MINISTERIO
DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO
DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
DE DESARROLLO AGRARIO
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Nº
0029-2012-H.—San José, 22 de mayo del 2012
EL
MINISTRO DE HACIENDA
En uso de las facultades que le confiere el
artículo 28.1.2.a de
Considerando:
1º—Que mediante acuerdo DM-372-2011, del 29 de
marzo del 2011, el señor Álvaro Ramos Chaves, cédula de identidad número
1-1192-
2º—Que el señor Álvaro Ramos Chaves, Director General de Hacienda estará
participando en la reunión denominada “XXXIV Reunión del Grupo de Trabajo sobre
Política Tributaria (GTPT)” durante los días 28 al 30 de mayo del
3º—Que por necesidad institucional y a fin de dar continuidad al servicio
público se requiere recargar a las funciones del señor José Luis León Barquero,
cédula de identidad número 4-111-737, el cargo de Director General de Hacienda
a. í. durante la ausencia del señor Ramos Chaves. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Recargar a las funciones del señor
José Luis León Barquero, cédula de identidad número 4-111-737, el cargo de
Director General de Hacienda a. í., con todas las atribuciones y
responsabilidades inherentes al cargo, y durante el tiempo que el señor Ramos
Chaves se encuentre ausente.
Artículo 2º—El presente Acuerdo rige del 28 al 31 de mayo del 2012, ambos
días inclusive.
Publíquese.—Edgar Ayales, Ministro de Hacienda.—1 vez.—O. C. Nº 14276.—Solicitud Nº 16074.—C-14100.—(IN2012059333).
Nº
0011-2012-MGP
EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
141 de
Considerando:
1º—Que la “III Conferencia de los Estados parte de
2º—Que la conferencia se realizará en Washington DC, Estados Unidos de
América, los días 14 y 15 de mayo del 2012. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Marcela Chacón
Castro, cédula de identidad Nº 1-660-620, Viceministra de Gobernación y Policía
y a la funcionaria Isabel Cristina Jiménez González, cédula de identidad N°
2-600-0855, para que participen en la “III Conferencia de los Estados parte de
Artículo 2º—Que el día 15 de mayo, ambas funcionarias viajarán a la ciudad
de Nueva York, Estados Unidos de América a efectos de acompañar al señor Ministro
de Gobernación Policía y de Seguridad Pública, a la reunión de Alto Nivel
denominada: “
Artículo 3º—Los gastos de la señora Marcela Chacón Castro y la señorita
Isabel Cristina Jiménez González, por concepto de alimentación, hospedaje del
día 14 de mayo, serán cubiertos por
Artículo 4º—Los gastos por concepto de alimentación, hospedaje, tributos o
cánones que deban pagar en las terminales, gastos menores y traslados internos,
de los días 15 y 16 de mayo, serán cubiertos con recursos de
Artículo 5º—Se autoriza la participación de la señora Marcela Chacón Castro
y la señorita Isabel Cristina Jiménez González a dichas actividades, saliendo
del país el día 12 y regresando el día 17 de mayo del año en curso, por lo que
en los días indicados ambas devengarán el 100% de su salario.
Artículo 6º—Rige a partir del 12 al 17 de mayo del 2012.
San José, ocho de mayo del dos mil doce.
Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación,
Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—O. C. Nº
14564.—Solicitud Nº 4422.—C-28220.—(IN2012058235).
N° 032-MEIC
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos
25, inciso 1), y 28, acápite b) de
Considerando:
I.—Que las Direcciones de Apoyo a
II.—Que es de interés para el Ministerio de
Economía, Industria y Comercio participar en dicha actividad, con el objetivo
de intercambiar experiencias y mejores prácticas sobre temas de interés común
para los países miembros del COMPAL. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar a las
funcionarias Ana Victoria Velázquez González, portadora de la cédula de
identidad número 1-0599-0535, en su condición de Directora de
Artículo 2°—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje,
alimentación, transporte terrestre en el país visitado, serán financiados por
el Gobierno Peruano.
Artículo 3°—Rige del 19 de junio y hasta su regreso el día 23 de junio de
2012, devengando ambas funcionarias durante su ausencia el 100% de su salario.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y
Comercio, en la
ciudad de San José, a los once días del mes de junio de dos mil doce.
Mayi Antillón Guerrero, Ministra
de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº
15989.—Solicitud Nº 31392.—C-21150.—(IN2012058924).
N° 034-MEIC
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 25, inciso 1, 27 y 28, inciso 2, acápite b) de
Considerando:
I.—Que es de interés para el
Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), participar en
II.—Que dicha actividad se llevará a cabo del
día 12 al día 13 de julio de 2012, en Guatemala.
III.—Que la participación del MEIC reviste
especial interés, en virtud de representar al país y permitir el intercambio de
mejores prácticas sobre el tema específico, así como fortalecer y crear nexos
de cooperación. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Luis Eduardo Álvarez Soto,
portador de la cédula de identidad número 1-958-865, Viceministro de Economía,
Industria y Comercio, para que viaje a Guatemala y participe en
Artículo
2º—Los gastos del señor Álvarez Soto por concepto de boleto aéreo, alimentación
y hospedaje, serán cubiertos por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Artículo
3º—Rige a partir del día 11 de julio al día 15 de julio de 2012.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y
Comercio, en la ciudad de San José, a los doce días del mes de julio del año
dos mil doce.
Publíquese.—Mayi Antillón
Guerrero, Ministra de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº
15187.—Solicitud Nº 31394.—C-18800.—(IN2012058721).
N°
84-AC-MEP
Y EL MINISTRO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de las facultades conferidas en los
artículos 140, y 146 de
Resultando:
I.—Que mediante Acuerdo N° 286-AC-MEP de los nueve
días del mes de diciembre de dos mil once, se acordó nombrar a los
representantes titular y suplente de
II.—Que en su parte resolutiva establece que “Artículo 1°- Designar como
miembro titular a la señora Oralia Torres Leytón, cédula de identidad Nº
6-0119-0773, como representante de
Considerando:
Analizada la solicitud hecha por el señor José
Joaquín Arguedas Herrera, mediante oficio DG-184-2012 de fecha 10 de febrero de
2012, Director General de Servicio Civil, ante el Tribunal de
Que de acuerdo con el artículo 157 de
Y EL MINISTRO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA
Con base en las consideraciones y citas legales
que anteceden;
ACUERDAN:
Artículo 1º—Modificar el artículo dos de la parte
resolutiva del Acuerdo N° 286-AC-MEP, de los nueve días del mes de diciembre de
dos mil once, para que se lea correctamente “Designar como miembro suplente a
la señora Ligia Espinoza Molina, cédula de identidad Nº 2-0328-0248, como
representante de
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº
13991.—Solicitud Nº 33111.—C-28200.—(IN2012058979).
N°
068-2012-C.—San José, 4 de abril de 2012
Y EL MINISTRO DE CULTURA
Y JUVENTUD
Con fundamento en lo establecido por los artículos
140, inciso 2, y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Ministerio
de Cultura y Juventud, destacado en el Museo Histórico Cultural Juan Santamaría
al señor Arnoldo Chávez Corrales, cédula de identidad Nº 02-0621-0400, en el
puesto de Trabajador Calificado de Servicio Civil 1, número 503651, escogido de
Nómina de Elegibles Número 011-2012 del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de mayo de 2012.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—O. C. Nº 107.—Solicitud
Nº 35047.—C-8460.—(IN2012058965).
N°
070-2012-C.—San José, 4 de mayo de 2012
Y EL MINISTRO DE CULTURA
Y JUVENTUD
Con fundamento en lo establecido por los artículos
140, inciso 2, y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Ministerio
de Cultura y Juventud, al señor Emilio Andrés Núñez Valerio, cédula de
identidad Nº 1-1248-520, en el puesto de Trabajador Calificado de Seguridad de
Servicio Civil 1, especialidad: Construcción Civil-Generalista, número 503650,
destacado en el Museo Histórico Cultural Juan Santamaría, escogido de Nómina de
Elegibles Número 012-2012 del Ministerio de Agricultura y Ganadería (Registro
de Elegibles compartido).
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de mayo de 2012.
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El
Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—O. C. Nº
108.—Solicitud Nº 35048.—C-9400.—(IN2012058967).
Nº 085
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento en el artículo 28 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a
Artículo 2º—Los gastos por concepto del transporte aéreo, desplazamiento,
alojamiento y manutención, serán cubiertos por los organizadores del evento.
Artículo 3º—Con cargo a la subpartida 10601 “Seguros” del mismo programa
presupuestario, se le reconocerá el pago por la suscripción de un seguro
viajero, similar a la opción 1 del seguro viajero con asistencia en dólares que
ofrece el Instituto Nacional de Seguros.
Artículo 5º—La funcionaria devengará el 100% de su salario durante el
tiempo en que rija este acuerdo.
Artículo 6º—Rige del 19 al 22 de junio del 2012.
Dado en el Despacho del Ministro de Justicia y
Paz, el día 6 de junio del 2012.
Fernando Ferraro Castro, Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 14496.—Solicitud Nº 42881.—C-16450.—(IN2012056402).
Nº 087-2012
El MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 28,
inciso 1) de
Considerando:
1º—Que la reunión del “Grupo Intergubernamental de
Composición abierta de Examen de
2º—Que la participación del señor Miguel Cortés Chaves, cédula de identidad
N° 01-0677-0714, funcionario de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Miguel Horacio
Cortés Chaves, cédula Nº 01-0677-0714, funcionario de
Artículo 2º—Los gastos del señor Miguel Horacio
Cortés Chaves, cédula de identidad Nº 01-0677-714, funcionario de
Artículo 3º—La cantidad de millas generadas por el
presente viaje deberán ser cedidas por el funcionario Cortés Chaves a
Artículo 4º—Que durante los días del 16 de junio
al 24 del mes de junio de 2012 en que se autoriza la participación del
funcionario Miguel Horacio Cortés Chaves, en la actividad, devengará el 100% de
su salario.
Artículo 5º—Rige del 16 de junio al 25 de junio
del 2012.
Fernando Ferraro Castro, Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 14073.—Solicitud Nº 39313.—C-28200.—(IN2012059462).
Nº D.M. 096-2012.—Ministerio
de Cultura y Juventud.—Despacho del Ministro.—San José, a las catorce horas
treinta minutos del día dieciséis de mayo del dos mil doce.
Agradecer los valiosos servicios prestados a la señora Luz Ivette Corrales
Hidalgo, cédula de identidad Nº 2-335-682, como miembro de
Resultando:
1º—Que
2º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 13611-C-H del 4 de mayo de 1982, publicado
en
Considerando:
1º—Que la señora Luz Ivette Corrales Hidalgo,
cédula de identidad Nº 2-335-682, designada miembro de
EL
MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:
Artículo 1º—Agradecer los valiosos servicios
prestados por la señora Luz Ivette Corrales Hidalgo, cédula de identidad Nº
2-335-682, como miembro de
Artículo 2º—Rige a partir del 30 de mayo del 2012.
Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 109.—Solicitud Nº 35049.—C-14100.—(IN2012058966).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
EDICTO
La doctora Lissette Ureña Durán, con número de
cédula 1-694-902, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la
compañía Oficina Tramitadora de Registros Doctora Lissette Ureña, con domicilio
en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del
grupo 3: Anigen Rapid CPV-CCV-Giardia Ag Test Krt., fabricado por: Bionotec
Inc., Corea, con los siguientes principios activos: antígenos para la detección
de Parvovirus canino, Corona virus, Giardia en heces caninas y las siguientes
indicaciones terapéuticas: Para el diagnóstico de diarreas causadas por
parvovirosis, corona virus y giardiasis en perros. Con base en el Decreto
Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan
valer en este departamento dentro del término de cinco días hábiles contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el diario oficial
CONSEJO
TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
Nº 51-2012.—Ministerio de
Obras Públicas y Transportes.—Consejo Técnico de Aviación Civil.—San José, a
las 16:30 horas del 22 de mayo del dos mil doce.
Se conoce solicitud de Certificado de Explotación para brindar los servicios
de vuelos especiales con aeronaves de ala rotativa (Helicópteros), presentada
por la empresa Heli Jet Aviation Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-343329, representada por el señor Juan Carlos Arguedas Moreno, cédula de
identidad 1-0533-0544 con fundamento en lo siguiente:
Resultando:
1º—El 15 de abril de 2010, el señor Juan Carlos
Arguedas Moreno, en calidad de apoderado generalísimo de la empresa Heli Jet
Aviation Sociedad Anónima, solicitó al Consejo Técnico de Aviación Civil, se le
otorgue a su representada certificado de explotación, para brindar servicios de
vuelos especiales con aeronaves de ala rotativa.
2º—Mediante oficio DGAC-ALEG-OF-1710-2010 de fecha 15 de diciembre de 2010,
3º—Que Mediante oficio DGAC-TA-10 235 de fecha 2 de junio de 2010,
“Con base en el análisis realizado y en tanto la
peticionaria haya cumplido con las formalidades técnicas y legales para la
prestación del servicio, se recomienda otorgar a la compañía Heli Jet Aviation
S. A., un certificado de explotación para ofrecer servicios de transporte aéreo
como se detalla:
Tipo de servicio: vuelos especiales con aeronaves de ala rotativa
(helicópteros)
Base de operaciones: Terminal aérea del Aeropuerto Internacional
Tobías Bolaños Palma, ubicada en la ciudad de San José.
Equipo: un helicóptero Bell, modelo B206III, serie 2849, con capacidad de 4
pasajeros y 1 piloto. Cualquier modificación de la flota debe ser autorizada
por
Tarifa: Autorizar la tarifa de $1200.00 por hora de vuelo. Cualquier modificación
a la tarifa, deberá de previo ser aprobada por el Consejo Técnico de Aviación
Civil, de conformidad con lo establecido en los artículos 162 al 164 de
Estadísticas: La concesionaria deberá enviar las estadísticas
mensuales a
Plazo: Se recomienda autorizar la concesión por el plazo máximo establecido en
la legislación vigente.”
4º—Que mediante escrito de fecha 24 de agosto de
2011 suscrito por el señor Juan Carlos Arguedas, Apoderado Generalísimo de la
empresa Heli Jet Aviation, con respecto a la consulta realizada por
5º—Mediante oficio DGAC-GCT-OF-036-12 de fecha 20 de febrero 2012, en lo
que interesa
“Por medio de la presente, el Grupo de
Certificación Técnica, tanto Operaciones Aeronáuticas como Aeronavegabilidad le
informa que
Se recomienda elevar a Audiencia Pública y otorgar
el Certificado de Explotación a
6º—Mediante artículo cuarto de la sesión extraordinaria
19-2012 celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el día 09 de marzo
de 2012, se acordó elevar a audiencia pública la solicitud de Certificado de
Explotación para brindar los servicios de vuelos especiales con aeronaves de
ala rotativa (Helicópteros), presentada por la empresa Heli Jet Aviation
Sociedad Anónima.
7º—Que el aviso de audiencia pública salió publicado en
8º—Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y el
procedimiento de ley.
Considerando:
Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los
resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al
efecto lleva
Sobre el fondo del asunto:
Que de acuerdo con lo dispuesto con el artículo 10 de
Asimismo, el artículo 143 de
Que realizado el procedimiento de certificación legal que establece
Que no se presentaron oposiciones a la audiencia pública convocada dentro
de la gestión de la empresa, la cual se celebró el día 8 de mayo de
Que el viernes 18 de junio del 2010 se público en
Asimismo el artículo 8 de dichos lineamientos indica que cuando la
administración constante mediante los lineamientos indicados que la persona
física o jurídica no ha iniciado la actividad económica que está ofertando, podrá evaluar la posibilidad de aceptar la gestión
del administrado aún cuando no se encuentre acreditado como inscrito o activo,
siempre y cuando una vez iniciada la actividad para la cual fue contratada, la
persona física o jurídica que resulte adjudicataria se inscriba ante
Dicha obligación se entenderá bajo condición resolutiva establecida en los
contratos y, en caso de no gestionar la inscripción dentro de los ocho días
hábiles posteriores al inicio de la actividad económica, por encontrarse en
ejecución el contrato,
Por lo que la empresa deberá en un plazo de 10 día hábiles contados a
partir de la notificación del Acuerdo del Consejo Técnico de Aviación Civil,
mediante el cual se le otorgue el correspondiente Certificado de Explotación,
inscribirse ante
Con fundamento en las citas de ley, disposiciones legales señaladas y
consideraciones de hecho analizadas. Por tanto,
EL
CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE:
Otorgar a la empresa denominada Heli Jet Aviation,
cédula jurídica Nº 3-101-343329, representada por el señor Juan Carlos Arguedas
Moreno, cédula de identidad Nº 1-0533-0544, certificado de explotación bajo las
siguientes especificaciones de operación:
Tipo de servicio: vuelos especiales con aeronaves de ala rotativa (helicópteros).
Base de operaciones: Terminal
aérea del Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma, ubicada en la ciudad
de San José.
Equipo: Helicóptero Bell,
modelo B206III, serie 2849, con capacidad de 4 pasajeros y 1 piloto. Cualquier
modificación de la flota debe ser autorizada por
Tarifa: Autorizar la tarifa
de $1200.00 por hora de vuelo. Cualquier modificación a la tarifa, deberá de previo
ser aprobada por el Consejo Técnico de Aviación Civil, de conformidad con lo
establecido en los artículos 162 al 164 de
Vigencia: De conformidad con
el Acuerdo del Consejo Técnico de Aviación Civil, tomado mediante artículo
décimo octavo de la sesión ordinaria 32-2011 del 09 de mayo de 2011, se otorga
el Certificado de Explotación por un plazo de 5 años, contados a partir de su
expedición.
CONSIDERACIONES TÉCNICAS
La empresa deberá contar con la organización
adecuada, el método de control, la vigilancia de las operaciones el programa de
instrucción y de mantenimiento, acordes con la naturaleza y amplitud de las
especificaciones de operación. Lo anterior será aplicable a cualquier servicio
relacionado con la seguridad del vuelo; su validez y eficacia dependerán del
resultado de las inspecciones técnicas de Programa de Vigilancia de
Además se someterá a un proceso permanente de vigilancia con la finalidad
de demostrar que cumple los requisitos para efectuar en forma segura y adecuada
las operaciones del servicio aprobado.
CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES
La concesionaria se obliga expresamente al
estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en
OTRAS OBLIGACIONES
Otorgar a la empresa Heli Jet Aviation, cédula
jurídica Nº 3-101-343329, un plazo de 10 días hábiles contados a partir de
notificación del presente Certificado de Explotación para que se inscriba ante
La empresa deberá cumplir con las obligaciones que adquiera con
La compañía durante la vigencia del certificado de explotación, deberá
remitir el reporte mensual las estadísticas de los pasajeros y la carga
transportada, según lo establece el artículo 174 de
Deberá rendir una garantía de cumplimiento de las
obligaciones pecuniarias contraídas con el Consejo Técnico de Aviación Civil, por servicios aeronáuticos o por el uso de
instalaciones aeroportuarias, según el equivalente a tres meses de operaciones
en el término de 15 días hábiles siguientes al otorgamiento de este certificado
de explotación y de acuerdo con el procedimiento recomendado por el
Departamento Financiero de
Además deberá contar en Costa Rica con una oficina y línea telefónica, para
la atención de quejas o reclamos de los pasajeros en caso de existir alguna
anomalía en la prestación de los servicios.
Asimismo, deberá garantizar la
seguridad, eficiencia y continuidad del servicio concesionado, so pena de
cancelar las concesiones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13,
14 y 15 de
La concesionaria deberá suscribir y mantener vigente durante su concesión
los contratos de seguros que garanticen los daños y perjuicios a la carga y a
las personas o bienes de terceros en la superficie.
Notifíquese, publíquese e inscríbase en el Registro Aeronáutico. Aprobado
por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo cuarto de la sesión
extraordinaria Nº 39-2012, celebrada el día 22 de mayo de 2012.—Luis Carlos
Araya Monge, Presidente Consejo Técnico de Aviación Civil.—1 vez.—O. C. Nº
22786.—Solicitud Nº 41752.—C-117500.—(IN2012058992).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA
CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 14, título N° 150, emitido por el Liceo Diurno José Martí de
Innovación Educativa en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de
Vargas Rojas Maryliz. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 36, título N° 495, emitido por el Liceo
Experimental Bilingüe de Grecia, en el año dos mil cinco, a nombre de Castro
Herrera Oscar Enrique. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 9, título N° 66, emitido por el Liceo
Nocturno Alfredo González Flores, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a
nombre de Rojas Molina Wilman. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 31, título N° 079, emitido por el Colegio
Técnico Profesional General Viejo, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre
de Jiménez Calderón Elvis Antonio. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social la organización social denominada: Cooperativa de
Arroceros Limonenses y Servicio Múltiples R. L., siglas: COOPEARROLI R. L.,
acordada en asamblea celebrada 19 de enero del 2012. Resolución 1413. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
DIRECCIÓN
NACIONAL DE PENSIONES
En sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas
del 21 de marzo del 2012, se acordó conceder revisión de Pensión de Gracia,
mediante la resolución RGRA-874-2012, al señor García Rojas Gonzalo, cédula de
identidad 1-302-546, vecino de San José; por un monto de ciento dos mil
quinientos trece colones con cero céntimos (¢102.513,00), con un rige a partir
de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero
Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido
presupuestario correspondiente.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1
vez.—(IN2012057548).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Para
ver las marcas de Fábrica solo en
Cambio de nombre Nº 77597
Que José Paulo Brenes Lleras, cédula de identidad
1-694-636, en calidad de apoderado especial de Anheuser-Busch, LLC, solicita a
este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Anheuser-Busch
Incorporated por el de Anheuser-Busch, LLC, presentada el 29 de febrero de
2012, bajo expediente 77597. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1900-1193532 Registro Nº 11935 ÁGUILA Y A en clase 32 Marca Mixto,
1900-1241132 Registro Nº 12411 BUDWEISER en clase 32 Marca Denominativa,
1900-2756132 Registro Nº 27561 BUD en clase 32 Marca Denominativa,
1900-5525632 Registro Nº 55256 MICHELOB en clase 32 Marca Denominativa,
1900-5642432 Registro Nº 56424 BUSCH en clase 32 Marca Denominativa,
1900-5950332 Registro Nº 59503 en clase 32 Marca Figurativa, 1900-6485532
Registro Nº 64855 MICHELOB en clase 32 Marca Mixto, 1900-7247725
Registro Nº 72477 BUDWEISER en clase 25 Marca Mixto, 1900-7342932
Registro Nº 73429 BUD LIGHT en clase 32 Marca Denominativa, 1900-7722232
Registro Nº 77222 KING OF BEERS en clase 32 Marca Denominativa y
1994-0007478 Registro Nº
Marcas de ganado
Nº 2012-429.—Gerardo
Saborío Ramírez, cédula de identidad número 2-0309-0451, mayor, casado una vez.
Solicita el Registro de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en
Heredia, Sarapiquí, Horquetas,
Nº 42.651.—Luis Emilio
Hidalgo Víquez, cédula de identidad número 2-0371-0368, mayor, casado, 1. Solicita
el registro de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en
Alajuela, San Ramón, Santiago, de la escuela de Río Jesús
Nº 64.254.—Carlos Manuel
Lamachany Peralta, cédula de identidad número 5-0167-0967, mayor, casado, 1. Solicita
el registro de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en
Playa Potrero de Tempate, Santa Cruz, Playa Potrero,
REGISTRO DE
Patentes de invención
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
La señora Ana Catalina Monge
Rodríguez, mayor, casada, abogada, vecina de San José, cédula número
1-0812-0604, en su condición de apoderada especial de Bayer Animal Health GMBH,
de Alemania, solicita
Para ver imagen
solo en
La invención comprende un
reflector (10) con un dispositivo de sujeción para un collar de animal. El
reflector incluye una placa (2) base con una superficie (4) interior y una
superficie exterior. Un clip (3), que tiene forma sustancialmente de U,
discurre sobre la superficie interior, sujetándose el extremo de la primera
pata (7) del clip por medio de una conexión (9) móvil a un primer lado de la
placa base, y siendo el extremo de la segunda pata (8) adecuado para su
sujeción irreversiblemente a un lado de la placa base enfrente del primer lado.
En la superficie exterior de la placa base hay prismas (1) triples. En la
superficie interior de la placa base hay uno o más espaciadores (6). La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Néstor Morera Víquez,
cédula Nº 1-1018-975, en condición de apoderado especial de Astrazeneca AB, de
Suecia, solicita
Para ver imagen
solo en
La invención se refiere a
derivados de cromenona de fórmula I, o una sal farmacéuticamente aceptable de
estos, donde cada R1, R2, R3, R4, R5, R6, R7, R8, n y R9 tienen cualquiera de
los significados mencionados anteriormente en la descripción, procesos para su
preparación, composiciones farmacéuticas que los contienen y sus usos en la
elaboración de un medicamento para utilizar en el tratamiento de trastornos de
proliferación celular. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El señor Néstor Morera Víquez,
cédula Nº 1-1018-975, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Novartis
AG, de Suiza, solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención se refiere
a los compuestos de la fórmula (IA). La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de
El Registro de
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación de Pequeños Productores para
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto
de la entidad denominada Asociación para Capacitar y Orientar a las
Organizaciones de
El Registro de Personas
Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el
estatuto de la entidad denominada: Asociación Bautista Misionera Nazareth de
Tinoco, con domicilio en
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación para el Fortalecimiento del
Derecho Comercial Internacional en Latinoamérica, con domicilio en la provincia
de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Diseñar,
programar y ejecutar los proyectos y programas que fomenten el fortalecimiento
del Derecho Comercial Internacional Latinoamericano. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el
estatuto lo es la presidenta: Beatriz Rivas Ríos. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la
reforma del estatuto de la persona jurídica cédula 3-002-045395, denominación
Asociación Nacional de Educación Católica. Por cuanto dicha reforma se
encuentra dentro de las prescripciones que establece
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la
reforma del estatuto de
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada: Asociación Rescate de Valores Patrióticos,
con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros
son los siguientes: promocionar, rescatar y defender los valores patrióticos,
éticos, culturales, el bienestar en general, los derechos básicos y la
dignidad, sin distinción de colores y tendencias políticas partidistas y
religiosas. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás
limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Roxiris Vargas
Agüero. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 15224P.—Prestavivi S. A.,
solicita concesión de:
Exp. 8301A.—Sociedad de Usuarios
de Agua Hermanos Mora Chinchilla, solicita concesión de:
Exp. 15191A.—Inversiones Cielos
Transparentes de Sabanilla SRL., solicita concesión de:
Exp. 12848P.—Sebastián, Olga y
José, todos, González Méndez solicita concesión de:
Dirección Ejecutiva del Poder
Judicial.—San José, a las catorce horas del
veintinueve de mayo de dos mil doce.
1º—El Departamento Financiero Contable, mediante oficio Nº
987-TI-2012, informa que se mantienen en la cuenta corriente judicial Nº
20192-8 de la “Contaduría Judicial”, dineros a favor de las siguientes
personas, y que no han sido retirados.
Cédula |
Nombre |
Expediente |
Monto |
01-0950-0312 |
David López Flores |
0012-R-08 |
¢25.000,00 |
01-0477-0869 |
Saúl Mora Jiménez |
0085-V-06 |
¢16.491,10 |
01-1091-0300 |
Félix Córdoba Gayle |
0095-V-10 |
¢126,94 |
01-0723-0074 |
Fernando Zamora Castellanos |
0655-V-09 |
¢335,11 |
01-0700-0188 |
Minor Antonio Díaz Montero |
0194-V-03 |
¢12.000,00 |
01-0507-0577 |
Álvaro Padilla Hidalgo |
0333-V-09 |
¢4.500,00 |
2º—Por lo anterior, en aras de
resguardar el principio de seguridad jurídica, se invita a quienes tengan
interés legítimo o a sus legítimos herederos, para que en el plazo de 20 días
hábiles a partir del día siguiente de esta publicación en el Diario Oficial
3º—Las personas que comparezcan al
Departamento Financiero Contable a hacer los retiros, deberán presentar
documento idóneo que demuestre la propiedad del dinero a retirar. Publíquese.
Alfredo
Jones León
1 vez.—(IN2012052307). Director
Ejecutivo.
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas Chuangmou Chen Xie, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 1527-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas
trece minutos del siete de mayo del dos mil doce. Exp. Nº 6582-2012. Resultando
1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por
tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Chuangmou Chen Xie con Zhongxia
Mo, no indica segundo apellido, en el sentido que el nombre de la madre de la
cónyuge es “Qinggui”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2012057549).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Joseph David Goodman Winetrub,
mayor, soltero, profesor de inglés, estadounidense, cédula de residencia
184000661520, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Yolanda Octavia Flores González,
mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 155806634922,
vecina de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
María Vilma Fonseca Aragón,
mayor, casada, maestra, nicaragüense, cédula de residencia 155811428018, vecina
de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
Damaris Martínez Morales, mayor,
casada, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 155806015912, vecina de
San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
El Departamento de Proveeduría
invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en los
siguientes procedimientos:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000018-PROV
Servicio médico bajo la modalidad de consulta individual
para
los servidores judiciales de Turrialba
(Incluye
Jiménez)
Fecha y hora de apertura: 20 de julio del
—————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000038-PROV
Alquiler de local para albergar
Regional
del O.I.J. de Heredia
Fecha y hora de apertura: 7 de agosto del
—————
Los respectivos carteles se
pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello,
los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de
Proveeduría; sita en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina
formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de
Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o
solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la
siguiente dirección: jjimenezco@poder-judicial.go.cr., kmoralesq@poder-judicial.go.cr.,
respectivamente. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24:00
horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación
al teléfono 2295-3623.
San José, 26 de junio del
2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2012063601).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000030-01
Contratación de centros de acondicionamiento
físico
para zonas descentralizadas
El Banco de Costa Rica informa
que recibirá ofertas hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.),
del 30 de julio del 2012, para la licitación en referencia, las cuales deben
ser depositadas en el buzón de
El cartel de la contratación que incluye las
especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la
misma oficina con un horario de 9:00 a. m. a 3:00 p. m.
San José, 26 de junio del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—O.
C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6531.—C-15060.—(IN2012064296).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000029-01
Compra de 60 máquinas contadoras y verificadoras de billetes,
para
trabajo mediano continuo, tipo escritorio, con dos pocket
de
salida, para oficinas Centrales y Tesorerías Regionales
El Banco de Costa Rica, recibirá
ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del
13 de julio del 2012, para la contratación en referencia.
Los interesados pueden retirar
el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones
generales en
Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández M.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6525.—C-16940.—(IN2012064294).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000016-PCAD
Compra equipo de cómputo
Apertura: para las 10:00 horas
del día 24 de julio del 2012. Venta del cartel: Cajas 23 ó 24 de lunes a
viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m. Retiro del cartel en el 6to piso,
oficinas centrales, Proceso de Contratación Administrativa de 8:15 a.m. a 4:00
p.m., costo: ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).
San José, 25 de junio del
2012.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge
Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2012064258).
ASOCIACIÓN APASEMH Y CAJA COSTARRICENSE
DE
SEGURO SOCIAL
HOSPITAL MÉXICO
COMPRA-000003-APASEHM-2012-2104
Torre laparoscópica y accesorios
Se comunica: fecha de recepción
de ofertas el 10 de julio del
San José, 20 de junio del
2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro,
Jefa.—1 vez.—(IN2012063559).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000036-2104
Reactivo para polimerasa en cadena
Se comunica: fecha de recepción
de ofertas 12 de julio de
Vea detalles y mayor información
en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 22 de junio del
2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro,
Coordinadora.—1 vez.—(IN2012063560).
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2012LN-000009-2104
Cetuximab 100 mg
Se comunica: fecha de recepción
de ofertas el 23 de julio de
Vea detalles y mayor información
en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 25 de junio del
2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro,
Coordinadora.—1 vez.—(IN2012063561).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000034-2104
Pimecrolimus 1%
Se comunica: fecha de recepción
de ofertas el 16 de julio de
Vea detalles y mayor información
en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 25 de junio del 2012.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2012063562).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000035-2104
Doxorrubicina clorhidrato 2 mg/ml en fórmula
liposomal
pegilada
Se comunica: fecha de recepción
de ofertas el 16 de julio del
Vea detalles y mayor información
en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 25 de junio del
2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro,
Coordinadora.—1 vez.—(IN2012063563).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000039-02
Suministro de equipo de comunicación
El cartel respectivo puede
retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada
en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo
está disponible en la página Web de RECOPE: www.recope.com.
San José, 26 de junio del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº
39170.—C-16000.—(IN2012064269).
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
Invita a participar en el siguiente concurso de adquisición:
Concurso |
Descripción |
Apertura |
Hora |
Valor |
Nº 2012PP-000010-PROV |
Reconstrucción
del Sistema de distribución eléctrica en el cantón de Vázquez de Coronado,
incluye materiales y mano de obra. |
28/08/2012 |
13:00 |
¢5000,00 |
Rige
Proveeduría.—José
Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012064255).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000023-5101
Levodopa 200 mg., y Carbidopa Anhidra 50 mg.,
(Como
Carbidopa Monohidrato) tabletas
de
liberación sostenida
El ítem único de este concurso
se adjudicó a la empresa Droguería Intermed S. A., por un monto total de
$176.920,00 (Ciento setenta y seis mil novecientos veinte dólares exactos). Vea
detalles y mayor información en
San José, 25 de junio del
2012.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Mauricio Hernández Salas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº
37929.—C-16940.—(IN2012063693).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000005-01
Compra de fotocopiadoras
a. Adjudicar
• Adjudicar la línea
• Adjudicar la línea
• Adjudicar la línea
San José, 26 de junio del
2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº
46903.—C-19680.—(IN2012063622).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000026-01
Contratación de servicios profesionales de un abogado
a. Declarar infructuosa
Proceso de Adquisiciones.—Lic.
Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
21711.—Solicitud Nº 46903.—C-12300.—(IN2012063627).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000015-02
Contratación de los servicios para la elaboración
de
plan de inspección
Se informa que el concurso en
referencia, fue adjudicado según oficio GRE-264-2012 de
Oferta Nº Uno (1).—Oferente: Ademinsa
Centroamericana S. A., representante: Tecnología y Mantenimiento Predictivo
S.A., monto total: $299.990,00.
Descripción: contratación de los
servicios de ingeniería para la medición de espesores de pared de tuberías,
diagnóstico de estado de tuberías, cálculos de vida remanente y diagramas
isométricos en trabajos de reparación incluidos en las tuberías de offsite de
la planta de refinación de RECOPE. Demás especificaciones conforme el cartel y
la oferta respectiva.
Forma de pago: mediante
transferencia bancaria a (30) días posteriores al recibo a satisfacción por
parte de RECOPE.
Tiempo de entrega: sesenta (60)
semanas.
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, por un monto del siete por ciento (7%) del total
adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha
probable de recepción definitiva del objeto del contrato.
2. El
presente concurso se formalizará con el respectivo pedido, el cual deberá ser
aprobado internamente por
3. Según
se tiene del oficio DJU-0593-2012, de conformidad con lo establecido en la
cláusula 1.13.1 del cartel, durante el periodo de formalización de la
contratación el adjudicatario deberá acreditar la existencia de la sociedad,
así como aportar el original del poder que se le otorga a Tecnología y
Mantenimiento Predictivo S. A., para presentar la oferta
4. Al
ser la adjudicataria una empresa que se encuentra domiciliada en el extranjero,
según lo señala la unidad técnica gestionante en su oficio I-R-0419-2012, los
pagos a realizar por los servicios contratados estarán sujetos a la retención
del 30% por concepto de remesas al exterior.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº
2012-0014.—Solicitud Nº 39169.—C-51220.—(IN2012064276).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000016-02
(Notificación
de declaración de infructuoso)
Contratación de servicios elaboración de Plan de Inspección
Se informa que
Por lo anterior, dado que no se cuenta con
ofertas elegibles para adjudicar, ese Despacho declara infructuosa esta
licitación y solicita proceder con la recotización del mismo.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº
2012-0014.—Solicitud Nº 39168.—C-15060.—(IN2012064281).
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-01
Contratación de servicios por recolección, transporte,
disposición
y tratamiento de los residuos sólidos
ordinarios,
residuos sólidos no tradicionales y
residuos
sólidos reciclables, tanto residenciales,
comerciales
e institucionales del cantón de Belén
Se acuerda por unanimidad: Primero: Dar por
recibido el oficio CRA 19-2012 presentado a este Concejo en el artículo 21 del
Acta 33-2012. Segundo: Adjudicar según la información del oficio CRA 19-2012 de
la siguiente manera: A) El ítem Nº 1 sobre residuos ordinarios: A la
empresa WPP Continental
de C. R. S. A., cédula jurídica 3-101-558-289,
para un precio por tonelada del servicio recolección y transporte por
¢19.057,13 para los residuos ordinarios (diecinueve mil cincuenta y siete
colones con 00/100) y para el servicio de tratamiento y disposición final
¢10.726,19 (diez mil setecientos veintiséis mil colones con 19/100), por un año
pudiendo prorrogarse por períodos iguales hasta un máximo de 3 prórrogas adicionales.
B) El ítem Nº 2 Residuos no tradicionales: A la empresa WPP Continental de
C. R. S. A., cédula jurídica 3-101-558-289, para un precio por tonelada del
servicio recolección y transporte por ¢41.750,00 para residuos no tradicionales
(cuarenta y un mil setecientos cincuenta colones con 00/100) y para el servicio
de tratamiento y disposición final ¢12.000,00 (doce mil colones con 00/100),
por un año pudiendo prorrogarse por períodos iguales hasta un máximo de 3
prórrogas adicionales. C) Para los ítems 1 y 2, es condición esencial, que la
empresa adjudicada, durante la vigencia del presente contrato, cuente con la
autorización legal para la disposición y tratamiento de los desechos sólidos,
en los sitios habilitados para esos efectos, según como lo determina
San Antonio de Belén, Heredia,
25 de junio del 2012.—Unidad de Bienes y Servicios.—Lic. Marcos Porras Quesada,
Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 28332.—Solicitud Nº
38909.—C-47020.—(IN2012064352).
MUNICIPALIDAD DE MATINA
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-000054-01
Depósito Final de Desechos Sólidos
Quien suscribe, Yorleny Canales
Delgado, cédula de identidad Nº 6-245-909, en mi condición de Proveedora a. í.,
hago el Comunicado de Adjudicación del proceso de Contratación Administrativa
tramitado bajo la modalidad de Contratación Directa Nº 2012CD-000054-01,
denominado “Depósito Final de Desechos Sólidos”, fue debidamente adjudicado a
la empresa, Empresas Berthier EBI de Costa Rica S. A., cédula jurídica
número 3-101-215741, mediante Acuerdo de Concejo Municipal, tomado en sesión
ordinaria celebrado el 4 de junio del 2012, quedando en acta Nº 175/12.
Matina, 6 de junio del
2012.—Proveeduría.—Lic. Yorleny Canales Delgado, Proveedora a. í.—1 vez.—(IN2012063440).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
REMATE Nº 004-2012
Venta de bienes en desuso (Puertas de seguridad
modelo
190/900 para bóveda)
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a
participar en el Remate Nº 04-2012. El mismo se llevará a cabo en sus oficinas
ubicadas en el sexto piso de
Las especificaciones,
condiciones generales y especiales podrán retirarse en
San José, 25 de junio del
2012.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge
Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2012064260).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL
Nº
2012LI-000005-0DE00
Diseño y construcción de tres Intercambios: A) Cañas- B)
Bagaces
y C) Liberia, en
Carretera
Interamericana Norte, Sección:
Cañas-Bagaces
y Liberia
En ocasión de la licitación
arriba indicada, se informa a las empresas interesadas que se fina nuevo plazo
para la recepción de ofertas para las 10:00 horas del 12 de julio de 2012. En
ese mismo orden, se les informa que en la página www.hacienda.go.cr/comprared
se deja sin efecto la publicación en
Proveeduría.—MBA
Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud
Nº 47758.—C-8930.—(IN2012064288).
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000007-01
Compra e instalación de módulos juegos infantiles
en
parques recreativos del ICODER
A todos los interesados en este
concurso se les informa que se realizará visita técnica en el Parque
San José, 26 de junio del
2012.—Proveeduría.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012063684).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000024-01
(Modificación
Nº 2)
Actualización plataforma BANCATEL
Se informa a los interesados en
al licitación en referencia, que al cartel se le han realizado algunas
modificaciones, las cuales deberán ser retiradas en
San José, 26 de junio del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1
vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6528.—C-16000.—(IN2012064295).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000022-PCAD
(Prórroga
Nº 1)
Compra de cajeros automáticos y dispensadores automáticos
(Consumo
según demanda)
Se les comunica a los
interesados que se prorroga por la atención de recurso de objeción interpuesto
ante
Todas las demás condiciones y requisitos
permanecen invariables.
San José, 26 de junio del
2012.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge
Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2012064259).
ÁREA DE SALUD ASERRÍ
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-2335
(Modificación
Nº 1)
Proyecto de Telefonía y Conexión IP
Se informa que al cartel de la
licitación de referencia se le hacen las aclaraciones y modificaciones
siguientes:
• Se utilizará Cable UTP Categoría 6 en vez de Categoría 6A
• Se instalará canasta en vez de aeroducto de metal envisagrado.
• Se instalarán 3 gabinetes de pared de no menor a 15 unidades de
Rack en vez de 22 unidades de Rack.
• Se utilizará ductería EMT de
Las demás especificaciones
técnicas permanecerán invariables, dentro de ello, la fecha de la apertura de
ofertas.
San José, 25 de junio del 2012.—Administración.—Msc Walter Villareal Dijeres,
Administrador.—1 vez.—(IN2012063340).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO
DE
BIENES Y SERVICIOS
AREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO Nº 2012LN-000004-5101 (Aviso Nº 10)
Implantes e insumos descartables para cirugía
artroscópica
de hombro, rodilla, cadera
y
pequeñas articulaciones
A los oferentes interesados en
participar en el concurso antes mencionado, se les comunica que se prorroga la
fecha de apertura para el día 9 de julio del
Vea detalles y mayor información
en
San José, 29 de junio del 2012.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O.
C. Nº 2112.—Solicitud Nº 32763.—C-15060.—(IN2012063695).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000005-01
Instalación adicional de cableado estructurado categoría
6
de los edificios A y B de las Oficinas Centrales y de
las
Oficinas Subregionales, así como la ampliación
de
la red de fibra óptica entre el edificio B
primer
piso y los segundos pisos
de
los edificios A y C de las
Oficinas
Centrales del IDA
El Instituto de Desarrollo
Agrario, informa a todos los potenciales oferentes en la licitación de
referencia, que se encuentra a su disposición la información correspondiente a
Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(IN2012063675).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000019-02
Construcción de pasos peatonales de acceso a parcelas en el
Asentamiento
Campesino Salama, Dirección Brunca
El Instituto de Desarrollo Agrario comunica que por error no se
incluyó la especificación técnica para
Ítem |
Actividad |
Descripción |
Cantidad |
47 |
Lámina Expandida |
Lámina Expandida Prisma Lisa de |
|
Los demás aspectos se mantienen
invariables incluyendo fecha y hora de apertura.
Área de Contratación y
Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1
vez.—(IN2012063678).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000027-01
Compra de proyectores, retroproyectores y pantallas
El Proceso de Adquisiciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en
participar en
Especificaciones técnicas:
Línea 7.
Se modifica el punto 4, como sigue:
4. Distancia
de proyección mínima de
Se modifica el punto 12 como
sigue:
12. Incluir manuales de instalación y de usuario preferiblemente en
español. Así como todos los cables y accesorios necesarios para su correcto
funcionamiento (baterías para el control remoto, cable de alimentación, cable
de computadora (VGA y HDMI), etc.
Se modifica el punto 16 como
sigue:
16. Al menos conectividad integrada al equipo para: audio, HDMI y
video.
Línea
8.
Se modifica el punto 12 como sigue:
15. Incluir manuales de instalación y de usuario preferiblemente en
español. Así como todos los cables y accesorios necesarios para su correcto
funcionamiento (control remoto con baterías, cable de alimentación, cable de
computadora (VGA y HDMI), etc.
Además se aclara que donde se
indica “Resolución Aproximada 86000 X
El resto de las especificaciones
y condiciones del cartel en general, se mantiene invariable.
Debido a lo anterior, la fecha
de apertura de esta licitación se prorrogó para el próximo 17 de julio del
Proceso de Adquisiciones.—Lic.
Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
21711.—Solicitud Nº 46903.—C-26240.—(IN2012063630).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
CONCURSO Nº 2012LN-000005-99999 (Modificación)
La concesión del Redondel de Toros de Zapote
para
su explotación comercial
El Departamento de Recursos
Materiales y Servicios, Área de Licitaciones, ubicado en el Sótano del Edificio
Municipal José Figueres Ferrer, avenida 10, comunica a los interesados en el
Concurso Nº 2012LN-000005-99999 “La concesión del Redondel de toros de Zapote
para su explotación comercial”, que se modifica la cláusula número 19, obras de
ampliación, punto B.l Graderías y Palcos artículo e) que dice:
e) El material para las graderías en su sentadero será de madera
sintética, constituida el cien por ciento por materiales reciclados,
construidas base de polietileno de alta densidad y fibras de madera reciclada,
con un grosor no menor
Deberá
leerse de la siguiente manera:
e) El material para las graderías en su sentadero será de madera
sintética, constituida el cien por ciento por materiales reciclados, construida
a base de polietileno de alta densidad y fibras de madera reciclada, con un
grosor no menor
San José, 25 de junio del 2012.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 130036.—Solicitud Nº 5065.—C-15580.—(IN2012063683).
dispuso:
Modificar los artículos 4 y 5 de la “Normativa
para la autorización de entidades con las que el Banco Central de Costa Rica
puede efectuar operaciones relacionadas con la gestión de las Reservas
Monetarias Internacionales”, conforme al texto que se copia a continuación:
Artículo 4º—Tipos de entidades
Se autorizarán los siguientes tipos de entidades:
a. Bancos extranjeros de primer orden reconocidos por el Banco
Central de Costa Rica.
b. Entidades
financieras no bancarias: Dentro de esta clasificación se aceptarán:
i. Agentes liquidadores de contratos de futuros “clearing
brokers”.
ii. Casas de liquidación de contratos de
futuros “clearing houses”.
iii. Gobiernos.
iv. Agencias de gobierno.
v. Entidades oficiales.
vi. Entidades multilaterales o supranacionales.
vii. Agentes negociadores.
c. Emergentes latinoamericanos.
Artículo 5. Requisitos generales
Todos los tipos de entidades deberán cumplir con
los siguientes requerimientos:
a. Estar supervisadas por algún organismo o agencia de supervisión
prudencial. Este requisito no deberá ser observado por los gobiernos.
b. Contar con un nivel de patrimonio de
US$1.000 millones o en su defecto activos totales por US$8.000 millones. Este
requisito no deberá ser observado por los gobiernos, administradores externos
de inversiones o agentes negociadores.
c. El país de domicilio de la entidad deberá
formar parte de alguno de los siguientes organismos intergubernamentales que
combaten el lavado de dinero: FATF, GARISUS, Egmont Group.
d. Contar con más de 5 años de existencia.
e. El país donde esté domiciliada la entidad
deberá contar con una calificación de riesgo país en el largo plazo de A+
(Standard & Poor’s), A1 (Moody’s) y A+ (Fitch) y en el corto plazo de A-1,
P-1 y F-1 de Standard & Poor’s, Moody’s y Fitch, respectivamente. En el
caso de los emergentes latinoamericanos, la calificación de riesgo país de
largo plazo será de BBB (Standard & Poor’s), Baa2 (Moody’s) y BBB (Fitch).
Las modificaciones antes consignadas rigen a
partir de su publicación en el Diario Oficial
Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—O. C. Nº 12262.—Solicitud Nº 5255.—C-42320.—(IN2012058945).
dispuso:
8. Aprobar la nueva versión de las Políticas para
POLÍTICAS
PARA
DE LAS RESERVAS
MONETARIAS INTERNACIONALES
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Alcance. La administración de
las Reservas Monetarias Internacionales se efectuará con base en lo instituido
en las presentes normas, de conformidad con lo establecido en la “Ley Orgánica
del Banco Central de Costa Rica”, Ley Nº 7558, del 27 de noviembre de 1995 y
sus modificaciones.
Artículo 2º—Objetivos. Los objetivos fundamentales de la
administración de las Reservas Monetarias Internacionales en poder del Banco
Central de Costa Rica son la conservación del capital y la liquidez. Para el
cumplimiento de estos objetivos, las presentes políticas establecen
lineamientos y restricciones consistentes con un bajo nivel de tolerancia al
riesgo.
Asimismo, se procurará maximizar el rendimiento obtenido de las reservas,
según las condiciones del mercado. Sin embargo, este objetivo se subordinará al
logro de los objetivos de conservación del capital y liquidez antes
mencionados.
Artículo 3º—Estructura de las Reservas Monetarias Internacionales
Disponibles. Las Reservas Monetarias Internacionales Disponibles del Banco
Central de Costa Rica tendrán la siguiente estructura:
i. Cartera de Capital de Trabajo en Dólares: Su objetivo será
solventar las necesidades de caja del Banco Central de Costa Rica y la normal
realización de pagos al exterior.
ii. Cartera de Capital de Trabajo en Euros:
Su objetivo será gestionar los saldos mantenidos en euros por las entidades
financieras nacionales en el Banco Central de Costa Rica.
iii. Cartera de Apoyo a Liquidez en Dólares: El
objetivo de este tramo será servir como una cartera intermedia que absorba el
impacto de las necesidades y excesos de liquidez no previstos.
iv. Cartera de Bonos en Dólares: El objetivo
de esta cartera será maximizar el rendimiento de las reservas, dentro de los
niveles de riesgo tolerables definidos en estas políticas. Tendrá como objetivo
secundario, absorber las necesidades de liquidez que no sean cubiertas por la
cartera de Apoyo a Liquidez.
v. Cartera de Bonos Soberanos con Cobertura
Cambiaria: El objetivo de esta cartera será maximizar el rendimiento de las
reservas, dentro de los niveles de riesgo tolerables definidos en estas
políticas.
Cada cartera será gestionada según lo indicado en
el capítulo correspondiente de estas políticas.
Artículo 4º—Responsabilidades de
Artículo 5º—Comité de Reservas. Con el fin de definir el marco
operativo dentro del cual se ejecutará la gestión de las Reservas Monetarias
Internacionales, se conformará un Comité de Reservas, el cual estará integrado
por los siguientes funcionarios: el Gerente del Banco, el Director de
El Gerente del Banco será el Presidente del Comité y el Director del
Departamento Análisis y Riesgo su Secretario. Podrá sesionar con al menos tres
de sus miembros, siempre que el Presidente esté presente, y tomará sus
decisiones por mayoría simple. En caso de empate, el Presidente tendrá doble
voto. La ausencia temporal de los miembros del Comité será suplida por quien en
ese momento esté desempeñando las correspondientes funciones del puesto. Si la
gerencia queda temporalmente sin suplente, será el director de
El Comité podrá, si lo estima pertinente, incorporar como asesores a otros
funcionarios del Banco, se reunirá al menos una vez cada tres meses y levantará
un Acta con los detalles de la reunión y los acuerdos tomados, la cual será
firmada por los integrantes y conservada en los archivos de
Artículo 6º—Funciones del Comité. Las funciones del Comité serán las
siguientes:
a. Efectuar el rebalanceo de las carteras que conforman las Reservas
Monetarias Internacionales en los casos previstos y con base en las reglas
establecidas en estas Políticas.
b. Con respecto a las carteras que se gestionan
en forma interna:
i. Establecer límites cuantitativos de inversión.
ii. Autorizar las inversiones en los tipos de
instrumentos elegibles, cuando sus características y riesgos sean muy distintas
a los inversiones que componen la cartera hasta ese momento.
c. Con respecto a las carteras que se gestionan en forma externa:
i. Revisar la gestión y desempeño del administrador en forma periódica.
ii. Establecer lineamientos adicionales a lo
dispuesto en estas políticas, cuando lo estime prudente para la gestión de los
riesgos de la cartera.
iii. Definir detalles metodológicos para la medición
de riesgos, cuando lo estime necesario.
d. Autorizar las contrapartes con las que se podrán efectuar
operaciones. Esta función incluirá:
i. La autorización de las entidades con las que el Banco Central de
Costa Rica puede efectuar operaciones relacionadas con su gestión de las
Reservas Monetarias Internacionales, a la luz de la normativa que regula esta
materia.
ii. Otorgar el reconocimiento de “banco extranjero
de primer orden” a las entidades que cumplan con los requisitos establecidos en
las “Normas para el reconocimiento de Bancos Extranjeros de Primer Orden”.
iii. Aprobar las Bolsas en las que se podrán
negociar los contratos de futuros.
e. Decidir la conveniencia de mantener o liquidar anticipadamente una
posición, en caso que se presente una pérdida de requisitos de inversión. Para
esto, utilizará información aportada por los Departamentos de Análisis y
Control de Riesgos y de Administración de Reservas Monetarias Internacionales
y, cuando aplique, la información aportada por los gestores externos.
f. Cuando
Cada vez que el Comité de Reservas ejerza
la facultad atribuida en el párrafo anterior, deberá informar lo actuado a
g. Hacer de conocimiento de
Artículo 7º—Ejecución.
En las carteras gestionadas en forma externa, la ejecución de las políticas
de inversión corresponderá a los administradores designados por
Artículo 8º—Designación de administradores externos. El Banco
Central de Costa Rica podrá otorgar a entidades del exterior la administración
de una parte de las Reservas Monetarias Internacionales. Dichas entidades
deberán cumplir inicialmente con los requisitos estipulados en la “Normativa
para la autorización de entidades con las que el Banco Central de Costa Rica
puede efectuar operaciones relacionadas con la gestión de las Reservas
Monetarias Internacionales”. Además, deberán someterse al proceso de selección
llevado a cabo por
Para cada gestor,
CAPÍTULO
II
Cartera
de Capital de Trabajo en Dólares
Artículo 9º—Gestión. Esta cartera será
gestionada por
Artículo 10.—Moneda. Estará denominado en
dólares de los Estados Unidos de América y se invertirá en activos denominados
en esa moneda.
Artículo 11.—Monto. El monto de la cartera
de Capital de Trabajo fluctuará dentro de una banda. Si el monto cae por debajo
de la banda inferior, se tomarán recursos del portafolio de apoyo a liquidez
para llevar el portafolio líquido al monto promedio de la banda, hasta donde
sea posible. Si el monto de la cartera de Capital de Trabajo sobrepasa la banda
superior, se trasladarán los recursos en exceso sobre el monto promedio de la
banda a la cartera de Apoyo a Liquidez.
La banda se determinará con base en los siguientes parámetros:
a. El límite inferior de la banda corresponderá a la máxima caída
histórica mensual que han presentado las reservas más una desviación estándar
de los cambios en las reservas.
b. El monto promedio de la banda corresponderá al
monto del límite inferior de la banda más dos veces la desviación estándar de
los cambios en las reservas.
c. El límite superior de la banda corresponderá al
monto promedio más dos veces la desviación estándar de los cambios en las
reservas.
d. La desviación estándar de los cambios en las
reservas se calculará a partir de la metodología que establezca el Comité de
Reservas.
Artículo 12.—Instrumentos
elegibles. Esta cartera podrá ser invertida en los siguientes instrumentos:
a. Notas de descuento, instrumentos de corto plazo y bonos emitidos por
gobiernos soberanos, agencias gubernamen-tales, entidades multilaterales,
supranacionales y entidades oficiales.
b. Certificados de depósito (CDs) y depósitos
bancarios a la vista y a plazo.
c. Obligaciones de otros intermediarios
financieros.
d. Fondos federales y depósitos overnight.
e. Papel comercial.
f. Recompras con instrumentos del Tesoro o títulos
de agencias de los Estados Unidos de América.
Artículo 13.—Depositarios
y emisores. Las inversiones de esta cartera podrán efectuarse en gobiernos
soberanos, agencias gubernamentales, entidades multilaterales, supranacionales,
entidades oficiales, grupos financieros, bancos comerciales y emergentes
latinoamericanos. En este último caso, el máximo permitido corresponderá a un
5% de las Reservas.
Todas las entidades antes mencionadas deberán ser reconocidas, previamente,
como bancos extranjeros de primer orden, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 107 de
Los emisores mencionados y los activos elegibles que ellos emitan deberán
contar con una calificación de riesgo de corto plazo igual o superior a A-1,
P-1 o F-1, según las agencias calificadoras de riesgo internacional Standard
& Poor’s, Moody’s Investor Services o Fitch Ibca, respectivamente.
Artículo 14.—Parámetro de referencia. El
desempeño de la cartera de Capital de Trabajo será contrastado con el índice de
referencia de
Artículo 15.—Plazo máximo de inversión. Los
plazos máximos por tipo de instrumento serán los que se especifican a
continuación:
a. Letras, notas de descuento o instrumentos de corto plazo,
negociables, de gobiernos, agencias gubernamentales, entidades multilaterales y
garantizadas por gobiernos: 1 año.
b. Certificados de depósito y papel comercial: 3
meses.
c. Depósitos a plazo y recompras: 3 meses.
Artículo 16.—Agentes
negociadores. Las operaciones de compra y venta de títulos deberán
realizarse directamente con el emisor o a través de agentes negociadores de
activos en los mercados internacionales. Los agentes negociadores deben cumplir
con lo establecido en
CAPÍTULO
III
Cartera
de Capital del Trabajo en Euros
Artículo 17.—Gestión.
Esta cartera será gestionada en su totalidad por
Artículo 18.—Moneda. Estará denominado en
euros y se invertirá en activos denominados en esa moneda.
Artículo 19.—Monto. El monto será el
necesario para mantener el calce con los pasivos que mantenga el Banco Central
de Costa Rica en euros.
Artículo 20.—Instrumentos elegibles. Esta
cartera podrá ser invertida en los siguientes instrumentos:
a. Notas de descuento, instrumentos de corto plazo y bonos emitidos por
gobiernos soberanos, agencias gubernamentales, entidades multilaterales,
supranacionales y entidades oficiales.
b. Depósitos bancarios a la vista, overnight y a
plazo.
c. Certificados de depósito (CDs) y papel
comercial (CPs).
Artículo 21.—Depositarios
y emisores. Las inversiones de esta cartera podrán efectuarse en gobiernos
soberanos, agencias gubernamentales, entidades multilaterales, supranacionales,
entidades oficiales, grupos financieros y bancos comerciales.
A excepción de los bancos centrales y gobiernos soberanos, las entidades
antes mencionadas deberán ser previamente reconocidas, como bancos extranjeros
de primer orden, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 de
Los emisores mencionados y los activos elegibles que ellos emitan deberán
contar con una calificación de riesgo de corto plazo igual o superior a A-1,
P-1 o F-1 según las agencias calificadoras de riesgo internacional de Standard
& Poor’s, Moody’s Investor Services y Fitch Ibca, respectivamente.
Artículo 22.—Plazo máximo de inversión. Los
plazos máximos por tipo de instrumento serán los que se especifican a
continuación:
a. Notas de descuento e instrumentos de corto plazo negociables
emitidos por gobiernos soberanos, agencias gubernamentales y entidades
multilaterales: 1 año.
b. Certificados de depósito y papel comercial: 3
meses.
c. Depósitos a plazo: 3 meses.
Artículo 23.—Agentes
negociadores. Las operaciones de compra y venta de títulos deberán
realizarse directamente con el emisor o a través de agentes negociadores de
activos en los mercados internacionales. Los agentes negociadores deben cumplir
con lo establecido en
CAPÍTULO
IV
Cartera
de Apoyo a Liquidez en Dólares
Artículo 24.—Gestión.
Esta cartera será gestionada en su totalidad por
Artículo 25.—Moneda. Estará denominado en
dólares de los Estados Unidos de América y se invertirá en activos denominados
en esa moneda.
Artículo 26.—Monto. El monto de la cartera
de Apoyo a Liquidez corresponderá al mayor valor entre: a) el 25% del monto de
las Reservas Monetarias Internacionales, estimado en el Programa
Macroeconómico, una vez deducido el monto promedio de las carteras de capital
de trabajo y de bonos soberanos con cobertura cambiaria la fecha del cálculo y
b) el nivel que garantice la conservación de capital de las RMI. El monto de
este portafolio se restablecerá en el siguiente mes luego de anunciado el
Programa Macroeconómico de cada año y podrá aumentar o disminuir a lo largo del
año en función de los excesos o necesidades que se presenten en las carteras de
Capital de Trabajo.
Artículo 27.—Instrumentos elegibles. Esta
cartera podrá ser invertida en notas de descuento, instrumentos de corto plazo,
bonos y títulos de tasa de interés flotante. Todos los instrumentos deben ser
negociables a través de mercados secundarios.
Artículo 28.—Depositarios y emisores. Las
inversiones de esta cartera podrán efectuarse en gobiernos soberanos, entidades
multilaterales, supranacionales, agencias gubernamentales y entidades oficiales.
Todas las entidades antes mencionadas deberán ser reconocidas, previamente,
como bancos extranjeros de primer orden, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 107 de
Los emisores mencionados y los activos elegibles que ellos emitan deberán
contar con una calificación de riesgo de corto plazo igual o superior a A-1,
P-1 o F-1, según las agencias calificadoras de riesgo internacional de Standard
& Poor’s, Moody’s Investor Services o Fitch Ibca, respectivamente.
Artículo 29.—Parámetro de referencia. El
desempeño de esta cartera será contrastado con el índice de referencia de notas
del tesoro de Estados Unidos de América con plazo al vencimiento entre 3 y 6
meses, calculado por la entidad Merrill Lynch (ticket de Bloomberg: G0B2).
Artículo 30.—Plazo máximo de inversión. El
plazo máximo de inversión será de un año, excepto para los títulos de tasa de
interés flotante, que será de 18 meses.
Artículo 31.—Agentes negociadores. Las
operaciones de compra y venta de títulos deberán realizarse directamente con el
emisor o a través de agentes negociadores de activos en los mercados
internacionales. En este último caso, deberán ser reconocidos como primary
dealers por: el Banco de
CAPÍTULO
V
Cartera
de Bonos en Dólares
Artículo 32.—Gestión.
Una parte de esta cartera será gestionada por
Artículo 33.—Moneda. Estará denominado en
dólares de los Estados Unidos de América y se invertirá en activos denominados
en esa moneda.
Artículo 34.—Monto. El monto de la cartera
de bonos en dólares corresponde al saldo de las Reservas Monetarias
Internacionales, una vez deducido el monto de los restantes portafolios que la
componen.
Artículo 35.—Instrumentos elegibles. Esta
cartera podrá ser invertida en los siguientes instrumentos:
a. Bonos gubernamentales con tasas fijas, variables o ligados a la
inflación, no redimibles anticipadamente.
b. Valores de deuda emitidos por agencias
gubernamentales, entidades oficiales o emisiones bancarias garantizados por
gobiernos, no respaldados por hipotecas u otro tipo de activos, ni redimibles
anticipadamente.
c. Depósitos y bonos emitidos por entidades
supranacionales o multilaterales.
d. Acuerdos de préstamos de títulos con
instrumentos del Tesoro de Estados Unidos de América, títulos de agencias
gubernamentales, entidades oficiales y multilaterales.
e. Contratos de futuros y forwards.
Adicionalmente, podrán invertirse saldos
remanentes de efectivo en los instrumentos de mercado de dinero consignados en
el artículo 12 de las presentes normas.
Artículo 36.—Depositarios y emisores. Las
inversiones de esta cartera podrán efectuarse en gobiernos soberanos, bancos
centrales, agencias gubernamentales, entidades oficiales y entidades
supranacionales o multilaterales, cuya calificación de riesgo propio o soberano
de largo plazo, sea igual o superior a A+, A1 o A+, según las agencias
calificadoras de riesgo internacional de Standard & Poor’s, Moody’s
Investor Services o Fitch Ibca, respectivamente.
Con excepción de los gobiernos soberanos y los bancos centrales, todas las
entidades antes mencionadas deberán ser reconocidas, previamente, como bancos
extranjeros de primer orden, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107
de
Todas las entidades mencionadas, excepto los gobiernos soberanos, bancos
centrales y entidades multilaterales, para los que aplica lo dispuesto en el
párrafo tras anterior, deberán contar con calificación de riesgo soberano de
largo plazo del país de residencia, igual o superior a AA-, Aa3 o AA-, según
las agencias calificadoras de riesgo internacional Standard & Poor’s,
Moody’s Investor Services y Fitch Ibca, respectivamente.
En los países cuya moneda oficial es el dólar de Estados Unidos de América,
se analizará los ratings soberanos en divisa local y en los demás países el
ratings soberano en moneda extranjera.
Los saldos remanentes de efectivo podrán invertirse en las entidades
especificadas en el artículo 13 de esta normativa exceptuando inversiones en emergentes.
Artículo 37.—Parámetro de referencia. El
desempeño de esta cartera será contrastado con el índice de referencia de bonos
del Tesoro de los Estados Unidos con plazo al vencimiento entre uno y tres
años, calculado por Merrill Lynch (ticket de Bloomberg: G1O2).
Artículo 38.—Plazo máximo de inversión. Los
plazos máximos por tipo de instrumento serán los que se especifican a
continuación:
a. Obligaciones emitidas por gobiernos soberanos, agencias
gubernamentales y entidades multilaterales: 10 años.
b. Operaciones de préstamo de títulos: 90 días.
c. Instrumentos de mercado de dinero: aplicarán
los mismos límites especificados en el artículo 15 de estas normas.
Artículo 39.—Gestión y
límites de tolerancia. Los administradores, podrán aplicar estrategias de
mejoramiento del rendimiento, para lo cual tendrán en cuenta los siguientes
aspectos:
a. El error de seguimiento ex ante (tracking error) deberá mantenerse
por debajo de los 50 puntos base. Si dicho límite fuera excedido a raíz de
movimientos propios del mercado, el portafolio deberá ser rebalanceado dentro
de los 30 días naturales siguientes. Como mínimo se deberá liquidar una tercera
parte del exceso sobre los 50 puntos base al término de cada 10 días naturales,
con el fin de cumplir con el límite establecido.
b. Se admitirá un rango de desviación de tres
meses alrededor de la duración del Merrill Lynch 1-3.
c. Los administradores de cartera establecerán
reglas para determinar los niveles de entrada en estrategias relacionadas con
el riesgo de tasa de interés -duración o posición en la curva de rendimiento-. Al
realizar cada una de estas estrategias, se establecerán los niveles de salida,
esto es, los niveles en los que se revisarán las posiciones con el fin de
determinar la acciones a seguir, dada la situación del mercado en ese momento. Los
administradores internos deben reportar dichas estrategias y resultados de sus
revisiones al proceso de Riesgo del Departamento Análisis y Riesgo.
Artículo 40.—Contrapartes
para préstamo de títulos, recompras y reventas. Las operaciones de préstamo
de títulos, de recompra y reventa de valores podrán ser efectuadas,
directamente o por medio de administradores externos. Dichas operaciones se
efectuarán con grupos bancarios comerciales o de inversión de primer orden,
reconocidos como tales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 de
Los grados mencionados se refieren a las calificaciones de riesgo de
Standard & Poor’s o el equivalente de las agencias calificadoras de riesgo
internacional Moody’s Investor Services y Fitch Ibca, autorizadas para operar
por
Artículo 41.—Agentes negociadores. Las
operaciones de compra y venta de títulos deberán realizarse a través de agentes
negociadores de activos en los mercados internacionales. Estos deberán ser
reconocidos como primary dealers por: el Banco de
CAPÍTULO
VI
Portafolio
de Bonos Soberanos con Cobertura Cambiaria
Artículo 42.—Gestión.
Esta cartera será gestionada por administradores externos, previamente
seleccionados, según las políticas de inversión definidas en este capítulo.
Artículo 43.—Moneda. La moneda base de esta
cartera es el dólar de los Estados Unidos de América, pero podrá ser invertido
en activos denominados en las monedas de los países en los que se permiten
inversiones.
La exposición en monedas diferentes al dólar de los Estados Unidos de
América será contrarrestada mediante la adquisición de instrumentos de
cobertura.
Artículo 44.—Instrumentos elegibles. Esta
cartera podrá ser invertida en los siguientes instrumentos:
a. Instrumentos de corto plazo: Certificados de Depósito a Plazo (CDs)
y Euro Certificados de Depósito a Plazo (ECD); Papel Comercial y Euro Papel
Comercial; Depósitos Bancarios a la vista y a plazo.
b. Instrumentos de largo plazo: Bonos, notas y
otros instrumentos de deuda incluyendo instrumentos de descuento, emitidos con
garantía incondicional de pagos puntuales de intereses, principal y premio (si
existe), emitidos por alguna de las entidades autorizadas en el artículo 45 de
la presente Normativa. Pueden ser a tasas fijas, variables o ligadas a la
inflación.
c. Contratos “forward” sobre tipos de cambio
denominados en alguna de las monedas autorizadas en el artículo 43; siempre y
cuando la contraparte cumpla con las condiciones establecidas en el artículo 46
de la presente Normativa.
d. Contratos de futuros donde el subyacente es un
bono de gobierno soberano y es emitido por alguna de las bolsas de futuros
autorizadas y denominada en alguna de las monedas autorizadas en el artículo
43.
Artículo 45.—Depositarios
y emisores. Las inversiones de esta cartera podrán efectuarse en bancos
comerciales, gobiernos soberanos, agencias gubernamentales, entidades
multilaterales y emisiones bancarias garantizadas por gobiernos.
Tanto el emisor como el país de domicilio de estos, deberán contar con una
calificación de riesgo de largo plazo en la moneda de la emisión, igual o
superior a AA-, Aa3 o AA-, según las agencias calificadoras de riesgo
internacional de Standard & Poor’s, Moody’s Investor Services y Fitch Ibca,
respectivamente.
Las entidades que cumplan con los criterios anteriores, serán consideradas
bancos extranjeros de primer orden, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 107 de
Los emisores deben contar con calificaciones de al menos dos agencias
calificadoras.
Artículo 46.—Contrapartes de contratos
“forward”. Para el caso de contratos “forward” sobre tipos de cambio, la
contraparte deberá contar con calificación de corto plazo igual o superior a
A-1, P-1, F-1 por parte de las agencias calificadoras de riesgo internacional
Standard & Poor’s, Moody’s Investor Services y Fitch Ibca respectivamente.
Las contrapartes deben estar domiciliadas en países con calificación
soberana igual o superior a AA-, Aa3 o AA- en la moneda del país, según las
agencias calificadoras de riesgo internacional de Standard & Poor’s,
Moody’s Investor Services y Fitch Ibca, respectivamente.
Las entidades que cumplan con los criterios anteriores, serán consideradas
como reconocidos de oficio como bancos extranjeros de primer orden, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 de
Las contrapartes deben contar con calificaciones de al menos dos agencias
calificadoras.
Artículo 47.—Parámetro de referencia. El
desempeño de esta cartera será contrastada con el índice de referencia de bonos
de gobiernos soberanos excluyendo Estados Unidos, con calificaciones
crediticias AAA, ponderados por el Producto Interno Bruto, con cobertura en
dólares de los Estados Unidos de América y plazo al vencimiento entre 1 y 3
años.
Artículo 48.—Montos máximos por emisiones y
emisores. Aplican los siguientes límites:
a. La inversión en los instrumentos autorizados en el inciso b del
artículo 44, se harán únicamente en las emisiones cuyo monto total sea igual o
superior a US$500 millones o su equivalente en la moneda autorizada en el
artículo 43 de la presente Normativa.
b. El monto máximo de inversión por emisión
autorizada en el inciso b del artículo 44 de esta normativa, será como máximo
un 20% del monto en circulación de dicha emisión.
d. El monto máximo permitido para inversiones en
emisores no incluidos en el índice de referencia, será de un 5% del valor de
mercado de la cartera. Además, el valor total en emisores que no pertenecen al
índice de referencia no puede exceder el 50% del valor de mercado de la
cartera.
Artículo 49.—Plazo
máximo de inversión. Los plazos máximos al vencimiento por tipo de
instrumento serán los que se especifican a continuación:
a. Instrumentos de corto plazo: 6 meses. En el caso de depósitos
bancarios: 3 meses.
b. Instrumentos de largo plazo: 10 años.
c. Contratos “forward” sobre tipos de cambio: 3
meses.
Artículo 50.—Duración.
La duración efectiva del portafolio deberá mantenerse en un rango de +/- 1 con
respecto a la duración efectiva del índice de referencia.
Artículo 51.—Error de seguimiento. El error
de seguimiento anual (tracking error) deberá mantenerse por debajo de los 100
b.p. Si dicho límite fuera excedido a raíz de movimientos propios del mercado,
la cartera deberá ser rebalanceada dentro de los 30 días naturales siguientes,
con el fin de cumplir con el límite establecido.
Artículo 52.—Exposición máxima en monedas
distintas al dólar. La exposición total en monedas distintas al dólar de
los Estados Unidos de América no podrá exceder el +/- 5% del valor de mercado
de la cartera. El desvío máximo por moneda individual no podrá exceder el +/-
2%. Si dichos límites fueran excedidos a raíz de movimientos propios del
mercado, la cartera deberá ser rebalanceada dentro de los 30 días naturales
siguientes.
Artículo 53.—Operaciones de recompra. No
están permitidas las operaciones de recompra (Repo y reverse repo).
Artículo 54.—Posiciones cortas. Los futuros
podrán utilizarse para modificar la duración y la posición por país con
respecto al benchmark.
Artículo 55.—Utilización de contratos futuros.
La adquisición de Contratos Futuros sobre bonos será para la administración del
riesgo de la cartera, específicamente para variar la duración y la exposición
por país con respecto al benchmark.
Artículo 56.—Restricción para contratos
forwards. En el caso de gestores externos, no será permitido la negociación
de contratos “forward” con contrapartes o afiliadas que pertenezcan al mismo
grupo corporativo o financiero del gestor.
CAPÍTULO
VII
Otras
disposiciones
Artículo 57.—Prohibición.
No será permitido colocar inversiones en entidades clasificadas como paralelas
(“offshore”).
Artículo 58.—Montos y plazos máximos de
inversión. Corresponderá al Comité de Reservas definir los montos máximos
que podrán ser invertidos en los diferentes instrumentos y entidades para las
carteras gestionadas internamente, de conformidad con los parámetros de riesgo
indicados en el presente reglamento.
Este comité cuando lo considere necesario, podrá limitar aún más los plazos
máximos de inversión de los tramos de liquidez y de inversión para las carteras
de dólares y euros.
Artículo 59.—Emisiones de Papel Comercial. El
Comité de Reservas podrá establecer el tamaño mínimo de las emisiones
(outstanding) de papel comercial que se podrán adquirir. El perfil de la deuda
de esas emisiones deberá ser el denominado “senior unsecured” o “unsecured
debt”, no pudiéndose adquirir emisiones respaldadas por carteras de activos
particulares, como es el caso de los denominados “Assets Backed Commercial
Papers”.
El papel comercial que se adquiera deberá ser emitido por participantes
regulares, entendidos como aquellos que periódicamente participan en el mercado
de papel comercial ó cuyas emisiones regularmente forman parte de los
inventarios proporcionados por agentes negociadores especializados en la
transacción de este tipo de valores.
Artículo 60.—Riesgo soberano. El Comité de
Reservas, cuando lo considere necesario, podrá limitar aún más las inversiones
en las carteras de Capital de Trabajo, para los depositarios y emisores, cuyo
país de residencia cuenta con una calificación de riesgo soberano de largo
plazo menor a AA-, Aa3 o AA- según las agencias calificadoras de riesgo
internacional de Standard & Poor’s, Moody’s Investor Services y Fitch Ibca,
respectivamente.
Artículo 61.—Calificaciones de Riesgo. En
el caso de que no exista equivalencia entre las calificaciones de riesgo de una
entidad, gobierno o país que cuentan con ratings de dos o más de las agencias
calificadoras de riesgo internacional, de Standard & Poor’s, Moody’s
Investor Services y Fitch Iba, aplicará la calificación menor.
Artículo 62.—Custodios. El Banco Central de
Costa Rica podrá contratar los servicios de custodia de bancos centrales o
instituciones financieras en el exterior. Estas últimas reconocidas como bancos
extranjeros de primer orden, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107
de
La calificación de riesgo soberano del país de residencia de las entidades,
deberá ser igual o superior a AA-, Aa3 o AA- según las agencias calificadoras
de riesgo internacional de Standard & Poor’s, Moody’s Investor Services y
Fitch Ibca, respectivamente.
Artículo 63.—Corresponsales. De acuerdo con
lo establecido en el artículo 28 de
Artículo 64.—Contrapartes y bolsas para
contratos de futuros. Los Contratos Futuros sobre instrumentos de renta
fija o con subyacente de tasas de interés podrán ser negociados únicamente con
Futures Commission Merchants members de alguna de las bolsas autorizadas.
Artículo 65.—Administración de cuentas para
contratos de futuros. Se permitirá la apertura de cuentas de margen con el
clearing róker que autorice el Comité de Reservas para efectos de los contratos
de futuros. Estas cuentas deberán mantenerse en su saldo mínimo exigido.
Artículo 66.—Apalancamiento. No será
permitido el apalancamiento. No se considerará que la cartera está apalancada
si la suma del valor de mercado de todas las posiciones del portafolio
(excluyendo los instrumentos del mercado de dinero y el efectivo), más la
exposición nominal neta de los futuros; es menor o igual al valor total de
mercado del portafolio.
Artículo 67.—Pérdida de requisitos de inversión.
Se incurrirá en pérdida de requisitos de inversión cuando se presente una
disminución en la calificación de riesgo de una emisión o emisor, por debajo de
los parámetros mínimos establecidos en los artículos 13, 21, 28, 36 y 45 de la
presente Normativa.
Artículo 68.—Acciones a tomar ante una pérdida
de requisitos de inversión. En caso de presentarse una pérdida de
requisitos de inversión, si la inversión tiene un plazo al vencimiento menor a
6 meses, el Comité de Reservas determinará la conveniencia de mantenerla o
liquidarla en un periodo no mayor a siete días hábiles. En caso de que la
inversión tenga un plazo al vencimiento mayor a 6 meses o la calificación de
riesgo sea inferior al grado de inversión, la inversión deberá liquidarse en un
plazo de cinco días hábiles.
El Comité de Reservas deberá mantener informada a
CAPÍTULO
VIII
Disposiciones
especiales
Artículo 69.—De los
emisores en los que invierte el Banco Mundial. Se permitirá al Banco Mundial
realizar inversiones con un vencimiento no mayor a 1 año en instituciones
bancarias y otros intermediarios financieros con una calificación mínima de A-,
durante el período de vigencia del convenio “Reserve Advisory & Management
Program” y sus reformas.
Las entidades en las que invierta el Banco Mundial, serán consideradas
bancos extranjeros de primer orden, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 107 de
Artículo 70.—Límites de tolerancia del Banco
Mundial. Durante el período de vigencia del convenio “Reserve Advisory
& Management Program” y sus reformas, el Banco Mundial podrá aplicar
estrategias de mejoramiento del rendimiento, para lo cual tendrá en cuenta los
siguientes aspectos:
a. La posibilidad de asumir riesgo tendrá un límite de 50 puntos base. Si
el retorno del portafolio se reduce en cualquier momento del año en 50 puntos
base por debajo de los índices Merrill Lynch 1-3 de bonos del tesoro de EEUU
(G1O2) los administradores del portafolio le consultarán a la administración si
se desea regresar a una estrategia pasiva.
b. Se admitirá un rango de desviación de tres
meses alrededor de la duración del índice Merrill Lynch 1-3 de Bonos del Tesoro
de EEUU (G1O2).”
Transitorio.—En adición a
los lineamientos establecidos en las presentes políticas, la duración de las
carteras totales deberá mantenerse entre 0,5 y 0,8 años mediante la adquisición
de posiciones cortas en contratos de futuros del Gobierno de los Estados Unidos
a 2 años, de tal forma que, con un nivel de confianza del 99%, no exista
probabilidad de pérdidas de capital en el portafolio de Reservas en un
horizonte anual.
Dicho nivel de duración será revisado y ajustado mensualmente por el Comité
de Reservas, de acuerdo con las condiciones y expectativas de mercado en
relación con las tasas de interés y el objetivo de preservación de capital
antes señalado.
De forma consistente con el nivel de duración objetivo,
La gestión de los mismos se efectuará con base en lo instituido en las
presentes normas, de conformidad con lo establecido en la “Ley Orgánica del
Banco Central de Costa Rica”, Ley Nº 7558, del 27 de noviembre de 1995 y sus
modificaciones.
9. Los cambios a las Políticas anteriores entrarán a regir para cada
uno de los gestores, una vez que se hayan finiquitado los detalles operativos
para su implementación, para lo que se delega en el Comité de Reservas la
responsabilidad de evaluar el avance de lo preceptuado en el presente acuerdo.
Publíquese en el Diario Oficial
Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—O. C. Nº 12262.—Solicitud Nº
5255.—C-730400.—(IN2012058946).
SISTEMA
DE EMERGENCIAS 9-1-1
REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN
DEL SISTEMA DE
EMERGENCIAS 9-1-1
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Que es importante y necesario informar
la denominación de los órganos internos del Sistema de Emergencias 9-1-1, con
el objetivo de evitar confusiones respecto a su naturaleza jurídica.
Artículo 2º—Que corresponde al Sistema de Emergencias 9-1-1, dictar el
Reglamento Autónomo de Organización para distribuir competencias a lo interno
de la institución y asegurar por este medio su funcionamiento en el ejercicio
de las funciones que le otorga el ordenamiento jurídico.
Artículo 3º—El Sistema de Emergencias estará conformado por las siguientes
instancias:
a. Comisión Coordinadora
b. Dirección
c. Los Procesos de Soporte a
Artículo 4º—Cada proceso tendrá a la interno, la
distribución que mejor convenga según las necesidades de la institución.
Artículo 5º—El presente Reglamento de organización interna será aplicable a
todas las dependencias y trabajadores del Sistema de Emergencias 9-1-1.
CAPÍTULO
II
De
Artículo 6º—
¡ Comisión Nacional de Emergencias;
¡ Caja
Costarricense del Seguro Social;
¡ Cuerpo de
Bomberos
¡ Ministerio
de Seguridad Pública;
¡ Dirección
General de Tránsito del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes;
¡ Organismo
de Investigación Judicial de
¡ Instituto
Costarricense de Electricidad;
¡ Cruz Roja
Costarricense;
¡ Instituto
Nacional de las Mujeres.
Estará presidida por el representante del
Instituto Costarricense de Electricidad y funcionará según lo establezca el
reglamento que se emita al efecto.
Artículo 7º—Las funciones de
a) Dictar las políticas de organización, establecer las áreas de
cobertura y fijar los sistemas de trabajo y coordinación que deberán cumplir
las instituciones y organizaciones integradas al Sistema de Emergencias 9-1-1.
b) Coordinar con el Ministerio de Educación
Pública para que incluya una unidad anual de aprendizaje sobre el uso y la
importancia del Sistema.
c) Propiciar, con los medios de comunicación
colectiva, la realización de campañas sobre el uso del Sistema.
d) Dictar los procedimientos y trámites
necesarios y supervisarlos, para que el Sistema y los departamentos especializados
de cada institución u organización integrante cooperen, con calidad y
eficiencia, a atender las emergencias.
CAPÍTULO
III
De
Artículo 8º—El Sistema de Emergencias 9-1-1 estará
a cargo de una Dirección, que será el área rectora en materia administrativa,
financiera, y operativa y la responsable de velar de forma integral por la
actividad del Sistema de Emergencias 9-1-1.
Contará con tres aéreas de especialidad que completaran su equipo de
gestión, a saber Auditoría Interna, Contraloría de Servicios y Planificación y
Control Institucional.
Artículo 9º—
Artículo 10.—
Artículo 11.—
a. Mantener una organización de alto rendimiento
b. Gestionar acciones administrativas bajo un
esquema de mejora continua que garanticen la calidad de los servicios que se
brindan.
c. Gestionar acciones operativas del Sistema de
Emergencias 9-1-1 que garanticen una atención oportuna y eficiente de las
emergencias.
Artículo 12.—
1. Ejecutar las funciones y responsabilidades dictadas por
2. Actuar como representante Legal del Sistema de
Emergencias 9-1-1 ante personas públicas o privadas, y con ello celebrar y
participar de todos los actos resultantes de las facultades que la ley le
confiere y
3. Ejecutar las estrategias de servicio para la
atención, recepción y transferencias de las llamadas.
4. Planificar, desarrollar, nombrar y suministrar
los recursos humanos y tecnológicos necesarios para ofrecer un servicio de
atención de las llamadas de emergencia acorde con las exigencias del país, las
necesidades de la población y las instituciones adscritas al 9-1-1.
5. Emitir las políticas, directrices y lineamientos
para la planificación, control del servicio, cumplimiento de leyes, y
relaciones con los colaboradores, dando las indicaciones necesarias para el
logro de los objetivos en consecución con la legislación vigente.
6. Tomar decisiones de trascendencia e impacto a
nivel institucional tanto de orden administrativo como operativo para la
atención de las llamadas de emergencias.
7. Aprobar y ejecutar el presupuesto anual del
Sistema de Emergencias 9-1-1.
8. Velar por la buena marcha del Sistema de Emergencias
9-1-1 y tomar las medidas administrativas, organizacionales, financieras y
demás que correspondan con sujeción a las normas aplicables.
9. Aprobar, ordenar y velar por la buena marcha
de la estructura organizativa del 9-1-1 y sus procesos a cargo.
10. Cumplir con todas aquellas funciones que se
consideren necesarias para el cumplimiento de los objetivos de
CAPÍTULO
IV
De
Artículo 13.—
En todo momento, la actividad de
El coordinador de procesos deberá rendir cuentas a
Artículo 14.—
a. Asegurar la entrega del servicio de acuerdo con los estándares de
calidad e indicadores de gestión que le defina
b. Gestionar, implementar y dar seguimiento del
Plan Estratégico en lo concerniente a los procesos a cargo.
c. Diseñar los procesos a lo interno, así como la
distribución del personal acorde a las necesidades.
d. Implementar y ejecutar las decisiones y
políticas, que en materia operativa dicte
e. Establecer los niveles de desempeño para sus
procesos.
f. Definir su Plan Anual Operativo alineado con
la estrategia Institucional, presupuesto requerido, así como los riegos
asociados para el cumplimiento de su misión. Asimismo, dar seguimiento a la
ejecución tanto del plan como del presupuesto asignado y velar porque las
acciones de mejora aseguren el cumplimiento de los objetivos.
g. Proponer los proyectos de los procesos a su
cargo, de corto, mediano y largo plazo.
h. Proponer nuevas alianzas estratégicas y
soluciones tecnológicas que permitan la evaluación y renovación del servicio
que brinda la institución.
i. Gestionar la correcta operación de la red
corporativa del Sistema de Emergencias 9-1-1.
j. Recomendar las políticas en materia de
tecnología de información, telecomunicación y de electromecánica con la
finalidad de asegurar el óptimo rendimiento de la plataforma tecnológica.
k. Coordinar acciones para mantener y actualizar
las plataformas que brindan el servicio en óptimas condiciones de operación.
l. Coordinar la implementación de soluciones
administrativas y operativas con los procesos a su cargo para garantizar que el
servicio al cliente sea eficiente y eficaz y que cumpla con las normas técnicas
de calidad respectiva.
m. Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo
del capital humano, recursos tecnológicos, financieros, materiales, para
cumplir con los objetivos y metas fijadas por la institución.
Artículo 15.—
a. Gestionar, implementar y dar seguimiento al Plan Estratégico en lo
concerniente al proceso a cargo.
b. Diseñar los procesos a lo interno, así como la
distribución del personal acuerdo a las necesidades.
c. Implementar y ejecutar las decisiones y
políticas, que en materia operativa dicte
d. Establecer los niveles de desempeño para su
proceso.
e. Definir su Plan Anual Operativo alineado con
la estrategia Institucional, presupuesto requerido, así como los riegos
asociados para el cumplimiento de su misión. Asimismo, dar seguimiento a la
ejecución tanto del plan como del presupuesto asignado y velar porque las
acciones de mejora aseguren el cumplimiento de los objetivos.
f. Proponer proyectos de los procesos a su
cargo, de corto, mediano y largo plazo, así como visualizar aquellos que se
requieren realizar en conjunto con las Instituciones Adscritas para la mejora
del servicio y las relaciones Interinstitucionales.
g. Garantizar a través del proceso de
post-servicio la relación con el usuario, de tal manera que sea un insumo para
su planificación.
h. Desarrollar estrategias en conjunto con las
Instituciones Adscritas con el fin de lograr que el servicio que se brinda a
los usuarios sea percibido como un servicio integral, de calidad y oportuno.
i. Realizar encuestas de satisfacción que sirvan
para conocer mejor a los usuarios y poder así identificar oportunidades de
mejora y retroalimentación para la planificación.
j. Verificar la calidad del servicio que se
entrega desde su recepción hasta el cierre del evento, con el fin de detectar
puntos vulnerables que requieran de una mejora. Aquellos que incluyan a las
Instituciones Adscritas se coordinarán sus mejoras a través de su representante
en
k. Atender los requerimientos que emane
l. Gestionar el cobro de multas por el uso
indebido del Sistema.
m. Atender las solicitudes de información de
personas y entes externos que lo requieran.
Artículo 16.—
a. Asegurar el Soporte a
b. Diseñar los procesos a lo interno, así como la
distribución del personal de acuerdo a las necesidades.
c. Establecer los niveles de desempeño para su
proceso.
d. Implementar y ejecutar las decisiones y
políticas, que en materia de soporte a
e. Definir su Plan Anual Operativo alineado con
la estrategia Institucional, presupuesto requerido, así como los riegos
asociados para el cumplimiento de su misión. Asimismo, dar seguimiento a la
ejecución tanto del plan como del presupuesto asignado y velar porque las
acciones de mejora aseguren el cumplimiento de los objetivos.
f. Proponer los proyectos de los procesos a su
cargo, de corto, mediano y largo plazo.
g. Elaboración, coordinación, implementación y
seguimiento de lineamientos y directrices de
h. Gestionar, implementar y dar seguimiento del
Plan Estratégico en lo concerniente al proceso a cargo.
i. Gestionar el proceso financiero contable de
j. Generar políticas y lineamiento sobre
ejecución presupuestaria, así como definir los controles necesarios para lograr
una ejecución presupuestaria eficiente y su seguimiento.
k. Generar políticas y lineamientos relacionados
con los procesos a su cargo que garanticen la eficiencia y eficacia de las
funciones que estos desarrollan.
l. Diseñar y gestionar un sistema de costos que
le permita a
m. Asesorar jurídicamente en materia de
Contratación Administrativa, Procesos Administrativos y aplicación de leyes y reglamentos
en general.
Artículo 17.—Rige a
partir de su publicación.
Rodolfo Jugo Romero, Director.—1
vez.—(IN2012059544).
MUNICIPALIDAD
DE ALAJUELA
El Concejo Municipal de Alajuela, en acuerdo
tomado en el artículo 7, cap VII de la sesión 40-2008 del 30 de setiembre del
2008 ratificada en el artículo N° 5, capítulo V de la sesión ordinaria N°
23-2011 del martes 07 de junio del 2011 acordó publicar el:
REGLAMENTO
PARA EL PAGO DE GASTOS DE VIAJE
Y TRANSPORTE PARA
REGIDORES Y SÍNDICOS
DE
El Concejo Municipal del Cantón Central de
Alajuela, de conformidad con lo establecido en los artículos 4 inciso a), 13
incisos c) y 30 párrafo segundo del Código Municipal vigente, establece el
presente Reglamento para el pago de Gastos de viaje y transporte para regidores
y síndicos del cantón Central de Alajuela, el cual se regirá por las siguientes
disposiciones:
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Objeto. El presente Reglamento tiene
por objeto establecer el mecanismo para el reconocimiento de gastos de viaje y
de transporte a los regidores y síndicos, propietarios y suplentes del cantón
Central de Alajuela, así como las disposiciones a las que deberán someterse las
erogaciones por dicho concepto.
Artículo 2º—Concepto. Por gastos de viaje y trasporte o viáticos, debe
entenderse aquellas sumas destinadas por los beneficiarios de este Reglamento,
a la atención de gastos concretos de alimentación, hospedaje y de movilización
desde el lugar de su residencia, hasta la sede donde se realicen las sesiones
municipales.
Artículo 3º—El presente Reglamento será de aplicación para aquellos
regidores y síndicos, propietarios y suplentes, que por la lejanía entre su
lugar de residencia y la sede municipal, les resulte dificultosa su
participación en las sesiones del Concejo Municipal. Para efectos de este
Reglamento, se entenderá que el sitio de residencia del beneficiario es lejano,
cuando éste se encuentre a una distancia igual o superior a cuarenta
kilómetros. Únicamente se reconocerán viáticos, a los regidores y síndicos que
tengan derecho a ello, cuando asistan puntualmente a las sesiones del Concejo
Municipal y tengan derecho al pago de la dieta respectiva, según las
disposiciones del artículo 30 del Código Municipal. Los gastos de transporte,
alimentación y hospedaje, en que deban incurrir los regidores o síndicos cuando
deban desplazarse fuera del cantón Central de Alajuela, para atender asuntos
previamente autorizados por el Concejo Municipal, se regirán por las disposiciones
del Reglamento de gastos de viaje y transporte para Funcionarios Públicos,
emitido por
Artículo 4º—Gastos por concepto de transporte. Además de lo indicado en el
artículo anterior respecto la lejanía, el reconocimiento de gastos de trasporte
estará sujeto la tarifa aprobada por el organismo regulador correspondiente,
para la ruta de transporte público colectivo que deba utilizar el beneficiario
para acceder a la sede de las sesiones. Salvo casos excepcionales previamente
documentados y autorizados, no se reconocerá el pago de transporte bajo la
modalidad de taxi.
No se reconocerán gastos por este concepto, cuando
Artículo 5º—Por alimentación,
Artículo 6º—Se pagará hospedaje únicamente en aquellos casos en que, por la
hora de finalización de las sesiones municipales, resulte imposible acceder al
domicilio del beneficiario, por los medios de ordinarios de transporte
regulados en este reglamento.
Artículo 7º—Tarifas. Las tarifas que reconocerá
Artículo 8º—Limitación territorial del gasto de transporte. El gasto de
transporte se reconocerá del lugar da residencia del regidor y/o síndico,
propietarios y/o suplentes al lugar sede del Concejo Municipal y viceversa. En
caso de sesiones extraordinarias en otros lugares, se deberá indicar el lugar
donde esa sesión se lleve a cabo.
Artículo 9º—Reconocimiento de gastos por alimentación y transporte, cuando
si lugar de la sede del Concejo coincide con el de su residencia. Cuando el
regidor o síndico deba asistir a sesiones del Concejo Municipal, en el mismo
lugar donde está su domicilio, no se cubrirá gasto alguno.
CAPÍTULO
II
De la
solicitud y de las liquidaciones
Artículo 10.—Solicitud.
El reconocimiento y pago de los beneficios que este Reglamento establece, está
sujeto a que los regidores y síndicos que lo requieran, realicen previamente
una solicitud escrita y personal, ante el Concejo Municipal, quien previo
dictamen de
Artículo 11.—Presentación de cuentas. Para que el
pago de los beneficios establecidos en este reglamento sea procedente, el
beneficiario deberá presentar un liquidación dentro de los quince días
naturales posteriores a la fecha en que se produjo la erogación; para lo cual
deberá utilizar ineludiblemente los formularios que al efecto confecciones y
provea
Artículo 12.—La información consignada en la
liquidación de gastos de transporte tiene el carácter de declaración jurada, o
sea, que ésta es una relación cierta de los gastos incurridos.
Artículo 13.—Asignación presupuestaria. Una vez
verificado el cumplimiento de los requisitos que establece este reglamento el
proceso de Hacienda Municipal solicitará al subproceso de Control de
Presupuesto, que haga constar la asignación presupuestaria para cubrir estos
gastos.
Artículo 14.—Pago. El pago de los rubros que
correspondan, se realizará dentro del mes siguiente a la fecha de presentación
de la liquidación respectiva, previa corroboración por parte del Proceso de
Hacienda Municipal de que el beneficiarlo cumple con las condiciones del
acuerdo que autorizó el beneficio, las disposiciones de este reglamento y de
que ha asistido efectivamente a las sesiones que se indican en la respectiva
liquidación. Para tales efectos
Artículo 15.—Los pasajes de transporte terrestre
no requerirán la presentación de comprobantes de gasto.
Artículo 16.—Prohibición de adelantos. Bajo
ninguna circunstancia se autoriza a
CAPÍTULO
III
Disposiciones
finales
Artículo 17.—Disposición
supletorias. Serán de aplicación supletoria, en lo que resulten pertinentes,
las disposiciones del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
funcionarios públicos, dictado por
Adicionalmente se deja sin efecto las publicaciones efectuadas en
Lic. Roberto Thompson Chacón, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2012057996).
MUNICIPALIDAD
DE PUNTARENAS
A efectos de que se publique en el Diario Oficial
De conformidad con lo dispuesto por el Concejo
Municipal en la sesión Nº 184, celebrada el día 21 de mayo de 2012, en su
artículo 4°, inciso D. Esta Comisión Dictamina. Aprobar el:
REGLAMENTO
PARA EL PAGO DE GASTOS
DE TRANSPORTE, HOSPEDAJE
Y ALIMENTACIÓN
A LOS SEÑORES REGIDORES
Y SÍNDICOS PROPIETARIOS
Y SUPLENTES DE
Considerando:
1°—El Concejo Municipal de
2°—
3°—Por lo anterior es importante elaborar un Reglamento de Pagos de Gastos
de Transportes, Hospedaje y Alimentación, para aquellos Regidores y Síndicos
propietarios y suplentes, residentes en zonas alejadas de
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1°—Para los efectos del presente Reglamento,
se entiende por:
Concejo: Concejo Municipal de
Municipalidad: Municipalidad
de Puntarenas
Contraloría: Contraloría
General de
Alcalde: Alcalde Municipal.
Zona Alejada: Aquella que se
encuentra a una distancia igual o mayor a
Regidores y Síndicos:
Regidores y Síndicos, propietarios y suplentes del Concejo Municipal de
Puntarenas.
Artículo 2°—El presente Reglamento establece las
disposiciones generales, a que deberán someterse las erogaciones, que por
concepto de transporte, hospedaje y alimentación, deban realizar los Regidores
y Síndicos, con el propósito de asistir a las sesiones del Concejo Municipal.
Artículo 3°—Los Regidores y Síndicos, que podrán hacer uso de estos
beneficios, son aquellos que habiten a cinco o más kilómetros de
CAPÍTULO
II
Procedimiento
para solicitar y liquidar los viáticos,
por transporte, hospedaje y alimentación
Artículo 4°—El señor Regidor o Síndico Municipal,
que desee solicitar el subsidio por concepto de transporte, hospedaje y
alimentación, deberá llenar en forma inmediata o mensualmente la fórmula
“liquidación de gastos por concepto de transporte, hospedaje y alimentación,
para Regidores y Síndicos” indicando los montos adeudados y los conceptos de
los mismos, adjuntando en caso de hospedaje la factura o comprobante que
compruebe el gasto. Esta fórmula debe llenarse correctamente y ser trasladada
al Alcalde Municipal.
Artículo 5°—
Artículo 6°—Una vez verificada la lista, se procederá a confeccionar la
planilla o cheque a quien corresponda, los pagos a efectuarse se regirán de
acuerdo a lo que establece el Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes para
Funcionarios Públicos emitido y aprobado por
Artículo 7°—Se pagarán únicamente gastos de hospedajes, a los señores
Regidores y Síndicos, que residan lejos de la sede municipal y que obligado
deben quedarse a dormir en el centro de Puntarenas, una vez finalizada la
sesión y siempre que no sea posible transportarse en taxi en cuyo caso se
reconocerá este gasto.
Las erogaciones que por conceptos de taxi, públicos y privados, en las
modalidades terrestres, automóviles y micro-buses o acuáticos, lanchas y pangas
de cabotaje según sea la necesidad y los gastos por concepto de ferry (playa
Naranjo y Paquera) para que los Regidores y Síndicos Propietarios y Suplentes,
para que asistan a las sesiones del Concejo Municipal y viceversa, se
reconocerán dentro de los gastos de transporte del presente reglamento, esto
por la exclusiva complejidad del Cantón Central de Puntarenas con 16 distritos,
ubicados en zonas de diferente dificultad geográfica y de transporte.
Artículo 8°—Corresponde al Alcalde Municipal autorizar el pago de
transporte, alimentación y hospedaje y crear la partida presupuestaria para
darle contenido económico a este tipo de gastos, que no podrán considerarse
viáticos.” Conforme lo establecen las tablas del Reglamento de gastos, viajes y
transporte para funcionarios públicos.
Artículo 9°—Los montos asignados por concepto de transporte, contemplan el
desplazamiento de su casa de habitación a
Por concepto de alimentación, se le pagará únicamente a aquellos Regidores
y Síndicos, que residan a una distancia igual o mayor a los cinco kilómetros, o
zonas de difícil acceso (transporte público) de
A. Desayuno. Serán reconocidos únicamente al regidor o síndico, que inicie el viaje de
su casa de habitación, entre las cero horas a las seis horas, para estar
presente en la sesión del Concejo Municipal y esté presente en las instalaciones
de
B. Almuerzo. Será reconocido únicamente al Regidor o Síndico, que inicie el viaje de
su casa de habitación, entre las seis horas a las doce horas, para estar
presente en la sesión de Concejo Municipal y esté presente en las instalaciones
municipales.
C. Cena.
Será reconocido únicamente este beneficio al Regidor o Síndico, que participe
en una sesión del Concejo Municipal que inicie a las dieciséis horas hasta que
la misma finalice y esté presente en toda la sesión municipal.
Artículo 10.—
Artículo 11.—Si por decisión del Concejo Municipal
o del Alcalde Municipal se brindará el transporte requerido para que los
señores Regidores y Síndicos, puedan asistir sin problemas a las sesiones del
Concejo, éstos en ningún caso pueden solicitar el pago.
Artículo 12.—Las tarifas por transporte, hospedaje y alimentación, serán
ajustadas cuando así lo autorice
Artículo 13.—Será obligación de
Evitando el despilfarro y uso indebido o ilegal de los fondos públicos y
presentarlo al Honorable Concejo Municipal.
Artículo 14.—En todo lo no previsto en el presente
Reglamento, en cuanto a pagos, se regirá por lo que establece el Reglamento de
Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos, vigente, y aprobado
por
Artículo 15.—El presente Reglamento deroga a los
anteriores en los aspectos contemplados en el presente, relativos a vigencia.
Artículo 16.—Este Reglamento rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial
En conocimiento de lo anterior se acuerda: Aprobar en todas sus partes el
dictamen vertido por
Marielos Marchena Hernández, Secretaria del
Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012058711).
El Concejo Municipal de
REGLAMENTO
PARA
TRIBUTOS Y COBRO DEL
IMPUESTO A LA
PRODUCCIÓN DE PALMA
ACEITERA
CAPÍTULO
PRIMERO
Organización
y funciones
Artículo 1º—Se entiende como la actividad de
recaudación, el conjunto de actividades que realiza
La función de recaudación se efectuará en tres etapas sucesivas:
voluntaria, administrativa y ejecutiva.
En la voluntaria, el sujeto pasivo cancelará sus obligaciones sin necesidad
de actuación alguna por parte de
En la administrativa,
En la ejecutiva, la recaudación se efectúa coactivamente, utilizando los
medios legales establecidos y recurriendo a los órganos jurisdiccionales
respectivos.
Artículo 2º—La recaudación tributaria será desarrollada por
La voluntaria y la administrativa estarán a cargo
de la dependencia asignada al efecto.
La ejecutiva será ejercida por los abogados asignados al efecto.
Salvo los casos especificados en la norma, toda resolución resultante de la
aplicación de este Reglamento deberá emitirla el titular de
Artículo 3º—Serán funciones de
Ejecutar los programas de recaudación
establecidos.
Llevar a cabo las actuaciones de cobro en las etapas voluntaria,
administrativa y ejecutiva, de obligaciones morosas en vía administrativa o
judicial, según corresponda.
Requerir a los agentes recaudadores y a los sujetos pasivos la información
pertinente para ejercer un control eficiente de las deudas tributarias.
Elaborar los planes internos tendientes a mejorar los procedimientos de
recaudación.
Recibir y dar curso a las solicitudes de arreglos de pago, compensación,
ajuste o devolución de saldos a favor, de carácter tributario.
Artículo 4º—Son funciones de los abogados respecto
al cobro judicial y extrajudicial, las siguientes:
Disponer el ejercicio de la acción de cobro a más
tardar dentro del mes siguiente al recibo de la certificación del adeudo, que
tendrá el carácter de título ejecutivo.
Otorgar a los deudores, previo a la ejecución, un plazo de ocho días
hábiles, para que procedan a la cancelación del crédito tributaria impago, bajo
apercibimiento que de no hacerlo, se le iniciará ejecución para hacer efectivo
dicho crédito y sus accesorios legales.
Decretar las medidas cautelares normativamente disponibles a fin de hacer
efectivo el cobro de las deudas tributarias.
Ejercer inmediata vigilancia sobre la gestión cobratoria a su cargo.
CAPÍTULO
SEGUNDO
Pago
de las deudas tributarias
Artículo 5º—El tributo debe pagarse dentro de los
plazos que fijen las leyes respectivas. Cuando la ley no fije plazo, el tributo
debe pagarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que
ocurra el hecho generador. Todos los demás pagos por concepto de tributos
resultantes de resoluciones firmes en vía administrativa, deben efectuarse
dentro de los quince días siguientes a la notificación de la resolución.
En todo caso, los intereses se calcularán a partir de la fecha en que los
tributos debieron pagarse.
Artículo 6º—El pago de las deudas tributarias deberá hacerse mediante
moneda de curso legal o por medio de cheque, salvo cualquiera otro autorizado
legalmente.
Artículo 7º—El pago de las deudas tributarias deberá hacerse en las
agencias o sucursales de las entidades recaudadoras autorizadas por
Los pagos realizados a órganos o entidades públicas o privadas no
autorizados para recibir pago, no liberan al deudor de su obligación de pago ni
del cómputo de los intereses respectivos, sin perjuicio de las
responsabilidades de todo orden en que incurra, quien reciba indebidamente esos
pagos.
Artículo 8º—El pago efectuado voluntariamente por un tercero extinguirá la
obligación tributaria y quien pague se subrogará en el crédito, sus garantías y
privilegios, mas no en aquellas potestades que se deriven de la naturaleza
pública del acreedor inicial.
Artículo 9º—Los comprobantes de pago, como documentos que demuestran que el
pago de la deuda tributaria se ha llevado a cabo total o parcialmente, serán
emitidos por
Los comprobantes deberán contener los siguientes requisitos:
Nombre y apellidos, razón social o denominación y
número de cédula del sujeto pasivo.
Tipo de impuesto, periodo fiscal,
periodo de pago y monto de la deuda.
Fecha de vencimiento.
Sello de cancelado del ente u oficina recaudadora.
Artículo 10.—El pago
realizado con los requisitos normativos extingue la deuda y libera al deudor y
demás responsables.
El pago de un débito de vencimiento posterior no presupone la cancelación
de los anteriores, ni extingue el derecho de
Artículo 11.—La deuda correspondiente a cada
tributo será independiente de las demás obligaciones a cargo del deudor.
Al efectuar el pago, el deudor de varias deudas podrá imputarlo a aquella o
aquellas que libremente determine.
En los casos en que el deudor no indique la imputación del pago,
En todos los casos, la imputación de pagos se hará primero a las
obligaciones accesorias y por último a la principal. Esta regla será aplicable
a cualquier medio de extinción de las obligaciones tributarias.
Artículo 12.—Ante falta de pago por parte del
sujeto pasivo dentro de los términos legales correspondientes,
Artículo 13.—Los contribuyentes, en pago total o parcial de tributos
adeudados pueden ofrecer bienes muebles o inmuebles, de su propiedad o de
terceros, y libre de gravámenes, como dación en pago a favor de
Artículo 14.—La novación como forma de extinción
de la obligación tributaria, consistirá en la transformación o sustitución de
una obligación por otra. La novación se admitirá únicamente cuando se mejoren
las garantías a favor de
CAPÍTULO
TERCERO
Aplazamientos
y fraccionamientos de pago
Artículo 15.—Los
aplazamientos para el pago de las obligaciones tributarias deberán solicitarse
antes del vencimiento del plazo para efectuar el pago y sólo pueden ser
concedidos en casos de excepción, cuando a juicio de
Artículo 16.—Las facilidades de pago pueden solicitarse en cualquier
momento, pero sólo se concederán si a juicio de
Artículo 17.—Corresponderá al interesado adjuntar con su solicitud de
aplazamiento o facilidad de pago, los elementos probatorios necesarios y
suficientes que justifiquen el otorgamiento de lo solicitado, así como el
planteamiento de una propuesta de la forma en que atenderá sus obligaciones
tributarias.
Artículo 18.—La resolución que deniegue el
otorgamiento de aplazamientos o facilidades de pago carecerá de recurso alguno,
no obstante deberá ser razonada.
Artículo 19.—
CAPÍTULO
CUARTO
Compensación
de deudas tributarias
Artículo 20.—
Artículo 21.—El sujeto pasivo podrá solicitar la
compensación, pero podrá aplicarla hasta que haya sido aceptada mediante
resolución de
Artículo 22.—Solamente podrán ser rechazadas
aquellas solicitudes de compensación que resulten legalmente improcedentes,
mediante resolución motivada.
CAPÍTULO
QUINTO
Condonación
de deudas tributarias
Artículo 23.—Las deudas
por tributos sólo pueden ser condonadas por ley, mediante un acuerdo del
Concejo Municipal.
Las obligaciones accesorias podrán ser condonadas mediante resolución de
Procederá la condonación de obligaciones accesorias, cuando se demuestre
que éstas tuvieron como causa el error imputable a
CAPÍTULO
SEXTO
Supresión
de deudas incobrables
Artículo 24.—
Artículo 25.—La supresión de registro de deudas
incobrables no implica condonación de las mismas.
CAPÍTULO
SÉTIMO
Prescripción
de las deudas tributarias
Artículo 26.—La
prescripción es la forma de extinción de la obligación tributaria que surge
como consecuencia de la inactividad de
Artículo 27.—La declaratoria de prescripción se
aplicará de oficio cuando se hayan presentado las condiciones señaladas en el
artículo 21de este Reglamento.
También podrá declararse la prescripción a petición de parte.
La solicitud de prescripción deberá ser presentada por el interesado a
El pago que haga el deudor de una obligación prescrita se tendrá por bien
efectuado y no dará derecho a repetir lo pagado.
CAPÍTULO
OCTAVO
Devolución
de tributos
Artículo 28.—Los contribuyentes que tengan saldos
a favor, podrán solicitar su devolución dentro del término de ley, a menos que
hayan sido objeto de un procedimiento de determinación, en cuyo caso se
resolverá lo procedente una vez firme la resolución final.
Artículo 29.—Presentada la solicitud,
Artículo 30.—Sin
perjuicio de los requisitos especiales que para la devolución de impuestos se
establezcan dependiendo de la naturaleza de cada uno de ellos, el solicitante
de una devolución deberá cumplir lo siguiente:
Presentar directamente o por medio de apoderado, la solicitud autenticada
al Alcalde Municipal.
Acreditar personería, poder o autorización, según el caso.
Indicar nombre o razón social completos, así como los números de cédula de
identidad o de cédula jurídica. Aportar los documentos que comprueben la
existencia del saldo a favor cuya devolución se solicita. Señalar domicilio
fiscal y lugar para notificaciones.
CAPÍTULO
NOVENO
Archivo
temporal de deudas tributarias
Artículo 31.—De conformidad con el inciso c) del
artículo 103 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el Concejo
Municipal fijará mediante Resolución General, los montos considerados exiguos
para efectos de archivar temporalmente las deudas en gestión administrativa o
judicial.
CAPÍTULO
X
Cierre
de negocios
Artículo 32.—Se
considerará como causal de cierre de negocio la falta de pago de dos o más
trimestres del impuesto de patente.
Artículo 33.—Previo a la ejecución de la orden de cierre
El requerimiento deberá contener los siguientes requisitos:
a) Efectuarse en forma escrita, dirigida al sujeto pasivo y firmada por el Jefe del área encargada de la recaudación del
tributo.
b) Indicar que en caso de incumplimiento se
ordenará el cierre de negocio.
c) Notificarse en el domicilio de conformidad con
lo establecido en el artículo 137 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, con aplicación supletoria de
Vencido el plazo de cinco días sin que el sujeto
pasivo hubiese cancelado el tributo adeudado, acordado un arreglo de pago o
demostrado la defensa de pago,
Artículo 34.—La orden de cierre recaerá en el
establecimiento de comercio, industria, oficina o sitio donde se ejerza la
actividad u oficio, y reunirá los siguientes requisitos:
a) Enunciación del lugar, hora, fecha y Municipalidad.
b) Indicación del tributo y del período fiscal
cuando corresponda.
c) Indicación de la infracción que se le
atribuye.
d) Apreciación de las pruebas y defensas
alegadas.
e) Fundamento jurídico de la decisión.
f) Firma del funcionario legalmente autorizado
para resolver.
Artículo 35.—La orden de
cierre se ejecutará como mínimo por medio de un funcionario de
Artículo 36.—La ejecución del cierre material
podrá ser realizada a cualquier hora del día como mejor convenga a los
intereses fiscales, pero de preferencia se efectuará en horas en que hubiere el
menor número de personas dentro del establecimiento.
Artículo 37.—La orden de cierre puede afectar una
casa de habitación o bien otros negocios.
a) Cierre de locales que afecte casas de habitación o varios
establecimientos: si la orden de cierre afecta a un local que sirva de
habitación a una o más personas, o a un edificio en que se encuentren varios
establecimientos, la orden de cierre se ejecutará de tal forma que no impida el
acceso a la casa de habitación o a los otros establecimientos comerciales.
b) Cierre de locales compartidos por varios
negocios: si en un mismo local se encuentran varios negocios, ya sea que
compartan o no el equipo o la maquinaria, la orden de cierre consistirá en la
prohibición expresa para el infractor de ejercer la actividad, lo cual se hará
constar en un acta.
Artículo 38.—Si en el
establecimiento que se va a cerrar, se encuentran mercancías de fácil
descomposición, se solicitará al dueño, gerente o administrador, que las
coloque en un lugar apropiado, para que no se dañen o deterioren. En caso de
negativa, la pérdida será atribuible al propietario del negocio.
Si se encuentran animales vivos dentro del local, serán puestos a
disposición del interesado.
Artículo 39.—La orden de reapertura del negocio
procederá únicamente cuando el sujeto pasivo satisfaga la deuda con su pago o
mediante un arreglo aceptado por
Artículo 40.—Para demostrar la infracción de
destrucción o alteración de sellos establecida en la normativa penal, se deberá
levantar un “Acta” la que deberá contener un detalle de todo lo ocurrido y
constatado, así como de la información recabada respecto de posibles testigos
de lo sucedido. Si existiere en el (o los) negocio(s) infractor (es), el
representante o cualquier empleado del mismo, se le entregará copia del acta. Si
no existiere, se procederá a entregar dicha copia en el domicilio fiscal
registrado del contribuyente.
CAPÍTULO
XI
Sobre
el impuesto a la venta de la producción de palma
Artículo 41.—A los
efectos del artículo trece de la ley siete mi ciento treinta y nueve, todo
productor de palma producida en el Cantón de Corredores, deberá presentar a
Artículo 42.—
Artículo 43.—Toda empresa o compañía que tenga
planta productora, recibidora o de compra de materia prima, ubicada dentro del Cantón
de Corredores, tendrá la obligación de presentar a
Artículo 44.—En caso de que
Artículo 45.—Las empresas mencionadas en el artículo tras anterior, estarán
obligadas a presentar a
Artículo 46.—Una vez recibida la información,
Artículo 47.—Firme el acto administrativo que
declaró la existencia de la deuda tributaria, en caso de que el contribuyente
no haya hecho el pago, la deuda será ejecutada conforme al artículo 12 de este
Reglamento.
Artículo 48.—
Artículo 49.—A efectos de ser beneficiarios de la beca de los hijos de
productores de palma, con recursos del impuesto indicado en el artículo 41 de
este Reglamento, será requisito indispensable que tales productores se
encuentren al día en el pago de tal impuesto, conforme a los registros
municipales.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Corredores, 6 de junio del 2012.—Sonia
González Núñez, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012059181).
MUNICIPALIDAD
DE LIMÓN
El Concejo Municipal del Cantón Central de Limón,
se permite publicar por acuerdo Nº SM-868-2011, el siguiente reglamento tomado
en la sesión ordinaria Nº 81 del lunes 5 de diciembre de 2011 bajo el artículo
V, inciso b):
REGLAMENTO
DE
Artículo 1º—Se aprueba el presente reglamento a
efecto de regular gestiones de
Artículo 2º—Son funciones de esta Comisión:
Ø Promover y contribuir a la realización de diagnósticos de las
necesidades de las personas con discapacidad para facilitar la accesibilidad a
los servicios públicos del Cantón.
Ø Proponer la incorporación
Ø Oportunamente emitir criterio en asuntos en consulta,
así
Ø Servir de enlace
entre la comunidad y entes administrativos para la formulación, ejecución y
evaluación de políticas en materia de accesibilidad y discapacidad.
Artículo 3º—Esta Comisión estará integrada por un
mínimo de cinco miembros del Concejo Municipal, con la asesoría voluntaria de
la administración y sociedad civil, estas últimas tendrán voz, pero sin voto.
Artículo 4º—
Artículo 5º—
Artículo 6º—Quienes asuman la integración de
Artículo 7º—Los acuerdos se tomarán por simple mayoría de voto, pudiendo
sesionar con un quórum requerido de la mitad más uno de los miembros.
Artículo 8º—En cumplimiento de
Estas disposiciones reglamentarias rigen a partir de su publicación en el
Diario
Limón, junio del 2012.—John
Gutiérrez Gómez, Secretario Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012058658).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Comunica a los señores Zayda
Castro Lara y Marvin Barboza Bonilla, progenitores de las personas menores de
edad Alexander y Luz Iris ambos Castro Lara, que por resolución administrativa
de las siete horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil doce,
se dicta medida de cuido provisional a favor de los citados menores en el
recurso de la señora Noelia del Carmen Lara. Recursos. Procede el recurso de
apelación para ante
Comunica al señor Rafael Montes
Oca Santana, progenitor de la persona menor de edad Alondra Michelle Montes Oca
Polanco, que por resolución administrativa de las quince horas del treinta de
mayo del dos mil doce, se dicta medida de cuido provisional a favor de la
citada menor en el recurso de la señora Tania Brenes Molina. Recursos. Procede el
recurso de apelación para ante
Comunica a los señores Vilma
Brenes Quirós y Bernardo Obando Serrano, progenitores de las personas menores
de edad Alejandra y Luis Alberto ambos Obando Brenes, que por resolución
administrativa de las quince horas treinta minutos del dos de mayo del dos mil
doce, se dicta medida de abrigo temporal a favor de los citados menores en el
albergue transitorio de Cartago. Recursos. Procede el recurso de apelación para
ante
Comunica al señor Sterlyn Thomas
Gamboa, progenitor de la persona menor de edad Andrew Thomas Chaves, que por
resolución administrativa de las catorce horas del treinta de mayo del dos mil
doce, se dicta medida de cuido provisional a favor del citado menor en el
recurso de la señora Virginia Mayela Méndez Ramírez. Recursos. Procede el recurso
de apelación para ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se notifica a la señora Isabel
Cristina Torres Mora, de calidades y domicilio actual desconocidos, la
resolución administrativa de quince horas del treinta de abril del dos mil
doce, en la cual se dictó Medida de Protección de Abrigo Temporal de la persona
menor de edad Darlin Dayana Campos Blanco. Se advierte que deberá señalar lugar
o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o
si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Pueden contar con la asesoría y hacerse representar por un abogado de su
elección, así como tener acceso y revisar el expediente administrativo. Procede
recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a partir de la tercera publicación de esta comunicación, ante
A Frank Rojas Coronado, se le
comunica que en esta Oficina Local se ordenó dictar resolución administrativa
de las diez horas del día veinte del año dos mil doce, en la cual se ordenó dar
inicio con el Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa y ordenó
que la niña María Rojas Fernández, se ubicara en el Albergue Hogarcito Infantil
de Corredores como Protección y Abrigo Temporal. Posteriormente se lleva a cabo
valoración al hogar de la abuela materna la señora Marta Fernández Navarro, el
cual se acredita que es un hogar apto y adecuado para que asuman a la niña
María Rojas, por lo que se ordena revocar la medida de Abrigo Temporal y en su
lugar se dicta la resolución de las nueve horas cuarenta minutos del día
primero de junio del año dos mil doce, en la que ordena la reubicación de la
niña María, egresando del albergue para que se ubique en el hogar de la abuela
materna. Lo anterior como medida de Cuido Provisional y que se continúe el
seguimiento por parte de
Se le comunica formalmente al
señor Berman Guzmán Corea y a la señora Jacqueline Ordóñez Alvarado la
resolución administrativa de las dieciséis horas del día ocho de mayo del dos
mil doce que modificó la resolución de las diez horas cinco minutos del día
treinta de diciembre del dos mil once en cuanto a su ubicación en abrigo
temporal, y se ordenó como medida especial de protección la reubicación de la
niña Yeslin Paola Ordóñez Alvarado que estaba en el Albergue Institucional de
El Roble N° 2 y trasladada al Hogar Cristiano de Puntarenas por ser esta una
alternativa de protección acorde con el perfil de atención de la persona menor
de edad. En lo demás queda incólume la resolución inicial de abrigo temporal
ordenada por PANI. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a
hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a
tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo
concerniente existe en
A quien interese. Se pone en
conocimiento que en esta Oficina Local de Puntarenas, se dictó la resolución de
las dieciséis horas del día treinta de abril del dos mil doce, relacionada con
la declaratoria administrativa de estado de abandono de la persona menor de
edad Génesis Teresa Malé Espinoza, hija de José Max Malé Vargas y Fanny
Espinoza González, ambos costarricenses, nació el día diecinueve de octubre del
dos mil y su nacimiento se encuentra inscrito en el Registro de Nacimientos del
Registro Civil, provincia Puntarenas, tomo cuatrocientos sesenta y dos, folio
cuatrocientos setenta y ocho, asiento novecientos cincuenta y cinco. Por
fallecimiento de sus progenitores José Max Malé Vargas, padre de Génesis Teresa
Malé Espinoza, falleció el día veinte de agosto del dos mil ocho y su defunción
se encuentra inscrita en el Registro de Defunciones del Registro Civil,
provincia San José, tomo ochocientos sesenta y dos, folio doscientos ochenta y
ocho, asiento quinientos setenta y seis; y la señora Fanny Irlanda Espinoza
González, madre de Génesis Teresa Malé Espinoza, falleció el día siete de
noviembre del dos mil once y su defunción se encuentra inscrita en el Registro
de Defunciones del Registro Civil, provincia San José, tomo quinientos trece,
folio ciento setenta y seis, asiento trescientos cincuenta y dos. Asimismo se
dictó depósito administrativo de la niña Génesis Teresa Malé Espinoza bajo la
responsabilidad de la señora Eulalia González Martínez, portadora de la cédula
de identidad número seis-ciento ocho-mil doscientos ochenta y uno (6-108-1281),
quien notificada del nombramiento aceptó el cargo y juró su fiel cumplimiento
en beneficio de la persona menor de edad. Garantía de defensa: Se les previene
a las partes que es su derecho hacerse asesorar y representar por un abogado de
su elección, así como que tiene acceso al estudio del expediente
administrativo, que permanecerá a su disposición en esta oficina local en horas
y días hábiles de las siete horas treinta minutos hasta las dieciséis horas.
Medidas cautelares: Al amparo de lo dispuesto en los incisos g) del artículo
ciento sesenta y uno del Código de Familia, se dictó depósito administrativo de
la persona menor de edad citada en el hogar de la señora Eulalia González
Martínez, quien se responsabilizará por la custodia y protección de la niña
Génesis Teresa Malé Espinoza. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a
la parte interesada que podrán interponer los recursos ordinarios de
revocatoria y de apelación dentro de los tres días hábiles siguientes contadas
a partir de la última notificación a las partes ante
Se avisa, a María Elena
Rodríguez Vanegas, y a Feliciano Campos Núñez, de domicilio y demás calidades
desconocidas, que por resolución de las ocho horas con diez minutos del seis de
junio del dos mil doce, esta representación, ha resuelto medida de cuido
provisional en favor de la persona menor de edad de nombre Evelyn Junieth
Campos Rodríguez, para que a partir de la fecha y hora de la resolución sea
protegida en el hogar recurso comunal de la señora María Elena Saravia Urbina.
Audiencia: Se les confiere audiencia, para que dentro del término de tres días
hábiles, contados a partir de día hábil inmediato siguiente luego de la
publicación de este edicto, para que formulen verbalmente o por escrito, ante
la oficina local del Patronato Nacional de
A Pablo Solón Méndez García. Se
le comunica la resolución de las 17:30 horas del 25 de mayo del 2012 donde se
resuelve: I) Se sustituye la medida de protección de cuido provisional de las
personas menores de edad hecha en los hogares solidarios, pertenecientes a los
hogares recursos familiares seleccionados por
Al señor Carlos Andrés Martínez
Méndez, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le
comunica la resolución administrativa de las doce horas del quince de mayo de
dos mil doce que eleva recurso de apelación presentado por la progenitora ante
Presidencia Ejecutiva y emplaza a las partes para que en el término de tres
días hábiles se apersonen ante el Órgano Superior a hacer valer sus derechos.
Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación
de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante
esta oficina local en forma verbal o escrita; oficina que lo elevará ante
A la señora Darling del Carmen
Flores, mayor de edad, nicaragüense y demás calidades desconocidas, y al señor
Wilbert Baltodano, mayor de edad, nicaragüense y demás calidades desconocidas.
Se les comunica la resolución de las 12:00 horas del 11 de junio del año 2012,
que dicta cuido provisional de la persona menor de edad Dana Baltodano Flores,
en su tía la señora Ivannia del Socorro Calero Aguilar. Se advierte a los
interesados que contra dicha resolución procede recurso apelación, que deberán
interponer ante
A la señora Elizabeth Salas
Pérez, mayor de edad, cédula de identidad 6-0159-0784, costarricense y demás
calidades desconocidas, se tramita el expediente 111-00441-1994, se le comunica
la resolución de las once horas y quince minutos del once de junio del año dos
mil doce, que dicta la guarda crianza provisional, de la persona menor de edad
Sharon Michel Bermúdez Salas, en su padre el señor Allen Guillermo Bermúdez
Berrocal. Se advierte a los interesados que contra dicha resolución procede
recurso apelación que deberán interponer ante la representación legal indicada
dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes contados a partir del día
siguiente de la tercera publicación de este aviso, en forma conjunta o
separada, siendo inadmisible el interpuesto fuera del término indicado. Se le
advierte, además que deberá señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no
hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las resoluciones
futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de 24 horas después
de ser dictadas.—Oficina Local de San José Oeste, 11 de junio de 2012.—M.Sc.
Vanesa De León Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº
3922.—C-17160.—(IN2012058101).
A la señora Milagros Aracelly
Chavarría Mora, mayor de edad, cédula de identidad 1-1199-0650, costarricense y
demás calidades desconocidas, se tramita el expediente 115-00105-00, se le
comunica la resolución de las ocho horas y treinta minutos del siete de junio
del dos mil doce que dicta la guarda crianza provisional de la persona menor de
edad Nicole Valeria Arroyo Morales, en su padre el señor José Obed Arroyo
Chavarría. Se advierte a los interesados que contra dicha resolución procede
recurso apelación que deberán interponer ante la representación legal indicada
dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes contados a partir del día
siguiente de la tercera publicación de este aviso en forma conjunta o separada
siendo inadmisible el interpuesto fuera del término indicado. Se le advierte,
además que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el
lugar señalado fuere impreciso inexacto o llegare a desaparecer o si el medio
seleccionado fuere defectuoso estuviere desconectado sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación las resoluciones futuras se tendrán por
notificadas con el solo transcurso de 24 horas después de ser dictadas.—Oficina
Local de San José Oeste, 7 de junio de 2012.—M.Sc. Vanesa De León Quesada,
Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3922.—C-17160.—(IN2012058102).
AVISOS
Detalle |
Tarifa mensual ¢ |
Residencial |
6.432 |
Comercial 1 |
12.864 |
Comercial 2 |
19.296 |
Comercial 3 |
22.512 |
Industrial A |
38.592 |
Industrial B |
45.024 |
Rige a partir de su publicación.
Aserrí, 7 de junio del 2012.—Lic.
Víctor Manuel Morales Mora, Alcalde Municipal.—1
vez.—(IN2012056399).
PLIEGO TARIFARIO
ACUEDUCTO
MUNICIPAL DE ASERRÍ
Domiciliaria Ordinaria Reproductiva Preferencial
Gobierno
Servicio Fijo 2.000,00 4.000,00 6.000,00 2.000,00 3.000,00
Servicio medido |
Domiciliaria |
Ordinaria |
Reproductiva |
Preferencial |
Gobierno |
0-15 |
2.850,00 |
5.700,00 |
8.550,00 |
2.850,50 |
4.275,00 |
16-25 |
160,00 |
480,00 |
800,00 |
240.00 |
240,00 |
26-40 |
480,00 |
960,00 |
800,00 |
240,00 |
240.00 |
41-60 |
480,00 |
960,90 |
800,00 |
240,00 |
240,00 |
61-80 |
960,00 |
1.110,10 |
800,00 |
240,00 |
240,00 |
81-100 |
960,00 |
1.110,00 |
1.200,00 |
840,00 |
840,00 |
101-120 |
1.440,00 |
1.665,00 |
1.200,00 |
840,00 |
840,00 |
Más de 120 |
1.440,00 |
1.665,00 |
1.200,00 |
840,00 |
840,00 |
Condiciones generales:
1. Derecho de conexión ¢7.500,00
2. Derecho de reconexión ¢7.500,00
3. Traslados de servicios ¢7.500,00
4. Revisión de hidrómetros ¢10.000,00
5. Reposición de pavimento
5.1 Lastre compactado ¢12.325,00 metro
lineal
5.2 Tratamiento superficial ¢8.512,00 metro lineal
5.3 Pavimento asfáltico ¢13.525,00 metro
lineal
6. Costo por nueva conexión ¢65.000,00
Rige a partir de su publicación.
Aserrí, 7 de junio del
2012.—Lic. Víctor Morales Mora, Alcalde.—1
vez.—(IN2012056400).
CORPORACIÓN CAYMAN DOS RÍOS S. A.
Se convoca a asamblea general
extraordinaria de accionistas de Corporación Cayman Dos Ríos S. A., a
celebrarse en primer convocatoria en el domicilio social de la sociedad, sito
en San Francisco de Dos Ríos del Parque Okayama 125 sureste y
FUNDACIÓN
INCIENSA
Fundación Inciensa, cédula jurídica Nº 3-006-
ORDEN DEL DÍA
1. Apertura de la asamblea general de patrocinadores
2. Aprobación del orden del día
3. Informe de labores de la fundación
4. Presentación de estados financieros auditados
5. Elección de los directores para integrar la junta administrativa
6. Asuntos varios
Dra. Concepción Bratti Verdejo,
Presidenta.—1 vez.—(IN2012063668).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
UNIVERSIDAD LATINA
Por medio de la presente
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos del artículo
689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace
constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá
los siguientes certificados de acciones:
Certificado
Nº Acciones Serie
1284 340 A
1285 245 B
Nombre del accionista: Casa Treinta y Tres S.
A., folio número: 1699.—11 de junio del 2012.—Norma Naranjo M., Gerente de
Accionistas.—(IN2012056531).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
HOLCIM
(COSTA RICA) S. A.
Javier D. Monge Quesada, cédula de identidad
3-0290-0961, apoderado del albacea de la sucesión de quien en vida fue Emilce
Zúñiga Martínez, cédula de identidad 1-0211-0877, solicita la reposición del
título Nº 1902, Serie A por 20.000 acciones; de Holcim (Costa Rica) S. A.
(antes Industria Nacional de Cemento S.A.) el cual fue extraviado. Si hubiese
alguna persona interesada en que no se haga esta reposición, favor hacerlo
saber en las oficinas del emisor en los treinta días siguientes a esta.—Javier D. Monge Quesada, Apoderado.—RP2012302897.—(IN2012056704).
PACAYAS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Ante Pacayas Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número 3-101-013668, con domicilio social en San José, Escazú, del
Centro Comercial Multiplaza,
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
BANCO
PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.
Por este medio Banco Promérica de Costa Rica S.
A., hace constar que Erick Xirinachs Alvarado, cédula de identidad: uno-seiscientos
veintisiete-cero ochenta y cuatro, es el único propietario y beneficiario del
siguiente documento: cheque de gerencia número ocho cinco cuatro seis
tres-cero, por un monto de mil setecientos noventa y un dólares con cuarenta y
ocho centavos de dólar, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América,
de Banco Promérica de Costa Rica S. A., fecha de emisión: treinta y uno de mayo
del dos mil doce. Por lo cual para efectos de cobro no tiene ninguna validez, y
por lo que solicita su reposición.—San José, doce de
junio del dos mil doce.—Federico Chavarría Vargas.—(IN2012058041).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Ante esta notaría a las 16:30
horas del 30 de mayo del 2012, se constituyó la sociedad anónima denominada Floseti
S. A., con capital social de 100.000 colones, por un plazo de noventa y
nueve años, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma es el señor Greivin Gerardo Flores Calderón, mediante la escritura
número 292-01 del tomo 01 del protocolo de la suscrita notaria.—Cartago, 5 de
mayo del 2012.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1
vez.—RP2012300972.—(IN2012054598).
Ante esta notaría, a las 17:20
horas del 5 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general
ordinaria de socios celebrada por Hormiga Americana Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número 3-101-189807. Se modifica parcialmente el pacto
constitutivo, mediante la escritura número 319, tomo 1, tomo 1 del protocolo de
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las quince horas del tres de junio del dos mil doce, protocolicé
acuerdo de asamblea de socios por medio de la cual se acordó disolver la sociedad
denominada Corporación Géminis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, tres de junio del dos mil doce.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1
vez.—RP2012300974.—(IN2012054600).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dos de junio del dos
mil doce, se acordó disolver la
sociedad denominada Corporación Soma M Y E Sociedad Anónima.—San
José, tres de junio del dos mil doce.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1
vez.—RP2012300975.—(IN2012054601).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las dieciséis horas del primero de junio del dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad
anónima denominada tres-ciento uno-ochenta y seis mil seiscientos cincuenta
y cinco sociedad anónima. Reforma cláusulas primera y cuarta. Nombramiento
presidente, secretario y fiscal.—Seis de junio del dos mil doce.—Lic. Irina
Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012300976.—(IN2012054602).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las ocho horas del seis de junio del dos mil doce, se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima
denominada Abteil Sociedad Anónima. Disolución.—Seis de
junio del dos mil doce.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1
vez.—RP2012300977.—(IN2012054603).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las nueve horas del cinco de junio del dos mil doce, se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima
denominada Exclusividades Mayoardo Sociedad Anónima.
Disolución.—Seis de junio del dos mil doce.—Lic. Irina Castro Gamboa,
Notaria.—1 vez.—RP2012300978.—(IN2012054604).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las ocho horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil doce,
se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad
anónima denominada I S Consorcio Jurídico Sociedad Anónima.
Disolución.—Seis de junio del dos mil doce.—Lic. Irina Castro Gamboa,
Notaria.—1 vez.—RP2012300979.—(IN2012054605).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las ocho horas del cinco de junio del dos mil doce, se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima
denominada Exportadora de Frutos Suculentos Sociedad Anónima.
Disolución,.—Seis de junio del dos mil doce.—Lic. Irina Castro Gamboa,
Notaria.—1 vez.—RP2012300980.—(IN2012054606).
La suscrita, Ana Gabriela Alfaro
Jirón, hace constar que ante mí, se solicitó la disolución de la compañía
denominada Arata y Gurdian Sociedad Anónima.—Liberia, primero de junio
del dos mil doce.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1
vez.—RP2012300981.—(IN2012054607).
La suscrita, Ana Gabriela Alfaro
Jirón, hace constar que ante mí, se solicitó la disolución de la compañía
denominada Hacienda Villas K C Sociedad Anónima.—Liberia,
primero de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1
vez.—RP2012300982.—(IN2012054608).
La suscrita, Ana Gabriela Alfaro
Jirón, hace constar que ante mí, se solicitó la disolución de la compañía
denominada 3-101-511512 sociedad anónima.—Liberia, primero de junio del
dos mil doce.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1
vez.—RP2012300983.—(IN2012054609).
Protocolización de acuerdos de
la asamblea extraordinaria de Grupo de Consultores Centroamericanos Sociedad
Anónima, a las diez horas del cinco de junio del año dos mil doce, por
medio de la cual se reforma cláusula dos del pacto social.—San José, ocho horas
del seis de junio del año dos mil doce.—Lic. Anna Lia Volio Elbrecht,
Notaria.—1 vez.—RP2012300986.—(IN2012054610).
Por escritura 75 de las 10 horas
del 25 de mayo del año 2012, protocolizó acta de Tratamiento Tecnológicos
D&A S. A., en que acuerda su disolución.
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las diecinueve horas quince minutos del día cinco de junio del dos
mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la
sociedad denominada Coatepeque de Santa Ana CSA Ltda.
Donde se acuerda la liquidación y disolución de la compañía.—San José, cinco de
junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2012300988.—(IN2012054612).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del día cinco de junio del dos
mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la
sociedad denominada Huayna Capac PHC Ltda. Donde se
acuerda la liquidación y disolución de la compañía.—San José, cinco de junio
del dos.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2012300989.—(IN2012054613).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las diecisiete horas, cuarenta y cinco minutos del día cinco de
junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas
de la sociedad denominada Tupac Yupanqui TPY Ltda. Donde se acuerda la
liquidación y disolución de la compañía.—San José, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2012300990.—(IN2012054614).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las diecisiete horas, quince minutos del día cinco de junio del dos
mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada 3-101-530567 S. A. Donde se
acuerda la liquidación y disolución de la compañía.—San José, cinco de junio
del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2012300991.—(IN2012054615).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las nueve horas, treinta minutos del día cuatro de junio del dos mil
doce, se protocoliza la solicitud de disolución de la sociedad denominada Netsonic
S. A.—San José, cuatro de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María
Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012300992.—(IN2012054616).
Ante la suscrita notaría, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de renuncia
de presidente y secretario y se nombran nuevos, de la sociedad Monge Terán
Sociedad Anónima. Presidente: Andrés Alpízar Valverde. Otorgada a las
dieciséis horas del cinco de junio del año dos mil doce.—Lic. Irene Salazar
Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012300993.—(IN2012054617).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las dieciocho horas, cincuenta minutos del día cinco de junio del
dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la
sociedad denominada Gruzdianka Ltda. Donde se da por disuelta y
liquidada la sociedad.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012300994.—(IN2012054618).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las diecinueve horas, diez minutos del día cinco de junio del dos
mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la
sociedad denominada 3-102-489763 SRL. Donde se da por disuelta y
liquidada la sociedad.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012300995.—(IN2012054619).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las dieciocho horas, cuarenta minutos del día cinco de junio del dos
mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la
sociedad denominada Alparteña Espargata Ltda. Donde se da por disuelta y
liquidada la sociedad.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012300996.—(IN2012054620).
Ante esta notaría se constituyó
la compañía denominada Agro BGS Limitada, en la escritura pública número
treinta, del tomo segundo del notario Carlos Granados Barquero. Cuyos
representantes legales son los señores: Juan Carlos Gómez Solano, Marco Vinicio
Brenes Segura y José Carlos Brenes Segura.—Cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Carlos Luis Granados Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012300997.—(IN2012054621).
Por escritura otorgada a las
15:00 horas del 23 de mayo del 2012, por unanimidad de socios, se acuerda
disolver liquidar las sociedades
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13:00 horas del 1º de junio del 2012, se constituyó la sociedad Metalmorfosis
Sociedad Anónima. Domiciliada en Heredia, cantón Central, distrito tercero
San Francisco, cincuenta metros norte y veinticinco metros oeste de la iglesia.
Plazo social: 100 años. Presidenta: Heysel Teresa conocida como Hazel González
Rojas.—Heredia, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Manuel Sánchez
González, Notario.—1 vez.—RP2012301004.—(IN2012054623).
Por escritura otorgada por esta
notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de disolución de la
sociedad CI
He protocolizado actas de las
empresas Canadian Comercial Corporation, Olympic Investments, Empresas
Ko Samui, Espíritu del Norte, Molson, Vacaciones Playa
Grande CR, Algonquin y Abitibi todas S. A. En las que se
fusionan y prevalece la empresa Canadian Corporation. Así mismo, he
protocolizado actas de las empresas Commercial Ventures Company, Beta
Investments, Island Invesments, Resource Management, Mega
Holding y Major Investments todas S. A. En las que se
fusionan y prevalece la empresa Commercial Ventures Company S. A.—San
José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Jurguen Kinderson Roldán, Notario.—1
vez.—RP2012301007.—(IN2012054625).
Por escritura otorgada por esta
notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de disolución de la
sociedad My Private Wave Property Holdings Sociedad de Responsabilidad
Limitad, cédula jurídica tres-ciento dos-cinco dos ocho seis cinco siete.
Quien se considere afectado deberá comunicar por escrito la oposición en el
domicilio de la empresa ubicado en San José, Pavas, Rohrmoser, del Parque de
En esta notaría, al ser las
nueve horas del veinticinco de mayo del dos mil doce, se constituyó la empresa Costa
Spirit Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: Branden Richardson.
Capital: doce mil colones. Domicilio: San José.—San José, veinticinco de mayo
del dos mil doce.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1
vez.—RP2012301009.—(IN2012054627).
Por escritura número ciento
cincuenta y seis, otorgada ante esta notaría a las catorce horas del
veinticuatro de mayo del dos mil doce, se protocolizaron las asambleas
generales extraordinarias de las sociedades denominadas Universal Aviation
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos veintisiete mil seiscientos cuarenta y seis y Air Dispatch
Service Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-diez mil cincuenta y dos. Mediante la cual se acordó la fusión por
absorción de ambas sociedades, prevaleciendo la sociedad Air Dispatch
Service Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-diez mil cincuenta y dos.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil
doce.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1
vez.—RP2012301010.—(IN2012054628).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del primero de junio del dos mil doce, se modificó la
cláusula novena de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos
setenta y un mil setecientos treinta y tres sociedad anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y un mil
setecientos treinta y tres.—San José, primero de junio del dos mil doce.—Lic.
Priscilla Ureña Duarte, Notaria.—1 vez.—RP2012301012.—(IN2012054629).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las nueve horas del primero de junio del dos mil doce, se modificó
la cláusula quinta de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos
cuarenta y cinco mil novecientos veintiuno sociedad anónima, cédula de
persona jurídica número tres - ciento uno - quinientos cuarenta y cinco mil
novecientos veintiuno.—San José, primero de junio del dos mil doce.—Lic.
Priscilla Ureña Duarte, Notaria.—1 vez.—RP2012301013.—(IN2012054630).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del primero de junio del dos mil doce, se modificó la
cláusula novena de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos
cuarenta y cinco mil novecientos dieciocho sociedad anónima, cédula de
persona jurídica número tres - ciento uno - quinientos cuarenta y cinco mil
novecientos dieciocho.—San José, primero de junio del dos mil doce.—Lic.
Priscilla Ureña Duarte, Notaria.—1 vez.—RP2012301015.—(IN2012054631).
Ante esta notaría, en escritura
número ciento tres se constituyó la sociedad Ilusionar-T Sociedad Anónima.
Con presidente el señor: Sergio Guillermo Nantillo.—San José, seis de junio del
dos mil doce.—Lic. Óscar Sáenz Ugalde, Notario.—1
vez.—RP2012301017.—(IN2012054632).
Miguel Alfonso Sanabria
Rodríguez y Gustavo Vega Álvarez a nombre de la sociedad K L S Sociedad
Anónima, disuelven la sociedad por mutuo acuerdo. Presidente: Miguel
Alfonso Sanabria Rodríguez. Escritura otorgada en San José, a las diez horas
del treinta y uno de mayo del dos mil doce.—Lic. Warren Flores Castillo,
Notario.—1 vez.—RP2012301018.—(IN2012054633).
Ante esta notaría, mediante
escritura otorgada se disuelve la sociedad Servicios de Mensajería Rapi
Miller’s S. A., cédula jurídica Nº 3-101-562454.—San José, veintiséis de
mayo del dos mil doce.—Lic. Hugo Madrigal Chinchilla, Notario.—1
vez.—RP2012301019.—(IN2012054634).
Es esta notaría, se procedió a
protocolizar acta de asamblea de socios de la sociedad anónima Polamora
Golden Sociedad Anónima. Se acuerda la disolución de la sociedad. Es
todo.—Naranjo, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ivania Vargas Solís,
Notaria.—1 vez.—RP2012301021.—(IN2012054635).
Por escritura número
veintinueve, otorgada ante esta notaría, a las diez horas quince minutos del
día diecisiete de mayo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Comercializadora Farosa
Siete Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos veintinueve mil novecientos cuarenta y cinco. Mediante la cual
se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—Grecia, cinco de junio
del dos mil doce.—Lic. Emanuell Alfaro Umaña, Notario.—1
vez.—RP2012301022.—(IN2012054636).
Por escritura ciento ochenta y
cuatro, otorgada ante mí, a las dieciocho horas del día cuatro de junio del año
dos mil doce, se acuerda por unanimidad de socios la disolución de la sociedad Comercial
San Andrés de Pococí Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Turrialba, cinco
de junio del dos mil doce.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notaria.—1
vez.—RP2012301023.—(IN2012054637).
Por medio de asamblea general
extraordinaria número cinco de Palmitas Verdes Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica Nº 3-101-125936, modifica su junta directiva así
como los plazos en los nombramientos de gerente y subgerente en el pacto
constitutivo, en lo restante se mantiene incólume.—San José, diez de mayo del
dos mil doce.—Lic. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1
vez.—RP2012301024.—(IN2012054638).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las 15:00 horas del 5 de junio del 2012, protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la
sociedad Inversiones Secano S. A., donde se reforma la cláusula segunda,
del pacto social y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente
residente.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo Antonio
García Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012301025.—(IN2012054639).
Hoy se constituyó ante esta
notaría, la compañía con domicilio en la provincia de San José, Training
Solutions SAV Limitada, pudiendo abreviarse a Training Solutions SAV
Ltda. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Gerentes: Erika Suñol
Martén, José Daniel Valerín Salgado y Andrés Alfaro Umaña.—San José, veintitrés
de mayo del dos mil doce.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1
vez.—RP2012301027.—(IN2012054640).
Por escritura Nº 31, otorgada en
esta notaría, a las 10:00 horas del 5 de junio del 2012, se disuelve de acuerdo
al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, la empresa Inmobiliaria
Montes de Nosara S. A., cuya cédula jurídica es 3-101-121310 y su domicilio
en San José, calle diecisiete, avenidas ocho y diez, por lo que se dan treinta
días siguientes, después de la publicación de este edicto, para_ que cualquier
interesado se oponga judicialmente.—San Miguel de Santo Domingo, Heredia, cinco
de junio del dos mil doce.—Lic. Walter Gerardo Robles Navarro, Notario.—1
vez.—RP2012301028.—(IN2012054641).
Por escritura Nº 30, otorgada en
esta notaría, a las 9:30 horas del 5 de junio del 2012, se disuelve de acuerdo
al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, la empresa Inversiones
Torre Sol S. A., cuya cédula jurídica es 3-101-121458 y su domicilio en San
José, calle diecisiete, avenidas ocho y diez, por lo que se dan treinta días
siguientes, después de la publicación de este edicto, para_ que cualquier
interesado se oponga judicialmente.—San Miguel de Santo Domingo, Heredia, cinco
de junio del dos mil doce.—Lic. Walter Gerardo Robles Navarro, Notario.—1
vez.—RP2012301029.—(IN2012054642).
Por escritura Nº 51, otorgada a
las doce horas del 31 de mayo del 2012, se disolvió la compañía Distribuidora
JS Veintiuno Sociedad Anónima.—San José, seis de junio del dos mil
doce.—Lic. Anabelle Porras Vargas, Notaria.—1
vez.—RP2012301034.—(IN2012054643).
Por escritura Nº 52, otorgada a
las doce horas, quince minutos del 31 de mayo del 2012, se disolvió la compañía
Inversiones Cóbano Internacional Sociedad Anónima.—San José, seis de
junio del dos mil doce.—Lic. Anabelle Porras Vargas, Notaria.—1
vez.—RP2012301035.—(IN2012054644).
La suscrita notaria, Floribeth
Portilla Fonseca, hace saber que en esta notaría, se tramitó disolución de la
sociedad de esta plaza social denominada
El suscrito notario, Derroy
Jeiner Navas Beita, hace saber que en esta notaría, se tramitó disolución de la
sociedad de esta plaza social denominada Capor del Caribe Sociedad Anónima,
con cédula jurídica Nº 3-101-315656, bajo la escritura Nº 181, del tomo segundo
de mi protocolo, de las 12:00 horas del 25 de mayo del 2012.—San José, treinta
de mayo del dos mil doce.—Lic. Derroy Jeiner Navas Beita, Notario.—1
vez.—RP2012301038.—(IN2012054646).
En escritura de protocolización
de acta de Grupo de Asesores San Isidro Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica Nº 3-101-270305, otorgada ante la suscrita notaria en San
José, a las ocho horas del treinta de mayo del dos mil doce, se acordó la
disolución de esa compañía.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic.
María Jesús Ugalde Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012301039.—(IN2012054647).
Por escritura ochenta otorgada
hoy ante mí, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la compañía Viviendas
Urbanas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-026739 donde se disuelve
sociedad por acuerdo unánime de socios y se prescinde del trámite de
liquidación.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Dinorah Obando
Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012301041.—(IN2012054649).
Por escritura cincuenta y
dos-ocho, otorgada ante esta notaría a las diez horas del día primero de junio
del dos mil doce, se disolvieron las sociedades: Accesorios Siglo Veintitrés
S. A., Acuafundo AAM S. A., Agencia de Viajes Papagayo S. A.,
Agencia de Viajes Receptur S. A., Alquileres Beta Lunar S. A., Alquileres
Delta Sol S. A., Alquileres Marco Gamma Sol S. A., Alquileres
Real del Monte S. A., Amanecer del Mar Adriático CBA S. A., Amanecer
del Mar Amarillo JFK S. A., Amanecer del Mar Argel GHFJ S. A., Amanecer
del Mar de Mármara CDA S. A., Amanecer del Mar Dorio FDWE S. A., Amanecer
del Mar Egeo AB S. A., Amanecer en el Mar Blanco MIGP S. A., Amanecer
en el Mar Caspio RJAR S. A., Amanecer en el Mar Creta RSTU S. A., Amanecer
en el Mar de Filipinas CF S. A., Amanecer en el Mar de Las Antillas FR
S. A., Amanecer en el Mar del Norte DFGK S. A., Amanecer en el
Mar Mediterráneo OPQR S. A., Amanecer en el Mar Pacífico del Sur RSTN S.
A., Amanecer en el Mar Rojo KJML S. A., American Mall Cinemas S.
A., Aportes Técnicos de Inmuebles XYZ S. A., Arrendadora
Cincuenta Sur CEO S. A., Arrendadora Colonial CEO S. A., Arrendadora
Cuadrado Alfa CEO S. A., Arrendadora Cuadrado Beta CEO S. A., Arrendadora
Cuadrado Sigma CEO S. A., Arrendadora Inmuebles del Vesubio S. A., Arrendadora
Montsinai CEO S. A., Arrendadora Matucci CEO S. A., Arrendadora
Pollo del Este Número Dos S. A., Arrendamientos Capítulo Zeta Tres S. A.,
Boutique de Descuentos Alcázar S. A., Boutique Málaga S. A., Boutique
Pandora S. A.—San José, primero de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Antonio
Zúñiga Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012301043.—(IN2012054650).
En mi notaría, el día 4 de junio
del
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del día cuatro de junio del dos mil doce, se
disolvió la sociedad Lote Hacienda Tres E Trece S. A.—San José, seis de
junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Eugenio Vargas Masís, Notario.—1
vez.—RP2012301045.—(IN2012054652).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas, treinta minutos del día cuatro de junio del dos
mil doce, se disolvió la sociedad Lote Hacienda Cuatro E Catorce S. A.—San
José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Eugenio Vargas Masís,
Notario.—1 vez.—RP2012301046.—(IN2012054653).
Por escritura Nº 101-3, de las
nueve horas del día primero de junio del dos mil doce, se reformó las cláusulas
segunda y octava de Coasin Costa Rica Sociedad Anónima. Se nombra junta
directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2012301047.—(IN2012054654).
La suscrita Marta Emilia Rojas
Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada Alarmas y Seguridad Chorotega A.S.CH.
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y
cuatro mil ciento sesenta y uno, para realizar nuevo nombramiento de junta
directiva y fiscal y para modificar cláusula octava del pacto constitutivo. Es
todo.—Palmares, seis de junio del año dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas
Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012301049.—(IN2012054655).
En mi notaría en escritura
trescientos quince, folio ciento treinta y seis frente del protocolo sétimo,
protocolizo asamblea general extraordinaria de disolución de la entidad Leyka
Asesores BT Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, siendo su
presidenta: Karolay Estefanie Bolaños Sanches, cédula de identidad uno-uno cero
nueve nueve-cero cuatro cero dos. Es todo.—San José, veinticinco de mayo del dos
mil doce.—Lic. Warren Flores Castillo, Notario.—1
vez.—RP2012301050.—(IN2012054656).
Ante mi notaría la sociedad A
R Construcciones S. A., protocolizo acuerdos de asamblea
general de socios número uno, mediante los cuales se acordó disolver la
sociedad. Escritura otorgada en Palmares, a las diecisiete horas del veintiocho
de marzo del año dos mil doce.—Lic. Isabel Irene Montero Mora, Notaria.—1
vez.—RP2012301052.—(IN2012054657).
Ante mi notaría la sociedad Mora
Mora y Chávez Barrantes, protocolizo acuerdos de asamblea general de socios
número uno, mediante los cuales se acordó disolver la sociedad. Escritura
otorgada en Naranjo, a las trece horas del dieciocho de abril del año dos mil
doce.—Lic. Isabel Irene Montero Mora, Notaria.—1
vez.—RP2012301053.—(IN2012054658).
Por asamblea de las diecisiete
horas del dos de junio del dos mil doce, se disolvió la compañía Aninfa
Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Tibás. Presidente: Adolfo García
Carranza.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Fernando Calvo
Mora, Notario.—1 vez.—RP2012301054.—(IN2012054659).
Ante esta notaría, mediante
escritura número tres-siete, de las ocho horas del treinta de mayo del dos mil
doce, se disuelve y liquida por mutuo acuerdo de los accionistas la sociedad Comercializadora
Internacional A W & CHA Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-198291. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio,
cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se
base en causa legal o pactada. Presidente: Orlando Aguilar Wallen.—San José,
treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Aarón Jacob Ugalde Maxwell, Notario.—1
vez.—RP2012301057.—(IN2012054660).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17:00 horas del 23 de mayo del 2012, se disuelve y se liquida la
sociedad denominada Tecnología de Información y Comunicación TECICSA
Sociedad Anónima. Con base en los artículos 201 y 209 del Código de
Comercio.—San José, veintitrés de mayo del dos mil doce.—Lic. Pedro Dávila
Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012301058.—(IN2012054661).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13:00 horas del 25 de mayo del 2012, se disuelve y se liquida la
sociedad denominada Igo Asesores Sociedad Anónima. Con base en los artículos
201 y 209 del Código de Comercio.—San José, veinticinco de mayo del dos mil
doce.—Lic. Pedro Dávila Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012301059.—(IN2012054662).
Por escritura Nº 179, protocolo
8, otorgada ante la notaria Cyra Delgado Gutiérrez a las 10:00 horas del 5 de
mayo del 2012, de la sociedad Profesionistas S. A., cédula jurídica Nº
3-101-558966, se disuelve esta sociedad.—Cartago, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Cyra Delgado Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—RP2012301060.—(IN2012054663).
Sociedad anónima número tres-ciento
uno-quinientos cuarenta y ocho mil trescientos ochenta, modifica pacto
constitutivo en cuanto a administración y domicilio. Escritura otorgada en
Cartago, al ser las ocho horas del veinticinco de mayo del dos mil doce.—Lic.
Gilbert Alejandro Monge Aguirre, Notario.—1 vez.—RP2012301061.—(IN2012054664).
Por escritura Nº 17, protocolo
3, otorgada ante la notaria Estrella Lizano Gutiérrez, las 10:00 horas del 5 de
mayo del 2012, de la sociedad 639 Su Café S. A., cédula jurídica Nº
3-101-341725, se disuelve esta sociedad.—Cartago, 5 de junio de 2012.—Lic.
Estrella Lizano Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012301062.—(IN2012054665).
Andrés Martín Araya Barquero y
Mauren Patricia Barquero Brenes, constituyen la empresa Comercializadora de
Productos Agrícolas Araya y Barquero Sociedad Anónima. Domicilio: Paraíso,
Cartago. Capital social: diez mil colones. Representación judicial y
extrajudicial, presidente. Escritura otorgada en Cartago, al ser las 10:00
horas del 6 de junio del 2012.—Lic. Gilbert Monge Aguirre, Notario.—1
vez.—RP2012301063.—(IN2012054666).
Ante esta notaría, a las
diecisiete horas del veintinueve de mayo del dos mil doce, María Cecilia
Bonilla Ayub, mayor, portadora de la cédula de identidad número cinco-ciento
treinta y uno-novecientos setenta y seis, en su condición de única accionista
de la sociedad Industrias Berno Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuarenta mil ochenta y ocho, acuerda la disolución y
liquidación de la sociedad dicha, mediante acuerdo de socios.—Lic. Priscilla Soto Quirós, Notaria.—1
vez.—RP2012301065.—(IN2012054667).
Ante esta notaría, a las
diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo del dos
mil doce, María Cecilia Bonilla Ayub, mayor, portadora de la cédula de identidad
número cinco-ciento treinta y uno-novecientos setenta y seis, en su condición
de única accionista de la sociedad Distribuidora Cebonay Limitada,
cédula jurídica número tres-ciento dos-treinta y cuatro mil doscientos sesenta
y cuatro, acuerda la disolución y liquidación de la sociedad dicha, mediante
acuerdo de socios.—Lic. Priscilla Soto Quirós, Notaria.—1
vez.—RP2012301066.—(IN2012054668).
Por escritura pública número
cincuenta y tres-ocho, otorgada a las quince horas del veintinueve de mayo del
dos mil doce, se disolvió y liquidó la sociedad Consorcio Universal de
Exportadores Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuarenta mil
ochenta y ocho.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1
vez.—RP2012301068.—(IN2012054669).
Mediante acta número uno, de
asamblea general extraordinaria de accionistas, a las 8:00 horas del 18 de mayo
del 2012, la sociedad Ugali Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil cuatrocientos noventa y
ocho, acuerda la disolución de dicha sociedad, ante la notaria Anabel Arias
Pérez.—Lic. Anabel Arias Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2012301069.—(IN2012054670).
El licenciado Geovanni Bonilla
Goldoni, comunica que ante mi notaría en escritura Nº 82 de las 10:30 horas del
30 mayo del 2012, se protocolizó acta asamblea extraordinaria accionistas, en
la que se confirmaron nombramientos de junta directiva por nuevo plazo social
de la sociedad Simedsa Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-398593.—Alajuela, 30 mayo del 2012.—Lic. Geovanni Bonilla Goldoni,
Notario.—1 vez.—RP2012301071.—(IN2012054671).
El licenciado Geovanni Bonilla
Goldoni, comunica que ante mi notaría en escritura Nº 83 de las 11:00 horas del
30 mayo del 2012, se protocolizó acta asamblea ordinaria de cuotistas, nombrándose
nueva subgerente de Corporación Ochenta y Cinco D Limitada, cédula
jurídica Nº 3-102-152769.—Alajuela, 30 mayo del 2012.—Lic. Geovanni Bonilla
Goldoni, Notario.—1 vez.—RP2012301073.—(IN2012054672).
Por escritura número doscientos
diecisiete, otorgada ante esta notaría, a las once horas del día seis de junio
del año dos mil doce, se disolvió la sociedad Willhed & Jiménez Sociedad
Anónima.—San José, a las doce horas del día seis de junio del dos mil
doce.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012301074.—(IN2012054673).
Ante esta notaría, se
protocolizó acta general extraordinaria de accionistas de la empresa Constructora
Urvi San Antonio S. A.; en la cual se acordó la disolución de la sociedad,
mediante la escritura número ocho, visible al folio seis frente del tomo siete
del protocolo del suscrito notario público; otorgada al ser las catorce horas,
cuarenta y cinco minutos del día treinta de mayo del año dos mil doce.—San
José, cuatro de junio del año dos mil doce.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm,
Notario.—1 vez.—RP2012301075.—(IN2012054674).
Por escritura número doscientos
dieciocho, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día seis de junio
del año dos mil doce, se disolvió la sociedad Las Mesas de Los Morales
Sociedad Anónima.—San José, a las doce horas del día seis de junio del dos
mil doce.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1
vez.—RP2012301076.—(IN2012054675).
Ante esta notaría, se
protocolizó acta general extraordinaria de accionistas de la empresa Inversiones
Ciento Ochenta y Siete QR S. A.; en la cual se acordó la disolución de la
sociedad, mediante la escritura número siete, visible al folio cinco vuelto del
tomo siete del protocolo del suscrito notario público; otorgada al ser las
catorce horas, quince minutos del día treinta de mayo del año dos mil doce.—San
José, cuatro de junio del año dos mil doce.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm,
Notario.—1 vez.—RP2012301077.—(IN2012054676).
Por escritura número doscientos
trece, otorgada ante esta notaría, a las once horas del día cinco de junio del
año dos mil doce, se disolvió la sociedad Servicios Informáticos del Este
Sociedad Anónima.—San José, a las once horas del día seis de junio del dos
mil doce.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1
vez.—RP2012301078.—(IN2012054677).
Que en mí notaría, al ser las
13:00 horas del 25 de abril del 2012, se constituyó
Ante esta notaría, se
protocolizó acta general extraordinaria de accionistas de la empresa C
Doscientos Treinta Kompresor S. A.; en la cual se acordó la disolución de
la sociedad, mediante la escritura número seis, visible al folio cuatro vuelto,
del tomo siete del protocolo del suscrito notario público; otorgada al ser las
catorce horas del día treinta de mayo del año dos mil doce.—San José, cuatro de
junio del año dos mil doce.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1
vez.—RP2012301080.—(IN2012054679).
Ante esta notaría, se
protocolizó acta general extraordinaria de accionistas de la empresa Vifibra
S. A.; en la cual se acordó la disolución de la sociedad, mediante la
escritura número uno, visible al folio uno frente del tomo siete del protocolo
del suscrito notario público; otorgada al ser las diez horas del día treinta de
mayo del año dos mil doce.—San José, cuatro de junio del año dos mil doce.—Lic.
Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1 vez.—RP2012301081.—(IN2012054680).
Ante esta notaría, se
protocolizó acta general extraordinaria de accionistas de la empresa Bufete
Rosales y Asociados Abogados Penalistas S. A.; en la cual se acordó la
disolución de la sociedad mediante la escritura número cinco, visible al folio
cuatro frente, del tomo siete del protocolo del suscrito notario público;
otorgada al ser las trece horas del día treinta de mayo del año dos mil
doce.—San José, cuatro de junio del año dos mil doce.—Lic. Gunnar Núñez
Svanholm, Notario.—1 vez.—RP2012301083.—(IN2012054681).
Por escritura otorgada ante mí,
a las nueve horas de hoy, protocolicé acuerdos tomados por la sociedad de este
domicilio, Los Balcanes de Norte S. A., en los que se reforma la cláusula
sexta de los estatutos.—San José, cinco de junio del año dos mil doce.—Lic.
Federico Martén Sancho, Notario.—1 vez.—RP2012301085.—(IN2012054682).
Por escritura otorgada ante mí,
a las diez horas de hoy, protocolicé acuerdos tomados por la sociedad de este
domicilio, Certelito S. A., en los que se disuelve y liquida la
sociedad.—San José, primero de junio del año dos mil doce.—Lic. Federico Martén
Sancho, Notario.—1 vez.—RP2012301086.—(IN2012054683).
Por escritura otorgada a las
catorce horas del día veintiuno de mayo del dos mil doce, ante el notario
Manuel Antonio Lobo Salazar, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria
de socios de la sociedad Vinelsker Limitada, celebrada en su domicilio
social, a las doce horas del día diecisiete de mayo del dos mil doce, acordando
la disolución de la sociedad.—Lic. Manuel Antonio Lobo Salazar, Notario.—1
vez.—RP2012301087.—(IN2012054684).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 8:00 horas del 15 de mayo del 2012, se constituyó la sociedad Alimentos
y Suministros Proberca DCEO Sociedad Anónima. Capital social: debidamente
suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve
años.—Cartago, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Walter Mora Cerdas,
Notario.—1 vez.—RP2012301089.—(IN2012054685).
La compañía denominada Equipos
Consultores en Salud S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-579836,
modifica las cláusulas primera, segunda y octava del pacto constitutivo sobre
la representación, hace nuevo nombramiento de junta directiva.—San José, cinco
de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Cervantes Barrantes, Notario.—1
vez.—RP2012301090.—(IN2012054686).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del cuatro de junio del dos mil doce, se protocolizó
el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada Salas
Parra del Sur Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento cincuenta y seis mil novecientos noventa, por medio de la cual se
acordó la disolución de la sociedad supracitada y su liquidación por no existir
activos ni pasivos pendientes de liquidación.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Luis Antonio Monge Román, Notario.—1
vez.—RP2012301091.—(IN2012054687).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las doce horas del primero de junio del dos mil doce, se protocolizó
el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada tres-ciento
uno-seiscientos dieciséis mil ochocientos treinta y seis sociedad anónima,
de igual número de cédula jurídica, por medio de la cual se acordó la
disolución de sociedad supracitada y su liquidación por no existir activos ni
pasivos pendientes de liquidación.—San José, tres de junio del dos mil
doce.—Lic. Luis Antonio Monge Román, Notario.—1 vez.—RP2012301093.—(IN2012054688).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Contact Center
de Occidente S. A. Domicilio: centro de San Ramón de Alajuela. Presidente
con facultades de apoderado generalísimo.—Palmares, seis de junio del dos mil
doce.—Lic. Olivier Rojas Fernández, Notario.—1
vez.—RP2012301094.—(IN2012054689).
Ante la notaría del licenciado
Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura Nº 294-21, visible al folio
154 vuelto del tomo vigésimo primero del protocolo de dicho notario, otorgada a
las 14:00 horas del día 4 de junio del 2012, los señores José Arturo Morales
Vargas, cédula de identidad Nº 2-352-827 y Erick Mauricio Morales Vargas,
cédula de identidad Nº 1-778-549, solicitan al Registro Público la disolución
de la sociedad denominada Comercializadora Armo de Mingo Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-335217. El infrascrito, hago constar y doy fe que la
presente es copia fiel y exacta de su original.—Santo Domingo de Heredia, cinco
de junio del dos mil doce.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012301095.—(IN2012054690).
Por escritura pública, otorgada
ante el suscrito notario el día de hoy, en Turrialba, a las ocho horas, número
veintiocho, tomo quince de mi protocolo, se nombra nueva junta directiva de Suñer
Ocampo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y seis mil
doscientos noventa y nueve.—Turrialba, diecisiete de abril del dos mil doce.—Lic.
Paulo Araya Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012301096.—(IN2012054691).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se protocolizó declaración jurada de los socios dueños de la totalidad
del capital social de Taller Infantil Bilingüe Los Delfines Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y
seis mil ochocientos cuarenta y seis, solicitando la disolución de la misma. Es
todo.—San José, cuatro de junio del dos mil doce.—Lic. Pablo Bogarín
Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2012301098.—(IN2012054692).
Por escritura número doscientos
cincuenta y siete-seis, de las nueve horas del treinta de abril del dos mil
doce, se constituyó la empresa Subastas Stell-Yud de Costa Rica S. A.
Presidente: Óscar Gerardo Steller Vargas, cédula de identidad número
dos-doscientos noventa y tres-cuatrocientos treinta y uno.—Lic. Marianela
González Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2012301099.—(IN2012054693).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, se reforman estatutos de Bright Solutions S.R.L., en cuanto a
domicilio y administración. Se nombran tres gerentes por todo el plazo
social.—San José, primero de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Pal Hegedus,
Notario.—1 vez.—RP2012301101.—(IN2012054694).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el día de hoy, la señora Ana Cristina Pacheco Coto, procede a disolver
las sociedades: Inversiones Laquedivas S. A., Inversiones Fergalcor
S. A., tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil doscientos treinta y
uno s. a., tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil trescientos nueve
s. a., Rancho Matty del Pacífico S. A., tres-ciento
uno-quinientos sesenta y cuatro mil ciento setenta y tres s. a., El
Sueño Dorado S. A., Telok S. A., Inversiones Rocimarck S. A.,
y Zíngaro de Orotina AU Setenta y Nueve S. A.—San José, primero de junio
del dos mil doce.—Lic. Alejandro Marín Pacheco, Notario.—1
vez.—RP2012301102.—(IN2012054695).
Mediante escritura otorgada en
mí notaría, a las 18:00 horas del cinco de junio del dos mil doce, Alternativa
Servicios de Consultoría de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº
3-101-134091 acordó su disolución.—San José, seis de junio del dos mil
doce.—Lic. Olga Marta Cokyeen Moc, Notaria.—1
vez.—RP2012301103.—(IN2012054696).
Por escritura Nº 46 de las 11:30
horas de hoy, se protocolizó actas de asamblea general extraordinaria de Arjomonda
S. A. y El Resbalón S. A., se fusionan ambas sociedades
prevaleciendo Arjomonda S. A.—Heredia, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1
vez.—RP2012301104.—(IN2012054697).
Por escritura otorgada, a las
8:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Citricori S.
A., domiciliada en San Isidro de El General, donde se acordó disolver la
sociedad por acuerdo de socios.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic.
Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012301105.—(IN2012054698).
Por escritura Nº 48 de las 15:30
horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Jimenesa
Ornamentos S. A. Se acuerda su disolución.—Heredia, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1
vez.—RP2012301106.—(IN2012054699).
Por escritura Nº 47 de las 15:00
horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Ajiso
Pisos y Decoración S. A. Se acuerda su disolución.—Heredia, cinco de junio
del dos mil doce.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1
vez.—RP2012301107.—(IN2012054700).
Ante mí, Grettel Solano Sánchez,
notaría pública con oficina en Quebradilla de Cartago, por escritura pública se
constituyó la sociedad denominada Cadejoma Sociedad Anónima, el
veinticinco de mayo del dos mil doce. Con un capital social de cien mil
colones. Que el presidente y tesorera tienen la representación judicial y
extrajudicial, sin límite de suma, pudiendo actuar conjuntamente o separadamente.—Quebradilla
de Cartago, veinticinco de mayo del dos mil doce.—Lic. Grettel Solano Sánchez,
Notaria.—1 vez.—RP2012301108.—(IN2012054701).
Por escritura otorgada ante el
notario Rafael Elías Madrigal Brenes, la sociedad Ganadería Castal S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-613186, hace nombramiento de junta directiva y
modifica estatutos.—Guápiles, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael
Elías Madrigal Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012301109.—(IN2012054702).
El suscrito, Mora Olmedo Ronald
Eduardo, notario público, hago constar que en mi notaría, se constituyó la
sociedad denominada Distribuidora El Bosque Camar Sociedad Anónima.
Cuyos representantes legales son: Carlos Daniel Mora Aguilar y Marcela Patricia
Fernández Mora, en Sarchí Norte Valverde Vega, Alajuela, a las diez horas del
veintiocho de noviembre del año dos mil diez.—Alajuela, Valverde Vega, seis de
junio del dos mil doce.—Lic. Ronald Eduardo Mora Olmedo, Notario.—1
vez.—RP2012300868.—(IN2012054703).
Por escritura número setenta y
tres, de las quince horas del día veintiséis de mayo del dos mil doce, visible
al folio ciento veintisiete frente del tomo cinco de mi protocolo, se
protocoliza acuerdo de accionistas de la sociedad Fournier Patentes y Marcas
Limitada, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos siete mil setecientos
dos, por la que se disuelve la misma.—San José, treinta y uno de mayo del dos
mil doce.—Lic. Carlos Ayón Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2012054704).
Por escritura número setenta y
dos, de las quince horas del día veinticinco de mayo del dos mil doce, visible
al folio ciento veintiséis vuelto del tomo cinco de mi protocolo, se
protocoliza acuerdo de accionistas de la sociedad
Por escritura número setenta y
cuatro, de las ocho horas del día cuatro de junio del dos mil doce, visible al
folio ciento veintiocho frente del tomo cinco de mi protocolo, se protocoliza
acuerdo de accionistas de la sociedad Maryjor Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y cinco mil trescientos diecinueve, por
el que se disuelve la misma.—San José, cuatro de junio del dos mil doce.—Lic.
Carlos Ayón Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2012054706).
Por escritura número setenta y
seis, de las ocho horas del día cinco de junio del dos mil doce, visible al
folio ciento veintinueve frente del tomo cinco de mi protocolo, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Bolaños
Hermanos Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatro mil trescientos
cincuenta y uno, por el que se disuelve la misma.—San José, cinco de junio del
dos mil doce.—Lic. Carlos Ayón Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2012054707).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se procede a protocolizar acta asamblea general extraordinaria de
socios de Desarrollos Hidroeléctricos San Pedro S. A., quien prevalece
por absorción de Di Diche S. A. y de Ti Liateca S. A. Se reforma
las cláusulas segunda y quinta de los estatutos. Es todo.—San José, a las once
horas del día seis de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Chavarría Vega,
Notaria.—1 vez.—(IN2012054708).
Que ante esta notaría pública,
se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido, en el
artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad
denominada tres-ciento uno-quinientos noventa mil ciento diecisiete sociedad
anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos
noventa mil ciento diecisiete. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición en la dirección física ubicada en San José, Barrio González Lahmann,
avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro &
Herrera, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San
José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1
vez.—(IN2012054710).
Que ante esta notaría pública,
se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el
artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad
denominada Ingeniería de Productos Químicos INPROQUIMCR de Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos cincuenta y nueve mil ochocientos veintiséis. Quien se
considere afectado, puede manifestar su oposición, en la dirección física
ubicada en San José, Barrio González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve,
número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera, en el término de un mes a
partir de la publicación de este aviso.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012054711).
Que ante esta
notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo
establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la
sociedad denominada Topeyca Mex Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinticuatro mil setecientos noventa
y ocho. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en la
dirección física ubicada en San José, Barrio González Lahmann, avenida diez,
calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera, en el
término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, ocho de
junio del dos mil doce.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1
vez.—(IN2012054712).
Por escritura otorgada ante la
notaria pública Meylin Arguedas Chaves, con oficina abierta en Puntarenas,
costado oeste de los Tribunales de Justicia, se disuelve la sociedad Marchena
y Arrieta Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento noventa
y cinco mil trescientos treinta y nueve.—Puntarenas, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. Meylin Arguedas Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2012054717).
Por escritura otorgada ante la
notaria pública Meylin Arguedas Chaves, con oficina abierta en Puntarenas,
costado oeste de los Tribunales de Justicia, se disuelve la sociedad Mundo
de Las Ofertas de Puntarenas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cero nueve setenta veinticuatro.—Puntarenas, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. Meylin Arguedas Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2012054718).
Por escritura otorgada ante la
notaría pública Meylin Arguedas Chaves, con oficina abierta en Puntarenas,
costado oeste de los Tribunales de Justicia, se disuelve la sociedad Multicomercial
Evolución Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-treinta y seis
veintiséis veintisiete.—Puntarenas, siete de junio del dos mil doce.—Lic.
Meylin Arguedas Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2012054719).
Por escritura otorgada ante la
notaria pública Meylin Arguedas Chaves, con oficina abierta en Puntarenas,
costado oeste de los Tribunales de Justicia se disuelve la sociedad Multicosméticos
Josefa, cédula jurídica tres-ciento uno-treinta y tres setenta y uno,
setenta y dos.—Puntarenas, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Meylin
Arguedas Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2012054720).
Por escritura doscientos
cincuenta, ante esta notaría, a las trece horas del seis de junio del dos mil
doce, se protocoliza: Se faculta al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional para que como denominación social de la presente sociedad establezca
el número de cédula de persona jurídica, que le sea asignado al momento de su
inscripción. La referencia a tal número deberá seguirse con el aditamento
sociedad anónima, el cual podrá abreviarse S. A.—Santa Cruz, Guanacaste, seis
de junio del dos mil doce.—Lic. Adriana Flores Arias, Notaria.—1
vez.—(IN2012054722).
Por escritura otorgada ante mí,
a las dieciséis horas del cinco de junio del dos mil doce, se acordó disolver
la sociedad Bermuda Hibiscus Limitada. Es todo.—San José, cuatro de
junio del dos mil doce.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1
vez.—(IN2012054728).
Por acuerdo unánime de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Pioneer Group
Investmenst Sociedad Anónima, se acuerda disolver dicha sociedad, por no
tener ninguna operación.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Raymundo
Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012054731).
Ante esta notaría, se
protocoliza acta de disolución de la empresa Azul Balta S. A., cédula
jurídica tres-uno cero uno-trescientos sesenta y cinco mil trescientos sesenta
y cinco. No hay activos ni pasivos.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—(IN2012054733).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las diez horas del cuatro de junio del dos mil doce, se procede
a disolver la sociedad ENN-CMA Tecnologías Sociedad Anónima, por acuerdo
unánime de todos los socios.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic.
María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054736).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las nueve horas, diez minutos del siete de junio del dos mil
doce, se procede a disolver la sociedad Bodega de Autos Sociedad Anónima,
por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054737).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las nueve horas, quince minutos del siete de junio del dos mil
doce, se procede a disolver la sociedad Importadora de Vehículos C Y S
Sociedad Anónima, por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, siete
de junio del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1
vez.—(IN2012054738).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las nueve horas del siete de junio del dos mil doce, se procede
a disolver la sociedad Inversiones Simón y Simón del Norte Sociedad Anónima,
por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054739).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las nueve horas, cinco minutos del siete de junio del dos mil
doce, se procede a disolver la sociedad Autos Caldera Sociedad Anónima,
por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054740).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las diez horas, diez minutos del siete de junio del dos mil
doce, se procede a disolver la sociedad Transportes Simón Sociedad Anónima,
por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054741).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las diez horas del siete de junio del dos mil doce, se procede
a disolver la sociedad Partmax Sociedad Anónima, por acuerdo unánime de
todos los socios.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. María
Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054742).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las diez horas, cinco minutos del siete de junio del dos mil
doce, se procede a disolver la sociedad Todo en Autos del Norte Sociedad
Anónima, por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, siete de junio
del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1
vez.—(IN2012054743).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las nueve horas, treinta minutos del siete de junio del dos mil
doce, se procede a disolver la sociedad Inversiones Libanesas Sociedad
Anónima, por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, siete de junio
del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1
vez.—(IN2012054745).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las diez horas del siete de junio del dos mil doce, se procede
a disolver la sociedad Limosinas Ejecutivas Sociedad Anónima, por
acuerdo unánime de todos los socios.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054746).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las nueve horas, veinte minutos del siete de junio del dos mil
doce, se procede a disolver la sociedad Internacional del Auto del Oeste
Sociedad Anónima, por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, siete
de junio del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054747).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las nueve horas, veinticinco minutos del siete de junio del dos
mil doce, se procede a disolver la sociedad Inversiones G G B del Nuevo
Siglo Sociedad Anónima, por acuerdo unánime de todos los socios.—San José,
siete de junio del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1
vez.—(IN2012054748).
Ante esta notaría, por escritura
Nº 46-6, otorgada a las 14:30 horas del 6 de junio del 2012, se disuelven las
sociedades Roman Trust Escrow Sociedad Anónima, tres-ciento
uno-seiscientos veintitrés mil seiscientos ochenta y siete sociedad anónima
y Torreblanca de Playa Grande Sociedad Anónima.—Lic. Xenia Priscilla
Moya Chavarría, Notaria.—1 vez.—(IN2012054750).
Ante esta notaría, por escritura
Nº 47-6, otorgada a las 15:00 horas del 6 de junio del 2012, se protocoliza
acuerdo de fusión de Familia Kaltenbach Sociedad Anónima y Manitu’s
Heaven Sociedad Anónima.—Lic. Xenia Priscilla Moya Chavarría, Notaria.—1
vez.—(IN2012054751).
Ante esta notaría, por escritura
Nº 165-5, otorgada a las 14:10 horas del 1º de junio del 2012, se disuelve la
sociedad Maraska Rossa S. A.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1
vez.—(IN2012054752).
En mi notaría, por medio de
escritura número ochenta y uno, otorgada a las once horas del día dos junio del
dos mil doce, se protocolizó acta uno de asamblea general extraordinaria de
socios, de la sociedad de esta plaza, denominada Cavisa J Y C S .A., en
donde se conviene disolver la sociedad por acuerdo de socios. Es todo.—Grecia,
dos de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Córdoba Umanzor, Notario.—1
vez.—(IN2012054753).
Ante esta notaría, por escritura
Nº 171-5, otorgada a las 12:50 horas del 6 de junio del 2012, se disuelven las
sociedades Pokegama Estates S. A., Prenal Terapia y Consultoría S. A.,
Guanacaste Construction Consultants GCC S. A.—Lic. Rosa María Escudé
Suárez, Notaria.—1 vez.—(IN2012054754).
Ante esta notaría, por escritura
Nº 167-5, otorgada a las 20:45 horas del 3 de junio del 2012, se disuelve la
sociedad 3-101-490875 S. A.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1
vez.—(IN2012054755).
Ante esta notaría, por escritura
Nº 172-5, otorgada a las 15:15 horas del 6 de junio del 2012, se disuelven las
sociedades Pasaje del Arado S. A., Ágave Púrpura S. A., Ágave
Escarlata S. A. y Viveros Diriá S. A.—Lic. Rosa María Escudé Suárez,
Notaria.—1 vez.—(IN2012054757).
Por escritura autorizada, a las doce horas del
primero de junio del dos mil doce, en mi notaría, protocolicé acta de la
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada El Árbol
Sonriente S. A., celebrada a las dieciocho horas del primero de mayo del
dos mil doce, mediante la cual se disuelve la sociedad por acuerdo unánime de
los socios.—Grecia, primero de junio del dos mil
doce.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2012054758).
Por escritura autorizada a las once horas del
primero de junio del dos mil doce, en mi notaría, protocolicé acta de la
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Evalon
S. A., celebrada a las doce horas del veintinueve de marzo del dos mil
doce, mediante la cual se disuelve la sociedad por acuerdo unánime de los
socios.—Grecia, primero de junio del dos mil
doce.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2012054760).
Por protocolización que la suscrita realizara,
mediante escritura número ciento sesenta y ocho-cinco, de las diecisiete horas
del siete de junio del dos mil doce, del acta número uno de la sociedad Intelligent
Tours S. A., cédula jurídica Nº 3-101-615115, acta mediante la cual se
solicita desinscribir ante Registro Público Mercantil la referida sociedad. Se
cita a interesados que se opongan al presente trámite para apersonarse en San
Francisco de Heredia,
Escritura de disolución y liquidación de Gaema
Internacional S. A., otorgada en San José, el veinticuatro de mayo del año
dos mil doce, a las nueve horas, ante la notaria Andrea María Meléndez
Corrales.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Andrea María
Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2012054767).
Por escritura número ciento sesenta y seis, otorgada
a las 11:00 horas del día 7 de junio del 2012, ante el suscrito notario, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Repuestos Corebus S. A., donde se nombra agente residente, y
por escritura número ciento sesenta y siete, otorgada a las 12:00 horas del día
7 de junio del 2012 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Repuestos Seúl S. A., donde se hacen
nombramientos en junta directiva.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez, Notario.—1
vez.—(IN2012054768).
A las trece horas del día siete de junio del año
dos mil doce, protocolicé el acta de Collecting and Claims Management S. A.
donde se acepta la renuncia de la secretaria y se nombra a Daysi Altagracia
Félix Pérez.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Andrea María
Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2012054774).
Por escritura número doscientos veintiocho,
otorgada en mi notaría, a las siete horas del día cuatro de junio del dos mil
doce, se acuerda disolver la sociedad ALJ Recolección de Basura S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y siete mil doscientos
veinticuatro.—San José, cuatro de junio del dos mil doce.—Lic. Federico Calvo
Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012054776).
Por escritura Nº 229, otorgada en mi notaría, a
las 7:00 horas del día 7 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Transvipa S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-230732, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y
novena del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Cartago, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Federico
Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012054778).
El suscrito notario, hace constar que por escritura
otorgada ante mí, a las doce horas del primero de junio del dos mil doce, se
disolvió la sociedad denominada Zontar CRC Sociedad Anónima. Es todo.—San José, primero de junio del dos mil doce.—Lic. Rubén
Hernández Valle, Notario.—1 vez.—(IN2012054781).
Mediante escritura Nº 91-3, de las 10:00 horas del
7 de junio del 2012, del notario David Gerardo Arrieta Carvajal, en su tomo 3,
con oficina en Heredia centro, se protocolizó asamblea extraordinaria de
accionistas de la sociedad Alquiler de Servicios Tecnológicos AST S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-343957, se disolvió, no existe activos ni pasivos a
liquidar. Es todo.—Lic. David Arrieta Carvajal,
Notario.—1 vez.—(IN2012054785).
Mediante escritura Nº 92-3, de las 11:00 horas,
del 7 de junio del 2012, del notario David Gerardo Arrieta Carvajal, en su tomo
3, con oficina en Heredia centro, se protocolizó asamblea extraordinaria de
accionistas de la sociedad Grupo Marfiso S. A., cédula jurídica Nº
3-101-580191, se disolvió no existe activos ni pasivos a liquidar. Es todo.—Lic. David Arrieta Carvajal, Notario.—1
vez.—(IN2012054786).
Mediante escritura Nº 93-3, de las 12:00 horas del
7 de junio del 2012, del notario David Gerardo Arrieta Carvajal, en su tomo 3,
con oficina en Heredia centro, se protocolizó asamblea extraordinaria de
accionistas de la sociedad LMR Seguros S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-289297 se disolvió no existe activos ni pasivos a liquidar. Es
todo.—Lic. David Arrieta Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012054788).
Mediante escritura Nº 94-3, de las 13:00 horas del
7 de junio del 2012, del notario David Gerardo Arrieta Carvajal, en su tomo 3,
con oficina en Heredia centro, se protocolizó asamblea extraordinaria de
accionistas de la sociedad Winter Group S. A., cédula jurídica Nº
3-101-429572, se disolvió y se nombró liquidador a David Arrieta Carvajal. Es
todo.—Lic. David Arrieta Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012054789).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:25 horas
del día 7 de junio del 2012, la sociedad denominada
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:55 horas
del día 7 de junio del 2012, la sociedad denominada South Palmira Island
Estates S. R. L. cambia reforma cláusulas de administración.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Fernando
Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012054791).
Mediante la escritura número treinta y uno, del
tomo siete de mi protocolo, escritura otorgada ante esta notaría, al ser las
doce horas, treinta minutos del día treinta de mayo del dos mil doce, se conoce
de la revocatoria y nombramiento para los puestos de presidente, secretario,
tesorero y fiscal de la sociedad denominada Distribuidora de Productos
Competitivos Diproco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cero seis ocho uno cero cuatro, celebrada en su domicilio social en la
ciudad de Alajuela, en Restaurante Hacienda Sierpe sobre la calle
ancha.—Alajuela, al ser las dieciséis horas, veinte minutos del día treinta de
mayo del dos mil doce.—Lic. Víctor Julio Aguilar Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012054792).
La sociedad Arjada de Belén S. A.,
protocoliza acuerdos de asamblea de socios.—San José,
primero de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2012054793).
Mediante la escritura número cincuenta, del tomo
siete de mi protocolo, escritura otorgada ante esta notaría, al ser las
dieciséis horas, veinte minutos del día siete de junio del dos mil doce, se
conoce del cierre de la sociedad denominada Bonsaki Design Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil
novecientos veintitrés. Domiciliada en Alajuela,
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
ocho horas, treinta minutos del siete de junio del dos mil doce, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Condenado y sus Amigos Sociedad Anónima. En la cual por
acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. María
Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2012054795).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
diez horas, treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil doce, las
señoras Mariana Salas Góngora y María Cecilia Corrales Ceciliano, deciden
disolver la sociedad Veciss Play Sociedad Anónima.—Lic.
María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2012054796).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
diez horas, cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo del dos mil doce,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Baliveau A P F Sociedad Anónima. En la cual por
acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. María
Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2012054797).
La suscrita notaria, licenciada Ana Marcela Picado
Vásquez, protocolicé acta general extraordinaria de la sociedad denominada Snaker
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintinueve
mil seiscientos cincuenta y cinco, para reformar cláusula tercera del pacto
constitutivo. Es todo.—San Ramón, siete de junio del
dos mil doce.—Lic. Ana Marcela Picado Vásquez, Notaria.—1
vez.—(IN2012054798).
La suscrita notaria, licenciada Ana Marcela Picado
Vásquez, protocolicé acta general extraordinaria de la sociedad denominada Autotransportes
Mario Rojas e Hijos Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
tres-ciento dos-cero sesenta y ocho mil ciento cincuenta y siete, para reformar
cláusula tercera del pacto constitutivo. Es todo.—San
Ramón, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Marcela Picado Vásquez,
Notaria.—1 vez.—(IN2012054799).
La suscrita notaria, licenciada Ana Marcela Picado
Vásquez, protocolicé acta general extraordinaria de la sociedad denominada Mario
Rojas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa
y cuatro mil cero setenta y nueve, para reformar cláusula primera y cláusula
tercera del pacto constitutivo. Es todo.—San Ramón,
siete de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Marcela Picado Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012054800).
Por escritura de las 9:00 horas,
del 6 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de Swacori S. A., cédula jurídica Nº 3-101-298169, mediante la
cual se nombra junta directiva y se modifica la cláusula segunda del pacto
constitutivo del domicilio.—San José, seis de junio
del dos mil doce.—Lic. Jorge Armando Cartín Estrada, Notario.—1
vez.—(IN2012054803).
Por escritura otorgada a las
14:00 horas, del 24 de mayo del 2012, se disuelve la sociedad Promotora
Marsan Carv S. A., cédula jurídica Nº 3-101-187394, dicha sociedad
no tiene activos ni pasivos.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil
doce.—Lic. Jorge Armando Cartín Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2012054805).
Por escritura otorgada a las
8:00 horas, del 22 de mayo del 2012, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria, en la cual se disuelve la sociedad Grupo Ahorro Propassi S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-516276, dicha sociedad no tiene activos ni
pasivos.—San José, veintidós de mayo del dos mil doce.—Lic. Jorge Armando
Cartín Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2012054806).
La suscrita notaria, hago
constar y doy fe, que hoy he protocolizado acuerdo de asamblea general de
socios de la empresa CMK Publicidad S. A., cédula jurídica Nº
3-101-315750 en la que se acordó la disolución de la misma.—San José, siete de
junio del dos mil doce.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1
vez.—(IN2012054810).
En esta notaría, por escritura
pública Nº 109, otorgada a las 19:00 horas del 15 de mayo del 2012, se modificó
el pacto social de Toñi Toñi S. A., cambiándose su denominación social a
CT Solutions W L. Net S. A., el objeto, la administración y nombrándose
nueva junta directiva y fiscal.—Heredia, siete de junio del dos mil doce.—Lic.
Cinthya Valverde Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2012054811).
En esta notaría, por escritura
pública Nº 31-14, otorgada a las 17:00 horas del 7 de junio del 2012, se
disolvió Café Madre Tierra S. A.—Heredia, ocho de junio del dos mil
doce.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—(IN2012054812).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
disolución de la sociedad Asesores Técnicos Ambientales ATA Sociedad Anónima.—San
José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez,
Notaria.—1 vez.—(IN2012054813).
En esta notaría, por escritura
pública Nº 30-14, otorgada a las 16:00 horas del 7 de junio del 2012, se
disolvió Closet Multimarcas S. A.—Heredia, ocho de junio del dos mil
doce.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—(IN2012054814).
Ante nosotros, María Isabel
Bonilla Arroyo y Alfredo Esteban Cortés Vílchez, notarios públicos, con oficina
en Heredia, actuando en el protocolo de la primera, en escritura otorgada a las
doce horas del seis de junio del año dos mil doce, se disolvió la empresa Kedesa
Sociedad Anónima.—Siete de junio del dos mil doce.—Lic. María Isabel
Bonilla Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2012054815).
MG Mercadeo y Comunicación
Global S. A.,
liquida sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las
diecisiete horas del día siete de junio del dos mil doce.—Lic. Marta María
Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012054816).
Big Cyber Technology WV S. A. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las ocho horas del
día ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Marta María Elizondo Vargas,
Notaria.—1 vez.—(IN2012054817).
Edybe Dos Mil Uno S. A., liquida sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de
Heredia, a las nueve horas del día ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Marta
María Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012054818).
Por escritura otorgada ante este notario, a las
catorce horas del cinco de junio del dos mil doce, se solicita ante esta
notaría, la disolución de la compañía Pinal Motors S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y siete mil quinientos treinta y
nueve.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1
vez.—(IN2012054819).
Yo, Alejandra Chacón Alvarado,
cédula de identidad Nº 1-112-031, en mi condición de liquidadora de Anahuac
Holdings Corporation S. A., cédula jurídica Nº 3-101-385050, para los
efectos del inciso b) del artículo 216 del Código de Comercio, publico el
siguiente extracto del estado final de liquidación: total activo: 0; total
pasivo: 0; capital: 1.000 colones; total pasivo y patrimonio: 1.000
colones.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Manuel Antonio
González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012054820).
Por escritura otorgada ante este
notario, a las quince horas, treinta minutos del cinco de junio del dos mil
doce, se solicita ante esta notaría la disolución de la compañía Automotores
Isacris AF S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y dos
mil cuatrocientos veinticinco.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic.
Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2012054821).
Por escritura otorgada ante este
notario, a las quince horas, del cinco de junio del dos mil doce, se solicita
ante esta notaría la disolución de la compañía Pinal de San José S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil ciento ocho.—San
José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea,
Notario.—1 vez.—(IN2012054822).
Mediante escritura autorizada
por mí, a las doce horas del cinco de junio del dos mil doce, se protocolizó la
disolución de la sociedad Titina Bella Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos tres mil ciento cincuenta y
siete.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Federico Carlos Alvarado
Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012054824).
Los suscritos, Pablo César
Castro Solís, con cédula Nº 1-1031-0620, Alfredo Castro Hidalgo, con cédula Nº
4-0093-0567, Soledad Solís Méndez, cédula Nº 1-0396-0642, en condición de
accionistas de la sociedad Ciudad Circuito Castro Solís S. A., cédula de
persona jurídica Nº 3-101-441056, acordamos la disolución y liquidación de
dicha sociedad.—Lic. Francisco Izaguirre García, Notario.—1
vez.—(IN2012054833).
Se protocoliza acta de asamblea
general de Bejarano Molina S. A., celebrada a las 10:00 horas del 14 de
mayo del 2012, que acuerda la disolución de dicha sociedad.—San José, cinco de
mayo del dos mil doce.—Lic. Cecilia García Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012054838).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las trece horas del ocho de junio del dos mil doce, la sociedad
denominada Instalaciones y Acabados Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-032183 acordó disolver y liquidar, la misma al amparo del Código de
Comercio y
Ante mí, Bernal Mauricio Orozco
Salas, mediante escritura número sesenta-tres, de fecha cinco de junio del dos
mil doce, se disolvió la sociedad Fideos Precocidos Vigui Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y dos mil cuatrocientos
veintiséis.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Bernal Mauricio
Orozco Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012054842).
Ante mí, Bernal Mauricio Orozco
Salas, mediante escritura número cincuenta y siete-tres, de fecha primero de
junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Jevimagi Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintiocho mil novecientos cuarenta
y seis.—San José, primero de junio del dos mil doce.—Lic. Bernal Mauricio
Orozco Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012054843).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las trece horas del cinco de junio del dos mil doce, la sociedad
denominada Perca de San José Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-198230, acordó disolver y liquidar la misma, al amparo del Código de
Comercio y
Ante esta notaría, se presenta
Efraín Xrinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Inversiones
Ciento Ochenta y Cinco Z A S. A., mediante la cual se solicita la
disolución de dicha sociedad y la devolución de los aportes a cada
socio.—Heredia, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Torres Artavia,
Notario.—1 vez.—(IN2012054851).
Ante esta notaría se presenta
Efraín Xrinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Auto
Centro Xiri E X CH S. A., mediante la cual se solicita la disolución de
dicha sociedad y la devolución de los aportes a cada socio.—Heredia, 7 de junio
del 2012.—Lic. Ricardo Torres Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2012054852).
Ante esta notaría se presenta
Efraín Xrinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Inversiones
Hermanos S. A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha
sociedad y la devolución de los aportes a cada socio.—Heredia, 7 de junio del
2012.—Lic. Ricardo Torres Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2012054853).
Ante esta notaría se presenta
Efraín Xrinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad
inversiones ciento setenta y nueve U V S. A., mediante la cual se
solicita la disolución de dicha sociedad y la devolución de los aportes a cada
socio.—Heredia, 7 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Torres Artavia, Notario.—1
vez.—(IN2012054854).
Ante esta notaría se presenta
Efraín Xrinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Constructora
Xirinachs y Siverio S. A., mediante la cual se solicita la disolución de
dicha sociedad y la devolución de los aportes a cada socio.—Heredia, 7 de junio
del 2012.—Lic. Ricardo Torres Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2012054855).
Ante esta notaría se presenta
Efraín Xrinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Centro
de Autos Populares del Norte S. A., mediante la cual se solicita la
disolución de dicha sociedad y la devolución de los aportes a cada
socio.—Heredia, 7 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Torres Artavia, Notario.—1
vez.—(IN2012054856).
Ante esta notaría se presenta
Efraín Xrinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Centro
Automotriz AX S. A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha
sociedad y la devolución de los aportes a cada socio.—Heredia, 7 de junio del
2012.—Lic. Ricardo Torres Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2012054857).
Ante esta notaría se presenta
Efraín Xrinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Almacén
Fiscal del Depósito Gigante S. A., mediante la cual se solicita la
disolución de dicha sociedad y la devolución de los aportes a cada
socio.—Heredia, 7 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Torres Artavia, Notario.—1
vez.—(IN2012054858).
Por escritura otorgada ante los
notarios Rafael Medaglia Gómez y Laura Zumbado Loría, a las doce horas del día
treinta del año en curso, se protocoliza el acta de asamblea de socios de Vivero
Raíces S. A., modificándose su domicilio al Bufete Medaglia y Asociados en
Sabana Sur, de la librería Universal cien sur, cincuenta oeste y ochenta sur,
así como la cláusula de la administración, ya que tanto el presidente como el
secretario, tendrán facultades para actuar conjunta o separadamente.—San José,
treinta y uno de mayo del dos mil doce.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1
vez.—RP2012299692.—(IN2012054860).
En la notaría del Lic. José Antonio Umanzor
Rodríguez, carné 12154, ubicada en San José, avenida 6, calles 10 y 12 correo
lic_umanzor@hotmail.com se tramita la disolución de la sociedad LV y RM
Inversiones Americanas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-434820.—Lic. José Antonio Umanzor Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012299662.—(IN2012054861).
Mediante escritura pública N°
218 otorgada ante el notario público Federico José González Peña a las 13:00
horas del 8 de junio del 2012, se protocolizó acta N° 1 de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-625142 S. A., celebrada en
San José, en Curridabat, de Plaza Freses
Mediante escritura pública N°
210 otorgada ante el notario público Federico José González Peña a las 8:00
horas del 30 de mayo del 2012, se protocolizó acta N° 1 de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-625085 S. A., celebrada en
San José, en Curridabat, de Plaza Freses
Mediante escritura pública N°
211 otorgada ante el notario público Federico José González Peña a las 9:00
horas del 30 de mayo del 2012, se protocolizó acta N° 1 de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-625086 S. A., celebrada en
San José, en Curridabat, de Plaza Freses
Mediante escritura pública N°
212 otorgada ante el notario público Federico José González Peña a las 10:00
horas del 30 de mayo del 2012, se protocolizó acta N° 1 de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-625087 S. A., celebrada en
San José, en Curridabat, de Plaza Freses
Por escritura otorgada a las
dieciséis horas del siete de junio del dos mil doce, se solicita la disolución
de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Sesenta y Ocho Mil
Quinientos Ochenta y Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres -
ciento uno - cuatrocientos sesenta y ocho mil quinientos ochenta y ocho.—San
José, 7 de junio del 2012.—Lic. Serguei Swirgsde González, Notario.—1
vez.—(IN2012054866).
Mediante escritura pública N°
213 otorgada ante el Notario Público Federico José González Peña a las 08:00
horas del 08 de junio del 2012, se protocolizó acta N° 1 de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-625568 S. A., celebrada en
San José, en Curridabat, de Plaza Freses
Por escritura otorgada a las
dieciséis horas diez minutos del siete de junio del dos mil doce, se solicita
la disolución de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos
Setenta y Siete Mil Quinientos Cincuenta y Nueve Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres - ciento uno -cuatrocientos setenta y siete mil quinientos
cincuenta y nueve.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Sergueis Swirgsde
González, Notario.—1 vez.—(IN2012054868).
Mediante escritura pública N°
214 otorgada ante el notario público Federico José González Peña a las 9:00
horas del 8 de junio del 2012, se protocolizó acta N° 1 de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-625569 S. A., celebrada en
San José, en Curridabat, de Plaza Freses
Por escritura otorgada a las
dieciséis horas veinte minutos del siete de junio del dos mil doce, se solicita
la disolución de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos
Setenta y Ocho Mil Setecientos Ochenta y Uno Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil setecientos
ochenta y uno.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Serguei Swirgsde González,
Notario.—1 vez.—(IN2012054870).
Mediante escritura pública N°
215 otorgada ante el Notario Público Federico José González Peña a las 10:00
horas del 08 de junio del 2012, se protocolizó acta N° 1 de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-625570 S. A., celebrada en
San José, en Curridabat, de Plaza Freses
Mediante escritura pública N°
216 otorgada ante el Notario Público Federico José González Peña a las 11:00
horas del 8 de junio del 2012, se protocolizó acta N° 1 de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-625140 S. A., celebrada en
San José, en Curridabat, de Plaza Freses
Por escritura otorgada a las
dieciséis horas treinta minutos del siete de junio del dos mil doce, se
solicita la disolución de la sociedad denominada Latin America Groceries
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno -seiscientos
siete mil doscientos noventa y uno.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Sergueis
Swirgsde González, Notario.—1 vez.—(IN2012054873).
Mediante escritura pública N°
217 otorgada ante el notario público Federico José González Peña, a las 12:00
horas del 8 de junio del 2012, se protocolizó acta N° 1 de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-625141 S. A., celebrada en
San José, en Curridabat, de Plaza Freses
Por escritura otorgada a las
dieciséis horas cuarenta minutos del siete de junio del dos mil doce, se
solicita la disolución de la sociedad denominada Latin Medical Corp.
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos
ochenta y seis mil novecientos ochenta y dos.—San José, 7 de junio del
2012.—Lic. Sergueis Swirgsde González, Notario.—1 vez.—(IN2012054875).
Por escritura otorgada a las
diecisiete horas del siete de junio del dos mil doce, se solicita la disolución
de la sociedad denominada Me Bath Sociedad Anónima, anteriormente Pinogana
Azul G.A. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos cuarenta mil setecientos veintidós.—San José, 7 de junio del
2012.—Lic. Sergueis Swirgsde González, Notario.—1 vez.—(IN2012054876).
Por escritura otorgada a las
diecisiete horas diez minutos del siete de junio del dos mil doce, se solicita
la disolución de la sociedad denominada P.G.B. Alianza de Negocios Sociedad
Anónima, anteriormente tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil
trescientos cincuenta y nueve sociedad anónima, cédula jurídica número tres
- ciento uno - cuatrocientos setenta y ocho mil trescientos cincuenta y
nueve.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Sergueis Swirgsde González,
Notario.—1 vez.—(IN2012054877).
Ante esta notaría otorgada a las
trece horas del veintiocho de marzo del año dos mil doce, se constituyó la
sociedad Zuma Brands Sociedad Anónima.—San José, trece de abril de dos
mil doce.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia Gago, Notario.—1 vez.—(IN2012054878).
Por escritura otorgada ante este
notario a las 16:00 horas del 17 de mayo del 2012, se constituyó la sociedad Bodegas
del Castillo S. A. Capital social es de diez mil colones. Es todo.—San
José, 17 de mayo del 2012.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—1
vez.—(IN2012054880).
Por escritura número ocho
otorgada ante esta Notaría a las catorce horas del día siete de junio de dos
mil doce, por acuerdo unánime y en firme de socios se disolvió Tienda Sion
Ltda., cédula jurídica número 3-102-16441, con fundamento en lo dispuesto
por el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. En virtud de que la
sociedad no tiene activos ni pasivos se prescindió de los trámites de
liquidación. Es todo.—San José, a las 14:00 horas 10 minutos del día 7 de junio
de 2012.—Lic. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012054881).
Denia Cruz Morera notaria
pública comunica que por medio de la escritura 328 del tomo 18 de mi protocolo,
otorgado el 6 de junio de 2012, en sede notarial se fusiona la sociedad de
nombre y cédula 3101571674, con la sociedad de nombre y cédula 3101542849, para
efectos de ley.—Lic. Denia Cruz Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054882).
Denia Cruz Morera notaria
pública comunica que por medio de la escritura 312 del tomo 18 de mi protocolo,
otorgado el 20 de abril de 2012, en sede notarial se disuelve la sociedad Repuestos
Dixon S. A., cédula jurídica 3-101-1303234, para efectos de ley.—Lic. Denia
Cruz Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054883).
Denia Cruz Morera notaria
pública comunica que por medio de la escritura 319 del tomo 18 de mi protocolo,
otorgado el 8 de mayo de 2012 en sede notarial, se disuelve la sociedad de
nombre y cédula 3-101-622981 para efectos de ley.—Lic. Denia Cruz Morera,
Notaria.—1 vez.—(IN2012054885).
Denia Cruz Morera notaria
pública comunica que por medio de la escritura 130 del tomo 18 de mi protocolo
otorgado el 13 de julio de 2010, en sede notarial se disuelve la sociedad Inversiones
Inmobiliarias Perro Negro S. A. cédula
3-101-438860 para efectos de ley.—Lic. Denia Cruz Morera, Notaria.—1
vez.—(IN2012054886).
Denia Cruz Morera notaria
público comunica que por medio de la escritura 131 del tomo 18 de mi protocolo
otorgado el 13 de julio de 2010, en sede notarial se disuelve la sociedad Palmitica
Tropical S. A., cédula 3-101-440375 para efectos de ley.—Lic. Denia Cruz
Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054888).
Denia Cruz Morera, notaria pública comunica que
por medio de la escritura 323 del tomo 18 de mi protocolo otorgado el 13 de
mayo de 2012, en sede notarial, se disuelve la sociedad Hermanos Rosal Evers
S. A., cédula 3-101-079777 para efectos de ley.—Lic.
Denia Cruz Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054890).
Denia Cruz Morera notaria
pública comunica que por medio de la escritura 329 del tomo 18 de mi protocolo
otorgado el 7 de junio de 2012, en sede notarial se disuelve la sociedad Fallas
y Bravo de Alajuela S. A., cédula 3-101-303256 para efectos de ley.—Lic. Denia Cruz Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054891).
Denia Cruz Morera notaria
pública comunica que por medio de la escritura 329 del tomo 18 de mi protocolo
otorgado el 7 de junio de 2012, en sede notarial se disuelve la sociedad
Fallas y Bravo de Alajuela S. A., cédula 3 101 303256, para efectos de
ley.—Lic. Denia Cruz Moreno, Notaria.—1 vez.—(IN2012054892).
Denia Cruz Morera notaria
pública comunica que por medio de la escritura 321 del tomo 18 de mi protocolo
otorgado el 10 de mayo de 2012, en sede notarial se disuelve la sociedad con
nombre y cédula jurídica 3101510946, para efectos de ley.—Lic. Denia Cruz
Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054893).
Denia Cruz Morera notaria
pública comunica que por medio de la escritura 315 del tomo 18 de mi protocolo
otorgado el 28 de abril de 2012, en sede notarial se disuelve la sociedad Vito
Pérez S. A., cédula jurídica 3-101-76040, para efectos de ley.—Lic. Denia Cruz
Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054895).
Denia Cruz Morera notaria
pública comunica que por medio de la escritura 315 del tomo 18 de mi protocolo
otorgado el 28 de abril de 2012, en sede notarial se disuelve la sociedad Grupo
Inmobiliario Carri S. A., cédula jurídica 3-101-288799 para efectos de
ley.—Lic. Denia Cruz Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012054896).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las trece horas del primero de junio del dos mil doce, los señores:
Luis Enrique Vargas Vargas y Ann Enriqueta Vargas, dueños de la totalidad del
capital social, solicitan la disolución de la empresa denominada: Villa
Luisiana Sociedad Anónima.—Heredia, junio cuatro del dos mil doce.—Lic.
Maira Torres López, Notaria.—1 vez.—(IN2012054900).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las once horas del primero de junio del dos mil doce, los señores:
Luis Enrique Vargas Vargas y Ann Enriqueta Vargas, dueños de la totalidad del
capital social, solicitan la disolución de la empresa denominada: Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Sesenta y Seis Mil Quinientos Setenta y Dos Sociedad Anónima.—Heredia,
junio cuatro del dos mil doce.—Lic. Maira Torres López, Notaria.—1
vez.—(IN2012054901).
Por escritura otorgada ante esta
notaría número doscientos catorce-quinto, al ser las doce horas del seis de
junio del dos mil doce, comparecen los socios de la sociedad Industrias del
Este NR Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- seis uno cero
cero dos uno, a declararla liquidada y disuelta.—San José, seis de junio del
año dos mil doce.—Lic. Anssuette Esquivel Zayas-Bazán, Notaria.—1
vez.—(IN2012054903).
Por escritura otorgada ante mí,
a las once horas del siete de junio del año dos mil doce, que es asamblea
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Complejo Harpaluz Sociedad
Anónima, se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto referente al
domicilio, es todo.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Ernesto
Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—(IN2012054908).
Por escritura número doscientos
cuatro otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del once de mayo de dos
mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Stone Of
Erech Sociedad de Responsabilidad Limitada en donde se acordó disolver la
compañía de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de
Comercio.—San José, ocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Adrián Echeverría
Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012054912).
Por escritura número doscientos
diecinueve otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del siete de junio
de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Cuarenta Mil Ciento Treinta y Dos Sociedad de Responsabilidad
Limitada, en donde se reformó la cláusula primera y se nombraron nuevos
gerentes.—San José, ocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Adrián Echeverría
Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012054913).
Por escritura número doscientos
diecisiete otorgada ante esta notaría a las trece horas del treinta de mayo de
dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones
Gotas de Caramelo Sociedad Anónima, en donde se acordó disolver la compañía
de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio.—San
José, ocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Marco Antonio Fernández López,
Notario.—1 vez.—(IN2012054914).
Por escritura número ciento
siete otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del veintinueve de mayo
de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Trece Mil Cero Cero Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada,
en donde se acordó disolver la compañía de acuerdo al inciso d) del artículo
doscientos uno de Código de Comercio.—San José, ocho de junio del año dos mil
doce.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012054915).
Por escritura número ciento
nueve otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas treinta minutos del
veintinueve de mayo de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Tres-Ciento Dos-Seiscientos Trece Mil Doscientos Setenta y
Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada, en donde se acordó disolver la
compañía de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de
Comercio.—San José, ocho de junio del año dos mil doce.—Lic. José Andrés Masís
Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012054916).
Por escritura número ciento ocho
otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas quince minutos del veintinueve
de mayo de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de Tres-Ciento Dos-Seiscientos Trece Mil Doscientos Setenta y Seis Sociedad
de Responsabilidad Limitada, en donde se acordó disolver la compañía de
acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio.—San
José, ocho de junio del año dos mil doce.—Lic. José Andrés Masís Calvo,
Notario.—1 vez.—(IN2012054917).
Ante la notaria Dunia Lorena
Quesada Soto, se disolvió la siguiente sociedad anónima: Finca el Mirador R
Y B S. A.—Ciudad Cortés de Osa, seis de junio del año dos mil doce.—Lic.
Dunia Lorena Quesada Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2012054921).
Ante la notaria Dunia Lorena
Quesada Soto, se disolvieron las siguientes sociedades Scornocos del Sur S.
A. Inversiones Lempi del Sur S. A.—Ciudad Cortés de Osa, cinco de
junio del año dos mil doce.—Lic. Dunia Lorena Quesada Soto, Notaria.—1
vez.—(IN2012054922).
Ante la notaría de la suscrita,
Marcela Padilla Valverde, en San Rafael de Alajuela, mediante la escritura
número trece otorgada a las ocho horas del ocho de junio del año dos mil doce,
se acuerda disolver y liquidar la compañía Fargo Security Fas Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número: tres - ciento uno-cuatrocientos
cuarenta y seis mil ciento cuarenta y cinco. Es todo.—Alajuela, ocho de junio
de dos mil doce.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012054924).
Ante la notaría de la suscrita,
Marcela Padilla Valverde, en San Rafael de Alajuela, mediante la escritura
número diez otorgada a las trece horas del siete de junio del año dos mil doce,
se acuerda disolver y liquidar la compañía Jeinemení Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres
mil doscientos veintiuno. Es todo.—Alajuela, siete de junio de dos mil
doce.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012054925).
Ante la notaría de la suscrita,
Marcela Padilla Valverde, en San Rafael de Alajuela, mediante la escritura
número once otorgada a las catorce horas del siete de junio del año dos mil
doce, se acuerda disolver y liquidar la compañía Mongo Aurelio Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número: tres- ciento uno-quinientos
cincuenta y tres mil novecientos ochenta y tres. Es todo.—Alajuela, siete de
junio de dos mil doce.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1
vez.—(IN2012054926).
Ante la notaría de la suscrita,
Marcela Padilla Valverde, en San Rafael de Alajuela, mediante la escritura
número doce otorgada a las quince horas del siete de junio del año dos mil
doce, se acuerda disolver y liquidar la compañía Vista Los Pinos Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica
número: tres- ciento uno-doscientos treinta y siete mil ochocientos cuarenta.
Es todo.—Alajuela, siete de junio de dos mil doce.—Lic. Marcela Padilla
Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012054927).
Por escritura otorgada ante esta
notaría al ser las 14:00 horas del 8 de junio del 2012, se protocoliza la
asamblea extraordinaria de Tres-Ciento Dos-Quinientos Noventa y Tres Mil
Quinientos Sesenta y Ocho Limitada se modifica la cláusula dos y se nombra
agente residente.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Andrea Ovares López,
Notaria.—1 vez.—(IN2012054928).
Por escritura otorgada hoy ante
esta notaría se acuerda la disolución de la sociedad Nepdm Tecnología
Ambiental Sociedad Anónima.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Lorna
Truque Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2012054929).
Por escritura otorgada hoy ante
esta notaría se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo de
la sociedad Costa Rica Pacific Breeze Limitada.—San José, 6 de junio del
2012.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—(IN2012054930).
Por escritura otorgada hoy ante
esta notaría se acuerda la modificación de la cláusula del plazo social de la
sociedad Best Corporation S. A.—San José, 5 de junio del 2012.—Lic.
Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—(IN2012054931).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las trece horas del ocho de junio del dos mil doce se protocolizan
acuerdos de las asambleas generales extraordinarias de accionistas de las
sociedades Costa Esterillos Estates Peral Doscientos Ocho S. A., Costa
Esterillos Estates Poligala Rupestre Doscientos Siete S. A., CRE Cero Setenta y
Ocho Ansar Careto Grande S. A., Costa Esterillos Estates Paliuro Doscientos
Nueve S. A., mediante los cuales todas se fusionan por absorción,
desapareciendo Costa Esterillos Estates Peral Doscientos Ocho S. A, CRE Cero
Setenta y Ocho Ansar Careto Grande S. A., Costa Esterillos Estates Paliuro
Doscientos Nueve S. A. y permaneciendo Costa Esterillos Estates Poligala
Rupestre Doscientos Siete S. A., la cual asumirá todos los activos y
pasivos, derechos y obligaciones e ingresos y gastos de las sociedades
absorbidas. Además, se reforma la cláusula quinta de la sociedad Costa
Esterillos Estates Poligala Rupestre Doscientos Siete S. A. y se ratifican
los actuales miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente.—San
José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Andrea Ovares López, Notoria.—1
vez.—(IN2012054932).
Por escritura otorgada ante el
notario Otto Bonilla Fallas, el seis de junio del dos mil doce, se disolvió Mksuarez
M V S A S.A. con cédula de persona jurídica Nº 3-101-211259.—San José, 6 de
junio del 2012.—Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012054933).
Por escritura otorgada ante el
notario Otto Bonilla Fallas, el ocho de junio del dos mil doce, se disolvió Arrendadora
Kinret S. A., con cédula de persona jurídica 3-101-211259.—San José, 8 de
junio del 2012.—Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012054934).
Por escritura otorgada ante el
notario Otto Bonilla Fallas, el ocho de junio del dos mil doce, se disolvió Poliuretanos
S. A. con cédula de persona jurídica 3-101-34254.—San José, 8 de junio del
2012.—Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012054935).
Por escritura otorgada ante el
notario Otto Bonilla Fallas, el ocho de junio del dos mil doce, se disolvió Bolsas
Plásticas Tropicales S. A. con cédula de persona jurídica 3-101-196241.—San
José, 8 de junio del 2012.—Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario.—1
vez.—(IN2012054936).
Por escritura otorgada ante el
notario Otto Bonilla Fallas, el ocho de junio del dos mil doce, se disolvió Arrendadora
Nerekit S. A., con cédula de persona jurídica 3-101-211192.—San José, 8 de
junio del 2012.—Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012054937).
Por escritura otorgada ante el notario
Otto Bonilla Fallas, el ocho de junio del dos mil doce, se disolvió Negocios
Galante Ocaso Limitada, con cédula de persona jurídica 3-102-446782.—San
José, 8 de junio del 2012.—Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario.—1
vez.—(IN2012054938).
Por escritura otorgada ante el
notario Otto Bonilla Fallas, el ocho de junio del dos mil doce, se disolvió Transacciones
Móviles Autos K S. A., con cédula de persona jurídica 3-102-478627.—San
José, 8 de junio del 2012.—Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012054939).
Por escritura otorgada ante el
notario Otto Bonilla Fallas, el ocho de junio del dos mil doce, se disolvió Inversiones
Sajosamare Cuarenta Treinta y Dos S. A., con cédula de persona jurídica
3-102-253752.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Otto Bonilla Fallas,
Notario.—1 vez.—(IN2012054940).
Por escritura otorgada ante el
notario Otto Bonilla Fallas, el ocho de junio del dos mil doce, se disolvió Pleinat
S. A., con cédula de persona jurídica 3-101-135533.—San José, 8 de junio
del 2012.—Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012054941).
Se protocoliza acta de la firma
de esta plaza Tierras de
Se protocoliza acta de la firma
de esta plaza The Cradle of The Hero E S V Sociedad Anónima. Se reforma
cláusula primera, sexta y se nombra presidente, secretario y tesorero.—San
José, seis de junio del año dos mil doce.—Lic. Lilliana Fallas Valverde y Marco
Vinicio Araya Arroyo, Notarios.—1 vez.—(IN2012054944).
Se protocoliza acta de la firma
de esta plaza Fiorella & Gejise de Tibás Sociedad Anónima. Se
reforma cláusula quinta.—San José, seis de junio del año dos mil doce.—Lic.
Lilliana Fallas Valverde y Marco Vinicio Araya Arroyo, Notarios.—1
vez.—(IN2012054945).
Se protocoliza acta de la firma
de esta plaza Jemaros Sociedad Anónima. Se reforma cláusula tercera.—San
José, seis de junio del año dos mil doce.—Lic. Lilliana Fallas Valverde y Marco
Vinicio Araya Arroyo, Notarios.—1 vez.—(IN2012054946).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del ocho de junio del dos mil doce, la sociedad Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Cuarenta Mil Treinta y Siete Limitada, reforma la cláusula
segunda del pacto social.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Roberto Suñol
Prego, Notario.—1 vez.—(IN2012054949).
Mediante escritura número 95 de
las 10:00 horas del 4 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la
notaria Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y
Terrenos Propiedades Nicoyanas PN Limitada, con cédula jurídica número
tres-ciento dos-trescientos ochenta y ocho mil novecientos setenta y dos, por
lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de
treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José,
cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1
vez.—(IN2012054950).
Mediante escritura número 65 de
las 17 horas del 1 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Cerro Nublado Limitada, con cédula jurídica es tres-ciento
dos-cuatrocientos once mil cuatrocientos noventa y dos, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054952).
Mediante escritura número 67 de
las 19 horas del 1 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Violetas de Hojancha Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos veinticinco mil novecientos treinta y siete, por lo que según
el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a
partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del
dos mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054953).
Mediante escritura número 66 de
las 18 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos de
Cerro López Limitada, con cédula jurídica es tres-ciento dos-cuatrocientos
dos mil ochocientos setenta y cinco, por lo que según el artículo 207 del
Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta
publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054954).
Mediante escritura número 68 de
las 20 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Vereda de
Mediante escritura número 69 de
las 7 horas del 2 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Trocha de Montaña Ltda, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos diez mil ochocientos noventa y cinco, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054956).
Mediante escritura número 70 de
las 8 horas del 2 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Quebrada Azul Limitada, con cédula jurídica es tres-ciento
dos-cuatrocientos once mil setecientos noventa y seis, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054957).
Mediante escritura número 71 de
las 9 horas del 2 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Angostura de Los Montes Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos veinticinco mil setecientos setenta y nueve, por lo que según
el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a
partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio
del dos mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054960).
Mediante escritura número 72 de
las 10 horas del 2 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Surco del Año Nuevo Limitada, con cédula jurídica es tres-ciento
dos-cuatrocientos nueve mil cero cincuenta, por lo que según el artículo 207
del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta
publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054961).
Mediante escritura número 73 de
las 11 horas del 2 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Grandes Cercas Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos veintisiete mil seiscientos ochenta, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054962).
Mediante escritura número 75 de
las 13 horas del 2 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Valle de
Mediante escritura número 76 de
las 13:30 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la
notaria Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y
Terrenos Paracleto del Tejar Limitada, con cédula jurídica número
tres-ciento dos-cuatrocientos veintisiete mil setecientos y treinta y tres, por
lo que según el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de
treinta días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José,
cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1
vez.—(IN2012054964).
Mediante escritura número 77 de
las 14 horas del 2 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos Alto
Relieve Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos
veinticinco mil trescientos diecisiete, por lo que según el artículo 207 del
Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta
publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054965).
Mediante escritura número 78 de
las 15 horas del 2 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Quebrada Cardena Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos veintisiete mil cuatrocientos siete, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054966).
Mediante escritura número 79 de
las 16 horas del 2 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos Hondonada
del Buey Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos
veinticinco mil setecientos veintinueve, por lo que según el artículo 207 del
Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta
publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054967).
Mediante escritura número 80 de
las 17 horas del 2 de junio del 2012 en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Despeñadero del Sol Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos once mil cuatrocientos noventa y ocho, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054969).
Mediante escritura número 81 de
las 18 horas del 2 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Cubierta Pacífica Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos veinticinco mil novecientos ochenta y siete, por lo que según
el artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a
partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio
del dos mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054971).
Mediante escritura número 82 de las
19 horas del 2 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Cúspide
Mediante escritura número 83 de
las 20 horas del 2 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Crepúsculo Rojo Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos veintiséis mil ciento treinta, por lo que según el artículo
207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta
publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054973).
Mediante escritura número 84 de
las 7 horas del 3 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Colina de
Mediante escritura número 85 de
las 8 horas del 3 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Caída Primaveral Limitada, con cédula jurídica es tres-ciento
dos-cuatrocientos once mil setecientos cincuenta y seis, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054976).
Mediante escritura número 86 de
las 9 horas del 3 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Bosque Negro BN Limitada, con cédula jurídica es tres-ciento
dos-cuatrocientos diez mil quinientos veintiuno, por lo que según el artículo
207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta
publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054977).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Elcadorja
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de
la administración y se nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada en San
José, ante el notario público Sergio Aguiar Montealegre, a las quince horas del
ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1
vez.—(IN2012054978).
Mediante escritura número 87 de
las 10 horas del 3 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Balcón de
Mediante escritura otorgada ante
mí, a las diecisiete horas del dieciséis de mayo del dos mil doce, se
constituyó la compañía denominada K&D Enterprises Limitada. Es
todo.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Roberto Facio Sáenz,
Notario.—1 vez.—(IN2012054980).
Mediante escritura número 88 de
las 11 horas del 3 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Techo de
Mediante escritura número 89 de
las 12 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Cresta del Oriente Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos veintisiete mil seiscientos diecinueve, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054982).
Mediante escritura número 90 de
las 13 horas del 3 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos Río
de
Mediante escritura número 91 de
las 14 horas del 3 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos Sabana
de Bagaces Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos treinta y cuatro mil cuatrocientos tres, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054985).
Mediante escritura número 92 de
las 7 horas del 4 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Cúmulos de
Mediante escritura número 93 de
las 8 horas del 4 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos de
Estrada Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos
cinco mil trescientos dieciséis, por lo que según el artículo 207 del Código de
Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta publicación para
escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Marianne
Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054987).
Mediante escritura número 94 de
las 9 horas del 4 de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Collado Gitano Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos diez mil novecientos noventa y uno, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—(IN2012054988).
Al ser las trece horas del
primero de junio del dos mil doce, se protocolizó ante esta notaría acta de
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Recillan GRB Sociedad
Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 1º de junio
del 2012.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012054989).
Al ser las catorce horas del
primero de junio del dos mil doce, se protocolizó ante esta notaría acta de
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Recambios Europeos JH Sociedad
Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 1º de junio
del 2012.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012054991).
Protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Proagro del Valle
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-178962, mediante escritura 292,
otorgada el 5 de junio del 2012, ante el suscrito notario se disolvió dicha
sociedad con fundamento en el artículo 201 inciso d) y se emplaza a terceros
interesados para que dentro de treinta días naturales contados a partir de la
publicación del presente aviso procedan a hacer valer sus derechos de manera
judicial.—Lic. Juan Carlos Solís Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012054994).
Protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Taller de Servicio
Brecha Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-175295, mediante escritura
293, otorgada el 9 de junio del 2012, ante el suscrito notario se disolvió
dicha sociedad con fundamento en el artículo 201 inciso d) y se emplaza a
terceros interesados para que dentro de treinta días naturales contados a
partir de la publicación del presente aviso procedan a hacer valer sus derechos
de manera judicial.—Lic. Juan Carlos Solís Alfaro, Notario.—1
vez.—(IN2012054995).
Hoy en esta notaría se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Importaciones y
Servicios E:F: M Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-236040 que
disuelve la empresa por acuerdo unánime de socios.—San José, 7 de junio del
2012.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012054998).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario en Heredia, a las 16 horas del 8 de junio del 2012, se
constituyó
Hoy en esta notaría se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Bramellan Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-485410, en que los socios acuerdan por
unanimidad la disolución de la misma.—San José, ocho de junio del dos mil
doce.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2012055000).
Mediante escritura 81 otorgada
ante este notario a las 13:00 horas del 23 de mayo del 2012, se modifica la
cláusula segunda y octava y se nombra nuevo gerente de la sociedad Flores de
Lavanda SRL, cédula jurídica número 3-102-581859. Es todo.—Guanacaste, 23
de mayo del 2012.—Lic. Edry Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012055001).
Ante el notario Juan Carlos
Bonilla Portocarrero en San José al ser las once horas del siete de junio del
dos mil doce, se nombra presidente y se reforma la cláusula novena de la
sociedad Balcones Soleados de
Por escritura otorgada ante el
suscrito a las ocho horas del ocho de junio del dos mil doce, se protocoliza
acta de la sociedad Tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil
setecientos cincuenta y uno sociedad anónima, donde se acordó disolver,
liquidar y adjudicar el capital social entre los socios.—San José, 8 de junio
del 2012.—Lic. Randall Salas Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012055019).
Por escritura otorgada ante el
suscrito a las ocho horas diez minutos del ocho de junio del dos mil doce, se
protocoliza acta de la sociedad Tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis
mil cuatrocientos ochenta y ocho sociedad anónima, donde se acordó
disolver, liquidar y adjudicar el capital social entre los socios.—San José, 8
de junio del 2012.—Lic. Randall Salas Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012055020).
Por escritura otorgada ante el
suscrito a las ocho horas veinte minutos del ocho de junio del dos mil doce, se
modificó las cláusulas segunda, quinta y octava del pacto constitutivo de Residencial
Tinamu Nancite Sociedad Anónima.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic.
Randall Salas Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012055021).
Que por escritura número ciento
sesenta y tres, otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas treinta
minutos del nueve de junio del dos mil doce, se aprueba la disolución de Inversiones
AG Campos & Ramírez S. A., cédula tres-ciento uno-trescientos cuarenta
y siete mil cuatrocientos sesenta y cuatro.—Heredia, 9 de junio del 2012.—Lic.
Roberto Ulate González, Notario.—1 vez.—(IN2012055033).
Que por escritura número ciento
sesenta y uno, otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas y cuarenta y
cinco minutos del nueve de junio del dos mil doce, se aprueba la disolución de Aguilar
& Campos Asociados S. A., cédula tres-ciento uno-trescientos cuarenta y
seis mil novecientos siete.—Heredia, 9 de junio del 2012.—Lic. Roberto Ulate
González, Notario.—1 vez.—(IN2012055035).
Que por escritura número ciento
sesenta y dos otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del nueve de
junio del dos mil doce, se aprueba la disolución de Corporación Campos
Alpízar S. A., cédula tres-ciento uno-trescientos cuarenta mil cuatrocientos
setenta y siete.—Heredia, 9 de junio del 2012.—Lic. Roberto Ulate González,
Notario.—1 vez.—(IN2012055036).
Ante el notario José Antonio
Agüero Morales por escritura número ciento veintiuno de las dieciséis horas del
siete de junio dos mil doce, se ha liquidado la empresa Maucolican S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-tres ocho cinco tres siete tres. De
Jimmy Edwin Pérez Gutiérrez y Rafael Ángel Pérez Rodríguez. Domicilio en San
José, Alajuelita, Tejarcillos, de la pulpería
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 8:30 horas del 8 de junio del 2012, se procedió a disolver la
sociedad anónima denominada Inversiones Creativas Solidarias S. A.—San
José, 8 de junio del 2012.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1
vez.—(IN2012055047).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 8:00 horas del 8 de junio del 2012, se procedió a disolver la
sociedad anónima denominada Energía Creativa S. A.—San José, 8 de junio
del 2012.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012055048).
Protocolización del acta de la
asamblea general extraordinaria número dos de la sociedad Villas del Clima
Ideal Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta
y cuatro mil doscientos cincuenta y seis, se modifican las siguientes cláusulas
de la ley constitutiva, primera para que se lea de ahora en adelante como
sigue, la sociedad se denominará Titan Analysis Sociedad Anónima, como
nombre de fantasía, pudiendo abreviarse el aditamento en S. A., cláusula sétima
para que en lo sucesivo se lea como sigue; sétima: la sociedad será
administrada por una junta directiva, compuesta por tres miembros socios o no a
saber: presidente, tesorero, secretario quienes durarán en sus cargos por todo
el plazo social, o hasta que sean removidos por muerte, renuncia o incapacidad.
El presidente y el tesorero tendrán la representación judicial y extrajudicial
de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de
suma quienes actuarán conjunta o separadamente de conformidad con lo
establecido por el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil,
siendo que a su vez podrán otorgar poderes, sustituir su mandato en todo o en
parte, reservándose su ejercicio, revocar sustituciones o hacer otras de nuevo.
La junta directiva se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al año y
extraordinariamente cuando el presidente la convoque, por carta certificada o
por medio de publicación en un diario de mayor circulación nacional con ocho
días de antelación por lo menos. Las reuniones se llevarán a cabo en el
domicilio social y solo habrá quórum con al menos dos de sus miembros y las
decisiones se tomarán por simple mayoría. En caso de empate decidirá el
presidente con doble voto. Escritura otorgada en Atenas, a las diecisiete
horas, cincuenta minutos del nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Rosa María
Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012055064).
Protocolización del expediente
número tres denominado disolución de la sociedad Halarri de Santa Eulalia
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos
veintinueve mil ciento ochenta y dos, se acuerda la disolución de la sociedad,
conforme al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.
Escritura otorgada en Atenas, a las dieciocho horas treinta minutos del nueve
de junio del dos mil doce.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1
vez.—(IN2012055065).
Protocolización del expediente
número uno denominado disolución de la sociedad Corporación Josmi Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y seis
mil seiscientos setenta y siete, se acuerda la disolución de la sociedad,
conforme al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.
Escritura otorgada en Atenas, a las diez horas del treinta y uno de mayo del
dos mil doce.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012055066).
Protocolización del acta de la
asamblea general extraordinaria número tres de la sociedad tres-ciento
uno-quinientos sesenta y cinco mil cuatrocientos tres sociedad anónima,
bajo la persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil
cuatrocientos tres, se acuerda la disolución de la sociedad, conforme al
artículo doscientos uno, inciso d); del Código de Comercio. Escritura otorgada
en Atenas, a las diecisiete horas treinta minutos del nueve de junio del dos
mil doce.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012055067).
Por asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria Rosemary S. A., del
día nueve de junio del dos mil doce, a las nueve horas, se disuelve la sociedad
por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d)
del Código de Comercio.—Alajuela, once de junio del dos mil doce.—Lic. Marvin
Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2012055070).
Por asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria Gerhard Stefan S. A.,
del día nueve de junio del año dos mil doce, a las nueve horas se disuelve la
sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio.—Alajuela, once de junio del dos mil
doce.—Lic. Marvin Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2012055073).
Por asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria Richard S. A., del
día nueve de junio del dos mil doce, a las nueve horas se disuelve la sociedad
por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d)
del Código de Comercio.—Alajuela, once de junio del dos mil doce.—Lic. Marvin
Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2012055074).
Mediante escritura noventa y dos
de las catorce horas del treinta de mayo del dos mil doce, otorgada en San
José, ante esta notaría, se protocolizó acta número siete de asamblea general
extraordinaria de Anafe S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero
cuarenta y cuatro mil ciento veinte, en la que se disuelve la sociedad.—San
José, 4 de junio del 2012.—Lic. Roxana María Artavia Badilla, Notaria.—1
vez.—(IN2012055075).
Ante esta notaría se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de Wilval Investment Sociedad Anónima,
se disuelve la sociedad de acuerdo al transitorio II de
Ante esta notaría se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de Publicine Continental Sociedad Anónima,
se disuelve y liquida la sociedad de acuerdo al transitorio II de
Ante esta notaría se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de Hijinso SS Limitada, se disuelve y liquida
la sociedad de acuerdo al transitorio II de
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios de las diecinueve horas del tres de mayo de dos mil
doce, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio se
acordó y quedó en firme la disolución de Técnica C Y F Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y ocho mil
ochocientos veintiuno, de lo cual da fe el notario que se dirá con vista en el
acta de asamblea citada.—Lic. Rodrigo Navarro Godínez, Notario.—1
vez.—(IN2012055085).
Por escritura de las 9:00 horas
de hoy, se reforma cláusula quinta de capital social de la sociedad Inversiones
Romero del Este Sociedad Anónima, ciento veinte millones de colones.—San
José, 5 de junio del 2012.—Lic. María Elena González Larrad, Notaria.—1
vez.—(IN2012055091).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el 2 de mayo del 2012, la sociedad VYS Marcela Vigésima Tercera S.
A., disuelve la sociedad.—San José, 2 de mayo del 2012.—Lic. José Manuel
Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2012055092).
Protocolización de acuerdos
adoptados en asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Servicios
Guido y Rubí Limitada, se acuerda disolver dicha sociedad de conformidad
con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio. Escritura autorizada por el notario Ulises Alberto Obregón Alemán, en
la ciudad de San José, a las diez horas del ocho de junio de dos mil doce.—San
José, 11 de junio del 2012.—Lic. Ulises Obregón Alemán, Notario.—1
vez.—(IN2012055093).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el 2 de mayo del 2012, la sociedad VYS Marella Décimo Octava S. A.,
disuelve la sociedad.—San José, 2 de mayo del 2012.—Lic. José Manuel Gutiérrez
Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2012055095).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el 4 de junio del
Por escritura otorgada ante esta
notaría el 4 de junio del
Por escritura otorgada ante esta
notaría el 4 de junio del
Por escritura otorgada a las
9:00 horas del 7 de junio de 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de
las sociedades Eston Bak S. A., Kinzila Val S. A., Isola Monza
S. A., Susu-Buka S. A., Kamalai Pas S. A., Trapana-Konte
S. A., Oyama Bai S. A., Koloblue Kal S. A., Mont-Tuchicos
S. A., y Alet-Dume S. A., mediante las cuales se acuerda disolver
las sociedades.—San José, 7 de junio de 2012.—Lic. Javier Francisco Aguilar
Villa, Notario.—1 vez.—(IN2012055102).
Ante esta notaría se protocolizó
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Agencias Mareyma
del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
noventa y un mil quinientos cuarenta y seis, donde se acuerda disolver y
liquidar la sociedad en mención, de conformidad con el artículo 201, inciso d,
del Código de Comercio.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Claudio Gómez
Acuña, Notario.—1 vez.—(IN2012055105).
Por escritura otorgada ante mi
notaría a las doce horas del ocho de junio del dos mil doce, se protocolizó
acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones
Marcecar del Este S. A., mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del
plazo social.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Dora María Fernández Rojas,
Notaria.—1 vez.—(IN2012055107).
Por escritura otorgada ante mi
notaría a las nueve horas del siete de junio del dos mil doce, se protocolizó
acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Taller Don
Pedro S. A., mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del plazo
social.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Dora María Fernández Rojas,
Notaria.—1 vez.—(IN2012055108).
Por escritura otorgada ante mí,
se acordó la disolución definitiva de Alrarez Sociedad Anónima, Blasabelle
Sociedad Anónima, Quibellana Sociedad anónima, Sofialera del
Pelícano Sociedad Anónima, Condominio Los Robles de Tamarindo Blanco
Floral S. A., y Varoqui Sociedad Anónima.—San José, a las 10 horas
del 11 de junio del 2012.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1
vez.—(IN2012055113).
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios número uno de la sociedad Inversiones Sisa de
Sarchí Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-dos cuatro siete cero
nueve uno, celebrada en el domicilio social, a las trece horas del 6 de junio
del 2012, protocolizada ante el notario Rolando Espinoza Rojas, escritura
número 114-45 del tomo 45, visible al folio ochenta y tres frente y vuelto del
tomo 45, por no haber cumplido su objetivo social se disolvió por acuerdo
unánime de socios dicha sociedad.—Sarchí Norte, a las 8 horas del 21 de mayo
del 2012.—Lic. Rolando Espinoza Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012055114).
Por escritura otorgada a las
catorce horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil doce, que es
protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios por unanimidad de votos se disolvió la sociedad Taller Industrial
Hermanos González Limitada, con cédula jurídica 3-102-337074.—Sarchí, ocho
de junio de dos mil doce.—Lic. María Alejandra Conejo Corrales, Notaria.—1
vez.—(IN2012055115).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el primero del mes de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de
asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad: Estrella Nova C D
Sociedad Anónima, en la cual se reforma cláusula segunda del pacto social y
se nombra secretaria en junta directiva. Escritura otorgada en la ciudad de San
José, a las doce horas del seis del mes de junio del dos mil doce.—Lic. Mayra
González León, Notaria.—1 vez.—(IN2012055117).
Por escritura otorgada ante esta
notaria, de las diez horas del día siete del mes de junio del dos mil doce,
toma el acuerdo de disolver Inversiones Venus y Apolo Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos treinta y un
mil diez. Presidenta: Liliam Morales Fallas, representante judicial y
extrajudicial, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.
Domicilio: Heredia, Santo Domingo, San Miguel, de
Por escritura Nº 94-3, del tomo
tercero, otorgada en San José, a las 14:00 horas del 6 de junio del 2012, ante
el suscrito notario, se protocoliza acta disolución de la sociedad anónima Mary
Selva F J C Y G Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-540397. Presidente:
Francisco Javier Velásquez Domínguez, pasaporte Nº 03230013827.—San José, 7 de
junio del 2012.—Lic. Gerardo Barboza Mesén, Notario.—1 vez.—(IN2012055119).
Mediante la escritura número
sesenta y dos, del tomo siete de mi protocolo, escritura otorgada ante esta
notaría, al ser las nueve horas veinte minutos del día once de junio del dos
mil doce, se conoce del cierre de la sociedad denominada: Hawes & Lace
Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos
tres cero dos cero ocho seis. Domiciliada: en Escazú, Guachipelín, Condominios
de Oficinas Plaza Roble.—Alajuela, al ser las diez horas treinta minutos del
día once de junio del dos mil doce.—Lic. Víctor Julio Aguilar Soto, Notario.—1
vez.—(IN2012055123).
Ante esta notaria, escritura
número doscientos doce-dos, de las diez horas del diez de junio del dos mil
doce, compareció la totalidad del capital social y se constituyó en asamblea
extraordinaria de socios de Husolca Comunicación Estratégica S.A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y dos mil
novecientos cincuenta y tres, acordando la disolución de dicha sociedad.—San
José, once de mayo del dos mil doce.—Lic. Sara Patricia Arias Soto, Notaria.—1
vez.—(IN2012055126).
Ante mí, Óscar Venegas Córdoba,
notario público, hace saber a todos los interesados que mediante escritura
número treinta y cinco, otorgada a las trece horas del nueve de junio del dos
mil doce, visible al folio ochenta y tres frente, del tomo once de mi
protocolo, se disuelve la sociedad Distribuidora América Best Buyers S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos siete mil doscientos setenta
y uno. Se emplaza a los interesados para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto puedan oponerse
judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada. Quedan
debidamente apercibidos que de no haber oposición dentro de este término, la
disolución quedará confirmada. Lugar de oposiciones en Multipark, oficina
número cuarenta y uno, San Rafael de Escazú, San José.—San José, once de junio
del dos mil doce.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—(IN2012055127).
En mi notaría, al ser las ocho
horas del día once de junio del dos mil doce, se disolvió Taracotta
Enterprises TLC Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
número tres-ciento dos-quinientos setenta y siete mil novecientos dieciséis.—11
de junio del 2012.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1
vez.—(IN2012055131).
En mi notaría, al ser las ocho
horas quince minutos del día once de junio del dos mil doce, la sociedad tres-ciento
dos-seiscientos trece mil doscientos cincuenta y nueve sociedad de
responsabilidad limitada, cambia de domicilio y de gerentes.—11 de junio
del 2012.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(IN2012055133).
Escritura trescientos catorce,
otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, el día once de junio del
dos mil doce, se protocolizó el acta de la asamblea extraordinaria de socios de
tres-ciento uno-seis dos cuatro cuatro cinco nueve sociedad anónima, en
donde se modifica la cláusula novena de la escritura de constitución.—Alajuela,
once de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1
vez.—(IN2012055134).
Por escritura pública de las diez
horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo del dos mil doce, se
protocolizó asamblea general extraordinaria de Euro Productos de C.R S. A.
Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, a las
trece horas del diez de mayo del dos mil doce.—Lic. Álvaro Hernández Chan,
Notario.—1 vez.—(IN2012055137).
Por escritura pública de las
diez horas del once de junio del dos mil doce, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de Manga Toys S. A. Se disuelve la sociedad por acuerdo de
socios. Es todo.—San José, once horas del once de junio del dos mil doce.—Lic.
Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—(IN2012055138).
Ante esta notaría, se constituyó
la empresa: Almar M&A Producciones S. A. Capital social: debidamente
suscrito y pagado. Presidente: Martín Cosentino González. Plazo: noventa y
nueve años.—San José, ocho horas del once de junio del dos mil doce.—Lic. Edwin
Ramírez Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2012055139).
Se procede a la disolución de la
compañía denominada Comunicaciones Digitales LVAS S. A., con cédula de
persona jurídica Nº 3-101-365128.—San José, veintinueve de mayo del dos mil
doce.—Lic. Juan Diego Gómez Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2012055142).
Se procede a la disolución de la
compañía denominada Figurella S. A., con cédula de persona jurídica Nº
3-101-232841.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Juan Diego Gómez Navarro,
Notario.—1 vez.—(IN2012055143).
Mediante escritura pública Nº
141, otorgada ante el notario público Óscar Eduardo Chinchilla Núñez, a las
08:00 horas del 11 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad 625608 S. A., celebrada
en San José, en Curridabat, Parqueo Mili, frente al Registro Público, en la que
se acordó por unanimidad de socios su disolución de conformidad con el artículo
201, inciso d) del Código de Comercio. En cumplimiento con la normativa legal,
se cita a las personas que se consideren afectadas a hacer las reclamaciones
del caso en el término de treinta días contabilizados a partir de la fecha de
la presente publicación a la dirección: San José, Curridabat, Parqueo Mili,
frente al Registro Público.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Óscar Eduardo
Chinchilla Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2012055150).
Mediante escritura pública Nº
140, otorgada ante el notario público Óscar Eduardo Chinchilla Núñez, a las
08:00 horas del 11 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad 625605 S. A., celebrada
en San José, en Curridabat, Parqueo Mili, frente al Registro Público, en la que
se acordó por unanimidad de socios su disolución de conformidad con el artículo
201, inciso d) del Código de Comercio. En cumplimiento con la normativa legal,
se cita a las personas que se consideren afectadas a hacer las reclamaciones
del caso en el término de treinta días contabilizados a partir de la fecha de
la presente publicación a la dirección: San José, Curridabat, Parqueo Mili,
frente al Registro Público.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Óscar Eduardo
Chinchilla Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2012055153).
Mediante escritura pública Nº
142, otorgada ante el notario público Óscar Eduardo Chinchilla Núñez, a las
09:00 horas del 11 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad 625609 S. A., celebrada
en San José, en Curridabat, Parqueo Mili, frente al Registro Público, en la que
se acordó por unanimidad de socios su disolución de conformidad con el artículo
201, inciso d) del Código de Comercio. En cumplimiento con la normativa legal,
se cita a las personas que se consideren afectadas a hacer las reclamaciones
del caso en el término de treinta días contabilizados a partir de la fecha de
la presente publicación a la dirección: San José, Curridabat, Parqueo Mili, frente
al Registro Público.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Óscar Eduardo
Chinchilla Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2012055154).
Mediante escritura pública Nº
219, otorgada ante el notario público Federico José González Peña, a las 09:00
horas del 9 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Interio S. A., celebrada en San
José, en Curridabat, de McDonald´s cuatrocientos metros al sur y setenta y
cinco al este, en la que se acordó por unanimidad de socios su disolución de
conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. En
cumplimiento con la normativa legal, se cita a las personas que se consideren
afectadas a hacer las reclamaciones del caso en el término de treinta días
contabilizados a partir de la fecha de la presente publicación a la dirección:
San José, Curridabat, de McDonald´s cuatrocientos metros al sur y setenta y
cinco al este.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Federico José González
Peña, Notario.—1 vez.—(IN2012055157).
Mediante escritura pública Nº
220, otorgada ante el notario público Federico José González Peña, a las 10:00
horas del 9 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad San José Centro de Diseño S. A.,
celebrada en San José, en Curridabat, San Pedro de Montes de Oca, del Colegio
de Cedros doscientos diez metros al este, casa número setenta y cinco, en la
que se acordó por unanimidad de socios su disolución de conformidad con el
artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. En cumplimiento con la
normativa legal, se cita a las personas que se consideren afectadas a hacer las
reclamaciones del caso en el término de treinta días contabilizados a partir de
la fecha de la presente publicación a la dirección: San José, San Pedro de
Montes de Oca, del Colegio de Cedros doscientos diez metros al este, casa
número setenta y cinco.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Federico José
González Peña, Notario.—1 vez.—(IN2012055158).
Mediante escritura pública Nº 221,
otorgada ante el notario público Federico José González Peña, a las 11:00 horas
del 9 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Kalexberg S. A., celebrada en
San José, en San Rafael de Montes de Oca, Residencial Turín, casa H cinco, en
la que se acordó por unanimidad de socios su disolución de conformidad con el
artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. En cumplimiento con la
normativa legal, se cita a las personas que se consideren afectadas a hacer las
reclamaciones del caso en el término de treinta días contabilizados a partir de
la fecha de la presente publicación a la dirección: San José, San Rafael de
Montes de Oca, Residencial Turín, casa H cinco.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic.
Federico José González Peña, Notario.—1 vez.—(IN2012055161).
Que ante esta notaria, mediante
escritura pública otorgada a las 11:30 horas del 30 de abril del 2012, se
modificó el pacto constitutivo de 3-101-644249.—Montes de Oca, San José,
30 de abril del 2012.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1
vez.—(IN2012055164).
Por escrituras otorgadas a las
ocho, nueve y diez horas del día de hoy, se disuelven respectivamente las
sociedades: Inversiones Modernas HF S. A.; Promotora de Promociones
del Oeste S. A., y Troqueladora Nacional S. A.—San José, once de
junio del dos mil doce.—Lic. Lázaro Natan Broitman Feinzilber, Notario.—1
vez.—(IN2012055165).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, se modifica el pacto social en su cláusula segunda de la
entidad Mardugerf Sociedad Anónima, se reduce el plazo de
vigencia.—Heredia, once de junio del dos mil doce.—Lic. Marco Antonio Gutiérrez
Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012055203).
Ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea de socios de la compañía de esta plaza Trejos
Soluciones S. A., en la que se liquida la sociedad.—San José, once de junio
del dos mil doce.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—(IN2012055204).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, se modifica el pacto social de la entidad Grupo Familiar
Sánchez e Hijos Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva.
Presidente: Rafael Ángel Sánchez Rodríguez.—Heredia, once de junio del dos mil
doce.—Lic. Marco Antonio Gutiérrez Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012055205).
Mediante escritura número:
cuatrocientos cinco, del tomo trece de los protocolos de la notaria Rocío
Córdoba Cambronero, se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo de
la compañía denominada Inmobiliaria Camla Belén ICM Sociedad Anónima. Es
todo.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Rocío Córdoba Cambronero,
Notaria.—1 vez.—(IN2012055209).
Wilson Antonio Gallegos Cortés,
Marco Peter Hof, Arnoldus Reinierus Andrikus Johannes Kersten y Elsy Adaly
Muñoz Hoyos, constituyen S Doce Security S. A., en San José, a las
dieciocho horas del veintiuno de mayo del dos mil doce.—Lic. Luis Marino
Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2012055213).
Luis Marino Castillo López, ante
su notaría pública se ha presentado Mardoqueo Chacón Esquivel, cédula Nº
2-196-314, representante legal de Trans Marcha S. A., cédula jurídica Nº
3-101-031410, para disolver dicha empresa. En su domicilio legal, por acuerdo
firme del único socio Chacón Esquivel quien exhibe el cien por ciento de las
acciones, según artículo 201, inciso d), Código de Comercio, se emplaza a
acreedores y terceros interesados que sientan lesionados sus derechos a
hacerlos valer de manera judicial. Plazo improrrogable treinta días naturales a
partir del día siguiente a la publicación de este aviso. Comunicados al correo:
legal@m2kcr.com o fax: 2231-7707.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Luis
Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2012055214).
Mediante escritura número ciento
cincuenta y cinco-cuatro, de las nueve horas del seis de junio del dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Cuchurav
Dorado S. A., por medio de la cual se acuerda la disolución de la
sociedad.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Sylvia Ivethe Montero Gamboa,
Notaria.—1 vez.—(IN2012055215).
Por escritura autorizada ante
mí, a las 11:00 horas del 11 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general de accionistas de Secretos Vicky Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y dos mil quinientos noventa
y cinco, en la cual se disuelve la sociedad.—San José, 11 de junio del
2012.—Lic. Patricia Prada Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2012055216).
Por escritura autorizada ante
mí, a las 10:00 horas del 11 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general de accionistas de Siete MF Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cuatro mil setecientos cuarenta y
seis, en la cual se disuelve la sociedad.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic.
Patricia Prada Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2012055217).
Que por escritura otorgada ante
esta notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Condominio CR Sesenta y Seis Cabildo Sociedad Anónima,
los socios acuerdan disolver y liquidar en su totalidad la sociedad.—San José,
siete de junio del dos mil doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012055221).
Que por escritura otorgada ante
esta notaria, los socios de Industrias Boston de Costa Rica Sociedad Anónima,
acuerdan disolver y liquidar en su totalidad la sociedad.—San José, cuatro de
junio del dos mil doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012055222).
Que por escritura otorgada ante
esta notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Distribuidora Boston de San José Sociedad Anónima, los
socios acuerdan disolver y liquidar en su totalidad la sociedad.—San José,
cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012055223).
Que por escritura otorgada ante
esta notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Inversiones Luimajo de Centroamérica Sociedad Anónima,
los socios acuerdan disolver y liquidar en su totalidad la sociedad.—San José,
once de junio del dos mil doce.—Lic. Annia Zamora Chaves, Notaria.—1
vez.—(IN2012055225).
Por escritura pública número
ochenta, otorgada ante mi notaría, el día cinco de junio del dos mil doce, por
unanimidad se disuelve y liquida la sociedad Servicios Gastronómicos Coopacec
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-tres
nueve seis cinco cinco uno.—Santa Bárbara de Heredia, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Carlos Luis Rodríguez Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2012055226).
En esta notaría, mediante
escritura Nº 253-17 del tomo 17 del protocolo del suscrito notario, de las
08:00 horas del 8 de junio del 2012, se protocolizan los acuerdos de disolución
de las sociedades: Inversiones y Aportes Creativos J & B S.R.L.,
cédula jurídica Nº 3-102-438170; Rentaequipos y Transportes Transmas S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-378313; Metacorpo S.A., cédula jurídica Nº
3-101-334033; Consorcio Interdisciplinario Santiago de los Caballeros S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-283663; Inmobiliaria de Gibraltar S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-350033; Tres-ciento uno-quinientos cincuenta y tres mil
quinientos seis S. A., cédula jurídica Nº 3-101-553506 y Foresta Viva S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-394719.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic.
Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012055227).
Por escritura doscientos
dieciocho, otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate Zárate, a las quince
horas del cuatro de junio del dos mil doce, se modificó la cláusula segunda de
la sociedad denominada Bentec Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—Heredia, cuatro de junio del dos mil doce.—Lic. Carolina Ulate
Zárate, Notaria.—1 vez.—(IN2012055229).
Por escritura ciento noventa, otorgada ante la
notaria pública Carolina Ulate Zárate, a las catorce horas del día treinta y
uno de mayo del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad
denominada Transportes de Materiales Treinta de Febrero Sociedad Anónima.—Heredia,
cuatro de junio del dos mil doce.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—(IN2012055230).
Por medio de escritura otorgada
ante este notario, a las once horas del primero de junio del dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la
sociedad Marsy S Shop Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la disolución
de la sociedad.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. Rubén Hernández Valle,
Notario.—1 vez.—(IN2012055236).
Por escritura número tres, de
las diez horas del once de junio del dos mil doce, visible al folio dos del
tomo dos de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Auto Repuestos Rivera y Sandí Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cuatro mil
setecientos sesenta, por lo que se disuelve la misma.—San José, once de junio
del dos mil doce.—Lic. Antonio Murillo Solórzano, Notario.—1
vez.—(IN2012055239).
Mediante escritura otorgada ante
mí, a las 11:00 horas del 5 de junio del 2012, los únicos socios accionistas de
la sociedad Abogados Integrados Masa Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3-101-406142, domiciliada: en San José, avenida seis, calles veintiuno y
veinticinco, cincuenta metros al este de la esquina noreste de
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 14:00 horas del 11 de junio del 2012, la sociedad denominada Inversiones
Invest Plan Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-381188, acordó
modificar la cláusula sexta de su pacto constitutivo en lo vinculante a su
consejo de administración.—Lic. José Manuel Chaves Redondo, Notario.—1
vez.—(IN2012055242).
Mediante escritura otorgada ante
mí, a las 10:00 horas del 5 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Recursos
Humanos Empresariales Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-241545,
mediante la cual se acuerda liquidar y disolver la sociedad por acuerdo de
socios.—San José, 5 de junio del 2012.—Lic. Silvia Moreno Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2012055243).
El notario público Jorge Eduardo
Villegas Rojas, hace constar que mediante escritura número diecinueve inserta
en el folio quince frente del tomo dos de mi protocolo, se constituyó la
sociedad anónima denominada Corporación Tico Box Internacional Ticointer
Sociedad Anónima, con capital social representado por diez acciones de mil
colones cada una. Presidente, con facultades generalísimas sin límite de suma:
Eliécer Alfaro Porras. Vicepresidente, con facultades generalísimas sin límite
de suma: Franklin Alfaro Porras. Secretario: Kevin Alfaro Escobar. Tesorero:
Diego Alfaro Escobar. Fiscal: Katherine Peñaranda Campos. Escritura otorgada en
Heredia, a las ocho horas del siete de febrero del dos mil doce.—Lic. Jorge
Eduardo Villegas Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012055244).
Por escritura número ciento
siete, de las ocho horas del once de junio del dos mil doce, se protocolizó
acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la
sociedad denominada Lote Xena Sociedad Anónima, en la cual se acordó la
disolución de la misma.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Paola
Tamara Cerdas Bolívar, Notaria.—1 vez.—(IN2012055246).
Por escritura otorgada a las
diez horas del día ocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se
protocolizó acta de disolución por acuerdo de socios de la sociedad denominada Consultoría
Legal y Notarial Martínez Cruz Sociedad Anónima. Artículo 207 del Código de
Comercio.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Orlando Baltodano
Valdelomar, Notario.—1 vez.—(IN2012055247).
Mediante escritura pública
número noventa y uno, iniciada al folio ciento cuarenta y cinco frente del tomo
veinticinco de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios mediante la cual se disolvió la empresa Naiguata
Sociedad Anónima.—Cañas, nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Erick
Alberto Apuy Sabatini, Notario.—1 vez.—(IN2012055249).
Mediante escritura pública Nº
390, del 11 de junio del 2012, se reformó la junta directiva y el domicilio
social de la sociedad Seguridad Unificada de Alta Tecnología Suat S. A.,
con cédula jurídica Nº 3-101-250398.—Alajuela, 11 de junio del 2012.—Lic. Emily
Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2012055250).
Mediante escritura pública
número noventa y dos, iniciada al folio ciento cuarenta y cinco vuelto del tomo
veinticinco de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios mediante la cual se disolvió la empresa Inversiones
Mallorca Int San José Limitada.—Cañas, nueve de junio del dos mil
doce.—Lic. Erick Alberto Apuy Sabatini, Notario.—1 vez.—(IN2012055251).
Mediante escritura pública
número noventa y tres, iniciada al folio ciento cuarenta y seis frente del tomo
veinticinco de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios mediante la cual se disolvió la empresa
Hoy se constituyó en esta
notaría, Ideas Promocionales GGA-JMM Sociedad Anónima,
pudiendo abreviarse las dos últimas palabras como S. A., siendo GGA-JMM
de fantasía. Capital: cincuenta mil colones. Plazo: noventa y nueve años.
Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma. Domicilio: San José, Escazú, Guachipelín.—San
José, primero de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo,
Notario.—1 vez.—(IN2012055254).
Por escritura número trescientos
dieciséis, otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, se protocoliza
el acta extraordinaria de socios de tres-ciento uno-cuatro nueve siete cero
ocho seis sociedad anónima, mediante la cual se efectúa la disolución de
esta sociedad.—Alajuela, once de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Isabel
Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012055255).
La sociedad Inmobiliaria
Gilnav del Mar Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos
nueve mil novecientos ocho, por no tener activos ni pasivos y no estar activa,
los socios liquidan dicha sociedad.—Cartago, 31 de mayo del 2012.—Lic. Zeilhy
Navarro Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2012055256).
Por escritura otorgada ante mí,
a las once horas del día once de junio del año dos mil doce, la sociedad Salto
Grande Sociedad Anónima, donde acuerdan traspasar el único activo que posee
la sociedad a Agua Fuerte Sociedad Anónima y de conformidad al artículo
doscientos uno, inciso b) del Código de Comercio, han convenido en disolver la
sociedad. Notario Luis Felipe Vaquerano López, con oficina abierta en San José,
frente al costado este de
Que mediante asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos
diecinueve mil seiscientos cincuenta y dos limitada, celebrada en su domicilio
social a las 10:00 horas del día 15 de noviembre del 2011, se acordó modificar
la cláusula primera, siendo la nueva razón social de la sociedad Less Is
More Arquitecture L.I.M.A Limitada.—San José, 30 de mayo del
2012.—Lic. Pablo Ugalde Arguello, Notario.—1 vez.—(IN2012055261).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del día diez de junio del dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada
Real Estate Investment Trust (REIT) Limitada, cédula de personería
jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos sesenta y siete mil doscientos
uno, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, diez
de junio del dos mil doce.—Lic. Nuria Solís Sáenz, Notaria.—1 vez.—(IN2012055267).
Por escritura otorgada a las
ocho horas del doce de junio del dos mil doce, se constituyó una empresa que se
denomina Chelado Sociedad de Responsabilidad Limitada. Objeto: El
comercio, administración e inversiones en general y, concretamente, la
distribución de productos alimenticios, concretamente helados, congelados y
repostería caribeña; pudiendo posteriormente ampliarse a otros productos de ser
necesario. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital: totalmente
suscrito y pagado. Gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma: Rodrigo José Brenes López y Robert Vincent Mullins
González.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Rita María Calvo
González, Notaria.—1 vez.—(IN2012055268).
Por escritura otorgada hoy ante
esta notaría, la única socia de la empresa Loy Loy Sociedad
Anónima, disuelve la misma.—San José, once de junio del dos mil
doce.—Lic. Rita María Calvo González, Notaria.—1 vez.—(IN2012055287).
La suscrita notaria hace
constar, que mediante escritura número doscientos cuatro del tomo cuatro de mí
protocolo, se ha disuelto y liquidado Juldani S. A..—San José,
once de junio del dos mil doce.—Lic. Marisela Vázquez Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2012055291).
La suscrita notaria hace
constar, que mediante escritura número doscientos dos del tomo cuatro de mí
protocolo, se ha disuelto y liquidado Inversiones Jiménez y Renzi S.
A..—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Marisela Vázquez
Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012055292).
Por escritura otorgada a las
14:15 horas del 7 de junio del 2012, se disuelve por acuerdo de socios Transportes
Loría Solís S. A., cédula jurídica Nº 3-101-148801. No
existen activos ni pasivos.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1
vez.—(IN2012055294).
Por escritura otorgada a las
14:00 horas del 7 de junio del 2012, se disuelve por acuerdo de socios Transportes
L y S Solís S. A., cédula jurídica Nº 3-101-329776. No
existen activos ni pasivos.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1
vez.—(IN2012055295).
Mediante escritura de las 12:00
horas del 9 de junio del 2012, protocolicé acuerdos de Constructora Brealto
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-079109, por medio de los cuales
de disuelve y liquida totalmente dicha sociedad.—San José, 9 de junio del
2012.—Lic. María de los Ángeles Arias Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012055301).
Ante esta notaría ha comparecido
María Zeneida Marín Bermúdez ha disolver las siguientes sociedades: Maze del
Aire Z-M-B- Empresa Individual de Responsabilidad Limitada; Ónix Z-M-B-
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada;
Ante esta notaría ha comparecido
Guillermo Azuola Valls, a fusionar las sociedades denominadas Alquileres e
Inversiones Azuola S. A. y El Teleférico S. A., prevaleciendo el
nombre de la primera de ellas.—San José, 24 de abril del 2012.—Lic. Luis Diego
Araya González, Notario.—1 vez.—(IN2012055310).
Se constituye la firma de esta
plaza Grupo Arlig Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.
Presidenta: María Cristina Solano Mora. Agente residente: Marco Vinicio Araya
Arroyo.—San José, once de junio del año dos mil doce.—Lic. Lilliana Fallas
Valverde y Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notarios.—1 vez.—(IN2012055312).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 17:00 horas del 27 de agosto del 2010, se protocolizó acta de
asamblea general de socios de Condominio Cerro Alto Lote Cuarenta y Uno STN
S. A., según la cual se remueven miembros de junta directiva y fiscal y
se nombran nuevos, y se modifica cláusula segunda del pacto constitutivo.—San
José, 5 de mayo del 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1
vez.—(IN2012055313).
Ante el notario Milton González
Vega, con oficina abierta en Santo Domingo de Heredia, de
Por escritura otorgada ante mí,
a las quince horas del siete de junio del dos mil doce, Diego Pacheco Guerrero
y Manfred Castro Obando, constituyen Hope Star Advertising S. A.
Capital social: doce mil colones, representado por doce acciones comunes y
nominativas de mil colones cada una. Domicilio: en la provincia de San José,
Tibás, Colima, contiguo a EPA, Complejo Condal, bodega treinta y uno. Es
todo.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Pizarro Campos,
Notario.—1 vez.—(IN2012055317).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciséis horas del once de junio de dos mil doce, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ideal
Property Management Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos sesenta y siete mil trescientos cuarenta y dos,
celebrada a las ocho horas del catorce de mayo del dos mil doce, mediante la
cual se acordó la disolución y liquidación de la sociedad, y se nombró
liquidador. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier
interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en
causa legal o pactada.—Lic. Alfredo Pizarro Campos, Notario.—1
vez.—(IN2012055318).
Por escritura Nº 64, de tomo 1,
otorgada a las 12:30 p. m., otorgada ante el Lic. Giovanni Cabezas Zeledón,
cédula Nº 1-1057-0312, compareció la señora Damaris Leiva Milanez, a efecto de
protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionista número
cuatro, de la sociedad Inversiones y Desarrollos
Por escritura otorgada a las
dieciocho horas, treinta minutos del ocho de junio del dos mil doce, WW Cielo
Sociedad Anónima, ha sido disuelta.—Lic. Luis Femando Fallas Marín,
Notario.—1 vez.—(IN2012055329).
Por escritura otorgada ante mí,
se constituyó la sociedad AE Business Consulting Costa Rica Sociedad
Anónima. Plazo: cien años a partir de la constitución. Capital social: doce
mil colones. Administración: presidente y secretario, con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente. Es
todo.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva,
Notario.—1 vez.—(IN2012055330).
Ante esta notaría se presenta
Irene Mora Xirinachs, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Desarrollo
e Inversiones Tres Cero Siete de Heredia S. A., mediante la cual se
solicita la disolución de dicha sociedad y la devolución de los aportes a cada
socio.—Heredia, 11 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Torres Artavia, Notario.—1
vez.—RP2012301904.—(IN2012055430).
En esta notaría, al ser las
quince horas con cuarenta y cinco minutos del día siete de junio del año dos
mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria número uno,
de la sociedad denominada Giocald Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número tres-ciento uno-seis dos dos ocho cero seis, mediante la
cual se disuelve la sociedad por acuerdo de socios.—Úpala, 31 de mayo del año
2012.—Lic. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1
vez.—RP2012301905.—(IN2012055431).
Por escritura otorgada de paso por Cañas al ser
las 8:00 horas del 10 de mayo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Agrícola Balex Sociedad Anónima, se
acuerda el cambio de junta directiva y la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo.—Guanacaste, 10 de junio
del 2012.—Lic. Gina Matarrita Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2012301906.—(IN2012055432).
Mediante asamblea extraordinaria de socios de la
compañía Vista del Valle Dorado Siete Sociedad Anónima,
celebrada a las diez horas del veintiséis de mayo del dos mil doce, se cambió
la integración de la junta directiva y el fiscal, así como el domicilio de la
sociedad. Además se modificó la estipulación sétima del pacto social.—Las Juntas, 8 de junio del 2012.—Lic. Gina Matarrita Díaz,
Notaria.—1 vez.—RP2012301907.—(IN2012055433).
Es este notario, al ser las diecisiete horas del
día seis de junio del dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general
extraordinaria número uno, de la sociedad denominada Surtidora
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con
oficina en Barva de Heredia, la sociedad Argueico Sociedad Anónima
ha acordado su disolución.—Barva de Heredia, once de
junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2012301909.—(IN2012055435).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con
oficina en Barva de Heredia, las sociedades Apartamentos Doña Tita de Santa
Lucía Sociedad Anónima, Obsidiana Inte Sociedad Anónima y Proveedora
Metropolitana Sociedad Anónima, se fusionaron prevaleciendo la sociedad Proveedora
Metropolitana Sociedad Anónima.—Barva de Heredia,
ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2012301911.—(IN2012055436).
Es este notario, al ser las diecisiete horas del
día seis de junio del dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general
extraordinaria número uno, de la sociedad denominada Mil Novecientos Sesenta
y Seis Alquine & N Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-tres ocho cuatro cero cuatro cinco, mediante la
cual se disuelve la sociedad por acuerdo de socios.—Upala,
8 de junio del 2012.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—RP2012301912.—(IN2012055437).
El día de hoy el suscrito notario público
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Senderismo
Cepedano S. A., celebrada a las siete horas del diez de mayo del dos mil
doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al
domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y
fiscal.—San José, veintidós de mayo del dos mil
doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2012301913.—(IN2012055438).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
ocho horas del cuatro de abril de dos mil doce, se constituyó la sociedad Servcom
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: cien años.
Capital social: diez mil colones.—Lic. Sergio Artavia
Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012301914.—(IN2012055439).
Ante esta notaría mediante la escritura número
ochenta y seis, de las nueve horas del treinta de mayo del 2012, del tomo dos
de mi protocolo se protocolizó acuerdo de disolución de las sociedades: Almacenes
Tentación Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-
Mediante escritura noventa y ocho del tomo dos, de
las veinte horas del diez de junio del dos mil doce, se protocolizó asamblea de
socios de Antoqui Grupo de Inversiones & Inmobiliario
S. A., que modifica cláusulas primera, segunda y tercera del pacto
constitutivo.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta,
Notario.—1 vez.—RP2012301916.—(IN2012055441).
Mediante escritura noventa y siete del tomo dos,
de las diecinueve horas del diez de junio del dos mil doce, se protocolizó
asamblea de socios de Grupo Inmobiliario Quirogo & Inversiones
S. A., que modifica cláusulas primera, segunda y tercera del pacto
constitutivo.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta,
Notario.—1 vez.—RP2012301917.—(IN2012055442).
Se constituye Iprosa Inversiones Proalca
Sociedad Anónima domiciliada en San José. Capital social: diez mil colones.
Plazo social: cien años. Escritura otorgada en mi notaría a las catorce horas y
treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil doce.—Lic.
Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1
vez.—RP2012301918.—(IN2012055443).
Ante este notaría, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la compañía Grupo Colono G.E.C
Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, ocho de junio
del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1
vez.—RP2012301919.—(IN2012055444).
Ante este notaría, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la compañía El Colono Agropecuario
Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, ocho de junio
del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1
vez.—RP2012301920.—(IN2012055445).
Ante este notaría, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la compañías Agrovet El Colono
Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, ocho de junio
del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1
vez.—RP2012301921.—(IN2012055446).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las
catorce horas del día ocho de junio del dos mil doce, donde se protocolizan
acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Gran Chaco de
Tarija GCT Ltda. Donde se acuerda disolución y liquidación
de la compañía.—San José, ocho de junio del dos mil
doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2012301922.—(IN2012055447).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
16:00 horas del día 6 de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad
denominada JLT Delivery Asociados S. A., con domicilio social en
San José, Santa Ana, Pozos, Centro Comercial Vía Lindora, edificio de oficinas,
tercer piso; su plazo social será de noventa y nueve años; su capital social es
la suma de cien mil colones; se nombra junta directiva y fiscal.—San José,
siete de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1 vez.—RP2012301923.—(IN2012055448).
Por escritura otorgada ante mí, el día 1° de junio
del dos mil doce a las
9:00 horas, se
acordó la disolución de la
sociedad C & C Inversiones Globales Ltda.—San José, seis de
junio del dos mil doce.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1
vez.—RP2012301924.—(IN2012055449).
Por escritura otorgada hoy a las 9:30 horas, se
constituyó la sociedad denominada KPO Alpha Inc. Sociedad Anónima.
Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones,
representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una,
íntegramente suscritas y pagadas por los socios. Representación judicial y
extrajudicial: presidente y secretario. Firmo en San José, el día 7 de junio
del 2012.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012301925.—(IN2012055450).
Por escritura otorgada por mí, el día seis de
junio del dos mil doce, a las once horas, se protocolizó el acta de la sociedad
denominada Promotora Condado del Parque S. A. mediante la
cual se acuerda modificar la cláusula quinta (capital social).—San José, seis
de junio de dos mil doce.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012301926.—(IN2012055451).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
15:15 horas del día 4 de junio del año dos mil doce, se acordó la disolución de
la sociedad Productos Marítimos Promar S. A.—San José, cinco de
junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1 vez.—RP2012301927.—(IN2012055452).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
15:30 horas del día 4 de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de Loureña
S.A., mediante la cual se acuerda reformar las cláusulas sexta y sétima
del pacto constitutivo. Además se nombra nuevo presidente y tesorero de la
junta directiva.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales,
Notario.—1 vez.—RP2012301928.—(IN2012055453).
Ante esta notaría y mediante escritura pública
número 116 de las 14:00 horas del 6 de junio de 2012 se ha reformado la
cláusula novena de la sociedad denominada Nuevo Pacífico Real Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-554882, con domicilio en
la ciudad de Orotina, centro.—Orotina, nueve de junio de dos mil doce.—Lic. Douglas
Mauricio Marín Orozco, Notario.—1
vez.—RP2012301929.—(IN2012055454).
Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria
del 1º de junio del dos mil doce de Artes Típicos Ecuatorianos Artipec
Sociedad Anónima, en donde se procedió a disolver la sociedad.—San José, 11 de junio de 2012.—Lic. Marco Fallas del
Valle, Notario.—1 vez.—RP2012301931.—(IN2012055455).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
ocho horas del dieciocho de abril del dos mil doce, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de la sociedad Lao Finance and Legal
Advisory S. A. en su domicilio social donde se acordó la disolución de la
sociedad.—Santa Ana, dieciocho de abril del dos mil
doce.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1
vez.—RP2012301933.—(IN2012055456).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas
del diez de junio del dos mil doce, se celebró asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad Arkisen RG Consultores Limitada.—Lic. Sandra Patricia Chacón Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012301934.—(IN2012055457).
Los señores accionistas de la sociedad Emega
Estética Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos
treinta y cuatro mil quinientos treinta y cuatro. Acuerdan disolver y
desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil.—Lic.
María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1
vez.—RP2012301935.—(IN2012055458).
Por escritura otorgada a las trece horas del día
quince de mayo del dos mil doce, se protocoliza la asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa Ingri Sociedad Anónima en donde
se acuerda disolver dicha sociedad.—Lic. Mariselle
Verdesia Meneses, Notaria.—1
vez.—RP2012301936.—(IN2012055459).
Por medio de escritura otorgada en San José, a las
8:00 horas del 8 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea
general extraordinaria de accionistas, de la empresa denominada QDR Filial
Dos Ágata Clara Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nueva junta
directiva.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Óscar
Mata Muñoz, Notario.—1
vez.—RP2012301937.—(IN2012055460).
Por medio de escritura otorgada en San José, a las
12:00 horas del 26 de mayo del 2012, se liquidó la empresa denominada Fast
Food Services de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 26 de
mayo del 2012.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1
vez.—RP2012301938.—(IN2012055461).
Por escritura número doscientos veintiuno,
otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día nueve de junio del dos
mil doce, se disolvió la sociedad Biosuministros para
Por escritura número doscientos veintidós,
otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día nueve de junio del dos mil
doce, se disolvió la sociedad Los Viejos de Playa Guacalillo
Sociedad Anónima.—San José, a las ocho horas treinta minutos del día once
de junio del dos mil doce.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012301940.—(IN2012055463).
En escritura número doscientos ochenta y dos, del
tomo cuarto del protocolo del suscrito notario Licenciado Eduardo López
Fonseca, de las quince horas del día nueve de junio del dos mil doce,
comparecen los socios de Modultic Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-quinientos ochenta y ocho mil ochocientos noventa y
cinco, en donde se ordena la disolución de esta sociedad.—San
José, nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eduardo López Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2012301941.—(IN2012055464).
Por escritura número 154, del tomo seis, otorgada
en esta notaría, a las 8:30 horas del 9 de junio del 2012, se constituyó la
sociedad Soluciones Operativas Gid Sociedad Anónima. Capital social:
diez mil colones. Presidente, es representante judicial y extrajudicial con
poder generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—Santa Ana, 11 de junio de 2012.—Lic. Marcos Osvaldo Araya
Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012301942.—(IN2012055465).
En escrituras otorgadas en esta notaría a las ocho
horas y nueve horas del once de junio del año en curso, respectivamente, se
protocoliza asambleas generales extraordinarias de socios de las sociedades Sibaja
y Soto Sisot S. A. y Comercializadora B Y P S.
A. En ambas asambleas se acuerda disolución de sociedad.—San
José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—RP2012301943.—(IN2012055466).
Por escritura número sesenta y siete, otorgada
ante esta notaría, a las diez horas del veintinueve de mayo del dos mil doce,
se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Fábrica Montes de Oca Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta mil treinta y seis,
mediante la cual de acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Mónica Zumbado Fallas,
Notaria.—1 vez.—RP2012301944.—(IN2012055467).
Por escritura número sesenta y ocho, otorgada ante
esta notaría, a las dieciséis horas del treinta y uno de mayo del dos mil doce,
se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Tres-Ciento Uno-Seis Uno Seis Cero Seis Seis Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seis uno seis cero seis seis,
mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Mónica Zumbado Fallas,
Notaria.—1 vez.—RP2012301945.—(IN2012055468).
Por escritura número sesenta y nueve, otorgada
ante esta notaría, a las diecisiete horas del treinta y uno de mayo del dos mil
doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad Ma Aye Aye Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil quinientos setenta y
tres, mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Mónica Zumbado Fallas,
Notaria.—1 vez.—RP2012301946.—(IN2012055469).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas
del día seis de junio de 2012, se protocoliza acta de la sociedad denominada Brightness
at Surfside S. A. Por decisión unánime de los socios se acordó
disolver la sociedad.—Lic. Iván Granados Fischel,
Notario.—1 vez.—RP2012301947.—(IN2012055470).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas
del día seis de junio de 2012, se protocoliza acta de la sociedad denominada Flamingo
Wildness Land S. A. Por decisión unánime de los socios se acordó disolver
la sociedad.—Lic. Iván Granados Fischel, Notario.—1 vez.—RP2012301948.—(IN2012055471).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas
del día seis de junio de 2012, se protocoliza acta de la sociedad denominada Cabeceando
Bajo
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis
horas treinta minutos del día cinco de junio de 2012, se protocoliza acta de la
sociedad denominada Specialty Houses S. A. Por decisión unánime de los
socios se acordó disolver la sociedad.—Lic. Iván
Granados Fischel, Notario.—1
vez.—RP2012301950.—(IN2012055473).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas
treinta minutos del día cinco de junio de 2012, se protocoliza acta de la
sociedad denominada Olive Hills S. A. Por decisión unánime de los socios
se acordó disolver la sociedad.—Lic. Iván Granados
Fischel, Notario.—1 vez.—RP2012301952.—(IN2012055474).
En mi notaría, por escritura de las 10:00 horas,
del 7 de junio de los corrientes, se protocoliza acuerdo de asamblea general
extraordinaria de socios que disuelve la sociedad Doce Horas S.A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-124065.—Lic. Luis
Diego Valdelomar Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2012301954.—(IN2012055475).
En mi notaría, por escritura de las 8:00 horas,
del 7 de junio de los corrientes, se protocoliza acuerdo de asamblea general
extraordinaria de socios que disuelve la sociedad Asesorías Profesionales
Masfe S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-162161.—Lic. Luis Diego Valdelomar Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2012301955.—(IN2012055476).
En mi notaría, por escritura de las 9:00 horas,
del 7 de junio de los corrientes, se protocoliza acuerdo de asamblea general
extraordinaria de socios que disuelve la sociedad Tarjetas y Felicitaciones
S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-137244.—Lic. Luis Diego
Valdelomar Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2012301956.—(IN2012055477).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
diecisiete horas, cuarenta y cinco minutos, día ocho de junio dos mil doce, la
sociedad Comercial Video Premier Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-422665, acuerda la disolución de la sociedad, conforme al artículo
doscientos uno, inciso d); del Código de Comercio.—El
Tejar, El Guarco, Cartago, once de junio dos mil doce.—Lic. Betzabé Piedra
Valverde, Notaria.—1
vez.—RP2012301957.—(IN2012055478).
Por escritura pública número doscientos cincuenta
y dos otorgada ante esta notaría, a las once horas del día diez de junio del
dos mil doce, se constituyó la sociedad Multimecapre Sociedad Anónima. Presidente:
Jean Carlos Arrieta Arroyo.—Lic. Carlos Luis Rojas
Céspedes, Notario.—1
vez.—RP2012301960.—(IN2012055479).
Por escritura pública número doscientos cincuenta
otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día nueve de junio del dos
mil doce, se disuelve la sociedad Taller Electromecánico Marín y Calvo
Sociedad Anónima. Presidente: Esteban Marín Cortés.—Lic.
Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1
vez.—RP2012301961.—(IN2012055480).
Por escritura número doscientos seis, otorgada en
mi notaría, a las trece horas del seis de octubre del dos mil seis, se disuelve
la sociedad denominada Weshtod Consultores S. A.—San José, ocho de junio de dos
mil doce.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1
vez.—RP2012301962.—(IN2012055481).
Por medio de la escritura número doscientos
treinta y siete-cinco, a las nueve horas, del seis de junio del dos mil doce,
del tomo quinto del protocolo de la suscrita, se protocolizó el acta número uno
de la sociedad Servicios de Hojalatería Agüero Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y nueve mil
setecientos sesenta y dos, en donde se acuerda disolver esta sociedad.—Pocora, Guácimo, Limón.—Lic. Amable Azofeifa Méndez,
Notaria.—1 vez.—RP2012301963.—(IN2012055482).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Minotauro Villa Cuatrocientos
Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
veintiséis mil seiscientos cuarenta y ocho, mediante la cual se modificó lo
siguiente: la cláusula segunda del domicilio y se realizaron nuevos
nombramientos. Escritura número ciento sesenta y uno, otorgada en San José, a
las once horas del diez de mayo del dos mil doce.—Lic.
Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2012301965.—(IN2012055483).
Ante esta notaría, se procedió a constituir cambio
de junta directiva de la sociedad denominada Proyectos del Este Rodríguez y
Gazel S. A. Cuyo nueva presidenta es la señora Viviana Rodríguez Meléndez. Es
todo.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil
doce.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1
vez.—RP2012301966.—(IN2012055484).
Por escritura de las dieciséis horas del ocho de
junio del dos mil doce, los señores José Luis Madrigal Chacón, Vilma Villalobos
Alvarado, Desireé Fabiola, Johanna Teresita, Francisco Javier y José Luis,
estos últimos cuatro de apellidos Madrigal Villalobos, acordaron en firme y en
calidad de socios accionistas fundadores, disolver la compañía denominada Importaciones
Mavi Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Notario: licenciado Carlos
Alberto Wolfe Gutiérrez, en Condominio Las Américas, nivel mezanine, oficina
nueve en San José, centro.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos
Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1
vez.—RP2012301969.—(IN2012055485).
Por escritura de las 18:20 horas del día de hoy,
protocolicé acta de asamblea de socios de Eco Trading S. A. Se modifica
cláusula del domicilio y se corrige número de identificación del presidente.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Luis
Felipe Martínez Obando, Notario.—1
vez.—RP2012301970.—(IN2012055486).
Por escritura otorgada, en la ciudad de San José,
al ser las catorce horas del día veintisiete de marzo del dos mil doce, se
constituyó la sociedad denominada Mingos y Guatos Sociedad.—San José,
veintiocho de marzo del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal,
Notario.—1 vez.—RP2012301973.—(IN2012055487).
Por escritura otorgada ante mí notaría, a las
10:00 horas del 4 de junio del 2012, protocolizo acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Jorem de Las Flores Sociedad Anónima, en la
que se acuerda disolver la sociedad.—San José, siete
de junio del dos mil doce.—Lic. William Santamaría Monge, Notario.—1 vez.—RP2012301974.—(IN2012055488).
Ante esta notaría, se ha presentado el cambio de
junta directiva y del domicilio social de la sociedad anónima denominada Computech
Seoul, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta mil
novecientos sesenta y ocho. Se lleva a cabo esta publicación para los fines
pertinentes.—San José, ocho de junio del dos mil
doce.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1
vez.—RP2012301975.—(IN2012055489).
Por escritura otorgada ante notaria Karla María
Granados Vindas, dada en San José, a las diez horas del diez de junio del dos mil
doce, se constituye la empresa Inmobiliaria Vizu Sociedad Anónima. Domicilio:
Moravia, de la municipalidad quinientos metros este, cien metros sur y ciento
cincuenta metros este. Capital: diez mil colones. Representada por presidente y
tesorera con facultades de apoderados generalísimos. Es todo.—San
José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Karla María Granados Vindas, Notaria.—1 vez.—RP2012301976.—(IN2012055490).
Ante esta notaría, se ha presentado el cambio de
nombre, cambio de junta directiva, el domicilio social de la sociedad anónima
denominada L & A Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil trescientos veinticuatro. Se lleva a
cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San
José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—RP2012301977.—(IN2012055491).
Ante esta notaría, se ha presentado la solicitud
de disolución de la sociedad denominada Corsego Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y dos cuatrocientos diez. Se
lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San
José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—RP2012301978.—(IN2012055492).
Ante esta notaría, se ha presentado la solicitud
de disolución de la sociedad denominada Tomax del Oeste Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y nueve mil
doscientos diecinueve. Se lleva a cabo esta publicación para los fines
pertinentes.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic.
Mario Zamora Mata, Notario.—1
vez.—RP2012301979.—(IN2012055493).
Por escritura otorgada, en mí notaría, la sociedad
Transportes Caba Salazar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-328730,
solicitó su liquidación y disolución. Escritura otorgada a las 17:00 horas del
día 8 de junio del año 2012. Cualquier interesado o afectado comunicarse a
notaría.—Santo Domingo de Heredia, once de junio del
dos mil doce.—Lic. Fausto Alejandro Bolaños Araya, Notario.—1
vez.—RP2012301980.—(IN2012055494).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
doce horas del ocho de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad
de los socios disolver la sociedad Recuerdos Clásicos Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y ocho mil quinientos
cincuenta y cuatro.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Kattya
Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1
vez.—RP2012301981.—(IN2012055495).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria
de la sociedad Inversiones Musa del Oeste S. A. Escritura otorgada en
San José, a las 14:00 horas del 8 de junio del 2012.—Lic.
Ivonne Patricia Redondo Vega, Notaria.—1
vez.—RP2012301982.—(IN2012055496).
Por escritura número trescientos sesenta y ocho,
iniciada al folio ciento veintinueve vuelto del tomo número tres de mí
protocolo, otorgada a las dieciséis horas del ocho de junio del dos mil doce,
se disuelve la sociedad Grúas y Transportes Chumi S. A.—Alajuela, ocho de junio del dos
mil doce.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012301983.—(IN2012055497).
Por escritura otorgada ante mí, se solicita la
disolución de la sociedad denominada Transportes Rima del Sur S. A.—Pérez Zeledón,
primero de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge William Ávila Obando, Notario.—1 vez.—RP2012301984.—(IN2012055498).
Por escritura ciento dieciocho, otorgada hoy ante
mí, se disolvió la compañía Reagui Solitario Sociedad Anónima, a las
diez horas del seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ginnette
Arias Mora, Notaria.—1
vez.—RP2012301987.—(IN2012055499).
Por escritura ciento veinte, otorgada hoy ante mí,
se disolvió la compañía Importadora de Equipo Médico El Progreseo Sociedad
Anónima, a las trece horas del seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1
vez.—RP2012301988.—(IN2012055500).
El suscrito notario da fe, de que con fecha ocho
de junio del dos mil doce, se ha disuelto la sociedad Inversiones C.H. de
Moravia S. A., cédula jurídica tres-cero uno cero-cuatro nueve seis seis
tres dos, cuyo presidente era Carmen Umaña Guzmán, cédula uno-cero seis uno
nueve-cero nueve tres cinco. Es todo.—Limón, nueve de
abril del dos mil doce.—Lic. Salvador Orozco Trejos, Notario.—1
vez.—RP2012301992.—(IN2012055501).
Al ser las 8:00 horas del 11 de junio del 2012, se
protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad Inversiones Gucal Limitada.
Gerente: Carlos Gutiérrez Calvo.—Lic. Vera Garro
Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012301993.—(IN2012055502).
El suscrito notario da fe, de que con fecha ocho
de junio del dos mil doce, se ha disuelto la sociedad Comercial Yobag de
Desamparados S. A., cédula jurídica tres-cero uno cero-cuatro nueve cinco
cero nueve nueve, cuyo presidente era Dennis Yamil Orozco Córdoba, cédula
uno-uno cero dos seis-cero nueve cinco uno. Es todo.—Limón,
nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Salvador Orozco Trejos, Notario.—1 vez.—RP2012301994.—(IN2012055503).
El suscrito notario da fe, de que con fecha ocho
de junio del dos mil doce, se ha disuelto la sociedad Inversiones Jolika
Imperial del Norte S. A., cédula jurídica tres-cero uno cero-cinco dos dos
dos dos siete, cuyo presidente era Freddie Alexánder Arce Quesada, cédula
uno-cero nueve cero cinco-cero dos seis siete. Es todo.—Limón,
nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Salvador Orozco Trejos, Notario.—1 vez.—RP2012301995.—(IN2012055504).
El suscrito notario da fe, de que con fecha ocho
de junio del dos mil doce, se ha disuelto la sociedad Inversiones Imperial H
V de Coronado S. A., cédula jurídica tres-cero uno cero-cinco cero cero
cuatro cinco ocho, cuyo presidente era Luis Humberto Herrera Vega, cédula
uno-uno dos seis seis-cero seis cuatro cuatro. Es todo.—Limón,
nueve de abril del dos mil doce.—Lic. Salvador Orozco Trejos, Notario.—1 vez.—RP2012301996.—(IN2012055505).
El suscrito notario da fe, de que con fecha ocho
de junio del dos mil doce, se ha disuelto la sociedad Agro Jafall del Este
S. A., cédula jurídica tres-cero uno cero-cinco seis cuatro tres uno seis,
cuyo presidente era Johan Alberto Rodríguez Sánchez, cédula tres-cero cuatro
cero seis-cero uno tres ocho. Es todo.—Limón, nueve de
abril del dos mil doce.—Lic. Salvador Orozco Trejos, Notario.—1
vez.—RP2012301997.—(IN2012055506).
Por escritura otorgada ante mí notaría, número
treinta y siete, tomo III, a las doce horas, cuarenta y cinco minutos del ocho
de junio del dos mil doce, se constituyó Esfera Celeste Sociedad Anónima.
Capital: íntegramente suscrito y pagado. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Lizeth
Álvarez Salas, Notaria.—1
vez.—RP2012301998.—(IN2012055507).
Por escritura número ciento cincuenta y seis,
otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día siete de junio del año dos
mil doce, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Corporación
Sanpancrali Sociedad Anónima, entidad poseedora de la cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno- doscientos setenta y tres mil cuatrocientos
cincuenta y seis, por medio de la cual se acuerda disolver la sociedad de
conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Sagrario Padilla
Velázquez, Notaria.—1
vez.—RP2012301999.—(IN2012055508).
Por escritura número ciento cincuenta y cinco,
otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día siete de junio del año dos
mil doce, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Zolupa
Sociedad Anónima, entidad poseedora de la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil seiscientos veinticinco, por medio de
la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, siete de junio del
dos mil doce.—Lic. Sagrario Padilla Velázquez, Notaria.—1
vez.—RP2012302000.—(IN2012055509).
Por escritura pública número ciento cuarenta y
dos-cero nueve, de las 15:00 horas del 8 de junio del 2012, protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Perro
Peludo Sociedad Anónima, en la que se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1
vez.—RP2012302001.—(IN2012055510).
Por escritura número ciento cuarenta y tres-once,
otorgada ante el notario público Juan Manuel Godoy Pérez, a las nueve horas del
día siete de junio del año dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada
Akamai Technologies Costa Rica S. R. L.—San José, siete de junio del dos
mil doce.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—RP2012302002.—(IN2012055511).
Ante mí notaría pública, se protocoliza acta de
reestructuración de junta directiva y cláusulas primera y segunda de la
sociedad Soluciones Arquitectónicas Solarqui Herediana S. A.—Once de
junio del dos mil doce.—Lic. Elisa María Herrera Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012302004.—(IN2012055512).
Ante mí notaría pública, se disuelve sociedad Suprafax
S. A. por acuerdo de socia.—Once de junio del dos
mil doce.—Lic. Elisa María Herrera Morera, Notaria.—1
vez.—RP2012302005.—(IN2012055513).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas,
quince minutos del seis de junio del dos mil doce, se procede a la disolución
voluntaria de la compañía Finca Cristina Coris Sociedad Anónima.—San
José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012302006.—(IN2012055514).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas
del seis de junio del dos mil doce, se procede a la disolución voluntaria de la
compañía Oeas Agropecuaria Sociedad Anónima.—San José, seis de junio del
dos mil doce.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1
vez.—RP2012302007.—(IN2012055515).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas,
treinta minutos del seis de junio del dos mil doce, se procede a la disolución
voluntaria de la compañía Waldorf Sociedad Anónima.—San
José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012302008.—(IN2012055516).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas,
cuarenta y cinco minutos del seis de junio del dos mil doce, se procede a la
disolución voluntaria de la compañía Michiroden Sociedad Anónima.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ana
Victoria Mora Mora, Notaria.—1
vez.—RP2012302009.—(IN2012055517).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas
del seis de junio del dos mil doce, se procede a la disolución voluntaria de la
compañía Erken Arquitectos Sociedad Anónima.—San
José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012302010.—(IN2012055518).
Por escritura número trescientos cincuenta y
siete-cinco, de las ocho horas del once de junio del dos mil doce, se
protocoliza acta de tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil
novecientos cuatro s. a., ante la notaría Hazel Villalobos Villar, cambio
de junta directiva y fiscal.—San José, once de junio
del dos mil doce.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1
vez.—RP2012302012.—(IN2012055519).
La suscrita notaría hace constar que por escritura
otorgada ante esta notaría, el día 8 de junio del 2012, se modificó la cláusula
del domicilio y la cláusula de la administración y representación del pacto
constitutivo de Turruforest Sociedad Anónima y se realizó cambio
de junta directiva y fiscal.—San José, once de junio
del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Mendoza Carrera, Notaria.—1
vez.—RP2012302014.—(IN2012055520).
En esta notaría, a las doce horas del ocho de
junio del dos mil doce, se protocoliza acuerdo de disolución de sociedad
denominada Istmo Eventos Sociedad Anónima, con cédulas jurídica
tres-ciento-cinco cinco cinco cinco cinco cuatro, apoderados: Jorge Emilio Mora
Flores, Alfredo Loria Prendas.—San José, ocho de junio
del dos mil doce.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2012302015.—(IN2012055521).
La suscrita notaría, hace constar que por
escritura otorgada ante esta notaría, el día 8 de junio del 2012, se modificó
la cláusula del domicilio y la cláusula de la administración y representación
del pacto constitutivo de Sol Claro de Turrubares Sociedad Anónima y se
realizó cambio de junta directiva y fiscal.—San José,
once de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Mendoza Carrera, Notaria.—1 vez.—RP2012302016.—(IN2012055522).
En esta notaría, a las ocho horas del veinticuatro
de mayo del dos mil doce, se protocoliza acuerdo de disolución de sociedad
denominada MR Acabados Contemporáneos Sociedad Anónima, con cédula
jurídica tres-ciento-tres dos cinco seis cero cinco, apoderadas: Roxana Flores
Rizo y Mónica Carvajal Rojas.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil
doce.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2012302017.—(IN2012055523).
La suscrita notaría, hace constar que por
escritura otorgada ante esta notaría, el día 8 de junio del 2012, se modificó
la cláusula del domicilio y la cláusula de la administración y representación
del pacto constitutivo de Remanso de Turrubares Sociedad Anónima y se
realizó cambio de junta directiva y fiscal.—San José,
once de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Mendoza Carrera, Notaria.—1 vez.—RP2012302018.—(IN2012055524).
Por escritura número diecinueve-cinco, otorgada
ante el notario público Juan Manuel Cordero Esquivel, a las dieciséis horas,
treinta minutos del seis de junio del dos mil doce, se constituye la sociedad Palma
Azul de San Pedro Sociedad Anónima. Capital: debidamente suscrito y pagado.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Manuel
Cordero Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2012302019.—(IN2012055525).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas,
quince minutos del seis de junio del dos mil doce, se procede a la disolución
voluntaria de la compañía Yolisol Sociedad Anónima.—San
José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012302020.—(IN2012055526).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas,
treinta minutos del seis de junio del dos mil doce, se procede a la disolución
voluntaria de la compañía Blanco, Mora y Solano Sociedad Anónima.—San
José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012302021.—(IN2012055527).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas,
cuarenta y cinco minutos del seis de junio del dos mil doce, se procede a la
disolución voluntaria de la compañía Servicios Generales Gaparo Sociedad
Anónima.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Victoria Mora
Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012302022.—(IN2012055528).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas
del seis de junio del dos mil doce, se procede a la disolución voluntaria de la
compañía Tigerol Sociedad Anónima.—San José,
seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012302023.—(IN2012055529).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas,
quince minutos del seis de junio del dos mil doce, se procede a la disolución
voluntaria de la compañía Europa Image Limitada.—San
José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012302024.—(IN2012055530).
Por escritura número ciento diecisiete, de las
ocho horas del diez de junio del dos mil doce, visible a folios sesenta y uno
vuelto y sesenta y dos frente y vuelto del tomo cuatro de mí protocolo, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad El Sirital de Cóbano Sociedad Anónima, por la que se disuelve
la misma.—Puntarenas, diez de junio del dos mil
doce.—Lic. Vladimir Rodríguez Castro, Notario.—1
vez.—RP2012302026.—(IN2012055531).
Por escritura otorgada el día de hoy, ante la
suscrita notaría pública, se protocolizan acuerdos de la asamblea general
extraordinaria de cuotistas de tres-ciento dos-quinientos quince mil
trescientos veintisiete sociedad de responsabilidad limitada, mediante los
cuales se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, siete
de junio del dos mil doce.—Lic. Mónica Romero Piedra, Notaria.—1
vez.—RP2012302029.—(IN2012055532).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito
notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de Acrobusiness S. A., mediante los cuales, se disuelve la
sociedad.—San José, seis de junio del dos mil
doce.—Lic. Mónica Romero Piedra, Notaria.—1
vez.—RP2012302030.—(IN2012055533).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas
del seis de junio del dos mil doce, se procede a la disolución voluntaria de la
compañía JM Blanco & Asociados Sociedad Anónima.—San
José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Blanco Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012302031.—(IN2012055534).
Por escritura otorgada a las trece horas, treinta
y cinco minutos del día diecisiete de mayo del dos mil doce, ante esta notaría,
se disuelve la sociedad Inversiones Cadyvilla Sociedad Anónima.—San
José, ocho de junio del dos mil doce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—RP2012302032.—(IN2012055535).
Mediante acuerdo de socios, de fecha ocho de junio
del año dos mil doce, protocolizada por el notario Erick Jiménez Masís, el día
ocho de junio del año dos mil doce, mediante escritura pública número
doscientos sesenta y siete-treinta y dos, se acordó la disolución de la empresa
J Mauri de Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
número tres-ciento dos-doscientos quince mil doscientos veintinueve. Se emplaza
por treinta días a partir de la publicación a todos los interesados a fin de
que se apersonen a hacer valer sus derechos.—Cartago,
ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2012302033.—(IN2012055536).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
once horas, diez minutos del día nueve de junio del dos mil doce, se acordó por
unanimidad de los socios, que conforman el capital social la disolución de la
sociedad de esta plaza denominada tres-ciento uno-quinientos tres mil
novecientos sesenta y cuatro sociedad anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos tres mil novecientos sesenta y cuatro.—Lic. Luis Alberto Víquez Aragón, Notario.—1
vez.—RP2012302034.—(IN2012055537).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaría,
en la ciudad de San José, a las ocho horas del día siete de junio del dos mil
doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la compañía Kwiqpay Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-seis tres siete cuatro siete uno, mediante la cual se reformó el
nombramiento del tesorero de la junta directiva.—San
José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Mónica Patricia Umaña Barrantes,
Notaria.—1 vez.—RP2012302035.—(IN2012055538).
Mediante escritura pública Nº 157-7, de las 9:00
horas del 30 de mayo del 2012, se protocoliza acta de asamblea general de
accionistas de Colima del Norte S. A., en la que se acuerda disolver la
sociedad.—Lic. Larissa Seravalli Suárez, Notaria.—1 vez.—RP2012302036.—(IN2012055539).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas
con quince minutos del siete de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad
Río Bonito Sociedad Anónima.—San José, siete de
junio del dos mil doce.—Lic. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012302037.—(IN2012055540).
Mediante escritura pública Nº 156-7, de las 8
horas, 30 minutos del 30 de mayo del 2012, se protocoliza acta de asamblea
general de accionistas de Arquimex S. A., en la que se acuerda disolver
la sociedad.—Lic. Larissa Seravalli Suárez, Notaria.—1 vez.—RP2012302038.—(IN2012055541).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis
horas del dos de junio del dos mil doce, se constituyó
Mediante escritura pública Nº 155-7, de las 8:00
horas del 30 de mayo del 2012, se protocoliza acta de asamblea general de
accionistas de Tuxpan Ciento Catorce S. A., en la que se acuerda
disolver la sociedad.—Lic. Larissa Seravalli Suárez,
Notaria.—1 vez.—RP2012302040.—(IN2012055543).
Mediante escritura pública Nº 3-7 de las 9:00
horas del 31 de mayo del 2012, se protocoliza acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Desarrollos Arquitectónicos
Teocali S. A., cédula Nº 3-101-150312, en la que se acuerda disolver la
sociedad.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—RP2012302041.—(IN2012055544).
Por escritura número doscientos cuarenta y cuatro,
del tomo once, se ha protocolizado acta en la que se acuerda la disolución de
la sociedad Ganadera Dorado Sociedad Anónima. En dicha escritura se ha
dado inicio al proceso de su liquidación. Se cita y emplaza, por un plazo de
treinta días naturales, a contar de la publicación de este edicto, a todos los
interesados en esta sociedad. Deberán apersonarse a la oficina del licenciado
Henry Campos Vargas, sita en San José, calle diecisiete, avenidas dos y seis,
casa número dos ocho cinco para hacer sus derechos. El teléfono es
veintidós-cincuenta y seis-treinta y cinco-noventa y siete. La liquidación se
tramita en el expediente número cero cero cero dos-dos mil doce. Es todo.—San José, a las seis horas del ocho de junio del dos mil
doce.—Lic. Henry Campos Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012302042.—(IN2012055545).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas
del 8 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de F&J Industrial Statistic Consulting Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-649585, mediante la cual reforman las cláusulas primera,
segunda y octava del pacto constitutivo.—Lic. Kattia
Vanessa Ramos González, Notaria.—1
vez.—RP2012302043.—(IN2012055546).
Por escritura otorgada, a las 9:00 horas del 2 de
mayo, se protocolizó el acta asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad de esta plaza denominada Grupo Fa-So-Ga (F S G) S. A.—San José,
cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Edwin Manuel Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—RP2012302045.—(IN2012055547).
Por escritura otorgada, a las doce horas del día
de hoy se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la compañía Desarrollos O E S. A., en donde se disuelve la misma.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Edwin
Manuel Vargas Víquez, Notario.—1
vez.—RP2012302046.—(IN2012055548).
Por escritura otorgada, a las doce y treinta horas
del día de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la compañía tres-ciento uno-cinco nueve ocho tres dos cero s. a.,
en donde se disuelve la misma.—San José, ocho de junio
del dos mil doce.—Lic. Edwin Manuel Vargas Víquez, Notario.—1
vez.—RP2012302047.—(IN2012055549).
Por escritura otorgada, a las trece horas del día
de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la compañía Inmobiliaria Hern Clar S. A., en donde se disuelve la misma.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Edwin Manuel
Vargas Víquez, Notario.—1
vez.—RP2012302048.—(IN2012055550).
Por escritura otorgada, a las nueve horas del día
de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la compañía Tobal y Morales S. A., en donde se disuelve la misma.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Edwin
Manuel Vargas Víquez, Notario.—1
vez.—RP2012302049.—(IN2012055551).
Ante esta notaría, la sociedad Corporación
Imperial Independiente S. A. retoma el pacto constitutivo eliminando la
cláusula décimo tercera del agente residente y nombra nuevo fiscal. Escritura
otorgada, a las siete horas del veinticuatro de mayo del dos mi doce.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1
vez.—RP2012302050.—(IN2012055552).
Por escritura número veintitrés, otorgada ante esta
notaría, a las once horas del cuatro de junio del 2012, se acuerda disolver Aboconsulting
S. A.—San
José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Susy Bibiana Moreno Amador, Notaria.—1 vez.—RP2012302051.—(IN2012055553).
Ante la notaría de Elena Murillo Agüero, se
protocoliza acta de Mensajería y Multiservicios Exactus S. R. L., cédula
jurídica Nº 3-102-648284, donde se acuerda disolver la sociedad.—San José, diecinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Elena
Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—RP2012302052.—(IN2012055554).
Por escritura otorgada ante los notarios públicos
Gonzalo Alberto Chacón Fallas y Marcela Vargas Madrigal, actuando en el
protocolo del primero, a las diez horas del día veinticuatro de mayo del dos
mil doce, se constituyó la sociedad Grupo Carvi Sociedad Anónima. Capital
social: diez mil colones. Domicilio: Santo Domingo de Heredia.—Lic.
Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1
vez.—RP2012302053.—(IN2012055555).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
siete horas del once de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas, en la que se acuerda disolver
la sociedad Asesores y Consultores en Desarrollo Social Secodeso S. A.
Es todo.—San José, once de junio del dos mil
doce.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1
vez.—RP2012302054.—(IN2012055556).
Ante esta notaría por medio de escritura pública
número 73-III, otorgada en Guanacaste a las 10:00 horas del 5 de junio del año
2012, se protocolizó el acta número uno de la sociedad denominada Las Delicias
Little River Enterprises Limitada. Acuerdos: primero: por unanimidad de
votos se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo. Segundo:
por unanimidad de votos se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto
constitutivo. Tercero: se remueve los cargos de gerente y subgerente de la
sociedad. Cuarto: por unanimidad de votos se realizan los siguiente
nombramientos: gerente general uno: Richard Keith Landers, gerente general dos:
Jorge Moreno Caravaca, gerente general tres: Thomas Owen Meacham Jr. Guanacaste.—5 de junio del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2012302056.—(IN2012055557).
En esta notaría, a las 8:00 horas del 8 de junio
del 2012, por escritura 247, se rescinde la escritura Cjalbrock S. A.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012302062.—(IN2012055558).
Mediante escritura número ciento cincuenta y
nueve, otorgada ante la suscrita notaria, a las catorce horas del siete de
junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la
sociedad Inversiones Montealegre y Castro Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica Nº 3-101-145560, mediante la cual se acuerda disolverla. De
conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de treinta días, a
partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus
derechos e intereses en la presente disolución.—San
José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2012302063.—(IN2012055559).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
11:00 horas del 26 de abril del 2012, se protocolizó acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Desarollo Vive Sabanilla
DVS Sociedad Anónima. Se reformaron cláusulas quinta, sexta y novena de los
estatutos sociales.—San José, 26 de abril del
2012.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1
vez.—RP2012302064.—(IN2012055560).
Por escritura otorgada ante mí, en San José a las
ocho horas, quince minutos del once de junio del dos mil doce, se protocoliza
acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad denominada
Seta de Heredia Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y uno. Donde se acuerda
la disolución de la compañía.—Lic. Juan Luis Calvo
Calderón, Notario.—1
vez.—RP2012302067.—(IN2012055561).
Por escritura otorgada ante mí, en San José a las
ocho horas, treinta minutos del once de junio del dos mil doce, se protocoliza
acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad denominada
Representaciones Alviro del Nuevo Milenio Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos once mil seiscientos diez. Donde
se acuerda la disolución de la compañía.—Lic. Juan
Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012302068.—(IN2012055562).
Por escritura otorgada ante mí, en San José a las
ocho horas, cuarenta y cinco minutos del once de junio del dos mil doce, se
protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios, de la
sociedad denominada Seta de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-ciento setenta mil seiscientos setenta y cuatro. Donde
se acuerda la disolución de la compañía.—Lic. Juan
Luis Calvo Calderón, Notario.—1
vez.—RP2012302069.—(IN2012055563).
Por escritura otorgada ante mí, en San José a las
nueve horas, del once de junio del dos mil doce, se protocoliza acuerdo de
asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad denominada Sistemas
de Planes de Ahorro y Crédito Seta Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento noventa y ocho mil doscientos noventa y cuatro. Donde se
acuerda la disolución de la compañía.—Lic. Juan Luis
Calvo Calderón, Notario.—1
vez.—RP2012302070.—(IN2012055564).
Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las
nueve horas, quince minutos del once de junio del dos mil doce, se protocoliza
acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad denominada
Sistemas Informáticos del Caribe SINSA Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos cuatro mil quinientos cincuenta y seis. Donde
se acuerda la disolución de la compañía.—Lic. Juan
Luis Calvo Calderón, Notario.—1
vez.—RP2012302071.—(IN2012055565).
Por escritura otorgada ante mí, en San José a las
quince horas, del veintiocho de mayo del dos mil doce, se protocoliza acuerdo
de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad denominada Fun
Depot Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
sesenta mil ciento treinta y siete. Donde se acuerda la disolución de la
compañía.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012302072.—(IN2012055566).
Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las
ocho horas del once de junio del dos mil doce, se protocoliza acuerdo de
asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad denominada Inversiones
Almonik K A M Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y cinco mil seiscientos uno. Donde se acuerda la
disolución de la compañía.—Lic. Juan Luis Calvo
Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012302073.—(IN2012055567).
Yo, la suscrita notaria pública Xinia Arias
Naranjo, hago constar y doy fe que ante esta notaría, se modificó el pacto
constitutivo de las siguientes sociedades: Rainforest Wellness S. A.; Mar
de Locura S. A.—Ciudad
Cortés, Osa, Puntarenas, veintiocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Xinia Arias
Naranjo, Notaria.—1 vez.—RP2012302074.—(IN2012055568).
La suscrita notaria, hace constar que por acuerdo
de socios se ha acordado la disolución de la sociedad Desarrollos de Espacio
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y
dos mil doscientos cincuenta.—San José, once de junio
del dos mil doce.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1
vez.—RP2012302075.—(IN2012055569).
La suscrita notaria, hace constar que por acuerdo
de socios se ha acordado la disolución de la sociedad Hechizo del Tiempo
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y
seis mil treinta y siete.—San José, once de junio del
dos mil doce.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1
vez.—RP2012302076.—(IN2012055570).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas
de hoy, se protocolizan acuerdos de socios de Inversiones y Desarrollos
Inmobiliarios Pilares de
Manuel Gerardo Rodríguez Salazar, acuerda
disolución de la sociedad Depósito Concepción Sociedad Anónima, en
calidad de presidente, mediante escritura pública número doscientos
veintitrés-veintitrés-cuatro mil doscientos setenta y una ante el notario
Ernesto Chinchilla Vílchez, el día 7 de junio de año 2012.—7
de junio del año 2012.—Lic. Ernesto Chinchilla Vílchez, Notario.—1 vez.—RP2012302078.—(IN2012055572).
Por escritura número veinte, otorgada en esta
notaría, a las diez horas del día once de junio del dos mil doce, se
protocoliza acta número dos de la asamblea de extraordinaria de accionistas y
se disuelve la sociedad denominada Air Bags Center Sociedad Anónima. Presidenta,
con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma: Mary Cruz Peraza
Ramírez.—San José, once de junio del dos mil
doce.—Lic. Gonzalo Monge Umanzor, Notario.—1
vez.—RP2012302079.—(IN2012055573).
Por escritura número diecinueve, otorgada en esta
notaría, a las nueve horas del día nueve de junio del dos mil doce, se
protocoliza acta número dos asamblea general extraordinaria de tres-ciento
uno-seiscientos treinta y cinco mil cuatrocientos seis sociedad anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y cinco mil
cuatrocientos seis. Domiciliada en San Rafael de Moravia. Se acuerda modificar
el pacto social de dicha sociedad en sus cláusulas segunda, quinta. José Max
Mejías Hernández, cédula de identidad Nº 1-0496-0503 y Adriana Segura Selva,
cédula de identidad Nº 1-0731-0645 donan sus acciones a María de los Ángeles
Alpízar Parajeles, cédula de identidad Nº 2-0527-0878 y a Luis Mauricio Salas
Campos, cédula de identidad Nº 5-0303-0015. Se constituye nueva junta
directiva. Se nombra a María de los Ángeles Alpízar Parajeles, cédula Nº
2-0527-0878, como presidenta, quien asume la representación judicial y
extrajudicial.—San José, once de junio del dos mil
doce.—Lic. Gonzalo Monge Umanzor, Notario.—1
vez.—RP2012302080.—(IN2012055574).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las
dieciocho horas del dos de junio del dos mil doce, se procede a disolver la
entidad denominada Muebles CES Sociedad Anónima.—San José, 2 de junio
del 2012.—Lic. Marcela Patricia Calvo Lizano, Notario.—1
vez.—RP2012302081.—(IN2012055575).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las
dieciocho horas del dos de junio del dos mil doce, se procede a disolver la
entidad denominada Bienes del Valle de Girasol DCR Sociedad Anónima.—San
José, 2 de junio del 2012.—Lic. Marcela Patricia Calvo Lizano, Notaria.—1 vez.—RP2012302082.—(IN2012055576).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las
diecinueve horas del primero de junio del dos mil doce, se procede a disolver
la entidad denominada Distribuidora M Y R Asociados Sociedad Anónima.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. Marcela Patricia
Calvo Lizano, Notaria.—1
vez.—RP2012302083.—(IN2012055577).
Por escritura trescientos seis visible a folio
ciento ochenta y seis frente a ciento ochenta ocho vuelto del tomo cuatro,
otorgada ante esta notaría, al ser las ocho horas del once de mayo del dos mil
doce, se constituyó la sociedad de usuarios de agua Asentamiento Campesino
Pilón de Azúcar.—Lic. María Cecilia Rodríguez Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012302084.—(IN2012055578).
Por escritura trescientos dos visible a folio
ciento ochenta y dos vuelto a ciento ochenta y cuatro vuelto del tomo cuatro,
otorgada ante esta notaría, al ser las trece horas del cinco de mayo del dos
mil doce, se constituyó la sociedad de usuarios de agua de San Martín de El
Humo.—Lic. María Cecilia Rodríguez Carvajal,
Notaria.—1 vez.—RP2012302085.—(IN2012055579).
Por escritura trescientos once visible a folio
ciento noventa y uno frente a ciento noventa y cinco vuelto del tomo cuatro,
otorgada ante esta notaría, al ser las dieciocho horas del dieciocho de mayo
del dos mil doce, se constituyó la sociedad de usuarios de agua Colima-El
Sauce.—Lic. María Cecilia Rodríguez Carvajal, Notaria.—1
vez.—RP2012302086.—(IN2012055580).
Por escritura de las 8:00 horas del 8 de junio del
año 2012, la asamblea de socios acordó disolver la sociedad Criss Cross
Control S. A., cédula jurídica Nº 3-101-448994.—Lic.
Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2012302088.—(IN2012055581).
Por escritura otorgada ante mí, a las 19:00 horas
del 8 de junio del 2012, se disolvió por acuerdo de socios Lunanco S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos catorce mil ciento catorce.—Lic. Tatiana González González, Notaria.—1
vez.—RP2012302092.—(IN2012055582).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas
del 8 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Shot
The Marlin S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y
dos mil seiscientos cincuenta y nueve, en la que se modifican las cláusulas
primera del nombre, segunda del domicilio y se nombra nuevo secretario.—Lic. María
José Yglesias Ramos, Notaria.—1
vez.—RP2012302093.—(IN2012055583).
Mediante escritura otorgada, a las diez horas del
siete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la
asamblea general extraordinaria de Compañía Constructora Mendoza y Mendoza M
& M Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres
seis cero ocho tres cuatro, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Mario
Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2012302096.—(IN2012055584).
Mediante escritura otorgada a las diez horas con
treinta minutos del seis de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se
protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Consultoría
Agropecuaria de Cañas S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero
nueve ocho uno cero nueve-uno ocho, mediante la cual se disuelve y liquida la
sociedad.—San José, once de junio del dos mil
doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2012302097.—(IN2012055585).
Mediante escritura otorgada, a las ocho horas con
quince minutos del siete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se
protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Consultores en
Suelos y Fertilizantes Consufert S. A., cédula jurídica número tres-uno
cero uno-dos tres siete siete cuatro dos, mediante la cual se disuelve y
liquida la sociedad.—San José, once de junio del dos
mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2012302098.—(IN2012055586).
Mediante escritura otorgada, a las ocho horas del
siete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la
asamblea general extraordinaria de Costa Rica Supply Chain and Services
CSCS, S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cuatro cero siete
cuatro nueve siete, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Mario
Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2012302099.—(IN2012055587).
Mediante escritura otorgada a las nueve horas del
siete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la
asamblea general extraordinaria de Ganadera Coalco Limitada, cédula
jurídica número tres-uno cero dos-cero uno siete ocho cero cuatro, mediante la
cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, once de junio del dos mil
doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2012302100.—(IN2012055588).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a
las trece horas con treinta minutos del trece del ocho de junio del año dos mil
doce, se dispone disolver Agromercadeo Puente de Oro Centroamericano S. A.—Heredia,
once de junio del año dos mil doce.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012302101.—(IN2012055589).
Por escritura otorgada en esta ciudad el día de
hoy, se liquidó y se disolvió la sociedad tres-ciento uno-seiscientos
treinta y ocho mil setecientos noventa y ocho sociedad anónima.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Msc. Andrea
Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012302103.—(IN2012055590).
Ante esta notaría, mediante escritura número
ciento treinta y dos-uno, de las diecisiete horas del ocho de junio del dos mil
doce, se liquida y disuelve, por mutuo acuerdo de los accionistas, la sociedad Inversiones
Alpaga LQ Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-573312. De
conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, cualquier interesado
podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o
pactada. Presidente: Alfonso Larios Murillo.—Cartago,
8 de junio del 2012.—Lic. Anais Verónica Mora Gamboa, Notaria.—1
vez.—RP2012302104.—(IN2012055591).
Por escritura número ciento cincuenta y
cuatro-tres otorgada ante la suscrita Notaria, a las 11:00 horas del 6 de junio
de 2012, los señores Willy Miguel Cisneros Zumbado y Tatiana Alfaro Aguilar,
acuerdan disolver y liquidar la compañía
Por escritura número ciento veinticuatro - siete,
otorgada ante el suscrito Notario, en San José, a las 10:00 horas del día 31 de
mayo de 2012, Ivonne Leyton Monge y Ligia Monge Castro, acuerdan disolver y
liquidar la compañía Maleyvo Sociedad Anónima.—San José, 31 de mayo de
2012.—Óscar Guillermo Barrantes Chacón, Notario.—1
vez.—RP2012302106.—(IN2012055593).
Por escritura número ciento veintitrés-siete,
otorgada ante el suscrito Notario en San José, a las 8:00 horas del día 31 de
mayo de 2012, se protocolizan acuerdos disolviendo y liquidando la compañía
Asesores Financieros AF de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 31 de
mayo de 2012.—Óscar Guillermo Barrantes Chacón, Notario.—1
vez.—RP2012302107.—(IN2012055594).
Por escritura otorgada ante mi Notaría, al ser las
ocho horas del once de junio del dos mil doce, se constituyó una sociedad
anónima que tendrá como nombre el número de cédula jurídica, según decreto
número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. del
catorce de junio de dos mi seis.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic.
Nidia Graciela Garita Hernández, Notaria.—1
vez.—RP2012302108.—(IN2012055595).
Por escritura otorgada ante mi Notaría, al ser las
nueve horas del once de junio del dos mil doce, se constituyó una sociedad
anónima que tendrá como nombre el número de cédula jurídica, según decreto
número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del catorce de junio de dos
mil seis.—San José, once de junio del dos mil
doce.—Lic. Nidia Graciela Garita Hernández, Notaria.—1
vez.—RP2012302109.—(IN2012055596).
A las ocho horas del dos de junio del dos mil doce
por medio de escritura cuarenta y seis, del tomo cuarto de
A las catorce horas del ocho de junio del dos mil
doce, por medio de escritura cuarenta y ocho, del tomo cuarto de
Por escritura otorgada a las diez horas del día
siete de junio de dos mil doce, ante
En asamblea general ordinaria y extraordinaria se
acordó la liquidación y disolución de la sociedad
En asamblea general ordinaria y extraordinaria se
acordó la liquidación y disolución de la sociedad Restaurante
Feliz Feliz S. A., celebrada a las once horas del siete de junio de dos mil
doce. Se comisionó a
En asamblea general ordinaria y extraordinaria se
acordó la liquidación y disolución de la sociedad Conservación Ecológica
Tropical CONETROSA S. A., celebrada a las diez horas del siete de junio de
dos mil doce. Se comisionó a
Por escritura otorgada ante mí, Licenciada Yenny
Mariela Fernández Fumero, a las quince horas treinta minutos del seis de junio
de dos mil doce, por unanimidad de socios se acordó la disolución de la
sociedad Inversiones Loría L y L de Cartago Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Yenny Mariela
Fernández Fumero, Notaria.—1
vez.—RP2012302117.—(IN2012055603).
Mediante escritura otorgada, a las doce horas con
quince minutos del siete de junio del dos mil doce, ante esta Notaría, se
protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Tres-Uno Cero
Dos-Cuatro Seis Cero Cinco Seis Nueve Sociedad Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica número tres-uno cero dos-cuatro seis cero cinco seis nueve,
mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San
José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez,
Notario.—1 vez.—RP2012302119.—(IN2012055604).
Mediante escritura otorgada a las nueve horas del
treinta y uno de mayo del dos mil doce, ante esta Notaría, se protocoliza acta
de la asamblea general extraordinaria de Tangara Crestinaranja Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cinco seis cero cuatro tres
tres, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San
José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez,
Notario.—1 vez.—RP2012302120.—(IN2012055605).
Mediante escritura otorgada a las diez horas del
ocho de junio del dos mil doce, ante esta Notaría, se protocoliza acta de la
asamblea general extraordinaria de Unión Box Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-uno cero dos-cuatro
seis cero cinco ocho seis, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Mario
Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2012302121.—(IN2012055606).
Mediante escritura otorgada a las diez horas del
seis de junio del dos mil doce, ante esta Notaría, se protocoliza acta de la
asamblea general extraordinaria de Inmobiliaria Kobre K.B. del Este S. A.,
cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco dos siete uno nueve seis,
mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San
José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez,
Notario.—1 vez.—RP2012302122.—(IN2012055607).
Que mediante escritura número trescientos uno de
las doce horas quince minutos del veinticinco de mayo del año dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Inversiones
Gaer Siete S. A., mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta
compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación
cualquier interesado que quiera oponerse judicialmente a la presente disolución.—Lic. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1
vez.—RP2012302127.—(IN2012055608).
Por escritura número ciento setenta y seis,
otorgada a las once horas con treinta minutos del once de junio del dos mil
doce, se protocolizaron acuerdos de asamblea mediante el cual se reforma la
cláusula quinta del pacto y se hicieron nuevos nombramientos de junta directiva
y fiscal de la sociedad Propiedades Flor Sol S. A.—San
José, once de junio del dos mil doce.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—RP2012302128.—(IN2012055609).
Por escritura número ciento setenta y siete
otorgada a las once horas con cuarenta y cinco minutos del once de junio del
dos mil doce, se protocolizaron acuerdos de asamblea mediante el cual se
reforma la cláusula quinta del pacto de la sociedad Profiláctica S. A.—San
José, once de junio del dos mil doce.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—RP2012302129.—(IN2012055610).
Ante mí hoy el señor Manuel Valverde Jiménez,
otorgó escritura pública de disolución de la sociedad de esta plaza El Valbo
S. A., a las diez horas del once de junio del año dos mil doce.—Lic. Jesús Alvaro Chavarría Avila, Notario.—1 vez.—RP2012302130.—(IN2012055611).
Ante esta Notaría, se constituyó la compañía
denominada Transporte de Tecnología García T.T.G. S. A. Capital social
un millón de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de
cien mil colones cada una, debidamente suscritas y pagadas. Apoderado
generalísimo sin límite de suma, el presidente.—Cartago,
seis de junio de dos mil doce.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012302132.—(IN2012055612).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario,
se disolvió y liquido en esta fecha la sociedad con sede en San José, Proyectos
Jorge Loría Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo
del 2012.—Lic. Carlos Francisco Salvatierra Ramos, Notario.—1
vez.—RP2012302133.—(IN2012055613).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario,
se disolvió y liquido en esta fecha la sociedad de este domicilio Explosión
de Moda Sociedad Anónima.—San José, cinco de mayo
del 2012.—Lic. Carlos Francisco Salvatierra Ramos, Notario.—1
vez.—RP2012302134.—(IN2012055614).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario,
se disolvió y liquido en esta fecha la sociedad de este domicilio Dimajjell
Sociedad Anónima.—San José, cinco de mayo del
2012.—Lic. Carlos Francisco Salvatierra Ramos, Notario.—1
vez.—RP2012302135.—(IN2012055615).
Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria que disuelve la sociedad Piel de
Otoño del Sur Costarricense S. A. Se hace esta publicación para los efectos
del artículo 207 del Código Civil.—San Ramón, 1º de
junio del 2012.—José Manuel Elizondo
Araya, Notario.—1 vez.—RP2012302136.—(IN2012055616).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario,
se disolvió y liquidó en esta fecha la sociedad con sede en Cartago, Modulares
Selaya Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo del
2012.—Lic. Carlos Francisco Salvatierra Ramos, Notario.—1
vez.—RP2012302137.—(IN2012055617).
Pio Agustín Martínez Luna, comerciante, casado dos
veces, Vivian Roshella Quesada Castro, casada dos veces, comerciante, cédulas
en su orden: 5-161-425, y 1-641-589, ambos vecinos de Limón, solicitan disolver
Librería Karol Sociedad Anónima, ante
La suscrita Notaria, debidamente autorizada,
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad APT
Bellido S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-180335, celebrada en
su domicilio social, el día 8 de junio del año 2012, en la cual sus socios en
forma unánime y en firme, acordaron la disolución y liquidación de la sociedad,
a partir de dicha fecha.—San José, 9 de junio del
2012.—Lic. Orietta María Ruiz Padilla, Notaria.—1
vez.—RP2012302141.—(IN2012055619).
La suscrita Notaria, debidamente autorizada,
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Tuberías
y Accesorios Bellido Ortega S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-
221447, celebrada en su domicilio social, el día 8 de junio del año 2012, en la
cual sus socios en forma unánime y en firme, acordaron la disolución y liquidación
de la sociedad, a partir de dicha fecha.—San José, 9
de junio del 2012.—Lic. Orietta María Ruiz Padilla, Notaria.—1
vez.—RP2012302142.—(IN2012055620).
La suscrita Notaría, debidamente autorizada,
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Tuberías
y Mas S. A., cédula de persona jurídica número 3-101- 348284, celebrada en
su domicilio social, el día 8 de junio del año 2012, en la cual sus socios en
forma unánime y en firme, acordaron la disolución y liquidación de la sociedad,
a partir de dicha fecha.—San José, 9 de junio del
2012.—Lic. Orietta María Ruiz Padilla, Notaria.—1
vez.—RP2012302143.—(IN2012055621).
Ante el Notario Juan Carlos Bonilla Portocarrero,
en San José, al ser las doce horas del cinco de junio del dos mil doce, se
reforma la cláusula quinta de la sociedad Kiryat Gat Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres - ciento uno - seiscientos veintinueve mil ochocientos
cincuenta y cuatro.—San José, seis de junio de dos mil doce.—Lic. Juan Carlos
Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—RP2012302144.—(IN2012055622).
Ante esta Notaría, en San José, al ser las diez
horas del cinco de junio del dos mil doce, se reforma la cláusula sétima del
pacto constitutivo de la sociedad Borlones Sociedad Anónima.—San José, 6
de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—RP2012302145.—(IN2012055623).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las
ocho horas del día catorce de mayo del dos mil doce, se constituyó la sociedad Tampam
Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social noventa y
nueve años, el presidente tiene la representación judicial y extrajudicial.—San
José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2012302146.—(IN2012055624).
Mediante asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad El Trigal Universal Sociedad Anónima; cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y tres mil ciento cincuenta
y dos, se acuerda la disolución de la sociedad, acuerdo tomado en firme y por
votación unánime.—Heredia, 11 de junio del 2012.—Lic. Edwin Astúa Porras,
Notario.—1 vez.—RP2012302148.—(IN2012055625).
Por escritura número 62 - 8, otorgada a las 10:00
horas del 6 de junio del 2012, ante esta Notaria Diana Elke Pinchanski Fachler,
se protocolizan acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad denominada
Por escritura número 63 - 8, otorgada a las 10:15
horas del 6 de junio del 2012, ante esta Notaria Diana Elke Pinchanski Fachler,
se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Cabala
Jurel Limitada, donde se acuerda la disolución de la compañía. Es todo.—Puntarenas, 6 de junio del 2012.—Lic. Diana Pinchanski
Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2012302151.—(IN2012055627).
Se protocolizó en mi Notaría disolución de
Por escritura número noventa y dos, otorgada ante
mi Notaría, a las nueve horas quince minutos del día veintinueve de mayo del
año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
disolución de la entidad denominada
En esta Notaría, al ser las dieciocho horas del
día seis de junio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la empresa denominada Los Ojos del Celta Sociedad Anónima.
Es todo.—San José, once de junio de dos mi
doce.—Lic. Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1
vez.—RP2012302154.—(IN2012055630).
Por escritura número doscientos ochenta y cuatro,
visible al folio ciento cuarenta y tres vuelto, del tomo ocho, otorgada ante
esta Notaría se disuelve la sociedad, Valentina y Lenadro Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cinco mil setecientos ochenta. No
hay activos ni pasivos por lo que no se nombra liquidador.—Liberia,
Guanacaste, siete de junio del año dos mil doce.—Lic. Olga Matarrita Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2012302155.—(IN2012055631).
Por escritura número doscientos
ochenta y seis, visible al folio ciento cuarenta y cuatro vuelto, del tomo
ocho. Otorgada ante esta Notaría se disuelve la sociedad, Dicpao Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y cinco mil
ochocientos treinta y ocho. No hay activos ni pasivos por lo que no se nombra
liquidador.—Liberia, Guanacaste, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Olga
Matarrita Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012302156.—(IN2012055632).
Ante mi notaría a las 08:00
horas del día 11 de junio de 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de
la sociedad Titan Associates S. A., en donde se solicita la
disolución.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo,
Notario.—1 vez.—RP2012302157.—(IN2012055633).
Ante mi notaría, a las 08:30
horas del día 11 de junio del 2012,
se protocolizó acta
de asamblea de
socios de la sociedad 3-101-559550 S. A., en donde se solicita la
disolución.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo,
Notario.—1 vez.—RP2012302158.—(IN2012055634).
Ante esta Notaría el día de hoy,
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad WM Informática Marlui S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos veintidós mil quinientos catorce, en la que se disuelve y queda
debidamente liquidada.—San José, 09 de junio del 2012.—Lic. Roberto Castillo
Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012302159.—(IN2012055635).
Ante esta Notaría el día de hoy,
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Tecnología Informática Costarricense de Software S. A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil doscientos
setenta, en la que se disuelve y queda debidamente liquidada.—San José, 09 de
junio del 2012.—Lic. Roberto Castillo Castillo, Notario.—1
vez.—RP2012302160.—(IN2012055636).
El día de hoy ante esta notaría,
se protocolizó actas de asamblea general extraordinaria de socios de P C
Auto Importaciones S. A., en la que se acuerda su disolución; y acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Niels Clausen Zúñiga Ltda.,
en la que se modifican las cláusulas segunda y cuarta del pacto
constitutivo.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. María Vanessa
Castro Jaramillo, Notaria.—1 vez.—RP2012302161.—(IN2012055637).
Cindy Villalobos Valverde, con
cédula 1-1079-0145, acuerdo de socios de disolver la sociedad 3-101-634479
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-634479. Ante Lic. Griselda
Valverde Elizondo.—Guápiles, a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil
doce.—Lic. Griselda Valverde Elizondo, Notaria.—1
vez.—RP2012302162.—(IN2012055638).
Jorge Vindas Cubillo, con cédula
1-512-539, acuerdo de socios de disolver la sociedad Hotel y Ciudad del
Trópico de Cariari Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-207918.
Ante Lic. Cindy Villalobos Valverde.—Guápiles, a las trece horas del tres de
mayo del dos mil doce.—Lic. Cindy Villalobos Valverde, Notaria.—1
vez.—RP2012302163.—(IN2012055639).
Alberto Mora Castillo, con
cédula 1-578-297, acuerdo de socios de disolver la sociedad B.P. Andrea
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-193151. Ante Lic. Cindy Villalobos
Valverde.—Guápiles, a las trece horas del cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic.
Cindy Villalobos Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2012302164.—(IN2012055640).
Cindy Villalobos Valverde, con
cédula 1-1079-0145, acuerdo de socios de disolver la sociedad 3-101-634482
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-634482. Ante Lic. Griselda
Valverde Elizondo.—Guápiles, a las doce horas del cuatro de mayo del dos mil
doce.—Lic. Cindy Villalobos Valverde, Notaria.—1
vez.—RP2012302165.—(IN2012055641).
Cindy Villalobos Valverde, con
cédula 1-1079-0145, acuerdo de socios de disolver la sociedad 3-101-634480
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-634480. Ante Lic. Griselda
Valverde Elizondo.—Guápiles, a las once horas del cuatro de mayo del dos mil
doce.—Lic. Cindy Marcela Villalobos Valverde, Notaria.—1
vez.—RP2012302168.—(IN2012055642).
Cindy Villalobos Valverde, con
cédula 1-1079-0145, acuerdo de socios de disolver la sociedad 3-101-634481
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-634481. Ante Lic. Griselda
Valverde Elizondo.—Guápiles, a las once horas del cuatro de mayo del dos mil
doce.—Lic. Cindy Marcela Villalobos Valverde, Notaria.—1
vez.—RP2012302169.—(IN2012055643).
Cindy Villalobos Valverde, con
cédula 1-1079-0145, acuerdo de socios de disolver la sociedad
Ante esta Notaría, se ordenó de
acuerdo con el artículo 19 del Código de Comercio, la publicación y se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Eco Two
Clean Central America S. A., que modifica la cláusulas primera del nombre,
segunda del domicilio y se nombra nueva junta directiva y nuevo fiscal,
mediante la escritura número 6-7, otorgada en Cartago, Tres Ríos, a las 16
horas 30 minutos del 4 de junio del 2012.—Cartago, Tres Ríos, 11 de junio del
2012.—Lic. Guillermo Moreira Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2012302171.—(IN2012055645).
Por escritura otorgada ante mí,
Daniel Eduardo Muñoz Herrera, a las once horas treinta minutos del once de
junio del dos mil doce, se acuerda reformar la cláusula primera del pacto
constitutivo de la sociedad denominada Inversores Colombia Invescol Sociedad
Anónima, para que en adelante se denomine Strategy Fund Sociedad Anónima.—San
José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera,
Notario.—1 vez.—RP2012302173.—(IN2012055646).
Los accionistas de la sociedad Desarrollos
Strasburguer Sociedad Anónima, cédula 3-101-165350, acuerdan disolver dicha
sociedad. Oposiciones dentro del plazo de Ley. Escritura se protocoliza ante
esta notaría. Lic. Adelia González Rojas, notaria pública, oficina en San José,
Santa Ana, del Banco Popular 200 sur y 250 oeste Fax: 2282-4327. Tel.
2282-4008.—Santa Ana, 11 de junio del 2012.—Lic. Adelia María González Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2012302174.—(IN2012055647).
En mi notoria al ser las 12:00
horas del 7 de junio del año dos mi doce, se constituyó Bañoli Di Sopra Z.C.
Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1
vez.—RP2012302175.—(IN2012055648).
Liquidación de sociedad Hermanos
M J de Siquirres Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento
uno-ciento cincuenta y siete mil trescientos treinta y cinco, para que
cualquier interesado o terceras personas, que se opongan a la liquidación de
ésta, o tenga algún alegato al respecto favor hacerlo mediante comunicado al
domicilio de la empresa; ubicado en Barrio San Martín de Siquirres, frente al
antiguo matadero, Hermanos M J de Siquirres Sociedad Anónima. Es
todo.—Siquirres, ocho de marzo del dos mil doce.—Lic. Juan Martín Rodríguez
Ulloa, Notario.—1 vez.—RP2012302176.—(IN2012055649).
En escritura número 578-21 del
tomo 21 de mi protocolo del día 01 de junio del año en curso, al ser las 14:30
horas, comparecieron los señores Freddy David González Novoa, de nacionalidad
colombiana, cédula de residencia uno uno siete cero cero cero cinco uno seis
cinco dos dos y Huber Yesid González Novoa, de nacionalidad colombiana, cédula
de residencia número uno uno siete cero cero uno cuatro siete dos siete cero
siete, para constituir la sociedad HGN Global Sociedad Anónima.—San
José, a los siete días del mes de junio del dos mil once.—Lic. Miguel Chacón
Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012302177.—(IN2012055650).
Por escritura número ciento
setenta y cuatro otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del día seis
de junio del año dos mil doce, se constituyó Jocati Sociedad Anónima.
Plazo social: noventa y nueve años. Capital social diez mil colones. Se ha
nombrado junta directiva. Presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma y agente residente.—Cartago, doce horas del once de junio
del dos mil doce.—Lic. Evelyn María Jara Cascante, Notaria.—1
vez.—RP2012302179.—(IN2012055651).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las diez horas del seis de junio del dos mil doce, se constituyó la
sociedad Corporación Julián Dos Mil Diez de Responsabilidad Limitada.
Capital: suscrito y pagado. Gerente y subgerente con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Lic. Eduardo López Arroyo, Notario.—1
vez.—RP2012302180.—(IN2012055652).
Yo Trycia Saborío Barrios,
notaria pública de Escazú, mediante escritura pública de disolución de las
sociedades denominada 3-101-450930 S. A.; Crusa Inversiones
Inmobiliaria S. A.; Grupo Comercial Leopardo S. A.; Transacciones
Comerciales Rivera y Tanchez S. A.; FJ Flash Desing Dos Mil Cinco S. A.;
GSA Canaima Dos Mil Cinco S. A. y Web FPCR Web Master S. A.; Terraazul
S. A.; Bienes Cocobolo Once Caracol S. A.; Bienes Cocobolo Ocho
del Pacífico S. A. Bienes Cocobolo Seis de Jacó S. A.; Bienes
Cocobolo Siete de
Por escritura otorgada a las
8:00 horas del día 11 de junio del año 2012, en esta Notaría se protocolizó
acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Condominio
Belén Veinte a Jarama S. A. Se modifican cláusulas segunda y sétima y se
nombra nueva junta directiva.—San José, 11 de junio del dos mil doce.—Lic. Eugenia
Gutiérrez Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302182.—(IN2012055654).
Por escritura otorgada a las
11:00 horas del día 30 de mayo del año 2012, en esta Notaría se protocolizó
acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Condominio
Belén Seis G Evora S. A. Se modifican cláusulas segunda y sétima y se
nombra nueva junta directiva.—San José, 11 de junio del dos mil doce.—Lic.
Eugenia Gutiérrez Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302184.—(IN2012055655).
Por escritura otorgada a las
once horas del treinta de mayo del dos mil doce, ante esta notaría por acuerdo
de socios, se acuerda disolver la sociedad denominada Evolución Orgánica
Por escritura otorgada a las
diecisiete horas del siete de junio del dos mil doce, ante esta notaría por
acuerdo de asamblea general extraordinaria, se acuerda disolver la sociedad
denominada Agade Quinta S. A.—Luis Fernando Longan Phillips, Notario.—1
vez.—RP2012302188.—(IN2012055657).
Al ser las diez horas del ocho
de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de TPM de San José
Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Alfaro
Araya, Notario.—1 vez.—RP2012302189.—(IN2012055658).
Por escritura otorgada a las
diecisiete horas quince minutos del siete de junio del dos mil doce, ante esta
notaría por acuerdo de asamblea general extraordinaria se acuerda disolver la
sociedad denominada Corporación Piccinato S. A.—Lic. Luis Fernando
Longan Phillips, Notario.—1 vez.—RP2012302190.—(IN2012055659).
Al ser las diez horas del once
de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de El Caimito de Irigaray
Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Alfaro
Araya, Notario.—1 vez.—RP2012302191.—(IN2012055660).
Por escritura otorgada ante mí,
en la ciudad de San José, a las diecisiete horas treinta minutos del siete de
junio del dos mil doce, protocolicé el acta de la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la empresa
Giancarlo Piccinato S. A., donde se varía la cláusula segunda.—Lic. Luis
Fernando Longan Phillips, Notario.—1 vez.—RP2012302192.—(IN2012055661).
Al ser las nueve horas treinta
minutos del ocho de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de Corporación
LBG Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Alfaro
Araya, Notario.—1 vez.—RP2012302193.—(IN2012055662).
Al ser las nueve horas del ocho
de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de Formatec de
Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic.
Alejandro Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—RP2012302195.—(IN2012055663).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría, a las dieciséis horas del seis de junio del año dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad de Palmares de Alajuela, denominada Sociedad Educativa Palmareña
Sociedad Anónima, en la que se reformó la cláusula cuarta del pacto
constitutivo en cuanto al capital social de la compañía.—Lic. Lilliana
Fernández Urpí, Notaria.—1 vez.—RP2012302196.—(IN2012055664).
La suscrita Marta Emilia Rojas
Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada Consultores y Auditores Garseasoc
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y un
mil seiscientos cuarenta y siete, para hacer nuevo nombramiento de presidenta y
tesorero. Es todo.—Palmares, once de junio del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia
Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012302197.—(IN2012055665).
En mi notaría por escritura
número cinco-cinco, se constituyó la sociedad denominada Fresas Azules
Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, Palmares, Santiago, trescientos
metros al este del templo católico, casa color amarillo a mano derecha. En ella
fungen como apoderados generalísimos sin límite de suma tanto el presidente
como el secretario de la sociedad. Es todo.—Palmares, diez de junio del dos mil
doce.—Lic. Ólger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012302199.—(IN2012055666).
Ante esta Notaría, a las 12:15
horas del 11 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general de
socios donde se modificó la junta directiva de la sociedad anónima 3-101-600955
S. A. Presidente Julio César Francis Vega.—Lic. Francisco Orlando Salinas
Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012302200.—(IN2012055667).
Por escritura número 173
otorgada ante el suscrito Notario a las 10:00 horas del día 06 de junio del
2012; se modificó la cláusula segunda de los Estatutos relacionada del
domicilio de la compañía Súper Prim Limitada.—San José, 06 de junio del
2012.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1
vez.—RP2012302201.—(IN2012055668).
Ante esta Notaría, a las 11:00
horas del 11 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios donde se aumentó capital social de fusión C & H
Impresionn y Comunicación S. A. Presidente: Carlos Abarca Salazar.—Lic.
Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012302202.—(IN2012055669).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría, a las 12:00 horas del 11 junio del 2012, se acordó disolver Ofisoluciones
RI-KE S. A., con domicilio en San José. Presidente: Rigoberto Araya
Castillo.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Francisco Orlando Salinas
Alemán, Notaria.—1 vez.—RP2012302203.—(IN2012055670).
Mediante escritura pública ante
esta Notaría, al ser las once horas del doce de mayo del dos mil doce, se ha
disuelto la sociedad, Salas de Belleza Jiménez y Mena Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintiún mil setecientos ochenta y
seis. Cualquier interesado podrá oponerse, dentro de treinta días naturales
siguientes a la publicación del presente aviso.—Cartago, 21 de mayo del
2012.—Lic. Jacqueline Martínez Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2012302205.—(IN2012055671).
Por escritura otorgada a las
diez horas del día dos de junio del dos mil doce y de conformidad con los
artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de
Comercio, se procede a la disolución de la sociedad de esta plaza denominada Rivera
Echandi Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos veinte mil doscientos setenta y seis, para lo cual se comunica
a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada
ante esta notaría.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Lesbia
Ramírez Arguedas, Notaria.—1 vez.—RP2012302206.—(IN2012055672).
Por asamblea de las catorce
horas del veinticinco de mayo del dos mil doce, se constituyó la compañía Inver
- Yang Herediana Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio Heredia,
Barrio Fátima. Gerente: Meixin Yang Li.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic.
Jorge Fernando Calvo Mora, y María Teresa Mora Ramírez, Notarias.—1
vez.—RP2012302214.—(IN2012055673).
Por esta escritura otorgada en
esta notaría en San José, a las once horas del día seis de junio del año dos
mil doce, se disminuyó el plazo de la sociedad denominada Dlight S. A.—San
José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1
vez.—RP2012302220.—(IN2012055674).
En mi notaría el día de mayo 10
de junio del
Por escritura hecha por mí, hoy
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Servalex
Consultores Sociedad Anónima S. A.; mediante la que se disuelve la
sociedad.—San José, nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Giselle Jara
Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2012302223.—(IN2012055676).
Por escrituras otorgadas en San
José, ante esta misma notaría se constituyeron las firmas denominadas Tripp
Box Sociedad Anónima y Consolid Costa Rica Sociedad Anónima.
Domicilio social: San José, Goicoechea. Plazo social: noventa y nueve años.
Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma. Ante la
notaría del Licenciado Rolando Guardiola Arroyo.—Lic. Rolando Guardiola Arroyo,
Notario.—1 vez.—RP2012302224.—(IN2012055677).
Ante esta notaría el día 11 de
junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de Ligdani S. A.,
y se solicita la disolución. Capital: suscrito y pagado.—San José, 11 de junio
del 2012.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1
vez.—RP2012302228.—(IN2012055678).
Por escritura número setenta y
tres, de las nueve horas quince minutos del día treinta de abril del año dos
mil doce, se disuelve la sociedad denominada Sueños Compartidos Sociedad
Anónima, tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil ciento
noventa y siete.—Lic. Carlos Humberto Pacheco Murillo, Notario.—1
vez.—RP2012302229.—(IN2012055679).
Por escritura número setenta y
cinco de las once horas del día treinta de abril del año dos mil doce, se
disuelve la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias de Alajuela Sancho
Montero Sociedad Anónima, tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil
ochocientos setenta y tres.—Lic. Carlos Humberto Pacheco Murillo, Notario.—1
vez.—RP2012302231.—(IN2012055680).
Por escritura número setenta y
cuatro de las diez horas del día treinta de abril del año dos mil doce, se
disuelve la sociedad denominada Pecuaria Vetagri R S Sociedad Anónima,
tres-ciento uno-trescientos cuarenta mil doscientos sesenta y cuatro.—Lic.
Carlos Humberto Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012302232.—(IN2012055681).
Por escritura número setenta y
cuatro, de las diez horas del día treinta de abril del año dos mil doce, se
disuelve la sociedad denominada Monte de Tiquicia Sociedad Anónima tres
- ciento uno - seiscientos dieciocho mil trescientos ochenta y siete.—Lic.
Carlos Humberto Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012302233.—(IN2012055682).
Mediante escritura 88, otorgada
ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 8 de junio del 2012, se acuerda
cambiar junta directiva y domicilio social de 3-101-579403 S. A.—San
José, 8 de junio del 2012.—Lic. Paola Vargas Castillo, Notaria.—1
vez.—RP2012302234.—(IN2012055683).
Mediante escritura 76, otorgada
ante esta notaría, a las 8:30 horas del día 28 de abril del 2012, se acuerda
disolver Aigilim de Cartago S. A., cédula jurídica 3-101-373488.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Paola Vargas
Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012302235.—(IN2012055684).
Mediante escritura 120, otorgada
ante esta notaría, a las 12:00 horas del día ocho de junio del año 2012, se
acuerda disolver Luvami Negro S. A., cédula jurídica 3-101-241205
interesados presentarse ante esta notaría en el plazo que indica la ley.—San
José, 9 de junio del 2012.—Lic. Ana María Flores Garbanzo, Notaria.—1 vez.—RP2012302236.—(IN2012055685).
Mediante escritura 97, otorgada
ante esta notaría, a las 12:00 horas del día veintiséis de mayo del año 2012,
se acuerda disolver Transportes Terraflot S. A., cédula jurídica
3-101-354461. Interesados presentarse ante esta notaría en el plazo que indica
la ley.—San José, 9 de junio del 2012.—Lic. Ana María Flores Garbanzo, Notaria.—1
vez.—RP2012302237.—(IN2012055686).
Mediante escritura 88, otorgada
ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 1º de mayo del 2012, se acuerda
disolver Iwanatech S. A., cédula jurídica 3-101-065953. Interesados
presentarse ante esta notaría en el plazo que indica la ley.—San José, 8 de
junio del 2012.—Lic. Ana María Flores Garbanzo, Notaria.—1 vez.—RP2012302238.—(IN2012055687).
Mediante escritura 104, otorgada
ante esta notaría, a las 19 horas del día treinta y uno de mayo del año 2012,
se acuerda Inversiones Flogo del Sol Sociedad Anónima S. A., cédula
jurídica 3-101-248383. Interesados presentarse ante esta notaría en el plazo
que indica la ley.—San José, 8 de junio del año 2012.—Lic. Ana María Flores
Garbanzo, Notaria.—1 vez.—RP2012302239.—(IN2012055688).
Por escritura otorgada a las
9:00 horas de hoy, protocolice acuerdos de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cuarenta Y Cuatro Mil Trescientos Cinco S. A., domiciliada
en San José, donde se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 7 de junio del año 2012.—Lic. Arturo Varela
Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012302240.—(IN2012055689).
Por escritura otorgada a las
11:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Consorcio Los Cinco
Locinc S. A., domiciliada en San José, donde se acordó disolver la sociedad
por acuerdo de socios.—San José, 27 de abril del año
2012.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012302241.—(IN2012055690).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 11:00 horas del día 10-6-2012, se hizo disolución de la empresa Inversiones
Mujercitas A.M.E. S. A.—Lic.
Ronald Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012302242.—(IN2012055691).
Por escritura otorgada a las
8:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad tres-ciento
uno-cuatrocientos noventa y cinco mil setecientos cincuenta y cuatro s. a.,
domiciliada en San José, donde se acordó disolver la sociedad por acuerdo de
socios.—San José, 5 de junio del año 2012.—Lic. Arturo
Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012302243.—(IN2012055692).
Por escritura otorgada ante mí,
las 12:00 horas del día 8-6-2012, se hizo disolución de la empresa 3-101-523509
S. A.—Lic.
Ronald Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012302244.—(IN2012055693).
Por escritura de las 16:00 horas
del 30 de mayo de 2012, se otorgó escritura de disolución de la compañía Distribuidora
Yarhi S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero noventa y seis mil
cincuenta y nueve.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic.
Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302245.—(IN2012055694).
Ante esta notaría, a las 14:00
horas del 06 de junio del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad Greco’s
Rio G Y C Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-322912, mediante
la cual se acuerda disolverla. De conformidad con el Código de Comercio, dentro
del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier
interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—Lic.
Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1 vez.—RP2012302246.—(IN2012055695).
Ante esta notaría, a las 14:30
horas del 8 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Inmobiliaria Beula
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-405300. De conformidad con
el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta
publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e
intereses en la presente disolución.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1
vez.—RP2012302247.—(IN2012055696).
Ante esta notaría, a las 14:00
horas del 8 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Inmobiliaria Nunspeet
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-606371. De conformidad con
el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta
publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e
intereses en la presente disolución.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1
vez.—RP2012302248.—(IN2012055697).
Ante esta notaría se disolvió la
sociedad Valores Negociables de Moravia Sociedad Anónima, representada
por el presidente, y por unanimidad de los socios y accionistas de dicha
sociedad, disuelta en fecha once de junio del año dos mil doce.—San José, 11 de junio del año 2012.—Lic. Joan Salazar
Garreta, Notario.—1 vez.—RP2012302249.—(IN2012055698).
Ante esta notaría, se
protocolizó acta de disolución de la sociedad denominada Doña Betty Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-101462, se cita y emplaza a los interesados
para que dentro del plazo de ley, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de
Ante mí, José Luis Herrera
Zúñiga, notario público con oficina en Santiago de Puriscal, costado este de
Por escritura 089-52 del tomo 52
del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad
a las 17:00 horas del 07 de junio del 2012, la sociedad costarricense Las
Medias Rojas de Wetherbee S. A., cédula jurídica tres - ciento uno -
quinientos cuarenta y un mil ochocientos veinticinco, Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 7 de junio del 2012.—Lic.
Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012301528.—(IN2012055701).
Por escritura otorgada, a las
quince horas del día siete de junio del año dos mil doce, ante el notario
Ricardo Castro Páez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Corporration Tropical Mix International Sociedad
Anónima, se modificaron las cláusulas quinta, sexta y décima del pacto
constitutivo y se nombró nueva junta directiva. Presidenta: Ana Evelyn
Chavarría Trigueros.—San José, siete de junio del año dos mil doce.—Lic.
Ricardo Castro Páez, Notario.—1 vez.—RP2012301529.—(IN2012055702).
Por escritura número sesenta y
uno, visible al folio treinta y cuatro vuelto del tomo cuarenta y uno de mi
protocolo, otorgada en San José, a las nueve horas del treinta y uno de mayo
del dos mil doce; se liquida la empresa Edificio Omicron Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento un mil ciento noventa y
seis.—Lic. Flor María González Marroquín, Notario.—1 vez.—RP2012301530.—(IN2012055703).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 10:00 horas del día 7 de junio del año 2012, confeccioné
declaración jurada de la compañía Alianzas Comerciales Querubín S. A.,
mediante el cual se acuerda disolver esta compañía.—Heredia,
8 de junio del 2012.—Lic. Karina Rojas Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012301531.—(IN2012055704).
Ante esta notaría, se presenta
Héctor Enrique Quesada Acosta, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad R
y R Total Security Events S. A., mediante la cual se solicita la disolución
de dicha sociedad y la devolución de los aportes a cada socio.—Heredia, 7 de
junio del 2012.—Lic. Ricardo Torres Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012301532.—(IN2012055705).
Ante esta notaría, se presenta
Manfred Xirinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Grupo
Alcam Capitales de Latinoamérica S. A., mediante la cual se modifica la
razón social a Grupo Xumv Capitales de Latinoamérica S. A., se aumenta
el capital social, se modifica la junta directiva y la representación de la
sociedad.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Ricardo
Torres Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012301533.—(IN2012055706).
Ante mi notaría, se disolvió Sancho
Jiménez Constructores S. A. Cualquier interesado podrá apersonarse en los
siguientes treinta días a hacer valer sus derechos, ya sea en mi oficina
trescientos metros y veinticinco metros este de la esquina sureste de los
Tribunales en Cartago, o al fax 2591-1323.—Cartago, 24 de mayo del 2012.—Lic.
Jonnathan Rojas Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012301534.—(IN2012055707).
Ante esta notaría, se presenta
Manfred Xirinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Inmobiliaria
Macavi Lote Ciento Ochenta y Ocho S. A., mediante la cual se modifica la
junta directiva y la representación de la sociedad.—San José, 8 de junio del
2012.—Lic. Ricardo Torres Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012301535.—(IN2012055708).
Ante mi notaría, se disolvió Maral-Glenqui
Limitada. Cualquier interesado podrá apersonarse en los siguientes treinta
días a hacer valer sus derechos, ya sea en mi oficina trescientos metros y
veinticinco metros este de la esquina sureste de los Tribunales en Cartago, o
al fax 2591-1323.—Cartago, 24 de mayo del 2012.—Lic. Jonnathan Rojas Alvarado,
Notario.—1
vez.—RP2012301536.—(IN2012055709).
Ante esta notaría, se presenta
Manfred Xirinachs Jiménez, a protocolizar acta de asamblea de la sociedad Salomé
en el Sillón S. A., mediante la cual se modifica la junta directiva, para
que la representación judicial con facultades de apoderado generalísimo la
tengan el presidente y el tesorero asimismo se modifica el domicilio social.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Torres
Artavia, Notario.—1 vez.—RP2012301537.—(IN2012055710).
Ante mi notaría, se disolvió Styrsystem
Sociedad Anónima. Cualquier interesado podrá apersonarse en los siguientes
treinta días a hacer valer sus derechos, ya sea en mi oficina trescientos
metros y veinticinco metros este de la esquina sureste de los Tribunales en
Cartago, o al fax 2591-1323.—Cartago, 24 de mayo del 2012.—Lic. Jonnathan Rojas
Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012301538.—(IN2012055711).
Se disuelve Las Lagunas del
Baru Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno quinientos noventa y
tres mil doscientos cincuenta y cinco, domicilio Quepos.—Quepos,
veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Ángel Picado Chavarría, Notario.—1
vez.—RP2012301539.—(IN2012055712).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 8:00 horas de hoy se protocolizan acuerdos de Loma Verde de
Playa Negra Gardenia Siete S. A., se liquida y disuelve.—San José, 30 de
mayo del 2012.—Lic. Mario Alberto Saborío Valverde, Notario.—1
vez.—RP2012301541.—(IN2012055713).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 8:10 horas de hoy, se protocolizan acuerdos de Loma Verde de
Playa Negra Hazel Ocho S. A., se liquida y disuelve.—San José, 30 de mayo
del 2012.—Lic. Mario Alberto Saborío Valverde, Notario.—1
vez.—RP2012301542.—(IN2012055714).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 8:40 horas de hoy se protocolizan acuerdos de Faro
Hiltonwoods VIII S. A., se liquida y disuelve.—San José, 30 de mayo del
2012.—Lic. Mario Alberto Saborío Valverde, Notario.—1
vez.—RP2012301544.—(IN2012055715).
Por escritura otorgada a las
quince horas del siete de junio de dos mil doce, se protocolizó acta de
disolución por acuerdo de socios de la sociedad denominada Naji de Cartago
S.R.L. Artículo 207 del Código de Comercio.—San José, ocho de junio del dos
mil doce.—Lic. Orlando Baltodano Valdelomar, Notaria.—1
vez.—RP2012301545.—(IN2012055716).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 8:20 horas de hoy se protocolizan acuerdos de Loma Verde de
Playa Negra Iris Nueve S. A., se liquida y disuelve.—San José, 30 de mayo
del 2012.—Lic. Mario Alberto Saborío Valverde, Notario.—1
vez.—RP2012301546.—(IN2012055717).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 8:30 horas de hoy se protocolizan acuerdos de Loma Verde de
Playa Negra Jazmín Diez S. A., se liquida y disuelve.—San José, 10 de mayo
del 2012.—Lic. Mario Alberto Saborío Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012301547.—(IN2012055718).
El suscrito notario hace constar
y da fe de que ha protocolizado acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-101-465074 S. A., a
las 11:00 horas del 4 de mayo del año 2011, en la cual se modifica la cláusula
sétima: de la administración y se nombran presidente, secretario, tesorero y
fiscal.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1
vez.—RP2012301548.—(IN2012055719).
Mediante la escritura pública
número setenta y nueve, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día
diez del mes de mayo del año dos mil doce, se constituyó la entidad Servicios
de Medicina Perioperatorios S. A., con domicilio social en Heredia.—Lic.
Carlos Eduardo Herrera Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012301549.—(IN2012055720).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas de hoy se protocolizan acuerdos de Club Típico El
Ballenato Internacional S. A., se liquida y disuelve.—San José, 30 de mayo
del 2012.—Lic. Mario Alberto Saborío Valverde, Notario.—1
vez.—RP2012301550.—(IN2012055721).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 8:50 horas de hoy se protocolizan acuerdos de Grupo
Inversionista HI Y P S.A., se liquida y disuelve.—San José, 30 de mayo del
2012.—Lic. Mario Alberto Saborío Valverde, Notario.—1
vez.—RP2012301551.—(IN2012055722).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las trece horas treinta minutos del día siete de junio del dos mil
doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad
denominada Cerro Viejo de Tole CVT Ltda. Donde se acuerda la disolución
y liquidación de la compañía.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic.
Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012301552.—(IN2012055723).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las trece horas quince minutos del día siete de junio del dos mil
doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad
denominada Punta Gorda de Toledo PGT Ltda. Donde se acuerda la
disolución y liquidación de la compañía.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012301554.—(IN2012055724).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las trece horas del día siete de junio del dos mil doce, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Crystallex BNG S. A. Donde se acuerda la liquidación
y disolución de la compañía.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic.
Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012301556.—(IN2012055725).
Mediante escritura otorgada ante
mí en esta fecha, las sociedades Diakofti Adventures D.K.A.T. S. A.; Moquegua
Real Estates Bienes Raíces Moquegua S. A., y Vista del Mundo S.A.,
acordaron su fusión prevaleciendo la última.—San José, 6 de junio del
2012.—Lic. Rafael A. García Salas, Notario.—1
vez.—RP2012301557.—(IN2012055726).
Tecnocontrol Costarricense S. A., reforma la cláusula quinta del
pacto social, para aumentar el capital social. Escritura otorgada en
Por escritura número ciento
veintinueve, visible al folio sesenta frente del tomo seis de mi protocolo,
otorgada en Guadalupe, Goicoechea, a las doce horas del día seis de junio de
dos mil doce, se disuelve la entidad Tecnologías BDS de Costa Rica S. A.—Lic. Franklin
González Cubero, Notario.—1 vez.—RP2012301559.—(IN2012055728).
Por escritura número ciento
treinta, visible al folio sesenta vuelto del tomo seis de mi protocolo,
otorgada en Guadalupe, Goicoechea, a las trece horas del día seis de junio de
dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la entidad
tres uno cero uno cuatro siete cuatro seis tres dos S. A., mediante la
cual se acuerda la disolución de dicha sociedad.—Lic. Franklin González Cubero,
Notario.—1 vez.—RP2012301560.—(IN2012055729).
Por escritura número ciento
treinta y uno, visible al folio sesenta vuelto del tomo seis de mi protocolo,
otorgada en Guadalupe, Goicoechea, a las diez horas del día siete de junio de
dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la entidad
Medicina Corporativa Nedco G&E S. A., mediante la cual se acuerda la
disolución de dicha sociedad.—Lic. Franklin González Cubero, Notario.—1
vez.—RP2012301561.—(IN2012055730).
Por escritura número ciento
treinta y nueve, del tomo número nueve de mi protocolo, otorgada en la ciudad
de San José, a las once horas del día cinco de junio del año dos mil doce,
comparecen los accionistas de la compañía Mil Seiscientos Veinticinco
Limitada a manifestar su voluntad de disolver y liquidar la mencionada
sociedad expresa y unánimemente por acuerdo de socios.—Lic. Erika Mishelle
Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012301563.—(IN2012055731).
Por escritura número ciento
treinta y ocho, del tomo número nueve de mi protocolo, otorgada en la ciudad de
San José, a las diez horas del día cinco de junio del año dos mil doce,
comparecen los accionistas de la compañía Compensadores Rápidos Sociedad
Anónima, a manifestar su voluntad de disolver y liquidar la mencionada
sociedad expresa y unánimemente por acuerdo de socios.—Lic.
Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012301564.—(IN2012055732).
Ante mí, Carlos Fernández
Vásquez, notario público, se disolvió la empresa V C Soca S. A., capital
social de diez mil colones. Escritura número 262 del protocolo 23.—Palmares, 7
de junio del 2012.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2012301566.—(IN2012055734).
Ante mí, Carlos Fernández
Vásquez, notario público, se disolvió la empresa Desarrollo Turístico A M Y
M S. A., capital social de diez mil colones. Escritura número 265 del
protocolo 23.—Palmares, 7 de junio del 2012.—Lic. Carlos Fernández Vásquez,
Notario.—1 vez.—RP2012301567.—(IN2012055735).
Ante mí, Carlos Fernández
Vásquez, notario público, se disolvió la empresa Ornamentales Cataratas S.
R. L., capital social de veinticinco mil colones. Escritura número 266 del
protocolo 23.—Palmares, 7 de junio del 2012.—Lic. Carlos Fernández Vásquez,
Notario.—1 vez.—RP2012301568.—(IN2012055736).
Ante mí, Carlos Fernández
Vásquez, notario público, se disolvió la empresa El Fusilero S. A.,
capital social de diez mil colones. Escritura número 264 del protocolo
23.—Palmares, 7 de junio del 2012.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1
vez.—RP2012301569.—(IN2012055737).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se protocolizó actas de asambleas generales ordinarias y
extraordinarias de accionistas de Contamana DVM S. A., en la que se
modifica el plazo social de las sociedades.—San José, siete de junio de dos mil
doce.—Lic. Efraím Vargas Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012301570.—(IN2012055738).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, en San José a las 13 horas del 5 de junio 2012, se protocoliza acta de
Creaciones Satori S. A., en la que se acuerda la disolución de dicha
sociedad de conformidad con el artículo 201 inciso (d) del Código de
Comercio.—San José, 5 de junio del 2012.—Lic. Cristián Villegas Coronas,
Notario.—1 vez.—RP2012301571.—(IN2012055739).
Ante esta notaría, se ha
realizado la desincripción de la sociedad anónima Corporación Kàpi Yok
Sociedad Anónima. Presidente Rafael Moya Acuña.—Lic. Christy Eugenia Durán
Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012301572.—(IN2012055740).
Ante esta notaría, la sociedad
denominada Kosmos ML Sociedad Anónima, representada por Lourdes Lorena
Durán Jiménez, solicita el cierre definitivo de esta sociedad anónima. Es
todo.—San José, treinta de marzo del dos mil once.—Lic. Lesmes Arias Astúa,
Notario.—1 vez.—RP2012301574.—(IN2012055741).
La suscrita notaria, Alejandra
Grandoso Lemoine, carné 8699, hace constar que ante esta notaría se ha
protocolizado acta de asamblea general, ordinaria y extraordinaria de la
compañía Corporación de Procesamiento de Datos Deportivos S. A., cédula
jurídica tres-uno cero uno-dos dos cero cero uno nueve, en la que se da la
disolución de la sociedad, escritura número doscientos treinta y ocho del tomo
trece del protocolo de la suscrita notaría, otorgada a las diez horas del siete
de junio del año dos mil doce.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine, Notario.—1
vez.—RP2012301675.—(IN2012055742).
La suscrita notaria, Alejandra
Grandoso Lemoine, carné 8699, hace constar que ante esta notaría se ha
protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía
Marketing & Distribution Pharma M&D Pharma S. A., cédula
jurídica tres-uno cero uno-dos ocho siete cero seis tres, en la que se da la
disolución de la sociedad, escritura número doscientos cuarenta y uno del tomo
trece del protocolo de la suscrita notaria, otorgada a las diez horas treinta
minutos del siete de junio del año dos mil doce.—Lic. Alejandra Grandoso
Lemoine, Notaria.—1 vez.—RP2012301576.—(IN2012055743).
La suscrita notaria, Alejandra
Grandoso Lemoine, carné 8699, hace constar que ante esta notaría se ha
protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la
compañía Rodrigo Salas Sucesores S. A., cédula jurídica tres-uno cero
uno-cuatro cinco tres uno siete siete, en la que se da la disolución de la
sociedad, escritura número doscientos cuarenta del tomo trece del protocolo de
la suscrita notaria, otorgada a las diez horas veinte minutos del siete de
junio del año dos mil doce.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1
vez.—RP2012301577.—(IN2012055744).
La suscrita notaria, Alejandra
Grandoso Lemoine, carné 8699, hace constar que ante esta notaría se ha
protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la
compañía Nimbos de Alejandría S. A., cédula jurídica tres-uno cero
uno-cinco cero dos cinco cinco ocho, en la que se da la disolución de la
sociedad, escritura número doscientos treinta y nueve del tomo trece del
protocolo de la suscrita notaría, otorgada a las diez horas diez minutos del
siete de junio del año dos mil doce.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine, Notario.—1
vez.—RP2012301578.—(IN2012055745).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciocho horas del siete de junio dos mil doce, se constituyó Iopex
Technologies S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado. El
presidente y secretario son representantes con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar individualmente.—San José,
siete de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Ávila Molina, Notario.—1
vez.—RP2012301579.—(IN2012055746).
Por escritura número doscientos
doce, de las once horas del día seis de junio del dos mil doce, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Pollo Frito El
Encanto Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número tres- ciento
uno- ciento sesenta y dos mil y se acuerda disolver la compañía. Es todo.—San
Pedro de Montes de Oca, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Guillermo
Tovar González, Notaria.—1 vez.—RP2012301580.—(IN2012055747).
María Isabel González Rojas,
notaria, mediante escritura número 17 4 protocoliza acta de asamblea general de
socios en donde se acuerda disolver Transporte de
María Isabel González Rojas,
notaria, mediante escritura número 176, protocoliza acta de asamblea general de
socios en donde se acuerda disolver Corporación Canpat Sociedad Anónima,
3-101-151078.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. María Isabel González Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2012301582.—(IN2012055749).
María Isabel González Roja,
notaria, mediante escritura número 175 protocoliza acta de asamblea general de
socios en donde se acuerda disolver Padol Sociedad Anónima,
3-101-169650.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. María Isabel González Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2012301583.—(IN2012055750).
María Isabel González Rojas,
notaria, mediante escritura numero 173 protocoliza acta de asamblea general de
socios de Villa Shangrila Sociedad Anónima, 3-101-127362. Modifica
cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic.
María Isabel González Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012301584.—(IN2012055751).
Danny Rodríguez Fernández, Allan
Durán Rivera e Iván Eduardo Arce Vargas solicitan se disuelva la sociedad AINSA
Asociados en Ingeniería Sociedad Anónima. Escritura 241, de las 16:50
horas, del 06-06-2012. Tomo 27.—Lic. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2012301585.—(IN2012055752).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, Kashima Todo en Frenos Sociedad Anónima, se modifica el
domicilio y la representación se limita en forma exclusiva para el presidente.—Montes de Oca, cuatro de junio del dos mil doce.—Lic.
Sandra Balladares Diez, Notaria.—1 vez.—RP2012301586.—(IN2012055753).
Por asamblea general
extraordinaria celebrada a las quince horas del dos de junio del dos mil doce,
se disuelve la sociedad anónima denominada Hermonire Sociedad Anónima.
Domicilio San José, acta de asamblea general extraordinaria protocolizada en
Por escritura número trescientos
treinta y seis, visible al folio ciento noventa y tres frente, otorgada ante el
notario Ronald Araya Marín, a las diez horas del veinticinco de mayo del dos
mil doce, por acuerdo de sus socios se disolvió la sociedad Mirabelli y
Alfaro Promotora de Eventos Especiales Sociedad Anónima.—Lic. Ronald Araya
Marín, Notario.—1 vez.—RP2012301588.—(IN2012055755).
Por escritura número trescientos
treinta y siete, visible al folio ciento noventa y cuatro frente, del tomo
cuarto, otorgada ante el notario Ronald Araya Marín, a las doce horas del
veinte de octubre del dos mil once, por acuerdo de sus socios se disolvió la
sociedad Distribuciones Institucionales Distinsa Sociedad Anónima.—Lic.
Ronald Araya Marín, Notario.—1 vez.—RP2012301589.—(IN2012055756).
Protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Costa
Rica Treasure Sociedad Anónima. Se acuerda disolver y liquidar la sociedad
anónima.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja,
Notario.—1
vez.—RP2012301590.—(IN2012055757).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Asesorías Digitales CR
Sociedad Anónima, se acuerda disolver y liquidar la sociedad anónima.—San José, 6 de junio de 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero
Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012301591.—(IN2012055758).
En asamblea de socios de Proyecto Lote
Veintidós Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento setenta mil
cuatrocientos noventa y tres, celebrada en mi notaría a las diez horas del
cinco de junio del dos mil doce, se acordó su disolución.—Liberia,
cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Francisco Ruiz Monge, Notario.—1 vez.—RP2012301592.—(IN2012055759).
Por escritura otorgada a las nueve horas del 1º de
junio de 2012, ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Centro de Comidas de Cartago
Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. Jorge Fallas Aguilar,
Notario.—1 vez.—RP2012301593.—(IN2012055760).
Por escritura otorgada a las nueve horas y treinta
minutos del 1º de junio de 2012, ante esta notaría se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Agustín Parra
Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la
sociedad.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. Jorge
Fallas Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2012301594.—(IN2012055761).
Por escritura otorgada a las nueve horas y diez
minutos del 1º de junio de 2012, ante esta notaría se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Desarrollo
Comercial Plaza Moravia Sociedad Anónima, mediante la cual se
acuerda disolver la sociedad.—San José, 1º de junio
del 2012.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2012301595.—(IN2012055762).
Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 5 de
junio del 2012, ante el notario Eugenio Vargas Ramírez se protocoliza acuerdo
de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de International
Entertaiment Conglomerate I E C Sociedad Anónima, en la que se acuerda la
disolución de la sociedad.—San José, a las 17:00 horas
del 4 de junio del 2012.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2012501596.—(IN2012055763).
Hoy se protocolizó ante esta notaría acta de
asamblea general extraordinaria, de la sociedad de esta plaza Silcar Noventa
Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula segunda y cláusula
vigésima segunda del pacto social.—San José, siete de
junio del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2012301599.—(IN2012055764).
Hoy se otorgó ante esta notaría escritura de acta
extraordinaria de accionistas para la disolución y liquidación de la sociedad
de esta plaza Proser Belk Productos y Servicios P.V. Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-361052, con domicilio en la ciudad de Alajuela.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. María
Gabriela Mora Valverde, Notaria.—1
vez.—RP2012301600.—(IN2012055765).
Ante esta notaría se constituyó escritura de acuerdos
de la sociedad Tege Hermanos Metropolitana S. A., mediante la cual en
forma unánime por medio de la totalidad de los socios, se acuerda la
liquidación y disolución de la presente sociedad de conformidad con el Código
de Comercio y
Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Seguridad
Universal Hotelera El Halcón S. A., mediante la cual en forma unánime por
medio de la totalidad de los socios se acuerda la liquidación y disolución de
la presente sociedad de conformidad con el Código de Comercio y
Ante esta notaría a las diez horas y treinta
minutos del veintinueve de mayo del dos mil doce, mediante escritura número
cuarenta y tres, se solicita la liquidación y disolución de Fredvonne
Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-trescientos cincuenta y cuatro
mil cuatrocientos veintitrés.—Lic. Rocío Herrera Montero, Notaria.—1 vez.—RP2012301605.—(IN2012055768).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
12:00 horas del 6 de junio de 2012, se solicitó disolver en sede notarial la
sociedad Corporación Lluvia en el Desierto GPL S. A., cédula jurídica
3-101-285602.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Doris
Monge Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2012301607.—(IN2012055769).
En esta notaría a las 14:00 horas del 25 de mayo
del 2012, se constituyó la compañía con fundamento con el Decreto Ejecutivo
número 33171-J, del artículo segundo, publicado en
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
16:00 horas del 6 de junio de 2012, se solicitó disolver en sede notarial la
sociedad Inversiones Mata Palo del Norte S. A., cédula jurídica
3-101-166790.—San José, a las 16:00 horas del 6 de
junio del 2012.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2012301609.—(IN2012055771).
En esta notaría a las 15:00 horas del 25 de Mayo
del 2012, se constituyó la compañía con fundamento con el Decreto Ejecutivo
número 33171-J, del artículo segundo, publicado en
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
17:00 horas del 6 de junio de 2012, se solicitó disolver en sede notarial la
sociedad Mercadeo de Proyección en Imagen Comunicativa S. A., cédula
jurídica 3-101-124958.—San José, a las 16:00 horas del
6 de junio del 2012.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2012301611.—(IN2012055773).
Por escritura otorgada ante el notario: Eric
Quesada Arce, a las 12 horas del 6 de junio del 2012, se protocoliza acta de
asamblea de sociedad anónima sin nombre, domiciliada en Cartago. Representante
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Federico Christian
Hampl Aguel, presidente.— 9 de junio del 2012.—Lic.
Eric Quesada Arce, Notario.—1
vez.—RP2012301612.—(IN2012055774).
Por escritura otorgada ante el notario: Eric
Quesada Arce, a las 15 horas del 4 de junio del 2012, se protocoliza acta de
asamblea de sociedad anónima sin nombre, domiciliada en Cartago. Representante
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Federico Christian
Hampl Aguel, presidente.—9 de junio del 2012.—Lic. Eric
Quesada Arce, Notario.—1
vez.—RP2012301613.—(IN2012055775).
Por escritura número ciento uno-veintiuno otorgada
a las diez horas del veinticinco de mayo del dos mil doce, se protocoliza
acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía ASD Sistemas Avanzados Sociedad Anónima, se reforma cláusula
segunda del domicilio, se revoca miembros de junta directiva y fiscal y
constitución de poder general a Sergio Blandino Montealegre.—San
José, veinticinco de mayo del dos mil doce.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—RP2012301614.—(IN2012055776).
Por escritura número ciento cuatro-veintiuno, a
las quince horas treinta minutos del siete de junio del dos mil doce, se
protocolizó acuerdo de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la
compañía tres-ciento dos-seiscientos cuarenta y cinco mil setecientos quince
sociedad de responsabilidad limitada, se reforma cláusula segunda del
domicilio; cláusula décima de la administración y nombramiento de gerente y
subgerente.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1
vez.—RP2012301615.—(IN2012055777).
Por escritura número cien-veintiuno, otorgada a
las nueve horas del veinticinco de mayo del dos mil doce, se protocoliza
acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía ASD Logística Sociedad Anónima, se reforma cláusula segunda del
domicilio, se revoca miembros de junta directiva y fiscal y constitución de
poder general a Sergio Blandino Montealegre.—San José,
veinticinco de mayo del dos mil doce.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—RP2012301616.—(IN2012055778).
Por escritura número noventa y nueve-veintiuno,
otorgada a las ocho horas del veinticinco de mayo del dos mil doce, se
protocoliza acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas
de la compañía Terragea Sociedad Anónima, se revoca miembros de junta
directiva y fiscal y constitución de poder general a Sergio Blandino
Montealegre.—San José, veinticinco de mayo del dos mil
doce.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1
vez.—RP2012301617.—(IN2012055779).
Mediante asamblea general extraordinaria de socios
de las dieciséis horas del treinta y uno de mayo del dos mil doce, con
fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó y
quedó en firme la disolución de la sociedad Constructora El Nazareno S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil cuatrocientos
treinta, de lo cual da fe la notaria que se dirá con vista en el acta de
asamblea citada. La suscrita notaria da fe que el presente edicto es copia fiel
del original insertado en el dispositivo digital. Es todo.—San
Ramón, treinta y uno de junio del dos mil doce.—Lic. María Del Milagro Arguedas
Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012301619.—(IN2012055780).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las
dieciséis horas treinta minutos del 5 de junio del 2012, se reforman las
siguientes cláusulas del pacto constitutivo: a) la cláusula segunda “El
domicilio”, b) la cláusula tercera “El objeto”, c) la cláusula octava “La
administración” y d) se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad
denominada Empresarios Unidos de Turismo EUTUR Sociedad Anónima.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Pablo Fernando Ramos
Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012301620.—(IN2012055781).
Por escritura otorgada ante los notarios Marco
Antonio Sánchez Pereira y Dennis Aguiluz Milla, se constituyó la sociedad Servicios
Alimentarios Los Martínez Ltda. Capital: 100.000 colones.—San
José, a las 10 horas del 26 de marzo del 2012.—Lic. Dennis Aguiluz Milla,
Notario.—1 vez.—RP2012301623.—(IN2012055782).
Por escritura otorgada a las 11:30 horas del 1º de
junio de 2012, ante esta notaría se otorgó escritura por medio de la cual de
conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio y en el apartado VI de
Por escritura otorgada a las 8:30 horas del 1º de
junio de 2012, ante esta notaría se otorgó escritura por medio de la cual de
conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio y en el apartado VI de
Por escritura otorgada a las 11:30 horas del 01 de
junio de 2012, ante esta notaría se otorgó escritura por medio de la cual de
conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio y en el apartado VI de
Por acuerdo de asamblea general se disuelve la
sociedad Maquies-Tra S. A., cédula jurídica 3-101-22902314.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Rafael A. Soto Suárez,
Notario.—1 vez.—RP2012301627.—(IN2012055786).
En esta notaría a las once horas del siete de
junio del dos mil doce, se disolvió sociedad denominada Maztourin Limitada.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1
vez.—RP2012301628.—(IN2012055787).
Por escritura N° 10-4 del notario Rafael A. Brenes
Valenciano, a las 15:30 horas del 7 de junio del 2012, los socios Álvaro Arroyo
González y otros, propietarios de la totalidad de las acciones de la empresa A
Y G Mil Dos Representaciones S. A., cédula jurídica N° 3-101-300993; por
estar esta inactiva acordaron su disolución definitiva.—San
José, 7 de junio del 2012.—Lic. Rafael A. Brenes Valenciano, Notario.—1 vez.—RP2012301629.—(IN2012055788).
Por escritura N° 09-4 del notario Rafael A. Brenes
Valenciano, a las 15 horas del 7 de junio del 2012, los socios Randall Arroyo
González y otros, propietarios de la totalidad de las acciones de la
empresa MMS Paramarimbo S. A.,
cédula jurídica N° 3-101- 83743; por estar esta inactiva acordaron su
disolución definitiva.—San José, 7 de junio del
2012.—Lic. Rafael A. Brenes Valenciano, Notario.—1
vez.—RP2012301630.—(IN2012055789).
Por escritura N° 11-4 del notario Rafael A. Brenes
Valenciano, a las 15:45 horas del 7 de junio del 2012, los socios María Rosa
Chaves González y otros, propietarios de la totalidad de las acciones de la
empresa Arrogonza del Paseo S. A., cédula jurídica N° 3-101- 094480; por
estar esta inactiva acordaron su disolución definitiva.—San
José, 7 de junio del 2012.—Lic. Rafael A. Brenes Valenciano, Notario.—1 vez.—RP2012301631.—(IN2012055790).
Por escritura número setenta y nueve-dos otorgada
ante esta notaría a las doce horas del cinco de junio de este año, se acordó la
disolución y liquidación de la sociedad denominada Grupo Tecnológico
Hossanacr Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento uno-quinientos
cincuenta y nueve mil ciento quince.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. Gerardo Ruin Céspedes y Lic. Víctor Ml. Blanco Alvarado, conotarios.—1 vez.—RP2012301632.—(IN2012055791).
Se disuelve la sociedad denominada Grupo MH en
Servicios e Información Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil quinientos setenta y siete, según lo
que dispone el artículo doscientos uno inciso d, del Código de Comercio,
apartado VI de la directriz cero cero dos-dos mil doce del Registro de Personas
Jurídicas y transitorio II de
Se disuelve la sociedad denominada Servicios de
Investigaciones Seguridad y Asesoría de Cartagos S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-ciento sesenta y cuatro mil ochocientos ochenta y uno,
según lo que dispone el artículo doscientos uno inciso d, del Código de
Comercio, apartado VI de la directriz cero cero dos-dos mil doce del Registro
de Personas Jurídicas y transitorio II de
Se disuelve la sociedad denominada Elimax S. A.,
cédula tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil ciento veintidós,
artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio, apartado VI de la
directriz cero cero dos-dos mil doce del Registro de Personas Jurídicas y
transitorio II de
En escritura otorgada en esta notaría a las ocho
horas del siete de junio del año en curso, se protocoliza acuerdos tomados en
asamblea general extraordinaria de socios de Imprex en Positivo S. A.,
se modifica cláusula octava de la administración.—San
José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—RP20120301639.—(IN2012055795).
Ante esta notaría se ha protocolizado acta número
dos de la sociedad Anicoya Computers Sociedad Anónima, mediante la cual
los socios acuerdan la disolución y liquidación de la sociedad de conformidad
con el artículo doscientos uno, inciso A del Código de Comercio. Nicoya,
Guanacaste.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012301640.—(IN2012055796).
Ante esta notaría se ha protocolizado acta número
uno de la sociedad
Por escritura otorgada en esta notaría a las
quince horas y quince minutos del día de hoy, se acuerda la transformación de
la compañía Delfiplast S. A., en una sociedad de responsabilidad
limitada y se reforma totalmente su pacto constitutivo.—San
José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012301642.—(IN2012055798).
Por escritura otorgada en esta notaría a las
diecisiete horas veinte minutos del día de hoy, se modifica la cláusula octava
del pacto constitutivo de la sociedad Aplacor S. A.—San
José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Batalla Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012301643.—(IN2012055799).
Por escritura otorgada en esta notaría a las diez
horas treinta y ocho minutos del día de hoy, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas en la que se modifica la cláusula quinta
del pacto constitutivo de la sociedad Euro Prefabricados Holding Sociedad
Anónima.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Zelaya
Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP20120301644.—(IN2012055800).
Ante esta notaría por escritura otorgada ante mí,
a las 11:45 horas del 31 de mayo del 2012, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de Elpos de Centroamérica S. A., con cédula jurídica
número 3-101-537448, mediante la cual se acordó la disolución y desinscripción
de la sociedad.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2012301645.—(IN2012055801).
Ante la suscrita notaria se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de disolución de la sociedad Bosques
de Velarde Veinte A Sociedad Anónima. Otorgada a las catorce horas del
treinta del dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez,
Notaria.—1 vez.—RP2012301646.—(IN2012055802).
Ante esta notaría comparecen Juan de Dios García
Alfaro, cédula 9-0014-0710 y María de Los Ángeles Chacón Valverde, cédula
2-0261-0404, quienes conforman la totalidad del capital social de la empresa
denominada JDGA Mariscos
Mediante escritura número ciento treinta y cuatro,
otorgada ante esta notaría a las ocho horas del seis de junio del dos mil doce,
tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y
nueve s. a., reformó sus estatutos en lo que respecta a la denominación
social, el domicilio social y realizó nombramiento de junta directiva y fiscal.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Mario
Alberto Valladares Guilá, Notario.—1
vez.—RP2012301650.—(IN2012055804).
Mediante escrituras número: I) ciento treinta y
seis, otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del seis de junio del
dos mil doce, la sociedad Agrícola Don Tilo S. A.; II) ciento treinta y
siete, otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas del seis de junio del
dos mil doce, la sociedad Inversiones Ecoder del Norte M.M.C. S. A.;
III) ciento treinta y ocho, otorgada ante esta notaría a las ocho horas del
siete de junio del dos mil doce, la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos
sesenta y cinco mil cuatrocientos noventa s. a.; IV) ciento treinta y
nueve, otorgada ante esta notaría a las ocho horas treinta minutos del siete de
junio del dos mil doce, la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y
cinco mil cuatrocientos noventa y uno s. a.; y V) ciento cuarenta, otorgada
ante esta notaría a las nueve horas del siete de junio del dos mil doce, la
sociedad Hacienda Los Playones S. A., acordaron la disolución de todas
las sociedades, por lo que se otorga el plazo de treinta días a partir de esta
publicación para que cualquier eventual interesado se oponga a la misma.—San
José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Valladares Guilá,
Notario.—1 vez.—RP2012301651.—(IN2012055805).
Por escritura otorgada ante esta notaría el
treinta y uno de mayo del dos mil doce, se modifica la cláusula quinta: del
capital social de la compañía Rancho Margot Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dos mil noventa y cinco.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Farid
Beirute Brealey, Notario.—1
vez.—RP2012301654.—(IN2012055806).
En la notaría de Yalile Villalobos Zamora, se
disuelve la sociedad Transvideo Ltda. Escritura 367 del tomo 7 del
protocolo de la suscrita notaria.—San José, 8 de junio
del 2012.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1
vez.—RP2012301658.—(IN2012055807).
La sociedad denominada Gusi de Alajuela
Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica; tres-ciento uno-ciento
ochenta y cuatro mil ciento veinticuatro, reforma acta constitutiva, otorgado a
las ocho horas del siete de junio del dos mil doce, ante la licenciada María
del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro
Ugalde Víquez, Notaria.—1
vez.—RP2012301659.—(IN2012055808).
Ante esta notaría, al ser las quince horas del
treinta y uno de mayo de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea de
socios de la sociedad
Ante esta notaría al ser las nueve horas del siete
de junio de dos mil doce, se protocolizó la acta de disolución de la sociedad Crisol
de Hielo Limitada, cédula de persona jurídica número: tres-ciento
dos-quinientos cuarenta y un mil seiscientos noventa y tres. Presidente:
Richard Langhammer.—Ciudad Colón, siete de junio de
dos mil doce.—Lic. Stanley Mejía Mora, Notario.—1
vez.—RP2012301662.—(IN2012055810).
Por escritura 257, folio 118 frente del protocolo
8 del notario Marlon Arce Blanco, a las 11 horas del 4 de junio del 2012, se
acordó la disolución de la sociedad Ramblo M.F.R.M. Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-414476.—Lic. Marlon Arce Blanco,
Notario.—1 vez.—RP2012301664.—(IN2012055811).
Por escritura
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de
hoy, se constituyó la empresa denominada Mossa Sociedad Anónima.—Heredia, 24 de mayo del 2012.—Lic. Natalia Alvarado
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012301666.—(IN2012055813).
Ante esta notaría la señora Teresita Hernández
Mojica, solicita la disolución de la sociedad Osejo Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cero uno siete cero seis siete. Escritura
otorgada en San José, a las doce horas del veinticuatro de abril de dos mil
doce.—Lic. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—RP2012301667.—(IN2012055814).
El día de hoy ante mí, Lorena Montt Villacura,
notaria pública con oficina en San José, se constituyó Electromec Cuscatleca
S. A., presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma.—San José, diecisiete de mayo del dos
mil doce.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1
vez.—RP2012301668.—(IN2012055815).
El día de hoy ante mí, Lorena Montt Villacura,
notaria pública con oficina en San José, se constituyó Detcom Ingeniería y
Construcción S. A., presidente y tesorero con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, 24 de mayo
del 2012.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1
vez.—RP2012301669.—(IN2012055816).
El día de hoy ante mí, Lorena Montt Villacura,
notaria pública con oficina en San José, se constituyó Consultoría Mica
Moscovita S. A., presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—San José, 17 de mayo del 2012.—Lic. Lorena
Montt Villacura, Notaria.—1
vez.—RP2012301670.—(IN2012055817).
El día de hoy ante mí, Lorena Montt Villacura,
notaria pública con oficina en San José, se constituyó Vidrio Quin S. A.,
presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. Lorena
Montt Villacura, Notaria.—1
vez.—RP2012301671.—(IN2012055818).
Ante este notario, mediante escritura doce de las
trece horas del siete de junio de dos mil doce, se tomó el acuerdo de
disolución de la sociedad Manglar de Las Garzas S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y un mil ochocientos ochenta. Es
todo.—San José, siete de junio de dos mil doce.—Lic. Néstor
Solís Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2012301672.—(IN2012055819).
Ante este notario, mediante escritura trece de las
trece horas treinta minutos del siete de junio de dos mil doce, se tomó el
acuerdo de disolución de la sociedad Construcciones y Trabajos para
Ante este notario, mediante escritura catorce de
las catorce horas del siete de junio de dos mil doce, se tomó el acuerdo de
disolución de la sociedad Exploración Virtual S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos noventa y cinco mil trescientos cuarenta. Es
todo.—San José, siete de junio de dos mil doce.—Lic. Néstor
Solís Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2012301674.—(IN2012055821).
Ante este notario, mediante escritura quince de
las catorce horas treinta minutos del siete de junio de dos mil doce, se tomó
el acuerdo de disolución de la sociedad Meal S and Drink S Corp S.A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y cinco mil trescientos
nueve. Es todo.—San José, siete de junio de dos mil
doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2012301675.—(IN2012055822).
El día de hoy por escritura 155, se protocoliza
cambio de junta directiva y estatutos a la sociedad Momentos con Estilo S.A.,
escritura otorgada en la ciudad de Escazú, a las 16:00 horas del 22 de mayo del
2012.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012301676.—(IN2012055823).
Ante este notario, mediante escritura quince de
las quince horas del siete de junio de dos mil doce, se tomó el acuerdo de
disolución de la sociedad Producciones A.L.R S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos quince mil ochocientos ochenta y dos. Es todo.—San José, siete de junio de dos mil doce.—Lic. Néstor
Solís Bonilla, Notario.—1
vez.—RP20120301677.—(IN2012055824).
Por escritura 8 de las 9 horas del 6 de junio del
2012, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa María Luisa
Cartaginesa Limitada, en la cual se acordó, solicitar al Registro la
disolución de la empresa.—Cartago, 8 de junio del 2012.—Lic. Giovanni Portuguez
Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012301678.—(IN2012055825).
Por medio de la escritura número setenta y uno,
otorgada a las ocho horas del cinco de junio del dos mil doce, ante esta
notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Stone River H A Investments Sociedad Anónima, por medio
de la cual se acuerda disolver esta sociedad al no tener deudas, ni pasivos ni
activos, por lo que no se nombra liquidador que asuma esta función al no ser
necesaria y por lo que se revoca el poder de sus representantes.—Lic. José Manuel
Arias González, Notario.—1
vez.—RP2012301683.—(IN2012055826).
Mediante escritura número doscientos uno del
notario Sergio Mena Díaz, se procedió a disolver por acuerdo unánime de socios
la sociedad Tecno Módulos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
tres-ciento tres-tres ocho-ocho siete cuatro. Es todo.—Lic.
Sergio Mena Díaz, Notario.—1
vez.—RP20120301686.—(IN2012055827).
Mediante escritura número doscientos del notario
Sergio Mena Díaz, se procedió a disolver por acuerdo unánime de socios la sociedad
Tuttili Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres ciento uno-dos
cinco uno-siete siete uno. Es todo.—Lic. Sergio Mena
Díaz, Notario.—1 vez.—RP20120301688.—(IN2012055828).
En la notaría del Lic. Roldan Morales Novoa, se
protocolizó el acta de disolución de la sociedad A & B Tecnología
Internacional Limitada, con cédula de persona jurídica tres-ciento
dos-veinte noventa cincuenta y seis. Es todo.—San
José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Roldan Morales Novoa, Notario.—1 vez.—RP2012301690.—(IN2012055829).
En la notaría del Lic. Roldan Morales Novoa, se
protocolizó el acta de disolución de la sociedad Luca Mar del Pacífico
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-veinticuatro ochenta y uno treinta y uno. Es todo.—San
José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Roldan Morales Novoa, Notario.—1 vez.—RP2012301691.—(IN2012055830).
En esta notaría al ser las doce horas y seis
minutos del 26 de abril del 2012, se protocolizó el acta número dos de asamblea
de cuotistas de la sociedad Restaurante Pollos y Karaoke Noventa y Ocho
Limitada, en la cual se modificó la cláusula referente a la administración.
Es todo.—Limón, Pococí, diecisiete de mayo de dos mil
doce.—Lic. David López García, Notario.—1
vez.—RP2012301692.—(IN2012055831).
En esta notaría al ser las dieciocho horas y dos
minutos del siete de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad anónima
cuya denominación será otorgada por el Registro Público de acuerdo al decreto
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, de acuerdo a la escritura número
cien-cinco, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Es todo.—Limón, Pococí, ocho de junio de dos mil doce.—Lic. David
López García, Notario.—1
vez.—RP2012301693.—(IN2012055832).
Ante el Lic. Marvin Ramírez Víquez,
el día 8 de junio del 2012, se disuelve Cotton Clouds Limitada.—15 de
mayo del 2012.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1
vez.—RP2012301695.—(IN2012055833).
Ante este notario, mediante
escritura número diecisiete de las quince horas treinta minutos del siete de
junio del dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad Transportes
Reiben S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y
tres mil cero setenta y cuatro. Es todo.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012301696.—(IN2012055834).
Ante el Lic. Marvin Ramírez
Víquez, el día 8 de junio del 2012, se disuelve Maispa S. A.—San José, 8
de junio del 2012.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1
vez.—RP2012301697.—(IN2012055835).
Ante este notario, mediante
escritura número dieciocho de las dieciséis horas del siete de junio del dos
mil doce, se modificó la cláusula del capital social del pacto constitutivo de
la sociedad Inversiones MV-Queskomo de Costa Rica Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y un
mil ochocientos ochenta y cuatro. Es todo.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012301698.—(IN2012055836).
Ante esta notaría, escritura Nº
294/1, la totalidad de socios de la sociedad denominada Servicios
Aeronáuticos Internacionales LK Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-525662, acordó la disolución y liquidación de la citada sociedad
prescindiendo del trámite correspondiente de adjudicación por no haber pasivos
ni activos.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Joaquín Bernardo Fernández
Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012301700.—(IN2012055837).
María del Pilar Arias Murillo,
cédula Nº 2-294-388, dueña de la totalidad del capital social de L Y M de
San Pedro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-155449, acuerda su disolución en
San Pedro de Poás.—Alajuela, a las quince horas del primero de junio del dos
mil doce.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1
vez.—RP2012301702.—(IN2012055838).
Juan Guillermo Brenes Vega, Ana
Felicia Ugalde Vega y Joaquín Alberto Brenes Ugalde, constituyen Cocaleca
Hermanos JJB Sociedad Anónima, en San Pedro de Poás.—Alajuela, a las dieciséis
horas del cuatro de junio del dos mil doce.—Lic. Aura Céspedes Ugalde,
Notaria.—1 vez.—RP2012301703.—(IN2012055839).
Ronald Zamora Cerdas y Ramón
Francisco Cerdas Mora, solicitan al Registro Público por unanimidad, la
disolución de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro
mil quinientos ochenta sociedad anónima, en San Pedro de Poás.—Alajuela, a
las quince horas del seis de junio del dos mil doce.—Lic. Aura Céspedes Ugalde,
Notaria.—1 vez.—RP2012301704.—(IN2012055840).
Mimstan Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-345890, modifica pacto social constitutivo y nombra nuevo presidente, en
San Pedro de Poás.—Alajuela, a las diecisiete horas del siete de junio del dos
mil doce.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012301706.—(IN2012055841).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 09:00 horas del 10 de mayo del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Compañía Jodie Publicidad
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 09:30 horas del 10 de mayo del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de MCB Uno Sociedad Anónima,
en la que se modifica la cláusula cuarta, del pacto constitutivo.—San José, 14
de mayo del 2012.—Lic. Rafael Ángel Calderón Pacheco, Notario.—1
vez.—RP2012301709.—(IN2012055843).
Mediante escritura Nº 55 de las
07:00 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Plazoleta de
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 10:00 horas del 10 de mayo del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Compañía Londinium
Mediante escritura Nº 56 de las
08:00 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Catarata Seca Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos once mil setecientos treinta y ocho, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1
vez.—RP2012301712.—(IN2012055846).
Mediante escritura Nº 57 de las
09:00 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Barranca Otoñal Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos nueve mil seiscientos cincuenta y cinco, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1
vez.—RP2012301713.—(IN2012055847).
Por escritura otorgada ante el
notario Héctor Manuel Fallas Vargas, a las quince horas del siete de junio del
dos mil doce, la sociedad Outsourcing Administrativo Sociedad Anónima,
modificó la cláusula quinta del capital social siendo de trescientos cuatro
millones novecientos veinte mil colones.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012301714.—(IN2012055848).
Por escritura pública otorgada
ante el notario Alfredo Gallegos Villanea, en San José, a las catorce horas
treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil doce, se constituyó la
sociedad K-Schmidt Sociedad Anónima. Capital: doce mil colones.
Presidente: Carlos Schmidt Fonseca.—San José, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1
vez.—RP2012301715.—(IN2012055849).
Mediante escritura Nº 58 de las
10:00 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Barranca El Girasol Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos nueve mil novecientos treinta y cuatro, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1
vez.—RP2012301716.—(IN2012055850).
Mediante escritura Nº 59 de las
11:00 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Camino Largo Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos diez mil cero cuarenta y cinco, por lo que según el artículo
207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta
publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1
vez.—RP2012301717.—(IN2012055851).
Por escritura Nº 44 de 08:00
horas del 31 de mayo del 2012, de la notaria Celina María González Ávila, se
disuelve la sociedad Inversiones Jimuri G J C M Sociedad Anónima.—Lic.
Celina María González Ávila, Notaria.—1 vez.—RP2012301719.—(IN2012055852).
Mediante escritura Nº 66-7,
otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del 23 de abril del 2012,
protocolicé acta de asamblea extraordinaria de El Taco de Oro S. A.,
celebrada en el domicilio social, a las 18:00 horas del 12 de abril del 2012,
en virtud de la cual se reforma la cláusula primera para que en adelante se
lea: Primera: La sociedad se denominará Alcalan S. A., el cual es nombre
de fantasía.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Anayancy Vallejos Quirós,
Notaria.—1 vez.—RP2012301720.—(IN2012055853).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del día siete de junio del dos mil doce, se
constituyó la sociedad Cyber Life Hall Sociedad Anónima. Capital social:
diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. El presidente tiene la
representación judicial y extrajudicial.—San José, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—RP2012301721.—(IN2012055854).
Hoy protocolicé acta de asamblea
de socios de Cisgol S. A., donde se disuelve la sociedad.—San José, 7 de
junio del 2012.—Lic. William Vega Mora, Notario.—1
vez.—RP2012301722.—(IN2012055855).
Hoy protocolicé acta de asamblea
de socios de Geodetec Ambiental S. A., donde se disuelve la
sociedad.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Kattia Alvarado Esquivel,
Notaria.—1 vez.—RP2012301723.—(IN2012055856).
El suscrito notario hace constar
que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las nueve
horas cinco minutos del día seis de junio del dos mil doce, se modifica la
cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio de la sociedad
denominada Tres-ciento uno-seiscientos treinta y un mil ochocientos siete S.
A.—Cartago, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Erick Fabricio Jiménez
Masís, Notario.—1 vez.—RP2012301724.—(IN2012055857).
En mi notaría, mediante
escritura Nº 62 otorgada a las 16:00 horas del siete de junio del dos mil doce,
se disolvió la sociedad Asistencias El Roble Limitada.—Turrialba, 7 de
junio del 2012.—Lic. Marvin Orocú Chavarría, Notario.—1
vez.—RP2012301725.—(IN2012055858).
Por escritura otorgada a las
once horas del veintitrés de abril del dos mil doce, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inverbeta Sociedad
Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta
sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Dr. Fernando Mora Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2012301726.—(IN2012055859).
Por escritura otorgada a las
nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de abril del dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Lambex
Sociedad Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta
sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Dr. Fernando Mora Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2012301728.—(IN2012055860).
Por escritura otorgada a las
nueve horas del veintisiete de abril del dos mil doce, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad cuatrocientos
noventa mil seiscientos sesenta sociedad anónima, por la que se acuerda la
disolución y liquidación de esta sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio del
2012.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012301729.—(IN2012055861).
Por escritura otorgada a las
dieciséis horas del veintisiete de abril del dos mil doce, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Lizopin Sociedad
Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta
sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Dr. Fernando Mora Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2012301730.—(IN2012055862).
El suscrito notario da fe que en
mi notaría, en Nicoya, al ser las nueve horas del cuatro de junio del dos mil
doce, se protocolizó acta de asamblea de socios para disolver la entidad
denominada Calatac Sociedad Anónima.—San José, ocho de junio del dos mil
doce.—Lic. Erwin Alan Seas, Notario.—1 vez.—RP2012301731.—(IN2012055863).
Por escritura otorgada a las
nueve horas del veintisiete de abril del dos mil doce, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones
Yndianas Sociedad Anónima, por la que se acuerda la disolución y
liquidación de esta sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic.
Manuel Bolaños Morales, Notario.—1 vez.—RP2012301732.—(IN2012055864).
Por escritura número ciento
sesenta y ocho, otorgada a las veinte horas del siete de junio del dos mil
doce, comparecen el señor Luis Alonso Lizano Muñoz, y la señora María Lourdes
Zelaya Goebel, en calidad de propietarios de la totalidad del capital social de
la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos quince mil seiscientos
cincuenta y nueve sociedad anónima. Se conoce el acuerdo de socios y se
procede a disolver la sociedad anónima. Es todo.—San José, ocho de junio del
dos mil doce.—Lic. Eduardo Aráuz Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2012301733.—(IN2012055865).
El suscrito notario hace constar
que por medio de la escritura número ciento cuarenta y nueve, otorgada a las
diez horas del veintiocho de abril del dos mil doce, se protocolizó
manifestación de disolución de la sociedad denominada Servicios de Seguridad
Ruiz y Díaz Sociedad Anónima.—San José, 28 de abril del 2012.—Lic. Leonardo
Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—RP2012301734.—(IN2012055866).
Mediante escritura Nº 61 de las
13:00 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos Once
Tejas Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos
once mil setecientos sesenta y cuatro, por lo que según el artículo 207 del
Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta
publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1
vez.—RP2012301736.—(IN2012055867).
Mediante escritura Nº 60 de las
12:00 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Archipiélago Las Tejas Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos once mil doscientos veinte, por lo que según el artículo 207
del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta
publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1
vez.—RP2012301738.—(IN2012055868).
Mediante escritura Nº 62 de las
14:00 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Montículo Verde Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos once mil doscientos veintisiete, por lo que según el artículo
207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir de esta
publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos mil
doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1
vez.—RP2012301740.—(IN2012055869).
Mediante escritura Nº 63 de las
15:00 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Montaña Virgen Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos doce mil setecientos ochenta y tres, por lo que según el
artículo 207 del Código de Comercio se otorga un plazo de treinta días a partir
de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1
vez.—RP2012301741.—(IN2012055870).
Mediante escritura Nº 64 de las
16:00 horas del 1º de junio del 2012, en el tomo 5 del protocolo de la notaria
Marianne Lierow Dundorf, se disuelve la sociedad Propiedades y Terrenos
Hondonada de
Por escritura número dos del
primero de junio del dos mil doce, protocolicé acta de disolución de la empresa
W.U. Ifengard Corporation S. A., cédula jurídica Nº 3-101-388872.—Lic.
Edwin Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—RP2012301743.—(IN2012055872).
Por escritura Nº 207 otorgada
ante esta notaría, a las 12:30 horas del 6 de junio del 2012, se acordó la
disolución y liquidación de la sociedad denominada Servicios Domésticos
Ramírez Mora S. A.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Jorge Antonio Avilés
Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012301745.—(IN2012055873).
Por escritura Nº 208 otorgada
ante esta notaría, a las 13:00 horas del 6 de junio del 2012, se acordó la
disolución y liquidación de la sociedad denominada Servicios Administrativos
Cuevas S. A.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Jorge Antonio Avilés
Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012301746.—(IN2012055874).
Por escritura Nº 209 otorgada
ante esta notaría, a las 13:30 horas del 6 de junio del 2012, se acordó la
disolución y liquidación de la sociedad denominada Servicios Administrativos
Biznet S. A.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval,
Notario.—1 vez.—RP2012301747.—(IN2012055875).
Por escritura otorgada a las diez horas treinta
minutos del veintitrés de abril del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Puysegur Sociedad Anónima,
por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Dr. Fernando Mora Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2012301749.—(IN2012055876).
Por escritura otorgada a las
catorce horas diez minutos del diecinueve de abril del dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Laikipia
Sociedad Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta
sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Dr. Fernando Mora Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2012301750.—(IN2012055877).
Por escritura otorgada a las
nueve horas quince minutos del veintitrés de abril del dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Forix
Sociedad Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta
sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Dr. Fernando Mora Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2012301751.—(IN2012055878).
Por escritura otorgada a las
nueve horas del veintitrés de abril del dos mil doce, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Somtrax Sociedad
Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta
sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Dr. Fernando Mora Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2012301752.—(IN2012055879).
Por escritura otorgada a las
catorce horas del diecinueve de abril del dos mil doce, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Midalex Sociedad
Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta
sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Dr. Fernando Mora Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2012301753.—(IN2012055880).
Por escritura autorizada a las
ocho horas treinta minutos del primero de junio del dos mil doce, protocolicé
acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos veintitrés sociedad anónima,
en que se reforman las cláusulas primera, quinta y sexta del estatuto en cuanto
a denominación, distribución del capital y representación y se designa
vicepresidente, secretario y tesorero. Nueva denominación Prados del Río
Rental and Property Management Sociedad Anónima, que se traduce al español
como Prados del Río Alquileres y Administración de Propiedades Sociedad
Anónima.—Liberia, primero de junio del dos mil doce.—Lic. Gerardo Camacho
Nassar, Notario.—1 vez.—RP2012301755.—(IN2012055881).
Por escritura autorizada a las
ocho horas del primero de junio del dos mil doce, protocolicé acuerdos de la
asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento
uno-seiscientos cuarenta y cinco mil setecientos noventa y cinco sociedad
anónima, en que se reforma la cláusula sétima del estatuto en cuanto a
representación y se designa nuevo presidente y secretario. Presidente: Dave
Ravindra.—Liberia, primero de junio del dos mil doce.—Lic. Gerardo Camacho
Nassar, Notario.—1 vez.—RP2012301756.—(IN2012055882).
Por escritura autorizada a las
nueve horas del primero de junio del dos mil doce, protocolicé acuerdos de la
asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos veinticuatro sociedad anónima,
en que se reforman las cláusulas primera, quinta y sexta del estatuto en cuanto
a denominación, distribución del capital y representación y se designa
vicepresidente, secretario y tesorero. Nueva denominación Prados del Río
Sales and Marketing Sociedad Anónima, que se traduce al español como Prados
del Río Ventas y Mercadeo Sociedad Anónima.—Liberia, primero de junio del
dos mil doce.—Lic. Gerardo Camacho Nassar, Notario.—1
vez.—RP2012301757.—(IN2012055883).
Por escritura autorizada a las
nueve horas treinta minutos del primero de junio del dos mil doce, protocolicé
acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos veinticinco sociedad anónima,
en que se reforman las cláusulas primera, quinta y sexta del estatuto en cuanto
a denominación, distribución del capital y representación y se designa
vicepresidente, secretario y tesorero. Nueva denominación Prados del Río
Financing Sociedad Anónima, que se traduce al español como Prados del
Río Financiación Sociedad Anónima.—Liberia, primero de junio del dos mil
doce.—Lic. Gerardo Camacho Nassar, Notario.—1
vez.—RP2012301758.—(IN2012055884).
Por escritura otorgada a las
14:00 horas del día 7 de junio del 2012, protocolicé el acta Nº 3 de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la empresa Conservative Holdings S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-328058, según la cual los socios acuerdan por
unanimidad disolver la sociedad.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notaria.—1
vez.—RP2012301760.—(IN2012055885).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 13:30 horas del día 29 de mayo del 2012, se constituye sociedad anónima Solidus
R.S.E. Consulting S. A., la cual es de nombre de fantasía. Domicilio: en
San José, República de Costa Rica. El capital social: es de doce mil colones
exactos, íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Presidente,
representación judicial, todos con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma. Presidenta: Viviana García Chacón.—Lic. Andrés Calvo Herra,
Notario.—1 vez.—RP2012301761.—(IN2012055886).
Por escritura otorgada a las
once horas treinta y cinco minutos del día seis de junio del dos mil doce, se
modifica en su totalidad la cláusula primera y sexta del pacto constitutivo de
la empresa de esta plaza Construcciones MLS Dos Uno-Veintiuno Sociedad
Anónima.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Marcelo José
Gamboa V., Notario.—1 vez.—RP2012301762.—(IN2012055887).
Por escritura Nº 276 otorgada
ante esta notaría, a las 11:30 horas del 5 de junio del 2012, se protocoliza
acuerdo asamblea general extraordinaria de Transporte Ave Roja S. A.,
cédula Nº 3-101-397509, donde se acuerda por unanimidad de votos la disolución
de la sociedad.—Cartago, 5 de junio del 2012.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo,
Notaria.—1 vez.—RP2012301763.—(IN2012055888).
Por escritura Nº 278 otorgada
ante esta notaría, a las 08:30 horas, se protocoliza acuerdo asamblea general
extraordinaria de Ortesistas Protesistas Certificados S. A., cédula Nº
3-101-608988, donde se acuerda por unanimidad de votos la disolución de la
sociedad.—Cartago, 8 de junio del 2012.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1
vez.—RP2012301764.—(IN2012055889).
Por escritura protocolizada en
la ciudad de Cartago, a las ocho horas del día siete del mes de junio del dos
mil doce, se solicita la disolución de la sociedad denominada Importadora y
Distribuidora Hugo Sociedad Anónima.—Cartago, siete de junio del dos mil
doce.—Lic. Aspasia Brenes Papayorgo, Notaria.—1
vez.—RP2012301765.—(IN2012055890).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las 10:00 horas del 8 de junio del 2012, se procedió a liquidar
y disolver la sociedad denominada Maydu del Sesenta y Nueve S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-527094. Cualquier interesado o terceras personas que
se opongan a ésta, o tengan algún alegato al respecto favor hacerlo de
conocimiento mediante comunicado al domicilio de la sociedad ubicado en San
José, San Cayetano, de la iglesia cien metros al oeste, casa esquinera. Es
todo.—MSc. Marzuneth Víquez Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012301766.—(IN2012055891).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las 09:30 horas del 8 de junio del 2012, se procedió a
liquidar y disolver la sociedad denominada Papeca Comercial S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-313959. Cualquier interesado o terceras personas que
se opongan a ésta, o tengan algún alegato al respecto favor hacerlo de
conocimiento mediante comunicado al domicilio de la sociedad ubicado en San
José, San Cayetano, costado este del Parque Antonio Escarre. Es todo.—MSc.
Marzuneth Víquez Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012301767.—(IN2012055892).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las 14:00 horas del 1º de junio del 2012, se procedió a
liquidar y disolver la sociedad denominada Grupo Sagimo S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-237530. Cualquier interesado o terceras personas que se
opongan a ésta, o tengan algún alegato al respecto favor hacerlo de
conocimiento mediante comunicado al domicilio de la sociedad ubicado en San
José, Barrio Naciones Unidas,
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las 14:00 horas del 5 de junio del 2012, se procedió a
liquidar y disolver la sociedad denominada Haciendas de
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las 15:00 horas del 5 de junio del 2012, se procedió a
liquidar y disolver la sociedad denominada Da & Ru Borge Aburto S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-600989. Cualquier interesado o terceras personas que
se opongan a ésta, o tengan algún alegato al respecto favor hacerlo de
conocimiento mediante comunicado al domicilio de la sociedad ubicado en Zapote,
Condominio El Doral. Es todo.—MSc. Marzuneth Víquez Soto, Notaria.—1
vez.—RP2012301770.—(IN2012055895).
Por acuerdo de asamblea general
de socios de Quazar de Oro Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-dos seis dos ocho cuatro nueve, se acuerda disolver la sociedad
tal y como lo establece el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio. La sociedad no tiene actualmente ningún bien o activo ni tiene
actividades ni operaciones de ninguna naturaleza por lo que se prescinde del nombramiento
del liquidador.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Elizabeth Angulo Gatjens,
Notaria.—1 vez.—RP2012301771.—(IN2012055896).
Mediante escritura Nº 184 del
protocolo sexto de la suscrita notaria, se solicita disolver la empresa Alcarchos
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos veintiséis mil quinientos ochenta y cuatro, en la ciudad de
Cahuita, a las 17:00 horas del 7 de junio del 2012.—Lic. Floribeth Gómez
Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2012301774.—(IN2012055897).
Mediante escritura Nº 185 del
protocolo sexto de la suscrita notaria, se solicita disolver la empresa Angelina
de Cahuita Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-583243, en la
ciudad de Cahuita, a las 17:30 horas del 7 de junio del 2012.—Lic. Floribeth
Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2012301775.—(IN2012055898).
Mediante escritura Nº 186 del
protocolo sexto de la suscrita notaria, se solicita disolver la empresa Lunakawa
Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-284327, en la ciudad de
Cahuita, a las 18:00 horas del 7 de junio del 2012.—Lic. Floribeth Gómez
Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2012301776.—(IN2012055899).
Mediante escritura Nº 187 del
protocolo sexto de la suscrita notaria, se solicita disolver la empresa Chicoutimi
Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-243167, en la ciudad de
Cahuita, a las 18:30 horas del 7 de junio del 2012.—Lic. Floribeth Gómez
Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2012301777.—(IN2012055900).
A quien interese de conformidad
con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del
Código de Comercio, se procede a la disolución Inverciones Maripe M.V.P
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres cero nueve
seis cinco dos, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan
realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. José Armando
Angulo Viales, Notario.—1 vez.—RP2012301779.—(IN2012055901).
Mediante escritura Nº 94 del
protocolo sexto de la suscrita notaria, se solicita disolver la empresa
A quien interese de conformidad
con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del
Código de Comercio, se procede a la disolución Pavaldanny Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro nueve cuatro cinco cero tres,
para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones
de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. José Armando Angulo Viales,
Notario.—1 vez.—RP2012301780.—(IN2012055903).
Por escritura autorizada por el
suscrito notario, a las 9 horas 30 minutos del 18 de mayo del 2012, protocolizo
acta de asamblea de accionistas de Skipana S. A., cédula jurídica Nº
3-101-471506, de 09:00 horas del 10 de mayo del 2012, por la que se acuerda su
disolución.—Lic. Joaquín Sancho Mora, Notario.—1
vez.—RP2012301781.—(IN2012055904).
Que por escritura otorgada a las
diez horas treinta minutos del día treinta y uno de mayo del dos mil doce,
Harold Badilla Milanes y Melissa Díaz Ramos, constituyen Grupo Conecte
Electromecánica Sociedad Anónima.—San José, 5 de junio del 2012.—Lic.
Johanna Bonilla Ulloa, Notaria.—1 vez.—RP2012301782.—(IN2012055905).
Por escritura autorizada por el
suscrito notario, a las 11:00 horas del 18 de mayo del 2012, protocolizo acta
de asamblea de accionistas de C.G.W. Carwall S. A., cédula jurídica Nº
3-101-232422, de 11 horas 30 minutos del 10 de mayo del 2012, por la que se
acuerda su disolución.—Lic. Joaquín Sancho Mora, Notario.—1
vez.—RP2012301783.—(IN2012055906).
Por escritura autorizada por el
suscrito notario, a las 10 horas 30 minutos del 18 de mayo del 2012,
protocolizo acta de asamblea de accionistas de Grupo Pesquero Quepos S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-83441, de 9 horas 30 minutos del 10 de mayo del 2012,
por la que se acuerda su disolución.—Lic. Joaquín Sancho Mora, Notario.—1
vez.—RP2012301784.—(IN2012055907).
Por escritura otorgada a las once
horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil doce, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Imarex
Internacional Sociedad Anónima, por la que se acuerda la disolución y
liquidación de esta sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Dr.
Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012301786.—(IN2012055908).
Por escritura otorgada a las
once horas cuarenta minutos del diecinueve de abril de dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Indroz
Sociedad Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta
sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio de dos mil doce.—Lic. Fernando Mora
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012301787.—(IN2012055909).
Por escritura otorgada a las
ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de abril de dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tonifex
Sociedad Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta
sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio del dos mil doce.—Dr. Fernando Mora
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012301789.—(IN2012055910).
Por escritura otorgada a las
diez horas del siete de mayo de dos mil doce, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Supralab Sociedad Anónima,
por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta sociedad. Es
todo.—San José, 7 de junio de dos mil doce.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1
vez.—RP2012301790.—(IN2012055911).
Por escritura otorgada, a las
nueve horas treinta minutos del veintitrés de abril de dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Korpel
Sociedad Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta
sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio de dos mil doce.—Dr. Fernando Mora
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012301791.—(IN2012055912).
Protocolización del acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de
esta plaza Grupo Konectiva Latam Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno- trescientos ochenta y ocho mil quinientos
noventa, mediante la cual se reforma de manera integral del pacto social.
Escritura otorgada a las nueve horas cincuenta minutos del ocho de junio del
2012.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1
vez.—RP2012301793.—(IN2012055913).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Treinta y Ocho Mil Doscientos Cincuenta Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula primera del nombre se denominará Ecuaholding
Investmens Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula décimo quinta de la
administración, escritura otorgada a las diecisiete horas veinticinco minutos
del siete de junio del dos mil doce.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez,
Notario.—1 vez.—RP2012301794.—(IN2012055914).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las quince horas veinte minutos del día siete de junio del dos mil
doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad
denominada Verapaz de San Vicente VSV Ltda. Donde se da por disuelta y
liquidada la sociedad.—San José, siete de junio del dos mi doce.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012301795.—(IN2012055915).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las dieciocho horas del día siete de junio del dos mil doce, donde
se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-489766
SRL. Donde se da por disuelta y liquidada la sociedad.—San José, siete de
junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2012301796.—(IN2012055916).
Que ante la notaría pública de
Eduardo Arroyo Boirivant, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con
lo establecido en el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio,
la sociedad denominada Consorcio de Perla Mar Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y tres mil ciento
noventa y seis. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en
la dirección física ubicada en San José, Guadalupe, Santo Tomás de Calle
Blancos, de la fábrica Conoplast, cien metros al sur, en el término de un mes a
partir de la publicación de este aviso.—Ciudad Quesada, ocho de julio de dos
mil doce.—Lic. Eduardo Arroyo Boirivant, Notario.—1
vez.—RP2012301797.—(IN2012055917).
En escritura otorgada ante el
suscrito notario, número doscientos cincuenta y ocho del seis de junio del dos
mil doce, visible al folio ciento treinta vuelto y ciento treinta y uno frente
del tomo diecisiete de mi protocolo, los socios solicitan la disolución la
sociedad denominada Comercializadora de Bovinos Zúñiga & Duarte S. A.,
cédula jurídica 3-101-578350.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1
vez.—RP2012301798.—(IN2012055918).
En escritura otorgada ante el
suscrito notario, número doscientos sesenta y dos del seis de junio del dos mil
doce, visible al folio ciento treinta y dos hasta el ciento treinta y tres
frente del tomo diecisiete de mi protocolo, los socios solicitan la disolución
la sociedad denominada Transportes Zúñiga de Cariari S. A., cédula
jurídica 3-101-510189.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1
vez.—RP2012301799.—(IN2012055919).
En escritura otorgada ante el
suscrito notario, número doscientos sesenta y uno del seis de junio del dos mil
doce, visible al folio ciento treinta y dos frente y vuelto del tomo diecisiete
de mi protocolo, los socios solicitan la disolución la sociedad denominada Subasta
Ganadera de Sarapiquí S. A., cédula jurídica 3-101-362580.—Lic. Marcos
Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012301800.—(IN2012055920).
En escritura otorgada ante el
suscrito notario, número noventa y tres del cuatro de junio del dos mil doce,
visible al folio sesenta y siete frente y vuelto y sesenta y ocho frente del
tomo veintiséis de mi protocolo, los socios solicitan la disolución la sociedad
denominada Villa Escondida S. A. cedula jurídica 3-101-322969.—Lic. Luis
Javier Madrigal Soto, Notario.—1 vez.—RP2012301801.—(IN2012055921).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las once horas y treinta minutos de hoy día cinco de junio del
dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones Mayakovskaya
Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-
cuatrocientos treinta y seis mil cuatrocientos doce, en donde se solicita la
disolución de la sociedad.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. María
José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012301802.—(IN2012055922).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las nueve horas de hoy día seis de junio del año dos mil doce,
se protocolizó acta de la sociedad Gremochi S. A. titular de la cédula
jurídica número tres-ciento uno-ochenta y cinco mil setecientos treinta y tres,
en donde se solicita la disolución de la sociedad.—San José, seis de junio del
dos mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1
vez.—RP2012301803.—(IN2012055923).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las diez horas y treinta minutos del seis de junio del dos mil
doce, se protocolizó acta de la sociedad Multiservicios Luna Sociedad
Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y nueve
mil quinientos cuarenta y seis, en donde se solicita la disolución de la
sociedad.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1
vez.—RP2012301805.—(IN2012055924).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las ocho horas del primero de junio del dos mil doce, se acuerda
disolver la sociedad DDS Discovery Dos Mil Siete Sociedad Anónima.—Lic.
Francisco José Castro Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012301806.—(IN2012055925).
Ante esta notaría se disolvió la
sociedad denominada Ambae del Sol Sociedad Anónima, con cédula jurídica
tres-ciento uno- doscientos noventa y nueve quinientos cincuenta y tres con
domicilio en San José, San José, Sabana Sur de cuatrocientos metros al sur de
Ante esta notaría se disolvió la
sociedad denominada Corporación Perú Tica Sociedad Anónima, con cédula
jurídica tres-ciento uno- cero ochenta y cinco trescientos setenta y seis con
domicilio en San José, San Sebastián de la iglesia católica seiscientos metros
al este, escritura número doscientos cincuenta y ocho.—San José, siete de junio
del dos mil doce.—Lic. Nidia María Bustamante Bustamante, Notaria.—1
vez.—RP2012301808.—(IN2012055927).
El suscrito notario hago
constar, que en el tomo diez del protocolo del licenciado Carlos Luis Guerrero
Solazar se está disolviendo la compañía denominada Mafemo de Santa Ana S.
A.; y la compañía Comercializadora Mototaxi JK Costa Rica
Sociedad Anónima; y las compañías 3-101-564327 y 3-101-564931
y se esta constituyendo la sociedad Disar SR S. A. Es todo.—Santa Ana, 6
de junio del 2012.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.—1
vez.—RP2012301809.—(IN2012055928).
Por escritura 270 del tomo 19 de
mi protocolo se disuelve la empresa Comercializadora Rodríguez Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - seis cuatro
seis tres uno uno, otorgada al ser las once horas del siete de junio de dos mil
doce.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2012301812.—(IN2012055929).
Por escritura 271 del tomo 19 de
mi protocolo se disuelve la empresa Solo Good de Grecia Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres -ciento uno - seiscientos cuarenta y
seis mil doscientos sesenta y ocho, otorgada al ser las once horas diez minutos
del siete de junio de dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez,
Notaria.—1 vez.—RP2012301813.—(IN2012055930).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, el día de hoy, los señores Flora Sojo Palma y Daniel Antonio
Madrigal Sojo liquidaron la compañía domiciliada en San Francisco de
Goicoechea, Inversiones Sojo Gonda Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres- ciento uno- trescientos seis mil novecientos ochenta y dos,
prescindiéndose del proceso de liquidación por no existir activos ni pasivos a
nombre de la sociedad.—Goicoechea, veintiocho de mayo de dos mil doce.—Lic.
María Antonieta Argüello Garita, Notaria.—1 vez.—RP2012301814.—(IN2012055931).
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios de las 14:00 horas del 23 de marzo del año 2012, se
acordó la disolución de la sociedad denominada Importadora Asiática S. A.,
con cédula jurídica 3-101-121.357.—Cartago, 26 de marzo del 2012.—Lic. Olga
Margarita Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012301816.—(IN2012055932).
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios de las 07 horas del 06 de junio del año 2012, se
acordó la disolución de la sociedad denominada Representaciones Petroleras
de Medio Oriente S. A., con cédula jurídica 3-101-218507.—Cartago, 6 de
junio del 2012.—Lic. Olga Margarita Alfaro Salas, Notaria.—1
vez.—RP2012301817.—(IN2012055933).
Por escritura número trescientos
once-dieciséis de las dieciséis horas del cuatro de junio de dos mil doce, del
tomo dieciséis del notario Marco Aurelio Maroto Marín, se disolvió la sociedad
Por escritura número trescientos
doce-dieciséis de las diecisiete horas del cuatro de junio de dos mil doce, del
tomo dieciséis del notario Marco Aurelio Maroto Marín, se disolvió la sociedad Poli
Negocios S C S. A., dicha sociedad no posee activos ni deudas, con ninguna
persona ni institución. Es todo.—San José cuatro de junio de dos mil doce.—Lic.
Marco Aurelio Maroto Marín, Notario.—1 vez.—RP2012301822.—(IN2012055935).
El suscrito Lic. Jonnathan Rojas
Alvarado, pongo en conocimiento la solicitud de Helber Brenes Arce; para la
apertura de proceso de liquidación de la sociedad El Brujo de
El suscrito Lic. Jonnathan Rojas
Alvarado, informo que mediante escritura número ciento ochenta, de mi protocolo
catorce la sociedad Compañía Agrícola Bergel S. A. cédula jurídica tres-
ciento uno- noventa y siete mil quinientos treinta y dos, modificó la cláusula
sétima del pacto social.—Cartago, cinco de junio del año dos mil doce.—Lic.
Jonnathan Rojas Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012301825.—(IN2012055938).
Por escritura otorgada a las
quince horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Clamayen
Sociedad Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta
sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio de dos mil doce.—Dr. Fernando Mora
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012301826.—(IN2012055939).
Por escritura de las once horas
del ocho de junio del dos mil doce, Fajos Real State Sociedad Anónima,
disuelve la sociedad, indicando que no tiene bien o activo alguno, deuda o
pasivo alguno, ni operaciones ni actividades de ninguna naturaleza, por lo que
se prescinde de nombrar liquidador y demás trámites de liquidación.—Lic.
Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2012301827.—(IN2012055940).
Por escritura otorgada a las
diez horas del veintitrés de abril de dos mil doce, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Riminax Sociedad
Anónima, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta
sociedad. Es todo.—San José, 7 de junio de dos mil doce.—Dr. Fernando Mora
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012301828.—(IN2012055941).
En mi notaría, por escritura de
las 10:00 horas, del 24 de mayo del 2012, se protocoliza acuerdo de asamblea
general extraordinaria de socios que disuelve la sociedad Olas Puntas S. A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-314077.—Lic. Juan Francisco Ruiz Monge,
Notario.—1 vez.—RP2012301829.—(IN2012055942).
El suscrito, Alonso Calderón
Jiménez, notario público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que
mediante escritura número diez, iniciada al folio seis frente, del tomo tercero
de mi protocolo, otorgada ante mi notaría, a las doce horas del seis de junio
del dos mil doce, se acordó revocar las facultades y representación que ostenta
la presidente y reformar la cláusula sexta de la administración de la sociedad
anónima denominada Restaurante Pizzería El Paraíso de Alida Sociedad Anónima
cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y seis mil quinientos
cincuenta y nueve.—Atenas, 6 de junio del 2012.—Lic. Alonso Calderón Jiménez,
Notario.—1 vez.—RP2012301830.—(IN2012055943).
En mi notaría, por escritura de
las 10:00 horas, del 20 de mayo del 2012, se protocoliza acuerdo de asamblea
general extraordinaria de socios que disuelve la sociedad R&C Asesorías
S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-503791.—Lic. Juan Francisco Ruiz
Monge, Notario.—1 vez.—RP2012301831.—(IN2012055944).
Protocolización de acuerdos de
la asamblea extraordinaria de cuotistas: acta número dos: asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la compañía denominada Lorena
Por acuerdo unánime de los
socios de la sociedad el Águila Dorada de Occidente Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno- tres siete tres dos ocho ocho, la disolución
de dicha sociedad, con base en el artículo doscientos uno inciso d) del Código
de Comercio. Da fe la suscrita notaria.—Palmares, trece horas del siete de
junio del dos mil doce.—Lic. María de los Ángeles González Fernández,
Notaria.—1 vez.—RP2012301833.—(IN2012055946).
Que en la asamblea
extraordinaria de condóminos del condominio Condominio Horizontal
Residencial El Tesoro, de las diez horas del día treinta de mayo del dos
mil doce, se acordó reformar un artículo del reglamento del condominio.—7 de
junio del 2012.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1
vez.—RP2012301835.—(IN2012055947).
Ante mí, Sara Vargas Elizondo,
notaria con oficina en Atenas, comparecieron la totalidad de los titulares de
las acciones que conforman el capital social de la sociedad Transportes
Unidos Mora López Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento
uno-tres uno siete cuatro tres ocho y en forma unánime mediante escritura
número doscientos diecisiete, otorgada en la ciudad de Atenas a las dieciocho
horas del seis de junio del año dos mil doce, escritura visible al folio ciento
dieciséis vuelto del tomo tres del protocolo de la suscrita notaria y por
unanimidad se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, seis de junio del
año dos mil doce.—Lic. Sara Vargas Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2012301836.—(IN2012055948).
Ante mí, Juan Diego Arias Rojas,
notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veintidós de mayo del
dos mil doce, a las nueve horas, se realizó asamblea general extraordinaria de
la sociedad Lorek y Lonchis Sociedad Anónima, en la cual se reforma la
cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra secretario y
tesorero.—Atenas, primero de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Diego Arias
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012301837.—(IN2012055949).
La suscrita Marta Emilia Rojas
Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Ochenta y Cuatro Mil Ciento Diecisiete Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres- ciento uno- cuatrocientos ochenta y cuatro mil ciento
diecisiete, para disolver dicha sociedad por no haber activos ni pasivos. Es
todo.—Palmares, ocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas
Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012301838.—(IN2012055950).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 11:00 horas del 7 de junio del 2012, mediante la escritura número
133-33, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Inmobiliaria Epígonos S. A. mediante la cual se aumenta el
capital social y se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—8 de
junio del 2012.—Lic. German Serrano García, Notario.—1
vez.—RP2012301839.—(IN2012055951).
Mediante escritura número 265
otorgada ante la notaria Melania Campos Lara, a las 11:00 horas del 5 de junio
del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Café D Marco Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101389902. Dentro del plazo de
treinta días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a
hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 8 de
junio del 2012.—Lic. Melania Campos Lara, Notaria.—1
vez.—RP2012301841.—(IN2012055952).
Mediante escritura número 265
otorgada ante la notaria Melania Campos Lara, a las 12:00 horas del 5 de junio
del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Café Novo Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número 3-101-489953. Dentro del plazo de treinta
días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer
valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 8 de junio
del 2012.—Lic. Melania Campos Lara, Notaria.—1
vez.—RP2012301843.—(IN2012055953).
Mediante escritura número 265
otorgada ante la notaria Melania Campos Lara, a las 11:30 horas del 5 de junio
del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Dixital Developments
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-358109. Dentro
del plazo de treinta días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier
interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente
disolución.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Melania Campos Lara, Notaria.—1
vez.—RP2012301844.—(IN2012055954).
Por esta escritura otorgada en
esta notaría en San José, a las quince horas del día cinco de junio del año dos
mil doce, se disolvió la sociedad denominada Tesoro Real Capella S. A.—San
José, ocho de junio de dos mil doce.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1
vez.—RP2012301845.—(IN2012055955).
Por esta escritura otorgada en
esta notaría en San José a las trece horas del día cinco de junio del año dos
mil doce, se disolvió la sociedad denominada Tesoro Real Cisne S. A.—San
José, ocho de junio de dos mil doce.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1
vez.—RP2012301846.—(IN2012055956).
Por esta escritura otorgada en
esta notaría en San José, a las quince horas y treinta minutos del día cinco de
junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Fosol S. A.—San
José, ocho de junio de dos mil doce.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1
vez.—RP2012301847.—(IN2012055957).
Por esta escritura otorgada en
esta notaría en San José, a las trece horas y veinte minutos del día cinco de
junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada
Tesoro Real Castor S. A.—San José, ocho de junio de
dos mil doce.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1
vez.—RP2012301848.—(IN2012055958).
Por escritura otorgada hoy a las
trece horas del siete de junio del dos mil doce, los señores Aaron Justin
Nowakowski (único apellido por razón de su nacionalidad), y Marylin Veiman
Echeverría, adicionaron la escritura constitutiva de la sociedad anónima Proyectos
Sostenibles Costa Rica Sociedad Anónima, sustituyéndola de mejor acuerdo la
denominación dicha por la de Proyectos Sostenibles Sura Consultoría
Ecológica y Comunitaria Sociedad Anónima.—San José, siete de junio del dos
mil doce.—Lic. Susana María Ureña Sánchez, Notaria.—1
vez.—RP2012301849.—(IN2012055959).
El día seis de junio del dos mil
doce en asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, de la sociedad
denominada Inversiones Vimael Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-trescientos cuarenta y dos mil ochocientos treinta; conforme al
artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó su disolución. En
cumplimiento con la normativa legal se cita a las personas interesadas al
efecto, establezcan las reclamaciones en el término de treinta días,
contabilizados a partir de la fecha de esta publicación. Se pueden establecer
ante esta notaría, ubicada en Volio, San Ramón, Alajuela, cuatrocientos metros
al sur de
Ante esta notaría se solicita al
Registro Nacional la cancelación de la empresa Servicios Tecnológicos de
Sarapiquí Sociedad Anónima. Presidente: José Rafael Acuña Fuentes.—Río
Frío, 4 de abril del 2012.—Lic. Freddy Castillo Núñez, Notario.—1
vez.—RP2012301851.—(IN2012055961).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:30 horas del 19 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Vistas de
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:10 horas del 19 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Vistas del Guachipelín Sociedad Anónima con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil
quinientos veintinueve.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—Msc. Jesús Jiménez García,
Notario.—1 vez.—RP2012301855.—(IN2012055963).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:00 horas del 19 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Vistas del Zaino Sociedad Anónima con cédula de
persona jurídica número tres - ciento uno - quinientos treinta mil ciento
cuarenta.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—Msc. Jesús Jiménez García, Notario.—1
vez.—RP2012301857.—(IN2012055964).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:30 horas del 19 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Vistas del Cortés Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno - quinientos veintiocho mil cuatrocientos
ochenta y cinco.—Nicoya, 08 de junio del 2012.—Lic. Msc. Jesús Jiménez García.
Notario.—1 vez.—RP2012301858.—(IN2012055965).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:40 horas del 19 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Vistas del Guanacaste PVLF Sociedad Anónima con
cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - quinientos veintinueve
mil setecientos noventa y uno.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—M.Sc Jesús Jiménez
García, Notario.—1 vez.—RP2012301859.—(IN2012055966).
Mediante escritura pública
número trescientos veintiocho otorgada ante mí a las 14:00 horas del 17 de
abril del dos mil doce, se constituyó
Por medio de escritura otorgada
ante mi notaría de las trece horas del veintinueve de mayo del año dos mil
doce, se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad denominada Servicios
Integrales Farmacéuticos Servinfar S. A. por la cual se modifica cláusula
segunda y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Gabriela Garita Navarro,
Notaria.—1 vez.—RP2012301864.—(IN2012055968).
Mediante escritura pública
número trescientos sesenta y cinco otorgada ante mí a 15:00 horas del día 6 de
junio del 2012, se protocolizó acta de la sociedad G S R Internacional S. A., mediante la
cual se acuerda su disolución.—Lic. Paúl Tacsan Tacsan, Notario.—1
vez.—RP2012301865.—(IN2012055969).
Mediante escritura pública
número trescientos sesenta y ocho otorgada ante mí a las 16:30 horas del día 7
de junio del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Productos Ópticos
Centroamericanos S. A., mediante la cual se acuerda su disolución.—Lic.
Paúl Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—RP2012301866.—(IN2012055970).
Mediante escritura pública
número trescientos sesenta y seis otorgada ante mí a las 15:30 horas del día 6
de junio del 2012, se protocolizó acta de
la sociedad Corporación de
Servicios JQ S. A., mediante la cual se acuerda su disolución.—Lic.
Paúl Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—RP2012304867.—(IN2012055971).
Al ser las once horas quince
minutos del veintinueve de mayo del dos mil doce, procedo a protocolizar el
acta de asamblea general extraordinaria de socios número: uno de la empresa
denominada Inversiones Mili S. A., cédula jurídica número: tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y ocho mil quinientos dieciséis, en la cual por
acuerdo unánime de los socios se disuelve la sociedad.—Puntarenas, primero de
junio del dos mil doce.—Lic. Roberto Antonio Sobrado Zamora, Notario.—1
vez.—RP2012304868.—(IN2012055972).
Mediante escritura pública
número trescientos sesenta y siete otorgada ante mí a las 16:00 horas del día 6
de junio del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Corporación Yanell S.
A., mediante la cual se acuerda su disolución.—Lic. Paúl Tacsan Tacsan,
Notario.—1 vez.—RP2012301869.—(IN2012055972).
Mediante escritura pública
número trescientos cincuenta y cuatro otorgada ante mí a las 15:00 horas del
día 31 de mayo del 2012, se protocolizo acta de la sociedad Fraugaqui S. A,
mediante la cual se acuerda su disolución.—Lic. Paúl Tacsan Tacsan, Notario.—1
vez.—RP2012301870.—(IN2012055974).
Al ser las nueve horas veinte minutos
del treinta de mayo del dos mil doce, procedo a protocolizar el acta de
asamblea general extraordinaria de socios número tres de la empresa denominada Distribuidora
Dineza S. A., cédula jurídica número: Tres-ciento uno-ciento ochenta y ocho
mil setecientos cinco, en la cual por acuerdo unánime de los socios se disuelve
la sociedad.—San José, primero de junio del dos mil doce.—Lic. Roberto Antonio
Sobrado Zamora, Notario.—1 vez.—RP2012301871.—(IN2012055975).
Por escritura otorgada el día de
hoy en esta notaría, Misael Esquivel Herrera en su condición de apoderado
generalísimo disuelve Hormisa S. A., domiciliada en Río Jiménez,
Guácimo, Limón, cédula de jurídica número: tres- ciento uno- ciento noventa y
ocho mil setecientos dieciocho.—Guácimo a las trece horas treinta minutos del
día ocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Gustavo Armando Edwards Valerín,
Notario.—1 vez.—RP2012301873.—(IN2012055976).
Por escritura otorgada el día de
hoy ante esta notaría, José Alberto Adams Smith, en su condición de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Creados para Adorar J P W Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-
cuatrocientos cuarenta y cinco mil novecientos treinta y dos, disuelve dicha
sociedad.—Guácimo ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gustavo Armando Edwards
Valerín, Notario.—1 vez.—RP2012301875.—(IN2012055977).
Por escritura otorgada el día de
hoy ante esta notaría, Patricia Salas Cárdenas, en su condición de apoderada
generalísima de Vanguardia Comunicaciones S. A., domiciliada en Guácimo,
cédula jurídica número: tres- ciento uno- doscientos cincuenta mil doscientos
diez, disuelve dicha sociedad.—Guácimo, ocho de junio del dos mil doce.— Lic.
Gustavo Armando Edwards Valerín, Notario.—1 vez.—RP2012301876.—(IN2012055978).
Por escritura otorgada ante mí
notaria, a las quince horas del siete de junio del dos mil doce, por unanimidad
de los socios se acordó la disolución de la sociedad anónima denominada Distribuidora
Fadime S. A. Domicilio: Curridabat.—San José, a las quince horas treinta
minutos del siete de junio del dos mil doce.—Lic. Mylene Arroyo Sánchez,
Notaria.—1 vez.—RP2012301879.—(IN2012055979).
Por escritura número cincuenta-
diez del tomo décimo, a las 9:00 horas del 30 julio del año 2011, y por
escritura número cincuenta-décimo, por escritura número cincuenta y uno-diez, a
las 10:00 horas del 30 julio del año 2011, por escritura número setenta y
cuatro-undécimo, a las 8:00 horas del 7 de junio de 2012, por escritura número
setenta y cinco-undécimo, a las 8:00 horas 30 minutos del 7 de junio de 2012,
por escritura número setenta y seis-undécimo, a las 9:00 horas del 7 de junio
de 2012, por escritura número setenta y siete-undécimo, a las 9:00 horas 30
minutos del 7 de junio del 2012 otorgadas ante la notaria Kembly Mora Salas,
respectivamente se van a disolver las sociedades respectivamente sociedad Constructora
Cordero Mcduffie S. A., Vista de Sarchí Dos SRL, Vásquez y Ugalde
de Guanacaste (MMVIII) S. A., Ugalde y Vásquez (MMVIII) S. A.,
Gas Ugalde de San
Francisco S. A., y Dataport Internacional S. A.—Grecia de Alajuela, 7
de junio de 2012.—Lic. Kembly Mora Salas, Notaria.—1
vez.—RP2012301880.—(IN2012055980).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:00 horas del 30 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada El Melisandro Sociedad Anónima con cédula de
persona jurídica número tres - ciento uno - doscientos ocho mil ciento
veintitrés.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—Msc. Jesús Jiménez García, Notario.—1
vez.—RP2012301881.—(IN2012055981).
Por escritura 27, se dispuso
disolver Aqua Armor S. A., con fundamento en el artículo 201 inciso d)
del Código de Comercio, se emplaza a los acreedores y terceros que se sientan
lesionados con sus derechos a hacerlos valer de manera judicial dentro del
plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación
del presente aviso. Cualquier comunicado puede hacerlo al correo
edugpca60@yahoo.es.—Heredia, 17 abril del 2012.—Lic. Eduardo Gómez Castro,
Notario.—1 vez.—RP2012301882.—(IN2012055982).
Almacén Gentes Ltda., disponen disolver
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:10 horas del 19 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Vistas del Guácimo Sociedad Anónima con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta mil y un mil novecientos
catorce.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—MSc. Jesús Jiménez García, Notario.—1
vez.—RP2012301884.—(IN2012055984).
Por escritura de las ocho horas
del once de junio del dos mil doce El Sandal Granito Grisaseo 26, Ltda. y
Jorechba Internacional del Este S. A. se fusionan prevaleciendo la
segunda.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2012055987).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaria Lic. Katia Vanesa Araya Ramírez, se modificó la junta directiva,
presidente, secretario, tesorero y fiscal, de la sociedad denominada Meridien
Cielo Abierto Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro
cuatro ocho nueve siete ocho. Representación: corresponde al presidente y
secretario, la representación judicial y extrajudicial, con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, nueve horas del doce de
junio del dos mil doce.—Lic. Katia Vanesa Araya Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2012055988).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, se
dispone disolver Cañera Hilos de Oro S. A.—Heredia, once de junio del
dos mil doce.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012055990).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, se
dispone disolver Cañera Luna Escarchada S. A.—Heredia, once de junio del
dos mil doce.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012055991).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, se
dispone disolver Cañera Racatapunchinchilla S. A.—Heredia, once de junio
del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012055993).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, se
dispone disolver Cañera Spartacus Rojiamarilla S. A.—Heredia, once de
junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1
vez.—(IN2012055994).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, se
dispone disolver Mágica Varita de Luz S. A.—Heredia, once de junio del
dos mil doce.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012055995).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, se
dispone disolver Cañera Brillos de Hada S. A.—Heredia, once de junio del
dos mil doce.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012055996).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, se
dispone disolver Cañera Burbujas Redondas Jabonosas S. A.—Heredia, once
de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1
vez.—(IN2012055997).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, se
dispone disolver Cañera Castillo Brillante Encantado S. A.—Heredia, once
de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1
vez.—(IN2012055998).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, se
dispone disolver Cañera Estrellitas Centellantes S. A.—Heredia, once de
junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1
vez.—(IN2012055999).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, se
dispone disolver Cañera Gorgogito S. A.—Heredia, once de junio del dos
mil doce.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012056000).
Por escritura otorgada a las
quince horas del día de hoy, se constituyó la empresa denominada Vitsoo S.
R. L. domicilio: San Rafael de Alajuela. Capital: diez mil colones
exactos.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Rolando Chacón Murillo,
Notario.—1 vez.—(IN2012056001).
En mi notaría, mediante
escritura número
En mi notaría, mediante
escritura número 57 de las 16:30 horas del 1º de junio del dos mil doce, se
constituyó la fundación Fundación Brooks Vietnam Connections; plazo:
duración perpetua; objetivos: promover el bienestar general, presente y futuro,
de todas aquellas personas en estado de desamparo en el país de Vietnam.—San
José, 1º de junio del 2012.—Lic. Abel Gerardo Salas Chaves, Notario.—1
vez.—(IN2012056003).
Mediante escritura pública
número doscientos treinta y cuatro-dos, otorgada a las ocho horas del doce de
junio del dos mil doce, se acuerda por unanimidad del capital social y al tenor
del artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la
sociedad Tres-Ciento Uno-Seis
Tres Cero Dos Seis Nueve S. A.,
domiciliada en San José, calle cuarenta, avenida cuatro, casa Canadá cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta mil doscientos
sesenta y nueve.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Steve Miguel Monge
González, Notario.—1 vez.—(IN2012056004).
Mediante escritura pública
número doscientos treinta y uno-dos, otorgada a las dieciséis horas del once de
junio del dos mil doce, se acuerda por unanimidad del capital social y al tenor
del artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la
sociedad Tres-Ciento Uno-Seis
Uno Cinco Cinco Dos Seis S. A.,
domiciliada en San José, calle cuarenta, avenida cuatro, casa Canadá cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-seis uno cinco cinco dos seis.—San
José, 11 de junio del 2012.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1
vez.—(IN2012056005).
Hoy once de junio de dos mil
doce, he protocolizado acta de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos
Diecisiete Mil Ochenta y Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos diecisiete mil ochenta y uno, domiciliada en San José, calle
cuarenta, avenida cuatro, casa Canadá, bufete Cárter, en la cual se acuerda
disolver la compañía por acuerdo unánime de socios.—San José, once de junio dos
mil doce.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—(IN2012056006).
Hoy día se ha disuelto la
sociedad cuya razón social es Makeovers Costa Rica Sociedad Anónima,
titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco nueve dos
nueve uno uno, en asamblea extraordinaria y por acuerdo unánime de todo el
capital social. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o
activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de
ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de
liquidador y demás trámites de liquidación, todo de acuerdo a los
procedimientos señalados por el artículo doscientos uno y siguientes del Código
de Comercio. Es todo.—Ciudad de Alajuela, veinte horas de hoy ocho de junio del
dos mil doce.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012056007).
Hoy día se ha disuelto la
sociedad cuya razón social es Total Media Software Solutions Sociedad
Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatro cuatro cinco seis cinco uno, en asamblea extraordinaria y por
acuerdo unánime de todo el capital social. Se advierte que la compañía no tiene
actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene
operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde
del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación, todo
de acuerdo a los procedimientos señalados por el artículo doscientos uno y
siguientes del Código de Comercio. Es todo.—Ciudad de Alajuela, diecinueve
horas de hoy ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo,
Notario.—1 vez.—(IN2012056008).
Hoy once de junio de dos mil
doce, he protocolizado acta de la sociedad Pristine Surfside Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos doce mil seiscientos
nueve, domiciliada de San José, calle cuarenta, avenida cuatro, casa Canadá, en
la cual se acuerda disolver la compañía por acuerdo unánime de socios.—San
José, once de junio de dos mil doce.—Lic. Steve Miguel Monge González,
Notario.—1 vez.—(IN2012056009).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:00 horas del 4 de junio de 2012, se protocoliza acta de
disolución de sociedad de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seis Cuatro
Cinco Siete Nueve Cero Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio de 2012.—Lic.
Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012056010).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:15 horas del 4 de junio de 2012, se protocoliza acta de
disolución de sociedad de la sociedad denominada Condominio Ventana al Monte
Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio de 2012.—Lic. Ana María Rodríguez
Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012056011).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:45 horas del 4 de junio de 2012, se disuelve la sociedad
denominada Seki Internacional Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio de
2012.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012056012).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:25 horas del 4 de junio de 2012, se protocoliza acta de
disolución de sociedad de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seis Tres
Seis Seis Nueve Nueve Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio de 2012.—Lic.
Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012056013).
Que ante esta notaría, a las
11:00 horas del 11 de junio del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la entidad Centro de
Diagnóstico Médico Santa Fe S. A. con cédula jurídica 3-101-162406,
celebrada el 1º de abril del 2012; en donde se disuelve
Que ante esta notaría, a las 9:00
horas del 11 de junio del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la entidad IT Ingeniería de
Infocomunicación S. A. con cédula jurídica 3-101-216438, celebrada el 1º de
abril de 2012; en donde se disuelve
Mediante escritura otorgada a
las doce horas del tres de junio del dos mil doce se constituyó la sociedad AIM
Asesoría para
Por escritura otorgada a las
11:00 horas del 29 de mayo del 2012 se disuelve la sociedad anónima Ofiland
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-288504.—Naranjo, 12 de junio del
2012.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—(IN2012056032).
Por escritura otorgada a las
8:00 horas del 26 de mayo del 2012 se disuelve la sociedad anónima Limassol
del Tiempo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-300967.—Naranjo, 12 de
junio del 2012.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—(IN2012056034).
Por escritura otorgada a las
11:30 horas del 4 de junio del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea de socios
de Servicios Médicos y Afines Puntarenenses S. A. por medio de los
cuales, se reforma la cláusula segunda y se elige vicepresidente de la junta
directiva. Por escritura de las 13:00 horas del 4 de junio del 2012,
protocolicé acuerdos de asamblea de ACS Ingenieros Consultores S. A.,
por medio del cual, se disuelve la sociedad.—Lic. José Pablo Acosta Nassar,
Notario.—1 vez.—(IN2012056035).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las diecisiete horas del primero de junio del dos mil doce, se
protocolizó la asamblea general extraordinaria número dos de la sociedad Inversiones
Calderón Valverde de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos cinco mil novecientos sesenta y siete; en la cual
se acordó disolver la citada compañía. Capital social es la suma de diez mil
colones dividido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada
una. Domicilio: en San José, San Pedro de Montes de Oca, Centro de Hispanidad,
diagonal al restaurante Antojitos. Presidente: Jorge Calderón
Azofeifa.—Alajuela, primero de junio del dos mil doce.—Lic. Ernesto Mora
Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012056038).
Por escritura número doscientos
treinta y tres otorgada a las diez horas del seis de junio del dos mil doce se
disolvió la compañía Multitec Gedicrivi S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-quinientos trece mil sesenta. Por escritura número doscientos
treinta y cinco otorgada a las nueve horas del siete de junio del dos mil doce
se modifico la cláusula sexta de Residencial
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14:45 horas del 30 de mayo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Asesoría Contable
Administrativa de Guanacaste J A G V Sociedad Anónima con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil ciento noventa
y nueve.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—MSc. Jesús Jiménez García, Notario.—1
vez.—RP2012301886.—(IN2012056040).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 9:15 horas del 30 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Ciego de Ávila Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintidós mil trescientos
siete.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—MSc. Jesús Jiménez García, Notario.—1
vez.—RP2012301887.—(IN2012056041).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14:00 horas del 30 de mayo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Hermanos Álvarez Rodríguez Servicios Eléctricos
Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos treinta y dos mil ochocientos treinta y dos.—Nicoya, 8 de junio
del 2012.—MSc. Jesús Jiménez García, Notario.—1 vez.—RP2012301888.—(IN2012056042).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:50 horas del 19 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Vistas del Guayacán Sociedad Anónima con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil
setecientos dieciocho.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—MSc. Jesús Jiménez García,
Notario.—1 vez.—RP2012301890.—(IN2012056043).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:50 horas del 19 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Vistas del Cristóbal Sociedad Anónima con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y dos mil
novecientos ochenta y tres.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—MSc. Jesús Jiménez
García, Notario.—1 vez.—RP2012301891.—(IN2012056044).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:40 horas del 19 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Vistas del Balsa Sociedad Anónima con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil quinientos
noventa.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—MSc. Jesús Jiménez García, Notario.—1
vez.—RP2012301893.—(IN2012056045).
Por escritura otorgada ante este
notario a las once horas del seis de junio del dos mil doce, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de El Trueno de
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:20 horas del 19 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Vistas del Malinche Sociedad Anónima con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil quinientos
setenta y ocho.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—MSc. Jesús Jiménez García,
Notario.—1 vez.—RP2012301895.—(IN2012056047).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12:00 horas del 19 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Vistas del Tempisque Sociedad Anónima con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil quinientos
treinta y dos.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—MSc. Jesús Jiménez García,
Notario.—1 vez.—RP2012301896.—(IN2012056048).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:20 horas del 19 de marzo del 2012 se acordó la disolución de
la sociedad denominada Vistas del Quebracho Sociedad Anónima con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta mil y un mil
ciento cincuenta y siete.—Nicoya, 8 de junio del 2012.—MSc. Jesús Jiménez
García, Notario.—1 vez.—RP2012301897.—(IN2012056049).
En escritura otorgada a las
17:00 horas de hoy, la totalidad de accionistas de Inmobiliaria Oroastran S.
A.,cédula jurídica 3-101-109745, acordaron disolver la sociedad sin que
existan activos que repartir ni pasivos de ninguna clase por lo que no se
tramita proceso de liquidación.—San José, Goicoechea, 27 de abril del
2012.—Lic. Carlos Ed. Quesada Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2012301898.—(IN2012056050).
En escritura otorgada a las
16:30 horas de hoy , la totalidad de accionistas de Corporación Electrónica
Digital de Datos
S. A.,cédula jurídica 3-101-127.871 acordaron disolver la sociedad
sin que existan activos que repartir ni pasivos de ninguna clase por lo que no
se tramita proceso de liquidación.—San José, Goicoechea, 27 de abril del
2012.—Lic. Carlos Ed. Quesada Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2012301899.—(IN2012056051).
En escritura otorgada a las
17:30 horas de hoy , la totalidad de socios de Francisco G. Castro y
Compañía Limitada Consultores Industriales cédula jurídica 3-102-0092331,
acordaron disolver la sociedad sin que existan activos que repartir ni pasivos
de ninguna clase por lo que no se tramita proceso de liquidación.—San José,
Goicoechea, 27 de abril del 2012.—Lic. Carlos Ed. Quesada Madrigal, Notario.—1
vez.—RP2012301900.—(IN2012056052).
En esta notaría por escritura
número cuatrocientos ochenta y tres de las siete horas del treinta y uno de mayo
del dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad Sa.He.Qui. de Alajuela SRL, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-dos uno dos tres uno cero, acto en que se
procedió a tomar el siguiente acuerdo: disolución de la sociedad.—Alajuela,
treinta y uno de mayo del dos mil doce.—Lic. Libni Muñoz Sarmiento, Notario.—1
vez.—RP2012301901.—(IN2012056053).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario número ciento setenta y nueve-uno de las ocho horas treinta
minutos del veintinueve de mayo del dos mil doce, se tomó el acuerdo de
disolución de la sociedad Magnolia del Paraíso Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiséis mil treinta y cuatro.—Heredia,
primero de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Aguilar Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2012301902.—(IN2012056054).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario número ciento ochenta y dos-uno de las quince horas del siete
de junio del dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad Consultores
e Ingeniería Paci de Costa Rica Sociedad Anónima cédula jurídica
tres-ciento uno-seiscientos cuarenta mil doscientos nueve.—Heredia, siete de
junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012301903.—(IN2012056055).
Ante esta notaría, a las
diecinueve horas del día de hoy, protocolicé acta de la sesión junta
administrativa de
Por escritura otorgada ante mí,
se protocoliza acta de las compañías Inversiones
Por escritura número 206
otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 6 de junio del año 2012, se
acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Servicios
Psicológicos Salas Barquero S. A.—San José, 6 de junio de 2012.—Lic. Jorge
Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012301744.—(IN2012056058).
Por escritura número treinta y
ocho-nueve, otorgada en Heredia, a las diez horas del día doce de junio de dos
mil doce, ante esta notaria, Propiedades Baderej Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-uno seis tres cinco uno cuatro, mediante
acta de asamblea general extraordinaria número tres, acordó la disolución total
de esta sociedad.—Heredia, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Víctor Manuel
González Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012056064).
Por escrituras otorgadas ante
mí, a las 18:00 hrs. y a las 18:15 hrs. del día 8 de junio del
Mediante escritura pública
número ciento noventa y nueve, otorgada en Alajuela a las nueve horas del once
de junio del dos mil doce, ante los notarios Alonso Gomes Siles y Catalina
Rojas Ramírez se disolvió sociedad anónima denominada
Por escritura otorgada ante el
notario Otto Bonilla Fallas, el ocho de junio del dos mil doce, se disolvió Corporación Indico S. A.
con cédula de persona jurídica 3-101-108639.—San José, 12 de junio del
2012.—Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012056082).
Por escritura número ciento
dieciocho otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del
cuatro de junio de dos mil doce, por acuerdo unánime y en firme de socios se
disolvió Candelitas Infantiles S. A., cédula jurídica número
3-101-126481, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 201 inciso d) del
Código de Comercio. En virtud de que la sociedad no tiene activos ni pasivos,
se prescindió de los trámites de liquidación. Es todo.—San José, a las 14 horas
40 minutos del día 4 de junio de 2012.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—1
vez.—(IN2012056085).
Por escritura número ciento
quince otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintinueve de mayo de
dos mil doce, por acuerdo unánime y en firme de socios se disolvió UPA de
Centroamérica S. A., cédula jurídica número 3-101-136258, con fundamento en
lo dispuesto por el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. En virtud de
que la sociedad no tiene activos ni pasivos se prescindió de los trámites de
liquidación. Es todo.—San José, a las 8 horas 10 minutos del día 29 de mayo de
2012.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2012056086).
Por escritura número ciento
dieciséis otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintinueve de mayo
de dos mil doce, por acuerdo unánime y en firme de socios se disolvió KFK
Business Representation S. A., cédula jurídica número 3-101-474285, con
fundamento en lo dispuesto por el artículo 201 inciso d) del Código de
Comercio. En virtud de que la sociedad no tiene activos ni pasivos se
prescindió de los trámites de liquidación. Es todo.—San José, a las 9 horas 10
minutos del día 29 de mayo de 2012.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—1
vez.—(IN2012056088).
Ante la notaría del Licenciado
Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura número 298-21, visible al
folio 156 frente del tomo vigésimo primero del protocolo de dicho notario,
otorgada a las 18 horas del día 11 de junio del 2012, la señora Teresa Llantén
Leyton, cédula de residencia número 115200076908, solicita al Registro la
disolución de la sociedad denominada Comercial Aristóteles Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-063199. El infrascrito, hago constar y doy fe que
la presente es copia fiel y exacta de su original.—Santo Domingo de Heredia, 11
de junio del 2012.—Lic. Róger Antonio Sancho Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2012056089).
Por escritura otorgada hoy en mi
notaría se disolvió la sociedad Torre Laureles Bravo Sociedad Anónima.—San
José, doce de junio de dos mil doce.—Lic. Christopher Pirie Gil, Notario.—1
vez.—(IN2012056090).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas del 19 de mayo del 2012, se constituyó la sociedad CCB
Centro Cultural Británico Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99
años a partir de hoy. Objeto: actividades comerciales, industriales y la
enseñanza de la lengua inglesa en todas sus ramas y manifestaciones. Capital
social: quince mil colones.—San José, 19 de mayo del 2012.—Lic. Carlos Humberto
Ramírez Vega, Notario.—1 vez.—(IN2012056091).
Por escritura otorgada hoy en mi
notaría se disolvió la sociedad Tetra Ruedas Sociedad Anónima.—San José,
doce de junio de dos mil doce.—Lic. Christopher Pirie Gil, Notario.—1
vez.—(IN2012056092).
Por escritura otorgada hoy en mi
notaría se disolvió la sociedad Jefrich Investments Sociedad Anónima.—San
José, doce de junio de dos mil doce.—Lic. Christopher Pirie Gil, Notario.—1
vez.—(IN2012056093).
Por escritura otorgada a las
ocho horas del seis de junio del dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo
de socios se acuerda disolver la sociedad Onda Kids S. A.—San José, seis
de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—(IN2012056094).
Ante esta notaría, se tramita en
sede notarial la disolución de las siguientes sociedades anónimas, bajo los
expedientes 003,004, 005 y 006-2012, por su orden: City Spa S. A.,
cédula 3/101/568919,
Mediante asamblea general
extraordinaria de socios número uno de la sociedad Aguilera Hermanos
Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-doscientos treinta y ocho mil
seiscientos veintiuno , celebrada en el domicilio social a las diez horas del
día tres de mayo del año 2012, protocolizada ante el notario Rolando Espinoza
Rojas, escritura número 115-45 del tomo 45, visible al folio ochenta y tres
vuelto ochenta y cuatro frente del tomo 45, por no haber cumplido su objetivo
social se disolvió por acuerdo unánime de socios dicha sociedad.—Sarchí Norte,
10:30 horas del día 8 de junio del 2012.—Lic. Rolando Espinoza Rojas,
Notario.—1 vez.—(IN2012056101).
El suscrito notario Licenciado
Mauricio Bolaños Alvarado, hago constar que ante mi notaría en escritura número
cincuenta y dos-ocho visible a folio treinta y cuatro vuelto del tomo ocho, a
las dieciséis horas del once de junio del dos mil doce, se modificaron las
cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Consultores
Incotel de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
ochenta y un mil setecientos noventa y cuatro. Es todo.—San Joaquín de Flores,
doce de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Bolaños Alvarado, Notario.—1
vez.—(IN2012056102).
Por escritura número ciento
setenta y ocho de las dieciocho horas del ocho de junio del dos mil doce se
disuelve la sociedad denominada Inversiones Arce Agro Sociedad Anónima.—Lic.
Giselle Patiño López, Notaria.—1 vez.—(IN2012056103).
Por escritura número ciento
setenta y nueve, visible a folio ciento setenta y uno del tomo once, a las once
horas del doce de junio del dos mil doce se disuelve la sociedad denominada Arca
Agrícola de San Martín Sociedad Anónima.—Lic. Giselle Patiño López,
Notaria.—1 vez.—(IN2012056105).
Que mediante escritura de las 12
horas de 5 de junio y 11 horas de hoy, se modificó cláusula quinta de Cerriban
S. A. y nueva junta directiva y se disolvió Servicios Industriales
Santamaría S. A.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Alexánder Chacón
Porras, Notario.—1 vez.—(IN2012056107).
Por escritura otorgada a las
diez horas del doce de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad
denominada C.C.M. Corporación Copy Max Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil trescientos cuarenta y
ocho.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012056109).
Por escritura otorgada a las
quince horas del once de junio del dos mil ocho se constituyó la sociedad cuya
denominación social será la cédula jurídica asignada por el Registro.—Lic. Luis
Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012056110).
Por escritura otorgada ante mí,
se constituyó, se protocoliza acta de asamblea de la sociedades Zammy
Comercial S. A., Your Destination Real Estates Costa Rica S. A. y Desarrollo
Boyero S. A. en las cuales se acuerda disolver las sociedades.—San José, 11
de junio del 2012.—Lic. Lucía Odio Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012056111).
En esta notaría se tramita en
escritura doscientos noventa y cuatro-quinto del once de junio del dos mil
doce. Se protocoliza el acta de desiscripción tributaría y registral de la
sociedad Autos Willy Aw Sociedad Anónima.—Once de junio del dos mil
doce.—Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012056115).
En esta notaría se tramita en
escritura ciento dieciséis-sexto del treinta de mayo del dos mil doce. Se
realiza la modificación del Pacto constitutivo de Fedemari Sociedad Anónima.—Ocho
de junio del dos mil doce.—Lic. Vera Teresita Ramírez Marín, Notaria.—1
vez.—(IN2012056116).
En esta notaría se tramita en
escritura doscientos noventa-quinto del seis de junio del dos mil doce. Se
protocoliza el acta de desiscripción tributaría y registral de la sociedad Vindas
y Marua Sociedad Anónima.—Seis de junio dos mil doce.—Lic. Nelson Ramírez
Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012056117).
Por escritura número sesenta y
seis-veintitrés, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Jorge
González Roesch, actuando en el protocolo del segundo a las doce horas quince
minutos del ocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Compañía
Tostadora Monte Bello Ltda, donde se reforma representación, se
nombran gerente dos.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Jorge González
Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2012056124).
Por escritura número sesenta y
nueve-veintitrés, otorgada ante los notarios Jorge González Roesch, y Alberto
Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las ocho horas treinta
minutos del once de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Residencial
El Carbonal S. A., donde se reforma representación, se nombran secretario
de
Ante esta notaría mediante
escritura número 200-11 otorgada a las 10:30 horas del seis de junio del dos
mil doce, se disuelven las sociedades Mossy Garden WX Thirteen Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho
mil cuatrocientos sesenta y dos; Mossy Street YZ Fourteen Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiséis mil doscientos
tres; y Mossy Gate BX Sixteen Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil seiscientos ochenta y ocho.—Lic.
Paulino Ugarte Bustos, Notario.—1 vez.—(IN2012056127).
El suscrito notario hace constar
que ante mí se protocolizó el acta número dos de asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la compañía Amacas Sociedad de Responsabilidad
Limitada, en la cual se acordó disolver de manera anticipada dicha
compañía.—San José, doce de junio de dos mil doce.—Dr. Gonzalo Fajardo Salas,
Notario.—1 vez.—(IN2012056129).
La suscrita notaria hace constar
que ante mí se protocolizó el acta número uno de asamblea general
extraordinaria de socios de la compañía Agropecuaria Alkaem Sociedad Anónima,
en la cual se acordó disolver de manera anticipada dicha compañía.—San José,
doce de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Cecilia Salazar Segura, Notaria.—1
vez.—(IN2012056130).
Mediante escritura número 109-5,
otorgada a las 13:00 horas del 11 de junio del 2012, se modificó las cláusulas
del domicilio, de la representación y Junta Directiva la sociedad denominada, Jerez
Doscientos Dieciocho S. A., cédula jurídica 3-101-579240.—San José, 12 de
junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1
vez.—(IN2012056135).
Mediante escritura número 111-5,
otorgada a las 13:00 horas del 12 de junio del 2012, se acuerda la disolución
de la sociedad denominada EWA Costa Rica Travel Service S. A., cédula
jurídica número: 3-101-308986, domicilio: San José,
Mediante escritura número 110-5,
otorgada a las 14:00 horas del 11 de junio del 2012, se modificó las cláusulas
del domicilio, de la representación y Junta Directiva la sociedad denominada, Jerez
Doscientos Diecinueve S. A., cédula jurídica 3-101-579537.—San José, 12 de
junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1 vez.—(IN2012056138).
Ante esta notaría, Lic. Cristian
Pérez Quirós, a las diecisiete horas del veinticinco de mayo del dos mil doce,
se protocolizó acta de asamblea general ordinario y extraordinario de la
sociedad Coromonte Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-tres-dos uno tres uno ocho, en la cual se acordó la disolución de la
sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio. Presidente Juan de Dios Monteo Jiménez.—San José, 25 de mayo del
2012.—Lic. Cristian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2012056153).
Ante esta notaría, Lic. Cristian
Pérez Quirós, a las nueve horas cincuenta minutos del seis de junio del dos mil
doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinario y extraordinario de la
sociedad Inversiones Miel y Mosto Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-dos ocho siete tres dos nueve, en la cual se acordó la
disolución de la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso
d) del Código de Comercio, Presidente, Ubaldo Carrillo Cubillo.—San José, 6 de
junio del 2012.—Lic. Cristian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2012056154).
Ante esta notaría, Lic. Cristian
Pérez Quirós, a las dieciocho horas del seis de junio del dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general ordinario y extraordinario de la sociedad Radatec
H. R. C Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro uno
tres cinco nueve dos, en la cual se modificó su denominación social a MC
Bearngs & Industriall Supplies Sociedad Anónima, nombre en idioma
ingles y cuya traducción al español es Suministros Industriales y
Rodamientos Sociedad Anónima, Presidente, Luis Aguilar Álvarez.—San José, 6
de junio del 2012.—Lic. Cristian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2012056155).
Ante esta notaría, Lic. Cristian
Pérez Quirós, a las dieciocho horas del veintidós de febrero del dos mil doce,
se protocolizó acta de asamblea general ordinario y extraordinario de la
sociedad Distribuidora Naranjo Ruiz Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-uno cero tres cinco cero uno, en la cual se acordó la
disolución de la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso
d) del Código de Comercio. Presidente. Ángel Eduardo Naranjo Ruiz—San José, 6
de junio del 2012.—Lic. Cristian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2012056156).
Ante esta notaría, Lic. Cristian
Pérez Quirós, a las diez horas del seis de junio del dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad BOS
Consulting INTL Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres
nueve cuatro cinco seis ocho, en la cual se acordó la disolución de la sociedad
de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Cristian Pérez Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2012056157).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento
uno- quinientos dos mil seiscientos treinta y ocho s. a., en la que se
acuerda disolución. Es todo. En fe de lo anterior firmo en San José, a las ocho
horas del día seis de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Chavarría Vega,
Notaria.—1 vez.—(IN2012056158).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada
Aduanera Tropical TLS Sociedad Anónima, en la que se acuerda su
disolución. Es todo. En fe de lo anterior firmo en San José, a las ocho horas
del día seis de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1
vez.—(IN2012056159).
Por instrumento público
autorizado por esta notaría a las 10:00 horas del 7 de junio del 2012, se
protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de Wilhite y Wilhite S.
A., mediante la que se modifica la cláusula novena: la representación.—San
José, 7 de junio del 2012.—Lic. Luis Eduardo Sibaja Guillén, Notario.—1
vez.—(IN2012056162).
Por acuerdo unánime alcanzado en
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, protocolizada ante esta
notaría el día de hoy, la sociedad anónima Auto G Ciento Siete Sociedad
Anónima, domiciliada en la ciudad de San José, acordó su disolución y
liquidación.—San José, martes doce de junio de dos mil doce.—Lic. Esteban
Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012056166).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el día de hoy, Green Plantation of Bejucos and Margaritas Sociedad
Anónima, modificó su pacto constitutivo, específicamente su cláusula
primera del nombre.—San José, martes doce de junio de dos mil doce.—Lic.
Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012056167).
Mediante escritura
veintiocho-nueve. Los socios que componen la totalidad del capital social de la
sociedad Corcha y Roque S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos sesenta y ocho mil setenta y uno, acuerdan su disolución.
Escritura otorgada a las once horas del día veintiséis de abril de dos mil
doce.—Lic. Víctor Manuel Gonzáles Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012056169).
Mediante escritura
veintinueve-nueve. Los socios que componen la totalidad del capital social de
la sociedad Distribuidora Electrónica Faquepa S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cinco mil seiscientos noventa y
cinco, acuerdan escritura otorgada a las doce horas del día veintiséis de abril
de dos mil doce.—Lic. Víctor Manuel Gonzáles Jiménez, Notario.—1
vez.—(IN2012056170).
Mediante escritura treinta y
cuatro-nueve, otorgada ante mi notaría, se protocolizó acta en la cual Proyecto
Esperanza S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y
tres mil sesenta y seis, acuerda su disolución, escritura otorgada en Heredia,
a las doce horas del día once de junio de dos mil doce.—Lic. Víctor Manuel
Gonzáles Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012056171).
Mediante escritura treinta y
cuatro-nueve, otorgada ante mi notaría, se protocolizó acta en la cual Herymar
de Centroamérica S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos
sesenta y seis mil quinientos veintiséis, acuerda su disolución, escritura
otorgada en Heredia, a las diez horas del día veintiséis de abril de dos mil
doce.—Lic. Víctor Manuel Gonzáles Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012056172).
El día de hoy protocolicé actas
de asamblea general de las compañías Pedacito de Cielo de Heredia
Sociedad Anónima e Inmobiliaria Nube Dorada A.L.S. Sociedad
Anónima, según las cuales se acuerda la disolución de las compañías.—San
José, 11 de junio del 2012.—Lic. Johnny Alfaro Llaca, Notario.—1
vez.—(IN2012056173).
Yo, Marco Fernández López, hoy
protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Boccato Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y nueve
mil ochocientos cincuenta; en la que se acuerda disolver la compañía de
conformidad con el inciso d) del artículo 201 del Código de Comercio. Es
todo.—Doce de junio de dos mil doce.—Lic. Marco Fernández López, Notario.—1
vez.—(IN2012056175).
Por escritura otorgada hoy 11 de
junio del
Yo, Marco Fernández López, hoy
protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Etnia
Arquitectura Sociedad Anómima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos veinticinco mil trescientos sesenta y uno; en la que se acuerda
disolver la compañía de conformidad con el inciso d) del articulo 201 del
Código de Comercio. Es todo.—Doce de junio de dos mil doce.—Lic. Marco
Fernández López, Notario.—1 vez.—(IN2012056179).
Por escritura número ochenta y
siete-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las doce horas del día diez de
junio del dos mil doce, ante esta notaría se procedió a protocolizar acta donde
se disuelve la sociedad denominada, Inversiones Araya y Pérez J C
Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos
treinta y tres mil cuatrocientos treinta y nueve.—San José, once de junio del
dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012056181).
Por escritura número ochenta y
tres-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las ocho horas del día nueve de
junio del dos mil doce, ante esta notaría se procedió a protocolizar acta donde
se disuelve la sociedad denominada, JAF de Puntarenas Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y un mil cuatrocientos
noventa y nueve.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Guido Mora Camacho,
Notario.—1 vez.—(IN2012056182).
Mediante escritura otorgada el
día de hoy en mi notaría, se protocolizó acuerdo de socios de la compañía
denominada Puerto Deseado S. A. Mediante la cual se disuelve la misma al
amparo de
Ante esta notaría, se ha
disuelto la sociedad denominada Inversiones Martín de Centro América
Sociedad Anónima.—San José, 12 junio del 2012.—Lic. Franklin Solano
Venegas, Notario.—1 vez.—(IN2012056198).
Protocolización de acuerdos
adoptados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Villa
Para los fines consiguientes, se
avisa que mediante escritura otorgada ante esta notaría pública a las once
horas con cuarenta minutos del doce de junio de dos mil doce, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad mercantil
denominada Gestión y Desarrollo para
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las trece horas del doce de junio del dos mil doce, se acordó la
reforma la cláusula cuarta referente al plazo social de la sociedad anónima
denomina Ragoventas S. A.—Alajuela, doce de junio del dos mil doce.—Lic.
Roxana Herrera Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012056206).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría del día 8 de junio del 2012, se acuerda la disolución de la
siguiente sociedad: Corporación Rospiter S. A.—San José, 11 de junio del
2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012056209).
Mediante escritura otorgada el
día 12 de junio del 2012, se acuerda la reforma de las cláusulas dos y seis de
la sociedad Broken Hill S. A.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Dan
Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012056210).
En mi notaría en Cañas,
Guanacaste, se otorgó la escritura pública número setenta y tres de mi
protocolo número veintidós, de las nueve horas del día siete de junio del dos
mil doce, mediante la cual se acordó por ser inactiva la disolución de la
sociedad Danielaro Sociedad Anónima.—Cañas, Guanacaste, siete de junio
del dos mil doce.—Lic. Franklin Segura López, Notario.—1 vez.—(IN2012056216).
En mi notaría en Cañas,
Guanacaste, se otorgó la escritura pública número ciento treinta y cuatro de mi
protocolo número diez, de las quince horas treinta minutos del día siete de
junio del año dos mil doce, mediante la cual se acordó por ser inactiva la
disolución de la sociedad Selofra Sociedad Anónima.—Cañas, Guanacaste,
siete de junio del dos mil doce.—Lic. Dominico Maietta Leitón, Notario.—1
vez.—(IN2012056217).
Ante esta notaría se procede a
la liquidación de la sociedad Zugzytturum ZZTM Sociedad Anónima, de
conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de
Comercio.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Germán Vega Avendaño, Notario.—1
vez.—(IN2012056227).
Mediante escritura número
doscientos treinta y tres-seis de las diez horas del treinta de mayo del dos
mil doce, se protocoliza acta de asamblea de socios de Glaciar Negro
Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual acuerda disolver la
sociedad por acuerdo de socios. Es todo.—San José, treinta de mayo del dos mil
doce.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—(IN2012056231).
Que en la asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa 3-101-604954 S. A., cédula
jurídica 3-101-604954, celebrada el día 1º de mayo del 2012, se acordó por
comercio, disolver la sociedad. Es todo.—Heredia, 1º de mayo del 2012.—Lic.
Wainer González Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2012056236).
Por escritura número 211-26,
otorgada en Heredia a las 11:00 horas del día de hoy, ante esta notaría la
compañía de esta plaza Quirro S. A., mediante acta de asamblea general
extraordinaria número uno, modificó la cláusula segunda de los estatutos,
referente al domicilio social.—Heredia, 4 de junio del 2012.—Lic. Wainer
González Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2012056237).
Ante esta notaría, mediante
escritura pública Nº 15 otorgada a las 8:00 horas del 12 de junio del 2012, se
modificó la cláusula quinta del capital social, del pacto constitutivo de la
sociedad Ecosustratos Agrícolas Internacionales Limitada, cédula
jurídica 3-102-574708.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Ericka Montoya
Martínez, Notaria.—1 vez.—(IN2012056241).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaría, a las diez horas del día siete de junio del dos mil doce, se
constituyó Eat Out Applications Sociedad Anónima, capital social
suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años. Objeto: comercio en general. El
presidente y el secretario tendrán la representación judicial y extrajudicial
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en
forma individual. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic.
Maribell Arcia Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012056245).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 16:00 horas del 12 de junio del 2012, se constituyó la sociedad Recargas
Virtuales (Costa Rica) Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio del
2012.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(IN2012056247).
Con vista en el libro de actas
de asamblea general de socios la sociedad, Reconstructora de Equipos Pesados
Especiales de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número: 3-101-266615, de que a las trece horas del nueve de junio del dos mil
doce, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo
representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó los
acuerdos que dicen así: se modifica la cláusula octava, de la representación y
administración de la sociedad y se nombra miembro de la junta
directiva.—Heredia, once de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Bolaños
Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2012056250).
Con vista en el libro de actas
de asamblea general de socios de la sociedad Residencias Santa Ynez Catorce
S. A., con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos
cuarenta y cuatro mil diecisiete, de que a las doce horas del once de junio del
dos mil doce, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo
representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó los
acuerdos que dicen así: se acuerda disolver la sociedad.—Heredia, doce de junio
del dos mil doce.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1
vez.—(IN2012056251).
Con vista en el libro de actas
de asamblea general de socios de la sociedad Importadora Escarcha de Costa
Rica S. A., con cédula de persona jurídica número: tres-ciento
uno-doscientos ocho mil doscientos veintiuno, de que a las quince horas del
nueve de junio del dos mil doce, se realizó la asamblea general extraordinaria,
la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se
tomó los acuerdos que dicen así: se acepta renuncia del presidente y se nombra
nuevo miembro.—Heredia, once de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Bolaños
Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2012056252).
Ante esta notaría, mediante
escritura pública de las 10:00 horas del 8 de junio del 2012, se disuelve la
sociedad Sistemas de Administración Contables Sistaco Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-203104, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
doscientos uno inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la
directriz cero cero dos-dos mil doce del Registro de Personas Jurídicas.—San
José, 11 de junio del 2012.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1
vez.—(IN2012056254).
En esta notaría en escritura
pública número ciento setenta y cinco otorgada a las ocho horas del día once de
junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea donde se revocó el
nombramiento del tesorero de la sociedad denominada Werfer JLS S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y un mil ochocientos
diecinueve; y se hizo un nuevo nombramiento. Se cambió la cláusula sétima del
pacto constitutivo.—Palmares, once de junio del dos mil doce.—Lic. Vera María
Sancho Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012056255).
Asamblea extraordinaria de
accionistas de Dorcas Adventure S. A. Se acuerda disolver la sociedad.
Escritura otorgada en San José, a las quince horas treinta minutos del siete de
junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1
vez.—(IN2012056259).
Asamblea extraordinaria de
accionistas de Kahoka Springs S. A. Se acuerda disolver la sociedad.
Escritura otorgada en San José, a las quince horas del siete de junio del dos
mil doce.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012056260).
Asamblea extraordinaria de
accionistas de Dolan Springs S. A. Se acuerda disolver la
sociedad. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del siete de
junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1
vez.—(IN20120562661).
Asamblea extraordinaria de
accionistas de Point Clear Horizon S. A. Se acuerda disolver la
sociedad. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas treinta minutos
del siete de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1
vez.—(IN2012056262).
A las catorce horas del doce de
junio del dos mil doce, ante la notaría del el Lic. Humberto Céspedes Chacón,
se protocolizó acta de disolución de la sociedad anónima de Grupo Demybe
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-547226, domiciliada en San José, de
Ante esta notaría por medio de
escritura número doscientos dieciocho-quince, de las diecisiete horas veinte
minutos del día diez de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la
sociedad Automotores Fuerza Total S. A., cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta mil doscientos cinco.—Lic.
Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012056270).
Ante esta notaría por medio de
escritura número doscientos veintiuno-quince, de las diecisiete horas cincuenta
minutos del día diez de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la
sociedad Palacio Navarra S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos ochenta y un mil quinientos dieciocho.—Lic. Óscar Mario Lizano
Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012056272).
Ante esta notaría por medio de
escritura número doscientos trece-quince, de las siete horas del día seis de
junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Súper Café Dos
Mil S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
veinticinco mil cuatrocientos treinta y uno.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada,
Notaria.—1 vez.—(IN2012056273).
Ante esta notaría por medio de
escritura número doscientos veintidós-quince, de las dieciocho horas veinte
minutos del día diez de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la
sociedad Karman S C C C S. A., cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-ciento sesenta y nueve mil seiscientos noventa y ocho.—Lic.
Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012056274).
Ante esta notaría por medio de
escritura número doscientos quince-quince, de las nueve horas veinte minutos
del día seis de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Honestidad
Perpetua S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento
sesenta y siete mil quinientos cincuenta y cuatro.—Lic. Óscar Mario Lizano
Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012056276).
Mediante escritura número 364,
otorgada ante la notaria Georgina Castillo Jiménez, San José, a las 13:00 horas
del 11 de junio del dos
mil doce, se disolvió la sociedad
Speedy Internet S. A., cédula jurídica número 3-101-384081, domiciliada
en Heredia, de los tribunales
Ante esta notaría por medio de
escritura número doscientos diecisiete-quince, de las nueve horas cuarenta
minutos del día seis de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la
sociedad Grupo J M C Y Sucesores S. A., cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cero diez mil cuatrocientos treinta.—Lic. Óscar Mario
Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012056278).
Servicios Químicos Kripton
Sociedad Anónima,
solicita disolución de empresa. Escritura protocolizada ante la notaria Rosa
Isela Fallas Rojas, al ser las catorce horas del diez de junio del dos mil
doce.—Lic. Rosa Isela Fallas Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012056280).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 8:00 horas del 12 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Panadería Los Ángeles S. A.—San
José, 13 de junio del 2012.—Lic. Federico Balma Zumbado, Notario.—1
vez.—(IN2012056281).
Por escritura otorgada en esta
notaría a las dieciocho horas del diez de junio de dos mil doce, se constituye
la sociedad Jusan Didácticos S. A. Capital social totalmente suscrito y
pagado. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma:
Lyda María Aya Moreno.—Lic. Maryael Obregón Báez, Notaria.—1
vez.—(IN2012056283).
El día de hoy, se protocolizó
acta en la que Biodiagnóstico S. A., aprueba su disolución.—Alajuela, 13
de junio del 2012.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012056286).
Por escritura pública otorgada
por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, mediante escritura número
doscientos treinta y uno, otorgada a las dieciséis horas quince minutos del
doce de junio de dos mil doce, visible al folio ciento treinta y uno vuelto del
tomo sesenta y cuatro de mi protocolo, se protocolizó acta número
uno de la sociedad denominada Moqui de Grecia S.
A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y siete mil
quinientos treinta y seis, donde se acordó la disolución de la presente
sociedad.—Grecia, doce de junio de dos mil doce.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños
Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2012056288).
Por escritura pública otorgada
por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, mediante escritura número
doscientos treinta, otorgada a las dieciséis horas del doce de junio de dos mil
doce, visible al folio ciento treinta y uno vuelto del tomo sesenta y cuatro de
mi protocolo, se protocolizó acta número uno de la sociedad denominada Agricultura
Salas Madrigal S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y
seis mil quinientos once, donde se acordó la disolución de la presente
sociedad.—Grecia, doce de junio de dos mil doce.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños
Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2012056290).
Ante esta notaría, se esta
llevando a cabo la protocolización del acta número dos de Luces en el Cielo
Sociedad Anónima, donde se acuerda disolver la sociedad. Licenciado Benito
Abad López Dinartes, notario.—San José, diecisiete de mayo del dos mil
doce.—Lic. Benito Abad López Dinartes, Notario.—1 vez.—(IN2012056298).
Ante mí, Henry Alonso Víquez
Arias, notario con oficina en Atenas, comparecieron la totalidad de las
acciones que conforman el capital social de la sociedad Empresa Agroindustrial
Castillo Barrantes Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento
uno-cuatrocientos cuarenta y nueve mil setecientos ocho y en forma unánime
mediante escritura número ochenta y cinco otorgada en la ciudad de Atenas, a
las catorce horas del ocho de junio del dos mil doce, escritura visible al
folio setenta y nueve frente del tomo treinta y uno del protocolo del suscrito
notario y por acuerdo unánime se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas,
ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1
vez.—(IN2012056303).
Ante mí, Pablo Arias González,
notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veinte de mayo del dos
mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la
sociedad tres-ciento uno-seiscientos siete mil cuatrocientos ochenta
sociedad anónima, en la cual se disuelve la sociedad anónima.—Atenas, trece
de junio del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1
vez.—(IN2012056305).
Ante mí, Pablo Arias González,
notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veinte de mayo del dos
mil doce, a las diez horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la
sociedad tres-ciento uno-seiscientos tres mil setecientos ochenta y cuatro
sociedad anónima, en la cual se disuelve la sociedad anónima.—Atenas, trece
de junio del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1
vez.—(IN2012056306).
Ante mí, Pablo Arias González,
notario con oficina en Atenas, hago constar que el día dieciséis de mayo del
dos mil doce, a las once horas se realizó asamblea general extraordinaria de la
sociedad Atenas Mi Destino Corporación Limitada, en la cual se revoca el
nombramiento de presidente y secretario y se reforma la cláusula octava del
pacto constitutivo.—Atenas, diecisiete de mayo del dos mil doce.—Lic. Pablo
Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012056307).
Ante mí, Luis Antonio Ugalde
Ramos, notario con oficina en Atenas, ante esta notaría por acuerdo de la
totalidad de los socios se acordó disolver la sociedad Inversiones Duarte
Arias Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos
cincuenta y dos mil ochocientos cuarenta y siete, mediante escritura número
ochenta del tomo quinto del suscrito notario visible al folio cincuenta y uno
frente, otorgada en la ciudad el día ocho de junio a las nueve horas con
cincuenta minutos.—Atenas, once de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Antonio
Ugalde Ramos, Notario.—1 vez.—(IN2012056308).
Ante mí, Henry Alonso Víquez
Arias, notario con oficina en Atenas, comparecieron la totalidad de las
acciones que conforman el capital social de la sociedad West Isle
Enterprises Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y seis mil ciento cincuenta y ocho y en forma unánime
mediante escritura número noventa, otorgada en la ciudad de Atenas, a las ocho
horas del doce de junio del dos mil doce, escritura visible al folio ochenta y
uno vuelto del tomo treinta y uno del protocolo del suscrito notario y por
acuerdo unánime se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, doce de junio
del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1
vez.—(IN2012056309).
Por escritura cincuenta y
dos-nueve, otorgada en San José, a las 8:00 horas del 12 de junio del 2012,
ante esta notaría se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la
disolución de la entidad jurídica: El Lago en
Por escritura cincuenta y
uno-nueve, otorgada en San José, a las 12:30 horas del 11 de junio del 2012,
ante esta notaría se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la
disolución de la entidad jurídica: Inversiones Manzanares y Rodríguez S. A.,
cédula jurídica: tres-ciento uno-tres nueve cinco cuatro dos cero, domiciliada
en San José, Tibás.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Christian
Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012056311).
Por escritura cincuenta-nueve,
otorgada en San José, a las 12:00 horas del 11 de junio del 2012, ante esta
notaría se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la disolución de la
entidad jurídica: Manzanares y Desarrollos y Negocios S. A., cédula
jurídica: tres-ciento uno-dos nueve nueve nueve tres nueve, domiciliada en San
José, Tibás.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Christian Jiménez
Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012056312).
Por escritura número 28-8,
otorgada a las 12:00 horas del 2 de mayo del 2012, ante esta notaria Diana Elke
Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la
sociedad denominada 3-102-629505 Limitada, en donde se acuerda reformar
la cláusula novena de los estatutos.—Puntarenas, 4 de mayo del 2012.—Lic. Diana
Pinchaniki Fachler, Notario.—1 vez.—(IN2012056314).
Por escritura otorgada en San
José, a las 8:00 horas del 22 de mayo del 2012, ante el notario José A. Cabezas
Dávila, se reforma la cláusula primera (del nombre) ahora se denominará The
Property Shop S. A., sociedad antes denominada Voucher Management S. A.
Se reforma la cláusula segunda (del domicilio) ahora será en San José, Escazú,
Bello Horizonte,
Por escritura otorgada en San
José, a las 16:30 horas del 31 de mayo del 2012, ante el notario José A.
Cabezas Dávila de acuerdo con el transitorio IV de
Por escritura otorgada en San
José, a las 9:00 horas del 13 de junio del 2012, ante el notario José A.
Cabezas Dávila, se protocolicé el acta de disolución de la sociedad denominada Palmitos
de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-91543.—San José, 13 de junio del
2012.—Lic. José A. Cabezas Dávila, Notario.—1
vez.—(IN2012056317).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Auto de apertura por edicto de proceso disciplinario
administrativo del expediente Nº 1278-IP-2011-DDL.—Ministerio
de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Sección de Inspección
Policial.—San José, a las trece horas con treinta minutos del catorce de mayo
del dos mil doce. De conformidad con los artículos 211, 214, 218, 221, 222,
225, 308 inciso b), 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318, 319 de
Auto de apertura por edicto de proceso
disciplinario administrativo del expediente Nº 1521-IP-2011-DDL.—Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento
Disciplinario Legal.—Sección de Inspección Policial.—San José a las ocho horas
del quince de mayo del dos mil doce. De conformidad con los artículos 211, 214,
218, 221, 222, 225, 308 inciso b), 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317,
318, 319 de
Ministerio de Seguridad Pública. Dirección de
Asesoría Jurídica. San José, a las diez horas del diez de mayo del dos mil
doce. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Auto de apertura por edicto de proceso
disciplinario administrativo del expediente Nº 1389-IP-2011-DDL.—Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento
Disciplinario Legal.—Sección de Inspección Policial.—San José, a las trece
horas del diecisiete de mayo del dos mil doce. De conformidad con los artículos
211, 214, 218, 221, 222, 225, 308 inciso b), 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315,
316, 317, 318, 319 de
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Documento Admitido Traslado al Titular
28192-T.—Ref:
30/2012/15892.—Rainbow Agrosciences C/ Fertilizadora Rainbow Ltda.—Documento:
cancelación por falta de uso.—Nº y fecha: Anotación/2-76934 de
10/01/2012.—Expediente: 1900-2819200, Registro Nº 28192, Fertilizadora Rainbow
en clase 49, Marca Denominativa.—Registro de
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La suscrita Jefe de
Para ver tabla
solo en
San José, 21 de junio del
2012.—Dirección de Cobros.—Luis Diego Calderón Villalobos, Director.—O. C. Nº
2160.—Solicitud Nº 45806.—C-7868720.—(IN2012061671).
SUCURSAL PARRITA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La suscrita Jefe Administrativa
de
SUCURSAL
PARRITA
Para
ver tabla solo en
Área Gestión de Cobro.—Lic. Roxidalia Mora Aguilar.—(IN2012047244).
DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES
Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en
la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores por
muerte de:
Para
ver tabla solo en
Para que dentro del término de
nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a