MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
REQUISITOS TÉCNICOS EN CUMPLIMIENTO CON LEY
SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
MUNICIPALIDAD SAN ISIDRO DE HEREDIA
CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
Res. 1545-2012.—Despacho del Ministro de Educación Pública.—San José, a las quince horas treinta minutos del día siete de mayo del año dos mil doce.
Se resuelve nombramiento de
Resultando:
I.—Que la señora
María Eugenia Sánchez González, Secretaria General de
II.—Que el artículo 9 del Reglamento de
Organización y Funcionamiento de
“…Artículo
9º—Del nombramiento y remoción del titular de
Para ser Secretario
General de
a) Ser costarricense por nacimiento.
b) Ser de reconocida solvencia moral y tener un prestigio importante en el área del desarrollo educativo, científico o cultural del país.
c) Poseer un grado académico mínimo de Licenciatura en alguna de las disciplinas científicos sociales o humanidades.
El servir el cargo
de
III.—Que dada la
renuncia de la señora Sánchez González al cargo en mención y a fin de elegir
una nueva Secretaría General, el Comité Ejecutivo de
IV.—Que habiendo recibido treinta y nueve
postulaciones, mediante oficio número C.C.C.U. 017-2012, este despacho
ministerial es comunicado del acuerdo número 4-606-2012 adoptado por el Comité
Ejecutivo de
V.—Que una vez valorados los currículos de
los tres distinguidos candidatos integrantes de la terna supracitada, a la luz
de la valoración de los atestados efectuada por el Comité Ejecutivo, se estima
que, si bien es cierto, los tres candidatos mencionados cumplen con los
requisitos estipulados en el párrafo segundo del artículo 9 del Reglamento de
Organización y Funcionamiento de
El Ministro de Educación Pública, de conformidad con consideraciones y citas legales precedentes,
RESUELVE:
I.—Elegir a la
señora Ana Mayela Coto González, cédula de identidad número 6-0131-0941 en el
cargo de Secretaria General de
II.—Publíquese la presente resolución en el
Diario Oficial
Leonardo Garnier Rímolo, Ministro y Presidente Consejo Superior de Educación.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 33112.—C-29520.—(IN2012043981).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL DE RECURSOS HUMANOS
ÁREA DE GESTION DE EMPLEO
EDICTO
El señor Rolando
Sánchez Corrales, mayor, soltero, vecino de Los Lagos de Heredia, portador de
la cédula de identidad Nº 1-610-507, Administrador de Negocios, en su calidad
de Director de
Nombre |
Cédula |
Tipo de nombramiento |
Fecha rige |
Nº puesto |
Clase |
Eduardo Dallnanesse Ruiz |
0204040814 |
Nombramiento en Propiedad |
01/12/2011 |
501584 |
Profesional del Servicio Civil 3 |
Fernando Aguilar Vargas |
0114100870 |
Nombramiento en Propiedad |
02/01/2012 |
503985 |
Misceláneo del Servicio Civil 2 |
Cynthia Cascante Navarro |
0107890283 |
Nombramiento en Propiedad |
12/12/2011 |
105284 |
Profesional del Servicio Civil |
Edgar Solís Ulate |
0900830973 |
Nombramiento en Propiedad |
01/12/2011 |
503986 |
Misceláneo del Servicio Civil 2 |
Marco Vinicio Muñoz Carvajal |
0110610763 |
Nombramiento en Propiedad |
01/12/2011 |
501606 |
Misceláneo del Servicio Civil 2 |
Campos Sánchez Jerry |
0503570437 |
Nombramiento en Propiedad |
01/01/2012 |
501630 |
Técnico del Servicio Civil 1 |
Araya Cruz Richard |
0206240882 |
Nombramiento en Propiedad |
04/02/2012 |
501634 |
Misceláneo del Servicio Civil 2 |
Heiner Vásquez Alvarado |
0206000266 |
Nombramiento en Propiedad |
01/11/2011 |
504010 |
Profesional del Servicio Civil |
Alejandro Hernández Meneses |
0700890787 |
Nombramiento en Propiedad |
01/12/2011 |
501585 |
Misceláneo del Servicio Civil 2 |
Rodríguez Herrera Marcos |
0107280106 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
501499 |
Técnico Servicio Civil 3 |
Bolaños Retana Alejandra |
0111820804 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
501572 |
Profesional Servicio Civil 2 |
Araya Céspedes Víctor Julio |
0104150149 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
501494 |
Técnico Servicio Civil 3 |
López Morgan Julio |
0900870403 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
501599 |
Técnico Servicio Civil 1 |
Palacios Taleno Juan Francisco |
0205400889 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
501597 |
Técnico Servicio Civil 1 |
Solís Araya José Alfredo |
0205890427 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
501660 |
Técnico Informática 2 |
Miranda Araya Estephany |
0205880008 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
501661 |
Técnico En Informática 2 |
Montoya Quesada Felix |
0111430119 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
501587 |
Técnico Servicio Civil 1 |
Baltodano Morales Carolina |
0800860359 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
503972 |
Profesional Servicio Civil 1-A |
Hernández Hernández Ronald Alberto |
0601450533 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
105217 |
Técnico Servicio Civil 3 |
Sáenz Delgado Carlos Fidel |
0105710725 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
502095 |
Profesional En Informática 1-A |
Ileana Vanesa Soto Blanco |
0205340699 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
036372 |
Profesional Microbiólogo Coord |
Duran Salazar Alexander |
0701200156 |
Nombramiento en Propiedad |
16/01/2012 |
501574 |
Medico Veterinario 1 |
Carvajal Delgado Fabián |
0111890133 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
501586 |
Asistente Salud Servicio Civil 3 |
Gamboa Vargas Daniella |
0110720106 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
501645 |
Profesional Servicio Civil 2 |
Vanderlucht Leal Antonio |
0601410881 |
Nombramiento en Propiedad |
16/02/2012 |
012631 |
Profesional Jefe Servicio Civil 1 |
Vargas Aguilar Wilbert |
0303700280 |
Nombramiento en Propiedad |
16/12/2011 |
501625 |
Técnico Servicio Civil 3 |
Ureña Hernández Johan Pablo |
0111620560 |
Nombramiento en Propiedad |
16/03/2012 |
501663 |
Técnico Informática 2 |
Romero Gómez María José |
0113550887 |
Nombramiento en Propiedad |
16/03/2012 |
501650 |
Oficinista Del Servicio Civil 2 |
Retana Aguero Yamileth |
0113040592 |
Nombramiento en Propiedad |
16/03/2012 |
501662 |
Técnico Informática 2 |
Castañeda González Sandalio |
0701000263 |
Nombramiento en Propiedad |
16/03/2012 |
501614 |
Técnico Servicio Civil 1 |
Carrillo Carrillo Henry |
0503180377 |
Nombramiento en Propiedad |
16/03/2012 |
501659 |
Profesional En Informática 1-A |
Morales Ulate Carlos |
0502240607 |
Nombramiento en Propiedad |
16/04/2012 |
501578 |
Técnico Servicio Civil 1 |
Mora Marín Jorge |
6-375-693 |
Nombramiento en Propiedad |
02/01/2012 |
101805 |
Conductor Servicio Civil 1 |
Alfaro González Heiner |
2-329-906 |
Nombramiento en Propiedad |
16/02/2012 |
107580 |
Técnico de Servicio Civil 3 |
Rojas Sanabria Patricio |
7-069-360 |
Nombramiento en Propiedad |
16/03/2012 |
027378 |
Profesional de Servicio Civil 1A |
Campos Solano Guillermo |
1-620-952 |
Nombramiento en Propiedad |
16/03/2012 |
027350 |
Técnico de Servicio Civil 1 |
Vega Arias Ademar |
2-396-381 |
Nombramiento en Propiedad |
16/03/2012 |
026906 |
Técnico de Servicio Civil 1 |
Batista Batista Jesús |
6-144-701 |
Nombramiento en Propiedad |
16/03/2012 |
060424 |
Técnico Servicio Civil 1 |
Umaña Figueroa Gabriel |
8-074-986 |
Nombramiento en Propiedad |
16/03/2012 |
060580 |
Profesional Jefe de Servicio Civil 1 |
Salazar Ruíz Norma |
5-171-302 |
Nombramiento en Propiedad |
01/04/2012 |
027483 |
Profesional de Servicio Civil 3 |
San José, 14 de mayo del 2012.—Recursos Humanos.—MBA. Rolando Sánchez Corrales, Director.—1 vez.—O. C. Nº 026910.—Solicitud Nº 28064.—C-98660.—(IN2012044454).
CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
Nº 39-2012.—San José, a las 16:40 horas del 02 de mayo del dos mil doce.
Se conoce cancelación del certificado de
explotación, otorgado a la empresa Sunshine Airlines Central America Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-91428, mediante resolución número 185-2001, del
17 de diciembre de 2001, publicado en
Resultando:
1º—El Consejo
Técnico de Aviación Civil mediante resolución número 185-2001, del 17 de
diciembre de 2001, publicado en
2º—Mediante artículo sexto de la sesión extraordinaria 10-2012, celebrada por este Consejo Técnico de Aviación Civil el día 03 del mes de febrero del año 2012, se acordó:
“1. Iniciar procedimiento
administrativo para determinar la verdad real de los hechos y la procedencia o
no de la cancelación del certificado de explotación, otorgado mediante
resolución número 185-2001, del 17 de diciembre de 2001, publicado en
2. Nombrar como Órgano Director del procedimiento
a
3. Dicho procedimiento administrativo deberá
tramitarse conforme a lo establecido en los artículos 13 y 15 de
3º—En acatamiento
estricto al Acuerdo de este Consejo Técnico de Aviación Civil,
4º—Que mediante publicación oficial en
5º—Que mediante resolución Nº 02-2012. del
Consejo Técnico de Aviación Civil-Órgano Director de Procedimiento en San José,
al ser las diecisiete horas del día veintiséis de marzo de 2012, se levantó
acta en el cual se indica lo siguiente: (…) al concluir el día de hoy y no
haberse presentado la parte interesada o el representante de la empresa
Sunshine Airlines Central Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-91428, se
levanta la presente acta en la cual se indica lo siguiente: 1. No se presentó
la parte, ni el representante de la empresa Sunshine Airlines Central Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-91428 ante esta Dirección General de Aviación
Civil. 2. No se presentó ninguna prueba para determinar la verdad real de los hechos
y la procedencia o no de la cancelación del certificado de explotación,
otorgado mediante resolución No. 185-2001, del 17 de diciembre de 2001,
publicada en
6º—Que mediante informe de fecha 18 de
abril del 2012, el Órgano Director de Procedimiento recomendó: (…) “Cancelar el
certificado de explotación otorgado a la empresa Sunshine Airlines Central
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-91428, mediante resolución No. 185-2001
del 17 de diciembre de 2001, publicada en
7º—Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y el procedimiento de ley.
Considerando:
I.—Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva el Órgano Director del Procedimiento Administrativo.
II.—Sobre el fondo del asunto:
Sobre el
procedimiento administrativo
Dicho procedimiento
fue iniciado a raíz de no haber mostrado interés en cumplir con el desarrollo
del proceso de recertificación el cual se esta tramitando desde hace varios
años, pues deviene jurídicamente imposible la prestación de un servicio para
vuelos especiales nacionales e internacionales, en atención a
Asimismo debe aclararse que para que exista
una recertificación o renovación para obtener la autorización del Consejo
Técnico para realizar las operaciones solicitadas, las empresas deben cumplir
con una serie de requisitos consignados en los procedimientos de
Aunado a lo anterior, es importante
mencionar que uno de los requisitos indispensables que las empresas deben
cumplir es mantenerse al día en sus pagos con esta Dirección General de
Aviación Civil y de acuerdo a
En referencia a
lo anterior,
“Artículo
13.—En resguardo de las atribuciones que le confiere esta ley, el Consejo
Técnico de Aviación Civil procederá a cancelar los certificados de explotación
mencionados en el articulo 10, en el tanto que medie alguna de las siguientes
causales:
1. Cuando se incumplan las condiciones que fueron impuestas al concederse el certificado de explotación o cuando se hubieran desvirtuado las finalidades o cometidos que le dieron origen.
2. Cuando la empresa concesionaria
incurra en conductas abiertamente contrarias a la presente Ley, a los
reglamentos que sobre la materia haya adoptado el Poder Ejecutivo y a los
Convenios Internacionales Vigentes.
3. Cuando se incurra,
propicie, oculte o facilite la comisión de algún hecho ilícito o de actividades
que atenten contra el orden e interés público o contra la seguridad ciudadana.
4. Cuando la prestación del servicio sea totalmente ineficiente o se incumpla con los requisitos exigidos al momento de otorgarse la concesión.” (lo subrayado no es del original)
“Artículo
15. - Procedimiento de oficio o en virtud de denuncia interpuesta ante él, el
Consejo Técnico de Aviación Civil se abocará a su inmediato trámite, para lo
cual podrá nombrar, como órgano director del Procedimiento, al Director General
de Aviación Civil o al Director del Departamento Legal.
De inmediato, el órgano instructor pondrá en conocimiento del
concesionario, la causal de la cancelación en que hubiera incurrido
presuntamente y le otorgará un plazo que no podrá exceder de quince días
naturales, a efecto de que ejerza su defensa y ofrezca la prueba que estime
pertinente.
Ejercida la defensa o bien transcurrido el plazo fijado para ese
efecto, se procederá a remitir el expediente al Consejo Técnico de Aviación
Civil, con una recomendación; este Consejo, dentro de los quince días
siguientes, procederá a dictar la resolución de fondo y podrá ordenar, en los
casos en que se justifique, la evacuación de cualquier diligencia probatoria,
con carácter de prueba para mejor proceder.
Dictada la resolución de fondo, la parte afectada tendrá derecho a
interponer recurso de apelación ante el Ministro de Transportes, dentro de los
cinco días siguientes a su notificación. El expediente se remitirá
inmediatamente al despacho del Ministro.
Recibido el expediente, se concederá una audiencia por cinco días a
las partes, con el fin de que hagan las alegaciones que estimen pertinentes.
Dentro de los quince días naturales siguientes al vencimiento de la
audiencia referida en el párrafo anterior, el Ministro procederá a dictar la
resolución correspondiente.”
Artículo
143.- Para explotar cualquier servicio aéreo, se
requiere un certificado de explotación que otorgará el Consejo de Aviación Civil
y será aprobado por el Poder Ejecutivo cuando se trate de servicios aéreos
internacionales.
En
forma simultánea,
“Artículo
157: El Consejo Técnico de Aviación Civil, a solicitud de parte interesada o
por propia iniciativa, puede alterar, enmendar, modificar, suspender o cancelar
con la aprobación del Poder Ejecutivo si se trata de servicios internacionales,
cualquier certificado de explotación en todo o en parte, tomando en cuenta la
necesidad o conveniencia de los interesados, debidamente comprobada, Asimismo
podrá modificar y cancelar el certificado por razones de interés publico o por
el incumplimiento del concesionario de los términos de
En
todo caso la resolución se tomara en audiencia de las partes quienes se
concederá un termino razonable, no mayor de quince días a fin de que dentro del
mismo aduzca las pruebas respectivas.”
“Artículo
158. La cancelación total o parcial de un certificado de explotación,
verificara de acuerdo con las disposiciones anteriores, no acarreará al Estado
responsabilidad de ningún género.”
En este sentido se
debe tener presente que el artículo 214 de
El procedimiento administrativo entendido a
Por lo anterior es en el procedimiento administrativo donde se confirmará si persiste o no la irregularidad y si amerita alguna sanción, para lo que será necesario llevar a cabo la comparencia, momento en el cual la parte investigada podrá presentar sus alegatos así como la prueba pertinente.
En este sentido
“Artículo 218.- Las partes
tendrán derecho a una comparecencia oral y privada con
“Artículo
309.- 1. El procedimiento ordinario se tramitará
mediante una comparecencia oral y privada, ante
2. Podrán realizarse antes de la comparecencia las inspecciones
oculares y periciales.
3. Se convocará a una segunda comparecencia únicamente cuando haya
sido imposible en la primera dejar listo el expediente para su decisión final,
y las diligencias pendientes así lo requieran.”
Tal y como se
comentó, el derecho de audiencia (comparecencia oral y privada a que aluden los
artículos 218 y 309 de
Sobre la audiencia que nos ocupa, el
jurista español Jesús González Pérez, en su obra “EL DERECHO A
Sobre la
audiencia oral y privada
Ahora bien en
cuanto a los hechos investigados se debe indicar que en acatamiento estricto al
Acuerdo del Consejo Técnico de Aviación Civil, la suscrita en calidad de
Directora de
Con fundamento en las citas de ley,
disposiciones legales señaladas y consideraciones de hecho analizadas. Por
tanto:
EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL,
RESUELVE:
1º—Cancelar el
Certificado de Explotación otorgado a la empresa Sunshine Airlines Central
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-91428, mediante resolución Nº 185-2001
del 17 de diciembre de 2001, publicada en
2º—Iniciar el Proceso Monitorio de Cobro en vía judicial, por la deuda que mantiene con este Consejo Técnico de Aviación Civil, siendo la misma también causal de cancelación de Certificado de Explotación.
3º—Se da por agotada
4º—Publíquese y notifíquese.
Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo sétimo de la sesión ordinaria N° 33-2012, celebrada el 2 de mayo de 2012.—Luis Carlos Araya Monge, Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 22786.—Solicitud Nº 41744.—C-174840.—(IN2012045353).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica”
Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 489, título N° 978,
emitido por et Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez en el año mil novecientos
ochenta y dos, a nombre de Li Ng Carlos Manuel. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica”
Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 7, título N° 109,
emitido por el Liceo San Rafael de Alajuela en el año mil novecientos ochenta y
uno, a nombre de Carpio Arguedas Reinaldo. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 234,
título Nº 6849, emitido por el Colegio San Luis Gonzaga en el año dos mil seis,
a nombre de Brenes Guillén Esteban. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica,
Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 3, folio 54, título Nº 1125,
emitido por el Liceo de Atenas Martha Mirambell Umaña en el año mil novecientos
ochenta y cinco, a nombre de Chaves Innecken Sergio Antonio. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, título
Nº 338, emitido por el Colegio de Naranjo en el año mil novecientos noventa y
dos, a nombre de Salazar González Ana Andrea. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 82, título N° 2380,
emitido por el Liceo Ingeniero Carlos Pascua en el año dos mil diez, a nombre
de Sánchez Hernández Ana Gabriela. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 212, título N° 1402, emitido por el Liceo José Joaquín Vargas
Calvo en el año dos mil dos, a nombre de Granados Obregón Alejandra. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias, inscrito en el
tomo i, folio 227, asiento N° 674, emitido por el Colegio de San Luis Gonzaga
en el año mil novecientos setenta y tres, a nombre de Redondo Gómez Rodrigo
Gerardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 48, título N° 1394, emitido por el Colegio El Rosario en el
año dos mil siete, a nombre de Monge Flores Jorge Esteban. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, Rama Académica, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo
1, folio 06, título N° 105, emitido por el Liceo Bilingüe de Belén en el año
mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Murillo Vargas Óscar. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el
tomo 1, folio 32, título N° 437, emitido por el Colegio Elías Leiva Quirós, en
el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Navarro Quirós María
Bernardita. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 67, asiento N° 594, emitido por el Colegio Técnico Profesional
Padre Roberto Evans Saunders de Siquirres, en el año mil novecientos noventa y
tres, a nombre de White Wright Eric. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
DEPARTAMENTO DE
ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el
señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la
inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social la
organización social denominada: Cooperativa de Transportes de Servicios
Públicos y Servicios Múltiples Irazú R.L., siglas COOPEIRAZU R. L, acordada en
asamblea celebrada el 13 de octubre del 2011. Resolución 348. En cumplimiento
con lo dispuesto en el artículo 29 de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y
Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que
acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada
Asociación Nacional de Radio Operadores y Servidores Públicos ANRO y SP, siglas
ANRO y SP, acordada en asamblea celebrada el día 2 de marzo de 2012. Expediente
S-R001. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de
Trabajo y 49 de
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Para
ver las marcas de Fábrica solo en
Patentes
de Invención
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La señora Ana
Catalina Monge Rodríguez, mayor, abogada, cédula de identidad número 1-812-604,
vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Healthcare
LLC de los Estados Unidos, solicita
Para ver imagen solo en
La invención se
refiere a polipéptidos del Factor IX modificados tales como polipéptidos del
Factor IX con una o más sustituciones de aminoácidos. La invención también se
refiere a procedimientos para fabricar polipéptidos del Factor IX modificados y
a procedimientos para el uso de polipéptidos del Factor IX modificados, para
tratar, por ejemplo, pacientes afectados de hemofilia B. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Gastón Baudrit Ruiz, cédula 1-599-078, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Respivert Limited, de Reino Unido, solicita la patente de invención denominada INHIBIDORES DE ENZIMAS DE PROTEÍNA CINASA ACTIVADAS POR MITÓGENO P38,
Para ver imagen solo en
se proporcionan
entre otros compuestos en donde R1, Ar, L, X, R3 y Q son como se definen en la
especificación, para usarlos en terapia, especialmente en el tratamiento de
enfermedades inflamatorias. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes sexta
edición es C07D 401/12, cuyos inventores son Ito, Kazuhiro, Strong, Peter,
Rapeport, William, Garth, Murray, Peter, John, King-Underwood, John, Williams,
Jonathan, Gareth [, Onions, Stuart, Thomas, Taddei, David, Michel, Adrien,
Charron, Catherine, Elisabeth. La solicitud correspondiente lleva el número
20110477 y fue presentada a las 14:45:10 del 6 de setiembre de 2011. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial
El señor Gastón
Baudrit Ruiz, cédula 1-599-078, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad
de apoderado especial de Centocor Ortho Biotech Inc., de E.U.A., solicita la
patente de invención denominada: ANTAGONISTAS DE LOS RECEPTORES TIPO TOLL 3.
En la presente invención se describen antagonistas del anticuerpo del receptor
de tipo Toll 3 (TLR3), polinucleótidos que codifican antagonistas del
anticuerpo del TLR# o fragmentos de éstos y métodos para elaborarlos y usarlos.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la clasificación internacional de patentes sexta edición es C21P 21/06, cuyos
inventores son Cunningham, Mark, San Mateo, Lani, Sarisky, Robert, T., Sweet,
Raymond, Rauchenberger, Robert, Rutz, Mark, Feng, Yiqing, Heeringa, Katharine,
Luo, Jinquan, Teng, Fang, Teplyakov, Alexey, Wu, Sheng-jiun. La solicitud
correspondiente lleva el número 20110293, y fue presentada a las 10:37:00 del
31 de mayo de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial
El señor Francisco Guzmán Ortiz, mayor, abogado, cédula número 1-0434-0595, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Guala Pack S.P.A., de Italia, solicita el diseño industrial denominado TAPA.
Para ver imagen solo en
El diseño para una
TAPA tal cual se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Jorge
Tristan Trelles, cédula 1-392-470, mayor de edad, abogado, vecino de San José,
apoderado especial de Riceco LLC., de E.U.A., solicita
Para ver imagen solo en
Esta invención se
refiere a un método para incrementar la efectividad de un herbicida de
imidazolinona para suprimir formas de crecimiento tipo maleza de arroz que se
usa con cepas de arroz tolerantes a la imidazolinona. Este método involucra
aplicar un herbicida de imidazolinona a cepas de arroz tolerantes a la
imidazolinona en un campo y aplicar un herbicida con base de propanil o un
herbicida con base de tiobencarbo a este cultivo de arroz, en el que el
herbicida incluye una cantidad sinérgicamente efectiva de un ingrediente
herbicidamente inactivo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora María del Pilar López Quirós, cédula Nº
1-1066-0601, en condición de apoderada de Merrimack Pharmaceuticals, Inc, de
E.U.A., solicita
La señora María del Pilar López Quirós, cédula 1
1066 0601, en condición de apoderada especial de Protein Design Lab, Ltd, de
China, solicita
El señor Antonio Oreamuno Blanco, mayor, casado,
abogado, vecino de San José, cédula número 2-0387-0840, en su condición de
apoderado especial de Colgate Palmolive Company, de Estados Unidos de América,
solicita el Diseño Industrial denominado PARTE SUPERIOR DE
Para ver imagen solo en
El diseño ornamental
de la parte superior de la botella tal y como se muestra y se describe. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Aaron Montero Sequeira, cédula 1-908-006, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Basf Agrochemical Products B.V., de Países Bajos, solicita la patente de invención denominada PLANTAS TOLERANTES A HERBICIDAS. Plantas tolerantes a herbicidas y métodos para controlar el crecimiento de malezas aplicando un herbicida al cual son tolerantes las plantas tolerantes a herbicidas de la invención. Las plantas de la invención pueden expresar una enzima Acetil-Coenzima A carboxilasa que es tolerante a la acción de los inhibidores de la enzima Acetil-Coenzima A carboxilasa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, a Clasificación Internacional de Patentes es: A01H 5/00; C12N 15/52; C12N 15/82; cuyos inventores son Mankin, Scots, L., Schofl, Ulrich, Hong, Haiping, Wenck; Allan, R., Neuteboom; Leon, Whitt, Sherry, R., Carlson; Dale, R. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0107, y fue presentada a las 9:07:10 del 2 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 2 de mayo del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012044047).
El señor Federico Rucavado Luque 1-839-188, mayor de edad, abogado,
vecino de San José, apoderado especial de Eli Lilly and Company, de E.U.A.,
solicita la patente de invención denominada NUEVOS COMPUESTOS DE
ESPIROPIPERIDINA Y EL USO FARMACÉUTICO DEL MISMO PARA EL TRATAMIENTO DE
DIABETES.
Para ver imagen solo en
Un
compuesto de la fórmula: o una sal del mismo farmacéuticamente aceptable así
como también una composición farmacéutica, y un método para tratar diabetes. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Aarón Montero Sequeira, mayor de edad, abogado, con cédula de
identidad número: 1-908-006 vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Hierros y Aplanaciones S. A., de España, solicita
El señor Manuel Ventura Rodríguez, cédula de identidad número
1-1005-0095, en condición de apoderado especial de Ernesto Ignacio Hidalgo
Vidal, de Ecuador, solicita
REGISTRO DE PERSONAS
JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Apoyo Actividades
de
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Evangélica Hermanos en Cristo de
Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: establecer Iglesias Cristianas en todo el
territorio nacional, predicar la palabra de Dios. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es
el presidente: Marcial De Jesús Suárez. Al encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Profesionales en Presupuesto y Finanzas APREFI, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover el mejoramiento económico, social y cultural de sus miembros. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Giovanni Barroso Freer. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012 asiento: 31615.—Curridabat, a los veintiún días del mes de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2012295737.—(IN2012044145).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Cocori de Agua Caliente de Cartago para la atención del adulto mayor, con domicilio en la provincia de Cartago. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: atención tanto física como moral y espiritual de los adultos mayores, cualquiera que sea su status social y económico de la comunidad. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta María Dolores Coto Madriz. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012 asiento 101202 y documento adicional tomo 2012 asiento 122881.—Curridabat, diez de mayo del año dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº RP2012295772.—(IN2012044146).
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción El estatuto de la entidad denominada Asociación
Agricultores de San Francisco de Peñas Blancas de San Ramón de Alajuela, con
domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines entre otros serán los
siguientes: Planificar y desarrollar programas dirigidos a los agricultores.
Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es el presidente Javier Araya Chacón. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. (Tomo 2012, asiento 127647).—Curridabat, 8 de mayo del 2012.—Lic.
Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í..—1
vez—RP2012295965.—(IN2012044148).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción El estatuto de la entidad denominada Asociación
Acercarme a Dios, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines entre
otros serán los siguientes: Esparcir la palabra de Dios, contenida en el libro
sagrado de
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción El estatuto de la entidad denominada Asociación
Pro Vivienda de San Francisco de Peñas Blancas de San Ramón de Alajuela, con domicilio
en la provincia de Alajuela. Cuyos fines entre otros serán los siguientes:
Planificar y desarrollar proyectos que permitan obtener vivienda digna y
propia. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones
establecidas en el estatuto, lo es el presidente Franklin Jarquín Zárate. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley
Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a
partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. (Tomo 2012, asiento 127652).—Curridabat, 8 de mayo del
2012.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Director a. í..—1
vez—RP2012295967.—(IN2012044150).
DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los montos señalados
en los Acuerdos de Pago numerados del 520 al; 764 del 2012 por la suma líquida
de ¢5.337.849.310,76; para atender el pago de las cuentas correspondientes con
cargo a las respectivas partidas del presupuesto. El detalle de dichos pagos
puede ser consultado en la siguiente dirección
electrónica:http://www.poder-judicial.go.cr/fico/Publicación_acuerdos_de_pago.html
San José, 14 de mayo del 2012.—M.B.A. Ana Eugenia
Romero Jenkins, Subdirectora Ejecutiva.—Lic. Nacira Valverde Bermúdez, Jefa
Departamento Financiero Contable.—1 vez.—O. C. Nº 21176.—Solicitud Nº
944-2012.—C-11300.—(IN2012044000).
SALA
CONSTITUCIONAL
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad.
A
LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE
HACE
SABER:
Que en la acción de inconstitucionalidad que se
tramita con el número 11-015813-0007-CO, promovida por José Marvin Piedra Calvo
contra el artículo 132 inciso k) de
Por tanto: “Se declara CON
LUGAR la
acción. En consecuencia se anula el artículo 132 inciso k) de
San José, 9 de mayo de 2012.
Gabriel
Herrera Madrigal,
1 vez.—(IN2012045260). Secretario
a. í.
Que en
Por tanto: “Se declara CON
LUGAR la acción.
En consecuencia se anula el artículo 134 inciso c) en relación con el artículo
32 inciso 1) apartado h) de
San José, 9 de mayo de 2012.
Gabriel
Herrera Madrigal,
1 vez.—(IN2012045261). Secretario
a. í.
Nº 0000081.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las catorce horas veinte minutos del ocho de mayo de dos mil doce. Expediente Nº 383-E-2011.
Liquidación de gastos y diligencias de pago de la contribución del Estado al partido Unión Palmareña (PUP), correspondiente a las elecciones municipales celebradas el 5 de diciembre de 2010.
Visto el oficio Nº
DFPP-227-2012 del 3 de mayo de 2012 (folio 80), suscrito por el señor Ronald
Chacón Badilla, Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, en
el que comunica que el partido Unión Palmareña “llevó a cabo la publicación de
sus estados financieros auditados, así como del listado de contribuyentes,
correspondientes al período comprendido entre el 1º de julio de 2010 y el 30 de
junio de 2011, en el periódico
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp.
Nº 7176-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las trece horas cinco minutos del veinticinco de julio
del dos mil seis. Diligencias de ocurso presentadas por Yamileth de los Ángeles
Loría Zúñiga, mayor, casada, costarricense, cédula de identidad número
uno-quinientos setenta y seis-cero noventa y tres, vecina de San Pedro, Montes
de Oca; tendentes a la rectificación de su asiento de nacimiento... en el
sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “catorce de febrero de mil
novecientos sesenta y dos”. Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Laura Urzola Herrera, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1688-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta y tres minutos del dieciséis de mayo del dos mil doce. Expediente Nº 15830-2011. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Andrés Esteban Zamora Urzola y el asiento de nacimiento de Alexa Zamora Urzola, en el sentido que el nombre y el apellido del padre... son “Raymond Jesús Zamora Maclang, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012295727.—(IN2012044151).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Patricia Roxana Flores de Muñoz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1582-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y cinco minutos del dieciocho de julio del dos mil once. Expediente Nº 11407-2011. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de María Teresa Muñoz Flores...; en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Flores de Muñoz” y el de Irwin Jossué Muñoz Flores...; en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Patricia Roxana Flores de Muñoz” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012295761.—(IN2012044152).
SECCIÓN DE OPCIONES Y
NATURALIZACIÓN
Avisos de solicitud
de naturalización
Marling Nereyda Lanuza Castellón, mayor, soltera, dependiente,
nicaragüense, cédula de residencia 155809376634, vecina de Cartago, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Ricardo Francisco Soza
Balmaceda, mayor, soltero, joyero, nicaragüense, cédula de residencia
155805008520, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Nicolle Saavedra Castro,
mayor, soltera, estudiante, peruana, cédula de residencia N° 160400035421,
vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Stephanie Gamba Ríos,
mayor, soltera, estudiante, colombiana, cédula de residencia 117001364806,
vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
CENTRO NACIONAL DE
Modificación al Plan
Anual de Compras 2012
De
conformidad con las modificaciones a
San José, 30 de mayo 2012.—Proveeduría Institucional.—Jorge Rodríguez Solera, Proveedor.—1 vez.—O. C. Nº 5-2012.—Solicitud Nº 34670.—C-7050.—(IN2012051450).
ÁREA DE SALUD HOJANCHA
REGIÓN CHOROTEGA
UNIDAD PROGRAMÁTICA
2563
I modificación al
programa de adquisiciones año 2012
En
cumplimiento con lo normado en los artículos 6º de
Dirección.—Dr. Randall Alvarado Méndez, Director Médico.—1 vez.—(IN2012050672).
ÁREA DE SALUD PÉREZ
ZELEDÓN
I adendum al Plan
de Adquisiciones para el año 2012
El
Área de Salud de Pérez Zeledón, Unidad Programática 2760, comunica a los
interesados que se encuentra publicado en la página Web de
30 de mayo del 2012.—Administración.—Licda. Sonia
Fernández Benamburg, Administradora.—1 vez.—RP2012299974.—(IN2012051535).
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
DEPARTAMENTO DE
PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2012LA-000011-01
Acarreo materiales
de desecho
Se
invita a todos los proveedores inscritos en el Registro de Proveedores de
El
plazo para recibir ofertas vence el día 27 de junio del
San José, 31 de mayo del 2012.—Licda. Idianey González Vega, Directora a. í.—1 vez.—O. C. Nº 22003.—Solicitud Nº 35696.—C-8460.—(IN2012050699).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 54-12 del 31 de mayo del 2012, artículo XIII respectivamente, se dispuso adjudicarlo de la forma siguiente:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000120-PROV
Remodelación de las celdas y área aledaña
de la
Delegación Regional del OIJ de Puntarenas
A: Naycon S. A., cédula jurídica 3-101-267159, con un costo total ¢91.723.000,00.
Demás características y condiciones según cartel.
San José, 1º de junio del 2012.—Licda. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2012050688).
DIRECCIÓN REGIONAL DE
SERVICIOS
DE SALUD REGIÓN HUETAR NORTE
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2012LA-000004-2499
Servicio de
Ambulancia Privada-Área de Salud Fortuna
El
Área de Contratación Administrativa, les comunica a los interesados en este
concurso que se resuelve de la siguiente manera: Número de Concurso:
2012LA-000004-2499, objeto de contratación: Servicio de Ambulancia Privada-Área
de Salud Fortuna.
Con
fundamento en lo previsto en
Para
todos los efectos dicho expediente se encontrará en esta Sede Regional.
Ciudad Quesada, 31 de mayo del 2012.—Área de Contratación Administrativa.—Lic. Geiner Brenes García.—1 vez.—(IN2012050685).
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2012LA-000001-2499
Servicios
profesionales de seguridad y vigilancia
Hospital Los Chiles
El
Área de Contratación Administrativa, les comunica a los interesados en este
concurso que se resuelve de la siguiente manera: Número de Concurso:
2012LA-000001-2499, objeto de contratación: servicios profesionales de
seguridad y vigilancia-Hospital Los Chiles.
Con
fundamento en lo previsto en
Para
todos los efectos dicho expediente se encontrará en esta sede regional.
Ciudad Quesada, 31 de mayo del 2012.—Área de Contratación Administrativa.—Lic. Geiner Brenes García.—1 vez.—(IN2012050687).
HOSPITAL DE LAS
MUJERES DR. ADOLFO CARIT EVA
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2012LA-000001-2105
Arrendamiento de
edificio
Se
informa a los proveedores que este proceso se declaró infructuoso, para más
detalles consultar la siguiente dirección electrónica: http://www.ccss.sa.cr.
San José, 28 de mayo del 2012.—Dirección Administrativa Financiera.—MBA. Adrián Fernández Carvajal, Director.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Laura Oviedo Miranda.—1 vez.—(IN2012051488).
ÁREA DE SALUD PÉREZ
ZELEDÓN
LICITACIÓN Nº
2012LA-000002-2760
Arrendamiento de un
edificio
Se
comunica a los participantes del concurso Licitatorio Nº 2012LA-000002-2760 por
arrendamiento de un edificio de
San Isidro de El General, 30 de mayo del 2012.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Luis Solís Fonseca.—1 vez.—RP2012299475.—(IN2012051540).
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2011LA-000070-01
Compra de equipo
inalámbrico para configuración
de redes telemáticas
a. Adjudicar
• Adjudicar
las líneas 1, 3, 5 y
• Adjudicar
la línea
b. Declarar
infructuosa la línea 4, por incumplimientos técnicos y la línea 7, por falta de
oferentes.
San José, 1º de junio del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46884.—C-24460.—(IN2012051569).
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2011LA-000084-01
Compra de
maquinaria y equipo
para Hotelería y Turismo
a. Adjudicar
• Adjudicar las líneas 6, 7, 9, 10, 11, 18, 19, 20, 21 y
• Adjudicar la línea
• Adjudicar la línea
• Adjudicar las líneas 8, 23 y
• Adjudicar las líneas 12, 13 y
b. Declarar infructuosa la línea 1, por
incumplimientos técnicos y las líneas 3, 4, 5, 16, 17 y 24, por falta de
oferentes.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano
Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº
46884.—C-35740.—(IN2012051571).
MUNICIPALIDAD
DE HEREDIA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000013-01
Compra
e instalación de máquinas para ejercicios
en acero para intemperie
Mediante acuerdo del Concejo Municipal del Cantón
Central de Heredia, tomado en sesión ordinaria Nº 0168-2012, del día 21 de mayo
del 2012, se declara este procedimiento infructuoso, ya que no se presentaron
ofertas.
Lo anterior para el trámite correspondiente.
Heredia, 31 de mayo del 2012.—Proveeduría.—Lic. Enio
Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 54739.—Solicitud Nº
42218.—C-4720.—(IN2012051506).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DE
Adquisición,
desarrollo, implementación, adaptación y puesta en
marcha de un conjunto de Sistemas Integrados
Donde dice:
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-99999
Debe decir:
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000077-99999
Las demás condiciones permanecen invariables.
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000035-PROV
(Prórroga
y Modificaciones Nº 1)
Compra
de Laboratorio de Acústica Forense
Las aclaraciones o modificaciones estarán
disponibles en el Departamento de Proveeduría a partir del 29 de mayo del 2012;
sita en el tercer piso del edificio Anexo B, ubicado en el Barrio González
Lahmann, en la esquina formada por la calle 15 y la avenida 6, San José; o
bien, obtenerlas a través de Internet, en la dirección
htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del
correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección
jjimenezco@poder-judicial.go.cr.
De
igual forma se informa que la fecha de apertura de las ofertas se prorroga para
el 12 de junio del
Los
demás términos y condiciones permanecen invariables.
San José, 1 de junio del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Licda. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2012050694).
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2012LA-000013-01
Contratación de una
empresa para que brinde el servicio
de remodelación de los sistemas eléctricos de
potencia
en el edificio del Centro de Negocios San
José
Las
demás condiciones del cartel se mantienen invariables.
Cartago, 1º de junio del 2012.—Proveeduría y Licitaciones.—Licda. Ericka Granados S., Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 25.—Solicitud Nº 41527.—C-18820.—(IN2012051583).
Se
corrige error material en aviso publicado en
Los
interesados tienen el cartel a disposición vía Internet, en forma gratuita, en
el sistema de Compr@Red, en la página Web del Ministerio de Hacienda, a partir
de esta fecha. También pueden obtenerlo en
Sabanilla, 1º de junio del 2012.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2012051512).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE
APROVISIONAMIENTO
DE BIENES Y SERVICIOS
ÁREA DE ADQUISICIONES
DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO Nº
2012LN-000004-5101 (Aviso Nº 7)
Implantes e insumos
descartables para cirugía
astroscópica de hombro, rodilla, cadera
y pequeñas articulaciones
El
Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, les comunica a los oferentes interesados
en participar en
San José, 1º de junio del 2012.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—(IN2012050734).
HOSPITAL MÉXICO
PRÓRROGA Nº
2012LA-000028-2104
(Aviso Nº 01)
Leuprolide 11,25 mg
Servicio solicitante:
Servicio de Farmacia
Por
medio de la presente les informamos a los interesados en el concurso antes
mencionado, que se prorroga la fecha de recepción de ofertas para el 14 de
junio del
De
haber alguna modificación al cartel se les estará avisando por el mismo medio.
Subárea de Contratación Administrativa.—Carmen Rodríguez Castro.—1 vez.—(IN2012051504).
PRÓRROGA Nº
2012LA-000032-2104
(Aviso Nº 01)
Trientina
Clorhidrato 250 mg
Servicio solicitante:
Servicio de Farmacia
Por
medio de la presente les informamos a los interesados en el concurso antes
mencionado, que se prorroga la fecha de recepción de ofertas para el 14 de
junio del
De
haber alguna modificación al cartel se les estará avisando por el mismo medio.
Subárea de Contratación Administrativa.—Carmen Rodríguez Castro.—1 vez.—(IN2012051505).
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2012LA-00025-PRI
Circular Nº 1
Ramales de
alcantarillado sanitario en
El
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica
Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la
licitación arriba indicada, las siguientes modificaciones al cartel:
Ampliación
al volumen Nº 2, descripción del proyecto y especificaciones técnicas
especiales.
1. Reemplazo
de pavimentos con mezcla asfáltica en caliente.
A. Requisitos.
El
trabajo de reemplazo de pavimentos consiste en el suministro de todos los
materiales necesarios para el mejoramiento de la superficie de ruedo, producto de
las excavaciones realizadas en los trabajos, tales como: mezcla asfáltica en
caliente, emulsión asfáltica, aditivos (si fueran necesarios) y todas las
operaciones del proceso. Éstas corresponden a: preparación de la mezcla
asfáltica, corte, preparación y colocado de la liga de bache, transporte,
colocación y compactación de la mezcla asfáltica, así como a la limpieza final
de cualquier material sobrante e inherente al bacheo. Todo lo anterior conforme
a las “especificaciones generales para la construcción de caminos, carreteras y
puentes (CR-77)”.
Las
áreas a bachear deben ser previamente definidas por la inspección de la
institución en el sitio de los trabajos, para luego ser aserradas con una
máquina cortadora de pavimento. Se debe preparar el bache de manera tal que las
paredes internas queden perpendiculares a la superficie de ruedo y las aristas
formadas entre estos dos planos, sean paralelas y perpendiculares al eje
longitudinal de la vía. Antes de realizar el riego de liga, el bache debe de
estar totalmente limpio (barrido de polvo, suciedad o materiales sueltos) y
libre de agua. Los espesores de base y subbase a sustituir serán: los definidos
en los planos constructivos o los definidos por la inspección y deberán ser
colocados mediante los equipos adecuados en relación a la magnitud del bacheo.
Si una vez preparado el bache, el fondo quedase suelto, se deberá compactar la
superficie antes de colocar la mezcla en caliente, este trabajo se podrá hacer
con una plancha vibratoria.
Se
debe realizar un riego de liga en el bache ya preparado con emulsión asfáltica
CRS-1 por medio de aspersión, teniendo especial cuidado de que las paredes
internas del bache queden totalmente cubiertas por la emulsión. El punto de
riego del líquido de liga debe ser dosificado a satisfacción de la inspección,
de acuerdo con las necesidades propias de la superficie a tratar.
Es
necesario aplicar una capa ligera de material de liga (no se permitirán
empozamientos) debido a que un exceso de éste material puede generar
deslizamiento de la mezcla a la hora de compactar. Antes de colocar la mezcla
para rellenar el bache, es necesario contemplar el intervalo de tiempo
apropiado para que la emulsión colocada rompa (cambie de color). La operación
de la colocación y compactación de la mezcla asfáltica se debe ejecutar por
capas sucesivas de diez centímetros cada una, cuando el espesor del bacheo
supere la dimensión definida con anterioridad. Pero el proceso de bacheo en
estos casos debe ser concluido en el mismo día.
La
superficie superior se debe nivelar y compactar de manera que permanezca pareja
con el pavimento circundante. No se admitirá en ningún caso el bacheo cóncavo
hacia arriba para que sea compactado con el tránsito vehicular de la vía. El
acabado superficial del bache debe ser homogéneo y con una textura adecuada,
según el criterio de la inspección del AyA.
El
equipo de compactación debe ser tal, que asegure la adecuada compactación de
las esquinas y orillas del bache. El contratista está obligado a garantizar la
calidad de los materiales utilizados, por lo que deberá aportar pruebas y
certificados de calidad, además de los controles de trabajo para el proyecto.
Durante
el procedimiento de bacheo no se permitirá la interrupción total de la vía, al
menos un carril deberá permanecer abierto al tránsito. Todo bache una vez
excavado y cuadrado debe ser rellenado con mezcla asfáltica y compactado en el
menor tiempo posible, garantizando así la calidad final del trabajo y la
seguridad del tránsito. No se admitirá bajo ningún concepto la existencia de
baches excavados y sin relleno durante la noche.
Todos
los costos asociados al reemplazo de pavimentos con mezcla asfáltica en
caliente deben de ser contemplados dentro del rubro 519.011 reemplazo de
pavimentos de asfalto.
B. Equipo mínimo necesario.
- Cortadora
de pavimento.
- Vagoneta
de volteo.
- Palas.
- Rastrillos.
- Carretillos.
- Aspersor
de material de liga.
- Plancha
vibratoria para baches pequeños.
- Compactador
de rodillo vibratorio de tres toneladas (mínimo).
C. Materiales necesarios.
- Emulsión
asfáltica.
- Mezcla
asfáltica en caliente.
- Aditivos
y/o polímeros para mezcla asfáltica en caliente (según diseño).
San
José, 31 de mayo del 2012.—Dirección Proveeduría.—Licda. Jénnifer Fernández
Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 12-02.—Solicitud Nº 42108.—C-94020.—(IN2012051451).
MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO
Acuerdo 2012-094-015: Se aprueba el:
REGLAMENTO DE
DE CORONADO, PARA
INFRAESTRUCTURA Y OTORGAMIENTO
DE LICENCIAS CONSTRUCTIVAS
EN TELECOMUNICACIONES
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Este Reglamento tiene como objeto
establecer los procedimientos para optar por Licencias Municipales de
construcción y de funcionamiento en telecomunicaciones, así como regular las
condiciones de ubicación, construcción e instalación de las obras constructivas
de telecomunicaciones, en resguardo del espacio urbano-rural-ambiental, para
asegurar el mejor marco normativo posible, particularmente en cuanto a zonificación
y tutela efectiva de los intereses locales, proteger por tanto el derecho a la
salud, a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado en relación con los
compromisos adquiridos por Costa Rica con la firma y entrada en vigencia del
CAFTA-CR República Dominicana (más conocido como Tratado de Libre Comercio con
los EEUU), positivizado en sendas normas legales y reglamentarias en materia de
telecomunicaciones, y una participación real y efectiva de los munícipes en la
construcción, instalación y explotación, bajo cualquier forma, de obras
relacionadas con telefonía celular, mediante mecanismo de acceso a las
solicitudes que se presenten a esos efectos en
Artículo 2º—Se establecen como sus objetivos específicos:
1. Asegurarse de que las obras constructivas sean realizadas de conformidad con las especificaciones técnicas bajo las cuales fueron autorizadas.
2. Minimizar el impacto visual y ambiental de dichas instalaciones sobre el entorno, con el objeto de que no representen daño o riesgo a la población, ni afecten el paisaje.
3. Propiciar la mimetización de las infraestructuras dentro del cantón.
4. Asegurarse de que las actividades desplegadas se enmarquen dentro de las regulaciones existentes en materia de licencias municipales de funcionamiento.
Artículo 3º—Están sometidas al presente Reglamento en la jurisdicción del cantón, todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que requieran o soliciten Licencias Municipales, para el funcionamiento y o instalación de obras constructivas de telecomunicaciones, en condición de Operador, Proveedor de Infraestructura, Proveedor, o en cualquier condición similar, a través de la cual se presten o se puedan brindar servicios de telecomunicaciones disponibles al público que se construyan, originen o, terminen en el territorio de este cantón, independientemente del uso de éstas o de las áreas donde se encuentren instaladas, ya sea de dominio público, acceso público y/o dominio privado o áreas privadas.
Artículo 4º—Para los efectos de la presente normativa se adoptan las siguientes definiciones:
1. Ampliación y Modificación
de
2. Canon por utilización de
espacio público municipal: Es el monto a cancelar por la utilización de los
espacios públicos municipales, de conformidad con el artículo 79, de
3. Espacio: Es el área de un predio en el que se edificarán las obras a las que se refiere este Reglamento.
4. Licencias Municipales: autorización
expedida por
Esas licencias, se dividen en:
a. De Construcción: Es la otorgada para la instalación de las obras constructivas de telecomunicaciones.
b. De Explotación lucrativa: Es la otorgada para la explotación lucrativa de las obras constructivas de telecomunicaciones y los servicios prestados por las mismas.
5. Operador: Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización, las cuales podrán prestar o no servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.
6. Predio: Es el inmueble, fundo o finca en el que se ubica el espacio en el que se edificarán las obras a las que se refiere este Reglamento.
7. Propietario: Persona física o jurídica, pública o privada, que proporciona servicios de telecomunicaciones disponibles al público sobre una red de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización, según corresponda.
8. Proveedor: Persona
física o jurídica, pública o privada, a cuyo nombre se encuentra inscrito, ante
el Registro Público de
9. Proveedor de Infraestructura: Es aquel intermediario, persona física o jurídica ajeno a la figura del Proveedor u Operador que regula la ley, que provee Obras Constructivas a terceros.
10. Torre, o poste y/o estructura: Elemento estructural soportante que sirve para satisfacer los requerimientos de instalación de antenas, soporte de cableado, iluminación pública, entre otros, y que se relacione con las obras reguladas en el presente Reglamento.
CAPÍTULO II
Atribuciones y facultades municipales
Artículo 5º—Con las atribuciones y facultades conferidas por la normativa vigente corresponde a la administración municipal, conocer, valorar, fiscalizar, resolver y ordenar territorialmente las solicitudes de las Licencias Municipales que se le presenten en los términos de este Reglamento.
Artículo 6º—Le corresponde a
a. Dictar las medidas necesarias para el cumplimiento de este Reglamento con el objeto de que toda Obra Constructiva, instalación, ampliación y modificación a las Obras Constructivas, reúna las condiciones técnicas, de seguridad, conservación y de integración al contexto urbano-rural-ambiental del cantón.
b. Regular, otorgar, registrar, inspeccionar, denegar, anular y ejercer cualquier facultad sancionatoria en relación con las Licencias Municipales a que se refiere este reglamento.
c. Clausurar y demoler las obras e instalaciones en caso de no sujetarse a lo dispuesto en este Reglamento.
d. Llevar un registro de las torres, postes, y demás estructuras para redes y/o sistemas de telecomunicación, que se encuentren ya instaladas y o en trámite de solicitud de autorización de construcción o de explotación, en la jurisdicción del cantón para el control y planificación interna.
e. Emitir los certificados de uso del zona que se le presenten en esta materia.
f. Considerar y solicitar los
criterios y lineamientos técnicos que
g. Propiciar mecanismos de resolución alterna de conflictos que pudieren presentarse en esta materia.
Artículo 7º—
Vázquez de Coronado, 14 de febrero del 2012.—Nydya Arroyo Mora, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012044446).
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POAS
La suscrita
Secretaria del Concejo Municipal, hace constar que el Concejo Municipal del
cantón de Poás, en su sesión ordinaria Nº 107 celebrada el 15 de mayo de 2012,
en forma unánime y definitivamente aprobado, basados en la publicación de
San Pedro de Poás,
17 de mayo del 2012.—Secretaria del Concejo Municipal.—Roxana Chichilla Fallas,
Secretaria.—1 vez.—(IN2012043861).
COLEGIO DE PROFESIONALES
EN NUTRICIÓN DE COSTA RICA
REGLAMENTO PARA
Y TRÁMITE DE DENUNCIAS
Considerando
Que para atender
los dictados de
Artículo 1º—Fundamento
Legal de una Denuncia. El Colegio recibirá denuncias formales de cualquier
persona con relación a lo establecido en
Artículo 2º—Trámite. El trámite de
las denuncias será efectuado en concordancia con lo establecido en
Artículo 3º—Denuncias, Requisitos. Se entenderá por denuncias formales aquellas presentadas por escrito y suscritas por persona o personas responsables, debidamente identificadas, en contra de miembros del Colegio, sus Órganos o personal administrativo, relacionadas con el ejercicio profesional, ya sea por supuesta mala praxis, defectos en la preparación de cualquier informe, donde se haga uso de información falsa o que atente contra los principios de la salud, sean dictámenes, certificaciones, aspectos de ética o competencia ilegal; o bien en relación con el cumplimiento de funciones en la administración y dirección del Colegio. A dichos efectos quien denuncia deberá como mínimo ajustarse a los siguientes requisitos:
1. La denuncia deberá ser presentada en original debidamente firmada por el denunciante y entregada en forma personal.
2. De no entregarse en forma personal, la firma del denunciante deberá venir autenticada por un Notario.
3. La denuncia debe estar dirigida al Colegio de Profesionales en Nutrición de Costa Rica y tener las páginas numeradas y firmadas.
4. El documento de denuncia, deberá contener nombre y apellidos, número de cédula de identidad, dirección exacta del denunciante, dirección electrónica o física, o fax donde atender notificaciones.
5. Si se actuare en representación de una persona jurídica o física, deberá aportarse el documento que comprueba la calidad de representante o poder para actuar, indicando en forma expresa el número de cédula jurídica y la dirección exacta de su representado, con indicación de números de teléfono, fax, y correo electrónico si lo tuviere.
6. La denuncia deberá indicar el nombre y apellidos completos de la persona denunciada, profesión, lugar de trabajo y teléfono.
7. Detalle de los hechos denunciados, petitoria, prueba documental aportada o bien indicación del lugar donde se ubican, en caso de testigos, indicar nombre completo, cédula de identidad, y número de fax o dirección exacta donde se localizan, así como del denunciante si lo supiere.
8. Fecha y firma
9. Presentar un juego adicional (copia) de la denuncia, para constancia de la denuncia original.
Solamente, se le dará trámite a las denuncias que cumplan con todos los requisitos establecidos en este artículo.
Artículo 4º—Recepción de Denuncia.
Las denuncias se presentarán en
• Hará ingreso de la misma al registro automatizado que lleva la recepción, asignándole en forma inmediata un número consecutivo de ingreso, con indicación de fecha, hora de recibido y nombre de la persona que presentó el documento, entregándole una copia al denunciante.
• Una vez asignado el número consecutivo de ingreso, se procederá a trasladar la misma al departamento encargado, debiendo dejarse un registro de la hora y fecha de traslado, departamento y nombre del funcionario (a) que recibió el traslado del documento.
• El Colegio facilitará al denunciante un formulario de denuncia como guía para que interponga la misma. El formulario deberá firmarlo el denunciante y entregarlo en la recepción del Colegio para el trámite correspondiente.
• Toda denuncia deberá tramitarse en el orden cronológico de su presentación.
• La oficina encargada de dar trámite a la denuncia, concederá al denunciante un plazo de 10 días hábiles para que subsane los requisitos que se indican en los incisos 1,2 y 8 del Artículo Tercero de este Reglamento, o bien que aporte información adicional.
• De no subsanarse los
requisitos indicados en el plazo concedido, se procederá de conformidad con el
párrafo segundo del artículo 264 de
Artículo 5º—Trámite
de
1) Si la denuncia está
relacionada con el ejercicio profesional de
2) Si la denuncia interpuesta
atendiere a actuaciones en contra de miembros de
3) De encontrarse mérito para
una investigación más formal, si se tratare de un número de cuatro o menos
miembros de
4) Si la denuncia interpuesta
atendiere a cinco o más miembros de
5) Si la denuncia estuviera
relacionada con actuaciones de empleados del Colegio (no miembros activos) con
motivo de su actividad laboral, la misma será puesta en conocimiento inmediato
de
6) Cuando se disponga una investigación preliminar, la misma deberá concluirse en un plazo máximo de un mes calendario, el cual regirá a partir de la presentación de la denuncia o de la fecha de subsanación de los requisitos. Para casos de suma complejidad regirá un plazo de un mes adicional como máximo.
Artículo 6º—Comunicación al denunciante. El Colegio comunicará a las partes involucradas el resultado del trámite de la denuncia, una vez se concluya el desarrollo del respectivo estudio.
Artículo 7º—
Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial
Dra. Hannia León
León, Nutricionista y Presidenta.—1 vez.—(IN2012044445).
I.—Que de conformidad con lo que establece el
artículo 3º de
II.—Que fue aprobado y conocido por
III.—Que todas las actividades realizadas
por la o el profesional en Nutrición se encuentran debidamente descritas en el
Reglamento General a
DECRETAN
El siguiente,
ARANCEL DE HONORARIOS POR SERVICIOS
PROFESIONALES EN NUTRICIÓN
TÍTULO I
De los alcances y objeto del arancel
CAPÍTULO I
Competencia y definiciones
Artículo 1º—Competencias. Este Arancel es de acatamiento obligatorio para las o los profesionales Nutricionistas incorporados al Colegio de Profesionales en Nutrición, para la sociedad en general y para los funcionarios públicos y privados de toda índole, y contra él no podrán oponerse acuerdos o disposiciones de entidades públicas o privadas en esta materia en relación con honorarios.
Corresponde a
Igualmente conocerá
El Arancel fijará el monto de honorarios a cobrar como mínimos señalando aquellos casos de libre negociación entre el profesional y su cliente.
Artículo 2º—Conceptos y definiciones. Para los propósitos de aplicación e interpretación del presente Arancel, cuando su texto se refiera a algunos de los siguientes conceptos, se entenderán los mismos según se indica en cada caso:
Actividades educativas: seminarios, charlas, cursos, y cualquier otra actividad donde el instructor nutricionista, desarrolla una acción formativa, sistemática y organizada a través del seguimiento de un programa con un estructura temática y con objetivos concretos, que involucra además de la exposición de temas por parte del instructor, actividades interactivas, entrega de material didáctico y alguna forma de evaluación, que permita constatar la adquisición de nuevos conocimientos.
Arancel: El presente “Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales en Nutrición”. Es un costo mínimo de honorarios por servicios que trata de igualar los costos económicos por la aplicación y gestión de conocimiento en el trabajo ejecutado por el profesional en nutrición a lo interno y externo del país. Es por tanto, un importe mínimo fijo por unidad, producto o tipo de servicio realizado por el /la nutricionista a fin de reconocer económicamente el valor del trabajo especializado y protegerlos contra la competencia extranjera; pero sobre todo, para documentar en materia de salarios mínimos a los patronos nacionales e internacionales de carácter temporal ó permanente.
Asesor(a) en Nutrición: profesional en Nutrición que ayuda a innovar, desarrollar y
mejorar un servicio ò servicios relacionados con la selección, producción,
presentación, distribución, consumo y disfrute de alimentos en diversas áreas
del quehacer humano (trabajo, cultura, bienestar físico y mental) relacionadas
con alimentos, nutrición y alimentación. Generalmente, es un profesional que no
pertenece a la empresa pero contribuye a llevar un proceso de gestación
/aplicación de cambios y/o soluciones en el campo de
Atención Dietoterapéutica: La atención dietoterapéutica es el proceso en el que el Profesional en Nutrición aplica la dietética a diversas patologías, ya sea como tratamiento único o como coadyuvante al tratamiento médico o terapia farmacológica. Prescribe los requerimientos nutricionales adaptados a las necesidades individuales de acuerdo al proceso patológico de la persona. Asimismo incluye la definición del tipo de alimentación, cantidad y calidad de los alimentos, frecuencia y vías de administración.
Atención nutricional: La atención nutricional la realiza exclusivamente el Profesional en Nutrición y se refiere al proceso que aplica la dietética. La dietética se basa en la ciencia de la nutrición. Incorpora el conocimiento de la composición de los alimentos, la naturaleza de los nutrientes y otras sustancias de importancia nutricional y su metabolismo en el organismo, las necesidades nutricionales de las personas sanas durante el ciclo de la vida, los efectos de la alimentación en la salud y el modo en el que pueden utilizarse los alimentos para fomentar la salud en personas y grupos, y reducir el riesgo de enfermedades. La dietética se individualiza a los hábitos alimentarios y necesidades socioeconómicas y culturales de una persona o colectividad.
Cliente: persona física en su condición personal, o a quien bajo cualquier condición o calidad a nombre de una persona jurídica pública o privada, solicite o se beneficie con los Servicios Profesionales en Nutrición, independientemente de la forma o modalidad de requerimiento con o sin instrumento contractual.
Colegiados: Miembros del Colegio de Profesionales en Nutrición de Costa Rica en ejercicio profesional activo y no suspendidos
Colegio: Colegio de Profesionales en Nutrición de Costa Rica, ente que agremia a todas las y los profesionales en Nutrición Humana de Costa Rica.
Consulta nutricional: La consulta nutricional puede ser individual o grupal, y consiste en una serie lógica de acciones realizadas por el nutricionista para conocer y resolver necesidades relacionadas con la nutrición y la alimentación de una persona sana o grupos de personas sanas o con alguna patología, mediante la utilización de métodos, técnicas y procedimientos de trabajo profesional, a fin de establecer metas de tratamiento, educación, seguimiento y vigilancia de su estado de salud, principalmente, patologías y complicaciones que se presentan en algunas etapas de la vida. La consulta nutricional se ofrece, como atención nutricional y dietoterapéutica, debiendo realizarse en un tiempo no menor a 30 minutos y de acuerdo a la condición del cliente.
Consultorio público o privado del profesional en nutrición: espacio dedicado a la atención individualizada o grupal de personas con necesidad de atención nutricional dietoterapéutica, que cumple con las disposiciones dictadas por el Ministerio de Salud.
Consultoría en Nutrición (Nacional o Internacional): es la realizada por un o una profesional en Nutrición especializada en alguna técnica relativa a la ciencia, contratado por un organismo internacional o nacional para evaluar el impacto de cambios alimentarios y nutricionales en la sociedad costarricense o en una sociedad regional fuera del país
Dieta: Conjunto y cantidades de alimentos o mezclas de alimentos que se consumen habitualmente por un individuo o grupo poblacional.
Dietética: La dietética se basa en la ciencia de la nutrición. Incorpora el conocimiento de la composición de los alimentos, la naturaleza de los nutrientes y otras sustancias de importancia nutricional y su metabolismo en el organismo, las necesidades nutricionales de las personas sanas durante el ciclo de la vida, los efectos de la alimentación en la salud y el modo en el que pueden utilizarse los alimentos para fomentar la salud en personas y grupos, y reducir el riesgo de enfermedades. La dietética se individualiza a los hábitos alimentarios y necesidades socioeconómicas y culturales de una persona o colectividad.
Educación: Es el proceso a través del cual la persona asimila y aprende conocimientos, implica la concientización cultural y conductual a través de la adquisición de nuevas habilidades y/o valores que producen cambios intelectuales, emocionales y sociales en el individuo
Honorarios: Retribución o pago en dinero por Servicios Profesionales en Nutrición
Investigación: La investigación es la búsqueda intencionada de nuevos conocimientos y/o la comprobación o modificación de los ya existentes sobre una determinada materia, mediante una metodología sistemática. El proceso investigativo involucra actividades que van desde la observación, el planteamiento del problema, el diseño de la investigación, el diagnóstico de la situación, la revisión de bibliografía, la selección del objeto de investigación, la recolección de la información cuantitativa y cualitativa requerida, la comparación de los resultados con los obtenidos en otros estudios y la interpretación de estos resultados en función de las teorías actuales, para emitir una conclusión y la posterior divulgación de los conocimientos generados, ya sea en forma oral o escrita.
Jornada completa: correspondiente a 40 horas laborales por semana.
Junta Directiva: grupo de profesionales elegidos por
Nutrición: La nutrición es la ciencia que se encarga de estudiar los nutrientes y otros compuestos bioactivos que constituyen los alimentos, la función, reacción e interacción de éstos con respecto a la salud y a la enfermedad. Comprende los procesos por medio de los cuales el organismo ingiere y digiere los alimentos, absorbe, transporta y metaboliza las sustancias nutritivas, y excretan los desechos derivados de su utilización. Además, la ciencia de la nutrición se dedica a estudiar la composición y valor nutricional de los alimentos, las necesidades nutricionales del ser humano, sus hábitos alimentarios, su consumo de alimentos y la multiplicidad de factores que influyen sobre éstos.
Nutricionista: Profesional en Nutrición y dietética incorporado al Colegio de Profesionales en Nutrición y que ha sido autorizado por el Colegio para el ejercicio profesional.
Profesional en Nutrición: Licenciada o Licenciado en nutrición debidamente incorporado al Colegio de Profesionales en Nutrición.
Regencia: De
competencia del Profesional en Nutrición que tramita la inscripción de la
regencia ante el Colegio asumiendo la responsabilidad profesional, que le
compete a su campo como se describe en el Reglamento General a
Salario: Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.
Seminarios, charlas, conferencias, talleres, entre otras actividades: Son disertaciones públicas o privadas, impartidas por el profesional en Nutrición, dirigidas a un grupo de personas que poseen interés común en un tema particular, en las que, a través de la exposición de ideas o conocimientos sustentados en literatura científica o de experiencia, se transfiere el conocimiento científico.
Servicios de Alimentación: Empresas pertenecientes a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, dedicados a ofrecer, como actividad principal, mediante los criterios de eficiencia, eficacia y efectividad la prestación de una variedad de productos, servicios y una alimentación inocua, de calidad organoléptica y nutricional, y ajustado a las necesidades y expectativas de un grupo de usuarios/clientes o un segmento particular. En orden de importancia de mayor a menor:
a. Asesor en Servicios de Alimentación: Brindar las capacidades profesionales necesarias a los directivos de los servicios de alimentación y orientar a estos para que puedan resolver los problemas de la organización relacionados con las políticas, organización, procedimientos, métodos y oferta, acompañar u otorgar la prestación de asistencia en la aplicación de las recomendaciones derivadas.
b. Supervisión en Servicios de Alimentación: Valorar (cumplimiento, verificación y evaluación), las actividades y operaciones del servicio de alimentación con miras a contribuir al cumplimiento de sus metas y objetivos y mejorar la eficacia de los procesos de gestión, control y dirección. Emitir reportes periódicos a diferentes instancias a nivel interno y externo sobre el estado de situación y enunciar acciones correctivas pertinentes
c. Regencia en Servicios de Alimentación: Responsable directo de intervenir en la planificación, organización, dirección, desarrollo, supervisión y control en instituciones o empresas públicas o privadas que preparen y suministren alimentación a grupos de individuos con altos estándares de calidad y productividad.
En todos estos niveles de intervención la o él nutricionista deberá supervisar la calidad verificando sistemáticamente el funcionamiento del sistema de control establecido, sustentado en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) y el fomento de acciones correctivas y preventivas para lograr solucionar problemas de calidad y asegurar la inocuidad del servicio.
Servicios Profesionales: Servicios laborales realizados por la o él nutricionista contratados como tales.
CAPÍTULO II
De los Honorarios y de
Artículo 3º—Pago de honorarios. Al profesional deben cancelársele sus honorarios en las oportunidades que corresponda conforme con la naturaleza de los servicios profesionales y en los términos que señale este Arancel. Es deber del profesional advertir al cliente desde un inicio, sobre el monto de sus honorarios y la forma de pago.
Artículo 4º—Propiedad de los honorarios. Los honorarios corresponden al profesional que ha sido directamente contratado por el cliente a quien se van a brindar los servicios profesionales en cualesquiera de las categorías antes mencionadas. Las relaciones laborales entre el profesional y el personal a su servicio son ajenas a dicha prohibición.
CAPÍTULO III
Responsabilidad Profesional
Artículo 5º—Prestación de servicios conjuntos. La responsabilidad profesional corresponde directamente al profesional que haya sido requerido por el cliente en relación con los asuntos que le han sido confiados.
Los profesionales podrán asociarse de hecho o de derecho para prestar servicios profesionales conjuntamente, sin embargo la responsabilidad personal del profesional que haya sido requerido por el cliente es intransferible a su favor, aún cuando el profesional se haya asociado con otro u otros para brindar esos servicios conjuntamente.
El profesional requerido por el cliente deviene en calidad de obligado contralor a su favor, en relación con aquellos profesionales con los cuales aquél se ha asociado para brindarle esos servicios conjuntamente. Sin embargo, la responsabilidad trascenderá al profesional asociado cuando se demuestre por el profesional requerido por el cliente, que en tiempo y forma ejercitó las acciones necesarias y conducentes a evitar o a corregir los actos de la mala práctica profesional imputables al profesional asociado.
El profesional asociado asume la responsabilidad en forma individual e intransferible en aquellos actos por los cuales se le imputa una mala práctica profesional conforme a derecho.
Las asociaciones de hecho o derecho para la prestación de servicios profesionales conjuntos, son legalmente posibles entre profesionales colegiados y en ejercicio activo profesional.
El principio de responsabilidad profesional es estrictamente personal y por tanto se es igualmente responsable aún cuando esos servicios profesionales hayan sido requeridos o contratados ante una institución o centro de salud debidamente constituido.
CAPÍTULO IV
De la contratación profesional
Artículo 6º—Contratos de Servicios Profesionales. El contrato escrito entre el profesional y su cliente constituye la forma idónea para probar y determinar los alcances de la labor profesional a cumplir y su retribución. El documento en que consten los términos de la contratación debe contener, cuando menos, el objeto detallado del servicio, el monto de los honorarios, su forma de pago, el tiempo aproximado o negociado con el contratante en el que se realizará el trabajo, así como cumplir con los demás requisitos que establece la ley para este tipo de actos.
Artículo 7º—Servicios profesionales por retribución salarial. El profesional nutricionista podrá desempeñarse mediante el pago de una retribución salarial, continua y sucesiva. Salvo pacto en contrario y por escrito, se presumirá que otras labores profesionales adicionales no comprendidas en forma específica en la contratación laboral, no estarán cubiertas por la retribución salarial pactada y el profesional no deviene obligado a asumir esas otras labores profesionales bajo las mismas condiciones salariales.
El profesional que labore por retribución salarial, continua y sucesiva tiene el derecho y la obligación, de conservar independencia de criterio.
Artículo 8º—Servicios profesionales por retribución de honorarios. Cuando el profesional brinde servicios profesionales mediante el pago de honorarios, para su determinación regirán las disposiciones de este Arancel, salvo contrato escrito en el cual convenga el profesional con su cliente otros términos de referencia.
CAPÍTULO V
Casos no Previstos y Controversias
Artículo 9º—Casos
no previstos y controversias. Corresponde a
Toda resolución de
CAPÍTULO VI
Cobro de Intereses y Sanciones
Artículo 10.—Intereses. El profesional podrá cobrar un interés del 2% mensual por los honorarios no cubiertos en su oportunidad. El Colegio podrá modificar ese interés de conformidad con las normas fijadas por el Sistema Bancario Nacional, para los préstamos de carácter personal.
Artículo 11.—Sanciones. La violación
a las disposiciones del presente Arancel por parte de los profesionales será
sancionada por
TÍTULO II
De los Honorarios del Nutricionista
CAPÍTULO I
Consulta individual de nutricionista en
consultorio privado
Artículo 12.—Monto Mínimo de veinte mil colones por consulta en el área urbana y de quince mil colones en la zona rural de nuestro país, teniendo como mínimo un tiempo de atención nutricional y dietoterapéutica de 30 minutos, dependiendo de la complejidad del caso. La frecuencia de las consultas deberá establecerse de acuerdo a los objetivos de la terapia y el código de ética profesional.
CAPÍTULO II
Consulta grupal de nutricionista
en consultorio privado por hora
Artículo 13.—Grupo
de
Artículo 14.—Grupo de
CAPÍTULO III
Consulta individual domiciliar que realiza
el nutricionista
dentro de un radio aproximado
nutricionista se encuentre
Artículo 15.—Monto
mínimo de cuarenta mil colones definido así por la consulta más el equivalente
al tiempo por el desplazamiento al lugar. En el caso de que el cliente esté
ubicado a más de
CAPÍTULO IV
Valor de la hora profesional del nutricionista
Artículo 16.—Monto mínimo veinticinco mil colones por hora.
CAPÍTULO V
Asesor(a) en Nutrición a empresas privadas
y públicas
Artículo 17.—Monto mínimo: treinta y cinco mil colones por hora. Todo menú para hoteles, restaurantes, comedores empresariales, cafeterías escolares, centros de atención a la salud, que se realicen por medio del Método de Escalerilla, podrán cobrarse a partir de $10 por mínimo común múltiplo, mientras que si se usa otro método, se podrá cobrar el arancel por hora de regencia en Servicios de Alimentos.
CAPÍTULO VI
Valor de la hora del Nutricionista en
actividades educativas
Artículo 18.—Monto mínimo cincuenta mil colones por hora.
CAPÍTULO VII
Salario base mensual del profesional en
nutrición
por jornada completa de cuarenta horas laborales al mes
Artículo 19.—El Salario mínimo o base del profesional en nutrición es de seiscientos cuarenta mil colones mensuales.
CAPÍTULO VIII
Nutricionista Consultor (a) Internacional
Artículo 20.—Monto mínimo doscientos cincuenta dólares o su equivalente en colones, por día.
CAPÍTULO VIX
Nutricionista Consultor (a) Nacional
Artículo 21.—Monto mínimo cinto cincuenta dólares o su equivalente en colones, por día.
CAPÍTULO X
Regencia en Servicios de Alimentación
Artículo 22.—Monto mínimo de salario: seiscientos cuarenta mil colones al mes.
CAPÍTULO XI
Supervisión en Servicios de Alimentación
Artículo 23.—Monto mínimo de veinticinco mil colones por hora profesional.
CAPÍTULO XII
Asesoramiento y consultorías en Servicios
de Alimentación
Artículo 24.—Monto mínimo de veinticinco mil colones por hora profesional. Los profesionales que trabajan con el método del mínimo común múltiplo podrán cobrar cinco mil colones por menú revisado.
CAPÍTULO XIII
Investigación
Artículo 25.—Un Profesional en Nutrición incorporado, ejerciendo en labores de investigación (centros de investigación no estatales) devengará un monto mínimo de seiscientos cuarenta mil colones mensuales o de ser contratado por horas profesionales como se indicó anteriormente.
CAPÍTULO XVI
Educación
Artículo 26.—Un Profesional en Nutrición incorporado, ejerciendo en labores de educación devengará un salario mínimo de seiscientos cuarenta mil colones mensualmente en jornada completa o de ser contratado por horas profesionales como se indicó anteriormente.
Nota: El periodo a contratar debe incluir el tiempo que el profesional invierte en la revisión de la información, la preparación del material educativo, y la evaluación de los contenidos del curso. De tal manera que una hora presencial representa una inversión de cuatro horas reales.
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 27.—Indexación.
Cada año a partir de la entrada en vigencia del presente decreto,
Las nuevas tarifas deberán ser enviadas por
Artículo 28.—Derecho a la información de los consumidores y usuarios. En los centros laborales de los Profesionales en Nutrición se colocará un ejemplar de éste Arancel, en un lugar visible, también disponible en la página Web del Colegio de Profesionales en Nutrición.
Artículo 29.—
Artículo 30.—Este Decreto rige a partir de
su publicación en el Diario Oficial
Dra. Hannia León León,
Nutricionista y Presidenta.—1 vez.—(IN2012044447).
Considerando que:
a.
b. Es
responsabilidad del Estado y de todas sus instituciones autónomas y
semiautónomas, determinar la rentabilidad económico-social de los proyectos de
inversión, de forma tal que aquellos con mejores indicadores se encuentren
contemplados dentro del Plan Nacional de Desarrollo.
c. No
existe competencia técnica por parte del Banco Central para emitir criterio
sobre la identificación de los requerimientos del país en materia de salud, ni
para establecer las acciones que deben tomarse para atenderlos.
d. No
es conveniente establecer exenciones tributarias en el cobro de impuestos por
medio de proyectos de ley, por cuanto introduce criterios no uniformes en el
diseño de una eficiente estructura tributaria y, además, contribuye con el
deterioro en los niveles de recaudación tributaria, con consecuencias directas
y negativas sobre el resultado financiero del Gobierno Central. En última
instancia un deterioro de las finanzas públicas incide negativamente en el
cumplimiento del objetivo asignado al Banco Central de Costa Rica en su Ley
Orgánica, de mantener la estabilidad interna y externa de la moneda nacional.
Dispuso:
1. Comunicar
a
2. No
obstante, hacer del conocimiento de los señores Diputados Miembros de
Lic.
Jorge Monge B., Secretario General.—1 vez.—O. C. Nº 12262.—Solicitud Nº
017.—C-42320.—(IN2012043941).
considerando que:
a. El
artículo 2 de
b. La
efectividad de la política monetaria requiere de una situación fiscal
sostenible, por cuanto, demandas crecientes de financiamiento por parte del sector
público se traducen en presiones sobre las tasas de interés locales y con ello
reduce el espacio para que la política monetaria actúe en procura de la
estabilidad de precios.
c. Esta
iniciativa legislativa busca postergar el periodo de gracia y el plazo de
vencimiento de la deuda que mantiene COOPEAGROPAL R.L., con el Gobierno de
d. La
situación financiera del Gobierno se ha complicado en los últimos años, lo que
le ha llevado a tomar medidas de contención del gasto y a impulsar un proyecto
de reforma tributaria. La iniciativa de marras va en detrimento de medidas que,
como las indicadas, pretenden mejorar la situación financiera del Gobierno.
e. En
2001, cuando se planteó por primera vez readecuar las condiciones de la deuda que mantiene COOPEAGROPAL R.L.,
con el Gobierno de
f. La
operación entre el Gobierno de
g. El
proyecto de ley adolece de documentación relacionada con el análisis de la
situación financiera de los deudores, de los logros alcanzados con el crédito
original otorgado por parte del Gobierno de
resolvió:
comunicar a
Lic.
Jorge Monge B., Secretario General.—1 vez.—O. C. Nº 12262.—Solicitud Nº 017.—C-42320.—(IN2012043942).
AVISO
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Por
este medio hago saber que se extravió el certificado a plazo número
400-01-084-010877-0, por un monto de ¢2.000.000,00 (dos millones de colones) y
su respectivo cupón por ¢120.264,45 (ciento veinte mil doscientos sesenta y
cuatro colones con cuarenta y cinco céntimos), emitido el 30 de agosto del
2007, con fecha de vencimiento del 1° de setiembre del
AVISOS
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
El Instituto Nacional
de Seguros de este domicilio hace del conocimiento público que el señor Daniel
Ordóñez Rueda, cédula de identidad número 8-0047-
Número de cheque |
Nombre del girador |
Fecha de emisión |
Monto del cheque |
150992-9 |
Instituto Nacional de Seguros |
24-10-2011 |
¢928.028,00 |
Lo
anterior a efectos de cumplir con lo establecido en los artículos N° 708 y N°
709 del Código de Comercio.
San
José, diecisiete de mayo del 2012.—Lic. Ligia María González Leiva,
Notaria.—(IN2012043934).
Acuerdo 9062-II. Declaratoria de interés público de terrenos para el Museo del Jade.
Para su conocimiento y acciones
correspondientes, le comunico que
El presidente Dr.
Guillermo Constenla, somete a conocimiento de los señores Directores el oficio
DJUR-01334-2011 del 27 de mayo del 2011, que contiene la solicitud de
Sobre el particular,
Considerando:
I.—Que el Museo del Jade del INS constituye un baluarte importante en la difusión de la cultura y el arte precolombino del país.
II.—Que para construir un inmueble adecuado para exhibir la totalidad de las piezas y arte precolombino del Museo del Jade, se requiere una mayor cantidad de terreno de la que dispone actualmente el INS.
ACUERDA:
1º—Derogar el Acuerdo 8973-IV del 02 de noviembre del 2009 que excluyó de la declaratoria de interés público las fincas No. 1-045958-000 y 1-86961-000 para la construcción del Museo del Jade. En consecuencia, se mantiene vigente el Acuerdo 8942-VIII en sus términos originales, en donde priva dicha declaratoria de interés público de las propiedades antes mencionadas.
2º—En este acto se reitera el mandamiento
de anotación provisional en el Registro Público de
3º—Instruir a
Acuerdo firme.
San José, 17 de
mayo del 2012.—Departamento de Comunicación.—Lic. Ileana Castro Fatjó, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 18486.—Solicitud Nº 0352.—C-38560.—(IN2012044503).
Nº 8220, PROTECCIÓN AL CIUDADANO DEL EXCESO
DE REQUISITOS Y TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
En cumplimiento con
lo que estipula
La presente
publicación, sustituye la efectuada en
Actualización de requisitos en
cumplimiento de |
|
|
|
Ley de protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos |
|
|
|
Seguro Riesgos del Trabajo (Aseguramiento) |
|
RIESGOS DEL TRABAJO |
|
Título del tipo o Nombre de trámite |
Plazo de atención |
Requisitos generales para la emisión del seguro |
20 minutos |
a. Copia de la cédula física o certificación de personería jurídica. |
|
b. Para la actividad de la construcción se deberá presentar la boleta
municipal original expedida por |
|
c. Para la emisión de pólizas permanentes de construcción y de existir proyectos al momento de emitir el seguro, deberá presentar el formulario “Declaración para actualizar el monto asegurado en proyectos de construcción”, el cual se encuentra disponible en la página Web del Instituto Nacional de Seguros o en cualquiera de sus Sedes en todo el país. |
|
d. Cumplimentar el formulario “Conozca su cliente” en apego a lo
establecido en |
|
e. Si el trámite se realiza con un Intermediario de Seguros, la solicitud de emisión debe adjuntar comprobante del depósito sobre primas donde se consigne el monto pagado, la fecha de recibo del dinero y el código del Intermediario de Seguros. |
|
Adicionalmente, para pólizas temporales, deberá aportar: |
|
f. Copia del escrito de acuerdo de partes o compromisos para el servicio de construcción otorgado. |
|
Investigación, Inspección y Promoción |
30 Días |
Determinación de derechohabientes, casos de fallecidos. |
|
Fotocopia del informe policial. |
|
Fotocopia del dictamen médico legal. |
|
Fotocopia del resultado de toxicología. |
|
Fotocopia del resultado de alcoholemia. |
|
Certificado de defunción que indique las causas de muerte. |
|
Fotocopia del documento de identificación del trabajador fallecido. |
|
Fotocopia del documento de identificación de la esposa o compañera. |
|
Certificado de estado civil del trabajador fallecido. |
|
Certificado de estado civil de la esposa o compañera. |
|
Certificado de nacimiento de los hijos menores de edad. |
|
Certificado de nacimiento de los menores dependientes. |
|
Fotocopia de documento de identificación de la madre del occiso. |
|
Fotocopia de documento de identificación del padre del occiso. |
|
Constancia de cuenta cliente de un Banco del Sistema Bancario Nacional. |
|
Declaración de beneficiarios (emitida ante Inspector del INS). |
|
Certificado de nacimiento de menores dependientes. |
|
Otros documentos que se ameriten en el proceso investigativo. |
|
Si el trabajador fallecido y/o los posibles beneficiarios fuesen extranjeros, los documentos requeridos deberán ser expedidos por el país de origen y presentados de conformidad a lo establecido en las leyes internacionales. |
|
Investigación de casos administrativos. |
15 días |
Expediente administrativo abierto por Unidad de Verificación de Derechos. El inicio de la investigación depende del aporte de requisitos por parte del trabajador. |
|
Comprobantes de pago por salario en labores ejecutadas. |
|
Informe accidente de |
|
Declaraciones de testigos. |
|
Otros documentos que se requieran en caso de procesos administrativos. |
|
Gestión de Planilla |
|
Recepción de inclusión provisional de trabajadores por medio de formulario físico de papel. |
|
Cumplimentar y presentar antes que el trabajador inicie labores, la fórmula diseñada para este efecto. |
|
Autorización para utilizar el servicio electrónico de envío de planillas. |
1 día hábil. |
Ingresar a la página www.ins-cr.com, registro de usuarios y solicitar cuenta del usuario. |
|
Cumplimentar la fórmula con los datos que se solicitan referente a la póliza y los usuarios autorizados para realizar el trámite. |
|
Recepción de inclusión provisional de trabajadores por medio de Internet. |
|
Cumplimentar los datos de la fórmula que se encuentra en la página Web en Internet. |
|
Presentación de planillas por medio electrónico. |
1 día. |
Descargar la aplicación -desde el sitio- al equipo del usuario, junto con los manuales explicativos. |
|
Enviar la planilla vía Internet en el formato tipo texto, tal y como se describe en el manual de usuarios facilitado en la página Web. |
|
Presentación de planillas físicas. |
|
Retirar el formulario que Instituto dispone para las planillas físicas. |
|
Presentar el formulario debidamente cumplimentado. |
|
Presentación de planillas magnéticas. |
|
Presentar el disquete con el archivo en formato texto que genera la correspondiente aplicación. |
|
AFECTADOS POR EL NEMAGÓN |
|
Título del tipo o Nombre de trámite |
Plazo de atención |
Atención a gestionantes de beneficios Ley 8130 y su Reforma en Ley 8554 Afectados por el Nemagón |
30 Días hábiles (*) Este plazo depende de la realización de los exámenes y pruebas médicas requeridas, según las posibilidades de los proveedores de servicios. |
Presentación de la cédula de identidad |
|
Formulario para reclamo administrativo debidamente cumplimentado |
|
Certificación de cuenta individual emitida por |
|
Certificación de cuenta individual emitida por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal. |
|
Declaración jurada protocolizada ante Notario Público en la que se
debe indicar: 1) el período laborado en la empresa bananera, 2) el nombre de la
bananera para la cual laboró y puesto desempeñado, 3) Nombre y N° de
identificación -al día- de 4 testigos que hayan laborado con el afectado en
la misma empresa, en la misma época que el trabajador gestionante, los cuales
darán fe que fueron sus compañeros de trabajo, 4) certificación de cuentas
Individuales emitidas por |
|
*Este requisito se solicita si el gestionante no aparece en registros de CCSS ni del BPDC. |
|
Exámenes médicos necesarios concluidos, de conformidad a órdenes emitidas por el INS para ese efecto. |
|
V° B° de Unidad Ejecutora Técnica para pago de reclamo. |
|
Trámite para pago de beneficios Ley 8130 y su Reforma en Ley 8554. |
10 días hábiles |
Oficio con detalle de pago a efectuar |
|
Finiquito de reclamo debidamente firmando ante dos testigos |
|
Original cédula de identidad |
|
Apertura de documento en SIFA |
|
Pago de beneficios |
|
Tramitación de reajustes por reclamos de trabajadores Afectados por el Nemagón. |
15 días hábiles |
Certificación de cuenta individual emitida por la CCSS |
|
Certificación de cuenta individual emitida por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal. |
|
Declaración jurada protocolizada ante Notario Público en la que se
debe indicar: 1) el período laborado en la empresa bananera, 2) el nombre de
la bananera para la cual laboró y puesto desempeñado, 3) Nombre y N° de
identificación -al día- de 4 testigos que hayan laborado con el afectado en
la misma empresa, en la misma época que el trabajador gestionante, los cuales
darán fe que fueron sus compañeros de trabajo, 4) certificación de cuentas
Individuales emitidas por |
|
*Este requisito se solicita si el gestionante no aparece en registros de CCSS ni del BPDC. |
|
Exámenes médicos necesarios concluidos, de conformidad a órdenes emitidas por el INS para ese efecto y resultados de acuerdo a parámetro establecido. |
|
V° B° de Coordinador de Oficina Operativa de Afectados por el Nemagón
para los casos tramitados por el Acta de Entendimiento ó V°B° de |
|
Trámite para pago de beneficios Ley 8130 y su Reforma en Ley 8554 y Acta de Entendimiento |
10 días hábiles |
Oficio con detalle de pago a efectuar |
|
Finiquito de reclamo debidamente firmando ante dos testigos |
|
Original cédula de identidad |
|
Apertura de documento en SIFA |
|
Pago de beneficios |
|
Solicitud de tramitación de pensión ante |
15 días hábiles |
Original de la cédula de identidad del(a) interesado(a) |
|
Oficio Formal de |
|
SUBDIRECCIÓN INS SALUD |
|
INS-SALUD |
Plazo de Atención |
Archivo Clínico. |
|
Certificación de Expediente Clínico. |
8 días naturales. |
Cédula de identidad o documento autenticado u Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. |
|
Secuestro de Expediente Clínico |
8 días naturales. |
Secuestro de Estudios Radiológicos. |
8 días naturales. |
Solicitud de secuestro del expediente clínico ó estudio radiológico debidamente firmada por un juez o fiscal. |
|
Cédula de identidad de la persona facultada para efectuar el secuestro. |
|
Préstamo de Estudios Radiológicos. |
1 día hábil. |
Cédula de identidad del paciente, documento autenticado u Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite y la cédula de identidad del que hace el trámite. |
|
Solicitud por escrito del Centro Médico que requiere las placas, con el aval del Jefe Médico y Jefe Administrativo. |
|
Presentación de solicitud escrita o cumplimentar formulario correspondiente, cualquiera de los documentos presentados debe contar con la autorización de las Jefaturas Médica y Administrativa. |
|
Unidad de Admisión y Especialidades Médicas. |
|
Admisión de pacientes por seguro. |
Inmediato (10 minutos) |
Formulario “Orden de Atención Médica” cumplimentada por el patrono en los casos de Riesgos del Trabajo y Sedes para los otros seguros. |
|
Referencia de CCSS (Si fue atendido por primera vez en alguno de los
centros médicos de |
|
Cédula de identidad o documento autenticado u Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. |
|
Solicitud de cita de reapertura. |
Inmediato (10 minutos) |
Orden de atención médica para todos los seguros |
|
Reapertura Administrativa: en el caso en que el trabajador haya sido despedido o renunciado, se requerirá la carta de despido, carta de renuncia o copia de liquidación y cumplimentar la solicitud de reapertura. Además dicha solicitud puede confeccionarse en caso de que el patrono se niegue a dar la orden de atención. |
|
Cédula de identidad |
|
Certificación de períodos de incapacidad. |
15 minutos. |
Si es una solicitud judicial, Mandamiento emitido por el juzgado solicitante con los datos relativos al caso. |
|
Si es una solicitud personal, cumplimentación de formulario establecido con todos los datos. |
|
Si es una solicitud presentada por el patrono con la autorización del paciente |
|
Cédula de identidad. |
|
Reconocimiento de incapacidades emitidas por la CCSS |
8 días naturales. |
Incapacidad de |
|
Duplicado de Incapacidades |
30 minutos. |
Cédula de identidad |
|
Reconocimiento de pasajes y viáticos. |
30 minutos. |
Cédula de identidad. |
|
El reconocimiento en caso de cita se realiza automáticamente a través de la confección de las boletas de asistencia a cita. |
|
En caso de reconocimiento por asistencia a realización de exámenes |
|
Cambio de Régimen. |
30 minutos. |
Solicitud realizada por las Sedes |
|
Cambio de domicilio del Asegurado. |
10 minutos. |
Presentación de recibo de algún servicio público con dirección exacta, contrato de alquiler o carné del EBAIS. |
|
Casos P.O.A.M. (Pendiente de Atención médica). |
Inmediato (15 minutos) |
Orden de Atención Médica (Se realiza modificación de estado en SIMA). |
|
Cédula de identidad. |
|
Cuentas Médicas. |
|
Pago de Facturas a Proveedores. |
De acuerdo a lo establecido en el Contrato. |
Relación contractual con el INS, de acuerdo al reglamento de Contratación Administrativa. |
|
Cédula de identidad, documento autenticado u Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. |
|
Formulario solicitud de examen o el definido administrativamente, debidamente autorizado por el solicitante. |
|
Factura Original del proveedor debidamente autorizada |
|
Reconocimiento de Facturas por atención médica en hospitales, clínicas o médicos privados. |
22 días naturales. |
Documento o carta explicando porque se acudió a centro hospitalario privado, incluyendo, solicitud expresa del reintegro del dinero utilizado. |
|
Epicrisis o historia de la atención médica completa (pre y post-ingreso) recibida en el hospital o clínica privada, que se incluya si a criterio médico se trató de una emergencia que puso en peligro la vida del paciente. |
|
Facturas originales timbradas o dispensadas con el detalle de los servicios recibidos. |
|
Dos copias de todos los documentos citados anteriormente. |
|
Personería jurídica al día o cédula de identidad o residencia. |
|
Reconocimiento de facturas por realización de exámenes de la vista y otros |
30 minutos. |
Caso aceptado por el departamento correspondiente. |
|
Factura original cancelada, timbrada o dispensada. |
|
Referencia original del oftalmólogo del INS (no hay formato establecido). |
|
Se requiere visto bueno de la Jefatura Médica |
|
Cédula de identidad o residencia. |
|
Referencia a odontólogo externo. |
30 minutos. |
Visto bueno por parte de la especialidad Odontológico INS |
|
Referencia original de odontólogo del INS. |
|
Caso aceptado por departamento correspondiente. |
|
Pago por compra de bienes y servicios. |
7 días naturales. |
Estar inscrito en el registro de proveedores. |
|
Presentar factura original timbrada o dispensada. |
|
Visto Bueno de unidad usuaria, por el contrato directo que fue generado |
|
Transportes. |
|
Traslado Colectivo de pacientes a nivel Nacional. Transporte con Acompañante. Reconocimiento de transporte especial. |
|
Orden de transporte emitida ese mismo día por el médico. |
|
Cédula u otro documento de identificación. |
|
Para el caso de acompañantes se tomará en cuenta lo establecido en el Protocolo de Transportes. |
|
Para el caso de transporte especial o permiso de viajar adelante en las ambulancias, se debe contar con el visto bueno de la Jefatura Médica. |
|
Requisitos adicionales. Pacientes de área metropolitana: Deben estar listos 3 horas antes de la cita programada. |
|
Pacientes de área rural: Comunicarse un día hábil
con |
|
Cambio de cita con asignación de transporte. |
2 días antes de cita. |
Comunicar con al menos 24 horas de anticipación el cambio de cualquier
cita médica a |
|
Farmacia. |
|
Solicitud de copia de recetas despachadas. |
8 días hábiles. |
Cédula de identidad. |
|
Cumplimentar formulario de solicitud. |
|
Cancelar servicio de fotocopiado |
|
Cédula de identidad o documento autenticado u Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. |
|
En caso de que la solicitud la haga un ente judicial: documento autenticado u Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite y la cédula de identidad del que hace el trámite. |
|
En aquellos casos en que se autorice a un tercero a retirar la copia del documento este deberá presentar una autorización autenticada por un abogado. |
|
Rehabilitación. |
|
Referencia de pacientes a Rehabilitación desde los Centros Médicos Regionales |
1 ó 2 días hábiles. |
Memorando de referencia del Centro Médico Regional. |
|
Cédula de identidad o documento autenticado u Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. |
|
Tarjeta de control de asistencia. |
|
Reprogramación en cita de Rehabilitación. |
1 ó 2 días hábiles. |
Cédula de identidad o autorización escrita en caso de que el trámite lo haga un tercero. |
|
Cambio de terapeuta. |
|
Tarjeta de control de asistencia. |
|
Solicitud escrita. |
|
Justificación de ausencias a terapia. |
|
Presentar justificación por escrito y comprobante que respalde la justificación, sobre los motivos por los cuales faltó a la cita. |
|
Cédula de identidad o autorización escrita en caso de que el trámite lo haga un tercero. |
|
Confección de incapacidad para completar terapia o incapacidad retroactiva durante la terapia en Dispensarios. |
1 ó 2 días hábiles. |
Resultado de consulta de última cita de Fisiatría. |
|
Memorando de referencia del Dispensario |
|
Cédula de identidad o autorización escrita en caso de que el trámite lo haga un tercero. |
|
Cambio de médico fisiatra. |
10 días hábiles. |
Presentar justificación por escrito de por qué el cambio. |
|
Solicitud de permiso para salida del Albergue. |
2 días hábiles |
Presentar comprobante, tarjeta de citas o boleta de citación, según sea el caso. |
|
Solicitud de Informe de Terapia o resultados de la Rehabilitación. |
|
Solicitud escrita que incluya destino de la información (personal, a otra institución para consulta profesional privada) Fechas y tipo de terapia de la que solicita el informe. |
|
Si es solicitud de otra Institución se debe presentar nota de la otra institución. |
|
Solicitud de Criterio Experto para Reconocimiento de Facturas Externas por servicios de rehabilitación. |
10 días hábiles. |
Solicitud formal de Jefatura Médica. |
|
Copia de Facturas de los servicios prestados. |
|
Solicitud, sustitución o reparación de equipo ortopédico |
15 días a 22 días hábiles. |
Presentar solicitud escrita para tal fin. |
|
Cumplimentar la formula “Solicitud de Equipo Ortopédico” |
|
Solicitud de Nota para Aplicación de adecuación
curricular para estudiantes con secuelas de TCE de |
22 días hábiles. |
Si la solicitud es del centro educativo debe presentar solicitud escrita firmada por el Director del respectivo centro de enseñanza. |
|
CENTROS MÉDICOS REGIONALES |
|
Casos nuevos o reapertura de casos cuando el patrono se niega a dar la orden de atención médica o el paciente ya no labora para él. |
|
En los casos de Riesgos del Trabajo en que el patrono se niega a otorgar la orden de atención médica, el trabajador ha sido despedido de la empresa o ha renunciado a ella, debe presentar cualquiera de los siguientes documentos: ( Se debe de eliminar orden de atención médica y incluir “aviso de accidente o enfermedad de trabajo y orden de atención médica” formulario INS.F-1000648.): Carta de despido, carta de renuncia o copia de liquidación. Cédula de identidad o documento autenticado u Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. Se debe indicar que todos los trámites, sean casos de Orden Judicial u otro, se debe dirigir primero a la sede para que se le confeccione un a ,”aviso de accidente o enfermedad de trabajo y orden de atención médica” formulario INS.F-1000648, administrativo. |
|
Orden de atención médica (para los demás seguros). |
|
Atención Médica de pacientes (Casos nuevos y Reaperturas). |
Inmediato. |
Formulario “Orden de Atención Médica” cumplimentada por el patrono en los casos de Riesgos del Trabajo, sucursal o por el departamento para las otras líneas de seguro. Se debe de eliminar orden de atención médica y sustituirlo por “aviso de accidente o enfermedad de trabajo y orden de atención médica” formulario INS.F-1000648 |
|
Referencia de CCSS (Si fue atendido por primera vez en alguno de los
centros médicos de |
|
Certificación de expediente clínico, epicrisis y dictámenes médicas. |
De |
Cancelación del servicio de fotocopiado (INS-SALUD) |
|
Solicitud escrita del paciente de la epicrisis y el dictamen médico y presentar cédula de identidad. |
|
Programa de consultorios médicos laborales. |
10 días hábiles para que los funcionarios de Dispensarios efectúen la visita. |
Solicitud escrita de la empresa interesada. |
|
Cumplimentación del cuestionario “Inscripción en el programa de consultorios médicos laborales” |
|
Cumplimiento de los requisitos establecidos en cuanto a infraestructura, mobiliario, equipo y recurso humano. |
|
Fotocopias de las acreditaciones del Médico, |
|
Recibir la inducción correspondiente al puesto por parte del personal de Servicios médicos profesionales. |
|
Pago a Proveedor por Gasto |
3 días hábiles. |
Cotización de Proveedor (compras mayores de 50.000 mil) |
|
Factura original timbrada o dispensada (detalle de compra o servicio y lugar donde se efectúa). |
|
Trabajo Social |
|
Valoración Social para aumento de cobertura del SOA |
|
Documento de |
|
Entrevista social para valorar la situación socioeconómica. |
|
Visita domiciliaria o a la comunidad, si en entrevista se detecta irregularidades. |
|
Consulta al Registro de |
|
Constancia de salario, consultas a AS/400 (planillas) o comprobantes de su situación económica. |
|
Estudio Socio económico de conmutación de rentas. |
1 mes. |
Solicitud escrita. |
|
Proyecto de Inversión. |
|
Comprobantes de ingresos y egresos. |
|
Extensión de renta para Beneficiarios esposa, compañera, madre padre o mayor dependiente. |
1 mes. |
Solicitud escrita. |
|
Certificado de Estado Civil. |
|
Dictamen médico. |
|
Certificación de |
|
Certificación de |
|
Estudio socioeconómico para extensión de renta por incapacidad parcial permanente. |
1 mes. |
Constancia de |
|
Dictamen médico extendido por |
|
Constancia de salario o certificado de ingresos. |
|
Desglose de egresos. |
|
|
|
Pago de Aguinaldo para rentistas con incapacidad parcial permanente. |
1 mes. |
Solicitud escrita. |
|
Comprobantes de ingresos y egresos. |
|
Constancia de |
|
Dictamen médico del EBAIS si presenta condición invalidante que le impida laborar. |
|
Subsidio económicos para estudio de trabajadores rentistas. |
1 mes. |
Formulario de solicitud. |
|
Comprobante del centro educativo donde recibirá la capacitación. |
|
Comprobante de ingresos y egresos. |
|
Presupuesto de viáticos. |
|
Proforma de costos. |
|
Comprobante de conclusión de otros cursos (con este subsidio). |
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Asignación para Grandes Inválidos. |
1 mes. |
Solicitud escrita. |
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Certificado de estado civil. |
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Comprobantes de ingresos y egresos. |
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Opción de compra venta o proforma materiales y mano de obra. |
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Jefatura Médica |
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Reconocimiento de facturas por servicios privados (fuera de horas laborales INS-SALUD o Urgencias) |
15 días hábiles. |
Solicitud expresa del usuario de |
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Cédula de identidad o documento autenticado u Orden Judicial que faculte al portador para efectuar el trámite. |
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Epicrisis completa pre y post ingreso, si a criterio del médico se trató de una emergencia médica que puso en peligro la vida del usuario (a). |
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Facturas (copias) con desglose de cada uno de los renglones de éstas . |
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Solicitud de adelanto de cita de valoración. |
Inmediato |
Solicitud expresa y específica del usuario (a) pidiendo adelanto de cita de valoración. Se debe justificar las causas del eventual adelanto o no de la cita de valoración. |
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Presentar (de existir) documentación que justifique la solicitud, por ejemplo: viaje al exterior, casos de tipo social y otros. |
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Solicitud de Cambio de Médico. |
Inmediato |
Presentación de la cédula de identidad y cumplimentación de la solicitud denominada “Solicitud de dictamen u otros”. |
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Solicitud de Epicrisis por Monto Agotado
de |
Inmediato |
Reporte de monto agotado. |
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Presentar la cédula de identidad. |
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Solicitud de Epicrisis. |
Inmediato |
Presentación de solicitud formal directa del solicitante: |
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a) Médicos de empresa. |
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b) Médicos de centros hospitalarios de la CCSS |
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c) Poder judicial. |
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d) Representante legal autorizado por el usuario. |
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e) Paciente |
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Solicitud de Dictamen Médico. |
Inmediato |
Presentación de la cédula de identidad y cumplimentación de la solicitud denominada “SOLICITUD DE DICTAMEN U OTROS”. Únicamente el interesado puede solicitar este documento, caso contrario debe autorizar a otra persona adjuntando a la autorización el original de la cédula de identidad. En caso de menores de edad, será el padre que ejerza la patria potestad o los encargados del mismo quienes realicen el trámite de dictamen médico. Aportar los timbres médicos y de la Cruz Roja. |
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Reconocimiento de Incapacidades Retroactivas. |
8 días hábiles. |
Dictamen Médico. |
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Boleta de incapacidad. |
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Hospital. |
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Solicitud de Dictámenes y Certificados Médicos a pacientes internados en Casa de Salud. |
2 días hábiles. |
Timbre médico ¢100. |
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Timbre de |
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De ser solicitante un tercero, debe contar con la autorización escrita del paciente. En el caso en que el paciente no esté en las facultades mentales se deberá solicitar por medio de una certificación realizada por un abogado. |
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Si es solicitado por el Poder Judicial, presentar Mandamiento correspondiente. |
|
Cédula de identidad al solicitar y retirar el documento. |
|
Solicitud escrita de documentos a certificar a través de una nota o fórmula de “Solicitud de Dictamen u otros”. |
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Solicitud de Epicrisis para pacientes internados. |
Día posterior al egreso del paciente. |
De ser solicitante un tercero, debe contar con la autorización escrita del paciente. En el caso en que el paciente no esté en las facultades mentales se deberá solicitar por medio de una certificación realizada por un abogado. |
|
Si es solicitado por el Poder Judicial, presentar Mandamiento Judicial correspondiente. |
|
Cédula de identidad al solicitar y retirar el documento. |
|
Solicitud escrita de documentos a certificar a través de una nota o fórmula de “Solicitud de Dictamen u otros”. |
|
RIESGOS DEL TRABAJO |
Plazo de Atención |
ADMINISTRATIVA |
|
Honrar pagos efectuados con cheques sin fondos. |
5 minutos. |
Presentar cheque certificado o bien el monto en efectivo más mil colones por gastos administrativos. |
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GESTIÓN DE PLANILLAS. |
|
Autorización para utilizar el servicio electrónico de envío de planillas. |
1 día hábil. |
Ingresar a la página web del INS, planillas Riesgos del Trabajo, registro de usuarios y cumplimentar la información solicitada. |
|
Recepción de inclusión provisional de trabajadores por medio de formulario físico. |
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Retirar el formulario que el Instituto dispone para las inclusiones provisionales físicas, cumplimentar y presentar en cualquier Sede del INS, antes que el trabajador inicie labores. |
|
Recepción de inclusión provisional de trabajadores por medio de Internet. |
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Ingresar a la página web del INS, planillas Riesgos del Trabajo, identificarse con el usuario y clave solicitado con anterioridad, seleccionar Envío de inclusión provisional. |
|
Cumplimentar los datos de la fórmula que se encuentra en la página Web en Internet. |
|
Presentación de planillas por medio de Internet. |
1 día. |
Ingresar a la página web del INS, planillas Riesgos del Trabajo y descargar la aplicación, junto con los manuales del usuario. |
|
Una vez confeccionada la planilla del mes en la aplicación descargada, ingresar a la página web del INS, planillas Riesgos del Trabajo, identificarse para usar el sistema con el usuario y clave solicitado con anterioridad y seleccionar la opción Enviar una planilla nueva, en donde deberá adjuntar el archivo de texto generado con los datos de la planilla, en el tiempo establecido. |
|
Presentación de planillas físicas. |
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Retirar el formulario que el Instituto dispone para las planillas físicas, en cualquier Sede del INS. |
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Presentar el formulario debidamente cumplimentado en cualquier Sede del INS, en el tiempo establecido. |
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Presentación de planillas magnéticas. |
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Retirar en cualquier Sede del INS la aplicación junto con los manuales del usuario. |
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Presentar en disquete, CD ó dispositivo USB, el archivo de texto con la información de la planilla, en cualquier Sede del INS, en el tiempo establecido. |
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SERVICIOS AL PATRONO |
|
Emisión de pólizas. |
20 minutos. |
Fotocopia cédula jurídica o física. |
Este trámite se realiza en la Sede Central |
Cumplimentar el formulario emisión póliza. |
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Boleta Municipal. |
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Contrato. |
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Fotocopia de la cédula del apoderado generalísimo. |
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Listado con los nombres de los trabajadores y sus números de identificación, ocupación y salario. |
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Solicitud de emisión firmada por el patrono. |
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Trámite para reexpedición de pólizas. |
20 minutos. |
Fotocopia cédula jurídica o física. |
Este trámite se realiza en la Sede Central |
Planilla actualizada. |
|
Constancia de cuenta cliente de un Banco del Sistema Bancario Nacional. |
|
Atención de Reclamos de Seguro al Costo por liquidación. |
5 días. |
Fotocopia de las planilla presentadas para el período de estudio. |
|
Liquidación de la póliza por no realizar trabajo. |
5 días. |
Carta del patrono. |
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Bitácora de la obra sellada por el Colegio de Ingenieros, donde se justifique que no se llevará a cabo la construcción. |
|
Nota de |
|
Cierre de Centros Laborales y conclusión de trabajos en pólizas permanentes y temporales. |
5 días. |
Notificación escrita al Instituto. |
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Fotocopia de la nota presentada ante |
|
Liquidación de pólizas permanentes. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito. |
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Copia carta sellada y presentada ante |
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Exoneración de Pólizas. |
20 minutos. |
Solicitud por escrito. |
Este trámite se realiza en la Sede Central |
Cédula de identidad. |
|
Fotocopia permiso sanitario de funcionamiento. |
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Fotocopia de solicitud de patente. |
|
Último recibo pago de patentes. |
|
Devolución de aumentos aplicados por concepto de liquidación de póliza. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Devolución del recibo aplicado como aumento contable. |
|
Revisión de tarifa. |
5 días. |
Solicitud por escrito. |
|
Homologación de la Gestión Preventiva. |
5 días en RT. |
Declaración jurada (debe presentarse 120 días posterior a la renovación de la póliza). |
Posteriormente pasa a GESO para inspección. Ese Departamento define plazo de atención de su trámite. |
Reclamo cobro de abono o renovación. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito del patrono que indique la proyección de planillas para el período a cobrar. |
|
Reclamo pago de comisiones agentes. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito del agente. |
El pago se realiza en la quincena más próxima |
Fotocopia del comprobante de pago. |
|
Revisión de liquidación por diferencias en planillas. |
8 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Fotocopia de las planillas. |
|
Suspensión de la cobertura del Seguro. |
5 días. |
Carta solicitud de suspensión. |
|
Nota de la contraparte del contrato que indique la suspensión. |
|
Solicitud de cambio de forma de pago para póliza de Riesgos del Trabajo. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Modificación de las condiciones de la póliza. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Refundiciones de póliza. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Reporte de Costos por trabajadores accidentados en un período determinado. |
5 días. |
Solicitud formal por escrito. |
|
Suspensión de trabajos (labores a corto plazo). |
5 días. |
Libreta de Control de Tiempo y Salarios. |
|
Bitácora de la obra sellada por el Colegio de Ingenieros. |
|
Administración de proyectos en Pólizas de Construcción. |
10 días. |
Confección del formulario “Solicitud para actualizar el monto asegurado en proyectos de construcción” para cada proyecto a realizar. Si el formulario indica etapas del proyecto asumidas por subcontratistas deberá informar al INS por escrito con ocho días. |
|
Solicitud de constancia para el trámite de los permisos de construcción ante las Municipalidades. |
1 día. |
Notificación al INS, de parte de |
Este trámite, en principio, debe
realizarse en |
Aportar certificación que indique que la constructora se encuentra inscrita en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos. |
|
Original y fotocopia del contrato cuando medie subcontratación. |
|
Aportar formularios de |
|
Pagar el aumento de seguros si este se requiere. |
|
Traspaso de pólizas. |
Se realiza con la renovación de la póliza. |
Nota del patrono solicitando cambio de agente. |
|
Fotocopia de la cédula física o jurídica. |
|
Fotocopia de la personería jurídica y fotocopia del apoderado generalísimo. |
|
Beneficio de colectividad. |
5 días. |
Fecha de emisión igual o superior a 2 años, al momento del estudio. |
|
No haber incumplido el pago de la prima, durante el período vigente y los dos períodos inmediatos anteriores. |
|
Que los casos no asegurados no superen el 2% de la planilla media. |
|
Cumplimiento en el reporte de la planilla en el periodo actual y los dos períodos inmediatos anteriores. |
|
No registrar deudas por liquidaciones y casos no asegurados. |
|
Poseer buena experiencia en el periodo actual. |
|
Que el promedio de trabajadores asegurados por la empresa durante el periodo vigente sea igual o mayor a 30 trabajadores. |
|
|
|
Reexpedición de la póliza (Patrono Asegurado). |
20 minutos. |
Cumplimentar el formulario de reexpedición. |
Este trámite se realiza en la Sede Central |
Addendum Patrono - Trabajador. |
|
Reexpedición de la póliza (Patrono - Trabajador). |
20 minutos. |
Cumplimentar el formulario de reexpedición. |
Este trámite se realiza en la Sede Central |
Addendum Patrono - Trabajador. |
|
Talonario de facturas autorizadas por la Tributación Directa. |
|
Certificación emitida por |
|
Atención de reclamos casos no asegurados. |
5 días. |
Copia de la inclusión provisional recibida antes del accidente. |
|
Copia de la bitácora del Ingeniero en caso de variación de vigencia en póliza de concesión. |
|
Copia de comprobantes de pago (dependiendo del tipo de reclamo de los casos no asegurados). |
|
Copia de planilla (s) presentada (s) antes del accidente. |
|
LITIGIOS |
|
Solicitud de cálculo de pago para arreglo extrajudicial |
1 hora en RT. |
Solicitud de cálculos por parte del trabajador |
|
Proceso judicial activo |
|
Dictamen médico legal en firme con mejora respecto del emitido por el INS |
|
Reclamo de accidente tramitado como asegurado |
|
Escrito de ofrecimiento de arreglo realizado por el Abogado Director del INS |
|
Visto bueno para arreglo extrajudicial |
1 hora en RT. 4 días en Sedes. |
Proceso judicial activo debidamente notificado al INS |
|
Reclamo de accidente tramitado como asegurado |
|
Dictamen médico legal en firme con mejora respecto del emitido por el INS |
|
Desistimiento del proceso judicial |
|
Certificación judicial de los documentos requeridos |
|
Visto Bueno para Sentencias |
1 hora en RT. 4 días en Sedes. |
Proceso judicial activo debidamente notificado al INS |
|
Sentencia en firme. |
|
Constancia del Juzgado indicando nombre del abogado que asesoró al trabajador en el Proceso judicial |
|
Certificación judicial de firmeza de la sentencia emitida por el Juzgado respectivo |
|
Requisitos debidamente certificados por el Juzgado |
|
INVESTIGACIÓN, INSPECCIÓN Y PROMOCIÓN. |
|
Determinación de derechohabientes, casos de fallecidos. |
|
Fotocopia del informe policial. |
|
Fotocopia del dictamen médico legal. |
|
Fotocopia del resultado de toxicología. |
|
Fotocopia del resultado de alcoholemia. |
|
Certificado de defunción que indique las causas de muerte. |
|
Fotocopia del documento de identificación del trabajador fallecido. |
|
Fotocopia del documento de identificación de la esposa o compañera. |
|
Certificado de estado civil del trabajador fallecido. |
|
Certificado de estado civil de la esposa o compañera. |
|
Certificado de nacimiento de los hijos menores de edad. |
|
Certificado de nacimiento de los menores dependientes. |
|
Fotocopia de documento de identificación de la madre del occiso. |
|
Fotocopia de documento de identificación del padre del occiso. |
|
Constancia de cuenta cliente de un Banco del Sistema Bancario Nacional. |
|
Declaración de beneficiarios (emitida ante Inspector del INS). |
|
Certificado de nacimiento de menores dependientes. |
|
Otros documentos que se ameriten en el proceso investigativo. |
|
Si el trabajador fallecido y/o los posibles beneficiarios fuesen extranjeros, los documentos requeridos deberán ser expedidos por el país de origen y presentados de conformidad a lo establecido en las leyes internacionales. |
|
Investigación de casos administrativos. |
15 días. |
Expediente administrativo abierto por Unidad de Verificación de Derechos. |
El inicio de la investigación depende del aporte de requisitos por parte del trabajador |
Comprobantes de pago por salario en labores ejecutadas. |
|
Comprobantes de pago por salario en labores ejecutadas. |
|
Informe accidente de |
|
Declaraciones de testigos. |
|
Otros documentos que se requieran en caso de procesos administrativos. |
|
PLATAFORMA DE BENEFICIOS ECONÓMICOS |
|
Pago de Incapacidades Temporales |
|
Recepción de documentos para aceptar accidentes de tránsito en horas laborales/casos con subrogación. (Riesgos del Trabajo) |
5 minutos. |
Copia de la declaración ante |
|
Número de expediente judicial. (carátula impresa, no escrito a mano) |
|
Copia de sentencia, si existe. |
|
Complemento de información relativa indicado en el aviso de accidente. |
|
En caso de fuga, presentar denuncia correspondiente ante el OIJ |
|
En caso de conciliación, presentar carta del patrono donde acepte los hechos e indique que la póliza responde ante los gastos |
|
Recepción e inclusión de documentos para pago por accidentes de tránsito (Seguro Obligatorio Automotor) |
10 minutos |
Cédula de identidad o documento de identificación válido |
|
Solicitud de estudio de las últimas seis planillas presentadas antes
del accidente emitido por |
|
Boleta de Información del Patrono debidamente cumplimentada, firmada y sellada por el mismo |
|
En caso de ser patrono trabajador o patrono asegurado, trabajador
independiente se solicitarán documentos de acuerdo a |
|
Confección de pago de incapacidades por Riesgos del Trabajo (casos aceptados) |
2 horas |
Pago automatizado vía de pago Tarjeta Pre-pago |
|
Cédula de identidad o documento de identificación válido |
|
Boleta emitida por INS Salud o CMR que indique incapacidad, pasajes o viáticos a cancelar |
|
Complemento de información relativa indicado en el aviso de accidente. |
|
En caso de ser patrono trabajador o patrono asegurado, RT
independiente se solicitarán documentos de acuerdo a |
|
Confección de pago de incapacidades por Seguro Obligatorio Automotor (casos aceptados) |
2 horas |
Cédula de identidad o documento de identificación válido. En caso de ser menores de edad, deben presentar cédula de menor, certificado de nacimiento y presentarse con padre o madre. |
|
Boleta emitida por INS Salud o CMR que indique incapacidad, pasajes o viáticos a cancelar |
|
Confección de pago de incapacidades por el modelo Pre-pago (primera incapacidad) |
1 día hábil o 24 hrs después (recomendación del Banco para la utilización de la tarjeta bancaria) |
Cliente se presenta en ventanilla para retiro de tarjeta prepago |
|
Cumplimenta formulario respectivo |
|
En sistema SIMA se verifica día o días de incapacidad extendida (s) por el médico tratante de INS-Salud o del Dispensario |
|
Cédula de identidad o documento de identificación válido. En caso de ser menores de edad, deben presentar cédula de menor, certificado de nacimiento y presentarse con padre o madre. |
|
Apertura de expedientes - caso. |
1 día. |
Aviso de accidente o enfermedad de trabajo y orden de atención médica debidamente cumplimentada y firmada por el patrono. |
Se realiza en oficina de choque (primera vez) |
Cambio de domicilio del trabajador lesionado. |
3 minutos |
1. Recibo de agua, luz o teléfono que detalle dirección (a nombre del trabajador) |
|
2- En caso de alquiler, aportar copia del contrato de arrendamiento. El mismo debe contener la dirección de dicha vivienda ( a nombre del trabajador) |
|
3- O aportar carné del EBAIS, Clínica u Hospital de |
|
Si el trabajador no cumple con ninguno de los requisitos enumerados del 1 al 3, debe entonces aportar algún recibo de impuestos municipales o territoriales bajo su nombre en los cuales se establezcan satisfactoriamente la dirección. |
|
Como última opción, deberá aportar carta del patrono en la cual éste justifique satisfactoriamente la condición de ubicación del lugar de los trabajos y de su ubicación lógica con respecto al lugar de residencia del trabajador. Para estos casos el trabajador deberá presentar el tiquete del bus que compruebe viajar desde la zona señalada por el patrono. |
|
Pago de reintegro a patronos. |
3 días. |
Carta con solicitud de reintegro correspondiente a las incapacidades de sus trabajadores. |
|
Boletas o comprobantes de incapacidad extendida por el médico tratante del INS. (originales) |
|
Conmutaciones de Renta de Oficio |
1 día hábil vía prepago o 4 días hábiles vía SINPE |
Cédula de identidad o documento de identificación válido |
|
Llenar y firmar hoja de conmutación para los casos en que cumplen con lo establecido por Acuerdo de Junta Directiva porcentajes del 0.5% al 20% y el monto hasta ¢2.000.000.oo (se conmutan las rentas sin estudio socioeconómico de Trabajo Social) |
|
Extensión de renta por estudios (primera vez) |
5 días hábiles |
Cédula de identidad o documento de identificación válido |
|
Certificación de cuenta bancaria a nombre del estudiante, que indique cuenta cliente y cuenta de ahorros |
|
Constancia de Estado Civil emitida por el Registro Civil |
|
Constancia de |
|
Constancia de |
|
Constancia del centro de estudios en caso de encontrarse en cuarto ciclo de Educación Diversificada, indicando el nivel que cursa. |
|
En caso de llevar estudios superiores o técnicos, por única vez, deben presentar el programa de estudios completos de la carrera (ver disposiciones) |
|
Comprobante de matrícula (indicar nombre de las materias) |
|
Recibo pagado de matrícula del periodo actual. |
|
Constancia de materias cursadas y aprobadas. |
|
Firmar las disposiciones que regulan esta materia, según oficio G-00355-2009 del 10 de febrero del 2009. |
|
En caso de realizar estudios en el extranjero las certificaciones de estudio deben venir autenticadas y legalizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores. |
|
Nota: Las extensiones se rigen por lo estipulado en el Artículo 243 del Código de Trabajo y las disposiciones indicadas. |
|
Extensión de renta por estudios (para mayores de 18 años) |
5 días hábiles |
Cédula de identidad o documento de identificación válido |
|
Constancia de Estado Civil emitida por el Registro Civil |
|
Constancia de |
|
Constancia de |
|
Comprobante de matrícula (indicar nombre de las materias) |
|
Recibo pagado de matrícula del periodo actual. |
|
Constancia de materias cursadas y aprobadas. |
|
En caso de realizar estudios en el extranjero las certificaciones de estudio deben venir autenticadas y legalizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores. |
|
Nota: Las extensiones se rigen por lo estipulado en el Artículo 243 del Código de Trabajo y las disposiciones indicadas. |
|
Depósito de rentas en cuentas Bancarias |
1 día vía prepago, 4 días hábiles vía SINPE |
Fotocopia de la cédula de identidad. |
|
Constancia del Banco en donde se indique el nombre de la persona y su número de cuenta cliente (en caso de no contar con tarjeta prepago) |
|
Pago de rubros sentencias al trabajador. |
22 días |
Contar con tarjeta prepago o con cuenta cliente incluida en el sistema |
|
Sentencia impresa certificada en firme (sellada y firmada por Juzgado) |
|
Pago de rubros por sentencia (honorarios). |
22 días |
Sentencia impresa certificada (sellada y firmada por Juzgado) |
|
Constancia de ser el abogado director del caso, emitida por el Juzgado correspondiente. |
|
Factura (s) timbrada (s) |
|
Certificación de rentas. |
5 minutos. |
Cédula de identidad o documento de identificación válido |
|
Solicitud escrita indicando la información o datos que desea se certifiquen y sus efectos. |
|
El trámite es personal, en caso contrario, debe enviar carta de autorización, original y copia de ambas cédulas. |
|
Tratamiento médico en el exterior. |
|
Recomendación de |
|
Pasaporte. |
|
Verificación de Derechos - Apertura de Casos Administrativos. |
1 día. |
Copia de demanda del trabajador en sede judicial |
La apertura de expediente se realiza en Unidad de Verificación de Derechos ubicada en INS SALUD y se traslada para investigación a RT en Oficinas Centrales. |
Cédula de identidad o documento de identificación válido, trabajador debe cumplimentar y firmar el aviso de accidente correspondiente |
|
Pagos por impedimentos. |
22 días hábiles |
Cédula de identidad o documento de identificación válido |
|
Llenar y firmar hoja de conmutación para los casos en que cumplen con lo establecido por Acuerdo de Junta Directiva porcentajes del 0.5% al 20% y el monto hasta ¢2.000.000.oo (se conmutan las rentas sin estudio socioeconómico de Trabajo Social) |
|
Contar con tarjeta prepago o cuenta cliente incluida en el sistema. |
|
Pago por gastos de funeral. |
5 días hábiles |
Factura original timbrada. A falta de original certificación notarial
con vista de la factura original y nombrando los requerimientos establecidos
por |
|
Comprobante del pago por gastos de funeral, realizado por |
|
Ampliación de miembros lesionados o descripción en avisos de accidentes. |
15 días naturales. |
Carta formal del patrono. |
|
SEGURO OBLIGATORIO AUTOMOTOR |
Plazo de Atención |
Pago Marchamo |
10 minutos. |
Cédula Pagador, RTV vigente en el SICSOA |
|
Sustitución de Placa |
10 minutos. |
Derecho de circulación o pago temporal original |
|
(En ausencia de este, DECLARACION JURADA por parte del propietario) |
|
Copia Título Propiedad ó Certificación Rápida del Registro de la Propiedad. |
|
Copia de |
|
Sustitución de Placa si pertenece al proceso automático de DUA’s |
5 minutos |
Original pago de placa temporal |
|
( En ausencia de este, DECLARACION JURADA) por parte del propietario |
|
Copia de cédula del tramitador |
|
Bus (Ajustes Aresep - CTP) - Se recomienda
referir al cliente a |
|
Sin Ruta |
|
Permiso de explotación |
|
Certificación del CTP (MOPT) (indicando q no tiene ruta) |
|
Con ruta |
|
Permiso de explotación |
|
Certificación del CTP (MOPT) |
|
Cambio de Propietario |
5 minutos |
Copia del título de propiedad o certificación rápida del registro nacional con no más de tres meses de emitida. |
|
Vehículo Nuevo transmitidos por Registro Nacional |
5 minutos |
Únicamente el número de DUA para determinar la placa a cancelar, y luego el procedimiento es el mismo de un pago normal. |
|
Vehículo Nuevo (inclusión manual)** |
10 minutos. |
Póliza desalmacenaje o DUA.(Comprobante mercancía nacionalizada y consulta de códigos variables). |
|
Copia de RTV Inscripción (hoja Azul) |
|
Copia cédula tramitador |
|
Vehículo con Placa Título (inclusión manual)** |
10 minutos. |
Derecho de circulación original del último período pagado. |
|
Copia del Título de propiedad o certificación rápida |
|
Copia cédula tramitador |
|
Vehículos provenientes de donación** |
15 minutos |
Acta de Donación, donde se especifique la fecha de la donación las características del vehículo y el beneficiario. |
|
Copia de RTV (hoja azul) |
|
Vehículos provenientes de remates aduanas** |
15 minutos |
Boleta de Remate (Si el remate se realizó del año 2008 en adelante se debe consulta con DUA, anteponiendo un 900 al número de consecutivo del remate).En esta boleta debe aparecer el consignatario. |
|
Copia de RTV (hoja azul) |
|
Vehículos provenientes de remates ICD** |
15 minutos |
Boleta de Remate. |
|
Mandamiento Judicial de Adjudicación del bien por parte del ICD. |
|
Copia de RTV (hoja azul) |
|
Devoluciones por Pago Doble |
|
Original del Derecho de Circulación a Devolver |
|
Copia del derecho de circulación que conservará el cliente. |
|
Copia de la cédula del propietario |
|
Carta solicitando devolución por parte del propietario |
|
En caso de realizar el trámite una tercera persona requiere autorización. |
|
Cambio de placa: Serv Público - Particular - Particular- Servicio Público |
15 minutos |
Derecho de circulación original del taxi o bus, particular |
|
Fotocopia de |
|
Copia de la certificación del depósito del placas |
|
Copia de Revisión Técnica con el cambio de uso (únicamente para vehículos pendientes). |
|
En caso de realizar el trámite una tercera persona requiere autorización. |
|
AGV, Primera Vez, Renovación del AGV |
10 minutos. |
Copia de |
|
Copia de |
|
Copia de los últimos recibos |
|
Copia de |
|
Póliza Turista |
10 minutos. |
Título de Propiedad del país de origen |
|
Copia del pasaporte del propietario del vehículo. |
|
Nota: Debe ser coincidente el pasaporte con el título de propiedad. |
|
Cambio de Características |
5 minutos |
Copia Título Propiedad ó Certificación Rápida del Registro de la propiedad. |
|
Prima Acumulada |
5 minutos |
Derechos de Circulación originales de los periodos a eliminar o certificaciones de pago de los periodos a eliminar emitidas desde SICSOA en formato PDF. |
|
Enviar solicitud de eliminación de periodos mediante correo formal dirigido al SOA. |
|
Devolución Pago Equivocado |
15 minutos |
Original del Derecho de Circulación a devolver |
|
Copia de la cédula del propietario |
|
Carta solicitando devolución e indicando la placa correcta. |
|
En caso de realizar el trámite una tercera persona requiere autorización. |
|
Nota: En caso de no llegar el propietario este debe de autorizar al tramitador por medio de una carta, copia de la cédula del tramitador y el del propietario, personería jurídica según sea el caso. |
|
Vehículo Robado (Marca) |
5 minutos |
Únicamente se puede levantar por parte del SOA previa coordinación OIJ (tel 2295-3581 con Sonia Sánchez) y el INS: |
|
Número clase incorrecto |
5 minutos |
Se debe remitir al Ministerio Hacienda |
|
Emisión de Certificaciones |
5 minutos |
Las certificaciones de pago a realizar se le pueden brindar a cualquier persona que la solicite sin ningún inconveniente. Las certificaciones de pago realizado tanto para el periodo actual que esté trascurriendo como para alguno histórico, solo se le entregan al propietario registral o bien a un tercero debidamente autorizado. |
|
Devoluciones de dinero por caja a clientes |
30 minutos |
Fotocopia de |
|
Autorización si el debito no está a nombre de la persona que se presenta, fotocopia de la cedula del tramitador |
|
Personería jurídica con menos de tres meses de emitida, si el debito está a nombre de una sociedad |
|
Derecho de circulación original |
|
Honrar pagos efectuados con cheques devueltos por el banco |
10 minutos. |
Fotocopia de |
|
Derecho de circulación cancelado con cheque sin fondos |
|
El usuario de la sucursal debe enviar correo a oficinas centrales para la eliminación de la marca restrictiva |
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Honrar pagos efectuados a recaudadores con cheques devueltos por el banco |
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Carta de la unidad Contralora del Seguro Obligatorio Automotor, indicando que se puede devolver el cheque |
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Cedula de identidad |
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Duplicados de Derecho de Circulación o Marchamos |
5 minutos |
Fotocopia de |
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Autorización al tramitador por parte del propietario para realizar el tramite |
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Copia cedula del Tramitador |
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Ajustes por depósito de placas |
20 minutos |
Certificación del registro Nacional (Departamento de placas) donde indique la fecha de depósito de la placa, la certificación no debe de tener más de tres meses de emitida |
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Levantamiento de marcas restrictivas por robo |
15 minutos |
El INS solicita oficio del Organismo de Investigación Judicial |
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Aplicación o devolución por pago equivocado en los derechos de circulación |
20 minutos |
Derecho de circulación original y Marchamo |
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En caso de presentarse un tramitador deberá aportar la autorización por parte de propietario registral |
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Inclusión de vehículos nuevos no emitidos: 8 corresponde a aquellos vehículos que cancelaron los derechos de circulación en años anteriores y no aparece el periodo actual) |
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Si no tiene placa título: |
20 minutos |
Copia de ultimo derecho de circulación |
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Copia de la revisión técnica de inscripción emitida por el MOPT. |
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Si tiene placa título: |
20 minutos |
En caso de que tenga placa registral deberá aportar copia del título de propiedad o certificación rápida emitida por el Registro Nacional. |
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Asignación de cajas |
15 días Hábiles |
Solicitud del recaudador de las cajas que desea poner al cobro, indicando la ubicación geográfica. |
|
Asignación de usuarios |
10 días Hábiles |
Solicitud del recaudador donde indique los usuarios que requiere con detalle de nombre y número de cédula |
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Recepción de listas de Gobierno |
3 días Hábiles |
Solicitud de la institución gubernamental donde adjunte la lista de vehículos por Ministerio con detalle de número de placa (tramite de lista sin problema) |
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Nota: Cuando la lista presentada por |
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Gestión de recuperación de cheque devueltos |
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Cheque recibido por recaudador |
5 días Hábiles |
Datos de sistema sobre cheques no aplicados por esta situación |
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Oficio del departamento del SOA notificándole al recaudador la inconsistencia y el detalle de la multa |
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Cheque recibido por una Sede del INS |
3 días Hábiles |
Datos de sistema sobre cheques no aplicados por esta situación |
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Notificación al cliente vía telefónica sobre la situación indicándole que el derecho de circulación está pendiente y por tanto los recargos continúan |
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Así mismo se le condiciona al pago en efectivo |
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Devolución de sobrantes |
5 días Hábiles |
Identificación |
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Datos del sistema sobre sumas a devolver sobrantes |
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Carta solicitud de sobrantes |
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Reclamos por accidente de transito |
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Recepción de aviso de accidente |
10 minutos. |
Declaración personal de los hechos ocurridos en el evento |
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Documentos comprobantes de ocurrencia de accidente emitidos por alguna autoridad que se hiciera presente al lugar de los hechos (parte oficial de tránsito o boleta de citación o constancia de traslado de Cruz Roja Costarricense o Paramédicos, Aviso de accidentes por Automóviles Voluntario entregado en el evento por el inspector del INS) |
|
Identificación |
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Reapertura de caso |
10 minutos. |
Identificación |
|
Reconocimiento de pasajes y viáticos |
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Boleta de consulta emitida por el INS en donde se indique el reconocimiento |
|
Comprobantes de traslado o viáticos (facturas, recibos, nota de empresa de autobuses) |
|
Identificación |
|
Pago de subsidio salarial |
30 minutos |
Planillas CCSS (reporte de las planillas presentadas por el patrono de los últimos tres meses antes del accidente) |
|
Declaración personal del impuesto sobre la renta (periodo anterior a la fecha del evento) |
|
Facturas timbradas |
|
Boleta de incapacidad emitida por los médicos del INS |
|
Hoja de información laboral (formulario emitido por el SOA y que debe ser completado por el patrono) |
|
Comprobantes de reporte de planillas de Riesgos del Trabajo de ser requerido |
|
Cálculo y pago de impedimentos |
15 días Hábiles |
Identificación |
|
Extranjeros: Documento oficial aprobado por el Gobierno de Costa Rica que contenga esta información, |
|
Menores de edad. Certificación de nacimiento (en caso de ser extranjero, debe ser refrendado por el país de origen) y cedula de identidad o documento oficial por el Gobierno de Costa Rica de la madre o el padre o quien demuestre ser tutor legal del menor, |
|
Pago a empresas por convenio |
15 días Hábiles |
Detalle de cobro por empleado(# de identificación, nombre completo, periodo y monto a cobrar) |
|
Boleta de incapacidad emitida por los médicos del INS |
|
Planillas CCSS (reporte de las planillas presentadas por el patrono de los últimos tres meses antes del accidente) |
|
Depósito Judicial a menores por impedimento |
10 días hábiles |
Mandamiento Judicial |
|
Cálculo del Impedimento |
|
Certificado de nacimiento del menor (si se trata de extranjero, debe venir refrendado por el país de origen) |
|
Fotocopia de cédula de identidad |
|
Determinación de beneficiarios por muerte |
30 días hábiles |
Solicitud de indemnización por muerte por escrito (formulario de entrevista previa) |
|
Copia de expediente judicial (en caso de ser requerido por funcionarios del SOA) |
|
Fotocopia de identificación o constancia cedular del fallecido, padres, cónyuge o compañera. |
|
Acta de defunción o certificación registral con causas de la muerte o
en su defecto estudio de |
|
Certificación de estado civil del fallecido, certificado de nacimiento del fallecido, certificado de nacimiento de hijos reconocidos o no del fallecido. |
|
Parte oficial de tránsito. |
|
Declaraciones juradas cuando se requiera. |
|
Documento de prueba de dependencia económica. |
|
Depósito judicial de menores. |
|
Comprobantes de pago de pensión alimentaria. |
|
Fotocopia de recibos de servicios públicos. |
|
Recibos de pago o comprobantes de estudio (hijos mayores de 18 años, menores de 25). |
|
Pruebas de ADN. |
|
Posesión notoria de estado. |
|
Pruebas de convivencia. |
|
Estudio de Trabajo Social del INS (en caso de ser requerido por funcionarios de SOA). |
|
**NOTA: Cualquier documento oficial emitido por Autoridades en el extranjero, deberá presentarse debidamente refrendado por el Consulado el país de origen y el Consulado de Costa Rica en nuestro país, a fin de que sea un documento legal en nuestro país). |
|
Estudios de ocurrencia del accidente |
5 días hábiles |
Documentos comprobantes de ocurrencia de accidente emitidos por alguna Autoridad que se hiciera presente al lugar de los hechos (parte oficial de tránsito, boleta de citación, constancia de traslado de CRC, paramédicos, ambulancia privada, bomberos, expediente judicial). |
|
Lesiones graves: Epicrisis y referencia de Hospital. |
|
Estudios de pérdida económica |
30 días hábiles |
Contratos laborales. |
|
Declaración de renta si la tuviera |
|
Referencias de clientes y proveedores |
|
Facturas timbradas o recibos de dinero de ventas o compras |
|
Registros contables |
|
Protocolo. |
|
Patentes o permisos de funcionamiento, concesiones de iax». |
|
Formulario de entrevista previa para pérdidas económicas, emitido por el INS y completado por el lesionado. |
|
Planillas CCSS |
|
Planillas R T |
|
Títulos profesionales |
|
En caso de contratar a terceras personas para suplirlo en su labor,
deberá comprobarlo mediante aseguramiento de esa persona ante |
|
Estados de cuenta bancarios |
|
Mandamiento Judicial |
|
Mandamiento Judicial |
|
Certificación de costos |
3 días hábiles |
Solicitud de certificación por escrito. |
|
Identificación. |
|
Certificación por monto agotado |
3 días hábiles |
Identificación. |
|
Aumentos de cobertura |
10 días hábiles |
Evaluación médica del INS donde se haga constar la necesidad del aumento de cobertura hasta los límites establecidos |
|
Hoja de estudio de asegurado por |
|
Estudio de trabajo social del INS debe ser favorable para optar por el aumento de cobertura |
|
San José, 18 de
mayo del 2012.—Departamento de Comunicaciones.—Lic. Ileana Castro Fatjó, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 18492.—Solicitud Nº 0353.—C-4650420.—(IN2012045875).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-1848-2012.—Bermúdez
González Ana Etelvina, R-095-2012, salvadoreña, pasaporte: A02361350, ha
solicitado reconocimiento del diploma de
Licenciada en Ciencias de
ORI-1815-2012.—Bonilla Madrigal Luis Alberto,
R-092-2012, costarricense, cédula de identidad: 1 0624
ORI-1804-2012.—Bujanda Bujanda María Eugenia,
R-103-2012, costarricense, cédula de identidad número
ORI-1802-2012.—Caicedo de Rodríguez Ruthmery,
R-070-2012, costarricense, pasaporte número
ORI-1798-2012.—Dengo Flores Ana Laura, R-096-
ORI-1800-2012.—Dengo Flores Ana Laura, R-096-2012
B, costarricense, cédula de identidad número
ORI-1865-2012.—Grajales Quiel Jéssica,
R-049-2012, costarricense, cédula de identidad número
ORI-1847-2012.—González Escobar Rudy Fernando,
R-098-2012, guatemalteco, pasaporte:
ORI-1824-2012.—Loría Salazar Luis Guillermo,
R-109-2011-B, costarricense, cédula de identidad 1-0892-
ORI-1826-2012.—Martínez Calvo Aymee Mercedes,
R-336-2011, cubana, cédula de residente permanente
ORI-1796-2012.—Meoño Soto Carmen Lía, R-093-2012,
costarricense, cédula de identidad número
ORI-1820-2012.—Mora Rodríguez Rodrigo,
R-101-2012, costarricense, cédula de identidad 1-1035-
ORI-1875-2012.—Morera Castro María del Rocío,
R-102-2012, costarricense, cédula de identidad: 1-0921-
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
PROGRAMA DE GRADUACIÓN
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante el
Departamento de Registro de
Se
publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término
de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
Heredia,
30 de abril del 2012.—Departamento de Registro, M.A.E. Marvin Sánchez
Hernández, Director.—(IN2012043943).
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA
El Servicio
Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento, SENARA, comunica
RESOLUCIÓN GE-1369-2011
Nulidad del Reglamento de Gestión e Inversión para el Establecimiento y el Desarrollo de Proyectos de Riego y Drenaje.
Resultando:
1º—Que el SENARA tiene bajo su responsabilidad la ejecución responsable del Proyecto de Gestión Integrada de Recursos Hídricos (PROGIRH);
2º—Que para poder cumplir con su oficio, la institución debe establecer reglas claras y precisas que encausen de la mejor forma posible los recursos disponibles para financiar las obras de infraestructura hidráulica que harán posible la construcción y operación de los proyectos de riego y drenaje agrícola;
3º—Que la disposición i) del Informe de
“i) Revisar, ajustar, aprobar y divulgar en lo pertinente, la normativa que regula la materia de cobro administrativo y judicial a efectos de uniformarla, actualizarla y eliminar las debilidades indicadas en punto 2.2.7 de este informe; ello de conformidad con los procedimientos dispuestos por el ordenamiento para dichos efectos (….)”
4º—Que
“1) Lo que se refiere a la actualización de montos u otros aspectos de cobro administrativo y judicial; se formalice mediante una reforma al Reglamento de Cobro Administrativo y Judicial existente.
2) Dejar sin efecto el Reglamento de Gestión e
Inversión para el establecimiento y el desarrollo de Proyectos de Riego y
Drenaje. En su lugar emitir una nueva reglamentación, previa consulta a
unidades respectivas, y estar sujeto a la aprobación de
Considerando:
I.—Sobre la
disposición i) del informe DFOE-AE-IF-07-2011 de
II.—Sobre el fondo: Analizado el
caso en concreto y en estricto apego a la normativa vigente que regula la
materia de cobro administrativo y judicial específicamente el Reglamento para el
Cobro Administrativo y Judicial del SENARA, aprobado por
Con base en los
argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos y en estricto apego a
lo indicado en el ordenamiento jurídico vigente, procede en este acto
1. Dejar sin efecto alguno, el Reglamento de
Gestión e Inversión para el Establecimiento y el Desarrollo de Proyectos de
Riego y Drenaje publicado en
2. En lo que se refiere a la
actualización de montos u otros aspectos de Cobro Administrativo y Judicial, se
formalice mediante una reforma al Reglamento de Cobro Administrativo y Judicial
aprobado por
Unidad Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 061-2012.—Solicitud Nº 43036.—C-72400.—(IN2012044079).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A
Andrés López López, de calidades desconocidas, se le comunica las resoluciones
administrativas de las ocho horas del treinta y uno de enero del dos mil doce y
de las ocho horas del veinticuatro de abril del dos mil doce, en favor de la
persona menor Ángel Andrés López Reyes. Indicándose que debe señalar lugar para
oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de revocatoria y de
apelación si se plantean dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de
su notificación, siendo competencia de esta Oficina Local resolver la
revocatoria, y el de apelación corresponde resolver a
Se le comunica a la señora Jacqueline Chinchilla
Marín, Costarricense, que por resoluciones de la representación legal de esta
oficina local de San José Este, de las catorce horas del cuatro de mayo del dos
mil doce se le otorgó medida de cuido a la persona menor de edad Sara Valentina
Chinchilla Marín. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que
presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime
necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar
por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las
piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local,
en días y horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberá
señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán
firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del
artículo 12 de
A la señora Modesta del Carmen Quintero Jirón se
le pone en conocimiento, la resolución de las quince horas del treinta de abril
del año dos mil doce, la cual ordenó el Abrigo Temporal de la niña Angélica
María Quintero Jirón en el Hogarcito San Juan Bosco de Fortuna. Notifíquese la
anterior resolución a los interesados con la advertencia que tienen que señalar
casa u oficina donde recibir notificaciones, sino con el transcurso de veinticuatro
horas se tendrán por notificadas las posteriores resoluciones. El plazo para
presentar apelación es de cuarenta y ocho horas después de la tercera
publicación de este edicto. Expediente administrativo número
241-00043-2012.—Oficina Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya,
Representante Legal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O.C. Nº
35342.—Solicitud Nº 6060.—C-6600.—(IN2012043124).
A Davis Torres Quesada se le comunica la
resolución administrativa de las siete horas treinta minutos del tres de mayo
del dos mil doce de
A Idania Vargas Vargas se le comunica la
resolución administrativa de las diecisiete horas treinta minutos del
veinticinco de abril del dos mil doce de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se
le comunica al señor Álvaro Apuy Arias, la resolución del Departamento de
Atención Integral de las ocho horas y cinco minutos del diecinueve de marzo del
dos mil doce, mediante la cual se dictó medida de protección en sede
administrativa para el tratamiento de desintoxicación y rehabilitación para
toxicómano contemplado en el inciso e) del artículo 135 del Código de
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer la propuesta tarifaria planteada por la empresa Transpisa Limitada., para ajustar las siguientes tarifas:
DESCRIPCIÓN RUTA: |
Tarifas Propuestas (¢) |
DESCRIPCIÓN RUTA: |
Tarifas Propuestas (¢) |
||
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
||
286: Ciudad Quesada-La Fortuna por el Tanque |
|
|
Ciudad Quesada-La Lucha |
800 |
0 |
Ciudad Quesada-La Fortuna |
950 |
475 |
Ciudad Quesada-San José De La Tigra |
765 |
385 |
Ciudad Quesada-El Tanque |
765 |
385 |
Ciudad Quesada-Cruce La Tigra |
640 |
0 |
Ciudad Quesada-Los Ángeles |
715 |
360 |
Ciudad Quesada-San Pedro |
590 |
0 |
Ciudad Quesada-La Vega |
535 |
0 |
Ciudad Quesada-Javillos |
420 |
0 |
Ciudad Quesada-Javillos |
420 |
0 |
Ciudad Quesada-La Esperanza |
400 |
0 |
Ciudad Quesada-Santa Clara |
365 |
0 |
Ciudad Quesada-Santa Clara |
365 |
0 |
Ciudad Quesada-Cuestillas |
340 |
0 |
Ciudad Quesada-Florencia |
305 |
0 |
Ciudad Quesada-Florencia |
305 |
0 |
Tarifa Mínima |
195 |
0 |
Ciudad Quesada-Puente Casa |
195 |
0 |
286.2: Ciudad Quesada-Colonia Trinidad |
|
|
286 A: Ciudad Quesada-La Fortuna por Chachagua |
|
|
Ciudad Quesada-Abanico |
1095 |
550 |
Ciudad Quesada-La Fortuna |
950 |
475 |
Ciudad Quesada-Sector Ángeles |
1035 |
515 |
Ciudad Quesada-San Francisco |
925 |
460 |
Ciudad Quesada-Bº La Cruz |
870 |
435 |
Ciudad Quesada-Chachagua |
865 |
435 |
Ciudad Quesada-I.N.V.U. |
800 |
400 |
Ciudad Quesada-San Isidro De Peñas Blancas |
690 |
345 |
Ciudad Quesada-San Isidro de Peñas Blancas |
690 |
345 |
Ciudad Quesada-Javillos |
420 |
0 |
Ciudad Quesada-Cruce a La Tigra |
640 |
0 |
Ciudad Quesada-Santa Clara |
365 |
0 |
Ciudad Quesada-San Pedro |
590 |
0 |
Ciudad Quesada-Cuestillas |
340 |
0 |
Ciudad Quesada-Javillos |
420 |
0 |
Ciudad Quesada-Florencia |
305 |
0 |
Ciudad Quesada-Esperanza |
400 |
0 |
Ciudad Quesada-Puente Casa |
195 |
0 |
Ciudad Quesada-Santa Clara |
365 |
0 |
Tarifa Mínima |
195 |
0 |
Ciudad Quesada-Cuestillas |
340 |
0 |
286.1: Ciudad Quesada-La Tigra por Bajo Los Rodríguez |
|
|
Ciudad Quesada-Florencia |
305 |
0 |
Ciudad Quesada-La Tigra |
865 |
435 |
Tarifa Mínima |
195 |
0 |
Ciudad Quesada-Valle Azul |
800 |
0 |
286.3: Ciudad Quesada-San Josecito de Cutris Por Pista |
|
|
Ciudad Quesada-Bajo Los Rodríguez |
640 |
0 |
Ciudad Quesada-San Josecito de Cutris por Pista |
780 |
395 |
Ciudad Quesada-Santa Rita |
480 |
0 |
Ciudad Quesada-La Mayju |
735 |
365 |
Ciudad Quesada-La Vieja |
400 |
0 |
Ciudad Quesada-Muelle |
665 |
0 |
Ciudad Quesada-Pénjamo |
365 |
0 |
Ciudad Quesada-Platanar |
480 |
0 |
Ciudad Quesada-Florencia |
305 |
0 |
Ciudad Quesada-Quebrada Azul |
420 |
0 |
Ciudad Quesada-Puente Casa |
195 |
0 |
Ciudad Quesada-Florencia |
305 |
0 |
Ciudad Quesada-Cruce Cedral |
195 |
0 |
Tarifa Mínima |
195 |
0 |
286.1: Ciudad Quesada-La Tigra por Javillos |
|
|
Nota: Se excluyen del presente estudio los ramales 286.3: Ciudad
Quesada-San Josecito de Cutris por |
||
Ciudad Quesada-La Tigra |
865 |
435 |
|||
Corredor Común: Empresarios Unidos del Norte SRL, operador de la ruta 234, solicita que se ajusten sus tarifas por concepto de corredor común con la ruta 286, en los siguientes fraccionamientos: |
|||||
234: Ciudad Quesada-Guatuso-El Valle-Upala |
|
|
Ciudad Quesada-Javillos |
450 |
0 |
Ciudad Quesada-La Fortuna |
950 |
475 |
Ciudad Quesada-Santa Clara |
375 |
0 |
Ciudad Quesada-El Tanque |
765 |
385 |
Ciudad Quesada-Cuestillas |
340 |
0 |
Ciudad Quesada-Los Ángeles |
715 |
360 |
Ciudad Quesada-Florencia |
305 |
0 |
Ciudad Quesada-La Vega |
540 |
0 |
Ciudad Quesada-Puente Casa |
195 |
0 |
• El 2 de julio del 2012 en: ►Polideportivo
de
• El 3 de julio del 2012 en:
►Salón
Comunal de
• El 4 de julio del 2012 en: ► Salón
Bromelia 1 de
Quien tenga interés
legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma oral en la
audiencia pública o por escrito firmado: ►en la audiencia
pública, ►o en las oficinas de
Las oposiciones o
coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho,
indicando un lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o
apartado postal), para efectos de notificación por parte de
Se informa que la
propuesta se tramita en el expediente ET-39-2012, y se puede consultar en las
instalaciones de
(*) En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, ésta debe de ser escaneada y cumplir con todos los requisitos arriba señalados.
Dirección General de Participación del Usuario.—Luis Fernando Chavarría Alfaro.—1 vez.—O. C. Nº 6411-2012.—Solicitud Nº 46094.—C-153260.—(IN2012050140).
Para exponer la propuesta tarifaria planteada por la empresa Transportes Tilarán San Carlos S. A., para ajustar las siguientes tarifas:
Descripción Ruta 1202: |
Tarifa Vigente |
Tarifa Solicitada |
Variación |
|||
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
Absoluta |
Porcentual |
|
Ciudad Quesada-Tilarán |
2095 |
1570 |
4780 |
3580 |
2685 |
128,16% |
• El
4 de julio del 2012: a las 18:30 horas (6:30 p.m.) en el edificio Urcozón,
ubicado en a
• El
9 de julio del 2012: a las 17:00 horas (5:00 p.m.) en Salón Municipal de
Tilarán, ubicado en el primer piso de
• El
10 de julio del 2012: a las 17:00 horas (5:00 p.m.) en salón de la escuela de
Arenal, ubicada al costado norte de la plaza de deportes, Nuevo Arenal de
Tilarán, Guanacaste.
Quien
tenga interés legítimo podrá presentar su oposición o coadyuvancia: en forma
oral en la audiencia pública o por escrito firmado: en la audiencia
pública, o en las oficinas de
Las oposiciones o
coadyuvancias deben de estar sustentadas con las razones de hecho y derecho,
indicando un lugar exacto, o un medio (correo electrónico, número de fax o
apartado postal), para efectos de notificación por parte de
Se informa que la
propuesta se tramita en el expediente ET-48-2012, y se puede consultar en las
instalaciones de
Para información
adicional, comunicarse con el Consejero del Usuario al teléfono 2506-3200 o al
correo electrónico consejero@aresep.go.cr.
(*) En
el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo
electrónico, esta debe de ser escaneada y cumplir con todos los requisitos
arriba señalados.
Dirección
General de Participación del Usuario.—Luis Fernando Chavarría Alfaro.—1 vez.—O.
C. Nº 6415-2012.—Solicitud Nº 46096.—C-59900.—(IN2012051525).
El Consejo
Directivo reunido en sesión Nº 18-05-2012, con fecha 15 de mayo de 2012,
acordó: publicar en el Diario Oficial
Para ver imágenes solo
en
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
AL 31 DE DICIEMBRE 2011
ACTIVO
1. Los préstamos por Cobrar a Corto Plazo para el periodo se estimaron en ¢8.514.000.000,00 de los cuales a la fecha se han recuperado ¢9.284.857.863,44, y por haber superado lo estimado no se contabilizan como activo circulante.
2. Los Préstamos en Proceso de Desembolso, son compromisos adquiridos con los prestatarios, a los que se les ha otorgado un préstamo para estudios, el cual ha sido formalizado por medio de un Contrato de Estudios.
Los desembolsos se realizan por períodos según el centro de estudios, con base al Plan de Desembolsos que presentó cada estudiante en la solicitud de crédito.
Al 31 de diciembre de 2011, CONAPE mantiene compromisos financieros con los estudiantes por ¢22.582.241.512,56 respaldados parcialmente por las Inversiones Transitorias, la diferencia se estima captarlo de futuros aportes de bancos y recuperaciones de cartera.
3. El Consejo Directivo en la sesión N° 5-2-2008 documento N° 16-5-2008 “Reserva para Incobrables”, acordó fijar a partir del primer semestre de 2008, la estimación para incobrables en un 100% de la cartera de cobro judicial, porcentaje que se encuentra vigente.
PATRIMONIO
4. Superávit Asignado
Corresponde a
5. Superávit No Asignado
Corresponde al Superávit Libre y al Superávit Específico, los cuales se reflejan en la liquidación presupuestaria, más los intereses devengados por las Inversiones y los devengados por los Préstamos en Ejecución.
a. Superávit Libre
Corresponde a todos aquellos
Recursos Financieros que eventualmente se pueden utilizar para atender gastos
originados en la gestión administrativa de CONAPE, inversión y desembolsos a
estudiantes. Esto obedece a que en el artículo 20 de
b. Superávit Específico
Corresponde a todos aquellos Recursos Financieros que hayan ingresado a CONAPE para uso exclusivo en la atención del Crédito Educativo y cuyo origen se fundamenta en una Ley, alguna disposición especial o Convenio realizado con alguna entidad estatal o internacional.
El Superávit No Asignado,
lo constituyen mayoritariamente las Inversiones Transitorias y sirve de
respaldo a los compromisos financieros de los estudiantes con préstamos
formalizados. Además, de acuerdo con la disponibilidad de recursos permite a
Superávit al
31 de diciembre de 2011
Superávit Asignado |
¢ 95.129.307.841,16 |
Superávit No Asignado *** |
6.261.140.518,97 |
Superávit por Revaluación de Terrenos |
405.583.325,00 |
Superávit por Revaluación de Edificios |
86.410.601,31 |
Superávit Devengado Bancos |
36.150.987,87 |
Total |
¢ 101.918.593.274,31 |
*** De este Superávit No Asignado por la suma de ¢6.261.140.518,97 existen compromisos por préstamos aprobados en la fase de desembolsos a estudiantes por un monto de ¢22.582.241.512,56.
*** En el Superávit No Asignado se dio una disminución por un monto de ¢6.435.000,00, debido a que se registra la pérdida generada por la sustracción de dinero de la cuenta corriente Nº 168506-4 en el año 2003, ya se había dado la correspondiente sentencia en donde se indicaba la no recuperación de ese dinero.
6. De conformidad con lo
dispuesto por
Para ver imagen solo en
MBA. Adrián Blanco
Varela, Secretario Ejecutivo.—Lic. Flora E. Villalobos A., Auditora Interna.—1
vez.—(IN2012047255).
ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS
UNIDAD ÍNDICES DE PRECIOS
El Instituto Nacional de Estadística y Censos
avisa que los Índices de Precios de
Variación
Índice Índice porcentual
Marzo
2012 Abril 2012 mensual
Índice de Precios de Edificios 99,693 99,783 0,09
Índice de Precios de Vivienda de Interés Social 99,312 99,235 -0,08
Índices de Precios de Insumos
y Servicios Especiales
Índice de Precios de Costo de
Posesión
de Maquinaria y Equipo 99,305 98,731 -0,58
Índice de Precios de
Repuestos 99,654 99,290 -0,37
Índice de Precios de Llantas 99,491 98,250 -1,25
Índice de Precios de
Combustibles 103,643 112,415 8,46
Índice de Precios de
Lubricantes 100,052 100,052 0,00
Índice de Precios de
Asfálticos 103,654 111,246 7,32
Índice de Precios de Cemento
Pórtland 99,776 101,267 1,49
Índice de Precios de
Adquisición de Áridos 100,000 100,000 0,00
Variación
Índice Índice porcentual
Marzo
2012 Abril 2012 mensual
Índice de Precios de
Encofrados 100,176 99,720 -0,45
Índice de Precios de Tuberías
de Plástico 100,613 104,325 3,69
Índice de Precios de Tuberías
de Concreto 100,000 100,000 0,00
Índice de Precios de Hierro
Fundido 100,809 100,903 0,09
Índice de Precios de Hierro
Dúctil 99,252 103,152 3,93
Índice de Precios de Acero de
Refuerzo 100,000 100,000 0,00
Índice de Precios de Acero
Estructural 99,886 99,886 0,00
Índice de Precios de Acero
Estructural de Importación 99,979 99,070 -0,91
Índice de Precios de Cable
Eléctrico 96,723 99,012 2,37
Índice de Precios de
Señalización
y Demarcación Vial 92,385 99,527 7,73
Índice de Precios de Explosivos 99,398 98,578 -0,83
San
José, 18 de mayo del 2012.—Jaime Vaglio Muñoz, Gerente.—1 vez.—O. C. Nº 3499.—Solicitud Nº
20776.—C-49820.—(IN2012044579).
INSTITUTO DE NORMAS
TÉCNICAS
DE COSTA RICA (INTECO)
Somete a consulta pública los siguientes
proyectos de norma:
PN INTE 06-11-13:2012, “Uso de la mesa de flujo en ensayos de
cemento hidráulico” (Correspondencia: ASTM C230)
PN INTE 06-11-14:2012, “Equipos para la determinación del cambio
en longitud de la pasta de cemento, morteros y concreto endurecidos -
Requisitos y uso” (Correspondencia: ASTM C490)
PN INTE 06-02-04:2012, “Método de ensayo para la determinación del
contenido de aire en el concreto fresco por el método de presión”
(Correspondencia: ASTM C231)
PN INTE 36-01-01:2012, “Requisitos de los tanques de Poliéster
Reforzado con Fibra de Vidrio (PRFV), fabricados en el interior de tanques
existentes, para el almacenamiento de combustibles líquidos”
PN INTE 16-11-04-2012, “Tubos de concreto sin refuerzo para alcantarillado”
(Correspondencia: ASTM C14)
PN INTE 16-05-09:2012, “Tuberías de polietileno (PE) clasificadas
según su diámetro externo (SDR-PR)” (ASTM F714).
PN INTE 16-05-06:2012, “Tuberías plásticas de Polietileno (PE)
basadas en Diámetro Externo Controlado (DR-PR).” (Correspondencia: ASTM D3035)
PN INTE 16-11-03:2012, “Juntas flexibles para tubos de concreto y
pozos de inspección, usando empaques de hule - Requisitos.” (Correspondencia:
ASTM C443).
PN INTE 06-11-08:2012, “Especificaciones para adiciones procesadas
para uso en la manufactura de cemento hidráulico.” (Correspondencia: ASTM
C465).
Se
recibirán observaciones a los anteriores proyectos de norma hasta el 04 de
agosto del 2012.
Para mayor
información, comuníquese con
Mauricio
Céspedes Mirabelli, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—(IN2012044032).
CONCEJO MUNICIPAL
El Concejo Municipal de San Isidro de Heredia, en Sesión Ordinaria N° 31-2012-2012, celebrada el día 14 de mayo de 2012, mediante acuerdo N° 541-2012, por unanimidad y definitivamente aprobado/con dispensa de trámite de comisión, acuerda:
1. Ejecutar lo dispuesto en
2. Remítase copia de este
acuerdo a
3. Comuníquese el presente Acuerdo al señor Melvin Villalobos, Alcalde Municipal, para lo que corresponda a su ejecución.
San Isidro de
Heredia 18 de mayo de 2012.—Zeidy Aguilar Vindas, Secretaria.—1
vez.—(IN2012044542).
R RUBINSTEIN Y
COMPAÑÍA S. A.
Se convoca
a los accionistas de R Rubinstein y Compañía S. A.,
cédula jurídica 3-101-
AGRO INVERSIONES MAGECA S.
A.
Se
convoca a Asamblea General Extraordinaria de socios de la compañía Agro
Inversiones Mageca S. A., con cédula jurídica: 3-101-208365, para celebrarse en
su domicilio en Barrio
INVERSIONES VILLA MAYA DEL
CORRAL
SOCIEDAD ANÓNIMA
El
suscrito presidente de
Agenda:
• Renuncia
del actual presidente
• Nuevo
nombramiento de presidente
De
no haber quórum a la hora indicada, quedan convocados los señores socios para
la celebración de la asamblea una hora después, en el mismo lugar con los
asistentes.
San
José, 15 de mayo del 2012.—Gustavo Adolfo García Girón, Presidente.—1
vez.—RP2012299646.—(IN2012051537).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
SAN JOSÉ INDOOR CLUB
S. A.
El
San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº
CARIARI COUNTRY CLUB S. A.
Para
efectos de reposición yo Rónald Earl Copher, de un solo apellido en razón de mi
nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte de mi país número cuatro
tres siete seis seis cero siete seis cinco, casado en primeras nupcias,
empresario, vecino de Guanacaste, Santa Cruz, en mi condición de propietario de
la acción y título Nº 40, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los
Jardines S. A. hoy, Cariari Country Club S. A. cédula de persona jurídica
tres-ciento uno-quince mil treinta y uno, la preposición de los mismos por
haberse extraviado. Por término de la ley, se atenderán oposiciones en el
Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en Cariari Country Club S. A.
San Antonio de Belén-Heredia y transcurrido el mismo se procederá a la
reposición.—San José, 7 de mayo del 2012.—Rónald Earl
Copher.—RP2012295030.—(IN2012042689).
BANCO CATHAY DE COSTA RICA
S. A.
SUCURSAL PUNTARENAS
El
señor Trino Gustavo Carranza Lostalo, cédula de identidad uno - nueve ocho
nueve-tres cuatro tres, ha solicitado al Banco Cathay de Costa Rica S. A., la
reposición del tÍtulo valor Nº 1573-135-1 por un monto de ¢12.100.000,00 y el
cupón número 1573-1-135-1, por un monto de ¢173.937,50, así como el título
valor Nº 2312-135-2, por un monto de $86.381,25 y el cupón Nº 2312-1-135-2, por
un monto de $1.411,49, los cuales fueron emitidos a su orden el día 23 de marzo
del 2012 y el día 21 de abril del 2012 respectivamente. Se emplaza a los
interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la
última publicación.—Puntarenas, 14 de mayo del 2012.—Trino Gustavo Carranza
Lostalo.—RP2012295099.—(IN2012042690).
CONSORCIO DE COOPERATIVAS
DE CAFICULTORES DE
GUANACASTE Y MONTES DE ORO R. L., (COOCAFÉ R.
L),
El
Consorcio de Cooperativas de Caficultores de Guanacaste y Montes de Oro R. L.,
(Coocafé, R. L.), solicitará al Registro Nacional la reposición de la serie
completa de las cuatro cédulas hipotecarias de primer grado, emitidas por un
monto total de noventa y cuatro mil dólares exactos; a razón de ser tres
cédulas hipotecarias por el valor de veintitrés mil dólares cada una, y una por
el valor de veinticinco mil dólares, todas garantizadas con la finca matrícula
de Folio Real 5-056643-000. Se cita a todos los interesados para que se
apersonen ante et Registro Nacional en defensa de sus Derechos, dentro del
término de un mes a partir de la última publicación del presente edicto.—San
José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Lucy Arias Chaves, Apoderada Especial
Judicial.—RP2012295050.—(IN2012042691).
CARIARI COUNTRY CLUB S. A.
Para
efectos de reposición yo Joshua Eli Copher, de un solo apellido en razón de mi
nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte de mi país número cuatro
tres cuatro seis cero nueve dos cero nueve, soltero, empresario, vecino de
Guanacaste, Santa Cruz, en mi condición de propietario de la acción y título Nº
504, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A. hoy,
Cariari Country Club S. A. cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quince
mil treinta y uno, la preposición de los mismos por haberse extraviado. Por
término de la ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaría de
Junta Directiva, en Cariari Country Club S. A. San Antonio de Belén-Heredia y
transcurrido el mismo se procederá a la reposición.—San José, 7 de mayo del dos
mil doce.—Joshua Eli Copher.—RP2012295031.—(IN2012042746).
Para efectos de reposición, Wálter Steinvorth Strunz cédula identidad
Nº 1 0413 1300. En mi condición de propietario de la acción y título Nº 1085.
Hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A. hoy, Cariari
Country Club S. A., la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por
término de la ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaría de
Junta Directiva, en Cariari Country Club S. A., San Antonio de Belén, Heredia y
transcurrido el mismo se procederá a la reposición.—Wálter Steinvorth
Strunz.—(IN2012043098).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
MUCAP
La señora Yorlene
Castillo Picado, cédula
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
GRUPO MUTUAL
ALAJUELA-LA VIVIENDA
De
conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de
Comercio, el señor Asdrúbal Alfaro Rodríguez cédula
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE CRIADORES
DE CABALLOS DE PURA RAZA ESPAÑOLA
Yo Andre Garnier
Kruse, portador de la cédula de identidad número uno-cero cuatro uno seis-uno
tres cuatro cuatro, en mi calidad de presidente y representante legal de
COLEGIO DE PROFESIONALES EN NUTRICIÓN DE COSTA RICA
Comunica el establecimiento del pago de un monto de colegiatura especial para las y los colegiados que tengan las siguientes situaciones:
Categorías |
||||
Miembros que estén realizando estudios de postgrado residan o no en el país, y que por el periodo de estudio, no ejercen la profesión. |
Miembros mayores de 70 años, trabajen o no, residan o no en el país. |
Miembros que residan en el extranjero ejerzan o no la profesión en el país de residencia. |
Nutricionistas pensionados o jubilados. |
Miembros que no ejercen la profesión por razones diferentes a las anteriores, como la existencia de un problema físico o mental, y que por acuerdo de Junta Directiva, se determine que ameriten esta categoría. |
Monto de la categoría |
||||
El 25% del monto estipulado de la Colegiatura |
Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial
Dra. Hannia León León, Nutricionista y Presidenta.—1 vez.—(IN2012044444).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 8 de mayo del 2012, se protocolizó acta de la sociedad anónima Prado Uno Sociedad Anónima, Coker Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-565369.—Naranjo, 9 de mayo del 2012.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—(IN2012039165).
Que mediante escritura número 52 de las 11:30 horas del 7 de mayo del 2012, en el tomo 11 del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos diez mil cuatrocientos setenta sociedad anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-610470, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039166).
Mediante escritura cincuenta y nueve-siete, otorgada a las once horas treinta minutos del veintisiete de abril del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Disco Móvil Calor S. A., cédula jurídica número 3-101-216451, en donde se acuerda disolver y liquidar la sociedad, por lo cual se publica para algún interesado en oponer excepciones.—San Isidro de El General, 27 de abril del 2012.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—RP2012296269.—(IN2012039230).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocolizan actas de asambleas de las sociedades que se dirán, mediante las cuales se ratifica el acuerdo de fusión entre las sociedades Anamirtuyca S. A., 3-101-591551; Coati Talamanca CR S. A., 3-101-598480; Autos Villa y Villa S. A., 3-101-227875; Land Cruiser Mil Novecientos Noventa y Nueve S. A., 3-101-511708; Tierra de Nubes Azul S. A., 3-101-512509; Súper Casa Quebradas Verdes M Y E S. A., 3-101-555914; Caballero Marce AY A S. A., 3-101-245880; Itandehui S. A., 3-101-590546; Yatzil S. A., 3-101-598038; Etzeme S. A., 3-101-598049; con la sociedad Nakawe S. A., 3-101-591218; que es la sociedad que prevalece; en consecuencia y en apego al artículo 224 del Código de Comercio absorbe el capital social de las sociedades fusionadas. En virtud de la fusión se acordó reformar el artículo quinto del pacto social de la sociedad prevaleciente, para reflejar el capital accionario. Asimismo una vez fusionada la sociedad prevaleciente recibió en su domicilio la renuncia de todos sus representantes legales en la junta directiva y no habiendo activos, ni pasivos que liquidar se acordó disolver esta sociedad prevaleciente por acuerdo unánime de los socios según acta de asamblea de socios.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, 30 de abril de 2012.—Lic. Juan Rafael Alvarado Cervantes, Notario.—1 vez.—RP2012293270.—(IN2012039231).
Se disuelve la sociedad Farmacia Calderón y Gómez Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cero cuatro cero tres cinco uno. Escritura otorgada ante la notaria Marlen Alfaro Jiménez, a las dieciséis horas del veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Marlen Alfaro Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293273.—(IN2012039232).
Se disuelve la sociedad Garro y Farrier Soluciones de Mercadeo GFS Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco uno uno ocho tres seis. Escritura otorgada ante la notaria Marlen Alfaro Jiménez, a las dieciséis horas del veintiocho de abril del dos mil doce.—Lic. Marlen Alfaro Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293275.—(IN2012039233).
Por escritura ochenta y siete-tres de las catorce horas del treinta de abril del dos mil doce, del tomo tres del protocolo del notario David Zúñiga Jiménez, se disolvió la sociedad Farmacia Larosa de Pérez Zeledón S. A., dicha sociedad no posee activos, ni deudas con ninguna persona o institución. Es todo.—Pérez Zeledón, al ser las dieciocho horas del veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Jefté David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012293276.—(IN2012039234).
Mediante escritura cuarenta y nueve-siete, otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del ocho de marzo del año en curso, se cambia junta directiva y modifican estatutos de la sociedad denominada Villa Blorikal S. A. Presidenta: Martha Beer Gómez.—San Isidro de El General, nueve de marzo del dos mil doce.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—RP2012293277.—(IN2012039235).
Mediante escritura cincuenta y ocho-siete, otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de abril del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada tres-ciento uno-cinco cero dos nueve cero cero s. a., en donde se acuerda disolver y liquidar la sociedad por lo cual se publica para algún interesado en oponer excepciones.—San Isidro de El General, 27 de abril del 2012.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—RP2012293278.—(IN2012039236).
Que por escritura número 3, visible a folio 3 vuelto, se modificó la cláusula sexta del pacto social y nombró nuevo subgerente de la empresa MMXI A Beautiful White Thing SRL, cédula jurídica 3-102-648212, visible en el tomo 20 del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, tel. 2771-5855, Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 7 de mayo del 2012.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012293279.—(IN2012039237).
Óscar Umaña Berrocal, mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número 6-327-844, Yorleny Umaña Berrocal, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número 1-972-684, Luis Alexander Umaña Berrocal, mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad numero 6-316-120, constituyen una sociedad anónima cuyo nombre es Grupo Umaña OD Sociedad Anónima, escritura otorgada ante la licenciada Cintya Barrantes Vargas, número diecinueve-tres.—Lic. Cintya Barrantes Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012293280.—(IN2012039238).
Que por escritura número 1, visible a folio 1 frente se acordó disolver la empresa denominada A Beautiful Blue Sunrise SRL, visible en el tomo 20 del protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la disolución de la empresa indicada. Lic. Eduardo Abarca Vargas, tel. 2771-5855, Uvita de Osa, a las 8:00 horas del 7 de mayo del 2012.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012293281.—(IN2012039239).
Ante mí, a las 13:10 horas del 4 de mayo de 2012, escritura número 149-8 del tomo 8 del protocolo de la suscrita se protocolizó acta número uno de la sociedad Biowaste Technologies de Costa Rica S. A., con cédula jurídica número 3-101-454033 en donde se acuerda disolver esta sociedad.—Pérez Zeledón, 4 de mayo de 2012.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—RP2012293282.—(IN2012039240).
Que por escritura número 2, visible a folio 1 vuelto se acordó disolver la empresa denominada El Dromedario Feliz S. A., cédula jurídica 3-101-292604, visible en el tomo 20 del protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la disolución de la empresa indicada. Lic. Eduardo Abarca Vargas, tel. 2771-5855, Uvita de Osa, Uvita de Osa, a las 8:00 horas del 7 de mayo del 2012.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012293283.—(IN2012039241).
Ante el suscrito notario público Miguel Ángel González Morales, se disolvió la sociedad anónima Inversiones Piedra y Mora Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-647120. Presidente: Alfredo Piedra Mora. Es todo.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Miguel Ángel González Morales, Notario.—1 vez.—RP2012293284.—(IN2012039242).
En escritura número doscientos sesenta y cuatro, tomo uno ante la notaría del Lic. Manuel Carranza Acuña, se tramita la disolución de la sociedad B M Alfaro Mora Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y siete mil quinientos setenta y ocho, cuyo presidente es Edgar Alfaro Blanco, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos treinta y nueve-cero cero diecisiete.—Pérez Zeledón, San José, 5 de mayo del 2012.—Lic. Manuel Carranza Acuña, Notaria.—1 vez.—RP2012293285.—(IN2012039243).
En escritura número doscientos sesenta y seis, tomo uno, ante la notaría del Lic. Manuel Carranza Acuña, se tramita la disolución da la sociedad Inversiones Viaje al Paraíso Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil seiscientos setenta y cuatro, cuyo presidente es Mariano Gómez Briongos, portador del documento de identificación de residente permanente número: uno siete dos cuatro cero cero uno uno seis seis cero cinco.—Pérez Zeledón de San José, a las catorce horas del siete de moyo del dos mil doce.—Lic. Manuel Carranza Acuña, Notario.—1 vez.—RP2012293286.—(IN2012039244).
Hago constar que hoy protocolicé actas de asambleas general ordinaria y extraordinaria de las entidades denominadas Inversiones Nati Inc S. A.; Aquasistemas C.V. S. A.; y Cuarticastaño S. A., mediante las cuales se acuerda reformar en las tres, las cláusulas sétima de los estatutos así como a nombrar nuevas juntas directivas y el fiscal.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Mauricio Vargas Salas, Notario.—1 vez.—RP2012293288.—(IN2012039245).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del 29 de marzo del 2012, se disolvió la sociedad anónima denominada CR Fotosafari Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-393955, se prescindió del trámite de liquidación por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2012293289.—(IN2012039246).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas veinte minutos del 29 de marzo del 2012, se disolvió la sociedad denominada Castillo Sandí y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-256435, se prescindió del trámite de liquidación por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, 29 de marzo del 2012.—Lic. Yurly Alguera Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2012293290.—(IN2012039247).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil doce, donde se solicita la disolución de Océano del Nuevo Milenio Iseg S. A.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012293291.—(IN2012039248).
La suscrita notaria Sandra María Arce Carmona, hace constar que mediante acta número uno de asamblea general extraordinaria socios de la sociedad Arual Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil quinientos noventa y tres, celebrada a las dieciocho horas del sábado veintiocho de abril del año dos mil doce, se acordó disolver la sociedad dicha por acuerdo de socios.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Sandra María Arce Carmona, Notaria.—1 vez.—RP2012293292.—(IN2012039249).
La suscrita notaria Sandra María Arce Carmona, hace constar que mediante acta número uno de asamblea general extraordinaria socios de la sociedad Alarjo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil seiscientos treinta y nueve, celebrada a las veinte horas del sábado veintiocho de abril del año dos mil doce, se acordó disolver la sociedad dicha por acuerdo de socios.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Sandra María Arce Carmona, Notaria.—1 vez.—RP2012293293.—(IN2012039250).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día siete de mayo del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación B L Noventa y Uno de Santa Ana S. A.. Donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y sexta de los estatutos.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Andrea González Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012293294.—(IN2012039251).
La suscrita notaria Sandra María Arce Carmona, hace constar que mediante acta número uno de asamblea general extraordinaria socios de la sociedad Paradero Ecológico Los Leones Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos doce mil setecientos setenta y cinco, celebrada a las catorce horas del cinco de mayo del año dos mil doce, se acordó disolver la sociedad dicha por acuerdo de socios.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Sandra María Arce Carmona, Notaria.—1 vez.—RP2012293295.—(IN2012039252).
La suscrita notaria Sandra María Arce Carmona, hace constar que mediante acta número trece de asamblea general extraordinaria socios de la sociedad Ganadera Tronaimas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y tres mil doscientos sesenta y cuatro, celebrada a las once horas del dos de marzo del año dos mil doce, se acordó disolver la sociedad dicha por acuerdo de socios.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Sandra María Arce Carmona, Notaria.—1 vez.—RP2012293296.—(IN2012039253).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día cinco de mayo del dos mil doce, Ignacio Cubero Hernández; Sebastián Cubero Hernández; Josué Miranda Jiménez; Alberto José Pastor Peralta y Francisco Sandoval Cordero constituyen High Red HR Sociedad Anónima.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012293297.—(IN2012039254).
Por medio de escritura pública otorgada a las quince horas del día treinta de abril del dos mil doce protocolicé acuerdos de la asamblea general extraordinaria de los socios de Solís y Villanueva S. R. L., en el cual se solicita su disolución.—Tres de mayo del dos mil doce.—Lic. María Elena Molina Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012293298.—(IN2012039255).
Por escritura autorizada en mi notaría a las 12:00 horas del día 17 de marzo del 2012, se modificó, cláusula del nombre, de Interpost de Costa Rica S. A., para que adelante se denomine: E Way Digital Sociedad Anónima.—San José, 4 de mayo del 2012.—Lic. Manuel Enrique Zúñiga Urrutia, Notario.—1 vez.—RP2012293299.—(IN2012039256).
Por escritura otorgada en esta notaría a las diez horas del día siete de mayo del año dos mil doce, se acordó disolver la sociedad denominada Agroeconómica del Istmo Sociedad Anónima.—San Isidro de Coronado, a los siete días del mes de mayo del año dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Reynolds Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012293300.—(IN2012039257).
Por escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas y treinta minutos del día siete de mayo del año dos mil doce, se acordó disolver la sociedad denominada Inversiones Empresariales Morales y Garita Limitada.—San Isidro de Coronado, a los siete días del mes de mayo del año dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Reynolds Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012293301.—(IN2012039258).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 5 de mayo del 2012, se disuelve y liquida Los Tres Arcángeles Sociedad Anónima, a partir del 5 de mayo del 2012.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012293302.—(IN2012039259).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas de 7 de mayo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa L. S. Hale Investments S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto social referidas al nombre, domicilio y a la representación.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—RP2012293303.—(IN2012039260).
Por escritura número ciento diez-dos de las diecisiete horas del día siete de mayo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Primo Monteprad Sociedad Anónima y se acuerda disolver la compañía. Es todo.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Verónica María Rivera Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293304.—(IN2012039261).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 12:00 horas del día 3 de mayo del 2012, se acordó disolver la sociedad Distribuidora Jinuari Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Heredia, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012293305.—(IN2012039262).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 18:00 horas del día 7 de mayo del 2012, se acordó disolver la sociedad Serproa M.V. Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Heredia, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012293306.—(IN2012039263).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 18
horas 15 minutos del día 7 de mayo del 2012, se acordó disolver la sociedad
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 18 horas 10 minutos del día 7 de mayo del 2012, se acordó disolver la sociedad Las Gardenias Blancas Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Heredia, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012293308.—(IN2012039265).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 18 horas 30 minutos del día 7 de mayo del 2012, se acordó disolver la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cinco Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Heredia, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012293309.—(IN2012039266).
Por escritura de las 16:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Gerencia Agropecuaria Turrialbeña S. A., por la cual se transforma en una sociedad de responsabilidad limitada, que se denominará Gerencia Agropecuaria Turrialbeña Ltda.—Montes de Oca, 3 de mayo del 2012.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2012293311.—(IN2012039267).
Ante esta notaría, por acta de asamblea general extraordinaria de socios de Decoradora Salmón Decosa Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos sesenta y nueve mil ciento diez, a las quince horas del treinta de abril de dos mil doce, hago constar que se acordó disolver la sociedad.—Cartago, diecisiete del treinta abril del dos mil doce.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—RP2012293312.—(IN2012039268).
Ante esta notaría, por acta de asamblea general extraordinaria de socios de Aqua Marine Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos ocho mil trescientos diez, a las once horas con veinte minutos del treinta de abril de dos mil doce, hago constar que se acordó disolver la sociedad.—Cartago, treinta de abril de dos mil doce.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—RP201229313.—(IN2012039269).
Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 horas del 7 de mayo del 2012, se constituyó la compañía denominada Supermercado Gran Aguas Zarcas S. A., con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, 7 de mayo del 2012.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2012293314.—(IN2012039270).
Por escritura otorgada ante mí a las 11:00 horas del 30 de abril del 2012, se constituyó la compañía denominada Transportes Pearmo S. A., con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, 30 de abril del 2012.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2012293315.—(IN2012039271).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada: 3-102-530671 Sociedad de Responsabilidad Limitada, (I) Se acuerda revocar el nombramiento del gerente y subgerente actuales y en su lugar se nombra por el resto del plazo social como: gerente, Ronald Flores Mora.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—RP2012293316.—(IN2012039272).
Por escritura otorgada en San José, a las diez y treinta horas del dos de mayo del dos mil doce, ante mi notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Albergue Turístico Playa Bonita S. A., según la cual se acuerda su disolución.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2012293317.—(IN2012039273).
La sociedad Eleyde S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero tres ocho nueve ocho cero, acuerda su disolución en asamblea de socios celebrada en el domicilio social a las doce horas y treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil doce, ante la notaria Licenciada Virginia Portuguez Sánchez.—San José, a las trece horas del veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Virginia Portuguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012293319.—(IN2012039274).
En la notaría de
En mi notaría se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Fumi Sibú Atlántica S. A.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Ángela María Sánchez Lépiz, Notaria.—1 vez.—RP2012293321.—(IN2012039276).
En la notaría de
En la notaría del Lic. Edwin Chacón Bolaños, con oficina en San José, comparecieron los socios de Internacionational Representation of Familiar ISFAR Limitada, escritura número veinte del tomo cuarenta y dos, del suscrito notario donde en asamblea extraordinaria se acordó disolver la sociedad.—San José, veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012293323.—(IN2012039278).
En la notaría de
Por escritura de las 16:45 horas del 4 de mayo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Mardavid S. A., en la que por unanimidad de socios acuerdan disolver la sociedad, fundamentado en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Presidente, Marcos Castro Cordero.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012293325.—(IN2012039280).
Por escritura de las 16:00 horas del 7 de mayo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hurtubise del Pacífico S. A., en la que por unanimidad de socios acuerdan disolver la sociedad, fundamentado en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Presidente, Gilles de único apellido Hurtubise.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012293326.—(IN2012039281).
Ante esta notaría a las ocho horas del día primero de abril del año dos mil doce, se recovó el nombramiento de la junta directiva de la sociedad Pato Paperoga Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y ocho mil setecientos ochenta y nueve, siendo la nueva junta directiva compuesta así: presidente: Ryan Patrick (nombres) Mccaughan, secretario: Casey (nombre) Workman, tesorero: Sandra Elena (nombres) Hernández, fiscal: Aron James Guy (nombres) Noerr.—Liberia, dos de abril del dos mil doce.—Lic. María de los Ángeles Martínez Ortiz, Notaria.—1 vez.—RP2012293328.—(IN2012039282).
Por escritura otorgada ante este notario público el día ocho de mayo del dos mil doce, a las nueve horas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Global Crossing Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-uno cero dos-tres siete cero uno nueve cinco donde se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Javier Enrique Pacheco Mauro, Notario.—1 vez.—RP2012293329.—(IN2012039283).
Ante esta notaría a las nueve horas del día primero de abril del año dos mil doce, se recovó el nombramiento de la junta directiva de la sociedad Nube Clara Hermosa Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y cinco mil cuarenta y seis, siendo la nueva junta directiva compuesta así: presidente: Dale Ian Hendrickson; secretaria Iris Pearl Hendrickson; tesorero: Coreen Morris; fiscal: Todd Charles Morris.—Liberia, dos de abril del dos mil doce.—Lic. María de los Ángeles Martínez Ortiz, Notaria.—1 vez.—RP2012293330.—(IN2012039284).
Por escritura número doscientos ochenta y ocho otorgada a las once horas del siete de mayo del dos mil doce, el suscrito notario público protocoliza acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta Y Nueve Mil Doscientos Ochenta y Nueve Sociedad Anónima en la cual se modificó la cláusula primera: Del nombre o denominación social y octava: de la administración.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Antonio José Mora Barboza, Notario.—1 vez.—RP2012293331.—(IN2012039285).
Mediante escritura número 235, otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, al ser las 16:00 horas del 7 de mayo del año 2012, protocolicé acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Industrias Químicas San Silvestre S. A., cédula de jurídica 3-101-211029, por reforma de estatutos y junta directiva. Es todo.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Hildred Román Víquez, Notaria.—1 vez.—RP2012293332.—(IN2012039286).
Por este medio el suscrito notario hace constar que a las veintiún horas treinta minutos del día cuatro de mayo del dos mil doce, mediante escritura número trescientos bis-uno otorgada en el tomo primero de mi protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Execution Centro América Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro uno nueve cero seis cinco, en los que se acuerda la disolución de la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Puerto Viejo, cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—RP2012293333.—(IN2012039287).
Por este medio el suscrito notario hace constar que a las veinte horas del día siete de mayo del dos mil once, mediante escritura número trescientos tres-uno otorgada en el tomo primero de mi protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Sum And Substance of Manuel Antonio Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cinco dos nueve cero siete uno, en los que se modifica las cláusulas segunda y octava de su pacto constitutivo, cambiando su domicilio social y su modo de administración.—Puerto Viejo, siete de mayo del dos mil once.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—RP2012293334.—(IN2012039288).
Por escritura número ciento cincuenta y uno otorgada ante el suscrito notario Juan Diego Umaña Abarca, a las 9:00 del 30 de abril del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de sociedad Agrícola Buena Vista El Alto S. A. cédula jurídica: tres-uno cero uno-uno uno nueve ocho nueve cinco nombrando nueva junta directiva y fiscal.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Juan Diego Umaña Abarca, Notario.—1 vez.—RP2012293335.—(IN2012039289).
Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las catorce horas del día veintitrés de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Little Poeple Day Care & Preschool S.A., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula primera de los estatutos.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. María Verónica Riboldi López, Notaria.—1 vez.—RP2012293338.—(IN2012039290).
La entidad Tecnimuflas Alex S. A., cédula jurídica número tres ciento uno doscientos cincuenta y seis mil seiscientos sesenta y siete, disuelven dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d del Comercio.—Alajuela, 7 de mayo del 2012.—Lic. Amalia Bone Moya, Notaria.—1 vez.—RP2012293339.—(IN2012039291).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las dieciséis horas del veintiuno de abril del dos mil doce, se protocolizó la disolución de sociedad Tres Mariposa Esparzanas S. A.—Esparza, quince horas del veintidós de abril del dos mil doce.—Lic. Katherine Benavides Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012293340.—(IN2012039292).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las dieciséis horas del tres de mayo del dos mil doce, se protocolizó la disolución de sociedad Inversiones Arguedas Quesada S. A..—Esparza, quince horas del cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Katherine Benavides Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012223342.—(IN2012039293).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las quince horas del diecinueve de abril del dos mil doce, se protocolizó la disolución de sociedad anónima Chaveli Esparza S. A..—Esparza, quince horas del tres de mayo del dos mil doce.—Lic. Katherine Benavides Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012293343.—(IN2012039294).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las dieciséis horas del diecinueve de abril del dos mil doce, se protocolizó la disolución de sociedad anónima Alfamora Esparza S. A.—Esparza, quince horas del veinte de abril del dos mil doce.—Lic. Katherine Benavides Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012293344.—(IN2012039295).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las dieciséis horas del veintidós de abril del dos mil doce, se protocolizó la disolución de sociedad anónima Academia y Distribuidora Piel de Ángel S. A..—Esparza, quince horas del veintitrés de abril del dos mil doce.—Lic. Katherine Benavides Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012293345.—(IN2012039296).
Por escritura otorgada a las once horas del día tres de mayo de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria número siete de la plaza denominada Condominio Flor del Este Uno Nueve Oro Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintisiete mil ciento setenta, por medio de la cual se acordó la disolución de la sociedad supracitada y su liquidación por no existir activos ni pasivos pendientes de liquidación.—San José, cuatro de mayo de dos mil doce.—Lic. Ana Abigail Arce Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012293346.—(IN2012039297).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Propiedades El Pituco Sociedad Anónima, mediante la cual se aprueba la disolución de la empresa.—San José, 7 de mayo del dos mil doce.—Lic. Carlos Enrique Anglada Soler, Notario.—1 vez.—RP2012293347.—(IN2012039298).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Pincot R. C. D. Sociedad Anónima, por medio de la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, tres de mayo del año 2012.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012293348.—(IN2012039299).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Herli Limitada, mediante la cual se aprueba la disolución de la empresa.—San José, 26 de abril del dos mil doce.—Lic. Carlos Enrique Anglada Soler, Notario.—1 vez.—RP2012293349.—(IN2012039300).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Alex Noventa y Nueve de San José Sociedad Anónima, por medio de la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 27 de abril del año 2012.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012293350.—(IN2012039301).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Inversiones Maricris de Heredia Sociedad Anónima, mediante la cual se aprueba la disolución de la empresa.—San José, 25 de abril del 2012.—Lic. Carlos Enrique Anglada Soler, Notario.—1 vez.—RP2012293351.—(IN2012039302).
Al ser las ocho horas del veintisiete de febrero del año en curso, se llevó a cabo la asamblea general extraordinaria de Hotel Villas Paraíso Tropical Sociedad Anónima, en donde se modifica la denominación social a Hotel Natuga Ecolodge-Villas y Reserva Natural Sociedad Anónima. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, siete de mayo del año dos mil doce.—Lic. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1 vez.—RP2012293352.—(IN2012039303).
Por escritura otorgada a las ocho horas con treinta minutos del doce de marzo del año en curso, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Roosterfish Hotels And Resorts Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula primera de los estatutos.—San José, 10 de abril del 2012.—Lic. Annabella Rohrmoser Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2012293355.—(IN2012039304).
Mediante asamblea general extraordinaria de
socios número uno de las 16:00 horas del 27 de abril del 2012, con fundamento
en el artículo doscientos uno del Código de Comercio se acordó y quedó en firme
la disolución de
Mediante asamblea general extraordinaria de socios número cinco de las 15:00 horas del 4 de mayo del 2012, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio se acordó y quedó en firme la disolución de la sociedad Importaciones Los Cipreses de San Juan S. A., cédula jurídica 3-101-173424, de lo cual da fe la notaria que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—San Ramón, Alajuela, 4 de mayo del 2012.—Lic. María del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012293359.—(IN2012039306).
Mediante asamblea general extraordinaria de socios número uno de las 15:00 horas del día 3 de mayo del 2012, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio se acordó y quedó en firme la disolución de la sociedad Inversiones Keyrent S. A., cédula jurídica 3-101-284301, de lo cual da fe la notaria que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—San Ramón, Alajuela, 3 de mayo del 2012.—Lic. María del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012293360.—(IN2012039307).
Por escritura: veinticinco-cuatro, otorgada en Cariari, Pococí, a las veinte horas del siete de mayo de dos mil doce, ante el suscrito notario, se constituyó: www.axpopalmareñadelsur@cr.com S. A., que es nombre de fantasía. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: provincia: Limón, cantón: Pococí, distrito: Cariari, El Encanto, de la escuela pública cien metros norte, y veinticinco metros este.—Cariari, Pococí, veinte horas del siete de mayo de dos mil doce.—Lic. Giovanni José Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—RP2012293363.—(IN2012039308).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 7 de mayo del 2012, se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo: la primera: de la razón social, en Fiesta Centro S. A..—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—RP2012293366.—(IN2012039309).
Ante esta notaría al ser las quince horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Repollos del Valle R D V Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y cuatro mil cero doce, en la cual se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Carlos Francisco Segura Valverde, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad tres-doscientos uno-novecientos cuarenta y tres, vecino de Cartago, Paso Ancho de Oreamuno. Mediante escritura número doscientos veinticinco del tomo nueve de mi protocolo, visible al folio ciento treinta y siete vuelto.—Cartago, cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Lisbeth Castillo Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2012293367.—(IN2012039310).
Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del siete de mayo del dos mil doce, por la suscrita notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Servicios Gineco-Obstétricos Estrada Fernández Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de la misma.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—RP2012293368.—(IN2012039311).
Ante esta notaría al ser las dieciséis horas cincuenta minutos del tres de mayo del dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Papas Tecno Seguras P T S Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y tres mil ochocientos sesenta y cinco, en la cual se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Carlos Francisco Segura Valverde, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad tres-doscientos uno-novecientos cuarenta y tres, vecino de Cartago, Paso Ancho de Oreamuno. Mediante escritura número doscientos veinticuatro del tomo nueve de mi protocolo, visible al folio ciento treinta y siete frente.—Cartago, tres de mayo del dos mil doce.—Lic. Lisbeth Castillo Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2012293369.—(IN2012039312).
Ante esta notaría al ser las trece horas del veinte de abril del dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Agrícola RFVH Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos tres mil novecientos setenta y siete, en la cual se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Ronald Francisco Vásquez Hidalgo, mayor, soltero, comerciante, con cédula de identidad dos-cuatrocientos ochenta y siete-novecientos cinco, vecino de Santa Clara de San Carlos. Mediante escritura número doscientos veinte del tomo nueve de mi protocolo, visible al folio ciento treinta y cinco frente.—Cartago, tres de mayo del dos mil doce.—Lic. Lisbeth Castillo Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2012293370.—(IN2012039313).
Ante esta notaría al ser las trece horas treinta
minutos del tres de mayo del dos mil doce, se protocolizó el acta de la
sociedad de esta plaza denominada Servidmo Sociedad Anónima con cédula
jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y un mil novecientos
setenta y cuatro, en la cual se acuerda disolver la sociedad, cuyo presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Igor Darío Martínez
Ureña, mayor, ingeniero agrónomo, con cédula de identidad uno-ochocientos
dieciocho-ochocientos veinticuatro, vecino de Cartago,
Por escrituras de las quince horas, quince horas treinta minutos, quince horas cuarenta y cinco minutos, quince horas cincuenta minutos, dieciséis horas cinco minutos y dieciséis horas quince minutos, ante esta notaría se protocolizaron actas por su orden de las sociedades Vemafamar S. A., Manvarcar S. A., Favemar S. A., C. P. R. Condofin S.A., Consultores Madrigal S. A. y Fallas Vargas Asociados, en las cuales se da por terminado el plazo de vigencia de las mismas.—San José, 30 de abril del 2012.—Conotariado Didier Mora Calvo y Miguel Ángel Rojas Pacheco.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012293373.—(IN2012039315).
Mediante escritura número 116 otorgada a las 8:00 horas del 25 de abril del 2012, visible a folio 167 frente del tomo XI de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea de socios de Universidad Internacional para el Desarrollo UNIDESA S. A., cédula jurídica número: 3-101-253165; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 25 de marzo del 2012.—Lic. Leonidas Vargas Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012293377.—(IN2012039317).
Ante esta notaría se otorgó escritura de nombramiento de junta directiva, presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma de Inversiones Alfil y Castillo S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro siete tres dos uno tres a las dieciséis horas del cinco de mayo del dos mil doce. Es todo.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Jannyn Chacón Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012293378.—(IN2012039318).
Mediante escritura número 18 visible a folio 45 vuelto del tomo 8 otorgada a las 8:00 horas del 4 de mayo del 2012, se protocoliza acta de asamblea de socios de Ganamer S. A., cédula jurídica número: 3-101-095796; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 4 de mayo del 2012.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012293379.—(IN2012039319).
Mediante escritura número 19 visible a folio 45 vuelto del tomo 8 otorgada a las 9:00 horas del 4 de mayo del 2012, se protocoliza acta de asamblea de socios de Jabato S. A., cédula jurídica número: 3-101-110617; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 4 de mayo del 2012.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012293380.—(IN2012039320).
Ante esta notaría se otorgó escritura de liquidación de sociedad anónima al ser las ocho horas del treinta de abril del dos mil doce, de la compañía Servicios Contables Guth y Ruiz Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuatro dos seis seis dos, tomando el acuerdo por unanimidad. Es todo.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Lic. Jannyn Chacón Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012293381.—(IN2012039321).
Mediante escritura número 23 visible a folio 47 vuelto del tomo 8 otorgada a las 15:30 horas del 7 de mayo del 2012, se protocoliza acta de asamblea de socios de Agrícola Llorentina S.A., cédula jurídica número: 3-101-060915; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012293382.—(IN2012039322).
Ante esta notaría se otorgó escritura de nombramiento de junta directiva, presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma de Inversiones Salas y Amaya S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinticinco mil ochocientos noventa y ocho a las nueve horas del tres de mayo del dos mil doce. Es todo.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Jannyn Chacón Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012293383.—(IN2012039323).
Por escritura número doscientos veinticinco-dieciséis de las diez horas del dos de mayo del dos mil doce, se constituye Metrópoli Service Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años, capital social cien mil colones exactos. Presidente: José Orlando Vargas Mata.—San José, dos de mayo del dos mil doce.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—RP2012293384.—(IN2012039324).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se fusionan las sociedades: Canadian Maple SFC S. A., cédula jurídica 3-101-563479, y Representaciones Turísticas de Occidente SRL, cédula jurídica 3-102-172575 y se modifica la cláusula quinta de los estatutos de la entidad, con domicilio en Costa Rica, centro de San Ramón de Alajuela, frente al Cuerpo de Bomberos, Canadian Maple SFC Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-563479.—Guápiles, Pococí, a las diecisiete horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Marielos Barrantes Rivas, Notaria.—1 vez.—RP2012293386.—(IN2012039325).
Por escritura pública otorgada ante este notario, a las once horas del siete de mayo del dos mil doce, protocolización de acta de disolución de sociedad denominada tres-ciento uno-cuatro siete uno siete uno seis sociedad anónima.—San José, siete de mayo de dos mil doce.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012293387.—(IN2012039326).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se fusionan las sociedades: Inversiones Acuario del Río S. A., cédula jurídica 3-101-192445 y Condominios Calle Antigua Dos R S. A., cédula jurídica 3-101-288215 y se modifican las cláusulas quinta y octava de los estatutos de la entidad con domicilio en Costa Rica, San José, Escazú, San Rafael, Urbanización Trejos Montealegre, ochocientos cincuenta metros noroeste del Vivero Exótica, casa número novecientos diez, de Inversiones Acuario del Río Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-192445.—Guápiles, Pococí, a las 17 horas del 27 de abril del 2012.—Lic. Marielos Barrantes Rivas, Notaria.—1 vez.—RP2012293388.—(IN2012039327).
Ante este notaría mediante escritura número diecinueve de las nueve horas del tres de mayo de dos mil doce, se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo correspondiente a la administración eliminándose el puesto de prosecretario de la sociedad Libreco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno tres siete cuatro cero tres. Es todo.—San José, cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012293390.—(IN2012039328).
Ante esta notaría mediante escritura número dieciséis de las quince horas del dos de mayo de dos mil doce, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo correspondiente al domicilio de la sociedad Creaciones Artística Talentik Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cinco tres cinco cero ocho. Es todo.—San José, cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012293391.—(IN2012039329).
Por escritura pública en asamblea extraordinaria de accionistas de Corporación Waterloo y Stanley Sociedad Anónima, se reforma cláusula de representación judicial y extrajudicial.—San José, cuatro de mayo dos mil doce.—Lic. Deyanira Chinchilla Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012293392.—(IN2012039330).
Por escritura otorgada ante mí, Beaucamp Sandoval Sociedad Anónima, acuerda su disolución. Escritura otorgada en Heredia, a las once horas treinta minutos del cinco de mayo del dos mil doce.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—RP2012293393.—(IN2012039331).
Por escrituras otorgadas ante mi notaría, a las doce horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil doce, a las dieciséis horas treinta minutos y diecisiete horas del cinco de mayo del dos mil doce y trece horas del siete de mayo del dos mil doce respectivamente, protocolizo actas de las sociedades Sensoromanas S. A., Korean Financial Group S. A., Alquiana S. A., Diagnóstico Radio Dental S. A., mediante las cuales se acuerda la disolución de dichas sociedades.—Tres Ríos, 7 de mayo del 2012.—Lic. Grettel Cristina Zúñiga Tortós, Notaria.—1 vez.—RP2012293395.—(IN2012039332).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del cinco de mayo del dos mil doce y protocolizo acta de la sociedad Medirep S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad.—Tres Ríos, 7 de mayo del 2012.—Lic. Grettel Cristina Zúñiga Tortós, Notaria.—1 vez.—RP2012293396.—(IN2012039333).
El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas treinta minutos del siete de mayo de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Maragatos Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó integralmente los estatutos de la sociedad.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012293397.—(IN2012039334).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de Alegro Música S. A., se reforma cláusula segunda. Escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 3 de mayo del 2012.—Lic. Moisés Hunt Rosales, Notario.—1 vez.—RP2012293398.—(IN2012039335).
El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del siete de mayo de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Rodríguez Fairen Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó integralmente los estatutos de la sociedad. Es todo.—San José, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012293399.—(IN2012039336).
Ante esta notaría por medio de escrituras públicas se disolvieron las sociedades anónimas Texsur Sociedad Anónima, Promociones y Exportaciones Lemur Sociedad Anónima y Almacén y Tienda Escrúpulos Sociedad Anónima.—Tibás, primero de mayo del dos mil doce.—Lic. Nancy Baraquiso Leitón, Notaria.—1 vez.—RP2012293400.—(IN2012039337).
La suscrita notaria hace constar que hoy
protocolizó acuerdos de disolución y liquidación de la sociedad LBB Briz
Barr Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Zapote, Urbanización
Por escritura otorgada a las 12:30 horas del 7 de mayo del 2012, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Recuperadora de Crédito Valenciano Sociedad Anónima, se procede con la disolución de la sociedad.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—RP2012293402.—(IN2012039339).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 7 de mayo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Suco Citro S.R.L., se reforma la cláusula del capital social.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012293403.—(IN2012039340).
Por escritura otorgada a las 10:30 horas del 7 de mayo del 2012, se disuelve por acuerdo de socios Catsa Canje Analítico Técnico S. A., cédula jurídica 3-101-187938. No existen activos ni pasivos.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—RP2012293405.—(IN2012039341).
Por escritura pública número ciento treinta y cuatro de las 15:00 horas del 7 de mayo de 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de L.L.E. Esmeralda Investmentes SRL en la que se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012293406.—(IN2012039342).
Por escritura otorgada hoy cinco de mayo del dos mil doce ante mi notaría, se protocoliza acuerdo de cambio de representante legal y presidente de la sociedad, Global Services Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-584314. En adelante la presidenta y representante legal es la señora Cleila Andrea López Rodríguez, cédula de residencia: 117000561318.—Lic. Olga María Mata Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012293407.—(IN2012039343).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizaron acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de Inversiones Fineste S. A., mediante los cuales se acuerda su disolución.—San José, 29 de abril del 2012.—Lic. Karla Silene Gutiérrez Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012293409.—(IN2012039344).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 3 de mayo del 2012, se constituyó la sociedad AWTSA Group Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo social: 100 años. Capital íntegramente suscrito y pagado. Junta directiva: presidente con plenas facultades de representación. Es todo.—Lic. Leda Di Nápoli Perera, Notaria.—1 vez.—RP2012293410.—(IN2012039345).
Hoy ante esta notaría y conforme a
Hoy se otorgó ante esta notaría, escritura de acta extraordinaria de accionistas para la disolución y liquidación de la sociedad de esta plaza, Fiduciaria Serfin Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-080542, con domicilio en la ciudad de San José.—San José, cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2012293412.—(IN2012039347).
Hoy se otorgó ante esta notaría, escritura de acta extraordinaria de accionistas para la disolución y liquidación de la sociedad de esta plaza, Bosgrave Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-148956, con domicilio en la ciudad de San José.—San José, cinco de mayo del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2012293413.—(IN2012039348).
Hoy se otorgó ante esta notaría, escritura de acta extraordinaria de accionistas para la disolución y liquidación de la sociedad de esta plaza, Inmobiliaria Serfin Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-258943, con domicilio en la ciudad de San José.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2012293415.—(IN2012039349).
Hoy se protocolizó ante esta notaría, acta de asamblea general extraordinaria, de la sociedad de esta plaza, Super Vision Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula octava y se elimina la cláusula décima del pacto social.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2012293416.—(IN2012039350).
Mediante escritura pública número doscientos diez-dos, otorgada a las ocho horas del siete de mayo del dos mil doce, se acuerda por unanimidad del capital social y al tenor del artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la sociedad Arquitrabe Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, San Pablo, de la iglesia nueva, veinticinco metros al sur y ciento veinticinco metros al oeste, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero nueve siete ocho nueve uno.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—RP2012293417.—(IN2012039351).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 del 21 de marzo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial García & Fuentes Seguridad Sociedad Anónima. Presidente: Steven García Madrigal.—San José, 4 de mayo del 2012.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—RP2012293418.—(IN2012039352).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:00 horas del 7 de mayo de 2012, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Trans Begy S. A. Se reforman totalmente los estatutos de la sociedad.—San José, 7 de mayo de 2012.—Lic. Manrique Quirós Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2012293419.—(IN2012039353).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del 8 de mayo del 2012, se modifica la siguiente cláusula: la décima tercera, del pacto constitutivo: la décima tercera. Del gerente general y el subgerente en la sociedad Banco de Soluciones Bansol de Costa Rica S. A.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012293420.—(IN2012039354).
Hoy cuatro de mayo de dos mil doce, he protocolizado acta de la sociedad Tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil ciento cincuenta S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil ciento cincuenta en la cual se acuerda disolver la compañía por acuerdo unánime de socios.—San José, a las quince horas cuarenta minutos del cuatro de mayo de dos mil doce.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—RP2012293422.—(IN2012039355).
Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por acta
protocolizada en esta notaría mediante la escritura número ciento treinta y
ocho del tomo once de mi protocolo, de las ocho horas del seis de mayo del dos
mil doce, la compañía Soluciones Totales Costarricenses S. A., solicita
al Registro Público de
Ante esta notaría, a las quince horas del quince de abril del dos mil doce, mediante escritura número veintiuno visible al folio veinticuatro vuelto al veinticinco frente del tomo quinto de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Soluciones Constructivas Jardín de Heliconias Ltda., por la que se disuelve la misma.—Palmares, a las nueve horas del diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Álvaro Sagot Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012293424.—(IN2012039357).
Ante esta notaría, mediante escritura número trece de las once horas del cinco de mayo del dos mil, visible al folio doce frente y vuelto del tomo primero de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Centros de Estudios y Acciones por el derecho a un ambiente sano y sostenible Sociedad Anónima por la que se disuelve la misma.—San Ramón, cinco de mayo del dos mil doce.—Lic. Laura Campos Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2012293425.—(IN2012039358).
Por escritura número ciento cuarenta y seis otorgada ante esta notaría a las ocho horas veinte minutos del treinta de abril del dos mil doce se protocolizó acta de sociedad Condominio Avicenia Madrepora Número Treinta y Tres S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y tres mil trescientos veintiséis en la que se solicita la disolución de la sociedad.—Lic. Hazel Delgado Cascante, Notario.—1 vez.—RP2012293426.—(IN2012039359).
Roy González Guzmán, notario con oficina en Alajuela, hago constar que el siete de mayo del dos mil doce, mediante escritura doscientos cincuenta y seis se protocolizó acuerdos de asamblea general, mediante los cuales se disolvió la sociedad Fonsimsa Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos setenta y cuatro.—Alajuela, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Roy González Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012293427.—(IN2012039360).
Roy González Guzmán, notario con oficina en Alajuela, hago constar que el siete de mayo del dos mil doce, mediante escritura doscientos cincuenta y cuatro se protocolizó acuerdos de asamblea general, mediante los cuales se disolvió la sociedad Fábrica de Muebles de Metal Montero Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-doscientos veinte mil seiscientos quince.—Alajuela, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Roy González Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012293428.—(IN2012039361).
Roy González Guzmán, notario con oficina en Alajuela, hago constar que el siete de mayo del dos mil doce, mediante escritura doscientos cincuenta y cinco, se protocolizó acuerdos de asamblea general, mediante los cuales se disolvió la sociedad Comercializadora de Muebles Montero Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-doscientos diecinueve mil seiscientos veinte.—Alajuela, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Roy González Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012293429.—(IN2012039362).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
nueve horas con cuarenta minutos del veintisiete de abril del dos mil doce,
Davy Swijns, María Regina Schoofs y Louis Frans Robert Swijns, constituyen la
entidad Beltiko Sociedad Anónima, domiciliada en San Isidro de Peñas
Blancas de San Ramón, Alajuela, un kilómetro al este y un kilómetro al norte de
Por escritura otorgada en esta notaría de San José, a las ocho horas del siete de mayo del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Cooper Gris C.O.G. Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula del domicilio social.—Lic. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—RP2012293433.—(IN2012039364).
Mediante escritura número noventa, otorgada a las dieciséis horas del siete de mayo se solicitó la disolución de D’ Benedictis Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y nueve mil novecientos once.—San José, 7 de mayo de 2012.—Lic. Yanina Jiménez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012293436.—(IN2012039365).
Se protocolizó en mi notaría disolución de la sociedad denominada Almost Punta Cóncavas Limitada, con cédula de persona jurídica número 3-102-297776. Es todo.—San José, a las doce horas treinta minutos del día dos de mayo del dos mil doce.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293439.—(IN2012039366).
Se protocolizó en mi notaría disolución de la sociedad denominada Digital Collections of Central America Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-477458. Es todo.—San José, a las doce horas treinta minutos del día dos de mayo del dos mil doce.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293440.—(IN2012039367).
Se protocolizó en mi notaría, disolución de la sociedad denominada Amador Sibaja Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-175621. Es todo.—San José, a las doce horas treinta minutos del día dos de mayo del dos mil doce.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293441.—(IN2012039368).
Informo que el día 24 de marzo del 2012, Asesorías de Registro López Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-492999, los socios de la sociedad procedieron a disolver y liquidar, esta sociedad. Dicha disolución fue protocolizada mediante escritura 9-23, visible al folio 3 vuelto del tomo 23 del protocolo, con fecha 12:00 horas del día 24 de marzo del 2012.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2012293442.—(IN2012039369).
En esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria número uno de la sociedad Olinda Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-607023. Es todo.—San José, a las diez horas del 1º de mayo del 2012.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293443.—(IN2012039370).
Se protocolizó en mi notaría, disolución de la sociedad denominada Arrienda Comercial Triples CA Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-421772. Es todo.—San José, a las doce horas treinta minutos del día dos de mayo del dos mil doce.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293444.—(IN2012039371).
Informo que el día 20 de abril del 2012, Transporte C.E.M.E del Carmen Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-460627, los socios de la sociedad procedieron a disolver y liquidar, esta sociedad. Dicha disolución fue protocolizada mediante escritura 190-23, visible al folio 68 frente del tomo 23 del protocolo, con fecha 11:30 horas del día 4 de mayo del 2012.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—RP2012293445.—(IN2012039372).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 19 horas del 28 de noviembre del 2011, se constituyó la sociedad Servicios Ipal del Oeste Ltda. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—Lic. Evelyn García Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2012293447.—(IN2012039373).
Ante esta notaría por medio de escritura pública número 33-III otorgada en Guanacaste a las 17:00 horas del 7 de mayo del 2012 se protocolizó el acta número uno de la sociedad Las Delicias Gardens Investment Limitada, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos Primero:... Segundo: Se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo. Tercero: Se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo. Cuarto: Se remueve al gerente y subgerente de la sociedad. Quinto: Se realiza el siguiente nombramiento: gerente general: Christine Rossanne Viera, subgerente: Franzes Antonio Desa.—Guanacaste, 7 de mayo del 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012293448.—(IN2012039374).
Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 9:00 horas del día 8 de mayo del 2012, se disolvió la compañía Corporación de Mantenimiento y Servicios Generales I N C S. A. con cédula de persona jurídica número 3-101-359349.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Arvid Bokenfohr Solís, Notario.—1 vez.—RP2012293449.—(IN2012039375).
Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 8:15 horas del día 8 de mayo del 2012, se disolvió la compañía Desaseguros de Heredia S. A. con cédula de persona jurídica número 3-101-353317.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Erika Bagnarello Espinoza, Notaria.—1 vez.—RP2012293450.—(IN2012039376).
Eloy Piedra Miranda y Nidia Benavídez Espinoza, acuerdan por unanimidad disolver la sociedad Piedra y Benavídez Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-499069. La sociedad no tiene ningún bien o activo, ni deudas o pasivos, ni actividades u operaciones de ninguna naturaleza, por ende se prescinde del nombramiento de liquidador, así como de trámites de liquidación. Eloy Piedra Miranda, Presidente.—Venecia de San Carlos, 8 de mayo del 2012.—Lic. José Enrique Arce Salas, Notario.—1 vez.—RP2012293455.—(IN2012039377).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día siete de mayo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Ingeniería Gaia Sociedad Anónima, en la cual se otorga sin poder generalísimo sin límite de suma de conformidad a lo establecido por el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil a la señora Hilma González Angulo.—San José, ocho de mayo del doce.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012293456.—(IN2012039378).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas con treinta minutos del día siete de mayo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Wedding Factory Grupo Diseño Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo y se realiza nuevo nombramiento de tesorero.—San José, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012293457.—(IN2012039379).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 22 de marzo del 2012: Luis Eduardo Elizondo Fallas, Lourdes Venegas Zúñiga, Ana Lilliana Monge Vargas y Víctor Manuel Ureña Alvarado constituyen PC Los Santos Tecnología L Y L Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial corresponden al presidente. Presidente: Luis Eduardo Elizondo Fallas y vicepresidenta Lourdes Venegas Zúñiga.—Santa María de Dota, 28 de marzo del 2012.—Lic. Lisandro Valverde Porras, Notario.—1 vez.—RP2012293458.—(IN2012039380).
Por escritura número ciento veinticinco-once, otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil doce, se protocoliza la constitución de la sociedad First Factory S.R.L. Es todo.—San José, 8 de mayo de dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012293461.—(IN2012039381).
Por acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios de Chocolates de Artesanales de Costa Rica S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos dos mil cuatrocientos nueve, se acordó disolver la sociedad tal y como lo establece el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. La sociedad no tiene ningún bien o activo, ni tiene actividades ni operaciones de ninguna naturaleza. Por ende, se prescinde del nombramiento de liquidador, así como el resto de trámites de liquidación.—San José, 2 de mayo del 2012.—Lic. Álvaro Monge Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012293463.—(IN2012039382).
Por escritura número treinta y ocho-ochenta y nueve, otorgada ante mí a las doce horas treinta minutos del 27 de abril del 2012 se disuelve la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Ochenta y Nueve Mil Setecientos Ochenta y Seis Sociedad Anónima.—San José, 5 de mayo de dos mil doce.—Lic. Rolando Clemente Laclé Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012293464.—(IN2012039383).
Por escritura otorgada ante esta notaría el 7 de mayo del dos mil doce, se ha disuelto la sociedad Promovh S. A.—Heredia, 8 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—RP2012293466.—(IN2012039384).
Por escritura otorgada ante nosotros el día de hoy, el señor Wilfredo Sibaja Miranda, en su condición de único dueño del capital social, acordó disolver la empresa Grupo Marrochis de Costa Rica Grumaco S. A.—San José, 4 de mayo del 2012.—Lic. Esteban Rodríguez López y José Milton Morales Ramírez, Notarios.—1 vez.—RP2012293467.—(IN2012039385).
Ante el suscrito notario Diego Mendoza González,
los señores Juan Gabriel Oreamuno y Juan Carlos Reyes Rivas, constituyeron una
sociedad anónima según dispone el decreto 33177-J publicado en
Mediante escritura número 251-76, otorgada a las 17:50 horas del 26 de abril del 2012, ante el suscrito notario, se disuelve la sociedad conocida como Distribuidora de Productos de Limpieza S. A.—Lic. Diego Mendoza González, Notario.—1 vez.—RP2012293469.—(IN2012039387).
Mediante escritura número 261-76, otorgada a las 08:36 horas del 28 de abril del 2012, ante el suscrito notario, se disuelve la sociedad conocida como Importadora de Vehículos Myno S.A.—Lic. Diego Mendoza González, Notario.—1 vez.—RP2012293470.—(IN2012039388).
Por escritura otorgada en Alajuela a las 11:00
horas del 7 de mayo de 2012, ante la notaría de
Por escritura otorgada en mi notaría a las a las 8 horas del 30 de abril del 2012, protocolicé las actas asamblea general extraordinaria de socios de las compañías denominadas Yafar de Costa Rica S. A., Inversiones Axel del Veroliz S. A., Inversiones Enzo y Vonarlet S. A., JCI de Alajuela S. A., Inversiones A.L.M.O Alpízar Mora S. A. e Importadora Arabesco Costa Rica S. A., mediante la cual se fusionan dichas sociedades, prevale Importadora Arabesco Costa Rica S. A. y se reforma la cláusula cuarta sobre el capital social.—Lic. Violeta Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—RP2012293472.—(IN2012039390).
Ante la suscrita notaria se protocolizóo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas para disolución de la sociedad denominada Mi Amigo el Delfín Sociedad Anónima, otorgada a las nueve horas del dieciséis de abril del año dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293474.—(IN2012039391).
Ante la suscrita notaria se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedad denominada Grupo Soluciones en Gimanasios Sociedad Anónima, otorgada a las quince y cincuenta horas del dos de mayo del año dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293475.—(IN2012039392).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 17:00 horas del 4 de mayo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Balcón Rojo S. A., mediante la cual se modifican los artículos tercero del domicilio y sexto de la administración del pacto social.—Alajuela, 7 de mayo del 2012.—Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—RP2012293476.—(IN2012039393).
Escritura otorgada a las ocho horas del dos de
mayo del año dos mil doce, para disolver y liquidar la empresa de esta plaza
que se denomina Valet Sociedad Anónima ante
Por medio de la escritura número ciento ochenta y
cinco, del día veintiocho de abril del dos mil doce, se acordó la disolución de
la compañía Cresdendo Music Sociedad Anónima. Esta compañía se encuentra
inscrita bajo el número de cédula jurídica; tres-ciento uno-cinco tres nueve
cuatro ocho cero, de
Ante esta notaría se protocolizó el acta de disolución de la compañía Chawil S. A., Capital social: 10.000 colones. Representante: Eduardo Zúñiga Masís.—San José, mayo del 2012.—Lic. Dagoberto Rivera Betancourt, Notario.—1 vez.—RP2012293481.—(IN2012039396).
Escritura otorgada a las 17 horas del 4 del mayo dos mil doce se disolvió la sociedad anónima Run Sociedad Anónima. Domicilio: San José.— 8 de mayo del 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012293482.—(IN2012039397).
Que por acuerdo unánime de la totalidad de los socios de la sociedad R&G Flamingo Café Sociedad Anónima, tomados a las dieciséis horas con veinte minutos del dos de mayo del dos mil doce, se acordó disolver esta sociedad. No existen activos, ni deuda o pasivo ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador. Los acuerdos están firmes y firmados.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012293483.—(IN2012039398).
En esta notaría, sita en la ciudad de San José, Nº 2708 de la calle 27, avenidas central y primera se tramitan los procesos de disolución y liquidación en sede notarial de las siguientes sociedades: UPZILONZANAS; OMIKRONZANAS; SIGMAZA-NAS; OMEGAZANAS; GAMMAZANAS; BETAZANAS; LAMBDANZANAS; THETAZANAS; CINCO KIWIS; LOMAS VERDES; VIRGINIA SWEETS; SWIG FORTY NINE; CINCO MONOS CARIBLANCOS; Y CINCO CEREZAS, todas sociedades anónimas;, por su orden cédulas jurídicas números 3-101-566385; 3-101-566384; 3-101-562677; 3-101-566387; 3-101-484083; 3-101-484090; 3-101-484746; 3-101-486931; 3-101-293832; 3-101-022483; 3-101-484537; 3-101-484436; 3-101-291690; y 3-101-285361. Se emplaza a terceros interesados, para que en el plazo de 30 días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 0028-2012..—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012293484.—(IN2012039399).
En esta notaría, sita en la ciudad de San José,
Nº 2708 de la calle 27, avenidas central y primera se tramitan los procesos de
disolución y liquidación en sede notarial de las siguientes sociedades: INDUSTRIAL METIS S.A.; MARALDI S.A.; LAS BRISAS DE
OROSI R y F S. A.; INVERSIONES CRUZ ALFARO S. A.; EL DMAX DE PUPUY S. A.;
En esta notaría, sita en la ciudad de Heredia, se tramitan los procesos de disolución y liquidación en sede notarial de las siguientes sociedades: VILLA DON AMANCIO S. A.; ESTUDIO LEGAL AMBIENTAL S. A.; ENVIRONMENTAL LAW ATTORNEYS (ELA) S. A.; y ESTUDIO LEGAL LEGIS E. I. R. L., por su orden cédulas jurídicas 3-101-437428; 3-101-418930; 3-101-543945; y 3-105-183096. Se emplaza a terceros interesados, para que en el plazo de 30 días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expedientes Nº 0001; 0002; 0003, y 0004 todos del año 2012.—Heredia, 4 de mayo del 2012.—Lic. Iliana Cruz Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012293486.—(IN2012039401).
Por escritura otorgada en la notaría del notario
público Óscar Luis Trejos Antillón, número 240 del tomo 14, de las 11:00 horas,
del día 7 del mes de mayo del año 2012, se constituye la sociedad anónima, de
conformidad con el artículo 19 del Código de Comercio, cuya denominación social
se hace de conformidad con el artículo 2 del decreto 33171-J publicado en
Por escritura otorgada en la notaría del notario
público Óscar Luis Trejos Antillón, número 241 del tomo 14, de las 12 horas,
del día 7 del mes de mayo del año 2012, se constituye la sociedad anónima, de
conformidad con el artículo 19 del Código de Comercio, cuya denominación social
se hace de conformidad con el artículo 2 del decreto 33171-J publicado en
Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 238 del tomo 14, de las 10:30 horas del día 7 del mes de mayo del año 2012, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Benchmarking C & L S. A., donde se acuerda la disolución.—San José, 8 de mayo del año 2012.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2012293489.—(IN2012039404).
Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 239 del tomo 14, de las 10:45 horas del día 7 del mes de mayo del año 2012, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Inversiones Convergentes de Comunicaciones S. A., donde se acuerda la disolución.—San José, 8 de mayo del año 2012.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2012293490.—(IN2012039405).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las quince horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad G T Gandoca Trust Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil noventa y nueve, reformando sus cláusulas segunda, sétima y reformando su junta directiva. Es todo.—Jacó, 26 de abril del 2012.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2012293492.—(IN2012039406).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las catorce horas del treinta de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad 3-102-497250 Limitada, con cédula jurídica número 3-102-497250, reformando sus cláusulas primera, segunda, y reformando su administración. Es todo.—Jacó, 2 de mayo del 2012.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2012293493.—(IN2012039407).
Protocolización de acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Productos
Hugo Rodríguez Coronado abogado y notario, hace constar que mediante escritura número dieciséis ciento cuarenta y seis se constituye la sociedad denonimada Corporación Yanik Sociedad Anónima.—Lic. Hugo Rodríguez Coronado, Notario.—1 vez.—RP2012293495.—(IN2012039409).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las ocho horas del dos de mayo del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Delahunt Realty Ltda, con cédula jurídica número 3-102-393378, reformando su cláusula sétima y modificando su administración. Es todo.—Jacó, 2 de mayo del 2012.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2012293496.—(IN2012039410).
El suscrito notario autorizado al efecto, a las 9 horas de hoy protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de DSSI Defensa y Servicios de Seguridad e Investigación S. A., cédula jurídica 3-101-600560 domiciliada en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela, por la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, 3 de mayo del 2012.—Lic. Gilberth Quirós Castro, Notario.—1 vez.—RP2012293497.—(IN2012039411).
Por asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Empresa de Seguros Ramonenses Sociedad Anónima, se procedió a realizar la disolución de la misma, a partir del día doce de abril del dos mil doce.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—RP2012293498.—(IN2012039412).
Por asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada El Encanto Azul Sociedad Anónima, se procedió a realizar la disolución de la misma, a partir del día veinte de marzo del dos mil doce.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—RP2012293494.—(IN2012039413).
Por escritura otorgada por mí, el día tres de mayo del dos mil doce, a las ocho horas, se protocolizó el acta de la sociedad denominada Farmarc Inversiones S. A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula vigésima primera (representación).—San José, tres de mayo del dos mil doce.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012293501.—(IN2012039414).
Por escritura otorgada ante mí, el día 3 de mayo
del
Se protocolizó en mi notaría disolución de la sociedad denominada Inversiones de mi Héroe de Guerra Sociedad de Responsabilidad Limitada con cédula de persona jurídica número 3-102-536805. Es todo.—San José, a las diez horas treinta minutos del día dos de mayo del dos mil doce.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293504.—(IN2012039416).
Se protocolizó en mi notaría disolución de la sociedad denominada Marvesa del Sur Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-412537. Es todo.—San José, a las doce horas treinta minutos del día dos de mayo del dos mil doce.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293505.—(IN2012039417).
Se protocolizó en mi notaría disolución de la sociedad denominada Vehículos Garza Azul Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-481368. Es todo.—San José, a las diez horas treinta minutos del día dos de mayo del dos mil doce.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012293506.—(IN2012039418).
Ante el infrascrito notario por escritura número 183 otorgada a las 9:00 horas del 1 de mayo del año 2012, se protocolizaron los acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades cuya denominación social es idéntica al de su número de cédula jurídica las cuales son: tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos doce; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos trece; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos catorce; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos dieciséis; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos diecisiete; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos dieciocho; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos diecinueve; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos veinte; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos veintidós; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos veinticuatro; tres-ciento uno- cuatrocientos noventa mil seiscientos veinticinco; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos veintiséis; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos veintisiete; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos veintiocho; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos veintinueve; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos treinta; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos treinta y uno; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos treinta y dos; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos treinta y tres; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos treinta y cuatro; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos treinta y cinco; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos treinta y seis; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos treinta y siete; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos treinta y ocho; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos cuarenta; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos cuarenta y uno; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos cuarenta y tres; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos cuarenta y cuatro; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos cuarenta y cinco; tres-ciento uno- cuatrocientos noventa mil seiscientos cuarenta y seis; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos cuarenta y siete; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos cuarenta y ocho; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos cuarenta y nueve; tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos cincuenta y uno; y tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil seiscientos cincuenta y dos, por las que se acuerda su disolución.—Alajuela, 7 de mayo del 2012.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—RP2012293507.—(IN2012039419).
Por escritura otorgada en mi notaría el día 7 de mayo del 2012, se constituyó Olympus Holdings Group Sociedad Anónima, Plazo: noventa y nueve años, Domicilio: San José. Objeto: Comercio en general. Apoderado generalísimo: presidente.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012293510.—(IN2012039420).
La suscrita notaria pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que ante mi notaría se está tramitando la disolución de la sociedad Camisas Locas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro siete cinco siete uno, a partir del cuatro de mayo del dos mil doce.—Heredia, el día siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012293511.—(IN2012039421).
La suscrita notaria pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que ante mi notaría se está tramitando la disolución de la sociedad Tres-Ciento Dos-Cinco Cero Siete Tres Cuatro Nueve Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cinco cero siete tres cuatro nueve, a partir del seis de mayo del dos mil doce.—Firmo en Heredia, el día siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012293512.—(IN2012039422).
La suscrita notaria pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que ante mi notaría se está tramitando la disolución de la sociedad Concredeco Concretos Decorativos Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cinco cero siete dos nueve tres, a partir del seis de mayo del dos mil doce.—Firmo en Heredia el día siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012293513.—(IN2012039423).
La suscrita notaria pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que el día veintitrés de abril del dos mil doce, se reorganizó la junta directiva de la sociedad anónima denominada Tres-Ciento Uno-Seis Cero Cinco Tres Siete Nueve Sociedad Anónima.— Firmo en Heredia el día siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012293514.—(IN2012039424).
Que mediante escritura pública número doscientos veintidós, otorgada ante mi notaría, en la ciudad de Siquirres, Limón, a las once horas del día veintitrés de febrero del dos mil doce, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Calica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos trece mil quinientos sesenta y tres en la cual se solicita la disolución de la sociedad.—Siquirres, Limón, cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Francisco Amador Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012293515.—(IN2012039425).
Que mediante escritura pública número doscientos veintidós, otorgada ante mi notaría, en la ciudad de Siquirres, Limón, a las once horas del día veintitrés de febrero del dos mil doce, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Calica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos trece mil quinientos sesenta y tres en la cual se solicita la disolución de la sociedad.—Siquirres, Limón, cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Francisco Amador Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012293516.—(IN2012039426).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las once horas del día dieciocho de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Chiquilindas-Chiquilindos Sociedad Anónima por medio de la cual se disuelve la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012293520.—(IN2012039427).
Por escritura número uno, visible al folio uno frente del tomo 30 del protocolo del notario público José Miguel Corrales Bolaños, a las 14:00 horas del día 3 de mayo de 2012, se protocolizó acta de la sesión extraordinaria de cuotistas de la sociedad Taller B & Q Limitada mediante la cual se reformó la cláusula segunda, del domicilio, del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, 3 de mayo del 2012.—Lic. José Miguel Corrales Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012293521.—(IN2012039428).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las diez horas del día diecinueve de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad denominada Zeledón Security Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012293522.—(IN2012039429).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José
al ser las once horas del día dieciocho de abril del dos mil doce, se
protocoliza acta de la sociedad denominada Desarrollo de
Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las doce horas del día veintisiete de marzo del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad denominada Interamérica de Desarrollo Inde Sociedad Anónima, por medio de la cual se nombra como presidenta a la señora Kattia Bravo Rodríguez y se otorga poder generalísimo a la señora Ester Princigalli.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012293524.—(IN2012039431).
El suscrito notario Giovanni Salas Camacho, hace constar y da fe que hoy protocolicé el acta donde los socios han disuelto la empresa Follajes Ario Sociedad Anónima, de cédula jurídica número tres-ciento uno-dos siete siete tres dos seis, dada en Río Frío de Sarapiquí, Heredia al ser las diez horas del primero de mayo del dos mil doce.—Lic. Giovanni Salas Camacho, Notario.—1 vez.—RP2012293525.—(IN2012039432).
Indias Presvere de Sarapiquí Limitada, cédula jurídica tres-uno cero dos-tres dos cuatro dos nueve dos, mediante acta número dos de asamblea de socios y accionistas, se comunica su disolución.—Lic. Marta Iris Quesada López, Notaria.—1 vez.—RP2012293526.—(IN2012039433).
Se disuelve la sociedad Novedades Unicornio S. A., con cédula jurídica 3-101-160770. Escritura número ciento treinta y cuatro, otorgada a las ocho horas del diecisiete de abril del dos mil doce, visible al folio cincuenta y siete frente del tomo cuarto del protocolo del notario Franklin Fernández Torrentes. Es todo.—San José, 16 de abril del 2012.—Lic. Franklin Fernández Torrentes, Notario.—1 vez.—RP2012293527.—(IN2012039434).
Se liquida la sociedad Mosiromosi Limitada. Escritura otorgada en San José, el catorce de enero del dos mil doce.—Lic. Franklin Fernández Coles, Notario.—1 vez.—RP2012293528.—(IN2012039435).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del ocho de mayo del año dos mil doce, se disuelve la entidad Inmobiliaria Los Ciosos S. A.—Heredia, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Manuel Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—RP2012293530.—(IN2012039436).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las
trece horas del cinco de mayo del dos mil doce, protocolicé acta de Sol de
Orosi Sociedad Anónima, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad.—Lic.
Tatiana María De
En mi notaría el día veintiocho de abril del
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Inversiones Maeli del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-157200, se acuerda la disolución de esta sociedad por acuerdo de todos los socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, y se procede a la disolución para lo que se comisiona al suscrito notario Bolívar Villanueva Villalobos.—Buenos Aires de Puntarenas, 15:00 horas del 7 de mayo del 2012.—Lic. Bolívar Villanueva Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012293537.—(IN2012039439).
En mi notaría el día veinticinco de abril del
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Inversiones Kristel Nayely Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-535158, se acuerda la disolución de esta sociedad por acuerdo de todos los socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, y se procede a la disolución para lo que se comisiona al suscrito notario Bolívar Villanueva Villalobos.—Buenos Aires de Puntarenas, 14:00 horas del siete de mayo del 2012.—Lic. Bolívar Villanueva Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012293539.—(IN2012039441).
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Facampo del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-219843, se acuerda la disolución de esta sociedad por acuerdo de todos los socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, y se procede a la disolución para lo que se comisiona al suscrito notario Bolívar Villanueva Villalobos.—Buenos Aires de Puntarenas, 13:00 horas del siete de mayo del 2012.—Lic. Bolívar Villanueva Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012293540.—(IN2012039442).
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Inversiones Jheguta Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-494529, se acuerda la disolución de esta sociedad por acuerdo de todos los socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, y se procede a la disolución para lo que se comisiona al suscrito notario Bolívar Villanueva Villalobos.—Buenos Aires de Puntarenas, 17:00 horas del siete de mayo del 2012.—Lic. Bolívar Villanueva Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012293541.—(IN2012039443).
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Inversiones Geofaca Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-517135, se acuerda la disolución de esta sociedad por acuerdo de todos los socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, y se procede a la disolución para lo que se comisiona al suscrito notario Bolívar Villanueva Villalobos.—Buenos Aires de Puntarenas, 16:00 horas del siete de mayo del 2012.—Lic. Bolívar Villanueva Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012293542.—(IN2012039444).
Ante mi notaría a las 11:30 horas del día 7 de mayo de 2012 se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Inmobiliaria Krislin S. A. en donde se solicita la disolución.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—RP2012293543.—(IN2012039445).
Ante mi notaría a las 12:00 horas del día 7 de mayo de 2012 se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Mercedes ML Azul Dos Mil Seis S. A en donde se solicita la disolución.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—RP2012293544.—(IN2012039446).
Ante mi notaría a las 11:00 horas del día 7 de mayo de 2012 se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Estilos Emily S. A en donde se solicita la disolución.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—RP2012293545.—(IN2012039447).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
11:00 horas del día 4 de mayo del 2012, se constituyó la empresa denominada Inversiones
Cha Cam Dos Mil Doce S. A. domiciliada en
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintisiete de abril de dos mil doce, se disolvió la sociedad Varvatico Seguridad de Activos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-412200. Es todo.—Cóbano de Puntarenas, veintisiete de abril de dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012293548.—(IN2012039449).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil doce, se disolvió la sociedad Pacific View States Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-411668. Es todo.—Cóbano de Puntarenas, veintisiete de abril de dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012293549.—(IN2012039450).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
quince horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil doce, se
disolvió la sociedad Proyecto Hotelero Punta
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintisiete de abril de dos mil doce, se disolvió la sociedad Grupo Ecoturístico Triple B Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-ciento cincuenta y siete mil trescientos cuarenta y seis. Es todo.—Cóbano de Puntarenas, veintisiete de abril de dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012293551.—(IN2012039452).
El notario público que suscribe, debidamente autorizado para tal efecto, a las doce horas del trece de abril de dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Anjosi H.L.B. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y siete mil ciento cuarenta y tres, donde se modificó el pacto social y se nombró, presidente, secretario, tesorero y fiscal de la junta directiva, así como al agente residente.—San José, trece de abril dos mil doce.—Lic. Jimmy Vargas Durán, Notario.—1 vez.—RP2012293552.—(IN2012039453).
María Nelly Arias Arias, acuerda disolver Tres Ciento Uno Cuatro Ocho Seis Cuatro Tres Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatro ocho seis cuatro tres tres, cualquier interesado puede hacer valer sus derechos treinta días hábiles a partir de la presente publicación. Notaría de la licenciada Silvia Arias Vásquez.—Lic. Silvia Arias Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2012293554.—(IN2012039454).
El suscrito licenciado Helberth Brenes Arce,
abogado y notario de Cartago, pongo en conocimiento la solicitud del señor
Edwin Gerardo Arce Villalta; para la apertura extrajudicial de proceso de
liquidación de la sociedad denominada Distribuidora de Granos Básicos de
Cartago S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-cincuenta y cinco mil
seiscientos veintisiete; por lo cual por este medio se citan a los interesados,
apersonarse en los siguientes treinta días a hacer valer sus derechos en cuanto
a esta disolución, en mi despacho ubicado costado oeste de
Rigoberto Jiménez Vega, notario público con oficina en San José, hace constar que por escritura otorgada al ser las trece horas del veintiséis de abril del año dos mil doce, por acuerdo de socios se convino disolver la sociedad anónima denominada CEC Consultores Jurídicos Corporativos S. A.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—RP2012293558.—(IN2012039456).
Ante esta notaría, se solicitó el día 17 de abril
del 2012, la disolución y liquidación de la sociedad denominada Transportes
Tumosa S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-dos siete uno seis ocho tres,
domiciliada en Moravia, 100 al este y 200 al sur de
Por escritura otorgada el 07-5-2012, Multiservicios DL S.A., cédula jurídica 3-101-307564, acuerda disolución.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—RP2012293560.—(IN2012039458).
Ante mi Ademar Soto Alpízar, notario público con oficina en San Pedro de Poás, Alajuela, diagonal a Supermercado El Faro, a las ocho horas del ocho de mayo del 2012 se presentó acuerdo de disolución de la sociedad Jucuve S. A., con domicilio en San Pedro de Poás, Alajuela, del Banco Popular, doscientos metros este urbanización San Pancracio, frente a casa de maestros pensionados.—Lic. Ademar Soto Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2012293562.—(IN2012039459).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada J.R.T.C.R. Limitada. Capital suscrito y pagado con letras de cambio. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Tilarán, siete de mayo del año dos mil doce.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012293564.—(IN2012039460).
Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 horas del veinte de abril del 2012, se reformaron estatutos y se nombró gerente y subgerente de K.S. Designs Ltda. Gerente Walter Steinvorth Struz.—San José, 22 de abril del 2012.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—RP2012293565.—(IN2012039461).
Ante esta notaría a las 11:00 horas del 1° de mayo del dos mil doce, mediante escritura número 234 (2), se solicita la liquidación y disolución de Rumusa del Oeste S.A., cédula jurídica: 3-101-559929.—Lic. Lidia Rivera Camacho, Notaria.—1 vez.—RP2012293566.—(IN2012039462).
Ante esta notaría a las 10:00 horas del 1° de mayo del dos mil doce, mediante escritura número 233 (2), se solicita la liquidación y disolución de 3-101-576630 S. A., cédula jurídica: 3-101-576630.—Lic. Lidia Rivera Camacho, Notaria.—1 vez.—RP2012293567.—(IN2012039463).
Por escritura otorgada a las nueve horas del ocho de mayo del 2012, protocolizo asamblea general extraordinaria de la empresa Importadora Famosa S. A. en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Silvia Ocampo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012293568.—(IN2012039464).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 2 de mayo del 2012; se protocoliza acta de cuotistas de Comercializadora de Mariscos Nejo S. R. L., cédula jurídica 3-102-434.910, mediante la cual se acuerda disolver la presente sociedad.—Lic. Walter Navarro Guadamuz, Notario.—1 vez.—RP2012293569.—(IN2012039465).
Por escritura otorgada a las ocho horas del ocho de mayo de 2012, protocolizo asamblea general extraordinaria de la empresa Constructora Moderna del Siglo XXII S. A., en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Silvia Ocampo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012293570.—(IN2012039466).
Por escritura otorgada el día de hoy, protocolicé el acta de la asamblea ordinaria y extraordinaria de Rainforest Medicines Sociedad Anónima, donde se acuerda por unanimidad de socios la disolución de la sociedad.—Grecia, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—RP2012293571.—(IN2012039467).
Por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del ocho de mayo de 2012, protocolizo asamblea general extraordinaria de la empresa Inversiones Paisen TL S. A., en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Silvia Ocampo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012293572.—(IN2012039468).
Por escritura otorgada el día de hoy, protocolicé el acta de la asamblea ordinaria y extraordinaria Autos Eve de Alajuela Sociedad Anónima, donde se acuerda por unanimidad de socios la disolución de la sociedad.—Grecia, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—RP2012293573.—(IN2012039469).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 8:00 horas del 2 de mayo del 2012; se protocoliza acta de cuotistas de Mariscos Kinei Maru S. R. L, cédula jurídica 3-102-337664, mediante la cual se acuerda disolver la presente sociedad.—Lic. Walter Navarro Guadamuz, Notario.—1 vez.—RP2012293574.—(IN2012039470).
Por escritura otorgada el día de hoy, protocolicé el acta de la asamblea ordinaria y extraordinaria de Greener Fiedls Sociedad Anónima, donde se acuerda por unanimidad de socios la disolución de la sociedad.—Grecia, veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—RP2012293575.—(IN2012039471).
Por escritura pública número ciento cincuenta y dos otorgada en Barranca ante la notaria Alejandra Badilla Salas se disuelve por decisión unánime la sociedad Multiservicios Kimmana Sociedad Anónima. Domiciliada en Puntarenas. A las doce horas del veintiocho de marzo del dos mil doce.—Puntarenas, 28 de marzo del 2012.—Lic. Alejandra Badilla Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012293576.—(IN2012039472).
La suscrita notaria hace constar que en esta notaría se solicita desinscribir del Registro Público, Sección Personas Jurídicas la empresa denominada Corporación Enríquez Corella V. E. B. Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-tres ocho siete dos nueve nueve, domiciliada en Puntarenas, El Roble, cien metros al este de la iglesia Evangélica Roca del Poder.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Chandy Mora Umaña, Notaria.—1 vez.—RP2012293577.—(IN2012039473).
Se hace constar que en acta número uno de las ocho horas del siete de mayo del año dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Súper Alex A Y A Sociedad Anónima.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2012293579.—(IN2012039474).
Se hace constar que en acta número uno de las ocho horas treinta minutos del siete de mayo del año dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Frutavege Alex Sociedad Anónima.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2012293580.—(IN2012039475).
Se hace constar que en acta número dos de las once horas del cuatro de mayo del año dos mil doce, se modificó la junta directiva Sazmid Sociedad Anónima.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2012293581.—(IN2012039476).
Ante esta notaría se protocolizó disolución de la sociedad Dimontrejo Sociedad Anónima el día tres de mayo de del año dos mil doce. Es todo.—San José tres de mayo dos mil doce.—Lic. Hugo Madrigal Chinchilla, Notario.—1 vez.—RP2012293582.—(IN2012039477).
En escritura pública otorgada ante mí, el día ocho de mayo del año dos mil doce, se disuelve por acuerdo de socios la sociedad denominada Dittel y Samuda Limitada. Domiciliada en Cartago, Urbanización Torre Café, número nueve-B.—Cartago, nueve horas del ocho de mayo del año dos mil doce.—Lic. Rodolfo Camacho Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012293583.—(IN2012039478).
Por asamblea general extraordinaria de las 12:00 horas del 13 de marzo del 2012, se acordó disolver la sociedad Corporación K y M El Horus S. A. acuerdo protocolizado mediante la escritura 316 de las 12:00 horas del 16 de abril 2012.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—RP2012293585.—(IN2012039479).
Por escritura pública otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 4 de mayo de 2012, Henry Jiménez Naranjo, Ana Catalina Segura Quesada, y Ángelo Martín Rivera Barquero constituyeron la compañía Centro Médico Santiago Apóstol S. A. Presidente Henry Jiménez Naranjo.—Cartago, 8 de mayo del 2012.—Lic. Jaime López Moya, Notario.—1 vez.—RP2012293586.—(IN2012039480).
Ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Vector Sigma S. A. Se acuerda la disolución a partir del día 9 de abril del 2012.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Franklin Montero Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012293587.—(IN2012039481).
Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 horas del 7 de mayo de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Cascadas del Mediterráneo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-344629, donde se nombró nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, además de un nuevo fiscal.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012293588.—(IN2012039482).
Ante mí, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, la cual tendrá como denominación social el número de cédula jurídica, capital totalmente suscrito y pagado, la representación le corresponde al gerente y subgerente, con domicilio en Guápiles, Pococí, Limón.—Guápiles, 8 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—RP2012293590.—(IN2012039483).
Ante esta notaría pública al ser las quince horas del día diecinueve de marzo del año dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Apteka Sociedad Anónima, para reformar la cláusula segunda del domicilio social.—San José, 8 de mayo de 2012.—Lic. Olga Martha Rojas Richmond, Notaria.—1 vez.—RP2012293591.—(IN2012039484).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del ocho de mayo del dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad Publicidad y Contratos Musicales Bolaños y Torres Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-sesenta y dos mil quinientos trece. Se liquida la sociedad. Subgerente: Gerardo Bolaños Bolaños.—Lic. Mario Morales Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2012293592.—(IN2012039485).
Ante mi notaría por escrituras doscientos sesenta, doscientos sesenta y uno y doscientos setenta y siete se protocolizan las actas de las sociedades D-T-A Golden Corporation S. A., Biopower Holding Corp. S. A y Kaktus K-T-U S. A en las que se modifica la cláusulas primera, sexta y se realizan nuevos nombramientos para la junta directiva, actas debidamente protocolizadas en fecha dieciséis de abril del dos mil doce y treinta de abril del dos mil doce. Es todo.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012293595.—(IN2012039486).
Por este acto se procede con la disolución de las sociedades de esta plaza denominadas. Sistemas de Tecnología Global para el Futuro S. A. 3-101-321336, Jar Pacsa Médica de Centroamérica S. A. 3-101-209455, Asa del Este Consultores S. A. 3-101-163685. Terracota de Ópalo EF Cinco S. A. 3-101-321343. Corporación Organizacional Hediaz S. A. 3-101-268268. Puntos de Venta Mundo Electrónico S. A. 3-101-331083 Costa Rica Portátil CRC S. A. 3-101-328205, Jar Pacsa Telemática de Centroamérica S. A. 3-101-209498, Cámara Nacional de Comercializadores de Tecnología Informática 3-101-245183, Karmapam S. A. 3-101-222501, Agencia de Viajes Lumari S. A., cédula jurídica 3-101-176579.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—RP2012293596.—(IN2012039487).
Ante mi notaría por escritura doscientos cuarenta y seis se protocoliza acta de disolución de la sociedad Belhen & Gutiérrez Dos Mil Dos S. A. al ser las siete horas del dieciséis de marzo del dos mil doce. Es todo.—San José, dieciséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012293597.—(IN2012039488).
Por escritura número 8 de las 10:00 horas del 21 de febrero del dos mil doce, se modifica cláusula segunda de 3-101-632447 S. A. Notario Omar Rolando Brenes Arroyo.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Omar Rolando Brenes Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2012293599.—(IN2012039489).
Por escritura número 49 de las 12:10 horas del 2 de mayo del dos mil doce, se modifica cláusula segunda de 3-101-632389 S. A. Notario Omar Rolando Brenes Arroyo.—San José, 2 de mayo del 2012.—Lic. Omar Rolando Brenes Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2012293600.—(IN2012039490).
Por escritura número 48 de las 12:00 horas del 2 de mayo del dos mil doce se modifica cláusula segunda de 3-101-632517 S. A. Notario Omar Rolando Brenes Arroyo.—San José, 2 de mayo del 2012.—Lic. Omar Rolando Brenes Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2012293601.—(IN2012039491).
Se hace saber que ante esta notaría, Shaira Seguridad Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y un mil cero catorce, modificó la cláusula tercera de su pacto constitutivo.—San José, primero de mayo del dos mil doce.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1 vez.—RP2012293605.—(IN2012039492).
Hoy protocolicé acta de asamblea de socios de Filial Setenta y Seis Portoalegre Fuerte Ventura Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y nueve mil novecientos veintisiete, acordando su disolución y liquidación total. Domicilio: San José.—San José, cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Vanessa Wells Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012293606.—(IN2012039493).
Que mediante escritura número 50 de las 10:30 horas del 7 de mayo del 2012, en el tomo 11 del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos ochenta y cinco mil quinientos noventa y dos sociedad anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-585592, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de 30 días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039494).
Que mediante escritura número 51 de las 11:00 horas del 7 de mayo del 2012, en el tomo 11 del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos diez mil setenta y siete sociedad anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-610077, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de 30 días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039495).
Que mediante escritura número
Que mediante escritura número 70 de las 15:30 horas del 7 de mayo del 2012, en el tomo 11 del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Inversiones Mirador Montferrat Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-299292, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039498).
Que mediante escritura número veinticuatro de las nueve horas y treinta minutos del 26 de abril del 2012, en el once cuarto del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Futurarq Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-324573, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039499).
Que mediante escritura número veinticinco de las diez horas del 26 de abril del 2012, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Tecnología en Accesorios Mafu Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-369238, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039500).
Que mediante escritura número veintiséis de las diez horas y treinta minutos del 26 de abril del 2012, en el tomo cuarto del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Servicio Integral de Limpieza SIL Extralimpio Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-341790, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039502).
Que mediante escritura número veintisiete de las once horas del 26 de abril del 2012, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Compañía Mercado Da Pedra Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-481713, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039503).
Que mediante escritura número veintiocho de las once horas del 26 de abril del 2012, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Ingeniería de Mercadeo M.R.A.D. Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-366109, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039505).
Que mediante escritura número veintinueve de las doce horas del 26 de abril del 2012, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Nasi Dane Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-323063, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039506).
Que mediante escritura número treinta de las doce horas y treinta minutos del 26 de abril del 2012, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Restaurante Fierros de Grecia M Y M Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-368330, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039507).
Que mediante escritura número veintitrés de las nueve horas del 26 de abril del 2012, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Sunny Walks Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-441641, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039509).
Que mediante escritura número veintidós de las ocho horas del 26 de abril del 2012, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villegas López, se disuelve la sociedad denominada 3-101-614912 Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-614912, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039510).
Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 20:00 del 8 de mayo del 2012, se protocoliza la asamblea extraordinaria de Central Pacific Constructions Sociedad Anónima, donde se disuelve la sociedad.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2012039512).
Que mediante escritura número dieciocho de las 12 horas del 24 de abril del 2012, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Tikos Grill de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-424034, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039513).
Que mediante escritura número diecisiete de las once horas y treinta minutos del 24 de abril del 2012, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villegas López, se disuelve la sociedad denominada Facentertres Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-409987, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039515).
Que mediante escritura número dieciséis de las once horas del 24 de abril del 2012, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Facentersiete Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-410123, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039516).
A las doce horas del treinta y uno de enero del presente año, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Oscarfa S. A., en la que se liquida la sociedad.—San José, 7 de mayo del dos mil doce.—Lic. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—(IN2012039517).
Que mediante escritura número quince de las diez horas y treinta minutos del 24 de abril del 2012, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Facenterocho Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-410563, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039518).
Por escritura pública número ciento sesenta y siete-X, otorgada ante mi notaría a las catorce horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil doce, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Costa Rica Rodeo CRCR Limitada. Es todo.—San José, tres de mayo de dos mil doce.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012039519).
Que mediante escritura número catorce de las diez horas del veinticuatro del abril del 2012, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad denominada Facenterfour Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-412709, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039520).
Que mediante escritura número doce de las nueve horas del veinticuatro de abril, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad Facentercinq Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-411355, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039521).
Que mediante escritura número trece de las nueve horas con treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil doce, en el tomo once del protocolo del conotario Marvin José Villagra López, se disuelve la sociedad Facenterdieci Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-412548, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Conotario.—1 vez.—(IN2012039522).
Que mediante escritura número 28 de las 19:30 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca el Jurel de Peña Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587389; por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039523).
Que mediante escritura número 29 de las 20:00 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Atún Aleta Amarilla Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587390, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039525).
Que mediante escritura número 30 de las 7:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Atún Dientes de Perro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587391, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039526).
Que mediante escritura número 31 de las 7:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca el Atún Negro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587392, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039527).
Que mediante escritura número 32 de las 8:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca el Pargo Manchado Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587393, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039529).
Que mediante escritura número 33 de las 8:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Pargo Cubera Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-587394, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039530).
Por escritura protocolizada por la suscrita a las once horas del siete de mayo del dos mil doce, se nombró nueva junta directiva y el fiscal de Asociación Cívica de Urbanización Trejos Montealegre ACUTEM.—San José, a las ocho horas del ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Denise E. Álvarez Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012039532).
Que mediante escritura número 34 de las 9:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca el Pargo Lisa Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587395, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039533).
Que mediante escritura número 35 de las 9:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca El Pargo Amarillo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587396, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039534).
Que mediante escritura número 36 de las 10:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Pargo Negro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587397, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039536).
Que mediante escritura número 37 de las 10:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Pargo Dientes de Perro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587398, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039537).
Que mediante escritura número 38 de las 11:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca el Mero Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587399, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039540).
Que mediante escritura número 39 de las 11:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca el Mero Cola Escoba Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587400, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039541).
Que mediante escritura número 40 de las 12:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca el Mero Manchado Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587401, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039542).
Que mediante escritura número 41 de las 12:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca el Pez Gallo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587402, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039543).
Ante esta notaría licenciado Jesús Osvaldo Rojas Oconor, bajo escritura 208-2, de fecha 28 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad Camiluz Int S. A., domiciliada en Heredia. Es todo.—Heredia, 9 de mayo del 2012.—Lic. Jesús Osvaldo Rojas Oconor, Notario.—1 vez.—(IN2012039544).
Ante esta notaría licenciado Jonnattan Desanti Ruiz, bajo escritura 78-4, de fecha 24 de abril del 2012, se protocolizó el acta número uno de la sociedad Accecr Limitada. Es todo.—Grecia, 8 de mayo del 2012.—Lic. Jonnattan Desanti Ruiz, Notario.—1 vez.—(IN2012039545).
Que mediante escritura número 42 de las 13:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuene la sociedad denominada Finca el Pez Macarela Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587403, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039546).
Disolución de sociedad anónima de la empresa Aventuras del Pacífico, cédula jurídica 3-101-085280. Su presidente Roberto Miranda Quesada, cédula 9-024-056. Escritura otorgada en San José, a las 15 horas del 8 de mayo del 2012.—Lic. Rubén Gerardo Chaves Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2012039547).
Que mediante escritura número 43 de las 13:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Tiburón Toro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587406, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039548).
Que mediante escritura número 44 de las 14:00
horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter
Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca de
Que mediante escritura número 45 de las 14:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Tiburón Zorro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587404, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039552).
Que mediante escritura número 46 de las 15:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Tiburón Aleta Blanca Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587407, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039553).
Que mediante escritura número 47 de las 15:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Tiburón Martillo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587408, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039562).
En mi notaría en San José, a las ocho horas del siete de mayo del dos mil doce, por escritura número cincuenta y cuatro-dos del tomo dos de mi protocolo se constituyó Mantenimiento de Ferrocarriles Sociedad Anónima, con el señor Héctor Chávez Carmona como presidente.—San José, 7 de mayo de 2012.—Lic. Franklin Gerardo Murillo Vega, Notario.—1 vez.—(IN2012039563).
Que mediante escritura número 48 de las 16:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Balihoo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587409, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039564).
Que mediante escritura número 49 de las 16:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Pez Bonito Azul Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587410, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039565).
Que mediante escritura número 50 de las 17:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Banderilla Azul Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587411, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039566).
Que mediante escritura número 52 de las 18:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Burro Cortés Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587413, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039567).
Por escritura otorgada ante el notario público Fernando Fallas Amador, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones AC PMSA Doce S. A. Domicilio: San José. Plazo social: 99 años. Objeto: industria, comercio, ganadería, agricultura y prestación de servicios. Capital social: suscrito y pagado. Representación: presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o individualmente.—San José, abril del 2011.—Lic. Fernando Fallas Amador, Notario.—1 vez.—(IN2012039568).
Que mediante escritura número 51 de las 17:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Pargo Rayado Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587412, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039569).
Que mediante escritura número 53 de las 18:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Chancho de Piedra Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587414, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039570).
Que mediante escritura número 54 de las 19:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Pampano Rayado Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587415, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039572).
Que mediante escritura número 55 de las 19:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Jurel Toro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587416, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039573).
Que mediante escritura número 22 de las 16:30 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Marlin Negro del Pacífico Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587383, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039575).
Que mediante escritura número 23 de las 17:00 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca el Róbalo Negro del Pacífico Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587384, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039576).
Que mediante escritura número 24 de las 17:30 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca el Róbalo Gordo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587385, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039577).
Por escritura número ciento setenta del tomo número siete de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las once horas del treinta de marzo del dos mil doce, se constituyó la compañía Delta International Oil Company Sociedad Anónima.—Lic. Gabriel Boyd Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012039578).
Que mediante escritura número 56 de las 20:00 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Anguila Rayada Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587417, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039579).
En escritura N° ocho-ciento sesenta y tres, otorgada a las 14:00 horas del 4 de mayo de 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se modifican las cláusulas primera y segunda de la sociedad DS Flower Quartz One Hundred Forty Eight Llc Srl.—San José, 9 de mayo de 2012.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012039580).
Que mediante escritura número 57 de las 20:30 horas del 26 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Tiburón Ballena Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587418, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039581).
Que mediante escritura número 58 de las 7:00 horas del 27 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Morena Castilla Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587419, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039582).
Que mediante escritura número 59 de las 7:30 horas del 27 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Pez Berrugate Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587420, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039583).
Que mediante escritura número 21 de las 16:00 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Marlin Azul Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587382, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039586).
Que mediante escritura número 20 de las 15:30 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Picuda del Pacífico Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587381, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039587).
Que mediante escritura número 19 de las 15:00 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Picuda de México Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587380, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039589).
Que mediante escritura número 18 de las 14:30 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca del Jurel Aleta Azul Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587379, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039590).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de JSC Asesores Jusocha S. A., por la cual se acuerda disolver la compañía.—San José, 4 de mayo de 2012.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—(IN2012039591).
Que medirte escritura número 17 de las 14:00 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Pez Bonito del Pacífico Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-587378, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039592).
Que mediante escritura número 16 de las 13:30 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Sierra Plateada Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587376, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039593).
Que mediante escritura número 15 de las 13:00 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Corvina Rayada Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587376, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039595).
Que mediante escritura número 14 de las 12:30 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca el Jurel Ojo Grande Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587375, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039597).
Que mediante escritura número 12 de las 11:30 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Caballa del Pacífico Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587362, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039598).
Que mediante escritura número 13 de las 12:00 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Jurel Común Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587374, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039599).
Que mediante escritura número 26 de las 18:30 del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Róbalo Común Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587387, por lo que según el articulo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de 30 días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039600).
Que mediante escritura número 27 de las 19:00 del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca El Sábalo Real Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587388, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de 30 días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039601).
Que mediante escritura número 25 de las 18:00 horas del 25 de abril del 2012, en el tomo 4 del protocolo del notario Walter Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Finca Róbalo Aleta Negra Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-587386, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de 30 días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Walter Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039602).
Por escritura otorgada en esta notaría el día 8
de mayo del
Por escritura otorgada en esta notaría el día 8
de mayo del
Por escritura otorgada en esta notaría el día 8
de mayo del
Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy,
protocolicé acta de asamblea de socios de Editorial de Pintores con
Por escritura pública otorgada por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, mediante escritura número ciento setenta y seis, otorgada a las quince horas del ocho de mayo de dos mil doce, visible al folio ciento dos frente, del tomo sesenta y cuatro de mi protocolo, se protocolizó acta número dos de la sociedad denominada Omerama S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos diez mil seiscientos noventa y tres, donde se acordó la disolución de la presente sociedad.—Grecia, ocho de mayo de dos mil doce.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2012039610).
Ante esta notaría se acuerda proceder a la disolución de las siguientes sociedades basado en el artículo doscientos uno inciso d) de Código de Comercio, según acuerdo firme y asentados en actas número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Socios de: Crosslines Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- uno cero uno- seis dos siete nueve cero nueve, Ingegno Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- uno cero uno- seis dos siete cero cinco tres, Diagonal Pixel Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- uno cero uno- seis dos siete dos dos cinco, Minerva Soft Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- uno cero uno- seis dos siete nueve uno dos e Inkcurva Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- uno cero uno- seis dos siete nueve tres seis, en todas ellas presidente Ricardo Alonso Villalobos Calvo, cédula número uno- nueve cuatro dos- seis dos uno.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012039611).
Ante esta notaría se acuerda la disolución de la sociedad basado en el artículo doscientos uno inciso d) de código de comercio de Agencia de Viajes Luna Tours Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- uno cero uno- cinco nueve uno tres tres uno, por acuerdo de las partes, presidenta Wendy Joanna Zamora Tellería, cédula de identidad uno- uno uno tres cero- nueve dos cinco.—San José veintitrés de abril dos mil doce.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012039612).
Que por escritura Nº 49-3, visible al folio: 22 vuelto del tomo tercero del protocolo del notario público Lic. Royner Barrientos Alfaro, se disolvió la empresa: Asesoría Técnica Internacional G Y G S. A..—San José, a las 11:00 horas del 9 de mayo del 2012.—Lic. Royner Barrientos Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012039613).
Por escritura otorgada ante mí a las 11:00 horas
de hoy, se acuerda la disolución de Agropecuaria
Por escritura autorizada por mí a las 9:00 horas de hoy, se protocoliza acta de Albisa S. A., por la que se toma el acuerdo de su disolución.—San José, ocho de mayo de dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Mora Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2012039617).
Por escritura otorgada ante mí a las 10:00 horas de hoy, se acuerda la disolución de L.M. Cincuenta y Uno S. A..—San José, ocho de mayo de dos mil doce.—Lic. Ligia Quesada Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2012039618).
Por escritura otorgada número doscientos setenta y cinco, otorgada el día cinco de marzo del dos mil doce, ante esta notaría, se modifica la cláusula novena de la sociedad Inversiones Picis IP Sociedad Anónima.—San José, cinco de marzo del dos mil doce.—Lic. Eddie Granados Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2012039621).
Por escritura 244-7, otorgada ante esta notaría, a las 16:30 horas del 8 de mayo del año 2012, se constituyó la compañía cuya denominación será el número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional, domiciliada en la provincia de Alajuela, Valverde Vega, calle a San Rafael, ochocientos metros sur de Choperaza R.L. Presidente: Luis Antonio Zamora Santamaría, cédula 2-370-999, secretaria. Jessica María Zamora Ledezma, cédula 2-628-053, apoderados generalísimos sin límite de suma.—Sarchí, mayo 8 del 2012.—Lic. Máximo Corrales Vega, Notario.—1 vez.—(IN2012039622).
Por escritura otorgada numero doscientos setenta v cuatro, otorgada el día cinco de marzo del dos mil doce, ante esta notaría, se disuelve la sociedad anónima Soluciones Automotrices CYG Sociedad Anónima.—San José, cinco de marzo del dos mil doce.—Lic. Eddie Granados Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2012039623).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las catorce horas del día siete de mayo del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada Corporación Mil Novecientos Diez Sociedad Anónima, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero.—San José, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. José Jesús Gazel Briceño, Notario.—1 vez.—(IN2012039624).
Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas del tres de mayo del dos mil doce, procedo a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Grafesa S. A., mediante la cual se disuelve la misma.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—José Jesús Gazel Briceño. Notario.—1 vez.—(IN2012039625).
Se avisa que la sociedad Bufete Guardiola & Guardiola Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres - uno cero uno - cuatro cuatro cero seis ocho uno, por acuerdo unánime de sus socios, está en trámite de disolución.—Heredia, 08/05/2012.—Lic. Alexandra Barrantes Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012039636).
Se avisa que la sociedad Los Castores de Sabanilla y del Pacífico Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica; tres-ciento uno-dos tres siete cero cero cuatro. Esta por acuerdo unánime de sus socios, en trámite de disolución.—Heredia, 27/04/2012.—Lic. Alexandra Barrantes Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012039637).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintiocho de abril de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Erijailú Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, nueve de mayo de dos mil doce.—Lic. Mariano Solórzano Olivares, Notario.—1 vez.—(IN2012039638).
Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día cuatro de mayo del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Vanilla Perfume Sociedad Anónima, en la cual se disuelve la sociedad anónima.—Atenas, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012039639).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día tres de mayo del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Lululauma de Sabana Larga de Atenas Sociedad Anónima, en la cual se disuelve la sociedad anónima.—Atenas, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012039640).
Por escritura otorgada ante el notario Femando Solano Rojas, San José, 10:00 horas del 4 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad Mi Turru S. A.—San José, 7 mayo 2012.—Lic. Femando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012039642).
Por escritura otorgada por el señor Harry Friedlander Usdain, propietario de la totalidad de las acciones que componen el capital social de Watani S. A. a las 12:00 horas del 27 de abril del 2012, se liquidó la sociedad Watani S. A. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, se conceden 30 días a partir de esta publicación para interponer oposiciones judiciales de terceros.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012039643).
Por escritura otorgada ante el notario Fernando Solano Rojas, San José, 9:00 horas del 4 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad 3101557150 S. A.—San José, 7 mayo 2012.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012039644).
Por escritura otorgada por la señora Ángela Vanessa Rodríguez Rodríguez, propietaria de la totalidad de las acciones que componen el capital social de Mink International Group S. A. a las 11:00 horas del 7 de mayo del 2012, protocolicé acta de asamblea de socios de Mink International Group S. A., en virtud de la cual dicha compañía se disuelve y entra en estado de liquidación. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio se conceden 30 días a partir de esta publicación para interponer oposiciones judiciales de terceros.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012039645).
Por escritura otorgada ante el notario Fernando Solano Rojas. San José, 15:00 horas del 4 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad Criterios Integrales S. A.—San José, 7 mayo 2012.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012039646).
Por escritura otorgada ante el notario Fernando Solano Rojas, San José, 14:00 horas del 4 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad Industrias Ciudad Cero S. A..—San José, 7 mayo 2012.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012039647).
Por escritura otorgada por la señora Ángela Vanessa Rodríguez Rodríguez, propietaria de la totalidad de las acciones que componen el capital social de Margay Management Group S.A. a las 11:00 horas del 7 de mayo del 2012, protocolicé acta de asamblea de socios de Margay Management Group S. A., en virtud de la cual dicha compañía se disuelve y entra en estado de liquidación. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio se conceden 30 días a partir de esta publicación para interponer oposiciones judiciales de terceros.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012039648).
Por escritura otorgada ante el notario Fernando Solano Rojas, San José, 13:00 horas del 4 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad Gealjoma S. A.—San José, 7 mayo 2012.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012039651).
Por escritura otorgada ante el notario Fernando Solano Rojas, San José, 12:00 horas del 4 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad The Place For Yor S. A..—San José, 7 mayo 2012.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012039652).
Por escritura otorgada ante el notario Fernando Solano Rojas, San José, 11:00 horas del 4 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad Blumen S. A.—San José, 7 mayo 2012.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012039653).
En mi notaría he otorgado escritura en donde comparecen la totalidad de socios propietarios de la totalidad del capital social de la sociedad A I Q Enginieering Sociedad Anónima, domiciliada en San Pedro de Montes de Oca, San José del IAFA ciento veinticinco metros al suroeste, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y seis novecientos seis todos los socios tomaron ante el suscrito notario el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula vigésima sexta de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, ocho de mayo del año dos mil doce.—Lic. Andrés Arias Victory, Notario.—1 vez.—(IN2012039654).
Ante esta notaría Bloquera W L Limitada, modifica cláusula sétima de la administración, nombran dos gerentes.—Lic. Enrique Jaime Solano Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012039661).
Por escritura otorgada el 08-5-2012, Rapi Puertas Royca S.A., cédula jurídica 3-101-274918, acuerda disolución.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—(IN2012039663).
Por instrumento público número 135-1 autorizado a las 15:30 horas de hoy, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Riposa Sociedad Anónima, en virtud de la cual se acordó la disolución de la compañía.—San José, 8 de mayo de 2012.—Lic. Cecilia Naranjo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012039666).
Por instrumento público número 136-1, autorizado a las 16:00 horas de hoy, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Swiss Sleep International Marketing Sociedad Anónima, en virtud de la cual se acordó la disolución de la compañía.—San José, 8 de mayo de 2012.—Lic. Cecilia Naranjo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012039667).
Ante esta notaría se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Automotores
Mediante asamblea general extraordinaria de socios de las diez horas del veintiocho de abril dos mil doce, con fundamento en el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio se acordó y quedó en firme la disolución de la sociedad Pata E Gato R Y R S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- quinientos treinta y seis mil ochocientos veintitrés, de lo cual da fe la notaria que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—Palmares, once horas del siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Vera María Sancho Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012039671).
En esta notaría, se constituyó
El día de hoy en mi notaría se constituyó la sociedad
denominada Quinta Mielsita, domiciliada en
Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 07 otorgada a las 8:30 horas del 9 de mayo del 2012, se liquidó y disolvió la sociedad Estabilizador de Carreteras en I Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-213.757.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—(IN2012039679).
Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 09 otorgada a las 9: 00 horas del 9 de mayo del 2012, se liquidó y disolvió la sociedad Importaciones Anika Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-082.570.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—(IN2012039680).
Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 08 otorgada a las 8:45 horas del 9 de mayo del 2012, se liquidó y disolvió la sociedad Corporación Axeca de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-397.863.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—(IN2012039681).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veintitrés de abril del dos mil doce, se modificó la cláusula segunda y novena de la sociedad denominada Desarrollos Monte Trieste Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos sesenta y un mil trescientos setenta y cuatro.—San José, 23 de abril del 2012.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2012039683).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la
compañía sin denominación social según Decreto treinta y tres mil ciento
setenta y uno – J, en donde se autoriza expresamente al Registro Público de
Por escritura Nº 269, otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 2 de mayo del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Macruz de Rohrmoser S. A., donde se acordó disolver la sociedad.—Lic. Paola Patricia Campos Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2012039685).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad compañía Anchor D Oro Corp., Sociedad Anónima, celebrada a las dieciocho horas del diecisiete de abril del dos mil doce, en donde se reforma la cláusula segunda y sexta. Es todo.—San José, veinticuatro de abril del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2012039686).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada Jefalo CR Investment Sociedad Anónima. Su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente y secretario son los representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 9 de mayo del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2012039687).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las dieciséis horas del día cuatro de mayo del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominará Magia Cristalina Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil trecientos sesenta y seis, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012039688).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintisiete de abril de dos mil doce, se constituyó la sociedad Kuko Volunteering Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones. Presidente: Ernesto Vargas Sanabria.—San José, tres de mayo dos mil doce.—Lic. Jimmy Vargas Durán, Notario.—1 vez.—(IN2012039693).
El licenciado Geovanni Bonilla Goldoni comunica que ante mi notaría en escritura 75 de las 6:00 horas del 2 mayo 2012 se protocolizó acta asamblea ordinaria socios nombrándose presidente junta directiva de Corporación CSSA Cinco Mil Sociedad Anónima, cédula 3-101-259203.—Alajuela, 4 mayo 2012.—Lic. Geovanni Bonilla Goldoni, Notario.—1 vez.—(IN2012039694).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las catorce horas del diecinueve de marzo de dos mil doce, se constituyó la sociedad Agriproductos Químicos Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de un millón de colones, ejerce la representación judicial y extrajudicial el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiuno de marzo de dos mil doce.—Lic. Claudia Reyes Silva, Notaria.—1 vez.—(IN2012039697).
El suscrito notario licenciado Pablo Vargas Arias comunica que ante su notaría se constituyó la sociedad anónima Industrias Cholito J Y S Sociedad Anónima, en la que figura como presidente Jorge Enrique Castro Vega, con un capital social de diez mil colones debidamente cancelado. En la ciudad de Alajuela a las dieciocho horas del ocho de mayo del año dos mil doce.—Lic. Pablo Vargas Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012039699).
Se ha protocolizado ante esta notaría acta número
doce de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de asociados de la
entidad Asociación para
Se ha protocolizado ante esta notaría acta número
once de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de asociados de entidad Asociación
para
Ante mi, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, se ha disuelto mediante escritura número doscientos ochenta y seis, visible al Folio ciento treinta y siete vuelto del Tomo sexto de mi protocolo, la sociedad denominada Tres-Ciento Uno- Quinientos Sesenta y Un Mil Cuatrocientos Cincuenta y Uno Sociedad Anónima, domiciliada en San Juan de Tibás, Residencial de Norte casa número treinta y dos.—Alajuela, ocho de mayo de dos mil doce.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(IN2012039703).
Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, se ha disuelto mediante escritura número doscientos ochenta y cuatro, visible al folio ciento treinta y seis vuelto del Tomo sexto de mi protocolo, la sociedad denominada Corporación Santiago C. R., Sociedad Anónima, domiciliada en San Pedro de Barva de Heredia, Urbanización Santa Elena, casa número trece, bloque once.—Alajuela, siete de mayo de dos mil doce.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(IN2012039704).
Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, se ha disuelto mediante escritura número doscientos ochenta y tres, visible al Folio ciento treinta y seis vuelto del tomo sexto de mi protocolo, la sociedad denominada Cerro Negro Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, Urbanización Interlomas.—Alajuela, siete de mayo de dos mil doce.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(IN2012039705).
Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario
público de Alajuela, se ha disuelto mediante escritura número doscientos
ochenta y dos, visible al folio ciento treinta y seis frente del tomo sexto de
mi protocolo, la sociedad denominada Lonu Asociados Sociedad Anónima,
domiciliada en el Coyol de Alajuela, Urbanización
Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, se ha disuelto mediante escritura número doscientos ochenta y cinco, visible al folio ciento treinta y siete frente del tomo sexto de mi protocolo, la sociedad denominada Redes de Centroamérica Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, setecientos metros al oeste de la escuela Guatemala. Alajuela, ocho de mayo de dos mil doce.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(IN2012039707).
Por escritura número 71-8, otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 7 de mayo del año en curso, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada H&A Morrobay Properties S. A..—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Jorge F. Baldioceda B., Notario.—1 vez.—(IN2012037712).
Mediante escritura número ciento cincuenta y ocho de fecha ocho de mayo del dos mil doce, por comparecencia del único socio de Transporte el Viejo Limitada, solicita al Registro Mercantil la disolución definitiva y la exoneración del pago del impuesto sobre dicha sociedad.—Calle Blancos de Goicoechea, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. María Lucrecia Loaiza Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012039713).
Por escritura número 70-8, otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 7 de mayo del año en curso, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Banana Team S. A.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Jorge F. Baldioceda B., Notario.—1 vez.—(IN2012039715).
Mediante escritura número ciento sesenta de fecha ocho de mayo del dos mil doce, los socios accionistas de la sociedad Inversiones RU Bolaños & Bolaños Sociedad Anónima, solicitan al Registro Mercantil la disolución definitiva y la exoneración del pago del impuesto sobre sociedades.—Calle Blancos de Goicoechea, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. María Lucrecia Loaiza Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012039716).
Por escritura número 83, otorgada ante esta notaría a las a las 10:00 horas del 03 de mayo del año 2012, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Condominio Los Pargos Beta Ltda., mediante la cual se reformaron las cláusulas primera y segunda y se nombraron nuevos gerente y agente residente.—San José, 3 de mayo del 2012.—Lic. José Pablo Fernández Narváez, Notario.—1 vez.—(IN2012037717).
Por escritura número 73-8, otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 9 de mayo del año en curso, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Vertical Reference Ltda.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Jorge F. Baldioceda B., Notario.—1 vez.—(IN2012039718).
Mediante escritura número ciento cincuenta y nueve de fecha ocho de mayo del dos mil doce, por comparecencia del único socio de Transportes Agranel Sociedad Anónima, solicita al Registro Mercantil la disolución definitiva y la exoneración del pago del impuesto sobre dicha sociedad.—Calle Blancos de Goicoechea, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. María Lucrecia Loaiza Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012039719).
Mediante escritura número ciento sesenta y uno de fecha ocho de mayo del dos mil doce, por comparecencia del único socio de Constructora Loyca Sociedad Anónima, solicita al Registro Mercantil la disolución definitiva y la exoneración del pago del impuesto sobre dicha sociedad.—Calle Blancos de Goicoechea, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. María Lucrecia Loaiza Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012039721).
Por escritura número 65-8, otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 7 de mayo del año en curso, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Tierra de Los Mangos de Playa Negra Ltda.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Jorge F. Baldioceda B., Notario.—1 vez.—(IN2012039722).
Mediante escritura número ciento cincuenta y siete de fecha ocho de mayo del dos mil doce, por comparecencia del único socio de Transportes Casan Sociedad Anónima, solicita al Registro Mercantil la disolución definitiva y la exoneración del pago del impuesto sobre dicha sociedad.—Calle Blancos de Goicoechea, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. María Lucrecia Loaiza Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012039723).
Por escritura número 68-8, otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 7 de mayo del año en curso, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Barnagortheeney S. A..—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Jorge E. Baldioceda B., Notario.—1 vez.—(IN2012039724).
Mediante escritura número diez, del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las ocho horas del nueve de mayo, del año dos mil doce, protocolicé, acta de asamblea general extraordinaria, en virtud de la cual, se acordó, por unanimidad la disolución de: Vigas y Estructuras Pino Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos noventa y ocho mil ochocientos noventa y nueve, desde el veintitrés de marzo del dos mil doce.—San José, a las diez horas del nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Williams Castro Ponce, Notario.—1 vez.—(IN2012039725).
Por escritura número 69-8, otorgada ante esta notaría a las 12:30 horas del 7 de mayo del año en curso, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Pierse Inc S. A..—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Jorge F. Baldioceda B., Notario.—1 vez.—(IN2012039726).
Mediante escritura número once, del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las nueve horas del nueve de mayo, del año dos mil doce, protocolicé, acta de asamblea general extraordinaria, en virtud de la cual, se acordó, por unanimidad la disolución de: Seox Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres -ciento uno- seis uno dos cero seis dos, desde el día veintiséis de abril del dos mil doce.—San José, a las diez horas, con treinta minutos del nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Williams Castro Ponce, Notario.—1 vez.—(IN2012039727).
Por escritura ciento treinta y cinco, otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate Zárate, a las nueve horas del día nueve de mayo del año dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad denominada Compoji Santa Bárbara Sociedad Anónima.—Heredia nueve de mayo del año dos mil doce.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—(IN2012039728).
Por escritura ciento treinta y cinco, otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate Zárate, a las diez horas del día nueve de mayo del año dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Quinientos Dieciséis Mil Seiscientos Setenta y Dos Sociedad Anónima.—Heredia nueve de mayo del año dos mil doce.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—(IN2012039729).
Por escritura ciento treinta y cinco, otorgada
ante la notaría pública Carolina Ulate Zárate, a las diez horas treinta minutos
del día nueve de mayo del año dos mil doce, se acuerda la disolución de la
sociedad denominada tres- ciento uno- quinientos once mil doscientos treinta
y cinco Sociedad Anónima.—Heredia, nueve de mayo del año dos mil doce.—Lic.
Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1
vez.—(IN2012039730).
Mediante escritura número ciento sesenta y dos de
fecha ocho de mayo del dos mil doce, por comparecencia del único socio de Sociedad
Agrícola Macafe Sociedad Anónima solicita al Registro Mercantil la disolución
definitiva y la exoneración del pago del impuesto sobre dicha sociedad.—Calle
Blancos de Goicoechea, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. María Lucrecia
Loaiza Chinchilla, Notario.—1
vez.—(IN2012039733).
Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las
14:45 horas del siete de mayo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de Tamator Sociedad Anónima, por medio de la cual
se acordó de forma unánime por los socios de ésta, la disolución de la
empresa.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Paul Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2012039734).
La sociedad denominada Llanos de Tambor Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y tres mil setecientos quince, acuerda disolver la sociedad, no habiendo activos ni pasivos se prescinde nombrar liquidador y se liquida por consiguiente la referida sociedad.—Alajuela, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Marianela Alfaro Cascante, Notaria.—1 vez.—(IN2012039736).
La sociedad denominada Transmafer Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y tres mil ochocientos noventa y dos, acuerda disolver la sociedad, no habiendo activos ni pasivos se prescinde nombrar liquidador y se liquida por consiguiente la referida sociedad.—Alajuela, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Marianela Alfaro Cascante, Notaria.—1 vez.—(IN2012039737).
Por escritura número ciento noventa y siete - quince, de las doce horas del ocho de mayo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Copihues del Sur E I R L, en la cual se acordó disolver esta compañía. Se cita dentro de treinta días siguientes a esta publicación a interesados que quieran oponerse a la presente disolución.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012039738).
Por escritura número ciento noventa y cuatro -
quince, de las diez horas veinte minutos del cuatro de abril del dos mil doce,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
Ante esta notaría, por escritura número ciento noventa - seis, de las nueve horas treinta minutos del ocho de mayo del año dos mil doce, se constituyó la sociedad Arreglos y Más Costushop Sociedad Anónima, presidenta: Ana Luis Vásquez Suárez.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012039741).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas
del día nueve de mayo del año dos mil doce, se protocolizan acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: Hacienda
Los Maderos Veintisiete Canela Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar
la cláusula sexta del pacto social, se revoca nombramientos y se nombra
secretario y agente residente.—San José, nueve de mayo del año dos mil
doce.—Lic. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—(IN2012039742).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas
del día ocho de mayo del año dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: DICOMA
Diseño, Construcción y Maquinaria, Sociedad Anónima, donde se acuerda un
aumento de capital social y reformar la cláusula quinta del pacto social.—San
José, ocho de mayo del año dos mil doce.—Lic. Ligia María González Leiva,
Notaria.—1
vez.—(IN2012039743).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría el
día 8 de mayo del 2012, se protocolizó el acta número dos de la asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad Atmetlla y
Chavarría S. A., en la cual se acordó modificar la cláusula segunda del
pacto social.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Max Barrientos Cordero,
Notario.—1
vez.—(IN2012039744).
Por escritura número ciento sesenta y ocho,
otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del siete de mayo del dos mil
doce, se disolvió la sociedad Camino Oro Development S. A.—Lic. Adriana
Villalobos Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012039746).
Por escritura número ciento sesenta y nueve
otorgada ante esta notaría a las nueve horas del ocho de mayo del dos mil doce,
se disolvió la sociedad Diversiones de Escazú S. A.—Lic. Adriana
Villalobos Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012039747).
La suscrita notaria, hace constar que mediante escritura número doscientos cuarenta y seis, otorgada hoy ante mí, a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Inmobiliaria Achiro del Oriente S. A., por la que se revocaron todos los nombramientos de quienes integraban la junta directiva designándose nuevos directores. Presidente: Hazel Duarte Jiménez. Secretaria: Heymen Duarte Jiménez.—San Isidro de Vázquez de Coronado, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Yamilette Calderón Cerdas, Notaria.—1 vez.—(IN2012039748)
Ante mi notaría, se protocolizó el primero de
mayo del año en curso, acta de asamblea general extraordinaria de
En mi notaría, a las 19 horas, 22 de marzo 2012,
cambio nombre de la sociedad Librería y Regalos Trazos a Soluciones
Institucionales S.I, Real Computer System S. A.—San José, 22 de marzo del
2012.—Lic. Max Eduardo Bastos Villegas, Notario.—1 vez.—RP2012289945.—(IN2012039750).
A las 15:00 horas del 25 de abril del 2012,
protocolicé Acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de Geller’s Tropical Paradise S. A., de esta plaza, mediante la cual se
reforman las cláusulas primera modificándose la razón social por Costa Rica
Gold Buyers S. A., la segunda, la tercera, la sexta, la décima octava, la
vigésimo segunda, y la vigésimo sexta de la escritura constitutiva; se aceptan
las renuncias que de sus cargos presentan la totalidad de los miembros de la
junta directiva y fiscal y se nombran sustitutos; se revoca nombramiento de
agente residente y se nombra1 sustituto.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic.
Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—(IN2012039753).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la fusión de
disolusión de la sociedad R & K Holdings Sociedad Anónima.—San José,
siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2012039755).
Por escritura otorgada ante esta notaría se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la fusión de
disolución de la sociedad Frío de Fe Limitada.—San José, siete de mayo
del dos mil doce.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2012039758).
Ante mi notaría, a las 14:00 horas del 9 de mayo
del año 2012, se protocolizó el acta número 1 de la sociedad JM Salazar y Co
S. A., donde se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San
José, 9 de mayo del año 2012.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2012039763).
Por escritura otorgada, ante la notaria Bianka
Vitola Arce, San José, 13:00 horas del 04 de mayo del 2012, se disolvió la
sociedad Sarisko Investments S. A.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic.
Bianka Vitola Arce, Notaria.—1
vez.—(IN2012039796).
Por escritura otorgada, ante la notaria Bianka Vitola Arce, San José, 10:00 horas del 4 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad Arroba Café Internet S. A.—San José, 8 de mayo 2012.—Lic. Bianka Vitola Arce, Notaria.—1 vez.—(IN2012039798).
Por escritura otorgada, ante la notaria Bianka
Vitola Arce, San José, 10:00 horas del 7 de mayo del 2012, se disolvió la
sociedad Jewelry Designs Vitola & Car Co S.A.—San José, 8 de mayo
del 2012.—Lic. Bianka Vitola Arce, Notaria.—1 vez.—(IN2012039802).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las once horas del siete de mayo del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad F.C. Servicios Ejecutivos del Este Sociedad Anónima.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza. , Notario.—1 vez.—(IN2012039804).
Por escritura otorgada, ante la notaria Bianka
Vitola Arce, San José, 12:00 horas del 07 de mayo del 2012, se disolvió la
sociedad Vitola Aguilar y Solano S. A.—San José, 8 de mayo del
2012.—Lic. Bianka Vitola Arce, Notaria.—1 vez.—(IN2012039805).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las
diecisiete horas del ocho de mayo del dos mil doce, se acuerda la disolución de
la sociedad ODS Soft Socdedad Anónima.—San José, ocho mayo del dos mil
doce.—Lic. Ivette Marie Hoffman De Pass, Notaria.—1 vez.—(IN2012039807).
Por escritura otorgada, ante la notaria Bianka
Vitola Arce, San José, 10:00 horas del 08 de mayo del 2012, se disolvió la
sociedad Guzvitasi Inc S. A.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Bianka
Vitola Arce, Notaria.—1
vez.—(IN2012039810).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las
nueve horas del nueve de mayo del dos mil doce, se acuerda la disolución de la
sociedad Complejo Turístico El Pescador Sociedad Anónima.—San José,
nueve mayo del dos mil doce.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—(IN2012039814).
Por escritura otorgada ante mí a las 10 horas del
día 26 de abril del 2012 se protocoliza acta de El Escorial Sociedad Anónima.—Heredia,
7 de mayo del 2012.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Chaverri, Notario.—1 vez.—(IN2012039816).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas
del día 26 de abril del 2012 se protocoliza acta de disolución de Condominios
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas
del día 16 de abril del 2012 se protocoliza acta de disolución de Diazboni
Sociedad Anónima.—Heredia, 7 de mayo del 2012.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez
Chaverri, Notaria.—1
vez.—(IN2012039819).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del día 25 de abril del 2012, se protocoliza acta de Producciones Artísticas Gabandez Sociedad Anónima.—Heredia, 7 de mayo del 2012.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Chaverri, Notario.—1 vez.—(IN2012039820).
Por escritura otorgada ante mí a las 9 horas del
día 8 de mayo del 2012 se protocoliza acta de Arcsoft Sociedad Anónima.—Heredia,
8 de mayo del 2012.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Chaverri, Notario.—1 vez.—(IN2012039822).
Mediante escritura número 211-20, otorgada ante mi notaría, a las doce horas del nueve de mayo de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Aunilaw de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-tres siete cuatro dos tres tres.—Lic. Julieta López Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012039823).
Ante esta notaría y mediante escritura número ciento sesenta-cuatro, visible en su inicio a folio setenta y siete frente y vuelto, del tomo cuatro del protocolo de esta notaría, se protocoliza el acta número uno de la entidad denominada Carguimi Sociedad Anónima. Mediante la cual se acuerda disolver dicha entidad.—Alajuela, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2012039824).
Ante esta notaría y mediante escritura número ciento
cincuenta y siete-cuatro, visible en su inicio a folio setenta y cinco frente,
del tomo cuatro del protocolo de esta notaría, se protocoliza el acta numero
uno de la entidad denominada
Por escritura número 156-04, otorgada en esta
notaría, a las 15 horas 15 minutos del día 25 de abril del año 2012, se
constituye la compañía Chacón Autos Sales Sociedad Anónima, con un
capital de diez mil colones exactos, totalmente suscritos y pagados.—Alajuela,
25 de abril del año 2012.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2012039827).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las dieciséis horas del diez de abril de dos mil doce, se disolvió la empresa Tecnología Rodríguez Rojas TRR Sociedad Anónima, domicilio social Piedades de Santa Ana, costado sur de la plaza de deportes, casa blanca con cochera, cédula tres ciento uno doscientos ochenta y tres mil doscientos treinta y nueve. Presidenta Laura Rodríguez Rojas.—Lic. Danilo Araya Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2012039829).
Mediante escritura pública número ciento ochenta y nueve-diez, otorgada a las ocho horas del siete de abril del año dos mil doce, protocolizó acta de la empresa: Idealab de Centroamérica Sociedad Anónima, tres- ciento uno- trescientos cincuenta y dos mil cuarenta y tres, en donde se toma el acuerdo unánime de disolver la empresa y no nombrar liquidadores al carecer de activos y pasivos que liquidar.—San José, siete de abril del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2012039830).
Mediante escritura pública número ciento noventa
y tres-diez, otorgada a las ocho horas del ocho de mayo del año dos mil doce,
protocolizo acta de la empresa: Villa XXII Arena de San Antonio Sociedad
Anónima, tres-ciento uno-trescientos veintiocho mil setecientos noventa, en
donde se toma el acuerdo unánime de disolver la empresa y no nombrar
liquidadores al carecer de activos y pasivos que liquidar.—San José, ocho de
mayo del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2012039832).
Por escritura número noventa y seis, de las
quince horas del día veintinueve de marzo del dos mil doce, se constituyó la
sociedad denominada Green Solutions Inversiones CR Sociedad Anónima, que
se traduce literalmente Soluciones Verdes Inversiones CR Sociedad Anónima,
plazo 99 años, objeto el comercio en general, capital social diez mil colones,
domicilio San José, Escazú, Guachipelín. Es todo.—Sabana Norte, nueve de mayo
del dos mil doce.—Lic. Andrés Esteban Ávalos Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012039835).
Mediante escritura número noventa y ocho,
otorgada a las nueve horas del día diecisiete de abril de dos mil doce, se
constituyó Exportaciones Donatella Sociedad Anónima. Se nombra junta
directiva.—Lic. Blanca Aurora González Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012039837).
Ante mí, Carlos Manuel Arroyo Rojas, se otorgó
escritura de reforma de cláusula sétima del pacto de constitución de la
sociedad Reyes Ranch S. A.—Ciudad Quesada, siete de mayo del dos mil
doce.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012039854).
Socios de Club Armonía Sociedad Anónima,
en asamblea general extraordinaria, celebrada el día 30 de abril del
Por escritura otorgada, ante esta misma notaría,
a las 15:05 horas del 4 de mayo del 2012, se protocolizó el acta número 4 de
asamblea general extraordinaria de socios de Hermanos Huertas Barrantes S.
A., en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, de
conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Misma
fecha.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2012039856).
Por escritura número doscientos dos otorgada,
ante esta notaría, a las once horas quince minutos del nueve de mayo de dos mil
doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Tres- Ciento
Uno-Cuatrocientos Cincuenta y Seis Mil Novecientos Diecisiete, Sociedad Anónima,
en donde se reformó la cláusula del domicilio social y se nombró nueva junta
directiva, fiscal y agente residente.—San José, nueve de mayo del año dos mil
doce.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012039857).
Por escritura número doscientos tres, otorgada
ante esta notaría, a las quince horas del nueve de mayo de dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Corporación Dama
Dental DM Sociedad Anónima, en donde se acordó disolver la compañía de
acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio.—San
José, nueve de mayo del año dos mil doce.—Lic. Adrián Echeverría Escalante,
Notario.—1
vez.—(IN2012039858).
Por escritura otorgada, el día de hoy ante esta
notaría, Juan Antonio Mainieri Acuña y Eduardo Alfonso Márquez Fernández,
constituyen la sociedad The Energy Store Limitada. La representación
judicial y extrajudicial corresponde al gerente, con facultades de apoderado
generalísimo sin limitación de suma. Capital social es de doce mil colones.—San
José, al ser catorce horas del día nueve de mayo del año dos mil doce.—Lic.
José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012039859).
Por escritura otorgada, ante esta misma notaría, a las 15:15 horas del 4 de mayo del 2012, se protocolizó el acta número 3 de asamblea general extraordinaria de socios de Lulamer S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Misma fecha.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2012039860).
Por escritura otorgada, ante esta misma notaría, a las 15:30 horas del 4 de mayo del 2012, se protocolizó el acta número 1 de asamblea general extraordinaria de socios de 3-101-592426 S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Misma fecha.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2012039861).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea de la sociedad R G Automotores Faze Cuatro S.
A., se modifica el pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.
Presidente: Jeffry Venegas Venegas.—San José, al ser catorce horas del día
nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Luis Enrique Pastrana Reyes, Notario.—1 vez.—(IN2012039862).
Los señores accionistas de la sociedad Clínica
Asunsión Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres -ciento
uno-cuatrocientos cuarenta y un mil cuatrocientos veintisiete. Acuerdan
disolver y desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil. Ante el
notario Víctor Julio Herrera Bolaños.—Lic. Víctor Julio Herrera Bolaños,
Notario.—1
vez.—(IN2012039863).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, de las
13:00 horas del 8 de mayo del 2012, se protocoliza en lo conducente el acta
número uno de asamblea general extraordinaria de R.M.G. Alquileres Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifica la clausula quinta en cuanto al
capital social.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Johanny Mora Monge,
Notario.—1
vez.—(IN2012039869).
Por escritura número ciento ochenta y uno,
otorgada ante la notaria Sheila Elena Chaves Berrocal, a las diecinueve horas
del nueve de mayo del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Inversiones Royeo Z y R S. A., en la cual se
acordó la disolución de dicha sociedad.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal,
Notaria.—1
vez.—(IN2012039870).
Por escritura número ciento cuarenta y tres, otorgada ante la notaria Sheila Elena Chaves Berrocal, a las diez horas del veinte de abril del año dos mil doce, se solicitó la disolución de la sociedad Empresa de Servicios Los Delfines S. A.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—(IN2012039871).
Por escritura número ciento cuarenta y seis, otorgada ante la notaria Sheila Elena Chaves Berrocal, a las diecisiete horas del veintitrés de abril del año dos mil doce, se solicitó la disolución de la sociedad Agropecuaria Industrial Cureña F R J S. A.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—(IN2012039872).
Por escritura número ciento cincuenta y seis,
otorgada ante la notaria Sheila Elena Chaves Berrocal, a las diecisiete horas
del veintisiete de abril del año dos mil doce, se solicitó la disolución de la
sociedad Ganadera Ayadith S. A.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal,
Notaria.—1 vez.—(IN2012039873).
Por escritura número ciento sesenta y cuatro, otorgada ante la notaria Sheila Elena Chaves Berrocal, a las diecisiete horas del treinta de abril del año dos mil doce, se solicitó la disolución de la sociedad Proagro Soluciones Agrícolas S. A.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—(IN2012039874).
Por escritura número ciento setenta y nueve, otorgada ante la notaria Sheila Elena Chaves Berrocal, a las dieciocho horas del nueve de mayo abril del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de tres- ciento uno- cuatrocientos noventa y un mil doscientos s. a., en la cual se acordó la disolución de dicha sociedad.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—(IN2012039877)Por escritura número ciento ochenta, otorgada ante la notaria Sheila Elena Chaves Berrocal, a las dieciocho horas treinta minutos del nueve de mayo abril del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Lufama S. A., en la cual se acordó la disolución de dicha sociedad.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—(IN2012039878).
Por escritura otorgada en Heredia a las doce horas del ocho de mayo del dos mil doce, Fernando Calvo Sánchez, apoderado generalísimo sin límite de suma de Arte y Serigrafía Calvo Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno trescientos treinta y seis cero ochenta y cinco, con domicilio en Heredia, solicita la disolución.—Heredia, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1 vez.—(IN2012039879).
Por instrumento público número 137-1 autorizado
por esta notaría, a las 15:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea
general de Quattro Motors S. A., y tres -ciento uno - seiscientos mil
novecientos seis s. a., mediante los que se acuerda la fusión por absorción
de dichas sociedades, prevaleciendo la última. En tal virtud, se aumentó el
capital social y se modificó la cláusula relativa al capital.—San José, 9 de
mayo del 2012.—Lic. Cecilia Naranjo Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2012039880).
Hoy día se ha disuelto la sociedad cuya razón social es Ademir Citycom Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres - ciento uno - uno siete ocho uno cinco cero, en asamblea extraordinaria y por acuerdo unánime de todo el capital social. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación, todo de acuerdo a los procedimientos señalados por el artículo doscientos uno y siguientes del Código de Comercio. Es todo.—Ciudad de Alajuela, ocho horas de hoy tres de abril del dos mil doce.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012039881).
Hoy día se ha disuelto la sociedad cuya razón
social es Inversiones Jiménez Alfaro de Alajuela Sociedad Anónima,
titular de la cédula jurídica número tres - ciento uno - uno siete ocho uno
cinco cero, en asamblea extraordinaria y por acuerdo unánime de todo el capital
social. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo,
ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna
naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de
liquidador y demás trámites de liquidación, todo de acuerdo a los
procedimientos señalados por el artículo doscientos uno y siguientes del Código
de Comercio. Es todo.—Ciudad de Alajuela, nueve horas de hoy veintiocho de
marzo del dos mil doce.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012039882).
Hoy día se ha disuelto la sociedad cuya razón social es Importaciones Siji de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular de la cédula jurídica número tres -ciento dos - uno siete tres dos tres cero, en asamblea extraordinaria y por acuerdo unánime de todo el capital social. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación, todo de acuerdo a los procedimientos señalados por el artículo doscientos uno y siguientes del Código de Comercio. Es todo.—Ciudad de Alajuela, catorce horas de hoy veintisiete de marzo del dos mil doce.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012039883).
Hoy día se ha disuelto la sociedad cuya razón social es Cielos de Costa Rica Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres - ciento uno - cinco cero ocho uno nueve ocho, en asamblea extraordinaria y por acuerdo unánime de todo el capital social. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación, todo de acuerdo a los procedimientos señalados por el artículo doscientos uno y siguientes del Código de Comercio. Es todo.—Ciudad de Alajuela, diez horas de hoy veintiséis de marzo del dos mil doce.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012039884).
Rafael Yanes López, Jorge Luis Garrido Ibarra y Jorge Eduardo Boy Bandera, constituyen ERP Soluciones S. A., Presidente: Rafael Yanes López. Escritura otorgada en San José a las quince horas del día veinticinco de abril del dos mil doce. Domiciliada en San José, Alajuelita centro, frente esquina suroeste del parque.—Lic. Vilma María Guevara Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012039885).
Por escritura número 93, otorgada ante mi notaría, el día 30 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Samarkand M Y M Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-195503, en la que se disuelve la sociedad.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012039886).
Hoy día se ha disuelto la sociedad cuya razón social es Valle de Pocares Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres - ciento uno - dos seis ocho uno uno cero, en asamblea extraordinaria y por acuerdo unánime de todo el capital social. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación, todo de acuerdo a los procedimientos señalados por el artículo doscientos uno y siguientes del Código de Comercio. Es todo.—Ciudad de Alajuela, trece horas de hoy doce de abril del dos mil doce.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012039887).
Hoy día se ha disuelto la sociedad cuya razón social es Tractogrúa Sociedad Anónima titular de la cédula jurídica número tres - ciento uno - dos uno uno seis uno uno, en asamblea extraordinaria y por acuerdo unánime de todo el capital social. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación, todo de acuerdo a los procedimientos señalados por el artículo doscientos uno y siguientes del Código de Comercio. Es todo.—Ciudad de Alajuela, once horas de hoy diez de abril del dos mil doce.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012039888).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 16:00 horas del 4 de mayo del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Alta Moda S. A., donde se acuerda disolver la sociedad.—San José, 4 de mayo del 2012.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.—(IN2012039889).
Por escritura otorgada ante el notario Alfredo Álvarez Quirós, se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo de Servicio de Grúa Hermanos Molina S. A., cédula jurídica 3-101-206415. Presidenta: María Lorem Valverde Calvo.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2012039896).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día dos de mayo del dos mil doce, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de Alquifiesta Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil ochocientos veintiocho, realizada a las nueve horas del día treinta de abril del dos mil doce, mediante la cual los socios por mayoría absoluta acuerdan disolver la presente sociedad.—Lic. Annia Murillo Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012039897).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del día diecinueve de marzo del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Pronto Mercadeo Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos seis mil setecientos noventa y cuatro, realizada a las dieciséis horas del día quince de marzo del dos mil doce, mediante la cual los socios por mayoría absoluta acuerdan disolver la presente sociedad.—Lic. Annia Murillo Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012039898).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del día veintinueve de marzo del dos mil doce, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de Inmobiliaria Habitacional Almari Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y dos mil setecientos treinta y cuatro, realizada a las dieciocho horas del día quince de marzo del dos mil doce, mediante la cual los socios por mayoría absoluta acuerdan disolver la presente sociedad.—Lic. Annia Murillo Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012039899).
Por escritura otorgada hoy en mi notaría a las ocho horas, se constituyó la sociedad denominada Eco Design-Build Sociedad Anónima.—Alajuela, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Óscar Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012039901).
Por escrituras otorgadas ante mi notaría, a las 11 horas del 25 de abril del 2012, protocolizo la fusión de las sociedades Jade Santa Ana S. A., 3-101-614296 S. A., 3-101-614297 S. A., 3-101-613288 S. A., Casa Jade de Tibás S. A., Jade Tierra S. A. Asimismo a las nueve horas, a las diez horas, once horas, doce horas, trece horas, catorce horas del veintiocho de abril del dos mil doce, respectivamente protocolizo actas de las sociedades 3-101-610782 S. A., Pecos South S. A., Hold-Em Trust S. A., Kildahl Corp. S. A., Inversiones San Miguel S. A., y Equitación Equus S. A., mediante las cuales se acuerda la disolución de dichas sociedades. Es todo.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Marco Leitón Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012039902).
La sociedad denominada Seguridad Chaco de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinte mil setecientos cuarenta y dos, acuerda disolver la sociedad en sede notarial, no habiendo activos ni pasivos se prescinde nombrar liquidador y se liquida por consiguiente la referida sociedad.—Alajuela, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Óscar Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012039903).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil doce, se protocolizó disolución por acuerdo unánime y expreso de accionistas de la sociedad Eduarmari Uno-Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y un mil cuatrocientos.—San José, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Vanessa Solano Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012039906).
Por escritura número cuarenta y ocho-cuarenta y siete, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero, al ser las ocho horas quince minutos del nueve de mayo de dos mil doce, se procede a fusionar las sociedades Black Prado Sociedad Anónima y Distribuidora San Jacinto Prim Ltda., siendo Distribuidora San Jacinto Prim Ltda., la sociedad prevaleciente.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2012039909).
Por escritura número cuarenta y nueve-cuarenta y siete, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las ocho horas treinta minutos del día nueve de mayo del dos mil doce, se disuelve y liquida la sociedad Tormenta del Caribe S.R.L.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2012039910).
Por escritura número cuarenta y siete-cuarenta y siete, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a las ocho horas del día nueve de mayo del dos mil doce, se reforma la cláusula primera para que la sociedad se denomine Social Organic Barefoot Restaurant Limitada, la cláusula sétima, se nombran gerentes, se otorga poder generalísimo de la sociedad Tres-Ciento Dos-Seiscientos Treinta y Ocho Mil Novecientos Treinta y Cinco S.R.L.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2012039911).
Mediante la escritura número 216, del protocolo número cinco de la notaria Kathya Vargas Cubillo, se disuelve la sociedad denominada Era Energy-Research-Architecture Sociedad Anónima.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012039912).
Por escritura número sesenta y cinco, otorgada ante mi notaría al ser las nueve horas quince minutos del día nueve de mayo del dos mil doce, se disuelve la sociedad de esta plaza denominada Distribuidoras Volumen Sociedad Anónima.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012039916).
Por escritura número sesenta y seis, otorgada ante mi notaría al ser las nueve horas treinta minutos del día nueve de mayo del dos mil doce, se disuelve la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Barsol de San Ramón Sociedad Anónima.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012039918).
Por escritura número cincuenta y seis, otorgada ante mi notaría al ser las nueve horas y diez minutos del día treinta de abril del dos mil doce, se disuelve la sociedad de esta plaza denominada Poesía y Mariposas A.H.A. Sociedad Anónima.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012039919).
Por escritura pública número sesenta y dos, otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del día veinticinco de abril del dos mil doce, se protocolizó la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada denominada Itellum Limitada, capital social es la suma de doce mil colones, representado por ciento veinte cuotas nominativas de cien colones cada una y el plazo social será de cien años a partir de hoy. Es todo.—San José, veinticinco de abril de dos mil doce.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012039920).
Por escritura número cincuenta y cinco, otorgada ante mi notaría al ser las nueve horas del día treinta de abril del dos mil doce, se disuelve la sociedad de esta plaza denominada Azalea y Balsamina Limitada.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012039921).
Por escritura número cincuenta y cuatro, otorgada ante mi notaría al ser las ocho horas cincuenta minutos del día treinta de abril del dos mil doce, se disuelve la sociedad de esta plaza denominada Amor Las Villas Sociedad Anónima.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012039922).
Por escritura número ciento nueve, otorgada a las ocho horas del diez de mayo de dos mil doce, se disuelve 3-101-191335 Sociedad Anónima.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—(IN2012039923).
Por escritura número cincuenta y tres, otorgada ante mi notaría al ser las ocho horas cuarenta minutos del día treinta de abril del dos mil doce, se disuelve la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Rojas y Rojas del Roble Sociedad Anónima.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012039924).
Por escritura número ciento nueve, otorgada a las ocho horas del diez de mayo de dos mil doce, se disuelve Servido del Este Sociedad Anónima.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—(IN2012039925).
Por escritura número cincuenta y dos, otorgada ante mi notaría al ser las ocho horas treinta minutos del día treinta de abril del dos mil doce, se disuelve la sociedad de esta plaza denominada Los Tres Varela Amo de Palmares Sociedad Anónima.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012039926).
Por escritura doscientos cincuenta y cuatro, de las quince horas del nueve de mayo del dos mil doce, otorgada ante la notaria pública Olga Soto Vargas, se acordó en asamblea general y extraordinaria de socios la disolución de la sociedad denominada Tele Dos Mil Sociedad Anónima.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012039931).
Por escritura doscientos cincuenta y cinco, de las dieciocho horas del nueve de mayo del dos mil doce, otorgada ante la notaria pública Olga Soto Vargas, se acordó en asamblea general y extraordinaria de socios la disolución de la sociedad denominada DR SA Datos y Resultados Sociedad Anónima.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Olga Soto Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012039932).
Ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Saeg Controls Sociedad Anónima, donde se conviene disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Santo Domingo de Heredia, 8 de mayo del 2012.—Lic. Gloriana Arias Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012039936).
Mediante escritura otorgada en esta notaría a las quince horas del siete de mayo del dos mil doce, se disuelve la sociedad The Gigi Fund Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres ciento uno-trescientos sesenta y cuatro mil sesenta y cinco. Es todo.—San José, diecisiete horas del siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—RP2012293607.—(IN2012040009).
Mediante escritura otorgada en esta notaría a las dieciséis horas del siete de mayo del dos mil doce, se disuelve la sociedad Chato y Asociados Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero siete siete tres seis seis. Es todo.—San José, dieciocho horas del siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—RP2012293608.—(IN2012040010).
Mediante escritura otorgada en esta notaría a las
siete horas del día siete mayo del dos mil doce, se constituye sociedad anónima
que se denomina Condolindo Dos HG Sociedad Anónima; que es nombre de
fantasía, el domicilio social será la ciudad de San José, San José, Curridabat,
de
En esta notaría mediante escritura sesenta y
nueve-doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la
compañía Depósito de Maderas Cima S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos diez mil cuarenta y siete, donde se acordó disolver dicha
sociedad con motivo a no haber cumplido los objetivos sociales, y no habiendo activos
ni pasivos se prescindió de nombrar liquidador. Lo anterior con fundamento en
En esta notaría mediante escritura sesenta y
tres-doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la
compañía Guillén e Hijos Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento
uno-sesenta mil setecientos cuarenta y dos, donde se acordó disolver dicha
sociedad con motivo a no haber cumplido los objetivos sociales, y no habiendo
activos ni pasivos se prescindió de nombrar liquidador. Lo anterior con
fundamento en el transitorio dos de
Que por el instrumento público número doscientos uno, de las dieciocho horas del cuatro de mayo del dos mil doce, la sociedad de esta plaza denominada Autodecoración R.P.M. Dos Mil Sociedad Anónima, se procedió a disolver.—Lic. Jeannette Badilla Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012293612.—(IN2012040014).
En esta notaría mediante escritura sesenta y
ocho-doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Noventa y Dos Mil Seiscientos S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y dos mil seiscientos, donde se acordó
disolver dicha sociedad con motivo a no haber cumplido los objetivos sociales,
y no habiendo activos ni pasivos se prescindió de nombrar liquidador. Lo
anterior con fundamento en
En esta notaría mediante escritura sesenta y
cuatro-doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la
compañía Auto Transportes Matina Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-sesenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y seis, donde se
acordó disolver dicha sociedad con motivo a no haber cumplido los objetivos
sociales, y no habiendo activos ni pasivos se prescindió de nombrar liquidador.
Lo anterior con fundamento en el transitorio dos de
En esta notaría mediante escritura sesenta y cinco-doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Clínica Veterinaria Animanía C V A Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintidós mil ochocientos treinta y uno, donde se cambió el domicilio, y se revocó y nombró nuevo tesorero, es todo.—Alajuela, veinte horas treinta y cinco minutos del siete de mayo de dos mil doce.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012293615.—(IN2012040017).
Por escritura otorgada en mi notaría hoy, a las 9:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número 08, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza: Inversiones Marilu S. A., mediante la cual se modifica el pacto constitutivo en lo referente al domicilio y la administración, se nombra nueva junta directiva y fiscal por el resto del plazo social.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012293616.—(IN2012040018).
Ante esta notaría al ser las ocho horas del ocho
de mayo del dos mil doce, comparecieron los socios de Constructora
Ante mí, Roy Zumbado Ulate, notario público de Heredia, la sociedad Informática Salas S. A., reforma la cláusula segunda de los estatutos.—Heredia, 8 de mayo de 2012.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012293618.—(IN2012040020).
Al ser las diez horas del tres de mayo del dos mil doce, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios número uno de la empresa denominada Valle Escondido del Gorrión S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y ocho mil trescientos cincuenta y dos, en la cual por acuerdo unánime de los socios se disuelve la sociedad.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2012293619.—(IN2012040021).
Al ser las diez horas quince minutos del tres de mayo del dos mil doce, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios número uno de la empresa denominada Valle Escondido del Perico Ligero S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y ocho mil trescientos sesenta y uno, en la cual por acuerdo unánime de los socios se disuelve la sociedad.—San José, siete de abril del dos mil doce.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2012293620.—(IN2012040022).
El día de hoy el suscrito notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Luigino Calderón y Compañía S. A., celebrada a las ocho horas del quince de marzo del dos mil doce, mediante la cual se reforma la cláusula del pacto social en cuanto al plazo social.—San José, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2012293621.—(IN2012040023).
Al ser las ocho horas treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil doce, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios número uno de la empresa denominada Valle Escondido del León Breñero Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y ocho mil trescientos cuarenta y dos, en la cual por acuerdo unánime de los socios se disuelve la sociedad.—San José, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2012293622.—(IN2012040024).
El día de hoy, Jeannette Solera Orono, Manuel Emilio Jiménez Solera, Mario Alberto Jiménez Solera y Luis Javier Jiménez Solera, constituyeron la sociedad denominada Jeannsol S.A. Plazo: cien años. Presidenta: Jeannette Solera Orono. Capital social: ochenta mil colones.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2012293623.—(IN2012040025).
Por escritura otorgada ante mí, a las 19:10 horas del 30 de abril del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Grupo GE FE S.A., en la que se acordó su disolución definitiva.—Ciudad Quesada, 8 de mayo del 2012.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012293625.—(IN2012040026).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:40 horas del 8 de mayo del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Asesorías E Y V Sociedad Anónima. No quedan activos ni pasivos por liquidar.—Ciudad Quesada, 8 de mayo del 2012.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012293626.—(IN2012040027).
Por escritura otorgada ante mí, a las 19:00 horas del 30 de abril del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Instituto Costarricense de Educación Privada S. A., en la que se acordó su disolución definitiva.—Ciudad Quesada, 8 de mayo del 2012.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012293627.—(IN2012040028).
Por escritura pública número ciento cuarenta y seis otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintinueve de abril del dos mil doce, se constituyó la sociedad Florcita Dorada SR Sociedad Anónima, presidente José Miguel Sánchez Orozco.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2012293628.—(IN2012040029).
Por escritura pública número ciento setenta otorgada ante esta notaría a las quince horas del día ocho de mayo del dos mil doce, se disuelve la sociedad Agropecuaria Hermanos Salas Segura Sociedad de Responsabilidad Limitada, presidente Arnulfo Salas Segura.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2012293629.—(IN2012040030).
Por protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas, otorgada a las quince horas del día ocho de mayo del dos mil doce, ante el notario Ricardo Castro Páez, se disuelve la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Cinco Ocho Cuatro Seis Cinco Cuatro Sociedad Anónima.—San José, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Ricardo Castro Páez, Notario.—1 vez.—RP2012293630.—(IN2012040031).
Por protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas otorgada a las nueve horas del día cinco de mayo del dos mil doce, ante el notario Ricardo Castro Páez, se disuelve la sociedad denominada Soluciones Informáticas Megabit V.M. Sociedad Anónima.—San José, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Ricardo Castro Páez, Notario.—1 vez.—RP2012293631.—(IN2012040032).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas quince minutos del día ocho de mayo del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Buckbeak Ltda. Donde se da por disuelta y liquidada la sociedad.—San José, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012293634.—(IN2012040033).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas quince minutos del día ocho de mayo del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada White Storm S. A. Donde se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012293635.—(IN2012040034).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del día ocho de mayo del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Cordial Love Ltda. Donde se da por disuelta y liquidada la sociedad.—San José, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012293636.—(IN2012040035).
Por escritura número: ciento seis-treinta y tres, otorgada en esta notaría, a las doce horas del día cinco de mayo de dos mil doce, se disolvió la compañía Diego Motores Sociedad Anónima.—San Isidro de Heredia, cinco de mayo de dos mil doce.—Lic. Gonzalo Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012293638.—(IN2012040036).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil doce, la sociedad Tres-Ciento Uno-quinientos Treinta y Nueve Mil Cuatrocientos Noventa y Ocho S. A., realiza modificación la cláusula sétima referente a la administración, de igual forma realiza nombramiento de nuevo presidente.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, tres de mayo del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012293641.—(IN2012040037).
Por escritura número 252, otorgada en mi notaría a las 13:00 horas del 7 de mayo del 2012, se acuerda disolver la sociedad Centro de Formación en Telecomunicaciones CEFOTEL Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-262819.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012293642.—(IN2012040038).
Por escritura número 158 tomo 2 de la notaría de Alejandro Wyllins Soto, en connotariado con Vivian Wyllins Soto, Axe S.A., acuerda disolución. Es todo.—7 de mayo de 2012.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012293643.—(IN2012040039).
En mi notaría hoy, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Villas de Pico Blanco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta mil ochocientos cincuenta y uno. Se acuerda disolver la sociedad. Escritura número 163-tomo 10 de la notaria María Isabel González Rojas.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. María Isabel González Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012293644.—(IN2012040040).
En mi notaría hoy, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Ronny de Pico Blanco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y siete mil setecientos noventa y nueve. Se acuerda disolver la sociedad, escritura número 164-tomo 10 de la notaria María Isabel González Rojas.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. María Isabel González Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012293645.—(IN2012040041).
En asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Lobana S. A., cédula jurídica: 3-101-226635, celebrada a las 10:00 horas del 8 de mayo del 2012. Se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. María José Mora Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2012293646.—(IN2012040042).
Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Doris Peters Compensations and Benefits Limitada, por medio de la cual se acuerda disolver y liquidar la citada sociedad.—Lic. Eugenia Saborío Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012293647.—(IN2012040043).
Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de fusión por absorción de las sociedades Grupo Valeria S. A., Casaca Roja S. A., Total Double Comunication S. A., Condominio Kalúa S. A., y Krokand S. A., prevaleciendo la sociedad Grupo Valeria S. A. Asimismo se reforma la cláusula quinta de la sociedad prevaleciente, en cuanto al capital social.—Lic. Karla Santana Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012293648.—(IN2012040044).
Por escritura otorgada en San José, a las catorce horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil doce, se protocolizó el acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Kuta del Oriente Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y nueve mil ochocientos ochenta y tres. Se modifican las cláusulas segunda, sexta y décima y se efectúan nuevos nombramientos en la junta directiva, fiscalía y agente residente. Ante la notaría del licenciado Rolando Guardiola Arroyo.—Lic. Rolando Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2012293649.—(IN2012040045).
Por acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios de Fresol Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-ciento treinta y seis mil ciento uno, se acuerda disolver la sociedad tal y como lo establece el artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio. La sociedad no tiene actualmente ningún bien o activo, ni tiene actividades ni operaciones de ninguna naturaleza. Por ende, se prescinde del nombramiento de liquidador, así como el resto de trámites de liquidación.—Grecia, 8 de mayo del 2012.—Lic. Rosa María Bolaños Alpízar, Notaria.—1 vez.—RP2012293652.—(IN2012040046).
Por medio de escritura otorgada en la ciudad de Desamparados, San José, a las diecisiete horas con treinta y cinco minutos del día siete de mayo de dos mil doce, Isrrael Rivera Machado y Exequiel Rivera Machado, constituyeron sociedad anónima que se denominará: Constructora Rivera Machado Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma: Isrrael Rivera Machado.—Lic. Marco Antonio Ruiz Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012293653.—(IN2012040047).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 hrs. del 8 mayo, 2012, se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo: tercera: del objeto, en la mercantil 3-101-558783 S. A.—San José, 8 mayo del 2012.—Lic. Rafael Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012293654.—(IN2012040048).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 hrs. del 25 abril, 2012, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda: del domicilio. Se hacen nuevos nombramientos en Corporación Prici M.R. del Norte S. A.—San José, 25 abril del 2012.—Lic. Rafael Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012293655.—(IN2012040049).
Por escritura otorgada en San José, a las diez horas cuarenta minutos del siete de mayo del dos mil doce, ante el notario Alexis Ballestero Alfaro, se acuerda la disolución de la sociedad A&S Aranasand S. A., cédula jurídica 3-101-410713. Es todo.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012293657.—(IN2012040050).
Por escritura otorgada en San José, a las diez horas treinta minutos del siete de mayo del dos mil doce, ante el notario Alexis Ballestero Alfaro, se acuerda la disolución de la sociedad D&R Decoración, Regalos & Más S. A., cédula jurídica 3-101-490885. Es todo.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012293658.—(IN2012040051).
Por escritura otorgada en San José, a las diez horas diez minutos del siete de mayo del dos mil doce, ante el notario Alexis Ballestero Alfaro, se acuerda la disolución de la sociedad Agencia Aduanal Ernesto Avilés Mayorga S. A., cédula jurídica 3-101-260099. Es todo.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012293659.—(IN2012040052).
Por escritura otorgada en San José, a las diez horas del siete de mayo del dos mil doce, ante el notario Alexis Ballestero Alfaro, se acuerda la disolución de la sociedad Servicios Aduaneros Avimay S. A., cédula jurídica 3-101-221237. Es todo.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012293660.—(IN2012040053).
Por escritura otorgada ante la notaria Lilia María Coghi Corrales, a las 17:00 horas del día 7 de mayo del 2012, los señores: Michael Rogelio González Mora y Arturo Hidalgo Sánchez, constituyeron Quinientos Seis Studio Sociedad Anónima, domiciliada en el distrito: Sánchez, cantón: Curridabat, de la provincia de San José.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Lilia María Coghi Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2012293662.—(IN2012040054).
Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del siete de mayo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Terra Ventura de Barucito Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012293663.—(IN2012040055).
Por escritura otorgada ante este notario, a las dieciséis horas del tres de mayo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Corporación Tahoma del Pacífico LLC Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, tres de mayo del dos mil doce.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—RP2012293664.—(IN2012040056).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las ocho horas del dieciséis de marzo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Ochenta y Dos Mil Trescientos Cincuenta y Uno Sociedad Anónima, en la que se acordó aumentar el capital social.—San José, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Barahona Israel, Notario.—1 vez.—RP2012293665.—(IN2012040057).
En mi notaría, mediante escritura número 135-25, otorgada a las 18:00 horas del 4 de mayo del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Inversiones Gresela V Y C S. A., cédula jurídica número 3-101-597747.—San Ramón, Alajuela, 8 de mayo del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—RP2012293667.—(IN2012040058).
Mediante acuerdo tomado en asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Veinticinco Mil Ochocientos Seis Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social situado en San José, en calle diecinueve, entre avenidas diez y diez bis, casa número mil treinta y cinco, a las diez horas del día catorce de febrero del dos mil doce, por acuerdo unánime de los accionistas, se acordó disolver la sociedad de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Se realiza la presente publicación para los efectos del artículo doscientos siete del Código de Comercio.—Lic. Rodrigo Barahona Israel, Notario.—1 vez.—RP2012293668.—(IN2012040059).
Escritura otorgada a las 15 horas del 8 del mayo dos mil doce, se modificó cláusula del nombre y domicilio de 3-101-651074 Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—8 de mayo 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012293671.—(IN2012040060).
Escritura otorgada a las 16:10 horas del 8 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad anónima Produciones Papa Sabor Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—8 de mayo del 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012293672.—(IN2012040061).
Escritura otorgada a las 16 horas del 8 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad anónima Dinámica Pro-Éxito Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—8 de mayo del 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012293673.—(IN2012040062).
Escritura otorgada a las 16:20 horas del 8 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad anónima Corporación Machado y Polo Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—8 de mayo del 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012293674.—(IN2012040063).
Ante mi notaría por escritura número doscientos
setenta y nueve-tres, a las diez horas del primero de mayo del dos mil doce,
iniciada visible a folio ciento cuarenta y nueve vuelto del tomo tres, se
constituyó la sociedad denominada Multiservicios Barrio Limón de Santa Cruz
Guanacaste, domiciliada en Santa Cruz, Guanacaste, de
Equipos Ángel S. A., acordó disolverse
como sociedad. Se cita y emplaza a los interesados para que dentro del plazo de
treinta días siguientes a esta publicación se opongan judicialmente a la
disolución que no se base en causa legal o pactada. Para el debido
apersonamiento señalamos la dirección de la notaría ubicada en San José de
Alajuela, costado norte de
El suscrito notario hace constar que hoy he protocolizado el acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Corporación Cervantes Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se modifica la cláusula segunda de sus estatutos (domicilio) y se nombran nuevos Gerentes.—San José, catorce de diciembre de dos mil diez.—Lic. Alfonso Meléndez Vega, Notario.—1 vez.—RP2012293678.—(IN2012040066).
Por escritura número ciento treinta y tres-cinco, otorgada ante esta notaría, notaria pública Paola Tatiana Rojas Segura, a las diecisiete horas del cuatro de mayo de dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad Technology and Development Solutions Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil novecientos cincuenta y tres.—San José, cinco de mayo del dos mil doce.—Lic. Paola Tatiana Rojas Segura, Notario.—1 vez.—RP2012293680.—(IN2012040067).
Por escritura número ciento veintitrés-dos, se reforman las cláusulas primera, segunda y décima cuarta de los estatutos de la sociedad, se revoca agente residente y se nombra nuevo tesorero y fiscal de Tecnoauto Seguro S. A.; por escritura número ciento veinticuatro-dos, se reforman las cláusulas primera y segunda de los estatutos de la sociedad y se nombra nuevo tesorero, secretario y fiscal de R J Muebles S. A.; por escritura número ciento veinticinco-dos, se reforman las cláusulas tercera, segunda y décima tercera de los estatutos de la sociedad, se revoca agente residente y se nombra nuevo tesorero, secretario y fiscal de Bufete Jara Phillips y Asociados S. A.; todas las escrituras otorgadas ante el notario Alexander Uhrig Martínez.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Alexander Uhrig Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012293681.—(IN2012040068).
Por escritura número ciento veintinueve-once, otorgada ante esta notaría, notario público: Juan Manuel Godoy Pérez, a las nueve horas del siete de mayo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Agrosuperior S. A., mediante la cual se modifica la cláusula décimo quinta del pacto constitutivo.—San José, siete de mayo de dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012293682.—(IN2012040069).
Por escritura número ciento cuarenta-uno, otorgada a las doce horas treinta minutos del ocho de mayo del dos mil doce, ante el notario público Zentis Uhrig Martínez; por no existir activos o pasivos, el señor Francisco Javier Ramírez Cruz disuelve la sociedad anónima J C S Sistemas S. A.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Zentis Uhrig Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012293683.—(IN2012040070).
Por escritura número ciento cuarenta y tres-tres, otorgada a las diecisiete horas del día siete de mayo del dos mil doce, ante la notaria pública Viviana Solís Gómez; por no existir activos o pasivos, el señor Silvio Sánchez Alegría disuelve la sociedad anónima Inmobiliaria Mariana S M D O S S. A.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Viviana Solís Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012293684.—(IN2012040071).
Mediante escritura número 194 visible al folio 165 frente del tomo 3, otorgada a las 10:00 horas del 7 de mayo de 2012, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Ganadera El Aguacate Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-199686; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012293685.—(IN2012040072).
Mediante escritura número 195 visible al folio 166 frente del tomo 3, otorgada a las 11:00 horas del 7 de mayo de 2012, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Crispol y Mar Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101-511931; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012293687.—(IN2012040073).
Mediante escritura número 193 visible al folio 164 vuelto del tomo tres, otorgada a las 8:00 horas del 7 de mayo de 2012, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Inversiones Mele Mele Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101-513555; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012293689.—(IN2012040074).
El suscrito notario hace constar que hoy se
otorgó escritura de disolución de Algarva Sociedad Anónima, domiciliada
en San José, Barrio González Lahmann, frente a calle veintitrés, avenida diez
bis, número mil noventa y dos y cédula jurídica Nº 3-101-067126. De conformidad
con el Transitorio II de
Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Constructora
Independiente de Abril S. A., mediante la cual en forma unánime por medio
de la totalidad de los socios se acuerda la liquidación y disolución de la
presente sociedad de conformidad con el Código de Comercio y
Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad 3-101-598795 s. a., mediante la cual se modificaron: la cláusula primera del nombre Agua Media S. A.; la cláusula segunda del domicilio y la cláusula tercera del objeto de la sociedad.—San José, 8 de mayo de 2012.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012293693.—(IN2012040077).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, de las 11:00 de hoy, se protocolizó asamblea de tres-ciento uno-quinientos dos mil treinta s. a., reformando estatutos y junta directiva.—San José, 8 de mayo de 2012.—Lic. Juan Antonio Mora Doninelli, Notario.—1 vez.—RP2012293694.—(IN2012040078).
Por escritura número cuatro otorgada ante esta notaría a las nueve horas treinta y cinco minutos del dos de mayo de dos mil doce, por acuerdo unánime y en firme de socios se disolvió Jasomo de Romoser Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-324078, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. En virtud de que la sociedad no tiene activos ni pasivos se prescindió de los trámites de liquidación. Es todo.—Heredia, a las trece horas del tres de mayo del dos mil doce.—Lic. Ronald Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012293696.—(IN2012040079).
Por escritura número cinco otorgada ante esta notaría a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dos de mayo de dos mil doce, por acuerdo unánime y en firme de socios se disolvió Jaoma de Guápiles SR Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-427171, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. En virtud de que la sociedad no tiene activos ni pasivos se prescindió de los trámites de liquidación. Es todo.—Heredia, a las trece horas del 3 de mayo de 2012.—Lic. Ronald Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012293697.—(IN2012040080).
Por escritura número seis otorgada ante esta notaría a las nueve horas cincuenta minutos del dos de mayo de dos mil doce, por acuerdo unánime y en firme de socios se disolvió Profesiones Unidas PROUN Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-180342, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. En virtud de que la sociedad no tiene activos ni pasivos se prescindió de los trámites de liquidación. Es todo.—Heredia, a las trece horas del 3 de mayo de 2012.—Lic. Ronald Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012293698.—(IN2012040081).
Por escritura número siete otorgada ante esta notaría a las diez horas del dos de mayo de dos mil doce, por acuerdo unánime y en firme de socios se disolvió Procesos de Ingeniería Procinsa Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-074932, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. En virtud de que la sociedad no tiene activos ni pasivos se prescindió de los trámites de liquidación. Es todo.—Heredia, a las trece horas del 3 de mayo de 2012.—Lic. Ronald Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012293699.—(IN2012040082).
Protocolización de asamblea general extraordinaria de socios de Roman Pine Forest S. A., la cual reforma la cláusula cuarta de los estatutos. Escritura número noventa y siete-tres de las quince horas cuarenta minutos del tres de mayo del dos mil doce.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012243700.—(IN2012040083).
Cambio de secretaria en la compañía Corporación Garrcas MMG Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos siete uno nueve tres ocho, a las ocho horas treinta y cinco minutos del diecinueve de marzo del dos mil doce, escritura número trescientos cuarenta y nueve del tomo cuarto de mi protocolo.—Lic. Francisco Arturo Ugalde García, Notario.—1 vez.—RP2012293701.—(IN2012040084).
Por escritura de esta fecha número ciento diez del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Proyectos Orientados al Desarrollo Sostenible Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-4149666.—San José, siete de mayo de dos mil doce.—Lic. Walter Fco. Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012293702.—(IN2012040085).
Por escritura de esta fecha, número ciento seis del tomo trece de mi protocolo Viajes por Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-109843, modifica estatutos en el domicilio, nombre de sociedad, cláusula de administración y nombra junta directiva.—San José, cinco de mayo de dos mil doce.—Lic. Walter Fco. Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012293703.—(IN2012040086).
Por escritura de esta fecha, número noventa y ocho
del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Productos Biogénesis de
Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-275924, al amparo del
transitorio II de
Por escritura de esta fecha, número ciento nueve del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Ambio-Cultura Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-412024.—San José, siete de mayo de dos mil doce.—Lic. Walter Fco. Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012293707.—(IN2012040088).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del ocho de mayo del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad Repuestos Zarcero Sociedad Anónima.—Heredia, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Julio Humberto Fonseca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012293709.—(IN2012040089).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 27 de abril del 2012, se disuelve la empresa Funtec S. A.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012293710.—(IN2012040090).
Por escritura otorgada a las quince horas del veintiocho de abril del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Lotes Bonotis J Diez Sociedad Anónima; y la empresa Ilúvatar S. A., en la cual se acordó la fusión por absorción de la primera por la segunda: Ilúvatar S. A., sociedad que prevalece, generando un aumento de capital social y modificación de la cláusula quinta del pacto social.—Lic. Yorleny Campos Oporta, Notaria.—1 vez.—RP2012293711.—(IN2012040091).
Por escritura otorgada en esta notaría a las 14:30 horas del 8 de mayo del 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Moibete Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y un mil novecientos noventa y cuatro, celebrada a las ocho horas del veintisiete de abril del dos mil doce, en la que se acordó disolver la sociedad.—San José, 8 de mayo del año 2012.—Lic. Henry Rodríguez Moreno, Notario.—1 vez.—RP2012293713.—(IN2012040092).
Por escritura otorgada en esta notaría a las 14:00 horas del 8 de mayo del 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Ruiz Publicidad y Mercadeo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y un mil cincuenta y uno, celebrada a las nueve horas del veintisiete de abril del dos mil doce, en la que se acordó disolver la sociedad.—San José, 8 de mayo del año 2012.—Lic. Henry Rodríguez Moreno, Notario.—1 vez.—RP2012293714.—(IN2012040093).
Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la empresa Lake View Investments S. A., cédula jurídica tres ciento uno doscientos noventa mil seiscientos setenta y cinco, correspondiendo la representación judicial y extrajudicial al presidente y secretario.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012293716.—(IN2012040094).
Mediante escritura número ciento noventa, otorgada ante esta notaría, a las once horas del siete de mayo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Marketink Persepolis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Netzy Yanina Soto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012293717.—(IN2012040095).
En asamblea extraordinaria de la sociedad 3-101-546946, cedula jurídica 3-101-546946, celebrada a las 18:00 horas del 5 de mayo del 2012. Se acuerda la disolución de la sociedad.—San José 7 de mayo del 2012.—Lic. Ivannia Jesús Marín Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2012293718.—(IN2012040096).
En mi notaría, al ser las dieciocho horas del tres de mayo del año dos mil doce, se procede a protocolizar el acta número dos de la asamblea de socios de la compañía: Román And Brach Sociedad Anónima, para su disolución.—Lic. Irene Rodas Seas, Notaria.—1 vez.—RP2012293719.—(IN2012040097).
Por escritura número ocho otorgada ante esta notaría a las diez horas diez minutos del día dos de mayo de dos mil doce, por acuerdo unánime y en firme de socios se disolvió Inmobiliaria Fezzan SMJ Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-433960, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. En virtud de que la sociedad no tiene activos ni pasivos se prescindió de los trámites de liquidación. Es todo.—Heredia, a las trece horas del día tres de mayo de 2012.—Lic. Ronald Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012293720.—(IN2012040098).
Por escritura autorizada el día de hoy, he protocolizado acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Tres-Ciento Uno-Quinientos Noventa y Dos Mil Setecientos Treinta y Cinco S. A., celebrada el día cinco de mayo del 2012 al ser las catorce horas, mediante la cual se reforma cláusula de la administración, renuncian directores y se nombran otros.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Alfonso Romero Coto, Notario.—1 vez.—RP2012293721.—(IN2012040099).
Ante esta notaría mediante escritura número 114-1, se protocolizó el acta de disolución de Arameve Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-313624, domiciliada en Cedros de Montes de Oca. Es todo.—San José, 9 de mayo 2012.—Lic. Diego José Mata Morales, Notario.—1 vez.—RP2012293724.—(IN2012040100).
Por escritura otorgada ante mí 179-103, se constituye una sociedad sin denominación social, en donde se autoriza expresamente para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que de oficio se asigne en el momento de su inscripción, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—RP2012293725.—(IN2012040101).
En escritura otorgada ante la suscrita notaria, número ochenta y siete del ocho de mayo del dos mil doce, visible al folio ciento sesenta y dos frente y vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, se protocoliza acta de la empresa denominada Simajoya Pococí S.R.L., cédula jurídica 3-102-300277, en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. Carmen María Rodríguez Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012293726.—(IN2012040102).
En escritura otorgada ante la suscrita notaria, número doscientos cincuenta y nueve del tres de mayo del dos mil doce, visible al folio ciento noventa y dos vuelto hasta el folio ciento noventa y tres frente del tomo uno de mi protocolo, se protocoliza acta de la empresa denominada Farmacias del Atlántico Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-131079, en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. Marisela Araya Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012293727.—(IN2012040103).
En escritura otorgada ante la suscrita notaria, número doscientos cincuenta y ocho del tres de mayo del dos mil doce, visible al folio ciento noventa y dos frente y vuelto del tomo uno de mi protocolo, se protocoliza acta de la empresa denominada DIV Sucra Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-193514, en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. Marisela Araya Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012293728.—(IN2012040104).
Por escritura número ciento noventa y cinco
otorgada al ser las trece horas del diecinueve de abril del año dos mil doce,
ante el suscrito notario, se constituye una sociedad anónima que llevará como
nombre el número de cédula jurídica que se le asigne.—Cartago,
Mediante escritura número veintisiete-uno, otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del nueve de mayo del dos mil doce, el señor Saúl Isaac Conrado Rojas y otros constituyen la sociedad anónima Sacoro S. A. Capital suscrito y pagado. Plazo 99 años.—San José, 9 de mayo del 2012.—MSc. Gerardo Alberto Marín Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2012293732.—(IN2012040106).
Por protocolización de acuerdo de asamblea de socios otorgada ante esta notaría, a las 9:37 horas del 8 de mayo de dos mil doce, se disuelve la sociedad Oariascorp S. A., por acuerdo de socios. Se comisiona al suscrito notario.—San José, ocho de mayo de dos mil doce.—Lic. Melvin Elizondo Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012293733.—(IN2012040107).
Yo, Carlos Arturo Terán París, notario público con oficina en San José, hago de conocimiento público que ante esta notaría, a las 10:10 horas, del 8 de mayo del 2012, en escritura número 33-13, se constituyó la sociedad denominada Adenim Sociedad Anónima. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Arturo Terán París, Notario.—1 vez.—RP2012293735.—(IN2012040108).
Por medio de escritura otorgada a las quince horas del día siete de mayo del año dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Fabrosa S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ochenta y un mil quinientos cuarenta y cuatro, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad Fabrosa S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ochenta y un mil quinientos cuarenta y cuatro.—San José, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012293736.—(IN2012040109).
Por medio de escritura otorgada a las diecisiete horas del día siete de mayo del año dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Inmobiliaria Odnalro S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y cinco mil seiscientos veintiséis, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad Inmobiliaria Odnalro S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta cinco mil seiscientos veintiséis.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012293737.—(IN2012040110).
Se hace saber que ante esta notaría han comparecido los únicos titulares de la totalidad de acciones que conforman el capital social de la sociedad Total Suministros S. A., domiciliada en la ciudad de Cartago, Residencial El Molino, sociedad que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, bajo la cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos ochenta y cinco mil novecientos nueve y manifiestan los comparecientes que todos son mayores y no figuran incapaces entre ellos y que por lo tanto, convienen por unanimidad disolver la sociedad Total Suministros S. A., la cual no tiene ni activos ni pasivos que distribuir, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Se concede un término de treinta días a partir de la publicación de este edicto a cualquier interesado para que acuda a hacer valer sus derechos.—Cartago, 2 de mayo de 2012.—Lic. Eva Cristina Meza Badilla, Notaria.—1 vez.—RP2012293738.—(IN2012040111).
Se hace saber que ante esta notaría han comparecido los únicos titulares de la totalidad de acciones que conforman el capital social de la sociedad Grupo Inversionista Badilla Pereira S. A., domiciliada en la ciudad de Cartago, en Paraíso, cincuenta metros al este de Plaza Paraíso, sociedad que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, bajo la cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos cinco mil seiscientos veinticinco y manifiestan los comparecientes que todos son mayores y no figuran incapaces entre ellos y que por lo tanto, convienen por unanimidad disolver la sociedad Grupo Inversionista Badilla Pereira S. A., la cual no tiene ni activos ni pasivos que distribuir, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Se concede un término de treinta días a partir de la publicación de este edicto a cualquier interesado para que acuda a hacer valer sus derechos.—Cartago, 2 de mayo de 2012.—Lic. Eva Cristina Meza Badilla, Notaria.—1 vez.—RP2012293739.—(IN2012040112).
Por instrumento público número setenta y cuatro, visible al folio ciento veintidós, frente y vuelto del tomo sétimo de la notaria pública Flor de María López Guido, se protocolizó acta que disuelve y liquida Maavigo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos tres tres nueve uno dos. Notaria Pública: Flor de María López Guido, fmlopez@abogados.or.cr.—Curridabat, 8 de mayo del 2012.—Lic. Flor de María López Guido, Notaria.—1 vez.—RP2012293742.—(IN2012040113).
Por instrumento público número setenta y dos, visible al folio ciento diecinueve vuelto al veintiuno frente del tomo sétimo de la notaria pública Flor de María López Guido, se disuelve y liquida Higth Tech Inspeccion Service (Servicio de Inspección de Alta Tecnología) Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres nueve cero uno ocho nueve. Notaria Pública: Flor de María López Guido, fmlopez@abogados.or.cr.—Curridabat, 7 de mayo del 2012.—Lic. Flor de María López Guido, Notaria.—1 vez.—RP2012293743.—(IN2012040114).
Por instrumento público número setenta y tres, visible al folio ciento veintiuno vuelto a ciento veintidós frente del tomo sétimo de la notaria pública Flor de María López Guido, se disuelve y liquida Distribuidora Genovés Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno dos uno nueve tres uno. Notaria Pública: Flor de María López Guido, fmlopez@abogados.or.cr.—Curridabat, 7 de mayo del 2012.—Lic. Flor de María López Guido, Notaria.—1 vez.—RP2012293744.—(IN2012040115).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas quince minutos del ocho de mayo de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Aquafina del Monte Sociedad Anónima, se reforma la cláusula sexta, se nombra junta directiva.—San José, 8 de mayo de 2012.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012293745.—(IN2012040116).
Logística Aduanera Internacional S. A., cédula jurídica 3-101-606695, reforma cláusulas segunda y novena del estatuto (domicilio y poder), acta asamblea extraordinaria de socios protocolizada escritura 24, tomo 11, folio 15 vto, del notario Lic. César Rodríguez Villalobos.—Lic. César Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012293746.—(IN2012040117).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas treinta minutos del ocho de mayo de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Industrias Plásticas Hersol Sociedad Anónima, se reforman las cláusulas octava y novena, se nombra junta directiva.—San José, 8 de mayo de 2012.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012293747.—(IN2012040118).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas del ocho de mayo de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Dayka G Y C Sociedad Anónima, se reforma la cláusula octava, se nombra junta directiva.—San José, 8 de mayo de 2012.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012293748.—(IN2012040119).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del veintiséis de marzo de dos mil doce, se constituyó la sociedad Decoplaza III Uno Dos Tres Sociedad Anónima, cuya presidenta es Ingrid Hoffmaister Esquivel.—San José, 26 de marzo de 2012.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012293749.—(IN2012040120).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las quince horas del tres de mayo de este año, se acordó la disolución de la sociedad denominada Asesores Jurídicos en Telecomunicaciones y Electricidad Sociedad Anónima Laboral.—San José, tres de mayo del dos mil doce.—Lic. Marco A. Jiménez Carmiol, Notario.—1 vez.—RP2012293751.—(IN2012040121).
Por escritura número 174 otorgada ante el suscrito notario a las 15:00 horas del 30 de abril del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Controltech S. A., en los que se acordó la disolución de la sociedad. Cualquier interesado puede oponerse judicialmente a la disolución que no se base en causa legal o pactada dentro de los treinta días siguientes a esta publicación.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2012293752.—(IN2012040122).
En acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Alebercha Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y un mil ochenta y siete, celebrada en el domicilio de la sociedad por unanimidad se tomó el siguiente acuerdo: disolver la sociedad anónima ya que se encuentra inactiva. Dicha asamblea fue protocolizada por la notaria que suscribe, a las dieciocho horas del ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Ileana Alfaro Alpízar, Notaria.—1 vez.—RP2012293754.—(IN2012040123).
Por acuerdo de socios se disuelve Balca MFLO S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos trece mil doscientos veintinueve.—San José, 25 de marzo del 2012.—Lic. Rigoberto Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012293758.—(IN2012040124).
Por acuerdo de socios se disuelve Fer Car SRB Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cinco mil doscientos sesenta, domiciliada San José, Sabana Sur, calle Lang, frente a Cid Gallup, casa número ocho ochenta y cuatro.—San José, 25 de marzo del 2012.—Lic. Rigoberto Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012293759.—(IN2012040125).
Por acuerdo de socios se disuelve Servicios y Operaciones Gaso Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y dos mil treinta y ocho, domiciliada Alajuela, Zarcero, un kilómetro quinientos metros al sur del parque de Zarcero.—San José, 25 de marzo del 2012.—Lic. Rigoberto Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012293760.—(IN2012040126).
Por acuerdo de socios se disuelve Ole LRB S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos quince mil novecientos treinta y uno, domiciliada en, San Isidro de Coronado, urbanización Villa Flores, primera etapa casa veintinueve.—San José, 24 de abril del 2012.—Lic. Rigoberto Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012293761.—(IN2012040127).
Ante esta notaría se constituye la sociedad
anónima denominada Jardines y Diseños Calderón S. A., domiciliada en
Mediante escritura número 120 otorgada ante la suscrita notaria, a las 8:00 horas del 7 de mayo del 2012, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad Ciampino Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-322727, mediante la cual se acuerda disolverla. De conformidad con el Código de Comercio dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2012273765.—(IN2012040129).
Mediante escritura número 121 otorgada ante la suscrita notaria, a las 9:00 horas del 7 de mayo del 2012, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad Inmobiliaria Caivil Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-170490, mediante la cual se acuerda disolverla. De conformidad con el Código de Comercio dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2012293766.—(IN2012040130).
En esta notaría, por escritura pública número 174 otorgada a las 20:00 horas del 30 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general de Mediequip S. A., en la que se disuelve y liquida sociedad.—Heredia, 27 de abril del 2012.—Lic. Ivannia Muñoz Benavídez, Notaria.—1 vez.—RP2012293769.—(IN2012040131).
En esta notaría, por escritura pública número 11-14 otorgada a las 14:00 horas del 30 de abril del 2012, comparecieron los socios a disolver y liquidar Consorcio Karma S. A.—Heredia, 3 de mayo del 2012.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012293770.—(IN2012040132).
En esta notaría, por escritura pública número 13-14 otorgada a las 14:00 horas del 2 de mayo del 2012, comparecieron los socios a disolver y liquidar Kaval Investors S. A.—Heredia, 3 de mayo del 2012.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012293772.—(IN2012040133).
En esta notaría, por escritura pública número 15-14 otorgada a las 14:30 horas del 5 de mayo del 2012, comparecieron los socios a disolver y liquidar Hermo S. R. L.—Heredia, 5 de mayo del 2012.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012293773.—(IN2012040134).
Por escritura número ciento veintiocho otorgada a las 10:00 horas del 3 de mayo del 2012 se protocoliza acta 1 de Buenos Aires Exclusive Furniture Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-380006. Se declara la disolusión y se nombra liquidador Erwen Masís Castro.—Lic. Erwen Masís Castro, Notario.—1 vez.—RP2012293774.—(IN2012040135).
Por escritura número ciento treinta y dos otorgada a las 15:00 horas del 3 de mayo del 2012 se protocoliza acta 5 de Compras Palmares Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-478374. Se declara la disolusión y se nombra liquidador Erwen Masís Castro.—Lic. Erwen Masís Castro, Notario.—1 vez.—RP2012293775.—(IN2012040136).
Por escritura número ciento veintinueve otorgada a las 11:00 horas del 3 de mayo del 2012 se protocoliza acta 1 de Muebles Palmares Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-477059. Se declara la disolusión y se nombra liquidador Erwen Masís Castro.—Lic. Erwen Masís Castro, Notario.—1 vez.—RP2012293777.—(IN2012040137).
Por escritura número ciento treinta otorgada a las 12:00 horas del 3 de mayo del 2012 se protocoliza acta 5 de Compañía Minera Oso Gris Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-062813. Se declara la disolusión y se nombra liquidador Erwen Masís Castro.—Lic. Erwen Masís Castro, Notario.—1 vez.—RP2012293778.—(IN2012040138).
Por escritura número ciento treinta y uno otorgada a las 13:00 horas del 3 de mayo del 2012 se protocoliza acta 1 de Tecno Consultores Hidrahulicos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-478374. Se declara la disolusión y se nombra liquidador Erwen Masís Castro.—Lic. Erwen Masís Castro, Notario.—1 vez.—RP2012293779.—(IN2012040139).
Ante la notaría de Fercinta Esquivel Godínez, la sociedad Soniarama San Cristóbal Sociedad Anónima, por escritura pública número ciento setenta y nueve, del veintiuno de abril del dos mil doce, ha solicitado la modificación de la cláusula cuarta de sus estatutos que ahora se lee así el plazo social será hasta el día treinta de mayo del dos mil doce.—San Marcos de Tarrazú, 23 de abril del 2012.—Lic. Fercinta Esquivel Godínez, Notaria.—1 vez.—RP2012293780.—(IN2012040140).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De
conformidad con resolución RMT-759-2012 de las nueve horas del día 30 de marzo
del 2012.
De conformidad con resolución RMT-778-2012 de las
9:00 horas del día 29 de marzo del 2012.
DIRECCIÓN REGIONAL DE
SUCURSALES REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
El suscrito Director
Regional de
Nº Patronal |
Nombre de Patrono |
Monto |
Sucursal |
2-03101263201-001-001 |
INVESTIGACION Y SEGURIDAD PRIVADA ATLANTICA S. A. |
¢876.499,00 |
GUÁPILES |
2-03101507387-001-001 |
CENTRAL AMERICA BOTANICALS C.A.B. S. A. |
¢1.345.960,00 |
GUÁPILES |
0-00701270280-001-001 |
MARCO VINICIO FONSECA LOPEZ |
¢174.269,00 |
GUÁPILES |
0-00800590915-001-001 |
ORFILIA REYES LAGUNA |
¢654.120,00 |
GUÁPILES |
2-03105506512-001-001 |
ASESORES TECNICOS FAGARO EMPRESA INDIVIDUAL DE RL |
¢118.503,00 |
GUÁPILES |
2-03102129420-001-001 |
DERIVADOS DE CONCRETO LOS MONTERO SOCIEDAD DE RL |
¢1.413.956,00 |
GUÁPILES |
0-00108590959-001-001 |
AGUILERA CORDOBA HAROLD |
¢403.031,00 |
GUÁPILES |
2-03101572679-001-001 |
PROYECTOS E INNOVACIONES GAMERO LOBO SA |
¢369.041,00 |
GUÁPILES |
0-00203460271-999-001 |
ALVAREZ HIDALGO CECILIA |
¢583.535,00 |
GUÁPILES |
0-00203460271-002-001 |
ALVAREZ HIDALGO CECILIA |
¢32.656,00 |
GUÁPILES |
0-00701600882-001-001 |
OCAMPO JARA LISETTE MARIA |
¢341.570,00 |
GUÁPILES |
0-00701110030-001-001 |
JIMENEZ CERDAS SERGIO |
¢265.095,00 |
GUÁPILES |
0-00701110030-999-001 |
SERGIO JIMENEZ CERDAS |
¢73.722,00 |
GUÁPILES |
7-00027614700-001-001 |
PEREZ PERES RITA |
¢23.981,00 |
GUÁPILES |
0-00502480504-999-001 |
GUTIERREZ HERNANDEZ IVANNIA MARIA |
¢1.283.486,00 |
GUÁPILES |
2-03101311270-001-001 |
CONSTRUMADERA SA |
¢970.596,00 |
GUÁPILES |
0-00500930071-001-001 |
ZELEDON CABEZAS MAYID DE JESUS |
¢36.493,00 |
GUÁPILES |
0-00108010599-999-001 |
GONZALEZ BALDELOMAR WILLIAM |
¢13.569,00 |
GUÁPILES |
2-03101186111-001-001 |
SISTEMAS TECNOLOGICOS SA |
¢330.939,00 |
GUÁPILES |
0-00109320099-999-001 |
SEGURA TORRES GIOVANNI |
¢392.229,00 |
GUÁPILES |
2-03101629072-001-001 |
MUNDO DE SABORES L.M.R.M. S. A . |
¢286.749,00 |
GUÁPILES |
2-03102163466-001-001 |
ELECTROMECA DE POCOCI SOCIEDAD R. L. |
¢68.603,00 |
GUÁPILES |
0-00105570340-999-001 |
VARGAS ARRIETA ROY ENRIQUE |
¢645.029,00 |
GUÁPILES |
0-00104830737-999-001 |
VALVERDE SALAZAR GILBERT |
¢424.225,00 |
GUÁPILES |
0-00104141403-999-001 |
RAMIREZ AGUILAR JORGE HUMBERTO |
¢347.291,00 |
GUÁPILES |
0-00105340211-999-001 |
CASCANTE ARIAS ROGER GERARDO |
¢652.578,00 |
GUÁPILES |
0-00105590499-999-001 |
BRENES CASTRO MARIA ADERITH |
¢271.901,00 |
GUÁPILES |
0-00104061339-999-001 |
QUESADA QUIROS GERARDO |
¢292.885,00 |
GUÁPILES |
0-00104420321-999-001 |
CASTILLO CANTERO JORGE |
¢1.673.937,00 |
GUÁPILES |
0-00104330025-999-001 |
CARLOS MORALES QUESADA |
¢391.289,00 |
GUÁPILES |
2-03101201970-001-001 |
CORPORACION DELI PIZZA CODELIPISA S. A. |
¢484.732,00 |
GUÁPILES |
2-03101042423-001-001 |
AGROPECUARIA SAN HERNAN S. A. |
¢733.850,00 |
BATAÁN |
0-00601740179-999-001 |
COREA TORUÑO MARÍA DEL CARMEN |
¢207.016,00 |
BATAÁN |
0-00601740179-001-001 |
COREA TORUÑO MARÍA DEL CARMEN |
¢92.930,00 |
BATAÁN |
0-00303470526-999-001 |
VIVES CECILIANO ERID |
¢741.672,00 |
BATAÁN |
0-00112900640-999-001 |
ARAYA LORÍA KENNETH ALBERTO |
¢389.668,00 |
BATAÁN |
7-00028218356-001-001 |
DÍAZ VELASQUEZ ROBERTA |
¢204.633,00 |
BATAÁN |
7-00028218356-999-001 |
DÍAZ VELASQUEZ ROBERTA |
¢94.770,00 |
BATAÁN |
0-00108760315-001-001 |
MARTÍNEZ ARIAS IBSEN GERARDO |
¢261.551,00 |
BATAÁN |
2-03101375489-002-001 |
GRUPO CENTINELAS S. A. |
¢541.988,00 |
BATAÁN |
7-00025722503-001-001 |
HORTON PALACIOS EVELYN ELAINE |
¢120.130,00 |
BATAÁN |
0-00303080225-999-001 |
NUÑEZ SANCHEZ MIGUEL ANGEL |
¢570.667,00 |
BATAÁN |
2-03101339407-001-001 |
AGRO CONSTRUCT DEL ATLANTICO CARSAN S. A. |
¢403.941,00 |
BATAÁN |
2-03101098671-001-001 |
COMP. BUSTOS Y RIVAS S. A. |
¢79.879,00 |
BATAÁN |
2-03101128551-002-001 |
CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES CORESA S. A. |
¢57.644,00 |
BATAÁN |
2-03101112812-001-001 |
COMPAÑÍA AGRÍCOLA OTAROLA Y CUBERO S. A. |
¢79.443,00 |
BATAÁN |
0-00401420894-999-001 |
ZUÑIGA ARRIETA JUAN RAFAEL |
¢1.310.913,00 |
BATAÁN |
2-03101323157-001-001 |
SEGURIDAD LOS CACHORROS S. A. Y BANAN. LIMOFRUT |
¢205.231,00 |
BATAÁN |
0-00602280358-999-001 |
ARIAS PICADO FERNAN |
¢41.412,00 |
BATAÁN |
2-03101359400-001-001 |
HAY CABEZAS Y GAMBOA S. A. |
¢2.667.197,00 |
BATAÁN |
2-03101106480-002-001 |
AGRICOLA GONZALEZ S. A. |
¢1.071.650,00 |
BATAÁN |
2-03101341375-001-001 |
INVERSIONES SAFRAMAR CINCUENTA Y DOS S. A. Y BAN. PALO VERDE S. A. |
¢346.163,00 |
BATAÁN |
9-00165020000-001-000 |
GOMEZ JIMENEZ SERGIO |
¢241.135,00 |
BATAÁN |
2-03101391867-001-001 |
INVERSIONES DEL CARIBE SEPRANO Y SANCHEZ S. A. |
¢415.781,00 |
BATAÁN |
0-00700380942-002-001 |
SCOTT NORIEGA SARA |
¢167.287,00 |
BATAÁN |
2-03101126503-001-001 |
COMPAÑÍA TRANSERINVER S. A. |
¢544.633,00 |
BATAÁN |
2-03101105813-001-001 |
AGROGERMANIA S. A. |
¢883.097,00 |
BATAÁN |
2-03101082324-020-001 |
ESTRUMET S. A. |
¢15.936,00 |
BATAÁN |
2-03101082324-008-001 |
ESTRUMET S. A. |
¢1.353.859,00 |
BATAÁN |
2-03101082324-009-001 |
ESTRUMET S. A. |
¢14.584.091,00 |
BATAÁN |
2-03101082324-002-001 |
ESTRUMET S. A. |
¢1.524.254,00 |
BATAÁN |
2-03101082324-021-001 |
ESTRUMET S. A. |
¢2.325.862,00 |
BATAÁN |
2-03101082324-024-001 |
ESTRUMET S. A. |
¢1.039.190,00 |
BATAÁN |
2-03101042801-001-001 |
EMILAB S. A. |
¢11.562,00 |
BATAÁN |
2-03101057778-001-001 |
SERVICIO INTERNACIONAL DE TRANSPORTE SITRA S. A. |
¢425.766,00 |
BATAÁN |
2-03101461324-001-001 |
SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS INTEGRALES E W SOCOIN S. A. |
¢191.742,00 |
BATAÁN |
0-00701040162-001-001 |
CAMACHO RAMIREZ OLFER |
¢184.494,00 |
BATAÁN |
0-00700940482-001-001 |
MADRIZ PANIAGUA CARLOS ALBERTO |
¢112.738,00 |
BATAÁN |
2-03101113956-001-001 |
EDUMA S. A. |
¢369.162,00 |
BATAÁN |
2-03105141126-002-001 |
EL SUERCO DE SIQUIRRES E I R L |
¢76.112,00 |
BATAÁN |
0-00800310645-001-001 |
ACON NG ALBERTO |
¢134.312,00 |
BATAÁN |
2-03101093369-001-001 |
AGROPECUARIA FUTURO S. A. |
¢5.677.582,00 |
BATAÁN |
2-03101112304-006-001 |
CREACIONES UNIDAS KRUXS. A. DE CENTROAMERICA S. A. |
¢436.947,00 |
BATAÁN |
2-03101122460-003-001 |
CABLE VÍA INTERNACIONAL S. A. |
¢492.648,00 |
BATAÁN |
2-03101114259-003-001 |
CONTRATISTA DE EMPRESARIO BANANERO S. A. |
¢597.880,00 |
BATAÁN |
0-00500670762-001-001 |
ACON LI JOSÉ |
¢348.874,00 |
BATAÁN |
0-00104850657-001-001 |
VARGAS GUILLEN JORGE LUIS |
¢74.078,00 |
BATAÁN |
0-00202260933-002-001 |
GARCIA BENEDICTIS VICTOR EDUARDO |
¢142.027,00 |
BATAÁN |
0-00300630403-001-001 |
TENCIO AGUILAR CARLOS BOLIVAR |
¢1.403,00 |
BATAÁN |
0-00103190278-001-001 |
BONILLA MONTEALEGRE RODOLFO |
¢17.025,00 |
BATAÁN |
2-03101150769-004-001 |
|
¢161.480,00 |
BATAÁN |
0-00800520378-001-001 |
NG FONG NGAN HOP |
¢352.641,00 |
BATAÁN |
0-00800520378-002-001 |
NG FONG NGAN HOP |
¢590.470,00 |
BATAÁN |
2-03101093073-001-001 |
AGROBATAAN S. A. |
¢159.958,00 |
BATAÁN |
2-03101231658-001-001 |
BANANERA |
¢4.657.277,00 |
BATAÁN |
2-03101091397-001-001 |
CRUZ Y BONILLA S. A. |
¢81.378,00 |
BATAÁN |
2-03101068635-001-001 |
COMERCIAL CASTILLO Y CASTELLON S. A. |
¢23.075,00 |
BATAÁN |
0-00500710721-001-001 |
MARCHENA PIÑA JUAN BAUTISTA |
¢63.821,00 |
BATAÁN |
0-00203910371-002-001 |
MUÑOZ SOTO JUAN DIEGO |
¢408.401,00 |
BATAÁN |
0-00203910371-999-001 |
MUÑOZ SOTO JUAN DIEGO |
¢854.495,00 |
BATAÁN |
2-03101229372-001-001 |
ESCUELA DE INGLES TECNICO E D I T S. A. |
¢106.837,00 |
BATAÁN |
2-03101209511-001-001 |
TRANSPORTES VOY VOY S. A. |
¢35.276,00 |
BATAÁN |
2-03101183521-001-001 |
AGROSERVICIOS INDUSTRIALES MENDOZA QUIROS Y COMPAÑÍA S. A. |
¢226.139,00 |
BATAÁN |
0-00204080738-001-001 |
CHAVES ZUÑIGA ALEXANDER |
¢96.454,00 |
BATAÁN |
2-03101105813-001-001 |
AGROGERMANIA S. A. |
¢883.216,00 |
BATAÁN |
0-00104820356-001-001 |
GATJENS GÓMEZ GUILLERMO |
¢209.866,00 |
CARIARI |
0-00107790553-002-001 |
S. A.NCHEZ VILLEGAS HENRY |
¢35.351,00 |
CARIARI |
0-00109170082-001-001 |
NARANJO ALPIZAR LUIS ALBERTO |
¢343.787,00 |
CARIARI |
0-00109170082-999-001 |
NARANJO ALPIZAR LUIS ALBERTO |
¢677.819,00 |
CARIARI |
0-00202230768-001-001 |
GONZÁLEZ VEGA JOSÉ MANUEL |
¢110.956,00 |
CARIARI |
0-00203620869-001-001 |
GAMBOA HERNÁNDEZ LUIS ALBERTO |
¢56.768,00 |
CARIARI |
0-00203870845-001-001 |
ROJAS ARGUELLO JORGE ARTURO |
¢439.282,00 |
CARIARI |
0-00301870879-001-001 |
SERRANO RIVERA DAGOBERTO |
¢203.812,00 |
CARIARI |
0-00501720500-001-001 |
JUAREZ BAEZ MARIO CESAR |
¢12.527,00 |
CARIARI |
0-00502700968-001-001 |
HERNÁNDEZ MARTÍNEZ JOSÉ FERNANDO |
¢126.501,00 |
CARIARI |
0-00601630420-002-001 |
BARRANTES QUIRÓS MAURICIO |
¢69.233,00 |
CARIARI |
0-00601630420-999-001 |
BARRANTES QUIRÓS MAURICIO |
¢433.579,00 |
CARIARI |
0-00601710596-001-001 |
RODRÍGUEZ MADRIGAL MARÍA ELENA |
¢48.935,00 |
CARIARI |
0-00700720773-001-001 |
SANCHEZ CASTRO MAYNOR ALBERTO |
¢1.272.006,00 |
CARIARI |
0-00700990103-001-001 |
ZAMBRANO GUZMÁN ENRIQUE |
¢56.964,00 |
CARIARI |
0-00700990103-999-001 |
ZAMBRANO GUZMÁN ENRIQUE |
¢336.804,00 |
CARIARI |
0-00701170480-001-001 |
FERRETO ALVARADO JUAN |
¢152.081,00 |
CARIARI |
2-03002453081-001-001 |
ASOCIACIÓN DE TAXISTAS UNIDOS DE CAMPO KENNEDY |
¢28.524,00 |
CARIARI |
2-03101123826-001-001 |
INVERSIONES COMERCIALES S Y J DE ESCAZÚ, S. A. |
¢38.654,00 |
CARIARI |
2-03101232341-001-001 |
CORPORACIÓN MADERERA GUZMÁN Y SOLANO, S. A. |
¢2.548.203,00 |
CARIARI |
2-03101239573-001-001 |
AGROSERVICIO MORA ALVARADO DE CARIARI, S. A. |
¢188.982,00 |
CARIARI |
2-03101327908-001-001 |
SERVICIOS AGRÍCOLAS HERRERA CALDERÓN, S. A. |
¢310.840,00 |
CARIARI |
0-00103700911-001-001 |
SOLÍS UMAÑA GERARDO |
¢2.299.700,00 |
SIXAOLA |
0-00900550527-001-001 |
EVELIA MATARRITA CASTILLO |
¢299.681,00 |
SIXAOLA |
7-00015381876-001-001 |
SANTOS MAGÍN ROJAS VÁSQUEZ |
¢134.397,00 |
SIXAOLA |
0-00303332046-001-001 |
FONSECA ARAYA CARLOS MANUEL |
¢175.143,00 |
SIXAOLA |
2-03102238391-001-001 |
SERVÍ MÚLTIPLES DE SIXAOLA LTDA |
¢105.096,00 |
SIXAOLA |
2-03101184597-002-001 |
CONTRATACIONES SOTO ARGUEDAS S. A. |
¢2.877.356,00 |
SIXAOLA |
2-03101039058-002-001 |
DISECS. A. S. A. |
¢1.011.967,00 |
SIXAOLA |
0-00800530341-001-001 |
VARELA SALAZAR JULIO |
¢72.000,00 |
SIXAOLA |
2-03002233887-001-001 |
ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO RURAL DE MARGARITA DE SIXAOLA |
¢1.191.154,00 |
SIXAOLA |
2-03102238391-002-001 |
SERVÍ MÚLTIPLES DE SIXAOLA LTDA |
¢594.468,00 |
SIXAOLA |
0-00800530341-001-001 |
VARELA SALAZAR JULIO |
¢72.040,00 |
SIXAOLA |
0-00700350143-001-001 |
SÁNCHEZ MÉNDEZ JORGE |
¢48.232,00 |
SIXAOLA |
0-00401770924-001-001 |
ARTAVIA URBINA SONIA DEL CARMEN |
¢1.614.823,00 |
PUERTO VIEJO |
7-00016421800-999-001 |
VIGIL CEDILLOS LUIS REINALDO |
¢763.490,00 |
PUERTO VIEJO |
0-00111570068-999-001 |
VALVERDE SALGUERO ERICK |
¢423.261,00 |
PUERTO VIEJO |
0-00206010769-999-001 |
CARBALLO PORRAS OSCAR BAYARDO |
¢1.259.330,00 |
PUERTO VIEJO |
0-00108550215-003-001 |
RODRÍGUEZ VEGA CRISTHIAN |
¢327.727,00 |
BRIBRI |
0-00501381231-002-001 |
GAMBOA ALVARADO EZEQUIEL NIEVES DEL CARMEN |
¢353.262,00 |
BRIBRI |
0-00800780713-001-001 |
CHAAR CHAAR YEHIA FAWAZ |
¢299.328,00 |
BRIBRI |
0-00701660412-999-001 |
BAYLIS JONSON WISTON AUGUSTO |
¢734.106,00 |
BRIBRI |
0-00701660412-001-001 |
BAYLIS JONSON WISTON AUGUSTO |
¢118.960,00 |
BRIBRI |
7-00017618251-001-001 |
PETERSEN NOINDICAOTRO DIEGO MARTIN |
¢46.872,00 |
BRIBRI |
7-00016162741-001-001 |
YOUNG NOINDICAOTRO MICHAEL WAYNE |
¢122.183,00 |
BRIBRI |
0-00107000864-999-001 |
ABARCA DELGADO ANA |
¢54.954 |
GUÁCIMO |
0-00109250607-001-001 |
ALI QUIROS LOCSAN |
¢248.643 |
GUÁCIMO |
2-03002087682-001-001 |
ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE FINCA LA ESMERALDA |
¢61.331 |
GUÁCIMO |
0-00702000238-002-001 |
CABEZAS VARGAS IVANNIA YULIETH |
¢69.362 |
GUÁCIMO |
0-00701160654-001-001 |
CHAVES QUIROS ALEXANDER |
¢20.787 |
GUÁCIMO |
2-03004156050-002-001 |
COOPERATIVA COMERCIALIZADORA DE PALMITO DE PEJIBAYE R L |
¢167.694 |
GUÁCIMO |
2-03101070503-001-001 |
COSTA FLORES S. A. |
¢222.873 |
GUÁCIMO |
0-00105400504-999-001 |
GALLLARDO MONGE DANIEL |
¢679.661 |
GUÁCIMO |
2-03101157246-004-001 |
JOSSAN DEL ATLANTICO S. A. |
¢133.446 |
GUÁCIMO |
0-00303490170-999-001 |
LOPEZ AGUILAR VIVIANA |
¢216.413 |
GUÁCIMO |
7-00013852794-001-001 |
MAJANO MAJANO JORGE ANTONIO |
¢35.138 |
GUÁCIMO |
0-00302670601-999-001 |
NEDRICK MC CARTY SHARON ELIZABETH |
¢196.221 |
GUÁCIMO |
0-00503010437-999-001 |
NUÑEZ CAMBRONERO JOSE MAURICIO |
¢972.626 |
GUÁCIMO |
0-00502720310-999-001 |
PICADO ALVARADO RIGOBERTO |
¢806.661 |
GUÁCIMO |
0-00110180125-999-001 |
SANCHEZ UMAÑA ALLAN MAURICIO |
¢334.980 |
GUÁCIMO |
2-03101122701-001-001 |
TERRACOTA CONSTRUCTORA S. A. |
¢28.467 |
GUÁCIMO |
0-00501340352-999-001 |
TORRENTES SERRANO HEYDEE FALCOMIRA DEL SOCORRO |
¢276.774 |
GUÁCIMO |
0-00501461202-999-001 |
TORRES TORRES LUIS GUILLERMO |
¢402.741 |
GUÁCIMO |
2-03011066736-001-001 |
UNION DE PEQUEÑOS AGRICULTORES DEL ATLANTICO |
¢17.582 |
GUÁCIMO |
2-03101064891-001-001 |
ORNAMENTALES CARGIL S. A. |
¢846.320 |
GUÁCIMO |
2-03101074386-002-001 |
ZAAM DE TURRIALBA S. A. |
¢117.817 |
GUÁCIMO |
2-03101160765-001-001 |
VALLE DEL RIO COSTA RICA S. A. |
¢94.917 |
GUÁCIMO |
2-03101386199-001-001 |
SEGURIDAD HALCON FRONTERA A FRONTERA HERMANOS QUIROS S. A. |
¢3.131 |
GUÁCIMO |
7-00025420664-001-001 |
ALVARADO SING ZOILA |
¢29.492 |
GUÁCIMO |
2-03101162675-001-001 |
CONSTRUCTORA VARSOL S. A. |
¢32.690 |
GUÁCIMO |
Limón, 21 de mayo de 2012.—Lic. Óscar Vindas Masís, Director Regional.—(IN2012045324).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Nº
DGA-2963-2012.—Órgano Director. Acto de Apertura del Procedimiento Ordinario
Administrativo seguido contra la empresa Corporación de Turismo, S. A.,
propietaria del establecimiento Agencia de Viajes Cotur San José, a las trece
horas del veintiséis de marzo del dos mil doce.
Resultando
1º—Que
por resolución de
2º—Que la empresa
Corporación de Turismo, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-079108, propietaria del
establecimiento Agencia de Viajes Cotur, fue declarada turística según
resolución de
3º—Que según oficio
Nº DGA-2453-2012 del 13 de marzo del 2012, el Licenciado Walter Monge Edwards,
Líder Proceso de Gestión y Asesoría Turística, remite para inicio de trámite de
Procedimiento Administrativo, el expediente de la empresa Corporación de
Turismo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-079108, propietaria de
Considerando
I.—Que
al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en
el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº
25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y
resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de
conformidad con el artículo 11 inciso b), del Reglamento de las Empresas y
Actividades Turísticas, el ICT tiene la obligación de ejercer control y
vigilancia sobre las empresas
declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que
el artículo 13, incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento,
establece que a las empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo
que dispone este Reglamento, la legislación vigente y demás normas o
disposiciones especiales que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto
de cualquier modificación en la planta física, instalaciones o servicios que
puedan provocar un cambio en cuanto al tipo, categoría o características
principales del establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario,
administradores, accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre
comercial u otro cambio en la operación de la empresa”.
IV.—Que según oficio
Nº DGA-2453-2012 del 13 de marzo del 2012, el Licenciado Walter Monge Edwards,
Líder Proceso de Gestión y Asesoría Turística, remite para inicio de trámite de
Procedimiento Administrativo, el expediente de la empresa Corporación de
Turismo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-079108, propietaria de
a. Las
labores de inspección no pueden ser realizadas ya que la empresa no opera en
los sitios que se indican en el expediente.
b. Que
se trató de notificar a la empresa en las direcciones dadas en el expediente
administrativo y en la dirección de estudio de registro solicitado a
V.—Que en el caso
concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa Corporación de Turismo,
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-079108, propietaria del establecimiento Agencia
de Viajes Cotur, ha supuestamente infringido lo dispuesto en los incisos a), j)
y l), del artículo 13 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas,
por cuanto Las labores de inspección no pueden ser realizadas ya que la empresa
no opera en los sitios que se indican en el expediente, pudiendo hacerse acreedora
a las sanciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento en cuestión, a
saber amonestación escrita, suspensión de
De
conformidad con lo expuesto en el artículo 13 incisos a), j) y l) y Artículo 16
ambos del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas y con fundamento
en los artículos 214 y siguientes de
Se previene según lo
dispuesto en los artículos 218, 309 y 312 Inciso 2, de
Se previene al
apoderado de la empresa referida, que en su primer escrito deberá indicar el
medio, sea este Fax o correo electrónico para recibir notificaciones presentes
y futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de
las resoluciones posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas las mismas.
Con base en los
artículos 217 y 272 de
Contra la presente
resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales
deberán presentarse, ante este Órgano
Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta notificación. El
recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y el de Apelación
por
Nº DGA-2950-2012.—Órgano Director. Acto de
apertura del procedimiento ordinario administrativo seguido contra la empresa
PH
Resultando
1º—Que
por resolución de
2º—Que la empresa PH
3º—Que según oficio
Nº DGA-2453-2012 del 13 de marzo del 2012, el Licenciado Walter Monge Edwards,
Líder Proceso de Gestión y Asesoría Turística, remite para inicio de trámite de
Procedimiento Administrativo, el expediente de la empresa PH
Considerando
I.—Que al Instituto
Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el
Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº
25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y
resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de
conformidad con el artículo 11 inciso
b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT tiene la
obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas declaradas, efectuando
inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo
13, incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a
las empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone
este Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones
especiales que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier
modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar
un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del establecimiento”
y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas,
gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la
operación de la empresa”.
IV.—Que según oficio
Nº DGA-2453-2012 del 13 de marzo del 2012, el Licenciado Walter Monge Edwards,
Líder Proceso de Gestión y Asesoría Turística, remite para inicio de trámite de
Procedimiento Administrativo, el expediente de la empresa PH
a- La
inspección no pudo ser realizada, debido a que no se logró localizar el
establecimiento en la dirección indicada en el expediente administrativo.
b- Que
se trató de notificar a la empresa en el lugar de operaciones, con resultados negativos.
V.—Que
en el caso concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa PH
De
conformidad con lo expuesto en el artículo 13 incisos a), j) y l) y Artículo 16
ambos del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas y con fundamento
en los artículos 214 y siguientes de
Se previene según lo
dispuesto en los artículos 218, 309 y 312 Inciso 2, de
Se previene al
apoderado de la empresa referida, que en su primer escrito deberá indicar el
medio, sea este Fax o correo electrónico para recibir notificaciones presentes
y futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de
las resoluciones posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas las mismas.
Con base en los
artículos 217 y 272 de
Contra la presente
resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales
deberán presentarse, ante este Órgano
Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta notificación. El
recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y el de Apelación
por
DGA-1748-2012.—Órgano Director.—Acto de apertura del Procedimiento Ordinario Administrativo seguido contra la empresa Agencia de Viajes Tricolor S. A., propietaria del establecimiento Agencia de Viajes Receptiva Tricolor Travel Services.—San José, a las diez horas del veinticuatro de febrero del dos mil doce.
Resultando:
1º—Que
por resolución de
2º—Que la empresa
Agencia de Viajes Tricolor S. A., cédula jurídica Nº 3-101-091589, propietaria
del establecimiento Agencia de Viajes Receptiva Tricolor Travel Services, fue
declarada turística, según oficio G-555-99 de fecha 25 de marzo de 1999. La
empresa en la actualidad no cuenta con contrato Turístico.
3º—Que según oficio
DGA-6942-2011 de fecha 30 de setiembre del 2011, el funcionario Marcos Castro
Retana, Gestor de Turismo 3, del Proceso de Gestión y Asesoría Turística, informa
sobre algunas observaciones e irregularidades de la empresa Agencia de Viajes
Tricolor S. A.
Considerando:
I.—Que
al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas
en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº
25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y
resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de
conformidad con el artículo 11 inciso b), del Reglamento de las Empresas y
Actividades Turísticas, el ICT tiene la obligación de ejercer control y
vigilancia sobre las empresas declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo
13, incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a
las empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone
este Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones
especiales que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier
modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar
un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del
establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores,
accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio
en la operación de la empresa”.
IV.—Que según oficio
DGA-6942-2011 de fecha 30 de setiembre del 2011, el funcionario Marcos Castro
Retana, Gestor de Turismo 3, del Proceso de Gestión y Asesoría Turística,
informa sobre algunas observaciones e irregularidades de la empresa Agencia de
Viajes Tricolor S. A.
a- Las
instalaciones de
b- La
empresa Agencia de Viajes Tricolor S. A., no presenta actividades.
c- La empresa
Agencia de Viajes tricolor S. A., no operando en el sitio señalado en la
declaratoria turística.
d- Que
según el oficio Nº DGA-462-2012 de fecha 17 de enero del 2012, el mismo
funcionario Marcos Castro Retana, informa que no se pudo notificar a la empresa
Agencia de Viajes Tricolor S. A., las observaciones contenidas en el oficio Nº
DGA-6944-2011 de fecha 30 de setiembre del 2011 que corre al folio 149.
V.—Que
en el caso concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa Agencia de
Viajes tricolor S. A., cédula jurídica Nº 3-101-091589, propietaria del
establecimiento Agencia de Viajes Receptiva Tricolor Travel Services, ha
supuestamente infringido lo dispuesto en los incisos a), j) y l), del artículo
13 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, las instalaciones
de
De
conformidad con lo expuesto en el artículo 13 incisos a), j) y l) y artículo 16
ambos del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas y con fundamento
en los artículos 214 y siguientes de
Se previene según lo
dispuesto en los artículos 218, 309 y 312 inciso 2), de
Se previene al
apoderado de la empresa referida, que en su primer escrito deberá indicar el
medio, sea este Fax o correo electrónico para recibir notificaciones presentes
y futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de
las resoluciones posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas las mismas.
Con base en los
artículos 217 y 272 de
Contra la presente
resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales
deberán presentarse, ante este Órgano Director, en el plazo de veinticuatro
horas a partir de esta notificación. El recurso de revocatoria será resuelto
por el Órgano Director y el de apelación por
DGA-2852-2012.—Órgano Director.—Acto de Apertura del Procedimiento Ordinario Administrativo seguido contra la empresa Grupo Papagayo GP S. A, propietaria del establecimiento Condohotel Jardines de Papagayo.—San José, a las quince horas del veintidós de marzo del dos mil doce.
Resultando:
1º—Que
por resolución de
2º—Que la empresa
Grupo Papagayo GP S. A., cédula jurídica Nº 3-101-133496, propietaria del
Condohotel Jardines de Papagayo, fue declarada turística según resolución de
3º—Que según oficio
Nº DGA-2453-2012 del 13 de marzo del 2012, el Licenciado Wálter Monge Edwards,
Líder Proceso de Gestión y Asesoría Turística, remite para inicio de trámite de
Procedimiento Administrativo, el expediente de la empresa Grupo Papagayo GP S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-133496, propietaria del Condohotel Jardines de
Papagayo.
Considerando:
I.—Que
al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas
en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº
25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y
resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de
conformidad con el artículo 11 inciso b), del Reglamento de las Empresas y
Actividades Turísticas, el ICT tiene la obligación de ejercer control y
vigilancia sobre las empresas declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo
13, incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a
las empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este
Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales
que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier
modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar
un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del
establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores,
accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio
en la operación de la empresa”.
IV.—Que según oficio
Nº DGA-2453-2012 del 13 de marzo del 2012, el Licenciado Wálter Monge Edwards,
Líder Proceso de Gestión y Asesoría Turística, remite para inicio de trámite de
Procedimiento Administrativo, el expediente de la empresa Grupo Papagayo GP S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-133496, propietaria del Condohotel Giardini D
Papagayo, que el resultado de la inspección realizada según oficio Nº
DGA-8957-2011 de fecha 14 de diciembre del 2011, por parte de los funcionarios
Kembly Moraga Caravaca y Eligio Bonilla Carvajal, Gestores de Turismo 3,
permitió observar varias inconsistencias las mismas se detallan a continuación:
a. Que
la empresa no se encuentra en operación.
b. Que
las instalaciones presentan un severo estado de abandono.
c. Que
de acuerdo a la documentación que consta en el expediente la empresa no
concluyó el proyecto aprobado por el ICT.
d. Que
se trató de notificar a la empresa en el lugar indicado en el expediente
administrativo folio 179, con resultados negativos.
V.—Que
en el caso concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa Grupo
Papagayo GP S. A., cédula jurídica Nº 3-101-133496, propietaria del
establecimiento Condohotel Jardines de Papagayo, ha supuestamente infringido lo
dispuesto en los incisos a) y j), del artículo 13 del Reglamento de las
Empresas Actividades Turísticas y directriz publicada en
De
conformidad con lo expuesto en el artículo 13 incisos a) y j) y artículo 16
ambos del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas y con fundamento
en los artículos 214 y siguientes de
Se previene según lo
dispuesto en los artículos 218, 309 y 312 inciso 2), de
Se previene al
apoderado de la empresa referida, que en su primer escrito deberá indicar el
medio, sea este fax o correo electrónico para recibir notificaciones presentes
y futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de
las resoluciones posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas las mismas.
Con base en los
artículos 217 y 272 de
Contra la presente
resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales
deberán presentarse, ante este Órgano Director, en el plazo de veinticuatro
horas a partir de esta notificación. El recurso de revocatoria será resuelto
por el Órgano Director y el de apelación por
Órgano Director.—Procedimiento Ordinario
Administrativo contra la empresa Shutle Box de Costa Rica S. A. Propietaria de
Que
con base en el oficio DGA-674-2012,
Contra esa
resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán
interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación,
ante
Órgano Director.—Procedimiento Ordinario Administrativo contra la empresa Terra Esmeralda S. A. propietaria del Restaurante Pollo Cervecero (Moravia).—San José, a las doce horas del tres de mayo del dos mil doce. Comunica:
Que
con base en el oficio DGA-795-2012,
Contra esa
resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán
interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación,
ante
Órgano Director.—Procedimiento Ordinario Administrativo contra la empresa Monterrey Enterprises S. A., propietaria del Hotel Rancho Monterrey.—San José, a las once horas del tres de mayo del dos mil doce. Comunica:
Que
con base en el oficio DGA-325-2012,
Contra esa
resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán
interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación,
ante
Órgano Director.—Procedimiento Ordinario
Administrativo contra la empresa Costa Rica Active Paradise S. A. Propietaria
de
Que
con base en el oficio DGA-730-2012,
Contra esa
resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán
interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación,
ante
Órgano Director.—Procedimiento Ordinario
Administrativo contra la empresa Grupo Burola S. A. Propietaria de
Que
con base en el oficio DGA-7110-2011,
Contra esa
resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán
interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación,
ante