MINISTERIO
DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
MINISTERIO
DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
DEL CAFÉ DE COSTA RICA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO
CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO
NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
MUNICIPALIDAD
DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD
DE SANTA BÁRBARA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Nº 385-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el objetivo de estas actividades es iniciar el proceso de consenso
de indicadores mínimos básicos a ser incorporados de forma homogénea y comparable
por todos los países beneficiarios. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Lizú San Lee
Chacón, cédula número cuatro-ciento diecinueve-setecientos noventa, funcionaria
del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe en el
“Taller Proyecto de Fortalecimiento de Sistemas de Información”, el cual se
realizará el 19 de marzo de 2012; en la “Reunión de Observatorios Nacionales de
Drogas de Latinoamérica”, del 20 al 21 de marzo; y en la “Reunión de Trabajo y
Consenso sobre Métodos, Indicadores y Protocolos”, del 22 al 23 de marzo, todas
estas reuniones se llevarán a cabo en la ciudad de Bogotá, Colombia.
La salida de esta funcionaria se efectuará el día 18 y su regreso será el
24 de marzo de 2012.
Artículo 2º—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán
cubiertos por
Artículo 3º—Rige a partir del 18 y hasta el 24 de marzo de dos mil doce.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 386-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que en el marco de Cooperación entre América
Latina y
2º—Que el objetivo de esta actividad es explorar las potencialidades que
ofrece el despliegue de lo central a lo regional y lo local, presentando además
experiencias de buena práctica en este ámbito, desarrolladas por parte de los
socios y otros países de América Latina. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Eugenia Mata
Chavarría, cédula número uno-seiscientos veintinueve-seiscientos treinta y
nueve, funcionaria del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que
participe en el “Seminario-Taller Políticas sobre Drogas: Descentralización y
Abordaje Territorial”, el cual se realizará en la ciudad de Buenos Aires,
Argentina, del 16 al 18 de abril de 2012. La salida de esta funcionaria se efectuará el día 14 y su regreso
será el 19 de abril de 2012.
Artículo 2º—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán
cubiertos por los organizadores. La funcionaria devengará el cien por ciento de
su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional que corre del 14
al 19 de abril de 2012.
Artículo 3º—Rige a partir del 14 y hasta el 19 de abril de dos mil
doce.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 387-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que
2º—Que la tarea de los miembros de este grupo será contribuir al desarrollo
del documento que será presentado ante
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Andrea Villalta
Morales, cédula número cuatro-ciento sesenta y seis-setecientos cuarenta y
ocho, funcionaria del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que
participe en la “Primera Reunión del Grupo de Trabajo para el Desarrollo de los
Lineamientos Hemisféricos de
Artículo 2º—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán
cubiertos por el auspiciador. La funcionaria devengará el cien por ciento de su
salario, durante la estadía fuera del territorio nacional que corre del 16 al
22 de abril de 2012.
Artículo 3º—Rige a partir del 16 y hasta el 22 de abril de dos mil doce.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 388-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que los Presidentes del Grupo de Acción
Financiera de Sudamérica (GAFISUD) y del Grupo Egmont invitan a tres
funcionarios a participar en la “Reunión Regional Conjunta de Tipologías”.
2º—Que el objetivo de esta actividad es proporcionar un foro para la región
de las Américas, con el fin de discutir los casos de Lavado de Dinero y
Financiamiento al Terrorismo (LD/FT) y para que las Unidades de Inteligencia
Financiera y otros funcionarios de prevención y combate al LD/FT compartan
información sobre las diferentes tipologías que rigen en la región. El objetivo
del foro es buscar una mejor compresión de este fenómeno en la región para que
las autoridades de prevención y combate al LD/FT puedan prevenir y detectar
actividades similares en todos los países de la región. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a los señores Álvaro Calvo
Sánchez, cédula número seis-doscientos treinta y cuatro-seiscientos veintidós;
Silvia Chacón Soto, cédula número uno-ochocientos cuarenta-trescientos noventa;
y Mario Enrique Aguilar Garro, cédula número uno-seiscientos cuarenta y
uno-quinientos ochenta y tres, funcionarios del Instituto Costarricense sobre
Drogas (ICD), para que participen en la “Reunión Regional Conjunta de
Tipologías”, en la ciudad de Quito, Ecuador, del 8 al 11 de mayo de 2012. La salida de estos funcionarios se
efectuará el día 7 y su regreso será el 12 de mayo de 2012.
Artículo 2º—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán
cubiertos por el GAFISUD. Los funcionarios devengarán el cien por ciento de su
salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 7 al
12 de mayo de 2012.
Artículo 3º—Rige a partir del 7 y hasta el 12 de mayo de dos mil doce.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 389-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que el proyecto de “Prevención del Desvío de
Sustancias Precursoras de Drogas en los Países de América Latina y el Caribe
(PRELAC)”, iniciativa financiada por
2º—Que el objetivo de esta actividad es contribuir a optimizar las medidas
para prevenir el desvío de precursores y en particular, revisar el marco de
cooperación entre las autoridades de control y fiscalización de los países y
los operadores privados de precursores y sustancias químicas de los países del
PRELAC. Asimismo, pretende contribuir a la consolidación de los conocimientos
específicos y competencias de las autoridades de control y de investigación
competentes como las autoridades administrativas en los países participantes.
Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a las señoras Bernardita
Marín Salazar, cédula número cuatro-ciento cuarenta y siete-ochocientos siete y
Emilia Ramírez Alfaro, cédula número cuatro-ciento treinta y cuatro-cero
sesenta y dos, funcionarias del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD),
para que participen en el Seminario Internacional sobre “
Artículo 2º—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán
cubiertos por el proyecto PRELAC. Las funcionarias devengarán el cien por
ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional que
corre del 21 al 26 de mayo de 2012.
Artículo 3º—Rige a partir del 21 y hasta el 26 de mayo de dos mil
doce.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 390-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Alex Arias Argüello,
cédula número uno-novecientos treinta-quinientos cuarenta y ocho, funcionario
del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que participe como
expositor en el “Taller Subregional en Materia de Lucha contra el Financiamiento
del Terrorismo: Principales Riesgos Actuales”, el cual se llevará a cabo en la
ciudad de Lima, República del Perú, del 15 al 18 de mayo de 2012. La salida de este funcionario se efectuará
el día 14 y su regreso será el 19 de mayo de 2012.
Artículo 2º—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán
cubiertos por los auspiciadores. El funcionario devengará el cien por ciento de
su salario durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 14
al 19 de mayo de 2012.
Artículo 3º—Rige a partir del 14 y hasta el 19 de mayo de dos mil
doce.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 391-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
Considerando:
1º—Que
2º—Estas reuniones tienen como finalidad dar seguimiento a las
recomendaciones acordadas en la última reunión del Grupo de Expertos-LAVEX
XXXIII, la cual se realizó en setiembre de 2011 en Caracas, Venezuela; y la
última reunión de los Subgrupos de Trabajo en Decomiso y Coordinación e
Integración entre Unidades de Inteligencia Financiera y Organismos de
Investigación Criminal, que se llevó a cabo en mayo de 2011 en Washington, D.C.
de los Estados Unidos de América. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Engels Jiménez
Padilla, cédula número uno-ochocientos treinta y dos-quinientos cincuenta y
dos, funcionario del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), para que
participe en
Artículo 2º—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán
cubiertos por el auspiciador. El funcionario devengará el cien por ciento de su
salario durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 28 de
mayo al 01 de junio de 2012.
Artículo 3º—Rige a partir del 28 de mayo y hasta el 01 de junio de dos mil
doce.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 411-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 28 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Juan Barrios Arce,
portador de la cédula de identidad número 9-061-074, Director de Tecnologías de
Información del Ministerio de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte aéreo, servicio
de taxi aeropuerto hotel y viceversa, hospedaje y alimentación serán cubiertos
por
Artículo 3º—Rige a partir del 9 y hasta el 15 de julio del 2012.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº 0028-2012-MGP
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
141 de
Considerando:
1º—Que la participación en el panel: “Territorio,
Políticas Públicas y Desarrollo Sostenibles” a realizarse en la reunión del
Comité Especial de
2º—Que la reunión se realizará en Quito Ecuador del 4 al 6 de julio del
2012. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Marcela Chacón
Castro, cédula de identidad Nº 1-660-620, Viceministra de Gobernación y
Policía, para que participe en el panel: “Territorio, Políticas Públicas y
Desarrollo Sostenibles”, a realizarse en Quito Ecuador, del 4 al 6 de julio
del 2012.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Marcela Chacón Castro por concepto
tiquetes aéreos, alimentación, hospedaje serán cubiertos en su totalidad por el
Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), los tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales y gastos menores de los días 4 y 6 de julio,
serán cubiertos con recursos de la subpartida 1.05.04, del Programa 044,
Actividad Central todo sujeto a liquidación y de conformidad con la tabla de
viáticos al Exterior publicada en
Artículo 3º—Se autoriza la participación de la señora Marcela Chacón Castro
a dicha actividad, saliendo del país el día 3 de julio y regresando el día 7 de
julio del año en curso, por lo que en los días indicados devengará el 100% de
su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 3 al 7 de julio del 2012.
San José, a las nueve horas del dos de julio del
dos mil doce.
Mario Zamora Cordero, Ministro de Gobernación y
Policía.—1 vez.—O. C. Nº 14564.—Solicitud Nº 4487.—C-19270.—(IN2012072421).
Nº 109-PE
De conformidad con lo que establecen los artículos
140, inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar a
2º—Los pasajes y viáticos serán cubiertos por
3º—Rige a partir del 28 al 30 de mayo de 2012.
Dado en el Despacho Ministerial el veintitrés de
mayo del dos mil doce.
Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y
Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 15072.—Solicitud Nº 45004.—C-11280.—(IN2012073414).
Nº 110-PE
De conformidad con lo que establecen los artículos
140, inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar a los Ingenieros Eleonor Vargas
Aguilar, cédula Nº 1-412-1037, funcionaria de
2º—Los gastos serán cubiertos por los organizadores.
3º—Rige a partir del 6 al 9 de junio de 2012.
Dado en el Despacho Ministerial, el veintitrés de
mayo del dos mil doce.
Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y
Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 15072.—Solicitud Nº 45004.—C-12690.—(IN2012073416).
N° 036-MEIC
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos
25, inciso 1), 27 y 28, inciso 2), acápite b) de
Considerando:
I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía,
Industria y Comercio (MEIC), asistir al Seminario “Reforma de Garantías
Mobiliarias en América Latina y el Caribe”.
II.—Que dicha actividad se llevará a cabo del día 16 al día 17 de julio de
2012, en Atlanta, Georgia, Estados Unidos de América.
III.—Que la participación del MEIC reviste especial interés, en virtud de
representar al país y permitir el intercambio de mejores prácticas sobre el
tema específico, así como fortalecer y crear nexos de cooperación. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a los señores Marvin
Rodríguez Durán, portador de la cédula de identidad 1-745-917, Viceministro de
Economía, Industria y Comercio y a Luis Roberto Ramírez Vega, portador de la
cédula de identidad número 1-1135-0979, funcionario del Ministerio de Economía,
Industria y Comercio; para que viajen a Atlanta, Georgia, Estados Unidos de
América y participen en el seminario “Reforma de Garantías Mobiliarias en
América Latina y el Caribe”, que se llevará a cabo del día 16 al día 17 de
julio de 2012.
Artículo 2º—Los gastos de los señores Rodríguez Durán y Ramirez Vega, por
concepto de boleto aéreo, hospedaje, alimentación, así como los gastos conexos
y otros gastos, serán cubiertos por el Programa 215 “Actividades Centrales”,
subpartida 10503 “Transporte al Exterior” y subpartida 10504 “Viáticos al
Exterior” del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, correspondiéndole
por concepto de viáticos al señor Rodríguez Durán la suma de mil cincuenta y
nueve dólares con noventa y seis centavos de dólar (US$ 1.059,96) y al señor
Ramírez Vega la suma novecientos dos dólares con veintiocho centavos de dólar
(US$ 908,28).
Artículo 3º—Rige a partir del día 15 al día 18 de julio de 2012. Devengando
los funcionarios el 100% de su salario durante su ausencia.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y
Comercio, en la ciudad de San José, a los tres días del mes de julio del año
dos mil doce.
Publíquese.—Mayi Antillón Guerrero, Ministra de
Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº 15187.—Solicitud Nº
45477.—C-24440.—(IN2012073441).
Nº 110
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en el artículo 140, inciso l) de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin
responsabilidad para el Estado al servidor Vianey Guerrero Tobal, cédula de
identidad número 1-508-724.
Artículo 2º—El presente Acuerdo de Despido rige a partir del 01 de junio
del año dos mil doce.
Dado en
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro
de Obras Públicas y Transportes a. í., Ing. Luis Llach C.—1 vez.—O. C. Nº
104832.—Solicitud Nº 34573.—C-8460.—(IN2012073374).
N° 139-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en la “Ley General
de
Considerando:
1º—Que
2º—Que la señorita Sandy Pamela Salazar Zapata, en su calidad de Asesora
del señor Viceministro de Transporte Terrestre y Seguridad Vial, participará en
las actividades programadas. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señorita Sandy Pamela
Salazar Zapata, cédula de identidad Nº 1-1389-0198, funcionaria del Despacho
del Viceministro de Transporte Terrestre y Seguridad Vial, para que participe
en dichas reuniones que se llevarán a cabo en
Artículo 2º—El Ministerio de Obras Públicas y Transportes le girará por
concepto de Alimentación y Hospedaje la suma de $2.922,04 y $60,00 “Transporte
Aeropuerto-Hotel, Hotel-Aeropuerto”, y $ 28 de impuestos, los que serán
cubiertos con recursos de
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de la
señorita Sandy Pamela Salazar Zapata en las actividades indicadas en el
Artículo 1°, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 2 al 12 de julio del 2012.
Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas
y Transportes, a los 22 días del mes de junio del 2012.
Luis Llach Cordero Ministro de Obras Públicas y
Transportes.—1 vez.—O. C. Nº 104917.—Solicitud Nº
34570.—C-18800.—(IN2012073862).
N° 140-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en la “Ley General
de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el señor Ronald Flores Vega, en su calidad de Asesor Directo del
señor Viceministro de Transporte Terrestre y Seguridad Vial, participará en
ambas actividades programadas. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Ronald Flores Vega,
cédula de identidad Nº 1-579-115, funcionario de
Artículo 2º—Lo correspondiente a transporte al exterior no correrá por
cuenta del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, y, lo correspondiente a
hospedaje, traslados internos, alimentación y los viáticos al exterior, al no
existir suficiente contenido económico en este Ministerio, serán sufragados por
el funcionario.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación del
señor Ronald Flores Vega en las actividades indicadas en el artículo 1°,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 2 al 11 de julio del 2012.
Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas
y Transportes, a los 22 días del mes de junio del 2012.
Luis Llach Cordero, Ministro de Obras Públicas y
Transportes.—1 vez.—O. C. Nº 104917.—Solicitud Nº
34569.—C-18800.—(IN2012073453).
Nº DM-FP-1701-12
Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y
146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la funcionaria MSc.
Margarita Claramunt Garro, cédula N° 1-585-321, funcionaria de
Artículo 2º—Los gastos del viaje de la funcionaria MSc. Margarita Claramunt
Garro, por concepto de boleto aéreo, será cubierto por el Centro para Estudios
de Salud Física de Sao Pablo Brasil (CELAFISCS) y los gastos por concepto de
hospedaje, alimentación, impuestos de salida, transportes internos (taxi),
serán cubiertos con recursos propios de
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se
autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100%
de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la funcionaria MSc. Margarita
Claramunt Garro, estará saliendo el día 14 de junio y regresará el día 17 de
junio del 2012.
Artículo 5º—Rige del 14 de junio al 17 de junio del 2012.
Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los
treinta y un días del mes de mayo del dos mil doce.
Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc.,
Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31960.—C-11750.—(IN2012073957).
Nº DM-FP-1702-12
Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y
146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la funcionaria Lic.
Alejandra Acuña Navarro, cédula N° 1-539-613, Jefe de
Artículo 2º—Los gastos del viaje de la funcionaria Lic. Alejandra Acuña
Navarro, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos
por
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se
autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100%
de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la funcionaria Lic. Alejandra Acuña
Navarro, estará saliendo el día 27 de mayo y regresará el 30 de mayo del 2012.
Artículo 5º—Rige del 27 de mayo al 30 de mayo del 2012.
Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los
veinticinco días del mes de mayo del dos mil doce.
Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc.,
Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº
31961.—C-11750.—(IN2012073958).
Nº DM-FP-1704-12
Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y
146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Dr. Rodrigo Agustín Marín
Rodríguez, cédula N° 119200189427, Coordinador del Programa de Vectores y
funcionario de
Artículo 2º—Los gastos del viaje del Dr. Rodrigo Agustín Marín Rodríguez,
por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el
Institute for Global Health of Barcelona, por lo que no existe gasto a cargo
del erario público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se
autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de
su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario el Dr. Rodrigo Agustín Marín
Rodríguez, estará saliendo el día 2 de junio y regresando el día 12 de junio
del 2012.
Artículo 5º—Rige del 2 de junio al 12 de junio del 2012.
Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los
treinta y un días del mes de mayo del dos mil doce.
Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc.,
Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº
31962.—C-11750.—(IN2012073960).
Nº DM-FP-1772-12
Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y
146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la funcionaria Ing. María
Cordero Espinoza, cédula Nº l-570-956, funcionaria de
Artículo 2º—Los gastos del viaje de la funcionaria Ing. María Cordero
Espinoza, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos
por el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), por lo que no existe
gasto a cargo del erario público.
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se
autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100%
de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario la funcionaria Ing. María Cordero
Espinoza, estará saliendo el día 01 de julio y regresará el día 7 de julio del
2012.
Artículo 5º—Rige del 1º de julio al 7 de julio del 2012.
Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los
ocho días del mes de junio del dos mil doce.
Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc.,
Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº
31963.—C-11750.—(IN2012073950).
Nº DM-FP-1773-12
Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y
146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al funcionario Ing. Juan
Carlos Oreamuno Hernández, cédula N° 2-445-537, funcionario de
Artículo 2º—Los gastos del viaje del Ing. Juan Carlos Oreamuno Hernández,
por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se
autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de
su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario el Ing. Juan Carlos Oreamuno
Hernández, estará saliendo del país el día 5 de junio y regresando el día 9 de
junio del 2012.
Artículo 5º—Rige del 5 de junio al 9 de junio del 2012.
Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los
treinta y un días del mes de mayo del dos mil doce.
Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc.,
Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº
31964.—C-11750.—(IN2012073953).
Nº DM-FP-1774-12
Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y
146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a los funcionarios Lic.
Walter Montero Bonilla, cédula Nº l-465-736, funcionario de
Artículo 2º—Los gastos del viaje de los funcionarios Lic. Walter Montero
Bonilla y el Ing. Johnny Berrios Corea, por concepto de transporte,
alimentación y hospedaje serán cubiertos por
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se
autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el
100% de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario el Lic. Walter Montero Bonilla y el
Ing. Johnny Berrios Corea, estarán saliendo del país el día 4 de junio y
regresando el día 8 de junio del 2012.
Artículo 5º—Rige del 4 de junio al 8 de junio del 2012.
Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los
treinta y un días del mes de mayo del dos mil doce.
Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc.,
Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31965.—C-11750.—(IN2012073954).
Nº DM-FP-1775-12
Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y
146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos de
Artículo 3º—Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se
autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100%
de su salario.
Artículo 4º—Para efectos de itinerario
Artículo 5º—Rige del 17 de junio al 23 de junio del 2012.
Dado en el Ministerio de Salud, San José, a los
ocho días del mes de junio del dos mil doce.
Publíquese.—Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc.,
Ministra de Salud.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº
31966.—C-11750.—(IN2012073955).
Nº 077-MJP
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO DE
Y EL MINISTRO DE
JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los
artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora Yara Mourelo
González, cedula de identidad N° 2-0382-0947, como representante del Poder
Ejecutivo en
Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Justicia y
Paz a. í., Fernando Ferraro Castro.—1 vez.—O. C. Nº 043-2012.—Solicitud Nº
42877.—C-9840.—(IN2012072853).
Nº 078-MJP
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO DE
Y EL MINISTRO DE
JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los
artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Acoger la sustitución por motivos de
fallecimiento del señor Carlos Roberto Ramírez Aguilar, cédula de identidad
número 3-0150-0622, como representante del Poder Ejecutivo en
Artículo 2º—Nombrar al señor José Miguel Carrillo Villarreal, cédula de
identidad número 5-0132-0555, como representante del Poder Ejecutivo en
Artículo 3º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Justicia y
Paz a. í., Fernando Ferraro Castro.—1 vez.—O. C. Nº 043-2012.—Solicitud Nº
42878.—C-11070.—(IN2012072849).
Nº 079-MJP
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO DE
Y EL MINISTRO DE
JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los
artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora Isabel Cristina
Vargas Brenes, cedula de identidad N° 1-0954-0299, como representante del Poder
Ejecutivo en
Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Justicia y
Paz a. í., Fernando Ferraro Castro.—1 vez.—O. C. Nº 043-2012.—Solicitud Nº
42879.—C-11070.—(IN2012072850).
Nº 080-MJP
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO DE
Y EL MINISTRO DE
JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los
artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor Wilburg Arce Mora,
cedula de identidad N° 1-0819-0656, como representante del Poder Ejecutivo en
Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán
protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Justicia y
Paz a. í., Fernando Ferraro Castro.—1 vez.—O. C. Nº 043-2012.—Solicitud Nº
42876.—C-11070.—(IN2012072851).
Nº 161-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 14 al 16 de mayo de 2012 se realizará en Tegucigalpa, Honduras
la reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica de Centroamérica,
defendiendo los intereses de Costa Rica en el proceso para profundizar la
integración económica de la región, y se llevarán a cabo las reuniones de los
Grupos Técnicos para la incorporación de Panamá al Subsistema de Integración
Económica de Centroamérica, conforme al Acuerdo de los Viceministros de
Integración Económica de Centroamérica del 27 de abril de 2012.
2º—Que la participación del señor Fernando Ocampo Sánchez resulta de gran
importancia dado que se discutirá, se analizará y se revisarán los resultados
de la labor impulsada en la agenda de integración económica regional durante el
primer semestre de 2012; así como el plan de trabajo propuesto para definir las
metas y organizar las labores del segundo semestre con miras a su aprobación.
Asimismo, se revisarán los proyectos de resolución para aprobar una serie de
reglamentos técnicos centroamericanos y otros instrumentos mediante los cuales
se procura facilitar el comercio en la región. Como también se discutirá, se
analizará y se revisará el avance de las labores para que Panamá se incorpore
en el subsistema de integración económica, con miras a concluir el proceso en
el menor plazo posible.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Fernando Ocampo Sánchez, portador de la
cédula Nº 1-791-100, Viceministro de Comercio Exterior para que participe en lo
indicado en el considerando 1° y 2º del precitado acuerdo en Honduras del 14 al
15 de mayo de 2012. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo viaja a partir
del 13 de mayo de 2012.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Fernando Ocampo Sánchez, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $391,04 (trescientos
noventa y uno con ochenta y tres con 52/100 dólares), con recursos de COMEX de
las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Los gastos de transporte
aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 792. Lo
correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley
Nº 7664- Decreto Nº 36341-MAG, artículo 3º), será cubierto por las mismas
subpartidas y por el mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas,
fotocopiado, envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior y para hacer escala en El Salvador por conexión.
Artículo 3º—Rige del 13 al 15 de mayo de 2012.
San José, a los siete días del mes de mayo del año
dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072893).
Nº 162-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 14 al 16 de mayo de 2012 se realizará en Tegucigalpa, Honduras
la reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica de Centroamérica,
defendiendo los intereses de Costa Rica en el proceso para profundizar la
integración económica de la región, y se llevarán a cabo las reuniones de los
Grupos Técnicos para la incorporación de Panamá al Subsistema de Integración
Económica de Centroamérica, conforme al Acuerdo de los Viceministros de
Integración Económica de Centroamérica del 27 de abril de 2012.
2º—Que la participación de la señora Laura Rodríguez Vargas resulta de gran
importancia dado que participará en las reuniones y negociaciones para la
incorporación de Panamá al Subsistema de Integración Económica Centroamericana
conforme al acuerdo de los Viceministros de Integración Económica de
Centroamérica del 27 de abril del 2012. Asimismo, participará en la reunión de
COMIECO en donde se aprobarán las resoluciones y se negociarán aspectos del
plan de acción de este semestre en el marco de la integración económica
centroamericana.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Laura Rodríguez Vargas, portadora de la
cédula Nº 2-353-794, funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Laura Rodríguez Vargas, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $551,04 (quinientos
cincuenta y uno con 04/100 dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas
10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Lo correspondiente
a la tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley Nº 7664- Decreto
Nº 36341-MAG, artículo 3º), será cubierto por las mismas subpartidas y por el
mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado,
envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y
para hacer escala en el Salvador por conexión.
Artículo 3º—Rige del 13 al 16 de mayo de 2012.
San José, a los siete días del mes de mayo del año
dos mil doce.
Anabel
González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº
32187.—C-26320.—(IN2012072894).
Nº 163-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 14 al 16 de mayo de 2012 se realizará en Tegucigalpa, Honduras
la reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica de Centroamérica,
defendiendo los intereses de Costa Rica en el proceso para profundizar la
integración económica de la región, y se llevarán a cabo las reuniones de los
Grupos Técnicos para la incorporación de Panamá al Subsistema de Integración
Económica de Centroamérica, conforme al Acuerdo de los Viceministros de
Integración Económica de Centroamérica del 27 de abril de 2012.
2º—Que la participación de la señora Vivian Campos Zúñiga resulta necesaria
dado que participará en las reuniones del Grupo Técnico Arancelario, en donde
se continuará con los trabajos en el arancel centroamericano de importación
para
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Vivian Campos Zúñiga, cédula Nº 1-905-628,
funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Vivian Campos Zúñiga, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $492,80 (cuatrocientos
noventa y dos con 80/100 dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas
10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Lo
correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley
Nº 7664- Decreto Nº 36341-MAG, artículo 3º), será cubierto por las mismas
subpartidas y por el mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior y para hacer escala en El Salvador por conexión.
Artículo 3º—Rige a partir del 13 al 16 de mayo de 2012.
San José, a los siete días del mes de mayo de dos
mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072895).
Nº 164-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 14 al 16 de mayo de 2012 se realizará en Tegucigalpa, Honduras
la reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica de Centroamérica,
defendiendo los intereses de Costa Rica en el proceso para profundizar la
integración económica de la región, y se llevarán a cabo las reuniones de los
Grupos Técnicos para la incorporación de Panamá al Subsistema de Integración
Económica de Centroamérica, conforme al Acuerdo de los Viceministros de
Integración Económica de Centroamérica del 27 de abril de 2012.
2º—Que la participación de la señora Estela Zúñiga Villalobos resulta de
gran importancia dado que participará en la reunión del Grupo Técnico
Arancelario, en donde se continuará con los trabajos en el arancel
centroamericano de importación para
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Estela Zúñiga Villalobos, portadora de la
cédula Nº 6-137-205, funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Estela Zúñiga Villalobos, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $460,80 (cuatrocientos
sesenta con 80/100 dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas 10501,
10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Lo correspondiente a la
tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley Nº 7664- Decreto Nº 36341-MAG,
artículo 3º), será cubierto por las mismas subpartidas y por el mismo programa.
Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado, envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y para hacer
escala en El Salvador, por conexión.
Artículo 3º—Rige del 13 al 16 de mayo de 2012.
San José, a los siete días del mes de mayo del año
dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072896).
Nº 165-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 14 al 16 de mayo de 2012 se realizará en Tegucigalpa, Honduras
la reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica de Centroamérica,
defendiendo los intereses de Costa Rica en el proceso para profundizar la
integración económica de la región, y se llevarán a cabo las reuniones de los
Grupos Técnicos para la incorporación de Panamá al Subsistema de Integración
Económica de Centroamérica, conforme al Acuerdo de los Viceministros de
Integración Económica de Centroamérica del 27 de abril de 2012.
2º—Que la participación de la señora Yolanda Esquivel Vílchez resulta de
gran importancia dado que participará en la reunión del Grupo Técnico
Arancelario, en donde continuará con los trabajos en el arancel centroamericano
de importación para
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Yolanda Esquivel Vílchez, portadora de la
cédula Nº 4-161-753, funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Yolanda Esquivel Vílchez, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $492,80 (cuatrocientos
noventa y dos con 80/100 dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas
10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Lo correspondiente
a la tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley Nº 7664- Decreto
Nº 36341-MAG, artículo 3º), será cubierto por las mismas subpartidas y por el
mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado,
envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y
para hacer escala en El Salvador, por conexión.
Artículo 3º—Rige del 13 al 16 de mayo de 2012.
San José, a los siete días del mes de mayo del año
dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072897).
Nº 166-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 14 al 16 de mayo de 2012 se realizará en Tegucigalpa, Honduras
la reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica de Centroamérica,
defendiendo los intereses de Costa Rica en el proceso para profundizar la
integración económica de la región, y se llevarán a cabo las reuniones de los
Grupos Técnicos para la incorporación de Panamá al Subsistema de Integración
Económica de Centroamérica, conforme al Acuerdo de los Viceministros de
Integración Económica de Centroamérica del 27 de abril de 2012.
2º—Que la participación de la señora Marcela Chavarría Pozuelo resulta
necesaria dado que participará en las reuniones del grupo legal, en donde se
realizará la revisión legal del Protocolo de Incorporación de Panamá al
Subsistema de Integración Económica Centroamericana.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Marcela Chavarría Pozuelo, cédula Nº
1-847-321, funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Marcela Chavarría Pozuelo, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $492,80 (cuatrocientos
noventa y dos con 80/100 dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas
10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Lo
correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley
Nº 7664- Decreto Nº 36341-MAG, artículo 3º), será cubierto por las mismas
subpartidas y por el mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Rige a partir del 13 al 16 de mayo de 2012.
San José, a los siete días del mes de mayo de dos
mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072898).
Nº 167-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 14 al 16 de mayo de 2012 se realizará en Tegucigalpa, Honduras la
reunión del Consejo de Ministros de Integración Económica de Centroamérica,
defendiendo los intereses de Costa Rica en el proceso para profundizar la
integración económica de la región, y se llevarán a cabo las reuniones de los
Grupos Técnicos para la incorporación de Panamá al Subsistema de Integración
Económica de Centroamérica, conforme al Acuerdo de los Viceministros de
Integración Económica de Centroamérica del 27 de abril de 2012.
2º—Que la participación del señor Carlos Marín Castro resulta necesaria
dado que participará en las reuniones del grupo de origen de Centroamérica, en
donde se revisará la propuesta de las Diez Reglas de Origen que propone Panamá
y se elaborará el anexo de “Excepciones al Reglamento Centroamericano sobre el
Origen de las Mercancías que contiene las Reglas de Origen”.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Carlos Marín Castro, cédula Nº 1-873-100,
funcionario de
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Carlos Marín Castro, por concepto
de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $460,80 (cuatrocientos
sesenta con 80/100 dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas 10501,
10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos
con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Lo correspondiente a la
tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley Nº 7664- Decreto Nº
36341-MAG, artículo 3º), será cubierto por las mismas subpartidas y por el
mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado
y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Asimismo, se le autoriza para hacer escala en El Salvador, por conexión.
Artículo 3º—Rige a partir del 13 al 16 de mayo de 2012.
San José, a los siete días del mes de mayo de dos
mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072905).
Nº 168-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que el 22 de mayo se realizará en París, Francia el Foro Anual de
2º—Que del 23 al 24 de mayo de 2012 se realizará en las ciudades de Berlín
y Stuttgart, Alemania la visita de Estado para estrechar alianzas con círculos políticos
y empresariales alemanes con miras a fortalecer la posición de Costa Rica en
diversos temas de interés y promover la pronta entrada del Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y
3º—Que la participación de la señora Irene Arguedas Arguedas resulta
necesaria dado que en París, Francia participa como parte de la delegación
presidencial que representará al país en el Foro Anual de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Irene Arguedas Arguedas, portadora de la
cédula Nº 1-726-745 funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Irene Arguedas Arguedas, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $2.359,52 (dos mil
trescientos cincuenta y nueve con 52/100 dólares), con recursos de COMEX de las
subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte
aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Lo
correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley
Nº 7664- Decreto Nº 36341-MAG, artículo 3º), será cubierto por las mismas
subpartidas y por el mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior así como para hacer escala en Madrid, España por conexión.
El traslado de la delegación costarricense y
Artículo 3º—Rige a partir del 20 al 27 de mayo de 2012.
San José, a los quince días del mes de mayo del
año dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-49820.—(IN2012072906).
Nº 169-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que los días que van del 10 al 11 de mayo de 2012 se llevará a cabo en
París-Francia reuniones del Comité de Inversión y del Centro de Desarrollo de
2º—Que la participación de la señora Adriana García Vargas resulta
necesaria, dado que representará a Costa Rica en la reunión de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Adriana García Vargas, cédula N°
1-1066-249, Negociadora Comercial de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Adriana García Vargas, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
alimentación y hospedaje, a saber $412,80 (cuatrocientos doce con 80/100
dólares) con recursos de
Artículo 3º—Rige del 10 al 11 de mayo de 2012.
San José, a los nueve días del mes de mayo del año
dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072907).
Nº 171-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 14 al 15 de mayo se realizará en Ginebra, Suiza el Simposio
sobre el 15° aniversario del Acuerdo sobre Tecnología de
2º—Que la participación del señor Francisco Monge Ariño resulta necesaria
dado que realizará una presentación de la experiencia de Costa Rica como país
en desarrollo miembro del acuerdo, recopilará información que permita aprender
de las experiencias de otros países miembros del Acuerdo, además de conocer
análisis que se han realizado sobre la liberalización comercial y la evolución
del comercio de productos relacionados con las tecnologías de información, así
como sus desarrollos más recientes y su impacto en los países como facilitador
del desarrollo sostenible.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Francisco Monge Ariño, portador de la cédula
Nº 1-873-100 funcionario de
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Francisco Monge Ariño, por concepto
de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte y de alimentación y hospedaje con recursos de
Artículo 3º—Rige a partir del 12 al 16 de mayo de 2012.
San José, a los once días del mes de mayo del año
dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072908).
Nº 174-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que el 23 de mayo de 2012 se realizará en Panamá la reunión binacional
Costa Rica – Panamá, en el marco del Memorándum de entendimiento para la
facilitación del comercio en temas fronterizos y el fortalecimiento del diálogo
en materia comercial, suscrito por
2º—Que la participación del señor Fernando Ocampo Sánchez resulta de gran
importancia dado que la reunión será dirigida por los Viceministros encargados
del Comercio Exterior y los Directores de Aduanas de ambos países, como
representantes de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Fernando Ocampo Sánchez, portador de la
cédula Nº 1-791-100, Viceministro de Comercio Exterior para que participe en lo
indicado en el considerando 1° y 2º del precitado acuerdo en Panamá el 23 de
mayo de 2012. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de
destino viaja a partir del 22 de mayo de 2012.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Fernando Ocampo Sánchez, por concepto
de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $288,00 (doscientos ochenta y
ocho con 00/100 dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503
y 10504 del Programa 792. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con
recursos de la subpartida 10503 del programa 792. Lo correspondiente a la
tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley Nº 7664- Decreto Nº
36341-MAG, artículo 3º), será cubierto por las mismas subpartidas y por el
mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado,
envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Rige del 22 al 23 de mayo de 2012.
San José, a los dieciséis días del mes de mayo del
año dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072909).
Nº 175-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que el 23 de mayo de 2012 se realizará en Panamá la reunión binacional
Costa Rica – Panamá, en el marco del Memorándum de entendimiento para la
facilitación del comercio en temas fronterizos y el fortalecimiento del diálogo
en materia comercial, suscrito por
2º—Que la participación de la señora Laura Escalante Monge resulta de gran
importancia dado que la reunión será dirigida por los Viceministros encargados
del Comercio Exterior y los Directores de Aduanas de ambos países, como
representantes de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Laura Escalante Monge, portadora de la
cédula Nº 1-1077-626, funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Laura Escalante Monge, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $288,00 (doscientos
ochenta y ocho con 00/100 dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas
10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Lo
correspondiente a la tarifa de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley
Nº 7664- Decreto Nº 36341-MAG, artículo 3º), será cubierto por las mismas
subpartidas y por el mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas, fotocopiado, envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior.
Artículo 3º—Rige del 22 al 23 de mayo de 2012.
San José, a los dieciséis días del mes de mayo del
año dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072910).
Nº 176-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que el 22 de mayo se realizará en París, Francia el Foro Anual de
2º—Que la participación del señor Jaime Coghi Arias resulta necesaria, dado
que participará como parte de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Jaime Coghi Arias, cédula N° 3-301-158,
Negociador Comercial de
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Jaime Coghi Arias, por concepto de
impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
alimentación y hospedaje, a saber $3.822.72 (tres mil ochocientos veintidós con
72/100 dólares) con recursos de
Artículo 3º—Rige del 17 al 27 de mayo de de 2012.
San José, a los quince días del mes de mayo del
año dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072911).
Nº 177-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que el 22 de mayo se realizará en París, Francia el Foro Anual de
2º—Que la participación del señor Ronald Saborío Soto, con rango de
Embajador de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Ronald Saborío Soto, cédula N° 2-368-158, con
rango de Embajador de
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Ronald Saborío Soto, por concepto
de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte; por concepto de alimentación y hospedaje; y por concepto de
transporte terrestre con fondos de
Artículo 3º—Rige del 21 al 27 de mayo de 2012.
San José, a los quince días del mes de mayo del
año dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072912).
N° 178-2012
EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO DE
Y EL MINISTRO DE
COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y
18) y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 143-2006 de
fecha 23 de junio de 2006, publicado en el Diario Oficial
II.—Que mediante documento presentado el día 26 de abril de 2012, en
III.—Que la instancia interna de la administración de PROCOMER, con arreglo
al acuerdo adoptado por
IV.—Que en virtud de las reformas legales y reglamentarias que han operado
con posterioridad al otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la empresa, se
hace necesario adecuar en lo conducente el Acuerdo Ejecutivo original.
V.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 143-2006 de
fecha 23 de junio de 2006, publicado en el Diario Oficial
“2. La actividad de la beneficiaria consistirá
en exportar servicios de investigación de mercados para la realización de
inversiones de alto nivel, que incluye análisis económico y contable como apoyo
a la toma de decisiones, así como servicios de entrenamiento en el área de
investigación de mercados.”
“4. La beneficiaria gozará de los incentivos y
beneficios contemplados en
Los plazos, términos y condiciones de
los beneficios otorgados en virtud de
Para los efectos de las exenciones
otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64
del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo
de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.”
“5. De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 20 inciso g) de
Dicha beneficiaria sólo podrá
introducir sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los
requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de
“6. La beneficiaria se obliga a cumplir con un
nivel mínimo de empleo de 4 trabajadores, a partir del 01 de setiembre de 2006,
así como a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 11
trabajadores, a más tardar el 1º de noviembre de 2006. Asimismo, se obliga a
realizar una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US$150.000,00
(ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América), a más tardar el 1º de marzo de 2007, así como a realizar y mantener
una inversión mínima total de US$865.720,00 (ochocientos sesenta y cinco mil
setecientos veinte dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América),
a más tardar el 1º de mayo de 2009. Finalmente, la empresa beneficiaria se
obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 100%.”
“8. La beneficiaria se obliga a cumplir con las
regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones (MINAET) y
2º—En todo lo que no ha sido expresamente
modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 143-2006 de
fecha 23 de junio de 2006, publicado en el Diario Oficial
3º—Rige a partir de su notificación.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en
LUIS LIBERMAN GINSBURG.—El Ministro de Comercio
Exterior a. í., Fernando Ocampo Sánchez.—1 vez.—(IN2012073381).
Nº 180-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20, y 146 de
Considerando:
1º—Que el 22 de mayo se realizará en París, Francia el Foro Anual de
2º—Que la participación del señor Manuel Tovar Rivera, Enviado Especial del
Ministerio de Comercio Exterior en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Manuel Tovar Rivera, portador de la cédula N°
1-906-909, Enviado Especial del Ministerio de Comercio Exterior en
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Manuel Tovar Rivera, por concepto
de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte y de alimentación y hospedaje, a saber US $1.200,00 (mil doscientos
con 00/100 dólares), así como el transporte terrestre de ida y regreso, con
recursos de
Artículo 3º—Rige a partir del 24 y hasta el 27 de mayo de 2012.
San José, a los diecisiete días del mes de mayo
del año dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072913).
Nº 183-2012
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140, inciso 20 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar el artículo primero y tercero del acuerdo de viaje
número 100-2012, de fecha 29 de marzo de 2012, para que se lea de la siguiente
manera:
“Artículo 1º—Designar a la señora Isabel Hernández Ruiz, cédula N°
5-322-276, funcionaria de
Artículo 3º—Rige a partir del 15 al 20 de abril de
Artículo 2º—En lo no expresamente modificado el resto del Acuerdo 100-2012,
se mantiene igual.
San José, a los veintiún días del mes de mayo del
año dos mil doce.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº
32187.—C-16450.—(IN2012072914).
Nº 184-2012
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140, inciso 20 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar el artículo segundo del acuerdo de Viaje número
112-2012, de fecha 29 de marzo de 2012, para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo 2º—Cubrir los gastos de la
señora Irene Arguedas Arguedas, por concepto de impuestos, tributos o cánones
que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación, a saber
$541,28 (quinientos cuarenta y uno con 28/100 dólares), con recursos de COMEX
de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de
transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del
programa 796. El hospedaje será financiado por
Artículo 2º—En lo no expresamente modificado el
resto del Acuerdo 112-2012, se mantiene igual.
San José, a los veintiún días del mes de mayo del
año dos mil doce.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de Comercio
Exterior a. í.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-18800.—(IN2012072899).
Nº 186-2012
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140, inciso 20 y 146 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar el artículo primero del acuerdo de Viaje número
162-2012, de fecha 7 de mayo de 2012, para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo 1º—Designar a la señora Laura
Rodríguez Vargas, portadora de la cédula N° 2-353-794, funcionaria de
Artículo 2º—En lo no expresamente modificado el
resto del Acuerdo 162-2012, se mantiene igual.
San José, a los veintiún días del mes de mayo del
año dos mil doce.
Fernando Ocampo Sánchez, Ministro de Comercio Exterior
a. í.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-18800.—(IN2012072900).
Nº 227-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 13 al 15 de junio de 2012, se llevarán a cabo en París, Francia,
reuniones con autoridades y funcionarios clave de
2º—Que la participación del señor Ronald Saborío Soto, con rango de
Embajador de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Ronald Saborío Soto, cédula N° 2-368-158, con
rango de Embajador de
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Ronald Saborío Soto, por concepto
de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte; por concepto de alimentación y hospedaje; y por concepto de
transporte terrestre con fondos de
Artículo 3º—Rige del 12 al 15 de junio de 2012.
San José, a los once días del mes de junio del año
dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072901).
Nº 234-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20, y 146 de
Considerando:
1º—Que del 18 al 20 de junio de 2012, se llevará a cabo en París, Francia,
la reunión anual de Puntos Nacionales de Contacto, encargados de divulgar,
promover e implementar las Guías Directrices de
2º—Que la participación del señor Manuel Tovar Rivera, Enviado Especial del
Ministerio de Comercio Exterior en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Manuel Tovar Rivera, portador de la cédula N°
1-906-909, Enviado Especial del Ministerio de Comercio Exterior en
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Manuel Tovar Rivera, por concepto
de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte y de alimentación y hospedaje, a saber US $770,56 (setecientos
setenta con 56/100 dólares) con recursos de COMEX en las subpartidas 10501,
10503, 10504 del programa 796. Los gastos de transporte terrestre de ida y
regreso serán cubiertos con recursos de
Artículo 3º—Rige a partir del 18 al 20 de junio de 2012.
San José, a los catorce días del mes de junio del
año dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072902).
Nº 238-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación de
2º—Que la participación del señor Fernando Ocampo Sánchez resulta de gran relevancia,
dado que compartirá la experiencia de Costa Rica en la negociación de acuerdos
de libre comercio, impartiendo una conferencia sobre las negociaciones
agrícolas a funcionarios gubernamentales de las Américas en la sesión sobre
“Agricultura y las negociaciones en el ámbito regional”.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Fernando Ocampo Sánchez, cédula N° 1-791-100,
Viceministro de Comercio Exterior para que participe en lo indicado en el
considerando 1° del precitado acuerdo en Washington, Estados Unidos de América,
el 20 de junio de 2012. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el
lugar de destino viaja a partir del 19 de junio de 2012.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Fernando Ocampo Sánchez, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte aéreo y hospedaje con recursos de
Artículo 3º—Rige a partir del 19 al 20 de junio de 2012.
San José, a los quince días del mes de junio del
año dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072903).
Nº 246-2012
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que del 28 al 29 de junio de 2012 se realizará en Honduras la reunión
del Comité Aduanero en el marco de las negociaciones para la conformación de
una Unión Aduanera, la facilitación del comercio regional y el fortalecimiento
de
2º—Que la participación de la señora Laura Escalante Monge resulta de gran
importancia dado que se dará seguimiento a las discusiones y acuerdos sobre
facilitación del comercio y procedimientos aduaneros que se lleven a cabo en
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Laura Escalante Monge, portadora de la
cédula Nº 1-1077-626, funcionaria de
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora Laura Escalante Monge, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $307,20 (trescientos siete
con 20/100 dólares), con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y
10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con
recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Lo correspondiente a la tarifa
de escaneo, rayos X o inspección de equipaje (Ley Nº 7664- Decreto Nº
36341-MAG, artículo 3º), será cubierto por las mismas subpartidas y por el
mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado,
envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así
como para hacer escala en El Salvador por conexión.
Artículo 3º—Rige del 27 al 29 de junio de 2012.
San José, a los quince días del mes de junio del
año dos mil doce.
Anabel González, Ministra de Comercio Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 13350.—Solicitud Nº 32187.—C-26320.—(IN2012072904).
Nº 000791.—Poder Ejecutivo.—San José, a las diez horas
y cincuenta y tres minutos del día dieciséis del mes de mayo del dos mil doce.
Conoce este Despacho de gestión administrativa de pago en favor del señor
Carlos Álvarez Sánchez, cédula N° 4-083-162, por concepto de mejoras (árboles
ornamentales, frutales y maderables), que resultaron afectados por la
construcción del proyecto de obra pública denominado: “Bajos de Chilamate- Los
Chiles de Aguas Zarcas”, localizados en inmueble propiedad de Bayerische
Hypotheken Und Wechsel Bank Aktiengesellschaft, cédula jurídica N°
3-012-084785, sin representación en el país, inmueble que se encuentra
actualmente en proceso de diligencias de expropiación.
Resultando:
1º—Que mediante Resolución Administrativa N° 1067
del 29 de setiembre del 2011, publicada en
2º—Que en la propiedad antes indicada existen árboles ornamentales,
frutales y maderables, que fueron afectados con motivo de la construcción del
proyecto de obra pública denominado: “Bajos de Chilamate- Los Chiles de Aguas
Zarcas”, razón por la cual el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles,
inició un expediente administrativo, cuyo número es
3º—Que mediante avalúo administrativo N° 2011-050 del 12 de octubre del
2011, del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de
Obras Públicas y Transportes, se indica el monto a reconocer a favor del señor
Carlos Álvarez Sánchez, por concepto de indemnización de árboles ornamentales,
frutales y maderables, localizados en terreno propiedad de Bayerische
Hypotheken Und Wechsel Bank Aktiengesellschaft, que resultaron afectados por la
construcción del derecho de vía del proyecto de obra pública denominado: “Bajos
de Chilamate- Los Chiles de Aguas Zarcas”.
4º—Que mediante escrito sin número de fecha 26 de octubre del 2011, el
señor Carlos Álvarez Sánchez, aceptó el avalúo administrativo N° 2011-050 del
12 de octubre del 2011, señalado en el resultando anterior.
5º—Que en razón de tales hechos procede este Despacho a resolver.
Considerando:
I.—Hechos probados: Se tienen como
demostrados todos los resultandos de la presente resolución.
II.—Sobre el fondo: Visto el Expediente que al efecto lleva el
Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, tenemos que el señor Carlos Álvarez Sánchez, cédula N°
4-083-162, ocupaba terreno propiedad de Bayerische Hypotheken Und Wechsel Bank
Aktiengesellschaft, cédula jurídica N° 3-012-084785, afectado por la ejecución
del proyecto de obra pública denominado: “Bajos de Chilamate- Los Chiles de
Aguas Zarcas”.
En razón de lo antes expuesto, y con fundamento en los artículos 190
siguientes y concordantes de
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVEN:
1º—Reconocer a favor del señor Carlos Álvarez
Sánchez, cédula N° 4-083-162, la suma de ¢ 1.976.346,00 (un millón novecientos
setenta y seis mil trescientos cuarenta y seis colones exactos), de conformidad
con el avalúo administrativo N° 2011-050 del 12 de octubre del 2011, del
Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, que corresponde a la indemnización de árboles
ornamentales, frutales y maderables, localizados en terreno propiedad de
Bayerische Hypotheken Und Wechsel Bank Aktiengesellschaft, cédula jurídica N°
3-012-084785, sin representación en el país, que resultaron afectados por la
construcción del derecho de vía del proyecto de obra pública denominado: “Bajos
de Chilamate- Los Chiles de Aguas Zarcas”.
2º—Se da por agotada la vía administrativa.
Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes a. í., Luis Llach
Cordero.—1 vez.—O. C. Nº 105629.—Solicitud Nº 34572.—C-29520.—(IN2012072442).
Nº 000831.—Poder Ejecutivo.—San José, a las nueve
horas y cuarenta minutos del día dieciocho del mes de mayo del dos mil doce.
Conoce este Despacho diligencias de modificación de declaratoria de
“interés o utilidad pública”, contenida en
Resultando:
1º—Que en
2º—Que de los antecedentes que constan en el Expediente Administrativo N°
28.651, se observa que se omitió un área a expropiar de
3º—Que el Estado debe proceder a modificar en consecuencia las diligencias
expropiatorias correspondientes, a efecto de adquirir tres áreas de terreno, a
saber:
Considerando:
Único.—Que
Así las cosas, acaecida la declaratoria de interés público, si se detectare
que en dicho acto se omitió un área de terreno a expropiar, debe
En razón de lo expuesto, se procede a emitir la presente resolución,
determinándose. Por tanto,
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVEN:
1º—Modificar la declaratoria de “interés o
utilidad pública”, contenida en
2º—En lo restante se mantiene vigente la referida Resolución Administrativa
N° 1355 del 1º de noviembre del 2011, publicada en
3º—Rige a partir de su publicación.
Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes a. í., Ing. Luis Llach
C.—1 vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud Nº 47765.—C-41000.—(IN2012073314).
Nº 000847.—Poder Ejecutivo.—San José, a las diez
horas y veintiocho minutos del día dieciocho del mes de mayo del dos mil doce.
Conoce este Despacho diligencias de modificación de declaratoria de
“interés o utilidad pública”, contenida en
Resultando:
1º—Que en
2º—Que de los antecedentes que constan en el Expediente Administrativo N°
28.619, se observa que se omitió dos áreas a expropiar de
3º—Que el Estado debe proceder a modificar en consecuencia las diligencias
expropiatorias correspondientes, a efecto de adquirir seis áreas de terreno, a
saber:
Considerando:
Único.—Que
Así las cosas, acaecida la declaratoria de interés público, si se detectare
que en dicho acto se omitió un área de terreno a expropiar, debe
En razón de lo expuesto, se procede a emitir la presente resolución,
determinándose. Por tanto,
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVEN:
1º—Modificar la declaratoria de “interés o
utilidad pública”, contenida en
2º—En lo restante se mantiene vigente la referida Resolución Administrativa
N° 824 del 29 de agosto del 2011, publicada en
3º—Rige a partir de su publicación.
Notifíquese y publíquese.— LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes a. í., Ing. Luis Llach
C.—1 vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud Nº 47765.—C-47560.—(IN2012073313).
Nº 000849.—Poder Ejecutivo.—San José, a las diez
horas y treinta y cuatro minutos del día dieciocho del mes de mayo del dos mil
doce.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de
anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto
denominado “Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-La Abundancia”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N° DABI 2012-0566 del 2 de mayo
del 2012, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de
terreno equivalente a
3º—Constan en el expediente administrativo número
a) Plano catastrado N° A-502156-98, mediante el
cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del
citado inmueble un área total de
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la
ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se
requiere obtener, y los bienes a valorar;
4º—En razón de lo anterior y por constituir de
interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para
la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente
administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo
prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción al Registro Público de
b) Naturaleza: terreno para construir de forma
triangular no perfecta con una casa.
c) Ubicación: Situado en el distrito 03
Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo
indicado en el plano catastrado N° A-502156-98.
d) Propiedad: Rolando Andrés Miranda Zúñiga,
cédula N° 2-600-581.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en
conjunto de
Además, conforme a lo establecido por el artículo
20 de
Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la
tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos
establecidos por
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVEN:
1º—Declarar de interés público, respecto al
inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público
de
3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el
procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de
terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a
lo prescrito por
Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes a. í., Ing. Luis Llach
C.—1 vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud Nº 47765.—C-70520.—(IN2012073312).
Nº 000924.—Poder Ejecutivo.—San José, a las diez
horas y cuarenta y nueve minutos del día seis del mes de junio del dos mil
doce.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de
anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto
denominado “Nueva Carretera a San Carlos, Sección
Resultando:
1º—Mediante oficio N° DABI 2012-0625 del 17 de
mayo del 2012, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles
de
2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de
terreno equivalente a
3º—Constan en el expediente administrativo número
a) Plano catastrado N° A-1570072-2012, mediante
el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere
del citado inmueble un área total de
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación
y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere
obtener, y los bienes a valorar;
4º—En razón de lo anterior y por constituir de
interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para
la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente
administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo
prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción al Registro Público de
b) Naturaleza: terreno para construir.
c) Ubicación: Situado en el distrito 02
Florencia, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo
indicado en el plano catastrado N° A-1570072-2012.
d) Propiedad: Inmobiliaria Jiménez y Rodríguez de
Florencia S. A., cédula jurídica N° 3-101-122410, representada por Norman
Jiménez Berrocal, cédula N° 2-296-601.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en
conjunto de
Además, conforme a lo establecido por el artículo
20 de
Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la
tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos
establecidos por
Y EL MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVEN:
1º—Declarar de interés público, respecto al
inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el
procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de
terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a
lo prescrito por
Notifíquese y publíquese.—LAURA CHINCHILLA
MIRANDA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Ing. Luis Llach C.—1
vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud Nº 47765.—C-70520.—(IN2012073311).
Resolución Nº D.M. 100-2012.—Ministerio de Cultura
y Juventud.—Despacho del Ministro.—San José, a las catorce horas, quince
minutos del día veintiuno de mayo del dos mil doce. Reelección del señor José
Bernal Rivas Fernández, cédula de identidad Nº 1-428-450, como representante de
Resultando:
1º—Que
2º—Que conforme con la supracitada Ley,
Considerando:
1º—Que según Resolución Administrativa Nº D.M.
032-2010, de las once horas del 18 de marzo del 2010, se reeligió al señor José
Bernal Rivas Fernández, cédula de identidad Nº 1-428-450, Profesional en
Archivística, en
2º—Que el período de su nombramiento vence el 18 de abril del 2012.
3º—Que por Acuerdo tomado en la sesión Nº 08-12 del 17 de abril del 2012,
el Consejo Nacional de Rectores acordó en firme designar nuevamente en
EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:
Artículo 1º—Reelegir al señor José Bernal Rivas
Fernández, cédula de identidad Nº 1-428-450, Profesional en Archivística, como
miembro de
Artículo 2º—Rige a partir del 19 de abril del 2012 y hasta el 18 de abril
del 2014.
Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 2130.—Solicitud Nº 07044.—C-39500.—(IN2012073861).
Resolución Nº D.M. 183-2011.—Despacho del
Ministro.—San José, a las doce horas del día 23 de noviembre del 2011.
Nombramiento de la señora Marianella Sandí Vargas, cédula de identidad Nº
7-069-148, como Directora General a. í. del Centro Nacional de
Resultando:
1º—Que
2º—Que el artículo 5º, inciso m) y artículo 6º de dicha Ley, establece que
el Ministerio de Cultura y Juventud, nombrará al Director General del Centro
Nacional de
3º—Que por Resolución Administrativa Nº D.M. 093-2010 de las once horas,
treinta minutos del 21 de mayo del 2010, se nombró al señor Guillermo Madriz
Salas, cédula de identidad Nº 1-909-914, Director General del Centro Nacional
de
Considerando:
1º—Que para la realización de un viaje oficial, el
señor Guillermo Madriz Salas debe ausentarse de sus labores regulares como
Director General de dicho Centro, del 12 al 21 de noviembre del 2011.
2º—Que debe llenarse de forma interina la vacante temporal, a efecto de no
interrumpir el desarrollo normal de las labores de
3º—Que
EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:
Artículo 1º—Designar a la señora Marianella Sandí
Vargas, cédula de identidad Nº 7-069-148, Directora General a. í. del Centro
Nacional de
Artículo 2º—Rige a partir del 12 y hasta el 21 de noviembre del 2011.
Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 006-2012.—Solicitud Nº 34671.—C-15510.—(IN2012072386).
Ministerio de
Delegación de firma de
Considerando:
1º—Que
2º—Que los trámites de contratación administrativa provenientes de
3º—Que debe mantenerse la continuidad de los procesos, requiriéndose
delegar la firma de la documentación pertinente de contratación administrativa
que proceda y requiera actuación de
4º—Que
Que con respecto a la delegación de firmas
“…Por otro lado, hay delegación del acto material, instrumental o formal de firmar cuando
el superior permite que un subalterno u otro de igual jerarquía pueda suscribir
algunos actos específicos. En este supuesto, el contenido y responsabilidad de
los actos que firma el delegado, descansan en el delegante. Asimismo, el
delegante sigue conservando la competencia de firmar por sí mismo aunque haya
delegado tal asunto.
Así, delegación de atribuciones o de
competencia no es lo mismo que delegación de firmas, aunque si se da la
primera, la consecuencia lógica es que se haya dado la segunda. En la
delegación de firmas no hay una verdadera transferencia de competencia, esto
porque no se está modificando el orden de asignación de las funciones asignadas
a los órganos; su norte primordial está en procurar un descargue al delegante
de una parte de la tarea material habitual. Así, la competencia se conserva
totalmente y se sigue siendo responsable por ésta…”
5º—Que
2) “…La delegación es un instrumento que facilita
el ordenamiento jurídico para que un sujeto —u órgano— diferente al de la
competencia originalmente asignada, pueda transferirla, sea ésta como el mero
acto de firmar o en su acto sustancial denominado delegación de competencia.
3) Si opera la delegación de firma, el titular
conserva la competencia y rinde cuentas por ello; si es, además, la delegación
de la función, el titular la deja de ejercer, siendo el delegado el responsable
de su ejercicio. En cualquier de los dos casos siempre cabe la revocación de la
delegación.
4) …
5) Sí es posible delegar la competencia, en
estricto apego a lo que dispone
Por lo tanto,
DE
Y MINISTERIO DE
De conformidad con el artículo 92 de
Rige a partir del veintisiete de junio del dos mil doce.
Publíquese en el Diario Oficial
Ana Cecilia Ureña Salazar, Directora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº 14795.—Solicitud Nº 084.—C-48900.—(IN2012072420).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el
tomo I, folio 19, título N° 393, emitido por el Liceo Nuevo de Hatillo en el
año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Chavarría Madrigal Freddy. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 36, título Nº 341,
emitido por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año mil novecientos
noventa y dos, a nombre de Hernández Venegas Óscar Eduardo. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
esta Dirección, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 54, título Nº 530,
emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas, en el año mil novecientos ochenta y
cinco, a nombre de García Gutiérrez Cira. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 53, título N° 299, emitido por el Liceo de Villarreal en el
año dos mil diez, a nombre de Santana Gutiérrez Jazmín Herminia. Se solicita la
reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Área de
Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 13, título N° 269, emitido por el
Colegio Nocturno de Limón en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de
Alterno Foster Tito Cirilo. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 110, título N°
2708, emitido por el Colegio Patriarca San José, en el año dos mil diez, a
nombre de Vindas Mora Priscila. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial “
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 165, título N° 1658,
emitido por el Colegio Redentorista San Alfonso, en el año dos mil cinco, a
nombre de González Arrieta María Yohandra. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 165, título N° 932,
emitido por el Liceo Nocturno de Desamparados, en el año dos mil diez, a nombre
de Quesada Godínez Armando. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 281, título N° 3925,
emitido por el Instituto de Alajuela en el año dos mil diez, a nombre de Quirós
Álvarez Víctor Hugo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título Nº 420 y
del Título de Técnico Medio en
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
INSTITUTO
COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y
Declaratoria
de Utilidad Pública de la
Asociación
Deportiva Atlántica de Taekwondo
Se les comunica a todos los interesados que
el Consejo Nacional del Deporte y
DEPARTAMENTO DE
ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida
por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la
inscripción de la constitución de
Consejo de administración:
Presidente: Bernardo
Cordiba Esquivel
Vicepresidenta: Lizbeth Vargas Naranjo
Secretaria: Marjorie
Chinchilla Mena
Vocal 1: Rosa
Valverde Monge
Vocal 2: Angie
Díaz Idalgo
Suplente 1: Dianne
Castro Solano
Suplente 2: Vilma
Naranjo Salazar
Gerente: Enrique Montenegro Fernández
25 de junio del 2012.—Lic. José Joaquín
Orozco Sánchez, Jefe.—RP2012309948.—(IN2012071030).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida
por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la
inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Tecnologías de
Información y Comunicaciones R.L. siglas: COOPETICS R.L., acordada en asamblea
celebrada el 31 de marzo de 2012. Resolución 1418-CO. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 29 de
Presidente Endrik Mejías Moreira
Vicepresidente Natalia Rojas Canales
Secretaria Hannia
Serrano Jara
Vocal 1 Cristopher
Manjarrez Arana
Vocal 2 José
Bernardo Víquez Zamora
Suplente 1 Rohner
Díaz Chavarría
Suplente 2 Vacante
Gerente Sandra Rojas Araya
San José, 25 de junio de 2012.—Lic. José
Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—RP2012310285.—(IN2012071031).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Para ver las marcas de Fábrica y Ganado
solo en
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Nº 2012-739.—Junta Administrativa del Colegio Técnico
Profesional de Turrubares, cédula jurídica número 3-008-066073, representada
por Marco Antonio Mora Villalta, cédula Nº 1-0409-0444, solicita el registro
de:
Para ver imagen solo en
en como marca de ganado que usará preferentemente
en San José, Turrubares, San Pablo,
Nº 2012-466.—Alejandro Salas Arroyo, cédula Nº
2-147-038, mayor, soltero, solicita el registro de:
Para ver imagen solo en
como marca de ganado que usará preferentemente en
Puntarenas, Montezuma, Cóbano, Bijagua, Negocio de Francisco,
Cambio
de nombre Nº 78921
Que Luis Pal Hegedüs, cédula de identidad Nº
1-558-219, en calidad de apoderado especial de Noel Alimentaria S. A., solicita
a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Embutidos y
Jamones Noel S. A., por el de Noel Alimentaria S. A., presentada el día 28 de
mayo del 2012, bajo expediente Nº 78921. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1998-0000473 Registro Nº 124498 NOEL en clase 29
marca mixto. Publicar en
REGISTRO DE
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Francisco Guzmán Ortiz, cédula Nº
1-434-595, en condición de apoderado de Oy Sinebrychoff AB, de Finlandia,
solicita el Diseño Industrial denominado: BOTELLA.
Para ver imagen solo en
El diseño ornamental para una botella tal
cual se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El
señor Cristian Calderón Cartín, cédula Nº 1-800-402, en condición de apoderado
de Abbott Laboratories, de E.U.A., solicita
Para ver imagen solo en
Proteínas de unión multivalentes y
multiespecíficas producidas por ingeniería genética, métodos para elaborarlas
y, específicamente, sus usos en la prevención, el diagnóstico y/o el
tratamiento de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula
9-012-480, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Novartis AG, de Suiza,
solicita la patente de invención denominada: ISOQUINOLINONAS Y QUINAZOLINONAS
SUBSTITUIDAS.
Para ver imagen solo en
La invención se refiere a heterociclos bicíclicos
que contienen nitrógeno sustituidos de la fórmula (I): La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación
internacional de patentes edición 2011.01, es A61P 35/00, cuyos inventores son
Berghausen, Joerg, Buschmann, Nicole, Furet, Pascal, Gessier, François,
Hergovich Lisztwan, Joanna, Holzer, Philipp, Jacoby, Edgar, Kallen, Joerg,
Masuya, Keiichi, Pissot Soldermann, Carole, Ren, Haixia, Stutz, Stefan. La solicitud
correspondiente lleva el número 20120333 y fue presentada a las 11:05:10 del 19
de junio de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial
La señora María de
La
señora María de
Para ver imagen solo en
La presente invención se refiere a sistemas y
métodos de envasado útiles para extender la vida de almacenamiento de producto
alimenticio tal como pescado fresco. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
AVISOS
Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad
2-650-956, vecina de San José, mayor, soltera, abogada, apoderada especial de
Navegación Satelital de Costa Rica S. A. cédula jurídica 3-101-450326, solicita
la inscripción de la titularidad de los derechos patrimoniales en la obra
individual, artística y publicada que se titula MAPA EZFIND 5.07.3 RAC
RETAIL. Los derechos morales son del autor Federico Amador Lizano, mayor,
casado, ingeniero civil, cédula de identidad 1-910-650, vecino de San José,
Escazú, Guachipelín. La obra es un mapa digital en disco compacto, un mapa
ruteable que se instala en un aparato GPS y funciona junto con un software de
navegación. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial
Cinthya
Delgado Solórzano, cédula de identidad 2-650-956, vecina de San José, mayor,
soltera, abogada, apoderada especial de Navegación Satelital de Costa Rica S.
A. cédula jurídica 3-101-450326, solicita la inscripción de la titularidad de
los derechos patrimoniales en la obra individual, artística y publicada que se
titula MAPA EZFIND 5.09 RAC RETAIL. Los derechos morales son del autor
Federico Amador Lizano, mayor, casado, ingeniero civil, cédula de identidad
1-910-650, vecino de San José, Escazú, Guachipelín. La obra es un mapa digital
en disco compacto, un mapa ruteable que se instala en un aparato GPS y funciona
junto con un software de navegación. Publíquese por una sola vez en el Diario
Oficial
Cinthya
Delgado Solórzano, cédula de identidad dos-seis cinco cero-nueve cinco seis,
vecina de San José, mayor de edad, soltera, Abogada, en su condición de
apoderada especial de la compañía Navegación Satelital de Costa Rica S. A;
cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cinco cero tres dos seis, solicita la
inscripción de los Derechos Morales a favor del señor Federico Amador Lizano,
quien es mayor de edad, casado una vez, Ingeniero Civil, vecino de San José,
cédula de identidad uno-novecientos diez-seiscientos cincuenta; y la
titularidad de los Derechos Patrimoniales a favor de la compañía Navegación
Satelital S. A; sociedad organizada y constituida en Costa Rica, cédula
jurídica uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos veintiséis, domiciliada en
San José, de
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Hockey Sobre Césped
y Pista, con domicilio en la provincia de Cartago. Sus fines, entre otros
están: dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción y fomentar
todo lo relacionado con el Hockey de Césped y Pista en ambos géneros y en todas
sus categorías. Su presidente Pablo Araya Madrigal, es el representante judicial
y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y
demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012
asiento 155478 adicional: 2012-179912.—Dado en el Registro Nacional a las 13
horas 40 minutos, del 22 de junio del 2012.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar,
Directora a. í.—1 vez.—(IN2012071593).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Federación de Motociclismo, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover el deporte del motociclismo en todas sus modalidades y categorías, en ambos géneros, como lo son: motocros, supercross, fresstyle, cuadracros, enduro, cross country supermoto, pit bikes, trial, turismo recreativo, movilidad y transporte en motocicletas, convenciones, exhibiciones y cuadraciclos, tanto a nivel nacional como internacional. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Alberto Antillón Appel. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012 asiento: 188962.—Curridabat, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—(IN2012071594).
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Nacional de
Servicios Funerarios, Camposantos y Afines, con domicilio en la provincia de
San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Preservar el
valor de servicio público en los servicios exequiales, afines y
complementarios, lo que incluye servicios funerarios, camposantos, crematorios
y similares, servicio que habrá de primar siempre, sobre cualquier otro, en las
decisiones que la asociación adopte. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado general sin límite
de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el
presidente: John Alex Jiménez Valverde. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Costarricense de
Motoclubes, con domicilio en la provincia de San José, sus fines entre otros
están defender los derechos de los motociclistas. Su presidente Robert El Khouy
Abd, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por
encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora
del Acueducto Rural y Alcantarillado Sanitario de Rincón de
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora
del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Santa Lucía, Las Juntas de
Abangares, Guanacaste, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines
entre otros serán los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento,
desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con
las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el AyA. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es el presidente Edwin Villegas Brenes. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora
del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Pedernal, Nicoya, Nicoya,
Guanacaste, con domicilio en la provincia de Guanacaste, cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar
mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Wilmar Navarro Díaz. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora
del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Barrio Jesús, distrito Las Juntas,
cantón Abangares, provincia Guanacaste, con domicilio en la provincia de
Guanacaste. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: Administrar, operar,
dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto,
de conformidad con las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el
AyA. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones
establecidas en el estatuto, lo es el presidente Dennis Salazar Ramírez. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva de Judo
y Jiu-Jitso de Mora y Puriscal, con domicilio en la provincia de San José;
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la práctica
del deporte en general y del judo y el jiu-jitsu en especial por parte de sus
asociados, sus familiares y sus comunidades. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es
el presidente: Juan Danilo Hernández Serrano. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Salud del
Ebais de San Isidro de Peñas Blancas, San Ramón, Alajuela, con domicilio en la
provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
gestionar el mejoramiento de la salud, así como el bienestar social, cultural,
educativo, organizativo y productivo de la comunidad, de sus miembros y la
creación de servicios sociales, culturales y de salud. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente: Sergio González Quirós. Al encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Mujeres con
Deseos de Superación de San Francisco de
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Instituto de
Costa Rica para
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para
su inscripción, el estatuto de la entidad denominada Asociación de Productores
de Agricultura Sostenible del Valle de Orosi, con domicilio en la provincia de
Cartago. Cuyos fines entre otros serán los siguientes: Promover una asociación
con pequeños agricultores para proporcionar un mejor nivel de desarrollo
socioeconómico de las familias de
El
Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su
inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Mensuli de
Turismo Indígena Ngäbe
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Iglesias
Pentecostales
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cámara de
Empresarios y Comerciantes Tibaseños, con domicilio en la provincia de San
José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Trabajar
activamente en la defensa y promoción de los intereses comunes del gremio en
los diferentes ámbitos del comercio y la industria. Cuyo representante judicial
y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el
presidente: Juan Augusto Hernández Hernández. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma del estatuto de
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos de
Venado de Santa Cruz de Guanacaste, con domicilio en la provincia de
Guanacaste; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Planificar
y desarrollar proyectos que permitan proyectarse y mejorar, social, cultural,
educativamente. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación,
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Jaime Guadalupe
Piña Corea. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Exp. 10124P.—Piñales de Santa Clara S. A.,
solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 15243A.—Granja
Exp.
15242A.—Carlos Vindas Guevara solicita concesión de:
Exp.
15241A..—Fausser de
Exp.
15240A.—Jariomas S. A., solicita concesión de:
Exp.
14037P.—Heartland Hockey S. A., solicita concesión de:
Exp.
14045P.—Desarrollos Lenamar GTM Internacional S. A, solicita concesión de:
Exp.
14047P.—Desarrollos Lenamar GTM Internacional S. A, solicita concesión de:
Exp.
7527A.—Agropecuaria Milda S. A., solicita concesión de:
Exp.
7697A.—Don Bando S.R.L., solicita concesión de:
SALA
CONSTITUCIONAL
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.
A
LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE
HACE
SABER:
Que en la acción de inconstitucionalidad que
se tramita con el número 11-015813-0007-CO, promovida por José Marvin Piedra
Calvo, contra el artículo 132 inciso k) de
Por tanto: «Se corrige el error material que
contiene la sentencia Nº 2012-003945 de las dieciséis horas y veinticinco
minutos del veintiuno de marzo del dos mil doce, dictada en la acción de
inconstitucionalidad número 11-015813-0007-CO, y se advierte que el artículo
132 inciso k) de
San José, 22 de junio del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra,
1 vez.—(IN2012071827) Secretario
Que en la acción de inconstitucionalidad que
se tramita con el número 11-009987-0007-CO, promovida por Patricia Mercedes
Chacón, contra el artículo 131 inciso ch) de
“Se declara con lugar la acción. En
consecuencia se anula el artículo 131 inciso ch) de
San José, 28 de junio del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
1 vez.—(IN2012072231). Secretario
Que en la acción de inconstitucionalidad que
se tramita con el número 11-000738-0007-CO, promovida por María Gisela Ortiz
Rivera, contra el párrafo primero del artículo 160 de
“Se rechaza por el fondo la acción en
relación con el artículo 160 de
San José, 25 de junio del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra,
1 vez.—(IN2012072232). Secretario
Que en la acción de inconstitucionalidad que
se tramita con el número 11-011326-0007-CO, promovida por Alicia Fournier
Vargas, Francisco Chacón González, Juan Bosco Acevedo, Elvia Dixiana Villalobos
Arguello conocida como Siany Villalobos Arguello, contra el acto legislativo
que consta en el punto C.l de la sesión extraordinaria Nº 32 del 5 de
septiembre de 2011, de
“Se declara con lugar la acción. En
consecuencia, se anula por inconstitucional el punto C.l de la sesión
extraordinaria Nº 32 del 5 de septiembre de 2011, de
San José, 28 de junio del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra,
1 vez.—(IN2012072233). Secretario
Nº 4771-M-2012.—Tribunal Supremo de
Elecciones.—San José, a las nueve horas, cuarenta minutos del veintiséis de
junio de dos mil doce. Expediente Nº 168-S-2012.
Diligencias de cancelación de la credencial que
ostentaba el señor Pedro Handel Gil Montero como concejal propietario del
Concejo de Distrito de Ipís, cantón Goicoechea, provincia San José.
Resultando:
1º—Mediante oficio Nº SM-530-12 del 1º de junio de
2012, presentado ante
2º—En auto de las 13:40 horas del 8 de junio de 2012 este Tribunal solicitó
a
3º—En oficio número DC-2146-2012 del 13 de junio de 2012 el señor Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, remitió la certificación
solicitada (folios 7 y 8).
4º—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Sobrado González; y,
Considerando:
I.—Hechos probados: Como tales y de relevancia
para la resolución del presente asunto, se tienen los siguientes: a) que
el señor Pedro Handel Gil Montero, postulado en su momento por el partido
Renovación Costarricense, fue designado concejal propietario del Concejo de
Distrito de Ipís, cantón Goicoechea, provincia San José (ver resolución de este
Tribunal número 0251-E11-2011 de las 08:35 horas del 11 de enero de 2011, que
es “Declaratoria de Elección de síndicos propietarios y suplentes y miembros
propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, correspondientes a los
distritos del cantón Goicoechea de la provincia de San José, para el periodo
legal comprendido entre el siete de febrero de dos mil once y el treinta de
abril de dos mil dieciséis”, visible a folios 9 al 16); b) que el
señor Gil Montero falleció el 9 de noviembre de 2011 (certificación de
defunción visible a folio 8); c) que la candidata a concejal propietaria
que sigue en la nómina del partido Renovación Costarricense que no resultó
electa ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar dicho cargo es la
señora Ana Lucía Álvarez Álvarez, cédula de identidad número 502060285 (folios
17 al 19).
II.—Sobre el fondo: En virtud de que en autos se encuentra
acreditado que el señor Pedro Handel Gil Montero, concejal propietario del
Concejo de Distrito de Ipís, cantón Goicoechea, provincia San José, falleció el
día 9 de noviembre de 2011, lo procedente es, ante su deceso, cancelar su
credencial y suplir, conforme estipula el Código Electoral, la vacante que se
produce entre los concejales propietarios del citado Concejo de Distrito.
III.—Sobre la sustitución de la vacante que deja el señor Gil Montero: Al
cancelarse la credencial del señor Gil Montero, se produce una vacante entre
los concejales propietarios del Concejo de Distrito ya mencionado que es
necesario suplir según las reglas que determinaron la elección. El artículo
208, párrafo segundo, del Código Electoral regula la sustitución de diputados,
regidores y concejales de distrito ante el fallecimiento, la renuncia o la
incapacidad de éstos para ejercer el cargo y establece que el Tribunal Supremo
de Elecciones “dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el
resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”.
En consecuencia, este Tribunal sustituirá a los concejales propietarios que
deban cesar en sus funciones con los candidatos de la misma naturaleza
(concejales propietarios) que sigan en la lista del partido político del
funcionario cesante, que no hayan resultado electos ni hayan sido designados
para desempeñar el cargo.
Así las cosas, al haber tenido por probado en autos que la candidata que
sigue en la nómina del partido Renovación Costarricense, que no resultó electa
ni ha sido designada por este Tribunal para desempeñar el cargo de concejal
propietaria del Concejo de Distrito de Ipís, cantón Goicoechea, provincia San
José, es la señora Ana Lucía Álvarez Álvarez, cédula de identidad número
502060285, se le designa para ocupar dicho cargo, quien deberá ser juramentada
por el Concejo Municipal de Goicoechea a la mayor brevedad. Por tanto,
Se cancela la credencial de concejal propietario
del Concejo de Distrito de Ipís, cantón Goicoechea, cantón San José, que
ostenta el señor Pedro Handel Gil Montero. En su lugar se designa a la señora
Ana Lucía Álvarez Álvarez, cédula de identidad número 502060285, para que ocupe
dicho cargo. Esta designación rige a partir de la juramentación y hasta el
treinta de abril de dos mil dieciséis. Publíquese en el Diario Oficial.
Notifíquese a la señora Álvarez Álvarez y al Concejo Municipal de
Goicoechea.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max
Alberto Esquivel Faerron.—1 vez.—O. C. Nº 15984.—Solicitud Nº
2529-2012.—C-77100.—(IN2012073870).
Nº 4878-M-2012.—Tribunal Supremo de
Elecciones.—San José, a las trece horas, treinta minutos del veintiocho de
junio de dos mil doce. Expediente Nº 185-Z-2012.
Diligencias de cancelación de credencial de
regidora propietaria de
Resultando
1º—Por oficio Nº SCM-331-2012 presentado en
2º—En el procedimiento no se notan vicios o defectos que causen nulidad o
indefensión.
Redacta
Considerando:
I.—Hechos probados. De interés para la
resolución de este asunto se tienen los siguientes: 1) que la señora
Sonia Segura Pacheco fue electa regidora propietaria de
II.—Sobre la renuncia presentada. El artículo 171 de
De no aceptarse la posibilidad de la renuncia pura y simple se atentaría
contra un derecho fundamental: la libertad, previsto no sólo en
Por ello, al haberse acreditado que la señora Sonia Segura Pacheco, en su
condición de regidora propietaria de
III.—Sustitución de la señora Sonia Segura Pacheco: Al cancelarse la
credencial de la señora Sonia Segura Pacheco se produce una vacante entre los
regidores propietarios del citado concejo municipal, que es necesario suplir
según las reglas que determinaron la elección. El artículo 208, párrafo segundo
del Código Electoral regula la sustitución de diputados, regidores o concejales
de distrito ante circunstancias de fallecimiento, renuncia o incapacidad de
éstos para ejercer el cargo y establece que el Tribunal Supremo de Elecciones
“dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo, por el resto del período
constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”.
En consecuencia, este Tribunal sustituirá a los regidores propietarios que
deban cesar en sus funciones, con los candidatos de la misma naturaleza que
sigan en la lista del partido político del funcionario cesante, que no hayan
resultado electos ni hayan sido designados para desempeñar el cargo.
Así las cosas, al haber tenido por probado en autos que la candidata que
sigue en la nómina del partido Unión Palmareña, que no resultó electa ni ha
sido designada por este Tribunal para desempeñar el cargo, es la señora María
del Rocío Sancho Moya, cédula número 2-331-454, por esa razón se le designa
como regidora propietaria en
Cancélese la credencial de regidora propietaria de
Nº 4882-M-2012.—Tribunal Supremo de
Elecciones.—San José, a las catorce horas, treinta minutos del veintiocho de
junio de dos mil doce. Expediente Nº 182-E-2012.
Diligencias de cancelación de credencial de
concejal municipal suplente del Concejo Municipal de Distrito de Lepanto, que
ostenta la señora Yorlanda Sosa López c.c. Yolanda Sosa López, en virtud de su
fallecimiento.
Resultando
1º—Mediante
oficio SM-377-2012 del 7 de junio de 2012, presentado ante
2º—Mediante
oficio ORJI-209-2011 del 8 de junio de 2012, el señor Wagner Francisco Zúñiga
Chavarría, Auxiliar de Operación en la oficina regional citada, remitió a este
Tribunal el documento presentado (folio 01).
3º—En
el procedimiento se han observado las prescripciones legales y no se notan
defectos que causen nulidad o indefensión.
Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,
Considerando:
I.—Hechos probados: De interés para la
resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) que la señora
Yorlanda Sosa López c.c. Yolanda Sosa López es concejal municipal suplente del
Concejo Municipal de Distrito de Lepanto, en virtud de que fue designada para
ese cargo por este Tribunal según consta en la “Declaratoria de elección de
intendentes, viceintendentes, síndicos propietarios y suplentes y miembros
propietarios y suplentes de los Concejos Municipales de Distrito,
correspondientes a los distritos Peñas Blancas, Tucurrique, Cervantes,
Colorado, Lepanto, Paquera, Monte Verde y Cóbano, para el período legal
comprendido entre el siete de febrero de dos mil once y el treinta de abril de
dos mil dieciséis” (resolución Nº 0746-E11-2011 de las 13:00 horas del 24
de enero de 2011, visible a folios
II.—Sobre el fondo. 1) Sobre la procedencia de la cancelación de
credenciales de la señora Yorlanda Sosa López c.c. Yolanda Sosa López. Para
una adecuada comprensión y análisis del presente asunto resulta indispensable
señalar que los Concejos Municipales de Distrito se regulan en forma especial
por la ley denominada “Ley General de Concejos Municipales de Distrito”, N°
8173 del 7 de diciembre del 2001, publicada en
Por su parte, el numeral 253 del Código Electoral señala que el Tribunal
Supremo de Elecciones acordará la cancelación o anulación de las credenciales
de los funcionarios municipales de elección popular en los supuestos contenidos
expresamente en la ley, siendo que esas disposiciones serán aplicables también
a los síndicos, intendentes, concejales de distrito y miembros de los concejos municipales de distrito. Finalmente y en lo
que interesa, el artículo 208, párrafo segundo, del mismo cuerpo normativo,
regula la sustitución de éstos funcionarios de elección popular, ante su fallecimiento, estableciendo que el
Colegiado Electoral “dispondrá la sustitución llamando a ejercer el cargo,
por el resto del período constitucional, a quien en la misma lista obtuvo más
votos o a quien siga en la misma lista, según
corresponda”. En consecuencia este Tribunal sustituirá a los miembros
suplentes con los candidatos de la misma
naturaleza que sigan en la lista del partido político del funcionario
respectivo, que no hayan resultado electos ni hayan sido designados para
desempeñar el cargo.
Así las cosas, al haberse tenido por probado en autos que la señora
Yorlanda Sosa López c.c. Yolanda Sosa López, concejal municipal suplente del
Concejo Municipal de Distrito de Lepanto, postulada por el
partido Unidad Social Cristiana, falleció el 17 de mayo de 2012, tal
circunstancia produce la supresión de su credencial y una vacante entre los
concejales municipales de esa misma naturaleza, que es necesario suplir
conforme a las reglas citadas.
2) Reposición de la vacante que se produce a raíz
del fallecimiento de la señora Yorlanda Sosa López c.c. Yolanda Sosa López: Por lo expuesto, en virtud de que se ha
tenido por probado en el expediente que el candidato que sigue en la nómina de
suplentes del partido Unidad Social Cristiana, que no resultó electo ni ha sido
designado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el señor Juan
Carlos Morera Sánchez, cédula de identidad 112410239 (folios 05 y 06), se
le designa como concejal municipal suplente en el Concejo Municipal de Distrito
de Lepanto. La presente designación lo será por el período que va desde su
juramentación hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. Por tanto,
Se cancela la credencial de concejal municipal
suplente del Concejo Municipal de Distrito de Lepanto que ostenta
la señora Yorlanda Sosa López c.c. Yolanda Sosa López, en virtud
de su fallecimiento. En su lugar se designa al señor Juan Carlos Morera
Sánchez, cédula de identidad 112410239. Notifíquese al señor Morera Sánchez
y al Concejo Municipal de Distrito de Lepanto. Publíquese en el Diario
Oficial.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—Juan Antonio
Casafont Odor.—1 vez.—O. C. Nº 15984.—Solicitud Nº
2529.—C-77100.—(IN2012073865).
Nº 4904-M-2012.—Tribunal Supremo de
Elecciones.—San José, a las catorce horas, treinta minutos del veintinueve de
junio de dos mil doce. Expediente Nº 167-5-2012.
Diligencias de cancelación de credencial de vicealcalde segundo de
Resultando
1º—En oficio número SM-286-2012 del 17 de mayo de 2012, recibido
en
2º—En resolución de las 14:00 horas del 12 de junio de 2012 se previno
a
3º—En escrito recibido el 22 de junio de 2012 la señora Chaves Pérez
remitió la documentación solicitada (folios 4 y 5).
4º—En el procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Redacta
el Magistrado Casafont Odor; y,
Considerando
I.—Hechos probados: Como tales y de relevancia para la
resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) que el señor Carlos
Enrique Gómez Ramírez, postulado en su momento por el partido Liberación
Nacional, fue designado vicealcalde segundo de
II.—Sobre el fondo: El artículo 14 del Código Municipal, regula lo concerniente
a la figura de los vicealcaldes municipales, en los siguientes términos:
“Existirán dos vicealcaldes
municipales: un (a) vicealcalde primero y un(a) vicealcalde segundo. El (la)
vicealcalde primero realizará las funciones administrativas y operativas que el
alcalde titular le asigne; además, sustituirá, de pleno derecho, al alcalde
municipal en sus ausencias temporales y definitivas, con las mismas
responsabilidades y competencias de este durante el plazo de la sustitución.
En los casos en que el o la vicealcalde
primero no pueda sustituir al alcalde, en sus ausencias temporales y
definitivas, el o la vicealcalde segundo sustituirá al alcalde, de pleno
derecho, con las mismas responsabilidades y competencias de este durante el
plazo de la sustitución.”.
Por su parte, el inciso f) del artículo 18 ibídem
establece que la renuncia voluntaria a su puesto es causal automática para la
pérdida de la credencial de los alcaldes municipales.
Asimismo, este Tribunal recientemente analizó la figura de los
vicealcaldes municipales y la posibilidad que tienen de renunciar a sus cargos
y su correspondiente sustitución. Así, en resolución número 1296-M-2011 de las
13:15 horas del 3 de marzo de 2011, en lo que es de interés, se estableció
cuanto sigue:
“En el evento de una ausencia
definitiva del primer vicealcalde o vicealcaldesa, el segundo vicealcalde o
vicealcaldesa, asumirá el cargo, sin que se prevea su sustitución.”
(el resaltado no es del original).
En el presente caso, ante la renuncia formulada por el
señor Carlos Enrique Gómez Ramírez a su cargo de vicealcalde segundo de
Se cancela la credencial de vicealcalde segundo de
Registro
Civil - Departamento Civil
OFICINA
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro, en diligencias de
ocurso incoadas por Indiana Vanessa
Cruz Cantillano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 1037-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las once horas y cincuenta y cinco minutos del
veintiséis de mayo del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 4545-2011. Resultando:
1º—..., 2º—…, 3º—…, Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no
probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Naydeling Andrea Tórrez Cruz...; en el sentido que el nombre de
la madre de la persona ahí inscrita es “Indiana Vanessa” y no como se
consignó.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2012071598).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yolieth Dolores Lanzas Mendoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2368-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas y treinta y dos minutos del veintiocho de junio del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 25766-2009. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Nathaly Nahima Hernández Sobalbarro..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Yolieth Dolores” y “Lanzas Mendoza” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012071637).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Nathalie Farrier Villalobos, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1745-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta y dos minutos del ocho de agosto del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº 17032-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Tamara Valeria Venegas Villalobos...; en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Farrier Villalobos”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012071667).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Clarisa de los Ángeles Mojica Grillo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1308-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas siete minutos del cinco de julio del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 41535-2010. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Menalyn Dayana Bolaños Grillo...; en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Clarisa de los Ángeles Mojica Grillo”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012071703).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Merary del Socorro Sánchez Dávila, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 285-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas un minuto del veintiséis de enero del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 47678-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Pamela Saray Núñez Sánchez...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Merary del Socorro”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012071749).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yoseph Daniel Villegas Saborío, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1384-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil doce.—Expediente Nº 49569-2011. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yoseph Daniel Villegas Saborío... en el sentido que el primer nombre... es “Joseph”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2012072248).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ivannia Salazar López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3646-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta minutos del seis de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 22024-2007. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Gerald Fabricio López Salazar, en el sentido que los apellidos de la madre son “Salazar López” y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa Sección de Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2012072252).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos de solicitud de naturalización
Javier Antonio Hidalgo Gámez, mayor, soltero,
guía de turismo, nicaragüense, cédula de residencia 155811484921, vecino de
Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
Ángela
María Toro Ángel, mayor, casada, administradora, colombiana, cédula de
residencia 117000361625, vecina de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Shu
Ying Chung Chiu, mayor, soltera, estudiante, china, cédula de residencia
115800076629, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Wen
Ji Chung Chiu, mayor, soltero, comerciante, chino, cédula de residencia
115800074306, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Karla
Dalila Rocha Moreno, mayor, soltera, servicios domésticos, nicaragüense, cédula
de residencia 155810736216, vecina de San José, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Felicito
Vanegas Rivas, mayor, viudo, desempleado, nicaragüense, cédula de residencia
155802497036, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Gregoria
Álvarez Villagra, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia
155806582821, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Danilo
Antonio Alvarado Díaz, mayor, casado, agricultor, nicaragüense, cédula de
residencia 270-138827-74425, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Huaying
Wu Zheng, mayor, casada, comerciante, china, cédula de residencia 115600212500,
vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Lina
Ivette Giraldo Soto, mayor, viuda, administradora, colombiana, cédula de
residencia 117000208002, vecina de Cartago, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Juan
José Sierra Giraldo, mayor, soltero, bodeguero, colombiano, cédula de
residencia 117001203212, vecino de Cartago, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante
Emilio
Asención Calderón Cantillano, mayor, soltero, operario, nicaragüense, cédula de
residencia 155815851727, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
María
Consuelo de Jesús Rivera Montoya, mayor, soltera, caficultora, salvadoreña,
cédula de residencia 122200049725, vecina de Puntarenas, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Ligia
Carolina Tovar Pereira, mayor, casada, diseñadora de interiores, venezolana,
cédula de residencia 186200017736, vecina de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
Wolgfang
Leonardo Sáenz Rivera, mayor, casado, jefe de aseguramiento de calidad,
colombiano, carné de refugiado 117000712425, vecino de Cartago, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
MUNICIPALIDAD
DE ALAJUELA
LICITACIÓN
PÚBLICA 2011LN-000006-01
Contratación
de empresa especializada para la construcción
de calle nueva,
continuación de avenida 4,
en el distrito
de Alajuela
Lic. Johanna Madrigal Vindas, Proveedora
Municipal.—1 vez.—(IN2012075256).
CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2012LA-000046-0DI00
Demarcación
vial horizontal y colocación de captaluces
de
el Río Virilla -
Río Frío
Se comunica a las empresas interesadas en la
licitación en referencia, que este Consejo recibirá ofertas, de conformidad con
los términos cartelario, hasta las 10:00 horas del día lunes 06 de agosto del
2012, en las oficinas de
Los interesados en participar en este concurso deberán adquirir los
documentos en las oficinas de
San José, 16 de julio del 2012.—MBA. Arturo
Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud Nº 47769.—C-10660.—(IN2012075463).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2012LA-000047-0DI00
Demarcación
vial horizontal y colocación de captaluces
de
Intersección
Se comunica a las empresas interesadas en la
licitación en referencia, que este Consejo recibirá ofertas, de conformidad con
los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del día 7 de agosto del 2012,
en las oficinas de
Los interesados en participar en este concurso deberán adquirir los
documentos en las oficinas de
San José, 16 de julio del 2012.—MBA. Arturo
Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud Nº
47770.—C-10660.—(IN2012075465).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000007-SCA
Suministro
e instalación de mobiliario bajo la modalidad
de suministro
según demanda
Se recibirán las ofertas hasta las 9:00 horas
del día 21 de agosto del 2012. El cartel y los anexos pueden ser solicitados al
correo electrónico cmurillo@una.ac.cr, o bien se encuentra también disponibles
en nuestra página Web www.una.ac.cr/proveeduria/
Heredia, 26 de junio del 2012.—Proveeduría
Institucional.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. Nº
189-2012.—Solicitud Nº 40093.—C-14120.—(IN2012075457).
HOSPITAL
MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
NACIONAL Nº 2012LN-000011-2104
Adquisición
de prótesis y brasieres para mujeres
Mastecmotizadas
Servicio
solicitante: Hemato-Oncología
Comunica: Recepción de ofertas el 14 de
agosto del
San José, 16 de julio del 2012.—Área Gestión
Bienes y Servicios.—Lic. Carmen María Rodríguez Castro, Coordinadora.—1
vez.—(IN2012075513).
LICITACIÓN
NACIONAL Nº 2012LN-000010-2104
Adquisición
de nilotinib 200 MG
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el
21 de agosto del
San José, 17 de julio del 2012.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora a. í.—1
vez.—(IN2012075515).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000044-2104
Adquisición
de Linezolid 600 MG
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el
09 de agosto del
San José, 16 de julio del 2012.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora a. í.—1
vez.—(IN2012075516).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000041-2104
Adquisición
de Irinotecan Clorhidrato (Trihidrato) 20 MG/ML
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el
09 de agosto del
San José, 16 de julio del 2012.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora a. í.—1
vez.—(IN2012075517).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000046-2104
Adquisición
de pinturas, solventes y adhesivos
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el
09 de agosto del
San José, 16 de julio del 2012.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora a. í.—1
vez.—(IN2012075518).
MUNICIPALIDAD
DE OSA
LICITACIÓN
NACIONAL N° 2012LN-000002-01
Adquisición
de obra pública por contrato para la gestión,
tramitología de
planos constructivos, construcción
y equipamiento
de Centro de Cuido y desarrollo
Infantil
(CECUDI) de Osa
Ciudad Cortés, 17 de junio del 2012.—MBA.
Carlos Quintana Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012075506).
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000007-01
Licenciamiento
motor base de datos
y herramientas
de desarrollo
Se comunica a todos los interesados en la
referida licitación que mediante D. E.-1354-07-2012 del 16 de julio del 2012 y
con base en
Ítem Nº 1 Costo: ¢56.329.739,20
-1 (una) actualización y activación del
soporte Sybase ASE Small Business Edition CPU Model, código presupuestario
5-99-03-020-023. Precio unitario y total ¢722.439,20
-4 (cuatro) actualización y activación del
Soporte Sybase ASE Enterprise Edition CPU Model, código presupuestario
5-99-03-020-024. Precio unitario ¢5.818.433,60. Precio total ¢23.273.734,40
-11 (once) actualización y activación del
Soporte Power Builder Enterprise, código presupuestario 5-99-03-020-025. Precio
unitario ¢868.756,00. Precio total ¢9.556.316,00
-5 (cinco) actualización y activación del
Soporte Power Designer Object Architect, código presupuestario 5-99-03-020-026.
Precio unitario ¢1.611.881,60. Precio total ¢8.059.408,00
-1 (una) actualización y activación del
Soporte Open Switch Enterprise CPU Model, código presupuestario
5-99-03-020-027. Precio unitario y total ¢1.576.635,20
-4 (cuatro) actualización y activación del
Soporte Replication Server Enterprise CPU Model, código presupuestario
5-99-03-020-028. Precio unitario ¢3.285.301,60. Precio total ¢13.141.206,40
Ítem Nº 2 Costo: ¢29.020.320,00
-1 (una) activación de Licencia Sybase ASE
Small Business Edition versión 15.5 (Chip Model) para dos (2) CHIP´s-for HP UX
Itanium-Servidor BDA04. CHIP Model, código presupuestario 5-1-5-20-22. Precio
unitario y total ¢7.216.160,00
-1 (una) activación de Licencia Sybase ASE
Enterprise Edition versión 15.5 (CPU Model) para cuatro (4) CPU´s-for HP UX
Itanium-Servidor BDA02. CPU Model Standby, Código presupuestario 5-1-5-20-22.
Precio unitario y total ¢21.804.160,00
El precio total adjudicado a la empresa SOIN
Soluciones Integrales S. A., es de ¢85.350.059,20 (ochenta y cinco millones
trescientos cincuenta mil cincuenta y nueve colones con 20/100).
Todo de conformidad con el cartel, la oferta
presentada y el oficio de
San José, 16 de julio del 2012.—Departamento
de Proveeduría.—MBA Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—O. C. Nº
22003.—Solicitud Nº 35705.—C-23970.—(IN2012075473).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DE
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2012LN-000077-99999
Adquisición,
desarrollo, implementación, adaptación
y puesta en
marcha de un conjunto
de sistemas
integrados
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
Se comunica a todos los interesados en el
procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior
del Poder Judicial en sesión 64-12 del 5 de julio del 2012, artículo II, se
dispuso adjudicar de la forma siguiente:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000035-PROV
Compra
de laboratorio de acústica forense
A: IAFIS
Costa Rica Limitada, cédula jurídica 3-102-426813 por un monto total de
$207.900,00.
Las líneas 1, 5, 6 y 7 se declaran
infructuosas por ausencia de ofertas.
Demás características y condiciones según el
cartel.
San José, 17 de julio del
2012.—Proveeduría.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa Proceso de
Adquisiciones.—1 vez.—(IN2012075429).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000010-01
Implementación
de un bus de servicios empresariales
Nos permitimos informarles que el Comité
Ejecutivo en reunión 14-12 CCE del 27/6/2012, acordó adjudicar la licitación en
referencia al Consorcio GBM de Costa Rica y Assist Consultores de Sistemas
S. A., por un monto de US$1.099.474,23 (Hardware, Sistema Operativo,
Software Ambiental, Instalación, Seguro Actualización Herramienta,
Implementación), con una garantía de 1 año y con un plazo de entrega de 12
meses.
El plazo de entrega rige a partir de la comunicación por parte del
Banco, de que el contrato está refrendado y listo para su ejecución.
Adicionalmente adjudicó el Soporte Preventivo y Correctivo de la
plataforma de hardware por la suma de US$108.024,41 por un año y el
mantenimiento evolutivo (1.000 horas a utilizar) por la suma de US$81.240,00
por un año, ambos prorrogables por períodos iguales hasta un máximo de 4 años.
San José, 16 de julio del 2012.—Oficina de
Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S.—Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº
6463.—C-27260.—(IN2012075478).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-712013-UL
Abastecimiento
de gas licuado de petróleo
En concordancia con las facultades conferidas
por el artículo Nº 12 del Reglamento Interno de Contratos Administrativos,
I. Adjudicar
la presente licitación de la manera que se detalla:
Oferta única: Gas Nacional Zeta S. A.
Cédula jurídica: 3-101-114502
Precio por litro de gas licuado de petróleo:
¢331,210.
Cantidad por abastecer máxima anual de gas
licuado de petróleo:
Monto máximo anual adjudicado:
¢75.500.000,00.
II. Condiciones
aplicables para el adjudicatario
a) Garantía
de cumplimiento: Será responsabilidad del (los) Adjudicatario(s) presentar la
garantía, dentro de los (5) cinco días hábiles siguientes a la firmeza del acto
adjudicado, el cual se produce según los plazos estipulados en el Reglamento a
Monto: ¢3.750.000,00.
b) Vigencia
del contrato: Será por un año, las partes por mutuo acuerdo podrán renovar el
contrato por períodos anuales, hasta un máximo de tres (3) renovaciones. El
acuerdo de renovación deberá ser suscrito formalmente por las partes con al
menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento de la anualidad
respectiva.
c) Revisión
de precios: Para efectos de futuras revisiones de precios, se utilizará el
monto fijado por
Todos los demás términos, condiciones,
requerimientos formales y técnicos, según cartel y oferta del 12 de junio del
2012.
Lo anterior constituye un resumen del informe
de adjudicación contenido en oficio PROV-04903-2012 del doce de julio del 2012,
el cual se encuentra a la vista en el expediente (Folios Nº 353 al 358).
San José, 17 de julio del 2012.—Departamento
de Proveeduría.—Lic. Carmen Lidia González Ramírez, Subjefa a. í.—1 vez.—O. C.
Nº 18486.—Solicitud Nº 0659.—C-39500.—(IN2012075500).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000005-SCA
Llantas
y baterías mediante la modalidad
de suministros
según demanda
Quirós y Compañía S. A. cédula jurídica 3-101-004555 |
||
Línea |
Descripción |
Precios Unitarios |
Línea Nº 06 |
Llanta 700R16 12 Capas Taco Tracción /LT Transforce at Firestone |
¢80.736,97 |
Línea Nº 07 |
Llanta 700R16 12 Capas Taco Liso DIREC / LT Transforce HT Firestone |
¢77.140,81 |
Línea Nº 09 |
Llanta 205R14 / CV3000 Firestone 8 Capas |
¢55.912,82 |
Línea Nº 10 |
Inisivos para llanta 700R16 |
¢6.157,80 |
Línea Nº 11 |
Neumatico 750-16 (para llanta 750R16) |
¢7.594,62 |
Línea Nº 12 |
Inisivos para llanta 750R16 |
¢5.157,80 |
Línea Nº 13 |
Neumático 825-16 (para llanta 825R16) |
¢10.263,00 |
Entrega Inmediata |
Se declaran infructuosas las líneas Nº 1, 2,
3, 4, 5 y 8 ya que no fueron cotizadas por el único proveedor que presentó
ofertas.
Heredia, 25 de junio del 2012.—Proveeduría
Institucional.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. Nº
0187-2012.—Solicitud Nº 40095.—C-40720.—(IN2012075454).
HOSPITAL
DR. ENRIQUE BALTODANO BRICEÑO
SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000006-2502
Lentes
intraoculares
Se informa que
Liberia, 11 de julio del 2012.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Cecilia Baltodano Tijerino.—1
vez.—(IN2012075459).
HOSPITAL
DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000013-2101
(Notificación de
infructuosa)
Detergente
industrial para máquina
lavadora de
vajilla
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de julio del 2012.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós Msc, Coordinador.—1
vez.—(IN2012075474).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000010-2101
Tortillas
de maíz y tortillas de harina
Empresa adjudicada: Servicios Bonojet S.
A.
Ítem adjudicado: único
Monto total aproximado: ¢2.239.956,00
Tiempo de entrega: Entregas según demanda.
Por ser bajo esta modalidad las cantidades y montos pueden aumentar o
disminuir. La primera entrega cinco días hábiles después de la comunicación de
la puesta en vigencia del respectivo contrato
Este contrato tiene vigencia de un año y
podrá ser prorrogado como máximo por tres periodos iguales, si con sesenta días
naturales de anticipación a su vencimiento el Hospital no comunica por escrito
su deseo de darlo por concluido
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de julio del 2012.—Subárea
Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós Msc, Coordinador a.
í.—1 vez.—(IN2012075475).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
ÁREA
DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000006-5101
Papel
blanco mate litho adhesivo, rollos de
de ancho X
enrollado en
centro de cartón de
(
El ítem único de este concurso se adjudicó a
la empresa ABC Distribuciones S. A., por un monto total de $342.000,00
(trescientos cuarenta y dos mil dólares exactos). Vea detalles y mayor información
en la página web htt://www.ccss.sa.cr.
San José, 16 de julio del 2012.—Subárea de
Adjudicaciones.—Lic. Mauricio Hernández Salas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº
1142.—Solicitud Nº 37934.—C-14120.—(IN2012075476).
HOSPITAL
MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
ABREVIDA Nº 2012LA-000026-2104
Adquisición
de reactivos para determinación de troponina
I en sangre y
mioglobina conjugada antimioglobina
Empresa adjudicada: Tecno Diagnóstica S.
A.
Vea detalles y mayor información en
http://www.ccss.sa.cr
San José, 16 de julio del 2012.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1
vez.—(IN2012075509).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000028-2104
Adquisición
de Leuprolide 11,25 MG
Empresa adjudicada: Cefa Central
Farmacéutica S. A.
Vea detalles y mayor información en
http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de julio del 2012.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora a. í.—1
vez.—(IN2012075519).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000032-2104
Adquisición
de Trientina Clorhidrato 250 MG. cápsula
Empresa adjudicada: VMG Healthcare
Products S. A.
Vea detalles y mayor información en
http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de julio del 2012.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora a. í.—1
vez.—(IN2012075520).
LICITACIÓN
NACIONAL Nº 2012LN-000007-2104
Adquisición
de generador de 99 Molibdeno/Tecnecio (99MTC)
Empresa adjudicada: Gamacima G Q S. A.
Vea detalles y mayor información en
http://www.ccss.sa.cr
San José, 17 de julio del 2012.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora a. í.—1
vez.—(IN2012075521).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2012LA-000015-01
(Declaración de
concurso infructoso)
Compra
de plantas de Almácigo, Material F1
El Instituto del Café de Costa Rica, por
medio de
Ing. Edgar Rojas Rojas, Director
Ejecutivo.—Lic. Carlos Sandoval Torres, Jefe Contratación Administrativa.—1
vez.—(IN2012075468).
MUNICIPALIDAD
DE POÁS
LICITACIÓN
ABREVIADA 2012LA-000004-ASISTA
Adquisición
de un tractor agrícola tracción doble
de conexión
mecánica, modelo 2012
La suscrita Secretaria del Concejo Municipal,
hace constar que el Concejo Municipal del cantón de Poás, en su sesión
ordinaria Nº 115 celebrada el día 10 de julio del 2012, en forma unánime y
definitivamente aprobado, según Acuerdo Nº 6782-07-2012, basados en la
recomendación de
San Pedro de Poás, 13 de julio del
2012.—Edith Campos Víquez, Secretaria a. í.—1 vez.—(IN2012075555).
DIRECCIÓN
DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA
SANCIÓN
A PROVEEDOR
De conformidad con la resolución final Nº
DAI-1212-2012, del procedimiento administrativo 2012-001-DAI, de
San José, 12 de julio del 2012.—Subárea
Gestión Administrativa y Logística.—Ana Lorena Cruz Herrera, Jefa.—1
vez.—(IN2012074525).
DIRECCIÓN
LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000026-01
(Prórroga Nº 1)
Contratación
de servicios profesionales para el desarrollo
de fichas
técnicas y levantamiento de planos
arquitectónicos
de los diferentes edificios
del Banco
Nacional
Fecha y lugar de apertura.
Todas las ofertas deberán entregarse en
Las demás condiciones del cartel permanecen
invariables.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000022-PCAD
(Enmienda Nº 2)
Compra
de cajeros automáticos y dispensadores automáticos
(Consumo según
demanda)
Se les comunica a todos los interesados en
este concurso que el documento que contiene
Todas las demás condiciones, requisitos se
mantienen invariables.
San José, 16 de julio del 2012.—Proceso
Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1
vez.—(IN2012075495).
DEPARTAMENTO DE
SUMINISTROS,
BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2011LN-000005-01
(Ampliación)
Adquisición
de servicios de recepción técnica a través de líneas
telefónicas:
enlace de llamadas por el sistema 9-1-1, línea
gratuita 1147
para niños, niñas y adolescentes, línea
gratuita
800-2262626 para adolescentes madres
El Patronato Nacional de
San José, 16 de julio del 2012.—Departamento
de Suministros, Bienes y Servicios.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1
vez.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5882.—C-3100.—(IN2012075458).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000047-02
(Enmienda Nº 1)
Suministro
de camión de emergencia
Les comunicamos a los interesados en
participar en el concurso en referencia, que deben pasar al segundo piso de las
Oficinas Centrales de Recope a retirar la enmienda Nº 1 o bien, la misma estará
disponible en la página WEB de Recope www.recope.com.
Departamento Contratación Bienes y
Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
2012-0014.—Solicitud Nº 39197.—C-10360.—(IN2012075428).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000041-02
(Prórroga Nº 1 y
enmienda Nº 1)
Suministro
e instalación de dosificador
de presión en
Refinería
Les comunicamos a los interesados en
participar en el concurso en referencia, que deben pasar al segundo piso de las
Oficinas Centrales de RECOPE a retirar la enmienda Nº 1 y prórroga Nº 1 o bien,
las mismas estarán disponibles en la página Web de RECOPE www.recope.com. Así
mismo, la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 30
de julio del
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº
39198.—C-11300.—(IN2012075491).
COMPAÑÍA
NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
CONCURSO
DE ADQUISICIÓN Nº 2012PP-000010-PROV
Reconstrucción
del sistema de distribución eléctrica
en el cantón de
Vázquez de Coronado, incluye
materiales y
mano de obra
Les indicamos que para este concurso, se ha
realizado la aclaración Nº 2, la cual pueden pasar a retirar en nuestras
oficinas de
José Antonio Salas Monge, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(IN2012075242).
MUNICIPALIDAD
DE TIBÁS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000002-01
Se comunica que por razones acreditadas en el
expediente, se amplía el plazo de recepción de ofertas de
San Juan de Tibás, 16 de julio del
2012.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Karol González Román, Proveedora
Municipal a. í.—1 vez.—(IN2012075480).
MUNICIPALIDAD
DE ALAJUELA
LICITACIÓN
PÚBLICA 2011LN-000006-01
Contratación
de empresa especializada para la construcción
de calle nueva,
continuación de avenida 4,
en el distrito
de Alajuela
Lic. Johanna Madrigal Vindas, Proveedora
Municipal.—1 vez.—(IN2012075256).
Se comunica que la tasa básica que rige a
partir del 28 de junio del 2012 y hasta nuevo aviso es: 9,75%.
San José, 2 de julio del 2012.—División
Económica.—Róger Madrigal López, Director.—1 vez.—O. C. 12259.—Sol. Nº
5156.—C-6580.—(IN2012071601).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Las señoras Flora María Arrieta Córdoba
cédula 03-0137-0831 y/o Argentina Arrieta Córdoba cédula 03-0115-0022, han
solicitado la reposición del Certificado de depósito a plazo Nº 205 304 2057427
por la suma de ¢800.000,00 (ochocientos mil colones exactos), el cual venció el
día 25 de mayo del 2012, y los cupones de intereses Nº 903895 por ¢12,699.90 y
Nº 903896 por ¢12.699,90, los cuales fueron extraviados. Dichos documentos
fueron emitidos por el Banco Crédito Agrícola de Cartago.
Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro Código
de Comercio, Artículos 708 y 709. Transcurrido el término de quince días a
partir de la última publicación, se repondrá dicho Título Valor.
Cartago, 25 de mayo del 2012.—Plataforma de
Servicios.—Randall Castro Vega, Bancrédito Los
Ángeles.—RP2012310426.—(IN2012071035).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-2178-2012.—Siller Bedoya Luis Rey, R-105-2012,
costarricense, cédula de identidad número
ORI-2273-2012.—Rodríguez
Lizano Carlos Andrés, R-127-2012, costarricense, cédula de identidad número
ORI-2184-2011.—Ramos
Esquivel Allan Eduardo, R-118-2012, costarricense, cédula de identidad: 1 1188
ORI-2229-2012.—Pérez Guevara David, R-135-2012, peruano, residente temporal: 1604002339219, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Odontología Cirugía Oral y Maxilofacial, Universidad Nacional Autónoma de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072395).
ORI-2220-2012.—Mora Huerta Claudia, R-124-2012, mexicana, residente permanente: 1484001378111, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Economía, Universidad Panamericana, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072396).
ORI-2225-2012.—Montero
Echeverría Walter Esteban, R-129-2012, costarricense, cédula de identidad: 1
1051
ORI-2399-2012.—Martínez
Ávila Ángela Adriana, R-136-2012, colombiana, cédula de residente temporal
condición restringida 1170012460832, ha solicitado reconocimiento del diploma
de Optómetra, Universidad De
ORI-2342-2012.—Mardones
Hidalgo Melissa, R-128-2012, costarricense, cédula de identidad 1-1099-
ORI-2224-2012.—Malwe Claire Helene, R-121-2012-B, francesa, residente permanente: 12550000868830, ha solicitado reconocimiento del diploma de Estudios Avanzados en Derecho Publico General y en Derecho Ambiental, Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072400).
ORI-2223-2012.—Malwe Claire Helene, R-121-2012-A, francesa, residente permanente: 12550000868830, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Derecho, Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN201272401).
ORI-2354-2012.—Lozano Poveda Carmen Liliana, R-133-2012, colombiana, pasaporte número CC51967155, ha solicitado reconocimiento del diploma de Nutricionista Dietista, Universidad Nacional de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072402).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-2270-2012.—Coen Alfaro Enrique, R-130-2012,
costarricense, cédula de identidad número
ORI-2226-2012.—Cisneros
Orozco Oscar Eduardo, R-132-2012, costarricense, cédula de identidad: 5-0329-
ORI-2464-2012.—Cifre
Montaner Amparo, R-139-2012, española, pasaporte BE
ORI-2337-2012.—Chavarría
Bolaños Daniel, R-126-2012, costarricense, cédula de identidad 1-1142-
ORI-2285-2012.—Aguilar
Aguirre Elizabeth, R-125-2012, costarricense, cédula de identidad número
4-0118-
ORI-2288-2012.—Carballo
Murillo Natalia Eugenia, R-122-2012, costarricense, cédula de identidad número
ORI-2349-2012.—Arnaiz
Sori Karel, R-089-2012, cubano, categoría especial libre condición número
ORI-2466-2012.—Alicandu
Martínez Eduardo José, R-142-2012, venezolana, pasaporte
ORI-2345-2012.—Alfaro
Ureña Alonso, R-141-2011-B, costarricense, cédula de identidad número 1-1192-
ORI-2677-2012.—Araya
González Jorge Arnoldo, costarricense, cédula 1-0518-
ORI-2656-2012.—Arias
Murillo Mario Enrique, costarricense, cédula 5-0133-
ORI-2660-2012.—León
Rodríguez Adán Alberto, costarricense, cédula 2-0464-
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Rosia Azofeifa Romero, de nacionalidad costarricense,
cédula Nº 2-543-
OFICINA
DE RECONOCIMIENTO
Y EQUIPARACIÓN DE
TÍTULOS
Nuevas
tarifas para Reconocimiento de Grados y Títulos
El Consejo Nacional de Rectores, cédula
jurídica Nº 3-007-045437-08, en la sesión Nº 15-12, celebrada el 25 de junio de
2012, determinó lo siguiente:
Se acuerda en firme aprobar las nuevas
tarifas para el trámite de reconocimiento de grados y títulos que se
transcriben a continuación:
a. ¢100.000,00
para nacionales, extranjeros con cédula de residencia permanente y refugiados.
b. ¢200.000,00 para extranjeros.
Pavas, 4 de julio de 2012.—Francisco Vargas
Vargas, Asistente Administrativo.—1 vez.—(IN2012071696).
AVISO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Yo, Mayra Luisa Cambronero Agüero, cédula de
identidad Nº 1-303-
HOSPITAL
WILLIAM ALLEN DE TURRIALBA
APROBACIÓN
NOMBRAMIENTO DIRECTORA INTERINA
EDICTOS
La junta directiva de
HOSPITAL
MAX PERALTA JIMÉNEZ
Revocatoria
de poder general como Director Interino
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A Luis Guillermo Salas Arce, se le comunica
la resolución administrativa de las nueve horas del veinticinco de junio del
dos mil doce, que dicta medida de protección de abrigo temporal y otras y ubica
a las p.m.e. en Albergue Institucional. Indicándose que debe señalar lugar para
oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de revocatoria y de
apelación si se plantean dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de
su notificación, siendo competencia de esta Oficina Local resolver la
revocatoria, y el de apelación corresponde resolver a
A Julián Grisales Salazar, mayor, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del dieciocho de junio del dos mil doce, que dicta abrigo temporal en albergue institucional a favor de las personas menores de edad Bayron Jurlan Grisales Quesada. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de apelación si se plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 111-00547-2011.—Oficina Local de San José Oeste, junio 2011.—Hazel Oreamuno Sánchez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5856.—C-9920.—(IN2012070497).
A
Alexandra Ruiz Gutiérrez. Se le comunica que en esta Oficina Local se ordenó
dictar resolución administrativa de las trece horas treinta minutos del día
diecinueve de marzo del año dos mil doce, mediante la cual se ordena dictar
Resolución Administrativa de Protección y Suspensión del Ejercicio de
Se le
comunica al señor Martín Gamboa Bonilla, la resolución administrativa de las
ocho horas veintitrés minutos del dieciséis de enero del dos mil doce, con la
que se inicia el proceso especial de protección en Sede Administrativa dictando
medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Yarichian María
Gamboa Núñez; el plazo de la resolución es de seis meses contados a partir del
dictado del acto administrativo. En contra de la presente resolución procede el
recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un plazo de
cuarenta y ocho horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o
medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de ésta
Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto, incierto o el medio
ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo
transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Exp. Nº
342-00034-2010.—Oficina Local de
Se le
comunica al señor Jorge Mena Rosales, las resoluciones administrativas de las
diez horas trece minutos del nueve de marzo del dos mil doce, once horas
treinta minutos del nueve de marzo del dos mil doce, y de las trece horas
veintidós minutos del treinta de marzo del dos mil doce, con las cuales se
modificó la ubicación de la persona menor de edad Yendry Mena Campos, quien se
mantiene ubicada en la actualidad en el Albergue de Turrialba a espera de que
se resuelva su situación jurídica. En contra de las presentes resoluciones
procede el recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un
plazo de cuarenta y ocho horas después de notificada. Deberá además señalar
lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro
de ésta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto, incierto o el medio
ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo
transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Exp. Nº
113-00086-2002.—Oficina Local de
A
quien interese, se le comunica que por resolución de las nueve horas con quince
minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se declaró estado de
abandono en Sede Administrativa de la persona menor de edad Antony Emmanuel
Navarro Monge. Notifíquese: la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile paira recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después -de dictadas. Garantía de defensa; Se les hace saber además, que contra
la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con
apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación
a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta
representación legal, y el de apelación de
Se
comunica al señor: Eliécer Alberto Guevara Vásquez, mayor de edad,
costarricense, portador de la cédula de identidad número 1-1054-416, de
domicilio y demás calidades desconocidas, padre registral de la persona menor
de edad Mayelin Fabiola Guevara Jiménez, la resolución administrativa de esta
oficina de las once horas del veintitrés de abril de dos mil doce, en la cual
se dictó
Oficina
Local de Cañas a Víctor Elías Álvarez Jiménez se le comunica la resolución de
las siete horas treinta y cinco minutos del veintidós de mayo del dos mil doce,
que ordenó el inicio del proceso especial de protección, en beneficio de la
persona menor de edad Paola Álvarez Narváez. Notifíquese la anterior resolución
a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes
se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de
Oficina
Local de Cañas a Santos Emilio Sosa se le comunica la resolución de las siete
horas treinta minutos del diez de abril del dos mil doce, que ordenó el inicio
del proceso especial de protección y dictado de medida de abrigo temporal en
entidad pública, Albergue Lucecitas Valientes, ubicado en Liberia, en beneficio
de la persona menor de edad Clarissa Sosa Guzmán y su hijo Aarón Josué Sosa
Guzmán. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será
de conocimiento de
Oficina
Local de Cañas a Ólger Obando Ortega, se le comunica la resolución de las doce
horas del doce de diciembre del dos mil once, que ordenó proceso especial de
protección de cuido provisional en familia sustituta hogar de la señora
Margarita Gamboa Araya en beneficio de la persona menor de edad Hillary Rachell
Obando Ruiz, notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución
procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta
representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la
fecha de la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento
de
A
Marjorie Ruiz Gamboa se le comunica la resolución de las doce horas del doce de
diciembre del dos mil once, que ordenó proceso especial de protección de cuido
provisional en familia sustituta hogar de la señora Margarita Gamboa Araya en
beneficio de la persona menor de edad Hillary Rachell Obando Ruiz, notifíquese
la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de
Edgar
Antonio Jerez Picado se le comunica la resolución de las quince horas quince
minutos del ocho de mayo del dos mil doce, que ordenó el inicio del proceso
especial de protección y dictado de medida de cuido provisional en familia
sustituta, hogar de la señora Xinia Monge Artavia, quien habita en Cañas,
Barrio Unión, en beneficio de la persona menor de edad Yoilyn María Jerez
Campos y su hija recién nacida Dariana Fiorella Jerez Campos. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes el recurso será de conocimiento de
A
quien interese se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas
del veintiséis de junio de dos mil doce, que se declara en estado de abandono
administrativo de las personas menores de edad Josué David y Jonathan Raúl
Castillo Campos y se deposita al joven Jhonathan Raúl Castillo Campos en el
hogar de la señora Mileydy Chavarría Campos. El joven Josué David Castillo
Campos; se ordena el depósito en el Patronato Nacional de
Al
señor José Amado Mora Monge, se le notifica que mediante resolución de las
nueve horas del catorce de junio del dos mil doce, se ordena abrigo temporal de
la persona menor de edad Greivis Steven Mora Meza, en uno de los albergues
institucionales. Lo anterior por el plazo máximo de seis meses. Contra la
presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante
Al
señor Santos Orozco Hernández, de calidades desconocidas, se le comunica la
resolución de las nueve horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil
doce, que ordenó el abrigo temporal en el Hogar Ama, ubicado en Pérez Zeledón,
a favor de su hijo Leiner Eduardo Orozco Sánchez, como medida de protección.
Para interponer recurso de apelación, de manera verbal o por escrito, tiene
plazo de cuarenta y ocho horas a partir de la tercera publicación de este
edicto, el cual debe ser presentado en esta Oficina Local, en horas laborales
de siete y treinta y las dieciséis horas y señalar lugar o medio para recibir
notificaciones, para ser elevado ante
Al
señor José Isidro Hernández Hernández de
calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le comunica la
resolución administrativa de las once horas del veinticinco de junio de dos mil
doce, que incluye al joven José David Hernández Ramírez en el programa que
desarrolla Hogar Crea de niños y adolescentes de Heredia. Plazo para oposiciones
cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto,
mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina
Local, en forma verbal o escrita; oficina que lo elevará ante
Se le
comunica al señor José Martínez Rivas, la resolución de las trece horas treinta
minutos del cinco de mayo del dos mil doce, en la que resuelve dictar medida de
protección administrativa de cuido provisional en familia sustituta en
beneficio de la persona menor de edad Alison María Martínez Coca, ubicándolos
en el hogar de la señora Tomasa Díaz Ruiz. Notifíquese lo anterior a la
interesada, de conformidad con
A la
señora Audelia María Amador Alvarado, progenitora de la persona menor de edad
María Guadalupe Amador Alvarado, que por resolución administrativa de las siete
horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, se
dicta medida de cuido provisional a favor de la citada menor en el recurso
familiar de la señora Rosa Romero Romero. Recursos. Procede el recurso de
apelación para ante
Al
señor Isabel Antonio Romero Leiva, progenitor de las personas menores de edad
Justin Antonio y Johany Fabián ambos de apellidos Romero Monge, que por
resolución administrativa de las catorce horas del veintiocho de junio del dos
mil doce, se dicta medida de cuido provisional a favor de los citados menores
en el recurso familiar de la señora Maritza Calderón Pérez. Recursos. Procede
el recurso de apelación para ante
A los señores Lizeth Melissa Gayle Gómez y Roy Francisco Brenes Molina, que por resolución administrativa de las ocho horas del doce de junio del dos mil doce, se les ordenó someterse al proceso de orientación apoyo y seguimiento a la familia. Expediente administrativo Nº 331-00096-2012.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5862.—C-6620.—(IN2012072348).
A la
señora Martha Patricia Mata Nelson domicilio actual desconocido. Se le comunica
la resolución de las siete horas con treinta y tres minutos del día catorce de
junio del dos mil doce, a favor de la persona menor de edad Noelia Mata Nelson.
Contra esta resolución procede el recurso de apelación dentro de las cuarenta y
ocho horas siguientes a la publicación de este edicto, correspondiendo a
Oficina
Local de Cartago a quien interese: se comunica que por resolución
administrativa de las once horas del veintinueve de junio del dos mil doce,
dictada por el Patronato Nacional de
Oficina
Local de San José. Al señor Richart Roberts, mayor de edad, nacionalidad
norteamericana, y demás calidades desconocidas, se tramita el expediente
115-241-08, se le comunica la resolución de las veinte horas y treinta minutos
del tres de junio del año dos mil doce, que dicta cuido provisional, de la
persona menor de edad Jacob Richard Robert Gómez, en su abuela materna la
señora Yolanda Ileana Saenz Espolette. Además se le comunica la resolución de
las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de junio del año dos mil doce,
que dicta incompetencia territorial y se envía el expediente en mención a
Oficina Local de Heredia al señor Gerald
Montiel Rodríguez, se le comunica la resolución de las quince horas del catorce
de junio del dos mil doce, que ordenó la medida de cuido provisional del niño
Sebastián Montiel García en la figura de la señora Carla Rivera Elizondo. Se
previene a las partes señalar lugar para futuras notificaciones en el perímetro
de
EDICTOS
Nº DCI-OF-330-2012.—Para los fines consiguientes
el Departamento de Captación de Ingresos de
San Pedro de Montes de Oca, 29 de junio del
2012.—Dpto. de Captación de Ingresos.—Alejandro Villalobos M, Jefe.—1
vez.—RP2012310535.—(IN2012071036).
Nº 002-2012.—Para los fines consiguientes el
Departamento de Patentes de
San Pedro de Montes de Oca, 11 de enero del
2012.—Departamento de Patentes.—Liliana Barrantes E., Jefa.—Melania Solano
Coto.—1 vez.—(IN2012071768).
Nº DCI-OF-196-2012.—Para los fines
consiguientes el Departamento de Captación de Ingresos de
San Pedro de Montes de Oca, 7 de mayo del
2012.—Departamento de Captación de Ingresos.—Alejandro Villalobos M., Jefe.—1
vez.—RP2012310816.—(IN2012071927).
Acuerdo tomado en
Arrendataria: Ma. Isabel Guevara Conejo, cédula 4-091-610
Beneficiarios: Ivannia
Campos Guevara, cédula 4-162-855
Carolina Campos Guevara, cédula 4-196-373
Derecho ubicado en el Cementerio Central, lote Nº 45
bloque I con una medida de
Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de
Rentas y Cobranzas de fecha 01-12-2011.
Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el
mismo para que se apersone a
Departamento de Rentas y Cobranzas.—Lic. Hellen
Bonilla Gutiérrez, Jefa.—1 vez.—(IN2012072440).
El Concejo Municipal de
Santa Bárbara de Heredia, 27 de junio del
2012.—Beana C. Cubero Castro, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2012071619).
HOTELERA
A solicitud del señor Franco D’agapiti, con cédula
de residencia número 138000136330, quien actúa en su condición de gerente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad
Euroinmobiliaria Tirrena Sociedad de Responsabilidad Ltda., con cédula jurídica
número 3-102-521194, sociedad que es dueña de más del veinticinco por ciento
del capital social de la empresa Hotelera
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
HOTELERA
PLAYA FLAMINGO S. A.
Certificado de Acción Nº 2641 y Certificado
de Libre Alojamiento Nº
BANCO
CITIBANK DE COSTA RICA S. A.
María Carmenza Calero de único apellido,
mayor, soltera, ama de casa, vecina de Heredia, de nacionalidad nicaragüense,
cédula de residencia 155808919018, hace saber que soy dueña del certificado de
depósito a plazo 2250030006198 del Banco Citibank de Costa Rica S. A. y que el
mismo se me extravió por lo cual solicito su reposición.—Heredia, 4 de julio
del 2012.—María Carmenza Calero.—(IN2012071597).
DESARROLLO
Desarrollo
BALDIOSA
S. A.
Baldiosa S. A., cédula jurídica 3-101-
BANCO
CATAY
Yo Hu Xiao Juan, de nacionalidad china,
cédula de residencia 115600370630, consciente de las penas de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN
DEPORTIVA DE EMPLEADOS DE
COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
Yo, Célimo Juárez Avilés, mayor, casado una
vez, técnico electricista, vecino de San José, Coronado, portador de la cédula
de identidad número: cinco-doscientos setenta-ciento treinta, presidente y
representante legal de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura otorgada en esta ciudad ante los
notarios Mario Alberto Umaña Rojas y el suscrito, a las 9 horas del 18 de mayo
en curso, Ricrisán de Salud S. A., cédula jurídica 3-101-511301,
traspasó a Farmacia Rohrmoser S. A., cédula jurídica 3-101-301438, el
establecimiento mercantil denominado Farmacia Rohrmoser, situada en San
José,
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por
escrituras otorgadas en esta ciudad y notaría a las 8:00, 8:15, 8:30, 8:45,
9:00, 9:15, 9:30, 9:45, 10:00, 10:15, 10:30, 10:45, 11:00, 11:15, 11:30, 11:45
y 12:00 horas de hoy respectivamente, protocolicé actas de asambleas generales
de Inmobiliaria Topacio Sólido S. A.,
Inmobiliaria Esmeralda Incandescente S. A., Inmobiliaria Esmeralda Real S. A.,
Inmobiliaria Esmeralda del Mar Rojo S. A., Inmobiliaria Cristales de Topacio S.
A., Inmobiliaria Topacio de Fuego S. A:, Inmobiliaria Topacio Real S. A.,
Inmobiliaria Topacio Incandescente S. A., Inmobiliaria Esmeralda Imperial S.
A., Inmobiliaria Esmeralda Antigua S. A., Inmobiliaria Cristales de Esmeralda
S. A., Inmobiliaria Esmeralda Ancestral S. A., Inmobiliaria Esmeralda de
Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general de Kike María S. A., celebrada en San José a las nueve horas del catorce de junio en curso, mediante la cual se dispuso disolver la sociedad y se tomaron otros acuerdos.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—(IN2012067360).
Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría a las ocho horas y treinta minutos de hoy, protocolicé acta de asamblea general de Ilsana S. A., celebrada en San José a las diez horas del catorce de junio en curso, mediante la cual se dispuso disolver la sociedad y se tomaron otros acuerdos.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—(IN2012067361).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se disolvió 3-101-617903 sociedad anónima, cédula jurídica 3-101-617903. Domicilo: San José.—San José, 25 de junio del dos mil doce.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012067362).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Banja Luka Supremo Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067363).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Caverna de Cristal Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067364).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Chiclayo Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067365).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Come Together Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067366).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Comercial Banjul Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067367).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Comercial Fango de Verano Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067368).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Danzatoria Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067369).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Derde Seis Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067370).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Derde Quince Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067371).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Derde Dieciséis Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067372).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Derde Treinta y Uno Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067373).
Hago
constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por
escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la
disolución de la compañía Desarrollos Palacio de
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Inversiones Badulla Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067375).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Inversiones Jabrin Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067376).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Inversiones Mildura Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067377).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Inversiones Pula Labin Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067378).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Isla Solin Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067379).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Kabulia Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067380).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Kupa del Cielo Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067381).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Le Parole Vive Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067382).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Magnolia de Acero Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067383).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Nero Ritorno Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067384).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Parromaye Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067385).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Patio Bullrich Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067386).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Pernambuco Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067387).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Pucacuro Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067388).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Siglo de Fuego Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067389).
Hago constar para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Valle Sagrado Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067390).
Hago constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Viento del Pantano Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067391).
Hago constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Ochenta y Cuatro Mil Ochocientos Dieciocho Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067392).
Hago
constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por
escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la
disolución de la compañía A.B Flores de
Hago constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Abedules Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067394).
Hago constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada hoy ante mí a las catorce horas, se ha acordado la disolución de la compañía Baldomero del Lirio Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Carolina Kierszenson Lew, Notaria.—1 vez.—(IN2012067395).
En
expediente notarial número catorce del dos mil doce, iniciado en la notaría del
notario Mario Morales Villalobos en la ciudad de Alajuela, en avenida cinco,
calles central y segunda, el señor Miguel Ángel Obando Vallejos, cédula 5-146-
En
expediente notarial número trece del dos mil doce, iniciado en la notaría del
notario Mario Morales Villalobos en la ciudad de Alajuela, en avenida cinco,
calles central y segunda, el señor Miguel Ángel Obando Vallejos, cédula 5-146-
En
expediente notarial número doce del dos mil doce, iniciado en la notaría del
notario Mario Morales Villalobos en la ciudad de Alajuela, en avenida cinco,
calles central y segunda, el señor Miguel Ángel Obando Vallejos, cédula 5-146-
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Ocho Mil Setecientos Once Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y ocho mil setecientos once, se acuerda disolver y liquidar la sociedad anónima.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2012067400).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: IGL Información Global Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cinco mil doscientos cincuenta y tres. Se acuerda disolver y liquidar la sociedad anónima.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2012067401).
Por escritura autorizada por mí a las 13:00 horas del día 22 de junio del 2012, se solicitó la disolución de las sociedades Tito Aguirre y Asociados S. A., Corporación Industrial del Mueble Italiano S. A., y Panel Concepto S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Oldemar Ramírez Escribano, Notario.—1 vez.—(IN2012067402).
Por escritura autorizada por mí a las 12:00 horas del día 22 de junio del 2012, se solicitó la disolución de la sociedad Panelforma S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Oldemar Ramírez Escribano, Notario.—1 vez.—(IN2012067404).
Los suscritos Marcelo Pérez Calvo y Marvin Pérez Calvo, como socios y dueños del capital social de la sociedad Miflo Alajuelense S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos dieciséis, notifican que se ha determinado la disolución de esta sociedad.—Alajuela, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Chacón Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012067405).
Los suscritos Marvin Pérez Calvo y Thomas Bricker Ghormley como socios y dueños del capital social de la sociedad Northstar Holdings N S H S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil setecientos cincuenta y siete, notifican que se ha determinado la disolución de esta sociedad.—Alajuela, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Chacón Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012067406).
Los suscritos Enrique Montero López y Marvin Pérez Calvo, como socios y dueños del capital social de la sociedad Monpe de Alajuela S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y un mil seiscientos noventa y seis, notifican que se ha determinado la disolución de esta sociedad.—Alajuela, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Chacón Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012067407).
Los suscritos Enrique Montero López y Marvin Pérez Calvo, como socios y dueños del capital social de la sociedad Esgaha de Alajuela S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil cuatrocientos catorce, notifican que se ha determinado la disolución de esta sociedad.—Alajuela, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Chacón Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012067408).
Por escritura veintiúno del tomo once de mi protocolo, autorizada a las 16:00 horas del 25 de los corrientes, se solicitó disolución de las entidades Gipea de Costa Rica S. A. y DECOMER, Desarrollos Comerciales S. A.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Guillermo José Herrera Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012067409).
Ante esta notaría, mediante escritura pública número ciento setenta y seis, otorgada ante esta notaría al ser las ocho horas del día veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de socios, donde por decisión unánime de socios se ha acordado disolver la sociedad anónima denominada Asuán Consultores Constructores S. A. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012067410).
Ante esta notaría, mediante escritura pública número ciento setenta y ocho, otorgada ante esta notaría al ser las diez horas del día veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de socios, donde por decisión unánime de socios se ha acordado disolver la sociedad anónima denominada Lapislázuli y Joyas S. A. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012067411).
Ante esta notaría, mediante escritura pública número ciento setenta y cinco, otorgada ante esta notaría al ser las siete horas del día veinticinco de junio del dos mil doce, por decisión unánime de socios se ha acordado disolver la sociedad anónima denominada Santa Fe Transportes S. A. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012067412).
Ante esta notaría, mediante escritura pública número ciento setenta y siete, otorgada ante esta notaría al ser las nueve horas del día veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de socios, donde por decisión unánime de socios se ha acordado disolver la sociedad anónima denominada Promotora de Construcciones Don Américo S. A. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012067413).
Por escritura número ciento setenta y tres, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinte de junio del dos mil doce, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad denominada Hidraterra Tecnología Bio Industrial S. A., cédula jurídica 3-101-386415.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Clara Zúñiga Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067414).
Por escritura número ciento setenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las once horas del veinte de junio del dos mil doce, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad denominada Inversiones Mil Cincuenta y Tres S. A., cédula jurídica 3-101-166215.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Clara Zúñiga Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067415).
Mediante escritura pública número 18-7 de las 11:00 horas del 19 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de Café Veneciano S. A., cédula 3-101-044505, en la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—(IN2012067416).
Mediante escritura pública número 20-7 de las 15:00 horas del 19 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de El Choclo S. A., cédula 3-101-028919, en la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—(IN2012067417).
Mediante escritura pública número 19-7 de las 13:00 horas del 19 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de 3-101-629650 s. a., en la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—(IN2012067418).
Mediante escritura pública número 21-7 de las 10:00 horas del 20 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de Acacias del Desierto S.R.L., cédula 3-102-640594, en la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—(IN2012067419).
Mediante escritura pública número 17-7 de las 8:00 horas del 19 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de Tabriz S. A., cédula 3-101-132976, en la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—(IN2012067420).
Mediante escritura pública número 164-7 de las 9:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de Klote Servicios de Fiesta S. A., cédula 3-101-193500, en la que se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Larissa Seravalli Saurez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067421).
Por escritura otorgada a las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría por acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad Super Valuecorp S. A.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067422).
Por escritura otorgada a las nueve horas del veintiséis de junio del dos mil doce, ante esta notaría por acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad Deportes Alexis Camacho S. A.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067423).
A las once horas treinta minutos del veinticinco de junio de dos mil doce, Kushipu Uno Limitada, otorgó ante esta notaría, escritura en la que acordó de forma unánime su disolución inmediata.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012067424).
Al ser las 13:00 horas del día de hoy, la empresa Andremar Internacional S. A.; cédula jurídica número: 3-101-155277; acuerda la disolución y liquidación, sin distribución de bienes por no existir.—Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. María Salomé Murillo Segura, Notaria.—1 vez.—(IN2012067425).
Al ser las 12:00 horas del día de hoy, la empresa Sistemas de Bienestar Integral A J O N S. A.; cédula jurídica 3-101-466640; acuerda la disolución y liquidación, sin distribución de bienes por no existir.—Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. María Salomé Murillo Segura, Notaria.—1 vez.—(IN2012067427).
Por escritura de las trece horas del veintiocho de junio del dos mil doce, otorgada en mi notaría, se disolvió la sociedad denominada Ferretería Isis Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-261268, domiciliada en Cinco Esquinas de Tibás, doscientos metros oeste de Clínica Clorito Picado.—San José, José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Edgar Ómar Belloso Montoya, Notario.—1 vez.—(IN2012067428).
En
mi notaría hoy, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de
En mi notaría he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad, de esta plaza Sourfins Toucans S. A., cédula jurídica 3-101-323948. Se acuerda disolver la sociedad. Escritura Nº 183 tomo 10 de la notaria María Isabel González Rojas.—Lic. María Isabel González Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012067431)
En mi notaría he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Flyin Mangos S. A., cédula 3-101-323786. Se acuerda disolver la sociedad. Escritura Nº 184 tomo 10 de la notaria María Isabel González Rojas.—Lic. María Isabel González Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012067432).
En mi notaría hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Residencial Pico Blanco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-130850 .Se acuerda disolver la sociedad. Escritura número 182 tomo 10 de la notaria María Isabel González Rojas.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. María Isabel González Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012067433).
Ante mí, Marco Cordero Gallardo, notario público, escritura número trescientos trece, folio ciento ochenta y cinco vuelto tomo cinco, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Asesoría y Capacitación Profesional de Costa Rica S. A. Se acuerda disolver la sociedad.—Cartago, 26 de junio del 2012.—Lic. Marco Cordero Gallardo, Notario.—1 vez.—(IN2012067434)
Por escritura otorgada ante mí a las 12:30 horas del 27 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Link it Consultoría S. A., cédula jurídica 3-101-555532 mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas primera, segunda y octava del pacto constitutivo.—Heredia 27 de junio del 2012.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012067452).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Memoria Lumínica Fotografía S. A., cédula jurídica 3-101-285313, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Jacqueline Salas Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012067453).
La
suscrita licenciada Elena Rodríguez Cheung notaria pública con oficina en
abierta en San José, hace público el manifiesto, que ante mi notaría se está
tramitando proceso de fusión de las sociedades Romantec Platino de Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-511074, Gestiones
Comerciales Enlaces Paumarie Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-
Ante
esta notaría, se procede a la disolución de las sociedades Casa Lis S. A.,
con cédula jurídica Nº 3-101-397813, Gonma Montezuma S. A., con cédula
jurídica Nº 3-101-187371, Los Sueños de Maresco S. A.,
Ante
esta notaría, se procede a la disolución de las sociedades Lovi Traduciones
Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-614512, Inversiones Sport
Jordan Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-521447, Centro de
Servicio
Ante esta notaría, se procede a la disolución de la sociedad Inversiones para el Desarrollo Humano S.P. Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica numero tres-ciento dos-trescientos sesenta y dos mil ochocientos veintiséis.—San José. 28 de junio del 2012.—Lic. Óscar Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—(IN2012067457).
En
esta notaría, sita en la ciudad de San José, Nº 2708 de la calle 27, avenidas
central y primera, barrio
Por escritura de protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa R Y G Comercializadora de Belén S. A., otorgada a las 11:00 horas del día 28 de junio del dos mil doce, se reformaron las cláusulas segunda domicilio, quinta capital social, sétima administración, se nombró vicepresidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—Belén, Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Luis Fernando Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2012067460).
Por escritura número cuarenta y tres-tres otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, por acuerdo de socios, se conviene disolver la sociedad anónima denominada Distribuidora Gioluga Sociedad Anónima. Presidenta: Guadalupe Lisbeth Herrera Fernández.—Lic. Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2012067461).
El día de hoy ante mi notaría, en escritura pública, las socias de Ale y Ady S. A., acuerdan su disolución y liquidación.—Escazú, San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Tatiana Rojas Cobb, Notaria.—1 vez.—(IN2012067462).
El
día de hoy ante mi notaría, en escritura pública, los socios de
El día de hoy ante mi notaría, en escritura pública, los socios de Estética Internacional L & A S. A., acuerdan su disolución y liquidación.—Escazú, San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Tatiana Rojas Cobb, Notaria.—1 vez.—(IN2012067464).
El día de hoy ante mi notaría, en escritura pública, los socios de Estética Moderna S. A., acuerdan su disolución y liquidación.—Escazú, San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Tatiana Rojas Cobb, Notaria.—1 vez.—(IN2012067465).
El día de hoy ante mi notaría, en escritura pública, los socios de Rigrady de Escazú S.R.L., acuerda su disolución y liquidación.—Escazú, San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Tatiana Rojas Cobb, Notaria.—1 vez.—(IN2012067466).
El
día de hoy ante mi notaría, en escritura pública, los socios de
El día de hoy por escritura pública ante mi notaría, los socios de Belleza en Línea Belsa S. A., acordaron su disolución y liquidación.—San Rafael de Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—(IN2012067468).
El día de hoy ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios de Danafre Bis S. A., mediante la cual se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San Rafael de Heredia, 19 de junio del 2012.—Lic. Manuel Francisco Camacho Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012067469).
La suscrita notaria hace constar que el día de hoy ante su notaría los socios de Veintisiete del Nueve E Sociedad Anónima acordaron la disolución y liquidación de dicha sociedad.—San Rafael de Heredia, 19 de junio del 2012.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—(IN2012067470).
El día de hoy ante mi notaría, en escritura pública, los socios de Inversiones Palomita S. A., acuerdan su disolución y liquidación.—San Rafael de Heredia, 22 de junio del 2012.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—(IN2012067471).
La suscrita notaria hace constar que el día de hoy ante mi notaría se protocolizó acta de asamblea general de socios de PI Proyectos en Informática S. A., en la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad.—San Rafael de Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—(IN2012067472).
Por escritura número cuarenta y cuatro-tres otorgada ante esta notaría a las catorce horas veinte minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, por acuerdo de socios, se conviene disolver la sociedad anónima denominada Grupo Edcajoma Ramírez Arce Sociedad Anónima. Presidente Luis Alejandro Jiménez Luna.—Lic. Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2012067473).
Por
escritura número cuarenta y cinco-tres otorgada ante esta notaría a las catorce
horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, por acuerdo de
socios, se conviene disolver la sociedad anónima denominada Rincón de
Por escritura Nº 1, autorizada en esta notaría, a las 08:30 horas del 28 de junio del 2012, se disuelven y liquidan las sociedades: ATLANTIS PLAZA AMBLIGONITA Nº 64 S. A.; ATLANTIS PLAZA AZABACHE Nº 29 S. A.; ATLANTIS PLAZA CELESTINA Nº 44 S. A.; ATLANTIS PLAZA CINABRIO Nº 19 S. A.; ATLANTIS PLAZA CIRCON Nº 30 S. A.; ATLANTIS PLAZA CITRINA Nº 49 S. A.; ATLANTIS PLAZA COBRE Nº 38 S. A.; ATLANTIS PLAZA CORAL Nº 35 S. A.; ATLANTIS PLAZA CRISOPACIO Nº 20 S. A.; ATLANTIS PLAZA CRISOPRASA Nº 48 S. A.; ATLANTIS PLAZA CRISTAL DE CUARZO Nº 39 S. A.; ATLANTIS PLAZA CUARZO Nº 4 S. A.; ATLANTIS PLAZA DEL HIERRO Nº 42 S. A.; ATLANTIS PLAZA GEODA Nº 37 S. A.; ATLANTIS PLAZA GRANITO Nº 34 S. A.; ATLANTIS PLAZA MADREPERLA Nº 36 S. A.; ATLANTIS PLAZA MÁRMOL Nº 33 S. A.; ATLANTIS PLAZA OJO DE ÁGUILA Nº 25 S. A.; ATLANTIS PLAZA OJO DE BUEY Nº 31 S. A.; ATLANTIS PLAZA OLIVINO Nº 47 S. A.; ATLANTIS PLAZA ONIX Nº 3 S. A.; ATLANTIS PLAZA ORO Nº 40 S. A.; ATLANTIS PLAZA OROPIMENTE Nº 45 S. A.; ATLANTIS PLAZA ORTOSA Nº 46 S. A.; ATLANTIS PLAZA PERIDOTO Nº 50 S. A.; ATLANTIS PLAZA PERLA NEGRA Nº 32 S. A.; ATLANTIS PLAZA RUTILO Nº 27 S. A.; ATLANTIS PLAZA TANZANITA Nº 59 S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067475).
Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Transportes Herrera Sociedad Anónima, otorgada ante esta notaría, a las 8 horas 30 minutos del 27 de abril del 2012, se hacen nombramientos de secretaria de junta directiva y fiscal, se reforma la cláusula del capital social, se reforma la representación legal, se modifica el domicilio social, y se reforma la razón social la cual se llamará en adelante: Greening Hills Sociedad Anónima.—Barva, 19 de junio del 2012.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—(IN2012067476).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del día 22 de junio del 2012, se realizó la disolución de la sociedad: Villa Shaca Sociedad Anónima, entidad portadora de la cédula jurídica Nº 3-101-473185. Capital social: 10.000,00 colones. Heidi Cascante Villalobos, quien es propietaria de 10 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Heredia, 25 de junio del 2012.—Lic. Marjorie Morales Acosta, Notaria.—1 vez.—(IN2012067477).
Por escritura Nº 2, autorizada en esta notaría, a las 08:45 horas del 28 de junio del 2012, se disuelven y liquidan las sociedades: CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA GUZMANIA Nº 111 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA HADRIA Nº 113 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA HALESIA Nº 112 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA HEMATITA Nº 116 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA HIEDRA Nº 114 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA HIERRO Nº 117 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA HIGUERÓN Nº 115 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA HORTENSIAS Nº 118 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA IRIDIO Nº 119 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA JACINTA Nº 122 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA JADE Nº 121 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA JASPE Nº 120 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA JAZMÍN Nº 123 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA LARIX Nº 126 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA LAUREL Nº 127 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA LAVANDA Nº 124 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA LIRIO AZUL Nº 125 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA LITIO Nº 128 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA MADRESELVA Nº 129 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA MAGNESIO Nº 140 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA MAGNOLIA Nº 137 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA MALAQUITA Nº 131 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA MALINCHE Nº 133 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA MANZANILLO Nº 130 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA MANZANO Nº 134 S. A. CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA MARCASITA Nº 132 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA MÁRMOL BLANCO Nº 135 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA MERCURIO Nº 136 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA MORELLA Nº 138 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA MORUS Nº 139 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA NEGUILLA Nº 141 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA NÍQUEL Nº 142 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA NOGAL Nº 143 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA OBSIDIANA Nº 152 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA OJO DE ÁGUILA Nº 153 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA OJO DE GATO Nº 154 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA OJO DE TIGRE Nº 148 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA OLIVO Nº 158 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA OMBÚ Nº 151 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA ONIX Nº 149 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA OPALO Nº 150 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA ORO Nº 156 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA ORQUÍDEAS Nº 157 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA OSMIO Nº 155 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PALADIO Nº 160 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PALO DE ARCO Nº 159 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PERIDOTO Nº 162 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PERLA NEGRA Nº 161 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PESQUIERA Nº 145 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PIEDRA LUNAR Nº 163 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PIMPINELA Nº 164 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PINOS Nº 165 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PIRITA Nº 171 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PLATA Nº 168 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PLATINO Nº 169 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PLOMO Nº 167 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA POLONIO Nº 166 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA PRIMAVERA Nº 170 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA ROBINIA Nº 172 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA RODIO Nº 173 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA RODOCROSITA Nº 174 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA ROMERO Nº 175 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA ROSA DEL DESIERTO Nº 176 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA RUBELITA Nº 177 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA RUBÍ Nº 178 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA SABINITA Nº 146 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA SALICARIA Nº 179 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA SALICIANA Nº 180 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA SALVIA Nº 147 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA SERDONICE Nº 144 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA SORBUS Nº 182 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA TANZANITA Nº 183 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA TITANIO Nº 184 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA TOPACIO Nº 185 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA TRÉBOL Nº 186 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA TULIPÁN Nº 187 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA TURMALINA Nº 189 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA TURQUESA Nº 188 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA ULMARIA Nº 190 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA VAINILLA Nº 191 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA VALAITA Nº 196 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA VALERIANA Nº 192 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA VANAIDITA Nº 193 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA VERBENA Nº 194 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA VIOLETA Nº 195 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA ZAFIRO AZUL Nº 197 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA ZICARTO Nº 181 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA ZINC Nº 200 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA ZOARA Nº 199 S. A.; CONDOMINIO VISTAS DE NUNCIATURA ZOISITA AZUL Nº 198 S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067478).
Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 20 de junio del 2012, se acordó disolver la sociedad: Cincuenta y Cinco Punto Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-255780.—Barva, 22 de junio del 2012.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—(IN2012067479).
Por escritura Nº 3, autorizada en esta notaría, a las 09:00 horas del 28 de junio del 2012, se disuelven y liquidan las sociedades: ATLANTIS PLAZA DIAMANTE Nº 12 S. A.; ATLANTIS PLAZA ESMERALDA Nº 14 S. A.; ATLANTIS PLAZA TURMALINA Nº 15 S. A.; ATLANTIS PLAZA ZAFIRO Nº 13 S. A.; CONSTRUCCIONES Y DISEÑO GUACHIPELÍN CDG S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067480).
Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 50 minutos del 20 de junio del 2012, se acordó disolver la sociedad: Cincuenta y Cuatro Punto Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-256248.—Barva, 22 de junio del 2012.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—(IN2012067481).
Por escritura Nº 4, autorizada en esta notaría, a las 09:15 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve y liquida la sociedad: Constructora y Desarrolladora Ofibodegas S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067482).
Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 20 de junio del 2012, se acordó disolver la sociedad: Inversiones Aranjuez Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-26319.—Barva, 22 de junio del 2012.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—(IN2012067483).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veintidós de junio del dos mil doce, a las ocho horas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad: Dakar Toors Sociedad Anónima, en la cual se disuelve la sociedad anónima.—Atenas, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012067484).
Mediante
protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada
ante esta notaría, a las 11:00 horas del 25 de junio del 2012, se acordó
disolver la sociedad: Corporación Inmobiliaria
Por escritura Nº 5, autorizada en esta notaría, a las 09:30 horas del 28 de junio del 2012, se disuelven y liquidan las sociedades: Litani S. A., y Atlantis Plaza Jaspe Nº 6 S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067486).
Por escritura Nº 6, autorizada en esta notaría, a las 09:45 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve y liquida la sociedad: Desarrollos Urbanísticos Leumi S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067487).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veintiuno de enero del dos mil doce, a las trece horas, en la ciudad de Atenas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad: Inversiones Román y González E. P. Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo.—Atenas, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012067488).
Por escritura Nº 7, autorizada en esta notaría, a las 10:00 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve y liquida la sociedad: Jerez de Fuego S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067489).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veintiocho de junio del dos mil doce, a las ocho horas treinta minutos, se realizó escritura pública de disolución de la sociedad: Inversiones Chaves y Gadea J R Sociedad Anónima.—Atenas, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012067491).
Por escritura Nº 8, autorizada en esta notaría, a las 10:15 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve y liquida la sociedad: Sala Lambel S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067493).
Por escritura Nº 9, autorizada en esta notaría, a las 10:30 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve y liquida la sociedad: Shirakawa Resort Altos 275 S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067495).
Ante mí, Pablo Arias González, notario con oficina en Atenas, comparecieron la totalidad de las acciones que conforman el capital social de la sociedad: Agroluber Industrial Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos setenta y un mil ciento nueve, y en forma unánime mediante escritura número doscientos cincuenta y nueve, otorgada en la ciudad de Atenas, a las quince horas del veinte de junio del dos mil doce, escritura visible al folio ciento noventa y uno vuelto del tomo ocho del protocolo del suscrito notario y por acuerdo unánime, se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(IN2012067496).
Por escritura Nº 10, autorizada en esta notaría, a las 10:45 horas del 28 de junio del 2012, se disuelven y liquidan las sociedades: Consorcio Empresarial Bavaria S. A.; Desarrollo Inmobiliario KASA 214 S. A., e Inversiones Mar de Fuego S.A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067497).
Por escritura número ciento veintiséis-seis, en Palmares de Alajuela, al ser las dieciséis horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se procedió a disolver la sociedad denominada: Inmobiliaria Camdel Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos treinta y seis mil ciento veinte.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2012067498).
Por
escritura Nº 11, autorizada en esta notaría, a las 11:00 horas del 28 de junio
del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea general de accionistas de Desarrolladora
Cima de
Por escritura Nº 12, autorizada en esta notaría, a las 11:15 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 3 de asamblea general de accionistas de Distribuidora Comercial T&K S. A., por medio de la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067500).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela, a las 08:00 horas del 28 de junio del 2012, se disolvió la empresa: Innovación Tecnológica (INTEC) SRL, cédula jurídica Nº 3-102-121195.—Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067501).
Mediante
escritura Nº 182-8, ante mí, Laura Patricia Charpentier Soto, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de la sociedad: Sacrafe S. A., celebrada
a las 8:00 horas del 1º de junio del 2012, en el domicilio social: Barrio El
Capulín, Liberia, Guanacaste, ochocientos metros oeste de
Por escritura Nº 13, autorizada en esta notaría, a las 11:30 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea general de accionistas de Grupo Desarrollador Guachipelín GDG S. A., por medio de la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067503).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela, a las 11:00 horas del 28 de junio del 2012, se reformó las cláusulas sexta, novena y décima tercera del pacto constitutivo, y se nombró nueva junta directiva y fiscal de la empresa: Tostadora Monge y Calvo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-258417.—Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067504).
Por escritura Nº 14, autorizada en esta notaría, a las 11:45 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea general de accionistas de Arquitectura Grupo Leumi S.A., por medio de la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067505).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública de Alajuela, a las 07:00 horas del 27 de junio del 2012, se disolvió la empresa: Arrowhead Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-631774.—Alajuela, 27 de junio del 2012.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067506).
Por escritura número setenta y cuatro-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, otorgada a las diecinueve horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número dos de la sociedad: Grupo Asesor Interdisciplinario de Centroamérica GAICA S. A., cédula jurídica Nº 3-101-262014, en que se disuelve la empresa.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012067507).
Por escritura número setenta-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, otorgada a las seis horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número dos de Derr Construcciones y Bienes Raíces S. A., cédula jurídica Nº 3-101-549833, en que se disuelve la empresa.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012067508).
Por escritura número setenta y tres-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, otorgada a las dieciocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número dos de la sociedad: Cuatrocientos Ochenta y Un Mil Setecientos Once S.A., cédula jurídica Nº 3-101-481711, en que se disuelve la empresa.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012067509).
Por escritura número sesenta y ocho-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, otorgada a las veinte horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número seis de C.I Desarrollo Centroamericano S. A., cédula jurídica Nº 3-101-265728, en que se disuelve la empresa.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012067510).
Por escritura setenta y uno-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, de disolución y liquidación de la empresa: A&C Consultores Legales & Comercio Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-502209.—San José, nueve horas diez minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012067511).
Por escritura Nº 15, autorizada en esta notaría, a las 12:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 2 de asamblea general de accionistas de Bavaria Arquitectura S. A., por medio de la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012067512).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, el día de hoy, los socios de la empresa: Agrícola Comercial Don Quino S. A., cédula jurídica Nº 3-101-545698, acordaron por unanimidad y de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, disolver la sociedad.—Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Wainer González Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2012067513).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las doce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Coopaseguros Sociedad Agencia de Seguros S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seis cero seis tres uno seis, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del plazo social.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Dora Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012067514).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Comercial Moravia Re del Norte S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-uno dos dos tres nueve ocho, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del plazo social.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Dora Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012067515).
Por escritura número: doscientos cuarenta y uno-tres, otorgada en San José, a las ocho horas del veintitrés de junio del dos mil doce, ante el suscrito notario, se modifican cláusulas de la empresa: Doce Estrellas del Atlántico JJJ S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintiún mil novecientos treinta y uno, en lo referente a: junta directiva y fiscal, domicilio, objeto, se suprime el cargo de agente residente, y se revoca el nombramiento vigente, se modifica el nombre que en lo sucesivo se denominará: Construgutiérrez de Cariari S. A.—San José, nueve horas del veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic. Alexander Sánchez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2012067516).
El suscrito notario da fe que en esta notaría según escritura número ciento noventa y cinco, del tomo diez, visible a folio ciento ochenta y cinco frente y vuelto de las diez horas del treinta de mayo del dos mil doce, se ha disuelto la compañía de plaza denominada: Agnell de Nosara Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-uno cero ocho cuatro tres dos, los bienes de dicha compañía pasan a nombre de la dueña del capital social señora: Aida López Campos, con cédula número cinco-uno siete uno-ocho cinco tres.—Lic. Erwin Alan Seas, Notario.—1 vez.—(IN2012067517).
Ante esta notaría, por medio de la escritura número ciento treinta y siete-tres, de las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce: Cecropia Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-dos dos siete tres tres cinco, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad supra indicada.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012067518).
Por escritura número ciento treinta y tres-tres de las diez horas del día veinte de junio del dos mil doce, otorgada ante el Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, la sociedad anónima denominada: Inmobiliaria Horizontes Verdes Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-uno cero uno-cuatro uno seis ocho cuatro siete, reforma la cláusula número segunda del pacto social.—Alajuela, al ser las nueve horas del día veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012067520).
Mediante comparecencia de la totalidad del capital social de la sociedad: Granja Avícola El Espolón Sociedad Anónima, se acuerda disolver la compañía. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Javier Escalante Madrigal, a las diez horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Javier Escalante Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012067521).
El suscrito notario hago constar que en el tomo diez de mi protocolo, se están cerrando las siguientes sociedades: Tres-ciento uno-seiscientos siete mil seiscientos noventa y tres S. A., y Menú Food Service S. A. Es todo.—Santa Ana, 29 de junio del 2012.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2012067522).
Ante esta notaría, por medio de la escritura número ciento treinta y dos-tres, de las trece horas cuarenta minutos del día veintiuno de junio del dos mil doce, Comercializadora Centroamericana MIRC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos cinco siete dos seis cinco, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad supra indicada.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012067523).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de mayo del dos mil doce, se protocolizó acta de la asamblea general de accionistas de la sociedad: QM&A Enterprises Limitada, mediante el cual se amplía el plazo social en ochenta y nueve años.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Jorge Luis Tapia Molina, Notario.—1 vez.—(IN2012067524).
Por escrituras otorgadas ante este notario, a las 13:00 horas del dieciocho de junio del dos mil doce, se protocolizaron respectivamente acuerdos de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Nosara Patas Pequeñas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-393773, mediante las cuales los socios ordenan aumentar el capital social a la suma de un millón doscientos mil colones.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Javier Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—(IN2012067525).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 12:00 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad: Inversiones Marilor A K Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(IN2012067526).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 20:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad: Tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos siete S. A., en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—(IN2012067527).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 16:45 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad: CR Puerto Montt Sociedad de Control S. A., en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—(IN2012067528).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 17:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad: Tres-ciento uno-quinientos dos mil cuatrocientos ochenta y nueve S. A., en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—(IN2012067529).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 11:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad: Blue Ocean Fever S. A., en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—(IN2012067530).
En esta notaría, al ser las catorce horas del trece de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad anónima denominada: Grupo Quirós y Lacayo Sociedad Anónima, en la cual se modifica el domicilio social, y se modifica el pacto social y la representación.—San Antonio de Belén, 27 de junio del 2012.—Lic. Rafael Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012067531).
En esta notaría, al ser las diez horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad anónima denominada: Acainsa Costa Rica Sociedad Anónima.—San Antonio de Belén, 27 de junio del 2012.—Lic. Bárbara Van Nierop, Notaria.—1 vez.—(IN2012067532).
En esta notaría, al ser las once horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de liquidación de la sociedad anónima denominada: Nextphere Corporation S. A.—San Antonio de Belén, 27 de junio del 2012.—Lic. Bárbara Van Nierop, Notaria.—1 vez.—(IN2012067533).
En esta notaría, al ser las diez horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de liquidación de la sociedad anónima denominada: Inversiones Leandro y Steinvorth S. A.—San Antonio de Belén, 27 de junio del 2012.—Lic. Bárbara Van Nierop, Notaria.—1 vez.—(IN2012067534).
En esta notaría, al ser las diez horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de liquidación de la sociedad anónima denominada: L K Lápiz y Papel de Escazú S. A.—San Antonio de Belén, 27 de junio del 2012.—Lic. Bárbara Van Nierop, Notaria.—1 vez.—(IN2012067535).
En esta notaría, al ser las trece horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de liquidación de la sociedad anónima denominada: Signa Digital S. A.—San Antonio de Belén, 27 de junio del 2012.—Lic. Bárbara Van Nierop, Notaria.—1 vez.—(IN2012067536).
Bilsa Comercial S. A., cédula jurídica Nº 3-101-441141, por acta número tres de la asamblea general extraordinaria de socios, celebrada el día veinticinco de mayo del dos mil doce, acuerdan la disolución de la sociedad, de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, y prescinden del nombramiento de liquidador conforme se establece en el acta constitutiva, por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012067537).
Por escritura ciento treinta y cuatro-diecisiete, otorgada ante esta notaría, se acuerda la disolución de la sociedad: Perla Gama S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-015370.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012067538).
Por escritura ciento treinta y tres-diecisiete, otorgada ante esta notaría, se acuerda la disolución de las sociedades: i) Bon Pan S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-135608, y ii) Inversiones Inmobiliarias de Occidente R G S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-165114.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(IN2012067539).
K G B Desarrollo Inmobiliario S. A., cédula jurídica Nº 3-101-161711, por acta número uno de la asamblea general extraordinaria de socios, celebrada el día veinticinco de mayo del dos mil doce, acuerdan la disolución de la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, y prescinden del nombramiento de liquidador conforme se establece en el acta constitutiva, por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(IN2012067540).
Inversiones Gurmar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-151904, por acta número uno de la asamblea general extraordinaria de socios, celebrada el día veinticinco de mayo del dos mil doce, acuerdan la disolución de la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, y prescinden del nombramiento de liquidador conforme se establece en el acta constitutiva, por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(IN2012067541).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 16:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad: CR Farellones Escazú S. A., en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—(IN2012067542).
Hacienda Las Nubes Negras S. A., cédula jurídica Nº 3-101-272220, por acta número tres de la asamblea general extraordinaria de socios, celebrada el día veinticinco de mayo del dos mil doce, acuerdan la disolución de la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, y prescinden del nombramiento de liquidador conforme se establece en el acta constitutiva, por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(IN2012067543).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Villa Ringgit VR Sociedad Anónima, mediante la cual se procede a disolver y liquidar la sociedad. Liquidador: Joost Hauwert. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal, a las dieciséis horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012067544).
Ante esta notaría, por medio de la escritura número ciento treinta y dos-tres, de las nueve horas del día veinte de junio del dos mil doce, protocolicé el acta número: uno de asamblea general extraordinaria de socios de Eco Balances Sociedad Anónima, se modifica la cláusula tercera del pacto social.—Alajuela, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012067545).
Ante esta notaría, por medio de la escritura número ciento treinta-tres, de las quince horas treinta minutos del día diecinueve de junio del dos mil doce, Arquitecto Alberto Negrini y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-uno seis nueve tres ocho cinco, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad supra indicada.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012067546).
Protocolización
de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada:
Ante esta notaría, por medio de la escritura número ciento treinta y uno-tres, de las quince horas cuarenta y cinco minutos del día diecinueve de junio del dos mil doce, Lapas de Carara Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-uno uno siete cuatro cinco nueve, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad supra indicada.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012067548).
Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: D Y K Hauwert Investments Sociedad Anónima, mediante la cual se procede a disolver y liquidar la sociedad. Liquidador: Dick Hauwert. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Alejandro Pignataro Madrigal, a las dieciséis horas con treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012067549).
Ante esta notaría, por medio de la escritura número ciento veintinueve-tres, de las diez horas del día diecinueve de junio del dos mil doce, Poas Matama Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres dos cuatro ocho cuatro nueve, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad supra indicada.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012067550).
Ante esta notaría, por medio de la escritura número ciento treinta y cuatro-tres, de las trece horas del día veintiséis de junio del dos mil doce, Inversiones Porcha Por Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cuatro cuatro cinco cero ocho cuatro, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad supra indicada.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012067551).
Ante esta notaría, por medio de la escritura número sesenta y dos-tres, de las quince horas del día veintiséis de junio del dos mil doce, protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Alimentos Jinca Sociedad Anónima, se modifica la cláusula primera de la escritura de constitución para que en adelante se lea el nuevo nombre: Jinca Foods Sociedad Anónima.—Alajuela, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Verónica Jiménez Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012067552).
Por
escritura número trescientos dieciocho-dieciséis, de las catorce horas del
veinte de junio del dos mil doce, del tomo dieciséis, se disolvieron las
siguientes sociedades: Nersheli Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dieciséis mil doscientos
diecisiete; Brisonine Inc. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno cuatrocientos sesenta y un mil doscientos ochenta y
seis; Gilso Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero cuarenta y tres mil ciento treinta y ocho;
Ante esta notaría según escritura número ciento noventa y seis del tomo diez, visible a folio número ochenta y cinco vuelto a ochenta y seis vuelto, del protocolo del suscrito se ha procedido a realizar protocolización de actas para la disolución de Grupo Amigos Halcón Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-tres cuatro cero cinco cero seis. Con domicilio social en Nicoya, Guanacaste, un kilómetro norte del Hospital Anexión. No existen bienes ni muebles ni inmuebles de esa compañía. A terceros interesados o con derechos deben apersonarse en tiempo y forma que legalmente corresponda.—Lic. Erwin Alan Seas, Notario.—1 vez.—(IN2012067554).
Por escritura otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Exploreasy Sociedad Anónima. Se acordó disolver y liquidar la sociedad. Es todo.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—(IN2012067555).
Por escritura otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Verde Esmeralda MNCDF Azul Plateado Sociedad Anónima. Se acordó disolver y liquidar la sociedad. Es todo.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—(IN2012067556).
La suscrita, María de los Ángeles González Fernández notaria pública, protocolicé que por acuerdo de la totalidad de socios de la sociedad Opener S. A. cédula jurídica número 3-101-626406, se disuelve la sociedad, lo anterior de conformidad con el artículo 201 inciso d del Código de Comercio.—Palmares, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. María de los Ángeles González Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012067557).
Por escritura número trescientos dieciocho-dieciséis de las catorce horas del veinte de junio de dos mil doce del tomo dieciséis se disolvieron las siguientes sociedades Tamal Tico Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y tres mil trescientos noventa y tres; Calzado Piletas Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y un mil ciento cincuenta y cinco; Kicher Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y un mil ochocientos sesenta y cuatro; Calzado Andrey Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y tres mil setecientos cuarenta y ocho; Corgrup Cinco Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciocho mil setecientos cincuenta y ocho; dichas sociedades no posee activos ni deudas, con ninguna persona ni institución. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto la oficina del notario Marco Aurelio Maroto Marín, sita en Tibás ciento noventa metros al oeste de Central de Autos. Es Todo.—San José, veinte de julio de dos mil doce.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012067558).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Kirra SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067559).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Jeffreyes SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067560).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Lacanau SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067561).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 del veintisiete de junio del año dos mil doce, se disuelve la sociedad por acuerdo de socios Fixed Investmnt D.F.J titular de la cédula número 3-101-456687, por acuerdo de socios se comisiona al notario público Abraham Stern Feterman.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—(IN2012067562).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Sunset SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067563).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 del veintiséis de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Inmobiliaria El Rinconcito D.M.S Anónima S. A. titular de la cédula número 3-101-425322, por acuerdo de socios se comisiona al notario público Abraham Stern Feterman.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—(IN2012067564).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Rincón SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067565).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Fort Point SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067566).
El suscrito notario, René Orellana Meléndez, hace constar que se disolvió la sociedad denominada Inversiones Sphinx ISX Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2012067567).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad por acuerdo de socios Oasis Escondido Sociedad Anónima titular de la cédula número 3-101-456107, por acuerdo de socios se comisiona al notario público Abraham Stern Feterman.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—(IN2012067568).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Escondido SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067569).
El suscrito notario, René Orellana Meléndez, hace constar que se disolvió la sociedad denominada Inversiones Cordillera de Talamanca ICT Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2012067570).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Mundaka SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067571).
Por escritura otorgada ante este notario a las once horas del día veintidós de junio del dos mil doce, escritura número sesenta y seis, se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo; ampliándose por treinta años el plazo de la sociedad denominada Ganadera El Barroso Limitada; así mismo se nombra gerente.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Róger Morales Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2012067572).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Ala Moana SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067573).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 del veintiséis de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Mirador Hill S Sociedad Anónima S. A. titular de la cédula número 3-101-438806, por acuerdo de socios se comisiona al notario público Abraham Stern Feterman.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—(IN2012067574).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Teahupoo SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067575).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Inversiones Geal S.G.C. Sociedad Anónima S. A. titular de la cédula número 3-101-356 574, por acuerdo de socios se comisiona al notario público Luis Esteban Hernández Brenes.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Luis Esteban Hernández Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2012067576).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, los socios de Farmusa S. A. solicitan su disolución.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Libia María Mondol López, Notaria.—1 vez.—(IN2012067577).
Por escritura otorgada a las dieciocho horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, los socios de Importaciones Españolas S. A. solicitan su disolución.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Libia María Mondol López, Notaria.—1 vez.—(IN2012067578).
Por
escritura otorgada a las dieciocho horas del día veintiocho de junio del dos
mil doce, los socios de Producciones
Por escritura otorgada a las diecinueve horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, los socios de Decoraciones Guanacastecas S. A. solicitan su disolución.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando Sánchez Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012067580).
Por escritura otorgada a las veinte horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, los socios de Ganadera El Cordel S. A. solicitan su disolución.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Fernando Sánchez Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012067581).
Por escritura otorgada ante mí, en San José al ser las quince horas y veinte minutos del veintiocho de junio de dos mil doce se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Especialidades B Q Sociedad Anónima en la que se decidió lo siguiente: Con arreglo al artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, se ha decidido disolver la sociedad. Presidente: Richard Peter Loeb Casanova.—Lic. Álvaro Quesada Loría, Notario.—1 vez.—(IN2012067582).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Dreamland SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067583).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Ollies SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067584).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence G Land SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067585).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Isla Natividad SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067586).
Ante esta notaría a las 11:00 horas del 15 de mayo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Vianchy y Baronas R Y J Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Jiménez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012067587).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Pavones SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067588).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Queens SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067589).
Por medio de escritura número ciento setenta y seis otorgada a las 12:30 horas del 21 de junio del 2012, ante el notario Paul Oporta Romero, se protocoliza acta de la sociedad Amazing Ideas Incorporated Ltda., donde se acuerda la disolución de la sociedad.—Tamarindo, 21 de junio del 2012.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—(IN2012067590).
Ante esta notaría a las 16:00 horas del 28 de junio del 2012, se disolvió y liquidó la compañía Entretenimientos Interactivos Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Jiménez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012067591).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Hatteras SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067592).
Por medio de escritura número ciento setenta y cinco otorgada a las 12:00 horas del 21 de junio del 2012, ante el notario Paul Oporta Romero, se protocoliza acta de la sociedad Petting Farm Ltda., donde se acuerda la disolución de la sociedad.—Tamarindo, 21 de junio del 2012.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—(IN2012067593).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Blacks SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067594).
Ante esta notaría a las 16:00 horas del 27 de junio del 2012, se disolvió y liquidó la compañía Securytas Omnie Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Jiménez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012067595).
Ante el suscrito notario público, siendo las 11 horas del día 21 de junio del 2012, se solicitó la disolución de la sociedad Vigesiduplo Pradamontano S. A. cédula 3-101-371385.—San José, 21 de junio de 2012.—Lic. Olman Yorly Soto Vanegas, Notario.—1 vez.—(IN2012067596).
Ante esta notaría a las 17:00 horas del 27 de junio del 2012 se disolvió y liquidó la compañía Negocios Hispano Caribeños Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Jiménez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012067597).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Newport SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067598).
Ante la suscrita notaria pública, siendo las 8 y 9 horas del día 21 de junio del 2012, se modificó la junta directiva y se reformó la cláusula sétima de la representación judicial y extrajudicial de las sociedades Money Back S. A. cédula 3-101-594921 y de Grupo Nisesa S. A. cédula 3-101-613519.—San José, 21 de junio de 2012.—Lic. Engie Marín Pandolfi, Notaria.—1 vez.—(IN2012067599).
Ante esta notaría a las 9:00 horas del 4 de junio del 2012, se constituyó la compañía Rainbow Profesional Services Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Jiménez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012067600).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad Residence Cloudbreak SRL.—Jueves veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012067601).
Ante esta notaría a las 17:00 horas del 28 de junio del 2012, se constituyó la compañía Taller Mecánico MA FE SA MFS Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Jiménez Castro y Wilbert Garita Mora, Notarios.—1 vez.—(IN2012067602).
Por escritura otorgada ante mí se acordó disolver y liquidar la siguientes sociedades: Sit and Wait Ltda.; Desarrollos Urbanísticos Bloque Sgrah Ocho HHH Sociedad Anónima; Desarrollos Urbanísticos Bloque Sgrah Nueve III Sociedad Anónima; y Next in Line Ltda. Es todo.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—(IN2012067603).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Consultors Legals Globals Libertat Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos veintiséis mil doscientos ochenta y dos, celebrada a las ocho horas del veintiocho de junio de dos mil doce, mediante la cual se acordó la disolución. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada.—Lic. Alfredo Pizarro Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012067604).
Ante esta notaría a las 18:00 horas del 27 de junio del 2012, se disolvió y liquidó la compañía Comercial Cantabria Santander Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Jiménez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012067605).
Ante esta notaría a las 15:00 horas del 28 de junio del 2012, se disolvió y liquidó la compañía Ticino Vanessa Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Jiménez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012067606).
El suscrito Leonardo Roberto Roque Pujol, mayor, divorciado, licenciado en arte de los medios de comunicación, cédula de identidad número 8-089-593 hace constar, que ante esta notaría pública se ha solicitado por el acuerdo de todos los accionistas, conforme a la ley la disolución y liquidación de la sociedad Bacuranao Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-269696 inscrita en el Registro Nacional al tomo 1273, folio 284, asiento 313. Se avisa a los terceros interesados, acreedores, proveedores, instituciones para que por el plazo de 30 días puedan hacer llegar sus observaciones, u objeciones mediante el correo electrónico escalant12@hotmail.com.—San José, 1º de junio de 2012.—Lic. Raúl Escalante Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012067607).
Ante esta notaría a las 14:00 horas del 2 de junio del 2012, se disolvió y liquidó la compañía Pastelería Snack K L W S. A.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Jiménez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012067608).
El suscrito Fred Corrales Brenes, cédula 1-951-172 hace constar, que ante esta notaría pública se ha solicitado por el acuerdo de todos los accionistas, conforme a la ley la disolución y liquidación de la sociedad Inversiones Prosa S. A. cédula jurídica 3-101-193739 inscrita en el Registro Nacional al tomo 978, folio 100, asiento 153. Se avisa a los terceros interesados, acreedores, proveedores, instituciones para que por el plazo de 30 días puedan hacer llegar sus observaciones, u objeciones mediante el correo electrónico escalant12@hotmail.com.—San José, 1º de junio de 2012.—Lic. Raúl Escalante Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012067609).
Mediante escritura número 167 otorgada ante la notaria Ana Victoria Arguedas Delgado, a las 17:30 horas del día 27 de junio del 2012, los señores Luis Gustavo Pereira León, cédula de identidad número 1-642-584, y Johanna Pereira Casal, cédula de identidad 1-1030-201, como únicos accionistas de Casa Jabes Renovada S. A., cédula jurídica número 3-101-369639, domiciliada en San José, avenida 8 entre calles 9 y 11 casa número 963 convienen disolver la sociedad por el acuerdo unánime de socios. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, de conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ana Victoria Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2012067610).
La suscrita notaria hace constar que por acuerdo de socios se ha acordado la disolución de la sociedad Inmobiliaria Cubujuquí del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa y tres mil seiscientos dieciséis.—San José, 22 de junio de 2012.—Lic. Clara Eugenia Hutt Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2012067611).
Se hace constar que en acta número tres de las ocho horas del dos de enero del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Alianza Arquitectónica Medrano Sotela Sociedad Anónima.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012067612).
Se
hace constar que en acta número uno de las doce horas del dos de mayo del dos
mil doce, se acordó disolver la sociedad
Se hace constar que en acta número uno de las diez horas del dos de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Punto de Venta WSM Rutilo Número Veinticinco Sociedad Anónima.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012067614).
Se hace constar que en acta número uno de las nueve horas del dos de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Ángel del Ocaso Sociedad Anónima.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012067615).
Se hace constar que en acta número uno de las once horas del dos de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Ángel Errante Sociedad Anónima.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012067616).
Se hace constar que en acta número uno de las quince horas del dos de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad El Gran Diamante Sociedad Anónima.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012067617).
Se hace constar que en acta número dos de las dieciséis horas del dos de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Negozio Ideale Sociedad Anónima.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012067618).
Se hace constar que en acta número dos de las catorce horas del dos de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Inversiones Oreiro Sociedad Anónima.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012067619).
Se hace constar que en escritura pública número ciento treinta y seis del protocolo seis de la notaria pública Erika Esquivel Villalobos, a las ocho horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Repuestos y Lubricantes Zúñiga Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012067620).
Se hace constar que en acta número uno de las trece horas del dos de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Compagnia Acquario Sociedad Anónima.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012067621).
Se hace constar que en acta número dos de las ocho horas del dos de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Comercial Coscuez Sociedad Anónima.—Lic. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012067622).
Ante mí, Alejandro Sanabria Romero, notario público con oficina en San José, por medio de escritura otorgada a las catorce horas del día veintiocho de junio del dos mil doce y en virtud del acuerdo tomado por los socios, se protocolizó acta de la sociedad Wonderful Magic Dreams Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y nueve mil treinta y cuatro, por medio de la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—Veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—(IN2012067623).
Ante mí, Alejandro Sanabria Romero notario público con oficina en San José, por medio de escritura otorgada a las trece horas del día veintiocho de junio del dos mil doce y en virtud del acuerdo tomado por los socios, se protocolizó acta de la sociedad Catchers Goals Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y ocho mil doscientos noventa y ocho por medio de la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—Veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—(IN2012067624).
La suscrita Ericka Matlack Sevilla, cédula 8-0092-0078, hace constar, que ante esta notaría pública se ha solicitado por el acuerdo de todos los accionistas, conforme a la ley la disolución y liquidación de la sociedad Generación Casita de Sueños S. A. cédula jurídica 3-101-367574, inscrita en el Registro Nacional al tomo 526, asiento 18425. Se avisa a los terceros interesados, acreedores, proveedores, instituciones para que por el plazo de 30 días puedan hacer llegar sus observaciones, u objeciones mediante el correo electrónico escalant12@hotmail.com.—San José, 1º de junio de 2012.—Lic. Raúl Escalante Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012067625).
Por
escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del veintidós de junio
del dos mil doce, por acuerdo unánime de socios se acordó disolver la sociedad Medisur
Ltda., cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-doscientos noventa
mil cuatrocientos treinta y tres, domiciliada en Hatillo centro, cien metros
norte de
Por
escritura ciento ochenta y cinco del tomo uno otorgada ante mi notaría, a las
8:30 horas del 29 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Los Borbones de
Por escritura ciento ochenta y tres del tomo uno otorgada ante mi notaría, a las 8:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Salazar y Ramírez Sociedad Anónima, con la cédula jurídica: 3-101-178954, en que se acuerda la disolución de la misma. Es todo.—Lic. Marjorie Mora Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2012067628).
Por escritura 172 del tomo uno otorgada ante mi notaría, a las 13:00 horas del 31 de mayo del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Corporación Mora M M Interamericana Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-286570, en que se acuerda la disolución de la misma. Es todo.—Lic. Marjorie Mora Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2012067629).
El suscrito Marco Aurelio Víquez Arrieta, cédula de identidad 4-0119-0470, hace constar que ante esta notaría pública se ha solicitado por el acuerdo de todos los accionistas, conforme a la ley la disolución y liquidación de la sociedad M V Maxi Global S. A., cédula de persona jurídica 3-101-236565, al ser las 11:00 horas del 1º de junio de 2012. La sociedad ha estado inscrita en el Registro Mercantil, tomo 1130, mil, folio 259, asiento 410, se avisa a los terceros interesados, acreedores, proveedores, instituciones para que por el plazo de 30 días puedan hacer llegar sus observaciones u objeciones mediante el correo electrónico escalant12@hotmail.com.—San José, 1º de junio de 2012.—Lic. Raúl Buendía Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012067630).
Por escritura ciento ochenta y siete del tomo uno, otorgada ante mi notaría a las 9:30 horas del 29 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Antojería Mexicana Jalapeños Sociedad Anónima, con la cédula jurídica: 3-101-523682, en que se acuerda la disolución de la misma. Es todo.—Lic. Marjorie Mora Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2012067631).
El suscrito Walter Quesada Quirós, hace constar que ante esta notaría pública se ha solicitado por el acuerdo de todos los accionistas, conforme a la ley la disolución y liquidación de la sociedad 3101520641 s. a., cédula jurídica 3-101-520641, al ser las 9:00 horas del 1º de junio de 2012, la sociedad ha estado inscrita en el Registro Mercantil al tomo 574, asiento 62114, se avisa a los terceros interesados, acreedores, proveedores, instituciones para que por el plazo de 30 días puedan hacer llegar sus observaciones u objeciones mediante el correo electrónico escalant12@hotmail.com.—San José, 1º de junio de 2012.—Lic. Raúl Buendía Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012067632).
Por escritura número ciento ochenta y dos del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las once horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, ante esta notaría se protocolizó el acuerdo de disolución de la sociedad con cédula jurídica tres-ciento uno-cinco dos sesenta tres siete sociedad anónima, inscrita al tomo quinientos setenta y cinco, asiento uno tres seis uno uno, domiciliada en San José, calle quince, avenida diez bis, casa número mil seis.—Lic. Marjorie Mora Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2012067633).
Ante
el notario Milton González Vega, con oficina abierta en Santo Domingo de
Heredia, de
Ante
el notario Milton González Vega, con oficina abierta en Santo Domingo de
Heredia, de
Ante
el notario Milton González Vega, con oficina abierta en Santo Domingo de
Heredia, de
Ante
el notario Milton González Vega, con oficina abierta en Santo Domingo de
Heredia, de
Por escritura número trescientos noventa y uno, otorgada ante esta notaría a las quince horas cincuenta minutos del veintiocho de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Cellular Master Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil trescientos veintitrés, mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—Grecia, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Emanuell Alfaro Umaña, Notario.—1 vez.—(IN2012067639).
Por escritura número trescientos veintiocho, otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas cuarenta minutos del veinte de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Paisaje Guanacasteco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos trece mil doscientos noventa y siete, mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—Grecia, a las dieciséis horas cincuenta minutos del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Emanuell Alfaro Umaña, Notario.—1 vez.—(IN2012067640).
Por escritura número trescientos noventa, otorgada ante esta notaría a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Manía Cellular Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y seis mil ciento ochenta y uno, mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—Grecia, 28 de junio del 2012.—Lic. Emanuell Alfaro Umaña, Notario.—1 vez.—(IN2012067641).
Por
escritura 95 de las 11 horas del 20 de junio del 2012, la totalidad de socios
acordó disolver la sociedad Marsteller de Costa Rica S. A., según
artículo 201, inciso d del Código de Comercio. Se publica para efectos del
artículo 207 del mismo código.
Mediante escritura otorgada a las quince horas quince minutos del dieciocho de junio del dos mil doce, la suscrita notaria protocolizó acta número uno de la sociedad Dental Health: Centro de Atención Odontológicas Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cinco seis tres dos cinco uno, mediante las cuales se disolvió dicha sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Katia Vanesa Araya Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067644).
Por
escritura 87 de las 12 horas del 18 de junio del 2012, la totalidad de socios
acordó disolver por unanimidad la sociedad Eco-CR Tour Aventuras S. A.,
según artículo 201, inciso d del Código de Comercio. Se publica para efectos
del artículo 207 del mismo código.
En esta notaría a las 17:00 horas del 28 de junio de 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Corporación Numari M&V Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-330317, por la que se acuerda disolver la sociedad y prescindir de la liquidación.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(IN2012067646).
Por
escritura 92 de las 16 horas del 19 de junio del 2012, la totalidad de socios
acordó disolver por unanimidad la sociedad Edificatoria S. A., según artículo
201, inciso d del Código de Comercio. Se publica para efectos del artículo 207
del mismo código.
Por escritura pública otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Servicios y Equipos de Seguridad Salbur-Gesal Sociedad Anónima, en la cual se acuerda liquidar la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2012067648).
Ante esta notaría por escritura número cinco-noventa y dos, otorgada a las doce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Suministros y Computadoras Sumicon Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067649).
Por
escritura 93 de las 17 horas del 19 de junio del 2012, la totalidad de socios
acordó disolver por unanimidad la sociedad Ecodesarrollo y Población
Ecodespo S. A., según artículo 201, inciso d del Código de Comercio. Se
publica para efectos del artículo 207 del mismo código.
Por
escritura 88 de las 13 horas del 18 de junio del 2012, la totalidad de socios
acordó disolver por unanimidad la sociedad Inversiones Turísticas Nacazcol
S. A., según artículo 201, inciso d del Código de Comercio. Se publica para
efectos del artículo 207 del mismo código.
Mediante
asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Demar S. E
Logistics Sociedad Anónima, domiciliada en Palmares de Alajuela, contiguo a
Mediante asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Reforestaciones Marla Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y cuatro mil ochocientos diecisiete, domiciliada en San Ramón de Alajuela, cien metros al este y veinticinco sur del Banco Nacional.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012067653).
Mediante
asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Inversiones
Desmond Diecinueve Setenta y Nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil quinientos cuarenta y cinco,
celebrada en su domicilio social en San Ramón de Alajuela, doscientos cincuenta
metros sur de
Mediante
asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Rived de
Palmares Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento cuarenta
y nueve mil seiscientos ochenta y dos, celebrada en su domicilio social en
Zaragoza de Palmares de Alajuela, ochocientos metros al noroeste de
Mediante asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad tres-ciento uno-quinientos siete mil quinientos diez sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos siete mil quinientos diez, celebrada en su domicilio social en Santa Rosa de Cutris de San Carlos de Alajuela, frente a la escuela.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012067656).
Mediante asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Joma de San Ramón Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-ciento cuarenta mil ciento once, celebrada en su domicilio social en San Juan de San Ramón de Alajuela, frente a la plaza de deportes, costado este.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012067657).
Mediante asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Bienes de Jaysan Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y uno, celebrada en su domicilio social en San Juan de San Ramón de Alajuela, ciento veinticinco metros este de la plaza de deportes.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012067658).
Mediante
asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad
Mediante
asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Colchonería
Mediante asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Comercializadora González & Elizondo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y nueve mil seiscientos noventa y uno, domiciliada en San Ramón de Alajuela, segunda planta del Mercado Municipal, local número cincuenta y siete.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012067661).
Mediante asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Inversiones del Río Inrio Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y siete mil setecientos ochenta y cuatro, domiciliada en Santiago de San Ramón de Alajuela, ochocientos metros sur de la delegación de la guardia rural.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012067662).
Mediante asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Industria Pantalones Tentador Ltda, cédula jurídica tres-ciento dos-cuarenta y nueve mil cero noventa y siete, domiciliada en San Juan de San Ramón de Alajuela.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012067663).
Mediante
asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Blizzard
Sau Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta
y un mil doscientos dieciséis, domiciliada en San José, Paseo Colón de
Mediante asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Ballons Viajes de Altura Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y tres mil ochocientos noventa y siete, domiciliada en Coyol de Alajuela, Lagos, cincuenta metros oeste del Súper Madrigal.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012067665).
Mediante asamblea extraordinaria de socios se acordó disolver la sociedad Inversiones Servicios Algar Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos nueve mil ciento noventa y seis, domiciliada en San Ramón de Alajuela, cien metros oeste del Cine Chassoul.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012067666).
Ante esta notaría por escritura número cinco-noventa y tres, otorgada a las doce horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Inversiones Arce Farhe Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067668).
Por
escritura 91 de las 15 horas del 19 de junio del 2012, la totalidad de socios
acordó disolver por unanimidad la sociedad Aeroequipos de Costa Rica Ltda.,
según artículo 201, inciso d del Código de Comercio. Se publica para efectos
del artículo 207 del mismo código.
Ante esta notaría por escritura número cinco-noventa y cuatro, otorgada a las doce horas treinta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Servicios de Consultoría Masís & Asociados Sociedad Anónima. Es todo.— San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067671).
Por
escritura 90 de las 13 horas del 19 de junio del 2012, protocolicé acta de
asamblea general de la sociedad Mac-William S. A., que acordó disolverla
por unanimidad según artículo 201 Inciso d del Código de Comercio. Se publica
para efectos del artículo 207 del mismo código.
Ante
esta notaría por escritura número cinco-noventa y cinco, otorgada a las doce
horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se
disolvió la sociedad Inmobiliaria
Por
escritura 89 de las 10 horas del 19 de junio del 2012, protocolicé acta de
asamblea general de la sociedad Embutidos Fulton Ltda., que acordó
disolverla por unanimidad según artículo 201 Inciso d del Código de Comercio.
Se publica para efectos del artículo 207 del mismo código.
Ante esta notaría por escritura número cinco-ciento seis, otorgada a las quince horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad El Varal Mex Limitada. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067681).
Por
escritura 94 de las 9 horas 30 minutos del 20 de junio del 2012, la totalidad
de socios acordó disolver la sociedad Corea y Cundano S. A., según
artículo 201, inciso d del Código de Comercio. Se publica para efectos del
artículo 207 del mismo código.
Que en asamblea general extraordinaria de la sociedad Faneri S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y siete mil quinientos setenta, domiciliada en Guácimo, Limón, se acordó disolver conforme al artículo doscientos uno del Código de Comercio la citada sociedad, libre de deudas, sin bienes inscritos, ni operaciones bancarias de ninguna especie. Es todo.—Guápiles, Limón, a las trece horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Cubero Toruño, Notario.—1 vez.—(IN2012067687).
Ante esta notaría por escritura número cinco-ciento cinco, otorgada a las quince horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Soda Gutiérrez Marín Limitada. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067688).
Ante esta notaría por escritura número cinco-ciento cuatro, otorgada a las quince horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Súper Económico Quinta Avenida Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067690).
Ante esta notaría por escritura número cinco-ciento tres, otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Luguna Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067693).
Se
hace constar que medio de la escritura número doscientos doce del tomo ocho del
suscrito, otorgada ante mí el 25 de junio del
Ante esta notaría por escritura número cinco-ciento dos, otorgada a las catorce horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Aplicont Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067699).
Al ser las 18:00 horas del día de hoy, las empresas H&J Diseño Impacto S. A., cédula jurídica 3-101-636114, Diseños Murimen del Oeste S. A., cédula jurídica 3-101-648169; Visión Harjul Impacto S. A., cédula jurídica 3-101-648173 y Soluciones Técnicas Menmurí S. A., cédula jurídica 3-101-648139; acuerdan la disolución, sin distribución de bienes por no existir.—Río Frío, 26 de junio del 2012.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—(IN2012067700).
Ante esta notaría por escritura número cinco-ciento uno, otorgada a las catorce horas quince minutos del veintiocho de Junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Distribuidora Dinsa Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067702).
Se hace constar que por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se dispuso la disolución anticipada de Las Cortesanas S. A., cédula 3-101-490689.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Ramón María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—(IN2012067703).
Se
hace constar que medio de la escritura número doscientos quince del tomo ocho
del suscrito, otorgada ante mí el 27 de junio del
Ante esta notaría por escritura número cinco-cien, otorgada a las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Servicios de Outsourcong Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067705).
Se
hace constar por medio de la escritura número doscientos cinco del tomo ocho
del suscrito, otorgada ante mí el 14 de mayo del
Ante esta notaría por escritura número cinco-noventa y nueve, otorgada a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de Junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Servicios Profesionales del Oeste N & G Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067708).
Se hace constar que por asamblea de socios celebrada a las 8:00 horas del 28 de junio de 2012, se acordó disolver Sotuaka STK S.A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-506752.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Ramón María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—(IN2012067709).
Por
acuerdo unánime de socios se disuelve Electrónica del Camión Limitada,
cédula de persona jurídica número 3-102-517864, domiciliada en Cartago, El
Guarco, del Cementerio del Tejar,
Por
acuerdo unánime de socios se disuelve Constructora Gutiérrez y Pérez S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-188065, domiciliada en San José, San Pedro, del Banco Nacional,
Por
acuerdo unánime de socios se disuelve Llanos de Sevilla S. A., cédula de
persona jurídica número 3-101-263955, domiciliada en San José, Antigua Botica
Primavera,
Por
acuerdo unánime de socios se disuelve Ocupasalud Asesorías AYJD S. A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-395846, domiciliada en San José,
Coronado, de
Por
acuerdo unánime de socios se disuelve Frutos y Tesoros de Costa Rica S. A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-162862, domiciliada en San José, Barrio
Los Yoses, final de la avenida 10,
Por acuerdo unánime de socios, se disuelve Tres-Ciento Dos-Quinientos Siete Mil Quinientos Treinta y Dos S R Ltda, cédula de persona jurídica número 3-102-507532, domiciliada en San José, avenida 4, calles 26 y 28, casa número 2653 y en virtud de que no existen pasivo y activo que repartir se declara liquidada esta sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012067715).
Por acuerdo unánime de socios se disuelve Tres-Ciento Dos-Quinientos Siete Mil Quinientos Treinta Y Uno S R Ltda, cédula de persona jurídica número 3-102-507531, domiciliada en San José, avenida 4, calles 26 y 28, casa número 2653 y en virtud de que no existen pasivo y activo que repartir se declara liquidada esta sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012067716).
En asamblea general de socios de Joyería Conex S. A., celebrada a las 12:30 horas del 28 de junio del 2012, se acuerda disolver la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Cecilia García Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012067717).
Ante esta notaría por escritura número cinco-noventa y ocho, otorgada a las trece horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Constructora Nuevo Concepto Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067718).
Acta asamblea general de socios Elementos de Estilo W S.A., celebrada a las 14:10 horas del 27 de junio del 2012, se acuerda disolver la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Cecilia García Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012067719).
Acta asamblea general de socios Inversiones Lemanja S.A., celebrada a las 10:20 horas del 26 de junio del 2012, se acuerda disolver la sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Cecilia García Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012067720).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 25 de junio de 2012,
se celebró asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Grupo
Integrador de
Ante esta notaría por escritura número cinco-noventa y siete, otorgada a las trece horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad M & A Servicios Informáticos Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067722).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 28 de junio de 2012, se celebró asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tames y Chaves S. A., cédula de persona jurídica 3-101-217243, disolución y liquidación.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—(IN2012067724).
3-101-503459 s. a., cédula jurídica número 3-101-503459, por acta número dos de la asamblea general extraordinaria de socios, celebrada el 27 de marzo del 2012, acuerdan la disolución de la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio y prescinden del nombramiento de liquidador conforme se establece en el acta constitutiva, por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, doce de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—RP2012303134.—(IN2012067726).
Ante esta notaría por escritura número cinco-noventa y seis, otorgada a las trece horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Sistemas Comerciales de Información SCI Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(IN2012067727).
Por
escritura otorgada a las 16:00 horas del 28 de junio del 2012, mediante
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Distribuidora
Mediante escritura otorgada ante ésta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil doce, se procede a disolver la sociedad Agencia de Viajes Vía Sol Sociedad Anónima, por acuerdo unánime de todos los socios.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—(IN2012067731).
Por
escritura de las 22:00 horas del 26 de junio del 2012, otorgada ante esta
notaría pública, se disuelve la mercantil SEF SPA Esthetic And Face Sociedad
Anónima, de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno
inciso d del Código de Comercio.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Cristian
Chacón Castillo, Notario.—1
vez.—(IN2012067732).
Por escritura número: 87 de las catorce horas del veintisiete de junio del año 2012, la asamblea de socios acordó disolver y liquidar la sociedad Servicios Múltiples de Seguridad SERMUSEG Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-354183. Ante el notario Maynor Ignacio Sánchez Ramírez.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012067733).
Por escritura número: 89 de las 17 horas del 27 de junio del año 2012. La asamblea de socios acordó disolver y liquidar la sociedad Comercializadora Alpízar y González S. A., cédula jurídica: 3-101-304255. Ante el notario Maynor Ignacio Sánchez Ramírez.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012067734).
Por escritura otorgada a las once horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Cajuma Pa Tres Sociedad Anónima.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—(IN2012067735).
Por escritura número: 201-01, de las dieciocho horas del veintisiete de junio del año 2012. La asamblea de socios de la sociedad Auditar Consultants Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-471992, acordó disolver y liquidar esta sociedad, en forma unánime.—Lic. Johnny Rojas Bejarano, Notario.—1 vez.—(IN2012067736).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad Vicada Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2012067737).
Mediante escritura 155-5, de 17:00 horas del 27 de junio del 2012, otorgada ante mi notaría, 3-101-478598 Sociedad Anónima, ha resuelto la disolución de dicha sociedad, según art. 201, inc. d) del Código de Comercio.—Alajuela, 18 horas, 27 de marzo del 2012.—Lic. Giselle Arroyo Segura, Notario.—1 vez.—(IN2012067738).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad Dreams Of Glass Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1 vez.—(IN2012067740).
Ante
el suscrito notario, han comparecido Mitzi Eugenia Calderón Goldenberg, cédula
número 602220112, María Eugenia Goldenberg Vargas, cédula 600720804, en su
condición de accionistas de 3-101-617266 Sociedad Anónima, en la cual
solicitan la disolución de dicha sociedad. Se cita a las personas que se vean
afectadas con esta disolución a presentarse ante la oficina del suscrito sea:
Desamparados, Higuito: Residencial Santa Bárbara, casa
En escrituras otorgadas en esta notaría, a las once horas del veintiséis de junio del año en curso, los socios respectivos acuerdan constituidos en asamblea general de accionistas la disolución de la sociedad: Algrace S. A.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—(IN2012067743).
Ante
el suscrito notario, han comparecido María Elena Cañas Rivas, cédula número
800730829, Johnny Alexander Garbanzo Badilla, cédula 107080439, en su condición
de accionistas de 3-101-632756 Sociedad Anónima, en la cual solicitan la
disolución de dicha sociedad. Se cita a las personas que se vean afectadas con
esta disolución a presentarse ante la oficina del suscrito, sea Desamparados,
Higuito, Residencial Santa Bárbara, casa
Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 8:00 horas del 29 de mayo, 16 y 16:30 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizaron asambleas generales de accionistas donde se acuerda la disolución de las empresas: a) Inversiones y Afines Alausi G.C.B. S. A., b) M&M Importaciones Florales de Costa Rica S. A., y c) Artiv Dos Mil S. A., respectivamente.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—(IN2012067746).
En
mi notaría, escritura número doscientos trece-trece, de las nueve horas del
veintisiete de junio del año en curso, se protocolizó acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de Propiedades Rancho Tico Sociedad
Anónima. Se hacen reforma al pacto social, se revocan y hacen
nombramientos. San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Johanny
conocido como Geovanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—(IN2012067747).
Ante
el suscrito notario, han comparecido Daniel Sánchez Umaña, cédula número
106200295, Wendy Cecilia Arias Soto, cédula 108310419, en su condición de
accionistas de 3-101-561376 Sociedad Anónima y 3-101-555239 Sociedad Anónima,
en la cual solicitan la disolución de dichas sociedades. Se cita a las personas
que se vean afectadas con esta disolución a presentarse ante la oficina del
suscrito, sea Desamparados, Higuito, Residencial Santa Bárbara, casa
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del veintiséis de junio del dos mil doce, el señor Geovanni González Jiménez, decide renunciar al puesto de presidente de la sociedad Éxito Creativo Sociedad Anónima.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067750).
Ante
el suscrito notario, han comparecido María Elena Cañas Rivas, cédula número
800730829, en su condición de presidenta de Tiempos Actuales Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3 -101-338598, y Pupusería Rincón
Salvadoreño Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-214387, en la
cual solicitan la disolución de dichas sociedades. Se cita a las personas que
se vean afectadas con esta disolución a presentarse ante la oficina del
suscrito sea Desamparados, Higuito, Residencial Santa Bárbara, casa
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintiocho de
junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada El Fin de
En esta notaría, se disolvieron Pavical Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cero cuatro tres cero ocho cinco, inscrita al tomo cero dos uno, folio uno ocho nueve, asiento uno tres cinco, Víquez y Calderón Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cero tres seis ocho uno nueve, inscrita al tomo uno nueve seis, folio cuatro seis siete, asiento tres nueve cuatro.—San José, a las doce horas del veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Jéssica Pérez Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2012067753).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Internem Punto Com Sociedad Anónima. En la cual por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067754).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación Mar y Arena Sociedad Anónima. En la cual por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067755).
En esta notaría, se disolvieron las sociedades a) Compañía Constructora Víquez Mata Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno- ciento noventa y cuatro mil doscientos sesenta y cuatro, inscrita al tomo cero novecientos ochenta y dos, folio cuatrocientos treinta y tres, asiento cero cero cuarenta y cuatro, b) Vicon Rollforming Products Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos noventa y ocho mil novecientos sesenta y ocho, c) Almacenes San Francisco Sociedad Anónima, inscrita a tomo cero trescientos treinta y uno, folio doscientos treinta y dos, asiento cero cero ciento setenta y tres, d) Viforcal Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- cero setenta y nueve mil novecientos noventa y cuatro, inscrita a tomo cero cuatrocientos cincuenta y cuatro, folio ciento noventa y ocho, asiento cero cero ciento ochenta y seis.—San José, a las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Jéssica Pérez Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2012067756).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada G -Cuatro Publicidad Sociedad Anónima. En la cual por acuerdo de los socios, se disuelve la sociedad.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067759).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Romero Producciones Sociedad Anónima. En la cual por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067760).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, el señor Henry Rodríguez Serrano, decide renunciar al puesto de vicepresidente de la sociedad Nueva York Expreso Sociedad Anónima.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067761).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, el señor Henry Rodríguez Serrano, decide renunciar al puesto de presidente de la sociedad Gestión y Desarrollo Local Consultores Sociedad Anónima.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067763).
En esta notaría, se disolvieron las siguientes sociedades: a) Sergelec Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cero treinta y tres mil novecientos ochenta y tres, inscrita a tomo cero ciento ochenta y uno, folio quinientos cuarenta y cinco, asiento cero cero quinientos veintisiete, b) Cable Poás Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cero setenta y tres mil novecientos cuarenta y dos, inscrita a tomo cero cuatrocientos treinta y uno, folio cero cuarenta y seis, asiento cero cero cero treinta y uno, c) Cableamérica Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y seis mil novecientos veinticuatro, inscrita a tomo cero ochocientos cuarenta y uno, folio cero sesenta y siete, asiento cero cero cero sesenta y cinco, d) Cable Club Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero setenta y cuatro mil seiscientos ocho, inscrita a tomo cero cuatrocientos treinta, folio ciento cincuenta y cuatro, asiento cero cero ciento treinta y cuatro, e) Club Cable Cartago Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- setenta y dos mil seiscientos cuatro, inscrita a tomo cero cuatrocientos dieciocho, folio cero ochenta y siete, asiento cero cero cero ochenta y dos, f) Onda Visión Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno-ciento treinta y cuatro mil setecientos cincuenta, inscrita al tomo cero setecientos cincuenta, folio ciento sesenta y seis, asiento cero cero doscientos setenta y nueve, g) Inversiones Cavilla Dos mil Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno-doscientos sesenta mil doscientos treinta y ocho, inscrita al tomo mil doscientos cincuenta y seis, folio doscientos cincuenta y dos, asiento cero cero doscientos setenta.—San José, trece horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Jéssica Pérez Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2012067764).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada San Pedro del Espino Sociedad Anónima. En la cual por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067765).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada American Leader (LPB) Limitada. En la cual se fusiona en absorción con la sociedad Veintisiete - Noventa y Tres Sociedad Anónima.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067766).
Hoy
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo
Derramar
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del día 26 de junio 2012, ante esta notaría, protocolizo acta de disolución Naturaleza del Bauhinia S. A., cédula de persona jurídica 3-101-464617.—San Pedro de Montes de Oca 28 de junio del 2012.—Lic. Floria Vargas Gurdián, Notaria.—1 vez.—(IN2012067770).
Por
escritura otorgada a las 8:00 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve y
liquida la entidad Ganadera Salitral del Pacífico Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Zen Consulting Corporation S. A., cédula jurídica número 3-101-555206, mediante la cual se modifican las cláusulas primera, segunda y quinta del pacto constitutivo y se nombra nuevo secretario y tesorero.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Mariela Vargas Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012067775).
Mediante
escritura número veintiuno-setenta y nueve, otorgada a las siete horas del
veintiocho de junio del dos mil doce, los socios de la compañía Condominio
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas de hoy, se disolvió Ingeniería Electrónica Analógica y Digital S. A., cédula jurídica: 3-101-062678, domiciliada en San Francisco de Dos Ríos de San José.—Curridabat, 24 de junio del 2012.—Lic. Alberto José Fajardo Monge, Notario.—1 vez.—(IN2012067780).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas de hoy, se disolvió Heko Rico
S. A., cédula jurídica: 3-101-213638, domiciliada en Nicoya de
Guanacaste.—Curridabat, 24 de junio del 2012.—Lic. Alberto José Fajardo Monge,
Notario.—1 vez.—(IN2012067781).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas de hoy, se disolvió Vestimentas
Orgánicas Quepos VOQ S. A., cédula jurídica: 3-101-459196, domiciliada en
Quepos de Puntarenas—Curridabat, 24 de junio del 2012.—Lic. Alberto José
Fajardo Monge, Notario.—1
vez.—(IN2012067782).
El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Comercio Arte COMART Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rubén Hernández Valle, Notario.—1 vez.—(IN2012067783).
El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Prohabitat Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rubén Hernández Valle, Notario.—1 vez.—(IN2012067784).
El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvió y liquidó la sociedad denominada Servicios Múltiples Aries Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012067785).
Ante esta notaría, se acuerda proceder a la disolución de las siguientes sociedades, basado en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, según acuerdo firme y asentados en actas número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de: I) Club Campestre Montana, cédula jurídica tres-uno cero uno- uno siete cero cinco siete nueve, II) Inversiones Antamy Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cinco cero seis ocho cero tres, III) Club Campestre Bordon Sociedad Anónima cédula jurídica tres- uno cero uno- uno seis nueve ocho nueve seis, IV) L y L Constructores Sociedad Anónima cédula jurídica tres- uno cero uno- dos ocho uno uno ocho nueve, V) Carruaje de Oro Sociedad Anónima cédula jurídica tres-uno cero uno- tres siete dos tres nueve ocho, VI) Ronamy Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno- dos ocho uno uno seis tres, VII) Chez Ronamy Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- uno cero uno- tres uno nueve dos siete nueve.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012067787).
Por escritura número ciento dos, otorgada ante la suscrita notaria, el día veintiséis de junio del dos mil doce, a las diez horas, protocolicé el acta número tres, de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Isaqui J.A.M. Sociedad Anónima, en la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Arlene García Pastora, Notaria.—1 vez.—RP2012308082.—(IN2012067791).
Por
escritura número ciento tres, otorgada a las 20:00 horas del día 26 de junio
del 2012, ante la suscrita notaria, se acordó liquidar y disolver en sede
notarial la sociedad Vagery M.CH.A Sociedad Anónima.—Lic. Arlene García
Pastora, Notaria.—1 vez.—RP2012308083.—(IN2012067792).
Por escritura número ciento cuatro, otorgada ante mí, el veintiséis de junio del dos mil doce, a las diez horas, protocolicé el acta número dos, de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Country Hills Sociedad Anónima, en la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Javier Quirós Valerín, Notario.—1 vez.—RP2012308084.— (IN2012067793).
Por
escritura otorgada, ante la suscrita notaria, a las 16:30 horas del 27 de junio
del 2012, protocolicé acuerdos de socios de la sociedad Sierra Alta de Cádiz
CR S. A., donde se acuerda disolver la sociedad.—San José, 27 de junio del
2012.—Lic. Roxana María Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012308085.—(IN2012067794).
Por
escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las 10:02 horas del 26 de junio
del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la sociedad Salvaje UTO Turquesa S. A., donde se reforma
cláusula vigésima y nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 26 de
junio del 2012.—Lic. Adolfo García Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012308086.—(IN2012067795).
Por
escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las 10:01 horas del 26 de junio
del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la sociedad Salvaje Calla Marrón Sociedad Anónima, donde se
reforma cláusula vigésima y nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 26
de junio del 2012.—Lic. Adolfo García Baudrit, Notario.—1 vez.— RP2012308087.—(IN2012067796).
Por
escritura otorgada en Grecia, a las 9:00 horas del 28 de mayo del 2012, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de
Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del 19 de junio del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Salvaje Calla Morado S. A., donde se reforma la cláusula vigésima segunda y se nombra nueva junta directiva.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.— RP2012308089.—(IN2012067798).
Por
escritura otorgada en Grecia, a las 9:00 horas del 18 de junio del 2012, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de
Por
escritura otorgada, en Grecia a las 9:10 horas del 12 de junio del 2012, los
señores Jhonny Castro Benavides y Yorleny Lobo Bogantes como únicos socios de
Por
escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las 16:00 horas del 25 de junio
del 2012, protocolicé acuerdos de socios de la sociedad Inversiones
Generación Verde Dos Mil S. A., donde se acuerda disolver la sociedad.—San
José, 25 de junio del 2012.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1 vez.— RP2012308092.—(IN2012067801).
Por
escritura otorgada, en Grecia a las 10:10 horas del 29 de mayo del 2012, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de
Por
escritura otorgada, en Grecia a las 08:00 horas del 12 de junio del 2012, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de
Por
escritura otorgada, ante el suscrito notario público a las dieciocho horas
treinta y cinco minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Pequeña Amarilla
Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda por unanimidad la disolución
de dicha empresa.—Goicoechea, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.
Esteban Zúñiga Alvarado, Notario.—1
vez.— RP2012308095.—(IN2012067804).
Mediante
asamblea general extraordinaria, Auto Global Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres ciento uno ciento ochenta y dos mil setenta y uno, acordaron
disolver y liquidar la sociedad. Se emplaza a los interesados en oponerse por
el plazo de treinta días contados a partir de esta publicación.—San José, 27 de
junio del 2012.—Lic. Gabriel Zamora Márquez, Notario.—1 vez.— RP2012308096.—(IN2012067805).
Mediante escritura pública, otorgada en esta notaría, de las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar la sociedad Arenas del Roble Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-539638.—Heredia, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Vilma Cordero Benavides, Notaria.—1 vez.—RP2012308097.—(IN2012067806).
Mediante escritura otorgada, en esta notaría, a las nueve horas del veintiséis de junio del año dos mil doce, se disuelve la sociedad Albariza Internacional Sociedad Anónima, con cédula jurídica numero tres- ciento uno - doscientos treinta y ocho mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San José, diez horas del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—RP2012308098.—(IN2012067807).
Al
ser las ocho horas del catorce de abril del dos mil doce, mediante escritura
doscientos cincuenta y cinco del protocolo seis de la suscrita notaria, se
protocolizó acta uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Kompu
Rotulos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno-cero ochenta y un
mil quinientos sesenta y cuatro, en la que se acordó disolver de manera
anticipada dicha sociedad.—Desamparados.—Lic. Emilia María Marín Díaz,
Notaria.—1
vez.—RP2012308099.—(IN2012067808).
Mediante escritura número 119-7, otorgada ante la notaria Laura Granera Alonso, a las 15:00 horas del 18 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Vehículos Ecológicos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-242588. Dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.— RP2012308100.—(IN2012067809).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 27 de junio del 2012, los socios acuerdan disolver Natsu Inmobiliaria S. A., cédula jurídica 3-101-363780.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Óscar Navarro Mondragón, Notario.—1 vez.—RP2012308101.—(IN2012067810).
Ante
esta notaría, se otorgó escritura de disolución de sociedades anónimas, al ser
las dieciocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce, de las compañías
De Lujo Internacional Sociedad Anónima Laboral, cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento veintidós mil cuatrocientos treinta y tres, Corporación
Setenta y Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica numero: tres-ciento
uno-treinta y ocho mil doscientos cuarenta y uno, y Lagunas de Búfalo
Sociedad Anónima, cédula jurídica numero: tres-ciento uno-ciento veintiún
mil setecientos veintidós, tomando el acuerdo por unanimidad. Es todo.—San
José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jannyn Chacón Solís,
Notaria.—1 vez.—
RP2012308102.—(IN20120667811).
Por
escritura número ochenta y ocho-doce, se protocolizó acta mediante la cual se
acordó disolver la sociedad Lodilan del General Viejo Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-526515. Quince horas del veintiséis de junio del dos mil
doce.—Lic. Mauricio Benavides Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308103.—(IN2012067812).
Taller Mecánico Auto Lac Limitada, acuerda su disolución. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del veintisiete de junio del año dos mil doce, ante el notario.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—RP2012308104.—(IN2012067813).
Que
en esta notaría, mediante escritura diecinueve, del folio once frente del tomo
diez, se disolvió la empresa Inversiones Huellas en
Por escritura número ciento cinco-seis, de las catorce horas del veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Mirmago S. A., en la cual se reformó la cláusula referente al plazo social.—Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012308106.—(IN2012067815).
Por otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Holding Marginal del Este HME Sociedad Anónima. Se acordó la disolución de la sociedad. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—RP2012308107.—(IN2012067816).
Por escritura número ciento seis-seis, a las catorce horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, visible al folio sesenta y tres frente del tomo seis del protocolo del notario Royran Arias Navarro, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad DBSoluciones Constructivas S. A., por la cual se disuelve la misma.—San José, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012308108.—(IN2012067817).
Por otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 26 de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Cultivos de Tabarcia Sociedad Anónima. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Rosa María Jiménez Morúa, Notaria.—1 vez.—RP2012308109.—(IN2012067818).
Por escritura número ciento siete-seis, de las quince horas treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Centro de Mercadeo Internacional de Pérez Zeledón Cemisa S. A., en la cual se reformó la cláusula referente al plazo social.—Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012308110.—(IN2012067819).
Por escritura ciento cuarenta y uno, ante la notaria Iliana Cecilia Arce Umaña, a las dieciséis horas del veintisiete de junio del dos mil doce, compareció la totalidad del capital social de Calzado Montero Sociedad Anónima, y donde se disuelve la sociedad.—Guadalupe, a las dieciséis horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Iliana Cecilia Arce Umaña, Notaria.—1 vez.—RP2012308111.—(IN2012067820).
Que por acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Mora y Cascante Limitada, cédula jurídica 3-102-043368, celebrada el día 26 de junio del año 2012, conforme al artículo 201 inc. d) del Código de Comercio se acordó la disolución de dicha sociedad, se avisa de la disolución para efectos de derechos de interesados, por el plazo de ley. Es todo.—San Isidro, 26 de junio del año dos mil doce.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012308113.—(IN2012067821).
Mediante escritura otorgada, el día de hoy en mi notaría, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad C&L Creativos Dinámicos Sociedad Anónima en la cual se acuerda disolver esta sociedad.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012308114.—(IN2012057822).
Que por escritura número 44, visible a folio 40 frente, se modificó la cláusula segunda del pacto social y nombró nueva secretaria y agente residente de Dos Mujeres Elegantes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-252149. Visible en el tomo 20 del protocolo del notario público.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 21 de junio del año 2012.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012308115.—(IN2012067823).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas diecinueve minutos del seis de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad anónima Freedom Whells Sociedad Anónima, mediante escritura doscientos setenta y nueve-uno, en la cual se modifica la cláusula cuarta.—Jueves veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—RP2012308116.—(IN2012067824).
Ante esta notaría, mediante escritura pública número ochenta y ocho, otorgada a las veinte horas del veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Alternativas Naturales Brainfood, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres cuatro ocho cinco cinco seis, en la que, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y con la presencia de la totalidad de los accionistas, se acuerda por unanimidad y con carácter de firme, la disolución de dicha sociedad.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Francisco Ballestero Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012308117.—(IN2012067825).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas treinta minutos del seis de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad anónima Coffee Stop PZ Sociedad Anónima mediante escritura doscientos sesenta y siete-uno, en la cual se modifica la cláusula cuarta.—Jueves veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—RP2012308119.—(IN2012067826).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 08:00 horas del 26 de junio del 2012, se acordó por mayoría de socios de la sociedad Costa Rica Lands Real Estate S. A.., cédula jurídica 3-101-399063, disolución y liquidación.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012308120.—(IN2012067827).
Se aprueba la disolución de la sociedad Inversiones Internacionales García de Grecia S. A. Escritura otorgada en Grecia, a las 17.00 horas del día 27 de junio del 2012.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012308121.—(IN2012067828).
Alfonso Barrantes Rodríguez y Celina María Teresa Suárez Aguilar, disuelven la sociedad anónima denominada Consultora Aldara S. A. Escritura otorgada en Grecia a las 15:50 horas del día 22 de junio del año 2012.—Lic. Miguel Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012308122.—(IN2012067829).
Por escritura ciento doce-tres de las dieciséis horas del veintiséis de junio del dos mil doce, del tomo tres del protocolo del notario David Zúñiga Jiménez, se constituyeron las cinco sociedades cuyos nombres establezcan el número de cédula de persona jurídica que les sea asignado, la referencia a tal número deberá seguirse con el aditamento S.R.L., los nombres se ajustan a lo dispuesto en el artículo setenta y tres del Código de Comercio y de conformidad con lo establecido en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J quedando como gerente Joseph Ziolkowski. Plazo cien años. Capital diez mil colones. Es todo.—Pérez Zeledón, al ser las siete horas del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Jefté David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012308123.—(IN2012067830).
Por escritura otorgada ante mí, se disuelve la sociedad Inversiones Matina Internacional S. A., cédula jurídica 3-101-173938.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Mauricio Arias Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2012308124.—(IN2012067831).
Luis Ángel Alfaro Rodríguez, y Marvin Oswaldo Alfaro Rodríguez, disuelven la sociedad anónima denominada Autos Mall de Grecia S. A. Escritura otorgada en Grecia a las 15:40 horas del día 25 de junio del año 2012.—Lic. Miguel Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012308125.—(IN2012067832).
Francisco Mainor Bolaños Alfaro y Yetty Murillo Villareal, disuelven la sociedad anónima denominada Agropecuaria Bovi de Grecia S. A. Escritura otorgada en Grecia a las 12:30 horas del día 27 de junio del año 2012.—Lic. Miguel Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012308126.—(IN2012067833).
Por
escritura número 281-7 otorgada ante esta notara a las 12:30 horas del 27 de
junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de
Mainor
Bolaños Alfaro y Yetty Murillo Villareal, disuelven la sociedad anónima
denominada Finca
Por escritura número treinta y nueve otorgada ante esta Notaría a las catorce horas del día veinticinco de junio del año dos mil doce, se protocolizó acuerdo de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Socotroco de Los Yoses Sociedad Anónima, entidad poseedora de la cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos setenta mil ochocientos cincuenta y cinco, por medio de la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, veinticinco de junio del año dos mil doce.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—RP2012308129.—(IN2012067836).
Por escritura número 282-7, otorgada ante esta notaria a las 13:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Veinticuatro de Mayo de Mil Novecientos Setenta y Cuatro S. A., cédula jurídica 3-101-577573, por la cual se modifica las cláusulas primera, segunda y sétima del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero y fiscal correspondiéndoles de ahora en adelante el cargo de presidente a Paulo Rivera Solano, secretaria Mónica Aguilar Coto, tesorero Alexander Gerardo Acuña Coto y fiscal Douglas Iván Solís Solís.—San Isidro de Pérez Zeledón, 27 de junio del 2012.—Lic. Silvia Elena Barrantes Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012308130.—(IN2012067837).
Por escritura número 283-7 otorgada ante esta notaria a las 13:30 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Paradise of The Earth S. A., cédula jurídica 3-101-558716, por la cual se modifica las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero y fiscal correspondiéndoles de ahora en adelante el cargo de presidente a Carlos Manuel Duarte Benamburg, secretaria Silvia Vanessa Bermúdez Sánchez, tesorera Miriam Benamburg Castro y fiscal Mireya Sánchez Sánchez.—San Isidro de Pérez Zeledón, 27 de junio del 2012.—Lic. Silvia Elena Barrantes Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012308131.—(IN2012067838).
Por escritura número ocho, otorgada ante la suscrita notaria, a las 9:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Almotran S. A. en la que se acuerda disolver la sociedad.—San Antonio de Belén, 27 de junio del 2012.—Lic. María Gabriela Rojas Ulloa, Notaria.—1 vez.—RP2012308132.—(IN2012067839).
Por
escritura de las 08:30 horas del 26 de junio del 2012, los accionistas de Parqueo
Por escritura número 280-7 otorgada ante esta notaria a las 12:00 horas del 27 de junio del 2012, los socios accionistas acuerdan disolver la compañía tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil noventa y cinco sociedad anónima, cédula jurídica igual a su nombre.—San Isidro de Pérez Zeledón, 27 de junio del 2012.—Lic. Silvia Elena Barrantes Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012308134.—(IN2012067841).
Al ser las diez horas veinte minutos del día veintiséis de junio del año dos mil doce, mediante escritura otorgada ante esta notaría se protocoliza el acta número dos de asamblea general extraordinaria de Rivas Escrow Account International Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres mil ciento sesenta y ocho. Donde se acuerda la disolución de dicha sociedad.—Pérez Zeledón, veintiséis de junio del año dos mil doce.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2012308135.—(IN2012067842).
Al ser las catorce horas quince minutos del día veinticinco de junio del año dos mil doce, mediante escritura otorgada ante esta notaría se acuerda la disolución de la sociedad Bloque de Inversiones Aguirre Mena A y M Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dos mil ochocientos sesenta, cuyo Presidente es Randall Aguirre Mena, cédula de identidad uno-cero novecientos quince-cero ochocientos setenta y tres.—Pérez Zeledón, veinticinco de junio del año dos mil doce.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2012308136.—(IN2012067843).
Al ser las catorce horas del día veinticinco de junio del año dos mil doce, mediante escritura otorgada ante esta notaría se acuerda la disolución de la sociedad Diseños y Confecciones Anneth del Valle Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta y un mil seiscientos ochenta y ocho, cuya Presidenta es Cecilia Anneth Murcia López, cedula de identidad uno-cero ochocientos noventa y nueve-cero ciento veinte.—Pérez Zeledón, veinticinco de junio del año dos mil doce.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2012308137.—(IN2012067844).
En mi notaría a las nueve horas del quince de febrero del dos mil doce, se constituye la empresa denominada Seguridad Pentágono Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de febrero del dos mil doce.—Lic. Sara Montero Castrillo. Notaria.—1 vez.—RP2012308138.—(IN2012067845).
Al ser las diez horas treinta minutos del día veintiséis de junio del año dos mil doce, mediante escritura otorgada ante esta notaria se protocolizan el acta número dos de asamblea general extraordinaria de Dúo Estelar Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y un mil trescientos setenta y ocho, en la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad.—Pérez Zeledón, veintiséis de junio del año dos mil doce.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2012308139.—(IN2012067846).
Mediante escritura de las quince horas del veintiséis de junio del dos mil doce, número treinta y cuatro, tomo treinta y nueve de mi protocolo, el señor Julio Barquero Salazar, único socio y dueño del capital social de la empresa Asesores Asociados S. A., cédula jurídica 3-101-020144-24, disuelve la misma en vía notarial.—Lic. Douglas Román Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012308140.—(IN2012067847).
Por
escritura otorgada ante mí, a las nueve horas treinta minutos del veintisiete
de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad anónima
Por escritura otorgada en mi Notaría hoy a las 16:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número 02, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Rodescal S. A., mediante la cual se acuerda disolverla.—San José, 27 de junio del año 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012308142.—(IN2012067849).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad anónima Pura Vida Garden Real State Sociedad Anónima mediante escritura ciento dos-seis, en la cual se modifica la cláusula cuarta.—Veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Owen Amén Montero Notario.—1 vez.—RP2012308143.—(IN2012067850).
Ante el notario Harold Núñez Muñoz, se protocolizó en San José, a las 08:00 horas del 27 de junio del 2012, acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Vulcanizadora Lujan S. A., en donde la totalidad de socios acordó la disolución de la empresa.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP20123081144.—(IN2012067851).
Por escritura otorgada en mi Notaría hoy a las 11:30 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número 05, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Corporación Giangiulio Lobo S. A., mediante la cual se acuerda disolverla.—San José, 27 de junio del año 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012308145.—(IN2012067852).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad anónima Versot.Com Sociedad Anónima mediante escritura ciento dos-seis, en la cual se modifica la cláusula cuarta.—Veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Owen Amén Montero Notario.—1 vez.—RP2012308146.—(IN2012067853).
Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 13:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número 01, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Grupo de Servicios LZ S. A., mediante la cual se acuerda disolverla.—San José, 27 de junio del año 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012308147.—(IN2012067854).
El notario Harold Núñez Muñoz, protocolizó en San José, a las 20:00 horas del 26 de junio del 2012, acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Mesen y Mesén, S. A., en donde se acordó la disolución de la empresa.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012308148.—(IN2012067855).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad anónima Visitorguidecostarica.Com Sociedad Anónima mediante escritura ciento tres-seis, en la cual se modifica la cláusula cuarta.—Veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Owen Amén Montero Notario.—1 vez.—RP2012308149.—(IN2012067856).
Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 12:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número 01, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Compañía Diversificadora de Productos Codipro S. A., mediante la cual se acuerda disolverla.—San José, 27 de junio del año 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012308150.—(IN2012067857).
Por escritura otorgada en mi Notaría hoy a las 11:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número 01, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Inmobiliaria Popollo S. A., mediante la cual se acuerda disolverla.—San José, 27 de junio del año 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012308151.—(IN2012067858).
Mediante escritura número cuarenta y seis-tres, otorgada ante esta notaría, a las 13:30 horas del 25 de junio del 2012, protocolicé acta número uno, de asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollo Melinex Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Maurin Zúñiga Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012308152.—(IN2012067859).
Por escritura de las 16:00 horas del 25 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Debusale S. A., en la que por unanimidad de socios acuerdan disolver la sociedad, fundamentado en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Presidente, Leslie Abadia Anderson.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012308153.—(IN2012067860).
Mediante escritura número ochenta y cinco-veintidós, otorgada ante Esta notaría, al ser las catorce horas diecinueve minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se llevó a cabo la disolución de la empresa Jojo Macyn S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos veintiocho mil doce, Presidenta; Silvia Castro Quesada.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—RP2012308154.—(IN2012067861).
Se deja constancia que en mi Notaría a las once horas del veintisiete de junio de dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad Asesorías Profesionales M C M Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y ocho mil diez, asamblea que contó con la asistencia de la totalidad del capital social y mediante la cual acordaron la disolución de la sociedad Asesorías Profesionales M C M S. A. Es todo.—Lic. Emma Zoraida Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012308155.—(IN2012067862).
Mediante escritura número ochenta y seis-veintidós, otorgada ante esta notaría, al ser las catorce horas veintiséis minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se llevó a cabo la disolución de la empresa Corporación Tencio & Castro JJ S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cinco mil trescientos ochenta y nueve. Presidente; Maximino Tencio Alfaro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—RP2012308156.—(IN2012067863).
Mediante escritura número ochenta y siete-veintidós, otorgada ante esta notaría, al ser las catorce horas treinta y cinco minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se llevó a cabo la disolución de la empresa Eco-Reciclados del Valle S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y cinco mil seiscientos cinco. Presidente; Max Johan Tencio Castro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—RP2012308157.—(IN2012067864).
Mediante escritura autorizada por mí, a las 11:00 horas del 27 de junio de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Lemosin del BQ Sociedad Anónima (la “Compañía”), cédula de persona jurídica número 3-101-308338, mediante la cual se acordó por unanimidad de socios reunidos en asamblea, disolver y liquidar la compañía.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012308158.—(IN2012067865).
Ante esta notaría se constituye la sociedad anónima Iglesia Comunidad Cristiana de Los Ángeles de Potrero Grande Sociedad Anónima, cuyo presidente será Franklin Vidal Flores cédula seis-doscientos seis-cuatrocientos sesenta y tres, capital social de diez mil colones.—Buenos Aires, Puntarenas veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra González Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012308159.—(IN2012067866).
Mediante
escritura autorizada por mí, a las 14:30 horas del 26 de junio de 2012, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Beneficio Oropesa,
Limitada (
Mediante escritura autorizada por mí, a las 14:00 horas del 26 de junio de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Fanovika de Worms Sociedad Anónima (la “Compañía”), cédula de persona jurídica número 3-101-443232, mediante la cual se acordó: (i) reformar la cláusula de representación del pacto constitutivo de la compañía; y, (ii) nombrar nueva junta directiva y fiscal.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Rafael Arturo Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2012308162.—(IN2012067868).
En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Vainillo Verde S. A. celebrada en su domicilio social a las once horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Édgar Vásquez Retana, Liquidador.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308163.—(IN2012067869).
En escritura pública otorgada ante este notaría se procede a la disolución de la sociedad anónima Ingeniería y Desarrollos Corrales Sociedad Anónima por acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas.—Lic. Luis Gonzalo Cortes Enríquez, Notario.—1 vez.—RP2012308164.—(IN2012067870).
En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-596221 S. A. celebrada en su domicilio social a las diecinueve horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308165.—(IN2012067871).
Por escritura otorgada ante la notaría del
Licenciado Douglas Mora Umaña, se procedió a la disolución de Art In Teak
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
cincuenta mil cincuenta y nueve. Es todo.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic.
Douglas Mora Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012308166.—(IN2012067872).
Se disuelve la sociedad anónima denominada Bajo
del Telire del Norte S. A., cédula jurídica número 3-101-233168,
domiciliada en San José, Sabana Este, avenida 4, calles 38 y 40, conforme a
En asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la compañía Ocora Dorada S. A. celebrada en
su domicilio social a las nueve horas del veintiséis de junio del dos mil doce,
se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al
artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 26 de junio del 2012.
Édgar Vásquez Retana, Liquidador.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1
vez.—RP2012308168.—(IN2012067874).
En asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la compañía Mostrenco Plateado S. A.
celebrada en su domicilio social a las diez horas del veintiséis de junio del
dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede
notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José,
26 de junio del 2012. Édgar Vásquez Retana, Liquidador.—Lic. Leonardo Gómez
Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308169.—(IN2012067875).
Por escritura número trescientos del tomo
seis de mi protocolo, otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del
veintisiete de junio del año dos mil doce, se acuerda por unanimidad de socios
la disolución de la sociedad El Dorado de Turrialba Sociedad Anónima.—Turrialba,
27 de junio del 2012.—Lic. Otoniel Díaz Flores, Notario.—1
vez.—RP2012308170.—(IN2012067876).
En asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la compañía CV Real State S. A. celebrada en
su domicilio social a las dieciséis horas del veinticinco de junio del dos mil
doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial,
conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 26 de
junio del 2012. Édgar Vásquez Retana, Liquidador.—Lic. Leonardo Gómez Salazar,
Notario.—1 vez.—RP2012308171.—(IN2012067877).
En asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la compañía CV Vida Digital S. A. celebrada
en su domicilio social a las diecisiete horas del veinticinco de junio del dos
mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial,
conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 26 de
junio del 2012. Édgar Vásquez Retana, Liquidador.—Lic. Leonardo Gómez Salazar,
Notario.—1 vez.—RP2012308172.—(IN2012067878).
Por escritura número doscientos ochenta y
cinco del tomo seis de mi protocolo, otorgada ante mí, a las diecisiete horas y
treinta y siete minutos del cuatro de junio del 2012, se acuerda por unanimidad
de socios la disolución de la sociedad Constructora Brenes y Camacho
Sociedad Anónima.—Turrialba, 27 de junio del 2012.—Lic. Otoniel Díaz
Flores, Notario.—1 vez.—RP2012308173.—(IN2012067879).
En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Cedrillo Azul S. A. celebrada en su domicilio social a las quince horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 26 de junio del 2012. Édgar Vásquez Retana, Liquidador.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308174.—(IN2012067880).
Por escritura número ciento veintiuno, otorgada ante esta notaría, notario Eugenio Desanti Hurtado, a las ocho horas del día veintisiete de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Oll Marret Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- trescientos cuarenta y seis mil ciento cuarenta y siete, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—RP2012308175.—(IN2012067881).
Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta de las doce horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Inmobiliaria Rodriara Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y cuatro mil cero cincuenta y tres. Es todo.—San José, veinticinco de junio del año dos mil doce.—Lic. Víctor Fernández Kopper, Notario.—1 vez.—RP2012308176.—(IN2012067882).
Mediante escritura pública número ochenta y cuatro - ocho, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día veintisiete de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de la compañía Reconstructora-Pintura y Fibra de Vidrio para Motocicletas JM S. A., en la que se acuerda la disolución de la sociedad por devolución del capital social aportado.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María Montero Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2012308177.—(IN2012067883).
Por escritura 105-52, del tomo 52, del suscrito notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en San Isidro de El General, de Pérez Zeledón a las 11:00 horas del 27 de junio del 2012; protocolicé el acta, en la cual se disuelve la siguiente sociedad costarricense: Boca Bhudda Roca S. A. cédula jurídica tres- ciento uno - trescientos noventa y ocho mil ochocientos seis.—San Isidro de El General, 27 de junio del 2012.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308178.—(IN2012067884).
Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y siete de las quince horas con treinta minutos del veinticinco de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Rofra del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos siete tres nueve siete cuatro. Es todo.—San José, veinticinco de junio del año dos mil doce.—Lic. Víctor Fernández Kopper, Notario.—1 vez.—RP2012308179.—(IN2012067885).
Por escritura otorgada ante el notario Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, a las 13:00 horas de hoy, se disolvió la sociedad Gold Birds of American Forest S. A. Por escrituras otorgadas ante mí, a las 15, 16 y 17 horas del 25 de junio, se disolvieron Goelve S.A., Testapa S. A. y Cinco Diciembre Ochenta y Siete S.A., respectivamente.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario.—1 vez.—RP2012308180.—(IN2012067886).
Por escritura otorgada ante esta notaría, número ciento sesenta y dos- cuatro a las dieciséis horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de: Grupo de Inversiones Pima Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres- ciento uno doscientos sesenta y cinco mil doscientos noventa y ocho. Es todo.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Michael Calderón Segura, Notario.—1 vez.—RP2012308181.—(IN2012067887).
Roberto Gerardo y Rafael Eduardo ambos Artavia Solís, dueños de la totalidad del capital social de Servicios Hermanos Artavia Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-253106, por unanimidad acuerdan y solicitan al Registro su disolución, a las diecisiete horas treinta minutos del veintiséis de junio del año dos mil doce.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria—1 vez.—RP2012308182.—(IN2012067888).
Albino Francisco Chaves Solís y Marianela Rodríguez Murillo dueños de la totalidad del capital social de Alneza Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102- 561053, por unanimidad acuerdan y solicitan al Registro su disolución, a las once horas del veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria—1 vez.—RP2012308183.—(IN2012067889).
José Eduardo Castro Aguilar y Sandra Fournier Guillén dueños de la totalidad del capital social de Servicios Computarizados CYG, cédula jurídica 3-101-076822, por unanimidad solicitan al Registro su disolución, a las diez horas del veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria—1 vez.—RP2012308189.—(IN2012067890).
Se
le hace saber a las personas interesadas que ante suscrito Jorge Mario Piedra
Arias, notario público, con oficina abierta en Aserrí, procedió a protocolizar
el acta número uno, la cual se encuentra
en el libro de actas de asamblea de socios celebrada al ser las dieciséis horas
del veintiuno de junio del dos mil doce, en donde se acordó de manera unánime
disolver la sociedad denominada
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Standard Guarantee Company Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y dos mil setecientos siete, en la cual se modificó la cláusula segunda referente al domicilio social. Es todo.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012308186.—(IN2012067892).
Mediante escritura número 9 otorgada ante el notario Federico Truque Arias, a las 08:00 horas del 23 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Despertares Centro de Análisis Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-doscientos sesenta y tres mil doscientos treinta y ocho. Dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Federico Truque Arias, Notario.—1 vez.—RP2012308187.—(IN2012067893).
Mediante
escritura número 6-34 otorgada ante el notario German Serrano García, a las
16:00 horas del 26 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Inversiones
Mediante escritura número 42 otorgada ante el notario Miguel Antonio Elizondo Soto, a las 16:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria en la cual se acordó la disolución de la sociedad Costa Esterillos Estates Levistico Cero Sesenta S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-460432. Dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—RP2012308189.—(IN2012067895).
Mediante escritura número 17 otorgada ante la notaria Melania Campos Lara, a las 17:00 horas del 27 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad SKR Comunicación Corporativa y Relaciones Públicas S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-533218. Dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Melania Campos Lara, Notaria.—1 vez.—RP2012308190.—(IN2012067896).
Se aprueba la disolución de la sociedad Urbanizadora Montegar Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia a las 19:00 horas del día 21 de junio del 2012.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012308191.—(IN2012067897).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate, los señores Víctor Alexis Segura Soto y Mauricio Segura Soto, solicitan la disolución de la sociedad Transportes Terrestres Segura Soto S. A.—Santa Bárbara de Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012308192.—(IN2012067898).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate, los señores Carlos Eduardo Esquivel Monge y Claudia Ávila Montanaro, solicitan la disolución de la sociedad Inversiones Esquiavila de San Pedro S. A.—Santa Bárbara de Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012308194.—(IN2012067899).
La
suscrita notaria hace constar que hoy se otorgó escritura de disolución de Inversiones
Herna O.S. Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, Santo Domingo,
El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Fisioterapia Body Wellness Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012308196.—(IN2012067901).
Los señores accionistas de la sociedad Garnu Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiún mil quinientos veintiuno. Acuerdan disolver y desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil.—Lic. Yamileh Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012308197.—(IN2012067902).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 27 de junio de 2012 se solicitó disolver en sede notarial la sociedad Topp Técnica S. A.; cédula jurídica 3-101-175947.—San José, 10:00 horas del veintisiete de junio del 2012.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012308198.—(IN2012067903).
Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del veintiséis de junio de dos mil doce, en esta notaría, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Netsign Sociedad Anónima. Se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Gabriel Zamora Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012308199.—(IN2012067904).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 25 de junio de 2012, se solicitó disolver en sede notarial la sociedad Nenaeze S. A.; cédula jurídica 3-101-153356.—San José, 16:00 horas del veinticinco de junio del 2012.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012308200.—(IN2012067905).
Por escritura otorgada en San José, a las diez horas del veintiséis de junio de dos mil doce, en esta notaría, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Arqostudio Design AOS Sociedad Anónima. Se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Gabriel Zamora Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012308200.—(IN2012067906).
Por escritura ochenta y cuatro del tomo veintidós de mi protocolo, otorgada el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Servicio Mecánico Diesel y Repuestos S. A., mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad, no se nombró liquidador en razón de que no existen activos ni pasivos.—San Isidro de Pérez Zeledón, 27 de junio del 2012.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—RP2012308203.—(IN2012067907).
Por escritura otorgada en San José, a las doce horas del dieciocho de junio del dos mil doce, en esta notaría, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Mount Ocean Five Black Sociedad Anónima. Se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San José, 27 de abril del 2012.—Lic. Gabriel Zamora Baudrit, Notario.—1 vez.—RP2012308204.—(IN2012067908).
En esta notaría, se otorgó escritura de socios de la sociedad Jemarcver Costarricense S. A., cédula 3-101-257132, en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Pérez Zeledón, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Adrián Vargas Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2012308206.—(IN2012067909).
Por escritura 102-52, del tomo 52, del suscrito notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en San Isidro de El General, de Pérez Zeledón a las 8:00 horas del 26 de junio del 2012; protocolicé el acta, en la cual se disuelve la siguiente sociedad costarricense: 3-102-550915 S.R.L. cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos cincuenta mil novecientos quince.—San Isidro de El General, 27 de junio del 2012.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308208.—(IN2012067910).
El suscrito notario hace constar que hoy autorizó escritura de disolución y liquidación de la sociedad Propiedades Lorena Cruz Sociedad Anónima, domiciliada en Lourdes de Montes de Oca, San José, aquita, de Cortel, 200 al sur, 100 al este, 50 al norte y 50 al este y cédula jurídica Nº 3-101-063234. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, cualquier interesado en oponerse judicialmente a esta disolución puede hacerlo dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Mendieta García, Notario.—1 vez.—RP2012308209.—(IN2012067911).
Por escritura 104-52, del tomo 52, del suscrito notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en San Isidro de El General, de Pérez Zeledón a las 10:00 horas del 27 de junio del 2012; protocolicé el acta, en la cual se disuelve la siguiente sociedad costarricense: Grandes Aventuras de Las Escaleras S. A. con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos tres mil setenta.—San Isidro de El General, 27 de junio del 2012.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308210.—(IN2012067912).
El suscrito notario hace constar que hoy protocolizó acuerdos de fusión de las sociedades domiciliadas en San José, calle 21, avenida 10, casa N° 1021, Cantón S. A., Beneficio Río Negro S. A. y Compañía de Procesos Técnicos, prevaleciendo la primera y quedando absorbidas las dos últimas. Se reformó la cláusula cuarta de la escritura social de la primera. De conformidad con el artículo 201 del Código de Comercio, cualquier interesado en oponerse judicialmente a esta fusión y disolución puede hacerlo dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Mendieta García, Notario.—1 vez.—RP2012308211.—(IN2012067913).
Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tecuala Sociedad Anónima, cédula 3-101-345328, y que mediante acuerdo en firme por unanimidad y totalidad de votos se decide disolver la sociedad.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Róger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—RP2012308212.—(IN2012067914).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las veinte horas del veinticinco de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad domiciliada en San Juan de San Ramón de Alajuela, Luz del Alba Sociedad Anónima cédula tres-ciento uno-ciento cincuenta y siete mil ochocientos sesenta y seis.—San Ramón, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. José Rafael Steller Garro, Notario.—1 vez.—RP2012308213.—(IN2012067915).
En
mi notaría, mediante la escritura número doscientos setenta y ocho, otorgada a
las veinte horas del veintiuno de junio del dos mil doce, se disuelve la
entidad Byfield y Retana Consultants Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil setecientos cuarenta y
siete, de conformidad con
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del dieciséis de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad domiciliada en centro de San Ramón de Alajuela Corporación Solano Arias de Occidente Sociedad Anónima cédula tres-ciento uno-seiscientos ocho mil doscientos noventa y cinco.—San Ramón, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. José Rafael Steller Garro, Notario.—1 vez.—RP2012308215.—(IN2012067917).
Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Belbho Bolson Sociedad Anónima, cédula: 3-101-358524, y que mediante acuerdo en firme por unanimidad y totalidad de votos se decide disolver la sociedad.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Róger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—RP2012308216.—(IN2012067918).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las veintiuna horas del veinticinco de junio de dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad domiciliada en Paquera de Puntarenas: Frutipaquera M y L Sociedad Anónima cédula tres-ciento uno ciento veintinueve mil treinta y nueve.—San Ramón, veinticinco de junio de dos mil doce.—Lic. José Rafael Steller Garro, Notario.—1 vez.—RP2012308217.—(IN2012067919).
En
mi notaría, mediante la escritura número doscientos ochenta, otorgada a las
quince horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se disuelve la entidad Gypsun
Construye Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos nueve mil quinientos ochenta y dos, de conformidad con
Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Fuente Externa Fuentex Sociedad Anónima, cédula: 3-101-251827, y que mediante acuerdo en firme por unanimidad y totalidad de votos se decide disolver la sociedad.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Róger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—RP2012308219.—(IN2012067921).
Hoy
protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Consultoría
Informática Orientada a
En
mi notaría, mediante la escritura número doscientos setenta y dos, otorgada a
las dieciocho horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se disuelve la
entidad Academia de Música Moderna del Oeste Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y nueve mil trescientos,
de conformidad con
En
mi notaría, mediante la escritura número 4-96, otorgada a las 18:30 horas del
25 de junio del año 2012, se disuelve la sociedad denominada Viñas Dulces S.
A. cédula jurídica Nº 3-101-185491, de conformidad con
En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-456916 S. A. celebrada en su domicilio social a las diecinueve horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Leonardo Gómez Salazar, liquidador.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308224.—(IN2012067925).
Por escritura otorgada a las diez horas diez minutos del veinticinco de junio de dos mil doce, se disolvió la compañía AAA Autos de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro ocho seis cinco ocho cinco.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notaria.—1 vez.—RP2012308225.—(IN2012067926).
Ante esta notaría se procede a la disolución de la compañía Viajes Acuarela S. A. escritura 92-12.—San José, a las 11:00 horas del 22 de junio del 2012.—Lic. Ricky Acuña Castro, Notario.—1 vez.—RP2012308226.—(IN2012067927).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mi MSc. Frank Herrera Ulate, se constituye la sociedad Klip Xtreme Store S. A., corresponde al presidente, secretario, tesorero la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 25 de julio del 2012.—MSc. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012308227.—(IN2012067928).
Ante esta notaría se procede a la disolución de la compañía Lara Acuña y Murillo S. A. Escritura 34.—San José, a las 11:00 horas del 2 de junio del 2012.—Lic. Marianela Moya Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012308228.—(IN2012067929).
Ante esta notaría se disolvió la empresa Gastronómica Mi Chef Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-564965, por medio de escritura Nº 298-32, de las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Arlhene Pradella Balladeras, Notaria.—1 vez.—RP2012308229.—(IN2012067930).
Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general de disolución de la compañía Dimirosi R & S Propiedades S. A. Escritura otorgada ante el notario Ricky Acuña Castro número 97-12.—San José, a las 14:30 horas del 27 de junio del 2012.—Lic. Ricky Acuña Castro, Notario.—1 vez.—RP2012308230.—(IN2012067931).
Por escritura otorgada a las trece horas del veintiséis de junio de dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general de socios donde se fusionan las compañías Corcel del Valle S. A., Corcel de Galicia S. A., Corcel de Paz S. A., Corcel Mágico S. A., Corcel de Estrellas S. A. y Corcel de Flores S. A, por los cuales la última absorbió a las cinco primeras.—San José, 26 de junio de 2012.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—RP2012308231.—(IN2012067932).
Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general de disolución de la compañía Corporación Clamai MR S. A. Escritura otorgada ante el notario Ricky Acuña Castro, número 96-12.—San José, a las 14:00 horas del 27 de junio del 2012.—Lic. Ricky Acuña Castro, Notario.—1 vez.—RP2012308232.—(IN2012067933).
Por
escritura otorgada a las catorce horas del veinticuatro de junio de dos mil
doce, se disolvió la compañía
A las 12:30 horas del día 26 de junio del 2012, la totalidad de accionistas de la sociedad Brego Gobre S. A. comparecieron ante esta notaría y acordaron por unanimidad la disolución y liquidación de esta sociedad anónima.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012308234.—(IN2012067935).
Por escritura otorgada a las diez horas del veinticinco de junio de dos mil doce, se disolvió la compañía Mayamar Resort Vista Marina del Pacífico S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y seis mil seiscientos tres.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notaria.—1 vez.—RP2012308235.—(IN2012067936).
A las 16:40 horas del día 26 de junio del 2012, se firmó escritura mediante la cual por unanimidad de votos, se acordó disolver la sociedad Seguridad y Estrategia de Defensa Vicol S. A.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012308236.—(IN2012067937).
Por asamblea general extraordinaria de accionistas la empresa denominada Palacio de Los Reyes Sociedad Anónima acuerda la disolución.—San José, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012308237.—(IN2012067938).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:10 horas del 27 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Telegestión Informática G M Sociedad Anónima. Se acuerda unánimemente disolver la sociedad. Es todo.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012308238.—(IN2012067939).
Por asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Distribuidora Justo a Tiempo Sociedad Anónima, acuerda la disolución.—San José, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012308239.—(IN2012067940).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:30 horas del 27 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Deschaves Farm AT Fox Hall Limitada. Se acuerda unánimemente disolver la sociedad. Es todo.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012308240.—(IN2012067941).
Por asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Milla Milagrosa Sociedad Anónima acuerda la disolución.—San José, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012308241.—(IN2012067942).
Por asamblea general extraordinaria de accionistas la empresa denominada Wigmarth Sociedad Anónima acuerda la disolución.—San José, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012308242.—(IN2012067943).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las 12:00 horas del 27 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Merton Holdings Sociedad Anónima, se acuerda unánimemente disolver la sociedad. Es todo.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2012308243.—(IN2012067944).
Escritura otorgada a las 13:00 horas del 26 de junio del dos mil doce se disolvió la sociedad anónima Corporación Activa del Sur Sociedad Anónima. Domicilio San José.—17 de junio del 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012308244.—(IN2012067945).
Por asamblea general extraordinaria de accionistas la empresa denominada Tanque Azul Sociedad Anónima acuerda la disolución.—San José, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012308245.—(IN2012067946).
Escritura otorgada: a las 17:00 horas del 26 del junio de dos mil doce se disolvió la sociedad anónima Visión Futurista Comerciante Total Sociedad Anónima, domicilio: San José.—27 de junio 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012308246.—(IN2012067947).
Se acuerda la disolución anticipada de Empresa Ameche S. A. cédula jurídica 3-101-090322. No existen activos ni pasivos, quedando liquidada la misma. Escritura otorgada a las 17:00 hrs. de junio del 2012.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012308247.—(IN2012067948).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintiséis de junio de dos mil doce, se constituyó la sociedad que tendrá como nombre el número de cédula jurídica asignado por el Sistema del Registro de Personas Jurídicas, con capital de diez mil colones, y plazo de noventa y nueve años.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Martín Alvarado Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012308248.—(IN2012067949).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizaron acuerdos de De Pass y Ferreto Asociados, acordándose la disolución de la empresa.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Martín José Alvarado Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012308249.—(IN2012067950).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocolizaron acuerdos de Disarcqo S. A., acordándose la disolución de la empresa.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Martín José Alvarado Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012308250.—(IN2012067951).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizaron acuerdos de Alassys S. A., acordándose la disolución de la empresa.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Martín José Alvarado Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012308252.—(IN2012067952).
En la notaría de Marta Cecilia Jiménez Chaves en connotaría con María del Rocío Arroyo Chaves, a las 12:00 horas de hoy, se protocolizó acta en la cual se acuerda disolver la sociedad Marcella Ciento Uno B S. A. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio se avisa que dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado que se sienta perjudicado en sus derechos podrá oponerse judicialmente a la disolución.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012308253.—(IN2012067953).
En la notaría de Marta Cecilia Jiménez Chaves en connotaría con María del Rocío Arroyo Chaves, a las 12:00 horas de hoy, se protocolizó acta en la cual se acuerda disolver la sociedad ESP Avenida Diez Bis S. A. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio se avisa que dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado que se sienta perjudicado en sus derechos podrá oponerse judicialmente a la disolución.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012308254.—(IN2012067954).
En la notaría de Marta Cecilia Jiménez Chaves en connotaría con María del Rocío Arroyo Chaves, a las 12:00 horas de hoy, se protocolizó acta en la cual se acuerda disolver la sociedad Inmobiliaria Di Lido S. A. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio se avisa que dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado que se sienta perjudicado en sus derechos podrá oponerse judicialmente a la disolución.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012308255.—(IN2012067955).
En la notaría de Marta Cecilia Jiménez Chaves en connotaría con María del Rocío Arroyo Chaves, a las 12:00 horas de hoy, se protocolizó acta en la cual se acuerda disolver la sociedad Grupo Inmobiliario Gilg Limitada. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio se avisa que dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado que se sienta perjudicado en sus derechos podrá oponerse judicialmente a la disolución.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012308256.—(IN2012067956).
En mi notaría se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Proyectos Chaves y Martínez CH M Sociedad Anónima, mediante escritura número ochenta y uno-dieciséis al ser las dieciocho horas del día veintiséis de junio del año dos mil doce, consistente en disolución de sociedad.—Lic. María del Pilar Mora Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012308257.—(IN2012067957).
En la notaría de Marta Cecilia Jiménez Chaves en connotaría con María del Rocío Arroyo Chaves, a las 12:00 horas de hoy, se protocolizó acta en la cual se acuerda disolver la sociedad C.M.C. Casas Modernas de Costa Rica S. A. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio se avisa que dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado que se sienta perjudicado en sus derechos podrá oponerse judicialmente a la disolución.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012308258.—(IN2012067958).
En mi notaría se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Empresa de Alimentos Martilanda de Responsabilidad Limitada, mediante escritura número ochenta y dos-dieciséis al ser las dieciocho horas con quince minutos del día veintiséis de junio del año dos mil doce, consistente en disolución de sociedad.—Lic. María del Pilar Mora Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012308259.—(IN2012067959).
En mi notaría por escritura Nº 39 de las 10 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad, Raciocinio y Prudencia del Futuro S. A. para la disolución y liquidación de dicha sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Antonio Chaves Olivares, Notario.—1 vez.—RP2012308260.—(IN2012067960).
Por escritura doscientos cincuenta y tres otorgada a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil doce. Se acuerda disolver la sociedad Importadora de Vehículos y Repuestos Usados Marbella S. A. cédula jurídica número tres-ciento uno-dos cuatro nueve nueve ocho dos.—Firma ilegible.—1 vez.—RP2012308261.—(IN2012067961).
En mi notaría por escritura Nº 42 de las 13 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres Ciento Uno-Nueve Mil Trescientos Dieciocho S. A. para la disolución y liquidación de dicha sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Antonio Chaves Olivares, Notario.—1 vez.—RP2012308262.—(IN2012067962).
En mi notaría por escritura número 35 de las 11 horas del 20 de junio del 2012, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Proyectos Max y Man M y M S. A., para la disolución y liquidación de dicha sociedad.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Antonio Chaves Olivares, Notario.—1 vez.—RP2012308263.—(IN2012067963).
Por medio de escritura otorgada el día de hoy, se protocolizó el acta número dos por medio de la cual se acordó disolver la empresa Forestales Unidos AS S. A.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Esteban Rodríguez López y José Milton Morales Ramírez, Notarios.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012308264.—(IN2012067964).
Por escritura otorgada ante nosotros el día de hoy, los señores Julio Gerardo Cubero Barbosa, Marianela Cubero Barboza, Jessica Azofeifa Chaves y Erika Azofeifa Chaves, en sus condiciones de dueños del capital social, acordaron disolver la empresa Alfa & Homega Servicios Publicitarios S. A.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Esteban Rodríguez López y José Milton Morales Ramírez, Notarios.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012308265.—(IN2012067965).
La empresa Orlamar S. A. protocoliza acta. Se acuerda disolver la sociedad, dejándola sin ningún valor ni efecto.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Esteban Rodríguez López y José Milton Morales Ramírez, Notarios.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012308266.—(IN2012067966).
Por escritura otorgada ante nosotros el día de hoy, los señores Carlos Manuel Azofeifa Vargas, Jessica Azofeifa Chaves y Yaniria González Arce, en sus condiciones de dueños del capital social, acordaron disolver la empresa Impacto Publicitario Siglo XXI S. A.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Esteban Rodríguez López y José Milton Morales Ramírez, Notarios.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012308267.—(IN2012067967).
Por asamblea de las 9 horas del veintitrés de junio del dos mil doce, se disolvió la compañía Real Estecma Sociedad Anónima. Domicilio San José San Antonio de Coronado. Presidente Stefano Busanello.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308268.—(IN2012067968).
Por escritura número 223 otorgada ante esta notaría a las 14:30 horas del 26 de junio del 2012, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Pisos Cerámicos Cartago Piceca S. A.—Cartago, 26 de junio del 2012.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012308269.—(IN2012067969).
Por escritura número 225 otorgada ante esta notaría a las 15:30 horas del 26 de junio del 2012, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Hosomo S. A.—Cartago, 26 de junio de 2012.—Lic. Jorge Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012308270.—(IN2012067970).
Por escritura número 224 otorgada ante esta notaría a las 15:10 horas del 26 de junio del 2012, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Grupo Rugus del Lago Azul S. A.—Cartago, 26 de junio del 2012.—Lic. Jorge Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012308271.—(IN2012067971).
Por asamblea de las 9 horas del veintitrés de junio del dos mil doce, se disolvió la compañía Video Club El Óscar Sociedad Anónima. Domicilio San José, San Antonio de Coronado. Presidente Stefano Busanello.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308272.—(IN2012067972).
Por escritura número 226 otorgada ante esta notaría a las 15:50 horas del 26 de junio del 2012, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Desarrollo Plástico Soto Deplaso S. A.—Cartago, 26 de junio del 2012.—Lic. Jorge Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012308273.—(IN2012067973).
Por asamblea de las 10 horas del veinticuatro de junio del dos mil doce, se disolvió la compañía Transportes Magallanes Sociedad Anónima. Domicilio San José, San Antonio de Coronado. Presidente Hugo Brenes Arrieta.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308275.—(IN2012067974).
Por asamblea de las 10 horas del veinticuatro de junio del dos mil doce, se disolvió la compañía Importadora de Autos Económicos Sociedad Anónima. Domicilio: San José, San Antonio de Coronado: Presidente: Hugo Brenes Arrieta.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308276.—(IN2012067975).
En mi notaría, a las 8 horas, 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad DID Su Departamento de Impresión Digital.—San José, 21 de junio de 2012.—Lic. Max Eduardo Bastos Villegas, Notario.—1 vez.—RP2012308277.—(IN2012067976).
Por escritura número 213 otorgada ante esta notaría a las 17:45 horas del 18 de junio del 2012, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Inversiones Roth S. A.—Cartago, 18 de junio de 2012.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012308278.—(IN2012067977).
Ante
mi notaría, al ser las 16:15 horas del día 26 de junio de 2012, mediante
escritura pública número 47 visible al folio 114 frente del tomo 62 de mi
protocolo, por acuerdo de asamblea general se resolvió disolver la sociedad
denominada Inversiones Inmobiliaria Soco Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil seiscientos, con
domicilio en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros norte de
Por escritura número 214 otorgada ante esta notaría a las 18:35 horas del 18 de junio del 2012, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Ofidatobecky S. A.—Cartago, 18 de junio de 2012.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012308280.—(IN2012067979).
Por escritura número 220 otorgada ante esta notaría a las 18:35 horas del 25 de junio del 2012, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada Recuperadora Ambiental S. A.—Cartago, 25 de junio de 2012.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012308281.—(IN2012067980).
Por escritura número 222 otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 26 de junio del 2012, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad denominada El Zapatazo Brumoso S.A.—Cartago, 26 de junio de 2012.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012308282.—(IN2012067981).
Mediante la escritura ciento ochenta y dos, del tomo octavo de mi protocolo, se disuelve la empresa: El Gran Escape Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento catorce mil quinientos siete. Escritura otorgada al ser las diez horas del veintiuno de junio dos mil doce.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012308283.—(IN2012067982).
Mediante la escritura cuarenta y nueve, del tomo octavo de mi protocolo, se disuelve la empresa: Cerdas y Villalobos Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento cuarenta mil quinientos treinta y cuatro. Escritura otorgada al ser las catorce horas del veintiuno de junio dos mil doce.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acón, Notario.—1 vez.—RP2012308284.—(IN2012067983).
Mediante la escritura cincuenta y tres, del tomo octavo de mi protocolo, se disuelve la empresa: Tres-ciento uno-quinientos setenta mil doscientos veintinueve Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta mil doscientos veintinueve. Escritura otorgada al ser las nueve horas treinta minutos del veintidós de junio dos mil doce.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acón, Notario.—1 vez.—RP2012308285.—(IN2012067984).
Mediante la escritura cincuenta y cuatro, del tomo octavo de mi protocolo, se disuelve la empresa: Inversiones Yanuya Segura Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cinco mil trescientos cuarenta y uno. Escritura otorgada al ser las diez horas del veintidós de junio dos mil doce.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acón, Notario.—1 vez.—RP2012308286.—(IN2012067985).
Se disuelve por acuerdo de socios las siguientes compañías: A-) Transportes Espinoza Ballestero Sociedad Anónima, cédula: tres-ciento uno-tres seis siete dos cero tres, B-) Guarumo Tours de Liberia Sociedad Anónima cédula: tres-ciento uno-seis cero cero cero cero uno, en Santa Cruz, Guanacaste, a las nueve horas del primero de junio del dos mil doce, ante la notaria Kattia Vanessa Álvarez Rodríguez. Se cita a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos.—Lic. Kattia Vanessa Álvarez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012308287.—(IN2012067986).
Ante mi notaría mediante escritura 56 del tomo 19, se protocolizó acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ilusiones Parima Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-254577, se acordó disolver la sociedad por acuerdos de socios.—San José, a las 15:45 horas del 7 de junio del 2012.—Lic. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1 vez.—RP2012308288.—(IN2012067987).
Ante mi notaría mediante escritura 60 del tomo 19, se protocolizó acta número 7 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Plaza Albolarsa de San José S. A., modificándose estatuto.—San José, a las 16:40 horas del 7 de junio del 2012.—Lic. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1 vez.—RP2012308289.—(IN2012067988).
Ante mi notaría mediante escritura 47 del tomo 21, se protocolizó acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ciruelas Noventa y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-140379, se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, a las 17:00 horas del 23 de junio del 2012.—Lic. Sandra María Arce Carmona, Notaria.—1 vez.—RP2012308290.—(IN2012067989).
Luis Alberto Cordero Contreras, cédula de identidad número nueve-cero cincuenta-ciento treinta y uno, solicita desinscripción de Corporación Damsa de San José S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil quinientos uno.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308330.—(IN2012068019).
Jonathan Chaves Arias, cédula de identidad número uno-mil noventa y ocho-cuatrocientos noventa y ocho, solicita la desinscripción de Corporación Omada S. A. cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiocho mil ciento uno.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308331.—(IN2012068020).
Luis Alberto Cordero Contreras, cédula de identidad número nueve-cero cincuenta-ciento treinta y uno, solicita desinscripción de Amarillo QSA Blanco S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil trescientos quince.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308332.—(IN2012068021).
Luis Alberto Cordero Contreras, cédula de identidad número nueve-cero cincuenta-ciento treinta y uno, solicita desinscripción de Gris Perlado WVBX Púrpura Azul S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil quinientos dieciocho.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308333.—(IN2012068022).
Jonathan Chaves Arias, cédula de identidad número uno-mil noventa y ocho-cuatrocientos noventa y ocho, solicita desinscripción de Azul BTYF Mostaza S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil trescientos setenta y ocho.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308334.—(IN2012068023).
Jonathan Chaves Arias, cédula de identidad número uno-mil noventa y ocho-cuatrocientos noventa y ocho, solicita desinscripción de Interlicores CBA S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y dos mil cuatrocientos noventa y seis.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308335.—(IN2012068024).
Luis Alberto Cordero Contreras, cédula de identidad número nueve-cero cincuenta-ciento treinta y uno, solicita desinscripción de Azul Cielo AMG Marrón S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil cuatrocientos noventa y siete.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308336.—(IN2012068025).
Jonathan Chaves Arias, cédula de identidad número uno-mil noventa y ocho-cuatrocientos noventa y ocho, solicita desinscripción de Inversiones Chaves y Cheng S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y un mil quinientos dieciséis.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308337.—(IN2012068026).
Luis Alberto Cordero Contreras, cédula de identidad número nueve-cero cincuenta-ciento treinta y uno, solicita desinscripción de Anaranjado FRTY Gris Perlado S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil trescientos diez.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308338.—(IN2012068027).
Jonathan Chaves Arias, cédula de identidad número uno-mil noventa y ocho-cuatrocientos noventa y ocho, solicita desinscripción de Azul Turquesa BRC Verde Oliva S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil cuatrocientos noventa y ocho.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308340.—(IN2012068028).
Por escritura otorgada a las 8:20 horas del día de hoy, se convino en disolver la sociedad Ralex Cool Carrier S. A. por acuerdo unánime de socios.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308342.—(IN2012068029).
Luis Alberto Cordero Contreras, cédula de identidad número nueve-cero cincuenta-ciento treinta y uno, solicita desinscripción de Inversiones Don David S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil novecientos cuarenta y cuatro.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308343.—(IN2012068030).
Jonathan
Chaves Arias, cédula de identidad número uno-mil noventa y ocho-cuatrocientos
noventa y ocho, solicita desinscripción de
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del día de hoy, se convino en disolver la sociedad Omar Enrique Salas Villegas S. A. por acuerdo unánime de socios.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308345.—(IN2012068032).
Jonathan Chaves Arias, cédula de identidad número uno-mil noventa y ocho-cuatrocientos noventa y ocho, solicita desinscripción de Librería RCM S. A. cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil ciento cuarenta y uno.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308346.—(IN2012068033).
Por escritura otorgada a las 8:10 horas del día de hoy, se convino en disolver la sociedad ZSR International Container S. A. por acuerdo unánime de socios.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308347.—(IN2012068034).
Jonathan Chaves Arias, cédula de identidad número uno-mil noventa y ocho-cuatrocientos noventa y ocho, solicita desinscripción de Mantenimiento y Servicio de Maquinaria S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y tres.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308348.—(IN2012068035).
Por escritura otorgada a las 8:30 horas del día de hoy, se convino en disolver la sociedad Ralex International S. A. por acuerdo unánime de socios.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308349.—(IN2012068036).
Luis Alberto Cordero Contreras, cédula de identidad número nueve-cero cincuenta-ciento treinta y uno, solicita desinscripción de Marron MJERT Celeste Azul S. A. cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil trescientos seis.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308350.—(IN2012068037).
Por
escritura otorgada a las 15:20 horas del día de hoy, se convino en disolver la
sociedad
Por escritura número ciento sesenta y seis otorgada ante el suscrito notario en la ciudad de San José, a las 8:00 horas del día 15 de junio del 2012, se protocolizó disolución de Inversiones Juansalo S. A.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Luis Adolfo Ureña Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308352.—(IN2012068039).
Por escritura número diecinueve otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime y en firme de socios se disolvió la sociedad denominada Estructuras y Servicios Irazu S. A., con fundamento en lo dispuesto por el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. En virtud de que la sociedad no tiene activos ni pasivos se prescindió de los trámites de liquidación. Es todo.—Heredia, a las 9 horas 10 minutos del día 27 de junio del 2012.—Lic. Ronald Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012308353.—(IN2012068040).
Por escritura número dieciocho otorgada ante esta notaría a las ocho horas treinta minutos del día veintisiete de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime y en firme de socios se disolvió la sociedad denominada Servicios Zafiro S. A. con fundamento en lo dispuesto por el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. En virtud de que la sociedad no tiene activos ni pasivos se prescindió de los trámites de liquidación. Es todo.—Heredia, a las 8 horas 35 minutos del día 27 de junio de 2012.—Lic. Ronald Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012308354.—(IN2012068041).
Por
escritura número diecisiete otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día
veintisiete de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime y en firme de socios
se disolvió la sociedad denominada Inversiones y Servicios Múltiples
Las
empresas E.B.A. Ciento por Ciento Natural Internacional
Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y un mil
cero ochenta, Fabarce Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-ciento setenta y un mil cero ochenta y uno, se disuelven de conformidad con
artículo doscientos uno inciso D, y
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 8:00 horas del día 26 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Mathgym de Costa Rica Ltda., mediante los cuales se acordó disolver y liquidar la sociedad.—San José, 26 de junio de 2012.—Lic. Jessica Ward Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012308358.—(IN2012068044).
En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-596220 S. A. celebrada en su domicilio social a las dieciocho horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 27 de junio del 2012. Leonardo Gómez Salazar, Liquidador.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308359.—(IN2012068045).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 10:00 horas del día 27 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de Ríos y Manantiales de Plata S. A., mediante los cuales se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—RP2012308360.—(IN2012068046).
En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-470184 S. A. celebrada en su domicilio social a dieciséis horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Leonardo Gómez Salazar, Liquidador.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308361.—(IN2012068047).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 16:30 horas del día 22 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Distribuidora V Quinta del Norte S. A., mediante los cuales se acordó disolver y liquidar la sociedad.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Jessica Ward Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012308362.—(IN2012068048).
En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-542999 S. A. celebrada en su domicilio social a quince horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 27 de junio del 2012. Leonardo Gómez Salazar, Liquidador.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308363.—(IN2012068049).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 09:00 horas del día 26 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Inversiones Salcan Ltda., mediante los cuales, se acordó disolver y liquidar la sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Jessica Ward Campos, Notaria.—1 vez.—RP2012308364.—(IN2012068050).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 11:00 horas del día 27 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de Residencial El Cafeto S. A., mediante los cuales se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—RP2012308365.—(IN2012068051).
Por escritura otorgada a las dieciocho horas del día doce de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria número uno de la plaza denominada: G Y A Arquitectos e Ingenieros Asociados Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta mil sesenta y tres, por medio de la cual se acordó la disolución de la sociedad supracitada y su liquidación por no existir activos ni pasivos pendientes de liquidación.—San José, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Abigail Arce Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012308366.—(IN2012068052).
Por escritura otorgada a las 15:10 horas del día de hoy, se convino en disolver la sociedad: Editora de Guías y Medios Publicitarios S. A., por acuerdo unánime de socios.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308367.—(IN2012068053).
Por escritura número quince, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, por unanimidad de votos, se acordó la disolución y liquidación de la compañía: Almacén Tía Maribel Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica Nº 3-101-088860, dentro de los treinta días naturales siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o practicada.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Eduardo José Zúñiga Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012308368.—(IN2012068054).
Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 25 del tomo 15 de las 12:00 horas del día 25 del mes de junio del 2012, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada: Inmobiliaria Oroaztlan S. A., donde se acuerda su disolución.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2012308369.—(IN2012068055).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 16:00 horas del día 26 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de Civitas Euroamerica Inmobiliaria S. A., mediante los cuales se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—RP2012308370.—(IN2012068056).
Asamblea de socios acuerda disolver Inversiones Masava MSV Limitada. Escritura otorgada en San José, a las 07:30 horas del 27 de junio del 2012.—Lic. Laura Ramírez Torres, Notaria.—1 vez.—RP2012308371.—(IN2012068057).
Por
escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 09:00 horas del día 27 de
junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de Desarrollos Colima
Adela María Elizondo Granados y Mary Ann Villaplana Elizondo, disuelven la sociedad: tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil seiscientos trece s. a., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil seiscientos trece.—San José, ocho horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Hellen Carolina Aburto Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012308373.—(IN2012068059).
Steve Villaplana Elizondo y Johanna Elizondo Granados, disuelven la sociedad: Light Fitness S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y dos mil setenta.—San José, ocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Hellen Carolina Aburto Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012308374.—(IN2012068060).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día veintisiete de
junio del dos mil doce, por acuerdo de los socios que representan la totalidad
del capital social, se disuelve: Comercializadora Marga S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-0135247, por lo que en tiempo se emplaza a comparecer a quien
se considere afectado con esta decisión.—
Mediante
escrituras otorgadas ante esta notaría, a las trece horas del día veintisiete
de junio del dos mil doce, por acuerdo de los socios que representan la
totalidad del capital social, se disuelven las sociedades: Inversiones
Carmona Gazel S. A., cédula jurídica Nº 3-101-096617; Comercializadora
Marga S. A., cédula jurídica Nº 3-101-135247; Inversiones El Pacharan S.
A., cédula jurídica Nº 0125496, por lo que en tiempo se emplaza a
comparecer a quienes se consideren afectados con esta decisión.—
Por escritura Nº 23 del protocolo tomo 3, otorgada ante la notaria Estrella Lizano Gutiérrez, a las 10 horas y 40 minutos del 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad denominada: Quinta El Candelillal Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica Nº 3-101-074544.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Estrella Lizano Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308377.—(IN2012068063).
Por escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 14 de junio del 2012, ante los notarios Mario Alberto Ramírez Quesada y Gineth Garita Medrano, se acordó la disolución de las compañías denominadas: Naimod S. A.; Sitenet S. A., y Soluciones Intersoft S. A.—Lic. Mario Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012308378.—(IN2012068064).
Por escritura otorgada ante la notaria Lilliam Boza Guzmán, en San José, a las 17:00 horas del 13 de junio del 2012, se disolvió la sociedad: New Technologies S. A.—San José, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2012308379.—(IN2012068065).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas de hoy, se disolvió: Cytavi Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Rosa María Vargas Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2012308380.—(IN2012068066).
Por escritura de las 22:00 horas del 27 de junio del 2012, la asamblea de socios acordó disolver la sociedad: Moto Guzzi Brevia Setecientos Cincuenta S. A., cédula jurídica Nº 3-101-597966.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012308381.—(IN2012068067).
Por escritura de las 21:00 horas del 27 de junio del 2012, la asamblea de socios acordó disolver la sociedad: Funcuatro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-162153.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012308382.—(IN2012068068).
Por escritura otorgada ante esta notaría pública, a las 18:00 horas del día 11 de junio del 2012, por acuerdo unánime de socios, se disolvió, sin necesidad de nombrar liquidador, Dardanelos S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-126.499.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—RP2012308383.—(IN2012068069).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DE
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 342-12.—
HACE
SABER:
1º—Que en su nombre se ha iniciado la
instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento
establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta
comisión de falta grave o de alguna gravedad.
2º—De la información substanciada existen elementos probatorios para
imputarle los siguientes supuestos hechos:
Que en su condición de Profesor de Enseñanza
Técnico Profesional de III y IV Ciclo, especialidad-Agroecológica en el Colegio
Técnico Profesional de Upala, Dirección Regional de Educación de Upala; no se
presentó a laborar los días: 01, 02, 03, 07, 08, 09, 10, 14, 15, 16, 17, 21,
22, 23, 24, 28 y 29 de febrero; 01, 02, 06, 07, 08, 09, 13, 14, 15, 16, 20, 21,
22, 23, 27, 28, 29 y 30 de marzo; 10, 12, 13, 17, 18, 20, 24, 25, 26 y 27 de
abril; 02, 03, 04, 08 y 09 de mayo; todos del año 2012. Lo anterior sin dar
aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar dentro del término
normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver folios del 01 al
18 del expediente de marras).
3º—Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en
faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su
cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del
Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo;
artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b)
del Reglamento de
4º—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de
los diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y
ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará
los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la
correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que, de no
hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.
Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al
expediente disciplinario iniciado al efecto, hacerse representar por un
abogado.
5º—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento
de Asuntos Disciplinarios de
6º—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los
recursos ordinarios previstos en el artículo 345 de
San José, 17 de mayo del 2012.—MSc. Juan
Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos.—1 vez.—O.C. Nº
14542.—Solicitud Nº 43755.—C-31960.—(IN2012072359).
Exp. Nº 115-12.—
HACE
SABER:
1º—Que en su nombre se ha iniciado la
instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento
establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta
comisión de falta grave o de alguna gravedad.
2º—De la información substanciada existen elementos probatorios para
imputarle los siguientes supuestos hechos:
a) Que
en su condición de Profesor de Enseñanza Unidocente en el Centro Educativo El
Concho -Pocosol- de
3º—Que de ser cierto el hecho que se le
atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las
obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57
incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del
Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y
k) y 15 inciso b) del Reglamento de
4º—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de
los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación,
Traslado de Cargos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del
Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si
fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las
respectivas deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos
bajo apercibimiento de poder ser declarada inadmisible la referida prueba.
Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al
expediente disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un
abogado.
5º—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento
de Asuntos Disciplinarios, de
6º—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los
recursos ordinarios previstos en el artículo 345 de
San José, 7 de marzo del 2012.— MSc. Juan
Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos.—1 vez.—O.C. Nº 14542.—Solicitud
Nº 43755.—C-31960.—(IN2012072360).
Exp. Nº 106-12.—
HACE
SABER:
1º—Que en su nombre se ha iniciado la
instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento
establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta
comisión de falta grave o de alguna gravedad.
2º—De la información substanciada existen elementos probatorios para
imputarle los siguientes supuestos hechos:
a) Que
en su condición de Profesora de Enseñanza General Básica en el centro educativo
República de Paraguay en Hatillo, de
3º—Que de ser cierto el hecho que se le
atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las
obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57
incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del
Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y
k) y 15 inciso b) del Reglamento de
4º—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de
los diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y
ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará
los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la
correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que, de no
hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.
Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al
expediente disciplinario iniciado al efecto, hacerse representar por un
abogado.
5º—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de
Asuntos Disciplinarios de
6º—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los
recursos ordinarios previstos en el artículo 345 de
San José, 6 de marzo del 2012.—MSc. Juan
Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos.—1 vez.—O.C. Nº
14542.—Solicitud Nº 43750.—C-31960.—(IN2012072361).
Exp. Nº 283-12.—
HACE SABER:
1) Que
en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de
conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de
Servicio Civil, por la supuesta comisión de falta grave o de alguna gravedad.
2) De la información substanciada existen elementos probatorios para
imputarle los siguientes supuestos hechos:
a) Que
en su condición de Profesor de Enseñanza Técnico Profesional, especialidad
-Inglés- en el centro educativo Colegio Técnico Profesional de Puriscal de
3) Que
de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o
de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se
establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil;
artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los
artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de
4) Que se emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los
diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y
ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará
los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la
correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que, de no
hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.
Para el ejercicio pleno de su derecho de
defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto,
hacerse representar por un abogado.
5. Que
la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Asuntos
Disciplinarios de
6. Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los
recursos ordinarios previstos en el artículo 345 de
San José, 4 de mayo del 2012.—MSc. Juan Antonio
Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud
Nº 43749.—C-31960.—(IN2012072362).
Expediente Nº 231-12.—
HACE SABER:
1) Que
en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad
con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil,
por la supuesta comisión de falta grave o de alguna gravedad.
2) De la información substanciada existen elementos probatorios para
imputarle los siguientes supuestos hechos:
a) Que
en su condición de Profesor de Enseñanza Unidocente en el Centro Educativo El
Concho-Pocosol- de
3) Que
de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o
de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se
establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil;
artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los
artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de
4) Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de
los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y
ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará
los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la
correspondiente dirección de los testigos bajo apercibimiento de poder ser
declarada inadmisible la referida prueba. Para el ejercicio pleno de su derecho
de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto y
hacerse representar por un abogado.
5) Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento
de Asuntos Disciplinarios, de
6) Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los
recursos ordinarios previstos en el artículo 345 de
San José, 17 de abril del 2012.—MSc. Juan Antonio
Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud
Nº 43748.—C-31960.—(IN2012072363).
Expediente número 1232-11.—
HACE SABER:
1) Que
en su contra se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de
conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de
Servicio Civil, por la supuesta comisión de falta grave o de alguna gravedad.
2) De la información substanciada existen elementos probatorios para
imputarle los siguientes supuestos hechos:
a) Que
en su condición de Profesor de Enseñanza Media - Ingles-, en el Liceo Finca
Naranjo, de
3) Que
de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o
de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se
establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil;
articulo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los
artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de
4) Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de
los diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y
ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará
los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la
correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que, de no
hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.
Para el ejercicio pleno de su derecho de
defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto,
hacerse representar por un abogado, repreguntar a los testigos que rindieron
declaración en la etapa de investigación, actuación -esta última- para lo cual
deberá formular petición expresa, a fin de efectuar las citaciones pertinentes;
de no hacerlo en forma y término, se tendrán por plenamente incorporadas al
procedimiento estas deposiciones, en la forma que fueron originalmente
rendidas.
5) Que
la defensa deberá formularse por escrito ante el Área de Asuntos Disciplinarios
de
6) Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los
recursos ordinarios previstos en el artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil.
San José, 12 de setiembre del 2011.—MSc. Juan
Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos.—1 vez.—O. C. Nº
14542.—Solicitud Nº 43752.—C-32520.—(IN2012072364).
Expediente número 292-12.—
HACE SABER:
1) Que
en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de
conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio
Civil, por la supuesta comisión de falta grave o de alguna gravedad.
2) De la información substanciada existen elementos probatorios para
imputarle los siguientes supuestos hechos:
a) Que
en su condición de Profesor de Enseñanza Media -Inglés- en el Colegio Académico
Finca Naranjo de
3) Que
de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o
de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se
establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil;
artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los
artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de
4) Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de
los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y
ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará
los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así corno la
correspondiente dirección de los testigos bajo apercibimiento de poder ser
declarada inadmisible la referida prueba. Para el ejercicio pleno de su derecho
de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto y
hacerse representar por un abogado.
5) Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento
de Asuntos Disciplinarios, de
6) Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los
recursos ordinarios previstos en el artículo 345 de
San José, 30 de abril del 2012.—MSc. Juan
Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº
43753.—C-31960.—(IN2012072365).
Expediente Nº 343-12.—
HACE
SABER:
1) Que
en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de
conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de
Servicio Civil, por la supuesta comisión de falta grave o de alguna gravedad.
2) De la información substanciada existen elementos probatorios para
imputarle los siguientes supuestos hechos:
Que en su condición de Profesor de Enseñanza
Media, especialidad -Inglés- en el Colegio Académico Finca Naranjo; Dirección
Regional de Educación de Coto; no se presentó a laborar los días: 9, 10, 16,
17, 18, 23, 24, 25 y 30 de abril del año 2012. Lo anterior sin dar aviso
oportuno a su superior inmediato y sin aportar dentro del término
normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver folios del 1 al 6
del expediente de marras).
3) Que
de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o
de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se
establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil;
artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los
artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de
4) Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de
los diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y
ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará
los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la
correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que, de no
hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.
Para el ejercicio pleno de su derecho de
defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto,
hacerse representar por un abogado.
5. Que
la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Asuntos
Disciplinarios de
6. Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos
ordinarios previstos en el artículo 345 de
San José, 17 de mayo del 2012.—MSc. Juan
Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº
43756.—C-31960.—(IN2012072368).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Resolución acoge cancelación
Ref.: 30/2012/10580.—Víctor Vargas Valenzuela,
cédula de identidad 1-335-794, en calidad de representante legal de
Schering-Plough Ltd.—Documento: cancelación por falta de uso (Galenica AG).—Nº
y fecha: Anotación/2-74311 de 01/09/2011.—Expediente: 1997-0002704, Registro Nº
104729 IFOR en clase 5 Marca Denominativa.
Registro de
Resultando:
1º—Que por memorial recibido el 01 de setiembre
del 2012, el Lic. Marianella Arias Chacón, en su condición de apoderada
especial de Galenica AG, presenta solicitud de cancelación por falta de uso
contra el registro de la marca “IFOR”, Registro Nº 104729, inscrita el 24 de
noviembre de 1997, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: “Preparaciones
para el tratamiento de la virulencia progresiva y condiciones crónicas
inflamatorias”, propiedad de la empresa Shering-Plough Ltd. (Folio
2º—Que por resolución de las 15:19:28 horas de 09 de setiembre del 2011 el
Registro de Propiedad Industrial procede a dar traslado al titular del
distintivo marcario a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de
cancelación presentada. (Folio 11). Dicha resolución fue notificada al
solicitante de la cancelación el 16 de setiembre del 2011. (Folio 11).
3º—Que por resolución de las 14:22:26 horas del 22 de noviembre del 2011,
el Registro de Propiedad Industrial, vista la imposibilidad material de
notificar al titular marcario ordena publicar el traslado de la cancelación en
4º—Que por memorial de fecha 01 de febrero del 2012 el solicitante de la
cancelación aporta copia de las publicaciones del traslado de la cancelación
por no uso en el Diario Oficial
5º—Que no consta en el expediente contestación del traslado de la
cancelación por no uso.
6º—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de
producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados. Que en este
Registro de
Que en este Registro de Propiedad Industrial se encuentra la solicitud de
inscripción de la marca “VIFOR”, en clase 5 de la nomenclatura internacional
para proteger y distinguir: “Preparaciones farmacéuticas y veterinarias lo
mismo que preparaciones sanitarias (cuidado de la salud) incluyendo productos
parafarmacéuticos; preparaciones dietéticas para uso médico, alimentos para
bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastes dentales,
materiales para improntas dentales; desinfectantes”, solicitada por
Galenica AG cuyo estado administrativo es “Con resolución rechazo de plano”.
II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la
resolución del presente asunto.
III.—Legitimación para actuar. Analizado el poder especial
administrativo, documento referido por el interesado en su escrito de solicitud
de la presente cancelación por falta de uso y que consta en el expediente 2011-264,
se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso de
IV.—Sobre los elementos de prueba. Este Registro ha tenido a la
vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte
promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso y una
certificación basada en la información obtenida de la base de datos electrónica
de
V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de
VI.—Contenido de la solicitud de cancelación. A.- De la solicitud de
cancelación por no uso interpuesta por
VII.—Sobre el fondo del asunto:
Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver
el fondo del asunto:
Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por
falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal
Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta
minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los
artículos 42 de
“En tal
sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le
corresponde en todo momento al titular de la marca.
Solucionado lo anterior, entramos a otra
interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa
costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que
cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que
compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la
comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o
servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas,
en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han
realizado.”
En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones
por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a la empresa Schering Plough Ltd, que
por cualquier medio de prueba debe de demostrar la utilización de la marca IFOR
para distinguir productos en clase 5.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las
presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las
actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la sociedad
Galenica AG demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la
cancelación por falta de uso, ya que de la solicitud de cancelación de marca se
desprende que las empresas son competidores directos y existió una solicitud de
inscripción de esta empresa que fue rechazada por el registro 104729.
En cuanto al uso, es importante resalta que el artículo 40 de
“Se entiende que una marca registrada se
encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido
puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente
corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los
productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se
comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con
productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con
servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.
Una marca registrada deberá usarse en el
comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de
manera diferente de la forma en que1 aparece registrada solo en cuanto a
detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la
marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que
él confiere.
El uso de una marca por parte de un
licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como
efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso
de la marca”.
Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la
marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los
que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además
deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, sí por causas que no son
imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no
se procederá a la cancelación del registro respectivo.
Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca IFOR al no
contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a
este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca,
tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o
certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los
artículos 39 y 40 de
Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de
Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de
aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan
obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el
registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal
(del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el
registro N 104729, marca IFOR en clase 5 internacional propiedad de Schertng
Plough Ltd. Por tanto:
Con base en las razones expuestas y citas de
Documento
Admitido Traslado al Titular
Ref.: 30/2012/7219.—Guillermo Guix García,
céd; pasaporte 37024000, en calidad de Representante Legal de Chemo
Centroamericana Sociedad Anónima; cédula jurídica 3-101-62338.—Documento:
Cancelación por falta de uso (Terapia Sociedad Anónima soli).—Nro y fecha:
Anotación/2-75228 de 27/10/2011.—Expediente: 2001-0005956 Registro Nº 133602
CIPLAT en clase 5 Marca Denominativa.
Registro de
Ref.: 30/2012/6788.—Edgar Zurcher Gurdian,
cédula de identidad 1-532-390, en calidad de Representante Legal de Novartis
AG.—Documento: Cancelación por falta de uso (Zodiac International
Corporati).—Nro y fecha: Anotación/2-76972 de 01/02/2012.—Expediente:
2002-0004861 Registro Nº 136824 LITYNDA en clase 5 Marca Denominativa.
Registro de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Resolución
acoge cancelación
Ref. 30/2012/20943.—Citigroup Inc., C/ Banco de San José S. A., Documento:
cancelación por falta de uso.—Nº y fecha: Anotación/2-76050 de
15/12/2011.—Expediente: 1999-0010466-Registro Nº 120416 E-T.R.A.N.S.F.E.R., en
clase 36 Marca Denominativa.
Registro de
Resultando:
I—Que por memorial recibido el 15 de diciembre del
2011, Manuel Peralta Volio, en representación de Citigroup Inc., solicita la
cancelación por falta de uso en contra el registro de la marca de servicios “E-T.R.A.N.S.F.E.R.”,
con el número 120416, para proteger y distinguir “servicios financieros en
general que serán ofrecidos de una manera integral a los usuarios, incluyendo
cuentas corrientes y de ahorros, emisión de tarjetas de crédito, préstamos,
cambio de cheques y en general todos los servicios autorizados para un banco”
en clase 36 internacional, cuyo propietario es Banco de San José S. A. (Folios
II—Que mediante resolución de las 15:40:09 del 20 de febrero de 2012, se le
da traslado de la solicitud de cancelación por falta de uso a la titular. (Folio
26).
III—Que la anterior resolución fue notificada a la titular de la marca el 6
de marzo del 2012 en forma personal (F. 29) y a la solicitante de las presentes
diligencias el 24 de febrero del 2012, en forma personal. (Folio 26 vuelto).
XI—No consta en el expediente contestación al traslado de la cancelación
por no uso.
XII—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de
producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados.
• Que
en este Registro de
• Que en este Registro de
II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno
relevante para la resolución del presente asunto.
III.—Legitimación para actuar. Analizado el poder administrativo,
que consta en el expediente y que es visible a folios 4, 27 y 28, se tiene por
debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso del Lic. Manuel
Peralta Volio, en representación de Citigroup Inc., así como las facultades de
apoderado que sobre la empresa Banco Bac San José S. A. posee Ernesto
Castegnaro Odio.
IV.—Sobre los elementos de prueba. Este Registro ha tenido a la
vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte
promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso así como
los brochures del Bac Credomatic, así como las copias certificadas visibles a
folios
V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de
VI.—Contenido de
VII.—Sobre el fondo del asunto. Para la resolución de las presentes
diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia
recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº
333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil
siete, que señala respecto al artículo 42 de
“Como ya se indicó supra, el artículo 39 que
específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la
marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso de la
marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de
nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que establece que
la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien alegue la
existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal, cuya marca
desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los
supuestos de tos artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a
quien alega esa causal.
Por lo anterior, de modo alguno ese precepto
normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que
cada norma cumple una función pero desde una integración de ella con el resto
del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico y en el caso
concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se estableció,
es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una marca por
falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos, por lo que
lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es cancelación por no uso y
no nulidad por vicios en e proceso de inscripción.” En tal
sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la cama de la prueba le
corresponde en todo momento al titular de la marca.
Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede
comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el
segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba
admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y
efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de
publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios
mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin
todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han
realizado.”
En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la
carga de la prueba corresponde al titular
marcario en este caso a Banco de San José S. A., que por cualquier medio de
prueba debió de haber demostrado la utilización de su signo.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las
presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las
actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la empresa
Citigroup Inc. demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar
la cancelación por falta de uso, ya que tal y como se desprende de la solicitud
de signo del gestionante bajo el expediente 2011-9964, ambas empresas son
competidoras y que el registro 120416 es un obstáculo para los planes de
expansión de la marca del gestionante.
En cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de
Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe necesariamente
ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue,
deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al
consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular
marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la
cancelación del registro respectivo.
Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca que hoy se
pretende cancelar, al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar
prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado
costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas
comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los
requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de
Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de
Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de
aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan
obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el
registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal
(del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el
registro de la marca de servicios “E-T.R.A.N.S.F.E.R.”, con el número
120416, para proteger y distinguir “servicios financieros en general que serán
ofrecidos de una manera integral a los usuarios, incluyendo cuentas corrientes
y de ahorros, emisión de tarjetas de crédito, préstamos, cambio de cheques y en
general todos los servicios autorizados para un banco” en clase 36
internacional, cuyo propietario es Banco de San José S. A.
IX.—Sobre lo que debe ser resuelto.
Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular
del signo distintivo “E-T.R.A.N.S.F.E.R.”, Registro Nº 120416, al no
contestar el traslado otorgado por ley, no comprobó el uso real y efectivo de
su marca y que junto a los brochures y las certificaciones de copia aportadas
por el solicitante, le da certeza al argumento de falta de uso, por lo que para
efectos de este Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene
por acreditado el no uso de la marca, procediendo a su correspondiente
cancelación. Por tanto:
Con base en las razones expuestas y citas de
SUCURSAL
DE BUENOS AIRES
La
suscrita Administradora de
Nombre Patrono-Trabajador Independiente |
N° Patrono-Trabajador Independiente |
Monto adeudado (en colones) |
Cinthia Rebeca Anchía Montoya |
0-003701410976-001-001 |
¢68.245,00 |
Humberto Vargas Villanueva |
0-00600660683-001-001 |
¢1.045.025,00 |
Wilbert López Núñez |
0-00202990962-001-001 |
¢2.681.556,00 |
Wálter Marín Gamboa |
0-00107760396-001-001 |
¢163.698,00 |
Wálter Marín Gamboa |
0-00107760396-999-001 |
¢95.255,00 |
ARGUCOM SOCIEDAD ANÓNIMA |
2-03101306925-001-001 |
¢3.223.935,00 |
TOTALES |
¢7.277.714,00 |
Gerencia Financiera.—Sucursal de Buenos
Aires.—Área Gestión de Cobro.—Lic. Mercedes Morera Zúñiga, cédula
601081050.—(IN2012071587). 2
v. 2.
MUNICIPALIDAD
DE ASERRÍ
Aserrí, 4 de julio del 2012.—Lic. Víctor
Manuel Morales Mora, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2012071706).