LA GACETA Nº 133 DEL 10 DE JULIO DEL 2012

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

HACIENDA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

PODER JUDICIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE OSA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

COMERCIO EXTERIOR

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° MOPT-123

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la “Ley General de la Administración Pública”, Ley Nº 6227 y en la “Ley N° 8790 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República”, para el ejercicio económico del año 2012 y el Reglamento de Gastos de Viaje de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM) y la Autoridad Marítima Portuaria de El Salvador, realizarán la “XXXIV Reunión Portuaria del Istmo Centroamericano, REPICA”, en la ciudad de Sonsonate, El Salvador, del 26 al 29 de junio del 2012, a la cual este Ministerio fue invitado a participar.

2º—Que el Ing. Fabricio Mora Vargas, ha sido designado para participar en dicha reunión, en su carácter de funcionario de la División Marítimo Portuaria de este Ministerio. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al Ing. Fabricio Mora Vargas, cédula de identidad Nº 1-1054-0424, funcionario de la División Marítima Portuaria del MOPT, para que participe en la “XXXIV (34va) Reunión Portuaria del Istmo Centroamericano, REPICA”, organizada por COCATRAM y la Autoridad Marítima Portuaria de El Salvador, a realizarse en la ciudad de Sonsonate, del 26 al 29 de junio del 2012.

Artículo 2º—El MOPT le girará por concepto de viáticos en el exterior la suma de $914.40 con cargo a la subpartida 1.05.04 del Programa 328, Actividad 01. Adicionalmente se le cubrirán los gastos por concepto de impuestos por uso de terminal aérea en Costa Rica, por un monto de $28, taxi aeropuerto-hotel-aeropuerto $30, taxi residencia–aeropuerto-residencia por $30, todo con cargo a la subpartida 1.05.04 Programa 328 Actividad 01 y por concepto de transporte en el exterior, la suma de $491 con cargo a la subpartida 1.05.03, Actividad 01, todos del Programa Presupuestario 328 Puertos y Regulación Marítima de la División Marítimo Portuaria.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del citado funcionario para participar en las actividades indicadas en el Artículo 1°, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 25 de junio del 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los 7 días del mes de junio del 2012.

Luis Llach Cordero, Ministro de Obras Públicas y Transportes a. í.—1 vez.—O. C. Nº 14712.—Solicitud Nº 34567.—C-21150.—(IN2012064582).

N° MOPT-137

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la “Ley General de la Administración Pública”, Ley Nº 6227 y en la Ley de Presupuesto N° 9019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 244, Alcance N° 106, de fecha 20 de diciembre del 2011, para el ejercicio económico del año 2012 y el Reglamento de Gastos de Viaje de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), ha planificado realizar la XIX Reunión de la Red Operativa de Cooperación Regional de Autoridades Marítimas de Centroamérica y República Dominicana (ROCRAM-CA), a celebrarse en la República de Panamá.

2º—Que en el marco de cooperación técnica que existe entre Costa Rica y la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo, se han invitado al licenciado Luis Fernando Coronado Salazar, Director General de la División Marítima Portuaria y al ingeniero Jorge Eduardo Hernández Chavarría, Director de la Dirección de Navegación y Seguridad de la División Marítima Portuaria.

3º—Que para Costa Rica reviste de mucha importancia la participación de los funcionarios Coronado Salazar y Hernández Chavarría, para la toma de decisiones. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al licenciado Luis Fernando Coronado Salazar, portador de la cédula de identidad N° 5-172-409, Director General de la División Marítima Portuaria y al ingeniero Jorge E. Hernández Chavarría, portador de la cédula de identidad N° 1-527-192, Director de la Dirección de Navegación y Seguridad de la División Marítima Portuaria, para que participen en la XIX Reunión de la Red Operativa de Cooperación Regional de Autoridades Marítimas de Centroamérica y República Dominicana, del 4 al 7 de julio del 2012, a realizarse en la República de Panamá.

Artículo 2º—Los gastos de transporte aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM).

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del licenciado Luis F. Coronado Salazar y del ingeniero Jorge E. Hernández Chavarría, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 4 al 7 de julio del 2012.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los 20 días del mes de junio del 2012.

Luis Llach Cordero, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº 14712.—Solicitud Nº 34567.—C-21150.—(IN2012064583).

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Nº MCJ/048/2012

EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28, inciso 1 de la Ley Nº 6227 “Ley General de Administración Pública”, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en el artículo 2º, inciso 4 de la Ley Nº 7411 “Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio”, del 25 de mayo de 1994; el artículo 9º de la Directriz Nº 7 del 29 de noviembre de 1991; el artículo 7º, inciso C de la Ley Nº 8316 “Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional”, del 26 de setiembre de 2002 y el artículo 40 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil.

Considerando:

1º—Que el funcionario Ricardo Vargas González ha sido invitado a participar como invitado en los Cursos de Prácticas Orquestales organizados por el Ayuntamiento de Sevilla y el Curso Nacional de Música de Guillena.

2º—Que su participación en el evento es de importancia para este Ministerio, porque representa una oportunidad para promover y divulgar la cultura costarricense

3º—Que su participación en el evento, responde a las funciones que realiza como Director de la Banda de Conciertos de Cartago. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Ricardo Vargas González, cédula Nº 104720679, para que participe en los Cursos de Prácticas Orquestales organizados por el Ayuntamiento de Sevilla y el Curso Nacional de Música de Guillena, que se realizarán en Sevilla, España, del 11 al 14 de junio de 2012. Cabe señalar que el señor Vargas González por asuntos de itinerario debe salir del país el 09 de junio y regresar el 15 de junio de 2012.

Artículo 2º—Los gastos de transporte internacional, serán cubiertos por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.03-Transporte en el Exterior, por un monto de ¢963.666,00 (novecientos sesenta y tres mil seiscientos sesenta y seis colones exactos), equivalentes a $1.800,00 (mil ochocientos dólares exactos); los gastos de hospedaje y la alimentación serán cubiertos por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.04-Viáticos en el Exterior, por un monto de ¢928.545,73 (novecientos veintiocho mil quinientos cuarenta y cinco colones con setenta y tres céntimos), equivalentes a $1.734,00 (mil setecientos treinta y cuatro dólares con cuarenta centavos).

Artículo 3º—Que del 9 al 15 de junio de 2012, en que se autoriza la participación del señor Vargas González en el evento, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 9 al 15 de junio de 2012.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 22 días del mes de mayo de 2012.

Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 14669.—Solicitud Nº 25422.—C-18800.—(IN2012064584).

Nº MCJ/050/2012

EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

Con fundamento en el artículo 28, inciso 1 de la Ley Nº 6227 “Ley General de Administración Pública”, del 2 de mayo de 1978, así como lo dispuesto en el artículo 2º, inciso 4 de la Ley Nº 7411 “Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio”, del 25 de mayo de 1994; el artículo 9º de la Directriz Nº 7 del 29 de noviembre de 1991; el artículo 7º, inciso C de la Ley Nº 8316 “Ley Reguladora de los Derechos de Salida del Territorio Nacional”, del 26 de setiembre de 2002 y el artículo 40 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil.

Considerando:

1º—Que el funcionario Ernesto Brenes Cordero ha sido invitado a participar en un taller denominado “El Arte de Dirigir y Ensayar con la Banda”.

2º—Que su participación en el evento es de importancia para este Ministerio, porque representa una oportunidad para promover y divulgar la cultura costarricense.

3º—Que su participación en el evento, responde a las funciones que realiza como funcionario de la Dirección General de Bandas. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Ernesto Brenes Cordero, cédula Nº 303600030, para que participe en un taller denominado “El Arte de Dirigir y Ensayar con la Banda”, que se realizarán en Austin, Texas, Estados Unidos de América, del 10 al 14 de junio de 2012. Cabe señalar que el señor Brenes Cordero por asuntos de itinerario debe salir del país el 09 de junio y regresar el 15 de junio de 2012.

Artículo 2º—Los gastos de transporte internacional, serán cubiertos por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.03-Transporte en el Exterior, por un monto de ¢428.592,00 (cuatrocientos veintiocho mil quinientos noventa y dos colones exactos), equivalentes a $800,00 (ochocientos dólares exactos); los gastos de hospedaje y la alimentación serán cubiertos por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.04-Viáticos en el Exterior, por un monto de ¢1.059.479,42 (un millón cincuenta y nueve mil cuatrocientos setenta y nueve colones con cuarenta y dos céntimos), equivalentes a $1.977,60 (mil novecientos setenta y siete dólares con sesenta centavos).

Artículo 3º—Que del 9 al 15 de junio de 2012, en que se autoriza la participación del señor Brenes Cordero en el evento, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 9 al 15 de junio de 2012.

Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los 22 días del mes de mayo de 2012.

Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 14669.—Solicitud Nº 25422.—C-18800.—(IN2012064585).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

Nº 076/2012

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en el artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, el artículo 2º de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Paz, Ley N° 6739 del 28 de abril de 1982. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8790 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2010” y los artículos 7º, 34 y 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

1º—Que la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana (SG-SICA) está convocando a reunión de subcomisiones para revisión, comentarios y estudio del documento conceptual del Proyecto Observatorio é índice de Seguridad Democrática del SICA (OBSICA) que se llevará a cabo en la Ciudad de Tegucigalpa, Honduras, del 31 de mayo al 01 de junio de presente año. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Se designa a la señorita Ana Lucía Cascante Acuña, cédula de identidad Nº 1-1371-0437, para que participe en la reunión supracitada.

Artículo 2º—Los gastos de la señorita Ana Lucía Cascante Acuña, por concepto alojamiento, tiquetes y manutención, derivados de su asistencia a la Reunión, serán asumidos por la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana (SG-SICA).

Artículo 3º—Que durante los días del 31 de mayo al 1º de junio, en que se autoriza la participación de la funcionaria Ana Lucía Cascante Acuña en la mencionada reunión, ella devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 30 de mayo y hasta el 2 de junio.

Dado en el Despacho del Ministro de Justicia y Paz a los veinticuatro días del mes de mayo del dos mil doce.

Fernando Ferraro Castro, Ministro de Justicia y Paz a. í.—1 vez.—O. C. Nº 14791.—Solicitud Nº 39822.—C-18330.—(IN2012064481).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 065-2012

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE

EN EL EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27, párrafo primero, 28, párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 209-2011 de fecha 11 de julio de 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 172 del 7 de setiembre de 2011; a la empresa Industrias Martec S.A., cédula jurídica número 3-101-050217, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documentos presentados los días 5 de diciembre de 2011, 6 y 20 de febrero, 28 de marzo, 13 y 17 de abril de 2012, en la Gerencia de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Industrias Martec S. A., solicitó la modificación de la actividad, nivel mínimo total de inversión, nivel mínimo total de empleo y su fecha de cumplimiento, así como también la autorización de dos plantas secundarias.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Industrias Martec S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 28-2012 de fecha 17 de abril de 2012, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 209-2011 de fecha 11 de julio de 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 172 del 7 de setiembre de 2011, para que en el futuro las cláusulas segunda y sexta se lean de la siguiente manera:

“2.    La actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de pescado fresco, refrigerado o congelado; filete de pescado congelado; filete de pescado relleno congelado; y huevos, larvas y alevines en laboratorio para crianza de peces.”

“6.    La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo inicial de empleo de 75 trabajadores, a más tardar el 17 de abril de 2012, así como a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 90 trabajadores, a más tardar el 29 de abril de 2014. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US $500.000,00 (quinientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), y a realizar y mantener una inversión mínima total de US $950.000,00 (novecientos cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), ambas a más tardar el 29 de abril de 2014. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de un 87,74%.

         PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.”

2º—Adicionar al Acuerdo Ejecutivo N° 209-2011 de fecha 11 de julio de 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 172 del 7 de setiembre de 2011, la cláusula décima octava, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

“18. La beneficiaria no podrá internar al amparo del Régimen de Zonas Francas, botes, lanchas, barcazas, sus repuestos y accesorios y otros bienes similares, ya que éstos no encajan dentro de la definición de vehículo automotor que contempla el numeral 20, inciso b) de la Ley Nº 7210 y sus reformas.”

3º—Autorizar a la beneficiaria, sujetas a que cumplan con los controles fiscales y aduaneros pertinentes, las siguientes dos plantas secundarias, mismas que iniciarán operaciones productivas a partir del 01 de junio de 2012:

a)  Planta secundaria ubicada en Playa Bejuco, Pilas de Canjel, cantón de Nandayure, provincia de Guanacaste, 500 metros antes de la playa, antiguo Rancho Chico.

b)  Planta secundaria ubicada en el mar frente a la costa de Quepos, cantón de Aguirre, provincia de Puntarenas, en el área ubicada en las coordenadas entre los vértices: a) Latitud 9°25’54.51”, Longitud 84°17’47.93”, b) Latitud 9°25’31.31”, Longitud 84°16’12.62”, c) Latitud 9°22’53.41”, Longitud 84°16’53.02” y d) Latitud 9°23’17.08”, Longitud 84°18’28.27”, en mar abierto en dirección sur del estero de Palo Seco, Puntarenas, perpendicular a la línea de Costa, a 6 kilómetros de la costa.

La autorización de ambas plantas secundarias queda sujeta a que la empresa cumpla con los controles fiscales y aduaneros pertinentes, y a que cuente también con todos los permisos y requisitos que sean necesarios para desarrollar la actividad de maricultura expedidos por las autoridades correspondientes.

4º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 209-2011 de fecha 11 de julio de 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 172 del 7 de setiembre de 2011.

5º—Rige a partir de su notificación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil doce.

LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Comercio Exterior a. í., Fernando Ocampo Sánchez.—1 vez.—(IN2012063402).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Resolución Nº D.M. 098-2012.—Ministerio de Cultura y Juventud.—Despacho del Ministro.—San José, a las quince horas, treinta minutos del día dieciséis de mayo del dos mil doce. Nombramiento de la señora Marianela Salgado Gómez, cédula de identidad Nº 1-518-824, como miembro de la Junta Administrativa del Museo de Arte Costarricense.

Resultando:

1º—Que la Ley Nº 6091 del 7 de octubre de 1977, publicada en el Alcance Nº 157 a La Gaceta Nº 209 del 4 de noviembre de 1977, creó el Museo de Arte Costarricense, estableciendo que estará regido por una Junta Administrativa.

Considerando:

Único.—Que el señor Carlos Segarra Restani, cédula de identidad Nº 1-858-704, miembro de la Junta Administrativa del Museo de Arte Costarricense, presentó su renuncia como integrante de ese órgano colegiado. Por tanto,

EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:

Artículo 1º—Agradecer los valiosos servicios prestados por el señor Carlos Segarra Restani, cédula de identidad Nº 1-858-704, como miembro de la Junta Administrativa del Museo de Arte Costarricense y nombrar en su lugar a la señora Marianela Salgado Gómez, cédula de identidad Nº 1-518-824.

Artículo 2º—Rige a partir del 15 de mayo del 2012 y hasta el 19 de setiembre del 2013.

Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 10814.—Solicitud Nº 48677.—C-14100.—(IN2012063667).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Resolución Nº 941-2012-MEP.—Poder Ejecutivo, a las catorce horas, un minuto del cinco de marzo de dos mil doce.

Se procede con el cierre definitivo del Centro Educativo Juan Viñas Centro Educativo Integral, a solicitud de la señora Fressy Umaña Esquivel, mayor, casada dos veces, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número nueve-ciento dos-cuatrocientos catorce, vecina de Cartago, Jiménez, La Victoria, barrio Santa Elena, en su condición de apoderada generalísima sin límite de Suma de Asociación para el Mejoramiento de la Educación Juanviñense, cédula jurídica número tres-cero cero dos-cuatro siete cero cuatro cinco cuatro, propietaria de dicho centro educativo, el cual se ubica en Cartago, Jiménez, Juan Viñas, cuatrocientos metros este de la escuela Cecilio Lindo Morales, entidad que contaba con la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación de Preescolar, mediante Resolución C.P-022-08-MEP del dos de julio de dos mil ocho, y I y II Ciclo de la Educación General Básica mediante Resolución CDP-001-06-MEP del diez de Enero de dos mil seis.

Resultando:

I.—Que mediante Resolución C.P-022-08-MEP del dos de julio de dos mil ocho, y Resolución CDP-001-06-MEP del diez de enero de dos mil seis, fue autorizado el funcionamiento del Centro Educativo Juan Viñas Centro Educativo Integral garantizando la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación en Preescolar, y I y II Ciclo de la Educación General Básica respectivamente.

II.—Que mediante escrito de fecha veintinueve de enero de dos mil diez, la señora Fressy Umaña Esquivel, de calidades citadas, en su condición de Apoderada Generalísima Sin Límite de Suma de la Asociación para el Mejoramiento de la Educación Juanviñense, manifestó el cese de labores en el Centro Educativo Juan Viñas Centro Educativo Integral, no teniendo estudiantes ni promoción para Conclusión de Estudios de la Educación General Básica, para el curso lectivo 2011. (Ver folio 121 Folder “Organización Interna Juan Viñas Centro Educativo Integral Turrialba”, del Expediente Administrativo).

III.—Que el Departamento de Centros Docentes Privados mediante oficio DECDOP-095-01-2011 de fecha dieciocho de Enero de dos mil once, remitió a la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública la solicitud para el procedimiento correspondiente de cierre definitivo, del Centro Educativo Juan Viñas Centro Educativo Integral, indicando que adjunta los libros de Actas de Certificados de Asistencia en el nivel de Preescolar Transición, libros de Actas de Graduación en el nivel de II Ciclo de la Educación General Básica, libros de Actas de Aprobados del Centro Educativo, libro de Actas de Aplazados, además de los Fólderes denominados “Documentos Legales”, “Organización Interna”, “Nomina de Estudiantes”, “Situaciones Especiales”, “Nómina de Autoridades y Docentes”, y “Visitas”. (Ver folio 115 Folder “Organización Interna Juan Viñas Centro Educativo Integral Turrialba”, del Expediente Administrativo).

Considerando:

Que la señora Fressy Umaña Esquivel, de calidades citadas, en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma, solicitó el cierre definitivo del Centro Educativo denominado Juan Viñas Centro Educativo Integral, documentación que fue revisada por la Dirección de Asuntos Jurídicos, determinándose que se realiza conforme a derecho. Consta también en el expediente administrativo iniciado al efecto, que el Departamento de Centros Docentes Privados, realizó los estudios técnicos pertinentes, determinándose que es procedente la solicitud de marras. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO

DE EDUCACIÓN PÚBLICA

con fundamento en las consideraciones y citas normativas que anteceden;

RESUELVEN:

1º—Proceder con el cierre definitivo del Centro Educativo Juan Viñas Centro Educativo Integral, ubicado en Cartago, Jiménez, Juan Viñas, cuatrocientos metros este de la escuela Cecilio Lindo Morales, perteneciente a Asociación para el Mejoramiento de la Educación Juanviñense, cédula jurídica número tres-cero cero dos-cuatro siete cero cuatro cinco cuatro, representada por la señora Fanny Umaña Esquivel, mayor, casada dos veces, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número nueve-ciento dos-cuatrocientos catorce.

2º—A partir de esta Resolución y en cumplimiento a lo solicitado por la parte, se revoca la acreditación conferida por parte del Estado Costarricense mediante Resolución del Poder Ejecutivo C.P-022-08-MEP del dos de julio de dos mil ocho, y Resolución CDP-001-06-MEP del diez de enero de dos mil seis, en la que se autorizo el funcionamiento del Centro Educativo Juan Viñas Centro Educativo Integral, garantizando la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación en Preescolar, y I y II Ciclo de la Educación General Básica respectivamente.

3º—Le corresponde al Departamento de Centros Docentes Privados custodiar toda la documentación relacionada al Centro Educativo Juan Viñas Centro Educativo Integral, de conformidad con lo que establece el Reglamento sobre Centros Docentes Privados Decreto Nº 24017-MEP.

4º—Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial La Gaceta, así como en la página Web del Ministerio de Educación Pública. Rige a partir de la publicación. Notifíquese.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 19710.—C-48410.—(IN2012063706).

Resolución Nº C.P. 2180-2011-MEP.—Poder Ejecutivo, a las catorce horas del veintitrés de setiembre del año dos mil once.

Se procede con el cierre definitivo del Sistema Educativo del Bosque Lluvioso, a solicitud del señor Carlos José Guevara Barrientos, mayor, profesor, portador de la cédula de identidad uno-cinco siete siete-nueve siete nueve, en su condición de representante legal de Losdenfrente Educativo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres ocho dos uno dos cuatro, propietaria del dicho centro educativo, el cual se ubica 200 metros oeste de la Escuela San Isidro, La Herediana de Siquirres, provincia de Limón, entidad que contaba con la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación en III Ciclo de la Educación General Básica y Educación Diversificada.

Resultando:

I.—Que mediante Resolución del Poder Ejecutivo Nº 26-C.P-05-MEP, de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de julio del año dos mil cinco, fue autorizado el funcionamiento del Sistema Educativo del Bosque Lluvioso garantizando la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación del III Ciclo de la Educación General Básica y en la Educación Diversificada. (Ver folios 29 y 30).

II.—Que mediante escrito de fecha 5 de setiembre del 2011, el señor Carlos José Guevara Barrientos, de calidades citadas, en su condición de representante legal del Sistema Educativo del Bosque Lluvioso, manifestó el cese de labores en dicho Centro Educativo, no teniendo estudiantes ni promoción para Conclusión de Estudios de la Educación General Básica ni para la conclusión de Estudios de Educación Diversificada para el curso lectivo 2011. (Ver folio 65).

III.—Que el Departamento de Centros Docentes Privados mediante oficio DECDOP-1945-09-11 de fecha 14 de setiembre del 2011, remitió a la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación Pública la solicitud para el procedimiento correspondiente de cierre definitivo, del Sistema Educativo del Bosque Lluvioso, indicando que adjunta los libros de Actas, así como la respectiva certificación de que el centro educativo no cuenta con promoción para el periodo del 2011, ni estudiantes con pruebas extraordinarias pendientes. (Ver folios 69 y 70).

Considerando:

Que el señor Carlos José Guevara Barrientos, de calidades citadas, en su condición de representante legal, solicitó el cierre definitivo del Centro Educativo denominado Sistema Educativo del Bosque Lluvioso, documentación que fue revisada por la Dirección de Asuntos Jurídicos, determinándose que se realiza conforme a derecho.

Consta también en el expediente administrativo iniciado al efecto, que el Departamento de Centros Docentes Privados, realizó los estudios técnicos pertinentes, determinándose que es procedente la solicitud de marras. Por tanto,

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO

DE EDUCACIÓN PÚBLICA,

con fundamento en las consideraciones y citas normativas que anteceden;

RESUELVEN:

1º—Proceder con el cierre definitivo del Sistema Educativo del Bosque Lluvioso, ubicado 200 metros oeste de la Escuela San Isidro, La Herediana de Siquirres, provincia de Limón, perteneciente a Losdenfrente Educativo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres ocho dos uno dos cuatro representada por el señor Carlos José Guevara Barrientos, mayor, profesor, portador de la cédula de identidad uno-cinco siete siete-nueve siete nueve.

2º—A partir de esta Resolución y en cumplimiento a lo solicitado por la parte, se revoca la acreditación conferida por parte del Estado Costarricense mediante Resolución del Poder Ejecutivo Nº 26-C.P-05-MEP, en el que se autorizo el funcionamiento del Sistema Educativo del Bosque Lluvioso garantizando la oficialización, reconocimiento, equiparación, certificación y acreditación del III Ciclo de la Educación General Básica y en la Educación Diversificada.

3º—Le corresponde al Departamento de Centros Docentes Privados custodiar toda la documentación relacionada al Sistema Educativo del Bosque Lluvioso de conformidad con lo que establece el Reglamento sobre Centros Docentes Privados Decreto Nº 24017-MEP.

4º—Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial La Gaceta, así como en la página Web del Ministerio de Educación Pública. Rige a partir de la publicación. Notifíquese.

LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Educación Pública, Leonardo Garnier Rímolo.—1 vez.—O. C. Nº 13991.—Solicitud Nº 19709.—C-41830.—(IN2012063702).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS

EDICTOS

AE-REG-E-184/2012.—El señor Randall Álvarez Cavalceta, cédula Nº 3-0223-0740, en calidad de representante legal de la compañía Agrícola Piscis S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita el cambio de nombre comercial al fertilizante Piscis Ácidos Húmicos 60, de número de registro 7021, por el nombre Humitec 60. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012062429).

AE-REG-E-183/2012.—El señor Randall Álvarez Cavalceta, cédula 3-0223-0740, en calidad de representante legal de la compañía Agrícola Piscis S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita el cambio de nombre comercial al Bioestimulante Piscis Aminoácidos, de número de registro 7022, por el nombre Humitec Aminoácidos. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012062431).

AE-REG-E-182/2012.—El señor Randall Álvarez Cavalceta, cédula Nº 3-0223-0740, en calidad de representante legal de la compañía Agrícola Piscis S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita el cambio de nombre comercial al fertilizante formulado Piscis Ácidos Húmicos 15, de número de registro 7020, por el nombre Humitec 15. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012062432).

AE-REG-E-179/2012.—El señor Óscar Garofalo Arrieta, cédula Nº 3-0144-0187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Terra Sorb Foliar, compuesto a base de Nitrógeno, Boro, Manganeso, Zinc, Aminoácidos, Materia Orgánica. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de  diez días  hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012062435).

AE-REG-E-178/2012.—El señor Óscar Garofalo Arrieta, cédula Nº 3-0144-0187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Terra Sorb PK, compuesto a base de Nitrógeno, Fósforo, Potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012062436).

AE-REG-E-180/2012.—El señor Óscar Garofalo Arrieta, cédula 3-0144-0187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Armurox, compuesto a base de Silicio, Aminoácidos. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012062439).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 28, título N° 644, emitido por el Colegio Superior de Señoritas en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Seas Gutiérrez Marjorie del Carmen. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012059684).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Informática en Redes, inscrito en el tomo 02, folio 30, asiento 19, título Nº 1390, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal, en el año dos mil cuatro, a nombre de Artavia Monge Luis Diego. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de marzo del 2012.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—RP2012305136.—(IN2012061258).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 109, título Nº 780, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Puriscal en el año dos mil cuatro, a nombre de Mesen Porras Juan Diego. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012305137.—(IN2012061259).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 32, asiento 08, Título N° 41, emitido por el Liceo de Alfaro Ruiz en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Óscar Mario Montero Morales. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Óscar Amado Montero Morales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012061361).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 09, título N° 78, emitido por el Liceo Diurno José Martí de Innovación Educativa en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Marian Jazmín Rohman Salas. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original y por corrección del nombre y apellido, cuyo nombre y apellidos correctos son: Yasmín Román Salas. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de junio del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012062639).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 122, título Nº 717, emitido por el Colegio La Asunción en el año dos mil diez, a nombre de Fallas Cedeño Luana Cecilia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de mayo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012306098.—(IN2012062786).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 119 título N° 853, emitido por el Liceo Maurilio Alvarado Vargas en el año dos mil, a nombre de Murillo Gutiérrez Tatiana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012063198).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media inscrito en el tomo 1, folio 7, título N° 369, emitido por el Colegio Bilingüe San Francisco de Asís en el año dos mil seis, a nombre de Alfaro Vargas Natalia Marcela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012063242).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Segundad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores de la Standar Fruit Company de Costa Rica, siglas SINTRASTAFCOR, acordada en asamblea celebrada el día 8 de marzo del 2012. Expediente T-147. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dicha reforma se inscribió en los libros de registro que al afecto lleva este Departamento mediante tomo 2, folio 251, asiento 4684 del 18 de junio del 2012.

La reforma afecta los artículos 1, 7, 10, 22, 25 y 46 del Estatuto.

Con la reforma al artículo 1 varió el nombre de la organización y en adelante se denominará; Sindicato Industrial de Trabajadores Agrícolas, Transporte Agrícola y Afines de Costa Rica, siglas: SINTRASTAFCOR.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Exento.—IN2012060830).

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

En sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 21 de marzo del 2012, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-699-2012, al señor Solís Barquero Guillermo, cédula de identidad 2-211-010, vecino de Puntarenas; por un monto de ciento dos mil quinientos trece colones con cero céntimos (¢102.513,00), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—(IN2012062294).

En sesión celebrada en San José, a las 10:00 horas del 15 de mayo del 2012, se acordó conceder revisión de Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-1188-2012, al señor Murillo Villegas Carlos Alberto, cédula de identidad Nº 5-114-915, vecino de Guanacaste; por un monto de ciento dos mil quinientos trece colones con cero céntimos (¢102.513,00), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—RP2012306348.—(IN2012063758).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Cambio de Nombre por Fusión Nº 78520

Que Ma. Gabriela Arroyo Vargas, cédula de identidad 1-933-536 , en calidad de apoderada especial de Poron, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre por Fusión de Poron Diffusion por el de Poron, sociedad domiciliada en 18, calle Emile Coue-10000 Troyes, Francia; presentada el día 27 de abril de 2012 bajo expediente 78520. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2001-0004530 Registro Nº 131464 CONFETTI en clase 25 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de mayo de 2012.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—1 vez.—(IN2012058756).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula 1-848-886, mayor de edad, abogado, apoderado especial de SCA Hygiene Products AB, de Suecia, solicita la patente de invención denominada PAÑUELO HIGIÉNICO O TOALLITA HÚMEDA DESECHABLE. Un pañuelo higiénico o toallita húmeda desechable que comprende un material no tejido hidráulicamente enmarañado impregnado con una composición humectante. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes edición 2011.01, es D04H 1/46, cuyo inventor es Strandqvist, Mikael. La solicitud correspondiente lleva el número 20120230, y fue presentada a las 9:24:10 del 4 de mayo de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de mayo de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012059922).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula 1-800-402, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Penagos Hermanos y Cía Ltda, de Colombia, Álvaro Ardilla Duarte, de Colombia, solicita la Patente de Invención denominada MÁQUINA DESMUCILAGINADORA, LIMPIADORA Y LAVADORA VERTICAL ASCENDENTE MULTIETAPAS DE DOBLE CANASTA PARA CAFÉ DESPULPADO. La presente invención se desarrolla en el campo de la maquinaria agrícola utilizada durante el beneficio húmedo del café y se refiere a un aparato que permite llevar a cabo los procesos de desmucilaginado, limpiado y lavado de los frutos de café previamente despulpados utilizando un bajo consumo de agua y potencia. La memoria descriptiva, reivindicaciones resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A23N 5/08, cuyos inventores son Ardilla Duarte, Álvaro, Ariza, Elías. La solicitud correspondiente lleva el número 20120249, y fue presentada a las 11:39:10 del 15 de mayo de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de mayo de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012304594.—(IN2012060037).

Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula Nº 1-833-413, en condición de apoderado de Chemplast International Corp., de Panamá, solicita la Patente de Invención denominada FUNDAS DE PLÁSTICO CON PROPIEDADES INSECTICIDAS A BASE DE UNA COMPOSICIÓN SINÉRGICA QUE CONTIENE UN COMPUESTO DE INSECTICIDA DE ACCIÓN SISTÉMICA NEONICOTINOIDE Y DE UN INSECTICIDA DE CONTACTO PIRETROIDE. La presente invención se refiere a una funda de plástico derivada de un concentrado de ingredientes activos de insecticidas en resina de plástico; que se puede realizar con una composición sinérgica que contiene una combinación del insecticida de acción sistémica neonicotinoide (como el imidacloprid) en una concentración de 0,2% p/p y del insecticida de contacto piretroide (como la bifentrina) en una concentración de 0,1% p/p. La funda resultante se aplica en la zona afectada de la planta, en los racimos de recién emergidos o con una bráctea abierta para ejercer la barrera química contra las plagas insectiles del banano y el plátano. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 25/22; A01N 25/34, cuyo inventor es Charles William Dawson. La solicitud correspondiente lleva el número 20120145 y fue presentada a las 13:27:00 del 26 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de mayo del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012304199.—(IN2012060041).

El señor Francisco José Guzmán Ortíz, mayor de edad, abogado, con cédula de identidad número: 1-0434-0595 vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Treefree Biomass Solutions INC, de Estados Unidos, solicita la Patente de Invención denominada “MÉTODOS PARA LA PROPAGACIÓN VEGETATIVA DE GRAMÍNEAS

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Se describe una composición fungicida que contiene una cantidad fungicidamente efectiva de un compuesto de fórmula (I-V), y por lo menos un fungicida seleccionado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes 2011.01 es A01G 7/06 cuyos inventores Carroll, John, Todd, Volotin, Norman. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0117, y fue presentada a las 14:46:08 del 12 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de mayo del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012304821.—(IN2012061257).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

El señor Federico Ureña Ferrero, céd. 1-901-453, en condición de apoderado de Sicpa Holding S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada DISPOSITIVO DE EXPULSIÓN DE ETIQUETAS.

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La invención se refiere a un dispositivo de expulsión de etiquetas, un sistema de impresión de etiquetado que comprende dicho dispositivo y un procedimiento para descartar etiquetas, en particular etiquetas autoadhesivas. La invención concierne en particular a impedir que etiquetas defectuosas se apliquen a objetos (o contenedores que contienen dichos objetos), con la mínima interrupción por parte del operario del funcionamiento de la máquina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B65C 9/18; B65C 9/40, cuyo inventor es Fefin, Christian. La solicitud correspondiente lleva el número 20120214, y fue presentada a las 14:08:20 del 26 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Jorge Castro Marín, Registrador.—(IN2012061630).

El señor Harry Wohlstein Rubinstein, céd. 1-341-287, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Genentech Inc. de E.U.A, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER USANDO ANTAGONISTAS DE NOTCH. La presente invención se refiere a métodos para el tratamiento del cáncer en general y leucemia en particular, utilizando antagonistas de Notch1 y Notch3 solos o en combinación. También se proporcionan composiciones y métodos para el tratamiento y diagnóstico de tipos de cáncer asociados a Notch. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07K 16/28, cuyo inventor es Siebel, Christian W. La solicitud correspondiente lleva el número 20120213, y fue presentada a las 14:07:11 del 26 de Abril de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de junio de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012061632).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Federico Rucavado Luque 1-839-188, en condición de apoderado de Eli Lilly and Company, de EUA, solicita la Patente de Invención denominada AGONISTAS DE MGLU2.

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La presente invención provee Agonistas de mGlu2 novedosos útiles en el tratamiento trastorno bipolar, esquizofrenia, depresión, y trastorno de ansiedad generalizada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 249/10; A61K 31/4196; A61P 25/00; cuyos inventores son Monn, James, Alien, Prieto, Lourdes, Taboada Martínez, Lorena, Montero Salgado, Carlos, Shaw, Bruce William. La solicitud correspondiente lleva el número 20120322, y fue presentada a las 13:47:10 del 13 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 15 de junio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012062485).

El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula 1-848-886, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Medicis Pharmaceutical Corporation, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada FORMULACIONES DE IMIQUIMOD DE CONCENTRACIÓN DE DOSIFICACIÓN INFERIOR Y REGÍMENES DE DOSIFICACIÓN CORTOS PARA TRATAR VERRUGAS GENITALES Y PERIANALES. Se divulgan y se describen formulaciones farmacéuticas y métodos para el suministro tópico o transdérmico de 1-isobutil-1H-imidazol [4,5-c]-quinolin-4-amina o 1-(2-metilpropil)-1H-imidazol[4,5-c]quinolin-4-amina. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A01N 43/42, cuyo(s) inventor(es) es (son) Nordisiek, Michael T, Levy, Sharon F, Lee, James H, Kulp, James H, Balaji, Kodumudi S, Meng, Tze-Chiang, Wu, Jason J, Bahm, Valyn S, Babilon, Robert. La solicitud correspondiente lleva el número 20120068, y fue presentada a las 12:00:33 del 10 de Febrero de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de junio de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012063504).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-493425, denominación: Asociación Misioneros de Fe. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 46 minutos y 59 segundos, del 11 de junio del 2012. Documento tomo: 2012, asiento: 160363.—Curridabat, 11 de junio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—(IN2012062491).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-491288, denominación: Asociación de Profesionales en Propiedad Intelectual de Costa Rica (APPI CR). Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2012, asiento: 125511.—Curridabat, 24 de mayo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2012306015.—(IN2012062784).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Mujeres en Rosa, con domicilio en la provincia de Heredia, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la ayuda mutua entre mujeres con cáncer de mama y sus familias. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderada generalísima sin límite suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Sonia Guzmán Arguedas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 97460).—Curridabat, 30 de mayo del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2012306086.—(IN2012062785).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 8204A.—Floriberta Solís Bolaños, solicita concesión de: 3 litros por segundo de la Quebrada Pinol, efectuando la captación en finca de Mauren Solís Bolaños en Guadalupe, Zarcero, Alajuela, para uso consumo humano-abrevadero y riego. Coordenadas 240.400 / 490.800 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012065835).

Exp. 15155A.—Gerardina Mora Chinchilla solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca del mismo en Santa María, Dota, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 398.400 / 469.700 hoja Vueltas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012065836).

Exp. 9485P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 4,40 litros por segundo de acuífero (sin numero), efectuando la captación en finca del mismo en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso agroindustrial. Coordenadas 142.518 / 596.669 hoja Buenos Aires. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012065969).

Exp. 6563P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 5,46 litros por segundo de acuífero (Pozo AZ-16), efectuando la captación en finca de su propiedad en Pital, San Carlos, Alajuela, para uso riego y aplicación de fertilizantes. Coordenadas 271.000 / 507.200 hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012066001).

Exp. 7297A.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 17 litros por segundo del río Calientillo Toma 1, efectuando la captación en finca de el mismo, en Cajón, Pérez Zeledón, San José, para uso agroindustrial - riego y aplicación de fertilizantes. Coordenadas 145.452 / 577.534 hoja Repunta, 18 litros por segundo del Río Calientillo toma 2, efectuando la captación en finca del mismo, en Cajón, Pérez Zeledón, San José, para uso agroindustrial-riego y aplicación de fertilizantes . Coordenadas 147.130 / 582.250 hoja San Isidro. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012066021).

Exp. 10049P.—Juan Manuel, Malavasi Montes de Oca, solicita concesión de: 0,25 litros por segundo de acuífero (Pozo AB-2069) efectuando la captación en finca del mismo en Trinidad, Moravia, San José, para uso consumo humano-doméstico y industria. Coordenadas 218.900 / 533.650 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012066025).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil – Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Exp. Nº 34486-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas del veintitrés de febrero del dos mil doce. Diligencias de ocurso presentadas por Ligia Campos Arguedas, soltera, costarricense, cédula de identidad número uno-seiscientos setenta y cuatro-novecientos ochenta y uno, vecina de Buenos Aires, Puntarenas; tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “catorce de enero de mil novecientos sesenta y seis” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—RP2012305475.—(IN2012061795).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 9187-1998.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas del trece de marzo del dos mil doce. Diligencias de ocurso presentadas por Luis Alberto Irola Solano, mayor, casado, misceláneo, costarricense, cédula de identidad número tres-doscientos uno-setecientos setenta y uno, vecino de Centro, Paraíso, Cartago; tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento del mismo es “veintiuno de julio de mil novecientos cuarenta y nueve” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2012062719).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ovelio León Oliveros, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1352-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil doce. Exp. Nº 49550-2011. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de defunción de Rosa Alvina Oliveros Urdaneta..., en el sentido que el nombre.... y el nombre del padre de la misma son “Rosalbina del Corazón de Jesús” y “Ovelio” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012062478).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Irania Janneyra Moraga Urbina, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1798-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas nueve minutos del veinticuatro de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 13258-2012. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Isaac Rodríguez Moraga, en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... son “Irania Janneyra” y “Urbina” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012062644).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Cecilia Chacón Marín, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1096-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del veintiséis de junio del dos mil nueve. Exp. Nº 12239-09. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Joseline Andrea Campos Marín..., el asiento de nacimiento de Eva Arelys Valenciano Marín..., el asiento de nacimiento de Jercenny Paola Solano Marín,... y el asiento de nacimiento de Deilyn Raquel Vega Marín..., en el sentido que los apellidos de la madre... son “Chacón Marín”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Juan Rafael Madrigal Hernández. Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012062654).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Flor de María Zeledón Espinosa, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1623-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dos minutos del catorce de mayo del dos mil doce. Expediente Nº 9401-2012. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Hixamara Sánchez Zeledón, en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Espinosa” y el asiento de nacimiento de Steven Bismark Sánchez Zeledón, en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... son “Flor de María” y “Espinosa” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012305993.—(IN2012062787).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Edward Henry Paul Birkbeck, único apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2540-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas dos minutos del catorce de octubre del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº 36453-2011. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Mary Anne Rose Birbeck Rossi...; en el sentido que el nombre y el apellido del padre... son “Edward Henry Paul Birkbeck, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012306033.—(IN2012062788).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Silvia Chaves Acuña, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1327-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas y cinco minutos del diecisiete de abril del dos mil doce. Expediente Nº 3552-2012. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Silvia Mariela Chaves Acuña...; en el sentido que el primer nombre... es “Sylvia” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012306148.—(IN2012062789).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Berta María Torres Martínez, mayor, casada, educadora, nicaragüense, cédula de residencia 155809256621, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 1896-2012.—San José, veintidós de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012062417).

Hader Roberto Sequeira Jarquín, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155811806108, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 5633-2010.—San José, treinta de enero de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012062298).

Daniel Hunter Castro, mayor, soltero, pistero, nicaragüense, cédula de residencia 155808236116, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2028-2008.—San José, 15 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez—RP2012305979.—(IN2012062790).

Mark Edward Denton Lalonde conocido como Mark Edward Denton, mayor, casado, ejecutivo, estadounidense, cédula de residencia 184000339428, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1296-2012.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez—RP2012306049.—(IN2012062791).

Héctor Aragón Lemus, mayor, casado, director, mexicano, cédula de residencia 148400017135, vecino de Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 921-2011.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez—RP2012306072.—(IN2012062792).

Claudia Mercedes Toledo Cáceres, mayor, casada, empresaria, guatemalteca, cédula de residencia 132000010128, vecina de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 6290-2010.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez—RP2012306165.—(IN2012062793).

Susana Filomena Sandigo, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, pasaporte provisional 184146, vecina de Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense, ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Ovil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1700-2012.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez—RP2012306173.—(IN2012062794).

Carlos Arturo Cruz Sandigo, mayor, divorciado, no indica oficio, nicaragüense, cédula de residencia 155809962311, vecino de Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1063-2012.—San José, veintidós de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012306175.—(IN2012062795).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES

Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-CMBYC

Licitación de convenio marco para la adquisición y leasing

equipos, software y accesorios informáticos para las

instituciones públicas que utilizan Compr@red

La Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, invita a todos los interesados a participar en la Licitación Pública “Convenio marco para la adquisición y leasing equipos, software y accesorios informáticos para las instituciones públicas que utilizan Compr@red”. El cartel electrónico estará disponible a partir de esta fecha en la página de Comprared, en la siguiente dirección: http://www.comprared.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?TRAMIDEN=2012LN-000001-CMBYC&TITUTRAM=09. Las ofertas deberán remitirse en forma electrónica a través de CompraRed, accediendo a la página antes señalada, la cual deberá estar firmada digitalmente y enviada antes de las 14:00 horas del día 31 de julio del 2012. No se recibirán ofertas en papel, o cualquier otro medio magnético. Es importante recordar que si no cuenta con el respectivo dispositivo para firmar digitalmente, debe gestionarlo en los bancos del Sistema Bancario Nacional autorizados por el Banco Central de Costa Rica, previo a la confección y envió de su oferta electrónica. La Dirección General pondrá a disposición equipo electrónico en sus instalaciones para el envío de ofertas dentro del plazo conferido para ello, previa cita con la unidad de convenio marco, correo ortegara@hacienda.go.cr o al teléfono 2539-6221.

Así mismo, el día 17 de julio a las 9:00 a.m., se realizará una reunión informativa para aclarar cualquier duda que se presente respecto a este procedimiento, en el Auditorio de la Administración Tributaria, del Ministerio de Hacienda, ubicado en el piso 3 del Outlet Mall, en San Pedro.

San José, 2 de julio del 2012.—Administración de Bienes Contratación Administrativa.—Patricia Navarro Vargas, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 14437.—Solicitud Nº 15318.—C-15040.—(IN2012070809).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

CONCURSO PÚBLICO Nº 01-2012

Contratación del inspector técnico de operaciones

para el órgano fiscalizador del contrato

de gestión interesada del Aeropuerto

Internacional Juan Santamaría

El Consejo Técnico de Aviación Civil y la Dirección General de Aviación Civil a través de la Proveeduría Institucional recibirá ofertas en sobre cerrado, hasta las 10:30 horas del día 1º de agosto del 2012.

Las bases de esta Licitación podrán ser adquiridas en la Proveeduría Institucional de la Dirección General de Aviación Civil, sita en la Uruca, San José, contiguo a la Dirección General de Migración y Extranjería, el valor de las copias lo asumirá el interesado o podrán ser adquiridas en la Secretaría de la Proveeduría Institucional por medio de dispositivo electrónico “Llave maya”.

San José, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—Lic. José Alberto Cascante Torres, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 22773.—Solicitud Nº 32479.—C-12300.—(IN2012070813).

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-0000130-00100

Confección de ponchos impermeables

con material retroreflectivo

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 1º de agosto del 2012, para la licitación de referencia.

El (los) interesado(s) tiene(n) el cartel a su disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección http://www.hacienda.go.cr. accesando el Link de Comprared de Internet a partir del día hábil siguiente a esta publicación.

Código Comprared Nº CRAV17448534282012

San José, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 0767.—Solicitud Nº 4361.—C-6580.—(IN2012071631).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000028-01

Suministro de diez mil tarjetas inteligentes (smartcard)

con su respectivo lector de tarjeta inteligente

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00 a.m.) del 24 de julio del 2012, para el “Suministro de diez mil tarjetas inteligentes (smartcard) con su respectivo lector de tarjeta inteligente”.

El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría a partir de esta publicación, la misma se encuentra situada en el edificio de la Dirección Logística de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca.

La Uruca, 24 de julio del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—O. C. Nº 511089.—Solicitud Nº 5823.—C-16940.—(IN2012070838).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000027-01

Compra de mobiliario de oficina (mesas, sillas, bibliotecas,

estaciones de trabajo y muebles especiales)

El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30) del día 27 julio del 2012, para la licitación en referencia. Las cuales deben ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales.

El cartel de la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 3 p.m.

San José, 5 de julio del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge, Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6544.—C-16940.—(IN2012071622).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-11

Contratación de varias empresas (personas jurídicas)

para fungir como contralor de proyectos para fondos

de inversión de desarrollo inmobiliario, administrados

por BCR SAFI en su etapa previa a la adquisición

BCR Sociedad Administradora de Fondos de Inversión, informa que recibirá ofertas hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.), del 1º de agosto del 2012, para la licitación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales.

El cartel para la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.

San José, 5 de julio del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S, Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6549.—C-18820.—(IN2012071625).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000013-99999

Compra de reactivos

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere adquirir los reactivos indispensables para ofrecer los laboratorios de química y biología de la UNED y cumplir con los objetivos didácticos.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 14:00 horas del 1º de agosto del 2012.

Los interesados tienen el Cartel a disposición vía Internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página Web del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros este de la Rotonda de La Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos, 2527-2610, 2253-2907 y 2224-6739.

Sabanilla, 5 de julio del 2012.—Oficina de Contratación y Suministros.—MAG. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2012071589).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000014-99999

Compra de pantallas LED de televisión

y soportes para pantallas

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), requiere adquirir las pantallas LED de televisión y sus soportes, requeridos por diferentes dependencias de la UNED, para el cumplimiento de sus tareas.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 horas del 1º de agosto del 2012.

Los interesados tienen el Cartel a disposición vía Internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página Web del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros este de la Rotonda de La Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos, 2527-2610, 2253-2907 y 2224-6739.

Sabanilla, 5 de julio del 2012.—Oficina de Contratación y Suministros.—MAG. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2012071591).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD BUENOS AIRES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-2732

Contratación del suministro de gases médicos y de uso general

para el Área de Salud Buenos Aires

El Área de Salud Buenos Aires, comunica a todos los interesados que recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 a.m. del día lunes 24 de julio del 2012, por la contratación del suministro de gases médicos y de uso general para el Área de Salud Buenos Aires. Mayor información en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social www.ccss.sa.cr.

Buenos Aires, 4 de julio del 2012.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Heiner Jiménez Cordero.—1 vez.—(IN2012071592).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000044-02

Contratación de los servicios de alimentación

para el personal del Plantel Barranca

La Dirección de Suministros de RECOPE invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000044-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 1º de agosto del 2012.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página Web de RECOPE, www.recope.com.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 13 de julio del 2012, a las 8:00 horas en la entrada principal del Plantel Barranca.

San José, 5 de julio del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 12-00014.—Solicitud Nº 39182.—C-18820.—(IN2012071617).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OSA

PROVEEDURÍA MUNICIPALIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2012LA-000013-01

Equipo y herramientas para Unidad

de Rescate Cruz Roja Palmar Norte

La Proveeduría de la Municipalidad de Osa avisa a los interesados que recibirá ofertas para el proceso de Licitación Abreviada N° 2012LA-000013-01 hasta las 13:00 horas del día 18 de julio de 2012, en la Proveeduría de este Municipio de conformidad con las condiciones solicitadas en el pliego de condiciones, el cual se encuentra a disposición de los interesados únicamente en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Osa sin ningún costo adicional.

Ciudad Cortés, 3 de julio del 2012.—MBA. Carlos Quintana Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012070711).

ADJUDICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000044-73201

Adquisición de servicios de vigilancia para la DESAF

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, avisa a los oferentes de esta licitación, que la Resolución Final de Adjudicación Nº PI-028-2012, estará visible en el sistema Comprared, específicamente en la siguiente dirección electrónica: https://www.hacienda.go.cr/comprared, a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Proveeduría.—Lic. Hazel Calderón Jiménez, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 14459.—Solicitud Nº 35866.—C-5740.—(IN2012071639).

JUSTICIA Y PAZ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000057-78300

Contrato de entrega según demanda-compra de pasta

dental para el Sistema Penitenciario Nacional

La Proveeduría Institucional informa que de acuerdo a Resolución de Adjudicación Nº 0131-2012, de las doce horas del veinte de junio del dos mil doce, se adjudica la Licitación arriba indicada de la siguiente manera:

Corporación Vado Quesada Sociedad Anónima

Cédula jurídica 3101251650

Líneas adjudicadas: 1

Solicitud Nº 2141220140

Línea

Descripción

Cantidad Solicitada

Valor Unitario Estimado ¢

1

Pasta Dental marca Famicare, con las siguientes características:

1-     Previene y combate la caries en los dientes y raíces expuestas como también la placa bacteriana y el mal aliento

2-     Fortalece y limpia los dientes.

3-     Con sabor y olor refrescante a menta.

4-     Contiene los siguientes ingredientes (agua purificada , sorbitol sol 70% ( +-5%), silica hidratada espesante, silica hidratada abrasiva, carboximetil celulosa de sodio, fluoruro de sodio, dióxido de titanio, sacarina de sodio, mentol cristalizado, propilparabeno de sodio, metilparabeno de sodio, lauril sulfato de sodio)

5-     Empaque primario de la pasta dental: Envase plástico transparente, en el cual es visible su contenido con tapa tipo rosca, el envase traerá impreso el logo de la Dirección General de Adaptación Social.

6-     Tiempo de caducidad de la pasta 13 meses, presentación de la pasta con un contenido neto de 100 ml (147,0 g)

7-     Presentación final en cajas de 150 unidades.

1 unidad

¢817,50

 

Monto unitario por adjudicar: ¢817,50 (Ochocientos diecisiete colones con 50/100)

Se les comunica a los interesados que la Resolución Nº 0131-2012, se encontrará en Comprared a partir de la fecha de publicación en La Gaceta.

San José, 5 de julio del 2012—Proveeduría.—Rolando Arturo Chinchilla Masís, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 14496.—Solicitud Nº 42889.—C-38905.—(IN2012071585).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000005-PROV

(Aviso de infructuosa)

Contratación de servicio de mantenimiento preventivo

y correctivo de la UPS del II Circuito

Judicial de San José

Se comunica a todos los interesados en los procedimientos de contratación que se dirán, que en acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial tomando en sesión 63-12 del 3 de julio del 2012, artículo VII, dispuso declarar infructuoso el indicado procedimiento.

San José, 4 de julio del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Licda. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2012070812).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRIA Y GERONTOLOGÍA

DR. RAÚL BLANCO CERVANTES

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012 LA-000003-2202

Lavado y planchado de ropa (por periodo de un año

con posibilidad de tres prórrogas y modalidad

de entrega según demanda)

Se les informa a los interesados del presente concurso que por Resolución de la Dirección Administrativa Financiera de este centro hospitalario se dicta el Acto de Adjudicación al ser las trece horas con treinta y cuatro minutos del día cuatro de julio del dos mil doce, se adjudica de la siguiente manera:

Oferente: Lavandería Lava Mas S. A.

Cédula Jurídica: 3-101-076041

Oferta Nº 1-Única

Ítems Nº: Del 1 al 11

El monto total estimado de adjudicación corresponde a ¢9.681.540,00; sin embargo, por tratarse de una licitación abreviada con modalidad de entrega según demanda prevalecen los precios unitarios y el tope de adjudicación indicado en el expediente.

En caso de dudas, el expediente se encuentra a su disposición en la Subárea de Contratación Administrativa para cualquier consulta, al cual pueden tener acceso de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m.d.

San José, 4 de julio del 2012.—Área Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. José Vargas Zúñiga, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012070863).

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000025-2104

Adquisición de equipo descartable para Aferesis

Empresa Adjudicada: TRI D M S. A.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 4 de junio del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012071628).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000023-2104

Adquisición de placas radiográficas para impresora Kodak,

modelo Dry View 8150

Empresa adjudicada: Rafgsi de Costa Rica S. A.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 4 de julio del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012071629).

AVISOS

RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.

CONCURSO DE ADQUISICIÓN

Nº 2012PP-000041-DGCMRACSA

Construcción de 300 kilómetros Red de Fibra

Óptica Propiedad de RACSA

Radiográfica Costarricense S. A., se permite comunicar a los interesados en la Adquisición arriba indicada que la misma fue adjudicada parcialmente a la empresa Produtel ESM S. A.

San José, 5 de julio del 2012.—Mba. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor Empresarial.—1 vez.—(IN2012070839).

Nº 2012PP-000040-DGCMRACSA

Adquisición de 200 kilómetros de Fibra Óptica

Radiográfica Costarricense S. A., se permite comunicar a los interesados en la Adquisición arriba indicada que la misma fue adjudicada  parcialmente  a  la empresa Maya Communications S. A.

San José, 5 de julio del 2012.—Mba. Xavier Sagot Ramírez, Proveedor Empresarial.—1 vez.—(IN2012070841).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NARANJO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-PM

Tratamiento y disposición final de los desechos

sólidos del cantón de Naranjo

La Municipalidad de Naranjo informa que el Concejo Municipal, mediante acuerdo S0-26-211-2012 de la sesión ordinaria Nº 26 del 25 de junio de 2012, adjudica la licitación arriba indicada a la empresa Manejo Integral Tecnoambiente S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cinco mil cincuenta y cuatro, por un monto total por tonelada tratada de ¢12.300,00. Por obtener el mayor puntaje de calificación según los factores de calificación especificados en las invitaciones de la contratación y cumplir con los requerimientos técnicos y legales solicitados por la Administración.

Naranjo, 4 de julio del 2012.—Proveeduría Institucional.—Lic. Yenci Solís Miranda, Asistente de Proveeduría.—1 vez.—(IN2012070701).

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-01

Adquisición de dos vagonetas para reforzar

el Equipo Municipal

El Concejo de la Municipalidad de Santa Cruz, Guanacaste, en sesión ordinaria Nº 26-2012, artículo 6, inciso 02, del 26 de junio del 2012, acuerda por unanimidad declarar desierta la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000004-01, adquisición de dos vagonetas para reforzar el Equipo Municipal.

Santa Cruz, 3 de julio del 2012.—Proveeduría.—Lic. Keylor Jaén Rosales, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012071600).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

Nº 2012LI-000005-0DE00

Diseño y construcción de tres intercambios: A) Cañas-

B) Bagaces y C) Liberia, en la Ruta Nacional

Nº 1 Carretera Interamericana Norte,

Sección: Cañas-Bagaces y Liberia

En ocasión de la licitación arriba indicada, se informa a las empresas interesadas que se fija nuevo plazo para la recepción de ofertas para las 10:00 horas del 26 de julio del 2012. En ese mismo orden, se les informa que en la página www.hacienda.go.cr/comprared se deja sin efecto las anteriores publicaciones.

Proveeduría.—MBA Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud Nº 47762.—C-7990.—(IN2012071606).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº  2012LN-000007-0DI00

Sustitución del puente sobre Quebrada Rivera, Ruta Nacional

Nº 5, Radial Tibás, Sección Tournón-San Juan

Se comunica a las empresas interesadas en la licitación en referencia, que debido a la presentación de recurso de objeción en contra del cartel de licitación, el plazo para la recepción de ofertas queda en suspenso hasta nuevo aviso.

San José, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud Nº 47761.—C-7050.—(IN2012071607).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000026-01

(Aclaraciones al Cartel Nº 1)

Remodelación Oficina BCR-Roble

Se les informa a los interesados en la licitación en referencia, que deben considerar varias aclaraciones técnicas al cartel, para la presentación de ofertas.

Para tal efecto, se les solicita retirar la información de las aclaraciones en la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso de Oficina Central, con un horario de 9:30 a.m. a 3:00 p.m.

Así mismo, se traslada la fecha para la recepción de ofertas para el día 16 de julio del 2012, a las 10:30 a.m.

Las demás condiciones se mantienen invariables.

San José, 5 de julio, 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S. Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6545.—C-15060.—(IN2012071621).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000002-01

Remodelación del Edificio Central

BCR-Ciudad Quesada

El Banco de Costa Rica, informa a los interesados en la licitación en referencia que, el cartel ha sido modificado, el CD que contiene dichas modificaciones, debe ser retirado en la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales, en el horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.

Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández M, Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6543.—C-9420.—(IN2012071624).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000036-2104

Adquisición de reactivo para polimerasa en cadena

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital México comunica a los interesados en el presente concurso, la modificación en la portada del cartel del presente concurso:

Debido que por error material se anotó:

Concurso amparado en el artículo número 44 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 97 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y 154 inciso b.

Con base en el artículo 157, de la Ley General de la Administración Pública, se subsana el error leyéndose correctamente:

Concurso amparado en el artículo número 44 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 97 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 4 de julio del 2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2012071630).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO S. A.

LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000036-02

(Prórroga Nº 2)

Suministro de Aeroenfriador

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 16 de julio del 2012, a las 10:00 horas.

San José, 5 de julio del 2012.—Dpto. Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 12-00014.—Solicitud Nº 39183.—C-7540.—(IN2012071616).

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

CONCURSO DE ADQUISICIÓN

Nº 2012PP-000015-PROV

Suministro de unidades generadores de Planta

Hidroeléctrica Ventanas

Les indicamos que para este concurso, se ha realizado la aclaración Nº 2, la cual pueden pasar a retirar en nuestras oficinas de la Proveeduría.

José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012071584).

Nº 2012PP-000010-PROV

Reconstrucción del sistema de distribución eléctrica

en el cantón de Vázquez de Coronado, incluye

materiales y mano de obra

Les indicamos que para este concurso, se ha realizado la aclaración Nº 1, la cual pueden pasar a retirar en nuestras oficinas de la Proveeduría.

José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012071586).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES

LICITACIN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-PMT

Adquisición de materiales y contratación de maquinaria

para construcción de losa de concreto de pavimento

rígido (superficie de ruedo losas de hormigón

de concreto hidráulico) camino 1-16-086

en San Pablo de Turrubares

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Turrubares, se permite hacer la siguiente corrección al monto adjudicado a la Empresa S y S. S. A., cédula jurídica 3-101-477943, de la licitación antes descrita, ya que el monto correcto total es de ¢18.530,400 (dieciocho millones quinientos treinta mil cuatrocientos colones exactos).

Turrubares, 4 de julio del 2012.—Proveeduría.—Virginia Salazar Agüero, Encargada.—1 vez.—(IN2012071644).

REGLAMENTOS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

JUNTA DIRECTIVA

APROBACIÓN REFORMA REGLAMENTARIA

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 3º de la sesión 8583, celebrada el 7 de junio de 2012 acordó reformar los artículos 5, 36, 37, 39, 42, 51 y 56 del Reglamento de Organización y funcionamiento de la Auditoría Interna, en los siguientes términos:

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DE LA AUDITORÍA INTERNA

“Artículo 5º—Marco Normativo. De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley General de Control Interno, el presente Reglamento tiene como fin establecer la organización, competencias, objetivos, principales funciones y atribuciones de la Auditoría Interna de la Caja, y considerará en lo que resulten aplicables, las siguientes normas:

Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, 17.

Ley de Desconcentración de Hospitales y Clínicas de la Caja Costarricense de Seguro Social, 7852, y su Reglamento.

Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, 8422, y su Reglamento.

Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, 8220.

Reglamento Interno de la Junta Directiva de la CCSS.

Reglamento Interior de Trabajo de la Caja Costarricense de Seguro Social.

Normativa de Relaciones Laborales de la Caja Costarricense de Seguro Social.

Directrices generales sobre principios y enunciados éticos a observar por parte de los Jerarcas, Titulares Subordinados, Funcionarios de la Contraloría General de la República, Auditorías Internas y Servidores Públicos en general, Resolución D-2-2004-CO, de 22 de noviembre de 2004.

Código de Ética del Servidor de la Caja Costarricense de Seguro Social.

Código de Ética del Funcionario de la Auditoría Interna.

Código de Ética del Colegio de Contadores Públicos.

Normas de Control Interno para el Sector Público, Resolución R-CO-9-2009, 06 de febrero de 2009.

Directrices sobre la comunicación de Relaciones de Hechos y Denuncias Penales por las Auditorías Internas del Sector Público, Resolución R-CO-9-2008, de 12 de marzo de 2008.

Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público.

Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público, Resolución R-DC119-2009, de 10 de febrero de 2010.

Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de Auditor y Subauditor Internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos.

Disposiciones, políticas, directrices, que emita la Contraloría General de la República.

Otra normativa legal y técnica aplicable.

Artículo 36.—De los Informes de Auditoría. El informe es el producto sustantivo por medio del cual la Auditoría Interna agrega valor para el cumplimiento de los objetivos institucionales y brinda así garantía razonable a los ciudadanos sobre el manejo de los fondos públicos.

Los informes de auditoría versarán sobre diversos asuntos de su competencia y aspectos de los que puedan derivarse posibles responsabilidades. Los primeros, denominados informes de control interno, deben incluir como mínimo los siguientes apartados: origen, objetivos, alcance, metodología, marco normativo, hallazgos, conclusiones y recomendaciones. Los segundos, denominados relaciones de hechos, deben contener portada, índice de contenidos, eventuales responsables, hechos, consideraciones fácticas jurídicas, ofrecimiento de prueba, consideraciones finales, firmas y anexos.

Ambos tipos de informes deberán cumplir con la normativa técnica y legal pertinente.

Artículo 37.—Apego a la Normativa Técnica y Legal. La Auditoría Interna deberá ejecutar su trabajo de acuerdo con lo que establecen las normas de ejecución de la Auditoría, contenidas en las Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público y en el “Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público”, emitidas por la Contraloría General de la República, así como cualesquiera otras disposiciones que dicte la Contraloría General de República, y el presente Reglamento.

Artículo 39.—Normas relativas al trabajo de Auditoría. El funcionario de Auditoría, durante la etapa de examen de la actividad evaluada, debe cumplir con las normas técnicas relativas al trabajo de auditoría, que comprende las siguientes etapas. La primera, está relacionada con las labores de planificación y elaboración del programa específico de auditoría, el cual debe consignar al menos, los objetivos, naturaleza y alcance de los procedimientos. La segunda etapa, se refiere a la ejecución del programa específico de auditoría, que mediante la aplicación de las técnicas y prácticas de auditoría, en forma ordenada y sistematizada se debe obtener la evidencia sobre los principales hallazgos en el examen. La tercera etapa, comprende la comunicación de los resultados, referida a la comunicación que debe efectuarse a la administración activa sobre los principales hallazgos, conclusiones y recomendaciones de la evaluación, este procedimiento debe orientarse a promover un espacio de amplia participación entre los involucrados, de manera que contribuya en el mejoramiento continuo de la actividad evaluada. La última etapa comprende el seguimiento de acciones sobre resultados.

Artículo 42.—Realización de entrevistas. Los funcionarios de la Auditoría Interna están facultados, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley General de Control Interno y el numeral 204 del Manual de Normas Generales de Auditor, para el Sector Público, para realizar entrevistas escritas o por otros medios, con el fin de obtener evidencia para sustentar de manera fehaciente los hallazgos, conclusiones y recomendaciones, en los casos bajo examen y según las circunstancias.

Artículo 51.—Seguimiento de acciones sobre resultados. El Auditor debe establecer y mantener como parte vital y permanente de la actividad de la Auditoría Interna, un programa de seguimiento de acciones sobre resultados de su gestión para asegurarse de su oportuna, adecuada y eficaz atención por parte de la administración activa.

Ese programa debe incluir los resultados de las evaluaciones realizadas por auditores externos o la Contraloría General de la República, que sean de su conocimiento.

Artículo 56.—Del Centro de Denuncias de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna contará con un Centro de Denuncias, que será el encargado de valorar en un primer momento la admisibilidad, desestimación o archivo de las denuncias presentadas ante este Órgano Fiscalizador, que versen sobre situaciones presuntamente irregulares, sea por conductas, omisiones o acciones que se aparten del principio de legalidad, así como por los casos en los cuales se presuma la existencia de un delito, o bien porque se genere pérdida, despilfarro o indebida utilización del patrimonio institucional. De igual forma, podrán denunciarse situaciones en las que se afecte o comprometa la calidad en la prestación de servicios”.

San José, 18 de junio de 2012.—Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 37414.—C-89380.—(IN2012062397).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GARABITO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO

CANTONAL DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL

DE LA MUNICIPALIDAD DE GARABITO

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3), 18) y 20), 146 y 188 de la Constitución Política, 3.c), 9, 19 y 21 de la Ley de Planificación Nacional, (Nº 5525 de 2 de mayo de 1974), 26 y 27 de la Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 de 2 de mayo de 1978), 4 de la Ley de la Administración Financiera y Presupuestos Públicos (Nº 8131 de 18 de setiembre de 2001), 4 del Código Municipal (Nº 7794 de 18 de mayo de 1998) y la Ley General de Concejos Municipales de distrito (Nº 8173 de 7 de diciembre del 2001).

Considerando:

I.—Que el Principio de Coordinación del Estado procede del artículo 140, inciso 8) de la Constitución Política, según el cual corresponde al Poder Ejecutivo “vigilar el buen funcionamiento de los servicios y dependencias administrativas” y tiene como finalidad obtener la unidad de la actuación administrativa del Estado. La norma citada conjuntamente con el artículo 188 constitucional contienen los principios de coordinación y dirección del Poder Ejecutivo sobre la administración central y descentralizada.

II.—Que de acuerdo con la Ley de Planificación Nacional corresponde al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica velar porque los programas de inversión pública, incluidos los de las instituciones descentralizadas y demás organismos de Derecho Público, sean compatibles con las previsiones y el orden de prioridad establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo. Esta ley faculta al Poder Ejecutivo para crear y establecer, vía decreto ejecutivo, los mecanismos de coordinación necesarios para la mejor consecución de sus fines.

III.—Que la Ley General de la Administración Pública regula la facultad de coordinación del Poder Ejecutivo en los artículos 26, inciso b) y 27, inciso 1). En razón de hacer valer este principio, el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010 “Jorge Manuel Dengo Obregón”, en su Capítulo V (Eje de Reforma Institucional) dispone, como una de sus metas, el refuerzo de la capacidad de coordinación política y de planificación de la acción institucional. Lo anterior con las finalidades de evitar la duplicidad de funciones y de mejorar la prestación de servicios públicos, alcanzando mayor articulación y coordinación en la gestión pública.

IV.—Que por disposición del Código Municipal, las municipalidades y los demás órganos y entes de la Administración Pública deben coordinar sus acciones. Para tal efecto deberán definir y comunicar, con la debida anticipación, las obras que proyecten ejecutar.

V.—Que la Sala Constitucional se ha referido al tema de la coordinación de los gobiernos locales con la Administración Central y Descentralizada en los siguientes términos: “las municipalidades pueden compartir sus competencias con la Administración Pública en general, relación que debe desenvolverse en los términos como está definida en la ley (artículo 5 del Código Municipal anterior, artículo 7 del nuevo Código), que establece la obligación de “coordinación” entre las municipalidades y las instituciones públicas que concurran en el desempeño de sus competencias, para evitar duplicaciones de esfuerzos y contradicciones, sobre todo, porque sólo la coordinación voluntaria es compatible con la autonomía municipal por ser su expresión. En otros términos, la municipalidad está llamada a entrar en relaciones de cooperación con otros entes públicos, y viceversa”. En el mismo sentido, sigue desarrollando el tema la Sala Constitucional: “Así, las relaciones de las municipalidades con los otros entes públicos, sólo pueden llevarse a cabo en un plano de igualdad, que den como resultado formas pactadas de coordinación, con exclusión de cualquier forma imperativa en detrimento de su autonomía, que permita sujetar a los entes corporativos a un esquema de coordinación sin su voluntad o contra ella; pero que sí admite la necesaria subordinación de estos entes al Estado y en interés de éste (a través de la “tutela administrativa” del Estado, y específicamente, en la función de control la legalidad que a éste compete, con potestades de vigilancia general sobre todo el sector)”. De igual forma, expone la Sala Constitucional: “Esta obligación de coordinación entre las instituciones del Estado y las municipalidades está implícita en la propia Constitución Política; así por ejemplo, en lo que se refiere a la potestad tributaria municipal, en tanto que, la iniciativa debe ser de los propios Concejos, tanto para su aprobación por parte de la Asamblea Legislativa, como para la exención de los tributos, aún tratándose de la política económica del Estado, como se indicó en sentencia número 2311-95, supra citada; con lo cual, se está diciendo que debe existir una debida y obligada coordinación entre el Estado y los entes corporativos locales, cumpliéndose así lo ordenado por esta disposición, sin que ello implique una invasión a la autonomía municipal” (Voto Nº 5445-99 de 14 de julio de 1999).

VI.—Que conforme con la política nacional de descentralización suscrita por el Presidente de la República el 5 de febrero de 2008 denominada “Sí, a la Descentralización y al Fortalecimiento del Régimen Municipal Costarricense”: “la creación de los Consejos Cantonales de Coordinación Institucional permitirán (sic) lograr mejoras sustantivas en la gestión de las municipalidades y avanzar en el proceso de descentralización política, de manera tal que los gobiernos locales respondan adecuadamente a las demandas de sus habitantes y contribuyan al desarrollo nacional, mediante el ejercicio de sus competencias de manera eficiente y eficaz”.

VII.—Que con la intención de hacer valer las anteriores disposiciones jurídicas y metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, mediante Decreto Ejecutivo Nº 36004-PLAN del 5 de octubre del 2010,  se emitió el “Reglamento de Creación de los Consejos Cantonales de Coordinación Institucional y los Consejos Regionales de Coordinación”, con el fin de coordinar las políticas públicas del Poder Ejecutivo (en sentido amplio) en cada cantón y en cada región y de incluir las políticas públicas en los Planes Cantonales de Desarrollo, omitiendo la creación de los Consejos Distritales de Coordinación Interinstitucional, cuya existencia es necesaria para atender lo correspondiente en aquellos distritos que los requieran conforme los alcances de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito.

VIII.—Que los Consejos Cantonales, los Consejos Distritales y los Consejos Regionales de Coordinación Interinstitucional servirán para identificar la distribución equitativa de recursos y programas de la administración central y descentralizada en los ámbitos cantonal, distrital y regional y serán instrumentos útiles para coordinar las transferencias de competencias y recursos del Poder Ejecutivo a las corporaciones municipales. Por tanto:

DECRETAN:

El siguiente:

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO

CANTONAL DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL

DE LA MUNICIPALIDAD DE GARABITO

Artículo 1º—Consejos Cantonales de Coordinación Interinstitucional. Se crean los Consejos Cantonales de Coordinación Interinstitucional como órganos colegiados de coordinación y consulta de los órganos, entes y empresas públicas con los gobiernos locales respecto de las políticas públicas necesarias para gestionar el desarrollo integrado y sostenible de cada cantón, así como respecto de las acciones para ejecutar el proceso de descentralización previsto en el artículo 170 de la Constitución Política.

La sede de cada Consejo Cantonal de Coordinación Interinstitucional será la municipalidad del cantón.

Artículo 2º—Integración. Los Consejos Cantonales de Coordinación Interinstitucional estarán integrados por:

a)  El Alcalde Municipal, quien lo presidirá.

b)  El máximo representante de cada órgano, ente y empresa pública presente en el cantón respectivo o quien lo sustituya. Aquellos órganos, entes y empresas públicas que no tengan presencia en el cantón y que tienen obligaciones específicas en el cantón conforme con el Plan Nacional de Desarrollo o según el Plan de Desarrollo Cantonal serán representados por quien designe el respectivo Ministro o Presidente Ejecutivo.

c)  Un regidor propietario del Concejo Municipal.

d)  Un representante de las federaciones municipales a las que pertenece el cantón.

e)  Las intendencias distritales, en aquellos cantones donde existan Concejos Municipales de Distrito.

Artículo 3º—Secretarías Técnicas de los Consejos Cantonales de Coordinación Interinstitucional. Las oficinas de las Alcaldías Municipales funcionarán como Secretarías Técnicas de los Consejos Cantonales de Coordinación Interinstitucional, con los recursos disponibles que se estimen necesarios. Estas Secretarías serán órganos de apoyo y estarán encargadas de aspectos de logística y organización, así como de velar por el cumplimiento de los acuerdos tomados por el Consejo Cantonal de Coordinación Interinstitucional.

Los órganos, entes y empresas públicas, dentro de sus posibilidades y competencias, y sin perjuicio del cumplimiento de sus deberes, podrán facilitar recursos técnicos, humanos o Financieros para el funcionamiento de las Secretarías Técnicas de los Consejos Cantonales de Coordinación Interinstitucional.

Artículo 4º—Atribuciones. Las siguientes serán atribuciones de los Consejos Cantonales de Coordinación Interinstitucional:

a)  Elaborar un programa anual de coordinación y verificación del desarrollo y cumplimiento de las metas y programas establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Plan de Desarrollo Cantonal.

b)  Adoptar los acuerdos necesarios para coadyuvar en la ejecución de las políticas públicas y velar por la ejecución de las políticas cantonales.

c)  Recomendar los cambios necesarios para la ejecución de tales planes, así como para los programas y las acciones del gobierno nacional, a fin de ajustar los lineamientos políticos a la realidad cantonal. Cada representante institucional adoptará las medidas necesarias para verificar la incorporación por parte de su institución a los acuerdos del Consejo.

d)  Coordinar los planes y programas cantonales con las federaciones municipales y con las oficinas regionales de los órganos, entes y empresas públicas.

e)  Asesorar y dar apoyo a la Alcaldía Municipal en la ejecución de las políticas y las acciones del cantón.

f)   Rendir un informe anual sobre el desarrollo y ejecución de los planes y políticas que han sido desarrollados y ejecutados en el cantón ante los Concejos Municipales y ante el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica. Este informe deberá presentarse a más tardar el último día hábil del mes de marzo siguiente al año tomado en consideración y deberá ser elaborado por la Secretaría Técnica del Consejo Cantonal de Coordinación Interinstitucional.

g)  Constituir comisiones especiales de trabajo, permanentes o temporales, para desarrollar temas específicos de su competencia.

h)  Coordinar con otros Consejos Cantonales de Coordinación Interinstitucional para el cumplimiento de fines regionales o para desarrollar iniciativas que coadyuven en la ejecución de las políticas gubernamentales.

i)   Evaluar los planes y los programas establecidos en la programación anual de cada Consejo Cantonal de Coordinación Interinstitucional, con el propósito de garantizar la ejecución de los objetivos y las metas propuestas para cada año.

j)   Identificar y conciliar las competencias concurrentes de las partes que conforman el Consejo Cantonal de Coordinación Interinstitucional, con el propósito de contar con una planificación cantonal integrada que maximice la inversión presupuestaria y potencie la coordinación interinstitucional.

k)  Identificar debilidades en las políticas públicas de naturaleza local, con el propósito de proveer la acción subsidiaria de otras instancias de naturaleza nacional en atención del interés público cantonal.

Artículo 5º—Funcionamiento. Los Consejos Cantonales de Coordinación Interinstitucional funcionarán conforme las siguientes disposiciones:

a)  Celebrarán sesiones ordinarias al menos una vez cada tres meses y extraordinarias cuando sean convocadas por el respectivo Alcalde Municipal.

b)  Las convocatorias las hará la persona titular de la respectiva Alcaldía Municipal por medio de la Secretaría Técnica del Consejo Cantonal de Coordinación Interinstitucional, las cuales deberán hacerse por escrito indicando el orden del día.

c)  Las Alcaldías Municipales requerirán de la respectiva Secretaría Técnica del Consejo Cantonal de Coordinación Interinstitucional, cualquier documentación relacionada con los acuerdos, las resoluciones, los planes y los programas del Consejo Cantonal de Coordinación Interinstitucional.

d)  Los Consejos Cantonales de Coordinación Interinstitucional podrán convocar a sus ciudadanos, asesores, colaboradores, especialistas en temas de interés para el respectivo Consejo, así como a otros representantes del cantón.

e)  De cada sesión ordinaria o extraordinaria se levantará un acta que contendrá la indicación de las personas asistentes, así como las circunstancias de lugar y tiempo según se ha celebrado, los puntos principales de la deliberación, la forma y resultado de la votación y el contenido de los acuerdos.

f)   La asistencia a las sesiones de los Consejos Cantonales de Coordinación Interinstitucional será obligatoria para los representantes de los órganos, entes y empresas públicas. De igual forma será obligatorio para los miembros de cada Consejo dar seguimiento y cumplimiento a las políticas y a los acuerdos adoptados en su seno, que corresponden a sus respectivas instituciones.

g)  En caso de ausencia injustificada a las sesiones respectivas, será reportado ante el jerarca respectivo.

h)  Cuando la situación de ausentismo sea repetitivo en dos sesiones consecutivas, se analizara en el seno del Consejo, por parte de (la) presidente, quien someterá a consideración y votación para acordar su separación y consecuentemente a la solicitud ante el jerarca respectivo la sustitución inmediata.

i)   En caso de que algún miembro permanente no pudiera asistir alguna convocatoria por cumplimiento de sus deberes de su representada, deberá enviar a un representante con las mismas potestades que ostenta el propietario ante el CCCI.

j)   Toda información para conocimiento de sus miembros o que estos deban pasar a la Secretaria Técnica, será traslada en forma electrónica.

k)  Será obligatorio para todo miembro del CCCI, conocer, revisar, emitir puntualmente correcciones a temas que se deban tratar en la próxima sesión y de manera electrónica.

l)   Una vez conocidos, aprobados en el seno del CCCI: Actas, documentos, avisos, Planes serán habilitados y accesados en el sitio web (www.munigarabito.go.cr) de la Municipalidad de Garabito, bajo el link “VOCACION DE SERVICIO”.

m) Cada Alcaldía Municipal deberá levantar un inventario de los órganos, entes y empresas públicas presentes en el cantón, como también de aquellas instituciones que no están presentes en él, pero que desarrollan y ejecutan planes, programas o proyectos en ese territorio. Así mismo deberán incorporar a las agencias de cooperaciones internacionales y nacionales, organizaciones no gubernamentales y todas aquellas organizaciones que desarrollen planes, programas y proyectos en el cantón. Este inventario constituirá el registro local en el cual se identifican, los actores locales, su oferta temática y técnica y su ámbito territorial de incidencia. Este inventario servirá como insumo para que la Secretaría Técnica mantenga un registro de asistencia y representación institucional ante el Consejo Cantonal de Coordinación Interinstitucional.

n)  Cada Consejo de Coordinación Interinstitucional podrá elaborar un Reglamento de Organización el cual deberá ser presentado y aprobado por los miembros del Consejo de Coordinación Interinstitucional.

Artículo 6º—Consejos Distritales de Coordinación Interinstitucional. Se crean los Consejos Distritales de Coordinación Interinstitucional como órganos colegiados de coordinación y consulta de los entes, órganos y empresas públicas con los gobiernos locales respecto a las políticas públicas necesarias para gestionar el desarrollo integrado y sostenible de cada Concejo Municipal de Distrito.

Artículo 7º—Operatividad y funcionamiento. Los Consejos Distritales de Coordinación Interinstitucional aplicarán para su operatividad y funcionamiento, lo dispuesto en los artículos 2º, 3º, 4º y 5º de este Decreto Ejecutivo, en lo que sea procedente para el ámbito distrital.

Artículo 8º—Consejos Regionales de Coordinación Interinstitucional. Créanse los Consejos Regionales de Coordinación Interinstitucional para definir los planes, proyectos y programas que serán ejecutados por los gobiernos locales, las federaciones de municipalidades y los órganos, entes y empresas públicas que sean necesarios para el desarrollo de las zonas que los conforman.

Estos Consejos Regionales de Coordinación Interinstitucional funcionarán conforme con las siguientes disposiciones:

a)  Las alcaldías e intendencias de varios gobiernos locales podrán constituir e integrar Consejos Regionales de Coordinación Interinstitucional cuando sea necesaria la coordinación interinstitucional con los órganos, entes y empresas públicas para la ejecución de planes, proyectos y programas regionales.

b)  Los Consejos Regionales de Coordinación Interinstitucional serán presididos por uno de sus alcaldes, elegido de entre todos sus miembros o en su defecto, por el alcalde del cantón anfitrión del Consejo Regional de Coordinación Interinstitucional.

c)  Los representantes de las federaciones municipales a las cuales pertenece el gobierno local y cuyos alcaldes sean miembros de los Consejos Regionales de Coordinación Interinstitucional podrán ser convocados a las sesiones de éstos. También podrán ser convocados los regidores de los concejos municipales de los cantones miembros.

d)  Cuando se conforme un Consejo Regional de Coordinación Interinstitucional deberán acatarse para su operatividad y funcionamiento, las disposiciones establecidas en el artículo 2º, 3º, 4º y 5º de este Decreto Ejecutivo, aplicables al ámbito regional.

Artículo 9º—Presupuestos Públicos. Los órganos, entes y empresas públicas podrán contemplar en sus presupuestos públicos, recursos para coadyuvar con el funcionamiento de los Consejos Cantonales, los Consejos Distritales y los Consejos Regionales de Coordinación Interinstitucional que permitan ejecutar los planes, programas y proyectos priorizados por los Consejos de Coordinación Interinstitucional.

Las alcaldías, las intendencias, los concejos municipales y los concejos municipales de distrito dispondrán las facilidades necesarias para la operatividad y funcionamiento de los Consejos de Coordinación interinstitucional, así como también los respectivos recursos en sus presupuestos municipales para desarrollar los planes, programas y proyectos acordados por estos.

Artículo10.—Vigencia. Aprobado en forma unánime por medio del voto secreto en la sesión ordinaria del Concejo Cantonal de Coordinación Interinstitucional celebrada el día 23 de marzo del 2012, en el acta Nº 4, artículo 4º, Secretaria Técnica del CCCI, Garabito. Publíquese. Rige a partir de su publicación”.

Aprobada en sesión Nº 108, artículo III, inciso E), del Concejo Municipal celebrada el 23 de mayo del 2012.

Jacó, Puntarenas, 21 junio del 2012.—Lic. Ana Sofía Schmidt Quesada, Proveedora Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 285.—Solicitud Nº 205-2012.—C-141880.—(IN2012062313).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

CENTRO DE NEGOCIOS DE TURRIALBA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

El señor Fernando Mata Vega, cédula 03-0119-0486, vecino de Turrialba; solicito a Bancrédito Sucursal Turrialba la reposición del certificado de depósito a plazo Nº 602-300-6025753 por un monto de ¢2.000.000,00, así como el cupón de interés por un monto de ¢16.636,86; números de fórmulas de seguridad 938319 y 938320 respectivamente; esto por motivo de extravío.

Plataforma de Servicios.—Melvin Darío Hernández Araya.—RP2012304790.—(IN2012061269).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PERIFÉRICA ALAJUELA OESTE

AVISO

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal (Nombre centro de negocios), hace del conocimiento del público en general, el extravío del certificado de ahorro a plazo y/o cupones de interés emitidos por Coopemex R.L. a nombre de: Traña Trigueros Marianela, cédula: 02-0561-0964:

Certific. Nº

Monto ¢

Fecha venc.

Cupón Nº

Monto ¢

Fecha venc.

190000462

1.369.893,06

03/04/2010

1900000462-01

222.607,62

03/04/2010

 

Lo anterior para efectos de reposición del o los valores indicados.

9 de junio del 2012.—Lic. Otto Fernández González, Coordinador.—(IN2012061310).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

A quien interese se le comunica la resolución de las 11 horas del 18 de junio del 2012 que declarara en abandono administrativo del niño Josué David Chaves González, por parte de su madre fallecida María Rosa de Jesús Chaves González. En contra de dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 3 días hábiles a la publicación de los edictos, ante quien emitió esta resolución en Guadalupe y quien resolverá el de revocatoria y elevará el de apelación a la Presidencia Ejecutiva de la entidad en San José, señalando lugar para notificaciones o fax. Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente 112-82-2012.—Oficina Local Guadalupe.—Lic. Gerardo Sánchez Rodríguez, Representante Legal.—(IN2012059932).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Se comunica a la señora Marianela Barrera Argüello que en la oficina local del PANI en Los Chiles se dictó resolución de las once horas del veintitrés de mayo de dos mil doce, mediante la cual se dispuso medidas de protección en Sede Administrativa de Cuido Provisional a favor de la niña J.J.B.A, se le concede a la interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar medio donde recibir notificaciones. Exp. 242-00015-2012.—Oficina Local de Los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Órgano Director.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3936.—C-11220.—(IN2012061605).

Se comunica a la señora Sonia Tinoco Mena que en la oficina local del P.A.N.I. en Los Chiles se dictó resolución de las once horas del veintiuno de mayo de dos mil doce, mediante la cual se dispuso Medidas de Protección en Sede Administrativa de Cuido Provisional a favor de la niña A.V.T.M, se le concede a la interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar medio donde recibir notificaciones. Exp. 431-00008-2011.—Oficina Local de Los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Órgano Director.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3936.—C-11220.—(IN2012061606).

Se le comunica formalmente al señor José Alberto Murillo Zamora la resolución administrativa de las dieciséis horas del día cuatro de junio del dos mil doce, que ordenó como Medida Especial de Protección la inclusión de su hijo José Albán Murillo Aguilar en el Programa de Auxilio y Apoyo a la familia y a la persona menor de edad que brinda Ciudad de los Niños, ingreso que se hizo con el propósito de desarrollar el Proceso de Formación Integral que ofrece esa ONG. El ingreso de la citada persona menor de edad no está sujeto a plazo, pero se limitará hasta que el mismo concluya el programa que le corresponda o hasta tanto dicha persona egrese sin autorización de dicho centro o por alguna de las causales para la interrupción del proceso previamente establecida legalmente, en ambos casos esta resolución quedaría sin efecto de manera inmediata. Se ordenó además, entre otras disposiciones, que el Área de Trabajo Social de PANI otorgue a la familia del joven José Albán orientación, apoyo y seguimiento social con el fin de que se modifique la dinámica familiar y que se le brinde una mayor contención al adolescente, apoyándole en el proceso que desarrolla en Ciudad de los Niños o fuera de la ONG. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente N° 631-00050-2012.—Oficina Local de Puntarenas, 18 de junio del 2012.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3938.—C-18500.—(IN2012061607).

A: José María Carvajal Moya se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia, de las catorce horas del día once de junio del año en curso, en la que se resuelve: 1-Dictar medida de protección de cuido provisional de las personas menores de edad Valery María Pereira González, María Graciela Carvajal Pereira y Ana Vanessa García Pereira en el hogar de la abuela materna la señora Siboney González Soto. 2-Se ubica a la niña Valery María Pereira González provisionalmente, por el término de dos días en el Albergue de Naranjo, mientras se realiza su traslado al hogar de su abuela materna. 3-Se le ordena al IMAS brindar apoyo económico a la señora Siboney González Soto en beneficio de sus nietas Valery María Pereira González, María Graciela Carvajal Pereira y Ana Vanessa García Pereira, dada la difícil situación económica que atraviesan en este momento y de esta forma puedan mejorar la calidad de vida; quienes residen en Grecia, Río Cuarto, Santa Rita, en parcelas de Monte Lirio, preguntar por la familia Conejo, teléfono 8716-2199. 4-Brindar seguimiento psicosocial a la presente situación de parte de la Oficina Local de San Carlos a fin de garantizar que las personas menores de edad estén en adecuadas condiciones a! lado de su abuela materna. 5-Brindar orientación apoyo y seguimiento a la progenitora a través del área psicológica de esta oficina local. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. 245-00083-2011.—Oficina Local de Grecia, 19 de junio del 2012.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3938.—C-18500.—(IN2012061608).

Se le comunica a la señora Cibis Lara Briceño, la resolución de las ocho horas del once de junio del dos mil doce, en la que resuelve dictar medida administrativa de abrigo provisional en el Albergue Institucional de Coronado, Casa Blanca, en beneficio de la persona menor de edad Shirley Ramos Lara ubicándola en el Albergue Casa Blanca, por el plazo de seis meses. Notifíquese lo anterior al interesado, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante le mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente administrativo 111-00010-08.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Jorge Alonso Rodríguez Ulate, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3934.—C-19820.—(IN2012061609).

Expediente administrativo número 118-00068-2012. Por desconocerse su residencia, y ubicación habitual, se le comunica al señor Mario José González Blandón, que la Oficina Local de Santa Ana del Patronato Nacional de la Infancia, dictó la resolución administrativa de las nueve horas con cincuenta minutos del dieciocho de junio del dos mil doce, otorgando medida de protección a favor de la persona menor de edad Anselmo José González Hernández, para su inclusión en programas de orientación y tratamiento y consecuentemente su internamiento en Hogares Crea de Niños y Adolescentes de Santa Lucía de Heredia. Se le informa que contra dicha resolución procede el recurso de apelación, mismo que podrá ser expuesto cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación del presente edicto, debiendo señalar, para recibir notificaciones dirección exacta dentro del perímetro judicial de esta oficina, fax o medio electrónico donde atender notificaciones, con la advertencia de que si el medio señalado no existiere, fuere impreciso o inexacto las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de haber sido dictadas.—Oficina Local de Santa Ana, 16 de mayo del 2012.—Lic. Ernesto Romero Obando. Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3934.—C-19820.—(IN2012061610).

Se le comunica al señor José Antonio Blandón Chamorro, la resolución de las nueve horas treinta minutos del día veinte de mayo dos mil doce, en la que resuelve dictar medida de protección administrativa de cuido provisional en familia sustituta en beneficio de la persona menor de edad Greivin Blandón López ubicándolo en el hogar de la señora María Evelin Córdoba Córdoba. Notifíquese lo anterior al interesado, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante le mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente administrativo 113-00092-2012.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Jorge Alonso Rodríguez Ulate, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3934.—C-19820.—(IN2012061611).

Se le comunica al señor Isaac Martín Ortega Díaz, la resolución de las catorce horas treinta minutos del seis de junio del dos mil doce, en la que resuelve dictar medida de Protección Administrativa de Abrigo Provisional en beneficio de la persona menor de edad Alejandra Marcela Ortega Romero, ubicándola en un Albergue Institucional por espacio de seis meses. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante le mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente administrativo 113-00174-12.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Jorge Alonso Rodríguez Ulate, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3934.—C-19820.—(IN2012061612).

Se comunica a la señora: Loren Dayana Méndez Monge, mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad número 7-154-446, de oficio y demás calidades desconocidas, progenitora de la persona menor de edad Dorian Miguel Méndez Monge, la resolución administrativa dictada por esta oficina local de las catorce horas del diecinueve de junio de dos mil doce, en la que se declara administrativamente la adoptabilidad de la persona menor de edad Dorian Miguel Méndez Monge. Recurso el de apelación señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. 741-00088-2004.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3934.—C-19820.—(IN2012061613).

La Oficina Local de Golfito notifica mediante el presente edicto al señor Edilberto Alexis González Arauz, la resolución administrativa de las ocho horas cinco minutos del ocho de junio del dos mil doce, dictada a favor de las personas menores de edad Joshua Isaac Montoya Villegas y María Alejandra González Villegas, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I.- En vista de que todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos deberán estar basadas en el Interés Superior de la persona menor de edad involucrada es que este Órgano Director del Procedimiento procede a Iniciar Proceso de Protección en Sede Administrativa mediante el dictado de medida de protección de cuido provisional con el fin de que las personas menores de edad Joshua Isaac Montoya Villegas y María Alejandra González Villegas permanezcan ubicados en el hogar de su abuela materna, señora Alejandra Bonilla Figueroa la cual se encuentra en la disposición de brindarles todos los elementos necesarios para que alcancen en forma satisfactoria su normal desarrollo desde un punto de vista físico, emocional y afectivo. II.- Con el fin de cumplir con la Directriz GT 0001-2010 en relación a la obligatoriedad de analizarse el Régimen de Visitas en los autos administrativos en acatamiento a lo dispuesto esta Oficina Local determina que los progenitores de los niños María Alejandra González Villegas y Joshua Isaac Montoya Villegas, podrán mantener contacto con su hijos en la Oficina Local de Golfito, situación que genera que se lleven a cabo las coordinaciones pertinentes para tales efectos con la funcionaria Isenia Villafuerte López, Trabajadora Social de esta Oficina Local. III.- Remítase el presente proceso administrativo a la funcionaría Isenia Villafuerte López, Trabajadora Social de esta Oficina Local con el fin de que brinde seguimiento a lo ordenado en la presente medida de protección. IV.- Procédase por la funcionaría Isenia Villafuerte López, Trabajadora Social de esta Oficina Local a valorar las condiciones del progenitor del niño Edgar Isaac Montoya Figueroa y de esta manera determinar si el mismo reúne las condiciones necesarias para asumir la guarda, crianza y educación de su hijo como poder derivado del ejercicio de la patria potestad. V.- Comuníquese y notifíquese la presente resolución conforme a la Ley a todas las partes involucradas en el proceso. Debe ponerse en conocimiento al Juez de Familia de esta localidad. Recurso de apelación dos días hábiles siguientes al de la segunda publicación ante este Órgano Director debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, sita en Barrio Luján antiguas Oficinas de la Dos Pinos de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 641-0004-2005.—Oficina Local de Golfito, 8 de junio del 2012.—Lic. Enrique Gómez Rosales, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 3934.—C-29720.—(IN2012061614).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se leS comunica a Luisa Franchesca Porras Monge y Ronny Alberto Mata Borbón que por resoluciones de la representación legal de esta oficina local, de las 14:55 horas del 25 de abril del 2011, y de las 8:09 horas del 14 de junio del 2012, se inició proceso de protección administrativa a favor del niño Brandon Josué Mata Porras, además, se le confió su cuido provisional en Patricia Lorena Quesada Oreamuno y se dispuso el seguimiento de la situación por parte de la oficina local del PANI en Desamparados; además, se ordenó trasladar la situación del indicado niño a la vía judicial para la declaratoria de abandono de dicho niño. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, Paseo Colón, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se les hace saber, además, que contra las indicadas resoluciones procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 111-00168-2009.—Oficina Local de San José Oeste.—Roberto Calderón Barrantes, Asistente de la Representación Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 3940.—C-19820.—(IN2012062371).

Al señor Héctor Francisco Gómez Vásquez, de calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le comunica la resolución administrativa de catorce horas del veinte de junio de dos mil doce, que inicia proceso especial de protección en sede administrativa a favor de Víctor Manuel Gómez Ramírez, además dicta abrigo temporal en su favor por el plazo de seis meses prorrogable judicialmente. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Legajo Expediente número 113-00141-2011.—Oficina Local de Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 3940.—C-19820.—(IN2012062375).

Oficina Local de Heredia Norte, al señor Randal Moreno Hernández, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le comunica la resolución administrativa de las quince horas treinta minutos del seis de junio de dos mil doce que ordena la inclusión del joven Manfred Steve Moreno Mendoza en el Centro Juvenil Luis Amigó hasta que el mismo curse el programa, deserte del mismo o adquiera su mayoría de edad. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, forma verbal o escrita; oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones posteriores quedan notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Expediente número 431-00060-2012. Publíquese tres veces.—Oficina Local de Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 3940.—C-19820.—(IN2012062376).

Oficina Local de Heredia Norte. A los señores Steven Edward Heigold Mc Devitt y Paúl Ferguson, ambos de calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se les comunica resolución administrativa de las quince horas del doce de junio de dos mil doce que inicia proceso especial de protección en sede administrativa a favor de Alexa Ferguson, Tatiana y Steven ambos Heigold Aponte y otros y además dicta cuido provisional a favor los dos últimos por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Expediente número 431-00064-2012. Publíquese. tres veces.—Oficina Local de Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 3940.—C-19820.—(IN2012062377).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE OSA

CAMBIO DE HORARIO DE LAS SESIONES

ORDINARIAS MUNICIPALES.

El Concejo Municipal de Osa mediante, capítulo VIII, de la sesión ordinaria N° 24-2012, celebrada el día 13 de junio del 2012, acuerda cambiar la hora de las sesiones ordinarias Municipales, a partir de las 12:00 m.d., esto como medida de contención de gastos para la administración Municipal. Este horario comenzará a regir a partir de su publicación.

Ciudad Cortés, 21 de junio del 2012.—Alberto Cole de León, Alcalde.—1 vez.—(IN2012062434).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CONDOMINIO DE CONDOMINIOS

REAL DE CASTILLA

Se les convoca a la Asamblea Ordinaria de Propietarios del Condominio de Condominios Real de Castilla a celebrarse en sus instalaciones ubicadas en Mercedes Norte de Heredia, específicamente en la Filial Nº 14-A a las 8:00 horas del día 29 de julio del 2012, en primera convocatoria. En caso de no existir quórum se hará en segunda convocatoria una hora después para la que fue citada la primera y con el número de condóminos presente.

Agenda

1-  Designación del Presidente y Secretario de la Asamblea.

2-  Informe de Labores

3-  Informe Económico

4-  Aprobación del Presupuesto 2012/2013 (Actual más IPC acumulado 2012, BCCR)

5-  Modificación del Régimen de Multas aprobado en Asamblea del 29-07-2007

6-  Propuesta de la Administración para invertir cuota Extraordinaria 2012, (remodelación del depósito de basura u otro proyecto de los asambleístas).

7-  Fijación del número de cuotas adeudadas para enviar a Cobro Judicial (se propone más de tres).

Se les recuerda a los propietarios que en el caso de no poder asistir a esta Asamblea y deseen enviar un Representante, éste deberá aportar una carta debidamente autenticada por un abogado que lo autorice como tal. Para participar deben estar al día con sus cuotas ordinarias y extraordinarias e inclusive haber cubierto la cuota del mes de julio del 2012. Las filiales a nombre de Persona Jurídica deben presentar la respectiva Personería con menos de 3 meses de haber sido emitida.

Sonia Martínez Rodríguez, Tesorera.—1 vez.—(IN2012070815).

PRODUCTOS ALIMENTICIOS IMPERIAL

SOCIEDAD ANÓNIMA

Productos Alimenticios Imperial Sociedad Anónima, domiciliada en Barreal de Heredia, con cédula de persona jurídica número 3-101-37382, en ejecución del acuerdo conciliatorio homologado por el Juzgado Penal de Heredia, (expediente número 09-0014361-PE), convoca a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, a ser celebrada el día veinte de julio de dos mil doce, en el domicilio social de la empresa ubicado en Barreal de Heredia, 200 metros al este de la entrada del CENADA, en primera convocatoria a las nueve de la mañana y en segunda convocatoria una hora después, para el conocimiento del siguiente orden del día: Asamblea Ordinaria: Se conocerán los extremos a que se refiere el artículo ciento cincuenta y cinco del Código de Comercio. Asamblea Extraordinaria: a) Conocimiento y adopción de los acuerdos conducentes a la ejecución del Acuerdo Conciliatorio homologado por el Juzgado Penal de Heredia; b) Modificación de la cláusula quinta del capital social y emisión y canje de nuevos certificados de acciones; c) Retiro sin inscribir de documentos pendientes de inscripción en el Registro Público; d) Reorganización y nombramiento de nuevos miembros de la Junta Directiva y de la Fiscalía; e) Autorización de la venta de la propiedad inmueble y otros activos de la empresa.—Heredia, 29 de junio del 2012.—Lic. Daniel Bolaños Zamora, Secretario.—1 vez.—RP2012310626.—(IN2012071647).

RÍO LAGUNA LIMITADA

Se convoca a todos los socios de la empresa Río Laguna Limitada, cédula jurídica número 3-102-94557, a la Asamblea Extraordinaria de socios, que se llevará a cabo en Escazú, del costado noreste de la Iglesia Católica veinticinco metros al este, Edificio la Fe Segunda Planta, local número diez. Primera Convocatoria; a las quince horas del veintisiete de agosto del dos mil doce. Segunda Convocatoria: a las diecisiete horas del veintisiete de agosto del dos mil doce. Conociendo como orden del día los siguientes puntos: A. Renunciar a la solicitud de Concesión que se tramita ante La Municipalidad de Cóbano. B. Conocer los informes financieros de la compañía. C. Conocer que la sociedad no tiene ni cuenta con activos ni pasivos y que la sociedad no posee bienes de ninguna índole. D. Conocer y tratar sobre la disolución de la sociedad y tomar el acuerdo respectivo. E. Prescindir en caso de aprobarse la disolución del nombramiento de liquidador. La convocatoria es solicitada por su gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma señor Andrew Cristopher King, ciudadano estadounidense, portador del pasaporte de su país número cuatro ocho siete ocho dos seis seis tres ocho. Es todo.—San José, 21 de junio del 2012.—Andrew Christopher King, Apoderado.—1 vez.—RP2012310616.—(IN2012071648).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

CARIARI COUNTRY CLUB S. A.

Para efectos de reposición, yo Louise Marie Malone Docoudray, mayor, viuda, inversionista, vecina de San José, cédula de residencia número ciento setenta y cinco- treinta y nueve mil ochocientos ochenta y dos- tres mil trescientos cuarenta y cuatro, propietaria de la acción y titulo número cuatrocientos cincuenta y uno. Hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., hoy, Cariari Country Club S. A., la reposición del mismo por haberse extraviado. Por término de la ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaria de Junta Directiva, en Cariari Country Club S. A., San Antonio de Belén, Heredia y transcurrido el mismo se procederá a la reposición.—San José diecinueve de junio del dos mil doce.—Louise Marie Malone Docoudray.—RP2012304441.—(IN2012060066).

MEDICAIRE ASOCIADOS S. A.

Medicaire Asociados S. A., cédula jurídica Nº 3-101-54970 tramita la reposición del certificado número 9 que representa 3 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una propiedad de Araucania de Costa Rica Sociedad Anónima por haberse extraviado dicho título. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse en el domicilio social sita en San José, avenida 14 entre calles central y 1 edificio denominado Clínica Americana dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—San José, 14 de junio del 2012.—Dr. Jorge Deliyore Romero, Representante Legal.—RP2012303992.—(IN2012060067).

CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.

Hace constar que revisado el libro de accionistas, aparece como socio, Luis Diego Quesada Sáenz, cédula 1-269-232 con las acciones Nº 86-909-920-996, las que se reportan como extraviadas, por lo que se solicita su reposición.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Raúl Trejos Sánchez.—(IN2012060799).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

ASOCIACIÓN PRO CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO

DE CAÑERÍA DEL SECTOR NORTE DE

PEDREGOSO DE PÉREZ ZELEDÓN

Yo, Karen Pérez Vargas, cédula uno-seiscientos setenta y nueve-quinientos ochenta y nueve, en mi condición de presidenta y representante legal de la Asociación Pro Construcción y Mantenimiento de Cañería del Sector Norte de Pedregoso de Pérez Zeledón, cédula jurídica tres-cero cero dos-ciento sesenta y cinco mil ochocientos cincuenta y siete, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros Mayor II, Diario II, e Inventario y Balances II, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San Isidro, Pérez Zeledón, 19 de junio del 2012.—Karen Pérez Vargas, Presidenta.—RP2012305749.—(IN2012061803).

COSTA RICA COUNTRY CLUB

Para efectos de reposición, yo Eric Murillo Fernández, mayor de edad, casado una vez, Licenciado en Contaduría Pública, vecino de San José, Moravia, costado este del Colegio San Francis, portador de la cédula de identidad número uno-seiscientos sesenta y nueve-ciento treinta, en mi condición de apoderado generalísimo con límite de suma de hasta quinientos mil dólares moneda de los Estados Unidos de América de la empresa Coca Cola Femsa de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cero cero cinco mil doscientos  doce, dueña  de la acción y título N° 677, hago constar que he solicitado al Costa Rica Country Club, la reposición del mismo por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en el Costa Rica Country Club, San Rafael de Escazú, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 30 de mayo del 2012.—Eric Murillo Fernández.—RP2012305563.—(IN2012061804).

CARIARI COUNTRY CLUB S. A.

Para efectos de reposición, yo Eric Murillo Fernández, mayor de edad, casado una vez, Licenciado en Contaduría Pública, vecino de San José, Moravia, costado este del Colegio San Francis, portador de la cédula de identidad número uno-seiscientos sesenta y nueve-ciento treinta, en mi condición de apoderado generalísimo con límite de suma de hasta quinientos mil dólares moneda de los Estados Unidos de América de la empresa Coca Cola Femsa de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cero cero cinco mil doscientos  doce, dueña  de la acción y título N° 438, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A. hoy, Cariari Country Club S. A la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderá oposiciones en el Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 29 de mayo del 2012.—Eric Murillo Fernández.—RP2012305566.—(IN2012061805).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

PROGRAMA-PLANETARIO

Comunica al público en general y proveedores el extravío de los recibos Nº 580997, 580998, 580999, 581000, 581001, 581002, 581003, por lo tanto no se hace responsable por mal uso que se le de a este documento.

Dra. Lela Taliashvili.—(IN2012062314).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES DE LA

 UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

Periodo 2010 - 2011

Comunica al público en general y proveedores, el extravió del recibo de dinero de la Universidad de Costa Rica número 555225. Por tanto, ni mi persona ni esta institución se hacen responsables por el mal uso que se le de a este documento.—Valeria Morales Rivera, Secretaria de Planificación, Finanzas y Presupuesto.—1 vez.—RP2010305135.—(IN2012061121).

COLEGIO CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en sesión Nº 1509 celebrada el día 7 de junio 2012, tomó el siguiente acuerdo que literalmente expresa:

Por unanimidad se acuerda proceder al levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:

Alvarado Rodríguez Jorge Kenne, Araya Valverde Róger, Blanco González Jackeline, Chinchilla Herrera Ramón, Figueroa Blanco Tatiana, González Arias Yorleny, González Rojas Melissa, Gutiérrez Goméz Hugo, Jiménez Meza Natalia, Martínez Carmona Kimberly Pamela, Montoya Solano Patricia María, Ortega Zamora Merie Ellen, Porras Mora María del Milagro, Rodríguez Alfaro Keilor, Sánchez Jiménez Lorelly, Soto Arroyo Sady, Valerín Cortés Lucía.—Dr. Rafael Porras Madrigal, Fiscal General.—1 vez.—(IN2012062467).

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Roy Rojas Muñoz, cédula 2-528-849, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la Distribuidora de Productos de Maíz Disproma Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-105-385306 vende dicha sociedad a Carlos Antonio Campos Fernández, cédula Nº 5-176-842. Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados. Para que dentro del plazo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto, acudan a la oficina del suscrito notario ubicada en Los Chiles de Alajuela, frente a los tribunales a hacer valer sus derechos. De no presentarse en el plazo indicado los bienes pasarán a quien correspondan.—Lic. Juan Abel Beteta Ocampos, Notario.—RP2012298356.—(IN2012048917).

Por escritura otorgada a las doce horas del dieciocho de junio del dos mil doce, se reformó la cláusula quinta de los estatutos, disminuyéndose el capital social de la sociedad Global Business Services de Costa Rica Limitada.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—RP2012304659.—(IN2012060359).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Por escritura otorgada a las doce horas del diecinueve de junio del dos mil doce, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas Nº 01/2012 de la Bolsa Nacional de Valores S. A. Se modifican cláusulas quinta y vigésima primera.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Priscilla Soto Quirós, Notaria.—(IN2012059634).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura otorgada en esta ciudad ante los notarios Mario Alberto Umaña Rojas y el suscrito, a las 9:00 horas del 18 de mayo en curso, Ricrisán de Salud S. A., cédula jurídica 3-101-511301, traspasó a Farmacia Rohrmoser S. A., cédula jurídica 3-101-301438, el establecimiento mercantil denominado Farmacia Rohrmoser, situada en San José, 250 metros sur antes de llegar al final del boulevard. El precio de la venta quedó depositado en manos de la señora Jacinta Acón Ng, cédula de identidad 8-041-850, apoderada de la compradora, quien lo entregará a la transmitente, una vez que hayan transcurrido 15 días a partir de la primera publicación de las 3 publicaciones consecutivas que se harán en el periódico oficial, citando a acreedores e interesados para que se presenten a hacer valer sus derechos en la citada farmacia o al teléfono 2232-2873. La entrega del dinero a la vendedora se hará según la normativa del Código de Comercio.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Eduardo Con Sanchún, Notario.—RP2012300451.—(IN2012044091).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

En el día de hoy se ha acordado por acuerdo unánime de socios de la corporación Hacienda La Gota de Agua Sociedad Anónima, acta número siete, la disolución y la liquidación de la empresa, nombrándose como liquidador a Rogelio Castro Chavarría, cédula uno-setecientos treinta y uno-ciento doce. Firma Elsita Chavarría López.—San José, dieciséis de mayo del dos mil doce.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2012045238).

Mediante escritura número 179 del protocolo sexto de la suscrita notaria, se solicita disolver la empresa Harcanus Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica numero 3-101-277623, en la ciudad de Cahuita, a las a las 15:00 horas del 1º de junio del 2012.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—RP2012305077.—(IN2012061073).

En escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy , la totalidad de accionistas de Corporación Fantasía Fave Limitada, cédula jurídica 3-102-249544 acordaron disolver la sociedad sin que existan activos que repartir ni pasivos de ninguna clase por lo que no se tramita proceso de liquidación.—San José, Goicoechea, 16 de junio del 2012.—Lic. Carlos Ed. Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—RP201230508.—(IN2012061074).

El día de hoy por escritura número: 164, se protocoliza cambio de junta directiva y estatutos a la sociedad Fenisch S. A., escritura otorgada en la ciudad de Escazú, a las 16:00 hrs. del 30 de mayo del 2012.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012305082.—(IN2012061075).

El día de hoy protocolicé acuerdo de socios de disolución y liquidación  de  las  sociedades  K  &  M  Asesores Publicitarios S. A., cédula jurídica número: 3-101-257733, Y Kasaca S. A., cédula jurídica número: 3-101-546502.—San José, 19 de junio del año 2012.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012305083.—(IN2012061076).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Viajes La Fina Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con un plazo de noventa y nueve años.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012305084.—(IN2012061077).

Ante esta notaria, se disolvió la sociedad Constructora Hercal S. A., cédula jurídica 3-101-124558. Es todo.—San José dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mireya Elizondo Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2012305085.—(IN2012061078).

Ante esta notaría, comparece el señor Juan Carlos García Vargas en su condición de presidente de la sociedad Innovaciones en Computación.Con S. A., solicitando la disolución de dicha sociedad. Es todo. Notario Carlos Humberto Rojas Venegas, con oficina abierta en San José, Hatillo Uno, contiguo al Juzgado Penal.—San José, veinte de junio del año dos mil doce.—Lic. Carlos Humberto Rojas Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012305087.—(IN2012061079).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 16 de junio del 2012, se solicita la disolución de la sociedad denominada Ticorp Sociedad Anónima, presidente: David Chaves Barrantes.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Alvarado Eladio Baraboza Mena, Notario.—1 vez.—RP2012305088.—(IN2012061080).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 19 de junio del 2012, se reforma la junta directiva de la sociedad cédula jurídica 3-101-623967, presidente: Gilberto García Fallas.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—RP2012305089.—(IN2012061081).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con treinta minutos del trece de junio del dos mil doce, la sociedad denominada Servicios Múltiples Piedra Sociedad Anónima con número de cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y seis mil novecientos veintiocho, procede a la disolución de dicha sociedad.—Lic. Allan A. Mora Naranjo, Notario.—1 vez.—RP2012305090.—(IN2012061082).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las trece horas del diecinueve de junio del dos mil doce, respectivamente se constituye la sociedad Donatto Roccha Sociedad Anónima. Es todo.—San José, Costa Rica, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Melissa Hernández Vindas, Notaria.—1 vez.—RP2012305091.—(IN2012061083).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las once horas quince minutos del día diecinueve de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Bellum de la Mar Osacea BMO Ltda. Donde se acuerda disolución y liquidación de la compañía.—San José, diecinueve de junio del dos mil.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012305092.—(IN2012061084).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día doce de junio del dos mil doce, Isabel Cristina Moya Segnini y Andrea González Rojas, constituyen Ewar Limitada.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012305093.—(IN2012061085).

Ante esta notaría, se disolvió la sociedad Jerico Seguridad S. A., cédula jurídica 3-101-216564.—Cartago, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Rosibel Reyes Ochoa, Notaria.—1 vez.—RP2012305094.—(IN2012061086).

Por escritura otorgada por mí, se disolvió sin activos ni pasivos; Corporación González y Clavero S. A.—Alajuela, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Marco Tulio Araya Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305095.—(IN2012061087).

Por escritura a las diez horas del día de hoy, se acordó disolver la sociedad denominada Tecni Vidrio Sociedad Anónima.—Alajuela, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Gamboa Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012305096.—(IN2012061088).

Por escritura número 173 otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Inversiones Hebarco J.E.H.A. S. A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha empresa.—Lic. Estaban Quesada Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012305097.—(IN2012061089).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las dieciocho horas diez minutos del día diecinueve de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Moya Segnini S. A.. Donde se da por disuelta y liquidada la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012305098.—(IN2012061090).

Ante esta notaría, se protocolizaron los acuerdos tomados por Ruga Rialto S. A., a las once horas del día trece de junio del dos mil doce. Se acordó la disolución de la sociedad. Se nombró liquidador para liquidar activos.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012305099.—(IN2012061091).

Ante esta notaría, se protocolizaron los acuerdos tomados por Gaya Invest S. A., a las once horas con treinta minutos del día trece de junio del dos mil doce. Se acordó la disolución de la sociedad. Se nombró liquidador para liquidar activos.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012305100.—(IN2012061092).

En San José ante la notaria pública Gioconda Barquero Gardela, al ser las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil doce, mediante escritura número cincuenta  y  seis-cuatro, se protocolizó acta de Gómez y Badilla S. A., mediante la cual se acordó la disolución de la misma por acuerdo de la junta directiva.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Gioconda Barquero Gardela, Notaria.—1 vez.—RP2012305101.—(IN2012061093).

En San José ante la notaria pública Gioconda Barquero Gardela, al ser las dieciocho horas treinta minutos del doce de junio de dos mil doce, mediante escritura número cincuenta y cinco-cuatro-bis, se protocolizó acta de la Sol Selegna S. A., mediante la cual se acordó la disolución de la misma por acuerdo de la junta directiva.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Gioconda Barquero Gardela, Notaria.—1 vez.—RP2012305102.—(IN2012061094).

En San José ante la notaria pública Gioconda Barquero Gardela, al ser las dieciocho horas quince minutos del doce de junio del dos mil doce, mediante escritura número cincuenta y cinco-cuatro, se protocolizó acta de la sociedad Ilustración Católica Limitada, mediante la cual se acordó la disolución de la misma por acuerdo de la junta directiva.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Gioconda Barquero Gardela, Notaria.—1 vez.—RP2012305103.—(IN2012061095).

Por escritura doscientos ochenta y siete, tomo seis, otorgada ante mí, a las dieciséis horas del siete de junio del año dos mil doce, se acuerda por unanimidad de socios la disolución de la sociedad Depósito de Maderas Jiménez Sociedad Anónima.—Turrialba, 15 de junio del 2012.—Lic. Otoniel Díaz Flores, Notario.—1 vez.—RP2012305104.—(IN2012061096).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las once horas treinta minutos de hoy, se disolvió la sociedad Fuente de Agua E.K. S. A., cédula jurídica 3-101-613737.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012305105.—(IN2012061097).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las --horas de  hoy,  se  disolvió la sociedad Natsi Con S. A., cédula jurídica 3-101-98552.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012305106.—(IN2012061098).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 20 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de A& DD Interiors Sociedad Anónima.—Lic. Ligia María Calvo Cuadra, Notaria.—1 vez.—RP2012305107.—(IN2012061099).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las --horas de hoy, se disolvió la sociedad Industrias Tobami S. A., cédula jurídica 3-101-79769.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012305108.—(IN2012061100).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las --horas de hoy, se disolvió la sociedad Industrias Biez Fardin S. A., cédula jurídica 3-101-74337.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012305109.—(IN2012061101).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las --horas de hoy, se disolvió la sociedad Fuente de Salud S. A., cédula jurídica 3-101-459735.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012305110.—(IN2012061102).

Nueva Jerusalen Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se procede a disolver y liquidar sociedad. Otorgada a las 8:00 horas del día 8 de junio del año 2012.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—RP2012305111.—(IN2012061103).

Inversiones Vistas Tropicales del Sol I.T.S. Sociedad Anónima, disuelve y liquida sociedad. Otorgada a las 11:30 horas del día 25 de mayo del año 2012. Notarios públicos: Claudia Barsaba Mena Barrantes y Óscar Guevara Arias.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2012305112.—(IN2012061104).

Far Away So Close Limitada. Protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se procede a disolver y liquidar sociedad. Otorgada a las 11:00 horas del día 25 de mayo del año 2012. Notarios públicos: Claudia Barsaba Mena Barrantes y Óscar Guevara Arias.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2012305113.—(IN2012061105).

Grupo Inmobiliario Capricornio de Tamarindo Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se procede a disolver y liquidar sociedad. Otorgada a las 10:00 horas del día 25 de mayo del año 2012. Notarios públicos: Claudia Barsaba Mena Barrantes y Óscar Guevara Arias.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2012305114.—(IN2012061106).

El Cocco de Tamarindo Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se procede a disolver y liquidar sociedad. Otorgada a las 8:00 horas del día 25 de mayo del año 2012. Notarios públicos: Claudia Barsaba Mena Barrantes y Óscar Guevara Arias.—Lic. Claudia Barsada Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2012306117.—(IN2012061107).

Grupo Inmobiliario Piscis de Tamarindo Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se procede a disolver y liquidar sociedad. Otorgada a las 9:30 horas del día 25 de mayo del año 2012. Notarios Públicos: Claudia Barsaba Mena Barrantes y Óscar Guevara Arias.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2012305118.—(IN2012061108).

Grupo Inmobiliario Virgo de Tamarindo Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se procede a disolver y liquidar sociedad. Otorgada a las 9:00 horas del día 25 de mayo del año 2012. Notarios públicos: Claudia Barsaba Mena Barrantes y Óscar Guevara Arias.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2012305119.—(IN2012061109).

Allgera Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se procede a disolver y liquidar sociedad. Otorgada a las 9:00 horas del día 8 de junio del año 2012.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—RP2012305121.—(IN2012061110).

Senderos Conchas del Pacífico SCP Sociedad Anónima. Protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Se procede a disolver sociedad. Otorgada a las 13:00 horas del día 16 de abril del año 2012.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2012305122.—(IN2012061111).

Por escritura número ciento sesenta y ocho del protocolo número cuatro, otorgada ante esta notaría el día veintiocho de mayo del dos mil doce, se disuelve la sociedad Agropecuaria Los Guapes Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cinco mil seiscientos cuatro.—Bagaces quince de junio del dos mil doce.—Lic. Sonia Guzmán Coto, Notaria.—1 vez.—RP2012305124.—(IN2012061112).

Por escritura número ciento sesenta y siete del protocolo número cuatro, otorgada ante esta notaría el día veintiocho de mayo del dos mil doce, se disuelve la sociedad Ganadera El Malinche de Bagaces Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos dos mil novecientos cuarenta y cuatro.—Bagaces, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Sonia Guzmán Coto, Notaria.—1 vez.—RP2012305125.—(IN2012061113).

Por escritura número 14 otorgada ante el suscrito notario a las 13:00 horas del días 11 de junio del 2012, se constituyó Grupo Kacia Seguridad Total Sociedad Anónima. Capital social 100.000 colones íntegramente suscritos y pagados. Domicilio social será en San José, Desamparados, Urbanización La Lucha, casa número noventa y nueve. Plazo social 99 años. Presidenta: Kattia Solano Castrillo.—Siquirres, 11 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—RP2012305126.—(IN2012061114).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se protocoliza acta de disolución de la sociedad Icarus Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y cinco siete diecinueve.—Tres Ríos, 19 de junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012305128.—(IN2012061115).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se procede a protocolizar disolución de la sociedad Analuv Carpenter Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-cuarenta y seis setenta y dos catorce.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012305129.—(IN2012061116).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se procede a protocolizar acta de disolución de Polígono y Seguridad Tres Ríos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintisiete mil seiscientos veintitrés.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012305131.—(IN2012061117).

Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de disolución de la sociedad denominada Importadora Secretos Casuales Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y siete cero veinte.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012305132.—(IN2012061118).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 19 de junio del 2012, se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de socios de Rajonam CR Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-510048, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Carlos José Ruiz Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2012305133.—(IN2012061119).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se procedió a disolver la sociedad denominada Corvo del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y un mil doscientos cuarenta y dos.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012305134.—(IN2012061120).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de la sociedad Stone Golden Brook Sociedad Anónima. Mediante asamblea general extraordinaria de la sociedad se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012305139.—(IN2012061122).

A las once horas del día de hoy, protocolicé asamblea general extraordinaria de socios de Home Loan Point Sociedad Anónima, en la que se acordó reformar las cláusulas primera y segunda del pacto social y nombrar nuevo secretario.—San José, veinte de junio de dos mil doce.—Carlos Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012305410.—(IN2012061928).

Según asamblea general extraordinaria de socios se acordó disolver y liquidar la empresa Dolor Clinic del Este Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las diez horas del cuatro de junio de dos mil doce. Según asamblea general extraordinaria de socios se acordó disolver y liquidar la empresa Algave Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las diez horas del dieciséis de junio de dos mil doce.—Lic. Tatyana Brenes Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012305411.—(IN2012061929).

Ante esta notaría, se da la disolución de la sociedad Soluciones Web Inteligentes de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y ocho mil cincuenta y seis.—San José, dieciocho de junio de dos mil doce.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012305413.—(IN2012061930).

Ante esta notaría, se da la disolución de la sociedad Gingold Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y cuatro mil trescientos ochenta y siete.—San José, dieciocho de junio de dos mil doce.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012305414.—(IN2012061931).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del diecinueve de junio de dos mil doce, los suscritos: Aurea Calderón Camacho, conocida como Auria Calderón Camacho, cédula uno-mil noventa y ocho-ciento ochenta y seis, Walter Mauricio Carvajal Morales, cédula tres-trescientos treinta y uno-quinientos cuarenta, constituyen Decormac Jardinería Sociedad de Responsabilidad Limitada, correspondiendo al gerente y subgerente, la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; capital social totalmente suscrito y pagado.—Cartago, diecinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Carlos Luis Rojas Montoya, Notario.—1 vez.—RP2012305415.—(IN2012061932).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy se procedió a disolver la sociedad Jiménez Bonilla y Escobar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cincuenta y tres mil doscientos cuarenta y ocho.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305416.—(IN2012061933).

Por medio de escritura otorgada a las catorce horas del día veinticinco de abril del año dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de las empresas Macho y Teto S. A., tres-ciento uno-trescientos cincuenta y dos mil ochocientos setenta y uno, JFS de Jaleos S. A., tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil sesenta y cinco El Huajiro S. A., tres-ciento uno-trescientos ochenta y cinco mil doscientos cuarenta y cuatro, Pichirulo JFR del Oeste S. A., tres-ciento uno-quinientos siete mil cinco, mediante las cuales se acuerda fusionarlas prevaleciendo Macho y Teto S. A., de conformidad con el artículo 224 del Código de Comercio.—San José, 21 de mayo de 2012.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305417.—(IN2012061934).

Por medio de escritura otorgada a las catorce horas del día veinticinco de abril del año dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de las empresas Soluciones Sostenibles SSCR, tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil ochocientos noventa y tres, Inversiones Territoriales de Costa Rica S. A., tres-ciento uno-ciento cincuenta mil cuatrocientos dieciocho Vivian Internacional S. A., tres-ciento uno-ciento cincuenta y un mil doscientos veintiocho, Narkis S. A., tres-ciento uno-doscientos treinta y cinco mil doscientos setenta y nueve, Cintkarl Planeta Agua S. A., tres-ciento uno-trescientos doce mil cuatrocientos veintiuno, mediante las cuales se acuerda fusionarlas prevaleciendo Soluciones Sostenibles SSCR S., de conformidad con el artículo 224 del Código de Comercio.—San José, 21 de mayo de 2012.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305418.—(IN2012061935).

Por escritura otorgada a las doce horas del día de hoy, en esta notaría se protocolizó acta de la compañía denominada Inversiones Casa Bella S. A., por la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social.—Escazú, veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Harold Chamberlain Bolaño, Notario.—1 vez.—RP2012305419.—(IN2012061936).

Por escritura otorgada a las doce horas del día de hoy, en esta notaría se protocolizó acta de la compañía denominada Inversiones Sala Colón S. A., por la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social.—Escazú, veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Harold Chamberlain Bolaño, Notario.—1 vez.—RP2012305420.—(IN2012061937).

En esta notaría, a las doce horas del treinta de abril del dos mil doce. Se protocoliza acuerdo de disolución de sociedad denominada Esculturas de Arena S. A., apoderada: Lizette Brenes Bonilla.—San José, 30 de junio de dos mil doce.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012305422.—(IN2012061938).

Escritura otorgada a las 12:00 horas del 20 del junio dos mil doce, se disolvió Cafetería y Pastelería Samuelito Estudiantes Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—20 de junio de mayo 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012305423.—(IN2012061939).

Escritura otorgada a las 12:30 horas del 20 del junio dos mil doce, se disolvió Inversiones Cañires Inter Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—20 de junio de mayo 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012305424.—(IN2012061940).

Escritura otorgada a las 15:00 horas del 20 del junio dos mil doce, se disolvió I. M. R. De Todo Un Poco y Mucho Más Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—20 de junio de mayo 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012305426.—(IN2012061941).

Escritura otorgada, a las 13:50 horas del 20 del junio dos mil doce, se disolvió Panadería y Pastelería Samuelito P S D Dos Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—20 de junio de mayo 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012305427.—(IN2012061942).

El suscrito Carlos Mauricio Sierra Sánchez, notario público, hace constar que mediante la escritura número doscientos ochenta y uno del dieciséis de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Seguridad El Roble Sociedad Anónima, representada por Sergio Rocha Robles.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012305428.—(IN2012061943).

Escritura otorgada, a las 13:30 horas del 20 del junio dos mil doce, se disolvió Rubimar N Y V Sociedad Anónima Domicilio: San José.—20 de junio de mayo 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012305429.—(IN2012061944).

Escritura otorgada, a las 12:50 horas del 20 del junio dos mil doce, se disolvió Cafetería y Pastelería Samuelito Herediano Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—20 de junio de mayo 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012305430.—(IN2012061945).

Escritura otorgada, a las 13:00 horas del 20 del junio dos mil doce, se disolvió Cafetería y Pastelería Samuelito de La Bíblica Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—20 de junio de mayo 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012305431.—(IN2012061946).

Ante esta notaría, a las 16:00 horas del 8 de junio del dos mil doce, mediante escritura número 70 se solicita la liquidación y disolución de Garbanzo Corrales Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y nueve mil ciento setenta y nueve.—Lic. Luis Alonso Salas Ross, Notario.—1 vez.—RP2012305432.—(IN2012061947).

Ante esta notaría, a las 15:30 horas del 8 de junio del dos mil doce, mediante escritura número 69 se solicita la liquidación y disolución de San Antonio Cincuenta y Siete S G C Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y dos mil setecientos ochenta y cuatro.—Lic. Luis Alonso Salas Ross, Notario.—1 vez.—RP2012305433.—(IN2012061948).

Ante esta notaría, a las 16:00 horas del 18 de junio del 2012, mediante escritura número 62 se solicita la liquidación y disolución de Airetec Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y dos mil novecientos setenta y ocho.—Lic. Silvia Garbanzo Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2012305434.—(IN2012061949).

Ante mí, Alvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada: a las 13:00 horas del 27 del de abril de 2012, se disolvió la sociedad anónima denominada Yayfre Sociedad Anónima, con su número de cédula jurídica, tres-ciento uno-veintiséis mil novecientos noventa.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Alvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—RP2012305435.—(IN2012061950).

Ante mí, Alvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada, a las 13 horas 30 minutos del 27 del abril del 2012, se disolvió la sociedad anónima denominada Servicio de Transporte Acuarela Sociedad Anónima, con su número de cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta mil novecientos noventa y cinco.—14 de junio del 2012.—Lic. Alvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—RP2012305436.—(IN2012061951).

Ante esta Notaría a las 15:00 horas del 20 de junio del 2012, mediante escritura número 63 se solicita la liquidación y disolución de Depósito de Maderas San Martín Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cincuenta y dos mil ciento sesenta.—Lic. Silvia Garbanzo Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2012305437.—(IN2012061952).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las 12:30 horas del día 18 de junio del 2012, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Desarrollo Hotelero Plapel D H P S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012305438.—(IN2012061953).

Por escritura número 51, de las 09:00 horas del 28 de mayo del dos mil doce, se liquida y disuelve empresa Miniropa Desing Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro uno siete cinco siete ocho.—Lic. Silvia Garbanzo Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2012305439.—(IN2012061954).

Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las 10:30 horas del día 18 de junio del 2012, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Cabo Las Minas S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012305440.—(IN2012061955).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las 13:30 horas del día 18 de junio del 2012, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Inversiones Ehemar I E S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012305441.—(IN2012061956).

Por escritura otorgada hoy ante mi notaría, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con el Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Capital social: suscrito y pagado y representado por acciones nominativas. Domiciliadas en Santa Ana. Plazo social: 99 años a partir de hoy. Objeto: la agricultura, el comercio y la industria en general. Presidenta: Hellen Bolaños Morera.—Santa Ana, 20 de junio del 2012.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—RP2012305442.—(IN2012061957).

La empresa Inversiones Cerro Barroco S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y cinco mil cincuenta, mediante asamblea extraordinaria de socios, solicita al Registro Público de conformidad con el artículo 201, inciso B) su disolución.—Lic. Fernando José González Medina, Notario.—1 vez.—RP2012305443.—(IN2012061958).

La empresa Corporación Arboleda del Este S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil cincuenta y siete, mediante asamblea extraordinaria de socios, solicita la disolución de conformidad con el artículo 201 inciso C) del Código de Comercio.—Lic. Fernando José González Medina, Notario.—1 vez.—RP2012305444.—(IN2012061959).

La empresa Importación y Exportación Boutique Acacia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cincuenta y ocho mil quinientos setenta y cuatro, solicita la disolución de conformidad con el artículo 201 inciso C) del Código de Comercio.—Lic. Fernando José González Medina, Notario.—1 vez.—RP2012305445.—(IN2012061960).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las 15:30 horas del día 15 de junio del 2012, por acuerdo de socios se disolvió la sociedad Condominio Banavara C B S. A.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012305446.—(IN2012061961).

La empresa Corporación e Inversiones Culi S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil quinientos nueve, mediante asamblea extraordinaria de socios solicita la disolución de conformidad con el artículo 201 inciso C) del Código de Comercio.—Lic. Fernando José González Medina, Notario.—1 vez.—RP2012305447.—(IN2012061962).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las 16:00 horas del día 15 de junio del 2012, por acuerdo de socios se disolvió la sociedad Condominio Figolna C F S. A.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012305448.—(IN2012061963).

La empresa Asesores en Contaduría y Computación Madrigal Ceciliano y Asociados, cédula jurídica tres-ciento uno-setenta y tres mil setecientos uno, mediante asamblea extraordinaria de socios, solicita la disolución de conformidad con el artículo 201 inciso C) del Código de Comercio.—Lic. Fernando José González Medina, Notario.—1 vez.—RP2012305449.—(IN2012061964).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las 12:00 horas del día 18 de junio del 2012, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Corporación Burmar C B S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012305450.—(IN2012061965).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las 11:30 horas del día 18 de junio del 2012, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Condominio Waymas C W S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012305451.—(IN2012061966).

 Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las 11:00 horas del día 18 de junio del 2012, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Complejo Hotelero Marel C H M S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 19 de junio del 2011.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012305452.—(IN2012061967).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las 15:00 horas del día 15 de junio del 2012, por acuerdo de socios se disolvió la sociedad Condominio Ayaguz S. A.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012305453.—(IN2012061968).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las 9:30 horas del día 18 de junio del 2012, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Administradora de Vertederos y Basureros A V B S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012305454.—(IN2012061969).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las 10:00 horas del día 18 de junio del 2012, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Asesoría Empresarial Roam S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012305455.—(IN2012061970).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las 17:00 horas del día 19 de junio del 2012, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Studio Creativo Akashic S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012305456.—(IN2012061971).

Mediante escritura autorizada por la suscrita Notaria, a las 13:00 horas del día 18 de junio del 2012, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Desarrollos Marehe D M S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012305457.—(IN2012061972).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, en San José, a las dieciséis horas del día de hoy, se acordó la disolución de las empresas Consorcio Konning CR S. A., y Consorcio Amstel Car CR S. A., de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y del Artículo 129 del Código Notarial.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012305458.—(IN2012061973).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, en San José a las ocho horas con treinta minutos del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-593679 S.A., mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 26 de abril del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012305459.—(IN2012061974).

Por escritura otorgada en San José, ante la suscrita notaria pública, a las dieciocho horas del día de hoy, se constituyó Lunamendieta Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse su aditamento en S.R.L. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 19 de junio del 2012.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012305460.—(IN2012061975).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, en San José a las quince horas del día de hoy, se acordó la disolución de las empresas Condominio La Flor de Diamante S. A.; Condominio La Flor de Cristal S. A; Condominio La Flor de Ciprés S. A; Condominio La Flor de Zafiro S. A., y Condominio La Flor de Oro S. A., de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y del Artículo 129 del Código Notarial.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012305461.—(IN2012061976).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas diez minutos del catorce de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria número uno-dos mil doce de la sociedad Servimantenimiento Inmobiliario S. A. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- seiscientos veinticinco mil uno, donde se cambia las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo.—San José, doce horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Natán Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012305462.—(IN2012061977).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas cinco minutos del catorce de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria número uno-dos mil doce de la sociedad Global Maintenance Services & Solutions ATC S. A., Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-veintiséis mil quinientos veinticuatro, donde se cambia las cláusulas segunda y sétima, del pacto constitutivo.—San José, doce horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Natán Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012305463.—(IN2012061978).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las nueve horas del veinte de junio del año en curso, se protocoliza acta de la Compañía Kimire S. A., en la cual se acuerda disolver y liquidar la misma.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—MSc. Gonzalo E. Quirós Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305464.—(IN2012061979).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las dieciséis horas del veinte de junio del año en curso, se protocoliza acta de la compañía Makia-Car E.I.R.L., en la cual se acuerda disolver y liquidar la misma.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—MSc. Gonzalo E. Quirós Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305465.—(IN2012061980).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las quince horas del trece de junio del año en curso, se protocoliza acta de la compañía Grandmas’ Gift S. A., en la cual se acuerda disolver y liquidar la misma.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—MSc. Gonzalo E. Quirós Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305466.—(IN2012061981).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las diez horas del quince de junio del año en curso, se protocoliza acta de la compañía Tico Huejotzingo S. A., en la cual se acuerda disolver y liquidar la misma.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—MSc. Gonzalo E. Quirós Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305468.—(IN2012061982).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Importadora Azúcar S. A., mediante la cual en forma unánime por medio de la totalidad de los socios se acuerda la liquidación y disolución de la presente sociedad de conformidad con el Código de Comercio y la Ley 9024 y que no existen bienes a liquidar.—San José, 12 de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012305469.—(IN2012061983).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Felseriff S. A., mediante la cual en forma unánime por medio de la totalidad de los socios se acuerda la liquidación y disolución de la presente sociedad de conformidad con el Código de Comercio y la Ley 9024 y que no existen bienes a liquidar.—San José, 15 de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012305471.—(IN2012061984).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Frutas y Verduras EH S. A., mediante la cual en forma unánime por medio de la totalidad de los socios se acuerda la liquidación y disolución de la presente sociedad de conformidad con el Código de Comercio y la Ley 9024 y que no existen bienes a liquidar.—San José, 15 de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012305472.—(IN2012061985).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos once mil seiscientos dieciocho S. A., mediante la cual en forma unánime por medio de la totalidad de los socios se acuerda la liquidación y disolución de la presente sociedad de conformidad con el Código de Comercio y la Ley 9024 y que no existen bienes a liquidar.—San José, 20 de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012305473.—(IN2012061986).

Por escritura otorgada en mi Notaría, número ciento treinta y seis, visible al folio ciento cincuenta y uno del tomo quince de mi protocolo, a las diez horas del veinte de junio de dos mil doce, Jorge Emilio González León e Isabel Cristina Ulloa González, disuelven y liquidan las sociedades Joafa del Norte S. A.; Isjo del Norte S. A., y Zugon del Norte S. A., inscritas en Mercantil del Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, por su orden, bajo las cédulas de personas jurídicas números tres-ciento uno-doscientos treinta y un mil novecientos noventa y nueve, tres-ciento uno-doscientos treinta y cuatro mil ciento cincuenta y seis, tres-ciento uno-doscientos treinta y un mil trescientos ochenta y siete, domiciliadas en San José, Tibás, Llorente, Barrio Fletcher, Condomio Habitat, casa número diecisiete.—Moravia, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Gerardo Bogantes Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012305476.—(IN2012061987).

Por escritura número ciento sesenta y cuatro-seis, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veinte de junio del dos mil doce, encontrándose reunida la totalidad del capital social se acuerda disolver por unanimidad de votos la sociedad Alfa y Gama Tecnología S. A.—Heredia, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Fernando Sánchez Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012305477.—(IN2012061988).

Por escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las diez horas del día veinte de junio del 2012, se protocoliza el acuerdo de la accionista de la sociedad Fiduciary Escrow of Probabilities S.A., donde se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Heredia, veinte de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Hernández Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012305478.—(IN2012061989).

Por escritura otorgada en mi notaría, la sociedad Servicios Contables Guluis S. A., cédula jurídica 3-101-218938, solicitó su liquidación y disolución. Escritura otorgada a las 18:00 horas del día 20 de junio del año 2012. Notario: Lic. Fausto Alejandro Bolaños Araya, carné 3826. Cualquier interesado o afectado comunicarse a esta notaría.—San Domingo de Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Fausto Alejandro Bolaños Araya, Notario.—1 vez.—RP2012305479.—(IN2012061990).

Hago constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí, a las 14:00 horas se ha acordado la disolución de la compañía Asesorías Caromar Sociedad Anónima.—San José, 13 de junio del 2012.—Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—RP2012305484.—(IN2012061991).

Se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Agropecuaria Argentaria S. A., se nombra presidente: Johnny Romero Barrientos. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintiuno de junio del dos mil doce. Notarios: Lic. Zaida María Rojas Cortés y Arturo Vargas Fournier.—Lic. Zaida María Rojas Cortés, Notaria.—1 vez.—RP2012305485.—(IN2012061992).

En mi notaría, ubicada en Cañas, Guanacaste, del Banco Nacional cien metros norte y veinticinco metros oeste, protocolicé mediante escritura número diecinueve de las doce horas del veinte de junio del dos mil doce, el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad denominada Agropecuaria Edber M U Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-dos tres cinco seis ocho cuatro, acta celebrada el veinte de junio de dos mil doce a las once horas. Se tomó el acuerdo de disolver la sociedad. Se emplaza a todos los interesados para que en el plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto para que comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos. Teléfono-fax dos-seiscientos sesenta y nueve-cero uno-doce.—Licda. Ester Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—RP2012305486.—(IN201201993).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 09:00 horas del 20 de junio del 2012, Agropecuaria El Jubileo A T Sociedad Anónima, reformó la cláusula octava de la representación.—Cañas, Guanacaste, 20 de junio del 2012.—Licda. Ester Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—RP2012305489.—(IN2012061994).

Por escritura otorgada en San José, a las 13:00 horas del 20 de junio del 2012, se hace saber que la sociedad Rivoli SS Siete Sociedad Anónima, cédula 3-101-624064, se ha disuelto.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Monique Azuola Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012305490.—(IN2012061995).

Por escritura otorgada en San José, a las 13 horas 50 minutos del 20 de junio del 2012, se hace saber que la sociedad Exportaciones Lisa Sociedad Anónima, cédula 3-101-65814, se ha disuelto.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Monique Azuola Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012305492.—(IN2012061996).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se ha constituido la sociedad denominada Cablefibra S. A. Domicilio: San José. Objeto: la instalación y suministro de cableado subterráneo de fibra óptica en el territorio nacional. Capital: suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente: apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario.—1 vez.—RP2012305493.—(IN2012061997).

Por escritura otorgada en San José, a las 13 horas 40 minutos del 20 de junio del 2012, se hace saber que la sociedad Importadora Única de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula 3-101-25421, se ha disuelto.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Monique Azuola Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012305494.—(IN2012061998).

Por escritura otorgada en San José, a las 13 horas 30 minutos del 20 de junio del 2012, se hace saber que la sociedad Altamura SS Nueve Sociedad Anónima, cédula 3-101-624065, se ha disuelto.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Monique Azuola Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012305495.—(IN2012061999).

Por escritura otorgada en San José, a las 13 horas 20 minutos del 20 de junio del 2012, se hace saber que la sociedad Padua SS Ocho Sociedad Anónima, cédula 3-101-624415, se ha disuelto.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Monique Azuola Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012305496.—(IN2012062000).

Por escritura otorgada en San José, a las 13 horas 10 minutos del 20 de junio del 2012, se hace saber que la sociedad Livorno SS Doce Sociedad Anónima, cédula 3-101-624067, se ha disuelto.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Monique Azuola Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012305497.—(IN2012062001).

Los socios de la empresa Carnicería La Modelo Sociedad Anónima, la cual es portadora de la cédula jurídica número tres-ciento uno - cero cero siete seis dos siete, acuerdan por unanimidad modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo y protocolizan acta para dicho efecto. Se pública este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de su publicación, ante el notario Christian Chinchilla Monge.—Cartago al ser ocho horas del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Christian Chinchilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2012305498.—(IN2012062002).

Reunida la totalidad del capital social y de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda por unanimidad la disolución de la compañía Flocarbel Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- ciento setenta y un mil ciento ocho, con domicilio social en Santa Cruz, Guanacaste, sito 25 metros oeste Ferretería Jiménez y Chavarri, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público, al tomo: novecientos uno, asiento: ciento once, acuerdo que se encuentra firme. En virtud de ello se cita y emplaza a quien se considere afectado para que se apersone y pueda manifestar su oposición, haciendo valer sus derechos ante la notaría del Licenciado José Miguel Jirón Chavarría, sito en Santa Cruz, Guanacaste, de la Farmacia Santa Cruz, 75 metros al este.—Tres de mayo del dos mil doce.—Lic. José Miguel Jirón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012305499.—(IN2012062003).

Mediante escritura número doscientos-ochenta y uno-tres, visible al folio ciento noventa y ocho frente, del tomo tres del protocolo del licenciado Andrés González Anglada, se fusionan por absorción las sociedades denominadas Ostional Beach Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número tres-ciento uno- res dos cuatro ocho nueve tres e Inversiones Dos Mil AD Sociedad Anónima tres-ciento uno-dos cuatro cinco cero cero cero, prevaleciendo la primera. Además se modifica el capital social de Ostional Beacj Sociedad Anónima. Es todo.—Nosara Guanacaste, al ser las nueve horas del dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Andrés González Anglada, Notario.—1 vez.—RP2012305502.—(IN2012062004).

Mediante escritura número doscientos ochenta y dos - tres, visible al folio ciento noventa y nueve frente, del tomo tres del protocolo del licenciado Andrés González Anglada se reforma cláusula segunda y novena del pacto constitutivo de Nosara Surf City Investments Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-cuatro cero ocho uno siete cuatro y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Nosara, al ser las nueve horas del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Andrés González Anglada, Notario.—1 vez.—RP2012305503.—(IN2012062005).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas del cinco de mayo del año dos mil once, se acuerda la disolución de la sociedad denominada Inversiones Calibe Sociedad Anónima.—Lic. Freddy Pérez Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2012305504.—(IN2012062006).

Por otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 20 de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Alquimia Empresarial S. A. Se acordó la disolución de la sociedad. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San Ramón de Tres Ríos, 20 de junio del 2012.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—RP2012305505.—(IN2012062007).

Mediante escritura número 170 otorgada ante la notaria Carla Baltodano Estrada, a las 13:00 horas del 19 de junio del 2012 se acordó la disolución de la sociedad Soluciones Integrales de Ingeniería Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-249590. Dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2012305506.—(IN2012062008).

Por escritura otorgada ante el notario público Rafael Medaglia Gómez; a las ocho horas cuarenta minutos del diecinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Precios El Mercado de Todos S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012305507.—(IN2012062009).

Por otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 19 de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Linner & Chamorro Sociedad Anónima. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2012305508.—(IN2012062010).

Que por escritura otorgada ante la notaría del licenciado Rafael Medaglia Gómez, a las once horas del día veinte de junio del año dos mil doce, se protocoliza acta de la compañía Creaciones La Calera del Norte Sociedad Anónima, mediante la cual reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombra fiscal.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012305509.—(IN2012062011).

La suscrita notaria hace constar que hoy se otorgó escritura de disolución de Mafilam S. A., domiciliada en San José, Barrio Los Yoses, del ICE 700 metros al sur y cédula de persona jurídica No. 3-101-12895. De conformidad con el Transitorio II de la Ley 9024 e inciso d) del artículo 201 del Código de Comercio y apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas, cualquier interesado en oponerse judicialmente a esta disolución puede hacerlo dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012305510.—(IN2012062012).

La suscrita notaria hace constar que hoy se otorgó escritura de disolución de Soru de Alajuela Limitada, domiciliada en San José-San José, La Uruca, Urbanización El Jardín, 400 metros al sur y 100 al oeste, y cédula de persona jurídica No. 3-102-297211. De conformidad con el Transitorio II de la Ley 9024 e inciso d) del artículo 201 del Código de Comercio y apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas, cualquier interesado en oponerse judicialmente a esta disolución puede hacerlo dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, catorce de junio del dos mil doce.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012305511.—(IN2012062013).

Que por escritura otorgada ante la notaría del Licenciado Rafael Medaglia Gómez, a las doce horas del día veinte de junio del año dos mil doce, se protocoliza acta de la compañía Agencia de Viajes Alas Del Sur S. A., mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012305512.—(IN2012062014).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos Rafael Medaglia Gómez y Laura Zumbado Loría, a las diez horas cuarenta minutos del diecinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Zormona S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—RP2012305513.—(IN2012062015).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos Rafael Medaglia Gómez y Laura Zumbado Loría, a las once horas del diecinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Hacienda Alta Vista Papagayo S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—RP2012305514.—(IN2012062016).

Por escritura otorgada a las 11:30 horas del 14 de junio de 2012, ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Ruta al Puerto S. A. mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Daniel A. de la Garza Chamberlain, Notario.—1 vez.—RP2012305515.—(IN2012062017).

Por escritura otorgada ante el notario público Rafael Medaglia Gómez, a las ocho horas veinte minutos del diecinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Cerro Acoyapa del Pacífico S.A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012305516.—(IN2012062018).

Por escritura otorgada a las 17:30 horas del 18 de junio de 2012, ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas Hacienda Los Maderos Nueve Dorada S. A., mediante la cual se reforman cláusulas primera, segunda, quinta, sexta; se nombra nueva junta directiva y se otorga poder generalísimo.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Jorge A. Arce Lara, Notario.—1 vez.—RP2012305517.—(IN2012062019).

Ante esta notaría, mediante escritura trescientos nueve se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Rapi Costuras Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-601458. Se acuerda la disolución a partir del día 24 de mayo de 2012.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. Franklin Montero Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012305518.—(IN2012062020).

Ante esta notaría mediante escrituras número 217-103 y 218-103, se protocolizaron las disoluciones de las sociedades Artículos Ortomédicos Quirúrjico Dr Meneses S. A. cédula jurídica 3-101-222041 y Giordan S. A., cédula jurídica 3-101-223572 respectivamente, el día 18 de junio del 2012. Es todo.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—RP2012305519.—(IN2012062021).

Por escritura otorgada por la suscrita notaria a las once horas del día dieciocho de junio del 2012, se protocoliza acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios, de Creaciones del Trópico.Ctrop Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número, celebrada el día doce de junio del dos mil doce, acuerdan la disolución de la sociedad de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio y prescinden del nombramiento de liquidador conforme se establece en el acta constitutiva, por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, 13 junio del 2012.—Lic. Marta Eugenia Cascante Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2012305521.—(IN2012062022).

Mediante escritura otorgada a las catorce horas del treinta de mayo del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Urbanizadora Carolina S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero seis cero uno ocho dos, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305522.—(IN2012062023).

Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Merida S. A., en virtud de la cual se acordó reformar la cláusula sétima del pacto social y revocar el nombramiento del tesorero de la junta directiva y fiscal de la compañía y en su lugar hacer nuevos nombramientos por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 7:20 horas del 28 de marzo del 2012.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012305524.—(IN2012062024).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas del veinte de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Soterrey Ruiseñor de Costa Rica S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco uno dos nueve cuatro uno, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305525.—(IN2012062025).

Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad La Pantera Alajuelense S. A., en virtud de la cual se acordó revocar el nombramiento del tesorero de la junta directiva y fiscal de la compañía y en su lugar hacer nuevos nombramientos por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 7:15 horas del 28 de marzo del 2012.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012305526.—(IN2012062026).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas con quince minutos del veinte de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Slaty Spinetali S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco uno tres dos dos tres, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305527.—(IN2012062027).

Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Alajuelenses Mil Cien S. A., en virtud de la cual se acordó revocar el nombramiento del tesorero de la junta directiva y fiscal de la compañía y en su lugar hacer nuevos nombramientos por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 7:10 horas del 28 de marzo del 2012.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012305528.—(IN2012062028).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 20 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Inversiones Coto Madriz Sociedad Anónima. No quedan activos ni pasivos por liquidar.—Ciudad Quesada, 20 de junio del 2012.—Lic. Andrea González Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012305529.—(IN2012062029).

Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Gaspe S. A., en virtud de la cual se acordó revocar el nombramiento del tesorero de la junta directiva y fiscal de la compañía y en su lugar hacer nuevos nombramientos por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 7:05 horas del 28 de marzo del 2012.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012305530.—(IN2012062030).

Mediante escritura otorgada a las trece horas con quince minutos del treinta de mayo del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Representaciones Aldeco S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero dos nueve seis ocho ocho, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305531.—(IN2012062031).

Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ceiba Dorada Uno S.A., en virtud de la cual se acordó revocar el nombramiento de los actuales miembros de la junta directiva y fiscal de la compañía y en su lugar hacer nuevos nombramientos por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 7:00 horas del 28 de marzo del 2012.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012305532.—(IN2012062032).

Mediante escritura otorgada a las nueve horas con treinta minutos del treinta de mayo del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Inversiones Deco S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero dos nueve ocho uno ocho, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305533.—(IN2012062033).

Ante mi notaría, a las 12:00 horas del 19 de junio de 2012, se disolvió la sociedad denominada: Costa Mex ML Sociedad Anónima. Apoderada: María del Carmen Castillo Rojas.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Farid Breddy G., Notario.—1 vez.—RP2012305535.—(IN2012062034).

Por escritura pública otorgada a las dieciséis horas del veinte de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de disolución de la sociedad denominada Automóvil Moderno Z Tres BM Sociedad Anónima.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Kenneth Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—RP2012305536.—(IN2012062035).

Por escrituras otorgadas ante mí, se disolvieron las sociedades Nama Dos Mil Tres Sociedad Anónima, Carbar de la Sierra Sociedad Anónima, LJS Inversiones Kinal Sociedad Anónima, Residencias Ecológicas Sociedad Anónima, Turismo Regional Sociedad Anónima y Compañía Agronáutica de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Lilliana Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012305538.—(IN2012062036).

Por escritura pública otorgada ante mí, en San José, a las 15:00 horas del 13 de junio del 2012 protocolicé acta de la sociedad Chiara del Sur del Valle S. A. con cédula de persona jurídica número 3-101-421721 por la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012305539.—(IN2012062037).

Por escritura pública otorgada ante mí, en San José, a las 8:00 horas del 15 de junio del 2012, protocolicé acta de la sociedad Tornillos Técnicos de Grecia S. A. con cédula de persona jurídica número 3-101-422772 por la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012305540.—(IN2012062038).

Protocolización de Alfonso Malavasi e Hijos Limitada, por asamblea de socios se acuerda disolución de la sociedad. Otorgada el 19 de junio de dos mil doce.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305542.—(IN2012062039).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad J Madrigal Solutions Group S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Alfonso J. Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—RP2012305543.—(IN2012062040).

Protocolización de Tres-Ciento Uno-Quinientos Veintiséis Mil Ochocientos Setenta y Tres S. A. Por asamblea de socios se acuerda disolución de la sociedad. Otorgada el 16 de junio del 2012.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305544.—(IN2012062041).

Por escritura pública número ciento doce, otorgada ante mí, a las diez horas del diecinueve de junio de dos mil doce, por unanimidad de la totalidad de los accionistas que conforman el capital social de Corporación Centroamericana de Finanzas y Desarrollo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-treinta y cuatro mil quinientos veintiséis, se acordó la disolución de la sociedad supra citada por no existir activos ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Lic. Jorge Sánchez Garbanzo, Notario.—1 vez.—RP2012305545.—(IN2012062042).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas del veinte de junio del dos mil doce, se protocolizó disolución por acuerdo unánime y expreso de accionistas de la sociedade Mosaic Border S. A, cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos dieciocho mil doscientos cuarenta y ocho y de la sociedad Bienes Di Carlo De Mottola, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y dos mil seiscientos noventa y nueve.—Cartago, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Paola Di Pippa Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2012305546.—(IN2012062043).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 12:00 horas del 19 de junio del año 2012, se liquidó la sociedad Decoded Bits S. A.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Rónald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012305547.—(IN2012062044).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 8:00 horas del 20 de junio del año 2012, se liquidó la sociedad Academia Arco Treck S. A.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Rónald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012305548.—(IN2012062045).

Protocolización de Orlume S. A., por asamblea de socios se acuerda disolución de la sociedad. Otorgada el 16 de junio del 2012.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305549.—(IN2012062046).

Por acuerdo de socios y mediante escritura otorgada en mi notaría Nº 111 de las 17 horas del 19 de junio de 2012 se acordó la disolución de las siguientes sociedades: (A) Hexacort de Costa Rica S. A., cédula 3-101-257026. (B) Proactel de Costa Rica S. A., cédula 3-101-642701. (C) Hacienda José Luis S. A., cédula 3-101-065208. (D) Chicago Perros Calientes División Escazú S. A., cédula 3-101-110942. (E) Pinta y Pinta Para Usted S. A., cédula 3-101-241667. (F) Pintura Técnica y Acabados S. A., cédula 3- 101-153519. (G) Chicago Perros Calientes Expres S. A., cédula 3-101-101699. (H) Chicago Perros Calientes S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-88229. (I) Inversiones Jugo Dávila S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-073775. (j) Juicy Properties S. A., cédula 3-101-405367. (K) Tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil setecientos cuarenta y cuatro, S. A., cédula de 3-101-584744. (L) Tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil seiscientos ochenta y cinco, S. A., cédula 3-101-584685. (LL) Tres-ciento uno-quinientos ochenta dos mil doscientos veintiocho S. A., cédula 3-101-582228. (M) Corporación Bal Harbor S. A. cédula 3-101-487408. Interesados tendrán 30 días para oponerse.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Carlos Ml. Serrano Castro, Notario.—1 vez.—RP2012305550.—(IN2012062047).

Protocolización de Enderezado y Pintura Sorigin S. A., por asamblea de socios se acuerda disolución de la sociedad. Otorgada el 16 de junio de dos mil doce.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305552.—(IN2012062048).

Protocolización de Arcos de la Frontera S. A., por asamblea de socios se acuerda disolución de la sociedad. Otorgada el 16 de junio de dos mil doce.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305554.—(IN2012062049).

Protocolización de Pinturas S A Z S. A., por asamblea de socios se acuerda disolución de la sociedad. Otorgada el 16 de junio de dos mil doce.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305555.—(IN2012062050).

Protocolización de MC Rocadura del Este S. A., por asamblea de socios se acuerda disolución de la sociedad. Otorgada el 16 de junio de dos mil doce.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305556.—(IN2012062051).

Por escritura número 61, de las 19:00 horas del 5 de junio del 2012, en el tomo número cuatro, se protocolizó el acta número, de asambleas de Inversiones Trotkay C. R. S. A., se modifica el domicilio.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Ana Guiselle Valerio Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012305558.—(IN2012062052).

En mi notaría, ubicada en Liberia, Guanacaste, costado este de los Tribunales de Justicia ,mediante escritura número seis de las ocho horas del quince de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Aralpi E Y D Sociedad Anónima según acuerdo por unanimidad de disolución de la sociedad antes dicha, cédula jurídica número tres-uno cero uno-seis tres ocho seis cuatro ocho. Se emplaza a todos los interesados para que en el plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto para que comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos. Teléfono-fax dos-seis seis seis-cero seis-treinta y ocho.—Lic. Alejandra Jaén Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012305561.—(IN2012062053).

Se emplaza a los interesados que mediante acta uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad Las Kalas G. L. A. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y nueve mil cincuenta y dos, se acordó disolver dicha sociedad, cuya protocolización se presentará al Registro respectivo.—Liberia, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Karla Marcela Duarte Arauz, Notaria.—1 vez.—RP2012305564.—(IN2012062054).

Se emplaza a los interesados que mediante acta uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad Hermanos Kahemalu Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y tres mil cuatrocientos noventa y cuatro, se acordó disolver dicha sociedad, cuya protocolización se presentará al Registro respectivo.—Liberia, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Amanda Viales Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012305565.—(IN2012062055).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del martes diecinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Carolina Ocean Views S. A., donde se acuerda la disolución de la misma.—San José, veinte de mayo del dos mil doce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012305567.—(IN2012062056).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del diecinueve de junio del dos mil doce, en San José, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Solcodamar Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula octava de la convocatoria a asamblea y se nombra secretaria por el resto el plazo social.—San José, a las catorce horas del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Dianela Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012305568.—(IN2012062057).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas y quince minutos del diecinueve de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta número ocho de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad The Amaranth Pearl of Costa Linda LLC Limitada, donde se modifican las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo en cuanto a la asamblea general y la administración respectivamente y se nombra gerente general tres.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012305569.—(IN2012062058).

Por escritura número doscientos noventa y siete, otorgada ante la notaria Dianela Ramírez Quesada, a las ocho horas veinte minutos del quince de junio del dos mil doce, donde se constituye una sociedad de responsabilidad limitada la cual se denominará: PDM Consultores Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 19 de junio del dos mil doce.—Lic. Dianela Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012305570.—(IN2012062059).

Por escritura número treinta y cuatro-dos, de las catorce horas del once de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría, por acuerdo de socios se protocoliza la disolución de la sociedad denominada por su número de cédula jurídica Tres-Ciento Uno-Cinco Cero Dos Cero Ocho Cinco Sociedad Anónima.—Tres Ríos, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—RP2012305571.—(IN2012062060).

Por escritura número treinta y dos-dos, de las quince horas del ocho de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Jade de Escazú Sociedad Anónima. Se modifica el domicilio social y nombra tesorero de junta directiva.—Tres Ríos, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—RP2012305572.—(IN2012062061).

Por escritura número treinta y cinco-dos, de las quince horas del once de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría, por acuerdo de socios se protocoliza la disolución de la sociedad denominada Visur V & S Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seis uno tres nueve siete cuatro.—Tres Ríos, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—RP2012305573.—(IN2012062062).

Por escritura número veintiocho-dos, de las nueve horas del cinco de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Nalex Internacional de San José Sociedad Anónima. Se nombra tesorero y fiscal de junta directiva.—Tres Ríos, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—RP2012305574.—(IN2012062063).

Por escritura número veintinueve-dos, de las diez horas del cinco de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada L A Administración de Propiedades Sociedad Anómima. Se nombra tesorero y fiscal de junta directiva.—Tres Ríos, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—RP2012305575.—(IN2012062064).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del día 8 de junio del 2012, se reformó la cláusula quinta del pacto social en cuanto a la representación del capital social de Zeno Universal Corp Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2012.—Lic. Carlos Ayón Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012305576.—(IN2012062065).

Ante esta notaría, a las 9:00 horas del 20 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Corporación Turística del Valle Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-264692. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1 vez.—RP2012305578.—(IN2012062066).

Mediante escritura pública núumero trescientos setenta y ocho otorgada ante mí a 13:00 horas del día 18 de junio del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Shiwy Diamonts S. A., mediante la cual se acuerda su disolución.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—RP2012305579.—(IN2012062067).

Mediante escritura pública número trescientos sesenta y nueve otorgada ante mí, a 14:00 horas del día 18 de junio del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Clínica Dental Iliana Chinchilla S. A., mediante la cual se acuerda su disolución.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—RP2012305581.—(IN2012062068).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 21 de junio del 2012, se solicita la disolución de la sociedad denominada Globe Solutions Sociedad Anónima, presidente: Alberto Chaves Barrantes.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—RP2012305582.—(IN2012062069).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:20 horas del 21 de junio del 2012, se solicita la disolución de la sociedad denominada Nova Médica Sociedad Anónima, presidente: Fernando Brenes Apestegui.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—RP2012305583.—(IN2012062070).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del primero de diciembre del dos mil once, la sociedad denominada Accesorios Glamour Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veinte mil ochocientos cuarenta y ocho, procede, en vista de la renuncia de la anterior, a hacer nombramiento de la totalidad de una nueva junta directiva y del fiscal.—Lic. Allan Mora Naranjo, Notario.—1 vez.—RP2012305585.—(IN2012062071).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del dieciséis de junio del dos mil doce, se protocolizó la fusión de las sociedades ITO Solutions Central America Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos tres uno nueve ocho cuatro y la sociedad Propiedad Ayala de Paraíso Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seis tres cinco ocho cero cinco, prevaleciendo la sociedad ITO Solutions Central America Sociedad Anónima. Así mismo en la sociedad ITO Solutions Central America Sociedad Anónima, se modifica la cláusula quinta del pacto social para reflejar el aumento de capital social producto de la fusión dicha.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305586.—(IN2012062072).

Por escritura ciento veinte del tomo veintiséis de fecha once de junio del  dos  mil  doce, se disolvió  la  sociedad Tecnomotor F Y F S. A..—Lic. Hilda Marta Alpízar Castrillo, Notaria.—1 vez.—RP2012305588.—(IN2012062073).

Mediante escritura número 201-1, otorgada a las 16:00 horas del 18 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad denominada Zhopping S. A., domicilio: Alajuela.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012305589.—(IN2012062074).

Mediante escritura número 203-1, otorgada a las 17:00 horas del 19 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad denominada Logue S. A., domicilio: Puntarenas.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012305590.—(IN2012062075).

Protocolización de Artes Doina Limitada, por asamblea de socios se acuerda disolución de la sociedad. Otorgada el 8 de junio del 2012.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305592.—(IN2012062076).

Protocolización de Metalúrgica Tres Ríos S. A., por asamblea de socios se acuerda disolución de la sociedad. Otorgada el 8 de junio de dos mil doce.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012305593.—(IN2012062077).

Ante esta notaría, Ferloyga Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-noventa mil novecientos treinta y cuatro, domiciliada en San Ramón, Alajuela, setenta y cinco metros oeste de la esquina noroeste del mercado municipal, procede a reformar la cláusula sexta del estatuto.—San Ramón, 13 de junio del 2012.—Lic. María Cecilia Villalobos Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2012305594.—(IN2012062078).

Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Trans Quebec S.A., en virtud de la cual se acordó revocar el nombramiento de los actuales miembros de la junta directiva y fiscal de la compañía y en su lugar hacer nuevos nombramientos por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 7:50 horas del 28 de marzo del 2012.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012305595.—(IN2012062079).

Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Servicios Internacionales de Consultoría Serincon S.R.L., en virtud de la cual se acordó revocar el nombramiento del actual gerente por el resto del plazo social y se acordó otorgar poder generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 7:45 horas del 28 de marzo del 2012.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012305596.—(IN2012062080).

Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Roles y Muñoneras S.A., en virtud de la cual se acordó revocar el nombramiento del tesorero de la junta directiva y fiscal de la compañía y en su lugar hacer nuevos nombramientos por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 7:40 horas del 28 de marzo del 2012.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012305598.—(IN2012062081).

Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Montevideo S. A., en virtud de la cual se acordó revocar el nombramiento del tesorero de la junta directiva y fiscal de la compañía y en su lugar hacer nuevos nombramientos por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la cuidad de San José, a las 7:30 horas del 28 de marzo del 2012            .—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012305599.—(IN2012062082).

Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Producciones Celestes S. A., en virtud de la cual se acordó reformar la cláusula sétima del pacto social y revocar el nombramiento de los actuales miembros de la junta directiva y fiscal de la compañía y en su lugar hacer nuevos nombramientos por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 7:35 horas de 28 de marzo del 2012.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012305600.—(IN2012062083).

Edwin Blanco Retana, Ana Alfaro Vargas, disuelven sociedad anónima denominada Proyecto Lider-EBR S. A., con domicilio en San José, cuyo presidente fue Edwin Blanco Retana, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada en Cartago ante el notario Oscar Vinicio Solano Méndez.—Cartago 11 de junio de 2012.—Lic. Oscar Vinicio Solano Méndez, Notario.—1 vez.—RP2012305601.—(IN2012062084).

Sander Alberto Hernández Vásquez, Ricardo Arce Guzmán, disuelven sociedad anónima denominada Sanyis S. A., con domicilio en San José, cuyo presidente fue Sander Alberto Hernández Vásquez, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada en Cartago ante el notario Oscar Vinicio Solano Méndez.—Cartago, once de junio del dos mil doce.—Lic. Oscar Vinicio Solano Méndez, Notario.—1 vez.—RP2012305602.—(IN2012062085).

Carlos Luis Castro Marchena, Omira Sequeira Sevilla, disuelven  sociedad  anónima denominada Casma Internacional S. A., con domicilio en San José, cuyo presidente fue Carlos Luis Castro Marchena, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada en Cartago ante el notario Oscar Vinicio Solano Méndez.—Cartago, once de junio del dos mil doce.—Lic. Oscar Vinicio Solano Méndez, Notario.—1 vez.—RP2012305603.—(IN2012062086).

Ricardo Arce Guzmán, Hubert Monge Quesada, disuelven sociedad anónima denominada Roble y Arce S. A., con domicilio en San José, cuyo presidente fue Ricardo Arce Guzmán, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada en Cartago ante el notario Oscar Vinicio Solano Méndez.—Cartago, once de junio del dos mil doce.—Lic. Oscar Vinicio Solano Méndez, Notario.—1 vez.—RP2012305604.—(IN2012062087).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas con treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Morito Común de Costa Rica S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco uno dos ocho dos dos, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305605.—(IN2012062088).

Ante esta notaría, Corporación Chavi Cuatro Cuarenta y Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y siete mil trescientos dieciséis, con domicilio social doscientos metros norte de la entrada a San Isidro de San Ramón Alajuela, procede a reformar la cláusula quinta y octava del estatuto.—San Ramón, 19 de junio del 2012.—Lic. María Cecilia Villalobos Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2012305606.—(IN2012062089).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinte de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Mirlo Acuático Americano S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco uno tres tres siete uno, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305607.—(IN2012062090).

Mediante escritura otorgada a las nueve horas del veinte de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Arasari Piquinarnja S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco uno tres ocho dos seis, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305608.—(IN2012062091).

Mediante escritura otorgada a las nueve horas con quince minutos del veinte de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de American Dipper Property S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco uno tres tres uno cero, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305609.—(IN2012062092).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas del veintiuno de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Piju Pizarroso S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco uno tres dos dos uno, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305610.—(IN2012062093).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-seiscientos doce mil doscientos ochenta y ocho Sociedad Anónima, en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada, a las once horas veinte minutos del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. _Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012305611.—(IN2012062094).

Ante la suscrita notaria se otorgó escritura de disolución de la sociedad Cobrose Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de dicha empresa, escritura otorgada a las nueve horas del quince de junio del dos mil doce.—San José, 15 de junio del 2012.—Lic. _María Estrella Jiménez Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2012305612.—(IN2012062095).

Ante la suscrita notaria, se otorgó protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Especialidades en Madera M y M Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de dicha empresa, escritura otorgada a las diez horas del cuatro de junio del dos mil doce.—San José, 5 de junio del 2012.—Lic. _María Estrella Jiménez Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2012305613.—(IN2012062096).

La notaria Rosaura Carmiol Yalico, hace constar que en asamblea general de Soluciones Empresariales Inteligentes SEI S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y seis mil trescientos noventa y siete. Realizada a las dieciséis horas del ocho de junio del dos mil doce, se modificó el pacto constitutivo.—San José, catorce de junio del dos mil doce.—Lic. _Rosaura Carmiol Yalico, Notaria.—1 vez.—RP2012305614.—(IN2012062097).

William Sibaja Monge, cédula dos-dos cuatro seis-ocho tres nueve, Víctor Hugo Alfaro Esquivel, cédula dos-tres dos cinco-nueve cero cinco; Ernesto Ducca Durán, cédula uno-tres cinco dos -ocho nueve nueve; Wilson Miranda Araya, cédula dos-tres cuatro nueve-cinco cuatro cinco; Carlos Alberto Víquez Ugalde, cédula cuatro-cero ocho cuatro-nueve nueve uno y Salvador Quirós Conejo, cédula dos-dos ocho cinco- cinco uno cinco, por asamblea extraordinaria de socios de las dieciocho horas del doce de junio de 2012, acuerdan disolver la sociedad denominada Agropecuaria Sartalillo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero siete siete cero cero dos.—Venecia de San Carlos, 14 de junio del 2012.—Lic. _Oliver Alpízar Salas, Notario.—1 vez.—RP2012305615.—(IN2012062098).

Salvador Quirós Conejo, cédula dos-dos ocho cinco-cinco uno cinco; Evangelina Rojas González, cédula dos-tres seis dos-cero cero cuatro; Víctor Hugo Alfaro Esquivel, cédula dos-tres dos cinco-nueve cero cinco; Gilma González Soro, cédula dos-dos ocho nueve-seis uno dos, por asamblea extraordinaria de socios de las dieciocho horas del once de junio de 2012, acuerdan disolver la sociedad denominada La Brasa del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ocho uno uno uno nueve.—Venecia de San Carlos, 14 de junio del 2012.—Lic. _Oliver Alpízar Salas, Notario.—1 vez.—RP2012305616.—(IN2012062099).

En San José, ante el notario público Federico Balma Zumbado, al ser las ocho horas del quince de junio de dos mil doce, mediante escritura número cuarenta y cinco-nueve, se protocolizó actas de las sociedades Bond Enterprises Limitada y Outsorcing Administrativo S. A., mediante las cuales se acordó la fusión por absorción de ambas sociedades, prevaleciendo Bond Enterprises Limitada, ahora con un capital social de trescientos cuatro millones novecientos noventa mil colones, el resto del pacto social se mantiene sin modificaciones.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. _Federico Balma Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2012305617.—(IN2012062100).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 18 de junio del 2012, José Ángel Solano Quirós cédula número 1-0526-0109 y Ana María Bolaños Bolaños, cedula número 1-0577-0593, bajo declaración juramento de Ley por no haber libros, solicitan disolución y liquidación de la sociedad Servicentro Moravia Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-209349. No se nombró liquidador por no haber pasivos ni activos que repartir.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Gutiérrez Schwanhäuser, Notario.—1 vez.—RP2012305618.—(IN2012062101).

Por escritura otorgada a las 9:30 horas del 18 de junio del 2012 José Ángel Solano Castillo cédula número 3-0085-0759, bajo declaración juramento de Ley por no haber libros, solicita disolución y liquidación de la sociedad Lubricentro Ltda., cédula jurídica 3-102-009956. No se nombró liquidador por no haber pasivos ni activos que repartir.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Gutiérrez Schwanhäuser, Notario.—1 vez.—RP2012305619.—(IN2012062102).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 18 de junio del 2012, protocolicé acta acuerdos asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicios de Artes Gráficas Láser S. A., cédula jurídica 3-101-082450 que aprobaron disolución y liquidación de la misma. No se nombró liquidador por no haber pasivos ni activos que repartir.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Gutiérrez Schwanhäuser, Notario.—1 vez.—RP2012305620.—(IN2012062103).

Por escritura otorgada a las 10:30 horas del 18 de junio del 2012, protocolicé acta de acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad mercantil Lara Segura y Asociados S. A., cédula jurídica número 3-101-103945 que revoca y hace nombramientos para cargos de tesorero y secretario de junta directiva y modifican cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Gutiérrez Schwanhäuser, Notario.—1 vez.—RP2012305621.—(IN2012062104).

Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Mil Novecientos Veintiuno Internacional Sociedad Anónima, en la que se solicita por acuerdo de socios al Registro Nacional la disolución de la compañía.—San José, catorce de junio del año dos mil doce.—Lic. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012305622.—(IN2012062105).

Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Noguera y Corrales Sociedad Anónima, en la que se solicita por acuerdo de socios al Registro Nacional la disolución de la compañía.—San José, trece de junio del año dos mil doce.—Lic. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012305623.—(IN2012062106).

Por escritura otorgada, a las diez horas con treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Instituto para la Defensa de los Derechos Familiares S. A.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Marisol Marín Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012305624.—(IN2012062107).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las nueve horas del día veintiuno de junio del año dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria-extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Carrocería y Pintura Font Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y nueve mil ciento cinco, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios y por no poseer ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tener operaciones ni actividades de ninguna naturaleza, se acuerda prescindir del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, veintiuno de junio del año dos mil doce.—Lic. Wilfred Arguello Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012305625.—(IN2012062108).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, al ser las diecisiete horas del día dieciocho de junio del año dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria-extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Asesores del Este H Y J Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos setenta, mediante la cual se reforma la cláusula primera, segunda y octava de los estatutos sociales, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, diecinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Wilfred Arguello Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012305626.—(IN2012062109).

Mediante escritura número ochenta y siete otorgada ante mi notaría, a las diecisiete treinta horas del quince de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de la compañía tres-ciento dos-cinco cinco ocho siete siete cero s.r.l., en la cual se acuerda la disolución de la misma.—Grecia, 15 de junio del 2012.—Lic. Carol F. Murillo Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012305627.—(IN2012062110).

Mediante escritura número noventa y dos otorgada ante mi notaría, a las diecisiete y treinta horas del veinte de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Plaza Grecia Diecinueve Arese Sociedad Anónima, por virtud de la cual se reforman las cláusulas segunda, cuarta, sétima y se nombra presidente, secretario y tesorero.—Grecia, 21 de junio del 2012.—Lic. Carol Fabiola Murillo Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012305628.—(IN2012062111).

Por escritura número nueve-dos, de las trece horas del trece de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Agnus Dei Sociedad Anónima. Se nombra presidente, secretaria, tesorero y fiscal de junta directiva.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Roxana Rodríguez Artavia, Notaria.—1 vez.—RP2012305629.—(IN2012062112).

Por escritura número treinta y seis-dos, de las doce horas del quince de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría, por acuerdo de socios se protocoliza la disolución de la sociedad denominada Inversiones Ámbar Arcinoe Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos doce mil doscientos noventa y nueve.—Tres Ríos, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—RP2012305630.—(IN2012062113).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día catorce de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Pure Elegance Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, catorce de junio del dos mil doce.—Denice Yorleny Brown Beckford, Notaria.—1 vez.—RP2012305631.—(IN2012062114).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día dieciocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Krisvan Profesionales en Belleza Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Denice Yorleny Brown Beckford, Notaria.—1 vez.—RP2012305632.—(IN2012062115).

Por escritura otorgada, a las 14:00 horas de 10 de mayo de 2012, ante esta notaría se protocolizó, acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Andregoya S. A., en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y sétima del pacto social y nombrar nueva junta directiva y fiscal por el resto del plazo social.—San José, 10 de mayo de 2012.—Manrique Quirós Rohrmoser, Notario.—1 vez.—RP2012305634.—(IN2012062116).

Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Viento Alegre S. A., en virtud de la cual se acordó revocar el nombramiento del secretario y tesorero de la junta directiva y fiscal de la compañía y en su lugar hacer nuevos nombramientos por el resto del plazo social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 7:55 horas del 28 de marzo del 2012.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012305635.—(IN2012062117).

Por escritura número 60, otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 20 de junio del 2012, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Matacha de Cheli Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma el acta constitutiva modificándose el objeto de la sociedad anónima.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012305637.—(IN2012062118).

Por escritura número 51 otorgada, hoy ante mí, se acordó disolver la sociedad Siete Cinco Seis CG Sociedad Anónima.—San José, 15:00 horas del 30 de abril del 2012.—Lic. Claudio Antonio Hernández Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2012305638.—(IN2012062119).

Por escritura número 62 otorgada, hoy ante mí, se acordó disolver la sociedad Inversiones Ara Pococí Sociedad Anónima.—San José, 16:00 horas del 19 de junio del 2012.—Lic. Claudio Antonio Hernández Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2012305639.—(IN2012062120).

Por escritura número 82 otorgada, hoy ante mí, se acordó disolver la sociedad Angelitos de San Gerardo Sociedad Anónima.—Puntarenas, 15:00 horas del 7 de junio del 2012.—Lic. Ana Mercedes Alvarado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012305640.—(IN2012062121).

Por escritura pública, otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 18 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Centro de Tutorías y Tareas Moncala Sociedad Anónima.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—RP2012305644.—(IN2012062122).

Por escritura pública, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 18 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Jolliro Sociedad Anónima.—Lic. Guillermo Montealegre Mata, Notario.—1 vez.—RP2012305645.—(IN2012062123).

Por escritura pública, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 hoas del 18 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Inversiones Llyro S. A.—Lic. Guillermo Montealegre Mata, Notario.—1 vez.—RP2012305646.—(IN2012062124).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 8 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Inmobiliria Familiar Limagri Sociedad Anónima.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—RP2012305647.—(IN2012062125).

En escritura otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas de hoy, los socios disolvieron por acuerdo la sociedad Distribuidora Oromar S. A.—San José, Goicoechea, 18 de junio  de 2012.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012305649.—(IN2012062126).

Por escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 20 de junio del 2012, protocolicé el acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Lepiz & Calderón Asociados Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica N° 3-101-380418, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad con base en el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, 20 de junio del 2012.—Priscilla Soto Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012305650.—(IN2012062127).

Por escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 20 de junio del 2012, se disolvió por acuerdo de socios la sociedad Hacienda Beica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica N° 3-101-316664, con base en el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Vargas Yong, Notario.—1 vez.—RP2012305651.—(IN2012062128).

A las diez horas del veintiuno de junio de dos mil doce, ante esta notaría, se nombra nuevo gerente en la entidad Hamer Doors Ltda. Nueva gerente Rebeca María Salas García.—Lic. Alexandra Alfaro Céspedes, Notaria.—1 vez.—RP2012305652.—(IN2012062129).

Por escritura otorgada ante el suscrito se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Condominio Belén Tres E Castellón Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-265339; se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—RP2012305654.—(IN2012062130).

Mediante escritura otorgada, a las ocho horas con quince minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Picotorcido Norteño S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco uno dos nueve cinco cero, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305656.—(IN2012062131).

Mediante escritura otorgada, a las ocho horas cuarenta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Northern Bentbill Property S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco uno tres tres cero siete, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305657.—(IN2012062132).

Mediante escritura otorgada, a las nueve horas del veintiuno de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Programas de Intercambio Cultural P.I.C Limitada, cédula jurídica número tres-uno cero dos-cinco cero ocho nueve siete cuatro, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305658.—(IN2012062133).

Mediante escritura otorgada, a las diez horas del veintiuno de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Gavilán Ilan Sociedad Anónima Soterrey Ruiseñor de Costa Rica S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-dos cero cuatro cero cuatro dos, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305659.—(IN2012062134).

Ante la notaría del Licenciado Douglas Mora Umaña, se protocolizó actas de asambleas generales extraordinarias de Sociedad Calificadora de Riesgo Centroamericana Sociedad Anónima, en la que se reformó la cláusula quinta de sus estatutos. Es todo.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012305660.—(IN2012062135).

Mediante escritura otorgada, a las trece horas con treinta minutos del siete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Agropecuaria Setenta Cuarenta y Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-dos dos ocho cuatro dos tres, mediante la cual se modifica el pacto social y se cambian directores.—San José veintiuno de junio del dos mil doce.—Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012305661.—(IN2012062136).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintiuno de junio del dos mil doce, se solicitó la disolución de la sociedad denominada Comunicación Ambiental, Consultorías y Asesorías S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y un mil doscientos treinta y cuatro.—San José veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—RP2012305662.—(IN2012062137).

En mi notaría, al ser las 16:00 horas del 11 de junio del 2012, mediante escritura número doscientos ochenta y dos, se disolvió la sociedad Construcciones y Remodelaciones Campos S. A., cédula jurídica número 3-101-537610.—Cartago, 16 de junio del 2012.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2012305663.—(IN2012062138).

Se constituye Alelipao Sociedad Anónima. Presidente John Alejandro León Arando, mayor, soltero, comerciante de nacionalidad colombiano, con pasaporte de su país CC 94153709, vecino de km 30 de Golfito Puntarenas, frente al aeropuerto privado. A las dieciséis horas del día 1° de junio del 2012.—Lic. María Auxiliadora Fernández Godínez, Notaria.—1 vez.—RP2012305666.—(IN2012062139).

Ante esta notaría, se solicita la liquidación de la sociedad denominada Divisa de Santa Ana Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-136117, por asamblea general extraordinaria de socios de las 15:00 horas del 10 de junio del 2012. Se acuerda traspasar bienes.—Lic. Christian Vinicio Castro Marín, Notario.—1 vez.—RP2012305667.—(IN2012062140).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las ocho horas del veintiuno de junio del dos mil doce. Se constituye la sociedad Acciona Energía Costa Rica Sociedad Anónima. Con un capital social de cien mil colones exactos.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012305668.—(IN2012062141).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de China Siglo Veintiuno CSV, Inversiones Los Colegios, Verificadora Nacional, Representaciones Las Gladiolas, Inversión Internacional Portuaria, donde se fusionan las sociedades.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012305669.—(IN2012062142).

Por escritura de las 9:30 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de la compañía Kantorini Tours S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012305670.—(IN2012062143).

Por escritura de las 9:50 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de la compañía Antor de San José S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012305672.—(IN2012062144).

Por escritura de las 9:40 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de la compañía Leme de América S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012305671.—(IN2012062145).

Mediante escritura número doscientos cuarenta y cuatro, se constituye Finanzas e Inversiones de Costa Rica Sociedad Anónima, el presidente es Carlos Gudiño Martínez.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ericka María Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2012305673.—(IN2012062146).

Mediante escritura número trece, se constituye Llanuras del Pacífico JC Alvarado e Hijos Sociedad Anónima, el presidente es Juan Carlos Alvarado García.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ericka María Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2012305674.—(IN2012062147).

Mediante escritura número doscientos cuarenta y uno, se disuelve Luvar Lecor Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y cinco mil ochocientos cuarenta y cuatro.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Ericka María Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2012305675.—(IN2012062148).

Mediante escritura número doscientos treinta y cinco, se disuelve Transportes Jukala Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y ocho quinientos dieciocho.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Ericka María Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2012305676.—(IN2012062149).

Mediante escritura número doscientos treinta y cuatro, se disuelve Dibrugua Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintiséis mil quinientos trece.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Ericka María Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2012305677.—(IN2012062150).

Mediante escritura número doscientos cincuenta, se disuelve Zulay y Francisco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta mil doscientos cuarenta y seis.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ericka María Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2012305678.—(IN2012062151).

Mediante escritura número doscientos treinta y tres, se disuelve Alma Noble del Sur Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento ochenta y nueve mil setecientos cuatro.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Ericka María Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2012305679.—(IN2012062152).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintiuno de mayo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Luq Storage Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del dos mil doce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2012305682.—(IN2012062153).

Escritura en mi notaría, San José, barrio Luján frente iglesia católica, Nº 13-4, 10 horas del 21 de junio del 2012, se solicitó cesación sociedad denominada Sociedad Educativa Improntos S. A., cédula jurídica número 3-101-188179 domiciliada en San José, Goicoechea, urbanización Korobo, número 16, capital social 5.000 colones, constituido por dos acciones de dos mil quinientos colones cada una.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Rafael Ángel Brenes V., Notario.—1 vez.—RP2012305683.—(IN2012062154).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintiuno de mayo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Avenida Escazú Storage Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del 2012.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2012305684.—(IN2012062155).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintiuno de mayo del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Luqorp Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del dos mil doce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2012305685.—(IN2012062156).

En esta notaría, a las once horas del primero de junio de dos mil doce; constituí Concreto Fácil de Costa Rica S.R.L. un gerente tendrá la presentación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y su domicilio será Heredia, distrito y cantón primeros, avenida central, calles tres y cinco, edificio Colón, tercer piso, pudiendo tener agencias y/o sucursales en el país o fuera de él.—Lic. Édgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2012305686.—(IN2012062157).

Mediante acta número cinco de asamblea general ordinaria / extraordinaria de socios de la sociedad Gourmet Deco A F B S. A. cédula jurídica 3-101-224721, y protocolizada mediante escritura número cincuenta y dos de las 10:00 horas del 21 de junio del 2012, visible a folio treinta y seis frente del tomo uno del protocolo, acuerdan su liquidación y disolución.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Roxana Zúñiga Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012305687.—(IN2012062158).

El suscrito notario hace constar y da fe de que ha protocolizado acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Autos Ariamma S. A. a las 14:00 horas del 14 de junio del 2012, en la cual se disuelve y se nombra liquidador de la sociedad.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—RP2012305688.—(IN2012062159).

Mediante acta número cinco de asamblea general ordinaria / extraordinaria de socios de la sociedad Grupo Inversionista S O C del Oeste S. A. cédula jurídica 3-101-377067, y protocolizada mediante escritura número cincuenta y uno de las 9:00 horas del 21 de junio del 2012, visible a folio treinta y cinco frente del tomo uno del protocolo, acuerdan su liquidación y disolución.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Roxana Zúñiga Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012305689.—(IN2012062160).

El suscrito notario hace constar y da fe de que ha protocolizado acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inmobiliaria Capriale I.C.P. S. A. a las 15:00 horas del 14 de junio del 2012, en la cual se disuelve y liquida la sociedad.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—RP2012305690.—(IN2012062161).

El suscrito notario hace constar y da fe de que ha protocolizado acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Distribuidora de Ingredientes Funcionales para la Alimentación DIFASA S. A. a las 16:00 horas del 14 de junio del 2012, en la cual se disuelve y liquida la sociedad.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—RP2012305692.—(IN2012062162).

Mediante acta número cinco de asamblea general ordinaria / extraordinaria de socios de la sociedad Cyles Internacional S. A. cédula jurídica 3-101-345453, y protocolizada mediante escritura número cincuenta de las 8:45 horas del 21 de junio del 2012, visible a folio treinta y cuatro vuelto del tomo uno del protocolo, acuerdan su liquidación y disolución.—San José, 21 de junio 2012.—Lic. Roxana Zúñiga Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012305693.—(IN2012062163).

El suscrito notario hace constar y da fe de que ha protocolizado acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Etimore S. A. a las 15:00 horas del 15 de mayo del 2012, en la cual se disuelve y liquida la sociedad.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—RP2012305694.—(IN2012062164).

Mediante escritura pública número cincuenta y tres de las 11:05 horas del 21 de junio del 2012, visible a folio treinta y siete frente del tomo uno del protocolo, los socios de la sociedad Grupo Najo H O Centroamericano S. A. cédula jurídica 3-101-387253, acuerdan su liquidación y disolución.—San José, 21 de junio 2012.—Lic. Roxana Zúñiga Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012305695.—(IN2012062165).

El suscrito notario hace constar y da fe de que ha protocolizado acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Steve Valeria Air Conditioner S.V.A.C. S. A. a las 16:00 horas del 15 de mayo del 2012, en la cual se disuelve y liquida la sociedad.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—RP2012305696.—(IN2012062166).

Mediante escritura número cincuenta y cuatro de las 12:05 horas del 21 de junio del 2012, visible a folio treinta y ocho frente del tomo uno del protocolo los socios de la sociedad Inversiones Corporativas ANJ de San Pedro S. A. cédula jurídica 3-101-247071, acuerdan su liquidación y disolución.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Roxana Zúñiga Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012305697.—(IN2012062167).

Gabriela Guzmán Stein como única accionista acuerda disolución de las sociedades Hontalvilla Sociedad Anónima, Club de Cirugía Plástica Sociedad Anónima y Propiedades Guzteca Sociedad Anónima. Escrituras otorgadas el dieciocho de junio de dos mil doce.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012305698.—(IN2012062168).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del día 20 de junio de 2012, se constituyó Polimeros y Plas.Ticos Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil dólares.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—RP2012305699.—(IN2012062169).

En asamblea general extraordinaria de accionistas de Urimar Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y dos, domiciliada en San José, al ser las ocho horas del nueve de mayo del 2012, se acuerda la disolución de la entidad. Escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del veinte de mayo del dos mil doce.—Lic. Kattia Gamboa Víquez, Notaria.—1 vez.—RP2012305700.—(IN2012062170).

Ante mi notaría al ser las 16:00 horas del día 20 de junio de 2012, los socios de la empresa Martimor Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos trece mil seiscientos ochenta y dos, con domicilio en Los Ángeles de Rivas de Pérez Zeledón, quinientos metros este de la escuela, acordaron disolver la sociedad, de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Es todo.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—RP2012305701.—(IN2012062171).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 7 de mayo de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa L.S. Hale Investments S. A. mediante la cual se reforman las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto social referidas al nombre, domicilio y a la representación, llamándose a partir de hoy Fourlokos Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio de 2012.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—RP2012305702.—(IN2012062172).

Por medio de la escritura otorgada ante el notario Diego Soto Solera, número ciento cuarenta y nueve-siete, a las diez horas del día dieciocho de junio de dos mil doce, mediante acuerdo de la totalidad del capital accionario, se procede a disolver la sociedad Oksiones Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veinticuatro mil noventa y seis. Es todo.—Diecinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—RP2012305703.—(IN2012062173).

Por medio de la escritura otorgada ante el notario Diego Soto Solera, número ciento cincuenta y cuatro-siete, a las ocho horas treinta minutos del día diecinueve de junio de dos mil doce, mediante acuerdo de la totalidad del capital accionario, se procede a disolver la sociedad Reflejos Verdes Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos catorce mil setecientos noventa y dos. Es todo.—Diecinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—RP2012305704.—(IN2012062174).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí a las nueve horas del día quince de junio del año dos mil doce, en San José, se disolvió la sociedad denominada Ediciones Jera Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y cuatro mil setecientos cinco.—San José, once horas cinco minutos del quince de junio del año dos mil doce.—Lic. José Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012305705.—(IN2012062175).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día quince de junio del año dos mil doce, en San José, se disolvió la sociedad denominada Cochese Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciocho mil setecientos treinta y cuatro.—San José, doce horas cinco minutos del quince de junio del dos mil doce.—Lic. José Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012305706.—(IN2012062176).

Consultores Psicológicos Administrativos de Latinoamérica S. A. 3-101-3133350 se disuelve.—Cartago, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Daniel Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—RP2012305707.—(IN2012062177).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del día veinte de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Promociones Premier de Centroamérica S. A. donde se acuerda modificar las cláusulas sexta y décima primera segunda y novena del pacto constitutivo.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012305708.—(IN2012062178).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día veinticinco de mayo del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-474863 SRL., donde se acuerda transformar la presente sociedad a una sociedad anónima.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012305709.—(IN2012062179).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diez horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Cosume Internacional de Costa Rica Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—Grecia, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Sylvia Eastwood Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012305711.—(IN2012062180).

Por escritura: 82 de 17 horas del 12 de junio del año 2012, la totalidad de socios acordó disolver por unanimidad la sociedad Ornamentales Vilma S. A., según artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Se publica para efectos del artículo 207 del mismo Código. La notaría se encuentra en San José, barrio Don Bosco, calle 26 avenidas 2 y 4, número 254.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2012305713.—(IN2012062181).

Por escritura: 81 de 16 horas del 12 de junio del año 2012, la totalidad de socios acordó disolver por unanimidad la sociedad Corporación Agrícola y Ganadera La Alhambra S. A., según artículo 201 inciso d del Código de Comercio. Se publica para efectos del artículo 207 del mismo Código. La notaría se encuentra en San José, barrio Don Bosco, calle 26 avenidas 2 y 4, número 254.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2012305714.—(IN2012062182).

He disuelto las empresas Arica Dos Mil Seis DEF, Bambielf del Norte, Caribou, Chebogue, Courtenay, Excelsior Aviation, Merrick, Overseas Developments, Smiling Flower of the East, todas S. A., y protocolizado acta de la empresa Sequeira Call Ltda, en la cual se modificaron estatutos, teléfono: 8706-50-82.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—RP2012305715.—(IN2012062183).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó una acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tricoast Management S. A., mediante la cual se modifican la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 8:00 horas del 19 de junio del 2012.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2012305716.—(IN2012062184).

En esta notaría pública, a las nueve horas del veinte de junio de dos mil doce, se acuerda la disolución de Rutledge International Holdings S. A.—San José, veintiuno junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—RP2012305717.—(IN2012062185).

Por escritura número 62 del tomo 22 otorgada ante la suscrita notaria a las 15 horas del 18 de junio del 2012 se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Tres-Ciento Uno-Cinco Nueve Cero Nueve Siete Cuatro S. A., mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social y se nombra nueva presidente, tesorero de la junta directiva y fiscal.—Lic. Cecilia Ivette Villalobos Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012305720.—(IN2012062186).

Por escritura número: ciento treinta y nueve otorgada ante mi notaría a las dieciséis horas del catorce de junio del dos mil doce; se disolvió la sociedad anónima denominada: Terrafest Sociedad Anónima, inscrita en Registro de Personas Jurídicas bajo la cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos noventa y cinco-mil novecientos treinta y cinco.—Nicoya, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Kenia Pereira López, Notaria.—1 vez.—RP2012305722.—(IN2012062187).

El suscrito notario da fe de que en esta notaría se protocolizó la disolución de Corporación Piedra Fría Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-286241, mediante escritura número ciento trece-dos otorgada a las ocho horas del once de junio del dos mil doce. Es todo.—Heredia, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Humberto Segnini Saborío, Notario.—1 vez.—RP2012305724.—(IN2012062188).

El suscrito notario da fe de que en esta notaría se protocolizó la disolución de Santona Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-277552, mediante escritura número ciento catorce-dos otorgada a las nueve horas del once de junio del dos mil doce. Es todo.—Heredia, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Humberto Segnini Saborío, Notario.—1 vez.—RP2012305725.—(IN2012062189).

Ante esta notaría se protocolizó acta de la Fundación Clínica Control del Dolor y Cuidados Paleativos Belén, en la que se modifican las cláusulas primera, segunda y décimo cuarta del pacto constitutivo. Así consta en escritura otorgada en San Antonio de Belén, a las dieciocho horas del diecinueve de junio del dos mil doce ante la notaria Olga Morera Chaves.—San Antonio de Belén, 20 de junio del 2012.—Lic. Olga Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012305726.—(IN2012062190).

Por escritura número trescientos veintidós, del tomo catorce del protocolo del suscrito notario otorgado a las nueve horas del treinta de mayo del dos mil doce, protocolicé disolución de la sociedad Q M Diseño y Arte Gráfico Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-doscientos sesenta y mil cuatrocientos cuarenta y ocho.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—RP2012305727.—(IN2012062191).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las nueve horas del veintiuno de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad denominada, A.) Inmobiliaria Arnesto de Cartago Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veinticinco mil ochocientos diecinueve. Lo anterior de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Cartago, 21 de junio del 2012.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario.—1 vez.—RP2012305728.—(IN2012062192).

Por escritura número sesenta otorgada en mi notaría a las ocho horas del dieciocho de junio del año dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Instalaciones Eléctricas Jeme Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos dos tres cero seis uno.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012305729.—(IN2012062193).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, 10 horas del 18 de mayo y a las 15, 15:30, 16, 16:30 horas todas del 18 de junio, y a las 8 horas del 20 de junio, todas del 2012, se protocolizaron asambleas generales de accionistas donde se acuerda la disolución de las sociedades: Cargamatas S. A., Black Pearl GFSM S. A., Sabkha C.R.D.C. S. A., Ecológicas Ecoturística S. A., Gimesco S. A. y en la última escritura las sociedades: Italtropico S. A., Remolcaribe S. A., Auto Gafi J.C.B.V. S. A., Publicaribe S. A. y Euram S. A.. Además, por medio de escritura de las 8 horas del 15 de junio se protocolizó asamblea general de A.B.E. Asesores C.O.R.P. S. A. donde se reforman las cláusulas primera y sétima del pacto constitutivo.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—RP2012305730.—(IN2012062194).

Por escritura otorgada en La Aurora de Heredia en conotariado con el notario Luis Femando Fallas Marín, a las 10:30 horas del día de hoy, se liquidó la empresa que se denomina Huellas Creativiad Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio de 2012.—Lic. Edgardo Flores Albertazzi, Notario.—1 vez.—RP2012305732.—(IN2012062195).

Por escritura 55 otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 20 de junio del 2012, la sociedad: Vida del Pacífico S. A., aumentó su capital social y reformó la cláusula sétima de los estatutos.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012305733.—(IN2012062196).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del día 18 de mayo del 2012, se constituyen veintiún sociedades, Brumas del Bailey V.I Madroño Filial Cuatro Sociedad Anónima, Brumas del Bailey V.I Laurel Filial Seis Sociedad Anónima, Brumas del Bailey V.I Candelillo Filial Diez Sociedad Anónima, Brumas del Bailey V.I Sandal Filial Doce Sociedad Anónima, Brumas del Bailey V.I Plumería Filial Diecisiete Sociedad Anónima, Brumas del Bailey V.I Nancite Filial Dieciocho Sociedad Anónima, Brumas del Bailey V.I Cocobolo Filial Veinte Sociedad Anónima, la cual es de nombre de fantasía. Domicilio en San José, Escazú, el capital social es de doce mil colones exactos, íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Representación judicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, presidente: Paulo Andrés Elizondo Monge.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2012305734.—(IN2012062197).

Por escritura número 54 de las 14:30 horas del 20 de junio del dos mil doce, visible al folio 29 vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y ocho mil seiscientos noventa y tres s. a., por la que se disuelve la misma.—San Antonio de Belén, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012305735.—(IN2012062198).

La empresa tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y ocho mil novecientos noventa y uno sociedad anónima se fusiona por absorción con la empresa Grupo M y F San Gabriel Sociedad Anónima, prevaleciendo esta última. Se modifica cláusula quinta del pacto constitutivo.—Santa Rita de Río Cuarto, Grecia, 21 de junio del 2012.—Lic. Marjorie Otoya Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012305737.—(IN2012062199).

Por escritura pública número sesenta y cuatro, se disuelve la sociedad denominada Comercializadora San Luis Sociedad Anónima cédula jurídica número: tres-ciento uno-ciento cuarenta y seis mil seiscientos treinta y nueve.—Upala, Alajuela, dieciséis de junio del dos mil doce.—Lic. Ronald Núñez Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012305741.—(IN2012062200).

Por escritura número ciento cuarenta y uno-quince, otorgada ante esta notaria Tatiana Saborío Marín, a las once horas del día diecinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Kharacters Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiocho mil seiscientos ocho, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Tatiana Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012305742.—(IN2012062201).

Por escritura número sesenta y siete-dos, otorgada ante esta notaría, conotariando los notarios Esteban Blanco Herrera y Tatiana Saborío Marín, a las once horas del día veintiuno de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres ciento uno seiscientos mil catorce sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos mil catorce, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Tatiana Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012305743.—(IN2012062202).

Por escritura otorgada en esta notaría el día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Masi Sociedad Anónima en que se acuerda su disolución y liquidación a partir de 28 de mayo del 2012. Se acuerda no nombrar liquidador por no tener la sociedad ni activos ni pasivos.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. Fernando Rafael Morera Solano, Notario.—1 vez.—RP2012305744.—(IN2012062203).

Por escritura otorgada en esta notaría el día de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Kibo Sociedad Anónima, en que se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, variando el domicilio social; y se nombra tesorera.—San José, 3 de mayo del 2012.—Lic. Fernando Rafael Morera Solano, Notario.—1 vez.—RP2012305745.—(IN2012062204).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veinte de junio de dos mil doce, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad Edificio de Inversiones Shoshi S. A., por medio de la cual de modificó la cláusula de administración y domicilio.—San José, veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Alejandra Hevia Portocarrero, Notaria.—1 vez.—RP2012305746.—(IN2012062205).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, ubicada en Barrio Córdoba diagonal al Liceo Castro Madriz, a las 15:00 horas del 12 de junio del 2012, se acordó la disolución de la compañía Centro Fisio Kinesis S. A., cédula jurídica 3-101-231527.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Marjorie Retana Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012305747.—(IN2012062206).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, ubicada en Barrio Córdoba diagonal al Liceo Castro Madriz, a las 12 horas 15 minutos del 6 de junio del 2012, se acordó la disolución de la compañía Cariotipo S. A., cédula jurídica 3-101-070659.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Marjorie Retana Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012305748.—(IN2012062207).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del cinco de junio del dos mil doce, la sociedad Honokawa off Shore Ltda. realiza modificación la cláusula segunda referente al domicilio social, de igual forma realiza nombramiento de nuevo agente residente.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012305749.—(IN2012062208).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del tres de mayo del dos mil doce, la sociedad Residencial Cola de Ballena S. A. realiza modificación de cláusula sétima referente a la administración, procede a realizar nuevos nombramientos de junta directiva.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012305750.—(IN2012062209).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del siete de junio del año dos mil doce, la sociedad Noni Natural de Costa Rica S. A. se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012305751.—(IN2012062210).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las quince horas del día doce de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inmóvil Celulares. Audio y Video S. A. cédula de persona jurídica número tres-ciento-uno-quinientos cuatro mil sesenta y uno, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012305752.—(IN2012062211).

Por acuerdo de socios se disuelve Inversiones Turísticas Vieli Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos veintisiete mil ochocientos ocho a partir del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012305753.—(IN2012062212).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas diez minutos del siete de junio del año dos mil doce, la sociedad Mini Bodegas B CN de Costa Rica S. A. se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la Ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012305754.—(IN2012062213).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del cinco de junio del año dos mil doce, la sociedad Monkeying Around S. A. realiza modificación a la cláusula sexta referente a la administración y realiza nuevos nombramientos de junta directiva.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012305755.—(IN2012062214).

Por acuerdo de socios se disuelve Que Linda Corporation Sociedad Anónima, persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos quince mil seiscientos noventa y siete a partir del veinte de junio del año dos mil doce.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012305756.—(IN2012062215).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintidós de mayo del año dos mil doce, la sociedad Murphy S Car S. A. se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la Ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012305757.—(IN2012062216).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las once nueve minutos del día diecinueve de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Naxos Kalloni Inc. S. A. titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos once mil setecientos nueve, y de la sociedad Naxos Askeli Inc. S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos once mil doscientos, en donde se acuerda el cese en la personalidad jurídica individual de Naxos Askeli Inc. S. A. b) Naxos Kalloni Inc. S. A. asume de pleno derecho, sin exclusión ni excepción alguna, todos los activos y pasivos, lo mismo que todos los derechos y obligaciones.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis. Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012305758.—(IN2012062217).

La suscrita notaria Sylvia Arias Ulate, hace constar que mediante escritura setenta, visible al folio treinta y seis vuelto de mi protocolo, tomo tercero, se disolvió la empresa O F Q Cincuenta y Dos S. A.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Sylvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2012305759.—(IN2012062218).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del día diecinueve de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de la Wortley Montagu S. A. titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil ochocientos treinta y nueve, en donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012305760.—(IN2012062219).

La suscrita notaria Sylvia Arias Ulate, hace constar que mediante escritura sesenta y nueve visible al folio treinta y seis vuelto de mi protocolo tomo tercero, se disolvió la empresa Concreto Modulares S. A.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Sylvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2012305761.—(IN2012062220).

La suscrita notaria Sylvia Arias Ulate, hace constar que mediante escritura sesenta y ocho, visible al folio treinta y seis frente de mi protocolo, tomo tercero, se disolvió la empresa Exclusividades Santa Bárbara Fear S. A.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Sylvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2012305762.—(IN2012062221).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día veintiuno de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de El Habichuelo Limitada, la cual anteriormente era denominada Inversiones Zeus Doscientos Dos Limitada, titular de la cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y nueve mil quinientos sesenta y seis, en donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012305763.—(IN2012062222).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las once horas de hoy día cinco de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones Zarkadakis Enterprises Limitada, en donde se acuerda la disolución de la sociedad por acuerdo de socios.—San José, cinco de junio del dos mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012305764.—(IN2012062223).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las once horas y diez minutos del día diecinueve de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de Aphrodite Ciento Uno Limitada titular de la cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y siete mil ochocientos diecinueve, en donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012305765.—(IN2012062224).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la sociedad Águila Filadelfia S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dieciséis mil cuatrocientos sesenta y nueve, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—RP2012305766.—(IN2012062225).

Por acuerdo unánime de todos los socios de la sociedad Industria Concretera del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero veintiún mil ochocientos setenta y seis, se acordó la disolución de la sociedad, con base en el artículo doscientos uno inciso d del Código de Comercio. Hernán Pérez Granados, Presidente.—Santa Cruz, Guanacaste, diecinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Ana Virginia Pérez Li, Notaria.—1 vez.—RP2012305767.—(IN2012062226).

Por acuerdo unánime de todos los socios de la sociedad Nimchocoh Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero noventa y seis mil seiscientos ochenta y siete, se acordó la disolución de la sociedad, con base en el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Jeannette Li Chang, Presidenta.—Santa Cruz, Guanacaste, diecinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Ana Virginia Pérez Li, Notaria.—1 vez.—RP2012305768.—(IN2012062227).

Por acuerdo unánime de todos los socios de la sociedad Perli Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cero treinta y cinco mil doscientos ochenta y seis, se acordó la disolución de la sociedad, con base en el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Hernán Pérez Granados, Presidente..—Santa Cruz, Guanacaste, diecinueve de junio de dos mil doce.—Licda. Ana Virginia Pérez Li, Notaria.—1 vez.—RP2012305769.—(IN2012062228).

El Suscrito Arturo Montero Flores, Notario Público con oficina en San Juan, La Unión, Cartago, tel. 22786996 hace del conocimiento a quien interese, y pueda ser afectado, que a su oficina se presentó Gerardo Jara Chacón, cédula 1-0359-0632, apoderado generalísimo sin límite de suma de Comercial Acero Uno S. A., cédula jurídica 3-101-261224, a protocolizar acta que modifica cláusula quinta capital social, octava junta directiva, y décima tercera representante legal del pacto constitutivo.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Arturo Montero Flores, Notario.—1 vez.—RP2012305770.—(IN2012062229).

El Suscrito Notario Arturo Montero Flores, teléfono 22786996, avisa a quien interese, que a su oficina comparecen Lidia Orias Arguedas, cédula 1-0653-0373 y Hazel Solano Jiménez, cédula 1-0796-0178, ambas socias de Belleza y Arte S. A., cédula jurídica 3-101-322096, para otorgar escritura que disuelve por acuerdo de socias dicha sociedad. Por lo que en tiempo se emplaza a comparecer a quien con este acto se vea afectado.—San Juan, La Unión de Cartago, 21 de junio del 2012.—Lic. Arturo Montero Flores, Notario.—1 vez.—RP2012305771.—(IN2012062230).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las catorce horas del día dieciocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Inversiones Éxito Global Sociedad Anónima. Por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012305772.—(IN2012062231).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las diez horas del día diez de mayo del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Cultural Software Developments Sociedad Anónima, por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012305773.—(IN2012062232).

El día de hoy protocolizamos acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Tarimas San Nicolás Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Cartago, 18 de junio del 2012.—Lic.. Patricia María Meza Meza y Lic. William Buckley Buckley, Notarios.—1 vez.—RP2012305774.—(IN2012062233).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las nueve horas del día catorce de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Luna Faro Sociedad Anónima, por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.— RP2012305775.—(IN2012062234).

El día de hoy protocolizamos acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Super Carnes Cartago, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Cartago, 14 de junio del 2012.—Lic. Patricia María Meza Meza y Lic. William Buckley Buckley, Notarios.—1 vez.— RP2012305776.—(IN2012062235).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las diecinueve horas del día trece de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Servicios de Mantenimiento Mampreco Sociedad Anónima, por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012305777.— (IN2012062236).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las quince horas del día dieciocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Corporación Internacional Antares del Cosmos Sociedad Anónima, por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.— RP2012305778.—(IN2012062237).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las dieciséis horas del día dieciocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Centroamerican de Altamar Sociedad Anónima, por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.— RP2012305779.—(IN2012062238).

Por escritura otorgada a las quince horas del veinte de junio del dos mil doce, se reformó la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad Vehículos Pasos Sólidos, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.— RP2012305780.—(IN2012062239).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Old Shark Investments S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinticuatro mil seiscientos sesenta y seis. Se revocan los nombramientos del presidente, secretario, tesorero, así como del fiscal y se realizan nuevos nombramientos. Se modifica el domicilio social. Escritura otorgada a las nueve horas del trece de abril de dos mil doce.—Liberia, siete de junio de dos mil doce.—Licda. Jéssica Abarca Guzmán, Notaria.—1 vez.— RP2012305781.—(IN2012062240).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Ovicor Comunicación S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos once mil cero cero cero ocho, acordando la disolución de la misma. Es todo.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Pablo Bogarín Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2012305782.— (IN2012062241).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Repuestos Antioquía R A S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil doscientos sesenta y tres, acordando la disolución de la misma. Es todo.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Pablo Bogarín Bustamante, Notario.—1 vez.— RP2012305784—(IN2012062242).

Por acuerdo de la totalidad del capital social, a las trece horas del veinte de junio del dos mil doce, la sociedad Gamma Sigma Asociados Sociedad Anónima, se ha disuelto a solicitud de su socia Gabriela Simón Sáenz.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Licda. Mónica Mora Peralta, Notaria.—1 vez.— RP2012305785.—(IN2012062243).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Pradera Serena CR Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y siete mil cuatrocientos noventa, protocolizada por la suscrita se reformó la cláusula segunda de los estatutos.—Atenas, veinte horas del veinte de junio dos mil doce.—Licda. Natalia Carolina Espinoza Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012305786.—(IN2012062244).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Despacho Arguedas y Araya, Sucesores & Asociados Limitada, a las veinte horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de junio del año dos mil doce, ante la notaria Natalia Carolina Espinoza Chaves, mediante escritura pública catorce cincuenta del tomo tercero de mi protocolo.—Atenas, veinte de junio dos mil doce.—Licda. Natalia Carolina Espinoza Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012305788.—(IN2012062245).

En mi notaría, por escrituras de las trece horas del diecisiete de mayo del dos mil doce, y de las quince horas del dieciocho de mayo del dos mil doce, protocolicé acuerdos respectivamente de asamblea general extraordinaria de socios de Portafolio Dinámico S. A. e International Pawnsshop Association & Consultants S. A., mediante las cuales se acuerda la disolución de Portafolio Dinámico S. A. e International Pawnsshop Association & Consultants S. A.—Lic. Víctor Zárate Leytón, Notario.—1 vez.— RP2012305789.—(IN2012062246).

Mediante escritura número doscientos veintitrés, de las dieciocho horas del trece de mayo del dos mil doce, visible a los folios ciento ochenta a ciento ochenta y uno vuelto de mi protocolo tomo tercero, en mi notaría, se constituyó la sociedad anónima Autotransportes Uve y Uve de Alajuela Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, representadas por diez acciones comunes y nominativas de mil colones. Domicilio social: en la ciudad de Alajuela, El Coyol, Apartamento tres c, representada judicial y extrajudicialmente por presidente de la sociedad señor Gustavo Adolfo Vives Hernández, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, 19 de junio del 2012.—Lic. Minor Enrique González González, Notario.—1 vez.— RP2012305790.—(IN2012062247).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 2 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad anónima denominada Jalisco Importaciones, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil quinientos ochenta y dos.—San José, 19 de junio de 2012.—Lic. Walter Xavier Niehaus Bonilla, Notario.—1vez.— RP2012305791.—(IN2012062248).

Por escritura número doscientos diecinueve, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día siete de junio del año dos mil doce, se constituyó la sociedad Fenster de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, a las ocho horas del día catorce de junio del año dos mil doce.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1vez RP2012305792.—(IN2012062249).

Por escritura número trescientos ocho, del día veinte de junio del año dos mil doce, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Soda y Restaurante El Camionero Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—Cartago, 21 de junio del 2012.—Lic. Esteban Martínez Fuentes, Notario.—1vez.— RP2012305793.—(IN2012062250).

Por escrituras otorgadas ante mi notaría, a las ocho horas del siete de junio del dos mil doce; ocho horas diez minutos del siete de junio del dos mil doce; dieciocho horas del siete de junio del dos mil doce; dieciocho horas diez minutos del siete de junio del dos mil doce; ocho horas del ocho de junio del dos mil doce; quince horas del doce de junio del dos mil doce; quince horas del quince de junio del dos mil doce; quince horas treinta minutos del quince de junio del dos mil doce; diecisiete horas del quince de junio del dos mil doce; diecisiete horas diez minutos del quince de junio del dos mil doce, respectivamente protocolizo actas de las sociedades Alianza Comercial San Isidro, Sociedad Anónima; Inversiones Padilla Bonilla, Sociedad Anónima; Waltana, Sociedad Anónima; Fwera Mongo, Sociedad Anónima; Comercial Acapulco, Sociedad Anónima; Fimaj del Sur, Sociedad Anónima, Inmobiliaria del Chirripó, Sociedad Anónima; Microbuses Ruta Cien Sociedad Anónima; Senderos Tropicales Centroamericanos Sociedad Anónima; y Arias y Mc Laren Sociedad Anónima, mediante las cuales se acuerda la disolución de dichas sociedades. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez .— RP2012305794.—(IN2012062251).

Ante esta notaría, en escritura número cuarenta y tres, tomo doceavo, se disuelve SV Corporación Conta Herrera Jara  Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-378221. Es todo.—Alajuela, 21 de junio del 2002.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012062254).

Ante esta notaría, en escritura número cuarenta y cuatro, tomo doceavo, se disuelve Joyería Stephanys Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-111328. Es todo.—Alajuela, 21 de junio del 2002.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012062256).

Ante esta notaría, en escritura número cuarenta y cinco, tomo doceavo, se disuelve Herrera Jara Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-089081. Es todo.—Alajuela, 21 de junio del 2002.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012062257).

Daniel Campos Gámez con cédula de identidad numero 1-1123-167, en calidad de liquidador oficial de la Corporación Internacional Bakker y Gámez S. A., con cédula jurídica número 3-101-283583, conforme al art. 207 del Código de Comercio, pone en conocimiento la liquidación y disolución total de la compañía en escritura pública el día de hoy. Es todo.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Marcela Miranda Montero, Notaria.—1 vez.— (IN2012062258).

Ante esta notaría, escritura número treinta y cinco, tomo doceavo, se disuelve Dennischorchi Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-280482. Es todo.—Alajuela, catorce de junio del dos mil dos.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.— (IN2012062260).

La sociedad denominada Esculturas Zúñiga Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero seis nueve siete seis seis, acuerda disolver la sociedad en sede notarial, no habiendo pasivos ni activos, se prescinde de nombramiento de liquidador y se liquida por lo tanto la referida sociedad.—Alajuela, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.— (IN2012062261).

La sociedad denominada Fundición Zúñiga Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero seis nueve ocho dos tres, acuerda disolver la sociedad en sede notarial, no habiendo pasivos ni activos, se prescinde de nombramiento de liquidador y se liquida por lo tanto la referida sociedad.—Alajuela, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.— (IN2012062264).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas cuarenta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicios Laborales Monte Verde S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil quinientos cuarenta y cinco.—San José, a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. José Eugenio Garrón Soto, Notario.—1 vez.— (IN2012062267).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Star WKM Amarillo S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos once mil cuatrocientos noventa y seis.—San José, a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. José Eugenio Garrón Soto, Notario.—1 vez.— (IN2012062269).

En mi notaría, mediante escritura pública número ciento cincuenta y ocho, de fecha quince horas de veinte de junio de dos mil doce, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Molca Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y dos mil seiscientos sesenta y nueve, domiciliada en San José, Sabanilla de Montes de Oca, Urbanización Carmiol, casa trescientos dieciséis, mediante la cual todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad y que han prescindido del nombramiento de liquidador, al no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Paola Casafont Villalobos, Notaria.—1 vez.— (IN2012062270).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas veinticinco minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Star KFC Azul S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos once mil ciento veintisiete.—San José, a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. José Eugenio Garrón Soto, Notario.—1 vez.— (IN2012062271).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas veinte minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Star SRJ Rojo S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos diez mil setecientos dieciséis.—San José, a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. José Eugenio Garrón Soto, Notario.—1 vez.— (IN2012062272).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas quince minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Star SDD Dorada S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos diez mil seiscientos noventa y ocho.—San José, a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. José Eugenio Garrón Soto, Notario.—1 vez.— (IN2012062273).

En mi notaría, mediante escritura pública número ciento cincuenta y nueve, de fecha nueve horas del veintiuno de junio de dos mil doce, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Agroexportadora Las Mercedes Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y cinco mil treinta y dos, domiciliada en San José, mediante la cual el socio dueño de la totalidad del capital social, acuerda disolver la sociedad y se prescinde del nombramiento de liquidador, al no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Paola Casafont Villalobos, Notaria.—1 vez.— (IN2012062274).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas cinco minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Star RVK Verde S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos diez mil cuatrocientos cuarenta y ocho.—San José, a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. José Eugenio Garrón Soto, Notario.—1 vez.— (IN2012062276).

En mi notaría, mediante escritura pública número ciento sesenta, de fecha catorce horas del veintiuno de junio de dos mil doce, he protocolizado la asamblea general de socios de la sociedad Casa Goreji Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-doscientos cuarenta mil quinientos cuatro, domiciliada en San José, mediante la cual todos los socios acuerdan disolver la sociedad y se ha prescindido del nombramiento de liquidador, al no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, veintiuno de junio de dos mil doce.—Lic. Paola Casafont Villalobos, Notaria.—1 vez.— (IN2012062277).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta y cinco minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Star PLT Plata S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos once mil seiscientos cuarenta y seis.—San José, a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. José Eugenio Garrón Soto, Notario.—1 vez.— (IN2012062278).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inmobiliaria e Importadora Beeche Campbell S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cinco mil trescientos cuarenta y ocho.—San José, a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. José Eugenio Garrón Soto, Notario.—1 vez.— (IN2012062279).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad denominada Seguridad Internacional Privada SIP, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa mil setecientos doce.—San José, veintidós de junio del dos mil dos.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.— (IN2012062280).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad Trámites Migratorios V & L Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y dos mil doscientos noventa y siete.—San José veintidós de junio de dos mil doce.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.— (IN2012062281).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad denominada con su cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos quince mil cuatrocientos diecinueve sociedad anónima.—San José veintidós de junio de dos mil doce.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.— (IN2012062282).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad denominada Bagus Data S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil seiscientos ochenta y tres.—San José veintidós de junio de dos mil doce.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.— (IN2012062283).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad denominada DRLO My Name Is S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil seiscientos ochenta y seis.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.— (IN2012062284).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad denominada con su cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos dieciocho mil ciento noventa y tres sociedad anónima.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.— (IN2012062285).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad denominada con su cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos doce mil cuatrocientos ochenta y ocho sociedad anónima.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.— (IN2012062286).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad denominada con su cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil cuatrocientos cincuenta y tres sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil cuatrocientos cincuenta y tres. Se revocan y se hacen nombramientos de junta directiva—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.— (IN2012062287).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acuerdo de la sociedad denominada Casa Mar de Tamarindo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y dos mil cuatrocientos ochenta y ocho. Se revocan y se hacen nombramientos de junta directiva—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.— (IN2012062288).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Star ABN Negro S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos diez mil cuatrocientos noventa y seis.—San José, a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. José Eugenio Garrón Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012062291).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas diez minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Star CHN Oro S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos diez mil seiscientos cincuenta.—San José, a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. José Eugenio Garrón Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012062292).

Monca de Heredia S. A., liquida sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las diecisiete horas con treinta minutos del día veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Marta María Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062293).

Por otorgarse escritura pública a las a las diez horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, el señor Mark Di Stefano, pasaporte número: cero dos ocho cinco dos uno cinco seis cuatro, solicita la disolución de tres-ciento uno-cincuenta cincuenta y seis cuarenta y seis sociedad anónima.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Marta Viviana Corrales Trejos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062297).

Por otorgarse escritura pública, a las once horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, el señor Mark Di Stefano, pasaporte número: cero dos ocho cinco dos uno cinco seis cuatro, solicita la disolución de tres-ciento uno-cincuenta y uno cero dos cuarenta y uno Sociedad Anónima.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Marta Viviana Corrales Trejos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062299).

Por otorgarse escritura pública, a doce horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, el señor Mark Di Stefano, con pasaporte número cero dos ocho cinco dos uno cinco seis cuatro, solicita la disolución de tres-ciento uno-cincuenta y uno cero tres cincuenta y dos Sociedad Anónima.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Marta Viviana Cocales Trejos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062300).

Por otorgarse escritura pública, las trece horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, el señor Mark Di Stefano, pasaporte número cero dos ocho cinco dos uno cinco seis cuatro, solicita la disolución de tres-ciento uno-cincuenta y uno veintidós ochenta Sociedad Anónima.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Marta Viviana Corrales Trejos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062302).

Por otorgarse escritura pública, a las catorce horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, el señor Mark Di Stefano, pasaporte numero cero dos ocho cinco dos uno cinco seis cuatro, solicita la disolución de Proyecto Habitacional Natalie y Daniela Seis F-Seis Sociedad Anónima.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Marta Viviana Corrales Trejos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062303).

En mi notaría, mediante escritura número once, otorgada a las 12:00 horas del 17 de junio del 2012, en el tomo trece de mi protocolo, se procede a la disolución de la sociedad Servicios Profesionales Borbón SPB S. A., cédula jurídica 3-101-237963.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Adolfo Espinoza Agúirre, Notario.—1 vez.—(IN2012062304).

Por otorgarse escritura pública, a las dieciséis horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, el señor Mark Di Stefano, pasaporte número cero dos ocho cinco dos uno cinco seis cuatro, solicita la disolución de Proyecto Habitacional Uno A Uno Sociedad Anónima.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Marta Viviana Corrales Trejos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062305).

En mi notaría, mediante escritura número diez, otorgada a las 13:00 horas del 16 de junio del 2012, en el tomo trece de mi protocolo, se procede a la disolución de la sociedad Duna del Oeste S. A., cédula jurídica número 3-101-204305.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Adolfo Espinoza Aguirre, Notario.—1 vez.—(IN2012062306).

Por otorgarse escritura pública, a las diecisiete horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, el señor Mark Di Stefano, pasaporte numero cero dos ocho cinco dos uno cinco seis cuatro, solicita la disolución de tres-ciento uno-cinco cero seis cuatro dos siete Sociedad Anónima.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Marta Viviana Corrales Trejos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062307).

En mi notaría, mediante escritura número trece, otorgada a las 16:00 horas del 17 de junio del 2012, en el tomo trece de mi protocolo, se procede a la disolución de la sociedad IO-Sistemas S. A., cédula jurídica 3-101-608535.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Adolfo Espinoza Aguirre, Notario.—1 vez.—(IN2012062308).

Por otorgarse escritura pública, a las quince horas del veinte de junio del dos mil doce, el señor Mark Di Stefano, pasaporte numero cero dos ocho cinco dos uno cinco seis cuatro, solicita la disolución de Proyecto Habitacional Natalie y Daniela Siete-G-Siete Sociedad Anónima.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Marta Viviana Corrales Trejos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062309).

Por escrituras otorgadas a las dieciocho horas treinta minutos del quince de junio del año dos mil doce, protocolice acta de disolución de Las Alturas de San Juan H.S. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y un mil novecientos seis.—Ciudad Quesada, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012062310).

En esta notaría, a las nueve horas del 16 de junio del 2012, se ha protocolizado en lo conducente el acta de asamblea general extraordinaria número uno, de las doce horas del 4 de junio del 2012, de la sociedad Inversiones Lujaza Sociedad Anónima cédula jurídica número 3-101-286640, en la que por votación unánime de todo el capital social disolver la sociedad indicada a partir de esa fecha y no habiendo activos ni pasivos pendientes, se prescindió del trámite de liquidación; oposiciones en mi oficina, cien metros al oeste del Colegio de Santa Ana, San José.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012062311).

Por escrituras otorgadas a las dieciocho horas veinte minutos del quince de junio del año dos mil doce, protocolice acta de disolución de Danialex Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y cuatro mil ciento veinticinco.—Ciudad Quesada, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012062312).

La suscrita notaria da fe que, en esta notaría al ser las catorce horas del doce de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la compañía Asesores Sociales y Ambientales Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Wendy Solorzano Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062319).

Por escritura número ciento trece-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las ocho horas del día veintidós de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se nombra nuevo gerente de la sociedad denominada, Armaduras y Bloques Modulares HMC Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos treinta y siete mil setecientos veintisiete.—San José, veintidós junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012062322).

Por escritura número ciento ocho-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las trece horas del día diecinueve de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se nombra nuevo gerente de la sociedad denominada, Inversiones Rojas Chavarría I E C Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-doscientos treinta y ocho mil quinientos cuarenta y ocho.—San José veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012062323).

Por escritura número ciento diez-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las catorce horas del día veinte de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se disuelve la sociedad denominada, Bancuni Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos catorce mil quinientos ochenta y ocho.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012062324).

Por escritura número ciento nueve-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las ocho horas del día veinte de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se disuelve la sociedad denominada, Dahoni S Y P Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y seis mil cero ochenta y siete.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012062325).

Por escritura número cien-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las ocho horas y quince minutos del día quince de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se disuelve la sociedad denominada, tres ciento uno quinientos veintisiete mil cero cincuenta y tres Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintisiete mil cero cincuenta y tres.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012062326).

Por escritura número noventa y nueve-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las ocho horas del día quince de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se disuelve la sociedad denominada, tres ciento uno quinientos veintisiete mil cero cero ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintisiete mil cero cero ocho.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012062327).

Por escritura número ciento uno-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las ocho horas y treinta minutos del día quince de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se disuelve la sociedad denominada, tres ciento uno quinientos veintisiete mil cero cincuenta y cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintisiete mil cero cincuenta y cinco.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012062328).

Por escritura número ciento cinco-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las catorce horas del día dieciocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se disuelve la sociedad denominada, A&B Trading Company Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos treinta y siete mil ciento cincuenta y cuatro.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012062329).

Por escritura número ciento seis-seis, en palmares de Alajuela, al ser las catorce horas y quince minutos del día dieciocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se disuelve la sociedad denominada, Autoimport U.S.A. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y cuatro mil ochocientos cincuenta y seis.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN201206233062330).

Por escritura número ciento siete-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las catorce horas y treinta minutos del día dieciocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se disuelve la sociedad denominada, Yamilu Comercial Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos quince mil cuatrocientos setenta.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012062331).

Por escritura número ciento cuatro-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las catorce horas y treinta minutos del día quince de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se nombran nuevos miembros de junta directiva de la sociedad denominada, Hidalgo Badilla H & B Terrenos de Alfaro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos dos mil ciento veintiocho.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012062332).

Por escritura número ciento dos-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las catorce horas del día quince de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se nombran nuevos miembros de junta directiva de la sociedad denominada, Vista Panorámica Margarita M B R Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno cuatrocientos noventa y nueve mil trescientos cincuenta y seis.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012062333).

Por escritura número ciento tres-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las catorce horas y quince minutos del día quince de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta donde se nombran nuevos miembros de junta directiva de la sociedad denominada, Mirador Don Carlos C H Q Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos dos mil cuatrocientos setenta y cuatro.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012062334).

Hoy, ante esta notaría, se realizan asambleas generales de socios de Neff de Costa Rica Sociedad Anónima, Metrac de Costa Rica Sociedad Anónima, y Arrendamientos Técnicos de San José Sociedad Anónima, en las que se solicita la disolución de las empresas. No existen bienes, obligaciones, activos o pasivos que liquidar, por lo que se prescinde del nombramiento de liquidador.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1 vez.—(IN2012062336).

Hoy, ante esta notaría, se realiza asamblea general de socios de la compañía Campo Dorado Sociedad Anónima, en la que se solicita la disolución de la empresa. No existen bienes, obligaciones, activos o pasivos que liquidar, por lo que se prescinde del nombramiento de liquidador.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012062337).

Hoy, ante esta notaría, se realiza asamblea general de socios de la compañía Constructora Malagueña del Norte Sociedad Anónima, en la que se solicita la disolución de la empresa. No existen bienes, obligaciones, activos o pasivos que liquidar, por lo que se prescinde del nombramiento de liquidador.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012062339).

Hoy, ante esta notaría, se realiza asamblea general de socios de la compañía Callshop Express Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la que se solicita la disolución de la empresa. No existen bienes, obligaciones, activos o pasivos que liquidar, por lo que se prescinde del nombramiento de liquidador.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012062340).

Hoy, ante esta notaría, se realiza asamblea general de socios de la compañía Comercial H y H de Playa Grande Sociedad Anónima, en la que se solicita la disolución de la empresa. No existen bienes, obligaciones, activos o pasivos que liquidar, por lo que se prescinde del nombramiento de liquidador.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012062341).

Hoy, protocolicé actas de Asambleas extraordinarias de socios de Casas Extranjeras D y M Sociedad Anónima, y Corporación A Cris Jiménez Sociedad Anónima, en las que se solicita la disolución de las empresas. No existen bienes, obligaciones, activos o pasivos que liquidar, por lo que se prescinde del nombramiento de liquidador.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1 vez.—(IN2012062343).

En mi notaría, por medio de escritura otorgada a las 16:00 horas treinta minutos del trece de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la entidad de esta plaza, denominada Ferrelider Ltda., cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos treinta y seis mil ciento veinte, en donde conviene disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Grecia, 22 de junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012062344).

Marco Tulio Solís Rojas, Aida Alfaro Rojas, Bernardo Solís Alfaro e Inés Solís Alfaro, desinscriben Rancho Also S. A., escritura otorgada en Grecia, a las 13:00 horas del 21 de junio del 2012, ante el notario Carlos Eduardo Rojas Castro.—Grecia, 21 de junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012062345).

Por escritura cincuenta y seis-ocho, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintiuno de junio del dos mil doce, se disolvieron las sociedades: Comercio Zona Cero S. A., Compañía Cristal Cincuenta S. A., Compañía Rivera del Pacífico Veinte S. A., Compañía Rivera del Este Catorce S. A., Confitería del Outlet S. A., Corporación Alfa del Este KFA S. A., Corporación Columbo del Este S. A., Corporación Halcón del Este S. A., Corporación Omega del Pacífico Tres S. A., Corporación Perfecto Balance S. A., Corporación Secreto de Estrella S. A., Corporación Sin Límites S. A., Cortijo Formagran de S. A., Creaciones Santa Mónica Uno S. A., Crisol de Las Ofertas Jasmin S. A., Cueva de Invierno del Norte CEO S. A., Cueva Primavera del Sur CEO S. A., Cueva Veranera del Norte CEO S. A., Desarrollos Integrados del Oeste S. A., Dimensión Fastuosa S. A., Diseño Original S. A., Diseños Deka del Norte S. A., Distribuidora Raquel S. A., División Tecnivalores del Caribe Azul S. A., Earthward S. A., El Palacio de Los Descuentos S. A., El Rincón de Las Ofertas S. A., Elementos Eclépticos Doce S. A., Empresa Mayorista Rodas S. A., Energía Siglo Final S. A., Entretenimiento Quinto Piso S. A., Estilo en Línea Sesenta S. A., Estilo Siglo Veinticinco S. A., Estilos Varios KFA S. A., Estudio de Modas S. A., Éxitos Comerciales Trianón S. A., Éxtasis Discoteca S. A., Farma Color Inversiones S. A., Federación de Descuentos Fedco y Compañía S. A., Finca Baúl de Amapolas S. A., Finca Baúl de Añoranzas S. A., Finca Baúl de Azucenas S. A., Finca Baúl de Cartas S. A., Finca Baúl de Cenizas S. A., Finca Baúl de Pinturas S. A., Finca Baúl de Tréboles S. A., Fuente de Los Deseos S. A., Fundo Americano del Norte AGR S. A., Fundo Brisas Galácticas S. A., Fundo Ciruela Dulce S. A., Fundo Cofre de Alianzas S. A., Fundo Cofre de Aromas S. A., Fundo Cofre de Fragancias S. A., Fundo Cofre de Riquezas S. A., Fundo Cofre de Risas S. A., Fundo Cofre de Sueños S. A., Fundo Dos Peones S. A., Fundo Foro Nueve del Este S. A., Fundo Garifuna S. A., Fundo Girasoles del Este S. A., Fundo Manzana Verde S. A., Fundo Melocotón Partido S. A., Fundo Neerlands S. A., Fundo Ojimiel S. A., Fundo Orofíno S. A., Fundo Pomelo Rosado S. A., Fundo Reina de Bastos S. A., Fundo Rey de Copas S. A., Fundo Servicolor del Este S. A., Fundo Tres Jotas S. A., Fundo Triple Quina S. A., Fundos Innovación S. A., Fundos Ñandú S. A., Fundos Noche y Día S. A., Fundos Orozus S. A., Fundos Peonía S. A., Fundos Perdigón S. A., Fundos Persa del Este S. A., Fundos Primero del Este S. A., Fundos Siglo Dorado S. A., Fundos Topacio del Este S. A.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Antonio Zúñiga Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012062346).

Por escritura cincuenta y cinco-ocho, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del dieciocho de junio del dos mil doce, se disolvieron las sociedades: Cine de La U Sociedad Anónima, Círculo Asteroides R Tres GB Sociedad Anónima, Círculo Cometa Halley G Cuatro GR Sociedad Anónima, Círculo Invierno Indio CEO Sociedad Anónima, Círculo Neptuno VWXZ Sociedad Anónima, Círculo Otoño Indio Sociedad Anónima, Círculo Piséis GGRZ Sociedad Anónima, Círculo Primavera Indio CEO Sociedad Anónima, Círculo Verano Indio CEO Sociedad Anónima, Comercial Cantos de Sirena Sociedad Anónima, Comercial Constelación Orion Sociedad Anónima, Comercial Excelencia CEO Sociedad Anónima, Comercial La Leyenda Primera Sociedad Anónima, Comercial La Puebla de Los Ángeles Sociedad Anónima, Comercial Los Capuletos Sociedad Anónima, Comercial Mosquete Sociedad Anónima, Comercial Mundo de Emociones Sociedad Anónima, Comercial Nemotécnica Sociedad Anónima, Comercial No Me Olvides Sociedad Anónima, Comercial Nonágeno Sociedad Anónima, Comercial Ñacurutu Sociedad Anónima, Comercial Obras Colectiva Sociedad Anónima, Comercial Parque de Las Estrellas Sociedad Anónima, Comercial Parque de Los Reyes Sociedad Anónima, Comercial Perla del Pacífico JKM Sociedad Anónima, Comercial Plaza de La Luna Sociedad Anónima, Comercial Prodigios de Jericó Sociedad Anónima, Comercial Puerta de Veracruz Sociedad Anónima, Comercial Puertomontino de San Pedro Sociedad Anónima, Comercial Puesta del Sol ABC Sociedad Anónima, Comercial Refugio de Cisnes AB Sociedad Anónima, Comercial Refugio de Oportunidades FO Sociedad Anónima, Comercial Sueños del Rey Sociedad Anónima, Comercial Tocateja de San Pedro Sociedad Anónima, Comercial Un Mundo de Calidad Sociedad Anónima, Comercial Ventas Econofácil Sociedad Anónima, Comercial Verano del Norte CEO Sociedad Anónima, Comercializadora Historia Creativa Sociedad Anónima, Comercializadora Otoño del Este CEO Sociedad Anónima, Comercializadora Otoño del Oeste CEO Sociedad Anónima, Comercializadora Sagarmín de San Pedro Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este, Número Cuatro Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Cinco Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Seis Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Siete Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Once Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Doce Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Catorce Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Quince Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Diecisiete Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Dieciocho Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Veinte Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Veintidós Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Veintiséis Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Veintisiete Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Treinta y Uno Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Treinta y Seis Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Treinta y Siete Sociedad Anónima, Comercializadora San Pedro del Este Número Cuarenta y Uno Sociedad Anónima.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Antonio Zúñiga Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012062347).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del once de junio de dos mil doce, se procede a disolver la Sociedad Solís Quirós Hermanos Limitada, por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, 22 de junio de 2012.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012062348).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del once de junio de dos mil doce, se procede a disolver la sociedad Urbanización La Colina Sociedad Anónima, por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, veintidós de junio de dos mil doce.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notario.—1 vez.—(IN2012062349).

Por la escritura número ciento uno, otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta y nueve minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Windy Meadows IV Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil novecientos ochenta, mediante la cual se acordó la disolución de dicha sociedad.—Ciudad Colón, 21 de junio del 2012.—Lic. Maricé Porras Zamora, Notaria.—1 vez.—(IN2012062350).

Por la escritura número cien, otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del veinte de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Okisage S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y siete mil quinientos treinta y cinco.—Ciudad Colón, 21 de junio del 2012.—Lic. Maricé Porras Zamora, Notaria.—1 vez.—(IN2012062351).

Por la escritura número noventa y seis, otorgada ante esta notaría, a las diez horas cincuenta y dos minutos del quince de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de la Sociedad La Bonanza Holandeza L & W S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y nueve mil ochocientos catorce.—Ciudad Colón, 15 de junio del 2012.—Lic. Maricé Porras Zamora, Notaria.—1 vez.—(IN2012062352).

Por la escritura número ciento uno, otorgada ante esta notaría, a las diez horas veinte minutos del veintidós de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Corporación Amoramo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y dos mil seiscientos cincuenta y siete, mediante la cual se acordó la disolución de dicha sociedad.—Ciudad Colón, 22 de junio del 2012.—Lic. Maricé Porras Zamora, Notaria.—1 vez.—(IN2012062353).

Hoy, ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Agroexes de Costa Rica Limitada, en la que se adiciona escritura otorgada ante el suscrito notario en la cual se modifica la cláusula del capital social.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012062355).

Hoy, ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Empresa Turística Mar y Tierra Sociedad Anónima, en la que se nombra junta directiva y fiscal, así como se modifica la cláusula segunda del pacto social constitutivo, sea del domicilio.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1 vez.—(IN2012062356).

Por expediente número diez dos mil doce, levantado ante la notaría del notario Mario Morales Villalobos, con domicilio en la ciudad de Alajuela, en avenida cinco, calles central y segunda, los señores Mario Morales Rodríguez y Maximiliano Cordero Peña, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del quince de junio de este año, han comparecido a disolver y desinscribir la sociedad denominada Idearium de Costa Rica S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco tres cero uno-cuatro siete.—Alajuela, 22 de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012062358).

Por expediente número nueve, levantado ante la notaría del notario Mario Morales Villalobos, con domicilio en la ciudad de Alajuela, en avenida cinco, calles central y segunda, los señores Mario Morales Rodríguez y Gabriela Núñez Araya, a las doce horas del cinco de junio de este año, han comparecido a disolver y desinscribir la sociedad denominada Fabrica de Sueños S. A., con cédula jurídica número 3-101-193155.—Alajuela, 22 de junio del 2012.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012062359).

Por expediente número diez dos mil doce, levantado ante la notaría del notario Mario Morales Villalobos, con domicilio en la ciudad de Alajuela, en avenida cinco, calles central y segunda, los señores Mario Morales Rodríguez y Arturo Gabiria Mejía, a las catorce horas y treinta minutos del quince de junio de este año, han comparecido a disolver y desinscribir la sociedad denominada Cocteles de Costa Rica S. A., con cédula jurídica número 3-101-183441.—Alajuela, 22 de junio del 2012.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012062360).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía sin denominación social según decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en donde se autoriza expresamente al Registro Público de la Propiedad, para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio le asigne en el momento de su inscripción, su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente, es el representante legal, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2012062361).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las a las trece horas cincuenta minutos del día veintiuno de junio del año dos mil doce, la sociedad K Street Investments S. A., cédula jurídica tres, uno cero uno, tres cinco nueve seis nueve nueve, acuerda solicitar al Registro Nacional la disolución de la referida sociedad, por falta de interés actual y no tener interés alguno en activarla. Es todo.—San José, a las ocho horas cincuenta minutos del día catorce de junio del dos doce.—Lic. Johnny Marín Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2012062362).

Por expediente número quince del dos mil doce, levantado ante la notaría del notario Mario Morales Villalobos, con domicilio en la ciudad de Alajuela, en avenida cinco, calles central y segunda, el señor Germán Vargas Arce, con cédula 5-250-777, a las quince horas del cinco junio de este año, dos mil doce ha comparecido a disolver y desinscribir la sociedad denominada Ganadera Gabasur S. A., con cédula jurídica número 3-101-291286.—Alajuela, 22 de junio del 2012.—Lic. Mario Morales Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012062363).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las a las catorce horas veinte minutos del día veintiuno de junio del dos mil doce, la sociedad Muebles Florida de C R S. A., cédula jurídica tres, uno cero uno, dos nueve cinco ocho dos ocho, acuerda solicitar al Registro Nacional la disolución de la referida sociedad, por falta de interés actual y no tener interés alguno en activarla. Es todo.—San José, a las ocho horas treinta minutos del día catorce de junio del dos doce.—Lic. Johnny Marín Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2012062364).

El suscrito notario, hace constar que mediante la escritura número 195 la cual consta en tomo tercero de mi protocolo, otorgada a las 14:00 horas del 21 de junio del 2012, por acuerdo de socios se ha disuelto la sociedad Corporación Yecavili S. A., cédula jurídica 3-101-235453.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Roberto Villegas Espinoza, Notario.—1 vez.—(IN2012062365).

En mi notaría, al ser las dieciocho horas quince minutos del día veintiuno de junio del dos mil doce, se disolvió Ensyco Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-dieciséis mil quinientos treinta y seis.—18 de junio del 2012.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062366).

En mi notaría, al ser las dieciocho horas del día veintiuno de junio del dos mil doce, se disolvió Adeco Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-dieciséis mil cuatrocientos cuarenta.—18 de junio del 2012.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062367).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la Sociedad Chamaivam Centroamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y nueve mil treinta y seis.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Serguei Swirgsde González, Notario.—1 vez.—(IN2012062368).

La sociedad Anvegos Consultores Asociados S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil cincuenta y cuatro, en común acuerdo de los socios, proceden a realizar disolución de la citada sociedad.—Guápiles, día veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Criselda Valverde Elizondo.—1 vez.—(IN2012062369).

La sociedad Belleza Carin del Atlántico S. R. L., cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos treinta y ocho mil ochocientos cincuenta y uno, en común acuerdo de los socios, proceden a realizar disolución de la citada sociedad.—Guápiles, día veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Griselda Valverde Elizondo, Notaria.—1 vez.—(IN2012062370).

La sociedad Inversiones Doscientos Cincuenta S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y un mil ciento noventa y siete, en común acuerdo de los socios, proceden a realizar la disolución de la citada sociedad.—Guápiles, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Griselda Valverde Elizondo, Notaria.—1 vez.—(IN2012062372).

La sociedad Servicios Santamaría C & D S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil ciento noventa y uno, en común acuerdo de los socios, proceden a realizar la disolución de la citada sociedad.—Guápiles, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Criselda Valverde Elizondo, Notaria.—1 vez.—(IN2012062374).

La sociedad Burgos R & R Inc S. R. L., cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos seis mil ochenta y cuatro, en común acuerdo de los socios, proceden a realizar la disolución de la citada sociedad.—Guápiles, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Criselda Valverde Elizondo, Notaria.—1 vez.—(IN2012062378).

En esta notaría, a las diez horas del dieciséis de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta número tres de la compañía Inversiones Tajolaso ITJ S. A., por la que se reforma la cláusula quinta.—Lic. Ana Cecilia Jiménez Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062385).

Por escritura otorgada a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad Las Arrobas Desarrollos Tecnológicos del Caribe S. A.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012062386).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad Suma Inmobiliaria ABC S. A.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012062387).

Por escritura otorgada a las diez horas del veintiuno de junio del dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad Las Cumbres OJH S. A.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012062388).

Por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad Corporación Adigo LM S. A.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012062389).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del veintiuno de junio del dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad tres-ciento uno-quinientos cincuenta y dos mil novecientos sesenta y cuatro S. A.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012062390).

Por escritura cuatrocientos ochenta y siete, otorgada ante esta notaría, se protocolizó el expediente de disolución de la sociedad Distribuidora Alfaro y Chávez Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cinco mil quinientos seis, donde se disuelve la misma.—Lic. Mario Morales Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2012062396).

Por escritura diecisiete-once, otorgada hoy ante mí, compareció la totalidad del capital social solicitando disolver la entidad: Ama Los Delfines Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos treinta y seis mil seiscientos siete.—Lic. Erika Morera Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012062398).

Se constituye sociedad Grupo Doña Mayela M.J Sociedad Anónima, otorgada en San Isidro de Alajuela, a las diecinueve horas del día 18 de junio del 2012.—Alajuela, 18 de junio del 2012.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2012062399).

Se modifica la cláusula sétima del pacto social, de la sociedad denominada Cosechas Superiores Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos treinta mil ochocientos cuarenta y cinco. Otorgada en San Isidro de Alajuela, a las nueve horas del día veintidós de junio del dos mil doce.—Alajuela, 22 de junio del 2012.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2012062400).

Que mediante la escritura número doscientos setenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, otorgada en la ciudad de Alajuela, a las dieciséis horas del día diecinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Ventec Equipos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y un mil trescientos tres.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062402).

Que mediante la escritura número doscientos ochenta y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, otorgada en la ciudad de Alajuela, a las ocho horas treinta minutos del día veinticuatro de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Margonza de Colón Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno nueve dos cero tres nueve.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062403).

Que mediante la escritura número doscientos noventa y cinco otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las once horas del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Centro del Mayoreo Dos Mil Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos dos cinco dos ocho cuatro.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062404).

Que mediante la escritura número doscientos noventa y cuatro otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Grupo Mayfa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno nueve nueve cuatro seis siete.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062405).

Que mediante la escritura número doscientos noventa y tres otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las diez horas treinta minutos del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Inversiones Alfar Centroamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno seis ocho dos nueve tres.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062406).

Que mediante la escritura número doscientos noventa y dos otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las diez horas quince minutos del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Alchafe Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero nueve uno uno ocho ocho.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062407).

Que mediante la escritura número doscientos noventa y uno otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las diez horas del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Comercializadora América Dos Mil Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos tres cero cuatro siete nueve.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062408).

Que mediante la escritura número doscientos noventa otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Distribuidora del Itsmo Disa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos cero cuatro uno dos cinco.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062409).

Que mediante la escritura número doscientos ochenta y nueve otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las nueve horas treinta minutos del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Grupo Alcha Antigua Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno nueve ocho siete cuatro ocho.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062410).

Que mediante la escritura número doscientos ochenta y ocho otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las nueve horas quince minutos del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Distribuidora Zeta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno siete cinco cuatro nueve cero.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062411).

Que mediante la escritura número doscientos ochenta y siete otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las nueve horas del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Importadora del Itsmo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno seis siete cuatro ocho siete.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062412).

Que mediante la escritura número doscientos ochenta y cinco otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las ocho horas treinta minutos del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Promotora Nacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero nueve uno nueve tres cinco.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062413).

Que mediante la escritura número doscientos setenta y cuatro otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las dieciséis horas quince minutos del día diecinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima denominada Decoparques Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y tres mil setecientos veintitrés.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062414).

Que mediante la escritura número doscientos ochenta y seis otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, en la ciudad de Alajuela, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima Distribuidora del Caribe Siglo Veintiuno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos dos cuatro cuatro siete siete.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062415).

Mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollo Creativo Artes Visuales S. A., a partir del día primero de julio del dos mil doce, se reforma la cláusula sexta del acta constitutiva para que el presidente y vicepresidente ambos representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, puedan actuar en forma conjunta y en forma separada.—San Josecito, San Isidro de Heredia, 20 de junio del 2012.—Lic. Iliana Zúñiga Valerio, Notaria.—1 vez.—(IN2012062416).

Por escritura otorgada ante mí, a las 07:00 horas del día 22 de junio del 2012, se constituyó la sociedad Enerfund Advisors GP Ltda. Es todo.—Alajuela, a las ocho horas cinco minutos del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012062418).

Ante la notaría del Lic. Marvin Díaz Briceño, en cumplimiento del acuerdo tomado en asamblea general extraordinaria de socios celebrada a la 01:00 horas del día del 20 de junio del 2012, se han iniciado las diligencias de disolución de la sociedad Importaciones Delcam S. A., cédula jurídica Nº 3-101-182861. Se publica el presente aviso en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 207 del Código de Comercio.—Lic. Marvin Díaz Briceño, Notario.—1 vez.—(IN2012062421).

Por escritura número cuarenta y dos-siete, a las ocho horas del once de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Corporación Internacional Color Depot Sociedad Anónima, en donde se modificó la junta directiva, aumento de capital y razón social.—Lic. Erika Montano Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2012062422).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las dieciséis horas del día veintiuno de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Tendencias Group Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil ochocientos cincuenta y uno, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2012062423).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las quince horas treinta minutos del día veintiuno de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Flaplast de CR Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos dos mil cero sesenta y tres, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2012062424).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las quince horas del día veintiuno de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones e Importaciones Celine Rubio-CR Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuatro mil cuatrocientos dieciséis, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2012062426).

Multigraficadores de Costa Rica Limitada, acuerda desincribir su empresa. Escritura otorgada a las ocho horas del día veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Lesmes Arias Astúa, Notario.—1 vez.—(IN2012062427).

En esta notaría, sita en la ciudad de Heredia, se tramitan los procesos de disolución y liquidación en sede notarial de las siguientes sociedades: Econsult Consultores Económicos y Financieros S. A.; Progolf J & P S. A.; Desarrollos A J Zona Franca S. A.; Grupo Especializado Odesa S. A.; Inversiones Pontevedra S. A.; Big Waterfalls S. A.; CEP Logistics Solutions S. A.; Comercial Manquehue del Sur S. A., y Vargas y Conde S. A., por su orden cédulas jurídicas Nos. 3-101-155128; 3-101-386010; 3-101-484987; 3-101-554858; 3-101-544244; 3-101-469476; 3-101-591837, 3-101-618100 y 3-101-225674. Se emplaza a terceros interesados, para que en el plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expedientes Nos. 0001; 0002; 0003, 0004, 0005, 0006, 0007, 0008 y 0009, y todos del 2012.—Heredia, 15 de junio del 2012.—Lic. Iliana Cruz Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012062433).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Tres-ciento uno-seis cinco uno cero cero cero S. A.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012062437).

Por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime de socios se acordó disolver la sociedad Herdel Forestal S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-286706. Domiciliada: en Balsa de Atenas, Alajuela, de la entrada a la Escuela Centroamericana de Ganadería, 100 metros este, casa verde claro, de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio y así se comunica para que dentro de los treinta días siguientes a la publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada conforme al artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 16 de junio del 2012.—Lic. Mario A. Sánchez Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012062438).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Casas Modernas GC S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cinco mil novecientos ochenta y uno.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012062440).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del dieciséis de junio del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Constructora Piedra Solano S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos nueve mil ochocientos setenta y tres.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012062441).

Por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime de socios se acordó disolver la sociedad Arquitecto Carlos Gutiérrez y Asociados S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-097672. Domiciliada: en San José, Paseo Colón, 200 metros norte y 75 metros oeste de la Toyota, de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio y así se comunica para que dentro de los treinta días siguientes a la publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada conforme al artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Mario A. Sánchez Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012062442).

Por escritura otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Fadeco G Y R S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-520777. Domiciliada: en Bello Horizonte de Escazú, Urbanización La Suiza, calle Los Alemanes, casa número veinte, en la cual se acordó disolver dicha sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio y así se comunica para que dentro de los treinta días siguientes a la publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada conforme al artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Mario A. Sánchez Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012062443).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Distribuidora Macopa S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y nueve mil veintitrés.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012062444).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, las diecinueve horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Magal de Costa Rica S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ocho mil seiscientos veintiuno.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(IN2012062445).

Por escritura otorgada por el señor José Antonio Gallardo Castro, propietario de la totalidad de las acciones que componen el capital social de Josega S. A., a las 12:00 horas del 22 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea de socios de Josega S. A., en virtud de la cual dicha compañía se disuelve y entra en estado de liquidación. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, se conceden treinta días a partir de esta publicación para interponer oposiciones judiciales de terceros.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012062446).

Por escritura otorgada por el señor José Antonio Gallardo Castro, propietario de la totalidad de las acciones que componen el capital social de Carvitet S. A., a las 12 horas con 15 minutos del 22 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea de socios de Carvitet S. A., en virtud de la cual dicha compañía se disuelve y entra en estado de liquidación. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, se conceden treinta días a partir de esta publicación para interponer oposiciones judiciales de terceros.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012062447).

Disolución de la sociedad Inv.Paracasa IP Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-366273. Representante legal: José Norberto Peña Cdampos. Escritura otorgada en San José, a las diez horas con treinta minutos del 22 de junio del 2012.—Lic. Elizabeth Miranda Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012062448).

Disolución de la sociedad 3-101-485981 Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-485981. Representante legal: José Norberto Peña Cdampos. Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 22 de junio del 2012.—Lic. Elizabeth Miranda Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012062449).

Ante esta notaría, se acuerda disolver la empresa Kon-E Noventa y Dos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-571611. Presidenta: Gabriela María Mora Vargas, cédula de identidad Nº 2-432-769. Escritura otorgada el 21 de junio del 2012.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062451).

Ante esta notaría, se acuerda disolver la empresa Transportes Mora y Murillo Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-020650. Gerente: Gerardo Humberto Mora Salas, cédula de identidad Nº 2-234-353. Escritura otorgada el 21 de junio del 2012.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062453).

Ante esta notaría, se acuerda disolver la empresa Inversiones IGE S. A., cédula jurídica Nº 3-101-089284. Presidente: Gerardo Humberto Mora Salas, cédula de identidad Nº 2-234-353. Escritura otorgada el 21 de junio del 2012.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062454).

Ante esta notaría, se acuerda disolver la empresa Inversiones Juvi S. A., cédula jurídica Nº 3-101-086867. Presidente: Juan Rafael Mora Salas, cédula de identidad Nº 2-185-635. Escritura otorgada el 21 de junio del 2012.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062455).

A las 10:00 horas del 21 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Los Tres Amigos de Siempre en Francia y Costa Rica S. A., de esta plaza, mediante la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Ana Victoria Calvo Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062456).

Por escritura cincuenta y seis-nueve, otorgada en San José, a las 16:00 horas del 21 de junio del 2012, ante esta notaría, se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la disolución de la entidad jurídica: Inmobiliaria Lapa Primera S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-dos cinco seis uno seis cero. Domiciliada: en Heredia/Central, Fátima.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Christian Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012062457).

A las 09:00 horas del 21 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Consultores Internacionales en Mercadeo W B S. A., de esta plaza, mediante la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Ana Victoria Calvo Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062458).

Por escritura cincuenta y cuatro-nueve, otorgada en San José, a las 08:00 horas del 19 de junio del 2012, ante esta notaría, se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la disolución de la entidad jurídica: Industria Alimenticia Casera Artesanal S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-tres cuatro seis ocho cuatro cinco. Domiciliada: en San José, San Rafael de Escazú.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Christian Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012062459).

A las 08:00 horas del 21 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Olas y Bosques S. A., de esta plaza, mediante la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Ana Victoria Calvo Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2012062460).

Ante esta notaría, se acuerda disolver la empresa Shu-Li Ochenta y Nueve S. A., cédula jurídica Nº 3-101-571150. Presidenta: Gabriela María Mora Vargas, cédula de identidad Nº 2-432-769. Escritura otorgada el 21 de junio del 2012.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062461).

Por escritura cincuenta y ocho-nueve, otorgada en San José, a las 17:00 horas del 21 de junio del 2012, ante esta notaría, se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la disolución de la entidad jurídica: Ojo Pardo S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-tres cero ocho cuatro cuatro cuatro. Domiciliada: en Heredia, San Pablo.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Christian Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012062462).

Ante esta notaría, se acuerda disolver la empresa Treinta de Abril de Mil Novecientos Sesenta y Seis S. A., cédula jurídica Nº 3-101-482007. Presidente: Gerardo Humberto Mora Salas, cédula de identidad Nº 2-234-353. Escritura otorgada el 21 de junio del 2012.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2012062463).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintidós de marzo del dos mil doce, se modificó el pacto social, en su cláusula cuarta sobre la vigencia del pacto social, en el sentido que dicho plazo finalizará el veintitrés de junio del dos mil doce, de la sociedad: Servicios de Alimentación San Pedro Barva S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y siete mil novecientos cincuenta y dos. Presidente, con facultades de apodero generalísimo sin límite de suma.—Lic. Denis de Jesús Zamora Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2012062466).

Por escritura pública número ciento cincuenta y cinco otorgada el día dieciocho de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime de todos los accionistas se disuelve y liquida la sociedad: Futarqueros Deportivos Gesuma Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatro cero ocho seis siete uno.—Santa Bárbara de Heredia.—Lic. Blanca Aurora González Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062470).

Por escritura pública número ciento cincuenta y tres otorgada el día quince de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime de todos los accionistas se disuelve y liquida la sociedad: Grupo Enax Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-dos tres siete seis uno nueve.—Santa Bárbara de Heredia.—Lic. Blanca Aurora González Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062471).

Por escritura número treinta y nueve, otorgada ante mí, a las nueve horas con treinta minutos del veintidós de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Tauro J.L.S.G. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil seiscientos noventa y cinco, donde se acuerda disolver la compañía.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Juan José Quirós Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2012062474).

Por escritura número treinta y ocho, otorgada ante mí, a las nueve horas del veintidós de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Mundo de la P C Corp Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil setecientos ochenta y dos, donde se acuerda disolver la compañía.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Juan José Quirós Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2012062475).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintidós de junio del dos mil doce, el señor: Leenyer Lanuza Víquez, dueño de la totalidad del capital social, solicita la disolución de la empresa denominada: Cormocor de La Garita Sociedad Anónima.—Heredia, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Maira Torres López, Notaria.—1 vez.—(IN2012062476).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 08:00, 08:15, 08:30, 08:45 y 09:00 horas del día de hoy, las sociedades anónimas: Inmobiliaria Agua Marina Ancestral S. A.; Inmobiliaria Agua Marina Brillante S. A.; Inmobiliaria Aguamarina  Sólida S. A.;  Inmobiliaria  Agua  Marina   Real S. A., y Inmobiliaria Agua Marina Imperial Sociedad Anónima, se liquidan.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. José Antonio Agüero Morales, Notario.—1 vez.—(IN2012062477).

Que en mi notaría, al ser las once horas del trece de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada: Corporación Jutuns & Asociados Sociedad Anónima, en la cual el tesorero es el representante legal, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el plazo social es de noventa y nueve años.—Limón, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Róger Valle Camareno, Notario.—1 vez.—(IN2012062479).

La suscrita notaria hace constar que mediante escritura número doscientos ocho del tomo cuatro de mí protocolo, se ha disuelto y liquidado  Comercializadora  Óptica  de  Costa Rica S. A.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Marisela Vázquez Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012062480).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con veinte minutos del 20 de junio del 2012, protocolicé acuerdo de asamblea extraordinaria de socios de Pirvarat Business Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-389-967, en la que por unanimidad se acuerda disolver la empresa.—Playa Tamarindo, Santa Cruz, 21 de junio del 2012.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—(IN2012062481).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con cuarenta minutos del 20 de junio del 2012, protocolicé acuerdo de asamblea extraordinaria de socios de Plaseislang Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-416-498, en la que por unanimidad se acuerda disolver la empresa.—Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, 21 de junio del 2012.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—(IN2012062482).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 20 de junio del 2012, protocolicé acuerdo de asamblea extraordinaria de socios de Plaza Langosta Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-412-082, en la que por unanimidad se acuerda disolver la empresa.—Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, 21 de junio del 2012.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—(IN2012062483).

Por escritura Nº 214 se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Inmobiliaria Sala Hidalgo e Hijos Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-627546, mediante la cual se acordó la disolución de la misma, en aplicación del artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Se emplaza por treinta días a cualquier interesado a oponerse judicialmente a este acuerdo de disolución.—San José, a las 16:00 horas del 21 de junio del 2012.—Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—(IN2012062484).

Ante esta notaría, se acuerda la disolución de las siguientes sociedades basado en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de: a. Servicio de  Pilotaje  y  Fumigación S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero ocho cero cuatro cinco dos, y b. Ryu Tech Software S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-seis tres cuatro seis seis seis.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012062486).

Mediante escritura otorgada a las 20:00 horas del 11 de junio del 2012, se disuelve la sociedad: Instituto de Estudios para la Promoción del Desarrollo Humano Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Iván Lewin Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012062488).

Por escritura otorgada ante la notaria Karla María Granados Vindas, en San José, a las diez horas del diez de junio del dos mil doce, se constituye: El Legado Villazu Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Moravia, San Vicente, de la Municipalidad, quinientos metros este, cien metros sur y ciento cincuenta metros este. Capital social: diez mil colones. Representación: presidente y tesorera, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Karla María Granados Vindas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062489).

Por escritura número ochenta y tres otorgada en esta notaría, a las doce horas del día veintiuno de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la entidad Goly Aromas y Fragancias S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintisiete mil seiscientos doce.—Lic. José Francisco Sandí Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2012062490).

Por escritura Nº 214 se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Miramax V. L. Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-412144, mediante la cual se acordó la disolución de la misma, en aplicación del artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Se emplaza por treinta días a cualquier interesado a oponerse judicialmente a este acuerdo de disolución.—San José, a las 08:00 horas del 22 de junio del 2012.—Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—(IN2012062492).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 12:00 del 22 de junio del año dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad anónima denominada Plataforma Especial de Servicios S. A. La compañía no tiene actualmente ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Manrique Gamboa Ramón, Notario.—1 vez.—(IN2012062495).

Por escritura Nº 214 se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Estudio de Ballet Jete Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-215219, mediante la cual se acordó la disolución de la misma, en aplicación del artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Se emplaza por 30 días a cualquier interesado a oponerse judicialmente a este acuerdo de disolución.—San José, a las 12:00 horas del 22 de junio del 2012.—Lic. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—(IN2012062496).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 del 22 de junio del año dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad anónima denominada APB Consultores Dos Mil S. A. La compañía no tiene actualmente ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, 22 de junio del año 2012.—Lic. Manrique Gamboa Ramón, Notario.—1 vez.—(IN2012062497).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 11:00 del 22 de junio del año dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad anónima denominada Desarrolladora La Amistad S. A. La compañía no tiene actualmente ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Por esta razón, se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Manrique Gamboa Ramón, Notario.—1 vez.—(IN2012062498).

Ante esta notaría, se ha disuelto la sociedad denominada: Fesofa Internacional CR S. A.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Luis Arturo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2012062499).

Ante esta notaría, se ha disuelto la sociedad denominada: tres - ciento uno - seis cero dos siete cero cero sociedad anónima.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Luis Arturo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2012062500).

Ante esta notaría, se ha disuelto la sociedad denominada: tres - ciento uno - seis cero dos ocho cuatro seis sociedad anónima.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Luis Arturo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2012062502).

Ante esta notaría, se ha disuelto la sociedad denominada: Chupchik Sociedad Anónima.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Luis Arturo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2012062503).

Ante esta notaría, se ha disuelto la sociedad denominada: Nisht Giferlaj Sociedad Anónima.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Luis Arturo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2012062504).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución tres- ciento uno- cuatro nueve uno cuatro uno cuatro sociedad anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cuatro nueve uno cuatro uno cuatro, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062505).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución Porto Da Lua Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cuatro nueve tres nueve siete cinco, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062506).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Tricúspide de Montañismo Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco cuatro nueve ocho dos cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062507).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Algeciras Castellanas Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco cinco siete dos cinco cinco, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062508).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Naci de Paz Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco cuatro cinco uno uno nueve, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062509).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Cisto de Paz Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco seis uno uno cinco nueve, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062510).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Caminos Cayetano Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco cuatro cinco uno dos cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062511).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Filosófica Estructural Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco cuatro cinco cero dos cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062512).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Territorios de Soberanía Espacial Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco dos seis cero cero uno, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062513).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Roca Metamorfizada Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco cuatro nueve tres dos ocho, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062514).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Meteorología Descriptiva Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco dos uno seis seis uno, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062515).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución Corporación Varna Balho Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cuatro nueve dos cero seis nueve, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062516).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución Reseña de Ciclones Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco uno cuatro seis dos cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062517).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Corporación de Los Alpes Altos Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cuatro cinco seis ocho cero cuatro, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062518).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Porto Sonhos Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cuatro nueve tres uno siete nueve, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062519).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Digital Freedom Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco dos cinco ocho siete tres para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062520).

A quien interese de conformidad con los artículos dos cientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Bosque Bohi Nacai Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cuatro seis cuatro dos dos seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062521).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución tres -ciento dos- cinco nueve ocho siete seis siete limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos-cinco nueve ocho siete seis siete, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062522).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución tres- ciento dos- cinco nueve ocho nueve seis uno limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos-cinco nueve ocho nueve seis uno, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062523).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Comercializadora de Activos Los Ticos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cinco siete dos seis seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062524).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución tres ciento dos cinco nueve uno cero tres cero limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos-cinco nueve uno cero tres cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062525).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución Turística López Freer Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cinco cuatro dos nueve ocho seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062526).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución Inversiones del Atlántico Nort5e Internacional Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cinco dos cero seis nueve seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062527).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución Desarrolladora del Litoral Pacífico DELP Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno-cuatro cero uno seis nueve ocho, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062528).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la Investment Janaican Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cinco siete cero cuatro cero uno, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062529).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la Decovo Desarrollos Económicos Del Valle Occidental Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cuatro uno cero uno ocho cinco, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062530).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la Red Stripe Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno-cinco seis ocho cinco seis tres, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062531).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución de Multiservicios Alejandro Banos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- seis dos cero cinco nueve cinco, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062532).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución de Unión Novak Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- cuatro cuatro nueve siete nueve nueve, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062533).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la Montana Mil Ochocientos Ochenta y Ocho GYR Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cuatro uno cero dos seis cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062534).

Ante esta notaría, se ha disuelto la sociedad denominada: Distribuidora T-box Internacional S. A.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Luis Arturo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2012062535).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las catorce horas del veintidós de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Bodymind Institute Sociedad Anónima. Estableciéndose fondo de reserva legal, junta directiva y capital social, domiciliada en Grecia.—Grecia, 25 de junio del 2012.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2012062536).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad cuya denominación social es la cédula jurídica que le asigne el Registro. Estableciéndose fondo de reserva legal, junta directiva y capital social, domiciliada en Grecia.—Grecia, 25 de junio del 2012.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2012062537).

Por escritura número: sesenta y dos, de las 18:00 horas del 23 de junio del 2012, la sociedad inactiva Servicios de Ingeniería y Desarrollo de Proyectos Sering Sociedad Anónima, se disuelve, por medio del procedimiento notarial previsto en el transitorio del artículo catorce de la Ley de Impuesto a las Sociedades, número 9024, todo lo anterior a solicitud del señor Eddy Ramírez Obando. Escritura otorgada ante notario: Gonzalo Velásquez Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012062538).

Por escritura número: sesenta y tres, de las 19:00 horas del 23 de junio del 2012, la sociedad inactiva Business Venture Group Sociedad Anónima, se disuelve, por medio del procedimiento notarial previsto en el transitorio del artículo catorce de la Ley de Impuesto a las Sociedades, número 9024, todo lo anterior a solicitud del señor Gideon Lin. Escritura otorgada ante notario: Gonzalo Velásquez Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012062539).

Por escritura número: sesenta y seis, de las 22:00 horas del 23 de junio de 2012, la sociedad inactiva Hokuto Limitada Sociedad Anónima, se disuelve, por medio del procedimiento notarial previsto en el transitorio del artículo catorce de la Ley de Impuesto a las Sociedades, número 9024, todo lo anterior a solicitud de la señora Meg Yamamoto. Escritura otorgada ante notario: Gonzalo Velásquez Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012062540).

Por escritura número: sesenta y cinco, de las 21:00 horas del 23 de junio del 2012, la sociedad inactiva Myna Agencies Sociedad Anónima, se disuelve, por medio del procedimiento notarial previsto en el transitorio del artículo catorce de la Ley de Impuesto a las Sociedades, número 9024, todo lo anterior a solicitud del señor Gioeon Lin. Escritura otorgada ante notario: Gonzalo Velásquez Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012062541).

Por escritura número: sesenta y cuatro, de las 20:00 horas del 23 de junio del 2012, la sociedad inactiva Deluxe Communications Sociedad Anónima, se disuelve, por medio del procedimiento notarial previsto en el transitorio del artículo catorce de la Ley de Impuesto a las Sociedades, número 9024, todo lo anterior a solicitud del señor Gideon Lin. Escritura otorgada ante notario: Gonzalo Velásquez Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012062542).

Hoy protocolicé, declaración de socios de Inversiones Maroto y Martínez Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-dos ocho cuatro cinco cinco ocho, en la cual acuerdan disolver conforme al artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio, por medio de escritura otorgada en la ciudad de Heredia a las catorce horas del día veintidós de junio del dos mil doce, por el notario público Mauricio González Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(IN2012062543).

Hoy protocolicé, declaración de socios de Frionet Logística Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cinco dos cinco ocho tres siete, en la cual acuerdan disolver conforme al artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio, por medio de escritura otorgada en la ciudad de Heredia a las catorce horas del día veintidós de junio del dos mil doce, por el notario público Mauricio González Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(IN2012062544).

Hoy protocolicé declaración de socios de Ganadera Agropecuaria Tres M Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cuatro uno cinco dos ocho cinco, en la cual acuerdan disolver conforme al artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio, por medio de escritura otorgada en la ciudad de Heredia a las quince horas del día veintidós de junio del dos mil doce, por el notario público Mauricio González Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—(IN2012062545).

Por escritura número 85-2 de las 10:00 horas del día 18 de junio del 2012, de la notaria María Irene Murillo Ruin en co-notariado con Francisco Vargas Solano, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Guan Xiu Rong Cheang S. A., solicitando disolución.—Lic. Francisco Vargas Solano, Notario.—1 vez.—(IN2012062546).

Por escritura otorgada, en mi notaría, en San José, a las ocho horas del veinte de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime de socios se procede a disolver totalmente Grupo Jomar de Centroamérica S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos-noventa y tres mil novecientos cincuenta y dos.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—(IN2012062547).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución, Cumbres Solitarias Limitada cédula jurídica, tres-ciento dos-cuatro cinco uno tres tres nueve, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062550).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, si procede a la disolución, Bosque de Hielo Limitada cédula jurídica, tres-ciento dos-cuatro cinco uno siete cero ocho, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062551).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, si procede a la disolución, El Escorpión TOA Blanco Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno-cuatro cinco ocho seis nueve cuatro, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062552).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución, Inversiones Voces Anónima Limitada, cédula jurídica, tres-ciento dos-cuatro cuatro cuatro siete dos ocho, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062553).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución, Coastal Communities Limitada, cédula jurídica, tres-ciento dos-cuatro seis tres dos uno uno, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062554).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, Akaku Omoi Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-cuatro cinco nueve siete cinco cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062555).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, Las Mediavales Comprar e Importaciones del Camino Azul ABC Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-cuatro tres tres cero seis cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062556).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución, Hacienda La Libélula Seiyo Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-cuatro cinco ocho cero dos ocho, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062557).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución tres-ciento dos-cinco nueve uno cero tres cero Limitada, cédula jurídica, tres-ciento dos- cinco nueve uno cero tres cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062558).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, si procede a la disolución tres- ciento dos- cinco nueve dos tres uno tres Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco nueve dos tres uno tres, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062559).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución, tres-ciento dos-cinco nueve uno seis cinco ocho Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco nueve uno seis cinco ocho, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062560).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución tres- ciento dos-cinco nueve uno cero cero seis Sociedad de Responsabilidad Limita, cédula jurídica, tres-ciento dos- cinco nueve uno cero cero seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062561).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución, tres-ciento dos-cinco nueve uno tres tres ocho Limitada, cédula jurídica, tres-ciento dos- cinco nueve uno tres tres ocho, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062562).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, tres-ciento dos-cinco nueve uno cero cero dos Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco nueve uno cero cero dos, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062563).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución tres-ciento dos-cinco nueve uno cero dos ocho Limitada, cédula jurídica, tres-ciento dos- cinco nueve uno cero dos ocho, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062564).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución tres-ciento dos-cinco nueve uno cero dos siete Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco nueve uno cero dos siete, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062565).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución, tres- ciento dos- cinco nueve uno cero cero cuatro Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco nueve uno cero cero cuatro, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062566).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución, tres- ciento dos- cinco nueve uno cero cuatro uno Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco nueve uno cero cuatro uno, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062567).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución, Diosa Rhodos Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cinco cero dos tres siete seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062568).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución, Bitácora Brisa Leve Limitada cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco cinco seis cero cuatro cinco, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062569).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución, Nactural Land Scape Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cuatro nueve dos siete cuatro uno, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062570).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución, Nativos de Hierro Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco uno cuatro seis cero seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062571).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio, se procede a la disolución de Capa de Marte Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco cinco tres cuatro siete dos, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062572).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, Urban Nights Investments Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cuatro nueve cuatro tres dos nueve, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062573).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, Special Treat Bussiness Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-cuatro seis dos tres nueve cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062574).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, Atlas Lunar Limitada cédula  jurídica, tres- ciento dos-cinco uno cuatro nueve ocho seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062575).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Gigante Físico Limitada, cédula jurídica tres- ciento dos-cinco cuatro nueve nueve dos tres, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062576).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Negocios Nayarit Limitada, cédula jurídica tres- ciento dos-cinco cinco tres cuatro cinco cinco, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062577).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Electron de Luz Limitada, cédula jurídica tres- ciento dos-cinco cinco seis cinco dos tres, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062578).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Consejo de La Mesta Limitada, cédula jurídica tres- ciento dos-cinco cinco seis cuatro nueve uno, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062579).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Estación Procariota Limitada, cédula jurídica tres- ciento dos-cinco cuatro nueve cinco cuatro seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062562580).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Pétalos de Amor Limitada, cédula jurídica tres- ciento dos-cinco cinco cero cero ocho siete, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062581).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Pecados de Bendición Limitada, cédula jurídica tres- ciento dos-cinco cinco dos nueve ocho cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062582).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Palma Datilera Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cinco cuatro nueve tres uno uno, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062583).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Corporación Loto Azul Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos- cinco ocho siete nueve para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062584).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución Fragancia Azul Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cuatro cuatro siete ocho cuatro dos, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062562585).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución Cascabel de La Roca Kuroi Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-cuatro cinco ocho cuatro siete cero , para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062586).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución Dominio Mitsukru Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-cuatro cinco ocho cuatro siete tres, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062587).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución Las Nieves de Cirila Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-tres cinco ocho tres tres cuatro, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062588).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, RMCER Los Bosques Árticos Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-cuatro seis dos uno cuatro ocho, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062589).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, Puntas Internacional de Las Américas Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-tres cuatro cinco cinco seis seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062590).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución tres-ciento uno-seis uno cuatro seis uno dos sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seis uno cuatro seis uno dos para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062591).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución tres- ciento uno- seis uno cuatro ocho cuatro cero sociedad anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno- seis uno cuatro ocho cuatro cero para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062592).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, Manglar de Yasumy Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno-cuatro seis cero dos dos dos, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062593).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, Armorinox Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- tres seis uno ocho seis uno, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062594).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, El Caiman Ureshu Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cuatro cinco ocho seis ocho dos, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062595).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, Las Cercanas Comidas del Oeste Inc Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cuatro tres uno cuatro nueve uno, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062596).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, Montes Torozos Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno-cuatro ocho nueve tres siete seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062597).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución tres ciento dos- cinco nueve dos tres uno tres limitada, cédula jurídica, tres- ciento uno-cinco dos cero seis nueve seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062598).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, Onix Traslucidos Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cuatro nueve cuatro nueve siete nueve, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062599).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución tres-ciento dos-cinco nueve uno cero dos ocho limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos-cinco nueve uno cero dos ocho, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062600).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Mensajes Celestiales Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno-cinco cero tres cuatro seis ocho, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062601).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Tres Mejor Que Uno Limitada, cédula jurídica tres- ciento dos- cinco cinco dos nueve nueve nueve, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062602).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Genesis Andante Limitada, cédula jurídica tres- ciento dos- cinco cuatro nueve cinco dos cinco, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062603).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de tres- ciento dos- cinco cero cero uno uno ocho limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos - cinco cero cero uno uno ocho para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062604).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de tres-ciento dos-cinco cero tres siete uno siete limitada, cédula jurídica tres - ciento dos – cinco cero tres siete uno siete siete, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062605).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Bittersweet Symphony Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- cuatro tres cinco ocho cinco ocho para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062606).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de tres- ciento dos- cinco cero uno tres nueve nueve limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco cero uno tres nueve nueve para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062607).

A quien interese de conformidad con los artículos dos cientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio si procede a la disolución de tres- ciento uno- seis uno cuatro ocho cuatro cero sociedad anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- seis uno cuatro ocho cuatro cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062608).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, de tres- ciento uno- seis uno cuatro seis uno dos sociedad anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- seis uno cuatro seis uno dos, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062609).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución tres -ciento uno -seis uno cinco siete uno seis sociedad anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- seis uno cinco siete uno seis para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062610).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución tres- ciento uno- seis uno cuatro seis ocho tres sociedad anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- seis uno cuatro seis ocho tres, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062611).

A quien interese de conformidad con los artículos dos cientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio si procede a la disolución de tres- ciento uno- seis uno siete ocho uno ocho sociedad anónima, cédula jurídica, tres- ciento dos- seis uno siete ocho uno ocho para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062612).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución tres-ciento uno- seis uno cinco siete cero cinco sociedad anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno -seis uno cinco siete cero cinco, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062613).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de Javla Unge Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco seis seis cuatro cero cinco, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062614).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio s procede a la disolución de tres- ciento uno- seis tres ocho ocho tres dos sociedad anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- seis tres ocho ocho tres dos para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062615).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de tres- ciento uno- seis uno cuatro ocho cuatro cero sociedad anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- seis uno cuatro ocho cuatro cero, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062616).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, tres- ciento uno- seis uno cuatro seis uno dos sociedad anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- seis uno cuatro seis uno dos para lo cual se comunica a los inter sados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062617).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de tres-ciento uno- seis uno cuatro seis ocho tres sociedad anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- seis uno cuatro seis ocho tres para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062618).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de tres- ciento uno- seis uno cinco siete uno seis sociedad anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- seis uno cinco siete uno seis para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062619).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución tres- ciento dos- cuatro seis cuatro cuatro siete seis limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cuatro seis cuatro cuatro siete seis, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062620).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución tres- ciento uno- seis uno siete ocho uno ocho sociedad anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno- seis uno siete ocho uno ocho, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062621).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de tres- ciento uno – seis uno cinco siete cero cinco sociedad anónima, cédula jurídica, tres- ciento uno – seis uno cinco siete cero cinco para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062622).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de tres- ciento dos- cinco cero cero uno ocho cero limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- cinco cero cero uno ocho cero para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062623).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución de tres- ciento dos- cinco cero dos uno cinco cinco limitada, cédula jurídica, tres- ciento dos- - cinco cero dos uno cinco cinco para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062624).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, Atlántica Sumergida Limitada cédula jurídica, tres- ciento dos- cuatro cuatro cuatro cinco seis cuatro, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012062625).

Que por escritura número ciento veintinueve, otorgada ante esta Notaría a las nueve horas del veintidós de junio del dos mil doce; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la compañía D. A. C. E. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y seis mil setecientos noventa y siete; en la cual se modifica las cláusulas primera y cuarta del pacto constitutivo, y se sustituye la totalidad de la junta directiva y fiscal.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—(IN2012062626).

Por escritura número doscientos setenta y siete otorgada en esta notaría a las catorce horas del veintitrés de junio del año 2012, se protocoliza acta numero uno de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Familiar Propiedades América Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-610419. Domicilio: Atenas donde se acuerda por unanimidad de votos la disolución de dicha sociedad.—Atenas, veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic. Xiomara Gómez Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062628).

Por escritura número doscientos setenta y seis otorgada en esta notaría a las catorce horas del veintitrés de junio del año 2012, se protocoliza acta numero uno de la asamblea general extraordinaria de la sociedad United Technology Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-40740 Domicilio: San José donde se acuerda por unanimidad de votos la disolución de dicha sociedad.—Atenas, veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic. Xiomara Gómez Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062629).

Por escritura número doscientos setenta y cinco otorgada en esta notaría a las catorce horas del veintitrés de junio del año 2012, se protocoliza acta numero uno de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Thyssenkrupp Companhia du Telecomunicacoes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-616461 Domicilio: San José, donde se acuerda por unanimidad de votos la disolución de dicha sociedad.—Atenas, veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic. Xiomara Gómez Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062630).

Por escritura número doscientos setenta y dos otorgada en esta notaría a las catorce horas del veintitrés de junio del año 2012, se protocoliza acta numero uno de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Kellerandwest Outsourcing Partnes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-621855 Domicilio: San José, donde se acuerda por unanimidad de votos la disolución de dicha sociedad.—Atenas, veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic. Xiomara Gómez Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062631).

Por escritura número doscientos setenta y cuatro otorgada en esta notaría a las catorce horas del veintitrés de junio del año 2012, se protocoliza acta numero uno de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Goulene Degaspari Asociados Do Soa Paolo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-612289 Domicilio: San José, donde se acuerda por unanimidad de votos la disolución de dicha sociedad.—Atenas, veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic. Xiomara Gómez Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012062633).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución N° 247-2012 DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—San José, a las nueve horas treinta minutos del quince de mayo del dos mil doce. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública y los alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177 SP, artículo 71, procede este departamento en calidad de órgano director a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Lucas Córdoba García, cédula de identidad número 2-354-907, por “adeudar a este ministerio la suma de ¢1.657,032,69 (un millón seiscientos cincuenta y siete mil treinta y dos colones con sesenta y nueve céntimos) por incapacidad no deducida del salario del 20 de noviembre del 2010 al 20 de mayo del 2011”. Lo anterior con fundamento en el oficio N° 14120-2011-DRH-SRC-AR del 16 de setiembre de 2011 del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones de la Dirección de Recursos Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso el cual será instruido por la Asistente Legal Lic. Ileana Parini Segura, teléfono 2586-4285, fax 2280-3451. Si existiere oposición al monto adeudado se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita 300 norte de la Rotonda de las Garantías Sociales, edificio azul, mano izquierda, en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas: 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un solo momento y aportar la copia respectiva a este Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este despacho en días y horas hábiles y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que por la naturaleza dicha de este expediente de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública se declara el mismo de acceso restringido solo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Lev General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O. C. Nº 13888.—Solicitud Nº 4469.—C-88950.—(IN2012062493).

COMERCIO EXTERIOR

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

“Ministerio de Comercio Exterior: Que en virtud de que no fue posible localizar la citada empresa en la dirección consignada en el expediente administrativo, tal y como consta en las Actas de Notificación de las catorce horas, doce minutos, ambas, del día dieciocho de enero del año dos mil diez, con fundamento en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar a la empresa por este medio el siguiente acto:

Acuerdo-072-2012 Hilos de Norteamérica S. A.”

ACUERDO Nº 072-2012

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18 y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

1º—Que la empresa Hilos de Norteamérica S. A. con cédula jurídica número 3-101-155525, representada por el señor Rafael Enrique Cañas Coto, es beneficiaria del Régimen de Zona Franca, el cual le fue otorgado mediante Acuerdo Ejecutivo N° 15-95 de fecha 13 de febrero de 1995, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 59 del 23 de marzo de 1995, al amparo de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas.

2º—Que de conformidad con los oficios G.A.F. 106-09 de 12 de mayo de 2009 y G.A.F. 280-09 de 22 de julio de 2009 remitidos por la Instancia Interna de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica al Despacho del Ministro de Comercio Exterior, se le inició un procedimiento administrativo a la empresa Hilos de Norteamérica S. A., el cual fue dispuesto mediante resolución DMR-00100-09 de las once horas del 5 de setiembre de 2009.

3º—Que en la tramitación del procedimiento referido en el considerando anterior, quedó debidamente acreditado que la empresa beneficiaria incurrió en una serie de incumplimientos a las disposiciones legales y reglamentarias que la rigen al amparo del Régimen de Zonas Francas.

4º—Que el Ministerio de Comercio Exterior mediante la resolución DMR-00072-11 de las doce horas del 3 de octubre de 2011, resolvió revocar en todos sus extremos y sin ninguna responsabilidad para el Estado, el Régimen de Zonas Francas a la empresa Hilos de Norteamérica S. A., con fundamento en los artículos 19 inciso g); y 32 inciso f) de la Ley del Régimen de Zonas Francas y el artículo 62 inciso g); y artículo 39 del Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008.

5º—Que se ha cumplido con los procedimientos de Ley. Por tanto,

ACUERDAN

Artículo 1º—Revocar, sin responsabilidad alguna para el Estado, el Régimen de Zona Franca otorgado a la empresa Hilos de Norteamérica S. A. con cédula jurídica número 3-101-155525.

Artículo 2º—Otorgar a la empresa Hilos de Norteamérica S. A., el plazo de quince días hábiles contados a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, para que proceda con la liquidación de sus operaciones dentro del Régimen de Zonas Francas. En el momento que la empresa demuestre que ha cumplido con la obligación aquí establecida, PROCOMER le devolverá el depósito de garantía, una vez realizados los descuentos correspondientes, en el caso de que proceda, de conformidad con el artículo 4 inciso h) de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas.

Artículo 3º—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los cinco días del mes de marzo del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Comercio Exterior, Anabel González Campabadal.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32181.—C-93060.—(IN2012059236).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL DE PARRITA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La suscrita Jefe Administrativa de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social de Parrita, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. El monto adeudado se refleja al 7 de junio de 2012 y puede contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

SUCURSAL PARRITA

Número patronal

Nombre patrono

Monto adeudado ¢

2-03101429210-001-001

Buckeye Pacific Properties Sociedad Anónima

7.392.498,00

 

Lic. Roxidalia Mora Aguilar, Área Gestión de Cobro.— (IN2012062749).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Órgano Director.—Acto de Apertura del Procedimiento Ordinario Administrativo seguido contra la empresa La Masia de Triquell S. A., propietaria del Restaurante del mismo nombre.—San José, a las quince horas del siete de junio del dos mil doce.

Resultando:

1º—Que por resolución de la Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo G-1427-2012 del cuatro de junio del 2012, se nombra como órgano director al Lic. Pablo Valverde Madrigal como Titular y al Lic. Jorge Arturo Solano Soto, como Suplente, ambos del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, con la asesoría de la Dirección Legal, para dar inicio al procedimiento ordinario administrativo contra la empresa La Masía de Triquell S. A., cédula jurídica N° 3-101-035905, propietaria del Restaurante del mismo nombre, a fin de determinar posibles incumplimientos a lo establecido en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.

2º—Que a la empresa La Masia de Triquell S. A., cédula jurídica N° 3-101-035905, fue declarada turística según resolución de la Presidencia Ejecutiva N° DST-PE.-1274-016 del 19 de julio de 1983, para desarrollar la actividad gastronómica en el establecimiento denominado Restaurante La Masia de Triquell.

3º—Que según oficio DGA-1166-2012 del 08 de febrero del 2012, el señor José Ramón Aguilar Calvo, Supervisor de este Instituto, informa sobre la inspección realizada al establecimiento gastronómico.

Considerando:

I.—Que al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo N° 25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.

II.—Que de conformidad con el artículo 11 inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas declaradas, efectuando inspeccionas periódicas.

III.—Que el artículo 13, incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la empresa”.

IV.—Que según informe de inspección DGA-1166-2012 del 08 de febrero del 2012, el señor José Ramón Aguilar Calvo, Supervisor de este Instituto, informa que el día 23 de enero del 2012, visitó el domicilio del Restaurante La Masia de Triquell, a saber, San José, Sabana Norte, del ICE 100 este y 175 norte, con el propósito de corroborar la operación del mismo y aplicar el Anexo 1 y 3 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas. Que el señor Aguilar Calvo, informa que una vez en el sitio le informaron, que ese Restaurante dejó de operar y que actualmente existe otro Restaurante con otro nombre y otros propietarios. Que según oficio DGA-3116-2012 del 30 de marzo del 2012, se trata de notifica la situación anterior a los apoderados de la empresa, titular de la declaratoria turística, en el medio que habían establecido para tal fin, otorgándole un plazo de diez días para que se refiera al respecto, no obstante no fue posible por cuanto el lugar que se había establecido para este fin, ya tampoco existe.

V.—Que en el caso concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa La Masia de Triquell S. A., cédula jurídica N° 3-101-035905, propietaria del establecimiento gastronómico del mismo nombre, ubicado en San José, Sabana Norte, del ICE 100 este y 175 norte, ha supuestamente infringido lo dispuesto en los incisos a), i) y j) del artículo 13, del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no encontrarse en operación el establecimiento gastronómico al cual la Gerencia de este Instituto le había otorgado en su oportunidad la Declaratoria Turística, ni haber informado lo sucedido a este Instituto con el mismo, pudiendo hacerse acreedora a las sanciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento en cuestión, a saber amonestación escrita, suspensión de la Declaratoria Turística, cancelación de los beneficios otorgados por recomendación del Instituto, cancelación de los beneficios comprendidos en el artículo 11, incisos c) y e) o la cancelación de la Declaratoria Turística. Por tanto:

De conformidad con lo expuesto, artículo 13 incisos a), i) y j) del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, y con fundamento en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, que rigen lo concerniente a los procedimientos administrativos, este órgano director cita al apoderado de la empresa Masia de Triquell S. A., cédula jurídica N° 3-101-035905, propietaria del establecimiento gastronómico del mismo nombre, ubicado en San José, Sabana Norte, del ICE 100 este y 175 norte, para que se presente solo o en compañía de un profesional en Derecho, al Departamento de Gestión y Asesoría Turística del Instituto Costarricense de Turismo, a la comparecencia oral y privada prevista en los artículos 218 y 309 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública, a celebrarse quince días hábiles posteriores a la tercera publicación, a las quince horas.

Se previene según lo dispuesto en los artículos 218, 309 y 312 Inciso 2, de la Ley General de la Administración Pública, que debe presentarse todas las pruebas antes o en el momento de la comparecencia, bajo apercibimiento de que en caso contrario caducaría su derecho.

Se previene al apoderado de la empresa referida, que en su primer escrito deberá indicar el medio, sea este Fax o correo electrónico para recibir notificaciones presentes y futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de las resoluciones posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas las mismas.

Con base en los artículos 217 y 272 de la Ley General de la Administración Pública, se pone a disposición del interesado el expediente administrativo en la sede de este Órgano Director, ubicada en el Departamento de Gestión y Asesoría Turística.

Contra la presente resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse, ante este Órgano por el plazo de veinticuatro horas a partir de esta notificación. El recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y el de apelación por la gerencia del instituto.—Lic. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 14854.—Solicitud Nº 12882.—C-346880.—(IN2012062632).

Órgano Director.—Acto de apertura del Procedimiento Ordinario Administrativo seguido contra la empresa Restaurantes Turísticos S. A., propietaria del Restaurante Hardee´s.—San José, a las trece horas del diecisiete de abril del dos mil doce.

Resultando:

1º—Que por resolución de la Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo G-918-2012 del doce de abril del 2012, se nombra como órgano director al Lic. Pablo Valverde Madrigal como Titular y al Lic. Jorge Arturo Solano Soto, como Suplente, ambos del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, con la asesoría de la Dirección Legal, para dar inicio al procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Restaurantes Turísticos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-032390, propietario del Restaurante Hardee´s, a fin de determinar posibles incumplimientos a lo establecido en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.

2º—Que a la empresa Restaurantes Turísticos S. A., cédula jurídica Nº 3-101- 032390, fue declarado turístico según resolución de la Junta Directiva tomada en la sesión Nº 2784, artículo 10, del 6 de junio de 1977, para desarrollar la actividad gastronómica en el establecimiento denominado Restaurante Hardee´s.

3º—Que según oficio DGA-1446-2012 del 16 de febrero del 2012, el señor José Ramón Aguilar Calvo, Supervisor de este Instituto, informa sobre la inspección realizada al establecimiento gastronómico.

Considerando:

I.—Que al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº 25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.

II.—Que de conformidad con el artículo 11 inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas declaradas, efectuando inspecciones periódicas.

III.—Que el artículo 13, incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la empresa”.

IV.—Que según informe de inspección DGA-1446-2012 del 16 de febrero del 2012, el señor José Ramón Aguilar Calvo, Supervisor de este Instituto, informa que el día 19 de enero del 2012, visitó el domicilio del Restaurante Hardee´s, a saber, San José, Avenida Central, calle 1, con el propósito de corroborar la operación del mismo y aplicar el Anexo1 y 3 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas. Que el señor Aguilar Calvo, informa que una vez en el sitio pudo verificar que el establecimiento no se encuentra en operación desde hace mucho tiempo y que en su lugar opera otra empresa con razón social y nombre comercial diferentes. Que además no consta en el expediente administrativo de la empresa, que la misma haya notificado a este Instituto lo sucedido con la misma. Que según oficio DGA-2120-2012 del 05 de marzo del 2012, se trata de notificar la situación anterior, no obstante no fue posible, por cuanto no existe medio para ese fin.

V.—Que en el caso concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa Restaurantes Turísticos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-032390, propietaria del Restaurante Hardee´s, ubicado en San José, Avenida Central, Calle 1, ha supuestamente infringido lo dispuesto en los incisos a), i) y j) del artículo 13, del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no encontrarse en operación el establecimiento gastronómico al cual la Gerencia de este Instituto le había otorgado en su oportunidad la Declaratoria Turística, ni haber informado a este Instituto lo sucedido con dicho establecimiento, pudiendo hacerse acreedora a las sanciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento en cuestión, a saber amonestación escrita, suspensión de la Declaratoria Turística, cancelación de los beneficios otorgados por recomendación del Instituto, cancelación de los beneficios comprendidos en el artículo 11, incisos c) y e) o la cancelación de la Declaratoria Turística.

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto, artículo 13 incisos a), i) y j) del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, y con fundamento en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, que rigen lo concerniente a los procedimientos administrativos, este órgano director cita al apoderado de la empresa Restaurantes Turísticos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-032390, propietario del establecimiento gastronómico Restaurante Hardee´s, ubicado en San José, Avenida Central Calle 1, para que se presente solo o en compañía de un profesional en Derecho, al Departamento de Gestión y Asesoría Turística del Instituto Costarricense de Turismo, a la comparecencia oral y privada prevista en los artículos 218 y 309 inciso 1.) de la Ley General de la Administración Pública, a celebrarse quince días hábiles posteriores a la tercera publicación, a las diez horas.

Se previene según lo dispuesto en los artículos 218, 309 y 312 inciso 2), de la Ley General de la Administración Pública, que debe presentarse todas las pruebas antes o en el momento de la comparecencia, bajo apercibimiento de que en caso contrario caducaría su derecho.

Se previene al apoderado de la empresa referida, que en su primer escrito deberá indicar el medio, sea este Fax o correo electrónico para recibir notificaciones presentes y futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere quedará notificado de las resoluciones posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas las mismas.

Con base en los artículos 217 y 272 de la Ley General de la Administración Pública, se pone a disposición del interesado el expediente administrativo en la sede de este Órgano Director, ubicada en el Departamento de Gestión y Asesoría Turística.

Contra la presente resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse, ante este Órgano Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta notificación. El recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y el de Apelación por la Gerencia del Instituto.—Lic. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 14854.—Solicitud Nº 12882.—C-341240.—(IN2012062636).