LA GACETA Nº 101 DEL 25 DE MAYO DEL 2012

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

LICITACIONES

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

SALUD

BANCO DE COSTA RICA

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

REMATES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

FE DE ERRATAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

EDICTO

El señor Heiner Hernández Ávila, con número de cédula número 1-0820-0051, vecino de Alajuela, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Distrivet S. A., con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Respirox BF, fabricado por Laboratorio Farmatec Ltda., Colombia, con los siguientes principios activos: cada 100 ml contiene: bromhexina clorhidrato 0.35 g, guaifenesina (guayacolato de glicerilo) 2.00 g y mentol 0.30 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Mucolítico y expectorante. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que to hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 9 horas del 23 de marzo de 2012.—Direcciónde Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012024263).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 71, título N° 217, emitido por el Liceo del Este en el año dos mil diez, a nombre de López Ibarra María del Carmen. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diecisiete días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012034745).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 242, título N° 2154, emitido por el Liceo Dr. Vicente Lachner Sandoval en el año dos mil tres, a nombre de Meza Calvo Gabriel Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los nueve días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, JefA.—(IN2012034832).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo ii, folio 31, título N° 1642, emitido por el Colegio Superior de Señoritas en el año dos mil cinco, a nombre de Rojas Jiménez Blanca Johana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012034965).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 205, título Nº 1887, emitido por el Liceo San Rafael de Alajuela, en el año dos mil diez, a nombre de Rizo Artica Jatir Mauriel. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Huete Artica Jatir Mauriel. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012034967).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 02, título Nº 18, emitido por el Liceo San Rafael Alajuela, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Soto Matamoros Luis Elías. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintisiete días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012035022).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 248, título Nº 1892, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año dos mil tres, a nombre de Baltodano Rodríguez Berny José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012035073).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 234, título N° 4725, emitido por el Colegio Técnico Vocacional Monseñor Sanabria, en el año dos mil tres, a nombre de Araya Fallas Juan José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de diciembre del 2008.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora.—(IN2012035234).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 25, título N° 246, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Talamanca, en el año dos mil cuatro, a nombre de Ramírez Navarro Jéssica. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de noviembre del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012291343.—(IN2012035717).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 49, título N° 306, emitido por el Liceo de Ciudad Nelly, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Esquivel Muñoz Karla Yesenia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de abril del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012291433.—(IN2012035718).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 77, asiento N° 85-118, emitido por el Liceo Unesco, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Zúñiga Esquivel Giselle. Se solicita la reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefe.—(IN2012034224).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 246, título N° 3090, emitido por el Instituto Superior Julio Acosta García en el año dos mil cinco, a nombre de Álvarez Parajeles Eddy Alonso. Se solicita la reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintiséis días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefe.—(IN2012034247).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 84, título N° 2477, emitido por el Colegio Nocturno de Cartago en el año dos mil diez, a nombre de Méndez Solano Bryan Jesús. Se solicita la reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciséis días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefe.—Nº RP2012290797.—(IN2012034319).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 39, título N° 157, emitido por el Colegio Ing. Alejandro Quesada Ramírez en el año dos mil cinco, a nombre de Barrantes Sanabria Carlos Manuel. Se solicita la reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefe.—Nº RP2012290959.—(IN2012034320).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 82, título N° 777, emitido por el Liceo Julio Fonseca Gutiérrez en el año dos mil ocho, a nombre de Muñoz Rivera Mauren Melissa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de mayo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012038209).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 259, título N° 5089, emitido en el año dos mil cuatro y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado, inscrito en el tomo 02, folio 377, título N° 10017, emitido en el año dos mil tres, ambos títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Vocacional Monseñor Sanabria, a nombre de Navarro Murillo Stephanie Adriana. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012038284).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Servicios Ambientales R. L siglas Coopeambiente R. L., acordada en asamblea celebrada el 21 de octubre de 2010. Resolución 1400-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Presidente              Mayra Linares Campos

Vicepresidente      Miriam Rojas Delgado

Secretario               Flory Valverde Arce

Vocal 1                    Xinia Bogarín Vega

Vocal 2                    María de los Ángeles Salas Solís

Suplente 1              Lorena Trejos Mena

Suplente 2              Flora Álvarez Rodríguez

Gerente                   José Luis Ochoa Morera

San José, 9 de abril de 2012.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefe a. í.—(IN2012034209).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Para ver las marcas de Fábrica solo en La Gaceta PDF o impresa

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Cambio de Nombre Nº 77871

Que María del Pilar López Quirós, cédula de identidad 1-1066-0601, en calidad de Apoderada Especial de The Sheraton LLC, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de The Sheraton Corporation por el de The Sheraton LLC, presentada el día 16 de marzo del 2012 bajo expediente 77871. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2006-0006400 Registro Nº 166286 PHOENICIAN en clase 43 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de marzo del 2012.—Tomás Montenegro Montenegro, Registrador.—1 vez.—(IN2012033506).

Marcas de ganado

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Nº 102.069.—Sergio Valverde Zamora, cédula Nº 2-0431-0949, representada por el señor Irmo Zamora González, cédula Nº 2-0009-0748, con facultades de apoderado generalísimo, solicita el registro de:

3

V     9

como marca de ganado que usará preferentemente en Heredia, Sarapiquí, La Virgen. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 19 de abril del 2012.—Lic. Karol Claudel Palma, Registradora.—Nº RP2012289222.—(IN2012031343).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Nº 8056.—Omar Hidalgo Araya, cédula de identidad número 2-0284-1368, mayor, divorciado, solicita el registro de:

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

como marca de ganado que usará preferentemente en Alajuela, Poás, San Juan, Calle Lilis, contiguo al Centro Turístico El Quijote. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—(IN2012032444).

Nº 4.740.—Noé Cascante Rodríguez, cédula de identidad número 5-0044-0972, mayor, viudo una vez, solicita el registro de:

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Santa Cruz, Barrio El Cacao, de la escuela Francisco Chávez 2 km al sur. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 2 de marzo del 2012.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP2012289939.—(IN2012032471).

Nº 2012-350.—Rancho La Pastorcita Limitada, cédula jurídica No 3-102-647374, representada por el señor Luis Alonso Vega Gamboa, cédula No 3-0357-0049, con facultades de apoderado generalísimo. Solicita el Registro de:

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

como marca de ganado que usará preferentemente en Cartago, Turrialba, Santa Cruz, La Pastora, 1 km. norte de la iglesia católica. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 30 de marzo del 2012.—Lic. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—(IN2012032729).

Nº 2011-3530.—Mario Alexander Flores Chavarría, cédula de identidad número 5-0292-0046, mayor, casado una vez, solicita el registro de:

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Santa Cruz, barrio El Cacao, 150 metros al norte y 250 metros al noreste del abastecedor Silva. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 8 de febrero de 2012.—Lic. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—RP2012290276.—(IN2012033073).

Patentes de Invención

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Merial Limited, de EUA, solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES TÓPICAS QUE COMPRENDEN UN DERIVADO DE 1-N-ARILPIRAZOL Y UNA FORMAMIDINA. La presente invención proporciona, ínter alia, formulaciones tópicas novedosas que comprenden por lo menos un derivado de 1-N arilpirazol y una formamidina tal como amitraz, y métodos para tratar, controlar o prevenir infestaciones por parásitos en mamíferos o aves. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A01N 43/56, cuyos inventores son Boeckh, Albert, Cramer, Luiz, Gustavo, Soll, Mark, D. La solicitud correspondiente lleva el número 20120144, y fue presentada a las 13:16:00 del 23 de marzo de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de abril del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012291449.—(IN2012035712).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, en condición de apoderado especial de Pfizer Inc., de EUA, solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE N1-PIRAZOLOESPIROCETONA ACETIL-CoA CARBOXILASA. La invención proporciona un compuesto de fórmula (1) o una sal farmacéuticamente aceptable del compuesto, en la que R1, R1, R3 y R4 son como se describen en el presente documento; composiciones farmacéuticas del mismo; y el uso del mismo en el tratamiento de enfermedades, afecciones o trastornos modulados por la inhibición de una enzima acetil-CoA carboxilasa en un animal. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/10; A61K 31/438; A61P 1/16; A61P 3/10; cuyos inventores son Bagley, Scott William, Griffith, David, Andrew, Kung, Daniel, Wei-Shung. La solicitud correspondiente lleva el número 20120190, y fue presentada a las 14:36:10 del 18 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de abril del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012291451.—(IN2012035713).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos de La urbanización La Melisa de San Rafael de Alajuela, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: La defensa de los intereses colectivos a través de la colaboración con los organismos públicos en la gestión de los asuntos comunitarios, utilizando los canales de participación ciudadana que les permita actuar en nombre de la comunidad. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Elizabeth Várela Rodríguez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2011 asiento: 208197.—Curridabat, a los diecisiete días del mes de enero del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2012290853.—(IN2012034311).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana de las Asambleas de Dios en Ciruelas, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Desarrollar programas que ayuden a las personas de la tercera edad de la comunidad. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma a un millón de colones, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Luis Antonio Vargas González. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2011 asiento: 344636.—Curridabat, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2012290854.—(IN2012034312).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-087432, denominación: Asociación Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2012 asiento 25765).—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas, 41 minutos y 56 segundos, del 5 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012290858.—(IN2012034313).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la Asociación de Amigos de Sor María Romero. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2012 asiento 2114).—Curridabat, veintinueve de febrero del dos mil doce.—Lic. Henry Jara Solís, Subdirector a. í.—1 vez.—RP2012290893.—(IN2012034314).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-560373, denominación: Asociación Deportiva de Fútbol de San José. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2012 asiento: 56108).—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 39 minutos y 7 segundos, del 13 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012290854.—(IN2012034315).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Una Voce Costa Rica, que es nombre de fantasía, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Mantener, fomentar y difundir la forma extraordinaria del rito romano de la liturgia católica en todas sus manifestaciones. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Daniel Arturo Vargas Mata. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012 asientos: 46450.—Curridabat, 21 de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2012290940.—(IN2012034316).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Graduadas y Graduados de la Universidad Nacional, con domicilio en la provincia de Heredia; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover el mejoramiento académico profesional humano y espiritual de sus miembros. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Vilma Guisselle Carballo Araya. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012 asiento: 61697.—Curridabat, a los siete días del mes de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2012290947.—(IN2012034317).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Familias Cristianas de Exprivados y Privados de Libertad Amor de Dios, con domicilio en la provincia de Guanacaste, Carrillo, Belén, del la escuela de Río Cañas, cincuenta metros al norte y veinticinco al este. Cuyos fines principales entre otros, son: velar por los derechos de los privados de libertad. La propagación de la fe cristiana con base en la doctrina de Jesucristo. Su presidenta Betsy Álvarez Gutiérrez es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012 asiento: 84390, sin adicionales.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 30 minutos, del 27 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2012290961.—(IN2012034318).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 15147 P.—Big Island Ltda., solicita concesión de: 1 litros por segundo de acuífero (pozo CY-119), efectuando la captación en finca de el mismo en Cóbano, Puntarenas, para uso consumo humano, riego y turístico-hotel-piscina restaurante. Coordenadas 175.027 / 411.852 hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de abril del 2012.—J.M. Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012040405).

Exp. 14534 P.—Constructora Bendig S. A., solicita concesión de: 0,2 litros por segundo de Acuífero (Pozo AB-2493), efectuando la captación en finca de el mismo Aserrí, San José, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 202.681 / 528.579 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012041212).

Exp. 15162 A.—Salma, Polanco Gutiérrez solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en Jiménez, Golfito, Puntarenas, para uso turistico – restaurante y hotel. Coordenadas 557.033 / 934.839 hoja Carate. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAE.—(IN2012041215).

Exp. 777 H.—AS Sukkar S. A., solicita concesión de fuerza hidráulica para generación eléctrica y venta al Instituto Costarricense de Electricidad: 347 litros por segundo del río Platanillo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tayutic, Turrialba, Cartago. Coordenadas 199.750 / 585,300 hoja Pejibaye, caída bruta 10,5 metros, potencia teórica 46 kw. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de mayo del 2012.—Ing. José Joaquín Chacón Solano, Director a. í de Agua. MINAET.—(IN2012041223).

Exp. 15084 A.—Orlando, Garita Esquivel solicita concesión de: 2,55 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Sonia Virginia Rodríguez Rodríguez en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano-abrevadero y riego. Coordenadas 257.881 / 486.902 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de marzo del 2012.—J.M. Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012041229).

Exp. 879 H.—Hidroeléctrica Aguas Zarcas, solicita concesión de fuerza hidráulica para generación eléctrica y venta al Instituto Costarricense de Electricidad: 4500 litros por segundo del río Aguas Zarcas, efectuando la captación en finca de su propiedad en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela. Coordenadas 262,600 / 497,700 hoja Aguas Zarcas, caída bruta 30 metros, potencia teórica 1323kw y 1500 litros por segundo del río La Ceiba, efectuando la captación en finca de su propiedad en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela. Coordenadas 262.700 / 496,050 hoja Aguas Zarcas y Quesada caída bruta 208 metros, potencia teórica 13.026.00 kw. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de abril del 2012.—J.M. Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012041232).

Exp. 8239 P.—Parque de Oro Siete S. A., solicita concesión de: 0,5 litros por segundo de Acuífero (Pozo RG-423), efectuando la captación en finca de Olympus S. A., en Concepción, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 214.700 / 495.300 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de abril del 2012.—J.M. Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012041234).

Exp. 2268 P.—Inversiones Aziru Aiz S. A., solicita concesión de: 1,3 litros por segundo de acuífero (pozo BA-135), efectuando la captación en finca de el mismo en río Segundo, Alajuela, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 221.233 / 516.912 hoja río Segundo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de abril del 2012.—J.M. Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012041237).

Exp. 2614 A.—Asociación Roblealto Pro Bienestar del Niño, solicita concesión de: 1,25 litros por segundo del río Birrí, efectuando la captación en finca de el mismo en San José de La Montaña, Barva, Heredia, para uso granja-lechería y riego, coordenadas 227.800/5220600 hoja Porrosati. 2,9 litros por segundo del río Porrosati, efectuando la captación en finca de el mismo en San José de la Montaña, Barva, Heredia, para uso para uso granja - lechería y riego, coordenadas 227.800/5220600 hoja Porrosati. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de abril del 2012.—J.M. Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012041570).

Exp. 13854 P.—Espinas Mágicas Ltda., solicita concesión de: 4 litros por segundo de acuífero (pozo TS-150), efectuando la captación en finca de el mismo Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico-hotel-piscinas. Coordenadas 187.974 / 466.895 hoja Tárcoles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de mayo del 2012.—J.M. Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012042503).

Exp. 9054 P.—Inversiones La Cascada del Atlántico S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de aguas acuífero (Pozo MO-50), efectuando la captación en finca de su propiedad en Carrandi, Matina, Limón, para uso consumo humano-comercial. Coordenadas 223.300 / 623.300 hoja Moín. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de abril del 2012.—J.M. Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012042584).

Exp. 9868 A.—José Luis Alvarado Carranza, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmira, Zarcero, Alajuela, para riego. Coordenadas 245.250 / 498.550 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de abril del 2012.—J.M. Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012042615).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. Nº 7451-P.—Deminix S. A, solicita concesión de: 2 litros por segundo del pozo CZ-30, efectuando la captación en finca de su propiedad en Hojancha, Hojancha, Guanacaste, para uso turístico, otro. Coordenadas 206.650/375.890 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de noviembre del 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012035535).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 14042P.—Municipalidad de Alajuela, solicita concesión de: 10 litros por segundo de acuífero (pozo sin número), efectuando la captación en finca del mismo en Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 221.776 / 511.365 hoja La Lajuela. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012034598).

Exp. 15094A.—Xinia Suárez Villalta solicita concesión de 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Walter Salas Villalta en Pitahaya, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 238.700 / 449.750 hoja Chapernal. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038202).

Exp. 11139A.—Malinche S. A., solicita concesión de: 6,5 litros por segundo de la quebrada Chitaria, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tres Equis, Turrialba, Cartago, para uso acuicultura. Coordenadas 213.476 / 581.385 hoja Tucurrique. 6,52 litros por segundo del nacimiento Chitaria, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tres Equis, Turrialba, Cartago, para uso acuicultura. Coordenadas 213.643 / 581.520 hoja Tucurrique. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038205).

Exp. 10124P.—Piñales de Santa Clara S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo de acuífero (pozo RT-17), efectuando la captación en finca de su propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso consumo humano y fumigación. Coordenadas 268.050 / 520.125 hoja Río Cuarto. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038232).

Exp. 15118A.—Nájeras Asociados Q Y R S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Finca La Cuesta S. A. en Dulce Nombre, Cartago, para uso consumo humano. Coordenadas 199.800 / 550.070 hoja Tapantí. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038235).

Exp. 8500A.—Coop. Agroindustria Productores de Palma Aceitera S.R.L, solicita concesión de: 8,04 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Cuesta, Corredores, Puntarenas, para uso consumo humano y agroindustria. Coordenadas 265,700 / 579,400 hoja Laurel. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038238).

Exp. 15151A.—Lisímaco Abarca Sánchez solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Olga Martha Mora Barboza en Salitrillos, Aserrí, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 202.570 / 527.820 hoja Aczari. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038240).

Exp. 15096A.—The Beautiful Teak Tree SRL, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 346.862 / 493.745 hoja Coronado. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038242).

Exp. Nº 15093A.—Bosque Ilusión S. A., solicita concesión de: 0,75 litros por segundo de la quebrada Salto, efectuando la captación en finca de su propiedad en Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 142.160 / 555.113 hoja Dominical. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038243).

Exp. Nº 15116A.—Giselle Porras Rivera, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 360.395 /495.708 hoja Repunta. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038245).

Exp. Nº 9533A.—Carlos Azofeifa Aguilar y otros solicitan concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Aserrí, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 203.400 /524.750 hoja Abra. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038247).

Exp. Nº 10070P.—Ugalvi L Y M S.A., solicita concesión de: 0,75 litros por segundo de acuífero (pozo BA-664), efectuando la captación en finca de su propiedad en San Juan, Poás, Alajuela, para uso riego. Coordenadas 230.750 / 509.200 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038258).

Exp. Nº 8099A.—Sociedad de Usuarios de Agua La Guácima, solicita concesión de: 41,5 litros por segundo del río Segundo, efectuando la captación en finca de Fernando Chaves Solano en Guácima, Alajuela para riego. Coordenadas 217.300 /511.200 hoja Abra. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038262).

Exp. Nº 8542A.—Mario Espinoza Gómez, solicita concesión de: 0,08 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Joaquín Oviedo Arias en San Rafael, Poás, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico e industria. Coordenadas 230.400 / 507.400 hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de abril de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012038265).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

RESOLUCIONES

Nº 0000149.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las catorce horas con diez minutos del veinticinco de abril del dos mil doce. Expediente Nº 440-S-2011.

Liquidación de gastos correspondiente a las elecciones celebradas el 5 de diciembre del 2010, presentada por la Coalición Cartago Unido.

Visto el oficio Nº PAC-CE-018-2012 del 24 de enero del 2011, suscrito por la señora Elizaberth Fonseca Corrales, presidenta del Comité Ejecutivo Nacional del partido Acción Ciudadana, mediante el cual solicita que el monto reconocido a esa agrupación política, a título de contribución estatal y como integrante de la Coalición Cartago Unido por los gastos relativos a su participación en las elecciones municipales de diciembre del 2011, se deposite en la cuenta corriente Nº 100-01-080-003442-4 del Banco Nacional, la cual tiene asociada la cuenta cliente Nº 15108010010034420 (ver copia a folio 148, cuyo original se encuentra agregado a folio 119 del expediente Nº 423-E-2011); se dispone: habiéndose subsanado el motivo que justificó la retención dispuesta en la resolución de este Tribunal Nº 630-E10-2012 de las 10:15 horas del 23 de enero del 2012, procede levantar la retención por ¢2.029.073,29, que corresponde al 25% del monto total de los gastos reconocidos a la Coalición Cartago Unido. Por consiguiente, proceda el Ministerio de Hacienda, a través de la Tesorería Nacional, a girarle al partido Acción Ciudadana la suma de ¢2.029.073,29 (dos millones veintinueve mil setenta y tres colones con veintinueve céntimos) mediante depósito en la cuenta corriente Nº 100-01-080-003442-4 del Banco Nacional, la cual tiene asociada la cuenta cliente Nº 15108010010034420. Notifíquese al Partido Acción Ciudadana. Comuníquese a la Tesorería Nacional y al Ministerio de Hacienda y publíquese en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Max Alberto Esquivel Faerron.—Juan Antonio Casafont Odor.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012035728).

EDICTOS

Registro Civil – Departamento Civil

OFICINA ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 23674-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta minutos del seis de marzo del dos mil doce. Procedimiento Administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Justin Yoel Camareno Camareno, que lleva el número trescientos dos, folio ciento cincuenta y uno, tomo cuatrocientos cuarenta y cinco; de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos, en el sentido que el mismo es hijo de “Manuel de Jesuz Parajón Torres, nicaragüense y Roxana Camareno Barrantes, costarricense”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Manuel de Jesuz Parajón Torres, Jorge Arturo Camareno Camareno y a la señora Roxana Camareno Barrantes, con el propósito que se pronuncien en relación con la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—O. C. Nº 14896.—Solicitud Nº 338-2012.—C-53600.—(IN2012036995).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Maribel Reyes Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1441-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas veinticinco minutos del veinticuatro de agosto del dos mil nueve. Exp. Nº 20810-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Juliana Carolina Castillo Reyes... en el sentido que la nacionalidad de la madre... es “nicaragüense”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil.—Lic. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2012034240).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Lidia María Ampié Sánchez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 546-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y treinta minutos del siete de febrero del dos mil doce. Exp. Nº 31917-2011. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Silvio Enrique Sotelo Chavarría con Lidia María Ampié Sánchez...; en el sentido que el segundo apellido de la madre del cónyuge, consecuentemente el segundo apellido del mismo es “Rocha” y no como se consignó. Asimismo, hágase constar al margen del precitado asiento de matrimonio que actualmente el cónyuge es “costarricense” y portador de la cédula de identidad número “ocho-cero ochenta y ocho-ochocientos sesenta”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í, Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012290827.—(IN2012034327).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosario del Milagro García Piedra, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 208-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y cinco minutos del diez de enero del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 23440-2006. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Wendy Michelle Pauth Valverde, en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “García”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2012035744).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Esteban Mojica Lizano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2103-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinte minutos del veinte de setiembre del dos mil once. Expediente Nº 29024-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Esteban Mojica Lizano…, en el sentido que los apellidos de la madre… son “Barquero Lizano”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012291819.—(IN2012035819).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ronald Andrés Rivera Picado, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2150-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dos minutos del veintidós de setiembre del dos mil diez. Expediente Nº 28255-2010. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Ronaldo Andrés Rivera Picado con Jennifer Stephanie Salazar Campos…; en el sentido que el primer nombre del cónyuge es “Ronald”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012291771.—(IN2012035820).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Antonia Solís López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3631-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cincuenta y dos minutos del veintiuno de diciembre del dos mil once. Expediente Nº 45662-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de María José Chavarría Solís y de Génesis Marbelis Chavarría Solís, en el sentido que el nombre de la madre… es “María Antonia”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012291770.—(IN2012035821).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ligia del Carmen Ayala, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 360-2002.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas del veintiocho de febrero del dos mil dos. Expediente Nº 27708-2001. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Bayam Josué Moya Ayala…, en el sentido que el nombre de la persona ahí inscrita es “Brayan Josué”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—RP2012291658.—(IN2012036212).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Jorge Luis Espinoza Lezama, mayor, soltero, oficinista, nicaragüense, cédula de residencia 155809003519, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 338-2012.—San José, veinticinco de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—RP2012290737.—(IN2012034321).

Hsuei Chi Tsai Chen, mayor, casado, empresario, chino, cédula de residencia 115600223113, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1219-2011.—San José, diecinueve de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—RP2012290750.—(IN2012034322).

Nicolás Bucardo Luna, mayor, soltero, peón agrícola, nicaragüense, cédula de residencia 155800203417, vecino de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2606-2011.—San José, ocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—RP2012290796.—(IN2012034323).

Melissa Giulietta Pereyra Candamo, mayor, soltera, estudiante, peruana, cédula de residencia 160400010517, vecina de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2681-2009.—San José, cinco de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—RP2012290912.—(IN2012034324).

Enrique Adolfo Cuervo Fajardo, mayor, soltero, técnico de redes, colombiano, cédula de residencia 117000732110, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 322-2012.—San José, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—RP2012290991.—(IN2012034325).

Darling Verónica Gaitán Obando, mayor, soltera, oficinista, nicaragüense, cédula de residencia N° 155807984210, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1900-2009.—San José, dieciséis de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—RP2012291031.—(IN2012034326).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CENTRO ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD CAÑAS

UNIDAD PROGRAMÁTICA: 2555

Modificación Programación de Compras para el año 2012

El Centro de Atención Integral de Salud de Cañas, Región Chorotega, de la Caja Costarricense de Seguro Social en cumplimiento a lo establecido en los artículos Nº 6 de la Ley de Contratación Administrativa y Nº 7 de su Reglamento, se informa que se ha modificado el Plan Anual de Compras para el año 2012 el cual se puede ver detallado en la página Web Institucional en la dirección http://www.ccss.sa.cr.

Cañas, 21 mayo del 2012.—Dr. Marvin Palma Lostalo, Director General.—Lic. Isaías Chavarría Álvarez, Director Administrativo a. í.—1 vez.—(IN2012045876).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CHOROTEGA U.P. 2599

I modificación Programa de Adquisiciones año 2012

En La Gaceta N° 16 del 23 enero del 2012 se publicó el Programa de Adquisiciones correspondiente al año 2012. No obstante se informa a los interesados que el mismo se modifica por primera vez y se encuentra disponible en la página web de la Caja Costarricense de Seguro Social, dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr, en el enlace “Transparencia-Contratación y otros Servicios”.

Liberia, 22 de mayo del 2012.—Dr. Anner Angulo Leiva, Director Regional.—1 vez.—(IN2012045994).

LICITACIONES

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000007-UTN

Compra de equipos de laboratorio de suelos y ambiente

La Proveeduría Institucional de la Universidad Técnica Nacional, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 15 de junio del 2012, para la compra de equipos de laboratorio de suelos y ambiente.

El cartel correspondiente debe ser solicitado al correo jsolis@utn.ac.cr, vcascante@utn.ac.cr.

Para consultas al correo jsolis@utn.ac.cr, vcascante@utn.ac.cr, mgonzalez@utn.ac.cr y (o) al fax 2430-3496.

Alajuela, 17 de mayo del 2012.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2012045946).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-UTN

Contratación de servicios de ingeniería por demanda

La Proveeduría Institucional de la Universidad Técnica Nacional, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 21 de junio del 2012, para la adquisición por demanda de servicios profesionales por parte de una empresa consultora.

El cartel correspondiente debe ser solicitado al correo jsolis@utn.ac.cr

Todas las consultas deben ser enviadas por escrito al fax 2430-3496 o bien al correo jsolis@utn.ac.cr con copia al correo mgonzalez@utn.ac.cr

17 de mayo del 2012.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2012045947).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000008-UTN

Adquisición de licencias para laboratorios

La Proveeduría Institucional de La Universidad Técnica Nacional, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 7 de junio del 2012, para la adquisición de las siguientes licencias: Arena Professional Edition, Minitab Statistical Software (versión 16) y Solución de Tecnología CAD/CAM e Ingeniería PLM-Versión educativa.

El cartel correspondiente debe ser solicitado al correo jperez@utn.ac.cr.

Para consultas al correo jperez@utn.ac.cr y/o al fax 2430-3496.

17 de mayo del 2012.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2012045948).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA

DR. RAÚL BLANCO CERVANTES

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-2202

Servicio de lavado y planchado de ropa por periodo

de un año con posibilidad de tres prórrogas

y modalidad de entrega según demanda

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Nacional de Geriatría y Gerontología Dr. Raúl Blanco Cervantes, con autorización de la Administración General, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas del día 12 de junio del 2012.

Las bases del concurso están a disposición de los oferentes en la Subárea de Contratación Administrativa, sótano norte del Hospital de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m.d. o en la dirección electrónica http//www.ccss.sa.cr.

El Cartel tiene un costo de ¢490,00 (cuatrocientos noventa colones exactos).

San José, 21 de mayo del 2012.—Área Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. José Vargas Zúñiga, Jefe.—1 vez.—(IN2012045476).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000005-03

Contratación de servicios de concesión y explotación de soda

para la Ciudad Tecnológica Mario Echandi Jiménez

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 14 de junio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

San José, 22 de mayo del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46878.—C-13180.—(IN2012045916).

AVISOS

POPULAR VALORES, PUESTO DE BOLSA S. A.

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-000011-01

Contratación del servicio de mantenimiento preventivo

de las Unidades de Potencia Ininterrumpida (UPS)

de Popular Valores, Puesto de Bolsa S. A.

Popular Valores, Puesto de Bolsa S. A., invita a los potenciales oferentes a participar en la Contratación Directa Nº 2012CD-000011-01 para lo cual recibirá ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del día 01 de junio del 2012.

Los interesados en este concurso podrán adquirir el cartel por un valor de ¢500,00 (quinientos colones exactos), el pago y retiro del mismo se puede realizar en las Oficinas de Popular Valores, Puesto de Bolsa S. A., ubicadas en San José, Paseo Colón, octavo piso del edificio Torre Mercedes con un horario de lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

San José, 22 de mayo del 2012.—Servicios Administrativos.—Lic. Ricardo Hernández Agüero, Jefe.—1 vez.—(IN2012045980).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MATINA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-000054-01

Contratación para el servicio de depósito

final de desechos sólidos

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Matina, ubicada en el distrito primero del cantón de Matina, recibirá ofertas para el proceso de Contratación Administrativa tramitado bajo la modalidad de Contratación Directa Nº 2012CD-000054-01, denominada “Contratación para el servicio de depósito final de desechos sólidos”, hasta las 10:00 horas del quinto día hábil posterior a la publicación en el diario oficial La Gaceta. Seguidamente se procederá con el acto de apertura de las ofertas esto con el propósito de llevar a cabo la contratación para el servicio de depósito final de desechos sólidos, según las condiciones y especificaciones que se dictaran en el cartel, para esta contratación. Dicho cartel estará a disposición de cualquier interesado en las oficinas de la Proveeduría Municipal, de la Municipalidad de Matina, podrá ser solicitado vía teléfono-fax al 2718-1537, o correo electrónico canales_delgado@yahoo.com.mx.

Matina, 21 de mayo del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Yorleny Canales Delgado, Proveedora a. í.—1 vez.—(IN2012045893).

ADJUDICACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

PROYECTO DE EQUIDAD Y EFICIENCIA

DE LA EDUCACIÓN

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD

DE LA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

2012PP-000002-00100 (2012LPN-000002-PROV)

Construcción de obra nueva en la Red

de la Telesecundaria Yeri

Se avisa a los interesados que el Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Educación General Básica (PROMECE), que por Resolución de Adjudicación Nº 26-2010, del 14 de mayo del 2012, para la Licitación Pública Nacional Nº 2012PP-000002-0100 (2012LPN-000002-PROV), se adjudica de la siguiente manera:

Línea Única: Escuela Río Azul, Escuela Sipar y Escuela Arturo Tinoco, de la Red de la Telesecundaria Yerí, al Consorcio Consultoría y Construcción P & S S. A., cédula jurídica Nº 3-101-269155 y Multiservicios Machado S. A., cédula jurídica Nº 3-101-278668, por un monto total con impuestos de ¢299.668.807,32 (Doscientos noventa y nueve millones seiscientos sesenta y ocho mil ochocientos siete con 32/100 colones costarricenses).

Plazo de ejecución de las obras: ciento cincuenta (150) días naturales. Garantía de cumplimiento: el 5% del monto total adjudicado. Forma de pago: usual de la Institución especificado en el Cartel.

San José, 15 de mayo del 2012.—Proveeduría.—Licda. Marielena Molina Pacheco, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 033-2012.—Solicitud Nº 42411.—C-13160.—(IN2012045910).

SALUD

INSTITUTO SOBRE ALCOHOLISMO

Y FARMACODEPENDENCIA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-99999

Impresión de folletos y “brochures” informativos

El Instituto Sobre Alcoholismo y Farmacodependencia comunica que la Junta Directiva en la Sesión del día 8 de mayo, acuerdo firme Nº 5, conoció y adjudicó la licitación antes mencionada de la siguiente manera:

    Profesionales en Ventas Proventas S. A.: Líneas 1, 10, 11, 21 por un monto global de ¢485.600,00 colones

    Jiménez y Tanzi S. A.: Líneas 2 y 5 por ¢33.903.937,50 colones.

    Cóndor Editores de Costa Rica S. A.: Líneas 3, 4, 6, 8 y 9 por un monto global de ¢61.910.140,00.

    Litografía e Imprenta Lil S. A.: Líneas 7, 15, 17, 18 y 19 por un monto de ¢1.713.500,00

    Publicidad Progresiva S. A.: Líneas 12, 13 y 16 por $610,00 dólares US

    Mundo Creativo S. A.: Línea 14, por un monto de ¢205.000,00.

    La línea 20 se declara infructuosa.

San Pedro de Montes de Oca, 10 de mayo del 2012.—Subproceso de Adquisición de Bienes y Servicios.—Lic. Leónidas Ramírez Villalobos.—1 vez.—O. C. Nº 22459.—Solicitud Nº 46605.—C-24460.—(IN2012045802).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000010-01

Adquisición por demanda de hasta 50 impresoras

de inyección de tinta a color y hasta 160

impresoras láser monocromáticas

Se les informa a los interesados en la licitación en referencia, que la misma fue declarada infructuosa.

San José, 22 de mayo del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge, Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6509.—C-11300.—(IN2012045919).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000018-01

Transporte, instalación y desinstalación

de materiales publicitarios

Se les informa a los interesados en la licitación  en referencia, que la misma fue declarada infructuosa.

San José, 21 de mayo del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge, Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 616630.—Solicitud Nº 6508.—C-10360.—(IN2012045920).

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000007-01

Contratación de una empresa (persona jurídica)

para la adquisición de un paquete de software

para la gestión de riesgos operacionales

El Banco Hipotecario de la Vivienda, a través de la Gerencia General, mediante resolución motivada resolvió; adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000007-01, para la contratación de una empresa (persona jurídica) para la adquisición de un paquete de software para la gestión de riesgos operacionales, a la empresa Métodos Avanzados de Sistemas MÁS S. A.

Dirección Administrativa.—Margoth Campos Barrantes, Directora Administrativa.—1 vez.—(IN2012045808).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-2304

Frijoles

Contratación a un año prorrogable a tres periodos iguales

A los interesados en el presente concurso se les comunica, según nota de la Dirección Administrativa Financiera DAF 0444-2012, fechada 21 de mayo del 2012, se adjudica de la siguiente manera:

Ítem Único

Oferta número: tres.

Oferente: Consorcio San Rafaeleño Ale LJ S. A., cédula

jurídica: 3-101-502745.

Monto total adjudicado: ¢9.199.908,00 (nueve millones ciento noventa y nueve mil novecientos ocho colones netos).

Ver detalles en: http://www.ccss.sa.cr.

San José, 21 mayo del 2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Licda. Meriam Retana Vega, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2012045435).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LP-000001-01

(Se declara sin efecto)

Construcción de una Red de Cuido y Desarrollo

Infantil en Montes de Oro

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Montes de Oro, comunica que el proceso licitatorio Nº 2012LP-000001-01, publicado en La Gaceta Nº 83 del lunes 30 de abril del 2012, para la “Construcción de una Red de Cuido y Desarrollo Infantil en Montes de Oro”, por razones de interés público y al amparo del artículo 58 del Reglamento de Contratación Administrativa, se deja sin efecto.

Haciendo la observación, que oportunamente a través de este mismo medio, se invitará a un nuevo proceso.

Álvaro Jiménez Cruz, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2012045477).

REMATES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

REMATE N° 2012-04

Venta de equipos de imprenta y artículos de pasamanería

El Instituto Nacional de Seguros, comunica a los interesados sobre el remate de equipos de imprenta y artículos de pasamanería, a realizarse el 13 de junio de 2012, a partir de las 9:00 horas, en el Auditorio de planta baja del edificio de oficinas centrales del Instituto, de acuerdo con las siguientes condiciones y especificaciones:

 

Renglón

Cantidad

Descripción

Precio base

1

1

Equipo de impresión para offset.            ABDICK, 9840, serie 5212

$750,00

 

Renglón

Cantidad

Descripción

Precio base

2

1

Reveladora de negativos X-Ray.             Screen, Companica 5161, serie 78010-4477

$200,00

 

Renglón

Cantidad

Descripción

Precio base

3

1

Secador eléctrico gabinete.                  Screen, C-24-D, serie 5704158

$400,00

 

Renglón

Cantidad

Descripción

Precio base

4

1

Matrizadora para planchas de cartón.           Iwatsu, Elefax PM-52V, sin serie

$1.125,00

 

Renglón

Cantidad

Descripción

Precio base

5

1

Coleccionadora de Papel.

HORIZON, COLLATOR AC-600 serie 77010

$1,125.00

 

Renglón

Cantidad

Descripción

Precio base

6

6

Pelador metálico

¢324.525

57

Alicate para cutícula

35

Set metálico para manos

235

Corta uñas pedicure

44

Pinza metálica para uñas

37

Lima metálica para uñas

15

Tijera metálica multiusos

14

Cepillo plateados para pelo

43

Cepillo madera con punta

35

Cepillo madera sin punta

 

VISITAS DE INSPECCIÓN:

Los interesados podrán inspeccionar los equipos de imprenta y los artículos de pasamanería en el Almacén de Existencias, ubicado en San Lorenzo de Desamparados, frente al Colegio Técnico Dos Cercas, a partir del 6 y hasta el 12 de junio de 2012; identificándose con los vigilantes de turno en horario de 8:00 a. m. a 3:00 p. m. Para lo cual pueden contactar al funcionario Omar Carmona Monestel, al teléfono 2287-6000, ext. 2721, 2766 ó 2735.

Lo anterior constituye un resumen del cartel el cual pueden adquirir sin costo alguno en el Departamento Proveeduría, ubicado en el octavo piso de Oficinas Centrales o bien puede ser descargado en la página principal del INS (www.ins-cr.com).

Departamento de Proveeduría.—Msc. Francisco Cordero Fallas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 18480.—Solicitud Nº 0582.—C-63860.—(IN2012046003).

FE DE ERRATAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000004-PCAD

(Prórroga Nº 1)

Compra de sistema de potencia ininterrumpida

de sistema modular

Se les comunica a los interesados que se prorroga de oficio la fecha y hora para la apertura de ofertas de este concurso para el día 5 de junio de 2012 a las 10:00 horas.

Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 22 de mayo del 2012.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2012045993).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000020-PRI

(Circular Nº 1)

Abastecimiento de agua potable Santa María

de Río Jiménez Guácimo

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación podrán hacer retiro de la Circular Nº 1.

Los documentos que conforman la Circular Nº 1, podrán descargarse de la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien retirarse en la dirección de Proveeduría del AyA, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA ubicado en Pavas.

San José, 22 de mayo del 2012.—Dirección de Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2012-02.—Solicitud Nº 42100.—C-13180.—(IN2012045964).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSFORMACIÓN

Y GESTIÓN DE MEDIOS

DIRECCIÓN LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Banco Nacional de Costa Rica, Oficina Principal, avisa a las siguientes personas que tienen pendiente su retiro de bienes en Custodia por Cajitas de Seguridad abiertas por incumplimiento de contrato:

 

Cajita

Nombre

Identificación

Apertura

673

Edificios Franco S. A.

3-101-018633-12

30-11-2011

6221

Jorge Cubero Malavasi

1-0389-0969

30-11-2011

2319

María del Carmen Blanco Rodríguez

1-0167-0286

28-12-2011

 

Para mayor información puede comunicarse a los teléfonos Nos. 2212-2698 ó 2212-2445, Custodia de Valores, Oficina Principal del Banco Nacional de Costa Rica.

La Uruca, 3 de mayo del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—O. C. Nº 511099.—Solicitud Nº 41974.—C-58160.—(IN2012037021).

SUCURSAL LIMÓN

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Yo, Jorge Quen Prada, cédula de identidad no. 8-0031-0521, representante legal de la Asociación Independiente de la Familia N G, cédula jurídica 3-002-051752, solicitante del Certificado de Depósito a Plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de Limón, que se detalla a continuación:

        C.D.P                          Monto              Emisión           Vencimiento

400-02-001-013207-0      $70.492,34        06-04-2010           11-10-2010

        Cupón                          Monto              Emisión           Vencimiento

          Cero                           $316,60           06-04-2010           11-10-2010

Título(s) emitido (s) Asociación Independiente de la Familia N G, a una tasa de interés del 0.95 %. Solicito reposición de este documento por causa de pérdida. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.

Limón, 26 de abril del 2012.—Mario Guzmán Prendas, Director de Operaciones.—(IN2012035149).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de reposición del diploma, correspondiente al tÍtulo de Maestría en Psicopedagogía a nombre de Maritza Trejos Gamboa, cédula de identidad 6-256-759. El mismo se encuentra registrado bajo la inscripción que se detalla a continuación:

 

Tomo: IX

Folio: 1537

Asiento: 24

 

Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Dado a solicitud de la interesada en San José, a los veintisiete días del mes de abril del dos mil doce, por la Lic. Tatyana Bermúdez Vargas, Encargada del Área de Graduación y certificaciones de la Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—(IN2012034785).

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado por motivo de solicitud de reposición del diploma, correspondiente al título de Licenciatura en Docencia en Enseñanza del Castellano y Literatura a nombre de Maritza Trejos Gamboa, cédula de identidad 6-256-759. El mismo se encuentra registrado bajo la inscripción que se detalla a continuación:

 

Tomo: VII

Folio: 997

Asiento: 36

 

Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Dado a solicitud de la interesada en San José, a los veintisiete días del mes de abril del dos mil doce, por la Lic. Tatyana Bermúdez Vargas, Encargada del Área de Graduación y Certificaciones de la Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—(IN2012034786).

DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Fonseca Camacho Roberto Mauricio, de nacionalidad costarricense, cédula Nº 106930933, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Bachillerato en Ciencias en Administración de Empresas, obtenido en la John Brown University de Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 10 de mayo del 2012.—Comisión de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Coordinadora.—(IN2012040305).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 04 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 03 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita establecer una servidumbre y medio sitio de torre, necesario para el paso de la Línea de Transmisión Desvío Cariblanco-San Miguel, situado en el partido cuarto Heredia, cantón primero Heredia, distrito quinto Vara Blanca; la dirección del inmueble es 1,5 km al oeste de la escuela de La Colonia Virgen del Socorro.

El inmueble está inscrito en el Registro de la propiedad en Folio Real 4-072617-001 al 003, plano catastrado no se indica; propiedad de Carlos Alberto Molina Mejía, cédula de identidad 9-0065-0815, mayor, casado, derecho 001 y William Rodolfo Molina Mejía, cédula de identidad 4-0113-0746, mayor, casado, ambos agricultores, vecinos de Colonia Virgen del Socorro, 200 m este del EBAIS, derecho 002; y Elsie Mejía Campos, cédula de identidad 4-0058-0126, difunta, dueña de usufructo sobre finca, derecho 003; el inmueble se encuentra en posesión de Gilberto Rafael Ramírez Valerio, cédula de identidad 4-0105-0699, mayor, soltero, empresario, vecino de San Joaquín de Heredia, 600 m sur del BNCR.

La naturaleza del uso del terreno es de repastos, los linderos de la finca son al norte: Guillermo Ruiz Hidalgo, al sur: Carlos Molina Rojas; al este: Guillermo Ruiz Hidalgo, al oeste: Carlos Molina Rojas.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Hidroeléctrico Toro 3, de la U.E.N. de Proyectos y Servicios Asociados, esta servidumbre y medio sitio de torre fueron valorados, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢2.189.194,00 (Dos millones ciento ochenta y nueve mil ciento noventa y cuatro colones exactos), según avalúo administrativo número 309-2011.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre y medio sitio de torre, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y las leyes arriba citadas. Por tanto,

1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de ¢2.189.194,00 (Dos millones ciento ochenta y nueve mil ciento noventa y cuatro colones exactos), según avalúo administrativo número 309-2011 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, en propiedad de Carlos Alberto Molina Mejía, cédula de identidad 9-0065-0815, mayor, casado, derecho 001 y William Rodolfo Molina Mejía, cédula de identidad 4-0113-0746, mayor, casado, ambos agricultores, vecinos de Colonia Virgen del Socorro, 200 m este del EBAIS, derecho 002; Elsie Mejía Campos, cédula de identidad 4-0058-0126, difunta, dueña de usufructo sobre finca, derecho 003; el inmueble se encuentra en posesión de Gilberto Rafael Ramírez Valerio, cédula de identidad 4-0105-0699, mayor, soltero, empresario, vecino de San Joaquín de Heredia, 600 m sur del BNCR.

Actualmente y hasta donde se pudo observar el inmueble se encuentra dedicado a la conservación de bosque. La propiedad no tiene acceso a los servicios básicos de electricidad y agua de acueducto. En cuanto a los linderos, estos se encuentran definidos con cercas vivas y muertas con 2 y 3 hilos de alambre de púas en buen estado de conservación. La topografía es plano ondulada con pendientes que oscilan entre el 5% y 15% en su mayoría.

La vía de acceso es por servidumbre agrícola de 7,00 m de ancho de lastre en buen estado de conservación la cual se ubica al norte de la propiedad.

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre de paso sobre una franja de terreno en posesión de Gilberto Rafael Ramírez Valerio, con una longitud de línea de centro de 109,85 m para un área de 3295,38 m², con un ancho de 30,00 m (15,00 m a cada lado de la línea de centro).

La servidumbre afecta un área cubierta de potreros de topografía plano ondulada con pendientes entre el 5% y 15%. Afecta la propiedad en la sección este y ocupa el 3,93% del área total de la propiedad. La servidumbre ingresa a la propiedad por la colindancia norte con otra propiedad de Gilberto Ramírez Valerio con un azimut de 149º41’33” hasta salir con este azimut por el lindero sur con otra propiedad de Gilberto Ramírez Valerio.

Al llevar a cabo la construcción de la Línea de transmisión, se hace necesario establecer sitios de torre para el soporte y elevación de los conductores. Se establecerá medio sitio de torre en la propiedad; se ubicará sobre el lindero norte de la propiedad.

Los linderos de la servidumbre son: al norte, Gilberto Ramírez Valerio, al sur: Gilberto Ramírez Valerio; al este: Resto y al oeste: Resto.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—La constitución de derecho de servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del Partido de Alajuela, inscrita en el Registro Público, matrícula cuatrocientos diez mil quinientos noventa y tres-cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el distrito catorce Sarapiquí del cantón primero Alajuela de la provincia de Alajuela; mide catorce mil trescientos veintiocho metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, y linda al norte: Ganadera de La Loma de San Miguel S. A., y en parte Río Sardinal; al sur: Ganadera El Recreo, al este: Instituto Costarricense de Electricidad; y al oeste, con Río Sardinal. Plano catastrado A-0924273-2004.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5966, celebrada el 02 de noviembre del 2011.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2012034250).

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 04 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 03 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita establecer un derecho de servidumbre, necesario para el paso de la Línea de Transmisión Anillo Sur, Tramo F, localizada en la Provincia de San José, Cantón Sexto Aserrí, Distrito Primero Aserrí, el inmueble se localiza de la última parada del bus de Salitrillos 800 m este, calle vieja a Jericó. Propietario ID R60 B-1.

El inmueble se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad en el partido de San José, posee la matrícula 053357, derechos 001 al 004 y 006 al 016; no posee plano catastrado. La naturaleza del terreno es de potrero. Linda al norte: Eulogio Cárdenas y Pastor Abarca; al Sur: Calle con 109 metros en medio de Andrés Corrales, al Este: Andrés Corrales y al oeste: Gregoria María Díaz Quesada.

El inmueble es propiedad de Luis Demetrio Chinchilla Corrales con cédula de identidad 1-0364-0444, mayor, casado, agricultor, vecino de San José, Salitrillos, del súper Las Prestaciones 250 m sur y 50 m oeste, calle Palo Blanco, dueño de un sétimo en la finca, derechos 001 y 002, Juan Alexis Monge Castro, cédula de identidad 1-0617-0658, mayor, soltero, transportista, vecino de Salitrillos de la última parada de buses 150 m norte, casa rosada, dueño de un veintiochoavo en la finca, derecho 003, Hernán Monge Castro, cédula de identidad 1-0777-0272, mayor, casado, guarda de seguridad de la CNFL, vecino de Salitrillos, de la antigua guardia rural 700 m sur, entrada a mano derecha, dueño de dos veintiochoavos en la finca, derecho 004, Alicia Corrales López, cédula de identidad 1-0327-0149, mayor, soltera, pensionada, vecina de Salitrillos, de la antigua guardia rural 750 m sur, costado de la pulpería Luis Corrales, dueña de un veintiochoavo en la finca, derecho 007, Fernando Corrales López cédula de identidad 1-0352-0140, mayor, casado, pensionado, vecino de Calle Fallas, Urbanización Cerámica Poás, casa C1, dueño de un veintiochoavo en la finca, derecho 008, Luis Nemencio Corrales López cédula de identidad 1-0312-0861, mayor, casado, peluquero y agricultor, vecino de Salitrillos, de la antigua guardia rural 800 m sur, dueño de un veintiochoavo en la finca, derechos 009 y 016, Alexis Corrales López, cédula de identidad 1-0296-0563, mayor, casado, mecánico, vecino de Salitrillos, de la antigua guardia rural 800 m sur, dueño de un veintiochoavo en la finca, derecho 010, Alfredo Manuel Castillo Álvarez, cédula de identidad 1-0605-0336, quien falleció el día 06 de marzo del 2012 según certificación de defunción a tomo 516, folio 53, asiento 106, cita 1-0516-053-0106, derechos 011 y 012, Hilda Corrales Castro cédula de identidad 1-0171-0675, mayor, casada, ama de casa, vecina de Salitrillos, del súper Las Prestaciones 700 m sur casa a mano izquierda, dueña de un sétimo en la finca, derecho 013, Édgar Fernando de Jesús Valverde Morales cédula de identidad 1-0525-0905, mayor, casado, abogado, vecino de Salitrillos, de la última parada de bus 50 m., norte, casa a mano derecha color terracota con portones verdes, dueño de un sétimo en la finca, derecho 014, Víctor Alcides Chinchilla Corrales cédula de identidad 9-0056-0518, mayor, soltero, técnico en farmacia, vecino de Salitrillos, del Súper Las Prestaciones 280 mts. sureste, dueño de un catorceavo en la finca, derecho 015.

A solicitud de la Dirección del Proyecto de Transmisión Central Norte, esta servidumbre; fue valorada, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢12.497.304,55 (doce millones cuatrocientos noventa y siete mil trescientos cuatro colones con cincuenta y cinco céntimos) según avalúo administrativo número 780-2011.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la importancia para el Sistema Nacional Interconectado de constituir este derecho de servidumbre, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y las leyes arriba citadas. Por tanto,

1º—Apruébense las presentes diligencias en la suma de ¢12.497.304,55 (doce millones cuatrocientos noventa y siete mil trescientos cuatro colones con cincuenta y cinco céntimos) según avalúo administrativo número 780-2011 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por los propietarios, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita una servidumbre, en propiedad Luis Demetrio Chinchilla Corrales con cédula de identidad 1-0364-0444, mayor, casado, agricultor, vecino de San José, Salitrillos, del súper Las Prestaciones 250 m sur y 50 m oeste, calle palo blanco, dueño de un sétimo en la finca, derechos 001 y 002, Juan Alexis Monge Castro, cédula de identidad 1-0617-0658, mayor, soltero, transportista, vecino de Salitrillos de la última parada de buses 150 m norte, casa rosada, dueño de un veintiochoavo en la finca, derecho 003, Hernán Monge Castro, cédula de identidad 1-0777-0272, mayor, casado, guarda de seguridad de la CNFL, vecino de Salitrillos, de la antigua guardia rural 700 m sur, entrada a mano derecha, dueño de dos veintiochoavos en la finca, derecho 004, Alicia Corrales López, cédula de identidad 1-0327-0149, mayor, soltera, pensionada, vecina de Salitrillos, de la antigua guardia rural 750 m sur, costado de la pulpería Luis Corrales, dueña de un veintiochoavo en la finca, derecho 007, Fernando Corrales López cédula de identidad 1-0352-0140, mayor, casado, pensionado, vecino de Calle Fallas, Urbanización Cerámica Poás, casa C1, dueño de un veintiochoavo en la finca, derecho 008, Luis Nemencio Corrales López cédula de identidad 1-0312-0861, mayor, casado, peluquero y agricultor, vecino de Salitrillos, de la antigua guardia rural 800 m sur, dueño de un veintiochoavo en la finca, derechos 009 y 016, Alexis Corrales López, cédula de identidad 1-0296-0563, mayor, casado, mecánico, vecino de Salitrillos, de la antigua guardia rural 800 m sur, dueño de un veintiochoavo en la finca, derecho 010, Alfredo Manuel Castillo Álvarez, cédula de identidad 1-0605-0336, quien falleció el día 6 de marzo del 2012 según certificación de defunción a tomo 516, folio 53, asiento 106, cita 1-0516-053-0106, derechos 011 y 012, Hilda Corrales Castro cédula de identidad 1-0171-0675, mayor, casada, ama de casa, vecina de Salitrillos, del súper Las Prestaciones 700 m sur casa a mano izquierda, dueña de un sétimo en la finca, derecho 013, Édgar Fernando de Jesús Valverde Morales cédula de identidad 1-0525-0905, mayor, casado, abogado, vecino de Salitrillos, de la última parada de bus 50 m norte, casa a mano derecha color terracota con portones verdes, dueño de un sétimo en la finca, derecho 014, Víctor Alcides Chinchilla Corrales cédula de identidad 9-0056-0518, mayor, soltero, técnico en farmacia, vecino de Salitrillos, del súper Las Prestaciones 280 mts sureste, dueño de un catorceavo en la finca, derecho 015.

El derecho por valorar es una finca de forma irregular, medianera, tiene un área de 9214,00 m², según levantamiento realizado con GPS por el Proyecto, de acuerdo a los linderos mostrados por los propietarios, esto por la falta de catastro de la propiedad y por ser un derecho localizado en el campo. A la propiedad se ingresa por calle pública, tiene dos frentes a calle con un total de 145,50 m, el primero al sector norte de la propiedad con acceso por calle de lastre en regulares condiciones y una longitud de 75,50 m, el segundo al sector sur del inmueble con calle de tierra en malas condiciones, ambos frentes se encuentran a nivel de calle. Al realizar la inspección no se observaron construcciones y el uso de suelo actual de la propiedad es de cultivo de café.

El terreno tiene una topografía accidentada con una pendiente promedio del 30% y una inclinación descendiente hacia el norte de la propiedad y no cuenta con vista panorámica. Tiene acceso a los servicios básicos de agua potable, electricidad y teléfono. En cuanto, a los servicios complementarios, no cuanta ni con acera o cordón y caño. En cuanto al tipo de linderos, todas las colindancias están definidas por cercas vivas y alambre de púas.

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá sobre la propiedad de Nemencio Edwin Chinchilla Corrales y Otros, el derecho de servidumbre para el paso de la Línea de Transmisión Anillo Sur, tramo F. Dicho derecho de servidumbre tiene un ancho de 30,00 (15.00 m a cada lado de la línea de centro), una longitud de 56,99 m en su línea de centro y un área de 1692,00 m², lo cual corresponde a un 18,36% del área total de la finca. La servidumbre tiene una forma similar a un triangulo, con una base de 112,20 m y una altura de 30,16 m y pasa por la sección oeste de la propiedad.

La servidumbre atraviesa la zona con un azimut de 33º43,0’, ingresa a la propiedad por la colindancia oeste con Jessy Soto Porras, afecta el sector oeste de la propiedad y finalmente sale con el mismo Azimut por la colindancia norte con la calle pública. Dentro del área de servidumbre se ubica terreno al cultivo del café, con una topografía accidentada.

Los linderos de la servidumbre, son al norte: Calle Pública; al sur: Resto de finca; al Este: Resto de finca y al oeste: Jessy Soto Porras y resto de la finca.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 04 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 03 de mayo de 1995.

3º—La constitución de derecho de servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de San José, inscrita en el Registro Público, matrícula cuatrocientos noventa y ocho mil quinientos sesenta y tres-cero cero cero, que es terreno de potrero y maíz, situada en el Distrito Segundo Tarbaca, Cantón Sexto Aserrí; mide setenta y siete mil doscientos dos metros con veinte decímetros cuadrados, y linda al norte con Calle pública con un frente de 22,79 centímetros lineales y Hermanos Jiménez Loría, Sociedad Anónima; al sur, Johan Mirayer Mirayer y Mauro Adalberto Arias Jiménez, al este, Mauro Adalberto Arias Jiménez; y al oeste, Hermanos Jiménez Loría, Sociedad Anónima. Plano catastrado SJ-0522875-1998.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5982, celebrada el 22 de febrero del 2012.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—(IN2012034252).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se le comunica formalmente a los señores Tatiana Ramírez Gonzaga e Ismael Dávila (se ignora segundo apellido) de nacionalidad nicaragüense, la resolución administrativa de las once horas del día veintitrés de marzo del dos mil doce, mediante la cual se ordenó como medida especial de protección como medida especial de protección el abrigo temporal del niño Brandon Ramírez Gonzaga también conocido como Brandon Dávila Ramírez en Hogarcito de San Ramón. Se ordenó además, entre otras disposiciones que el Área de Trabajo Social inicie inmediatamente la búsqueda y valoración de recursos familiares o comunales para la reubicación de la persona menor de edad, verificando que en el recurso que se determine idóneo se le vaya a garantizar él derecho a la salud de la persona menor de edad y velar por su desarrollo integral como ser humano. El plazo de vigencia de esta medida es por seis meses y vence el veintitrés de setiembre del dos mil doce. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y o horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrarío las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N° 631-00013-2010.—Oficina Local de Puntarenas, 3 de abril del 2012.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 6052.—C-19820.—(IN2012037840).

Se le comunica formalmente a la señora Karen Calvo Molina la resolución administrativa de las diez horas del trece de abril del dos mil doce, mediante la cual se ordenó como medida especial de protección como medida especial de protección el cuido provisional de su hijo Jouser Abdías Calvo Molina bajo la responsabilidad de la señora Yeilyn Vanessa González Morera por el plazo de seis meses. Se ordenó además, entre otras disposiciones, que el Área de Trabajo Social de PANI seguimiento y orientación en la situación de la persona menor de edad en el hogar recurso para definir situación socio-legal. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la oficina local. Recurso: se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N° 631-00030-2001.—Oficina Local de Puntarenas, 18 de abril del 2012.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 6052.—C-17180.—(IN2012037841).

Se le comunica formalmente al señor Greivin Gerardo Ampié Villalobos, la resolución administrativa de las dieciséis horas del veintisiete de abril del dos mil doce, mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el abrigo temporal de la adolescente Stephanie Jailyn Ampié Solano en el Albergue Institucional N° 2 de El Roble de Puntarenas, por un plazo de seis meses máximo. Se ordenó seguimiento psico-social de la persona menor de edad, búsqueda de recursos familiares y/o comunales e intervención psicológica con la adolescente. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la oficina local. Recurso: se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la Presidencia Ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes Expediente N° 731-00254-1996.—Oficina Local de Puntarenas, 18 de abril del 2012.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 6052.—C-17180.—(IN2012037842).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A: Cristian Orlando Jiménez Barrantes y Yajaira María Núñez Ugalde se les comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, de las catorce horas del veintitrés de abril del año en curso, en la que se resuelve: 1- Dictar medida de protección de cuido provisional de las personas menores de edad Brandon Gabriel Castro Núñez y Jordan Alberto Jiménez Núñez en el hogar de su tía materna la señora Cristina Núñez Ugalde y al niño Cristofer Alonso Jiménez Núñez en el hogar de su bisabuela Cecilia Gómez Castro. 2- Se le ordena al IMAS brindar apoyo económico a la señora Cristina Núñez Ugalde, quién reside en Santa Gertrudis Sur, calle Guayabal, 300 mts. sobre la entrada a la par de la pulpería, casa al fondo, teléfono 8672-3051 y a la señora Cecilia Gómez Castro, quién vive en Santa Gertrudis Sur, calle Ugalde, 200 mts. norte de la Ferretería Madrigal Zamora, dada la difícil situación económica que ambas familias atraviesan en este momento y de esta forma se pueda mejorar la calidad de vida de las personas menores de edad, que se encuentran bajo su custodia. 3- Los progenitores podrán visitar a sus hijos en la casa de habitación de los recursos guardadores, previa coordinación con los mismos. 4- Brindar orientación, apoyo y seguimiento social a las condiciones de las personas menores de edad al lado de los guardadores y del cumplimiento de la medida de protección. El área social deberá elaborar un plan de intervención. 4- Brindar atención psicológica a las personas menores de edad Brandon Gabriel Castro Núñez y Jordan y Cristofer Alonso ambos de apellidos Jiménez Núñez, a través de un plan de intervención que deberá elaborar dicha área, ante la afectación emocional que presentan, no solo por la desintegración familiar, sino por las situaciones vivenciadas al lado de la progenitora En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 245-00049-2004.—Oficina Local de Grecia, 25 de abril del 2012.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4200.—C-23120.—(IN2012038341).

Al señor Jader Espinoza Duarte, se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del quince de noviembre del dos mil once, que dicta medida de protección de cuido provisional, en beneficio de las personas menores de edad Eduardo y José David ambos Espinoza Díaz, bajo responsabilidad de la señora Elizabeth Castro Castro. Lo anterior por un plazo máximo de seis meses, mientras no sea revocado en vía administrativa o judicial. Medidas con un plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Procede apelación, sí se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente PANI: 115-00358-10.—Oficina Local de Alajuelita, abril del 2012.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4200.—C-9920.—(IN2012038342).

A quien interese, se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del veintiocho de abril de dos mil doce, que se declara en estado de abandono administrativo de la persona menor de edad César Andrés León Chinchilla, y se deposita en el hogar de la señora Elieth Chinchilla Campos. Recurso: procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro del tercer día siguiente a la tercera publicación de este edicto. Expediente PANI: 115-00066-12.—Oficina Local de Alajuelita, abril del 2012.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4200.—C-7940.—(IN2012038343).

Se comunica a los señores Melania Patricia Calvo Vásquez y Jehudier Zúñiga Abarca, progenitores de la persona menor de edad Yarolin Jazmín Zúñiga Calvo, que por resolución administrativa de las quince horas del dieciocho de abril del dos mil doce, se dicta medida de cuido provisional a favor de la citada menor en el recurso familiar de la señora Laura Navarro Mena. Recursos. Procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva. Plazo: Tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente administrativo 331-00111-2012.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4200.—C-9920.—(IN2012038345).

Se comunica a la señora: Loren Dayana Méndez Monge, mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad número: 7-154-0446, de domicilio y demás calidades desconocidas, madre registral de la persona menor de edad Dorian Miguel Méndez Monge, la resolución administrativa de esta oficina de las ocho horas del veinte de enero de dos mil doce, en la cual se dictó la medida de protección administrativa de abrigo temporal de la persona menor de edad Dorian Miguel Méndez Monge en la alternativa de protección no gubernamental Asociación Hogarcito Blanca Flor, por un periodo no mayor a seis meses. Recurso: el de apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente Nº 731-00088-2004.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 4190.—C-11200.—(IN2012038354).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

Actualización de los precios de las multas referente a los artículos 75, 76, 76 bis y 76 ter. del Código Municipal:

 

Detalle de multas

Precio

actual ¢

Precio

propuesto ¢

Variación absoluta ¢

a)

 

Limpieza de Vegetación por metro lineal de frente de Propiedad.

922,31

1.138,74

216,43

b)

Por no cercar lotes donde no hayan construcciones o existan construcciones en estado de demolición. Por metro lineal de frente de la propiedad.

1.227,54

1.518,32

290,78

c)

No separar, recolectar, ni acumular, para el transporte de la disposición final. Por m2, del área total de la Propiedad.

305.23

379,58

74,35

d)

Por no construir aceras. Por m2, del frente total de la propiedad.

1.539,40

1.897,89

358,49

e)

No remover objetos materiales o similares de acera. Por metro lineal de frente de Propiedad.

617,09

759,16

142,07

f)

No contar con sistema de separación, aprobado Dirección ambiental. Por metro lineal de frente total de la propiedad.

617,09

759,16

142,07

g)

Obstaculizar aceras. Metro lineal de frente de la propiedad.

1.539,40 

1.897,89

358,49

h)

No instalar bajantes ni canoas para recoger las aguas pluviales. Por metro lineal de frente total de la propiedad.

2.455,08

3.036,63

581,55

i)

Por no ejecutar obras de conservación de las fachadas de casas, edif. Por m2 del frente total de la propiedad.

1.539,40

1.897,89

358,49

 

Acuerdo definitivamente aprobado 15, Artículo IV, de la Sesión Ordinaria 96, celebrada por el Concejo Municipal del cantón Central de San José, el 28 de febrero de 2012.

San José, 18 de mayo del 2012.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—OC. 130036.—Sol. 5051.—C-60280.—(IN2012045785).

AVISOS

CONVOCATORIAS

AGROPECUARIA SAN FERNANDO LIMITADA

Se convoca a los socios de Agropecuaria San Fernando Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-treinta y seis mil seiscientos cincuenta y uno a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad, a realizarse el día viernes 15 de junio a las 8:00 a.m., en primera convocatoria, que se tendrá por constituida con las tres cuartas partes del capital social debidamente representado, y en segunda convocatoria a las 9:00 a.m., teniéndose por constituida con el capital social representado que se encuentre presente, se llevará a cabo en el domicilio social de la sociedad y los puntos a tratar serán los siguientes:

a)  Aprobar la disolución de la sociedad y el nombramiento de liquidadores de ser necesario.

Nota: Los libros legales y demás documentos pertinentes a esta asamblea se encuentran en el domicilio social de la sociedad, y podrán ser consultados por cualquier miembro de la asamblea, si existieren otros puntos importantes a tratar podrán ser añadidos a esta agenda.

San José, 18 de mayo del 2012.—Isabel Castro Ortiz, Gerente.—1 vez.—(IN2012045811).

ELASTOMEROS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los socios de Elastomeros de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y seis mil seiscientos veintitrés a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad, a realizarse el día miércoles 6 de junio a las 8:00 a.m., en primera convocatoria, que se tendrá por constituida con las tres cuartas partes del capital social debidamente representado y en segunda convocatoria a las 9:00 a.m., teniéndose por constituida con el capital social representado que se encuentre presente, se llevará a cabo en el domicilio social de la sociedad y los puntos a tratar serán los siguientes:

a)  Aprobar la disolución de la sociedad y el nombramiento de liquidadores de ser necesario.

Nota: Los libros legales y demás documentos pertinentes a esta asamblea se encuentran en el domicilio social de la sociedad, y podrán ser consultados por cualquier miembro de la asamblea, si existieren otros puntos importantes a tratar podrán ser añadidos a esta agenda.

San José, 18 de mayo del 2012.—Carolta Castro Ortiz, Presidenta.—1 vez.—(IN2012045814).

HULERA CENTROAMERICANA SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los socios de Hulera Centroamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y seis mil novecientos noventa y ocho a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad, a realizarse el día miércoles 6 de junio a las 8:00 a.m., en primera convocatoria, que se tendrá por constituida con las tres cuartas partes del capital social debidamente representado y en segunda convocatoria a las 9:00 a.m., teniéndose por constituida con el capital social representado que se encuentre presente, se llevará a cabo en el domicilio social de la sociedad y los puntos a tratar serán los siguientes:

a)  Aprobar la disolución de la sociedad y el nombramiento de liquidadores de ser necesario.

Nota: Los libros legales y demás documentos pertinentes a esta asamblea se encuentran en el domicilio social de la sociedad, y podrán ser consultados por cualquier miembro de la asamblea, si existieren otros puntos importantes a tratar podrán ser añadidos a esta agenda.

San José, 18 de mayo del 2012.—Isabel Castro Ortiz, Presidenta.—1 vez.—(IN2012045817).

COSTA RICA MERCANTIL SOCIEDAD ANÓNIMA

La sociedad de esta plaza Costa Rica Mercantil S. A., cédula jurídica número 3-101-001249, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios a celebrarse a las quince horas del día cinco de julio del 2012, en el domicilio social. La asamblea se celebrará a la hora dicha en primera convocatoria, y si no hubiere presente el quórum de ley se celebrará una hora después con el número de socios presentes. La agenda a tratar es la siguiente

AGENDA

Asamblea ordinaria y extraordinaria:

1.  Informe presidente.

2.  Informe tesorero y presentación de estados financieros.

3.  Informe fiscal.

4.  Remoción y nombramiento de miembros de la junta directiva y del fiscal de la sociedad.

5.  Distribución de dividendos.

6.  Modificación de estatutos.

7.  Autorización para pago de contingencias laborales.

8.  Autorizaciones para finiquito de relaciones comerciales y pago de indemnizaciones.

9.  Autorización para protocolización de acta.

10.   Varios

Se acuerda a aquellos que actúen con poder o en representación de terceros, que deberán presentar documentos legales que acrediten su capacidad para el acto.

Alba San Gil Hernández, Presidenta.—1 vez.—(IN2012045900).

AVISOS

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD

CENTRO DE RECREACION LA RIBERA DEL OESTE S. A.

Cédula Jurídica 3-101- 487691

Comunica a sus accionistas: que en cumplimiento del procedimiento establecido en la cláusula Cuarta de los estatutos, se han recibido solicitudes por parte de las personas que se indican a continuación, para vender sus acciones por su valor nominal. Cualquier accionista que desee ejercer su derecho de opción preferente cuenta con un plazo de diez días naturales contados a partir de la publicación de este aviso para manifestar por escrito a la Junta Directiva su deseo de adquirir las acciones igualando la oferta realizada.

 

NOMBRE - CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN O RESIDENCIA –

CANTIDAD DE ACCIONES A LA VENTA

ZAMORA ARIAS LUIS FERNANDO / 203390812 / 54841097

MONGE BRENES SERGIO / 302890174 / 34006248

MORENO CRUZ DIÓGENES MAR / 502540054 / 17277170

MADRIGAL VARGAS EDUARDO / 204770991 / 16627889

JARA VÍQUEZ LEIDY / 109630579 / 11392395

CARMONA SANDÍ JAVIER / 602140649 / 11357917

VÍLCHEZ RODRIGUEZ MARIA ONEYDA / 135011566 / 9617313

AGÜERO GARITA LUIS GILBERTO / 204390462 / 9481908

ANGULO CHAMORRO YORLENY / 602880066 / 9474794

ARROYO LOBO MIGUEL / 205010076 / 7103283

CASTRO ALFARO FILEMÓN / 900390808 / 7047391

ESQUIVEL JIMÉNEZ JOE MICHAEL / 110630566 / 6630894

ONDOY MÉNDEZ CARLOS / 503390818 / 6108307

CÓRDOBA MEZA MANUEL / 105650104 / 5928803

MONTOYA TORRES FRANCISCO / 205850542 / 5797027

MORA TORRES XINIA / 203450476 / 5409543

ENRÍQUEZ PARRA GERARDO / 602350794 / 5246181

FALLAS CAMPOS JORGE / 112630962 / 4356042

BONILLA VARGAS RICHARD / 205260284 / 3837316

BOLAÑOS MORERA CARLOS VINIC / 204870308 / 2203522

JIMÉNEZ VALVERDE LENER / 603240637 / 2184799

HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ WÁLTER / 206140863 / 1981323

BATISTA PALACIOS NEHEMÍAS / 603720963 / 1889836

BALLESTERO ROSALES MIGUEL / 112220517 / 1849220

MASÍS MEJÍA VÍCTOR / 112690394 / 1599438

GONZÁLEZ ARRIETA JOSUÉ / 112260920 / 1458835

MORERA ARIAS ILEANA / 110730833 / 4737329

 

Heredia, 2 de abril del 2012.—Gilberto Quesada Céspedes, Presidente.—1 vez.—(IN2012034222).

INVERSIONES HORTI DE GUANCASTE

SOCIEDAD ANÓNIMA

Por extravío del libro de Asambleas de Socios, y el libro de registro de socios ambos tomo primero de la persona jurídica Inversiones Horti de Guanacaste Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-293.613 ante solicitud expresa de Guillermo Obando Canales Presidente, se realizan trámites para la reposición correspondiente, lo cual se establece ante la notaría del licenciado Célimo Gerardo Fuentes Vargas , convocando a terceros e interesados apersonarse a esta notaría para cualquier observación dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Liberia, 26 de marzo del 2012.—Lic. Célimo Gerardo Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012291028.—(IN2012034332).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Ante este notario y por escritura otorgada a las dieciocho horas del día veinticinco de abril del dos mil doce, se modificó la cláusula cuarta (del plazo) de los estatutos de la sociedad de esta plaza: Novafon Distribuciones Sociedad Anónima.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Rafael Ángel Fernández Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012034736).

Ante este notario y por escritura otorgada a las diez horas del día veinticinco de abril del dos mil doce, se modificó la cláusula cuarta (del plazo) de los estatutos de la sociedad de esta plaza: CRC All Business Sociedad Anónima.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Rafael Ángel Fernández Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012034739).

Ante mí, la empresa Vogue Salón M.K. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil trescientos cuatro, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria celebrada al ser las diecisiete horas del veinte de abril del dos mil doce, por unanimidad se acordó disolver la presente compañía por no tener bienes inscritos a su nombre.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Enrique Hernández Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2012034740).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, de las quince horas del veinticinco de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria número uno de la sociedad Chanovo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cinco mil sesenta y cinco, donde se modifica su plazo social, el cual queda en catorce años y diez meses a partir del quince de mayo de mil novecientos noventa y siete.—San José, viernes 27 de abril de 2012.—Lic. Álvaro Palma Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012034741).

La Centro Ferretero Manito Sociedad Anónima, mediante acta número dos de la asamblea general extraordinaria de accionistas, reforma la cláusula octava de sus estatutos. Representantes legales: presidente y secretario actuando conjunta o separadamente.—Esparza, 10:35 horas del 27 de abril del 2012.—Lic. Franklin José Garita Cousin, Notario.—1 vez.—(IN2012034742).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, de las nueve horas del veinticinco de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria número uno de la sociedad Civiltec Construcciones Técnicas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil setecientos sesenta y tres, donde se modifica su plazo social, el cual queda en trece años nueve meses y un día a partir del doce de junio de mil novecientos noventa y ocho.—San José, viernes 27 de abril de 2012.—Lic. Álvaro Palma Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012034743).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, de las once horas del veinticinco de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria número uno de la sociedad Corporación Internacional de Metalización CR Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y seis mil noventa y cinco, donde se modifica su plazo social, el cual queda en trece años dos meses y veintisiete días a partir del quince de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.—San José, viernes 27 de abril de 2012.—Lic. Álvaro Palma Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012034744).

Por escritura número ciento cuarenta y cuatro-seis, otorgada ante esta notaría a las once horas del veintisiete de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad V A F Corporate Services S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y seis mil ochocientos setenta y ocho, en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Heredia, 27 de abril del 2012.—Lic. Fernando Sánchez Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012034746).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, de las diez horas del veinticinco de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria número uno de la sociedad Importadora Técnica Industrial Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cero seis mil seiscientos ochenta y siete, donde se modifica su plazo social, el cual queda en cuarenta y tres años cuatro meses y veintiséis días a partir del dieciséis de octubre de mil novecientos sesenta y ocho.—San José, viernes 27 de abril de 2012.—Lic. Álvaro Palma Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012034747).

Por escritura ciento cuarenta y cuatro-seis, otorgada ante esta notaría a las once horas del veintisiete de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria Greenwood y Hernández S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y seis mil setecientos ochenta y dos, en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Heredia, 27 de abril del 2012.—Lic. Fernando Sánchez Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012034748).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, de las catorce horas del veinticinco de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria número seis de la sociedad Industrial Ciclón Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero doce mil setecientos noventa y dos, donde se modifica su plazo social, el cual queda en cuarenta y dos años nueve meses y veinte días a partir del veintitrés de mayo de mil novecientos sesenta y nueve.—San José, viernes 27 de abril de 2012.—Lic. Álvaro Palma Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012034749).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, de las trece horas del veinticinco de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria número dos de la sociedad Sagot y Compañía Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cero siete mil trescientos cinco, donde se modifica su plazo social, el cual queda en cuarenta y un años seis meses y veinticuatro días a partir del dieciocho de agosto de mil novecientos setenta.—San José, viernes 27 de abril de 2012.—Lic. Álvaro Palma Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012034750).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, de las doce horas del veinticinco de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria número doce de la sociedad Toledana del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cincuenta mil ochenta y seis, donde se modifica su plazo social, el cual queda en diecisiete años once meses y veintiséis días a partir del dieciséis de marzo de mil novecientos noventa y cuatro.—San José, viernes 27 de abril de 2012.—Lic. Álvaro Palma Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012034751).

La suscrita notaria hace constar que mediante escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veintiséis de abril de dos mil doce, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: M y K González & González Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos nueve mil ciento doce, en la que se acordó la disolución de la empresa por acuerdo unánime de socios de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—Lic. Hilda María Porras Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2012034752).

Ante mi notaría sita 100 sur y 25 oeste de los Tribunales de Heredia, se ha procedido a disolver la entidad Juana de San Josecito S. A. para los efectos de lo que establece el artículo 207 del Código de Comercio se cita y emplaza a los interesados para hacer valer sus derechos.—Heredia, 23 de abril de 2012.—Lic. Alberto Enrique Ramírez Sandí, Notario.—1 vez.—(IN2012034753).

En mi protocolo número 9 y por escritura número 59 de las 11:00 horas del 27 de abril de 2012, se protocolizó el acta de disolución de Comercial Promaso S. A., cédula jurídica: 3-101-256235; la causal de dicha disolución es por acuerdo de socios y se sustenta en el inciso d) del artículo 201 del Código de Comercio. Se comunica de esta forma a todos los interesados para lo que por ley corresponda.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Carlota Eugenia Chaves Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012034755).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día veintiséis de abril del dos mil doce, en escritura número seis-ciento cincuenta y cuatro los socios acordaron disolver la sociedad denominada Imbemo Sociedad Anónima; cédula jurídica número tres ciento uno seis dos seis seis tres cinco.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Dahiana Fernández Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2012034756).

Asamblea general ordinaria extraordinaria de socios de la sociedad denominada Zamora Vega Sociedad Anónima titular de la cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento setenta y cinco mil ciento noventa y ocho, reforma acta constitutiva, otorgada a las diez horas del veintisiete de abril del dos mil doce; ante la Licenciada María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012034759).

Se disuelve la sociedad Katxan Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante el notario Jaime Jesús Flores Cerdas, a las quince horas cuarenta minutos del veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2012034760).

Ante esta notaría, mediante escritura número 348 otorgada a las 15:30 horas del 24 de abril del 2012, se procede a disolver la sociedad de nombre Tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y ocho mil seiscientos noventa y nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-498699.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012034761).

Se disuelve la sociedad Verano Azul Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante el notario Jaime Jesús Flores Cerdas, a las quince horas veinte minutos del veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2012034763).

Se disuelve la sociedad Jalbos Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada ante el notario Jaime Jesús Flores Cerdas ,a las doce horas del veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2012034764).

Hoy veintisiete de abril del dos mil doce, he protocolizado actas de asambleas generales ordinarias y extraordinarias de las sociedades Flamingo Towers S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cuatro uno dos uno ocho, y Beautiful Paradise Investments S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro tres cuatro siete uno cero, Flamingo Silver & Gold S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro uno dos cinco seis tres, Tropical Pacific Nature S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cuatro uno ocho dos seis, Tres ciento uno-quinientos ochenta y ocho mil ciento noventa y uno S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y ocho mil ciento noventa y uno, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil ciento cuarenta y cuatro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil ciento cuarenta y cuatro, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil setecientos noventa y cinco S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil setecientos noventa y cinco, Finca MCE Auto Tres Bongokia Limitada S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos sesenta y cinco mil novecientos ocho, Finca MCE Auto Dos Bongo Limitada S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos sesenta y cinco mil novecientos cuarenta, Finca MCE Tierra S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta, Finca MCE Autosuficiente Administración S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y cinco mil trescientos veinte, Cerro Chucuyo Land S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil cuarenta y dos, Crystalline Blue Waters S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y cuatro, Mountain Paradise Views S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y uno, Perfect Blue Ocean S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cinco mil seiscientos treinta y ocho, Avellanas Wind Surfside S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y ocho mil ochocientos setenta y nueve, Sounds of Tropical Nature S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos siete, Hidden Shores S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cuatro mil seiscientos veintidós, Majestic Moonshine S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y uno, Eye in the Sky S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cinco mil seiscientos treinta y seis, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil novecientos ochenta y cuatro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil novecientos ochenta y cuatro, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y un mil seiscientos treinta y dos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y un mil seiscientos treinta y dos, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y un mil cuatrocientos cuarenta y ocho S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y un mil cuatrocientos cuarenta y ocho, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y un mil treinta y uno S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y un mil treinta y uno, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil seiscientos cincuenta y tres S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil seiscientos cincuenta y tres, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil trescientos cincuenta y dos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil trescientos cincuenta y dos, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil seiscientos cincuenta y cinco S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil seiscientos cincuenta cinco, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos treinta y cinco S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos treinta y cinco, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y nueve mil sesenta y uno S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y nueve mil sesenta y uno, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos setenta y ocho S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos setenta y ocho, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil seiscientos cuarenta y tres S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil seiscientos cuarenta y tres, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil ochocientos setenta y dos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil ochocientos setenta y dos, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos treinta y ocho S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos treinta y ocho, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil ochocientos ochenta y dos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil ochocientos ochenta y dos, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil quinientos noventa y seis S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil quinientos noventa y seis, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuarenta y siete S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuarenta y siete, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuarenta y ocho S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuarenta y ocho, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil trescientos veinticuatro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil trescientos veinticuatro, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos ochenta y dos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos ochenta y dos, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos setenta y cuatro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos setenta y cuatro, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos treinta y siete S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos treinta y siete, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil doscientos treinta y uno S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil doscientos treinta y uno, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos noventa y dos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos noventa y dos, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y nueve S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y nueve, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta y siete S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta y siete, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil doscientos setenta y ocho S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil doscientos setenta y ocho, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y seis mil ochocientos noventa y uno S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y seis mil ochocientos noventa y uno, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos noventa y cuatro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos noventa y cuatro, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos noventa y cinco S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos noventa y cinco, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos noventa y seis S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos noventa y seis, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos noventa y ocho S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil setecientos noventa y ocho, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil novecientos ochenta y dos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil novecientos ochenta y dos, Tres-ciento uno-quinientos diecisiete mil once S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos diecisiete mil once, Calib S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos diecisiete mil doscientos dieciocho, Buena Vista Bed and Breakfast S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y tres mil seiscientos ochenta y nueve, PRB Matahari S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y cuatro mil cuatrocientos treinta y dos, Corporación Bibo de Amo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos ochenta y cinco, Trébol de la Suerte S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos dos mil trescientos sesenta y tres, Sub Océanographics S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- trescientos un mil seiscientos veintinueve, A Consolidated Services GRC S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y nueve mil seiscientos cuarenta y tres, Potrero Ez Holdings S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y cuatro mil ochocientos setenta y dos, Flamingo Emerald Jungle S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos nueve mil seiscientos sesenta y cuatro, Vehicles of America S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta mil doscientos sesenta y dos, Yurima S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y seis mil doscientos catorce, en las cuales se acuerda fusionar mediante absorción de todas las compañías por la compañía Flamingo Towers S. A. quien absorbe y prevalece, por acuerdo unánime de socios.—San José, a las once horas del veintisiete de abril de dos mil doce.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—(IN2012034765).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:00 horas del 26 de abril del 2012, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Quinta Blue Beach S. A. cédula 3-101-353570, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—(IN2012034766).

Mediante expediente 001-2012 ante esta notaría de fecha 25 de abril del presente año, se está llevando actividad judicial no contenciosa de disolución y liquidación de la sociedad Farmacia del Oeste Limitada con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cero dieciocho mil ciento once, se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos.—San José, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—(IN2012034767).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:15 horas del 26 de abril del 2012, se protocoliza el acta reunión de socios de Chewiemovil Ltda., cédula 3-102-442647, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—(IN2012034768).

Se disuelve la sociedad Pink Solutions Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada ante el notario Jaime Jesús Flores Cerdas, a las doce horas cuarenta minutos del veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2012034769).

Hoy veintisiete de abril de dos mil doce, he protocolizado actas de asambleas de las sociedades Costa Pacifica Real State S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil quinientos cuarenta y seis, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil trescientos noventa y tres S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil trescientos noventa y tres, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil quinientos ochenta S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil quinientos ochenta, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta-y ocho mil ochocientos seis S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos seis, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos setenta y cuatro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos setenta y cuatro, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos setenta y cinco S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos setenta y cinco, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos ochenta y dos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos ochenta y dos, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos ochenta y tres S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos ochenta y tres, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil novecientos veintitrés S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil novecientos veintitrés, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil sesenta y cinco S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil sesenta y cinco, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil ciento diecinueve S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mi! ciento diecinueve, Tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil ciento veintitrés S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil tiento veintitrés, Tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil ochocientos veinte S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil ochocientos veinte, Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cinco mil trescientos uno S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cinco mil trescientos uno, en las cuales se acuerda fusionar mediante absorción de todas las compañías por la compañía Costa Pacifica Real State S. A., quien absorbe y prevalece, por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, a las once horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—(IN2012034770).

A las nueve horas del veintisiete de abril del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de El Encanto de Cejo Limitada, de esta plaza, mediante la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Sharon Ferris Macaya, Notaria.—1 vez.—(IN2012034771).

A las diez horas del veintisiete de abril del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de El Colombaio S. A., de esta plaza, mediante la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veintisiete de abril del 2012.—Lic. Sharon Ferris Macaya, Notaria.—1 vez.—(IN2012034772).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:30 horas del 26 de abril del 2012, se protocoliza el acta reunión de socios de Sunfari Garza Ltda., cédula 3-102-424871, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—(IN2012034773).

A las nueve horas treinta minutos del veintisiete de abril del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Hacienda Zahori del Norte S. A., de esta plaza, mediante la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Sharon Ferris Macaya, Notaria.—1 vez.—(IN2012034774).

Se disuelve la sociedad Lequer Solutions Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada ante el notario Jaime Jesús Flores Cerdas, a las doce horas veinte minutos del veinticuatro de abril del año dos mil doce.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2012034776).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:45 horas del 26 de abril del 2012, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Systicom Programadores S. A., cédula 3-101-310616, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—(IN2012034777).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:00 horas del 26 de abril del 2012, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Casa Annette SRAK S. A., cédula 3-101-393967, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—(IN2012034778).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 16:40 horas del 26 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Global Law Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y ocho mil treinta y cuatro, en la que se acordó disolver la sociedad.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—(IN2012034779).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 16:50 horas del 26 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Cenam Legal Advisors Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil trescientos cincuenta y dos, celebrada a las diez horas del veinte de abril de dos mil doce, en la que se acordó disolver la sociedad.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—(IN2012034780).

Mediante escritura autorizada por mí, a las nueve horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Portafolio de Alto Impacto Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil setecientos cuarenta y ocho; por medio de la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Juan Gregorio Roscio, Notario.—1 vez.—(IN2012034781).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 16:30 horas del 26 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Unilaw Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y siete mil seiscientos diecisiete, en la que se acordó disolver la sociedad.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—(IN2012034782).

Mediante escritura autorizada por mí, a las ocho horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Praderas Verdes y Violetas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos tres mil setecientos diecinueve; por medio de la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Juan Gregorio Roscio, Notario.—1 vez.—(IN2012034783).

El suscrito Carlos Mauricio Sierra Sánchez, notario público, hace constar que mediante la escritura número doscientos sesenta y tres, del veintiséis de abril del dos mil doce se protocolizó el acta de disolución de la Virtual Eye Panoramics Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012034788).

Hoy veintidós de abril de dos mil doce, he protocolizado actas de asambleas generales de las sociedades Surfside Diamond S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos nueve mil seiscientos sesenta y seis, Ambar Sunsets S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil setecientos dieciocho; New Palm Paradise Investments S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil ochocientos setenta y tres; Sun Fallen Views S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil treinta y cuatro; Surfside Almond Tree S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos diez mil ciento trece; Surfside Butterfly S. A., cédula jurídica tres-dentó uno-cuatrocientos ocho mil novecientos veintidós; Surfside Dreams S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil setecientos cuarenta y uno; Surfside Eagles Nest S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos nueve mil doscientos noventa y cinco; Surfside Foams Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos nueve mil trescientos diecinueve; Surfside Friends S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos nueve mil doscientos siete; Surfside Shores S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil setecientos cuarenta y dos; Surfside Snow Birds S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil setecientos cincuenta y dos, en las cuales se acuerda fusionar mediante absorción de todas las compañías en la compañía Surfside Diamond Sociedad Anónima, quien absorbe y prevalece, por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, a las once horas del veintidós de abril de dos mil doce.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—(IN2012034789).

El suscrito Carlos Mauricio Sierra Sánchez, notario público, hace constar que mediante la escritura número doscientos sesenta y dos, del veintiséis de abril del dos mil doce se protocolizó el acta de disolución de la sociedad Oficina de Ideas Gráficas Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012034790).

El suscrito Carlos Mauricio Sierra Sánchez, notario público, hace constar que mediante la escritura número doscientos sesenta, del veintiséis de abril del dos mil doce se protocolizó el acta de disolución de la sociedad Distribuidora Jesmisal.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012034793).

El suscrito Carlos Mauricio Sierra Sánchez, notario público, hace constar que mediante la escritura número doscientos cincuenta y nueve, del veintiséis de abril del dos mil doce se protocolizó el acta de disolución de la sociedad Elbri Hanna Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012034794).

El suscrito Carlos Mauricio Sierra Sánchez, notario público, hace constar que mediante la escritura número doscientos sesenta y cuatro, del veintisiete de abril del dos mil doce se protocolizó el acta de disolución de la sociedad Inflables y Promocionales de Centroamérica Limitada.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012034795).

La sociedad Rodre Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y un mil ciento noventa y nueve, por no tener activos ni pasivos y no estar activa los socios liquidan dicha sociedad.—Cartago, 30 de abril del 2012.—Lic. Zeilhy Navarro Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2012035006).

La sociedad Hemro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-sesenta y ocho mil quinientos veintinueve, por no tener activos ni pasivos y no estar activa los socios liquidan dicha sociedad.—Cartago, 30 de abril del 2012.—Lic. Zeilhy Navarro Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2012035007).

La sociedad Inversiones Sazze Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y cinco, por no tener activos ni pasivos y no estar activa los socios liquidan dicha sociedad.—Cartago, 30 de abril del 2012.—Lic. Zeilhy Navarro Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2012035009).

La sociedad Inversiones Wero Tucurrique Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y seis mil setecientos noventa y seis, por no tener activos ni pasivos y no estar activa los socios liquidan dicha sociedad.—Cartago, 30 de abril del 2012.—Lic. Zeilhy Navarro Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2012035010).

La sociedad Harinas de Pejiballe Tucurrique Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y siete mil cuatrocientos ochenta, por no tener activos ni pasivos y no estar activa los socios liquidan dicha sociedad.—Cartago, 30 de abril del 2012.—Lic. Zeilhy Navarro Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2012035011).

La sociedad Aviele Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y cuatro mil cuatrocientos dos, por no tener activo ni pasivos y no estar activa los socios liquidan dicha sociedad.—Cartago, 30 de abril del 2012.—Lic. Zeilhy Navarrro Rivera, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035012).

La sociedad Agrícola Montormur Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil ciento treinta y seis, por no tener activo ni pasivos y no estar activa los socios liquidan dicha sociedad.—Cartago, 30 de abril del 2012.—Lic. Zeilhy Navarrro Rivera, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035013).

La sociedad Inversiones Araya Torres e Hijos del Cacique del Guarco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y un mil ochenta y cuatro, por no tener activos ni pasivos y no estar activa los socios liquidan dicha sociedad.—Cartago, 30 de abril del 2012.—Lic. Zeilhy Navarrro Rivera, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035014).

Mediante escritura otorgada ante mí a las catorce horas quince minutos del veinte de abril, quince horas treinta minutos del veinte de abril, siete horas treinta minutos del veintiuno de abril, nueve horas quince minutos del veinticuatro de abril y doce horas del veinticuatro de abril del año dos mil doce, respectivamente, la suscrita notaria protocolizó actas número cinco, tres, cuatro y tres y dos, respectivamente de asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades: A) Jesi Calzatodos, S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos noventa y cinco. B) Plaza de Calzado de Alajauela, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil seiscientos noventa y nueve. C) Sarco Fashions de Costa Rica, S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y seis mil doscientos nueve. D) Inversiones Jacowa Internacionales S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y nueve mil setecientos noventa y E) Yenta Tecnología de Avanzada S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y cuatro mil seiscientos sesenta y tres, todas celebradas en sus respectivos domicilios sociales, mediante las cuales se disolvieron dichas sociedades.—San José, veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Grace Leticia Rodríguez Muñoz, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035016).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas del primero de abril de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Costa Ipanema, S. A., en virtud de la cual se reforma la claúsula tercera de los estatutos sociales. Representante legal: Juliana Romo Robles, Presidenta.—Heredia, 5 de abril de 2012.—Lic. Rodrigo Antonio Hernández González, Notario.—1 vez.—(IN2012035019).

Andrés Waisleder Goldberg, Notario Público con oficina abierta en la ciudad de San José, debidamente autorizado al efecto, hace constar que por virtud de acuerdo de socios tomado en asamblea general extraordinaria de cuotistas de las sociedades de esta plaza uno) Edificio Marina Centre - Filial I - El Velero S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres cero ocho seis; dos) Edificio Marina Centre - Filial II - La Fragata S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres cero nueve cero; tres) Edificio Marina Centre - Filial III - El Crucero S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres cero nueve uno; cuatro) Edificio Marina Centre - Filial IV - El Catamarán S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres cero nueve dos; cinco) Edificio Marina Centre - Filial V - La Balsa S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres cero nueve tres; seis) Edificio Marina Centre - Filial VI - El Buque S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres cero nueve cuatro; siete) Edificio Marina Centre - Filial VII - Los Remolques S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres cero nueve cinco; ocho) Edificio Marina Centre - Filial VIII - La Carabela S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres cero nueve seis; nueve) Edificio Marina Centre - Filial IX - La Faluca S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres cero nueve siete; diez) Edificio Marina Centre - Filial X -El Galeón S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres cero nueve ocho; once) Edificio Marina Centre - Filial XI - El Transatlántico S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres cero nueve nueve; doce) Edificio Marina Centre - Filial XII - El Trimarán S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno cero cero; trece) Edificio Marina Centre - Filial XIII -El Carguero S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno cero uno; catorce) Edificio Marina Centre - Filial XIV - Las Canoas S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno cero dos; quince) Edificio Marina Centre - Filial XV - El Galeón S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno cero tres; dieciséis) Edificio Marina Centre - Filial XVI - El Rompehielos S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno cero cuatro; diecisiete) Edificio Marina Centre - Filial XVII - La Galera S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos-cinco cinco tres uno cero cinco; dieciocho) Edificio Marina Centre - Filial XVIII - La Gabarra S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno cero seis; diecinueve) Edificio Marina Centre - Filial XIX - El Submarino S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno cero siete; veinte) Edificio Marina Centre - Filial XX - El Cayuco S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno cero nueve; veintiuno) Edificio Marina Centre - Filial XXI - Babor S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno uno cero; veintidós) Edificio Marina Centre - Filial XXII - Estribor S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno uno uno; veintitrés) Edificio Marina Centre - Filial XXIII - El Mástil S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno uno dos; veinticuatro) Edificio Marina Centre - Filial XXIV - Las Quillas S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno uno tres; veinticinco) Edificio Marina Centre - Filial XXV - La Vela S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno uno cuatro; veintiséis) Edificio Marina Centre - Filial XXVI - La Eslora S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno uno cinco; veintisiete) Edificio Marina Centre - Filial XXVII - El Flotante S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno uno seis; veintiocho) Edificio Marina Centre - Filial XXVIII - Las Boyas S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno uno siete; veintinueve) Edificio Marina Centre - Filial XXIX - Proa S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno uno ocho; treinta) Edificio Marina Centre - Filial XXX - El Yate S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno uno nueve; treinta y uno) Edificio Marina Centre - Filial XXXI - El Muelle S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno dos cero; treinta y dos) Edificio Marina Centre - Filial XXXII - La Arena S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno dos uno; treinta y tres) Edificio Marina Centre - Filial XXXIII - Embarcaciones S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno dos dos; treinta y cuatro) Edificio Marina Centre - Filial XXXIV - El Estero S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno dos tres; treinta y cinco) Edificio Marina Centre - Filial XXXV - El Navegante S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno dos cuatro; treinta y seis) Edificio Marina Centre - Filial XXXVI - El Almirante S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno dos cinco; treinta y siete) Edificio Marina Centre - Filial XXXVIII - Solsticio S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno dos siete; treinta y ocho) Edificio Marina Centre - Filial XXXIX - Equinoccio S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno dos ocho; treinta y nueve) Edificio Marina Centre - Filial XL - Continentes S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno dos nueve; cuarenta) Edificio Marina Centre - Filial XLI -Archipiélagos S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno tres uno; cuarenta y uno) Edificio Marina Centre - Filial XLII - El Hemisferio S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno tres dos; cuarenta y dos) Edificio Marina Centre - Filial XLIII - La Corriente S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno tres tres; cuarenta y tres) Edificio Marina Centre - Filial XLIV - Remolinos S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno tres cuatro; cuarenta y cuatro) Edificio Marina Centre - Filial XLV - Profundidad S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno tres cinco; cuarenta y cinco) Edificio Marina Centre - Filial XLVI - El Faro S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno tres seis; cuarenta y seis) Edificio Marina Centre - Filial XLVII - El Ancla S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno tres siete; cuarenta y siete) Edificio Marina Centre - Filial XLVIII - El Casco S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno tres ocho; cuarenta y ocho) Edificio Marina Centre - Filial XLIX - Los Remos S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno tres nueve; cuarenta y nueve) Edificio Marina Centre - Filial L - El Timón S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno cuatro cero; y cincuenta) Edificio Marina Centre - Filial LII - El Horizonte S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos- cinco cinco tres uno cuatro dos; dichas sociedades acordaron fusionarse por absorción, prevaleciendo la primera de ellas. En la misma asamblea citada, y como resultado de la fusión, la sociedad prevaleciente modifica la cláusula del capital social.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Andrés Weisleder Goldberg, Notario.—1 vez.—(IN2012035020).

Por escritura 245-4 otorgada ante el suscrito notario, a las 16:00 horas del 25 de abril del 2012, se realiza la protocolización de acta de la siguiente sociedad Inmobiliaria Guimaso GMS, Sociedad Anónima en donde se reforma la cláusula sétima de los estatutos.—San José, 25 de abril de 2012.—Lic. Juan José Nassar Güell, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035023).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día veintisiete de abril del año  dos mil doce, se fusionaron las sociedades Sierra de Esperanza E y A, S. A., Las Colinas de Jabalpur, S. A., Roberta Truman, Ltda y Las Corrientes del Cook, S. A.,  prevaleciendo Corporación Equinoccio de Centroamérica, S.A..—San José, veintisiete de abril del año dos mil doce.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035026).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría el día 26 de abril, se acuerda liquidar la sociedad Eventum Capacitación Ejecutiva, Ltda.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035027).

Ante esta notaría mediante escritura pública otorgada el veintitrés de abril del dos mil doce, he protocolizado acta número dos de Imprenta Edro, Sociedad Anónima, donde se acuerda disolver la sociedad.—San José, veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Benito Abad López Dinartes, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035028).

Por escritura otorgada el día de hoy protocolicé actas de las asambleas generales extraordinarias de las empresas: Bienes Genoceleste BGE, S. A., y Desarrollos Bienes e Inmobiliaria Nandaazul, S. A., en que se acuerda la fusión de las mismas y en que prevalece la primera de dichas empresas. Se reforma el pacto social de la sociedad que prevalece.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035032).

En cumplimiento del artículo doscientos veintidós del Código de Comercio, se comunica la decisión de disolver la sociedad denominada El Romeral, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cero ocho uno cero uno siete. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de ley a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, en la siguiente dirección en San José, Barrio Escalante, de la rotonda El Farolito, doscientos cincuenta metros al sur, ante la notaría del Licenciado Jorge Gerardo Cerdas Pérez.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Jorge Gerardo Cerdas Pérez, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035033).

Ante esta notaría se procedió a la disolución de la sociedad denominada Corporación Nuevo Milenio M.Z., Sociedad Anónima.—San José, tres horas cincuenta minutos del veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Amalia Ocampo Leal, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035034).

Ante esta notaría se procedió a la disolución de la sociedad denominada Zamso del Caribe, Sociedad Anónima.—San José, doce horas diez minutos del veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Amalia Ocampo Leal, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035035).

En cumplimiento del artículo doscientos veintidós del Código de Comercio, se comunica la decisión de fusión de la sociedad denominada Cestas Victorianas, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y un mil doscientos cuarenta y uno, con la sociedad denominada Nuestro Zahuse, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y tres mil siete, prevaleciendo la primera. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de ley, a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, en la siguiente dirección San José, Barrio Escalante, de la rotonda El Farolito, doscientos cincuenta metros al sur, ante la notaría del Licenciado Jorge Gerardo Cerdas Pérez.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Jorge Gerardo Cerdas Pérez, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035036).

Ante esta notaría se procedió a la disolución de la sociedad denominada Agrotours, Sociedad Anónima.—San José, quince horas del veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Amalia Ocampo Leal, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035037).

Por escritura número 44 de las 09:20 horas del 28/04/2012, protocolicé las actas de asambleas generales extraordinarias de las sociedades Inmobilliaria Adrikata S. A., cédula jurídica 3101363679 y Corporación de Inversiones Alfaro de Sarchí Limitada, cédula jurídica 3-102-176110, en las cuales se acuerda la fusión por absorción de la segunda por Inmobiliaria Adrikata Sociedad Anónima, sociedad que prevalece, generando un aumento de capital y por ende modificación de la cláusula quinta del pacto social.—Belén, 28 de abril del 2012.—Lic. Hazel Rojas Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035038).

En virtud de acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad domiciliada en San José, Barrio Don Bosco, cien metros este de la Sala Garbo, segundo piso, Cordero & Cordero Abogados, denominada The Wonder Of Spring Limitada, cédula jurídica número 3-102-494118, celebrada en el domicilio social a la 11:00 horas del 27 de abril de 2012, se tomó la decisión de disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Apoderada Especial: Mariana Isabel Alfaro Salas.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035039).

En virtud de acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad domiciliada en San José, Barrio Don Bosco, cien metros este de la Sala Garbo, segundo piso, Cordero & Cordero Abogados, denominada The Call of the Wild, Limitada, cédula jurídica número 3-102-529026, celebrada en el domicilio social a las 10:00 horas del 27 de abril de 2012, se tomó la decisión de disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Apoderada Especial: Mariana Isabel Alfaro Salas.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035041).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades Pecuaria Belén Uno S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- ciento sesenta y un mil novecientos noventa y cinco de las ocho horas del veintiséis de abril de dos mil doce, Pecuaria Belén Dos S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- ciento sesenta y un mil novecientos cincuenta y siete de las ocho horas quince minutos del veintiséis de abril de dos mil doce, Pecuaria Belén Cuatro S. A. , cédula jurídica tres- ciento uno- ciento sesenta y un mil seiscientos cuarenta y uno, de las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce, Pecuaria Belén Cinco S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- ciento sesenta y un mil novecientos noventa y cuatro, de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril de dos mil doce; Pecuaria Belén Seis S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- ciento sesenta y un mil seiscientos cuarenta, de las nueve horas del veintiséis de abril de dos mil doce Pecuaria Belén Siete S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- ciento sesenta y un mil quinientos noventa y cuatro, de las nueve horas quince minutos del veintiséis de abril de dos mil doce; Pecuaria Belén Ocho S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- ciento sesenta y un mil novecientos cincuenta y ocho, de las nueve horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce; El Montaraz S. A., cédula jurídica tres- ciento uno-doscientos treinta y siete mil ochocientos dos, de las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril de dos mil doce; Corporación M y A de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- setenta y nueve mil cuatrocientos treinta y cuatro, de las diez horas del veintiséis de abril de dos mil doce; Casas Construcción Corporación  S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- ciento treinta y ocho mil setecientos treinta y cuatro, de las diez horas quince minutos del veintiséis de abril de dos mil doce; Ganadera El Raudal S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- cincuenta y cuatro mil ochocientos veintiocho, de las diez horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce; Autos Kike El Sancarleño S. A., cédula jurídica tres- ciento uno-sesenta y siete mil cuatrocientos doce, de las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril de dos mil doce; Afode S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- ciento seis mil trescientos cuarenta y nueve, de las once horas del veintiséis de abril de dos mil doce; Desarrollos Seis Mil Setecientos Cuarenta y Nueve S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y siete mil setecientos setenta y dos, de las once horas quince minutos del veintiséis de abril de dos mil doce; Carnes Belén S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- ciento cuarenta y nueve mil seiscientos noventa y uno, de las once horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce y Pecuaria Belén S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- ciento sesenta y un mil novecientos noventa y siete, de las once horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce, mediante la cual se acuerda la fusión de estas sociedades, prevaleciendo ésta última.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012035042).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del día treinta de abril de dos mil doce, se fusionaron las compañías a) BC Casa Mundo, S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos nueve mil seiscientos dos b) Tendencias Mixtecas, S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos un mil ciento cuatro y c) Bici Turismo, S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y dos mil setecientos cuarenta y nueve, prevaleciendo de esta fusión la compañía BC Casa Mundo, S. A.,  de cédula jurídica ante dicha, a la cual se le reforma la cláusula quinta del capital social y en lo restante se adoptan los estatutos de la compañía que prevalece.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Ayon Lacayo, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035044).

Mediante escritura número doscientos catorce-seis de la catorce horas del veintisiete de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea de socios de BMX Products, Sociedad Anónima, en la cual acuerda disolver conforme el artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio. Es todo.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035046).

Mediante escritura pública número 9-286, otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 26-04-2012, Alcorta de la Rocha, S.A. reformó cláusula segunda de los estatutos, se establece nuevo domicilio social: San José, Escazú, San Rafael, Condominio Loft 228, casa 7 y se nombró nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal.—26 de abril del 2012.—Lic. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035047).

Mediante escritura pública 27, otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 27-04-2012, se fusionaron por absorción 3-101-490016, S. A., 3-101-488177, S. A., 3-101-489518, S. A., 3-101-489642, S. A.,  y 3-101-490013 S. A.; prevaleciendo 3-101-490016, S. A. Se aumentó el capital social de 3-101-490016, S. A. a 50.000,00 colones, representado por 50 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Capital suscrito y pagado. Se elimina la figura de agente residente.—San José, 28 de abril del 2012.—Lic. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035048).

Por escritura otorgada ante mí a las diez horas del 27 de abril del 2012, se disuelve la sociedad Inversiones Samiral, Sociedad Anónima y se distribuyen activos.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035049).

Por escritura pública número treinta y ocho, otorgada en mi notaría a las dieciocho horas del veinticinco de abril del dos mil doce, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de El Alcalde de la Pradera, S. A., celebrada a las dieciocho horas del veinticinco de febrero del dos mil doce, asamblea en la cual se reforma el pacto constitutivo de dicha sociedad.—Grecia, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Rodolfo Alfaro Morera, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035050).

Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios de Inversiones Bolzano del Norte Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintisiete mil noventa y nueve, al ser las diez horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó el siguiente acuerdo que dice así: Modifica cláusula segunda del domicilio y se hace nuevo nombramiento junta directiva y fiscalía.—Alajuela, San Carlos, Florencia, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035051).

Mediante escritura número seis de las doce horas del veintiocho de abril de dos mil doce, visible al folio cinco vuelto del tomo diez de mi protocolo, comparecen a esta notaría los accionistas de la sociedad Fedisa, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y nueve mil cuarenta y en ese acto disuelven y liquidan dicha sociedad.—Alajuela, San Carlos, Florencia, veintiocho de abril del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035052).

Mediante escritura número siete de las doce horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil doce, visible al folio seis frente al tomo diez de mi protocolo, comparecen a esta notaría los accionistas de la sociedad Holding Arias Group, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil trescientos cincuenta y tres y en ese acto disuelven y liquidan dicha sociedad.—Alajuela, San Carlos, Florencia, veintiocho de abril del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035053).

Mediante escritura número nueve de las trece horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil doce, visible al folio seis vuelto del tomo diez de mi protocolo, comparecen a esta notaría los accionistas de la sociedad Hermanos Arce de Florencia de San Carlos, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y dos mil cuarenta y cinco y en ese acto disuelven y liquidan dicha sociedad.—Alajuela, San Carlos, Florencia, veintiocho de abril del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035054).

Mediante escritura número diez de las catorce horas del veintiocho de abril de dos mil doce, visible al folio seis vuelto del tomo diez de mi protocolo, comparecen a esta notaría los accionistas de la sociedad Tecales de San Carlos, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintitrés mil ochocientos veinticuatro y en ese acto disuelven y liquidan dicha sociedad.—Alajuela, San Carlos, Florencia, veintiocho de abril del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035055).

Por escritura número doscientos setenta y siete de las catorce horas treinta minutos del veintidós del abril de dos mil doce, visible al folio ciento ochenta y siete vuelto del tomo nueve de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Taller Industrial Quima Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciocho mil ochocientos ochenta y cinco, por la que se disuelve y liquida la misma.—Alajuela, San Carlos, Florencia, veintitrés de abril del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035056).

Mediante escritura número ocho de las trece horas del veintiocho de abril de dos mil doce, visible al folio seis vuelto del tomo diez de mi protocolo, comparecen a esta notaría los accionistas de la sociedad Inversiones y Servicios Múltiples Z N de Florencia, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y siete mil ochenta y dos y en ese acto disuelven y liquidan dicha sociedad.—Alajuela, San Carlos, Florencia, veintiocho de abril del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035057).

Por escritura número catorce y quince-diez del tomo undécimo, a las 12 horas del 24 de abril del 2012 y a las 15 horas del 24 de abril del 2012, otorgadas ante la notaria Kembly Mora Salas, respectivamente se reformó el pacto constitutivo de las sociedades Investment Laury SRL y Tres-Ciento Dos-Seiscientos Un mil Seiscientos Sesenta y uno S.R.L..—Grecia de Alajuela, 26 de abril del 2012.—Lic. Kembly Mora Salas, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035059).

Por escritura número cuarenta y uno-diez del tomo décimo, a las 08 horas 30 minutos del 23 de julio del año 2011, y por escritura número 20-11 del tomo undécimo a las 19 horas del 24 de abril del año 2012, y por escritura 08 del 28 de abril del año 2012, del tomo undécimo, otorgadas ante la notaria Kembly Mora Salas, respectivamente se reformó el pacto constitutivo de la sociedad Casa Cleo Sociedad Anónima, se fusionaron las sociedades Saira Elós Coyol Uno Sociedad Anónima, Saira Elós Rohmoser Número Uno, Sociedad Anónima, Saira Elos Garita Uno Sociedad Anónima, Inversiones Grecia Uno de Saira Elós Sociedad Anónima, Saira Elos Itiquis Número Veintisiete Sociedad Anónima e Inversiones Saira Elós Bariloche Veintiséis Sociedad Anónima con la sociedad Importaciones Los Chifrijitos Sociedad Anónima,  por absorción prevaleciendo esta última.—Grecia de Alajuela, 30 de abril del 2012.—Lic. Kembly Mora Salas, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035061).

Por escritura autorizada por el suscrito notario el día de hoy, se protocoliza acta de la sociedad JM Bawi, S. A., la que se fusiona con Jaxma, S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil cero noventa y cinco y prevalece esta.—San José, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael A. Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035062).

Mediante acuerdo de la totalidad de los socios de las ocho horas del treinta de abril del dos mil doce, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa Las Terrazas de los Condes Treinta AZ, S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos once mil ochocientos cincuenta y seis, de los cual da fe el notario que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—San José, ocho horas con quince minutos del veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035063).

Mediante escritura número ciento ochenta y ocho de las diez horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil doce, se acuerda disolver la empresa Vivifuster, S. A.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Adriana Oreamuno Montano, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035064).

Mediante acuerdo de la totalidad de los socios de las ocho horas del treinta de abril del dos mil doce, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa Representaciones Tercomo, S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintisiete mil setecientos ochenta y cinco, de lo cual da fe el notario que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—San José, ocho horas con treinta minutos del veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035065).

Mediante escritura número ciento ochenta y cuatro de las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil doce, se acuerda disolver la empresa Agroluz Raob, S. A..—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Adriana Oreamuno Montano, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035066).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de las diez horas del treinta de marzo del dos mil doce, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa Lunas de Mar Negra Ipon, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos quince mil quinientos cuarenta y cinco, de lo cual da fe el notario que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—San José, ocho horas del primero de abril del dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—(IN2012035067).

Mediante escritura número ciento ochenta y cinco de las nueve horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se acuerda disolver la empresa Inversiones Porte Inglés (IPI), S. A..—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Adriana Oreamuno Montano, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035068).

Mediante escritura número ciento ochenta y seis de las nueve horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil doce, se acuerda disolver la empresa Distribuidora Gira, S. A..—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Adriana Oreamuno Montano, Notaria Pública.—1 vez.—(IN2012035069).

Mediante escritura número ciento ochenta y siete de las diez horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se acuerda disolver la empresa Inversiones Makao Internacional S. A..—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Adriana Oreamuno Montano, Notaria.—1 vez.—(IN2012035070).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Consultoría Integral Zolmar S. A. por lo que se disuelve y liquida.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Alberto Fernández López, Notario.—1 vez.—(IN2012035071).

Por escritura autorizada por el suscrito notario el día de hoy, se protocolizan actas de las sociedades Dubai Investmenent Corporation Costa Rica S. A., tres-ciento uno-quinientos veintitrés mil trescientos ochenta y uno, Sunrise Hermosa Catorce Paz S. A. tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos sesenta y cuatro, Sunrise Hermosa Dieciséis Mar, S. A., tres ciento uno-cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos sesenta y seis, Sunrise Hermosa Veinticinco Sea, S. A., tres ciento uno-cuatrocientos cuarenta y seis mil cuatrocientos diecisiete, Sunrise Hermosa Veintiocho Shell, S. A., tres ciento uno-cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos sesenta y dos, Gold Metal Business, S. A., tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil setecientos treinta y cuatro, Verafigies, S. A., tres- ciento uno-trescientos diecisiete mil trescientos cuarenta y seis, Sunny Holiday, S. A., tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ciento veinticuatro y Wuite Forerst View, S. A., tres-ciento-cuatrocientos diecisiete mil ciento cuarenta y ocho, Quinta Segura, S. A., tres-ciento uno-trescientos veintidós mil cuatrocientos treinta y cuatro, las que se fusionan con Playa Dorada O N R E N S. A., tres-ciento uno-cuatrocientos quince mil quinientos cuarenta y cuatro y prevalece ésta.—San José, veintiocho de abril del dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2012035072).

Por escritura autorizada por el suscrito notario el día de hoy, se protocolizan actas de las sociedades SUNRISE SECOND ROW II GREEN S. A., tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos ochocientos cuarenta, SUNRISE SECOND ROW III BLACK S. A. tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos treinta y ocho, SUNRISE SECOND ROW IV RED S. A., tres-ciento uno- cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos cincuenta y dos, SUNRISE SECOND ROW V YELLOW S. A, tres-ciento uno- cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos cuarenta y nueve, SUNRISE SECOND ROW VIII GOLD S. A. tres-ciento uno- cuatrocientos ochenta y dos mil setecientos sesenta y cinco, SUNRISE SECOND ROW IX SILVER S. A. tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos cinco, SUNRISE SECOND ROW X MEDAL S. A. tres-ciento uno- cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos veintiséis, SUNRISE THIRD ROW XI BROWN S. A. tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos veintiuno, SUNRISE SECOND THIRD ROW XII VIEW S. A. tres-ciento uno- cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos diecisiete, SUNRISE THIRD ROW XIII GRAY S. A. tres-ciento uno- cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos cuarenta y seis, SUNRISE THIRD ROW XIV WHITE S. A. tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos tres, SUNRISE THIRD ROW XV HOUSE S. A. tres-ciento uno- cuatrocientos ochenta y dos mil setecientos noventa y siete, SUNRISE THIRD ROW XVI PURPLE S. A. tres-ciento uno- cuatrocientos ochenta y dos mil setecientos ochenta y ocho, SUNRISE THIRD ROW XVII ORANGE S. A. tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos cincuenta, SUNRISE THIRD ROW XIX COPPER S. A. tres-ciento uno- cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos cincuenta y siete, SUNRISE THIRD ROW XX GREENBLUE S. A tres-ciento uno- cuatrocientos ochenta y dos mil ochocientos cincuenta y cinco, SUNRISE THIRD ROW XXI WOOD S. A. tres-ciento uno- cuatrocientos noventa mil doscientos noventa y ocho, SUNRISE THIRD ROW XXII PAPER S. A. tres-ciento uno- cuatrocientos noventa mil trescientos uno, SUNRISE THIRD ROW XXIII PEN S. A. tres-ciento uno- cuatrocientos noventa mil trescientos cinco, y SUNRISE THIRD ROW XXIV CAR S. A. tres-ciento uno- cuatrocientos noventa mil doscientos ochenta y nueve, las que se fusionan con SUNRISE SECOND ROW I S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos mil setecientos sesenta y dos, y prevalece ésta.—San José, veintiséis de marzo de dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2012035074).

Por escritura número ciento setenta y nueve, del tomo número siete de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las doce horas del día veinte de abril del año dos mil doce, se reformó la cláusula octava de los estatutos de la compañía 3-102-580019 Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Dr. Gabriel Boyd Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012035075).

Por escritura autorizada por el suscrito notario el día de hoy, se protocolizan acta de las sociedades Vip Sunrise T S. A., tres ciento uno-cuatrocientos cuatro mil doscientos doce, Casa de Veraneo S. A., tres-ciento uno-trescientos diecisiete mil cincuenta y seis, Escusabaraja S. A., tres ciento uno-trescientos diecisiete mil ciento cincuenta y cuatro, Límite Pompano S. A., tres-ciento uno-trescientos veintidós mil cuatrocientos siete, Hacienda Azteca S. A., tres-ciento uno-trescientos treinta y dos mil cuatrocientos sesenta y nueve, Luna Real S. A., tres-ciento uno-trescientos dieciséis mil novecientos noventa y tres, Escureta Fina S. A., tres-ciento uno-trescientos dieciséis mil seiscientos treinta y dos, Esmeralda de Estaño S. A., tres-ciento uno-trescientos dieciséis mil veintidós, Geizeiten S. A., tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil ochocientos cincuenta y cuatro, la que se fusionaron con y South Beach Hermosa S. A., tres-ciento-cuatrocientos quince mil ciento ochenta y siete y prevalece ésta.—San José, veintiocho de abril del dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2012035076).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas doce minutos del veinte de abril del dos mil doce, se protocolizaron acuerdos por los que se reforman estatutos y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la empresa Sucursal del Sur Sususa S. A.—San José, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(IN2012035077).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 30 de abril del 2012, se procede a la fusión voluntaria de las compañías Fútbol Café (FUCASA) Sociedad Anónima, Inmobiliaria Pacheco Clare Sociedad Anónima y Pacheco Arias Bienes Sociedad Anónima, prevaleciendo esta última.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012035078).

Mediante escritura pública número ciento ochenta y siete-diez, otorgada a la quince horas del veinticuatro de abril del año dos mil doce, protocolizo acta de la empresa: Euclid Chemical de Costa Rica Sociedad Anónima, tres-ciento uno-quinientos treinta y tres mil setecientos noventa y cinco, en donde se toma el acuerdo unánime de disolver la empresa y no nombrar liquidares al carecer de activos y pasivos que liquidar.—San José, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando Casto Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2012035082).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del treinta de abril del dos mil doce, se procede a realizar el convenio de fusión por el sistema de absorción de la sociedad Edificio Vedele Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero uno seis tres seis nueve con la sociedad denominada Edificio Lita Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero tres siete cero cero cuatro, en el entendido de que la sociedad prevaleciente es Edificio Vedele Sociedad Anónima.—San José, lunes treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012035083).

Que por escritura otorgada ante este notario a las ocho horas del treinta de abril del dos mil doce, se procede a realizar el convenio de fusión por el sistema de absorción de la sociedad Comercializadora Pinamar Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres tres cero uno cero cinco, con la sociedad denominada Transaxnet Eha Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diecisiete mil ochocientos noventa y dos, en el entendido de que la sociedad prevaleciente es Comercializadora Pinamar Sociedad Anónima.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012035085).

El suscrito notario hace constar que por medio de la escritura número ciento catorce otorgada a las dieciocho horas del veintiséis de marzo del 2012, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma Castro Pacheco Solís y Asociados Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica las cláusulas segunda y décima de los estatutos sociales y se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero.—San José, veintiséis de marzo del 2012.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez .—(IN2012035086).

El suscrito notario hace constar que por medio de la escritura número ciento cuarenta y seis otorgada a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma 3-101-593263 Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril del 2012.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—(IN2012035087).

El suscrito notario hace constar que por medio de la escritura número ciento cuarenta y cinco otorgada a las ocho horas del veintisiete de abril del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma 3-101-593208 Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—(IN2012035088).

El suscrito notario hace constar que por medio de la escritura número ciento ciento cincuenta y cuatro otorgada a las doce horas del 30 de abril del 2012, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma Frederick’s Rentals Sociedad Anónima, mediante la cual acuerda disolver la sociedad.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—(IN2012035089).

El suscrito notario hace constar que por medio de la escritura número ciento ciento cincuenta y dos, otorgada a las once horas con treinta minutos del 30 de abril del 2012, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma Horizon International Sales Of Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual acuerda disolver la sociedad.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Leonardo Crespi Z., Notario.—1 vez.—(IN2012035090).

Mediante escritura otorgada en mi notaría en San José a las quince horas del veintisiete de abril del dos mil doce, se acordó la disolución de la Sociedad Hermanos Cordero Martínez S. A., con cédula jurídica tres - uno cero uno- dos cinco seis uno siete tres, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley nueve mil veinticuatro.—Lic. Blanca Lorena Alfaro Madrigal, notaria.—1 vez.—(IN2012035092).

El suscrito notario hace constar que por medio de la escritura número ciento ciento cincuenta y tres otorgada a las once horas con cuarenta y cinco minutos del 30 de abril del 2012, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma Paramount International Sales S. R. L. Mediante la cual acuerda disolver la sociedad.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—(IN2012035093).

Mediante escritura otorgada en mi notaría en San José a las once horas del veintisiete de abril del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Centro de Diagnóstico S. A., con cédula jurídica tres-uno cero uno-cero uno cero siete seis siete, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley nueve mil veinticuatro.—Lic. Roberto Montealegre Quijano, Notario.—1 vez.—(IN2012035094).

El suscrito notario hace constar que por medio de la escritura número ciento ciento cincuenta y uno otorgada a las once horas del 30 de abril del 2012, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma Americoastal Properties Sociedad Anónima, mediante la cual acuerda disolver la sociedad.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—(IN2012035095).

Mediante escritura otorgada en mi notaría en San José a las dieciséis horas con treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Los Pelícanos Pintados de Azul S. A., con cédula jurídica tres-cinco tres cuatro tres cero uno-cero siete nueve dos seis uno, de acuerdo a lo dispuesto por la ley nueve mil veinticuatro.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—(IN2012035096).

Mediante escritura otorgada en mi notaría en San José a las quince horas del veintisiete de abril del dos mil doce se acordó la disolución de la sociedad Las Tres Zariguellas S. A., con cédula jurídica tres-uno cero uno-cinco ocho cero cuatro nueve cuatro de acuerdo a lo dispuesto por la ley nueve mil veinticuatro.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—(IN2012035097).

Por escritura otorgada el día de hoy protocolicé actas de las asambleas generales extraordinarias de las empresas: Oxford Marketing Services S. A., Artemia Dos de Lagarto S. A., Cleopatra Cuatro de Atenas S. A., Gerlinda Siete de Barranca S. A., Lagarto Sunrise L. S. S. A., Noemi Ocho de Cantanga S.A., Tamara Uno de Guápiles S. A., y Worldwide Developments W.D. S. A., en que se acuerda la fusión de las mismas y en que prevalece la primera de dichas empresas. Se reforma el pacto social y se nombra nuevo secretario de la junta directiva de la sociedad que prevalece.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—(IN2012035098).

Mediante escritura otorgada en mi notaría en San José a las quince horas con treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil doce se acordó la disolución de la sociedad Pira de La Pirámide S. A., con cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro uno seis siete seis cero de acuerdo a lo dispuesto por la ley nueve mil veinticuatro.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—(IN2012035099).

Mediante escritura otorgada en mi notaría en San José a las dieciséis horas del veintisiete de abril del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Diezmillonesimo S. A., con cédula jurídica tres-uno cero uno-cero siete nueve dos seis uno de acuerdo a lo dispuesto por la ley nueve mil veinticuatro.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—(IN2012035100).

Ante esta notaría, por escritura número noventa y uno-dos, otorgada a las nueve horas del treinta de marzo del dos mil doce, La Vieja del Mar LVM S. A. es absorbida por Inversiones New Castle Inc. S. A. Capital social veinticuatro mil colones, suscrito y pagado. Es todo.—San José, 30 de marzo del dos mil doce.—Lic. Luis Octavio Pérez Baires, Notario.—1 vez.—(IN2012035101).

Ante esta notaría, por escritura de las ocho horas del día treinta de marzo de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad Transporte Maka S. A., mediante la cual se acordó la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, diez de abril de dos mil doce.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2012035102).

Ante esta notaría, por escritura de las once horas con treinta minutos del día veintinueve de febrero de dos mil doce y de las trece horas con treinta minutos del día treinta de marzo de dos mil doce, se protocolizaron actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas, de la sociedad Comercial Amen S.A., mediante las cuales se acordó la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, diez de abril de dos mil doce.—Lic. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2012035103).

Ante esta notaría, por escritura número noventa y cuatro-dos, otorgada a las nueve horas y quince minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se disuelve Tres-Ciento Uno-Quinientos Noventa y Cuatro Mil Cuarenta y Tres S. A.—San José, 30 de marzo del dos mil doce.—Lic. Luis Octavio Pérez Baires, Notario.—1 vez.—(IN2012035104).

Ante esta notaría, por escritura de las ocho horas treinta minutos del día dieciséis de abril de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de las sociedades Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Seis Mil Seiscientos Ochenta y Nueve S. A., y Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Seis Mil Seiscientos Noventa S. A., mediante las cuales se acordó la fusión de las sociedades indicadas, prevaleciendo la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Seis Mil Seiscientos Noventa S. A., y se reforman las cláusulas quinta y novena del pacto constitutivo de la sociedad prevaleciente.—San José, a los diecisiete días del mes de abril de dos mil doce.—Lic. Evelyn Jenkins Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012035105).

Ante esta notaría, por escritura número noventa y tres-dos, otorgada a las nueve horas del treinta de marzo del dos mil doce, se disuelve Estupidez S. A. Es todo.—San José, 30 de marzo del dos mil doce.—Lic. Luis Octavio Pérez Baires, Notario.—1 vez.—(IN2012035106).

Ante esta notaría, por escritura de las nueve horas del día dieciséis de abril de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de las sociedades El Fortín S. A., Hermanos Berit Veque S. A., e Inversiones Vega y Quesada S. A., mediante las cuales se acordó la fusión de las sociedades indicadas, prevaleciendo Inversiones Vega y Quesada S. A., y se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad prevaleciente.—San José, a los diecisiete días del mes de abril de dos mil doce.—Lic. Evelyn Jenkins Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012035107).

Ante esta notaría, por escritura número noventa y seis-dos, otorgada a las nueve horas y quince minutos del treinta de abril del año dos mil doce, se disuelve Importadora y Exportadora Eurimex S. A.—San José, 30 de abril del dos mil doce.—Lic. Luis Octavio Pérez Baires, Notario.—1 vez.—(IN2012035108).

Ante esta notaría, por escritura número noventa y siete- dos, otorgada a las nueve horas y treinta minutos del treinta de abril del dos mil doce, se disuelve Inversiones Europeas Malta S. A.—San José, 30 de abril del dos mil doce.—Lic. Luis Octavio Pérez Baires, Notario.—1 vez.—(IN2012035109).

Ante esta notaría, por escritura número noventa y dos-dos, otorgada a las veintidós horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, Casa Roble Filial Tres PDS S. A., y Casa Cocolobo Filial Uno PDS S. A., son absorbidas y se fusionan a una sola empresa Caracabo Soluciones Inmobiliarias Mil Novecientos Ochenta S.A., capital social doscientos diez mil colones, suscrito y pagado. Es todo.—San José 30 de marzo del dos mil doce.—Lic. Luis Octavio Pérez Baires, Notario.—1 vez.—(IN2012035110).

Por medio de la escritura número noventa y uno, del tomo segundo de mi protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Com Sol de Aguirre S. A. Mediante la cual se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—(IN2012035111).

Mediante escritura de las 11:50 horas, del 27 de abril de 2012, protocolicé asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones y Desarrollos Hermanos Castro Montero de Belén Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-392677, donde: (i) se reforma la cláusula quinta del capital social; (ii) se reforma la cláusula sexta de la junta directiva; y (iii) se reforma la cláusula sétima de la vigilancia.—San José, 30 de abril de 2012.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012035112).

Que ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Agropecuaria Almavi de Belén Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y ocho mil doscientos doce, quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, Barrio González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, veintisiete de abril de dos mil doce.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012035113).

Ante esta notaría por escritura número trescientos treinta y tres de las dieciséis horas del veintisiete de abril de dos mil doce, Servicios Integrales de Tecnología Nexus Jiménez Alvarado Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos diecisiete mil novecientos treinta y dos, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio por acuerdo de socios disuelven la sociedad.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012035114).

Ante esta notaría por escritura número trescientos treinta y cuatro de las diecisiete horas y treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil doce, Inversiones Alajuelenses Hartama E. N. C. S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos mil setecientos noventa y cuatro, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio por acuerdo de socios disuelven la sociedad.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012035115).

En mi notaría a las once y cuarenta y cinco horas del diecisiete de abril de dos mil doce, se constituyó la sociedad: Desarrolladora Gourmet A & JJ Sociedad Anónima. Presidente: Juan José Mena Hernández, secretaria: Merlin Milagro Jiménez González, tesorero: Alejandro Bolaños Porras y fiscal: Seyla Cecilia Rigau Marín. Capital social diez mil colones. Domicilio social: provincia de San José, Cantón Central, distrito Hospital, avenida segunda, calles veintiséis y veintiocho, Paseo Colón, de la Sala Garbo, cincuenta metros al este. Escritura número sesenta y cinco del tomo setenta y nueve de mi protocolo.—San José, a las doce horas del diecisiete de abril de dos mil doce.—Lic. Danilo Rivas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012035117).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy se protocolizó acuerdo de fusión de las siguientes sociedades i) Paisajes de Esterillos Sociedad Anónima; ii) Jardines de Esterillos Sociedad Anónima, iii) Atardeceres Cálidos de Esterillos Oeste Sociedad Anónima; iv) Lomas de Esterillos Sociedad Anónima; v) Noches de Esterillos Sociedad Anónima; vi) Caminos de Esterillos Sociedad Anónima; vii) Altos de Esterillos Sociedad Anónima; viii) Amaneceres de Esterillos Sociedad Anónima, y la sociedad Mis Mejores Años Vividos Sociedad Anónima, prevaleciendo esta última.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—(IN2012035123).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintisiete de abril del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades Inmobiliaria Fonfichi S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y seis mil sesenta y nueve de las ocho horas del veintiséis de abril de dos mil doce; Inmobiliaria Frikitzin S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y seis mil doscientos seis de las ocho horas cuarenta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce; Inmobiliaria Nancho S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y seis mil noventa de las nueve horas veinte minutos del veintiséis de abril de dos mil doce; Inmobiliaria Nanana S.A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y seis mil ochenta y nueve de las nueve horas cincuenta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce y Filial Dos MBA Los Patios S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil ciento noventa y uno de las diez horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce, mediante la cual se acuerda la fusión de estas sociedades, prevaleciendo esta última.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035124).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas cuarenta minutos del treinta de abril del dos mil doce, protocolicé actas de asambleas generales extraordinarias de cuotistas y accionistas de las sociedades Read Between the Lines Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos veintiocho mil trescientos seis de las ocho horas del treinta de abril de dos mil doce; El Mero Mero Joro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos diez mil ochocientos cincuenta y dos de las ocho horas cuarenta minutos del treinta de abril de dos mil doce y Parguito Dorado S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos doce mil cuatrocientos trece de las nueve horas veinte minutos del treinta de abril de dos mil doce; mediante las cuales se acuerdan fusionar dichas sociedades, prevaleciendo la última.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035125).

Flor María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría constituyó sociedad anónima cuya denominación social será Familia Rodríguez Quesada Dos E Y G Sociedad Anónima, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2012035127).

Jazzy, Josy and Xoqi S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres nueve nueve cinco seis ocho, comunica que modificó la cláusula primera del acta constitutiva para que se llame ahora Santi, Luci and Sofi Sociedad Anónima y modificó cláusula segunda y nombró nueva junta directiva y fiscal.—Belén, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2012035128).

Haras Dos R de Mi Abuelo Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro nueve siete nueve uno dos, comunica que reformó la cláusula sexta del acta constitutiva.—Belén, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2012035129).

En esta notaría por escritura pública número 110 bis-2 otorgada a las 9:00 horas del 17 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Cansadas Alas del Arcángel Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-314956, se disuelve la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inc. d) del Código de Comercio.—Heredia, 17 de abril del 2012.—Lic. Yendri Patricia Rojas Pérez, Notaria.—1 vez.—(IN2012035131).

Mediante escritura de las 17:00 horas del 25 de abril de 2012, protocolicé acuerdos de Inversiones Carmeu Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-223234, por medio de los cuales se disuelve y liquida totalmente dicha sociedad.—San José, 25 abril de 2012.—Lic. María de los Ángeles Arias Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012035134).

Mediante escritura de las 16:00 horas del 25 de abril de 2012, protocolicé acuerdos de Inspiración I Limitada, cédula jurídica número 3-102-112711, por medio de los cuales se disuelve y liquida totalmente dicha sociedad.—San José, 25 abril de 2012.—Lic. María de los Ángeles Arias Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012035135).

Mediante escritura de las 15:00 horas del 25 de abril del 2012, protocolicé acuerdo de Dinastía Erre Boutique Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-35836, por medio de los cuales se disuelve y liquida totalmente dicha sociedad.—San José, 25 abril de 2012.—Lic. María de los Ángeles Arias Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012035136).

Mediante escritura de las 18:00 horas del 25 de abril del 2012, protocolicé acuerdo de Mosonadinas Silvestres Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-170401, por medio de los cuales se disuelve y liquida totalmente dicha sociedad.—San José, 25 abril de 2012.—Lic. María de los Ángeles Arias Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012035138).

Por asamblea extraordinaria número uno de la sociedad denominada Inmobiliaria Marsonger S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-cinco dos cero cinco uno dos, celebrada a las nueve horas del veinticinco de abril del dos mil doce, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de dicha sociedad.—Limón, 27 de abril del 2012.—Lic. Gerardo Mainieri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012035142).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del veintiocho de abril del dos mil doce, se procede a la fusión por absorción de Inversiones Calle Gallito Sociedad Anónima, no se liquidan bienes.—Heredia, a las nueve horas del treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Roberto Ulate González, Notario.—1 vez.—(IN2012035145).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del treinta de abril del dos mil doce, se procede a la fusión por absorción de Inversiones Gavi Sociedad Anónima, no se liquidan bienes.—Heredia, a las nueve horas del treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Roberto Ulate González, Notario.—1 vez.—(IN2012035146).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas del 27 de abril del 2012, se disolvió la sociedad denominada Da Sarmiento Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica numero tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cinco mil cinco. No se liquidan ni adjudican ningún activo o pasivo de la sociedad.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Randall Vargas Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012035150).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del 27 de abril del 2012, se disolvió la sociedad denominada Capirochipi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y siete mil doscientos cuarenta y nueve. No se liquidan ni adjudican ningún activo o pasivo de la sociedad.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Randall Vargas Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012035151).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del 27 de abril del 2012, se disolvió la sociedad denominada Condesa Antorveza Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil trescientos treinta y cinco. No se liquidan ni adjudican ningún activo o pasivo de la sociedad.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Randall Vargas Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012035152).

En escritura N° ocho-ciento cincuenta bis, otorgada a las 19:00  horas del 20 de abril de 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad Lion Fish A Seven S. A.—San José, 26 de abril de 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012035154).

En escritura N° ocho-ciento cincuenta y dos, otorgada a las 15:00 horas del 25 de abril de 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad While Shark A Eight S. A.—San José, 26 de abril de 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012035156).

En escritura N° ocho-ciento cincuenta, otorgada a las 18:30  horas del 20 de abril de 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad Falcon One S. A.—San José, 26 de abril de 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012035157).

En escritura N° ocho-ciento treinta y ocho bis, otorgada a las 11:30 horas del 13 de abril de 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se disuelve la sociedad Inversiones Fermora Pacífico S.A.—San José, 16 de abril de 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012035158).

Por escritura Nº 30 otorgada a las 10:00 horas del 26 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Las Veredas del Bosque de Moravia Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012035160).

Mediante escritura pública número cuarenta y cuatro, iniciada al folio setenta y cuatro vuelto del tomo veinticinco de mi protocolo, se constituyó la empresa denominada Luna Sueño Frase Sociedad Anónima. Domicilio en Sardinal de Carrillo, Guanacaste. Plazo social de cien años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cañas, catorce de abril del dos mil doce.—Lic. Erick Alberto Apuy Sabatini, Notario.—1 vez.—(IN2012035162).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 horas de hoy, se protocolizan acuerdos de socios de 3-101-613.803 s. a., misma cédula jurídica, por medio de los cuales se reforman las cláusulas del domicilio y de la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Manuel Antonio Solano Ureña, Notario.—1 vez.—(IN2012035164).

Por escritura otorgada ante mí a las 8:30 horas de hoy, se protocolizan acuerdos de socios de 3-101-632.501 s. a., misma cédula jurídica, por medio de los cuales se acuerda la disolución de la sociedad. Dentro de los 30 días siguientes a la publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Manuel Antonio Solano Ureña, Notario.—1 vez.—(IN2012035165).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:05 horas del 26 de abril del 2012, se procedió a disolver la sociedad anónima denominada Corporación Costarricense de Autos Muñoz S.A.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012035166).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 26 de abril del 2012, se procedió a disolver la sociedad anónima denominada Asesorías Finkomer de Costa Rica Asefin S. A.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012035167).

En mi notaría mediante escritura número: ciento sesenta y nueve de las catorce horas del veintisiete de abril del dos mil doce, se protocolizó los acuerdos de disolución de la sociedad Lemar S.A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cero ocho ocho cuatro nueve. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución que no se base en causa legal o pactada.—Lic. Miguel Ángel Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012035168).

Mediante acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Clar de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-190424, celebrada el 27 de abril del 2012, dicha asamblea acordó por acuerdo unánime de socios, disolver la sociedad en mención. Cualquier interesado podrá oponerse a la disolución dentro de los 30 días siguientes a la publicación.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012035169).

Mediante acta de apertura de expediente de las catorce horas del veinticinco de abril del dos mil doce, otorgada ante esta notaría, Juan De Dios Cubero Vega, con cédula de identidad uno-doscientos ochenta y siete-setecientos setenta y uno, Laura Cubero Teytaud, con cédula uno-setecientos cuarenta y seis- cero treinta y cinco, esta notaría declara el proceso de disolución y liquidación de la sociedad denominada Quinabra Centroamérica S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil seiscientos veintitrés. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Suanny Freer Vargas, dirección exacta de la Escuela Pilar Jiménez, doscientos norte, Centro Comercial Montelimar, oficina cuatro, fax 2283-0215.—Lic. Suanny M. Freer Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035177).

Por instrumento público autorizado por esta notaría, a las 17:00 horas del 16 de abril de 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de Eisen Holdings S. A., mediante los que se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 23 de abril de 2012.—Lic. Cecilia Naranjo Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2012035204).

Por acuerdo del cien por ciento de los socios, ante la notaría del suscrito notario, se acuerda la disolución de la sociedad de esta plaza Mi Futuro Proyectos y Desarrollos M.F.P.D. S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cuatro seis cero uno dos. No existen bienes, ni cuentas que liquidar. Lo anterior es visible en el tomo quinto del protocolo del notario público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2012035205).

Por acuerdo del cien por ciento de los socios, ante la notaría del suscrito notario, se acuerda la disolución de la sociedad de esta plaza Inversiones Mil Cincuenta y Cuatro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-uno seis seis uno siete cinco. No existen bienes ni cuentas que liquidar. Lo anterior es visible en el tomo quinto del protocolo del notario público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2012035206).

Por acuerdo del cien por ciento de los socios, ante la notaría del suscrito notario, se acuerda la disolución de la sociedad de esta plaza 3-101-590138 s. a., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco nueve cero uno tres ocho. No existen bienes ni cuentas que liquidar. Lo anterior es visible en el tomo quinto del protocolo del notario público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2012035207).

Por acuerdo del cien por ciento de los socios, ante la notaría del suscrito notario, se acuerda la disolución de la sociedad de esta plaza 3-101-590648 s. a., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco nueve cero seis cuatro ocho. No existen bienes ni cuentas que liquidar. Lo anterior es visible en el tomo quinto del protocolo del notario público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2012035208).

Por acuerdo del cien por ciento de los socios, ante la notaría del suscrito notario, se acuerda la disolución de la sociedad de esta plaza 3-101-587436 s. a., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco ocho siete cuatro tres seis. No existen bienes ni cuentas que liquidar. Lo anterior es visible en el tomo quinto del protocolo del notario público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2012035209).

Por acuerdo del cien por ciento de los socios, ante la notaría del suscrito notario, se acuerda la disolución de la sociedad de esta plaza Mesén y Vargas S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-uno dos dos uno cero seis. No existen bienes ni cuentas que liquidar. Lo anterior es visible en el tomo quinto del protocolo del notario público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2012035210).

Por acuerdo del cien por ciento de los socios, ante la notaría del suscrito notario, se acuerda la disolución de la sociedad de esta plaza DJ Costumer Solutions S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cuatro cero cinco ocho ocho. No existen bienes ni cuentas que liquidar. Lo anterior es visible en el tomo quinto del protocolo del notario público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2012035211).

Por acuerdo del cien por ciento de los socios, ante la notaría del suscrito notario, se acuerda la disolución de la sociedad de esta plaza Penniecook & Sawyers S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro tres uno cero siete dos. No existen bienes ni cuentas que liquidar. Lo anterior es visible en el tomo quinto del protocolo del notario público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2012035212).

Por acuerdo del cien por ciento de los socios, ante la notaría del suscrito notario, se acuerda la disolución de la sociedad de esta plaza 3-101-514542 s. a., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco uno cuatro cinco cuatro dos. No existen bienes ni cuentas que liquidar. Lo anterior es visible en el tomo quinto del protocolo del notario público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2012035217).

Por escritura otorgada a las 12 horas del día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad C F P Comercializadora Aster Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y cuatro mil seiscientos cinco, en que se acuerda disolver la compañía.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—(IN2012035218).

Por escritura otorgada a las 9 horas del día de hoy se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Repuestos Liberia Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cero treinta y siete mil novecientos sesenta, en que se acuerda disolver la compañía.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Fernández Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012035219).

Por escritura otorgada a las 8 horas del día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cinco mil ciento diecisiete sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cinco mil ciento diecisiete, en que se acuerda disolver la compañía.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—(IN2012035220).

Que en escritura número ochenta y uno, otorgada en esta notaría a las catorce horas del primero de mayo del dos mil doce; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Corporación Cinco al Cubo, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y seis mil setecientos siete, en la cual se disuelve y liquida dicha sociedad.—San José, primero de mayo del dos mil doce.—Lic. Rita Alvarado Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035222).

Por escritura otorgada a las diez horas del treinta de abril de dos mil doce, protocolicé acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios de Servicios Integrales de Medicina de Empresa SIME S.R.L., por el cual se acordó disolver la sociedad.—Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notario.—1 vez.—(IN2012035223).

Que en escritura número ciento quince, otorgada en esta notaría a las quince horas, del primero de mayo del dos mil doce; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Oeste de Negocios y Servicios C y S Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y tres cuatrocientos siete, en la cual se disuelve y liquida dicha sociedad.—San José, primero de mayo del dos mil doce.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—(IN2012035224).

Por escritura número ciento once, otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Producciones Fortaleza Comercio de Maderas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veinte mil doscientos treinta y cinco; en la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 28 de abril del dos mil doce.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—(IN2012035225).

Por escritura número doscientos once, otorgada en esta notaría, a las diez horas del veinticinco de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Bufete Alfaro Bergueiro y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y seis mil ochocientos treinta y seis; en la que se acuerda la disolución y liquidación de dicha sociedad.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—(IN2012035227).

Mediante escritura número cincuenta y seis, visible al tomo ocho de mi protocolo, se disolvió la sociedad Coricoquito con Vista al Mar S. A. Es todo.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035228).

Mediante escritura número cincuenta y siete, visible al tomo ocho de mi protocolo, se disolvió la sociedad Coricoquito S. A. Es todo.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035229).

Mediante escritura número cincuenta y ocho, visible al tomo ocho de mi protocolo, se disolvió la sociedad Emergencias Electromecánicas Automotrices S. A. Es todo.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035230).

Mediante escritura número cincuenta y nueve, visible al tomo ocho de mi protocolo, se disolvió la sociedad Keom S. A. Es todo.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035231).

Mediante escritura número doscientos diez, visible al tomo quinto de mi protocolo, se disolvió la sociedad Paso Dorado del Norte S. A. Es todo.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—(IN2012035232).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diecisiete horas de hoy, se nombró nuevo presidente de la junta directiva de la sociedad La Ruta Orisol Sociedad Anónima. Presidente: Georgios Laurentios Panagiotidis.—Veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Herrera Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012035235).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diecisiete horas de hoy, se nombró nuevo presidente y tesorero de la junta directiva de la sociedad La Joya del Caribe Cubanacan Sociedad Anónima. Presidente: Pedro Joaquín Moltó Macías. Tesorera: María Del Carmen Alemañy Casañas.—Veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Herrera Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012035236).

Ante esta notaría se procede a protocolizar acta de asamblea extraordinaria de Cantamar S. A., donde se acuerda la disolución y liquidación de dicha sociedad a partir del veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Tamara Montecinos Ahumada, Notaria.—1 vez.—(IN2012035239).

Ante esta notaría se procede a protocolizar acta de asamblea extraordinaria de Mutual la Vivienda San José S. A., donde se acuerda la disolución y liquidación de dicha sociedad a partir del veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Tamara Montecinos Ahumada, Notaria.—1 vez.—(IN2012035240).

Por escritura otorgada ante mí, Nidia Arias Vindas, a las 16:30 horas del 26 de abril del 2012, se disolvió Distribuidora Lova Bra S. A., cédula jurídica 3-101-192537.—Flores, 26 de abril del 2012.—Lic. Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—RP2012291065.—(IN2012035268).

Por escritura otorgada ante mí, Nidia Arias Vindas, a las 16:30 horas del 26 de abril del 2012, se disolvió Textiles Carolina S. A., cédula jurídica 3-101-37676.—Flores, 26 de abril del 2012.—Lic. Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—RP2012291066.—(IN2012035269).

Por escritura otorgada ante nosotros, Gonzalo Alberto y Flor del Carmen ambos Ramírez Zamora, a las 16:30 horas del 24 de abril del 2012, se disolvió Neuchatel de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-534871.—Flores, 26 de abril del 2012.—Lic. Flor del Carmen Ramírez Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012291067.—(IN2012035270).

Por escritura otorgada ante mí, Nidia Arias Vindas, a las 16:30 horas del 26 de abril del 2012, se disolvió IAS International Airport Security S. A., cédula jurídica 3-101-360255.—Flores, 26 de abril del 2012.—Lic. Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—RP2012291068.—(IN2012035271).

Por escritura otorgada ante mí, Nidia Arias Vindas, a las 16:30 horas del 24 de abril del 2012, se disolvió Hesaujo S. A., cédula jurídica 3-101-220531.—Flores, 26 de abril del 2012.—Lic. Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—RP2012291065.—(IN2012035272).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de las ocho horas del veintiuno de abril del dos mil doce, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa Inversiones Lo Más Bello Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y cuatro mil noventa y seis, de lo cual da fe el notario que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—San José, a las ocho horas del veintidós de abril del dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012291070.—(IN2012035273).

Mediante acuerdo de la totalidad de los socios de las ocho horas del veinte de abril del dos mil doce, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa Libertades L B Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y nueve mil cincuenta y cuatro, de lo cual da fe el notario que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—San José, quince horas del veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012291071.—(IN2012035274).

Mediante escritura número trescientos cincuenta y uno de las diez horas del veintiséis de abril dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria, en donde se disuelve la sociedad Meds for Life Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos ochenta y tres mil quinientos veintiocho.—Lic. Carolina Morales García, Notaria.—1 vez.—RP2012291072.—(IN2012035275).

Mediante acuerdo de la totalidad de los socios de las diez horas del diecinueve de abril del dos mil doce, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa Centro Costarricense de Psico-Salud Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y nueve mil cincuenta y cuatro, de lo cual da fe el notario que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—San José, a las ocho horas del veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012291073.—(IN2012035276).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de las once horas del diecinueve de abril del dos mil doce, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa DCO International Investmens Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y nueve mil cincuenta y cuatro, de lo cual da fe el notario que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—San José, a las ocho horas del veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012291074.—(IN2012035277).

Se disuelve la sociedad Inmobiliaria Corporativa Ro Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada ante el notario Jaime Jesús Flores Cerdas, a las diecisiete horas del diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012291075.—(IN2012035278).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de las once horas del veinte de abril del dos mil doce, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa Inversiones L.C.J. del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y nueve mil setecientos siete, de lo cual da fe el notario que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—San José, a las ocho horas del veintiuno de abril del dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012291076.—(IN2012035279).

Se disuelve la sociedad Corjaca Internacional Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante el notario Jaime Jesús Flores Cerdas, a las diecisiete horas del veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012291077.—(IN2012035280).

Ante esta notaría mediante escritura número sesenta y seis-octavo, se protocolizó actas de la empresa que se dirá: Guilda Sociedad Anónima, reforma domicilio social, nombra directiva y fiscal. Otorgada en Heredia, a las 17 horas del 26 de abril del 2012.—Lic. Marlen M. Alfaro Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012291078.—(IN2012035281).

El veinticinco de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de la sociedad J.J. Cabuya Limitada.—Palmares, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012291080.—(IN2012035282).

El veintiuno de abril del dos mil doce, se otorgó escritura de disolución de la sociedad Isacabuya Limitada.—Palmares, veintitrés de abril del dos mil doce.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012291081.—(IN2012035283).

El diecinueve de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de la sociedad tres-ciento uno-cinco uno seis nueve ocho ocho s. a.—Palmares, veintitrés de abril del dos mil doce.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012291082.—(IN2012035284).

El diecinueve de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de la sociedad VILTEX S.R.L.—Palmares, veintitrés de abril del dos mil doce.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012291083.—(IN2012035285).

El suscrito notario hago constar que en el protocolo de la Licenciada Caterin Mora Chavarría y René Orellana Meléndez, se modifican el acta constitutiva de las compañías; ConnoPizza Gal y Cía S. A., Pagrech S. A., Connopizza S. A., 3-101-586030, Inversiones Hermanos Acuña y Cía S. A., Corporación Jurídico Contable Madrigal y Asociados S. A., además de la renuncia cono representantes de las compañías Servicios Cabaga S. A., Constructora Lara y Battalla LyB S. A., Constructora Ballata y Asociados S. A., Golf de la Rivera S. A., Estructuras LGS S. A., Empresa de Servicios L y B S. A., Diversiones del Mar S. A., y además la constitución de Disar SR S. A. Es todo.—Santa Ana, 27 de abril del 2012.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012291084.—(IN2012035286).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con oficina en Barva de Heredia, la sociedad Corporación Inmobiliaria Murillo & Quirós Sociedad Anónima, ha acordado su disolución.—Barva de Heredia, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2012291085.—(IN2012035287).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con oficina en Barva de Heredia, la sociedad Guácimo Motoservicios Sociedad Anónima, ha acordado su disolución.—Barva de Heredia, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2012291086.—(IN2012035288).

Lic. Tatiana Zeledón Castro informa que en su oficina se disolvió Espacios Arquitectónicos Esparqui S. A. Se otorga el plazo de ley para oposiciones.—Flores, 26 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012291087.—(IN2012035289).

Lic. Tatiana Zeledón Castro informa que en su oficina se disolvió Transportes La Mascota S. A. Se otorga el plazo de ley para oposiciones.—Flores, 26 de abril del 2012.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012291088.—(IN2012035290).

A las nueve horas cuarenta minutos del trece de abril del dos mil doce, se protocolizó en mi notaría acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Bolisol Sociedad Anónima, en la que se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo referente al domicilio y administración y vigilancia.—Tilarán, 18 de abril del 2012.—Lic. Ana Isabel Paniagua Lacayo, Notaria.—1 vez.—RP2012291089.—(IN2012035291).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocolizó los acuerdos en donde se procedió a la disolución de la sociedad Diseños Riava Sociedad Anónima, cédula tres-uno cero uno-uno ocho cuatro cero uno seis.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Fabio Solórzano Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012291090.—(IN2012035292).

Fumigadora y Servicios Generales de Guanacaste, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos quince mil cuatrocientos treinta y cuatro, informa que ha modificado la cláusula sétima del pacto social para que de ahora en adelante se lea así, la administración estará a cargo de una junta directiva de tres miembros que será presidente, secretario y tesorero. Correspondiendo al presidente y al tesorero la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad pudiendo actuar de forma individual el presidente, y de forma conjunta el tesorero con el presidente y solo en caso de ausencia justificada del presidente podrá actuar el tesorero de forma individual y quedando facultado en todas sus capacidades dichas para sustituir este poder en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo sin perder sus potestades que en todo lo demás que firme y valedera dicha cláusula para cualquier información se pueden informar en el Bufete Lobo al teléfono dos-seiscientos setenta y tres veintinueve doble cero. Es todo.—Guayabo de Bagaces, Guanacaste, veinticinco de agosto del dos mil once.—Lic. Alexander Lobo Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012291091.—(IN2012035293).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veinticinco de abril del dos mil doce, se protocolizó actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas de las empresas Fininver S. A., tres-ciento uno-ochenta y nueve mil doscientos nueve e Inversiones Dao S. A., tres-ciento uno-ciento once mil ochocientos setenta y cinco, en las que se acordó la fusión por absorción de ambas compañías, prevaleciendo Inversiones Dao S.A., y como consecuencia de ello se reformó la cláusula quinta de la sociedad prevaleciente aumentando su capital. Es todo.—San José, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012291092.—(IN2012035294).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas dieciséis minutos del veintiséis de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedad Matambu Azul M & B Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil seiscientos veintiuno, en la que se acordó la disolución de la sociedad por acuerdo de socios. Es todo.—San José, a las ocho horas veintiséis minutos del veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Julissa Sánchez Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012291093.—(IN2012035295).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas veinte minutos del veintiséis de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedad Servicios de Incorporación Laboral BB Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y siete, en la que se acordó la disolución de la sociedad por acuerdo de socios. Es todo.—San José, a las ocho horas treinta y tres minutos del veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Julissa Sánchez Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012291094.—(IN2012035296).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas seis minutos del veintiséis de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedad Carre Teras Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos cuarenta y tres mil quinientos cuarenta y dos, en la que se acordó la disolución de la sociedad por acuerdo de socios. Es todo.—San José, a las ocho horas veinticinco minutos del veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Julissa Sánchez Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012291095.—(IN2012035297).

Lechería M Y J de Fortuna de Bagaces Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno ocho ocho cero cuatro cuatro informa que ha modificado la cláusula quinta del pacto social para que de ahora en adelante se lea así: se reforma la cláusula quinta del pacto social que literalmente dice así se amplía el capital social que será la suma de treinta y seis mil colones, representados por dieciocho acciones comunes y nominativas de dos mil colones cada y también se modifica la cláusula sexta del pacto social, para que de ahora en adelante se lea así: la administración estará a cargo de una junta directiva de tres miembros que será presidente, secretario y tesorero. Correspondiendo al presidente, secretario y al tesorero la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad pudiendo actuar de forma conjunta o separada, la junta dictará los reglamentos de la sociedad, podrá nombrar gerentes, apoderado o representante con las designaciones, poderes o representaciones que estime convenientes que en todo lo demás que firme y valedera dicha cláusula para cualquier información se pueden informar en el Bufete Lobo al teléfono dos-seiscientos setenta y tres veintinueve doble cero. Es todo.—Guayabo de Bagaces, Guanacaste, veintisiete de marzo del mil doce.—Lic. Alexander Lobo Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012291096.—(IN2012035298).

Sealco Hidráulica Vimo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis cuatrocientos sesenta y siete informa que ha decidido la disolución de la constitución de esta sociedad que dicha sociedad no tiene bienes muebles ni inmueble activos ni pasivos que está solicitando la disolución de la misma por acuerdo de socios conforme lo establece el artículo doscientos uno inciso d, si alguien tiene interés o desea realizar objeción a la disolución de esta sociedad puede pedir información en el Bufete Lobo al teléfono dos seis siete tres- dos nueve cero cero. Es todo.—Guayabo de Bagaces, Guanacaste, veinticuatro de abril del mil doce.—Lic. Alexander Lobo Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012291097.—(IN2012035299).

Por escritura otorgada ante mí, Xiomara Rebeca Campos Acuña, con oficina abierta en Cartago, hoy a las diez horas se disuelve la sociedad Nava Jardines Técnicos Sociedad Anónima. Cartago, dos de abril de dos mil doce. Lic. Xiomara Rebeca Campos Acuña, notaria pública. Asiento número uno: de conformidad con la escritura constitutiva de la sociedad Nava Jardines Técnicos Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y uno mil quinientos, el capital social suscrito y pagado asciende a las suma de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, las que fueron suscritas y pagadas por las siguientes personas: el socio Víctor Hugo Ballestero Zúñiga, cédula tres-ciento diez-doscientos cuarenta y siete, quien suscribe y paga cinco acciones comunes y nominativas, la socia Rosa Nuria Monge Vega, cédula de identidad número tres-doscientos ochenta y seis-setecientos noventa y nueve, quien suscribe y paga cinco acciones comunes y nominativas de socios y acciones. En consecuencia se emiten los certificados de acciones numerados del uno al diez. Se transcribe el presente asiento el día dos de abril del dos mil doce.—Lic. Xiomara Rebeca Campos Acuña, Notaria.—1 vez.—RP2012291098.—(IN2012035300).

En escritura otorgada en mi notaría hoy a las 14:00 horas se protocolizó en lo conducente el acta número 8 y 9, respectivamente, correspondientes a asambleas generales extraordinarias de accionistas de las sociedades Casa Nueva S. A., y Solís y Solís S. A., mediante la cual se acuerda la fusión por absorción prevaleciendo la última.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012291099.—(IN2012035301).

Por escritura otorgada en mí notaría, a las 7 horas del 23 de abril de 2012 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Nindirí del Sur S. A., en virtud de la cual se acordó disolver dicha sociedad.—San Juan de Tibás, 25 de abril de 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012291100.—(IN2012035302).

Por escritura otorgada en mí notaría, a las 19 horas del 26 de abril de 2012 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tiempo de Amar S. A., en virtud de la cual se acordó disolver y liquidar dicha sociedad.—San Juan de Tibás, 26 de abril de 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012291101.—(IN2012035303).

Por escritura otorgada en mí notaría, a las 17 horas del 26 de abril de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Zangoloteo de Osa S. A., en virtud de la cual se acordó disolver y liquidar dicha sociedad.—San Juan de Tibás, 26 de abril de 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012291102.—(IN2012035304).

Por escritura otorgada en mí notaría a las 16 horas del 26 de abril de 2012 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de El Mágico Aladino del Sur S. A. en virtud de la cual se acordó disolver y liquidar dicha sociedad.—San Juan de Tibás, 26 de abril de 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012291103.—(IN2012035305).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del día veinticuatro de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Anderfrank Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos treinta y cuatro mil novecientos veinticinco, en la que se acordó la disolución de la sociedad por acuerdo de socios. Es todo.—San José, veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Hazel María Murillo Parajón, Notaria.—1 vez.—RP2012291104.—(IN2012035306).

Por escritura otorgada en mí notaría a las 8 horas del 23 de abril de 2012 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tacones del Sur S. A. en virtud de la cual se acordó disolver dicha sociedad.—San Juan de Tibás, 25 de abril de 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012291105.—(IN2012035307).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas treinta minutos del día veinticuatro de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Compañía Zeuz Gym Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinticinco mil ochocientos treinta y cuatro, en la que se acordó la disolución de la sociedad por acuerdo de socios. Es todo.—San José, veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Hazel María Murillo Parajón, Notaria.—1 vez.—RP2012291106.—(IN2012035308).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas treinta minutos del día veinticuatro de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Desarrollos Cafeca Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ocho mil doscientos sesenta y nueve, en la que se acordó la disolución de la sociedad por acuerdo de socios. Es todo.—San José, veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Hazel María Murillo Parajón, Notaria.—1 vez.—RP2012291107.—(IN2012035309).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintitrés de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Piedras Carolinas del Océano Pacífico S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos dos mil seiscientos seis, en la que se acordó su disolución por acuerdo de socios. Es todo.—San José, veintitrés de abril del dos mil doce.—Lic. Hazel María Murillo Parajón, Notaria.—1 vez.—RP2012291108.—(IN2012035310).

Por escritura otorgada ante nosotros el día de hoy, se constituyó la empresa Límite Costa Rica S. A. capital social totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas, plazo 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 21 de abril del 2012.—Lic. Esteban Rodríguez López y José Milton Morales Ramírez, Notarios.—1 vez.—RP2012291109.—(IN2012035311).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecinueve de abril del dos mil doce se protocolizó actas de asambleas general extraordinarias de accionistas de las empresas Condominio Monterrey Estrella Tres S. A, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil cien, y Casa Colonia Treinta y Ocho S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y tres mil ochocientos veintisiete, en las que se acordó la fusión por absorción de ambas compañías, prevaleciendo Casa Colonia Treinta y Ocho S. A., y como consecuencia de ello se reformó la cláusula quinta de la sociedad prevaleciente aumentando su capital. Es todo.—San José, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Hazel María Murillo Parajón, Notaria.—1 vez.—RP2012291110.—(IN2012035312).

Por escritura otorgada ante nosotros el día de hoy, los señores Alexis Méndez Fallas y Alexis Méndez Rodríguez, en sus condiciones de únicos socios, acordaron disolver la empresa Inversiones Alexis Méndez Fallas S. A.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Esteban Rodríguez López y José Milton Morales Ramírez, Notarios.—1 vez.—RP2012291111.—(IN2012035313).

Por escritura otorgada ante nosotros el día de hoy, la señora Shirley Méndez Villalobos, en su condición de dueña de la totalidad del capital social, acordó disolver la empresa Nazdapa Tres S. A.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Esteban Rodríguez López y José Milton Morales Ramírez, Notarios.—1 vez.—RP2012291112.—(IN2012035314).

Por escritura otorgada ante nosotros el día de hoy, la señora Shirley Méndez Villalobos, en su condición de dueña de la totalidad del capital social, acordó disolver la empresa Darinash Tres Cuzy S. A.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Esteban Rodríguez López y José Milton Morales Ramírez, Notarios.—1 vez.—RP2012291113.—(IN2012035315).

Ante esta notaría las ocho horas treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil doce, se presentan en esta notaría los señores Roberto García Muñoz, portador de la cédula de identidad número uno-doscientos ochenta y cuatro-novecientos treinta y siete y Roberto García Arias, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos treinta y uno-doscientos setenta, e indican, se apersonan a efectos de solicitar la disolución de la sociedad denominada Golfo Romeo Limitada cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-doscientos veintiséis mil setecientos sesenta y siete. Se cita a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación del edicto de ley comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, ubicada en San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Roosevelt, del súper La Casita cien metros al sur y cien metros al este.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Fernando Baltodano Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2012291114.—(IN2012035316).

En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la compañía Puma de Piedra Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuatro mil cuatrocientos diez.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. María Verónica Riboldi López, Notaria.—1 vez.—RP2012291115.—(IN2012035317).

En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la compañía Feria-Karts Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y ocho mil quinientos cincuenta y ocho.—San José, 25 de abril del dos mil doce.—Lic. Jessica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012291117.—(IN2012035318).

En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la compañía L S L Adviser & Trust S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y seis mil doscientos doce.—San José, 25 de abril del dos mil doce.—Lic. Jessica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012291118.—(IN2012035319).

Mediante escritura autorizada por la suscrita notaría, a las doce horas del día veinticinco de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Sleepy Flowers Limitada, mediante la cual se acuerdo fusionar por absorción con las sociedades Procesos Creativos RLG S. A. y R.S. Ideas Limitada, y se reforma la cláusula cuarta de los estatutos.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. María Verónica Riboldi López, Notaria.—1 vez.—RP2012291119.—(IN2012035320).

Por escritura número noventa y dos, otorgada en mi notaría a las 15:00 horas del 25 de abril del 2012, se acuerda disolver la sociedad Exportadora de Plantas Gaby Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-079104.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012291122.—(IN2012035321).

Por escritura pública de las dieciséis horas del veinticinco de abril del dos mil doce, se protocolizaron sendas asambleas generales extraordinarias de socios de las empresas Agropecuaria Zora S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y tres mil trescientos treinta, y Bodegas Industriales del Oeste S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero noventa y siete mil ochocientos cincuenta y cuatro, mediante la cual se fusionaron por absorción, prevaleciendo Agropecuaria Zora S. A. de igual forma de la prevaleciente, se cambió el domicilio social, se reformó la cláusula de la representación y se nombró nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, veinticinco de abril de dos mil doce.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—RP2012291123.—(IN2012035322).

Por escritura otorgada por el suscrito Álvaro Restrepo Muñoz a las trece horas del veinticuatro de abril del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas, acta número tres, de la compañía Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Setenta y Siete Mil Setecientos Cuarenta y Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y siete mil setecientos cuarenta y siete, por lo que se reforma la cláusula sexta del pacto social.—Guanacaste, veinticuatro de abril de dos mil doce.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012291127.—(IN2012035323).

Regalo Divino de Dios Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101-413168, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de ley, contados a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, Costa Rica, 25 de abril del 2012 .—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012291128.—(IN2012035324).

Ante esta notaría se protocolizó el acta número dos del libro de actas de asamblea de socios número uno en la que se acordó la disolución de la sociedad denominada Colombia Íntima S. A., cédula jurídica 3-101-598508.—San José, 27 de abril de 2012.—Lic. Marcela Alvarado Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012291129.—(IN2012035325).

Complete Services Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101-398100, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de ley, contados a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, Costa Rica, 25 de abril del 2012.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012291130.—(IN2012035326).

Ante esta notaría se protocolizó el acta en la que se acordó la reforma a los estatutos de Ca Trade Consulting Group S. A., cédula jurídica 3-101-566360, modificando nuevo domicilio social, la representación y el capital accionario.—San José, 26 de abril de 2012.—Lic. Marcela Alvarado Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012291131.—(IN2012035327).

Mediante escritura pública otorgada a las 10:00 horas del 26 de abril del 2012, se disuelve la sociedad Belgarden Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Luis Gustavo González Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2012291133.—(IN2012035328).

La suscrita notaria hace constar que hoy protocolizó acuerdos de disolución y liquidación de la sociedad Marimar Comercial Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Los Yoses, del ICE, 700 metros al sur, cédula jurídica Nº 3-101-28980. de conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, cualquier interesado en oponerse judicialmente a esta disolución puede hacerlo dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012291135.—(IN2012035329).

Por escritura otorgada a las once y treinta horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se fusionan por absorción Montaña Productions S. A., Puerto Calma S. A., y Portocito de Manzanillo S. A., con Inversiones de la Jungla S. A., la que modifica la cláusula quinta de sus estatutos aumentando el capital social.—Lic. Alice Michelle Mc Coy Garnier, Notaria.—1 vez.—RP2012291136.—(IN2012035330).

La suscrita notaría hace constar que hoy protocolizó acuerdos de disolución y liquidación de la sociedad Ramiram Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Los Yoses, del ICE, 700 metros al sur, cédula jurídica Nº 3-101-40386. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, cualquier interesado en oponerse judicialmente a esta disolución puede hacerlo dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012291137.—(IN2012035331).

Por escritura otorgada a las doce horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se fusionan por absorción Marathón S. A., Metate S. A., Gemí-Jad S. A., con Rancho de Salud Pura Vida S. A., la que modifica la cláusula quinta de sus estatutos aumentando el capital social.—Lic. Alice Michelle Mc Coy Garnier, Notaria.—1 vez.—RP2012291138.—(IN2012035332).

La suscrita notaría hace constar que hoy protocolizó acuerdos de disolución y liquidación de la sociedad Cururu Tropical Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Los Yoses, del ICE, 700 metros al sur, cédula jurídica Nº 3-101-235010. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, cualquier interesado en oponerse judicialmente a esta disolución puede hacerlo dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012291139.—(IN2012035333).

En mi notaría, se ha procedido a otorgar la escritura, por medio de la cual, el representante de la entidad cuya razón social es: Zúñiga y Salas Sociedad de Responsabilidad Limitada, apostrofada como Zuysa Ltda., cédula jurídica número tres-ciento dos-doscientos diecisiete mil cuarenta y cuatro, estando debidamente autorizado por la asamblea de socios y por no haber realizado desde su constitución, actividad comercial alguna, acuerdan su disolución, de conformidad con la estipulación constante y vigente, en el artículo doscientos uno del Código de Comercio, vigente a la fecha.—Cartago, trece de abril del dos mil doce.—Lic. José Gerardo Coto Mora, Notario.—1 vez.—RP2012291140.—(IN2012035334).

Por escritura 81-06 del tomo 06, de la suscrita notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en San Isidro de El General, de Pérez Zeledón a las 15:00 horas del 25 de abril del 2012; protocolicé acta de la sociedad IP and Computing Support S.R.L., sociedad costarricense con cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos setenta y un mil ochenta, en la cual se acuerda disolverla.—San Isidro de El General, 25 de abril del 2012.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—RP2012291141.—(IN2012035335).

Que mediante acta número dos de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Maysaagui Sociedad Anónima, celebrada a las once horas del día dieciocho de abril de dos mil doce, se acordó por mayoría de socios la disolución de la misma, de acuerdo al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Ciudad Colón, a las diez horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Bustamante Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012291142.—(IN2012035336).

Mediante escritura trescientos dos, se fusionan por absorción las sociedades: Agropecuaria Moros Tres X Sociedad Anónima cédula 3-101-423628, Inversiones M T B Q del Este Sociedad Anónima, 3-101-320184, Inversiones Pilarica La Carpintera Sociedad Anónima, 3-101-323651 y Desarrollos Inroem del Este Sociedad Anónima, 3-101-292548, prevaleciendo la última.—Tres Ríos, 26 de abril del 2012.—Lic. Rolando Rojas Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012291143.—(IN2012035337).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las siete horas cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de abril del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Tecnología Real S. A., cédula jurídica 3-101-202483.—Lic. Yorleny Campos Oporta, Notaria.—1 vez.—RP2012291144.—(IN2012035338).

Por escritura número doscientos setenta y siete de las catorce horas treinta minutos del veintidós de abril del dos mil doce, visible al folio ciento ochenta y siete vuelto del tomo nueve de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Taller Industrial Quima Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos dieciocho mil ochocientos ochenta y cinco, por la que se disuelve la misma.—San Carlos, Florencia, veintitrés de abril del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2012291146.—(IN2012035339).

Por escritura número once otorgada a las diez horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se protocolizó acuerdo de asamblea ordinaria y extraordinaria, mediante el cual se modifica la cláusula octava referente a la junta directiva y representación judicial y extrajudicial del pacto constitutivo de la sociedad Tecnología Siglo Mágico Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. María José Mora Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2012291149.—(IN2012035340).

Ante esta notaría, al ser las diez horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Corporación Marzo Dos Mil Diez Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula octava del pacto social, se revocan cargos de presidente y tesorero de la junta directiva y se hacen nuevas designaciones.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012291151.—(IN2012035341).

Por escritura pública otorgada ante mi notaría el día de hoy, se ha protocolizado acta de la sociedad Filedia Internacional Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, veintitrés de abril de dos mil doce.—Lic. Alvis González Garita, Notario.—1 vez.—RP2012291152.—(IN2012035342).

Por escritura otorgada en San José, el día veintiséis de abril de dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad Prisma de San José L y F Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y un mil cuatrocientos cincuenta y siete, mediante la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—Lic. Ana Virginia Madrigal Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012291153.—(IN2012035343).

Por escritura otorgada en San José, el día veintiséis de abril de dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad El Mercedes Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento dieciocho mil novecientos seis, mediante la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—Lic. Ana Virginia Madrigal Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012291154.—(IN2012035344).

Por escritura número doscientos treinta y cinco del tomo dos del protocolo de la suscrita notaría y otorgada a las catorce horas veinte minutos del día veintiséis de abril del dos mil doce, se reformó la cláusula del plazo social del pacto constitutivo de Dominical Island Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres siete nueve cero seis seis.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012291155.—(IN2012035345).

Por escritura número doscientos treinta y siete del tomo dos del protocolo de la suscrita notaría y otorgada a las quince horas del día veintiséis de abril del dos mil doce, se reformó la cláusula del plazo social del pacto constitutivo de The Chocolat House THC Inc. Limitada, cédula jurídica tres-ciento uno-dos siete ocho dos seis cuatro.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012291156.—(IN2012035346).

Por escritura número doscientos treinta y seis del tomo dos del protocolo de la suscrita notaría y otorgada a las catorce horas cuarenta minutos del día veintiséis de abril del dos mil doce, se reformó la cláusula del plazo social del pacto constitutivo de Piazza Morano Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos siete ocho dos seis cuatro.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012291157.—(IN2012035347).

Por escritura número doscientos treinta y cuatro del tomo dos del protocolo de la suscrita notaría y otorgada a las trece horas treinta minutos del día veintiséis de abril del dos mil doce, se reformó la cláusula del plazo social del pacto constitutivo de Leight Creek Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres siete tres siete ocho tres.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012291158.—(IN2012035348).

En mi notaría he protocolizado acta de la sociedad: con la sociedad Fruta de Pasión Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-359748, en la cual se acuerda fusionar en una sola Sociedad Anónima a Finca Trece Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-049594, y a Finca Señor Catorce Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-049595, con la sociedad Fruta de Pasión Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-359748, mediante absorción de la primera y la segunda por la tercera. Se modifican las cláusulas tercera y quinta del pacto constitutivo de la entidad Fruta de Pasión.—Lic. Carlos Roberto Salas Arce, Notario.—1 vez.—RP2012291161.—(IN2012035349).

Por escritura otorgada en esta notaría a las once horas cuarenta y ocho minutos del día de hoy, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Pessac de Costa Rica Limitada.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Rafaela Solano Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012291163.—(IN2012035351).

Por escritura otorgada ante mí, Italy Electronic Style Sociedad Anónima, modifica cláusula sexta del pacto social. Se nombra gerente y subgerentes. Escritura otorgada en Mercedes Sur de Heredia, a las 12 hrs. del 20 de abril del 2012.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012291164.—(IN2012035352).

Por escritura otorgada ante mí, Red Power Electronic Sociedad Anónima, modifica cláusula sexta del pacto social. Se nombra gerente y subgerentes. Escritura otorgada en Mercedes Sur de Heredia, a las 11:00 horas del 20 de abril del 2012.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012291165.—(IN2012035353).

Por escritura otorgada ante mí, Madou Distribuidora Planet Green Sociedad Anónima, modifica cláusula sétima del pacto social. Se nombra secretario. Escritura otorgada en Mercedes Sur de Heredia, a las 10:00 horas del 20 de abril del 2012.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012291166.—(IN2012035354).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las nueve horas del día 18 de abril del año dos mil doce, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas mediante la cual se disuelve la sociedad Supernova Investments S. A.—Heredia, 26 de abril del año 2012.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012291167.—(IN2012035355).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las diez horas del día dieciocho de abril del año dos mil doce, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas mediante la cual se disuelve la sociedad La Flor de Estelí S. A.—Heredia, 26 de abril del 2012.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012291168.—(IN2012035356).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del día dieciocho de abril del año dos mil doce, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas mediante la cual se disuelve la sociedad El Yin y El Yan S. A.—Heredia, 26 de abril del año dos mil doce.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012291169.—(IN2012035357).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las doce horas del día diecinueve de abril del año dos mil doce, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas mediante la cual se disuelve la sociedad Grupo Industrial Simeca SM S. A.—Heredia, 26 de abril del 2012.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012291170.—(IN2012035358).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las ocho horas del día dieciocho de abril del año dos mil doce, se protocolizó acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas mediante la cual se toman cuerdos de cuotistas y se reforma cláusula quinta la compañía Servicio de Información Registral S.R.L.—Heredia, 26 de abril del año 2012.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012291171.—(IN2012035359).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las nueve horas del día diecisiete de abril del año dos mil doce, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas mediante la cual se disuelve la sociedad Limoprpiedades S. A.—Heredia, 26 de abril del año 2012.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012291172.—(IN2012035360).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día diecisiete de abril del año dos mil doce, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas mediante la cual se disuelve la sociedad Limoservicios S. A.—Hereda, 26 de abril del año 2012.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012291173.—(IN2012035361).

A las nueve horas del día 27 de abril de 2012, protocolicé en mi notaría, las actas de asamblea de socios de las compañías La Quinta Trescientos S. A., cédula 3-101-587297, La Quinta Trescientos Uno S. A., cédula 3-101-588296, La Quinta Trescientos Dos S. A., cédula 3-101-587296, La Quinta Trescientos Tres S. A., cédula 3-101-587029, La Quinta Trescientos Cuatro S. A., cédula 3-101-587026, La Quinta Trescientos Cinco S. A., cédula 3-101-587024, La Quinta Trescientos Seis S. A., cédula 3-101-587107, La Quinta Trescientos Siete S. A., cédula 3-101-586968, La Quinta Trescientos Ocho S. A., cédula 3-101-587070, La Quinta Trescientos Nueve S. A., cédula 3-101-588313, donde se fusionan prevaleciendo La Quinta Trescientos S. A., cédula 3-101-587297 y se reforma la cláusula cuarta de esta última compañía.—Heredia, 27 de abril del 2012.—Lic. Marilú Quirós Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2012291177.—(IN2012035362).

3-101-628360 S. A. Modifica cláusula de pacto constitutivo. Escritura protocolizada a las 20:00 horas del 26 de abril del 2012.—Lic. Laura Ramírez Torres, Notaria.—1 vez.—RP2012291179.—(IN2012035363).

Importadora Gadol Gibbor S. A., modifica cláusula de pacto constitutivo. Escritura protocolizada a las 15:00 horas del 26 de abril del 2012.—Lic. Laura Ramírez Torres, Notaria.—1 vez.—RP2012291180.—(IN2012035364).

Por escritura de las ocho horas del veintisiete de abril de dos mil doce, la sociedad Vachava de Heredia S. A., cédula jurídica: tres - ciento uno - ciento cuarenta y ocho mil ciento dos, absorbe a Compañía Astro E.V.C cédula jurídica: tres - ciento uno - uno nueve ocho cinco siete seis, mediante fusión por absorción. Se modifica la cláusula de administración, presidente y tesorero son los apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012291181.—(IN2012035365).

Ante esta notaría de conformidad con los artículos 14 y 129 del Código Notarial, los socios de Berbena Asesores y Capacitadores Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-207607, acuerdan la disolución de la sociedad. Se emplaza por treinta días a partir de esta publicación a quienes tengan interés en oponerse.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—RP2012291182.—(IN2012035366).

Ante esta notaría, de conformidad con los artículos 14 y 129 del Código Notarial, los socios de Hacienda Guayacán del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-309635, acuerdan la disolución de la sociedad. Se emplaza por treinta días a partir de esta publicación a quienes tengan interés en oponerse.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—RP2012291183.—(IN2012035367).

Ante esta notaría, de conformidad con los artículos 14 y 129 del Código Notarial, los socios de Gestión y Desarrollo Empresarial Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-195544, acuerdan la disolución de la sociedad. Se emplaza por treinta días a partir de esta publicación a quienes tengan interés en oponerse.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—RP2012291184.—(IN2012035368).

Por escritura de las siete horas del veintisiete de abril de dos mil doce, la sociedad Tremar Villa S. A., cédula jurídica: tres - ciento uno-doscientos veintidós mil ciento setenta y nueve absorbe a Condominio Avicenia Número Ciento Uno Venus S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-treinta setenta y ocho doce, mediante fusión por absorción. Se modifica cláusula de administración, presidente y secretario son los apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012291185.—(IN2012035369).

Ante este notario, mediante escritura número sesenta y cinco de las nueve horas del veintiséis de abril de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad Winema Reserve Lands Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos- cuatrocientos ochenta mil seiscientos cincuenta y seis. Es todo.—San José, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012291186.—(IN2012035370).

Ante este notario, mediante escritura número setenta de las once horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad Corporación del Trópico Sur S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos siete mil cero setenta y nueve. Es todo.—San José, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012291187.—(IN2012035371).

Por escritura otorgada, ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las doce horas del veinticuatro de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Monibodegas Centro Palma de Jacó RS Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos cincuenta mil quinientos cuarenta y tres, reformando sus cláusulas primera, décima y reformando su junta directiva. Es todo.—Jacó, 24 de abril del 2012.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2012291188.—(IN2012035372).

Ante este notario, mediante escritura número sesenta y tres de ocho horas del veintiséis de abril de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad Automotriz Centinela del Bosque OYD Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos sesenta y nueve mil ciento quince. Es todo.—San José, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012291189.—(IN2012035373).

Ante este notario, mediante escritura número sesenta y cuatro de las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad Compañía Agrícola El Espavel Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- treinta y dos mil quinientos sesenta y cuatro. Es todo.—San José, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012291190.—(IN2012035374).

Por escritura otorgada a las ocho horas del veintiséis de abril del año dos mil doce ante la suscrita notaria se constituyó la empresa Everest Comercial Sistemas de Avanzada Sociedad Anónima, plazo 99 años. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Marlene Arias Matamoros.—San José, veintisiete de abril del año dos mil doce.—Lic. Susana María Ureña Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012291191.—(IN2012035375).

Por escritura pública, se protocoliza asamblea de socios de la sociedad denominada: Indalo Gaming Sociedad Anónima, por cambio de nombre junta directiva y nombramiento de un apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, Notario.—1 vez.—RP2012291192.—(IN2012035376).

La suscrita notaria, hace constar que por escritura otorgada ante esta notaría, el día 26 de abril del 2012, se modificó la cláusula segunda y la cláusula sexta del pacto constitutivo de Antisthenica Sociedad Anónima y se realizó cambio de junta directiva y fiscal.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Ana Lorena Mendoza Carrera, Notaria.—1 vez.—RP2012291193.—(IN2012035377).

Ante esta notaría, mediante escritura número 108 de las 12 horas del día de hoy se acordó la disolución de la sociedad Herboreana Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-199977.—Alajuela, 26 de abril del 2012.—Lic. Margarita Regidor Solano, Notaria.—1 vez.—RP2012291195.—(IN2012035378).

Ante esta notaría se otorgó escritura de constitución de sociedad anónima, al ser las ocho horas del veintiséis de abril del dos mil doce. En donde la compañía se llamará Grupo Corporativo Hermanos E & J Sociedad Anónima, cuyo presidente, secretario y tesorero tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma en forma conjunta. Es todo.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Jannyn Chacón Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012291199.—(IN2012035379).

Por escritura pública otorgada, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria celebrada a las 14:00 horas del 12 de abril del 2012 de la sociedad 3-101-595342 S. A. Se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Lucrecia Flaque Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012291200.—(IN2012035380).

Por medio de escritura otorgada, a las diez horas del día veintiséis de abril del año dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de  accionistas  de  las  empresas Odnalro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-noventa y cinco mil novecientos cuatro, Afamoso de Cartago S. A., cédula jurídica tres-doscientos ochenta y seis mil ciento noventa y cuatro, e Inmobiliaria Morajas de San José Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y cinco mil seiscientos veinticinco, mediante las cuales se acuerda fusionarlas prevaleciendo Odnalro S. A., de conformidad con el artículo 224 del Código de Comercio.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012291201.—(IN2012035381).

Por medio de escritura otorgada, a las doce horas del día veintiséis de abril del año dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de las empresas Edificio Armo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintiocho mil quinientos noventa y tres y Cecilugo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y nueve mil trescientos sesenta y cuatro, mediante las cuales se acuerda fusionarlas prevaleciendo Edificio Armo S. A., de conformidad con el artículo 224 del Código de Comercio.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012291202.—(IN2012035382).

Ante esta notaría, por acta de asamblea general extraordinaria de socios de Agrícola El Empalme de Los Santos Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres-ciento uno- quinientos ochenta y cinco mil ochenta y uno, a las trece horas del veinticinco de abril de dos mil doce, en la que se acordó nombrar nuevo presidente y secretaria y además reformar cláusula segunda y sétima del pacto constitutivo.—Cartago, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—RP2012291203.—(IN2012035383).

Por escritura otorgada a las doce horas del veintiséis de abril del presente año, ante la suscrita notaria, se acuerda disolver la sociedad Inversiones Varso Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Carmen Soto Montero, Notaria.—1 vez.—RP2012291204.—(IN2012035384).

Ante esta notaría por acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones B & O de Cartago Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y tres, a las once horas con veinte minutos del veintiséis de abril de dos mil doce, hago constar que se acordó disolver la sociedad.—Cartago, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—RP2012291205.—(IN2012035385).

Por escritura otorgada a las once horas del veintiséis de abril del presente año, ante la suscrita notaria, se acuerda disolver la sociedad Occio Zone Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Carmen Soto Montero, Notaria.—1 vez.—RP2012291206.—(IN2012035386).

Ante esta notaría por acta de asamblea general extraordinaria de socios de Agropecuaria La Roca Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-treinta y cinco mil quinientos sesenta y siete, a las quince horas del veintitrés de abril de dos mil doce, hago constar que se acordó disolver la sociedad.—Cartago, veinticinco de abril de dos mil doce.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—RP2012291207.—(IN2012035387).

Por escritura ciento diecisiete-veinticuatro otorgada en esta notaría el veinte de abril del dos mil doce, a las diez horas se acepta renuncia y se nombra presidente, secretario y tesorero de la sociedad P & P Tecnocel de Costa Rica S. A.—Cartago, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Belisario Antonio Solano Solano, Notario.—1 vez.—RP2012291208.—(IN2012035388).

Ante esta notaría por acta de asamblea general extraordinaria de socios de Hogar Depósito Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-noventa y siete mil trescientos cincuenta y cinco, a las dieciséis horas del veintitrés de abril de dos mil doce, hago constar que se acordó disolver la sociedad.—Cartago, veinticinco de abril de dos mil doce.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—RP2012291210.—(IN2012035389).

Ante esta notaría por acta de asamblea general extraordinaria de socios de Maderas Ruiz y Camacho Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-veintidós mil seiscientos sesenta y uno, a las catorce horas con veinte minutos del veintitrés de abril de dos mil doce, hago constar que se acordó disolver la sociedad.—Cartago, veinticinco de abril de dos mil doce.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—RP2012291211.—(IN2012035390).

Por escritura número ciento cincuenta y uno, otorgada a las ocho horas del veintiséis de abril del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Motores Ilumina del Nuevo Milenio Sociedad Anónima, en la cual se reforma y disuelve la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Elluany Coto Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2012291212.—(IN2012035391).

Por escritura 118 del tomo ocho de las 09:00 horas del 26 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Chen Ku S. A., por la cual se disuelve la indicada sociedad.—San José, Pavas, 26 de abril del 2012.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—RP2012291213.—(IN2012035392).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del veinticinco de abril del dos mil doce, se reforma la cláusula segunda del domicilio, la cláusula sétima de la convocatoria y se disuelve la sociedad Inmobiliaria del Reventazón Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Edgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2012291214.—(IN2012035393).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veinticinco de abril del dos mil doce, se disuelve la sociedad Mar de Playa Negra Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2012291215.—(IN2012035394).

Ante esta notaría el 25 de abril del 2012 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Familia Solís Rodríguez FSR S. A., número de persona jurídica: 3-101-330571, conforme al Código de Comercio, artículo 201 inciso D, se acuerda su disolución. Se cita y emplaza a todos tos interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante la autoridad judicial correspondiente para hacer valer sus derechos. Solicitante Iris Rodríguez Cerdas.—Lic. Ana Ruth Palma Céspedes, Notaria.—1 vez.—RP2012291216.—(IN2012035395).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se fusionó la sociedad Inmobiliaria Toñito Sociedad Anónima, con la sociedad Inmobiliaria Andijo Sociedad Anónima, reformándose la cláusula del capital social de Inmobiliaria Toñito Sociedad Anónima.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—RP2012291217.—(IN2012035396).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil doce, se fusionó la sociedad Guding Hands de Costa Rica Sociedad Anónima con y en la sociedad DCAG Nueve Rubí Sociedad Anónima, reformándose la cláusula del capital social de Guding Hands de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—RP2012291218.—(IN2012035397).

El 24 de abril del 2012, comparecientes los señores Sandí Sandí Juan Carlos, cédula 1-664-809 y Bonilla Miralles Aida Mayela, cédula 1-525-327, para protocolizar acuerdo de disolución de Servicios del Montaje Optometra Sandy S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-dos siete tres tres cuatro nueve.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—RP2012291219.—(IN2012035398).

El 17 de abril del 2012, el suscrito notario Óscar José Porras Cascante, debidamente autorizado para protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de G & T Tecnolib de la Pampa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cuatro cinco cinco dos cuatro cinco.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—RP2012291220.—(IN2012035399).

Yo, Manuela Guillén Salazar, hago constar que mediante la escritura número noventa y tres, de las ocho horas del veintiséis de abril del dos mil doce, visible al tomo segundo de mi protocolo, he protocolizado el acta de la asamblea de accionistas de Servicios de Seguridad CIS CR Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- trescientos cincuenta y ocho mil cincuenta y siete, donde acordaron realizar una fusión por absorción, con las sociedades a) Seguridad Vitec S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - doscientos treinta y cuatro mil quinientos treinta y cuatro b) Transportadora de Valores Los Guardianes S. A., cédula jurídica tres - ciento uno- doscientos diez mil quinientos setenta y nueve, c) Consorcio Atlántico de Seguridad S. A. cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta y siete d) Consorcio Guanacasteco de Vigilancia CIS S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos cuarenta y ocho mil novecientos ochenta y cinco, e) Cedrón de las Alturas S. A., cédula jurídica tres- ciento uno - trescientos veinticuatro mil ochocientos cincuenta y ocho, f) Los Alguaciles S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - cuatrocientos veintinueve mil doscientos ochenta y seis, g) Uniformes Tácticos S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - cuatrocientos ochenta y dos mil doscientos sesenta y uno, en la que prevalecerá la primera sociedad. En concordancia, hago constar que en las actas protocolizadas mediante la mencionada escritura, se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: que la presente Asamblea conoce el proyecto de acuerdo de fusión, por absorción, suscrito y aprobado por las siguientes empresas: a) Seguridad Vitec S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - doscientos treinta y cuatro mil quinientos treinta y cuatro b) Transportadora de Valores Los Guardianes S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - doscientos diez mil quinientos setenta y nueve, c) Consorcio Atlántico de Seguridad S. A., cédula jurídica tres -ciento uno - trescientos cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta y siete d) Consorcio Guanacasteco de Vigilancia CIS S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos cuarenta y ocho mil novecientos ochenta y cinco, e) Cedrón de las Alturas S. A., cédula jurídica tres - ciento uno -trescientos veinticuatro mil ochocientos cincuenta y ocho, f) Los Alguaciles S. A. ,cédula jurídica tres- ciento uno - cuatrocientos veintinueve mil doscientos ochenta y seis, g) Uniformes Tácticos S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - cuatrocientos ochenta y dos mil doscientos sesenta y uno. Mediante el cual cada una de las anteriores empresas, han celebrado sus correspondientes Asambleas Extraordinarias y acordado la fusión por absorción con la empresa Servicios de Seguridad CIS CR  S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y ocho mil cincuenta y siete y que por convenir a los intereses de esta compañía, se acuerda aprobar y suscribir formalmente dicha fusión, la fusión por absorción producirá los siguientes efectos: Uno) El cese en la personalidad jurídica individual de a) Seguridad Vitec S. A., cédula jurídica tres -ciento uno - doscientos treinta y cuatro mil quinientos treinta y cuatro b) Transportadora de Valores Los Guardianes S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - doscientos diez mil quinientos setenta y nueve, c) Consorcio Atlántico de Seguridad S. A., cédula jurídica tres - ciento uno -trescientos cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta y siete d) Consorcio Guanacasteco de Vigilancia CIS S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos cuarenta y ocho mil novecientos ochenta y cinco, e) Cedrón de las Alturas S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos veinticuatro mil ochocientos cincuenta y ocho, f) Los Alguaciles S. A., cédula jurídica tres – ciento-uno - cuatrocientos veintinueve mil doscientos ochenta y seis, g) Uniformes Tácticos S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - cuatrocientos ochenta y dos mil doscientos sesenta y uno; Dos) Servicios de Segundad CIS S. A., asume, de pleno derecho, sin exclusión ni excepción alguna, todos los activos y pasivos, lo mismo que todos los derechos y obligaciones, incluyendo los de carácter contingente o eventual de la compañía, así como los ingresos y gastos correspondientes al ejercicio fiscal en curso; Tres) La transmisión, en bloque, de la totalidad de los activos y pasivos de las compañías absorbidas origina un aumento en el capital social de Servicios de Seguridad CIS S. A. que es la sociedad prevaleciente, por lo que se acuerda reformar los estatutos de la sociedad para aumentar su capital a la cifra real que resulta de la suma de los capitales sociales de las compañías que se fusionan, por tal razón se acuerda modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo, para que en adelante se lea así: “Quinta: El capital social es de doscientos sesenta mil colones, representados por diez acciones comunes y nominativas de veintiséis mil colones cada una, totalmente suscritas y pagadas en dinero en efectivo así: el socio Guillén Elizondo suscribe y paga dos acciones comunes y nominativas de veintiséis mil colones cada una, el socio Allan Guillén Miranda, suscribe y paga dos acciones comunes y nominativas de veintiséis mil colones cada una, la socia María Eugenia Miranda Ramírez suscribe y paga dos acciones comunes y nominativas de veintiséis mil colones cada una; la socia Beatriz Guillén Miranda suscribe y paga dos acciones comunes y nominativas de veintiséis mil colones cada una y el socio Erick Guillén Miranda suscribe y paga dos acciones comunes y nominativas de veintiséis mil colones cada una, que representan el capital social de la compañía. La suscrita Notaria da fe del pago de los aportes que hacen los socios con la firma de una letra de cambio a favor de la compañía por la suma de cincuenta y dos mil colones que hace cada socio, las cuales recibe el presidente que se dirá”. Segundo: Vista la renuncia que de su puesto hace el señor Agustín Guillén Elizondo, se acepta la misma y se acuerda nombrar la siguiente Junta Directiva, por todo el plazo social, desde hoy: Presidente: Erick Guillén Miranda, mayor, casado una vez, administrador de empresas, cédula uno - ochocientos sesenta y cinco - quinientos treinta y siete; Tesorero Allan Guillén Miranda, mayor, soltero, administrador de empresas, cédula dos - quinientos cincuenta y cuatro -cuatrocientos veintidós. Secretaria: Beatriz Guillén Miranda, mayor, casada por segunda vez, psicóloga, cédula de identidad número uno - ochocientos diecisiete - cero treinta y cuatro. Todos vecinos de San José, Barrio Dent, del INEC ciento cincuenta metros sur, casa setecientos ochenta. Asimismo acuerdan designar como Fiscal a Luis Diego Pérez Sánchez, mayor, casado una vez, vecino de San Miguel de Desamparados, de la escuela doscientos metros sur contador privado, cédula dos - trescientos noventa y nueve - ochocientos treinta y seis, quienes presentes en este acto, aceptan el nombramiento y entran en posesión de sus cargos.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Licda. Manuela Guillén Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012291221.—(IN2012035400).

El día 17 de abril del 2012, el suscrito notario, Óscar José Porras Cascante, debidamente autorizado para protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de Servicios Electrónicos y Computación Tecnológica ADA Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-dos nueve uno siete siete dos.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—RP2012291222.—(IN2012035401).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 25 de abril del 2012, los accionistas de Rajure S. A., cédula 3-101-194752, acuerdan disolver la sociedad conforme al artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio y conforme con el transitorio II de la Ley 9024.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Yuliana Gaitán Ayales, Notaria.—1 vez.—RP2012291224.—(IN2012035402).

El día de hoy he protocolizado acta de asamblea extraordinaria de la sociedad de esta plaza Bicilici Sociedad Anónima, en la cual se disuelve la sociedad dicha, la cual no tiene activos ni pasivos de ninguna naturaleza.—24 de abril del 2012.—Lic. Flor de Liz Monge Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2012291225.—(IN2012035403).

Al ser las 9:00 del 26 de abril del 2012, se protocoliza acuerdo de disolución de sociedad Primero de Octubre Sociedad Anónima. Presidenta Rosa María Argello Rojas.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012291226.—(IN2012035404).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público a las diecisiete horas trece minutos del veintiséis de abril del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Empresa de Investigadores Internacionales Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda por unanimidad la disolución de esta empresa.—Goicoechea, veintiséis de abril del dos mil doce..—Lic. Esteban Zúñiga Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012291228.—(IN2012035405).

Mediante escritura número 111 otorgada las 13:00 horas del 23 de abril del año 2012, ante la notaria Carla Baltodano Estrada, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada que se denominará con el número de cédula de persona jurídica que el Registro Público, de oficio le asigne, con un capital de quince mil colones y un plazo social de cien años.—San José, 23 de abril del año 2012.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2012291229.—(IN2012035406).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público, a las quince horas del veintiséis de abril del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Llanuras de Miravalles Emifram Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda por unanimidad la disolución de esta empresa.—Goicoechea, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Esteban Zúñiga Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012291230.—(IN2012035407).

Por escritura número noventa y cinco otorgada por esta notaría, se protocolizó asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Eurocobi S. A., celebrada el dos de abril de dos mil doce, en donde se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nuevo miembro de junta directiva.—San José, 24 de abril del 2012.—Lic. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria.—1 vez.—RP2012291231.—(IN2012035408).

Por escritura número noventa y cuatro otorgada por esta notaría, se protocolizó asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Fammon S. A., celebrada el dos de abril de dos mil doce, en donde se modifican las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo y se nombra nuevo miembro de junta directiva.—San José, 24 de abril del 2012.—Lic. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria.—1 vez.—RP2012291232.—(IN2012035409).

Al ser las 11:00 horas del 24 de abril del año 2012, procedí a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios número uno de la empresa denominada D. V. Danzas del Viento S. A., cédula jurídica número 3-101-299756, en la cual se acuerda reformar las cláusulas del domicilio social y de la administración.—San José, 24 de abril del 2012.—Lic. Roberto Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—RP2012291235.—(IN2012035410).

Mediante escritura número ciento ochenta y uno, otorgada ante esta notaría al ser las doce horas del veinte de enero del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Casa Bella Samarcanda Sociedad Anónima, mediante los cuales se modifica el nombre denominándose Inversiones y Propiedades Unidos Sociedad Anónima, así como la cláusula novena nombramiento de junta directiva.—San José, 24 de enero del 2012.—Lic. Raquel Mayers Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012291236.—(IN2012035411).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del día veintiséis de abril del dos mil doce, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de las entidades Empresas Víctor Roswell, Roca del Desierto Rojo S. A., y Comercializadora San Patricio S. A., por las cuales se fusionan por absorción, prevaleciendo el pacto social y cédula jurídica de la tercera. Se reforman las cláusulas tercera y quinta de la entidad prevaleciente.—Lic. Antonio Fernández Brich, Notario.—1 vez.—RP2012291237.—(IN2012035412).

Al ser las 10:00 del 24 de abril del año 2012, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios número tres de la empresa denominada Compactadores de Tierra S. A., cédula jurídica número 3-101-194673, en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio.—San José, 24 de abril del 2012.—Lic. Roberto Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—RP2012291238.—(IN2012035413).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del día veintiséis de abril del dos mil doce, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de las entidades Canguro S. A., La Luz de Alejandría S. A., y Longan Phillips S. A., por las cuales se fusionan por absorción, prevaleciendo el pacto social y cédula jurídica de la tercera. Se reforman las cláusulas tercera, quinta y sexta de la entidad prevaleciente.—Lic. Antonio Fernández Brich, Notario.—1 vez.—RP2012291239.—(IN2012035414).

Ante mi notaría, al ser las dieciocho horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se protocolizó el acta de liquidación de la sociedad Fejeke Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cinco cero dos cuatro ocho, domiciliada en Heredia, San Rafael, Getsemaní, calle La Joaquina, del Bar Herradura de Oro cuatrocientos metros sur.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012291240.—(IN2012035415).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del día veintidós de abril del dos mil doce, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de las entidades Explotaciones Agrícolas G. E. S.A., Longan Meters S. A., y Abastecedores del Norte S. A., por las cuales se fusionan por absorción, prevaleciendo el pacto social y cédula jurídica de la tercera. Se reforman las cláusulas segunda y quinta de la entidad prevaleciente.—Lic. Antonio Fernández Brich, Notario.—1 vez.—RP2012291241.—(IN2012035416).

El suscrito Jorge Guillermo Oreamuno Retana, notario público con oficina en la ciudad de San José, hace constar que en fecha veintiséis de abril del dos mil doce, se disuelve la sociedad Security Systems I. D. of Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—1 vez.—RP2012291242.—(IN2012035417).

Por escritura otorgada a las diecinueve horas del día veintiséis de abril del dos mil doce, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de las entidades Gles Internacional S. A., Luna Betanqur S. A., y Terra Celta S. A., por las cuales se fusionan por absorción, prevaleciendo el pacto social y cédula jurídica de la tercera. Se reforman las cláusulas tercera y quinta de la entidad prevaleciente.—Lic. Antonio Fernández Brich, Notario.—1 vez.—RP2012291243.—(IN2012035418).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veinticinco de abril de dos mil doce, se procede a la disolución voluntaria de la compañía Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Setenta y Siete Mil Trescientos Noventa y Ocho Sociedad Anónima, cuya presidenta es Yessenia María Aguilar Monge.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012291244.—(IN2012035419).

Mediante escritura doscientos cincuenta y ocho, se modifica cláusula número siete, de junta directiva, del acta constitutiva, de la sociedad anónima Prosan de Costa Rica S. A. Presidente: Clifford Reid Box.—San José, 27 abril del 2012.—Lic. Rolando Rojas Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012291245.—(IN2012035420).

Mediante escritura doscientos setenta, se constituye la sociedad Uni-Extinguidores J. C. Sociedad Anónima. Presidente: Juan Carlos Acuña Sequeira.—San José, 27 abril del 2012.—Lic. Rolando Rojas Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012291246.—(IN2012035421).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Solo Fino Tabaco Sociedad Anónima, en la cual se modificó su pacto social constitutivo.—San José, veintisiete de abril de dos mil doce.—Lic. Luis Humberto Barahona de León, Notario.—1 vez.—RP2012291247.—(IN2012035422).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del veintidós de diciembre de dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios, en la que acuerda fusionar las sociedades El Jardín del Tigre E. J. T. S. A. y Seguridad Privada Matessab S. A., prevaleciendo la primera sociedad.—San José, veintidós de diciembre de dos mil once.—Lic. Luis Vargas Ferrandino, Notario.—1 vez.—RP2012291248.—(IN2012035423).

Mediante escritura trescientos uno, se fusionan por absorción las sociedades Inversiones Terminrojala Sociedad Anónima, cédula 3-101-294771 y Ronava Internacional Sociedad Anónima 3-101-112570, prevaleciendo la segunda.—Tres Ríos, 26 de abril del 2012.—Lic. Rolando Rojas Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012291249.—(IN2012035424).

Por escritura número doscientos noventa, ante el notario público Roberto Marín Segura, en su protocolo se constituyó la Sociedad Agro Gamboa San Jerónimo Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en S. A.—Heredia, 27 de abril del dos mil doce.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—RP2012291250.—(IN2012035425).

Por escritura número doscientos ochenta y nueve, ante el notario público Roberto Marín Segura, en su protocolo se constituyó la sociedad Agro Ganadera La Pampa Siete Siete Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en S. A.—Heredia, 27 de abril del dos mil doce.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—RP2012291251.—(IN2012035426).

Por escritura otorgada ante el notario Geovanny Víquez Arley, San José, 15:48 horas del 26 de abril del 2012, se disolvió la sociedad Chinati S. A.—San José, 26 de marzo del 2012.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—RP2012291253.—(IN2012035428).

En la escritura número doscientos setenta y uno, del tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, Licenciado Eduardo López Fonseca, de las diez horas del veintitrés de abril del año dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de El Sol en la Arena Sociedad Anónima, en donde se ordena la disolución de esta sociedad.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Eduardo López Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2012291254.—(IN2012035429).

Por escritura otorgada ante el notario Geovanny Víquez Arley, San José, 14:55 horas del 26 de abril del 2012, se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo de Ambientar Diseño y Decoración S. A.—San José, 26 de marzo del 2012—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—RP2012291255.—(IN2012035430).

Se comunica al público en general la disolución de Inversiones Educativas Universitarias La Payela Occidental Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta mil ochenta y nueve, domiciliada en San José, Montes de Oca, Santa Marta de San Pedro, del Colegio Federado y Arquitectos, quinientos metros norte y trescientos este, para lo que en derecho corresponde.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Luis Víquez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012291256.—(IN2012035431).

Se comunica al público en general la disolución de Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta Mil Noventa y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta mil noventa y dos, domiciliada en San José, El Carmen, Barrio Escalante, avenida once, calles treinta y cinco y treinta y siete, casa número tres mil quinientos ochenta y uno, segunda planta, para lo que en derecho corresponde.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. José Luis Víquez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012291257.—(IN2012035432).

En esta notaría, sita en la ciudad de San José, Barrio California, Nº 2708 de la calle 27, avenidas central y primera, se tramitan los procesos de disolución y liquidación en sede notarial de las siguientes sociedades: Cinco Monos Cariblancos S. A.; Cinco Cerezas S. A.; IM Chavos Tibaseños S. A.; La Finca de Guiscoyol S. A.; y Consultores Castro Jiménez & Sansores S. A., cédulas jurídicas 3-101-291690; 3-101-285361; 3-101-294256; 3-101-528927; y 3-101-4370952. Se emplaza a terceros interesados, para que en el plazo de 30 días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expedientes Nº 0016; 0017; 0018 y 0019, todos del año 2012.—San José, 24 de abril del 2012.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012291258.—(IN2012035433).

Por escritura ochenta y seis - tres, de las dieciocho horas, del veintiséis de abril del dos mil doce, del tomo tercero del protocolo del notario Jefté David Zúñiga Jiménez se fusionaron las siguientes sociedades Villa Bayonne del Sur Sociedad Anónima, Cristales Ásperos Sociedad Anónima, Minkin & Verrastro Sociedad Anónima, Sueños Escondidos de Ballena S y B Sociedad Anónima, Inversiones y Desarrollos Zapallo Japonés Sociedad Anónima, Chrysafenios Synnefo Sociedad Anónima, Oraios Dysi Llion Sociedad Anónima, Help To Help For Uve Sociedad Anónima, El Amor de Colores Sociedad Anónima, Arminel Sociedad Anónima y Quinta Kendall de Illinois Sociedad Anónima. Siendo que la prevaleciente es Quinta Kendall de Illinois Sociedad Anónima, aumentándose para esta sociedad su capital social a novecientos treinta mil colones exactos. Es todo.—Pérez Zeledón, dieciocho horas del veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Jefté David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012291260.—(IN2012035435).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las once horas del veintiséis de abril del dos mil doce, por unanimidad de votos se disolvió la sociedad Rocas Verdes S. A.—Heredia, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Kattia Vanessa Ramos González, Notaria.—1 vez.—RP2012291261.—(IN2012035436).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las dieciséis horas del veinticinco de abril del dos mil doce, por unanimidad de votos se disolvió la sociedad 3-101-524023 S. A.—Heredia, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Kattia Vanessa Ramos González, Notaria.—1 vez.—RP20122912662.—(IN2012035437).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del veintiséis de abril del año dos mil doce, se reforma cláusula sexta de la carta constitutiva de la sociedad Tutkia S. A., cédula 3-101-604617.—Lic. Karen Ramos González, Notaria.—1 vez.—RP2012291263.—(IN2012035438).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se reforma cláusula octava del pacto constitutivo de sociedad Berovic S y R S. A., cédula jurídica 3-101-486345.—Lic. Karen Ramos González, Notaria.—1 vez.—RP2012291264.—(IN2012035439).

Mediante escritura número cuarenta-dieciséis, otorgada a las diez horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se protocolizaron acuerdos de disolución de la sociedad Wal y Wal del Nuevo Milenio Sociedad Anónima.—Lic. María del Pilar Mora Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012291265.—(IN2012035440).

En mi notaría, al ser las doce horas del veintiséis de abril del año dos mil doce, mediante escritura número cuarenta y uno-dieciséis se protocoliza acta número cuatro en donde se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza denominada PS Staff Solution Sociedad Anónima.—Lic. María del Pilar Mora Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012291266.—(IN2012035441).

Por escritura de las 10:30 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Gariju Dos Mil Ocho S.A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012291267.—(IN2012035442).

Por escritura de las 11:30 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de ASI Centroamérica S.A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012291268.—(IN2012035443).

Por escritura otorgada ante mí, se reforma cláusula sexta del pacto constitutivo y se realiza nombramiento de junta directiva y fiscal de la sociedad llamada Club Atlético Carioca Sociedad Anónima, siendo el presidente Olman Quesada Arce y el tesorero Godofredo Velásquez Chaves, apoderados generalísimos sin límite de suma.—Ciudad Quesada, San Carlos, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012291269.—(IN2012035444).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día dos de marzo del año dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Cafetalera Viento Recio S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos mil setecientos noventa y uno.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012291270.—(IN2012035445).

Por escritura número ochenta y seis otorgada ante mí, se solicita al Registro Nacional la desinscripción de la sociedad denominada Jasama Dos Mil Sociedad Anónima, bajo al amparo de la Ley nueve mil veinticuatro.—Ciudad Quesada, San Carlos, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Olga Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012291271.—(IN2012035446).

Yo Julio César Zárate Arias, notario público, con oficina abierta en la ciudad de Alajuela, el día veintiséis de abril del dos mil doce, al ser las once horas, cuarenta y cinco minutos, mediante escritura doscientos cincuenta y ocho, procedo a protocolizar acta de asamblea número uno, de la sociedad denominada Servicios Zoquete Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y siete mil ochocientos veintiuno, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—Alajuela, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Julio César Zárate Arias, Notario.—1 vez.—RP2012291272.—(IN2012035447).

Yo, Julio César Zárate Arias, notario público, con oficina abierta en la ciudad de Alajuela, el día veintiséis de abril del dos mil doce, al ser las doce horas, del veintiséis de abril del dos mil doce, mediante escritura doscientos cincuenta y nueve, procedo a protocolizar acta de asamblea de accionistas de las sociedades, Agropecuaria Dayma de Monteverde Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-uno seis tres cinco ocho tres, Apartamentos del Bulevar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos tres uno cinco seis ocho, Inmobiliaria La Lajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos seis seis ocho cuatro seis, Transportes Esquivel y Marín Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-uno siete uno uno tres cero, Aposentos del Rey Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos dos ocho uno tres cuatro, y Condominios La Vista Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos dos ocho uno tres seis, mediante las cuales, se acuerda fusionar las mismas, prevaleciendo la última, sea Condominios La Vista S. A. Es todo.—Alajuela, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Julio César Zárate Arias, Notario.—1 vez.—RP2012291279.—(IN2012035449).

Por escrituras de: a) de las 8 horas del 27 de abril 2012 protocolicé acta de disolución de Remodelaciones y Acabados Curridabat S. A., b) de las 15 horas del 29 de marzo del 2012 protocolicé acta de fusión de las sociedades Arrendadora Montezuma S. A. y Corporación M J San José S. A., prevalece la primera, capital veinte mil colones, presidente y secretario con poder , c ) de las 10 horas del 27 de marzo 2012 protocolicé acta de disolución de la sociedad 3-101-464307 S. A.—Lic. Patricia Araya Serrano, Notaria.—1 vez.—RP2012291275.—(IN2012035450).

Por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del día dos de marzo del año dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Consultores en Química Ambiental S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintiocho mil quinientos dieciocho.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012291276.—(IN2012035451).

Por escritura otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de abril del año dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Trevelife Adventures S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos mil setecientos treinta y ocho.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012291277.—(IN2012035452).

Por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del día dieciocho de abril del año dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Costa Rican Development Corporation S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y seis mil cuatrocientos sesenta y siete.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012291279.—(IN2012035453).

Por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del día dieciocho de abril del año dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Plumas y Estrellas S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos mil setecientos cuarenta y siete.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012291280.—(IN2012035454).

Por escritura otorgada a las catorce horas del día dieciocho de abril del año dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Kalidas Group S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y seis mil cuatrocientos noventa.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012291281.—(IN2012035455).

Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría a las quince horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Treinta Mil Ciento Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta mil ciento dos.—Barva, 26 de abril del 2012.—Lic. Mónica Miranda Villalta, Notaria.—1 vez.—RP2012291282.—(IN2012035456).

Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta Notaría, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de abril del dos mil doce se acuerda disolver la sociedad Carmir Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos quince mil ciento cuarenta y nueve.—Barva, 27 de abril del 2012.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2012291283.—(IN2012035457).

Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta Notaría a las dieciocho horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad El Manicito Barveño Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil doscientos noventa y seis.—Barva, 26 de abril del 2012.—Lic. Mónica Miranda Villalta, Notaria.—1 vez.—RP2012291284.—(IN2012035458).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas del 23 de abril del 2012 ante la notaria Roxana María Angulo Aguilar, se constituye la sociedad Terrazas del Cafeto Sociedad Anónima. Presidenta: Melania Martínez Quirós, cédula: 3-344 -256. Domiciliada en: San Juan de Tres Ríos, Residencial Loma Verde III Etapa, casa número cuarenta y seis.—Guadalupe, 26 de abril del 2012.—Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2012291285.—(IN2012035459).

Por asamblea extraordinaria de accionistas de Campo Silvestre de Cartago S. A., cédula jurídica: 3-101-132756, se reforma su pacto constitutivo y se nombra junta directiva.—Guadalupe, 25 de abril del 2012.—Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2012291286.—(IN2012035460).

Por asamblea extraordinaria de accionistas de Servicios Técnicos en Radiología, cédula jurídica: 3-101-104384, se acuerda disolver la sociedad.—Guadalupe, 26 de abril del 2012.— Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2012291287.—(IN2012035461).

Por asamblea extraordinaria de accionistas de Antvalant S.A., cédula jurídica: 3-101-143854, se reforma su pacto constitutivo y se nombra junta directiva.—Guadalupe, 26 de abril del 2012.—Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2012291288.—(IN2012035462).

Star Island Corporation (S.I.C.) S. A., protocoliza acuerdos por virtud del cual se disuelve la sociedad. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 17:00 horas del 9 de abril de 2012.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(IN2012035464).

Inmobiliaria Setecientos Veinticinco S. A., protocoliza acuerdos por virtud del cual se disuelve la sociedad. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 9:00 horas del 18 de abril de 2012.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(IN2012035465).

Corporación Mikarovi CMK S. A., protocoliza acuerdos por virtud del cual se disuelve la sociedad. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 11:00 horas del 18 de abril de 2012.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(IN2012035504).

3-101-513945 S. A., protocoliza acuerdos por virtud del cual se disuelve la sociedad. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 19:00 horas del 19 de abril del 2012.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(IN2012035505).

G y R Comercial del Norte S. A., protocoliza acuerdos por virtud del cual se disuelve la sociedad. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 16:00 horas del 9 de abril del 2012.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(IN2012035506).

Desarrollos Seis Mil Seiscientos Veinte S. A., protocoliza acuerdos por virtud del cual se disuelve la sociedad. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 8:00 horas del 18 de abril del 2012.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(IN2012035507).

Ante esta notaría se da la disolución de la sociedad Hot Instalaciones Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dos mil nueve.—San José, veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2012035508).

Ante esta notaría se da la disolución de la sociedad Proyecto Ciudad de la Paz Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y seis mil ciento treinta y cinco.—San José, veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2012035509).

Ante esta notaría se protocolizó acta de disolución de Bello Amanecer Cuatro Oeste S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno-trescientos cincuenta y nueve mil seiscientos diez.—San José, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2012035510).

Ante mí, Sandra Arrieta Sánchez, notaria pública con oficina en la ciudad de Aserrí, se constituyó la sociedad denominada: Inversiones Meta Blue Verde Sociedad Anónima, domicilio: Aserrí, de la municipalidad trescientos metros este frente a la Guardia Rural casa portones metálicos, capital social: cien mil colones y la representación judicial y extrajudicial es de los señores presidente señor Rolando Zumbado Ruiz, cédula 2-421-185, secretaria: Elizabeth Chacón Chinchilla, cédula 1-668-703, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 02 de mayo del año dos mil doce.—Lic. Sandra Arrieta Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012035511).

Ante esta notaría se protocolizó   acta de disolución de Tres-ciento uno- quinientos nueve mil novecientos cuarenta y nueve S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos nueve mil novecientos cuarenta y nueve.—San José, veinticinco de abril de dos mil doce.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2012035512).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del 01 de mayo de 2012, se protocoliza acta de disolución de sociedad denominada Corporación Lugazu Sociedad Anónima.—San José, 01 de mayo del 2012.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012035513).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:10 horas del 01 de mayo de 2012, se protocoliza acta de disolución de la sociedad denominada Céspedes y Céspedes J R Proyectos Sociedad Anónima.—San José, 01 de mayo del 2012.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012035514).

Ante esta notaría se protocolizó acta de disolución de LFC Abogados S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y nueve mil trescientos cinco.—San José, veintiuno de abril del dos mil doce.—Licenciada Elizabeth Zamora Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012035515).

Ante esta notaría se protocolizó acta de disolución de LFC Real Estate S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y dos mil ochocientos dieciséis.—San José, veintiuno de abril del dos mil doce.—Licenciada Elizabeth Zamora Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012035516).

Mediante escritura número doscientos dieciséis-seis de las quince horas del treinta de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea de socios de Pellito Lindo Sociedad Anónima, en la cual se acuerda disolver conforme al artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Licda. Ana Sophía Lobo León, Notaria.—1 vez.—(IN2012035517).

Mediante escritura número doscientos quince-seis de las catorce horas quince minutos del treinta de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea de socios de Thirty Leaves Group Sociedad Anónima, en la cual acuerda disolver conforme al artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Licda. Ana Sophía Lobo León, Notaria.—1 vez.—(IN2012035518).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:45 horas del 30 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general de Saguvasa S. A., cédula jurídica 3-101-563185, mediante la cual se acordó la disolución de la empresa.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035538).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:45 horas del 24 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general de Gabi del Valle de San José S. A, cédula jurídica 3-101-363673, mediante la cual se acordó la disolución de la empresa.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035539).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:50 horas del 24 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general de Inotec S. A., cédula jurídica 3-101-323194 mediante la cual se acordó la disolución de la empresa.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035540).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:30 horas del 24 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general de Agropecuaria Internacional Agrinter Limitada, cédula jurídica 3-102-060045 mediante la cual se acordó la disolución de la empresa.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035541).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:30 horas del 24 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general de Julpenor S. A., cédula jurídica 3-101-065769 mediante la cual se acordó la disolución de la empresa.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035542).

Mediante la protocolización del acuerdo unánime de socios en asamblea general extraordinaria ante esta notaría, se acuerda la disolución de la sociedad Eje Urbano S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - cincuenta y cuatro treinta setenta y tres. Domiciliada en Guadalupe, Goicoechea, San José.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Arthur Edward Beers González, Notario.—1 vez.—(IN2012035543).

Mediante la protocolización del acuerdo unánime de socios en asamblea general extraordinaria ante esta notaría, se acuerda la disolución de la sociedad Eco Urbis cédula jurídica tres-ciento uno-cincuenta y cuatro cincuenta y nueve setenta y nueve, domiciliada en Guadalupe, Goicoechea, San José.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Arthur Edward Beers González, Notario.—1 vez.—(IN2012035545).

Ante esta notaría en San José, a las ocho horas del veinte de abril del año dos mil doce, se constituyó la sociedad Ferretería y Depósito Hermanos Madriz Soto Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Domicilio: San José. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 21 de abril del 2012.—Lic. Eduardo Vargas Vera, Notario.—1 vez.—RP2012291295.—(IN2012035547).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:10 horas del 30 de marzo del 2012 se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios, se acuerda la disolución de Servicios de Enfermería y Asistencia Domiciliaria Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y un mil doscientos treinta y ocho.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil doce.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012291292.—(IN2012035548).

Protocolización de acta de asamblea general ordinaria de RE-MA-GA I Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil setecientos noventa y nueve, en la cual se disuelve y liquida empresa. Escritura otorgada en Heredia, a las diez horas del nueve de marzo del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Calvo Monney, Notaria.—1 vez.— RP2012291297.—(IN2012035549).

Por escritura pública número ciento veinte otorgada a las 8:00 horas del 26 de abril del año en curso, ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió a protocolizar acta de asamblea general ordinaria- extraordinaria de la sociedad Tractomotriz S. A., de esta plaza por la cual se procede a realizar un aumento de capital, se nombra nuevo vicepresidente y tesorero y se reforman las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—RP2012291298.—(IN2012035550).

En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la compañía G & P Proyecciones S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - trescientos noventa y dos mil novecientos setenta y dos.—San José, 27 de abril del año dos mil doce.—Licda. María Verónica Riboldi López, Notaria.—1 vez.— RP2012291299.—(IN2012035551).

En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República De Costa Rica, la compañía Servicios Zuguz S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y seis mil cuatrocientos dieciséis.—San José, 27 de abril del año dos mil doce.—Licda. María Verónica Riboldi López, Notaria.—1 vez.—RP2012291300.— (IN2012035552).

En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la compañía Depilbody S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos treinta y dos.—San José, 27 de abril del dos mil doce.—Lic. Pablo Andrés Sancho Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012291301.— (IN2012035553).

En asamblea general extraordinaria de socios de las dieciséis horas del día veinticinco de abril de dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Atlantic Queen S. A., cédula jurídica 3-101-600519, acta protocolizada ante esta notaría.—Lic. Carlos Luis Mellado Soto, Notario.—1 vez.—RP2012291307.— (IN2012035554).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en la ciudad de Esparza, a las 17:00 horas del 26 de abril de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Importadora del Oeste O C R S. A, por medio de la cual se reformó la cláusula primera y quinta del pacto constitutivo.—Esparza, 26 de abril de 2012.—Lic. Carlos Luis Mellado Soto, Notario.—1 vez.—RP2012291308.—(IN2012035555).

Ante la suscrita notaria se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas para disolución de la sociedad denominada Importación de Oriente Zakey Sociedad Anónima, otorgada a las catorce horas del veinticinco de abril del año dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012291309.—(IN2012035556).

Ante la suscrita notaria se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas para disolución de la sociedad denominada Kanaje Sociedad Anónima, otorgada a las nueve y veinte horas del veintisiete de abril del año dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012291310.— (IN2012035557).

Ante la suscrita notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas para disolución de la sociedad denominada Administración Mebe Sociedad Anónima, otorgada a las nueve y cuarenta horas del veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012291311.—(IN2012035558).

En mi Notoría se fusionan por absorción las siguientes sociedades, mediante sus correspondientes actas de asambleas en firme: 1. Lotificadora Perla Escondida PVM Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil cuatrocientos sesenta y nueve. 2. Bienes Raíces Palacio Imperial PVM Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil ciento uno. 3. Lotificadora Pastores del Portal Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil quinientos noventa y dos. 4. Bienes Raíces Jade Esmeralda Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil ciento veintiséis. 5. Picazuroba Veloz Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diez mil quinientos cincuenta y cuatro. 6. Litiasis de Otacusta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil setecientos cuarenta y siete. 7. Inmobiliaria Proyecto Eco Amigo Chompipe Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil trescientos ochenta y seis. 8. Bienes Raíces Amor Divino Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil doscientos ochenta y tres. 9. Bienes Raíces Pez Dorado Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil noventa y dos. 10. Bienes Raíces Pagoda Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil doscientos ochenta y dos. 11. Mirrauste Blanca Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil cincuenta y cinco. 12. Lotificadora Colonia de Amor Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil cuatrocientos treinta y tres. 13. Bienes Raíces Flor de Loto Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil noventa y dos. 14. Inmobiliaria Estrella Matutina del Monte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil cuatrocientos treinta y dos. 15. Bienes Raíces Vistas del Chompipe Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta mil trescientos treinta y ocho. 16. Lotificadora Proveedor de Sueños Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil veintitrés. 17. Bienes Raíces Sol Naciente PVM Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil dieciocho. 18. Lotificadora Reina de Todos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil cuatrocientos treinta y uno. 19. Bienes Raíces Bosques de Vista Mar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil doscientos sesenta y siete. 20. Lotificadora Moradas Teresianas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil quinientos dieciocho. 21. Bienes Raíces Cerro El Chompipe Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta mil doscientos cuarenta y tres. 22. Lotificadora Paraíso de Oriente PVM Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil novecientos setenta y uno. 23. Bienes Raíces Reservas Naturales Chompipe Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta mil trescientos setenta mil trescientos setenta y tres. 24. Lotificadora Estrella del Mar Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil quinientos veinte. 25. Bienes Raices Mar Creciente PVM Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil trescientos tres. 26. Bienes Raíces Expreso Oriente Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil doscientos setenta y nueve. 27. Inmobiliaria Vista de Cielo y Mar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y cuatro. 28. Bienes Raíces Ambiente del Mejor Clima Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta mil doscientos nueve. 29. Inmobiliaria Terrentos Selectos de Vista Mar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil quinientos cuarenta y uno. 30. Inmobiliaria Campos Florecillas del Campo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil cuatrocientos quince. 31. Lotificadora Castillos del Interior Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil cuatrocientos sesenta y dos. 32. Gresca de Machete Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil doscientos ochenta y tres. 33. Azarola Otoña Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos trece mil ciento quince. 34. Inepcio al Extremo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil ochocientos trece. 35. Bueyes Sin Carreta de Río Montaña Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos once mil seiscientos diecinueve. 36. Cazadores de Llano del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos trece mil ciento trece. 37. Dos Toretas Verdes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil doscientos ochenta y dos. 38. Grietas Profundas de Cerro Negro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos once mil seiscientos dieciocho. 39. Sin Lana Piedra Dorada Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos doce mil trescientos veintinueve. 40. Aguas del Remagen Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos once mil setecientos cuarenta y nueve. 41. Armero Medieval sin Pólvora Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos trece mil novecientos veintiuno. 42. Montones de Alazores Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos quince mil quinientos ochenta y cuatro. 43. Vean el Horizonte Uno Celestial Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diez mil cuatrocientos veintinueve. 44. Bienes Raíces Vista Mar Ecológica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta mil trescientos ochenta. 45. Lotificadora Gloria del Único Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil cuatrocientos cincuenta y cuatro. 46. Lotificadora Villa de Los Ángeles Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil cuatrocientos sesenta y cuatro. 47. Inmobiliaria Foresta y Fauna de Vista Mar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y cinco mil seiscientos ochenta y cuatro. 48. Agro Negocios de Atenas Lac Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintiuno mil noventa y ocho. Prevaleciendo la número cuarenta y ocho que es la sociedad que va a prevalecer y que es la sociedad denominada Agro Negocios de Atenas Lac Sociedad Anónima, cédula jurídica  tres-ciento uno-trescientos veintiuno mil noventa y ocho.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Prado Salas, Notario.—1 vez.—RP2012291312.—(IN2012035559).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Inversiones Turín Sociedad Anónima. Domicilio: Las Juntas de Abangares, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente. Álvaro Miguel Araya Carvajal.—Guanacaste, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Roberto Segnini Villalobos, Notario.—1 vez.— RP2012291313.—(IN2012035560).

Protocolización acta asamblea general de accionistas de la sociedad Amador Enterpryse Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica el domicilio y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Guanacaste, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Roberto Segnini Villalobos, Notario.—1 vez.— RP2012291314.—(IN2012035561).

Se le comunica a terceros interesados que la sociedad anónima Espinoportela S. A., con cédula jurídica número 3-101-3247951 en asamblea general extraordinaria de socios N° 1, celebrada el 24 de marzo del 2012, dispuso mediante acuerdo en firme por voluntad de los socios disolver la sociedad anónima Espinoportela S. A., con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, razón por la cual se emplaza a acreedores y terceros que sientan lesionados sus derechos a hacerlos valer de manera judicial dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente aviso. Es todo.—San José, 23 de abril del 2012.—Lic. Ana Lucía Castillo Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012291316.—(IN2012035562).

Se le comunica a terceros interesados que la sociedad anónima Inversiones Fraile y Loría S. A., con cédula jurídica número 3-101-630962 en asamblea general extraordinaria de socios N° 1, celebrada el 21 de abril del 2012, dispuso mediante acuerdo en firme por voluntad de los socios disolver la sociedad anónima Inversiones Fraile y Loría S. A., con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, razón por la cual se emplaza a acreedores y terceros que sientan lesionados sus derechos a hacerlos valer de manera judicial dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente aviso. Es todo.—San José, 24 de abril del 2012.—Lic. Ana Lucía Castillo Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012291317.—(IN2012035563).

La sociedad Arte Precolombino Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos un mil cuatrocientos sesenta y siete, modificó la cláusula sétima de su estatuto, en el sentido de que la representación legal la tendrán el presidente y el tesorero, actuando individualmente hasta montos de un millón de colones y en negocios de suma superior deben actuar conjuntamente.—Desamparados, 27 de abril del 2012.—Lic. Claudio Enrique Badilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012291318.—(IN2012035564).

En escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas del 23 de abril de 2012, se protocolizó asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Global Emblem S. A., donde se acordó disolver la sociedad.—Lic. Irene María Jiménez Barletta, Notaria.—1 vez.—RP2012291320.—(IN2012035565).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas del 26 de abril del 2012 en la ciudad de San José, se disuelve la sociedad Luis Jiménez A. Sucs Ltda, cédula jurídica: 3-102-02835.—Lic. Yorleny Campos Oporta, Notaria.—1 vez.—RP2012291321.—(IN2012035566).

Por escritura ciento noventa y tres otorgada ante la notaria Patricia Campos Villagra de las veinte horas cuarenta minutos del veinticinco de abril del dos mil doce, se protocolizó acuerdo de fusión de las sociedades Inversiones Durvi Sociedad Anónima y Tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil doscientos dieciséis sociedad anónima. Donde prevalece la sociedad Inversiones Durvi Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y seis mil doscientos cincuenta y cinco.—San José, a las veinte horas cuarenta minutos del veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Patricia Campos Villagra, Notaria.—1 vez.—RP2012291322.—(IN2012035567).

Por escritura ciento noventa y cuatro otorgada ante la notaria Patricia Campos Villagra de las veinte horas cincuenta minutos del veinticinco de abril del dos mil doce, se protocolizó acuerdo de fusión de las sociedades Rayuela Sociedad Anónima e Inversiones El Marque de la Comarca Sociedad Anónima. Donde prevalece la sociedad Rayuela Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-cíento uno-cero noventa y seis mil cuatrocientos cincuenta y uno.—San José, a las veinte horas cincuenta minutos del veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Patricia Campos Villagra, Notaria.—1 vez.—RP2012291323.—(IN2012035568).

Mediante protocolización de acta de asamblea general ordinaria de accionistas de la sociedad Consultores Profesionales en Mercadeo IMSR S. A., se reformó la cláusula segunda de los estatutos referentes al domicilio social de la compañía.—San José, veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Jeannette Salazar Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012291324.—(IN2012035569).

Ante mí Natalia Carolina Espinoza Chaves, notaria con oficina en Atenas, hago constar que a las diez horas del veintiocho de marzo del dos mil doce en la ciudad de Atenas, se realizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Josh C.R Sociedad Anónima, reformándose cláusula novena del pacto social y se hicieron nombramientos.—Atenas, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Natalia Carolina Espinoza Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012291325.—(IN2012035570).

Mediante escritura número doscientos cincuenta, protocolo dos del suscrito notario público, se disolvió ante mí la empresa Tierras Ticas Sociedad Anónima.—San José, a las quince horas del veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Julio César Ruiz Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012291326.—(IN2012035571).

Mediante escritura número doscientos cuarenta y cinco, protocolo dos del suscrito notario público, se disolvió ante mí la empresa Versión Francesa Dauphin Sociedad Anónima.—San José, a las catorce horas del veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Julio César Ruiz Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012291327.—(IN2012035572).

En escritura pública otorgada ante mí el veintisiete de abril del dos mil doce, se constituyó la sociedad Inversiones Pigo de Cartago S. A., domiciliada en la ciudad de Cartago, Los Ángeles, de la esquina sureste de la Basílica, cuyos presidente y secretario, son apoderados generalísimos sin límite de suma: Pedro Enrique Gómez Guzmán y José Piedra Cerdas.—Cartago, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012291328.—(IN2012035573).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria el día de hoy, se protocoliza acta de la sociedad Producciones Antheus S. A., se reforma cláusula décima del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de abril de 2012.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012291329.—(IN2012035574).

Por escritura autorizada el día de hoy, se protocolizan actas de las sociedades tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y un mil trescientos noventa y siete sociedad anónima y Eugenin y González Sociedad Anónima, las que se fusionan y prevalece la última, se reforma la cláusula quinta del pacto social de Eugenin y González Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012291330.—(IN2012035575).

Por escritura autorizada el día de hoy, se protocolizan actas de las sociedades tres-ciento uno-setecientos cuarenta y un mil trescientos sesenta y nueve sociedad anónima y González y Roig Sociedad Anónima, las que se fusionan y prevalece la última, se reforma la cláusula quinta del pacto social de González y Roig Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012291331.—(IN2012035576).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria el día de hoy, se protocoliza acta de la sociedad Walfer y Asociados S. A., en la que los socios acuerdan la disolución de la sociedad.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012291332.—(IN2012035577).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de Herdez Sociedad Anónima, acta de William’s Trading M.W. Sociedad Anónima, acta de TK Infinity Sociedad Anónima, acta de Efficient Frontier Consulting Sociedad Anónima, acta de Lavacrystal Investment Sociedad Anónima, y acta de Industrias de Muebles Superior Sociedad Anónima, en donde Herdez Sociedad Anónima, William’s Trading M.W. Sociedad Anónima, TK Infinity Sociedad Anónima, Efficient Frontier Consulting Sociedad Anónima y Lavacrystal Investment Sociedad Anónima se fusionaron por absorción con Industrias de Muebles Superior Sociedad Anónima, prevaleciendo esta última.—San José, a las diecisiete horas del veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—RP2012291333.—(IN2012035578).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de JR Diecisiete Sociedad Anónima, y acta de Servicios Generales del Oeste Sociedad Anónima, en donde JR Diecisiete Sociedad Anónima se fusionó por absorción con Servicios Generales del Oeste Sociedad Anónima, prevaleciendo esta última.—San José, a las quince horas del veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—RP2012291334.—(IN2012035579).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de Carrocerías Girasol Limitada, y acta de Livi Andodi Sociedad Anónima, en donde Carrocerías Girasol Limitada se fusionó por absorción con Livi Andodi Sociedad Anónima, prevaleciendo esta última.—San José, a las nueve horas del veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—RP2012291335.—(IN2012035580).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de Vehículos Argentina Sociedad Anónima y acta de Ganadera Chomes Sociedad Anónima, en donde Vehículos Argentina Sociedad Anónima se fusionó por absorción con Ganadera Chomes Sociedad Anónima, prevaleciendo esta última.—San José, a las dieciséis horas del veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—RP2012291336.—(IN2012035581).

Ante el suscrito notario Roberto Vargas Mora, se llevó a cabo la disolución de Leo Margus Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-tres tres cero tres siete ocho. Es todo.—Palmares, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012291337.—(IN2012035582).

Ante el suscrito notario Roberto Vargas Mora, se llevó a cabo la disolución de la sociedad denominada por su número de cédula jurídica: tres-ciento uno-seis uno ocho ocho cuatro uno. Es todo.—Palmares, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012291338.—(IN2012035583).

Ante el suscrito notario Roberto Vargas Mora, se llevó a cabo la disolución de la sociedad Productora J M L J L E M N Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-tres uno dos nueve dos ocho. Es todo.—Palmares, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012291339.—(IN2012035584).

Ante el suscrito notario Roberto Vargas Mora, se llevó a cabo la disolución de la sociedad Duque de Forja Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-tres cuatro ocho tres siete cinco. Es todo.—Palmares, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012291340.—(IN2012035585).

Por escritura otorgada a las ocho horas del diecinueve de abril del dos mil doce, ante esta notaría por acuerdo de socios, se acuerda disolver la sociedad denominada Rojas y Calderón Asociados Sociedad Anónima.—Cartago, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Monge Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012291342.—(IN2012035586).

Por escritura otorgada a las nueve horas del 27 de abril del 2012, ante esta notaría por acuerdo de socios, se acuerda disolver la sociedad denominada Constructora Grupo GBS de Costa Rica Sociedad Anónima.—Cartago, 27 de abril del 2012.—Lic. Jorge Monge Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012291344.—(IN2012035587).

Por escritura otorgada a las 17 horas del 26 de abril del 2012, ante esta notaría por acuerdo de socios, se acuerda disolver la sociedad denominada Centros Educativos Pentecostales Internacionales Sociedad Anónima.—Cartago, 27 de abril del 2012.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—RP2012291345.—(IN2012035588).

Por escritura otorgada a las 15 horas del 26 de abril del 2012, ante esta notaría por acuerdo de socios, se acuerda disolver la sociedad denominada Seguridad R & S Sociedad Anónima.—Cartago, 27 de abril del 2012.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—RP2012291346.—(IN2012035589).

Por escritura otorgada a las 16 horas del 26 de abril del 2012, ante esta notaría por acuerdo de socios, se acuerda disolver la sociedad denominada Fase Creativa Sociedad Anónima.—Cartago, 27 de abril del 2012.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—RP2012291347.—(IN2012035590).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Adrián Collado Montealegre Sucesores Sociedad Anónima, se acordó reformar el domicilio, administración y nombrar  nuevo secretario, tesorero y fiscal. Es todo.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2012291348.—(IN2012035591).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Camila del Sol Sociedad Anónima, se acordó reformar el domicilio, administración y nombrar  nuevo secretario, tesorero y fiscal. Es todo.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2012291349.—(IN2012035592).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-ciento uno-quinientos veintisiete mil setecientos setenta y tres sociedad anónima, se acordó reformar el domicilio, administración y nombrar  nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal. Es todo.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2012291350.—(IN2012035593).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Tierra Grande Sociedad Anónima, se acordó reformar el domicilio, administración y nombrar  nuevo secretario, tesorero y fiscal. Es todo.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2012291351.—(IN2012035594).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Collados del Sol Sociedad Anónima, se acordó disolver y liquidar la sociedad a partir del 19 de abril del 2012, se nombró como liquidadora a la señora Laura Collado Sobrado. Es todo.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2012291352.—(IN2012035595).

Edwin Montoya Mora, con cédula 5-184-930 y otros constituyen sociedad anónima de nombre Constru Mora M Y M del Miravalles Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse con las dos últimas palabras S. A., con un capital de ¢100.000 colones, con domicilio social será Armenias, distrito segundo Aguas Claras, cantón trece Upala, provincia de Alajuela, propiamente 1 kilómetro 600 metros al oeste de la Escuela Armenias, mediante escritura número 252-9, visible al folio número 109 frente del tomo 9 del notario Lic. Melvin Lobo Palacio.—Aguas Claras de Upala, 26 de abril del 2012.—Lic. Melvin Lobo Palacio, Notario.—1 vez.—RP2012291353.—(IN2012035596).

Jorge Luis Álvarez Guerrero, con cédula número 9-0035-888 y otros realizan asamblea extraordinaria y de conformidad con lo que establecen los artículos 129 del Código Notarial y artículo 207 del Código de Comercio, solicitan disolución de la sociedad anónima de nombre Inversiones Álvarez Guerreo y Zamora Badilla Sociedad Anónima, dicha sociedad no cuenta con libros, además está sin activos ni pasivos, con domicilio social en Alajuela, Upala, Aguas Claras, de la entrada La Torre, 150 metros norte y 150 al este, solicitud de disolución mediante escritura número 350-9, visible al folio número 150 frente del tomo 9 del notario Melvin Lobo Palacio.—Aguas Claras de Upala, 26 de abril del 2012.—Lic. Melvin Lobo Palacio, Notario.—1 vez.—RP2012291354.—(IN2012035597).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Lem y Lem Limitada, celebrada a las dieciocho horas del veinticinco de abril de dos mil doce, en la que se acuerda fusionar la sociedad con Famo Autos Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las nueve horas del veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012291355.—(IN2012035598).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Famo Autos Sociedad Anónima, celebrada a las diecinueve horas del veinticinco de abril de dos mil doce, en la que se acuerda fusionar la sociedad Lem y Lem Limitada. Escritura otorgada a las diez horas del 26 de abril del 2012.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012291356.—(IN2012035599).

Dantoni Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintisiete mil trescientos setenta, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y transitorio quinto de la ley noventa veinticuatro y la directriz registral DRPJ cero cero dos-doce mil doce a fin de trasladar el bien sin pago de los impuestos respectivos. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta en la siguiente dirección en San José, Barrio Escalante, de la iglesia Santa Teresita, tres cuadras al este y veinticinco metros al sur.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Gerardo Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012291358.—(IN2012035600).

Asanovi de Santa Ana Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil setecientos ocho, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y transitorio quinto de la ley noventa veinticuatro y la directriz registral DRPJ cero cero dos-doce mil doce a fin de trasladar el bien sin pago de los impuestos respectivos. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de la de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta en la siguiente dirección en San José, Barrio Escalante, de la iglesia Santa Teresita, tres cuadras al este y veinticinco metros al sur.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Gerardo Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012291359.—(IN2012035601).

Prolugu Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuatro ocho cuatro cero cuatro, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y transitorio quinto de la ley noventa veinticuatro y la directriz registral DRPJ cero cero dos-doce mil doce a fin de trasladar el bien sin pago de los impuestos respectivos. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta en la siguiente dirección en San José, Barrio Escalante, de la iglesia Santa Teresita, tres cuadras al este y veinticinco metros al sur.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Gerardo Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012291360.—(IN2012035602).

Ante mi notaría Mónica Zumbado Fallas, mediante escritura treinta y uno del tomo sétimo se reformó la cláusula número sétima del pacto constitutivo de la sociedad Condominio Montecristo Estilo Dorlea Bloque-B Tercero S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres ocho cinco ocho siete cuatro.—San José, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—RP2012291361.—(IN2012035603).

Tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil setecientos noventa y uno sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil setecientos noventa y uno, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y Transitorio quinto de la ley noventa veinticuatro y la directriz registral DRPJ cero cero dos-doce mil doce a fin de trasladar el bien sin pago de los impuestos respectivos. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de ley, contados a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta en la siguiente dirección en San José, Barrio Escalante, de la iglesia Santa Teresita, tres cuadras al este y veinticinco metros al sur.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Gerardo Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012291362.—(IN2012035604).

Ante mi notaría Mónica Zumbado Fallas, mediante escritura cincuenta y cuatro del tomo octavo se reformó la cláusula número cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Orly Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-cero veintidós mil cuatrocientos ochenta.—San José, veintiséis de abril del 2012.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—RP2012291363.—(IN2012035605).

Lachaza Barramar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos quince mil setecientos setenta y siete, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y Transitorio quinto de la ley noventa veinticuatro y la directriz registral DRPJ cero cero dos-doce mil doce a fin de trasladar el bien sin pago de los impuestos respectivos. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta en la siguiente dirección en San José, Barrio Escalante, de la iglesia Santa Teresita, tres cuadras al este y veinticinco metros al sur.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Gerardo Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012291364.—(IN2012035606).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas quince minutos del veintiséis de abril del dos mil doce, se fusionó la sociedad Brilliant Horizon Productos SRL, con y en la sociedad Agropecuaria Riant RVC S. A., reformándose la cláusula del capital social de Agropecuaria Riant RVC S. A.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2012291366.—(IN2012035607).

Por escritura 117-17 de las 11:00 del 26 de abril de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Sante Sociedad Anónima, se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012291368.—(IN2012035608).

Por escritura 116-17 de las 10:00  horas del 26 de abril de 2012, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades Cien Mil Veintiséis Sociedad Anónima y Cien Mil Veinticinco Sociedad Anónima, se acuerda fusionar las sociedades, mediante absorción en la cual va a prevalecer Cien Mil Veinticinco Sociedad Anónima.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012291369.—(IN2012035609).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del 26 de abril de 2012, se protocolizó acta de asamblea general de socios cuotistas de la sociedad La Angélica Limitada, cédula jurídica número 3-102-017450, mediante la cual se acordó por unanimidad la disolución de la sociedad.—Heredia, 26 de abril de 2012.—Lic. Hannia Solís Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012291370.—(IN2012035610).

Por escritura 118-17 de las 11:00 horas del 26 de abril de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de C.A.R.A. Granel Veintitrés Sociedad Anónima, se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012291371.—(IN2012035611).

Por escritura 134-6 de las 17:30 horas del 18 de abril de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Instalaciones Eléctricas Cari Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil trescientos noventa y siete. Se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—RP2012291372.—(IN2012035612).

El suscrito Edwin Astúa Porras, notario público, hace constar que con vista en la asamblea general extraordinaria número uno de la sociedad El Comprade Hoy y Siempre S. A., en la cual se modifica el artículo sétimo de los estatutos.—Heredia, 27 de abril del 2012.—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario.—1 vez.—RP2012291373.—(IN2012035613).

Que mediante escritura número setenta y seis de la notaría de Ilse Arguedas Chaverri, visible al folio ciento sesenta y seis frente del tomo veintiséis se liquidó y disolvió la sociedad denominada Margu y Romi S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y dos mil setecientos ochenta y ocho, el veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri, Notaria.—1 vez.—RP2012291374.—(IN2012035614).

Por escritura otorgada ante el notario Rafael Elías Madrigal Brenes, las sociedades Transportes Valladares S. A., cédula jurídica 3-101-176639, y Repuestos Valladares y Cruz S. A., cédula jurídica 3-101-341610, se fusionan con Inversiones Montiel Valladares S. A., cédula jurídica número 3-101-356298, con domicilio en el Prado de Guápiles de Pococí, Limón, 100 m al sur de la escuela, prevaleciendo Inversiones Montiel Valladares S. A.—Guápiles, 27 de abril del 2012.—Lic. Rafael Elías Madrigal Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012291375.—(IN2012035615).

Por escritura número trescientos veinticinco del tomo sétimo otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintidós de abril del dos mil doce, han comparecido los socios de Asesorías Agronómicas Palmeras Flores y Frutales S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos catorce mil ciento setenta y dos, y han acordado de manera unánime la disolución y liquidación de dicha sociedad.—Guápiles, 23 de abril del 2012.—Lic. José Francisco Fallas González, Notario.—1 vez.—RP2012291376.—(IN2012035616).

En acta de las 11:00 horas del 23 de marzo del 2012, se solicita la disolución de la empresa Distribuidora J.E.L.H. S. A., cédula jurídica 3-101-136627.—Guápiles, 27 de abril del 2012.—Lic. Giselle Flores Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012291377.—(IN2012035617).

Por escritura número trescientos treinta y cinco del tomo sétimo, otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del veintiséis de abril dos mil doce, he protocolizado acta de Desarrollos Agroeconómicos del Caribe S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos diecinueve mil ochocientos cuarenta y ocho, en la cual han acordado de manera unánime la disolución y liquidación de dicha sociedad.—Guápiles, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. José Francisco Fallas González, Notario.—1 vez.—RP2012291378.—(IN2012035618).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 26 de abril del 2012, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de Jarosan de Heredia S. A., donde se reforma estatutos y se nombra nueva junta directiva y fiscalía.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Óscar Mora Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2012291379.—(IN2012035619).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 27 de abril del 2012, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de tres-ciento uno-seiscientos trece mil setecientos treinta y cuatro s. a., donde se reforma estatutos, se cambia domicilio social y se nombra nueva junta directiva y fiscalía.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Óscar Mora Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2012291380.—(IN2012035620).

Ante esta notaría se ha protocolizado acta de asamblea general de socios de la sociedad J A H Motors Sociedad Anónima, con cédula tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cinco mil veintinueve. Se acepta la renuncia del secretario. Por el resto del periodo se elige a otra persona en dicho puesto, se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo.—Palmares, 25 de abril del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012291381.—(IN2012035621).

Ante esta notaría se ha protocolizado acta de asamblea general de socios de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos treinta y un mil ochocientos cuarenta y ocho sociedad anónima, con cédula tres-ciento uno-seiscientos treinta y un mil ochocientos cuarenta y ocho, se reforma la cláusula segunda y novena del pacto constitutivo, se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo.—Palmares, 25 de abril del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012291382.—(IN2012035622).

El veintiséis de abril del dos mil doce en asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Familia Vásquez Céspedes de Palmares Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil seiscientos treinta y cuatro, conforme al artículo doscientos uno del Código de Comercio se acordó su disolución. En cumplimiento con la normativa legal se cita a las personas interesadas a efecto establezcan las reclamaciones en el término de treinta días contabilizados a partir de la fecha de esta publicación. Se pueden establecer ante esta notaría, ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros norte del Club de Amigos Palmareños.—Palmares, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012291383.—(IN2012035623).

Protocolización de acta de asamblea general ordinaria de la Asociación Residencial Toscana Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veinticuatro mil quinientos veintidós y Cerro Redondo Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cero cincuenta y cinco mil setecientos sesenta y cuatro, en la cual se acuerda fusionar en una sola sociedad. Escritura otorgada en Heredia, a las dieciocho horas del veintiséis abril del dos mil doce.—Lic. María Del Carmen Calvo Monney, Notaria.—1 vez.—RP2012291384.—(IN2012035624).

El veintiséis de abril del dos mil doce, en asamblea general extraordinaria de socios de Tajo Esquipulas Sociedad Anónima, persona con cédula jurídica tres-ciento uno-cero cuarenta y cuatro mil seiscientos treinta y dos, se acordó su disolución, conforme al inciso d, artículo doscientos uno del Código de Comercio. En cumplimiento con la normativa legal se cita a las personas interesadas a efecto establezcan la reclamaciones que tuviesen para lo cual se otorga el plazo de treinta días a partir de la presente publicación, conforme al artículo 207 del Código de Comercio. Reclamaciones que se pueden establecer ante esta notaría ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros al norte de la esquina noreste del Club de Amigos o bien en la vía jurisdiccional.—Palmares, 27 de abril del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012291385.—(IN2012035625).

El veintiséis de abril del dos mil doce en asamblea general extraordinaria de socios de Arenas Metro Sociedad Anónima persona con cédula jurídica tres-ciento uno-cero setenta mil cuatrocientos noventa y tres, se acordó su disolución, conforme al inciso d., artículo doscientos uno del Código de Comercio. En cumplimiento con la normativa legal se cita a las personas interesadas a efecto establezcan la reclamaciones que tuviesen para lo cual se otorga el plazo de treinta días a partir de la presente publicación, conforme al artículo 207 del Código de Comercio. Reclamaciones que se pueden establecer ante esta notaría ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros al norte de la esquina noreste del Club de Amigos o bien en la vía jurisdiccional.—Palmares, 27 de abril del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012291386.—(IN2012035626).

Por escritura pública otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Representaciones Golfan Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Edwin Chacón  Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012291387.—(IN2012035627).

Por escritura pública otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Almacén Agrícola La Hacienda VPS Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Edwin Chacón  Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012291388.—(IN2012035628).

Por escritura pública otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Díaz & Marchena Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Edwin Chacón  Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012291389.—(IN2012035629).

Por escritura pública otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Traneco Internacional Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Edwin Chacón  Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012291390.—(IN2012035630).

Ante esta notaría se liquidó y disolvió la entidad jurídica de esta plaza denominada Neiva Car Sociedad Anónima, al ser las quince horas del veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—RP2012291391.—(IN2012035631).

Por escritura pública otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños se constituyó la sociedad Remodelaciones y Ampliaciones Techogar Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 28 de febrero del 2012.—Lic. Edwin Chacón  Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012291392.—(IN2012035632).

Mediante escritura número doscientos veintiocho, otorgada ante esta notaría al ser las once horas del veinticinco de abril del dos mil doce, se acordó la disolución de Distribuidora de Lubricantes J R Sociedad Anónima.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012291393.—(IN2012035633).

Por escritura otorgada ante mi notaría en San José, a las 12 horas del 19 de abril del 2012, Marcela y Federico ambos de apellidos Hernández Guillén, constituyen la sociedad denominada: RYEV International Trading Sociedad Anónima, domicilio: San José, Sabana Sur, doscientos cincuenta metros al sur, doscientos veinticinco al oeste y cincuenta al norte de la Librería Universal. Capital totalmente suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años. Presidenta la socia Marcela Hernández Guillén. Agente residente Lic. Ana Victoria Campos Vargas.—Lic. Ana Victoria Campos Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012291394.—(IN2012035634).

Por escritura número 191 otorgada en mi notaría a las quince horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de cuotistas de la empresa Grabaciones Color Recor Ltda, en donde se acuerda disolver dicha sociedad. Presidente: Gonzalo Montero Trejos.—Lic. Ana Victoria Campos Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012291395.—(IN2012035635).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día de hoy, se disolvió la compañía de esta plaza denominada Soluciones Globales del Este Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. María Vanessa Castro Jaramillo, Notaria.—1 vez.—RP2012291396.—(IN2012035636).

El día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Centro de Afinamiento Automotriz S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda y tercera del pacto constitutivo.—San José, dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012291397.—(IN2012035637).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa tres-ciento dos-seiscientos un mil quinientos noventa, en la que se modifica la cláusula del pacto constitutivo.—Lic. Jorge Umaña Segura, Notario.—1 vez.—RP2012291398.—(IN2012035638).

Fusión de las sociedades Country Dolls de Costa Rica S.A., cédula jurídica 3101378228 y de las compañías Wi T Inversiones Internacionales S. A., cédula 3101271319, Jurgrugu y Asociados S. A., cédula 3101350557, Servicios Grunguti S. A., cédula 3101246109, West Side City Store S. A., cédula 3101411639, actas celebradas el dos de abril de dos mil doce, en sus respectivos domicilios sociales, protocolizada mediante escritura número doscientos tres-dos del protocolo segundo de la notaria Marianela Fonseca Rivera.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012291400.—(IN2012035639).

Reforma de la cláusula tercera del plazo social de la sociedad Cyber Ticolnet S. A., cédula jurídica 3-101-525003, acta celebrada a las ocho horas del tres de abril del dos mil doce, en su domicilio social.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012291401.—(IN2012035640).

Por escritura otorgada por mí, el ocho de marzo del dos mil doce, a las ocho horas se protocolizó acta de Asociación Costarricense de Criadores de Bovinos Raza Piembra y Piemontese, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula del domicilio.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012291402.—(IN2012035641).

Por escritura otorgada por mí, el día ocho de febrero del dos mil doce, a las ocho horas, se protocolizó acta de LV Shipping Logistic Sociedad Anónima S. A., mediante la cual se acuerda modificar la clausula del domicilio social de su pacto social.—Lic. Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—RP2012291403.—(IN2012035642).

La suscrita notaria Jenny Patricia Reyes Durán, protocoliza la fusión de las sociedades Vikas Place Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco siete siete nueve tres cuatro, La Brew Casa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seis dos uno seis seis tres, World café Systems Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco uno cuatro dos ocho ocho.—San José, veintisiete de abril dos mil doce.—Lic. Jenny Patricia Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—RP2012291404.—(IN2012035643).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy protocolicé actas de asambleas generales extraordinarias de Costa Rica Law Firm S. A., Falcon Capital Services S. A., Navas Chavarría y González S. A., Invercorp Asesoría e Inversiones Corporativas S. A., en las que deciden fusionarse siendo la sociedad prevaleciente Costa Rica Law Firm S. A.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Paul Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012291407.—(IN2012035644).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy protocolicé actas de asambleas generales extraordinarias de Oxford Holding Services S. A., Pitico del Cañón S. A., Lagarto Recreational Farm S. A., en las que deciden fusionarse siendo la sociedad prevaleciente Oxford Holding Services S. A.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Paul Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012291408.—(IN2012035645).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy protocolicé actas de asambleas generales extraordinarias de Platino y Acero S. A., Cipreses Mediterráneos S. A., Concord Capital Services S. A., en las que deciden fusionarse siendo la sociedad prevaleciente Platino y Acero S. A.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Paul Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012291409.—(IN2012035646).

Por escritura número veintinueve-quince, otorgada ante esta notaría, notario Manuel Salas Raven, a las once horas veinte minutos del día veintiséis de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Beige Merk Azul Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y dos mil seiscientos setenta y siete, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Manuel Salas Raven, Notario.—1 vez.—RP2012291410.—(IN2012035647).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:30 horas del 26 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Corporación Contribuyendo al Futuro Limitada.—Lic. Sandra Araya Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012291411.—(IN2012035648).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 27 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Taller de Enderezado Pintura y Soldadura Thames y Thames de Cartago S. A.—Lic. Sandra Araya Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012291412.—(IN2012035649).

Por escritura número ciento veinticinco-once, otorgada ante esta notaría, notario público: Juan Manuel Godoy Pérez, a las quince horas del veinticuatro de abril del año dos mil doce, se constituyeron las sociedades denominadas: Corporaciones Bambú Oriental S. A., Valles Azules del Norte S. A.—San José, veinticuatro de abril de dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012291413.—(IN2012035650).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Araya Westover y Asociados S. A., mediante la cual se reforma totalmente el pacto social.—San José, ocho horas diez minutos del dieciocho de abril de dos mil doce.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012291414.—(IN2012035651).

Ante mi notaría en escrituras otorgadas en la segunda quincena del mes de abril se protocolizó actas de asamblea de socios en donde se aprueba la disolución de las sociedades: Ureña Murillo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres uno cero cinco uno siete. La sociedad Cafetalera Lomas de Medina Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-cinco nueve cinco cuatro uno siete, ambas con domicilio en San José, Santa María de Dota, trescientos metros este de la iglesia católica.—Santa María, a los veintiséis días de abril del dos mil doce.—Lic. Berenice Retana Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012291415.—(IN2012035652).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Kalakawa S. A., mediante la cual se reforma totalmente el pacto social.—San José, ocho horas minutos del dieciocho de abril de dos mil doce.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012291416.—(IN2012035653).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocolizaron actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas de las empresas NBC Nature’s Best Coffee S. A., Cafetalera Los Girasoles S. A. y Actex Cinco Mil S. A., mediante las cuales acuerdan la fusión de las tres sociedades y se reforma pacto.—San José, ocho horas cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil doce.—Lic. Anssuette Esquivel Zayas-Bazán, Notaria.—1 vez.—RP2012291417.—(IN2012035654).

Por escritura ciento uno-cuatro, visible a folio noventa y ocho vuelto del tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, otorgada en San José, a las doce horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil doce, la totalidad de los socios acordó disolver la entidad tres-ciento uno-quinientos doce mil doscientos dieciséis sociedad anónima, cédula tres-ciento uno-quinientos doce mil doscientos dieciséis.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. José Bernardo Soto Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012291418.—(IN2012035655).

Ante esta notaría se disuelvan las siguientes sociedades: 1) A las 8:00 horas del día 27 de abril del 2012 se disuelve Jane”s Viajes Internacional S. A., apoderada la presidente; 2) a las 8:30 horas del 27 de abril del 2012, se disuelva STI Costa Rica Internacional S. A. apoderada la presidente, 3) A las 9:00 horas del día 27 de abril del 2012 se disuelva Inversiones Coronel Lemarie S. A., apoderado presidente; 4) A las 9:30 horas del día 27 de abril del 2012 se disuelve Sunwell Enterprises S. A., apoderada presidente; 5) A las 10:00 horas del día 27 de abril del 2012, se disuelve Inversiones H & R Brothers Co. S. A., apoderada presidente, 6) A las 10:30 horas del 27 de abril del 2012, se disuelve Inversiones Jian Fu S. A. apoderados presidente y secretaria; 7) A las 11:00 horas del 27 de abril del 2012 se disuelve Inversiones Faixing Chan S. A. apoderados presidente y secretaria; 8) A las 11:30 horas del 27 de abril del 2012 se disuelve Inversiones Possmei Inc S. A. apoderado presidente; 9) A las 12:00 horas del 27 de abril del 2012 se disuelve Nuevo Mundo Wong S. A. apoderada presidente; y 10) A las 12:15 horas del 27 de abril del 2012 se disuelve Mariquita Internacional S. A. apoderada presidente. Todas con domicilio en San José y apoderados generalísimos sin límite de suma. Notario.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Manuel Fernando Arango Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012291419.—(IN2012035656).

Por asamblea general extraordinaria de accionistas la empresa denominada Sistemas Informáticos de Latinoamérica Silat Sociedad Anónima, acuerda la disolución.—San José, 27 de abril del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012291421.—(IN2012035657).

Por asamblea general extraordinaria de accionistas la empresa denominada Solutions and Systems Busys Limitada acuerda la disolución.—San José, 27 de abril del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012291422.—(IN2012035658).

Ante esta notaría, a las catorce horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se constituyó PtoP First Sociedad Anónima, con traducción al español como Uno A Uno Primero Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones exactos, con un plazo de cien años, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al presidente y secretario, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Cartago, ocho horas del veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Hannia Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012291423.—(IN2012035659).

Por escritura número veinte, otorgada en la ciudad de San José a las dieciséis horas del dieciocho de abril del año dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades: AGROCONSULTA SOCIEDAD ANÓNIMA, POSTMA ARTE SOCIEDAD ANÓNIMA y AGROASESORÍA SOCIEDAD ANÓNIMA, mediante las cuales se dispuso la fusión por absorción de las sociedades denominadas AGROCONSULTA, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y nueve mil setecientos uno y POSTMA ARTE SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintitrés mil treinta y ocho, con la sociedad denominada AGROASESORÍIA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y nueve mil seiscientos cuarenta y seis, prevaleciendo ésta. Dada esta fusión se aumenta el capital social de la sociedad prevaleciente.—San José, veintisiete de abril del año dos mil doce.—Lic. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—RP2012291424.—(IN2012035660).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Kimeras del Sol Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—RP2012291425.—(IN2012035661).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font se modificó la cláusula de representación legal de la empresa Ingeniería Térmica M. J. L. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno cuatrocientos ochenta y un mil seiscientos cincuenta y cuatro, correspondiendo así la representación judicial y extrajudicial al presidente y secretario.—San José, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012291426.—(IN2012035662).

Para los efectos de ley, se avisa por este medio que la sociedad Charis R&M Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-534447, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, celebrada en su domicilio social el día 16 de marzo del 2012, se acordó por unanimidad la disolución de la compañía.—San José, 23 de abril del 2012.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—RP2012291427.—(IN2012035663).

Mediante escritura número doscientos ochenta y dos de las catorce horas del veinticinco de abril de dos mil doce, visible al folio ciento cincuenta frente del tomo quinto de la notaria Paula Durán Quirós, se hace constar que se protocolizó el acta la cual modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Alejirolas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y seis mil cuatrocientos cuarenta.—Paraíso, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012291428.—(IN2012035664).

Para los efectos de ley, se avisa por este medio que la sociedad Lema de Puerto Viejo L&M Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-491302, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, celebrada en su domicilio social el día 16 de marzo de 2012, se acordó por unanimidad la disolución de la compañía.—San José, 23 de abril del 2012.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—RP2012291429.—(IN2012035665).

Para los efectos de ley, se avisa por este medio que la sociedad Elfriede de Costa Rica Sociedad Anónima cédula jurídica número 3-101-339657, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, celebrada en su domicilio social el día 15 de marzo del 2012, se acordó por unanimidad la disolución de la compañía.—San José, 23 de abril del 2012.—Lic. Juan Antonio Rescia Chinchilla, Notario.—1 vez.—RP2012291430.—(IN2012035666).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 23 de abril del año 2012, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de copropietarios de Condominio Horizontal Residencial El Sandal, con cédula jurídica número 3-109-504385, se nombra nuevo administrador.—Guanacaste, 24 de abril del 2012.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012291431.—(IN2012035667).

Mediante escritura número doscientos cuarenta y dos de las quince horas del veinticinco de abril del año dos mil doce, otorgada ante la notaria Jessica Rodríguez Jara se protocolizó acta de la sociedad Autos San Rafael R Y G Sociedad Anónima y su presidente es el señor Nelson Gómez Barrantes.—San Rafael de Poás, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Jessica Rodríguez Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012291432.—(IN2012035668).

Por escritura número 97-19, de las 8:00 horas del 25 de abril del 2012, se disuelve la sociedad Suplidora Gourmet para Café S. A.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012291434.—(IN2012035669).

Por escrituras número 98-19 de las 8:00 horas del 26 de abril del 2012, se disuelve la sociedad Monteverde Coffee Store LDM.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012291435.—(IN2012035670).

Se revoca y se nombra junta directiva de la denominada 3-101-464602 sociedad anónima, cédula jurídica 3-101-464602, se modificó cláusula segunda del domicilio social, y décima sexta de representación y las facultades mediante escritura número 139, tomo 3 del protocolo de la notaria pública Ileana Sanabria Vargas 16234, otorgada a las 13 horas del 15 de marzo del 2012.—Lic. Ileana Sanabria Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012291436.—(IN2012035671).

Que por escritura otorgada ante la notaría de la Licenciada Martha Eugenia Araya Chaverri, a las quince horas del día veinticuatro de abril del año dos mil doce, se protocoliza acta de la compañía Proyecto Azteca S. A., donde se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Martha Eugenia Araya Chaverri, Notaria.—1 vez.—RP2012291437.—(IN2012035672).

Se prescinde de nombrar liquidador en razón de que la sociedad no tiene activos ni pasivos, y se acuerda disolver la denominada Zafiros Armi Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-80591, mediante escritura número 120, otorgada a las 17:45 horas del 12 de abril del 2012, tomo 3 del protocolo de la notaria publica Ileana María Sanabria Vargas.—Lic. Ileana María Sanabria Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012291438.—(IN2012035673).

Se prescinde de nombrar liquidador en razón de que la sociedad no tiene activos ni pasivos, y se acuerda disolver la denominada Servicios Profesionales y Gestión de Personal de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-317533, mediante escritura número 145-3, otorgada a las 19 horas del 26 de abril del 2012, tomo 3 del protocolo de la notaria publica Ileana María Sanabria Vargas.—Lic. Ileana María Sanabria Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012291439.—(IN2012035674).

En mi notaría, a las ocho horas del veinticinco de abril de dos mil doce, protocolicé acta de la entidad Josué Padre S. A., se cambia la denominación social a Brasas Restaurante S. A. y se nombra nuevo presidente y secretario.—Lic. Guiselle Mora Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012291440.—(IN2012035675).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del seis de febrero del dos mil doce, se fusionaron las sociedad La Lapa S. A., cédula jurídica 3-101-031810, Papeles Exclusivos S. A., cédula jurídica 3-101-070744, Guila Artes Gráficas S. A., cédula jurídica 3-101-120159 las cuales fueron absorbidas por Guila Sucesores S. A., cédula jurídica 3-101-156532, la cual cambia de nombre a Color Material Sociedad Anónima.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012291441.—(IN2012035676).

Hoy protocolicé acta de asamblea de socios de Haciendas de Escazú Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y dos mil novecientos treinta y cinco, acordando su disolución y liquidación total. Domicilio: San José. Licenciado Simón Valverde Gutiérrez, Notario Público.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Simón Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012291442.—(IN2012035677).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas quince minutos del día veintiséis de abril del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de las sociedades 3-101-512533  S. A.; Picamezer S. A. y Jomanfa S. A. Donde se acuerda fusionar prevaleciendo Jomanfa S. A.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012291443.—(IN2012035678).

Por escritura  veintiuno de las nueve horas del veintisiete de abril del año dos mil doce, otorgada ante la notaria María José Chaves Cavallini, se acordó disolver sociedad Decoraciones Edentia Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, veintisiete de abril del año dos mil doce.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2012291444.—(IN2012035679).

Por escritura veintidós-cuatro de las diez horas del veintisiete de abril del año dos mil doce, otorgada ante la notaria María José Chaves Cavallini, se protocolizó acta de asamblea número uno de la sociedad La Casa de Baloo S & J Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, veintisiete de abril del año dos mil doce.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2012291447.—(IN2012035680).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día veintiséis de abril del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Grupo Novita Capital S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012291448.—(IN2012035681).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas, quince minutos del día veinticinco de abril del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Tecnológicas Perco S. A. Donde se da por disuelta y liquidada la sociedad.—San José, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012291450.—(IN2012035682).

Ante esta notaría: Se constituyó la sociedad Warehouserack Sociedad Anónima, representada por el presidente, secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar de forma conjunta o separada. Capital social: diez mil colones.—San José, 25 de abril del año 2012.—Lic. Joan Salazar Garreta, Notario.—1 vez.—RP2012291453.—(IN2012035683).

Les Enfants de La Mer Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos mil setecientos ochenta y uno, modifica su nombre para que se denomine Natura Salvatica Sociedad Anónima, además nombra un nuevo presidente y secretario, modifica su representación legal, objeto social y el domicilio social. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012291454.—(IN2012035684).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las cinco horas con cincuenta y tres minutos del veintisiete de abril del año dos mil doce se disolvió a partir del veintisiete de abril del año dos mil doce la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y un mil quinientos sesenta sociedad anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y un mil quinientos sesenta. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012291456.—(IN2012035685).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las seis horas con diecisiete minutos del veintisiete de abril del año dos mil doce, se disolvió a partir del veintiséis de abril del año dos mil doce la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Jome de Jacó Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cinco mil trescientos treinta y seis. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012291457.—(IN2012035686).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las seis horas con siete minutos del veintisiete de abril del año dos mil doce, se disolvió a partir del veintiséis de abril del año dos mil doce la sociedad de esta plaza denominada Horizontes de Herradura Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y cuatro. Distrito de Jacó, cantón Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012291458.—(IN2012035687).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las seis horas con cuarenta minutos del veintisiete de abril del año dos mil doce se disolvió a partir del veintiséis de abril del año dos mil doce la sociedad de esta plaza denominada Construcciones Jaco Beach Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil ochocientos sesenta y cuatro. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012291460.—(IN2012035688).

Ante esta notaría, a las nueve horas del veintiséis de abril del dos mil doce protocolicé acta de asamblea general ordinaria de accionistas de Servicio Automotriz Serviauto San Ramón Sociedad Anónima cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos sesenta y siete mil quinientos setenta y dos de esta plaza mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San Ramón de Alajuela, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Rocío Chaves Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012291461.—(IN2012035689).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del veinte de abril del dos mil doce, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Constenla S. A.—San José, 20 de abril del 2012.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—RP2012291462.—(IN2012035690).

Ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general ordinaria de accionistas de Inmobiliaria Cormen Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y nueve mil ciento tres, de esta plaza mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San Ramón de Alajuela, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Rocío Chaves Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012291463.—(IN2012035691).

Mediante escritura pública otorgada a las quince horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada A. G. S. Agente & Corredora de Seguros del Este Sociedad Anónima, para efectos de disolución de esta sociedad.—Lic. Daniel Salazar Araya, Notario.—1 vez.—RP2012291464.—(IN2012035692).

Mediante escritura otorgada ante mi notaría, el 24 de abril del 2012, se fusionan las sociedades anónimas Bosques Húmedos del Atlántico Sociedad Anónima, cédula jurídica número, tres-ciento uno-cero ochenta y ocho mil cero treinta y seis, Bosque Indígena del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número, tres-ciento uno-cero ochenta y seis quinientos sesenta y siete, Hotel Casa de Finca Sociedad Anónima, cédula jurídica número, tres-ciento uno-ciento setenta y seis mil doscientos cuarenta y dos, Turtle Ink Sociedad Anónima, cédula jurídica número, tres-ciento uno-cero setenta y tres mil quinientos cuarenta, Los Sajones Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y seis mil novecientos ochenta y nueve, Lilas de Agua Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y seis mil cuatrocientos sesenta y nueve, prevaleciendo Lilas de Agua S. A.—San José, 24 de abril del 2012.—Lic. José Ramón Chavarría Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012291465.—(IN2012035693).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Ferretería Nago S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Orlando Calzada Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012291466.—(IN2012035694).

Ante mí, Kattia Bermúdez Montenegro, notaria pública, en escritura pública número ciento sesenta, se protocoliza fusión de las sociedades: a) Juraboce ASV S. A., cédula jurídica número 3-101-468560, b) World Lasting WL Corporation S. A., cédula jurídica número 3-101-407856, c) Overpower PO Investments S. A., cédula jurídica número 3-101-391670, d) Pure Energy JHC S. A., cédula jurídica número 3-101-469447, e) Siroco Suave S. A., cédula jurídica número 3-101-362931, f) Softwit S. A., cédula jurídica número 3-101-368616, g) Greystone SG of Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-468752, h) Whitestraw WS Investments S. A., cédula jurídica número 3-101-406197, i) Bagenergy Fénix DL S. A., cédula jurídica número 3-101-468752, j) Maktub Negro S. A., cédula jurídica número 3-101-344513, con la sociedad denominada Tres-ciento uno-seiscientos once mil ochocientos noventa y nueve S. A., se modifica la cláusula quinta aumento de capital.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012291467.—(IN2012035695).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy se disolvió la sociedad; Valle Jiménez Sociedad Anónima. Presidente.—San José, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012291468.—(IN2012035696).

El suscrito, David Matamoros Salazar, en mi condición de notario público, hace saber que protocolizo acta de asamblea sociedad denominada: Juntos en Playa Zancuno Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos tres mil trescientos diecisiete, mediante la cual se acordó la disolución de la misma.—San Vito de Coto Brus, Puntarenas, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. David Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012291473.—(IN2012035697

Ante esta notaría, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad denominada: Corriente del Saguenay Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos diez mil seiscientos cincuenta y seis, así mismo se revocó el nombramiento de la Junta Directiva, nombrándose como nuevo presidente al señor Odilio Villalobos Cascante, portador de la cédula de identidad número seis-doscientos treinta y siete-setecientos noventa.—San Vito de Coto Brus, Puntarenas, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. David Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012291474.—(IN2012035698).

El suscrito, David Matamoros Salazar, en mi condición de notario público, hace saber que protocolizo acta de asamblea sociedad denominada Inversiones Altamura Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y dos mil trescientos cincuenta y tres, mediante la cual se acordó la disolución de la misma.—San Vito de Coto Brus, Puntarenas, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. David Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012291475.—(IN2012035699).

El suscrito, David Matamoros Salazar, en mi condición de notario público, hace saber que protocolizo acta de asamblea de sociedad denominada: Seis de Febrero Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-ciento treinta y siete mil setecientos noventa y seis, mediante la cual se acordó la fusión con la sociedad Francesco y Filomena Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y seis mil quinientos ochenta; prevaleciendo la primera.—San Vito de Coto Brus, Puntarenas, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. David Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012291476.—(IN2012035700).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las seis horas con treinta minutos del veintisiete de abril dos mil doce, se disolvió a partir del veintiséis de abril del año dos mil doce la sociedad de esta plaza denominada Joli de Jacó Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ocho mil doscientos treinta y uno, distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012291477.—(IN2012035701).

Ante esta notaría, se otorgó escritura de disolución de la sociedad denominada Bioingeniería Saque Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos cincuenta y dos mil treinta y seis. En la ciudad de San Vito Coto Brus, Puntarenas, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. David Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012291478.—(IN2012035702).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las siete horas del veintisiete de abril del año dos mil doce, se disolvió a partir del veintisiete de abril del año dos mil doce la sociedad de esta plaza denominada Wyldelife Institute Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho ochocientos setenta y nueve. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012291479.—(IN2012035703).

Servicios Odontológicos J Y M del Pacífico Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos treinta y nueve mil seiscientos setenta y dos, modifica y aumenta su capital social a la suma de ciento cincuenta mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012291480.—(IN2012035704).

El suscrito notario, René Orellana Meléndez, hace constar que se modificó el capital social de la sociedad denominada Eurosoluciones Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el treinta de abril del dos mil doce.—Lic. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2012035732).

El suscrito notario René Orellana Meléndez, hace constar que se modificó el capital social de la sociedad Eurosistemas Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el treinta de abril del dos mil doce.—Lic. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2012035733).

Paragon Turrialbeña P C Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica Nº 3-101-447615, comunica que mediante asamblea general extraordinaria celebrada en su domicilio social al ser las 15:30 horas del 7 de mayo del 2011, se revocaron los nombramientos de la Junta Directiva y del Fiscal, y en su lugar se hicieron nuevos nombramientos por el resto del plazo social, se hizo cambio de nombre de la sociedad y de domicilio.—Lic. Patricia Rojas Pérez, Notaria.—1 vez.—(IN2012035734).

El suscrito notario, René Orellana Meléndez, hace constar que se disolvió la sociedad denominada El Carro de Fabián Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2012035736).

Por escritura otorgada en mi notaría, al ser las ocho horas con treinta minutos del treinta de abril del dos mil doce, se disolvió la sociedad Serrajime del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y seis mil ciento veintiuno, domiciliada en Barrio San Antonio de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, veinticinco metros al sur de Multiaceros; de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, San Carlos, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012035746).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, a las diez horas, del veintidós de febrero del dos mil doce, se solicita la inscripción de la marca Fast Forward propiedad de la sociedad de esta plaza denominada Textiles Modernos T. M. D. S. A.—San José, 2 de mayo del 2012.—Lic. Hellen Araya Jácome, Notaria.—1 vez.—(IN2012035747).

Se constituye la entidad denominada, Transportes Hernández Rodríguez Limitada. Presidente: Rodolfo Hernández Rodríguez. Domicilio: San Josecito de Alajuelita. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 30 abril del 2012.—Lic. Carlos Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—(IN2012035748).

Se disuelve la entidad denominada, Inversiones al Mar de Oro Sociedad Anónima, no se nombra liquidador. Escritura otorgada a las 19:00 horas del 30 de abril del 2012.—Lic. Carlos Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—(IN2012035749).

Por escritura otorgada ante mí, a las 19:00 horas del 26 de abril del 2012, se constituye una sociedad cuya denominación social es Multifarma San Antonio Sociedad Anónima, Domicilio: San Antonio de Escazú. Plazo social: 99 años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Representación: Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma actuando en conjunto. Es todo.—San José, 31 de abril del 2012.—Lic. Andrea Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035750).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 28 de abril del 2012, se protocolarizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones y Asesorías Estratégicas Costa Rica B & R S. A., con cédula jurídica 3-101-424026, en la cual se disuelve dicha sociedad, se prescindió del nombramiento de liquidador. Es todo.—San José, 31 de abril del 2012.—Lic. Andrea Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012035751).

Por escritura de las 10:00 horas se disuelve la sociedad Mosaicos La Guaria Sociedad Anónima. Presidente: Ernesto Doninelli Fonseca.—San José, de 23 abril de 2012.—Lic. María Elena González Larrad, Notaria.—1 vez.—(IN2012035754).

Por escritura otorgada por los conotarios, Ricardo Cordero Baltodano y Mariana Isabel Alfaro Salas, a las nueve horas del dos de mayo del dos mil doce, protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Condo Ochenta y Tres Wafou Coma Sociedad Anónima, con número de cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil trescientos ochenta y dos, de las nueve horas del día nueve de abril del dos mil doce, mediante las cuales se reforman las cláusulas primera, segunda, octava y se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2012035755).

Por escritura número doscientos setenta se protocolizó acta de asamblea ordinaria extraordinaria de socios de la sociedad denominada de Finca DMMDLS S. A., cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil seiscientos ochenta y seis, donde se acuerda disolver y liquidar la sociedad, se cita a los interesados para que en el término de treinta días hagan valer sus derechos.—San José dos de mayo del dos mil doce.—Lic. Jeiner Navas Beita, Notario.—1 vez.—(IN2012035756).

Por escritura número doscientos sesenta y ocho se protocolizó acta de asamblea ordinaria extraordinaria de socios de la sociedad denominada de Condominios CR Cuarenta y Seis Jovellanos S. A., cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos dieciséis mil doscientos diecisiete, donde se acuerda disolver y liquidar la sociedad, se cita a los interesados para que en término de treinta días hagan valer sus derechos.—San José, dos de mayo del dos mil doce.—Lic. Jeiner Navas Beita, Notario.—1 vez.—(IN2012035757).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:15 horas del día 30 de abril del dos mil doce, se procedió a disolver la sociedad anónima denominada Inversionres Reales América SRL.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012035759).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:45 horas del día 30 de abril del dos mil doce, se procedió a disolver la sociedad anónima denominada Inversiones Lor de Patarrá S. A.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012035761).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 30 de abril del dos mil doce, se procedió a disolver la sociedad anónima denominada Importaciones Libra de Costa Rica S. A.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012035762).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del día 30 de abril del dos mil doce, se procedió a disolver la sociedad anónima denominada Distribuidora Lorena SP S. A.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012035763).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 26 de abril del 2012, se constituyó la sociedad Rolroluar de Guadalupe Sociedad Anónima.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(IN2012035766).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del 26 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Grupo Exordium S. A., cédula jurídica 3-101-642225, en la que se modifica el domicilio social, y se hace nuevo nombramiento de Fiscal.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(IN2012035767).

Ante esta notaría, se tramita la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Interven Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil seiscientos dos, en la cual se reforma la cláusula cuarta referente al plazo social. Es todo.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Manuela Tanchella Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012035778).

En mi notaría, mediante escritura número 113-25 otorgada a las 11:30 horas del 30 de abril del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Constructora Álvarez Conal S. A., cédula jurídica número 3-101-407288.—San Ramón, Alajuela, 30 de abril del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035779).

En mi notaría, mediante escritura número 115-25 otorgada a las 8:00 horas del primero de mayo del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Importaciones Hung Hu Internacional S. A.—San Ramón, Alajuela, 1º de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035780).

Ante esta notaría, se tramita la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Dragonfly Japanese Bistro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y tres mil setenta y uno, en la cual se reforma la cláusula cuarta referente al plazo social. Es todo.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Manuela Tanchella Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012035781).

En mi notaría, mediante escritura número 116-25 otorgada a las 8:30 horas del primero de mayo del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Atardecer Sideral A. H. A. S. A., cédula jurídica número 3-101-435599.—San Ramón, Alajuela, 1º de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035782).

En mi notaría, mediante escritura número 117-25 otorgada a las 9:00 horas del primero de mayo del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Paz y Cantos A. H. A. S. A., cédula jurídica número 3-101-434807.—San Ramón, Alajuela, primero de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035783).

Ante esta notaría, se tramita la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad B y M Gastromed Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos trece mil cincuenta y seis, en la cual se reforma la cláusula cuarta referente al plazo social. Es todo.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Manuela Tanchella Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012035784).

En mi notaría, mediante escritura número 118-25 otorgada a las 9:30 horas del primero de mayo del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Agroforestal Alcrube S. A., cédula jurídica número 3-101-184363.—San Ramón, Alajuela, primero de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035785).

En mi notaría, mediante escritura número 119-25 otorgada a las 10:00 horas del primero de mayo del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Valle Leo S. A., cédula jurídica número 3-101-428754.—San Ramón, Alajuela, 1º de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035786).

En mi notaría, mediante escritura número 120-25 otorgada a las 10:30 horas del primero de mayo del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Estrellita del Pacífico A. H. A. S. A., cédula jurídica número 3-101-439016.—San Ramón, Alajuela, 1º de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035787).

En mi notaría, mediante escritura número 121-25 otorgada a las 11:00 horas del primero de mayo del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Valle de Chorotega PJS S. A., cédula jurídica número 3-101-452429.—San Ramón, Alajuela, 1º de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035788).

En mi notaría, mediante escritura número 123-25 otorgada a las 12:00 horas del primero de mayo del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad El Paso de las Carretas A. H. A. S. A., cédula jurídica número 3-101-435162.—San Ramón, Alajuela, 1º de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035790).

En mi notaría, mediante escritura número 122-25 otorgada a las 11:30 horas del primero de mayo del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Atardecer Santiagueño A. H. A. S. A., cédula jurídica número 3-101-435510.—San Ramón, Alajuela, 1º de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035791).

En mi notaría, mediante escritura número 125-25 otorgada a las 13:30 horas del primero de mayo del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Valle de Los Guaraní S. A., cédula jurídica número 3-101-442510.—San Ramón, Alajuela, primero de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035792).

En mi notaría, mediante escritura número 124-25 otorgada a las 13:00 horas del primero de mayo del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Fortuna del Bosque A. H. A. Esmeraldas S. A., cédula jurídica número 3-101-443051.—San Ramón, Alajuela, 1º de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035793).

En mi notaría, mediante escritura número 127-25 otorgada a las 14:30 horas del primero de mayo del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Valle Pacífico J.L.P.M. S. A., cédula jurídica número 3-101-427088.—San Ramón, Alajuela, primero de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035794).

En mi notaría, mediante escritura número 128-25 otorgada a las 15:00 horas del primero de mayo del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Senda Santiagueña P.J.S. S. A., cédula jurídica número 3-101-451273.—San Ramón, Alajuela, primero de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012035795).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

DIRECCIÓN FINANCIERA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 054-2012-DFCA. Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de enero de dos mil doce. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, artículo 71 Procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Walter Valerín Segura, cédula de identidad Nº 6-264-957 por “adeudar a este ministerio la suma de ¢445.922,67 (cuatrocientos cuarenta y cinco mil novecientos veintidós colones con sesenta y siete céntimos) por 30 días de preaviso no otorgado al presentar la renuncia el 16 de diciembre del 2010, rigiendo a partir de esa misma fecha”. Lo anterior con fundamento en el oficio N° 03655-03-2011-DRH-DRC-SR-ACA del 22 de marzo de 2011 del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de Recursos Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Ileana Parini Segura, teléfono 2586-4285, fax 2227-6957. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madriz” en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O.C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46395.—C-91650.—(IN2012036450).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 576-2011-DFCA. Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera. San José a las nueve horas  con cincuenta minutos del siete de diciembre de dos mil once. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo  N° 32177-SP, artículo 71 Procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Dennis Bejarano Murillo cédula de identidad número 6-202-184 por “adeudar a este ministerio la suma de ¢669.690,38 (seiscientos sesenta y nueve mil seiscientos noventa colones con treinta y ocho céntimos) desglosados en ¢562,122,97 por incapacidades no deducidas del 20 al 22 de enero, 27 de enero al 03 de febrero y del 04 de febrero al 11 de marzo todos del año 2010, ¢40.648,01 de sumas giradas de más del 19, 20 y 25  de julio del 2008 más ¢66.919,40 por sumas acreditadas de mas del 23 al 26 de enero del 2010”. Lo anterior con fundamento en los oficio N° 0409-01-2011-DRH-SRC-ACA del 11 de enero de 2011, 17107-11-2010  DRH-SRC-ACA del 09 de noviembre de 2010 y 9536-06-11 DRH-SRC-ACA del 17 de junio de 2011, del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de Recursos Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Ileana Parini Segura,  teléfono 2586-4285, fax 2227-6957. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madríz “ en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O.C. Nº 14377.—Solicitud Nº 43395.—C-95880.—(IN2012036451).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 577-2011-DFCA. Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—San José, a las nueve horas con treinta minutos del siete de diciembre de dos mil once. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, artículo 71 Procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Luis Guevara Gómez, cédula de identidad número 6-238-675 por “adeudar a este ministerio la suma de ¢528.931,00 (quinientos veintiocho mil novecientos treinta y un colones) por concepto de deducible del vehículo placa PE-08-3063, patrimonio 99959, conforme el oficio 4198-2010-DT-INSP del 14 de octubre de 2010 del Departamento de Transportes de Este Ministerio”. Lo anterior de conformidad con el acuerdo firme del Consejo de Personal, sesión ordinaria 669, celebrada el 12 de noviembre del 2008, según articulo VII, por el cual fue declarado responsable civil por la colisión ocurrida el 24 de diciembre de 2007. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Ileana Parini Segura, teléfono 2586-4285, fax 2227-6957. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madríz” en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O.C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46395.—C-95880.—(IN2012036452).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 059-2012-DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—San José a las nueve horas con diez minutos del diecinueve de enero de dos mil doce. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, artículo 71 Procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Luis Guillermo Cordero Molina, cédula de identidad número 3-285-779 por “adeudar a este ministerio la suma de ¢2.228.390,76 (dos millones doscientos veintiocho mil trescientos noventa colones con setenta y seis céntimos) desglosado por incapacidades que no fueron posible deducir del 17 de abril al 03 de julio ambas del 2011 la suma de ¢2.123.005,28, más ¢105.385,76 por concepto de subsidio. Lo anterior, con fundamento en el oficio 13143-2011-DRH-SRC-AR, del 26 de agosto del 2011, del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de recursos Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Ileana Parini Segura, teléfono 2586-4285, fax 2227-6957. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madríz “en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O.C. Nº 13888.—Solicitud Nº 46396.—C-91650.—(IN2012036453).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 037-2012-DFCA Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—San José a las nueve horas con veinte minutos del diecisiete de enero de dos mil doce. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177-SP, artículo 71 Procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Carlos A. Obando Corea, cédula de identidad número 8-074-221 por “adeudar a este ministerio la suma de ¢1.533.976,84 (un millón quinientos treinta y tres mil novecientos setenta y seis colones con ochenta y cuatro céntimos) por incapacidades que no fueron posible deducir del 12 de abril al 12 de mayo, del 13 de mayo al 15 de julio, del 16 de julio al 23 de setiembre, y del 24 de setiembre al 30 de setiembre las cuatro todos del año 2010.” Lo anterior, con fundamento en el oficio 6065-2011-DRH-SRC-AR, del 31 de mayo del 2011, del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de recursos Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Ileana Parini Segura, teléfono 2586-4285, fax 2227-6957. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madríz “en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O.C. Nº 15349.—Solicitud Nº 46397.—C-91650.—(IN2012036454).

DEPARTAMENTO DE COBROS ADMINISTRATIVOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 042-2012DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—San José, a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero del dos mil doce. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177 SP, artículo 71 procede este Departamento en calidad de Órgano Director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra María Murillo Mejía, cédula de identidad Nº 2-601-994, por “Adeudar a este Ministerio la suma de ¢596.159,57 (quinientos noventa y seis mil ciento cincuenta y nueve colones con cincuenta y siete céntimos), desglosados en ¢4.867,82 por medio día no laborado del 20 de agosto del 2010, más ¢69.030,64 por 07 días de preaviso no otorgado al presentar la renuncia el 24 de diciembre del 2010, rigiendo a partir de esa misma fecha, más ¢428.606,30 por sumas giradas de más del 24 de diciembre del 2010 al 15 de febrero del 2011, más ¢42.836,81 de incapacidades no deducidas del 21 al 26 de octubre, del 2 al 3 de diciembre y del 20 al 21 de diciembre todas del mismo año, más ¢50.818,00 de subsidio”. Lo anterior con fundamento en el oficio Nº 09632-06-2011-DRH-DRC-SR-ACA del 21 de junio del 2011, del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de Recursos Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Ileana Parini Segura, teléfono: 2586-42-85, fax: 2227-69-57. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madriz” en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas: 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado(a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Órgano Director.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46395.—C-98700.—(IN2012036445).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 070-2012DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—San José, a las ocho horas del veinticuatro de enero del dos mil doce. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177 SP, artículo 71 procede este Departamento en calidad de Órgano Director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Ingrid Sibaja Mejía, cédula de identidad Nº 1-937-471, por “Adeudar a este Ministerio la suma de ¢586.331,93 (quinientos ochenta y seis mil trescientos treinta y un colones con noventa y tres céntimos), desglosados en ¢491.889,27 por incapacidad del 3 de diciembre del 2010 al 18 de febrero del 2011, más ¢76.415,00 por subsidio, más ¢18.027,66 por una jornada del 7 de julio y media jornada del día 12 de julio ambas del año 2010”. Lo anterior con fundamento en el oficio Nº 12370-2011-DRH-SRC-AR del 9 de agosto del 2011, del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de Recursos Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Ileana Parini Segura, teléfono: 2586-42-85, fax: 2227-69-57. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madriz” en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas: 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado(a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Órgano Director.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46395.—C-95880.—(IN2012036446).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 034-2012DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—San José, a las nueve horas con cinco minutos del diecisiete de enero del dos mil doce. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177 SP, artículo 71 procede este Departamento en calidad de Órgano Director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Giancarlo Alpízar Picado, cédula de identidad Nº 1-1172-919, por “Adeudar a este Ministerio la suma de ¢945.760,91 (novecientos cuarenta y cinco mil setecientos sesenta colones con noventa y un céntimos), desglosados en ¢107.703,49 por sumas giradas de más del día 21 al 30 de marzo del 2011, más ¢392.795,60 por 30 días de preaviso no otorgado al presentar la renuncia el 23 de marzo del 2011, rigiendo a partir del 21 de marzo del 2011, más ¢445.261,82 de una incapacidad no deducida del 20 de enero al 18 de febrero, y del 19 de febrero al 17 de marzo todos del año 2011”. Lo anterior con fundamento en el oficio Nº 9932-2011-DRH-SRC-AR del 24 de junio del 2011, del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de Recursos Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Ileana Parini Segura, teléfono: 2586-42-85, fax: 2227-69-57. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madriz” en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas: 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado(a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Órgano Director.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46395.—C-95880.—(IN2012036447).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 045-2012DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—San José, a las ocho horas diez minutos del diecinueve de enero del dos mil doce. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177 SP, artículo 71 procede este Departamento en calidad de Órgano Director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Luis Conejo Zúñiga, cédula de identidad Nº 2-301-599, por “Adeudar a este Ministerio la suma de ¢627.991,72 (seiscientos veintisiete mil novecientos noventa y un colones con setenta y dos céntimos), por incapacidades no deducidas del 31 de diciembre del 2010 al 29 de enero del 2011, del 30 de enero al 28 de febrero del 2011 y del 1º al 30 de marzo del 2011”. Lo anterior con fundamento en el oficio Nº 10032-2011-DRH-SRC-AR del 28 de junio del 2011, del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de Recursos Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Ileana Parini Segura, teléfono: 2586-42-85, fax: 2227-69-57. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madriz” en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas: 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado(a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Órgano Director.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46395.—C-91650.—(IN2012036448).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 060-2012DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—San José, a las nueve horas con quince minutos del diecinueve de enero del dos mil doce. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177 SP, artículo 71 procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Joel David Román Mendoza, cédula de identidad Nº 1-875-742, por “Adeudar a este Ministerio la suma de ¢335.222,19 (trescientos treinta y cinco mil doscientos veintidós colones con diecinueve céntimos), por ausencias injustificadas del 24 de febrero al 30 de marzo del 2010”. Lo anterior con fundamento en el oficio Nº 10802-2011-DRH-SRC-AR del 1º de agosto del 2011, del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de Recursos Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Ileana Parini Segura, teléfono: 2586-42-85, fax: 2227-69-57. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madriz” en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas: 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado(a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Órgano Director.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 46395.—C-91650.—(IN2012036449).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Documento Admitido Traslado al Titular

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ref.: 30/2011/24330.—Huberth Leiva Arias, cédula de identidad 3-307-634, en calidad de representante legal de Industrias Leiva Arias S. A., cédula jurídica 3-101-185698.—Documento: cancelación por falta de uso (Nutripro S. A.).—Nº y fecha: Anotación/2-72431 de 06/05/2011.—Expediente: 2003-0001408, Registro Nº 141015 Masterdog en clase 31 Marca Mixto.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:13:00 del 21 de junio de 2011. Conoce este Registro la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por Édgar Rohrmoser Zúñiga, en calidad de apoderado especial de Nutripo Sociedad Anónima, contra el registro del signo distintivo:

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Registro Nº 141015, el cual protege y distingue: “Alimento para perros”, en clase 31 propiedad de Industrias Leiva Arias Sociedad Anónima (hoy denominada Purinsa S. A.). Conforme a lo previsto en los artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de nulidad al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley. Notifíquese.—Johana Peralta Azofeifa, Asesoría Jurídica.—(IN2012024420).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Chacón Solano Luis Diego, número patronal anterior 388.051 00 6, número patronal actual 0-105510970-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto, que el Área de Aseguramiento y Fiscalización de Industria y Comercio, Subárea Industria ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa indica: La Subárea Industria, conforme lo dispone el articulo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes hace de su conocimiento que, como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se ha observado inicialmente una presunta responsabilidad solidaría de su parte por las cuotas obrero-patronales que adeuda a la Caja Costarricense del Seguro Social la patrona María de los Ángeles Coto Coronado, número patronal 0-00201920420-001-001 y Chacón Solano Luis Diego, número patronal 0-105510970-001-001, se infiere un vínculo de responsabilidad solidaria entre ambos patronos al tratarse de la misma actividad, el mismo negocio y mismos números telefónicos por consiguiente aplica lo establecido en el artículo 30 de la ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social. De acuerdo con lo anterior, se infiere que procede la aplicación de la responsabilidad solidaria al patrono Luis Diego Chacón Solano, número patronal 0-105510970-001-001, por las deudas que, mantiene con la Institución la patrona María de los Ángeles Coto Coronado, número patronal 0-00201920420-001-001, número anterior 330.439 00 0 por un monto de ¢799.598,00. Se le otorga un plazo de diez días hábiles contados a partir del sexto día posterior a la publicación de este edicto, para ofrecer la prueba de descargo y hacer las alegaciones jurídicas que considere pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución. Consulta expediente: en esta oficina sita tercer piso edificio Da Vinci, av. 4, C. 7 teléfono 2522-3036, fax 2258-7352, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—Subárea Industria, Área de Aseguramiento y Fiscalización de Industria y Comercio.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—RP2012290808.—(IN2012034328).

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Halib Dahlak Investments Limitada, número patronal anterior 353.515 00 0, número patronal actual 2-03102442180-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “ Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto, que el Área de Aseguramiento y Fiscalización de Industria y Comercio, Subárea Industria ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa indica: La Subárea Industria, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes hace de su conocimiento que, como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se ha observado inicialmente una presunta responsabilidad solidaria de su parte por las cuotas obrero-patronales que adeuda a la Caja Costarricense del Seguro Social el patrono Intelligent Technology S. A., número patronal 2-03101403432-001-001 y Globalcom Enterprise S. A, número patronal 2-03101411108-001-001, se infiere un vínculo de responsabilidad solidaría entre ambos patronos al tratarse de la misma actividad, el mismo negocio, mismos trabajadores por consiguiente aplica lo establecido en el artículo 30 de la ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social. De acuerdo con lo anterior, se infiere que procede la aplicación de la responsabilidad solidaria al patrono Halib Dahlak Investments Ltda., número patronal 2-03102442180-001-001, por las deudas que, mantiene con la Institución el patrono Intelligent Technology S. A., número patronal 2-03101403432-001-001, número anterior 305544 00 7 por un monto de Nº 5.144.059,00 y del patrono Globalcom Enterprise S. A, número patronal 2-03101411108-001-00, número anterior 312.040 00 1 por un monto de ¢6.402.293,00. Se le otorga un plazo de diez días hábiles contados a partir del sexto día posterior a la publicación de este edicto, para ofrecer la prueba de descargo y hacer las alegaciones jurídicas que considere pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución. Consulta expediente: en esta oficina sita tercer piso edificio Da Vinci, av. 4, C. 7 teléfono 2522-3036, fax 2258-7352, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—Subárea Industria, Área de Aseguramiento y Fiscalización de Industria y Comercio.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—RP2012290811.—(IN2012034329).

Por ignorarse el domicilio actual del Patrono Distribuidora Automotriz Santa Ana Dasa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-3101-133034, N° patronal anterior 184,229-00-9, Nº patronal 2-03101133034-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes “, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto en el Diario Oficial, que el Área de Aseguramiento y Fiscalización Industria y Comercio-Subárea Industria, ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa indica: La Subárea Industria, conforme lo dispone el artículo 20 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, artículo 73 de la Constitución Política de Costa Rica y el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se observaron las siguientes posibles omisiones y subdeclaraciones salariales en la Institución, en el reporte del trabajador Jorge Eliezer Torres Rubí, número de cédula de identidad tres-cero ciento noventa y tres-cero cero sesenta y nueve, cuyo período comprende julio 2001,junio 2002 a setiembre 2002, marzo 2003, enero y abril 2004,de setiembre 2004 a diciembre 2004, de marzo 2005 a julio 2006, marzo y abril 2007, junio y julio 2007, setiembre 2007 y marzo 2008, que se indican en la hoja de trabajo que rola en el expediente administrativo.

Total de salarios:                              ¢893.166,53

Total de cuotas obreras y patronales: ¢196.496,00

Aporte Banco Popular Obrero:             ¢8.929,00

Aporte Patronal Banco Popular:          ¢2.232,00

Fondo de Pensión Complementaria:     ¢4.471,00

Fondo de Capitalización Laboral:       ¢26.794,00

Instituto Nacional de Seguros:              ¢8.891,00

Se confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones, dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Consulta expediente: en esta oficina sita en el edificio Da Vinci, av. 4- C 7, 3 piso, Dirección Inspección, Subárea Industria, teléfonos 2522-3046y 2522-3042, fax 2258-7352, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—Subárea Industria, Área de Aseguramiento y Fiscalización de Industria y Comercio.—Lic. Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—RP2012290813.—(IN2012034330).

SUCURSAL DE CIUDAD NEILY

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El suscrito Jefe Administrativo de la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social de Ciudad Neily, Mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado,  se procede a efectuar la siguiente Notificación por Publicación a los patronos  y Trabajadores Independientes Incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como penal.  El monto adeudado se refleja a las fechas indicadas en los recuadros y pueden contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

 

SUCURSAL DE CIUDAD NEILY

MONTO ADEUDADO AL 12/04/2012

N° Patronal

Nombre Patrono

Monto

01

0-00117500440-999-001

ABARCA PINTO MAIKEL

17.203,00

02

0-00106740483-999-001

ABARCA ZUÑIGA ISABEL

110.374,00

03

0-00601710191-999-001

ACOSTA VIGIL EDUARDO

148.973,00

04

0-00601230096-999-001

ALANIS CEDEÑO MARIO

116.343,00

05

0-00203120442-999-001

ÁLVAREZ CASTILLO HUGO

314.715,00

06

0-00114250060-999-001

ÁLVAREZ CONEJO EVELYN REBECA

14.691,00

07

0-00603010447-999-001

ÁLVAREZ RUIZ GERARDO

71.531,00

08

0-00602340861-999-001

BADILLA MÉNDEZ GREYVIN

148.973,00

09

0-00602310730-999-001

BARQUERO PRENDAS MARISOL

126.077,00

10

0-00603350005-999-001

BARRANTES GONZÁLEZ GERARDO ENRIQUE

368.409,00

11

0-00601730591-999-001

BOLANDI MAYORGA RÓGER

158.423,00

12

0-00603430754-999-001

BOLÍVAR UMAÑA BRAYAN

582.940,00

13

0-00603340176-999-001

CAMPOS TORRES JUAN CARLOS

111.334,00

14

0-00105010143-999-001

CARDENAL SOTO RÓGER FRANCISCO

326.700,00

15

0-00204350454-999-001

CASCANTE PEREIRA JUAN JOSÉ

145.522,00

16

0-00502700768-999-001

CASTILLO GUTIÉRREZ JORGE ANTONIO

147.537,00

17

0-00603120707-999-001

CASTILLO JIMÉNEZ GREYDVIN

152.419,00

18

7-00027180003-999-001

CASTRELLÓN MORCILLO LISBETH DEL CARMEN

363.735,00

19

0-00602390733-999-001

CASTRO SEGURA MARITZA

102.190,00

20

0-00602540819-999-001

CÉSPEDES ANCHÍA MARGARITA TRINIDAD

81.751,00

21

7-00024651431-999-001

CHAMORRO MOLINA YOLANDA ANTONIO

35.835,00

22

0-00602550422-999-001

CHAVARRÍA GONZÁLEZ LUIS RICARDO

109.414,00

23

0-00205180926-999-001

CHAVARRÍA MEJÍAS ALEX

315.007,00

24

0-0060106449-999-001

CORTES GÓMEZ JOSÉ CAYETANO

215.794,00

25

0-00106700369-999-001

DELGADO PORRAS NELSON

344.536,00

26

0-00603780240-999-001

DUARTES HERNÁNDEZ BRAYAN

152.173,00

27

0-00113070142-999-001

ELIZONDO MOYA ERLIN EFRAÍN

59.544,00

28

0-00603020546-999-001

FALLAS MONTOYA FREDDY ALBERTO

320.057,00

29

0-00603440140-999-001

FERNANDEZ SÁNCHEZ JUAN CARLO

71.521,00

30

0-00601730255-999-001

FLORES MUÑOZ CARLOS MANUEL

79.309,00

31

0-00603310496-999-001

GALLARDO VILLARREAL LIONSO

100.742,00

32

0-00603230261-999-001

GARCÍA ALVARADO HAZEL

223.966,00

33

0-00502480162-999-001

GÓMEZ ROSALES MARISOL

68.690,00

34

0-00603010541-999-001

GONZÁLEZ DELGADO YUNNIER

191.410,00

35

0-00601370947-999-001

GUTIÉRREZ ANGULO EDWIN

162.521,00

36

0-00601450069-999-001

GUTIÉRREZ CORRALES MARVIN

121.502,00

37

0-00203530350-999-001

HERNÁNDEZ SALAS MISTRAL

139.674,00

38

0-00602890590-999-001

JIMÉNEZ ARGUELLO DANILO

187.171,00

39

0-00602970722-999-001

JIMÉNEZ FONSECA FABRICIO

253.754,00

40

0-00110040938-999-001

JIMÉNEZ JIMÉNEZ MINOR

76.544,00

41

0-00106910176-999-001

LEIVA FALLAS GERMAN

44.340,00

42

0-00206310765-999-001

LÓPEZ BLANCO JUAN CARLOS

60.136,00

43

0-00600870747-999-001

LOZANO SÁNCHEZ JULIO CÉSAR

145.169,00

44

0-00602730929-999-001

MARCHENA VILLEDA MELVIN

85.128,00

45

0-00603020050-999-001

MELÉNDEZ GODíNEZ ANDY ROBERTO

308.166,00

46

0-00602280311-999-001

MÉNDEZ ABARCA HERNÁN ANTONIO

326.471,00

47

0-00604770501-999-001

MENDOZA GONZÁLEZ JOSÉ INÉS

74.897,00

48

0-00602960664-999-001

MIRANDA ZELEDÓN JIMMY

74.897,00

49

0-00603400285-999-001

MONTIEL MORA BERNI

165.915,00

50

0-00206310765-999-001

MORA RUIZ DANIEL

74.897,00

51

0-00107040372-999-001

MORA VEGA JORGE ENRIQUE

143.898,00

52

0-00601970747-999-001

MORALES CORDERO JOSÉ RAFAEL

324.416,00

53

0-00604620496-999-001

MORALES ORTIZ LEONARDO

33.407,00

54

0-00602960495-999-001

MORERA GRIJALBA KEITH JOHN

187.135,00

55

0-00602880134-999-001

MOYA RODRÍGUEZ ELMER

165.993,00

56

0-00603090116-999-001

NOEL MARÍN MARLON MARTÍN

100.724,00

57

0-00602460426-999-001

OBREGÓN ARGÜELLO JOSÉ MANUEL

76.254,00

58

0-00601790897-999-001

ORTEGA VARGAS FRANCISCO JAVIER

74.888,00

59

0-00105970052-999-001

ORTIZ VALVERDE ROXANA

152.094,00

60

0-00602560687-999-001

OTÁROLA ZÚÑIGA CECILIA

340.887,00

61

0-00501391085-999-001

PALMA ROJAS CLEMENTE MANUEL

233.788,00

62

0-00401760827-999-001

PÉREZ GÓMEZ WALDIN RICARDO

110.303,00

63

0-00603020113-999-001

PIEDRA CAMPOS RÓGER

315.593,00

64

0-00603130631-999-001

ROSALES PICADO HARRY ALBERTO

221.420,00

65

0-00401800562-999-001

SALAS MIRANDA DANY ENRIQUE

76.254,00

66

0-00401810904-999-001

SANDÍ MARÍN ESTEBAN

152.062,00

67

0-00603400483-999-001

SEQUEIRA TORRES CRISTIAN EDUARDO

68.761,00

68

7-00017461568-999-001

SEVILLA MENDIETA WENDELL ALBERTO

71.079,00

69

7-00018517338-999-001

SOLÓRZANO RODRÍGUEZ MARCELO FRANCISCO

179.699,00

70

0-00602920663-999-001

TORRES PÉREZ GIOVANNI

308.110,00

71

0-00603140951-999-001

TREJOS CHACÓN JORGE

179.665,00

72

0-00109200205-999-001

TREJOS MORA ALEXANDER

204.890,00

73

0-00603390920-999-001

VARGAS ROBLEDO CRISTIAN GERARDO

312.218,00

74

0-00304100022-999-001

VARGAS ROJAS ELÍAS FELIPE

187.947,00

75

0-00203090287-999-001

VÍQUEZ PICADO FLORY

102.124,00

 

Gerencia Financiera.—Unidad Gestión de Cobro.—Lic. Isabel Garbanzo León, Administradora.—(IN2012033765).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

PRIMERA INTIMACIÓN EN SEDE ADMINISTRATIVA

NOTA CONSECUTIVA N° 5225-0705-2012

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2008-1718

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

En el Instituto Costarricense de Electricidad en San José, al ser las ocho horas del doce de abril 2012, se previene del Cobro por saldo al descubierto con miras a certificar un crédito liquido y exigible con carácter de Título Ejecutivo, producto del adeudo pendiente a la institución, instruido en la sede del ICE-Dirección de Proveeduría, sita en Sabana Norte, distrito Hospital del cantón de San José con fundamento en los artículos 146, 149, 150, 214, 215, 320 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, artículo 1º y 18.1 de la Ley de Cobro Judicial, el artículo 1045 del Código Civil contra la empresa Comfort System de Costa Rica, con domicilio costado sur del cementerio, San José, teléfono 2230-8652 Fax. 2230-8652, por los hechos denunciados por el Sector de Telecomunicaciones, Gestión y Entrega CAIC RPC; a saber,

Resultando que:

1º—Que en la resolución emitida por la Proveeduría consecutivo 5225-1692-2010 de fecha 6 de setiembre 2010, se acordó proceder con la resolución del contrato, la ejecución de la garantía de cumplimiento por un monto de ¢722.304,00 (setecientos veintidós mil trescientos cuatro con 00/100) y el cobro de daños y perjuicios por un monto de ¢33.704.903,00 quedando el acto en firme el 13 de octubre del 2010. (Folio 99-107 del expediente PA-045-10).

2º—Con fecha 13 de enero-2011 el Área de Garantías, Registro y Sanciones solicita a la Coordinadora Gestión de Liquidez la ejecución de la Garantía de cumplimiento por el monto de ¢722.304,00 (setecientos veintidós mil trescientos cuatro con 00/100) (folio 119-120 del expediente PA-045-10)

3º—Mediante oficio 5225-337-2011 del 18 de febrero 2011, se requiere a la empresa Comfort System de Costa Rica, el pago por la suma de ¢32.972.230,00 (treinta y dos millones novecientos setenta y dos mil doscientos treinta colones con 00/100) de los daños y perjuicios ocasionados a la administración, no obstante dicha notificación por desconocerse el domicilio actual de la empresa, se realizó por medio del periódico oficial La Gaceta, siendo sus publicaciones Nº 86 y 87 del 5 y 6 de mayo del 2011. (Folio 125-127 del expediente PA-045-10).

Considerando que:

I.—A la fecha la empresa Comfort System de Costa Rica no ha honrado la obligación dineraria.

II.—De conformidad con los artículos 149 y 150 de la Ley General de la Administración Pública, el artículo 460 Código de Comercio y el artículo 1º y 18.1 de la Ley de Cobro Judicial Nº 8624 permite el ejercicio de cualesquiera de los medios de ejecución que el ordenamiento jurídico le permita, para el resarcimientos de los adeudos pendientes por el administrado.

III.—En el artículo 150 de la Ley citada anteriormente establece que la ejecución administrativa del acto principal, una vez debidamente notificado, debe hacerse preceder de dos intimaciones consecutivas, salvo caso de urgencia. Por tanto:

En virtud de lo expuesto en la parte considerativa del presente acto, así como de las normas legales citadas y estando firme el acto de la resolución final de ésta Proveeduría consecutivo 5225-1692-2010 en el Procedimiento Administrativo número PA-045-10, (folio 98 al 107), Contratación Directa 2008-1718 se procede a:

1.  A notificar a la empresa Comfort System de Costa Rica, para que dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente a ésta notificación, efectué la cancelación del saldo al descubierto por un monto de ¢32.972.230,00 (treinta y dos millones novecientos setenta y dos mil doscientos treinta colones con 00/100), así como los intereses generados a partir de la firmeza del acto final el día 13 de octubre del 2010 hasta el día de la cancelación total del saldo al descubierto adeudado, que serán calculados de conformidad con lo establecido por el artículo 497 del Código de Comercio, y que tiene a su disposición las cuenta del Banco de Costa Rica Nº 192711-9 en colones, o a la cuenta Nº 48761-9 en dólares, o en la cuenta del Banco Nacional Nº 182535-5 a nombre del ICE

2.  De conformidad con el artículo 150 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, téngase este comunicado como la primera intimación de cobro, por lo que la no realización del pago del monto adeudado se procederá a efectuar los trámites pertinentes para efectuar el cobro en la vía judicial.

3.  Pone a su disposición en el Área de Archivo de la Proveeduría Corporativa, el expediente administrativo PA-045-2010 para lo que tengan a bien consultar o fotocopiar, en el horario de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 12:00 m. d.

4.  Se previene al representante de la empresa Comfort System de Costa Rica que en el acto de ser notificado o dentro del quinto día y por escrito, deberá señalar lugar y medio (fax), donde atenderá futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere, toda resolución posterior se tendrá por notificada dentro de las veinticuatro horas siguientes a su dictado, según Ley Nº 8687.

Lic. Ronald Rivera Rojas, Coordinador Área de Garantías Registros y Sanciones.—O. C. Nº 356441.—Solicitud Nº 47476.—C-242580.—(IN2012037062).