LA GACETA Nº 119 DEL 20 DE JUNIO DEL 2012

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

CULTURA Y JUVENTUD

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN PRODUCCIÓN INDUSTRIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

AVISOS

MUNICIPALIDADES

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

AVISOS

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de la Palma de Abangares Guanacaste. Por medio de su representante: Luis Carlos Umaña Centeno, cédula 603380496 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo 25 que fue modificado en la asamblea extraordinaria del 18 de setiembre del 2011, dicha modificación es visible a folio 024 frente del libro de Actas de la Asociación de Desarrollo, para que se permita la suplencia, permitiendo tres suplentes cuya función será suplantar a los miembros de la junta directiva en caso de expulsión, renuncia, o muerte con su debido proceso, La suplencia se dará en todos los puestos directivos excepto la presidencia, que es sustituida solo por el vicepresidente. El nombramiento se dará por acuerdo de la junta directiva siendo la suplencia por orden de elección primer suplente, segundo suplente, tercer suplente, electos en Asamblea conforme lo señalan los estatutos. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 18, del Reglamento a la Ley 3859 sobre el Desarrollo de la Comunidad que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro. Se emite en la ciudad de San José, a las 12:20 horas del día 17/04/2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2012299042.—(IN2012050845).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Tarire La Rita de Pococí, Limón. Por medio de su representante: Dagoberto León Portuguez, cédula 601650764 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el articulo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 10:52 horas del día 4 de junio del 2012.—Lic. Nuris Dianeth Pérez Sánchez, Departamento de Registro.—1 vez.—RP2012300217.—(IN2012052434).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo Integral y Específico de Desamparados, San José. Por medio de su representante: José Miguel Eusebio Arce Rodríguez, cédula 3-270-540 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo Nº 01 límites para que en adelante se lea así: al norte, cantón de San José y cantón de Curridabat; al sur, Comunidad de Jericó, del distrito de San Miguel de Desamparados; al este, cantón de La Unión y cantón de Cartago, al oeste, cantón de Alajuelita y cantón de Aserrí. Dicha reforma es visible a folio 48 del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día 28 de abril del 2012. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859. Sobre Desarrollo de la Comunidad que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las 13:40 horas del día 4 de junio del 2012.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa Departamento de Registro.—1 vez.—RP2012300340.—(IN2012052435).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

EDICTO

DIA-R-E-429-2011.—El señor José Pablo Coto García, cédula 1-0924-0070, en su calidad de representante legal de la compañía Comercializadora de Productos Agrícolas Protech S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Nutrisil Plus, compuesto a base de fósforo, potasio, silicio, calcio, cobre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 15:45 horas del 17 de noviembre del 2011.—Ing. Luis Aguilar Zeledón, Encargado Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—1 vez.—(IN2012051568).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOS

El señor Geovanni Paniagua Jiménez número de cédula 5-0267-0092, vecino de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Nativet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Gentaveex 12%, fabricado por Laboratorio Reveex de Venezuela C.A., con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Gentamicina base (como sulfato) 12 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento de infecciones causadas por bacterias sensibles a la Gentamicina. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 23 de marzo del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012052111).

El señor Geovanni Paniagua Jiménez número de cédula 5-0267-0092, vecino de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Nativet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Topmast, fabricado por Laboratorio Noxon do Brasil Química e Farmacéutica Ltda., de Brasil, con los siguientes principios activos: Cada jeringa de 10 ml contiene: Gentamicina 150 g, Bromehexina 50 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento de mastitis agudas y crónicas causadas por gérmenes sensibles a la Gentamicina. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de mayo del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012052113).

El señor Geovanni Paniagua Jiménez número de cédula 5-0267-0092, vecino de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Nativet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Cevac Vitapest L, fabricado por Laboratorio Ceva-Phylaxia Veterinary Biologicals Company, de Hungría, con los siguientes principios activos: Cada dosis contiene: Virus de la enfermedad de Newcastle cepa PHY LMV.42 y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la inmunización activa de pollos sanos de cualquier edad contra la enfermedad de Newcastle. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 25 de mayo del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012052114).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 3, folio 48, título N° 165, emitido por el Liceo de Nicoya, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Anaida Guevara Guevara. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original y por cambio de apellido, cuyo nombre y apellidos correctos son: Anaida Sanchun Guevara. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de mayo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012050661).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 59, título N° 1069, emitido por el Liceo del Sur en el año dos mil cinco, a nombre de Contreras Trigueros Víctor Hugo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de mayo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012050725).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 186, título N° 856, emitido por el Liceo de Abangares en el año dos mil seis, a nombre de Araya Picado Ronny Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de mayo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012050728).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 49, título N° 178, emitido por el Liceo de Sucre, en el año dos mil cinco, a nombre de Alfaro Rojas Efraín Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012050732).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 28, título N° 77, emitido por el Colegio San Luis Gonzaga en el año mil novecientos sesenta y nueve, a nombre de Barquero Arce Hernán Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta y un días del mes de mayo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, JefA.—RP2012299494.—(IN2012050843).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 67, título N° 315, emitido por el Liceo de Santa Bárbara de Heredia en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Murillo Sandí Vernon. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Chaverri Movellan Vernon. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012292115.—(IN2012036785).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 20, título Nº 126, emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique Menzel en el año mil novecientos noventa, a nombre de Castro Sánchez Rocío. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de mayo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012299975.—(IN2012051804).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Área de Letras”, inscrito en el tomo 1, folio 66, título N° 1675, emitido por el Colegio Omar Dengo en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Yenny Navarro Miranda. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyo nombre y apellidos correctos son: Geny Navarro Miranda. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, cuatro de mayo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012052213).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo i, folio 4, título N° 9, emitido por el Centro Educativo Inmaculada de Jaco en el año dos mil cuatro, a nombre de Escobar Calderón Paloma Adriana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012052374).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Diseño Publicitario, inscrito en el tomo 1, folio 158, título N° 3127, emitido por el Colegio Técnico Profesional Industrial de Calle Blancos en el año dos mil cinco, a nombre de Martínez Sánchez Katherine Andrea. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012300219.—(IN2012052427).

CULTURA Y JUVENTUD

SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

TRANSCRIPCIÓN DEL ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA

DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

SESIÓN ORDINARIA Nº 03-2012 DEL

10 DE FEBRERO DE 2012

Acuerdo 4º—“Se autoriza que se realicen los trámites de viaje al señor Miguel Ángel Peña Mora, el cual tendrá lugar en Mar del Plata-Argentina, la actividad será en las fechas que van del 27 al 28 de marzo de 2012, sin embargo por la lejanía de este destino, el señor Peña saldrá del país el 26 de marzo regresando el 29 de marzo de 2012, para lo cual se le otorga un permiso con goce de salario, el motivo del viaje se debe a que el señor Peña fue invitado a disertar de la mesa redonda “Problemática de los repertorios latinoamericanos de las orquestas infantiles y juveniles: nuevos desafíos” en el marco del 1er Encuentro Nacional de Directores de Orquestas Infantiles y Juveniles”. Los fondos para cubrir este viaje en su totalidad serán cubiertos por la organización de Argentina. Se solicita al funcionario, presentar al regreso del viaje, un informe detallado de acuerdo a lo que establece la normativa vigente, esto dentro de los 15 días posteriores a su regreso.” Acuerdo firme.—Miguel Ángel Peña Mora, Director General.—1 vez.—O. C. 03-2012.—Solicitud 48307.—C-11280.—(IN2012050344).

SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

TRANSCRIPCIÓN DEL ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA

DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº 03-2012 DEL

24 DE ABRIL DE 2012

Acuerdo 2º—“Se autoriza que se realicen los trámites de viaje al señor Miguel Ángel Peña Mora, el cual tendrá lugar en El Salvador. El objetivo del viaje es participar del Campamento de la Orquesta Sinfónica Juvenil Centroamericana (OJCA), en las fechas que van del 11 al 13 de mayo de 2012, para lo cual se le otorga un permiso con goce de salario. El tiquete aéreo será cubierto con los fondos que le gira el BID al SINEM y los gastos por concepto de viáticos al exterior serán cubiertos con fondos del presupuesto del SINEM, según consta en la certificación de contenido presupuestario: DF-038-2012, partida: 1-Servicios, subpartida: 1.05.04 Viáticos al exterior, suscrita por la Licenciada Elaine Contreras Umaña, Contadora del SINEM. Se solicita al funcionario, presentar al regreso del viaje un informe detallado de acuerdo a lo que establece la normativa vigente, esto dentro de los 15 días posteriores a su regreso” Acuerdo firme.—Miguel Ángel Peña Mora, Director General.—1 vez.—O. C. 03-2012.—Solicitud 48307.—C-11280.—(IN2012050345).

SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

TRANSCRIPCIÓN DEL ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA

DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

SESIÓN ORDINARIA Nº 07-2012 DEL

13 DE ABRIL DE 2012

Acuerdo 6º—“Se autoriza que se realicen los trámites de viaje al señor Miguel Ángel Peña Mora, el cual tendrá lugar en Buenos Aires, Iguazú, provincia Misiones-República de Argentina, para participar en dos actividades: donde la primera será en las fechas que van del 3 al 4 de mayo de 2012, y la segunda tendrá una duración hasta el 9 de mayo, sin embargo por la lejanía de este destino, el señor Peña saldrá del país del 2 al 10 de mayo de 2012, para lo cual se le otorga un permiso con goce de salario, el motivo del viaje es participar de la II Reunión del Comité Intergubernamental, con el Comité Ejecutivo del Programa de Fomento de las Músicas Iberoamericanas, del cual es miembro y terminando esta actividad pasará a Buenos Aires, para participar de tres talleres del “Programa Social de Orquestas Infantiles de Instrumentos Latinoamericanos”. Los fondos para cubrir este viaje serán con cargo al presupuesto del SINEM, según consta en las certificaciones de contenido presupuestario: DF-036-2012, partida: 1-Servicios, subpartida: 1.05.03 Transporte al exterior y DF-037-2012, partida: Servicios, subpartida: 1.05.04 Viáticos al exterior, suscritas por la licenciada Martha Barberena Galán, Encargada de Presupuesto del SINEM. Se solicita al funcionario, presentar al regreso del viaje, un informe detallado de acuerdo a lo que establece la normativa vigente, esto dentro de los 15 días posteriores a su regreso” Acuerdo firme.—Miguel Ángel Peña Mora, Director General.—1 vez.—O. C. 03-2012.—Solicitud 48307.—C-15040.—(IN2012050346).

SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

TRANSCRIPCIÓN DEL ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA

DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

SESIÓN ORDINARIA Nº 03-2012 DEL

10 DE FEBRERO DE 2012

Acuerdo 3º—“Se autoriza que se realicen los trámites de viaje al señor Miguel Ángel Peña Mora, el cual tendrá lugar en Madrid-España, la actividad será en las fechas que van del 28 de febrero al 2 de marzo de 2012, sin embargo por la lejanía de este destino, el señor Peña saldrá del país el 25 de febrero regresando el 2 de marzo de 2012, para lo cual se le otorga un permiso con goce de salario, el motivo del viaje se debe a que el señor Peña fue invitado a participar de la “VI reunión como miembro del Comité Intergubernamental del Programa Iberorquestas Juveniles”. Los fondos para cubrir este viaje, en su totalidad serán con cargo al presupuesto del SINEM, según consta en las Certificaciones de Contenido Presupuestario DF-014-2012, Subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior y DF-015-2012, Subpartida 1.05.03, Transporte en el Exterior, suscritas por la licenciada Martha Barberena Galán, Encargada de Presupuesto del SINEM. Se solicita al funcionario, presentar al regreso del viaje, un informe detallado de acuerdo a lo que establece la normativa vigente, esto dentro de los 15 días posteriores a su regreso” Acuerdo firme.—Miguel Ángel Peña Mora, Director General.—1 vez.—O. C. 03-2012.—Solicitud 48307.—C-12690.—(IN2012050347).

SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

TRANSCRIPCIÓN DEL ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA

DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº 03-2012 DEL

24 DE ABRIL DE 2012

Acuerdo 3º—“Se autoriza que se realicen los trámites de viaje a la señorita Melissa Pacheco Segura, el cual tendrá lugar en El Salvador, para participar del Campamento de la Orquesta Sinfónica Juvenil Centroamericana (OJCA), en las fechas que van del 2 al 13 de mayo de 2012, para lo cual se le otorga un permiso con goce de salario. Cabe mencionar que los gastos de tiquete aéreo y viáticos serán cubiertos por parte de la organización de El Salvador. Se solicita a la funcionaria, presentar al regreso del viaje, un informe detallado de acuerdo a lo que establece la normativa vigente, esto dentro de los 15 días posteriores a su regreso” Acuerdo firme.—Miguel Ángel Peña Mora, Director General.—1 vez.—O. C. 03-2012.—Solicitud 48307.—C-8930.—(IN2012050348).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Para ver las marcas de Fábrica y Ganado solo en La Gaceta PDF o impresa

Patente de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, Abogada, cédula de identidad número 1-812-604, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de EQ AG Solutions de los Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN HIGIENIZANTE. Una composición que incluye sulfato de etilhexilo o una sal del mismo, un ácido alquilbencenosulfónico o una sal del mismo, y un vehículo. El sulfato de etilhexilo, o sal del mismo, y el ácido alquilbencenosulfónico, o sal del mismo, están presentes en una proporción en peso de al menos aproximadamente 1:2. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es A01N 41/10 cuyos inventores son Curry, Patrick, J; Diehl, Franklin, Irven. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0706 y fue presentada a las 12:03:21 del 22 de diciembre de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de febrero del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2012299628.—(IN2012050828).

El señor Jorge Tristán Trelles, cédula 1-392-470, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Bridgestone Americas Tire Operations LLC., de EUA, solicita el Diseño Industrial denominada DIBUJO DE NEUMÁTICO.

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Se reivindica el diseño ornamental para un dibujo de neumático tal como se mostró y describió. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseño Industriales es: 12/15; cuyo inventor es Kevin E. Scheifele. La solicitud correspondiente lleva el número 20120143, y fue presentada a las 11:55:33 del 23 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de mayo del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012298990.—(IN2012050829).

El señor Jorge Tristán Trelles, cédula 1-392-470, en condición de apoderado de Takeda Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS CÍCLICOS FUSIONADOS.

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La presente invención provee un compuesto representado por la fórmula (I): donde cada símbolo es como se definió en la descripción, o una sal del mismo. El compuesto o una sal del mismo o un profármaco del mismo presenta una acción moduladora del receptor GRP40 y es útil como secretagogo de insulina o como agente para la profilaxis o el tratamiento de la diabetes y similares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 409/12; A61K 31/192; A61P 3/10, cuyos inventores son Yasuma, Tsuneo, Negoro, Nobuyuki, Yamashita, Masayuki, Itou, Masahiro. La solicitud correspondiente lleva el número 10564, y fue presentada a las 08:21:00 del 16 de enero del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de mayo del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012298991.—(IN2012050830).

REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR Y DERECHOS

CONEXOS

Evelyn Mercedes Chapellin Márquez, cédula uno ocho seis dos cero cero cero dos cero ocho cero dos, mayor de edad, casada, Máster en Danza, vecina de San José, Curridabat, sector El Dorado, solicita la inscripción a su favor de los Derechos Morales y los Derechos Patrimoniales de la obra literaria divulgada e individual que se titula EL MOVIMIENTO CORPORAL COMO FORMA DE EXPRESIÓN (EN EL NIÑO Y NIÑA DE 7 A 10 AÑOS). La obra consiste en una Tesis de grado de Estudios de Posgrado en Artes de la UCR. Trata sobre el movimiento corporal como forma de expresión. Dirigida a docentes que trabajen en esta área del arte con niños y niñas del período escolar, entre los 7 y los 10 años. Es un método pedagógico-teórico-práctico, que brinda las herramientas necesarias para programar adecuadamente los cursos de Expresión Corporal Creativa. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente Nº 6992.—San José, 10 de mayo del 2012.—Carmen V. Valverde Chacón, Registradora.—1 vez.—RP2012300360.—(IN2012052437).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Agenda Ciudadana por la Educación, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Aportar a que mediante el ejercicio de la ciudadanía se garantice el derecho a la educación como un bien público. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Patricia Eugenia Badilla Gómez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 asiento: 136566).—Curridabat, a los veinticuatro días del mes de mayo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012300108.—(IN2012052419).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de a persona jurídica cédula: 3-002-087853, denominación: Asociación Cámara de Comercio e Industria Costarricense Alemana. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2012 Asiento: 143336. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 10 minutos y 26 segundos, del 18 de mayo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012300139.—(IN2012052420).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Taxistas de la Julieta de Parrita, con domicilio en la provincia de Puntarenas cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Lograr por medio de trabajo y esfuerzo organizado el uso correcto y legal de nuestras concesiones de placas de taxis para el servicio público. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Gilbert Garita Chinchilla. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2011 asiento: 296147 adicionales tomos: 2011-2012 asientos: 339514-39030 respectivamente).—Curridabat, a los veinticinco días del mes de mayo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012300140.—(IN2012052421).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-560700, denominación: Asociación de Masaje Infantil de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de Agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2012 Asiento: 49510. Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 21 minutos y 6 segundos, del 31 de mayo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012300216.—(IN2012052422).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos del Residencial Alba María de Alajuela, con domicilio en la provincia de Alajuela, Cuyos fines, entre otros serán los siguientes: Administrar y procurar la seguridad del Residencial Alba María con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Carlos Rodrigo de la Trinidad Granados de la O. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2011 asiento 00270973).—Curridabat, dieciséis de mayo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012300226.—(IN2012052423).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Gremial de Ministros de la Iglesia Pentecostal Latinoamericana de Costa Rica. Con domicilio en la provincia de San José, San Antonio de Desamparados, cincuenta metros al oeste del Liceo de San Antonio, en las instalaciones de la Iglesia Pentecostal Latinoamericana. Su presidente Marcos Antonio Mendoza Bucardo es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones que indica el estatuto. El Vicepresidente sustituirá al Presidente en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2012 asiento: 110861, sin adicionales. Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 30 minutos, del 30 de abril del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012300294.—(IN2012052424).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Multideportes de Guanacaste, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Sus fines, entre otros están: Promover el desarrollo y práctica del deporte en general en la provincia de Guanacaste, en especial el ciclismo, fútbol, triatlón, voleibol. Su presidente Roger Quesada Villareal, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2012 asiento 154125. Dado en el Registro Nacional, a las 08 horas 30 minutos, del 28 de mayo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012300341.—(IN2012052425).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del Estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-643493 denominación: Federación Contralora de Porrismo y afines, cuyo nombre después de la reforma será Federación Costarricense Contralora de Porrismo y afines. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 asiento: 98168 adicional tomo: 2012 asiento: 154127).—Curridabat, a los veintinueve días del mes de mayo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012300342.—(IN2012052426).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Comunica: Que ante este Despacho administrativo la Licenciada Erna Elizondo Cabezas, cédula de identidad número 5-0231-0987, carné profesional número 19713, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de esta profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación (Expediente Administrativo Nº 12-000410-0624-NO).—San José, Curridabat, 15 de mayo del 2012.—Dr Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012300358.—(IN2012052436).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

ÁREA DE CONSERVACIÓN PACÍFICO CENTRAL

DIRECCIÓN REGIONAL

Resolución Nº ACOPAC-D-RES-19-2011

A las ocho horas con cincuenta minutos del doce de junio del dos mil doce.

Primero: El Área de Conservación Pacífico Central (ACOPAC) es una de las once áreas del  Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).  Está territorialmente conformada por los cantones de Puriscal, Escazú, Santa Ana, Aserrí, Alajuelita, Desamparados, Acosta, Turrubares, Mora, Dota, Tarrazú, León Cortés, Pérez Zeledón de la provincia de San José; Aguirre, Parrita, Garabito, Esparza, Puntarenas, Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas; Orotina, San Mateo y San Ramón, de la provincia de Alajuela.

Segundo: Con el propósito de cumplir con lo estipulado en Ley de Biodiversidad y su Reglamento se invita a las Municipalidades, a las Organizaciones No Gubernamentales, a las Instituciones Públicas y a las Organizaciones Comunales presentes en el territorio del ACOPAC para que participen de convocatoria pública para elección de nuevos miembros del Consejo Regional de ACOPAC a efectuarse el sábado veintiocho de julio del dos mil doce, a las diez de la mañana, en las instalaciones del Salón de Actos del Centro de Atención Integral en Salud de Puriscal (CAIS), ubicadas en San Antonio de Puriscal.

Tercero: Para participar, los sectores mencionados deberán acreditar formalmente y en apego a los requisitos estipulados en el artículo 5 del decreto ejecutivo 35506-MINAET, a un representante titular y su respectivo suplente, y manifestar su interés de formar parte del proceso de elección.

Cuarto: En esta convocatoria se elegirá un representante municipal, un representante comunal y dos representantes de organizaciones no gubernamentales.

Quinto: Las acreditaciones se recibirán en el lugar de la elección, de ocho a diez de la mañana.

Sexto: Para consultas, los interesados podrán comunicarse al teléfono 2416-7068 extensión 115.

Publíquese.—Ing. Carlos Vinicio Cordero Valverde, Secretario Ejecutivo CORAC-ACOPAC.— Licda.  Carolina Muñoz Solís, Asesora legal ACOPAC.—O.C. 001.—Sol. 18915.—C-16450.—(2012058171).

DIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 8217P.—Olimpyus S. A., solicita concesión de: 1,25 litros por segundo de acuífero (pozo RG-423), efectuando la captación en finca de su propiedad en Concepción, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 214.700 / 495.300 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012041889).

Exp. 879H.—Hidroeléctrica Aguas Zarcas, solicita concesión de fuerza hidráulica para generación eléctrica y venta al Instituto Costarricense de Electricidad: 4500 litros por segundo del Río Aguas Zarcas, efectuando la captación en finca de su propiedad en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela. Coordenadas 262,600 / 497,700 hoja Aguas Zarcas, caída bruta 30 metros, potencia teórica 1323kw y 1500 litros por segundo del Río La Ceiba, efectuando la captación en finca de su propiedad en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela. Coordenadas 262.700 / 496,050 hoja Aguas Zarcas y Quesada caída bruta 208 metros, potencia teórica 13,026,00 kw. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012042501).

Exp. 14534P.—Constructora Bendig S. A., solicita concesión de: 0,2 litros por segundo de acuífero (Pozo AB-2493), efectuando la captación en finca de el mismo Aserrí, San José, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 202.681 / 528.579 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012045236).

Exp. 10185P.—Productos Alimenticios Nacionales S. A., (PANASA S. A.), solicita concesión de: 4,73 litros por segundo de acuífero (Pozo BA-44), efectuando la captación en finca de su propiedad en Desamparados, Alajuela, para uso Industrial. Coordenadas 220.935 / 514.330 hoja BARVA. 1,26 litros por segundo de acuífero (Pozo BA-42), efectuando la captación en finca de su propiedad en Desamparados, Alajuela, para uso Industrial. Coordenadas 220.990 / 514.385 hoja Barva. 0,63 litros por segundo de Acuífero (Pozo BA-43), efectuando la captación en finca de su propiedad en Desamparados, Alajuela, para uso Industrial. Coordenadas 220.915 / 514.265 hoja Barva. 1,26 litros por segundo de acuífero (Pozo BA-45), efectuando la captación en finca de su propiedad en Desamparados, Alajuela, para uso Industrial. Coordenadas 220.970 / 514.390 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012045239).

Exp. 15108P.—Productos Alimenticios Nacionales S. A. (PANASA), solicita concesión de: 3 litros por segundo de acuífero (Pozo BA-145), efectuando la captación en finca de el mismo en Desamparados, Alajuela, para uso Industria. Coordenadas 220.800 / 514.300 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012045241).

Exp. 8203P.—Pueblo Mediterráneo S. A solicita concesión de: 0,5 litros por segundo de acuífero (Pozo AB-1719), efectuando la captación en finca de su propiedad en Colón, Mora, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 212.450 / 511.000 hoja abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012046901).

Exp. 8479A.—Sociedad de Usuarios de Agua de Llano Grande de Cartago, solicita concesión de: 3 litros por segundo de la Quebrada Potrerillos, efectuando la captación en finca de Outpost Geniers Incorporated en Llano Grande, Cartago, para uso riego. Coordenadas 213.100 / 544.500 hoja Istaru. 1 litros por segundo de la Quebrada Aguacate, efectuando la captación en finca de Outpost Geniers Incorporated en Llano Grande, Cartago, para uso riego. Coordenadas 211.800 / 544.000 hoja Istaru. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012049620).

Exp. 8340P.—Carara Hotel Club S. A., solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del Acuífero (Galería de Infiltración), efectuando la captación en su propiedad en Tárcoles, Garabito, Puntarenas, para uso turístico-hotel-restaurante-piscinas-bar. Coordenadas 193.100 / 469.900 hoja Tárcoles, 0,3 litros por segundo del acuífero (pozo TS-22), efectuando la captación en su propiedad en Tárcoles, Garabito, Puntarenas, para uso turístico-hotel-restaurante-piscinas-bar. Coordenadas 193.100 / 469.900 hoja Tárcoles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de marzo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012049642).

Exp. 10121P.—Inversiones El Soldado Real S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo de acuífero (Pozo CN-388), efectuando la captación en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 280.600 / 347.333 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012049649).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 14538P.—Pilas de Canjel S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo de aguas acuífero (Pozo VE-146), efectuando la captación en finca de el mismo Santa Rosa, Tilarán, Guanacaste, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 217.659 / 405.576 hoja Venado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de mayo del 2012.—Ing. José Joaquín Chacón Solano, Director a. í.—(IN2012045112).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Priscilla de los Ángeles Umaña Mena, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 936-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas del doce de marzo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 43683-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de María Belén Mora Mena..., en el sentido que los apellidos de la madre... son “Umaña Mena”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012299814.—(IN2012051809).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Shirley Mayela Rodríguez Núñez, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1397-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas quince minutos del veinticuatro de mayo del dos mil siete. Exp. Nº 33783-06. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—..; Considerando: I.—Hechos probados... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo..; Por tanto: Rectifíquese el asiento nacimiento de Kevin Jesús Villalobos Rodríguez... en el sentido que los apellidos del padre… son “Barquero Ledezma”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—RP2012299860.—(IN2012051810).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Lionsa Ramona Cantillano Rocha, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1642-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del quince de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 2592-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Juan David Cruz Rocha, en el sentido que los apellidos de la madre... son “Cantillano Rocha”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012300017.—(IN2012051811).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sehirys María Ramírez Valverde, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1031-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas quince minutos del veinte de marzo del dos mil doce. Ocurso. Exp. Nº 47524-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Sehirys María Ramírez Valverde...; en el sentido que el primer nombre... es “Sheirys”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012052106).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Fabio Carvajal Carrasco, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 974-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas veinticinco minutos del cinco de junio del dos mil nueve. Exp. Nº 12388-09. Resultando: 1º—...; 2º—...; 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:...; II.—Hechos no Probados:...; III.—Sobre el Fondo:… Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Karina Carrasco Segura... en el sentido que los apellidos del padre de la persona ahí inscrita son “Carvajal Carrasco”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a.í.—1 vez.—RP2012300251.—(IN2012052428).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Tej Kohli Kohli, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1487-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas y treinta minutos del dos de mayo del dos mil doce. Expediente Nº 13502-2012. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Navtej Kohli no indica otro apellido con Wendy Carmela Gurdián Núñez ...; en el sentido que el nombre y los apellidos del cónyuge son “Tej Kohli Kohli” y no como se consignaron y hacer constar al margen del precitado asiento que el cónyuge actualmente es “costarricense” y portador de cédula de identidad número ocho-cero ochenta y tres-setecientos sesenta y siete.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2012052692).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Fulgencio Antonio Orellana Reyes, mayor, soltero, pensionado, nicaragüense, cédula de residencia 270-126577-65077, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1694-2007.—San José, veinticuatro de mayo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—(IN2012051452).

Aura Isabel Jiménez León, mayor, casada, fisioterapeuta, colombiana, cédula de residencia 117000425410, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2066-2011.—San José, dieciséis de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—(IN2012051453).

Bergman Yasser Aguilar Fonseca, mayor, soltero, operario, nicaragüense, cédula de residencia 155803299700, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 6094-2010.—San José, ocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—(IN2012051483).

Víctor Daniel Casallas Ramos, mayor, soltero, comerciante, colombiano, cédula de residencia 117000900504, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4156-2009.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012299727.—(IN2012051812).

Justino Arias Ruiz, mayor, soltero, profesor, nicaragüense, cédula de residencia 155805332614, vecino de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1317-2012.—San José, treinta y uno de mayo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012299736.—(IN2012051813).

Fátima Victoria Guzmán Sánchez, mayor, soltera, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia 155807608136, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1439-2011.—San José, dieciocho de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012299771.—(IN2012051814).

Cruz Rosa Zeledón Obando, mayor, soltera, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155802283727, vecina de Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.2820-2011.—San José, dieciséis de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012299879.—(IN2012051815).

Denitza Paola Steevens Puentes, mayor, soltera, ejecutiva, colombiana, cédula de residencia 117001008915, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 6041-2010.—San José, treinta y uno de agosto de dos mil once.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012299899.—(IN2012051816).

Raúl Antonio González Angulo, mayor, casado, maestro de inglés, nicaragüense, cédula de residencia 155801739324, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 955-2010.—San José, dieciséis de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012299906.—(IN2012051817).

José Arturo Leal Montenegro, mayor, soltero, técnico en diseño, nicaragüense, cédula de residencia 155802447128, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 6093-2010.—San José, veintidós de mayo del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012052083).

Katerin Rubí Torrez Barillas, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155801360333, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.2698-2011.—San José, dieciocho de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012052373).

Robert William Klenz Forfar, mayor, casado, empresario, estadounidense, cédula de residencia 184000742201, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 069-2012.—San José, veintinueve de mayo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012300057.—(IN2012052429).

Ione Roberta Kruse Lawdanski conocida como Ione Roberta Klenz, mayor, casada, del hogar, estadounidense, cédula de residencia 184000738525, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 068-2012.—San José, veintinueve de mayo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012300059.—(IN2012052430).

Marta Leticia García Cruz, mayor, casada, operaria industrial, nicaragüense, cédula de residencia 155801972306, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.488-2012.—San José, primero de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012300180.—(IN2012052431).

Alina Lemus Cruz, mayor, casada, del hogar, cubana, cédula de residencia 119200347818, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3409-2009.—San José, veinticuatro de mayo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012300250.—(IN2012052432).

María Elena Delgadillo López, mayor, soltera, enfermera, nicaragüense, cédula de residencia N° 155813465029, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 826-2012.—San José, cuatro de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012300279.—(IN2012052433).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS ESPECIALES

Ampliación al Programa Anual de Adquisiciones 2012

Con base en el artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se amplía el Programa Anual de Adquisiciones 2012, publicado en La Gaceta Nº 19 del 26 de enero 2012, lo siguiente:

Unidad de Proyecto Plan Nacional de Infraestructura Hospitalaria

Fuente de financiamiento: Ley 8385, Préstamo 1609

 

Bien, servicio u obra

Proyecto o Programa

Monto estimado de la compra (¢)

Período estimado de la compra

Construcción del EBAIS Tipo 1

EBAIS de San Pablo de Oreamuno

¢390.000.000,00

Junio 2012

 

San José, 15 de junio del 2012.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Helen Noelia Godfrey Leal, Jefa.—1 vez.—(IN2012058138).

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-99999

Contratación de servicios profesionales para realizar estudios

de fauna silvestre de los Aeropuertos Internacionales Daniel

Oduber Quirós y Tobías Bolaños Palma

El Consejo Técnico de Aviación Civil y la Dirección General de Aviación Civil, a través de la Proveeduría Institucional recibirá ofertas en sobre cerrado, hasta las 10:30 horas del día 4 julio del 2012.

Las bases de esta Licitación podrán ser adquiridas en la Proveeduría Institucional de la Dirección General de Aviación Civil, sita en La Uruca, San José, contiguo a la Dirección General de Migración y Extranjería, el valor de las copias lo asumirá el interesado o podrán obtenerlas a través del sistema de compras gubernamentales compr@red, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared

San José, 15 de junio del 2012.—Proveeduría.—Lic. José Alberto Cascante Torres, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 22773.—Solicitud Nº 32477.—C-13120.—(IN2012058106).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000026-01

Remodelación Oficina El Roble

El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.), del 11 de julio del 2012, para la licitación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales.

El cartel para la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.

San José, 15 de junio del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6599.—C-13180.—(IN2012058122).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

SEDE ATENAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-UTN02

Obras varias

En cumplimiento al artículo 45 de la Ley de Contratación Administrativa y 98 del Reglamento, la Proveeduría de la Sede Atenas, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000004-UTN02, “Obras varias”, recibirá ofertas hasta las 9:00 a. m. del día 10 de julio del 2012.

Los interesados deberán retirar el cartel en la Proveeduría de la Universidad Técnica Nacional, ubicada en Balsa de Atenas.

Atenas, 12 de junio del 2012.—Departamento de Proveeduría y Almacenamiento.—Dr. Glenn Dway Chacón Gutiérrez, Jefe.—1 vez.—(IN2012058029).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD DE ASERRÍ

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-2335

Proyecto de Telefonía y Conexión IP

La oficina de compras del Área de Salud de Aserrí, recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 a.m. del día 4 de julio del 2012, para la contratación del Proyecto de Telefonía y Conexión IP para el Área de Salud de Aserrí. Más información en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 15 de junio del 2012.—MSC. Walter Villareal Díjeres, Administrador.—1 vez.—(IN2012058031).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la apertura de los siguientes procesos de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000009-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

Santa Fe, Dirección Pacífico Central

Sitio de la construcción: Cóbano, Puntarenas. Fecha y hora de apertura de la licitación: 10 de julio del 2012, a las 10:00 horas.

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000010-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino Vista

de Mar, Dirección Central Oficina Auxiliar de Puriscal

Sitio de la construcción: Chires, Puriscal, San José. Fecha y hora de apertura de la licitación: 10 de julio del 2012, a las 11:00 horas.

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000011-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

La Negrita, Dirección Central

Sitio de la construcción: Cervantes, Alvarado, Cartago. Fecha y hora de apertura de la licitación: 10 de julio del 2012, a las 13:00 horas.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000012-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino Huacas,

Dirección Pacífico Central

Sitio de la construcción: Coyolar, Orotina, Alajuela. Fecha y hora de apertura de la licitación: 10 de julio del 2012, a las 14:00 horas.

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000013-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

Verdetica, Dirección Huetar Atlántica

Sitio de la construcción: Roxana, Pococí, Limón. Fecha y hora de apertura de la licitación: 10 de julio del 2012, a las 15:00 horas.

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000014-02

Contratación de mano de obra y materiales (llave en mano)

para la construcción de la línea de distribución eléctrica

en los Asentamientos Solania y Quebrada Grande,

de la Dirección Chorotega

Sitio de la construcción: Quebrada Grande, Tilarán, Guanacaste. Fecha y hora de apertura de la licitación: 11 de julio del 2012, a las 9:00 horas.

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000015-02

Contratación de mano de obra y materiales (llave en mano)

para la construcción de la línea de distribución eléctrica

en el Asentamiento Rodolfo Coto, de la Dirección

Central, Oficina Auxiliar de Puriscal

Sitio de la construcción: Chires, Puriscal, San José. Fecha y hora de apertura de la licitación: 11 de julio del 2012, a las 10:00 horas.

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000016-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

Steven Pool, Dirección Huetar Norte

Sitio de la construcción: La Virgen. Los Chiles, Alajuela. Fecha y hora de apertura de la licitación: 11 de julio del 2012, a las 11:00 horas.

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000017-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

Carolina, Dirección Huetar Atlántica

Sitio de la construcción: Cariari, Pococí, Limón, Alajuela. Fecha y hora de apertura de la licitación: 11 de julio del 2012, a las 13:00 horas.

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000018-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

Colonia Guayabo, Dirección Central

Sitio de la construcción: Santa Teresita, Turrialba, Cartago. Fecha y hora de apertura de la licitación: 11 de julio del 2012, a las 14:00 horas.

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000019-02

Construcción de pasos peatonales de acceso a parcelas

en el Asentamiento Campesino Salama,

Dirección Brunca

Sitio de la construcción: Piedras Blancas, Osa, Puntarenas. Fecha y hora de apertura de la licitación: 11 de julio del 2012, a las 15:00 horas.

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000020-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

El Manu, Dirección Heredia

Sitio de la construcción: Horquetas, Sarapiquí, Heredia. Fecha y hora de apertura de la licitación: 12 de julio del 2012, a las 9:00 horas.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000021-02

Construcción de paso tipo vado con tubería de concreto

en el Asentamiento Campesino El Porvenir,

Dirección Chorotega

Sitio de la construcción: El Porvenir, Nandayure, Guanacaste. Fecha y hora de apertura de la licitación: 12 de julio del 2012, a las 10:00 horas

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000022-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

El Gavilan, Dirección Huetar Norte

Sitio de la construcción: Dos Ríos, Upala, Alajuela. Fecha y hora de apertura de la licitación: 12 de julio del 2012, a las 11:00 horas

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000023-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

El Encanto, Dirección Huetar Norte

Sitio de la construcción: Dos Ríos, Upala, Alajuela. Fecha y hora de apertura de la licitación: 12 de julio del 2012, a las 13:00 horas

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LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000024-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

Manzanares, Dirección Huetar Norte

Sitio de la construcción: Dos Ríos, Upala, Alajuela. Fecha y hora de apertura de la licitación: 12 de julio del 2012, a las 14:00 horas

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Los carteles están a disposición en las Oficinas Centrales del IDA ubicadas en Moravia, residencial Los Colegios, frente al IFAM, Departamento de Infraestructura, previa cancelación de ¢2.000 (dos mil colones) en el Área de Tesorería. Las ofertas deberán ser presentadas en las oficinas del Área de Contratación y Suministros del IDA, Edificio B, primera planta, antes de la hora y fecha señaladas para tal efecto y la apertura se realizará inmediatamente después de concluida la recepción de ofertas.

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(IN2012058079).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000023-01

Contratación de servicios en estadística, para una investigación

y análisis de la imagen de la Institución 2012

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 5 de julio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46894.—C-14120.—(IN2012058134).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000028-01

Contratación de servicio de instalación, hospedaje y soporte

para servicio de administración de proyectos por Internet

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 11 de julio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46894.—C-14120.—(IN2012058135).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000003-ARESEP

Adquisición de equipo de computo y periféricos

La Proveeduría Institucional de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº 3-007-042042-09, recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 10:00 horas, del 10 de julio del 2012, para la “Adquisición de equipo de cómputo y periféricos.

Las especificaciones técnicas y las condiciones generales, que forman parte de esta Licitación, pueden ser accesadas en la dirección electrónica:

http://www.aresep.go.cr/cgi-bin/index.fwx?area=04&cmd=servicios&id=0325&sub=1415

Para mayor información pueden llamar a los teléfonos 2506-3237 y 2506-3239, o a los correos electrónicos jromero@aresep.go.cr  y  fjaubert@aresep.go.cr.

San José, 11 de junio del 2012.—Proveeduría.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 6451-2012.—Solicitud Nº 46105.—C-16000.—(IN2012058200).

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000005-01

Contratación por horas para la gestión y el soporte

a los Servicios de Tecnologías de la Información

del INAMU

Las personas o empresas interesadas en esta contratación se les informa que el cartel se encuentra disponible en la página Web del INAMU (www.inamu.go.cr) (viñetas: Proveeduria-Contratación Administrativa) o pueden solicitarlos a cbarquero@inamu.go.cr.

Apertura de ofertas el día 23 de julio del 2012 a las 10:00 a.m.

San José, 5 de junio del 2012.—Área de Proveeduría.—Carlos Barquero Trigueros, Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 11904.—Solicitud Nº 10503.—C-11300.—(IN2012057550).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POÁS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-ASISTA

Adquisición de un tractor agrícola tracción doble

de conexión mecánica, modelo 2012

La suscrita Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria del Concejo Municipal de la Municipalidad de Poás, hago constar que: El Concejo Municipal del Cantón de Poás, en su Sesión Ordinaria Nº 111 celebrada el 12 de junio del 2012, definitivamente aprobado, tomó el acuerdo Nº 6717-06-2012, aprobar realizar el proceso de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000004-ASISTA para la “Adquisición de un tractor agrícola tracción doble de conexión mecánica, modelo 2012” con recursos del acueducto municipal. La apertura se hará el 27 de junio de 2012, a las 10:00 a. m. El cartel de licitación tiene un costo de ¢5.000,00 (cinco mil colones exactos) y podrá ser retirado en la Proveeduría Municipal en horario de 7:00 a. m. a 4:00 p. m. de lunes a viernes. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

San Pedro de Poás, 14 de junio del 2012.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012058176).

MUNICIPALIDAD DE ALVARADO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-01

Compra de materiales asfálticos

De conformidad al acuerdo de sesión Nº 110 del 4 de junio del 2012, en las oficinas de la Municipalidad de Alvarado, ubicadas en Pacayas, provincia de Cartago, se recibirán ofertas hasta las diez horas, del día trece de julio del 2012, con el propósito de comprar materiales asfálticos para mantenimiento de caminos vecinales, según las condiciones y especificaciones que se describen en el Capítulo II “Especificaciones Técnicas” que se describen en el Cartel Licitatorio, mismo que está en disposición de la Caja Municipal por un valor de ¢3.500,00.

Pacayas, 13 de junio del 2012.—Libia Ma. Figueroa Fernández, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2012057994).

MUNICIPALIDAD DE MATINA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000008-01

Servicios profesionales de un ingeniero civil o en construcción

para la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal

Quien suscribe Licda. Yorleny Canales Delgado, cédula de identidad Nº 6-245-909, en mi condición de Proveedora a. í., de la Municipalidad de Matina, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000008-01, denominada servicios profesionales de un ingeniero civil o en construcción para la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal. Para lo cual se recibirán ofertas hasta el día 27 de junio del 2012, a las 8:30 en la Oficina de la Proveeduría.

Matina, 14 de junio del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Yorleny Canales Delgado, Proveedora a. í.—1 vez.—(IN2012058087).

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 58-12 del 14 de junio del 2012, artículo VII, se dispuso adjudicar de la forma siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000007-PROV

Servicio médico por hora profesional para los servidores del

Poder Judicial en el I Circuito Judicial de la Zona

Atlántica y el I Circuito Judicial de Alajuela

Línea Nº 1: Por los servicios médicos por hora profesional para los servidores judiciales en el I Circuito Judicial de la Zona Atlántica: A Inversiones Doña Ángela de Heredia S. A., cédula jurídica: 3-101-174246, por una tarifa por hora de ¢62.042,62.

Línea Nº 2: Por los servicios médicos por hora profesional para los servidores judiciales en el I Circuito Judicial de Alajuela: A Karcri S M S. A., cédula jurídica: 3-101-374489, por una tarifa por hora de ¢62.042,62.

Demás características y condiciones según el cartel.

San José, 15 de junio del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2012058149).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2012LN-000001-2104

Set con catéter tipo prótesis para drenaje

biliar endoscópico

Empresas adjudicadas: Para los ítems 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09 y 10 se adjudican a las empresas: Promoción Médica S.A. (cédula jurídica 3-101-250833) como alternativa uno, Multiservicios Electromédicos S. A. (cédula jurídica 3-101-007879) como alternativa dos y Eurociencia S. A. (cédula jurídica: 3-101-466918) como alternativa tres.

Compra con ejecución por consignación anual con posibilidad de prorrogarlo por tres periodos iguales.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 14 de junio del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2012057325).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000200-5101

Detergente simple en polvo, bolsas plásticas de 20 kg.

(Uso exclusivo de lavanderías)

El ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Irex de Costa Rica S. A., por un monto total de $55.040,00 (Cincuenta y cinco mil cuarenta dólares exactos). Vea detalles y mayor información en la Página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 14 de junio del 2012.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Mauricio Hernández Salas, Jefe, a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 37926.—C-12300.—(IN2012057995).

DIRECCIÓN PRODUCCIÓN INDUSTRIAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000001-8101

Servicio de maquila de ropa para uso hospitalario

Se informa a los participantes en la Licitación Pública Nº 2012LN-000001-8101, que por Resolución Administrativa Nº DPI-C-1042-06-2012, de fecha 13 de junio del 2012, se adjudica a la oferta 02, presentada por Consorcio de Cooperativas de Servicios Maquila y Otros R. L., COOSERMAQUILAR; ítems del 1 al 8, por un monto total de ¢256.915.000,00. Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Víctor Díaz Rodríguez, Jefe.—1 vez.—RP2012303293.—(IN2012058037).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000112-01

Compra de equipos de monitoreo ambiental

(riesgos físicos y químicos)

La Comisión  Local Central de Adquisiciones del  Instituto Nacional de Aprendizaje, en la sesión 14-2012 artículo IX de fecha 14 de junio del 2012 acordó:

a.  Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000112-01, para la compra de equipos de monitoreo ambiental (riesgos físicos y químicos), de conformidad con el informe de recomendación UCIPA-1589-2012, el estudio legal AL-127-2012 y el estudio técnico NSCS-PGA-0147-2012, de la siguiente manera:

    Adjudicar las líneas 1 y 3 (base), a la oferta 2 de la empresa Electronic Engineering S. A., por un monto de $51.986,97 por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 60 días hábiles.

    Adjudicar la línea 2, a la oferta 3 de la empresa Corporación Albatros S. A., por un monto de $26.910,00 por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable con un plazo de entrega de 60 días hábiles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46894.—C-22580.—(IN2012058136).

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000004-01

Servicios de limpieza, aseo y misceláneas

en las instalaciones INAMU

El Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), comunica el acuerdo número tres de la sesión ordinaria Nº 15-2012, del 30 de mayo del 2012, de la Junta Directiva: adjudicar la Licitación Pública Nº 2011LN-000004-01 por servicios de limpieza, aseo y misceláneas en las instalaciones del INAMU, de la siguiente manera:

a)  A la empresa Mantenimiento Total S.A.L., las líneas 1, 2, 3 y 4 (edificio central en Granadilla, edificio Los Yoses, Desarrollo Regional en Zapote y Delegación de la Mujer en San José), por un monto total anual de ¢43.154.200,00.

b)  A la empresa Enlaces Casuales C.R. S. A., la línea 5 (Bodega Institucional Área Metropolitana), por un monto total anual de ¢2.892.024,72.

c)  A la empresa Servintegra de C.R., las líneas 6, 7 y 9 (CEAAM Área Metropolitana, CEAAM Limón centro y CEAAM Occidente en San Ramón), por un monto total anual de ¢5.185.150,86.

d)  A la empresa Servicios de Limpieza a su Medida SELIME S.A., las líneas 8, 10, 11, 12 y 13 (CEAAM Puntarenas centro, Unidad Regional Pacífico Central en El Roble de Puntarenas, Unidad Regional Huetar Atlántica en el Barrio Los Corales, Limón, Unidad Regional Chorotega en Liberia, Guanacaste y Unidad Regional Brunca en Río Claro, Golfito), por un monto total anual de ¢20.546.085,16.

San José, 5 de junio del 2012.—Área de Proveeduría.—Lic. Carlos Barquero Trigueros, Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 11904.—Solicitud Nº 10502.—C-23520.—(IN2012057551).

AVISOS

BCR CORREDORA DE SEGUROS S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-13

Compra de vehiculo tipo automóvil

Se les informa a los interesados en la licitación en referencia, que la misma fue declarada desierta.

San José, 15 de junio del 2012.—Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6600.—C-6600.—(IN2012058120).

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES

COMPLEMENTARIAS BPDC S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-01

Compra, instalación, configuración y mantenimiento

de un software que interfase los servicios del

Sistema Nacional de Pagos (SINPE), con los

Sistemas Internos de la Operadora

Se comunica a los interesados en la Licitación Abreviada Nº Nº 2012LA-000006-01, cuyo objeto es la “Compra, instalación, configuración y mantenimiento de un software que interfase los servicios del Sistema Nacional de Pagos (SINPE), con los “Sistemas Internos de la Operadora”, que en el artículo 4 de la Sesión Ordinaria Nº 185 del Comité de Licitaciones, celebrada el 13 de junio del 2012, se tomó el acuerdo de adjudicar el ítem único de dicha licitación a la empresa Profesionales en Software Prosoft S. A., cédula jurídica 3-101-328391, con costo total de $97.000,00 (noventa y siete mil dólares con 00/100) impuestos incluidos.

San José, 14 de junio del 2012.—Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—Sección Administrativa.—Msc. Alonso Oviedo Arguedas, Jefe.—1 vez.—(IN2012058148).

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000010-02

SUMINISTRO DE INTERCAMBIADORES DE CALOR

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según oficio GRE-0250-2012 de la Gerencia de Refinación de la empresa, con fecha del día 13 de junio del 2012, de acuerdo con el siguiente detalle:

 

Oferta no.

: Dos (2)

Oferente

: Consorcio Setec International Inc y Servicios Técnicos S. A.

Monto total

: $142.100,00 CPT

 

Descripción

: Línea 7: Suministro de un (1) intercambiador de calor HE-204 A/B dos cuerpos, marca ITT (XYLEM), modelo C500 15240. Precio unitario y total: $79.500 CPT

Línea 8: Suministro de un (1) intercambiador de calor HE-205 A/B dos cuerpos, marca ITT (XYLEM), modelo C500 12192. Precio unitario y total: $62.600 CPT

Demás especificaciones conforme la oferta y cartel respectivo.

Forma de pago

: Carta de crédito pagadera el setenta y cinco (75%) del monto total contra presentación de documentos y el remanente contra el recibo a satisfacción del objeto contratado en el lugar de destino convenido, siempre y cuando el contratista no haya incurrido en mora.

Tiempo de entrega

: Siete (07) meses, desglosados:

-construcción: cinco (5) meses.

-embarque: un (1) mes

-arribo: un (1) mes

Se incluyen los días por revisión y aprobación de planos.

Lugar de entrega

: Almacén de RECOPE en la Refinería, Limón.

Garantía del equipo

: Dieciocho (18) meses posteriores a su aceptación por parte de RECOPE.

 

Respecto a las restante líneas, se declaran infructuosas las mismas puesto que el precio cotizado resulta inconveniente a los intereses de RECOPE, asimismo se solicita la recotización de éstas, previa verificación por parte de la dirección de ingeniería y mantenimiento de los costos estimados.

Notas Importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, conforme se dispone en la cláusula 1.11.2 del cartel.

2.  El presente concurso se formalizará con el respectivo pedido que será aprobado internamente por la Dirección Jurídica. A efectos de la legalización se deberán reintegrar las especies fiscales de ley en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

3.  De acuerdo con la cláusula 1.23 del cartel, la presente contratación es exenta del pago del impuesto sobre las ventas.

San José, 15 de junio del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 39161.—C-74780.—(IN2012058110).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POÁS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-ASISTA

Adquisición de 350 hidrómetros de 1/2 de diámetro

y adquisición de 15 hidrantes

La suscrita Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria del Concejo Municipal de la Municipalidad de Poás, hago constar que: El Concejo Municipal del Cantón de Poás, en su Sesión Ordinaria Nº 111 celebrada el 12 de junio del 2012, definitivamente aprobado, tomó el Acuerdo Nº 6716-06-2012, adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000003-ASISTA, a Consultora Costarricense para Programas de Desarrollo S. A., cédula jurídica 3-101-026507, por la adquisición de 350 hidrómetros domiciliarios de 1/2 de diámetro ¢5.778.500,00, 350 cajas de protección en hierro fundido ¢2.677.500,00, 350 juegos de accesorios ¢2.922.500,00, para un monto total de ¢11.378.500,00, además adquisición de 15 hidrantes tipo cabezote de hierro fundido por un monto total de ¢3.137.250,00. Monto total adjudicado por las dos líneas ¢14.515.750,00. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

San Pedro de Poás, 14 de junio del 2012.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012058175).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

ÁREA DE PLANIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

COMUNICAN:

Que en atención al oficio AMTC-1667-05-2012 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica y el oficio SIEI-0840-2012 de la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, se informa que:

1-  Se modificaron las siguientes fichas técnicas

 

Código

Descripción medicamento

Observaciones

1-10-32-7070

Aluminio Hidróxido y Magnesio Hidróxido.

Versión 01104

Rige a partir de su publicación

1-10-33-7120

Lactulosa en solución F.E.U.:3,3 g

Versión 04302

Rige a partir de su publicación

1-10-42-4851

Multivitaminas IV. Fórmula inyectable

Versión 53802

Rige a partir de su publicación

1-10-42-4850

Multivitaminas IV. Formula inyectable

Versión 29204

Rige a partir de su publicación

1-10-44-4780

Vacuna de Hepatitis B (recombinante)

Versión 52401

Rige a partir de su publicación

1-10-44-4790

Vacuna de Hepatitis B (recombinante)

Versión 52501

Rige a partir de su publicación

1-10-22-0240

Betanecol Cloruro 10 mg Tabletas

Versión 18003

Rige a partir de su publicación

1-10-29-0170

Amitriptilina Clorhidrato 10 mg. Tabletas recubiertas

Versión 11103

Rige a partir de su publicación

 

2-  Se publican las siguientes nuevas fichas técnicas:

 

Código

Descripción medicamento

Observaciones

1-11-04-0011

Casponfungina 70 mg (como acetato).   

Versión 72400

Primera Versión

Rige a partir de su publicación

 

Estas fichas técnicas se encuentran disponibles en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 13 del  Edificio Genaro Valverde, Oficinas Centrales de la CCSS.

Ing. Carlos Felipe López Chévez, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 1143.—Solicitud Nº 2422.—C-22600.—(IN2012053641).

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA

En relación al expediente 12-0001-RC y fundamento en el informe final O.D.-0007-2012 suscrita por Bach. Édgar A. Ramírez Vargas - Órgano Instructor de la Oficina de Asesoría y Gestión Legal; mediante oficio DAF-0472-2012 de Bach. Rodolfo Quesada Muñoz-Subadministrador y Dr. Víctor Navarrete Acosta, Director General, dicta:

“... ratifica sanción de apercibimiento contra la empresa Reciclaje Luna S. A. por incumplimiento contractual en la compra directa Nº 2009CD-000034-2304 “Bolsas Plásticas:”.

De la cual incumplió con los siguientes objetos:

Código institucional                           Descripción

4-30-02-0050                                      Bolsas Plásticas color gris o negro

                                                                medida 64cm x 84 cm

4-30-02-0030                                          Bolsas Plásticas color rojo tipo

                                                                jardín medida 92 cm x 148 cm

San José, 4 de junio del 2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada, Mba, Jefa.—1 vez.—(IN2012053668).

FE DE ERRATAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA-HOSPITAL DE GUÁPILES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000005-2602

Suministro de pan y repostería variada

Se les comunica a los interesados en el concurso Licitación Abreviada Nº 2012LA-000005-2602, para el suministro de pan y repostería variada, que se realizaron cambios al cartel. El nuevo cartel puede ser retirado en esta subárea ubicada en la casa administrativa Nº 17 del Hospital de Guápiles o podrá ser solicitado por teléfono llamando a 2710-1205 ó 2710-7469 ó 2710-2853 extensiones 2107 ó 2004. Ver detalles en www.ccss.sa.cr

Aunado a lo anterior se comunica que la fecha de apertura se traslada para el día 25 de junio a las 14:00 horas.

Subárea de Contratación Administrativa y Planificación.—Lic. Erika Villalobos Agüero.—1 vez.—(IN2012057512).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-03

Servicios de capacitación y formación profesional

en el Subsector de Idiomas para la Unidad

Regional Central Occidental, según

demanda, cuantía inestimable

Por error en la página 31 de La Gaceta Nº 114 del 13-06-2012 se publicó la siguiente invitación en donde dice:

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje…

Debe leerse correctamente:

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje…

Lo demás permanece invariable.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46894.—C-19760.—(IN2012058131).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000030-01

Compra de equipo de computación periférico

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000030-01, “Compra de equipo de computación periférico” que la fecha de apertura de esta licitación se prorroga para el próximo 9 de julio del 2012, a las 8:00 horas.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46894.—C-14120.—(IN2012058132).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000031-01

Compra de impresoras

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000031-01, “Compra de impresoras” que la fecha de apertura de esta licitación se prorroga para el próximo 9 de julio del 2012, a las 10:00 horas.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46894.—C-14120.—(IN2012058133).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MATINA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LP-000001-01

El Departamento de la Proveeduría de la Municipalidad de Matina, comunica inconsistencia que se realizó en la publicación de la Licitación Pública Nº 2012LP-000001-01, ya que por error se indicó 2012LA-00000-01, siendo lo correcto Licitación Pública Nº 2012LP-000001-01, la cual salió en La Gaceta 107 de fecha 4 de junio del 2012.

Matina, 4 de junio del 2012.—Proveeduría.—Lic. Yorleny Canales Delgado, Proveedora a. í.—1 vez.—(IN2012058085).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSFORMACIÓN

Y GESTIÓN DE MEDIOS

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Banco Nacional de Costa Rica, Oficina Principal, avisa a las siguientes personas que tienen pendiente su retiro de bienes en Custodia por Cajitas de Seguridad abiertas por incumplimiento de contrato:

 

Cajita

Nombre

Identificación

Apertura

673

Edificios Franco S. A.

3-101-018633-12

30-11-2011

6221

Jorge Cubero Malavasi

1-0389-0969

30-11-2011

2319

María del Carmen Blanco Rodríguez

1-0167-0286

28-12-2011

 

Para mayor información puede comunicarse a los teléfonos Nos. 2212-2698 ó 2212-2445, Custodia de Valores, Oficina Principal del Banco Nacional de Costa Rica.

La Uruca, 30 de mayo del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O.C. Nº 511099.—Solicitud Nº 41994.—C-44280.—(IN2012050296).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por: extravío. Correspondiente al título Bachillerato en Ciencias de la Educación con concentración en Educación Básica, I y II Ciclos. Grado académico: Bachillerato. Registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 15, folio: 254, asiento: 2227. A nombre de: Corrales Gutiérrez Shirley Sabina, cédula de identidad: 1-0775-0274. Con fecha: 26 de noviembre de 1999. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 14 de mayo del 2012.—Departamento de Registro, M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—RP2012299215.—(IN2012050856).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita adquirir un terreno, por la forma en que se ve afectado por el paso de la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Parrita- Palmar Norte), el cual es parte de la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, matrícula 48001-000.- Ese lote no se ha segregado e inscrito en forma independiente de la finca madre, el inmueble a la fecha, no tiene plana catastrado, el cual se describe como terreno para construir, situado en el distrito 02, Palmar, del cantón 05 Osa de la provincia de Puntarenas. Linda: así norte, Jorge Fajardo Sequeira, sur, María Elena Capellán, este, Propietario desconocido y oeste, calle pública. La finca madre aparece inscrita a nombre de la empresa G.W Reyes Ltda.

El poseedor-propietario del lote, es el señor Glenda Medina Barrantes, cédula de identidad 6-292-834, que lo ha poseído en forma quieta, pública pacífica y a título de dueño desde hace tres años en que lo adquirió por compra a la empresa GW Reyes Ltda, según indica en declaración jurada.

Que a solicitud de la Empresa Propietaria de la Red S. A., se valoró el terreno en la suma de ¢4.500.000,00 (cuatro millones quinientos mil colones con 00/100), según avalúo Nº 836 del año 2011.

A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de adquirir ese terreno, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢4.500.000,00 (cuatro millones quinientos mil colones con 00/100).

2º—De no ser aceptado por el propietario el respectivo avalúo, exprópiese, de la finca del Partido de Puntarenas, matrícula 48.001-000, un lote de terreno que se describe así: terreno para construir, sito en el Barrio Bon de Palmar Norte, distrito 2º del cantón 5º, Osa, de la Provincia de Puntarenas; tiene una medida de 300 metros cuadrados y linda así: norte, José Julián Lezcano, sur, calle pública con un frente a ella de 15 metros; este, Wendy Barrantes Ramírez, y oeste: Douglas Sandí Mora. Que corresponde al plano catastrado P-1525900-2011. Se localiza en el Barrio Bon de Palmar Norte, en las coordenadas geográficas longitud 558 884 y en la latitud 992 231, en el sistema oficial CRTMO5, ubicadas en la hoja cartográfica Changuena, escala 1:50 000. En el lote no se observa ninguna actividad productiva.- No existen construcciones y los linderos no están demarcados por ningún tipo de cerca.

3º—Continúese con los trámites de rigor.

4º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5922 celebrada el 14 de setiembre de 2010.

5º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 1º de junio de 2012.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado Especial Judicial.—1 vez.—(IN2012052361).

La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita adquirir un terreno, por la forma en que se ve afectado por el paso de la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Parrita- Palmar Norte), el cual es parte de la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, matrícula 48001-000.- Ese lote no se ha segregado e inscrito en forma independiente de la finca madre, el inmueble posee el plano catastrado número P-1319880-2009, el cual se describe como terreno de solar, situado en el distrito 2º, Palmar, del cantón 5º Osa de la provincia de Puntarenas. Tiene una medida de 500 metros cuadrados. Linda así norte, Anselmo Gómez Pérez; sur, Uriel Miranda Solano; este, calle pública y al oeste, con Marcos Rojas Montero y Henry Arias Sequeira.

La finca madre aparece inscrita a nombre de la empresa G.W Reyes Ltda.

El poseedor-propietario del lote, es el señor Anselmo Gómez Pérez, cédula de identidad 5-0199-0988, que lo ha poseído en forma quieta, pública pacífica y a título de dueño desde hace tres años en que lo adquirió por compra a la empresa GW Reyes Ltda, según indica en declaración jurada.

Que a solicitud de la Empresa Propietaria de la Red S. A., se valoró el terreno en la suma de ¢7.250.000,00 (siete millones doscientos cincuenta mil colones con 00/100), según avalúo No. 570 del año 2011.

A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de adquirir ese terreno, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢7.250.000,00 (siete millones doscientos cincuenta mil colones con 00/100).

2º—De no ser aceptado por el propietario el respectivo avalúo, exprópiese, de la finca del Partido de Puntarenas, matrícula 48.001-000, un lote de terreno que se describe así: Ese lote no se ha segregado e inscrito en forma independiente de la finca madre, el inmueble posee el plano catastrado número P-1319880-2009, el cual se describe como terreno de solar, situado en el distrito 2º, Palmar, del cantón 5º Osa de la provincia de Puntarenas. Tiene una medida de 500 metros cuadrados.- Linda así norte, Anselmo Gómez Pérez; Sur, Uriel Miranda Solano; este, calle pública y al oeste, con Marcos Rojas Montero y Henry Arias Sequeira.

Se sitúa en el Barrio Bon de Palmar Norte, de la estación de combustible La Costa, aproximadamente dos kilómetros al Norte, en las coordenadas geográficas longitud 522 086 y latitud 325 182 Lambert Sur, en el sistema oficial CRTMO5 equivalen a las coordenadas Norte 992 234 y este 588 950, ubicadas en la hoja cartográfica Changuena, escala 1:50 000. En el lote no se observa ninguna actividad productiva.- No existen construcciones ni caminos internos.

3º—Continúese con los trámites de rigor.

4º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5969 celebrada el 16 de noviembre de 2011.

5º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 18 de mayo del 2012.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado Especial Judicial.—1 vez.—(IN2012052363).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Oficina Local de Golfito, notifica mediante el presente edicto al señor Maicol Valverde Valverde, la resolución administrativa de las catorce horas treinta minutos del día siete de mayo del dos mil doce, dictada a favor de las personas menores de edad Jonathan Jorhanny Valverde Segura y Michael Jafeth Valverde Segura, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I. En vista de que es obligación del estado proteger a las personas menores de edad de todas las expresiones de maltratos perpetrados por sus progenitores o terceras personas obligadas a brindarles cuidados, es que se procede a modificar la medida de protección de cuido provisional dictada mediante auto administrativo de las catorce horas del día diecisiete de noviembre del año dos mil once, en el sentido de que las personas menores de edad Jonathan Jorhanny Valverde Segura y Michael Jafeth Valverde Segura, ya no permanecerán bajo los cuidados del señor Roy Solís Barquero, situación que genera que los mismos sean egresados de su hogar, a fin de que permanezcan ubicados en el hogar de la señora Lillia Abrigo Nieto, recurso comunal que les brindará los elementos necesarios para que alcancen su normal desarrollo y por ende puedan crecer en un ambiente libre de violatorias de Derechos. II. Remítase el presente proceso al Área de Trabajo Social de esta Oficina Local a fin de que la misma le brinde seguimiento a lo ordenado en la presente medida de protección y por ende valore las condiciones de los niños de marras en el Recurso Comunal donde fueron ubicados. III. Se dicta la presente Medida de Protección por el plazo de seis meses. IV. Comuníquese y notifíquese la presente resolución conforme a la Ley a todas las partes involucradas en el proceso. Debe ponerse en conocimiento al Juez de Familia de esta localidad. Recurso de apelación: Dos días hábiles siguientes al de la segunda publicación ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, sita en Barrio Luján antiguas Oficinas de la Dos Pinos de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 642-004-2001.—Oficina Local de Golfito, 18 de mayo del 2012.—Lic. Enrique Gómez Rosales, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 6088.—C-16800.—(IN2012049327).

AVISOS

CONVOCATORIAS

TELENET S. A.

Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Telenet S. A., a celebrarse el próximo miércoles primero de agosto del 2012, en sus oficinas ubicadas en Barrio Dent, Los Yoses, del final de la avenida diez, cien metros al norte y 50 al este, a las 9:00 horas en primera convocatoria, si a la hora señalada no hubiere quórum se celebrará en segunda convocatoria a las 18:30 horas. Asuntos a tratar: a) Se somete para discutir, aprobar o improbar los estados de resultados del periodo 2010-2011; b) Asuntos varios.—San José, 11 de junio del 2012.—Gustavo Díaz Calvo, Presidente, Telenet Worldwide S. A., 3-101-561615.—1 vez.—RP2012303272.—(IN2012058038).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

AGENCIA PARAÍSO

El señor Juan Manuel Mata Obando, cédula Nº 600350172, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor CDP Nº 112-300-524508, por un monto de ¢400.000,00 y el cupón Nº 1 por un monto de ¢6.000,00, el cual fue emitido a su orden el día 9 de marzo del 2012. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—Paraíso, 29 de mayo del 2012.—Rolando Leandro Mata, Jefe.—(IN2012050615).

UNIVERSIDAD BRAULIO CARRILLO

La exalumna Jénnifer Arguedas Pérez, cédula Nº 4 175 549, solicitó la reposición del título de Bachiller en Administración Aduanera, anotado en tomo I, folio 19 y asiento 213; por extravío.—Miércoles, 2 de mayo del 2012.—Raquel Morales Rivera, Departamento de Registro.—(IN2012050681).

UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLO

La Universidad Florencio del Castillo, solicita reposición del título por extravío del original de la estudiante Doris Álvarez Fallas, cédula de identidad uno-seiscientos noventa y siete-setecientos uno, quien optó por el título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con énfasis en I y II Ciclo. Se publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la tercera publicación.—Cartago, veintitrés de mayo del dos mil doce.—Lic. Cristian Chinchilla Monge, Rectoría.—RP2012299467.—(IN2012050855).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

CONDOMINIO PURUSES DOS

Condominio Puruses Dos, cédula jurídica número tres-ciento nueve-doscientos noventa y cinco mil cincuenta, solicita ante la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público, la reposición de los libros siguientes: un libro de Actas de Asamblea General 001 y Caja 001. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante dicho Departamento de Propiedad Horizontal del Registro Público, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós de mayo de dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—RP2012299029.—(IN2012050857).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado Nº                     Acciones                        Serie

       3117                               800                              H

Nombre del accionista: Inversiones Sandinaguas. Folio número 3170

28 de mayo del 2012.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2012051455).

UNIVERSIDAD SANTA LUCÍA

La Universidad Santa Lucía comunica el proceso de reposición del título de Licenciatura en Enfermería, que le expidió esta universidad a la señora Adriana Beatriz Viales Hernández, portadora de la cédula de identidad número cinco-trescientos veintidós-doscientos cuarenta y siete; el cual se encuentra inscrito en el Registro de Títulos de la Universidad Santa Lucía bajo el tomo II, folio 44, número 11877. Se comunica a todo aquel que desee manifestar su oposición a esta gestión, que deberá presentarla por escrito en el plazo máximo de treinta días naturales siguientes a la última publicación de este edicto, ante la oficina de Registro de la Universidad Santa Lucía, ubicada 200 metros al norte y 25 metros al este de la Caja Costarricense de Seguro Social.—MSc. Ligia María Meneses Sanabria, Rectora.—(IN2012051511).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 1269, a nombre de María Carina Castro Fumero, cédula de identidad Nº 1-1111-528 por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—28 de mayo del 2012.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—(IN2012052208).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN BANDA MUNICIPAL DE GOICOECHEA

Yo Abraham Azofeifa Marín cédula de identidad número 1-1345-0110 en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Banda Municipal de Goicoechea cédula jurídica 3-002-170443 solicito el Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros Diario número 1, Mayor número 1, Balances e Inventario número 1, Junta directiva número 1 y Asociados número 1, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—22 de mayo de 2012.—Abraham Azofeifa Marín, Presidente.—1 vez.—RP2012299525.—(IN2012050858).

ASOCIACIÓN YE COSTA RICA IN HOI

Yo, Chung Tae Kim, cédula 141000011308, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Ye Costa Rica In Hoi, cédula jurídica 3-002-477935, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros número uno de: Mayor, Diario, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Asamblea General y Registro de Asociados, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por 8 días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 22 de mayo del 2012.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2012299313.—(IN2012050859).

COSTA RICA TENNIS CLUB S. A.

El Costa Rica Tennis Club S. A., avisa a los siguientes accionistas que de conformidad con los Estatutos del Club, la Junta Directiva ha decidido iniciarles los trámites para su desinscripción del registro de accionistas por diversas obligaciones que facultados por el Estatuto ha impuesto la Junta Directiva. Se comunica a los mencionados a acercarse a la Gerencia General del Club en el término de dos semanas calendario a partir de esta publicación para que si lo desean, regularicen su situación y tutelen sus derechos.

Acción         Nombre

196               Castro Calderón María Eugenie

1336             Castro Calvo Ricardo

3463             Colombari Matamoros María Gabriela

3713             Castro Calvo Ricardo

1399             Duque Gómez Diego

1814             González Fonseca Jorge Arturo

1892             Gutiérrez Bruno Ma. Alexandra

1979             Cornejo Umaña Héctor

70                 Kellerman Ferencz Mauricio

3142             Masanés Susarte Luis Alfredo

1023             Meza Lobo Adrián

3723             Molina Gómez Alba Cecilia

653               Oviedo Rojas Lilliam Virginia

1516             Pfeiffer Richter Arturo Wilhalm

3175             Porter Laitano Geraldine

34                 Ramírez Lizano William

3233             Salamanca Mejía Gabriel Giovany

299               Siles Monge Francisco

670               Feeny Marshall Christina Elizabeth

3046             Tschannen Rolf Paúl

2883             Velázquez Alvaray Luis

Nota: Si ya usted canceló, hacer caso omiso a su nombre en esta lista.—San José, 31 de mayo del 2012.—Javier Apéstegui Arias, Presidente Junta Directiva.—1 vez.—(IN2012051548).

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros, su situación de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación se encuentra normalizada. Por lo tanto, son colegiados activos a partir del mes abajo indicado. Se le recuerda a la sociedad costarricense que estos profesionales están habilitados para ejercer la docencia y áreas afines en Costa Rica.

 

Nombre

Cédula

A partir de

Acevedo Picado María Laura

503260839

16/03/2012

Acuña Leiva Adriana

111950366

20/03/2012

Alfaro Rojas Alejandro José

205870887

05/03/2012

Alfaro Villalobos Eduardo Albe

401061397

28/03/2012

Alvarado Alvarado Alejandra

112450403

02/03/2012

Alvarado Vásquez María Eugenia

202660651

15/03/2012

Álvarez Castro Karla

111530850

05/03/2012

Álvarez Rodríguez Flory

401290021

16/03/2012

Álvarez Vega Alonso Emilio

205740367

05/03/2012

Araya Bogantes José Luis

601170598

15/03/2012

Arce Campos Maricel

106560420

06/03/2012

Arce Garro Jorge Andrés

401930408

05/03/2012

Azofeifa Murillo Andrés

603200101

05/03/2012

Badilla Romero Sianny María

106750405

08/03/2012

Barquero Sancho Laura

107170658

12/03/2012

Bermúdez Bedoya Hugo

704203145

14/03/2012

Bolaños Fernández Melissa

112200916

08/03/2012

Bonilla Fernández Damaris

106900580

14/03/2012

Calvo Rodríguez Lisbeidi Vanessa

112420137

14/03/2012

Cambronero Orozco Pedro

205300679

15/03/2012

Chaves Méndez Sandra María

105560016

04/11/2011

Chaves Moya Ana Damaris

203880214

20/03/2012

Chaves Villalta Luis Gerardo

107220950

29/03/2012

Cuadra Guido Freddy Guillermo

800860632

09/03/2012

Delcore Domínguez Loredanna

900970586

08/03/2012

Devandas Artavia Marianita

107490848

20/03/2012

Díaz Campos María Antonieta

104111457

02/03/2012

Elizondo Quesada Marla

110670706

16/03/2012

Escalante González Jorge Arturo

107150398

30/03/2012

Espinoza Soley Adriana

110310942

20/03/2012

Estrada Chaves Johanna

113130376

05/03/2012

Fagan Lowis Felicia

108810891

24/01/2012

Fernández Morales Viria María

105020130

12/03/2012

Francesa Blanco Catherina

204650347

15/03/2012

González Chavarría Adriana María

603620310

07/03/2012

Guerrero Fonseca Susetti

304120227

06/03/2012

Guevara Díaz Heylin Milena

503360480

09/03/2012

Gutiérrez Chacón Viviana

108190949

21/03/2012

Hernández Arce Shirley Viviana

401930495

02/03/2012

Herrera Zúñiga Zaida María

104570771

29/02/2012

Huertas Solano Patricia María

105460265

26/03/2012

Jiménez Arias Gabriela María

205990127

08/02/2012

Jiménez Carranza Luis Ángel

502820838

06/03/2012

Salguero Moya Karina

108090231

26/03/2012

Lang Alvarado María Cecilia

105050311

16/03/2012

Ledezma Rojas Yuliana María

206330651

07/03/2012

Lucke Vergara Margarita

900260814

15/03/2012

Maroño Salas Luz Eugenia

107670768

21/03/2012

Martínez Quesada Cindy Tatiana

111280391

14/03/2012

Masís Ramírez Carolina

303540061

16/03/2012

Matamoros Badilla Kattia

603290156

09/03/2012

Matul Romero Francisco Eduardo

13200013024

29/02/2012

Mauricio Vásquez Doris Patricia

160400239900

15/03/2012

Mena Pereira Cindy Melissa

304130536

27/03/2012

Méndez Grijalba Marco Antonio

109960710

07/03/2012

Miranda De La O Martha Elena

502640748

30/03/2012

Mora Mora Mario Alexánder

110130541

12/03/2012

Moraga Cuendis Yahaira Antonia

503350747

13/03/2012

Moya Brenes María Teresa

700690518

14/03/2012

Murillo Alvarado Keilyn Pamela

112740097

15/11/2011

Peralta Yen Nickol

109120042

07/03/2012

Picado Solano Lucía Catalina

303840752

14/03/2012

Porras Mora Kandy María

110130448

23/03/2012

Ramírez Meza Nuvia

302330308

16/03/2012

Riveros Rojas Mónica Virginia

106960403

13/03/2012

Rodríguez Alpízar María Luisa

203160952

07/03/2012

Rojas Polanco Ana Gloria

303510884

06/03/2012

Salas León José Manuel

202160108

08/03/2012

Salas Montero Andrea

110920746

07/03/2012

Salazar Gamboa Carol

303470075

07/03/2012

Sánchez Villalobos Carolina María

401950219

27/03/2012

Sancho Maroto Ingrid

110500507

29/03/2012

Valencia Espinoza Heidy

603510366

07/03/2012

Vargas Elizondo Iliana María

206180425

02/03/2012

Vargas Espinoza Laura Cristina

113450008

20/03/2012

Vásquez Díaz Ervin

602650647

15/03/2012

Vega Álvarez Marvin

204930710

16/03/2012

Venegas Barrantes Marly

602820056

02/03/2012

Zamora Lizano Cristina

206160855

05/03/2012

 

Junta Directiva.—M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria.—1 vez.—(IN2012052191).

A las siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio de la profesión a partir del 19 de marzo de 2012, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no está autorizada para ejercer la profesión en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la Administración Pública, centralizada y descentralizada y al sector privado para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión. Teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al correo: contactenos@colypro.com

 

Nombre

Cédula

Aguilar Fallas Karina

603020935

Álvarez Bastos Yirley María

701480844

Álvarez Delgado Fabián José

111000100

Álvarez Guerrero Marvin

105450304

Amador Brenes Luis Carlos

105060417

Apaestegui Ulloa Jéssica Nancy

160400013129

Arguedas Flatts Yendry Nairobi

701630704

Ávila León Lucrecia

204790791

Azofeifa Morales Ginette

602200482

Azofeifa Morales Meibelyn Natalia

603320801

Baltodano Marchena Laura Melisa

503400498

Barrientos Porras Flor De Lis

202360017

Cabalceta Briones Rossy Yacseth

503350566

Calvo Campos Floribeth

603250804

Camacho Camacho Ana Lorena

502320556

Carvajal Molina Juan Carlos

106730295

Cascante Ramírez Elizabeth

108330006

Castillo López Flavio Ariel

2700215192

Chaves De La O Águeda

104840852

Cordero Hidalgo Silvia Elena

204040932

De Castilla Berroteran Róger

800540443

De León Zapeta Simón Armando

132000112705

De Lima Silva Silvia Regina

107600000731

Delgado Bermúdez Daniela de los Ángeles

112240830

Delgado Romero Ivannia

107940939

Deweer Vanhabost Laetitia

105600007024

Espinoza Elizondo Keyrin de los Ángeles

112160738

Gardner Álvarez Tatiana Gioconda

701280817

Gómez Juárez Christian

602660508

Guevara Umaña Jéssica

109380716

Hidalgo Porras Ruth Mary

113020048

Jiménez Díaz Yolanda

602900632

Jiménez Ortega Adriana Cristina

111520490

Jiménez Ulate Josué

206310567

Laurence López Vicenta

159100009829

Leitón Ortiz Amet

205330750

Loría Chaverri Liliana

400920164

Martín Sanabria Ricardo

205310149

Martínez Arias Carlos Armando

503370263

Masís Pereira Rocío

106790785

Mata Aguilar Jorge Esteban

304280493

Matarrita Coronado Luis Fernando

502750923

Medina Martínez Margarita

502040915

Mena Ureña Lisait María

113030637

Miranda Villalta Grettel Lourdes

107300920

Morales Gómez Magda María

108140910

Morales Rojas Yury Patricia

107500018

Naranjo Blanco Esmeralda

602860718

Ovares Jiménez Karen Graciela

603480447

Porras Montero Rebeca

502760686

Quesada Monge Lindy Susana

109770891

Quirós Soto Karen Cristina

109410881

Ramírez Garita Stella María

108960522

Ramírez Sánchez Emilia María

110180364

Reyes Vargas Sally

900990273

Rodino Pierri Ana María Del Rosari

800670089

Rodríguez Espinoza Javier Antonio

401510035

Rodríguez Garita Karla Melissa

110990493

Rojas Mora Katya Patricia

107570858

Sáenz Torres Ana Margarita

110070210

Sandoval Zumbado Dagoberto

502410323

Ureña Morera Elizabeth

203890102

Vargas García Filemón

601140267

Vargas Solórzano María Gisela

206230213

Vásquez Narváez Cynthia Vanessa

603450517

Villalobos Villalobos Ana Fabiola

111720540

Villalobos Villalobos William

502000397

Zárate Rojas Marilyn Tatiana

112910134

Zúñiga Montero Bolter Alberto

205480995

Zúñiga Sánchez Martha Antoniet

104880453

 

Junta Directiva.—M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria.—1 vez.—(IN2012052192).

A las siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio de la profesión a partir del 27 de marzo de 2012, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no está autorizada para ejercer la profesión en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, y al sector privado para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión. Teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al correo: contactenos@colypro.com

 

Nombre

Cédula

Abrahams Vásquez Cristina

105250876

Arguedas Brenes Marco Vinicio

602660653

Arias Borbón Gabriela

107490906

Betancourt Murillo María Paula

105410297

Cambronero Morera José Gerardo

104131246

Carrillo Vílchez Gilma Felicia

501800374

Castillo Santamaría Luis Alberto

280019577000

Chaves Villalta Luis Gerardo

107220950

Chinchilla Aguilar Karla

108090218

Durán Barrantes Norman

108230855

León Solís María Alicia

107920509

Mata Fernández Virginia Gabriela

106580604

Pérez Jaén Arlenne Gloriana

503490312

Quesada Alvarado Jasania

104810280

Quesada Pacheco Margarita

104630728

Robles Rojas Carlos

106600541

Soto Ramírez Armando

105750602

Ureña Zamora Maribel

107520873

Vega Ortega Marita Lizeth

106810656

 

Junta Directiva.—M.Sc. Félix Ángel Salas Castro Presidente.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria.—1 vez.—(IN2012052193).

ASOCIACIÓN DE DAMAS ISRAELITAS PRO

BENEFICIENCIA

Yo, Beatriz Fachler Steinber, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Santa Ana, del Hotel Alta carretera vieja a Santa Ana doscientos metros este, cincuenta al sur, y doscientos al sureste, Condominio Villa Vento, apartamento seis b, portadora de la cédula de identidad número uno-cero quinientos cuatro-cero quinientos cuarenta y uno, en mi condición de presidenta y representante legal de la Asociación de Damas Israelitas PRO Beneficiencia, cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-cero sesenta y seis mil ochenta y seis, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro número dos de Asambleas de Asociados de la sociedad antes menciona, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de poner objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, doce de noviembre del dos mil once.—Beatriz Fachler Steinber, Presidenta.—1 vez.—RP2012300239.—(IN2010052438).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Mediante escritura pública número ciento treinta y cuatro, otorgada a las ocho horas del trece de abril del año dos mil doce, protocolizo los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía de esta plaza denominada: Autoconsa S. A., mediante la cual se acuerda disminuir su capital social.—San José, cinco de mayo del dos mil doce.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—(IN2012050470).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

La suscrita notaria Ivannia Patricia Sojo González, notaria pública con oficina de San Rafael Arriba de Desamparados, Urbanización Villa Ceci, casa catorce A de la provincia de San José, hace constar que mediante escritura otorgada el 7 de mayo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Soluciones Técnicas Sotecsa Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y dos mil novecientos dieciocho en que se acuerda la disolución de la misma.—San José, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Ivannia Patricia Sojo González, Notaria.—1 vez.—(IN2012041218).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de socios de las catorce horas del veintidós de mayo de dos mil doce, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Distribuidora La Gran Oportunidad S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cinco mil novecientos treinta y dos.—San José, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—RP2012298913.—(IN2012050025).

Ante mí, Maynor Castillo Zamora, notario con oficina en Barva de Heredia, la sociedad El Jaque al Rey de las Flores de Heredia S. A. ha acordado su disolución.—Barva, veintitrés de mayo del dos mil doce.—Lic. Maynor Castillo Zamora, Notario.—1 vez.—RP2012298914.—(IN2012050026).

Por otorgarse escritura pública a las dieciséis horas treinta minutos del veintitrés de de mayo del dos mil doce, el señor Fabio José Steller Cruz, cédula número uno-mil doscientos once-ochocientos sesenta y dos tres solicita la disolución de Viejo Antílope Gamuza Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos quince mil ochenta y dos.—Heredia, 25 de mayo del 2012.—Lic. Julieta López Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012298915.—(IN2012050027).

Ante mí, Maynor Castillo Zamora, notario con oficina en Barva de Heredia, la sociedad Desarrollos Match S. A., ha acordado su disolución.—Barva, veintitrés de mayo del dos mil doce.—Lic. Maynor Castillo Zamora, Notario.—1 vez.—RP2012298916.—(IN2012050028).

Ante mí, Maynor Castillo Zamora, notario con oficina en Barva de Heredia, la sociedad Chezsa S. A., ha acordado su disolución.—Barva, veintitrés de mayo del dos mil doce.—Lic. Maynor Castillo Zamora, Notario.—1 vez.—RP2012298917.—(IN2012050029).

Ante mí, Maynor Castillo Zamora, notario con oficina en Barva de Heredia, la sociedad Lunamarel Azul S. R. L., ha acordado su disolución.—Barva, veintitrés de mayo del dos mil doce.—Lic. Maynor Castillo Zamora, Notario.—1 vez.—RP2012298918.—(IN2012050030).

Por otorgarse escritura pública a las dieciséis horas del veintitrés de mayo del dos mil doce, el señor Fabio José Steller Cruz, cédula número uno-mil doscientos once-ochocientos sesenta y dos tres solicita la disolución de Comndominio Los Itabos Filial Sesenta y Nueve Holmo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y dos mil cuatrocientos cuarenta y cinco.—Heredia, veinticinco de mayo del dos mil doce.—Lic. Julieta López Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012298919.—(IN2012050031).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 8 de mayo del 2012, protocolicé acuerdo de asamblea extraordinaria de socios de Property Joberge Sociedad Anónima, en la que por unanimidad se acuerda disolver la empresa.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Laura Mena Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2012298920.—(IN2012050032).

Ante mi notaría, mediante escrituras números, cincuenta-treinta y dos; cincuenta y uno-treinta y dos, cincuenta y dos-treinta y dos; cincuenta y tres-treinta y dos cincuenta y cuatro-treinta y dos, de las nueve, diez, once y doce horas, todas del veintiocho de mayo, dos mil doce, se firman los instrumentos correspondientes, declaración jurada en el primer caso y protocolización de actas las en los restantes, mediante los cuales se procede a la liquidación de las siguientes sociedades: E Y Bet Trading de Centro América S. A.; Duroroble Internacional S. A.; Enana Blanca S. A.; Studio Katastari S. A. y, Higher Stirrup Investments S. A., respectivamente.—Goicoechea, veintiocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Juan Luis Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012298921.—(IN2012050033).

Por escritura 155 del tomo ocho de las 9:00 horas del día 25 de mayo del 2012, en esta notaría se presenta el señor Sung Ho (nombre) Chen (primer apellido) Liu (segundo apellido), único socio de la compañía Los Isla Bella S. A., y solicita se disuelva la indicada sociedad. San José, Pavas.—San José, 25 de mayo del 2012.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—RP2012298922.—(IN2012050034).

Mediante escritura número 213 visible al folio 175 vuelto del tomo 3, otorgada a las 11:00 horas del 29 de mayo de 2012, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Winners Circle Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101-455320; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012298923.—(IN2012050035).

Mediante escritura número 212 visible al folio 175 frente del tomo 3, otorgada a las 10:00 horas del 29 de mayo del 2012, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Piso Ejecutivo Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número: 3-102-615702; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012298924.—(IN2012050036).

En escritura número ciento cuatro-tres, de las nueve horas del cuatro de mayo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Coldeportes Sociedad Anónima, con domicilio social en calle veinticuatro, avenidas central y primera casa número treinta y cinco, Paseo Colón, San José en la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad.—San José, cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Sylvia Muñoz Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012298925.—(IN2012050037).

Mediante escritura número 211 visible al folio 174 vuelto del tomo 3, otorgada a las 9:00 horas del 29 de mayo del 2012, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Security Sales LDDA Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101-455318; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012298926.—(IN2012050038).

Por escritura pública número: 241, otorgada ante mí, a las 11 horas con 30 minutos del 24 de mayo del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad B Y M Soluciones Simplificadas Sociedad de Responsabilidad Limitada, por medio de la cual se reforman las cláusulas primera del nombre, segunda del domicilio y sexta de la administración, del pacto constitutivo.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012298927.—(IN2012050039).

Ante esta notaría se constituye la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Kevalba M & M Limitada, a las ocho horas del veinticuatro de mayo del dos mil doce, siendo su gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Kevin José Mora Mesen, ante el notario Rodrigo Garita López, en Venecia de San Carlos, Alajuela, veinticuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2012298928.—(IN2012050040).

La suscrita notaria Alejandra Jaén Hernández da fe que mediante escritura número trescientos veintisiete del tomo quince de mi protocolo visible al folio ciento noventa y dos vuelto de las once horas del treinta de noviembre del dos mil once, se reforman las cláusulas tercera y sexta del pacto social de la compañía Estribos Llaneros Sociedad Anónima y se nombra nuevo presidente y tesorero.—Liberia, 19 de mayo del 2012.—Lic. Alejandra Jaen Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012298929.—(IN2012050041).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Asesorías para el Desarrollo S. A., donde se modifican las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo. Así consta en escritura otorgada en San Antonio de Belén a las nueve horas del veintiocho de mayo del dos mil doce, ante la Notaría Olga María Morera Chaves.—San Antonio de Belén, 28 de mayo del 2012.—Lic. Olga María Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012298930.—(IN2012050042).

Por escritura número dos de las 9:00 horas del 27 de mayo del año 2012, de mi protocolo número treinta y uno, se disuelve y liquida Adibri Sociedad Anónima, inscrita en el Registro Público, Sección Mercantil, al tomo cuatrocientos veintiocho, folio ciento sesenta y seis, asiento ciento cincuenta y uno, la cual tiene domicilio social reportado registralmente que se ubica en provincia de Guanacaste, Liberia, doscientos cincuenta metros norte del Banco Popular.—Lic. Noemy González Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012298934.—(IN2012050043).

Por escritura número tres de las 11:00 horas del 27 de mayo del año 2012, de mi protocolo número treinta y uno, se disuelve y liquida Mayram de los Ángeles Sociedad Anónima, inscrita en el Registro Público, Sección Mercantil, al tomo mil trescientos treinta y ocho, folio cero cuarenta y cinco, asiento cincuenta y cuatro, la cual tiene domicilio social reportado registralmente que se ubica en provincia de Guanacaste, Liberia, trescientos metros norte del Palacio Municipal.—Lic. Noemy González Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012298935.—(IN2012050044).

Por escritura otorgada a las diez horas del día de hoy, se constituyó la entidad denominada Inversiones Schumacher Sánchez S. A., domiciliada en Concepción de La Unión, Cartago, representada por su presidente y secretario, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—San José, once horas del veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Edison Moya Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012298938.—(IN2012050045).

Ante mi notaría por escritura número veintiuno a las quince horas treinta y cinco minutos del veinticuatro de mayo del dos mil once, visible al folio nueve frente de I tomo cinco, por estar presentes la totalidad del capital social se efectuó la disolución de la sociedad Jebek Sociedad Anónima.—Lic. Marianela Moreno Paniagua, Notaria.—1 vez.—RP2012298939.—(IN2012050046).

Ante mi notaría por escritura número veinticuatro al ser las  ocho horas del veintiocho de mayo del dos mil doce, visible al folio diez vuelto del tomo cinco, se efectuó la disolución de la sociedad Electrobazar Jasima Sociedad Anónima.—Lic. Marianela Moreno Paniagua, Notaria.—1 vez.—RP2012298940.—(IN2012050047).

Ante mi notaría por escritura número veintidós a las diecisiete horas del veinticuatro de mayo del dos mil doce, visible al folio diez frente del tomo cinco, se efectuó la disolución de la sociedad Hillary La Luz de la Esperanza Sociedad Anónima.—Lic. Marianela Moreno Paniagua, Notaria.—1 vez.—RP2012298941.—(IN2012050048).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas quince minutos del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Megaproducciones Culturales del Valle SJ CR Sociedad Anónima, por lo cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Flor de María Moreno Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012298943.—(IN2012050049).

Por escritura número ciento dos-diecisiete de las 16:00 horas del 20 de abril del 2012, se liquida la sociedad de esta plaza denominada Compañía Familia Castro Barquero Sociedad Anónima.—León Cortés, 2 de mayo del 2012.—Lic. Gabriela Varela Solano, Notaria.—1 vez.—RP2012298944.—(IN2012050050).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Distribuidora Nacional de Bambú Sociedad Anónima, por lo cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Flor de María Moreno Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012298945.—(IN2012050051).

Mediante escritura pública número cincuenta y cinco, otorgada ante esta notaría a las quince horas del quince de abril de dos mil doce, los señores Carlos Manuel Santamaría Quesada y María Alicia Quesada González, constituyeron la sociedad Consultores en Análisis Molecular y Genéticos Conomage Sociedad Anónima.—San José, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Agustín Nicolás Tiberino Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012298946.—(IN2012050052).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Soluciones Estratégicas Q y B Sociedad Anónima, por lo cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Flor de María Moreno Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012298947.—(IN2012050053).

Por escritura número cincuenta y cinco-dos, otorgada a las nueve horas del diez de mayo del dos mil doce, ante el notario Juan Carlos Mora Carrera, se disuelve la sociedad Chinchilla de los Brujos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y ocho mil treinta y seis.—San José, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Mora Carrera, Notario.—1 vez.—RP2012298948.—(IN2012050054).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del 22 de mayo del 2012, se disuelve la sociedad R F J Rofaja Sociedad Anónima.—Lic. María Gabriela Sancho Carpio, Notaria.—1 vez.—RP2012298949.—(IN2012050055).

Por escritura de las ocho horas de hoy protocolizo asamblea de socios de Inversiones Canta Rana de Cartago S. A., por la cual se modifica el pacto social.—Cartago, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Jorge López Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012298950.—(IN2012050056).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas quince minutos del 22 de mayo del 2012, se disuelve la sociedad Faro de Esperanza Sociedad Anónima.—Lic. María Gabriela Sancho Carpió, Notaria.—1 vez.—RP2012298951.—(IN2012050057).

Por escritura de las ocho horas de hoy, protocolizo asamblea de socios de Café Francés S. A., por la cual se modifica el pacto social.—Cartago, catorce de mayo del dos mil doce.—Lic. Jorge López Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012298952.—(IN2012050058).

Por escritura de las nueve horas de hoy, protocolizo asamblea de socios de la empresa Verirazu Marrón PMSE S. A., por la cual se modifica el pacto social.—Cartago, catorce de mayo del dos mil doce.—Lic. Jorge López Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012298953.—(IN2012050059).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas treinta minutos del 22 de mayo del 2012, se disuelve la sociedad Asesorías Técnicas Suro Sociedad Anónima.—Lic. María Gabriela Sancho Carpio, Notaria.—1 vez.—RP2012298954.—(IN2012050060).

Por escritura de las diez horas de hoy, protocolizo asamblea de la empresa Verirazu Purpura WDPR S. A., por la cual se modifica el pacto social.—Cartago, catorce de mayo del dos mil doce.—Lic. Jorge López Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012298955.—(IN2012050061).

Por escritura de las once horas de hoy, protocolizo asamblea de socios de la empresa Veirazu Perla WJPP S. A., por la cual se modifica el pacto social.—Cartago, catorce de mayo de dos mil doce.—Lic. Jorge López Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012298956.—(IN2012050062).

En mi notaría el día 25 de mayo del 2012, a las ocho horas treinta minutos se protocolizó acta constitutiva de disolución de la sociedad Inversiones Los Laureles de Purisco S. A., domiciliada en San José, cantón cuarto Puriscal, distrito octavo San Antonio doscientos metros norte de la caseta de la Guardia de Asistencia Rural.—Lic. Marlene Lobo Ávila, Notaria.—1 vez.—RP2012298957.—(IN2012050063).

En esta notaría, a las 8:30 horas del día de hoy, se disuelve y liquida la sociedad Operaciones Únicas S. A.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012298958.—(IN2012050064).

Al ser las 12:00 horas del 29 de mayo de dos mil doce, escritura número ciento ochenta y tres del tomo: trece, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Modas del Norte S. A. de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio de Costa Rica, se acuerda disolver esta sociedad.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012298960.—(IN2012050065).

Se avisa al público en general que la sociedad Seguridad Pantera Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-237034 fue disuelta y se ordenó su liquidación, según consta en acta de asamblea de socios de las 11:00 horas del 16 de mayo del 2012, que tuve a la vista, en la cual he sido comisionada para protocolizarla e inscribirla en el Registro. Notaria: Rose Mary Zúñiga Ramírez; con oficina abierta para atender cualquier oposición de este asunto, en San José, Santa Ana, 100 metros al oeste del Liceo de Santa Ana.—San José, 19 de mayo del 2012.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2012298961.—(IN2012050066).

Al ser las 12 horas 15 minutos del 29 de mayo de dos mil doce, escritura número ciento ochenta y cuatro del tomo: trece, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Pick-Up City del Norte S. A. de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio de Costa Rica, se acuerda disolver esta sociedad.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012298962.—(IN2012050067).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta y cinco minutos del día veintinueve de mayo del año dos mil doce, se disuelve la empresa Instituto de Colaboración y Educación para la Familia ICEF Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de mayo del año dos mil doce.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012298963.—(IN2012050068).

Ante el notario público José Antonio Reyes Villalobos mediante escritura número ciento noventa y dos otorgada en San José, a las doce horas del veintinueve de mayo de dos mil doce, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza Inversiones La Comadreja Dorada Sociedad Anónima, visible al folio ciento setenta y seis frente y vuelto del tomo uno. Es todo.—San José, a las doce horas diez minutos del día veintinueve de mayo de dos mil doce.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012298966.—(IN2012050069).

Por escritura número 17 otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 10 de mayo del 2012, adicionada por escritura número 192 otorgada ante la notaria María Alejandra Méndez Sáenz a las 8:00 horas del 17 de mayo de 2012; se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Biosan Laboratorios Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se aumenta el capital social de la empresa y se reforman las cláusulas segunda, quinta y sexta del acta constitutiva.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012298969.—(IN2012050070).

Mediante escritura 56 otorgada ante este notario a las 13:30 horas del 14 de mayo del 2012, se acuerda disolver la sociedad Inversiones D & A Robgeo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-395670. Con base al artículo 207 Código de Comercio. Es todo.—Guanacaste, 14 de mayo del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012050071).

Mediante escritura 50 otorgada ante este notario a las 14:00 horas del 9 de mayo del 2012, se modifica la cláusula octava, de la sociedad Costa Rica Heaven On Earth C.R.H.E. Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-467205; y ahora la sociedad será representada por un gerente uno, un gerente dos y un gerente tres. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 11 de mayo del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012050072).

Mediante escritura 77 otorgada ante este notario a las 15:30 horas del 22 de mayo del 2012, se modifica la cláusula segunda de la sociedad Sentimientos de Amor en la Costa Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-497249 y ahora el domicilio de la sociedad estará en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, Centro Comercial Plaza Colonial, local número cuatro. Asimismo, se modifica la cláusula octava y a partir de ahora corresponderá únicamente al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 22 de mayo del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012050073).

Mediante escritura 72 otorgada ante este notario a las 8:00 horas del 22 de mayo del 2012, se modifica la cláusula primera de la sociedad Botanic Gardens GTE Inc Sociedad Anónima, cedula jurídica número 3-101-429555; y ahora la razón social es Luxury MMA Dot Com Sociedad Anónima. Asimismo, se modifica la cláusula segunda y a partir de ahora el domicilio de la sociedad será en Playas del Coco, Carrillo, Guanacaste, y por último se modificó la cláusula sétima y a partir de ahora le corresponde únicamente al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 22 de mayo del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012050074).

Mediante escritura 74 otorgada ante este notario a las 13:00 horas del 22 de mayo del 2012, se modifica la cláusula segunda de la sociedad Splash Island Limitada, cédula jurídica número 3-102-407916 y ahora el domicilio de la sociedad estará en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, Centro Comercial Plaza Colonial, local número cuatro. Además se modifica la cláusula octava, y ahora la sociedad será representada por un gerente uno, un gerente dos y un gerente tres. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 22 de mayo del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012050075).

Mediante acta de asamblea extraordinaria de accionistas celebrada a las once horas del treinta de abril del dos mil doce, se disuelve empresa denominada Soto Cincuenta y Siete Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ocho mil cuatrocientos treinta y nueve, en escritura número ciento cincuenta y seis-dos, otorgada en Heredia a las once horas del diez de mayo del dos mil doce.—Lic. Manuel Enrique Arguedas Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2012050076).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veinticuatro mayo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Copetin Portocarrero Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y nueve mil novecientos cinco, en que se acuerda la disolución de la misma. Es todo.—Heredia, veinticuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando Moya Mata, Notario.—1 vez.—(IN2012050077).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 17:00 horas del 29 de mayo del 2012, la sociedad R C Asociados Sociedad Anónima, acordó la disolución y liquidación al amparo de la Ley 9024. Se cita y emplaza a interesados para efectos del artículo 207 Código de Comercio.—Lic. Mario Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012050078).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del 25 de mayo de 2012, la sociedad Trade Marketing Solutions Sociedad Anónima acordó la disolución y liquidación al amparo de la Ley 9024. Se cita y emplaza a interesados para efectos del artículo 207 Código de Comercio.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012050079).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 16:00 horas del 22 de mayo de 2012, la sociedad denominada Bufete Molina Molina Asociados S. A., cédula jurídica 3-101-207960, acordó disolver y liquidar la misma al amparo del Código de Comercio y la Ley 9024. Se cita y emplaza a todos los interesados para los efectos del artículo 207 Código de Comercio.—San José, 29 de mayo del 2012.—Carlos Eduardo Herrera Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012050080).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 17:00 horas del 28 de mayo de 2012, la sociedad denominada 3-101-476546 S. A., cédula jurídica 3-101-476546, acordó disolver y liquidar la misma al amparo del Código de Comercio y la Ley 9024. Se cita y emplaza a todos los interesados para los efectos del artículo 207 Código de Comercio.—San José, 29 de mayo del 2012.—Carlos Eduardo Herrera Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012050085).

Ante la notaría de la Lic. Catalina Bustos Jiménez, mediante escritura número doscientos veintiséis de las ocho horas del veintiséis de mayo de dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de la sociedad Exclusividades Decorativas S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trece mil trescientos treinta y seis.—Lic. Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050087).

Por escritura otorgada a las 9:30 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Pistachios Con Sabor S. A. por la cual modifica cláusula II de los estatutos relativa al domicilio, y se nombran nuevos presidente y fiscal.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—(IN2012050088).

Ante la notaría de la Lic. Catalina Bustos Jiménez, mediante escritura número doscientos veintidós de las nueve horas del ocho de mayo de dos mil doce, se disolvió Inversiones de Juseph S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintinueve mil cuatrocientos sesenta y nueve.—Lic. Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050089).

La sociedad Corporación Hanson S. A. con cédula jurídica 3-101-205505 acordó ante esta notaría su disolución por escritura número 141 otorgada en San José, a las 17:00 horas del día 29 de mayo de 2012.—Lic. Andrei Brenes Suárez, Notario.—1 vez.—(IN2012050090).

En comparecencia de escritura pública Nicolás Núñez Portilla, cédula de identidad Nº 1-1229-990, realizada a las 7:00 horas de hoy como gerente y único propietario de la totalidad de las cuotas de Innovanet Solutions Empresa Individual de Responsabilidad Limitada acuerda la liquidación de dicha empresa.—San José, 29 de abril del 2012.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(IN2012050091).

Ante la notaría de la Lic. Catalina Bustos Jiménez, mediante escritura número doscientos veintisiete de las nueve horas del veintiséis de mayo de dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de la sociedad Industrias Falcon de San Rafael S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ocho mil cuatrocientos dieciocho.—Lic. Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050092).

Ante la notaría de la Lic. Catalina Bustos Jiménez, mediante escritura número doscientos veintiocho de las diez horas del veintiséis de mayo del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de la sociedad Falcon S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-catorce mil trescientos quince.—Lic. Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050093).

Ante la notaría de la Lic. Catalina Bustos Jiménez, mediante escritura número doscientos veintitrés de las diez horas del veintiséis de mayo del dos mil doce, se disolvió Fantasía Latina S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiséis mil cuatrocientos ochenta y siete.—Lic. Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050094).

Debidamente autorizado al efecto protocolicé a las 9:00 horas de hoy acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Muebles y Decoración Artiko S. A. mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 29 de abril del 2012.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(IN2012050095).

Ante la notaría de la licenciada Catalina Bustos Jiménez, mediante escritura número doscientos veinticuatro de las once horas del dieciséis de mayo de dos mil doce, se disolvió Los Mejores Programa Deportivo Radial S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y cinco mil setecientos cincuenta y dos.—Lic. Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050096).

Debidamente autorizado al efecto protocolicé a las 10:00 horas de hoy acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Bienes Inmobiliarios Flora Labrador S. A., mediante la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal y se modifica la representación legal.—San José, 29 de abril del 2012.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(IN2012050097).

Ante la notaría de la licenciada Catalina Bustos Jiménez, mediante escritura número doscientos veinticinco de las doce horas del dieciséis de mayo de dos mil doce, se disolvió CEC Comunicación, Escritura Cárcamo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil trescientos setenta y tres.—Lic. Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050098).

Ante la notaría de la licenciada Catalina Bustos Jiménez, mediante escritura número doscientos veintinueve de las doce horas del veintiséis de mayo de dos mil doce, se disolvió tres-ciento uno-quinientos noventa y siete mil doscientos treinta y cuatro sociedad anónima.—Lic. Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050099).

En escritura 246, tomo 3 de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Constructora Dicc Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-570696, otorgada a las 20:00 horas del 29 de mayo del 2012. Se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo 201 inciso D), del Código de Comercio.—Lic. Ileana María Sanabria Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012050102).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día treinta de abril del año dos mil doce, mediante escritura doscientos dieciséis, folio ciento treinta vuelto del tomo treinta y cinco de mi protocolo, se disolvió la sociedad Omnivida S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres.—Lic. Violeta Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2012050104).

Mediante escritura de las trece horas del veintinueve de mayo del año dos mil doce, protocolicé acta del libro de actas de la sociedad Mercadeo Internacional Solcar Sociedad Anónima en la que se acuerda su disolución.—Guadalupe, veintinueve de mayo del año dos mil doce.—Lic. Miguel Ángel Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2012050106).

Mediante escritura de las doce horas del veintinueve de mayo del año dos mil doce, protocolicé acta del libro de actas de la sociedad Licorera Montelimar Sociedad Anónima en la que se acuerda su disolución.—Guadalupe, 29 de mayo del 2012.—Lic. Miguel Ángel Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2012050107).

Por escritura otorgada ante la notaría Lilliam Boza Guzmán, San José, a las 13:00 horas del 28 de mayo del 2012, se disolvieron las sociedades: Hotel San José Palacio S. A., Playa Pochote S. A., Inversiones Tous S. A., Estructura Casual del Oeste S. A., Club Barceló Golf y Playa S. A., Barcelo Hotels S. A.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012050108).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la empresa denominada Desarrollos Margarita de La Uruca S. A. El plazo social es de cien años. El capital social es de cien mil colones. La representación la ostenta todos los miembros de la junta directiva. Su domicilio es Santa Ana, Centro Comercial Vía Lindora, oficinas de Corporación Garnier y Garnier.—Lic. Catalina Soto Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012050109).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintinueve de mayo del dos mil doce, se reformó la cláusula segunda, sexta y quinta de la sociedad Conceptos Alimenticios Los Cuatro Sociedad Anónima.—Lic. Anaclara Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050110).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las quince horas cincuenta minutos del día veinticinco de mayo del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Hechura de Vitrama S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos quince mil setecientos noventa y siete, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012050111).

Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las quince horas del día veinticuatro de mayo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Kabek Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, 24 de mayo del 2012.—Lic. María Verónica Riboldi López, Notaria.—1 vez.—(IN2012050112).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día 28 de mayo del 2012, a las 11:30 horas, la sociedad 3-101-635565 sociedad anónima protocolizó acuerdos en donde se modifica la cláusula primera del pacto social.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—(IN2012050113).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las diez horas del día veintiocho de mayo del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Distribuidora P Y Q S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cincuenta y ocho mil novecientos setenta y tres, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012050114).

Por escritura otorgada a las ocho horas del veinticinco de mayo del año dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas mediante la cual se aprueba la disolución de la sociedad tres ciento dos quinientos setenta y nueve mil ciento tres sociedad de responsabilidad limitada, cédula jurídica tres ciento dos quinientos setenta y nueve mil ciento tres.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil doce.—Lic. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1 vez.—(IN2012050115).

Por escritura otorgada a las diez horas del veinticinco de mayo del año dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas mediante la cual se aprueba la disolución de la sociedad Grupo Dinámico Empresarial Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno doscientos setenta y tres mil cero cincuenta y seis.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil doce.—Lic. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1 vez.—(IN2012050117).

Por escritura otorgada a las nueve horas del veinticinco de mayo del año dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas mediante la cual se aprueba la disolución de la sociedad tres ciento dos quinientos veintiséis mil ciento sesenta sociedad de responsabilidad limitada, cédula jurídica tres ciento dos quinientos veintiséis mil ciento sesenta.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil doce.—Lic. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1 vez.—(IN2012050119).

Por escritura de las diez horas del día veinticuatro de mayo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de las quince horas del día veintidós de mayo del dos mil doce de la sociedad Vimarth Inversiones Sociedad Anónima, donde se acordó de manera unánime disolver totalmente dicha sociedad.—San José veinticinco de mayo del dos mil doce.—Lic. Ligia Loaiza Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050123).

Ante esta notaría se reformó la cláusula sexta de la administración de la sociedad denominada Cielos de Los Himalayas Sociedad Anónima y se nombró como nueva presidente.—San José, diez horas del veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2012050126).

En esta notaría se tramita en escritura doscientos ochenta y cinco-cinco del veintiocho de mayo del dos mil doce. Desiscripción registral y tributaria C Y H Surveyors y Asociados Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012050128).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del veintitrés de mayo del año dos mil doce, se solicita la disolución de Dibegasi Sociedad Anónima.—Lic. Maureen Masís Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012050132).

Por escritura otorgada a las catorce horas cuarenta minutos del veintidós de mayo del año dos mil doce, se solicita la disolución de Servicios Aeronáuticos Mag Sociedad Anónima.—Lic. Maureen Masís Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012050134).

Por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del veintidós de mayo del año dos mil doce, se solicita la disolución de Industriales Piemar Sociedad Anónima.—Lic. Maureen Masís Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012050136).

Por escritura otorgada a las catorce horas treinta y seis minutos del veintitrés de mayo del año dos mil doce, se solicita la disolución de Joyería Coronado Sociedad Anónima.—Lic. Maureen Masís Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012050139).

Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del veintitrés de mayo del año dos mil doce, se solicita la disolución de Pereira y Quirós Sociedad Anónima.—Lic. Maureen Masís Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012050141).

Se hace saber que a mi notaría compareció Miguel Ángel Ballestero Blanco, cédula 2-0368-0803, vicepresidente de la sociedad Transportes O. Y M. OMI S. A., cédula jurídica 3-101-416538, para comisionarme la protocolización del acta general extraordinaria de accionistas para acordar la disolución de la sociedad, lo cual se procedió a protocolizar mediante escritura 221 de la 8:00 horas del 30 de mayo del 2012 en tomo 1 de mi protocolo.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Lorena Soto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050142).

Jorge Bravo Quesada, mayor, casado una vez, empresario, vecino de La Cruz, Guanacaste, cien oeste del Servicentro Orosi, Barrio Santa Rosa, cuatro casas a mano derecha, portador de la cédula de identidad número cinco-cero doscientos seis-cero quinientos uno, en su condición de presidente de la sociedad de esta plaza denominada Sistemas Intregrales de Seguridad Sociedad Anónima, se presenta ante el Notario Público Licenciado Ronald Joaquín Campos Arias, para constituir dicha sociedad. Por lo tanto, indica que el domicilio legal de ésta y del presidente antes indicado, es exactamente la misma. Se envía este edicto a publicar para que toda aquella persona que tenga algo que alegar, sobre el nombre de la misma, lo realice conforme a la ley. Firmo en la Ciudad de San José, al ser las nueve horas con veinte minutos del treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Ronald Joaquín Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012050159).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del veintisiete de abril del dos mil doce, ante esta notaría, se constituyó la siguiente sociedad: Atlas Marine Costa Rica S. A.—San José, treinta de mayo del dos mil doce.—Licda. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050166).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 14:00 horas del 28 de mayo de 2012, se protocolizó acta de la sociedad Servicentro Grecia S. A., en la cual se acuerda la liquidación y disolución de la sociedad.—Sarchí, 28 de mayo del 2012.—Lic. Francisco Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012050168).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintiocho de mayo del año dos mil doce, que es asamblea general extraordinaria de accionista, de la sociedad denominada Inversiones Las Nimegas Sociedad Anónima, se acuerda disolver esta sociedad. Es todo.—San José, a las ocho horas del treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Ana Luisa Zúñiga Crespi, Notaria.—1 vez.—(IN2012050170).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintiocho de mayo del año dos mil doce, que es asamblea general extraordinaria de accionista, de la sociedad denominada Inversiones Lazu Sociedad Anónima, se acuerda disolver esta sociedad. Es todo.—San José, a las ocho horas del treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Ana Luisa Zúñiga Crespi, Notaria.—1 vez.—(IN2012050175).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, comparecieron la totalidad de las acciones que conforman el capital social de la sociedad Wils M A Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos noventa y ocho mil seiscientos veintitrés y en forma unánime mediante escritura número cincuenta y cinco, otorgada en la ciudad de Atenas a las doce horas del veintinueve de mayo del dos mil doce, escritura visible al folio cincuenta y dos vuelto del tomo treinta y uno del protocolo del suscrito notario y por acuerdo unánime se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012050181).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veinte de mayo del dos mil doce, a las ocho horas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad El Cerro Borivan R y R Sociedad Anónima, en la cual se revoca el nombramiento de presidente, tesorera y secretaria y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012050182).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veinte de mayo del dos mil doce, a las ocho horas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad El Turro y Refugia R y R Sociedad Anónima, en la cual se revoca el nombramiento de presidente, tesorero y secretaria y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012050184).

Por escritura seis-once, otorgada hoy ante mí, compareció la totalidad del capital social solicitando disolver la entidad: Proyectos Asfaal Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos ocho mil novecientos veintitrés.—Licda. Erika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012050185).

Por escritura siete-once, otorgada hoy ante mí, compareció la totalidad del capital social solicitando disolver la entidad: Arquitectura Progresiva Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos ocho mil quinientos noventa y seis.—Licda. Erika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012050186).

Por escritura ocho-once, otorgada hoy ante mí, compareció la totalidad del capital social solicitando disolver la entidad: Fasmadrigal Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos trece mil cero treinta y uno.—Licda. Erika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012050187).

Por escritura nueve-once, otorgada hoy ante mí, compareció la totalidad del capital social solicitando disolver la entidad: Follajes de Puraba Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos doce mil novecientos quince.—Licda. Erika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012050188).

Por escritura diez-once, otorgada hoy ante mí, compareció la totalidad del capital social solicitando disolver la entidad: Madrigal y Chacón Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento noventa y siete mil trescientos treinta y cuatro.—Licda. Erika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012050189).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veinte de mayo del dos mil doce, a las ocho horas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Los Pis Pis R y R Sociedad Anónima, en la cual se revoca el nombramiento de presidente, tesorero y secretaria y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012050190).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veinte de mayo del dos mil doce, a las ocho horas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad La Quebrada Matías R y R Sociedad Anónima, en la cual se revoca el nombramiento de presidente, tesorero y secretaria y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012050191).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil doce, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Asesoría y Construcción Atacama Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2012050194).

Por asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su sede social, a las 15:00 horas del 9 de mayo del 2012, se acordó la disolución de la firma Industrias Químicas Disemu S. A., según acta protocolizada por el suscrito Notario, esta misma fecha.—San José, 15 de mayo del 2012.—Lic. Minor Gómez Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012050195).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintinueve de mayo de dos mil doce, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Construction Service & Development Inc Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2012050196).

Por asamblea general extraordinaria de socios de la empresa tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y ocho mil quinientos noventa s. a., celebrada en su sede social a las trece horas del primero de mayo del dos mil doce, se acordó modificar el nombre de la sociedad, el domicilio social, las facultades de los administradores, y hacer nuevos nombramientos, según acta protocolizada por el suscrito notario público, esta misma fecha.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Minor Gómez Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012050197).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:16 horas del día 26 de mayo del año 2012, se disuelven las sociedades Inversiones Tito S. A., cédula jurídica 3-101-026272; Itzel S. A., cédula jurídica 3-101-067093; Sofire S. A., cédula jurídica 3-101-072679; Sensación Grado Tres S. A., cédula jurídica 3-101-336714; Friends Young Hostel S. A., cédula jurídica 3-101-355022; Spanish In Cr For The World S. A., cédula jurídica 3-101-369824; Río Limpio S. A., cédula jurídica 3-101-417607; Academia Costarricense de Lenguaje y Bailes Latinos S. A., cédula jurídica 3-101-110150, Zahori Vegetariano S. A., cédula jurídica Nº 3-101-139162.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. Juan José Briceño Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012050198).

Por escritura número 19 otorgada ante esta Notaría de las 13:00 de hoy se disuelven las sociedades Compañía de Bosques y Tierras de Costa Rica S. A. y Proyectos Industriales Comerciales y Artísticos Los Texanos S. A.—San José, 26 de mayo del 2012.—Lic. Juan José Briceño Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012050199).

Por escritura número 20 otorgada ante esta Notaría, a las 16:09 horas de hoy se disuelven las sociedades Gente Grande de San José S. A. y Costa Rica Medical Net S. A.—San José, 26 de mayo del 2012.—Lic. Juan José Briceño Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012050200).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de mayo de dos mil doce, se reforma cláusula quinta, de la sociedad Alimentos Bermúdez Sociedad Anónima.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. José Miguel Alfaro Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012050205).

Mediante asamblea general de socios, de las doce horas del siete de mayo del dos mil doce, la sociedad No Como Si De Quepos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y dos mil quinientos setenta, se acordó la disolución de la sociedad, de conformidad con el Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, diez de mayo del dos mil doce.—Lic. José Miguel Alfaro Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012050206).

Mediante asamblea general de socios, de las doce horas del siete de mayo del dos mil doce, la sociedad Inversiones Pozo Azul J & D Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos sesenta y ocho, se acordó la disolución de la sociedad, de conformidad con el Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, diez de mayo del dos mil doce.—Lic. José Miguel Alfaro Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012050207).

Mediante asamblea general de socios, de las doce horas del siete de mayo de dos mil doce, la sociedad Inmobiliaria I P Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cero ochenta y un mil novecientos uno, se acordó la disolución de la sociedad, de conformidad con el Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, diez de mayo del dos mil doce.—Lic. José Miguel Alfaro Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012050209).

Mediante asamblea general de socios, de las doce horas del siete de mayo de dos mil doce, la sociedad El Silencio de los Ángeles Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y ocho mil novecientos treinta y cuatro, se acordó la disolución de la sociedad, de conformidad con el Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, diez de mayo del dos mil doce.—Lic. José Miguel Alfaro Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012050210).

Mediante asamblea general de socios, de las doce horas del siete de mayo del dos mil doce, la sociedad G.H. International Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y tres mil quinientos dos, se acordó la disolución de la sociedad, de conformidad con el Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, diez de mayo del dos mil doce.—Lic. José Miguel Alfaro Rodríguez, Notario.—(IN2012050211).

Mediante asamblea general de socios, de las doce horas del siete de mayo del dos mil doce, la sociedad Taller y Eventos Catarsis S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil seiscientos tres, se acordó la disolución de la sociedad, de conformidad con el Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, diez de mayo del dos mil doce.—Lic. José Miguel Alfaro Rodríguez, Notario.—(IN2012050212).

Mediante asamblea general de socios, de las doce horas del siete de mayo del dos mil doce, la sociedad Los Senderos de las Nubes Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil setenta y cuatro, se acordó la disolución de la sociedad, de conformidad con el Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, diez de mayo del dos mil doce.—Lic. José Miguel Alfaro Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012050213).

Por escritura número-noventa y seis, otorgada a las nueve horas del veintidós de mayo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Grupo Malec Sociedad Anónima, en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veintitrés de mayo del dos mil doce.—Lic. Ileana María Mateo Peralta, Notaria.—1 vez.—(IN2012050214).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del veinte de abril del dos mil doce, se modificó cláusula sexta de la sociedad de K.S Designs S.R.L.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—(IN2012050215).

Ante esta notaría, a las 17:30 horas del 24 de marzo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de socios celebrada por Inversiones Castillo P S. A. Se modifica parcialmente el pacto constitutivo, se realizan nuevos nombramientos de junta directiva mediante la escritura número 145-25: tomo 25 del protocolo la Licda. Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 23 de mayo del 2012.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012050216).

Ante esta notaría a las 16:15 horas del 25 de mayo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Café Web Don Arturo S. A., cédula jurídica número 3-101-188825, donde se acuerda disolver la sociedad, mediante la escritura número 272-1 del tomo 1 del protocolo de la Licda. Melissa Villalobos Ceciliano.—Pérez Zeledón, 25 de mayo del 2012.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2012050217).

Ante esta notaría, a las 15:00 horas del 23 de mayo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Laboratorios Agro Industriales Lagroin S. A., cédula jurídica número 3-101-098818, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Martín González, Romero, donde se acuerda disolver la sociedad, mediante la escritura número 144-25 del tomo 25 del protocolo de la Licda. Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 23 de mayo del 2012.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012050218).

Ante esta notaría a las 10:00 horas del 23 de mayo del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Servicios Diversos Fuaba S. A., cédula jurídica número 3-101-576792, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Nelson Fuentes Abarca, donde se acuerda disolver la sociedad, mediante la escritura número 141-25 del tomo 25 del protocolo de la Licda. Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 23 de mayo del 2012.—Lic. Hellen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012050219).

Conforme protocolización otorgada ante esta notaría del acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Automotriz Dinámica de Guachipelín Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-574271, con domicilio social en San José, celebrada a las dieciséis horas del cuatro de mayo del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad por acuerdo unánime de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Dicha compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Heredia, 25 de mayo del 2012.—Lic. Elizabeth Víquez Matamoros, Notaria.—1 vez.—(IN2012050225).

Por escritura 211 de las 14:00 horas del 29 de mayo del 2012, se reformó las cláusulas segunda sobre el domicilio social y la quinta sobre el capital social en la sociedad Servicios de Patología y Soporte Técnico S. A., cédula jurídica 3-101-624597.—Heredia, a las 14:13 horas del 29 mayo del 2012.—Lic. Saúl González Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012050226).

Conforme protocolización otorgada ante esta notaría del acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Haciendas Montebarva Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cincuenta y dos mil cuatrocientos sesenta y nueve, con domicilio social en Barva de Heredia, celebrada a las quince horas del veintitrés de abril del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad por acuerdo unánime de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Dicha compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Heredia, 25 de mayo del 2012.—Lic. Elizabeth Víquez Matamoros, Notaria.—1 vez.—(IN2012050227).

Asamblea de accionistas de la empresa Icreativa Soluciones Informáticas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-305254, acuerdan disolver la empresa. Escritura otorgada a las 08:00 horas del 22 de mayo del 2012.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2012050229).

Asamblea de accionistas de la empresa Inversiones Inmobiliarias Grupo Roka Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-3817341, acuerdan disolver la empresa. Escritura otorgada a las 09:00 horas del 22 de mayo del 2012.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2012050231).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 29 de mayo del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Diieu S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-270767, domiciliada en San José, Barrio Amón, avenida 13, calle 3, Nº 330, en la cual se acordó disolver dicha sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, y así se comunica para que dentro de los treinta días siguientes a la publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada conforme al artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Mario Alberto Sánchez Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012050232).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:30 horas del 25 de mayo del 2012, por acuerdo unánime de socios, se procedió a disolver la sociedad Marana Ocho del Este S. A. Domiciliada: en Heredia, San Rafael, Concepción, de la escuela 900 metros este, cédula de persona jurídica Nº 3-101-166888, de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, y así se comunica para que dentro de los treinta días siguientes a la publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada conforme al artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. Mario Alberto Sánchez Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012050234).

Asamblea de accionistas de la empresa Vigésimo Lote Entre Rondas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-330637, acuerdan disolver la empresa. Escritura otorgada a las 09:00 horas del 21 de mayo del 2012.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2012050235).

Ante esta notaría, se procede a protocolizar actas de asambleas extraordinarias de las sociedades: KRA Diorama Sociedad Anónima, así como de la sociedad Río Barva Sociedad Anónima, en ambas se acordaron las disoluciones y liquidaciones de dichas sociedades a partir la primera veinticuatro y la segunda veintiocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Tamara Montecinos Ahumada, Notaria.—1 vez.—(IN2012050240).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 28 de mayo del 2012, se declara disolución de Productos Armados Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—(IN2012050244).

Mediante escritura otorgada ante esta notaria, número 113, en la ciudad de San José, al ser las 08:00 horas del 30 de mayo del 2012, se constituyó la sociedad Ecodesarrollo Prado Antiguo S. A. Es todo.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—(IN2012050246).

Por escritura número doscientos treinta y cinco-uno, al ser las doce horas del día 29 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad Rei Ser Sociedad Anónima. Presidente: Reiner Mata González. Secretario: Sergio Hernández Ávila. Tesorera: Vanesa Sánchez Ramírez. Fiscal: Manuel Gustavo Mata González. Agente residente: Alejandra Rojas Carballo. Es todo.—Lic. Ileana María Arroyo Rocha, Notaria.—1 vez.—(IN2012050252).

Por instrumento autorizado a las 18:00 horas del 28 de mayo del 2012, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Euroconfort RVJ S. A., en virtud de la cual se acordó reformar la cláusula de la administración, y se nombra nueva junta directiva.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. Cecilia Naranjo Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2012050259).

Por instrumento público autorizado por esta notaría, a las 10:00 horas del 28 de mayo del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de 3-101-590195 S. A., mediante los que se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. Luis Eduardo Sibaja Guillén, Notario.—1 vez.—(IN2012050260).

Ante esta notaría, se disuelve la sociedad Los Angels Gumo S. A., según artículo 201 Código de Comercio, no hay activos ni pasivos.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Sonia Montero Briceño, Notaria.—1 vez.—(IN2012050278).

Ante esta notaria, se disuelve la sociedad Centro de Biopsia Esterotaccica y Mamografía Bioestermamografía S. A., según artículo 201 Código de Comercio, no hay activos ni pasivos.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Sonia Montero Briceño, Notaria.—1 vez.—(IN2012050279).

Ante esta notaría, se disuelve la sociedad Impact Oncology Partners I O P S. A., según artículo 201 Código de Comercio, no hay activos ni pasivos.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Sonia Montero Briceño, Notaria.—1 vez.—(IN2012050280).

Ante esta notaría, se disuelve la sociedad Servicios Médicos del Sur SMS S. A., según artículo 201 Código de Comercio, no hay activos ni pasivos.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Sonia Montero Briceño, Notaria.—1 vez.—(IN2012050281).

Al ser las once horas quince minutos del 25 de mayo del 2012, se protocoliza acuerdos de socios para disolver las siguientes sociedades: Desarrollos Urbanísticos Villa Roel Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciocho mil setecientos diecinueve y Asesoría y Capacitación Integral ACI Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciocho mil doscientos ochenta y dos, las cuales no tienen bienes activos o pasivos que liquidar, por lo que se declararon disueltas.—Lic. Rosa Elena Segura Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2012050283).

Al ser las 12:00 horas del 25 de mayo del 2012, se protocoliza acuerdos de socios para disolver las siguientes sociedades: Grupo Jurídico Rocas de Ultramar RU Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos un mil doscientos veintidós, la cual no tiene bienes, activos o pasivos que liquidar, por lo que se declaró disuelta.—Lic. Rosa Elena Segura Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2012050284).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 08:00, 09:00 y 10:00 horas del 29 de mayo, todas del 2012, se protocolizaron asambleas generales de accionistas de: a) Alausí S. A., donde se acuerda su disolución; b) Construcciones Sombrero de Osa S. A., donde se acuerda su disolución, y c) Inmobiliaria E.J.B. S. A., donde se acuerda su disolución, todas respectivamente.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—(IN2012050285).

Tres-ciento uno-cinco nueve seis cero cero cero S. A., cédula número tres-ciento uno-cinco nueve seis cero cero cero, comunica que acordó disolver esta sociedad de acuerdo al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Belén, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2012050287).

Por escritura Nº 109, otorgada en esta notaría, a las 09:00 horas del 12 de mayo del 2012, se constituyó la sociedad: Rajan Trader S.R.L. Plazo social: 50 años. Capital social: ¢10.000.000,00, la cual será administrada por dos gerentes.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2012050290).

Por escritura número trescientos cuatro, otorgada en Alajuela, a las ocho horas treinta y cinco minutos del veinticuatro de mayo del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Repuestos y Lubricentro JR Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-cinco ocho tres cero seis seis, donde se acordó la disolución y liquidación de la mencionada sociedad.—Alajuela, veinticuatro de marzo del dos mil doce.—Lic. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2012050301).

Que ante este notario, se constituyó la sociedad anónima denominada Electro Partes C Y D, con un capital social de diez mil colones. Domiciliada: en Alajuela, El Coyol, trescientos metros oeste de la Iglesia.—Alajuela, 17 de abril del 2012.—Lic. César Andrés Gómez Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2012050303).

En mi notaría, a las 16:00 horas del 20 de marzo del 2012, mediante escritura Nº 244, se procedió a protocolizar acta de asamblea extraordinaria de socios número uno celebrada en el domicilio social, el veintinueve de marzo del dos mil doce, de la sociedad Exportadora Tarpan S.S. Publíquese.—Alajuela, 29 de mayo del 2012.—Lic. César Andrés Gómez Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2012050304).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Mujer No Estas Sola Sociedad Civil; por la cual se procede a la disolución de esta sociedad por acuerdo de todos los socios, de conformidad con los artículos mil doscientos treinta y siete, y mil doscientos cuarenta y cinco del Código Civil. Escritura otorgada en Heredia, a las ocho horas del veintiocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Víctor Manuel Fallas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012050307).

La sociedad denominada Servicios Secretariales Serseco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero seis cinco cuatro dos siete-treinta y siete, reforma razón social, para que se denomine Creativo Arquitectura y Construcción Sociedad Anónima. Asimismo reforma cláusula segunda del pacto social sea reforma su domicilio social, asimismo reforma cláusula tercera del objeto de la sociedad y reforma cláusula sétima de la administración y representación social de la sociedad. Nombra junta directiva y fiscal.—Alajuela, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Óscar Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012050314).

La sociedad denominada Eco Wash Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y tres mil seiscientos ochenta, acuerda disolver la sociedad, no habiendo activos ni pasivos se prescinde nombrar liquidador y se liquida por consiguiente la referida sociedad.—Alajuela, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Óscar Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012050315).

La sociedad denominada Distribuidora Local Motion de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y siete mil novecientos cuarenta, acuerda disolver la sociedad, no habiendo activos ni pasivos se prescinde nombrar liquidador y se liquida por consiguiente la referida sociedad.—Alajuela, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Óscar Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012050316).

Mediante escrituras Nos. 34 y 244-2, se protocolizan actas de las sociedades: 3102652082 Limitada y 3102598841 Limitada de la primera sociedad se nombran gerentes, de la segunda sociedad se acuerda su disolución. Es todo.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. José Juan Sánchez Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2012050317).

La sociedad denominada Súper Servicio Estación La Ceiba Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cero seis uno ocho siete, acuerda disolver la sociedad, no habiendo activos ni pasivos se prescinde nombrar liquidador, y se liquida por consiguiente la referida sociedad.—Alajuela, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Óscar Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012050318).

Por escritura número ciento cincuenta y ocho, de esta notaría, se reformó pacto constitutivo de la sociedad denominada Centro de las Artes Gráficas S. A.—San José, diecinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012050354).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día 29 de mayo del 2012, se disuelve la sociedad Comercializador Internacional Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-133921, por acuerdo de los socios, según lo establecido artículo 201, inciso d) del Código de Comercio; con domicilio social en San José. Presidente y tesorera, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 29 de mayo del 2012.—Lic. Cynthia Sandoval Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2012050355).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del día 27 de mayo del 2012, se disuelve la sociedad IL Logística Integrada de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-473347, por acuerdo de los socios, según lo establecido artículo 201, inciso d) del Código de Comercio; con domicilio social en Alajuela. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 28 de mayo del 2012.—Lic. Cynthia Sandoval Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2012050356).

Por escritura otorgada a las diez horas del treinta de mayo del dos mil doce, se protocolizó acuerdo de asamblea de socios de la sociedad: Puertas Americanas Sociedad Anónima; Lectores Informáticos Sociedad Anónima, y Corporación Depomak Sociedad Anónima, fusionándose las dos primeras con la tercera, reformándose la cláusula quinta de esta última.—San José, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, Notario.—1 vez.—(IN2012050357).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del día 26 de mayo del 2012, se disuelve la sociedad Nicaraocali Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-413148, por acuerdo de los socios, según lo establecido artículo 201, inciso d) del Código de Comercio; con domicilio social en Cartago, La Unión, Tres Ríos. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 28 de mayo del 2012.—Lic. Cynthia Sandoval Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2012050358).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del día 26 de mayo del 2012, se disuelve la sociedad Tanita Info Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-524839, por acuerdo de los socios, según lo establecido artículo 201, inciso d) del Código de Comercio; con domicilio social en Alajuela. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 28 de mayo del 2012.—Lic. Cynthia Sandoval Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2012050359).

Ante esta notaría, a las 13:00 horas del 3 de mayo del 2012, se protocolizó el acuerdo de los socios para la disolución de Mags Moda y Estilo Actual Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-566987; conforme lo establecido en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, ante los notarios: Catalina Rojas Ramírez y Martín Alonso Gómez Siles.—Alajuela, 30 de mayo del 2012.—Lic. Catalina Rojas Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050360).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del día 2 de mayo del 2012, protocolicé asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: Veterinaria Hatillo S. A. Se aumenta el capital social de la sociedad.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2012050361).

Mediante escritura pública Nº 133, de las 10:00 horas del 30 de mayo del 2012, iniciada al folio 77 frente del tomo 1 de mi protocolo, se constituyó la sociedad Corporación Importfruit de Costa Rica S. A. Domicilio: Santa Ana. Plazo social: 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar de manera conjunta al menos dos de ellos.—Lic. Juan Pablo Ruiz Imbert, Notario.—1 vez.—(IN2012050363).

Mediante acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sueñostour Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-134736, celebrada a las 16:00 horas del 15 de mayo del 2012, se acuerda disolver dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Se advierte que la sociedad no tiene actualmente ningún bien o activo ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene actividades ni operaciones de ninguna naturaleza. Por tal razón se prescinde del trámite de liquidador y su nombramiento así como del resto de trámites excepto el edicto.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Alejandro Goicuria Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012050368).

Por escritura pública otorgada ante el suscrito notario en la ciudad de San José, a las 11:00 horas del veinticuatro de abril del 2012, se constituyó la sociedad denominada Grupo Sureña JMU Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, representado por mil acciones comunes y nominativas de un dólar cada una, suscritas y pagadas en su totalidad. Plazo social: 99 años. Su domicilio social será en San José, San Rafael de Escazú, Edificio, Avenida Escazú, Torre AE dos, quinto piso. Presidente y secretario como representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 25 de mayo del dos mil doce.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—(IN2012050370).

Ante mi notaría, mediante escritura número cincuenta y dos, otorgada a las dieciséis horas del treinta de mayo del dos mil doce, se protocolizó el acta en la que se acuerda la liquidación de la sociedad Conelectricas S. A.—Lic. Javier Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—(IN2012050372).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria número dos de la sociedad Family Arroyo Alvarado Sociedad Anónima, persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y siete mil sesenta y seis. Se acuerda la disolución de la sociedad, conforme al artículo doscientos uno, inciso d); del Código de Comercio. Escritura otorgada en Atenas, a las nueve horas, del veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050373).

Protocolización del expediente número dos denominado disolución de la sociedad F G G Villa Alonso Sociedad Anónima, bajo la persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintiséis mil seiscientos doce. Se acuerda la disolución de la sociedad, conforme al artículo doscientos uno, inciso d); del Código de Comercio. Escritura otorgada en Atenas, a las nueve horas del día treinta de mayo del dos mil doce.—Licda. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050374).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria número cinco de la sociedad Girasoles y Plantas Ornamentales GPO Sociedad Anónima, persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y cuatro mil setecientos cuarenta. Se acuerda la disolución de la sociedad, conforme al artículo doscientos uno, inciso d); del Código de Comercio. Escritura otorgada en Atenas, a las dieciséis horas, del veintinueve de mayo del dos mil doce.—Licda. Rosa María Artavia Sánchez, Notaría.—1 vez.—(IN2012050375).

Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas del veintinueve de mayo del dos mil doce se modificó las cláusulas primera y sétima de sociedad de esta plaza, Inmobiliaria P F de Coronado Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012050376).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, del día 30 de mayo del 2012 se acuerda la disolución de la siguiente sociedad, Robust Exim S. A.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012050381).

Mediante escritura otorgada el día 28 de mayo del 2012, se acuerda la liquidación de la sociedad Coolcar Publicidad CCP S. A. S. A., respectivamente.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012050382).

Mediante escritura otorgada el día 3 de mayo del 2012, se acuerda reformar la cláusula segunda de la sociedad Pride and Glory S. A.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012050383).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Nefah Sociedad Anónima, según la cual se reforman las cláusulas segunda, cuarta, octava y décima tercera; se agrega la cláusula décima sexta; se aceptan renuncias y se nombra secretario, tesorero y agente residente.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Hugo Gerardo Cavero Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012050385).

El día de hoy se constituyó la sociedad denominada Carpe Diem Semper Deus Sociedad de Responsabilidad Limitada; Domicilio: Santo Domingo de Heredia, de la Basílica, cuatrocientos metros sur y ciento cincuenta metros este, casa color blanco a mano derecha, distrito primero del cantón tercero de la provincia de Heredia. Capital social: cuatrocientos mil colones. Plazo social: cien años a partir de su constitución.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Johnny Alfaro Llaca, Notario.—1 vez.—(IN2012050386).

Por escritura número 189 otorgada ante la suscrita notaria a las 15:00 horas del 25 de mayo del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Tritón de Cartago S. A., en los que se acordó la disolución de la sociedad. Cualquier interesado puede oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada, dentro de los 30 días siguientes a esta publicación.—San José, 25 de mayo del 2012.—Licda. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2012050387).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general de la empresa IOL LLC Sociedad Anónima, por medio de la cual se disuelve la misma.—San José, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Virgilio Fernando Calvo Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2012050389).

Por escritura número ciento treinta y dos-doce, otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del día veinticinco de mayo del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de aumento de capital de la entidad denominada Tecnología La Confianza S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres siete tres nueve cuatro dos.—Lic. Javier Desanti Henderson, Notario.—1 vez.—(IN2012050390)Por escritura número doscientos treinta y uno-cuarenta y dos otorgada hoy ante mí, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Insumos Madereros Internacionales S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012050397).

.Por escritura número doscientos treinta-cuarenta y dos otorgada hoy ante mí, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mayo Industrial S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012050398).

Por escritura número ochenta y ocho, otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del treinta de mayo del dos mil doce, se modificó la cláusula segunda de la sociedad The Flowers Dream Corporation SRL, con cédula jurídica tres-ciento dos- trescientos ochenta y nueve mil setenta y uno.—San José, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Paola María Montealegre Sauma, Notaria.—1 vez.—(IN2012050399).

Por escritura número ochenta y siete, otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del veintinueve de mayo del dos mil doce, se modificó la cláusula segunda de la sociedad Henley Capital Costa Rica SRL, con cédula jurídica tres-ciento dos-trescientos tres mil seiscientos ochenta y seis.—San José, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Paola María Montealegre, Notaria.—1 vez.—(IN2012050400).

Se comunica a interesados y público en general que las sociedades Feyma S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cinco cero cuatro seis ocho ha acordado su disolución, prescindiendo del trámite de liquidador y liquidación por no tener activos, ni pasivos ni actividades comerciales o naturaleza alguna. Lo anterior consta en la escritura veintidós - dos, del tomo segundo del protocolo del suscrito notario en las cuales constan los acuerdos firmes de disolución de la sociedad y se autoriza al suscrito a protocolizar dicha acta e inscribirla en el Registro.—Lic. Gerardo Jiménez Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012050401).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 del 28 de mayo del año dos mil doce, se disuelve la sociedad Vimur y Asociados S. A., titular de la cédula número 3-101-347-152, por acuerdo de socios, se comisiona a la suscrita notaria.—San José, 28 de mayo del 2012.—Licda. Kora Ana Arias Cortés, Notaria.—1 vez.—(IN2012050404).

Por escritura otorgada en esta notaría, el día 30 de mayo del 2012, a las 15:00 horas, se acordó la disolución de Home & Tex CR S. A., cédula 3-101-578226 conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda la disolución de la sociedad. Por no existir activos, ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna dase se prescinde del nombramiento de liquidador. Presidenta: Tania Alvarado Fernández.—Palmares de Alajuela, 30 de mayo del 2012.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050408).

Por escritura otorgada en esta notaría el día 30 de mayo del 2012, a las 14:30 horas, se acordó la disolución de RJ & Hijas Intex S. A., cédula 3-101-578851 conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda la disolución de la sociedad. Por no existir activos, ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna clase se prescinde del nombramiento de liquidador. Presidenta: Tania Alvarado Fernández.—Palmares de Alajuela, 31 de mayo del 2012.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050409).

Por escritura otorgada en esta notaría el día 30 de mayo del 2012, a las 14:00 horas, se acordó la disolución de Inversiones Marro e Hijas S. A., cédula 3-101-246569 conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda la disolución de la sociedad. Por no existir activos, ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna clase se prescinde del nombramiento de liquidador. Presidenta: Rosalbania Fernández Castro.—Palmares de Alajuela, 30 de mayo del 2012.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050410).

Por escritura número cincuenta y seis; otorgada el 28 de mayo del 2012, ante el Lic. Giovanni Cabezas Zeledón, notario público, compareció Pedro Ulibarri Leiva, cédula de identidad número: 1-1074-092, a efecto de protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, donde se reformó la cláusula novena de los estatutos; de la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad Constructora Indar Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101-641819. Es todo.—Heredia, Belén, diez horas veintiocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Giovanni Cabezas Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012050411).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del 29 de mayo del dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Burke y Quirós S. A., cédula 3-101-100126, donde se acuerda cambiar la razón social a Burke & Burke S. A., se nombra nuevo fiscal y se revoca cargo de agente residente.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—(IN201050422).

Por escritura número quince-sesenta y cuatro, de las trece horas del treinta de mayo del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Thermocerámica S. A., celebrada a las diez horas el cuatro de mayo de dos mil doce, donde se acordó su disolución.—Alajuela, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Zetty Bou Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2012050423).

Por escritura número trece-sesenta y cuatro, de las doce horas del treinta de mayo de dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Bronco Renta Autos Ltda., celebrada a las nueve horas el veinticinco de enero de dos mil doce, donde se acordó su disolución.—Alajuela, treinta de mayo de dos mil doce.—Lic. Zetty Bou Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2012050424).

Por escritura número catorce-sesenta y cuatro, de las doce y treinta horas del treinta de mayo de dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Real Inmobiliaria Vigo S. A., celebrada a las diez horas el veintiocho de mayo de dos mil doce, donde se acordó su disolución.—Alajuela, treinta de mayo de dos mil doce.—Lic. Zetty Bou Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2012050425).

Por escritura: doscientos setenta y uno, visible en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa: Bahía de Hudson S. A., en la que se modifica la cláusula segunda del pacto social, y se nombra nueva secretaria. Es todo.—San José, veintiocho de mayo de dos mil doce.—Licenciado Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012050429).

Por escritura doscientos sesenta y siete, visible en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Arlles Te S. A., en la que se aumenta el capital social. Es todo.—San José, veintitrés de mayo de dos mil doce.—Licenciado Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012050430).

Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad compañía tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y dos mil cuatrocientos setenta y seis sociedad anónima, celebrada al ser las trece horas y veinte minutos del día diez de febrero del dos mil doce, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2012050431).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada Rancho Cascada Harlow Limitada .Su plazo social es de cien años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el gerente es el representante legal, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de mayo del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2012050433).

Por escritura otorgada el día 15 de mayo del 2012, ante mí Msc Frank Herrera Ulate, se disuelve la sociedad Hand Craft From Costa Rica HC S. A.—San José, 30 de mayo del 2012.—Msc. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2012050435).

Ante esta notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Desarrollos Profesionales de Reclutamiento Asesoría y Consultoría L Employe de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno -trescientos nueve mil ciento sesenta, donde se acuerda disolver y liquidar la sociedad en mención, de conformidad con el artículo 201, inciso d, del Código de Comercio.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Claudio Gómez Acuña, Notario.—1 vez.—(IN2012050437).

Por escritura número ciento cuarenta y seis otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veintiocho de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad El Consumidor Inteligente S. A..—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notaria.—1 vez.—(IN2012050438).

Por escritura pública, otorgada el día de hoy, ante mí se modificó la cláusula novena, en cuanto a la administración y se nombra nuevo secretario, en la compañía Equilibrium M.B.D.A. Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de mayo de dos mil doce.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012050440).

En escritura otorgada ante esta notaría al ser las 13:00 horas del 30 de mayo de 2012, se constituyó JF Perrone Palmas Investments S.R.L., domicilio en San José, objeto genérico, plazo 100 años, capital social 12.000 colones. Gerente: John F Perrone.—San José, 30 de mayo de 201 2.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2012050441).

Por escritura pública, otorgada el día de hoy, ante mi se modificó la cláusula primera, en cuanto al nombre y se nombra nuevo secretario, en la compañía Agropecuaria Colina Del Norte Sociedad Anónima.—San José, treinta de mayo de dos mil doce.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012050442).

Ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Múltiples Ebash Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- trescientos sesenta y siete mil doscientos sesenta y cuatro, que modifica la cláusula sexta del pacto social. Es todo.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012050443).

Ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Naturaleza EBS Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- doscientos cuarenta y tres mil novecientos dieciocho, que modifica la cláusula sexta del pacto social. Es todo.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012050444).

Ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Pague Menos Almacén de Descuentos del Valle Central Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- trescientos veintiocho mil ochocientos noventa y cinco, que modifica la cláusula sexta del pacto social. Es todo.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012050445).

Ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Arrendadora Bahshie del Este Número Tres Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- ciento noventa mil uno, que modifica la clausula octava del pacto social. Es todo.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012050446).

Ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Empresa Escudos Azules Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- ciento cincuenta y un mil cuarenta y tres, que modifica la clausula sétima del pacto social. Es todo.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012050447).

Ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos veintidós mil ciento veintiséis sociedad anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- seiscientos veintidós mil ciento veintiséis, que modifica la cláusula sexta del pacto social. Es todo.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012050448).

Ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Centro Comercial San Juan de Dios Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- dos mil setecientos veintisiete, que modifica la cláusula cuarta del pacto social. Es todo.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012050449).

Ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Express Rex Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y dos mil setecientos veintinueve, que modifica la cláusula sexta del pacto social. Es todo.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012050450).

Ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Multi Tienda Rex Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- doscientos sesenta y un mil seiscientos setenta y tres, que modifica la cláusula sexta del pacto social. Es todo.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012050451).

Ante esta Notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada El Armario Colonial Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- doscientos cincuenta y cinco mil dos, que modifica la cláusula sexta del pacto social. Es todo.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012050452).

Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las nueve horas del diecinueve de abril del dos mil doce, protocolizo acta de la sociedad Bufete Marco Leitón S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad, es todo.—San José 19 de abril del 2012.—Lic. Laura Castro Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2012050456).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 10:30 horas del 31 de mayo del 2012, se constituyó la compañía Pcoladacr S. A., capital social íntegramente suscrito y pagado, plazo social: 99 años, presidente Sue Mei Acón Chan.—San José 31 de mayo del 2012.—Lic. Marco Antonio Leitón Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012050457).

Ante mí María Del Rocío Montero Vílchez, Notaria Pública, con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las once horas y diez minutos del treinta y uno de mayo del dos mil doce, se disolvió la empresa Soluciones Informáticas C S Sociedad Anónima.—31 de mayo del 2012.—Lic. María Del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050458).

Ante mí María Del Rocío Montero Vílchez, Notaria Pública, con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las diez horas del treinta y uno de mayo del dos mil doce, se disolvió la empresa Corporación de Inversiones CI Sociedad Anónima.—31 de mayo del 2012.—Lic. María Del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050459).

Ante esta Notaría, mediante escritura número 408 otorgada a las 15:30 horas del 29 de mayo del 2012, se procede a modificar la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Localización Satelital H Y F Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-286295, que se lea del nombre social: Seguros de Inversión Global Sociedad Anónima.—Lic. María Del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050460).

Ante esta Notaría, mediante escritura número 400 otorgada a las 9:30 horas del 25 de mayo del 2012, se procede a disolver la sociedad de nombre Conservación Verde Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-242025.—Lic. María Del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012050461).

Por escritura otorgada ante esta Notaría el día catorce de noviembre del año dos mil once, se fusionaron las sociedades Poco Siesta Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-noventa y ocho mil doscientos sesenta y cinco y la sociedad Poco Siesta Mountain Lodge Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos setenta y seis mil trescientos y treinta y dos, prevaleciendo por absorción de la otra sociedad Poco Siesta Mountain Lodge Limitada.—San José, treinta de mayo del año dos mil doce.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2012050462).

Se hace constar que por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios celebrada a las 18:00 horas del 16 de marzo del 2012, se dispuso la fusión de Las Olas de Boca Nosara S. A., Los Jardines de Boca Nosara S. A., y Las Playas de Boca Nosara S. A., sobreviviendo la primera. Además, en la misma asamblea se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto social de Las Olas de Boca Nosara S. A., cuya cédula es 3-101-578755.—San José, 24 de mayo de 2012.—Lic. Ramón María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—(IN2012050463).

Se hace constar que por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios celebrada a las 17:00 horas del 16 de marzo del dos mil doce, se dispuso la fusión de Inversiones Myrtle en Nosara S. A., cédula 3-101-259684, con Las Vistas de Boca Nosara S. A.; Las Palmas de Boca Nosara S. A., y Los Sueños de Boca Nosara S. A., sobreviviendo la primera. Además, en la misma asamblea se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto social de Inversiones Myrtle en Nosara S. A..—San José, 24 de mayo de 2012.—Lic. Ramón María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—(IN2012050464).

Se hace constar que por asamblea general extraordinaria de socios de Estudio General de Costa Rica S. A., cédula 3-101-27920, celebrada a las 11:00 horas del 16 de abril de 2012, se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Ramón María Iglesias Piza, Notaria.—1 vez.—(IN2012050465).

Se hace constar que por acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas celebrada a las 16:00 horas del 16 de marzo de 2012, se aprobó el proyecto de fusión de las sociedades CRISTAL METAMÓRFICO S. A., LOS VENADOS DE VIDA VERDE, S. A., LAS TAMANDÚAS DE VIDA VERDE S. A., LOS ARMADILLOS DE VIDA VERDE S. A., LOS PEREZOSOS DE VIDA VERDE S. A., LOS TIGRES DE VIDA VERDE S. A., LOS COYOTES DE VIDA VERDE S. A., LOS MAPACHES DE VIDA VERDE S. A.; LOS PIZOTES DE VIDA VERDE S. A., LOS ZORROS DE VIDA VERDE S. A. LAS ARDILLAS DE VIDA VERDE S. A., LOS PUMAS DE VIDA VERDE S. A., y LOS MONOS DE VIDA VERDE S. A. La sociedad CRISTAL METAMÓRFICO S. A., cédula 3-101-489154, será la que subsistirá y absorberá a todas las demás. Además, se acordó reformar las cláusulas segunda y sexta del pacto social de CRISTAL METAMÓRFICO S. A.—San José, 24 de mayo del 2012.—Lic. Ramón María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—(IN2012050466).

Por escritura número doscientos veintisiete de las ocho horas del treinta de mayo de dos mil doce, otorgada en mi notaría Litografía e Imprenta María Auxiliadora Sociedad Anónima, modifica la cláusula décima de su pacto social y nombra nueva junta directiva.—Heredia, 31 de mayo del 2012.—Lic. Walter Acosta Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012050468).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Servicios y Decoración F Y S Sociedad Anónima, domiciliada en San José, cantón Central, donde se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 26 de abril del año 2012.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012050471).

Mediante escritura pública número ciento ochenta y ocho-diez, otorgada a las quince horas del veinticinco de abril del año dos mil doce, OZS Internacional Sociedad Anónima, tres-cero doce-ciento treinta mil ochocientos cuarenta y uno, requiere disolver la empresa y no nombrar liquidares al carecer de activos y pasivos que liquidar.—San José, veinticinco de abril del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2012050472).

Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se reforma la cláusula segunda del pacto social de la sociedad C.G.E. Eximbras Sociedad Anónima.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012050473).

Mediante escritura pública número ciento cuarenta y siete, otorgada a las diecisiete horas del dieciséis de mayo del año dos mil doce, los notarios públicos José Pablo Masís Artavia, y Luis Fernando Castro Gómez, actuando en el protocolo del primero, se reforma el domicilio social de la empresa: Centro de Buceo Pacific Coast Sociedad Anónima, tres-ciento uno-trescientos cuatro mil quinientos setenta.—San José, veintiuno de mayo del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2012050474).

Mediante escritura pública número ciento cuarenta y ocho, otorgada a las diecisiete horas cinco minutos del dieciséis de mayo del año dos mil doce, los notarios públicos José Pablo Masís Artavia y Luis Fernando Castro Gómez, actuando en el protocolo del primero, se reforma el domicilio social de la empresa: Inversiones de Playa Tiziana Sociedad Anónima, tres-ciento uno-trescientos sesenta y dos mil seiscientos cuatro.—San José, veintiuno de mayo del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2012050475).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:40 horas del día 28 de mayo del dos mil doce, se constituye se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sada Boos Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de mayo del año 2012.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—(IN2012050476).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:40 horas del día 28 de mayo del dos mil doce, se constituye se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Machavar Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 28 de mayo del año 2012.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—(IN2012050477).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Torre Asturias Sociedad Anónima. Se reforma cláusula del domicilio y administración. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2012050478).

Ante esta notaría a las diecinueve horas del dos de abril del año dos mil doce, se disuelve la sociedad Oso Soldado Sueco Sociedad Anónima.—Lic. José Ronny Sandí Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2012050479).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada tres-ciento uno-quinientos ochenta y ocho mil doscientos sociedad anónima con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y ocho mil doscientos, domiciliada en Alajuela, del Museo Juan Santa María cincuenta metros norte, cuyo presidente es Emmanuel Villegas Villegas.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050489).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada XPLT Barvac Número Dieciséis Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos diecinueve mil cero cero uno, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050490).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución la de entidad denominada Barvac Número H E H Sociedad Anónima con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil doscientos sesenta y cuatro, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050491).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Barvac Número Doce B D C Sociedad Anónima con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil ochocientos veintiséis, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050492).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Barvac CAD Número Diecinueve Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil ochocientos veintiocho domiciliada Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050493).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada, Barvac Número Veinticuatro WQN Sociedad Anónima con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil ochocientos veinte, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050494).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución la entidad denominada Barvac Número Dieciocho PAD Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos diecisiete mil setecientos cuarenta y uno, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050495).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Barvac Numero Catorce QNA Sociedad Anónima con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil doscientos treinta y siete, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050496).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada, La JM Universal Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco, con domicilio social en San José, Moravia, costado sureste del Parque de Moravia, trescientos metros este y cincuenta metros sur, cuyo presidente es Jonathan Sanabria Víquez.—Heredia, 31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050497).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada G. A. Dos Mil Cinco Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y ocho mil seiscientos sesenta y cinco, San José, calles diez y once, frente a la escuela a mano derecha, cuya presidenta es Liliana Víquez Brenes.—Heredia, 31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050498).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Nasana Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y ocho mil seiscientos sesenta y cinco, celebrada en su domicilio, con domicilio San José, Tibás, Llorente, Residencial Ámbar, casa número nueve frente, cuyo presidente es Jonathan Sanabria Víquez.—Heredia, 31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050499).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada El Legendario Rancho Andino Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y ocho mil seiscientos sesenta y cinco celebrada en su domicilio, con domicilio social en San José, de Helados Wallas, cien metros este y cincuenta norte, cuya presidenta es Liliana Víquez Brenes.—Heredia, 31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050501).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Jardines Mana H Y J Sociedad Anónima con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y dos mil sesenta y tres, domiciliada en Heredia, en Heredia, San Pablo, setecientos metros al este, cincuenta metros al sur, cincuenta metros al este, cuyo presidente es Henry Álvarez Castro.—Heredia, 31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050502).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Archigreen Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos veintisiete mil novecientos treinta y uno, domiciliada en San Pablo de Heredia, Residencial Rincón Verde, casa cuarenta y seis B, cuyo presidente es Jarry Beltrán Valenzuela.—31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050503).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Corporación Ticali Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y siete mil trescientos dos, domiciliada en San Pablo de Heredia, Residencial Rincón Verde, casa cuarenta y seis B, cuyo presidente es Jaime Angulo.—31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050504).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Distribuidora Nemacol Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil novecientos veintiocho, domiciliada en San Pablo de Heredia, Residencial Rincón Verde, casa cuarenta y seis B, cuyo presidenta es Amanda Valenzuela Suárez.—31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050505).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada tres-ciento uno-quinientos ocho mil cuatrocientos ochenta y nueve sociedad anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ocho mil cuatrocientos ochenta y nueve, domiciliada en Heredia, setenta y cinco oeste de la Funeraria de Mercedes Sur, cuyo presidente es Adrián Gutierrez Varela.—31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050506).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada tres-ciento uno seiscientos diecisiete mil ciento noventa y ocho sociedad anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos diecisiete mil ciento noventa y ocho, domiciliada en Cartago, cuyo presidente es Adrián Gutiérrez Varela.—31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050507).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Inversiones Tolas Duras de Centroamérica Sociedad Anónima con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta mil ochocientos sesenta y seis, domiciliada en San Pablo de Heredia, cuyo presidente es Marvin Marín González.—31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050508).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Conculmar Regional Sociedad Anónima con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta mil ochocientos tres, domiciliada en Santo Domingo de Heredia, de la Basílica cincuenta norte y cien este, cuyo presidente es Guillermo Quirós Álvares.—31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050509).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Cervantes y Cervantes Asesores en Bienes Raíces Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y siete mil ochocientos diez, domiciliada en Santo Domingo de Heredia, del almacén Rodolfo Ocampo, cuatrocientos metros al norte, cincuenta al oeste y cincuenta al norte, cuya presidenta es Sonia Cervantes Umaña.—31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050510).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Inversiones Paluso Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento quince mil dieciséis, domiciliada en Santo Domingo de Heredia, del almacén Rodolfo Ocampo, cuatrocientos metros al norte, cincuenta al oeste y cincuenta al norte, cuya presidenta es Sonia Cervantes Umaña.—31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050511).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil ochocientos noventa y ocho sociedad anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil ochocientos noventa y ocho, domiciliada en Heredia, cincuenta metros norte del Restaurante Fresas, cuyo presidente es Eddy Cuevas Marín.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—(IN2012050512).

Por escritura otorgada ante esta notaría el treinta y uno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Ju-Avellan-Be Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil quinientos sesenta y tres, celebrada en su domicilio, con domicilio social en Heredia, de la escuela San Pablo, seiscientos este y cincuenta sur, casa blanca mano derecha, cuyo presidente es Judith Avellán Berrios.—Heredia, 31 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050513).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Barvac CDF Número Veintitrés Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos diecinueve mil ciento setenta y siete, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050514).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Los Cerezos del Oeste Número Tres Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil cien, domiciliada: Escazú, distrito uno, calle dos, avenidas cuatro y seis, numero setecientos, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050515).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Representaciones Alana Marfil Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y un mil trescientos veintitrés, San José, calles treinta y tres y treinta y cinco, avenida trece, casa número tres mil trescientos treinta y tres, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050516).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Cementos y Adesivos Lesa Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos dos mil novecientos cuarenta y cinco, domiciliada: Escazú, distrito uno, calle dos, avenidas cuatro y seis, número setecientos, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050517).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Las Nubes del Mallal Once Veintitrés Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos noventa y ocho, domiciliada: San José, calles treinta y tres y treinta y cinco, Avenida trece, casa número tres mil trescientos treinta y tres, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050518).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Inversiones Mapei Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y tres quinientos cincuenta y tres, domiciliada Escazú, distrito uno, calle dos, avenidas cuatro y seis, número setecientos, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050519).

Por escritura otorgada ante esta notaría el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Representaciones Marbella Cristal Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y seis setecientos veintitrés, domiciliada en Escazú, calle dos, avenidas cuatro y seis, número setecientos, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050520).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Pisos CN Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno -doscientos veinticuatro mil trescientos noventa y cuatro, domiciliada San José, calle veintitrés, avenida diez, casa número dos mil tres nueve, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050521).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Tico Cerámica Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres -ciento uno -doscientos treinta y cinco mil quinientos setenta y dos, domiciliada en Heredia, de las antiguas Bodegas del Banco Nacional, setenta y cinco metros este, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050522).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Barvac Número Veintiuno YAH Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos diecisiete mil seiscientos ochenta y cinco, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es: Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050523).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Barvac STB Número Quince Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil doscientos sesenta y cinco, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050524).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Barvac SEL Número Veintidós Sociedad Anónima con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos diecisiete mil ciento sesenta y dos, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050525).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Barvac Número Trece FMH Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos diecinueve mil trescientos setenta y dos, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050526).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Barvac Número Diecisiete EES Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos diecisiete mil cuatrocientos noventa y uno, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050527).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Barvac Número Once H J B Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil trecientos doce, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050528).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Barvac HCG Número Veinticinco Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos diecisiete mil seiscientos veintiséis, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050529).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el veintiuno de mayo del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Barvac DMA Numero Veintiséis Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil trescientos cincuenta y siete, domiciliada en Barva de Heredia, cuyo presidente es Enrique Salazar Arguedas.—Heredia, 21 de mayo del 2012.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012050530).

Ana Jane Camacho Soto y Rafael Argel Muñoz Astorga, constituyen empresa denominada Barvac Producciones y Servicios Sociedad Anónima, representada por su presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Escritura otorgada a las 16 horas del 26 de marzo del 2012.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2012050533).

Por escritura número doscientos doce de las diez horas del treinta de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad Microonda SCS de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres -ciento uno -cuarenta y seis mil quinientos sesenta y dos.—Lic. Karla Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012050534).

Constitución de Virtual Media Labs Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos limitados a ¢10.000 (diez mil colones).Escritura otorgada ante el notario Ulises Alberto Obregón Alemán, en la ciudad de San José, a las diez horas del día veintitrés de mayo de dos mil doce.—San José, 30 de mayo de 2012.—Lic. Ulises Obregón Alemán. Notario.—1 vez.—(IN2012050535).

Constitución de Nutbets Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos limitados a ¢10.000 (diez mil colones).Escritura otorgada ante el notario Ulises Alberto Obregón Alemán, en la ciudad de San José, a las diez horas del día veintidós de mayo de dos mil doce.—Lic. Ulises Obregón Alemán, Notario.—1 vez.—(IN2012050536).

Por escritura número doscientos tres, otorgada a las diecisiete horas del dos de mayo del dos mil diez, se disolvió la compañía Rasshyn Sulam Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos dieciocho mil seiscientos once. Por escritura número doscientos cinco otorgada a las dieciséis horas del dieciséis de mayo del dos mil doce, se disolvió la compañía Lagreen Residences Fox Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta mil quinientos treinta.—Lic. Karla Calderón Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2012050537).

Aduanera T F Sociedad Anónima, comunica que mediante asamblea general extraordinaria celebrada al ser las ocho horas del veinticuatro de mayo del dos mil doce, se revocó la cláusula sexta del pacto social, y se le otorgó la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, al presidente, secretario y tesorero, actuando en forma conjunta o separada, además se revocó el nombramiento del tesorero, nombrando en su lugar se nombró a Emny Eugenio Betancourth Lupi.—Heredia, veinticinco de mayo del dos mil doce.—Lic. Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2012050538).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las diecisiete horas del ocho de mayo del año dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Ganadera Hacienda El Progreso G.H.P Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-trescientos sesenta cero veintiséis.—San José, veinticuatro de mayo del año dos mil doce.—Lic. Laura Vargas Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2012050541).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día ocho de mayo del año dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Comercializadora García Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos diez trescientos cincuenta y cuatro.—San José, veinticuatro de mayo del año dos mil doce.—Lic. Laura Vargas Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2012050543).

Por escritura doscientos setenta y uno-cinco, del protocolo del notario Rolando Olivas Ortiz, de disolvió la sociedad Osyro Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno- ciento cuarenta y nueve mil dos.—Alajuela, treinta y uno de mayo del dos mil doce.—Lic. Rolando Olivas Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2012050545).

Ante esta notaría, en el mismo acto y hora se realiza cambio de junta directiva de la sociedad denominada Aribena Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- ciento setenta y un mil novecientos sesenta, en la que se sustituye Presidente y secretario y en el mismo acto se acuerda disolución de la sociedad denominada Importaciones Continental Talavera, cédula jurídica tres- ciento uno-trescientos treinta y dos mil seiscientos ochenta y uno.—San José, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2012050548).

Por escritura ante mí otorgada en San José, el veintiocho de mayo del dos mil doce, protocolicé acta en donde se disolvió Importaciones Continental Talavera S. A.Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2012050549).

Por escritura número veinte, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 22 de mayo del 2012, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Dr. Grill S. A., mediante la cual se aumentó el capital social de la compañía.—Alajuela, 29 de mayo del 2012.—Lic. María José González Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2012050551).

Ante ésta notaría, se protocolizó el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Buy China Direct Sociedad Anónima, con la cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil cuatrocientos sesenta y uno en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050552).

Ante ésta notaría, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios, de las diez horas del cuatro de mayo de dos mil doce, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Inversiones Neocafe de Costa Rica S. A., cédula jurídica número tres -ciento uno- cuatrocientos sesenta mil sesenta y nueve.—San José, veintiuno de mayo de dos mil doce.—Lic. Randall Salas Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012050553).

Ante ésta notaría, se protocolizó el acta número cinco de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Turquoise Development Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos seis mil novecientos noventa, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050554).

Ante ésta notaría, se protocolizó el acta número cinco de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad North American Enterprices Wichita Falls P B L H Limitada, cédula jurídica número tres - ciento dos - trescientos ochenta y dos mil doscientos once, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050555).

Ante ésta notaría, se protocolizó el acta número siete de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Capital Holdings Group Worlwide Limitada, cédula jurídica número tres - ciento dos - trescientos cincuenta y tres mil quinientos ocho, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050556).

Ante ésta notaría, se protocolizó el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mispacha Semeach Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos veintitrés mil ochocientos noventa y nueve, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050557).

Ante ésta notaría, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Ananindeua A.N. Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y tres, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050558).

Ante ésta notaría, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Amapa A.M. Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y uno, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050559).

Ante ésta notaría, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Americana A.R. Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y dos, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050560).

Ante ésta notaría, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Anapolis A.P. Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - quinientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y cuatro, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050561).

Ante ésta notaría, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Anavilhanas A.H. Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno -quinientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y seis, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050562).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Ancash A.S. Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - quinientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y ocho en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050563).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Amazonas A.Z. Nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - quinientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y nueve en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050564).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Aparecida de Goiania A.G. Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - quinientos cuarenta y seis mil quinientos sesenta en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050565).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Apurimac A.U. Once Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - quinientos cuarenta y seis mil quinientos sesenta y uno en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050566).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Aracaju A.J. Doce Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - quinientos cuarenta y seis mil quinientos sesenta y dos en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012050567).

Por escritura número catorce, otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 16 de mayo del 2012, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Jenbo S. A., mediante la cual se modificó la cláusula sexta de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—Alajuela, 29 de mayo del 2012.—Lic. María José González Barrantes, Notaria.—1 vez.—IN2012050568).

Por escritura número dieciséis, otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 17 de mayo del 2012, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Ana Bolena Perla Diecisiete S. A., mediante la cual se modificó la cláusula novena de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—Alajuela, 29 de mayo del 2012.—Lic. María José González Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2012050569).

 Por escritura número diecisiete, otorgada ante esta notaría, a las 9:30 horas del 17 de mayo del 2012, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Autovimo S. A., mediante la cual se modificó las cláusulas sétima, octava y segunda de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—Alajuela, 29 de mayo del 2012.—Lic. María José González Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2012050570).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Documento admitido traslado al titular

Ref.: 30/2011/36392.—Junior de México S. A. de C.V. C/ Coogi Partners Llc.—Documento: cancelación por falta de uso (Junior de México S. A. de C.V.).—Nº y fecha: Anotación/2-74443 de 08/09/2011.—Expediente: 2002-0009157 Registro Nº 145991 COOGI en clase 25 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 09:56:14 del 13 de setiembre del 2011.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación Parcial por falta de uso, promovida por el Lic. Aaron Montero Sequeira, en calidad de apoderado especial de Junior de México S. A. de C.V., contra la clase 25 internacional del registro del signo distintivo COOGI, Registro Nº 145991, el cual protege y distingue ropa, a saber, camisas, chalecos, suéteres, zapatos, gorras, pañuelos grandes (bandannas), pantalonetas, sudaderas, pantalones, fajas para vestir, medias, vestidos de baño, jackets, ropa para la lluvia, blusas, vestidos, calzado, calcetines, bufandas, sombreros, bandas para la cabeza, sobrería, pijamas y ropa para dormir, propiedad de Coogi Partners Llc. Conforme a lo previsto en los artículos 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—San José, 13 de setiembre del 2011.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—(IN2012051624).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Registro Inmobiliario

Se hace saber a I- Grupo BM Estrellas de Limón Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-301940, en su condición de propietario de la finca de Limón 5823, entidad representada por Bonifacio Medrano Gómez cédula 7-017-305. II.- Servicios Fiduciarios Múltiples SFM Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-115853, en su condición de propietario de la finca de Limón, 8746, entidad representada por Carolina Roldan Castillo, cédula 1-1267-952, cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales que la Dirección de este Registro ha iniciado Diligencias Administrativas que afectan dichos planos. Por lo anterior se les confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación a efecto de que presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se les previene que dentro de ese término debe señalar fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho. Asimismo, se les aclara que los detalles de esta gestión pueden consultarse en el Expediente 2012-0058-RIM que se tramita en la Dirección del Registro Inmobiliario.—Curridabat, 25 de mayo de 2012.—Lic. Kattia Meza Brenes, Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—1 vez.—O. C. Nº 12-0002.—Solicitud Nº 35126.—C-20700.—(IN2012052716).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Gerencia General.—San José, a las nueve horas con quince minutos del veinticinco de mayo del dos mil doce. Procedimiento administrativo de cobro establecido en contra de Priscilla Araya Barquero, portadora de la cédula de identidad número 1-0735-0222.

Resultando:

1º—Que mediante resolución GG-067-12 de las once horas quince minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce, esta Gerencia resolvió:

“Con fundamento en todo lo anteriormente expuesto, y con base en los numerales 146 y 149 de la Ley General de la Administración Pública, en relación con el numeral 40 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, declarar que Priscilla Araya Barquero, portadora de la cédula de identidad Nº 1-0735-0222 adeuda al Banco Nacional de Costa Rica la suma ¢3.777.895,16 (tres millones setecientos setenta y siete mil ochocientos noventa y cinco colones con dieciséis céntimos) por concepto de pago en exceso de un sesenta por ciento de salario líquido correspondiente a 56 días; así como la suma de ¢1.787.917,29 (un millón setecientos ochenta y siete mil novecientos diecisiete colones con veintinueve céntimos) por concepto de disfrute de 21.5 días de vacaciones no ganadas, - días no laborados; totalizando la suma de ¢5.565.812,45 (cinco millones quinientos sesenta y cinco mil ochocientos doce colones con 45/100).

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública se le realiza a la señora Priscilla Araya Barquero una primera prevención o intimación de pago, indicándole que deberá proceder al pago de estas sumas en un plazo no mayor a quince días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de la presente resolución; siendo que en caso contrario la administración interpondrá las acciones legales que correspondan para cobrarse la suma adeudada, más los intereses de ley y las costas procesales y personales que correspondan.

Se le indica a la señora Priscilla Araya Barquero que contra la presente resolución cabe únicamente el recurso de reposición, el cual deberá interponerse ante ésta Gerencias General, en el plazo de tres días siguientes a la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 126, 343, 34 y 345 de la Ley General de la Administración Pública. NOTIFÍQUESE…”

2º—Que habiendo sido debidamente notificada dicha resolución, (ver folios 265 a 282 del expediente administrativo) la misma se encuentra en firme, por no haber sido impugnada en tiempo y forma.

Considerando:

I.—Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 150 dispone que la ejecución administrativa no podrá ser anterior a la debida comunicación del acto principal; siendo que deberá hacerse preceder de dos intimaciones consecutivas.

II.—Que mediante resolución GG-067-12 de las once horas quince minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce, esta Gerencia realizó la primera intimación de pago; por lo que de previo a proceder a remitir este asunto a cobro judicial debe procederse con la segunda intimación de pago. Por tanto:

EL GERENTE GENERAL DEL BANCO

NACIONAL DE COSTA RICA

RESUELVE:

De conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública se le realiza a la señora Priscilla Araya Barquero una segunda prevención o intimación de pago, indicándole que deberá proceder al pago de ¢3.777.895,16 (tres millones setecientos setenta y siete mil ochocientos noventa y cinco colones con dieciséis céntimos) por concepto de pago en exceso de un sesenta por ciento de salario líquido correspondiente a 56 días; así como la suma de ¢1.787.917,29 (un millón setecientos ochenta y siete mil novecientos diecisiete colones con veintinueve céntimos) por concepto de disfrute de 21.5 días de vacaciones no ganadas, - días no laborados; totalizando la suma de ¢5.565.812,45 (cinco millones quinientos sesenta y cinco mil ochocientos doce colones con 45/100) en un plazo no mayor a quince días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de la presente resolución; siendo que en caso contrario la administración interpondrá las acciones legales que correspondan para cobrarse la suma adeudada, más los intereses de ley y las costas procesales y personales que correspondan. Notifíquese.

Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—O. C. Nº 511099.—Solicitud Nº 41995.—C-239720.—(IN2012050595).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL DE GUADALUPE

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El suscrito Jefe de Sucursal de Guadalupe, Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el Cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda al 24 de mayo 2012. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar la situación, caso contrario el adeudo quedará firme en Sede Administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

 

Razón social

Nº patronal

Monto adeudado

Asesores de Seguridad Roma S. A.

2-03101187285

40.827.322

Asociación Cristiana Centro de Adoración Fa.

2-03002156365

3.221.220

Bolaños Méndez Manrique José

0-00108920322

3.003.079

Carmona Fallas Juan Carlos

0-00107730267

5.123.634

Casa Mar Fishing Club Sociedad Anónima

2-03101011182

1.470.844

Conemosa Coorporación Negocios al Moment

2-03101266632

4.176.898

Constructora Bojorge y Abellán Sociedad A.

2-03101495668

6.165.240

Empresa Multiservicios Antares Sociedad An.

2-03101266430

16.503.554

Hermanos Pérez Modulares Sociedad Anónima

2-03101396624

2.179.431

Iberos Azulejos Sociedad Anónima

2-03101329038

15.044.060

Industrias Urnimundo S. A.

2-03101425826

5.806.004

Inversiones Temblores del Atlántico Sociedad

2-03101570140

1.125.873

Linos y Sweaters S A

2-03101398820

30.530.083

M & M Manufacturas Montero Sociedad Anón.

2-03101464968

2.917.905

Marbanical Sociedad Anónima

2-03101361874

120.544.679

Martínez y Compañía Mayco Auto Pinturas So

2-03101248825

21.730.622

Muebles Quercus J.L.A. S. A.

2-03101572556

14.843.269

Muebles Viso de Costa Rica

2-03101473562

11.766.966

Solmaracay Sociedad Anónima

2-03101357008

34.249.938

Representaciones Fabingri Sociedad Anónima

2-03101460125

3.851.804

S.M.A. Farmaplus Sociedad Anónima

2-03101456107

1.358.689

Sanrose J S J R Sociedad Anónima

2-03101504281

1.863.075

Sediflex Colors S A

2-03101520047

2.867.771

Servicio de Vigilancia Empresarial Joca Socie.

2-03101338215

25.249.619

Servicios Profesionales de Segurida R Y R S. A.

2-03101235494

18.587.461

Súper Coronado Sociedad Anónima

2-03101022920

6.345.990

 

Lic. Juan Carlos Delgado Cabalceta, Jefe.—RP20120299699.—(IN2012050850).

ÁREA DE INSPECCIÓN

Por ignorarse la dirección actual del patrono Comercializadora Cundinamarcas O R Sociedad Anónima, Número patronal: 2-03101285104-001-001, y número patronal anterior 318,131 00 3, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de Las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea Comercio del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Industria y Comercio, ha dictado el Traslado de Cargos del 25 de abril del 2012, que literalmente dice: :”De conformidad con lo expuesto se determinó lo siguiente: “ Se presume la omisión de salarios ante la Caja de las trabajadoras: Dora Hayde Espinoza Osorto número de asegurada 27414250 por el período del 28 diciembre del 2011 a enero del 2012, Yajaira Antonia López Bravo número de identificación 2810100905 por el período del 27 de abril del 2011 hasta el mes de octubre del 2011, María Guadalupe Escobar Fuentes número de identificación 2900101240 por siete días del mes de octubre del 2011, Jeny María Molina Arroyo con el número de cédula de identidad número 1-0926-0055 en el período del 23 de noviembre del 2011 a enero del 2012, Maritza del Socorro Acevedo Peña número de identificación 26222303 en los meses de setiembre y octubre del 2011, Hannia Bricel Espinoza Araya número de identificación 2-0536-0829 por el período del 18 de enero del 2011 al 22 de febrero del 2011, Olga Oporta Castillo número de asegurado 27914904 del 17 de junio del 2011 al 08 de setiembre del 2011, Yadira Jiménez Mora cédula de identificación número 3-0199-0693 del 20 de agosto del 2010 hasta el 30 de junio del 2011. El resultado de la investigación se fundamentó en las pruebas contenidas en el expediente, el recuento y declaración de los trabajadores realizados en el lugar de trabajo y en el Área de Inspección. Se confecciona hoja de trabajo por motivo de omisión salarial de las trabajadoras indicadas anteriormente “... El total de salarios que se le imputa no haber reportado en su oportunidad a la Caja, asciende a ¢8.556.871,74; lo que representa en cuotas obrero patronales en los Regímenes de Enfermedad y Maternidad e Invalidez, Vejez y Muerte, un monto de ¢1.911.604,00.” “En lo referente a los otros aportes correspondientes a la Ley de Protección al Trabajador, se detallan: Aporte Obrero Banco Popular ¢85.568,00, Aporte Patronal Banco Popular ¢21.392,00, Fondo de Capitalización Laboral ¢256.704,00; Fondo de Pensión Complementaria ¢42.780,00; Aporte-INS ¢85.568,00”. Se le otorga un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del sexto día posterior a la publicación de este edicto, para ofrecer la prueba de descargo y hacer las alegaciones jurídicas que considere pertinentes. Se le previene en este acto, que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el cual corresponde en un todo al Perímetro Judicial que para los efectos jurisdiccionales posee el Primer Circuito Judicial de San José. La restricción de perímetro no aplica si el medio señalado lo constituye un número facsimilar o cualquier otro medio electrónico de los señalados por la Ley N° 7637 de 21 de octubre de 1996. Se le apercibe que de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de resolución. En esta oficina, sita en San José, av. 4, calle 7, Edificio Da Vinci, tercer piso, Área de Aseguramiento y Fiscalización de Industria y Comercio en la Subárea Comercio (costado este oficinas  centrales de la Caja), se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—Área de Aseguramiento y Fiscalización de Industrias y Comercio.—Lic. Ivannia Gutiérrez Vargas, Jefa Subárea Comercio.—1 vez.—RP2012299748.—(IN2012051818).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

GERENCIA GENERAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

G-1663-2011.—Instituto Costarricense de Turismo, Gerencia General, a las catorce horas del día doce de julio del dos mil once. Cancelación y archivo del contrato turístico número 416 suscrito por la empresa de Servicios Gastronómicos Inversiones Huezo Hunter Sociedad Anónima propietaria de “Restaurante Friday’s”.

Resultando:

1º—Que el día veintisiete de marzo del año 1992, se suscribió el Contrato Turístico número 416 entre el Instituto Costarricense de Turismo y la empresa Inversiones Huezo Hunter Sociedad Anónima propietaria de “Restaurante Friday’s”, con base en lo dispuesto en el texto del entonces vigente inciso ch) del artículo 7 de la Ley 6990, Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico, para la modalidad de empresas de servicio de gastronomía de establecimientos dedicados a la actividad turística.

2º—Que el día tres de abril de 2002, entra en vigencia la Ley Nº 7293, Ley Reguladora de todas las Exoneraciones Vigentes, sus Derogatorias y Excepciones, misma que en su artículo 13, elimina el inciso ch) de los artículos 3 y 7 de la Ley Nº 6990 y con ello la modalidad de empresas de servicio de gastronomía de establecimientos dedicados a la actividad turística dentro del régimen de los incentivos turísticos.

3º—Que el día ocho de setiembre del año 2010, se emite el acuerdo CR-075-2010 de la sesión ordinaria Nº 757 de la Comisión Reguladora de Turismo, artículo 5, inciso ii), celebrada el día 8 de setiembre del 2010, el cual en su inciso b), recomienda a esta Gerencia General, con base en el oficio DGA-3278-2010 suscrito por la Dirección de Gestión Turística, emitir una resolución motivada que cancele el Contrato Turístico Nº 416, en virtud de que existe una derogatoria de su fundamento legal, dada por Ley Nº 7293, artículo 13, vigente desde el 3 de abril del año 1992.

Considerando:

1º—Que constata esta Gerencia General que los incentivos del Contrato Turístico Nº 416 otorgado por el Instituto a la empresa Inversiones Huezo Hunter Sociedad Anónima estaban basados exclusivamente en el texto del entonces vigente inciso ch) del artículo 7 de la Ley Nº 6990, Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico, mismo que a tal respecto establecía:

“(…) ch) Servicio de gastronomía de establecimientos dedicados a la actividad turística, a juicio del Instituto Costarricense de Turismo, cuya inversión mínima sea el equivalente a US$ 50.000:

i)        Exención de todo tributo y sobretasa que se aplique a la importación o compra local de equipos y utensilios directamente relacionados con su actividad, debidamente regulada por la comisión reguladora de turismo, siempre y cuando los artículos que se vayan a importar no se fabriquen localmente en condiciones competitivas de precio y calidad.

ii)      Depreciación acelerada de los bienes que por su uso y naturaleza se extinguen con mayor rapidez, previa aprobación de la Dirección General de la Tributación Directa.

iii)     Exención total del impuesto sobre la Renta, sobre las utilidades no distribuidas, hasta por un período de doce años, a los establecimientos nuevos y a los que estén en operación. (…)”

2º—Que dado que el inciso ch) del artículo 7 de la Ley Nº 6990 fue derogado desde el 3 de abril del año 1992 en virtud del artículo 13 de la Ley 7293, corresponde a esta Gerencia General acoger la recomendación del acuerdo CR-075-2010 de la Comisión Reguladora de Turismo y dar por cancelado el Contrato Turístico Nº 416 otorgado a la empresa Inversiones Huezo Hunter Sociedad Anónima por motivo de haberse constatado la falta de vigencia de la normativa que le otorgó su fundamento legal original.

3º—Que frente al procedimiento anterior es importante aclarar que la Sala Constitucional ha avalado la posibilidad de que la Administración emita una  resolución final que afecta derechos subjetivos de los administrados, sin la obligación de realizar un procedimiento administrativo, cuando se trata de Actos de Mera Constatación, como lo es la presente derogatoria de la norma legal que daba fundamento jurídico al contrato turístico Nº 416 suscrito entre el Instituto Costarricense de Turismo y la empresa de Servicios Gastronómicos Inversiones Huezo Hunter S. A.

4º—Que sobre lo expuesto anteriormente, la Sala Constitucional ha señalado lo siguiente:

“Ciertamente el debido proceso se eleva a derecho fundamental, e implica para las Autoridades Administrativas la obligación de seguir un procedimiento previo cuando de la imposición de una sanción se refiere, procedimiento cuyo objetivo es la comprobación de la existencia de la conducta que amerita la sanción.  Ahora bien, los actos de mera constatación no requieren de un procedimiento previo para comprobárselos, porque son justamente eso (sic) actos que se constatan a simple vista. El procedimiento es el medio para comprobar la conducta e imponer la sanción, pero si ya la conducta se constata no se requiere instaurar un procedimiento, cuyo objetivo era justamente constatar la conducta”. (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.

“Si la suspensión lo fue por el comprobado incumplimiento del deber legar de presentación, del índice de las escrituras otorgadas durante la quincena inmediata anterior al Archivo Nacional, no se falta al debido proceso al acordarla, toda vez que la sanción proviene de la comprobación documental de la omisión injustificada – máxime que todo Notario Público, para el ejercicio de la función, debe conocer perfectamente sus derechos y sus obligaciones como tal y las sanciones que acarrea el incumplimiento de aquellas; ya que es, en este caso, al propio funcionario a quien toca la justificación correspondiente y el que –siempre- por medio de los recursos y la prueba, respectivas, puede proveer a la defensa de sus intereses, en los términos que garantiza el debido proceso que se interesa… “(Sentencia número 1162-91, de las diez horas cuatro minutos del catorce de junio de mil novecientos noventa y uno. En igual sentido, ver los votos 3893-96 y 5109-98).

Considera esta Sala que no existe motivo para variar su criterio en torno a este tema. En efecto, la entrega de los referidos índices es un deber esencial de la función que realizan los notarios públicos. Ante su omisión o simple atraso, no resulta necesario realizar un procedimiento administrativo ordinario, pues la certeza de la falta proviene de la simple constatación de que se carece de los índices en el Archivo Notarial. Por ello, el debido proceso es un caso como éste es garantizado en tanto al afectado con la medida que le permita en forma efectiva impugnar la resolución que lo sanciona, demostrando documentalmente que presentó el índice dentro del plazo debido. En vista de los anterior, la directriz en cuestión, en tanto define un procedimiento de mera constatación para la sanción de los notarios que omitan entregar en tiempo sus índices, no resulta contraria a las normas consagrada en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, por lo que en cuanto a ese extremo la presente acción debe ser declarada sin lugar.” (Voto 8197-99, Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de las quince horas con cuarenta y dos minutos del veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y nueve”.-

5º—Que en el caso que nos ocupa, resulta indispensable para la existencia y eficacia a futuro del Contrato Turístico N° 416, la permanencia de la norma específica que otorgaba incentivos turísticos a la modalidad de servicios de gastronomía, normativa que fue derogada mediante Ley 7293, Ley Reguladora de todas las Exoneraciones Vigentes, sus Derogatorias y Excepciones, por lo que nos encontramos frente a un hecho de mera constatación, siendo procedente la emisión de una resolución que cancele el Contrato Turístico, beneficio que nació producto de la normativa que devino inexistente, por lo que tal acto condición debe desaparecer una vez que lo hace ésta, salvaguardándose las situaciones y beneficios obtenidos por la empresa suscriptora en tiempo anterior a la vigencia de la normativa que derogó el citado inciso ch) del artículo 7 de la Ley Nº 6990, en armonía con el artículo 34 de la Constitución Política y con el principio de irretroactividad de las leyes que pudieren acarrear perjuicio al administrado.

6º—Que a mayor abundamiento y en armonía con lo señalado por el Tribunal Constitucional, el trámite de cancelación del Contrato Turístico número 416 derivado de la derogatoria del inciso ch) del artículo 7 de la Ley Nº 6990, no resulta violatorio al debido proceso, pues no sería procedente iniciar un procedimiento administrativo cuando no existe posibilidad real de defensa, más aún en el presente caso en el que no existe la imputación de una falta de la empresa suscriptora del Contrato que amerite sanción, sino que con simplemente constatar la Administración que la base normativa de dicho acto condición está derogada, debe también cancelar el Contrato, el cual, se reitera, no puede permanecer vigente sin ese fundamento legal indispensable.

7º—Que asimismo, es valioso aclarar que la Sala Constitucional se ha ocupado de definir la naturaleza de los derechos derivados de la firma de un Contrato de Incentivos Turísticos y de su no permanencia a futuro en el caso de que una ley posterior a su firma derogue parcial o totalmente la base normativa de tales beneficios, tal y como lo expone el dictamen de la Procuraduría General de la República número C-195-2002 del 14 de octubre de 1992:

“(…) procede recordar que ninguna persona, incluso el mismo Estado, tiene un derecho adquirido a la inmutabilidad de las fuentes normativas, tal como ha sido señalado por la jurisdicción contencioso-administrativa (Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, N. 18 de las 16 hrs. de 30 de marzo de 1982, Sala de Casación N. 89 de las 15:30 horas de 28 de julio de 1976 y Sección Segunda del Tribunal Superior Contencioso-Administrativo N. 523 de 16:45 hrs. de 30 de setiembre de 1982, entre otras). Por lo que ninguna de estos “contratos” puede pretender una inmutabilidad normativa (…) (como lo expone) (…) la Sala Constitucional en resolución N. 1027-90 de 17:30 horas de 29 de agosto de 1990:

“Durante algún tiempo se puso en duda y hasta se calificó erróneamente la naturaleza de tales instrumentos como lo que se denominó “contratos-leyes”, a los que incluso se llegó a atribuir, a la vez, la inmutabilidad del contrato y la superioridad de la ley. Sin embargo, la reforma introducida a los artículos 10, hoy 105, 124 y 140 inciso 19) de la Constitución (Ley Nº 5702 de 5 de junio de 1975), establecieron claramente su carácter y régimen jurídicos, necesariamente “administrativos”...”.

La indeterminación del plazo de vigencia de los incentivos acordados no puede fundar una pretensión a la no modificación del ordenamiento existente. Consecuentemente, el Estado no puede obligarse indefinidamente a otorgar ventajas tributarias hacia el futuro, lo que obliga a la Administración a precisar efectivamente dicho aspecto. (…)

8º—Que finalmente, en el Voto 4844-2004 de las dieciséis horas con dieciocho minutos del veintidós de junio de mil novecientos noventa y nueve, la Sala Constitucional consideró lo siguiente frente a una acción interpuesta en contra de la disminución por reforma legal del incentivo del ciento por ciento de exoneración de la flotilla de vehículos otorgados a la modalidad de arrendadoras de vehículos para turistas por medio de la Ley 6990 y aplicada a empresas con contratos turísticos firmados con antelación a tal reforma:

(…) V- Sobre la derogatoria de las exenciones creadas. Los accionantes cuestionan la constitucionalidad de los artículos 64 de la Ley número 4755, del tres de mayo de mil novecientos setenta y uno (Código de Normas y Procedimientos Tributarios), y del inciso d) del artículo 7 de la Ley 6990, del veintidós de julio de mil novecientos ochenta y cinco. Alegan los promotores de este proceso que es inconstitucional la eliminación de exoneraciones en perjuicio de los derechos adquiridos por los beneficiarios de tales ventajas fiscales. Específicamente, que el hecho de que a los arrendadores de vehículos automotores les haya sido reducido el índice de exención del ciento por ciento al cincuenta por ciento resulta contrario a los principios constitucionales de razonabilidad y de irretroactividad de los actos normativos. En relación con los alcances de la competencia estatal en esta materia, ha dicho con anterioridad esta Sala que:

“...un momento determinado y bajo ciertos presupuestos, la ley exonera del pago del Impuesto sobre la Renta, a las pensiones y jubilaciones de cualesquiera regímenes del Estado, ello no otorga a los beneficiarios, que adquirieron su derecho a pensión o jubilación bajo esas condiciones, una exención indefinida en el espacio y el tiempo, ni un derecho adquirido o una situación jurídica consolidada a su favor, en el sentido de que aquéllas no pueden ser modificadas nunca jamás, puesto que implicaría crear una limitación a la potestad impositiva del Estado (creando una inmunidad tributaria indefinida), que no contempla la propia Constitución Política. Las exenciones, no obstante fueran concedidas en función de determinadas condiciones valoradas en su momento por el legislador, pueden ser derogadas o modificadas por una ley posterior, aún cuando se trate, como en este caso, de jubilaciones o pensiones. Tal proceder no resulta arbitrario por sí sólo, sino que aparece como una respuesta a las necesidades fiscales del país y en el entendido de que su aplicación lo será hacia el futuro, es decir, que surtirá efectos a partir de su vigencia.” (Parte del Considerando III de la resolución número 1341-93, de las diez horas treinta minutos del veintiuno de marzo de mil novecientos noventa y tres)

Es decir, no resulta procedente afirmar que el Estado, a través de la Asamblea Legislativa, se encuentra inhabilitado para exonerar del pago de determinados tributos, o de eliminar dichas exenciones, siempre que lo haga mediante el procedimiento para la creación de la Ley formal. En ese sentido, es claro que no llevan razón los accionantes. (…)” (Los subrayados no son del original)

POR TANTO:

De acuerdo a lo expuesto anteriormente, cancélese y archívese el contrato turístico Nº 416 otorgado a la empresa Inversiones Huezo Hunter S. A., por motivo de la derogatoria del inciso ch) del artículo 7 de la Ley Nº 6990 que constituía su fundamento legal original, salvaguardándose los incentivos que disfrutó la empresa suscriptora en tiempo anterior a la entrada en vigencia de la Ley Nº 7293, Ley Reguladora de todas las Exoneraciones Vigentes, sus Derogatorias y Excepciones, misma que dispuso tal derogatoria. Contra la presente resolución podrán interponerse los recursos ordinarios de Ley, sea recurso de revocatoria ante esta Gerencia General y de apelación ante la Junta Directiva del Instituto, en el plazo de los siguientes tres días hábiles a partir de su notificación. Notifíquese al Administrado y al Ministerio de Hacienda.—Lic. Juan Carlos Borbón Marks, Gerente General.—O. C. 14854.—Solicitud 12948.—C-705020.—(IN2012051689).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

DIRECCIÓN REGIÓN PACÍFICO CENTRAL

ASESORÍA ASUNTOS JURÍDICOS

El IDA hace saber que mediante las resoluciones que en lo conducente indican: 1- Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina a las once horas del primero de junio del año dos mil once. Exp. Nº 052-2012 NUL. 2- Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina a las once horas con veinte minutos del primero de junio del año dos mil once. Exp. 053-2012 NUL. 3- Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina a las trece horas del primero de junio del dos mil once. Exp. 054-2012 NUL. 4- Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina a las trece horas con cuarenta y cinco minutos del primero de junio del año dos mil once. Exp. 055-2012 NUL. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización 2825 (…), el procedimiento establecido en los artículos 110 y siguientes del Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras, publicado en La Gaceta número 116 del 16 de junio del 2010, a fin de dar inicio a la investigación de la verdad real de los hechos, se dicta la presente resolución dentro de Proceso de Revocatoria de la Adjudicación, de los predios que se indican: 1. lote N° 02 del Asentamiento las Delicias II, con la subsecuente Nulidad del Título de Propiedad, contra los señores Henry Aguilar Madrigal, cédula de identidad número 9-0087-0754 y Shirley Víquez Córdoba, cédula de identidad número 3-0320-0852, propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, provincia de San José, matrícula Nº 464.154-001 y 002, exp. 052-2012 NUL; 2- lote N°  06 del Asentamiento las Delicias II, con la subsecuente Nulidad del Título de Propiedad, contra la señora María Engracia Agüero Salazar, cédula de identidad número 1-0087-05540 propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, provincia de San José, matrícula Nº 464.158-000, Exp. 053-2012 NUL; 3- lote N° 50-5 del Asentamiento San Pablo, con la subsecuente Nulidad del Título de Propiedad, contra la señora Xinia María Agüero Barboza, cédula de identidad número 6-0280-0076  propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, provincia de San José, matrícula Nº 464.150--000, Exp. 054-2012 NUL; 4.- granja familiar N° 23 del Asentamiento Orocú, con la subsecuente Nulidad del Título de Propiedad contra la señora Dinorah González Gómez, cédula de identidad número 7-0100-0089, propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, provincia de Puntarenas, matrícula Nº 102.785-000, Exp. 055-2012 NUL, por supuesta violación de las obligaciones impuestas por el IDA a sus adjudicatarios por medio del contrato de asignación de tierras, según lo dispone el artículo 66 y siguientes de la indicada Ley 2825, por abandono injustificado de los predios (…), se resuelve notificar a los señores Henry Aguilar Madrigal y Shirley Víquez Córdoba; María Engracia Agüero Salazar, Xinia María Agüero Barboza y Dinorah González Gómez, la presente convocatoria a comparecencia para ante este Despacho, (…)debe ser en forma personal y no por medio de apoderado, (…), con el fin de que hagan valer sus derechos, debiendo presentar en ese mismo acto toda la prueba que crean conveniente (..). Dicha comparecencia también podrán evacuarla por escrito, en cuyo caso deberán ofrecer toda la prueba que obre en su poder, incluso la testimonial y presentarla el día y hora señalado más adelante, para cada caso en específico. (…). Se les previene, que en un plazo no mayor a tres días, contados a partir del día siguiente al recibo de la presente notificación, deben señalar medio y/o lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o ya no existiere, o si el medio escogido imposibilitare la práctica de la notificación, las futuras resoluciones quedarán bien notificadas con el sólo transcurso del término de veinticuatro horas después de dictadas. Para las indicadas audiencias, a los señores Henry Aguilar Madrigal y Shirley Víquez Córdoba, se señalan las nueve horas con treinta minutos del 29 de agosto del 2012; a la señora Engracia Agüero Salazar, se señalan las nueve horas con treinta minutos del 5 de setiembre del 2012; a la señora Xinia María Agüero Barboza, se señalan las nueve horas con treinta minutos del 12 de setiembre del 2012 y a la señora Dinorah González Gómez, señalan las nueve horas con treinta minutos del 19 de setiembre del 2012 (…) Se hace de su conocimiento que el citado expediente se encuentra en esta Oficina para su consulta, estudio y fotocopiado (…) en los cuales consta toda la prueba y documentación. Dado que se desconoce el domicilio de los administrados, procédase a realizar la respectiva notificación por medio de publicación, por dos veces en el Diario Oficial La Gaceta (…). Notifíquese.—Lic. Isabel Escalante Gutiérrez.—(IN2012052712).            2 v. 1.

El IDA hace saber que mediante las resoluciones que en lo conducente indican: 1- Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría de Asuntos Jurídicos, Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, a las nueve horas del día viernes ocho de junio de dos mil doce, Exp. 056-2012-NUL, se ha ordenado notificar por vía de edicto el Acto de Apertura en el procedimiento que se indicará y que se siguen contra el señor Juan Ramón Cruz Méndez, cédula 1-0505-0307 y que indica: Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización 2825 (...) A fin de dar inicio a la investigación de la verdad real de los hechos, se dicta la presente resolución dentro del Proceso de Revocatoria de la adjudicación del predio que se indica: 1-lote Nº 16-1 del Asentamiento Cambalache, con la subsecuente nulidad del Título de Propiedad contra el señor Juan Ramón Cruz Méndez, cédula de identidad número 1-0505-0307, propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, provincia de Puntarenas, matrícula Nº 101.131-000, por supuesta violación de las obligaciones impuestas por el IDA a sus adjudicatarios por medio del Contrato de Asignación de Tierras, según lo dispone el artículo 66 y siguientes de la indicada ley 2825, por abandono injustificado de los predios (...), se resuelve notificar al señor Juan Ramón Cruz Méndez, la presente convocatoria a comparecencia para ante este Despacho, Dirección Región Pacífico Central, en Coyolar de Orotina, dicha comparencia debe ser en forma personal y no por medio de apoderado, con el fin de que haga valer sus derechos, debiendo presentar en ese mismo acto toda la prueba que crea conveniente, (...). Dicha comparecencia también podrá evacuarla por escrito, en cuyo caso deberá ofrecer toda la prueba que obre en su poder, incluso la testimonial y presentarla el día y hora señalado más adelante, para cada caso en específico. En cuanto a la presentación de testigos se le indica que deben presentarse el día de audiencia debidamente identificados. Se le previene, que debe indicar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad dentro del tercer día, donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o ya no existiere, o si el medio escogido imposibilitare la práctica de la notificación, las futuras resoluciones quedarán bien notificadas con el sólo transcurso del término de veinticuatro horas después de dictadas. Se advierte que cabe recurso ordinario de revocatoria y apelación contra el presente acto inicial. De conformidad con los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, pudiéndose interponer el mismo en acto de la notificación o ante este Despacho. Para la indicada audiencia, se señalan las 10:00 horas del miércoles 14 de noviembre del 2012, y se hace del conocimiento del notificado que el citado expediente se encuentra en esta oficina para su consulta, estudio y fotocopiado, (...) en el cual consta toda la prueba y documentación. Dado que se desconoce el domicilio de los administrados, procédase a realizar la respectiva notificación por medio de publicación por dos veces en el Diario Oficial La Gaceta. (...). Notifíquese.—Lic. Ronald Lewis Mc Laren, Asesor Legal Regional.—(IN2012054879).                          2 v. 1.

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Resolución 460-RCR-2011.—San José, a las 14:11 horas del 11 de mayo del 2011. (Expediente OT-109-2010).

Apertura de procedimiento. Investigados. Conductor: Luis Molina Miranda. Dueño Registral: Arnoldo Esteban Jiménez Mercado.

Considerando:

I.—Que la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Ley 7593) en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública (Ley 6227).

II.—Que el 10 de febrero del 2004, la Autoridad Reguladora suscribió un convenio de cooperación con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) con el objeto de coordinar las acciones administrativas y policiales para efectos de regular, vigilar y controlar las actividades de transporte remunerado de personas en todas sus modalidades, lo cual incluye las acciones de verificación, seguimiento, aplicación de medidas precautorias y sanción de las personas que, sin autorización del Estado, previa y válidamente obtenida, se dedican a la explotación del transporte de personas; así como la coordinación para el intercambio de información necesaria para un despliegue efectivo y eficaz de los procesos y procedimientos tendientes a lograr ese objetivo.

III.—Que mediante resolución RRG-3333-2004 del 12 de febrero del 2004, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero del 2004, la Autoridad Reguladora facultó al MOPT para que por los medios que estime pertinentes, remueva los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

IV.—Que mediante resolución RRG-8287-2008 del 29 de abril del 2008, Publicada en La Gaceta 93 del 15 de mayo del 2008, el Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General de la República C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público.

V.—Que el 4 de noviembre del 2011, se recibió el oficio UTCE-2010-199, emitido el 2 de noviembre del 2010 por la Dirección General de Tránsito del MOPT, por medio del cual se remite: (1) la boleta de citación número 2009-255040, confeccionada el 27 de octubre del 2010, al señor Luis Molina Miranda, cédula de identidad 2-514-822, por supuesta prestación de servicio no autorizado; (2) información sumaria, sin número, en la que se describen los hechos que dieron base a la citada boleta; y (3) constancia del Departamento de administración de concesiones y permisos del Consejo de Transporte Público del MOPT, donde se señala que el vehículo placa 252996, no se encuentra autorizado a circular con ninguna placa de servicio público, modalidad taxi (folios 1 al 7).

VI.—Que según la boleta supra indicada, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 252996, por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38, inciso d) de la Ley 7593 (folio 3).

VII.—Que consultada la página electrónica del Registro Nacional de Costa Rica, específicamente en bienes muebles, el vehículo involucrado es propiedad del señor Arnoldo Esteban Jiménez Mercado, cédula de identidad 1-1049-540 (folios 8 al 12).

VIII.—Que el Regulador General por oficio 160-RG-2011/2198 del 13 de abril del 2011, con fundamento en lo dispuesto por la Junta Directiva mediante artículo 3 de la sesión 021-2011, celebrada el 30 de marzo del 2011; nombró a los funcionarios Ing. Mario Alberto Freer Valle, Lic. Álvaro Barrantes Chaves y al Lic. Carlos Solano Carranza, como miembros titulares del Comité de Regulación y al Lic. Luis Fernando Chavarría Alfaro como miembro suplente. De igual forma la Junta Directiva prorrogó la vigencia del Comité hasta el 30 de setiembre del 2011. Entre las funciones de dicho comité se encuentra: “Ordenar la apertura, dictar actos preparatorios y resolver los procedimientos administrativos sancionatorios a que se refieren los artículos 38 y 41 de la Ley 7593 y conocer de los recursos de revocatoria que se presenten contra sus actuaciones”.

IX.—Que el Comité de Regulación en su sesión número 107 de las 13:30 horas del 11 de mayo del 2011, acordó por unanimidad y con carácter de firme, dictar esta resolución.

X.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley 6227, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica OJ-047-2000.

XI.—Que de conformidad con los considerandos indicados y al mérito de los autos, lo procedente es ordenar el inicio del procedimiento administrativo para que se determine la verdad real de los hechos denunciados sobre la supuesta prestación no autorizada de servicio público de transporte remunerado de personas, modalidad taxi y nombrar órgano director, tal y como se dispone. Por Tanto:

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL COMITÉ DE REGULACIÓN, RESUELVE:

1.  Dar inicio al procedimiento administrativo contra el señor Luis Molina Miranda, cédula de identidad 2-514-822, en su condición de conductor y el señor Arnoldo Esteban Jiménez Mercado, cédula de identidad 1-1049-540, en calidad de propietario registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el expediente número OT-109-2010, con el fin averiguar la verdad real de los hechos sobre la supuesta prestación no autorizada de servicio público de transporte remunerado de personas, modalidad taxi, según la boleta antes citada.

2.  Nombrar como órgano director del procedimiento a Cristian Rodríguez León, cédula de identidad número 5-275-269, funcionario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. El órgano director debe realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a este procedimiento, otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y conceder el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrá todas las competencias otorgadas en la Ley 6227. Cuando el órgano director nombrado se encuentre impedido o por cualquier razón no pueda asumir sus funciones, será suplido por Eric Chaves Gómez, cédula de identidad número 1-905-018, funcionario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

3.  Se le previene a los investigados Luis Molina Miranda y Arnoldo Esteban Jiménez Mercado, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de 24:00 horas de dictadas, incluido el acto final del procedimiento. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado, Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales, (Ley 8687).

4.  Se le hace saber a los investigados que tienen derecho a hacerse representar y/o asesorar por abogado, a examinar, leer y copiar cualquier pieza del expediente, así como pedir certificación de la misma, costo que deberá cubrir el interesado. El expediente administrativo se encuentra en la Dirección General de Participación del Usuario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, en el horario de lunes a viernes de las 8:00 a las 16:00 horas, lugar donde también podrán hacer consultas sobre el trámite del expediente. Se le indica a los investigados que toda presentación de documentos deberá hacerse en la recepción de la Autoridad Reguladora.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 y 345 de la Ley 6227, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación, podrá interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlo.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de 24:00 horas contadas a partir de su notificación, conforme el artículo 346 párrafo primero de la Ley 6227.

Notifíquese y Comuníquese.—Mario Freer Valle.—Luis Fernando Chavarría Alfaro.—O. C. Nº 6420-2012.—Solicitud Nº 46098.—C-439940.—(IN2012056219).

Resolución 584-RCR-2011.—San José, a las 14:45 horas del 4 de agosto del 2011. (Expediente OT-65-2011).

Apertura de procedimiento. Investigados. Conductor: German Achan Quesada. Dueño Registral: Luis Jovan Navarro Ramírez.

Considerando:

I.—Que la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Ley 7593) en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública (Ley 6227).

II.—Que el 10 de febrero del 2004, la Autoridad Reguladora suscribió un convenio de cooperación con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) con el objeto de coordinar las acciones administrativas y policiales para efectos de regular, vigilar y controlar las actividades de transporte remunerado de personas en todas sus modalidades, lo cual incluye las acciones de verificación, seguimiento, aplicación de medidas precautorias y sanción de las personas que, sin autorización del Estado, previa y válidamente obtenida, se dedican a la explotación del transporte de personas; así como la coordinación para el intercambio de información necesaria para un despliegue efectivo y eficaz de los procesos y procedimientos tendientes a lograr ese objetivo.

III.—Que mediante resolución RRG-3333-2004 del 12 de febrero del 2004, Publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero del 2004, la Autoridad Reguladora facultó al MOPT para que por los medios que estime pertinentes, remueva los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado.

IV.—Que mediante resolución RRG-8287-2008 del 29 de abril del 2008, Publicada en La Gaceta 93 del 15 de mayo del 2008, el Regulador General emitió los lineamientos para la aplicación del dictamen vinculante de la Procuraduría General de la República C-085-2008 del 26 de marzo del 2008, en los procedimientos ordinarios por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi, en cuanto a las responsabilidades del conductor y propietario en la supuesta prestación del servicio público.

V.—Que el 29 de junio del 2011, se recibió el oficio UTCE-2011-122, emitido el 23 de junio del 2011 por la Dirección General de Tránsito del MOPT, por medio del cual se remite: (1) la boleta de citación número 2-2011-45800088 de fecha 16 de junio del 2011, confeccionada al señor German Achan Quesada, cédula de identidad 5-144-369, por supuesta prestación de servicio no autorizado; (2) el acta de recolección de información en la que se describen los hechos que dieron base a la citada boleta; y (3) constancia del Departamento de administración de concesiones y permisos del Consejo de Transporte Público del MOPT, donde se señala que el vehículo placa 522701, no se encuentra autorizado a circular con ninguna placa de servicio público, modalidad taxi (folios 1 al 10).

VI.—Que según la boleta supra indicada, se removió como medida cautelar el vehículo placa 522701, por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38, inciso d) de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (7593) (folios 3 al 4).

VII.—Que consultada la página electrónica del Registro Nacional de Costa Rica, específicamente en bienes muebles, el vehículo involucrado es propiedad del señor Luis Jovan Navarro Ramírez, cédula de identidad 7-146-474, según corre agregado a los autos.

VIII.—Que mediante escrito recibido el 17 de junio del 2011, el señor German Achan Quesada, en calidad de conductor del vehículo involucrado, interpuso recurso de apelación contra la mencionada boleta de citación (folios 11 al 19).

IX.—Que mediante resolución 583-RCR-2011, del 4 de agosto del 2011, el Comité de Regulación conoció del citado recurso de apelación, el cual fue declarado sin lugar por el fondo, según corre agregado a los autos.

X.—Que el Regulador General por oficio 160-RG-2011/2198 del 13 de abril del 2011, con fundamento en lo dispuesto por la Junta Directiva mediante artículo 3 de la sesión 021-2011, celebrada el 30 de marzo del 2011; nombró a los funcionarios Ing. Mario Alberto Freer Valle, Lic. Álvaro Barrantes Chaves y al Lic. Carlos Solano Carranza, como miembros titulares del Comité de Regulación y al Lic. Luis Fernando Chavarría Alfaro como miembro suplente. De igual forma la Junta Directiva prorrogó la vigencia del Comité hasta el 30 de setiembre del 2011. Entre las funciones de dicho comité se encuentra: “Ordenar la apertura, dictar actos preparatorios y resolver los procedimientos administrativos sancionatorios a que se refieren los artículos 38 y 41 de la Ley 7593 y conocer de los recursos de revocatoria que se presenten contra sus actuaciones”.

XI.—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley 6227, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica OJ-047-2000.

XII.—Que de conformidad con los considerandos indicados y al mérito de los autos, lo procedente es ordenar el inicio del procedimiento administrativo para que se determine la verdad real de los hechos denunciados sobre la supuesta prestación no autorizada de servicio público de transporte remunerado de personas, modalidad taxi y nombrar órgano director, tal y como se dispone. Por Tanto:

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL COMITÉ DE REGULACIÓN, RESUELVE:

1.  Dar inicio al procedimiento administrativo contra el señor German Achan Quesada, cédula de identidad 5-144-369, en su condición de conductor y Luis Jovan Navarro Ramírez, cédula de identidad 7-146-474, en calidad de propietario registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el expediente número OT-65-2011, con el fin averiguar la verdad real de los hechos sobre la supuesta prestación no autorizada de servicio público de transporte remunerado de personas, modalidad taxi, según la boleta antes citada.

2.  Nombrar como órgano director del procedimiento a Cristian Rodríguez León, cédula de identidad número 5-275-269, funcionario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. El órgano director debe realizar todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos que dan base a este procedimiento, otorgar y vigilar el respeto al debido proceso y conceder el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrá todas las competencias otorgadas en la Ley 6227. Cuando el órgano director nombrado se encuentre impedido o por cualquier razón no pueda asumir sus funciones, será suplido por Eric Chaves Gómez, cédula de identidad número 1-905-018, funcionario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

3.  Se le previene a los investigados German Achan Quesada y Luis Jovan Navarro Ramírez, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de 24:00 horas de dictadas, incluido el acto final del procedimiento. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales, (Ley 8687).

4.  Se le hace saber a los investigados que tienen derecho a hacerse representar y/o asesorar por abogado, a examinar, leer y copiar cualquier pieza del expediente, así como pedir certificación de la misma, costo que deberá cubrir el interesado. El expediente administrativo se encuentra en la Dirección General de Participación del Usuario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, en el horario de lunes a viernes de las 8:00 a las 16:00 horas, lugar donde también podrán hacer consultas sobre el trámite del expediente. Se le indica a los investigados que toda presentación de documentos deberá hacerse en la recepción de la Autoridad Reguladora.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 y 345 de la Ley 6227, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación, podrá interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlo.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de 24:00 horas contadas a partir de su notificación, conforme el artículo 346 párrafo primero de la Ley 6227.

Notifíquese.—Mario Freer Valle.—Luis Fernando Chavarría Alfaro.—Álvaro Barrantes Chaves.—O. C. Nº 6420-2012.—Solicitud Nº 46088.—C-476600.—(IN2012056220).

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

2 de noviembre, 2011

N° 2681-2011-DRD

 

Ingeniero

Arturo Ching Wong

 

Estimado ingeniero:

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y el Departamento de Régimen Disciplinario, han decidido realizar una investigación previa, por queja interpuesta por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, y los señores Lic. Zulay Sánchez Jiménez y Lic. José Fabio Bolaños Alpízar, la cual se tramita bajo el N° 201-11.

En virtud de lo anterior, se le concede cinco 5 días hábiles contados a partir de la fecha de recibida esta nota, para que si a bien lo tiene, manifieste por escrito lo de su interés sobre la investigación preliminar que aquí se tramita. Asimismo, se indica que la no comparecencia en el plazo conferido, no impedirá la continuación de la etapa preliminar, con el fin de dilucidar la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional.

En caso de considerarse necesaria una visita de inspección al inmueble o proyecto, con el fin de adjuntar elementos probatorios a la investigación, este Departamento procederá a programarla, en el momento conveniente.

El alcance del procedimiento administrativo de instrucción o investigación previa, únicamente conlleva a dirimir la existencia o no de presuntas violaciones al Código de Ética Profesional de este Colegio Federado y no podrá dilucidar conflictos de orden patrimonial, los que sí podrán ventilarse en el Centro de Resolución de Conflictos o bien ante la autoridad judicial competente.

A efecto de lo anterior, proceda a señalar un número de fax o dirección electrónica para remitirle las notificaciones al respecto, las mismas deberán permanecer habilitadas para esos efectos, ya que en caso contrario se tendrá por notificado con solo el transcurso de 24 horas después de emitido el oficio. Si usted ya las indicó, favor hacer caso omiso de esta solicitud.

Le informo que en el caso Nº 201-11, consta documentación que puede ser consultada en nuestras oficinas por su persona o representante autorizado.

Departamento de Régimen Disciplinario.—Arq. Carlos Murillo Gómez, Jefe.—O. C. 346-2012.—Solicitud 37881.—C-121280.—(IN2012050727).