LA GACETA Nº 132 DEL 9 DE JULIO DEL 2012

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

MINISTERIO DE SALUD

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

DECRETOS

ACUERDOS

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CULTURA Y JUVENTUD

LICITACIONES

SALUD

CULTURA Y JUVENTUD

BANCO DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

SALUD

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

SEGURIDAD PÚBLICA

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

COMERCIO EXTERIOR

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Nº MEP 031-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2012 (Ley Nº 9019 del 20 de diciembre de 2011) y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA

Artículo 1º—Designar al señor Salvador Llinares Ciscar, nacionalidad Española, número de pasaporte AB608640, Experto Matemático del Departamento de Innovación y Formación Didáctica Universidad de Alicante, para que participe en la Escuela-Seminario Internacional “Construcción de capacidades en matemáticas y educación matemática (CANP) Costa Rica: 2012”, que se realizará en Costa Rica, del 4 al 18 de agosto de 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje al exterior, por concepto de alojamiento y manutención serán cubiertos por los Organizadores del Evento. Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de dos mil dólares con cero centavos de dólar ($2.000,00), para un monto total de dos mil dólares con cero centavos de dólar ($2.000,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 3º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 4 al 18 de agosto de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-16450.—(IN2012061528).

Nº MEP 032-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2012 (Ley N° 9019 del 20 de diciembre de 2011) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Eduardo Mancera Martínez, nacionalidad Mexicana, número de pasaporte 04390040628, Matemático, Doctor en Ciencias, para que participe en la Escuela-Seminario Internacional “Construcción de capacidades en matemáticas y educación matemática (CANP) Costa Rica: 2012”, que se realizará en Costa Rica, del 5 al 17 de agosto de 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje al exterior, por concepto de alojamiento y manutención serán cubiertos por los Organizadores del Evento. Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de setecientos ochenta y cinco dólares con cero centavos de dólar ($785,00), para un monto total de setecientos ochenta y cinco dólares con cero centavos de dólar ($785,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 3º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 5 al 17 de agosto de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-16450.—(IN2012061529).

Nº MEP 033-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los señores Roger Luis Rojas Castro, cédula de identidad Nº 204280635, Director de Enseñanza General Básica 2 del Centro Educativo Domingo Vargas Aguilar; Oscar Rojas Alpízar, cédula de identidad Nº 205760721, Profesor de Enseñanza Media del Liceo Rural Venado; María del Carmen Esquivel García, cédula de identidad Nº 203730883, Profesora de Enseñanza General Básica 1 de la Escuela La Unión de Monterrey; Ofelia Méndez Sánchez, cédula de identidad Nº 203840898, Docente Educación Básica de la Escuela Jamaica; Alida León Chaves, cédula de identidad Nº 203450827, Directora de Enseñanza General Básica I de la Escuela La Perla; Rosa Alba Salazar Fernández, cédula de identidad Nº 203490896, Docente de la Escuela Jamaica; Lesbia Hernández Espinoza, cédula de identidad Nº 8060646, Profesor de Enseñanza General Básica I de la Escuela El Tanque; Leonor Víctor Sánchez, cédula de identidad Nº 5257681, Profesora Enseñanza Unidocente de la Escuela Santa Eulalia; María Ester Vega Cabezas, cédula de identidad Nº 204100865, Docente Educación Básica de la Escuela La Trinidad y Noilyn María Esquivel Varela, cédula de identidad Nº 205600564, Profesora de Enseñanza General Básica I de la Escuela La Trinidad, para que participen en la Pasantía Internacional “Hermanando Sueños”, que se realizará en El Salvador, del 24 de marzo al 1º de abril de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte terrestre de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: los interesados.

Artículo 3º—Que durante los días del 24 de marzo al 1º de abril de 2012, en que se autoriza la participación de los señores Roger Luis Rojas Castro, Oscar Rojas Alpízar, María del Carmen Esquivel García, Ofelia Méndez Sánchez, Alida León Chaves, Rosa Alba Salazar Fernández, Lesbia Hernández Espinoza, Leonor Víctor Sánchez, María Ester Vega Cabezas y Noilyn María Esquivel Varela en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 24 de marzo al 1º de abril de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-16450.—(IN2012061530).

Nº MEP 034-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los señores Duley José Mejía Sequeira, cédula de identidad Nº 503190433, Profesor de Enseñanza General Básica 1 de la Escuela Colonia Paris de Monterrey; María del Carmen Pérez Vargas, cédula de identidad Nº 204870631, Profesora de Enseñanza Básica de la Escuela Puente Casa; Roxana Rodríguez Aragonés, cédula de identidad Nº 106330718, Profesora de Enseñanza General Básica 1 de la Escuela San Marcos de Cutris; María Cecilia Mora Arce, cédula de identidad Nº 106690936, Asistente de Supervisión del Circuito 01 de la Dirección Regional de Puriscal; Sonia Elizabeth Torres Rodríguez, cédula de identidad Nº 203260285, Supervisora Centros Educativos del Circuito 11 de la Dirección Regional Educativa de San Carlos y Viviana Castillo Ramírez, cédula de identidad Nº 110810110, Docente de Preescolar de la Escuela San Antonio, para que participen en la Pasantía Internacional “Hermanando Sueños”, que se realizará en El Salvador, del 24 de marzo al 1º de abril de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte terrestre de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por los interesados.

Artículo 3º—Que durante los días del 24 de marzo al 1º de abril de 2012, en que se autoriza la participación de los señores Duley José Mejía Sequeira, María del Carmen Pérez Vargas, Roxana Rodríguez Aragonés, María Cecilia Mora Arce, Sonia Elizabeth Torres Rodríguez y Viviana Castillo Ramírez en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 24 de marzo al 1º de abril de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-16450.—(IN2012061531).

Nº MEP 035-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2012 (Ley N° 9019 del 20 de diciembre de 2011) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Nelson José Sánchez Valverde, cédula de identidad Nº 1-1182-0320, Director de la Secretaría Técnica de Coordinación Regional (STCR), para que participe en el Seminario “¿Para qué y cómo evaluar a los docentes en América Latina?”, que se realizará en la Ciudad de Distrito Federal- México, del 11 al 14 de abril de 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje al exterior, por concepto de alojamiento y manutención serán cubiertos por los Organizadores del Evento. Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de setecientos veinte dólares con cero centavos de dólar ($720,00), para un monto total de setecientos veinte dólares con cero centavos de dólar ($720,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 3º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 4º—Que durante los días del 11 al 14 de abril de 2012, en que se autoriza la participación de al señor Nelson José Sánchez Valverde en el Foro, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente Acuerdo rige a partir del 11 al 14 de abril de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-16450.—(IN2012061532).

Nº MEP 036-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Kenia Rodríguez Ocaña, cédula de identidad Nº 800980596, Profesora de Educación Física de la Escuela Líder Pbro. Pedro María Badilla Bolaños, para que participe en el “Campo de Entrenamiento de Judo”, que se realizará en San Salvador-El Salvador, del 14 al 30 de marzo de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Federación Costarricense de Judo.

Artículo 3º—Que durante los días del 14 al 30 de marzo de 2012, en que se autoriza la participación de la señora Kenia Rodríguez Ocaña en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 14 al 30 de marzo de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-9400.—(IN2012061533).

Nº MEP 037-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2012 (Ley N° 9019 del 20 de diciembre de 2011) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Elsie Criseida Campos Díaz, cédula de identidad Nº 502300894, Asesora del Ministro de Educación Pública, para que participe en las reuniones “ATC21S National Project Manager Workshop, ATC21S National Project Manager Meeting – Costa Rica y ATC21S Seminar”, que se realizará en Canadá, del 15 al 18 de abril de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Assessment and Teaching of 21st Century Skills Project.

Artículo 3º—Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados, mediante la subpartida presupuestaria 10503, del mismo Programa 550-00 y los gastos correspondientes al alojamiento y manutención que serán cubiertos en la subpartida 10504 del mismo programa. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—Que durante los días del 15 al 18 de abril de 2012, en que se autoriza la participación de la señora Elsie Criseida Campos Díaz en las reuniones, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente Acuerdo rige a partir del 15 al 18 de abril de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-10340.—(IN2012061534).

Nº MEP 038-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Olga Yadira Valenciano Solís, cédula de identidad Nº 203820874, Profesora de Educación General Básica de la Escuela Líder Santa Rosa, para que participe en la Pasantía Internacional “Hermanando Sueños”, que se realizará en El Salvador, del 24 de marzo al 1º de abril de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte terrestre de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la interesada.

Artículo 3º—Que durante los días del 24 de marzo al 1º de abril de 2012, en que se autoriza la participación de la señora Olga Yadira Valenciano Solís en la pasantía, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 24 de marzo al 1º de abril de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-9400.—(IN2012061535).

Nº MEP 039-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los señores Andrés Sancho Barrantes, cédula de identidad Nº 107110327, Docente de Educación Física del Liceo José Joaquín Vargas Calvo y Kenia Rodríguez Ocaña, cédula de identidad Nº 800980596, Profesora de Educación Física de la Escuela Líder Pbro. Pedro María Badilla Bolaños, para que participen en el “Campeonato Panamericano de Judo Mayor”, que se realizará en Canadá, del 26 al 30 de abril de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Federación Costarricense de Judo.

Artículo 3º—Que durante los días del 26 al 30 de abril de 2012, en que se autoriza la participación de los señores Andrés Sancho Barrantes y Kenia Rodríguez Ocaña en el campeonato, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 26 al 30 de abril de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-9400.—(IN2012061536).

Nº MEP 040-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Jorge Arturo Rojas Vargas, cédula de identidad Nº 205870825, Encargado de Programas Huertas Estudiantiles de la Dirección de Programas de Equidad, para que participe en el Curso “La Huerta Escolar como Estrategia de Educación Alimentaria en el Ámbito de Programas de Alimentación Escolar Sustentable”, que se realizará en Brasil, del 7 al 14 de abril de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Agencia de Cooperación Brasileña.

Artículo 3º—Que durante los días del 7 al 14 de abril de 2012, en que se autoriza la participación del señor Jorge Arturo Rojas Vargas en el curso, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 7 al 14 de abril de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-9400.—(IN2012061537).

Nº MEP 043-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2012 (Ley N° 9019 del 20 de diciembre de 2011) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Fabio Jiménez Castro, cédula de identidad Nº 1-0996-0423, Director de la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, para que participe en la “31° Reunión Ordinaria del Consejo de Ministros de Educación y de Cultura de la CECC/SICA”, que se realizará en Tegucigalpa-Honduras, del 17 al 19 de mayo de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: CECC/SICA.

Artículo 3º—Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados, mediante la subpartida presupuestaria 10503, y los gastos conexos autorizados correspondientes a llamadas telefónicas oficiales y uso de Internet, que serán reembolsados en la subpartida 10204 de Servicio de Telecomunicaciones estas subpartidas del mismo Programa 550-00. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—Que durante los días del 17 al 19 de mayo de 2012, en que se autoriza la participación del señor Fabio Jiménez Castro en la Reunión, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente Acuerdo rige a partir del 17 al 19 de mayo de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-10340.—(IN2012061538).

Nº MEP 045-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Gellem María Miranda Valverde, cédula de identidad Nº 2-0567-0211, Profesora Enseñanza Media en Ciencias del Liceo Teodoro Picado, para que participe en el “VII Congreso Internacional de las Ciencias y al XII Taller Internacional sobre la Enseñanza de la Física”, que se realizará en Habana-Cuba, del 18 al 24 de marzo de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la interesada.

Artículo 3º—Que durante los días del 18 al 24 de marzo de 2012, en que se autoriza la participación de la señora Gellem María Miranda Valverde en el Congreso y al Taller, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 18 al 24 de marzo de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-9400.—(IN2012061539).

Nº MEP 046-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a las señoras Katia Thomas Quirós, cédula de identidad Nº 106300680, Profesora de Informática de la Escuela Nuestra Señora de Sión y Jardín de Niños Turrialba y María Auxiliadora Álvarez Quirós, cédula de identidad Nº 1064400859, Docente de la Escuela Nuestra Señora de Sión y Jardín de Niños Turrialba, para que participen en la “II Asamblea Internacional de las Escuelas de Nuestra señor Sión”, que se realizará en Jerusalén-Israel, del 5 al 20 de mayo de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Nostra Signora di Sion.

Artículo 3º—Que durante los días del 5 al 20 de mayo de 2012, en que se autoriza la participación de las señoras Katia Thomas Quirós y María Auxiliadora Álvarez Quirós en la Asamblea, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 5 al 20 de mayo de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-9400.—(IN2012061540).

Nº MEP 047-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor José Humberto Carballo Araya, cédula de identidad Nº 108850483, Profesor de Francés del Liceo Rodrigo Facio Brenes, para que participe en el Seminario “L´éscrit en clase de FLE”, que se realizará en Panamá, del 15 al 19 de abril de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Alianza Francesa.

Artículo 3º—Que durante los días del 15 al 19 de abril de 2012, en que se autoriza la participación del señor José Humberto Carballo Araya en el Seminario, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 15 al 19 de abril de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-9400.—(IN2012061541).

Nº MEP 048-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Marisol Cubero Cárdenas, cédula de identidad Nº 2-0381-0595, Asesora Proyectos y Banca y Finanzas del Departamento Especialidades Técnicas del DETCE, para que participe en la “Feria Internacional de Ciencia e Ingeniería de Intel”, que se realizará en Pensilvania-Estados Unidos, del 13 al 20 de mayo de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Intel Costa Rica y Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Artículo 3º—Que durante los días del 13 al 20 de mayo de 2012, en que se autoriza la participación de la señora Marisol Cubero Cárdenas en la Feria, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 13 al 20 de mayo de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-9400.—(IN2012061542).

Nº MEP 049-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Carmen Eugenia Vega Muñoz, cédula de identidad Nº 303670455, Enseñanza Técnico Profesional Música de la Escuela Municipal de Música de la Unión, para que participe en el “Festival Musical con un Concierto de Dúo con Trastes, música clásica dentro del marco de la Semana Internacional de la Guitarra”, que se realizará en la Isla Guadalupe, del 11 al 14 de abril de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Organizadores del Evento.

Artículo 3º—Que durante los días del 11 al 14 de abril de 2012, en que se autoriza la participación de la señora Carmen Eugenia Vega Muñoz en el Festival, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 11 al 14 de abril de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-9400.—(IN2012061543).

Nº MEP 050-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Aldo Rodríguez Delgado, cédula de identidad Nº 800980471, Profesor de Guitarra del Conversatorio de Castella, para que participe en el “Concierto de Guitarra Clásica y al Intercambio Pedagógico”, que se realizará en Estados Unidos, del 21 al 28 de abril de 2012.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el interesado.

Artículo 3º—Que durante los días del 21 al 28 de abril de 2012, en que se autoriza la participación del señor Aldo Rodríguez Delgado en el Concierto y al Intercambio, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente Acuerdo rige a partir del 21 al 28 de abril de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los nueve días del mes de abril del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-9400.—(IN2012061544).

Nº MEP 073-2012

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2011 (Ley N° 8908 del 2 de diciembre de 2010) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Mario Mora Quirós, cédula de identidad N° 1-571-071, Viceministro de Planificación y Coordinación Regional del Ministerio de Educación Pública, para que participe en la “Reunión de Ministros de Educación del Hemisferio”, que tendrá lugar en Ciudad Panamá-Panamá, los días 18 y 19 de junio de 2012.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por el Ministerio de Educación de la República de Panamá.

Artículo 3º—Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa Presupuestario 550-00, mediante la subpartida presupuestaria 10503 y los gastos de alimentación que no estén cubiertos por los organizadores del evento, serán reembolsados por la subpartida 10504. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—Que durante los días del 17 al 20 de junio de 2012, en que se autoriza la participación del señor Mario Mora Quirós en la Reunión, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente Acuerdo rige a partir del día 17 al 20 de junio de 2012.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil doce.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 11906.—C-15040.—(IN2012059273).

MINISTERIO DE SALUD

Nº DM-FP-1523-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a las funcionarias Lic. Alejandra Acuña Navarro, cédula Nº 1-539-613, Directora a. í. de Planificación Estratégica y evaluación de las Acciones en Salud y a la Dra. Teresita Solano Chinchilla, cédula Nº 1-430-380, funcionaria de la Dirección de Vigilancia de la Salud, para que asistan y participen en la “Consulta Regional de Socios del Caribe y Centro América sobre Consejería y Prueba de HIV”; que se llevará cabo en la Ciudad de Panamá, Panamá, del 24 al 26 de abril del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de las funcionarias Lic. Alejandra Acuña Navarro y la Dra. Teresita Solano Chinchilla, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de las funcionarias en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario las funcionarias Lic. Alejandra Acuña Navarro y la Dra. Teresita Solano Chinchilla, estarán saliendo el día 23 de abril y regresarán el 27 de abril del 2012.

Artículo 5º—Rige del 23 de abril al 27 de abril del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31937.—C-15980.—(IN2012061553).

Nº DM-FP-1524-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la funcionaria M.EPPS. Anargerie Solano Siles, cédula Nº 3-204-195, funcionaria de la Dirección de Garantía de Acceso a los Servicios de Salud, para que asista y participe en el “Taller Subregional sobre Gestión de Residencias Médicas para los países de Centroamérica y República Dominicana”; que se llevará cabo en la Ciudad de San Salvador, Salvador, los días del 25 al 28 de abril del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de la funcionaria M.EPPS. Anargerie Solano Siles, cédula Nº 3-204-195, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Secretaría Ejecutiva del Consejo de ministros de Salud de Centroamérica (SE-COMISCA), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario funcionaria M.EPPS. Anargerie Solano Siles, estará saliendo el día 24 y regresará el 29 de abril del 2012.

Artículo 5º—Rige del 24 de abril al 29 de abril del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31938.—C-15980.—(IN2012061554).

Nº DM-FP-1567-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Dr. Danilo Arrones García, cédula Nº 1-722-217 y la Dra. Diana Víquez Herrera, cédula Nº 2-624-454, funcionarios de la Dirección de Regulación de la Salud, para que asistan y participen en el “Curso de Buenas Prácticas de Manufactura en Fabricación de Medicamentos”; que se llevará cabo en la Ciudad de San Salvador, El Salvador, del 30 de abril al 5 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de los funcionarios Dr. Danilo Arrones García, cédula Nº 1-722-217 y la Dra. Diana Víquez Herrera, cédula Nº 2-624-454, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Fondo España/SICA/COMISCA y el proyecto subregional de medicamentos de la OPS/OMS, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario el Dr. Danilo Arrones García y la Dra. Diana Víquez Herrera, estarán saliendo el día 29 de abril y regresando el día 6 de mayo del 2012.

Artículo 5º—Rige del 29 de abril al 6 de mayo del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los veintiséis días del mes de abril del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31939.—C-15980.—(IN2012061555).

Nº DM-FP-1568-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los funcionarios Dr. Juan Carlos Valverde Muñoz, cédula Nº 1-1011-325, funcionario de la Dirección de Garantía de Acceso a los Servicios de Salud, la Lic. Gloriela Brenes Murillo, cédula Nº 1-741-195, funcionaria de la Dirección de Vigilancia de la Salud y la Lic. Cindy Valverde Manzanares, cédula Nº 1-102-3903, funcionaria de la Dirección de Vigilancia de la Salud, para que asistan y participen en el “Taller Regional “Análisis en el Contexto de Vigilancia de Segunda Generación del VIH/sida y sus Herramientas”; que se llevará cabo en la Ciudad de Guatemala, Guatemala, del 9 al 11 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de los funcionarios Dr. Juan Carlos Valverde Muñoz, cédula Nº 1-1011-325, la Lic. Gloriela Brenes Murillo, cédula Nº 1-741-195 y la Lic. Cindy Valverde Manzanares, cédula Nº 1-102-3903, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Secretaria Ejecutiva del Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica y República Dominicana (SE-COMISCA), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario los funcionarios Dr. Juan Carlos Valverde Muñoz, la Lic. Gloriela Brenes Murillo y la Lic. Cindy Valverde Manzanares, estarán saliendo el día 8 de mayo y regresando el día 11 de mayo del 2012.

Artículo 5º—Rige del 8 de mayo al 12 de mayo del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los tres días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31940.—C-15980.—(IN2012061556).

Nº DM-FP-1575-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Lic. Rosibel Méndez Briceño, cédula Nº 1-552-841, funcionaria de la Dirección de Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud, para que asista y participe en el “Taller de Trabajo sobre Acciones innovadoras para la implementación de estrategias costo-efectivas en salud materno-infantil en la región Mesoamericana”; que se llevará cabo en la Ciudad de Panamá, Panamá, durante los días 16 y 17 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de la Lic. Rosibel Méndez Briceño, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Coalición para los Insumos de Salud Reproductiva, Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y el foro LAC, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario la Lic. Rosibel Méndez Briceño, estará saliendo el día 15 de mayo y regresando el día 18 de mayo del 2012.

Artículo 5º—Rige del 15 de mayo al 18 de mayo del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31941.—C-15980.—(IN2012061557).

Nº DM-FP-1576-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Ing. Arturo Navarro Arias, cédula Nº 9-024-138, funcionario de la Dirección de Regulación de la Salud, para que asista y participe en el “Taller Regional de Reportes e Inventarios Nacionales del Convenio de Basilea”; que se llevará cabo en la Ciudad de San Salvador, El Salvador, del 23 al 25 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje del Ing. Arturo Navarro Arias, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Centro Regional del Convenio de Basilea para Centroamérica y México (CRCB-CAM), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario el Ing. Arturo Navarro Arias, estará saliendo el día 22 y regresando el día 26 de mayo del 2012.

Artículo 5º—Rige del 22 de mayo al 26 de mayo del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31942.—C-15980.—(IN2012061558).

Nº DM-FP-1577-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los funcionarios Dr. Roberto Arroba Tijerino, cédula de residencia Nº 172400116321, el Lic. Erick Rodríguez Steller, cédula Nº 2-447-493 y la Lic. Rosy León Vindas, cédula Nº 1-418-885, funcionarios de la Dirección de Garantía de Acceso a los Servicios de Salud, para que asistan y participen en el “Taller Evaluaciones Económicas para la Toma de Decisiones Sanitarias en Inmunizaciones en América Latina-Módulo 2012”; que se llevará cabo en la Ciudad de México, México, del 14 al 16 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de los funcionarios Dr. Roberto Arroba Tijerino, el Lic. Erick Rodríguez Steller y la Lic. Rosy León Vindas, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Instituto de Efectividad Clínica y Sanitaria (IECS), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario los funcionarios Dr. Roberto Arroba Tijerino, el Lic. Erick Rodríguez Steller y la Lic. Rosy León Vindas, estarán saliendo el día 13 y regresando el día 17 de mayo del 2012.

Artículo 5º—Rige del 13 al 17 de mayo del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31943.—C-15980.—(IN2012061559).

Nº DM-FP-1578-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la funcionaria MSc. Margarita Claramunt Garro, cédula Nº 1-585-321, funcionaria de la Dirección de Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud, para que asista y participe en la “Reunión con la Red CARMEN (Conjunto de Acciones para la Reducción y Manejo de las Enfermedades No Transmisibles)” y el “Foro Panamericano de Acción sobre las Enfermedades No Transmisibles (ENT)”; que se llevará cabo en la Ciudad de Brasilia, Brasil, del 7 al 9 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de la funcionaria MSc. Margarita Claramunt Garro, cédula Nº 1-585-321, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario la funcionaria MSc. Margarita Claramunt Garro, estará saliendo el día 6 de mayo y regresará el día 10 de mayo del 2012.

Artículo 5º—Rige del 6 de mayo al 10 de mayo del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31944.—C-15980.—(IN2012061561).

Nº DM-FP-1630-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Dr. Roberto Arroba Tijerino, cédula Nº 172400116321, funcionario de la Dirección de Garantía de Acceso a los Servicios de Salud, para que asista y participe en la “Reunión del National Advisory Committee on Immunization (NACI)”; que se llevará a cabo del 23 al 25 de mayo del 2012 en la Ciudad de Ottawa, Canadá.

Artículo 2º—Los gastos del Dr. Roberto Arroba Tijerino, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Canadian Public Health Association (CPHA), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario el Dr. Roberto Arroba Tijerino, estará saliendo el día 22 de mayo y regresando el día 26 mayo del 2012.

Artículo 5º—Rige del 22 de mayo al 26 de mayo del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los once días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31945.—C-15980.—(IN2012061560).

Nº DM-FP-1639-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Lic. Alejandra Acuña Navarro, cédula Nº 1-539-613, Directora a. í. Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud, para que asista y participe en el “Taller de la Estrategia Integral de Condones para el personal de las oficinas locales de UNFPA y Socios Económicos”; que se llevará cabo en la Ciudad de Panamá, Panamá, del 21 al 24 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos de la Lic. Alejandra Acuña Navarro, por concepto de transporte, alimentación y el hospedaje, serán cubiertos por el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario la Lic. Alejandra Acuña Navarro, estará saliendo el día 20 de mayo y regresando el día 25 de mayo del 2012.

Artículo 5º—Rige del 20 de mayo al 25 de mayo del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los dieciséis días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31946.—C-15980.—(IN2012061552).

Nº DM-FP-1640-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Dr. José Luis Garcés Hernández, cédula Nº 1-323-560, funcionario de la Dirección de Vigilancia de la Salud, para que asista y participe en la “11ª Reunión Regional de Gerentes de Programas para la Eliminación de la Filariasis Linfática y la 10ª Reunión Regional del Grupo de Revisión de Programas de Filariasis Linfática”; que se llevará a cabo en la Ciudad de Brasilia, Brasil, del 29 al 31 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje del Dr. José Luis Garcés Hernández, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje, serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario el Dr. José Luis Garcés Hernández, estará saliendo el día 28 de mayo y regresando el 1º de junio del 2012.

Artículo 5º—Rige del 28 de mayo al 1º de junio del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los dieciséis días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31947.—C-15980.—(IN2012061551).

Nº DM-FP-1641-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Lic. Gloriela Alfaro Alfaro, cédula Nº 1-790-27, funcionaria de la División Administrativa y la Dra. Margarita Benavides Santos, cédula Nº 4-106-752, funcionaria de la Dirección de Garantía de Acceso a los Servicios de Salud, para que asistan y participen en el “Taller Regional para la Validación del Reglamento General para la Negociación Conjunta y Compra de Medicamentos de Centroamérica y República Dominicana”; que se llevará a cabo en la Ciudad de Tegucigalpa, Honduras, los días 14 y 15 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de las funcionarias la Lic. Gloriela Alfaro Alfaro, y la Dra. Margarita Benavides Santos, por concepto de transporte, alimentación y el hospedaje, serán cubiertos por la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica y República Dominicana (COMISCA), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de las funcionarias en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario las funcionarias la Lic. Gloriela Alfaro Alfaro y la Dra. Margarita Benavides Santos, estarán saliendo el día 13 de mayo y regresando el día 16 de mayo del 2012.

Artículo 5º—Rige del 13 de mayo al 16 de mayo del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los once días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31948.—C-15980.—(IN2012061562).

Nº DM-FP-1652-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la MSc. Cecilia Gamboa Cerdas, cédula Nº 1-444-994, funcionaria de la Dirección de Planificación y Evaluación de las Acciones en Salud, para que asista y participe en el “Congreso XXVI sobre avances en Metabolismo y Soporte Nutricional”; que se llevará cabo en la Ciudad de Medellín, Colombia, durante los días del 26 al 28 de abril del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de la MSc. Cecilia Gamboa Cerdas, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Federación Nacional de Avicultores de Colombia, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario MSc. Cecilia Gamboa Cerdas, estará saliendo el día 25 de abril y regresará el 29 de abril del 2012.

Artículo 5º—Rige del 25 al 29 de abril del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los veinte días del mes de abril del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31949.—C-15980.—(IN2012061550).

Nº DM-FP-1653-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Lic. Alejandra Acuña Navarro, cédula Nº 1-539-613, Directora a. í. de Planificación Estratégica y evaluación de las Acciones en Salud, para que asista y participe en la “Quinta Reunión del Comité Ejecutivo para la implementación de la Agenda y Plan de salud de Centroamérica y República Dominicana (CEIP)”; que se llevará cabo en la Ciudad de Tegucigalpa, Honduras, durante los días 15 y 16 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de la funcionaria Lic. Alejandra Acuña Navarro, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Secretaria Ejecutiva del Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica y República Dominicana (SE-COMISCA), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario la funcionaria Lic. Alejandra Acuña Navarro, estará saliendo el día 14 de mayo y regresará el 17 de mayo del 2012.

Artículo 5º—Rige del 14 de mayo al 17 de mayo del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los once días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31950.—C-15980.—(IN2012061549).

Nº DM-FP-1654-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la Dra. Hilda Salazar Bolaños, cédula Nº 2-291-1071, funcionaria de la Dirección de Vigilancia de la Salud, para que asista y participe en la “Reunión Anual de Vigilancia de Influenza 2012”; que se llevará cabo en la Ciudad de Panamá, Panamá, durante los días del 13 al 15 de junio del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de la Dra. Hilda Salazar Bolaños, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Programa Regional de Influenza de la Oficina Regional de los CDC para Centroamérica, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario Dra. Hilda Salazar Bolaños, estará saliendo el día 12 de junio y regresará el 16 de junio del 2012.

Artículo 5º—Rige del 12 al 16 de junio del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los veintiocho días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31951.—C-15980.—(IN2012061548).

Nº DM-FP-1666-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la funcionaria MSc. Margarita Claramunt Garro, cédula Nº 1-585-321, funcionaria de la Dirección de Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud, para que asista y participe en el “Taller para revisión del proceso de la Política Regional de Seguridad Alimentaria y Nutricional”; que se llevará cabo en la Ciudad de El Salvador, El Salvador, del 28 al 30 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de la funcionaria MSc. Margarita Claramunt Garro, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana (SG-SICA), por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario la funcionaria MSc. Margarita Claramunt Garro, estará saliendo el día 27 de mayo y regresará el día 31 de mayo del 2012.

Artículo 5º—Rige del 27 de mayo al 31 de mayo del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los veinticuatro días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31952.—C-15980.—(IN2012061547).

Nº DM-FP-1668-12

LA MINISTRA DE SALUD

Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25, párrafo 1 y 28, aparte segundo, inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la funcionaria Dra. Teresita Solano Chinchilla, cédula Nº 1-430-380, funcionaria de la Dirección de Vigilancia de la Salud, para que asista y participe en la “Reunión sobre el Fortalecimiento de Programas y Servicios Integrales del VIH y Salud Sexual/Reproductiva para la Eliminación de la Transmisión Materno Infantil del VIH y la Sífilis Congénita en Mesoamérica y el Caribe”; que se llevará cabo en la Ciudad de El Salvador, El Salvador, del 30 de mayo al 1º de junio del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del viaje de la funcionaria Dra. Teresita Solano Chinchilla, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud a través de fondos de CIDA y Noruega, en colaboración con socios como Health Focuz (GIZ), UNICEF y UNFPA, por lo que no existe gasto a cargo del erario público.

Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Para efectos de itinerario la funcionaria Dra. Teresita Solano Chinchilla, estará saliendo el día 29 de mayo y regresará el día 2 de junio del 2012.

Artículo 5º—Rige del 29 de mayo al 2 de junio del 2012.

Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los veinticuatro días del mes de mayo del dos mil doce.

Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31953.—C-15980.—(IN2012061546).

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Nº MNCR/MCJ/005-2012

EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28, inciso 1 de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en el artículo 9º de la Directriz Nº 7 del 29 de noviembre de 1991; en el artículo único de la Ley Nº 8367 Exención del pago de los derechos de salida del territorio nacional para quienes representen al país en actividades deportivas, artísticas y culturales en el exterior del 24 de julio de 2003 y el artículo 40 del Estatuto del Servicio Civil.

Considerando:

1º—Que el Ministerio de Cultura y Juventud, específicamente el Museo Nacional de Costa Rica tiene interés en que los señores María Marlene Perera García y Olman Solís Alpízar, participen en el Taller Regional: Segunda Etapa del Proyecto Fortalecimiento de Políticas Públicas para el Sector Museos de Centroamérica” a realizarse en la Ciudad de Guatemala, del 12 al 16 de mayo del 2012.

2º—Que la participación de estos funcionarios en la citada actividad es de interés para el Ministerio de Cultura y Juventud, específicamente para el Museo Nacional de Costa Rica ya que constituye un valioso espacio para el intercambio de experiencias y conocimientos en el marco de la Red Centroamericana de Museos.

3º—Que la Junta Administrativa del Museo Nacional de Costa Rica, Acuerdo A-11-1146 de fecha 8 de mayo del 2012, lee concedió permiso con goce de salario del 12 al 16 de mayo del 2012.

4º—Que los señores Perera García y Solís Alpízar deberán salir del país el 12 de mayo del 2012 y regresarán el 16 del mismo mes. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los señores María Marlene Perera García, cédula de identidad número 1-0422-0954 y Olman Solís Alpízar, cédula de identidad número 1-0624-0751, para que participen el Taller Regional: Segunda Etapa del Proyecto Fortalecimiento de Políticas Públicas para el Sector Museos de Centroamérica” a realizarse en la Ciudad de Guatemala, del 12 al 16 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Durante los días del 12 al 16 de mayo del 2012, señores Perera García y Solís Alpízar devengarán el 100% de su salario.

Artículo 3º—Los organizadores de la actividad les cubren los gastos de transporte, alojamiento, alimentación, seguros y otros gastos menores. Los funcionarios cubrirán los gastos de impuestos de salida del país.

Artículo 4º—Rige del 12 al 16 de mayo del 2012.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 11 días del mes de mayo del 2012.

Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 16344.—Solicitud Nº 07396.—C-24440.—(IN2012061565).

Nº 065-2012-C.—San José, 27 de abril de 2012.

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en lo establecido por los artículos 140, inciso 2, y 146 de la Constitución Política, 25, inciso 1 de la Ley General de Administración Pública y 2º del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Ministerio de Cultura y Juventud, destacado en el Museo de Arte y Diseño Contemporáneo a la señora Sandra Lezcano Morales, cédula de identidad Nº 6-0174-0935, en el puesto de Trabajador Calificado de Servicio Civil 1, número 501057, escogida de Nómina de Elegibles Número 013-2012 del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de mayo de 2012.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—O. C. Nº 108.—Solicitud Nº 3169.—C-10340.—(IN2012059686).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 0142-2012

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que el señor Manuel Emilio Montero Anderson, mayor, casado, abogado, portador de la cédula de identidad número 1-500-541, vecino de San José, en su condición de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de la empresa E.P.C. Ingeniería & Servicios de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-635740, presentó solicitud para acogerse al Régimen de Zonas Francas ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), de conformidad con la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que la instancia interna de la administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa E.P.C. Ingeniería & Servicios de Costa Rica S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 10-2012 de fecha 25 de abril de 2012, acordó recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la mencionada empresa, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

III.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa E.P.C. Ingeniería & Servicios de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-635740, (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Industria de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.

2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en un centro de servicios de apoyo administrativo, desarrollo y soporte de tecnologías de información y diseño y desarrollo de proyectos industriales.

3º—La beneficiaria operará en el parque industrial denominado Administradora de Parques Zona Franca Génesis S. A., ubicado en la provincia de San José.

4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27, párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27, párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.

Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.

5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.

Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley Nº 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.

6º—La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 15 trabajadores, a más tardar el 26 de marzo de 2014. Asimismo, se obliga a realizar y mantener una inversión nueva inicial y mínima total en activos fijos de al menos $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 26 de marzo de 2015. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de un 65,05%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento del nivel de inversión nueva inicial y mínima total en activos fijos de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con el nivel mínimo de inversión anteriormente señalado.

7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 1º de agosto de 2012. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.

8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.

9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Además, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley Nº 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.

11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.

Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

12.—Las directrices que, para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.

13.—El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables.

14.—La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.

15.—De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente. Asimismo, la empresa deberá registrarse como patrono en el sistema que la Caja Costarricense de Seguro Social disponga para ello, a partir de la fecha en que se le notifique el ingreso al Régimen de Zonas Francas.

16.—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil doce.

LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Comercio Exterior a. í., Fernando Ocampo Sánchez.—1 vez.—RP2012305681.—(IN2012061799).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 000794.—Poder Ejecutivo.—San José, a las once horas y tres minutos del día dieciséis del mes de mayo del dos mil doce.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Ampliación Plan Maestro del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós (Liberia) Face-C”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° DABI 2012-0382 de 23 de marzo del 2012, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 091996-000, cuya naturaleza es terreno de potrero, situado en el distrito 01Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste, con una medida de 53 882,39 metros cuadrados y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con quebrada en medio de Juan Erenesto Morales Ramos; al sur, con calle pública con un frente a ella de 284,58 metros; al este, con La Mirucha S. A., y al oeste, con Loma Larga S. A.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 53 882,39 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de potrero, situado en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° G-47227-1992. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Ampliación Plan Maestro del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós (Liberia) Face-C”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 28.712 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado N° G-47227-1992, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 53 882,39 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 091996-000.

b)  Naturaleza: terreno de potrero.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° G-47227-1992.

d)  Propiedad: Navajo de Guanacaste S. A., cédula jurídica N° 3-101-140748, representado por el señor John Gillen Clare, cédula Nº 1-389-060.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 53 882,39 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Ampliación Plan Maestro del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós (Liberia) Face-C”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 091996-000, situado en el distrito 01Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste y propiedad de Navajo de Guanacaste S. A., cédula jurídica N° 3-101-140748, representado por el señor John Gillen Clare, cédula N° 1-389-060, una área total de 53 882,39 metros cuadrados y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado N° G-47227-1992, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Ampliación Plan Maestro del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós (Liberia) Face-C”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes a. í., Ing. Luis Llach Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 22786.—Solicitud Nº 41756.—C-65800.—(IN2012061577).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de San Miguel Oeste de Naranjo, Alajuela. Por medio de su representante: Olga Marta Gerarda Pérez Marín, portadora de la cédula de identidad N° 2-392-358 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículos N° 17, para que en adelante se le agregue así:

Artículo N° 17:

Para que se agregue y modifique que se permite la elección en votación secreta de la forma nominal o por aclamación o en la forma más conveniente que determine la Asamblea para agilizar el proceso de elección, siempre por mayoría simple de los votos presentes, durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelectos indefinidamente. Dicha reforma es visible a folio 102 frente del expediente de la organización comunal en mención fotocopia que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afiliados celebrada el día 21 de abril del 2012.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, 20 de junio del 2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2012305580.—(IN2012061800).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar que la Unión Cantonal de Asociaciones de Valverde Vega. Por medio de su representante: Jorge Eduardo del Carmen Rojas Bogantes, cédula 2-376-028 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo 17 que fue modificado en la asamblea extraordinaria del 24 de octubre del 2011, para que se modifiquen los límites de la organización y en adelante quede de la siguiente manera: para que se agregue y modifique que se permita la elección de forma indefinida por la Asamblea General. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 sobre el Desarrollo de la Comunidad que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 11:30 horas del 21 de junio del 2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2012305641.—(IN2012061801).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de López Mateos de San Sebastián, San José, por medio de su representante: Daniel Octavio Doña Hooker, portador de la cédula de identidad Nº 8-480-509, ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: artículo Nº 17 para que en adelante se agregue que se permita la reelección indefinida según lo apruebe la Asamblea General. Dicha reforma es visible a folio 55 frente del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afiliados celebrada el día 9 de junio del 2012. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley Nº 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las nueve horas del día 22 de junio del 2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2012306417.—(IN2012063755).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOS

La doctora Aura Santacruz Bernal, con número de cédula 117000903614, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Taccesa S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Shampoo y Acondicionador Garrapaticida para Caballos Wau, fabricado por Laboratorios Taccesa S. A., con los siguientes principios activos: lauril éter sulfato de sodio 6.00%, D-glucopiranosa, oligomérico, decil octil glucósido 3.00 % y cipermetrina 0.30 % y las siguientes indicaciones terapéuticas: Cosmético de uso externo para limpieza y control de garrapatas en equinos. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 13 horas del 28 de mayo del 2012.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012061355).

La doctora Aura Santacruz Bernal, con número de cédula 117000903614, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Taccesa S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Shampoo y Acondicionador Garrapaticida Wau, fabricado por Laboratorios Taccesa S. A., con los siguientes principios activos: Lauril éter sulfato de sodio 6.00%, D-glucopiranosa, oligomérico, decil octil glucósido 3.00% y cipermetrina 0.30%, y las siguientes indicaciones terapéuticas: Cosmético de uso externo para limpieza y control de garrapatas en caninos. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 13:00 horas del día 28 de mayo del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012061642).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL

Nº 59-2012.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—Consejo Técnico de Aviación Civil.—San José, a las 16:30 horas del 29 del mes de mayo del dos mil doce.

Se conoce la solicitud de la empresa C.V. Cargo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-012-624952, representada por el señor Carlos Víquez Jara, cédula de identidad Nº 1-0443-0327 para el otorgamiento de un Certificado de Explotación para operar servicios aéreos de transporte público no regular internacional de carga exclusiva.

Resultando:

1º—Mediante escrito presentado ante la Secretaría del Consejo Técnico el 23 de diciembre de 2010, el señor Carlos Víquez Jara, apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa C V Cargo Sociedad Anónima, solicitó se le otorgue a su representada un CERTIFICADO DE EXPLOTACIÓN para operar servicios aéreos de transporte público no regular internacional de carga. Asimismo solicitó, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley General de Aviación Civil, el otorgamiento de un primer permiso provisional de operación para operar los servicios solicitados.

2º—Mediante oficio DGAC-TA-INF-11 97 de fecha 31 de mayo de 2011, de la Unidad de Transporte Aéreo en lo que interesa recomendó:

“(…) Considerando que la solicitud presentada por la compañía C.V. Cargo S. A., satisface los conceptos establecidos en el Memorando de Entendimiento entre la República de Costa Rica y la República de Colombia, firmado el 28 de noviembre de 2009, e independientemente de los aspectos legales y técnicos de la gestión se RECOMIENDA:

a) Otorgar un Certificado de Explotación, para ofrecer servicios de vuelos NO regulares internacionales de carga exclusiva, a la compañía C.V. Cargo S. A. bajo las siguientes especificaciones:

I.      Equipo de Vuelo: El equipo que utilizará será Boeing 727-200 y 737-200 debidamente aprobado por la Autoridad Aeronáutica colombiana.

II.    Para la coordinación de los vuelos, la peticionaria deberá sujetarse al procedimiento aprobado por la DGAC, para aprobación de vuelos charter.

III.   Las tarifas a aplicar por el servicio, deberán encontrarse aprobadas por el Consejo Técnico de Aviación Civil, de conformidad con lo establecido en los artículos del 162 al 164 de la Ley General de Aviación Civil.

IV.   La concesionaria deberá enviar mensualmente los datos estadísticos relacionados con su actividad, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley General de Aviación Civil.

V.    Otorgar el Certificado de Explotación por un plazo de cinco años, según lo establecido en acuerdo del CETAC, artículo 18, sesión ordinaria 32-2011 del 09 de mayo, 2011.

VI.   Solicitar un bono de garantía, a la compañía C.V. Cargo S. A. (Decreto Nº 23008-MOPT, La Gaceta Nº 54 del 17 de marzo, de 1994) que permita cubrir los compromisos económicos que se deriven de sus operaciones a nuestro país.

b) Otorgar un primer permiso provisional de operación a la compañía C.V. Cargo S. A., bajo las mismas condiciones indicadas en el punto a), de las recomendaciones para lo cual se recomienda aprobar el cuadro tarifario que se detalla:

DESTINO

MIN

N

+45 Kilos

+100 Kilos

+300 Kilos

+500 Kilos

Bogotá Colombia

$ 60.00

$1.80

$1.40

$0.90

$0.80

$0.75

Cali, Colombia

$ 80.00

$2.00

$1.60

$1.10

$1.00

$0.95

Medellín Colombia

$ 80.00

$2.00

$1.60

$1.10

$1.00

$0.95

Lima, Perú

$ 100.00

$2.25

$2.00

$1.75

$1.55

$1.45

Quito, Ecuardor

$ 100.00

$2.10

$1.80

$1.60

$1.40

$1.20

Panamá

$ 60.00

$1.25

$1.00

$0.65

$0.55

$0.40

”3º—Mediante oficio DGAC-AIR-OF-498-2011 de fecha 21 de junio de 2011, el señor Álvaro Morales González jefe Aeronavegabilidad indicó: “En respuesta a su oficio DGAC-ALEG-OF-658-2011 de fecha 7 de junio del presente año, le indico que una vez analizada la documentación presentada por la empresa CV Cargo S. A. se encuentra en conformidad con lo que establece el RAC 119, sección 119.70 y Procedimiento USAE-GEN-013. Por lo anterior, esta Unidad no tiene objeción técnica para que CV Cargo S. A. se le otorgue el respectivo Certificado de Operador Extranjero Nº COA-E-053 así como el permiso de operación. Si así lo requiere durante el proceso…”

4º—Mediante oficio DGAC-AVSEC-FAL-OF-177-2011 de fecha 25 de agosto de 2011, la Unidad de AVSEC FAL le otorgó a la empresa un plazo de 3 meses naturales, contados a partir del 03 de agosto de 2011, para corregir la documentación aportada conforme a lo señalado en el RAC 119.

5º—Mediante artículo octavo de la sesión extraordinaria 66-2011 celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el 6 de setiembre del 2011, en lo que se interesa se acordó: “1. Elevar a audiencia pública la solicitud de Certificado de Explotación presentada por la empresa C.V. Cargo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-012-624952, representada por el señor Carlos Víquez Jara, para operar los servicios aéreos de transporte público no regular internacional de carga exclusiva, explotando derechos de tercera y cuarta libertad del aire. 2. En tanto se completan los trámites de Certificado de Explotación, otorgar a la empresa C.V. CARGO SOCIEDAD ANONIMA., un permiso provisional de operación por un periodo de tres meses contados a partir de la aprobación del Consejo Técnico de Aviación Civil.

6º—Al respecto el 06 de diciembre de 2011, la Unidad de AVSECFAL, envió oficio DGAC-AVEC-FAL-OF-251-2011, a la compañía CV CARGO S.A., indicando lo siguiente:

“(…) 1. Que de conformidad con el oficio DGAC-AVSEC-FAL-OF-177-2011 a su representada se le concedió un plazo de tres meses naturales a partir del 3 de agosto y hasta el 3 de noviembre de 2011, para que realizara correcciones en el manual de seguridad; plazo este que trascurrió, sin que su representada procediera a su corrección. 2. Con fecha 22 de noviembre, su representada presenta ante esta Unidad, el manual sin embargo el mismo, sigue presentando inconformidades, como las que a continuación se señalan: 3. Se determinó que el Manual de Seguridad se circunscribe a las medidas de seguridad que se aplican en la casa matriz de su representada (según consta en la página 34 del documento presentado. Adicionalmente, las listas de contactos de las autoridades, en caso de contingencia, no corresponden a las de nuestro estado. 4. En lo referente a las obligaciones y responsabilidades nacionales, se debe reconocer como la Autoridad Aeronáutica, a la Dirección General de Aviación Civil de Costa Rica, de igual forma debe reflejar el cumplimiento de la legislación nacional vigente en materia de seguridad de la aviación. 5. En el manual se debe consignar la naturaleza de las operaciones, ya que en el mismo se desarrollan aspectos de seguridad para vuelos comerciales de pasajeros, así como, vuelos exclusivos de carga aérea. Razón por la cual, se debe excluir aquellas actividades, que su representada no explotará. 6. Con respecto a los temas de seguridad de la aeronave, seguridad de la carga y el correo, contratación del personal, instrucción del personal, planificación de contingencias, notificación de incidentes y supervisión y vigilancia; debe su representada observar los aspectos requeridos para su cumplimiento, en el RAC 17, MAC 17.87. Programa modelo de seguridad del operador aéreo, empresa de seguridad-concesionario. Por tanto se solicita con el respeto de siempre, una vez más, efectuar las correcciones indicadas al programa de seguridad. Adicionalmente se apercibe que mientras no se realicen las citadas correcciones, el manual no podrá ser aprobado, con las implicaciones que esta situación conlleva.”

7º—Que mediante escrito presentado ante el Consejo Técnico de Aviación Civil, el día 18 de enero de 2012, el señor Carlos Víquez Jara, Apoderado Generalísimo de la compañía CV CARGO, solicitó se le otorgara a su representada un segundo permiso provisional de operación; no obstante el mismo no fue tramitado por no contar la compañía con el Manual de Seguridad aprobado, requisito técnico indispensable para tales efectos.

8º—Que el día 10 de mayo de 2012, se recibió correo electrónico de la señora Gabriela Araya, mediante el cual envió a la Unidad de Asesoría Legal copia de la carta de aprobación AVSEC-2012-108, la cual en lo que interesa indica: La Unidad de Seguridad de la Aviación de la Dirección General de Aviación Civil de la República de Costa Rica certifica que el documento adjunto fue evaluado por esta Unidad, de acuerdo con los requisitos de los Reglamentos Aeronáuticos Costarricenses RAC-17-Seguridad de la Aviación contra Actos de Interferencia Ilícita-. Por lo tanto se le da la aprobación correspondiente…” “(…) Fecha: 6 de mayo 2012”

9º—Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y el procedimiento de ley.

Considerando:

I.—Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultándos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Unidad de Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil.

II.—Sobre el fondo del asunto:

1.  Que de acuerdo con lo dispuesto con el artículo 10 de la Ley General de Aviación Civil, número 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, corresponde al Consejo Técnico de Aviación Civil el otorgamiento, modificación, cancelación, prórroga o suspensión de los certificados de explotación.

     Asimismo, el artículo 143 de la Ley General de Aviación Civil señala que para explotar cualquier servicio aéreo, se requiere un certificado de explotación que otorgará el Consejo de Aviación Civil y será aprobado por el Poder Ejecutivo cuando se trate de servicios aéreos internacionales y en forma simultánea, la Dirección General de Aviación Civil tramitará el otorgamiento de un certificado operativo o certificado de operador aéreo, mediante el cual se demostrará la idoneidad técnica para prestar el servicio.

2.  Que realizado el procedimiento de certificación legal que establece la Ley General de Aviación Civil, número 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T publicado en el Alcance 171 de La Gaceta Nº 221 del 23 de noviembre de 1973, con las disposiciones contenidas en la reglamentación internacional de OACI y demás Convenios Internacionales de Aviación Civil aplicables; se determinó que de conformidad con los antecedentes anteriores; la compañía CV Cargo Sociedad Anónima cumple todos los requerimientos técnicos, legales y financieros que permite emitir la su certificado de explotación para brindar servicios aéreos de transporte público no regular internacional de carga.

3.  Que no se presentaron oposiciones a la audiencia pública convocada dentro de la gestión de la empresa, la cual se celebró el día 14 de octubre de 2011 a las 09:30 horas.

Con fundamento en las citas de ley, disposiciones legales señaladas y consideraciones de hecho analizadas. Por tanto,

EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE:

Otorgar a la empresa denominada C.V. Cargo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-012-624952, representada por el señor Carlos Víquez Jara, un Certificado de Explotación, bajo los siguientes términos:

Servicios a brindar: Vuelos NO regulares internacionales de carga exclusiva

Rutas: Con base en la designación de las autoridades de la República de Colombia, la empresa CV Cargo S. A., se encuentra autorizada para operar de la siguiente forma: Colombia (Bogotá y/o Cali y/o Medellín y/o Barranquilla)-Costa Rica (San José) y regreso, con la opción de hacer escala comercial en Panamá.

Frecuencias: Dos frecuencias semanales, con derechos de hasta quinta libertad.

Equipo: El equipo que utilizará será Boeing 727-200 y 737-200 debidamente aprobado por la Autoridad Aeronáutica colombiana. Para la coordinación de los vuelos, la peticionaria deberá sujetarse al procedimiento aprobado por la DGAC, para aprobación de vuelos charter.

Tarifas: Las tarifas a aplicar por el servicio, deberán encontrarse aprobadas por el Consejo Técnico de Aviación Civil, de conformidad con lo establecido en los artículos del 162 al 164 de la Ley General de Aviación Civil.

Vigencia: Otorgar el Certificado de Explotación por un plazo de cinco años, según lo establecido en acuerdo del CETAC, artículo 18, sesión ordinaria 32-2011 del 9 de mayo, 2011.

Consideraciones Técnicas: La empresa deberá contar con la organización adecuada, el método de control, la vigilancia de las operaciones, el programa de instrucción y de mantenimiento, acordes con la naturaleza y amplitud de las especificaciones de operación, además se deberá someter a un proceso permanente de vigilancia con la finalidad de demostrar que cumple los requisitos para efectuar en forma segura y adecuada las operaciones del servicio aprobado.

Cumplimiento de las leyes: La concesionaria se obliga expresamente al estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley General de Aviación Civil número 5150 del 14 de mayo de 1973, sus reformas y reglamentos.

Otras obligaciones: La concesionaria deberá cumplir con las obligaciones que adquiera con la Dirección General y el Consejo Técnico de Aviación Civil que se deriven de actividades aeronáuticas.

Además deberá rendir una garantía de cumplimiento de las obligaciones pecuniarias contraídas con el Consejo Técnico de Aviación Civil, por servicios aeronáuticos o por el uso de instalaciones aeroportuarias, según el equivalente a tres meses de operaciones, en el término de 15 días hábiles siguientes al otorgamiento de este certificado de explotación y de acuerdo con el procedimiento recomendado por el Departamento Financiero de la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 23008-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 54 del 17 de marzo de 1994.

Asimismo, deberá garantizar la seguridad, eficiencia y continuidad del servicio concesionado, so pena de cancelar las concesiones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13, 14 y 15 de la Ley General de Aviación Civil.

Además deberá suscribir y mantener vigente durante su concesión los contratos de seguros.

Para la expedición de la presente resolución se han seguido todas las disposiciones de ley.

Remítase al Poder Ejecutivo para su aprobación.

Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo cuarto de la sesión extraordinaria N° 42-2012, celebrada el día 29 de mayo de 2012.

Notifíquese, publíquese e inscríbase en el Registro Aeronáutico.—Luis Carlos Araya Monge, Presidente.—Luis Llach Cordero, Ministro de Obras Públicas y Transportes a. í.—1 vez.—O. C. Nº 22786.—Solicitud Nº 41757.—C-152750.—(IN2012061578).

Nº 61-2012.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—Consejo Técnico de Aviación Civil.—San José, a las 17:10 horas del 4 del mes de junio del dos mil doce.

Se conoce la solicitud de la compañía Panamá Airways Inc, cédula jurídica Nº 3-012-624909, representada por el señor Carlos Víquez Jara, cédula de identidad Nº 1-0443-0327, para el otorgamiento de un Certificado de Explotación para operar servicios aéreos de transporte público regular y no regular internacional de carga y correo.

Resultando:

1º—Mediante escrito presentado ante la Secretaría del Consejo Técnico de Aviación Civil el 18 de febrero de 2011, el señor Carlos Víquez Jara, apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Panamá Airways Inc., solicitó se le otorgue a su representada un CERTIFICADO DE EXPLOTACIÓN para operar servicios aéreos de transporte público regular y no regular internacional de carga y correo, en la ruta San José, Panamá y viceversa. Asimismo solicitó, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley General de Aviación Civil, el otorgamiento de un primer permiso provisional de operación para operar los servicios solicitados.

2º—Mediante oficio DGAC-OPS-OF-567-2011 de fecha 21 de marzo de 2011 la Unidad de Operaciones Aeronáuticas en lo que interesa indica: “De conformidad con su oficio DGAC-ALEG-OF-328-2011 de fecha 16 de marzo 2011, donde nos hace referencia a lo solicitado por la empresa Panamá Airways Inc., le indico que esta Unidad no tiene inconveniente en que se le autorice la obtención de Certificado de Explotación para brindar los servicios de transporte público no regular internacional de carga y correo.”

3º—Mediante oficio DGAC-TA-INF-11 123 de fecha 18 de julio de 2011, de la Unidad de Transporte Aéreo en lo que interesa recomendó: “(…) a) Otorgar a la compañía Panamá Airways Inc. Certificado de explotación para brindar servicios de vuelos internacionales regulares y no regulares de carga y correo, en la ruta San José-Panamá, Panamá-San José. b) Dado que la concesión otorgada por la autoridad aeronáutica de Panamá, a la empresa Panamá Airways, Inc., es hasta el 25 de enero, 2013, se recomienda otorgarle el certificado de explotación, por el mismo plazo de la concesión otorgada por Panamá, o en su defecto, otorgarla sujeto a la renovación del certificado panameño. c) Autorizar a la empresa operar desde el Terminal Aérea del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría. d) Autorizar la explotación de los servicios con aeronaves Fokker 27, matrículas: HP-1631PST y HP-1604PST.

Autorizar la operación con el siguiente itinerario:

RUTA

Vuelo No.

Sale

Llega

Frecuencia

Equipo

Panamá-San José

5134

20:30

21:25

12345

FK 27

San José-Panamá

6134

14:25

17:20

12345

FK 27

e)  Autorizar la aplicación de la siguiente tarifa:

Destino

City

Code

Mínimo

45 K

100 K

300 K

500 K

Panamá hacia San José

SJO

50.00

1.71

1.56

1.36

1.36

San José hacia Panamá

PTY

55.00

1.93

1.67

1.47

1.47

     Cualquier modificación de la tarifa deberá ser aprobada por el CETAC, de conformidad con lo establecido en los artículos 162 al 165 de la Ley General de Aviación Civil. f) Otorgar a la compañía un Permiso Provisional de Operación, para que se brinde el servicio solicitado, en el tanto se hayan completado los requerimientos legales y técnicos de la solicitud. g)Solicitud un bono de garantía, a la compañía Panamá Airways, Inc. (Decreto Nº 23008-MOPT, La Gaceta Nº 54 del 17 de marzo, de 1994), que permita cubrir los compromisos económicos que se deriven de sus operaciones a nuestro país. h) La concesionaria deberá enviar mensualmente los datos estadísticos relacionados con su actividad, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley General de Aviación Civil.”

4º—Mediante oficio DGAC-AIR-OF-676-2011 de fecha 21 de julio de 2011 el señor Álvaro Morales González, jefe Aeronavegabilidad indicó: “Por este medio le indico que la compañía Panamá Airways Inc., ya cumplió con todos los requisitos requeridos de acuerdo al RAC 119.20.”

5º—Mediante oficio DGAC-AVSEC-FAL-OF-176-2011 de fecha 25 de agosto de 2011, la Unidad de AVSEC FAL le otorgó a la empresa un plazo de 3 meses naturales, contados a partir del 04 de agosto de 2011, para corregir la documentación aportada conforme a lo señalado en el RAC 119.

6º—Mediante artículo sétimo de la sesión extraordinaria 66-2011 celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el 6 de setiembre del 2011, en lo que interesa se acordó elevar a audiencia pública la solicitud de la compañía Panamá Airways Inc., así mismo se acordó otorgarles un primer permiso provisional por un período de tres meses.

7º—La audiencia pública se celebró el día 20 de octubre de 2011, a las 09:00 horas, sin que presentaran oposiciones a la misma.

8º—Mediante escrito presentado ante el Consejo Técnico de Aviación Civil, el día 18 de enero de 2012, el señor Carlos Víquez Jara, Apoderado Generalísimo de la compañía Panamá Airways Inc., solicitó se le otorgara a su representada un segundo permiso provisional de operación; no obstante el mismo no fue tramitado por no contar la compañía con el Manual de Seguridad aprobado, requisito técnico indispensable para tales efectos.

9º—Mediante oficio DGAC-ALEG-OF-103-2012 de fecha 19 de enero de 2012 la Unidad de Asesoría Legal solicitó el criterio a la Unidad de AVSEC-FAL referente al manual de seguridad de la compañía, la cual mediante oficio DGAC-AVSEC-FAL-OF-013-2012 de fecha 26 de enero de 2012 en lo que interesa indicó: “Con fecha 24 de noviembre de 2011, mediante oficio DGAC-AVSEC-FAL-OF-249-2011, se le informó a la Dirección General, con copia a su Unidad, que a la fecha se había transcurrido el plazo otorgado inicialmente y que la citada compañía no había presentado la documentación requerida. Cabe destacar que la empresa vuelve a presentar el Programa de Seguridad para su revisión, mismo que luego de ser analizado por el inspector a cargo, mantiene inconformidades que impiden su aprobación, lo cual, fue comunicado a la empresa, el día de hoy, vía fax, mediante el oficio número DGAC-AVSEC-FAL-OF-012-2012. Así las cosas, se reitera que la prórroga concedida venció el 4 de noviembre de 2011.”

10.—En este sentido el día 10 de mayo de 2012, se recibió correo electrónico de la señora Gabriela Araya, mediante el cual envió a la Unidad de Asesoría Legal copia de la carta de aprobación AVSEC-2012-106, la cual en lo que interesa indica: La Unidad de Seguridad de la Aviación de la Dirección General de Aviación Civil de la República de Costa Rica certifica que el documento adjunto fue evaluado por esta Unidad, de acuerdo con los requisitos de los Reglamentos Aeronáuticos Costarricenses RAC-17-Seguridad de la Aviación contra Actos de Interferencia Ilícita-.Por lo tanto se le da la aprobación correspondiente…” “Documento: Programa de Seguridad Panamá Airways…”(…) Fecha: 30 de abril 2012”

11.—Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y el procedimiento de ley.

Considerando:

I.—Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultándos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Unidad de Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil.

1.  Que de acuerdo con lo dispuesto con el artículo 10 de la Ley General de Aviación Civil, número 5150 de 14 de mayo de 1973 y sus reformas, corresponde al Consejo Técnico de Aviación Civil el otorgamiento, modificación, cancelación, prórroga o suspensión de los certificados de explotación.

     Asimismo, el artículo 143 de la Ley General de Aviación Civil señala que para explotar cualquier servicio aéreo, se requiere un certificado de explotación que otorgará el Consejo de Aviación Civil y será aprobado por el Poder Ejecutivo cuando se trate de servicios aéreos internacionales y en forma simultánea, la Dirección General de Aviación Civil tramitará el otorgamiento de un certificado operativo o certificado de operador aéreo, mediante el cual se demostrará la idoneidad técnica para prestar el servicio.

2.  Que realizado el procedimiento de certificación legal que establece la Ley General de Aviación Civil, número 5150 de 14 de mayo de 1973 y sus reformas, el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T publicado en el Alcance 171 de La Gaceta Nº 221 del 23 de noviembre de 1973, con las disposiciones contenidas en la reglamentación internacional de OACI y demás Convenios Internacionales de Aviación Civil aplicables; se determinó que de conformidad con los antecedentes anteriores; la compañía Panamá Airways cumple todos los requerimientos técnicos, legales y financieros que permite emitir su certificado de explotación para brindar servicios aéreos de transporte público no regular internacional de carga y correo

3.  Que no se presentaron oposiciones a la audiencia pública convocada dentro de la gestión de la empresa, la cual se celebró el día 20 de octubre de 2011 a las 09:00 horas.

4.  Que mediante escrito presentado ante el Consejo Técnico de Aviación Civil, el día 18 de enero de 2012, el señor Carlos Víquez Jara, Apoderado Generalísimo de la compañía Panamá Airways Inc., solicitó se le otorgara a su representada un segundo permiso provisional de operación; no obstante al no contar la compañía con el Manual de Seguridad aprobado, requisito técnico indispensable para tales efecto, el mismo no fue tramitado y en vista de que hasta el 10 de mayo de 2012, la empresa cumplió con dicho requerimiento, en este acto se tramita, por haber cumplido la empresa con la totalidad de todos los requerimientos tanto técnico como legales, la resolución final de certificado definitivo y se archiva la solicitud del permiso provisional de operación, por carecer de interés actual de acuerdo con lo establecido en el artículo 265 de la Ley General de Administración Pública, artículo 265, toda vez que la gestión se resuelve en forma definitiva con el otorgamiento del Certificado de Explotación.

Por tanto,

EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE:

Otorgar a la empresa denominada Panamá Airways Inc., cédula jurídica Nº 3-012-624909, representada por el señor Carlos Víquez Jara, cédula de identidad Nº 1-0443-0327, un Certificado de Explotación, bajo las siguientes especificaciones:

Servicios a brindar: Vuelos internacionales regulares y no regulares de carga y correo

Rutas: San José-Panamá, Panamá-San José

Equipo: Autorizar la explotación de los servicios con aeronaves Fokker 27, matrículas: HP-1631PST y HP-1604PST.

Tarifas: Autorizar la aplicación de la siguiente tarifa

Destino

City

Code

Mínimo

45 K

100 K

300 K

500 K

Panamá hacia San José

SJO

50.00

1.71

1.56

1.36

1.36

San José hacia Panamá

PTY

55.00

1.93

1.67

1.47

1.47

Cualquier modificación de la tarifa deberá ser aprobada por el CETAC, de conformidad con lo establecido en los artículos 162 al 165 de la Ley General de Aviación Civil.

Itinerario: Autorizar la operación con el siguiente itinerario:

RUTA

Vuelo No.

Sale

Llega

Frecuencia

Equipo

Panamá-San José

5134

20:30

21:25

12345

FK 27

San José-Panamá

6134

14:25

17:20

12345

FK 27

 

Vigencia: Otorgar el certificado de explotación por un plazo de 5 años contados a partir de su expedición, dicho plazo deberá estar condicionado a que la empresa presente al vencimiento de la concesión otorgada por la autoridad aeronáutica de Panamá, que es hasta el 25 de enero, 2013, la renovación del mismo.

Consideraciones Técnicas: La empresa deberá contar con la organización adecuada, el método de control, la vigilancia de las operaciones, el programa de instrucción y de mantenimiento, acordes con la naturaleza y amplitud de las especificaciones de operación, además se deberá someter a un proceso permanente de vigilancia con la finalidad de demostrar que cumple los requisitos para efectuar en forma segura y adecuada las operaciones del servicio aprobado

Cumplimiento de las leyes: La concesionaria se obliga expresamente al estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley General de Aviación Civil número 5150 de 14 de mayo de 1973, sus reformas y reglamentos.

Otras obligaciones: La concesionaria deberá cumplir con las obligaciones que adquiera con la Dirección General y el Consejo Técnico de Aviación Civil que se deriven de actividades aeronáuticas.

Además deberá rendir una garantía de cumplimiento de las obligaciones pecuniarias contraídas con el Consejo Técnico de Aviación Civil, por servicios aeronáuticos o por el uso de instalaciones aeroportuarias, según el equivalente a tres meses de operaciones, en el término de 15 días hábiles siguientes al otorgamiento de este certificado de explotación y de acuerdo con el procedimiento recomendado por el Departamento Financiero de la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 23008-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 54 del 17 de marzo de 1994.

Asimismo, deberá garantizar la seguridad, eficiencia y continuidad del servicio concesionado, so pena de cancelar las concesiones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13, 14 y 15 de la Ley General de Aviación Civil.

Además deberá suscribir y mantener vigente durante su concesión los contratos de seguros.

Para la expedición de la presente resolución se han seguido todas las disposiciones de ley.

Remítase al Poder Ejecutivo para su aprobación.

Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo sexto de la sesión ordinaria N° 43-2012, celebrada el día 4 de junio de 2012.

Notifíquese, publíquese e inscríbase en el Registro Aeronáutico.—Luis Carlos Araya Monge, Presidente Consejo Técnico de Aviación Civil.—Luis Llach Cordero, Ministro de Obras Públicas y Transportes a. í.—1 vez.—O. C. Nº 22786.—Solicitud Nº 41759.—C-164970.—(IN2012061579).

EDICTOS

El Consejo Técnico de Aviación Civil, de conformidad con el artículo 361 de la Ley General de la Administración, comunica a los sectores interesados, que dentro de los siguientes diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente aviso, se pueden presentar a exponer sus comentarios por escrito al Consejo Técnico de Aviación Civil, en relación con el siguiente proyecto denominado: “Proyecto de Decreto Ejecutivo, denominado “RAC-12 Regulaciones Aeronáuticas Costarricenses Búsqueda y Salvamento”. El mismo podrá ser consultado en las oficinas de la Dirección General de Aviación Civil, en la Biblioteca Técnica, a partir de las ocho horas y hasta las dieciséis horas.—San José, 13 de junio de 2012.—Jorge Fernández Chacón, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 22786.—Solicitud Nº 41758.—C-5640.—(IN2012061580).

El Consejo Técnico de Aviación Civil, de conformidad con el artículo 361 de la Ley General de la Administración, convoca a los sectores interesados, para que dentro de los siguientes diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente aviso, se puedan presentar a exponer sus comentarios por escrito al Consejo Técnico de Aviación Civil, en relación con el siguiente proyecto denominado:

“Modificación parcial al Decreto Nº 37108-MOPT “Régimen

tarifario para los servicios No Aeronáuticos en el AIJS,

período 2012-2013”, publicado en La Gaceta Nº 95

del 17 de mayo del 2012.

El ajuste referido, corresponde a las siguientes tarifas No Aeronáuticas:

 

Concepto

Unidad de cobro

Tarifa propuesta ajustada

Tarifa vigente

Diferencia

2

Terminales

 

 

 

 

c

Salas VIP

US$m2/mes

40.23

41.28

-1.05

 

Rentas Comerciales

 

 

 

 

g

Renta base Concesiones comerciales

US$m2/mes

40.23

41.28

-1.05

h

Servicios Financieros y similares

US$m2/mes

40.23

41.28

-1.05

2.4

CUAC

US$/pasajero de salida

7.21

7.45

 

-0.24

La información referente, podrá ser consultada en la Biblioteca Técnica de la Dirección General de Aviación Civil, a partir de las ocho horas y hasta las dieciséis horas.—San José, 29 de mayo del 2012.—Lic. Jorge Fernández Chacón, Director General de Aviación Civil.—1 vez.—O. C. 22786.—Solicitud 41753.—C-28840.—(IN2012061583).

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

AVISOS

Que el señor Javier Escalante Madrigal, mayor, casado una vez, abogado y notario con domicilio en San José de Costa Rica, San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Patio, tercer piso, oficina uno, portador de la cédula de identidad número uno-mil setenta y cuatro-setecientos ochenta y tres, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía, ABC Aerolíneas S. A. (Interjet) ha solicitado para su representada Certificado de Explotación para brindar servicios internacionales de transporte de pasajeros, carga y correo, en la modalidad regular, utilizando la ruta México, Distrito Federal-San José, Costa Rica-México, Distrito Federal (MEX-SJO-MEX), explotando derechos de tercera y cuarta libertad del aire, con frecuencia de un vuelo diario (siete vuelos semanales). Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T del 25 de octubre de 1973, el RAC 119 Reglamento de Certificado de Operador Aéreo (COA, Certificados operativos y autorizaciones de operación), publicado en La Gaceta 75 del 19 de abril, 2006 y demás disposiciones nacionales e internacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el articulo cuarto de la sesión ordinaria número 43-2012 celebrada el día 4 del mes de junio del 2012, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 9:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Lic. Jorge Fernández Chacón, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 22786.—Solicitud Nº 41754.—C-16450.—(IN2012061581).

La Dirección General de Aviación Civil, avisa que el señor Tomás Federico Nassar Pérez, mayor de edad, casado, abogado, vecino de San José, portador de la cédula de identidad uno-quinientos ocho-quinientos nueve, en condición de apoderado generalísimo con límite de suma de la compañía Aerovías del Continente Americano Sociedad Anónima (AVIANCA), cédula jurídica tres-cero doce-doscientos setenta y dos mil seiscientos treinta y siete, ha solicitado para su representada Certificado de Explotación para ofrecer servicios de Vuelos regulares internacionales de pasajeros, carga y correo en la ruta: Bogotá, Colombia-San José, Costa Rica y viceversa, con derechos de tercera y cuarta libertad con frecuencias de cuatro vuelos por semana, a partir del 2 de junio de 2012. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T del 25 de octubre de 1973, y demás disposiciones nacionales e internacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo undécimo de la sesión ordinaria número 41-2012 celebrada el día 28 del mes de mayo del 2012, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 10:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Lic. Jorge Fernández Chacón, Director General.—1 vez.—O. C. 22786.—Solicitud 41750.—C-15060.—(IN2012061582).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 28, título N° 644, emitido por el Colegio Superior de Señoritas en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Seas Gutiérrez Marjorie del Carmen. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012059684).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Informática en Redes, inscrito en el tomo 02, folio 30, asiento 19, título Nº 1390, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal, en el año dos mil cuatro, a nombre de Artavia Monge Luis Diego. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de marzo del 2012.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—RP2012305136.—(IN2012061258).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 109, título Nº 780, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal en el año dos mil cuatro, a nombre de Mesen Porras Juan Diego. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012305137.—(IN2012061259).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 32, asiento 08, Título N° 41, emitido por el Liceo de Alfaro Ruiz en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Óscar Mario Montero Morales. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Óscar Amado Montero Morales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012061361).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Segundad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores de la Standar Fruit Company de Costa Rica, siglas SINTRASTAFCOR, acordada en asamblea celebrada el día 8 de marzo del 2012. Expediente T-147. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dicha reforma se inscribió en los libros de registro que al afecto lleva este Departamento mediante tomo 2, folio 251, asiento 4684 del 18 de junio del 2012.

La reforma afecta los artículos 1, 7, 10, 22, 25 y 46 del Estatuto.

Con la reforma al artículo 1 varió el nombre de la organización y en adelante se denominará; Sindicato Industrial de Trabajadores Agrícolas, Transporte Agrícola y Afines de Costa Rica, siglas: SINTRASTAFCOR.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Exento.—IN2012060830).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Para ver las marcas de Fábrica solo en La Gaceta PDF o impresa

Cambio de nombre Nº 77346

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Capsugel Belgium NV, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Capsugel Belgium BVBA por el de Capsugel Belgium NV, presentada el día 20 de febrero de 2012 bajo expediente 77346. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5600105 Registro Nº 56001 CONISNAP en clase 5 marca denominativa y 2010-0005004 Registro Nº 205804 Vcaps en clase 5 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—22 de marzo del 2012.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—1 vez.—(IN2012059056).

Cambio de nombre Nº 77748

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de L.C. Licensing LLC, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de L.C. Licensing Inc. por el de L.C. Licensing, LLC, presentada el día 12 de marzo de 2012 bajo expediente 77748. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-6838103 Registro Nº 68381 LIZ CLAIBORNE en clase 3 marca denominativa, 1900-7263325 Registro Nº 72633 CLAIBORNE en clase 25 marca denominativa, 1900-7594118 Registro Nº 75941 en clase 18 marca figurativa, 1900-7594203 Registro Nº 75942 en clase 3 marca figurativa, 1900-7783714 Registro Nº 77837 LIZ CLAIBORNE en clase 14 marca mixto, 1900-7879625 Registro Nº 78796 FIRST ISSUE en clase 25 marca denominativa, 1900-7879718 Registro Nº 78797 FIRST ISSUE en clase 18 marca denominativa, 1990-0004342 Registro Nº 81807 LC SPORT en clase 25 marca mixto, 1994-0006043 Registro Nº 92359 LIZ LIZWEAR en clase 25 marca mixto, 1995-0000171 Registro Nº 92854 LIZ CLAIBORNE VIVID en clase 3 marca denominativa, 1995-0003217 Registro Nº 93792 LIZ & CO. en clase 25 marca denominativa, 1998-0000604 Registro Nº 108705 LIZ CLAIBORNE ACTIVE en clase 25 marca denominativa, 1998-0000606 Registro Nº 108702 LIZ CLAIBORNE ACTIVE en clase 24 marca denominativa, 1998-0000620 Registro Nº 108701 LIZ CLAIBORNE ACTIVE en clase 18 marca denominativa, 2001-0003506 Registro Nº 130693 LIZ CLAIBORNE MAMBO en clase 3 marca mixto, 2002-0004322 Registro Nº 138609 SPARK LIZ CLAIBORNE en clase 3 marca denominativa, 2004-0008189 Registro Nº 156984 JUICY COUTURE en clase 25 marca denominativa, 2004-0008274 Registro Nº 168759 YZZA en clase 25 marca denominativa, 2005-0003767 Registro Nº 168332 LIZ CLAIBORNE en clase 20 marca denominativa, 2005-0008954 Registro Nº 160089 JUICY COUTURE en clase 3 marca denominativa, 2007-0001145 Registro Nº 179506 LIZ CLAIBORNE en clase 35 marca denominativa, 2007-0002590 Registro Nº 174838 CLAIBORNE en clase 9 marca denominativa, 2007-0002591 Registro Nº 174839 LIZ CLAIBORNE en clase 9 marca denominativa y 2007-0009168 Registro Nº 185762 SPARK SEDUCTION LIZ claiborne en clase 3 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—28 de marzo del 2012.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2012059058).

Cambio de nombre por Fusión Nº 78024

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Alere North América, Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Wampole Laboratories LLC por el de Alere North América, Inc., presentada el día 26 de marzo de 2012 bajo expediente 78024. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-6409205 Registro Nº 64092 W L en clase 5 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—29 de marzo del 2012.—Giovanna Mora Mesén, Registradora.—1 vez.—(IN2012059059).

Cambio de nombre Nº 16802

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Merz Pharma GmbH & CO. KGaA, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Merz + CO. GMBH & CO., por el de Merz Pharma GmbH & CO. KGaA, presentada el día 24 de noviembre de 2008 bajo expediente 16802. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-4767405 Registro Nº 47674 VIRU-MERZ en clase 5 marca denominativa, 1900-4856105 Registro Nº 48561 HEPA-MERZ en clase 5 marca denominativa, 1900-5051105 Registro Nº 50511 LIPO-MERZ en clase 5 marca denominativa y 1900-5560905 Registro Nº 55609 CONTRACTUBEX en clase 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—23 de marzo del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2012059061).

Cambio de nombre Nº 78693

Que Uri Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad 1-818-430 , en calidad de apoderado especial de Alicorp S.A.A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Alicorp S. A. por el de Alicorp S.A.A., presentada el día 11 de mayo de 2012 bajo expediente 78693. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2001-0009423 Registro Nº 134364 CASINO en clase 30 marca denominativa, 2001-0009424 Registro Nº 134365 CHOMP en clase 30 marca denominativa, 2001-0009426 Registro Nº 134653 DIVAS en clase 30 marca denominativa, 2001-0009434 Registro Nº 134213 SALIX en clase 30 marca mixto y 2001-0009436 Registro Nº 134214 WAZZU en clase 30 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—16 de mayo del 2012.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—(IN2012059204).

Cambio de nombre Nº 78685

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Comercializadora Eloro S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Frugosa S. A. de C. V., domiciliada en KM. 12.5 Antigua Carretera México-Pachuca, Xalostoc, Estado de México, México, por el de Comercializadora Eloro S. A., domiciliada en KM. 12 1/2 Antigua Carretera a Pachuca 55340 Xalostoc, Estado de México, México, prevaleciendo Comercializadora Eloro S. A., presentada el día 10 de mayo del 2012 bajo expediente 78685. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2005-0001244 JUGOS MEXICANOS en clase 32 Marca Denominativa. Publicar en la Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de mayo del 2012.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—1 vez.—(IN2012059354).

Cambio de nombre Nº 78686

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Comercializadora Eloro S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Frugosa S. A. de C. V., domiciliada en KM. 12.5 Antigua Carretera México-Pachuca, Xalostoc, Estado de México, México, por el de Comercializadora Eloro S. A., domiciliada en KM. 12 1/2 antigua carretera a Pachuca 55340 Xalostoc, Estado de México, México, prevaleciendo Comercializadora Eloro S. A., presentada el día 10 de mayo de 2012 bajo expediente 78686. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2009-0006122 JUMEX JUGOS Y NÉCTARES DE VERDAD en clase 50 marca denominativa. Publicar en la Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de mayo del 2012.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—1 vez.—(IN2012059355).

Cambio de nombre Nº 78377

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de UCB Pharma GMBH, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schwarz Pharma AG domiciliado en Alfred-Nobel-Straße 10, D-40789 Monheim, Alemania, por el de UCB Pharma GMBH, domiciliado en Alfred-Nobel-Strasse 10, DE-40789 Monheim, Alemania, presentada el día 23 de abril del 2012 bajo expediente 78377. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2003-0003870 Registro Nº 143288 Neupro en clase 5 marca denominativa y 2007-0005865 Registro Nº 175358 VIMPAT en clase 5 marca denominativa. Publicar en la Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley No. 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de mayo del 2012.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—1 vez.—(IN2012059356).

Cambio de nombre Nº 78768

Que Víctor Vargas Valenzuela cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Pernod Ricard Argentina S. R. L., solicita a este registro se anote la inscripción de la fusión de P. R. Argentina S. A., con Pernod Ricard Argentina S. R. L., para formar esta última, presentada el día 18 de mayo del 2012 bajo expediente Nº 78768. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1995-0006174 Registro Nº 97272 ETCHART en clase 33 marca denominativa y 1997-0005053 registro Nº 106280 ETCHART RIO DE PLATA en clase 33 marca mixto. Publicar en la Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo del 2012.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(IN2012059357).

Cambio de nombre Nº 78725

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Bayer SAS, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Bayer CropScience S. A. por el de Bayer SAS, presentada el día 15 de mayo del 2012 bajo expediente 78725. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5951405 Registro Nº 59514 MOCAP PLUS en clase 5 marca denominativa. Publicar en la Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de mayo del 2012.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—(IN2012059358).

Cambio de nombre Nº 78684

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Comercializadora Eloro S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Frugosa S. A. de C. V., domiciliada en KM. 12.5 antigua carretera México-Pachuca, Xalostoc, Estado de México, México, por el de Comercializadora Eloro S. A., domiciliada en KM. 12 1/2 antigua carretera a Pachuca 55340 Xalostoc, Estado de México, México, prevaleciendo Comercializadora Eloro S. A., presentada el día 10 de mayo del 2012 bajo expediente 78684. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-6682932 Registro Nº 66829 CHUPI-FRUT en clase 32 marca denominativa, 1900-8083232 Registro Nº 80832 PAU-PAU en clase 32 marca denominativa, 1900-8096332 Registro Nº 80963 JUMEX en clase 32 marca denominativa, 1992-0002012 Registro Nº 82635 JUMEX AMI en clase 32 marca denominativa, 1996-0005629 Registro Nº 99350 JUMEX LIGHT en clase 32 marca denominativa, 1997-0004037 Registro Nº 111556 FRUTASTICA en clase 32 marca mixto, 1997-0007462 Registro Nº 107273 en clase 32 marca figurativa, 1997-0008567 Registro Nº 108507 en clase 32 marca figurativa, 1998-0008025 Registro Nº 113317 JUMEX en clase 32 marca mixto, 2001-0007500 Registro Nº 132076 JUMEX SPORT en clase 32 marca denominativa, 2001-0008561 Registro Nº 133794 CHUPI FRUT en clase 32 marca mixto, 2002-0001393 Registro Nº 135272 JUMEX CHISPAZO en clase 32 marca denominativa, 2004-0000791 Registro Nº 148472 JULIGHT en clase 32 marca denominativa, 2004-0000792 Registro Nº 148450 CHISPAZO en clase 32 marca denominativa, 2004-0000793 Registro Nº 148634 MC2 en clase 32 marca denominativa, 2006-0001846 Registro Nº 163067 LA JUGUERA en clase 32 marca denominativa, 2007-0000036 Registro Nº 169026 VIGOR en clase 32 marca denominativa, 2007-0000037 Registro Nº 169027 JUMATO en clase 32 marca denominativa, 2007-0000038 Registro Nº 168935 JUMEX MAS en clase 32 marca denominativa, 2007-0000039 Registro Nº 168934 JUMEX SOIA en clase 32 marca denominativa, 2007-0000170 Registro Nº 175979 JUMEX EL JUGO DE TODA LA VIDA en clase 50 marca denominativa, 2007-0000172 Registro Nº 175980 JUMEX EL JUGO DE LA VIDA en clase 50 marca denominativa, 2007-0010383 Registro Nº 175343 JUMEX JUGO DE MANZANA El Jugo de toda la vida en clase 32 marca mixto, 2010-0001612 Registro Nº 202222 VIVE POR EL DEPORTE en clase 50 marca denominativa, 2010-0006480 Registro Nº 205803 en clase 32 marca figurativa, 2010-0007239 Registro Nº 206820 JUMEX AMI CITRUS PUNCH en clase 32 marca denominativa y 2010-0007368 Registro Nº 206021 JUMEX AMI FRUIT PUNCH en clase 32 marca denominativa. Publicar en la Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la  Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de mayo del 2012.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—1 vez.—(IN2012059359).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Glaxosmithkline Llc de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIÓN. Una combinación novedosa que comprende el inhibidor de MEK de N-{3-[3-ciclopropil-5-(2-fluoro-4-yodo-fenil-amino)-6,8-dimetil-2,4,7-trioxo-3,4,6,7-tetrahidro-2H-pirido-[4,3-d]-pirimidin-1-il]-fenil}-acetamida, o una sal farmacéuticamente aceptable o un solvato de la misma, con un inhibidor de B-Raf, en particular N-{3-[5-(2-amino-4-pirimidinil)-2-(1,1-dimetil-etil)-1,3-tiazol-4-il]-2-fluoro-fenil}-2,6-difluoro-bencen-sulfonamida o una sal farmacéuticamente aceptable de la misma, composiciones farmacéuticas que la comprenden, y métodos para utilizar estas combinaciones y composiciones en el tratamiento de las condiciones en donde sea benéfica la inhibición de MEK y/o B-Raf, por ejemplo, cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/90; A61K 31/519; cuyos inventores son Dumble, Melissa, Kumar, Rakesh, Laquerre, Sylvie, Lebowitz, Peter. La solicitud correspondiente lleva el número 20120155, y fue presentada a las 14:29:10 del 27 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012304595.—(IN2012060038).

La señor(a) (ita) María del Pilar López Quirós, céd. 1-1066-0601, en condición de apoderada de Citieffe S.R.L., de Italia, solicita la Patente de Invención denominada FIJADOR EXTERNO MULTI-PROPÓSITO.

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Un fijador externo multi-propósito (1) comprende al menos un tornillo (2) a ser implantado en un fragmento óseo (3) y un armazón (7), que a su vez comprende al menos una abrazadera (8) y al menos una barra (9); la abrazadera (8) comprende un cuerpo central (11), en el cual se hace una ranura (12) para conectar el tornillo (2), un elemento (13) para trabar el tornillo (2) en la ranura (12) y una palanca (14) para operar el elemento de traba (13); la palanca (14) está abisagrada al cuerpo central (11) y se puede mover desde y hacia una posición terminal para unir el elemento de traba (13) y conectar en forma estable el tornillo (2) a la ranura (12). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61B 17/64; F16B 7/04; cuyos inventores son Mingozzi, Franco, Dovesi, Alan. La solicitud correspondiente lleva el número 20120208, y fue presentada a las 8:46:20 del 26 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012304316.—(IN2012060039).

La señor (a) (ita) Kristel Faith Neurohr, céd. 1-1143-447, mayor de edad, abogada, apoderada especial de Kraft Foods Global Brands L.L.C de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO Y APARATO PARA FACILITAR EL ENCAPSULADO DE UNA SUSTANCIA COMESTIBLE. Un aparato se proporciona que incluye una sustancia comestible, una discreta de película flexible en patrón que rodea un espacio libre de adhesivo que se ajusta al tamaño de la sustancia comestible. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es /, cuyos inventores son Valeria Stoppello, Claudine de Sa Botelho Pinto, Camila Morales Duarte, Ronald H. Exner. La solicitud correspondiente lleva el número 11322, y fue presentada a las 9:31:00 del 19 de marzo de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de mayo de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012304200.—(IN2012060040).

La señor (a) (ita) Kristel Faith Neurohr, céd. 1-1143-447, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Kraft Foods Global Brands L.L.C. de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada EMPAQUE FLEXIBLE CON CARACTERÍSTICA DE ABERTURA MÚLTIPLE. El empaque descrito en el presente documento cuenta con una bolsa flexible que tiene dos áreas débiles que definen dos secciones removibles superiores. La eliminación de la primera sección superior ofrece una abertura en la bolsa, la cual permite la salida de los productos que contiene. La eliminación de la segunda sección superior ofrece una nueva abertura en la bolsa, la cual permite la salida de los productos. En una presentación, la primera abertura es menor que la segunda abertura con el fin de facilitar varias maneras para dispensar el producto alimenticio. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A23L 1/48; B65B 7/02; B65B 1/00; cuyos inventores son Leathersich, Jean Elizabeth, Gruskin, Glenn Stanley, Gómez, Gladys O. Sierra. La solicitud correspondiente lleva el número 11180, y fue presentada a las 13:02:18 del 18 de diciembre del 2009. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de mayo del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012304198.—(IN2012060042).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula 1-848-886, mayor de edad, abogado, apoderado especial de SCA Hygiene Products AB, de Suecia, solicita la patente de invención denominada PAÑUELO HIGIÉNICO O TOALLITA HÚMEDA DESECHABLE. Un pañuelo higiénico o toallita húmeda desechable que comprende un material no tejido hidráulicamente enmarañado impregnado con una composición humectante. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes edición 2011.01, es D04H 1/46, cuyo inventor es Strandqvist, Mikael. La solicitud correspondiente lleva el número 20120230, y fue presentada a las 9:24:10 del 4 de mayo de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de mayo de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012059922).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Penagos Hermanos y Cía Ltda, de Colombia, Álvaro Ardilla Duarte, de Colombia, solicita la Patente de Invención denominada MÁQUINA DESMUCILAGINADORA, LIMPIADORA Y LAVADORA VERTICAL ASCENDENTE MULTIETAPAS DE DOBLE CANASTA PARA CAFÉ DESPULPADO. La presente invención se desarrolla en el campo de la maquinaria agrícola utilizada durante el beneficio húmedo del café y se refiere a un aparato que permite llevar a cabo los procesos de desmucilaginado, limpiado y lavado de los frutos de café previamente despulpados utilizando un bajo consumo de agua y potencia. La memoria descriptiva, reivindicaciones resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A23N 5/08, cuyos inventores son Ardilla Duarte, Álvaro, Ariza, Elías. La solicitud correspondiente lleva el número 20120249, y fue presentada a las 11:39:10 del 15 de mayo de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de mayo de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012304594.—(IN2012060037).

Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula Nº 1-833-413, en condición de apoderado de Chemplast International Corp., de Panamá, solicita la Patente de Invención denominada FUNDAS DE PLÁSTICO CON PROPIEDADES INSECTICIDAS A BASE DE UNA COMPOSICIÓN SINÉRGICA QUE CONTIENE UN COMPUESTO DE INSECTICIDA DE ACCIÓN SISTÉMICA NEONICOTINOIDE Y DE UN INSECTICIDA DE CONTACTO PIRETROIDE. La presente invención se refiere a una funda de plástico derivada de un concentrado de ingredientes activos de insecticidas en resina de plástico; que se puede realizar con una composición sinérgica que contiene una combinación del insecticida de acción sistémica neonicotinoide (como el imidacloprid) en una concentración de 0,2% p/p y del insecticida de contacto piretroide (como la bifentrina) en una concentración de 0,1% p/p. La funda resultante se aplica en la zona afectada de la planta, en los racimos de recién emergidos o con una bráctea abierta para ejercer la barrera química contra las plagas insectiles del banano y el plátano. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 25/22; A01N 25/34, cuyo inventor es Charles William Dawson. La solicitud correspondiente lleva el número 20120145 y fue presentada a las 13:27:00 del 26 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de mayo del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012304199.—(IN2012060041).

El señor Francisco José Guzmán Ortíz, mayor de edad, abogado, con cédula de identidad número: 1-0434-0595 vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Treefree Biomass Solutions INC, de Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada “MÉTODOS PARA LA PROPAGACIÓN VEGETATIVA DE GRAMÍNEAS

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Se describe una composición fungicida que contiene una cantidad fungicidamente efectiva de un compuesto de fórmula (I-V), y por lo menos un fungicida seleccionado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es A01G 7/06 cuyos inventores Carroll, John, Todd, Volotin, Norman. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0117, y fue presentada a las 14:46:08 del 12 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de mayo del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012304821.—(IN2012061257).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Federico Ureña Ferrero, céd. 1-901-453, en condición de apoderado de Sicpa Holding S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada DISPOSITIVO DE EXPULSIÓN DE ETIQUETAS.

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La invención se refiere a un dispositivo de expulsión de etiquetas, un sistema de impresión de etiquetado que comprende dicho dispositivo y un procedimiento para descartar etiquetas, en particular etiquetas autoadhesivas. La invención concierne en particular a impedir que etiquetas defectuosas se apliquen a objetos (o contenedores que contienen dichos objetos), con la mínima interrupción por parte del operario del funcionamiento de la máquina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B65C 9/18; B65C 9/40, cuyo inventor es Fefin, Christian. La solicitud correspondiente lleva el número 20120214, y fue presentada a las 14:08:20 del 26 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Jorge Castro Marín, Registrador.—(IN2012061630).

El señor Harry Wohlstein Rubinstein, céd. 1-341-287, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Genentech Inc. de E.U.A, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER USANDO ANTAGONISTAS DE NOTCH. La presente invención se refiere a métodos para el tratamiento del cáncer en general y leucemia en particular, utilizando antagonistas de Notch1 y Notch3 solos o en combinación. También se proporcionan composiciones y métodos para el tratamiento y diagnóstico de tipos de cáncer asociados a Notch. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07K 16/28, cuyo inventor es Siebel, Christian W. La solicitud correspondiente lleva el número 20120213, y fue presentada a las 14:07:11 del 26 de Abril de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de junio de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012061632).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-406021, denominación: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Las Palmas de Brasilito de Cabo Velas de Santa Cruz de Guanacaste. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2011 Asiento: 353552. Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 49 minutos y 21 segundos, del 23 de marzo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2012061487).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva y Recreativa de Kayak y Afines Pejibaye Jiménez, con domicilio en la provincia de Cartago, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: buscar los mecanismos necesarios para la construcción y administración de un canal artificial para la práctica del Kayak y afines en el distrito de Pejibaye de Jiménez. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la Presidenta: Ana Isabel Vindas Alfaro. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 182877).—Curridabat, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012305636.—(IN2012061792).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva de Gimnasia Gravite, con domicilio en la provincia de San José, Escazu, doscientos veinticinco metros al este del Colegio Blue Valley. Cuyos fines principales, entre otros son: incentivar el deporte en el país, principalmente la gimnasia artística y afines, mejorar la vida de nuestras generaciones por medio de la práctica de deportes relacionados con la gimnasia. Su presidenta Viviana Bolaños Barillas es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y demás limitaciones indicadas en el estatuto. El vicepresidente sustituirá a la presidenta en sus ausencias temporales con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 157009, sin adicionales. Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 10 minutos del 13 de junio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012305783.—(IN2012061793).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

La Dirección Nacional de Notariado hace saber que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la Licenciada Marilyn González Umaña, cédula de identidad 1-1212-0225, carné profesional 19250, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente: 12-000535-0624-NO.—San José, 15 de junio de 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2012061364).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

DECRETOS

Nº 09-2012

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 102, inciso 10), de la Constitución Política y 12, inciso ñ), del Código Electoral; y,

Considerando:

I.—Que, en los términos establecidos en el artículo 100 de la Constitución Política, los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones están sujetos a las mismas condiciones de trabajo que rigen para los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, lo que naturalmente incluye contar con la calificada asistencia profesional de letrados para el adecuado cumplimiento de sus responsabilidades.

II.—Que el Tribunal Supremo de Elecciones cuenta con siete letrados y, según lo consignado en el Manual Descriptivo de Puestos de este Tribunal, les corresponde el mismo perfil de los que prestan sus servicios en la Corte Suprema de Justicia; motivo por el cual deben ejecutar tareas y labores profesionales de alta dificultad legal, así como estudios e investigaciones de carácter jurídico muy complejos, necesarios para el despliegue del rol jurisdiccional.

III.—Que, a diferencia de los demás funcionarios electorales, los letrados son funcionarios de confianza y por tanto de libre nombramiento y remoción, siendo que además son el único recurso profesional responsabilizado de manera directa y exclusiva de apoyar el ejercicio de la función jurisdiccional electoral, lo que supone exigencias funcionariales particulares y una alta y especializada preparación académica y profesional.

IV.—Que actualmente existe una gran brecha entre la remuneración de los letrados de la Corte Suprema de Justicia y la que perciben los del Tribunal Supremo de Elecciones, que resulta necesario mitigar para que el salario de éstos sea competitivo y asegurar así la continuidad de sus servicios, procurando que con ello no se distorsione la estructura salarial institucional.

Por tanto, decreta el siguiente:

REGLAMENTO SOBRE LA COMPETITIVIDAD LABORAL

DE LOS LETRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO

DE ELECCIONES

Artículo 1º—Créase un plus salarial que se denominará “Competitividad laboral de los letrados del Tribunal Supremo de Elecciones”.

Artículo 2º—Ese plus consistirá en un 26% del salario base de los letrados del Tribunal Supremo de Elecciones, cuya percepción no repercutirá en el cálculo de los demás pluses salariales de los que disfrutan.

Artículo 3º—El anterior incentivo regirá a partir del 1º de enero del 2013.

Artículo 4º—Publíquese en el Diario Oficial.

Dado en San José, el quince de junio del año dos mil doce.

Luis Antonio Sobrado González, Magistrado.—Eugenia María Zamora Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerrón, Magistrado.—1 vez.—O. C. Nº 15984.—Solicitud Nº 2294-2012.—C-56420.—(IN2012061715).

ACUERDOS

Propuesta de pago 40001 del 11/01/2012

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE

ELECCIONES ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

Para ver tabla solo en La Gaceta PDF o impresa

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O.C. Nº 030.—Solicitud Nº 02.—C-339820.—(IN2012061620).

Propuesta de pago 40002 del 25/01/2012

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE

ELECCIONES ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

Para ver tabla solo en La Gaceta PDF o impresa

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O.C. Nº 030.—Solicitud Nº 02.—C-253220.—(IN2012061619).

Propuesta de pago 40003 del 01/02/2012

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE

ELECCIONES ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

                                                                                                 Monto

 Cédula                                    Nombre                                         líquido ¢

108860832              Eddy Mauricio Quesada Bolaños               2.805.735,77

3101009059            Radiográfica Costarricense S. A.                  550.123,00

3101009059            Radiográfica Costarricense S. A.               2.326.667,00

3101009059            Radiográfica Costarricense S. A.                  136.475,00

3101020660            Control Electrónico S. A.                         5.059.054,00

3101020660            Control Electrónico S. A.                         6.070.864,80

3101020826            Elvatron S. A.                                             436.970,79

3101198782            Ingenieria P C R S. A.                             18.789.903,51

3101198782            Ingenieria P C R S. A.                             18.792.148,49

3101219989            Caisa Inc de Costa Rica Sociedad An         2.980.454,40

3101279803            Avtec S. A.                                                    81.000,00

3101279803            Avtec S. A.                                                  162.000,00

3101566561            Satgeo S. A.                                                 705.738,03

                                Total                                                      58.897.134,79

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 030.—Solicitud Nº 02.—C-32420.—(IN2012061617).

Propuesta de pago 40004 del 08/02/2012

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO

DE ELECCIONES ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

                                                                                                 Monto

 Cédula                                    Nombre                                         líquido ¢

3101096527            Central de Servicios P C S. A.                 14.202.910,68

3101111502            Componentes el Orbe S. A.                   209.329.701,07

3101497516            Aula Abierta J.F.A. S. A.                           4.772.110,00

                                Total                                                    228.304.721,75

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 030.—Solicitud Nº 02.—C-15820.—(IN2012061618).

Propuesta de pago 40005 del 15/02/2012

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE

ELECCIONES ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

                                                                                                Monto

 Cédula                                    Nombre                                         líquido ¢

109780682              Kareem Abdul Gittens Dixon                         93.450,00

204840757              Loria Fonseca Bernal Antonio                       70.094,37

501850621              Jorge Manuel Espinoza De La O                  734.868,19

800530605              Kuing Fong Chan -NI-                                   58.033,58

800570740              Giampaolo Ulcigral Dandri -NI-                   110.441,97

3002045433            Asociación Cruz Roja Costarricense             111.511,03

3002204044            Asociación de Acueducto de Golfito               10.362,00

3004045117            Cooperativa de Electrificación Rura              73.759,04

3004045202            Cooperativa de Electrificación Rura              63.812,00

3004045202            Cooperativa de Electrificación Rura              80.038,50

3004045202            Cooperativa de Electrificación Rura            184.325,50

3004045202            Cooperativa de Electrificación Rura            159.712,30

3004045260            Cooperativa de Electrificación Rura              30.535,00

3007042032            Junta Administrativa de la Imprenta                8.950,00

3007045087            Junta Administrativa del Servicio                 107.229,00

3014042080            Municipalidad de Cartago                                 2.486,00

3101002749            Abonos Agro S. A.                                       123.035,00

3101002749            Abonos Agro S. A.                                         89.523,00

3101003937            Hacienda Santa Anita S. A. -NI-                    74.512,50

3101016488            Quebrada San Juan S. A.                               209.538,67

3101017337            Materiales Exclusivos S. A. (Matex S             22.800,00

3101017337            Materiales Exclusivos S. A. (Matex S           158.729,00

3101033964            Inversiones de Grecia S. A. -NI-                   120.671,82

3101080638            Distribuidora Ramírez y Castillo S.                 48.508,92

3101122802            Club de Investigación Tecnológica S            334.743,50

3101155155            Megom de Puriscal S. A. -NI-                        86.358,87

3101177798            Ara Macaw Cien Por Ciento C R S. A.         390.040,00

3101197288            C R Soluciones GLN S. A. -L-               128.904.123,91

3101274481            Mundo Creativo S. A.                               4.488.400,00

3102002511            Golfito Trading Company Ltda. -NI            131.175,47

4000001902            Instituto Nacional de Seguros                  27.884.674,02

4000001902            Instituto Nacional de Seguros                       147.200,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               19.881,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               21.321,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               85.257,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               15.577,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               20.026,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               21.321,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               19.881,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               19.881,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               15.613,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct             160.695,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               29.313,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               15.697,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               47.077,00

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct             974.608,04

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct               19.809,00

4000042139            Instituto Costarricense de Electric            3.177.924,40

                                Total                                                    169.777.524,60

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 030.—Solicitud Nº 02.—C-90520.—(IN2012061616).

Propuesta de pago 40006 del 22/02/2012

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL

SUPREMO  DE ELECCIONES ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

                                                                                                 Monto

 Cédula                  Nombre                                                           líquido ¢

99002                      Tesorería Nacional-Impuesto d/Renta              31.677,47

106860917              José Enrique Ramírez Mena                              31.312,00

108860832              Eddy Mauricio Quesada Bolaños                       66.253,98

108860832              Eddy Mauricio Quesada Bolaños                       44.520,50

112080746              Adrián Esteban Duarte Fernández                    109.700,00

203050367              Bou Valverde Zetty                                          29.917,61

203050367              Bou Valverde Zetty                                          29.917,61

400560941              Rodríguez Chaverri Ovelio                               29.917,61

400560941              Rodríguez Chaverri Ovelio                               29.917,61

700310322              Seing Jiménez Mario                                        29.917,61

700310322              Seing Jiménez Mario                                        29.917,61

3002173864            Asociación Solidarista T.S.E. -NI-                  7.743.062,61

3002173864            Asociación Solidarista T.S.E. -NI-                 13.783.541,55

3004045117            Cooperativa de Electrificación Rura                 53.675,12

3004045117            Cooperativa de Electrificación Rura                 73.202,22

3004045117            Cooperativa de Electrificación Rura                 44.643,41

3004045202            Cooperativa de Electrificación Rura                124.615,70

3007042032            Junta Administrativa de la Imprenta              1.487.770,00

3007042032            Junta Administrativa de la Imprenta                 15.060,00

3007042032            Junta Administrativa de la Imprenta                 62.060,00

3007042032            Junta Administrativa de la Imprenta                 62.060,00

3007042032            Junta Administrativa de la Imprenta                107.160,00

3007042032            Junta Administrativa de la Imprenta                112.800,00

3007042032            Junta Administrativa de la Imprenta                346.405,00

3012355421            Thyssenkrupp Elevadores S. A.                       263.721,00

3101000046            Compañía Nacional de Fuerza y Luz              3.967.613,30

3101000046            Compañía Nacional de Fuerza y Luz             14.792.899,10

3101003490            Ferreteria Industrial La Florida S.                   2.476.065,50

3101009059            Radiográfica Costarricense S. A.                      136.451,15

3101009059            Radiográfica Costarricense S. A.                     2.275.799,22

3101009059            Radiográfica Costarricense S. A.                      537.411,57

3101009284            El Guadalupano S. A.                                       631.713,03

3101009284            El Guadalupano S. A.                                       351.842,04

3101013709            Mudanzas Mundiales S. A.                                68.000,00

3101020660            Control Electrónico S. A.                              4.560.822,00

3101022029            Melco S. A. 582.055,32

3101023412            I E S. A.  588.687,57

3101024094            Compañía Técnica y Comercial SATEC           99.242,00

3101029749            Romanas Ocony S. A.                                     160.125,00

3101034791            I S Costa Rica S. A.                                         208.334,42

3101042028            Empresa Servicios Públicos de Hered               158.235,00

3101044039            Indianápolis S.A.                                             311.981,00

3101044039            Indianápolis S. A.                                           1.067.416,98

3101049635            Telerad Telecomunicaciones                           245.725,92

3101049635            Telerad Telecomunicaciones                          3.232.914,37

3101052695            Mejía y Compañía S. A. (L)                             59.220,00

3101052978            La Casa del Fontanero S. A.                            224.891,00

3101060214            Almacén el Eléctrico S. A.                             3.593.292,50

3101060214            Almacén el Eléctrico S. A.                             1.819.928,60

3101060214            Almacén el Eléctrico S. A.                              212.824,00

3101073893            Grupo de Soluciones Informáticas GS               379.054,98

3101074898            Controles Video Técnicos de Costa                 250.000,00

3101086562            Equipos de Salud Ocupacional S. A.                  217.445,00

3101089260            Inversiones La Rueca S. A.                               15.200,00

3101089260            Inversiones La Rueca S. A.                             4.214.000,00

3101089260            Inversiones La Rueca S. A.                              159.700,00

3101089260            Inversiones La Rueca S. A.                              560.290,50

3101089260            Inversiones La Rueca S. A.                              500.388,00

3101089260            Inversiones La Rueca S. A.                              650.475,00

3101089260            Inversiones La Rueca S. A.                               52.500,00

3101098063            Multi-Negocios Internacionales Amer             591.440,44

3101099048            M & RG Diseño y Producción Grafica             452.760,00

3101108150            Desarrollo Contemporáneo S. A.                   4.576.024,74

3101112933            Servicios Técnicos Especializados S               2.044.768,53

3101114236            Inversiones Centroamericanas Incen               961.478,00

3101115465            Guilá Imprenta y Litografía S. A.                    411.600,00

3101143949            Yima de Centroamérica S. A.                          122.500,00

3101143949            Yima de Centroamérica S. A.                          940.800,00

3101156970            S P C Internacional S. A.                             107.269.018,34

3101169216            Invotor S. A. 276.131,40

3101178512            Geotecnologías S. A.                                     25.462.055,71

3101185588            Trango Consultores T C S. A.                        2.116.800,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                195.000,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                195.000,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                195.000,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                350.000,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                350.000,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                350.000,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                195.000,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                350.000,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                350.000,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                350.000,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                195.000,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                350.000,00

3101202494            Multiservicios Asira S. A.                                350.000,00

3101230144            Retnetsos Consultores S. A. -L-                     1.003.380,84

3101230341            Diarios de Centroamérica S. A.                        104.130,00

3101233608            G con De Costa Rica S. A.                              2.324.498,95

3101237629            Comercializadora A T del Sur S. A.                1.071.630,00

3101237629            Comercializadora A T del Sur S. A.                  349.000,00

3101242129            Prolim PRLM S.A.                                          360.000,00

3101283620            Southland Technology S. A.                            458.590,14

3101292783            Servicios Múltiples Especializados                    50.496,75

3101299788            Maderas y Ferretería Buen Precio CB              122.715,00

3101299788            Maderas y Ferretería Buen Precio CB              226.992,00

3101308885            Diseño en Infraestructura Tecnologi              2.411.154,56

3101330322            Lumisistemas S. A.                                           82.810,00

3101340543            Elevadores Schindler S. A. -L-                         341.286,00

3101393719            Teleservicios Digitales J.B.M. S. A                 2.097.978,12

3101403062            Rpost S. A. 494.089,05

3101455460            Lubricación Técnica Lubritec S. A.                  639.454,90

3101467493            Electromecánica Integral del Oeste                 207.500,00

3101537577            Impelva S. A. 10.350,00

3102038255            Sociedad Periodística Extra Ltda.                    190.890,00

4000001902            Instituto Nacional de Seguros                         1.709.765,82

4000001902            Instituto Nacional de Seguros                        11.140.635,10

4000042138            Instituto Costarricense de Acueduct                  19.821,00

4000042139            Instituto Costarricense de Electric                   503.597,50

4000042139            Instituto Costarricense de Electric                   275.615,00

4000042139            Instituto Costarricense de Electric                   278.075,00

4000042139            Instituto Costarricense de Electric                 1.111.702,20

4000042139            Instituto Costarricense de Electric                   618.629,90

4000042139            Instituto Costarricense de Electric                   328.655,00

4000042139            Instituto Costarricense de Electric                 3.081.080,80

                                Total   254.720.191,08

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 030.—Solicitud Nº 02.—C-196890.—(IN2012059866).

Propuesta de pago 40007 del 29/02/2012

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL

SUPREMO  DE ELECCIONES ACUERDA:

 Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

                                                                                                            Monto

  Cédula                                   Nombre                                         líquido ¢

3004045260                 Cooperativa de Electrificación Rura         26.190,00

3007042032                 Junta Administrativa de la Imprenta       129.740,00

3007042032                 Junta Administrativa de la Imprenta       162.280,00

3007042032                 Junta Administrativa de la Imprenta       101.400,00

3007042032                 Junta Administrativa de la Imprenta       223.790,00

3014042080                 Municipalidad de Cartago                           2.486,00

3101002749                 Abonos Agro S. A.                              3.193.211,42

3101020660                 Control Electrónico S. A.                       315.333,40

3101020660                 Control Electrónico S. A.                    1.499.539,55

3101042028                 Empresa Servicios Públicos de Hered.       32.980,00

3101073893                 Grupo de Soluciones Informáticas GS      378.937,70

3101077363                 Servicio de Cuido Responsable Secur       429.474,37

3101077363                 Servicio de Cuido Responsable Secur       429.474,37

3101077363                 Servicio de Cuido Responsable Secur       429.474,37

3101077363                 Servicio de Cuido Responsable Secur       429.474,37

3101077363                 Servicio de Cuido Responsable Secur       429.474,37

3101077363                 Servicio de Cuido Responsable Secur       429.474,37

3101077363                 Servicio de Cuido Responsable Secur       429.474,37

3101101881                 COMERCIAL SEYMA S.A.                     81.676,52

3101105396                 Consulting Group Chami Centroameric  256.960,54

3101111502                 Componentes el Orbe S. A.                 4.344.436,13

3101113492                 Almacen Roag S. A.                            1.150.030,00

3101174285                 Seguridad Alfa S. A.                                375.211,95

3101174285                 Seguridad Alfa S. A.                                375.211,95

3101174285                 Seguridad Alfa S. A.                                375.211,95

3101174285                 Seguridad Alfa S. A.                                375.211,95

3101174285                 Seguridad Alfa S. A.                                432.936,86

3101174285                 Seguridad Alfa S. A.                                432.936,86

3101174285                 Seguridad Alfa S. A.                                413.633,26

3101198782                 Ingeniería P C R S. A.                       18.786.571,40

3101202494                 Multiservicios Asira S. A.                       350.000,00

3101202494                 Multiservicios Asira S. A.                       350.000,00

3101202494                 Multiservicios Asira S. A.                       350.000,00

3101202494                 Multiservicios Asira S. A.                       350.000,00

3101202494                 Multiservicios Asira S. A.                       395.117,18

3101227869                 Correos de Costa Rica S. A.  -L-          1.999.224,50

3101227869                 Correos de Costa Rica S. A.  -L-               54.125,00

3101274481                 Mundo Creativo S. A.                             285.000,00

4000001902                 Instituto Nacional de Seguros            21.673.019,00

4000042146                 Consejo Nacional de Producción              85.079,40

                                     Total                                                62.363.803,11

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 030.—Solicitud  Nº 02.—C-77260.—(IN2012059864).

Propuesta de pago 40008 del 07/03/2012

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL TRIBUNAL

SUPREMO  DE ELECCIONES ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

                                                                                                            Monto

  Cédula                                   Nombre                                         líquido ¢

103510839              Freddy Valverde Vargas  -NI-                       200.054,10

104140418              José Francisco Pérez Araya                         480.200,00

110030422              Hebel Mesén Cano                                    2.724.400,00

110030422              Hebel Mesén Cano                                    2.383.850,00

202901304              Carlos A. Rodríguez Arias  -NI-                   430.938,98

203190535              Orlando Villalobos González  -NI-               185.850,00

205110252              Molina Quesada Marleny                             176.000,00

401110906              Jorge Villegas Paniagua  -NI-                       125.000,00

500460423              Walter Porras Fernández  -NI-                    428.505,00

501660614              Luz Marina Jiménez Ledezma  -NI-             325.000,00

501990032              Maruja Castillo Porras                              1.494.753,18

600600422              Víctor Manuel García Barquero                    108.446,09

603190176              Natacha Garro López   -NI-                         819.782,92

800530605              Kuing Fong Chan  -NI-                                438.894,69

800570740              Giampaolo Ulcigral Dandri  -NI-                  432.762,86

2400042156            Tribunal Supremo de Elecciones                  224.216,81

2400042156            Tribunal Supremo de Elecciones                    55.000,00

2400042156            Tribunal Supremo de Elecciones                      3.270,00

2400042156            Tribunal Supremo de Elecciones                  190.050,00

2400042156            Tribunal Supremo de Elecciones                    20.000,00

2400042156            Tribunal Supremo de Elecciones                    12.204,00

3002173864            Asociación Solidarista T.S.E.  -NI-         21.255.744,85

3002173864            Asociación Solidarista T.S.E.  -NI-         19.288.682,29

3012355421            Thyssenkrupp Elevadores S. A.                   323.231,25

3101003105            Corp Inv Costarricense S.A.  -NI-                248.779,06

3101003105            Corp Inv Costarricense S. A.  -NI-            1.451.211,63

3101003937            Hacienda Santa Anita S. A.  -NI-              1.554.525,00

3101013086            Compañía Inversionista Las Brisas S       22.046.957,10

3101016488            Quebrada San Juan S. A.                            2.252.198,35

3101024334            Solís Gamboa e Hijos S. A.  -NI-                  350.000,00

3101027972            Agencias Básicas Mercantiles A B M           501.758,33

3101027972            Agencias Básicas Mercantiles A B M           168.080,25

3101027972            Agencias Básicas Mercantiles A B M        3.898.003,38

3101033964            Inversiones de Grecia S. A.  -NI-                  923.252,92

3101064694            Distribuidora Santa Bárbara de Pava          1.316.133,02

3101073972            Copias Dinámicas S. A.                                  49.600,00

3101073972            Copias Dinámicas S. A.                                441.000,00

3101073972            Copias Dinámicas S. A.                                  63.000,00

3101073972            Copias Dinámicas S. A.                                485.100,00

3101073972            Copias Dinámicas S. A.                                  49.600,00

3101074898            Controles Video Técnicos de Costa              250.000,00

3101077363            Servicio de Cuido Responsable Secur         1.342.548,72

3101089260            Inversiones La Rueca S. A.                       2.064.051,33

3101089260            Inversiones La Rueca S. A.                          144.084,00

3101110403            Sistemas Maestros de Información S.             45.681,63

3101121078            Incogua S. A.  -NI-                                      154.852,55

3101155155            Megom de Puriscal S .A.   -NI-                    631.360,87

3101169216            Invotor S. A.                                               299.958,60

3101174285            Seguridad Alfa S. A.                                     432.936,87

3101174285            Seguridad Alfa S. A.                                     432.936,87

3101174285            Seguridad Alfa S. A.                                     432.936,87

3101174285            Seguridad Alfa S. A.                                     432.936,87

3101174285            Seguridad Alfa S. A.                                     432.936,87

3101174285            Seguridad Alfa S. A.                                  5.125.808,77

3101174285            Seguridad Alfa S. A.                                  3.791.615,74

3101175001            El Mar es de Todos S. A.   -NI-                 1.705.456,00

3101179595            Compañía de Servicios Múltiples Mas          369.234,67

3101179595            Compañía de Servicios Múltiples Mas          369.234,67

3101179595            Compañía de Servicios Múltiples Mas          369.234,67

3101198782            Ingeniería P C R S. A.                             18.795.391,31

3101198782            Ingeniería P C R S. A.                             10.057.255,04

3101209082            Librería América S. A.                                 179.950,00

3101238000            Kitachi S. A.  -NI-                                       216.287,50

3101238000            Kitachi S. A.  -NI-                                       326.052,39

3101276712            Inversiones Jaudamar S. A.  -NI-               1.321.040,00

3101292783            Servicios Múltiples Especializados               395.418,11

3101292783            Servicios Múltiples Especializados               424.043,74

3101292783            Servicios Múltiples Especializados               400.571,05

3101292783            Servicios Múltiples Especializados               383.453,85

3101292783            Servicios Múltiples Especializados               400.242,84

3101295842            Seguridad Tango S. A.                               1.801.252,14

3101295842            Seguridad Tango S. A.                               1.801.262,40

3101340543            Elevadores Schindler S. A.  -L-                    341.332,20

3101355743            SID de Costa Rica S. A.                                  54.000,00

3101356346            Hontoria del Pinar S. A.                              411.600,00

3101397585            Grupo Comercial Tectronic S .A.                 651.272,18

3101552021            A & CH La Rosa Azul de Saron S. A.           416.343,20

3101566561            Satgeo S. A.                                                 707.023,11

3102002511            Golfito Trading Company Ltda.   -NI          985.565,03

3102007759            Hijos de Heriberto Hidalgo Sucs Ltd          1.140.081,04

3102074245            Colchonería Alfonso Santamaría Ltda         187.021,40

3102074245            Colchonería Alfonso Santamaría Ltda         396.067,00

3102426813            Iafis Costa Rica Ltda                                2.702.482,18

3102426813            Iafis Costa Rica Ltda                                5.681.650,31

                                Total                                                    156.930.500,65

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 030.—Solicitud  Nº 02.—C-148640.—(IN2012059865).

EDICTOS

Registro Civil – Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 34486-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas del veintitrés de febrero del dos mil doce. Diligencias de ocurso presentadas por Ligia Campos Arguedas, soltera, costarricense, cédula de identidad número uno-seiscientos setenta y cuatro-novecientos ochenta y uno, vecina de Buenos Aires, Puntarenas; tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “catorce de enero de mil novecientos sesenta y seis” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—RP2012305475.—(IN2012061795).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Salvadora Jiménez Meneses, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 989-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas treinta y cinco minutos del quince de marzo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 46495-11. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Luis Alberto Estrada Domínguez con María Salvadora Jiménez Meneses,... en el sentido que la fecha del matrimonio es “veintidós de setiembre del dos mil once” y no como se consignó, se deniega en cuanto a los otros extremos de la petición.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012061434).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Maryuri Zulema Urbina, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2158-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº 25793-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Angie Elizabeth González Urbina…; en el sentido que el nombre y el apellido de la madre… son “Maryuri Zulema Urbina, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012061654).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jinieth del Carmen Chavarría, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1002-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dos minutos del diecinueve de marzo del dos mil doce. Ocurso. Expediente Nº 219-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Luis Carlos Espinoza Chavarría…; en el sentido que el nombre de la madre… es “Jinieth del Carmen”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012061657).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Emilia Granados, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1264-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cinco minutos del diez de abril del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 2286-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Estiven Fabricio Arias Granados...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Rosa Emilia”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012061734).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Alexander Villegas Sandí, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2954-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas veintitrés minutos del diez de noviembre del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 33961-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Hazael Josué Prendas Picado...; en el sentido que el primer apellido del padre... es “Villegas”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012305474.—(IN2012061794).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Jénnifer Rattner Ayala, mayor, soltera, estudiante, colombiana, cédula de residencia 117000606810, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1863-2012.—San José, diecinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012061480).

Stephany Rattner Ayala, mayor, soltera, estudiante, colombiana, cédula de residencia 117000607029, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1862-2012.—San José, diecinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012061482).

Diana Leonor Guzmán de Cardeñoza, mayor, casada, del hogar, colombiana, cédula de residencia Nº 117001412405, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1885-2012.—San José, veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012061713).

Ingrid Melissa Viveros Perea, mayor, soltera, estilista, colombiana, cédula de residencia 117001594331, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 1605-2012.—San José, veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012305470.—(IN2012061796).

Moisés Rafael Hernández Trejos, mayor, soltero, peón de construcción, nicaragüense, cédula de residencia 155800560807, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1002-2012.—San José, cuatro de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012305537.—(IN2012061797).

Jader Iván Gutiérrez Gómez, mayor, soltero, bachiller en medicina y cirugía, nicaragüense, cédula de residencia 155806451129, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1903-2012.—San José, veintidós de mayo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012305541.—(IN2012061798).

Andrey Yurenkov, mayor, casado, gerente general, ruso, cédula de residencia 164300010728, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2331-2012.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012062266).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CULTURA Y JUVENTUD

CENTRO COSTARRICENSE DE PRODUCCIÓN

CINEMATOGRÁFICO

SEGUNDA MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS 2012

El Centro Costarricense de Producción Cinematográfica comunica que de conformidad las modificaciones a la Ley de Contratación Administrativa, publicadas en el diario oficial de La Gaceta Nº 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de dicha ley, se ha efectuado la segunda modificación al Plan de compras 2012, la que se encuentra a disposición de los interesados en Comprared, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared.

San José, 25 de junio del 2012.—Laura Molina Valverde, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 173-12.—Solicitud Nº 29112.—C-8460.—(IN2012069265).

LICITACIONES

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN

CONCURSO: COMPRA DIRECTA Nº 2012CD-000065-01

Objeto de contrato: contratación de servicios para la

organización y administración de las disciplinas

deportivas de ajedrez femenino y masculino,

etapas eliminatoria y final de la edición

XXXII Juegos Deportivos Nacionales

Desamparados 2012

El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación invitan, para tal efecto se recibirán ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 16 de julio del 2012, en la Proveeduría Institucional del ICODER. Los interesados podrán retirar el cartel sin costo alguno, en la Proveeduría del ICODER, ubicada en las Instalaciones del Gimnasio Nacional, Sabana Este, o bien, a través de la página Web del ICODER en la dirección: www.icoder.go.cr.

San José, 20 de junio del 2012.—Proveeduría.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012070544).

CULTURA Y JUVENTUD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000247-75100

Compra de un vehículo tipo microbús

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 31 de julio del 2012, para la “Compra de un vehículo tipo microbús”, promovido a favor del Centro Cultural Histórico José Figueres Ferrer.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección http://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha, o podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud, que se encuentra ubicada en el Centro Nacional de la Cultura, avenidas 3 y 7, calles 11 y 15, frente Parque España.

San José, 20 de junio del 2012.—Proveeduría.—Lic. Jorge Rodríguez Solera, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012070664).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000005-01

Adquisición de switches de fibra canal para la ampliación

de redes de almacenamiento y su mantenimiento

El Banco de Costa Rica informa que recibirá ofertas hasta las once horas con treinta minutos (11:30 a.m.), del 8 de agosto del 2012, para la licitación en referencia, las cuales deben ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales.

El cartel de la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 9:00 a. m. a 3:00 p. m.

Oficina de Compras y Pagos.—Osvaldo Villalobos G., Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6541.—C-13120.—(IN2012070653).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000023-PCAD

Servicios de impresión, personalización de cheques

de cuentas corrientes y libretas de depósitos

(Consumo según demanda)

Apertura: Para las 14:00 horas del día 6 de agosto del 2012. Venta del cartel: cajas 23 ó 24 de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m. Retiro del cartel en el 6to piso, oficinas centrales, Proceso de Contratación Administrativa de 8:15 a. m. a 4:00 p. m., Costo: ¢4.000,00 (cuatro mil colones con 00/100).

San José, 3 de julio del 2012.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2012070655).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-PCAD

Contratación de servicios de dos empresas

que brinden los servicios de calificadora

de riesgo para el Banco Popular

Apertura: Para las 10:00 horas del día 23 de julio del 2012. Venta del cartel: cajas 23 ó 24 de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m. Retiro del cartel: en el 6to piso, oficinas centrales, Proceso de Contratación Administrativa de 8:15 a. m. hasta las 4:00 p. m. Costo: ¢2.500 (dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 4 de julio del 2012.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2012070656).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS

SUBÁREA DE PLANIFICACIÓN Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

“ESCASA CUANTÍA” SEGÚN DEMANDA Nº 2012CD-000010-2308

Objeto contractual: lubricantes y accesorios para vehículos

La Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Hospital Dr. Max Terán Valls, recibirá ofertas por escrito hasta las 10 horas con 30 minutos del día 16 de julio del 2012, el cartel en mención puede ser retirado de acuerdo a los siguientes métodos:

1.  En la Subárea de Planificación y Contratación Administrativa, situada de la esquina noreste del parqueo para vehículos de funcionarios 50 metros al norte, parte posterior de las instalaciones del Hospital Dr. Max Terán Valls, previo pago de la suma de ¢480,00 (Cuatrocientos ochenta colones con 00/100).

2.  O bien realizar el pago de los ¢480,00 a las cuentas de la Caja Costarricense del Seguro Social: del Banco Nacional de Costa Rica cuenta en colones Nº 100-01-000-003599-8 (CCSS Seguro Enfermedad y Maternidad), o a la cuenta Nº 326-54-3 (Cajas oficinas centrales-sucursales) y solicitar a los teléfonos 2777-0272 ó 2777-3218 el cartel de licitación en mención vía fax.

Quepos, 3 de julio del 2012.—Lic. Ana Lissette Acuña Vargas, Coordinadora.—1 vez.—(IN2012070562).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CENTRAL NORTE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000008-2299

Servicios profesionales de seguridad y vigilancia

para la Dirección Regional Central Norte

Se establece como fecha límite para la recepción de ofertas el 8 de agosto del 2012, a las 9:00 a. m.; así mismo, el cartel de este procedimiento se encuentra disponible a partir de la fecha de esta publicación en esta Sede Regional, ubicada a 200 metros norte de la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia, lugar donde también se recibirán las ofertas.

Para ver más detalles y corroborar información accesar la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr.

3 de julio del 2012.—Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Lic. Rónald Villalobos Mejía.—1 vez.—(IN2012070654).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

GERENCIA DE LOGÍSTICA Y RECURSOS

INSTITUCIONALES

LICITACION PÚBLICA Nº 2012LI-000001-PROV

Adquisición de transformadores de corriente de 138 kV

FONDOS BID

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 27 de agosto del 2012, en la Ventanilla única en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del Edificio Central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento: “Adquisición de transformadores de corriente de 138 kV”.

Avisamos a los interesados en la licitación antes mencionada, que en nuestro sitio Web se estarán publicando notas aclaratorias, modificaciones, anexos, eventuales prórrogas así como la adjudicación, por lo que les instamos a visitarlo periódicamente accesando nuestra dirección electrónica: https:// www.grupoice.com/PEL en la pestaña Adquisición de Bienes y Servicios, seleccionando la opción en recepción de ofertas.

San José, 4 de julio del 2012.—Proveeduría Institucional.—Luis Fernando Araya Montero, Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 356441.—Solicitud Nº 47498.—C-24460.—(IN2012070541).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000043-02

Suministro e instalación de medidores

de nivel en Refinería

La Dirección de Suministros de RECOPE invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000043-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 31 de julio del 2012.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página Web de RECOPE, www.recope.com.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 11 de julio del 2012, a las 10:00 horas en la entrada principal de la Refinería.

San José, 4 de julio del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 39181.—C-19760.—(IN2012070571).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-000087-01

Concierto con grupo nacional

La Municipalidad de Parrita informa que recibirá ofertas hasta las quince horas (14:00) del 11 de julio del 2012, para la contratación en referencia las cuales deberán ser presentadas en la Oficina de Proveeduría, ubicada en Edificio Las Palmas, tercera planta, La Julieta, Parrita, o al fax 2779-5454 Ext. 112.

El cartel de la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m. de lunes a viernes o bien los interesados pueden solicitarlo al correo electrónico provmuniparrita@gmail.com.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Alonso Salas Amador, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012070581).

ADJUDICACIONES

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN

CONCURSO: LICITACIÓN ABREVIADA

Nº 2012LA-000013-01 (Acto final)

Objeto de contrato: contratación de servicios para la organización

y administración de las disciplinas

deportivas de tenis femenino y masculino, etapas

eliminatoria y final de la Edición XXXII

Juegos Deportivos Nacionales

Desamparados 2012

Se les comunica a los interesados en este concurso que el mismo ha sido declarado infructuoso.

San José, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—Lic. Eduardo Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012070545).

CONCURSO: COMPRA DIRECTA Nº 2012CD-000060-01

(Acto final)

Objeto de contrato: contratación de servicios para la

organización y administración de las disciplinas

deportivas de gimnasia rítmica y artística

femenino y masculino, etapas eliminatoria y

final de la edición XXXII Juegos Deportivos

Nacionales Desamparados 2012

Se les comunica a los interesados en este concurso que el mismo ha sido declarado infructuoso.

San José, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—Lic. Eduardo Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012070546).

CONCURSO: COMPRA DIRECTA Nº 2012CD-000062-01

(Acto final)

Objeto de contrato: contratación de servicios para la

organización y administración de la disciplina deportiva

de fútbol masculino, etapas eliminatoria y final de

la edición XXXII Juegos Deportivos Nacionales

Desamparados 2012

Se les comunica a los interesados en este concurso que el mismo ha sido declarado infructuoso.

San José, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—Lic. Eduardo Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012070547).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-01

Remodelación Oficina BCR-Paso Canoas

Se les informa a los interesados en la licitación en referencia, que la Comisión de Contratación Administrativa del BCR, en reunión 22-2012, CCADTVA del 21 de junio del 2012, acordó lo siguiente:

1-Adjudicar la licitación en referencia a la empresa Edificaciones y Pinturas de Costa Rica S. A. (EDIPSA), por un monto de ¢379.737.690,00 correspondiente a la remodelación general, más ¢9.000.000,00 por imprevistos de diseño, para un monto total de ¢388.737.690,00; con un plazo de entrega de 120 días naturales.

2-Adjudicar los servicios de mantenimiento según el siguiente detalle:

Detalle

Monto

Mantenimiento de Aire Acondicionado

¢2.474.580,00

Mantenimiento Planta Eléctrica

¢2.369.000,00

Mantenimiento Sistema de Bombeo y Filtros

¢2.804.337,00

Mantenimiento Motores Eléctricos para Portones

¢1 .200.000,00

Mantenimiento de Rotulación Exterior

¢2. 160.000,00

Monto Total

¢11.007.917,00

Nota: Los contratos por los mantenimientos, rigen a partir de la entrega definitiva de la remodelación general y se deben contratar por un (1) año prorrogable por periodos iguales hasta un máximo de 3 años.

El monto total de la adjudicación es de ¢399.745.607,00 (Trescientos noventa y nueve millones setecientos cuarenta y cinco mil seiscientos siete colones exactos).

San José, 4 de julio del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6542.—C-24600.—(IN2012070652).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000012-2101

Kit para máquina de terapia de reemplazo

renal con membrana

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael A. Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar el mismo de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Nutricare S. A. (Oferta uno) ítems 1, 2 y 3.

Monto Total: $115.950,00

Monto Total en Letras: Ciento quince mil novecientos dólares con 00/100.

Tiempo de Entrega: Para los ítems de la UCI, 6 entregas parciales, en ambos servicios la primera entrega a 15 días hábiles máximo a partir del día posterior de la disponibilidad del retiro de la orden de compra o puesta en vigencia el contrato las siguientes entregas mensuales tomando como base la fecha de la primera entrega de acuerdo al cuadro de distribución de entrega visible en folio 000144 del expediente administrativo y correspondiente al cartel de marras y a la oferta presentada.

Garantía: 24 meses contra defectos de fabricación.

Nota: Para la presente compra se adjudicará para el ítem uno la cantidad de 30 sets, esto por cuanto la institución se reserva el derecho de adjudicar totalmente o parcialmente para cada uno de los ítems, según lo establece el punto 1.8 de las condiciones Generales y Especificas del cartel.

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr

San José, 4 de julio del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, MSc. Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2012070526).

HOSPITAL DR. MAX PERALTA JIMÉNEZ

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000012-2306

Remodelación e instalación de tanque subterráneo

para diesel para el Hospital Dr. Max

Peralta Jiménez de Cartago

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Max Peralta Jiménez, comunica a los interesados que el Lic. José Mauricio Rosas Vega Director Administrativo Financiero del centro hospitalario, según la Recomendación Técnica emitida por el Sr. Eduardo Cerdas Salazar, Jefe del Servicio de Ingeniería y Mantenimiento del Hospital, acuerda adjudicar a: Sistemas Electromecánicos Felipe y Felipe Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-106580, oferta número uno del procedimiento Licitatorio.

Monto Total Adjudicado: ¢114.672.202,51 (Ciento catorce millones seiscientos setenta y dos mil doscientos dos colones con cincuenta y un céntimos).

Cartago, 3 de julio del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Jimmy Salazar Robles, Coordinador.—1 vez.—(IN2012070554).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000038-5101

Paricalcitol 5 ug/m solución inyectable,

ampolla con 1 ml

El ítem único de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000038-5101, para la adquisición de Paricalcitol 5 ug/m solución inyectable, ampolla con 1 ml, se adjudicó a la empresa Cefa Central Farmacéutica S. A., por un monto total de USD $122.115,24 (ciento veintidós mil ciento quince dólares exactos con 24/100).Vea detalles y mayor información en la Página Web http://www.ccss.sa.cr.

San José, 3 de julio del 2012.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Mauricio Hernández Salas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 37931.—C-16940.—(IN2012070574).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000009-01

Compra de equipo para laboratorio

y metrología (medición)

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje acuerda adjudicar la licitación en referencia con base en el dictamen técnico, legal y elementos de adjudicación:

a.  Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000009-01 para la compra de equipo para laboratorio y metrología (medición), en los siguientes términos:

    Adjudicar las líneas 1-2-3 a la oferta 1 de la empresa Tecnosagot S. A. por un monto de ¢14.033.890,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 45 días hábiles para la línea 1, 30 días hábiles para la línea 2 y 60 días hábiles para la línea 3.

San José, 4 de julio del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46910.—C-16940.—(IN2012070660).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000116-01

Compra de electrodomésticos de uso general

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje acuerda adjudicar la licitación en referencia con base en el dictamen técnico, legal y elementos de adjudicación:

a.  Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000116-01 para la compra de electrodomésticos de uso general, en los siguientes términos:

    Adjudicar la línea 1 a la oferta presentada por Carazo Guillén Nelson por un monto de ¢7.640.000,00, por cumplir con lo estipulado por el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 45 días hábiles.

San José, 4 de julio del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46910.—C-16940.—(IN2012070661).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES

LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000002-01

Compra de traviesas de madera tratada

para cambia vías y puentes

A los interesados en la Licitación indicada, se les comunica que por resolución de la Junta Directiva, tomada en Sesión Ordinaria 1960-2012, Acuerdo 3753-2012, celebrada el 2 de julio del 2012, dispuso:

“Se aprueba la Adjudicación de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000002-01, para la compra de traviesas de madera tratada para cambia vías y puentes, a la empresa Sealed Sigma Ltda. ¢93.933.500,00 (Noventa y tres millones novecientos treinta y tres mil quinientos colones), por 15 juegos de traviesas para cambia vías y 1200 de puente, presentado por la Gerencia de Operaciones y de acuerdo con lo expuesto en el Oficio PROV Nº 061-2012. Aprobado por unanimidad. En firme”.

San José, 4 de julio del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Marta E. Navarro Sandoval.—1 vez.—O. C. Nº 11033.—Solicitud Nº 09898.—C-16000.—(IN2012070566).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD SAN ISIDRO DE HEREDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000007-01

Contratación servicios para diseño de obras estabilización

de talud Calle Quintana-Calle Aguacate, límite San Pablo

Ent. N 112 en San Isidro de Heredia

A los interesados en el presente concurso, se les informa que en Sesión Ordinaria Nº 44-2012 del 2 de julio del 2012, el Concejo Municipal de San Isidro de Heredia tomó el acuerdo: Nº 792-2012 avalado por los cinco regidores propietarios y declarado acuerdo por unanimidad y definitivamente aprobado que dice: Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000007-01 Contratación de servicios para diseño de obras estabilización de talud, Calle Quintana-Calle Aguacate, límite San Pablo Ent. N 112 en San Isidro Heredia a:

Ingenieros Consultores S. A. (IMNSA), cédula jurídica 3-101-091498 por un monto de ¢10.233.500,00.

Quedando esta adjudicación sujeta para su ejecución al cumplimiento de los requisitos de refrendo y formalización contractual correspondientes.

San Isidro de Heredia, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—Sandra Ramírez Villalobos.—1 vez.—(IN2012070606).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-01

Contratación servicios para la realización estudios

y trámites para la inserción de la variable

ambiental en el Plan Regulador del Cantón

de San Isidro de Heredia

A los interesados en el presente concurso, se les informa que en Sesión Ordinaria Nº 44-2012 del 2 de julio del 2012, el Concejo Municipal de San Isidro de Heredia tomó el acuerdo: Nº 789-2012 avalado por los cinco regidores propietarios y declarado Acuerdo por unanimidad y definitivamente aprobado que dice: Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000003-01 Contratación Servicios para la realización estudios y trámites para la inserción de la variable ambiental en el Plan Regulador del Cantón de San Isidro de Heredia a:

Ingenieros de Centroamérica Ltda. (INDECA) cédula jurídica 3-102-008893 por un monto de ¢11.900.000,00.

Quedando esta adjudicación sujeta para su ejecución al cumplimiento de los requisitos de refrendo y formalización contractual correspondientes.

San Isidro de Heredia, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—Sandra Ramírez Villalobos.—1 vez.—(IN2012070610).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000002-01

Contratación servicios para el tratamiento y disposición final

de los residuos sólidos ordinarios, residenciales, comerciales

e institucionales del Cantón de San Isidro de Heredia

A los interesados en el presente concurso, se les informa que en Sesión Ordinaria Nº 44-2012 del 2 de julio del 2012, el Concejo Municipal de San Isidro de Heredia tomó el acuerdo: Nº 788-2012 avalado por los cinco regidores propietarios y declarado Acuerdo por unanimidad y definitivamente aprobado que dice: Adjudicar la Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000002-01 Contratación de servicios para el tratamiento y disposición final de los residuos sólidos ordinarios, residenciales, comerciales e institucionales del Cantón de San Isidro de Heredia a:

Empresas Berthier EBI de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-215741.

Ítem Nº 1 por un monto de ¢11.500,00 por tonelada métrica tratada y dispuesta en el sitio.

Quedando esta adjudicación sujeta para su ejecución al cumplimiento de los requisitos de refrendo y formalización contractual correspondientes.

San Isidro de Heredia, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—Sandra Ramírez Villalobos.—1 vez.—(IN2012070612).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-01

Contratación servicios para vigilancia del plantel

municipal en San Isidro de Heredia

A los interesados en el presente concurso, se les informa que en Sesión Ordinaria Nº 44-2012 del 2 de julio del 2012, el Concejo Municipal de San Isidro de Heredia tomó el acuerdo: Nº 791-2012 avalado por los cinco regidores propietarios y declarado Acuerdo por unanimidad y definitivamente aprobado que dice: Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000006-01 Contratación de servicios para vigilancia del plantel municipal en San Isidro de Heredia a:

Servicio de Monitereo Electrónico Alfa S. A., cédula jurídica 3-101-360994 y Consorcio con Seguridad Alfa S. A., cédula jurídica 3-101-174285 un monto mensual de ¢1.221.592,41.

Quedando esta adjudicación sujeta para su ejecución al cumplimiento de los requisitos de refrendo y formalización contractual correspondientes.

San Isidro de Heredia, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—Sandra Ramírez Villalobos.—1 vez.—(IN2012070613).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-01

Contratación servicios para ejecución de obras públicas

en edificaciones e infraestructuras comunales

en el Cantón de San Isidro de Heredia

A los interesados en el presente concurso, se les informa que en Sesión Ordinaria Nº 44-2012 del 2 de julio del 2012, el Concejo Municipal de San Isidro de Heredia tomó el acuerdo: Nº 790-2012 avalado por los cinco regidores propietarios y declarado Acuerdo por unanimidad y definitivamente aprobado que dice: Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000004-01 Contratación de servicios para ejecución de obras públicas en edificaciones e infraestructuras comunales en el Cantón de San Isidro de Heredia a:

Desarrollos Constructivos Alfa S. A., cédula jurídica 3-101-598472 los ítems Nº 1, 3, 4, 6, 7, 9, 10, 11, y 12 por un monto de ¢20.545,076.

Bienes AHT de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-526300 el ítem Nº 5 por un monto de ¢2.300.000,00.

Se declaran desiertos los ítems Nº 2 y 8

Quedando esta adjudicación sujeta para su ejecución al cumplimiento de los requisitos de refrendo y formalización contractual correspondientes.

San Isidro de Heredia, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—Sandra Ramírez Villalobos.—1 vez.—(IN2012070614).

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-01

Contratación de servicios de gestión ambiental

La Municipalidad de Parrita informa que el procedimiento en referencia fue declarado infructuoso mediante Acuerdo Nº 10, Artículo Cuarto, Correspondencia, Asunto Nº 17, Sesión Ordinaria Nº 2459-2012, celebrada el 18 de junio del 2012 por parte del Concejo Municipal.

Proveeduría.—Lic. Alonso Salas Amador, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012070582).

FE DE ERRATAS

SEGURIDAD PÚBLICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000314-09003

Compra de equipo para transporte

(Vehículos Modificados CAP y UPC)

La Dirección de Proveeduría del Ministerio de Seguridad Pública comunica a todos los interesados en la contratación arriba indicada, que en razón de haberse interpuesto recurso de objeción al cartel, la apertura de la misma se prorroga para las 10:00 horas del 26 de julio del 2012.

San José, 2 de julio del 2012.—Proveeduría.—Licda. Jenny Mena Ugalde, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 4488.—C-13120.—(IN2012070583).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000041-01

(Prórroga Nº 1)

Contratación de servicios profesionales para establecer un rol

para la valoración de bienes muebles e inmuebles

y la fiscalización de inversiones

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000041-01 lo siguiente:

Fecha de apertura.

Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría del Banco Nacional, situada en La Uruca, a más tardar a las diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este Despacho, del 24 de julio del 2012, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.

La demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, 3 de julio del 2012.—Proveeduría.—Erick Leitón Mora, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 5822.—C-16400.—(IN2012070549).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-101205

Servicio de atención de llamadas, despacho y manejo

de recursos para la Oficina de Comunicaciones

del Cuerpo de Bomberos

El Benemérito Cuerpo de Bomberos comunica la publicación una serie de aclaraciones a la Licitación Pública Nº 2012LN-101205, “Servicio de atención de llamadas, despacho y manejo de recursos para la Oficina de Comunicaciones del Cuerpo de Bomberos”.

El cartel, junto con las aclaraciones respectivas podrán visualizarlas y descargarlas del portal de Internet www.bomberos.go.cr.

La recepción y apertura de ofertas se mantiene para el día 10 de julio del 2012, a las 10:00 horas en el segundo piso de las Oficinas Administrativas del Cuerpo de Bomberos.

San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Guido Picado Jiménez, Proveedor.—1 vez.—(IN2012070620).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-02

(Prórroga Nº 3 y Enmienda Nº 1)

Construcción de tanques para almacenamiento

de gasolina, bunker y diesel en Refinería

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 8 de agosto del 2012, a las 10:00 horas. Así mismo, deben pasar al segundo piso de las Oficinas Centrales de RECOPE a retirar la Enmienda Nº 1, o bien, la misma estará disponible en la página Web de RECOPE www.recope.com.

San José, 3 de julio del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 12-0004.—Solicitud Nº 39180.—C-9420.—(IN2012070570).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-01

Maquila de mezcla asfáltica para colocación

en recarpeteos con procesamiento

de donación de RECOPE,

ley 8114

La Municipalidad de San Rafael de Heredia, informa que en el concurso en referencia, se publicó en La Gaceta Nº 129 del miércoles 4 de julio del 2012, página número catorce, donde se indica Licitación Pública Nacional Nº 2012LA-000004-01, lo correcto es Licitación Abreviada Nº 2012LA-000004-01, el resto de información permanece igual.

San Rafael de Heredia, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—Floribeth Chaves Ramírez, Proveedora Municipal a. í.—1 vez.—(IN2012070550).

REGLAMENTOS

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

CONSEJO UNIVERSITARIO

El Consejo Universitario de la Universidad Técnica Nacional informa las siguientes modificaciones al Reglamento del Sistema de Becas y Beneficios Estudiantiles: Se modifican los artículos números 6, 10, 19, 20, y se incluye el transitorio IV, según consta en las sesiones ordinarias celebradas el martes 28 de febrero de 2012, Acta número 108-2012, Acuerdo V, y el martes 10 de abril de 2012, Acta Número 135-2012, Acuerdo VII.

El reglamento se encuentra en su versión completa en el portal electrónico de la Universidad Técnica Nacional www.utn.ac.cr. sección “Normativa Universitaria”.

Rige a partir de su publicación.

Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Rector.—1 vez.—(IN2012061417).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

CENTRO DE NEGOCIOS DE TURRIALBA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

El señor Fernando Mata Vega, cédula 03-0119-0486, vecino de Turrialba; solicito a Bancrédito Sucursal Turrialba la reposición del certificado de depósito a plazo Nº 602-300-6025753 por un monto de ¢2.000.000,00, así como el cupón de interés por un monto de ¢16.636,86; números de fórmulas de seguridad 938319 y 938320 respectivamente; esto por motivo de extravío.

Plataforma de Servicios.—Melvin Darío Hernández Araya.—RP2012304790.—(IN2012061269).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PERIFÉRICA ALAJUELA OESTE

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal (Nombre centro de negocios), hace del conocimiento del público en general, el extravío del certificado de ahorro a plazo y/o cupones de interés emitidos por Coopemex R.L. a nombre de: Traña Trigueros Marianela, cédula: 02-0561-0964:

Certific. Nº

Monto ¢

Fecha venc.

Cupón Nº

Monto ¢

Fecha venc.

190000462

1.369.893,06

03/04/2010

1900000462-01

222.607,62

03/04/2010

Lo anterior para efectos de reposición del o los valores indicados.

9 de junio del 2012.—Lic. Otto Fernández González, Coordinador.—(IN2012061310).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A quien interese se le comunica la resolución de las 11 horas del 18 de junio del 2012 que declarara en abandono administrativo del niño Josué David Chaves González, por parte de su madre fallecida María Rosa de Jesús Chaves González. En contra de dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 3 días hábiles a la publicación de los edictos, ante quien emitió esta resolución en Guadalupe y quien resolverá el de revocatoria y elevará el de apelación a la Presidencia Ejecutiva de la entidad en San José, señalando lugar para notificaciones o fax. Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente 112-82-2012.—Oficina Local Guadalupe.—Lic. Gerardo Sánchez Rodríguez, Representante Legal.—(IN2012059932).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se comunica a la señora Marianela Barrera Argüello que en la oficina local del PANI en Los Chiles se dictó resolución de las once horas del veintitrés de mayo de dos mil doce, mediante la cual se dispuso medidas de protección en Sede Administrativa de Cuido Provisional a favor de la niña J.J.B.A, se le concede a la interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar medio donde recibir notificaciones. Exp. 242-00015-2012.—Oficina Local de Los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Órgano Director.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3936.—C-11220.—(IN2012061605).

Se comunica a la señora Sonia Tinoco Mena que en la oficina local del P.A.N.I. en Los Chiles se dictó resolución de las once horas del veintiuno de mayo de dos mil doce, mediante la cual se dispuso Medidas de Protección en Sede Administrativa de Cuido Provisional a favor de la niña A.V.T.M, se le concede a la interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar medio donde recibir notificaciones. Exp. 431-00008-2011.—Oficina Local de Los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Órgano Director.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3936.—C-11220.—(IN2012061606).

Se le comunica formalmente al señor José Alberto Murillo Zamora la resolución administrativa de las dieciséis horas del día cuatro de junio del dos mil doce, que ordenó como Medida Especial de Protección la inclusión de su hijo José Albán Murillo Aguilar en el Programa de Auxilio y Apoyo a la familia y a la persona menor de edad que brinda Ciudad de los Niños, ingreso que se hizo con el propósito de desarrollar el Proceso de Formación Integral que ofrece esa ONG. El ingreso de la citada persona menor de edad no está sujeto a plazo, pero se limitará hasta que el mismo concluya el programa que le corresponda o hasta tanto dicha persona egrese sin autorización de dicho centro o por alguna de las causales para la interrupción del proceso previamente establecida legalmente, en ambos casos esta resolución quedaría sin efecto de manera inmediata. Se ordenó además, entre otras disposiciones, que el Área de Trabajo Social de PANI otorgue a la familia del joven José Albán orientación, apoyo y seguimiento social con el fin de que se modifique la dinámica familiar y que se le brinde una mayor contención al adolescente, apoyándole en el proceso que desarrolla en Ciudad de los Niños o fuera de la ONG. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N° 631-00050-2012.—Oficina Local de Puntarenas, 18 de junio del 2012.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3938.—C-18500.—(IN2012061607).

A: José María Carvajal Moya se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, de las catorce horas del día once de junio del año en curso, en la que se resuelve: 1-Dictar medida de protección de cuido provisional de las personas menores de edad Valery María Pereira González, María Graciela Carvajal Pereira y Ana Vanessa García Pereira en el hogar de la abuela materna la señora Siboney González Soto. 2-Se ubica a la niña Valery María Pereira González provisionalmente, por el término de dos días en el Albergue de Naranjo, mientras se realiza su traslado al hogar de su abuela materna. 3-Se le ordena al IMAS brindar apoyo económico a la señora Siboney González Soto en beneficio de sus nietas Valery María Pereira González, María Graciela Carvajal Pereira y Ana Vanessa García Pereira, dada la difícil situación económica que atraviesan en este momento y de esta forma puedan mejorar la calidad de vida; quienes residen en Grecia, Río Cuarto, Santa Rita, en parcelas de Monte Lirio, preguntar por la familia Conejo, teléfono 8716-2199. 4-Brindar seguimiento psicosocial a la presente situación de parte de la Oficina Local de San Carlos a fin de garantizar que las personas menores de edad estén en adecuadas condiciones a! lado de su abuela materna. 5-Brindar orientación apoyo y seguimiento a la progenitora a través del área psicológica de esta oficina local. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. 245-00083-2011.—Oficina Local de Grecia, 19 de junio del 2012.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3938.—C-18500.—(IN2012061608).

Se le comunica a la señora Cibis Lara Briceño, la resolución de las ocho horas del once de junio del dos mil doce, en la que resuelve dictar medida administrativa de abrigo provisional en el Albergue Institucional de Coronado, Casa Blanca, en beneficio de la persona menor de edad Shirley Ramos Lara ubicándola en el Albergue Casa Blanca, por el plazo de seis meses. Notifíquese lo anterior al interesado, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante le mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente administrativo 111-00010-08.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Jorge Alonso Rodríguez Ulate, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3934.—C-19820.—(IN2012061609).

Expediente administrativo número 118-00068-2012. Por desconocerse su residencia, y ubicación habitual, se le comunica al señor Mario José González Blandón, que la Oficina Local de Santa Ana del Patronato Nacional de la Infancia, dictó la resolución administrativa de las nueve horas con cincuenta minutos del dieciocho de junio del dos mil doce, otorgando medida de protección a favor de la persona menor de edad Anselmo José González Hernández, para su inclusión en programas de orientación y tratamiento y consecuentemente su internamiento en Hogares Crea de Niños y Adolescentes de Santa Lucía de Heredia. Se le informa que contra dicha resolución procede el recurso de apelación, mismo que podrá ser expuesto cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación del presente edicto, debiendo señalar, para recibir notificaciones dirección exacta dentro del perímetro judicial de esta oficina, fax o medio electrónico donde atender notificaciones, con la advertencia de que si el medio señalado no existiere, fuere impreciso o inexacto las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de haber sido dictadas.—Oficina Local de Santa Ana, 16 de mayo del 2012.—Lic. Ernesto Romero Obando. Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3934.—C-19820.—(IN2012061610).

Se le comunica al señor José Antonio Blandón Chamorro, la resolución de las nueve horas treinta minutos del día veinte de mayo dos mil doce, en la que resuelve dictar medida de protección administrativa de cuido provisional en familia sustituta en beneficio de la persona menor de edad Greivin Blandón López ubicándolo en el hogar de la señora María Evelin Córdoba Córdoba. Notifíquese lo anterior al interesado, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante le mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente administrativo 113-00092-2012.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Jorge Alonso Rodríguez Ulate, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3934.—C-19820.—(IN2012061611).

Se le comunica al señor Isaac Martín Ortega Díaz, la resolución de las catorce horas treinta minutos del seis de junio del dos mil doce, en la que resuelve dictar medida de Protección Administrativa de Abrigo Provisional en beneficio de la persona menor de edad Alejandra Marcela Ortega Romero, ubicándola en un Albergue Institucional por espacio de seis meses. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante le mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente administrativo 113-00174-12.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Jorge Alonso Rodríguez Ulate, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3934.—C-19820.—(IN2012061612).

Se comunica a la señora: Loren Dayana Méndez Monge, mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad número 7-154-446, de oficio y demás calidades desconocidas, progenitora de la persona menor de edad Dorian Miguel Méndez Monge, la resolución administrativa dictada por esta oficina local de las catorce horas del diecinueve de junio de dos mil doce, en la que se declara administrativamente la adoptabilidad de la persona menor de edad Dorian Miguel Méndez Monge. Recurso el de apelación señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. 741-00088-2004.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3934.—C-19820.—(IN2012061613).

La Oficina Local de Golfito notifica mediante el presente edicto al señor Edilberto Alexis González Arauz, la resolución administrativa de las ocho horas cinco minutos del ocho de junio del dos mil doce, dictada a favor de las personas menores de edad Joshua Isaac Montoya Villegas y María Alejandra González Villegas, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I.- En vista de que todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos deberán estar basadas en el Interés Superior de la persona menor de edad involucrada es que este Órgano Director del Procedimiento procede a Iniciar Proceso de Protección en Sede Administrativa mediante el dictado de medida de protección de cuido provisional con el fin de que las personas menores de edad Joshua Isaac Montoya Villegas y María Alejandra González Villegas permanezcan ubicados en el hogar de su abuela materna, señora Alejandra Bonilla Figueroa la cual se encuentra en la disposición de brindarles todos los elementos necesarios para que alcancen en forma satisfactoria su normal desarrollo desde un punto de vista físico, emocional y afectivo. II.- Con el fin de cumplir con la Directriz GT 0001-2010 en relación a la obligatoriedad de analizarse el Régimen de Visitas en los autos administrativos en acatamiento a lo dispuesto esta Oficina Local determina que los progenitores de los niños María Alejandra González Villegas y Joshua Isaac Montoya Villegas, podrán mantener contacto con su hijos en la Oficina Local de Golfito, situación que genera que se lleven a cabo las coordinaciones pertinentes para tales efectos con la funcionaria Isenia Villafuerte López, Trabajadora Social de esta Oficina Local. III.- Remítase el presente proceso administrativo a la funcionaría Isenia Villafuerte López, Trabajadora Social de esta Oficina Local con el fin de que brinde seguimiento a lo ordenado en la presente medida de protección. IV.- Procédase por la funcionaría Isenia Villafuerte López, Trabajadora Social de esta Oficina Local a valorar las condiciones del progenitor del niño Edgar Isaac Montoya Figueroa y de esta manera determinar si el mismo reúne las condiciones necesarias para asumir la guarda, crianza y educación de su hijo como poder derivado del ejercicio de la patria potestad. V.- Comuníquese y notifíquese la presente resolución conforme a la Ley a todas las partes involucradas en el proceso. Debe ponerse en conocimiento al Juez de Familia de esta localidad. Recurso de apelación dos días hábiles siguientes al de la segunda publicación ante este Órgano Director debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, sita en Barrio Luján antiguas Oficinas de la Dos Pinos de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 641-0004-2005.—Oficina Local de Golfito, 8 de junio del 2012.—Lic. Enrique Gómez Rosales, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3934.—C-29720.—(IN2012061614).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS

UNIDAD ÍNDICES DE PRECIOS

El Instituto Nacional de Estadística y Censos avisa que los Índices de Precios de la Construcción, base febrero 2012 correspondientes al mes de mayo 2012, son los siguientes:

                                                                                                        Variación

                                                                                                  Índice                    Índice             porcentual

                                                                                             Abril 2012          Mayo 2012            mensual_

Índice de Precios de Edificios                                          99,783                100,083                    0,30

Índice de Precios de Vivienda de Interés Social         99,235                   99,766                    0,54      

Índices de Precios de Insumos

y Servicios Especiales

Índice de precios de costo de posesión

de maquinaria y equipo                                                      98,731                   98,745                    0,01

Índice de precios de repuestos                                         99,290                   99,179                  -0,11

Índice de precios de llantas                                               98,250                   97,909                  -0,35

Índice de precios de combustibles                                112,415                115,725                    2,94

Índice de precios de lubricantes                                    100,052                100,774                    0,72

Índice de precios de asfálticos                                       111,246                113,508                    2,03

Índice de precios de Cemento Pórtland                       101,267                101,596                    0,32

Índice de precios de adquisición de áridos                100,000                100,000                    0,00

Índice de precios de encofrados                                       99,720                   98,700                  -1,02

Índice de precios de tuberías de plástico                    104,325                104,325                    0,00

Índice de precios de tuberías de concreto                   100,000                100,000                    0,00

Índice de precios de hierro fundido                              100,903                100,903                    0,00

Índice de precios de hierro dúctil                                 103,152                103,152                    0,00

Índice de precios de acero de refuerzo                          100,000                100,000                    0,00

Índice de precios de acero estructural                            99,886                   96,225                  -3,67

Índice de precios de acero estructural

de importación                                                                      99,070                   96,387                  -2,71

Índice de precios de cable eléctrico                                99,012                   97,022                  -2,01

Índice de precios de señalización

y demarcación vial                                                               99,527                   90,822                  -8,75

Índice de precios de explosivos                                       98,578                   98,135                  -0,45

Elizabeth Solano, Gerente a. í.—1 vez.—O. C. Nº 3499.—Solicitud Nº 20778.—C-53140.—(IN2012061564).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA

COMUNICA

Que en la sesión ordinaria N° 112-2012 celebrada por el Concejo Municipal de Turrialba, el día martes 19 de junio del 2012, Inciso 1, punto 2 del artículo segundo, acordó lo siguiente: Trasladar la fecha de la Sesión Ordinaria correspondiente al día martes 14 de agosto del 2012, por motivo de que es el día en que se celebra la fundación del Cantón, para el día lunes 13 de agosto del 2012, a las 3:30 p. m. en el salón de sesiones de la Municipalidad de Turrialba.

Turrialba, 21 de junio del 2012.—Departamento de Secretaría.—Noemy Chaves Pérez, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2012061736).

AVISOS

CONVOCATORIAS

ALIANZA INMOBILIARIA VANGUARDIA LTDA

Se convoca a los socios de Alianza Inmobiliaria Vanguardia Ltda., cédula de persona jurídica número 3-102-528039, a una asamblea general extraordinaria que se llevará a cabo el día lunes 30 de julio del 2012, en San José, Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida Las Américas, edificio Torres del Parque, tercer piso, bufete Gutiérrez Hernández y Pauly, a las 14:00 horas, para conocer de los siguientes asuntos: Modificación de la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio social. De no haber quórum a la hora señalada, la asamblea se efectuará a las 15:00 horas del mismo día con cualquier número de acciones representadas.—San José, 21 de junio del 2012.—Ángelo Zaragovia, Gerente.—1 vez.—RP2012309495.—(IN2012068924).

CLUB DE PLAYA ALMENDROS S. A.

Adrián Sánchez Castillo, cédula número 1-529-694, en condición de Presidente de la Junta Administrativa, comunica que la asamblea general extraordinaria de accionistas convocada para el sábado 7 de julio del 2012, a las diez horas, en el Club de Playa Los Almendros, cédula jurídica 3-101-422692, ubicado en el distrito Bajamar, cantón Garabito, provincia Puntarenas, se traslada para el sábado 11 de agosto del 2012, en el mismo lugar y a la misma hora. Agenda: punto único: Propuesta de capitalización para obras de infraestructura del Club de Playa Los Almendros. En caso de no contar con el quórum de ley, la asamblea extraordinaria se celebrará en segunda convocatoria a las once horas, con el número de socios presentes, en el mismo lugar y para conocer el punto arriba indicado. Nota: los documentos a conocer en esta asamblea estarán disponibles en la administración del Club a partir del 27 de julio del 2012.—San José, 27 de junio del 2012.—Adrián Sánchez Castillo, Presidente de Junta Directiva.—1 vez.—(IN2012069132).

GUTIÉRREZ SEDO S. A.

Convoca a los señores accionistas a asamblea general ordinaria de la sociedad Gutiérrez Sedo S. A., que se celebrará en su domicilio social, a las quince horas del 21 de agosto del dos mil doce, para conocer de los asuntos que indica el artículo 155 del Código de Comercio, con estados financieros del periodo que terminó el 30 de setiembre del 2011, que están a disposición de los señores socios, al igual que la información de ley, en la oficina del señor Presidente. Si no hubiere quórum a la hora indicada, en segunda convocatoria para conocer de los mismos asuntos en el mismo lugar, una hora después.—San José, 2 de julio del 2012.—Juan Luis Castro Kelso, Presidente.—1 vez.—(IN2012069292).

CONDOMINIO LAS COLINAS DEL OESTE

Yo, Alfredo Puerta Rodríguez, cédula número 186200189017, Máster en Administración de Negocios y Presidente de la Junta administradora del Condominio Las Colinas del Oeste ubicado en Guachipilín Escazú, convoco a asamblea ordinaria del Condominio Colinas del Oeste a celebrarse el día 19 de julio del 2012, en las instalaciones del Rancho del mismo Condominio en la ciudad de Escazú, a las dieciocho horas con treinta minutos en primera convocatoria y de no contar con el quórum a las diecinueve horas la segunda convocatoria. Los temas a tratar son los siguientes: 1) Verificación de quórum, 2) Lectura del orden del día, 3) Nombramiento presidente y secretario ad hoc para dirigir la asamblea, 4) Nombramiento junta administradora Periodo 2012-2013, 5) Presentación, discusión y aprobación del presupuesto para el período 2012-2013  6. Presentación, discusión y aprobación de presupuesto de inversión mediante cuota extraordinaria: A) Compra de calentador para la piscina, B) Pintura de fachadas de los Condominios, C) Compra de mobiliario para área del rancho y piscina.—San José, 2 de julio del 2012.—Alfredo Puerta Rodríguez, Presidente.—1 vez.—(IN2012070378).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

CARIARI COUNTRY CLUB S. A.

Para efectos de reposición, yo Louise Marie Malone Docoudray, mayor, viuda, inversionista, vecina de San José, cédula de residencia número ciento setenta y cinco- treinta y nueve mil ochocientos ochenta y dos- tres mil trescientos cuarenta y cuatro, propietaria de la acción y titulo número cuatrocientos cincuenta y uno. Hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., hoy, Cariari Country Club S. A., la reposición del mismo por haberse extraviado. Por término de la ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaria de Junta Directiva, en Cariari Country Club S. A., San Antonio de Belén, Heredia y transcurrido el mismo se procederá a la reposición.—San José diecinueve de junio del dos mil doce.—Louise Marie Malone Docoudray.—RP2012304441.—(IN2012060066).

MEDICAIRE ASOCIADOS S. A.

Medicaire Asociados S. A., cédula jurídica Nº 3-101-54970 tramita la reposición del certificado número 9 que representa 3 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una propiedad de Araucania de Costa Rica Sociedad Anónima por haberse extraviado dicho título. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse en el domicilio social sita en San José, avenida 14 entre calles central y 1 edificio denominado Clínica Americana dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—San José, 14 de junio del 2012.—Dr. Jorge Deliyore Romero, Representante Legal.—RP2012303992.—(IN2012060067).

CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.

Hace constar que revisado el libro de accionistas, aparece como socio, Luis Diego Quesada Sáenz, cédula 1-269-232 con las acciones Nº 86-909-920-996, las que se reportan como extraviadas, por lo que se solicita su reposición.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Raúl Trejos Sánchez.—(IN2012060799).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ASOCIACIÓN PRO CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO

DE CAÑERÍA DEL SECTOR NORTE DE

PEDREGOSO DE PÉREZ ZELEDÓN

Yo, Karen Pérez Vargas, cédula uno-seiscientos setenta y nueve-quinientos ochenta y nueve, en mi condición de presidenta y representante legal de la Asociación Pro Construcción y Mantenimiento de Cañería del Sector Norte de Pedregoso de Pérez Zeledón, cédula jurídica tres-cero cero dos-ciento sesenta y cinco mil ochocientos cincuenta y siete, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros Mayor II, Diario II, e Inventario y Balances II, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San Isidro, Pérez Zeledón, 19 de junio del 2012.—Karen Pérez Vargas, Presidenta.—RP2012305749.—(IN2012061803).

COSTA RICA COUNTRY CLUB

Para efectos de reposición, yo Eric Murillo Fernández, mayor de edad, casado una vez, Licenciado en Contaduría Pública, vecino de San José, Moravia, costado este del Colegio San Francis, portador de la cédula de identidad número uno-seiscientos sesenta y nueve-ciento treinta, en mi condición de apoderado generalísimo con límite de suma de hasta quinientos mil dólares moneda de los Estados Unidos de América de la empresa Coca Cola Femsa de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cero cero cinco mil doscientos  doce, dueña  de la acción y título N° 677, hago constar que he solicitado al Costa Rica Country Club, la reposición del mismo por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en el Costa Rica Country Club, San Rafael de Escazú, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 30 de mayo del 2012.—Eric Murillo Fernández.—RP2012305563.—(IN2012061804).

CARIARI COUNTRY CLUB S. A.

Para efectos de reposición, yo Eric Murillo Fernández, mayor de edad, casado una vez, Licenciado en Contaduría Pública, vecino de San José, Moravia, costado este del Colegio San Francis, portador de la cédula de identidad número uno-seiscientos sesenta y nueve-ciento treinta, en mi condición de apoderado generalísimo con límite de suma de hasta quinientos mil dólares moneda de los Estados Unidos de América de la empresa Coca Cola Femsa de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cero cero cinco mil doscientos  doce, dueña  de la acción y título N° 438, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A. hoy, Cariari Country Club S. A la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderá oposiciones en el Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 29 de mayo del 2012.—Eric Murillo Fernández.—RP2012305566.—(IN2012061805).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

R.B.C. RADIO LIMITADA

Para efectos de reposición la sociedad R.B.C. Radio Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento cuarenta y siete mil noventa y dos, en la condición de propietario de la letra de cambio correspondiente al mes de mayo del dos mil doce, hace constar que hemos solicitado a Representaciones Televisivas Repretel S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y nueve mil noventa y siete, la reposición de la misma por haberse extraviado. Por el término de Ley se atenderán oposiciones en las oficinas de R.B.C. Radio Limitada, en Heredia, transcurrido el mismo se procederá a la reposición.—Heredia, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Abogado.—1 vez.—(IN2012061730).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Roy Rojas Muñoz, cédula 2-528-849, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la Distribuidora de Productos de Maíz Disproma Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-105-385306 vende dicha sociedad a Carlos Antonio Campos Fernández, cédula Nº 5-176-842. Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados. Para que dentro del plazo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto, acudan a la oficina del suscrito notario ubicada en Los Chiles de Alajuela, frente a los tribunales a hacer valer sus derechos. De no presentarse en el plazo indicado los bienes pasarán a quien correspondan.—Lic. Juan Abel Beteta Ocampos, Notario.RP2012298356.—(IN2012048917).

Por escritura otorgada a las doce horas del dieciocho de junio del dos mil doce, se reformó la cláusula quinta de los estatutos, disminuyéndose el capital social de la sociedad Global Business Services de Costa Rica Limitada.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—RP2012304659.—(IN2012060359).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura otorgada a las doce horas del diecinueve de junio del dos mil doce, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas Nº 01/2012 de la Bolsa Nacional de Valores S. A. Se modifican cláusulas quinta y vigésima primera.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Priscilla Soto Quirós, Notaria.—(IN2012059634).

Ante esta notaría mediante escritura noventa y nueve, San José, a las quince horas del día diecinueve de junio del dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general de la empresa Plaza Limonal Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos cuatro mil quinientos sesenta y dos, donde modificó las cláusula quinta del pacto social y se acordó el aumento de capital. Es todo.—San José, a las siete horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Paola Lucía Rojas Alpízar, Notaria.—(IN2012059547).     2 v 2.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Mediante escritura otorgada por el suscrito notario Adrián Lizano Pacheco, a las once horas del día doce de junio del dos mil doce,  protocolicé  acuerdos  de  socios  de  la  sociedad  denominada Su Mueble S. A., donde se acordó la disolución de la sociedad.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notaria.—1 vez.—RP2012303554.—(IN2012059100).

Por escritura número cincuenta y cuatro-ocho, otorgada en San Joaquín de Flores, a las veintiún horas del diecinueve de junio del dos mil doce, ante esta notaría Equipos y Metales EMSA Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y siete mil setecientos treinta y dos, mediante acta de asamblea general extraordinaria número uno, acordó la disolución total de esta sociedad.—Flores, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Bolaños Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012059815).

Por escritura número doscientos cuarenta y cinco (tomo once), se ha protocolizado acta en la que se acuerda la disolución de la sociedad Inmobiliaria Herrera Husband Sociedad Anónima. En dicha escritura se ha dado inicio al proceso de su liquidación. Se cita y emplaza, por un plazo de treinta días naturales a contar de la publicación de este edicto, a todos los interesados en esta sociedad. Deberán apersonarse a la oficina del Licenciado Henry Campos Vargas, sita en San José, calle diecisiete, avenidas dos y seis, casa número dos ocho cinco para hacer valer sus derechos. El teléfono es veintidós-cincuenta y seis-treinta y cinco-noventa y siete. La liquidación se tramita en el expediente número cero cero cero tres-dos mil doce. Es todo.—San José, a las seis horas del dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Henry Campos Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012304822.—(IN2012060871).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, se disolvió la sociedad Condominio Residencial La Montaña Amatista Diez Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2012304824.—(IN2012060872).

Hoy he protocolizado acta número uno, de Los Apadrinados Sociedad Anónima, donde se acuerda disolver la sociedad.—11 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—RP2012304826.—(IN2012060874).

Ante mi notaría, a las 18:30 horas del día 14 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de la entidad Mega Línea S. A., se reforman cláusulas quinta y sétima.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—RP2012304828.—(IN2012060875).

Ante mi notaría, a las 08:30 horas del día 15 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de la entidad Cafetería y Pastelería Richy Pan S. A. Se solicita la disolución.—San José, 15 de junio del 2012.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—RP2012304829.—(IN2012060876).

Ante mi notaría, a las 16:30 horas del día 14 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de la entidad Fraccionamiento La Ladera Etapa BEF Lote Quince ÑÑÑ S.A. Se solicita la disolución.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—RP2012304830.—(IN2012060877).

Por escritura número ciento treinta y cuatro, visible al folio sesenta y dos frente del tomo seis de mi protocolo, otorgada en Guadalupe, Goicoechea, a las once horas del día dieciocho de junio del dos mil doce, se disuelve la entidad Transportes Jenkins S.A.—Lic. Franklin González Cubero, Notario.—1 vez.—RP2012304832.—(IN2012060878).

El suscrito notario Olman Gerardo Vargas Jara, hace constar que en ésta notaría, el día veinte de abril del dos mil doce, se constituyó Patitas de Esperanza, asociación sin fines de lucro, y en calidad de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, se nombró a Ayleen Muñoz Linkimer. Es todo.—San Isidro de El General, al ser las catorce horas del dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Olman Gerardo Vargas Jara, Notario.—1 vez.—RP2012304834.—(IN2012060879).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del dieciocho de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general de socios de la sociedad Fontreco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos tres mil ochocientos veintidós, en la que se acordó la disolución de la sociedad. Es todo.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Quesada Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012304835.—(IN2012060880).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del primero de junio del dos mil doce, por acuerdo de socios, se disuelve Seguí Gasa Sociedad Anónima.—Lic. Silvia Oller López, Notaria.—1 vez.—RP2012304836.—(IN2012060881).

Ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil doce, Edwin Antonio Rojas Arce, cédula de identidad número cuatro-ciento treinta-ochocientos dieciocho, y Olga María Ulate Sancho, cédula de identidad número cuatro-ciento veintidós-cero sesenta y siete, en su condición de únicos accionistas de la sociedad Corporación Mi Lindo Buenos Aires Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos cincuenta y tres mil ochocientos sesenta y uno, acuerdan la disolución de la sociedad dicha, mediante acuerdo de socios. Es todo.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Quesada Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012304837.—(IN2012060882).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del primero de junio del dos mil doce, se disuelve Corporación Segasa E y M Sociedad Anónima.—Lic. Silvia Oller López, Notaria.—1 vez.—RP2012304838.—(IN2012060883).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 30 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad: Importadora JML Cars S. A. Domicilio: Curridabat. Plazo: cien años. Objeto: comercio en general. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario, con todos los poderes.—San José, 5 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Adolfo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—RP2012304840.—(IN2012060884).

Por escritura número trescientos cuarenta y dos, otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, se protocolizó el acta número uno de la asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Aduaneros Unidos Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica las cláusulas segunda y sexta de la escritura de constitución, y cambio de junta directiva.—Alajuela, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012304841.—(IN2012060885).

Por escritura otorgada a las 10:30 horas de hoy, protocolicé acta de la sociedad Prisma Dos S. A., por la cual se disolvió la sociedad, de conformidad con lo que establece el transitorio segundo de la Ley Nº 9024.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—RP2012304842.—(IN2012060886).

Por escritura número trescientos uno, otorgada ante la notaria pública Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las diez horas del treinta y uno de mayo del dos mil doce, se constituye la sociedad anónima denominada Puerta Noventa y Nueve Sociedad Anónima.—Alajuela, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012304843.—(IN2012060887).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy, protocolicé acta de la sociedad Property Holding Company Of Costa Rica Number Two S. A., por la cual se disolvió la sociedad, de conformidad con lo que establece el transitorio segundo de la Ley Nº 9024.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—RP2012304844.—(IN2012060888).

Por escritura otorgada a las 09:30 horas de hoy, protocolicé acta de la sociedad Six Cats D’Carrillo Limitada, por la cual se disolvió la sociedad, de conformidad con lo que establece el transitorio segundo de la Ley Nº 9024.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—RP2012304845.—(IN2012060889).

Por escritura número ciento cuarenta y ocho, otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil doce, Juan Rafael Montero Gamboa y José Antonio Elizondo Ureña, solicitan la disolución de la sociedad Ciclo Los Santos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y cuatro mil ciento dieciocho.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012304846.—(IN2012060890).

Por escritura número ciento cuarenta y nueve, otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del dieciocho de junio del dos mil doce, Juan Carlos Fernández Madrigal, solicita la disolución de la sociedad Juca de Dota Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento cinco-cuatrocientos cincuenta y ocho mil seiscientos noventa y cinco.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012304847.—(IN2012060891).

Por escritura número ciento cincuenta, otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil doce, Paulo Guzmán Jiménez, Alberto Zúñiga Jiménez, Mario Guzmán Cerdas y Ana Cecilia Jiménez Porras, solicitan la disolución de la sociedad Computación y Asesoría Contable Guzmán & Zúñiga Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y uno.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012304848.—(IN2012060892).

Por escritura número ciento noventa y cinco-quince, otorgada ante los notarios María del Mar Caravaca Arley y Manuel Salas Raven, a las catorce horas del siete de junio del dos mil doce, se reforma la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad Medio de Pago MP Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y cuatro mil trescientos cincuenta y siete.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. María del Mar Caravaca Arley, Notaria.—1 vez.—RP2012304849.—(IN2012060893).

Por escritura número ciento cincuenta y uno, otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas del dieciocho de junio del dos mil doce, Manuel Emilio Porras Fallas, solicita la disolución de la sociedad Mac-Pro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento dieciocho mil quinientos cincuenta.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012304850.—(IN2012060894).

Por escritura número ciento noventa y seis-quince, otorgada ante los notarios María del Mar Caravaca Arley y Manuel Salas Raven, a las catorce horas treinta minutos del siete de junio del dos mil doce, se reforma la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad Corporación Servivalores Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y cinco mil ochocientos setenta y tres.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. María del Mar Caravaca Arley, Notaria.—1 vez.—RP2012304851.—(IN2012060895).

Por escritura número ciento cuarenta y siete, otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del dieciocho de junio del dos mil doce, Geovanny Romero Araya, Rocío Esquivel Garro, Maureen Romero Esquivel, Diego Andrés Romero Esquivel, Marvel Eladio Romero Araya, Ana Isabel Barrantes Rojas, Hellen Viviana Esquivel Fernández, Laura Elena Mora Esquivel y Bolívar Henry Esquivel Carvajal, solicitan la disolución de la sociedad Abastecedor El Jardín de León Cortés Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil ochocientos ochenta y cuatro.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012304852.—(IN2012060896).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se acuerda la disolución de la sociedad Grupo Recapu S.A.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012304853.—(IN2012060897).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se acuerda la disolución de la sociedad Villa Zurita Ji de Valencia S. A.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012304854.—(IN2012060898).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se acuerda la disolución de la sociedad Chaves Bravo S.A.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012304855.—(IN2012060899).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas veinte minutos del 2 de junio del 2012, se disolvió la sociedad anónima denominada HCT Holding Teveme Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-351184. Se prescindió del trámite de liquidación por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, 2 de junio del 2012.—Lic. Manuel Detrinidad Gaitán, Notario.—1 vez.—RP2012304856.—(IN2012060900).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se acuerda la disolución de la sociedad Costa de Frutas Tropicales S. A.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012304857.—(IN2012060901).

Por escritura número noventa y seis del tomo noveno de mi protocolo, protocolicé acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de L y G Comercio Electrónico, cédula jurídica número: tres-ciento uno-dos siete cuatro seis cero cero, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad, no se nombra liquidador en razón de que no existen activos ni pasivos.—San José, 16 de junio del 2012.—Lic. Bernan Luis Salazar Ureña, Notario.—1 vez.—RP2012304859.—(IN2012060902).

Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 5 del tomo 15, de las 11:00 horas del día 18 del mes de junio del 2012, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Patmos S. A., donde se acuerda modificar domicilio, representación y nombran junta directiva.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2012304860.—(IN2012060903).

Ante esta notaría, a las siete horas con treinta minutos del día diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Guantes de Bronce S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos setenta y siete, mediante la cual se acordó liquidar y disolver esta sociedad.—Guadalupe, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012304861.—(IN2012060904).

Ante esta notaría, a las ocho horas del día diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Jardines Forestales S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y cinco mil trescientos sesenta y tres, mediante la cual se acordó liquidar y disolver esta sociedad.—Guadalupe, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012304862.—(IN2012060905).

Mediante escritura número cincuenta y cuatro del tomo veinte de mi protocolo, se fusionó las sociedades: El Zócalo de Cobre ZC Sociedad Anónima; Ancashino Verde S. A., y Guantes de Cobre S. A., prevaleciendo la sociedad Guantes de Cobre S. A.—Guadalupe, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012304863.—(IN2012060906).

Mediante acta protocolizada por mí, el día de hoy, de la sociedad Corporación Jurídico Notarial Arias y Royo Aro S.A., se acordó por unanimidad de los socios disolver la compañía. No se nombra liquidador por no existir activos ni pasivos pendientes. Dentro de los treinta días siguientes a la publicación cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución.—San José, primero de junio del dos mil doce.—Lic. Fernando Alberto Chen Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012304868.—(IN2012060907).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Living 1 - 1 Sociedad Anónima, en español Vida Urbano 1 - 1 Sociedad Anónima, con domicilio social: en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social: cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura Nº 92, otorgada a las 17:00 horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012304872.—(IN2012060908).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Planet 1 - 2 Sociedad Anónima, en español Planeta Urbano 1 - 2 Sociedad Anónima, con domicilio social: en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social: cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura Nº 93, otorgada a las 17:10 horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012304873.—(IN2012060909).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Soul 2 - 1 Sociedad Anónima, en español Alma Urbano 2 - 1 Sociedad Anónima, con domicilio social: en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social: cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura Nº 94, otorgada a las 17:20 horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012304875.—(IN2012060910).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Tower 2 - 2 Sociedad Anónima, en español Torre Urbano 2 - 2 Sociedad Anónima, con domicilio social: en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social: cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura Nº 95, otorgada a las 17:30 horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012504877.—(IN2012060911).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban City 3 - 1 Sociedad Anónima, en español Ciudad Urbano 3 - 1 Sociedad Anónima, con domicilio social: en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social: cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura Nº 96, otorgada a las 17:40 horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012304879.—(IN2012060912).

Por escritura otorgada en esta ciudad, el día de hoy, se liquidaron y se disolvieron las sociedades: Rayma Viviendas Sociedad Anónima; Tecno Impresos Sociedad Anónima, e Ingeniería Sistemática Ingesis Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Msc. Andrea Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012304881.—(IN2012060913).

Ante esta notaría, mediante escritura de las 11:00 horas del 25 de mayo del 2012, se constituyó la sociedad cuya denominación social será Sociedad Ganadera Don Chepe Sociedad Anónima. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 27 de mayo del 2012.—Lic. Jonathan Ruiz Campos, Notario.—1 vez.—RP2012304882.—(IN2012060914).

Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las dieciséis horas treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil doce, se dispuso la disolución de la sociedad denominada: Llanos del Carmen Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-nueve mil novecientos setenta. No se adjudican ni estiman ningún activo ni pasivo, por cuanto la sociedad no los generó durante su existencia, artículo 201 del Código de Comercio.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012304883.—(IN2012060915).

En escritura autorizada por la suscrita notaria, a las doce horas del día diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Las Aguas Cristalinas del Paraná S. A., mediante la cual se reformó la cláusula sexta del pacto social.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Lucrecia Agüero Guier, Notaria.—1 vez.—RP2012304884.—(IN2012060916).

Por escritura número ciento cincuenta y tres, otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil doce, Manuel Emilio Porras Fallas, solicita la disolución de la sociedad: Morita Sociedad Anónima Comercializadora Suministros de Cómputo y Oficina, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil ochocientos treinta y dos.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012304885.—(IN2012060917).

Ante mi notaría pública, se disuelve sociedad: Recorriendo el Mundo S. A., por acuerdo de socios.—Diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Elisa María Herrera Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012304886.—(IN2012060918).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 14 de junio del 2012, se acordó por los socios de la empresa CR Translogistics Multimodal FLCGCA Sociedad Anónima, disolver la presente compañía, a saber CR Translogistics Multimodal FLCGCA Sociedad Anónima.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—RP2012304887.—(IN2012060919).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 15 minutos del 14 de junio del 2012, se protocolizó el acta número seis, de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Cruce del Higuerón CHD Limitada, mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía, a saber Cruce del Higuerón CHD Limitada.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—RP2012304888.—(IN2012060920).

Ante mí, Abdenago Barboza Sánchez, notario público con oficina en Cartago, y actuando en San José, comparecieron los únicos y originales accionistas de la empresa Carrocería y Pintura Villalta S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cuatro mil setecientos siete, domiciliada: en Hatillo, San José; para acordar disolver tal entidad. Escritura la cual se encuentra en el protocolo del suscrito notario bajo el número doscientos doce, visible al folio ciento quince frente del tomo once.—Lic. Abdenago Barboza Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012304889.—(IN2012060921).

Por escritura Nº 278, otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del 14 de junio del 2012, se acuerda disolver la sociedad Peek A Boo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-576540.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012304890.—(IN2012060922).

Por escritura protocolizada por el notario Eric Quesada Arce, a las 12 horas del 19 de junio del 2012 de la empresa Aljocoso Sociedad de Responsabilidad Limitada, se nombre subgerente.—20 de junio del 2012.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—1 vez.—RP2012304891.—(IN2012060923).

Que en mi notaría se otorgó a las nueve horas del diecinueve de junio de dos mil doce, la escritura número cuarenta y siete visible al folio treinta y cinco frente del tomo once del protocolo de la suscrita, a través del cual se acordó disolver la sociedad denominada Lavacarros de Costa Rica S. A.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. Erika Vázquez Boza, Notaria.—1 vez.—RP2012304893.—(IN2012060924).

Que en mi notaría se otorgó a las siete horas del diecinueve de junio de dos mil doce, la escritura número cuarenta y cinco visible al folio treinta y cuatro frente del tomo once del protocolo de la suscrita, a través del cual se acordó disolver la sociedad denominada Paños Bellos de Costa Rica S. A.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. Erika Vázquez Boza, Notario.—1 vez.—RP2012304894.—(IN2012060925).

Por escritura pública número ciento cincuenta y siete-cuatro, se disuelve la sociedad denominada Alefracar S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil seiscientos cincuenta y nueve. Es todo.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Michael Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2012304895.—(IN2012060926).

Que en mi notaría se otorgó a las ocho horas del diecinueve de junio de dos mil doce, la escritura número cuarenta y seis visible al folio treinta y cuatro vuelto del tomo once del protocolo de la suscrita, a través del cual se acordó disolver la sociedad denominada Lavandería de Carros S. A.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. Erika Vázquez Boza, Notaria.—1 vez.—RP2012304896.—(IN2012060927).

Por escritura número doscientos cuarenta y siete-dieciséis, de las once horas del cuatro de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de solicitud de liquidación de Importadora Zabla del Atlántico S. A.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—RP2012304897.—(IN2012060928).

Por escritura número doce-cuatro de las ocho horas del catorce de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de solicitud de liquidación de Producciones E Cuatro S. A.—San José, junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Ángel Brenes Valenciano, Notario.—1 vez.—RP2012304899.—(IN2012060929).

Por escritura número doscientos cincuenta y ocho-dieciséis de las dieciséis horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se protocoliza solicitud de liquidación de Claudel S. A.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—RP2012304900.—(IN2012060930).

Por escritura número doscientos cincuenta y siete-dieciséis de las quince horas del diecinueve de junio el dos mil doce, se protocoliza acta de solicitud de liquidación de Ferretería San Jerónimo S. A.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—RP2012304901.—(IN2012060931).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Minnie Internacional Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo así como la disolución de la sociedad.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—RP2012304902.—(IN2012060932).

Por escritura otorgada ante este notario, a las ocho horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Corporación Tahoma del Pacífico Llc Limitada, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012304903.—(IN2012060933).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas del doce de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Costa Rica Fishing Charters Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012304904.—(IN2012060934).

Por escritura número 182 otorgada en mi notaría a las 9 horas del 15 junio de 2012, se protocoliza las actas en las que constan los acuerdos de fusión de las sociedades Joyería Orosi S.A., Joyería Quirós de San Ramón S. A. y Joyería y Relojería Quirós S. A., prevaleciendo esta última, se nombra en la empresa prevaleciente como tesorero a Efraín Steve Quirós Alpízar, como secretaria Natacha Quirós Alpízar. Presidente: Charles Quirós Alpízar. Fiscal: Jerry Antonio Quirós Alpízar.—San Ramón, 18 de junio de 2012.—Lic. Vivian María Artavia Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012304905.—(IN2012060935).

Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del dieciocho de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía X-Tel Development Group Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012304906.—(IN2012060936).

Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las diez con treinta horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se protocoliza acta número uno de la empresa Tajo Rocha S. A., por el que se acuerda la disolución de la empresa.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012304907.—(IN2012060937).

Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de junio del dos míl doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Wireless Services International Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012304908.—(IN2012060938).

Por escritura otorgada en mi notaría en la ciudad de San José, a las 13 horas 30 minutos del 19 de junio del 2012, se protocoliza acta número uno de la empresa Unión Técnica de Costa Rica UNITEC S. A., por el que se acuerda la disolución de la empresa.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012304909.—(IN2012060939).

Ante esta notaría se procedió a realizar la disolución de la sociedad denominada Trans Cargo M Y M S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos trece mil noventa y dos, cuya presidenta es la señora Lizbeth Del Milagro Salas Solano. Es todo.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—RP2012304910.—(IN2012060940).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 11 de junio del 2012, se liquidó la empresa denominada Quinta Bajo Capulín Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012304911.—(IN2012060941).

Por escrituras otorgadas ante mí, se protocolizó las presentes actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de Liquidación de las Sociedades Pez Gallo Veintisiete A S. A. y Atreyu S. A.—19 de junio del 2012.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012304912.—(IN2012060942).

Por escrituras otorgadas ante mí se protocolizó las presentes actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de liquidación de las sociedades Vive Rico S. A., Up Side Down S.A., My Dog Arf S. A., Cri Tter Country S. A., The Cambute King S. A.—19 de junio del 2012.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012304913.—(IN2012060943).

Por escritura otorgada ante mí se protocolizó la presente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tortuga Voladora S. A.—19 de junio del 2012.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012304915.—(IN2012060944).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del siete de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Repuestos Hivesa Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 19 de junio de 2012.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012304916.—(IN2012060945).

Por escritura 160 del tomo ocho de las 9:00 horas del 14-06-2012 en esta notaría se presentan los señores Diego Antonio Ramírez Jiménez y Luis Santiago Ramírez Jiménez, únicos socios de la compañía El Arcángel Luna Sociedad Anónima y constituidos en asamblea general extraordinaria de socios por la cual se disuelve la indicada sociedad.—San José, Pavas 14 de junio del 2012.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—RP2012304917.—(IN2012060946).

Por escritura número doscientos uno otorgada ante esta notaría en San José, a las doce horas del diecinueve de junio del dos mil doce, visible a folio ciento ochenta y uno frente y vuelto, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Cecofinin Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-dos siete ocho cero nueve seis, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad. Es todo.—San José, al ser las doce horas y diez minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012304918.—(IN2012060947).

El suscrito notario Guido Ramón Rodríguez Rodríguez, hace constar que por acuerdo firme de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Innovarq Sociedad Anónima, cédula número 3-101-577525, escritura número 73-3 de esta notaría se acuerda disolver la sociedad mencionada. Es todo.—Heredia, 18 de junio de 2012.—Lic. Guido Ramón Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012304919.—(IN2012060948).

Por escritura número doscientos, otorgada ante esta notaría en San José, a las dieciocho horas del dieciocho de junio del dos mil doce, visible a folio ciento ochenta y uno frente y vuelto, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Turísticas Yorka S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cuatro siete uno cuatro uno, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad. Es todo.—San José, a las dieciocho horas diez minutos del día dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012304920.—(IN2012060949).

Mediante escritura número ciento cuarenta y cuatro, otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veinte de junio del dos mil doce, la sociedad Ofelupa S. A., acordó su disolución por lo que se otorga el plazo de treinta días a partir de esta publicación para que cualquier eventual interesado se oponga a la misma.—San José, veinte de junio del dos  mil doce.—Lic. Mario Alberto Valladares Guilá, Notario.—1 vez.—RP2012304924.—(IN2012060950).

Ante mí se constituyó la empresa denominada Urban View 3-2 Sociedad Anónima, en español Vista Urbano 3-2 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 97, otorgada a las 17:50 horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012304926.—(IN2012060951).

Por escritura otorgada ante el notario Rafael Elías Madrigal Brenes, los señores Gabriel Alberto Ríos Mora, cédula 7-0138-0783 e Isaura Graciela Alvarado Ríos, cédula 7-0152-0778, conforman la sociedad G & R Restoration S.R.L. Capital social ¢100.000. Domicilio social en Centro, Limón, Limón, Barrio Cristóbal Colón; frente al Asilo para Ancianos.—Guápiles, 23 de diciembre del 2011.—Lic. Rafael Elías Madrigal Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012304927.—(IN2012060952).

Ante mí se constituyó la empresa denominada Urban Contemporary 4-1 Sociedad Anónima, en español Contemporáneo Urbano 4-1 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 98, otorgada a las 18:00 horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012304928.—(IN2012060953).

Ante mí se constituyó la empresa denominada Urban Square 4-2 Sociedad Anónima, en español Cuadrante Urbano 4-2 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 99, otorgada a las 18:10 horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012304929.—(IN2012060954).

Ante mí se constituyó la empresa denominada Urban Park 5-1 Sociedad Anónima, en español Parque Urbano 5-1 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 100, otorgada a las 18:20 horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012304930.—(IN2012060955).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del 18 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Inversiones Camino Cerezo S. A.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1 vez.—RP2012304931.—(IN2012060956).

Ante mí se constituyó la empresa denominada Urban Interiors 5-2 Sociedad Anónima, en español Interior Urbano 5-2 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 101, otorgada a las 18:30 horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012304932.—(IN2012060957).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 13:00 horas del 18 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Solutec Internacional S. A.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1 vez.—RP2012304933.—(IN2012060958).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 18 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Manevitz & Kibur Properties Limitada.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1 vez.—RP2012304934.—(IN2012060959).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 18 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Hartnett & Hawke Properties Limitada.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1 vez.—RP2012304935.—(IN2012060960).

Mediante escritura ciento cuarenta y tres, rendida en esta notaría de fecha 19 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios, mediante la cual la sociedad Minerva Entrenamientos Sociedad Anónima, solicita la disolución y desinscripción de dicha sociedad ante el Registro Público.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Marco Ovidio Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012304936.—(IN2012060961).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 18 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Elgort & Noir Properties Limitada.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1 vez.—RP2012304937.—(IN2012060962).

Mediante escritura ciento cuarenta y seis otorgada a las 8 horas del 20 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria mediante la cual la sociedad Condominio San Sebastian Azul CE S. A., solicita la disolución y desisnscripción ante el Registro Público.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Lizbeth Rojas Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012304938.—(IN2012060963).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del catorce de junio del dos mil doce, se acordó disolver la empresa Trabajando por la Cruz TLC S. A.—San Pedro de Montes de Oca, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar José Ocampo Soto, Notario.—1 vez.—RP2012304939.—(IN2012060964).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del catorce de junio del dos mil doce, se acordó disolver la empresa Juan Charrasquiado S. A.—San Pedro de Montes de Oca, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar José Ocampo Soto, Notario.—1 vez.—RP2012304940.—(IN2012060965).

La suscrita notaria da fe que en esta notaría al ser las quince horas del dieciocho de junio del dos mil doce, mediante escritura número doscientos treinta y seis, se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Compañía Clarsol Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012304941.—(IN2012060966).

Se disuelve la sociedad anónima denominada Inmuebles y Viviendas Meneses S. A., cédula jurídica número 3-101-057553, domiciliada en San José, Barrio Los Ángeles, 100 sur y 75 oeste de la iglesia, conforme a la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil veinticuatro. No hay activos ni pasivos y se procede en consecuencia a la Liquidación total. Escritura número 94, otorgada en San José, a las 8 y 30 horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Glenda R. Bell Alvarado, Notaria.—1  vez.—RP2012304944.—(IN2012060967).

Lagos Milenarios Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y un mil trescientos setenta y seis, reforma su plazo social para que venza el veintidós de mayo del dos mil doce. Escritura número 83 de las 11:00 a. m. horas del 7 de mayo del 2012, iniciada en el folio 56 frente del tomo II del protocolo que lleva esta notaría.—Lic. Alejandra Irene Aguilar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012304947.—(IN2012060968).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del diecisiete de mayo del dos mil doce, número veintiocho-cuatro, se constituyó la entidad denominada Reata Enterpises Sociedad Anónima, se nombró junta directiva, capital suscrito y pagado. Es todo.—Cartago, once de junio del dos mil doce.—Lic. Gabriela Rodríguez Loria, Notaria.—1 vez.—RP2012304949.—(IN2012060969).

Por escritura pública otorgada a las 11:30 horas del 23 de mayo del 2012, se acordó la disolución de la sociedad denominada Inversiones Corvetti Arvide Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-153281, acuerdo tomado con la totalidad de las acciones conformativas de su capital social.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012304951.—(IN2012060970).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria celebrada a las 14:00 horas del 18 de junio del 2012, de la sociedad Propiedades Debila S. A., se acuerda la disolución de esta sociedad.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—RP2012304952.—(IN2012060971).

Por escritura Nº 122 otorgada a las 8:30 horas del 18 de junio del 2012, se protocolizó acta de la disolución de la empresa El Carrito de mi Negrita Sociedad Anónima.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012304954.—(IN2012060972).

Por escritura Nº 125, otorgada a las 10:00 horas del día 18 de junio del 2012, el señor Kenneth Cano Vargas, solicita la disolución de la empresa Kenca Sociedad Anónima.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012304955.—(IN2012060973).

Por escritura Nº 124, otorgada a las 09:30 horas del día 18 de junio del 2012, se protocolizó acta de la disolución de la empresa Puerto Ospina Sociedad Anónima.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012304956.—(IN2012060974).

El suscrito notario hace constar que por acuerdo de socios, se ha acordado la disolución de la sociedad Cariari Este y Oeste Punto Car Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos tres mil quinientos ochenta y cinco, y ocho.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—RP2012304957.—(IN2012060975).

El suscrito notario hace constar que por acuerdo de socios, se ha acordado la disolución de la sociedad Capiati M T Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil seiscientos noventa y uno.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—RP2012304958.—(IN2012060976).

Los señores accionistas de la sociedad Transportes Soco Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y dos mil setecientos setenta, acuerdan disolver y desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil, ante la notaria Yamileth Rodríguez Alfaro.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012304959.—(IN2012060977).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se procede a la disolución de la sociedad Inversiones Jacmar M y J S. A.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Virginia Portuguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012304960.—(IN2012060978).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se procede a la disolución de la sociedad Carfel S.H. S. A.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Giseis Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—RP2012304961.—(IN2012060979).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas y diez minutos del diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Beautiful River Gardens Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos trece mil doscientos sesenta y seis, en donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012304962.—(IN2012060980).

Por escritura otorgada ante este notario, a las dieciséis horas del seis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria número uno-dos mil once, de la sociedad IEJU KAT Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y cuatro mil seiscientos treinta y tres, donde se cambia la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, ocho horas cuarenta y cinco minutos del once de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012304963.—(IN2012060981).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas y veinte minutos del día diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Riverbend Tropical Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos trece mil quinientos setenta y nueve, en donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012304964.—(IN2012060982).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas y treinta minutos del día diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Riverbend Magic Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil ciento sesenta, en donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012304965.—(IN2012060983).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas del seis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria número uno-dos mil once, de la sociedad Boulevard Damaris Cuarta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos doce mil setecientos ochenta y ocho, donde se cambia la cláusula segunda, del pacto constitutivo.—San José, nueve horas veinte minutos del once de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012304966.—(IN2012060984).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas y treinta minutos del día dieciocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Condovilla Zeus Ciento Dos Limitada, titular de la cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y un mil novecientos noventa y ocho, en donde se nombra nuevo gerente y subgerente.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012304967.—(IN2012060985).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas cuarenta minutos del seis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria número uno-dos mil once, de la sociedad Florsheim Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y cuatro mil ciento quince, donde se cambia la cláusula segunda, del pacto constitutivo.—San José, nueve horas del once de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012304968.—(IN2012060986).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas veinte minutos del seis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria número uno-dos mil once, de la sociedad Boulevard P Diecinueve Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos doce mil setecientos noventa y nueve, donde se cambia la cláusula segunda, del pacto constitutivo.—San José, nueve horas cuarenta minutos del once de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012304969.—(IN2012060987).

Por escritura otorgada ante este notario, a las dieciséis horas treinta minutos del seis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria número uno-dos mil once, de la sociedad Corporación Rocazul CA Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cuatro mil quinientos nueve, donde se cambia la cláusula segunda, del pacto constitutivo.—San José, ocho horas treinta minutos del once de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012304970.—(IN2012060988).

En escritura otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 18 de junio del 2012, se protocoliza acta de la sociedad Casa Armonía S. A., cédula jurídica Nº 3-101-433338, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad por acuerdo de socios y siendo que no tienen pasivo alguno ni bienes o activos, operaciones ni actividades de ninguna naturaleza se prescinde del trámite de liquidación.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Alejandra Ramírez Sutherland, Notaria.—1 vez.—RP2012304971.—(IN2012060989).

Yo, Jenny Vargas Quesada, notaria pública, con oficina abierta en Guácimo, protocolicé mediante escritura Nº 42 visible al folio 28 frente del tomo 114 de mi protocolo, el acta Nº 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Flores del Atlántico S. A. Domiciliada: en San Luis de Guácimo, Limón, cédula jurídica Nº 3-101-592474, celebrada en su domicilio social a las 08:00 horas del 21 de mayo del 2012, según la cual los socios acuerdan por unanimidad disolver la sociedad.—Guácimo, a las 16:00 horas del 21 de mayo del 2012.—Lic. Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012304972.—(IN2012060990).

Por escritura número doscientos cuarenta y cuatro bis, a las once horas del trece de junio del dos mil doce, se procedió a la disolución de la sociedad denominada Inversiones Lartur del Bosque Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-469523. Lo anterior conforme con la Ley número nueve mil veinticuatro del 23 de diciembre del 2011.—Cartago, La Unión, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Federico José Jiménez Solano, Notario.—1 vez.—RP2012304973.—(IN2012060991).

Por escritura número doscientos cuarenta y nueve, a las doce horas del catorce de junio del dos mil doce, se procedió a la disolución de la sociedad denominada Pageze, cédula jurídica Nº 3-101-37612. Lo anterior conforme con la Ley número nueve mil veinticuatro del 23 de diciembre del 2011.—Cartago, La Unión, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Federico José Jiménez Solano, Notario.—1 vez.—RP2012304974.—(IN2012060992).

Los señores accionistas de la sociedad Materiales Eléctricos BCO Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil quinientos setenta y siete, acuerdan disolver y desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil, ante la notaria Yamileth Rodríguez Alfaro.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012304975.—(IN2012060993).

Los señores accionistas de la sociedad Transportes Zuly de Alajuela Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa y seis mil setecientos veinte, acuerdan disolver y desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil, ante la notaria Yamileth Rodríguez Alfaro.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012304976.—(IN2012060994).

Los señores accionistas de la sociedad Transportes Arrieta Soto Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil trescientos cincuenta y tres, acuerdan disolver y desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil, ante la notaria Yamileth Rodríguez Alfaro.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012304977.—(IN2012060995).

Los señores accionistas de la sociedad Red de Confianza Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y cinco mil quinientos siete, acuerdan disolver y desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil, ante la notaria Yamileth Rodríguez Alfaro.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012304978.—(IN2012060996).

Los señores accionistas de la sociedad Transcaromile Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y dos mil setenta y cuatro, acuerdan disolver y desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil, ante la notaria Yamileth Rodríguez Alfaro.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012304979.—(IN2012060997).

Por escritura número doscientos cuarenta y ocho, a las once horas treinta minutos del catorce de junio del dos mil doce, se procedió a la disolución de la sociedad denominada Casa Antares Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-598826. Lo anterior conforme con la Ley número nueve mil veinticuatro del 23 de diciembre del 2011.—Cartago, La Unión, catorce de junio del dos mil doce.—Lic. Federico José Jiménez Solano, Notario.—1 vez.—RP2012304980.—(IN2012060998).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas y diez minutos del día diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad El Debate Jurídico S. A., titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y cinco, en donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012304982.—(IN2012060999).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas y veinte minutos del día diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Potrero Bay Beach Estates Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y ocho mil novecientos setenta y dos, en donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012304983.—(IN2012061000).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas y cuarenta minutos del día diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Riverbend Sunset Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos trece mil quinientos setenta y cinco, en donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012304984.—(IN2012061001).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Riverfront Gardens Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil ciento veintisiete, en donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012304985.—(IN2012061002).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del día 19 de junio del 2012, se protocoliza acuerdos de la empresa RSHC Trucks S. A., cédula jurídica Nº 3-101-511159, relativos a modificación de la cláusula sétima de la sociedad referente a la administración de la empresa.—Lic. Ronald Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012304986.—(IN2012061003).

Tres-ciento uno-quinientos cincuenta y siete mil cuarenta y cuatro s. a., cambia junta directiva y reforma estatutos. Escritura otorgada en San José, Desamparados, a las doce horas del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Mora Camacho, Notaria.—1 vez.—RP2012304987.—(IN2012061004).

Por escritura otorgada a las catorce horas del día diecinueve de junio del dos mil doce, se protocoliza el acta número uno de asamblea de socios de la sociedad TLG Logística Grupal de Transportes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos ochenta y tres.—Lic. Lency Jhannory Salas Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012304988.—(IN2012061005).

Por escritura pública otorgada ante este notario, a las diez horas del once de junio del dos mil doce, fusión de sociedades prevaleciendo Alvasol S. A., se reforma la cláusula décima tercera, se nombra junta directiva y agente residente.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012304989.—(IN2012061006).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las nueve horas del nueve de junio del dos mil doce, los accionistas de la sociedad M S Rivema Sociedad Anónima, acuerdan disolver dicha sociedad.—Alajuela, 9 de junio del 2012.—Lic. Otto Paniagua Obando, Notario.—1 vez.—RP2012304990.—(IN2012061007).

Por escritura otorgada ante mí, Relbestal Ingeniería y Construcción Sociedad Anónima, solicita su disolución. Escritura otorgada en Heredia, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—RP2012304991.—(IN2012061008).

Por escritura número ciento cincuenta y siete del tomo III de mi protocolo, otorgada el día 19 de junio del 2012, ante esta notaría, se solicita disolución de la sociedad anónima denominada Calima Inversiones DAJ Sociedad Anónima.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Iván Villegas Franco, Notario.—1 vez.—RP2012304993.—(IN2012061009).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 18 de junio del 2012, se modifica la cláusula vigésimo segunda de la representación del pacto social, de la sociedad El Viejo y el Mar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-331019.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Carlos Mauricio Vargas Caravaca, Notario.—1 vez.—RP2012304995.—(IN2012061010).

Se disuelve Muebles Metálicos DP S. A., cédula jurídica Nº 3-101-544674.—Heredia, 20 de junio del 2012.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012304997.—(IN2012061011).

Se disuelve Artemetal Publicitario Industrial S. A., cédula jurídica Nº 3-101-470735.—Heredia, 20 de junio del 2012.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012304998.—(IN2012061012).

Por escritura número dieciocho, protocolo 3, otorgada ante la notaria Estrella Lizano Gutiérrez, a las 14:00 horas del 18 de junio del 2012, de la sociedad Nasca de los Colegios S. A., cédula jurídica Nº 3-101-34072, se disuelve la sociedad.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Estrella Lizano Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012304999.—(IN2012061013).

Ante mí, Lucrecia Sancho Calderón, notaria pública, se protocoliza fusión de la sociedad Servicios Pama Norte B.H. Sociedad Anónima, con la sociedad denominada Mirasorio Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula “quinta” aumento de capital.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Lucrecia Sancho Calderón, Notaria.—1 vez.—RP2012305000.—(IN2012061014).

Por escritura de las 13:00 horas de hoy, en esta ciudad, protocolicé acta de asamblea de socios de la compañía Psicoformación Humanista S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—RP2012305001.—(IN2012061015).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 15:10 horas del 18 de junio del 2012, se acordó disolver la denominada: Distribuidora Salazar y Salazar S. A., con domicilio en Juan Viñas, Jiménez, Cartago. Capital social: diez mil colones, representada judicial extrajudicialmente por su presidente y secretario: Juan Gerardo Salazar Calvo y Juan José Salazar Granados, con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cervantes, 18 de junio del 2012.—Lic. Salvador Brenes Coto, Notario.—1 vez.—RP2012305002.—(IN2012061016).

Por escritura de las 13:30 horas de hoy, en esta ciudad, protocolicé acta de asamblea de socios de la compañía Ormosa S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—RP2012305003.—(IN2012061017).

Escritura número trescientos cincuenta y uno, comparecen los socios de Corporación El Rodeo de Coronado Sociedad Anónima, para la disolución de la sociedad, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres dos cinco ocho cinco cero. Se firma el día 19 de junio del 2012.—Lic. Ana María Masís Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2012305004.—(IN2012061018).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 08:00 horas del día 18 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Automotores F.K. S. A.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1 vez.—RP2012305005.—(IN2012061019).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 09:00 horas del día 18 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Desarrollos F.K. Villegas S. A.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1 vez.—RP2012305006.—(IN2012061020).

Hoy he protocolizado acta Nº 1 de Óscar y Esteban Sociedad Anónima, donde se acuerda disolver la sociedad.—Primero de junio del dos mil doce.—Lic. Yenny Argüello Chaverri, Notaria.—1 vez.—RP2012305007.—(IN2012061021).

Por escritura número ciento ochenta otorgada a las quince horas del día dieciocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se disolvió la sociedad denominada: Inversiones Rita Internacional S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-177926.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012305009.—(IN2012061022).

Cambio de Marca Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos doce mil trescientos setenta, realiza cambio de junta directiva, Julián Fernando Chaves Lemos, presidente.—Ciudad Neily, Corredores, diecinueve de junio del 2012.—Lic. Carlos Solórzano Campos, Notario.—1 vez.—RP2012305010.—(IN2012061023).

Ante mi notaría, mediante escritura número 60, se protocoliza acta número uno de asamblea general extraordinaria de disolución de la sociedad La Pezuña S. A., cédula jurídica 3-101-336687. Quien se considere afectado deberá comunicar por escrito la oposición en su domicilio social Los Ángeles de Atenas, cien metros al este y cincuenta al norte de la Iglesia.—Lic. Fulvia María Sánchez Ballestero, Notaria.—1 vez.—RP2012305012.—(IN2012061024).

Ante mí, hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de disolución de Leiva Asesores S. A.Cartago, 18 de junio del 2012.—Lic. Luis Martínez Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012305013.—(IN2012061025).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y cinco de las catorce horas del diecinueve de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Condominio Avicenia Número Ciento Veinticuatro Murmullo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos siete mil novecientos veintiuno. Es todo.—San José, diecinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Víctor Fernández Kopper, Notario.—1 vez.—RP2012305014.—(IN2012061026).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y tres de las catorce horas del diecinueve de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil cuatrocientos veinticinco sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil cuatrocientos veinticinco. Es todo.—San José, diecinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Víctor Fernández Kopper, Notario.—1 vez.—RP2012305015.—(IN2012061027).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y cuatro de las catorce horas del diecinueve de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Hogar de Amor Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil cuatrocientos setenta y seis. Es todo.—San José, diecinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Víctor Fernández Kopper, Notario.—1 vez.—RP2012305016.—(IN2012061028).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y dos, de las doce horas del dieciocho de junio de dos mil doce, se modifica la clausula vigésima primera del pacto constitutivo de Inmobiliaria La Colina de Los Yoses Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-uno ocho nueve uno siete siete, otorgando la representación al presidente y secretario. Es todo.—San José, diecinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Víctor Fernández Kopper, Notario.—1 vez.—RP2012305017.—(IN2012061029).

Por escritura número trescientos once, visible al folio ciento cuarenta y tres frente al tomo décimo, otorgada hoy ante mí, en la ciudad de Guápiles, Pococí, Limón, a las 15:00 horas del 19 de junio del 2012, la sociedad denominada Seguros del Caribe Oporta y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-287876, en la cual se acuerda disolver la presente sociedad.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—RP2012305019.—(IN2012061030).

Ante esta notaría en el protocolo quince, mediante escritura número 96, otorgada a las 16:57 horas del 19 de junio de 2012, se disuelve la sociedad Mediprova Medicamentos y Productos Varios S. A., cédula jurídica 3-101-533460.—Lic. Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012305023.—(IN2012061031).

Ante esta notaría en el protocolo quince, mediante escritura número 294, otorgada a las 16:00 horas del 19 de junio de 2012, se disuelve la sociedad Inmobiliaria Jauger S. A., cédula jurídica 3-101-298987.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012305024.—(IN2012061032).

Ante esta notaría en el protocolo quince, mediante escritura número 291, otorgada a las 14:00 horas del 19 de junio de 2012, se disuelve la sociedad JEG Hermanos S G Loría S. A., cédula jurídica 3-101-495442.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012305025.—(IN2012061033).

Por escritura Nº 29 de Laura Patricia Charpentier Soto, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Equipos Altech S.A., en que se acordó la disolución y liquidación de la empresa por no tener pasivos ni activos. Es todo.—San José, 30 de marzo de 2012.—Lic. Laura Patricia Charpentier Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012305027.—(IN2012061034).

Por escritura pública número 267, otorgada en mi notaría, a las 9:00 horas del día 18 de junio del año 2012, los señores Kirk Madison Goodfellow y Mary Ramona Cox, constituyeron Cumpliendo el Sueño de Mamá en CR Sociedad Anónima. Capital social ¢ 100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—RP2012305029.—(IN2012061035).

Por escritura pública número 264, otorgada en mi notaría a las 17:00 horas, del día 13 de junio del año 2012, por acuerdo unánime de socios, se inició diligencias de disolución y liquidación de Proyecto Athena del Pacífico Sociedad Anónima. Se emplaza a acreedores, terceros e interesados para que en el plazo de 30 días siguientes a esta publicación comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. La notaría se ubica en Sardinal de Carrillo, Guanacaste, diagonal a Villas Nacazcol. Fax. 2697-0221. Exp. Nº 12-11-LSNFPA—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—RP2012305031.—(IN2012061036).

Ante el notario Milton González Vega, con oficina abierta en Santo Domingo de Heredia, de la capilla San Martín, doscientos metros al este, veinticinco metros al norte, y setenta y cinco metros al este, por escritura número doscientos nueve del tomo ocho, se tramita la disolución de la sociedad denominada Inversiones Chavarría P.L.U.S. Sociedad Anónima, sociedad domiciliada en San José, Curridabat, del Motel La Fuente, cincuenta metros al este y trescientos metros al sur, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cinco mil ciento ocho. Dentro del término de ley que es de treinta días, se escucharán oposiciones. Es todo.—Santo Domingo de Heredia, veintidós horas diez minutos del dieciocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Milton González Vega, Notario.—1 vez.—RP2012305032.—(IN2012061037).

Ante el Notario: Milton González Vega, con oficina abierta en Santo Domingo de Heredia, de la capilla San Martín, doscientos metros al este, veinticinco metros al norte, y setenta y cinco metros al este, por escritura número doscientos ocho del tomo ocho, se tramita la disolución de la sociedad denominada Grupo Plástico Prestige Sociedad Anónima, sociedad domiciliada en San José, Curridabat, del Motel La Fuente, cincuenta metros al este y trescientos metros al sur, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil novecientos cincuenta y siete. Dentro del término de ley que es de treinta días, se escucharán oposiciones. Es todo.—Santo Domingo de Heredia, veinte horas cincuenta y cinco minutos del dieciocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Milton González Vega, Notario.—1 vez.—RP2012305033.—(IN2012061038).

Ante el notario: Milton González Vega, con oficina abierta en Santo Domingo de Heredia, de la capilla San Martín, doscientos metros al este, veinticinco metros al norte, y setenta y cinco metros al este, por escritura número doscientos cinco del tomo ocho, se tramita la disolución de la sociedad denominada Comercializadora Proplastic Sociedad Anónima, sociedad domiciliada en San José, Curridabat, del Motel La Fuente, cincuenta metros al este y trescientos metros al sur, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos cuatro mil novecientos ochenta y ocho. Dentro del término de ley que es de treinta días, se escucharán oposiciones. Es todo.—Santo Domingo de Heredia, catorce horas del dieciocho de junio del año dos mil doce.—Milton González Vega, Notario.—1 vez.—RP2012305034.—(IN2012061039).

Ante el notario: Milton González Vega, con oficina abierta en Santo Domingo de Heredia, de la capilla San Martín, doscientos metros al este, veinticinco metros al norte, y setenta y cinco metros al este, por escritura número doscientos siete del tomo ocho, se tramita la disolución de la sociedad denominada Corporación Plast A.C.H Sociedad Anónima, sociedad domiciliada en San José, Curridabat, del Motel La Fuente, cincuenta metros al este y trescientos metros al sur, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cinco mil seiscientos cincuenta y seis. Dentro del término de ley que es de treinta días, se escucharán oposiciones. Es todo.—Santo Domingo de Heredia, dieciocho horas del dieciocho de junio del año dos mil doce.—Milton González Vega, Notario.—1 vez.—RP2012305035.—(IN2012061040).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinte de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Edalui Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y nueve mil setecientos noventa y uno, celebrada a las doce horas del diecisiete de junio de dos mil doce, mediante la cual se acordó la disolución y liquidación de la sociedad, y se nombró liquidador. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada.—Fabiana Gutiérrez León-Páez, Notaria.—1 vez.—RP2012305036.—(IN2012061041).

Mediante escritura por mí otorgada a las nueve horas del cuatro de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Arias y Morales S. A., en donde se acuerda disolver la sociedad.—Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—RP2012305037.—(IN2012061042).

Ante esta Notaría, el día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Almaro S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero veintisiete mil doscientos nueve, en la que se disuelve y queda debidamente liquidada.—San José, 13 de junio de 2012.—Lic. Leda María Rodríguez Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2012305039.—(IN2012061043).

A las 15:00 horas del 7 de junio del 2012, en San Pedro de Montes de Oca, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Teygo & Asociados S. A., según la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo unánime, sin trámites de liquidación, por no tener activos o bienes ni deudas o pasivos.—San José, a las nueve horas del 8 de junio del 2012.—Lic. Virginia Calvo Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012305045.—(IN2012061044).

A las 15 horas y 30 minutos del 7 de junio del 2012, en San Pedro de Montes de Oca, ante esta notaría, en concordancia con lo dispuesto en el transitorio II de la Ley 9024, artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas, se disolvió la sociedad Adprocom Comunicación Estratégica S. A.—San José, a las 9 horas y quince minutos del 8 de junio del 2012.—Lic. Virginia Calvo Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012305046.—(IN2012061045).

Se ha disuelto Inversiones Almoba Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-568405, en donde figuraba como presidente Hernán Bastos Matarrita.—Cartago, 19 de junio del 2012.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1 vez.—RP2012305048.—(IN2012061046).

El suscrito notario da fe de que en esta notaría, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Inversiones Odontológicas Sociedad Anónima. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del once de junio del año dos mil doce. Es todo.—San José, quince horas del once de junio del año dos mil doce.—Lic. Jorge Alfredo Calvo Cascante, Notario.—1 vez.—RP2012305049.—(IN2012061047).

El suscrito notario da fe de que en esta notaría se protocolizó la reforma de la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Transportes San José a Venecia de San Carlos S. A., se aumenta el capital social en la suma de treinta y cinco millones doscientos mil colones. Escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del veinticinco de mayo del año dos mil doce. Es todo.—San José, ocho horas del veinte de junio del año dos mil doce.—Lic. Jorge Alfredo Calvo Cascante, Notario.—1 vez.—RP2012305050.—(IN2012061048).

Ante mi notaría, por escritura número 117 otorgada a las 15:40 horas, del día 7 de junio del año 2012, la señora Ingrid María Seevers Federspiel, en su calidad de única socia de la empresa de esta  plaza  Leclos Sociedad Anónima,  cédula  jurídica  número  3-101-198954, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad por no tener actividad.—San José, 19 de junio del año 2012.—Lic. Esther Badilla Meléndez, Notaria.—1 vez.—RP2012305052.—(IN2012061049).

Ante mi notaría, por escritura número 116 otorgada a las 15:20 horas, del día 7 de junio del año 2012, la señora Ingrid María Seevers Federspiel, en su calidad de única socia de la empresa de esta plaza Inversiones Río Mosela Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-449713, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad por no tener actividad.—San José, 19 de junio del año 2012.—Lic. Esther Badilla Meléndez, Notaria.—1 vez.—RP2012305053.—(IN2012061050).

Ante mi notaría, por escritura número 115 otorgada a las 15:00 horas, del día 7 de junio del año 2012, la señora Ingrid María Seevers Federspiel, en su calidad de única socia de la empresa de esta plaza Fedautos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-251764, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad por no tener actividad.—San José, 19 de junio del año 2012.—Lic. Esther Badilla Meléndez, Notaria.—1 vez.—RP2012305054.—(IN2012061051).

Por asamblea de las 8:00 horas del veintinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la compañía Creaciones Maritriz Sociedad Anónima. Domicilio: San José, San Juan de Tibás, Presidente: Beila Garro León.—San José, 19 de junio del año 2012.—Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2012305055.—(IN2012061052).

Ante mi notaría, por escritura número 114 otorgada, a las 14:45 horas, del día 7 de junio del año 2012, la señora Ingrid María Seevers Federspiel, en su calidad de única socia de la empresa de esta plaza Micha Autos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-539999, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad por no tener actividad.—San José, 19 de junio del año 2012.—Lic. Esther Badilla Meléndez, Notaria.—1 vez.—RP2012305056.—(IN2012061053).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del quince de junio del año dos mil doce, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada MF Call Center Sociedad Anónima. Se modificó el nombre, la junta directiva, y representación judicial y extrajudicial.—San José, 15 de junio del año 2012.—Lic. Carlos Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012305057.—(IN2012061054).

Ante mi notaría, por escritura número ciento diecinueve otorgada a las 18:00 horas del once de junio del año dos mil doce, comparecieron los señores Javier Manuel Granados Oconitrillo, Sergio Mauricio Ulloa Jiménez, Rodolfo Alberto Montero Rodríguez y Gustavo Alberto Gómez Barrantes, en su condición de socios de la sociedad de esta plaza Importing Technology Itech Sociedad Anónima, en español Importaciones Tecnológicas Itech Sociedad Anónima, cédula jurídica numero 3-101-367874, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad por no tener actividad.—San José, 20 de junio del año 2012.—Lic. Esther Badilla Meléndez, Notaria.—1 vez.—RP2012305058.—(IN2012061055).

En mi notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Garsa del Prado S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos once mil setecientos veintisiete, en donde se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Prado Salas, Notario.—1 vez.—RP2012305059.—(IN2012061056).

Por escritura otorgada el día 14 de mayo dos mil doce, ante esta notaría, se reforman estatutos de la sociedad anónima Aprendimundo Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2012305060.—(IN2012061057).

Por escritura otorgada ante mí a las 8:00 horas del 19 de junio de 2012; se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Aldu S. A., en donde se modifica la representación de la sociedad.—San Ramón de Alajuela, 19 de junio de 2012.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—RP2012305062.—(IN2012061058).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 13 de junio de 2012; se acordó la disolución de la sociedad Jugueticos Melba S. A.San Ramón de Alajuela, 13 de junio de 2012.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—RP2012305063.—(IN2012061059).

Lic. Flor María Delgado Zumbado, comunica que la Asociación Rotaria Belén, cédula jurídica número tres-cero cero dos-tres tres cero nueve tres siete, modificó los artículos once, dieciocho, y el punto E) del artículo veintiuno de su acta constitutiva.—Belén, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2012305064.—(IN2012061060).

Lic. Flor María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría se constituyó la sociedad denominada Familia Barrantes Carranza T Y M Sociedad Anónima, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, cinco de marzo del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2012305065.—(IN2012061061).

Mediante escritura otorgada a las once horas de hoy, la asamblea de accionistas disuelve Jomysal Sociedad Anónima.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Hernán Velasco Sasso, Notario.—1 vez.—RP2012305066.—(IN2012061062).

Hoy protocolicé acta de asamblea de accionistas de tres-ciento uno-seiscientos tres mil seiscientos veinte Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012305067.—(IN2012061063).

Hoy protocolicé acta de asamblea de accionistas de JLDD Montero Chasi Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012305068.—(IN2012061064).

Juan Sandoval Vega, Edward Soto Brenes, Alonso Jiménez Villalobos y Fernando Escalante Moncada, solicitan al Registro Nacional se disuelva la sociedad Gráficos Nuevo Siglo S. A. Escritura 266, de las 10:50 horas del 18 de junio del 2012. Tomo 27.—Lic. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012305069.—(IN2012061065).

Mediante escritura número 193 del protocolo sexto de la suscrita notaria, se solicita disolver la empresa Lunakawa Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-284327, en la ciudad de Cahuita, a las 16:15 horas del 13 de junio del 2012.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2012305070.—(IN2012061066).

Mediante escritura número 194 del protocolo sexto de la suscrita notaria, se solicita disolver la empresa Alcarchos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-226584, en la ciudad de Cahuita, a las 16:30 horas del 13 de junio del 2012.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2012305071.—(IN2012061067).

Mediante escritura número 207 del protocolo sexto de la suscrita notaria, se reforma la cláusula segunda del domicilio de la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario  San  Rafael  de  Bordon,  con  cédula jurídica  número  3-002-374240, en la ciudad de Cahuita, a las 15:00 horas del 19 de junio del 2012.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2012305072.—(IN2012061068).

Mediante escritura número 195 del protocolo sexto de la suscrita notaria, se solicita disolver la empresa Angelina de Cahuita Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica numero 3-101-583243, en la ciudad de Cahuita, a las 12:00 horas del 14 de junio del 2012.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2012305073.—(IN2012061069).

Mediante escritura número 192 del protocolo sexto de la suscrita notaria, se solicita disolver la empresa Chicoutimi Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-243167, en la ciudad de Cahuita, a las 16:00 horas del 13 de junio del 2012.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2012305074.—(IN2012061070).

Mediante escritura número 191 del protocolo sexto de la suscrita notaria, se solicita disolver la empresa Kankibo Line Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica numero 3-101-534350, en la ciudad de Cahuita, a las 15:30 horas del 13 de junio del 2012.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2012305075.—(IN2012061071).

Mediante escritura número 190 del protocolo sexto de la suscrita notaria, se solicita disolver la empresa Gerardo Agüero Quirós Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-317258, en la ciudad de Cahuita, a las 15:00 horas del 13 de junio del 2012.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2012305076.—(IN2012061072).

Mediante escritura otorgada en mi notaría a las 9 horas del 18 de junio del 2012, se otorgó escritura de disolución de Servicio de Seguridad El Lince Griego S. A., cédula jurídica 3-101-411882. Los interesados pueden oponerse en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mario Alberto Umaña Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012305144.—(IN2012061123).

La suscrita, Mirta Elizabeth Sequeira Torres, hace constar que en mi notaría se ha procedido a liquidar y disolver por acuerdo de socios Asoflorida Logística Sociedad Anónima, la cual no tiene actualmente ningún bien o activo y ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Mirta Elizabeth Sequeira Torres, Notaria.—1 vez.—RP2012305145.—(IN2012061124).

Por escritura otorgada a las ocho horas del ocho de junio del 2012, protocolicé acta de la empresa Comando SE Seguridad Ranger Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-253766, donde se acuerda su disolución.—Naranjo, Alajuela, 9 de junio del 2012.—Lic. Melisa Navarro Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012305147.—(IN2012061125).

Ante esta notaría por escritura número ciento veintisiete-veintiuno, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Compañía Arquitectos e Inversiones Naska Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Wálter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012305148.—(IN2012061126).

Carolina Mata Alvarado y Cindy María Blanco González, hacen constar que en la escritura número ciento tres, visible al folio setenta y seis vuelto, del tomo dos del protocolo de la notaria Cindy María Blanco González, se disuelve la sociedad Tortos Valenzuela Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos dieciséis mil setecientos treinta y seis.—Cartago, a las ocho horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Cindy María Blanco González, Notaria.—1 vez.—RP2012305149.—(IN2012061127).

Carolina Mata Alvarado, hace constar que en la escritura número trescientos veintiocho, visible al folio ciento noventa y nueve frente, del tomo quince del protocolo de la suscrita notaria, se disuelve la sociedad Centro Industrial Alajuelense Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintiocho mil cuatrocientos noventa y seis.—Cartago, a las dieciséis horas del quince de junio del dos mil doce.—Lic. Carolina Mata Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2012305151.—(IN2012061128).

Por escritura otorgada hoy ante mí a las quince horas, protocolicé un acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad MYR S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012305152.—(IN2012061129).

Por escritura otorgada hoy ante mí a las quince horas, protocolicé un acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Controles Ultrasónicos de Costa Rica S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012305153.—(IN2012061130).

Por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, protocolicé un acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Pompidou S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012305154.—(IN2012061131).

Por escritura otorgada hoy ante mí a las quince horas quince minutos, protocolicé un acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Walk Way To The Stone Bridge S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012305155.—(IN2012061132).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las -- horas de hoy, se disolvió la sociedad Frituras Deliciosas S. A., cédula jurídica 3-101-39116.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012305156.—(IN2012061133).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las - horas de hoy, se disolvió la sociedad Corporación Industrial Samuga S. A., cédula jurídica 3-101-209721.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012305157.—(IN2012061134).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las-horas de hoy, se disolvió la sociedad W Ocho S Seis S. A. cédula jurídica 3-101-652485.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012305158.—(IN2012061135).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las-horas de hoy, se disolvió la sociedad La Ñusta S. A. cédula jurídica 3-101-88393.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012305159.—(IN2012061136).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las --horas de hoy, se disolvió la sociedad Naty S. A., cédula jurídica 3-101-98951.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012305160.—(IN2012061137).

Se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Jerez Doscientos Veintiocho Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil quinientos treinta y ocho. Es todo.—Lic. Jeffry Alonso Hernández Romero, Notario.—1 vez.—RP2012305161.—(IN2012061138).

Por escritura de las diez horas del día de hoy, Lucasta Julia Rogers y Wendy Leigh Brown acordaron liquidar la empresa denominada Corporación Horse Tours Jaco Internacional S. A., al haberse constituido en asamblea general ordinaria de accionistas de dicha empresa en sede notarial. Por haberse extraviado los libros legales. No hay bienes que liquidar.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Karen Zamora Román, Notaria.—1 vez.—RP2012305163.—(IN2012061139).

Ante esta notaría, a las catorce horas del diecinueve de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ryana Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cero cincuenta y cinco mil novecientos ochenta de esta plaza, mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San Ramón de Alajuela, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Rocío Chaves Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012305164.—(IN2012061140).

Por escritura de las nueve horas del día de hoy, Dana Lamar Thomas y Laura Zúñiga García acordaron liquidar la empresa denominada Lubricorp Costa Rica S. A., al haberse constituido en asamblea general ordinaria de accionistas de dicha empresa en sede notarial por haberse extraviado los libros legales, no hay bienes que liquidar.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Karen Zamora Román, Notaria.—1 vez.—RP2012305165.—(IN2012061141).

Por escritura de las ocho horas del día de hoy, Dana Lamar Thomas y Laura Zúñiga García acordaron liquidar la empresa denominada Distribuidora de Lubricantes X Uno R S. A., al haberse constituido en asamblea general ordinaria de accionistas de dicha empresa en sede notarial por haberse extraviado los libros legales, no hay bienes que liquidar.—San José, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Karen Zamora Román, Notaria.—1 vez.—RP2012305166.—(IN2012061142).

El suscrito notario hago saber que ante esta notaría se constituyó el presidente y todo el capital social de la sociedad denominada Venehorizonte J Diez, para su respectiva disolución.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012305167.—(IN2012061143).

En esta notaría, al ser las doce horas quince minutos del catorce de junio de dos mil doce, se constituyó la empresa Procesados Don Beto PDB Sociedad Anónima. Es todo.—San José, diecinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Mauricio Alonso Arias Castro, Notario.—1 vez.—RP2012305168.—(IN2012061144).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas y treinta minutos de hoy, se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la disolución de Inmobiliaria Jae Florense Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y un mil novecientos veinticinco.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. María de los Ángeles Loría Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2012305169.—(IN2012061145).

En mi notaría por escritura número 101, otorgada en San José a las 12 horas del 19 de abril del 2012, del tomo 7, se modificó la junta directiva de la sociedad anónima denominada: Aljim 5K Monserrat S. A., domiciliada en Desamparados, presidente único apoderado generalísimo sin límite de suma, y nuevo domicilio Cartago, La Unión, Concepción, urbanización Monserrat, casa 5k.—San José, a las doce horas del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—RP2012305170.—(IN2012061146).

Ante esta notaría, por medio de escritura debidamente protocolizada de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, se acuerda la disolución de la sociedad Naciente del Puente de los Juegos S. A.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—RP2012305171.—(IN2012061147).

Por protocolización de las diecinueve horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de disolución de  Epsilon y Omega Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-520165.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012305172.—(IN2012061148).

En esta notaría se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tres-Ciento Uno-Quinientos Dieciséis Mil Ciento Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil ciento diez. Se acordó su disolución a partir del 18 de junio del año en curso, amparados en el inciso d) artículo doscientos uno del Código de Comercio. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 207 de Código de Comercio, se cita a quienes se puedan considerar perjudicados para que en el plazo de treinta días a partir de la presente publicación establezcan las reclamaciones ante la autoridad jurisdiccional o ante la notaría ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros al norte de la esquina noreste del Club de Amigos.—Palmares, 19 de junio del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012305174.—(IN2012061149).

En esta notaría se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios, de Tres-Ciento Uno-Quinientos Dieciséis Mil Treinta y Tres S. A., cédula jurídica 3-101-516033. Se acordó su disolución a partir del 18 de junio del año en curso, amparados en el inciso d-), artículo doscientos uno del Código de Comercio. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 207 de Código de Comercio, se cita a quienes se puedan considerar perjudicados para que en el plazo de treinta días a partir de la presente publicación establezcan las reclamaciones ante la autoridad jurisdiccional o ante la notaría ubicada en Palmares de Alajuela, cincuenta metros al norte de la esquina noreste del Club de Amigos.—Palmares, 19 de junio del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012305176.—(IN2012061150).

Ante esta notaría se procedió a asamblea de Plantas Multicolores Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil cuatrocientos veintinueve, asamblea general extraordinaria en donde se acuerda la disolución, amparados en los artículos 129 del Código Notarial, 201 inciso d) del Código de Comercio. Conforme el artículo 207 del Código de Comercio se brindan treinta días a las personas que se consideren perjudicadas para que recurran a la vía jurisdiccional o ante esta notaría ubicada en Palmares de Alajuela, 50 mts. norte del Club de Amigos.—Palmares, 19 de junio del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012305177.—(IN2012061151).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Proyecto Morpheus Limitada, representada por el gerente y subgerente, y por unanimidad de los socios y dueño del capital social de dicha sociedad, disuelta en fecha quince de junio del año dos mil doce.—San José, 15 de junio del 2012.—Lic. Joan Salazar Garreta, Notario.—1 vez.—RP2012305178.—(IN2012061152).

Por escrituras de: a) 15 hrs. del 15 de junio del 2012 protocolicé acta de Beluga Gris Perlada S. A., donde se cambia presidente y secretario y cambia cláusula primera. b) 10 hrs. del 18 de junio del 2012, protocolicé acta de Woor Connections Services S. A., donde se nombra junta directiva y se cambia la cláusula de la representación, c) 11 hrs. del 18 de junio del 2012, protocolicé acta de Woodstock Development Corporation S. A., donde se acuerda la disolución, d) 12 hrs. del 18 de junio del 2012, protocolicé acta de Tropical Resources Management S. A., donde se acuerda la disolución.—Lic. Patricia Araya Serrano, Notaria.—1 vez.—RP2012305179.—(IN2012061153).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las ocho horas del diecinueve de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de las sociedades denominadas: A) Quinientos Veinticinco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y ocho mil cuatrocientos noventa y uno; B) Corporación Agrícola Financiera Fervi Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y nueve mil setecientos veinticuatro; C) Servicios Macori Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero sesenta y dos mil trescientos noventa y siete; D) Comercial de Motores de Costa Rica, COMOCORI Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil setecientos treinta y cinco; E) Comercial Veterinaria Piscis Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil noventa y cinco, y F) COVI Corporación Veterinaria Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y tres mil quinientos sesenta y nueve. Lo anterior de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Cartago, 19 de junio del 2012.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012305180.—(IN2012061154).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las nueve horas del diecinueve de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad denominada: A) La Casa del Codito Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y cinco mil ochocientos doce. Lo anterior de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Cartago, 19 de junio del 2012.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario.—1 vez.—RP2012305181.—(IN2012061155).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las dieciocho horas del diecinueve de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad denominada: Autodicrufer Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil seiscientos ochenta y ocho. Lo anterior de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Cartago, 19 de junio del 2012.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012305182.—(IN2012061156).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las ocho horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad denominada: A) Rupupa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil novecientos cincuenta y seis. Lo anterior de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Cartago, 20 de junio del 2012.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario.—1 vez.—RP2012305183.—(IN2012061157).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las nueve horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad denominada: A) I. S. D. Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y tres mil quinientos sesenta y dos. Lo anterior de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Cartago, 20 de junio del 2012.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario.—1 vez.—RP2012305184.—(IN2012061158).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San Ramón de Alajuela, a las 8:00 horas del quince de junio de 2012, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria para  su  disolución de la sociedad  denominada  Rosés  y  Sibaja R & S Sociedad Anónima.—San Ramón, 15 de junio de 2012.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012305185.—(IN2012061159).

En escritura 270 otorgada de las 15 horas del 18 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Orgánicos Toledo S. A.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012305186.—(IN2012061160).

Mediante asamblea extraordinaria de socios, celebrada el día ocho de junio del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Concentrados Nutririco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno siete cinco siete cuatro nueve, domiciliada en San José, avenida sexta, calles central y primera, edificio veinticuatro F, primer piso.—Lic. Jenny Mora Moya, Notaria.—1 vez.—RP2012305187.—(IN2012061161).

Se solicita inscripción de constitución de fundación denominada Fundación para la Producción Agraria y Conservación Forestal de la Región del Distrito de Candelarita, domiciliada en el salón comunal de Polka, Candelarita, cantón de Puriscal, San José, y cuyo objeto es desarrollar actividades productivas y de conservación del medio ambiente que permitan elevar las condiciones y calidad de vida de las familias productoras campesinas.—Puriscal, 23 de mayo del 2012.—Lic. Geovanny Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012305188.—(IN2012061162).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San Ramón de Alajuela, a las 16:00 horas del catorce de junio de 2012, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria para su disolución de la sociedad denominada Cavile de Occidente Sociedad Anónima.—San Ramón, 14 de junio de 2012.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012305189.—(IN2012061163).

En escritura 351 de las 8 horas del 16 de mayo del 2012, se nombra nuevos gerentes de la sociedad 3-102-574633 y se reforma cláusula de representación.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012305190.—(IN2012061164).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos Rafael Medaglia Gómez y Laura Zumbado Loría, a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Nomroza S.A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—RP2012305191.—(IN2012061165).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos, Rafael Medaglia Gómez; y Laura Zumbado Loría, a las nueve horas diez minutos del diecinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Siempre Bien Cero Seis Ltda., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—RP2012305192.—(IN2012061166).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos Rafael Medaglia Gómez y Laura Zumbado Loría, a las nueve horas del diecinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Grupo Theos Computing S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—RP2012305193.—(IN2012061167).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos Rafael Medaglia Gómez, y Laura Zumbado Loría, a las diez horas del diecinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea genera1 extraordinaria de socios de Inmobiliaria Jaico S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—RP2012305194.—(IN2012061168).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos Rafael Medaglia Gómez y Laura Zumbado Loría, a las diez horas veinte minutos del diecinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Zonamor S.A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—RP2012305195.—(IN2012061169).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se disolvió Distribuidora Los Girasoles de San José Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-166153. Se emplaza a los afectados con tal disolución.—San José, 13 de junio de dos mil doce.—Lic. Ángel López Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012305196.—(IN2012061170).

Por escritura número ciento cuarenta y siete, otorgada en San José, a las veinte horas con quince minutos del diecinueve de junio de dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada AM Moraviana Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Moravia, Residencial La Alondra, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ocho mil seiscientos noventa y nueve, en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Fanny Arce Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012305198.—(IN2012061171).

Que por el instrumento público número doscientos setenta y seis, de las siete horas del veintiocho de abril del dos mil doce, la sociedad de esta plaza denominada Taller Fernández Limitada, se procedió a liquidar disolver.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—RP2012305199.—(IN2012061172).

Que por el instrumento público número trescientos trece, de las quince horas del diecinueve de junio del dos mil doce, la sociedad de esta plaza denominada Comasis A y C Sociedad Anónima, se procede a liquidar disolver.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—RP2012305200.—(IN2012061173).

Se constituye la Fundación de la Biblioteca Pública de La Unión, plazo: perpetuo, con capital social de cinco mil colones, dedicada a actividades de bienestar social y socios fundadores: Julio Morales Ramírez, Rafael Varela Huertas y Milena Trigueros Calvo. Otorgada el 10 de mayo de 2012.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305201.—(IN2012061174).

Por protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de socios de las 16:30 horas del 12 de junio del 2012, en que se acuerda la disolución de Servicios Profesionales de Tennis SPT Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-408628, no se nombra liquidador por no existir bienes por liquidar.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012305202.—(IN2012061175).

Por escritura otorgada ante mí a las 10:00 hrs. de hoy, se disolvió Arten del Oeste S. A., cédula jurídica: 3-101-128296, domiciliada en Escazú de San José.—Curridabat, 19 de junio del 2012.—Lic. Alberto José Fajardo Monge, Notario.—1 vez.—RP2012305203.—(IN2012061176).

Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Transportes Hermanos Vargas Huertas Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-veinticuatro mil quinientos setenta y dos, mediante la cual se disuelve dicha sociedad. Escritura otorgada en Heredia, a las diez horas del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Bolaños Argueta, Notario.—1 vez.—RP2012305206.—(IN2012061177).

Por escritura de las 8:00 horas del 6 de junio del 2012, se acuerda la disolución de SPV Unity Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y un mil quinientos veintisiete, no se nombra liquidador por no existir bienes por liquidar.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012305207.—(IN2012061178).

Por asamblea de socios, reformo las cláusulas primera y sexta correspondiente a la sociedad Tres-Ciento Dos-Quinientos Veintidós Mil Quinientos Sesenta y Seis S.R.L., cédula jurídica 3-102-522566. Así mismo por asamblea de socios se nombró nuevos gerente y subgerente de las sociedades Tres-Ciento Dos-Quinientos Veintidós Mil Cuatrocientos Dieciséis S.R.L., con cédula jurídica 3-102-522416, Tres-Ciento Dos-Seiscientos Veintinueve  Mil  Ochocientos Ocho S.R.L.,  con  cédula jurídica 3-102-629808, y Tres-Ciento Dos-Seiscientos Veintinueve Mil Setecientos Treinta y Uno S.R.L., con cédula jurídica 3-102-629731. Es todo.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2012305208.—(IN2012061179).

Yo, Danilo Vargas Sancho, notario público, debidamente autorizado, protocolicé una asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Distribuidora Mayorista Cariari SRL, domiciliada en Cariari, Pococí, Limón, contiguo a almacén Bermúdez y Bermúdez, cédula jurídica número 3-102-124341, por la cual se solicita la disolución de la misma, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio, la sociedad no cuenta con activos o pasivos.—San Rafael de Guápiles, 18 de junio del dos mil doce.—Lic. Danilo Vargas Sancho, Notario.—1 vez.—RP2012305209.—(IN2012061180).

Yo, Danilo Vargas Sancho, notario público, debidamente autorizado, protocolicé una asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Súper Básicos Cariari S.R.L., domiciliada en Cariari, Pococí, Limón, contiguo a almacén Bermúdez y Bermúdez, cédula jurídica número 3-102-124329, por la cual se solicita la disolución de la misma, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio, la sociedad no cuenta con activos o pasivos.—San Rafael de Guápiles, 18 de junio del dos mil doce.—Lic. Danilo Vargas Sancho, Notario.—1 vez.—RP2012305210.—(IN2012061181).

Por escritura número 58-56, visible al folio 27 frente del tomo 56 del protocolo del suscrito notario, otorgada a las 8 horas del 14 de junio del 2012, se acuerda la disolución de Monge Fallas S. A., cédula jurídica 3-101-444391.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012305211.—(IN2012061182).

Ante esta notaría, al ser las trece horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, se ha protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Empresa para la Gestión y la Administración de la Ruta Cero S. A., donde se hace la disolución de dicha sociedad. Dado en esta capital el día veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Fco. González Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012305212.—(IN2012061183).

Por  escritura número 47-56, visible al folio 22 vuelto  del tomo  56  del protocolo del suscrito notario,  otorgada  a  las 16 horas del  1º de junio del 2012,  se  protocolizó acta  de  la asamblea general extraordinaria  donde  se  acuerda  la disolución  de  las  sociedades   3-102-622471  S.R.L.,  y  3-102-622472  S.R.L.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012305213.—(IN2012061184).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 20 de junio del 2012, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Compañía Rif Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la misma.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—RP2012305214.—(IN2012061185).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 15 de junio del 2012, comparecen Allen Rojas Rodríguez y María de los Ángeles Rodríguez Madrigal para disolver la sociedad denominada Aparsa Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—RP2012305215.—(IN2012061186).

Mediante la escritura ciento ochenta y uno, del tomo octavo de mi protocolo, se disuelve la empresa: Corporación Ulate Rodríguez Santa Catalina Sociedad Anónima. Escritura otorgada al ser las nueve horas del día veinte de junio de dos mil doce. Esteban Ulate Carballo.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012305216.—(IN2012061187).

Por escritura número ciento dieciocho, otorgada a las trece horas del nueve de mayo del año dos mil doce, ante esta notaría, mediante protocolización de acta de disolución de la sociedad denominada Magnolia Badilla y Solís Sociedad Anónima, por no existir pasivos ni activos.—Golfito, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012305221.—(IN2012061188).

Por escritura otorgada ante mí a las 17:00 hrs. del 19 de junio del 2012, con el acuerdo de la totalidad de los socios, se disolvió la empresa Innovadores en Mantenimiento Industrial Giro Innova Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-550642.—Lic. Hernán Alexis Pérez Sanabria, Notario.—1 vez.—RP2012305222.—(IN2012061189).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las trece horas veinte minutos del veintinueve de mayo del dos mil doce, respectivamente protocolizo acta de la sociedad Trans Wolf S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad.—Tres Ríos, 20 de junio del 2012.—Lic. Grettel Cristina Zúñiga Tortós, Notaria.—1 vez.—RP2012305223.—(IN2012061190).

Ante esta notaría mediante escritura otorgada en San José, a las quince horas del diecisiete de junio del dos mil doce, protocolicé acuerdo de asamblea de socios por acuerdo medio de la cual se acuerda disolver la entidad Condominios Tinamaste El Raicero Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos veinticinco. Es todo.—San José, diecisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—RP2012305224.—(IN2012061191).

Por escritura otorgada a las 10 horas del 13 de junio del 2012, se nombra nueva junta de Fans de Costa Rica S. A.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2012305225.—(IN2012061192).

Por escritura otorgada a las 9 horas del 13 de junio del 2012, se disuelve C.M.G. Inversiones Comerciales S. A.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—RP2012305226.—(IN2012061193).

Por escritura otorgada a las 18 horas de 13 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Repica Sociedad Anónima.—San José, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012305227.—(IN2012061194).

Por escritura pública número catorce-protocolo veintisiete otorgada ante los notarios públicos Ilse Arguedas Chaverri y William Cardoza Arguedas, a las catorce horas del día diecinueve de junio del dos mil doce; se acordó por unanimidad de los socios propietarios de la totalidad del capital social, la disolución y liquidación en sede notarial con fundamento en el artículo ciento veintinueve del Código Notarial y para efectos del transitorio segundo de la ley nueve mil veinticuatro Ley de impuesto a las personas jurídicas, acordándose la disolución y liquidación de las siguientes sociedades: Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Setenta Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Setenta y Uno Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Setenta y Dos Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Setenta y Cuatro Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Setenta y Cinco Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Ochenta Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Ochenta y Uno Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Ochenta y Siete Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Ochenta y Ocho Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Ochenta y Nueve Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Noventa Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil  Doscientos Noventa y Uno Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Noventa y Dos Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Noventa y Tres Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Noventa y Cuatro Sociedad Anónima, Trescientos Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Noventa y Cinco Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Noventa y Seis Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Noventa y Siete Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Doscientos Noventa y Ocho Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Seis Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Siete Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Ocho Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Catorce Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Quince Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Dieciséis Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Diecisiete Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Diecinueve Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Veinticinco Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Veintiséis Sociedad Anónima Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Treinta y Uno Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Treinta y Dos Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Treinta y Tres Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Treinta y Siete Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Cuarenta y Dos Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Cuarenta y Tres Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Cuarenta y Cinco Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Cuarenta y Nueve Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Dos Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Tres Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno -Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro Sociedad Anónima. La presente publicación se realiza para los efectos y de acuerdo con las disposiciones del artículo doscientos uno siguientes y concordantes del Código de Comercio y de la Ley nueve mil veinticuatro Ley de impuesto a las persona jurídicas. Es todo.—Heredia, a las ocho horas del día veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri, Notaria.—1 vez.—RP2012305228.—(IN2012061195).

Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se reforman las cláusulas: segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Los Sueños de Mabea Sociedad Anónima cédula jurídica: tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil doscientos seis y se nombra nueva junta directiva, quedando como presidente al señor Laszlo Georg Sechy.—San José, veintidós de mayo del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012305229.—(IN2012061196).

Cuarzo y Piritas Dos Mil Dos S. A., cédula jurídica número: 3-101-329630, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, Costa Rica, 1º de junio del 2012.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012305231.—(IN2012061197).

Por escritura pública número once-protocolo veintisiete otorgada ante los notarios públicos Ilse Arguedas Chaverri y William Cardoza Arguedas, a las doce horas del día diecinueve de junio del año dos mil doce; se acordó por unanimidad de los socios propietarios de la totalidad del capital social, la disolución y liquidación en sede notarial con fundamento en el artículo ciento veintinueve del Código Notarial y para efectos del transitorio segundo de la ley nueve mil veinticuatro Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, acordándose la disolución y liquidación de las siguientes sociedades: Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Cuarenta Sociedad Anónima, Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Cuarenta y Uno Sociedad Anónima. La presente publicación se realiza para los efectos y de acuerdo con las disposiciones del artículo doscientos uno siguientes y concordantes del Código de Comercio. Es todo. Firmo en Heredia, a las ocho horas del día veinte de junio del año dos mil doce.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri, Notaria.—1 vez.—RP2012305232.—(IN2012061198).

Ante esta notaría, a las nueve horas del dieciocho de junio de dos mil doce, se otorga escritura de disolución de sociedad Raflor Castillo C H C Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y cinco mil ciento treinta y ocho. Es todo.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Lourdes Ruiz Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012305233.—(IN2012061199).

En San José, ante esta notaría, a las nueve horas del primero de abril del dos mil doce, se protocolizó actas de fusión de las sociedades denominadas Tres - ciento uno - quinientos cincuenta y siete mil novecientos doce y Tres-ciento uno-quinientos noventa mil seiscientos cuarenta y tres S. A.—San José, 1º de abril del 2012.—Lic. Randall Salas Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012305234.—(IN2012061200).

Ante esta notaría, a las quince horas del trece  de junio de dos mil doce se otorga escritura de disolución de sociedad Salas & Sancho Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- trescientos setenta y ocho mil cero cincuenta y dos. Es todo.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Lourdes Ruiz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012305235.—(IN2012061201).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta número tres de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Jupas Llanibo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos setenta y seis mil trescientos sesenta y cinco, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Randall Salas Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012305236.—(IN2012061202).

Mediante escritura otorgada, en mi notaría, a las 16:00 horas del 18 de junio del dos mil doce, protocolicé acuerdo de disolución de Espacios Consultores Asociados ECA S. A., cédula jurídica número 3-101-133827.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Olga Marta Cokyeen Moc, Notaria.—1 vez.—RP2012305237.—(IN2012061203).

En esta notaría, a las 17:00 horas del día 15 de junio del 2012. Asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Cobros Ugalde Sociedad Anónima, acta número dos se acordó la disolución de la sociedad denominada de conformidad con el Código de Comercio. Domicilio social Desamparados, Barrio Residencial Los Dorados, casa número 14-D.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Édgar Omar Belloso Montoya, Notario.—1 vez.—RP2012305238.—(IN2012061204).

Mediante acuerdo de socios de la sociedad denominada Kilómetro Sesenta y Dos M B J C Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - trescientos veinticuatro mil trescientos ochenta y nueve se acordó la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Randall Salas Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012305239.—(IN2012061205).

En esta notaría a las 17 horas 50 minutos del día 30 de mayo del 2012. Asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Internacional Sociedad Anónima, acta número dos se acordó la disolución de la sociedad denominada de conformidad con el Código de Comercio.—San José, 5 de junio del 2012.—Lic. Édgar Omar Belloso Montoya, Notario.—1 vez.—RP2012305240.—(IN2012061206).

Se hace constar que mediante escritura número ciento sesenta otorgada, ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se disolvió la empresa Instituto de Medicina Alternativa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno ciento ochenta y tres mil quinientos diecisiete.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012305241.—(IN2012061207).

Se hace constar que mediante escritura pública, otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se disolvió la empresa Rojo del Sol Ce de Eme Ciento Veintiuno Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cinco mil ochenta y seis.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012305242.—(IN2012061208).

Mediante escritura número 96 otorgada en mi notaría a las 10:00 horas de hoy, la señora Carmen Dora Sánchez Rojas, acordó la disolución de la sociedad Compañía de Pulpa de Papel del Este S. A., en concordancia con lo dispuesto por el transitorio segundo de la Ley Nº 9024.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012305243.—(IN2012061209).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas de hoy, protocolicé acuerdos tomados por la sociedad de este domicilio, Uppland S. A., en los que se reforman los estatutos variando el domicilio.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Federico Martén Sancho, Notario.—1 vez.—RP2012305244.—(IN2012061210).

Ante esta notaría, se protocolizaron los acuerdos tomados por la sociedad Condominio La Ladera Bloque AFG Lote Seis FFF Sociedad Anónima, a las ocho horas del día catorce de junio del dos mil doce, donde se acordó disolver esta sociedad. No existen activos, ni deuda o pasivo ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador. Los acuerdos están firmes y firmados.—Lic. Hazel Cordero Bogantes, Notario.—1 vez.—RP2012305245.—(IN2012061211).

Mayra de Los Ángeles Zamora Quintanilla, mayor, viuda una vez, empresaria, vecina de San José, Tibás del Instituto Costarricense de Electricidad cincuenta metros al sur, Residencial Apolo, casa número seis, portadora de la cédula de identidad número ocho-cero cero ochenta-cero novecientos treinta, en su condición de secretaria de la sociedad de esta plaza denominada S Taleno E Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cero sesenta y cuatro mil ciento ochenta y ocho y con domicilio en la ciudad de San José, de Uribe y Pagés setenta y cinco metros al oeste, se presenta ante el notario público Licenciado Ronald Joaquín Campos Arias, para protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria número dos, en donde se resuelve la disolución de dicha sociedad. Se envía este edicto a publicar para que toda aquella persona que tenga algo que alegar, sobre dicha sociedad, lo realice conforme a la ley. Firmo en la Ciudad de San José, al ser las once horas con veintinueve minutos del trece de junio del año dos mil doce.—Lic. Ronald Joaquín Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012305266.—(IN2012061212).

Los socios de Flores y Follajes Biotropicales de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos noventa y ocho mil cuatrocientos sesenta, domiciliada en Roxana de Pococí, Limón, ciento cincuenta metros al este de la Clínica de Seguro Social, anuncian que en mi notaría han acordado la disolución y liquidación de dicha sociedad. Se llama a acreedores e interesados, para que dentro del término de ley a partir de la publicación de este edicto presenten sus reclamos.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Luis Alberto Valverde Mora, Notario.—1 vez.—RP2012305247.—(IN2012061213).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Gallery 6-1 Sociedad Anónima, en español Galería Urbano 6 - 1 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 102, otorgada a las 11:20 horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012305248.—(IN2012061214).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Creative 6-2 Sociedad Anónima, en español Creativo Urbano 6-2 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 103, otorgada a las 11:30 horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012305249.—(IN2012061215).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Space 7-1 Sociedad Anónima, en español Espacio Urbano 7-1 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 104, otorgada a las 11:40 horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012305250.—(IN2012061216).

Por la escritura número doscientos nueve ante mí: Ólger Alejandro Brenes Brenes, se disuelve, se modifica el objeto de Inversiones Alclo Brenes Rojas Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Tejar de El Guarco, Cartago, a las diez horas del catorce de junio del dos mil doce.—Lic. Ólger Alejandro Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012305251.—(IN2012061217).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Place 7-2 Sociedad Anónima, en español Lugar Urbano 7-2 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 105, otorgada a las 11:50 horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012305252.—(IN2012061218).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Hemisphere 8-1 Sociedad Anónima, en español Hemisferio Urbano 8-1 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones, y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 106, otorgada a las 12:00 horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012305253.—(IN2012061219).

Ante esta notaría, por escritura número sesenta y ocho, protocolo catorce, de fecha trece de junio de dos mil doce, se protocoliza acuerdo de su disolución de Mantenimiento Ambiental del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres- ciento uno-doscientos sesenta y siete mil novecientos sesenta y dos.—Ciudad Neily.—Lic. Hiner Fernando Segura Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012305254.—(IN2012061220).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 10:00 horas del 18 de diciembre del 2010, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Mavegeil Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-485926, por la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo y se nombra vocal.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Annette Cambronero Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2012305255.—(IN2012061221).

Ante la suscrita notaria María de Los Ángeles Angulo Gómez los socios de la sociedad HR Support Group Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-618747 con domicilio social en Cartago, han solicitado a esta notaría, protocolizar acta de disolución de sociedad por acuerdo de socios. A todos lo interesados se informa para que hagan valer sus intereses a los teléfonos 2551-0027 2551-0387 o al correo m.angulogomez@gmail.com.—Lic. María de Los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012305256.—(IN2012061222).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 13:30 horas del 19 de noviembre del 2010, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Patisand Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-8498, por la cual se modifican las cláusulas segunda, quinta y sétima del pacto constitutivo y se nombra vocal.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Annette Cambronero Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2012305257.—(IN2012061223).

En escritura 182, otorgada de las 10:00 horas del 5 de mayo del 2012, se disuelve la sociedad Desarrollos de Construcción de San Ramón S. A.Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012305258.—(IN2012061224).

Mediante escritura otorgada, el día de hoy, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Tecnomanía Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-196694, mediante la cual se aprueba su disolución.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2012305259.—(IN2012061225).

Mediante escritura otorgada, el día de hoy, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Barca del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-179068, mediante la cual se aprueba su disolución.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2012305260.—(IN2012061226).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la compañía Suministros AT I Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretario son apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, dieciséis de junio del dos mil doce.—Lic. Lizbeth Becerril Cambronero, Notaria.—1 vez.—RP2012305261.—(IN2012061227).

Mediante escritura otorgada el día de hoy, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Invernaderos Tropicales Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-252267, mediante la cual se aprueba su disolución.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2012305262.—(IN2012061228).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se disuelve y liquida la compañía denominada Distribuidora Chacón Mora Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Lizbeth Becerril Cambronero, Notaria.—1 vez.—RP2012305263.—(IN2012061229).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se disuelve y liquida la compañía denominada Tecno del Este Sociedad Anónima.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Lizbeth Becerril Cambronero, Notaria.—1 vez.—RP2012305264.—(IN2012061230).

Protocolicé el día de hoy, acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, de la compañía denominada Naranjito Will Sociedad Anónima. Se disuelve y liquida la compañía.—San José, nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Lizbeth Becerril Cambronero, Notaria.—1 vez.—RP2012305265.—(IN2012061231).

Ernesto Crawford Byfield, mayor de edad, casado una vez, ingeniero agrónomo, con cédula de identidad número siete - cero cincuenta y ocho - cuatrocientos cincuenta y dos y Rosey Naranjo Ramírez, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número seis - ciento cincuenta y siete - cero cero cuatro, vecina de Cariari, Pococí, Limón, ambos vecinos de Astúa Pirie, del servicentro ciento cincuenta metros al sur, Cariari, Pococí, Limón, en su condición de socios accionistas de la sociedad Crawford - Naranjo Sociedad Anónima, con cédula jurídica numero tres - ciento uno - trescientos ochenta y ocho mil veintiséis, con domicilio social en Astúa Pirie, del servicentro ciento cincuenta metros al sur, Cariari, Pococí, Limón, convienen en cerrar y desinscribir dicha sociedad. Es todo.—Cariari, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012305266.—(IN2012061232).

Edwin Gerardo Matamoros Valverde, mayor de edad, soltero, constructor, con cédula de identidad número seis - ciento ochenta y siete - cero cero dos, y Freddy Matamoros Valverde, mayor de edad, soltero, capataz, con cédula de identidad número seis - ciento setenta y cuatro-cuatrocientos veintiocho, ambos vecinos de Caribe, frente al Bar Florida, Cariari, Pococí, Limón, en su condición de socios accionistas de la sociedad Construcciones Matamoros y Valverde del Atlántico Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno -quinientos ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta, con domicilio social en Caribe, frente al Bar Florida, Cariari, Pococí, Limón, convienen en cerrar y desinscribir dicha sociedad. Es todo.—Cariari, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012305267.—(IN2012061233).

Por escritura número doscientos veintiuno, visible a los folios número ciento veintiséis frente y vuelto y ciento veintisiete frente, del tomo treinta y cuatro de mi protocolo, al ser las once horas con veintitrés minutos del doce de junio del dos mil doce, de la notaría del Lic. Alfredo Calderón Chavarría, se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad denominada Seguridad Pitbull de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos cincuenta y siete mil doscientos cuarenta y cuatro, celebrada en su domicilio legal sea en Limón, Pococí, Suerre, Jiménez, doscientos metros al sur de la plaza de deportes, al ser las quince horas del dieciséis de mayo del dos mil doce, donde cambian totalmente los miembros de junta directiva y de la fiscalía.—Cariari, Pococí, Limón, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012305268.—(IN2012061234).

Leyman Abad Zapata Martínez, mayor de edad, nicaragüense, comerciante, casado una vez, comerciante, con cédula de residencia número dos siete cero - uno seis cero tres cero siete - cero nueve dos ocho cinco dos, vecino de Campo Tres Este, Cariari, Pococí, Limón, Amable Gilberto Trejos Vargas, mayor de edad, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad número uno - seis tres cuatro - ocho cinco siete, vecino de Cariari, Pococí, Limón en Ciclo Trejos y Ana Graciela Coto Reyes, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número cuatro - ciento setenta y uno -setecientos ochenta y ocho, vecina de Campo Tres Este, de la escuela doscientos metros al oeste, Cariari, Pococí, Limón, en su condición de socios accionistas de la sociedad Inverzac de Pococí Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos ochenta y dos, con domicilio social en Campo Tres Este, un kilómetro al este de la entrada, convienen en cerrar y desinscribir dicha sociedad. Es todo.—Cariari, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012305269.—(IN2012061235).

Édgar Pérez Sánchez, mayor de edad, divorciado una vez, agricultor, con cédula de identidad número dos - doscientos veintinueve - ochocientos sesenta y uno, vecino de Barrio Boreal de Palermo, de la Subasta Ganadera doscientos metros al oeste, Cariari, Pococí, Limón, Blanca Rosa Azofeifa Rivera, mayor de edad, divorciada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número uno - trescientos noventa y siete -quinientos cuarenta y seis, vecina de Campo Dos, seiscientos metros al norte del Bar Las Lajas, Cariari, Pococí, Limón; Diego Isidro Pérez Azofeifa, mayor de edad, soltero en unión de hecho, agricultor, con cédula de identidad número siete - ciento noventa y cuatro - seiscientos sesenta y uno, vecino de Campo Dos, seiscientos metros al norte del Bar Las Lajas, Cariari, Pococí, Limón; Leonella Pérez Azofeifa, mayor de edad, soltera, ama de casa, con cédula de identidad número siete - ciento sesenta y seis - cuatrocientos cincuenta, vecina de Campo Dos, seiscientos metros al norte de la Pulpería La Trinidad, Cariari, Pococí, Limón; Carmen Elena Pérez Azofeifa, mayor de edad, casada una vez, educadora, con cédula de identidad número uno - mil ciento treinta y cuatro - seiscientos quince, vecina de Campo Dos, seiscientos metros al norte de la Pulpería La Trinidad, Cariari, Pococí, Limón; Zoila Rosa Pérez Azofeifa, mayor de edad, soltera, ama de casa, con cédula de identidad número uno-ochocientos setenta y seis - cero cero cuatro, vecina de Campo Dos, del salón comunal setecientos metros al norte y cincuenta metros al oeste, Pococí, Limón, en su condición de socios accionistas de la sociedad Las Delicias de Campo Dos Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - doscientos treinta y siete mil cuatrocientos seis, domiciliada en Campo Dos, seiscientos metros al oeste de la Pulpería La Trinidad, Cariari, Pococí, Limón, convienen en cerrar y desinscribir dicha sociedad. Es todo.—Cariari, diecisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012305270.—(IN2012061236).

Por escritura otorgada, hoy ante mí se constituyó la sociedad denominada Gilcha Sociedad Anónima, domicilio: Santo Domingo de Heredia, del cementerio, ciento veinticinco metros este, casa a mano izquierda, Heredia; objeto: principalmente el desarrollo y ejecución de transacciones de negocios y servicios de preparación de documentos comerciales y empresariales; plazo: noventa y nueve años; capital: diez mil colones netos, íntegramente suscrito y pagado; presidentae: Rosella Chacón Argüello.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Marianella Arias Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012061309).

Por escritura otorgada, hoy ante mí, se constituyó la sociedad denominada Zija Costa Rica Services International SRL; domicilio: avenida primera, calle tercera, Centro Omni, octavo piso, San José; objeto: principalmente la importación, distribución y comercialización de productos vitamínicos, suplementos alimenticios, lociones cosméticas, jugos y bebidas energéticas; plazo: cien años; capital: cinco mil dólares de los Estados Unidos de América, íntegramente suscrito y pagado; gerente: Rodney Reed Larsen; subgerentes: Jayson Shane Jorgensen y Catherine Elizabeth Henson-Yeates.—San José, 21 de junio del 2011.—Lic. Marianella Arias Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012061311).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las diez horas del día dieciocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Mejemosa S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento-uno - doscientos quince mil doscientos ochenta y ocho, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012061315).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las catorce horas veinticinco minutos del día diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada CCE Centro Comercial Electrónico S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento-uno -noventa y ocho mil doscientos sesenta y uno, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012061316).

Ante esta notaría pública, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de disolución de empresa Moreno Fonseca y Asociados Consultores S. A., cédula Nº 3-101-221695.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Sergio Eduardo Víquez Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012061317).

Por escritura otorgada, en mi notaría, al ser las ocho horas del cuatro de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad Transportes Sancarleños Soto Mejías Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - tres cinco cuatro cuatro dos cuatro, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso C) del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, San Carlos, nueve horas del cuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2012061319).

Por escrituras números: ciento treinta y uno, ciento cincuenta y seis, ciento ochenta y ocho y doscientos veinticuatro, todas guióin nueve del tomo noveno de mi protocolo, las cuales fueron debidamente otorgadas en mi notaría pública, se constituyeron las sociedades denominadas: Inversiones J & J & S. A., A & A CRII S. A, Inmobiliaria Juancasteke S. A, y Maderas Secas de Costa Rica S.R.L., Capital social: cien mil colones exactos. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela. Representación judicial y extrajudicial: presidente de la junta directiva y gerente respectivamente. Así como por escrituras ciento treinta y nueve y doscientos treinta y tres del tomo noveno de mi protocolo se protocolizan respectivamente las actas número siete y ocho de las asambleas generales extraordinarias de socios de las sociedades: La Casona de San Carlos S. A., Promedical de Costa Rica S.R.L. Así como también por escrituras números: trece y quince del tomo décimo, se protocolizan las actas número uno en ambos casos de las sociedades: Inversiones Turísticas Aravale S. A., y de Tres -Ciento Dos - Quinientos Ocho Mil Quinientos Treinta y Cinco respectivamente, mediante las cuales se nombran nuevos miembros de junta directiva y se reforman cláusulas de sus estatutos constitutivos, y se solicita la disolución de estas dos últimas.— Ciudad Quesada, San Carlos, 20 de junio del año 2012.—Lic. Guillermo Francisco Webb Masís, Notario.—1 vez.—(IN2012061320).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Networking Capital, mediante la cual se reforma la cláusula de la administración. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal, a las trece horas del día veinticinco de mayo del dos mil doce.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012061321).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Inversiones Florence Firmin Didot Ltda., mediante la cual se reforma la cláusula del nombre de la compañía. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal, a las dieciséis horas con cuarenta minutos del dos de febrero del dos mil doce.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012061323).

Por escritura pública número ciento ochenta, otorgada por el suscrito notario, en Alajuela, a las quince horas del diecinueve de junio del dos mil doce, los señores José Pablo Molina Peñaranda, cédula dos-seiscientos veintinueve-setecientos seis, y Olga Virginia Morera Sibaja, cédula dos - trescientos noventa y seis - ochocientos setenta y ocho, presidente y secretario, por su orden respectivo, representantes legales ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y socios únicos han decidido disolver y liquidar la sociedad denominada El Cafecito y Más Sociedad Anónima, cédula jurídica; tres - ciento uno -seiscientos treinta y cinco mil novecientos veinticuatro.—Alajuela, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Jimmy Núñez Ramírez, Notario.—1 vez —(IN2012061324).

Por escritura otorgada, ante el notario Fernando Solano Rojas, San José, 12:00 horas del 14 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Mendels S. A.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012061327).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las once horas del día quince de junio del dos mil doce, por unanimidad de socios se solicita la disolución de la sociedad de esta plaza Materiales Didácticos del Este S. A.—San José, 15 de junio del 2012.—Lic. Ana Lucía Truque Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2012061330).

Por medio de la escritura número doscientos treinta y tres, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en Cartago, a las quince horas del diez de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Capítulo Uno S. A.Cartago, diez de junio del dos mil doce.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012061331).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública se disolvió la sociedad, Diecinueve e Internacional de San José Sociedad Anónima.—Tibás, veinte de junio del año dos mil doce.—Lic. Nancy Baraquiso Leitón, Notaria.—1 vez.—(IN2012061332).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública se disolvió la sociedad Brownish Atacama Business Sociedad Anónima.—Tibás, seis de junio del año dos mil doce.—Lic. Nancy Baraquiso Leitón, Notaria.—1 vez.—(IN2012061333).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día de hoy se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Grúas Zurquí Sociedad Anónima, en la cual se reforma cláusula sétima del pacto social y se nombra secretario y tesorero en junta directiva. Escritura otorgada en Tibás, a las 09:30 horas del 6 de junio del año 2012.—Lic. Nancy Baraquiso Leitón, Notaria.—1 vez.—(IN2012061336).

Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad Inversiones Guevara Y Quesada Sociedad Anónima, capital suscrito y pago.—Alajuela, 21 de junio del 2012.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2012061337).

Mediante escritura 253, otorgada ante este notario ,a las 8:30 horas del 20 de junio del 2012, se acuerda disolver las sociedades Caribbean Ocean View Cov Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos ochenta y ocho; Inversiones Sunclo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos seis mil setecientos cincuenta y seis; Trucajes Nuevos CRC Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-cuatrocientos seis mil setecientos treinta y nueve: Proyecto San Juanillo Sámara Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno- quinientos cuarenta y nueve mil trescientos veintisiete: Proyecto San Juanillo Guanacaste Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y nueve mil trescientos veintinueve; Costa Sol Valle Escondido Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- quinientos cincuenta y siete mil doscientos sesenta y seis, y O.E. Oceánicas del Oeste Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- cuatrocientos veintiséis mil seiscientos sesenta y siete. Con base al artículo 207 Código de Comercio. Es todo.—San José, 16 de mayo del 2012.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2012061338).

Mediante escritura 252, otorgada ante este notario, a las 08:00 horas del 20 de junio del 2012, se acuerda disolver las siguientes sociedades: 3-102-562993 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-562993; 3-102-564622 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-564622; 3-102-564623 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-564623; 3-102-564624 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-564624; 3-102-564625 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-564625; 3-102-564626 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-564626; 3-102-564627 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564627; 3-102-564628 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-564628; 3-102-564629 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564629; 3-102-564630 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564630; 3-102-564631 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564631; 3-102-564632 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564632; 3-102-564633 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564633; 3-102-564634 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564634; 3-102-564635 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564635; 3-102-564636 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564636; 3-102-564637 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564637; 3-102-564638 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564638; 3-102-564639 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564639; 3-102-564640 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564640; 3-102-564641 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564641; 3-102-564642 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564642; 3-102-564643 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564643; 3-102-564644 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564644; 3-102-564645 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564645; 3-102-564646 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564646 3-102-564648 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564648; 3-102-564649 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564649; 3-102-564650 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564650; 3-102-564651 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564651; 3-102-564652 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564652; 3-102-564653 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564653; 3-102-564654 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564654; 3-102-564655 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564655; 3-102-564656 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564656; 3-102-564658 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564658; 3-102-564659 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564659; 3-102-564660 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564660; 3-102-564661 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564661; 3-102-564662 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564662; 3-102-564663 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564663; 3-102-564664 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564664; 3-102-564665 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564665; 3-102-564666 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564666; 3-102-564667 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564667; 3-102-564668 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564668; 3-102-564669 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564669; 3-102-564670 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564670; 3-102-564671 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564671; 3-102-564672 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564672; 3-102-564673 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564673; 3-102-564674 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564674; 3-102-564675 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564675; 3-102-564676 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564676; 3-102-564677 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564677; 3-102-564678 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564678; 3-102-564679 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564679; 3-102-564680 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564680; 3-102-564681 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564681; 3-102-564682 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564682; 3-102-564683 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564683; 3-102-564684 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564684; 3-102-564686 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564686; 3-102-564687 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564687; 3-102-564688 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564688; 3-102-564689 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564689; 3-102-564690 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564690; 3-102-564691 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564691; 3-102-564692 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564692; 3-102-564693 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564693; 3-102-564694 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564694; 3-102-564695 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564695; 3-102-564696 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564696; 3-102-564697 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564697; 3-102-564698 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564698; 3-102-564699 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564699; 3-102-564700 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564700; 3-102-564701 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564701; 3-102-564702 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564702; 3-102-564703 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564703; 3-102-564704 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564704; 3-102-564705 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564705; 3-102-564706 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564706; 3-102-564707 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564707; 3-102-564708 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564708; 3-102-564709 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564709; 3-102-564710 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564710; 3-102-564711 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564711; 3-102-564712 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564712; 3-102-564713 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564713; 3-102-564714 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564714; 3-102-564715 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564715; 3-102-564716 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564716; 3-102-564717 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564717; 3-102-564721 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564721; 3-102-564722 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564722; 3-102-564723 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564723; 3-102-564724 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564724; 3-102-564725 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564725; 3-102-56726 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564726; 3-102-564727 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564627; 3-102-564728 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564728; 3-102-564730 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564730; 3-102-564731 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564731; 3-102-564732 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564732; 3-102-564733 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564733; 3-102-564734 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564734; 3-102-564735 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564735; 3-102-564736 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564736; 3-102-564737 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564737; 3-102-564738 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564738; 3-102-564739 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564739; 3-102-564740 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564740; 3-102-564741 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564741; 3-102-564742 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564742; 3-102-564743 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564743; 3-102-564744 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564744; 3-102-564745 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564745; 3-102-564746 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564746; 3-102-564747 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564747; 3-102-564748 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564748; 3-102-564749 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564749; 3-102-564750 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564750; 3-102-564751 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564751; 3-102-564752 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564752; 3-102-564753 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564753; 3-102-564754 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564754; 3-102-564755 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564755; 3-102-564756 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564756; 3-102-564757 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564757; 3-102-564758 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564758; 3-102-564759 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564759; 3-102-564760 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564760; 3-102-564761 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564761; 3-102-564762 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564762; 3-102-564763 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564763; 3-102-564764 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564764; 3-102-564765 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564765; 3-102-564766 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564766; 3-102-564767 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564767; 3-102-564768 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564768; 3-102-564769 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564769; 3-102-564770 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564770; 3-102-564771 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564771; 3-102-564772 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564772; 3-102-564773 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564773; 3-102-564774 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564774; 3-102-564775 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564775; 3-102-564776 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564776; 3-102-564777 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564777; 3-102-564778 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564778; 3-102-564779 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564779; 3-102-564780 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564780; 3-102-564781 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564781; 3-102-564782 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564782; 3-102-564783 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564783; 3-102-564784 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564784; 3-102-564785 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564785; 3-102-564786 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564786; 3-102-564787 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564787; 3-102-564788 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564788; 3-102-564789 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564789; 3-102-564790 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564790; 3-102-564791 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564791; 3-102-564792 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564792; 3-102-564793 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564793; 3-102-564794 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564794; 3-102-564795 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564795; 3-102-564796 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564796; 3-102-564797 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564797; 3-102-564798 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564798; 3-102-564799 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564799; 3-102-566336 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-566336; 3-102-564800 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564800; 3-102-564801 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564801; 3-102-564802 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564802; 3-102-564803 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564803; 3-102-564804 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564804; 3-102-564805 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564805; 3-102-564806 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564806; 3-102-564807 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564807; 3-102-564808 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564808; 3-102-564809 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564809; 3-102-564810 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564810; 3-102-564811 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564811; 3-102-564812 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564812; 3-102-564813 Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula de persona jurídica número 3-102-564813. Con base al artículo 207 Código de Comercio. Es todo.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2012061339).

Mediante escritura número dieciocho, del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las nueve, horas del veintiuno de junio, del año dos mil doce, protocolicé, acta de asamblea general extraordinaria, en virtud de la cual, se acordó, por unanimidad la disolución de: Seox Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres -ciento uno- seis uno dos cero seis dos, desde el día veintiuno de mayo del dos mil doce.—San José, a las diez horas con treinta minutos, del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Williams Castro Ponce, Notario.—1 vez.—(IN2012061340).

Mediante escritura número diecisiete, del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las ocho horas del veintiuno de junio del año dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria, en virtud de la cual, se acordó por unanimidad la disolución de: Vigas y Estructuras Pino Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos noventa y ocho mil ochocientos noventa y nueve, desde el veintitrés de marzo del dos mil doce.—San José, a las diez horas del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Williams Castro Ponce, Notario.—1 vez.—(IN2012061342).

Mediante escritura 101, otorgada ante este notario, a las 11 horas del 7 de junio del 2012, se constituye la sociedad Total Beauty SPA Limitada, con domicilio en la provincia de San José, cantón San José, distrito Mata Redonda, Sabana Oeste, de la Pop’s quinientos metros oeste, Centro Comercial Brisas del Oeste, local número siete. Será administrada por su gerente general: Kathya Guisselle Pizarro García. El gerente general tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Playas del Coco, Carrillo, Guanacaste, 7 de junio del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012061343).

Mediante escritura 117, otorgada ante este notario, a las 14:30 horas del 15 de junio del 2012, se modifica la cláusula primera de la sociedad Vista State Two B Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-353998 y ahora la sociedad se denominará Clod Punto Cuarenta Sociedad Anónima, y su domicilio estará en Playas del Coco, Carrillo, Guanacaste, Hotel Toro Blanco, frente a la plaza de fútbol de Playas del Coco. Asimismo, se modifica la cláusula cuarta y a partir de ahora corresponderá únicamente al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 15 de junio del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012061344).

Mediante escritura 116, otorgada ante este notario, a las 14:00 horas del 15 de junio del 2012, se modifica la cláusula primera de la sociedad Vista State One A Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-356040 y ahora la sociedad se denominará Clariccia Dos Mil Doce Sociedad Anónima, y su domicilio estará en Playas del Coco, Carrillo, Guanacaste, Hotel Toro Blanco, frente a la plaza de fútbol de Playas del Coco. Asimismo, se modifica la cláusula cuarta y a partir de ahora corresponderá únicamente al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 15 de junio del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012061345).

Mediante escritura 110 otorgada, ante este notario, a las 8:00 horas del 14 de junio del 2012, se modifica la cláusula segunda de la sociedad Pargo Negro Uno Dos Al S. A., cédula jurídica número 3-101-439080 y ahora el domicilio de la sociedad será en Playas del Coco, Carrillo, Guanacaste, Centro Comercial Plaza Colonial, local número cuatro. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 14 de junio del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012061346).

Mediante escritura 111, otorgada ante este notario, a las 10:00 horas del 14 de junio del 2012, se modifica la cláusula segunda de la sociedad Roslili Investments RLA S. A., cédula jurídica número 3-101-462393 y ahora el domicilio de la sociedad será en Playas del Coco, Carrillo, Guanacaste, Centro Comercial Plaza Colonial, local número cuatro. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 14 de junio del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012061347).

Mediante escritura 108, otorgada ante este notario, a las 13:00 horas del 12 de junio del 2012, se modifica la cláusula segunda de la sociedad Macarena Negra Uno Cuatro AL S. A., cédula jurídica número 3-101-438503 y ahora el domicilio de la sociedad será en Playas del Coco, Carrillo, Guanacaste, Centro Comercial Plaza Colonial, local número cuatro. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 12 de junio del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012061348).

Protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas que acordó disolver, de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la empresa Internacional Kijobla Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno-cero setenta y siete mil ciento noventa y tres, mediante escritura número ciento cincuenta y tres otorgada en San José, a las ocho horas del día veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2012061349).

Mediante escritura 105, otorgada ante este notario a las 11:30 horas del 11 de junio del 2012, se modifica la cláusula primera de la sociedad Vista State Five E Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-356023 y ahora la sociedad se denominará Showtimebet Sociedad Anónima, y su domicilio estará en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, Centro Comercial Plaza Colonial, local número cuatro. Asimismo, se modifica la cláusula cuarta y a partir de ahora corresponderá únicamente al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 11 de junio del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012061350).

Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Xplore Orosí S. A., en la cual se reforma la cláusula primera.—San José, veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—(IN2012061351).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las ocho horas del veinte de junio del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Servicios Integrales Eska S I E S. A., de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—(IN2012061353).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las nueve horas del veintiuno de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad CIM Campamentos Internacionales de Música S. A., de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Lic. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2012061354).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las ocho horas del día once de noviembre del año dos mil once, se reformó la representación y se nombra junta directiva de la sociedad Primavera Espejo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-489628.—San José, 15 de junio del 2012.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2012304091.—(IN2012061366).

Por escritura número ciento cuarenta y tres de las quince horas del día cuatro de junio del dos mil doce protocolicé acta de Tres-Ciento Uno- Seiscientos Cincuenta y Seis Mil Quinientos Setenta y Uno Sociedad Anónima. Se disuelve dicha sociedad.—Lic. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1 vez.—RP2012303989.—(IN2012061367).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:40 horas de hoy, se protocolizan acuerdos de socios de Corporación Darska Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-209.898, por medio de los cuales se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio Solano Ureña, Notario.—1 vez.—RP2012304137.—(IN2012061368).

Mediante escritura otorgada el 18 de junio de 2012, ante esta notaría, se nombra miembros de la junta directiva y fiscal y se modifica la cláusula quinta del pacto social de la sociedad denominada Hatos de la Pradera S. A..—San José, 18 de mayo del 2012.—Licda. Manuela Guillén Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012304760.—(IN2012061369).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Compu Expres NC de Guanacaste S. A. en la cual de liquida por acuerdo de socios.—Filadelfia, 6 de junio del 2012.—Lic. Gerardo Enrique Picón Chávez, Notario.—1 vez.—RP2012304706.—(IN2012061370).

El notario público que suscribe, debidamente autorizado para tal efecto, a las catorce horas del dieciséis de enero de dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Consultores en Inversiones y Bienes Raíces CPR Picado y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cero seis seis uno cinco, donde se acordó la disolución de la sociedad.—San José, veinte de junio dos mil doce.—Lic. Jimmy Vargas Durán, Notario.—1 vez.—(IN2012061371).

El notario público que suscribe, debidamente autorizado para tal efecto, a las trece horas del dieciséis de enero de dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Picado Soto Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cero cero dos cuatro dos, donde se acordó la disolución de la sociedad.—San José, veinte de junio dos mil doce.—Lic. Jimmy Vargas Durán, Notario.—1 vez.—(IN2012061372).

Ante esta notaría por medio de escritura número 233-22, de las 7:12 horas del 21 de junio 2012 se acordó la disolución de la sociedad Califres S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-612336.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012061373).

Ante esta notaría por medio de escritura número 234-22, de las 7:26 horas del 21 de junio 2012 se acordó la disolución de la sociedad 3-101-584760 S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-584760.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012061374).

Ante esta notaría por medio de escritura número 226-22, de las 18:50 horas del 20 de junio 2012 se acordó la disolución de la sociedad Tratamientos Biotecnológicos de Aguas Residuales S.A., cédula de persona jurídica número 3-101-319553.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012061375).

Ante esta notaría por medio de escritura número 227-22, de las 19:29 horas del 20 de junio 2012 se acordó la disolución de la sociedad Alimentos Alfafa en Dietas de Animales S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-375178.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012061376).

Ante esta notaría por medio de escritura número 220-22, de las 14:41 horas del 9 de junio 2012 se acordó la disolución de la sociedad Servicios Muso S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-249594.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012061378).

Ante esta notaría por medio de escritura número 236-22, de las 8:24 horas del 21 de junio 2012 se acordó la disolución de la sociedad Montañas y Valles del Cielo S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-396250.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012061379).

Ante esta notaría por medio de escritura número 235-22, de las 8:08 horas del 21 de junio 2012 se acordó la disolución de la sociedad Transportes J y D Poasito S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-48163.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012061380).

Ante esta notaría por medio de escritura número 229-22, de las 19:50 horas del 20 de junio 2012 se acordó la disolución de la sociedad Efraín Chacón en Hijos S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101 303325.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012061381).

Ante esta notaría por medio de escritura número 232-22, de las 20:09 horas del 20 de junio 2012 se acordó nombrar junta directiva y reformar cláusula sexta del pacto constitutivo de Diabe S. A., Presidenta Karlina González Cambronero.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012061382).

Ante esta notaría por medio de escritura número 230-22, de las 20:04 horas del 20 de junio 2012 se acordó la disolución de la sociedad GS Ingenieros Consultores de Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-312544.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012061383).

Ante esta notaría por medio de escritura número 231-22, de las 20:09 horas del 20 de junio 2012 se acordó la disolución de la sociedad Minive La Gran Ciudad S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-610322.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012061384).

Ante esta notaría por medio de escritura número 228-22, de las 19:39 horas del 20 de junio 2012 se acordó la disolución de la sociedad Blessing Steps S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-549900.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012061385).

Ante esta notaría por medio de escritura número doscientos treinta y uno-quince, de las once horas diez minutos del día veintiuno de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Corporación de Alimentos y Bebidas de Centroamérica CBASA S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintidós mil cuatrocientos veintitrés.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012061387).

Por escritura otorgada hoy a las 16:40 horas, al no poseer la sociedad activos y ni pasivos, por no existir bienes ni suma alguna que distribuir entre los socios y de conformidad con el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó en disolver y liquidar formal y expresamente la sociedad denominada Inmobiliaria San Vicente Sociedad Anónima.—Firmo en San José, el 19 del mes de junio del 2012.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2012061388).

Ante esta notaría por medio de escritura número doscientos veintitrés-quince, de las seis horas cincuenta minutos del día diecinueve de junio de dos mil doce, se constituyó la sociedad Juliana de Paseo Colón Mil Doscientos Cinco.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012061389).

Por escritura otorgada hoy a las 16:30 horas, al no poseer la sociedad activos y ni pasivos, por no existir bienes ni suma alguna que distribuir entre los socios y de conformidad con el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó en disolver y liquidar formal y expresamente la sociedad denominada Empresas Joramac Sociedad Anónima.—Firmo en la ciudad de San José, el 19 del mes de junio del 2012.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2012061390).

Ante esta notaría por medio de escritura número doscientos once-quince, de las nueve horas cuarenta minutos del día seis junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Enko S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ciento cuatro mil trescientos siete.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012061391).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del día 27 de febrero del 2012, se constituyó la sociedad Importadora Maximotos Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: 100.000 colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Heredia, 20 de mayo del 2012.—Lic. Marjorie Morales Acosta, Notaria.—1 vez.—(IN2012061392).

Por escritura otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y liquidar la sociedad denominada Fast High Performance S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-272077, en acuerdo con el transitorio II de la Ley 9024, artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012061393).

Por escritura autorizada a las once horas de hoy, en mi notaría, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Thierfelder S. A., celebrada a las trece horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil doce, mediante la cual se modifica la cláusula segunda, del domicilio y se cambia junta directiva.—Grecia, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Tatiana Mayela Corella Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061394).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 18:00 horas del día 26 de mayo del 2012, se realizó la disolución de la sociedad Solares de Heredia Sociedad Anónima. Entidad portadora de la cédula jurídica 3-101-158136. Capital social: 100 colones. Ana Solano González, quien es propietaria de 50 acciones comunes y nominativas de un colón cada una, la socia Marlene Solano González, es propietaria de 50 acciones comunes y nominativas de un colón cada una.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Marjorie Morales Acosta, Notaria.—1 vez.—(IN2012061395).

Ante esta notaría mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del treinta de mayo del año dos mil doce y bajo el expediente número cero cero uno-dos mil doce-LIQ se protocoliza acta de disolución de la sociedad Centro Deportivo Raquel y Minor S.A.—Alajuela, seis de junio del año dos mil doce.—Lic. Violeta Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2012061396).

Por escritura otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y liquidar la sociedad denominada La Phare S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-272121 en acuerdo con el transitorio II de la Ley 9024, artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas.—1 vez.—(IN2012061398).

Ante esta notaría mediante escritura otorgada a las dieciocho horas del treinta de mayo del año dos mil doce y bajo el expediente número cero cero dos-dos mil doce-LIQ se protocoliza acta de disolución de la sociedad Importadora Lumani S. A..—Alajuela seis de junio del año dos mil doce.—Lic. Violeta Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—(IN2012061399).

Por escritura otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y liquidar la sociedad denominada Three Rivers Consulting Services S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-266560, en acuerdo con el transitorio II de la Ley 9024, artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012061400).

Por escritura Nº 144-8 de Laura Patricia Charpentier Soto, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Publicidad Futurística SRL, en que se acordó la modificación de la cláusula de representación y sustitución de la gerencia. Es todo.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Laura Patricia Charpentier Soto Notaria.—1 vez.—(IN2012061401).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las 10:00 horas del 12 de junio del 2012 se disolvió Peat Tropical S. A., cédula jurídica 3-101-375613.—Alajuela, 12 de junio del 2012.—Lic. Rosa Isabel Prieto Pochet, Notaria.—1 vez.—(IN2012061402).

Por escritura otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y liquidar la sociedad denominada Smart Leaft S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-528820, en acuerdo con el transitorio II de la Ley 9024, artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012061403).

Por escritura Nº 143-8 de Laura Patricia Charpentier Soto, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Acarreo de Automotores Unidos Caldera S. A., en que se acordó la modificación de la cláusula de representación y sustitución de la junta directiva. Es todo.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Laura Patricia Charpantier Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2012061404).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las 10:00 horas del 19 de junio del 2012, se disolvió Clinarco Limitada, cédula jurídica 3-102-132271.—Alajuela, 19 de junio del 2012.— Lic. Rosa Isabel Prieto Pochet, Notaria.—1 vez.—(IN2012061405).

Por escritura otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y liquidar la sociedad denominada Fenix’s Fly S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-391372, en acuerdo con el transitorio II de la Ley 9024, artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012061406).

Por escritura Nº 145-8 de Laura Patricia Charpentier Soto, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Seguridad SS de Liberia  S. A. en que se acordó la modificación de la cláusula de representación y sustitución de la gerencia. Es todo.—San José, 21 de junio de 2012.—Lic. Laura Patricia Charpantier Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2012061407).

Ante mí, Alfredo Esteban Cortés Vílchez, notario público con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las quince horas del veinte de junio del dos mil doce, se disolvió la empresa Hercaso de Heredia Sociedad Anónima. Es todo.—Heredia, veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Alfredo Esteban Cortés Vílchez, Notario.—1 vez.—(IN2012061408).

Se hace saber que a mi notaria compareció Clotilde Lucila Basilio Moya, pasaporte 691248, cédula de residencia 160400054035, gerente de la sociedad Chanchacap Ltda., cédula jurídica 3-102-453475, para comisionarme la protocolización del acta general extraordinaria de accionistas para acordar la disolución de la sociedad, lo cual se procedió a protocolizar mediante escritura 225 de las 9:00 horas  del 18 de junio del 2012 en tomo 1 de mi protocolo.—San José, 18 de junio de dos mil doce.—Lic. Lorena Soto Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061409).

Ante mí, Alfredo Esteban Cortés Vílchez, notario público con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, se disolvió la empresa Beaher de Heredia Sociedad Anónima. Es todo.—Heredia, veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Alfredo Esteban Cortés Vílchez, Notario.—1 vez.—(IN2012061410).

Por escritura otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y liquidar la sociedad denominada Sussex Consulting Services S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-343425 en acuerdo con el transitorio II de la Ley 9024, artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012061411).

Ante mi notaría a las once horas del día veintiuno de junio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Asesorías y Sistemas de Computación Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cinco mil trescientos veintiséis en la cual se disolvió la misma.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Jorge Enrique Gonzalo Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012061412).

Por escritura otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social acordó disolver y liquidar la sociedad denominada Integrated Creative Media S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-303134 en acuerdo con el transitorio II de la Ley 9024, artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012061413).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 19 de junio del 2012, la sociedad denominada Asesores y Facilitadores Económico Sociales S. A. cédula jurídica 3-101-88886, acordó disolver y liquidar, la misma al amparo del Código de Comercio y la Ley 9024. Se cita y emplaza a todos los interesados, para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Herrera Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012061416).

Por medio de escritura otorgada en esta notaría se acordó reformar nombre, domicilio y se nombra nueva junta directiva y fiscal en la sociedad La Casa de Puro Sol Sociedad Anónima, cédula tres - ciento uno - quinientos setenta y ocho mil quinientos cincuenta.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012061418).

Ante esta notaría por medio de escritura número doscientos treinta - quince, de las catorce horas treinta minutos del día veinte junio de dos mil doce, se acordó reformar nombre, domicilio y se nombra nueva junta directiva y fiscal en la sociedad La Geroma de Tropicana Sociedad Anónima.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012061419).

Ante esta notaría por medio de escritura número doscientos veintinueve-quince, de las catorce horas veinte minutos del día veinte de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Instituto Neurológico de San José S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil seiscientos noventa y siete.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012061420).

Ante esta notaría por medio de escritura número doscientos veintiocho-quince, de las catorce horas veinte minutos del día veinte de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Motores La Bruja S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y seis mil novecientos cuatro.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012061421).

Ante esta notaría por medio de escritura número doscientos veinticinco-quince, de las dieciséis horas cincuenta minutos del día diecinueve de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Pacuare Telecomunicaciones S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil trescientos diez.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012061422).

Ante esta notaría por medio de escritura número doscientos veintiséis-quince, de las catorce horas diez minutos del día veinte de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Doscientos Triestre S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos un mil ochocientos diez.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012061423).

Ante esta notaría por medio de escritura número doscientos veinticuatro-quince, de las dieciséis horas cuarenta minutos del día diecinueve de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Continental de Vehículos Convesa S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil trescientos cincuenta y tres.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012061424).

Ante esta notaría por medio de escritura número doscientos veintisiete - quince, de las catorce horas diez minutos del día veinte de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad La Vieja Guardia del Unión S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil treinta y seis.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012061425).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea extraordinaria socios de Prado del Año Dos Mil Ocho S. A., donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Alfonso J. Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—RP2012303184.—(IN2012061431).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del quince de junio del dos mil doce, los socios fundadores de la sociedad denominada Agentes Vendedores de Frutas Sánchez Campos Sociedad Anónima, mediante declaración jurada procedieron a disolver la sociedad.—Lic. Guillermo Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012061432).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las quince horas del quince de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Grupo Segura Corrales Sociedad Anónima. En la cual por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. Guillermo Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012061433).

Luis Marino Castillo López, presente en mi notaría Manrique Gerardo Arias Torres, cédula 2-359-890, único socio de Transportes Ariloy S. A., cédula 3-101-232708, para disolver empresa. En su domicilio social, por acuerdo firme exhibe cien por ciento de las acciones, se emplaza a terceros interesados. Plazo 30 días naturales del día siguiente a esta publicación.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2012061437).

Hago constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 21 de junio, se ha acordado la disolución de la sociedad denominada IV Exportaciones Sociedad Anónima.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012061438).

Hago constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 21 de junio, se ha acordado la disolución de la sociedad denominada Mariscos Ensenada Sociedad Anónima.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012061439).

Hago constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada ante mí, a las 10:30 horas del 21 de junio, se ha acordado la disolución de la sociedad denominada Repuestos Rochar de Golfito Sociedad Anónima.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012061440).

Hago constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada ante mí, a las 10:30 horas del 21 de junio, se ha acordado la disolución de la sociedad denominada Repuestos Rochar Sociedad Anónima.—San José 21 de junio del 2012.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012061441).

Hago constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada ante mí, a las 10:15 horas del 21 de junio, se ha acordado la disolución de la sociedad denominada Ingeniería Aron Sociedad Anónima.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012061442).

Yo Randall Arias Oreamuno, notario público, protocolizo el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de las diez horas treinta minutos del día dos de junio de dos mil doce, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Torres del Parque Mora Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil quinientos doce, la presente publicación se realiza para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2012061443).

Yo Randall Arias Oreamuno, notario público, protocolizo el acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de socios de las diez horas del día dos de junio de dos mil doce, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Reforestadora Internacional Playas del Coco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y cinco mil treinta y nueve, la presente publicación se realiza para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2012061444).

Yo Randall Arias Oreamuno, notario público protocolizo el acta número tres de asamblea general extraordinaria de socios de las nueve horas treinta minutos del día dos de junio del dos mil doce, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Materiales Digema Guanacaste MG Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y siete mil novecientos setenta y cinco, la presente publicación se realiza para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2012061445).

Yo Randall Arias Oreamuno, notario público, protocolizo el acta número tres de asamblea general extraordinaria de socios de las nueve horas treinta minutos del día dos de junio de dos mil doce, en la que se acuerda la disolución y liquidación la sociedad Depósito de Materiales Beta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos seis mil doscientos cincuenta y nueve, la presente publicación se realiza para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2012061446).

Yo Randall Arias Oreamuno, notario público, protocolizo el acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de socios de las nueve horas del día dos de junio de dos mil doce, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad División General de Maderas Digema Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y nueve mil seiscientos veintidós, la presente publicación se realiza para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Randall  Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2012061447).

Yo Randall Arias Oreamuno, notario público, protocolizo el acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de socios de las ocho horas treinta minutos del día dos de junio de dos mil doce en la que se acuerda la disolución y liquidación la sociedad Distribuidora Gama DG Guachipelín Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil trescientos veintiocho, la presente publicación se realiza para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2012061448).

Yo Randall Arias Oreamuno, notario público, protocolizo el acta número doce de asamblea general extraordinaria de socios de las ocho horas del día dos de junio de dos mil doce en la que se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Importadora de Materiales de Construcción Inmaco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veintisiete quinientos cuarenta, la presente publicación se realiza para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—(IN2012061449).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas 18 de junio del 2012 se acuerda la disolución de Tres-Ciento Uno-Seis Dos Uno Cuatro Ocho Tres Sociedad Anónima.—Heredia, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Julieta López Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061451).

Ante mi notaría, por escritura número doscientos sesenta y cinco, de las nueve horas del día de hoy, visible a folio ciento cincuenta y dos frente, tomo segundo, estando presentes los socios dueños de la totalidad del capital social, se efectúo por decisión unánime la disolución de la sociedad Microasesorías Empresariales M. V. & Asociados Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintisiete mil novecientos treinta y seis.—Grecia, 21 de junio del 2012.—Lic. Carlos Alpízar Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012061452).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:30 horas 18 de junio del 2012 se acuerda la disolución de Cuadrilátera y Sol Perlada Sociedad Anónima.—Heredia, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Julieta López Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061453).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:10 horas del 18 de junio del 2012, se acuerda la  disolución de Inversiones Alipablo Sociedad Anónima.—Heredia, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Julieta López Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061454).

Ante mi notaría, por escritura número sesenta y nueve, de las diez horas del día de hoy, visible a folio cuarenta y cuatro, tomo cuarenta, se protocolizó el acta número dos de la asamblea general extraordinaria de socios de Constructora Americana Pacific Star S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil ciento noventa y uno, en la cual estando representada la totalidad del capital social, se acordó  en forma unánime la disolución de esta.—Grecia, 21 de junio del 2012.—Lic. Rodolfo Alfaro Morera, Notario.—1 vez.—(IN2012061455).

Ante mí, Ana Isabel Fallas Aguilar, notaria pública con oficina abierta en San José, en escritura número once, visible al folio seis frente y vuelto, tomo undécimo de mi protocolo, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Bosques de Playa Hermosa Sexto Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y dos doscientos cuarenta y tres, celebrada en el domicilio de la sociedad, a las doce horas del quince de junio de dos mil doce, en la que se acuerda: cambiar el nombre de la sociedad para que de ahora en adelante se denomine Corporación Mas Que Un Café Sociedad Anónima, se acuerda cambiar el domicilio social de la sociedad para que de ahora en adelante sea: en Heredia, San Rafael, de la iglesia católica de San Josecito, trescientos metros oeste, Condominio Las Angarillas, casa número doce, se acuerda nombrar una nueva junta directiva y un fiscal.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Ana Isabel Fallas Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2012061460).

Protocolización del expediente número cero cero cinco-dos mil doce, denominado disolución de la sociedad S I E Soluciones Informáticas Emanuel Sociedad Anónima, bajo la persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos diecinueve mil trescientos sesenta y cinco. Se acuerda la disolución de la sociedad, conforme al artículo doscientos uno, inciso d); del Código de Comercio. Escritura otorgada en Atenas, a las diecinueve horas del día diecinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061461).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas, del veinte de junio del dos mil doce, se constituye la sociedad Distribuidora Vargas Alpízar Gam Sociedad Responsabilidad Limitada, plazo social: 99 años. Capital social totalmente suscrito y pagado. Gerente: Gilberto Vargas González.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061462).

Protocolización del expediente número cero cero cuatro-dos mil doce denominado disolución de la sociedad Inversiones Walmer Del Oeste Sociedad Anónima, bajo la persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos diecisiete mil diecisiete. Se acuerda la disolución de la sociedad, conforme al artículo doscientos uno, inciso d); del Código de Comercio. Escritura otorgada en Atenas, a las once horas del día diecinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061463).

En esta notaría, se protocolizan actas de disolución de las sociedades: Rancho La Fábula de la Piña Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-388009; Quinta El Establo del Panadero S. A., cédula jurídica número 3-101-387749; Quinta Abejitas del Bosque S. A., cédula jurídica número 3-101-389266. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada.—San José, 22 de marzo del 2012.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012061467).

En esta notaría, se protocolizan actas de fusión por absorción de las sociedades: Finca Estrella de Cuervito S. A y Hacienda El Baru de Cuernito S. A., con la sociedad Jo and Crispin S. A. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la fusión.—San José, 22 de marzo del 2012.—Lic. Manuel Gomis Muñóz, Notario.—1 vez.—(IN2012061468).

La suscrita Esther Moya Jiménez abogada y notaria hago constar que con fecha 21 de junio del 2012, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad  Roca del Mediterráneo  S. A. cédula jurídica 3-101-212158 procediendo a la disolución de dicha sociedad.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061469).

La suscrita Esther Moya Jiménez abogada y notaria hago constar que con fecha 21 de junio del 2012, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad Cla I Catala S. A. cédula jurídica 3-101-63124 procediendo a la disolución de dicha sociedad.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061470).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas veinte del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Estacionamiento Número Once Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil doscientos cincuenta y seis.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061471).

La suscrita Esther Moya Jiménez abogada y notaria hago constar que con fecha 21 de junio del 2012, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad Cala Kika S. A. cédula jurídica 3-101-176374 procediendo a la disolución de dicha sociedad.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061472).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Estacionamiento Número Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil doscientos cincuenta y cinco.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061473).

La suscrita Esther Moya Jiménez abogada y notaria hago constar que con fecha 21 de junio del 2012, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad Inmobiliaria Caltanch de Roca S. A., cédula jurídica 3-101-181715 procediendo a la disolución de dicha sociedad.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061474).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas diez del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Estacionamiento Número Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil doscientos cincuenta y tres.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061475).

Por escritura pública número doscientos treinta y tres, ante la notaría del licenciado Javier Turcios Velásquez, se fusionan las sociedades Yaguajay del Norte Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-dos dos cuatro cuatro cuatro cinco y Álvarez y Amores Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-dos cero siete siete cuatro uno y que la primera se extingue en todo, asumiendo la segunda los bienes patrimoniales y obligaciones, así como sus acciones y su capital social. Su domicilio social será el de la segunda y la representación legal y extrajudicial estará a cargo del presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la segunda sociedad.—Alajuela, 21 de junio del 2012.—Lic. Javier E. Turcios Velásquez, Notario.—1 vez.—(IN2012061476).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas treinta minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Catorce Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cincuenta.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061477).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas cuarenta minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Diecinueve Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cincuenta y cinco.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061478).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas cincuenta minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Dieciocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cincuenta y cuatro.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061479).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Dieciséis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cincuenta y dos.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061481).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas diez minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cincuenta y seis.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061483).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas veinte minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Doce Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cincuenta y ocho.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061484).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas cuarenta minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Quince Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cincuenta y uno.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061485).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Veinte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cincuenta y seis.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061488).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas diez minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Veinticinco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento sesenta y uno.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061489).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas cincuenta minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Trece Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cuarenta y nueve.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061492).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas treinta minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Once Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cincuenta y siete.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061494).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas cincuenta minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Veintiséis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento sesenta y dos.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061495).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas treinta minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Veintidós Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cincuenta y ocho.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061497).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas veinte minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Veinticuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento sesenta.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061500).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Veintitrés Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cincuenta y nueve.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061501).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas diez minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Veintituno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento cincuenta y siete.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061504).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas cuarenta minutos del día veinte de junio del año dos mil doce, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad Metropolitan Tower Nivel Uno Número Veintiocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos once mil ciento sesenta y cuatro.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012061505).

Ante este notario mediante escritura número doscientos veintinueve otorgada a las quince horas del diecinueve de junio del dos mil doce se reformó la cláusula segunda y novena de la sociedad Legal Solutions Sociedad Anónima.—San José diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—(IN2012061506).

Por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad Laya Ltda.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061508).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:20 horas del 20 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Calsasoned GMA y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica, 3-101-502894, mediante la cual reforman las cláusulas primera y segunda.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012061511).

Mediante escritura número: noventa y tres, visible al folio: ciento cincuenta y uno vuelto del tomo veinte otorgada a las ocho horas del diecinueve de junio del dos mil doce, por la notaria Sara María Barrantes Hernández, se acuerda disolver la sociedad denominada Luwivica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil setecientos sesenta y seis, por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Grecia, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Sara María Barrantes Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012061514).

Por escrituras otorgadas en Cartago, ante esta notaría, se disuelven las sociedades Mundo Luminoso JMA S. A., Inversiones Leiva y Leitón SRL, y Villa Antheus S.R.L., se constituye la sociedad Hacienda Tobosi S. A., se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo   de  Urantia  Coffe Export S. A.—Cartago, 20 de junio del 2012.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—(IN2012061516).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 20 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Inmobiliaria Bolita IB Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-325173 mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—Heredia, 20 de junio del 2012.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012061517).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:20 horas del 20 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Sasso y Ortiz Sociedad Anónima, jurídica 3-101-242916, mediante la cual acuerdan disolver la sociedad.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012061518).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:40 horas del 20 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Conocimiento y Tecnología Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-183432 mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012061519).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 20 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de, Inmobiliaria Castelldefels Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-404786, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012061520).

El notario firmante René Orellana Meléndez, hace constar que se disolvió la compañía mmviii Maisha del Oeste Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, ocho de mayo del dos mil doce.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2012061625).

El suscrito notario René Orellana Meléndez, hace constar que se constituyó la sociedad anónima Cactus del Oeste Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2012061626).

Mediante escritura pública número ciento dos iniciada al folio ciento sesenta y siete vuelto del tomo veinticinco de mi protocolo se disolvió la empresa Leo & Leo Kar & Ka Sociedad Anónima.—Cañas, veintiuno de junio del año dos mil doce.—Lic. Erick Alberto Apuy Sabatini, Notario.—1 vez.—(IN2012061628).

Mediante escritura pública otorgada por la notaria Ariadna María Arguedas Porras, en la ciudad de Heredia, a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil doce, se protocoliza el acta número once de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Aplicaciones y Contenido G&S Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil noventa, en la cual se modifica la cláusula primera: “Del Nombre: La sociedad se denominará Jet-Telecom CR Sociedad Anónima, del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, dieciocho de junio de dos mil doce.—Lic. Ariadna María Arguedas Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2012061631).

Mediante escritura pública otorgada por la notaria Ariadna María Arguedas Porras, en la ciudad de Heredia, a las catorce horas del dieciocho de junio de dos mil doce, se protocoliza el acta número cinco de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintitrés mil ciento noventa y nueve, sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos veintitrés mil ciento noventa y nueve, en la cual se modifican la cláusula primera: “Del Nombre: La sociedad se denominará Inversiones Sureña Sociedad Anónima; Segunda: “Del domicilio”; Cuarta: “Del objeto”; Quinta: “Del capital social” y Novena: “De la administración” del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, dieciocho de junio de dos mil doce.—Lic. Ariadna María Arguedas Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2012061633).

Por escritura otorgada ante esta notaría el 8 de junio del 2012, a las 12:00 horas, se acuerda aumentar el capital social y reforma la cláusula octava de la sociedad Marina Carara Limitada.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012061634).

El suscrito Alexander Sandí Beltrán, mayor, casado una vez, pastor, vecino de San Isidro de Heredia, apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Todo es Abundante Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y un mil setecientos sesenta, solicita la cancelación del edicto para la desinscripción de la misma.—Lic. Alexander Sandí Beltrán, Notario.—1 vez.—(IN2012061638).

Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza el acuerdo de socios de Horty Marce Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-sesenta mil ciento noventa y nueve, en el que se acuerda disolver dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso D) del Código de Comercio. Se advierte que la sociedad no tiene actualmente ningún bien o activo ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene actividades ni operaciones de ninguna naturaleza. Por tal razón se prescinde del trámite de liquidador y su nombramiento así como del resto de trámites excepto el edicto.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Alejandro Goicuria Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012061639).

En esta notaría, por escritura pública número 32-14 otorgada a las 18:00 horas del 7 de junio del 2012, se disolvió Sueños de Cozumel S. A.Heredia, 8 de junio del 2012.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—(IN2012061640).

Wilson Antonio Gallegos Cortés, Marco Peter Hof, Arnoldus Reinierus Andrikus Johannes Kersten y Elsy Adaly Muñoz Hoyos constituyen Watchdog International Security S. A. En San José, a las dieciocho horas del veintiuno de mayo del dos mil doce.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2012061643).

Hoy día se ha hecho un aumento de capital de la sociedad Telepublicidad S. A., por la suma de ciento veintitrés millones doscientos cuarenta y siete mil doscientos colones, en aportes de socios y capitalización de reservas modificándose la cláusula quinta del pacto constitutivo. Se nombró al tesorero y al fiscal de la junta directiva. Es todo.—Ciudad de Alajuela, diecisiete horas ocho minutos de hoy veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012061644).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante el suscrito número 257, otorgada a las 8:00 horas del 8 de junio del 2012, tomo sexto de mi protocolo, se disolvió la sociedad denominada G y G de la Zona Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-433666. Aquellos interesados en oponerse a la presente disolución cuentan con el plazo señalado en el numeral 207 del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, 8 de junio del 2012.—Lic. Carlos Fco. Millet Nieto, Notario.—1 vez.—(IN2012061645).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diez horas de hoy, los socios acordaron la disolución de la sociedad denominada Ciudades Sostenibles C.S. Sociedad Anónima. De conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos siete del Código de Comercio, se informa a cualquier interesado que puede oponerse judicialmente dentro de los siguientes treinta días naturales contados a partir de la publicación de este aviso, si la misma no se basa en causa legal o pactada.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Luis Javier Guier Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012061647).

Por escritura otorgada en mi notaría a las once horas de hoy, los socios acordaron la disolución de la sociedad denominada Instituto de Energías Renovables Inerecr de Costa Rica Sociedad Anónima. De conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos siete del Código de Comercio, se informa a cualquier interesado que puede oponerse judicialmente dentro de los siguientes treinta días naturales contados a partir de la publicación de este aviso, si la misma no se basa en causa legal o pactada.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Luis Javier Guier Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012061648).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diez horas treinta minutos de hoy, los socios acordaron la disolución de la sociedad denominada AM Urbanismo Sociedad Anónima. De conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos siete del Código de Comercio, se informa a cualquier interesado que puede oponerse judicialmente dentro de los siguientes treinta días naturales contados a partir de la publicación de este aviso, si la misma no se basa en causa legal o pactada.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Luis Javier Guier Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012061649).

Por escritura otorgada en mi notaría a las doce horas de hoy, los socios acordaron la disolución de la sociedad denominada Green Arq. Designs Sociedad Anónima. De conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos siete del Código de Comercio, se informa a cualquier interesado que puede oponerse judicialmente dentro de los siguientes treinta días naturales contados a partir de la publicación de este aviso, si la misma no se basa en causa legal o pactada.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Luis Javier Guier Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012061650).

R y R Electricidad y Sistemas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno ocho dos cero siete seis, reforma la siguiente cláusula: “Quinta: Del capital social: El capital social será la suma de cincuenta y siete millones de colones, representado por cincuenta y siete acciones comunes y nominativas de un millón de colones cada una”. Es todo.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Goicuría Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012061653).

Por asamblea general extraordinaria de socios Paulo Broce Longan y Kattia Chacón Bejarano solicitan la disolución de la sociedad denominada Y Babysoft Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-325493, para lo cual se otorgan 30 días a partir de su publicación en La Gaceta, para cualquier oposición. Escritura otorgada en San José, a las 19:00 horas del 5 de junio del año dos mil doce.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Randall Junnell Calvo Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012061660).

Por asamblea general extraordinaria de socios Paulo Broce Longan y Kattia Chacón Bejarano solicitan la disolución de la sociedad denominada Brocce Chacón Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-249362, para lo cual se otorgan 30 días a partir de su publicación en La Gaceta, para cualquier oposición. Escritura otorgada en San José, a las 19:00 horas del 5 de junio del año dos mil doce.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Randall Junnell Calvo Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012061661).

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Arrocha S. A., y el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Don Fer H y B S. A. mediante la cual la segunda es absorbida por fusión por la primera y se adiciona a la escritura de protocolización de acta número dos para reformar la cláusula quinta (del capital social) y se nombra nueva secretaria y fiscal.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012061662).

El suscrito notario público hace constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Haloos S. A., mediante la cual se reforma la cláusula de la administración y se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de junta directiva.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012061663).

El suscrito notario hago constar que mediante escritura otorgada ante mi a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta número uno, del libro de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos treinta mil seiscientos cincuenta y siete sociedad anónima, con idéntico número de cédula de persona jurídica celebrada en Puntarenas, Monteverde, Santa Elena, doscientos metros norte de la escuela de Santa Elena a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de junio del año dos mil doce, con la presencia del total del capital social se tomó el siguiente acuerdo: modificar la cláusula novena: Los negocios sociales están administrados por una junta directiva, formada por un presidente, secretario y tesorero, le corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Se nombra como nuevo presidente al señor: Arturo Espinoza Granados, como nuevo secretario el señor Heriberto Espinoza Miranda, cédula seis-cero cero noventa y siete-mil trescientos cuatro. Es conforme.—Turrialba, veintiuno de junio del año dos mil doce.—Lic. Ovidio Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012061664).

El suscrito notario hago constar que mediante escritura otorgada ante mi a las ocho horas treinta minutos del cuatro de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta número uno, del libro de accionistas de la sociedad denominada Aral y Espimo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos mil novecientos cuarenta y nueve, celebrada en Guanacaste, Abangares a las dieciocho horas del dieciocho de mayo del año dos mil doce, con la presencia del total del capital social se tomó el siguiente acuerdo: modificar la cláusula novena: los negocios sociales están administrados por una junta directiva, formada por un presidente, secretario y tesorero, le corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, se nombra como nuevo presidente al señor: Arturo Espinoza Granados, como nuevo secretario el señor: Heriberto Espinoza Miranda, cédula seis-cero cero noventa y siete-mil trescientos cuatro. Es conforme.—Turrialba, cuatro de junio del año dos mil doce.—Lic. Ovidio Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012061665).

Publicación del edicto de disolución de la sociedad anónima denominada Textiles y Acabados Neptuno Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-237128.—San José, 21 de mayo del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061666).

Publicación del edicto de disolución de la sociedad anónima denominada Constructora Collado Jiménez Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-357517.—San José, 14 de mayo del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061667).

Publicación del edicto de disolución de la sociedad anónima denominada Montever Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-131578.—San José, 14 de mayo del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061669).

Publicación del edicto de disolución de la sociedad anónima denominada Manufacturera Júpiter de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-209191.—San José, 21 de mayo del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061670).

Se hace constar que ante esta notaría, por escritura de las 8:00 horas del 21 de junio de 2012 se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de Coordinated Society Systems Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-329037, donde se reforma la cláusula sétima (de administración).—Lic. Mario Felipe Marín Cascante, Notario.—1 vez.—(IN2012061694).

Publicación del edicto de disolución de la sociedad anónima denominada Fomento Inmobiliario Glaciar Spegazzini Blanco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-451467.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012061696).

Ante esta notaría, se modificaron los estatutos de la empresa denominada Ganadera Cotobruseña Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete mil novecientos noventa y cinco.—San Vito, Coto Brus, Puntarenas, trece de abril dos mil doce.—Lic. David Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2012061697).

Ante esta notaría, por escritura número ciento treinta y uno, protocolo dos, de fecha veintidós de febrero de dos mil doce, se protocoliza acuerdo de su disolución de Verdulería Ramírez Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos noventa y cinco mil novecientos doce.—Ciudad Neily.—Lic. Luis Ángel Vargas Parras, Notario.—1 vez.—(IN2012061698).

Mediante escritura pública Nº 222, otorgada ante el notario público Federico José González Peña, a las 08:00 horas del 15 de junio del 2012, se protocolizó, acta Nº 1 de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Bicirieles S. A., celebrada en su domicilio social en San José, San Rafael, Escazú, 150 metros al sureste de Mc Donald¢s, en la que se acordó por unanimidad de socios su disolución de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. En cumplimiento con la normativa legal, se cita a las personas que se consideren afectadas a hacer las reclamaciones del caso en el término de treinta días contabilizados a partir de la fecha de la presente publicación a la dirección: San Rafael, Escazú, 150 metros al sureste de Mc Donald¢s.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Federico José González Peña, Notario.—1 vez.—(IN2012061703).

Ante esta notaría, se procede a la liquidación de la sociedad Cuatro Hermanos del Este L.I.A.A. Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2012061705).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Salt Mine Productions CRC Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de julio del dos mil doce.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(IN2012061706).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Portfolio Management Group de Costa Rica Limitada, con un plazo de cien años y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(IN2012061709).

Ante esta notaría, se reforma totalmente el pacto constitutivo de la sociedad Campos y Brenes Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. German Vega Avendaño, Notario.—1 vez.—(IN2012061710).

Ante esta notaría, se procede a la liquidación de las sociedades: Equity And Financial Solutions S. A. y Latam Quality Consulting S. A., de conformidad con el transitorio dos de la Ley número nueve mil veinticuatro y de artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(IN2012061711).

La suscrita notaria, hace constar que hoy, a las diez horas, protocolicé asamblea de accionistas de Real del Monte S. A., por la que se reformó el artículo once de los estatutos, se revocaron nombramientos de junta directiva y fiscal y se hicieron nuevos nombramientos. Presidenta: María Alejandra Castetbon de González Bonorino.—San Isidro de Vásquez de Coronado, 16 de junio del 2012.—Lic. Yamilette Calderón Cerdas, Notaria.—1 vez.—(IN2012061712).

Ante esta notaria pública, se ha protocolizado acta de asamblea general ordinaria de accionistas de Corporación Comercial E Industrial El Lagar CR S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-tres cero tres dos cuatro ocho, mediante la cual se modificó la cláusula segunda del domicilio de los estatutos.—San José, a las ocho horas del catorce de junio del dos mil doce.—Lic. Tatiana María Barboza Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012061717).

Hoy protocolicé, declaración de socios de Ilvimo Central Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-dos nueve tres siete nueve ocho, en la cual acuerdan disolver conforme al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, por medio de escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las nueve horas del día veintiuno de junio del dos mil doce, por el notario público Mauricio González Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(IN2012061718).

Hoy protocolicé, declaración de socios de Nueve de Marzo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-tres seis seis cuatro cinco uno, en la cual acuerdan disolver conforme al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, por medio de escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las diez horas del día veintiuno de junio del dos mil doce, por el notario público Mauricio González Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(IN2012061719).

Por escritura número ciento diecinueve-tres, otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Alexander Mann Solutions Sociedad Anónima. Se acordó disolver y liquidar la sociedad. Es todo.—San José, 4 de junio del 2012.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012061720).

Hoy protocolicé, declaración de socios de Biología Tica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cero cinco siete cinco seis siete, en la cual acuerdan disolver conforme al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, por medio de escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las once horas del día veintiuno de junio del dos mil doce, por el notario público Mauricio González Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(IN2012061721).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Idapa Sociedad Anónima, se acordó disolver y liquidar la sociedad a partir del día cuatro de junio del dos mil doce, se nombró como liquidadora a la señora Laura Collado Sobrado. Es todo.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012061722).

Por escritura otorgada por la señora Norma Teresa Burgaña Vallareal, propietaria de la totalidad de las acciones que componen el capital social de Inversiones Inmobiliarias Colinas Doradas S. A., a las 10:00 horas del 18 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea de socios de Inversiones Inmobiliarias Colinas Doradas S. A., en virtud de la cual dicha compañía se disuelve y entra en estado de liquidación. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, se conceden treinta días a partir de esta publicación para interponer oposiciones judiciales de terceros.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012061723).

Por escritura otorgada por la señora Norma Teresa Burgaña Vallareal, propietaria de la totalidad de las acciones que componen el capital social de Westen del Oeste C.P.R. S. A., a las 10 horas con 30 minutos del 18 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea de socios de Westen del Oeste C.P.R. S. A., en virtud de la cual dicha compañía se disuelve y entra en estado de liquidación. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, se conceden treinta días a partir de esta publicación para interponer oposiciones judiciales de terceros.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012061724).

Por escritura otorgada por la señora María de la Luz Chavira Alva, propietaria de la totalidad de las acciones que componen el capital social de Condominio Poniente Sauce Número Veintinueve S.P. S. A., a las 10:00 horas del 31 de mayo del 2012, protocolicé acta de asamblea de socios de Condominio Poniente Sauce Número Veintinueve S.P. S. A., en virtud de la cual dicha compañía se disuelve y entra en estado de liquidación. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, se conceden treinta días a partir de esta publicación para interponer oposiciones judiciales de terceros.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012061725).

El suscrito notario hace constar, que ante su notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Madbrow Investments A M S. A.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012061726).

Mediante escritura Nº 68, otorgada en esta notaría, a las 09:00 horas del día 15 de junio del 2012, se protocolizó acuerdo que disuelve la sociedad de esta plaza denominada Gajuan K.O.Z. Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Gloriana Vicarioli Guier, Notaria.—1 vez.—(IN2012061727).

Ante esta notaria pública, se ha protocolizado acta de asamblea general ordinaria de accionistas de F. Reimers y Compañía Sociedad Importadora S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cero cinco cero seis seis, mediante la cual se modificó la cláusula segunda del domicilio de los estatutos.—Ciudad de San José, a las nueve horas del catorce de junio del dos mil doce.—Lic. Tatiana María Barboza Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012061728).

El suscrito notario, hace constar que hoy, he protocolizado acta de asamblea donde se acordó la disolución de la sociedad con la razón social Epsel de Centroamérica S. A.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—(IN2012061729).

Randy Gordon Cruickshank y Dorothy Cruickshank Smith, disuelven: Farley Gordon Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y nueve mil seiscientos noventa y ocho, sociedad que se encuentra inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, al tomo: mil doscientos cincuenta y cuatro, folio: doscientos setenta y ocho, asiento: doscientos ochenta y nueve. Escritura otorgada a las doce horas del veintitrés de mayo del dos mil doce y adicionada mediante escritura otorgada a las dieciséis horas diecisiete minutos del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Dioney Barrett Bryan, Notario.—1 vez.—(IN2012061731).

Por escritura número doscientos veintitrés otorgada a las diez horas veinte minutos del veintidós de junio del dos mil doce, se disolvió la compañía Kabiyari Vista Real Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y uno.—Lic. Karla Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012061735).

Por escrituras otorgadas ante mi notaría, a las ocho horas del veintiocho de mayo del dos mil doce; diez horas del veinte de junio y diecisiete horas del veintiuno de junio del dos mil doce, respectivamente procedí a disolver las entidades: Gambling Federation S.R.L.; Charis Aba Sociedad Anónima, y MPS de Heredia Sociedad Anónima.—Heredia, 22 de junio del 2012.—Lic. Niriana Muñoz Matamoros, Notaria.—1 vez.—(IN2012061737).

Victo Espinoza Quirós, cédula Nº 6-118-154, informa al Registro Mercantil, reforma de estatutos en cuanto a que se disminuye a dos, el número de vocales de la junta directiva de la sociedad Cipa Industrial S. A., cédula jurídica número tres-ciento-cero cuarenta y siete mil ciento cuarenta y cinco.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Ana Rosario Hernández Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012061738).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del día veintiuno de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Chi Va Piano Va Lontano Ltda., donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Brenes San Gil, Notaria.—1 vez.—(IN2012061739).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de Aldesa Corporación de Inversiones S. A., donde se reforman las cláusulas octava y quinta bis de los estatutos.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Brenes San Gil, Notaria.—1 vez.—(IN2012061740).

Por escritura número doscientos treinta y siete-cuarenta y dos, otorgada hoy ante mí, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Arquitectura Villalobos y Asociados S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012061741).

Por escritura número doscientos sesenta y cinco-siete, a las 17:00 horas del día quince de junio del dos mil doce, ante el notario Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, se otorga la disolución de la sociedad Javielectrinergia Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-457940, con domicilio en San José, Vásquez de Coronado, San Antonio.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012305271.—(IN2012061806).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del veintisiete de marzo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Edificaciones del Valle Nasciturus Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa mil ochocientos.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Farid Beirute Brealey, Notario.—1 vez.—RP2012305272.—(IN2012061807).

Para efectos de ley, se avisa por este medio que la sociedad Jazmines de Persia Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos doce doscientos treinta y ocho, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, celebrada en su domicilio social el día trece de junio del dos mil doce, acordó por unanimidad la disolución de la compañía.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Eugenia María Jara Morúa, Notaria.—1 vez.—RP2012305273.—(IN2012061808).

Por escritura otorgada ante esta notaría, disuelven la sociedad El Monterito de Mata de Limón. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Jimmy Monge Sandí, Notario.—1 vez.—RP2012305274.—(IN2012061809).

Por escritura otorgada ante esta notaría, disuelven la sociedad Cahemazu S. A. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del 19 de junio del 2012.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2012305275.—(IN2012061810).

Por escritura otorgada ante esta notaría, disuelven la sociedad Comercializadora Institucional Meta Sociedad Anónima. Escritura pública otorgada en San José, a las catorce horas del día veinte del mes de junio del dos mil doce.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2012305276.—(IN2012061811).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 19 de junio del 2012, confeccioné declaración jurada de la compañía Foqui S. A., mediante el cual se acuerda disolver esta compañía.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Karina Rojas Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012305277.—(IN2012061812).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:20 horas del día 15 de junio del 2012, confeccioné declaración jurada de la compañía Centros Educativos Rayitos de Sol S. A., mediante el cual se acuerda disolver esta compañía.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Karina Rojas Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012305278.—(IN2012061813).

Ante mí, Roy Zumbado Ulate, los señores José Francisco Álvarez Morera y Xinia Mayela Carvajal Corella, solicitan la disolución de la sociedad Inversiones Nama Álvarez S. A.—Santa Bárbara de Heredia, 20 de junio del 2012.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012305279.—(IN2012061814).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:15 horas del día 18 de junio del 2012, confeccioné declaración jurada de la compañía tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil novecientos cuatro s. a., mediante el cual se acuerda disolver esta compañía.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Karina Rojas Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012305280.—(IN2012061815).

Ante mí, Roy Zumbado Ulate, los señores Marianela Carvajal Gutiérrez y Jonatan Garita Murillo, solicitan la disolución de la sociedad Carvagari S. A.—Santa Bárbara de Heredia, 20 de junio del 2012.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012305281.—(IN2012061816).

Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 20 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Nialando S. A., cédula jurídica Nº 3-101-60565, se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Óscar Navarro Mondragón, Notario.—1 vez.—RP2012305282.—(IN2012061817).

Ante mí, Roy Zumbado Ulate, los señores Rodolfo Badilla Aguilar y Magdalia Badilla Aguilar, solicitan la disolución de la sociedad Servi Internacional Zyos S. A.—Santa Bárbara de Heredia, 20 de junio del 2012.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012305283.—(IN2012061818).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en Barva de Heredia, la sociedad Inversiones Ferymar Sociedad Anónima, ha acordado su disolución.—Barva de Heredia, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2012305284.—(IN2012061819).

Mediante escritura pública número ciento noventa y ocho otorgada en Grecia, a las quince horas del veintidós de mayo del dos mil doce, se protocolizó la disolución de la sociedad denominada Forever Sport Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y nueve mil quinientos setenta y cuatro, domiciliada en Alajuela, Santa Gertrudis Norte de Grecia. Se cita y emplaza a los interesados en dicha disolución a que se presente a hacer valer sus derechos o reclamos.—Grecia, 20 de junio del 2012.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012305285.—(IN2012061820).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 12 de junio del 2012, se solicitó disolver en sede notarial la sociedad Eurohabitat Treinta y Ocho Zagoriano S. A., cédula jurídica Nº 3-101-552221166790.—San José, a las 16:00 horas del 14 de junio del 2012.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012305286.—(IN2012061821).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 08:00 horas del día de hoy, se protocoliza acta de Sol de Bariloche S. A., que modifica el domicilio social y nombra nueva junta directiva.—Grecia, 1º de noviembre del 2011.—Lic. José Aníbal Cascante Soto, Notario.—1 vez.—RP2012305287.—(IN2012061822).

María Luisa Bogantes Cruz, María Cecilia Alvarado Álvarez, María de los Ángeles Vindas Bogantes y Jacinto Eduardo Rodríguez Zamora, disuelven la sociedad anónima denominada Servicios Alvarado y Bogantes S. A. Escritura otorgada en Grecia, a las 15:20 horas del día 19 de junio del 2012.—Lic. Miguel Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012305288.—(IN2012061823).

Por escritura otorgada en Heredia, el diecinueve de junio del dos mil doce, se aprueba la disolución de Inversiones San Isidro de Heredia Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-cero siete dos cero cuatro uno.—Heredia, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Andrea María Alvarado Sandí, Notaria.—1 vez.—RP2012305289.—(IN2012061824).

Mediante escritura número ciento noventa y dos-once, otorgada ante esta notaría, al ser las once horas quince minutos del catorce de junio del dos mil doce, se llevo a cabo la disolución de la empresa Esroca Services Solutions S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil doscientos setenta y cinco. Presidente: Iván Espinoza Benamburg.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012305292.—(IN2012061825).

Mediante escritura número ciento noventa y nueve-once, otorgada ante esta notaría, al ser las diecisiete horas del día veinte de junio del dos mil doce, se llevó a cabo la disolución de la empresa Kendy Marian S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veinte mil doscientos cincuenta y cinco. Presidente: Heriberto Robles Morera.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012305294.—(IN2012061826).

Ante mí, escritura Nº 236-8 de las 14:46 horas del 20 de junio del 2012, se modifica pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Don Ramón Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-ochenta y seis mil novecientos veinticinco; cláusulas primera se modifica domicilio de la sociedad. Teléfono notaría: 2770-3341.—Pérez Zeledón, 20 de junio del 2012.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—RP2012305295.—(IN2012061827).

A las 14:30 horas del 20 de junio del 2012, se disolvió la sociedad denominada Quebrada de Vida Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y un mil seiscientos cuarenta y ocho.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012305296.—(IN2012061828).

A las 14:00 horas del 20 de junio del 2012, se disolvió la sociedad denominada Bueno Bueno Bueno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y un mil quinientos cincuenta.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012305297.—(IN2012061829).

El suscrito Rafael Adrián Chacón Mora, cédula de identidad número uno-setecientos veintiocho-cero diecinueve, presidente de la sociedad denominada Chacón y Mora de Juan Viñas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero noventa y cinco mil ochocientos once, informa que dicha sociedad anónima se disuelve en el acto.—Turrialba, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1 vez.—RP2012305298.—(IN2012061830).

Por escritura número doscientos ochenta y seis-uno, otorgada a las nueve horas del día veinte de junio del dos mil doce, visible al folio ciento setenta frente del tomo número uno del protocolo de ésta notaria, se llevó a cabo la disolución de la sociedad denominada: Viveros Lluvia de Oro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta y seis.—San Isidro de Pérez Zeledón, 21 de junio del 2012.—Lic. María José Sánchez Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012305299.—(IN2012061831).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas quince minutos del 19 de junio del 2012, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad anónima denominada Lomas del Rosal Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-444423. Se modificó la junta directiva y representación judicial y extrajudicial.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012305300.—(IN2012061832).

En esta notaría, al ser las dieciséis horas treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de Equipos Agrícolas del Valle S. A., se acuerdan de manera unánime disolver esta sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con lo establecido en el pacto constitutivo de la empresa y el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Pérez Zeledón, dieciséis de junio del dos mil doce.—Lic. David Salazar Mora, Notario.—1 vez.—RP2012305301.—(IN2012061833).

Mediante escritura número ciento veintiuno-uno, otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 25 minutos del 18 de junio del 2012, protocolicé acta número uno, de asamblea general extraordinaria de accionistas de Xigo BGMC, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Nancy María Sánchez Padilla, Notaria.—1 vez.—RP2012305302.—(IN2012061834).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se disolvió la sociedad denominada: Canales y Guido Sociedad Anónima. Domiciliada: en Filadelfia, en la que los socios tomaron los siguientes acuerdos: Disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Filadelfia, Guanacaste, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Miriam Medina Espinoza, Notaria.—1 vez.—RP2012305303.—(IN2012061835).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se reformó la junta directiva de la sociedad de plaza denominada: Romeo Inversiones Comerciales de Filadelfia Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos dos ocho cero seis dos.—Filadelfia, Guanacaste, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Cecilia Angulo Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2012305304.—(IN2012061836).

Disolución de sociedad: Franangel Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-239670. Domicilio social: San José, Desamparados, San Miguel, El Huazo, de los teléfonos públicos 50 metros este y 25 sur, casa Nº F-1. Franklin Álvarez Hernández, cédula Nº 6-0145-0779, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma; Ángela Campos Arias, cédula Nº 1-491-511, tesorera; Eduardo Campos Arias, cédula Nº 1-0871-0037, secretario y José Ángel Cascante Campos, cédula Nº 6-298-294, fiscal. Disuelven esta sociedad. Escritura Nº 212, visible al folio 97 frente del tomo uno de la notaria Bernice Espinoza Vargas, otorgada en Limón, Río Banano, a las once horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Bernice Espinoza Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012305306.—(IN2012061837).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del catorce de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad: A Day In The Paradise STC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil cuatrocientos.—Lic. Emilio Díaz Balmaceda, Notario.—1 vez.—RP2012305308.—(IN2012061838).

En mi notaría, a las 19:00 horas del 12 de junio del 2012, según escritura Nº 176, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Novedades Erya Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-064385, donde se procede a la disolución de la misma.—San José, Moravia, Los Colegios, 12 de junio del 2012.—Lic. Ana Cristina Mata Colombari, Notaria.—1 vez.—RP2012305309.—(IN2012061839).

Disolución de sociedad: F Y R Mantenimiento Sociedad Anónima cédula jurídica Nº 3-101-211897. Domicilio social: San José, Hatillo 6, Avenida Los Andes, Acero 2 sur, casa 21-600. Franklin Álvarez Hernández, cédula Nº 6-0145-0779, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Roily Ignacio Marín Meléndez, cédula Nº 1-0556-0610, tesorero. Ángela Campos Arias, cédula Nº 1-491-511, secretaria. Eduardo Campos Arias, cédula Nº 1-0871-0037, fiscal. Disuelven esta sociedad. Escritura Nº 211, visible al folio 96 vuelto del tomo uno de la notaria Bernice Espinoza Vargas, otorgada en Limón, Río Banano, a las diez horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Bernice Espinoza Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012305305.—(IN2012061840).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del quince de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Impresión Global Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y un mil cuarenta y ocho.—Lic. Emilio Díaz Balmaceda, Notario.—1 vez.—RP2012305310.—(IN2012061841).

Por escritura de las 13:30 horas del 20 de junio del 2012, el accionista de Compañía Ganadera Montes Carranza S.R.L., acuerda disolver la sociedad, fundamentado en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Gerente: Carlos Rodolfo Castro Montes.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012305311.—(IN2012061842).

Fusión de las sociedades anónimas: Los Ermitaños de la Costa S. A. y Los Bosques Cálidos del Mar S. A., permaneciendo ésta última, permanece como presidente: Warwick Douglas Lowe. Si existe algún tercero interesado o perjudicado, comunicarse al teléfono: 8888-7357 del notario.—Pérez Zeledón, 13 de junio del 2012.—Lic. Édgar Fallas Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012305312.—(IN2012061843).

Disolución de la sociedad anónima: Compañía de Inversiones y Desarrollos Las Esferas Acuáticas S. A. Si existe algún tercero interesado o perjudicado, comunicarse al teléfono: 8888-7357 del notario.—Pérez Zeledón, 13 de junio del 2012.—Lic. Édgar Fallas Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012305313.—(IN2012061844).

Ante mi notaría, comparecieron los únicos titulares de la totalidad de acciones que conforman el capital social de la sociedad: Inversiones Dadiriva Sociedad Anónima y en concordancia con lo dispuesto en el transitorio II de la Ley número nueve mil veinticuatro, manifestaron su voluntad de disolver dicha sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz número cero cero dos-dos mil doce del Registro de Personas Jurídicas.—Nicoya, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2012305314.—(IN2012061845).

En esta notaría, a las ocho horas del quince de junio del dos mil doce, en escritura número doscientos treinta y cinco, se constituye sociedad anónima denominada: Construcciones Civiles Gieda Internacional S. A.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Manuel Monge Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012305315.—(IN2012061846).

Por escritura otorgada mí, el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada: Dos Pochotes de Santa Marta Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse Dos Pochotes de Santa Marta S.R.L. Domicilio: distrito primero: Nicoya, del cantón segundo: Nicoya, de la provincia de Guanacaste, Barrio El Carmen, doscientos metros al este de los Tribunales. Capital social: cien mil colones. Representación judicial y extrajudicial a cargo de dos gerentes.—Nicoya, 20 de junio del 2012.—Msc. Jenifer Lyn Flores Stoviak, Notaria.—1 vez.—RP2012305316.—(IN2012061847).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios mediante la cual se dispone la disolución de la sociedad: Doncla S. A., a partir del diecinueve de este mes de junio del dos mil dos y para el caso de que fuere preciso, se designa como liquidador a su presidente: Claudio Montiel Amoretti, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Óscar Arias Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012305317.—(IN2012061848).

Por escritura otorgada ante este notario, a las catorce horas del trece de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que le sea asignada por la Sección Mercantil, del Registro Público, con domicilio en la provincia San José, Guadalupe, setecientos metros al sur y doscientos oeste del Colegio Madre del Divino Pastor. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Presidenta: Karla Umaña Salas.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Sergio Gamboa Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305318.—(IN2012061849).

Por acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios de Botón de Oros Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cuatro mil trescientos cincuenta y seis, protocolizado mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro-tres del tomo tercero del protocolo del suscrito notario, se acuerda disolver la sociedad tal y como lo establece el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. La sociedad no tiene actualmente ningún bien o activo, ni tiene actividades ni operaciones de ninguna naturaleza. Por ende, se prescinde del nombramiento de liquidador así como el resto de trámites de liquidación.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012305319.—(IN2012061850).

La suscrita notaria Sandra María Arce Carmona, hace constar que mediante acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Bribri Communications Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos doce mil setecientos cuarenta y cinco, celebrada a las veinte horas del siete de abril del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad dicha por acuerdo de socios.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Sandra María Arce Carmona, Notaria.—1 vez.—RP2012305320.—(IN2012061851).

Nosotros, Johnny Gerardo Chaves Darcia, cédula 6-0129-0400 y José Leonel González Rodríguez, cédula 6-0166-0125 dueños de la totalidad del capital social de Ediciones Modernas de Costa Rica S. A., acordamos la disolución de la misma a partir del 20 de junio de 2012. Presidente: Johnny Gerardo Chaves Darcia.—20 de junio de 2012.—Lic. Miguel Antonio Meza Mora, Notario.—1 vez.—RP2012305321.—(IN2012061852).

Por escritura número doscientos cincuenta y dos se liquida Cerutti Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de mayo del dos mil doce.—Lic. Luis Carlos Gómez Robleto, Notario.—1 vez.—RP2012305322.—(IN2012061853).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Building 8-2 Sociedad Anónima, en español Edificio Urbano 8-2 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 107, otorgada a las 12:10 horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012305323.—(IN2012061854).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Metropolis 9-1 Sociedad Anónima, en español Metrópoli Urbano 9-1 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 108, otorgada a las 12:10 horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012305324.—(IN2012061855).

Ante esta notaría, mediante escritura pública numero uno- doscientos catorce, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Glalourines Sociedad Anónima, en la cual mediante acuerdo de socios se acuerda la disolución de dicha sociedad. Dentro de los treinta días siguientes a esta publicación cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada. Es Todo.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Rodolfo José Quirós Campos, Notario.—1 vez.—RP2012305325.—(IN2012061856).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Unique 9-2 Sociedad Anónima, en español Único Urbano 9-2 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 109, otorgada a las 12:30 horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012305326.—(IN2012061857).

Por escritura otorgada en mi notaría, en el día de hoy, se constituyó: Motores del Risco Abierto S. A. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 4 de junio del 2012.—Manuel Ballesteros Ortega, Notario.—1 vez.—RP2012305327.—(IN2012061858).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Pavilion 10-1 Sociedad Anónima, en español Pabellón Urbano 10-1 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura número 110, otorgada a las 12:40 horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012305328.—(IN2012061859).

Ante mí, se constituyó la empresa denominada Urban Horizon 10-2 Sociedad Anónima, en español, Horizonte Urbano 10-2 Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, del Automercado Los Yoses, setenta y cinco metros sur, Edificio San Ignacio, oficina número tres, capital social cien mil colones y cuya representación judicial y extrajudicial corresponde a la presidenta de la junta directiva de forma individual. Escritura numero 111, otorgada a las 12:50 horas del 20 de junio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012305329.—(IN2012061860).

Se procede a la disolución de las compañías denominadas S y L Catering Service y Eventos Especiales Sol y Luna Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-327860, Luichipetrohue S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-432358, Permarydani S. A., con cédula de persona jurídica 3-101-452089 y Grupo Especialista de Seguridad Latinoamericana S. A., con cédula de persona jurídica 3-101-607679.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Rodrigo José Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012305330.—(IN2012061861).

La compañía denominada 3-101-461657 s. a., con cédula de persona jurídica número 3-101-461657, sobre la representación hace nuevo nombramiento de junta directiva.—San José, catorce de junio de dos mil doce.—Lic. Rodrigo Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012305331.—(IN2012061862).

El suscrito Mora Olmedo Ronald Eduardo, notario público, hago constar que en mi notaría, se protocolizó el acta de la asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Parqueos Rodol M y M Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil trescientos cuarenta y uno, mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad en Sarchí Norte, Valverde Vega, Alajuela, a las diez horas del veinte de mayo del dos mil doce.—Alajuela, Valverde Vega, veinte de junto del dos mil doce.—Lic. Ronald Eduardo Mora Olmedo, Notario.—1 vez.—RP2012305333.—(IN2012061863).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público se disolvió la empresa Fábrica de Sillas Hermanos Castro S. A. Escritura número 295 del protocolo 23.—Palmares, 20 de junio del 2012.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2012305334.—(IN2012061864).

El suscrito notario debidamente autorizado, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria Natalia S. A., cédula jurídica 3-101-178825, celebrada en su domicilio social el 16 de mayo del 2012, en la cual se modificó el pacto constitutivo cláusula número nueve.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Rafael Ángel Esquivel Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012305335.—(IN2012061865).

Mediante escritura número ciento veinte-uno, otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 18 de junio del 2012, protocolicé acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Goxi MCBG Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Nancy María Sánchez Padilla, Notaria.—1 vez.—RP2012305337.—(IN2012061866).

Por escritura pública número 182-5 del tomo 5, otorgada a las 14:00 horas del 18 de junio del 2012, se acuerda disolver por acuerdo de socios la compañía Ventana Latina S. A., cédula jurídica 3-101-516146.—San Isidro, Pérez Zeledón, 18 de junio de 2012.—Lic. Carlos Mora Granados, Notario.—1 vez.—RP2012305338.—(IN2012061867).

Por escritura pública número 170-5 del tomo 5, otorgada a las 14:00 horas del 8 de junio del 2012, se acuerda disolver por acuerdo de socios la compañía Granados Maquinarias S. A., cédula jurídica 3-101-259003.—San Isidro, Pérez Zeledón, 8 de junio de 2012.—Lic. Carlos Mora Granados, Notario.—1 vez.—RP2012305339.—(IN2012061868).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:15 horas del 16 de junio del 2012, se constituyó la sociedad Achos Villalta S. A., cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 16 de junio del 2012.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012305340.—(IN2012061869).

Mediante escritura otorgada ante este notaría, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de junio del dos mil doce, protocolicé acta número uno-dos mil doce, de asamblea general extraordinaria de accionistas de Pennck Advisors Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012305341.—(IN2012061870).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Acilegna Crugal Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y cuarta del pacto social, referentes al domicilio social y al objeto.—Ciudad Quesada, 15 de junio de 2012.—Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012305342.—(IN2012061871).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta y ocho minutos del 5 de junio del 2012, protocolicé acta número uno-dos mil doce, de asamblea general extraordinaria de accionistas de Narrow Fairway Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012305343.—(IN2012061872).

Por escritura número 84, otorgada ante esta notaría, el 18 de junio de 2012, protocolicé acta número uno de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad J A Inversiones Lizano y Fiorela S. A., en la cual se reformó las cláusulas primera, segunda y tercera y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Cartago, 18 de junio de 2012.—Lic. Marco Vinicio Mora Campos, Notario.—1 vez.—RP2012305345.—(IN2012061873).

Asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Seguridad Eco Internacional S. A., cédula tres-ciento uno-cuatro tres siete dos siete siete, celebrada en sus oficinas el cuatro de mayo del dos mil doce, en la cual la totalidad del capital social acuerda disolver la sociedad a partir del cuatro de mayo del dos mil doce. Presidente: José Pablo Esquivel Segura.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Leila Rita Calderón Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012305347.—(IN2012061874).

Ante esta notaría, se modifica la cláusula cuarta del plazo social de la sociedad Corporación Ñato de Costa Rica Sociedad Anónima. Otorgado en Heredia, al ser las dieciséis horas del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Iliana Cruz Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012305348.—(IN2012061875).

Asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Pastelería Fina S. A., cédula tres-ciento uno-uno ocho tres cinco tres dos, celebrada en sus oficinas el cuatro de mayo del dos mil doce, en la cual la totalidad del capital social acuerda divolver la sociedad a partir del cuatro de mayo del dos mil doce. Presidenta: Xinia Mata Coto.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Leila Rita Calderón Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012305349.—(IN2012061876).

Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 19 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Superlots Over Flamingo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta mil novecientos cuarenta y seis, en la que se disuelve la sociedad.—Lic. María José Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—RP2012305350.—(IN2012061877).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 12 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Corporación Anajami S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y un mil cincuenta y cuatro, en la que se disuelve la sociedad.—Lic. Alice Michelle McCoy Garnier, Notaria.—1 vez.—RP2012305351.—(IN2012061878).

El suscrito notario Lic. Carlos Alberto Zarate Sequeira, con oficina en la ciudad de Puntarenas, setenta y cinco metros al sur de palisa, hace saber que en la notaría, se está tramitando la disolución de la sociedad denominada T & E Asesores y Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-256943, para efectos que los interesados hagan valer sus derechos. Es todo.—Puntarenas, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Zarate Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2012305352.—(IN2012061879).

El suscrito notario Lic. Carlos Alberto Zarate Sequeira, con oficina en la ciudad de Puntarenas, setenta y cinco metros al sur de palisa, hace saber que en la notaría, se está tramitando la disolución de la sociedad denominada Grupo Data Nova Sociedad Anónima, cédula: 3-101-256944, para efectos que los interesados hagan valer sus derechos. Es todo.—Puntarenas, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Zarate Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2012305353.—(IN2012061880).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 18 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Edifica, Ingeniería y Proyectos de Construcción Inmobiliaria Sociedad Anónima, se acuerda unánimemente disolver la sociedad. Es todo.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012305354.—(IN2012061881).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 18 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Aplita RG Sociedad Anónima, se acuerda unánimemente disolver la sociedad. Es todo.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012305355.—(IN2012061882).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 18 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Hermanos Quesada Naranjo Sociedad Anónima, se acuerda unánimemente disolver la sociedad. Es todo.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012305356.—(IN2012061883).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 14 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Mayoreo la Joya Sociedad Anónima, se reforma cláusula segunda del domicilio. Es todo.—San José, catorce de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012305357.—(IN2012061884).

Por escritura otorgada  ante esta notaría a las 13:00 horas del 19 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Condominio el Camino a Santiago de Compostela y Alicante XXX Sociedad Anónima, se acuerda unánimemente disolver la sociedad. Es todo.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012305359.—(IN2012061885).

Por escritura otorgada  ante esta notaría a las 14:00 horas del 19 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Condominio el Camino a Santiago de Compostela y Santa Cruz XXIX Sociedad Anónima, se acuerda unánimemente disolver la sociedad. Es todo.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012305360.—(IN2012061886).

Por escritura otorgada  ante esta notaría a las 13:30 horas del 19 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Condominio el Camino a Santiago de Compostela y Asturias XXXIII Sociedad Anónima, se acuerda unánimemente disolver la sociedad. Es todo.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012305361.—(IN2012061887).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las quince horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Gauman Metalmecánico Sociedad Anónima, por medio de la cual se disuelve la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012305362.—(IN2012061888).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las dieciocho horas del dieciocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Ueta Sociedad Anónima, por medio de la cual se disuelve la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012305363.—(IN2012061889).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las doce horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Liluza Sociedad Anónima, por medio de la cual se disuelve la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012305364.—(IN2012061890).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las catorce horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Piscis y Escorpión MVA Sociedad Anónima, por medio de la cual se disuelve la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012305365.—(IN2012061891).

Mediante escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría procedí a protocolizar en forma literal acta de asamblea general extraordinaria de socios de Efeveli S. A., cédula jurídica número 3-101-560567, mediante la cual se acordó en forma unánime por los socios la disolución de dicha sociedad a partir del 23 de abril de 2012.—Curridabat, 20 de junio de 2012.—Lic. Omar Zúñiga Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012305366.—(IN2012061892).

Por escritura número ciento ochenta y seis de las ocho horas del veintitrés de mayo del dos mil doce, otorgada en la notaría que se dirá se constituye la empresa denominada Stipulatu Uno E.I.R.L.—Lic. José Alberto Fonseca D’Avanzo, Notario.—1 vez.—RP2012305367.—(IN2012061893).

Mediante escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, procedí a protocolizar en forma literal acta de asamblea general extraordinaria de socios de Asesores en Turismo Mundial de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-329865, mediante la cual se acordó en forma unánime por los socios la disolución de dicha sociedad a partir del 12 de abril de 2012.—Curridabat, 20 de junio de 2012.—Lic. Omar Zúñiga Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012305368.—(IN2012061894).

Mediante escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, procedí a protocolizar en forma literal acta de asamblea general extraordinaria de socios de Ervelia S. A., cédula jurídica número 3-101-558301, mediante la cual se acordó en forma unánime por los socios la disolución de dicha sociedad a partir del 20 de abril de 2012.—Curridabat, 18 de junio de 2012.—Lic. Omar Zúñiga Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012305369.—(IN2012061895).

Mediante escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría procedí a protocolizar en forma literal acta de asamblea general extraordinaria de socios de Ester JM & Vertat S. A., cédula jurídica número 3-101-457668, mediante la cual se acordó en forma unánime por los socios la disolución de dicha sociedad a partir del 11 de abril de 2012.—Curridabat, 20 de junio de 2012.—Lic. Omar Zúñiga Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012305370.—(IN2012061896).

Mediante escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría procedí a protocolizar en forma literal acta de asamblea general extraordinaria de socios de Excursiones Turísticas Nicoyanas S.A., cédula jurídica número 3-101-093779, mediante la cual se acordó en forma unánime por los socios la disolución de dicha sociedad a partir del 21 de abril de 2012.—Curridabat, 18 de junio de 2012.—Lic. Omar Zúñiga Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012305371.—(IN2012061897).

Por escritura de protocolización otorgada ante mí, se da la desinscripción de la sociedad Osadventures Sociedad de Responsabilidad Limitada.—28 de marzo de 2012.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—RP2012305373.—(IN2012061898).

Por escritura de protocolización otorgada ante mí, se da la fusión de la sociedad Antigua Dieciocho Limitada, Antigua Unit Veintiseis-E Limitada, SW Ventura Limitada, CRP Investments Limitada, absorbidas en su totalidad por la sociedad SW Capital Limitada.—20 de junio de 2012.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—RP2012305375.—(IN2012061899).

Por escritura de protocolización otorgada ante mí, se da la fusión de la sociedad Tico Investments Limitada, Tico Ventura Limitada, absorbidas en su totalidad por la sociedad GE Resources Limitada.—20 de junio de 2012.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—RP2012305376.—(IN2012061900).

Por escritura de protocolización otorgada ante mí, se da la fusión de las sociedades a) PALM BUILDERS INC SOCIEDAD ANÓNIMA, b) BRISAS DE ORO HAL SOCIEDAD ANÓNIMA, c) BRISAS DE ORO URI SOCIEDAD ANÓNIMA, d) BRISA DE ORO LEN SOCIEDAD ANÓNIMA, e) BRISA DE ORO OLI SOCIEDAD ANÓNIMA, f) BRISA DE ORO QUE SOCIEDAD ANÓNIMA, g) BRISAS DE ORO MAC SOCIEDAD ANÓNIMA, h) BRISAS DE ORO PAT SOCIEDAD ANÓNIMA, i) BRISAS DE ORO CAL SOCIEDAD ANÓNIMA, j) BRISAS DE ORO TODO SOCIEDAD ANÓNIMA, k) BRISAS DE ORO JAYSE SOCIEDAD ANÓNIMA, l) BRISAS DE ORO DEE SOCIEDAD ANÓNIMA, m) BRISAS DE ORO ANAY SOCEDAD ANÓNIMA, n) BRISAS DE ORO FANINI, SOCIEDAD ANÓNIMA ñ) BRISAS DE ORO VICKT SOCIEDAD ANÓNIMA, o) BRISAS DE ORO RONKAR SOCIEDAD ANÓNIMA, p) BRISAS DE ORO SAMAR, SOCIEDAD ANÓNIMA, q) BRISAS DE ORO Y DE ORO SOCIEDAD ANÓNIMA, r) BRISAS DE ORO NELKA, SOCIEDAD ANÓNIMA, s) BRISAS DE ORO GILSA SOCIEDAD ANÓNIMA, sean absorbidas en su totalidad por la empresa Costamerica Mercantil Sociedad Anónima.—20 de junio de 2012.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—RP2012305377.—(IN2012061901).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 10:00 horas del 20 de junio del 2012, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de cuotistas denominada Grupo R Y A Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula tercera del pacto social.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012305379.—(IN2012061902).

En mi notaría por escritura de las 08:00 horas del 20 de junio de los corrientes, se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios que modifica cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Marena Corp Llc Ltda, cédula de persona jurídica 3-102-622606.—Lic. Luis Diego Valdelomar Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2012305380.—(IN2012061903).

La sociedad denominada Desarrollos e Inversiones Inmobiliarias Soto de Poás Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta mil cuatrocientos cuarenta y tres, reforma acta constitutiva, otorgado a las catorce horas del veinte de junio del dos mil doce, ante la licenciada María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notario.—1 vez.—RP2012305381.—(IN2012061904).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del tres de mayo del dos mil doce, se constituyó la empresa Propiecorreos Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia Cartago, cantón Cartago, distrito Oriental, capital social novecientos mil colones. Presidente, secretario y tesorero son apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Ronny Quirós Astorga, Notario.—1 vez.—RP2012305382.—(IN2012061905).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del trece de junio del dos mil doce, se constituyó la empresa Decolives Ink Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia Cartago, cantón Cartago, distrito Occidental, capital social diez mil colones, Presidente y vicepresidente son apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Robert Coto Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012305383.—(IN2012061906).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta de la empresa Gráfica Jomlo de Costa Rica Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula octava. La sociedad será administrada por presidente, secretario y tesorero y sus representantes serán el presidente y secretario en forma conjunta en calidad de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Robert Coto Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012305384.—(IN2012061907).

De conformidad con el artículo 207, siguientes y concordantes del Código de Comercio, se comunica que en asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Reyes y Jiménez Orotinenses S.R.L., cédula jurídica número: tres-ciento dos-doscientos treinta y un mil seiscientos cuarenta y cinco, celebrada a las nueve horas del dieciséis de junio del dos mil doce, en su domicilio social, acuerdo segundo se acordó por los asambleístas, en forma unánime aprobar la disolución de la sociedad, para lo cual se procederá de conformidad con el numeral doscientos uno y siguientes del Código de Comercio. Toda vez que la sociedad está inactiva no tiene activos ni pasivos por lo que se omite el nombramiento de un liquidador. Disolución que se acuerda para los efectos del transitorio segundo de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas. Mayela Jiménez Vega, gerente.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. José Rodolfo Estrada Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012305386.—(IN2012061908).

Por escritura ciento cuarenta y cuatro-uno, otorgada a las once horas del veinte de junio del dos mil doce ante el notario Zentis Uhrig Martínez; por no existir activos o pasivos los señores José Guillermo Brenes Fonseca, José Javier Brenes Echeverría y Emmanuel Brenes Echeverría, disuelven la sociedad Agrícola Pacifico Seco S. A.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Zentis Uhrig Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012305388.—(IN2012061909).

Por escritura ciento cuarenta y tres-uno, otorgada a las nueve horas del diecinueve de junio del dos mil doce ante el notario Zentis Uhrig Martínez; por no existir activos o pasivos, la señora Larissa Montes Vargas disuelve las sociedades Robinbird Investments S. A. y Big Basin S. A.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Zentis Uhrig Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012305389.—(IN2012061910).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del 5 de junio del 2012, protocolicé acta número uno-dos mil doce de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ischia Matapalo Properties Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Gustavo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012305391.—(IN2012061911).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas cincuenta y cinco minutos del cinco de junio, de las once horas del diez de mayo del 2012, protocolicé acta número uno-dos mil doce de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tiger on the Fairway Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012305592.—(IN2012061912).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas cincuenta minutos del 5 de junio del 2012, protocolicé acta número uno-dos mil doce de asamblea general extraordinaria de accionistas de Superior Golf Investments Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012305593.—(IN2012061913).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas treinta minutos del 7 de junio del 2012, protocolicé acta número uno-dos mil doce de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Ce & Maga Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012305394.—(IN2012061914).

Por escritura otorgada en San José, a las trece horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Compañía e Inversiones Nisi AVQM S. A.; mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Por no haber pasivos ni activos que distribuir no se nombra liquidador.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Natalia Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012305395.—(IN2012061915).

Por escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Sinergia Bonilla & Jiménez S. A.; mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Por no haber pasivos ni activos que distribuir no se nombra liquidador.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Natalia Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012305397.—(IN2012061916).

He protocolizado acta de la sociedad Multitécnica Educativa Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y nueve mil quinientos seis, en la que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. Ana Victoria Kinderson Roldan, Notaria.—1 vez.—RP2012305398.—(IN2012061917).

Al ser las quince horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó ante esta notaría acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Depósito de Maderas y Ferretería el Guanacasteco EMR Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—RP2012305399.—(IN2012061918).

Al ser las ocho horas del siete de junio del dos mil doce, se protocolizó ante esta notaría acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Operadora de Pensiones Complementarias CCSS S. A., mediarte la cual se modifica cláusulas quinta y sétima.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic.. Ivannia Esquivel Carillo, Notaria.—1 vez.—RP2012305400.—(IN2012061919).

Por escritura número cuatrocientos veintiuno-cuatro de las diez horas del 20 de mayo del 2012, se disuelve y liquida la sociedad Mey de San Carlos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta mil trescientos setenta y cuatro. Se comunica a los interesados por el plazo de treinta días a partir de su publicación para oposiciones.—Lic. Martha Eugenia Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012305401.—(IN2012061920).

Por escritura número sesenta, iniciada al folio cuarenta y siete del tomo número tres de mi protocolo, otorgada a las once horas del ocho de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad denominada Cave G.V.C S. A.—Alajuela, 21 de junio del 2012.—Lic. Juan De Dios Murillo Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012305402.—(IN2012061921).

Hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de La Lomita de Doña Tere Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Mario Alberto Ortiz Mazza, Notario.—1 vez.—RP2012305403.—(IN2012061922).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas y treinta minutos del cinco de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Plaza de Cort Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta: del plazo social, se realizaron nuevos nombramientos, así como se ratifico mismos nombramientos.—San José, 5 de junio del 2012.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2012305404.—(IN2012061923).

Administración y Supervisión de Proyectos Viales Asuprovi Sociedad Anónima, solicita su disolución definitiva. Solicitud realizada ante notario público a las trece horas del siete de junio del dos mil doce. Protocoliza el notario Lic. William Quiel Rivera.—Lic. William Quiel Rivera, Notario.—1 vez.—RP2012305405.—(IN2012061924).

Maritza Gutiérrez Vindas, cédula de identidad número cuatro-cero ciento treinta y cinco-cero cuatrocientos noventa y dos, como apoderada generalísima sin límite de suma, anuncian la disolución de la sociedad A.S.E Motores Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veinte cinco mil novecientos ochenta y uno.—San Isidro de Heredia, veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012305406.—(IN2012061925).

Mediante escritura número 52, visible a folio 73 frente del tomo 8 otorgada a las 8:00 horas del 20 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea de socios de Lualvac S. A., cédula jurídica número: 3-101-561233; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012305407.—(IN2012061926).

Por escritura autorizada en San José, a las 09:00 horas de hoy, por el suscrito notario, se protocolizó acta de la sociedad de Cartago D L O Asesorías en Mantenimiento S. A., por lo que se disuelve.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Luis Alberto Sáenz Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012305408.—(IN2012061927).

NOTIFICACIONES

COMERCIO EXTERIOR

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

“Ministerio de Comercio Exterior: Que en virtud de que no fue posible localizar la citada empresa en la dirección consignada en el expediente administrativo, tal y como consta en las Actas de Notificación de las catorce horas, doce minutos, ambas, del día dieciocho de enero del año dos mil diez, con fundamento en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar a la empresa por este medio el siguiente acto:

Acuerdo-072-2012 Hilos de Norteamérica S. A.”

ACUERDO Nº 072-2012

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18 y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

1º—Que la empresa Hilos de Norteamérica S. A. con cédula jurídica número 3-101-155525, representada por el señor Rafael Enrique Cañas Coto, es beneficiaria del Régimen de Zona Franca, el cual le fue otorgado mediante Acuerdo Ejecutivo N° 15-95 de fecha 13 de febrero de 1995, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 59 del 23 de marzo de 1995, al amparo de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas.

2º—Que de conformidad con los oficios G.A.F. 106-09 de 12 de mayo de 2009 y G.A.F. 280-09 de 22 de julio de 2009 remitidos por la Instancia Interna de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica al Despacho del Ministro de Comercio Exterior, se le inició un procedimiento administrativo a la empresa Hilos de Norteamérica S. A., el cual fue dispuesto mediante resolución DMR-00100-09 de las once horas del 5 de setiembre de 2009.

3º—Que en la tramitación del procedimiento referido en el considerando anterior, quedó debidamente acreditado que la empresa beneficiaria incurrió en una serie de incumplimientos a las disposiciones legales y reglamentarias que la rigen al amparo del Régimen de Zonas Francas.

4º—Que el Ministerio de Comercio Exterior mediante la resolución DMR-00072-11 de las doce horas del 3 de octubre de 2011, resolvió revocar en todos sus extremos y sin ninguna responsabilidad para el Estado, el Régimen de Zonas Francas a la empresa Hilos de Norteamérica S. A., con fundamento en los artículos 19 inciso g); y 32 inciso f) de la Ley del Régimen de Zonas Francas y el artículo 62 inciso g); y artículo 39 del Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008.

5º—Que se ha cumplido con los procedimientos de Ley. Por tanto,

ACUERDAN

Artículo 1º—Revocar, sin responsabilidad alguna para el Estado, el Régimen de Zona Franca otorgado a la empresa Hilos de Norteamérica S. A. con cédula jurídica número 3-101-155525.

Artículo 2º—Otorgar a la empresa Hilos de Norteamérica S. A., el plazo de quince días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, para que proceda con la liquidación de sus operaciones dentro del Régimen de Zonas Francas. En el momento que la empresa demuestre que ha cumplido con la obligación aquí establecida, PROCOMER le devolverá el depósito de garantía, una vez realizados los descuentos correspondientes, en el caso de que proceda, de conformidad con el artículo 4 inciso h) de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas.

Artículo 3º—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los cinco días del mes de marzo del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Comercio Exterior, Anabel González Campabadal.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32181.—C-93060.—(IN2012059236).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, comunica que en cumplimiento de lo comunicado por la Contraloría General de la República por medio del oficio Nº DJ-0591-2012 de fecha 12 de junio de 2012 y de conformidad con lo que al efecto norma la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública; el ente Contralor ha finalizado el procedimiento administrativo tramitado en la División Jurídica bajo el expediente Nº DJ-17-2012 contra el señor Carlos Alberto Herrera Aguilar, cédula 6-239-434, Gerente Supernumerario del Banco Nacional de Costa Rica, por la presentación en forma extemporánea de la declaración jurada de bienes anual correspondiente al año 2011. En dicho procedimiento, por resolución PA-33-2012 de las 9:00 horas del día 23 de abril del 2012, emitido por la Contraloría General de la República-División Jurídica, se ha dictado acto final y en lo conducente dice: “...Resultando. I.-... II.-.., III.-... IV.- Que en este procedimiento se han observado las prescripciones de ley. Considerando. I.- Hechos probados: (...) II.- Hechos no probados: No existen hechos no probados de interés para el presente asunto. III.- Sobre el fondo del asunto: A) Sobre los cargos imputados: (...) B) Sobre los alegatos de descargo del señor Herrera Aguilar: (...) C) Sobre la responsabilidad del investigado: (...) D) Sobre la proporcionalidad de la sanción: (...) constituye un atenuante que debe ser considerado para determinar la sanción a aplicar, por lo que de acuerdo con el principio de razonabilidad y proporcionalidad se recomienda en forma vinculante imponer al señor Carlos Alberto Herrera Aguilar, Gerente Supernumerario del Banco Nacional de Costa Rica (...) la sanción de amonestación escrita pública en La Gaceta que aplica a atrasos en la entrega de declaración jurada que van de 16 días a 25 días tal y como lo establece el supracitado inciso b) del artículo 39 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Por tanto: Con fundamento en los hechos probados y las razones de derecho antes expuestas (...) se resuelve: Declarar al señor Carlos Alberto Herrera Aguilar (...) responsable administrativamente en grado de culpa grave, razón por la cual se recomienda en forma vinculante sancionarlo con una sanción de amonestación escrita publicada en La Gaceta. 2) Anotar esta sanción en el Registro de Sanciones de este órgano contralor (...), de conformidad con el inciso a) del artículo 39 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. (...) Notifíquese. ...” Publíquese. BNCR. Doctor. Fernando Naranjo Villalobos, Gerente General.

La Uruca, 20 de junio del 2012.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 511099.—Solicitud Nº 5816.—C-49840.—(IN2012061566).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Distribuidora Mozee S.A., número patronal 2-03101179181-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios Financieros de la Dirección de Inspección ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa indica: la Subárea de Servicios Financieros, conforme lo dispone el artículo 10 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido y subdeclarado salarios ante la Caja de ochenta y seis trabajadores, en el periodo comprendido entre febrero 2002 y enero 2011. El detalle del periodo y salarios omitidos constan en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo. Total de salarios ¢27.014.488,62; Total de Cuotas Obreras y Patronales ¢5.958.910,00; Banco Popular Obrero ¢270.151,00; Fondo de Capitalización Laboral ¢810.442,00; Fondo Pensión Complementaria ¢135.072,00; Aporte Patronal Banco Popular  ¢67.541,00; Cuota Instituto Nacional de Seguros (LPT) ¢270.117,00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para recibir notificaciones, en caso de señalar lugar este debe estar dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Consulta expediente: en esta oficina situada segundo piso Edificio Da Vinci, avenida 4º, calles 7 telefax 2522-3030, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—San José, 9 de mayo del 2012.—Dirección de Inspección.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa Subárea de Servicios Financieros.—1 vez.—(IN2012061486).

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Maga Desarrollos Inmobiliarios, cédula jurídica número 3101381101, número patronal 2-03101381101-001-001 y número patronal anterior 293,236-002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, de la Caja Costarricense de Seguro Social (Caja), se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios Financieros de la Caja, ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa dice: “La Subárea de Servicios Financieros, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, hace de su conocimiento, que como resultado de la investigación realizada por esta dependencia, se observaron presuntos incumplimientos en las obligaciones para con la Caja, a saber: Omisión de los salarios devengados por Javier Ignacio González, con número de asegurado 18517556, por el mes de enero 2008. El detalle del mes y salario omitido consta en la hoja de trabajo que rola en el expediente administrativo. Total de salarios ¢115,000.00, Total de cuotas obreras y patronales ¢25,301.00, Banco Popular Obrero. ¢1,150.00, Fondo de Capitalización Laboral ¢3,450.00, Fondo Pensión Complementaria ¢575.00, Aporte Patronal Banco Popular ¢288.00, INS ¢1,150.00. Consulta expediente: en esta oficina, sita segundo piso edificio Da Vinci, Av. 4, C-7 teléfono 2522-3028 o 2522-3030, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución. Notifíquese.—San José, 23 de mayo del 2012.—Subárea de Servicios Financieros.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012061491).

Por ignorarse el domicilio actual del patrono Inoa Pilier Julia, número patronal 0-0800850660-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios Financieros de la Dirección de Inspección ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa indica: La Subárea de Servicios Financieros, conforme lo dispone el artículo 10 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber subdeclarado salarios ante la Caja de la trabajadora Diana Cambronero Solís, asegurada número 0-112660541, en el periodo comprendido entre agosto y octubre 2009. El detalle del periodo y salarios omitidos constan en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo. Total de salarios ¢858.260,00; Total de Cuotas Obreras y Patronales ¢188.819,00; Banco Popular Obrero ¢8.582,00; Fondo de Capitalización Laboral ¢25.749,00; Fondo Pensión Complementaria ¢4.292,00; Aporte Patronal Banco Popular ¢2.145,00; Cuota Instituto Nacional de Seguros (LPT) ¢8.582,00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para recibir notificaciones, en caso de señalar lugar este debe estar dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Consulta expediente: en esta oficina situada segundo piso Edificio Da Vinci, avenida 4º, calles 7 telefax 2522 3030, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—San José, 17 de mayo del 2012.—Dirección de Inspección.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa, Subárea de Servicios Financieros.—1 vez.—(IN2012061493).

Por ignorarse el domicilio actual del Patrono Servicios Corpal S. A, número patronal 2-03101253561-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios Financieros del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar, ante la Caja a 1 trabajador en el período de junio del 2008. El detalle de periodos y salarios omitidos consta en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo. Total de Salarios ¢30.000,00, Total de Cuotas ¢6.602,00, Banco Popular Obrero ¢300,00, Fondo Capitalización Laboral ¢900,00, Fondo Pensión Complementaria ¢150,00, Aporte Patronal Banco Popular ¢76,00, Instituto Nacional de Seguros ¢300,00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del sexto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Si lo señalado fuese un medio, no aplica la restricción relativa al perímetro administrativo de la Caja. Consulta expediente: en esta oficina situada en el segundo piso de edificio Da Vinci, avenida 4a, calle 7 teléfono 2522-3030, fax 2258-5770, se encuentran a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San José, 14 de mayo del 2012.—Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa Subárea de Servicios Financieros.—1 vez.—(IN2012061496).

Por ignorarse el domicilio actual del Patrono Orica Centroamérica S.A., número patronal 2-03101187389-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios Financieros del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar, ante la Caja a 1 trabajador en el período de mayo del 2008. El detalle de periodos y salarios omitidos consta en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo Total de Salarios ¢466.667,00, Total de Cuotas ¢102.668,00, Banco Popular Obrero ¢4.667,00, Fondo Capitalización Laboral ¢14.000,00, Fondo Pensión Complementaria ¢2.333,00, Aporte Patronal Banco Popular ¢1.157,00 e Instituto Nacional de Seguros ¢4.667,00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del sexto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Si lo señalado fuese un medio, no aplica la restricción relativa al perímetro administrativo de la Caja. Consulta expediente: en esta oficina situada en el segundo piso de edificio Da Vinci, avenida 4ª, calle 7 teléfono 2522-3030, fax 2258-5770, se encuentran a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San José, 14 de mayo del 2012.—Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa Subárea de Servicios Financieros.—1 vez.—(IN2012061498).

Por ignorarse el domicilio actual del Patrono Orus Multisecurity Service S. A., número patronal 2-03101440858-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios Financieros del Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar, ante la Caja a 1 trabajador en el período de enero del 2008. El detalle de periodos y salarios omitidos consta en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo. Total de Salarios ¢180.000,00, Total de Cuotas ¢39.600,00, Banco Popular Obrero ¢1.800,00, Fondo Capitalización Laboral ¢5.400,00, Fondo Pensión Complementaria ¢900,00, Aporte Patronal Banco Popular ¢450,00, Instituto Nacional de Seguros ¢1.800,00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del sexto día de su publicación, para ofrecer las pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de San José, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Si lo señalado fuese un medio, no aplica la restricción relativa al perímetro administrativo de la Caja. Consulta expediente: en esta oficina situada en el segundo piso de edificio Da Vinci, avenida 4ª, calle 7 teléfono 2522-3030, fax 2258-5770, se encuentran a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Notifíquese.—San José, 14 de mayo del 2012.—Área de Aseguramiento y Fiscalización de Servicios.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa Subárea de Servicios Financieros.—1 vez.—(IN2012061499).

Por ignorarse el domicilio actual del patrono J.A. Comando Élite Veinticuatro Horas S. A, número patronal 2-03101450795-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del citado Reglamento, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios Financieros de la Dirección de Inspección ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa indica: La Subárea de Servicios Financieros, conforme lo dispone el artículo 10 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, hace de su conocimiento, que como resultado del estudio iniciado por esta dependencia, se determinó presunto incumplimiento patronal por haber omitido asegurar al señor Isaac Pereira Araya, cédula de identidad 9 074 976, en el periodo comprendido del 3 de junio al 10 de agosto del 2009. El detalle de periodo y salario omitido consta en las hojas de trabajo que rolan en el expediente administrativo. Total de salarios ¢494,134.00, Total de Cuotas Obreras y Patronales ¢108,712.00, Banco Popular Obrero ¢4,942.00, Fondo de Capitalización Laboral ¢14,824.00, Fondo Pensión Complementaria ¢2,470.00, Aporte Patronal Banco Popular ¢1,236.00, Cuota Instituto Nacional de Seguros (LPT) ¢4,942.00. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para recibir notificaciones, en caso de señalar lugar este debe estar dentro del perímetro administrativo de San José. De no indicarlos, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Si lo señalado fuese un medio, no aplica la restricción relativa al perímetro administrativo de la Caja. Consulta expediente: en esta oficina situada segundo piso Edificio Da Vinci, avenida 4°, calles 7 telefax 2522 3030, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la ley. Notifíquese.—San José, 5 de junio del 2012.—Dirección de Inspección.—Lic. Mayela Azofeifa Castro, Jefa, Subárea de Servicios Financieros.—1 vez.—(IN2012061502).

Por ignorarse el domicilio actual del señor Yuan Min Tai Liao, cédula de identidad 8-073-101, apoderado de la sociedad TLG Tecnologies S. A., número patronal 2-03101285088-001-001, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Servicios de Transporte de la Dirección de Inspección, de la Caja Costarricense de Seguro Social, en adelante Caja, ha dictado el Traslado de Cargos, que en lo que interesa indica: La Subárea de Servicios de Transportes, conforme lo dispone el artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Asegurados ante la Caja, se permite hacer de su conocimiento la presunta aplicación del artículo 51 de la Ley Constitutiva de la Caja, por cuanto de la investigación realizada, se presume la existencia de una unidad económica, según el ligamen entre las empresas: Salduba S. A., número patronal 2-03101336848-001-001, TLG Tecnologies S. A., número patronal 2-03101285088-001-001 y TCH Promotores S. A., cédula jurídica 3-101-254556. Consulta expediente: El expediente administrativo se encuentra a su disposición, para los efectos que dispone la Ley, en la Dirección de Inspección, Subárea de Servicios de Transporte, de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el 2° piso del edificio Da Vinci, avenida 4, calle 7, teléfono 2522-3029, fax 2258-5770. Se confiere un plazo de diez días hábiles, contados a partir del quinto día de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas, contadas a partir de la fecha de la resolución. Notifíquese.—San José, 4 de junio del 2012.—Dirección de Inspección.—Lic. Efraín Artavia Sánchez, Jefe, Subárea Servicios de Transporte.—1 vez.—(IN2012061503).

FE DE ERRATAS

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

En La Gaceta Nº 120 del jueves 21 de junio del 2012, en la página 2, en el Acuerdo Nº 016-MEIC, se publicó lo siguiente:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad al siguiente funcionario:

Cédula                                Nombre                     Clase de puesto           Puesto Nº             Rige

1-1-882                     Harry A. Campos       Oficinista de Servicio          078827         01-04-2012

                                    Granados                     Civil 2

Artículo 2º—Cesar por pensión al siguiente funcionario:

Cédula                                Nombre                     Clase de puesto           Puesto Nº             Rige

1-1-01                       Ulises F. Picado        Conductor de Servicio        028372         16-03-2012

                                    Rodríguez                   Civil 1

Debe leerse:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad al siguiente funcionario:

Cédula                                Nombre                     Clase de puesto           Puesto Nº             Rige

02-0582-0882        Harry A. Campos       Oficinista de Servicio          078827         01-04-2012

                                    Granados                     Civil 2

Artículo 2º—Cesar por pensión al siguiente funcionario:

Cédula                                Nombre                     Clase de puesto           Puesto Nº             Rige

01-0451-0001        Ulises F. Picado        Conductor de Servicio        028372         16-03-2012

                                    Rodríguez                   Civil 1

Todo lo demás permanece invariable.

La Uruca, San José, julio del 2012.—Jorge Vargas Espinoza, Director General de la Imprenta Nacional.—1 vez.—Exento.—(IN2012070697).