LA GACETA Nº 127 DEL 2 DE JULIO DEL 2012

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

LICITACIONES

SALUD

PODER JUDICIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000037-01

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

AVISOS

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

BANCO DE COSTA RICA

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD NACIONAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

OFICINA NACIONAL DE SEMILLAS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE  POÁS

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Llano Bonito de León Cortés. Por medio de su representante: Gilberto Fallas Quesada portador de la cédula de identidad N° 1-431-508 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículos N° 01 para que en adelante se lea así: Artículo N° 01: Al norte, Concepción de León Cortés. Al sur, calle cementerio San Rafael Abajo. Al oeste: con Loma Santa Juana de León Cortés. Al este, con Quebrada Santa Rosa Abajo Coopellano Bonito. Dicha reforma es visible a folio 91 del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día 2 de octubre del 2011.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.

San José, a las diez horas del día 14 de junio del 2012.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefe Departamento de Registro.—1 vez.—RP2012303273.—(IN2012057613).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

AE-REG-E-177/2012.—El señor José Gerardo Solano Zamora, cédula de identidad: 1-0755-0363, en calidad de representante legal de la compañía Distribuidora Maruco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción de la Bomba de Espalda con Batería marca: Maruyama, modelo: MS40B, país de origen: Japón. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13 horas con 43 minutos del 11 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012058755).

AE-REG-E-181/2012.—El señor José Gerardo Solano Zamora, cédula de identidad: 1-0755-0363, en calidad de representante legal de la compañía Distribuidora Maruco S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del Equipo Termonebulizador marca: IGEBA, modelo: TF 34, País de origen: Alemania. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 15 horas con 26 minutos del 11 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2012058757).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

AE-REG-E-163-2012.—El señor Dennis Murillo Soto, cédula 1-893-940, en calidad de representante legal de la compañía Terminales del Pacífico S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita el Cambio de Nombre Comercial al fertilizante Orca Hierro, de número de registro 6814, compuesto a base de nitrógeno e hierro por el nombre propuesto Golden Hierro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.— San José, a las 10:58 horas del 24 de mayo del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012058751).

Nº AE-REG-E-176/2012.—El señor Carlos A. Soto Leiva, cédula de identidad 9-0026-0625, en calidad de presidente de la compañía Importadora Ticagro S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Bomba Estacionaria de Pistón marca: Launtop, modelo: 3WZ-22W, país de origen: China. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10 horas con 51 minutos del 11 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012059016).

Nº AE-REG-E-168/2012.—La señora María Esther Molina Arias, cédula 2-0350-0582, en calidad de representante legal de la compañía María Esther Molina Arias, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Tecnokel Amino K, compuesto a base de potasio, aminoácidos. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 11:00 horas del 4 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012059022).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

El señor Geovanni Paniagua Jiménez número de cédula 5-0267-0092, vecino de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Nativet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: CEVAC-ND-IB-EDS K, fabricado por Laboratorio Ceva-Phylaxia Veterinary Biologicals Company Ltda., de Hungría, con los siguientes principios activos: Cada dosis de 0.1 ml contiene: Virus de Enfermedad de Newcastle, cepa NDV-SZ la Sota, virus inactivado de la Bronquitis infecciosa, cepa M-41, virus inactivado del Síndrome de Baja Postura, cepa B8 / 78 y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la inmunización activa de gallinas reproductoras y ponedoras a las 16 a 20 semanas de edad, pre inmunización con vacunas viva contra bronquitis infecciosa (IB) y enfermedad de Newcastle (ND) y Síndrome de Baja Postura con vacunas vivas atenuadas. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11 horas del día 12 de junio del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012058791).

El señor Geovanni Paniagua Jiménez número de cédula 5-0267-0092, vecino de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Nativet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Cevac Transmune, fabricado por Laboratorio Ceva-Phylaxia Veterinary Biologicals Company Ltda., de Hungría, con los siguientes principios activos: Cada dosis contiene: Virus de bursitis infecciosa aviar cepa G-61, Winterfield 2512 por lo menos 2.0 log 10 EID50 y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la inmunización activa de embriones sanos de pollo de 18 días de edad y pollitos sanos de 1 día de edad, contra la enfermedad causada por cepas clásicas y muy virulentas del virus de la enfermedad infecciosa de la Bolsa de Fabricio. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10 horas del día 7 de junio del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012058792).

El señor Geovanni Paniagua Jiménez número de cédula 5-0267-0092, vecino(a) de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Nativet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Cevac IBD L, fabricado por Laboratorio Ceva-Phylaxia Veterinary Biologicals Company Ltda., de Hungría, con los siguientes principios activos: Cada dosis contiene: Virus de bursitis infecciosa aviar cepa G-61 por lo menos 2.0 log 10 EID50 y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la prevención de la infección de la Bolsa de Fabricio en aves a partir de 10 días de edad o mayores. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 9 horas del día 7 de junio del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012058793).

El señor Geovanni Paniagua Jiménez número de cédula 5-0267-0092, vecino de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Nativet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Layermune SE, fabricado por Laboratorio Biomune Company de Estados Unidos, con los siguientes principios activos: Cada dosis contiene: Salmonella enteritidis, cepas 037-90, 038-90 y 039-90 al menos 0.725 OD440 y las siguientes indicaciones terapéuticas: Prevención de Salmonellosis causadas por Salmonella enteritidis. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11 horas del día 29 de mayo del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012058794).

El señor Geovanni Paniagua Jiménez número de cédula 5-0267-0092, vecino(a) de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Nativet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Cevac Broiler ND K, fabricado por Laboratorio Ceva-Phylaxia Veterinary Biologicals Company Ltda., de Hungría, con los siguientes principios activos: Cada dosis de 0.1 ml contiene: Virus de la enfermedad de Newcastle cepa NDV-SZ la sota y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la inmunización activa de pollos jóvenes, contra la enfermedad de Newcastle (ND). Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10 horas del día 29 de mayo del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012058797).

El señor Geovanni Paniagua Jiménez número de cédula 5-0267-0092, vecino de Heredia en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Nativet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Vectormune® HVT NDV, fabricado por Laboratorio Biomune Company de Estados Unidos, con los siguientes principios activos: Cada dosis contiene: Virus de la enfermedad de Marek, enfermedad de Newcastle cepa FC-126 y las siguientes indicaciones terapéuticas: Prevención de la enfermedad de Newcastle y de la enfermedad Marek. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 9 horas del día 29 de mayo del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012058800).

El señor Geovanni Paniagua Jiménez, número de cédula 5-0267-0092, vecino de Heredia, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Nativet S. A., con domicilio en Heredia, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Layermune 3, fabricado por Laboratorio Biomune Company de Estados Unidos, con los siguientes principios activos: cada dosis contiene: Enfermedad de Newcastle, tipo B1, cepa La Sota mín. 10(8.1) EID50, Virus de la bronquitis, tipo Mass, cepas M41 y H52 mín. 10(6.6) EID50, Salmonella enteritidis, cepas 037-90, 038-90 y 039-90 al menos 0.725 OD440 y las siguientes indicaciones terapéuticas: para prevención de la enfermedad de Newcastle, bronquitis infecciosa e infecciones por Salmonella enteritidis en aves. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11 horas del 29 de mayo del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012058802).

El doctor Fernando Zúñiga, con número de cédula 1-1081-189, vecino de Coronado en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Ageagro S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Berace Veterinario, fabricado por Laboratorios Arsal S. A. de C.V., de El Salvador, con los siguientes principios activos: cada 10 ml contiene: Vit. B12 100 mcg, Clorhidrato de tiamina 100 mg, Rivoflavina 5 Fosfato 30 mg, Nicotinamida 1000 mg, Clorhidrato de piridoxina 25 mg, Pantenol 25 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: En tratamiento y prevención de las deficiencias de vitaminas del complejo B. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 13 horas del 5 de junio del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012059049).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA

CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título N° 150, emitido por el Liceo Diurno José Martí de Innovación Educativa en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Vargas Rojas Maryliz. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012058026).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 36, título N° 495, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Grecia, en el año dos mil cinco, a nombre de Castro Herrera Oscar Enrique. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, catorce de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012058048).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 9, título N° 66, emitido por el Liceo Nocturno Alfredo González Flores, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Rojas Molina Wilman. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1º de junio del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012058097).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 31, título N° 079, emitido por el Colegio Técnico Profesional General Viejo, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Jiménez Calderón Elvis Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de junio del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012058167).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica “Área de Letras”, inscrito en el tomo 1, folio 06, asiento N° 76, emitido por el Colegio Académico Nocturno de Buenos Aires en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Campos Méndez Ada Iris. Se solicita la reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cuatro días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—Nº RP2012303202.—(IN2012057615).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 1, título N° 19, emitido por el Liceo San Miguel en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Mora Pérez María Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de junio del dos mil doce.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012303602.—(IN2012058290).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Cooperativa de Arroceros Limonenses y Servicio Múltiples R. L., siglas: COOPEARROLI R. L., acordada en asamblea celebrada 19 de enero del 2012. Resolución 1413. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 2, 5, 8, 14, 16, 20 y 35 del Estatuto.—San José, 25 de mayo del 2012.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2012057520).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

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Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, casada, abogada, vecina de San José, cédula número 1-0812-0604, en su condición de apoderada especial de Bayer Animal Health GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada REFLECTOR CON DISPOSITIVO DE SUJECIÓN PARA COLLARES DE ANIMALES.

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La invención comprende un reflector (10) con un dispositivo de sujeción para un collar de animal. El reflector incluye una placa (2) base con una superficie (4) interior y una superficie exterior. Un clip (3), que tiene forma sustancialmente de U, discurre sobre la superficie interior, sujetándose el extremo de la primera pata (7) del clip por medio de una conexión (9) móvil a un primer lado de la placa base, y siendo el extremo de la segunda pata (8) adecuado para su sujeción irreversiblemente a un lado de la placa base enfrente del primer lado. En la superficie exterior de la placa base hay prismas (1) triples. En la superficie interior de la placa base hay uno o más espaciadores (6). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es A01K 27/00 cuyo (s) inventor (s) es (son) Vehling, Liska; Muller, Uwe; Steiner Ingrid. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0098 y fue presentada a las 10:10:10 del 27 de febrero del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de marzo del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012302582.—(IN2012056682).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, en condición de apoderado especial de Astrazeneca AB, de Suecia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE LA CROMENONA CON ACTIVIDAD ANTI-TUMORAL.

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La invención se refiere a derivados de cromenona de fórmula I, o una sal farmacéuticamente aceptable de estos, donde cada R1, R2, R3, R4, R5, R6, R7, R8, n y R9 tienen cualquiera de los significados mencionados anteriormente en la descripción, procesos para su preparación, composiciones farmacéuticas que los contienen y sus usos en la elaboración de un medicamento para utilizar en el tratamiento de trastornos de proliferación celular. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D  311/22; A61K 31/558; A61K 31/5377; cuyo(s) inventor(es) es (son) Barlaam, Bernard, Christophe, Degorce, Sebastien, Louis, Lambert-Van Der Brempt, Christine, Marie, Paul, Morgentin, Remy, Robert, Ple, Patrick. La solicitud correspondiente lleva el número 20120217, y fue presentada a las 12:42:18 del 27 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012302625.—(IN2012056683).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula Nº 1-1018-975, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE SULFONAMIDA HETEROCÍCLICOS ÚTILES COMO INHIBIDORES DE MEK.

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La presente invención se refiere a los compuestos de la fórmula (IA). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07D 471/04, cuyo(s) inventor(es) es(son) Bock, Mark, G., Chikkanna, Dinesh, Moebitz, Henrik, Pandit, Chetan, Moebitz, Henrik. La solicitud correspondiente lleva el número 20120234, y fue presentada a las 14:31:10 del 4 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de mayo del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012302627.—(IN2012056684).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Edgar Rohrmoser Zúñiga, mayor, abogado, cédula de identidad número 1-617-586, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Eaton Corporation de los Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada INTERRUPTOR DE CIRCUITO DE FALLA DE ARCO Y MÉTODO QUE PROVEE RECHAZO DE DISPARO INJUSTIFICADO. Un interruptor de circuito de falla de arco incluye contactos separables, un mecanismo operativo y un detector de fallas de arco estructurado para detectar una condición de falla de arco asociada operativamente con los contactos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es H02H 1/00 cuyos inventores son Kevin L, Parker; Theodore J. Miller. La solicitud correspondiente lleva el número 2011-0390 y fue presentada a las 13:12:15 del 19 de julio de 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de noviembre del 2011.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2012058212).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Gilead Sciences, Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada: DERIVADOS DE PURINA O DEAZAPURINA ÚTILES PARA EL TRATAMIENTO DE ÍNTER ALIA INFECCIONES VIRALES. La presente solicitud incluye moduladores de los TLR novedosos, composiciones que contienen dichos compuestos y métodos terapéuticos que incluyen la administración de dichos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07D 473/16, cuyos inventores son Halcomb, Randall, L., Roethle, Paul, A. La solicitud correspondiente lleva el número 20120255 y fue presentada a las 13:36:10 del 17 de mayo de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de junio de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012059070).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Mujeres Pro Vivienda Ángeles de San Ramón, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: El dotar de vivienda propia a los habitantes de los distritos de San Ramón, Alajuela. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: María de Los Ángeles Miranda Ruiz. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2012 asiento 87090).—Curridabat, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012303501.—(IN2012058284).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Costa Rican Young Arbitrators (Asociación jóvenes árbitros de Costa Rica), con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el conocimiento de los temas directamente relacionados al arbitraje comercial internacional, el comercio internacional, las relaciones internacionales, los procesos judiciales nacionales y cualquiera otras ramas del Derecho que sean de interés para sus asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Carlos Miguel Peña Quintana. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2012 asiento 87572).—Curridabat, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil doce.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—RP2012303580.—(IN2012058285).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Playas Zapotal y Danta con domicilio en la provincia de Guanacaste, cantón Carrillo, Sardinal, Playa Zapotal, de la entrada del camino público a la playa, quinientos metros al norte, casa de Finca Guacamaya color verde a mano izquierda, contiguo al portón de entrada. Cuyo fines primordiales, entre otros, son: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el AyA. Colaboración en los programas y campañas de índole educativa que se emprendan. Su presidente James Alston Berry es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo limitado a la suma de diez millones de colones sin céntimos, y con las limitaciones que indica el estatuto. El Vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones que este cuando lo sustituye. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite; tomo: 2012 asiento: 168378, sin adicionales.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 35 minutos, del 13 de junio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012303700.—(IN2012058286).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-084978, denominación: Asociación de Vivienda Niño Jesús de Praga. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en tramite. Documento tomo: 2012 asiento: 167522.—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 51 minutos y 44 segundos, del 5 de junio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012303800.—(IN2012058287).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Banda Comunal la Fortuna. con Domicilio en la provincia de Alajuela, San Carlos, La Fortuna, en las instalaciones de la Escuela Pública. Cuyo fin primordial es: Proporcionar la ayuda necesaria a las personas interesadas en aprender el uso de algún instrumento musical para con ello integrar la banda comunal de la Fortuna de San Carlos. Suministrar a las personas de la comunidad una opción para desarrollarse en el campo de la música. Su presidenta Ana Lorena Salas Hidalgo es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones que indica el estatuto. El vicepresidente sustituirá a la presidenta en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones que este cuando lo sustituye. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite; tomo: 2012 asiento: 127906, sin adicionales.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 35 minutos, del 24 de mayo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012303879.—(IN2012058288).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Dirección Nacional de Notariado comunica: Que ante este Despacho Administrativo el licenciado Minor Roberto Durán Chinchilla, cédula de identidad Nº 1-0749-0707, carné profesional número 13550, ha presentado solicitud de habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación. (Expediente Administrativo N° 12-000610-0624-NO).—San José, Curridabat, once de junio de dos mil doce.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012303637.—(IN2012058291).

La Dirección Nacional de Notariado hace saber: Que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial, del licenciado Guillermo Madrigal Solís, cédula de identidad número 1-1037-0778, carné de abogado número 19631. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quiénes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Exp. 12-000540-624-NO.—San José, 7 de junio del 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez. Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012303653.—(IN2012058292).

La Dirección Nacional de Notariado hace saber: Que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la licenciada Susana Salas Araya, cédula de identidad Nº 2-0582-0193, carné de abogada número 17868. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quiénes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Exp. 12-000475-624-NO.—San José, 7 de junio del 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2012303702.—(IN2012058293).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE

DE DOMINIO PÚBLICO

EDICTOS

En expediente Nº 8-2011 la señora Xinia Mora Quesada, mayor, viuda, empresaria, vecina de Escazú, San José, cédula número 2-185-923, apoderada generalísima de Súper Grúas S. A., cédula jurídica 3-101-254907, presenta solicitud para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Chirripó.

Localización geográfica:

Sito en: Finca 7, distritos: 03 Horquetas y 01 Guápiles, cantones: 10 Sarapiquí y 02 Pococí, provincias: 04 Heredia y 07 Limón.

Hoja cartográfica:

Hoja cartográfica Guápiles, escala 1:50.000 del IGN.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas 254004.85-254003.63 norte, 552881.07-552281.46 este límite aguas arriba y 255395.38-255395.51 norte, 552017.76-552480.83 este límite aguas abajo.

Área solicitada:

82 ha 5 731,25 m2, longitud promedio 1 628,56 metros, según consta en plano aportado al folio 61.

Derrotero:

Coordenadas del vértice Nº 1 255395.38 norte, 552017.76 este.

               Línea                              Acimut                         Distancia (m)

       1-2                                175°09’                                 31.57

       2-3                                177°21’                                 41.67

       3-4                                147°40’                                 64.93

       4-5                                181°10’                                 65.05

       5-6                                162°58’                                 40.69

       6-7                                179°22’                                 24.54

       7-8                                175°50’                                 35.52

       8-9                                193°28’                                 62.22

      9-10                               185°22’                                 55.07

     10-11                              174°45’                                 70.06

     11-12                              159°59’                                 44.55

     12-13                              170°19’                                 30.81

     13-14                              188°53’                                 29.99

     14-15                              248°57’                                 18.02

     15-16                              181°11’                                 43.90

     16-17                              182°01’                                 81.79

     17-18                              198°23’                                 68.76

     18-19                              194°29’                                 41.21

     19-20                              179°22’                                 48.52

     20-21                              175°26’                                 18.46

     21-22                              152°48’                                 50.28

     22-23                              161°10’                                 52.65

     23-24                              150°18’                                 50.83

     24-25                              164°47’                                 56.46

     25-26                              122°27’                                 70.77

     26-27                              126°26’                                 46.30

     27-28                              153°09’                                 44.83

     28-29                              159°55’                               103.10

     29-30                              165°46’                                 67.29

     30-31                              168°29’                                 49.04

     31-32                                89°53’                               599.61

     32-33                                31°11’                                 19.80

     33-34                                59°25’                                 36.62

     34-35                                31°11’                                 34.15

     35-36                                  3°20’                                 39.88

     36-37                              359°33’                                 56.78

     37-38                              334°17’                                 61.90

     38-39                              306°41’                                 46.88

     39-40                              267°41’                                 57.94

     40-41                              298°56’                                 72.80

     41-42                              312°06’                                 67.13

     42-43                              350°09’                                 46.58

     43-44                                15°05’                                 75.91

     44-45                                20°36’                                 80.90

     45-46                                32°46’                                 73.45

     46-47                                39°38’                                 69.06

     47-48                                19°10’                                 70.57

     48-49                                26°20’                                 72.62

     49-50                                17°49’                                 31.37

     50-51                              359°54’                                 51.73

     51-52                              331°55’                                 84.66

     52-53                              313°57’                               114.02

     53-54                              324°27’                                 72.96

     54-55                              293°39’                                 46.93

     55-56                              312°14’                                 70.22

     56-57                              322°22’                                 56.59

     57-58                              326°19’                                 72.26

     58-59                              326°51’                                 67.93

     59-60                              322°49’                                 52.55

     60-61                              340°50’                                 44.06

      61-1                               269°59’                               463.07

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 13 de abril del 2011, área y derrotero aportados el 19 de diciembre del 2011.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del once de mayo del dos mil doce.—Registro Nacional Minero.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla, Jefa.—(IN2012057426).

2 v. 1. Alt.

En expediente Nº 21-2011 el señor José Alberto Rosales Chaves, mayor, casado, agricultor, vecino de La Guaria, Piedras Blancas, Osa, cédula 6-182-941, apoderado generalísimo de Asociación de Productores de Canaima de Osa, cédula jurídica número 3-002-140771, presenta solicitud para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Esquinas.

Localización geográfica:

Sito en: La Guaria, distritos: 05 Piedras Blancas y 03 Guaycará, cantones: 05 Osa y 07 Golfito, provincia: 06 Puntarenas.

Hoja cartográfica:

Hoja cartográfica Piedras Blancas, escala 1:50.000 del IGN.

Localización Cartográfica:

Entre coordenadas 301200.943-301244.990 norte, 549484.931-549524.341 este límite aguas abajo y 300069.713-299951.040 norte, 550633.846-550572.302 este límite aguas arriba.

Área solicitada:

11 ha 0396.00 m², longitud promedio 1976.50 metros, según consta en plano aportado al folio 55.

Derrotero:

Coordenadas del vértice N° 1 300069.713 norte, 550633.846 este.

 

Línea

Acimut

Distancia (mts)

1 - 2

207°25’

133.68

2 - 3

307°02’

89.29

3 - 4

338°40’

74.70

4 - 5

339°39’

99.85

5 - 6

288°36’

54.77

6 - 7

299°54’

140.76

7 - 8

304°36’

103.25

8 - 9

297°33’

139.24

9 - 10

331°55’

95.79

10 - 11

15°51’

113.23

11 - 12

25°54’

96.90

12 - 13

340°53’

22.38

13 - 14

247°16’

104.01

14 - 15

254°32’

103.96

15 - 16

303°31’

135.73

16 - 17

20°10’

118.41

17 - 18

333°31’

80.53

18 - 19

321°37’

97.22

19 - 20

329°49’

204.71

20 - 21

301°36’

99.47

21 - 22

301°49’

47.36

22 - 23

41°49’

59.10

23 - 24

128°34’

55.43

24 - 25

138°46’

98.61

25 - 26

146°13’

94.92

26 - 27

141°48’

103.94

27 - 28

152°27’

95.32

28 - 29

143°05’

105.98

29 - 30

194°41’

109.51

30 - 31

127°24’

71.54

31 - 32

64°47’

113.53

32 - 33

88°14’

90.17

33 - 34

101°01’

64.52

34 - 35

190°26’

60.35

35 - 36

188°03’

69.52

36 - 37

197°10’

95.49

37 - 38

163°49’

74.88

38 - 39

124°10’

98.77

39 - 40

100°29’

93.26

40 - 41

122°09’

119.10

41 - 42

130°04’

95.84

42 - 43

133°49’

113.61

43 - 1

123°16’

107.14

 

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 1º de noviembre del 2011, área y derrotero aportados el 13 de diciembre del 2011. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, 21 de mayo del 2012.—Registro Nacional Minero.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla, Jefa.—(IN2012057428).                                                                                                                                                                                               2 v. 1. Alt.

DIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 15224P.—Prestavivi S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo de acuífero (pozo BA-261), efectuando la captación en finca del mismo, en Alajuela, Alajuela, para uso industria alimentaria. Coordenadas 221.700 / 512.500 hoja La Lajuela. 2 litros por segundo de acuífero (pozo BA-262), efectuando la captación en finca del mismo en Alajuela, Alajuela, para uso industria alimentaria. Coordenadas 221.700 / 512.510 hoja La Lajuela. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012055289).

Exp. 8301A.—Sociedad de Usuarios de Agua Hermanos Mora Chinchilla, solicita concesión de: 0,10 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio, Alajuelita, San José, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 207.200 / 523.650 hoja Abra. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012055296).

Exp. 15191A.—Inversiones Cielos Transparentes de Sabanilla SRL., solicita concesión de: 6,5 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca del mismo en Brunka, Buenos Aires, Puntarenas, para uso acuicultura y riego. Coordenadas 102.315 / 568.350 hoja Buenos Aires. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012055300).

Exp. 12848P.—Sebastián, Olga y José, todos, González Méndez solicita concesión de: 2,5 litros por segundo acuífero (pozo TP-32), efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, El Guarco, Cartago, para uso industria. Coordenadas 200.600 / 542.300 hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012055305).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Raquel del Socorro Aragón Flores, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1348-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta y cuatro minutos del diecinueve de abril del dos mil doce. Exp. Nº 4611-2012. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Sheysell Raquel Padilla Aragón y de Isaac Joel Padilla Aragón, en el sentido que el nombre de la madre... es “Raquel del Socorro”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012303148.—(IN2012057608).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Evelyn Hernández Minas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2356-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veinticinco minutos del veintitrés de agosto del dos mil seis. Ocurso. Exp. N° 07983-2006. Resultando: 1º—..., 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Óscar Antonio Gumeras Hernández, en el sentido que el primer apellido del padre y el nombre de la madre del precitado menor son “Guneras” y “Evelyn”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—RP2012303299.—(IN2012057609).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rances Arely Mora Campos, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1419-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas siete minutos del veintiséis de abril del dos mil doce. Ocurso. Exp. N°.4190-2012. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto,  Rectifíquese el asiento de nacimiento de Rances Arely Mora Campos...; en el sentido que el primer nombre... es “Ramsés”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012058229).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Fabio Chavarría Arguedas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 850-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del veintidós de febrero del dos mil doce. Exp. Nº 40879-2011. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de José Chavarría Arguedas con Carmen Arias Quesada..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la cónyuge son “Carmen Mireya Alfaro Arias, hija de Antonio Alfaro Quesada y Ermelinda Arias Quesada, costarricenses” y el asiento de defunción de Mireya Alfaro Arias..., en el sentido que el nombre y el estado civil... son “Carmen Mireya” y “casada con José Chavarría Arguedas” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012058237).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María José González, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3358-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas un minuto del siete de diciembre del dos mil once. Exp. Nº 39724-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de María Fernanda González Molina y de Jefersson André González Molina, en el sentido que el apellido de la madre... es “González, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012058255).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yessica María Arguedas Ávalos, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1056-2005.—Registro Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José a las catorce horas treinta minutos del nueve de junio del dos mil cinco. Ocurso. Exp. N° 8535-2005. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hecho Probado:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yessica María Arguedas Ávalos, en el sentido que el primer nombre de la persona ahí inscrita es “Jessica” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2012058752).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Haydalina de los Ángeles Chávez, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1576-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas tres minutos del diez de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 38385-2011. Resultando 1-..., 2-…, 3-…Considerando: I. Hechos Probados:.., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Adrián Josué Umaña Chaves, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Haydalina de los Ángeles Chávez, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012058874).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Patricia Clemencia Toval Toval, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1275-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas un minuto del doce de abril del dos mil doce. Exp. Nº 46143-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I.- Hechos Probados:..., II.- Hechos no Probados:..., III.- Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Felipe Hernández Hernández con Patricia Clemencia Toval, no indica otro apellido..., en el sentido que los apellidos de la madre de la cónyuge; consecuentemente los apellidos de la misma son “Toval Toval” y la razón marginal de fecha dos de julio de mil novecientos noventa y nueve consignada mediante sello de rectificación en el asiento de nacimiento de Jeohanna Patricia Hernández Toval..., en el sentido que los apellidos de la madre... son “Toval Toval”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012058884).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Glenda Cecilia Vargas Madrigal, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 858-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cincuenta minutos del primero de marzo del dos mil doce. Exp. Nº 44767-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I.-Hechos Probados:..., II.-Hechos no Probados:..., III.-Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Christian Mauricio Mendoza Carmona con Glenda Cecilia Madrigal Villalobos, en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “Vargas Madrigal, hija de Fernando Vargas González y Cecilia Madrigal Villalobos, costarricenses” y el asiento de nacimiento de Jeremy Mauricio Mendoza Madrigal, en el sentido que los apellidos de la madre... son “Vargas Madrigal”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012059032).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Horacio Francisco Rivas Macías, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1956-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta minutos del seis de junio del dos mil doce. Exp. Nº 15084-2012. Resultando 1.-..., 2..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de María Fernanda Rivas Quintero..., en el sentido que el nombre del padre... es “Horacio Francisco” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012059057).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Jaime Antonio Soria Prado, mayor, casado, economista, boliviano, cédula de residencia 106800007500, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2402-2011.—San José, cuatro de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—RP2012303164.—(IN2012057610).

Amparo de Jesús Giraldo Carvajal, mayor, soltera, comerciante, colombiana, cédula de residencia 117000910614, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3093-2004.—San José, trece de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—RP2012303208.—(IN2012057611).

Rafael Iván Dávila Guevara, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155812746826, vecino de Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1106-2012.—San José, catorce de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—RP2012303342.—(IN2012057612).

Yamileth Enoe Valdez Portillo, mayor, soltera, control de calidad en sistemas informáticos, salvadoreña, cédula de residencia 122200107825, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2081-2011.—San José, dieciocho de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—(IN2012057990).

Eddy José Urbina Martínez, mayor, soltero, ayudante de proceso, nicaragüense, cédula de residencia 155807090006, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2197-2011.—San José, ocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012058790).

María Delia Rivas Sosa, mayor, soltera, del hogar, salvadoreña, cédula de residencia 122200362210, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1300-2008.—San José, dieciocho de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012058866).

Erlinda Bellyni Rivas Sosa, mayor, soltera, artesana, salvadoreña, cédula de residencia 122200100818, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1268-2008.—San José, veinticuatro de mayo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012058868).

Gloria Julissa Castillo Gaitán, mayor, soltera, agente de ventas, nicaragüense, cédula de residencia 155802176506, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 1102-2012.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012059024).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

MODIFICACIÓN Nº 2 AL PLAN DE COMPRAS 2012

El Consejo Técnico de Aviación Civil y la Dirección General de Aviación Civil, comunican de conformidad con la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, que se ha efectuado la segunda modificación al plan de compras 2012, la que se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema CompraRed, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared, a partir de esta publicación.

San José, 20 de junio del 2012.—José Cascante Torres, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 22773.—Solicitud Nº 32478.—C-4700.—(IN2012061386).

LICITACIONES

SALUD

DIVISIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN FINANCIERA DE BIENES Y SERVICIOS

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACION PÚBLICA Nº 2012LN-000007-UPIMS

Mantenimiento y reparación de equipo de transporte

para el Nivel Central y Regional Consejo Técnico

de Asistencia Médico Social con fondos

del Fideicomiso 872

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, por medio del Presupuesto del Consejo Técnico de Asistencia Médico Social con Fondos del Fideicomiso 872, recibirá propuestas hasta las 10:00 horas del 24 de julio del 2012, para contratar: Mantenimiento y reparación de equipo de transporte para el nivel Central y Regional.

El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha Contratación Administrativa, podrán retirarse por parte de los interesados, sin costo alguno, a partir de la presente publicación en la Proveeduría Institucional de este Ministerio, sita tercer piso del edificio sur del Ministerio de Salud, ubicado en calle 16, avenidas 6 y 8.

San José, 26 de junio del 2012.—Proveeduría Institucional.—Licda. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 41068.—C-9420.—(IN2012064770).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en los siguientes procedimientos:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000019-PROV

Compra de Marcos Detectores de Metal

Fecha y hora de apertura: 8 de agosto del 2012, a las 10:00 horas.

——————

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000025-PROV

Compra de Discos Duros Externos

Fecha y hora de apertura: 20 de julio del 2012, a las 10:00 horas.

—————

Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3º piso del edificio Anexo B, ubicado en la esquina formada entre calle 15 avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente dirección: rchavesc@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24:00 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación al teléfono 2295-3623.

San José, 27 de junio del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2012065443).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000038-2104

Ciclos de esterilización a baja temperatura

Se comunica fecha de recepción de ofertas el 23 de julio del 2012, a las 10:00 horas.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.

Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012065468).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

GERENCIA DE LOGISTICA Y RECURSOS

INSTITUCIONALES

LISTA CORTA Nº 2012LC-0001-PROV

Contratación de Servicios de Consultoría para Estudio

de Cambio Climático en Costa Rica

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los proveedores interesados en conformar la Lista Corta de Firmas Consultoras, que recibirá expresiones de interés de acuerdo a las condiciones generales y especiales establecidas al efecto hasta las 14:00 horas del 26 de julio del 2012, en la Ventanilla Única de la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del Edificio Central ICE, para el suministro de lo siguiente: “Contratación de Servicios de Consultoría para Estudio de Cambio Climático en Costa Rica”

Se les informa además que se pondrá a disposición las condiciones y formularios en nuestro sitio Web: www.grupoice.com/PEL

San José, 27 de junio del 2012.—Proveeduría Institucional.—Luis Fernando Araya Montero.—1 vez.—O. C. Nº 356441.—Solicitud Nº 47496.—C-20700.—(IN2012065446).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000036-PRI

(Circular Nº 1)

Construcción de tanque Almacenamiento Elevado

de Vol. 75 m3 en Caño Castilla de Los Chiles

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000036-PRI, que a partir de la presente publicación, estará disponible la circular Nº 1, la cual podrá ser retirada directamente en la Dirección de Proveeduría, sita en el módulo C, piso 3 del Edificio Sede del A y A en Pavas o bien en la dirección www.aya.go.cr.

San José, 27 de junio del 2012.—Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42124.—C-11300.—(IN2012065439).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000049-01

Compra de equipo de refrigeración comercial

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 18 de julio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

San José, 27 de junio del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46904.—C-12240.—(IN2012065473).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000034-01

Compra de sistemas de inhibidores de descargas eléctricas

atmosféricas de varias unidades distribuidas en la Sede

Central, con un ámbito de cobertura compuesto

por inhibidores de descargas eléctricas

atmosféricas de estado sólido

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 23 de julio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46904.—C-18820.—(IN2012065474).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000037-01

Contratación del desarrollo de un Mega Portal Web

Institucional y Sistema de Inscripción

y Matrícula en Línea

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 8:00 horas del 24 de julio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢1.000,00 en el Proceso de Adquisiciones sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46904.—C-14120.—(IN2012065475).

AVISOS

POPULAR VALORES, PUESTO DE BOLSA S. A.

Popular Valores, Puesto de Bolsa S. A., recibirá ofertas por escrito en sus oficinas ubicadas en San José, Paseo Colón, piso Nº 8 del edificio Torre Mercedes, hasta las 10:00 horas del día 13 de julio del 2012, para el siguiente servicio:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-01

Contratación de una empresa para la administración

de documentos físicos

Los interesados en este concurso podrán adquirir el cartel por un valor de ¢500,00 (quinientos colones exactos), el pago y retiro del mismo se puede realizar en las Oficinas de Popular Valores, Puesto de Bolsa, S. A., con un horario de lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

San José, 27 de junio del 2012.—Servicios Administrativos.—Lic. Ricardo Hernández Agüero, Jefe.—1 vez.—(IN2012065728).

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO S. A.

LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000040-02

Contratación de los servicios de Consultoría

para el Proyecto Terminal Portuaria

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000040-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 23 de julio del 2012.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página WEB de Recope, www.recope.com.

San José, 27 de junio del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 39172.—C-14120.—(IN2012065425).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TIBÁS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000002-01

Contratación de abogados externos para cobro

judicial de tasas e impuestos municipales

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Tibás, invita al público en general a participar en la Licitación Pública Nº 2012LN-000002-01, denominada contratación de abogados externos para cobro judicial de tasas e impuestos municipales, para tales efectos se podrá adquirir el cartel en la Proveeduría Municipal por un costo de ¢7.000,00 y se recibirán las ofertas hasta las once horas del lunes 23 de julio del 2012, de conformidad con la hora oficial que marque el reloj que para tales efectos se mantiene en la recepción del Edificio Central de la Municipalidad.

San Juan de Tibás, 27 de junio del 2012.—Proveeduría.—Licda. Karol González Román, Proveedora Municipal a. í.—1 vez.—(IN2012065479).

MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-OPMAR

Adquisición de un vehículo carrocería todo terreno,

categoría automóvil, tracción 4 x 4

La Municipalidad de Zarcero, invita a todos los interesados en participar, a presentar su oferta para el proceso de Licitación Abreviada Nº 2012LA-000004-OPMAR “Adquisición de un vehículo carrocería todo terreno, categoría automóvil, tracción 4 x 4”. La apertura de la misma será el viernes 20 de julio del 2012, a las 14:00 horas en el salón de sesiones de la Municipalidad de Zarcero, ubicada 50 mts oeste de la esquina noroeste del parque de Zarcero. El  cartel respectivo se puede únicamente adquirir en la plataforma de servicios, por un costo de ¢3.000,00 (tres mil colones netos).

Zarcero, 27 de junio del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Vanessa Salazar Huertas, Proveedora.—1 vez.—(IN2012065556).

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000008-01

Compra de tres centros de recreación

El Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, por este medio, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000008-01, e indica que recibirá ofertas hasta las nueve horas del día 11 de julio del 2012.

El cartel puede ser retirado en la oficina de proveeduría del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, en forma gratuita, de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:00 p.m., estamos ubicados 150 mts al oeste del Banco Nacional de Cóbano.

Cóbano, 13 de junio del 2012.—Proveeduría Municipal.—Jackeline Rodríguez Rodríguez.—1 vez.—(IN2012065492).

ADJUDICACIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

PROYECTO LIMÓN CIUDAD PUERTO

Contrato Nº 7498-CR

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Nº LPN-000001-UCP-2012

Restauración y Rehabilitación del Edificio

de Correos de Costa Rica,

Sede Limón

La Unidad Coordinadora Proyecto Limón Ciudad Puerto-Unidad Técnica Ejecutora del Ministerio de Cultura y Juventud, comunica el resultado del proceso de adjudicación para la obra de Restauración y Rehabilitación del Edificio de Correos de Costa Rica, Sede Limón, bajo la modalidad de Licitación Pública Nacional, dentro del Contrato de Préstamo Nº 7498-CR, y en cumplimiento con las Normas de Contrataciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, de mayo 2004-versión revisada en octubre de 2006 para el proceso:

 

Proceso Nº

Participantes y Montos Ofertados y Evaluados

Oferente Adjudicado

Monto Adjudicado

Plazo del Contrato

Alcance del Contrato

LPN-000001-UCP-2012

1. Consorcio Recubrimiento y Construcciones REYCO S. A./ ¢785.000.000,00.

2. Rodríguez Constructores y Asociados-ROCA S. A./ ¢593.576.588,00.

3. Construcciones Peñaranda S. A./ ¢655.855.687,15

4. Consorcio R y S Consultores y Fernández Vaglio/ ¢590.209.724,00

5. Consorcio IPOCSA-TILMON/ ¢784.996.000,00

Consorcio R y S Consultores y Fernández Vaglio S.A.

¢590.209.724,00

4 Meses

Restauración y Rehabilitación del Edificio de Correos de Costa Rica, Sede Limón

 

El Informe de Evaluación cuenta con No Objeción del Banco Mundial de fecha 21 de junio del 2012.

Limón, 25 de junio del 2012.—Lic. Victoria León Wong, Directora Ejecutiva-UCP.—1 vez.—(IN2012065448).

SALUD

DIVISIÓN ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN FINANCIERA DE BIENES Y SERVICIOS

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACION PÚBLICA Nº 2011LA-000012-UPIMS

Sistema de Planificación de Actividades Institucionales

Consejo Técnico de Asistencia Médico Social

con fondos del Fideicomiso 872

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, comunica que por Resolución Nº 080-2012, de las 9:00 horas del 26 de junio del 2012, se declara desierta la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000012-UPIMS.

San José, 26 de junio de 2012.—Proveeduría Institucional.—Licda. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 41069.—C-7070.—(IN2012064769).

LICITACION PÚBLICA Nº 2011LN-000005-UPIMS

Construcción y equipamiento del CINAI de San Isidro

de Coronado oficina de Cooperación

Internacional de la Salud

La Oficina de Cooperación Internacional de la Salud, comunica que por Resolución Nº 0079-2012 de las 8:00 horas del 22 de junio del 2012 el monto adjudicado es:

Empresa Contratar a la empresa Construcciones Astorga para realizar la Construcción y equipamiento del CINAI de San Isidro de Coronado amparado en la Licitación Pública 2011LN-000005-UPIMS por un monto de ciento setenta y cinco millones cincuenta mil trescientos treinta colones con 10/100 (¢175.050.330,10), con cargo a la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud O.C.I.S.

San José, 26 de junio del 2012.—Proveeduría Institucional.—Licda. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 41070.—C-9420.—(IN2012064771).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000031-PRI

Compra de materiales metálicos para

el mantenimiento de hidrantes

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Gerencia Nº SGG-2012-0352, se adjudica la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000031-PRI, de la siguiente forma:

A: Oferta Nº 1: Torhema & Tornillos de Costa Rica S. A., Pos. 24, Monto Total Adjudicado ¢700.600,00 (ivi); Oferta Nº 3: Atlas Marketing Inc., representada por ATC Tecnoval S. A., Pos. 4, 5, 6, 12, 14, 17, 20, 21, 22, 23 y 25, Monto Total Adjudicado $42.846,60 (DDP); Oferta Nº 4: Plumbing Supplies S. A., Pos. 7, 10, 11 y 18, Monto Total Adjudicado $32.054,26 (ivi); Oferta Nº 5: Tubocobre S. A., Pos. 8, 9, 13, 15, 16 y 19, Monto Total Adjudicado ¢23.637.283,50 (ivi); Oferta Nº 6: Regulación y Manejo de Fluidos R&M de Costa Rica S. A., Pos.1, 2 y 3, Monto Total Adjudicado $15.368,00 (ivi). Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

San José, 27 de junio del 2012.—Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42125.—C-23520.—(IN2012065436).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-SUTEL

(Declaratoria Infructuosa)

Contratación de una empresa que realice la revisión,

actualización y definición de las condiciones

de medición de los parámetros de calidad

de los servicios de telecomunicaciones,

establecidas en el Reglamento

de prestación y calidad

de los servicios

La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica Nº 3-007-566209, comunica a los interesados en la contratación de referencia, que aplicando el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y con base en oficio 2501-SUTEL-2012, la misma se declara infructuosa, ya que al concurso no se presentó ninguna oferta.

Área de Proveeduría.—Licda. Noilly Chacón González.—1 vez.—O. C. Nº 0116.—Solicitud Nº 40912.—C-16940.—(IN2012064791).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000005-SUTEL

Compra de equipo de cómputo y periféricos para la SUTEL

La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica Nº 3-007-566209, comunica a los interesados en la contratación de referencia, que según oficio 2480-SUTEL-2012, se adjudica la misma, por cumplir legal y técnicamente con lo requerido en el cartel, al proveedor siguiente:

Nortec Consulting S. A., cédula jurídica Nº 3-101-402651, para un costo total del equipo de $66.344,38 (sesenta y seis mil trescientos cuarenta y cuatro dólares con treinta y ocho centavos).

Plazo de entrega del equipo: 30 días naturales, luego de enviada la orden de compra por fax o por correo electrónico.

Área de Proveeduría.—Licda. Noilly Chacón González.—1 vez.—O. C. Nº 0116.—Solicitud Nº 40912.—C-15040.—(IN2012064794).

AVISOS

FUNDACIÓN PARA ADMINISTRAR LOS MUSEOS

DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012PP-00001-CL

Compra de equipo tecnológico

La Fundación para Administrar los Museos del Banco Central de Costa Rica (FMBCCR) hace del conocimiento de los interesados del concurso Licitación Abreviada Nº 2012PP-00001-CL “Compra de equipo tecnológico”, que la Junta Administrativa de la Fundación para Administrar los Museos del Banco Central de Costa Rica, mediante Sesión Ordinaria Nº 2012-05 del 21 de junio del 2012, acordó adjudicar dicho concurso de la siguiente manera:

    Ítems 1, 2, 3, 5: a la empresa componentes El Orbe Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-111502, por un monto en ítem 1 de $11.215,69, por un monto en el ítem 2 de $21.089,91, por un monto en el ítem 3 de $4.453,79, por un monto en el ítem 5 de $5.991,76, para un monto total $42.751,15, (cuarenta y dos mil setecientos cincuenta y un dólares con 15/100)

    Ítem 4 a la empresa Central de Servicios P. C. Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-096527, por un monto en el ítem 4 de $955,20, para un monto total $955,20, (novecientos cincuenta y cinco dólares con 20/100)

    Ítem 6 y 7, a la empresa Central Digital de Servicios, por un monto en ítem 6 de $4.289,64, por un monto en el ítem 7 de $8.186,85, para un monto total $12.476,49 (doce mil cuatrocientos setenta y seis dólares con 49/100)

Todos los montos adjudicados incluyen los impuestos.

Lic. José Hernán Solano Romero, Gerente Financiero Administrativo.—1 vez.—(IN2012065416).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000005-01

Separación y disposición final de los desechos sólidos

utilizables, residenciales y comerciales del cantón de Escazú

Se comunica a los potenciales oferentes, cuya invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 87 del siete de mayo de dos mil doce, que en acatamiento de lo dispuesto en el artículo Nº 15 del reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se declara infructuosa el siguiente procedimiento de Contratación Administrativa: Licitación Pública Nº 2012LN-000005-01, separación y disposición final de los desechos sólidos utilizables, residenciales y comerciales del cantón de Escazú.

Proveeduría.—Cira Castro Myrie.—1 vez.—O. C. Nº 32992.—Solicitud Nº 3952.—C-6560.—(IN2012064788).

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-01

Compra de un terreno para construcción

de un Centro Adulto Mayor

Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Esparza en acta número ocho de sesión ordinaria, según artículo número diecinueve, capítulo tercero, efectuada el lunes veinticinco de dos mil doce, con respecto a la Licitación Pública Nº 2012LN-000001-01 “Compra de un terreno para construcción de un Centro Adulto Mayor”, acuerda declarar infructuoso el presente proceso.

Esparza, 26 de junio del 2012.—Dirección Gestión Administrativa Proveeduría.—Luis Espinoza Alfaro, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012064418).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000012-01

Compra de vehículo todo terreno

para la administración

Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Esparza en acta número cero siete de sesión ordinaria, según artículo número catorce, capítulo tercero, efectuada el lunes dieciocho de dos mil doce, con respecto a la Licitación Abreviada Nº 2012LN-000010-01 “Compra de vehículo todo terreno para la administración”, recomienda adjudicar a Purdy Motor S. A., por un monto total de ¢9.995.000,00 (nueve millones novecientos noventa y cinco mil colones 00/100) con un tiempo de entrega es de quince días hábiles, con una garantía de 36 meses o 100.000 km.

Esparza, 26 de junio del 2012.—Dirección Gestión Administrativa Proveeduría.—Luis Espinoza Alfaro, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012064419).

FE DE ERRATAS

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA DE COMPRAS Y PAGOS

LICITACION PÚBLICA Nº 2012LN-000003-01

Remodelación del Edificio Central oficina en Limón

El Banco de Costa Rica, informa a los interesados en la licitación en referencia que el cartel ha sido modificado, por lo que la fecha de apertura de ofertas se traslada para las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del día 8 de agosto del 2012.

El texto de las modificaciones, debe ser retirado en la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso de oficinas centrales.

Licitaciones.—Francis Hernández M.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6533.—C-14120.—(IN2012065457).

Estudio de mercado RFI para el Proyecto de Adquisición

de Sistema de Almacenamiento para soporte de ambiente

de desarrollo pruebas YU Datawarehouse

El Banco de Costa Rica informa a los interesados en el estudio en referencia que la recepción de propuestas se ha modificado de la siguiente forma:

1.  “El Banco de Costa Rica (BCR), recibirá propuestas de estudio por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del día 16 de julio del 2012…”

El resto de las condiciones permanece invariable.

Oficina Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6534.—C-11300.—(IN2012065509).

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-01

Contratación de servicios profesionales de inspección

de calidad de especificaciones para proyectos

de construcción, mejoramiento de obras

de urbanización y construcción

de viviendas de interés social

El Banco Hipotecario de la Vivienda, comunica que en el cartel de la Licitación Pública Nº 2012LN-000004-01 para la “Contratación de servicios profesionales de inspección de calidad de especificaciones para proyectos de construcción, mejoramiento de obras de urbanización y construcción de viviendas de interés social”, se hicieron correcciones al punto 1) de las Condiciones Generales, específicamente lo que respecta a la región Central y la región Huetar Norte del país.

Los interesados pueden acceder al cartel modificado en la página oficial del Banco Hipotecario de la Vivienda, cita www.banhvi.fi.cr, sección Publicaciones, Área de Proveeduría, Contrataciones.

Se prorroga la apertura de ofertas para las 14:00 horas del 20 de julio del 2012.

Dirección Administrativa.—Margoth Campos Barrantes, Directora Administrativa.—1 vez.—(IN2012064750).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

La Dirección Técnica de Bienes y Servicios y Área de Planificación de Bienes y Servicios comunican que en atención al oficio SIEI-0963-2012 de la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, se comunica que:

1- Fe de Erratas

Se procede a realizar aclaración a lo publicado en La Gaceta N° 119 de fecha 20 de junio del 2012.

Donde dice:

 

Código

Descripción medicamento

Observaciones

1-10-44-4780

Vacuna de Hepatitis B (Recombinante)

Versión CFT 52401

Rige a partir de

su publicación

 

Debe leerse correctamente:

 

Código

Descripción medicamento

Observaciones

1-10-44-4789

Vacuna de Hepatitis B (Recombinante)

Versión CFT 52401

Rige a partir de

su publicación

 

Todo lo demás permanece invariable.

Área de Planificación de Bienes y Servicios.—Lic. William Vargas Chaves Mass, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 1143.—Solicitud Nº 2426.—C-15620.—(IN2012063225).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-01

Adquisición de equipo de comunicación

El Patronato Nacional de la Infancia, cédula jurídica 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministros, Bienes y Servicios, comunica a los interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000006-01, denominada, “Adquisición de equipo de comunicación”, que ya se encuentran a su disposición, las aclaraciones y modificaciones que se realizaron al cartel, mismas que podrán ser retiradas de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m. en este Departamento, ubicado en las Oficinas Centrales en San José, sita de la Casa de Matute Gómez 300 metros al sur, Barrio Luján.

La fecha de apertura y demás términos del cartel se mantienen invariables.

San José, 27 de junio del 2012.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 0035342.—Solicitud Nº 3948.—C-3980.—(IN2012064787).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO S. A.

LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000038-02

Suministro de camión reabastecedor

En La Gaceta Nº 125 del día 28 de junio se publicó la apertura de ofertas de la licitación en referencia, no obstante, se indicó como fecha de apertura el 27 de julio del 2012, siendo lo correcto el 12 de julio del 2012, a las 10:00 horas.

San José, 27 de junio del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 39171.—C-9420.—(IN2012065415).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MATINA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000007-01

(Ampliación de apertura de oferta)

Construcción de 2 edificios municipales

Quien suscribe, Yorleny Canales Delgado, cédula de identidad Nº 6-245-909, en mi condición de Proveedora a. í., hago el comunicado de ampliación a la apertura de la oferta del proceso de contratación administrativa tramitado bajo la modalidad de Licitación Abreviada Nº 2012LA-000007-01, denominado “Construcción de 2 edificios municipales”, para las 10:00 a.m. del día 16 de julio del 2012.

Matina, 26 de junio del 2012.—Proveeduría.—Licda. Yorleny Canales Delgado, Proveedora a. í.—1 vez.—(IN2012065481).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD NACIONAL

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional, se ha presentado solicitud de reposición de diploma por: extravío. Correspondiente al título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Concentración en Educación Básica I y II ciclos. Grado académico: Bachillerato, registro en el libro de títulos bajo el tomo 12, folio 260, asiento 2269, a nombre de Fanny Viales López. Con fecha 7 de diciembre de 1996, cédula de identidad Nº 1-0749-0142. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Heredia, 7 de junio del 2012.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(IN2012057423).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer, un derecho de servidumbre, para la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Cañas - Parrita), sobre la finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, matrícula 267020-000, ubicada en el distrito 09 Chires, del cantón 04 Puriscal de la provincia de San José, la cual se describe como terreno para la agricultura denominado lote 111-93, mide 68,712 metros cuadrados, linda al norte, con Gerardo Guerrero; sur y al este, con Río Arenal y Fidel Sánchez y al oeste, Gerardo Guerrero y calle pública con 235 metros de frente. Se identifica en la materialidad por medio del plano inscrito en el Catastro Nacional bajo el número SJ-1057062-2006.

El propietario de la finca es la empresa Mauricio Hernández Córdoba, cédula de identidad número 5-155-328.

Ø  Que a solicitud de la Empresa Propietaria de la Red S. A., se valoró la constitución de la servidumbre, en la suma de ¢399.229,60 (trescientos noventa y nueve mil doscientos veintinueve colones con 69/100), según avalúo Nº 755 del año 2011.

A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢399.229,60 (trescientos noventa y nueve mil doscientos veintinueve colones con 69/100).

2º—De no ser aceptado por el propietario el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:

El Instituto Costarricense de Electricidad constituirá un derecho de servidumbre de líneas eléctricas en la propiedad de Mauricio Hernández Córdoba, con un área de afectación de 989 metros con 96 decímetros cuadrados, lo que representa un 1.44 % de la propiedad, la cual atraviesa de oeste a este, con un azimut de 99º34’46’’ hasta salir por la colindancia este con el Río Arenal.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres, antes deberá consultársele al ICE. El propietario deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada.

3º—Continúese con los trámites de rigor.

4º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5969 celebrada el 16 de noviembre del 2011.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas,  Apoderado Especial Judicial.—1 vez.—(IN2012059071).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se notifica a la señora Isabel Cristina Torres Mora, de calidades y domicilio actual desconocidos, la resolución administrativa de quince horas del treinta de abril del dos mil doce, en la cual se dictó Medida de Protección de Abrigo Temporal de la persona menor de edad Darlin Dayana Campos Blanco. Se advierte que deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la asesoría y hacerse representar por un abogado de su elección, así como tener acceso y revisar el expediente administrativo. Procede recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación de esta comunicación, ante la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí del Patronato Nacional de la Infancia.—Oficina Local de Pococí.—Lic. Liseth Patricia Carvajal Sanders, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3910.—C-12540.—(IN2012058046).

A Frank Rojas Coronado, se le comunica que en esta Oficina Local se ordenó dictar resolución administrativa de las diez horas del día veinte del año dos mil doce, en la cual se ordenó dar inicio con el Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa y ordenó que la niña María Rojas Fernández, se ubicara en el Albergue Hogarcito Infantil de Corredores como Protección y Abrigo Temporal. Posteriormente se lleva a cabo valoración al hogar de la abuela materna la señora Marta Fernández Navarro, el cual se acredita que es un hogar apto y adecuado para que asuman a la niña María Rojas, por lo que se ordena revocar la medida de Abrigo Temporal y en su lugar se dicta la resolución de las nueve horas cuarenta minutos del día primero de junio del año dos mil doce, en la que ordena la reubicación de la niña María, egresando del albergue para que se ubique en el hogar de la abuela materna. Lo anterior como medida de Cuido Provisional y que se continúe el seguimiento por parte de la Oficina Local a fin de definir la situación legal. Así mismo en dicha resolución se ordena que el niño Josept se mantenga bajo la responsabilidad y custodia de la abuela materna la señora Marta Fernández Navarro, ya que actualmente el niño está bajo su cargo, plazo para interponer alguna oposición o Recurso de Apelación dos días hábiles, después de la tercera publicación de este edicto en el periódico oficial La Gaceta, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso, debiendo la parte interesada señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente número 642-00010-2005.—Oficina Local de Corredores, Ciudad Neily, 4 de junio del 2012.—Lic. Dinia Vallejos Badilla. Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3910.—C-19800.—(IN2012058047).

Se le comunica formalmente al señor Berman Guzmán Corea y a la señora Jacqueline Ordóñez Alvarado la resolución administrativa de las dieciséis horas del día ocho de mayo del dos mil doce que modificó la resolución de las diez horas cinco minutos del día treinta de diciembre del dos mil once en cuanto a su ubicación en abrigo temporal, y se ordenó como medida especial de protección la reubicación de la niña Yeslin Paola Ordóñez Alvarado que estaba en el Albergue Institucional de El Roble N° 2 y trasladada al Hogar Cristiano de Puntarenas por ser esta una alternativa de protección acorde con el perfil de atención de la persona menor de edad. En lo demás queda incólume la resolución inicial de abrigo temporal ordenada por PANI. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que, se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N° 631-00094-2011.—Oficina Local de Puntarenas, 21 de mayo del 2012.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3912.—C-28400.—(IN2012058074).

A quien interese. Se pone en conocimiento que en esta Oficina Local de Puntarenas, se dictó la resolución de las dieciséis horas del día treinta de abril del dos mil doce, relacionada con la declaratoria administrativa de estado de abandono de la persona menor de edad Génesis Teresa Malé Espinoza, hija de José Max Malé Vargas y Fanny Espinoza González, ambos costarricenses, nació el día diecinueve de octubre del dos mil y su nacimiento se encuentra inscrito en el Registro de Nacimientos del Registro Civil, provincia Puntarenas, tomo cuatrocientos sesenta y dos, folio cuatrocientos setenta y ocho, asiento novecientos cincuenta y cinco. Por fallecimiento de sus progenitores José Max Malé Vargas, padre de Génesis Teresa Malé Espinoza, falleció el día veinte de agosto del dos mil ocho y su defunción se encuentra inscrita en el Registro de Defunciones del Registro Civil, provincia San José, tomo ochocientos sesenta y dos, folio doscientos ochenta y ocho, asiento quinientos setenta y seis; y la señora Fanny Irlanda Espinoza González, madre de Génesis Teresa Malé Espinoza, falleció el día siete de noviembre del dos mil once y su defunción se encuentra inscrita en el Registro de Defunciones del Registro Civil, provincia San José, tomo quinientos trece, folio ciento setenta y seis, asiento trescientos cincuenta y dos. Asimismo se dictó depósito administrativo de la niña Génesis Teresa Malé Espinoza bajo la responsabilidad de la señora Eulalia González Martínez, portadora de la cédula de identidad número seis-ciento ocho-mil doscientos ochenta y uno (6-108-1281), quien notificada del nombramiento aceptó el cargo y juró su fiel cumplimiento en beneficio de la persona menor de edad. Garantía de defensa: Se les previene a las partes que es su derecho hacerse asesorar y representar por un abogado de su elección, así como que tiene acceso al estudio del expediente administrativo, que permanecerá a su disposición en esta oficina local en horas y días hábiles de las siete horas treinta minutos hasta las dieciséis horas. Medidas cautelares: Al amparo de lo dispuesto en los incisos g) del artículo ciento sesenta y uno del Código de Familia, se dictó depósito administrativo de la persona menor de edad citada en el hogar de la señora Eulalia González Martínez, quien se responsabilizará por la custodia y protección de la niña Génesis Teresa Malé Espinoza. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrán interponer los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación dentro de los tres días hábiles siguientes contadas a partir de la última notificación a las partes ante la Oficina Local de Puntarenas en horas hábiles: entre las siete horas treinta minutos y las dieciséis horas; en el entendido que de hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Dichos recursos se podrán interponer en forma verbal o escrita ante esta Oficina Local quien elevará el recurso de apelación a la Presidencia Ejecutiva de la Institución ubicada en San José, Barrio Luján, en el Centro de Cultura de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia del Patronato Nacional de la Infancia, entre las siete horas treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para atender notificaciones, igualmente puede señalar un número de fax en donde puedan realizarse las notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas en el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, igual efecto producirá si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto N° 11302-2002 de las 15:41 horas del 27 de noviembre del 2002 de la Sala Constituciones (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 631-00104-2011.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledesma, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3912.—C-46220.—(IN2012058075).

Se avisa, a María Elena Rodríguez Vanegas, y a Feliciano Campos Núñez, de domicilio y demás calidades desconocidas, que por resolución de las ocho horas con diez minutos del seis de junio del dos mil doce, esta representación, ha resuelto medida de cuido provisional en favor de la persona menor de edad de nombre Evelyn Junieth Campos Rodríguez, para que a partir de la fecha y hora de la resolución sea protegida en el hogar recurso comunal de la señora María Elena Saravia Urbina. Audiencia: Se les confiere audiencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir de día hábil inmediato siguiente luego de la publicación de este edicto, para que formulen verbalmente o por escrito, ante la oficina local del Patronato Nacional de la Infancia de Los Santos, los alegatos que sean de su interés, respecto a los hechos indicados y relacionados con la medida de protección aquí establecida, la manifestación de sus alegatos puede realizarlos en forma personal o bien asesorados y representados por parte de un Profesional en Derecho de su elección, pudiendo ofrecer en ese acto, si lo estiman necesario, las pruebas, así como otros posibles recursos para la reubicación temporal de la persona menor de edad, en este caso con indicación clara y precisa de sus nombres y apellidos, dirección exacta de sus domicilios y número telefónico, para su inmediata localización. Garantía de defensa: Se les hace saber, además, que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal en la oficina local del Patronato Nacional de la Infancia de Los Santos, con asiento en San Marcos de Tarrazú, ciento cincuenta metros al oeste de la Delegación de la Policía de Proximidad dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente luego de la publicación de este edicto, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia), igualmente la interposición del recurso antes descrito no suspende ni elimina la medida de protección resuelta. Patronato Nacional de la Infancia. Expediente administrativo 144-00072-2012.—Oficina Local de los Santos, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Enrique Tenorio Castro, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3912.—C-19800.—(IN2012058077).

A Pablo Solón Méndez García. Se le comunica la resolución de las 17:30 horas del 25 de mayo del 2012 donde se resuelve: I) Se sustituye la medida de protección de cuido provisional de las personas menores de edad hecha en los hogares solidarios, pertenecientes a los hogares recursos familiares seleccionados por la Asociación Viva para América Latina y el Caribe, Ministerio Casa Viva y en su lugar se ordena el abrigo temporal de las personas menores de edad Junior Antonio Morales Huete y Justin Douglas Morales Huete en un albergue del Patronato Nacional de la Infancia de acuerdo a sus necesidades, reubicándose provisionalmente en el albergue del PANI de Naranjo. Asimismo, se ordena el abrigo temporal de las personas menores de edad Paola Beltrán Méndez, Daniela Yulieth Méndez Huete, Erika Yulissa Huete Beltrán en la alternativa de protección privada Asociación Hogar Madre del Redentor sito en Pérez Zeledón. En lo demás queda incólume la supra citada resolución. II) Remítase el expediente al área integral con énfasis en Trabajo Social y Psicología de esta Oficina que brindan seguimiento a las personas menores de edad institucionalizadas en alternativas de protección privada y/o en Albergues del PANI, a fin de que se continúe con la intervención y Plan de Tratamiento y se rindan los informes respectivos. III) Comuníquese lo aquí resuelto a la Sala Constitucional, expediente judicial número 12-006288-007-CO para que sea de su conocimiento y para lo que estimen pertinente. Plazo: Para interponer recurso de apelación dos días hábiles horas; señalando lugar para atender notificaciones dentro del Perímetro Jurisdiccional de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3912.—C-33660.—(IN2012058081).

Al señor Carlos Andrés Martínez Méndez, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le comunica la resolución administrativa de las doce horas del quince de mayo de dos mil doce que eleva recurso de apelación presentado por la progenitora ante Presidencia Ejecutiva y emplaza a las partes para que en el término de tres días hábiles se apersonen ante el Órgano Superior a hacer valer sus derechos. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta oficina local en forma verbal o escrita; oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Expediente número: 431-00062-2011.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3922.—C-17160.—(IN2012058098).

A la señora Darling del Carmen Flores, mayor de edad, nicaragüense y demás calidades desconocidas, y al señor Wilbert Baltodano, mayor de edad, nicaragüense y demás calidades desconocidas. Se les comunica la resolución de las 12:00 horas del 11 de junio del año 2012, que dicta cuido provisional de la persona menor de edad Dana Baltodano Flores, en su tía la señora Ivannia del Socorro Calero Aguilar. Se advierte a los interesados que contra dicha resolución procede recurso apelación, que deberán interponer ante la Representación Legal indicada, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este aviso, en forma conjunta o separada, siendo inadmisible el interpuesto fuera del término indicado. Se le advierte, además que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de 24 horas después de ser dictadas.—Oficina Local de San José Oeste, 11 de junio de 2012.—M.Sc. Vanesa De León Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3922.—C-17160.—(IN2012058099).

A la señora Elizabeth Salas Pérez, mayor de edad, cédula de identidad 6-0159-0784, costarricense y demás calidades desconocidas, se tramita el expediente 111-00441-1994, se le comunica la resolución de las once horas y quince minutos del once de junio del año dos mil doce, que dicta la guarda crianza provisional, de la persona menor de edad Sharon Michel Bermúdez Salas, en su padre el señor Allen Guillermo Bermúdez Berrocal. Se advierte a los interesados que contra dicha resolución procede recurso apelación que deberán interponer ante la representación legal indicada dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes contados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este aviso, en forma conjunta o separada, siendo inadmisible el interpuesto fuera del término indicado. Se le advierte, además que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de 24 horas después de ser dictadas.—Oficina Local de San José Oeste, 11 de junio de 2012.—M.Sc. Vanesa De León Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3922.—C-17160.—(IN2012058101).

A la señora Milagros Aracelly Chavarría Mora, mayor de edad, cédula de identidad 1-1199-0650, costarricense y demás calidades desconocidas, se tramita el expediente 115-00105-00, se le comunica la resolución de las ocho horas y treinta minutos del siete de junio del dos mil doce que dicta la guarda crianza provisional de la persona menor de edad Nicole Valeria Arroyo Morales, en su padre el señor José Obed Arroyo Chavarría. Se advierte a los interesados que contra dicha resolución procede recurso apelación que deberán interponer ante la representación legal indicada dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes contados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este aviso en forma conjunta o separada siendo inadmisible el interpuesto fuera del término indicado. Se le advierte, además que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso estuviere desconectado sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de 24 horas después de ser dictadas.—Oficina Local de San José Oeste, 7 de junio de 2012.—M.Sc. Vanesa De León Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3922.—C-17160.—(IN2012058102).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se le comunica al señor Gilberto Gallegos Rivera, la resolución de las once horas treinta minutos del dieciseis de marzo del dos mil doce, en la que resuelve dictar medida administrativa de cuido provisional en familia sustituta en beneficio de la persona menor de edad Yerlin Gallegos Chaves ubicándola en el Nicole Navarro Sánchez por el plazo de seis meses. Notifíquese lo anterior al interesado, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante le mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente administrativo 113-00074-2012.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Jorge Alonso Rodríguez Ulate.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3926.—C-17840.—(IN2012056403).

A quien interese, se le avisa a la señora Yamileth Chinchilla Arias, número de cédula 1-0628-0513, mayor, demás calidades reconocidas, que en esta Oficina Local se tramita el expediente administrativo número 141-00076-2009, correspondiente a la medida de cuido provisional a favor de las personas menores de edad Jeudy, Cristhofer y Karen todos Chinchilla Chinchilla. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Exp. Nº 141-00076-2009.—Lic. Mildred Morales Castrellón, Órgano Director.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3924.—C-26420.—(IN2012056404).

A quien interese. Se le avisa a la señora, María Reina Jimenez Fallas, 1-1529-0858, mayor, demás calidades desconocidas, que en esta oficina local se tramita el expediente administrativo número 141-00014-2011, correspondiente a la medida de cuido provisional de las once horas del veintiocho de mayo del dos mil doce a favor de la persona menor de edad José Alberto Villanueva Jiménez en el hogar de los guardadores los señores Carlos Picado Durán y Elizabeth Castro Fallas. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Exp. 141-00014-2011.—Lic. Mildred Morales Castrejón Órgano Director.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3924.—C-26420.—(IN2012056405).

A quien interese, se le avisa al señor, José Humberto Villanueva Campos, mayor, demás calidades desconocidas, que en esta Oficina Local se tramita el expediente Administrativo número 141-00014-2011, correspondiente a la medida de cuido provisional de las once horas del veintiocho de mayo del dos mil doce a favor de la persona menor de edad José Alberto Villanueva Jiménez en el hogar de los guardadores los señores Carlos Picado Durán y Elizabeth Castro Fallas. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente pueden señalar un fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján antigua Dos Pinos, entre las siete horas y treinta minutos y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. Notifíquese. Exp. 141-00014-2011.—Lic. Mildred Morales Castrejón Órgano Director.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3924.—C-26420.—(IN2012056406).

Se le comunica a Ana Cristina Vargas Azofeifa, que por resolución de la representación legal de esta oficina local, de 12:20 horas de 31 de mayo del 2012, se declaró la adoptabilidad del niño Ángel Mauricio Vargas Azofeifa, y ordenó la permanencia de dicho niño en la entidad Asociación Hogar de Vida para la Niñez, mientras el Consejo Nacional de Adopciones define su ubicación con una familia potencialmente adoptiva. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio, los que deberá interponer dentro de los tres días hábiles siguientes, contados a partir de la última notificación a las partes, siendo competencia de esta oficina local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasados los tres días señalados. Expediente N° 111-00072-2012.—Oficina Local de San José Oeste.—Roberto Calderón Barrantes, Asistente de la Representación Legal.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3924.—C-21140.—(IN2012056407).

A la señora Yanselin Suhey Mesén Boniche, progenitora de la persona menor de edad Kersyn Faerron Mesén, que por resolución administrativa de las ocho horas del dieciséis de febrero del dos mil doce, se dicta medida de cuido provisional a favor de la citada menor en el recurso familiar de la señora Bianey Jiménez González. Recursos. Procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva. Plazo: Tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Exp. administrativo 331-00068-2006.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3926.—C-9920.—(IN2012056408).

A los señores Tatiana María Leiva Rodríguez y Roy Alexander Badilla Zúñiga, progenitores de las personas menores de edad Astrid Valeria Leiva Rodríguez, Nicole y Luis Steward ambos Badilla Leiva, que por resolución administrativa de las trece horas del cuatro de junio del dos mil doce, se dicta medida de Cuido Provisional a favor de los citados menores en el recurso familiar de la señora Lidieth Rodríguez Valverde. Recursos. Procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva. Plazo: Tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente administrativo 331-00185-2012.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3926.—C-9920.—(IN2012056409).

A Estefany Badilla Valverde, se le comunica la resolución de las 8:00 horas del día doce de diciembre del año 2012, que dispone el cuido provisional de la niña Keilyn Lisseth Araya Badilla, con los señores Arnoldo Badilla Monge y Cecilia Valverde Agüero. Recurso de Apelación. Plazo: dos días hábiles, siguientes a la segunda publicación, ante el Órgano Director, quien lo elevará ante Presidencia Ejecutiva quien lo resolverá. Debiendo las partes señalar lugar para atender notificaciones futuras. El recurso de apelación no suspende la medida de protección. Expediente 243-00130-2011.—Naranjo, 16 de febrero del 2012.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3926.—C-9920.—(IN2012056410).

A María del Carmen Espinoza Espinoza y Jesús de Nazareno Jarquín Núñez. Se les comunica la resolución de las 16:00 horas del 29 de mayo del 2012, donde se resuelve: Declarar la incompetencia de esta oficina para continuar conociendo las presentes diligencias en razón del territorio, remitiéndose el expediente número 231-00186-2010 de la persona menor de edad Erlin Eliécer Jarquín Espinoza a la oficina local del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, a fin de que se arrogue el conocimiento de las presentes diligencias y fenezca el proceso conforme a Derecho Corresponda. Plazo: para interponer recurso de revocatoria y apelación subsidiaria tres días hábiles; señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la oficina local del PANI de San Carlos, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Publíquese tres veces consecutivas.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. 35342.—Solicitud 3912.—C-13200.—(IN2012058083).

A Jarol Ulloa Morales. Se le comunica la resolución de las 18:00 horas del 5 de junio del 2012, donde se resuelve: I) Dar inicio al proceso de protección en sede administrativa regulado por las disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley número 7739, del 3 de diciembre de 1997, publicada en La Gaceta número 26 del viernes 6 de febrero de 1998. II) Medidas cautelares. Se ordena el cuido provisional de la niña Brithany Alexa Ulloa Hernández en el hogar de sus abuelos maternos Luis Emilio Hernández Brenes y Olga Marta Castro Villalobos. Se advierte a las partes que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, pudiéndose prorrogar en vía judicial. Asimismo se les informa que les asiste el derecho de acceso del expediente administrativo para su estudio y revisión, pudiendo hacerse asesorar y representar por un profesional en derecho. III) Se otorga a la señora Tatiana de los Ángeles Hernández Castro un régimen de interrelación familiar con su hija Brithany Alexa, de visitas supervisadas por parte de los abuelos maternos, las que se realizarán previo acuerdo de la hora y el lugar entre las partes. IV) Continúe la niña Wuanda Valeria Benavides Hernández al lado de sus progenitores. V) Se Advierte a los señores Greivin Fidel Benavides Chavarría y Tatiana de los Ángeles Hernández Castro su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación a padres de los que imparte Trabajo Social de la Clínica Marcial Rodríguez y/o Trabajo Social del Hospital San Rafael de Alajuela, y/o grupo afín de su comunidad, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina. VI) Se le advierte a la señora Tatiana de los Ángeles Hernández Castro su deber de integrarse a Taller de Estilos de Vida Saludable de los que imparte la Oficina de la Mujer de Alajuela y/o grupo afín de su comunidad, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina, para lo cual se les concede un plazo improrrogable de treinta días. VII) Se le advierte al señor Greivin Fidel Benavides Chavarría, su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal del Instituto Costarricense para la Acción, Educación e Investigación de la Masculinidad, Pareja y Sexualidad (Inistituto Wem) para lo cual deberá de comunicarse al teléfono 911 línea hombres y/o al teléfono 2234-2730, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina, para lo cual se les concede un plazo improrrogable de treinta días. VIII) Remítase el expediente al Área Integral de esta oficina con énfasis en trabajo social y psicología, a fin de que se rinda el informe respectivo. IX) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia de Alajuela. Plazo: Para interponer recurso de apelación dos días hábiles; señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Publíquese tres veces consecutivas.—Oficina Local de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. 35342.—Solicitud 3912.—C-39600.—(IN2012058084).

A Henry Espinoza Abarca. Se le comunica la resolución de las 13:00 horas del 25 de mayo del 2012, donde se resuelve: I) Dar inicio al Proceso de Protección en sede administrativa regulado por las disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley número 7739, del 3 de diciembre de 1997, publicada en La Gaceta número 26 del viernes 6 de febrero de 1998. II) Medidas cautelares. Se ordena el abrigo temporal de la niña Valentina Londoño Villarreal en la alternativa de protección Asociación Hogar Cristiano de Puntarenas. La presente medida de protección no limita el contacto de la niña y su madre. Se advierte a las partes que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, pudiéndose prorrogar en vía judicial. III) Se advierte a la señora Luzdary Londoño Villarreal su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación a padres que imparte trabajo social de la Clínica Marcial Rodríguez en Alajuela y/o Trabajo Social del Hospital San Rafael de Alajuela. Para lo cual se concede un plazo improrrogable de treinta días, debiendo aportar informes de avance periódicamente a esta oficina. IV) Remítase el expediente al Área Integral con énfasis en trabajo social y psicología de esta oficina, a fin de que se profundice en la investigación, se valoren las condiciones actuales en que se encuentra la niña Eugenia Espinoza Abarca al lado de sus guardadores, se continúe con la intervención institucional y se rindan los informes respectivos. V) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia de Alajuela. Plazo: para interponer recurso de apelación cuarenta y ocho horas; señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Publíquese tres veces consecutivas.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. 35342.—Solicitud 3912.—C-26420.—(IN2012058086).

A la señora Sandra Patricia Chinchilla Villalobos, se le notifica que mediante resolución de las once horas del cuatro de junio del dos mil doce, se ordena cuido provisional de las personas menores de edad Valery Paola y Axel José ambos Ureña Chinchilla, bajo responsabilidad de la señora Flor María Villalobos Gutiérrez. Lo anterior por el plazo máximo de seis meses. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la oficina local a quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta oficina local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Exp. 115-0058-11.—Oficina Local de Alajuelita, San José.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 3914.—C-13200.—(IN2012058091).

Al señor Wilfredo Benavides Acosta, se le notifica que mediante resolución de las nueve horas del dieciocho de mayo del dos mil doce, se ordena inclusión en programa de tratamiento psico-pedagógico de la persona menor de edad Jeremy Benavides Acosta, en Hogar Ama. Lo anterior por el plazo máximo de seis meses. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la oficina local a quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta oficina local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas.—Oficina Local de Alajuelita. Exp. 115-00433-10.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 3914.—C-13200.—(IN2012058092).

A la señora Hannia Pérez Torres se le pone en conocimiento la resolución de las quince horas del siete de junio del dos mil doce, que resolvió el cuido provisional de la niña Alexandra Pérez Torres en el hogar de los señores Jeanette Alvarado Brenes y Javier Murillo Ordóñez. Es todo. Notifíquese la anterior resolución a los interesados con la advertencia que tienen que señalar casa u oficina donde recibir notificaciones (fax, correo electrónico), si no con el transcurso de veinticuatro horas se tendrán por notificadas las posteriores resoluciones. El plazo para presentar oposición es de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto. Expediente: 241-00056-2012.—Oficina Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Representante Legal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3932.—C-8600.—(IN2012058903).

A: Bernardita Arias Ballestero y Hamer Céspedes Alpízar se les comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, de las diez horas del día siete de junio del año en curso, en la que se resuelve: 1-Se le ordena a la señora María de los Ángeles Ballestero Alvarado, abstenerse de inmediato de realizar cualquier acción, omisión, manifestación o hechos que tiendan a violentarle los derechos de sus nietas, de situaciones que arriesguen o dañen la integridad física o psicológica de las personas menores de edad Kristel Arias Ballestero y Allison Céspedes Arias, en especial se le ordena no exponer a sus nietas a situaciones de riesgo, que las niñas no mantengan ningún contacto, y que no sean trasladadas a la escuela por ninguno de los presuntos abusadores sexuales. 2-Brindar orientación, apoyo y seguimiento a través del área social a la situación de las niñas Kristel Arias Ballestero y Allison Céspedes Arias al lado de la guardadora. 3-Brindar atención psicológica a la niña Kristel Arias Ballestero por ser víctima de abuso sexual. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. 245-00014-2007.—Oficina Local de Grecia, 13 de junio del 2012.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3932.—C-15860.—(IN2012058904).

A: William Mariano Matarrita Matarrita se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, de las catorce horas del día seis de junio del año en curso, en la que se resuelve: 1-Dictar medida de protección de cuido provisional de la persona menor de edad Katherine Tatiana Hernández Rodríguez en el hogar de la señora Damaris del Carmen Flores Picado. 2-Se le ordena al IMAS brindar apoyo económico a la señora Damaris del Carmen Flores Picado en beneficio de sus sobrinos menores de edad Katherine Tatiana Hernández Rodríguez y Daniel Stiven Matarrita Rodríguez, dada la difícil situación económica que atraviesan en este momento y de esta forma puedan mejorar la calidad de vida; quienes residen en Heredia, Santa Bárbara, Ferretería Guayabal, 200 metros al sur, casa de dos pisos, 25 metros oeste, casa de dos pisos, teléfonos 8574-6103 y 2458-5036. 3-Brindar seguimiento psicosocial a la presente situación de parte de la Oficina Local de Heredia Norte a fin de garantizar que las personas menores de edad estén en adecuadas condiciones al lado de su tía materna y se trabaje principalmente con el niño Daniel, quien presenta un comportamiento un poco rebelde ya que ha sido el más afectado emocionalmente con la separación de su madre. 4-Que la Oficina Local de Heredia valore con carácter de urgencia la posibilidad de la subvención económica a la señora Damaris del Carmen Flores Picado, en beneficio de las personas menores de edad Katherine Tatiana Hernández Rodríguez y Daniel Stiven Matarrita Rodríguez. 5-Brindar orientación, apoyo y seguimiento a la progenitora de parte de esta oficina local. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. 531-00065-2010.—Oficina Local de Grecia, 7 de junio del 2012.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3932.—C-15860.—(IN2012058905).

A: Jeanelka Somoza Rayo, en ejercicio de la patria potestad de la joven Jeanneth Somoza Rayo, se le comunica la resolución de las catorce horas del veinticuatro de mayo del dos mil doce, que ordenó el inicio del proceso especial de protección y dictado de medida de protección especial de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad citada. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente 531-000123-2012.—Oficina Local de Liberia.—Lic. Ana Marcela Montero Noguera, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3932.—C-18500.—(IN2012058906).

A: Laura Blandon Cruz, en ejercicio de la patria potestad de la joven Kimberly Blandon Cruz, se le comunica la resolución de las quince horas del veinticuatro de mayo del dos mil doce, que ordenó el inicio del proceso especial de protección y dictado de medida de protección especial de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad citada. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente 531-000124-2012.—Oficina Local de Liberia.—Lic. Ana Marcela Montero Noguera, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3932.—C-18500.—(IN2012058907).

A: Deivid Villalobos Bermúdez se le comunica la resolución de este despacho de las 10:00 horas del 30 de enero del 2012, en virtud de la cual se ordenó la medida de cuido provisional a favor de las personas menores de edad Kembly Natasha y Aaron Jefte, ambos de apellidos Villalobos Delgado en el hogar de los señores Deily Rojas Quirós y Nelson Vargas Mata, María de los Ángeles Rojas Quirós y Javier Hernández Cordero, respectivamente, con vencimiento al 30 de julio del 2012. Recursos: Contra la presente resolución procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Órgano Director en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la institución, ubicada en San José, Barrio Luján, antigua Dos Pinos y debe señalar lugar para oír notificaciones. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Exp. Nº 646-00050-2011.—Oficina Local de Orotina.—Lic. Eileen Flores Villarreal, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3932.—C-13220.—(IN2012058908).

OFICINA NACIONAL DE SEMILLAS

DIRECCIÓN EJECUTIVA

De conformidad con el oficio DM-418-12 del Despacho de la Sra. Ministra de Agricultura y Ganadería y en atención al Artículo 16º de la Ley Nº 6289 (Ley de Semillas), se designó al Ing. William Barrantes Sáenz como nuevo miembro de la junta directiva de la Oficina Nacional de Semillas en representación del Consejo Nacional de Producción. Rige a partir del 29 de mayo del año 2012 hasta el 13 de octubre del año 2013. De igual forma se comunica que en sesión Nº 622, celebrada el miércoles 13 de junio del presente (acuerdo 1, artículo 2) se eligió como presidente de la junta directiva, al Ing. José Rafael Corrales Arias, por un período de un año (Rige del 13 de junio del año 2012 al 13 de junio del 2013).

Ing. Walter Quirós Ortega, Director.—1 vez.—(IN2012057427).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que Estremos Totales Falser S. A., cédula jurídica Nº 3-101-594351, ha presentado solicitud de traspaso de Licencia Comercial Nº 9119, a nombre de Giros Comerciales Serfalco, cédula 3-101-3101-532709.

La Municipalidad de Montes de Oca otorga 8 días naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 25 de mayo del 2012.—Departamento de Patentes.—Liliana Barrantes E., Jefa.—Melania Solano Coto.—1 vez.—RP2012303475.—(IN2012057616).

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE  POÁS

Realizado el inventario de rigor por la Comisión Administrativa de Cementerios Públicos del Cantón de Poás, se informa a los arrendatarios y/o familiares de ocupantes de nichos municipales en los Cementerios de San Pedro y Carrillos de Poás, que no firmaron contrato o tienen el contrato vencido por cinco años de alquiler del nicho y que a la fecha no se han presentado a regularizar su situación por dicho servicio, que se les concede un plazo de diez días hábiles a partir de la publicación de este edicto para que se presenten a la Municipalidad de Poás a realizar el trámite respectivo. Vencido el plazo la Municipalidad procederá a exhumar los restos y a trasladarlos al osario común del Cementerio respectivo, tal cual lo disponen y facultan los artículos 39, 40 y 43 vigentes del Reglamento de Cementerios del Cantón de Poás y sus reformas, así como los ordinales 239 y siguientes de la Ley General de Administración Pública. A continuación se da a conocer la lista de personas y nichos numerados que se encuentran en las situaciones apuntadas:

 

Cementerio

Nº Nicho

Difunto

Arrendatario

Fecha contrato

Carrillos

1

Nombre ilegible

Sin contrato

Sin contrato

Carrillos

2

Rony Torres Morales

Sin contrato

Sin contrato

Carrillos

3

Nombre desconocido

Sin contrato

Sin contrato

Carrillos

4

Nombre desconocido

Sin contrato

Sin contrato

Carrillos

5

Nombre desconocido

Sin contrato

Sin contrato

Carrillos

6

Nombre desconocido

Sin contrato

Sin contrato

Carrillos

7

Nombre desconocido

Sin contrato

Sin contrato

Carrillos

8

Nombre desconocido

Sin contrato

Sin contrato

Carrillos

9

Orlando José Sandoval F.

José Sandoval Villagra

02/11/2004

Carrillos

11

Nombre desconocido

Sin contrato

Sin contrato

Carrillos

12

Nombre desconocido

Sin contrato

Sin contrato

Carrillos

15

Rosario Segura Castro

Germán Araya Segura

23/06/2005

Carrillos

19

Lidia Rojas Chavarría

Ángel Madrigal Salazar

01/06/2006

Carrillos

24

Yin Lin Chan Vigil

Carlos Alberto Esquivel Chaves

27/07/2006

Carrillos

26

Carmen Granados G.

Yisley Arias Fallas

14/08/2006

Carrillos

28

Nombre desconocido

Sin contrato

Sin contrato

San Pedro

16D

Juan de la Cruz Calderón G

Jaime Víquez Gómez

02/04/2001

San Pedro

8F

Joseph Sánchez Aguilar

Xavier Centeno Duarte

17/04/2001

San Pedro

10E

Reina Calix Zepeda

Guillermo Rojas Castro

10/09/2001

San Pedro

18E

Álvaro Castro Baltodano

Freddy García Hernández

15/01/2003

San Pedro

16E

Ana María Salazar Ugalde

Luis Alberto Morera Ballestero

20/02/2003

San Pedro

8H

Manuel Carmona Salas

Carlos Alberto Brenes Valerio

04/04/2003

San Pedro

9H

Antonio Valverde Arrieta

Jorge Enrique Vargas Valverde

24/10/2003

San Pedro

8G

Delfin Villegas Pérez

María Damaris Villegas Campos

19/02/2004

San Pedro

6F

Gerardo Jesús Chaves C.

Sin Contrato

Sin Contrato

San Pedro

20 D

Francisco Pineda Chavala

Juven Antonio Pineda Vásquez

29/09/2005

San Pedro

10 D

Asunción Fernández G.

Guiselle María Sequeira Fernández

29/06/2006

San Pedro

8 D

Adrián Arias Chaves

Rolando Arias Arias

17/07/2006

San Pedro

6 D

Ángel Josué Madrigal M.

Michael Jesús Porras Meléndez

07/08/2006

San Pedro

9 D

Margarita Castro Alfaro

Lidieth Espinoza Castro

18/09/2006

San Pedro

6 F

Rogelio Rodríguez Ávila

María de los A. Rodríguez Blanco

14/12/2005

San Pedro

13 F

Rafael Ángel Lizano A.

Yajaira Lizano Arguedas

14/11/2005

San Pedro

15 F

Mirna Godínez Miranda

Gerardo Esquivel Mora

15/06/2005

San Pedro

12 G

Luz Marina Quesada Rojas

José Antonio Molina Aguilar

16/03/2005

San Pedro

17 G

Nelson Madrigal López

Arnulfo Madrigal Salas

03/01/2005

San Pedro

-

Teresa Ovares

Humberto Zumbado Ovares

27/09/2005

San Pedro

-

Juan Calderón García

Leidy Calderón López

19/05/2006

 

San Pedro de Poás, 15 de junio del 2012.—Ing. José Joaquín Brenes Vega, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2012058830).

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

Que el Concejo Municipal de Belén, en Sesión Ordinaria número 33-2012 de fecha 29 de mayo de 2012 aprueba el estudio tarifario para la tarifa de servicio de acueducto, según se detalla:

Servicio de acueducto municipal:

 

Domiciliaria

Ordinaria

Reproductiva

Preferencial

Industrial

Servicio Fijo

5.000,00

10.000,00

15.000,00

5.000,00

7.500,00

Servicio Medido

0-20

1.400,00

2.800,00

4.200,00

1.400,00

2.100,00

21-30

225,00

405,00

675,00

337,50

675,00

31-40

270,00

486,00

675,00

337,50

675,00

41-60

675,00

1.125,00

675,00

337,50

675,00

61-80

1.125,00

1.575,00

675,00

337,50

675,00

81-100

1.575,00

2.025,00

675,00

675,00

1.000,00

101-120

2.025,00

2.160,00

2.700,00

675,00

1.080,00

Más de 120

2.700,00

3.240,00

2.430,00

675,00

1.350,00

 

Servicio Medido

Social

Provisional

0-20

225

800

21-30

125

250

31-40

125

675

41-60

270

675

61-80

270

675

81-100

500

1.000

101-120

2.000

1.000

Más de 120

2.250

1.000

 

1.           Derecho de conexión                                              ¢5.000,00

2.           Derecho de reconexión                                           7,500.00

3.           Traslados de servicios                                            7,500.00

4.           Revisión de hidrómetros                                        7,500.00

5.           Reposición de pavimento

6.           Lastre compactado                                                  8,892.00 metro lineal

7.           Tratamiento superficial                                           8,545.00 metro lineal

8.           Pavimento asfáltico                                                 11,338.00 metro lineal

9.           Costo por nueva conexión sin hidrómetro          60,000.00

Servicios Ambientales:

 

  Bloques de consumo    Domiciliaria ¢    Ordinaria ¢

Reproductiva ¢

Preferencial ¢

Industrial ¢

Social ¢

Provisional ¢

Servicio Fijo

0,00

0,00

0,00

0.00

0.00

0,00

0,00

Servicio medido

 

 

 

 

 

 

 

0-20 m³

625,00

1.250,00

1.875.00

950.00

938.00

89,00

290,00

21-30

25,00

50,00

75.00

38.00

38.00

4,00

12,00

31-40

25,00

50,00

75,00

38.00

38.00

4,00

12,00

41-60

25,00

50,00

75,OC

38.00

38.00

4,00

12,00

61+100

25,00

50,00

75,00

38,00

38.00

4,00

12,00

101-150

25,00

50,00

75.00

38.00

38.00

4,00

12,00

más de 150

25,00

50,00

75,00

38.00

38.00

4,00

12,00

 

Por lo antes expuesto se convoca a los usuarios del acueducto municipal, para que en su carácter de interesados legítimos, directos y como posibles afectados, asistan a la Audiencia Pública donde se someterá a discusión el estudio tarifario del servicio de acueducto, la cual se realizará el día 16 de julio de 2012, a las 7:00 p.m, en la Casa de la Cultura. Podrán comparecer con el carácter de interesados legítimos y directos, todos aquellos usuarios de los servicios. Para oponerse al aumento del servicio, los interesados legítimos y directos deberán presentar, en los próximos veinte días naturales a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, un escrito ante la Alcaldía Municipal, indicando de manera clara, los motivos en que se fundamenta su oposición, acompañado del estudio técnico, jurídico, socioeconómico u otro que respalde sus criterios. Toda la información correspondiente sobre el aumento en el servicio de acueducto, se encuentra disponible en la Unidad de Servicio al Cliente de la Municipalidad de Belén y podrá ser consultada entre las siete y treinta horas y las dieciséis y treinta horas, de lunes a viernes.

Unidad Tributaria.—Gonzalo Zumbado Zumbado, Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 28416.—Solicitud Nº 38907.—C-56240.—(IN2012058745).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTO

El Departamento de Zona Marítima Terrestre de la Municipalidad de Nandayure, comunica que Maynor Jiménez Castro, cédula N° 5-0252-0425, vecino de Palmares, Alajuela. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 de 2 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en Playa Puerto Coyote, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Mide 3.979,00 metros cuadrados, para destinarlo como Zona Hotelera, predio identificado con el número 32. Sus linderos son: al norte, Zona Restringida de la Z.M.T.; al sur, calle pública; al este, Zona Restringida; al oeste, Zona Restringida de la Z.M.T. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona y disposiciones del MINAET. Se concede treinta días hábiles, contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en la oficina del Alcalde Municipal, en papel sellado y con los timbres correspondientes. El opositor debe identificarse debidamente.

Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Adán Venegas Chaves, Inspector.—1 vez.—(IN2012058795).

AVISOS

CONVOCATORIAS

RESCATES DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Rescates del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-155279, a celebrarse el sábado veintiuno de julio del dos mil doce, en su sede social San José centro, calle ocho, avenidas nueve y once, oficina novecientos sesenta y tres, a las nueve horas en primera convocatoria, si a la hora señalada no hubiere quórum se celebrará en segunda convocatoria a las trece horas. Asuntos a tratar: a) Se somete para discutir, aprobar o improbar la disolución definitiva de la sociedad; b) Asuntos varios.—San José, 20 de junio del 2012.—Alessandro Pittana Ambrogi, Presidente.—1 vez.—RP2012306125.—(IN2012063066).

GUTIÉRREZ SEDO S. A.

Se convoca a los señores accionistas a asamblea general ordinaria de la sociedad Gutiérrez Sedo S. A., que se celebrará en su domicilio social, a las quince horas del diecisiete de julio del dos mil doce, para conocer de los asuntos que indica el artículo 155 del Código de Comercio, con estados financieros del periodo que terminó el 30 de setiembre del 2011, que están a disposición de los señores socios, al igual que la información de ley, en la oficina del señor presidente. Si no hubiere quórum a la hora indicada, en segunda convocatoria para conocer de los mismos asuntos en el mismo lugar, una hora después.—San José, 22 de junio del 2012.—Juan Luis Castro Kelso, Presidente.—1 vez.—(IN2012063218).

INSTITUTO CENTROAMERICANO DE MEDICIN

I. C. E. M. SOCIEDAD ANÓNIMA

El Instituto Centroamericano de Medicin I. C. E. M. Sociedad Anónima convoca a asamblea general extraordinaria de socios a celebrarse en las oficinas de Durman Esquivel S. A., edificio meridiano, sexto piso, Escazú, San José, a las diecisiete horas (17:00) horas del martes veinticuatro (24) de julio del dos mil doce (2012). Si a la hora indicada no hubiere el quórum de ley, la asamblea se celebrará una hora después con el número de socios presentes.

Los asuntos a tratar son los siguientes:

1)  Reforma a la cláusula del Capital social de la compañía.

2)  Reforma a la cláusula de la Administración y nombramiento de Junta Directiva y Fiscal.

San José, 26 de junio del 2012.—Francis Durman Esquivel, Presidente.—1 vez.—(IN2012065651).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

HOLCIM (COSTA RICA) S. A.

Javier D. Monge Quesada, cédula de identidad 3-0290-0961, apoderado del albacea de la sucesión de quien en vida fue Emilce Zúñiga Martínez, cédula de identidad 1-0211-0877, solicita la reposición del título Nº 1902, Serie A por 20.000 acciones; de Holcim (Costa Rica) S. A. (antes Industria Nacional de Cemento S.A.) el cual fue extraviado. Si hubiese alguna persona interesada en que no se haga esta reposición, favor hacerlo saber en las oficinas del emisor en los treinta días siguientes a esta.—Javier D. Monge Quesada, Apoderado.—RP2012302897.—(IN2012056704).

PACAYAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Ante Pacayas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-013668, con domicilio social en San José, Escazú, del Centro Comercial Multiplaza, 150 metros sur, Edificio Terraforte, piso 4, Lex Counsel, se ha solicitado la reposición por extravío del certificado de acciones representativo de 20 (veinte) acciones comunes y nominativas de ¢10.00 (diez colones) cada una, perteneciente a Norma González Montealegre, cédula de identidad número 1-246-664. Se publica este aviso por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario de circulación nacional. Quien se considere afectado puede presentar su oposición dentro del plazo de un mes a partir de la última publicación.—San José, 8 de junio del 2012.—Marcela Odio Soto, Presidenta.—RP2012302371.—(IN2012056705).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.

Por este medio Banco Promérica de Costa Rica S. A., hace constar que Erick Xirinachs Alvarado, cédula de identidad: uno-seiscientos veintisiete-cero ochenta y cuatro, es el único propietario y beneficiario del siguiente documento: cheque de gerencia número ocho cinco cuatro seis tres-cero, por un monto de mil setecientos noventa y un dólares con cuarenta y ocho centavos de dólar, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, de Banco Promérica de Costa Rica S. A., fecha de emisión: treinta y uno de mayo del dos mil doce. Por lo cual para efectos de cobro no tiene ninguna validez, y por lo que solicita su reposición.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Federico Chavarría Vargas.—(IN2012058041).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

MEDIO DE PAGO MP S. A.

Medio de Pago MP S. A., cédula jurídica 3-101-144357, comunica al público y comercio en general el extravío del talonario de recibos de la empresa Medio de Pago MP S. A., que van del número 30518 al 30550.—San José, 14 de junio del 2012.— Fernando Montoya López.—(IN2012056501).

COMPAÑÍA COSTARRICENSE DEL CAFÉ S.A.

Compañía Costarricense del Café S. A. (CAFESA), avisa que el certificado Nº 370 serie AA por 8.376 acciones, a nombre de Hacienda Las Quebradas S. A., fue extraviado. Transcurridos 15 días a partir de la tercera publicación de este aviso, se procederá a su reposición.—Mba. Marco Ant. Pinto Murray, Gerente General.—(IN2012057422).

LA CUEVA S. A.

Por este medio se hace constar que la señora Liliana Lacayo Arce, de nacionalidad costarricense, mayor, casada portadora de la cédula Nº 2-323-530, es dueña de la acción números 213, y quiere hacer su publicación por extravío de la misma. Quedando de la siguiente manera. Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Rafael Ángel Alfaro Vargas representante legal de La Cueva S. A., hace saber a quien interese que por habérsele extraviado al propietario de la acción, y que se registra a su nombre; que cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la tercera y última publicación de este aviso.—Rafael Ángel Alfaro Vargas, Representante Legal.—(IN2012058234).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 y 690 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones: Certificado Nº 5729, acciones: 400, serie: J, nombre del accionista: Ajún Pérez Roger, folio número: 4661.—18 de junio del 2012.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(IN2012059001).

UNIÓN FENOSA GENERADORA LA JOYA S. A.

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, la empresa Unión Fenosa Generadora La Joya S. A., hace saber a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los certificados de acciones números 2A (certificado provisional de la serie tercera) y 1 (certificado definitivo de la serie cuarta) a nombre de Cintruénigo S. A., cédula jurídica N° 3-101-352163. Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—Escazú, trece de junio del 2012.—Ricardo Barranco Pérez, Presidente Junta Directiva.—(IN2012059025).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la Sra. María del Carmen Ugalde Koschny, cédula 2-0244-0846, ha presentado ante esta entidad solicitud de reposición de su(s) certificado(s) (CPH / 119-305-803301233799 por $2169,21 y un cupón al vencimiento (1) 119-305-803301233799 por un monto de $16,26 y con fecha de vencimiento del 04-07-2012.—Heredia, 18 de junio del 2012.—Elia Delgado Arias, Gerente del Centro de Negocios.—(IN2012059062).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio de la profesión a partir del 14 de mayo de 2012, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no está autorizada para ejercer la profesión en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, y al sector privado para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión. Teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al correo: contactenos@colypro.com.

Nombre

Cédula

Alfaro Quesada Milena

205690271

Alvarado Mayorga Kristy Karina

503020491

Álvarez Murillo Adriana

502710330

Arce Marín Elizabeth Patricia

206120276

Bogantes Alfaro Isela

204920941

Cruz Soto Tanya

503410917

Cubero Ramírez Carla Yariela

205300433

Dijeres Ajum Harold

502620180

Gamboa Rojas Hazel

113470168

Gómez Cascante Luis Alonso

401080965

González Sánchez Fania María

603330536

González Villalobos Carlos Eduardo

204770220

Gutiérrez Vílchez Darney

503230491

Jiménez Campos Jeison

205660119

Jiménez Rojas José Andrés

304040658

Lara Barrantes Berta

501320853

Masís Campos Irons Yadir

205680530

Navarro Prado Mileidy

503190720

Porras Obregón Jovanna

503380194

Reyes Galagarza Mónica

503630818

Seas Tencio Glenda

302760876

Vallejos Cedeño María Luisa

601051086

Villarreal Álvarez Leisbinz

503290434

 

M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente Junta Directiva.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(IN2012058250).

Mediante escritura número setenta y ocho - cincuenta y seis, otorgada a las nueve horas con quince minutos del ocho de junio del año dos mil doce, ante el notario William Méndez Rosales, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la compañía Carnes del Campo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - cuatrocientos cincuenta mil quinientos sesenta, la cual hace referencia al domicilio social de dicha compañía.—San José, doce de junio del año dos mil doce.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—(IN2012056180).

Por escritura de las 12:00 hrs del veintisiete de abril del año dos mil doce, se protocolizó actas de asambleas generales extraordinarias de El Barbaschele S. A., como sociedad prevaleciente, y de las siguientes noventa y dos sociedades que a la que prevalece se fusionan: 1. Pirámides Egipcias Doradas P E D S. A., 2. Inmobiliaria Danto Amarillo Cero Uno P R S. A., 3. Inmobiliaria El Barbaschele P R S. A., 4. Inmobiliaria El Pavoncillo P R S. A., 5. Inmobiliaria La Pacaya P R S. A., 6. Inmobiliaria Roble Negro P R Cero Dos S. A., 7. tres - ciento uno - cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos noventa y cuatro S. A., 8. Hacienda El Cocovolo S. A., 9. Hacienda Los Mayas S. A., 10. Inmobiliaria El Ñampí P R S. A., 11. Inmobiliaria El Quizarro P R S. A., 12. Inmobiliaria El Icaco P R S. A., 13. Inmobiliaria El Pilón P R S. A., 14. Inmobiliaria El Tabacón P R S. A., 15. Inmobiliaria Cacalojoche P R S. A., 16. Inmobiliaria Lirio Blanco P R S. A., 17. Inmobiliaria Copey P R S. A., 18. Inmobiliaria Palo de Piedra P R S. A., 19. Inmobiliaria Guaria Morada P R S. A., 20. Inmobiliaria Roble Genizaro P R Cero Uno S. A., 21. Inmobiliaria Manu P R S. A., 22. Inmobiliaria Cedro Macho Cero Uno P R S. A., 23. Inmobiliaria Flor Blanca P R S. A., 24. Inmobiliaria La Uruca P R S. A., 25. Inmobiliaria El Javillo P R S. A., 26. Inmobiliaria Lorito P R S. A., 27. Inmobiliaria El Nance P R S.A., 28. Inmobiliaria El Tiquisque P R S. A., 29. Inmobiliaria Roble Coral P R S. A., 30. Inmobiliaria Roble Encino Pr Cero Dos S. A., 31. Inmobiliaria El Cachimbo P R S. A., 32. Inmobiliaria El Almendro P R Cero Uno S. A., 33. Inmobiliaria Roble Blanco P R S. A., 34. Inmobiliaria El Guitite P R Cero Uno S. A., 35. Inmobiliaria Ñambar P R S.A., 36. tres - ciento uno - cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos noventa y cinco S. A., 37. Inmobiliaria El Quebracho P R S. A., 38. Inmobiliaria Churristate P R S. A., 39. Inmobiliaria El Cactus P R S. A., 40. Inmobiliaria El Torito P R S. A., 41. Inmobiliaria El Espavel P R Cero Uno S. A., 42. Inmobiliaria El Platanillo P R S. A., 43. Inmobiliaria Choreque P R S. A., 44. Inmobiliaria Zamia P R S. A., 45. Inmobiliaria Cedro Dulce Cero Dos P R S. A., 46. Inmobiliaria El Laurel P R S. A., 47. Inmobiliaria El Campano P R S. A., 48. Inmobiliaria El Guayabón P R S. A., 49. Inmobiliaria Cedro Amargo P R S. A., 50. Inmobiliaria El Nazareno P R S. A., 51. Inmobiliaria El Jazmín P R S. A., 52. Inmobiliaria La Pitahaya P R Cero Uno S. A., 53. Inmobiliaria El Guapinol P R Cero Uno S. A., 54. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos noventa y siete S. A., 55. Inmobiliaria La Ceiba P R S. A., 56. tres-ciento uno–cuatrocientos setenta y seis mil setecientos ochenta S. A., 57. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil setecientos ochenta y uno S. A., 58. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil setecientos noventa y seis S. A., 59. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil setecientos noventa y siete S. A., 60. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos once S. A., 61. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos doce S.A., 62. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos veintisiete S. A., 63. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos veintiocho S. A., 64. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos treinta y cinco S. A., 65. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos treinta y ocho S. A., 66. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos treinta y nueve S.A., 67. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos cuarenta y uno S. A., 68. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos cuarenta y tres S.A., 69. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos cuarenta y cuatro S. A., 70. tres-ciento uno–cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos cuarenta y nueve S.A., 71. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta S. A., 72. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta y uno S. A., 73 tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta y dos S. A., 74. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta y cuatro S. A., 75. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta y cinco S. A., 76. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta y siete S. A., 77. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos sesenta y seis S. A., 78. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos sesenta y siete S. A., 79. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos sesenta y nueve S. A., 80. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos setenta y dos S. A., 81. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos setenta y seis S. A., 82. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos setenta y siete S. A., 83. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos setenta y ocho S.A., 84. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos setenta y nueve S. A., 85. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos ochenta y uno S. A., 86. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos ochenta y seis S. A., 87. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos ochenta y siete S. A., 88. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos ochenta y ocho S. A., 89. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos ochenta y nueve S.A., 90. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos noventa, 91. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos noventa y dos S. A., y 92. tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos noventa y tres S.A., se acuerda la fusión con la prevaleciente.—Heredia, 13 de junio de 2012.—Lic. Francisco Pacheco Kitzing, Notario.—1 vez.—(IN2012056275).

Ante esta notaría, a las diez horas veinticinco minutos del día doce de junio del año dos mil doce, se constituye la sociedad Inversiones Kintaro Sociedad Anónima, presidente: Henry José Wu Cen, secretaria: Julia Wu Cen. El domicilio social será Heredia, cien metros norte del Palí de San Pablo de Heredia.—Lic. Juan José Briceño Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012056279).

Por escritura otorgada en San José, a las 17:30 horas del 30 de mayo del 2012, ante el notario José A. Cabezas Dávila, se protocolizó el acta de disolución de la sociedad denominada Moso de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-95000.—San José, 8 junio del 2012.—Lic. José A. Cabezas Dávila, Notario.—1 vez.—(IN2012056318).

Por escritura otorgada en San José, a las 18:00 horas del 30 de mayo del 2012, ante el notario José A. Cabezas Dávila, se protocolizó el acta de disolución de la sociedad denominada RO&BE S. A., cédula jurídica 3-101-132220.—San José, 8 junio del 2012.—Lic. José A. Cabezas Dávila, Notario.—1 vez.—(IN2012056319).

Por escritura otorgada en San José, a las 17:30 horas del 31 de mayo del 2012, ante el notario José A. Cabezas Dávila, se protocolizó el acta de disolución de la sociedad denominada Distribuidora Artmatic de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-730265.—San José, 8 junio del 2012.—Lic. José A. Cabezas Dávila, Notario.—1 vez.—(IN2012056320).

Por escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 31 de mayo del 2012 ante el notario José A. Cabezas Dávila, se protocolizó el acta de disolución de la sociedad denominada Artesanías Costarricenses D.C S. A., cédula jurídica 3-101-54055.—San José, 8 junio del 2012.—Lic. José A. Cabezas Dávila, Notario.—1 vez.—(IN2012056321).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Digital Publishing Technology Ltda. Capital: suscrito y pagado. Apoderados generalísimos sin límite de suma: gerente uno, gerente dos y gerente tres.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(IN2012056324).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Allied Gaming Software Ltda. Capital: suscrito y pagado. Apoderados generalísimos sin límite de suma: gerente uno, gerente dos y gerente tres.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(IN2012056325).

En la notaría del licenciado Alonso Humberto Ramírez Calderón, ubicada en San Antonio de Escazú, setenta y cinco metros  al  este de la escuela, se constituye  la  sociedad  anónima D Y M Técnicos en Fibra Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las nueve horas del día trece de junio del dos mil doce, solicita al registro su inscripción y se comisiona a la Imprenta Nacional para la publicación del edicto correspondiente.—Lic. Alonso Humberto Ramírez Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2012056326).

En la notaría del licenciado Alonso Humberto Ramírez Calderón, ubicada en San Antonio de Escazú, setenta y cinco metros al este de la escuela, se protocoliza el acta número dos de la sociedad anónima Agroindustrial Barajas Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las diez horas, diez minutos, del día trece de junio del dos mil doce, solicita al registro su inscripción y se comisiona a la Imprenta Nacional para la publicación del edicto correspondiente.—Lic. Alonso Humberto Ramírez Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2012056327).

Mediante escritura otorgada, las notarias Fiorella Leandro Reyes y Tatiana Saborío Marín, actuando en conotariado en el protocolo de la primera, a las diez horas del doce de junio del dos mil doce, comparecieron los accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil quinientos cincuenta y nueve, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil quinientos cincuenta y nueve, quienes disolvieron dicha sociedad.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Tatiana Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2012056328).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del cuatro de junio del dos mil doce, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad tres-ciento dos-quinientos treinta y dos mil doscientos cuarenta y ocho limitada, en la cual se modificaron sus estatutos en la cláusula primera de la razón social, segunda del domicilio y sétima de la administración.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012056330).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día doce de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones Indeven Siete Siete Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cinco tres nueve cero cuatro, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2012056342).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las ocho horas quince minutos del día trece de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Corporación Propharmox Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa mil quinientos sesenta y cuatro, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2012056343).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las ocho horas treinta minutos del día trece de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones Carmoni Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos mil ciento veintiuno, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2012056344).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las ocho horas del día trece de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones Jonathez Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y siete mil cuatrocientos cuarenta y tres, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2012056345).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día trece de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones Saucarm Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil ochocientos cuatro, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2012056346).

Mediante escritura pública número treinta y ocho-tres, de las once horas ocho del día ocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Servicios de Mantenimiento Arquitectónico de Centroamérica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y ocho mil ochocientos ochenta y cinco, en la que se acuerda proceder a la disolución y liquidación de dicha sociedad.—Lic. Bernarda Cerdas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012056353).

En asamblea general extraordinaria de socios de las dieciocho horas del día dos de junio del dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Naturaleza del Mamey Silvestre Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-464370, acta protocolizada ante esta notaria.—Lic. Katherine Benavides Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2012056355).

En asamblea general extraordinaria de socios de las quince horas del día diez de junio del dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Oskaber Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-188601, acta protocolizada ante esta notaría.—Lic. Carlos Luis Mellado Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012056356).

En asamblea general extraordinaria de socios de las dieciséis horas del día dos de junio del dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Naturaleza del Lila Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-476193, acta protocolizada ante esta notaria.—Lic. Katherine Benavides Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2012056358).

En asamblea general extraordinaria de socios de las quince horas del día dos de junio del dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Agropeff de San Jerónimo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-408307, acta protocolizada ante esta notaria.—Lic. Katherine Benavides Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2012056359).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las quince horas del treinta de mayo del dos mil doce, se protocolizó la disolución de sociedad Grupo Comercial y de Administración Pavo Real de Esparza S. A.—Esparza, veinte horas del treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Katherine Benavides Rivera, Notaria.—1 vez.—(IN2012056360).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se procedió a la disolución de la sociedad 3-101-578107 S. A.—San Ramón, 11 de junio del 2012.—Lic. Mario E. Salazar Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012056362).

Por escrituras Nos. 259-12 de las 12:00 horas del día 3 de abril; 284-12 de las 12:00 horas del día 29 de abril; 283-12 de las 11:00 horas del día 29 de abril; 280-12 de las 08:00 horas del día 29 de abril; 282-12 de las 10:00 horas del día 29 de abril; 281-12 de las 09:00 horas del 29 de abril; 309-12 de las 09:50 horas del día 11 de junio, y 310-12 de las 09:55 horas del 11 de junio todas del año 2012, otorgadas ante el notario Francisco Vargas Solano, se protocolizan actas de asamblea de accionistas de las siguientes sociedades: A) La Estefanía Lote Treinta y Uno XXXI-AMU S.A. B) El Laurel del Este S. A. C) Selian S. A. D) Gerente de Hoy S. A. E) Círculos de Fuego S. A. F) Munawara S. A. G) Blass I9nternacional S. A. H) Nachapop S. A., respectivamente disolviendo cada una de las sociedades mencionadas. Por escrituras Nos. 285-12 de las 13:00 horas del 29 de abril; 286-12 de las 14:00 horas del 29 de abril ambas del 2012, se transforman en sociedades civiles las sociedades: I) Roval Anval S. A., y J) Inversiones Liro del Castillo S.R.L. Por escritura Nº 290-12 de las 08:00 horas del 7 de mayo del 2012, Guillermo Madrigal Vargas y Óscar Sanabria Monney, constituyen K) SM Path S.R.L. Domicilio: San José. Capital: ciento vente mil colones. Gerentes y subgerente, respectivamente.—Lic. Francisco Vargas Solano, Notario.—1 vez.—(IN2012056365).

Se procede a la disolución de las sociedades denominadas: Alema del Río S. A., cédula jurídica Nº 3-101-275973; Pupa de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-534488; La Estrella Blanca del Oeste de Esterillos Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-091965; Perspectivas Periodísticas Globales S.A., cédula jurídica Nº 3-101-177661; Inversiones Luilin de Ayarco S. A., cédula jurídica Nº 3-101-175105 y Media Nous S.A., cédula jurídica Nº 3-101-150321.—Cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012056370).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de las asambleas generales ordinarias y extraordinarias de accionistas de las sociedades: Servicios Especiales OK Sociedad Anónima; Empresas Okey Sociedad Anónima; Bedrock Sociedad Anónima; El Tobogán TN Sociedad Anónima; Tesorera Conan Sociedad Anónima y Rompe Roca Sociedad Anónima, mediante las cuales se acuerda disolver y liquidar las sociedades.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2012056373).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de las asambleas generales ordinarias y extraordinarias de accionistas de las sociedades: Gavacho S. A., y Hacienda del Valle Central de San Marcos S. A., mediante los cuales se fusionan, prevaleciendo la primera. Dicha fusión producirá los siguientes efectos: a) cese de la personería jurídica individual de las sociedades absorbidas; b) que la sociedad prevaleciente asume todos los activos y pasivos, derechos y obligaciones e ingresos y gastos de las sociedades absorbidas; c) el aumento en el capital social de la sociedad prevaleciente, y d) el inmediato cese en los cargos de los miembros de la junta directiva y demás funcionarios y apoderados de las sociedades absorbidas. Además, se reforma la cláusula quinta de la sociedad Gavacho S.A.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2012056374).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, se protocolizó acuerdo de fusión de las siguientes sociedades: Inversiones Siebeck Sociedad Anónima; Jimmis Renta Motos Sociedad Anónima; RyM Inversiones CR Sociedad Anónima; Jim Dos Cars Sociedad Anónima y RM James Investments Sociedad Anónima, prevaleciendo la primera.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—(IN2012056380).

Geraldine Ann Praddy (nombre) Spitzer (apellido), Daniel Miller (nombre) Spitzer (apellido), estadounidenses, en su orden con pasaporte número siete cero uno cinco tres ocho cuatro cero dos, y uno cinco siete ocho uno cero dos cero cinco, en su condición de dueños de la totalidad del capital social en esta sociedad, de la sociedad denominada Corporación Crusable de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos siete siete cinco seis siete, comunican que acordaron disolver esta sociedad de acuerdo al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Belén, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2012056383).

Jeridan Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-dos ocho uno uno tres cinco, comunica que acordó disolver esta sociedad de acuerdo al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Belén, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2012056384).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las ocho horas del trece de junio del dos mil doce, los señores Conrad Amrhein Perry y Randolph Amrhein Perry, deciden renunciar a los puestos de presidente y tesorero de la sociedad Representación Chaves y Vargas Limitada.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012056387).

Por escritura número setenta-cuarenta y siete, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en conotariado en el protocolo del primero, a las once horas del doce de junio del dos mil doce, se disuelven y liquidan las sociedades: I. 3-101-473837 S.A.; II. 3-101-473839 S. A.; III. 3-101-473840 S. A.; IV. 3-101-473841 S. A.; V. 3-101-473842 S. A.; VI. 3-101-473843 S. A.; VII. 3-101-473847 S. A.; VIII. 3-101-473848 S. A.; IX. 3-101-473860; X. 3-101-473861 S. A.; XI. 3-101-473862 S. A.; XII. 3-101-473863 S. A.; XIII. 3-101-473864 S. A.; XIV. 3-101-473865 S. A.; XV. 3-101-473866 S. A.; XVI. 3-101-473867 S. A.; XVII. 3-101-473868 S. A.; XVIII. 3-101-473869; XIX. 3-101-473870 S. A.; XX. 3-101-474518 S. A.; XXI. 3-101-474520; XXII. 3-101-474521; XXIII. 3-101-474523 S. A.; XXIV. 3-101-474525 S.A.; XXV. 3-101-474527 S. A.; XXVI. 3-101-474529 S. A.; XXVII. 3-101-474530 S. A.; XXVIII. 3-101-474533 S. A.; XXIX. 3-101-474534 S. A.; XXX. 3-101-474538 S. A.; XXXI. 3-101-474540 S. A.; XXXII. 3-101-474541 S. A.; XXXIII. 3-101-474543 S. A.; XXXIV. 3-101-474544 S. A.; XXXV. 3-101-474546 S. A.; XXXVI. 3-101-474547 S. A.; XXXVII. 3-101-474548 S. A.; XXXVIII. 3-101-474550 S. A.; XXXIX. 3-101-474551 S. A., y XL. 3-101-474553 S. A.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2012056389).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las doce horas del ocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Trade Tex Co Sociedad Anónima, según la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012056390).

A las catorce horas del trece de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Oro Ocho Desamparados Sociedad Anónima, donde se reforma el domicilio social, y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—(IN2012056391).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las siete horas treinta minutos del día trece de junio del dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria-extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Servicios de Mensajería Carrillo Hidalgo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil ochocientos cincuenta y seis, mediante la cual se reforman las cláusulas primera, segunda y sétima de los estatutos sociales, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Wilfred Argüello Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2012056394).

A las 09:00 horas del 13 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Carta Blanca S. A., de esta plaza, mediante la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—(IN2012056401).

Ante esta notaria, mediante escritura Nº 420, otorgada a las 11:00 horas del 13 de junio del 2012, se procede a disolver la sociedad de nombre Transportes Multiservicios Govarmo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-388639.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012056415).

Por escritura número doscientos veintidós-cuatro, otorgada en Heredia, a las trece horas del día primero de junio del dos mil doce, ante esta notaría, la compañía Comercializadora Apícola de Hacienda Vieja  S. A., cédula jurídica Nº 3-101-192630, mediante acta de asamblea general extraordinaria número uno, acordó la disolución total de esta sociedad.—Heredia, 1º de junio del 2012.—Lic. Julio Sandoval Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012056416).

Ante la notaría de la suscrita, Marcela Padilla Valverde, en San Rafael de Alajuela, mediante la escritura número catorce, otorgada a las ocho horas del once de junio del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar compañía Consensus Terra Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil trescientos veinticinco. Es todo.—Alajuela, once de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012056418).

Ante la notaría de la suscrita, Marcela Padilla Valverde, en San Rafael de Alajuela, mediante la escritura número veintiséis, otorgada en Alajuela, a las quince horas del doce de junio del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar la compañía Paseo del Ángel Cahetel Veintiocho Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres guión ciento uno guión quinientos cuarenta y tres mil quinientos setenta y cuatro. Es todo.—Alajuela, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012056419).

Ante la notaría de la suscrita, Marcela Padilla Valverde, en San Rafael de Alajuela, mediante la escritura número veinticinco, otorgada en Alajuela, a las catorce horas del doce de junio del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar la compañía Paseo del Ángel Safiel Veintisiete Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres guión ciento uno guión quinientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y cinco. Es todo.—Alajuela, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012056421).

Por  escritura  otorgada  ante  esta  notaría,  el  12  de  junio del 2012, se acordó  la  disolución de Inversiones y Propiedades M E Y P Sociedad Anónima.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—(IN2012056422).

Por escritura otorgada ante esta notaria, el 12 de junio del 2012, se acordó la disolución de Corporación Inmobiliaria Guerrero Fonseca Sociedad Anónima.—Lic. Ana Vicente Sotela, Notaria.—1 vez.—(IN2012056423).

Por escritura otorgada ante esta notaria, el 13 de junio del 2012, se acordó la disolución de Ahima Sociedad Anónima.—Lic. Ana Vicente Sotela, Notaria.—1 vez.—(IN2012056424).

Ante la notaría de la suscrita, Marcela Padilla Valverde, en San Rafael de Alajuela, mediante la escritura número veinticuatro, otorgada en Alajuela, a las trece horas del doce de junio del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar la compañía Paseo del Ángel Hekamiah Veintiséis Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres guión ciento uno guión quinientos cuarenta y tres mil quinientos treinta y cuatro. Es todo.—Alajuela, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012056425).

Por escritura otorgada ante esta notaria, el 12 de junio del 2012, se acordó la disolución de Proadbond Sociedad Anónima.—Lic. Ana Vicente Sotela, Notaria.—1 vez.—(IN2012056426).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las 13:30 horas del día 12 de junio del 2012, se constituyó la sociedad denominada Plastimpex Sociedad Anónima. Plazo: 99 años.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—(IN2012056427).

Ante la notaría de la suscrita, Marcela Padilla Valverde, en San Rafael de Alajuela, mediante la escritura número veintitrés, otorgada en Alajuela, a las doce horas del doce de junio del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar la compañía Paseo del Ángel Isrefel Veinticinco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres mil ochocientos noventa y cinco. Es todo.—Alajuela, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012056428).

Por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del trece de junio del dos mil doce, se acordó por medio de Asamblea de Socios disolver la sociedad denominada Compañía Agrícola y Comercial Rorael Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-55958.—San José, 13 de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012056433).

Por escritura otorgada a las trece horas del veintiocho de mayo del dos mil doce, se acordó por medio de asamblea de socios disolver la sociedad denominada Bienes y Consultores Arquitectónicos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-309200.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012056435).

Por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil doce, se acordó por medio de asamblea de socios disolver la sociedad denominada Residencias Exclusivas del Segundo Milenio Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-238851.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012056436).

Por escritura otorgada a las trece horas quince minutos del veintiocho de mayo del dos mil doce, se acordó por medio de asamblea de socios disolver la sociedad denominada Grupo Staro Asesores Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-502672.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012056437).

Por escritura número noventa y dos, de las 10:00 horas del 8 de junio del 2012, ante el suscrito notario, se disuelve Inversiones Familiares MGM S. A., no existe adjudicación de activos y pasivos.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012056441).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Wilson Network System Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056442).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Riptown.Com Media Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056444).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Santa Best Assets Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056445).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: British Real State Management Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056447).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Portal de la Cuesta Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056448).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Móvil Sobrinos Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056449).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Móvil de la G K Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056450).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Modern Remedies Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056451).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Febrero Motores Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056452).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: El Jaguar Azul Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056453).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Sistemas de Información Tecnológica SIT Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056454).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Bienes Cascada Azul Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056456).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Bodog Fight Club de Costa Rica Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056457).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Bo Dog Outsourcing Enterprise Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056458).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Blue Wing Holding Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056459).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Bienes Arena Tropical Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056460).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Barra Gerencial GSM Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056461).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Vento Canadá Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056462).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Trébol Veinticinco del Oeste Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056463).

Por escritura número ciento cincuenta y tres otorgada ante este notario a las diez horas del doce de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Flowrider Inc S. A., mediante la cual se reforma la cláusula cuarta de los estatutos sociales.—San José, doce de junio del año dos mil doce.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2012056464).

Por escritura número ciento cincuenta y seis otorgada ante este notario a las doce horas del doce de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta número tres de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Fornello S. A., mediante la cual se acuerda reformar las cláusulas quinta y octava de los estatutos sociales y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, doce de junio del año dos mil doce.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2012056465).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Terracota de Amatista CF Tres Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056466).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: TDE Geprutte Developments Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012056467).

Por escritura número ciento cincuenta y cinco otorgada ante este notario a las once horas del doce de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Publi KA S.A., mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, doce de junio del año dos mil doce.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2012056468).

Por escritura número ciento cincuenta y cuatro otorgada ante este notario a las diez horas del doce de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad JSMG Inversiones Globales S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas quinta y sétima de los estatutos sociales y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, doce de junio del año dos mil doce.—Lic. Melvin Rudelman Wiohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2012056469).

Hoy ante esta notaría, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades denominadas Artecha S. A., e Inmobiliaria Los Pololos S. A., en la que se fusionan prevaleciendo Inmobiliaria Los Pololos Sociedad Anónima.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernandez, Notario.—1 vez.—(IN2012056472).

Ante esta notaría, mediante escritura pública número doscientos sesenta y dos, otorgada al ser las trece horas del dieciséis de mayo de dos mil doce, por decisión unánime de socios se han acordado disolver las sociedades anónimas denominadas Industrias Textiles B Krafman S. A., cédula Nº 3-101-547908, Corporación Erian S. A., cédula Nº 3-101-149786, Distribuidora Comercial Hércules S. A., cédula Nº 3-101-134401. Es todo.—San José, dieciséis de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2012056473).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación número de cédula jurídica es el siguiente: tres-ciento dos-cinco tres siete siete ocho.—Lic. Max Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012056480).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Aricoco Mahr S.A., con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatro seis cinco ocho cero seis.—Lic. Max Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012056481).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Mar y Mar Dorada M Y M Sociedad Anónima, sociedad con cédula jurídica: tres-ciento uno-tres cero cuatro seis cuatro siete.—Lic. Max Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012056482).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Hermarro Sociedad Anónima, sociedad con cédula jurídica: tres-ciento uno-seis tres tres cero ochenta y tres.—Lic. Max Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012056483).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Agrícola Chepe S.A., sociedad con número de cédula jurídica tres-ciento uno-tres nueve siete tres.—Lic. Max Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012056484).

A las 9:00 horas, a las 10:00 horas y a las 11:00 horas de hoy, protocolicé actas de asambleas extraordinarias de todos los socios de las empresas: 3-101-588324 S. A., Tacaba S. A.; y Tecnologías GB Equipos y Programas S. A., por las cuales se acordó por unanimidad, disolver estas sociedades, prescindiéndose del trámite de liquidación, por no haber activos ni pasivos. Lo anterior para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—(IN2012056487).

A las 9:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de todos los socios de Suministros Varela Internacional S. A., por la cual se acordó por unanimidad, disolver esta sociedad, prescindiéndose del trámite de liquidación, por no haber activos ni pasivos. Lo anterior, para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 5 de junio del 2012.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—(IN2012056488).

Por treinta días se cita y emplaza a todos los interesados por cuanto el día de hoy el señor José Antonio Vega Zúñiga, cédula 1-791-149, como único accionista de la compañía Graduaciones CR Punto Com Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos doce mil ciento sesenta y cuatro, ha solicitado y tramitado su disolución.—San José, trece de junio del 2012.—Lic. Celina Alvarado Badilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012056489).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Cowboy Blue Caribe C.B.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-497506, mediante la cual se disolvió la sociedad. Escritura otorgada a las diez horas con treinta minutos del 7 de junio del 2012.—Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2012056490).

Por treinta días se cita y emplaza a todos los interesados por cuanto el día de hoy el señor José Antonio Vega Zúñiga, cédula 1-792-149, como único accionista de la compañía Servicios y Tecnología de Coronado Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno- doscientos nueve mil setecientos setenta, ha solicitado y tramitado su disolución.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Celina Alvarado Badilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012056491).

Por treinta días se cita y emplaza a todos los interesados por cuanto el día de hoy el señor Gabino Ortega Cornejo, cédula 270-132187-069201, como único accionista de la compañía Servicio de Seguridad Magaru Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos ocho seis cero ocho cuatro, ha solicitado y tramitado su disolución.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Celina Alvarado Badilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012056492).

Por treinta días se cita y emplaza a todos los interesados por cuanto el día de hoy los señores Roxana Góngora Jiménez, cédula 7-070-853 y José Casas Celaya, pasaporte 214850448, como único accionista de la compañía  Casas Góngora Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil setecientos setenta y tres, han solicitado y tramitado su disolución.—San José, diecisiete de mayo del dos mil doce.—Lic. Celina Alvarado Badilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012056493).

Por escritura número doscientos cuarenta-uno, al ser las doce horas del día 13 de junio del año 2012, se disolvió la sociedad S J de Heredia Sociedad Anónima. Presidente: Minor Víquez Ulate, secretaria: Yamileth Víquez Ulate, tesorera: Maricel Víquez Ulate, fiscal: Milagrosa Ulate Hidalgo. Es todo.—Lic. Ileana María Arroyo Rocha, Notaria.—1 vez.—(IN2012056494).

Por escritura número doscientos cuarenta y uno-uno, al ser las quince horas del día 13 de junio del año 2012, se disolvió la sociedad Asemavi Sociedad Anónima. Presidente: Minor Víquez Ulate, secretaria: Adriana Umaña Angulo, tesorero: Félix Palacios Medrano, fiscal: Juan Víquez Loría. Es todo.—Lic. Ileana María Arroyo Rocha, Notaria.—1 vez.—(IN2012056495).

Por escritura número doscientos seis-uno, al ser las diecinueve horas del día 18 de noviembre del año 2011, se constituyó la sociedad denominada Posicionamiento Comercal Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, presidente: Sergio Guevara Carvajal, secretaria: Ana Rosa Carvajal Rojas, tesorero: Mauricio Guevara Carvajal, fiscal: Cindy Geovanna Valerio Sandoval, agente residente: no se eligió. Es todo.—Lic. Ileana María Arroyo Rocha, Notaria.—1 vez.—(IN2012056496).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las ocho horas del día trece de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Sánchez y Carmiol S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos tres tres dos dos cuatro, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notaria.—1 vez.—(IN2012056500).

Por escritura otorgada ante mí, se fusionaron por absorción las siguientes sociedades: Maraba Internacional Sociedad Anónima, Cimitarra Sociedad Anónima, y Finca Hermosa-Quizarra Limitada, prevaleció Finca Hermosa-Quizarra Limitada. Es todo.—San José, 12 de junio del año 2012.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—(IN2012056503).

Por escritura otorgada ante mí, se acordó disolver la sociedad La Ruta Consultores Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—(IN2012056504).

Por escritura otorgada ante mí, se acordó disolver la sociedad Rubeus Hagrid Groundskeeping Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—(IN2012056505).

Por escritura otorgada ante mí, se acordó disolver la sociedad Café Bandola Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—(IN2012056506).

Mediante escritura pública número setenta y cinco ante mí, el día veintiuno de mayo del dos mil doce, la sociedad Pokerhispano Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y siete mil quinientos cincuenta y cuatro, acuerda disolver la sociedad de acuerdo al artículo doscientos uno, inciso D del Código de Comercio. La sociedad no tiene actualmente ningún activo por liquidar ni pasivos por pagar, por lo que se prescinde del trámite de liquidador y su nombramiento así como el resto del trámite, excepto el edicto.—Lic. Paola María Montealegre Sauma, Notaria.—1 vez.—(IN2012056508).

Por medio de escritura número doscientos veintiséis del tomo quinto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificó las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y un mil novecientos ochenta sociedad anónima, con cédula jurídica igual a su denominación.—Alajuela, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2012056510).

Por medio de escritura número doscientos veinticuatro del tomo quinto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificó las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Colonial Dos D SN Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y tres mil ciento nueve.—Alajuela, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2012056511).

Por medio de escritura número doscientos veintisiete, del tomo quinto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se constituyó la sociedad Hush Hush Lounge Sociedad Anónima. Cuyo representante es Scott William Beebe. Dicha sociedad tiene un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años.—Alajuela, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2012056512).

Extracto del informe final de liquidación de la sociedad Océano House On The Beach Rental Corporation O.H.B.R Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco tres nueve siete cinco nueve, rendido a la asamblea de socios en fecha veinte de abril del dos mil doce, por el liquidador legalmente asignado: a) Se dan por concluidas las operaciones sociales, b) no existen obligaciones pendientes de pago, c) la sociedad no cuenta con bienes que vender, d) por no existir haber social alguno, no es posible repartir suma alguna entre los socios.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2012056513).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de socios de Inversiones Steelmax F.S.N. Sociedad Anónima, modifica la cláusula novena del pacto social y la conformación de la junta directiva.—San José, catorce de junio del dos mil doce.—Lic. Karina Alvarado Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2012056522).

Ante esta notaría, se protocolizó acuerdo de disolución de la sociedad denominada Banac Dos Mil Cuatro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y tres mil cuarenta y tres.—San José, trece de junio de dos mil doce.—Lic. Karina Alvarado Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2012056524).

Ante esta notaría, se protocolizó acuerdo de disolución de la sociedad denominada Inversiones Habitacionales Aedulez Apu Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil seiscientos nueve.—San José, trece de junio de dos mil doce.—Lic. Karina Alvarado Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2012056525).

Ante esta notaría, se protocolizó disolución de la sociedad denominada L.M. Altamira de San José Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos nueve mil doscientos trece.—San José, trece de junio de dos mil doce.—Lic. Karina Alvarado Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2012056526).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:25 horas del 6 de junio del 2012, se protocoliza acta de disolución de la sociedad denominada Takezan Sociedad Anónima.—San José, seis de junio de dos mil doce.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012056527).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 12 de junio, se protocolizó acta número siete, de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Agora Construcciones Sociedad Anónima. Se reestructura la junta directiva, el fiscal y cambio de domicilio.—San José, doce de junio de dos mil doce.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2012056528).

Por escritura otorgada en mi notaría, a ser las ocho horas con treinta minutos del treinta de abril del dos mil doce, se disolvió la sociedad Transportes Anfibios El Basilisco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos nueve mil novecientos sesenta, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, San Carlos, dieciséis horas del once de junio de dos mil doce.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2012056529).

Mediante la escritura Nº 84, otorgada a las 7:30 horas del 8 de junio del 2012, ante esta notaría, se disolvió y liquidó la sociedad Academia de Baile Copacabana S. A.San José, catorce de junio de dos mil doce.—Lic. Carlos Manuel Aguilar Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012056535).

Mediante la escritura Nº 85, otorgada a las 17:30 horas del 8 de junio del 2012 ante esta notaría, se disolvió y liquidó la sociedad Tropical Ice Cream S. A.San José, catorce de junio de dos mil doce.—Lic. Carlos Manuel Aguilar Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012056536).

Ante mi notaría, en fecha doce de junio del dos mil doce, por medio de la escritura número veinticuatro-dos, se constituye la sociedad cuya denominación social será Caribean Steel S. A. Con capital social de seiscientos mil colones. Domicilio en San José, veinticinco metros al norte de Farmacia Fischel, Edificio Rodo, segundo piso, oficina cuatro. Plazo: noventa y nueve años. Representantes legales: presidente y secretario.—San José, veintitrés de marzo del dos mil doce.—Lic. Luis Morales León, Notario.—1 vez.—(IN2012056538).

En escritura número ocho-doscientos ocho, otorgada a las 16:45 horas del 6 de junio del 2012, tomo 8 del protocolo de esta notaría, se modifican las cláusulas primera y segunda de la sociedad DS Brightness Emerald One Hundred Sixty Two LLC S.R.L.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2012056544).

Los señores Luis Ángel Sibaja Contreras, cédula Nº 2-327-818, Lilliam Jiménez Álvarez, cédula Nº 2-312-231, constituyen sociedad anónima numérica. Con domicilio social en Alajuela, Residencial Sito Ideal, casa D quince. Capital social: 8.000 colones.—Alajuela, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Amalia Bone, Notaria.—1 vez.—(IN2012056546).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del trece de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Alnan de Costa Rica S. A., en donde se modifica la cláusula octava de la representación y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012056548).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas, treinta minutos del trece de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Race de Costa Rica S. A., en donde se nombra nueva fiscal.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012056549).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del trece de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Palmeras de Playa Guápil S. A., en donde se modifica la cláusula octava de la representación, se nombra nueva junta directiva y se nombra nuevo fiscal.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012056551).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el catorce de junio del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Corban Consultores Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y seis mil ciento cuarenta y tres. Domiciliada en Heredia, Mercedes Sur, setenta este de la iglesia católica. Cuya presidenta es Stephanie Córdoba Vázquez.—Catorce de junio del dos mil doce.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012056552).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó una sociedad anónima denominada Interport Logistics C.A. Sociedad Anónima. El plazo social es de cien años. El capital social es de diez mil colones. La representación la ostenta el presidente y el gerente, quienes ostentan las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente y se encuentra domiciliada en San José, San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio Los Balcones, primer piso, A.N.S.—Lic. Catalina Soto Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012056553).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el catorce de junio del dos mil doce, se ha modificado la cláusula sexta de la entidad denominada tres-ciento uno-quinientos setenta y cinco mil trescientos diez sociedad anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y cinco mil trescientos diez. Domiciliada en Santiago de San Rafael de Heredia. Cuyo presidente es Danilo Gutiérrez Dall anece.—Catorce de junio del dos mil doce.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012056554).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el catorce de junio del dos mil doce, se ha protocolizado el acuerdo de disolución de la entidad denominada Focoygo Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos cuarenta y nueve mil ciento noventa y cuatro. Domiciliada en San Juan de Santa Bárbara de Heredia. Cuya presidenta es Rosa María Cortés Ugalde.—Catorce de junio del dos mil doce.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012056555).

Ante mí, José Luis Herrera Zúñiga, notario público con oficina en Santiago de Puriscal, costado este de la Municipalidad, mediante escritura Nº 79, visible al folio 62 frente del tomo 89 de mi protocolo, se disuelve la firma Roldán y Bolívar Sociedad Anónima.—Puriscal, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. José Luis Herrera Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012302253.—(IN2012056709).

Mediante escritura doscientos cuarenta y cinco-tres, de la suscrita notaria, se protocolizó acta número dos de la asamblea extraordinaria de accionistas de El Sueño de Ser Feliz Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-448353, en la cual la socia Irene Barrantes Marín vendió sus acciones al socio Melvin Barquero Hidalgo, quien se convierte en el único socio de la sociedad indicada.—Lic. Lianeth Esquivel Sanabria, Notaria.—1 vez.—RP2012302255.—(IN2012056710).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas, doce minutos del ocho de junio del año dos mil doce, se modificó la junta directiva, asimismo como la cláusula segunda de la sociedad de responsabilidad limitada El Kia del Alma S. R. L. Mediante escritura doscientos setenta y uno-uno.—Doce de junio del año dos mil doce.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—RP2012302256.—(IN2012056711).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del siete de junio del año dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad, Alvarado y Bermúdez Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y nueve mil treinta y cinco.—Lic. Emilio Díaz Balmaceda, Notario.—1 vez.—RP2012302257.—(IN2012056712).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se disuelve la empresa The Caribbean Queen Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cinco mil veintidós, cuya presidenta es Nuria Chavarría Carranza, cédula de identidad número uno-cero setecientos tres-cero cero doce.—Pérez Zeledón, a las diez horas del nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Manuel Carranza Acuña, Notario.—1 vez.—RP2012302259.—(IN2012056713).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del día 8 de junio del año 2012, confeccioné declaración jurada de la compañía Ingeniería y Transportes Intrasa S. A., mediante el cual se acuerda disolver esta compañía.—Heredia, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Karina Rojas Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012302261.—(IN2012056714).

Ante esta notaría, el día primero de junio del año dos mil doce, se acuerdan disolver las siguientes sociedades: Complejo Don Ricardo R.G. Uno Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil doscientos nueve; Complejo Don Ricardo R.G. Dos Verde Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y cuatro; Complejo Don Ricardo R.G. Tres Rojo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil cuatrocientos veintinueve; Complejo Don Ricardo R.G. Cuatro Amarillo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil ciento setenta y ocho; Complejo Don Ricardo R.G. Cinco Blanco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y nueve mil ochocientos veintisiete; Complejo Don Ricardo R.G. Seis Morado Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil ciento cincuenta y nueve; Complejo Don Ricardo R.G. Siete Celeste Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa mil treinta y cuatro; Complejo Don Ricardo R.G. Ocho Café Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y nueve mil novecientos setenta y cuatro y Complejo Don Ricardo R.G. Nueve Turquesa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil novecientos cincuenta y ocho. Presidente: Róger González Díaz.—Lic. Emilio Díaz Balmaceda, Notario.—1 vez.—RP2012302262.—(IN2012056715).

Que por escritura número setenta y siete-treinta y dos, otorgada a las once horas del once de junio del año dos mil doce, ante el notario público Alexánder Elizondo Quesada, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Berstore Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y siete mil setecientos noventa y tres, en la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de junio del dos mil doce.—Lic. Alexánder Elizondo Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012302263.—(IN2012056716).

Por acuerdo de socios se disuelve Inversiones Grysplen Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y siete mil novecientos noventa y tres, a partir del veintiocho de mayo del año dos mil doce.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012302264.—(IN2012056717).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó Darfra Inversiones Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: de noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El objeto es el comercio en general, la industria, agricultura y ganadería.—Paso Canoas, treinta y uno de mayo del dos mil doce.—Lic. Onix Abarca Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012302265.—(IN2012056718).

Por acuerdo de socios se disuelve Moanadisi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil ochocientos cincuenta y ocho, a partir del veinticuatro de mayo del año dos mil doce.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012302266.—(IN2012056719).

Por acuerdo de socios se disuelve Nativos Argentinos de Jacó Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil ochocientos noventa y uno, a partir del primero de junio del año dos mil doce.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012302267.—(IN2012056720).

Por acuerdo de socios se disuelve Joshua y David Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y seis, a partir del veinticuatro de mayo del año dos mil doce.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012302268.—(IN2012056721).

Por acuerdo de socios se disuelve Corporación Xiyste Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos mil ochocientos sesenta y cuatro, a partir del veintiocho de abril del año dos mil doce.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012302269.—(IN2012056722).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta en la que se acordó la disolución de la sociedad denominada Central Centroamericana de Población CCP S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cinco mil novecientos ochenta y tres.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Alvarado Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012302270.—(IN2012056723).

Ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad Desarrollos Inmobiliarios Playa Grande Sociedad Anónima, en donde se reforman las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012302271.—(IN2012056724).

Mediante escritura pública de las 9:00 horas del 8 de junio del 2012, otorgada por la notaria pública Lyannette Petgrave Brown, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Cantico Corporación Inmobiliaria Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-398767, de las 10:00 horas del 23 de mayo del 2012, en la cual se reforma la cláusula novena de los estatutos.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Dra. Lyannette Petgrave Brown, Notaria.—1 vez.—RP2012302273.—(IN2012056725).

Mediante escritura pública, de las 13:00 horas del 8 de junio del 2012, otorgada por la notaria pública Lyannette Petgrave Brown, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Endless Sand Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-435580, de las 16:00 horas del 6 de junio del 2012, en la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Dra. Lyannette Petgrave Brown, Notaria.—1 vez.—RP2012302274.—(IN2012056726).

Por escritura otorgada en San José, a las trece horas del día ocho de junio del año dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada Inversiones ANGC de Heredia S. A. y se acuerda modificar la cláusula del nombre y cambio de junta directiva, ante la notaria Ivonne Monge Calderón. Es todo.—San José, a las doce horas del ocho de junio del dos mil once.—Lic. Ivonne Monge Calderón, Notaria.—1 vez.—RP2012302275.—(IN2012056727).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del 11 de junio del 2012, se disolvió y declaró liquidada la sociedad Funeraria Metropolitana Puntarenense FMP Sociedad Anónima.—San Isidro de Heredia.—Lic. Kattya Lisseth Mora Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2012302276.—(IN2012056728).

Por escritura otorgada en San José, a las quince horas del once de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de liquidación de la firma Wes Inversiones del Dos Mil Cuatro Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y cuatro ochocientos treinta y cinco. Es todo.—San José, a las ocho horas del doce de junio del dos mil doce.—Lic. Ivonne Monge Calderón, Notaria.—1 vez.—RP2012302277.—(IN2012056729).

En asamblea general, celebrada el día primero de junio, se acordó disolver y eliminar los activos distribuyendo el capital equitativamente a sus socios, de la sociedad denominada Servicios Jurídicos y Notariales W F Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-619262. Es todo.—Ciudad Neily, al ser las trece horas del ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.—RP2012302278.—(IN2012056730).

Ante mi notaría, al ser las 11:00 horas del 8 de junio del 2012, mediante escritura Nº 320 del protocolo Nº 11, de  la  suscrita notaria, se  constituyó  la firma  denominada  Real Costa Rica A Y G S. R. L. Domiciliada en Alajuela, San Ramón, Peñas Blancas, San Rafael, quinientos al norte de la escuela. Capital social: un millón de colones. Gerente: Lindsay Padilla Carrión, cédula Nº 1-1107-889.—Lic. Viviana Villalobos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012302279.—(IN2012056731).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas, treinta minutos de hoy, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil noventa y tres sociedad anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—Cuidad Quesada, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302280.—(IN2012056732).

En asamblea general, celebrada el día primero de junio, se acordó disolver y eliminar los activos distribuyendo el capital equitativamente a sus socios, de la sociedad denominada Tienda El Tiburón Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-083153. Es todo.—Cuidad Neily, al ser las doce horas del ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.—RP2012302281.—(IN2012056733).

En asamblea general, celebrada el día primero de junio, se acordó disolver y eliminar los activos distribuyendo el capital equitativamente a sus socios, de la sociedad denominada Novedades Las Gangas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-101104. Es todo.—Cuidad Neily, al ser las once horas del ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.—RP2012302282.—(IN2012056734).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Texas y Orlando Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—Cuidad Quesada, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302283.—(IN2012056735).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Ramuga Belemita Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—Cuidad Quesada, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302284.—(IN2012056736).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Hermanos Ramírez Ugalde y Asociados Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—Cuidad Quesada, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302285.—(IN2012056737).

Por escritura otorgada en mi notaría, hoy a las 10:00 horas se constituyó la sociedad de esta plaza Dermatología Argüello S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años, a partir del día de hoy. Objeto: la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería, la minería y la pesca en general y en forma especial tendrá como actividad el tratamiento y cura de todo lo relacionado con el aspecto dermatológico en el ser humano. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Iguales facultades que el presidente y secretario tendrá el tesorero, siempre que actúe en ausencias temporales o definitivas del presidente y secretario, bastando para actuar su simple dicho.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012302286.—(IN2012056738).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Montearroyo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos veintidós mil cero noventa y nueve. Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cinthya Morales Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012302288.—(IN2012056739).

Por escritura otorgada el día veinticuatro de mayo del dos mil doce, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima denominada Grupo Amab Seguridad Sociedad Anónima.—San José, once de mayo del dos mil doce.—Lic. Iván Villegas Franco, Notario.—1 vez.—RP2012302291.—(IN2012056740).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:30 horas del día de hoy, protocolizo acta de disolución de la sociedad Maritza Miraflores S. A., cédula jurídica Nº 3-101-029594.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012302292.—(IN2012056741).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:15 horas del día de hoy, protocolizo acta de disolución de la sociedad Leo y Libra S. A., cédula jurídica Nº 3-101-024824.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012302293.—(IN2012056742).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del día de hoy, protocolizo acta de disolución de la sociedad Vientos de Los Andes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-156120.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012302294.—(IN2012056743).

En asamblea extraordinaria de la sociedad Margarita Libby y Asociados S. A., cédula jurídica Nº 3-101-319248, celebrada a las 15:00 horas del 6 de junio del 2012, se cambia el domicilio de la sociedad.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—RP2012302295.—(IN2012056744).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas, diez minutos del día once de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Azua de Compostela Ltda. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012302296.—(IN2012056745).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas, veinte minutos del día once de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Oran de Salta ODS Ltda. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012302297.—(IN2012056746).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas, treinta minutos del día once de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Río Cauto de Granma Ltda. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012302298.—(IN2012056747).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas cuarenta minutos del día once de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Hatuey de Yara Ltda. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012302299.—(IN2012056748).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas cincuenta minutos del día once de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Mao de Valverde Ltda. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012302300.—(IN2012056749).

Escritura otorgada: a las 16:30 horas del 11 del junio dos mil doce, se constituyó Logitics Geoenvironmetal Sociedad Anónima. Domicilio: La Unión.—12 de junio de 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012302301.—(IN2012056750).

Escritura otorgada: a las 8 horas del 8 del junio dos mil doce se constituyó Desarrollo Creativo Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—10 de junio de mayo 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012302302.—(IN2012056751).

Por escritura de las 14 horas del 8 de junio en curso, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria por la cual se acordó disolver la sociedad Bethel Ingeniería S. A.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Carlos Miguel Chacón Sartoressi, Notario.—1 vez.—RP2012302303.—(IN2012056752).

Por escritura de las 15 horas del 8 de junio en curso, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria por la cual se acordó disolver la sociedad Ge Tres S. A.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Carlos Miguel Chacón Sartoressi, Notario.—1 vez.—RP2012302304.—(IN2012056753).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día once de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Hato Mayor del Rey Ltda. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012302305.—(IN2012056754).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día once de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Las Piedras de Artigas LPA Ltda. Donde se da por disuelta y liquidada la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012302306.—(IN2012056755).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas quince minutos del día once de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Chuy de Rocha CDR Ltda. Donde se da por disuelta y liquidada la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012302307.—(IN2012056756).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día once de junio de dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Arauco de la Rioja ADL Ltda. Donde se da por disuelta y liquidada la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012302308.—(IN2012056757).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas quince minutos del día ocho de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Encarnación de Itapua EDI Ltda. Donde se da por disuelta y liquidada la sociedad.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012302309.—(IN2012056758).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día ocho de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Lambare de Central LDC Ltda. Donde se da por disuelta y liquidada la sociedad.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012302310.—(IN2012056759).

Por escritura de las 16:30 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Inversiones Grupo Magricar Dikama S. A., por la cual se modifica la denominación social, que en adelante será Inversiones Grupo Madricar Dikama S. A., así como las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo.—Montes de Oca, 8 de junio del 2012.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2012302311.—(IN2012056760).

El suscrito notario hace constar que hoy protocolizó acuerdos de disolución y liquidación de la sociedad Estibadores Golfiteños Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San José, sétimo piso del Edificio Torre Mercedes, frente al Paseo Colón, entre calles veintidós y veinticuatro y cédula jurídica Nº 3-101-121907. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, cualquier interesado en oponerse judicialmente a esta disolución puede hacerlo dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012302312.—(IN2012056761).

Por escritura de las 16:00 horas de hoy, protocolicé acta de Tres-ciento uno-quinientos sesenta y cuatro mil novecientos veinticinco S. A., por la cual se declara la disolución de la compañía.—San Pedro de Montes de Oca, 8 de junio del 2012.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2012302313.—(IN2012056762).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:15 horas del 31 mayo del 2012, se solicita la disolución de la mercantil Certain Success Investment S. A., cédula jurídica 3-101-419674 por acuerdo de socios.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012302314.—(IN2012056763).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:15 horas del 11 junio del 2012, se solicita la disolución de la mercantil Marea Azul Punto Com S. A., cédula jurídica 3-101-312627, por acuerdo de socios.—San José, 11 junio del 2012.—Lic. Rafael Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012302315.—(IN2012056764).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 22 mayo del 2012, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: la segunda: del domicilio, la octava: del consejo de administración o junta directiva. Se hacen nuevos nombramientos, en 3-101-558783 S. A.—San José, 22 de mayo del 2012.—Lic. Rafael Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012302316.—(IN2012056765).

Por escritura número ciento cincuenta y nueve, otorgada ante los notarios José Pablo Masís Artavia y Luis Fernando Castro Gómez, actuando en el protocolo del primero, a las once horas del día ocho de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Sabores y Más Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de ocho mil colones y un plazo social de noventa años a partir de su constitución.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012302317.—(IN2012056766).

Que los socios de la entidad Taller de Rectificación U & N de Guanacaste S. A., cédula 3-101-391891, avisan que se ha disuelto esta entidad.—San José, 10 de junio de 2012.—Lic. Édgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2012302318.—(IN2012056767).

Que los socios de la entidad Ansisa Instalaciones S. A., cédula 3-101-137388, avisan que se ha disuelto esta entidad.—San José, 10 de junio de 2012.—Lic. Édgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2012302319.—(IN2012056768).

Ante mí, se constituyó asociación denominada Asociación Humanitaria de Ayuda Animal Costa Rica, eligiéndose como presidenta a Betsy Madriz Mayorga, mayor, soltera, estudiante, cédula uno-mil trescientos cincuenta-cero cuarenta y ocho, vecina de San José, Dulce Nombre de Coronado.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—RP2012302320.—(IN2012056769).

Que los socios de la entidad Taller de Hojalatería Sibaja Sánchez de Costa Rica S. A., cédula 3-101-383581, avisan que se ha disuelto esta entidad.—San José, 10 de junio de 2012.—Lic. Édgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2012302321.—(IN2012056770).

Que los socios de la entidad Céspedes y Acosta CEASA S.A., cédula 3-101-184484, avisan que se ha disuelto esta entidad.—San José, 10 de junio de 2012.—Lic. Édgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2012302322.—(IN2012056771).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9 horas 15 minutos del 5 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Hill Investments Partners S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- quinientos setenta y siete mil ochocientos veinte, en la que se disuelve la sociedad.—Lic. María José Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—RP2012302323.—(IN2012056772).

Por escritura otorgada en esta Notaría, a las dieciséis horas veinte minutos del día de hoy, se acuerda modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Diursa Inmobiliaria de Costa Rica S. A.—San José, ocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Rodrigo Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012302324.—(IN2012056773).

Ante mí, Maricela Alpízar Chacón, escritra Nº 4-223 de las 18:40 horas del 14 de mayo 2012, de la empresa Lot Number Ochenta y Uno Development At Pacifico T & J S. A., 3-101-5039669, reforma cláusulas: primera, segunda, sétima, y elimina la décimo primera del pacto, el nuevo nombre será Publicidad 506 S.A.—San José, 6 de junio 2012.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012302325.—(IN2012056774).

Escritura 4-220 otorgada a 10:30 horas, 10 de mayo 2012, ante mí, Maricela Alpízar Chacón, constituyen Pan Am Medical Clinics S. A., capital un millón, plazo noventa y nueve años, domicilio San José, Mata Redonda, del Instituto Dante Alighieri cien este, edificio dos pisos, palmeras en el jardín.—San José, 5 junio del 2012.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012302326.—(IN2012056775).

Ante mi Notaría, en fecha 11 de junio del 2012, a las diecinueve horas, se protocolizó asamblea extraordinaria de accionistas que modificó el objeto de la sociedad Hermanos Chacón Pacheco Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-108726. Es todo.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Ileana Palma Porras, Notaria.—1 vez.—RP2012302328.—(IN2012056776).

Mediante escritura pública número 73-17 de las 12:00 horas del 10 de junio del 2012, se protocolizó el asiento número cuatro del libro de actas de asamblea de Latinetwork Dichter & Neira S. ., que reformó la cláusula segunda del pacto social referente al domicilio y se revocaron e hicieron nombramientos.—San José, 10 de junio del 2012.—Lic. Jeannyna Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2012302329.—(IN2012056777).

Que ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios las sociedades denominadas La Ventana del Ángel Sociedad Anónima, Walsu Sociedad Anónima y El Espavelar Sociedad Anónima, las cuales no tiene activos ni pasivos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en esta Notaría en la dirección física ubicada en Barrio Los Ángeles de Nicoya, setenta y cinco metros al este de la antigua Cervecería, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—Nicoya, seis de junio de dos mil doce.—Lic. Jenny María Ramos González, Notaria.—1 vez.—RP2012302330.—(IN2012056778).

De conformidad con el artículo 207, siguientes y concordantes del Código de Comercio, se comunica que en asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Neprofin Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres - ciento uno - ciento setenta y nueve mil setecientos diez, celebrada a las nueve horas del cinco de junio del dos mil doce, en su domicilio social, acuerdo segundo, se acordó por los asambleístas, en forma unánime, aprobar la disolución de la sociedad, para lo cual se procederá de conformidad con el numeral doscientos uno y siguientes del Código de Comercio. Toda vez que la sociedad está inactiva, no tiene activos ni pasivos, por lo que se omite el nombramiento de un liquidador. Disolución que se acuerda para los efectos del transitorio segundo, de la ley de impuesto a las personas jurídicas. Dr. Walter Rodrigo Piedra Chinchilla, presidente de junta directiva.—San José, 10 de junio del 2012.—Lic. José Rodolfo Estrada Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012302331.—(IN2012056779).

Por escritura pública otorgada hoy ante mí, en San José, a las 13:00 horas, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Punto Fusión DDA Limitada, con domicilio en San José, capital social de 10.000 colones.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Aldo F. Morelli Lizano, Notario.—1 vez.—RP2012302332.—(IN2012056780).

En esta notaría, se disolvió la sociedad Eurocolores Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-091311, mediante la escritura 194-8 del día 9 de junio del 2012, tomo 8 de la suscrita notaria, cuyo presidente era Rogelio Huertas Gómez, cédula 1-390-130.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Jéssica Pérez Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012302333.—(IN2012056781).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Concha Nácar del Pacífico Sociedad Anónima, mediante la cual se aprueba la disolución de la empresa.—San José, 11 de junio de dos mil doce.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—RP2012302334.—(IN2012056782).

Por escritura pública número ciento dieciséis-doce, otorgada ante esta Notaría, a las diecinueve horas del día ocho de junio del año dos mil doce, se disolvió la entidad denominada: Leonor Grano de Oro de Turrialba Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos veintinueve, domiciliada en Cartago, El Carmen.—Cartago, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Yajaira Echeverría Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012302335.—(IN2012056783).

Jurgen Hans Otto Herrmann único socio de la empresa Inversiones Yuhil Internacional Sociedad Anónima, acuerda disolver y liquidar dicha empresa. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del día once de junio dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Palma León, Notario.—1 vez.—RP2012302336.—(IN2012056784).

Por escritura doscientos treinta y nueve, otorgada a las quince horas del once junio del dos mil doce. Se acuerda disolver la sociedad Vitafi de Valle Claro JBL S. A., cédula jurídica número cédula jurídica tres-ciento uno-seis dos uno tres cuatro ocho.—1 vez.—RP2012302337.—(IN2012056785).

Asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Ángel Cero Cuatro Cero Dos Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social, acuerda disolver y liquidar dicha sociedad. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dieciocho horas del diez de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Palma León, Notario.—1 vez.—RP2012302338.—(IN2012056786).

Protocolización de actas de las sociedades Aguicas S. A., cédula jurídica 3-101-273875 y Clínica Nutrivida S. A., cédula jurídica 3-101-630125, mediante las cuales se acuerda disolver las sociedades conforme artículo doscientos uno, inciso d) Código Comercio, ante la suscrita notaria, Margarita Rojas Aguilar.—San José, 12 de junio de 2012.—Lic. Margarita Rojas Aguilar, Notaria, Notario.—1 vez.—RP2012302339.—(IN2012056787).

Por escritura de las 13:00 horas de hoy, se constituyó sociedad anónima con el nombre de cédula jurídica. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente con poder generalísimo.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012302341.—(IN2012056788).

Por escritura otorgada ante la notaría del Licenciado Douglas Mora Umaña, se procedió a la disolución de Agricultura Biológica de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - setenta y tres mil seiscientos cuarenta y siete. Es todo.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012302342.—(IN2012056789).

Ante la notaría del Licenciado Douglas Mora Umaña, se constituyó Grupo Energético de Costa Rica-GECR Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años. Es todo.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012302343.—(IN2012056790).

Ante la notaría del Licenciado Douglas Mora Umaña, se constituyó sociedad Eólica de Costa Rica-SEOCR Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve año. Es todo.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012302344.—(IN2012056791).

Ante la notaría del Licenciado Douglas Mora Umaña, se constituyó Industrias Energéticas de Costa Rica-IECR Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años. Es todo.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012302345.—(IN2012056792).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del cinco de junio del año dos mil doce, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Ideas Alternativas Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad.—San José, cinco de junio del año dos mil doce.—Lic. Hannia Cubero Li, Notaria.—1 vez.—RP2012302346.—(IN2012056793).

Ante la Notaría del Licenciado Douglas Mora Umaña, se constituyó Hidroeléctrica del Oeste-HDREO Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años. Es todo.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012302347.—(IN2012056794).

Ante la Notaría del Licenciado Douglas Mora Umaña, se constituyó Grupo H Solís-GHS Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años Es todo.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012302348.—(IN2012056795).

Ante la Notaría del Licenciado Douglas Mora Umaña, se constituyó Grupo HS Energías-GHSE Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años. Es todo.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012302349.—(IN2012056796).

A las once horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general de accionistas de la empresa Federico Lara & Asociados Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda su disolución.—San José, ocho de junio del 2012.—Lic. María del Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1 vez.—RP2012302350.—(IN2012056797).

El suscrito Notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del cuatro de junio de dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Hacienda Inmobiliaria Punta Península Sociedad Anónima. Es todo.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012302351.—(IN2012056798).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las siete horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil doce, se declara disuelta la sociedad anónima denominada Yenman Manyen Internacional Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos seis mil trescientos cuarenta y nueve.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012302352.—(IN2012056799).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las siete horas treinta minutos del nueve de junio del dos mil doce, se declara disuelta la sociedad anónima denominada Yanmorbran Prosperidad Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres - ciento uno - seiscientos veinticinco mil quinientos veintinueve.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012302353.—(IN2012056800).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las siete horas del ocho de junio del dos mil doce, se declara disuelta la sociedad anónima denominada Maribmansa Especializados del Sur Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - quinientos ochenta mil trescientos ochenta y nueve.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012302355.—(IN2012056801).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las siete horas del cinco de junio del dos mil doce, se declara disuelta la sociedad anónima denominada Ntopi Trece Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y nueve mil trescientos treinta y tres.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012302356.—(IN2012056802).

Por escritura otorgada en mi Notaría, en la ciudad de San José, a las once con treinta horas del día once de junio del dos mil doce, se protocoliza acta número treinta y cuatro de la empresa Constructora Azofeifa S. A., en la que se modifica la cláusula segunda de los estatutos sociales.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Alvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012302357.—(IN2012056803).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría, a las 10:00 horas del 24 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad Varmas y Compañía Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-024.376.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—RP2012302359.—(IN2012056804).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría, a las 10:00 horas del 4 de junio del 2012, se disolvió la sociedad T.Z. Jump del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-314.814.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—RP2012302360.—(IN2012056805).

Ante la suscrita Notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de disolusión de la sociedad Global Outsourcin Services Sociedad Anónima. Otorgada a las catorce horas del dieciocho de mayo del año dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302361.—(IN2012056806).

Ante la suscrita Notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de disolusión de la sociedad Autos del Norte Valdivieso Sociedad Anónima. Otorgada a las quince y cuarenta y cinco horas del cuatro de junio del año dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302362.—(IN2012056807).

Ante la suscrita Notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de disolusión de la sociedad Valdivieso y Martí Sociedad Anónima. Otorgada a las dieciséis horas del cuatro de junio del año dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302363.—(IN2012056808).

Ante la suscrita Notaria, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de disolusión de la sociedad Desarrollos Urbanísticos Segmento MTJFK Cinco EEE Sociedad Anónima. Otorgada a las quince y treinta horas del cuatro de junio del ano dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302364.—(IN2012056809).

En escritura autorizada por el suscrito Notario, de las ocho horas treinta minutos del dieciséis de abril del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Córdoba Torres & Asociados Sociedad Anónima, mediante el cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo, para que se lea Hotel Praiamar Sociedad Anónima, nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A. Es todo.—Puntarenas, once de junio del dos mil doce.—Lic. Víctor Rafael Herrera Flores, Notario.—1 vez.—RP2012302365.—(IN2012056810).

Por escritura 22-18 de las 9:00 horas del 5 de junio de 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Almida Corporativa Sociedad Anónima, en donde se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012302366.—(IN2012056811).

Por escritura pública otorgada ante este notario, a las once horas del cinco de junio de dos mil doce, protocolización de acta de disolución de sociedad IMP Bely Com S. A.San José, once de junio de dos mil doce.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012302367.—(IN2012056812).

Por escritura pública otorgada ante este notario, a las trece horas del cinco de junio de dos mil doce, fusión de sociedades prevaleciendo Ganadera Grupo Feal Sociedad Anónima.—San José, once de junio de dos mil doce.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012302368.—(IN2012056813).

Por escritura 141-7 de las 12:00 horas del 5 de junio de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Piso Fácil Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - doscientos setenta y un mil cuatrocientos catorce. Se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—RP2012302369.—(IN2012056814).

Por escritura pública otorgada ante este notario, a las nueve horas del cinco de junio de dos mil doce, Hilda Zamora Campos y Paola Santiago Zamora, constituyen sociedad de responsabilidad limitada denominada por su cédula jurídica.—San José, once de junio de dos mil doce.— Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012302370.—(IN2012056815).

En mi notaría, mediante escritura número 156-25, otorgada a las dieciocho horas del siete de junio del año dos mil doce, se reformaron las cláusulas primera y quinta de los estatutos sociales de la sociedad Fortuna de la Angostura S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos cuarenta mil cuatrocientos veintitrés.—San Ramón, Alajuela, 11 de junio del año 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—RP2012302372.—(IN2012056816).

En mi notaría, mediante escritura Nº 158-25, otorgada a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, se reformaron las cláusulas primera y quinta de los estatutos sociales de la sociedad Fortuna Nahualth S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y tres mil cuarenta y siete.—San Ramón, Alajuela, 11 de junio del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—RP2012302373.—(IN2012056817).

Por escritura otorgada en la notaría del Lic. Alexander Soto Guzmán, el once de junio del dos mil doce, a las once horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de socios de la sociedad Uñas Tati C R Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-194070, en donde se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012302374.—(IN2012056818).

En mi notaría, mediante escritura Nº 164-25, otorgada a las 18:00 horas del 11 de junio del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la sociedad Inversiones Zúñiga y Espinoza S. A., cédula jurídica Nº 3-101-351489.—San Ramón, Alajuela, 11 de junio del 2012.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—RP2012302375.—(IN2012056819).

En mi notaría, protocolicé acta de asamblea general de socios de Inter Con Computación y Servicios Técnicos S. A., cédula de persona jurídica número tres guión uno cero uno guión uno cinco uno tres siete cero.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Roberto Salas Arce, Notario.—1 vez.—RP2012302376.—(IN2012056820).

En mi notaría, se constituyó la entidad Logística L S Q S.R.L. Plazo: cien años.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Roberto Salas Arce, Notario.—1 vez.—RP2012302377.—(IN2012056821).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Teatro Pinares Este Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula octava de los estatutos de la empresa.—San José, a las catorce horas del siete de junio del dos mil doce.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—RP2012302379.—(IN2012056822).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 11 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la compañía Cafetalera de la Panadería de Mama S. A., cédula jurídica Nº 3-101-80062, por lo cual se acuerda su resolución y se aprueba su liquidación.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012302380.—(IN2012056823).

Por escritura otorgada a las 16:20 horas del 11 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la compañía Inversiones La Panadería de Mamá S. A., cédula jurídica Nº 3-101-40798, por lo cual se acuerda su resolución y se aprueba su liquidación.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012302381.—(IN2012056824).

Por escritura otorgada a las 16:10 horas del 11 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la compañía Inversiones  Horben  de Santa Ana S. A., cédula jurídica Nº 3-101-501208, por lo cual se acuerda su resolución y se aprueba su liquidación.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012302382.—(IN2012056825).

Por escritura Nº 94 del tomo dos, de las 19:00 horas del 4 de junio del 2012, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Violín del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-144062, donde se acordó disolver la sociedad, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Turrubares, San José, 4 de junio del 2012.—Msc. Omar Retana Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012302383.—(IN2012056826).

Jorge Bolaños Venegas, mayor de edad, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad número seis-doscientos sesenta y seis-seiscientos sesenta siete, vecino de Los Lagos de Caribe, doscientos metros al norte y cien metros al oeste de la Pulpería El Tucán, Cariari, Pococí, Limón, y Yettel Vanessa Delgado Villegas, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número siete-ciento cincuenta y cuatro-ciento siete, vecina de Los Lagos de Caribe, doscientos metros al norte y cien metros al oeste de la Pulpería El Tucán, Cariari, Pococí, Limón, en su condición de socios accionistas de la sociedad Excavaciones Jorge y Yettel Hijos Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y cinco mil setecientos veinte, con domicilio social en Los Lagos de Caribe, doscientos metros al norte y cien metros al oeste de la Pulpería El Tucán, Cariari, Pococí, Limón, convienen en cerrar y desinscribir dicha sociedad. Es todo.—Cariari, once de junio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012302384.—(IN2012056827).

German Gerardo Gómez Vega, mayor de edad, soltero, comerciante, con cédula de identidad número seis-ciento cincuenta y siete-ciento setenta y cuatro, vecino de La Rita, doscientos metros al este del Liceo La Rita, Pococí, Limón, y German Rivera Coto, mayor de edad, soltero, ingeniero agrónomo, con cédula de identidad número uno-trescientos noventa y tres-mil ciento ochenta y tres, vecino de Zapote, Barrio Moreno Cañas, frente a la Pulpería Primavera, San José, en su condición de socios accionistas de la sociedad Steanhopea Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y cinco mil seiscientos cincuenta y uno, con domicilio en La Rita, del gimnasio setenta y cinco metros al oeste, Pococí, Limón, convienen en cerrar y desinscribir dicha sociedad. Es todo.—Cariari, once de junio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012302385.—(IN2012056828).

Por escritura otorgada ante esta notaria pública, a las 10:00 horas del 8 de junio del 2012, se disuelve sociedad Las Aves del Paraíso de Playa Blanca S. A.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Lidia Elizabeth Rivera Camacho, Notaria.—1 vez.—RP2012302386.—(IN2012056829).

Por escritura Nº 253-16, del notario Rigoberto Jiménez Vega, a las 11:00 horas del 8 de junio del 2012, los socios Rafael A. Brenes Valenciano y otros, propietarios de la totalidad de las acciones de la empresa Maderas Ravikama S. A., cédula jurídica Nº 3-101-503803, por estar ésta inactiva, acordaron su disolución definitiva.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—RP2012302387.—(IN2012056830).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 1º de junio del 2012, ante esta notaría, se otorgó escritura por medio de la cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz cero cero dos-dos mil doce, del Registro de Personas Jurídicas, se acordó disolver la sociedad Andino Adventure S. A., por acuerdo de socios.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—RP2012302388.—(IN2012056831).

Por escritura otorgada a las 09:30 horas del 9 de junio del 2012, protocolicé acta acuerdos asamblea general extraordinaria de la sociedad Olga Gas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-188736, que aprobaron disolución y liquidación de la misma. No se nombró liquidador por no haber pasivos ni activos que repartir.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Gutiérrez Schwanhäuser, Notario.—1 vez.—RP2012302390.—(IN2012056832).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 12 de junio del 2012, protocolicé acta acuerdos asamblea general extraordinaria de la sociedad mercantil Famquirboza S. A., cédula jurídica Nº 3-101-328283, que revoca y hace nombramientos para cargos de tesorero y secretario de junta directiva, y modifican cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Gutiérrez Schwanhäuser, Notario.—1 vez.—RP2012302391.—(IN2012056833).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del cuatro de junio del dos mil doce, la empresa Inversiones Internacionales Vulcano Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, acuerda la disolución.—San Pedro, 11 de junio del 2012.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012302392.—(IN2012056834).

Por escritura otorgada a las 08:30 horas del 9 de junio del 2012, protocolicé acta acuerdos asamblea general extraordinaria de la sociedad Bola Motor S. A., cédula jurídica Nº 3-101-196875, que aprobaron disolución y liquidación de la misma. No se nombró liquidador por no haber pasivos ni activos que repartir.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Gutiérrez Schwanhäuser, Notario.—1 vez.—RP2012302393.—(IN2012056835).

Ante mi notaría, a las 16:00 horas del 8 de junio del 2012, se protocolizó la escritura mediante la cual se acordó la disolución de Global Importaciones Nuva Sociedad Anónima.—San José, doce de mayo del dos mil doce.—Lic. Ana Yhansey Fernández Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2012302394.—(IN2012056836).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 9 de junio del 2012, protocolicé acta acuerdos asamblea general extraordinaria de la sociedad Comercializadora de Productos Automotrices S. A., cédula jurídica Nº 3-101-188642, que aprobaron disolución y liquidación de la misma. No se nombró liquidador por no haber pasivos ni activos que repartir.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Gutiérrez Schwanhäuser, Notario.—1 vez.—RP2012302395.—(IN2012056837).

Por escritura otorgada ante mí, Brisa de Nipe Sociedad Anónima, solicita su disolución. Escritura otorgada en Heredia, a las diez horas del diecisiete, y treinta horas del once de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—RP2012302396.—(IN2012056838).

Protocolización de acta general extraordinaria de accionistas de Laboratorio Odontoser S. A., celebrada a las dieciocho horas del treinta de mayo del dos mil doce, en la cual se acuerda disolver y liquidar la sociedad. Escritura otorgada a las ocho horas del once de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012302398.—(IN2012056839).

Protocolización de acta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil quinientos noventa y uno S. A., celebrada a las diecinueve horas del treinta y uno de mayo del dos mil doce, en la cual se acuerda revocar el nombramiento de toda la junta directiva, el fiscal y el agente residente, se nombra nueva junta directiva, nuevo fiscal, no se nombra agente residente y se reforma la cláusula segunda del pacto social. Escritura otorgada a las ocho horas del primero de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012302399.—(IN2012056840).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 7 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Inversiones J López Tour de Brasilito SAK S. A.Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—RP2012302401.—(IN2012056841).

En esta ciudad, a las 14:00 horas de hoy, protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Tecnológicas Yuja Torres S. A., de esta plaza, por la cual se modifican cláusulas primera y segunda, y se nombra nuevo presidente.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Gilberth Quirós Castro, Notario.—1 vez.—RP2012302402.—(IN2012056842).

Mediante asamblea general extraordinaria celebrada a las ocho horas del día catorce de mayo del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Kidsarus Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-125303.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2012302403.—(IN2012056843).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, los socios acordaron la disolución de la sociedad López y Asofeifa Loazca Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-123373.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2012302404.—(IN2012056844).

Por escritura número ciento setenta, otorgada a las dieciocho horas y cuarenta minutos del nueve de junio del dos mil doce, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro mil quinientos noventa y tres sociedad anónima. Se conoce el acuerdo de socios y se procede a disolver la sociedad anónima. Es todo.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Aráuz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012302405.—(IN2012056845).

Por escritura número ciento setenta y uno, otorgada a las diecinueve horas del nueve de junio del dos mil doce, comparece el señor Jorge Isaac Montalvo Gómez, en calidad de propietario de la totalidad del capital social de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil novecientos setenta y tres sociedad anónima. Se conoce el acuerdo de socios y se procede a disolver la sociedad anónima. Es todo.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Aráuz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012302406.—(IN2012056846).

Por escritura número ciento setenta y tres, otorgada a las veinte horas con treinta minutos del nueve de junio del dos mil doce, comparece el señor Bernal Chinchilla Segura, en calidad de propietario de la totalidad del capital social de la sociedad denominada Fraccionamiento La Ladera Etapa ACD Lote Uno AAA Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil setecientos cincuenta. Se conoce el acuerdo de socios y se procede a disolver la sociedad anónima. Es todo.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Aráuz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012302407.—(IN2012056847).

El suscrito notario Giovanni Salas Camacho, hace constar y da fe que los socios respectivos han disuelto la empresa Congregación Creyente Iglesia La Gloria de Dios Finca Diez Sociedad Anónima, de cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cinco dos siete seis cuatro, dada en Río Frío de Sarapiquí, Heredia, al ser las siete horas y treinta minutos del once de junio del dos mil doce.—Lic. Giovanni Salas Camacho, Notario.—1 vez.—RP2012302409.—(IN2012056848).

Por escritura pública número doscientos cuarenta y uno, otorgada en esta notaría, al ser las diecisiete horas del siete de junio del dos mil doce, protocolicé un acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Constarq Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula tercera del pacto constitutivo.—Naranjo, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Analive Matamoros López, Notaria.—1 vez.—RP2012302411.—(IN2012056849).

Por escritura de las 13:00 horas de hoy, en esta ciudad, protocolicé acta de asamblea de socios de la compañía Elcova del Este S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—RP2012302412.—(IN2012056850).

Mediante escritura pública número ciento diez del tomo quince del protocolo de la notaria Lic. Mayra Vindas Ureña, de las diez horas con cuarenta minutos del 29 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad denominada El Reloj de Portalón B Y R Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-346900.—Palmares de Pérez Zeledón, 29 de mayo del 2012.—Lic. Mayra Vindas Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012302413.—(IN2012056851).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del once de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Grupo V & V Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diez mil ochocientos cincuenta y uno, en donde se solicita la disolución de la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012302414.—(IN2012056852).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del once de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Venga del Norte Limitada, titular la cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos veintiocho mil doscientos cuarenta y tres, en donde se solicita la disolución de la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012302415.—(IN2012056853).

Ante esta notaría, se procede a la disolución de la sociedad Salud Bucal YAM de Occidente Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y seis mil doscientos sesenta y nueve.—Cartago, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Luciana Acevedo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012302417.—(IN2012056854).

Hoy he protocolizado acuerdo de disolución de la empresa Tropikalia Verde S. A.San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2012302418.—(IN2012056855).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del 12 de junio del 2012, se protocolizó disolución por acuerdo de socios de la sociedad denominada Monge y Castillo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil doscientos cuatro. Notaría de la Lic. Mariana Campos Jiménez.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Mariana Campos Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302420.—(IN2012056856).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del 11 de junio del 2012, se protocolizó disolución por acuerdo de socios de la sociedad denominada Distribuidora de Frutas y Verduras El Trébol Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y seis mil seiscientos setenta y uno. Notaría de la Lic. Mariana Campos Jiménez.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Mariana Campos Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302422.—(IN2012056857).

Por escritura Nº 114 otorgada a las 08:30 horas del día 8 de junio del 2012, Adolfo Gómez Armijo, solicita la disolución de la empresa Doctor Celular de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012302423.—(IN2012056858).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas y treinta minutos del treinta de mayo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea de Comercializadora Técnica de Insumos B.Q. Sociedad Anónima. Se acuerda disolver la sociedad.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2012302424.—(IN2012056859).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día siete de junio del dos mil doce, se constituye sociedad anónima denominada Blaromo S. A. Presidenta: Blanca Rosa Molina Loría. Secretario: Delfín Eduardo Chacón Calvo. Plazo: cien años.—Heredia, 7 de junio del 2012.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012302425.—(IN2012056860).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario, se disolvieron y liquidaron las sociedades: G.T. Asesoría y Seguridad Aduanal Sociedad Anónima; Oxigal Sociedad Anónima; Hielo Tico Sociedad Anónima; Merjos Sociedad Anónima; Zonfas Sociedad Anónima; Volcán Negro Sociedad Anónima, y Representaciones Waco Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012302426.—(IN2012056861).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario, se disolvieron y liquidaron las sociedades: I S MIR Sociedad Anónima; Importaciones Guamus Sociedad Anónima; Grupo IZ Sociedad Anónima; Distribuidora de Electrodomésticos Central Sociedad Anónima; Corporación Xikro Latinoamericana Sociedad Anónima; Semet Servicios Médicos Terapéuticos Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012302427.—(IN2012056862).

Por escritura Nº 35 tomo 8, de las 09:00 horas del 7 de junio del 2012, se disuelve M.L. Soluciones Ley de Tránsito S. A.Lic. Johnny Vargas Mejías, Notario.—1 vez.—RP2012302429.—(IN2012056863).

Por escritura Nº 34 tomo 8, de las 08:00 horas del 7 de junio del 2012, se disuelve Emerik E & M Consultores S. A.Lic. Johnny Vargas Mejías, Notario.—1 vez.—RP2012302430.—(IN2012056864).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se disuelve Iron Wall Interprises Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-367311. Escritura otorgada el día 11 de junio del 2012.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302432.—(IN2012056865).

Que mediante escritura trescientos cincuenta y cinco-siete, de las quince horas del cuatro de junio del dos mil doce, del tomo sétimo de la notaria pública Geanina Soto Chaves, se protocolizó acta de disolución de la sociedad Asesores y Consultores Corporativos Aseco S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos mil trescientos cincuenta y tres.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012302434.—(IN2012056866).

En mi notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Alhaquines del Futuro S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos quince mil doscientos sesenta y dos, en donde se nombra nuevos miembros de la junta directiva.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Prado Salas, Notario.—1 vez.—RP2012302435.—(IN2012056867).

Que mediante escritura número ciento cincuenta y cinco-siete, de las once horas del dieciocho de mayo del dos mil doce, al folio ciento ochenta y nueve vuelto del tomo sétimo de la notaria Geanina Soto Chaves, se constituyó  Apartamentos  La Florida S. A. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones.—San José, seis de octubre del dos mil doce.—Lic. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012302436.—(IN2012056868).

En mi notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Parque Bello del Oeste S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos doce mil novecientos treinta y siete, en donde se nombra nuevos miembros de junta directiva, y se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Prado Salas, Notario.—1 vez.—RP2012302437.—(IN2012056869).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 4 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Sinfonía de Luciérnagas S. A., en la que se acuerda su disolución.—San José, 4 de junio del 2012.—Lic. Andreína Vincenzi Guilá, Notaria.—1 vez.—RP2012302438.—(IN2012056870).

Mediante la escritura pública número trescientos veintisiete, otorgada a las doce horas del veintitrés de mayo del año en curso, la totalidad de los socios de la sociedad Corporación Servicios Machuare de Occidente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-383211, han acordado su disolución.—Lic. Randall Fallas Castro, Notario.—1 vez.—RP2012302439.—(IN2012056871).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, el señor Óscar Gerardo Fernández Herrera, disuelve la compañía Oferhe Design & Design Sociedad Anónima.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. Alejandro Marín Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012302440.—(IN2012056872).

Mediante la escritura pública número trescientos veintiocho, otorgada a las trece horas del veintitrés de mayo del año en curso, la totalidad de los socios de la sociedad Pañalera San Rafael del Sur S. A., cédula jurídica Nº 3-101-357766, han acordado su disolución.—Lic. Randall Fallas Castro, Notario.—1 vez.—RP2012302441.—(IN2012056873).

Chi Lin Chen Wei y Hsiu Ju Wei Cheng, constituyen Innovaciones Ecosolares S. A. Fecha de constitución: 29 de mayo del 2012. Capital social: diez mil colones. Presidente: Chi Lin Chen Wei.—Lic. Randall Fallas Castro, Notario.—1 vez.—RP2012302442.—(IN2012056874).

Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 11 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Cemix de Costa Rica S. A. Se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos. Se nombra nuevo tesorero. Se revoca poder general y se otorga un poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2012302444.—(IN2012056875).

Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas del siete de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía EMS-ML Holding Company Limitada, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012302445.—(IN2012056876).

Por escritura otorgada ante este notario, a las doce horas del siete de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Mucoral Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012302446.—(IN2012056877).

Por escritura otorgada ante este notario, a las once horas del siete de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Herradura E S G Comercial Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012302447.—(IN2012056878).

Por escritura otorgada en San José, a las 07:00 horas del 12 de junio del 2012, protocolicé el acta Nº 2 de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Amerglobe Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica Nº 3-101-330928, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad con base en el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Vargas Yong, Notario.—1 vez.—RP2012302450.—(IN2012056879).

Mediante escritura Nº 160 otorgada las 12:00 horas del 11 de junio del 2012, ante la notaria Carla Baltodano Estrada, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, denominada Inversiones Loto Cincuenta y Seis Limitada, con un capital de doce mil colones, y un plazo social de cien años.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2012302452.—(IN2012056880).

Mediante escritura Nº 161 otorgada las 13:00 horas del 11 de junio del 2012, ante la notaria Carla Baltodano Estrada, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, denominada Arceleon PC Asociados Limitada, con un capital de doce mil colones, y un plazo social de cien años.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2012302453.—(IN2012056881).

Mediante escritura Nº 109-7 otorgada ante la notaria Laura Granera Alonso, a las 13:00 horas del 5 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Hidroeléctrica Sarapiquí Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiún mil ochocientos dos. Dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—RP2012302455.—(IN2012056882).

Por escritura otorgada a las quince horas del día 30 de mayo del 2012, la entidad denominada: Amovar de San Carlos Sociedad Anónima, modifica su nombre a Transportes Organizados Sociedad Anónima, además nombra nueva junta directiva y apoderado generalísimo.—Naranjo, once de junio del dos mil doce.—Lic. Marilyn Aguilar Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012302457.—(IN2012056883).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las 14:00 horas del 31 de mayo del 2012, se notifica de la renuncia del señor presidente: Darren Rhys Hosken, de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil veintinueve sociedad anónima.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—RP2012302461.—(IN2012056884).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las 11:00 horas del 31 de mayo del 2012, se acuerda disolver por acuerdo de los socios la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil veintinueve sociedad anónima.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—RP2012302459.—(IN2012056885).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Publicaciones Carvajal de Costa Rica Publicar Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del capital social en razón de su aumento. Escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del once de junio del dos mil doce.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012302462.—(IN2012056886).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil ciento diecisiete sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, la cláusula octava de la administración. Escritura otorgada a las dieciséis horas del once de junio del dos mil doce.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012302463.—(IN2012056887).

Protocolización de acuerdos de junta directiva de la sociedad La Nación Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula quinta del capital social. Escritura otorgada a las siete horas cuarenta minutos del doce de junio del dos mil doce.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012302464.—(IN2012056888).

En escritura número ciento treinta y nueve, otorgada en esta notaria, a las ocho horas del dieciocho de mayo del dos mil doce, se disolvió la empresa Maneco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil setenta y uno, mediante asamblea de socios celebra a las quince horas del dos de mayo del dos mil doce.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. Yendry Gutiérrez Bermúdez, Notaria.—1 vez.—RP2012302465.—(IN2012056889).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario, se protocolizan actas de asambleas generales extraordinarias en las que se acuerda la disolución y liquidación de Cuca Muca Sociedad Anónima; Inversiones Alresa Sociedad Anónima, y Corporativo Empresarial de C A Dos Mil Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012302467.—(IN2012056890).

Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 7 de abril del 2012, se acordó disolver la sociedad Distribuidora Julusa JLS Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-359469.—Barva, 7 de junio del 2012.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2012302469.—(IN2012056891).

Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 7 de junio del 2012, se acordó disolver la sociedad Inmobiliaria Ferti Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-veinte mil sesenta.—Barva, 7 de junio del 2012.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2012302470.—(IN2012056892).

Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 25 de mayo del 2012, se acordó disolver la sociedad Inversiones Thot-Paraya Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil novecientos treinta y cinco.—Barva, 7 de junio del 2012.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2012302471.—(IN2012056893).

Roberto Enrique Velázquez Montoya; Tamara Velázquez Montoya, y Olga Montoya Pizarro, constituyen sociedad anónima que se denominará Oftalmoquirurgico Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras como “S. A.”; su domicilio social y fiscal en San José, Mora, Ciudad Colón, cien norte y novecientos oeste del Rancho El Higuerón, capital social la suma de cien mil colones, representado por diez acciones de diez mil colones cada una, la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente. Escritura Nº 73-21, de las 08.00 horas del 12 de junio del 2012, del notario Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—RP2012302473.—(IN2012056894).

El suscrito notario hace constar que por acuerdo de socios, se ha acordado la disolución de la sociedad Servicios Veterinarios Modernos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta mil noventa y cinco.—Lic. Clara Hutt Pacheco, Notaria.—1 vez.—RP2012302475.—(IN2012056895).

Por escritura otorgada en Alajuela, a las 16:00 horas del 11 de junio del 2012, ante la notaría del Lic. Daniel Arroyo Bravo, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de socios, de FLCC Vehicles Trading Company Sociedad Anónima, mediante la cual de acuerdo con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, los socios acordaron disolver la sociedad. No se nombró liquidador por no haber bienes activos ni pasivos que repartir.—Alajuela, once de junio del dos mil doce.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—RP2012302479.—(IN2012056896).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Asesoría Electrónica Limitada, mediante los que se reforma la cláusula del domicilio social del pacto social de la empresa.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2012302480.—(IN2012056897).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Jacava del Espacio Limitada, mediante los que se reforma la cláusula del domicilio, se ceden cuotas y se nombra gerente.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2012302481.—(IN2012056898).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Yurusti Limitada, mediante los que se reforman las cláusulas segunda y cuarta del pacto social.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2012302483.—(IN2012056899).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inversiones La Moquika S. A., mediante los que se reforma la cláusula tercera del pacto social.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2012302485.—(IN2012056900).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Filial Número Cinco-E El Robledal E. R. O. S. A., mediante los que se reforma la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 4 de junio del 2012.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2012302486.—(IN2012056901).

Por medio de la escritura número setenta y ocho, otorgada a las doce horas del día ocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Dimaju Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda disolver esta sociedad al no tener deudas, ni pasivos ni activos, por lo que no se nombra liquidador que asuma esta función al no ser necesaria y por lo que se revoca el poder de sus representantes.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2012302490.—(IN2012056902).

Ante esta notaría, procedo a disolver la siguiente sociedad: Alvrich S. A., cédula jurídica Nº 3-101-184356. Presidente: Álvaro Richmond Sanabria.—San José, 9 de mayo del 2012.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012302491.—(IN2012056903).

Por escritura otorgada ante esta notaría, disuelven la sociedad El Osito Mayor de San José S. A. Escritura otorgada en San José, a las once horas del 11 de junio del 2012.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2012302492.—(IN2012056904).

Por escritura otorgada ante esta notaría, disuelven la sociedad Maripau S. A. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del 30 de mayo del 2012.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2012302493.—(IN2012056905).

Por protocolización de asamblea general extraordinaria de la sociedad Romaro S. A., se nombra presidente. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del día 30 de mayo del 2012.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2012302494.—(IN2012056906).

En mi notaría, por escritura Nº 109 del tomo 78 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de Limón, a las 15:00 horas del 5 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Altos de Loma Linda Dos LWJ S. A., donde acuerdan disolver la sociedad.—Limón, 5 de junio del 2012.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012302495.—(IN2012056907).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las diecisiete horas del ocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria socios de las sociedades: Edificio Don Eugenio S. A., y Multiservicios Acuqui del Oeste S. A., por medio de la cual se acuerda la fusión de ambas sociedades prevaleciendo Multiservicios Acuqui del Oeste S. A., y se reforma la cláusula quinta del pacto social de esta última sociedad.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2012302496.—(IN2012056908).

Ante esta notaría, por escritura número ciento veintisiete de las nueve horas del siete de junio del dos mil doce, visible al folio ciento uno vuelto del tomo primero del protocolo del Lic. Douglas Araya Jiménez, se protocoliza el acuerdo de accionistas de la sociedad tres ciento uno-uno dos tres tres cuatro ocho, cédula jurídica Nº 3-101-123348, por la que se disuelve y se liquida la misma.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Douglas Araya Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012302497.—(IN2012056909).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Motos y Accesorios Caan S. A., mediante los que se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2012302498.—(IN2012056910).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Plantas del Sol S. A., mediante los que se reforman las cláusulas segunda y cuarta del pacto social.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2012302499.—(IN2012056911).

Por escritura pública otorgada en San José, a las 15:00 horas del 7 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad anónima denominada: Puntadas del Este S. A. Se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012302500.—(IN2012056912).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inversiones Artumosa S. A., mediante los que se reforma la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2012302501.—(IN2012056913).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Condominio Villas de La Ribera C. V. R. S. A., mediante los que se reforma la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2012302502.—(IN2012056914).

Por escritura otorgada ante esta notaria pública, el día 11 de junio del 2012, a las 14:00 horas, se constituyó la sociedad Juwi EPC Contractor Limitada. Capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Laura Carmiol Torres, Notaria.—1 vez.—RP2012302503.—(IN2012056915).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Intelmar S. A., mediante los que se reforma la cláusula sexta del pacto social, y se reorganizan junta directiva y fiscal.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2012302504.—(IN2012056916).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Monte Quirkar Primero del Norte S. A., mediante los que se reforma la cláusula 3ª. del pacto social.—San José, 30 de mayo del 2012.— Lic.  Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2012302505.—(IN2012056917).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del ocho de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Agroveterinaria Tilarán Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintisiete mil novecientos veintiséis.—Tilarán ocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—RP2012302507.—(IN2012056918).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del ocho de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Inversiones Joarza Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno cuatrocientos noventa y un mil setecientos veinte.—Tilarán, ocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—RP2012302508.—(IN2012056919).

Ante esta notaría por escritura número doscientos cuarenta y tres-tres protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Sitael Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la disolución de la misma.—Cartago, once de junio del dos mil doce.—Lic. Patricia Quesada Sandoval, Notaria.—1 vez.—RP2012302509.—(IN2012056920).

Ante esta notaría, por escritura número doscientos cuarenta y cuatro-tres protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Gonfat Salud Vital Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la disolución de la misma.—Cartago, once de junio del dos mil doce.—Lic. Patricia Quesada Sandoval, Notaria.—1 vez.—RP2012302510.—(IN2012056921).

Ante esta notaría se ha presentado solicitud para la disolución de la firma Valentina Dos Mil Diez Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio, 2012.—Lic. Gilberto Mora Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012302511.—(IN2012056922).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con quince minutos del ocho de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Inversiones Cincuenta Setenta y Dos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil ochocientos dos.—Tilarán, ocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—RP2012302515.—(IN2012056923).

Mediante escritura número 60, otorgada por la suscrita notaria, a las 10:00 horas del 11 de junio de 2012, se modificó la cláusula de representación de La Tamaga Venenosa del Atlántico Limitada.—San José 12 de junio de 2012.— Lic. Cinthya Calderón Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012302516.—(IN2012056924).

Mediante escritura número 59, otorgada por la suscrita notaria, a las 9:30 horas del 11 de junio de 2012, se modificó la cláusula de representación de Las Chachalacas Simpáticas Limitada.—San José 12 de junio de 2012.— Lic. Cinthya Calderón Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012302517.—(IN2012056925).

Ante el suscrito notario se protocolizó el día de hoy acta de la  asamblea extraordinaria  de  accionistas  de  la  compañía Assets R G A C R Limitada, se disuelve la sociedad.—San José, once de junio del 2012.—Lic. Roger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—RP2012302519.—(IN2012056926).

De conformidad con los artículos 201 y 207 Código de Comercio inciso “D” a los efectos que señala la ley 9024, se da al público en general y por el término de ley que se solicitará ante el Registro Mercantil, la disolución de la Compañía F & V Corporación S. A., inscrita tomo 0797, asiento 00151, cédula jurídica 3-101-145847.—San José, once de junio del 2012.—Lic. Roberto Enrique Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2012302520.—(IN2012056927).

De conformidad con los artículos 201 y 207 Código de Comercio inciso “D” a los efectos que señala la ley 9024, se da al público en general y por el término de Ley que se solicitará ante el Registro Mercantil la disolución de Inversiones Gragus S. A. inscrita tomo 457, asiento 18612, cédula jurídica 3-101-228488.—San José, once de junio del 2012.—Lic. Roberto Enrique Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2012302521.—(IN2012056928).

Ante esta notaría a las 18:00 horas del 11 de junio del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Comercializadora Ronald y Carolina ROYCA S. A., cédula jurídica número 3-101-205473, donde se acuerda disolver la sociedad, mediante la escritura número 12-02 del tomo 02 del protocolo de la Licda. Melissa Villalobos Ceciliano.—Cartago, 12 de junio del 2012.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—RP2012302523.—(IN2012056929).

Se hace saber a las partes interesadas que la sociedad Servicios Educativos VD S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta mil doscientos cuarenta y seis, mediante escritura otorgada el día de hoy solicitó por unanimidad de sus accionistas disolver dicha sociedad y liquidarla. Se cita a los acreedores y en general a todos los interesados para que dentro de un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Ocho de junio de dos mil doce.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012302527.—(IN2012056930).

Se ha constituido ante esta notaría la sociedad Allkim Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social diez mil colones. Se ha nombrado junta directiva, con presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y agente residente.—San José, catorce horas del cuatro de junio de dos mil doce.— Lic. Manuel Ballesteros Ortega, Notario.—1 vez.—RP2012302531.—(IN2012056931).

Por escritura número ciento diecisiete, otorgada en San José, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo de dos mil doce, se procedió a la disolución de la Sociedad Individual de Responsabilidad Limitada Toyolux, cédula jurídica tres-ciento dos-cinco uno cero cinco cinco seis, en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Angie Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—RP2012302532.—(IN2012056932).

Por escritura número ciento dieciséis, otorgada en Cartago a las quince horas con treinta minutos del veintinueve de mayo del dos mil doce, se procedió a la disolución de la Sociedad Anónima Planillas Laborales de Capellades, cédula jurídica tres-ciento uno-cincuenta y uno cero cuatro noventa y dos, en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Angie Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—RP2012302533.—(IN2012056933).

Por escritura número ciento quince, otorgada en Cartago a las quince horas del veintinueve de mayo de dos mil doce, se procedió a la disolución de la Sociedad de Responsabilidad Limitada Planillas Laborales Gamis cédula jurídica tres-ciento cinco-sesenta y cuatro setenta y siete diez, en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo del socio.—Lic. Angie Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—RP2012302534.—(IN2012056934).

Por escritura número ciento trece, otorgada en San José, a las ocho horas del veinticinco de mayo de dos mil doce, se procedió a la disolución de la Sociedad Anónima Consultoría Agroindustrial del Occidente, con cédula jurídica tres-ciento uno-dieciséis ochenta y siete veintinueve, en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Angie Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—RP2012302535.—(IN2012056935).

Por escritura número ciento catorce, otorgada en San José, a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil doce, se procedió a la disolución de la Sociedad Anónima Academia Parauniversitaria UCAI, con cédula jurídica tres-ciento uno-tres dos cuatro seis cero cinco, en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Angie Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—RP2012302536.—(IN2012056936).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas número dos de la sociedad Fideyfi Sociedad Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-645101, domiciliada en Palacios, Cariari, Pococí, Limón, trescientos metros al norte del colegio, mediante la cual se acuerda disolver la compañía de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—Guápiles, Pococí, nueve horas treinta minutos del once de junio del 2012.—Lic. Mayra Rojas Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2012302537.—(IN2012056937).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las catorce horas del día seis de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada EAS Sociedad Anónima.—San José, once de junio del año dos mil doce.—Lic. Marta Eugenia Benavides Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012302542.—(IN2012056938).

Por escritura número ciento sesenta y uno, visible al folio setenta y cuatro vuelto del tomo cincuenta y dos, otorgada ante mí, a las diez horas del nueve de junio de dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad denominada Silauber de Lujo Sociedad Anónima, domiciliada en Grecia centro, Alajuela, doscientos metros sur y veinticinco metros este de Palí, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y tres mil cuatrocientos ochenta y cinco, por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Grecia, once de junio de dos mil doce.— Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—RP2012302545.—(IN2012056939).

Mediante escritura 89 visible folio 42 vuelto tomo siete otorgada a las 10:00 horas del 9 junio 2012, por la notaria Flory Yadira Alfaro Retana, se acuerda disolver la sociedad Inversiones Bolaños Alvarado S. A., cédula jurídica 3-101-555604, por acuerdo de socios, conforme artículo 201, inciso d) Código Comercio.—Grecia, 10:00 horas del 9 junio 2012.—Lic. Flory Yadira Alfaro Retana, Notaria.—1 vez.—RP2012302546.—(IN2012056940).

Ante mi notaría, modifico junta directiva y pacto constitutivo entidad denominada Agrícola La Unión del Atlántico S. A., cédula jurídica número 3-101-324159. La junta directiva queda así: presidente: Rafael Alvarado Vargas, cédula 6-269-721, fiscal Rafael Alvarado Herrera, cédula 6-108-024. La representación judicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma corresponde al presidente y tesorero.—Guápiles, 11 de junio 2012.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012302547.—(IN2012056941).

Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas con quince minutos del cuatro de junio del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Neosistemas CMG S. A., mediante la cual se acordó su disolución.—San José, 4 de junio del 2012.—Lic. Luis Ricardo Montenegro Solano, Notario.—1 vez.—RP2012302549.—(IN2012056942).

Por escritura noventa y cuatro del once de junio, se procede a la disolución de Inversiones Tropicales del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y cinco mil quinientos cuarenta y nueve. Realizada ante esta notaría.—Lic. Lizeth Mata Serrano, Notaria.—1 vez.—RP2012302551.—(IN2012056943).

Por escritura número 30 a las 8:05 horas del 8 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo Tierra Tica Sociedad Anónima, cédula 3-101-310.914 donde se acuerda la disolución de dicha sociedad.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Guiselle Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012302552.—(IN2012056944).

Por escritura número veinticinco de las doce horas del cuatro junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tomografía e Imágenes Médicas Católica G.S. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno quinientos seis mil setecientos diecinueve, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Guiselle Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012302553.—(IN2012056945).

Por escritura número 29 a las 19:00 horas del 7 de junio del 2012, ante la suscrita notaria se constituyó la sociedad Palala Exports S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Guiselle Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012302554.—(IN2012056946).

Por escritura número ciento tres-veintiuno, a las quince horas del seis de junio del año dos mil doce, se protocolizó acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Condominio Los Itabos Filial Cincuenta y Cinco Terbio Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda: del domicilio; cláusula octava: de la administración y junta directiva.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—RP2012302555.—(IN2012056947).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se constituyó la empresa Insesa Holding Group Sociedad Anónima, domiciliada en Escazú, Guachipelín, del Centro Comercial La Paco, doscientos metros al oeste. Capital social: diez mil colones. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012302557.—(IN2012056948).

Por escritura otorgada ante mí a las 19:30 horas del 11 de junio de 2012 se constituyó la compañía denominada Los Orioles ZN S. A., con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, 11 de junio de 2012.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2012302558.—(IN2012056949).

Se hace constar que mediante escritura publica otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se disolvió la sociedad Tess C R C Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno cuatro cuatro uno cero cero ocho.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012302559.—(IN2012056950).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se constituyó la empresa Property Advisors Realty Sociedad Anónima, domiciliada en Escazú, Guachipelín, del Centro Comercial La Paco, doscientos metros al oeste. Capital social: diez mil colones. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012302561.—(IN2012056951).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se protocolizó la disolución de la empresa Hacienda Inmobiliaria Torres del Lago C.R Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno quinientos noventa y tres mil trescientos cincuenta y ocho.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012302563.—(IN2012056952).

Por escritura cincuenta y tres-ocho, otorgada ante esta notaría a las diez horas del ocho de junio del dos mil doce, se disolvieron las sociedades: Alianza del Olivo S. A., Almacenes Ilan Ilan S. A., Alquileres Campo Sigma Sol S. A., Arrendadora Sunsct CEO S. A., Arrendadora Oceanfront S. A., Arrendamientos Verano del Sur Ceo S. A., Balcón de Regalos KFB S. A., Bella Nova S. A., Campos de Aromas de Amapola S. A., Campos de Tierra y Fuego S. A., Campos de Regalos Pirámide S. A., Capítulo Zeta Once S. A., Casa de Modas Siglo Veintiuno S. A., Centro Comercial Aventura S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Uno Número Dos S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Uno Número Tres S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Dos Número Seis S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Dos Número Siete S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Dos Número Ocho S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Dos Número Nueve S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Dos Número Diez S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Dos Número Once S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Tres Número Trece S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Tres Número Catorce S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Tres Número Quince S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Tres Número Dieciséis S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Tres Número Diecisiete S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Tres Número Dieciocho S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Tres Número Veinte S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Cuatro Número Veintidós S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Cuatro Número Veintitrés S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Cuatro Número Veinticuatro S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Cuatro Número Veinticinco S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Cuatro Número Veintiséis S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Cuatro Número Veintisiete S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Cinco Número Treinta S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Cinco Número Treinta y Uno S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Cinco Número Treinta y Dos S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Cinco Número Treinta y Tres S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Cinco Número Treinta y Cuatro S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Cinco Número Treinta y Cinco S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Seis Número Treinta y Nueve S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Seis Número Cuarenta S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Seis Número Cuarenta y Uno S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Seis Número Cuarenta y Dos S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Seis Número Cuarenta y Tres S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Seis Número Cuarenta y Cuatro S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Siete Número Cuarenta y Seis S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Siete Número Cuarenta y Siete S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Siete Número Cuarenta y Ocho S. A., Centro de Estacionamiento San Pedro Nivel Siete Número Cuarenta y Nueve S. A.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Antonio Zúñiga Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012302566.—(IN2012056953).

Por escritura ciento noventa y seis-veinticinco, otorgada ante esta notaría a las diez horas del ocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Acalista S. A.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Guido Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012302567.—(IN2012056954).

Por escritura 102-3, de las 8:30 horas del día 8 de junio del 2012, se reformó la cláusula segunda de los estatutos de Soares da Costa Concesiones Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012302568.—(IN2012056955).

Mediante escritura número ciento noventa y uno ante mi otorgada a las nueve horas del uno de abril de dos mil doce se acordó la disolución total de Asesoría Informática Alpha S. A.—Lic. Eduardo García Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012302569.—(IN2012056956).

Por escritura número cincuenta y tres, de las doce horas del doce de junio, se protocolizó acta de la sociedad Primer Vista Verde de San Isidro Sociedad Anónima.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Marcelo Ricardo Galli Taylor, Notario.—1 vez.—RP2012302570.—(IN2012056957).

Por escritura Nº 38 otorgada en esta notaría a las 10:30 horas del 10 de junio del 2012, se disuelve de acuerdo al artículo 201, inciso d, del Código de Comercio, la empresa Despacho de Contadores Públicos Mora y Asociados S. A., cuya cédula jurídica es 3-101-284410 y su domicilio en Guadalupe Clínica Jerusalén, 300 metros norte, 100 este, 100 norte y 100 este , por lo que se dan 30 días siguientes después de la publicación de este edicto, para que cualquier interesado se oponga judicialmente.—San Miguel, Santo Domingo, Heredia, 10 de junio del 2012.—Lic. Walter Gerardo Robles Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012302571.—(IN2012056958).

Por escritura Nº 37 otorgada en esta notaría a las 10:00 horas del 10 de junio del 2012, se disuelve de acuerdo al artículo 201, inciso d, del Código de Comercio, la empresa Administradora de Negocios Moro S. A., cuya cédula jurídica es 3-101-271300 y su domicilio en Guadalupe Clínica Jerusalén, 400 metros noreste, por lo que se dan 30 días siguientes después de la publicación de este edicto, para que cualquier interesado se oponga judicialmente.—San Miguel, Santo Domingo, Heredia, 10 de junio del 2012.—Lic. Walter Gerardo Robles Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012302572.—(IN2012056959).

Ante esta notaria se protocolizó el acta de disolución de la compañía Computación, Tecnología y Desarrollo Jorcacha C.R. S. A. Capital social: 10.000 colones. Representante: Jorge Calvo Chaves.—San José, junio del 2012.—Lic. Dagoberto Rivera Betancourt, Notario.—1 vez.—RP2012302575.—(IN2012056960).

Ante esta notaria se protocolizó el acta de disolución de la compañía Ses de Costa Rica S. A. Capital social: 10.000 colones. Representante: Raquel Pérez Chaves.—San José, junio del 2012.—Lic. Dagoberto Rivera Betancourt, Notario.—1 vez.—RP2012302576.—(IN2012056961).

Se hace saber: por escritura otorgada ante mí José Roberto Quirós Brenes, notario público con oficina en Cartago, los socios manifiestan su voluntad de disolver las siguientes; sociedades: sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos cuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos cuatro nombre; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos cuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos cuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos treinta y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos treinta y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos treinta y ocho, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos treinta y ocho; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos treinta y nueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos treinta y nueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos seis, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos seis; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil setecientos cincuenta y nueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil setecientos cincuenta y nueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos veintidós, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos veintidós; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos veinticuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos veinticuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos cuarenta y tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos cuarenta y tres; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos sesenta, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos sesenta; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos sesenta y uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos sesenta y uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos sesenta y tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos sesenta y tres; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos setenta y uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos setenta y uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos setenta y dos, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos setenta y dos; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos setenta y tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos setenta y tres; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos setenta y cuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos setenta y cuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos setenta y cinco, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil novecientos setenta y cinco; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuarenta y tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuarenta y tres; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuarenta y cuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuarenta y cuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil sesenta y uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil sesenta y uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil setenta y nueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil setenta y nueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochenta, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochenta; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochenta y uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochenta y uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochenta y dos, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochenta y dos; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochenta y tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochenta y tres; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil noventa y tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil noventa y tres; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil noventa y cuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil noventa y cuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil noventa y cinco, con cédula jurídica número Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil noventa y cinco; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil noventa y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil noventa y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil noventa y nueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil noventa y nueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento dos, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento dos; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento cuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento cuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento cuarenta y ocho, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento cuarenta y ocho; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento setenta y nueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento setenta y nueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento ochenta y uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento ochenta y uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento ochenta y cuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento ochenta y cuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento ochenta y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ciento ochenta y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos veintitrés, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos veintitrés; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos veinticuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos veinticuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos sesenta, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos sesenta; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos sesenta y uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos sesenta y uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos sesenta y tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos sesenta y tres; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos sesenta y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos sesenta y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos setenta y uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos setenta y uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos ochenta y cuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil doscientos ochenta y cuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos diecinueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos diecinueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos veinticinco, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos veinticinco; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos veintiséis, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos veintiséis; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos veintisiete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos veintisiete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos veintinueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos veintinueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos treinta, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos treinta; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos noventa y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos noventa y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos dos, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos dos; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos doce, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos doce; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y tres; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y cuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y cuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y seis, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y seis; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y dos, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y dos; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y seis, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y seis; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y dos, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y dos; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y cinco, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y cinco; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y nueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y nueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y tres; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos ochenta y dos, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos ochenta y dos; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos ochenta y ocho, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos ochenta y ocho; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos ochenta y nueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos ochenta y nueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos noventa, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil cuatrocientos noventa; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos tres; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos doce, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos doce; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos trece, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos trece; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos diecinueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos diecinueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos ochenta y cuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos ochenta y cuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos noventa y dos, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos noventa y dos; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos noventa y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos noventa y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos diecisiete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos diecisiete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos diecinueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos diecinueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos veinticuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos veinticuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos veinticinco, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos veinticinco; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos veintiséis, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos veintiséis; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos veintiocho, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos veintiocho; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y cuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y cuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos ochenta y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos ochenta y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil setecientos, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil setecientos; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil setecientos treinta y tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil setecientos treinta y tres; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos sesenta y nueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos sesenta y nueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos setenta, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos setenta; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos setenta y uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos setenta y uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos ochenta y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos ochenta y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos ochenta y nueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos ochenta y nueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos noventa y cinco, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos noventa y cinco; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil trescientos catorce, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil trescientos catorce; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil trescientos setenta y tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil trescientos setenta y tres; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil trescientos setenta y cuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil trescientos setenta y cuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil trescientos setenta y cinco, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil trescientos setenta y cinco; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil trescientos setenta y seis, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil trescientos setenta y seis; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil quinientos veinticuatro, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil quinientos veinticuatro; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta y siete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta y siete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta y ocho, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta y ocho; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta y nueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta y nueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos setenta y uno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos setenta y uno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos setenta y dos, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos setenta y dos; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos setenta y cinco, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos setenta y cinco; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos sesenta y ocho, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos sesenta y ocho; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil setenta y ocho, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil setenta y ocho; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos veinte, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil quinientos veinte; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos veintiuno, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos veintiuno; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos veintisiete, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil seiscientos veintisiete; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos noventa y nueve, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil trescientos noventa y nueve; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos sesenta y ocho, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil doscientos sesenta y ocho; sociedad de nombre Tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil trescientos sesenta y tres, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil trescientos sesenta y tres, en concordancia con lo dispuesto en el transitorio II de la Ley nueve mil veinticuatro por acuerdo de socios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—Cartago, 12 de junio del dos mil doce.—Lic. José Roberto Quirós Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012302577.—(IN2012056962).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 11:30 horas del 5 de junio de 2012 se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de socios de Tecnología para la Salud de la Piel Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-415706 en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, 12 de junio de 2012.—Lic. Carlos José Ruiz Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2012302578.—(IN2012056963).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 5 de junio de 2012, se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de socios de Dermaestetic Medical SPA Limitada, cédula jurídica número 3-102-486400, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, 12 de junio de 2012.—Lic. Carlos José Ruiz Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2012302579.—(IN2012056964).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:30 horas del 5 de junio del 2012, se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de socios de Producciones Abel Víquez Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-557921, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, 12 de junio 2012.—Lic. Carlos José Ruiz Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2012302580.—(IN2012056965).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 11:00 horas del 5 de junio de 2012 se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de socios de Torre Médica Nunciatura Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-427378, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, 12 de junio 2012.—Lic. Carlos José Ruiz Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2012302581.—(IN2012056966).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asambleas de socios de la entidad Construcciones Muñoz Sociedad Anónima, cédula jurídica número; tres-ciento uno-quinientos setenta y cinco mil cero diez. Disolución de sociedad anónima.—Naranjo, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Kattia Vanesa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012302583.—(IN2012056967).

Por instrumento público otorgado ante esta notaría a las 15 horas del día once de junio del 2012, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas Signus Consultores Sociedad Anónima; con cédula jurídica número 3-101-240820, se acordó disolver definitivamente la sociedad y se prescindió del nombramiento de liquidador.—San José, 11 de junio de 2012.—Lic. Jorge Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—RP2012302584.—(IN2012056968).

Se disuelven por acuerdo de socios las siguientes compañías: A) El Locro Limitada, cédula tres-ciento dos-quinientos noventa y ocho mil doscientos noventa y ocho; B) El Topolino Limitada, cédula tres-ciento dos-quinientos noventa y seis mil ciento veinte; C) Pampa y Mar Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-quinientos ochenta mil doscientos ochenta y nueve.—Santa Cruz, a las nueve horas del primero de junio del dos mil doce.—Lic. Olga Martha Cascante Sandoval, Notaria.—1 vez.—RP2012302585.—(IN2012056969).

Ante esta notaría a las ocho horas y treinta minutos del doce de junio del dos mil doce, se protocolizaron actas de fusión de las de Blanco y Benamburg S. A. y de Servicios Psicoeducativos Benamburg y Blanco Sociedad Anónima igualmente se protocolizó acta de liquidación de Servicios Psicoeductivos Benamburg y Blanco Sociedad Anónima.—San José, nueve horas del doce de junio del dos mil doce.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012302588.—(IN2012056970).

Por la escritura noventa y cuatro otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas cuarenta y tres minutos del once de junio del dos mil doce, se adiciona la cláusula séptima bis al pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria Pacacua S. A.—Ciudad Colón, 11 de junio de 2012.—Lic. Maricé Porras Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012302591.—(IN2012056971).

Por escritura otorgada en San José a las 11 horas del 8 de junio del 2012 se cambia junta directiva de Arias y Asociados Sociedad Anónima.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2012302592.—(IN2012056972).

Por escritura otorgada a las 12 del 30 de abril de del 2012, se disuelve la sociedad Ganadería Simbra Sociedad Anónima.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2012302593.—(IN2012056973).

En mi notaría y mediante escritura número doscientos veinticuatro de las diez horas del primero de junio del dos mil doce, protocolicé acuerdos de la sociedad Comercial Las Gracias Sociedad Anónima. Presidente: Grace González.—San José, cuatro de junio del dos mil doce.—Lic. Diego Arturo Oviedo Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2012302594.—(IN2012056974).

Por escritura otorgada ante esta notaría , a las 12:00 horas del 8 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Hotel del Paseo Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula sexta, del pacto social.—San José, 12 de junio de 2012.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—RP2012302597.—(IN2012056975).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 9 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Inversiones Sánchez del Oriente Sociedad Anónima, en donde se disuelve la sociedad anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—RP2012302598.—(IN2012056976).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 11 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Scholl e Hijos S. A., en la que se disuelve dicha sociedad.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. María Lorena Montero Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012302599.—(IN2012056977).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 11 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Centro de Llantas y Baterías Lubar S. A., en la que se disuelve dicha sociedad.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. María Lorena Montero Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012302600.—(IN2012056978).

Ante la suscrita notaria, mediante escritura número cuarenta y seis-diecisiete, de las ocho horas del doce de junio de dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad Pequeña Manzanita S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil ciento siete. Es todo.—San José, doce de junio de dos mil doce.—Lic. Jenny Hernández Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012302601.—(IN2012056979).

Ante la suscrita notaria, mediante escritura número cuarenta y ocho-diecisiete, de las diez horas del doce de junio de dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades Desarrollos Oroki D.O. Sociedad Anónima y Tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cuatro mil quinientos ocho Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la fusión de ambas sociedades prevaleciendo la sociedad denominada Tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cuatro mil quinientos ocho Sociedad Anónima. Es todo.—San José, doce de junio de dos mil doce.—Lic. Jenny Hernández Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012302603.—(IN2012056980).

Mediante asamblea general extraordinaria La Princesa Camila Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno cinco nueve cero ocho seis y Krupskaia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuatro cero uno ocho cero uno, acordaron disolver y liquidar la sociedad. Se emplaza a los interesados en oponerse por el plazo de treinta días, contados a partir de esta publicación.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Gabriel Zamora Márquez, Notario.—1 vez.—RP2012302605.—(IN2012056981).

Mediante asamblea general extraordinaria, Propiedades Luisito Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno cero siete nueve dos ocho cero, acordaron disolver y liquidar la sociedad, se emplaza a los interesados en oponerse por el plazo de treinta días contados a partir de esta publicación.—San José, 16 de mayo de 2012.—Lic. Gabriel Zamora Márquez, Notario.—1 vez.—RP2012302606.—(IN2012056982).

Por escritura 280 del tomo 19 de mi protocolo se cambia junta directiva y domicilio social de Inversiones Peach de San Luis Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y ocho mil sesenta y siete, otorgada al ser las quince horas del once de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302608.—(IN2012056983).

Que en escritura autorizada por el suscrito notario, el once de junio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Auto Expertos Sociedad Anónima, mediante las cuales se hacen nuevos nombramientos y reformas al pacto constitutivo.—Sarchí, 11 de junio del 2012.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012302609.—(IN2012056984).

Por escritura 281 del tomo 19 de mi protocolo se constituye Autos Maravilla del Dos Mil Doce S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Su objeto es el ejercicio amplio del comercio. Capital social: un millón de colones, otorgada al ser las nueve horas del doce de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302610.—(IN2012056985).

Ante mi notaría el día de hoy se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Agropecuaria Vacar Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-268781, mediante la cual se acordó la disolución de esta sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San Ramón, nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Marlenne María Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012302611.—(IN2012056986).

Por escritura 282 del tomo 19 de mi protocolo se cambia junta directiva, y domicilio social de Kero Inca Ki Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil quinientos cuarenta y siete, otorgada al ser las diez horas del doce de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012302612.—(IN2012056987).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas del día 11 de junio del 2012, la sociedad denominada Distribuidora Nase Guadalupe S. A., cédula de persona jurídica 3-101-468742 acordó disolver la sociedad, conforme a lo dispuesto en el artículo 201 inciso D del Código de Comercio.—Lic. José Francisco Sandí Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012302614.—(IN2012056988).

Asociación Costarricense de Profesores de Francés (ACOPROF), en asamblea general ordinaria de asociados, celebrada el veintiséis de mayo del dos mil doce, elige nueva junta directiva y fiscal. Se modifica la cláusula segunda de los estatutos: del domicilio, siendo el actual San José, Curridabat, Curridabat, Plaza del Sol, de Mc Donald’s cuatrocientos veinticinco metros sur, oficinas del Instituto Francés para América Central (IFAC). Presidenta: María Gabriela Núñez Quesada.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012302615.—(IN2012056989).

Ante esta notaría a las 8:00 horas del 12 de junio de 2012, mediante la escritura número 207 del tomo 4 de mi protocolo, por acuerdo de socios, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Instituto de Educación Cobobici, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y un mil cuatrocientos setenta.—Guápiles, Pococí.—Lic. Róger Durán Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012302616.—(IN2012056990).

Por escritura otorgada en mi notaría a las nueve horas de hoy, los socios acordaron la disolución de la sociedad denominada Mentes Creativas S. A. De conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos siete del Código de Comercio, se informa a cualquier interesado que puede oponerse judicialmente dentro de los siguientes treinta días naturales contados a partir de la publicación de este aviso, si la misma no se basa en causa legal o pactada.—San José, doce de junio de 2012.—Lic. Ligia María Aguiar Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012302617.—(IN2012056991).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 8 de junio de 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Krytonita S. A., mediante la cual se modifica la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 8 de junio de 2012.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—RP2012302618.—(IN2012056992).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diecisiete horas de hoy, los socios acordaron la disolución de la sociedad denominada AM Construcción S. A. De conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos siete del Código de Comercio, se informa a cualquier interesado que puede oponerse judicialmente dentro de los siguientes treinta días naturales contados a partir de la publicación de este aviso, si la misma no se basa en causa legal o pactada.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Luis Javier Guier Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012302619.—(IN2012056993).

Por escritura otorgada en mi notaría a las dieciséis horas de hoy, los socios acordaron la disolución de la sociedad denominada AM Energías Renovables S. A. De conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos siete del Código de Comercio, se informa a cualquier interesado que puede oponerse judicialmente dentro de los siguientes treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este aviso, si la misma no se basa en causa legal o pactada.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Luis Javier Guier Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012302620.—(IN2012056994).

Al ser las 12 horas del 11 de junio de dos mil doce, escritura número ciento noventa y cinco del tomo: trece, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, se protocoliza acta de disolución de la sociedad Servicios de Imagen y Promoción Corporativos S. A. y se de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio de Costa Rica, se acuerda disolver esta sociedad.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012302621.—(IN2012056995).

En protocolo 02 de la suscrita notaria, escritura 462, de fecha 23 de mayo del 2012, se varió el domicilio social de Cernicalo Avisor Sociedad Anónima, nuevo domicilio en Limón, Pococí, Guápiles, del Servicentro Santa Clara 50 metros al sur y 50 metros al este.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Ana Evelia Retana Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012302623.—(IN2012056996).

En protocolo 02 de la suscrita notaria, escritura 461, de fecha 22 de mayo del 2012, se varió el domicilio social de Corporación Ronda de Mijas Sociedad Anónima, nuevo domicilio en Limón, Pococí, Guápiles, del Servicentro Santa Clara 50 metros al sur y 50 metros al este.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Ana Evelia Retana Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012302624.—(IN2012056997).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 7:30 horas del 11 de junio de 2012 se disuelve Educarte S. A., cédula jurídica 3-101-301879. Se emplaza a terceros y acreedores a hacer valer sus derechos en la vía judicial dentro del plazo establecido en el artículo 207 del Código de Comercio.—Lic. Galina Morales Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012302626.—(IN2012056998).

Reforma de las cláusulas primera, segunda y tercera y cambio de junta directiva y del fiscal de la sociedad Antilaf con Óscar en Antuco S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos quince mil doscientos cuarenta y cuatro, asamblea general extraordinarias de accionistas celebrada a las ocho horas del ocho de junio del dos mil doce, en su domicilio social.—San José, Curridabat, del Correo veinticinco metros sur y cien oeste.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012302628.—(IN2012056999).

Por escritura Nº 204 se protocolizó acta asamblea general extraordinaria de socios de Mobiliario Primoroso Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-148726, mediante la cual se acordó la disolución de la misma, en aplicación del artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Se emplaza por 30 días a cualquier interesado a oponerse judicialmente a este acuerdo de disolución.—San José, a las 14:30 horas del 5 de junio del 2012.—Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—RP2012302629.—(IN2012057000).

Por escritura Nº 206 se protocolizó acta asamblea general extraordinaria de socios de Lucoast Sol y Mar Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-431225, mediante la cual se acordó la disolución de la misma, en aplicación del artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Se emplaza por 30 días a cualquier interesado a oponerse judicialmente a este acuerdo de disolución.—San José, a las 10:30 horas del 7 de junio del 2012.—Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—RP2012302630.—(IN2012057001).

Por escritura Nº 205 se protocolizó acta asamblea general extraordinaria de socios de Rula Haven Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-148726, mediante la cual se acordó la disolución de la misma, en aplicación del artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Se emplaza por 30 días a cualquier interesado a oponerse judicialmente a este acuerdo de disolución. San José, a las 9:00 horas del 7 de junio del 2012.—Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—RP2012302631.—(IN2012057002).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 30 de mayo de 2012, se reforman estatutos y se cambia el nombre de la sociedad anónima Sol Punto Tec S. A. por DSS Dental Express S. A.—San José, 30 de mayo de 2012.—Lic. Hernán Navarro Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012302633.—(IN2012057003).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 16 de mayo del 2012, se reforman estatutos y se cambia el nombre de la sociedad anónima Actif Asesoría Consultoría y Tecnologías de Información S. A. por Actif S. A.—San José, 16 de mayo del 2012.—Lic. Hernán Navarro Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012302635.—(IN2012057004).

Por escritura otorgada ante mí, número ciento cuarenta y cuatro, de las once horas del día seis de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime de los socios convienen en disolver la sociedad denominada G.J. Farmacia Santa Inés Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, por no tener activos ni pasivos se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—Lic. Carlos Manuel Chaves Delgado, Notario.—1 vez.—RP2012302638.—(IN2012057005).

Por escritura otorgada ante mí, número ciento cuarenta y cinco, de las dieciséis horas treinta y cinco minutos del día once de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime de los socios convienen en disolver la sociedad denominada Farmacia Cardoza Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, por no tener activos ni pasivos se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—Lic. Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012302639.—(IN2012057006).

Jorge Alberto Salazar Jiménez, María Eugenia Salazar Jiménez, María Elena Salazar Jiménez y Liliana Salazar Jiménez, socios de Finca Las Ánimas S.R.L., cédula jurídica número 3-102-005125-07 nombran liquidadora a la señora María Elena Salazar Jiménez, a partir del 11 de junio del 2012. Escritura número: doscientos cuarenta y nueve.—San José, 12 de junio del 2011.—Lic. Ileana Flores Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2012302640.—(IN2012057007).

Francisco José Echeverría Batalla, representante legal solicita fusión de dos sociedades: Tierras de Francisco José cédula de persona jurídica 3-101-233402 y Profase del Oeste cédula de persona jurídica 3-101-164571 a partir de hoy, 29 de marzo del 2012. Escritura número: doscientos treinta y cuatro.—San José, 12 de junio del 2011.—Lic. Ileana Flores Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2012302641.—(IN2012057008).

Por escritura número ciento setenta y dos visible al folio ciento treinta y ocho frente, del tomo treinta de mi protocolo, otorgada en San José, a las nueve horas treinta minutos del trece de junio del dos mil doce; se liquida la empresa: Inversiones Miranda y Golfín de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Eugenia Delgado Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012302642.—(IN2012057009).

Por escritura número ciento setenta y dos visible al folio ciento treinta y ocho frente, del tomo treinta de mi protocolo, otorgada en San José, a las nueve horas treinta minutos del trece de junio del dos mil doce; se liquida la empresa: Miranda y Golfín Consultoras Sociedad Anónima.—Lic. Eugenia Delgado Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012302643.—(IN2012057010).

A las 17 horas del 3 de junio del 2012, se constituyó la firma Inversiones Chacón Vindas Sociedad Anónima. Domicilio, provincia de San José, cantón Puriscal, distrito Mercedes. Presidente: Edwin Chacón Morales.—Puriscal 13 de junio del 2012.—Lic. Vilma B. Mesén Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012302645.—(IN2012057011).

Por escritura otorgada en San José, a las 9:30 del 7 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Asesorías Prevet S. A. se disolvió.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—RP2012302646.—(IN2012057012).

Por escritura otorgada en San José, a las 9:00 del 7 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Corporación Catichi S. A. se disolvió.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—RP2012302647.—(IN2012057013).

Por escritura otorgada en San José, a las 9:10 del 7 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Ferretería El Canal S. A. se disolvió.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—RP2012302648.—(IN2012057014).

Por escritura otorgada en San José, a las 9:20 del 7 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Quinta Ensueño S. A. se disolvió.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—RP2012302649.—(IN2012057015).

Por escritura otorgada en San José, a las 15:00 del 24 de abril del 2012, se disolvió la sociedad Academia de Natación Guppys Santa Ana CRC S. A. se disolvió.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—RP2012302650.—(IN2012057016).

Por escritura otorgada en San José, a las 9:30 del 11 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Sion Construcciones S. A. se disolvió.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—RP2012302651.—(IN2012057017).

Por protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas otorgada a las catorce horas del día doce de junio del dos mil doce ante el notario Ricardo Castro Páez, se disuelve la sociedad denominada Transglobal Communication C.M.M.R. Sociedad Anónima.—San José, doce de mayo del dos mil doce.—Lic. Ricardo Castro Páez, Notario.—1 vez.—RP2012302655.—(IN2012057018).

Que por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 17:00 horas, del 31 de mayo del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de Corporación Tecnológica del Nuevo Milenio S. A., con cédula jurídica número 3-101-390987, donde acordaron disolverla.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Ericka María Esquivel Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012302656.—(IN2012057019).

Por protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas otorgada a las nueve horas del día once de junio del dos mil doce ante el notario Ricardo Castro Páez, se disuelve la sociedad denominada Servicios Internacionales Morgan y Asociados Sociedad Anónima.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Castro Páez, Notario.—1 vez.—RP2012302657.—(IN2012057020).

Que por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 13:30 horas, del 12 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de Calle Velarde Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos quince mil ciento veintiocho, donde acordaron disolverla.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Ericka María Esquivel Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012302658.—(IN2012057021).

Por escritura otorgada ante la notaría de la Licenciada Ericka María Esquivel Quirós, se modificaron las cláusulas primera, tercera y octava, de la empresa Servicios Empresariales Especializados S.E.EP Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa mil novecientos cincuenta y cinco.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Ericka María Esquivel Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012302659.—(IN2012057022).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 11 de junio del 2012 se acordó por mayoría de socios de la sociedad Tecnotienda S. A., cédula jurídica 3-101-055168, disolución y liquidación.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012302660.—(IN2012057023).

Al ser las once horas treinta minutos del once de junio dos mil doce, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número dos de la empresa Mariposas Blancas Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y dos mil seiscientos ochenta y seis, en la cual por acuerdo unánime de los socios se disuelve la sociedad.—Liberia, once de junio del dos mil doce.—Lic. Seidy Vanesa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—RP2012302661.—(IN2012057024).

Al ser las once horas del once de junio dos mil doce, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios número dos de la empresa denominada Inversiones Willfe Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y ocho mil cuatrocientos veintisiete, en la cual por acuerdo unánime de los socios se disuelve la sociedad.—Liberia, once de junio del dos mil doce.—Lic. Seidy Vanesa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—RP2012302662.—(IN2012057025).

Al ser las diez horas quince minutos del nueve de junio de dos mil doce, procedo a protocolizar el acta general de asamblea general extraordinaria de Servicios Diversificados D y B Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil seiscientos sesenta y uno, en la cual se reforma la cláusula: segunda: del domicilio y sexta de la administración.—Liberia, nueve de junio de dos mil doce.—Lic. Seidy Vanesa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—RP2012302663.—(IN2012057026).

Al ser las once horas cincuenta y cinco minutos del once de junio dos mil doce, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número uno de la empresa Aratex Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil novecientos, en la cual por acuerdo unánime de los socios se disuelve la sociedad.—Liberia, once de junio del dos mil doce.—Lic. Seidy Vanesa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—RP2012302664.—(IN2012057027).

Al ser las nueve horas cuarenta minutos del nueve de junio de dos mil doce, procedo a protocolizar el acta general de asamblea general extraordinaria de Su Herramienta y Equipo D y B Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil novecientos noventa y cinco, en la cual se reforma la cláusula: segunda: del domicilio y sexta de la administración.—Liberia, nueve de junio de dos mil doce.—Lic. Seidy Vanesa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—RP2012302665.—(IN2012057028).

Ante esta notaría mediante escritura pública, se protocolizó la asamblea extraordinaria donde se disuelve la sociedad Heladería Chupi Dos Sociedad Anónima.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012302666.—(IN2012057029).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía sin denominación social según Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en donde se autoriza expresamente al Registro Público de la Propiedad para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio le asigne en el momento de su inscripción, su plazo social es de cien años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, dos gerentes, serán los representantes legales, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—RP2012302667.—(IN2012057030).

Ante esta notaría se procedió a protocolizar acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad Jades Precolombinos Sociedad Anónima en donde se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—RP2012302668.—(IN2012057031).

Por escritura número 170 otorgada en mi notaría a las 10 horas del 18 abril de 2012, se protocoliza acta en la que consta acuerdo de disolución de la empresa individual de responsabilidad limitada denominada NQ Empresarial E.I.R.L..—San Ramón, 11 de junio de 2012.—Lic. Vivian María Artavia Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012302671.—(IN2012057032).

Rebeca Gómez González, mayor, soltera, estilista, vecina de San José, Desamparados, San Rafael Arriba, del Restaurante El Boyero, cien sur, cien este y veinticinco al norte, portadora de la cédula de Identidad número uno-un mil doscientos cuarenta y tres-cero cuatrocientos cinco, en su condición de presidente de la sociedad de esta plaza denominada Pequeños Ángeles del Cielo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos doce mil quinientos noventa y con domicilio igual que la presidenta, se presenta ante el notario público Licenciado Ronald Joaquín Campos Arias, para protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número uno, en donde se resuelve la disolución de dicha sociedad. Se envía este edicto a publicar para que toda aquella persona que tenga algo que alegar, sobre dicha sociedad, lo realice conforme a la ley. Firmo en la Ciudad de San José.—San José al ser las nueve horas con veinte minutos del nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ronald Joaquín Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012302672.—(IN2012057033).

Dannia Grisel Rivera Rodríguez, mayor, soltera, contadora, vecina de San José, Ipís de Goicoechea, cuatrocientos metros al noroeste de la Cruz Roja, portadora de la cédula de Identidad número nueve-cero ciento ocho-cero cero noventa y ocho, en su condición de presidenta de la sociedad de esta plaza denominada Modas Estilos y Diseños Dari Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y seis mil quinientos ochenta y ocho y con domicilio igual que la presidenta, se presenta ante el notario público Licenciado Ronald Joaquín Campos Arias, para protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número uno, en donde se resuelve la disolución de dicha sociedad. Se envía este edicto a publicar para que toda aquella persona que tenga algo que alegar, sobre dicha sociedad, lo realice conforme a la ley. Firmo en la Ciudad de San José.—San José al ser las dieciocho horas con veinte minutos del once de junio del dos mil doce.—Lic. Ronald Joaquín Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012302674.—(IN2012057034).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocoliza acta de la compañía Mercancías del Norte S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cuatro mil setecientos setenta y uno, donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302675.—(IN2012057035).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocoliza acta de la compañía Pollos Tropicales S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y un mil ochocientos trece donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302676.—(IN2012057036).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocoliza acta de la compañía Nuevitas S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil quinientos setenta y siete donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302677.—(IN2012057037).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocoliza acta de la compañía Callo Ratón S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil quinientos treinta y seis, donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302678.—(IN2012057038).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocoliza acta de la compañía Telas Multicolores JP S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y un mil seiscientos doce, donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302679.—(IN2012057039).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 29 de mayo del 2012, se constituyó sociedad cuya denominación social será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro, con domicilio social en San José, San Juan de Tibás, condominio casa mía, número once, capital social ¢10.000, plazo, 99 años, objeto el comercio en general. Presidente: Sugen Rodríguez Cheng. Se nombra junta directiva.—Lic. Marielena Azofeifa Cascante, Notaria.—1 vez.—RP2012302680.—(IN2012057040).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocoliza acta de la compañía Shafarina S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- ciento cincuenta y ocho mil trescientos dos donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302681.—(IN2012057041).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de mayo del 2012, se modificó cláusula sétima del pacto constitutivo de 3-101-609850, y se nombró vicepresidente.—Lic. Marielena Azofeifa Cascante, Notaria.—1 vez.—RP2012302682.—(IN2012057042).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Retazos Vertientes S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil seiscientos cuarenta y siete, donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302683.—(IN2012057043).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 29 de mayo del 2012, se constituyó sociedad cuya denominación social será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro, con domicilio social en San José, San Juan de Tibás, Condominio Casa Mía, número once, capital social ¢10.000, plazo, 99 años, objeto el comercio en general. Presidente: Sugen Rodríguez Cheng. Se nombra junta directiva.—Lic. Marielena Azofeifa Cascante, Notaria.—1 vez.—RP2012302684.—(IN2012057044).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Industrias Linen S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero setenta y seis mil diez, donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302685.—(IN2012057045).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Importaciones Elva PC S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y tres mil ciento cincuenta y siete, donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302686.—(IN2012057046).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Retazos Florida S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- ciento sesenta y siete mil setecientos siete, donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302687.—(IN2012057047).

Por escritura otorgada ante mí a las trece horas treinta minutos del cuatro de junio del dos mil doce, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de tres-ciento uno-cinco uno nueve dos cero siete sociedad anónima, por medio de la cual se acordó modificar el domicilio de la sociedad.—San José cuatro de junio de dos mil doce.—Lic. Alejandra María Hevia Portocarrero, Notaria.—1 vez.—RP2012302689.—(IN2012057048).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10 horas 15 minutos del día 30 de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Planta Madroño Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012302692.—(IN2012057049).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10 horas 20 minutos del día 30 de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Planta Higueron Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012302694.—(IN2012057050).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10:00 horas 25 minutos del día 30 de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Planta Jorco Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012302695.—(IN2012057051).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10 horas 30 minutos del día 30 de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Planta Zapotillo Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012302697.—(IN2012057052).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las catorce y treinta horas del doce de junio de dos mil doce, se protocolizó en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Tres-Ciento Uno-Quinientos Ochenta y Nueve Mil Setecientos Treinta y Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y nueve mil setecientos treinta y cinco, mediante la cual se acuerda disolverla.—Puriscal, doce de junio de dos mil doce.—Lic. Danilo Araya Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012302698.—(IN2012057053).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10 horas 10 minutos del día 30 de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Planta Ojoche Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012302699.—(IN2012057054).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecinueve horas del día veintiocho de mayo de dos mil doce, se disolvió la empresa Alegomo y Asociados Sociedad Anónima, domicilio San José, cantón cuarto Puriscal, distrito tres Barbacoas, ciento cincuenta metros norte del Templo Católico, casa amarilla a mano izquierda, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos un mil seiscientos doce. Presidente Gerardo Gómez Quirós.—Lic. Lic. Danilo Araya Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012302700.—(IN2012057055).

Por escritura 6 del tomo 12 de las 14:00 horas del día 07-06-2012 en esta notaría, se protocoliza acta de asamblea de socios de Productos Milenio de Costa Rica S. A. por la cual se modifica la administración y se nombra nuevo presidente.—San José, Santa Ana, 7 de junio del 2012.—Lic. Eduviges Jiménez Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012302701.—(IN2012057056).

Por escritura otorgada el día de hoy, Ecoland de Costa Rica G.C.M. S. A., nombra nueva junta directiva presidente Óscar Agustín Bonilla Ortega y nombra secretario, tesorero y fiscal. Reforma cláusula del domicilio.—Cartago, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302703.—(IN2012057057).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Retazos Tropicales S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y un mil seiscientos once, donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302704.—(IN2012057058).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Retazos San José S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- ciento quince mil cuatrocientos cuarenta y dos, donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302705.—(IN2012057059).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Retazos Minas S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- ciento sesenta y siete mil setecientos cuarenta, donde por unanimidad acuerdan disolver la sociedad.—Once de junio del dos mil doce.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012302706.—(IN2012057060).

En esta notaría a las nueve horas del dos de junio dos mil doce Diego Bravo Méndez y Cindy Pamela Bravo Méndez, constituyeron S.B.A. de PZ Sociedad Civil, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse S.C.  Domicilio: San José, Pérez Zeledón, San Isidro, Barrio Boston, contiguo a Asociación Vivalbo, capital social: doce mil colones íntegramente suscrito y pagado; Plazo social: Noventa y nueve años a partir de hoy. Presidente Diego Bravo Méndez.—Pérez Zeledón, dos de junio de dos mil doce.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012302711.—(IN2012057061).

Por este medio el suscrito notario hace constar que a las catorce horas del día siete de junio del dos mil doce, mediante escritura número trescientos cuarenta y siete-uno otorgada en el tomo primero de mi protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Molopo Caribe Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro ocho cuatro cero dos nueve, en los que se acuerda la disolución de la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Puerto Viejo, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—RP2012302713.—(IN2012057062).

Por este medio el suscrito notario hace constar que a las trece horas del día siete de junio del dos mil doce, mediante escritura número trescientos cuarenta y seis-uno otorgada en el tomo primero de mi protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Inversiones Bok-Wert Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco dos cuatro cuatro tres uno, en los que se acuerda la disolución de la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Puerto Viejo, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—RP2012302714.—(IN2012057063).

Por este medio el suscrito notario hace constar que a las quince horas del día veinticuatro de febrero del dos mil doce, mediante escritura número trescientos doce-uno otorgada en el tomo primero de mi protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Geoexploraciones Centroamericanas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres siete tres uno cero cero, en los que se modifica las cláusulas primera, segunda y sétima de su pacto constitutivo, cambiando su razón social a VTTOCR Sociedad Anónima, su domicilio y la forma de representación.—Puerto Viejo, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—RP2012302715.—(IN2012057064).

Por este medio el suscrito notario hace constar que a las once horas del día doce de junio del dos mil doce, mediante escritura número trescientos cuarenta y nueve-uno otorgada en el tomo primero de mi protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Complejo Turístico Caballo Blanco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno nueve tres seis nueve cuatro, en los que se modifica la cláusula octava de su pacto constitutivo, cambiando su forma de representación.—Puerto Viejo, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Johnny Gerardo León Guido, Notario.—1 vez.—RP2012302716.—(IN2012057065).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del 9 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Mojutre Sociedad Anónima, se acuerda unanimente disolver la sociedad. Es todo.—San José, nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012302717.—(IN2012057066).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:20 horas del 9 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Esal Sociedad Anónima, se acuerda unanimenie disolver la sociedad. Es todo.—San José, nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012302718.—(IN2012057067).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:10 horas del 9 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Industrial de Inversiones L M Sociedad Anónima, se acuerda unanimente disolver la sociedad. Es todo.—San José, nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012302719.—(IN2012057068).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 9 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad B M W Topao Ltda, se acuerda unanimente disolver la sociedad. Es todo.—San José, nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012302721.—(IN2012057069).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 7 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad 3-101-453706 Sociedad Anónima, se reforma cláusula segunda del plazo social, se nombra junta directiva. Es todo.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012302722.—(IN2012057070).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Representaciones Vega & Díaz Sociedad Anónima, donde se acordó disolver la sociedad.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Martha Flores Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012302723.—(IN2012057071).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Casa Sinclair S. A. por medio de las cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Gloria Virginia Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2012302724.—(IN2012057072).

Ante esta notaría, se modifica la cláusula cuarta del plazo social de la sociedad Inversiones Comerciales B & T Dos Mil Ocho Sociedad Anónima. Otorgado en Heredia, al ser la diez horas del doce de junio del dos mil doce.—Lic. Iliana Cruz Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012302725.—(IN2012057073).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10 horas 05 minutos del día 30 de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Planta Anonillo Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012302727.—(IN2012057074).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del día 30 de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Planta Amelia Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012302728.—(IN2012057075).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 9 horas 55 minutos del día 30 de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Planta Dorada Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012302729.—(IN2012057076).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 9 horas 50 minutos del día 30 de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Planta Fosforillo Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012302730.—(IN2012057077).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 9 horas 45 minutos del día 30 de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Planta Cafecillo Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia.—Treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012302731.—(IN2012057078).

Por escritura número 273-9 otorgada ante esta notaría, a las 9:30 horas del 11 de junio del 2012, se protocoliza acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Campos Jara S. A., cédula jurídica 3-101-065074, en la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Lic. Adrián Antonio Brenes Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012302732.—(IN2012057079).

La suscrita Licenciada Elena Rodríguez Cheung notaria pública con oficina en abierta en San José, hace público el manifiesto, que ante mi notaría se está tramitando proceso de disolución de la sociedad anónima El Sueño Tico Bienes Raícez S. A., cédula jurídica Nº 3-101-594192. Por tal motivo emplaza a todos las personas físicas o jurídicas, que tengan algún interés directo en el presente proceso, a que dentro del plazo improrrogable de treinta días, comparezcan ante mi notaría ubicada en San José, Barrio Francisco Peralta, casa número dos mil quinientos treinta, a hacer las manifestaciones respectivas. Es todo. San José, 12 de junio, 2012.—Lic. Elena Rodríguez Cheung, Notaria.—1 vez.—RP2012302733.—(IN2012057080).

El suscrito Licenciado Warner Céspedes Arias notario público con oficina en abierta en San José, hace público el manifiesto, que ante mi notaría se está tramitando proceso de disolución de la sociedad anónima Corporacion Mercantil Kriguez S. A., cédula jurídica Nº 3-101-305038. Por tal motivo emplaza a todos las personas físicas o jurídicas, que tengan algún interés directo en el presente proceso, a que dentro del plazo improrrogable de treinta días, comparezcan ante mi notaría ubicada en San José, Barrio Francisco Peralta, casa número dos mil quinientos treinta, hacer las manifestaciones respectivas. Es todo.—San José, 12 de junio, 2012.—Lic. Warner Céspedes Arias, Notario.—1 vez.—RP2012302734.—(IN2012057081).

Ante esta notaría se procedió a disolver la sociedad denominada Alvaquin Cartaginés S. A., cuyo presidente era el señor Óscar Alvarado Brenes. Es todo.—San José, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—RP2012302736.—(IN2012057082).

Se avisa a todos los interesados que Yunnan Atbara S. A., mediante escritura otorgada a las trece horas del doce de junio del dos mil doce, acuerda disolver dicha sociedad y de prescindir del trámite de liquidación porque la sociedad no tiene activos ni pasivos, razón por la cual se les cita para que dentro de plazo de treinta días, que comenzarán a correr a partir del día siguiente de la fecha de publicación de este edicto, para que se opongan judicialmente a dicha disolución.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Luis Ángel Salazar Mora, Notario.—1 vez.—RP2012302737.—(IN2012057083).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Empresarios Pro Ayuda a la Guardia de Asistencia Rural de Poasito Fraijanes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-241627, donde se acuerda la disolución de la misma.—San José, 12 de junio del año dos mil doce.—Lic. Yanory Astúa Tiffer, Notaria.—1 vez.—RP2012302739.—(IN2012057084).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Resguardo Civil Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-119810, donde se acuerda la disolución de la misma.—San José, 12 de junio del año dos mil doce.—Lic. Maribel Astúa Tiffer, Notaria.—1 vez.—RP2012302740.—(IN2012057085).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas de hoy, se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la disolución de Comando S P A S Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-088423.—San José, 12 de junio del año dos mil doce.—Lic. Maribel Astúa Tiffer, Notaria.—1 vez.—RP2012302741.—(IN2012057086).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas de hoy, se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la disolución de Grupo C & R Cruz & Rodríguez de Aserrí Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-366074.—San José, 12 de junio del año dos mil doce.—Lic. Maribel Astúa Tiffer, Notaria.—1 vez.—RP2012302742.—(IN2012057087).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Dieciséis de Noviembre Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-273277, donde se acuerda la disolución de la misma.—San José, 12 de junio del año dos mil doce.—Lic. Maribel Astúa Tiffer, Notaria.—1 vez.—RP2012302743.—(IN2012057088).

Por escritura autorizada por mí a las 9:00 horas de hoy, se protocoliza acta de Mercado Azul Sociedad Anónima, por la que se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, once de junio de dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Mora Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012302746.—(IN2012057089).

Por escritura autorizada por mí a las 10:00 horas de hoy, se protocoliza acta de Solmaqui Sociedad Anónima, por la que se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, once de junio de dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Mora Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012302747.—(IN2012057090).

Por escritura otorgada ante mi notaría, hoy a las catorce horas, se protocolizó en lo conducente el acta número uno correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Cima Group Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma de la cláusula novena del pacto constitutivo en lo referente a la administración.—San José, cuatro de junio del año dos mil doce.—Lic. Analive Azofeifa Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012302750.—(IN2012057091).

Por escritura número 165 del tomo 3 de mi protocolo de las 14:00 horas del 25 de mayo de 2012, la señora Ana Carolina Martínez Gómez, cédula 1-1096-813, en calidad de accionista única de la sociedad Consulting & Management Investment Analysts S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-491580, disolvió la citada sociedad con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 4 de junio de 2012.—Lic. Marco Vinicio Ureña Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012302751.—(IN2012057092).

Por escritura número 166 del tomo 3 de mi protocolo de las 12:00 horas del 3 de junio de 2012, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionista de la sociedad Compañía Comercial Picaso S. A., cédula jurídica número 3-101-006987, por medio de la cual esta sociedad se disolvió con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 4 de junio de 2012.—Lic. Marco Vinicio Ureña Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012302752.—(IN2012057093).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 21:00 horas de hoy, se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la disolución de La Preciosa Semilla Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-401961.—San José, 12 de junio del año dos mil doce.—Lic. Yanory Astua Tiffer, Notaria.—1 vez.—RP2012302762.—(IN2012057094).

Mediante escritura número doscientos veintinueve, otorgada a las quince horas del once de junio del dos mil doce, ante el notario Justo Orozco Álvarez, se disuelve la sociedad El Chambero de Quebrada Limitada, domiciliada en Puntarenas Garabito, Almacén Ferretero El Único.—Quebrada Ganado, once de junio del dos mil doce.—Lic. Justo Orozco Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012302763.—(IN2012057095).

Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela, a las dieciséis horas treinta minutos del doce de junio del año dos mil doce, por acuerdo unánime de socios se procede a disolver totalmente J C INT S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y siete mil cuatrocientos diecisiete.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—RP2012302764.—(IN2012057096).

Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela, a las trece horas treinta minutos del doce de junio del año dos mil doce. Por acuerdo unánime de socios se procede a disolver totalmente X Files S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil seiscientos veinticuatro.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—RP2012302765.—(IN2012057097).

Por escritura otorgada en mi notaría, en San José, a las doce horas treinta minutos del doce de junio del año dos mil doce. Por acuerdo unánime de socios se procede a disolver totalmente Virval Noventa Doscientos Diez S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil doscientos cincuenta y nueve.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—RP2012302766.—(IN2012057098).

En escritura 308 del tomo 6, notario Enrique Corrales Barrientos, de 11 de junio 2012, se cancela y desinscribe la sociedad Constructora Camarón Limitada.—San Vito, 12 de junio de 2012.—Lic. Enrique Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2012302767.—(IN2012057099).

En escritura 303 del tomo 6 notario Enrique Corrales Barrientos, de 8 de junio 2012, se cancela y desinscribe la sociedad Transportes Elizondo Sociedad Anónima.—San Vito, 12 de junio de 2012.—Lic. Enrique Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2012302768.—(IN2012057100).

Por escritura otorgada en mi notaría, en San José, a las once horas del doce de junio del año dos mil doce, por acuerdo unánime de socios se procede a disolver totalmente Cuatro Por Cuatro Extremo CR S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-doscientos ochenta y dos mil setecientos veintidós.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—RP2012302769.—(IN2012057101).

El suscrito notario público Billy Latouche Ortiz, hace constar que en esta notaría, se disolvieron: Transportes JA Silesky Sociedad Anónima. Es todo, firmo en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser diez horas del día doce de junio del dos mil doce.—Lic. Billy Latouche Ortiz, Notario.—1 vez.—RP2012302770.—(IN2012057102).

Mediante escritura pública otorgada en esta notaría de las ocho horas del cuatro de junio del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar las sociedades de esta plaza denominadas Zumo del Bosque de Flamboyán Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos setenta y tres mil setecientos doce y Zumo del Bosque de Jacarandá Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos setenta y tres mil setecientos trece.—Heredia, cuatro de junio del dos mil doce.—Lic. Vilma Cordero Benavides, Notaria.—1 vez.—RP2012302771.—(IN2012057103).

Por escritura número doscientos treinta y ocho-dieciséis, de fecha veinticinco de mayo del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Staffitalia S. A., donde se acordó la liquidación de dicha sociedad.—San José, 25 de mayo del 2012.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—RP2012302772.—(IN2012057104).

Mediante escritura pública otorgada en esta notaría de las catorce horas del seis de junio del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar las sociedades de esta plaza denominadas Mobiliaria Cordero y Cordero Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-262896, Inmobiliaria Cordero & Martínez Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-598661 y Centro de Estudios y Capacitación Notarial CECAN Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-435578.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Marín Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012302773.—(IN2012057105).

Por escritura otorgada ante el notario Otto Bonilla Fallas, el ocho de junio del dos mil doce, se disolvió Kitrabi Noventa y Nueve S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-251747.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012302774.—(IN2012057106).

Ante mí, Jenny Vargas Quesada, notaria pública de Guácimo, comparecieron: Ana Litbetts Mayorga Mena, mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Aguas Zarcas de San Carlos, cédula 5-0205-0106; y Thelma Alcira Mayorga Madrigal, mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Río Jiménez de Guácimo, cédula 7-0136-0427; a constituir mediante escritura pública número 56 visible al folio 33 V del tomo 14 de mi protocolo, la sociedad Dasú Boutique SRL. El capital social es de ¢100.000,00 distribuido en 100 cuotas nominativas, de ¢1.000,00 c/u. de los cuales cada socio suscribe y paga 50 cuotas. Ambas socias figuran como gerentes y apoderadas generalísimas sin límite de suma.—Lic. Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012302475.—(IN2012057107).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas de hoy ante mí, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de este domicilio Cosmoport S. A., mediante los cuales se disuelve y liquida dicha sociedad.—San José, 1° de junio del 2012.—Lic. José Francisco Monge Masís, Notario.—1 vez.—RP2012302777.—(IN2012057108).

Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria del 12 de junio del dos mil doce de Inversiones Ridoll Sociedad Anónima, en donde se procedió a disolver la sociedad.—San José, 12 de junio de 2012.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—RP2012302778.—(IN2012057109).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó Mauro’s Ribs Sociedad Anónima. Capital suscrito y pago. Plazo social 99 años. Apoderado generalísimo: Presidente y vicepresidente.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—RP2012302779.—(IN2012057110).

Mediante escritura número ochenta y tres del tomo diez de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Residencial Playa San Miguel Níspero Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiséis mil cuatrocientos setenta y seis.—Guadalupe, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario.—1 vez.—RP2012302780.—(IN2012057111).

Ante esta notaría, a las dieciséis horas del día siete de junio de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Loring Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos doce, mediante la cual se acordó liquidar y disolver esta sociedad.—Guadalupe, siete de junio de dos mil doce.—Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario.—1 vez.—RP2012302781.—(IN2012057112).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se disuelve y cancela la sociedad: Inmobiliaria Intercontinental Siglo Veintiuno Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil quinientos setenta y dos, con sede en San José.—5 de junio del 2012.—Lic. Howard Max Thompson Fennell, Notario.—1 vez.—RP2012302782.—(IN2012057113).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 9 horas del 11 de junio del 2012, se fusionaron las sociedades Curime S. A., con Ganadera Río Hondo Hnos S. A., e Inversiones Cromosa I.C. S.A., prevaleciendo Curime S. A. Capital trescientos ochenta mil colones. Presidenta: Nury Gisela Alfaro Fallas.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012302784.—(IN2012057114).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 8 horas del 11 de junio del 2012, se fusionaron las sociedades Promociones y Asesoría Triple M S. A., con Talolinga S. A., e Inmobiliaria Bareta S. A., prevaleciendo Promociones y Asesoría Triple M S.A. Capital doscientos diez mil colones. Presidente: Luis Castresana Chaves.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012302785.—(IN2012057115).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se protocolizó acta número uno de la sociedad Ramírez & León Consultorías AE Sociedad Anónima, donde se da la disolución de la sociedad. Otorgada en la ciudad de San José, escritura número 107 de las 10:00 horas del 11 de junio del 2012.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—RP2012302786.—(IN2012057116).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del doce de junio del dos mil doce, se protocoliza acuerdos de asamblea de la sociedad denominada La Moto de John Sociedad Anónima, en la que por unanimidad de socios se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012302788.—(IN2012057117).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 8:00 horas del 5 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de Filial Sesenta y Dos Albufera Fuerte Ventura S. A., en la que se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012302789.—(IN2012057118).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se procedió a disolver la sociedad Triquell Cromo Laboratorio Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil ciento cuarenta y ocho.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Hernán Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012302790.—(IN2012057119).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se procedió a disolver la sociedad Triquell Laboratorio Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y nueve mil quinientos uno.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Hernán Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012302792.—(IN2012057120).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del doce de junio del dos mil doce, los señores Mary Murzanski y Elvida Gazo Baltodano, constituyen All American Diner Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Murillo Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012302793.—(IN2012057121).

Por medio de escritura otorgada a las 14:00 horas del 12 de junio del 2012, se protocolizó acuerdo de socios de la sociedad Corrientes del Mar Egeo S. A., por medio de la cual se acordó su disolución.—Lic. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012302794.—(IN2012057122).

Por medio de escritura otorgada a las 12:00 horas del 12 de junio del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Comercial Ríos Hidalgo S. A., por medio de la cual se acordó su disolución.—Lic. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012302795.—(IN2012057123).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 12 horas del 13 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general de Villa el Marionetari de Valencia S. A., en la que se reforma el objeto social.—San José, 13 de enero del 2012.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012302796.—(IN2012057124).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizaron acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de Administración y Consultoría S. A., mediante los cuales se acuerda su disolución.—Santa Ana, 8 de junio del 2012.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—RP2012302798.—(IN2012057125).

Por escritura otorgada ante este notario, se acuerda la disolución de la compañía Equis Dos Internacional Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio de 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Esquivel Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012302799.—(IN2012057126).

Por escrituras otorgadas ante mí, se han disuelto las compañías Propiedades Olmade S. A., Torres y Mojica S. A. y 3-101-616937 s. a. y Corporación Dos Mil Seis S. A.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Giovanni Bruno Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012302800.—(IN2012057127).

El día de hoy ante mi notaría mediante escritura pública número ciento treinta y seis-cinco, los socios de la sociedad Condominio Hacienda el Gregal Lote Ciento Dieciséis MDU, acordaron su disolución y liquidación.—San Rafael de Heredia, 31 de mayo del 2012.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2012302801.—(IN2012057128).

El día de hoy ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios de Grupo Mutra S. A., mediante la cual se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San Rafael de Heredia, 6 de junio del 2012.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2012302802.—(IN2012057129).

El día de hoy ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios de Vehículos Apollo Dos FL S. A., mediante la cual se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San Rafael de Heredia, 6 de junio del 2012.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2012302803.—(IN2012057130).

A las 9:40 horas del 31 de mayo del 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Grupo Agroindustrial Numar S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y tres mil seiscientos treinta y nueve, mediante la cual se incrementó el capital social.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012302804.—(IN2012057131).

El día de hoy ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios de tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y ocho mil ciento noventa y siete, mediante la cual se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San Rafael de Heredia, 6 de junio del 2012.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2012302805.—(IN2012057132).

El día de hoy ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios de Centro de Estudios Grupales S.A., mediante la cual se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San Rafael de Heredia, 6 de junio del 2012.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2012302806.—(IN2012057133).

Por escritura número ciento sesenta y cinco-cinco, otorgada en San José, a las once horas del siete de junio del dos mi doce, se constituyó asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones García y Núñez S. A., se reforma la cláusula octava en cuanto a la representación judicial de la compañía, capital suscrito y cancelado, presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta y separadamente, efectuada ante la notaria Giovanna Ajún Murillo.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Giovanna Ajún Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012302807.—(IN2012057134).

Se constituye sociedad denominada Familia Matamoros Benavides Sociedad Anónima, con domicilio social en San Rafael de Heredia, ciento cincuenta metros norte de la esquina noreste de la Iglesia Católica, por el plazo de noventa y nueve años. Capital social de doce mil colones. Presidente, vicepresidente y vocal primero con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma. En escritura otorgada a las diecisiete horas del diez de junio de dos mil doce, ante el licenciado Jesuá de Montserrat Solís Hernández.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012302809.—(IN2012057135).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Trigesiduplo Pradetaño Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-369625 mediante la cual se disuelve la compañía. Escritura otorgada el 8 de junio del 2012.—Lic. Juan Abel Beteta Ocampo, Notario.—1 vez.—RP20120302810.—(IN2012057136).

Por escritura del primero de junio se protocolizó acta de disolución de empresa Artrosa S. A., cédula jurídica N° 3-101-175907.—Lic. Edwin Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—RP2012302811.—(IN2012057137).

A las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Dutch Caribbean Trading Sociedad Anónima, domicilio: San José, Calle Blancos, capital: suscrito y pagado, plazo: noventa y nueve años, representación: Jonas (nombre) Wolf (apellido) de nacionalidad holandesa, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012302812.—(IN2012057138).

A las quince horas del doce de junio de dos mil doce, ante la notaría del Licenciado Gerardo Benavides Sánchez se protocolizó la disolución de la sociedad denominada Trisete Arbeña S. A., con número de cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cuatro mil doscientos treinta y uno, cuyo representante y apoderado generalísimo sin límite de suma es Ronny Ruiz Mora. Es todo.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012302813.—(IN2012057139).

Protocolización de acta número dos de asamblea general extraordinaria de la sociedad 3-101-597416 s. a., con número de cédula jurídica: 3-101-597416, cambio de junta directiva y representantes legales. Escritura otorgada en la cuidad de Heredia, a las catorce horas del 8 de junio del 2012. Es todo.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012302814.—(IN2012057140).

Ante esta notaría a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, Wendy Mayela Sancho Rojas, en su condición de apoderada generalísima y accionista de la sociedad Roxan Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento cinco-quinientos sesenta y cinco, acuerda la disolución de la sociedad dicha, mediante acuerdo de junta directiva.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1 vez.—RP2012302815.—(IN2012057141).

Ante esta notaría a las once horas del cinco de junio del dos mil doce, José Gilberto Murillo Ramírez y Minor Alberto Murillo Ramírez, en su condición de apoderados generalísimos y accionistas de la sociedad Grupo Hermanos Murillo de San Ramón Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil seiscientos treinta y seis, acuerda la disolución de la sociedad dicha, mediante acuerdo de junta directiva.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1 vez.—RP2012302816.—(IN2012057142).

Por escritura otorgada en Heredia, a las ocho horas del cinco de junio del dos mil doce, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Agropecuaria La Elvira Sociedad Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos treinta y un mil seiscientos diez, en que se acuerda la disolución de la misma.—Heredia, 5 de junio del 2012.—Lic. Silvia María Villalobos Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012302818.—(IN2012057143).

Por escritura otorgada en Heredia, a las nueve horas del cinco de junio del dos mil doce, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Chaves Morera Sociedad Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos treinta y un mil seiscientos diez, en que se acuerda la disolución de la misma.—Heredia, 5 de junio del 2012.—Lic. Silvia María Villalobos Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012302819.—(IN2012057144).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del doce de junio de dos mil doce, se procede a la disolución voluntaria de la compañía Robles Brenes Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio de 2012.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012302820.—(IN2012057145).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas quince minutos del treinta de mayo de dos mil doce, se procede a la disolución voluntaria de la compañía Agrícola Cablan Sociedad Anónima, cuyo presidente es German Cala Gaitán.—San José, 30 de mayo de 2012.—Lic. Mario Alberto Blanco Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012302821.—(IN2012057146).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintidós de mayo de dos mil doce, se constituyó la sociedad Salazar Matarrita Mil Novecientos Veinte Sociedad Anónima, cuyo presidente es Dago Roldam Salazar Castillo.—San José, 22 de mayo de 2012.—Lic. Mario Alberto Blanco Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012302822.—(IN2012057147).

Por escritura número trescientos sesenta y cinco, ante el notario público Roberto Marín Segura en su protocolo se desinscribió y se disolvió la sociedad Olitiven PA Sociedad Anónima.—Heredia, 12 de junio del 2012.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—RP20120302823.—(IN2012057148).

Por escritura número trescientos sesenta, ante el notario público Roberto Marín Segura en su protocolo se desinscribió y se disolvió la sociedad Distribuidora Huertas y Calderón Sociedad Anónima.—Heredia, 12 de junio del 2012.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—RP20120302824.—(IN2012057149).

Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí, a las 11:00 horas se ha acordado la disolución de la compañía Enacore Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—RP2012302825.—(IN2012057150).

En mi notaría mediante escritura de las diez horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Génesis International System Inc, donde se acuerda su disolución.—San José, doce de junio de mayo de dos mil doce.—Lic. Guido Francisco Campos Campos, Notario.—1 vez.—RP2012302826.—(IN2012057151).

En mi notaría mediante escritura de las nueve horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de La Palabra de Vida Sociedad Anónima, nombrando liquidador.—San José, ocho de junio de dos mil doce.—Lic. Guido Francisco Campos Campos, Notario.—1 vez.—RP2012302827.—(IN2012057152).

En mi notaría mediante escritura de las nueve horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Central de Transportes Campos y Campos S. A., donde se acuerda su disolución.—San José, doce de junio de mayo de dos mil doce.—Lic. Guido Francisco Campos Campos, Notario.—1 vez.—RP2012302828.—(IN2012057153).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del once de junio del dos mil doce, se liquidó la sociedad denominada Flova Interiors Design Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-49833.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Priscilla Ureña Duarte, Notaria.—1 vez.—RP2012302830.—(IN2012057154).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas treinta minutos del once de junio del dos mil doce, se liquidó la sociedad denominada Galería Contemporánea SRL, cédula de persona jurídica número 3-102-34210.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Priscilla Ureña Duarte, Notaria.—1 vez.—RP2012302831.—(IN2012057155).

Por escritura de las 15 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de Aventour de Escazú S. A., por los cuales se acuerda la disolución de la sociedad. Doy fe de que la versión digital es exacta y que en el original consta mi firma y sello registrados en la Dirección Nacional de Notariado.—San José, 8 de junio de 2012.—Lic. Aurora Hernández Fuentes, Notaria.—1 vez.—RP2012302832.—(IN2012057156).

Por escritura de las 16 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de Business Like S.A., por los cuales se acuerda la disolución de la sociedad. Doy fe de que la versión digital es exacta y que en el original consta mi firma y sello registrados en la Dirección Nacional de Notariado.—San José, 8 de junio de 2012.—Lic. Aurora Hernández Fuentes, Notaria.—1 vez.—RP2012302833.—(IN2012057157).

En mi notaría se realizó asamblea extraordinaria de socios de U T Singuli S. A., domiciliada en San José, avenida 10 bis, Nº 2385, cédula de persona jurídica número 3-101-452293, en 1a que todos los socios acuerdan disolver la compañía y prescindir del nombramiento de liquidador, ya que no hay pasivos ni activos que liquidar. Doy fe de que la versión digital es exacta y que en el original consta mi firma y sello registrados en la Dirección Nacional de Notariado.—San José, 6 de junio de 2012.—Lic. Aurora Hernández Fuentes, Notaria.—1 vez.—RP2012302834.—(IN2012057158).

Por escritura de las 15 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de Without Stubborness S. A., por los cuales se acuerda la disolución de la sociedad doy fe de que la versión digital es exacta y que en el original consta mi firma y sello registrados en la Dirección Nacional de Notariado.—San José, 7 de junio de 2012.—Lic. Aurora Hernández Fuentes, Notaria.—1 vez.—RP2012302835.—(IN2012057159).

L.G.S. Wild Boy’s From Montana S. A., solicita disolución de empresa. Escritura otorgada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez, al ser las nueve horas del trece de junio del dos mil doce.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012302837.—(IN2012057160).

Ante esta notaría se procede a la disolución de la sociedad Inversiones el Redin Sociedad Anónima, tres ciento uno ciento noventa y siete mil ochocientos setenta.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Óscar Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012302838.—(IN2012057161).

Por escritura otorgada en la notaría de Vera Violeta Salazar Rojas y Walter Garita Quirós, otorgada a las trece horas del treinta de marzo del dos mil doce Jonathan Sandí León, Yi Feng Lee, Tan Cheng Lin, Kuang Jen Lee, constituyeron la sociedad Animegamicr Sociedad Anónima.—13 de mayo del 2011.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012302839.—(IN2012057162).

Por medio de la escritura otorgada ante el notario Diego Soto Solera, número ciento cuarenta y seis-siete, a las diez horas treinta minutos del doce de junio de dos mil doce, protocolizó el acta número dos de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos novecientos veintisiete sociedad anónima, con cédula de persona jurídica igual a su denominación, mediante la cual se acuerda cambiar el nombre de la razón social de la sociedad. Es todo.—Doce de junio de dos mil doce.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—RP2012302840.—(IN2012057163).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las diecisiete horas del siete de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Lamacha de la Unión Sociedad Anónima.—Tres Ríos, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mary Flor Barrientos Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012302841.—(IN2012057164).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las diez horas del ocho de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Grupo La Tuna Sociedad Anónima.—Tres Ríos, once de junio del dos mil doce.—Lic. Mary Flor Barrientos Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012302842.—(IN2012057165).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las catorce horas del siete de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Aero Fuel Corporation Sociedad Anónima.—Tres Ríos, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mary Flor Barrientos Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012302843.—(IN2012057166).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las quince horas del siete de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Asesorías Justo A Tiempo de Costa Rica Sociedad Anónima.—Tres Ríos, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mary Flor Barrientos Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012302844.—(IN2012057167).

El suscrito notario René Orellana Meléndez, hace constar que se disolvió la sociedad denominada Cocotón y Compañía Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el once de junio del dos mil doce.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—RP2012302845.—(IN2012057168).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 5 de junio del 2012, se acordó la disolución de Sigimuchi SJFA S.A., cédula 3-101-498340. Dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 13 de junio de 2012.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—RP2012302846.—(IN2012057169).

El suscrito notario René Orellana Meléndez, hace constar que se disolvió la sociedad denominada Komm Venga Venga Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana el once de junio del dos mil doce.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—RP2012302847.—(IN2012057170).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Auto de apertura por edicto de proceso disciplinario administrativo del expediente Nº 1278-IP-2011-DDL.—Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Sección de Inspección Policial.—San José, a las trece horas con treinta minutos del catorce de mayo del dos mil doce. De conformidad con los artículos 211, 214, 218, 221, 222, 225, 308 inciso b), 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318, 319 de la Ley General de la Administración Pública; 57, 78, 84 de la Ley General de Policía, 89, 90, 91 del Reglamento de Organización de este Ministerio, 74, 78, 80 inciso c), 91 inciso c) y d), 95, 96 inciso c) y d) del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, procede este Despacho en esta vía a iniciar Procedimiento Administrativo Ordinario Laboral, bajo el expediente 1278-IP-2011-DDL, en contra del servidor Carlos Eduardo Sawyers Salas, cédula de identidad número 7-0170-0451, destacado en la Delegación Policial del Carmen, San José, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria y de otra índole, que le pueda caber por los hechos que se le imputan, a saber: “1. Ausentismo laboral a partir del día 24 de agosto del año 2011, hecho ocurrido en la Delegación Policial del Carmen 2. Incumplimiento de la obligación de avisar oportunamente a su superior de los motivos de tales ausencias y aportar prueba documentalmente demostrable y con asidero real de la mismas”; lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Lo anterior con sustento en lo previsto en los artículos 81 inciso g del Código de Trabajo y 86 inciso e) y 87 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, 44 del Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Seguridad Pública, el cual es aplicado supletoriamente según el artículo 202 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos a este Ministerio. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Departamento Disciplinario Legal del Ministerio de Seguridad Pública, situado en San José, Zapote, de los semáforos sobre el puente de Casa Presidencial 100 metros al sur, edificio a mano derecha color azul con ventanales, a partir de las 8:30 horas del decimoquinto día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por la Asistente Laura Guillén Araya, funcionaria de esta Oficina asignada para tal efecto. El mencionado inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba y los alegatos pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le advierte igualmente al señor Sawyers Salas que debe señalar lugar en donde atender futuras notificaciones, caso contrario se le tendrán por notificadas las resoluciones emitidas por este Despacho en el transcurso de 24 horas. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucionales, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido solo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Departamento Disciplinario Legal.—Lic. Alma Monterrey Rogers, Jefa a. í.—Sección Inspección Policial.—Lic. Gustavo Salazar Madrigal, Jefe.—O. C. Nº 13888.—Solicitud Nº 4458.—C-67650.—(IN2012057531).

Auto de apertura por edicto de proceso disciplinario administrativo del expediente Nº 1521-IP-2011-DDL.—Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Sección de Inspección Policial.—San José a las ocho horas del quince de mayo del dos mil doce. De conformidad con los artículos 211, 214, 218, 221, 222, 225, 308 inciso b), 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318, 319 de la Ley General de la Administración Pública; 57, 78, 84 de la Ley General de Policía, 89, 90, 91 del Reglamento de Organización de este Ministerio, 74, 78, 80 inciso c), 91 inciso c) y d), 95, 96 inciso c) y d) del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, procede este Despacho en esta vía a iniciar Procedimiento Administrativo Ordinario Laboral, bajo el expediente 1521-IP-2011-DDL, en contra del servidor Douglas Adrián Quirós Lobo, portador de la cédula de identidad personal número 1-1467-0769, destacado en la Delegación Policial de Catedral, San José, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria y de otra índole, que le pueda caber por los hechos que se le imputan, a saber: “1. Ausencias laborales los días 1, 7 y 25 de noviembre, 12, 13, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 de diciembre, todas del 2011 y 1° de enero del 2012 2. Incumplimiento de la obligación de avisar oportunamente a su superior de los motivos de tales ausencias y aportar prueba documentalmente demostrable y con asidero real de las mismas; las cuales, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Lo anterior con sustento en lo previsto en los artículos 81 inciso g del Código de Trabajo y 86 inciso e) y 87 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, 44 del Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Seguridad Pública, el cual es aplicado supletoriamente según el artículo 202 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos a este Ministerio. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Departamento Disciplinario Legal del Ministerio de Seguridad Pública, situado en San José, Zapote, de los semáforos sobre el puente de Casa Presidencial, 100 metros al sur, edificio a mano derecha color azul con ventanales, a partir de las 8:30 horas del decimoquinto día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por la Asistente Laura Guillén Araya, funcionaria de esta Oficina asignada para tal efecto. El mencionado inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba y los alegatos pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de ésta resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano director que dicta ésta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de éste acto. Se le advierte igualmente al señor Quirós Lobo que debe señalar lugar en donde atender futuras notificaciones, caso contrario se le tendrán por notificadas las resoluciones emitidas por este Despacho en el transcurso de 24 horas. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucionales, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido solo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para éste Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Departamento Disciplinario Legal.—Lic. Alma Monterrey Rogers, Jefa a. í.—Sección Inspección Policial.—Lic. Gustavo Salazar Madrigal, Jefe.—O. C. Nº 13888.—Solicitud Nº 4460.—C-67650.—(IN2012057533).

Ministerio de Seguridad Pública. Dirección de Asesoría Jurídica. San José, a las diez horas del diez de mayo del dos mil doce. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente resultó imposible localizar a la encartada Guiselle Vargas Segura, cédula de identidad N° 05-0168-0317 de la Delegación Central Merced y por ignorarse su actual domicilio, esta Dirección procede en esta vía legal a comunicarle a dicha persona que el despacho del señor Ministro de Seguridad Pública, en su condición de Órgano Decisorio, mediante resolución N° 2012-777-DM, de las nueve horas con treinta minutos del veinte de febrero de dos mil doce, resuelve I) Se le despide por causa justificada por ausentarse injustificadamente a su trabajo a partir del 03 de enero de 2011, y por incumplir con la obligación de avisar oportunamente a su superior de los motivo de tales ausencias. II) Se ordena al Departamento de Compensaciones y Remuneraciones determinar si a dicha persona se le pagaron los salarios a partir del 3 de enero de 2011, en cuyo caso se deberán instaurar las respectivas diligencias cobratorias. III) Contra la presente resolución cabe únicamente recurso de revocatoria, dentro del tercer día hábil a partir del recibo de la misma, de conformidad con los artículos 345 y 346 ambos de la Ley General de la Administración Pública. Dicho recurso debe presentarse en la Asesoría Jurídica de este Ministerio. Lo anterior de conformidad con el Acuerdo Ejecutivo N° 100-2012-MSP se le despide por causa justificada sin responsabilidad para el Estado a partir del 1º de mayo del 2012, y se le aclara que su despido es a causa de su abandono de labores a partir del 03 de enero del 2011, como quedó demostrado en la resolución supra citada. Notifíquese. Expediente: 88-IP-2011-DDL.—Dirección de Asesoría Jurídica.—Lic. José Jeiner Villalobos Steller, Director.—O. C. Nº 13888.—Solicitud Nº 4462.—C-28290.—(IN2012057540).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Auto de apertura por edicto de proceso disciplinario administrativo del expediente Nº 1389-IP-2011-DDL.—Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Sección de Inspección Policial.—San José, a las trece horas del diecisiete de mayo del dos mil doce. De conformidad con los artículos 211, 214, 218, 221, 222, 225, 308 inciso b), 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318, 319 de la Ley General de la Administración Pública; 57, 78, 84 de la Ley General de Policía, 89, 90, 91 del Reglamento de Organización de este Ministerio, 74, 78, 80 inciso c), 91 inciso c) y d), 95, 96 inciso c) y d) del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, procede este Despacho en esta vía a iniciar Procedimiento Administrativo Ordinario Laboral, bajo el expediente 1389-IP-2011-DDL, en contra del servidor José Matamoros Bolaños, portador de la cédula de identidad personal número 2-0507-0779, destacado en la Delegación Policial de Hatillo, San José, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria y de otra índole, que le pueda caber por los hechos que se le imputan, a saber: “1. Actuación irregular como funcionario policial, al presentar aviso de incapacidades por enfermedad y licencias del Hospital San Rafael de Alajuela, que no se ajustan a la verdad, según oficio REDESHSRA-196-11, suscrito por el jefe, Servicio Registros Médicos y Estadísticas del Hospital San Rafael de Alajuela, ello para justificar las siguientes ausencias laborales: A) Boleta N° 0455860 O, para justificar los días del 12 de mayo al 25 de mayo del 2011; B) Boleta 0455874 O, para justificar los días del 28 de mayo al 19 junio del 2011; C) Boleta N° 0455864 O, para justificar los días del 25 del junio al 11 de julio del 2011: D)- Boleta N° 0455871 O, para justificar los días del 12 de julio al 23 de julio del 2011. 2. Ausencias laborales del 8 de agosto del 2011 al 3 de enero del 2012 y del 3 de febrero hasta la actualidad”. 2. Incumplimiento de la obligación de avisar oportunamente a su superior de los motivos de tales ausencias y aportar prueba documentalmente demostrable y con asidero real de la mismas; las cuales, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Lo anterior con sustento en lo previsto en los artículos 81 inciso g del Código de Trabajo y 86 inciso e) y 87 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública 44 del Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Seguridad Pública, el cual es aplicado supletoriamente según el artículo 202 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos a este Ministerio. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Departamento Disciplinario Legal del Ministerio de Seguridad Pública, situado en San José, Zapote, de los semáforos sobre el puente de Casa Presidencial, 100 metros al sur, edificio a mano derecha color azul con ventanales, a partir de las 8:30 horas del decimoquinto día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por la Asistente Laura Guillén Araya, funcionaria de esta Oficina asignada para tal efecto. El mencionado inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba y los alegatos pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano director que dicta ésta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le advierte igualmente al señor Matamoros Bolaños que debe señalar lugar en donde atender futuras notificaciones, caso contrario se le tendrán por notificadas las resoluciones emitidas por este despacho en el transcurso de 24 horas. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucionales, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Departamento Disciplinario Legal.—Lic. Alma Monterrey Rogers, Jefa a. í.—Sección Inspección Policial.—Lic. Gustavo Salazar Madrigal, Jefe.—O. C. Nº 13888.—Solicitud Nº 4459.—C-76260.—(IN2012057537).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

A: Sánchez Mora Martín Gerardo, cédula N° 03-413-400. Expediente Nº 294-12.

HACE SABER:

1)  Que en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de falta grave o de alguna gravedad.

2)  De la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:

a)  Que en su condición de Profesor de Enseñanza Técnico Profesional, especialidad -Informática Educativa- en el centro educativo Liceo de Innovación Educativa Matina de la Dirección Regional de Educación de Limón; no se presentó a laborar los días: 8, 10, 15, 16, 17, 22, 23, 24 de febrero; 1º, 2, 7, 8, 9, 14, 15, 16, 21, 22, 23, 28, 29 y 30 de marzo; 12 de abril, todos del ario 2012. Lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar dentro del término normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver folios del 01 al 19 y del 22 al 47 del expediente de marras).

3)  Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; artículo 42 incisos a) y q), del Reglamento Interior de Trabajo del Ministerio de Educación Pública.

4)  Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que, de no hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.

Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto, hacerse representar por un abogado.

5.  Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Asuntos Disciplinarios de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública cuarto piso Edificio Rofas, ubicado en avenida segunda, frente a la entrada de emergencias del Hospital San Juan de Díos, San José; debiendo señalar medio electrónico o número de fax, Ley de Notificaciones N° 8687, bajo apercibimiento que en caso contrario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas siguientes de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental, y, la no indicación de lugar para recibir notificaciones surtirá los efectos previstos en el artículo de la citada ley.

6.  Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios previstos en el artículo 345 de la Ley General de la Administración Pública.

San José, 4 de mayo del 2012.—MSc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 43746.—C-32900.—(IN2012058121).

A: Segura Brenes William José, cédula N° 03-411-983. Exp. Nº 291-12.

HACE SABER:

1)  Que en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de falta grave o de alguna gravedad.

2)  De la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:

a)  Que en su condición de Profesor de Enseñanza General Básica en el Programa Itinerante de Educación Indígena de Turrialba de la Escuela Sulajú, adscrita de la Dirección Regional de Educación de Turrialba; no se presentó a laborar los días: 08, 09, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28 y 29 de febrero del ario 2012. Lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar dentro del término normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver folios del 01 al 08, 11 al 17 y 19 del expediente de marras).

Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; artículo 42 incisos a) y q), del Reglamento Interior de Trabajo del Ministerio de Educación Pública.

4)  Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que, de no hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.

Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto, hacerse representar por un abogado.

5.  Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Asuntos Disciplinarios de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública cuarto piso Edificio Rofas, ubicado en avenida segunda, frente a la entrada de emergencias del Hospital San Juan de Díos, San José; debiendo señalar medio electrónico o número de fax, Ley de Notificaciones N° 8687, bajo apercibimiento que en caso contrario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas siguientes de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental, y, la no indicación de lugar para recibir notificaciones surtirá los efectos previstos en el artículo de la citada ley.

6.  Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios previstos en el artículo 345 de la Ley General de la Administración Pública.

San José, 4 de mayo del 2012.—MSc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 43744.—C-32900.—(IN2012058125).

Apertura de procedimiento administrativo C/Montero Aguilar Enrique. Resolución Nº 2750-12.

Órgano Director del Procedimiento, a las siete horas veinte minutos del día cuatro de junio del dos mil doce.

Resultando:

1º—Que mediante oficio N° DRH-AD-153-2012 de fecha 04 de mayo del dos mil doce, suscrito por el Msc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, se ordena la apertura de procedimiento administrativo ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de Montero Aguilar Enrique, cédula de identidad 3-0349-0640, Auxiliar de Vigilancia de Centro Educativo, por la presunta comisión de faltas graves o de alguna gravedad en detrimento de los deberes y obligaciones del cargo. (Ver folio: 80 del expediente de marras)

2º—Que mediante Resolución N° 2133-2012 de las nueve horas con veinte minutos del ocho de mayo del dos mil doce, el MSc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos, designa a quien suscribe, como Órgano Director Unipersonal del Procedimiento administrativo tramitado contra Montero Aguilar Enrique (Ver folios 81 y 82 del expediente de marras)

3º—Que lo anterior encuentra sustento en lo establecido en los artículos 211 y siguientes (de la responsabilidad Disciplinaria del Servidor), artículos 214 y siguientes (Del Procedimiento Administrativo), 272 y siguientes (Del acceso al Expediente y sus Piezas) y 308 y siguientes (Del Procedimiento Ordinario), todos de la Ley General de la Administración Pública; 41, 42 y 43 del Estatuto del Servicio Civil, artículos 18 inciso j) y 50 inciso K) de la Ley Orgánica del Ministerio De Educación Pública, así como en los artículos 54 y siguientes del Reglamento Interior de Trabajo del Ministerio de Educación Pública.

4º—Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, se considera procedente dar inicio al Procedimiento Administrativo Ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de la persona investigada, a saber, Montero Aguilar Enrique, cédula de identidad Nº 03-0349-0640, quien se desempeña en el puesto de Auxiliar de Vigilancia en el Centro Educativo Carlos Monge Alfaro de la Dirección Regional de Educación de Cartago, respecto al supuesto hecho que a continuación se detalla:

Que en su condición de Auxiliar de Vigilancia de Centro Educativo en la Escuela Carlos Monge Alfaro de la Dirección Regional de Educación de Cartago, no se presentó a laborar durante los días: 1º, 2, 3, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16,17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29 de febrero, 1º, 2, 5, 6, 7, 8, 9, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29, y 30 de marzo; 9, 10, 12, 13,16, 17, 18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27 y 30 de abril; 2, y 3 de mayo todas del 2012, sin dar aviso oportuno a su superior inmediato, ni presentar justificación posterior alguna dentro del término legalmente establecido. (Ver folios 16 a 78 de la causa de marras).

5º—Que los hechos anteriormente citados -de corroborarse su comisión-constituirían una violación a las obligaciones y prohibiciones del cargo contempladas en el Estatuto de servicio Civil y su Reglamento, Reglamento Interior de Trabajo del Ministerio de Educación Pública y podrían acarrear una sanción que podría ir desde una suspensión sin goce de salario hasta el despido sin responsabilidad patronal de conformidad con artículo 39 a) del Estatuto de Servicio Civil, artículo 50 inciso a) del Reglamento al Estatuto de Servicio Civil; el artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos: 7º, 13, y 23 e) Reglamento de Servicio para los Agentes de Seguridad y Vigilancia del Ministerio de Educación Pública; artículo 42 inciso a) y q), 63 y 72 del Reglamento Interior de Ministerio del Ministerio de Trabajo.

6º—Las pruebas que constituyen la base del procedimiento administrativo disciplinario son las siguientes: folios 16 a 78, del expediente administrativo N° 334-12, mismos que contienen el registro de asistencia debidamente certificado de la funcionaria investigada.

7º—Se apercibe a Montero Aguilar Enrique de que debe señalar medio electrónico o número de fax para recibir futuras notificaciones dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la notificación del presente acto, bajo el apercibimiento de que si no se hiciere o el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere, las resoluciones se tendrán por notificadas automáticamente veinticuatro horas después de dictadas.

8º—Que para los efectos de este procedimiento, se pone a disposición de la persona accionada, el respectivo expediente administrativo, el cual podrá consultar, reproducir o analizar cuantas veces considere necesario. Así mismo se le hace saber que le asiste el derecho de presentar los argumentos de defensa y descargo que considere oportunos, de ofrecer la prueba que considere pertinente, desde este momento y hasta el mismo día de la audiencia, así como hacerse asesorar por un profesional en Derecho que le provea la defensa técnica, si así lo considera pertinente. En caso de aportar prueba testimonial, se le solicita que indique expresamente el nombre, calidades, la dirección respectiva de los testigos junto con la descripción lacónica de los hechos sobre los que versará su deposición, para efectos de confeccionar las citaciones respectivas.

9º—Se cita a Montero Aguilar Enrique a comparecencia oral y privada de ley (artículos 309 y 312 de la Ley General de la Administración Pública), se fija para tales efectos el día primero de agosto del dos mil doce, al ser las nueve horas, en el departamento de asuntos disciplinarios, ubicado frente a la entrada de emergencias del Hospital San Juan De Dios 4º piso del Oficentro Plaza Rofas, San José, oportunidad procedimental en que podrá ejercer su derecho de defensa y se le garantizará el principio constitucional al debido proceso. En esa oportunidad podrá:

1.  Ofrecer (presentar) su prueba, si es que no lo hubiera hecho con antelación o quisiera adicionarla

2.  Obtener su admisión y trámite cuando sea pertinente y relevante

3.  Interrogar a la contraparte, si la hubiera, preguntar y repreguntar a los testigos y peritos cuando los hubiera.

4.  Aclarar, ampliar o reformar su petición o escrito de defensa inicial

5.  Formular conclusiones de hecho y de derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Lo anterior deberá hacerse verbalmente y bajo la sanción de caducidad del derecho para hacerlo si se omite en la comparecencia.

11.—La sede del Órgano Director donde las partes podrán consultar el expediente y presentar su defensa, recusaciones e impugnaciones, será la normal del Departamento de Asuntos Disciplinarios, sito en el Edificio Rofas, frente a la entrada de Emergencias del Hospital San Juan de Dios, 4° Piso, San José.

12.—Conforme lo estipulan los artículos 245 de la Ley General de la Administración Pública y 18 j) de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, se hace saber que contra esta Resolución proceden los recursos ordinarios de Revocatoria y de Apelación, los cuales deben formularse ante esta instancia dentro del término de veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva notificación. El primero será resuelto por este órgano y el segundo por el Despacho del Señor Ministro de Educación.

13.—Notifíquese.

Lic. Cristina Cordero Robles, Órgano Director.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 43745.—C-70500.—(IN2012058128).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Documento Admitido Traslado al Titular

28192-T.—Ref: 30/2012/15892.—Rainbow Agrosciences C/ Fertilizadora Rainbow Ltda.—Documento: cancelación por falta de uso.—Nº y fecha: Anotación/2-76934 de 10/01/2012.—Expediente: 1900-2819200, Registro Nº 28192, Fertilizadora Rainbow en clase 49, Marca Denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 14:48:39 del 24 de abril del 2012.—Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso opuesta como defensa por Alberto Pauly Sáenz, en representación de Rainbow Agrosciences, contra el registro del signo distintivo “Fertilizadora Rainbow”, con el número 28192, para proteger y distinguir “las actividades de la sociedad, sea la producción, venta, distribución y tráfico de productos fertilizantes, San Juan de Tibás”, cuyo propietario es Fertilizadora Rainbow Ltda. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2), 3) y 4) y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—RP2012302890.—(IN2012056685).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Documento admitido traslado al titular. 159859-T. Ref: 30/2011/46373. Little Baby World S. A. Laboratorios Indas S. A. Documento: Cancelación por falta de uso (Little Baby World Sociedad Ano). Nro y fecha: Anotación/2-75426 de 09/11/2011. Expediente: 2005-0009039. Registro Nº 159859 NENE en clase 25 marca denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 13:37:38 del 25 de noviembre de 2011. Conoce este Registro, la solicitud cancelación por falta de uso, promovida por el Francisco Pagone, en calidad de apoderado generalísimo de Little Baby World S. A., contra el registro del signo distintivo NENE, Registro Nº 159859, el cual protege y distingue: Prendas de vestir para bebés y niños, pantalones de entrenamiento y baberos, prendas de vestir de protección desechables para el servicio o para uso industrial como son batas, capuchas y gorras, máscaras, cobertores de botas y zapatos, batas de laboratorio, chaquetas, delantales, monos y guantes de protección, ropa interior, baberos para adultos, pantalones de entrenamiento desechables, en clase 25 internacional, propiedad de Laboratorios Indas S. A. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Bernal E. Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—RP2012303450.—(IN2012057614).

Alejandra Bastida Álvarez, en calidad de representante legal de Investigación de Tecnología Avanzada S. A. de C.V., documento: cancelación por falta de uso (Compañía Numar Sociedad Anónima, número y fecha: anotación /2-75692 de 23/11/2011. Expediente: 1997-0008749, Registro Nº 108936 TRADICION en clase 30 marca denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:23:00 del 24 de febrero de 2012. Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por el Giselle Reuben Hatounian, cédula de identidad 1-1055-703, en calidad de apoderado especial de (Compañía Numar, Sociedad Anónima, contra el registro del signo distintivo TRADICION, Registro Nº 108936, el cual protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas con cereales, pan, bizcochos, tortas; pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; pimienta, vinagre, salsas; especias; hielo. en clase 30 internacional, propiedad de Investigación de Tecnología Avanzada S. A. de C.V.. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente y copia de la solicitud se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesor Jurídico.—RP20123036683.—(IN2012058289).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL PARRITA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La suscrita Jefe Administrativa de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social de Parrita, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. El monto adeudado se refleja al 18 de mayo del 2012 y puede contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

SUCURSAL PARRITA

Número patronal

Nombre patrono

Monto adeudado

¢

2-03101213832-002-001

Grupo Seipro S. A.

2.169.167,00

0-00107760258-001-001

Sánchez Orozco Jorge Emilio

995.381,00

7-00018173377-001-001

Gleason Noindicaotro Sean

761.631,00

7-00018173377-001-002

Gleason Noindicaotro Sean

583.008,00

2-03101374879-001-001

H & W Chancamp S. A.

312.730,00

0-00800510423-001-001

Maldonado Maldonado Édgar Alexis

400.023,00

2-03101407912-001-001

Sueños Río Lindo C V C E R S. A.

254.640,00

0-00203940458-001-001

Cambronero Segura José Alberto

238.930,00

9-00212337002-001-000

Jousif Dlaymi

183.796,00

9-00225756006-001-000

Powers Amy Beth

248.667,00

0-00603140754-001-001

Marin Hidalgo Carolina

231,151.00

0-00108750704-002-001

Cruz Alvarado Juan Luis

170.070,00

9-00240471006-001-000

St. John Gary Lee

174.292,00

2-03002377845-001-001

Asociación Desarrollo Específica Pro Cen Cinai y Bienestar Comunal de Parrita Puntarenas

96.766,00

2-03101591371-001-001

Todo Sobre Ruedas TSR S. A.

75.809,00

0-00112150494-001-001

Torres Astúa Gabriela

73.916,00

9-00055623008-001-000

Asfahl Marvin Gene

106.806,00

2-03101444970-001-001

White Sand Holding S.A.

70.228,00

2-03101428537-001-001

Mar Azul De Playa Bandera M.C. S. A.

95.626,00

0-00601810243-001-001

Jiménez Salazar Eliécer

86,126.00

9-00196475000-001-000

Reyes Buenaventura Ricardo

66.898,00

2-03101184878-002-001

Las Dos Yolis S. A.

19.900,00

0-00106300334-003-001

Díaz González Wálter Rodolfo

1.939.412,00

Área Gestión de Cobro.—Lic. Roxidalia Mora Aguilar.—(IN2012047244).