LA GACETA Nº 95 DEL 17 DE MAYO DEL 2012

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

EDICTOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

LICITACIONES

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

BANCO DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

MUNICIPALIDADES

REMATES

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Óscar E. Arias Moreira, cédula de identidad: 4-0089-0458, en calidad de representante legal de la compañía Finca Once S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del equipo de aplicación, Tipo: Spray Boom, de nombre comercial Farmco,  Modelo: SM1500-31M, país de origen: Estados Unidos de Norteamérica. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10 horas con 36 minutos del 10 de abril del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012029072).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

EDICTOS

La doctora Grettel Miranda González número de cédula 106930716, vecina de San José, en calidad de representante legal de la Droguería Lisan S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Metronidazol Lisan, fabricado por Laboratorios Lisan S. A., con los siguientes principios activos: Cada tableta contiene: Metronidazol base 500 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: Antiparasitario para el tratamiento de la giardiasis y tricominiasis canina y felina, así como para el control de infecciones anaeróbicas entéricas y sistémicas. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de marzo del 2012.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012029263).

El doctor José Miguel Amaya número de cédula 79421093, vecino de San José en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Agrocentroamérica S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 2: Foxton, fabricado por Laboratorios Proquivet Ltda., para Compañía California, S. A. con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Doramectina 1.00 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento y control de parásitos internos y externos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 12 horas del día 23 de marzo del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012029444).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores de JAPDEVA siglas SINTRAJAP, acordada en asamblea celebrada el 20 de enero del 2012. Expediente Nº S-J007. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta la totalidad de los artículos. Con la reforma al artículo 1º en adelante se denominará Sindicato de Trabajadores de JAPDEVA y Afines Portuarios, siglas SINTRAJAP.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—Exonerado.—(IN2012031699).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada; Cooperativa de Transportistas de Paraíso R. L., siglas COOPEPAR R. L., acordada en asambleas celebradas el día 10 de diciembre de 2011. Resolución C-0629. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 6º, 7º, 8º, 9º, 29, 32, 35, 37 y 58 el cual cambia a 51, se eliminan los artículos del 51 al 57 modificándose hacia del Estatuto.—San José, 20 de febrero del 2012.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—RP2012287660.—(IN2012028151).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social de la organización social denominada Sindicato Nacional de Periodistas siglas SNP, acordada en asamblea celebrada el 29 de julio del 2011. Expediente S-P042. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 5, 8 y 28 del estatuto.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefe a .í.—Exonerado.—(IN2012029158).

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores/as Municipales del cantón de Palmares, siglas SINTRAMPA, código 929-SI acordada en asamblea celebrada el 19 de marzo del 2012. Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro, visible al tomo: 2, folio: 253, asiento: 4672 del 12 de abril del 2012.

La Junta Directiva nombrada en la asamblea constitutiva celebrada el 19 de marzo del 2012.

 

Secretario General

José Daniel Solórzano Morera

Secretario General Adjunto

Michael Hernández Pérez

Secretaria de Actas

Elizabeth Fernández Vargas

Secretaria de Finanzas

Ana Cecilia Jiménez Campos

Secretaria de Organización y Educación

Marianela Solórzano Rodríguez

Vocal

Omar Montero Rojas

Fiscal

Guillermo Moya Cubero

 

San José, 12 de abril del 2012.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa, a. i.—Exonerado.—(IN2012029188).

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social organización social denominada: Cooperativa de Productores de Arroz de San Carlos R. L., siglas COOPEARROSAN R. L., acordada en asamblea celebrada el 28 de enero de 2012. Resolución 1389-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 1, 6, 7 y 10 del estatuto. Con la reforma al artículo 1 varió el nombre de la organización y en adelante se denominará Cooperativa de Productores Agrícolas de San Carlos R. L., siglas COOPEAGRISAN R.L.—San José, 10 de abril de 2012.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa, a.í.—(IN2012029202).

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria de Pesca R.L siglas COOPEAPESCA R.L, acordada en asamblea celebrada el 7 de abril de 2011. Resolución 1403-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el diario Oficial La Gaceta:

 

Presidente

Gerardo Salazar Alvarado

Vicepresidente

Antonio Astúa Coto

Secretario

Ramón Marroquín Bosque

Vocal 1

Adolfo Jiménez López

Vocal 2

Rigoberto Villalobos Cruz

Suplente 1

Nicasio Cordero Arroyo

Suplente 2

Luis Gustavo Noguera Prendas

 

San José, 12 de abril de 2012.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa a. í.—(IN2012029739).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Para ver las marcas de Fábrica solo en La Gaceta PDF o impresa

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Cambio de Nombre Nº 75316

Que Uri Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad 1-818-430, en calidad de apoderado especial de Alicorp S.A.A, solicita a este registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Alicorp S. A. por el de Alicorp S.A.A, presentada el 2 de noviembre de 2011 bajo expediente 75316. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0007701 Registro Nº 142468 NICOVITA CAMARÓN DE MAR en clase 31 Marca Mixto, 2002-0007702 Registro Nº 142467 NICOVITA TILAPIA en clase 31 Marca Mixto y 2007-0001593 Registro Nº 174576 NICOVITA en clase 31 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1º de febrero de 2012.—Tomás Montenegro Montenegro Registrador.—1 vez.—RP2012288360.—(IN2012029491).

Marcas de ganado

Nº 8.435.—Ulises Rojas Chávez, cédula de identidad Nº 5-0157-0375, mayor, casado una vez, solicita el registro de:

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Nicoya, Dulce Nombre de Nicoya del salón comunal 500 al oeste. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—RP2012287832.—(IN2012028796).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Patentes de Invención

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Cristian Calderón Cartín, mayor, abogado, cédula número 1-0800-0402, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Sirtris Pharmaceuticals Inc., de Estados Unidos de América, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS MODULARES DE SIRTUINA. Aquí se proporciona novedosos compuestos sirtuina-modulares y los métodos para usarlos. Los compuestos sirtuina-modulares pueden ser usados para incrementar la duración de la vida de una célula, y tratar y/o prevenir una amplia variedad de enfermedades y desórdenes incluyendo, por ejemplo, enfermedades o desórdenes relacionados al envejecimiento o el estrés, diabetes, obesidad, enfermedades neurodegenerativas, enfermedad cardiovascular, entre otras. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es C07D 513/04, A61K 31/429, A61P 3/10; cuyos inventores son Bemis, Jean; Disch, Jeremy S.; Jirousek, Michael; Lunsmann, Walter Joseph; Ng, Pui Yee; Vu, Chi B. La solicitud correspondiente lleva el número 11231 y fue presentada a las 10:46:25 del 20 de enero de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de marzo del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012028097).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Glaxo Group Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada POLIPÉPTIDOS Y MÉTODO DE TRATAMIENTO. Se proporciona en la presente memoria una proteína de unión a antígeno aislada que comprende al menos un primer dominio variable de inmunoglobulina capaz de unirse a la ADAMTS5 humana. También se proporcionan proteínas de unión a antígeno de la presente invención que son anticuerpos monoclonales, composiciones farmacéuticas que comprenden dichas proteínas de unión a antígeno y métodos de tratamiento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395; cuyos inventores son Burden, Michael, Neil, Hamblin, Paul, Andrew, Larkin, Jonathan, David, White, John, Richard. La solicitud correspondiente lleva el número 20120027, y fue presentada a las 14:25:15 del 16 de enero del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de marzo del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012028098).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Abbott GMBH & Co. KG, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada FORMA DE DOSIFICACIÓN FARMACÉUTICA PARA ADMINISTRACIÓN ORAL DE UN INHIBIDOR DE LA FAMILIA BCL 2. Una forma de dosificación farmacéutica que comprende un producto de dispersión sólida que comprende N-(4-(4-((2-(4-clorofenil)-5,5-dimetil-1-ciclohex-1-en-1-il)metil) piperazin-1-il)benzoil)-4-(((1R)-3-(morfolin-4-il)-1-((fenilsulfañil)metil)propil)amino)-3- ((tri fluorometil) sulfonil) bencenosulfonamida o una sal, hidrato o solvato de la misma, al menos un polímero farmacéuticamente aceptable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A61K 9/00, cuyos inventores son Packhaeuser, Claudia, Steiger, Norbert, Liepold, Bernd, Kostelac, Drazen, Knobloch, Martin. La solicitud correspondiente lleva el número 20110663, y fue presentada a las 14:19:35 del 9 de diciembre del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de marzo del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012028099).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Marianella Arias Chacón, cédula 1-679-960, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Halosourse Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada SISTEMA DUAL DE POLÍMEROS PARA LA RECUPERACIÓN DE AGUA Y LA SEPARACIÓN DE SÓLIDOS SUSPENDIDOS DESDE UN MEDIO ACUOSO. Un método que emplea polímeros aniónicos y catiónicos agregados en cualquier orden o de manera simultánea en un medio acuoso para la remoción de sustancias. La adición secuencial de dos biopolímeros, xantano aniónico, seguido de quitosano catiónico, causa la formación rápida de agregados fibrilares muy grandes y cohesivos que pueden presentar altas relaciones sólidos a líquido y que sedimentan rápidamente, separándose del medio acuoso. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B01D 21/01; C02F 1/56; cuyo(s) inventor(es) es(son) Nichols, Everett, J., Scott, James, Williams, Jeffrey, F., Chen, Yongjun. La solicitud correspondiente lleva el número 20120003, y fue presentada a las 10:43:00 del 9 de enero del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de marzo del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012029193).

El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, abogado, cédula número 9-0012-0480, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza y Xenon Pharmaceuticals Inc., de Canadá, solicita la patente de invención denominada DERIVADOS DE PIRAZOL QUE MODULAN LA ESTEAROIL-COA-DESATURASA. La presente invención proporciona derivados heterocíclicos que modulan la actividad de la estearoil-CoA-desaturasa. También se abarcan los métodos para utilizar estos derivados con el fin de modular la actividad de la estearoil-CoA-desaturasa, y las composiciones farmacéuticas que comprenden estos derivados. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es C07D 403/04, C07D 413/14, C07D 417/14, C07D 403/14, A61K 31/427, A61P 3/04; cuyos inventores son Dales, Natalie; Fu, Jianmin; Jia, Qi; Pokrovskaia, Natalia; Sun, Shaoyi; Zhang, Zaihui. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0134 y fue presentada a las 14:53:10 del 20 de marzo de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de marzo de 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012029194).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las doce horas dieciocho minutos del quince de febrero de dos mil doce, fue inscrita la Patente de Invención denominada PREPARACIÓN DE PREGABALINA Y COMPUESTOS RELACIONADOS a favor de Warner-Lambert Company Llc, domiciliada en los Estados Unidos; cuyos inventores son: Shanghui Hu; Junhua Tao, de nacionalidad china; Carlos Alberto Martínez, de nacionalidad colombiana; William Eugene Tully, Patrick Gerard Thomas Kelleher, ambos de nacionalidad irlandesa; Yves Rene Dumond; de nacionalidad francesa; se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 2837, estará vigente hasta el nueve de junio de dos mil veinticinco, la Clasificación Internacional de Patentes A61K 31/00, C07C 253/30, C07C 25/03, C07C 227/18, C07D 207/04.—San José, a las ocho horas cincuenta y dos minutos del veintidós de marzo del dos mil doce.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—RP2012288160.—(IN2012029964).

El Registro de la Propiedad Industrial, Sección de Patentes hace saber que por resolución de las quince horas veinticuatro minutos del quince de febrero de dos mil doce, fue inscrita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS DE IMIDAZOL PARA EL TRATAMIENTO DE TRANSTORNOS NEURODEGENERATIVOS a favor de Pfizer Products Inc., domiciliada en los Estados Unidos; cuyos inventores son: Michael Aaron Brodney y Karen Jean Coffman; ambos de nacionalidad estadounidense; se le ha otorgado el número de inscripción de patente de invención 2838, estará vigente hasta el once de marzo de dos mil veinticinco, la Clasificación Internacional de Patentes A61K 31/00, C07D 233/88, C07D 417/14, A61K 31/4164, A61P 25/28.—San José, a las nueve horas tres minutos del veintidós de marzo del dos mil doce.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—RP2012288166.—(IN2012029965).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Médicos de la Región Brunca, con domicilio en la provincia de San José, Pérez Zeledón, en la Oficina Regional del Colegio de Médicos y Cirujanos de la República de Costa Rica, plaza Los Betos, frente a la Cruz Roja Costarricense. Cuyos fines principales entre otros, son: desarrollar y fomentar actividades de educación médica continua para los profesionales en medicina de la Región Brunca y de la excelencia del acto médico. Promover los principios de ética moral dentro de los profesionales de la región. Su presidente José Fernando Brenes Chaves es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma hasta por la suma de tres millones de colones y demás limitaciones del estatuto. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012, asiento: 66601, adicional tomo 2012, asiento 87481.—Curridabat, 9 horas 30 minutos, del 29 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2012288426.—(IN2012029489).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Tecnología Alimentaria de Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José. Sus fines, entre otros están: Procurar el mejor conocimiento de la tecnología de alimentos, como profesión y como instrumento de aplicación al desarrollo agroindustrial alimentario de modo que se logre alcanzar el adecuado fortalecimiento y desarrollo de la industria alimentaria de Costa Rica. Su presidenta Ana Carmela Velázquez Carrillo, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012, asiento 88558.—Curridabat, 11 horas 9 minutos, del 12 de abril del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2012288508.—(IN2012029490).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Hospital de Ciudad Neily, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Sus fines entre otros están: brindar apoyo logístico y económico a los distintos servicios del Hospital de Ciudad Neily. Su presidente William Martínez Abarca es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2012, asiento 65658. Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 10 minutos, del 09 de abril del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012288013.—(IN2012029956).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-203772, denominación: Asociación Administrativa del Acueducto Integral Ángeles Norte Alto Villegas. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 31 minutos y 31 segundos del 10 de abril del 2012. Documento tomo: 2012, asiento: 83601.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012288074.—(IN2012029957).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-462795, denominación: Asociación para el Desarrollo del Badminton. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley No. 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 23 minutos y 31 segundos del 26 de marzo del 2012. Documento tomo: 2012, asiento: 4661.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012288080.—(IN2012029958).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Comunidad Cristiana Cielos Abiertos al Señor, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: llevar el mensaje de salvación de nuestro Señor Jesucristo a todas las personas tal y como él lo establece en su palabra. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Carlos Umaña Pérez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011, asiento 347963).—Curridabat, catorce de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012288190.—(IN2012029959).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-225882, denominación: Asociación Deportiva de Autos Clásicos. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley No. 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 42 minutos y 21 segundos del 28 de marzo del 2012. Documento tomo: 2011, asiento: 349860.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012288209.—(IN2012029960).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva sin Derecho a Rendirse, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Dirección, coordinación, organización, supervición, promoción y todo lo relacionado con el triatlón en ambos géneros. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Esteban Ugarte Palma. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011, asiento: 115005).—Curridabat, diez de abril del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012288233.—(IN2012029961).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-447095, denominación: Asociación de Productores (as) Conservacionistas de la Piedra de Rivas de Pérez Zeledón. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con tos requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 35 minutos y 48 segundos del 14 de marzo del 2012. Documento tomo: 2012, asiento: 21638.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012288242.—(IN2012029962).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Vecinos de San Miguel de La Tigra de San Carlos de Alajuela, con domicilio en la provincia de Alajuela, cantón San Carlos, San Miguel de La Tigra, en las instalaciones del salón comunal. Cuyos fines principales son: optar junto con instituciones públicas o privadas en proyectos en pro del desarrollo de la comunidad. Desarrollar planes y proyectos que se enfoquen en una mejor calidad de vida de los vecinos de la comunidad. Su presidenta: Guiselle Vásquez Camacho es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2011, asiento 349746, sin adicionales. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 30 minutos del 16 de febrero del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012288267.—(IN2012029963).

AMBIENTE Y ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 15031.—Bayview Lagoon S. A., solicita concesión de: 0,125 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en San Pedro, Valverde Vega, Alajuela, para uso agropecuario acuilcultura y riego. Coordenadas 232.216/499.550 hoja Naranjo, 11,7 litros por segundo del Río Trojas, efectuando la captación en finca de el mismo en San Pedro, Valverde Vega, Alajuela, para uso agropecuario acuilcultura y riego. Coordenadas 232.325/499.537 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de febrero del 2012.—José Joaquín Chacón Solano, Director a. í.—RP2012286731.—(IN2012026261).

Exp. 15119-P.—Abreu y Abreu S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo de acuífero (pozo CN-693), efectuando la captación en finca de el mismo en Liberia,Guanacaste, para uso consumo humano e industrial. Coordenadas 285.506/366.161 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012031650).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

Nº 2366-E10-2012.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo de dos mil doce.

Liquidación parcial de gastos del proceso electoral municipal correspondiente a las elecciones celebradas en diciembre de 2010, presentada por el Partido Movimiento Libertario. (Exp. 062-Z-2012).

Resultando:

1º—Mediante oficio número DGRE-058-2012 de 17 de febrero de 2012, el señor Héctor Fernández Masís, Director de Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, remitió a este Tribunal el informe número DFPP-IM-PML-02-2012 de 15 de febrero de 2012, elaborado por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos y denominado: “INFORME SOBRE EL RESULTADO PARCIAL DE LA REVISIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DE GASTOS PRESENTADA POR EL PARTIDO MOVIMIENTO LIBERTARIO (PML) ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, A EFECTOS DE OPTAR POR EL APORTE ESTATAL CORRESPONDIENTE AL PROCESO ELECTORAL MUNICIPAL DEL 2010” (folios 1-13).

2º—En auto de las 13:15 horas del 27 de febrero de 2012, este Tribunal, de previo a resolver lo correspondiente, confirió audiencia por ocho días hábiles a las autoridades del Partido Movimiento Libertario, en adelante PML, para que se manifestaran, si así lo estimaban, sobre el citado informe. En ese mismo acto se le confirió audiencia al partido para que acreditara haber publicado en un diario de circulación nacional el estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de contribuyentes o donantes, correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio 2010 y el 30 de junio de 2011 (folio 14).

3º—Las autoridades del PML, por escrito presentado el 29 de febrero de 2012, se allanaron en todos sus extremos al oficio Nº DGRE-058-2012, así como al informe Nº DFPP-IM-PML-02-2012 (folio 21).

4º—El 12 de marzo de 2012, el PML remitió al Tribunal la publicación realizada en La Prensa Libre del jueves 23 de febrero de 2012, páginas 12 y 13, relativa al estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de contribuyentes o donantes, correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio 2010 y el 30 de junio de 2011 (folios 22-38).

5º—Mediante auto de las 12:10 horas del 13 de marzo de 2012, de previo a resolver lo correspondiente, se le pidió al Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos que indicara si la publicación realizada por el PML cumple con lo establecido en el artículo 135 párrafo segundo del Código Electoral (folio 39).

6º—Por oficio Nº DFPP-159-2012, presentado ante la Secretaría General del Tribunal el 16 de marzo de 2012, la servidora Guiselle Valverde Calderón, jefa a.í. del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, informó que la publicación de los estados financieros auditados del PML satisface lo previsto en el artículo 135 del Código Electoral (folio 45).

7º—En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.

Redacta el Magistrado Casafont Odor; y

Considerando:

I.—Hechos probados: De relevancia para la resolución de este asunto se tienen los siguientes: 1) Que en resolución Nº 4129-E8-2009 de las 15:20 horas del 3 de setiembre de 2009, este Tribunal fijó el monto de la contribución estatal a los partidos políticos, correspondiente a las elecciones municipales a celebrarse en diciembre de 2010, en ¢4.684.070.820,00 (folios 46-47). 2) Que por resolución Nº 1092-E10-2011 de las 11:00 horas del 23 de febrero de 2011, el Tribunal estableció que al PML le corresponde, por concepto de contribución estatal, un monto máximo de ¢430.062.411,60 (folio 52). 3) Que la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, en el oficio Nº DGRE-058-2012 de 17 de febrero de 2012 e informe DFPP-IM-PML-02-2012 de 15 de febrero de 2012, relativos a la revisión parcial de la liquidación de gastos presentada por el PML -para justificar el aporte estatal que le corresponde por su participación en el proceso electoral municipal de diciembre de 2010- determinó: a) que del monto de ¢430.062.411,60 aprobado como monto máximo a recibir, esa agrupación política liquidó gastos por ¢590.353.673,02, de los cuales se le debe reconocer, con recursos de la contribución estatal, la cifra de ¢371.777.877,01 (folios 6, 10 y 11); b) que el PML realizó la publicación anual, para el periodo comprendido entre el 1° de julio de 2010 y el 30 de junio de 2011, en un diario de circulación nacional, de la lista definitiva de contribuyentes y del estado auditado de las finanzas partidarias, tal y como lo exige el artículo 135 del Código Electoral (folio 45); c) que el PML utilizó, para la liquidación de sus gastos ante el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, la cuenta corriente número 001-0245630-3 del Banco de Costa Rica, que tiene asociado el número de cuenta cliente 15201001024563035 (folios 6 vuelto y 11 vuelto). 4) Que el PML no tiene multas pendientes de cancelar de acuerdo con lo establecido en los artículos 300 del Código Electoral, 70 y 72 del Reglamento sobre Financiamiento de Partidos Políticos (folio 54); 5) que mediante resolución Nº 2352-E10-2012 de las 13:00 horas del 22 de marzo de 2012, este Tribunal retuvo al PML la cantidad de ¢595.374,00 al encontrarse moroso con la Caja Costarricense de Seguro Social por concepto de cuotas obrero-patronales y por ese monto (ver resolución indicada a folios 55-59).

II.—Hechos no probados: Ninguno de interés para la resolución de este proceso de liquidación de gastos.

III.—Principio de comprobación del gasto aplicable a las liquidaciones de gastos presentadas por los partidos como condición para recibir el aporte estatal: En materia de la contribución estatal al financiamiento de las agrupaciones partidarias existe un régimen jurídico especial, el cual asigna al Tribunal Supremo de Elecciones el mandato de revisar los gastos de los partidos políticos, con el fin de reconocer en forma posterior y con cargo a la contribución estatal, únicamente aquellos gastos autorizados por la ley y en estricta proporción a la votación obtenida.

Este Tribunal, en atención a este modelo de verificación de los gastos estableció, desde la sesión N° 11437 del 15 de julio de 1998 que, para que los partidos políticos puedan recibir el aporte estatal, es determinante la verificación del gasto, al indicar:

“Para recibir el aporte del Estado, dispone el inciso 4) del artículo 96 de la Constitución Política –los partidos deberán comprobar sus gastos ante el Tribunal Supremo de Elecciones. Lo esencial, bajo esta regla constitucional, es la comprobación del gasto. Todas las disposiciones del Código Electoral y de los reglamentos emitidos por el Tribunal y la Contraloría General de la República en esta materia, son reglas atinentes a esa comprobación que, sin duda alguna, es el principal objetivo. Por lo tanto, como regla general, puede establecerse que si el órgano contralor, con la documentación presentada dentro de los plazos legales y los otros elementos de juicio obtenidos por sus funcionarios conforme a los procedimientos de verificación propios de la materia, logra establecer, con la certeza requerida, que determinados gastos efectivamente se hicieron y son de aquellos que deben tomarse en cuenta para el aporte estatal, pueden ser aprobados aunque la documentación presentada o el procedimiento seguido en su trámite adolezca de algún defecto formal.”

No obstante que el actual sistema de financiamiento estatal estableció un mecanismo de comprobación y liquidación de los gastos más sencillo para los partidos políticos, pues ahora es efectuado por la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos y no por la Contraloría General de la República y, además, pasó de liquidaciones mensuales a una única liquidación final que deberá ser refrendada por un contador público autorizado, permanece la obligación de los partidos políticos de cumplir con el principio constitucional de “comprobar sus gastos”, como condición indispensable para recibir el aporte estatal.

IV.—Objeciones sobre los gastos rechazados parcialmente por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos: Según la revisión técnica efectuada parcialmente por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, al PML se le debe reconocer, con recursos de la contribución estatal, el equivalente al 98,84% de lo revisado hasta el momento. En todo caso, resulta indispensable indicar que el PML se allanó al oficio de la Dirección General del Registro Civil Nº DGRE-058-2012, así como al informe emitido por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos Nº DFPP-IM-PML-02-2012, por lo que no cabe emitir pronunciamiento alguno respecto de este particular.

V.—Gastos aceptados parcialmente al PML: De acuerdo con los elementos que constan en autos, de la suma total de ¢430.062.411,60 que fue establecida en la resolución 1092-E10-2011, como la cantidad máxima de aporte estatal a la que podía aspirar el PML por participar en la elecciones municipales de diciembre de 2010, esta agrupación política presentó una liquidación de gastos por ¢590.353.673,02. Tras la correspondiente revisión parcial de esos gastos, el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos tuvo como erogaciones válidas y justificadas la cantidad de ¢371.777.877,01.

VI.—Gastos en proceso de revisión: Sobre el particular es indispensable indicar que se encuentran en proceso de revisión y análisis las cuentas de “Servicios Especiales” por un monto de ¢138.203.572,00 y de “Transportes” por un monto de ¢76.021.200,00, para un total de ¢214.224.772,00.

VII.—Improcedencia de ordenar retenciones por morosidad con la Caja Costarricense de Seguro Social por cuotas obrero-patronales, multas impuestas pendientes de cancelación (artículo 300 del Código Electoral) u omisión de las publicaciones ordenadas en el artículo 135 del Código Electoral: De acuerdo con el oficio DFPP-172-2012 de 22 de marzo de 2012 de 22 de marzo de 2012, emitido por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, en el presente caso no resulta procedente efectuar retención alguna en aplicación del artículo 300 del Código Electoral, pues no existe registro de que la agrupación política deba responder por las multas que establece el mencionado cuerpo legal. Igualmente, consta que el PML realizó la publicación anual para el periodo comprendido entre el 1° de julio de 2010 y el 30 de junio de 2011, en un diario de circulación nacional, de la lista definitiva de contribuyentes y del estado auditado de las finanzas partidarias, tal y como lo exige el artículo 135 del Código Electoral (ver oficio Nº DFPP-159-2012 a folio 45).

Por último, dado que este Tribunal, en resolución Nº 2352-E10-2012 de las 13:00 horas del 22 de marzo de 2012 ordenó retener al PML la suma de ¢595.374,00, que corresponde al saldo de lo adeudado por el PML con la Caja Costarricense de Seguro Social por concepto de cuotas obrero-patronales, no corresponde en este fallo retener suma alguna por ese particular.

VIII.—Monto a girar: Del resultado de la liquidación de gastos presentada por el PML procede reconocer la suma de ¢371.777.877,01 relativa a su participación en las elecciones municipales de diciembre de 2010, quedando pendiente de revisión gastos liquidados por la suma indicada de ¢214.224.772,00. Por tanto,

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107 del Código Electoral y 72 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, proceda el Ministerio de Hacienda, por intermedio de la Tesorería Nacional, a girar al partido Movimiento Libertario la suma de ¢371.777.877,01 (trescientos setenta y un millones setecientos setenta y siete mil ochocientos setenta y siete colones con un céntimo) que, a título de contribución estatal, le corresponde por los gastos incurridos con motivo de su participación en las elecciones municipales de diciembre de 2010. Tenga en cuenta la Tesorería Nacional que ese partido utilizó, para la liquidación de sus gastos, la cuenta corriente Nº 001-0245630-3 del Banco de Costa Rica, la cual tiene asociado el número de cuenta cliente 15201001024563035; asimismo, que están pendientes de revisión gastos liquidados por ¢214.224.772,00. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del Código Electoral en relación con el 73 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, contra esta resolución procede recurso de reconsideración que debe interponerse en el plazo de ocho días hábiles. Notifíquese al partido Movimiento Libertario. Una vez que esta resolución adquiera firmeza se comunicará a la Tesorería Nacional, al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos y se publicará en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Max Alberto Esquivel Faerron.—Juan Antonio Casafont Odor.—1 vez.—Exento.—(IN2012030674).

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 39132-2011.—Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas cincuenta y tres minutos del treinta de enero del dos mil doce. Diligencias de ocurso presentadas por Wilberth Francisco Víctor Norori, mayor, casado, técnico electricista, costarricense, cédula de identidad número ocho-cero ochenta y dos-trescientos setenta, vecino de Pavas, San José; tendente a la rectificación de su asiento de naturalización..., en el sentido que el primer nombre, la fecha de nacimiento y el nombre de la madre del mismo son “Wilber”, “veintiséis de setiembre de mil novecientos setenta y dos” y “Deysi del Carmen”; respectivamente y no como se consignaron. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—RP2012286671.—(IN2012026257).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Noillyn Villalobos Suárez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1344-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas seis minutos del seis de julio del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº 7650-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Diana Nicole Picado Rodríguez...; en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Villalobos Suárez”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012029074).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Leónidas Meléndez, único apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 578-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas treinta y siete minutos del ocho de febrero del dos mil doce. Ocurso. Expediente Nº 43325-2011. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese la razón marginal de fecha diez de julio del dos mil uno, consignada mediante sello de reconocimiento en el asiento de nacimiento de Marjorie Meléndez Jarquín...; en el sentido que el apellido del padre... es “Meléndez, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í..—1 vez.—(IN2012029283).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Walter Antonio Véliz único apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1515-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos del catorce de julio del dos mil once. Expediente Nº 8812-2007. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Diura Michelle Vélez Soto..., en el sentido que el apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Véliz no indica segundo apellido”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012029290).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Dayana Vanessa Luna Borge, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 930-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cincuenta minutos del doce de marzo del dos mil doce. Exp. Nº 24331-2011. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de José Pablo Calderón Guzmán con Dayana Vanessa Luna Bravo, en el sentido que el nombre y los apellidos del padre y el nombre y los apellidos de la madre de la cónyuge consecuentemente el segundo apellido de la misma son “Arnulfo José Luna Narváez”, “Francisca Borge Bravo” y “Borge” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012029291).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Carlos Eduardo Dodero Molinari, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3205-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº 26556-2011. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Carlos Roberto Dodero Castañeda...; en el sentido que el nombre, los apellidos y la nacionalidad de la madre... son “Idalia del Carmen Ramírez Castañeda” y “nicaragüense” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. i..—Lic. Hugo Montero Hernández Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012029302).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por María José Selva Aburto conocida como María José Gutiérrez Aburto, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 695-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil doce. Expediente Nº 3908-2001/30203-2003. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de María José Selva Aburto...; en el sentido que los apellidos del padre... son “Gutiérrez Selva” y los asientos de nacimiento de María Hortencia y Valentina ambas de apellidos Vindas Selva ...; en el sentido que el primer apellido de la madre... es “Gutiérrez “ y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012029348).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Elisabeth Hanhart, no indica otro apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 259-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas un minuto del veinticinco de enero del dos mil doce. Ocurso. Expediente Nº 40084-2011. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Rubén Camacho Hanhart; en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Elisabeth Hanhart, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012029361).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Jeyssel Ester Rivas Mendoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1001-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas un minuto del diecinueve de marzo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 444-2012. Resultando: 1º—..., 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de José David Gómez Rivas...; en el sentido que el primer nombre de la madre... es “Jeyssel”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012029384).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Rubí Maritza López, único apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2958-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas veintiocho minutos del diez de noviembre del dos mil once. Ocurso. Exp. N°. 39819-2011. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Bryan José González López...; en el sentido que el apellido de la madre... es “López, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012029406).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Rómulo Rey Vallecillo Morales, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1893-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta y siete minutos del veintitrés de agosto dos mil once. Ocurso. Exp. N° 12289-2010. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jorge Luis Ramírez Romero...; en el sentido que el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Vallecillo”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012288400.—(IN2012029494).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Zorayda Zamora Ochoa, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 728-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta y dos minutos del veintiuno de febrero del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 48215-2011. Resultando: 1º—..., 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Marella Francisca Beccaglia Zamora...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Zorayda”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012288475.—(IN2012029495).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Esmirna del Carmen Rocha Fajardo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 240-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas ocho minutos del veinticuatro de enero del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 32772-2011. Resultando: 1º—..., 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de José Noel Valdivia Rocha y Cinthyia Rachel Valdivia Rocha...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Esmirna del Carmen”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012288477.—(IN2012029496).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jorge Arturo Quirós Ruiz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 887-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta minutos del dos de marzo del dos mil doce. Exp. Nº 36163-2006. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jorge Arturo Quirós Ruiz..., en el sentido que el lugar de nacimiento de la persona ahí inscrita es “Centro, Golfito Puntarenas”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012288534.—(IN2012029497).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Fanny Gutiérrez Hernández, ratificadas por Christopher Gutiérrez Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 878-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veintidós minutos del dos de marzo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 45417-2011. Resultando 1.-… 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Christopher Gutiérrez Hernández...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Fanny de la Concepción”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012288537.—(IN2012029498).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2012

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 089 Gestión Administrativa de Los Cuerpos Policiales, el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de Comprared

San José, 3 de mayo del 2012.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jenny Mena Ugalde, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 13888.—Solicitud Nº 4416.—C-7520.—(IN2012041657).

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2012

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 09005 Servicio de Vigilancia Aérea el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de Comprared

San José, 30 de abril del 2012.—Proveeduría  Institucional.—Lic. Jenny Mena Ugalde, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 15348.—Solicitud Nº 4409.—C-7050.—(IN2012041661).

LICITACIONES

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

INVITACIÓN A ESTUDIO DE MERCADEO

PARA LICITACIÓN PÚBLICA

Reparación, mantenimiento, enderezado, pintura y suministro

de repuestos de equipo de transporte (Flotilla Marina)

El Área de Conservación Marina de la Isla del Coco, invita a las empresas interesadas en participar en el Estudio de Mercado para el mantenimiento de la Flotilla Marina de la Isla del Coco, para la Licitación Pública que se llevará acabo este año.

Las embarcación se encontrarán ubicada en las instalaciones de Cazador Submarino en el Cocal de Puntarenas, el día miércoles 30 de mayo del 2012, de 9:00 a.m. a 12:00 p.m. Para mayor información comunicarse con Natalia Barquero Navarro, a los teléfonos 2291-1215 ó 2291-1216 Ext: 116.

Natalia Barquero Navarro.—1 vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 35313.—C-6600.—(IN2012041718).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO

DE BIENES Y SERVICIOS

CONCURSO Nº 2012LA-000042-5101

232 AM, Indometacina Base 1 MG/ML (como indometacina

sódica trihidrato) inyectable. Ampolla

Se informa a los interesados que está disponible en la fotocopiadora del Piso Comercial, Edificio Anexo CCSS el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000042-5101, para la adquisición de:

Ítem Único: 232 AM, Indometacina Base 1 MG/ML (como indometacina sódica trihidrato) inyectable. Ampolla.

Apertura de ofertas para el día 14 de junio del 2012, a las 8:30 horas.

Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 17 de mayo del 2012.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 32742.—C-15060.—(IN2012041766).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-00025-PRI

Ramales de Alcantarillado Sanitario en el GAM

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del día 7 de junio del 2012, para Ramales de Alcantarillado Sanitario en el GAM.

El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página www.aya.go.cr. o bien, adquirirse en la Dirección de Proveeduría de AyA, previo pago de ¢500,00, sita en el módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA en Pavas.

Dirección de Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42089.—C-15060.—(IN2012041768).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000002-03

Contratación de servicios de capacitación y formación

profesional en el Subsector de Informática,

para la Unidad Regional Central Occidental,

según demanda, cuantía inestimable

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 11 de junio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur, del cruce de Cirrí, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46874.—C-13180.—(IN2012041583).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-01

Compra de microcomputadoras considerando

criterios ambientales

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 12 de junio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500.00 en el proceso de adquisiciones sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste, del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46874.—C-13180.—(IN2012041584).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-01

Precalificación de empresas para la construcción,

remodelación y mantenimiento de infraestructura

del Instituto Nacional de Aprendizaje

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 12 de junio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46874.—C-13180.—(IN2012041585).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000009-01

Compra de equipo para laboratorio y metrología (medición)

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 6 de junio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste, del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46874.—C-13180.—(IN2012041587).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-01

Servicio de demolición, remoción de escombros y suministro

e instalación de mallas Ciclón

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 30 de mayo del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste, del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46874.—C-13180.—(IN2012041588).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-0000021-01

Contratación de servicio de fotocopiado y empastes

 de la sede central del INA, La Uruca, según demanda

de cuantía estimada

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 30 de mayo del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste, del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46874.—C-13180.—(IN2012041589).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000019-01

Compra de muebles modulares para la Unidad

de Servicio al Usuario

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 4 de junio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste, del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46874.—C-13180.—(IN2012041591).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000018-01

Compra de sillas y muebles de metal para oficina

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 5 de junio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste, del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46874.—C-13180.—(IN2012041592).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-0000002-08

Servicio de remodelación y pinturas de las instalaciones

del Centro Regional Polivalente Manuel Mora

Valverde (Río Claro)

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca de Instituto Nacional de Aprendizaje, con sede en Barrio Villa Ligia, 250 metros sur, de Supermercado Coopeagri R. L., Daniel Flores de Pérez Zeledón, informa a los proveedores interesados en participar en la licitación en referencia, que la fecha y hora máxima para recibir ofertas, se establece para el 13-06-2012, a las 10:00 horas.

El cartel es gratuito y está a disposición en las oficinas indicadas o en la siguiente dirección electrónica: http://infoweb.ina.ac/consultascarteles/.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46874.—C-13180.—(IN2012041594).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

Se invita a los potenciales oferentes a participar en el siguiente proceso de Contratación Administrativa:

LICITACIÓN PÚBLICA MODALIDAD

ENTREGA SEGÚN DEMANDA

Nº 2012LN-000007-01

Contratación de servicio de suministro e instalación

de llantas y reencauche de llantas

Se recibirán ofertas hasta las ocho horas del día jueves siete de junio del dos mil doce.

El respectivo pliego de condiciones podrá obtenerse en forma digital a través de la página Web www.mer-link.co.cr o en la oficina de Proveeduría, para lo cual las personas interesadas deberán traer un dispositivo de almacenamiento USB libre de virus. Se advierte que si el dispositivo USB se encuentra infectado, no se transferirá el archivo solicitado. El horario para gestionar la solicitud de información es de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m.

Para mayor información comunicarse con la Proveeduría Municipal al teléfono 2208-7573.

Proveeduría.—Cira Castro Myrie.—1 vez.—O. C. Nº 032992.—Solicitud Nº 35084.—C-16940.—(IN2012041242).

MUNICIPALIDAD DE OSA

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2012LN-000001-01

Contratación de servicios jurídicos para trámites de cobro

judicial de la Municipalidad de Osa

La Proveeduría de la Municipalidad de Osa, avisa a los interesados que recibirá ofertas para el proceso de Licitación Nacional Nº 2012LN-000001-01 hasta las 10:00 horas del día 8 de junio del 2012, en la Proveeduría de este Municipio de conformidad con las condiciones solicitadas en el pliego de condiciones, el cual se encuentra a disposición de los interesados únicamente en el departamento de proveeduría de la Municipalidad de Osa sin ningún costo adicional.

Ciudad Cortés, 14 de mayo del 2012.—MBA. Carlos Quintana Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012041692).

ADJUDICACIONES

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-01

Compra de 100 máquinas contadoras, verificadoras

y clasificadoras de billetes para Oficinas

Comerciales del BCR

Se les informa a los interesados en la licitación en referencia, que la Comisión de Contratación Administrativa del BCR, en reunión 16-2012 CCADTVA del 3 de mayo del 2012, acordó lo siguiente:

1.  Adjudicar la compra de los equipos, objeto de esta Licitación, a la empresa Suplidora de Equipos S. A., por un monto de U.S. $514.715,00, con un plazo de entrega de 79 días naturales y garantía del buen funcionamiento por 3 años.

2.  Adjudicar el mantenimiento preventivo y correctivo por un costo anual de U.S. $134.244,00 con una vigencia de 1 año prorrogable por periodos iguales hasta un máximo de 4 años.

3.  El monto total de la adjudicación es de U.S. $648.959,00 (seiscientos cuarenta y ocho mil cincuenta y nueve dólares exactos).

San José, 14 de mayo del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge, Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 45994.—C-19760.—(IN2012041696).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE APROVISIONAMIENTO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000003-APITCR

Adquisición de equipo de cómputo

El Consejo Institucional del Instituto Tecnológico de Costa Rica, acuerda en sesión ordinaria Nº 2765, articulo 10, del 10 de mayo del 2012, adjudicar la licitación arriba indicada a: Central de Servicios PC S. A., cédula jurídica Nº 3-101-096527.

Adquisición de equipo computacional

Total adjudicado:                    $ 382.459,75

Tiempo de entrega:                 30 días hábiles

Forma de pago:                        30 días naturales

Garantía de los equipos:           3 años

Cartago, 14 de mayo del 2012.—Departamento de Aprovisionamiento.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0023.—Solicitud Nº 14587.—C-15060.—(IN2012041767).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD REGIÓN HUETAR NORTE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-2499

Servicios de aseo y limpieza-Área de Salud de Los Chiles

El Área de Contratación Administrativa, les comunica a los interesados en este concurso que se resuelve de la siguiente manera:

Número de Concurso: 2012LA-000002-2499.

Objeto de Contratación: Servicios de aseo y limpieza-Área de Salud de Los Chiles.

Con fundamento en lo previsto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, autorización por parte de la Contraloría General de la República y una vez realizado los estudios y valoraciones respectivas, se procede a comunicar la adjudicación de la siguiente contratación efectuada por la Dirección Regional, según el Modelo de Distribución de Competencias en Contratación Administrativa y Facultades de Adjudicación de la CCSS, la cual se resuelve:

La Licitación Abreviada Nº 2012LA-000002-2499, correspondiente a la adquisición de Servicios de aseo y limpieza para el Área de Salud de Los Chiles, se adjudica al proveedor El Progreso Eprosal S. A., por la suma anual de ¢30.872.827,08.

Para todos los efectos dicho expediente se encontrará en esta Sede Regional.

Ciudad Quesada, 11 de mayo del 2012.—Área de Contratación Administrativa.—Lic. Geiner Brenes García.—1 vez.—(IN2012041222).

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000003-2101

Sunitinib 12.5 MG, 25 MG y 50 MG

capsulas duras de gelatina

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael A. Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar el mismo de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Cefa Central Farmacéutica S. A.

Monto Total Aproximado: $31.839,00

Monto Total Aproximado en Letras: Treinta y un mil ochocientos treinta y nueve dólares 00/100.

Tiempo de entrega: según demanda.

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr

San José, 14 de mayo del 2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2012041701).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

CONCURSO Nº 2011LN-000034-5101

Película Radiográfica de 35.56 x 43.18 cms

(14 x 17 pulg) no interfoliada

Código Institucional 2-66-01-1220

Mediante resolución GL-R-21-2012 de 1a Gerencia de Logística, declara infructuoso el concurso Nº 2011LN-000034-5101, para la adquisición de 740.000 unidades del producto “Película Radiográfica de 35.56 x 43.18 cms (14 x 17 pulg) no interfoliada, código 2-66-01-1220”, con fundamento en los artículos 15, 86 y 174 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Subárea de Análisis.—Shirley Solano Mora.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 41818.—C-15060.—(IN2012041765).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-PROV

Contratación de servicios profesionales en arquitectura,

ingenierías & construcción para la remodelación,

ampliación y acondicionamiento de las oficinas

de la Junta Directiva, Gerencia & otras Dependencias

en Los Altos del Almacén (modalidad llave en mano)

A los participantes en la presente licitación se les informa que la Junta Directiva en acuerdo JD-232, correspondiente al artículo III), inciso 4) de la sesión ordinaria Nº 16-2012, celebrada el 2 de mayo del 2012, acordó adjudicar la presente licitación de la siguiente manera:

A: Consorcio Miguel Cruz y Asociados Ltda, Nagel S. A. y RYS Constultores S. A.

Monto del proyecto:

Honorarios                       44.550.000,00

Construcción                   270.000.000,00

Total                                 ¢314.550.000.00

Plazo de entrega: 60 días para la etapa de diseño y 165 días naturales para la etapa de construcción

Todo de acuerdo con los términos del cartel y oferta respectiva.

San José, 11 de mayo del 2012.—Departamento Proveeduría.—Jorge A. Villalobos F., Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 16082.—Solicitud Nº 32546.—C-23680.—(IN2012041582).

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-000014-CAB

Contratación de Servicios de Seguridad y Vigilancia

para la Sede de Puntarenas del Colegio

de Abogados de Costa Rica

El Departamento de Proveeduría del Colegio de Abogados avisa a todos los interesados que el concurso arriba mencionado fue declarado desierto por la Junta Directiva de éste Colegio. Cualquier consulta o información adicional puede solicitarse a la Proveeduría Tels. 2202-3627 / 2202-3668.

Proveeduría.—MBA. Merari Herrera Campos, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 8558.—Solicitud Nº 48631.—C-11300.—(IN2012041758).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES DE PUNTARENAS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000002-01

Contratación de servicios profesionales (2 abogados externos)

para realizar trámites de cobro judicial

Transcribo acuerdo de la Corporación Municipal de Buenos Aires, de sesión ordinaria 18-2012, celebrada el día 8 de mayo del año en curso, que en letra dice:

Se acuerda: Adjudicar la Licitación Pública Nº 2011LN-000002-01, contratación de servicios profesionales (2 abogados externos) para realizar tramites de cobro judicial a: Lic. Víctor Esteban Méndez Zúñiga y Lic. Mayrin Mora Mora. Acuerdo unánime y definitivamente aprobado.

Buenos Aires, 14 de mayo del 2012.—Lic. Albán Serrano Siles, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012041693).

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000005-01

(Prórroga Nº 1)

Contratación de una empresa que provea los servicios

de custodia de cajas selladas con documentos

del Banco Nacional Costa Rica

La Proveeduría General del Banco Nacional, comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000005-01 lo siguiente:

Fecha de apertura.

Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría de Casa Matriz del Banco, situada en La Uruca, a más tardar a las diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este despacho, del 7 de junio del 2012. Momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, 17 de mayo del 2012.—Proveeduría General.—MBA. Gian Carlo Restan Lee, Director.—1 vez.—O. C. Nº 511099.—Solicitud Nº 41985.—C-18800.—(IN2012041737).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000015-01

Adquisición de una Plataforma Wireless

Se informa a los interesados en la contratación en referencia, que la recepción de las ofertas se ha trasladado para las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del viernes 1º de junio del 2012.

El resto del cartel se mantiene igual.

San José, 14 de mayo del 2012.—Oficina Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge, Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 45993.—C-13180.—(IN2012041694).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000008-99999

(Adendum Nº 2)

Compra de muebles para venta de libros UNED

La Universidad Estatal a Distancia comunica a los interesados en la presente licitación, que se está realizando la siguiente aclaración a las especificaciones técnicas del cartel:

1.  La soldadura permitida para el alambre Nº 12 es la “MIG”.

Sabanilla, 11 de mayo del 2012.—Oficina de Contratación y Suministros.—MAG. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2012041753).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO

DE BIENES Y SERVICIOS

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

CONCURSO Nº 2012LN-000004-5101

(Aviso Nº 5)

Implantes e insumos descartables para cirugía artroscópica

de hombro, rodilla, cadera y pequeñas articulaciones

A los oferentes interesados en participar en el concurso antes mencionado, se les comunica que se prórroga la fecha de apertura para el día 28 de mayo del 2012, a las 9:30 horas. Por cuanto se ha presentado solicitud de aclaración al cartel.

Vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 17 de mayo del 2012.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 32741.—C-16940.—(IN2012041615).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-09

(Modificación)

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia física

y electrónica para las instalaciones de las aulas

del Proceso de Servicio al Usuario ubicadas

en La Aurora de Heredia

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, de la Unidad Regional de Heredia informa que se realizó una modificación al cartel de la licitación en referencia, en el punto 3.91 experiencia de la empresa, por lo que pueden solicitar dicho cartel en nuestras oficinas. La fecha de apertura se mantiene para el día 22 de mayo a las 10:00 horas en el Proceso de Adquisiciones de Heredia.

Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46874.—C-13180.—(IN2012041595).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-01

Construcción de una alternativa de protección especial

en el Cantón de Corredores en un terreno

perteneciente al Patronato Nacional

de la Infancia

El Patronato Nacional de la Infancia, cédula jurídica 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministros, Bienes y Servicios, comunica a los interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000003-01, denominada, “Construcción de una alternativa de protección especial en el Cantón de Corredores en un terreno perteneciente al Patronato Nacional de la Infancia”, que ya se encuentran a su disposición, las aclaraciones y modificaciones que se realizaron al cartel, mismas que podrán ser retiradas de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m. En este Departamento, ubicado en las Oficinas Centrales en San José, sita de la Casa de Matute Gómez 300 metros al sur, Barrio Luján.

La fecha de apertura y demás términos del cartel se mantienen invariables.

San José, 14 de mayo del 2012.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 6070.—C-5520.—(IN2012041705).

AVISOS

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES

COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR

Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.

La Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., aclara que en relación con publicación efectuada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 89 del 9 de mayo del 2012, en todos los puntos adonde dice Licitación Abreviada Nº 2012LA-000002-01, debe leerse Licitación Abreviada Nº 2012LA-000007-01.

San José, 10 de mayo del 2012.—Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—Sección Administrativa.—Msc. Alonso Oviedo Arguedas, Jefe.—1 vez.—(IN2012041075).

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-02

Construcción de tanques para almacenamiento

de gasolina, bunker y diesel en Refinería

En La Gaceta Nº 91 del día 11 de mayo del 2012 se publicó la licitación en referencia con el título “Construcción de tanques para almacenamiento de gasolina, bunker y asfalto”, siendo lo correcto “Construcción de tanques para almacenamiento de gasolina, bunker y diesel”, tal y como se indica en el cartel y en la página Web de RECOPE ww.recope.com.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 47918.—C-12220.—(IN2012041622).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000002-02

(Enmienda Nº 1)

Construcción de tanques para almacenamiento

de asfalto y bunker en Refinería

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar al segundo piso de las Oficinas Centrales, de RECOPE a retirar la Enmienda Nº 1, o bien, la misma estará disponible en la página Web de RECOPE www.recope.com.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 47919.—C-11300.—(IN2012041626).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

PRÓRROGA APERTURA

Reconstrucción de aceras, cordón y caño

calles 14 a la 42

El Departamento de Recursos Materiales y Servicios, Área de Licitaciones, ubicado en el sótano del Edificio Municipal José Figueres Ferrer, avenida 10, comunica a los interesados en el presente concurso, que se encuentra disponible compendio de aclaraciones y además se comunica que se prorroga la fecha de apertura:

 

Licitación Pública Nº

Objeto contractual

Fecha apertura

Hora

2012LN-000002-99999

Reconstrucción de aceras, cordón y caño en Paseo Colón, de calle 14 hasta calle 42

1º de junio del 2012.

10:00 a. m.

 

Aclaraciones:

1.  La loseta guía y advertencia a utilizar debe tener un espesor de 2,54 cm, y deberá ser embebida en la losa de concreto de acera.

2.  La cantidad total de baldosas guía y advertencia es 2.725 metros lineales, de ellas, 2.410 metros corresponde a baldosas guía y 315 metros corresponde a baldosas advertencia.

3.  El caño debe tener una pendiente de 10% hacia el interior del mismo, el espesor del caño en su parte más delgada deberá ser de 12 cm, como mínimo.

4.  Con relación a la carpeta asfáltica existente en el Paseo Colón y a la diferencia de nivel que existe entre dicha carpeta y la superficie de los caños a ambos lados de la vía, se aclara que la Municipalidad de San José procederá a reparar, en los casos particulares que así lo requieran, el asfalto de los bordes del pavimento que se vean afectados por el corte de los caños y su posterior reconstrucción, específicamente en los casos en que los bordes representen un riesgo para los usuarios.

5.  La restitución del asfalto en los puntos que sea requerido para conformar superficies de acceso sobre la vía que faciliten el ingreso de vehículos por la rampa vehicular será responsabilidad de la Municipalidad.

6.  En el ítem 1.3 Demolición de elementos de concreto específicos, el Contratista deberá considerar la demolición de bloques o estructuras de concreto que en total alcanzan un volumen de 1 m3.

7.  En los planos constructivos se señalan las rampas vehiculares como los espacios en el borde externo de las aceras con áreas inclinadas, las mismas se indican en el cuadro de simbología con una flecha, dichos espacios corresponden con lo especificado en el apartado Rampas vehiculares de la sección 2.1 Construcción de aceras y rampas. Las aceras que colindan con esas rampas deberán construirse, como se indica, en concreto con resistencia a la compresión f’c de 210 kg/cm2.

8.  El concreto con resistencia a la compresión de f´c 280 kg/cm2 debe ser utilizado en la construcción de cordones, caños, rampas vehiculares y puentes peatonales, de acuerdo con lo señalado en las especificaciones técnicas del cartel de licitación. Áreas adicionales a lo indicado no forman parte del alcance de la contratación.

9.  Los planos constructivos detallan la ubicación de los ejes de baldosas guía y advertencia, cuyas cantidades han sido detalladas en el punto 2. Las condiciones del sitio pueden provocar variaciones en la ubicación de estos elementos, pero las cantidades totales detalladas serán estrictamente lo que se solicite al Contratista como parte del objeto de contrato.

10.  La leyenda “analizar este punto…” que aparece en la esquina del Hospital San Juan de Dios, en calle 14, se ha colocado como una anotación para analizar la construcción de rampa peatonal en dicha esquina, dado que no hay posibilidad de cruce de calle en ese punto. Durante la ejecución de las obras se indicará al Contratista si ésta debe ser construida.

11.  La cantidad de material a recuperar se estima en 20 metros cúbicos, el lugar de acopio será el Almacén Municipal que se ubica junto al Complejo Recreativo Municipal de Pavas, cercano al Hospital Psiquiátrico.

12.  Los puentes peatonales deberán tener en su superficie una fila de baldosas advertencia ubicada en el centro de las mismas, en la dirección de paso, y no en toda la superficie de rampa como se encuentra indicado en el esquema respectivo.

San José, 11 de mayo del 2012.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 130036.—Solicitud Nº 5036.—C-21320.—(IN2012041706).

MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-PMT

Adquisición de adoquín y cemento

La Proveeduría de la Municipalidad de Turrubares, comunica a todos los potenciales proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000001-PMT, Adquisición de adoquín y cemento, las siguientes aclaraciones al cartel:

1-El material se va a recibir la totalidad en un solo tracto, tanto el adoquín como el cemento (descargado en el sitio), deberán comunicar con un mínimo de tres días, el día y la hora que harán la entrega al Ing. Juan Carlos Céspedes, al 2419-0111.

2-En el lugar donde se entregará el material, se puede hace con un camión plataforma, o si lo desean realizar una visita al sitio.

3-Para la descarga del material la empresa debe contar con el servicio de un montacargas.

4-Las tarimas a utilizar en este proceso se considerarán como material de desecho.

San Pablo de Turrubares, 11 de mayo del 2012.—Proveeduría.—Virginia Salazar Agüero, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2012041618).

REGLAMENTOS

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

REGLAMENTO JUEGO Nº E015

DE LOTERÍA INSTANTÁNEA

“Mega Dominó”

Artículo Nº 1º—Cambio de premios el jugador podrá hacer efectivos los premios instantáneos obtenidos, las Oficinas Centrales o Sucursales de la Junta de Protección Social y en sus agencias autorizadas.

La Junta no pagará premios contra boletos que presenten alteraciones o roturas que hagan dudar de su legitimidad, o si el boleto no está incluido en la Lista Oficial de Validación.

Artículo Nº 2º—Plan de Premios: En cada 2.000.000 de boletos:

 

CANTIDAD DE PREMIOS

MONTO

280.000 premios de

¢500

180.000 premios de

¢1.000

40.000 premios de

¢3.000

20.000 premios de

¢5.000

200 premios de

¢50.000

40 premios de

¢100.000

16 premios de

¢1.000.000

1 premio de

¢5.000.000

1 premio de

¢15.000.000

20 boletos de

Raspa

 

Artículo Nº 3º—Convalidación computarizada: si el premio es superior a ¢100.000 (cien mil colones), requiere convalidación computarizada y se pagará únicamente en las oficinas centrales de la Junta de Protección Social.

Artículo Nº 4º—Caducidad: La Junta de Protección Social, no pagará premios después de los sesenta días naturales a partir de la fecha en que se declare oficialmente la finalización del respectivo juego.

Artículo Nº 5º—El Departamento de Tesorería, al final de cada juego de lotería instantánea, debe realizar un cierre de los premios convalidados de acuerdo al plan de premios aprobado por la Junta Directiva y pagados en el Departamento de Tesorería y rendir el informe respectivo ante la Gerencia General de la Junta de Protección Social.

Artículo Nº 6º—Se aprueba el presente reglamento según acuerdo de Junta Directiva JD-191 correspondiente artículo V), inciso 2), de la sesión ordinaria Nº 14-2012, celebrada el 17 de abril del 2012.

San José, 14 de mayo del 2012.—Depto. de Loterías.—Jorge Agüero Gutiérrez.—1 vez.—O. C. Nº 16081.—Solicitud Nº 4009.—C-49300.—(IN2012041611).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD SAN ISIDRO DE HEREDIA

El Concejo Municipal de San Isidro de Heredia, en sesión ordinaria Nº 04-2009, del 21 de enero de 2009, mediante acuerdo Nº 79-2009 por unanimidad, con dispensa de trámite de Comisión, aprobó adoptar el Proyecto de Reglamento para el Reclutamiento y Selección de Personal.

REGLAMENTO PARA EL RECLUTAMIENTO

Y SELECCIÓN DE PERSONAL

CAPÍTULO I

Generalidades

Artículo 1º—El Director(a) del Área de esta Municipalidad, donde se ubica la plaza vacante o requiera de una plaza nueva, debe hacer la solicitud por escrito a la Alcaldía Municipal, instancia que ante la procedencia, trasladará la dirección del procedimiento respectivo al Departamento de Recursos Humanos.

Artículo 2º—El Departamento de Recursos Humanos será el encargado de definir el Perfil del Puesto vacante o nuevo, el cual deberá contemplar como mínimo los siguientes factores:

a)  Clase de puesto

b)  Descripción de tareas

c)  Requisitos académicos, de experiencia y legales

d)  Capacitación deseable

e)  Características personales deseables

f)   Condiciones del puesto, como son salario base, anualidad y otros pluses, horario y funciones, entre otros.

Artículo 3º—Previamente a todo proceso de reclutamiento, deberá establecerse los factores de calificación para la selección de los candidatos, tales como:

a.  Experiencia

b.  Antecedentes laborales

c.  Pruebas específicas

d.  Requisitos académicos

e.  Entrevista

Artículo 4º—Para cada proceso de reclutamiento en específico, se debe preparar las ofertas de servicio, estimando la cantidad de oferentes que se presentarán al reclutamiento.

Artículo 5º—Es obligación del Departamento de Recursos Humanos, realizar la programación del concurso respectivo (cronograma), ya fuere interno o externo, de conformidad con el artículo 128 del Código Municipal, definiendo lo siguiente:

a)  Fecha de publicación del aviso respectivo.

b)  Periodo de recepción de ofertas o currículo.

c)  Fecha de aplicación de pruebas de idoneidad.

d)  Periodo de revisión de pruebas de los candidatos.

e)  Periodo de calificación de los factores de selección.

f)   Obtención de resultados

g)  Comunicación a los participantes

h)  Confección de ternas o nóminas (la cual debe ser trasladada a la Alcaldía Municipal para su aprobación).

Artículo 6º—El Departamento de Recursos Humanos, deberá preparar las convocatorias a las pruebas de idoneidad, con indicación de fecha, hora y lugar de realización; las cuales deberán ser entregadas al oferente en el momento del reclutamiento.

Artículo 7º—Todo proceso de selección de personal no deberá exceder de 30 días hábiles.

CAPÍTULO II

Del inicio del procedimiento de selección de personal

Artículo 8º—Deberá divulgarse el requerimiento del personal municipal, el cual se realizará mediante “Concurso”, con aplicación de las siguientes normas:

a)  Concurso Interno: la Alcaldía Municipal en coordinación con el Departamento de Recursos Humanos, mediante cartel informará sobre el concurso de la plaza a todos los empleados de la institución, el que se deberá exhibir públicamente en la Municipalidad.

b)  Concurso Externo: La Alcaldía Municipal en coordinación con el Departamento de Recursos Humanos, realizará una publicación del requerimiento en cualquier diario de circulación nacional.

CAPÍTULO III

De la divulgación

Artículo 9º—La posible contratación deberá publicitarse mediante un “anuncio”, el cual contendrá como mínimo la siguiente información:

a)  Indicación expresa de esta Municipalidad y su dirección.

b)  Departamento para el cual se realiza el requerimiento.

c)  Número de Concurso

d)  Rendimiento de Pruebas de Idoneidad -si fuere el caso-.

e)  Nombre de la clase de puesto y cargo

f)   Horario o Jornada

g)  Requisitos específicos

h)  Departamento donde se recibirá la oferta o currículo

i)   Periodo de recepción de ofertas con referencia expresa de las fechas de apertura y cierre, así como del respectivo horario.

j)   Indicación de los documentos que se consideran de indispensable presentación (certificados de estudios original y copia, certificaciones de experiencia con fecha de ingreso y salida, así como, nombre del puesto y de las funciones por desempeñar)

CAPÍTULO IV

De la oferta de servicios

Artículo 10.—El interesado presentará su oferta, mediante el Formulario que brindará el Departamento de Recursos Humanos, al cual se le deberá adjuntar la Hoja de Vida.

Artículo 11.—Las ofertas que reciba esta Municipalidad deberán estar acompañadas como mínimo, de la siguiente documentación:

a)  Fotocopia del documento de identificación del interesado.

b)  Fotocopia de los Certificados de Estudios de los interesados (educación primaria, secundaria, técnicos, universitarios, entre otros, según sea el caso). En caso de extranjeros tendrán que ser certificados por los entes competentes.

c)  En el caso de los egresados universitarios o parauniversitarios, debe presentarse certificación del Departamento de Registro de la Institución Educativa correspondiente, que refiera a dicha condición, con no mas de un mes de emitida. Dicho centro debe estar reconocido por el Consejo Nacional de Educación Superior,

d)  Certificados de cursos de capacitación, ya sean de participación (12 horas) y de aprovechamiento (32 horas).

e)  Referencia clara y expresa de la experiencia laboral, con indicación de los números telefónicos correspondientes.

Artículo 12.—Cuando se presenten copias fotostáticas de los documentos indicados en el artículo anterior, se deberá presentar sus originales para confrontación, caso contrario, deberá presentarse copia certificada por un Notario Público.

Artículo 13.—Todo oferente posee el derecho a requerir “razón de recibo” de la documentación entregada, en la cual se consignará fecha y hora de recepción, así como indicación clara del nombre de la persona que firma el recibido.

CAPÍTULO V

De la convocatoria a pruebas de idoneidad

Artículo 14.—Para los oferentes que resulten elegibles, se les deberá convocar a las pruebas de idoneidad.

Artículo 15.—A los oferentes, se les indicará que la documentación y oferta presentada quedará sujeto a estudio y posteriormente se le comunicará cualquier convocatoria.

CAPÍTULO VI

De la realización de las pruebas de idoneidad

Artículo 16.—La implementación de las pruebas de idoneidad corresponde al Departamento de Recursos Humanos en coordinación con la Jefatura inmediata de la Dirección solicitante del puesto.

Artículo 17.—La prueba debe valorar conocimientos avanzados en el campo que corresponda, por lo que el tiempo que se otorgue para su realización, estará directamente relacionado.

Artículo 18.—El Departamento de Recursos Humanos, deberá generar una lista de las personas que realizarán la respectiva prueba, de manera que pueda programar su realización en uno o varios días, según el tiempo y personal disponible para ello, y la cantidad de oferentes enlistados.

Artículo 19.—Las pruebas de idoneidad deberán ser aplicadas y revisadas por la jefatura inmediata o por el profesional en la materia respectiva al puesto y tendrá para ello el plazo máximo de diez días hábiles.

Artículo 20.—Si para la selección del puesto respectivo, no se aplican pruebas, las ofertas recibidas se estudiarán, para realizar una preselección de todos aquellos que cumplen con los requisitos y características del puesto; posteriormente, podrá continuarse con la calificación de los factores de selección.

CAPÍTULO VII

De la calificación de las ofertas de servicio

Artículo 21.—A cada factor de selección deberá asignársele una calificación porcentual en la escala del 1 al 100; de manera que todos los valores sumados no excedan del límite indicado.

La nota mínima de calificación corresponderá a un 70%.

El órgano competente de establecer la calificación porcentual será el Departamento de Recursos Humanos.

CAPÍTULO VIII

De la declaración de resultados

Artículo 22.—Una vez concluida la etapa anterior, el Departamento de Recursos Humanos procederá a generar un “Registro de Elegibles”, ordenado por nota descendente.

Artículo 23.—En relación con lo anterior, dicho Departamento deberá a la vez trasladar en conocimiento a la Alcaldía Municipal, un informe con los siguientes apartados:

a)  El encabezado que comprende: Para:, De:, Asunto: y Fecha.

b)  I. Causa del informe. Donde se indica la aprobación de la clase de puesto en concurso, por parte del Concejo Municipal.

c)  II. Sobre la clase o clases de puesto del concurso. Se especifica la clase de puesto, los cargos que incluye la clase y otros.

d)  III. Sobre la organización del concurso. En este apartado se especifica quienes participaron en la programación y desarrollo del concurso.

e)  IV. Sobre la publicación del concurso. Se hace mención del responsable de la divulgación, los medios utilizados, los lugares de cobertura y costos.

f)   V. Sobre el reclutamiento. Se describe el lugar, el plazo de recepción de documentos, la cantidad de candidatos reclutados y otros aspectos relacionados.

g)  VI. Sobre la selección. En este apartado, se explica el desarrollo de la selección, ya sea si se realiza una preselección en caso de recibir la hoja de vida, si se aplican pruebas y se evaluaron ciertos factores como predictores de selección.

h)  VII. Resultados del concurso. Se realiza un cuadro resumen con los resultados obtenidos por los participantes en el concurso.

i)   VIII. Cronograma. Finalmente, se presenta un cronograma con las actividades y periodos que se desarrollaron durante el concurso, desde su inicio hasta su declaración de resultados.

Artículo 24.—El “Registro de Elegibles” tendrá una vigencia máxima de un año calendario como lo establece el artículo 131 del Código Municipal.

Artículo 25.—Concluido lo anterior, el Departamento de Recursos Humanos comunicará los resultados obtenidos mediante un oficio, a cada uno de los participantes del concurso.

CAPÍTULO IX

De las ternas o nóminas

Artículo 26.—Del registro de elegibles, deberá extraerse el nombre de las personas con mayor puntaje para integrar la terna o nómina.

Artículo 27.—Obtenida la terna o nómina, deberá prepararse un listado solicitando al Registro Judicial, la información referente a los antecedentes de cada uno de ellos. Esta solicitud debe incluir el nombre del oferente, el número de cédula, la fecha de nacimiento, el nombre del padre, el nombre de la madre y la Institución que lo solicita.

Artículo 28.—La terna o nómina consistirá en la base objetiva para suplir la plaza vacante respectiva.

Artículo 29.—Las ternas o nómina serán de conocimiento de la Alcaldía Municipal, a quien, de conformidad con el artículo 130 del Código Municipal, corresponde realizar el nombramiento.

Artículo 30.—La Alcaldía Municipal contará con un plazo de cinco días hábiles para realizar el nombramiento.

Artículo 31.—La devolución de la nómina por parte de la Alcaldía, sólo podrá realizarse una vez por concurso y deberá justificarlo mediante resolución.

Si la Alcaldía devuelve la nómina en una segunda ocasión, de hecho y derecho quedará seleccionada aquella persona que haya obtenido el puntaje más alto.

Artículo 32.—De existir discrepancia de la Alcaldía en relación con la persona seleccionada por el Departamento de Recursos Humanos, según el procedimiento anterior, podrá elevarlo a conocimiento del caso al Concejo Municipal.

Con base en lo estipulado por el artículo 43 del Código Municipal, el presente el Proyecto de Reglamento, se somete a consulta pública no vinculante por un plazo de diez días hábiles a partir de su publicación, transcurridos los cuales el Concejo se pronunciará sobre el fondo de la propuesta. Los interesados podrán hacer sus observaciones por escrito ante la Secretaría del Concejo Municipal.

San Isidro de Heredia, 18 de abril de 2012.—Melvin Villalobos Argüello, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2012032326).

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

Habiéndose cumplido con el plazo de Ley para someter a consulta la Reforma al Reglamento para el Procedimiento de Cobro Administrativo, Extrajudicial y Judicial de la Municipalidad de Esparza, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 54 del 16 de marzo del 2012, y sin haberse recibido observaciones al respecto, el mismo se ratifica como reglamento definitivo a partir de esta publicación.

Espíritu Santo de Esparza, 9 de abril del 2012.—Margoth León Vásquez, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012029367).

Habiéndose cumplido con el plazo de Ley para someter a consulta el Reglamento de la Comisión de Accesibilidad y Discapacidad (COMAD) de la Municipalidad de Esparza publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 54 del 16 de marzo de 2012, y sin haberse recibido observaciones al respecto, el mismo se ratifica como reglamento definitivo a partir de esta publicación.

Espíritu Santo de Esparza, 9 de abril del 2012.—Margoth León Vásquez, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012029370).

Habiéndose cumplido con el plazo de Ley para someter a consulta el Reglamento para el Uso, Control y Mantenimiento de Vehículos de la Municipalidad de Esparza publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 54 del 16 de marzo del 2012, y sin haberse recibido observaciones al respecto, el mismo se ratifica como reglamento definitivo a partir de esta publicación.

Espíritu Santo de Esparza, 9 de abril del 2012.—Margoth León Vásquez, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012029371).

REMATES

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

REMATE Nº 02-2012

Parte del resto de la finca madre del Asentamiento El Jobo

1-El Instituto de Desarrollo Agrario, invita a participar en este remate. El mismo se hará el día jueves 7 de junio del 2012, a partir de las 10:00 horas, en la sala de reuniones de la segunda planta del módulo B de las Oficinas Centrales del IDA, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, de donde estaba el Colegio Lincoln 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste. El mismo se hace con fundamento en el avaluó administrativo Nº AA-95-2011, expediente Nº 82-2011 realizado por la Dirección General de Tributación, Administración Tributaria de Puntarenas. El predio que es sujeto de remate, corresponde a parte del resto de la Finca Madre del Jobo, localizado entre el lindero oeste, de la parcela 3 y la línea que delimita la Zona Marítima Terrestre; no es la parcela 3 ni forma parte de la misma. Detalle del avaluó: terreno 45.797,00 m2 a ¢39.000,00 cada m2 ¢1.786.083.000,00. Mejoras: 1-Vivienda, paredes de bloques ¢22.263.000,00, 2-Galerón adyacente a la casa ¢851.000,00, 3-bodega próxima a la vivienda ¢2.774.000,00, 4-Caballeriza ¢7.205.000,00, conforme acuerdo de junta directiva artículo 54 de la sesión ordinaria 016-2012, celebrada el 7 de mayo del 2012, con el fin de que los oferentes que participen en el proceso de remate estén claros; se advierte de la existencia de una accesión que no puede ser dividida en el siguiente inmueble: 5-Galerón que ocupa una superficie de 41m2, la cual se ve afectada en más de un 50%, debido a que la línea de propiedad o lindero este del inmueble, lo atraviesa diagonalmente, quedando una superficie de 24 m2 (55%) dentro de la propiedad de la sociedad Reflecciones de un Vacio en Fórum Limitada, de este inmueble; razón por la cual no se valora y únicamente se describe en el avaluó. 6-Tanque de agua ¢1.216.800,00, 7-Piscina ¢560.000,00; espacio para piscina 46m2 ¢3.496.000,00, especio destinado para Jacuzzi o bañera ¢615.000,00, 8-Espacio destinado a Bar ¢462.000,00, cuatro columnas de concreto armado y viga ¢372.600,00. Total construcciones e instalaciones ¢39.815.400,00 más el valor del terreno ¢1.786.083.000,00, valor total según avaluó ¢1.825.898.400,00. De conformidad con este mismo acuerdo de junta directiva, se indica que la finca se rematará soportando los gravámenes que pesan sobre ella como el gravamen por un juicio agrario, interpuesto por la señora Teodora Obando Carmona, el cual está siendo ventilado en la vía judicial. De conformidad con el acuerdo tomado por la Junta Directiva en el artículo 9 de la sesión ordinaria 007-2012, celebrada el 20 de febrero de 2012, y también el acuerdo tomado por la Junta Directiva en el artículo 80 de la sesión ordinaria 009-2012, se consigna que en la finca existe un ocupante y del monto del remate se cancelarán las mejoras citadas por el monto de ¢39.815.400,00. Para visitar los inmuebles debe de coordinarse con la es provincia de Guanacaste, cantón de La Cruz, distrito primero La Cruz, 1.600,00 metros norte del Hotel Bolaños Bay, frente a playa E1 Jobo. Depósito de garantía de cumplimiento: E1 adjudicatario deberá cancelar en ese mismo acto, en concepto de garantía de cumplimiento, el equivalente al 10% del monto total del remate. Para cancelar el resto, el interesado dispondrá de tres días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación. También el adjudicatario podrá cancelar la totalidad de la adjudicación el mismo día del remate, por consiguiente no correspondería hacer ningún depósito como garantía de cumplimiento. Cualquier condición no contemplada en la presente publicación, se regirá de conformidad con las disposiciones pertinentes que señala la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. Para cualquier información adicional dirigirse al teléfono 2247-6837, Oficina de Licitaciones.

Proveeduría.—Rafael Fernández Bolaños, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012041725).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-1254-2012.—Pineda García Mayelica, R-061-2012, nicaragüense, pasaporte C 705534, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Ciencias de la Educación, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 14 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031208).

ORI-1250-2012.—Solís Arbustini Jessie, R-060-2012, costarricense, cédula de identidad número 112640137, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 14 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031209).

ORI-1245-2012.—Trouillet Marín Jeanne Marie, R-064-2012, costarricense, cédula de identidad 1-1421-0509, ha solicitado reconocimiento del diploma de Nutrición Humana y Dietética, Universidad Autónoma de Madrid, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 14 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031210).

ORI-1224-2012.—Venegas Rivas Tito Ulises, R-004-2012, costarricense, cédula de identidad número 205230332, ha solicitado reconocimiento del diploma de Médico Cirujano, Universidad de Montemorelos, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 14 de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031211).

ORI-1068-2012.—Carvajal Miranda Yendry, R-042-2012, costarricense, cédula de identidad 1-1041-0051, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster Universitario en Química Orgánica en la Especialidad de Biomoléculas y Fármacos, Universidad de Santiago de Compostela, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 06 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 114713.—Solicitud Nº 37648.—C-33680.—(IN2012031219).

ORI-1497-2012.—Golcher González Eleonora, R-080-2012, costarricense, cédula de identidad Nº 107760380, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Administración de Negocios, Vanderbilt University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 30 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031220).

ORI-1447-2012.—Guevara Leo Miguel, R-069-2012, venezolano, residente permanente: 186200186903, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil, Universidad Metropolitana, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Univeritaria Rodrigo Facio, a los 28 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031221).

ORI-1228-2012.—Maroto Álvarez Karla, R-055-2012, costarricense, cédula de identidad número 110250188, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Humanidades, Lmu Ludwig-Maximilians Universität Munich, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 14 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031222).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-1076-2012.—Nassar Bolaños Pablo, R-168-2007-B, costarricense, cédula de identidad 1-1097-0089, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster In Business Administration, Instituto Centroamericano de Administración de Empresas (INCAE), Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 6 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031212).

ORI-1258-2012.—Narváez Bertheau Jorge, R-066-2012, costarricense, cédula de identidad número 901070977, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciado en Derecho, Universidad del Valle de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 14 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031213).

ORI-1255-2012.—Montealegre Sauma Mauricio José, R-063-2012, costarricense, cédula de identidad número 111680255, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Periodoncia, La Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 14 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648 .—C-33680.—(IN2012031214).

ORI-1261-2012.—Matus Barrios Luis Alfredo, R-068-2012, nicaragüense, residente permanente libre condición número 155807055818, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Ciencias de la Computación, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 14 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031215).

ORI-1246-2012.—Agüero López Dayana Alexandra, R-057-2012, venezolana, pasaporte número 012799330, ha solicitado reconocimiento del diploma de Abogado, Universidad Central de Venezuela, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 14 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031216).

ORI-1251-2012.—Aguilar Sánchez Jorge, R-068-2007-C, costarricense, cédula de identidad 4-0155-0454, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctorado, Universidad de Indiana, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 14 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031217).

ORI-1262-2012.—Carballo Guerrero Mariela, R-056-2012, costarricense, cédula de identificación 7-0171-0586, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster Universitario en Investigación, Desarrollo e Innovación de Medicamentos, Universidad de Navarra, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 14 días del mes de marzo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38648.—C-33680.—(IN2012031218).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Sharon Araya Díaz, cédula de identidad Nº 109720017, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Arquitecto obtenido en la Universidad Autónoma de Coahuila. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 17 de abril del 2012.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 2012-0023.—Solicitud Nº 14586.—C-28220.—(IN2012032393).

La señora Diana Montero Katchan, cédula de identidad Nº 112220636, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Máster en Ciencia de Ecología y Manejo de Recursos Naturales obtenido en la Universidad de la Amistad de los Pueblos, Rusia. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 17 de abril del 2012.—Máster William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 2012-0023.—Solicitud Nº 14585.—C-28220.—(IN2012032394).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 04 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 03 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita establecer la un derecho de servidumbre y un sitio de torre, necesarios para el paso de la Línea de Transmisión San Miguel - La Caja (Reconstrucción Anillo Norte), situado en la provincia cuarta Heredia, cantón primero Heredia, distrito cuarto Ulloa; la dirección exacta del inmueble es: residencial los Arcos, de la rotonda Nº 9, 225 m sur. Propietario Nº 10.

El inmueble está inscrito en el Registro de la propiedad a Folio Real 4-123130-000, identificado con el plano catastrado H-1283815-2008; propiedad de STCR Costa Rica Trust and Escrow Company Limited S. A., cédula jurídica 3-101-328440, en calidad de fiduciario, representada judicial y extrajudicialmente por Orlando López Pacheco, cédula 1-0665-0301.

Los linderos de la finca son al norte: Coyoche S. A. calle pública 14 m 18 cm, al sur: Río Virilla; al este: Suc Ernesto J Montealegre Ltda, al oeste: Coyoche S. A.

A solicitud del Proyecto de Transmisión Central Norte, este establecimiento de servidumbre y el sitio de torre fueron valorados, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢64.954.894,60 (sesenta y cuatro millones novecientos cincuenta y cuatro mil ochocientos noventa y cuatro colones con sesenta céntimos), según avalúo administrativo número 887-2011.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre y un sitio de torre, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y las leyes arriba citadas. Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de y ¢64.954.894,60 (sesenta y cuatro millones novecientos cincuenta y cuatro mil ochocientos noventa y cuatro colones con sesenta céntimos), según avalúo administrativo número 887-2011 comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre y un sitio de torre, en propiedad de STCR Costa Rica Trust and Escrow Company Limited S. A., cédula jurídica 3-101-328440, en calidad de fiduciario, representada judicial y extrajudicialmente por Orlando López Pacheco, cédula 1-0665-0301.

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá sobre la propiedad de STCR Costa Rica Trust and Escrow Company Limited S. A. un derecho de servidumbre y un sitio de torre necesarios para la Línea de Transmisión San Miguel - La Caja (Reconstrucción Anillo Norte), la cual afecta el sector sur de la propiedad en colindancia con el río Virilla. La línea de transmisión afecta el inmueble en un sector inculto y parte de la zona de reserva del río Virilla. La línea de centro pasa sobre la propiedad con una longitud total de 180.22 m para cubrir un área de 5.414,32m², la cual corresponde al 10.41% del área total del inmueble. El ancho de la servidumbre en este tramo es de 30m, su forma es parecida a un polígono irregular.

La servidumbre atraviesa la propiedad con una orientación de este a oeste, ingresa al inmueble por la colindancia este con la propiedad de Ernesto J. Montealegre sucesores Limitada, desplazándose con un azimut de 283º35´45´´ y una distancia de 123.28 m hasta llegar al sitio de torre P.I. Carpio 2, donde continua con un azimut de 294º00´10´´ y una distancia de 56,96m hasta salir por la colindancia oeste con la propiedad de Brionit S. A. La servidumbre de la línea de transmisión afecta un terreno cubierto de charral, parte de la zona de protección del río Virilla, de topografía quebrada. El área que ocupará el sitio de torre es de aproximadamente 100 m².

En cuanto a los linderos de la servidumbre: norte y sur: resto de la propiedad; este: Ernesto J. Montealegre y Sucesores Ltada y oeste: Brionit S. A.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos. Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 04 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 03 de mayo de 1995.

3º—La constitución de derecho de ampliación de servidumbre y un sitio de torre descrito se establecerá en favor de la finca en la Provincia de San José, inscrita en el Registro Público, propiedad del Instituto Costarricense de Electricidad, matrícula ciento ochenta y nueve mil setecientos setenta y cinco-cero cero cero, que es terreno de café y potrero, situada en el distrito Quinto Zapote, cantón primero San José de la provincia de San José; mide cuarenta y ocho mil novecientos setenta y nueve metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados, y linda al norte: Ferrocarril Eléctrico al Pacífico; al sur: calle pública y Caja Costarricense de Seguro Social, al este: Ferrocarril Eléctrico al Pacífico y Caja Costarricense del Seguro Social; y al oeste: Caja Costarricense del Seguro Social. Plano Catastrado no indica.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5982, celebrada el 22 de febrero del 2012.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2012030721).

Considerando:

La Ley Nº 6313 del 04 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 03 de mayo de 1995 y la Ley Nº 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta legislación, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere el establecimiento de un derecho de servidumbre para la Línea de Transmisión Cariblanco – General (Tramo PI Sucio - General), en la finca sin inscribir en el Registro Público de la Propiedad y en posesión de José Gabriel Román Madriz, cédula 2-0566-0367, mayor, casado, operario y vecino de Barreal de Heredia. El inmueble se ubica en la provincia de Heredia, cantón 10 Sarapiquí de la escuela del cruce de Bambú 130 m norte y 525 m este, propiedad con un portillo de piedra. Según declaración jurada la propiedad tiene una cabida de 5.281,5 m², dato que coincide con lo manifestado en el plano catastrado nº H-677139-2001 de la finca madre. Sin embargo, para efectos de topografía se catastró la servidumbre con el plano Nº H-1520102-2011, con un área de 34m² y el mismo es utilizado para la determinación del valor de la franja de servidumbre. Para efectos de la determinación del daño al remanente se utilizará el área consignada en el plano Nº H677139-2001 con un área de 5.281,5m².

Los linderos de la propiedad según plano Nº H677139-2001 son: norte: los Abuelos Juan y Claudia S. A., sur: Faustino Quintero Zapata, este: calle pública y oeste: Eliciano Flores Porras.

A solicitud de la Dirección del Proyecto de Construcción de la Línea Eléctrica, Región Huetar - Brunca de la U.E.N. de Proyectos y Servicios Asociados del Instituto Costarricense de Electricidad el valor de este establecimiento de servidumbre fue estimado en la suma de ¢245.046,65 (doscientos cuarenta y cinco mil cuarenta y seis colones con sesenta y cinco céntimos), según avalúo administrativo No. 818-2011.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de ¢245.046,65 (doscientos cuarenta y cinco mil cuarenta y seis colones con sesenta y cinco céntimos), según avalúo administrativo Nº 818-2011 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase un derecho de servidumbre en el inmueble que se describe así: finca sin inscribir en el Registro Público de la Propiedad y en posesión de José Gabriel Román Madriz, cédula 2-0566-0367, mayor, casado, operario y vecino de Barreal de Heredia. El inmueble se ubica en la Provincia de Heredia, cantón 10 Sarapiquí, de la escuela del cruce de Bambú 130 m norte y 525 m este, propiedad con un portillo de piedra. Según declaración jurada la propiedad tiene una cabida de 5.281,5 m², dato que coincide con lo manifestado en el plano catastrado Nº H-677139-2001 de la finca madre. Sin embargo, para efectos de topografía se catastró la servidumbre con el plano Nº H-1520102-2011, con un área de 34m² y el mismo es utilizado para la determinación del valor de la franja de servidumbre. Para efectos de la determinación del daño al remanente se utilizará el área consignada en el plano Nº H677139-2001 con un área de 5.281,5 m².

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre de paso sobre una franja de terreno en posesión de José Gabriel Román Madriz, para la Línea de Transmisión Cariblanco - General, Tramo PI Sucio - General.

La línea de centro de la servidumbre de paso eléctrico se encuentra al norte de la propiedad sobre calle pública, por lo que la misma solamente afecta una porción de la propiedad. La longitud de la línea de transmisión en el vértice oeste es de 18.07 m, para un área de afectación de 34 m², lo cual representa un 0.64 % del área total de la propiedad. El ancho de la servidumbre en este tramo es de 14 m (7 m a ambos lados de la línea de centro). Sin embargo, no toda la servidumbre afecta la propiedad, siendo una porción de la misma la que forma un cuadrado dentro de la finca cuyas dimensiones aproximadas son 18.07 metros de largo, por un ancho aproximado de 1.87 m. Esta porción de la servidumbre de línea de transmisión eléctrica se encuentra al lado izquierdo de la línea de centro en sentido sur-norte.

La servidumbre ingresa a la propiedad por la colindancia sur con Yamilet Quintero Castro, con un azimut de 00º17´8´´, hasta salir por la colindancia norte con los Abuelos de Juan y Claudia S.A. En el recorrido de la línea de transmisión se afectará postes de cerca que sirven de colindancia tanto para la colindancia sur y norte como con la calle pública. La topografía es plana con una pendiente aproximada del 3%. La servidumbre de paso eléctrica se encuentra en el sector este de la propiedad.

En cuanto a los linderos de la servidumbre: norte: los Abuelos de Juan y Claudia S. A., sur: Yamileth Quintero Castro, este: calle pública y oeste: José Román Madriz.

El propietario deberá limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando éstos se encuentren en condiciones de carga máxima o de contingencia.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—La constitución de derecho de servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de Alajuela, inscrita en el Registro Público, folio mecanizado cuatrocientos diez mil quinientos noventa y tres-cero cero cero, que es terreno de potrero, sito en el distinto catorce Sarapiquí del cantón primero Alajuela de la provincia de Alajuela; mide catorce mil trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, y linda al norte con Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte río sardinal; al sur, con Ganadera el Recreo, al este, con Instituto Costarricense de Electricidad; y al oeste, con río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión Nº 5985, del 7 de marzo del 2012.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 13 de abril de 2012.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2012030722).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se notifica a María Jesús Espinoza Bravo y Noel Antonio Salmerón Mejía de calidades y domicilio actual desconocidos, la resolución administrativa de las once horas del trece de marzo del dos mil doce, en la cual se dictó medida de protección cuido provisional de las personas menores de edad Moisés Isaac y Yesenia ambos de apellidos Salmerón Espinoza. Se advierte que deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la asesoría y hacerse representar por un abogado de su elección, así como tener acceso y revisar el expediente administrativo. Procede recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación de ésta comunicación, ante la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí.—Oficina Local de Pococí.—Lic. Liseth Patricia Carvajal Sanders.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4152.—C-10730.—(IN2012026958).

A: Jhon Freyder Chimbaco Castañeda, mayor, colombiano, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las nueve horas del trece de febrero de dos mil doce, que dicta depósito administrativo provisional y ubica a la p.m.e. Jesús Andrés Chimbaco Suazo en Hogarcito de Pococí. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: procede recurso de revocatoria y de apelación si se plantean dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta Oficina Local resolver la revocatoria, y el de apelación corresponde resolver a la Presidencia Ejecutiva. Se les previene a las partes que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente: 111-124-2010.—Oficina Local de San José Oeste, febrero del 2012.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4152.—C-8210.—(IN2012026959).

Se notifica a Ana Chacón Castro de calidades y domicilio actual desconocido, la resolución administrativa de las quince horas del veinticuatro de febrero del dos mil doce, en la cual se dictó medida de protección de abrigo temporal de la persona menor de edad Keylor Jesús Chacón Castro. Se advierte que deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la asesoría y hacerse representar por un abogado de su elección así como tener acceso y revisar el expediente administrativo. Procede recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación de esta comunicación ante la representación legal de la Oficina Local de Pococí.—Oficina Local de Pococí.—Lic. Liseth Patricia Carvajal Sanders. Patronato Nacional de la Infancia.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4152.—C-8840.—(IN2012026960).

Se notifica a los interesados la resolución administrativa de las quince horas del doce de marzo del dos mil doce, en la cual se dictó medida de protección de abrigo temporal de la persona menor de edad Miguelito Vargas Rodríguez. Se advierte que deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la asesoría y hacerse representar por un abogado de su elección así como tener acceso y revisar el expediente administrativo. Procede recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación de ésta comunicación, ante la representación legal de la Oficina Local de Pococí del Patronato Nacional de la Infancia.—Oficina Local de Pococí.—Lic. Liseth Patricia Carvajal Sanders. Patronato Nacional de la Infancia.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4152.—C-10100.—(IN2012026961).

A: Roy Méndez Pérez, se le comunica la resolución administrativa de las dieciséis horas cincuenta minutos del dieciséis de marzo del dos mil doce y la de las quince horas diez minutos del diecinueve de marzo del dos mil doce, las cuales ordenó medida especial de protección de abrigo temporal a favor de sus hijos Tatiana Méndez Orozco y Jonder Samuel Méndez Orozco, en el Hogar Divina Providencia y el Hogar Ama respectivamente. Plazo para interponer el recurso de apelación tres días hábiles a partir de la tercera publicación de este aviso.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4166.—C-6950.—(IN2012026962).

A: Yorleni Pérez Gómez se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela, de las once horas del 25 de enero de dos mil doce, se dicta medida de protección de inclusión en programas oficiales o comunitarios de auxilio que impliquen orientación y tratamiento a alcohólicos y toxicómanos en Hogar Crea de Sarapiquí, a favor de la persona menor de edad Yordan Eduardo Pérez Gómez. Recursos: Apelación. Plazo: 48 horas contadas a partir del siguiente día de la última publicación de este aviso, señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina, el cual es de un kilómetro alrededor de la sede y si no lo hacen, las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.—Oficina Local de Alajuela, 12 de marzo del 2012.—Lic. Alejandra Solís Lara, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4166.—C-8840.—(IN2012026963).

A: Robil Erbil Monge Gatica, se le comunica la resolución de las 12:00 horas del 28 de febrero del 2012, donde se resuelve: I) Dar inicio al proceso de protección en sede administrativa regulado por las disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley Nº 7739, del 3 de diciembre de 1997, publicada en La Gaceta Nº 26 del viernes 6 de febrero de 1998 II) Se ordena brindar tratamiento psicosocial al caso con los medios con que cuenta esta institución. Dadas las condiciones de vulnerabilidad en que se encuentran las personas menores de edad y al numeroso grupo familiar el Área Integral con énfasis en Trabajo Social y Psicología deberá de realizar a la mayor brevedad posible un plan de intervención por el término de seis meses, donde se valoren los avances periódicamente con regularidad para conocer las condiciones de alimentación, salud y educación en que se encuentran las personas menores de edad, así como los avances logrados por los progenitores. III) Se advierte a los señores Francisco José Rojas Rodríguez y Roxana Díaz Chaves su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación a padres de los que imparte Trabajo Social de la Clínica Marcial Rodríguez y/o Trabajo Social del Hospital San Rafael y/o grupo de crecimiento personal de educación a padres que imparten las profesionales de esta Oficina Local del Pani y/o grupo a fin de su comunidad, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina. IV) Se advierte a la señora Roxana Díaz Chaves su deber de integrarse a un grupo de Mujeres Víctimas de violencia intrafamiliar que imparte la Oficina de la Mujer en la Municipalidad de Alajuela, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina. V) Se advierte al señor Francisco José Rojas Rodríguez su deber de integrarse a programas y grupo de apoyo y crecimiento personal del Instituto Wem, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina. VI) Se advierte a los señores Francisco José Rojas Rodríguez y Roxana Díaz Chaves su deber de enviar a sus hijos e hijas con edad escolar a recibir la educación básica a los Centros Educativos. Ambos padres deberán de velar porque sus hijos reciban la atención médica en el momento en que la requieran, deberán cumplir con las citas médicas y mantener al día las vacunas de sus hijos e hijas. Bajo el apercibimiento de que el incumplimiento de lo aquí ordenado se le podrá seguir causa penal por el delito de desobediencia a la autoridad, conforme lo dispone el artículo 307 del Código Penal que dice: “Se impondrá prisión de quince días a un año al que desobedeciere la orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención”. VII) Se prohíbe a los señores Francisco José Rojas Rodríguez y Roxana Díaz Chaves agredir físicamente, verbalmente y de cualquier otra forma a sus hijos e hijas bajo el apercibimiento de que el incumplimiento de lo aquí ordenado se les podrá seguir causa penal por el delito de desobediencia a la autoridad, conforme lo dispone el artículo 307 del Código Penal que dice: “Se impondrá prisión de quince días a un año al que desobedeciere la orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención”. VIII) Continúen las personas menores de edad Samantha Yuxari Monge Días y Cinthya Rojas Días en los programas de cuido semanal y educativos-formativos que brinda la Asociación al Niño con Cariño por el tiempo que lo requieran. IX) Se ordena al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) incluir a la mayor brevedad posible a este grupo familiar a todos los programas que tengan disponibles donde las personas menores de edad se beneficien. X) Remítase el expediente al área de Atención Integral con énfasis en Trabajo Social y Psicología de esta oficina, a fin de que se brinde Orientación, apoyo y tratamiento a la familia y se rindan los informes respectivos. Plazo: Para interponer recurso de apelación 48 horas; señalando lugar para atender notificaciones dentro del Perímetro Jurisdiccional de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Publíquese tres veces consecutivas. Expediente Nº 741-00097-2004.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4166.—C-42860.—(IN2012026964).

A: Marcos Antonio Sánchez Vargas, se le comunica la resolución de las 10:00 horas del 27 de marzo del 2012, donde se resuelve: I) Dar inicio al Proceso de Protección en sede administrativa regulado por las disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley Nº 7739, del 3 de diciembre de 1997, publicada en La Gaceta Nº 26 del Viernes 6 de febrero de 1998. II) Medidas cautelares. Se ordena que la adolescente Raquel Alena Sánchez Herenández, sea incluida en programas oficiales o comunitarios de auxilio, que impliquen orientación y tratamiento a alcohólicos y toxicómanos y la permanencia de la adolescente en la asociación renacer, Programa Para Niñas y Adolescentes con problema de adicción a las drogas, por el tiempo que lo requiera. Dicho Centro deberá de reportar en forma inmediata a este Despacho el egreso de la adolescente en el momento en que se de. III) Remítase el expediente al Área de Atención integral con énfasis en Trabajo Social para que se continúe brindando atención y seguimiento al caso. IV) Comuníquese esta resolución al Departamento de acreditación de la institución a fin de que se realice el trámite pertinente. V) Comuníquese esta resolución al Juzgado Penal Juvenil del Primer Circuito de Alajuela. Plazo: Para interponer recurso de apelación 48 horas; señalando lugar para atender notificaciones dentro del Perímetro Jurisdiccional de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Publíquese tres veces consecutivas. Expediente Nº 231-00073-2009.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35372.—Solicitud Nº 4166.—C-18920.—(IN2012026965).

A: Félix Antonio Espinoza se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela, de las 13:00 horas del 21 de febrero de dos mil doce, se ordena modificación de medida de protección de abrigo temporal, a favor de la persona menor de edad Vielka Daniela Rodríguez González. Recursos: Apelación. Plazo: 48 horas contadas a partir del siguiente día de la última publicación de este aviso, señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina, el cual es de un kilómetro alrededor de la sede y si no lo hacen, las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.—Oficina Local de Alajuela.—Alajuela, 12 de marzo de 2012.—Lic. Alejandra Solís Lara, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4166.—C-7580.—(IN2012026966).

A: Luis Adán Pavón Meléndez, se le comunica la resolución de las 17:30 horas del 20 de marzo del 2012, donde se resuelve: I) Dar inicio al Proceso de Protección en sede administrativa regulado por las disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley Nº 7739, del 3 de diciembre de 1997, publicada en La Gaceta Nº 26 del viernes 6 de febrero de 1998. II) Medidas Cautelares. Se ordena el cuido provisional de las personas menores de edad Sara Raquel y Floribeth Danyeli ambas de apellidos Pavón Vega en el hogar de los señores Keila Verónica López Vega y Luis Alberto Ruiz Torres. Se advierte a las partes que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, pudiéndose prorrogar en vía judicial. Se previene a las partes que les asiste el derecho de hacerse asesorar y representar por un profesional en derecho y se les hace saber que tienen derecho al acceso del expediente administrativo para su estudio y revisión. III) Valórense las condiciones actuales en que se encuentra la persona menor de edad Henry Moisés Pavón Vega en el hogar de su progenitora por parte del Área Social de Atención Integral de la Oficina Local del Pani de Alajuelita. IV) Resérvese una copia de este legajo del expediente administrativo en esta Oficina, a fin de que Trabajo Social y psicología de Atención Integral continúe con su intervención de la situación de las PME Sara Raquel y Floribeth Danyeli ambas de apellidos Pavón Vega y rindan los informes respectivos. V) Se declara la incompetencia en razón del territorio para continuar conociendo las presentes diligencias y se remite el legajo del expediente administrativo Nº 115-00125-2004 a la Oficina Local del Pani de Alajuelita, a fin de que se arrogue el conocimiento de las mismas y fenezca el proceso conforme a derecho corresponda. VI) Se comisiona a la Oficina Local del Pani de Alajuelita a fin de que se notifique a la señora Griselda Vega López la presente resolución para lo cual se adjunta la copia respectiva. VII) Se ordena al Instituto Mixto de Ayuda Social integrar al hogar recurso solidario de la señora Keyla Verónica Vega López y a las personas menores de edad Sara Raquel y Floribeth Danyeli ambas de apellidos Pavón Vega a todos aquellos programas que las beneficien. VIII) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia de Alajuela. IX) Comuníquese esta resolución a la Fiscalía Adjunta del I Circuito Judicial de Alajuela. Plazo: Para interponer recurso de apelación dos días hábiles; señalando lugar para atender notificaciones dentro del Perímetro Jurisdiccional de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Publíquese tres veces consecutivas.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4166.—C-42860.—(IN2012026967).

A: Daniele Paolo Sabbia (único apellido por nacionalidad). Se le comunica la resolución dé las 8:30 horas del 2 de marzo del 2012, donde se resuelve: I) Dar inicio al proceso de protección en sede administrativa regulado por las disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley número 7739, del 3 de diciembre de 1997, publicada en La Gaceta número 26 del viernes 6 de febrero de 1998. II) Como medida cautelar se ordena el abrigo temporal de las personas menores de edad Ethan Abel Artola Delgado y Sheera Daniela Sabbia Artola en un Albergue del Patronato Nacional de la Infancia de acuerdo a sus necesidades, reubicándose temporalmente en el Albergue transitorio del Patronato Nacional de la Infancia de Naranjo. La presente medida no limita el contacto de la madre con su hijo e hija. Se advierte a las partes que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, pudiéndose prorrogar en vía judicial. Se previene a las partes que les asiste el derecho de hacerse asesorar y representar por un profesional en derecho y se les hace saber que tienen derecho al acceso del expediente administrativo para su estudio y revisión. III) Remítase el expediente al Área Integral con énfasis en Trabajo Social y Psicología de esta Oficina, a fin de que se realice un plan de intervención con el grupo familiar, se brinde apoyo, orientación y tratamiento y se rindan los informes respectivos. IV) Se advierte a los señores Fabiola Julieth Artola Delgado y Daniele Paolo Sabbia su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación a padres de los que imparte Trabajo Social de la Clínica Marcial Rodríguez y/o Trabajo Social del Hospital San Rafael y/o grupo a fin de su comunidad debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta institución. V) Se advierte a la señora Fabiola Julieth Artola Delgado su deber de integrarse a un grupo de Mujeres Víctimas de violencia intrafamiliar que imparte la Oficina de la Mujer en la Municipalidad de Alajuela, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina. VI) Se advierte al señor Daniele Paolo Sabbia su deber de integrarse a programas y grupo de apoyo y crecimiento personal del Instituto WEM, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina. VII) Se suspenden las visitas del señor Daniele Paolo Sabbia a las personas menores de edad Ethan Abel Artola Delgado y Sheera Daniela Sabbia Artola, hasta que el Ministerio Público realice la investigación de los hechos denunciados y/o hasta que las profesionales de esta institución autoricen la interrelación del señor Daniele Paolo Sabbia con las personas menores de edad. VIII) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia de Alajuela. Plazo: Para interponer recurso de apelación dos días hábiles; señalando lugar para atender notificaciones dentro del Perímetro Jurisdiccional de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4166.—C-42860.—(IN2012026968).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

EDICTO

La SUTEL de conformidad con el expediente SUTEL-OT-042-2012 admite la solicitud de autorización presentada por Hermin Mauro Chaves Ramos, cédula de identidad 2-552-273, para brindar servicios de Café Internet en Los Ángeles de La Fortuna de San Carlos, provincia de Alajuela, frente al CEN CINAI. Se otorga el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, para que los interesados se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos.

San José, 16 de abril del 2012.—Carlos Raúl Gutiérrez Gutiérrez, Presidente.—1 vez.—(IN2012040348).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

AVISO

Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social, publicado en La Gaceta Nº 143 del 28 de julio del 1992, así como oficio AL 141 de la Lic. Marcela Sánchez Quesada, asesora legal, con fecha 21 de febrero del 2012 y la declaración jurada rendida ante el notario público Lic. Antonio Chávez Olivares, la Gerencia General representada por el M. A. E. Francisco Ibarra Arana, cédula Nº 8-0055-0883, mayor, casado, vecino de Moravia, autoriza acogiendo el criterio legal, el traspaso del derecho de arriendo del Cementerio General, mausoleo 8, cuadro adicional 7, ampliación oeste, lado sur, línea primera, inscrito al tomo 15, folio 405 a la señora Ligia Guido Gámez, cédula Nº 5-069-061. Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no existiere oposición, se autoriza a la Administración de Cementerios, para que comunique a la interesada lo resuelto.

San José, 27 de febrero del 2012.—Manuel Roldán Porras, Administrador de Cementerios.—1 vez.—(IN2012029298).

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

AVISO

ENTRADA EN VIGENCIA DE TARIFAS POR SERVICIOS

DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DEL ENTE

COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

El Ente Costarricense de Acreditación, en uso de las facultades que le confiere el Reglamento Estructura Interna y Funcionamiento del ECA, en su artículo 8º publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 191, jueves 1º de octubre del 2009, en su sesión Nº 01 del 2012 realizada el día 27 de marzo del 2012, a las 14:30 horas que tuvo lugar en las instalaciones de esta Institución, determina mediante acuerdo Nº 5 declarado firme, un aumento del 15% sobre las tarifas actuales de cada una de las etapas del proceso de evaluación y acreditación, para los siete servicios de evaluación y acreditación que brinda el ECA. Con base en el presupuesto asignado al ECA para el año 2012 por parte del MICIT, se fijan los montos tarifarios, los cuales de acuerdo a la fórmula definida se distribuyen de la siguiente manera: P=MO+I+GA+U, en donde:

P= monto referido a la cotización.

MO= porcentaje de mano de obra del precio de la cotización.

I= porcentaje de insumos del precio de cotización.

GA= Porcentaje de gastos administrativos.

U= porcentaje de utilidad del precio de la cotización.

El pago por cada una de las etapas del proceso de evaluación y acreditación se fijan como sigue:

1.  Presentación de la solicitud: $460.

2.  Evaluación documental y en situ: se determinará de acuerdo al alcance solicitado por el OEC, el cual se dará a conocer con la presentación de la cotización respectiva, tomado como base el costo por día, evaluador líder de $345, evaluador $322 y experto técnico $276.

3.  Concesión de la acreditación: $920.

4.  Pago anual por mantenimiento de la acreditación $690.

Cada seis meses las tarifas serán actualizadas conforme al porcentaje de aumento de variación del índice de precios.

Para el cumplimiento de cada una de estas etapas el usuario debe referirse al Reglamento Estructura Interna y Funcionamiento del ECA, y a los Procedimientos Internos del ECA que se encuentran disponibles en la página Web del ECA, dirección: www.eca.or.cr y en San José, 300 este de Plaza Mayor, detrás de Prisma Dental, Rohrmoser; en horario de lunes a viernes de 08:00 a. m. a 04:00 p. m.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Máster Maritza Madriz Picado, Gerente.—1 vez.—(IN2012031769).

AVISOS

CONVOCATORIAS

PARQUE RESIDENCIAL GUADALUPE

CONDOMINIO Nº 2

Convocamos a Asamblea General Ordinaria de Condóminos, del Condominio Nº 2 del Parque Residencial Guadalupe, el día 2 de junio del 2012, en el corredor de la casa Nº 16. Primera convocatoria 6:30 p.m., segunda convocatoria 7:00 p.m. San José, 14 de mayo del 2012.

Asuntos a tratar:

1.-Informe del presidente.

2.-Informe financiero período 2010

3.-Informe financiero período 2011

4.-Informe del fiscal

5.-Propuesta de presupuesto período2012

6.-Nombramiento de junta directiva

7.-Nombramiento de administrador

8.-Temas de interés:

a. Seguridad

b. Velocidad

c. Tener cuidado de los bienes

d. Otros

María Cristina Barth, Administradora.—1 vez.—(IN2012041241).

UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES

El Consejo Directivo de La Unión Nacional de Gobiernos Locales en Sesión Ordinaria Nº 13-2012 celebrada el jueves 3 de mayo del 2012 aprobó por unanimidad y en firme acuerdo que se transcribe a continuación:

Acuerdo 67-2012

“Con base en lo anterior se acuerda convocar a Asamblea Nacional de Municipalidades de La Unión Nacional de Gobiernos Locales el jueves 31 de mayo del 2012, en el Hotel Herradura a las 8:30 en su primera convocatoria y de no haber el quórum requerido se realizará una hora después con los delegados presentes y con la siguiente agenda:

1-  Apertura y comprobación del quórum

2-  Informes

3-  Elección de Junta Directiva

4-  Mociones

5-  Clausura y almuerzo

Por lo tanto, solicito por favor interpongan sus buenos oficios a fin de que se realice la publicación el lunes 21 de mayo 2012, sobre la convocatoria a Asamblea Nacional de La Unión Nacional de Gobiernos Locales que se realizará el jueves 31 de mayo del 2012, en el Hotel Herradura a las 8:30 a.m. En su primer convocatoria y en caso de no haber el quórum requerido, se celebrará una hora después (9:30 a.m.), con el 20% de sus delegados.

Jueves, 3 de mayo del 2012.—Jéssica Zeledón A., Secretaria.—1 vez.—(IN2012041612).

CONDOMINIO HORIZONTAL VERTICAL

RESIDENCIAL MANA

Se convoca a los condóminos del Condominio Horizontal Vertical Residencial Mana, domiciliado en Alajuela, doscientos norte y doscientos oeste de los Tribunales, cédula jurídica número tres-ciento nueve-tres nueve uno cero uno seis, a la Asamblea General Extraordinaria de Condóminos que se llevará a cabo en la ciudad de Alajuela, en su domicilio social a las diecinueve horas del treinta y uno de mayo del dos mil doce, siendo que si no se reúne el quórum de ley a la hora indicada, se iniciará la Asamblea una hora después con los presentes, para conceder autorización al Administrador del Condominio para que proceda a la apertura de cuentas bancarias a nombre del Condominio en Los Bancos del Sistema Bancario Nacional o Extranjero, público o privado.

Alajuela, 8 de mayo del 2012.—Adrián Porras Jiménez, Administrador.—1 vez.—(IN2012041621).

EXPLOREASY SOCIEDAD ANÓNIMA

Exploreasy Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-549102, convoca a sus socios a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas a celebrarse el día lunes 11 de junio del 2012, en las instalaciones del Bufete Sfera Legal, sitas en San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio El Pórtico, tercer piso. La primera convocatoria será a las 10:00 a.m. De no alcanzarse el quórum en primera convocatoria, se iniciará la Asamblea en segunda convocatoria con los socios que estén presentes, a las 11:00 p.m. En dicha asamblea se discutirá lo siguiente:

-Disolución y liquidación de la sociedad.

San José, 9 de mayo del 2012.—Ana Milena Schroeder Leiva, Presidenta.—1 vez.—RP2012294480.—(IN2012041669).

FONTANELLA S. A.

Convocatoria a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de Fontanella S. A., cédula tres-ciento uno-treinta y nueve mil ochocientos cincuenta y ocho, a celebrarse en sus oficinas, Sabanilla de Montes de Oca, del costado noreste, del parque, 150 metros al norte, 600 metros al este y 100 metros al norte, a las nueve horas del 29 de junio del año en curso. Asuntos a tratar: sustitución del presidente de la Junta Directiva y actualización del domicilio social.—San José, diez de mayo de dos mil doce.—María Isabel Vargas Mora, Presidenta.—1 vez.—RP2012294328.—(IN2012041670).

GRUPO EDITORIAL ANTARES DEL ESTE S. A.

Convocatoria a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de Grupo Editorial Antares del Este S. A., cédula tres-ciento uno-doscientos treinta y ocho mil novecientos cuarenta y seis, a celebrarse en sus oficinas, Sabanilla de Montes de Oca, del costado noreste, del parque, 150 metros al norte, 600 metros al este y 100 metros al norte, a las diez horas del 29 de junio del año en curso. Asuntos a tratar: sustitución del presidente de la Junta Directiva y actualización del domicilio social.—San José, diez de mayo de dos mil doce.—María Isabel Vargas Mora, Presidenta.—1 vez.—RP2012294329.—(IN2012041671).

QUINTA ZAMORANA S. A.

La sociedad Quinta Zamorana S. A., cédula jurídica 3-101-070213, representada por su presidente, convoca a la Asamblea Ordinaria de accionistas a celebrarse a las 14:00 horas del día 2 de junio del 2012 en el Centro de Eventos Las Cavitas, cien metros norte del Automercado, Heredia, en primera convocatoria, que se tendrá por constituida con la mitad más uno de sus miembros y en segunda convocatoria a las 3:00 p.m., con los miembros presente. Asuntos a tratar: nombrar Junta Directiva y Asuntos Varios.—San José, once de mayo del dos mil doce.—Lic. Erick Duarte Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012294633.—(IN2012041672).

ESTIBADORES GOLFITEÑOS S. A.

Se convoca a los accionistas de Estibadores Golfiteños S. A., a Asamblea General Extraordinaria, que deberá celebrarse a las diez horas del ocho de junio del dos mil doce, en las oficinas de Standard Fruit Company de Costa Rica S. A., situadas en San José, Escazú, Guachipelín, Plaza Roble, sétimo piso del edificio Las Terrazas B; con el propósito de conocer acerca de su disolución conforme lo dispone el artículo 201 inciso a) del Código de Comercio.—San José, Escazú.—Juan Carlos Rojas Zeledón, Secretario.—1 vez.—(IN2012041681).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

SOCIEDAD ANÓNIMA TRANSACCIONES GO Y FO

Ante mí, Sharon Núñez Milgram, según escritura número ciento once, otorgada a las dieciocho horas con treinta minutos del veintinueve de febrero del dos mil doce, se acordó por unanimidad de la totalidad de los socios reponer los libros legales de la Sociedad Anónima Transacciones Go y Fo, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos uno seis seis ocho seis.—Primero de marzo del dos mil doce.—Lic. Sharon Núñez Milgram, Notaria.— IN2012031033).

UNIVERSIDAD LATINA

Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica certifica que ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición del título de Bachillerato en Ingeniería de Sistemas Informáticos, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre de Laura Brenes Brenes, cédula Nº 3-376-183, inscrito en el Libro de la Universidad en el tomo V, folio 105, asiento 27574. Se solicita la reposición, por motivo que la estudiante extravió el original del título. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 20 de abril de 2012.—José Prado Arroyo, Director de Registro.—(IN2012031845).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

EL TUN TUN DE TAMARINDO SOCIEDAD ANÓNIMA

Que ante esta notaría, se ha iniciado proceso de reposición de certificado de acciones del capital social de la empresa El Tun Tun de Tamarindo Sociedad Anónima, por lo que se advierte a terceros, que los certificados cero, cero dos, cero tres, cero cuatro, cero cinco, cero seis, cero siete, cero ocho, cero nueve, diez, once y doce han sido anulados.—Santa Cruz, a las quince horas del diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Adriana Ruiz Villarreal, Notaria.—RP2012289298.—(IN2012031485).

SERVICIO AUTOMOTRIZ AMIL SOCIEDAD ANÓNIMA

Álvaro Solano Solano, mayor, casado una vez, mecánico industrial, cédula de identidad número uno-seis nueve siete-seis uno dos, con domicilio en Liberia, Guanacaste, exactamente Barrio La Cruz, diagonal al tanque de Acueductos y Alcantarillados, en su condición de presidente en representación de la sociedad anónima denominada y con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, inscrita en el Registro Público de la Propiedad,  Sección Mercantil, tomo nueve seis ocho, folio dos siete uno, asiento tres cinco siete, aparece debidamente inscrita Servicio Automotriz Amil Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-uno nueve tres tres ocho cinco, por medio de la presente solicito ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor e Inventario y Balances. Quien se considere afectado a dirigir la oposición a la Selección de Autorización y Legalización de Libros, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Liberia, 5 de marzo del 2012.—Álvaro Solano Solano, Apoderado Generalísimo.—RP2012283631 y RP2012288235.—(IN2012031875).

Yorleni Mayorga Mata, mayor, cédula de identidad número seis-cero doscientos cuarenta y cuatro-cero noventa y tres, vecina del Roble, ciento setenta y cinco metros al norte del Banco Popular del Roble, representante legal con la representación de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Inversiones Corma Puntarenas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y un mil ciento cincuenta y Vladimir Goldenberg Córdoba, mayor, casado dos veces, vecino de Puntarenas centro, cien metros al sur del Banco Nacional de Costa Rica, cédula de identidad número uno-ochocientos sesenta y cuatro-ciento diecinueve, informático, Annia Fernández Fallas, mayor, cédula de identidad número uno-mil doscientos veintinueve-quinientos veintiséis, casada una vez, vecina de la misma dirección que el señor Goldenberg, ambos representantes legales con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad: Tres-ciento uno-cinco siete uno cuatro ocho seis S. A. La señora Mayorga Mata, vende a la sociedad: Tres-ciento uno-cinco siete uno cuatro ocho seis S. A., representada por Goldenberg Córdoba y Fernández Fallas, el inventarío actual de la Farmacia Yor/Corma, los activos que están dentro del negocio, que son: equipo electrónico, aires acondicionados, caja registradora, estantes y mercadería en general que se encuentran en los estantes, mercadería que está libre de gravámenes, así como el derecho del uso del nombre el cual es farmacia Yor/Corma. Es todo.—Puntarenas, a las catorce horas del dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Judyth Ramírez Morera, Notaria.—(IN2012032900).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

GAVA E HIJOS S. A.

Luis Ricardo García Vargas, cédula de identidad 2-0281-0450, en mi condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de la sociedad Gava e Hijos S. A., con cédula jurídica 3-101-363983, comunica a terceros interesados que en Asamblea General Extraordinaria de socios, número 01, celebrada el día lunes 26 de marzo del 2012, mediante acuerdo número 01 y en acuerdo firme se dispuso disolver la sociedad que representa con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Se emplaza a acreedores y terceros que sientan lesionados sus derechos para que dentro del plazo improrrogable de 30 días naturales, contados a partir de la publicación del presente aviso, procedan a hacer valer sus derechos de manera judicial. Notificaciones jonathangarciaq@gmail.com. Es todo.—Grecia, 27 de marzo del 2012.—Luis Ricardo García Vargas, Presidente.—1 vez.—(IN2012024759).

Mediante escritura otorgada a las quince horas y treinta y cinco minutos del dieciocho de abril del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Picogrueso Pechirrosado Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco cinco nueve tres cero dos, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, dieciséis horas del día dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012289270.—(IN2012031463).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9:00 horas del 17 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de Vientos de Arenal S. A., en virtud de la cual se acordó disolver dicha sociedad.—San Juan de Tibás, 18 de abril del 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012289271.—(IN2012031464).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del 17 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de Marabú de Belén S. A., en virtud de la cual se reformaron las cláusulas segunda, sétima, y se creó la cláusula décima segunda.—San Juan de Tibás, 18 de abril del 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012289272.—(IN2012031465).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del 18 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de Quena de Osa S. A., en virtud de la cual se reformaron las cláusulas primera y sexta del pacto social.—San Juan de Tibás, 18 de abril del 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012289273.—(IN2012031466).

Por escritura otorgada ante mi notaría, de las 09:00 horas del 12 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad social denominada: Inmobiliaria y Soluciones Constructivas ISCO S. A., mediante la cual se reforman cláusulas segunda y novena de los estatutos, se revocan directores, y se nombra nueva junta directiva para el resto del período.—San Ramón, 12 de abril del 2012.—Lic. Róger Alexis Barboza Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2012289274.—(IN2012031467).

Mediante escritura Nº 176, otorgada en esta notaría, de las 11 horas 15 minutos del 18 de abril del 2012, se protocolizó acta Nº 1, de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Multiproductos Montalva de Centroamérica CYA S. R. L., cédula jurídica Nº 3-102-641942, mediante la cual se modifica la cláusula primera: del nombre del pacto social, para que en adelante la sociedad se denomine Euroaluminios de Centroamérica S. R. L., así mismo se nombran nuevos gerentes.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. José Antonio Pérez Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012289275.—(IN2012031468).

Mediante escritura pública Nº 177-6, otorgada ante el notario público José Antonio Pérez Brenes, a las 14 horas 30 minutos del 18 de abril del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Solarium de San José V H A V S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-413715, celebrada en San José, Montes de Oca, Barrio Dent, del BAC San José de la Rotonda de la Bandera, 75 metros al oeste, Ofiplaza del Este, Edifico C, Bufete A. Guardia, Montes & Asociados, en la que se acordó por unanimidad de socios su disolución de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. En cumplimiento con la normativa legal, se cita a las personas que se consideren afectadas, hacer las reclamaciones del caso en el término de treinta días, contabilizados a partir de la fecha de la presente publicación, a la dirección: San José, Montes de Oca, Barrio Dent, del BAC San José de la Rotonda de la Bandera, 75 metros al oeste, Ofiplaza del Este, Edifico C, oficina Nº 12, Bufete A. Guardia, Montes & Asociados.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. José Antonio Pérez Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012289277.—(IN2012031469).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Parque Industrial Jateo S. A. Se acordó reformar la cláusula de la administración, y nombrar nuevos miembros de junta directiva. Es todo.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012289280.—(IN2012031470).

La suscrita notaria, Ana Patricia Villalobos Chinchilla, hago saber que en mi notaría, ha comparecido Jesús Santiago Marroquín Aguilar, tesorero de la sociedad anónima Conexiones de Potencia Internacional, cédula jurídica Nº 3-101-611761, protocolizando acta de asamblea de socios, en donde se modificó la junta administrativa.—Lic. Ana Patricia Villalobos Chinchilla, Notaria.—1 vez.—RP2012289281.—(IN2012031471).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del doce de abril del dos mil doce, Holgura de Monserrat Número Diecinueve -J S. A., realiza disolución de sociedad anónima; por escritura otorgada a las dieciséis horas quince minutos del doce de abril del dos mil doce, Sueños Realizados en Monserrat Nueve-I S. A., realiza disolución de sociedad anónima, y por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del doce de abril del dos mil doce, Ferli S. A., realiza disolución de sociedad anónima.—Lic. Leslie Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2012289282.—(IN2012031472).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día diecisiete de abril del dos mil doce, se protocolizan actas de las siguientes sociedades: “a) MACAW OCEAN VIEW GAMA SOCIEDAD ANÓNIMA; b) WINDOW OF OPPORTUNITY SOCIEDAD ANÓNIMA; c) BACKSLASH SOCIEDAD ANÓNIMA; d) GAMMA TECHNOLOGIES CORP SOCIEDAD ANÓNIMA; e) MACAW OCEAN VIEW ALFA SOCIEDAD ANÓNIMA; f) MACAW OCEAN VIEW OMEGA SOCIEDAD ANÓNIMA; g) MACAW OCEAN VIEW SIGMA SOCIEDAD ANÓNIMA, pudiendo abreviarse en sus aditamentos “S. A.”, siendo estas nombres de fantasía, donde se acuerda la disolución de las sociedades.—San José, a las ocho horas del diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012289283.—(IN2012031473).

Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Alberto Rodríguez Pérez, a las diecinueve horas del trece de abril del dos mil doce, se protocolizó acta uno de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Distribuidora de Productos Mavil Sociedad Anónima. Se disolvió la sociedad.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012289284.—(IN2012031474).

Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Alberto Rodríguez Pérez, a las dieciocho horas del trece de abril del dos mil doce, se protocolizó acta uno de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Pórtico Llanura Alta Sociedad Anónima. Se disolvió la sociedad.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012289286.—(IN2012031475).

Hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de Nurse’ s Services Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sétima del pacto social, y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Mario Alberto Ortiz Mazza, Notario.—1 vez.—RP2012289287.—(IN2012031476).

Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Alberto Rodríguez Pérez, a las diecisiete horas del trece de abril del dos mil doce, se protocolizó acta uno de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Bripor del Norte Sociedad Anónima. Se disolvió la sociedad.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012289288.—(IN2012031477).

Hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de Alba Consulting Group Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sétima del pacto social, y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Mario Alberto Ortiz Mazza, Notario.—1 vez.—RP2012289289.—(IN2012031478).

Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Alberto Rodríguez Pérez, a las dieciséis horas del trece de abril del dos mil doce, se protocolizó acta uno de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Monte José Sociedad Anónima. Se disolvió la sociedad.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012289290.—(IN2012031479).

Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Alberto Rodríguez Pérez, a las quince horas del trece de abril del dos mil doce, se protocolizó acta uno de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Acabados Madera El Roble Sociedad Anónima. Se disolvió la sociedad.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012289291.—(IN2012031480).

Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Alberto Rodríguez Pérez, a las catorce horas del trece de abril del dos mil doce, se protocolizó acta uno de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Auto Ferretero Iztarú Sociedad Anónima. Se disolvió la sociedad.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012289292.—(IN2012031481).

Que ante la notaría pública de Eduardo Arroyo Boirivant, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos setenta y siete mil setecientos sesenta y ocho sociedad anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y siete mil setecientos sesenta y ocho. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, ciento veinticinco metros sur de la Corte Suprema de Justicia, avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Eduardo Arroyo Boirivant, Notario.—1 vez.—RP2012289293.—(IN2012031482).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del 18 de abril del 2012, se disolvió la sociedad Inversiones Tres de Diciembre S. A., cédula jurídica Nº 3-101-214491.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012289294.—(IN2012031483).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del 18 de abril del 2012, se disolvió la sociedad Los Arabos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-313167.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012289295.—(IN2012031484).

Por escritura pública otorgada ante este notario, a las nueve horas del diecisiete de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad DC Consultores en Centro de Datos Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012289299.—(IN2012031486).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 15:00 horas del 18 de abril del 2012, se protocoliza aumento de capital social de la sociedad 3-101-642770 S. A.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—RP2012289301.—(IN2012031487).

Por escritura otorgada a las doce horas cinco minutos del día dieciocho de abril del dos mil doce, se protocoliza la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Oncología Transamérica Internacional O.T.I Sociedad Anónima, en donde se acuerda disolver dicha sociedad.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—RP2012289302.—(IN2012031488).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del 18 de abril del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Gaia Producciones Cine Video S. A., donde se reforman las cláusulas primera y segunda, del pacto social.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012289303.—(IN2012031489).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del 18 de abril del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Río Rubio S. A., donde se fusiona con Costa Marfitana S. A. e Industria Europea Automotriz I.E.A S. A., y se reforma la cláusula quinta del pacto social de Río Rubio S. A.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012289304.—(IN2012031490).

Por escritura otorgada a las catorce horas del día diecisiete de abril del dos mil doce, se protocoliza la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa RCR Tecnoromanas Sociedad Anónima, en donde se acuerda disolver dicha sociedad.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—RP2012289305.—(IN2012031491).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:30 horas del 18 de abril del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Sin Fronteras Posibles S. A., donde se fusiona con Tierras del Monte del Miravalles S. A., y se reforma la cláusula quinta del pacto social de Sin Fronteras Posibles S. A.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012289306.—(IN2012031492).

Por escritura otorgada a las doce horas del día dieciocho de abril del dos mil doce, se protocoliza la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa tres-ciento uno-seis dos siete cuatro tres nueve sociedad anónima, en donde se acuerda disolver dicha sociedad.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—RP2012289307.—(IN2012031493).

Cesar Andrés Molina Gutiérrez y otros, han constituido una sociedad anónima denominada Inversiones Logísticos G & M Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones y por un plazo social de noventa y nueve años, escritura número doscientos sesenta y tres, del tomo cuarto, otorgada ante la notaria pública Gina Martínez Saborío. Corresponde la representación judicial y extrajudicial: al presidente y al tesorero, actuando conjuntamente o separadamente, en su orden César Andrés Molina Gutiérrez y Massimiliano Gabrielli.—Lic. Gina Martínez Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2012289308.—(IN2012031494).

Soluciones Informáticas y Artes Gráficas S. A., solicita disolución de empresa. Escritura protocolizada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez, al ser las diez horas del veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012289309.—(IN2012031495).

Ante mí, Carlos Arroyo Rojas, se constituye la sociedad Excellentia Concierge Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Excellentia Concierge S. A.—Ciudad Quesada, diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012289310.—(IN2012031496).

Southfields Development Limitada, solicita disolución. Escritura protocolizada ante el notario Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, al ser las once horas del dieciséis de abril del dos mil doce, en San José.—Lic. Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012289311.—(IN2012031497).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 15:00 horas del 18 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea de la empresa Agrícola Las Flores del Trópico J y A S. A., cédula jurídica Nº 3-101-402864. Acuerdo único disolución de sociedad.—Ciudad Quesada, 18 de abril del 2012.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012289312.—(IN2012031498).

D Q Delqui Inversiones S. A., solicita disolución de empresa. Escritura otorgada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez, al ser las diez horas del treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012289313.—(IN2012031499).

Camino Infinito C S S. A., solicita disolución. Escritura protocolizada ante el notario Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, al ser las diez horas del dieciséis de abril del dos mil doce, en San José.—Lic. Rodrigo Francisco Alcázar Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012289314.—(IN2012031500).

Por escritura pública otorgada ante esta notaria, a las doce horas del 16 de abril del 2012, se protocolizó acta que aprueba la disolución de la sociedad anónima: Clínica Dental Víquez y López, por acuerdo tomado entre los socios, de lo cual esta notaria da fe.—Alajuela, 16 de abril del 2012.—Lic. Mariela Paniagua Camacho, Notaria.—1 vez.—RP2012289316.—(IN2012031501).

Roy González Guzmán, notario con oficina en Alajuela, hago constar que el día diecisiete de abril del dos mil doce, mediante escritura doscientos cuarenta y seis, se protocolizó acuerdos de asamblea general, mediante los cuales se disolvió la sociedad Industrias Coyco Moisés Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos mil doscientos treinta.—Alajuela, diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Roy González Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012289325.—(IN2012031504).

Ante esta notaria, se disolvió la empresa denominada 3-101-537898 Sociedad Anónima, por medio de escritura Nº 208-8, de las 10:00 horas del 13 de abril del 2012.—Lic. Ana Carolina Quintero Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012289326.—(IN2012031505).

Por escritura número ciento treinta y siete, otorgada ante esta notaría, a las once horas del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó Grupo Médico Quirúrgico del Oeste Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente, con facultades.—Lic. Hazel Delgado Cascante, Notaria.—1 vez.—RP2012289327.—(IN2012031506).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del dieciocho de abril del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Avalancha Equiz Sociedad Anónima, reformándose la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012289328.—(IN2012031507).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día 17 de abril del 2012, a las 15:00 horas, la sociedad Madas Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se modifica la cláusula quinta del capital social.—17 de abril del 2012.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012289329.—(IN2012031508).

Ante esta notaría, al ser las doce horas, veinte minutos del día dieciocho de abril del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios número cuarenta y cuatro, de la empresa Inversiones Garcilaso S. A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda del domicilio, décima de la administración y décima segunda de las reuniones del consejo de administración todas del pacto social de esta empresa.—Lic. Raquel Hurtado Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012289330.—(IN2012031509).

Ante esta notaría, al ser las doce horas del día dieciocho de abril del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios número dos, de la empresa Inversiones Gardel (D.S.P) S. A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas sexta de la administración y sétima de las reuniones del consejo de administración, todas del pacto social de esta empresa.—Lic. Raquel Hurtado Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012289331.—(IN2012031510).

Ante esta notaría, se disolvió la sociedad Inversiones Inversosa S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-386352. Es todo.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012289334.—(IN2012031511).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día doce de abril del dos mil doce, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada: Estela de Mar del Pacífico Dieciséis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. María Verónica Riboldi López, Notaria.—1 vez.—RP2012289335.—(IN2012031512).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día 17 de abril del 2012, se protocolizaron las actas número dos, uno, seis, siete, cuatro, dos y tres, respectivamente, de asambleas generales extraordinarias de accionistas de las sociedades: Anduin S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y cuatro mil seiscientos quince; Árboles y Casas S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y ocho mil doscientos cuarenta y dos; Clustex S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos doce; Desarrollos Regionales Alpinos S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veinte mil doscientos noventa y seis; Muelle Mágico S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y cinco mil ochocientos noventa; Tutpiks S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y seis mil ochocientos treinta y nueve; Grupo Varsi S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y un mil doscientos tres, por medio de las cuales se fusionaron para formar una sola sociedad, prevaleciendo la compañía Grupo Varsi S. A., y en virtud de la fusión se reforma la cláusula quinta del pacto social.—San José, 17 de abril del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—RP2012289336.—(IN2012031513).

Ante esta notaría, a las doce horas del veintinueve de febrero del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Familia Montoya Esquivel Mastate Orotina Sociedad Anónima.—Lic. José Ronny Sandí Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012289338.—(IN2012031514).

Ante esta notaría, a las doce horas del veintitrés de noviembre del dos mil once, se modificó la cláusula quinta del pacto social para que se diga capital social ocho millones de colones de la sociedad: Compañía Maderera Santa Marta Sociedad Anónima.—Lic. José Ronny Sandí Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012289339.—(IN2012031515).

Ante esta notaría, a las veinte horas del catorce de diciembre del dos mil once, se constituyó Los Kelekos Herrera de Orotina Sociedad Anónima.—Lic. José Ronny Sandí Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012289340.—(IN2012031516).

Mediante asamblea general extraordinaria de las sociedades: Inmobiliaria Lucas de Cariari Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos siete mil setenta y uno; Santurzi Oriental Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y tres mil seiscientos veintisiete; Ilfer Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veinticuatro mil quinientos sesenta, celebrada mediante la escritura pública número dieciocho-treinta y nueve, en la notaría del Lic. Édgar Pizarro Matarrita, veinticinco metros este del Patronato Nacional de la Infancia de Santa Cruz, Guanacaste, otorgada a las ocho horas del dieciocho de abril del dos mil doce, se acuerda disolver las sociedades antes citadas. Es todo.—Santa Cruz, Guanacaste, a las once horas del diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Édgar Pizarro Matarrita, Notario.—1 vez.—RP2012289342.—(IN2012031517).

Mediante asamblea general extraordinaria de la sociedad Vista de Flamingo Número Sesenta y Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y nueve mil seiscientos dieciocho, celebrada en su domicilio social a las diecisiete horas del veintidós de junio del dos mil once, se reforma cláusula segunda de los estatutos. Además se nombra junta directiva y fiscal por el resto del periodo. Es todo.—Santa Cruz, Guanacaste, a las diecisiete horas del dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Édgar Pizarro Matarrita, Notario.—1 vez.—RP2012289343.—(IN2012031518).

Hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Dayca Automotores CNC S. A., por los que se disuelve y liquida.—San José, 17 de abril del 2012.—Lic. Alberto Fernández López, Notario.—1 vez.—RP2012289344.—(IN2012031519).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas del dos de marzo del dos mil doce, se modificó la cláusula primera, del pacto constitutivo de la empresa denominada Desalmacenadora Guzmán Sociedad Anónima, referente al nombre, de la sociedad, para denominarse de ahora en adelante D.GUZ Siete Sociedad Anónima.—San José, quince de abril del dos mil doce.—Lic. Hernán Alexis Pérez Sanabria, Notario.—1 vez.—RP2012289345.—(IN2012031520).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación La Nueva Cita Sociedad Anónima, la cual se fusiona con las sociedades: Corporación La Nueva Cita Segunda II OTS Sociedad Anónima, y Corporación La Nueva Cita Cuarta IV ERH Sociedad Anónima.—Nicoya, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012289346.—(IN2012031521).

Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad: Supernova Kadabra Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: suscrito y pagado.—Nicoya, Guanacaste, diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012289347.—(IN2012031522).

Ante esta notaría a las 9:00 bocas del 17 de abril del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad El Magistrado Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos siete uno uno dos ocho, mediante la cual se acuerda disolverla. De conformidad con el Código de Comercio dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—Nicoya, Guanacaste, 17 de abril del 2012.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012289348.—(IN2012031523).

Por escritura número 127 del tomo seis, otorgada en esta notaría, a las 17:10 horas del 17 de abril del 2012, se constituyó la sociedad Corporación BDZ Eco Conti Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social: veinte mil colones. Gerente y subgerente son representantes judiciales y extrajudiciales con poderes generalísimos individuales sin límite de suma. Plazo social: cien años.—Santa Ana, 17 de abril del 2012.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012289352.—(IN2012031524).

Por escritura número 126 del tomo seis, otorgada en esta notaría a las 17:00 horas del 17 de abril del 2012, se constituyó la sociedad Corporación Cochesconti Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social: veinte mil colones. Gerente y subgerente son representantes judiciales y extrajudiciales con poderes generalísimos individuales sin límite de suma. Plazo social: cien años.—Santa Ana, 17 de abril del 2012.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012289353.—(IN2012031525).

Por escritura número ciento cincuenta y siete otorgada a las catorce horas con treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil doce, se protocolizaron acuerdos de asamblea mediante el cual se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Halabi y García S. A.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012289354.—(IN2012031526).

Por escritura número ciento cincuenta y ocho otorgada a las catorce horas con treinta y cinco minutos del diecisiete de abril del dos mil doce, se protocolizaron acuerdos de asamblea mediante el cual se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Criguspa S. A.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012289355.—(IN2012031527).

Por escritura número ciento cincuenta y seis otorgada a las catorce horas del diecisiete de abril del dos mil doce, se protocolizaron acuerdos de asamblea mediante el cual se hicieron nuevos nombramientos de presidente y secretaria de la junta directiva de la sociedad Servicios Especializados Electromecánicos Automotrices Seema S. A.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012289356.—(IN2012031528).

A las veinte horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, protocolicé asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Barrientes Cisneros Fonseca B C F Asociados Sociedad Anónima, en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—RP2012289359.—(IN2012031529).

Ante esta notaría se modificó la cláusula segunda y junta directiva de la sociedad E.R. Casabásica Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Sandra Arauz Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012289360.—(IN2012031530).

Ante esta notaría a las nueve horas del diecinueve de marzo del dos mil doce, se constituyó la firma Go Desarrollos Inmobiliarios A y M Sociedad Anónima, con domicilio social en Cartago.—18 de abril del 2012.—Lic. Otto Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012289362.—(IN2012031531).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 20:00 horas del 16 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Repuestos y Lubricantes Cirto Rey Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos cincuenta y tres mil doscientos seis, celebrada al ser las quince botas del 16 de abril del 2012, mediante la cual se disuelve la sociedad.—Cartago, 18 de abril del 2012.—Lic. Evelyn Jara Cascante, Notaria.—1 vez.—RP2012289363.—(IN2012031532).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada A Traditional Code SRL, por la que se revocan los cargos de gerente y subgerente y se hace un nuevo nombramiento. Además se reforma la cláusula segunda del domicilio de la sociedad.—San José, 17 de abril de 2012.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—RP2012289365.—(IN2012031533).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas veinte minutos del dieciocho de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Saxony S. A., por la que se acuerda modificar las cláusulas décima y undécima de los estatutos. Además se conoce aprueba y acepta la renuncia presentada por la junta directiva de la sociedad y el fiscal y se hace un nuevo nombramiento.—San José, dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012289366.—(IN2012031534).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del dieciocho de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Kumma S. A., por la que se acuerda modificar las cláusulas décima y undécima de los estatutos. Además se conoce aprueba y acepta la renuncia presentada por la junta directiva de la sociedad y el fiscal y se hace un nuevo nombramiento.—San José, dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012289367.—(IN2012031535).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diez horas del veinte de diciembre del dos mil diez, protocolizo acta de Paradero Adlerhorst Sociedad Anónima, por la que se modifica la cláusula segunda, ubicando su domicilio Escazú, distrito de San Antonio, cien metros norte de los tanques de AyA.—Lic. Ladislao Wilber Calderón Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012289368.—(IN2012031536).

Ante esta notaría a las 16:00 horas del 27 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad anónima denominada Grama - Tech S. A., con capital social de 100.000 colones, por un plazo de noventa y nueve años, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es la señora Eugenia Bibiana Arrieta Berrocal, mediante la escritura 332-24 del tomo 24 del protocolo de la suscrita notaria.—Cartago, 12 de abril del 2012.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012289371.—(IN2012031537).

Por escritura 217-1, otorgada en esta notaría a las 16 horas del 20 de marzo del 2012, se disolvió la sociedad denominada: Grupo JR Nexuz y Ludisoso Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica 3-102-537984, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público, al tomo: 575, asiento: 88726, consecutivo: 1 disolución que se autoriza por acta de asamblea de socios, que a la hora de liquidar la empresa no se contó con deudas pendientes.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las 11:15 horas del 29 de marzo del 2012.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—RP2012289372.—(IN2012031538).

Por escritura 229-1, otorgada en esta notaría, a las once horas del 29 de marzo del 2012, se disolvió la sociedad denominada: Representaciones y Decoraciones M B S. A., cédula de persona jurídica 3-101-245271, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público, al tomo: 1185, folio: 209, asiento: 246, consecutivo: disolución que se autoriza por acta de asamblea de socios que a la hora de liquidar la empresa no se contó con deudas pendientes.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las 11:15 horas del 29 de marzo del 2012.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—RP2012289373.—(IN2012031539).

Que ante esta notaría, mediante escritura pública otorgada a las 9:30 horas del 18 de abril de 2012, se modifica el pacto constitutivo de 3-101-644749.—Montes de Oca, San José, 19 de abril de 2012.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2012289376.—(IN2012031540).

Por escritura otorgada en San José de las ocho horas del 16 de abril del 2012, se reforman cláusulas del pacto constitutivo de la sociedad Paseo del Prado Teca Tres Sociedad Anónima. Presidente: Julien Von Schon.—Lic. Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1 vez.—RP2012289377.—(IN2012031541).

Por escritura otorgada en San José de las trece horas del 16 de abril del 2012, se reforman cláusulas del pacto constitutivo de la sociedad Posintepe Sociedad Anónima. Presidente: Luis Argüello Noguera.—Lic. Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1 vez.—RP2012289378.—(IN2012031542).

Por escritura otorgada en San José de las catorce horas del 16 de abril del 2012, se reforman cláusulas del pacto constitutivo de la sociedad Galbraith Sucesores Sociedad Anónima. Presidente: Luis Argüello Noguera.—Lic. Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1 vez.—RP2012289379.—(IN2012031543).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas con treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Midnight Frog of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289380.—(IN2012031544).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Sandy Lizard of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289381.—(IN2012031545).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas con treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Crystal Reefs of Pacific Tuinen Limitada, domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289382.—(IN2012031546).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Silver Eyed Dragonfly of Pacific Tuinen Limitada, domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289383.—(IN2012031547).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas con treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad The Golden Willow of Pacific Tuinen Limitada, domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289384.—(IN2012031548).

Ante esta notaría en escritura número sesenta y dos-uno del tomo primero de mi protocolo, de las diez horas del diecisiete de abril del dos mil doce del suscrito notario Licenciado Henry Mora Arce, se protocolizan actas de asamblea general extraordinarias de E.L.F. Los Grillos de Manuel Antonio  Sociedad  Anónima  y  E L F Las Montañas de Manuel Antonio Sociedad Anónima, se fusionan ambas sociedades, prevaleciendo E L F las Montañas de Manuel Antonio Sociedad Anónima, y se realiza modificación de la cláusula quinta del pacto constitutivo, aumento del capital social.—San José, diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Henry Mora Arce, Notario.—1 vez.—RP2012289385.—(IN2012031549).

La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Proyecto Bahía Encantada PBERR Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-422417, para hacer nuevo nombramiento de presidente. Es todo.—Palmares, dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012289386.—(IN2012031550).

El dieciséis de abril de marzo del dos mil doce, en asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Transportes Sancho Ramírez de Buenos Aires S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos sesenta y siete mil doscientos siete, conforme al artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó su disolución. En cumplimiento con la normativa legal se cita a las personas interesadas a efecto establezcan las reclamaciones en el término de treinta días contabilizados a partir de la fecha de esta publicación, se pueden establecer ante esta notaría, ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros norte del Club de Amigos Palmareños.—Palmares, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012289388.—(IN2012031551).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-101-512850 S. A,, mediante la cual disuelve y liquida la sociedad.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Hugo Gerardo Cavero Araya, Notario.—1 vez.—RP2012289389.—(IN2012031552).

Ante este notario mediante escritura número cincuenta y dos otorgada a las nueve horas del dieciocho de abril del dos mil doce, se reformó la cláusula segunda de la sociedad Corporación Protectores Naturales Silvestres T B Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—RP2012289390.—(IN2012031553).

Por escritura número dieciocho-quince del notario público Manuel Salas Raven, otorgada en San José, a las 9:00 horas del 19 de abril del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Condominio Villa Real Ámbar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil trescientos noventa y siete, mediante la cual se nombra nueva junta directiva de la compañía.—Lic. Manuel Salas Raven, Notario.—1 vez.—RP2012289392.—(IN2012031554).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas cinco minutos del 10 de abril del 2012, se disuelve la sociedad tres-ciento uno-quinientos catorce mil cuatrocientos setenta y cuatro sociedad anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012289393.—(IN2012031555).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la firma de esta plaza Puro Cromo Sociedad Anónima, en la cual se acuerda disolver la sociedad ya que no tiene actualmente ningún bien o activo, ninguna deuda o pasivo, no tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Escritura otorgada a las dieciséis horas diez minutos del dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012289394.—(IN2012031556).

Roberto Umaña Balser, notario público con oficina en ave., 14, calles 41 y 43, comunica que ante mi notaría y de conformidad con los artículos 201 y 207 del Código de Comercio a los efectos que señala la Ley 9024, se da aviso por el término de ley a todo interesado y público en general, se estará solicitado ante el Registro Mercantil aplicación del proceso de disolución de la compañía de esta plaza denominada Jardines y Flores ORMO Sociedad Anónima, inscrita al tomo 359, folio: 278, bajo asiento 246, con cédula de persona jurídica número 3-101-63794.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Roberto Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2012289395.—(IN2012031557).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cincuenta y siete mil novecientos cincuenta y cinco sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio social y octava de la administración. Escritura otorgada a las quince horas veintinueve minutos del dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012289396.—(IN2012031558).

Roberto Umaña Balser, notario público con oficina en ave. 14, calles 41 y 43, comunica que ante mi Notaría y de conformidad con los artículos 201 y 207 del Código de Comercio a los efectos que señala la Ley 9024, se da aviso por el término de Ley a todo interesado y público en general, que se estará solicitado ante el Registro Mercantil aplicación del proceso de disolución de la compañía de esta plaza denominada Posada Casa Real de Amon Sociedad Anónima, inscrita al tomo 537, folio: asiento 332, con cédula de persona jurídica número 3-101-376246.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Roberto Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2012289397.—(IN2012031559).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil doscientos cincuenta y cinco sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio social y octava de la administración. Escritura otorgada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012289398.—(IN2012031560).

Roberto Umaña Balser, notario público con oficina en ave. 14, calles 41 y 43, comunica que ante mi notaría y de conformidad con los artículos 201 y 207 del Código de Comercio a los efectos que señala la Ley 9024, se da aviso por el término de ley a todo interesado y público en general, que se estará solicitado ante el Registro Mercantil aplicación del proceso de disolución de la compañía de esta plaza denominada Anik’s Bleassin Sociedad Anónima, inscrita al tomo 574, asiento 95207, con cédula de persona jurídica número 3-101-527101.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Roberto Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2012289399.—(IN2012031561).

El suscrito Javier Frutos Jiménez como representante de la sociedad Servicios Electrónicos Frutos S.E.F Sociedad Anónima, notifica que se ha determinado la disolución de esta sociedad, al haber logrado los objetivos de ventas de servicios.—San José, 17 de abril del 2012.—Lic. Ilse González Menéndez, Notaria.—1 vez.—RP2012289400.—(IN2012031562).

En mi notaría se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Costa Rican Conservation Center and Luxury Real Estate S. A., cédula tres-ciento uno-cinco tres siete ocho cero cinco, se modifica pacto constitutivo, cláusulas primera, segunda y novena, y se hace nuevo nombramiento de junta directiva. Es todo.—San Ramón, diecisiete de abril dos mil doce.—Lic. José Alan Cordero Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012289406.—(IN2012031563).

Alquileres Río Segundo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seis dos uno dos seis cinco, comunica que acordó disolver esta sociedad de acuerdo al artículo doscientos uno inc. d) del Código de Comercio.—Belén, dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2012289411.—(IN2012031564).

Favfa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero cinco dos siete uno tres, comunica que acordó disolver esta sociedad de acuerdo al artículo doscientos uno inc. d) del Código de Comercio.—Belén, dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2012289412.—(IN2012031565).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, se constituye la sociedad de este domicilio Laggan LatAm Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente, secretario y tesorero.—Lic. Rafael Ángel Fernández Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012289414.—(IN2012031566).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Starry Waves of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289415.—(IN2012031567).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del treinta de marzo del dos mil doce,; se constituyó la sociedad Magic Salamander of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos Gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289416.—(IN2012031568).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas con treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Silver Jellyfish of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289417.—(IN2012031569).

La sociedad Compañía Playas y Montañas B Y F Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro seis uno cero siete nueve, reforma las cláusulas primera y sexta de su pacto constitutivo. Escritura otorgada a las catorce horas del dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Eduardo Umaña Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012289418.—(IN2012031570).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Nothing but the Moon of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289419.—(IN2012031571).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas con treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Coral Dream Catcher of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos Gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289420.—(IN2012031572).

La sociedad Zen Seis Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cuatro siete nueve tres uno, reforma la cláusula sexta de su pacto constitutivo. Escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Eduardo Umaña Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012289421.—(IN2012031573).

Por escritura otorgada hoy a las once horas protocolicé asamblea general extraordinaria de cuotistas de Paraíso Rayos de Sol Limitada, según la cual se nombró nuevo gerente, subgerente y agente residente y se adicionó la cláusula décimo cuarta del pacto social.—San José, trece de abril de dos mil doce.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—RP2012289422.—(IN2012031574).

En mi notaría por escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las 11 horas del 19 de abril del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Repemogu Sociedad Anónima Laboral, se disuelve y liquida sociedad.—Santa Ana, 19 de abril del 2012.—Lic. Miguel Villegas Arce, Notario.—1 vez.—RP2012289423.—(IN2012031575).

En mi notaría por escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las 10 horas del 19 de abril del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de A.J. Dego Sociedad Anónima, se disuelve y liquida sociedad.—Santa Ana, 19 de abril del 2012.—Lic. Miguel Villegas Arce, Notario.—1 vez.—RP2012289424.—(IN2012031576).

Ante esta notaría Fundación Coral Profesional Surá, cédula jurídica 3-006098379-33, solicita la reposición de todos sus libros, se escuchan oposiciones.—Lic. Marcia Matarrita Varela, Notaria.—1 vez.—RP2012289427.—(IN2012031577).

Por escritura otorgada ante esta notaría el dieciséis de abril, se reformó cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de HFM Ingenieros Sociedad Anónima.—Lic. Enrique Jaime Solano Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012289428.—(IN2012031578).

Por escritura otorgada en esta notaría el 18 de abril del 2012, a las 14:00 horas, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad con cédula jurídica y aditamento 3-101-608021 s. a., conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda la disolución de la sociedad. Por no existir activos, ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna clase se prescinde del nombramiento de liquidador. Presidenta: Merlin López.—Palmares de Alajuela, 18 de abril del 2012.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2012289429.—(IN2012031579).

Por escritura otorgada en esta notaría el 18 de abril del 2012, a las 14:30 horas, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad con cédula jurídica y aditamento 3-101-634358 s. a., conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda la disolución de la sociedad por no existir activos, ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna clase, se prescinde del nombramiento de liquidador. Presidenta: Merlin López.—Palmares de Alajuela, 18 de abril del 2012.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2012289430.—(IN2012031580).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 10 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Multinegocios Lakai S. A.—Lic. Carlos Granados Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012289431.—(IN2012031581).

G R T Ganadera Río Tico Sociedad Anónima, reforma pacto social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 8 horas del 19 de abril del 2012.—Lic. Jimmy León Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012289432.—(IN2012031582).

Por escrituras otorgadas a las 9:00 y 9:15 horas del 16 de abril del 2012, protocolicé acuerdos de las empresas Corporación Kampvile S. A., e Inversiones Dindiri S. A., donde se disuelven dichas sociedades.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012289434.—(IN2012031583).

Por escritura otorgada hay ante mí, se disolvió Inversiones Atlaunca Limitada, cédula jurídica 3-102-114973, se emplaza a los afectados con tal disolución.—San José, 18 de enero de 2012.—Lic. Vidal López Juárez, Notario.—1 vez.—RP2012289435.—(IN2012031584).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, informo que en escritura número 157-04 del tomo 04 de mi protocolo del 18 de abril del 2012, al ser las 16:00 horas, comparecieron los señores Marco Antonio Meneses Granados, cédula tres-doscientos diecinueve-trescientos cincuenta y ocho y Sonia Guzmán Sánchez, cédula tres-doscientos veinticuatro-ochocientos setenta y dos, para constituir la sociedad Soluciones Energéticas de Costa Rica Sensa Sociedad Anónima, nombre de fantasía.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Deyanira Chinchilla Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012289436.—(IN2012031585).

Por escritura número treinta y dos otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del diecinueve de marzo del dos mil doce, se modificó la razón social de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos treinta y nueve mil novecientos sesenta y cinco limitada, denominándose ahora CRBC Repartidora de Bebidas Artesanales Limitada.—San José, diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—RP2012289437.—(IN2012031586).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del diecisiete de abril del dos mil doce, protocolicé acuerdo de asamblea general de accionistas de El Zentzontle Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó por unanimidad de votos disolver la sociedad y prescindir del trámite de liquidación.—San José, 17 de abril del 2012.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012289439.—(IN2012031587).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas con treinta minutos del treinta de marzo del año dos mil doce, se constituyó la sociedad Golden Bubbles of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289440.—(IN2012031588).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del treinta de marzo del año dos mil doce, se constituyó la sociedad Fruity Place of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289441.—(IN2012031589).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas con treinta minutos del treinta de marzo del año dos mil doce, se constituyó la sociedad Everlasting Night of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289442.—(IN2012031590).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Kiwi Flowers of Pacific Tuinen Linitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289443.—(IN2012031591).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas con treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Starry Patch of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289444.—(IN2012031592).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Heart Expressions of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289446.—(IN2012031593).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas con treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Our Historic Treasures of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289447.—(IN2012031594).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad My Own Dreams of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289448.—(IN2012031595).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas con treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad My Lovely Dreams of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289449.—(IN2012031596).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas con treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad The Wild Octopus of Pacific Tuinen Limitada, con domicilio en Guanacaste, objeto genérico, plazo noventa años, capital social diez mil colones, apoderados generalísimos gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289450.—(IN2012031597).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria, otorgada ante mí, a las once horas del día catorce de abril del año del dos mil doce, la sociedad Corporación Bella Sureña Sociedad Anónima, modificó sus cláusulas sexta y sétima, referente a la administración, que serán presidente, tesorero y secretario, y que la representación corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y que en caso de ausencia de este, ejercerá la representación el tesorero y secretario en forma conjunta, y se revoca el nombramiento de los actuales miembros de la junta directiva y fiscal, y se nombran y reemplazan por el resto del plazo social. Presidente: Zhongyu (nombre) Hong (apellido); tesorero: Tengbiao (nombre) Hong (apellido); secretaria: Wenqi (nombre) Cai (apellido); y fiscal: Jinqiu (nombre) Li (apellido). Notario José David Vaquerano Rivera, con oficina abierta en San José, frente al costado este de la Plaza de Las Garantías Sociales, Edificio María Cristina, local número catorce.—San José, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. José David Vaquerano Rivera, Notario.—1 vez.—RP2012289451.—(IN2012031598).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas con treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad The Wavy Butterfly of Pacific Tuinen Limitada. Con domicilio en Guanacaste. Objeto: genérico. Plazo: noventa años. Capital social: diez mil colones. Apoderados generalísimos, gerente: Charles Van Eck, subgerente: Martin Van Der Spruit.—San José, lunes dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289452.—(IN2012031599).

A las once horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general de accionistas de la empresa Inmobiliaria Acrimap CB Sociedad Anónima. Mediante la cual se acuerda su disolución.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. María del Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1 vez.—RP2012289453.—(IN2012031600).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del dieciocho de abril del dos mil doce, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Soul Provider Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo en cuanto al domicilio y se nombra nueva junta directiva.—San José, treinta de marzo del dos mil doce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012289454.—(IN2012031601).

En mi notaría, en San Francisco de Dos Ríos, San José, de El Lagar cien metros al este, cien metros al sur y diez metros al este, el doce de abril del dos mil doce, se ha presentado proceso de disolución y liquidación de la sociedad denominada Multiservicios Fallas y Ramírez Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-188743. Todos los acreedores e interesados cuentan con un mes de tiempo para apersonarse en el expediente que se sigue en mi notaría, bajo el Nº LVM-0023-2012, oponiéndose a las mismas, bajo apercibimientos en caso de omisión.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Luis Alberto Valverde Mora, Notario.—1 vez.—RP2012289456.—(IN2012031602).

En mi notaría, en San Francisco de Dos Ríos, San José, de El Lagar cien metros al este, cien metros al sur y diez metros al este, el día once de abril del dos mil doce, se han presentado diligencias de disolución y liquidación de la sociedad Agrícola La Albertina S. R. L., cédula jurídica Nº 3-102-264629, la cual se sigue bajo el expediente Nº LVM-0022-2012. Todos los acreedores e interesados cuentan con el plazo de un mes a partir de la publicación, a realizar oposiciones, bajo apercibimientos en caso de omisión.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Luis Alberto Valverde Mora, Notario.—1 vez.—RP2012289457.—(IN2012031603).

Agropecuaria Rodrortiz Molar del Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-438554, hacer saber a todos los interesados y acreedores que por acuerdo unánime de sus socios, en asamblea general extraordinaria, celebrada en el domicilio de la sociedad, en fecha doce de marzo del dos mil doce, se acordó la disolución de dicha sociedad. Se llama a acreedores e interesados, para que dentro del término de un mes a partir de la publicación de este edicto presenten sus reclamos.—San José, 15 de abril del 2012.—Lic. Luis Alberto Valverde Mora, Notario.—1 vez.—RP2012289458.—(IN2012031604).

Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día doce de abril del dos mil doce, a las dieciséis horas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Sauces Atenas ACZM S. A., en la cual se cambia el presidente y el secretario y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2012289459.—(IN2012031605).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se fusionan las empresas Luccinnae Continentale LC Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-226758, con la empresa L D M S Comunicaciones Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-2171713, que prevalecerá por absorción. Escritura otorgada el día 18 de abril del 2012.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012289219.—(IN2012031606).

Ante esta notaría, se acuerda disolver la empresa Sonrisa de Kuan Yin S. A., cédula jurídica Nº 3-101-526234. Presidente: Pierre León Tetreault, cédula de residencia Nº 112400027621. Escritura otorgada el 29 de marzo del 2012.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012031607).

Ante esta notaría, se han fusionado las empresas Fauna Viva F.V. 18 S. A.; cédula jurídica Nº 3-101-466186; Fauna Mágica F.M. 19 S. A., cédula jurídica Nº 3-101-466188; Tierra de Luz T.L. 25 S. A., cédula jurídica Nº 3-101-466194; Tierra Divina T.D. 22 S. A., cédula jurídica Nº 3-101-466191; Tierra Mágica T.M. 27 S. A., cédula jurídica Nº 3-101-466196 y Fauna de Luz F.L. 17 S. A., cédula jurídica Nº 3-101-466185, prevaleciendo esta última. Presidente: Nicolás Buffile Sautet, cédula de residencia Nº 172400119929. Escritura otorgada el 29 de marzo del 2012.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012031608).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del nueve de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea de socios de la empresa My Sweet Dreams on The Beach S. A., cédula jurídica Nº 3-101-394179 y en la cual se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva. Es todo.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2012031610).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del trece de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea de socios de la empresa The Alamo Ranch S. A., cédula jurídica Nº 3-101-403743 y en la cual se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva. Es todo.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2012031611).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se protocoliza acta de la compañía Exportadora Tica Sociedad Anónima. Mediante la cual se aprueba la disolución de la empresa.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Carlos Enrique Anglada Soler, Notario.—1 vez.—(IN2012031612).

Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Banco BCT S. A. Por virtud de la cual se aumenta su capital social y se reforma la cláusula VI de sus estatutos.—San José, 17 de enero del 2012.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(IN2012031613).

Por escritura número trescientos cuarenta y nueve, otorgada ante mi notaría, a las diez horas, treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se protocolizó las actas número uno y número dos (acta de asamblea de socios), y acta número tres (registro de socios), en asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad QDR Filial Treinta y Ocho Hierbabuena Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos setenta y ocho, en la cual se reforman las cláusulas sexta en cuanto al traspaso de las acciones; octava, nombramiento del agente residente y décimo tercera, en cuanto a la nueva administración y junta directiva de la sociedad, dichas cláusulas del pacto constitutivo.—Lic. Carlos Alberto Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2012031617).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las dieciséis horas con treinta minutos del veinte de abril del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Bienes Raíces Yuyu Sociedad Anónima. Reformas a la cláusula tercera, cambio miembros junta directiva. Presidente: Carlos Eduardo Sibaja Vásquez. Secretaria: María Hilda Vásquez Vásquez. Tesorera: Emilce María Sibaja Vásquez. Fiscal: Francisco Javier Rivera Sibaja. Reforma a la cláusula segunda del domicilio social.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2012031619).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día doce de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Siesta Key Waterside Estate Sociedad Anónima. Mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—(IN2012031620).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas con diez minutos del día doce de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Vistaflor Sunset Sociedad Anónima. Mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—(IN2012031621).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas con quince minutos del día doce de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Bayview Sands Sociedad Anónima. Mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—(IN2012031622).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veinte de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Centro de Interación Cultural del Siglo XXI Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos treinta y ocho, en que se acuerda la disolución de la misma.—Heredia, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Marianela Jiménez Valerio, Notaria.—1 vez.—(IN2012031623).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del diecisiete de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Carrocería y Pinturas Warner Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y cuatro mil ciento veintidós, en que se acuerda la disolución de la misma.—Heredia, diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Humberto Céspedes Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2012031624).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas, treinta minutos del día veinte de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Distribuidora y Comercializadora Mercurio Cuarenta y Nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y tres mil ciento cincuenta, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Milagro Solórzano Léon, Notaria.—1 vez.—(IN2012031625).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas, cuarenta y cinco minutos del día veinte de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Latin American Congress Group CR Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil cero cero ocho, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Milagro Solórzano Léon, Notaria.—1 vez.—(IN2012031626).

Por protocolización que realiza la suscrita notaria del acta de asamblea general extraordinaria de socios número tres de Desarrollos Consultorías y Sistemas DCS S. A. Se toma el acuerdo de desinscribir la sociedad ante el Registro Público Mercantil, por no haberse alcanzado el objetivo social. Dicha protocolización se realizó a las once horas, cuarenta y cinco minutos del dieciocho de abril del dos mil doce, bajo el número de escritura doscientos treinta. Se invita a terceros interesados a oponerse, dentro del término de ley, a dicho trámite ante la notaría de la suscrita en Mercedes Norte de Heredia, teléfono 2260-9011 o ante las autoridades correspondientes.—Heredia, a las doce horas del dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—(IN2012031627).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 12 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Bagcar S. A. Por la cual se disuelve la misma.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Marianella Arias Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012031629).

Asamblea de accionistas de la empresa denominada Audilab Laboratorio Otoprotésico Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-638255, acuerdan reformar cláusula segunda en cuanto a que el domicilio será: en casa Nº 47 E de la tercer etapa de Hacienda San Agustín de San Francisco de Heredia, cláusulas cuarta, quinta y décima del pacto constitutivo, se nombró nuevo presidente y fiscal de la junta directiva. Presidenta: Graciela Chaves Jiménez. Fiscal: Teresa Jiménez Jiménez. Escritura otorgada a las 16:00 horas del 14 de abril del 2012.—Lic. Octavio Castiglioni Vásquez, Notario.—1 vez.—(IN2012031634).

Ante esta notaría, se protocolizó la asamblea de accionistas de la sociedad Jacó J Cuarenta S. A., en San José, al ser las ocho horas del doce de abril del dos mil doce, en la cual se acuerda la fusión por absorción de esta compañía con las empresas Inmobiliaria Cuna Real S. A., y Marcalasol Once S. A. prevaleciendo la empresa Jacó J Cuarenta S. A., y sus estatutos, cesando las personerías de las otras empresas y modificando las cláusulas segunda del domicilio social, tercera del objeto social, quinta del capital social y sexta de la administración.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Carina Mattera Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2012031636).

Ante esta notaría, se protocolizó la asamblea de accionistas de la sociedad Bolsa de la Vivienda S. A., en San José, al ser las ocho horas, treinta minutos del doce de abril del dos mil doce, en la cual se acuerda la fusión por absorción de esta compañía con la empresa Gourment Liquer S. A., prevaleciendo la empresa Bolsa de la Vivienda S. A., y sus estatutos, cesando la personería de la otra empresa y modificando las cláusulas segunda del domicilio social, tercera del objeto social, quinta del capital social y sexta de la administración.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Carina Mattera Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2012031637).

Ante esta notaría, se protocolizó la asamblea de accionistas de la sociedad Video Feliz a Domicilio S. A., en San José, al ser las nueve horas del doce de abril del dos mil doce, en la cual se acuerda la fusión por absorción de esta compañía con las empresas Fuerte Caprina S. A.; Casa Esquinera Naranja S. A.; Jacó J Cuarenta y Uno S. A., prevaleciendo la empresa Video Feliz a Domicilio S. A., y sus estatutos, cesando las personerías de las otras empresas y modificando las cláusulas segunda del domicilio social, tercera del objeto social, quinta del capital social y sexta de la administración.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Carina Mattera Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2012031639).

Ante esta notaría, se protocolizó la asamblea de accionistas de la sociedad Rojo Vino RVP Verde Plata S. A., en San José, al ser las nueve horas y treinta minutos del doce de abril del dos mil doce, en la cual se acuerda la fusión por absorción de esta compañía con las empresas Verbena del Bosque Cuarenta y Uno S. A.; Asesores Ginger Azul S. A.; Plateado CDRT Verde Turquesa S. A.; Plateado LÑÑRT Azul Marino  S. A., prevaleciendo la empresa Rojo Vino RVP Verde Plata S. A., y sus estatutos, cesando las personerías de las otras empresas y modificando las cláusulas segunda del domicilio social, tercera del objeto social, quinta del capital social y sexta de la administración.—San José, doce de abril del dos mil doce.—Lic. Carina Mattera Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2012031640).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se procede a protocolizar en lo literal acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de Grupo Pasqui S. A. Celebrada en sus oficinas centrales, el día 18 de abril del 2012.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2012031644).

Por medio de escritura número ciento cuarenta y ocho, ciento cuarenta y nueve, ciento cincuenta, ciento cincuenta y uno, ciento cincuenta y dos y ciento cincuenta y tres, protocolicé respectivamente acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades D Q A Producciones Visuales S. A.; Follajes de Arancibia S. A.; Uhlenka Limitada; Biodeportes S.A.; Dos Poderosos S. A., y Fernández y Cabrera Limitada, donde se acuerda disolver dichas sociedades.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Annemarie Guevara Guth, Notaria.—1 vez.—(IN2012031658).

Por escritura número noventa y seis, de las quince horas del día veintinueve de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Green Solutions Sociedad Anónima, que se traduce literalmente Soluciones Verdes Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Objeto: el comercio en general. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José, Escazú, Guachipelín. Es todo.—Sabana Norte, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Andrés Esteban Ávalos Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012031660).

Por escritura número noventa, de las dieciséis horas del día primero de marzo del dos mil doce, se modificó la cláusula octava de la sociedad denominada Chin-Akaf Servicios S. A. Referente a la representación de la sociedad. Es todo.—Sabana Norte, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Andrés Esteban Ávalos Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012031661).

En mi notaría a las doce horas del dieciocho de abril del dos mil doce, protocolicé acta de tres-ciento dos-seiscientos veinticinco mil seiscientos treinta y ocho S. R. L. En la que se modificó cláusula segunda y se modificaron los gerentes.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012031664).

Ante esta notaría, a las 9:00 horas del 20 de abril del 2012, se protocolizó el acuerdo de los socios para la disolución de Atha Sociedad de Capacitaciones en Seguridad Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-263150; conforme lo establecido en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Alajuela, 20 de abril del 2012.—Lic. Martín Alonso Gómez Siles, Notario.—1 vez.—(IN2012031671).

Ante esta notaría, a las 9:30 horas del 20 de abril del 2012, se protocolizó el acuerdo de los socios para la disolución de Quinientos Cincuenta Mil Trescientos Ochenta y Cinco S. A., cédula jurídica Nº 3-101-612594; conforme lo establecido en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Alajuela, 20 de abril del 2012.—Lic. Martín Alonso Gómez Siles, Notario.—1 vez.—(IN2012031673).

Ante esta notaría, mediante escritura pública de las 10:00 horas del 18 de abril del 2012, se protocolizó el acta Nº 4 de asamblea extraordinaria de socios de Muebles y Estilos Roderick Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiséis mil novecientos veintiocho, donde se ha convenido en disolver la compañía, de conformidad con los artículos 201, inciso d) y 207 del Código de Comercio de Costa Rica y conforme a la Ley Nº 9024 del 23 de diciembre del 2011, artículo 14, transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas y el artículo 129 del Código Notarial reformado.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—(IN2012031675).

Ante esta notaría, a las 8:00 horas del 20 de abril del 2012, se protocolizó el acuerdo de los socios para la disolución de Securitas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-260108, conforme lo establecido en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Alajuela, 20 de abril del 2012.—Lic. Martín Alonso Gómez Siles, Notario.—1 vez.—(IN2012031676).

Disolución de la sociedad anónima denominada Árbol de Cenizas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-513924.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031693).

Disolución de la sociedad anónima denominada Audioalarm de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-145128.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031696).

Disolución de la sociedad anónima denominada Audioalarmas de Centroamérica Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-152939.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031698).

Disolución de la sociedad anónima denominada Automotores Selectos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-193138.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031701).

Disolución de la sociedad anónima denominada La Dukesa de Babilonia Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-462805.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031703).

Disolución de la sociedad anónima denominada M. P Farmacéuticos Analistas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-300654.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031705).

Disolución de la sociedad anónima denominada Pecu Holdings Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-424465.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031709).

Disolución de la sociedad anónima denominada Pentum Representación Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-167432.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031713).

Disolución de la sociedad anónima denominada Premiun Autos del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-509772.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031715).

Ante esta notaría, mediante escritura Nº 332, otorgada a las 15:30 horas del 18 de abril del 2012, se procede a disolver la sociedad de nombre Richter y Barahona Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-035991.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031716).

Ante esta notaría, mediante escritura Nº 331, otorgada a las 15:15 horas del 18 de abril del 2012, se procede a disolver la sociedad de nombre Joem de Jicaral Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-546931.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031717).

Ante esta notaría, mediante escritura Nº 333, otorgada a las 16:30 horas del 18 de abril del 2012, se procede a disolver la sociedad de nombre B Y J de Guanacaste S. A., cédula jurídica Nº 3-101-184823.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031718).

Mediante escritura Nº 126-04 del tomo IV del protocolo del suscrito notario público, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Melicha S. A. Según la cual se acuerda unánimemente su disolución. Escritura otorgada en San José, a las 12:00 horas del 19 de abril del 2012.—Lic. Mauricio López Elizondo, Notario.—1 vez.—(IN2012031719).

Constituyen Fidelia Méndez Ramírez y Senen Ariel González Villalobos, la sociedad denominada Grupo Segoza S.A., domicilio será en Puntarenas, Puntarenas, Monteverde, Santa Elena, ochocientos metros al norte de la plaza de deportes, con capital social de cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, escritura otorgada en la ciudad de Puntarenas, a las veinte horas del veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Flora Virginia Alvarado Desanti, Notaria.—1 vez.—(IN2012031720).

Por escritura número uno, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinte de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Tracer Point S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta mil sesenta y uno, la que se modifica la cláusula de la junta directiva, fiscal y se hace nombramiento.—Lic. Laura Carmiol Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2012031722).

Por escritura otorgada en mi notaría, Alajuela a las diez horas del dieciocho de abril del dos mil doce, se modificó el pacto constitutivo de Sétima Castilla S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil trescientos sesenta y seis. Domicilio social: Costa Rica, Alajuela, Central, cien metros este del Colegio Marista en la rotonda, casa color blanca contiguo a los apartamentos. Cambio de junta directiva y fiscal.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012031726).

Ante esta notaría, a las 8:30 horas del 20 de abril del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Remaga de Osa S. A., cédula jurídica Nº 3-101-398240. Cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Marco William Hidalgo Mora, donde se acuerda disolver la sociedad, mediante la escritura Nº 06-25 del tomo 25 de la licenciada Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 20 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012031756).

Ante esta notaría, a las 16:00 horas del 19 de abril del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios celebrada por Depósito Aduanero Encaspi S. A., cédula jurídica Nº 3-101-343267. Se modifica parcialmente el pacto constitutivo. Mediante la escritura Nº 05-25, del tomo 25 del protocolo de la licenciada Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 20 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012031757).

Ante esta notaría, a las 16:30 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Almava Inversiones Productivas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-601554. Cuya presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es la señora Tatiana Fernández Mora, donde se acuerda disolver la sociedad. Mediante la escritura Nº 227-01, del tomo 1 del protocolo de la licenciada Melissa Villalobos Ceciliano.—Cartago, 20 de abril del 2012.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2012031758).

Ante esta notaría, a las 16:00 horas del 28 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Safer Family S. A., cédula jurídica Nº 3-101-599477. Cuya presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es la señora Tatiana Fernández Mora, donde se acuerda disolver la sociedad. Mediante la escritura Nº 226-01, del tomo 1 del protocolo de la licenciada Melissa Villalobos Ceciliano.—Cartago, 20 de abril del 2012.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2012031760).

Ante esta notaría, a las 13:00 horas del 29 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones La Tregua del Guarco S. A., cédula jurídica Nº 3-101-374131. Cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Luis Antonio Obando Araya, donde se acuerda disolver la sociedad. Mediante la escritura Nº 347-24, del tomo 24 del protocolo de la licenciada Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 20 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012031762).

Ante esta notaría, a las 18:00 horas del 29 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Consultoría Multidisciplinaria V Y L de Cartago S.A., cédula jurídica Nº 3-101-174891. Cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Emanuel Eduardo Varela López, donde se acuerda disolver la sociedad. Mediante la escritura Nº 349-24, del tomo 24 del protocolo de la licenciada Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 20 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012031763).

Ante esta notaría, a las 9:10 horas del 29 de marzo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Servicios e Importaciones R Y R S. A., cédula jurídica Nº 3-101-362293. Cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Alexánder Robles Rojas, donde se acuerda disolver la sociedad. Mediante la escritura Nº 342-24, del tomo 24 del protocolo de la licenciada Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 20 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012031764).

Ante esta notaría, a las 10:15 horas del 19 de abril del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Reforestaciones y Viveros S. A., cédula jurídica Nº 3-101-448113. Cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Jorge Guillermo Leiva Leiva, donde se acuerda disolver la sociedad. Mediante la escritura Nº 01-25, del tomo 25 del protocolo de la licenciada Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 20 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012031765).

Ante esta notaría, a las 15:15 horas del 13 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios, celebrada por 3-101-635383 S. A., con igual número de cédula. Se modifica parcialmente el pacto constitutivo, donde se acuerda cambiar el nombre a Comercializadora Galex A & G S.A. Mediante la escritura Nº 270-24, del tomo 24 del protocolo de la licenciada Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 20 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012031766).

Ante esta notaría, al ser las dieciséis horas, quince minutos del diecisiete de abril del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Proezas Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Gustavo Ávila Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012031770).

Ante esta notaría, al ser las dieciséis horas del diecisiete de abril del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Importadora Victoriosos Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Gustavo Ávila Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012031771).

Por escritura otorgada a las doce horas del diecinueve de abril del dos mil doce, ante esta notaría se constituyó la siguiente sociedad Gourmet Fields S. R. L.—San José, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012031773).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del siete de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Mipd Star Ltda Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: dos mil colones.—San José.—Lic. Álvaro Eduardo Leandro Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012031780).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del 19 de abril del 2012, se constituyó la sociedad Mountain View Industrial Park Sociedad Anónima.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(IN2012031781).

En escritura autorizada por el suscrito notario, a las diecisiete horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Punto Rojo Sociedad Anónima. Mediante la cual se modifica la cláusula décimo tercera del pacto social.—San José, diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Arturo E. Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—(IN2012031833).

Por escritura otorgada ante esta notaría, número ciento noventa de las catorce horas del día quince de abril del dos mil doce, se constituyó la sociedad Roble Fuerte Que Dejó Raíz En Mi Corazón Sociedad Anónima. Con domicilio social en la provincia de San José, Puriscal, La Fila de Mora, ochocientos norte de la Escuela Adela Rodríguez. Su capital social es de cien mil colones, el cual ha sido suscrito y pagado por los socios y su plazo social es de noventa y nueve años. Es todo.—San José, diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Marvin Madrigal Bermúdez, Notario.—1 vez.—(IN2012031851).

Por escritura número cuarenta y dos, otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veinte de abril del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad denominada Inversiones Roan del Norte Sociedad Anónima. La cual no posee activos y pasivos, ni bienes muebles e inmuebles que liquidar. Lo anterior por no haber cumplido el objetivo por la cual fue creada. Es todo.—San José, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Sandra Moya Serrano, Notaria.—1 vez.—(IN2012031852).

Por escritura número cuarenta y uno, otorgada ante esta notaría a las ocho horas del diecisiete de abril del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad denominada Wynnedale Guz and Fer Sociedad Anónima. La cual no posee activos y pasivos, ni bienes muebles e inmuebles que liquidar. Lo anterior por no haber cumplido el objetivo por la cual fue creada. Es todo.—San José, diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Sandra Moya Serrano, Notaria.—1 vez.—(IN2012031853).

Por asamblea extraordinaria de socios de Hermanos González Portuguez Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-112724, celebrada el veintiuno de abril del dos mil doce, se acuerda por unanimidad su disolución a partir de esta fecha.—Lic. Hernán Paniagua Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012031867).

Por asamblea extraordinaria de socios de Inversiones Avioscar de Sámara Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-518512, celebrada el dieciséis de abril del dos mil doce, se acuerda por unanimidad su disolución a partir de esta fecha.—Lic. Hernán Paniagua Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012031868).

Por asamblea extraordinaria de socios de Servi Cómputo Total Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-439819, celebrada el diecinueve de abril del dos mil doce, se acuerda por unanimidad su disolución a partir de esta fecha.—Lic. Hernán Paniagua Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012031869).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de El Palacio de las Inversiones Yuli Feng de San José Sociedad Anónima, según la cual se reforma la cláusula sexta y se nombran nuevos secretario, tesorero y fiscal.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Johnny Alfaro Llaca, Notario.—1 vez.—(IN2012031870).

Mediante escritura N° 234 del 12 de abril del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad Sauque de Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-357800, celebrada a las 10:00 horas del 7 de abril del 2012, que por acuerdo unánime de socios se acordó disolver dicha sociedad. Se publica el presente edicto para efectos de cumplir con las disposiciones del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012031874).

Ante esta notaría, se ha revocado el nombramiento de la junta directiva de Sirena de los Vientos Sociedad Anónima. En donde figura como nuevo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Ezequiel Obando Barrantes. Es todo.—Puntarenas, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012031876).

Protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada tres-ciento uno-seis cero siete tres seis uno Sociedad Anónima. En la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y octava, al presidente, secretario, tesorero y el fiscal de la junta directiva del pacto constitutivo de la empresa y se nombra un agente residente. Ante el notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, al ser las trece horas del día dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012031884).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 29 de marzo del 2012, se liquida la sociedad domiciliada en Cartago, Favarzu S. A., cédula jurídica N° 3-101-032517. Cualquier interesado debe comunicarse con el licenciado Gilbert Alfaro Fallas, en su oficina sita en Sabana Sur, 50 metros al sur de la esquina noreste del Ministerio de Comercio.—San José, 23 de abril del 2012.—Lic. John Gilbert Alfaro Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012031889).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:15 horas del 21 de abril del 2012, Magally Rojas Villalobos e Ivette Saborío Zúñiga constituyen Grapas San José S. A. Capital: cien mil colones. Plazo: 99 años. Presidenta: Magally Rojas Villalobos.—San José, 23 de abril del 2012.—Lic. John Gilbert Alfaro Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012031890).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 21 de marzo del 2012, se liquida la sociedad domiciliada en Cartago, Moravarales S. A., cédula jurídica N° 3-101-105846. Cualquier interesado debe comunicarse con el licenciado Gilbert Alfaro Fallas, en su oficina en Sabana Sur, 50 metros al sur de la esquina noroeste del Ministerio de Comercio.—San José, 23 de abril del 2012.—Lic. John Gilbert Alfaro Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012031891).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se acuerda liquidar las sociedades Universidad del Surf de Costa Rica Sociedad Anónima; Magaña y Pinto Sociedad Anónima; Inmobiliaria Don Joaquín Sociedad Anónima; Importaciones Monterrey Sociedad Anónima; Bloques Volcánicos Decorativos Limitada; Tarjetas de Descuento Americana Sociedad Anónima; Hacienda Espíritu Santo Sociedad Anónima; Intercambios B O L Sociedad Anónima; Canjes B O L Sociedad Anónima; Servicios Aéreos Generales Pinto Sociedad Anónima; Trueques B O L Sociedad Anónima y Marítima Costarricense Sociedad Anónima.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Leila Marcela Ross Porras, Notaria.—1 vez.—RP2012289461.— (IN2012031892).

Ante mí, Roy Zumbado Ulate, notario público de Heredia, la sociedad Inversiones Fonseca y Ortiz S. A., reforma la cláusula cuarta de los estatutos.—Heredia, 12 de abril del 2012.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez RP2012289462.— (IN2012031893).

En esta notaría, a las 14:00 horas del 12 de marzo del 2012, se liquidó y disolvió Elismar S. A.—Lic. Elda Zúñiga Valenciano, Notaria.—1 vez.—RP2012289463.—(IN2012031894).

En esta notaría, a las 9:00 horas del 14 de marzo del 2012, se liquidó y disolvió Delicias al Instante S. A.—Lic. Elda Zúñiga Valenciano, Notaria.—1 vez.—RP2012289464.—(IN2012031895).

En esta notaría, a las 8:30 horas del 21 de marzo del 2012, se liquidó y disolvió Consolidado M J S. A.—Lic. Elda Zúñiga Valenciano, Notaria.—1 vez.—RP2012289465.—(IN2012031896).

En esta notaría, a las 8:00 horas del 26 de marzo del 2012, se liquidó y disolvió Vamfra S. A.—Lic. Elda Zúñiga Valenciano, Notaria.—1 vez.—RP2012289466.—(IN2012031897).

La notaria Tatiana Zeledón Castro, informa que en su oficina se constituyó Casa de Benito INC SRL.—Heredia, 16 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012289467.—(IN2012031898).

Por escritura otorgada en mi notaría, hoy a las 15:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número uno, correspondiente a asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad de esta plaza Inversiones Gofre Limitada. Mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en lo referente al plazo social.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012289468.—(IN2012031899).

La suscrita licenciada Tatiana Zeledón Castro, informa que se fusionaron las siguientes empresas prevaleciendo la última Borona Corp. S. A., cédula jurídica N° 3-101-519316; Inversiones 2070 S. A., cédula jurídica N° 3-101-315527; Desarrollos Corp. 2020 S. A., cédula jurídica N° 3-101-314587 y Z y Z Inc S. A., cédula jurídica N° 3-101-414378. Otorgándose el plazo de ley para oposiciones ante el Registro.—Heredia, 19 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012289469.—(IN2012031900).

La suscrita Licenciada Tatiana Zeledón Castro, informa que se fusionaron las siguientes empresas prevaleciendo la última Barrantes Zeledón S. A., cédula jurídica N° 3-101-454765; By Janet Inc S. A., cédula jurídica N° 3-101-616579 y Mariangel Corp. S. A., cédula jurídica N° 3-101-454768. Otorgándose el plazo de ley para oposiciones ante el Registro.—Heredia, 19 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012289471.—(IN2012031901).

La suscrita Licenciada Tatiana Zeledón Castro, informa que se solicitó la disolución de Zeledón Inc S. A., cédula jurídica N° 3-101-403505 al Registro, se otorga el plazo de ley para oposiciones.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012289472.—(IN2012031902).

Acta número uno, asamblea general extraordinaria de socios de Distribuidora Costarricense de Responsabilidad Limitada por acuerdo de socios, se disuelve esta plaza, celebrada a las nueve horas del dos de abril del dos mil doce. Dentro los treinta días después de publicado el cual el interesado podrá oponerse judicial a la disolución que se base en causa legal o pactada.—Lic. Ana María Masís Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2012289473.—(IN2012031903).

Acta número tres, asamblea general extraordinaria de cuotistas de Distribuidora Costarricense de Responsabilidad Limitada por acuerdo de socios, se disuelve esta plaza, celebrada a las nueve horas del dos de abril del dos mil doce. Dentro los treinta días después de publicado, el cual el interesado podrá oponerse judicial a la disolución que se base en causa legal o pactada.—Lic. Ana María Masís Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2012289474.—(IN2012031904).

Por escritura número veintiuno, otorgada ante esta notaría a las once horas del día diecinueve de abril del dos mil doce, se reforma la cláusula octava de la administración del pacto constitutivo de la sociedad ASU Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Andrea Hütt Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012289475.—(IN2012031905).

Por escritura número diecinueve, otorgada ante esta notaría a las trece horas del día dieciocho de abril del dos mil doce, se reforma la cláusula octava de la administración del pacto constitutivo de la sociedad Sol y Canto Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Andrea Hütt Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012289476.—(IN2012031906).

Acta número uno asamblea general extraordinaria de socios de Tres-ciento uno-ciento cuarenta y seis mil doscientos setenta y siete sociedad anónima, por acuerdo de socios se disuelve esta plaza, celebrada a las dieciocho horas del diecinueve de abril del dos mil doce. Dentro los treinta días después de publicado el cual el interesado podrá oponerse judicial a la disolución que se base en causa legal o pactada.—Lic. Ana María Masís Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2012289477.—(IN2012031907).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Desarrollos Roble Verde D.R.V. S. A., donde se acuerda reformar las cláusulas segunda, quinta y octava del pacto social.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012289478.—(IN2012031908).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las quince horas del diecinueve de abril del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Reserva Papagayo Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Eduardo Calderón Odio, Notario.—1 vez.—RP2012289479.—(IN2012031909).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada La Cueva Labrada LCL Ltda, donde se acuerda reformar las cláusulas quinta y novena del pacto constitutivo.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012289481.—(IN2012031910).

A las 10:00 horas de hoy, Ana Margarita Camacho Quesada e Isabel Cristina Sáenz Rodríguez, constituyeron Tres Bocados Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerentes: las socias Ana Margarita Camacho Quesada e Isabel Cristina Sáenz Rodríguez. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Domicilio social en Heredia, cantón Santa Bárbara, distrito Santo Domingo del Roble.—Heredia, 17 de abril de 2012.—Lic. Ana Lorena Gutiérrez Herrera, Notaria.—1 vez.—RP2012289482.—(IN2012031911).

Por escritura autorizada por la suscrita notaria el día de hoy, se protocolizan acta de las sociedades Jocalvar S. A., Representaciones Deportivas León y Tica S. A., las que se fusionan con Maderas Artesanales T.Q de Chachagua S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil cuatrocientos noventa y siete y prevalece esta.—San José, diecinueve de abril de dos mil doce.—Lic. Leila Ross Porras, Notaria.—1 vez.—RP2012289483.—(IN2012031912).

Ante este notario se protocolizó acta general extraordinaria de accionistas de la empresa GHM Grupo Hermanos Melmar S.A., en la cual se acordó la disolución irrevocable y definitiva de la sociedad, mediante la escritura número ciento ochenta y tres, visible al folio ciento ochenta y uno vuelto del tomo seis del protocolo del suscrito notario público, otorgada al ser las doce horas del diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1 vez.—RP2012289484.—(IN2012031913).

La suscrita notaria hace constar que al ser las nueve horas del treinta de marzo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Megatom S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y seis mil seiscientos sesenta y ocho, mediante la cual se reforma en su totalidad la cláusula primera del pacto social siendo que la sociedad se denominará Alimentos Don Julián Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A., nombre de fantasía.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1 vez.—RP2012289485.—(IN2012031914).

El suscrito notario hace constar que en esta notaría se protocolizó acta de disolución de la sociedad Publicidad Franjime-Gam S. A.—San José, dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Óscar Alberto Parini Segura, Notario.—1 vez.—RP2012289486.—(IN2012031915).

El suscrito notario hace constar que en esta notaría se protocolizó acta de disolución de la sociedad Importaciones y Exportaciones Mafranma Equimec S. A.—San José, dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Óscar Alberto Parini Segura, Notario.—1 vez.—RP2012289487.—(IN2012031916).

El suscrito notario hace constar que en esta notaría se protocolizó acta de disolución de la sociedad Importaciones y Exportaciones de Equipo Médico Jiménez y Oviedo Equimec S. A.—San José, dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Óscar Alberto Parini Segura, Notario.—1 vez.—RP2012289488.—(IN2012031917).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 15 horas 15 minutos del 13 de abril del 2012, se acordó disolver la sociedad Inversiones Anvi S I O Sociedad de Responsabilidad Limitada, domiciliada en Heredia.—Heredia, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012289489.—(IN2012031918).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 12 horas del 13 de abril del 2012, se acordó disolver la sociedad Correduría Internacional de Bienes Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—16 de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012289490.—(IN2012031919).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 12 horas 10 minutos del 13 de abril del 2012, se acordó disolver la sociedad Elajo de Heredia Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—16 de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012289491.—(IN2012031920).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 12 horas 10 minutos del 13 de abril del 2012, se acordó disolver la sociedad Asesoría y Capacitación en Informática M Y G Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—16 de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012289492.—(IN2012031921).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 12 horas 15 minutos del 13 de abril del 2012, se acordó disolver la sociedad Calambrito J.B. Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—16 de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012289493.—(IN2012031922).

Por escritura doscientos noventa y nueve-dos, otorgada en mi notaría protocolicé en lo conducente el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Werima S. A., en la que se realizaron cambios en la junta y se nombra como presidenta a la señora Margarita León Benavides.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Marcela Alvarado Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012289494.—(IN2012031923).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las 15:45 horas del 16 de marzo 2012, se protocoliza acta de Producciones Laro del Este S. A., en la que se acuerda la disolución de dicha sociedad de conformidad con el artículo 201 inciso (d) del Código de Comercio.—San José, 19 de marzo del 2012.—Lic. Cristián Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—RP2012289495.—(IN2012031924).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las 15 horas del 10 de febrero del 2012, 3-101-517476 S. A., reforma cláusula 1° del pacto social para denominarse Mundipartes F C Internacional S. A.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Cristián Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—RP2012289496.—(IN2012031925).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las 8 horas del 12 de marzo del 2012, Matariles S. A., reforma cláusula 2°, 5°, 8° y 10° del estatuto social. Presidente con plenas facultades.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Cristián Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—RP2012289497.—(IN2012031926).

Por escritura número doscientos dieciocho de las quince horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, visible al folio noventa y tres, frente del tomo sétimo de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Cinsa Comercializadora Internacional Sociedad Anónima, por la que se disuelve la misma.—San José, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Kattia Isabel Bermúdez Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012289499.—(IN2012031927).

Por escritura 110-6 de las 16:00 horas del 23 de marzo de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Call Center Informatic de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos sesenta y dos mil novecientos setenta y siete, se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—RP2012289500.—(IN2012031928).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8 horas del día de hoy, se constituyen las sociedades Las Aguas Cristalinas del Río Paraná S. A. y Desembarco del Rey S. A. Capital: suscrito y pagado. Plazo social: 99 años.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—RP2012289501.—(IN2012031929).

Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía tres-ciento dos-seiscientos cincuenta y un mil doscientos siete sociedad de responsabilidad limitada, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto social.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012289503.—(IN2012031930).

Mediante escritura autorizada por mí, a las nueve horas del diecinueve de abril del dos mil doce, se constituyó la sociedad Finca el Puente en Puerto Viejo Limitada, con un capital social de treinta mil colones.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012289504.—(IN2012031931).

Por escritura pública otorgada por esta notaría, se autorizó la protocolización del acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Laboratorios Drogasa S. A., en la que se acordó la disolución de dicha sociedad ante el Registro Nacional.—San José, diecinueve de marzo de dos mil doce.—Lic. Luis Gonzalo Cortés Enríquez, Notario.—1 vez.—RP2012289506.—(IN2012031932).

La suscrita notaria hace constar que ante mí se protocolizó el acta número veintiuno de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Ceciliano Consultores Sociedad Anónima, en la cual se acordó la fusión de la compañía con las sociedades C Y C Mercado Abierto de Valores Sociedad Anónima y C & C Autotransportes Sociedad Anónima, prevaleciendo Ceciliano Consultores Sociedad Anónima.—San José, veinte de abril de dos mil doce.—Lic. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012289508.—(IN2012031933).

Informo que el 15 de febrero del 2012, Austro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-142678, los socios de la sociedad procedieron a disolver y liquidar, esta sociedad. Dicha disolución fue protocolizada mediante escritura 102-23, visible al folio 33 frente del tomo 23 del protocolo con fecha 7:30 horas del 19 de abril del 2012, por el notario Gerardo Quesada Monge.—San José, veinte de abril de dos mil doce.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2012289509.—(IN2012031934).

Informo que el 15 de marzo del 2012, Pampa y María Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-479183, los socios de la sociedad procedieron a disolver y liquidar, esta sociedad. Dicha disolución fue protocolizada mediante escritura 104-23, visible al folio 34 frente del tomo 23 del protocolo, con fecha 9:00 horas del 19 de abril del 2012, por el notario Gerardo Quesada Monge.—San José, veinte de abril de dos mil doce.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2012289510.—(IN2012031935).

En la notaría de la Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, con oficina en San José, se protocolizó el acta número cuatro de Remis Internacional Sociedad Anónima, escritura número ciento noventa y dos del tomo veintidós de la suscrita notaria, donde en asamblea extraordinaria se acordó disolver la sociedad.—San José, diecinueve de abril dos mil doce.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012289511.—(IN2012031936).

En la notaría de la Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, con oficina en San José, se protocolizó el acta número uno de Taller de Romanas Polini Sociedad Anónima, escritura número ciento ochenta y nueve  del tomo veintidós de la suscrita notaria, donde en asamblea extraordinaria se acordó disolver la sociedad.—San José, diecinueve de abril dos mil doce.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012289512.—(IN2012031937).

En la notaría de la Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, con oficina en San José, se protocolizó el acta número uno de Berrycosta Sociedad Anónima, escritura número ciento noventa y uno del tomo veintidós de la suscrita notaria, donde en asamblea extraordinaria se acordó disolver la sociedad.—San José, diecinueve de abril dos mil doce.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012289513.—(IN2012031938).

En la notaría de la Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, con oficina en San José, se protocolizó el acta número uno de El Mundo de las Romanas Sociedad Anónima, escritura número ciento noventa del tomo veintidós de la suscrita notaria, donde en asamblea extraordinaria se acordó disolver la sociedad.—San José, diecinueve de abril dos mil doce.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012289514.—(IN2012031939).

En la notaría de la Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, con oficina en San José, se protocolizó el acta número uno de Agencia de Viajes R C T Sociedad Anónima, escritura número ciento noventa y tres del tomo veintidós de la suscrita notaria, donde en asamblea extraordinaria se acordó disolver la sociedad.—San José, diecinueve de abril dos mil doce.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012289515.—(IN2012031940).

Por escritura otorgada ante la notaria Vilma María Guevara Mora, a las trece horas, treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la firma Inversiones Fung y He Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciséis mil ochocientos tres, en la que se acordó reformar la cláusula novena de la escritura constitutiva y cambio de miembros de junta directiva.—San José, 17 de abril del 2012.—Lic. Vilma María Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012289516.—(IN2012031941).

En la notaría de la Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, con oficina en San José, se constituyó la empresa Repuestos, Montos, HE Sociedad Anónima. Presidente: Xiaohua He, capital social diez mil colones, escritura número ciento ochenta y seis del tomo veintidós de la suscrita notaria.—San José, diecinueve de abril dos mil doce.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012289518.—(IN2012031942).

Ante esta notaría mediante escritura número sesenta y uno-siete otorgadas a las once horas con quince minutos del diecinueve de abril del dos mil doce, se ha protocolizado el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Caspi Inversiones Sociedad Anónima; cédula jurídica: tres-ciento uno-seiscientos treinta y cinco mil novecientos cincuenta y tres, en donde se acuerda disolver dicha empresa.—Grecia, a las doce horas del diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012289520.—(IN2012031943).

Ante esta notaría se ha protocolizado el acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Avalúos y Consultorías Agro Forestales e Industriales Sociedad Anónima; cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y dos mil novecientos cuarenta, en donde se acuerda disolver y liquidar dicha empresa.—Grecia, a las ocho horas del veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012289521.—(IN2012031944).

Ante esta notaría mediante escritura número sesenta y cinco-siete otorgadas a las dieciocho horas del diecinueve de abril del dos mil doce, se ha protocolizado el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Fantasía Tu Fotografía Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cien mil cuatrocientos cuarenta y tres, en donde se acuerda disolver dicha empresa.—Grecia, a las veinte horas del diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012289523.—(IN2012031945).

Por escritura número 2-9 otorgada ante esta notaría, a las 15:15 horas del 22 de junio de 2011, se constituyó la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica más el aditamento Sociedad Anónima. Domicilio: San Luis de Santo Domingo de Heredia. Capital social: diez mil colones.—Tibás, 16 de abril de 2012.—Lic. Catherine Uribe Lorío, Notaria.—1 vez.—RP2012289525.—(IN2012031946).

Ante esta notaría al ser las nueve, diez y once horas del nueve de abril de dos mil doce, se protocolizaron las actas de disolución de las sociedad Inmobiliaria La Vía Causca Com S. A., cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil trescientos treinta y tres, The Swaro Villa S. A., cédula de persona jurídica numero tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil treinta y The True Victory of Salomon S. A.; cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y un mil doscientos sesenta y dos respectivamente. Presidente de las tres sociedades: Rafael Ángel Pérez Zumbado.—Cuidad Colón, 10 de abril del 2012.—Lic. Stanley Mejía Mora, Notario.—1 vez.—RP2012289527.—(IN2012031947).

Con vista en el Libro de Actas de Asamblea General de Socios la sociedad Nitro Plateado Ild Primera S. A., con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos trece mil cuatrocientos ochenta y cinco, de que a las diez horas del dieciocho de abril del dos mil doce, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó los acuerdos que dicen así: se reforma la cláusula segunda: del domicilio y se nombra junta directiva.—Heredia, dieciocho de abril del dos mil doce.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—RP2012289528.—(IN2012031948).

Por escritura otorgada a las quince horas del dieciséis de abril del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Fontana Feyot Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula del domicilio y se nombra fiscal y agente residente de la sociedad.—San José, 15 de abril del 2012.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012289530.—(IN2012031949).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso de disolución y liquidación en sede notarial de la sociedad Totora Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero veinticinco mil doscientos noventa y ocho, domiciliada en Heredia, San Miguel de Sarapiquí, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que en calidad de socios, acreedores, beneficiarios, o cualquiera con mejor derecho a que si no se presentan dentro de dicho plazo la disolución y liquidación de dicha sociedad quedará en firme y se repartirán los bienes en casos de existir a los socios. Asimismo se deja constancia de que la notaría se encuentra ubicada en San José, Paseo Colón, Edifico Torre Mercedes, noveno piso, Weinstok abogados. Expediente: 0001-2012, notaría de la licenciada Alejandra Patiño Ruiz.—Lic. Alejandra Patiño Ruiz, Notaria.—1 vez.—RP2012289531.—(IN2012031950).

Por escritura otorgada en San José, a las once horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Empresas Paz Para el Mundo S. A.; por la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Por no haber pasivos ni activos que distribuir no se nombra liquidador.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012289532.—(IN2012031951).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Latin Export Inc S. A.; por la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Por no haber pasivos ni activos que distribuir no se nombra liquidador.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012289533.—(IN2012031952).

Por escritura otorgada en San José, a las trece horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-593524 S. A.; por la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d), del Código de Comercio. Por no haber pasivos ni activos que distribuir no se nombra liquidador.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012289535.—(IN2012031953).

Por escritura otorgada en San José, a las quince horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-564919 S. A.; por la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d), del Código de Comercio. Por no haber pasivos ni activos que distribuir no se nombra liquidador.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012289537.—(IN2012031954).

Por escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada El Viejo Cairo de San José S. A.; por la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d), del Código de Comercio. Por no haber pasivos ni activos que distribuir no se nombra liquidador.—San José, 18 de abril del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012289538.—(IN2012031955).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las quince horas del dieciséis de abril, se constituyeron dos sociedades anónimas que se conocerán por su número de cédula jurídica. Domicilio social: San José, Santa Ana, Parque Empresarial Forum Uno, Edificio H. Capital social: un millón de colones.—San José, dieciséis de abril de dos mil doce.—Lic. Luis Vargas Ferrandino, Notario.—1 vez.—RP2012289539.—(IN2012031956).

Ante esta notaría por escritura número ciento treinta y dos de las once horas del diecinueve de abril del dos mil doce, visible al folio ochenta y siete frente del tomo sexto del protocolo de la Lic. Andrea Ruiz Castillo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Agrocomercial Gersa S. A., cédula jurídica 3-101-89913, por la que se disuelve y se liquida la misma.—San José, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012289540.—(IN2012031957).

La suscrita Ana Gabriela Alfaro Jirón, hace constar que ante mí se solicitó la disolución de la compañía denominada Camino Al Real Sociedad Anónima.—Liberia, catorce de abril de dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—RP2012289541.—(IN2012031958).

La suscrita Ana Gabriela Alfaro Jirón, hace constar que ante mí se solicitó la disolución de la compañía denominada Cercas Vivas de Jiñote Sociedad Anónima.—Liberia, catorce de abril de dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—RP2012289543.—(IN2012031959).

La suscrita Ana Gabriela Alfaro Jirón, hace constar que ante mí se solicitó la disolución de la compañía denominada El Bajo de la Gallo Sociedad Anónima.—Liberia, catorce de abril de dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—RP2012289544.—(IN2012031960).

La suscrita Ana Gabriela Alfaro Jirón, hace constar que ante mí se solicitó la disolución de la compañía denominada El Pie de Venado Sociedad Anónima.—Liberia, catorce de abril de dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—RP2012289545.—(IN2012031961).

La suscrita Ana Gabriela Alfaro Jirón, hace constar que ante mí se solicitó la disolución de la compañía denominada Las Rosas Amarillas de Cofradía Sociedad Anónima.—Liberia, catorce de abril de dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—RP2012289546.—(IN2012031962).

La suscrita Ana Gabriela Alfaro Jirón, hace constar que ante mí se solicitó la disolución de la compañía denominada Sobras de Roble Sociedad Anónima.—Liberia, catorce de abril de dos mil once.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—RP2012289549.—(IN2012031963).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del diecisiete de abril del dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la empresa Perforaciones Agropecuarias S. A., por medio de la cual se acuerda disolver la presente compañía.—Lic. Gloria Estela Carrillo Ballestero, Notaria.—1 vez.—RP2012289551.—(IN2012031964).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del dieciséis de abril del dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la empresa Corporación Luz C L S. A., por medio de la cual se acuerda disolver la presente compañía.—Lic. Gloria Estela Carrillo Ballestero, Notaria.—1 vez.—RP2012289552.—(IN2012031965).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecisiete de abril del dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la empresa Agropecuaria Guaycará S. A., por medio de la cual se acuerda disolver la presente compañía.—Lic. Gloria Estela Carrillo Ballestero, Notaria.—1 vez.—RP2012289553.—(IN2012031966).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas del 19 de abril del 2012, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de Grupo Lualvame S. A., en la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Eduardo Benito González, Notario.—1 vez.—RP2012289554.—(IN2012031967).

La Filial Estrella Oriental S. A., cédula jurídica número 3-101-318123 realizó asamblea general extraordinaria de accionistas en donde se elige nueva junta directiva, se revoca poder al representante de la sociedad, se designa un nuevo fiscal, se cambia el domicilio y se modifica el agente residente. Acta protocolizada en la escritura 47 del tomo 10 de esta notaría, de las 19:00 horas, del 3 de abril de 2012.—Lic. Federico Mata Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012290516.—(IN2012033992).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas del día cuatro de mayo del año dos mil doce, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad Simeve Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-doscientos doce mil novecientos dieciocho.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Erick Moya Sevilla, Notario.—1 vez.—(IN2012041586).

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TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-141-2012 de las 9:00 horas del 10 de enero del 2012. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, resuelve impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-3268-2011, de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 24 de noviembre del 2011, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Gutiérrez Arias Miriam, cédula de identidad N° 2-299-279, a partir del 1º de setiembre del 2011; por la suma de cincuenta y ocho mil quinientos sesenta y siete colones con cero céntimos (¢58.567,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—(IN2012029198).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Resolución acoge cancelación.—Ref. 30/2011/38996.—Colombina S. A. c/ Rodrigo Tomas Fernández, documento: cancelación por falta de uso, Nº y fecha: anotación /2-71152 de 02/03/2011. Exp. 1995-0005744, Registro Nº 95018 DE ANTAÑO, en clase 30 Marca Mixto.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 11:43:57 del 5 de octubre de 2011.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por el Lic. Francisco Guzmán Ortiz, en calidad de apoderado especial de Colombina S. A., contra el registro del signo distintivo

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Registro Nº 95018, el cual protege y distingue “café en clase 30 internacional”, propiedad de Rodrigo Tomas Fernández.

Resultando:

I.—Que por memorial recibido el 02 de marzo del 2011, Francisco Guzmán Ortiz, en calidad de apoderado especial de Colombina S. A., interpuso solicitud de cancelación por falta de uso en contra el registro del signo distintivo

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Registro Nº 95018, el cual protege y distingue “café” en clase 30 internacional, propiedad de Rodrigo Tomas Fernández. (Folio 1 a folio 09).

II.—Que mediante resolución de las 13:55:00 del 9 de marzo de 2011, el Registro de Propiedad Industrial procede a dar traslado al titular del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación presentada. (Folio 10).

III.—Que la resolución de traslado fue notificada al solicitante del procedimiento el 23 de marzo del 2011 en forma personal (F. 10 v) y la empresa titular del distintivo marcario quedó debidamente notificada el 25 de agosto del 2011. (Folios 16 a 20).

IV.—Que no consta en el expediente contestación al traslado de la cancelación por no uso.

V.—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados.

    Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita desde el 04 de marzo de 1996, la marca de fábrica distintivo

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Registro Nº 95018, el cual protege y distingue “café”, en clase 30 internacional, propiedad de Rodrigo Tomas Fernández.

    Que en este Registro se encuentra la solicitud del signo distintivo

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bajo la solicitud número 2010-11750, para proteger y distinguir una bebida de café en clase 30 internacional, pedida por la empresa Colombina S. A.; solicitud que actualmente se encuentra con un suspenso en la tramitación de la misma.

    Que en este Registro se encuentra la solicitud del signo distintivo

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bajo la solicitud número 2010-11747, para proteger y distinguir café en grano 100% puro en clase 30 internacional, pedida por la empresa Colombina S. A.; solicitud que actualmente se encuentra con un suspenso en la tramitación de la misma.

II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.—Legitimación para actuar. Analizado el poder administrativo, que consta en el expediente y que es visible a folios 5-6-7-8-9, se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso del Lic. Francisco Guzmán Ortiz, en su condición de apoderado de la compañía Colombina S. A.

IV.—Sobre los elementos de prueba. Este Registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso; en cuanto al titular de distintivo al no contestar el traslado no se aporta prueba al expediente.

V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado el expediente se observa que la notificación válida y legal fue la llevada a cabo mediante publicación de la resolución de traslado por tres veces consecutivas en el Diario La Gaceta; publicaciones que se efectuaron los días 24-25-26 de agosto del 2011 (F. 15 a 20), ello en virtud de que no pudo localizarse al titular del signo en la dirección consignada en el expediente.

VI.—Contenido de la Solicitud de Cancelación. A. De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta, en síntesis se desprenden los siguientes alegatos: 1) Que la marca registrada no ha sido utilizada en Costa Rica por su titular. 2) Que con esta inactividad la titular de la marca, está faltando a su obligación principal de uso sobre la marca registrada y con dicho accionar está bloqueando la posibilidad de registro de la marca de su representada. 3) Que su representada presentó una solicitud de inscripción de las marcas

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bajo el expediente 2010-11750 y bajo el expediente 2010-11750, lo que es indicativo de un interés directo y legítimo para la tramitación de la presente gestión.

VII.—Sobre el fondo del asunto: Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

“Como ya se indicó supra, el artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal, cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a quien alega esa causal.

Por lo anterior, de modo alguno ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado.”

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a Rodrigo Tomás Fernández, que por cualquier medio de prueba debió de haber demostrado la utilización de su signo.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la empresa Colombina S. A. demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que tal y como se desprende, ambas empresas son competidoras y que el registro 95018 es un obstáculo para los planes de expansión de la marca del gestionante.

En cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala: “Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional. (...)

Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca inscrita bajo el registro que hoy se pretende cancelar, al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que demostrara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de lo anterior, dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el registro del signo distintivo

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Registro Nº 95018, el cual protege y distingue “café” en clase 30 internacional, propiedad de Rodrigo Tomas Fernández.

IX.—Sobre lo que debe ser resuelto. Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular del signo distintivo

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Registro Nº 95018, al no contestar el traslado otorgado por ley, no comprobó el uso real y efectivo de su marca, por lo que para efectos de este Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo a su correspondiente cancelación. Por tanto:

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento, se declara con lugar la solicitud de Cancelación por falta de uso, interpuesta por el señor por el Lic. Francisco Guzmán Ortiz, en calidad de Apoderado Especial de Colombina S. A., contra el registro del signo distintivo

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Registro Nº 95018, el cual protege y distingue “café” en clase 30 internacional, propiedad de Rodrigo Tomas Fernández. Se ordena la publicación integra de la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y 334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento, a costa del interesado y se le advierte que hasta tanto no sea publicado el edicto correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta oficina mediante el aporte de los documentos que así lo demuestren, no se cancelará el asiento correspondiente, a manera de excepción y solo en la eventualidad de que al titular del signo distintivo se le haya podido notificar legalmente la presente resolución o el mismo se haya apersonado al procedimiento, la publicación íntegra de la presente resolución deberá hacerse por una sola vez en el Diario Oficial. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N° 8039. Notifíquese.—Lic. Christian Mena Chinchilla, Subdirector.—RP2012287725.—(IN2012028833).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

EDICTOS

DCI-OF-077-2012.—Al ser las 8:00 horas del 02 de marzo del 2012, y de conformidad con lo establecido en los artículos N° 239, 240, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y el artículo N° 33 del Reglamento de Cementerios de Montes de Oca, la Municipalidad de Montes de Oca informa a los arrendatarios de los nichos en el Cementerio de Sabanilla (abajo detallados) que cuentan con un plazo no mayor a ocho días para que sean trasladados los restos depositados en las fosas abajo señaladas. Transcurrido dicho plazo la Administración procederá a la exhumación ordinaria de los restos óseos, siendo los mismos depositados en el osario municipal.

 

Pabellón

Nicho

Responsable

Difunto

1

1

Carvajal Esquivel Ana Isabel

Rodríguez Castro Gerardo

1

2

Ordóñez Eleazar

Mena Guadamúz Brisa

1

3

Porras Rodríguez Flor

Porras Abarca Juan

1

4

Salas Toruño Crisman

Toruño Obando Grace

1

7

Mora Segura Carlos Alberto

García Mora Andrés

1

8

Mora Arce Randall

Mora Andrade Jorge

1

9

Rodríguez Salas Orlando

Rodríguez Ballestero Marco

1

12

Porras Ramírez Lourdes

Hernández Ramírez Anabelle

1

18

Romero Rivera Teresa

Romero Cordero Bernardino

1

22

Castillo Vanegas Violeta

Blanco Santamaría Emelina

1

23

Sequeira Soto Guillermo

Argüello Dennis Elizabeth

1

24

Quintana Moreno Gustavo

Niño Quintana Espinoza

1

27

Chinchilla Vargas José

Muñoz Meneses María

1

28

Sevilla Tercero Pedro

Tercero Tercero Dalfina

2

3

Aubert Carrión Javier

Aubert Carrión Edgar

2

5

 

Campos Umaña Marjorie

2

6

Mancino Roberto

Sabena Perscchia Margarita

2

8

 

Richards Bruce

2

12

 

Gutiérrez Carvajal Rita

2

13

Hernández Guevara Tatiana

Guevara Angulo Elizabeth

2

16

Romero Rivera Leticia

Romero Rivera Laura

2

18

Camacho Zúñiga Orlando

Zúñiga Segura Mireya

2

23

 

Canetle An Gonzalo

2

24

Rossman Wilson Víctor

Rossman Wilson Carlos

2

26

Piza Blandon María

Piza Marchena Alejandro

2

29

 

Mora C. Isaac

3

2

Loaiza Araya Sandro

Loaiza Soto José

3

3

 

Loría Mora María

3

5

Quesada Hidalgo Filiberto

Quesada Hidalgo Gerardo

3

6

Arias Conejo Álvaro

Rojas Mena Leticia

3

11

Rodríguez Sequeira Ligia  

Ocampo Zamora Máximo

3

18

Marín Hernández William

Marín Hernández Aurora

3

20

 

Moraga Johnny

3

25

Hoss Ochoa Georgina

Ochoa Campos Estela

3

29

Medina Alvarado Eduardo

Medina Cruz Marina

4

1

Sacasa López Catalina

Medina Ballestero Pedro

4

6

Muñoz Vives Doris

Muñoz Morales Ramón

4

12

Bolaños Barquero Salvador

Bolaños Torres Maritza

4

13

 

Cascante Navarro Ramona

4

15

Solís Ortega Edwin

Boza Guevara Magdalena

4

20

Montero Sánchez Arnoldo

Henríquez Rauda Raimunda

5

8

Tenorio Guzmán María

Castro González María

5

19

Fonseca Rivera Reinaldo

Vargas Fonseca Mauricio

5

23

Méndez Orozco Frank

Méndez Orozco José Alfredo

5

24

Sánchez Molina Luis

Niño Gaitán Leiva

6

14

Pérez Venegas Carolina

Niño Pérez Venegas

6

19

Arleta Rizo Luis

Srleta Castellano Joaquín

6

26

 

Halphen A. Humberto

 

Montes de Oca.—Departamento de Captación de Ingresos.—Alejandro Villalobos M., Jefe.—(IN2012029190).                          3 v. 2. Alt.

FE DE ERRATAS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO

DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Artículo 1º—Mediante resolución de Declaratoria de Interés Público 1041 del 20 de noviembre del 2009, publicada el 12 de setiembre del 2011 en La Gaceta número 175 se consignó que la franja de terreno a adquirir por parte del estado según plano catastrado A-1306451-2008 de 286 metros cuadrados es propiedad de Marcos Arroyo Rodríguez, Blanca González Peraza, Alicia Arroyo Rodríguez y Martín Arroyo Rodríguez. Siendo lo correcto indicar que en la franja de terreno a adquirir por parte del estado existen varias personas que alegan tener algún derecho sobre ese terreno, sin embargo dicho terreno no se encuentra inscrito en el registro inmobiliario a nombre de nadie.

Artículo 2º—De conformidad con el artículo 25 de la Ley 7495 y sus reformas se deberá notificar a todos los interesados, de las diligencias expropiatorias gestionadas por el Consejo Nacional de Concesiones sobre la franja de terreno señalada. En lo demás manténgase incólume la resolución de cita. Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las 14:33 horas del día 18 del mes de abril del 2012.

Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes.—Francisco J. Jiménez.—1 vez.—O. C. Nº 26-2012.—Solicitud Nº 08921.—C-11750.—(IN2012041194).