Patricia Rodríguez Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—(IN2012029152).
La suscrita notaria Dania Valverde Núñez,
hace constar que por escritura pública número ciento diez, otorgada a las diez
horas del diez de abril del dos mil doce, protocolicé el acta de la sociedad Fábrica
de Bicicletas Jabica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-trescientos ocho mil ochocientos sesenta y cinco
mediante la cual se modifica la cláusula cuarta y sétima del pacto constitutivo
de la sociedad.—San José, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Dania Valverde
Núñez, Notaria.—1 vez.—(IN2012029157).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
diez horas del trece de abril del año dos mil doce. Se constituyó Tundra
CDG S. A., domicilio social: Alajuela, Central, Barrio San José,
El Coyol, trescientos metros oeste, de la iglesia católica. Capital social:
cien mil colones, representados por cien acciones comunes y nominativas de mil
colones cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic.
José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012029161).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11:15 del once de abril del dos mil doce, se solicita la desiscripción de
la sociedad denominada Descendencia Musical Sovaro Sociedad Anónima,
presidenta Kathia Quesada Campos.—San José, 13 de abril del 2012.—Lic. Álvaro
Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—(IN2012029163).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11:00 del once de abril del dos mil doce, se solicita la desiscripción de
la sociedad denominada Don Huevone Sociedad Anónima, presidenta Kathia
Quesada Campos.—San José, 13 de abril del 2012.—Lic. Álvaro Eladio Barboza
Mena, Notario.—1 vez.—(IN2012029164).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11:40 del once de abril del dos mil doce, se solicita la desiscripción de
la sociedad denominada Campos Estrada Sociedad Anónima, presidenta
Kathia Quesada Campos.—San José, 13 de abril del 2012.—Lic. Álvaro Eladio Barboza
Mena, Notario.—1 vez.—(IN2012029165).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 8:15 horas del 9 de abril del 2012, se solicita la disolución de la
sociedad denominada Murillo y Morales Mensajería Sociedad Anónima,
presidente Elmer Murillo Garita.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Kathia
Quesada Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012029168).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10:30 del once de abril del dos mil doce, se constituyó la sociedad
denominada American Trust D. M. F. Sociedad Anónima, presidenta
Erika Ramírez Tafalla.—San José, 11 de abril del 2012.—Lic. Álvaro Eladio
Barboza Mena, Notario.—1 vez.—(IN2012029169).
Mediante escritura pública otorgada ante esta
notaría, se liquidó y disolvió, la compañía denominada Abuto Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-507238.—Alajuela, 12 de abril del
2012.—Lic. Alonso Soto Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012029180).
Por escritura otorgada ante los Lic. Sonia
María Cedeño Monge y Ernesto Azofeifa Cedeño, número 119 del protocolo 6 del
notario Cedeño Monge, a las 13:00 horas, 22/03/2012, se disolvió la sociedad
anónima Ecuatorial Treinta y Cinco S. A., domicilio San José,
presidenta María Elena Gracia Cruz.—Treinta de marzo, dos mil doce.—Lic.
Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—(IN2012029181).
Mediante escritura pública otorgada ante esta
notaría, se liquidó y disolvió, la compañía denominada Ingeniería y Logística
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-348292.—Alajuela, 12 de
abril del 2012.—Lic. Alonso Soto Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012029182).
Por escritura número doscientos ochenta y
cinco otorgada ante esta notaría se reformó la cláusula noventa del pacto
social de la compañía nombrada tres uno cero uno seis tres cinco tres dos
seis sociedad anónima, con cédula jurídica número tres-uno cero
uno-seis tres cinco tres dos seis.—Alajuela, veintiuno de marzo del dos mil
doce.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2012029184).
A las 15:00 horas del día de hoy protocolicé
acta de asamblea extraordinaria de socios de Avalancha Beta S. A.,
en la cual se nombra nueva junta directiva. Presidente: Jeffrey Ruphuy
Arce.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Giorgia Nella Tristán Orlich,
Notaria.—1 vez.—(IN2012029186).
Por escritura pública número doscientos
cuarenta y ocho de fecha doce horas del veintisiete de marzo del dos mil doce,
se constituyó la sociedad denominada Multicon Sociedad Anónima.
Presidente: Iván Bogantes Blanco.—Alajuela, veintisiete de marzo del dos mil
doce.—Lic. Guillermo Chavarría González, Notario.—1 vez.—(IN2012029189).
En mi notaría, mediante escritura otorgada el
cinco de marzo de dos mil doce, número treinta y siete del tomo tres de mi
protocolo se constituyó la sociedad denominada Arsuve Sámara Sociedad
Anónima, domiciliada Sámara, Nicoya, Guanacaste, con un capital de un
millón de colones y como su apoderado figuran su presidente y
secretario.—Nicoya, 28 de marzo del 2012.—Lic. Jenny María Ramos González,
Notaria.—1 vez.—(IN2012029192).
Ante este notario público, José Fermín
Morales Campos, se constituye escritura número ciento catorce, iniciada en el
folio setenta y cinco frente, del tomo seis de mi protocolo, en donde se
modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Sistemas
de Seguridad Digital Digitec Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cuatro mil ochocientos treinta y
ocho, referente al capital social de dicha sociedad. Es todo.—Alajuela, el
trece de abril del dos mil doce.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—1
vez.—(IN2012029196).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el
día 9 de abril del
Mediante escritura número cinco-uno, otorgada
a las quince horas y treinta minutos del día treinta de marzo del dos mil doce
se constituyó la sociedad denominada Seminarios Educativos Aduaneros
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pagado.
Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San
José, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Zaira María Mora Blanco, Notaria.—1
vez.—(IN2012029205).
El notario Henry Alonso Víquez Arias, por el
presente medio hago constar que por escritura pública número doscientos treinta
y siete, visible a folio ciento ochenta y siete frente del tomo treinta de mi
protocolo, otorgada en Atenas, a las nueve horas del trece de abril del dos mil
doce, ante el suscrito notario se fusionaron las sociedades denominadas Panadería
Por escritura número sesenta y tres otorgada
ante esta notaría, a las quince horas del diez de enero de dos mil doce, se
constituyó una sociedad denominada Corporación Integral Stahl S. A.,
domiciliada en San José, Escazú, carretera Próspero Fernández, Edificio Plaza
Roble, oficina FF uno-tres. Con un capital social de doce mil colones
íntegramente suscrito y pagado. Corresponde al presidente y tesorero la
representación judicial y extrajudicial.—San José, trece de abril del dos mil
doce.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012029214).
El suscrito notario, Rafael Alberto López
Campos, por el presente medio hago constar que por escritura pública número
ciento ochenta y ocho, visible a folio ciento cuarenta y siete vuelto del tomo
treinta y cuatro de mi protocolo, otorgada en Atenas, a las diez horas del doce
de abril del dos mil doce, ante el suscrito notario, se modifican cláusulas del
domicilio y de la administración la sociedad denominada Grupo Klinger
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-tres uno uno nueve uno
siete.—Atenas, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Alberto López
Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012029215).
Por escritura número setenta y cuatro
otorgada ante esta notaría, a las diez horas del doce de abril de dos mil doce,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Fightshop Sociedad
Anónima, en donde se acordó disolver la compañía de acuerdo al inciso d)
del artículo doscientos uno de Código de Comercio.—San José, trece de abril del
dos mil doce.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012029216).
Por escritura número setenta y tres otorgada
ante esta notaría, a las ocho horas del doce de abril de dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Material Things Sociedad
Anónima, en donde se acordó disolver la compañía de acuerdo al inciso d)
del artículo doscientos uno de Código de Comercio.—San José, trece de abril del
dos mil doce.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012029217).
Por escritura número noventa y cuatro
otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del doce de abril de dos mil doce,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Grupo Corporativo
Brehimar Sociedad Anónima, en donde se acordó disolver la compañía de
acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio.—San
José, trece de abril del dos mil doce.—Lic. José Alejandro Martínez Castro,
Notario.—1 vez.—(IN2012029218).
El suscrito notario, Rafael Alberto López
Campos, por el presente medio hago constar que por escritura pública número
ciento ochenta y siete, visible a folio ciento cuarenta y siete frente del tomo
treinta y cuatro de mi protocolo, otorgada en Atenas, a las diez horas treinta
minutos del diez de abril del dos mil doce, ante el suscrito notario, se
disolvió, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código
de Comercio, la sociedad denominada Unsere Wagen Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-uno cero uno-tres uno uno uno ocho tres. Se señala para
efectos de notificaciones o reclamos el Bufete López y López, Atenas centro,
costado este del templo católico.—Atenas, doce de abril del dos mil doce.—Lic.
Rafael Alberto López Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012029219).
Por escritura número noventa y cinco otorgada
ante esta notaría, a las nueve horas del doce de abril de dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Conchas de
Por escritura otorgada ante esta notaría, del
trece de abril del, se reformó cláusulas segunda del pacto constitutivo de Guigab
Sociedad Anónima.—Lic. Ana Vicente Sotela, Notaria.—1 vez.—(IN2012029222).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
protocolizaron dos asambleas de socios en las que Grupo Aisfa Sociedad
Corredora de Seguros S. A., aumentó su capital por lo que
reformó la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, a las diecisiete horas
del once de abril del dos mil doce.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1
vez.—(IN2012029226).
Ante esta notaría, en escritura número
cuatrocientos del tomo onceavo de mi protocolo se disuelve la sociedad
denominada Servicos Avanzados de Informática SAI Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cero noventa mil quinientos cuarenta y uno. Es
todo.—Alajuela, catorce de abril del dos mil doce.—Lic. Roy Solís Calvo,
Notario.—1 vez.—(IN2012029230).
Ante esta notaría, en escritura número
cuatrocientos seis del tomo onceavo de mi protocolo se disuelve la sociedad
denominada Greid Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-seisicentos ocho mil setecientos veintisiete. Es todo.—Alajuela, catorce de
abril del dos mil doce.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012029231).
Ante esta notaría, en escritura número
cuatrocientos siete del tomo onceavo de mi protocolo se disuelve la sociedad
denominada JBW Company Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y dos. Es todo.—Alajuela,
catorce de abril del dos mil doce.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1
vez.—(IN2012029232).
Ante esta notaría, en escritura número
cuatrocientos siete del tomo onceavo de mi protocolo se disuelve la sociedad
denominada Aegeos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos treinta y un mil doscientos treinta y tres. Es todo.—Alajuela,
diez de abril del dos mil doce.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012029234).
Por escritura número doscientos tres-uno, de
las dieciséis horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, visible al folio
ciento cincuenta y uno vuelto del tomo uno del protocolo del notario Owen Amen
Montero, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Repuestos
Jodamist S. A., por la cual se disuelve la misma.—San José, Pérez Zeledón,
doce de abril del dos mil doce.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1
vez.—RP2012288294.—(IN2012029508).
Ante esta notaría, se presenta Diego
Xirinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Cinco
Cerros S. A., mediante la cual se modifica la representación de la
sociedad, correspondiendo la representación judicial y extrajudicial al
presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y se
nombra nueva junta directiva.—San José, 14 de abril del 2012.—Lic. Ricardo
Torres Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012288296.—(IN2012029509).
Ante esta notaría, se presenta Diego
Xirinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Factoreo
Herediano S. A., mediante la cual se modifica la representación de la
sociedad, correspondiendo la representación judicial y extrajudicial al
presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y se
nombra nueva junta directiva.—San José, 14 de abril del 2012.—Lic. Ricardo
Torres Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012288297.—(IN2012029510).
Por escritura Nº 037-52, del tomo 52, del
suscrito notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en San Isidro de El General, de
Pérez Zeledón, a las 18:00 horas del 12 de abril del 2012, protocolicé acta de
la sociedad Amelia y Ricardo S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento treinta mil cuatrocientos cuarenta y ocho, en la cual se acuerda
disolverla.—San Isidro de El General, 13 de abril del 2012.—Lic. Casimiro
Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012288298.—(IN2012029511).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00
horas del 6 de abril del 2012, se protocolizó asamblea general extraordinaria
de socios donde se disuelve la sociedad Zenit Realty S. A.—San José, 6
de abril del 2012.—Lic. Maritza Navarro Contreras, Notaria.—1
vez.—RP2012288301.—(IN2012029512).
Por escritura número cuarenta y seis,
otorgada en la ciudad de San José, a las diez horas del catorce de marzo del
dos mil doce, se adiciona la escritura otorgada ante la suscrita notaria en San
José, a las dieciocho horas del veinticuatro de marzo del dos mil doce,
presentada al diario del Registro Público según el asiento noventa y un mil
trescientos treinta, tomo dos mil doce, modificándose la cláusula primera de la
sociedad, para que en adelante se denomine Ser Integral PC Sociedad Anónima.—San
José, 16 de abril del 2012.—Lic. Silvia Calvo Calzada, Notaria.—1
vez.—RP2012288302.—(IN2012029513).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00
horas del 2 de abril del 2012, se protocolizó asamblea general extraordinaria
de socios donde se disuelve la sociedad Barvil SBV Uno S. A.—San José, 2
de abril del 2012.—Lic. Maritza Navarro Contreras, Notaria.—1 vez.—RP2012288303.—(IN2012029514).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00
horas del 9 de abril del 2012, se protocolizó asamblea general extraordinaria
de socios donde se disuelve la sociedad Lausai de Villa S. A.—San José,
9 de abril del 2012.—Lic. Maritza Navarro Contreras, Notaria.—1
vez.—RP2012288304.—(IN2012029515).
Ante mí, comparecieron los señores Andrés
Ugalde Cordero y Édgar Olortegui Ballon, y solicitaron la disolución de la
entidad Servicios Quirúrgicos del Pacífico Sociedad Anónima.—Liberia, 13
de abril del 2012.—Lic. Ana Isabel Campos Sáenz, Notaria.—1
vez.—RP2012288305.—(IN2012029516).
Se modifica la cláusula sexta del acta
constitutiva de la entidad Neika de Guanacaste Sociedad Anónima.—Liberia,
13 de abril del 2012.—Lic. Ana Isabel Campos Sáenz, Notaria.—1
vez.—RP2012288306.—(IN2012029517).
Ante mí, comparecieron los señores Andrés
Ugalde Cordero y Darío Lungo Alfaro, y solicitaron la disolución de la entidad Servicios
Ortopédicos del Pacífico Sociedad Anónima.—Liberia, 13 de abril del 2012.—Lic.
Ana Isabel Campos Sáenz, Notaria.—1 vez.—RP2012288308.—(IN2012029518).
Por escritura pública en asamblea
extraordinaria de accionistas de la empresa Morro Quevi Sociedad Anónima,
se procede con la liquidación de la empresa.—San José, doce de abril del dos
mil doce.—Lic. Deyanira Chinchilla Mora, Notaria.—1
vez.—RP2012288309.—(IN2012029519).
Por escritura número ochenta y cinco,
otorgada en mi protocolo, tomo décimo segundo, a las once horas del cinco de
marzo del dos mil doce, se reformó la cláusula cuarta de la sociedad anónima Servicios
Turísticos LLC Internacional Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del
2012.—Lic. Guido Sánchez Canessa, Notario.—1 vez.—RP2012288310.—(IN2012029520).
Por escritura número ochenta y cuatro,
otorgada en mi protocolo, tomo décimo segundo, a las diez horas del cinco de
marzo del dos mil doce, se reformó la cláusula cuarta de la sociedad anónima Water
Birds Corporation Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic.
Guido Sánchez Canessa, Notario.—1 vez.—RP2012288311.—(IN2012029521).
Ante esta notaría a las 10:00 horas del 11 de
abril del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Servicios
Eléctricos Núñez Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-512574,
donde se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Crisitan Núñez Núñez,
mediante la escritura número 184 del tomo 01 de mi protocolo.—Cartago, 13 de
abril del 2012.—Lic. Rosaura Brenes Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012288312.—(IN2012029522).
Ante esta notaría a las 13:00 horas del 28 de
marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Industrias
Ignamatic Iay Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-371714, donde
se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma es el señor Ignacio Alli Ipsilanti, mediante la
escritura número 167 del tomo 01 de mi protocolo.—Cartago, 28 de marzo del
2012.—Lic. Rosaura Brenes Navarro, Notaria.—1
vez.—RP2012288313.—(IN2012029523).
El suscrito notario da fe que mediante
escritura de las 8:00 horas del 13 de abril de 2012, se protocolizó la
escritura N° 21 ante esta notaría, mediante la cual se disuelve la sociedad Sastrería
Anmiveky Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
3-101-178699.—San José, 16 de abril de 2012.—Lic. Rodrigo Alberto Ulate,
Notario.—1 vez.—RP2012288314.—(IN2012029524).
Por escritura otorgada en esta notaría, se
constituye la entidad que se denomina Unión Tres Hermanas QR de San José
Sociedad Anónima. Presidenta: Vera Violeta Quesada Ramírez. Escritura
otorgada en la ciudad de San José, Curridabat, del correo cien metros al este y
ciento cincuenta metros al sur, a las diez horas del tres de abril del dos mil
doce.—Lic. Eduardo Aguilar Wallen , Notario.—1
vez.—RP2012288315.—(IN2012029525).
Hoy he protocolizado acta número uno de Lilliana
Herrera Ramos Sociedad Anónima, donde se acuerda disolver la sociedad.—28
de marzo del 2012.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1
vez.—RP2012288316.—(IN2012029526).
Hoy he protocolizado acta número uno, de Sistemas
de Pesajes Industriales Sociedad Anónima, donde se acuerda disolver
la sociedad.—28 de marzo del 2012.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1
vez.—RP2012288317.—(IN2012029527).
Ante el notario público Olman Vargas Cubero,
mediante escritura otorgada a las doce horas del trece de abril del dos mil
doce, se constituyó la sociedad de esta plaza Lechería Pardo Alemana AL Y ES
Sociedad Anónima.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las trece horas del trece
de abril del dos mil doce.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1
vez.—RP2012288318.—(IN2012029528).
Reunida la totalidad del capital social y de
conformidad con el artículo doscientos uno inciso d), del Código de Comercio,
se acuerda por unanimidad la disolución de la compañía Inversiones Ruiz y
Arrieta R.Y.A. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos sesenta y dos mil ciento cincuenta y nueve, con domicilio
social en Santa Cruz, Guanacaste, sito Barrio Santa Cecilia, cuatrocientos
veinticinco metros al oeste del Supermercado Caman, inscrita en
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy
los socios de Marco A Campos y Asociados S. A., acuerdan su disolución y
liquidación.—Heredia, 12 de abril del 2012.—Lic. Guillermo Salas Campos,
Notario.—1 vez.—RP2012288323.—(IN2012029530).
Hoy he protocolizado el acta número uno de la
compañía Hacienda Adriana del Coco H A Sociedad Anónima, mediante la
cual se disuelve la compañía y se distribuyen los activos.—Liberia, diez de
abril del dos mil doce.—Lic. Diego Valdelomar Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2012288324.—(IN2012029531).
Por escritura otorgada ante el notario
Licenciado Francisco José Rivera Gómez, de las diez horas del trece de abril
del dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad
Consultores para el Reclutamiento en Trabajos Sociedad Anónima, en la
cual se liquida la sociedad. Es todo.—San José, dieciséis de abril del dos mil
doce.—Lic. Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1
vez.—RP2012288327.—(IN2012029532).
Por escritura pública otorgada ante mi
notaría, se ha protocolizado actas de las sociedades Cuatro Quintas de
Ocotal Plomo S. A.; Seis Quintas de Ocotal Plata S. A.; Siete
Quintas de Ocotal Platino S. A.; Ocho Quintas de Ocotal Bronce S. A.
y Uno Quintas de Ocotal Diamante S. A., mediante la cual se fusionan
estas sociedades para prevalecer en la fusión Uno Quintas de Ocotal Diamante
S. A. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del dieciséis de
abril de dos mil doce.—Lic. Ana V. Madrigal Murillo, Notaria.—1
vez.—RP2012288329.—(IN2012029533).
Por escritura pública otorgada ante mi
notaría, se ha protocolizado acta de la sociedad Desarrollos Playa Venado
Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.
Escritura otorgada en San José, a las diez horas y veinte minutos del trece de
abril de dos mil doce.—Lic. Ana V. Madrigal Murillo, Notaria.—1
vez.—RP2012288330.—(IN2012029534).
Por escritura pública otorgada ante mi
notaría, se ha protocolizado acta de la sociedad Agencia de Turismo por
Internet CCRR Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la
sociedad. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas treinta minutos del
trece de abril de dos mil doce.—Lic. Ana V. Madrigal Murillo, Notaria.—1
vez.—RP2012288331.—(IN2012029535).
Por escritura pública otorgada ante mi
notaría, se ha protocolizado acta de la sociedad Francas de Puerto Madryn
Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.
Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del trece de abril de dos mil
doce.—Lic. Ana V. Madrigal Murillo, Notaria.—1
vez.—RP2012288332.—(IN2012029536).
Por escritura autorizada a las 14:00 horas
del día de hoy, se protocolizó acta de sesión extraordinaria de Servicios
Oceánicos Sociedad Anónima, mediante la cual se reformaron las cláusulas
referentes al domicilio social y al agente residente.—San José, 13 de abril de
2012.—Lic. Sergio Donato Calderón, Notario.—1
vez.—RP2012288333.—(IN2012029537).
Por escritura que otorgó la suscrita notaria
en esta ciudad, a las 17:00 horas del día de hoy, se protocoliza acta de
asamblea extraordinaria de la sociedad Bar y Restaurante El Merendero
Avenida Seis Sociedad Anónima, en que se liquidó la compañía.—San José,
veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1
vez.—RP2012288334.—(IN2012029538).
Por escritura que otorgó la suscrita notaría
en esta ciudad, a las diez horas del día de hoy, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Maryz Sociedad
Anónima, en que se liquidó la compañía.—San José, 11 de abril del
2012.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1
vez.—RP2012288335.—(IN2012029539).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 12:45 horas del 12 de abril del 2012, se modifican las siguientes cláusulas
del pacto constitutivo: la segunda del domicilio. La novena del concejo de
administración o junta directiva, se hacen nuevos nombramientos en El
Negocio del Año S. A.—San José, 12 de abril del 2012.—Lic. Siu-Len
Wing-Ching Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP201288336.—(IN2012029540).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 19:00 horas del 13 abril del 2012, se modifican las siguientes cláusulas
del pacto constitutivo: la segunda del domicilio. La novena: del concejo de
administración o junta directiva. Se hacen nuevos nombramientos en Avenida
del Éxito S. A.—San José, 13 abril del 2012.—Lic. Siu-Len Wing-Ching
Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012288337.—(IN2012029541).
El suscrito Luis Enrique Salazar Sánchez,
notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el trece
de abril del dos mil doce, protocolicé acuerdos tomados en asamblea general de
socios de las empresas Importadora de Vinos Europeos S.R.L., Clapomu
S.R.L., Importadora de Especialidades de Europa S.R.L., Abamatas
S.R.L., Desarrollo Comercial Piamonte S.R.L., Alpomucsal S.R.L.,
Comercial Demeter Ciros C.D.C. S.R.L., Chavelo S.R.L., y Gasagalincha
S.R.L., por los cuales se acuerda la disolución de dichas empresas.—San
José, catorce de abril del dos mil doce.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez,
Notario.—1 vez.—RP2012288338.—(IN2012029542).
Ante esta notaría mediante escritura otorgada
a las diez horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil doce, se
protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Cosacos
& Vikingos, cédula jurídica 3-101-276178, en la cual se disolvió la
sociedad.—San José, 12 de abril del 2012.—Lic. Hugo Madrigal Chinchilla,
Notario.—1 vez.—RP2012288339.—(IN2012029543).
Ante esta notaría mediante escritura otorgada
a las nueve horas del ocho de abril del dos mil doce, se protocoliza asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Valkala S. A.,
cédula jurídica 3-101-046782, en la cual se disolvió la sociedad.—San José, 12
de abril del 2012.—Lic. Hugo Madrigal Chinchilla, Notario.—1
vez.—RP2012288340.—(IN2012029544).
Por escritura pública número ciento
veintinueve, otorgada en Santa María de Dota, a las once horas del catorce de
abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de Los Alv Est S. A., por medio del cual se reforma la
cláusula sexta de los estatutos.—Lic. Lenin Mendiola Varela, Notario.—1 vez.—RP2012288341.—(IN2012029545).
Esta notaría hace constar que por medio de la
escritura doscientos cuarenta y uno se protocolizó el acta de la asamblea
general extraordinaria de Servicios Administrativos Pavi Sociedad Anónima,
en la que por acuerdo de socios se decidió disolverla. Cualquier oposición
favor formularla al fax 2294-4991. Es todo.—San José, veintisiete de marzo del
dos mil doce.—Lic. Alonso Calvo Pardo, Notario.—1
vez.—RP2012288458.—(IN2012029636).
Esta notaría hace constar que por medio de la
escritura doscientos treinta y ocho se protocolizó el acta de la asamblea
general extraordinaria de Recauchadora Universal Sociedad Anónima, en la
que por acuerdo de socios se decidió disolverla. Cualquier oposición favor
formularla al fax 2294-4991. Es todo.—San José, veintisiete de marzo del dos
mil doce.—Lic. Alonso Calvo Pardo, Notario.—1
vez.—RP2012288459.—(IN2012029637).
Esta notaría hace constar que por medio de la
escritura doscientos cuarenta y cuatro se protocolizó el acta de la asamblea
general extraordinaria de Borutskie North Sociedad Anónima en la que por
acuerdo de socios se decidió disolverla. Cualquier oposición favor formularla
al fax 2294 49 91. Es todo.—San José, el treinta de marzo del dos mil
doce.—Lic. Alonso Calvo Pardo, Notario.—1 vez.—RP2012288460.—(IN2012029638).
Esta notaría hace constar que por medio de la
escritura doscientos treinta y siete se protocolizó el acta de la asamblea
general extraordinaria de Grupo Asesor y Asegurador Caribe Sociedad Anónima
en la que por acuerdo de socios se decidió disolverla. Cualquier oposición
favor formularía al fax 2294 49 91. Es todo.—San José, el veintisiete de marzo
del dos mil doce.—Lic. Alonso Calvo Pardo, Notario.—1
vez.—RP2012288461.—(IN2012029639).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas del día diez de abril del dos mil doce, protocolicé asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad Mekrife S. A. Se disuelve la
sociedad.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1
vez.—RP2012288463.—(IN2012029640).
La suscrita notaria Rosa Puello Suazo, da fe
que el nuevo domicilio de Bandit Domino S. R. L., es Guanacaste, Santa
Cruz, Tamarindo, Bar One, Centro Plaza Tamarindo. Y se nombró como gerente a
Jhon Wyatt Phillips.—San José, trece de abril del dos mil doce.—Lic. Rosa
Puello Suazo, Notaria.—1 vez.—RP2012288464.—(IN2012029641).
Mediante escritura Nº 92, otorgada por
Melissa Villalobos C, Cinthya Calderón R., y Carlos Valenciano K., se
fusionaron por absorción: i) Centro de Negocios Trilogía del Oeste Uno S. A;
ii) Plaza de
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del
13 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad tres-ciento
uno-seiscientos veintidós mil trescientos sesenta y seis sociedad anónima.
Se procede con la disolución de la sociedad.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano,
Notaria.—1 vez.—RP2012288466.—(IN2012029643).
Al ser las 9:10 horas del 31 de marzo del
2012, se protocoliza acuerdo de disolución de sociedad de Orión Galáctico S.
A. Presidente: Froian Alvarado Vargas.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1
vez.—RP2012288467.—(IN2012029644).
Al ser las 8:40 horas del 31 de marzo del
2012, se protocoliza acuerdo de disolución de sociedad de Sacos OPM
Erikfran S. A. Presidente: Froian Alvarado Vargas.—Lic. Vera Garro
Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012288468.—(IN2012029645).
Al ser las 8:50 horas del 31 de marzo del
2012, se protocoliza acuerdo de disolución de sociedad de Faride S.
A. Presidente: Froian Alvarado Vargas.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1
vez.—RP2012288469.—(IN2012029646).
Al ser las 9:00 horas del 31 de marzo del
2012, se protocoliza acuerdo de disolución de sociedad de Pompella Alfa y
Omega S. A. Presidente: Froian Alvarado Vargas.—Lic. Vera Garro
Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012288470.—(IN2012029647).
Al ser las 9:30 horas del 31 de marzo del
2012, se protocoliza acuerdo de disolución de sociedad de Favaro Internacional
S. A. Presidente: Froian Alvarado Vargas.—Lic. Vera Garro Navarro,
Notaria.—1 vez.—RP2012288471.—(IN2012029648).
Ante esta notaría los señores Abel Rodríguez
Troya, cédula de identidad número seis-quinientos veinte-cuatrocientos sesenta
y cuatro, y la señora Aura Andrade González, cédula de identidad número
seis-cuatrocientos setenta-cero cero uno; por escritura otorgada a las catorce
horas del día doce de abril de dos mil doce; constituyeron la empresa
denominada: Abelaura Cenizo Sur Sociedad Anónima.—
La suscrita notaria da fe, que mediante
escritura otorgada a las quince horas del catorce de abril del dos mil doce, se
acordó la disolución de Despacho de Contadores Públicos
Arroyo, Alfaro y Asociados.—Naranjo, 14 de abril del 2012.—Lic.
Guadalupe Montero Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012288474.—(IN2012029650).
Por escritura otorgada en San José a las
veinte horas con quince minutos del veintiocho de marzo de dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Fernández
Mauro Sociedad Consultores Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento ochenta y ocho mil ciento dos, por la cual se reforma las cláusulas
primera, segunda y sétima de los estatutos, cambiándose el nombre por el de Inmobiliaria
Ferlaisan Sociedad Anónima y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San
José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria.—1
vez.—RP2012288478.—(IN2012029651).
Ante este notario, mediante escritura número
veintitrés de las once horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se
modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Importaciones
Aceros Carazo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-quinientos setenta y nueve-ciento setenta y ocho. Es todo.—San José, doce
de abril de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2012288479.—(IN2012029652).
Ante este notario, mediante escritura número
cuarenta y siete de las ocho horas treinta minutos del dieciséis de abril del
dos mil doce, se modificó la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de
la sociedad Inversiones MV-Queskomo de Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos
noventa y un mil ochocientos ochenta y cuatro. Es todo.—San José, dieciséis de
abril de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2012288480.—(IN2012029653).
Ante este notario, mediante escritura número
cuarenta y cuatro de las trece horas del trece de abril de dos mil doce, se
modificó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Consultoría
Técnica de Ingenios Azucareros Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y tres-ochocientos treinta.
Es todo.—San José, trece de abril de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla,
Notario.—1 vez.—RP2012288481.—(IN2012029654).
Ante este notario, mediante escritura número
cuarenta y cinco de las trece horas treinta minutos del trece de abril del dos
mil doce, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Frappa
del Espacio Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
tres-ciento uno-quinientos noventa y tres-ochocientos treinta. Es todo.—San
José, dieciséis de abril de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2012288482.—(IN2012029655).
Se protocoliza acta número dos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Longmen Gonxi S.A.,
con cédula jurídica 3-101-524243, celebrada en el domicilio fiscal, 10:00 horas
del 2 de febrero del 2012, se modifica la cláusula cuarta y se protocoliza en
escritura número ciento noventa y nueve de las 19:00 horas del 28 de marzo del
2012, ante el notario público Daniel Ángel Fernández Zamora.—29 de marzo del
2012.—Lic. Daniel Ángel Fernández Zamora, Notario.—1
vez.—RP2012288483.—(IN2012029656).
En la protocolización de actas de la empresa Inmobiliaria
Bienes y Servicios Bonilla Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y un mil
quinientos veintisiete, por unanimidad se acuerda: a) Modificar cláusula novena
del pacto constitutivo, b) Realizar revocatoria y nuevo nombramiento de
tesorero de la junta directiva.—San José, dieciséis de abril del dos mil
doce.—Lic. Luis Arturo Álvarez Ulate, Notario.—1
vez.—RP2012288484.—(IN2012029657).
En escritura otorgada ante esta notaría a las
trece horas diez minutos del nueve de febrero de dos mil doce, Star of
Belen Services Officenter Limitada, reforma estatutos. Gerente: Carey
Brown.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez, Notario.—1
vez.—RP2012288485.—(IN2012029658).
En escritura otorgada ante esta notaría a las
trece horas cinco minutos del nueve de febrero de dos mil doce, United National
Group of Friends Ungof Sociedad Anónima reforma estatutos.
Presidente: Carrey Brown.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez, Notario.—1
vez.—RP2012288486.—(IN2012029659).
En esta notaría se constituyó sociedad
anónima, en la que se estableció como nombre Hermanos Calvo Ovares de
Parrita Sociedad Anónima. Presidenta: Yolanda Calvo Ovares. Escritura
otorgada en ciudad de Palmares, a las trece horas del día seis de febrero del
dos mil doce.—Lic. Erwen Masís Castro, Notario.—1
vez.—RP2012288487.—(IN2012029660).
Mediante escritura número ochenta y seis,
visible a folio setenta y siete frente y vuelto, del tomo número uno de la
notaria Stephy Rojas Hidalgo, se solicita reforma de la junta directiva y de
fiscal, de la sociedad denominada tres ciento uno-seiscientos treinta
y nueve mil setecientos diecinueve sociedad anónima.—San José, treinta de
marzo del dos mil doce.—Lic. Stephy Gabriela Rojas Hidalgo, Notaria.—1
vez.—RP2012288488.—(IN2012029661).
En mi notaría, en escritura número:
seiscientos setenta-tres, de las ocho horas del veinte de marzo del dos mil
doce, se modifica la cláusula primera del nombre de la sociedad anónima
denominada Alijos, constituida en escritura pública principal número
seiscientos cincuenta y seis-tres, de las nueve horas del ocho de febrero del
dos mil doce, de la suscrita notaría. El nuevo nombre es Multiservicios
Obaflet S. A. Capital social: diez mil colones. Domicilio social:
trescientos metros al norte de
Por escritura número ciento treinta y ocho,
del tomo número cinco de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las
once horas del día doce de abril del dos mil doce,
Por escritura pública número ciento
veintitrés de las 14:00 horas del veintidós de marzo de dos mil doce, Daniela
Ramos Morales y Ana Yesenia Navarro Montero, constituyeron las sociedades Desarrollos
Vistas Hermosas del Parque S. A., y Tecnología y Motores Superiores del
Este S. A. La sociedad tiene un plazo de noventa y nueve años, un capital
social de mil doscientos colones, el domicilio estará en San José, San Pedro,
Montes de Oca y la representación judicial y extrajudicial la ostentará el
Presidente.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1
vez.—RP2012288494.—(IN2012029664).
Por escritura número ciento treinta siete, de
las ocho horas del doce de abril del dos mil doce, del tomo número cinco de mi
protocolo, protocolicé asamblea de accionistas de las compañías Design &
Artes Sociedad Anónima y Comeuro Sociedad Anónima,
respectivamente, por medio de las cuales se fusionan ambas, prevaleciendo Comeuro
S. A., y reformándose la cláusula quinta de la compañía
prevaleciente.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1
vez.—RP2012288495.—(IN2012029665).
Por escritura otorgada en esta notaría el día
de hoy se constituyó la sociedad denominaba Dedeco Sociedad Anónima.—San
José, 9 de abril del 2012.—Lic. Fernando Morera Solano, Notario.—1
vez.—RP2012288496.—(IN2012029666).
En esta notaría se constituyó Grupo Naca
Sociedad Anónima, a las dieciocho horas con cuarenta y cinco minutos del
día veinticuatro de marzo del dos mil doce, con un capital social de diez mil
colones, capital suscrito y pagado.—San José, veinticinco de marzo del dos mil
doce.—Lic. Violeta Arias Chavarría, Notaria.—1
vez.—RP2012288498.—(IN2012029667).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 10:00 horas del día de hoy, The Little Flower Baby Sociedad Anónima,
modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 13 de abril del
2012.—Lic. Marcela Núñez Troyo, Notaria.—1 vez.—RP2012288499.—(IN2012029668).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el día 12 de abril de 2012, se protocolizó el acta número cuatro de la asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad Old Harbour
Global Management Ltda., en la cual se acordó modificar las cláusulas
segunda y octava del pacto social, así como incluir la cláusula décimo
tercera.—San José, 13 de abril de 2012.—Lic. George De Ford González,
Notario.—1 vez.—RP2012288500.—(IN2012029669).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el día 13 de abril de 2012, se protocolizó el acta número dos de la asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad Initus
Internacional S. A., en la cual se acordó disolver y liquidar la
sociedad así como nombrar un liquidador.—San José, 13 de abril de 2012.—Lic.
George De Ford González, Notario.—1 vez.—RP2012288501.—(IN2012029670).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
el día 16 de abril de 2012, se protocolizó el acta número dos de la asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad Papohaku Beach
Limitada, en la cual se acordó modificar la cláusula octava del pacto
social.—San José, 16 de abril de 2012.—Lic. George De Ford González, Notario.—1
vez.—RP2012288502.—(IN2012029671).
Por escritura número 78-5 del 14 de abril del
2012, otorgada en Cartago, a las 21:25 horas, se protocolizó acta de asamblea
general en la cual se acordó la disolución de la sociedad denominada Sociedad
Anónima Feiga Mite.—Lic. Kathia Valverde Molina, Notaria.—1
vez.—RP2012288505.—(IN2012029672).
En mi notaría, mediante escritura número
108-25 otorgada a las 10:00 horas del 2 de abril del 2012, se acordó la
disolución de la sociedad Mesovar de San Ramón S. A.—San
Ramón, Alajuela, 15 de abril del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero,
Notario.—1 vez.—RP2012288506.—(IN2012029673).
Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general
extraordinaria de Importadora Cordero S. A., por los que se
disuelve y liquida.—San José, 13 de abril del 2012.—Lic. Alberto Fernández
López, Notario.—1 vez.—RP2012288507.—(IN2012029674).
Por escritura otorgada en mi notaría, la
entidad Naykasloga S. A., en asamblea general extraordinaria
cambia parte de la junta directiva. Presidenta: Layla Gazel Zaglul.—Heredia,
doce de abril del dos mil doce.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1
vez.—RP2012288509.—(IN2012029675).
Ante la suscrita notaría se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Mi
Bella Donostia Sociedad Anónima, a las once y cinco horas del catorce de
abril del dos mil doce. Presidente: Erick Tabash Álvarez.—Lic. Irene Salazar
Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012288511.—(IN2012029676).
Ante la suscrita notaría se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Corporación
Hermanas G.G de Curridabat Sociedad Anónima, a las
once y quince horas del catorce de abril del dos mil doce. Presidente: Erick
Tabash Álvarez.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2012288512.—(IN2012029677).
Ante esta notaría, se solicitó el día 13 de
abril del 2012, la disolución de la sociedad denominada Inversiones
Ante esta notaría, se solicitó el día 13 de
abril del 2012, la disolución de la sociedad denominada Inversiones San
Miguel Arcángel MLLC S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro dos
cinco cero cuatro siete, domiciliada en Higuito de Desamparados, de la entrada
de Calle Valverde, trescientos metros sur, por parte de sus dos únicos socios y
bajo acuerdo unánime, los señores Marisol Muñoz Gamboa, mayor, ama de casa,
casada una vez, cédula uno-seis cuatro nueve-dos uno uno, y Luis Eduardo Muñoz
Ramos, mayor, casado una vez, asesor de servicio, cédula uno-cinco ocho
cinco-cuatro tres siete, ambos vecinos de Higuito de Desamparados, de la
entrada de Calle Valverde,
Mediante escritura número 223-14, otorgada a
las 10:00 horas del 13 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Fumigadora Autorizada Irazú S. A.,
cédula jurídica 3-101-240538, mediante la cual se acordó disolver la sociedad.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el término de treinta
días a partir de la presente publicación se apersonen en el domicilio social
ubicado en Tejar del Guarco, Cartago, 200 norte y 150 oeste del Banco
Nacional.—Cartago, 13 de abril del 2012.—Lic. Patricia Henríquez Escobar,
Notaria.—1 vez.—RP2012288515.—(IN2012029680).
El día de hoy en mi notaría se protocolizó el
nombramiento de nuevo gerente de la sociedad denominada LV Ocho
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Representante legal: el
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Miramar, 18:30 horas del 22 de marzo del 2012.—Lic. Jockseline Zúñiga
Varela, Notaria.—1 vez.—RP2012288516.—(IN2012029681).
El día de hoy en mi notaría se protocolizó la
constitución de la sociedad denominada Bubarella de Costa Rica Sociedad
Anónima. Representante legal: el presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Miramar, 14:00 horas del 16 de enero del
2012.—Lic. Rogelio Flores Agüero, Notario.—1 vez.—RP2012288517.—(IN2012029682).
El día de hoy ante esta notaría se constituyó
dos sociedades denominadas Papagayo Inversiones INT CR. S.R.L., y
Minas Llenas NZC. S.R.L. Capital social de diez mil colones. Plazo
social: cien años.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic.
Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012288518.—(IN2012029683).
Asamblea general extraordinaria de la
sociedad Exclusividades Pura Vida Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-086725, liquidación y disolución de la sociedad. Escritura número
206 de las 11:00 horas del 12 de abril del 2012.—Lic. Zianny Ugarte Ulate,
Notaria.—1 vez.—RP2012288519.—(IN2012029684).
Mediante escritura número doscientos cuarenta
y dos, protocolo dos, del suscrito notario público, se disolvieron ante mí, las
empresas Pirate Ship Tours y King David CR, ambas
sociedades anónimas.—San José, a las doce horas del diez de abril del dos mil
doce.—Lic. Julio César Ruiz Chavarría, Notario.—1
vez.—RP2012288522.—(IN2012029685).
Ante mí se reformaron las cláusulas segunda
del domicilio y octava de la administración del pacto constitutivo de Inversiones
Leicotagui S. A., con cédula jurídica número: tres ciento uno-seis
uno uno siete seis tres.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos
Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012288523.—(IN2012029686).
Por escritura número doscientos cincuenta y
cuatro otorgada en esta notaría, a las trece horas del 9 de abril del 2012, se
protocoliza acta número uno de la asamblea general extraordinaria de la
sociedad Ciclo Ciencia Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-175320.
Domicilio: Atenas de Alajuela, donde se acuerda por unanimidad de votos la
disolución de dicha sociedad.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic.
Xiomara Gómez Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012288524.—(IN2012029687).
Por escritura número doscientos cincuenta y
cinco otorgada en esta notaría a las catorce horas del 9 de abril del 2012, se
protocoliza acta número uno de la asamblea general extraordinaria de la
sociedad Bronsom Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-114348.
Domicilio: Atenas de Alajuela, donde se acuerda por unanimidad de votos la
disolución de dicha sociedad.—Atenas, nueve de abril del dos mil doce.—Lic.
Xiomara Gómez Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012288525.—(IN2012029688).
Se comunica que en asamblea general
extraordinaria de socios de Inversiones Lilia Pascua S. A., celebrada el
16 de abril de 2012 y cuya acta protocolicé en mi notaría a las 11:00 horas del
día de hoy, por acuerdo firme tomado por la totalidad de socios y según lo
dispuesto por
Por escritura número doscientos cincuenta y
tres otorgada en esta notaría a las once horas treinta minutos del nueve de
abril del 2012, se protocoliza acta número uno de la asamblea general
extraordinaria de la sociedad Comercializadora Internacional Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-179356. Domicilio: Atenas de Alajuela, donde
se acuerda por unanimidad de votos la disolución de dicha sociedad.—Atenas,
nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Xiomara Gómez Vargas, Notaria.—1
vez.—RP2012288527.—(IN2012029690).
Se comunica que en asamblea general
extraordinaria de socios de Bermúdez y Cuenca Ltda., celebrada el 10 de
abril de 2012 y cuya acta protocolicé en mi notaría a las 8:45 horas del día de
hoy, por acuerdo firme tomado por la totalidad de socios y según lo dispuesto
por
Se comunica que en asamblea general
extraordinaria de socios de Oxford Partners Corporation S. A., celebrada
el 12 de abril de 2012 y cuya acta protocolicé en mi notaría a las 9:30 horas
del día de hoy, por acuerdo firme tomado por la totalidad de socios y según lo
dispuesto por
Se comunica que en asamblea general
extraordinaria de socios de Equipamientos Industriales Import-Export S. A.,
celebrada el 12 de abril de 2012 y cuya acta protocolicé en mi notaría a las
10:15 horas del día de hoy, por acuerdo firme tomado por la totalidad de socios
y de acuerdo con
Se comunica que en asamblea general
extraordinaria de socios de Bermu S. A., celebrada el 10 de abril de
2012 y cuya acta protocolicé en mi notaría a las 8:00 horas del día de hoy, por
acuerdo firme tomado por la totalidad de socios y según lo dispuesto por
Yo, Jenny Vargas Quesada, notaria pública,
con oficina abierta en Guácimo, protocolicé mediante escritura número 267
visible al folio 154 vuelto del tomo 13 de mi protocolo el acta Nº 1 de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Rigeri Azul
J&A S. A. Domiciliada en Parismina de Guácimo, Limón, cédula
jurídica número 3-101-430491, celebrada en su domicilio social a las 8:00 horas
del 29 de marzo de 2012, según la cual los socios acuerdan por unanimidad
disolver la sociedad.—Guácimo, a las 16:00 horas del 29 de marzo de 2012.—Lic.
Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012288533.—(IN2012029695).
A las veintidós horas con treinta minutos de
hoy, ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de
accionistas de Inmobiliaria Florysant S. A., por medio de la cual se
modificaron las cláusulas primera, segunda, y novena del pacto constitutivo y
se nombró nueva junta directiva y fiscalía.—Cartago, doce de abril de dos mil
doce.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2012288535.—(IN2012029696).
A las veinte horas de hoy, ante esta notaría
se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Distribuidora
Frankali S. A., por medio de la cual se modificó la cláusula segunda del
pacto constitutivo.—Cartago, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Alfonso
Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012288536.—(IN2012029697).
Por escritura número ciento treinta ante esta
notaría, en San José, a las quince horas del día diez de abril del dos mil
doce, se constituyó la sociedad Coninca Costa Rica Sociedad Anónima,
presidente José María Hurtado con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—Lic. Enny Mary Cordero Rivera, Notaria—1
vez.—RP2012288540.—(IN2012029698).
Por escritura número ciento treinta y uno
ante esta notaría en San José, a las once horas del día doce de abril del dos mil
doce, se constituyó la sociedad denominada Fruit-Factory Uno Coporation
Sociedad Anónima, presidente Eduardo Mauricio Melenez Román con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Enny Mary Cordero Rivera,
Notaria.—1 vez.—RP2012288541.—(IN2012029699).
Por escritura número ciento treinta y dos
ante esta notaría, en San José, a las ocho horas del dieciséis de abril del dos
mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Autos
Indy S. A., cédula de persona jurídica 3-101-189752, en la cual se acordó
la disolución por acuerdo de socios de la sociedad a partir del 15 de abril del
2012.—Lic. Enny Mary Cordero Rivera, Notario.—1
vez.—RP2012288542.—(IN2012029700).
Por escritura otorgada a las quince horas del
diecisiete de marzo del dos mil doce, se constituyó
Que por acuerdos expresos de la totalidad de
los socios de la sociedad Escuela de Tenis de Mesa Adolfo Chin
Fon, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-sesenta y tres mil
ochocientos setenta y seis, tomados a las veinte horas del treinta de marzo del
año dos mil doce, se acordó disolver la sociedad. No existen activos ni deudas
ni pasivos, ni tiene operaciones, ni actividades pendientes de ninguna
naturaleza. Razón por la cual se prescinde del trámite de nombramiento de
liquidador. Los acuerdos están firmes.—San José, doce de abril del dos mil
doce.—Lic. Alejandro Abellán Cisneros, Notario.—1
vez.—RP2012288544.—(IN2012029702).
Por acuerdo expreso de la totalidad de los
socios de la sociedad Ichogann Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-quinientos nueve mil doscientos cincuenta y
uno, tomado a las veinte horas del treinta de marzo del año dos mil doce, se
acordó disolver la sociedad. No existen activos, ni deudas, ni pasivos, ni
tiene operaciones ni actividades pendientes de ninguna naturaleza. Razón por la
cual se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador. Los acuerdos están
firmes.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Alejandro Abellán
Cisneros, Notario.—1 vez.—RP2012288546.—(IN2012029704).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta
número uno de asamblea general extraordinaria de socios de las diez horas del
tres de febrero del dos mil doce, en al que se acuerda la disolución y
liquidación de la sociedad Givataim S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos trece mil quinientos catorce.—San José, 27 de
marzo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—RP2012288548.—(IN2012029705).
Por acuerdo expreso de la totalidad de los
socios de la sociedad Ume Hana Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochocientos
cuarenta y tres, tomado a las veinte horas del treinta de marzo del año dos mil
doce, se acordó disolver la sociedad. No existen activos. ni deudas ni pasivos,
ni tiene operaciones ni actividades pendientes de ninguna naturaleza. Razón por
la cual se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador. Los acuerdos
están firmes.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Alejandro Abellán
Cisneros, Notario.—1 vez.—RP2012288547.—(IN2012029706).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las nueve horas quince minutos del día dieciséis de abril del dos mil doce,
donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Siemens Healthcare Diagnostics S.
A., donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto
constitutivo.—San José, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012288549.—(IN2012029707).
Mediante escritura número doscientos nueve de
las diez horas treinta minutos del dieciséis de abril del año dos mil doce
otorgada ante la notaria Jéssica Rodríguez Jara, se disolvió la sociedad
denominada Comercial y Suministros Hermanos Herrera de Poás
Sociedad Anónima y su presidente es el señor German Alonso Herrera Vargas.
Firmo en San Rafael de Poás, a las diez horas diez minutos del dieciséis de
abril del dos mil doce.—Lic. Jéssica Rodríguez Jara, Notaria.—1
vez.—RP2012288550.—(IN2012029708).
Mediante escritura número doscientos siete de
las nueve horas del dieciséis de abril del año dos mil doce, otorgada ante la
notaria Jéssica Rodríguez Jara, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
Esalfa de Poás Sociedad Anónima y su presidente es el señor José Augusto
Espinoza Alfaro, firmo en San Rafael de Poás, a las diez horas del dieciséis de
abril del dos mil doce.—Lic. Jéssica Rodríguez Jara, Notaria.—1
vez.—RP2012288551.—(IN2012029709).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
disolución de la sociedad Inversiones and & Jean Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con número de cédula jurídica número tres-uno
cero dos-seis cuatro nueve seis ocho seis, de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Se emplaza para que dentro de
los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá hacer
valer sus derechos por la vía correspondiente.—San Ramón de Alajuela, 16 de
abril del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1
vez.—RP2012288553.—(IN2012029710).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las doce horas del día doce de abril dos mil doce, se nombra presidente,
secretario y modifica la cláusula segunda y undécima de la sociedad 3101596890
S. A.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1
vez.—RP2012288554.—(IN2012029711).
Por escritura otorgada a las catorce horas
del día diez de abril de dos mil doce, ante esta notaría se reformó la cláusula
sexta de la sociedad denominada Industrias Frank Sociedad Anónima. Se
nombra junta directiva.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, Notario.—1
vez.—RP2012288555.—(IN2012029712).
En mi notaría se procedió a reformar
estatutos de la sociedad denominada Equipos Domésticos S. A., cédula
jurídica 3-101-41514.—San José, 13 de abril del 2012.—Lic. Jorge Gerardo Cerdas
Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012288556.—(IN2012029713).
Por escritura otorgada a las quince horas del
día diez de abril de dos mil doce, ante esta notaría se reformó la cláusula
sexta de la sociedad denominada Productos Plásticos Sirena Sociedad Anónima.
Se nombra junta directiva.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, Notario.—1
vez.—RP2012288557.—(IN2012029714).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
13:00 horas del día 13 de abril del dos mil doce, se constituye la empresa
denominada Soluciones Industriales Jarz S. A., domiciliada en San Rafael
de Alajuela, Barrio Nazareth;
Ante esta notaría, se reformó la cláusula
novena de la compañía Distribuidora Amarillo S. A. Capital social:
10.000 colones. Representante: Borni Lee Kim.—San José, abril del 2012.—Lic.
Dagoberto Rivera Betancourt, Notario.—1 vez.—RP2012288559.—(IN2012029716).
Por escritura de protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de la empresa Inversiones
González Chaves Limitada, otorgada a las 15:00 horas del día 20 de marzo
del 2012, se cedieron cuotas de participación, se reformaron las cláusulas
segunda domicilio, sexta administración, se nombraron gerentes y
subgerentes.—Belén, Heredia, 21 de marzo del 2012.—Lic. Daniel Murillo
Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012288560.—(IN2012029717).
A las 10:00 horas de hoy protocolicé asamblea
general extraordinaria de la sociedad DKD Kado S. A., en la cual se
modifica la cláusula sexta del pacto social y se nombra nuevo presidente.—San
José, 12 de abril del 2012.—Lic. Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1
vez.—RP2012288561.—(IN2012029718).
Por escritura de protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de la empresa Compañía Linda
Vista Limitada, otorgada a las 17:00 horas del día 20 de marzo del 2012. Se
cedieron cuotas de participación, se reformaron las cláusulas tercera,
domicilio y sexta administración, se nombró gerentes y subgerentes.—Belén,
Heredia, 21 de marzo del 2012.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012288562.—(IN2012029719).
Por escritura de protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de la empresa Corporación
Gomucha Limitada, otorgada a las 10:00 horas del día 21 de marzo del
2012, se cedieron cuotas de participación, reformó la cláusula sexta
administración, se nombró gerentes y subgerentes.—Belén, Heredia, 22 de marzo
del 2012.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012288563.—(IN2012029720).
Por escritura de protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Condominios y Viviendas
Covisa S. A., otorgada a las 15:00 horas del día 12 de marzo del 2012, se
reformó la cláusula sexta administración, se nombró presidente de la junta
directiva.—Belén, Heredia, 12 de marzo del 2012.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez,
Notario.—1 vez.—RP2012288564.—(IN2012029721).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las catorce horas de hoy día veintiuno de febrero del año dos mil
doce, se protocolizó acta de la sociedad El Mono Naranja Sociedad de Responsabilidad
Limitada, en donde se modifica la cláusula segunda del pacto
constitutivo.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro
Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012288565.—(IN2012029722).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciséis horas del diecinueve de marzo del dos mil doce, se
protocolizó acta de la sociedad Aphrodite Ciento Dos Sociedad de
Responsabilidad Limitada, en donde se modifica la cláusula segunda del
pacto constitutivo. Se nombra nueva gerente.—San José, doce de abril del dos
mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1
vez.—RP2012288566.—(IN2012029723).
En esta notaría, a las 11:00 horas del día de
hoy, se constituyó la sociedad denominada Awake SPA Sociedad Anónima.—San
José, 13 de abril del 2012.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1
vez.—RP2012288567.—(IN2012029724).
Por asamblea de socios celebrada al ser las
dieciocho horas del dos de abril del dos mil doce,y protocolizada ante esta
notaría, al ser las dieciséis horas del doce de abril del dos mil doce, se
disolvió a partir del nueve de abril del dos mil doce, la sociedad de esta
plaza denominada S.D.I. Real Estate Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número: tres-ciento uno-quinientos trece mil cuatrocientos dos. Es
todo.—Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis
Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012288568.—(IN2012029725).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10:30 horas del 27 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad OM Yoga
para Niños S. A. Representante: el presidente y secretario. Capital:
íntegramente suscrito y pagado.—San José, 27 de marzo del 2012.—Lic. Laura
Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—RP2012288570.—(IN2012029726).
Por asamblea de socios celebrada al ser las
diecinueve horas del dos de abril del dos mil doce y protocolizada ante esta
notaría, al ser las quince horas con cuarenta y cinco minutos del doce de abril
del dos mil doce, se disolvió a partir del nueve de abril del dos mil doce, la
sociedad de esta plaza denominada S.D.I. Property One Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos trece mil trescientos
ochenta y ocho. Es todo.—Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de
Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1
vez.—RP2012288571.—(IN2012029727).
Protocolización de acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Servicios Notariales
Gonur Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos sesenta y dos, mediante la cual se
reforma integralmente el pacto social. Escritura otorgada a las dieciséis horas
del primero de marzo del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1
vez.—RP2012288572.—(IN2012029728).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al
ser las diez horas del veintiséis de marzo del dos mil doce, se constituyó la
sociedad de esta plaza denominada Novedades Gucci Puchi Sociedad Anónima,
con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa
Rica, totalmente suscrito y pagado.—Distrito de Jacó, cantón de Garabito,
provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1
vez.—RP2012288575.—(IN2012029729).
Vapor Trail Properties Llc Limitada, cédula de persona jurídica
número: tres-ciento dos-cuatrocientos dos mil cuatrocientos setenta y ocho,
acepta la renuncia de un gerente y se nombra a otro en el cargo y reforma su
representación judicial y extrajudicial. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís,
Notario.—1 vez.—RP2012288577.—(IN2012029730).
S D R del Pacífico Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número: tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos
cincuenta y uno, reforma el nombre de la sociedad para que se denomine D R
del Pacífico Sociedad Anónima y reforma su representación judicial y
extrajudicial. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1
vez.—RP2012288578.—(IN2012029731).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
trece horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, que es asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones
Empresariales Fallas Sánchez GRC S. A., en firme, por unanimidad y por
convenir así a los intereses de sus socios, se acuerda disolver dicha sociedad.
Es todo.—San José, veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Mauricio Marín
Sevilla, Notario.—1 vez.—RP2012288579.—(IN2012029732).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
09:20 horas del 13 de abril del 2012, se acuerda la disolución de la sociedad Inversiones
Palomo S. A.—San José, 13 de abril del 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris
Canales, Notario.—1 vez.—RP2012288580.—(IN2012029733).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
09:00 horas del 9 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general de
socios de Consorcio Empresarial Tarnosabah S. A., según la cual se
acuerda disolución de la sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Gustavo
Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—RP2012288581.—(IN2012029734).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
08:30 horas del 9 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general de
socios de Grupo Iocarta S. A., según la cual se acuerda disolución de la
sociedad.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris
Canales, Notario.—1 vez.—RP2012288582.—(IN2012029735).
Por escritura otorgada ante mí, el día 29 de
marzo del 2012, se nombra presidente en la sociedad Soles de
Por escritura otorgada ante mí, el día 29 de
marzo del 2012, se nombra presidente en la sociedad Inversiones Sueños
Caribeños.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Granados Moreno,
Notario.—1 vez.—RP2012288584.—(IN2012029737).
Por escritura número setenta y seis, otorgada
ante mi notaría, a las doce horas del día doce de abril del dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de disolución de la entidad
denominada
Por asamblea general extraordinaria,
celebrada a las nueve horas del siete de diciembre del dos mil once, Inversiones
Nahualapa Sociedad Anónima, modifica cláusula segunda del
domicilio.—Liberia, al ser las nueve horas del veintiséis de marzo del dos mil
doce.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2012288008.—(IN2012029742).
Por escritura pública número ciento once,
otorgada en Santa María de Dota, a las trece horas del dos de abril del dos mil
doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Bepo
S. A., por medio del cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Lenin Mendiola
Varela, Notario.—1 vez.—RP2012288009.—(IN2012029743).
La suscrita notaria, hace constar que el día
de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las doce horas del
diez de abril del dos mil doce, se modificó las cláusulas primera y segunda
referente al nombre y al domicilio de la sociedad denominada Tres-ciento
uno-seiscientos cuarenta mil-novecientos cuarenta sociedad anónima.—Cartago,
tres de febrero del dos mil doce.—Lic. Adriana Ortiz Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2012288015.—(IN2012029744).
T.K.G.S. Group Holdings G.H. Sociedad Anónima, reforma la cláusula sexta del
pacto constitutivo y nombra presidente y secretario. Escritura otorgada en San
José, a las nueve horas treinta minutos del doce de abril del dos mil doce,
ante el notario Humberto Jarquín Anchía.—Lic. Humberto Jarquín Anchía,
Notario.—1 vez.—RP2012288016.—(IN2012029745).
Por escritura Nº 032-52, del tomo 52, del
suscrito notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en San Isidro de El General, de
Pérez Zeledón, a las 08:00 horas del 10 de abril del 2012, protocolicé acta de
la sociedad Inwood S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos noventa y siete mil seiscientos, en la cual se acuerda
disolverla.—San Isidro de El General, 12 de abril del 2012.—Lic. Casimiro
Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012288017.—(IN2012029746).
Por escritura Nº 029-52 del tomo 52 del
protocolo del notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad, a las
11:00 horas del 29 de marzo del 2012, se constituye una sociedad de
responsabilidad limitada, cuya denominación social lo será de conformidad con
lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno
siete uno-J, publicado en
Ante esta notaria, por escritura otorgada a
las once horas quince minutos del día doce de abril del dos mil doce, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Representaciones García S. A., donde se acuerda
modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, doce de abril
del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2012288019.—(IN2012029748).
Ante esta notaria, por escritura otorgada a
las once horas treinta minutos del día doce de abril del dos mil doce, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-638269
SRL, donde se acuerda modificar la cláusula novena de los estatutos.—San
José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—RP2012288020.—(IN2012029749).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a
las quince horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de Video Impacto y Asociados S.A.,
mediante la cual se toma el acuerdo unánime de disolver dicha sociedad.—San
José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Gina María Carazo Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—RP2012288021.—(IN2012029750).
Mediante escritura pública número ochenta,
otorgada ante mí, Erick Jiménez Masís, notario público, se disolvió la empresa Actividades
Comerciales Diversas Calufom E.I.R.L., cédula jurídica número tres-ciento
cinco-doscientos setenta y un mil novecientos cincuenta y uno. Se emplaza por
treinta días a partir de la publicación a todos los interesados a fin de que se
apersonen a hacer valer sus derechos.—Cartago, doce de abril del dos mil
doce.—Lic. Erick Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2012288022.—(IN2012029751).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del día doce de abril del dos mil doce, se constituyó
la empresa de esta plaza Inversiones Tedelko Sociedad Anónima. Capital
social: suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: presidente
y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.
Plazo social: noventa y nueve años. Es todo.—San José, a las diez horas del día
doce de abril del dos mil doce.—Lic. Alex Vargas Zeledón, Notario.—1
vez.—RP2012288023.—(IN2012029752).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del día nueve de abril del dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa de esta plaza
Central District Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y cinco mil ochocientos sesenta y siete, donde se
acuerda la disolución de la presente sociedad. Es todo.—San José, nueve de
abril del dos mil doce.—Lic. Alex Vargas Zeledón, Notario.—1
vez.—RP2012288024.—(IN2012029753).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, en Guanacaste, Playas del Coco, a las 17:00 horas del día 9 de abril
del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad 3-102-591247 S.R.L., en la cual se reforman las cláusulas
segunda y octava del pacto constitutivo y se nombran nuevos gerentes de la
compañía.—Guanacaste, Playas del Coco, 10 de abril del 2012.—Lic. Adrián Lizano
Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012288025.—(IN2012029754).
Ante esta notaría, se modificó pacto social
de Red Dragón Sociedad Anónima, otorgada por escritura Nº 113-9 de las
10:30 horas del 10 de abril del 2012, tomo 9 de mi protocolo.—San José, 10 de
abril del 2012.—Lic. Óscar Eddy Trejos Monge, Notario.—1
vez.—RP2012288027.—(IN2012029755).
Ante esta notaría, se modificó pacto social
de Jungle Lion Corporation Sociedad Anónima, otorgada por escritura Nº
112-9 de las 10:00 horas del 10 de abril del 2012, tomo 9 de mi protocolo.—San
José, 10 de abril del 2012.—Lic. Óscar Eddy Trejos Monge, Notario.—1
vez.—RP2012288028.—(IN2012029756).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del
29 de marzo del 2012, protocolicé acuerdos de la empresa Desarrollos EVJ S.
A., reformando estatutos.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Roberto
Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012288029.—(IN2012029757).
Por escritura otorgada a las 09:00 horas del
20 de febrero del 2012, se reforma cláusula cuarta del pacto constitutivo de Publi-One
S. A., de la vigencia hasta 31 de marzo del 2012.—Lic. Gabelo Rodríguez
Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012288030.—(IN2012029758).
Hugo Rodríguez Coronado, abogado, hace
constar que mediante escritura número dieciséis-ciento cuarenta y seis, del
tomo dieciséis, se constituyó la sociedad Yanik S. A. Capital: suscrito
y pagado a la fecha.—21 de marzo del 2012.—Lic. Hugo Rodríguez Coronado,
Notario.—1 vez.—RP2012288031.—(IN2012029759).
Por escritura otorgada ante esta notaría
pública, a las 17:30 horas del 29 de marzo del 2012, las sociedades Pensamientos
y Papel S. A., cédula Nº 3-101-177585;
En asamblea extraordinaria de la sociedad Fistula
del Cañal EV S. A., cédula jurídica Nº 3-101-592137, celebrada a las 16:00
horas del 28 de marzo del 2012, se cambia la administración de la sociedad.—San
José, 12 de abril del 2012.—Lic. Francisco Stewart Satchuell, Notario.—1
vez.—RP2012288033.—(IN2012029761).
En asamblea extraordinaria de la sociedad Del
Roble Azul Sucesores S. A., cédula jurídica Nº 3-101-589612, celebrada a
las 11:00 horas del 12 de marzo del 2012, se cambia la administración de la
sociedad.—San José, 12 de abril del 2012.—Lic. Francisco Stewart Satchuell,
Notario.—1 vez.—RP2012288034.—(IN2012029762).
En escritura otorgada ante esta notaria, a
las 10:00 horas del 27 de marzo del 2012, Zamaris Jaén López, constituyó
Por escritura número ciento doce, de las
12:00 horas del 9 de abril del 2012, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Instituto de
Ciencias del Deporte ICIDEP S. A., por la cual se reforma la cláusula sexta
del pacto constitutivo.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Édgar Omar Belloso
Montoya, Notario.—1 vez.—RP2012288038.—(IN2012029764).
Mediante escritura de las 11:00 horas del 22
de marzo del 2012, se constituyó la sociedad que llevará como nombre Palm
Beach Security S. A.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López,
Notario.—1 vez.—RP2012288040.—(IN2012029765).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diez horas del dos de abril del dos mil doce, se disuelve la sociedad Tres
Delfines Sociedad Anónima.—San José, dos de abril del dos mil doce.—Lic.
Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2012288041.—(IN2012029766).
Por escritura otorgada a las once horas del
nueve de abril del dos mil doce, se reformó la cláusula segunda del domicilio
de la sociedad Lote Hacienda Dos B Veinte Sociedad Anónima.—Lic. Édgar
Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2012288042.—(IN2012029767).
Por escritura otorgada a las quince horas
treinta minutos del nueve de abril del dos mil doce, se reformó la cláusula
octava de la administración de la sociedad Global Business Services de
Costa Rica Limitada.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—RP2012288043.—(IN2012029768).
Ante esta notaría a las doce horas del
veintidós de marzo del dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad de esta plaza, Rincón de Jabillos
RJ Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos treinta y tres mil ciento sesenta y siete, por medio
de la cual se acuerda disolver la sociedad anónima.—Lic. Fernando Alfaro
Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2012288044.—(IN2012029769).
Por escritura otorgada a las once horas
treinta minutos del nueve de abril del dos mil doce, se reformó la cláusula
segunda del domicilio de la sociedad Lote Hacienda Uno B Diecinueve
Sociedad Anónima.—Lic. Édgar Odio Rohrmoser, Notario.—1
vez.—RP2012288045.—(IN2012029770).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las once horas del dos de abril del dos mil doce, se disuelve la sociedad VPH
Doce (Granate) Sociedad Anónima.—San José, dos de abril del dos mil
doce.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—RP2012288046.—(IN2012029771).
Por escritura otorgada a las doce horas del
nueve de abril del dos mil doce, se reformó la cláusula quinta del capital
social, octava de la administración y representación y décima segunda de las
asambleas de la sociedad Aroma Flor Sociedad Anónima.—Lic. Édgar Odio
Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2012288047.—(IN2012029772).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las once horas treinta minutos del dos de abril del dos mil doce, se disuelve
la sociedad VPH Once (Ópalo) Sociedad Anónima.—San José,
dos de abril del dos mil doce.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—RP2012288048.—(IN2012029773).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las diez horas treinta minutos del dos de abril del dos mil doce, se disuelve
la sociedad VPH Diez (Cristal) Sociedad Anónima.—San José, dos de
abril del dos mil doce.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—RP2012288049.—(IN2012029774).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las doce horas del dos de abril del dos mil doce, se disuelve la sociedad VPH
Nueve (Amatista) Sociedad Anónima.—San José, dos de abril del dos mil
doce.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—RP2012288050.—(IN2012029775).
Ante esta notaría a las once horas treinta
minutos del veintidós de marzo del dos mil doce, se protocoliza el acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza, Agropecuaria
Arval A R Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos sesenta y siete mil setecientos veintisiete, por
medio de la cual se acuerda disolver la sociedad anónima.—Lic. Fernando Alfaro
Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2012288051.—(IN2012029776).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las doce horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, se disuelve la
sociedad Inversiones Daanalda Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de
marzo del dos mil doce.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—RP2012288052.—(IN2012029777).
Que por escritura otorgada ante esta notaría,
a las dieciséis horas del día doce de abril del dos mil doce, se constituyó la
sociedad de responsabilidad limitada denominada Estela de Mar Dieciséis
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2012.—Lic.
María Verónica Riboldi López, Notaria.—1 vez.—RP2012288053.—(IN2012029778).
La suscrita notaria hace constar que ante mí,
se protocolizó el acta general extraordinaria de asamblea de accionistas número
veintiuno de la compañía Playa de Las Palmitas Sociedad
Anónima, en la cual se reformaron las cláusulas décima: de la junta
directiva y la representación de la sociedad, segunda: del domicilio social,
del pacto social; se nombró nueva junta directiva y se ratificaron poderes
otorgados.—San José, diez de abril de dos mil doce.—Lic. Mariela Hernández
Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012288055.—(IN2012029779).
Por medio de la escritura número trescientos
tres, otorgada a las catorce horas del día dos de abril del dos mil doce, ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Inversiones Nevercloff S. A.,
por medio de la cual se modifica la cláusula primera de la razón social para
que en adelante se denomine Atlas de Costa Rica Sociedad
Anónima, la cláusula sexta de la administración, se revoca el nombramiento
de los miembros de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos
miembros.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1
vez.—RP2012288056.—(IN2012029780).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
12 horas 50 minutos del día 28 de marzo del 2012, se acordó disolver la
sociedad Para
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
15 horas 45 minutos del día 29 de marzo del 2012, se acordó disolver la sociedad
Fideicomisos Joyoly VP Sociedad Anónima, domiciliada en
Heredia.—Heredia, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio
Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012288060.—(IN2012029782).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las siete horas del trece de abril del 2012 se protocolizó disolución por
acuerdo de socios de la sociedad denominada Sesgab Trade &
Marketing Sociedad Anónima.—San José, 13 de abril del 2012.—Lic. Mariana
Campos Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012288061.—(IN2012029783).
Por escritura otorgada ante mi notaría ,a las
15 horas 50 minutos del día 29 de marzo del 2012, se acordó disolver la
sociedad Cargo Express Continental Sociedad Anónima, domiciliada en
Heredia.—Heredia, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—RP2012288062.—(IN2012029784).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
09 horas 30 minutos del día 30 de marzo del 2012, se acordó disolver la
sociedad Propiedades Castro García Sociedad Anónima, domiciliada en
Heredia.—Heredia, nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio
Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012288063.—(IN2012029785).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
12 horas 55 minutos del día 28 de marzo del 2012, se acordó disolver la sociedad
Anukol Internacional Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Heredia,
nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González,
Notario.—1 vez.—RP2012288064.—(IN2012029786).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría a las 9:00 horas del 24 de marzo del 2012, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad RMA Consultoría
Integral S. A., en la que se reforma cláusula novena y se nombra
nuevo tesorero y agente residente. Presidente: Alberto Ramírez Montealegre.—San
José, 24 de marzo del 2012.—Lic. Rolando Sánchez Arias, Notario.—1
vez.—RP2012288066.—(IN2012029787).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
18 horas 10 minutos del día 12 de abril del 2012, se acordó disolver la
sociedad Vires Herediana Sociedad Anónima, domiciliada en
Heredia.—Heredia, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio
Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012288067.—(IN2012029788).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas del 30 de marzo del 2012, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad RMA Consultoría
Integral S. A., en la que se disuelve dicha sociedad por acuerdo
unánime de socios. Presidenta: Mariamalia Pérez Coto.—San José, 30 de marzo del
2012.—Lic. Rolando Sánchez Arias, Notario.—1 vez.—RP2012288068.—(IN2012029789).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
12 horas 50 minutos del día 28 de marzo del 2012, se acordó disolver la
sociedad Malushkama Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Heredia,
nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González,
Notario.—1 vez.—RP2012288069.—(IN2012029790).
En asamblea general extraordinaria de socios
de las dieciséis horas del día doce de abril de dos mil doce, se declaró disuelta
y liquidada la sociedad Consorcio Hidroeléctrico (COHISA Costa Rica)
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-139217, acta protocolizada
ante esta notaría.—Lic. Carlos Luis Mellado Soto, Notario.—1
vez.—RP2012288070.—(IN2012029791).
En asamblea general extraordinaria de socios
de las quince horas del día doce de abril de dos mil doce, se declaró disuelta
y liquidada la sociedad Transportes Somo del Pacífico Sociedad
Anónima, cédula jurídica N 3-101-103843, acta protocolizada ante esta
notaría.—Lic. Carlos Luis Mellado Soto, Notario.—1
vez.—RP2012288071.—(IN2012029792).
Por escritura de esta notaría, a las once
horas del doce de abril del dos mil doce, se protocoliza el acuerdo de
disolución de la sociedad de esta plaza Supervisión y Controles
Empresariales SCE S. A., con cédula de persona jurídica número tres
ciento uno doscientos noventa y ocho mil ochocientos sesenta y seis.—San José,
doce de abril del dos mil doce.—Lic. Marcela Murillo Quirós, Notaria.—1
vez.—RP2012288072.—(IN2012029793).
Por escritura de esta notaría, a las diez
horas del doce de abril del dos mil doce, se protocoliza el acuerdo de
disolución de la sociedad de esta plaza El Frijolito Saltarín y el
Arco Iris Colorín S. A., con cédula de persona jurídica número tres
ciento uno doscientos sesenta y nueve mil cuatrocientos ochenta.—San José, doce
de abril del dos mil doce.—Lic. Marcela Murillo Quirós, Notaria.—1
vez.—RP2012288073.—(IN2012029794).
Por acuerdo de socios se disolvió y se
liquida la sociedad Rexton Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-582570, con domicilio en Dulce Nombre de
Por escritura de las 8:00 horas del 21 de
marzo del 2012, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Kotu
Operativa Sociedad Anónima. Plazo: 99 años a partir de su constitución. La
representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de la junta
directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital
social: ¢10.000,00. Domicilio: San José.—12 de abril del 2012.—Lic. Benjamín
Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—RP2012288076.—(IN2012029796).
Por escritura de las 8:00 horas del 30 de
marzo de 2012, otorgada ante esta notaría pública, se modifica la cláusula
octava del pacto social de Sitelcom Sociedad Anónima.—San José, 30 de
marzo de 2012.—Lic. Eslava Hernández Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012288077.—(IN2012029797).
Por escritura número 299 otorgada, ante la
notaria Carmen Chavarría Brenes, a las 16:00 horas del 28 de marzo del 2012, se
modificó la cláusula sétima de los estatutos de la sociedad Compañía
Agrícola Joma Sociedad Anónima.—Tres Ríos,
Por escritura número 294 otorgada, ante la
notaria Carmen Chavarría Brenes, a las 15:00 horas del 13 de marzo del 2012, se
constituyó la sociedad Mobiliaria Saes Sociedad Anónima. Presidenta:
Sandra Piedra Zeledón.—Tres Ríos,
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del
12 de abril del 2012, se protocolizó el acuerdo de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Uniwak S. A., cédula
3-101-169575. Se reforma el pacto constitutivo se acuerda disolver la
sociedad.—San José, 12 de abril del 2012.—Lic. Yuliana Gaitán Ayales,
Notaria.—1 vez.—RP2012288087.—(IN2012029800).
Por acuerdo de asamblea de socios se acordó
disolver y liquidar la sociedad Hernández J Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-278125, domiciliada en San José. Presidente:
Alexander Hernández Meneses.—Lic. Jeésica Margot Barboza Barrantes, Notaria.—1
vez.—RP2012288088.—(IN2012029801).
Ante esta notaría se protocoliza acta donde
se modifica cláusula cuarta, del pacto constitutivo de la sociedad Tracto
Rent C.C.F. S. A. Se nombra presidente de la junta directiva y fiscal.—San
Ramón, Alajuela, treinta de marzo de dos mil doce.—Lic. Frineth M. Salas
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012288089.—(IN2012029802).
Ante esta notaría se protocoliza acta donde
se modifica cláusula sétima y elimina la cláusula décima segunda, del pacto
constitutivo de la sociedad Los Mulos de Guadalupe S. A.—San Ramón,
Alajuela, treinta de marzo de dos mil doce.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—RP2012288090.—(IN2012029803).
Ante esta notaría se protocoliza acta donde
se modifica cláusula segunda, sétima y se elimina la cláusula décima segunda
del pacto constitutivo de la sociedad Las Pulgas de Sani S. A. Se nombra
secretario de la junta directiva y fiscal.—San Ramón, Alajuela, nueve de abril
del dos mil doce.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP2012288091.—(IN2012029804).
Ante esta notaría se protocoliza acta donde
se modifica cláusula cuarta, del pacto constitutivo de la sociedad Castelosad
S.A. Se nombra junta directiva y fiscal.—San Ramón, Alajuela, treinta de
marzo de dos mil doce.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP2012288093.—(IN2012029805).
Ante esta notaría se protocoliza acta donde
se elimina cláusula décima segunda del pacto constitutivo de la sociedad Las
Nietas de Macho S. A. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San Ramón,
Alajuela, treinta de marzo de dos mil doce.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—RP2012288094.—(IN2012029806).
El día de hoy protocolicé asambleas generales
extraordinarias de accionistas de las sociedades Oficentro del Norte Agrícola
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-163.138, Fundos del Norte
Agrícola Sociedad Anónima, cédula 3-101-172.449, Finca del Norte
Agrícola Industrial de Upala Sociedad Anónima, cédula 3-101-194.313, Predios
del Norte Agrícola Sociedad Anónima, cédula 3-101-163.117 y Residencial
El Bosquecito en Alajuelita Sociedad Anónima, cédula 3-101-325.196 en las
que se acuerda por unanimidad de socios fusionar las sociedades, prevaleciendo Oficentro
del Norte Agrícola Sociedad Anónima, modificándose en esta última en virtud
de la fusión, las cláusulas segunda, del domicilio, quinta, del capital social,
sexta de la administración y se elimina la cláusula décima segunda.—San José,
12 de abril del 2012.—Lic. Érika Vázquez Boza, Notaria.—1
vez.—RP2012288096.—(IN2012029807).
El día de hoy se constituyó la sociedad Fumigadora
El día de hoy protocolicé acta de M.S.
Precisión Sociedad Anónima, donde la asamblea de socios autoriza la
disolución de la sociedad.—San José, 2 de abril del 2012.—Lic. Sergio Coto
Arrieta, Notario.—1 vez.—RP2012288098.—(IN2012029809).
Ante mí al ser las 12:00 horas del 23-2-2012,
se constituyó Consorcio R Y R de Jericó S. A.
Domiciliada en San José, Desamparados, San Miguel, El Manzano
Por medio de escritura otorgada por el
suscrito notario, a las nueve horas treinta minutos del día de hoy, se
constituyó la sociedad denominada Peridotita Soluciones S. R. L..—San
José, 10 de abril del 2012.—Lic. Álvaro Castillo Castro, Notario.—1
vez.—RP2012288100.—(IN2012029811).
Por escritura número ciento veintitrés-once,
otorgada ante los notarios públicos: Juan Manuel Godoy Pérez y Mario Quesada
Bianchini a las catorce horas del día nueve de abril de dos mil doce, se
protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las
compañías (i) Multirepuestos Continentales MRC Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y dos mil
novecientos cuarenta y cuatro, y (ii) Agrosuperior Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y dos mil
ciento ochenta y siete, mediante la cual las sociedades se fusionaron por el
sistema de absorción subsistiendo la sociedad Agrosuperior S. A..—San
José, nueve de abril de dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—RP2012288101.—(IN2012029812).
Se comunica a los interesados que según acta
número uno celebrada el treinta de marzo del dos mil doce, de Autos Impactos
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y
dos mil trescientos tres, se modificó la cláusula tercera de los
estatutos.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1
vez.—RP2012288102.—(IN2012029813).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas
del doce de abril de dos mil doce, ante el notario Édgar Alberto Arroyo
Quesada, se disolvió la sociedad denominada Mivae Global Media Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y tres
mil ciento cincuenta y nueve. Dentro de los treinta días siguientes a esta
publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución,
que no se base en causa legal o pactada.—San José, doce de abril de dos mil
doce.—Lic. Édgar Alberto Arroyo Quesada, Notario.—1
vez.—RP2012288106.—(IN2012029814).
La suscrita notaria hace constar que el día
de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las nueve horas
treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil doce. Se constituyó la
sociedad denominada Agrícola Valemar B & S Sociedad Anónima, capital
suscrito y pagado, presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o
separadamente.—Cartago, 23 de marzo del 2012.—Lic. Érika Wattson López,
Notaria.—1 vez.—RP2012288107.—(IN2012029815).
Por escritura otorgada ante esta notaría el
día dos de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de Servicios
Empresariales Internacionales U.O.T. S. A., se modifica la cláusula
sexta y se nombra nuevos miembros de junta directiva.—San José, 10 de abril del
2012.—Lic. Carlos Eugenio Vargas Masís, Notario.—1
vez.—RP2012288109.—(IN2012029816).
Por escritura otorgada ante esta notaría el
día dos de abril del dos mil doce, se protocolizan fusión por absorción de las
sociedades: El Bosque del Cantegril S. A. y El Cantegril de
Por escritura otorgada ante esta notaría el
día dos de abril del dos mil doce, se protocolizan fusión por absorción de las
sociedades: Consultoría Integral Danacoin S. A. y Cometa Azul Daoco
S. A.; prevaleciendo esta última.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Carlos
Eugenio Vargas Masís, Notario.—1 vez.—RP2012288111.—(IN2012029818).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las nueve horas del día dos de abril del dos mil doce, se disolvió la sociedad Finconsul
T-Suri S. A..—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Carlos Eugenio Vargas
Masís, Notario.—1 vez.—RP2012288112.—(IN2012029819).
Protocolización de asamblea general
extraordinaria de socios de Consorcio Industrial del Pacífico
Sociedad Anónima, la cual reforma las cláusulas segunda de los
estatutos. Escritura de las quince horas del doce de abril del año dos mil
doce.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1
vez.—RP2012288113.—(IN2012029820).
Se comunica al público en general la
disolución de Primos Monge Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-cuatro nueve nueve seis tres nueve, domiciliada en
Curridabat, ciento setenta y cinco metros al sur de la iglesia, para lo que en
derecho corresponde.—MSc. Ángel Torres Bravo, Notario.—1
vez.—RP2012288117.—(IN2012029821).
Ante mí, Maricruz Uba Loaiza, notaria
pública, se constituyó en la fecha de las veintiuna horas del veinticuatro de
abril del año dos mil once, una sociedad anónima, que utilizará como nombre
social: Romafe Sociedad Anónima, al momento de su inscripción.—Cartago,
doce de abril del año dos mil doce.—Lic. Maricruz Uba Loaiza, Notaria.—1
vez.—RP2012288118.—(IN2012029822).
Ante mí, Maricruz Uba Loaiza, notaria
pública, se constituyó en la fecha de las diez horas del siete de marzo del año
dos mil doce, una sociedad anónima, que utilizará como nombre social: Transcrumo
Sociedad Anónima, al momento de su inscripción.—Cartago, doce de
abril del año dos mil doce.—Lic. Maricruz Uba Loaiza, Notaria.—1
vez.—RP2012288119.—(IN2012029823).
Se comunica a los interesados, que mediante
escritura número ochenta y tres de fecha nueve de abril del dos mil doce,
iniciada a folio ochenta y uno vuelto del tomo sesenta y uno del notario Hugo
Zúñiga Clachar, los socios Enrique Montiel Héctor, cédula número uno-doscientos
noventa y nueve-novecientos siete y Adolfo Jiménez Aguilera, cédula número
ocho-cero cincuenta-trescientos treinta, han convenido en disolver la entidad Montiel
y Jiménez Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, cincuenta metros sur
del Banco Nacional, cédula jurídica número 3-101-217922. Es todo.—Liberia,
nueve de abril del 2012.—Lic. Hugo Zúñiga Clachar, Notario.—1
vez.—RP2012288125.—(IN2012029824).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a
las ocho horas del día doce de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Golden Reflects
Enterprises Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos
se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 12 de marzo del 2012.—Lic.
Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012288126.—(IN2012029825).
Se comunica a los interesados, que mediante
escritura número ciento veintitrés, de fecha doce de abril del dos mil doce,
iniciada a folio ciento noventa y uno frente del tomo ochenta y tres de la notaria
Aida María Montiel Héctor, el socio Jean Pierre Miller Pilón, cédula número
ocho-cero noventa y dos-quinientos veintinueve, ha convenido en disolver la
entidad Discrition Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste,
cincuenta metros sur del Banco Nacional de Costa Rica, cédula jurídica número
3-101- 367582. Es todo.—Liberia, doce de abril del 2012.—Lic. Aida María
Montiel Héctor, Notaria.—1 vez.—RP2012288127.—(IN2012029826).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las nueve horas del día doce de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Yebenes Cruzo
Inversiones Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos
se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 12 de marzo del 2012.—Lic.
Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012288128.—(IN2012029827).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diez horas del día doce de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tersuel Lasu
Inversiones Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos
se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 12 de marzo del 2012.—Lic.
Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012288129.—(IN2012029828).
Por escritura número ochenta y cuatro-sesenta
y uno, se protocolizó acta de accionistas de BRC Consultorías y
Asesorías de Occidente Sociedad Anónima, se reforma la cláusula segunda,
junta directiva y la cláusula novena de los estatutos.—Liberia, 10 de abril del
2012.—Lic. Hugo Zúñiga Clachar, Notario.—1 vez.—RP2012288130.—(IN2012029829).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Documento admitido traslado al
titular. Ref: 30/2011/46838. Southwire Company C/ P Seis del Oeste S. A.
Documento: Cancelación por falta de uso (Southwire Company). Número y fecha:
Anotación/2-74842 de 04/10/2011. Expediente: 2000-0009363 Registro Nº 128374
Southwire en clase 9 marca mixto.—Registro de
Para
ver imagen solo en
”, Registro Nº 128374, en clase
9 internacional, la cual protege y distingue “cable y conductores eléctricos
y telefónicos, cables de potencia para uso industrial, cables subterráneos,
cables residenciales, conductores de distribución eléctrica, interruptores
eléctricos, dispositivos de alumbrado, arrancadores para lámpara”, cuya
propiedad es de la empresa P Seis del Oeste S. A. Conforme a lo previsto en los
artículos 39 de
Resolución acoge cancelación y rechaza
nulidad. Ref: 30/2012/9443. Servizamoranos S. A., cédula jurídica Nº
3-101-0063204-30. Documento: Cancelación por falta de uso (Marketing ARM
International). Número y fecha: Anotación/2-74087 de 11/08/2011. Expediente:
1992-0006596 Registro Nº 83205 Phyton 27 en clase 5 marca mixto.—Registro de
Para ver imagen
solo en
en clase 5 para proteger
y distinguir: “Insecticida y fungicida”, propiedad de Servizamoranos S.
A.
Resultando:
I.—Que por memorial recibido el
11 de agosto del 2011,
Para
ver imagen solo en
en clase 5 para proteger y
distinguir: “Insecticida y fungicida”, propiedad de Servizamoranos S. A.
II.—Que por memorial recibido el 11 de agosto
del 2011,
Para
ver imagen solo en
en clase 5 para proteger y
distinguir: “Insecticida y fungicida”, propiedad de Servizamoranos S. A.
III.—Que por resolución de fecha 18 de agosto
del 2011, el Registro de Propiedad Industrial previene, en ambas solicitudes,
aportar un juego de copias de las pruebas, personería jurídica de la empresa
titular a efecto de notificar al titular y señalar donde se encuentra el poder
que acredita su representación. Dichas resoluciones fueron debidamente
notificadas el 23 de agosto del 2011.
IV.—Que por memorial de fecha 7 de setiembre
del 2011, la representante de Marketing ARM International Inc, presenta, en el
proceso de nulidad, dos juegos de copias del expediente del Servicio
Fitosanitario de Estado del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
V.—Que por memoriales fechados el 12 de
setiembre del 2011,
VI.—Que por resoluciones de fecha 21 de
setiembre del 2011, el Registro de Propiedad Industrial procede a dar traslado
al titular del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie respecto de las
solicitudes de cancelación y nulidad presentadas.
VII.—Que por resoluciones de fecha 24 de
noviembre del 2011, el Registro de Propiedad Industrial ante la imposibilidad
material de notificar conforme a derecho al titular del distintivo marcario
previene al promovente para que realice la publicación por tres veces
consecutivas en el Diario Oficial
VIII.—Que por memoriales de fecha 25 de enero
del 2012, el solicitante de la cancelación y de la nulidad aporta copia de la
publicación realizada en el Diario Oficial
IX.—Que por resolución de las 10:26:46 horas
del 7 de marzo del 2012, se ordena la acumulación de los procesos de solicitud
de cancelación por falta de uso y de nulidad a efecto que sean resueltos
conjuntamente.
X.—Que no consta en el expediente
contestación del traslado de la solicitud de cancelación por no uso y nulidad
interpuestas.
XI.—En el procedimiento no se notan defectos
ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados.
- Que en este Registro de
Para
ver imagen solo en
registro Nº 83205, inscrita el 13 de julio del 1993, en clase 5 internacional,
para proteger y distinguir: “Insecticida y fungicida”, propiedad de la
empresa Servizamoranos S. A.
- Que en este Registro se presentó la
solicitud de inscripción Nº 2011-6329 para la marca PHYTON 27 en clase 5 de la
nomenclatura internacional para proteger: “Productos farmacéuticos y
veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para
uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material
para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes; productos
para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas”,
solicitada por Marketing ARM International Inc, cuyo estado administrativo
actual de ambas es “Suspensión a pedido de parte”.
II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la
resolución del presente asunto.
III.—Legitimación
para actuar. Analizadas las copias certificadas del poder especial
aportado en el expediente en su escrito de solicitud de la presente cancelación
por falta de uso se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en
este proceso de
IV.—Contenido
de las solicitudes.
A. Solicitud de nulidad. Señala el solicitante de la nulidad
que el verdadero titular de la marca PHYTON 27 es su representada, además
indica que la inscripción del registro 83205 se dio en contravención del
artículo 8º inciso c) su marca fue usada desde una fecha anterior y 8º inciso
e) que la misma es notoria y que fue registrada ilegítimamente en Costa Rica
por Servizamoranos S. A., bajo pleno conocimiento de que dicho signo distintivo
la pertenecía a un tercero con mejor derecho, quedando demostrado la mala fe
del titular desde el momento del registro del signo distintivo en nuestro país.
Que existe una relación entre Servizamoranos S. A. y Agrozamoranos S. A., ya que
pertenecen al mismo grupo económico por lo que no podrían alegar
desconocimiento de la marca. Por lo que solicitan a este Registro: i) Proceder
a anular el registro Nº 83205. ii) Inmovilizar la marca para evitar cualquier
intento de traspaso. iii) Ordenar la entrega del libro de accionistas de
Agrozamoranos S. A. y Servizamoranos S. A. iv) Notificar a la empresa
Servizamoranos S. A. para que desista de la utilización de la marca, mientras
que el proceso se ventila. v) Continuar con el proceso de registro de la marca
PHYTON 27 expediente administrativo 2011-6329.
B. Solicitud de cancelación por falta de uso.
Señala el solicitante de la cancelación por falta de uso que el signo no ha
sido utilizado ni por su titular, ni por un tercero autorizado al efecto, que
el signo no ha sido utilizado en el país de manera real y efectiva durante los
últimos cinco años y es por esta razón que el registro 83205 obstruye
injustificadamente y de manera ilegítima el acceso al registro de la marca
denominativa de su representada. Por lo que solicitan a este Registro que: i)
Requerir ante las autoridades aduanales de Costa Rica un detalle de las
importaciones que se hayan hecho de este producto, durante los anteriores siete
años. ii) Cancelar el registro 83205. iii) Que una vez cancelado se le de el
trámite correspondiente a la marca presentada por la empresa Marketing ARM
International Inc.
VIII.—Aclaración previa: sobre las pretensiones del solicitante. El
Registro de Propiedad Industrial es la autoridad administrativa, adscrita al
Registro Nacional, responsable de la inscripción
y el registro de los derechos en materia de Propiedad Industrial; siendo
que todas sus actuaciones deben regirse por el principio de legalidad, esta
Instancia no puede arrojarse funciones no autorizadas o permitidas por el
Ordenamiento Jurídico vigente en la materia, tales como algunas de las
pretensiones solicitadas por Monserrat Alfaro Solano referentes a: Ordenar la
entrega del libro de accionistas de Agrozamoranos S. A. y Servizamoranos S. A.
y/o requerir ante las autoridades aduanales de Costa Rica un detalle de las
importaciones que se hayan hecho de este producto, durante los anteriores siete
años. En este sentido, los artículos 37, 38 y 39 de
IX.—Sobre
el fondo del asunto. Analizado el expediente y tomando en cuenta lo
anterior, se procede a resolver el fondo del asunto:
a) Solicitud de nulidad: Señala
Sobre
el uso anterior:
El autor Jorge Otamendi, en su
obra Derecho de Marcas, acerca del uso anterior y la prioridad indica
que “... no siempre la presentación de la solicitud otorga a su titular un
derecho absoluto de prioridad, de la misma manera que la marca concedida no
otorga un derecho indiscutible e inatacable. Existen casos en los que una
solicitud debe ceder ante marcas que han sido utilizadas con anterioridad a
dicha solicitud. Puede haber casos en que se ha usado una marca y que, sea por
la ignorancia o por una cierta negligencia, no se haya solicitado el registro.
Estas situaciones no deben ser olvidadas, ya que significaría desconocer una
realidad económica y quizás permitir el aprovechamiento indebido de una
clientela ajena. Otra interpretación implicaría borrar del espectro marcario
una parte importante de las nulidades marcarías.... Esta cuestión ya ha sido
tratada por los tribunales. Así se ha sostenido que “el carácter atributivo de
La prelación en el derecho a
obtener el registro de una marca se rige por las disposiciones del artículo 4º
de
“Artículo 4.- ... inciso a)
Tiene derecho preferente a obtener el registro, la persona que la esté usando
de buena fe en el comercio desde la fecha más antigua, siempre que el uso haya
durado más de tres meses o invoque el derecho de prioridad de fecha más
antigua”.
Asimismo, el artículo 8 c), de
la misma ley, regula que:
“Ningún signo podrá ser
registrado como marca cuando ello afecte algún derecho de terceros en los
siguientes caso, entre otros:
c Si el uso del signo es susceptible de confundir, por resultar
idéntico o similar a una marca o una indicación geográfica o una denominación
de origen usada, desde una fecha anterior, por un tercero con mejor derecho de
obtener su registro, según con el artículo 17 de esta Ley, para los mismos
productos o servicios o productos o servicios diferentes, pero susceptibles de
ser asociados con los que distingue respectiva la marca, una indicación
geográfica o una denominación de origen en uso”.
En este inciso se señala
claramente que la prohibición es en razón de una posible confusión por la
identidad o similitud respecto a una marca usada
desde una fecha anterior por un tercero con mejor derecho de obtener su
registro.
Por su parte, el artículo 40 de
“Artículo 40.—Definición de
uso de la marca. Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso
cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio
con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando
en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios
de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También
constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la
exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el
extranjero desde el territorio nacional. (...)”
Este uso de la marca debe
realizarse en el territorio donde se alegue su uso anterior, ya que de
conformidad al principio de territorialidad
no puede alegarse el uso anterior de una marca en Costa Rica y presentar la
prueba de uso de otro país; como es el caso que aquí se discute; así lo ha
expresado el Tribunal Registral Administrativo, mediante Voto Nº 1139-2009, de
las ocho horas con cuarenta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil nueve:
“(…) Aunque para este Tribunal, dicha documentación le merece la
credibilidad sobre la inscripción de la marca en esas naciones y su
comercialización intensa en algunos de ellos, la misma no resulta relevante en
el sub judice, porque el uso anterior de una marca a fin de evitar su
cancelación, debe probarse y circunscribirse al ámbito territorial del Estado
donde esté protegida, pues no estamos discerniendo sobre la eventual
notoriedad de la marca, sino que lo que interesa es probar su uso real y efectivo
en el mercado interno, su explotación comercial conforme la realidad económica
de un país determinado (…)” (el resaltado no es del original).
En este caso, el representante
de la empresa Marketing ARM International Inc, no demostró el uso de su marca
en los términos establecidos en el artículo 40 de la ley de rito, el
solicitante de la nulidad no demuestra el uso de su marca en Costa Rica y
aunque si aporta certificados de inscripción registral de otros países, tal y
como se demuestra en el Anexo 1 del Tomo I del legajo de prueba y demuestra
prueba de uso en otros países a través de diferentes medios publicitarios como
es el caso Guatemala, Panamá, Honduras y Nicaragua, donde se aporta páginas de
revistas donde sobresale el producto identificado con la marca de la empresa
solicitante de la nulidad y se certifica el sitio Web de Marketing ARM
International Inc. (prueba aportada en el Anexo II del Tomo I del legajo de
prueba) ésta se limita solamente a países de la región y no propiamente a Costa
Rica; siendo esto insuficiente para que el Registro de Propiedad Industrial le
otorgue la protección del inciso c) del artículo 8º de
A mayor abundamiento, es
necesario indicar que el principio de territorialidad exige que los registros
de marcas deben darse en el país donde pretende exigirse el uso exclusivo,
salvo en el caso de las marcas notorias donde se amplía el fuero de protección
marcario. Nótese que en cuanto a las pruebas aportadas al expediente, tales
como publicidad y el tener la marca registrada en diferentes países no resultan
de recibo para determinar el uso anterior de la marca, ya que éste debe
demostrarse territorialmente en Costa Rica
de conformidad a lo establecido por nuestra jurisprudencia y el artículo 40 de
Ahora bien, este principio de
territorialidad puede quebrantarse si se está en presencia de una marca
notoria, situación que se procede a conocer a efecto de determinar si la marca
propiedad del solicitante de la nulidad goza de dicha condición.
Sobre
la notoriedad:
En cuanto a la notoriedad
alegada por el representante de Marketing ARM International Inc, de su marca
PHYTON 27, es necesario aclarar que el Convenio de París para
“I) Los países de
2) Deberá concederse un plazo
mínimo de cinco años a partir de la fecha del registro para reclamar la
anulación de dicha marca. Los países de
3) No se fijará plazo para
reclamar la anulación o la prohibición de uso de las marcas registradas o
utilizadas de mala fe.” (El subrayado no es del
original).
En cuanto al requisito de la
buena fe es menester señalar aquí que conforme a las reglas generales del
Derecho ésta debe ser presumida, salvo prueba en contrario. En consecuencia, la
temática sobre la mala fe versa sobre el plazo para la interposición de la
nulidad y siendo per se un elemento de carácter subjetivo, sólo puede ser
aprehendido a partir de efectivos hechos materiales; así las cosas, tal y como
se demuestra del análisis de la prueba aportada en el Tomo II del Legajo de Prueba,
copia certificada de una causa judicial que involucra ambas partes, se
determina que existió una relación comercial entre el solicitante de la nulidad
y el actual titular del registro 83205 que legitima la solicitud de nulidad por
parte de Marketing ARM International Inc, a pesar de haber transcurrido el
plazo de cinco años a partir del registro en cuestión, lo anterior de
conformidad al artículo 6 bis inciso 3) del Convenio de París.
Ahora bien,
Así, el artículo 2º párrafo 7
define el término al establecer:
“(...) Marca notoriamente
conocida: Signo o combinación de signos que se conoce en el comercio
internacional, el sector pertinente del público o los círculos empresariales.
(...)”
Es decir, para la determinación
de la notoriedad de una marca, no basta que ésta sea alegada por la parte, la
notoriedad debe ser demostrada y probada, de la misma manera resulta necesario
plasmar la posición del Tribunal Registral Administrativo respecto al tema.
Así, en el Voto Nº 35-2006 de las 09:30 horas del 16 de febrero del 2006, se
establece:
“El autor Carlos Fernández Novoa
ha señalado que la “marca notoria es la que goza de difusión o -lo que es lo
mismo- es conocida por los consumidores de la clase de productos a los que se
aplica la marca” (Fundamentos de Derecho de
Marcas, Madrid, Editorial Montecorvo S. A., 1984, pág. 32). Ante dicha
definición surge una pregunta fundamental: ¿Quién otorga a la marca su carácter
de “notoria”? La marca notoria es una clasificación especial cuya categoría debe de ser asignada por la
autoridad respectiva al reunir los requisitos y condiciones de su difusión,
la notoriedad de la marca no puede ser una simple concesión ni un calificativo
que sea atributivo por el hecho de que sea conocida dentro de un determinado
grupo de consumidores. Tampoco se atenderá la sola manifestación del opositor
al registro de una marca, de que la suya es una marca notoria, pues ello,
quiere decir, que no basta señalar la supuesta notoriedad de un signo marcario,
sino que se debe probar”.
Obsérvese que el Tribunal
Registral Administrativo advierte lo previsto en el Convenio de París, al
indicar que para el reconocimiento de la
notoriedad es necesario que se estime o asigne tal categoría por parte de la
autoridad competente del país del registro o uso del signo distintivo.
En este sentido, la
jurisprudencia internacional indica que:
“(...) Marca notoria es
la que goza de difusión, o sea, la que es conocida por los consumidores del
tipo de producto o de servicio de que se trate. Esta notoriedad es fenómeno
relativo y dinámico, según sea el grado de difusión o de reconocimiento de la
marca entre el correspondiente grupo de consumidores”. (Tribunal de Justicia de
El artículo 45 de
“Artículo 45.—Criterios para reconocer
la notoriedad. Para determinar si una marca es notoriamente conocida se
tendrá en cuenta entre otros, los siguientes criterios:
a) La extensión de su conocimiento por el sector pertinente del
público, como signo distintivo de los productos o servicios para los que fue
acordada.
b) La intensidad y el ámbito de difusión y
publicidad o promoción de la marca.
c) La antigüedad de la marca y su uso constante.
d) El análisis de producción y mercadeo de los
productos que la marca distingue”.
Así las cosas, analizada la
prueba que consta en el legajo y señalada por Marketing ARM International INC.,
sea, diferentes certificados de registros de diferentes países, copias
certificadas de revistas y diferentes formas publicitarias difundidas en países
como Honduras, Nicaragua, Panamá y Guatemala, copia certificada del sitio en
Internet de la empresa solicitante este Registro concluye que la misma no es
suficiente para afirmar que su marca es notoria ya que la misma carece de
requisitos necesarios para acoplarse a los presupuestos del artículo 45 de
Por lo tanto, este Registro
tiene por demostrado que la inscripción del registro 83205 no contravino las
causales invocadas por Monserrat Alfaro Solano en la solicitud de nulidad
respecto al artículo 8º inciso c) y e) y el artículo 6 bis del Convenio de
París.
Sobre
la cancelación por falta de uso
Para la resolución de las
presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran
importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en
el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de
noviembre del dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de
“Estudiando ese artículo,
pareciera que la carga de la prueba del uso de la marca, corresponde a quien
alegue esa causal, situación realmente difícil para el demandante dado que la
prueba de un hecho negativo, corresponde a quien esté en la posibilidad técnica
o práctica de materializar la situación que se quiera demostrar”.
“Como ya se indicó supra, el
artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por
falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta
de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de
declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que
establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien
alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal,
cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda
los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde
a quien alega esa causal.
Por lo anterior, de modo alguno
ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el
Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de
ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador
jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39
que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el
registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a
uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitudes
cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción”. En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye
que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.
Solucionado lo anterior,
entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La
normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo
42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras
que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir
desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los
productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de
mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe
cómo y cuándo se han realizado”.
En virtud de esto, en el caso de
las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a la empresa
Servizamoranos S. A., que por cualquier medio de prueba debe de demostrar la
utilización de la marca
Para
ver imagen solo en
para distinguir el producto en
clase 5 de la nomenclatura internacional.
Ahora bien, una vez estudiados
los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de
marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente,
se tiene por cierto que la sociedad Marketing ARM International Inc., demuestra
tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta
de uso, ya que la solicitud de inscripción promovida por el solicitante se
encuentra en “suspenso”.
En cuanto al uso, es importante
reiterar que el artículo 40 de
“Se entiende que una marca
registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue
han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que
normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la
naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo
las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en
relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio
nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio
nacional.
Una marca registrada deberá
usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de
la marca de manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en
cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad
de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la
protección que él confiere.
El uso de una marca por parte de
un licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como
efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso
de la marca”.
Es decir, el uso de la marca
debe de ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el
comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse
fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin
embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede
usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro
respectivo.
Visto el expediente se comprueba
que el titular de la marca
Para ver imagen
solo en
en clase 5 al no contestar el
traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro
el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como,
pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones
de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de
Siendo la figura de la
cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que
brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no
uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos
competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando
de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se
procede a cancelar por no uso el registro
Nº 83205 propiedad de Servizamoranos S. A.
IX.—Sobre lo que debe ser resuelto. Analizados los autos del
presente expediente, queda demostrado que el registro de la marca titular de la
marca
Para
ver imagen solo en
, se dio sin contravenir los
artículos 8 c) y e) de
Con base en las razones
expuestas y citas de
Resolución acoge cancelación
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ref: 30/2011/37776.—Diana Centro
de
Registro de
Conoce este Registro, la solicitud de
Cancelación por falta de uso opuesta como defensa, promovida por la licenciada
Monserrat Alfaro Solano, en calidad de apoderada de Tritón S. A., contra el registro
del signo distintivo El Copión, Registro Nº 83109, el cual protege y distingue:
un establecimiento comercial dedicado a la venta de todo tipo de prendas de
vestir y artículos de librería, Ubicado en San Pedro de Montes de Oca, costado
oeste de la entrada principal de
Resultando:
I.—Que por memorial recibido el
24 de marzo del 2011,
II.—Que mediante resolución de las 15:46:41
del 5 de Mayo de 2011, el Registro de Propiedad Industrial procede a dar
traslado al titular del distintivo marcarlo a efecto de que se pronuncie
respecto a la solicitud de cancelación presentada. (Folio 19)
III.—Que la resolución de traslado fue
notificada al solicitante del procedimiento el 23 de mayo del 2011 (F. 19 v) y
la empresa titular del distintivo marcado quedó debidamente notificada el 14 de
julio del 2011. (Folios
IV.—Que no consta en el expediente
contestación al traslado de la cancelación por no uso.
V.—En el procedimiento no se notan defectos
ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados:
• Que
en este Registro de
• Que
en este Registro de Propiedad Industrial se constata que bajo el expediente
2010-11435 se encuentra con suspenso la solicitud de inscripción de la marca de
Fábrica y Comercio “
Para ver imagen
solo en
”, para proteger y distinguir
“papel, cartón y artículos de estas materias, no comprendidos en otras clases;
productos de imprenta; artículos de encuadernación; fotografías; papelería;
adhesivos (pegamentos) para la papelería o la casa; material para artistas;
pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles):
material de instrucción o de enseñanza (excepto aparatos); materias plásticas
para embalaje (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta;
clichés” en clase 16 de la nomenclatura internacional.
II.—Sobre los hechos no
probados. Este Registro considera que no existen hechos de tal naturaleza
que deban ser resaltados para la resolución del presente proceso.
III.—Legitimación para actuar.
Analizado el poder administrativo, que consta en el expediente y que es visible
a folios
IV.—Sobre los elementos de prueba.
Este Registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo
manifestado por la parte promoverte en su escrito de solicitud de cancelación
por falta de uso, el acta notarial aportada como prueba, así como el acta de
notificación infructuosa en la que se pretendía notificar al titular del signo
distintivo y que es visible a folio 27; en cuanto al titular de distintivo al
no contestar el traslado no se aporta prueba al expediente.
V.—En cuanto al Procedimiento de
Cancelación. El Reglamento de
VI.—Contenido de
Para ver imagen
solo en
”, lo que demuestra un interés
directo y legítimo en lograr el registro de la marca para ofrecerla al público
consumidor.
VII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado
el expediente y tomando en cuenta los alegatos y pruebas adjuntas al mismo, se
procede a resolver el fondo del asunto como una solicitud de cancelación por no
uso de nombre comercial.
El articulo 68 de
En el presente asunto se solicita la
cancelación por extinción del establecimiento comercial, por lo que además de
resultar aplicable el artículo 37 de
El nombre comercial está definido en el
artículo 2 de
Ahora bien, el Título VII, Capítulo I,
Nombres Comerciales de
Nuestra jurisprudencia ha sido
conteste en afirmar que:
“El nombre comercial es aquel
signo que identifica y distingue a una empresa o a un establecimiento comercial
de otros” (Voto 116-2006 de las 11 horas del 22 de mayo del 2006 del Tribunal
Registral Administrativo)
“La protección del nombre
comercial se fundamenta en la circunstancia de que es el más sencillo, natural
y eficaz medio para que un comerciante identifique su actividad mercantil,
permitiéndole al público que lo reconozca fácilmente. Es eso, de manera
especial, lo que revela que el objeto del nombre comercial tiene una función
puramente distintiva reuniendo en un signo la representación de un conjunto de
cualidades pertenecientes a su titular, tales como el grado de honestidad,
reputación, prestigio, confianza, fama, calidad de los productos, entre otros,
de lo que se colige que el nombre comercial es aquel con el cual la empresa
trata de ser conocida individualmente por los compradores a efecto de captar su
adhesión, buscando con ello mantenerse en la lucha de la competencia y ser
distinguida por sobre sus rivales” (Tribunal Registral Administrativo, Voto N
346-2007 de las 11:15 horas del 23 de noviembre del 2007).
Se desprende de lo anterior que,
los nombres comerciales tienen como función fundamental ser distintivos de la
empresa o establecimiento que identifican, con lo cual prestan un doble
servicio; en primer lugar, sirven al titular del derecho, ya que permite
diferenciar su empresa o establecimiento de cualesquiera otras que se
encuentren dentro de su misma región, confiriéndoles el derecho de servirse y
explotar ese nombre para las actividades que en el establecimiento se realicen
y de oponerse a que cualquier otro, lo utilice para identificar otras empresas
o establecimiento de la misma o similar industria que se encuentren en la misma
región geográfica. Por otra parte, los nombres comerciales le sirven al público
para poder identificar determinada actividad que en el establecimiento
comercial o empresa se desarrolla, sin que exista confusión.
En lo que respecta a la duración del derecho
y dada la importancia de la relación existente entre el nombre comercial y la
empresa o establecimiento que con el mismo se identifica, muchos sistemas
jurídicos establecen que la vigencia del derecho de propiedad sobre el nombre
comercial se encuentra sujeto a la duración de la empresa, es decir, su
vigencia es por tiempo indefinido, en este sentido la ley costarricense en sus
artículos 64 y 67 contempla una vigencia indefinida para la protección del
nombre comercial, indicando que el derecho
termina con la extinción de la empresa o el establecimiento que lo usa.
Para la resolución de las presentes
diligencias de cancelación de signo por falta de uso es de gran importancia
recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº
333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil
siete, que señala respecto a los artículos 42 de
“Como ya se indicó supra, el
artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por
falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta
de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de
declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que
establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien
alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal,
cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que
corresponda tos supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria
corresponde a quien alega esa causal.
Por lo anterior, de modo alguno
ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el
Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de
ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador
jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que
como se estableció, es indicativa de vanos supuestos para cancelar el registro
de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de
ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es
cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye
que la cama de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.”
Solucionado lo anterior, entramos a otra
interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso del nombre comercial? La
normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado articulo
42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras
que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir
desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado del
establecimiento comercial junto con sus servicios mediante los canales de
distribución, estudios de mercadeo, facturas, patente comercial, en fin todo
aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado.
En virtud de esto, en el caso de las
cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular del signo, en este caso a Diana
Centro de
Por otra parte, se tiene por comprobado que
la empresa Scientific Molding Corporation Ltd. Ostenta la legitimación e
interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que de la
solicitud de inscripción de la marca “
Para ver imagen
solo en
” se desprende que son
competidoras y que el registro 83109 es un obstáculo para la inscripción de la
misma.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos
del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de signo por falta
de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, así como el
acta notarial visible a folios 6, en donde se argumenta la inexistencia del
local comercial en el lugar señalado en el expediente y además el acta de
notificación visible a folio 27 donde se corrobora que efectivamente el
establecimiento comercial como tal no existe en la dirección indicada en su
inscripción; siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el
Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el
registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable)
generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el
registro de signos no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal
(del registro) a la material (del mercado) y al no haberse aportado prueba alguna
que comprobara el uso del nombre comercial, se procede a cancelar por no uso el
registro de del signo El Copión, Registro No. 83109, el cual protege y distingue: un establecimiento
comercial dedicado a la venta de todo tipo de prendas de vestir y artículos de
librería, Ubicado en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste de la entrada
principal de
IX.—Sobre lo que debe ser resuelto:
Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular
del signo distintivo El Copión, Registro No. 83109, al no contestar el traslado otorgado por ley no
comprobó el uso real y efectivo de su SIGNO, por lo que para efectos de este
Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el
no uso del mismo, procediendo a su correspondiente cancelación. Por tanto:
Con base en las razones
expuestas y citas de