LA GACETA Nº 142 DEL 23 DE JULIO DEL 2012

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIONES

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

LICITACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

EDUCACIÓN PÚBLICA

BANCO DE COSTA RICA

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

BANCO DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

REGLAMENTOS

JUSTICIA Y PAZ

BANCO DE COSTA RICA

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIDAD

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

AVISOS

CITACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo I, folio 19, título N° 393, emitido por el Liceo Nuevo de Hatillo en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Chavarría Madrigal Freddy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, treinta de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012036992).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 36, título Nº 341, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Hernández Venegas Óscar Eduardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012070694).

Ante esta Dirección, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 54, título Nº 530, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de García Gutiérrez Cira. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de junio del 2008.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional de Gestión y Evaluación de la Calidad.—(IN2012070698).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 53, título N° 299, emitido por el Liceo de Villarreal en el año dos mil diez, a nombre de Santana Gutiérrez Jazmín Herminia. Se solicita la reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de mayo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—Nº RP2012310101.—(IN2012071032).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Área de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 13, título N° 269, emitido por el Colegio Nocturno de Limón en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Alterno Foster Tito Cirilo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintinueve días del mes de mayo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012071665).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 110, título N° 2708, emitido por el Colegio Patriarca San José, en el año dos mil diez, a nombre de Vindas Mora Priscila. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiún días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012071679).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 165, título N° 1658, emitido por el Colegio Redentorista San Alfonso, en el año dos mil cinco, a nombre de González Arrieta María Yohandra. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012071690).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 165, título N° 932, emitido por el Liceo Nocturno de Desamparados, en el año dos mil diez, a nombre de Quesada Godínez Armando. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, treinta de enero del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012071745).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 281, título N° 3925, emitido por el Instituto de Alajuela en el año dos mil diez, a nombre de Quirós Álvarez Víctor Hugo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012071753).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título Nº 420 y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad, inscrito en el tomo 2, folio 102, título Nº 4676, emitido por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Rodríguez Calderón Ana Cristina. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012310920.—(IN2012071912).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Área de Ciencias y Letras”, inscrito en el tomo 1, folio 120, título N° 95, emitido por el Instituto de Educación Dr. Clodomiro Picado, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Calderón Solano Maritza. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veintinueve días del mes de febrero del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012311258.—(IN2012072498).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 28, título N° 231, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Herrera Venegas Jorge Mario. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012072300).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 41, título N° 677, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Villegas Espinoza Yoryanela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012072301).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en Ciencias Agropecuarias, inscrito en el tomo 1, folio 61, título N° 650, emitido por el Colegio Técnico Profesional Los Chiles, en el año miL novecientos noventa y seis, a nombre de Edie Hernández Alemán. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Edis Rafael Hernández Alemán. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de mayo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012072437).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la constitución de la Cooperativa de Producción de Servicios para la Conservación del Ambiente de Aserrí R.L., siglas COOPE Aserrí Recicla R.L., formada en asamblea celebrada el 28 de febrero de 2012. Resolución 1420-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de administración:

Presidente:            Bernardo Cordiba Esquivel

Vicepresidenta:     Lizbeth Vargas Naranjo

Secretaria:              Marjorie Chinchilla Mena

Vocal 1:                 Rosa Valverde Monge

Vocal 2:                 Angie Díaz Idalgo

Suplente 1:            Dianne Castro Solano

Suplente 2:            Vilma Naranjo Salazar

Gerente:                Enrique Montenegro Fernández

25 de junio del 2012.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—RP2012309948.—(IN2012071030).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Tecnologías de Información y Comunicaciones R.L. siglas: COOPETICS R.L., acordada en asamblea celebrada el 31 de marzo de 2012. Resolución 1418-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Presidente                   Endrik Mejías Moreira

Vicepresidente            Natalia Rojas Canales

Secretaria                     Hannia Serrano Jara

Vocal 1                         Cristopher Manjarrez Arana

Vocal 2                         José Bernardo Víquez Zamora

Suplente 1                   Rohner Díaz Chavarría

Suplente 2                   Vacante

Gerente                        Sandra Rojas Araya

San José, 25 de junio de 2012.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—RP2012310285.—(IN2012071031).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

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Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Francisco Guzmán Ortiz, cédula Nº 1-434-595, en condición de apoderado de Oy Sinebrychoff AB, de Finlandia, solicita el Diseño Industrial denominado: BOTELLA.

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El diseño ornamental para una botella tal cual se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseño Industriales es: 09/01, cuyo(s) inventor(es) es(son) Bayne, Joseph. La solicitud correspondiente lleva el número 20120142, y fue presentada a las 09:08:10 del 23 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de mayo del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012310035.—(IN2012071000).

El señor Cristian Calderón Cartín, cédula Nº 1-800-402, en condición de apoderado de Abbott Laboratories, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: INMUNOGLOBULINAS CON DOMINIO VARIABLE DUAL Y USOS DE LAS MISMAS.

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Proteínas de unión multivalentes y multiespecíficas producidas por ingeniería genética, métodos para elaborarlas y, específicamente, sus usos en la prevención, el diagnóstico y/o el tratamiento de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 51/00; C12P 21/00; C07K 16/00; A61K 39/395; C12N 9/96; A61P 19/02; C07H 21/04; A61P 35/00; C12N 15/63; A61P 25/28; C12N 17/21; A61P 9/10; C12N 5/10; A61P 31/12; C12N 1/11; A61P 5/50; C12N 1/15, cuyo(s) inventor(es) es(son) Ghayur, Tariq, Liu, Junjian, Manoj, Sharmilla, Brophy, Susan E. La solicitud correspondiente lleva el número 20120154, y fue presentada a las 14:28:40 del 27 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012310182.—(IN2012071001).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula 9-012-480, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la patente de invención denominada: ISOQUINOLINONAS Y QUINAZOLINONAS SUBSTITUIDAS.

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La invención se refiere a heterociclos bicíclicos que contienen nitrógeno sustituidos de la fórmula (I): La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes edición 2011.01, es A61P 35/00, cuyos inventores son Berghausen, Joerg, Buschmann, Nicole, Furet, Pascal, Gessier, François, Hergovich Lisztwan, Joanna, Holzer, Philipp, Jacoby, Edgar, Kallen, Joerg, Masuya, Keiichi, Pissot Soldermann, Carole, Ren, Haixia, Stutz, Stefan. La solicitud correspondiente lleva el número 20120333 y fue presentada a las 11:05:10 del 19 de junio de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de junio de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012071710).

La señora María de la Cruz Villanea Villegas, cédula Nº 1-0984-0695, mayor de edad, abogada, apoderada especial de Amgen INC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PROTEÍNAS DE ENLACE AL ANTÍGENO IL-23 HUMANAS. Se proporcionan proteínas de enlace al antígeno que enlazan a la proteína IL-23 humano. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07K 16/24, cuyo(s) inventor(es) es(son) Towne E. Jennifer, Cheng D. Janet, O’neill, Jason, Zhang, Yu, Sun, Yu, Cerne, Heather, Piper E. Derek, Ketchem R. Randal. La solicitud correspondiente lleva el número 20120210 y fue presentada a las 11:50:10 del 26 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012310945.—(IN2012071910).

La  señora  María de  la  Cruz Villanea  Villegas,  cédula Nº 1 0984 0695, mayor de edad, abogada, apoderada especial de Global Fresh Foods, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SISTEMAS Y MÉTODOS PARA MANTENER ALIMENTOS PERECEDEROS.

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La presente invención se refiere a sistemas y métodos de envasado útiles para extender la vida de almacenamiento de producto alimenticio tal como pescado fresco.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A23B 4/16, cuyo(s) inventor(es) es (son) Bell, Laurence D. La solicitud correspondiente lleva el número 20120222, y fue presentada a las 13:49:10 del 30 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012310949.—(IN2012071911).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Federico Rucavado Luque, 1-839-188, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Eli Lilly and Company, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada ANÁLOGO PEPTÍDICO DE OXINTOMODULINA. La presente invención se refiere a un análogo peptídico de oxintomodulina empleado en el tratamiento de diabetes y/u obesidad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: A61K 38/17; A61K 38/26; A07K 14/605; A61P 3/04; A61P 3/10; cuyos inventores son Alsina Fernández, Jorge, Kohn, Wayne, David. La solicitud correspondiente lleva el número 20120338, y fue presentada a las 10:00:00 del 22 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012072272).

REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR

Y DERECHOS CONEXOS

Dionisio Miranda Rodríguez, cédula de identidad dos-dos tres cuatro-dos cuatro cero, vecino de San José, Moravia, contiguo a la Sinfónica Nacional, mayor de edad, casado, Director Ejecutivo del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, cédula jurídica cuatro-cero cero cero-cuatro dos uno cuatro dos-uno tres, solicita la inscripción de los derechos morales a favor del señor Tayron Ovares Cheves, mayor de edad, casado una vez, analista, cédula de identidad 6-260-298 y la titularidad de los derechos patrimoniales a favor del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, cédula jurídica número 4-000-42142-13, de la obra literaria divulgada e individual, que se titula ADMINISTRACIÓN DE ESQUEMAS DE SEGURIDAD-CAFI. La obra consiste en un software: módulo para la administración de las opciones de los sistemas incluidos en el Control Administrativo Financiero del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 7075.—San José, 28 de junio del 2012.—Carmen Valverde Chacón, Registradora.—1 vez.—(IN2012072275).

Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad dos-seis cinco cero-nueve cinco seis, vecina de San José, mayor de edad, soltera, abogada, en su condición de apoderada especial de la compañía Navegación Satelital de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cinco cero tres dos seis, solicita la inscripción de los Derechos Morales a favor del señor Federico Amador Lizano, quien es mayor de edad, casado una vez, Ingeniero Civil, vecino de San José, cédula de identidad uno-novecientos diez-seiscientos cincuenta y la titularidad de los Derechos Patrimoniales a favor de la compañía Navegación Satelital S. A., sociedad organizada y constituida en Costa Rica, cédula jurídica uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos veintiséis, domiciliada en San José, de la Obra Artística Individual Publicada que se titula MAPA EZFIND 6.00 RAC/RETAIL. La obra consiste en un mapa ruteable, a través de los diferentes procesos que se detallan a continuación: levantamiento de información de campo, como por ejemplo, medición de ubicación en un punto determinado- digitalización de la información- digitalización de vialidad y restricciones de giro-digitalización de puntos de interés, compilación y encripción para que cada mapa que se elabora funcione únicamente en un aparato GPS específico; actualizaciones constantes. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 6877.—San José, 7 de mayo del 2012.—Carmen Valverde Ch., Registradora.—1 vez.—RP2012311183.—(IN2012072512).

Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad dos-seis cinco cero-nueve cinco seis, vecina de San José, mayor de edad, soltera, abogada, en su condición de apoderada especial de la compañía Navegación Satelital de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cinco cero tres dos seis, solicita la inscripción de los Derechos Morales a favor del señor Federico Amador Lizano, quien es mayor de edad, casado una vez, Ingeniero Civil, vecino de San José, cédula de identidad uno-novecientos diez-seiscientos cincuenta; y la titularidad de los Derechos Patrimoniales a favor de la compañía Navegación Satelital S. A., sociedad organizada y constituida en Costa Rica, cédula jurídica uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos veintiséis, domiciliada en San José, de la obra artística individual publicada que se titula MAPA EZFIND 3.3 RAC/RETAIL. La obra consiste en un mapa ruteable a través de los diferentes procesos que se detallan a continuación: levantamiento de información de campo, como por ejemplo medición de ubicación en un punto determinado-digitalización de la información-digitalización de vialidad y restricciones de giro-digitalización de puntos de interés compilación y encripción para que cada mapa que se elabora funcione únicamente en un aparato GPS específico; actualizaciones constantes. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 6863.—San José, 7 de mayo del 2012.—Carmen Valverde Ch., Registradora.—1 vez.—RP2012311185.—(IN2012072513).

Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad dos-seis cinco cero-nueve cinco seis, vecina de San José, mayor de edad, soltera, abogada, en su condición de apoderada especial de la compañía Navegación Satelital de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cinco cero tres dos seis, solicita la inscripción de los Derechos Morales a favor del señor Federico Amador Lizano, quien es mayor de edad, casado una vez, Ingeniero Civil, vecino de San José cédula de identidad uno-novecientos diez-seiscientos cincuenta; y la titularidad de los Derechos Patrimoniales a favor de la compañía Navegación Satelital S. A., sociedad organizada y constituida en Costa Rica, cédula jurídica uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos veintiséis, domiciliada en San José, de la obra artística individual publicada que se titula MAPA EZFIND 4.2 RAC/RETAIL. La obra consiste en un mapa ruteable, a través de los diferentes procesos que se detallan a continuación; levantamiento de información de campo, como por ejemplo, medición de ubicación en un punto determinado- digitalización de la información- digitalización de vialidad y restricciones de giro- digitalización de puntos de interés, compilación y encripción, para que cada mapa que se elabora funcione únicamente en un aparato GPS específico; actualizaciones constantes. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 6865.—San José, 7 de mayo del 2012.—Carmen Valverde Ch., Registradora.—1 vez.—RP2012311187.—(IN2012072514).

Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad dos-seis cinco cero-nueve cinco seis, vecina de San José, mayor de edad, soltera, abogada, en su condición de apoderada especial de la compañía Navegación Satelital de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cinco cero tres dos seis, solicita la inscripción de los Derechos Morales a favor del señor Federico Amador Lizano, quien es mayor de edad, casado una vez, Ingeniero Civil, vecino de San José cédula de identidad uno-novecientos diez-seiscientos cincuenta; y la titularidad de los Derechos Patrimoniales a favor de la compañía Navegación Satelital S. A., sociedad organizada y constituida en Costa Rica, cédula jurídica uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos veintiséis, domiciliada en San José, de la obra artística individual publicada que se titula MAPA EZFIND 4.6.1 RAC/RETAIL. La obra consiste en un mapa ruteable, a través de la diferentes procesos que se detallan a continuación: levantamiento de información de campo, como por ejemplo, medición de ubicación en un punto determinado- digitalización de la información-digitalización de vialidad y restricciones de giro- digitalización de puntos de interés, compilación y encripción, para que cada mapa que se elabora funcione únicamente en un aparato GPS específico; actualizaciones constantes. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 6867.—San José, 7 de mayo del 2012.—Carmen Valverde Ch., Registradora.—1 vez.—RP2012311188.—(IN2012072515).

Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad dos-seis cinco cero-nueve cinco seis, vecina de San José, mayor de edad, soltera, abogada, en su condición de apoderada especial de la compañía Navegación Satelital de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cinco cero tres dos seis, solicita la inscripción de los Derechos Morales a favor del señor Federico Amador Lizano, quien es mayor de edad, casado una vez, Ingeniero Civil, vecino de San José cédula de identidad uno-novecientos diez-seiscientos cincuenta; y la titularidad de los Derechos Patrimoniales a favor de la compañía Navegación Satelital S. A., sociedad organizada y constituída en Costa Rica, cédula jurídica uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos veintiséis, domiciliada en San José, de la obra artística individual publicada que se titula MAPA EZFIND 4.8 RAC/RETAIL. La obra consiste en un mapa ruteable, a través de la diferentes procesos que se detallan a continuación: levantamiento de información de campo, como por ejemplo, medición de ubicación en un punto determinado- digitalización de la información- digitalización de vialidad y restricciones de giro- digitalización de puntos de interés, compilación y encripción, para que cada mapa que se elabora funcione únicamente en un aparato GPS específico; actualizaciones constantes. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 6869.—San José, 7 de mayo del 2012.—Carmen Valverde Ch., Registradora.—1 vez.—RP2012311189.—(IN2012072516).

Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad dos-seis cinco cero-nueve cinco seis, vecina de San José, mayor de edad, soltera, abogada, en su condición de apoderada especial de la compañía Navegación Satelital de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cinco cero tres dos seis, solicita la inscripción de los Derechos Morales a favor del señor Federico Amador Lizano, quien es mayor de edad, casado una vez, Ingeniero Civil, vecino de San José cédula de identidad uno-novecientos diez-seiscientos cincuenta; y la titularidad de los Derechos Patrimoniales a favor de la compañía Navegación Satelital S. A., sociedad organizada y constituída en Costa Rica, cédula jurídica uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos veintiséis, domiciliada en San José, de la obra artística individual publicada que se titula MAPA EZFIND 4.9.2 RAC/RETAIL. La obra consiste en un mapa ruteable, a través de la diferentes procesos que se detallan a continuación: levantamiento de información de campo, como por ejemplo, medición de ubicación en un punto determinado- digitalización de la información- digitalización de vialidad y restricciones de giro- digitalización de puntos de interés, compilación y encripción para que cada mapa que se elabora funcione únicamente en un aparato GPS específico; actualizaciones constantes. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 6871.—San José, 7 de mayo del 2012.—Carmen Valverde Ch., Registradora.—1 vez.—RP2012311190.—(IN2012072517).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Costarricense de Amistad e Intercambio con China, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover, fomentar y cultivar las relaciones amistosas, culturales, económicas, deportivas y artísticas entre China y Costa Rica. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Raymond Huiping Tang Lee. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2012 asiento: 82756 adicional tomo: 2012 asiento: 194191.—Curridabat, a los veintidós días del mes de junio del dos mil doce.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—(IN2012072428).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

La Dirección Nacional de Notariado hace saber que los notarios que se indican a continuación, fueron juramentados y habilitados para el ejercicio del notariado pleno a partir de las fechas que se consignan.

          Notario                                       Carné      Fecha de juramentación

Alejandra Ramírez Castro                      19504           1º de junio del 2012

Tatiana Vanessa Mora Barrantes            19395           1º de junio del 2012

Tobias Gerardo Chacon Porras               15907           1º de junio del 2012

Betzi Yirlania Zúñiga Alfaro                  19123           1º de junio del 2012

Ángela María Garro Contreras               19613           1º de junio del 2012

Alonso José Pacheco Delgado                14295           1º de junio del 2012

Nancy Rebeca Araya Ramírez                19587           1º de junio del 2012

Esteban Ernesto Gil Girón Carvajal        20581           4 de junio del 2012

María Del Milagro Montero Barrantes   19637           18 de junio del 2012

Juan Carlos Torpoco Chávez                 17080           18 de junio del 2012

Ali Chaves Boulanger                             19704           18 de junio del 2012

Pamela Quesada Venegas                        19647           18 de junio del 2012

San José, 28 de junio de 2012.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0001.—Solicitud Nº 4209.—C-28180.—(IN2012072972).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN

CAUCE DE DOMINIO PÚBLICO

EDICTOS

En expediente Nº 27-2010 el señor Gavridge Pérez Porras, mayor, casado dos veces, abogado y notario, cédula 4-133-976, apoderado generalísimo de Concreto Asfáltico Nacional S. A., cédula jurídica 3-101-008650, presenta solicitud para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Ceibo.

Localización geográfica:

Sito en: Distrito: 01 Buenos Aires, cantón: 03 Buenos Aires, provincia: 06 Puntarenas.

Hoja cartográfica:

Hoja cartográfica Buenos Aires, escala 1:50.000 del IGN.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas 351560.00 Norte, 537560.61-537760.61 Este límite aguas arriba y 350000.00 Norte, 537400.00-537200.00 Este límite aguas abajo.

Área solicitada:

40 ha 6882.08 m2, longitud promedio 1648.58 metros, según consta en plano aportado al folio 35.

Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1 351560.00 Norte, 537760.61 Este.

Para ver tabla solo en La Gaceta  impresa o en formato PDF

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 10 de diciembre del 2010, área y derrotero aportados el 18 de marzo del 2011. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José a las once horas del siete de mayo del dos mil doce.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla, Jefa de Registro Nacional Minero.—(IN2012070542).

2 v. 2.Alt.

En expediente Nº 28-2010 el señor Gavridge Pérez Porras, mayor, casado dos veces, abogado y notario, cédula 4-133-976, apoderado generalísimo de Concreto Asfáltico Nacional S. A., cédula jurídica 3-101-008650, presenta solicitud para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Ceibo.

Localización geográfica:

Sito en: Distrito: 01 Buenos Aires, cantón: 03 Buenos Aires, provincia: 06 Puntarenas.

Hoja cartográfica:

Hoja cartográfica Buenos Aires, escala 1:50.000 del IGN.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas 349711.24 – 349622.15 Norte, 537003.74-537047.00 Este límite aguas arriba y 348586.31-348835.78 Norte, 536105.18-535865.86 Este límite aguas abajo.

Área solicitada:

37 ha 3483.47 m², longitud promedio 1359.76 metros, según consta en plano aportado al folio 34.

Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1 351560.00 Norte, 537760.61 Este.

Para ver tabla solo en La Gaceta  impresa o en formato PDF

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 10 de diciembre del 2010, área y derrotero aportados el 18 de marzo del 2011. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, 7 de mayo del 2012.—Lic. Cynthia Cavallini Chinchilla, Jefa Registro Nacional Minero.—(IN2012070543).

2 v. 2.Alt.

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Exp. 10124P.—Piñales de Santa Clara S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo de acuífero (Pozo RT-17), efectuando la captación en finca de su propiedad en La Virgen, Sarapiquí, Heredia, para uso consumo humano y fumigación. Coordenadas 268.050 / 520.125 hoja Río Cuarto. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Jefe.—(IN2012038233).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 15243A.—Granja La Guadalupana S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Evelio Ramírez Carranza en Piedades Sur, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano y granja avícola. Coordenadas 233.660 / 475.690 hoja Miramar. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068831).

Exp. 15242A.—Carlos Vindas Guevara solicita concesión de: 0,6 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Juan Vindas Rubí en Mercedes Norte, Puriscal, San José, para uso consumo humano y granja avícola. Coordenadas 201.889 / 498.990 hoja Rio Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068833).

Exp. 15241A..—Fausser de La O S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Olimpia Rodríguez Solís en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano y granja avícola. Coordenadas 257.346/493.481 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068840).

Exp. 15240A.—Jariomas S. A., solicita concesión de: 0,8 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Jorge Rodríguez Murillo en San Isidro, Grecia, Alajuela, para uso consumo humano-granja avícola. Coordenadas 234.585/507.736 hoja Carbonal. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068843).

Exp. 14037P.—Heartland Hockey S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de acuifero (pozo ME-395), efectuando la captación en finca de el mismo, Bagaces, Guanacaste, para uso consumo humano para autoabastecimiento en condominio 1000 personas. Coordenadas 281.066/387.082 hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de mayo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068846).

Exp. 14045P.—Desarrollos Lenamar GTM Internacional S. A, solicita concesión de: 0,60 litros por segundo de acuifero (pozo CZ-159), efectuando la captación en finca de el mismo en Hojancha, Guanacaste, para uso autoabastecimiento en condominio - piscina domestica y riego. Coordenadas 207.579 / 355.071 hoja Cerro Azul. 1,75 litros por segundo de acuifero (pozo CZ-156), efectuando la captación en finca de el mismo en Hojancha, Guanacaste, para uso autoabastecimiento en condominio-piscina domestica y riego. Coordenadas 207.395 / 375.054 hoja Cerro Azul. 2,20 litros por segundo de acuifero (pozo CZ-155), efectuando la captación en finca de el mismo en Hojancha, Guanacaste, para uso Autoabastecimiento en Condominio-piscina domestica y riego. Coordenadas 207.242/374.925 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de mayo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068856).

Exp. 14047P.—Desarrollos Lenamar GTM Internacional S. A, solicita concesión de: 3,2 litros por segundo acuifero (pozo CZ-157), efectuando la captación en finca de el mismo en Puerto Carrillo, Hojancha, Guanacaste, para uso consumo humano para autoabastecimiento en condominio 150 fincas filiales y riego. Coordenadas 206.984/375.490 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068859).

Exp. 7527A.—Agropecuaria Milda S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Ignasio Méndez Méndez en Cot, Oreamuno, Cartago, para riego Coordenadas 207.800 / 550.750 hoja Istaru. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de junio de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068861).

Exp. 7697A.—Don Bando S.R.L., solicita concesión de: 3 litros por segundo de la Quebrada Pinol, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guadalupe, Zarcero, Alajuela, para riego. Coordenadas 240.300/490.400 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068871).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 6563P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 5,46 litros por segundo de acuífero (pozo AZ-16), efectuando la captación en finca de su propiedad en Pital, San Carlos, Alajuela, para uso riego y aplicación de fertilizantes. Coordenadas 271.000 / 507.200 hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073482).

Exp. 15248P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 9,5 litros por segundo de acuífero (pozo RS-91) en finca de el mismo en Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 272.248 / 545.640 hoja Río Sucio. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073485).

Exp. 9486P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 0,90 litros por segundo de acuífero (pozo 4), efectuando la captación en finca de su propiedad en Buenos Aires, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 128.197 / 608.904 hoja general. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN201273497).

Exp. 9488P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 0,90 litros por segundo de aguas acuífero (pozo sin número), efectuando la captación en finca de su propiedad en Buenos Aires, Puntarenas, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 128.368 / 609.354 hoja General. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 20 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073499).

Exp. 5091A.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 105 litros por segundo del río Volcán (toma 1), efectuando la captación en finca de su propiedad en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso riego y fumigaciones. Coordenadas 359.000 / 522.660 hoja Buenos Aires. 145 litros por segundo del río Volcán (toma 2), efectuando la captación en finca de su propiedad en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso riego y fumigaciones. Coordenadas 129.425 / 599.540 hoja Buenos Aires. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073501).

Exp. 9487P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 0,90 litros por segundo de acuífero (pozo 6 ), efectuando la captación en finca de su propiedad en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 129.792 / 597.548 hoja General. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073505).

Exp. 6263P.—Compañía Palma Tica S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo de acuífero (pozo 12), efectuando la captación en finca del mismo en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 156.452 / 524.764 hoja Quepos. 2 litros por segundo de acuífero (pozo 13), efectuando la captación en finca del mismo en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 156.511 / 524.785 hoja Quepos. 2 litros por segundo de acuífero (pozo 14), efectuando la captación en finca del mismo en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 156.476 / 524.810 hoja Quepos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073507).

Exp. 15273A.—Carlos Luis, Chacon Gamboa, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca del mismo en Llano Bonito, León Cortés, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 187.900 / 526.200 hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073508).

Exp. 15260A.—José Fabio, Chavarría Arguedas, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo de la Quebrada El Palo, efectuando la captación en finca de Jesús Chan Camacho en Puntarenas, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 221.050 / 450.100 hoja Chapernal. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073510).

Exp. 10018P.—Luis Antonio, Vargas Vargas, solicita concesión de: 0,55 litros por segundo de acuífero (pozo NA-525), efectuando la captación en finca de su propiedad en Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso riego. Coordenadas 224.150 / 486.750 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073513).

Exp. 15168P.—Automotriz Zunapo del Monte S. A., solicita concesión de: 0,10 litro por segundo de acuífero (pozo sin número), efectuando la captación en finca del mismo en Colón, Mora, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 212.110 / 509.541 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073515).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Martha María Sánchez Leiva, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1647-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del quince de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 3736-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Fabián Andrés Chavarría Leiva, en el sentido que los apellidos de la madre... son “Sánchez Leiva”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012311344.—(IN2012072523).

Se hace saber que este registro en diligencias de ocurso incoadas por Berta María Castro Hernández, ratificadas por Orvin Gerardo Rosales Castro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1534-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete de mayo del dos mil doce. Exp. Nº 2597-2007. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: I.- Hechos Probados:..., II.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Orvin Gerardo Rosales Castro; en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Hernández” y no como se consignó. Se deniega en cuanto al otro extremo de la petitoria.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012311378.—(IN2012072524).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Flor Eddy Mora Ulloa, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1414-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas tres minutos del veintiséis de abril del dos mil doce. Exp. Nº 3728-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I.- Hechos Probados:..., II.-Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquense el asiento de nacimiento de Flor Eddy Mora Ulloa, en el sentido que el segundo nombre... es “Edith”, el asiento de matrimonio de Melvin Eladio Pérez Morales con Flor Eddy Mora Ulloa, en el sentido que el segundo nombre de la cónyuge es “Edith” y el asiento de nacimiento de Leandro Xavier Pérez Mora, en el sentido que el segundo nombre de la madre... es “Edith”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012311432.—(IN2012072525).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Yansy Salas Arrieta, Estiven Josué Arrieta Arrieta y Karen Tatiana Arrieta Arrieta ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2261-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cuarenta y dos minutos del veintiuno de junio del dos mil doce. Exp. Nº 13437-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Estiven Josué Arrieta Arrieta, el de Karen Tatiana Arrieta Arrieta, el de Ashley Arrieta Arrieta, en el sentido que los apellidos de la madre... son “Salas Arrieta” y el de Nicolás Arrieta Jiménez, en el sentido que los apellidos del padre... son “Arrieta Salas”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012072800).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Cecilia Hernández Marín, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 963-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas tres minutos del diecinueve de mayo del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº 946-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Alondra Dayana Cárcamo Hernández, en el sentido que los apellidos del padre de la misma son... “Mina Cárcamo” y el de Ever Andrey Cárcamo Hernández...; en el sentido que el nombre y los apellidos del padre del mismo... son “Everardo Mina Cárcamo” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012072829).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN

Avisos de solicitud de naturalización

Fernando Chal Gea, mayor, casado, ministro evangélico, dominicano, cédula de residencia 121400023619, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1953-2012.—San José, seis de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—(IN2012072277).

Yojaira Vilorio Aquino, mayor, casada, ingeniera en sistemas de computación, dominicana, cédula de residencia 121400056133, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1950-2012.—San José, seis de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—(IN2012072278).

Bismark Eugenio Vivas Avelarez, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155802106024, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1931-2012.—San José, cinco de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012311263.—(IN2012072518).

Josseline Carolina Sandoval Barbosa conocida como Yoselyn Carolina Sandoval Barboza, mayor, casada, miscelánea, nicaragüense, cédula de residencia 155803260328, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1738-2012.—San José, tres de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012311266.—(IN2012072519).

Alberto José Mendoza Padilla, mayor, soltero, transportista, nicaragüense, cédula de residencia 155800334825, vecino de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1535-2008.—San José, veinticuatro de mayo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012311268.—(IN2012072520).

Ana María Moreno Sánchez, mayor, soltera, estudiante, colombiana, cédula de residencia 117000859130, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1814-2012.—San José, cuatro de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012311372.—(IN2012072521).

Elías Emmanuel Fajardo Panta, mayor, soltero, ejecutivo de ventas, peruano, cédula de residencia 160400149435, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1848-2012.—San José, seis de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012311412.—(IN2012072522).

Julia Elena Gonzales Cárdenas, mayor, casada, del hogar, peruana, cédula de residencia 160400221712, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1880- 2012.—San José, tres de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012072781).

Pola Consuelo Gallegos Santos, mayor, casada, administradora, peruana, pasaporte 5060867, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.4713- 2011.—San José, seis de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012072802).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIONES

R-DC-77-2012.—Despacho Contralor.—San José, a las trece horas del dos de julio de dos mil doce.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 131, inciso l), del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (Decreto Ejecutivo Nº 33411-H del 27 de setiembre del 2006), corresponde a esta Contraloría General la fijación periódica de las tarifas por concepto de arrendamiento de vehículos a funcionarios de la Administración.

II.—Que con base en el comportamiento mostrado por algunas variables que inciden en el cálculo de las tarifas de kilometraje que se reconocen a funcionarios de la Administración, entre ellas el tipo de cambio del colón respecto al dólar y el precio de los combustibles, esta Contraloría General procedió a la actualización de las mismas.

RESUELVE:

Autorizar a aquellos entes públicos que cuenten en esta materia con un sistema de control interno eficiente y la reglamentación respectiva, el reconocimiento de pago de las tarifas que seguidamente se detallan y que están expresadas en colones por kilómetro recorrido:

Para ver imagen solo en La Gaceta  impresa o en formato PDF

1   Quedan incluidos dentro de la categoría de vehículos rurales, los que cumplan simultáneamente con los siguientes tres requisitos:

    Que su carrocería sea tipo rural, familiar o “pick up”.

    Que su motor sea de más de 2.200 (dos mil doscientos) centímetros cúbicos.

    Que sea de doble tracción.

2   Todos los vehículos que no clasifiquen dentro de la categoría rural descrita en el punto anterior y que no sean motocicletas, se clasifican como vehículos livianos.

3   Vehículos con motor de hasta 1.600 (mil seiscientos) centímetros cúbicos.

4   Vehículos con motor de más de 1.600 (mil seiscientos) centímetros cúbicos.

Rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Publíquese.—Marta E. Acosta Zúñiga, Contralora General de la República.—1 vez.—(IN2012072822).

AVISOS

La Contraloría General de la República informa: se encuentra firme la resolución Nº PA-81-2011 de las nueve horas del dieciocho de octubre de dos mil once, dictada dentro del procedimiento administrativo Nº DJ-61-2011. Dicha resolución en el por tanto resuelve imponer la prohibición de ingreso o reingreso por dos años a cargos de la Hacienda Pública al señor Donald Antonio Elizondo Solano, mayor, casado, cédula de identidad Nº 5-260-741, vecino de Cañas, Guanacaste. La anterior prohibición rige a partir del veintiuno de octubre de dos mil once, fecha en que quedó firme el acto final. En razón de ello, sírvanse tomar nota las administraciones públicas interesadas, a efectos de que dicha persona no sea nombrada por el período indicado en cargos de la hacienda pública, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Contraloría General de la República, publicado en La Gaceta Nº 76 del 20 de abril de 2007.

Publíquese.—Lic. Silvia María Chanto Castro, Órgano Decisor.—1 vez.—(IN2012072824).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD NANDAYURE

REGIÓN CHOROTEGA

UNIDAD PROGRAMÁTICA 2562

I MODIFICACIÓN

PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2012

En cumplimiento con lo normado en los artículos 6° de la Ley de Contratación Administrativa y 7° de su Reglamento, se informa a los interesados que se realizó cambios al Programa de Adquisiciones correspondiente al año 2012, se encuentra publicado en la página http://www.ccss.sa.cr, en el enlace “Transparencia”, en el siguiente vínculo: Planes Anuales/2012.

Dr. José García Acosta, Director Médico.—1 vez.—(IN2012072826).

ÁREA DE SALUD DE HATILLO

CLÍNICA DR. SOLÓN NÚÑEZ FRUTOS

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

La Subárea de Gestión de Bienes y Servicios de la Clínica Dr. Solón Núñez Frutos, en cumplimiento con el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7° de su Reglamento, informa que la modificación al Programa Anual de Compras 2012, se encuentra publicado en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social, lo cual no implica ningún compromiso de contratar con la Administración. Telefax 2252-2300, e-mail: clsolon@info.ccss.sa.cr. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 5 de julio de 2012.—Subárea de Bienes y Servicios.—Lic. Noemy Meléndez Cañénguez.—1 vez.—(IN2012072832).

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2012

Se comunica a todos las personas potenciales oferentes que la Modificación al Plan de Adquisiciones del INAMU, para el año 2012, se encuentra a disposición en la página web, www.inamu.go.cr (viñetas Proveeduría-Adquisiciones).

San José, 10 de julio del 2012.— Área de Proveeduría.— Carlos Barquero Trigueros, Coordinador de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 11904.—Solicitud Nº 10504.—C-9420.—(IN2012074526).

LICITACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000025-PCAD

Contratación de transporte de remesas en todo el país

(Consumo según demanda)

Apertura: Para las 10:00 horas del día 16 de agosto del 2012. Venta del cartel: Cajas 23 ó 24 de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m. Retiro del cartel en el 6to piso, Oficinas Centrales, Proceso de Contratación Administrativa de 8:15 a. m. a 4:00 p. m., Costo: ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 17 de julio del 2012.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2012075965).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000024-PCAD

Compra de servidores

Apertura: Para las 10:00 horas del día 17 de agosto del 2012. Venta del cartel: Cajas 23 ó 24 de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m. Retiro del cartel en el 6to piso, Oficinas Centrales, Proceso de Contratación Administrativa de 8:15 a. m. a 4:00 p. m., Costo: ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 17 de julio del 2012.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2012075967).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-101207-UP

Servicios de vigilancia para edificaciones

del Benemérito Cuerpo de Bomberos

El Benemérito Cuerpo de Bomberos, invita a participar de la Licitación Pública Nº 2012LN-101207-UP, “Servicios de vigilancia para edificaciones del Benemérito Cuerpo de Bomberos”, cuya apertura está prevista para las 14:00 horas del 20 de agosto de 2012.

Los carteles respectivos están a su disposición en nuestras oficinas, ubicadas en el segundo piso del edificio central del Cuerpo de Bomberos, ubicado en San José, avenida 3, calle 18, costado norte de la terminal de buses del Mercado de la “Coca-Cola”, así mismo podrán descargarlo del portal de Internet www.bomberos.go.cr. o solicitarlos a la dirección de correo electrónico gfiatt@bomberos.go.cr

San José, 18 de julio de 2012.—Lic. Guido Picado Jiménez, Proveedor.—1 vez.—(IN2012075945).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000060-5101

Vacuna influenza de virus inactivos de la gripe

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000060-5101, para la adquisición de:

Ítem Único: 25.000 AM Vacuna influenza de virus inactivos de la gripe.

Apertura de ofertas: 9:30 horas del día 8 de agosto del 2012.

Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 17 de julio del 2012.—Subárea de Carteles.—Argentina Araya Jara, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 32769.—C-18820.—(IN2012075632).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LI-000003-PROV

Adquisición de equipo de medición Remota AMI-RF

FONDOS BID

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 09:00 horas del día 10 de setiembre del 2012, en la Ventanilla única en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio Central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

“Adquisición de equipo de medición remota AMI-RF”.

Avisamos a los interesados en la licitación antes mencionada, que en nuestro sitio Web se estarán publicando notas aclaratorias, modificaciones, anexos, eventuales prórrogas así como la adjudicación, por lo que les instamos a visitarlo periódicamente accesando nuestra dirección electrónica: https:// www.grupoice.com/PEL en la pestaña Adquisición de Bienes y Servicios, seleccionando la opción en recepción de ofertas.

San José, 18 de julio del 2012.—Licitaciones-Proveeduría Institucional, Gerencia de Logística y Recursos Institucionales.—Luis Fernando Araya Montero.—1 vez.—O. C. Nº 356441.—Solicitud Nº 64651.—C-24460.—(IN2012075610).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA Nº 2012CD-000088-07

Servicio de capacitación en interpretación

de imágenes satelitales

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 30 de julio del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones, sita: Barranca, Puntarenas, 200 metros al norte de entrada principal de INOLASA, o bien ver la página Web del INA, dirección: http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46919.—C-14120.—(IN2012075985).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-09

Contratación de servicio de seguridad y vigilancia física

y electrónica para las instalaciones de las aulas de

Servicio al Usuario de la Unidad Regional de

Heredia y Centro de Formación de Heredia

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Heredia del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 16 de agosto del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual tiene un costo de ¢500,00 en el Proceso de Adquisiciones, sita: Heredia, 50 metros norte y 50 metros este de la Clínica de la CCSS o bien visitar la página Web del INA, dirección: http://infoweb.ina.ac.cr/ConsultaCarteles/

Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46919.—C-16940.—(IN2012075986).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000020-PROV

Consultoría técnica especializada para alineamiento

e implementación a la normativa N-2-2007-CO-DFOE

de la Contraloría General de la República

La Junta de Protección Social les invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000020-PROV por “Consultoría técnica especializada para alineamiento e implementación a la normativa N-2-2007-CO-DFOE de la Contraloría General de la República”. Las ofertas se recibirán hasta las 10:00 horas del día 9 de agosto del 2012, en el Departamento de Proveeduría de la Junta de Protección Social.

El cartel que contiene las especificaciones se encuentra a disposición de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, enlace: contrataciones, pueden retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto piso, Edificio Central sin ningún costo o solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano Méndez a la dirección electrónica: jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta notificación.

San José, 17 de julio del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Mary Valverde Vargas, Subjefa.—1 vez.—O. C. Nº 16301.—Solicitud Nº 32558.—C-23520.—(IN2012075939).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000049-02

Suministro e instalación de sistema de recuperación

de condensados en Refinería

La Dirección de Suministros de RECOPE invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000049-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 16 de agosto del 2012.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página Web de RECOPE, www.recope.com.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 30 de julio del 2012, a las 10:00 horas en la entrada principal de la Refinería.

Dpto. Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 39200.—C-18820.—(IN2012075626).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE FLORES

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-000035-01

Contratación para la adquisición de basureros en metal

para empotrar en el suelo para el cantón de Flores

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Flores, informa a todos los interesados, que se estarán recibiendo ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del día 31 de julio del 2012. La presente contratación tiene por objeto contratar a una persona física o jurídica que elabore basureros en metal para empotrar en el suelo y ser colocados en la Urbanización Siglo XXI y en diferentes locaciones del distrito primero del cantón de Flores. La Municipalidad  tendrá a su cargo el presente proceso licitación, donde los potenciales oferentes pueden solicitar el cartel de forma personal o vía correo electrónico a la siguiente dirección: mahernandez@flores.go.cr.

En el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad se brindará toda la información adicional (Tel. 2265-7125 Ext. 107 Fax. 2265-5652).

Departamento de Proveeduría.—Lic. Miguel Hernández Mejía, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012075935).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000007-01

Contratación de equipo tecnológico para la administración,

Concejo Municipal, Acueducto Municipal, Catastro,

Unidades Técnicas de Gestión Vial y Ambiental

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Flores, informa a todos los interesados, que se estarán recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 9 de agosto del 2012. La presente contratación tiene por objeto contratar a una persona física o jurídica que proporcione los equipos tecnológicos requeridos por la Administración, Concejo Municipal, Catastro, Acueducto, Unidad Técnica de Gestión Vial y Ambiental. La Municipalidad de Flores tendrá a su cargo el presente proceso licitación, donde los potenciales oferentes pueden solicitar el cartel de forma personal o vía correo electrónico a la siguiente dirección: mahernandez@flores.go.cr.

En el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad se brindará toda la información adicional (Tel. 2265-7125 Ext. 107 Fax. 2265-5652).

Departamento de Proveeduría.—Lic. Miguel Hernández Mejía, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012075936).

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000010-01

Compra de uniformes

Se comunica a todos los interesados en la referida licitación que mediante oficio D.E.-01346-2012, del 5 de julio del 2012, y con base en la RECOM 09-2012, de la Comisión de Recomendación para Contrataciones Administrativas, adjudica la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000010-01 “Compra de uniformes”, a las siguientes empresas:

Industrias MH S. A., por un monto de ¢2.006.900,00, a Representaciones Servimo S. A., por un monto de ¢765.490,00, a Creaciones Niza S. A., por un monto de ¢9.317.300,00, a Distribuidora E.G.O. S. A., por un monto de ¢504.000,00, y a Sáenz Fallas S. A., por un monto de $2.243,20

Todo de conformidad con el cartel y la oferta presentada.

San José, 16 de julio del 2012.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—O. C. Nº 22003.—Solicitud Nº 35706.—C-20520.—(IN2012075957).

EDUCACIÓN PÚBLICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000204-55100

Servicio de seguridad y vigilancia

La Dirección de Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación Pública, informa que mediante resolución Nº 190-2012, de las 7:30 horas del 18 de julio del 2012, misma que se encuentra a disposición en Com@RED2.0 se resuelve adjudicar la licitación arriba indicada de la siguiente manera:

Línea Nº 1: Cantidad 1 mes, “Adquisición de Servicios de Seguridad y Vigilancia” a favor de CSE Seguridad S. A., para un monto adjudicado de ¢52.588.466,67 (cincuenta y dos millones quinientos ochenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos exactos).

Todo lo anterior, conforme a los términos establecidos en el cartel y las ofertas presentadas en este proceso.

Los interesados podrán visualizar la Resolución de Adjudicación en el Sistema Compr@RED2.0 de Internet a partir de esta fecha en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared

San José, 18 de julio del 2012.—Dirección Proveeduría Institucional.—Lic. Rosario Segura Sibaja, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 3611.—C-11750.—(IN2012075978).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000020-01

Adquisición de 300 impresoras de vouchers

y 400 lectoras de cheques

El Banco de Costa Rica, informa que la Comisión de Contratación Administrativa en reunión 25-2012, CCADTVA del 12 de julio del 2012, acordó adjudicar la licitación en referencia de la siguiente forma:

Ítem I-“300 impresoras de vouchers” a la Oferta Nº 3: Epson de Costa Rica S. A.

Modelo:                                                      TMU-220D

Precio unitario:                                           US $233,96 i.v.i.

Monto total:                                               US $70.189,95 i.v.i.

Garantía de buen funcionamiento:          2 años.

Ítem II-“400 lectoras de cheques” a la Oferta Nº 1: Anphora S. A.

Marca Magtek, modelo Mini Micr con número de parte 225200.

Monto unitario                                          US $316,40 i.v.i.

Monto total:                                               US $126.560,00 i.v.i.

Garantía de buen funcionamiento:          1 año.

El monto total de la adjudicación para ambos ítems es de:  US $196.749,95.

El plazo de entrega para ambos ítems:

La primera entrega de equipo, deberá realizarse en un plazo no mayor a 30 días hábiles, después de que el Banco comunique oficialmente al contratista que puede retirar la orden de compra respectiva.

Primera entrega:

Ítem I-“Impresoras de voucher”: 100 unidades.

Ítem II-“Lectoras de cheques”: 100 unidades.

Resto de los equipos: Para el resto de los equipos, la administración realizará la solicitud de acuerdo a las necesidades y deberán ser entregados en un plazo no mayor a 30 días hábiles. Las solicitudes de equipo restante se solicitarán en entregas por grupos de 25 unidades cada una. El plazo máximo para solicitar los equipos será de 1 año. La forma de pago para ambos ítems se hará contra entrega parcial de los equipos.

San José, 18 de julio del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández M.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6469.—C-37620.—(IN2012075963).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000008-01

Contratación de profesionales en ingeniería y arquitectura

para la fiscalización de inversiones y avalúos de bienes

muebles e inmuebles

El Banco de Costa Rica, comunica a los interesados en el presente concurso que, el Comité Ejecutivo en reunión 14-12 CCE del 27 de junio del 2012, acordó adjudicar esta licitación de la siguiente manera:

Para el Servicio A de Fiscalización de Inversiones:

Para ver tabla solo en La Gaceta  impresa o en formato PDF

Para el Servicio B de Avalúos de Bienes Inmuebles No Agropecuarios:

Para ver tabla solo en La Gaceta  impresa o en formato PDF

Para el Servicio C de Avalúos de Naturaleza Agropecuaria y Semovientes:

Para ver tabla solo en La Gaceta  impresa o en formato PDF

Para el Servicio D, Avalúos de Bienes Muebles de Naturaleza Industrial:

No se recomienda la adjudicación de ninguna oferta.

Para el Servicio E, Avalúos de Vehículos Automotores y Avalúos de Bienes Inmuebles de Naturaleza Distinta a la Industrial.

Para ver tabla solo en La Gaceta  impresa o en formato PDF

Plazas Infructuosas:

Para el Servicio A, de Fiscalización de Inversiones, las siguientes plazas:

a)   Una plaza de la Zona 9 BCR Turrialba porque no hubo ofertas.

b)   Una plaza de la Zona 11 BCR Ciudad Neily porque solo hubo un oferente que se recomienda adjudicar, pero no hubo ofertas elegibles para la segunda plaza.

c)   Una plaza para la Sub-Zona 13.1 BCR Puntarenas, porque solo hubo un oferente que se recomienda adjudicar, pero no hubo ofertas para la segunda plaza.

d)   Una plaza de la Sub-Zona 13.2 Puntarenas Mal País, porque no hubo ofertas.

e)   Dos plazas de la Zona 15 BCR Quepos-Parrita, porque no hubo ofertas.

f)    Una plaza de la Zona 16 BCR Cañas, porque solo hubo una oferta que se recomendó adjudicar y no hubo más ofertas para la segunda plaza.

g)   Una plaza de la Zona 17 BCR Liberia, porque no hubo ofertas.

h)   Una plaza de la Zona 18 BCR Nicoya-Santa Cruz porque la oferta recibidas no cumple la cláusula 43 del cartel.

i)    Una plaza de la Zona 19 para la que no hubo ofertas.

j)    Una plaza de la Zona 20 BCR Siquirres porque la oferta recibida no obtuvo la puntuación mínima requerida por el cartel.

k)   Dos plazas de la Zona 22 BCR Osa, porque no se recibieron ofertas.

l)    Una plaza de la Zona 23 BCR Tilarán, porque solo se recibió una oferta que se recomienda adjudicar y no hubo más ofertas para la segunda plaza.

m)  Dos plazas de la Zona 24 BCR Upala porque no hubo ofertas.

Para el Servicio B de Avalúos de Bienes Inmuebles No Agropecuarios:

a)   Una plaza de la Zona 4 BCR Alajuela, porque las ofertas recibidas no calificaron para adjudicar la tercera plaza.

b)   Una plaza en la Zona 7.2 que no se adjudica porque la segunda oferta recibida no alcanzó el puntaje mínimo establecido en el cartel.

c)   Una plaza de la Zona 9 BCR Turrialba, porque solo se recibió una oferta que se recomienda adjudicar y no hubo más ofertas para la segunda plaza.

d)   Una plaza de la Zona 10 BCR San Isidro Pérez Zeledón, porque la segunda oferta recibida no alcanzó el puntaje mínimo establecido en el cartel.

e)   Una plaza de la Zona 12 BCR San Vito, porque no hubo ofertas.

f)    Una plaza de la Sub-Zona 13.1 BCR Puntarenas, porque solo hubo dos ofertas que se recomienda adjudicar y no hubo más ofertas para la tercera plaza.

g)   Una plaza de la Sub-Zona 13.2 BCR Puntarenas Mal País, porque no hubo ofertas.

h)   Una plaza de la Zona 14 BCR Jacó-Orotina, porque no calificaron las ofertas recibidas para adjudicar la segunda plaza.

i)    Dos plazas de la Zona 15 BCR Quepos-Parrita, porque solo se recibió una oferta que no alcanzó el puntaje mínimo establecido en el cartel.

j)    Dos plazas de la Zona 16 BCR Cañas, porque solo se recibió una oferta que se recomienda adjudicar y no hubo más ofertas para la segunda y tercera plaza.

k)   Dos plazas de la Zona 17 BCR Liberia, porque solo se recibieron dos ofertas, una de las cuales se recomienda adjudicar y la otra no alcanzó el puntaje mínimo, por lo que no hay ofertas para la segunda y tercera plaza.

l)    Dos plazas de la Zona 18 BCR Nicoya-Santa Cruz, porque de las dos ofertas recibidas, una de ellas no alcanzó el puntaje mínimo y la otra no cumple con la cláusula 43 del cartel.

m)  Dos plazas de la Zona 19 BCR Guápiles, porque solo hubo una oferta que se recomienda adjudicar y no hubo más ofertas para la segunda y tercera plaza.

n)   Dos plazas de la Zona 20 BCR Siquirres, porque solo hubo una oferta que no alcanzó el puntaje mínimo.

o)   Una plaza de la Zona 21 BCR Limón, porque solo hubo una oferta que se recomienda adjudicar y no hubo más ofertas para la segunda plaza.

p)   Dos plazas en la Zona 22 BCR Osa, porque no se recibieron ofertas.

q)   Una plaza de la Zona 23 BCR Tilarán, porque solo hubo una oferta elegible que se recomienda adjudicar.

r)    Dos plazas de la Zona 24 BCR Upala, porque no se recibieron ofertas.

Para el Servicio C de Avalúos de Naturaleza Agropecuaria y Semovientes:

a)   Una plaza de la Sub-Zona 1.2 BCR San José Este Los Santos, porque las ofertas recibidas no alcanzaron el puntaje mínimo.

b)   Una plaza de la Sub-Zona 2.2 BCR San José Oeste, porque la oferta recibida no alcanzó el puntaje mínimo establecido por el cartel.

c)   Dos plazas de la Reunión de Zonas 5 BCR Alajuela Noroeste y 6 Alajuela Oeste, porque fueron descalificadas las ofertas recibidas.

d)   Dos plazas de la Reunión de Sub-Zonas 7.1 BCR San Carlos Ciudad Quesada y 7.2 BCR San Carlos Fortuna-Santa Rosa, porque fueron descalificadas las ofertas recibidas.

e)   Una plaza de la Zona 15 BCR Quepos-Parrita, porque no se recibieron ofertas.

f)    Una plaza de la Reunión de Zonas 16 BCR Cañas y 23 BCR Tilarán, porque no se recibieron ofertas.

g)   Una plaza de la Zona 17 BCR Liberia, porque no se recibieron ofertas.

h)   Una plaza de la Zona 18 BCR Nicoya-Santa Cruz, porque no se recibieron ofertas.

i)    Una plaza de la Zona 19 BCR Guápiles, porque no se recibieron ofertas.

j)    Una plaza de la Zona 20 BCR Siquirres, porque no se recibieron ofertas.

k)   Una plaza de la Zona 21 BCR Limón, porque no se recibieron ofertas.

l)    Una plaza de la Zona 22 BCR Osa, porque no se recibieron ofertas.

m)  Una plaza de la Zona 24 BCR Upala, porque no se recibieron ofertas.

Para el Servicio D de Avalúos de Bienes Muebles de Naturaleza Industrial:

a)   Dos plazas de la Reunión de Zonas 1.1 BCR San José Este, 1.2 BCR San José Este Los Santos, 2.1 BCR San José Oeste, 2.2 BCR San José Oeste Puriscal, 3 BCR Heredia, 4 BCR Alajuela y 8 BCR Cartago, porque fueron descalificadas las ofertas recibidas.

Para el Servicio E, Avalúos de Vehículos Automotores y Avalúos de Bienes Inmuebles de Naturaleza Distinta a la Industrial.

a)   Tres plazas de la Reunión de Zonas 1.1 BCR San José Este, 1.2 BCR San José Este Los Santos, 2.1 BCR San José Oeste, 2.2 BCR San José Oeste Puriscal, 3 BCR Heredia, 4 BCR Alajuela y 8 BCR Cartago, porque fueron descalificadas las ofertas recibidas.

b)   Una plaza de la Reunión de Zonas 5 BCR Alajuela Noroeste y 6 BCR Alajuela Oeste, porque fueron descalificadas las ofertas recibidas.

c)   Una plaza para Reunión de Sub-Zonas 7.1 BCR San Carlos Ciudad Quesada y 7.2 BCR San Carlos Fortuna-Santa Rosa, porque no se recibieron ofertas.

d)   Una plaza de la Zona 9 BCR Turrialba, porque no se recibieron ofertas.

e)   Una plaza de la Zona 12 BCR San Vito, porque no se recibieron ofertas.

f)    Una plaza de la Zona 15 BCR Quepos-Parrita, porque no se recibieron ofertas.

g)   Una plaza de la Reunión de Zonas 16 BCR Cañas y 23 BCR Tilarán, porque no se recibieron ofertas.

h)   Una plaza de la Zona 17 BCR Liberia, porque no se recibieron ofertas.

i)    Una plaza de la Zona 18 BCR Nicoya-Santa Cruz, porque no se recibieron ofertas.

j)    Una plaza de la Zona 19 BCR Guápiles, porque no se recibieron ofertas.

k)   Una plaza de la Zona 20 BCR Siquirres, porque no se recibieron ofertas.

l)    Una plaza de la Zona 21 BCR Limón, porque no se recibieron ofertas.

m)  Una plaza de la Zona 22 BCR Osa, porque no se recibieron ofertas.

n)   Una plaza de la Zona 24 BCR Upala, porque no se recibieron ofertas.

Esta negociación se formalizará mediante contratos, los cuales deberán contar con la aprobación de División Jurídica del Banco, con una vigencia de un año, pudiéndose prorrogar por períodos anuales hasta un máximo de cuatro años.

Todo de conformidad con los términos y requisitos establecidos el cartel y las ofertas de los adjudicatarios.

Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández M. Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6468.—C-469220.—(IN2012075964).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2011LN-000001-01

Contratación para el servicio de mantenimiento preventivo

y correctivo de los equipos de aire acondicionado

del Banco; así como para la instalación,

traslado y desinstalación

de los mismos

La Oficina de Proveeduría y Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de Cartago, le comunica a los interesados en este evento, que la adjudicación de la Licitación Pública Nacional Nº 2011LN-000001-01: “Contratación para el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de aire acondicionado del Banco; así como para la instalación, traslado y desinstalación de los mismos”, cuya invitación a participar se realizó por medio del Diario Oficial La Gaceta Nº 41 del día 28 de febrero del 2011, ha recaído sobre la empresa Diseños de Aire Acondicionado S. A.

Cartago, 17 de julio del 2012.—Proveeduría y Licitaciones.—Lic. Ericka Granados S., Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 39.—Solicitud Nº 41540.—C-14120.—(IN2012075973).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2011LN-000002-01

Contratación de una persona jurídica que brinde el servicio

de seguridad para la custodia de los bienes adjudicados

al Banco como garantía de pago

La Oficina de Proveeduría y Licitaciones informa a los interesados en la licitación supracitada, que la misma fue readjudicada  a  la  empresa  Consultoría  &  Inversiones  FICO S. A.; por un monto de ¢2.917,00 por hora oficial.

17 de julio del 2012.—Proveeduría y Licitaciones.—Lic. Ericka Granados Sánchez, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 38.—Solicitud Nº 41539.—C-13180.—(IN2012075976).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000033-2205

Soluciones Parenterales

Se informa a los interesados en este concurso que el mismo se adjudicó de la siguiente manera: a la empresa Farmacia de Especialidades Hospitalarias S. A., los Ítem 1, 2 y 3, ver detalles y mayor información en: http://www.ccss.sa.cr.

Alajuela, 16 de julio del 2012.—Dirección.—Dr. Luis Diego Alfaro Fonseca, Director Médico a. í.—1 vez.—(IN2012075971).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000005-2205

Suministro frutas, verduras y legumbres

Se informa a los interesados que este concurso se adjudicó a la empresa Hortiluma de San Antonio de Belén S. A., en los ítems 1 y 2, modalidad de compra: Según demanda, ver detalles y mayor información en: http://www.ccss.sa.cr.

Alajuela, 13 de julio del 2012.—Dirección.—Dr. Luis Diego Alfaro Fonseca, Director General a. í.—1 vez.—(IN2012075974).

CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN

DIVISIÓN FÁBRICA NACIONAL DE LICORES

SECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000005-PV

Compra de 240.000 envases de vidrio 750 ml, Corona 30 mm

La Fábrica Nacional de Licores por medio de su Proveeduría, comunica a los interesados que mediante Acuerdo de la Junta Directiva del Consejo Nacional de Producción Nº 38446 adoptado en Sesión 2846 (Ord.), Art. 10, celebrada el día 11 de julio del 2012, se dispuso adjudicar la compra de 120.000 envases de vidrio de 750 ml, Corona 30 mm, color ámbar y 120.000 envases de vidrio cristalino de 750 ml, Corona 30 mm, a la empresa Vidriera Centroamericana S. A. (VICESA) por un monto de US$136.345,80 I.V.I, misma que cotizó el material solicitado de conformidad con los términos establecidos en el cartel correspondiente.

Por lo anterior, se invita al adjudicatario a que deposite la garantía de cumplimiento por el 5% del monto adjudicado, con los siguientes requisitos:

    Esta garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días adicionales de la fecha de recepción definitiva del contrato.

    Presentar declaración jurada en donde se indique que la empresa se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.

    Adjuntar un timbre deportivo de ¢5,00 (cinco colones).

    Aportar una certificación extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social, en donde conste que se encuentra al día con las obligaciones respectivas.

Todo lo anterior deberá presentarse en la oficina de la Proveeduría, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que quede en firme la adjudicación. El depósito deberá emitirse a favor del Consejo Nacional de Producción, en la Tesorería de FANAL en Rincón de Salas, Grecia.

Grecia, 16 de julio del 2012.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador Área.—1 vez.—(IN2012075606).

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000001-PV

Compra de 6.000.000 de envases PET 365 ml

La Fábrica Nacional de Licores por medio de su Proveeduría comunica a los interesados que mediante Acuerdo de la Junta Directiva del Consejo Nacional de Producción Nº 38445 adoptado en Sesión 2846 (Ord.), Art. 9, celebrada el día 11 de julio del 2012, se dispuso adjudicar la contratación de 6.000.000 de envases Pet 365 ml a la empresa Envases Comerciales (ENVASA) S. A., por un monto de US $647.490,00 I.V.I; el material se cotizó conforme a los términos establecidos en el cartel.

Por lo anterior, se invita al adjudicatario a que deposite la garantía de cumplimiento por el 5% del monto adjudicado, con los siguientes requisitos:

    Esta garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días adicionales de la fecha de recepción definitiva del contrato.

    Presentar declaración jurada en donde se indique que la empresa se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.

    Adjuntar un timbre deportivo de $5,00 (cinco colones).

    Aportar una certificación extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social, en donde conste que se encuentra al día con las obligaciones respectivas.

Todo lo anterior deberá presentarse en la oficina de la Proveeduría, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que quede en firme la adjudicación. El depósito deberá emitirse a favor del Consejo Nacional de Producción, en la Tesorería de FANAL en Rincón de Salas, Grecia. A los demás participantes se les invita a retirar la garantía de participación.

Grecia, 16 de julio del 2012.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador Área.—1 vez.—(IN2012075607).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000005-03

Contratación de servicios para la concesión y explotación

de soda para la Ciudad Tecnológica Mario Echandi Jiménez

Según Acta Nº 58-2012, del Libro de Actas de Adjudicaciones de Compras Directas, de la Unidad Regional Central Occidental, el 17 de julio del 2012, al ser las 14:30 horas, la cual se encuentra en el folio 000198 del Libro de Actas de Adjudicaciones de Compras Directas, de la Unidad Regional Central Occidental, se recomienda adjudicar este trámite de la siguiente manera:

    A la oferente Damaris Conejo Castro, se le adjudica la única línea, por un monto total de ¢80.000,00 mensual para un total anual de ¢960.000,00 por cumplir con lo solicitado en el cartel según informe técnico emitido por el Lic. Marvin Barrantes Ramírez, Encargado de Servicios de Apoyo de la Ciudad Tecnológica Mario Echandi Jiménez, mediante oficio CTMEJ-217-12, de fecha del 9 de julio del 2012. El estudio legal fue emitido por el Lic. Ricardo Arroyo Yannarella, Asesor Legal del INA, mediante oficio AL-785-2012, de fecha 29 de junio del 2012.

Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46919.—C-20700.—(IN2012075984).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-01

Contratación para compra de alimentos, transferencia

de fondos CONAPAM Red Atención Progresiva

para el cuido integral de la persona

adulto mayor

La Municipalidad de San Pablo, informa que se deja sin efecto la licitación antes mencionada esto debido a recurso interpuesto por el Concejo Nacional de Producción fundamentado en el art. noveno de la Ley Nº 2035 y su modificación a través de la Ley Nº 8700.

San Pablo de Heredia, 18 de julio del 2012.—Proveeduría Municipal.—Óscar Hidalgo Mena, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012075932).

MUNICIPALIDAD DE LIMÓN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-01PM

Compra de dos vagonetas nuevas Tamden de 10 m3

y dos camiones doble cabina

El Honorable Concejo Municipal del Cantón Central de Limón, en Sesión Extraordinaria Nº 103 celebrada el día miércoles 4 de julio del 2012, bajo su artículo IX, inciso a) acordó adjudicar parcialmente la Licitación en referencia así:

A la empresa Partes de Camión S. A. cédula jurídica 3-101-189328, representantes de la marca Kenworth, la Línea 1. Correspondiente a dos vagonetas Tamden, de 10 metros cúbicos, año 2012, diesel, motor Cummins modelo ISL, potencia de 350HP@2200rpm y torque de 1250lbp@1400rpm, transmisión Fuller RTO, ejes delanteros y traseros marca Dana Spicer, frenos Bendix, cabina convencional de aluminio y material compuesto, color blanco, sistema hidráulico mecánico para servicio pesado con pisto telescópico y con todas las demás especificaciones técnicas indicadas en el cartel y su oferta, con garantía de 36 meses, por la suma de US $124.400,00 cada una, para un total de US $248.800,00, para ser entregadas en 40 días hábiles posterior al recibo de la Orden de Compra.

La Línea 2. Queda pendiente de adjudicación.

Departamento de Proveeduría.—Apolonio Palacio Castañeda, Jefe.—1 vez.—(IN2012075615).

MUNICIPALIDAD DE MATINA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000008-01

Contratación de servicios de un ingeniero civil o en

construcción para la Unidad Técnica

de Gestión Vial Municipal

Quien suscribe Lic. Elvis Lawson Villafuerte, cédula de identidad Nº 7-107-762, en mi condición de Alcalde Municipal, hago el comunicado de adjudicación del proceso de contratación administrativa tramitado bajo la modalidad de Licitación Abreviada Nº 2012LA-000008-01, denominado “Contratación de servicios de un ingeniero civil o en construcción para la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal”, fue debidamente adjudicado al oferente: Ing. Gerardo Calderón Vargas, cédula identidad Nº 3-237-479, mediante acuerdo de Concejo Municipal, tomado en sesión ordinaria celebrado el 9 de julio del 2012, quedando en acta Nº 183/12.

Matina, 17 de julio del 2012.—Lic. Elvis Lawson Villafuerte, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2012075993).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000007-0DI00

(Enmienda Nº 1)

Sustitución del puente sobre Quebrada Rivera, Ruta Nacional

Nº 5, Radial Tibás, Sección Tournón-San Juan

Se comunica a las empresas interesadas en la licitación en referencia, que se encuentra disponible la Enmienda Nº 1 al cartel de la presente licitación.

Razón por la cual, pueden pasar a retirarla en nuestras oficinas, sita en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de La Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

De igual forma, se les comunica que la fecha de recepción y apertura de ofertas se realizará hasta las 10:00 horas del día jueves 9 de agosto del 2012.

San José, 17 de julio del 2012.—Proveeduría.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud Nº 47771.—C-16420.—(IN2012075942).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIVISIÓN DE GESTIÓN DE APOYO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-503

Adquisición de suministros varios

(Oficina y limpieza)

La Contraloría General de la República comunica a los potenciales oferentes que se realizan modificaciones no esenciales al cartel en el Apartado A. Condiciones Generales, Cláusula 2. Ofertas, se modifica el texto del Punto 2.1.; así mismo, en el Apartado D. del Adjudicatario y/o Contratista, Cláusula 8. Formalización del Contrato, se modifica el texto del Punto 8.2. Así mismo, la fecha de apertura se mantiene para el día 24 de julio del 2012, a las 10:00 a. m. y el cartel con las modificaciones se encuentra disponible en forma electrónica en la dirección: www.cgr.go.cr ingresando al icono “Servicios al Público”/Servicios/Avisos al público, a partir de esta publicación.

San José, 17 de julio del 2012.—Unidad de Gestión Administrativa.—Ing. Ronald Monge Salazar, Jefe.—1 vez.—(IN2012075966).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000002-503

Adquisición de suministros de ferretería

(eléctricos, metálicos, plásticos)

La Contraloría General de la República comunica a los potenciales oferentes que se realizan modificaciones no esenciales al cartel en el Apartado A, Condiciones Generales en el punto Ofertas 2 se modifica el texto del punto 2.1, en el apartado B. Pliego de Especificaciones Técnicas punto 1 Productos, en los ítems: 55, 56, 57, 58, en el apartado D/ Evaluación de Ofertas y Adjudicación se modifican los puntos 4, Multas y Sanciones se complementa puntos 4.1 y 4.2, en el punto 8 Formalización del contrato, se modifica el texto del punto 8.2, así mismo, la fecha de apertura se mantiene para el día 26 de julio del 2012, a las 10:00 a.m. y el cartel con las modificaciones se encuentra disponible en forma electrónica en la dirección: www.cgr.go.cr ingresando al icono “Servicios al Público”/Servicios/Avisos al público, a partir de esta publicación.

San José, 17 de julio del 2012.—Unidad de Gestión Administrativa.—Ing. Ronald Monge Salazar, Jefe.—1 vez.—(IN2012075969).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000032-01

(Modificación Nº 1)

Contratación de un consultor para la interpretación

de la Ley FATCA y sus Reglamentos

El Banco de Costa Rica, informa a los interesados en la licitación en referencia, que la apertura de las ofertas se traslada para el 31 de julio del 2012, a las once horas con treinta minutos (11:30 a. m.).

Las demás condiciones se mantienen invariables.

San José, 18 de julio del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6467.—C-11300.—(IN2012075962).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000022-99999

(Adendum Nº 1)

Compra de planchas y químicos, para la editorial,

modalidad entrega según demanda

La Universidad Estatal a Distancia, comunica a los interesados en la presente licitación, que se están realizando las siguientes modificaciones a las especificaciones técnicas de la Licitación Pública 2012LN-000022-99999.

1.  En la página 10 del cartel, Metodología de Evaluación:

Debe incluirse como punto 3 y 4 lo siguiente:

3.  No se aceptan ofertas en las que se no incluyan todos los ítems del sistema convencional (ítems 1, 2, 3, 4 y 5); o donde no se incluyan todos los ítems del sistema CTP (ítems 6, 7, 8, 9, 10 y 11); esto por mantener la compatibilidad de la planchas con los químicos. Se puede ofertar solo el sistema convencional o solo el sistema CTP o ambos sistemas.

4.  Se adjudicará a la o las ofertas que obtengan el mayor puntaje global en cada uno de los dos sistemas (Convencional y CTP); es decir habrá un puntaje global por los ítems 1, 2, 3, 4 y 5; (Sistema Convencional) y otro por los ítems 6, 7, 8, 9, 10 y 11 (Sistema CTP).

2.  Todas las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 18 de julio del 2012.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2012075956).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000031-2104

Regulador de succión a pared

Se informa según indicaciones del Servicio solicitante: “se realizan modificaciones al cartel”, las mismas podrán ser retiradas en el centro de copiado público, ubicado en el pasillo anexo al Laboratorio de Sangre del Hospital México.

Se prorroga: fecha de recepción de ofertas el 6 de agosto del 2012, a las 8:00 horas. Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 16 de julio del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012075629).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000037-2104

Equipo de Endoscopía Terapéutica

Se informa según indicaciones del Servicio solicitante: “se realizan modificaciones al cartel”, las mismas podrán ser retiradas en el centro de copiado público, ubicado en el pasillo anexo al Laboratorio de Sangre del Hospital México.

Se prorroga: fecha de recepción de ofertas el 6 de agosto del 2012, a las 10:00 horas. Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 16 de julio del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012075630).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000049-01

(Modificación y prórroga)

Compra de equipo de refrigeración comercial

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000049-01, “Compra de equipo de refrigeración comercial” que el cartel de la supramencionada licitación se modifica de la siguiente manera:

Especificaciones Técnicas:

Línea 13.

Se modifica la cantidad solicitada de máquinas de hacer hielo en cubos, para que en lugar de 12 unidades se lea correctamente:

8 Unidades.

Condiciones Generales y Administrativas:

Se modifica el punto 3.9 instalación, en lo que corresponde a la línea 13, último párrafo del cuadro, columna de “CANTIDAD”, donde se indica 6 UND, debe leerse correctamente: 1 UND, que corresponde instalar según se indica en el cartel en el Centro de Formación Profesional de Zetillal y agregar 1 UND, que corresponde instalar en el Centro de Formación Profesional de Pavas, 100 metros sur de la Guardia Civil, Villa Esperanza, teléfono 2231-4452.

El resto de las especificaciones y condiciones del cartel en general, se mantiene invariable.

Debido a lo anterior, la fecha de apertura de esta licitación se prorrogó para el próximo 01 de agosto del 2012, a las 8:00 horas.

San José, 18 de julio del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46919.—C-28200.—(IN2012075983).

AVISOS

POPULAR PENSIONES S. A.

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000007-01

Compra de computadoras de escritorio, computadoras

portátiles y un servidor para Popular Pensiones S. A.

En relación con la Licitación Abreviada 2012LA-000007-01, cuyo objeto es la “Compra de computadoras de escritorio, computadoras  portátiles  y  un  servidor  para  Popular  Pensiones S. A.”, se comunica que en el artículo 1 de la Sesión Ordinaria del Comité de Licitaciones N° 189, celebrada el 16 de julio del 2012, se modificó el acuerdo de adjudicación del artículo 2 de la sesión ordinaria N° 186, siendo que el ítem 4, debe leerse de la siguiente forma:

Central de Servicios PC S. A., cédula jurídica 3-101-096527: ítem Nº 4: 9 Computadoras portátiles marca DELL, modelo Latitude 2120, con un precio unitario de $1.000,05, para un total de $9.000,45. Demás términos de la adjudicación quedan invariables.

San José, 17 de julio del 2012.—Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—.M.Sc. Alonso Oviedo Arguedas, Jefe Sección Administrativa.—1 vez.—(IN2012075605).

BN VALORES, PUESTO DE BOLSA S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000002-CL

Adquisición e instalación llave en mano de almacenamiento, de

dos conmutadores de fibra canal, de un gabinete, de una

unidad de respaldo, de software de virtualización y

software de administración de respaldos

En La Gaceta Nº 129 publicada el 4 de julio de 2012 se consignó erróneamente la fecha de apertura. Léase correctamente. La apertura de las ofertas será el jueves 26 de julio de 2012 a las 10:00 horas.

San José, 17 de julio de 2012.—Departamento Administrativo.—Samuel Araya Retana, Gerente Administrativo.—Maureen Rojas Solano, Jefa de Compras.—1 vez.—(IN2012075625).

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000040-02

(Prórroga Nº 2)

Contratación de los servicios de consultoría

para el Proyecto Terminal Portuaria

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 1º de agosto del 2012, a las 13:00 horas.

Departamento Contratación Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 39199.—C-12220.—(IN2012075628).

REGLAMENTOS

JUSTICIA Y PAZ

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Para los efectos legales correspondientes, se comunica que el Consejo Superior Notarial, en su sesión N° 12 celebrada el 30 de mayo de 2012, mediante acuerdo 2012-012-010 aprobó:

REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO DE VEHÍCULOS

DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Dirección Nacional de Notariado. Consejo Superior Notarial, Curridabat, 30 de mayo de 2012.

En uso de las atribuciones que le confieren el artículo 103 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, los artículos 21 y 22 del Código Notarial, y de conformidad con las disposiciones emitidas en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, 7331 de 13 de abril de 1993 y sus reformas, y

Considerando:

I.—Que la Dirección Nacional de Notariado goza de autonomía administrativa, presupuestaria y funcional y cuenta con personalidad jurídica instrumental para realizar actividad contractual, administrar sus recursos y su patrimonio.

II.—Que la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, artículo 243, establece que las autoridades superiores en cada una de las instituciones públicas son responsables por el buen uso de los vehículos oficiales, en su carácter de bienes públicos.

III.—Que de conformidad con la legislación de tránsito citada, corresponde a una unidad de la Institución definir y aplicar los controles internos necesarios al servicio en cuestión para cumplir con los fines públicos establecidos.

RESUELVE:

1º—Aprobar y promulgar el documento denominado “Reglamento interno para el uso de vehículos de la Dirección Nacional de Notariado”, el cual fue aprobado por acuerdo 2012-012-010 tomado por el Consejo Superior Notarial en sesión 12 del 30 de mayo de 2012, y que cuyo texto es el siguiente:

REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO DE VEHÍCULOS

DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1º—Objetivo y ámbito de aplicación del Reglamento: El presente Reglamento tiene por objeto establecer las condiciones generales y específicas que regulan el uso de los vehículos propiedad de la Dirección Nacional de Notariado por parte de los funcionarios autorizados al efecto, así como definir los deberes y responsabilidades de quienes en razón de su cargo utilicen o controlen los recursos de transporte de la Institución. También será aplicable este reglamento a los vehículos que se pongan a disposición de la Dirección Nacional de Notariado.

Artículo 2º—Vehículos de la Institución: Se consideran vehículos propiedad de la Dirección Nacional de Notariado todas aquellas unidades automotrices que la Institución haya adquirido, le hayan donado y que se encuentren inscritas o en trámite de inscripción en el Registro de Bienes Muebles del Registro Nacional.

Artículo 3º—Categoría de vehículos: Los vehículos propiedad de la Dirección Nacional de Notariado conforme con las disposiciones de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, serán de uso administrativo, y en ese sentido serán utilizados por los funcionarios con la finalidad de desarrollar las labores normales de sus cargos según las dependencias a las que pertenecen, así como el uso en cuanto a medio de transporte de material o equipo de la Institución.

Artículo 4º—Regulaciones de los vehículos: Los vehículos de la Dirección Nacional de Notariado deben utilizar placa oficial, encontrarse identificados como vehículo de uso oficial y rotulado con el logotipo de la Institución. No deberán ser asignados en forma exclusiva al servicio de ningún funcionario o funcionaria y serán sometidos a las siguientes regulaciones:

a.  Serán utilizados únicamente dentro de la jornada laboral ordinaria de la institución, salvo en los casos contemplados en los artículos 13 y 14 del presente Reglamento.

b.  Serán utilizados exclusivamente para asuntos oficiales con prohibición expresa de utilizarlos en cualquier asunto particular.

c.  Estarán sometidos a un control de kilometraje y justificación detallada del motivo de uso y recorrido realizado.

d.  Serán llevados al estacionamiento institucional al finalizar la jornada de trabajo, o bien a otro lugar si la situación concreta lo amerita, este último caso siempre aportando la correspondiente justificación.

CAPÍTULO II

Administración y uso de los vehículos

Artículo 5º—Control en el cumplimiento del Reglamento: Corresponderá a la Coordinación Administrativa la administración del servicio de transporte. Tendrá bajo su responsabilidad el control sobre el uso, asignación y mantenimiento de los vehículos propiedad de la Dirección Nacional de Notariado, debiendo velar por el cumplimiento de este Reglamento y demás normativa aplicable.

Artículo 6º—Uso de formularios de control: Con la finalidad de cumplir con las normas de control interno, la Coordinación Administrativa implementará el uso permanente de formularios numerados de forma consecutiva para:

a.  Realizar las solicitudes formales de vehículos.

b.  Información relacionada con el control sobre uso y mantenimiento de vehículos.

c.  Control de circulación de vehículos en condiciones extraordinarias: días y horas no hábiles, fuera del país.

d.  Control de retiro de combustible asignado mediante las boletas emitidas al efecto. Para el caso del combustible, el encargado de la Tesorería institucional establecerá un registro, siendo que, para su entrega debe completarse un formulario numerado que contendrá: fecha y número de solicitud, nombre del funcionario o funcionaria que utiliza el vehículo, número de unidad, número de placa, tipo de combustible, cantidad de combustible consumido, kilometraje recorrido, cantidad y número de cupones solicitados. Adicionalmente la Coordinación Administrativa contará con un registro de liquidación de combustible confrontado con la presentación de facturas timbradas emitidas a nombre de la Dirección Nacional de Notariado, con la indicación dentro de las mismas de la fecha, placa del vehículo, kilometraje, número de cupón utilizado y nombre firma y número de cédula del conductor al dorso; de manera tal que el monto de la factura siempre coincida con el número de cupones utilizados.

e.  Control diario de uso de vehículos que contendrá como mínimo: número de placa, nombre y firma del funcionario asignado y sus pasajeros, dependencia que utilizó el vehículo, fecha y hora de salida y llegada, kilometraje inicial y final del recorrido, detalles sobre desperfectos mecánicos, estado de carrocería, estado de interiores, estado e inventario de herramientas del vehículo antes y después del recorrido.

Artículo 7º—Control para el mantenimiento y reparaciones: La Coordinación Administrativa debe implementar un mecanismo de control para el uso y mantenimiento periódico de los vehículos, para ello elaborará un programa de mantenimiento preventivo de todos los vehículos de la flota, el cual será revisado y avalado por la Dirección Ejecutiva. Dicho programa de mantenimiento debe contener un historial de seguimiento de cada vehículo que permita determinar su estado mecánico, los tipos de reparaciones que se le han practicado, así como la periodicidad de las revisiones. El documento que contiene el historial contendrá como mínimo: número de placa, tipo de vehículo, marca y modelo, detalle de cambios de aceites, líquidos, batería, llantas, filtros, suspensión, así como detalle de afinamientos, alineamiento, revisión de frenos.

Artículo 8º—Informe mensual: Corresponderá a la Coordinación Administrativa implementar los registros de control interno requeridos para la efectiva administración del servicio. En ese sentido como mínimo debe emitir un reporte mensual del uso de vehículos que contendrá: informe de giras y servicios, horas de salida y entrada, kilometraje recorrido, combustible utilizado, consumo de lubricantes, gastos de mantenimiento y reparaciones, permisos de salida del país requeridos.

Artículo 9º—Registro de firmas: La Coordinación Administrativa llevará un registro de firmas de los encargados de autorizar y solicitar servicios relacionados con el uso de vehículos de la institución. Los encargados serán determinados por la Dirección Ejecutiva. El registro de firmas deberá contener espacio para indicar: nombre del funcionario o funcionaria, número de cédula, área a la que pertenece, cargo que desempeña, facultades con las que cuenta, firma y nombre del funcionario o funcionaria que delegó la autorización.

Artículo 10.—Expediente de los vehículos: La Coordinación Administrativa llevará un expediente por cada vehículo, en el cual se incluirán sus características, fecha de adquisición, número de activo, detalles y documentos relacionados con la póliza de seguro que lo cubre, copia de la tarjeta de circulación vigente, titulo de propiedad y revisión técnica al día, reportes de infracciones, salidas del país. Adicionalmente el expediente también contará con la información del historial de mantenimiento y reparaciones, así como con el control de las herramientas, llanta de repuesto, y demás piezas complementarias con que cuente el vehículo.

Artículo 11.—Inventario de vehículos: El encargado de registro contable de la institución llevará a cabo inventarios físicos periódicos a efecto de verificar la existencia, localización, estado físico y mecánico, así como para llevar el control de toda la flotilla de vehículos de la Dirección Nacional de Notariado. Los resultados de esos inventarios serán comparados con los registros que lleve la Coordinación Administrativa.

CAPÍTULO III

Condiciones de uso de los vehículos

Artículo 12.—Solicitud de uso de los vehículos: Cuando un funcionario requiera el uso de un vehículo deberá solicitar a la Coordinación Administrativa el correspondiente formulario de control de uso de vehículos según lo indicado en el artículo 5. Dicha solicitud debe indicar el tipo de servicio que se requiere, fecha y hora de salida, funcionario o funcionaria que conducirá el vehículo y que será el encargado y responsable del mismo, nombre del coordinador del área que requiere el vehículo y demás información que resulte relevante para la asignación del servicio.

Artículo 13.—Custodia de los vehículos: Concluidas las labores diarias, todo vehículo propiedad de la institución deberá ser guardado en el estacionamiento institucional. En caso de que el vehículo se encuentre fuera de la institución por atención de una diligencia que se prolongó en horas no hábiles, por encontrarse de gira, por una colisión, porque el vehículo sufrió desperfectos que impiden su desplazamiento o por cualquier otro motivo, el vehículo podrá guardarse en un estacionamiento público o privado o en otro sitio, siempre y cuando reúna las condiciones de seguridad mínimas, necesarias y adecuadas.

En caso de que se compruebe que el vehículo fue dejado en un lugar que no reúne las condiciones de seguridad mínimas y adecuadas, y que como consecuencia de lo anterior el vehículo sufriera algún tipo de daño, el conductor será responsable de los mismos.

Artículo 14.—Utilización de los vehículos fuera de la jornada y horario ordinarios: Para la salida de los vehículos propiedad de la institución en días no hábiles o fuera de horas de oficina, el conductor o conductora deberá portar en el vehículo la boleta de control del servicio con la autorización emitida por la Coordinación Administrativa en conjunto con la Dirección Ejecutiva.

Cuando así se le solicite como parte de los controles que lleva a cabo el área administrativa de la institución, deberá presentar la boleta de control de servicio con la respectiva autorización. Asimismo, debe portar dicha boleta con el fin de mostrarla a la autoridad de tránsito cuando ésta lo requiera, según lo establece la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres.

CAPÍTULO IV

Utilización de servicios

Artículo 15.—Autorizaciones para conducir: Todo vehículo de la institución deberá ser conducido únicamente por las personas autorizadas para ello y exclusivamente en el desempeño de sus labores. Para ello, los jefes de área remitirán a la Coordinación Administrativa, la lista de los funcionarios que se encuentran autorizados para conducir los vehículos. Si por cualquier circunstancia alguna persona que no se encuentra autorizada requiere de forma urgente el uso de un vehículo, la Coordinación Administrativa podrá emitir la autorización temporal al funcionario o funcionaria que lo solicita, quien tendrá las mismas obligaciones y responsabilidades que establece el presente reglamento. La lista de funcionarios autorizados para conducir vehículos debe contar con el previo visto bueno del Director Ejecutivo.

Artículo 16.—Coordinación del servicio: Para lograr un mayor aprovechamiento de las unidades disponibles y bajo los criterios de razonabilidad, oportunidad y economía, se deberá agrupar en un solo viaje varias solicitudes de uso de vehículo que se generen con el fin de trasladar a un funcionario hacia un mismo sitio o zona, dando aviso oportuno a los interesados para lograr una adecuada coordinación en las diligencias a realizar en cada viaje.

CAPÍTULO V

Deberes y responsabilidades

Artículo 17.—Deberes y responsabilidades del superior jerárquico: Será responsabilidad de la Dirección Ejecutiva supervisar que la Coordinación Administrativa cumpla con las normas de control interno necesarias que garanticen un uso adecuado, racional y eficiente de los vehículos de la institución.

Artículo 18.—Deberes y responsabilidades de la Coordinación Administrativa: Serán responsabilidades y deberes de la Coordinación Administrativa los siguientes:

a.  Planificar, organizar y controlar todas las actividades de orden administrativo relacionadas con el uso y disposición de los vehículos de la institución.

b.  Atender y controlar las solicitudes de uso de vehículos, así como las boletas de solicitud de combustible.

c.  Asignar los vehículos de conformidad con las características de las solicitudes, tomando en cuenta criterios de utilidad y racionalidad en el uso del servicio.

d.  Supervisar y dar seguimiento a las labores de mantenimiento y reparación de los vehículos.

e.  Llevar todos los registros necesarios para lograr un control estricto del uso de los vehículos.

f.   Realizar inspecciones periódicas y completas de cada vehículo.

g.  Llevar un expediente con la información completa de cada vehículo.

h.  Realizar los trámites necesarios para la suscripción de las pólizas de seguro correspondientes y llevar el control de la vigencia y actualización de las mismas.

i.   Realizar los trámites necesarios para los pagos de los derechos de circulación, revisiones técnicas, inscripción, y des inscripción de los vehículos de la institución.

j.   Atender los aspectos administrativos relacionados con infracciones y accidentes de tránsito.

k.  Recibir nuevas adquisiciones de flotilla y constatar que las condiciones de entrega correspondan a las especificaciones de los documentos de compra.

l.   Cualquier otra función que la Dirección Ejecutiva o el Consejo Superior Notarial determine relacionada con el control del uso de vehículos.

Artículo 19.—Deberes y obligaciones de los conductores: Toda persona que conduzca vehículos institucionales, estará sujeta a los siguientes deberes y obligaciones:

a.  Portar la licencia de conducir al día y correspondiente al tipo de automotor que se utilice.

b.  Conducir con el mayor cuidado y responsabilidad los vehículos asignados.

c.  Cumplir a cabalidad con la normativa de tránsito y la de seguridad que se establezca en carretera.

d.  Cumplir con los controles internos que para tal efecto haya dispuesto la Coordinación Administrativa.

e.  Utilizar el cinturón de seguridad y asegurarse que todas las personas que le acompañan utilicen este dispositivo.

f. Comunicar a la mayor brevedad posible a la Coordinación Administrativa cualquier desperfecto que sufra el vehículo asignado, así como la desaparición o extravío de accesorios o repuestos, los cuales deberá restituir si fueron extraviados por negligencia, descuido o imprudencia del funcionario o funcionaria a cargo del vehículo.

g. Verificar que las facturas o comprobantes por adquisición de combustible se emitan correctamente, con la información mínima que se establece en el presente reglamento.

h. Conocer y cumplir con las disposiciones de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y demás disposiciones legales y reglamentarias atinentes.

i. Cancelar oportunamente los importes de las multas que se le impongan conduciendo vehículos institucionales, por infracciones a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y normativa conexa.

j. Velar por el correcto funcionamiento, conservación y limpieza del vehículo que utilice.

k. Cuidar las herramientas, repuestos y otras piezas complementarias de que disponga el vehículo.

l. Presentar la liquidación de cupones.

Artículo 20.—Prohibiciones de los conductores: Está prohibido a los conductores:

a. Utilizar el vehículo en un fin distinto del autorizado.

b. Permitir que otros funcionarios o funcionarias manejen el vehículo, salvo por razones muy calificadas, en cuyo caso, una vez finalizada la gira, deberán informar los motivos que obligaron a hacerlo.

c. Hacer cambios o remover accesorios, piezas o partes de los vehículos.

d. Conducir los vehículos bajo los efectos de bebidas alcohólicas, drogas o sustancias enervantes.

e. Llevarse el vehículo para su casa al finalizar su jornada de trabajo.

f. Transportar funcionarias, funcionarios o personas no autorizadas en el vehículo, salvo en los casos que, por aspectos de trabajo o emergencia se justifique, lo cual deberá ser justificado por escrito y en el plazo no mayor a un día, tanto a la Coordinación Administrativa como a su jefatura inmediata.

g. Estacionar los vehículos frente a locales o establecimientos que por su naturaleza lesione la buena imagen o prestigio de la Dirección Nacional de Notariado, sin que medie una justificación para ello.

Artículo 21.—Excepciones de conducción: El conductor deberán negarse a conducir el vehículo en los siguientes casos:

a.  Cuando considere que el vehículo no reúne los requisitos mínimos de seguridad o incumple normas de tránsito.

b.  Cuando se pretenda usar el vehículo para un fin distinto al autorizado o que sea contrario a los principios de ética y moral que rigen las acciones de los servidores públicos.

c.  Cuando las circunstancias del camino no reúnan las condiciones de seguridad, con evidente peligro para la integridad física o con grave riesgo de daño para el propio vehículo.

d.  En todos los casos deberá notificar lo acontecido, oportunamente, a la Coordinación Administrativa o en su ausencia al coordinador del área o al Director Ejecutivo.

Artículo 22.—Uso de vehículos fuera del país: Corresponderá al Director Ejecutivo autorizar la salida del país de los vehículos de la Dirección Nacional de Notariado cuando las situaciones de trabajo así lo demanden, lo cual deberá constar en forma escrita.

Artículo 23.—Préstamo de vehículos entre instituciones: Corresponderá al Director Ejecutivo autorizar excepcionalmente el préstamo de vehículos de la Dirección Nacional de Notariado a otras entidades públicas, previa solicitud y las justificaciones que así lo demanden, lo cual deberá expresarse en forma escrita siguiendo lo establecido tanto en Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, sobre préstamo institucional de vehículos como en el Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central, Decreto Ejecutivo 30720.

Artículo 24.—Condiciones que regulan el uso de un vehículo institucional, en una situación de emergencia: Cuando por motivo de emergencia calificada, sea necesario transportar a una persona a algún centro de salud, sea o no funcionario o funcionaria de la Dirección Nacional de Notariado, se deberá contar previamente al menos con autorización verbal de la Coordinación Administrativa o en su defecto del Director Ejecutivo.

Si las circunstancias impiden la comunicación con las autoridades de la Dirección Nacional de Notariado, con el fin de que no se ponga en riesgo la salud o la vida de las personas, el conductor deberá conducirse con prudencia, sensatez y sentido común y decidir cómo proceder, tomando en consideración las condiciones particulares de la persona lesionada, el tipo de lesión y la distancia más próxima a un centro médico.

CAPÍTULO VI

Procedimiento en caso de accidentes, robo,

hurto u otros eventos de similar naturaleza

Artículo 25.—Trámites en caso de accidente o de otros eventos: Ante una situación de esta naturaleza, el conductor deberá notificarla al servicio de emergencias, a la institución aseguradora, así como dar aviso a la Coordinación Administrativa.

Si por la lejanía o por cualquier otra razón la entidad aseguradora no tuviera disponible algún persona para la atención del accidente, quien ejerce la conducción del vehículo deberá seguir las indicaciones que vía telefónica le brinde dicha Institución, además de comunicar a la Coordinación Administrativa -en el menor tiempo posible- tal circunstancia. En ese sentido, particularmente, deberá:

a)  Abstenerse de mover el vehículo hasta tanto no se hayan realizado los partes correspondientes por la autoridad de tránsito, y por el respectivo personal de la Institución aseguradora. Salvo que se presente la situación establecida en el artículo 157 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, 7331 de 13 de abril de 1993 y sus reformas.

b)  Recabar las características del o de los automotores implicados, tales como: número de placa, marca, estilo y color.

c)  Recabar los datos de quienes conducían los automotores implicados: nombre completo, número de cédula, número de teléfono, dirección y lugar de trabajo.

d)  Recabar los datos de testigos del accidente: nombre completo, número de cédula, número de teléfono, dirección y lugar de trabajo.

e)  Recabar las pruebas que sea posible con los medios tecnológicos que tenga a disposición, por ejemplo: toma de fotografías y videos.

Artículo 26.—Excepciones de trámite: Cuando por alguna circunstancia de fuerza mayor el conductor no hubiese podido llamar de inmediato al servicio de emergencias y a la Institución aseguradora, o no le fue posible permanecer en el lugar de los hechos, deberá notificar y justificar (por el medio que esté a su alcance y dentro de sus posibilidades), a la Coordinación Administrativa, las razones de peso que impidieron seguir con el procedimiento ordinario en este tipo de gestiones. La Coordinación Administrativa a su vez deberá formalizar las denuncias e informes ante las autoridades internas y externas correspondientes según la normativa vigente.

Todo lo anterior debe ocurrir dentro de un plazo máximo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de ocurrido el evento.

Artículo 27.—Acerca de arreglos extrajudiciales: Bajo ninguna circunstancia se permite a funcionario o funcionaria alguna efectuar ningún tipo de arreglo extrajudicial.

Artículo 28.—Responsabilidades derivadas de la participación en un accidente: Será responsabilidad del conductor o conductora:

a)  Presentarse a declarar ante el juzgado de tránsito correspondiente dentro del plazo establecido al efecto, con el respectivo parte oficial. Al momento de rendir la declaración, deberá solicitar al juzgado que cualquier comunicación relacionada con el caso se le notifique mediante fax en la Dirección Nacional de Notariado.

b)  Informar a la Coordinación Administrativa, al menos la siguiente información: juzgado de tránsito que conoce la causa, número de expediente y copia de la declaración rendida ante dicho juzgado.

c)  Realizar un informe escrito sobre los hechos acontecidos, que entregará a la Coordinación Administrativa, en un plazo máximo de tres días hábiles posteriores al evento, siempre que no se encuentre imposibilitado para ello.

d)  Mantener debidamente informada y actualizada a la Coordinación Administrativa, de todos los pormenores relacionados con el caso, para efectos de que esa unidad pueda realizar los trámites que corresponden en forma oportuna.

Artículo 29.—Remisión de informe a la Dirección Ejecutiva: En todos los casos la Coordinación Administrativa procederá a realizar un informe sobre lo acontecido, el cual pondrá en conocimiento de la Dirección Ejecutiva, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, para efecto de fijar el inicio de procedimientos administrativos que determinen las eventuales responsabilidades de las funcionarias o los funcionarios implicados.

Artículo 30.—Apoyo de la Asesoría Jurídica: La Asesoría Jurídica brindará el soporte legal que la atención de los casos de accidente generen, en representación exclusiva de los intereses de la institución, en apoyo a la Dirección Ejecutiva y la Procuraduría General de la República, según corresponda y lo determine la autoridad judicial correspondiente.

Artículo 31.—Cobro de deducible a funcionarios y funcionarias: Si en la resolución de la autoridad judicial de tránsito se declara la responsabilidad del conductor o conductora, éste deberá reintegrar las sumas que la Dirección Nacional de Notariado haya cancelado por concepto de deducible a la Institución aseguradora, así como otras sumas que dicha institución haya deducido del monto de la indemnización; o bien el monto respectivo cuando el costo del daño sea inferior al monto del deducible.

Asimismo, deberá reconocer cualquier otra suma adicional que la Dirección Nacional de Notariado haya tenido que pagar producto del accidente.

La gestión sobre las sumas a reintegrar, será comunicada por la Coordinación Administrativa al funcionario o funcionaria que haya sido declarado responsable del accidente.

Artículo 32.—Responsabilidad en caso de accidente: Todo funcionario o funcionaria de la Dirección Nacional de Notariado que ejerciere la conducción de un vehículo propiedad de la institución, deberá responder civilmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad de tipo penal o disciplinaria.

Será igualmente responsable el funcionario o funcionaria que sin justa causa y sin la debida autorización, haya permitido a otra persona conducir el vehículo asignado.

Artículo 33.—Cobro de deducible a terceros: Si en la resolución de la autoridad judicial de tránsito se declara como responsable a un tercero, la Coordinación Administrativa deberá iniciar los respectivos trámites de cobro a las personas físicas o jurídicas implicadas. Esta unidad si así lo necesita, podrá solicitar el apoyo de la Asesoría Jurídica cuando corresponda.

CAPÍTULO VII

Administración de la Póliza de “Seguros

de Automóviles Voluntaria”

Artículo 34.—Aseguramiento de vehículos: Todos los vehículos de la Dirección Nacional de Notariado deberán estar cubiertos por una póliza de seguro voluntario, adicional a la del seguro obligatorio para vehículos automotores que exige la institución aseguradora. La póliza de seguro voluntario deberá cubrir al menos los siguientes riesgos:

1)  Lesión o muerte de personas.

2)  Responsabilidad civil por daños a terceros.

Artículo 35.—Administración de la póliza: La Coordinación Administrativa, tendrá a cargo la administración de la póliza de “Seguros de Automóviles Voluntaria” y deberá hacer un adecuado manejo y aprovechamiento de ésta, en salvaguarda de los bienes institucionales, para lo cual deberá, entre otros:

a.  Constatar que la bonificación y recargos asignados a la flotilla de la Dirección Nacional de Notariado en el pago de su prima, procedan de conformidad con lo estipulado en la respectiva Póliza de Seguro.

b.  Velar porque la Institución aseguradora traslade la bonificación de las unidades dadas de baja a las nuevas, cuando se de una renovación parcial o total de la flotilla de vehículos.

c.  Mantener documentación e información completa, exacta, actualizada y de fácil ubicación relacionada con la administración de la “Póliza de Seguro de Automóviles Voluntaria”.

d.  Ocuparse y resolver las observaciones de los peritos de la Institución aseguradora, formuladas en razón de la valoración de los vehículos para la renovación de la póliza. Las reparaciones que deban hacerse a dichos vehículos deberá gestionarlas igualmente.

e.  Revisar periódicamente los límites de cobertura para los distintos riesgos asegurados, así como recomendar la actualización del nivel de cobertura o del monto económico de la póliza si ello resulta necesario para mantener la protección debida.

f.   Revisar y solicitar a la Institución Aseguradora, cuando las condiciones así lo ameriten, la variación en el precio de los vehículos asegurados, para el ajuste en el monto de las primas a pagar correspondientes a las coberturas de daños a la propiedad.

CAPÍTULO VIII

Sanciones

Artículo 36.—Sanciones: Las infracciones al presente Reglamento y a las disposiciones legales en esta materia, serán sancionadas disciplinariamente de conformidad con el Reglamento Autónomo de Servicios vigente y demás normativa aplicable, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que pudiere incurrir el infractor.

CAPÍTULO IX

Disposiciones Finales

Artículo 37.—Prohibición de salario en especie: La utilización de vehículos institucionales o la prestación de los servicios de transporte no constituirá bajo ningún supuesto salario en especie.

Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2012-001.—Solicitud Nº 4210.—C-498220.—(IN2012072973).

BANCO DE COSTA RICA

MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO DE TARIFAS

Y CONDICIONES PARA LOS SERVICIOS DEL BCR

La Junta Directiva General del Banco en sesión 26-12, artículo V, del 2 de julio de 2012 aprobó la modificación del Reglamento de tarifas y condiciones para los servicios del Banco de Costa Rica:

5)  Servicios Comercio Exterior

5.21 -Tarifas MoneyGram

5.21.2   Envíos de Costa Rica hacia Costa Rica y el resto del mundo

De $0.01 a $100.00: $4 exactos

De $100.01 en adelante: 2% del monto de envío más $2.00

Nota: Recibos de dinero no se cobra.

San José, 4 de julio del 2012.—Oficina de Normativa Administrativa.—Lic. Carlos Ml. Calderón Gutiérrez.—1 vez.—(IN2012072787).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

HOSPITAL DEL TRAUMA S. A.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

DE LA AUDITORÍA INTERNA

El presidente Dr. Guillermo Constenla, somete a conocimiento de los señores directores el oficio AU-HT-00005-2012 del 13 de abril del 2012, que contiene la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Auditoría Interna de Hospital del Trauma S. A.

Una vez conocido este tema, la Junta Directiva

Considerando:

I.—Que el artículo 23 de la Ley Nº 8292: Ley General de Control Interno, establece que la Auditoría Interna se organizará y funcionará conforme lo disponga el auditor interno, de conformidad con las disposiciones, normas, políticas y directrices que emita la Contraloría General de la República, y que cada auditoría dispondrá de un reglamento de organización y funcionamiento, acorde con la normativa que rige su actividad, el cual deberá ser aprobado por el Órgano Contralor.

II.—Que el artículo 24 de la normativa citada establece que el auditor y subauditor internos dependerán orgánicamente del máximo jerarca, y que éste establecerá las regulaciones de tipo administrativo que le serán aplicables. Asimismo, establece que los demás funcionarios de la auditoría estarán sujetos a las disposiciones administrativas que se emitan para el resto del personal.

III.—Que las Directrices Generales relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las auditorías internas del sector público D-2-2006-CO-DFOE-DAGJ, emitidas por la Contraloría General de la República, señalan que este reglamento debe ser conocido y aprobado por el jerarca de la empresa.

ACUERDA:

Aprobar la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Auditoría Interna del Hospital del Trauma S.A., contenida en el oficio AU-HT-00005-2012 del 13 de abril del 2012, incorporando las siguientes observaciones de esta Junta Directiva:

a)  Sustituir en el artículo 11 el término “participación” en lugar de “asistencia” de la Auditoría Interna en las sesiones de la Junta Directiva.

b)  Ampliar el título del artículo 34, para que se lea: “Servicios de Auditoría Interna”

De tal forma el reglamento aprobado en este acto, deberá leerse de la siguiente manera:

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DE LA AUDITORÍA INTERNA DEL HOSPITAL

DEL TRAUMA S. A.

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objetivo. Este Reglamento tiene por objetivo regular la actividad, organización, objetivos, funciones y atribuciones de la Auditoría Interna del Hospital del Trauma S. A., con las disposiciones contenidas en la Ley General de Control Interno, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y los manuales técnicos, las disposiciones, normas, políticas y directrices emitidas o que en el futuro emita la Contraloría General de la República, con la finalidad de orientar su accionar, de manera que la misma se perciba como una actividad que coadyuve al éxito de la gestión institucional, en aras de la legalidad y efectividad en el manejo de los fondos públicos que fiscaliza.

Artículo 2º—Ámbito de aplicación. El presente Reglamento es de acatamiento obligatorio para el personal de la Auditoría Interna, así como para el resto de los funcionarios de la Administración Activa del Hospital del Trauma S. A., por tanto deberán cumplir con lo aquí establecido en la materia que a cada uno concierne.

Artículo 3º—Aprobación, actualización y promulgación del presente Reglamento. Para la formulación, modificación, aprobación y promulgación del presente Reglamento se estará a lo dispuesto en las Directrices Generales relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público emitidas por la Contraloría General de la República.

Artículo 4º—Definiciones: Para efectos de este Reglamento se entenderá por:

a)  Hospital: Hospital del Trauma S. A.

b)  Administración Activa: Desde el punto de vista funcional, es la función decisoria, ejecutoria, resolutoria, directiva u operativa de la Administración. Desde el punto de vista orgánico es el conjunto de órganos y entes de la función administrativa, que deciden y ejecutan; incluyen al Jerarca como última instancia.

c)  CGR: Contraloría General de la República.

d)  LGCI: Ley General de Control Interno.

e)  Auditoría Interna: Auditoría Interna del Hospital del Trauma S. A.

f)   Jerarca Superior: Conformada por la Junta Directiva del Hospital del Trauma S. A.

g)  Ambiente de Control: Conjunto de factores del ambiente organizacional que debe establecer y mantener la Administración Activa, para permitir el desarrollo de una actitud positiva y de apoyo para el control interno y para una sana administración.

h)  Valoración del Riesgo: Identificación y análisis de los riesgos que enfrenta el Hospital, tanto de fuentes internas como externas relevantes para la consecución de objetivos; deben ser realizados por el jerarca y los titulares subordinados, con el fin de determinar cómo se deben administrar dichos riesgos.

i)   Actividades de Control: Políticas y procedimientos que permiten obtener la seguridad de que se llevan a cabo las disposiciones emitidas por la CGR, por el jerarca y los titulares subordinados para la consecución de los objetivos del sistema de control interno.

j)   Información y Comunicación: Comprende las actividades que se realizan para garantizar una información confiable de los sistemas de información.

k)  Seguimiento del Sistema de Control Interno: Comprende las actividades que se realizan para valorar la calidad del funcionamiento del control interno a lo largo del tiempo y las actividades que garantizan que los hallazgos de Auditoría y los resultados de otras revisiones se atiendan con prontitud.

l)   Auditor Interno: Funcionario de mayor jerarquía dentro de la Auditoría Interna.

Artículo 5º—Concepto funcional de Auditoría. Es la actividad independiente, objetiva y asesora que proporciona seguridad al Hospital, puesto que se crea para validar y mejorar sus operaciones mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo del control y de los procesos de dirección en el Hospital, proporcionando una garantía razonable de que la actuación de la Administración Activa se ejecuta conforme al marco legal, técnico y a las sanas prácticas administrativas.

Artículo 6º—Ideas rectoras. Corresponde al Auditor Interno la dirección superior y administración de la Auditoría Interna del Hospital. Por tanto le compete al Auditor Interno establecer y asegurarse de mantener actualizados, en el Compendio General de Políticas, Procedimientos y Disposiciones de la Auditoría Interna, la visión y misión institucional, políticas y procedimientos que regirán el accionar de la unidad a su cargo, de conformidad con las normas, políticas y directrices emitidas o que en el futuro emita la Contraloría General de la República.

Así mismo debe velar por la administración, acceso y custodia de la documentación de la Auditoría, especialmente, la información relativa a los asuntos de carácter confidencial que estipulan los artículos 6 de la Ley General de Control Interno y el 8 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Mantener actualizado, cumplir y hacer cumplir el presente reglamento de organización y funcionamiento.

Artículo 7º—Regulaciones aplicables. La Auditoría Interna se regulará fundamentalmente por lo establecido en la Ley General de Control Interno (Nº 8292), Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (Nº 7428), Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y su reglamento (Nº 8422), Manual de Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización., Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público., Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público, el presente Reglamento y cualquier otra normativa legal, reglamentaria y técnica emitidas o que en el futuro le sean aplicables a la Auditoría Interna en el ejercicio de sus competencias.

Artículo 8º—Misión. Evaluar en forma independiente, preventiva y a posterior las operaciones financieras, administrativas y de otra naturaleza del Hospital, a través de estudios con enfoque sistémico que brinden recomendaciones tendientes a mejorar el control interno y dar a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del Hospital y del resto de la administración se ejecuta conforme al marco legal y técnico, y a las sanas prácticas.

Artículo 9º—Visión. Seremos una Unidad asesora, evaluadora y fiscalizadora, que ayude al mejoramiento de los sistemas de control del Hospital, mediante servicios de calidad, manteniendo una cobertura de fiscalización apropiada con relación al universo fiscalizable, generando confianza con su aporte a la valoración del riesgo, controles y procesos de dirección del Hospital.

Artículo 10.—Independencia funcional. Los funcionarios de la Auditoría Interna actuarán con total independencia funcional y de criterio respecto del Jerarca y de los demás órganos de la Administración Activa, con el fin de no verse comprometida de hecho o de apariencia su objetividad.

Artículo 11.—Participación en Sesiones de Junta Directiva. El Auditor Interno participará en las sesiones de Junta Directiva previa invitación. Su participación versará sobre asuntos de su competencia sin que comprometa su independencia y objetividad en el desarrollo posterior de sus actuaciones, por cuanto las decisiones adoptadas en dicho seno serán de exclusiva responsabilidad de los miembros de dicho órgano colegiado. De igual forma el hecho de que el Auditor Interno no emita criterio sobre algún asunto en referencia no implica aceptación tácita de lo resuelto.

Artículo 12.—Participación en grupos de trabajo y comisiones. Los funcionarios de la Auditoría en resguardo de su independencia de criterio y objetividad no deberán ser parte de grupos de trabajo, comisiones o similares que ejerzan función propia de la Administración Activa, pero podrán participar en ellas únicamente en calidad de asesor y no podrá ser con carácter permanente. Tampoco podrán participar en la implantación de acciones, diseños de formularios u otros procedimientos y actividades que normalmente deben examinar posteriormente en el desempeño de sus funciones.

Artículo 13.—Creación de plazas y otros. El Auditor Interno tendrá la potestad de gestionar oportunamente y debidamente justificado ante el Jerarca o a quien corresponda, lo relativo a la creación de plazas, reasignación, ascensos y servicios de apoyo que se consideren indispensables para el cumplimiento de su Plan Anual de Trabajo, así como la capacitación que se estime pertinente.

Artículo 14.—Responsabilidad de asignar recursos. Será responsabilidad de la Administración Activa dotar de los recursos presupuestarios correspondientes y necesarios a la Auditoría, en caso de existir restricciones de orden presupuestario se cubrirán los requerimientos imprescindibles para su adecuado desempeño, todo esto de conformidad con el artículo 27 de la Ley General de Control Interno. Dicha asignación presupuestaria deberá realizarse de manera que corresponda a las partidas y subpartidas requeridas por la Auditoría.

Artículo 15.—Registro presupuestario. La Administración dará a la auditoría interna una categoría programática para la asignación y disposición de sus recursos, con el fin de llevar un registro separado del monto asignado y aprobado para la Auditoría Interna y el detalle por objeto del gasto, de manera que se controle con exactitud la ejecución y las modificaciones del gasto asignado y aprobado.

CAPÍTULO II

De la ubicación y estructura

Artículo 16.—Dependencia y ubicación orgánica. La ubicación de la Auditoría Interna dentro de la estructura organizacional es la de un órgano asesor de muy alto nivel con dependencia orgánica de la Junta Directiva del Hospital del Trauma S. A. e independencia funcional

Artículo 17.—Jerarquía. El Auditor Interno es el superior jerárquico de la Auditoría Interna y como tal tendrá a su cargo la dirección superior y administración de ésta. En sus ausencias temporales le sustituirá el funcionario de la Auditoría que se designe con apego a las normas legales y lineamientos que operan para tal efecto.

Artículo 18.—Organización. La Auditoría Interna del Hospital del Trauma S. A. se organizará y funcionará conforme lo disponga el auditor interno, dispondrá de una estructura organizativa concordante con la razón de ser y la normativa que regula a Hospital del Trauma S. A., que garantice una administración eficaz, eficiente y económica de los recursos asignados, así como la efectividad en el cumplimiento de las obligaciones legales y técnicas.

Asimismo el Auditor Interno debe instaurar y velar por la aplicación de los procesos necesarios para el aseguramiento de la calidad en el ejercicio de la auditoría interna, mediante evaluaciones internas y externas.

CAPÍTULO III

Del auditor y el personal de auditoría

Artículo 19.—Nombramiento y conclusión de servicio. El Auditor Interno será nombrado por el máximo Jerarca, por tiempo indefinido en estricto apego a lo dispuesto en el artículo Nº 31 de la Ley General de Control Interno (8292) y en observancia a los Lineamientos sobre los Requisitos de los cargos de Auditor y Subauditor Interno y las Condiciones para las Gestiones de Nombramientos en dichos cargos, emitidos por el Órgano Contralor.

Una vez ejecutado dicho nombramiento, éste solo podrá ser suspendido o removido por justa causa según la normativa que regula esta materia.

Artículo 20.—Personal de Auditoría. El personal de la Auditoría Interna estará sujeto a las disposiciones administrativas del resto del personal del Hospital; sin embargo, su nombramiento, traslado, suspensión, remoción, concesión de licencias y demás movimientos de personal deberán contar con la autorización del Auditor General. Lo anterior conforme lo estipulado en los artículos Nº 24 y 28 de la Ley General de Control Interno (8292).

Artículo 21.—Delegación y responsabilidad. El Auditor Interno podrá delegar sus funciones en el personal a cargo, utilizando criterios de idoneidad, notificando a la Junta Directiva de la respectiva delegación.

Artículo 22.—Del comportamiento de los servidores de Auditoría. Los funcionarios de Auditoría Interna desempeñarán sus funciones de modo que su labor sea medio de mejoramiento, funcionamiento y consecución en general, del logro de los objetivos institucionales.

Artículo 23.—De las cualidades y capacidades. El personal de la Auditoría Interna deberá poseer las cualidades necesarias para tratar con las personas y comunicarse en forma eficaz. Asimismo, procurará las capacidades adecuadas para comunicarse en forma oral y escrita, de modo que puedan transmitir eficientemente cuestiones tales como objetivos, evaluaciones, conclusiones y las recomendaciones de su trabajo.

Artículo 24.—De la Ética. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán desempeñar sus labores cumpliendo, en todo momento, con las normas profesionales de conducta; de esta manera deberá respetar los principios y las reglas de conducta establecidos por el Código de Ética del Hospital del Trauma S. A., adicionalmente los funcionarios de la Auditoría Interna deberán observar las normas éticas que rigen su profesión, que se caracterizan por valores de: integridad, objetividad, confidencialidad, probidad, imparcialidad, justicia, respeto, transparencia y excelencia, sin perjuicio del Manual de Principios Éticos y códigos de valores que promueve el Hospital.

Artículo 25.—De la asignación de funciones. Al Auditor Interno le corresponderá la distribución y supervisión del trabajo realizado por el personal a su cargo y estos a la vez serán responsables ante él por el desempeño de sus funciones, las cuales deberán ser ejercidas de conformidad con la LGCI, este Reglamento, con las instrucciones recibidas y el Manual de Normas Generales para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público y cualquier otra normativa vigente aplicable a la materia.

Artículo 26.—Medidas formales de control. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán informar al Auditor Interno, cuando existan factores que puedan comprometer su independencia y objetividad o exista algún tipo de conflicto de intereses, de conformidad con las normas, políticas y directrices emitidas o que en el futuro emita la Contraloría General de la República.

Artículo 27.—Protección al personal de Auditoría General. Cuando el personal de la Auditoría General, en el cumplimiento de sus funciones, se involucre en un conflicto legal o una demanda, el Hospital dará todo su respaldo tanto jurídico como técnico y cubrirá los costos para atender ese proceso hasta su resolución final. Lo anterior de conformidad con lo indicado en el artículo Nº 26 de la Ley Nº 8292.

CAPÍTULO IV

Funcionamiento de la Auditoría General

Artículo 28.—Competencias. En el ámbito de acción o jurisdicción la Auditoría Interna actuará conforme las competencias que le confieren el artículo Nº 22 de la Ley Interna de Control Interno, Ley Orgánica de la Contraloría General y demás normativa de obligada observancia.

Artículo 29.—Deberes. Para el cumplimiento de su objetivo el Auditor Interno y su personal tendrán los deberes que se establecen el artículo Nº 32 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 30.—Potestades. El Auditor Interno y su personal tendrán las potestades que se establecen en el artículo Nº 33 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 31.—Prohibiciones. El Auditor Interno y su personal tendrán las prohibiciones que establece el artículo Nº 34 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 32.—Asesoría y apoyo técnico. La Administración podrá brindar a la Auditoría un oportuno y efectivo servicio de asesoría legal, cuando así lo requiera, situación que es extensiva a las demás unidades del Hospital; ante la carencia de ésta podrá requerirse asesorías externas que realicen labores de su especialidad en apoyo a las actividades de auditoría debidamente programadas.

Artículo 33.—Señalamiento de plazos. La Auditoría señalará cuando lo estime pertinente, el plazo en el cual deberá suministrarse la información o documentación solicitada. Este plazo será establecido considerando la complejidad del asunto en cuestión, así como la importancia y urgencia que representa para la oportuna ejecución de sus funciones. Tal plazo empezará a contar a partir del día siguiente del recibo de la solicitud por la unidad correspondiente. Cuando la solicitud no pueda ser atendida dentro del plazo establecido, el responsable deberá comunicarlo para su resolución a la Auditoría dentro de los dos primeros días hábiles siguientes al recibo de la petición.

Artículo 34.—Servicios de Auditoría Interna. La Auditoría Interna dentro del ámbito de sus competencias podrá brindar a la Administración tanto Servicios de Auditoría como Servicios Preventivos, los cuales deberán darse con el debido cuidado profesional y de conformidad con la normativa y disposiciones legales que rigen la función de Auditoría en el sector público, los cuales se detallan seguidamente:

Servicios de auditoría: Son estudios realizados normalmente con el objeto de evaluar el sistema de control interno, los originados por denuncias y los estudios especiales de auditoría, emitiéndose para tal efecto el informe respectivo en el cual se expondrá entre otros, al jerarca o titular subordinado los comentarios y recomendaciones que se estimen necesarias para mejorar el sistema de control interno, y eventualmente cuando se considere pertinente, las respectivas relaciones de hechos que originan la apertura de procedimientos administrativos con el fin de darle tramite mediante procesos adecuados y establecer la verdad real de los hechos y los presuntos responsables.

Servicios preventivos: Se refiere a servicios de asesoría, advertencia y autorización de libros. En los dos primeros servicios versan sobre asuntos estrictamente de su competencia y deberán darse sin que se comprometa su independencia y objetividad en el desarrollo posterior de sus competencias.

Advertencia: Servicio que brinda la Auditoría tanto al Jerarca como a los titulares subordinados sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, a contrapelo del ordenamiento jurídico y técnico, siempre y cuando sean del conocimiento de la Auditoría Interna, deberán ser escritas, sujetas al control posterior de la Auditoría.

Asesoría: Son opiniones u observaciones que coadyuven a la toma de decisiones sobre asuntos puntuales y que no devienen en vinculantes para quien lo recibe, la asesoría se brinda a solicitud del jerarca. En cuanto a otros niveles administrativos, estas podrán darse de oficio o a solicitud de parte y quedaran a criterio del Auditor proporcionarla, podrán ser escritas o verbales.

Autorización de libros: Consiste en la apertura y cierre de libros y registros relevantes para el control interno institucional, que sean sometidos a su autorización acorde con las directrices que regulan esta materia.

Artículo 35.—Planificación. El Auditor Interno debe establecer planes basados en criterios razonables y fundamentados en el Plan Estratégico de la Auditoría y en una adecuada valoración del riesgo, a fin de determinar las prioridades de las actividades de la Auditoría.

Artículo 36.—Programa Anual de Trabajo. El Plan Anual se elaborará de conformidad con el Plan Estratégico y los lineamientos que regulan esta materia, en dicho programa se contemplarán los estudio o evaluaciones que se llevarán a cabo durante el período correspondiente de acuerdo con los recursos humanos, económicos y materiales que se dispongan, será presentado para conocimiento y aprobación del Jerarca, el cual podrá ser modificado en el transcurso del período correspondiente si las condiciones lo ameritan.

Artículo 37.—Estudios especiales. Comprende aquellos estudios independientes encaminados al examen de aspectos específicos, de orden contable, financiero, presupuestario, administrativo, económico y operaciones de otra naturaleza ligadas al manejo de fondos públicos y que son originados, por el estudio de supuestas irregularidades determinadas al ejecutar auditorías operativas o financieras; por solicitud expresa de la Junta Directiva o bien de la Contraloría General de la República, de la Auditoría propia y por terceros, siempre y cuando se enmarquen en el ámbito de nuestra competencia.

Artículo 38.—Comunicación de resultados. La comunicación de resultados de los servicios de Auditoría, serán comunicados por el Auditor Interno conforme su naturaleza según se indica:

a)  Estudios de control interno, se comunicarán a través de informes de control interno.

b)  Estudios especiales sin derivación de responsabilidades se comunicarán a través de un informe de control interno.

c)  Estudios especiales sobre situaciones de las que puedan derivarse posibles responsabilidades se comunicaran a través de relaciones de hechos.

d)  Los resultados de los servicios preventivos: se comunicaran por medio de oficios u otros medios cuando la naturaleza así lo amerite.

Lo anterior en concordancia con lo indicado en el Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público, Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público y demás Normativa que regule la materia.

Artículo 39.—Convocatoria a comunicación de resultados. Una vez finalizado el estudio de control interno y previo a la comunicación oficial del informe, la Auditoría Interna realizará la comunicación verbal de los resultados ante los funcionarios responsables de la unidad auditada o quienes tengan parte en los asuntos y obtener de ellos su punto de vista u opiniones, para lo cual se les convocará a la discusión quedando éstos obligados a participar de la misma; en ese mismo acto se entregará una copia del informe, otorgándose un plazo de cinco días hábiles para que se realicen las observaciones correspondientes, debiendo levantarse el acta de discusión con las firmas de los funcionarios presentes; salvo en el caso de estarse en presencia de informe de relaciones de hechos, los cuales se eximirán de este requisito comunicándose directamente a quien corresponda.

Artículo 40.—Informes. La Auditoría Interna emitirá en sus informes los comentarios obtenidos en los estudios conforme los hallazgos documentados y las recomendaciones efectivas, pertinentes, según los aspectos comentados en el artículo 36 del presente reglamento. Sin embargo, dependiendo del caso y situación, no necesariamente podrá realizarse dicho comunicado manteniendo la estructura formal, siempre y cuando no vaya en demérito de la concisión, exactitud, objetividad y claridad de la información.

Para los servicios preventivos el Auditor definirá el contenido y la forma de los informes, oficios, memorando, u otros medios de comunicación, conforme con la naturaleza de la situación que la genera y su criterio profesional.

Artículo 41.—Informes parciales. La Auditoría, si las circunstancias lo ameritan, podrá emitir informes parciales de control interno durante el transcurso de los estudios o cuando situaciones graves así lo justifican, y al finalizar la intervención por medio del informe final, a efecto de que se tomen las decisiones del caso en tiempo, propósito y conveniencia.

Artículo 42.—Plazo para informes. Los informes de control interno parciales y finales emitidos por la Auditoría Interna que contengan recomendaciones están sujetos al trámite y a los plazos previstos en los artículos Nos. 36 al 37 de la Ley General de Control Interno. El incumplimiento injustificado de lo indicado en estos artículos puede ser causal de responsabilidad administrativa de conformidad con lo señalado en la citada Ley (8292).

Artículo 43.—Responsabilidad de implantar recomendaciones. En cuanto a los informes de control interno, será responsabilidad del Jerarca y titulares subordinados según corresponda, una vez aceptadas las recomendaciones por parte de la Administración Activa, girar instrucciones para su implantación al responsable designado, con copia a la Auditoría, disponiendo fecha de inicio y de finalización probable para dicha implantación. Para tal efecto la Administración Activa llevará un registro con el fin de controlar el avance de la implantación de las recomendaciones y el cumplimiento en el plazo establecido, de lo cual deberá rendir cuenta a la Junta Directiva. Observándose en lo que corresponda lo establecido en el artículo Nº 17 de la Ley Nº 8292.

En caso de presentarse alguna objeción al informe el Auditor Interno remitirá por escrito (Informe, memorando u otro) al Jerarca sus argumentaciones refriéndose a las objeciones y a las soluciones alternas que, respecto de las recomendaciones de sus informes, propongan tanto los titulares subordinados como el mismo Jerarca, dentro de los plazos establecidos y sin perjuicio que también las manifestaciones se realicen de manera verbal. Caso de no ser aceptadas se podrán plantear los conflictos de cualquiera de las partes ante la Contraloría General de la República conforme lo señala el artículo Nº 38 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 44.—Responsabilidad por no implantar recomendaciones. Podrá caber responsabilidad administrativa contra los funcionarios que incumplan injustificadamente las acciones para implantar las recomendaciones de la Auditoría Interna debidamente aceptadas, debiendo para tal efecto seguir los procedimientos administrativos para determinar dicha responsabilidad, sin perjuicio de las responsabilidades que les puedan ser imputadas civil y penalmente.

Artículo 45.—Planificación de estudios de seguimiento. La Auditoría Interna formulará y ejecutará un seguimiento de recomendaciones aceptadas y comunicadas a la Administración Activa, del cual brindará un informe semestral o anualmente enfocado a verificar la adecuada y efectiva implementación.

En cuanto a la verificación de advertencias planteadas a la Administración, se realizará semestral o anual, o bien cuando se estime pertinente.

Artículo 46.—Plazos y prórrogas seguimiento de recomendaciones. La Auditoría Interna establecerá en cada uno de los casos los plazos, prórrogas, condiciones y otros en los cuales deberá la Administración Activa suministrar la información requerida para comprobar el efectivo y adecuado cumplimiento de las recomendaciones, dicho plazo será establecido considerando la complejidad del asunto en cuestión, la importancia y urgencia que representa para la oportuna ejecución de sus funciones. Cuando la solicitud no pueda ser atendida dentro del plazo establecido, el responsable deberá comunicarlo dentro de los dos primeros días hábiles siguientes al recibo de la petición.

CAPÍTULO V

Relaciones y coordinaciones

Artículo 47.—Coordinación Interna. El Auditor Interno deberá establecer y regular a lo interno de la Auditoría, las pautas principales sobre las relaciones y coordinaciones de los funcionarios de ese Órgano con los auditados, a fin de que tales interacciones sucedan de forma armoniosa y respetuosa, resulten efectivas, agreguen valor a los procesos institucionales y contribuyan a satisfacer las necesidades que, en materia de su competencia se presenten.

Artículo 48.—Coordinación Externa. El Auditor Interno tendrá la facultad de proveer y compartir información con la Contraloría General de la República, los Despachos de Contadores Públicos que contrate la Institución, así como con otros entes y órganos de control que conforme con la ley correspondan y en el ámbito de sus competencias. Lo anterior sin perjuicio de la coordinación interna que al respecto deba darse, sin que ello implique limitación para la efectiva actuación de la Auditoría Interna del Hospital.

Artículo 49.—Coordinación Presupuestaria. La Auditoría Interna del Hospital deberá contar con los mecanismos de coordinación necesarios para que el responsable del control del presupuesto institucional mantenga un registro separado del monto asignado y aprobado a la Auditoría, detallado por objeto del gasto, de manera que se controlen la ejecución y las modificaciones de los recursos presupuestados.

CAPÍTULO VI

Sobre la atención de denuncias

Artículo 50.—Atención de Denuncias. Las denuncias que sean puestas en su conocimiento y sean de su competencia, serán examinadas dentro de un plazo razonable de acuerdo con los recursos disponibles y complejidad de los hechos denunciados y según los procedimientos definidos internamente por esta auditoría.

CAPÍTULO VII

Disposiciones finales

Artículo 51.—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Dr. Guillermo Constenla Umaña, Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 0018486.—Solicitud Nº 4560.—C-518900.—(IN2012072954).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 inciso ñ) del Código Municipal, el Concejo Municipal de Escazú mediante el acuerdo AC-269-12, de la Sesión Ordinaria 112, Acta 169 del 18 de junio del 2012, acuerda emitir el siguiente Reglamento de Distinciones Honoríficas y según lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal, se ordena publicar por única vez este proyecto de Reglamento en el Diario Oficial La Gaceta, para la consulta pública no vinculante, por un plazo mínimo de diez días hábiles:

REGLAMENTO DE DISTINCIONES

HONORÍFICAS DE LA MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

Artículo 1º—La Municipalidad de Escazú podrá otorgar distinciones honoríficas a favor de personas físicas o jurídicas que se hayan destacado en el campo de la cultura, las artes, la ciencia, la literatura, la tecnología, la salud, el mejoramiento del medio ambiente. Igualmente podrán otorgarse distinciones honoríficas a aquéllas personas que realicen un acto patriótico, heroico, de valor, o que constituya un aporte al desarrollo del cantón de Escazú.

Artículo 2º—Para otorgar este reconocimiento, las personas física o jurídica deberá tener o haber tenido su domicilio dentro del cantón de Escazú.

Artículo 3º—La solicitud de menciones honoríficas podrá presentarse mediante moción suscrita por la persona titular de la Alcaldía, por regidores o regidoras del Concejo Municipal o mediante solicitud por escrito de munícipes, con indicación de las razones y aportando según sea el caso un historial de la persona o institución.

Artículo 4º—Recibida la propuesta de mención honorífica por parte del Concejo Municipal, se remitirá a la Comisión de Asuntos Sociales, quien se encargará de estudiar y valorar cada uno de los legajos de las personas propuestas y emitirá la moción respectiva en un plazo máximo de quince días hábiles.

Artículo 5º—Una vez dictaminada la propuesta por parte de la Comisión de Asuntos Sociales, el Concejo Municipal tomará el acuerdo respectivo, otorgando o no el reconocimiento solicitado.

Artículo 6º—La Municipalidad contará con medallas u otros insumos a fin de premiar los actos o labores destacables.

Artículo 7º—Las distinciones a que hace referencia este Reglamento tendrán un carácter exclusivamente honorífico, sin que impliquen ningún derecho administrativo ni económico.

Artículo 8º—La Municipalidad incluirá una partida presupuestaria dentro del presupuesto ordinario de cada año, para el otorgamiento de medallas o reconocimientos.

Artículo 9º—La entrega de las menciones honoríficas se realizará en una sesión del Concejo Municipal, ya sea ordinaria o extraordinaria a criterio de los regidores y regidoras.

Artículo 10.—Se establece como una distinción honorífica especial, la figura del hijo predilecto o la hija predilecta del cantón de Escazú, el cual será otorgado a aquéllas personas que hayan brindado un aporte extraordinario en el campo de la cultura, la ciencia, la política o la economía, en beneficio directo de la comunidad escazuceña o del país en general. Para el otorgamiento de esta distinción, se deberá contar en la votación respectiva con mayoría calificada.

Artículo 11.—Podrá otorgarse igualmente la declaratoria de interés cultural o cantonal, como una distinción honorífica, a aquéllas actividades o proyectos que impliquen un aporte a la cultura, el arte, la ciencia, el ambiente, la salud o la tecnología del cantón de Escazú.

Artículo 12.—No podrán otorgarse distinciones a personas físicas o jurídicas que se encuentren en relación directa o indirecta de fiscalización respecto de la Corporación Municipal, como tampoco a los Jerarcas en ejercicio de éstas y de la misma Municipalidad.

Artículo 13.—La Secretaría del Concejo Municipal llevará al día un libro, conteniendo las distinciones honoríficas otorgadas por el Concejo Municipal, con la fecha de otorgamiento y el número de acuerdo, así como un extracto de los considerandos en donde se indiquen las circunstancias que dieron mérito a dicha distinción.

Rige a partir de su publicación.

Escazú, 6 de julio del 2012.—Secretaría Municipal.—Lic. Ana Parrini Degl Saavedra.—1 vez.—O. C. 032825.—Solicitud 35092.—C-33860.—(IN2012072444).

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

CONSULTA PÚBLICA NO VINCULANTE

El Concejo de Curridabat, conforme a las potestades conferidas por los artículos 4 inciso a), 13 incisos c) y e) y 17 incisos a) y h) del Código Municipal, Ley número 7794 y el artículo 170 de la Constitución Política, por acuerdo que se consigna en el artículo 2º, capítulo 3º, del acta de la sesión ordinaria Nº 113-2012, del 28 de junio de 2012, dispuso emitir el siguiente Reglamento para uso y administración de la piscina municipal, que se somete a consulta pública no vinculante por espacio de diez días hábiles:

REGLAMENTO PARA EL USO Y ADMINISTRACIÓN

DE LA PISCINA MUNICIPAL

CAPÍTULO I

De la piscina y su régimen

Artículo 1º—Además de las regulaciones establecidas en el Decreto Ejecutivo N° 35309 Reglamento sobre Manejo de Piscinas, del 30 de marzo de 2009, el presente Reglamento regulará el uso y administración de la piscina que sea propiedad de la Municipalidad de Curridabat o que se encuentren bajo su control o administración por cualquier causa.

Artículo 2º—El fin del uso de las piscinas según las normas de este Reglamento conduce fundamentalmente al mejor desenvolvimiento físico y mental de los miembros de la comunidad que conforma el Cantón de Curridabat a través de actividades de natación.

Artículo 3º—Los habitantes del cantón de Curridabat podrán disfrutar de los beneficios de la piscina y de la actividad y servicio que en ella se desarrolle o se preste para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 4º—Corresponderá a la Alcaldía, establecer los horarios de utilización de la piscina dentro del orden de los servicios y actividades se determinen en cumplimiento de los fines establecidos para la recreación y deporte.

Artículo 5º—La administración de la instalación estará a cargo de la Alcaldía, la cual velará por el cumplimiento de los fines establecidos en este Reglamento así como de buen uso y mantenimiento en la piscina.

CAPÍTULO II

De la organización administrativa interna a la piscina

Artículo 6º—La potestad que este Reglamento confiere a la Alcaldía, la organización administrativa interna de las piscinas comprenderá:

a.  Un encargado administrativo

b.  Servicios de guardarropía

c.  Servicios de salvavidas, y

d.  Misceláneos.

Artículo 7º—El encargado administrativo velará por el cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento y tomará las providencias necesarias para asegurar en la práctica la realización de los fines y el buen uso y mantenimiento de la piscina.

Artículo 8º—Los salvavidas serán los encargados de velar por la seguridad de los bañistas. Mientras se encuentren personas bajo su cuidado no podrán dedicarse a ninguna otra actividad. Deberá contar con el equipo exigido por los reglamentos que rigen en las piscinas publicas y cualquier otro necesario para el buen desempeño de sus funciones. Asimismo, los salvavidas velarán porque sean acatadas las medidas de seguridad e higiene exigidas a los bañistas.

Artículo 9º—En la guardarropía se custodiarán las pertenencias de los bañistas. Para utilizar los servicios de guardarropía el usuario recibirá la contraseña que identificará sus pertenencias, la cual será indispensable para retirarlas. No obstante, si el usuario perdiere su contraseña, deberá probar a juicio del encargado del guardarropía, su derecho sobre los objetos en custodia. Caso contrario, deberá esperar hasta la última entrega del día. Sin embargo, esto no será causa directa para obligar al encargado a entregar los objetos en custodia para lo cual podrá exigir mejor prueba cuando sus dudas fueren fundadas.

Artículo 10.—Las pertenencias de los bañistas depositadas en el guardarropía serán inviolables. Sin embargo, queda bajo la responsabilidad del usuario, depositar objetos de valores de especial costo que pudieran ser sustraídos.

Artículo 11.—La Alcaldía no asume responsabilidad alguna por pérdida o daños ocasionados a objetos no depositados en el guardarropía.

Artículo 12.—Los procedimientos y sistemas que regirán el servicio de guardarropía no establecidos en este Reglamento, serán los indicados por la Alcaldía.

Artículo 13.—El servicio de misceláneos contará con los encargos de la limpieza adecuada de la piscina, vestidores, servicios higiénicos así como de un guarda de protección a usuarios e instalaciones.

CAPÍTULO III

De los deberes de los usuarios y de los requisitos a cumplir

Artículo 14.—Para ingresar a la piscina y hacer uso de ella, el usuario deberá ajustarse a todas las disposiciones técnicas y administrativas del presente reglamento y acatar las indicaciones del personal de la piscina.

Artículo 15.—Además de los deberes señalados en el artículo anterior, serán obligaciones de quienes utilicen la piscina:

a.  Ducharse con jabón y pasar por las pilas profilácticas de composiciones químicas para dermatofitosis de los pies, antes de ingresar al área de piscinas.

b.  No realizar ningún acto que pueda poner en peligro su seguridad o la de los demás bañistas o visitantes.

c.  Mantener una conducta acorde con la moral y buenas costumbres.

Artículo 16.—No les será permitido el ingreso a la piscina a quienes:

a.  Se encuentren en manifiesto estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas estupefacientes o sustancias enervantes o en cualquier otra situación análoga.

b.  Tengan aplicados aceites o cremas bronceadoras, cosméticos u otros similares.

c.  Presenten heridas o infecciones cutáneas, o estados clínicos manifiestos resultantes de enfermedades transmisibles o no.

d.  Aquellas personas que por su estado fisiológico utilicen toallas o bandas sanitarias.

e.  Personas que tengan conocimiento de padecer enfermedades clínicas de otra índole no detectables externamente, pero que puedan poner en peligro su seguridad o la de otros usuarios.

Artículo 17.—Está prohibido en el área de piscina:

a.  Introducir cualquier tipo de alimentos, bebidas, envases o instrumentos de vidrio punzocortantes.

b.  Utilizar dentro del agua pelotas, excepto en el caso del deporte acuático organizado, elementos o sustancias inflamables u otros que puedan poner en peligro la seguridad de las personas o dañar las instalaciones.

c.  Lanzar esputos u orinar dentro o fuera del agua de tal forma que se contamine el agua o sus alrededores.

d.  Utilizar ropa interior bajo el traje de baño.

e.  El ingreso de personas no bañistas.

Artículo 18.—El personal de la piscina, regulará la cantidad de personas que las utilicen con el fin de lograr el mejor desenvolvimiento de las actividades docentes, deportivas y recreativas.

Artículo 19.—El encargado o los encargados podrán, discrecionalmente negar a cualquier persona el ingreso a las instalaciones o hacerla salir de ellas, sin estar en alguna de las situaciones expresamente señaladas, si su presencia resulta inconveniente para el buen orden y prestación del servicio o del cumplimiento de los fines que rigen el uso de la piscina municipal.

Artículo 20.—Cualquier transgresión o falta contra las disposiciones de este Reglamento será causal para que los encargados expulsen de las instalaciones al infractor.

CAPÍTULO IV

De las advertencias reglamentarias a los usuarios

Artículo 21.—Dentro del área de la piscina y en lugares ampliamente visibles habrá rótulos con indicaciones generales tomadas de este Reglamento, así como referidas a las normas de seguridad e higiene exigidas.

CAPÍTULO V

De los cobros por servicios y usos de la piscina

Artículo 22.—El Concejo Municipal fijará y revisará anualmente el monto de las sumas que por ingreso a la piscina y otros servicios se cobrarán a los usuarios de ésta.

CAPÍTULO VII

Disposiciones generales

Artículo 23.—Mediante programas especiales aprobados por la Alcaldía, las piscinas podrán ser usadas para competencias u otras actividades deportivas afines.

Artículo 24.—La Alcaldía revisará y actualizará anualmente las normas de higiene aplicables a la piscina de acuerdo con los nuevos criterios técnicos sobre esta materia.

Artículo 27.—Este Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Curridabat, 29 de junio de 2012.—Allan Sevilla Mora, Secretario.—1 vez.—RP2012311275.—(IN2012072526).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 14 del acta de la sesión 5544-2012, celebrada el 16 de mayo del 2012,

considerando que:

a.- El Artículo 32 de la Ley Orgánica del Banco Central establece que se podrá nombrar un Subgerente, quien, además de las funciones legales y reglamentarias, reemplazará al señor Gerente en sus ausencias temporales.

b.- El señor Gerente ha manifestado la necesidad de contar con un Subgerente que pueda colaborar con la Gerencia en la atención y seguimiento de las complejas tareas que tiene el Banco Central de Costa Rica, teniendo como rol, en su inicio, actuar como líder del proyecto para la mejora del sistema financiero-contable, en particular, en torno a las propuestas realizadas por la asesoría técnica del Fondo Monetario Internacional, en su informe de noviembre del 2011, lo cual implica que el citado funcionario desarrollaría las funciones con énfasis en las áreas encargadas del manejo de operaciones financieras del Banco Central de Costa Rica.

c.- Don Rodrigo Bolaños Z. propone a la señora María Lucía Fernández G., tomando en cuenta que cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley vigente sobre la materia, es portadora de una extraordinaria capacidad personal, sobresalientes dotes académicos e intelectuales y, además, posee una vasta experiencia profesional en posiciones de alta dirección en empresas líderes y pioneras en el mercado financiero costarricense, con un desempeño superior orientado a lograr resultados en una diversidad de funciones, aplicando capacidades ejecutivas y técnicas para identificar, explotar oportunidades y motivar a equipos de trabajo multidisciplinarios.

resolvió, por mayoría y en firme:

nombrar a la MSc. María Lucía Fernández Garita, como Subgerente del Banco Central de Costa Rica, por un periodo de seis años contados a partir del 1° de junio del 2012, con todas las atribuciones, facultades y deberes establecidos en la Ley y en los reglamentos vigentes.

Secretaría General.—Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—O. C . Nº 12262.—Solicitud Nº 5259.—C-35740.—(IN2012072961).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

SECCIÓN GESTIÓN Y VENTA DE BIENES

Comunica a las entidades acreedoras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras, que para acogerse a lo dispuesto en los incisos c) y d) del artículo 4 del Reglamento sobre la distribución de utilidades por la venta de bienes adjudicados (Artículo 1 de la Ley 4631), en un plazo no mayor a 10 días hábiles, deberán presentar a través de sus Representantes Legales formal solicitud ante la oficina del Banco Nacional de Costa Rica, localizada en la Dirección de Recursos Materiales, La Uruca frente a la Mercedes Benz, y adjuntar una certificación de un contador público autorizado sobre el estado de la(s) obligación(es) y el saldo adeudado por el señor Monge Rodríguez Rigoberto, cédula de identidad 1-0673-0366.

Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora.—1 vez.—O. C. 511780.—Solicitud Nº 5824.—C-12300.—(IN2012072429).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Las señoras Flora María Arrieta Córdoba cédula 03-0137-0831 y/o Argentina Arrieta Córdoba cédula 03-0115-0022, han solicitado la reposición del Certificado de depósito a plazo Nº 205 304 2057427 por la suma de ¢800.000,00 (ochocientos mil colones exactos), el cual venció el día 25 de mayo del 2012, y los cupones de intereses Nº 903895 por ¢12,699.90 y Nº 903896 por ¢12.699,90, los cuales fueron extraviados. Dichos documentos fueron emitidos por el Banco Crédito Agrícola de Cartago.

Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro Código de Comercio, Artículos 708 y 709. Transcurrido el término de quince días a partir de la última publicación, se repondrá dicho Título Valor.

Cartago, 25 de mayo del 2012.—Plataforma de Servicios.—Randall Castro Vega, Bancrédito Los Ángeles.—RP2012310426.—(IN2012071035).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-2178-2012.—Siller Bedoya Luis Rey, R-105-2012, costarricense, cédula de identidad número 105940307, ha solicitado reconocimiento del diploma de Médico Cirujano, Universidad Nacional Autónoma de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 22 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072392).

ORI-2273-2012.—Rodríguez Lizano Carlos Andrés, R-127-2012, costarricense, cédula de identidad número 401790541, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Odontopediatría, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072393)

ORI-2184-2011.—Ramos Esquivel Allan Eduardo, R-118-2012, costarricense, cédula de identidad: 1 1188 0375, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master (MSc) en Ciencias de la Salud, Especialidad Epidemiología Clínica, Erasmus Universiteit Rotterdam, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072394).

ORI-2229-2012.—Pérez Guevara David, R-135-2012, peruano, residente temporal: 1604002339219, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Odontología Cirugía Oral y Maxilofacial, Universidad Nacional Autónoma de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072395).

ORI-2220-2012.—Mora Huerta Claudia, R-124-2012, mexicana, residente permanente: 1484001378111, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Economía, Universidad Panamericana, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072396).

ORI-2225-2012.—Montero Echeverría Walter Esteban, R-129-2012, costarricense, cédula de identidad: 1 1051 0497, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master Universitario en Ingeniería de Máquinas y Transportes, Universidad Carlos III De Madrid, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072397).

ORI-2399-2012.—Martínez Ávila Ángela Adriana, R-136-2012, colombiana, cédula de residente temporal condición restringida 1170012460832, ha solicitado reconocimiento del diploma de Optómetra, Universidad De La Salle, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 31 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072398).

ORI-2342-2012.—Mardones Hidalgo Melissa, R-128-2012, costarricense, cédula de identidad 1-1099-0482, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Magíster en Ciencias Biológicas, Universidad Simón Bolívar, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072399).

ORI-2224-2012.—Malwe Claire Helene, R-121-2012-B, francesa, residente permanente: 12550000868830, ha solicitado reconocimiento del diploma de Estudios Avanzados en Derecho Publico General y en Derecho Ambiental, Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072400).

ORI-2223-2012.—Malwe Claire Helene, R-121-2012-A, francesa, residente permanente: 12550000868830, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Derecho, Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN201272401).

ORI-2354-2012.—Lozano Poveda Carmen Liliana, R-133-2012, colombiana, pasaporte número CC51967155, ha solicitado reconocimiento del diploma de Nutricionista Dietista, Universidad Nacional de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072402).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-2270-2012.—Coen Alfaro Enrique, R-130-2012, costarricense, cédula de identidad número 109510459, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster de Ciencia Ingeniería Eléctrica, Universidad de Idaho, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072403).

ORI-2226-2012.—Cisneros Orozco Oscar Eduardo, R-132-2012, costarricense, cédula de identidad: 5-0329-0842, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Implantología Buco Maxilo Facial, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos del vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072404).

ORI-2464-2012.—Cifre Montaner Amparo, R-139-2012, española, pasaporte BE 425665, ha solicitado  reconocimiento del  diploma de Licenciada en Derecho, Universidad de Valencia, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 5 días del mes de junio del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072405).

ORI-2337-2012.—Chavarría Bolaños Daniel, R-126-2012, costarricense, cédula de identidad 1-1142-0889, ha solicitado  reconocimiento del diploma de Maestro en Endodoncia, Universidad Autónoma de San Luis Potosí, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 29 días del mes de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072406).

ORI-2285-2012.—Aguilar Aguirre Elizabeth, R-125-2012, costarricense, cédula de identidad número 4-0118-0430, ha solicitado reconocimiento del diploma de Interuniversitario de Homeopatía, Universidad París 13, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 23 días del mes de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072407).

ORI-2288-2012.—Carballo Murillo Natalia Eugenia, R-122-2012, costarricense, cédula de identidad número 206100853, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster Universitario en: Estudios Territoriales y de la Población. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 23 días del mes de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072408).

ORI-2349-2012.—Arnaiz Sori Karel, R-089-2012, cubano, categoría especial libre condición número 119200385614, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Instituto Superior de Ciencias Médicas de Camagüey, Cuba. Cualquier persona interesado en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 29 días del mes de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072409).

ORI-2466-2012.—Alicandu Martínez Eduardo José, R-142-2012, venezolana, pasaporte 041715974, ha solicitado  reconocimiento del diploma de Ingeniero en Información, Universidad Tecnológica del Centro, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 5 días del mes de junio del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072410).

ORI-2345-2012.—Alfaro Ureña Alonso, R-141-2011-B, costarricense, cédula de identidad número 1-1192-0653, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía, Universidad de Pennsylvania, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 29 días del mes de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072411).

ORI-2677-2012.—Araya González Jorge Arnoldo, costarricense, cédula 1-0518-0312, ha solicitado reposición del título de Licenciado en Agronomía. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los veinte días del mes de junio del año dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072412).

ORI-2656-2012.—Arias Murillo Mario Enrique, costarricense, cédula 5-0133-0482, ha solicitado reposición del título de Doctor en Medicina y Cirugía. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072413).

ORI-2660-2012.—León Rodríguez Adán Alberto, costarricense, cédula 2-0464-0088, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Computación e Informática. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072414).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-2662-2012.—López Ramírez Óscar Eduardo, costarricense, cédula 6 0359 0534, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Turismo Ecológico. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072415).

ORI-2663-2012.—Núñez Molina Marlene, costarricense, cédula 3-0302-0516, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Administración de Negocios. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072416).

ORI-2664-2012.—Rodríguez Quesada Luis Carlos, costarricense, cédula 2-0595-0148, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en la Enseñanza de los Estudios Sociales. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072417).

ORI-2665-2012.—Sancho Gutiérrez Ana Laura, costarricense, cédula 3-0358-0036, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Química. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072418).

ORI-2666-2012.—Venegas Soto Alexis Gerardo, costarricense, cédula 6-0151-0136, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Administración de Negocios. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072419).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Rosia Azofeifa Romero, de nacionalidad costarricense, cédula Nº 2-543-177, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Maestría en Derecho, obtenido en la Michigan State University de Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 18 de junio del 2012.—Lic. Susana Saborío Álvarez, Coordinadora Comisión de Reconocimiento de Estudios.—(IN2012070572).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRIDAD

CONVOCATORIA Nº 01-2012

Selección de proyectos para generación de electricidad

al amparo del Capítulo I de la Ley Nº 7200

El Instituto Costarricense de Electricidad comunica a los interesados en participar en el proceso de selección de proyectos para generación de electricidad al amparo del Capítulo I de la Ley N° 7200, cuya convocatoria se publicó en el diario La Gaceta N° 125 del 28 de junio del 2012, que la fecha última para recibir las propuestas se traslada para las 16:00 horas del día 27 de agosto del 2012.

Asimismo, se les comunica que las oficinas del Área de Gestión de Contratos de la UEN Centro Nacional de Planificación Eléctrica, sita en el Piso 7 de las Oficinas Centrales del ICE en Sabana Norte, se encuentra a su disposición el documento correspondiente a la Enmienda N° 1 y que contempla la Fe de Erratas y la respuesta a las consultas formuladas a los Términos de Referencia de esta Convocatoria. Dicho documento puede ser solicitado a la dirección electrónica: ymorales@ice.go.cr.

San José, 9 de julio del 2012.—UEN Centro Nacional de Planificación Eléctrica.—Ing. Javier Orozco Canossa, Director General a. í.—1 vez.—O. C. Nº 0201.—Solicitud Nº 4251.—C-19700.—(IN2012075618).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A Luis Guillermo Salas Arce, se le comunica la resolución administrativa de las nueve horas del veinticinco de junio del dos mil doce, que dicta medida de protección de abrigo temporal y otras y ubica a las p.m.e. en Albergue Institucional. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de revocatoria y de apelación si se plantean dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta Oficina Local resolver la revocatoria, y el de apelación corresponde resolver a la Presidencia Ejecutiva. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 111-00007-2007.—Oficina Local de San José Oeste, julio 2012.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5856.—C-9920.—(IN2012070496).

A Julián Grisales Salazar, mayor, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del dieciocho de junio del dos mil doce, que dicta abrigo temporal en albergue institucional a favor de las personas menores de edad Bayron Jurlan Grisales Quesada. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede recurso de apelación si se plantea dentro el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 111-00547-2011.—Oficina Local de San José Oeste, junio 2011.—Hazel Oreamuno Sánchez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5856.—C-9920.—(IN2012070497).

A Alexandra Ruiz Gutiérrez. Se le comunica que en esta Oficina Local se ordenó dictar resolución administrativa de las trece horas treinta minutos del día diecinueve de marzo del año dos mil doce, mediante la cual se ordena dictar Resolución Administrativa de Protección y Suspensión del Ejercicio de la Guarda, Crianza y Educación de la progenitura Alexandra Ruiz Gutiérrez, sobre su hijo Landón David Rojas Ruiz, por lo que este niño queda bajo la responsabilidad, guarda y crianza del progenitor Jasón Alberto Rojas Avilés. Plazo para interponer alguna oposición o recurso de apelación dos días hábiles, después de la tercera publicación de este edicto en el periódico oficial La Gaceta, correspondiendo a la presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso, debiendo la parte interesada señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente número 642-000190-2009.—Oficina Local de Corredores, Ciudad Neily, 29 de mayo del año 2012.—Lic. Dinia Vallejos Badilla, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5856.—C-13880.—(IN2012070498).

Se le comunica al señor Martín Gamboa Bonilla, la resolución administrativa de las ocho horas veintitrés minutos del dieciséis de enero del dos mil doce, con la que se inicia el proceso especial de protección en Sede Administrativa dictando medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Yarichian María Gamboa Núñez; el plazo de la resolución es de seis meses contados a partir del dictado del acto administrativo. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de ésta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto, incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Exp. Nº 342-00034-2010.—Oficina Local de La Unión, 27 de junio del 2012.—Lic. Flor Robles Marín, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5856.—C-9920.—(IN2012070499).

Se le comunica al señor Jorge Mena Rosales, las resoluciones administrativas de las diez horas trece minutos del nueve de marzo del dos mil doce, once horas treinta minutos del nueve de marzo del dos mil doce, y de las trece horas veintidós minutos del treinta de marzo del dos mil doce, con las cuales se modificó la ubicación de la persona menor de edad Yendry Mena Campos, quien se mantiene ubicada en la actualidad en el Albergue de Turrialba a espera de que se resuelva su situación jurídica. En contra de las presentes resoluciones procede el recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de ésta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto, incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Exp. Nº 113-00086-2002.—Oficina Local de La Unión, 27 de junio del 2012.—Lic. Flor Robles Marín, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5856.—C-10580.—(IN2012070500).

A quien interese, se le comunica que por resolución de las nueve horas con quince minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se declaró estado de abandono en Sede Administrativa de la persona menor de edad Antony Emmanuel Navarro Monge. Notifíquese: la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile paira recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Garantía de defensa; Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta representación legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº 144-00132-2011.— Oficina Local de Los Santos.—Lic. Mario E. Tenorio Castro, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5856.—C-13880.—(IN2012070501).

Se comunica al señor: Eliécer Alberto Guevara Vásquez, mayor de edad, costarricense, portador de la cédula de identidad número 1-1054-416, de domicilio y demás calidades desconocidas, padre registral de la persona menor de edad Mayelin Fabiola Guevara Jiménez, la resolución administrativa de esta oficina de las once horas del veintitrés de abril de dos mil doce, en la cual se dictó la Medida de Protección Administrativa de abrigo temporal en la alternativa de protección institucional ubicado en Villa del Mar, ubicado en Limón, y la de las ocho horas del trece de junio de dos mil doce, en la cual se modificó la resolución anterior y se dictó el cuido provisional de la persona menor de edad Mayelin Fabiola Guevara Jiménez y su hija Wendy Yurieny Guevara Jiménez, en el hogar de su abuela materna María Elena Jiménez Venegas. Recurso: El de apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Exp. 741-00018-2010.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5856.—C-13880.—(IN2012070502).

Oficina Local de Cañas a Víctor Elías Álvarez Jiménez se le comunica la resolución de las siete horas treinta y cinco minutos del veintidós de mayo del dos mil doce, que ordenó el inicio del proceso especial de protección, en beneficio de la persona menor de edad Paola Álvarez Narváez. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente 542-00212-2009.—Oficina Local de Cañas.—Lic. Dinnia María Marín Vega, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 5864.—C-11900.—(IN2012072333).

Oficina Local de Cañas a Santos Emilio Sosa se le comunica la resolución de las siete horas treinta minutos del diez de abril del dos mil doce, que ordenó el inicio del proceso especial de protección y dictado de medida de abrigo temporal en entidad pública, Albergue Lucecitas Valientes, ubicado en Liberia, en beneficio de la persona menor de edad Clarissa Sosa Guzmán y su hijo Aarón Josué Sosa Guzmán. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente 542-00075-2009.—Oficina Local de Cañas.—Lic. Dinnia María Marín Vega, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 5864.—C-11900.—(IN2012072334).

Oficina Local de Cañas a Ólger Obando Ortega, se le comunica la resolución de las doce horas del doce de diciembre del dos mil once, que ordenó proceso especial de protección de cuido provisional en familia sustituta hogar de la señora Margarita Gamboa Araya en beneficio de la persona menor de edad Hillary Rachell Obando Ruiz, notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: 542-00002-2011.—Oficina Local de Cañas.—Lic. Dinnia María Marín Vega, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5864.—C-11900.—(IN2012072335).

A Marjorie Ruiz Gamboa se le comunica la resolución de las doce horas del doce de diciembre del dos mil once, que ordenó proceso especial de protección de cuido provisional en familia sustituta hogar de la señora Margarita Gamboa Araya en beneficio de la persona menor de edad Hillary Rachell Obando Ruiz, notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: 542-00002-2011.—Oficina Local de Cañas.—Lic. Dinnia María Marín Vega, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5864.—C-11900.—(IN2012072336).

Edgar Antonio Jerez Picado se le comunica la resolución de las quince horas quince minutos del ocho de mayo del dos mil doce, que ordenó el inicio del proceso especial de protección y dictado de medida de cuido provisional en familia sustituta, hogar de la señora Xinia Monge Artavia, quien habita en Cañas, Barrio Unión, en beneficio de la persona menor de edad Yoilyn María Jerez Campos y su hija recién nacida Dariana Fiorella Jerez Campos. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes el recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: 542-00054-2012.—Lic. Dinnia María Marín Vega, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5864.—C-14540.—(IN2012072338).

A quien interese se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del veintiséis de junio de dos mil doce, que se declara en estado de abandono administrativo de las personas menores de edad Josué David y Jonathan Raúl Castillo Campos y se deposita al joven Jhonathan Raúl Castillo Campos en el hogar de la señora Mileydy Chavarría Campos. El joven Josué David Castillo Campos; se ordena el depósito en el Patronato Nacional de la Infancia. Recurso: procede apelación si se interpone ante este despacho dentro del tercer día siguiente a la tercera publicación de este edicto. Expediente PANI: 111-03810-87.—Oficina Local de Alajuelita, junio del 2012.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5860.—C-7920.—(IN2012072340).

Al señor José Amado Mora Monge, se le notifica que mediante resolución de las nueve horas del catorce de junio del dos mil doce, se ordena abrigo temporal de la persona menor de edad Greivis Steven Mora Meza, en uno de los albergues institucionales. Lo anterior por el plazo máximo de seis meses. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta oficina local bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. 112-0090-96.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5860.—C-7920.—(IN2012072341).

Al señor Santos Orozco Hernández, de calidades desconocidas, se le comunica la resolución de las nueve horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil doce, que ordenó el abrigo temporal en el Hogar Ama, ubicado en Pérez Zeledón, a favor de su hijo Leiner Eduardo Orozco Sánchez, como medida de protección. Para interponer recurso de apelación, de manera verbal o por escrito, tiene plazo de cuarenta y ocho horas a partir de la tercera publicación de este edicto, el cual debe ser presentado en esta Oficina Local, en horas laborales de siete y treinta y las dieciséis horas y señalar lugar o medio para recibir notificaciones, para ser elevado ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada entre avenidas 10 y 12, calle 21, o 300 metros al sur de la casa Matute Gómez en Barrio Luján, antiguas instalaciones de la Dos Pinos. Exp. 431-00126-2005.—Oficina Local de Aguirre.—Lic. Ruth Mary Lezama López, Representante Legal.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5860.—C-7920.—(IN2012072342).

Al señor José Isidro Hernández Hernández  de calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le comunica la resolución administrativa de las once horas del veinticinco de junio de dos mil doce, que incluye al joven José David Hernández Ramírez en el programa que desarrolla Hogar Crea de niños y adolescentes de Heredia. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Legajo Expediente Nº 431-00079-1997.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5860.—C-13220.—(IN2012072343).

Se le comunica al señor José Martínez Rivas, la resolución de las trece horas treinta minutos del cinco de mayo del dos mil doce, en la que resuelve dictar medida de protección administrativa de cuido provisional en familia sustituta en beneficio de la persona menor de edad Alison María Martínez Coca, ubicándolos en el hogar de la señora Tomasa Díaz Ruiz. Notifíquese lo anterior a la interesada, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede los recursos de revocatoria ante el mismo órgano que emitió la resolución y recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre los siguientes tres días hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones dentro del perímetro de esta oficina. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente administrativo 115-0324-2010.—Oficina Local de Tibás.—Lic. Jorge Alonso Rodríguez Ulate, Representante Legal.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5862.—C-13880.—(IN20120723345).

A la señora Audelia María Amador Alvarado, progenitora de la persona menor de edad María Guadalupe Amador Alvarado, que por resolución administrativa de las siete horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, se dicta medida de cuido provisional a favor de la citada menor en el recurso familiar de la señora Rosa Romero Romero. Recursos. Procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva. Plazo: Tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente administrativo 331-00307-2012.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—O.C. Nº 035342.—Solicitud Nº 5862.—C-9940.—(IN2012072346).

Al señor Isabel Antonio Romero Leiva, progenitor de las personas menores de edad Justin Antonio y Johany Fabián ambos de apellidos Romero Monge, que por resolución administrativa de las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se dicta medida de cuido provisional a favor de los citados menores en el recurso familiar de la señora Maritza Calderón Pérez. Recursos. Procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva. Plazo: Tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente administrativo Nº 331-00175-2010.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—O.C. Nº 035342.—Solicitud Nº 5862.—C-9940.—(IN2012072347).

A los señores Lizeth Melissa Gayle Gómez y Roy Francisco Brenes Molina, que por resolución administrativa de las ocho horas del doce de junio del dos mil doce, se les ordenó someterse al proceso de orientación apoyo y seguimiento a la familia. Expediente administrativo Nº 331-00096-2012.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5862.—C-6620.—(IN2012072348).

A la señora Martha Patricia Mata Nelson domicilio actual desconocido. Se le comunica la resolución de las siete horas con treinta y tres minutos del día catorce de junio del dos mil doce, a favor de la persona menor de edad Noelia Mata Nelson. Contra esta resolución procede el recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la publicación de este edicto, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso. Debiendo señalar lugar para atender notificaciones. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Administrativo 331-00532-2011.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidiette Calvo Garita, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5862.—C-9940.—(IN2012072349).

Oficina Local de Cartago a quien interese: se comunica que por resolución administrativa de las once horas del veintinueve de junio del dos mil doce, dictada por el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Cartago se declaró estado de abandono en sede administrativa de la persona menor de edad Paubricio Sanabria Villalobos; asimismo, se ordenó el depósito administrativo de tal menor de edad a cargo del recurso familiar de la señora Ángela Nájera Sanabria. Notifíquese recurso. Procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva. Plazo: tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente administrativo 342-00026-2011.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5862.—C-9940.—(IN2012072350).

Oficina Local de San José. Al señor Richart Roberts, mayor de edad, nacionalidad norteamericana, y demás calidades desconocidas, se tramita el expediente 115-241-08, se le comunica la resolución de las veinte horas y treinta minutos del tres de junio del año dos mil doce, que dicta cuido provisional, de la persona menor de edad Jacob Richard Robert Gómez, en su abuela materna la señora Yolanda Ileana Saenz Espolette. Además se le comunica la resolución de las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de junio del año dos mil doce, que dicta incompetencia territorial y se envía el expediente en mención a la Oficina Local de Heredia para su seguimiento. Se advierte a los interesados que contra dicha resolución procede recurso apelación, que deberán interponer ante la Representación Legal indicada, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este aviso, en forma conjunta o separada, siendo inadmisible el interpuesto fuera del término indicado. Se le advierte, además, que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de 24 horas después de ser dictadas.—Oficina Local de San José Oeste, 7 de junio de 2012.—M.Sc. Vanesa de León Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5862.—C-14520.—(IN2012072351).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A Fabio José Solórzano Ramírez, se le comunica resolución de las diez horas con cinco minutos del día seis de febrero del año dos mil doce, que ordena iniciar medida de protección de cuido provisional en beneficio de la persona menor de edad B. Y. S. P. Por un período de seis meses. Expediente administrativo 246-00001-2012. Garantía de defensa: Se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Recurso: Se le hace saber a la parte que contra esta resolución procede el Recurso de Apelación si se interpone ante este Despacho o bien ante la Presidencia Ejecutiva, el cual deberá interponerse dentro de 48 horas contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el diario oficial La Gaceta. También se le previene que debe señalar lugar o fax donde recibir futuras notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrá por notificada la resolución; de conformidad con la aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de las 15:41 horas del 27 de noviembre de 2002 de la Sala Constitucional. La interposición del Recurso de Apelación no suspende el acto administrativo.—Oficina Local de Upala, Guatuso, 25 de junio de 2012.—Lic. Katia Corrales Medrano, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5864.—C-14540.—(IN2012072337).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

AVISO

El Instituto Nacional de Estadística y Censos, avisa que el Índice de Precios al Consumidor (IPC), base julio 2006 correspondiente a junio 2012 es de 153,852 el cual muestra una variación porcentual mensual de 0,16 y una variación porcentual acumulada del primero de julio del 2011 al treinta de junio del 2012 (12 meses) de 4,61.

Esta oficialización se hace con base en estudios realizados en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

San José, a los tres días de julio de dos mil doce.—Floribel Méndez Fonseca, Gerente.—1 vez.—O. C. Nº 003499.—Solicitud Nº 20779.—C-9420.—(IN2012072785).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Acuerdo tomado en la sesión extraordinaria N° cero ciento setenta y cinco-dos mil doce, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de Heredia, el veintiséis de junio del 2012, en el Artículo II, el cual dice:

Con respecto a la propuesta de Modificación del Procedimiento de Presupuesto Participativo se aprueban los siguientes cambios:

a.  Agregar en punto N° 3 de las Políticas asignación de recursos después de la frase “ejecutados por la administración” lo siguiente; “o la Asociación de Desarrollo Integral o Específica, Junta Administrativa o de Educación de acuerdo a lo que considere más conveniente, para lo cual el Concejo de Distrito valorará cada situación con la Dirección de Operaciones”.

b.  Agregar el punto N° 2 de las Políticas para la etapa de presentación de proyectos al Concejo de Distrito, después de la frase “no podrán presentar proyectos en la Sesión Ampliada” lo siguiente: “ni se le podrán asignar proyectos de los recomendados por los Concejos de Distrito”.

c.  Agregar al final del punto N° 2 de las Políticas para la etapa de aprobación de proyectos por parte del Concejo de Distrito, lo siguiente: “o la Asociación de Desarrollo Integral o Específica, Junta Administrativa o de Educación de acuerdo a lo que se considere más conveniente, para lo cual el Concejo de Distrito valorará cada situación con la Dirección de Operaciones”.

d.  Se incorpore dentro de las Políticas de Asignación de Recursos lo siguiente: “Los proyectos que sean asignados por recomendación del Concejo de Distrito y que son trasladados a las Asociaciones de Desarrollo Integrales o Específicas o Juntas Administrativas y de Educación, y que por alguna situación especial se deba variar el destino del proyecto parcial o totalmente se deberá contar para poder gestionar dicho cambio con el visto bueno del Concejo de Distrito”.

Los cambios solicitados en el Procedimiento Presupuesto Participativo, se apliquen a los recursos asignados mediante el proceso a realizar en el 2013 y siguiente.

Heredia, 5 de julio del 2012.—Lic. Enio Vargas Arrieta.—Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. 054851.—Solicitud 42224.—C-14760.—(IN2012072447).

AVISOS

CONVOCATORIAS

ENTERPRISES INTERNET SYSTEM S. A.

Se convoca a los socios de la compañía Enterprises Internet System S. A., cédula jurídica Nº 3-101-361086, a asamblea general extraordinaria a celebrarse en su domicilio social el día veintinueve de junio del dos mil doce. Agenda: Disolución de la sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Daniella Segnini Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012308413.—(IN2012068097).

FUNDACIÓN CASA ABIERTA

Se convoca a todos los miembros y directores de la asamblea de administración de la Fundación Casa Abierta, cédula jurídica Nº 3-006-600902, a la asamblea general que se celebrará en el domicilio social de la Fundación, San José, Rohrmoser, del Mall Plaza Rohrmoser, cien metros al norte y ciento cincuenta metros al oeste, casa amarilla a mano izquierda, a las 19:00 horas del día 6 de agosto del 2012, para conocer los siguientes asuntos:

1.  Informe del señor presidente.

2.  Informe del señor secretario.

3.  Informe del señor tesorero.

4.  Proyectos de la Fundación Casa Abierta a cargo de la señora Fundadora Yolanda Hurtado Jiménez.

5.  Elección de junta de administración de sus miembros presidente, secretario, tesorero y dos directores.

De no haber quórum en la primera convocatoria, la asamblea se celebrará en el mismo lugar una hora después cualquiera sea el número de asistentes y las resoluciones habrán de tomarse por mayoría simple.—12 de julio del 2012.—Lic. Yolanda Hurtado Jiménez, Fundadora.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—(IN2012075202).

CONDOMINIO NUEVO CENTRO COLÓN

Convoca a los copropietarios a asamblea general extraordinaria a celebrarse el día 1º de agosto de 2012, a las diez horas, en el Hotel Tryp Sabana para conocer los siguientes puntos:

1.  Proyecto de Paneles Solares

2.  Aprobación Reglamento de Rotulación

3.  Puntos Varios

La primera convocatoria será a las 10:00 horas. De no haber quórum, la segunda convocatoria será a las 10:30 horas.

Lic. Efraín Navarro Rojas, Secretario Ejecutivo.—1 vez.—(IN2012075503).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.

Certificado de Acción Nº 2641 y Certificado de Libre Alojamiento Nº 2641 a nombre de Wendy Simpson Roberts. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692, 708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 21 de junio del 2012.—Arturo Salazar Calvo, Contralor General.—RP2012310367.—(IN2012071034).

BANCO CITIBANK DE COSTA RICA S. A.

María Carmenza Calero de único apellido, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Heredia, de nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia 155808919018, hace saber que soy dueña del certificado de depósito a plazo 2250030006198 del Banco Citibank de Costa Rica S. A. y que el mismo se me extravió por lo cual solicito su reposición.—Heredia, 4 de julio del 2012.—María Carmenza Calero.—(IN2012071597).

DESARROLLO LA COSTA S. A.

Desarrollo La Costa S. A. comunica a los interesados y público en general que por haberse extraviado la acción común y título de capital número 765, correspondiente a la semana número 9, documentos registrados a nombre de los Sres. Ramírez Benavides Jorge M/ Carvajal Salas María Isabel portadores de las cédulas de identidad 6-0085-0665 y 1-0527-0276. Se procederá a su reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo.—San José, julio del 2012.—Roy Montoya Quesada, Contralor General.—(IN2012071635).

BALDIOSA S. A.

Baldiosa S. A., cédula jurídica 3-101-150119, ha solicitado la reposición por sustracción de los certificados de acciones del número 01 hasta el 10 inclusive representativo de 10 acciones comunes y nominativas de 10.000 colones cada una, a saber la totalidad del capital social de 100.000 colones, de Baldiosa S. A. Quien se considere afectado favor proceder en el término de un mes contado a partir de la última publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículo 689 y 690 del Código de Comercio. Notificaciones al fax 2272-6006.—San José, 29 de junio 2012.—Rodrigo Baldioceda Castro, Apoderado Generalísimo.—(IN2012071652).

BANCO CATAY

Yo Hu Xiao Juan, de nacionalidad china, cédula de residencia 115600370630, consciente de las penas de la Ley Costarricense castiga el delito de perjurio y falso testimonio, solicito la reposición de un certificado del Banco Catay por dinero, con número 8241, por un monto de $15.000, fecha de emisión el 5 de enero del 2012 y vencimiento el 7 de abril del 2012 y se me extravió. Es todo.—Hu Xiao Juan.—RP2012311097.—(IN2012071928).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

LIGA AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE

LA CAÑA DE AZÚCAR

La Junta Directiva de la Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar en su sesión ordinaria Nº 432, celebrada el 03 de julio de 2012, adopta por unanimidad y en firme, lo siguiente:

1º—Que la Cuota Nacional de Producción de Azúcar para la zafra 2011-2012 aprobada por la Junta Directiva en su sesión Nº 420 del martes 10 de enero de 2012, correspondiente a 7.529.649 bultos de azúcar de 96 grados de polarización se disminuya en 42.762,87 bultos de azúcar de 96 grados de polarización, por incumplimiento de las cuotas individuales calculadas a partir de la cuota de referencia mínima aplicada.

2º—Que el déficit generado por no haberse cumplido con la cuota individual de producción calculada del Ingenio San Ramón, transferida a los ingenios elegidos por sus respectivos productores en razón de su cierre definitivo, se distribuirá entre todos los ingenios conforme a la Ley.

3º—Que el déficit generado por el incumplimiento de cuotas individuales de producción, cuya cantidad es 153.666 bultos de azúcar de 96 grados de polarización, se distribuyan entre los ingenios que las cumplieron, de conformidad con la Ley.  

4º—Que, por lo anterior, la Cuota Nacional de Producción de Azúcar real y definitiva, para la zafra 2011-2012, es de 7.486.886 bultos de 96º de polarización.

5º—Que las producciones reales, firmes y definitivas de todos los ingenios para la zafra 2011-2012 fueron, en términos de azúcar de 96º de polarización, las siguientes:

Ingenio           Cuota individual de producción definitiva en

                        bultos de azúcar de 96° de polarización

 

Atirro                                                    202.741

Juan Viñas                                           357.478

Costa Rica                                           143.207

Porvenir                                               118.044

Providencia                                         152.537

Victoria                                                 396.132

Cutris                                                    360.370

Quebrada Azul                                    367.813

Palmar                                                   671.499

CATSA                                             1.290.050

Viejo                                                  1.273.804

Taboga                                              1.477.340

El General                                             675.872

Total                                      7.486.886

Junta Directiva.—Édgar Herrera Echandi, cédula 1-0522-0490.—1 vez.—(IN2012072276).

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva General en su sesión Nº 26-11/12-G.E. de fecha 15 de mayo de 2012, acordó lo siguiente:

“Acuerdo N° 18:

Se conoce pronunciamiento legal N° 0015-2012-AL-FC, en atención a la publicación que saliera en el Diario Oficial La Gaceta número 31 del 13 de febrero del presente año (…)

Por lo tanto se acuerda:

Se corrija el error en que se incurrió en el acuerdo N° 32 de la sesión N° 07-11/12-G.O., sobre reforma el Reglamento del Proceso Disciplinario del C.F.I.A. publicado en La Gaceta. Se anula la aprobación y publicación que se dio.”

San José, 22 de junio del 2012.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—1 vez.—O.C. Nº 447-2012.—Solicitud Nº 37885.—C-16940.—(IN2012072975).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por escritura otorgada en esta ciudad ante los notarios Mario Alberto Umaña Rojas y el suscrito, a las 9 horas del 18 de mayo en curso, Ricrisán de Salud S. A., cédula jurídica 3-101-511301, traspasó a Farmacia Rohrmoser S. A., cédula jurídica 3-101-301438, el establecimiento mercantil denominado Farmacia Rohrmoser, situada en San José, 250 metros sur antes de llegar al final del boulevard. El precio de la venta quedó depositado en manos de la señora Jacinta Acón Ng, cédula de identidad 8-041-850, apoderada de la compradora quien lo entregará a la transmitente, una vez que hayan transcurrido 15 días a partir de la primera publicación, de las 3 publicaciones consecutivas que se harán en el Diario Oficial, citando a acreedores e interesados para que se presenten a hacer valer sus derechos en la citada Farmacia o al teléfono 2232-2873. La entrega del dinero a la vendedora se hará según la normativa del Código de Comercio.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Eduardo Con Sanchún, Notario.—RP2012302066.—(IN2012067689).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura otorgada, a las quince horas del dieciséis de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos por los que se disminuye el capital social de la empresa Constenla S. A.—San José, 16 de junio del 2012.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.— (IN2012068823).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Ante mi notaría mediante escritura 51 del tomo 21, se protocolizó acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Global Property Management and Maintenance GPM Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-326070, se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, a las 7:30 horas del 27 de junio del 2012.—Lic. Sandra María Arce Carmona, Notaria.—1 vez.—RP2012308291.—(IN2012067990).

Ante mi notaría mediante escritura 45 del tomo 21, se protocolizó acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Misingo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-173100, se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, a las 16:00 horas del 23 de junio del 2012.—Lic. Sandra María Arce Carmona, Notaria.—1 vez.—RP2012308292.—(IN2012067991).

Por escritura otorgada a las diecinueve horas treinta minutos de hoy, en San José, los socios de Precios Mínimos S. A., y Almacén Jorge Fernández Sucesores S. A., acordaron disolverlas.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—RP2012308293.—(IN2012067992).

Por escritura otorgada a las diez horas de hoy en San José, protocolicé acta de la compañía Arquitectura y Tecnología ARTECSA S. A., por la cual los socios acordaron disolverla.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—RP2012308294.—(IN2012067993).

Ante mí Carlos Fernández Vásquez, notario público, se disolvió la empresa D.P.D. Consulting and Advising S. A. Escritura número 305 del protocolo 23.—Palmares, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2012308295.—(IN2012067994).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 19:10 horas del veintisiete de junio de dos mil doce en San José, la única socia de las sociedades Kri Kri Sociedad Anónima y de Luz Propia Sociedad Anónima, acordó disolverlas.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Lorena María Fernández Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012308296.—(IN2012067995).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 19:30 horas del veintisiete de junio de dos mil doce en San José, la única socia de las sociedades R A Corporación de Negocios Sociedad Anónima y de Compañía Agroindustrial Alca Sociedad Anónima, acordó disolverlas.—San José, 27 de junio de 2012.—LIc. Lorena María Fernández Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012308297.—(IN2012067996).

Ante mí Carlos Fernández Vásquez, notario público, se disolvió la empresa Bona Nostra S. A. Escritura número 307 del protocolo 23.—Palmares, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2012308298.—(IN2012067997).

Ante mí Carlos Fernández Vásquez, Notario Público, se disolvió  la  empresa Agropecuaria Tierras Palmareñas G Y Z S. A. Escritura número 306 del protocolo 23.—Palmares, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2012308299.—(IN2012067998).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 20:00 horas del veintisiete de junio de dos mil doce en San José, el único socio de Diseño Ingeniería y Estudios Sociedad Anónima, acordó disolverla.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Lorena María Fernández Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012308300.—(IN2012067999).

Ante mí Carlos Fernández Vásquez, notario público, se disolvió la empresa Grupo Vantec & A.SO.C. Escritura número 308 del protocolo 23.—Palmares, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2012308301.—(IN2012068000).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Karone V W Limitada,  por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad. El presente edicto es copia fiel del original.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012308302.—(IN2012068001).

A través de la escritura ciento setenta y nueve, otorgada a las diez horas del quince de febrero del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad El Campesino de Carrillo S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete mil ochocientos.—Palmira de Carrillo, Guanacaste, quince de febrero de dos mil doce.—Lic. Luis Francisco Goldoni Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012308303.—(IN2012068002).

Protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la compañía Autotransportes Pavas Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto social. Escritura otorgada ante esta notaría. El presente edicto es copia fiel del original.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012308304.—(IN2012068003).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Insight Financial Services S. A., celebrada en su domicilio social a las once horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Esteban Cordero Ortiz, Notario.—1 vez.—RP2012308305.—(IN2012068004).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-625332 s. a., celebrada en su domicilio social a las doce horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Esteban Cordero Ortiz, Notario.—1 vez.—RP2012308306.—(IN2012068005).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Insight Marketing and Commercial Services S. A., celebrada en su domicilio social a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Esteban Cordero Ortiz, Notario.—1 vez.—RP2012308307.—(IN2012068006).

Miguel Ángel Arrieta Salas, disuelve Medical Internacional M & C Sociedad Anónima, céd. 3-101-534410; domicilio: San José, Zapote, frente a la entrada al Colegio de Abogados, casa esquinera color ladrillo, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las 11:00 horas del 26 de junio del 2012, ante los notarios públicos David Guzmán Guzmán y Laura Inés Castro Conejo, Notarios.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2012308308.—(IN2012068007).

Peter Mobus y Seidy Rivera Ureña, disuelven Oktober Fast Inversiones Sociedad Anónima, céd. 3-101-591915; domicilio: Cartago, La Unión, Tres Ríos, del Cementerio 250 m oeste, 100 m norte y 25 m oeste, casa blanca, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las 18:00 horas del 21 de junio del 2012, ante los notarios públicos David Guzmán Guzmán y Laura Inés Castro Conejo, Notarios.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2012308309.—(IN2012068008).

Miguel Ángel Arrieta Salas, Rodolfo de La Peña Ho y Melba de La Peña Sáenz, disuelven Eagle Security Services S. A.; céd. 3-101-553959 domicilio: San José, Zapote, frente a la entrada al Colegio de Abogados, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las 11:30 horas del 26 de junio del 2012, ante los notarios públicos David Guzmán Guzmán y Laura Inés Castro Conejo, Notarios.—Lic. Laura Inés Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—RP2012308311.—(IN2012068009).

Ingrid Sequeira Acosta y Esterlina Castillo Cárdenas, disuelven El Chanal Sociedad Anónima, céd. 3-101-607956; domicilio: San José, La Uruca, Condominios Sanbtander, número 50, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las 11:00 horas del 27 de junio del 2012, ante el notario público David Guzmán Guzmán.—Lic. David Guzmán Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012308313.—(IN2012068010).

Mónica Romero Piedra y Laura Castro Conejo, disuelven Tecni-Iuris Sociedad Anónima, céd. 3-101-537396; domicilio: San José, avenida 10, calle 23, casa 2385, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las 12:00 horas del 26 de junio del 2012, ante el notario público: David Guzmán Guzmán.—Lic. David Guzmán Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012308315.—(IN2012068011).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-542998 s. a., celebrada en su domicilio social a catorce horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308318.—(IN2012068012).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-470779 s. a., celebrada en su domicilio social a las trece horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308319.—(IN2012068013).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Insight Financial Services S. A., celebrada en su domicilio social a las once horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Esteban Cordero Ortiz, Liquidador.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308321.—(IN2012068014).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Insight Human Capital Services S. A., celebrada en su domicilio social a las diez horas quince minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Esteban Cordero Ortiz, Liquidador.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308323.—(IN2012068015).

Luis Alberto Cordero Contreras, cédula de identidad número nueve-cero cincuenta-ciento treinta y uno, solicita desinscripción de Electro Muebles Omega Leyfer S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y tres mil novecientos sesenta y nueve, fax 2271-2061.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308327.—(IN2012068016).

Luis Alberto Cordero Contreras, cédula de identidad número nueve-cero cincuenta-ciento treinta y uno, solicita desinscripción de Dorado Loirp Morado Lila S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil trescientos siete, fax 2271-2061.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308328.—(IN2012068017).

Jonathan Chaves Arias, cédula de identidad número uno-mil noventa y ocho-cuatrocientos noventa y ocho, solicita desinscripción de Distribuidora Sarocha S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciséis mil treinta y dos, fax 2271-2061.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012308329.—(IN2012068018).

Por escritura de las 21:30 horas del 27 de junio del  2012, la asamblea de socios, acordó disolver la sociedad: Funtres S. A., cédula jurídica Nº 3-101-162167.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012308384.—(IN2012068070).

Por escritura otorgada ante esta notaría pública, a las 18:03 horas del día 11 de junio del 2012, por acuerdo unánime de socios se disolvió, sin necesidad de nombrar liquidador La Amistad de Upala S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-168320.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—RP2012308385.—(IN2012068071).

Por escritura de las 23:00 horas del 27 de junio del 2012, la asamblea de socios, acordó disolver la sociedad: Von Breymann S. A., cédula jurídica Nº 3-101-79159.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012308386.—(IN2012068072).

Por escritura de las 22:30 horas del 27 de junio del 2012, la asamblea de socios, acordó disolver la sociedad: Bonneville América Tres Dos Nueve Seis Tres Cinco S. A., cédula jurídica Nº 3-101-597468.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012308388.—(IN2012068073).

Por escritura número doscientos cuarenta y nueve-uno, otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las 13:30 horas del 27 de junio del 2012, por acuerdo de socios, se disuelve: Grupo Gemas BCG S. A. Es todo.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Manuel Hernández Pandolfi, Notario.—1 vez.—RP2012308389.—(IN2012068074).

Por escritura número doscientos cuarenta y ocho-uno, otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las 13:00 horas del 27 de junio del 2012, por acuerdo de socios, se disuelve: Transportes Pripeco S. A. Es todo.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Manuel Hernández Pandolfi, Notario.—1 vez.—RP2012308390.—(IN2012068075).

Por escritura número doscientos cuarenta y siete-uno, otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las 12:30 horas del 27 de junio del 2012, por acuerdo de socios, se disuelve: Consorcio Asociado Costa y Mar del Pacífico S. A. Es todo.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Manuel Hernández Pandolfi, Notario.—1 vez.—RP2012308391.—(IN2012068076).

Por escritura número doscientos cuarenta y seis-uno, otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las 12:00 horas del 27 de junio del 2012, por acuerdo de socios, se disuelve: Escuela de Capacitación e Instrucción Bocar S. A. Es todo.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Manuel Hernández Pandolfi, Notario.—1 vez.—RP2012308392.—(IN2012068077).

Por escritura número doscientos cincuenta-uno, otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las 14:00 horas del 27 de junio del 2012, por acuerdo de socios, se disuelve: Grupo Azor BCG S. A. Es todo.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Manuel Hernández Pandolfi, Notario.—1 vez.—RP2012308393.—(IN2012068078).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía: Inmune Booster Therapy S. A., celebrada en su domicilio social, a las veintiún horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Leonardo Gómez Salazar, liquidador.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308394.—(IN2012068079).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía: Klondike International Financial Group S. A., celebrada en su domicilio social, a las veinte horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Leonardo Gómez Salazar, liquidador.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308395.—(IN2012068080).

Ante la notaría de la Lic. Nidia Shadid Gamboa, mediante escritura número diecisiete del tomo siete, se protocolizó acta de asamblea de socios de Bravo & Gutiérrez S. A., cédula jurídica Nº 3-101-328552, en la que se acuerda disolver esta sociedad.—San José, 16 de junio del 2012.—Lic. Nidia Shadid Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012308396.—(IN2012068081).

Ante la notaría de la Lic. Nidia Shadid Gamboa, se protocolizó acta de asamblea de socios de Roldán Niño S. A., cédula jurídica Nº 3-101-507154, en la que se acuerda disolver esta sociedad.—San José, 6 de junio del 2012.—Lic. Nidia Shadid Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012308397.—(IN2012068082).

Por escritura otorgada a las 16:10 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve, de la compañía: Jardín Infantil My Little Club Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-495926.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012308398.—(IN2012068083).

Ante la notaría de la Lic. Nidia Shadid Gamboa, mediante escrituras números dieciocho, diecinueve y veinte del tomo siete, se protocolizó actas de asamblea de socios de Pai Yi S. A.; Sajo Ching S. A., y King Mya S. A., respectivamente, en la que se acuerda disolver estas sociedades.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Nidia Shadid Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012308399.—(IN2012068084).

Por escritura otorgada ante esta notaría, de las catorce horas del once de junio del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad: Arquitectura Apropiada Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento cinco-ciento cuarenta y tres mil seiscientos ochenta y cuatro. Se cita a los interesados para hacer valer sus derechos en un plazo de treinta días siguientes a esta publicación.—Lic. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012308401.—(IN2012068085).

Por escritura número doce, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día 26 de junio del 2012, se disuelve la sociedad: Soluciones Eléctricas Cordero Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-453384.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Jaime Alvarado Victoria, Notario.—1 vez.—RP2012308402.—(IN2012068086).

Por escritura otorgada ante esta notaría, de las nueve horas del trece de junio del dos mil doce, se acordó disolver: Dibujantes Asociados DIBASA S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y siete mil setecientos setenta y dos. Se cita a los interesados para hacer valer sus derechos en un plazo de treinta días siguientes a esta publicación.—Lic. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012308403.—(IN2012068087).

Por escritura otorgada a las diez horas del día diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria número uno de la plaza denominada: Acolchados Octubre Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil ciento cincuenta y nueve, por medio de la cual se acordó la disolución de la sociedad supracitada y su liquidación por no existir activos ni pasivos pendientes de liquidación.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Abigail Arce Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012308404.—(IN2012068088).

Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas sin minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, ante el notario Alexis Ballestero Alfaro, se acuerda la disolución de la sociedad: Grupo Macoma S. A., cédula jurídica Nº 3-101-411125. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012308406.—(IN2012068090).

Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, ante el notario Alexis Ballestero Alfaro, se acuerda la disolución de la sociedad: Gallinas Yaracuy S. A., cédula jurídica Nº 3-101-083822. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012308407.—(IN2012068091).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas sin minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, ante el notario Alexis Ballestero Alfaro, se acuerda la disolución de la sociedad: Biologios Veterinarios BIOVET S. A., cédula jurídica Nº 3-101-060787. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012308408.—(IN2012068092).

Por escritura número doscientos setenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del día diecinueve de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad: Corporación Beraca Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-487154, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Rafael Ángel García Salas, Notario.—1 vez.—RP2012308409.—(IN2012068093).

Por escritura otorgada en San José, a las doce horas treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil doce, ante el notario Alexis Ballestero Alfaro, se acuerda la disolución de la sociedad: Zaro del Pacífico S. A., cédula jurídica Nº 3-101-634302. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012308410.—(IN2012068094).

Por escritura número doscientos setenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día diecinueve de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad: 3-101-535396 s. a., cédula jurídica Nº 3-101-535396, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Rafael Ángel García Salas, Notario.—1 vez.—RP2012308411.—(IN2012068095).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas sin minutos del diecisiete de mayo del dos mil doce, ante el notario Alexis Ballestero Alfaro, se acuerda la disolución de la sociedad: Señales de Humo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-036952. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012308412.—(IN2012068096).

Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, ante el notario Alexis Ballestero Alfaro, se acuerda la disolución de la sociedad: Venpro & Asociados S. A., cédula jurídica Nº 3-101-404546. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012308414.—(IN2012068098).

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de Pintores Juvisa Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-uno tres cuatro cinco cinco dos, con domicilio en la ciudad de San Pablo de Heredia, San Pablo Este, casa cuarenta y cinco, se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. En escritura otorgada a las trece horas del veintisiete de junio del dos mil doce, ante el Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012308415.—(IN2012068099).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las 09:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de Vifran S. A., en la que se acuerda disolución.—Lic. Silvia Eugenia Madrigal Dobles, Notaria.—1 vez.—RP2012308416.—(IN2012068100).

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de Mamakuna de Talamanca Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro nueve cero cinco uno tres, con domicilio en la ciudad de Limón, Cocles, del Hotel Azaña ciento cincuenta metros al norte y cien metros al este, se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. En escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, ante el Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012308417.—(IN2012068101).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las 10:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de Inversiones Sharys y Tunany S. A., en la que se acuerda disolución.—Lic. Silvia Eugenia Madrigal Dobles, Notaria.—1 vez.—RP2012308418.—(IN2012068102).

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de Hagui G.A.S. sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-dos ocho nueve siete nueve cero, con domicilio en la ciudad de Heredia, Residencial María Auxiliadora, de Panadería Musmanni, cien sur y setenta y cinco oeste, se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. En escritura otorgada a las catorce horas del veintisiete de junio del dos mil doce, ante el Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012308419.—(IN2012068103).

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de Almaguide Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro mil ciento ocho, con domicilio en la ciudad de Heredia, San Isidro, de la Iglesia Católica cien norte y veinticinco metros al oeste, se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. En escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, ante el Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012308420.—(IN2012068104).

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de Auto Reparación Fernández Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-tres cinco uno siete uno dos, con domicilio en San José, San Sebastián, cincuenta metros de la Iglesia Bíblica, se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. En escritura otorgada a las diecisiete horas del veintisiete de junio del dos mil doce, ante el Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012308421.—(IN2012068105).

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de Roberto Matamoros e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cero dos siete uno tres, con domicilio en la ciudad de San Rafael de Heredia, se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. En escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, ante el Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012308422.—(IN2012068106).

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de Servicios Múltiples Romacot Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-dos uno seis seis nueve uno, con domicilio en San José, Pavas, de la Cooperativa de Pavas, seiscientos metros oeste, se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. En escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, ante el Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012308423.—(IN2012068107).

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de Biologik Consultores Ambientales Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro cinco nueve cuatro cuatro nueve, con domicilio en Alajuela, Canoas, Residencial Sitio Ideal, casa dieciséis D, se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. En escritura otorgada a las dieciséis horas del veintisiete de junio del dos mil doce, ante el Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012308424.—(IN2012068108).

En mi notaría, se ha confeccionado escritura de la sociedad: tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cuatro mil doscientos sesenta y cinco, donde los accionistas acuerdan disolver la sociedad.—Lic. Misael Chacón Corrales, Notario.—1 vez.—RP2012308425.—(IN2012068109).

Por escritura Nº 36, otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 25 de junio del 2012, se disolvió la sociedad: Semillas de Paz Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-433889, estando presentes la totalidad del capital social, con domicilio en la provincia de San José, cantón tercero Desamparados, Residencial Los Dorados, casa 11-B.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308426.—(IN2012068110).

Por escritura Nº 37, otorgada ante mí, a las 10:30 horas del 25 de junio del 2012, se disolvió la sociedad: Maxi Deli Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-468653, estando presentes la totalidad del capital social, con domicilio en la provincia de Heredia, cantón Llorente de Flores, Urbanización Las Carretas, casa número diez-D.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308427.—(IN2012068111).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvieron las sociedades denominadas: Bosques de Pinares Número Nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y siete mil cuatrocientos ochenta y siete; Bosques de Pinares Número Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y ocho mil seiscientos treinta y cinco, y Bosques de Pinares Número Once Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuatro mil ochocientos noventa y uno.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Catalina Rivera Sanabria, Notaria.—1 vez.—RP2012308428.—(IN2012068112).

Por escritura Nº 37-bis, otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 25 de junio del 2012, se disolvió la sociedad: Chroma Print Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-612013, estando presentes la totalidad del capital social, con domicilio en la provincia de Heredia, 100 metros norte del Liceo Samuel Sáenz.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308429.—(IN2012068113).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada: El Arroyo de Pacayas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y nueve mil seiscientos noventa y cinco.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Catalina Rivera Sanabria, Notaria.—1 vez.—RP2012308430.—(IN2012068114).

Por escritura Nº 50, otorgada las 15:00 horas del 27 de junio del 2012, se disolvió la sociedad: Fares Corp. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-556003, estando presente la totalidad del capital social, con domicilio en San José, cantón tercero Desamparados, Residencial Los Dorados, casa 11-B.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308431.—(IN2012068115).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del día veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvieron las sociedades denominadas: Corporación de Inversiones Abecasis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y seis, y G May Investment Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos diez mil quinientos treinta.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Mauricio Alvarado Prada, Notario.—1 vez.—RP2012308432.—(IN2012068116).

Por escritura Nº 31, otorgada ante mí, a las 07:00 horas del 25 de junio del 2012, se disolvió la sociedad: Net Conection Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-596271, estando presente la totalidad del capital social, con domicilio en la provincia de San José, cantón primero, Barrio Luján 50 metros norte de los Bomberos, casa 1446.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308433.—(IN2012068117).

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de Alnus Consultoría Ambiental Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro nueve nueve tres tres cuatro, con domicilio en Heredia, se modifica cláusula de representación judicial y extrajudicial, siendo el presidente y el tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o independientemente para todo tipo de actos. En escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, ante el Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández.—Lic. Jesuá de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012308434.—(IN2012068118).

Por escritura Nº 67, otorgada hoy ante mí, se acordó disolver la sociedad: 3-101-485031 sociedad anónima.—San José, 21:30 horas del 27 de junio del 2012.—Lic. Claudio Antonio Hernández Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2012308435.—(IN2012068119).

Por escritura Nº 68, otorgada hoy ante mí, se acordó disolver la sociedad: 3-101-483298 sociedad anónima.—San José, 22:00 horas del 27 de junio del 2012.—Lic. Claudio Antonio Hernández Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2012308436.—(IN2012068120).

Los socios: Yun Shen (nombre) Lin (apellido), cédula de residencia Nº 627-179214-004187, San Chien (nombre) Lin (apellido) de nacionalidad China, pasaporte de la República de China Nº 130443776, y Hsu Sheng (nombre) Kuan (apellido), pasaporte de la República de China Nº 130253460, en su condición de socios, acuerdan disolver la sociedad: Sam Sheng Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-344978, mediante escritura número doscientos trece-dos, otorgada por el notario Brandolph Andre Brenes Quirós, a las catorce horas del dieciséis de abril del dos mil doce.—Lic. Brandolph Brenes Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012308437.—(IN2012068121).

Por asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones y Propiedades Josbrant Loría Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-513932, domiciliada en San José, San Francisco de Dos Ríos, cien metros oeste del parque, a las 12:00 horas del 19 de junio del 2012, se toman los siguientes acuerdos: Modificar o cambiar la cláusula primera del pacto social por lo siguiente: Primera: La sociedad se denominará: Feng Yu Inversiones Sociedad Anónima, sin abreviatura por ser nombre de fantasía.—Cartago, 27 de junio del 2012.—Lic. Brandolph Brenes Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012308438.—(IN2012068122).

En esta notaría, a las 10:00 horas del 20 de junio del 2012, mediante escritura Nº 97, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía: Villa San Pedro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintiún mil ochocientos noventa y seis, mediante la cual se acordó disolverla.—Ciudad Quesada, veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Gerardo Valenciano Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308439.—(IN2012068123).

Los socios: Esteban Mauricio Arroyo Chaves, cédula 3-364-054, y Melissa Elizondo Aguilar, cédula Nº 2-616-155, en su calidad y condición de socios, acuerdan disolver la sociedad número 3-101-617134 sociedad anónima, cédula jurídica 3-101-617134, mediante escritura número doscientos sesenta y uno-dos, otorgada por el notario Brandolph Andre Brenes Quirós, a las catorce horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Brandolph Brenes Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012308440.—(IN2012068124).

Viproz & Rozu S. A., se disuelve. Escritura numero 456.—Paraíso de Cartago, a las 10:00 horas del 19 de junio del 2012.—Lic. Ana Irene Granados Solano, Notaria.—1 vez.—RP2012308442.—(IN2012068125).

En esta notaría a las 9:00 horas del 18 de junio de 2012, mediante escritura número 96, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía: Agrícola Aguilar y Aguilar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero noventa y tres mil, mediante la cual se acordó disolverla.—Ciudad Quesada, dieciocho de junio de dos mil doce.—Lic. Luis Gerardo Valenciano Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308443.—(IN2012068126).

En esta notaría a las 9:00 horas del 22 de junio del 2012, mediante escritura número 99, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía: Ebanistería Agüero Fernández Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y cinco mil cuatrocientos sesenta y nueve, mediante la cual se acordó disolverla.—Ciudad Quesada, veintidós de junio de dos mil doce.—Lic. Luis Gerardo Valenciano Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308444.—(IN2012068127).

En esta notaría a las 15:00 horas del 29 de mayo del 2012, mediante escritura número 87, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía: Guido Pérez y Compañía Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y tres mil novecientos noventa y uno, mediante la cual se acordó disolverla.—Ciudad Quesada, veintinueve de mayo de dos mil doce.—Lic. Luis Gerardo Valenciano, Notario.—1 vez.—RP2012308445.—(IN2012068128).

Ante esta notaría, se otorgó la escritura número doscientos treinta y seis, de las quince horas del veintiséis de junio del dos mil doce, visible a los folios ciento cincuenta y siete vuelto y ciento cincuenta y ocho frente del protocolo décimo del suscrito, mediante la que los accionistas de la sociedad denominada Inversiones Bosques del Río Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos diecisiete mil seiscientos setenta y siete, disuelven y liquidan dicha sociedad.—Alajuela, San Carlos, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2012308446.—(IN2012068129).

Por escrituras otorgadas a las 10:00, 10:30 y 11:00 horas, respectivamente, del 26 de junio del 2012, se disuelven las empresas Vivitrop S. A., Comercial Certosa S. A. y Mil Novecientos Sesenta y Siete S. A.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012308447.—(IN2012068130).

Por escritura otorgada a las 16:30 horas del 26 de junio del 2012,  protocolicé  acuerdos  de  la  empresa Transtour Alfrank S. A., donde se disuelve dicha sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012308448.—(IN2012068131).

Por escritura otorgada a las 10:20 horas del 26 de junio del 2012, se disuelve la empresa Distribuidora Robot C. R. S. A.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Delgado Faith, Notario.—1 vez.—RP2012308449.—(IN2012068132).

Por escritura otorgada a las 10:00: horas del 30 de mayo del 2012, se disuelve la empresa Plefentium ZN S. A.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012308450.—(IN2012068133).

Por escritura otorgada a las 14:00: horas del 25 de junio del 2012, se disuelve la empresa Kampvvile Revistas S. A.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012308451.—(IN2012068134).

Por escritura otorgada a las 16:00: horas del 26 de junio del 2012, se disuelve la empresa Mopan S. A.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012308453.—(IN2012068135).

En mi notaría, al ser las 12 horas del 26 de junio del 2012, otorgué escritura pública mediante la que la dueña de la totalidad del capital social Marta Hernández Sanabria, solicita al Registro Público la desinscripción de la sociedad Inter P.C. de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-188254, ello al amparo del transitorio II de la Ley 9024, declarando que no hay bienes que liquidar.—Cartago, 26 de junio del 2012.—Lic. Freddy Coto Varela, Notario.—1 vez.—RP2012308454.—(IN2012068136).

Por escritura otorgada a las 15:00: horas del 25 de junio del 2012, se disuelve la empresa Interactive Software Development S. A.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012308455.—(IN2012068137).

Por escritura otorgada a las 16:00: horas del 22 de junio del 2012, se disuelve la empresa Socafex S. A.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012308456.—(IN2012068138).

Por escritura otorgada a las 10:00: horas del 5 de junio del 2012, protocolicé acuerdos de la empresa El Castillo Abad Prior S. A., donde se disuelve dicha sociedad.—San José, 5 de junio del 2012.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012308457.—(IN2012068139).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 18 de junio del 2012, se  disuelve  la  empresa  Beka  Lindos  Colores del Lago S. A.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012308458.—(IN2012068140).

Es esta notaría, se realizó disolución de Grupo R.M.J. Consultores Internacionales Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-459486. Apoderados: Edgar Rolando Corrales Salazar, Mauricio Alberto Clarke Bolaños y Jhonathan Gerardo Duarte Rodríguez. Es todo.—Naranjo, 27 de junio del 2012.—Lic. Ivania Vargas Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012308459.—(IN2012068141).

Que ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Laboratorios Favecasa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta mil ciento ochenta y siete. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, Barrio González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Jonathan Jonás Jara Castro, Notario.—1 vez.—RP2012308460.—(IN2012068142).

Que ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Consorcio Jurídico Notarial Der Lex Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y seis mil ochocientos noventa. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, Barrio González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jonathan Jonás Jara Castro, Notario.—1 vez.—RP2012308461.—(IN2012068143).

Que ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Alimentos y Bebidas Baru Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y un mil trescientos uno. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, Barrio González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jonathan Jonás Jara Castro, Notario.—1 vez.—RP2012308462.—(IN2012068144).

Que ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Probiótica Azul Industrial Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos seis mil trescientos veinticuatro. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, Barrio González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308463.—(IN2011068145).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se disolvieron las siguientes sociedades: a): Mundo Extremo C.R. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos diecinueve mil doscientos noventa y siete, b) Días de Cambio Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos noventa y siete, c) Noches de Cambio Sociedad Anónima; cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil trescientos once, d) Call Celular Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos seis mil sesenta y nueve.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012308464.—(IN2012068146).

Que ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Procitel de Belén Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y siete mil doscientos dieciséis. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, Barrio González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308465.—(IN2012068147).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario publico Carlos Gutiérrez Font, se constituyó la empresa Inmobiliaria Murano Sexto (Costa Rica) S. A., domiciliada en Guadalupe frente al Colegio Napoleón Quesada. Capital social: ciento veinte mil colones. Representación legal: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012308466.—(IN2012068148).

Que ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Inversiones Ludiagui Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil ochocientos diecisiete. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, Barrio González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308467.—(IN2012068149).

Que ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Corporación TNS Soluciones Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y nueve mil novecientos ochenta y ocho. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, Barrio González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308468.—(IN2012068150).

Que ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Eficacia Consultores Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiséis mil setecientos noventa y dos. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, Barrio González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308469.—(IN2012068151).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se disolvió la empresa Celimport  and Distribution Limitada, cédula de persona jurídica tres ciento dos trescientos cuarenta y cinco mil quinientos noventa y cinco.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012308470.—(IN2012068152).

Por escritura autorizada por la suscrita notaria en San José, a las 10:30 horas de hoy se protocolizó acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad de Cartago, Turrialba Cairife S. A., en la que se acuerda la disolución de esa sociedad.—San José, 24 de junio del 2012.—Lic. Olga María Castillo Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012308471.—(IN2012068153).

Ante esta notaría y por acuerdo de socios, Oscar Chacón Otárola, céd. 1-442-866 y Nora Virginia Solís Jiménez, céd. 1-476-643, disuelven la sociedad denominada Distribuidora Enorola Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-96116. Moravia, Residencial Saint Clare, número 10-F.—Lic. María Yisela Quesada León, Notaria.—1 vez.—RP2012308472.—(IN2012068154).

Ante esta notaría y por acuerdo de socios, Carlos Anthony González Jiménez, céd., 1-611-401 y Gilberto Fabián Bonilla Juncos, céd 1-531-166, disuelven la sociedad denominada Adimóvil de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-210860.—Moravia, Residencial Saint Clare, número 10-F.—Lic. María Yisela Quesada León, Notaria.—1 vez.—RP2012308473.—(IN2012068155).

Por escritura número doscientos treinta y ocho-tres, del tomo tercero del suscrito notario, otorgada a las diez horas del veinte de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número uno de la sociedad Técnica Electrónica Internacional TEISA, en la que se disuelve la S. A.Lic. Alexánder Sánchez Porras, Notario.—1 vez.—RP2012308474.—(IN2012068156).

Que ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Incarpro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y ocho mil trescientos treinta y siete. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, Barrio González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308475.—(IN2012068157).

Por escritura número doscientos cuarenta-tres, del tomo tercero del suscrito notario, otorgada a las diecisiete horas del veintidós de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número tres de la sociedad Inversiones Medios S. A., en la que se disuelve la S. A.—Lic. Alexander Sánchez Porras, Notario.—1 vez.—RP2012308476.—(IN2012068158).

Por escritura pública otorgada por mí, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de OSD Consultoría ING Tegral S. A., mediante la que se modifican las cláusulas: segunda: del cambio de secretario, y tercera: de los apoderados generalísimos.—San José, dieciocho de junio de dos mil doce.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308477.—(IN2012068159).

Por escritura número sesenta y seis-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, otorgada a las diecinueve horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número tres de la sociedad Five Stars Solutions S. A., cédula jurídica: 3-101-105612, en que se disuelve la empresa.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—RP2012308478.—(IN2012068160).

Por escritura número sesenta y tres-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, otorgada a las dieciocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número tres de la sociedad El Renacer M. E & C. F Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica: 3-102-467360, en que se disuelve la empresa.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—RP2012308479.—(IN2012068161).

Ante mí, a las 16:30 horas del 26-6-2012, se disolvió De la Finca F R S. A., cédula jurídica 3-101-95802, domiciliada en San José.—Lic. Elizabeth Fallas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012308480.—(IN2012068162).

Por escritura número sesenta y nueve-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, otorgada a las veintiuna horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se protocolizó acta número tres de Dyecsa Consultores S. A., cédula jurídica: 3-101-258838, en que se disuelve la empresa.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—RP2012308481.—(IN2012068163).

Ante mí, Jeannette Fallas Hidalgo, a las 8:00: horas del 27-06-2012, se disolvió la sociedad anónima denominada Autotransportes Hernández y Serrano Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-192113.—Cartago, 27 de junio del 2012.—Lic. Jeannette Fallas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012308482.—IN2012068164).

Ante mí, a las 9:40 horas del 26-6-2012, se disolvió Lot Sea Breeze Seven-D-Bright S. A., cédula jurídica 3-101-452127, domiciliada en Heredia.—Lic. Elizabeth Fallas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012308483.—(IN2012068165).

Por escritura otorgada ante esta notaría, número catorce-uno, de las nueve horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Central Hidráulica de Centro América S. A., mediante la cual se acuerda disolver la sociedad. Se publica el presente aviso en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carmen Laura Valverde Phillips, Notaria.—1 vez.—RP2012308484.—(IN2012068166).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de San José, a las nueve horas del día veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de Inversiones Pira Dos Mil Tres Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social y se reorganiza la junta directiva.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—RP2012308485.—(IN2012068167).

Por escrituras otorgadas por mí, el día dieciocho de junio del dos mil doce, a las ocho horas, nueve horas y diez horas, se protocolizaron las actas de las sociedades denominadas Servicios Económicos Par El Desarrollo de la Empresa Sedesa S. A., Inmobiliaria Santa Comba S. A., e Inmobiliaria Los Rosquetes de Zapote S. A., respectivamente, mediante las cuales se acuerda la disolución y liquidación de cada una de ellas.—San José, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012308486.—(IN2012068168).

Por escritura número ciento dieciséis-uno otorgada ante la notaria pública Karla Corrales Gutiérrez, a las 17:20 horas del día 26 de junio del año 2012, se disuelve la sociedad denominada Editorial Sibarita Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Karla Corrales Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308487.—(IN2012068169).

Mediante escrituras otorgadas a las 17:00 horas del 27 de junio del 2012, y 18:00 horas del 27 de junio del 2012, y 19:00 horas del 27 de junio del 2012, se disolvieron las sociedades Entrenadora Personal e Instrucción E.P.I. S. A., Bambolero S.A., y Asesores La Lechuza Blanca S. A., respectivamente.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Enrique Alfonso Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—RP2012308488.—(IN2012068170).

Por escritura número ciento trece-uno otorgada ante la notaria pública Karla Corrales Gutiérrez, a las doce horas del día 23 de junio del año 2012, se disuelve la sociedad denominada Multiservicios Eléctricos Navarro & Fernández Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Karla Corrales Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308489.—(IN2012068171).

Por escritura número ciento quince-uno otorgada ante la notaria pública Karla Corrales Gutiérrez, a las 16:40:00 horas del día 26 de junio del año 2012, se disuelve la sociedad denominada Logistecx Limitada.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Karla Corrales Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308490.—(IN2012068172).

Por escritura ciento veintinueve, tomo primero, otorgada ante mí Rafael Ángel Díaz Casares, notario público de Guápiles, a las dieciséis horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disuelve la empresa M. L. Activa Internacional S. A., según acuerdo firme de la asamblea general extraordinaria número uno de las dieciocho horas de veintiséis de junio del año dos mil doce.—Guápiles, Pococí, 27 de junio del 2012.—Lic. Rafael Ángel Díaz Casares, Notario.—1 vez.—RP2012308491.—(IN2012068173).

Ante la suscrita notaría se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas para disolución de la sociedad denominada Pollos La Parada Sociedad Anónima, otorgada a las ocho y cincuenta horas del veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012308492.—(IN2012068174).

Ante la suscrita notaria se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de disolusión de la sociedad Proffumy J.J. Sociedad Anónima, otorgada a las nueve horas del veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012308493.—(IN2012068175).

Por escritura número doscientos cuarenta y tres visible a los folios números ciento treinta y ocho vuelto y ciento treinta y nueve frente del tomo treinta y cuatro del protocolo del notario firmante, otorgada al ser las catorce horas con veinte minutos del diecinueve de junio del dos mil doce. Se reforma la cláusula número sétima en la sociedad denominada Inverfores de Pococí Verde Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos quince mil veinticuatro. Es todo.—Cariari, Pococí, Limón, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308494.—(IN2012068176).

Que mediante acta número uno de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Saymon de los Ángeles Sociedad Anónima, celebrada a las nueve horas del veinte de junio del dos mil doce, se acordó por mayoría de socios la disolución de la misma, de acuerdo al artículo doscientos uno, inciso D del Código de Comercio.—Ciudad Colón, a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Bustamante Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012308495.—(IN2012068177).

Randall Guillermo Soto López, mayor de edad, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad número uno-novecientos ochenta y dos-setecientos sesenta y nueve, Seidy Patricia Cerdas Salazar, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número siete-ciento treinta y dos-ciento cuarenta y dos, ambos vecinos de San Rafael de Palmitas, doscientos metros al noroeste, La Rita, Pococí, Limón, en su condición de socios accionistas de la sociedad Rasolo Maderas del Bosque Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cinco mil doscientos cincuenta y tres, domiciliada en Palmitas, La Rita, Pococí, Limón, convienen en cerrar y desinscribir dicha sociedad. Es todo.—Cariari, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308496.—(IN2012068178).

En esta notaría pública a las 7:00: horas del 26 de junio del 2012, se disolvió Inversiones El Sueño SRL.—Palmar Norte, 26 de junio del 2012.—Lic. Rafael Campos Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012308497.—(IN2012068179).

La suscrita notaria hace constar que por acuerdo de socios se ha acordado la disolución de la sociedad Barroke INC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y seis mil ciento noventa y ocho.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—RP2012308499.—(IN2012068180).

Por escritura otorgada ante esta notaría, número 104-27 de las 10:00 horas del 24 de junio del 2012, los socios de Nero de San José S. A., acuerdan de forma unánime disolver dicha sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Jonathan Ruiz Campos, Notario.—1 vez.—RP2012308500.—(IN2012068181).

La suscrita notaria hace constar que por acuerdo de socios se ha acordado la disolución de la sociedad Casa Jícaro F.N.E. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos doce mil cuatrocientos ochenta y dos.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—RP2012308501.—(IN2012068182).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Inversiones Rigavi S. A., cédula jurídica número 3-101-167825.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Rosibel Reyes Ochoa, Notaria.—1 vez.—RP2012308503.—(IN2012068183).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Distribuidora y Tienda Garvi S. A., cédula jurídica número 3-101-129033.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Rosibel Reyes Ochoa, Notaria.—1 vez.—RP2012308504.—(IN2012068184).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad La Sauzeña A., cédula jurídica número 3-101-043513.—San José, 27 de junio del  2012.—Lic. Rosibel Reyes Ochoa, Notaria.—1 vez.—RP2012308505.—(IN2012068185).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Inversiones Rafanur del Atlántico S. A., cédula jurídica número 3-301096.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Rosibel Reyes Ochoa, Notaria.—1 vez.—RP2012308506.—(IN2012068186).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Garcias Internacional S. A., cédula jurídica número 3-101-167852.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Rosibel Reyes Ochoa, Notaria.—1 vez.—RP2012308507.—(IN2012068187).

Mediante escritura pública otorgada a las catorce horas del veintinueve de mayo del dos mil doce, los señores Mark Dillon, y Heidi de los Ángeles Jiménez Guillén, constituyen la entidad MD Business Consultants Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Daniel Salazar Araya, Notario.—1 vez.—RP2012308508.—(IN2012068188).

Hoy ante esta notaría y conforme a la Ley 9024, los accionistas de la sociedad Inversiones en Movilidad RAF Limitada, solicitan su disolución.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Conotario.—1 vez.—RP2012308509.—(IN2012068189).

Hoy ante esta notaría, los accionistas de la Cocoluis S. A., solicitan su disolución.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2012308510.—(IN2012068190).

Hoy ante esta notaría y conforme a la Ley 9024, los accionistas de la sociedad Asdesa Siglo XXI S. A., solicitan su disolución.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Anabelle López Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012308511.—(IN2012068191).

Hoy ante esta notaría se protocolizó acta de la sociedad Marta Lora Bienes Raíces S. A., mediante la cual se solicita su disolución.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2012308512.—(IN2012068192).

Llave Maestra Sociedad Anónima, solicita disolución de empresa, escritura protocolizada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez, a las diez horas diez minutos de veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012308513.—(IN2012068193).

Mediante escritura otorgada a las doce horas con cincuenta minutos ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Pacific Legal C.R. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil sesenta y ocho, en la cual se acordó liquidar y disolver dicha sociedad.—Guadalupe, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1 vez.—RP2012308514.—(IN2012068194).

Mediante escritura número doscientos cuarenta, otorgada a las quince horas treinta minutos del día veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó liquidar y disolver la sociedad denominada Jucoma JJ & MA Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil seiscientos veintinueve.—Guadalupe, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1 vez.—RP2012308515.—(IN2012068195).

Ante esta notaría en escritura pública número 17-3, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento dos-seis cero cinco dos cuatro ocho de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seis cero cinco dos cuatro ocho, en la cual se solicita la disolución de la sociedad.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Roxana Figueroa Flores, Notaria.—1 vez.—RP2012308516.—(IN2012068196).

Mediante escritura número 54 visible a folio 74 frente del tomo 8, otorgada a las 10:30 horas del 27 de junio del 2012, los señores Walter Vargas González y Randall Esquivel Núñez, como únicos accionistas de Vargas y Esquivel S. A., cédula jurídica número: 3-101-202473, acuerdan disolver la sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012308517.—(IN2012068197).

Mediante escritura número 53 visible a folio 73 vuelto del tomo 8, otorgada a las 12:00 horas del 26 de junio del 2012, los señores Ronald Zeledón Alvarado y Noily Priscilla Corella Fallas, como únicos accionistas de Tecnipro Ingeniería S. A., cédula jurídica número: 3-101-353844, acuerdan disolver la sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Xenia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012308518.—(IN2012068198).

Por escrituras de las 8:00 y 10:00 horas del 27 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la primera Reinach Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-287609, la segunda Safnern Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-287669. En ambas se procedió a disolverlas. Se cita personas interesadas a efecto que establezcan las reclamaciones que tuvieren, en el plazo de Ley ante esta notaría.—San José, 28 de mayo 2012.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012308519.—(IN2012068199).

Mediante escritura número 56 visible a folio 75 frente del tomo 8, otorgada a las 13:30 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea de socios de Servicios Vehículo Uno S. A., cédula jurídica número: 3-101-275786; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012308520.—(IN2012068200).

A las 14:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea de accionistas de la compañía Automotores Agua Clara WWC Dos Mil Tres S. A. Se acuerda la liquidación de la sociedad.—San José, 22 de junio del año 2012.—Lic. Eduardo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012308521.—(IN2012068201).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del día de hoy, ante esta notaría, se celebró asamblea de accionistas de la compañía Rashir Papishoin Sul S. A. Se acuerda la liquidación de la sociedad.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012308522.—(IN2012068202).

Por escritura otorgada a tas 18:00 horas del día de hoy, ante esta notaría, se celebró asamblea de accionistas de la compañía Investment Mojosa S. A. Se acuerda la liquidación de la sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012308523.—(IN2012068203).

Se acuerda la disolución de la empresa Importaciones Romaco Internacional S. A., bajo acta número uno, protocolizada bajo escritura 237-14 de las 15:10 horas del 25 junio del año dos mil doce, visible folio 138 vuelto tomo 14.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308524.—(IN2012068204).

Se acuerda la disolución de la empresa Opa y Oma Con Amor S. A., bajo escritura 234-14 de las 11:00 horas del 25 junio del año dos mil doce, visible folio 137 vuelto tomo 14.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308525.—(IN2012068205).

Se acuerda la disolución de la empresa Tossa Verde S. A., bajo escritura 235-14 de las 11:00 horas del 25 junio del año dos mil doce, visible folio 137 vuelto tomo 14.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308526.—(IN2012068206).

Se acuerda la disolución de la empresa Solanopg Asesores Empresariales S. A., bajo acta número uno, protocolizada bajo escritura ciento noventa y siete-catorce de las dieciocho horas del veintiocho de abril del año dos mil doce, visible folio ciento once frente tomo catorce.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308527.—(IN2012068207).

Se acuerda la disolución de la empresa Asesores Jurídicos Maridavi S. A., bajo acta número uno, protocolizada bajo escritura doscientos-catorce de las doce horas del veintinueve de abril del dos mil doce, visible folio ciento trece frente, tomo catorce.—San José, veintinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308528.—(IN2012068208).

Patricia Sagot Carvajal solicita declaratoria notarial de disolución de la sociedad Servicio Médico Mercedes Sociedad Anónima. Escritura número 228-23-4276, otorgada a las 12:00 horas del 26 de junio del 2012. Exp. Nº 01-2012 de esta notaría.—Lic. Ernesto Chinchilla Vílchez, Notario.—1 vez.—RP2012308529.—(IN2012068209).

Se acuerda la disolución de la empresa Viena Norte B & M S. A. bajo escritura 236-14 de las 12:00 horas del 25 junio del año dos mil doce, visible a folio 138 frente, tomo 14.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308530.—(IN2012068210).

Se acuerda la disolución de la empresa Consorcio Rebrodav S. A. bajo acta número dos, protocolizada bajo escritura 239-14 de las 17:10 horas del 25 junio del año dos mil doce, visible folio 139 vuelto, tomo 14.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308531.—(IN2012068211).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 27 de junio de 2012, se celebró asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Ofiservicios Empresariales M Y M S. A., cédula de persona jurídica 3-101-401467, disolución y liquidación.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carlos Tames González, Notario.—1 vez.—RP2012308532.—(IN2012068212).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:50 horas del 27 de junio de 2012, se celebró asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Servicios Múltiples Kristal S. A., cédula de persona jurídica 3-101-305426, disolución y liquidación.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carlos Tames González, Notario.—1 vez.—RP2012308533.—(IN2012068213).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las dieciséis horas veinte minutos de hoy, protocolicé acta de la sociedad denominada Servicio de Orientación Integral SOI Sociedad Anónima, en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo unánime de socios.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—RP2012308534.—(IN2012068214).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:30 horas del 27 de junio de 2012, se celebró asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Laptop de Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica 3-101-522422, disolución y liquidación.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carlos Tames González, Notario.—1 vez.—RP2012308535.—(IN2012068215).

Por escritura número cinco, otorgada ante esta notaría de las siete horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, se disuelve la sociedad Inversiones D.I.R.K. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-630793.—Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Ramiro Castro Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012308536.—(IN2012068216).

Por escritura pública se constituyó la sociedad Global Business Consulting G.B.C. S. R. L., gerente, subgerente uno y subgerente dos apoderados, domicilio San José. Asimismo por asamblea de socios se decide disolver y liquidar las sociedades Inversiones León y León S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-setenta y nueve mil ochocientos cincuenta y ocho y Mobiliaria Dos Mil Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y cuatro mil novecientos ochenta y cinco. Es todo.—San José, 28 de junio del año 2012.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308537.—(IN2012068217).

Ante esta notaría, comparecieron Rafael Tapia Ávila y Ana Rosa Akerman Fernández, a solicitar la disolución y liquidación, de la sociedad Mega Zapatería Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-226680.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Sandra Víquez Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012308538.—(IN2012068218).

Por escritura otorgada ante mí, licenciada Yenny Mariela Fernández Fumero, a las ocho horas del 27 de junio de 2012, por unanimidad de socios se acordó la disolución de la sociedad Unfried Solutions Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Jenny Mariela Fernández Fumero, Notaria.—1 vez.—RP2012308539.—(IN2012068219).

Ante esta notaría, comparecieron Ana Rosa Akerman Fernández y Rafael Ángel Tapia Ávila, a solicitar la disolución y liquidación de la sociedad Johalf Cor Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-180945.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Sandra Víquez Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012308540.—(IN2012068220).

Por escritura número cincuenta y nueve-cuatro de las veinte horas del veintisiete de junio del dos mil doce, otorgada ante la notaria María José Chaves Cavallini, se disolvió la sociedad tres-ciento uno-quinientos treinta y seis mil ochocientos setenta y siete sociedad anónima.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2012308541.—(IN2012068221).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-596222 s. a. celebrada en su domicilio social a las trece horas quince minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Laura Tamara Lecusay Salazar, Liquidadora.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308542.—(IN2012068222).

Por escritura número ciento ochenta, otorgada ante esta notaría, de las once horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Laparoscópica San Juan de Dios Sociedad Anónima, se disuelve y liquida la sociedad.—Lic. María de los Ángeles Bonilla Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012308543.—(IN2012068223).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-585956 s. a. celebrada en su domicilio social a las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Keina González Arias, Liquidadora.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308544.—(IN2012068224).

Por escritura número ciento setenta y nueve, otorgada ante esta notaría, de las once horas del veinticuatro de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Corporación Océano Seis Sociedad Anónima, se disuelve y liquida la sociedad.—Lic. María de los Ángeles Bonilla Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012308545.—(IN2012068225).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-596234 S. A., celebrada en su domicilio social a las catorce horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Laura Tamara Lecusay Salazar, Liquidadora.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308546.—(IN2012068226).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-590429 S. A. celebrada en su domicilio social a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Keina González Arias, Liquidadora.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308547.—(IN2012068227).

La suscrita Licenciada Elena Rodríguez Cheung notaria pública con oficina en abierta en San José, hace público el manifiesto, que ante mi notaría se está tramitando proceso de disolución de la sociedad anónima FTS S. A. cédula jurídica número 3-101-642778. Por tal motivo emplaza a todos las personas físicas o jurídicas, que tengan algún interés directo en el presente proceso, a que dentro del plazo improrrogable de treinta días, comparezcan ante mi notaría ubicada en San José, Barrio Francisco Peralta, casa número dos mil quinientos treinta, hacer las manifestaciones respectivas. Es todo.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Elena Rodríguez Cheung, Notaria.—1 vez.—RP2012308548.—(IN2012068228).

En asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía 3-101-596230 S. A. celebrada en su domicilio social a las doce horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó proceder a la disolución de la sociedad en sede notarial, conforme al artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Elizabeth Salazar Céspedes, Liquidadora.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Gómez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308549.—(IN2012068229).

La suscrita Licenciada Elena Rodríguez Cheung notaria pública con oficina en abierta en San José, hace público el manifiesto, que ante mi notaría se está tramitando proceso de disolución de la sociedad anónima Grupo E Y F S. A. cédula jurídica número 3-101-642275. Por tal motivo emplaza a todos las personas físicas o jurídicas, que tengan algún interés directo en el presente proceso, a que dentro del plazo improrrogable de treinta días, comparezcan ante mi notaría ubicada en San José, Barrio Francisco Peralta, casa número dos mil quinientos treinta, hacer las manifestaciones respectivas. Es todo.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Elena Rodríguez Cheung, Notaria.—1 vez.—RP2012308550.—(IN2012068230).

Javier Ledezma Aragón, cédula cinco-doscientos sesenta y ocho-doscientos ochenta y Marleny Ledezma Aragón, cédula cinco-doscientos cuarenta y ocho-ochocientos nueve, como únicos titulares de las acciones solicitan la disolución de la sociedad Comercializadora de Frutas J y M de Fortuna de Bagaces Sociedad Anónima.—Fortuna, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Lizbeth Chavarría Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012308553.—(IN2012068231).

Por asamblea de las veintiún horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvió la compañía F. R. S. Servicios Sanitarios Coservi Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: Heredia, San Miguel. Presidente: Francisco Ruiz Saborío.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308554.—(IN2012068232).

Por asamblea de las veintiún horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvió la compañía Compañía Costarricense de Servicios Sanitarios Coservi Sociedad Anónima. Domicilio: Heredia, San Miguel. Presidente: Francisco Ruiz Saborío.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308555.—(IN2012068233).

Zoraida Quirós Morales, cédula cinco-cero noventa y uno-ochocientos ochenta y ocho, María Eugenia Morera Morera, cédula cinco-ciento treinta y uno-novecientos ochenta y ocho, Marisol Ordoñez Quirós, cédula cinco-doscientos sesenta y dos-ciento ochenta y nueve, Maritza Rojas Murillo, cédula cinco-doscientos veintitrés-setecientos treinta y uno, Marie Rosa Ramírez Araya, cédula seis-ciento diez-trescientos treinta y uno, como únicos titulares de las acciones solicitan la disolución de la sociedad Estrella del Miravalles Sociedad Anónima.—Fortuna, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Lizbeth Chavarría Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012308556.—(IN2012068234).

Ante mí, Tatiana Moncada Rojas, notaria con oficina en Atenas, comparecieron la totalidad de las acciones que conforman el capital social de la sociedad Librería Sarchí Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos treinta mil cero treinta y dos y en forma unánime mediante escritura número cuarenta y tres, otorgada en la ciudad de Atenas a las dieciséis horas del doce de junio del dos mil doce, escritura visible al folio treinta y cuatro vuelto del tomo dos del protocolo de la suscrita notaria y por acuerdo unánime se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, trece de junio del dos mil doce.—Lic. Tatiana Moncada Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012308557.—(IN2012068235).

Escritura de disolución y liquidación de Rincón de la Montaña Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José, a las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce, ante la notaria Ana Giselle Zamora Espinosa.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Ana Giselle Zamora Espinoza, Notaria.—1 vez.—RP2012308558.—(IN2012068236).

Escritura de disolución y liquidación de Platería Novecientos Veinticinco Limitada escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del veintisiete de junio del dos mil doce, ante la notaria Ana Giselle Zamora Espinosa.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Ana Giselle Zamora Espinoza, Notaria.—1 vez.—RP2012308559.—(IN2012068237).

Escritura de disolución y liquidación de Castro de La Cruz Hermanos Sociedad Anónima escritura otorgada en San José, el veintiocho de junio del dos mil doce a las doce horas ante la notaria Ana Giselle Zamora Espinosa.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Ana Giselle Zamora Espinoza, Notaria.—1 vez.—RP2012308560.—(IN2012068238).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas del 27 de junio de 2012, se disolvió Zeni-Tram Sociedad Anónima, por acuerdo de socios.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. María Lorena Villalobos Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012308561.—(IN2012068239).

Ante esta notaría, a las 19:00 horas del 27 de junio de 2012, se protocolizó el acta de la sociedad Xidal Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-67385, mediante la cual se acuerda disolverla. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—Dra. Roxana Sánchez Boza, Notaria.—1 vez.—RP2012308562.—(IN2012068240).

El suscrito Jorge Guillermo Oreamuno Retana, notario público con oficina en la ciudad de San José, hace constar que en fecha veintisiete de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Outlet Rooms S. A.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—1 vez.—RP2012308563.—(IN2012068241).

El suscrito Jorge Guillermo Oreamuno Retana, notario público con oficina en la ciudad de San José, hace constar que en fecha veintisiete de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Acabados Alvarado S. A.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—1 vez.—RP2012308564.—(IN2012068242).

El suscrito Jorge Guillermo Oreamuno Retana, notario público con oficina en la ciudad de San José, hace constar que en fecha veintisiete de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Delisani CCDECORADOES S. A.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—1 vez.—RP2012308565.—(IN2012068243).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día veintiséis de junio del dos mil doce, se acordó por unanimidad de los socios que conforman el capital social la disolución de la sociedad de esta plaza denominada Nuestro Sueño Realizado Leovi Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil dieciséis.—Lic. Luis Alberto Víquez Aragón, Notario.—1 vez.—RP2012308566.—(IN2012068244).

El suscrito Jorge Guillermo Oreamuno Retana notario público con oficina en la ciudad de San José, hace constar que en fecha veintisiete de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad International Equitie S. A.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—1 vez.—RP2012308567.—(IN2012068245).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas, cuarenta y cinco minutos, del día veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea de la sociedad denominada CR Valmon Sociedad Anónima, en la que por unanimidad de socios se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012308568.—(IN2012068246).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, de la sociedad denominada Centro Ferretero Cefe Sociedad Anónima, en la que por unanimidad de socios se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012308569.—(IN2012068247).

El suscrito Jorge Guillermo Oreamuno Retana, notario público con oficina en la ciudad de San José, hace constar que en fecha veintisiete de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Creaciones y Moda Isaura S. A.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—1 vez.—RP2012308570.—(IN2012068248).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas, quince minutos, del día veintisiete de junio del dos mil doce, de la sociedad denominada S F Servicios Ferreteros Sociedad Anónima, en la que por unanimidad de socios se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012308571.—(IN2012068249).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas, treinta minutos, del día veintisiete de junio del dos mil doce, de la sociedad denominada Importadora Valmon Sociedad Anónima, en la que por unanimidad de socios se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012308572.—(IN2012068250).

Ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Nuny de Orotina Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil novecientos veinticuatro.—Lic. José Ronny Sandí Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308573.—(IN2012068251).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del día veintiséis de junio del dos mil once, se acordó por unanimidad de los socios que conforman el capital social la disolución de la sociedad de esta plaza denominada Apartasa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y seis mil setecientos noventa.—Lic. Luis Alberto Víquez Aragón, Notario.—1 vez.—RP2012308574.—(IN2012068252).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría se liquidó y disolvió la compañía denominada Coto Robles Pentandra Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-373559.—Alajuela, 21 de junio del 2012.—Lic. Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012308576.—(IN2012068253).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría se liquidó y disolvió, la compañía denominada Representaciones e Inversiones Empresariales P & M Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-346802.—Alajuela, 27 de junio del 2012.—Lic. Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012308577.—(IN2012068254).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría se liquidó y disolvió, la compañía denominada Inversiones y Servicios Tauro Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-017088.—Alajuela, 27 de junio del 2012.—Lic. Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012308578.—(IN2012068255).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría se liquidó y disolvió, la compañía denominada Tecnologías Informáticas J Y A Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-318658.—Alajuela, 20 de junio del 2012.—Lic. Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012308579.—(IN2012068256).

Por escritura número 121 otorgada en mi notaría a las 13:45 horas del 21 de junio del 2012, se acuerda disolver la sociedad M Hijitos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-158793.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012308580.—(IN2012068257).

Por escritura número 124 otorgada en mi notaría a las 8:00 horas del 22 de junio del 2012, se acuerda disolver la sociedad Rumi del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-169975.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012308581.—(IN2012068258).

Por escritura número 123 otorgada en mi notaría a las 14:15 horas del 21 de junio del 2012, se acuerda disolver la sociedad Reconstrucotra Motriz Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-054658.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012308582.—(IN2012068259).

Por escritura número 125 otorgada en mi notaría a las 9:00 horas del 22 de junio del 2012, se acuerda disolver la sociedad Rumavi del Este FMJ Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-274955.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012308583.—(IN2012068260).

Por escritura número 282 otorgada en mi notaría a las 13:00 horas del 25 de junio del 2012, se acuerda disolver la sociedad Geramart Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-565572.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012308585.—(IN2012068285).

Por escritura número 120 otorgada en mi notaría a las 14:00 horas del 20 de junio del 2012, se acuerda disolver la sociedad Jacajem Grupo Inversionista de los Nueve del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-534580.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012308587.—(IN2012068286).

Por escritura número 112 otorgada en mi notaría a las 16:40 horas del 15 de junio del 2012, se acuerda disolver las sociedades Finca Filial Ocho Uno Cantero S. A., cédula jurídica 3-101-232783; Finca Filial Tres Ocho XXXIII S. A., cédula jurídica 3-101-221467; Finca Filial Nueve Uno Carbono S. A., cédula jurídica 3-101-235208; Finca Filial Diez Uno Caucho S. A., cédula jurídica 3-101-235175; Finca Filial Cinco Uno Asbesto S. A., cédula jurídica 3-101-235201; Finca Filial Cuatro Ocho XXXIX S. A., cédula jurídica 3-101-221647; Finca Filial Dieciséis Siete XXXIII S. A. cédula jurídica 3-101-221431.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012308588.—(IN2012068287).

Por escrituras de las 16:00 y las 17:00 horas del veintiuno de junio de dos mil doce, se disolvieron las siguientes compañías: I. Cooperación Racional de los Internacionales en Medicina y Antropología S. A. y Coffe Brokers Sociedad de Responsabilidad Limitada, respectivamente.—San José, veinticinco de junio de dos mil doce.—Lic. Eladio González Solís, Notario.—1 vez.—RP2012308590.—(IN2012068288).

La suscrita notaria Ester Cecilia Solano Jerez da fe que mediante escritura número veintinueve del tomo quince visible al folio catorce frente de las catorce horas del veintitrés de junio del dos mil doce, se acordó la liquidación de la compañía Fercasa Real Estate and Investments Sociedad Anónima.—Cañas, Guanacaste, 27 de junio de 2012.—Lic. Ester Cecilia Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—RP2012308592.—(IN2012068289).

La suscrita notaria Ester Cecilia Solano Jerez da fe que mediante escritura número cuarenta del tomo quince visible al folio dieciocho vuelto de las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó la liquidación de la compañía Super L Sociedad Anónima.—Cañas, Guanacaste, 27 de junio de 2012.—Lic. Ester Cecilia Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—RP2012308593.—(IN2012068290).

El suscrito notario público Leonel Cisneros Córdoba, hace constar que mediante escritura número: ochenta y nueve, visible del folio: sesenta y nueve, frente, al folio: setenta, frente de mi protocolo, tomo: uno, se acordó por la totalidad del capital accionario y por unanimidad disolver la sociedad anónima Sistemas de Comunicación P C S S. A., cédula jurídica número: 3-101-221501, en San José, a las diecisiete horas con treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Leonel Cisneros Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2012308594.—(IN2012068291).

La suscrita notaria Ester Cecilia Solano Jerez da fe que mediante escritura número veintidós del tomo quince visible al folio diez vuelto de las diecisiete horas del veinte de junio del dos mil doce, se acordó la liquidación de la compañía Promotora de Televisión por Cable Sociedad Anónima.—Cañas, Guanacaste, 27 de junio de 2012.—Lic. Ester Cecilia Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—RP2012308596.—(IN2012068292).

Por escritura número treinta y tres de las nueve horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Gómez & Duarte Consultores Interdiciplinarios Asociados Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Vilma C. Paco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012308597.—(IN2012068293).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 8:00 horas del 27 de junio del 2012, Multiservicios RJR de Bijagua Sociedad Anónima reformó la cláusula segunda y octava del pacto constitutivo: Del domicilio social y de la forma de la administración en cuanto a la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—Cañas, Guanacaste, 28 de junio de 2012.—Lic. Lorena Alpízar Bermúdez, Notaria.—1 vez.—RP2012308598.—(IN2012068294).

Por escritura número veintiocho de las diez horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Gaul Cuissine Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de junio del 2012.—Lic. Vilma C. Paco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012308599.—(IN2012068295).

Por escritura número veintisiete de las diez horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Algaulloa Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de junio del 2012.—Lic. Vilma C. Paco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012308600.—(IN2012068296).

La suscrita notaria Ester Cecilia Solano Jerez da fe que mediante escritura número treinta y siete del tomo quince visible al folio diecisiete frente de las nueve horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó la liquidación de la compañía Ganadería Muricar Sociedad Anónima.—Cañas, Guanacaste, 27 de junio de 2012.—Lic. Ester Cecilia Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—RP2012308601.—(IN2012068297).

Ante esta notaría, a las 19:30 horas del 27 de junio de 2012, se protocolizó el acta de la sociedad Producciones Toro Amarillo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-171394, mediante la cual se acuerda disolverla. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—Dra. Roxana Sánchez Boza, Notaria.—1 vez.—RP2012308602.—(IN2012068298).

Ante esta notaría, a las 18:00 horas del 27 de junio de 2012, se protocolizó el acta de la sociedad Grupo Internacional de Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-209960, mediante la cual se acuerda disolverla. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1 vez.—RP2012308603.—(IN2012068299).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías La Pantera Rosa S. A., Corporación Iberoamericana de Comercio Cicosa S. A., e Inmobiliaria Valdragone S. A., mediante la cual las sociedades se fusionaron por el sistema de absorción subsistiendo la sociedad La Pantera Rosa S. A. Es todo.—San Pedro de Montes de Oca, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. José Luis Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012308604.—(IN2012068300).

Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 27 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Corporación Bausan Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-122349. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1 vez.—RP2012308605.—(IN2012068301).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas, la empresa Servicios de Transporte ápex S. A. acuerda disolver sociedad por no tener activos de ningún tipo, de acuerdo al transitorio segundo de la ley número nueve mil veinticuatro.—San Pedro de Montes de Oca, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Juan José Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—RP2012308606.—(IN2012068302).

Ante esta notaría, a las 10:30 horas del 27 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Turkishcofi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-122349. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1 vez.—RP2012308607.—(IN2012068303).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 19:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de Transacciones Garauto S. A., en la que se disuelve la sociedad.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012308608.—(IN2012068304).

Ante esta notaría, a las 8:00 horas del 27 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Producciones Socio Culturales Mundosano Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-339001. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1 vez.—RP2012308609.—(IN2012068305).

Por escritura de esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocoliza el acuerdo de liquidación de la sociedad de esta plaza Mirador Sol del Oeste S. A., con cédula de persona jurídica número tres ciento uno cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos treinta y nueve.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Marcela Murillo Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012308610.—(IN2012068306).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas treinta minutos del día veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó disolver la empresa Choriz S. A.—San Pedro de Montes de Oca, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Oscar José Ocampo Soto, Notario.—1 vez.—RP2012308611.—(IN2012068307).

Disolución de la sociedad Decovo Desarrollos Económicos del Valle Occidental Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres ciento uno cuarenta y uno cero uno ochenta y cinco, disuelta por acuerdo de socios dueños del capital social mediante escritura número 289-2, iniciada al folio 121 vuelto, del tomo dos del protocolo de la notaria Marianela Fonseca Rivera.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012308612.—(IN2012068308).

Disolución de la sociedad Compañía Ingecosa del Este S. A. cédula jurídica número tres ciento uno cero ocho cincuenta y cuatro cuarenta y nueve, disuelta por acuerdo de socios dueños del capital social mediante escritura número 290-2, iniciada al folio 122 frente del tomo dos del protocolo de la notaria Marianela Fonseca Rivera.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012308613.—(IN2012068309).

Por escritura pública de las 9:00 horas del veintiocho de junio del 2012, disuelve y liquida, la sociedad Agrícola Santa Bárbara Sociedad Anónima. Se advierte a los interesados que cuentan con un plazo de treinta días contados a partir de la fecha de publicación del presente, para comparecer ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012308614.—(IN2012068310).

Se hace saber a terceros e interesados de la disolución y liquidación de Ánimo Producciones Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y siete mil setecientos treinta y ocho.—San José, 26 de junio de 2012.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012308615.—(IN2012068311).

Por escritura pública de las 10:00 horas del veintiséis de junio del 2012, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra junta directiva dentro de la organización de la sociedad 3-101-545263 S. A.—San José, 26 de junio de 2012.—Lic. Rose Mary Carro Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2012308616.—(IN2012068312).

Se hace saber a terceros e interesados de la disolución y liquidación de Potencia y Transmisión A & R Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil cuatrocientos dos.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012308617.—(IN2012068313).

Se hace saber a terceros e interesados de la disolución y liquidación de Suplidores Electromecánicos Suplec Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y dos mil quinientos ochenta y cuatro.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012308618.—(IN2012068314).

Por escritura número noventa y nueve, otorgada en mi Despacho a las quince horas del veintisiete de junio de dos mil dos mil doce, se otorgó escritura de acuerdo de disolución sociedad, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, de la sociedad denominada Fiestamix Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres mil quinientos ochenta y dos. Es todo.—Grecia, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—RP2012308619.—(IN2012068315).

Por escritura número setenta y seis-cuatro, otorgada en mi Despacho a las once horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvió y liquidó por acuerdo de socios la sociedad denominada Bipestetica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y nueve mil novecientos seis, por lo que se confiere un plazo de treinta días para que hagan valer sus derechos ante la suscrita notaria, oficina ubicada en Grecia, Alajuela, cincuenta metros este de la Gasolinera Sánchez Víquez.—Veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Yuliana Gutiérrez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012308620.—(IN2012068316).

Silvia Garbanzo Corrales, notaria pública con oficina en San José, debidamente autorizada al efecto hace constar que en virtud de acuerdo de asamblea de socios se disuelven las siguientes sociedades: Corporación Galeano Internacional S. A. cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil ciento sesenta y cinco y Grupo de Mineros Unidos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos trece mil quinientos treinta y cinco.—Lic. Silvia Garbanzo Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2012308621.—(IN2012068317).

Por escritura número setenta y siete-cuatro, otorgada en mi Despacho a las doce horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvió y liquidó por acuerdo de socios la sociedad denominada Corporación Viperpul Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y un mil setecientos noventa y ocho, por lo que se confiere un plazo de treinta días para que hagan valer sus derechos ante la suscrita notaria, oficina ubicada en Grecia, Alajuela, cincuenta metros este de la Gasolinera Sánchez Víquez.—Veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Yuliana Gutiérrez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012308622.—(IN2012068318).

Gabriela Calderón Murillo, notaria Pública con oficina en San José, debidamente autorizada al efecto hace constar que en virtud de acuerdo de asamblea de socios se disuelven las siguientes sociedades: Boliches Planeta S. A. cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintiún mil seiscientos siete, Servicios Planeta S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veinte mil seiscientos catorce, Fresboro Inc S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y ocho mil doscientos veinticinco Inversiones Inmobiliarias Pinfro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil doscientos veinte, Gallo Pansa S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos siete mil ochocientos trece, Comercializadora Dimion S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil seiscientos veintiocho, Cezanne S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-treinta mil seiscientos setenta y nueve, Capsland S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cinco mil quinientos ochenta y ocho, Joyatex S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-treinta y un mil ciento setenta y tres, Bolfro S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil noventa y tres, Distribuidora Renoir S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-treinta y un mil ochocientos veintiocho.—Lic. Gabriela Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012308623.—(IN2012068319).

Por asamblea general extraordinaria de accionistas la empresa denominada Contrataciones Laborales Sociedad Anónima acuerda la disolución.—San José, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012308624.—(IN2012068320).

Por asamblea general extraordinaria de accionistas la empresa denominada Sarita de Costa Rica Sociedad Anónima acuerda la disolución.—San José, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012308625.—(IN2012068321).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las doce horas del tres de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Café Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y siete mil novecientos cuarenta y cinco de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308626.—(IN2012068322).

Por asamblea general extraordinaria de accionistas la empresa denominada El Venadito Lindo Sociedad Anónima acuerda la disolución.—San José, 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012308627.—(IN2012068323).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las catorce horas del siete de abril del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Azul Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cinco mil seiscientos diecinueve de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308628.—(IN2012068324).

Escritura otorgada: a las 15:00 horas del 26 del junio dos mil doce. se disolvió la sociedad anónima tres-ciento uno-quinientos noventa y seis mil doscientos veinticuatro sociedad anónima domicilio: San José.—17 de junio 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012308629.—(IN2012068325).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las once horas del cuatro de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Blanco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cinco mil seiscientos treinta y cinco de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308630.—(IN2012068326).

Escritura otorgada: a las 18:00 del 26 del junio dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima Daimaru Comercial Sociedad Anónima, domicilio: San José.—27 de junio del 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012308631.—(IN2012068327).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las dieciséis horas del cuatro de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Rojo L R A Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil ciento setenta y ocho de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308632.—(IN2012068328).

Escritura otorgada: a las 16:00 del 26 del junio dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima Producciones Partenon de Centro America Sociedad Anónima domicilio: San José.—27 de junio del 2012.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012308633.—(IN2012068329).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Inversiones Tropicales Morfo Sociedad Anónima.—San José, Desamparados veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308634.—(IN2012068330).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Grupo Castro Aguilar E & M Internacional Sociedad Anónima.—San José, Desamparados veintiséis de junio del dos mil doce .—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308635.—(IN2012068331).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las once horas quince minutos del tres de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Gris Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos setenta y seis de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308636.—(IN2012068332).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Hostal El Faro Guia Sociedad Anónima.—San José, Desamparados veintisiete de junio del 2012.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308637.—(IN2012068333).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Nuny La Estrella del Sur Sociedad Anónima.—San José, Desamparados veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308638.—(IN2012068334).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las quince horas del cuatro de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Platino P L O Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil ciento sesenta y seis de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308639.—(IN2012068335).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del veintiséis de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Servifoto Sociedad Anónima.—San José, Desamparados, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP20123086340.—(IN2012068336).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las catorce horas del cuatro de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Amarillo M A R Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil ciento sesenta y siete de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308641.—(IN2012068337).

Por escrituras otorgadas ante mí, los socios acuerdan unánimemente la disolución de las compañías Inversiones Cardos Arias Sociedad Anónima y Alfombras Tío Gio Sociedad Anónima, ambas con domicilio en San José.—San José, 21 de junio de 2012.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—RP2012308642.—(IN2012068338).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las trece horas del cuatro de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Morado D R I Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil setecientos ochenta y dos de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308643.—(IN2012068339).

Por escrituras otorgadas ante mí, se han disuelto las compañías Carnicería La Democracias S. A., Carnicería San Cayetano S. A. y Aplicaciones Costa Soft S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Giovanni Bruno Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012308644.—(IN2012068340).

Mediante asamblea extraordinaria celebrada a las trece horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad RC Consultorías Informáticas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y un mil doscientos treinta y tres, de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno inciso d), del Código de Comercio. Asimismo, se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni operaciones, ni actividad de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio de 2012.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308645.—(IN2012068341).

Wilbert Joaquín Quirós González y José Alejandro Quirós Jiménez constituyen la sociedad Reyaca S. A. domicilio: Purral, Goicoechea, San José, del súper Amigos 100 n, 50 o, casa 154. Presidente: Wilbert Joaquín Quirós González. Plazo: 99 años. Escritura 294, de las 19:15 horas del 27-06-2012. Tomo: 27.—Lic. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012308646.—(IN2012068342).

Ronald Salas Barquero solicita se disuelva la sociedad Colegio Iñigo de Loyola Zona Sur y Pacífico Central S. A., cédula jurídica 3-101-235125. Escritura 293, de las 16:30 horas del 27-06-2012. Tomo 27.—Lic. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012308647.—(IN2012068343).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las diez horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Inversiones La Verbena Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero veintinueve mil setecientos sesenta y dos de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308649.—(IN2012068344).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del tres de mayo del dos mil doce, se acordó disolver las siguientes sociedades Novedades El Monstruo S. A., Kongolo S. A., Tierra Mojada S. A., Libertad S. A.—San Pedro de Montes de Oca, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Ocampo Soto, Notario.—1 vez.—RP2012308650.—(IN2012068345).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las doce horas del tres de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Dorado LDB Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y siete mil cuatrocientos siete de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308651.—(IN2012068346).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó disolver la empresa Oveja de mi Rebaño S. A.—San Pedro de Montes de Oca, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Ocampo Soto, Notario.—1 vez.—RP2012308652.—(IN2012068347).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas quince minutos del día veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó disolver la empresa Yerba Verde de Mi Jardín S. A.—San Pedro de Montes de Oca, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Ocampo Soto, Notario.—1 vez.—RP2012308653.—(IN2012068348).

Ante mi notaría, mediante escritura número 81 se protocoliza acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de disolución de la sociedad Inmobliairia Huetar del Este S. A. cédula jurídica 3-101-132335. Quien se considere afectado deberá comunicar por escrito la oposición en su domicilio social Guápiles, Pococí, Limón, cuatrocientos metros oeste del Cuerpo de Bomberos.—Lic. Fulvia María Sánchez Ballestero, Notaria.—1 vez.—RP2012308654.—(IN2012068349).

Ante mi notaría, mediante escritura número 79 se protocoliza acta número nueve de asamblea general extraordinaria de disolución de la sociedad Corporación La Plutonia SRL, cédula jurídica 3-102-118228. Quien se considere afectado deberá comunicar por escrito la oposición en su domicilio social Guápiles, Pococí, Limón, en los altos de tienda Lucy.—Lic. Fulvia María Sánchez Ballestero, Notaria.—1 vez.—RP2012308655.—(IN2012068350).

Por escritura pública otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Real de Colima Lirio Celeste Cero Cuarenta y Uno O-E-D Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012308656.—(IN2012068351).

Por medio de la escritura otorgada ante el notario Diego Soto Solera, número ciento cincuenta y siete-siete, a las catorce horas del día veinte de junio de dos mil doce, mediante acuerdo de la totalidad del capital accionario, se procede a disolver la sociedad North & South Maxip Technologies Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil ciento dos. Es todo.—Veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—RP2012308657.—(IN2012068352).

Por medio de la escritura otorgada ante el notario Diego Soto Solera, número ciento cincuenta y ocho-siete, a las quince horas del día veinte de junio de dos mil doce, mediante acuerdo de la totalidad del capital accionario, se procede a disolver la sociedad Cafetería Deportiva Zurqui Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y siete mil ciento sesenta y ocho. Es todo.—Veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—RP2012308658.—(IN2012068353).

Por medio de la escritura otorgada ante el notario Diego Soto Solera, número ciento cincuenta y nueve-siete, a las dieciséis horas del día veinte de junio de dos mil doce, mediante acuerdo de la totalidad del capital accionario, se procede a disolver la sociedad Cafetería Deportiva Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiséis mil trescientos noventa y cuatro. Es todo.—Veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—RP2012308659.—(IN2012068354).

Taller Jiménez Martínez Hermanos S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil seiscientos treinta y cuatro, por asamblea extraordinaria del veintiséis de junio del dos mil doce, toma acuerdo de disolución de la entidad, comisionando al notario Henrich Moya Moya para que protocolice e inscriba el acuerdo correspondiente.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2012308660.—(IN2012068355).

Por medio de la escritura otorgada ante el notario Diego Soto Solera, número ciento setenta y uno-siete, a las ocho horas del día veintitrés de junio de dos mil doce, mediante acuerdo de la totalidad del capital accionario, se procede a disolver la sociedad Marilamar J M F Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y un mil seiscientos cuarenta y seis. Es todo.—Veintitrés de junio de dos mil doce.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—RP2012308661.—(IN2012068356).

Por medio de la escritura otorgada ante el notario Diego Soto Solera, número ciento setenta y tres-siete, a las nueve horas del día veintitrés de junio de dos mil doce, mediante acuerdo de la totalidad del capital accionario, se procede a disolver la sociedad Fomento Agrícola y Comercial del Oeste FACSE Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica con la misma de su razón social. Es todo.—Veintitrés de junio de dos mil doce.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—RP2012308662.—(IN2012068357).

Entelequia del Norte Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos treinta mil ciento sesenta y cuatro, por asamblea extraordinaria del veinticinco de abril del dos mil doce, toma acuerdo de disolución de la entidad, comisionando al notario Henrich Moya Moya para que protocolice e inscriba el acuerdo correspondiente.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2012308663.—(IN2012068358).

Comercializadora Toal de Cartago Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-doscientos cuarenta y siete mil setecientos setenta y siete, por asamblea extraordinaria del doce de mayo del dos mil doce, toma acuerdo de disolución de la entidad, comisionando al notario Henrich Moya Moya para que protocolice e inscriba el acuerdo correspondiente.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2012308664.—(IN2012068359).

María Elena Chavarría Umaña, cédula uno-cuatrocientos cincuenta y cinco-quinientos setenta y cuatro, dueño de la entidad Auto Katirie Dos E.I.R.L., cédula jurídica número tres-ciento ciento-quinientos cincuenta y seis mil ochocientos once, acuerda disolver la entidad.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2012308665.—(IN2012068360).

Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas del veintiséis de junio de dos mil doce se disuelve la sociedad denominada Candiel Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento ochenta y tres mil doscientos noventa y tres. Es todo.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012308666.—(IN2012068361).

Tomas Asenjo Gómez, cédula tres-doscientos veinte-trescientos noventa y cuatro, dueño de la entidad Auto Asengo Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento cinco-seis tres cinco nueve ocho nueve, acuerda disolver la  entidad.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2012308667.—(IN2012068362).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diez horas del veintiséis de junio de dos mil doce se disuelve la sociedad denominada Periódico El Heraldo Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento cuarenta y nueve mil quinientos dieciséis. Es todo.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012308668.—(IN2012068363).

Por escritura otorgada en mi notaría a las nueve horas del veintiséis de junio de dos mil doce se disuelve la sociedad denominada Periódico Hoy Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-noventa y cinco mil setecientos ocho, es todo.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012308669.—(IN2012068364).

Por escritura otorgada en mi notaría a las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil doce se disuelve la sociedad denominada Constructora Vista Hermosa Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-trece mil ciento treinta y dos. Es todo.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012308670.—(IN2012068365).

Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil doce se disuelve la sociedad denominada Gamma Internacional UIA Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento ochenta y seis mil quinientos treinta y uno. Es todo.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012308671.—(IN2012068366).

Hoy he protocolizado acta Nº 1 de Importadora y Servicios Mecánicos JRM Sociedad Anónima, donde se acuerda disolver la sociedad.—Veinticinco de junio del 2012.—Lic. Rita María Solano Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012308672.—(IN2012068367).

Por escritura otorgada en mi notaría a las once horas del veintiséis de junio de dos mil doce se disuelve la sociedad denominada E R C Compañía Comercial Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cincuenta y siete mil novecientos setenta. Es todo.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012308673.—(IN2012068368).

Por escritura otorgada en mi notaría a las once horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil doce se disuelve la sociedad denominada Editorial El Heraldo Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento noventa y ocho mil seiscientos veintiuno. Es todo.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012308674.—(IN2012068369).

Por escritura número 175 otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 26 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Silva Quesada Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-270.269, por la cual se disuelve la misma.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Carlos Alberto Rojas Badilla, Notario.—1 vez.—RP2012308675.—(IN2012068370).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diez horas y treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce se disuelve la sociedad denominada Canal Cuarenta y Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento cincuenta mil veintitrés. Es todo.—San José, veintiséis de abril de dos mil doce.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012308676.—(IN2012068371).

Por escritura número 174 otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del día 25 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad L & B Networking Solutions Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-579865, por la cual se disuelve la misma.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Carlos Alberto Rojas Badilla, Notario.—1 vez.—RP2012308677.—(IN2012068372).

Gonzalo Poveda Calvo, cédula tres-trescientos treinta y cinco-doscientos sesenta y nueve, dueño de la entidad Auto Katiriez Uno E.I.R.L., cédula jurídica número tres-ciento cinco-quinientos cincuenta y seis mil setecientos once, la vende a Lucrecia Calvo Fernández, cédula tres-ciento cuarenta y siete-doscientos veintisiete, y se nombra como su nueva gerente.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2012308678.—(IN2012068373).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó la sociedad Apéstegui Esquivel Business Consulting Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo: cien años a partir de la constitución; Capital social: doce mil colones; administración: presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente. Es todo.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2012308679.—(IN2012068374).

Gonzalo Poveda Calvo, cédula tres-trescientos treinta y cinco-doscientos sesenta y nueve dueño de la entidad Auto Katiriez Tres E.I.R.L., cédula jurídica número tres-ciento cinco-quinientos sesenta y nueve mil cuatrocientos treinta y tres, la vende a Lucrecia Calvo Fernández, cédula tres-ciento cuarenta y siete-doscientos veintisiete y se nombra como su nueva gerente.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2012308680.—(IN2012068375).

Por escritura 69 de las 19 horas del 27 de junio del 2012, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Sepripa de Llano Grande Limitada, cédula número 3-102-462888, en la cual se acordó disolver totalmente la empresa e inscribir esa situación ante el Registro Público.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012308681.—(IN2012068376).

Por escritura otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Consu-Line V C S Sociedad Anónima, se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo unánime de socios. Es todo.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—RP2012308683.—(IN2012068377).

Por escritura otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Murillo, Chacón, Volio & Schroeder Sociedad Anónima, se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo unánime de socios. Es todo.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—RP2012308684.—(IN2012068378).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Great American Shoes Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—RP2012308685.—(IN2012068379).

Mediante asamblea general extraordinaria celebrada a las quince horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Campos Sánchez Camsa CSC Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil seiscientos treinta y cuatro de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308686.—(IN2012068380).

Mediante asamblea general extraordinaria celebrada a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Oro B O N Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil doscientos ochenta y cinco de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308687.—(IN2012068381).

Mediante escritura número 111 de las 20:00 horas del 27 de junio de 2012 del tomo 15 de mi protocolo, se disuelve la sociedad Bienes Alvarado Arias de SR Limitada, cédula jurídica 3-102-390999.—Lic. Rolando Alfredo Corella Cruz, Notario.—1 vez.—RP2012308688.—(IN2012068382).

Mediante asamblea general extraordinaria celebrada a las once horas del siete de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Marrón M A X Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil doscientos ochenta y uno de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308689.—(IN2012068383).

Mediante asamblea general extraordinaria celebrada a las trece horas del siete de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Rosa A B C Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil ciento noventa y dos de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308690.—(IN2012068384).

Mediante asamblea general extraordinaria celebrada a las nueve horas del cuatro de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad PM Local Vino R Y E Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil ciento setenta y nueve de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308692.—(IN2012068385).

 Por escritura otorgada ante mí, a las 16 horas con 30 minutos del 22 de junio del 2012, se acordó disolver la empresa Administradora de Bienes y Servicios TBC S. A.—San Pedro de Montes de Oca, 27 de junio del 2012.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012308693.—(IN2012068386).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad C.G.C. Shared Service Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—RP2012308694.—(IN2012068387).

Las Tierritas S. A., cambia junta directiva y reforma cláusula sétima. Escritura otorgada ante la notaria Sonsire Espinoza Ríos.—1º de junio del 2012.—Lic. Sonsire Espinoza Ríos, Notaria.—1 vez.—RP2012308695.—(IN2012068388).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Industrias Alimenticias Chaves y Quirós Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—RP2012308696.—(IN2012068389).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 8 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Constructora Capricornio Sociedad Anónima. Es todo.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—RP2012308697.—(IN2012068390).

Geo Tecnología e Informática S. A., solicita disolución de empresa. Escritura otorgada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez, al ser las dieciséis horas del veintisiete de junio del dos mil doce en San José.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012308698.—(IN2012068391).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 8 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Auditores y Contadores Sociedad Anónima. Es todo.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—RP2012308699.—(IN2012068392).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las diecisiete horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Sistemas Virtuales del Futuro Jafi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veinte mil novecientos noventa y siete de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308700.—(IN2012068393).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las catorce horas del dieciocho de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Globacubica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro mil quinientos veintiuno de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308701.—(IN2012068394).

Mediante asamblea general extraordinaria, celebrada a las nueve horas cuarenta minutos del ocho de mayo del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Compañía Ola Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- cero treinta y nueve mil ochocientos noventa y seis de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Asimismo se prescinde del trámite de liquidación por no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012308702.—(IN2012068395).

Ante esta notaría en escritura 184-6 con fecha 23 de junio del 2012 a las 10:00 horas, se ha protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa Grupo Corporativo Alparo A.P.R. Socedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil ciento catorce, en la que se disuelve y liquida dicha sociedad anónima. Es todo.—San José, 23 de junio del 2012.—Lic. Alexander Chacón Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012308703.—(IN2012068396).

Ante esta notaría en escritura número 176-6, con fecha 11 de junio del 2012 a las 16:30 horas, se ha protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Jinesta de San José Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa y cinco mil ochocientos ochenta, en la que se disuelve y liquida dicha sociedad anónima. Es todo.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Alexander Chacón Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012308704.—(IN2012068397).

Por escritura número setenta y cinco otorgada ante el notario público Juan Antonio Delgado Sánchez, se disuelve la sociedad denominada Admicomp Repuestos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta mil ciento noventa y uno, domiciliada en la ciudad de San José.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Antonio Delgado Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308705.—(IN2012068398).

Por escritura número cincuenta y nueve otorgada ante el notario Juan Antonio Delgado Sánchez, se disuelve la sociedad C.R. Tropical Tours Sport Fishing Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y cinco mil setecientos cuatro.—San José, cuatro de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Antonio Delgado Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308706.—(IN2012068399).

Ante esta notaría en escritura número 175-6, con fecha 11 de junio del 2012 a las 16:00 horas, se ha protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa Diseños y Construcciones Jinesta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y cinco mil setecientos cincuenta y tres, en la que se disuelve y liquida dicha sociedad anónima. Es todo.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Alexander Chacón Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012308707.—(IN2012068400).

Que por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 18:00 horas del 26 de junio del 2012, por unanimidad de socios de Taller de Modas S. A., con cédula jurídica número 3-101-610218, acordaron disolverla.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ericka María Esquivel Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012308708.—(IN2012068401).

Que por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 18:10 horas del 26 de junio del 2012, por unanimidad de socios de Inversiones Chrisdida Moya Vargas S. A., con cédula jurídica número 3-101-203448, acordaron disolverla.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ericka María Esquivel Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012308709.—(IN2012068402).

Que por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 18:20 horas del 26 de junio del 2012, por unanimidad de socios de Agroindustrial Bretaña de San José S. A., con cédula jurídica número 3-101-073202, acordaron disolverla.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ericka María Esquivel Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012308710.—(IN2012068403).

Que por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 8:00 horas del 25 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea de socios de Eventos Premier R.M.R. S. A., con cédula jurídica número 3-101-566970, donde acordaron disolverla.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Norman Rodrigo Moya Arrieta, Notario.—1 vez.—RP2012308711.—(IN2012068404).

Por escritura número treinta y nueve-dos de las veinte horas del veintisiete de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Piso Tres Sociedad Anónima, se nombra tesorero de junta directiva y fiscal.—Tres Ríos, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Marta Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—RP2012308712.—(IN2012068405).

Que por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 10:00 horas del 25 de junio del 2012, por unanimidad de socios de Nueva Visión de Comunicación en Arte Visual S. A., con cédula jurídica número 3-101-471718, acordaron disolverla.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Norman Rodrigo Moya Arrieta, Notario.—1 vez.—RP2012308713.—(IN2012068406).

Por escritura número treinta y ocho-dos de las diecinueve horas del veintisiete de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría por acuerdo de socios se protocoliza la disolución de la sociedad denominada Ayon y Barrantes Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y cinco mil seiscientos setenta y uno.—Tres Ríos, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—RP2012308714.—(IN2012068407).

Ante esta notaría al ser las diez horas del once de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Casa de Empeños La Cueva Alajuelita Sociedad Anónima. Presidente: Juan Carlos Rojas Mora. Capital social cien mil colones.—Lic. Norman Rodrigo Moya Arrieta, Notario.—1 vez.—RP2012308715.—(IN2012068408).

Por escritura número treinta y siete-dos de las dieciocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría por acuerdo de socios se protocoliza la disolución de la sociedad denominada Muebles Villegas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil ciento sesenta y tres.—Tres Ríos, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Marta Eugenia Vargas Arrieta, Notaria.—1 vez.—RP2012308716.—(IN2012068409).

Ante esta notaría al ser las trece horas del once de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Casa de Empeños La Cueva Hatillo Sociedad Anónima. Presidente: Juan Carlos Rojas Mora. Capital social cien mil colones.—Lic. Norman Rodrigo Moya Arrieta, Notario.—1 vez.—RP2012308717.—(IN2012068410).

La suscrita notaria hace constar que el día de hoy ante esta notaría se modificaron las cláusulas primera, cuarta, y quinta del pacto constitutivo de la compañía tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil novecientos sesenta y nueve s. a.—San José, veintidós de junio de dos mil doce.—Lic. María Gabriela Sancho Carpio, Notaria.—1 vez.—RP2012308718.—(IN2012068411).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del 26 de junio del 2012 se disuelve la sociedad Cristal de Calcita Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012308719.—(IN2012068412).

En esta notaría al ser las doce horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se procede a protocolizar el acta de la sociedad anónima denominada tres-ciento uno-quinientos ochenta y un mil ochocientos cuatro sociedad anónima, donde se solicita la disolución de la misma.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Víctor Hugo Avendaño Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012308720.—(IN2012068413).

Mediante acta número uno de asamblea general ordinaria/extraordinaria de socios de la sociedad Corporación Médica Soar de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-107912, y protocolizada mediante escritura número cincuenta y nueve de las 8:45, ocho horas con cuarenta y cinco minutos del 28 de junio del 2012, visible a folio cuarenta y uno frente del tomo uno del protocolo, acuerdan su liquidación y disolución.—San José, 28 de junio 2012.—Lic. Roxana Zúñiga Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012308721.—(IN2012068414).

Mediante acta número uno de asamblea general ordinaria/extraordinaria de socios de la sociedad Maquiladora Caber S. A., cédula jurídica 3-101-449154 y protocolizada mediante escritura número cincuenta y ocho de las 7:05, siete horas con cinco minutos del 28 de junio del 2012, visible a folio cuarenta vuelto del tomo uno del protocolo, acuerdan su liquidación y disolución.—San José, 28 de junio 2012.—Lic. Roxana Zúñiga Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012308722.—(IN2012068415).

Los socios de la empresa Industria Palmitera San Miguel Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciséis mil quinientos veintinueve, acuerdan por unanimidad la disolución de dicha sociedad anónima y protocolizan acta para dicho efecto. Se publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de su publicación ante el notario Christian Chinchilla Monge.—Cartago, al ser las ocho horas quince minutos del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Christian Chinchilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2012308723.—(IN2012068416).

Mediante escritura pública número doscientos treinta y uno de las 18:30 del 22 de junio del 2012, visible a folio ciento treinta y seis frente del tomo primero de mi protocolo, los socios de la sociedad Inversiones M A J I Cero Siete Once S. A., cédula jurídica 3-101-589961, acuerdan su liquidación y disolución.—Tres Ríos, 22 de junio del 2012.—Lic. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2012308724.—(IN2012068417).

Los socios de la empresa Corporación Agroindustrial Plantexpo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta mil doscientos ochenta y dos, acuerdan por unanimidad la disolución de dicha sociedad anónima y protocolizan acta para dicho efecto. Se publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de su publicación ante el notario Christian Chinchilla Monge.—Cartago, al ser las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Christian Chinchilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2012308725.—(IN2012068418).

Los socios de la empresa Contrataciones T Y T de Cartago Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos doce mil novecientos trece, acuerdan por unanimidad la disolución de dicha sociedad anónima y protocolizan acta para dicho efecto. Se publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de su publicación ante la notaria Karol Mata Araya.—Cartago, al ser las catorce horas quince minutos del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Karol Mata Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012308726.—(IN2012068419).

Los socios de la empresa Contrataciones Concreto y Asfalto Tames Rojas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos seis mil novecientos cincuenta y siete, acuerdan por unanimidad la disolución de dicha sociedad anónima y protocolizan acta para dicho efecto. Se publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de su publicación ante la notaria Karol Mata Araya.—Cartago, al ser las catorce horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Karol Mata Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012308727.—(IN2012068420).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10:00 horas del 26 de junio del 2012, se protocoliza acta mediante la cual se acuerda por unanimidad la disolución de la sociedad Centro de Acabados Paso Canoas S. A., cédula jurídica 3-101-442806 por lo que se convoca a terceros interesados a hacer valer sus derechos dentro del plazo de ley. Presidente: German Chaves Acuña.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012308728.—(IN2012068421).

Por asamblea general extraordinaria de socios protocolizada por esta notaría, a las 15:00 horas del 26 de junio del 2012 se acordó por unanimidad la disolución de la sociedad Clean-Tec S.A., cédula jurídica 3-101-394274, por lo que se cita a terceros interesados a hacer valer sus derechos dentro del plazo de la ley.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012308729.—(IN2012068422).

Por asamblea general extraordinaria de socios protocolizada por esta notaría a las 9:00 horas del 1º de junio del 2012, se acordó por unanimidad la disolución de la sociedad Compañía Condominio La Ladera Bloque D. L. M. Lote Cinco EEE S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil ciento ochenta y seis.—San José, 1º de junio del 2012.—Lic. Vilma Del Castillo Traña, Notaria.—1 vez.—RP2012308730.—(IN2012068423).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 13:00 horas del 25 de junio del 2012, se acordó por unanimidad de los socios la disolución de la sociedad Asesores González-Mora y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-604943, por lo que se convoca a terceros interesados a hacer valer sus derechos dentro del plazo de ley. Presidente: Carlos Andrés González Rodríguez.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Adriana Vargas Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012308731.—(IN2012068424).

Por escritura otorgada ante mí, a las veintidós horas del 26 de junio del 2012 se disuelve la Solunova Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012308733.—(IN2012068425).

Por escritura número 32, otorgada ante mí a las 8:00 horas del 25 de junio de 2012, se disolvió la sociedad Inmobiliaria Durán Arias Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-349463, estando presentes la totalidad del capital social, con domicilio en la provincia de San José, cantón tres, Desamparados, distrito San Antonio, Urbanización El Solar, segunda entrada, casa 28-C.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308734.—(IN2012068426).

Por escritura número ciento setenta y cinco, otorgada ante la notaria Lilliam Boza Guzmán, a las 9:00 horas del 13 de junio del 2012, se disolvieron las sociedades: Cero Uno Pochote de Delfines S. A., Andrómeda Villa Dos S. A., Cero Dos Playa Pochote del Pacífico S. A., Casandra Villa Nueve S. A., Electra Villa Catorce S. A.., Fedra Villa Diecisiete S. A., Heracles Villa Ciento Doce A S. A., Niobe Villa Ciento Ochenta y Seis S. A., Yocasta Villa Ciento Noventa y Cinco S. A., Selene Villa Ciento Noventa y Seis S. A., Februa Villa Ciento Noventa y Siete S. A., Polixena Villa Ciento Noventa y Nueve S. A., Epimeteo Villa Doscientos Siete S. A., Euridice Villa Doscientos Ocho S. A., Anticlea Villa Doscientos Nueve A S. A., Medea Villa Cuatrocientos Tres S. A.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2012308735.—(IN2012068427).

Por escritura número 33, otorgada ante mí a las 8:30 horas del 25 de junio de 2012, se disolvió la sociedad International Services and Directories Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-460731, estando presentes la totalidad del capital social, con domicilio en la provincia de San José, cantón Desamparados, distrito Gravilias, de la plaza de deportes 100 oeste y 15 norte.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308736.—(IN2012068428).

Por escritura número 34, otorgada ante mí a las 9:00 horas del 25 de junio de 2012, se disolvió la sociedad Distribuidora Somari y Duma Sociedad Anónima, estando presentes la totalidad del capital social, con domicilio en la provincia de San José, cantón tres Desamparados, Urbanización El Solar, casa número 28.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308737.—(IN2012068429).

Por escritura número ciento ochenta, otorgada ante la notaria Lilliam Boza Guzmán, a las 9:00 horas del 20 de junio del 2012, se disolvieron las sociedades: Alas Villa Quinientos Sesenta y Siete A Sociedad Anónima, Herodoto Villa Quinientos Ochenta y Ocho A Sociedad Anónima, Pirilampo Villa Quinientos Treinta y Seis Sociedad Anónima, Plutarco Villa Quinientos Sesenta y Seis Sociedad Anónima, Gorgeas Villa Quinientos Sesenta y Cinco Sociedad Anónima, Jantipa Villa Quinientos Sesenta y Dos Sociedad Anónima, Hamblet Villa Quinientos Sesenta y Cuatro Sociedad Anónima, Pigmalion Villa Quinientos Cincuenta y Nueve Sociedad Anónima, Ceceron Villa Quinientos Cincuenta y Seis Sociedad Anónima, Dedalo Villa Quinientos Cincuenta Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2012308738.—(IN2012068430).

Por escritura número 35, otorgada ante mí a las 9:30 horas del 25 de junio de 2012, se disolvió la sociedad Gerevelkrys Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-399027, estando presentes la totalidad del capital social, con domicilio en la provincia de San Carlos, Ciudad Quesada, Porvenir Arriba, de la entrada a San Vicente, 800 este y 100 noroeste.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012308739.—(IN2012068431).

Por escritura número ciento ochenta y uno, otorgada ante la notaria Lilliam Boza Guzmán, a las 9:30 horas del 20 de junio del 2012, se disolvieron las sociedades: Licon Villa Quinientos Cuarenta y Siete Sociedad Anónima, Dumas Villa Seiscientos Setenta y Dos Sociedad Anónima, Eutifron Villa Quinientos Cuarenta y Seis Sociedad Anónima, Queveo Villa Seiscientos Cincuenta y Seis Sociedad Anónima, Apuleyo Villa Seiscientos Sesenta y Siete Sociedad Anónima, Doyle Villa Seiscientos Setenta Sociedad Anónima, Dickens Villa Seiscientos Setenta y Uno Sociedad Anónima, Campo de Golf Ochocientos Uno Delfines Sociedad Anónima, Alarcón Villa Seiscientos Sesenta y Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2012308740.—(IN2012068432).

Por escritura número ciento setenta y seis, otorgada ante la notaria Lilliam Boza Guzmán, a las 9:30 horas del 13 de junio del 2012, se disolvieron las sociedades: Pisque Villa Cuatrocientos Diez S. A., Jonia Villa Cuatrocientos Once S. A., Junie Karquino Villa Cuatrocientos Doce S. A., Hipias Villa Cuatrocientos Dieciséis S. A., Jenocrates Villa Cuatrocientos Diecinueve S. A., Critias Villa Cuatrocientos Veintinueve S.A.., Teres Villa Cuatrocientos Treinta y Uno A S. A., Cebes Villa Cuatrocientos Sesenta y Ocho A S. A., El Olympo Villa Quinientos Veinte S. A., Sisifo Villa Quinientos Treinta y Uno S.A.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2012308741.—(IN2012068433).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 22 de junio del 2012, la sociedad Inversiones Cemalkak S. A., domiciliada en Santo Domingo de Heredia, trescientos setenta y cinco metros al este de la municipalidad, en la cual se acordó la disolución y liquidación de la misma.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Adolfo Báez Barahona, Notario.—1 vez.—RP2012308742.—(IN2012068434).

Por escritura número ciento ochenta y cinco, otorgada ante la notaria Lilliam Boza Guzmán, a las 9:30 horas del 26 de junio del 2012, se disolvieron las sociedades: Amicis Villa Seiscientos Sesenta y Seis Sociedad Anónima, Aquino Villa Quinientos Sesenta y Siete Sociedad Anónima, Ascalon Villa Cuatrocientos Treinta y Dos Sociedad Anónima, Antigona Villa Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2012308743.—(IN2012068435).

En mi notaría mediante la escritura número 4-99, otorgada a las 10:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas que acuerda la disolución de la sociedad denominada 3-101-588262 S. A., de conformidad con la Ley N° 9024 y su reglamento.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Yusafín Jarquín Jacob, Notario.—1 vez.—RP2012308744.—(IN2012068436).

En mi notaría mediante la escritura número 4-100, otorgada a las 11:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas que acuerda la disolución de la sociedad denominada 3-101-566001 S. A. de conformidad con la Ley N° 9024 y su reglamento.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Yusafín Jarquín Jacob, Notario.—1 vez.—RP2012308745.—(IN2012068437).

En mi notaría mediante la escritura número 4-98, otorgada a las 9:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas que acuerda la disolución de la sociedad denominada Medovic Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-127523 de conformidad con la Ley N° 9024 y su reglamento.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Yusafín Jarquín Jacob, Notario.—1 vez.—RP2012308746.—(IN2012068438).

Hoy he protocolizado acta de disolución de la compañía Transportes Maya Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-044438.—Montes de Oca, 28 de mayo del 2012.—Lic. Deborah Lores Lares, Notaria.—1 vez.—RP2012308747.—(IN2012068439).

En mi notaría por escritura número veintinueve-cuarenta del tomo cuarenta de mi protocolo se disolvieron las entidades Plaza Mayor Cartago Sociedad Anónima, Tienda Barguil Sociedad Anónima, LC Local Tres Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada, Revolver Sociedad de Responsabilidad Limitada, LC Local Dos Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada, LC Local Uno Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada, LT Local Tres Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Cartago, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Vargas Barguil, Notario.—1 vez.—RP2012308748.—(IN2012068440).

En escritura Nº 51 del 27 de junio de 2012, se protocoliza acta de Athomia S. A., cédula 3-101-136490 de la asamblea del 15 de mayo 2012, se encuentra la disolución de la sociedad. La sociedad no tiene activos ni pasivos por lo que no se nombra liquidador ni se distribuyen bienes.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308749.—(IN2012068441).

En mi notaría por escritura número veintiocho-cuarenta de mi protocolo, se disolvió la entidad Corporación Zube Sociedad Anónima.—Cartago, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Vargas Barguil, Notario.—1 vez.—RP2012308750.—(IN2012068442).

En escritura Nº 53 del 27 de junio del 2012 se protocoliza acta de American Habitat S. A., cédula 3-101-412187 de la asamblea del 4 de abril 2012, se acuerda la disolución de la sociedad, la sociedad no tiene activos ni pasivos por lo que no se nombra liquidador ni se distribuyen bienes.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308751.—(IN2012068443).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Rosaura y Rodrigo Sociedad Anónima.—San José, Desamparados, 20 de junio del 2012.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308752.—(IN2012068444).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Aerotopo Sociedad Anónima.—San José, Desamparados, 27 de junio del 2012.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308753.—(IN2012068445).

En mi notaría por escritura número veintiuno del tomo cuarenta de mi protocolo se disolvieron las entidades BG Ferma Sociedad de Responsabilidad Limitada, GB Mafer Sociedad de Responsabilidad Limitada y CBG Casa Cincuenta y Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Cartago, 21 de junio del 2012.—Lic. Mauricio Vargas Barguil, Notario.—1 vez.—RP2012308754.—(IN2012068446).

En escritura N° 56 de las 11:30 horas 2012 se protocoliza acta de Mujeres Empresarias de Jardín, cédula 3-101-483928 de la asamblea extraordinaria N° 2 de las 14:00 horas del 6 de abril 2012 donde se acuerda la disolución de la sociedad. La sociedad no tiene activos ni pasivos por hacer traspaso de bien por lo que no se nombra liquidador ni se distribuyen bienes.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Rafael Rodríguez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308755.—(IN2012068447).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas quince minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Expedientes del B Q Sociedad Anónima.—San José, Desamparados, 27 de junio del 2012.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308756.—(IN2012068448).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Consutech Sociedad Anónima.—San José, Desamparados, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308757.—(IN2012068449).

En escritura Nº 52 de las 9:30 horas del 27 de junio del 2012 se protocoliza acta de Gaia Desings Limitada cédula 3-102-591531 de la asamblea extraordinaria Nº 2 de las 13:00 horas del 6 de abril 2012, donde se acuerda la disolución de la sociedad. La sociedad no tiene activos ni pasivos por hacer traspaso de bien por lo que no se nombra liquidador ni se distribuyan bienes.—San José 27 de junio 2012.—Lic. Rafael Rodríguez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012308758.—(IN2012068450).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Bel PM Administración de Proyectos Sociedad Anónima.—San José, Desamparados, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012308759.—(IN2012068451).

Mediante escritura número doscientos trece, tomo uno, del notario Sergio Mena Díaz, se procedió a reformar el pacto constitutivo, cláusula primera de la sociedad Imagen Test Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de personería jurídica número tres-ciento dos-seis cinco dos dos seis siete. Es todo.—Veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012308760.—(IN2012068452).

Mediante escritura número cincuenta y dos-diez del tomo diez, otorgada a las dieciséis horas del día veintisiete de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad Servicios Médicos Carvajal Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos doce mil novecientos quince.—Veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Catalina Soto Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012308762.—(IN2012068453).

Mediante escritura número doscientos doce del notario Sergio Mena Díaz, se procedió a disolver por acuerdo unánime de socios la sociedad C.A Special Solutions Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos cinco cuatro dos seis uno. Es todo.—Veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012308763.—(IN2012068454).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del día veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó disolver la empresa Chile Rojo de mi Cosecha S. A.—San Pedro de Montes de Oca, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar José Ocampo Soto, Notario.—1 vez.—RP2012308764.—(IN2012068455).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del día veintisiete de junio de dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Agrícola Las Pachangas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y dos mil noventa y cinco.—Nicoya, 27 de junio de 2012.—Lic. Flor del Carmen Guevara Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012308765.—(IN2012068456).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del día veintisiete de junio de dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Inversiones Perolilo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y dos mil dieciséis.—Nicoya, 27 de junio de 2012.—Lic. Flor del Carmen Guevara Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012308766.—(IN2012068457).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas del veintisiete de junio del año dos mil doce se disuelve y liquida Tres-Ciento Uno-Seiscientos Un Mil Doscientos Treinta y Ocho Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos un mil doscientos treinta y ocho, domiciliada en Cartago. Se emplaza por treinta días a todos los interesados a partir de la publicación del presente aviso, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo doscientos siete del Código de Comercio.—Cartago, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012308767.—(IN2012068458).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce se disuelve y liquida Comercializadora Ivankovich Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y dos mil doscientos sesenta y siete, domiciliada en Cartago. Se emplaza por treinta días a todos los interesados a partir de la publicación del presente aviso, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo doscientos siete del Código de Comercio.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012308768.—(IN2012068459).

Por escritura autorizada por los socios de la Constructora Hernández Usaga Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veinte mil trescientos noventa, se solicita disolver dicha sociedad. Es todo.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. María de los A. Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012308769.—(IN2012068460).

En Cartago, a las diecinueve horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizaron ante esta notaría, acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Famoseiva Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno quinientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta, donde se acuerda la disolución y liquidación de Famoseiva Sociedad Anónima. Se emplaza por treinta días a todos los interesados a partir de la publicación del presente aviso, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo doscientos siete del Código de Comercio.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012308770.—(IN2012068461).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas quince minutos del veintisiete de junio del dos mil doce se disuelve y liquida Ticosite Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno doscientos cuarenta y siete mil seiscientos sesenta, domiciliada en Cartago. Se emplaza por treinta días a todos los interesados a partir de la publicación del presente aviso, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo doscientos siete del Código de Comercio.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012308771.—(IN2012068462).

Por escritura número cuarenta y seis-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, otorgada a las quince horas del seis de junio de dos mil doce, se protocolizó acta número tres de la sociedad Proyectos Mata y Ríos M.R S. A., cédula jurídica: 3-101-256709, en que se disuelve la empresa.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—RP2012308772.—(IN2012068463).

Por escritura número sesenta y cuatro-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número dos de la sociedad Grupo Roca Tres R S. A., cédula jurídica 3-101-418697, en que se disuelve la empresa.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—RP2012308773.—(IN2012068464).

Por escritura otorgada en esta notaría a las trece horas del veintisiete de junio del dos mil doce se disolvió la sociedad El Anclita Marina Sociedad Anónima.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012308774.—(IN2012068465).

Por escritura número sesenta y cinco-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, otorgada a las diecinueve horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se protocolizó acta número cuatro de la sociedad Los Cafetales Lote Tres Bloque G S. A., cédula jurídica: 3-101-433874, en que se disuelve la empresa.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—RP2012308775.—(IN2012068466).

Por escritura número sesenta y siete-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, otorgada a las veinte horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se protocolizó acta número dos de Grupo Piñeazo S. A., cédula jurídica: 3-101-571980, en que se disuelve la empresa.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—RP2012308776.—(IN2012068467).

Por escritura número cuarenta y dos, del tomo sétimo del protocolo del suscrito notario, otorgada a las once horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil doce, se protocolizó acta número dos de la empresa Electronics Solutions S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos dieciséis mil ciento noventa y nueve, acuerda disolver la S. A.—Lic. Jorge Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012308777.—(IN2012068468).

Por escritura número cuatrocientos veintidós, iniciada al folio ciento cincuenta y dos del tomo número tres de mi protocolo, otorgada a las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad denominada Segovia y Fúnez S. A.—Alajuela, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012308778.—(IN2012068469).

Por escritura número cuarenta y uno, del tomo sétimo del protocolo del suscrito notario, otorgada a las once horas quince minutos del catorce de junio de dos mil doce, se protocolizó acta número nueve de la empresa: Agrocomercial Tres J de Limón Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento cincuenta y un mil novecientos veintisiete; acuerda disolver la S. A.—Lic. Jorge Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012308779.—(IN2012068470).

Por acuerdo unánime de socios de la sociedad Inversiones y Asesorías ALV y VAZ S. A. cédula jurídica 3-101-619093, se procede a realizar la disolución de la misma, a partir del 22 de junio del dos mil doce.—Lic. Isel Robles Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2012308780.—(IN2012068471).

Por escritura número sesenta y uno-cuatro, del tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, otorgada a las diecisiete horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se ha otorgado escritura de disolución y liquidación de la empresa Inversiones Diamante S D Negro del Atlántico Sociedad Anónima, cédula jurídica; tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil ochocientos treinta y uno.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—RP2012308781.—(IN2012068472).

Por acuerdo unánime de socios de la sociedad Corporación Felec S. A. cédula jurídica 3-101-173978, se procede a realizar la disolución de la misma, a partir del 26 de junio de dos mil doce.—Lic. Isel Robles Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2012308782.—(IN2012068473).

Por acuerdo unánime de socios de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cincuenta Mil Trescientos Sociedad Anónima, se procedió a realizar la disolución de la misma, a partir del día veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—RP2012308783.—(IN2012068474).

Por escritura número doscientos ochenta-veintiocho, iniciada en folio ciento sesenta y uno frente del tomo veintiocho del Lic. José Francisco Barahona Segnini, se procedió a realizar la disolución de la sociedad Gran Escafe Software Sociedad Anónima, a partir del día veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—RP2012308784.—(IN2012068475).

Rigoberto Calvo Rodríguez solicita disolución de la sociedad C Y J Agropecuaria Calvo y Jiménez de San Ramón, cédula jurídica tres ciento uno cuatrocientos cuarenta y dos mil doscientos doce.—San Ramón, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Otto André Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012308785.—(IN2012068476).

Ante esta notaría se protocoliza acta de disolución de la empresa Agroecosistemas y Servicios Integrados S. A., cédula jurídica: tres-uno cero uno-doscientos treinta y un mil setecientos veintinueve. No hay activos ni pasivos, ante las notarias Giovanna Ajún Murillo y Hazel Villalobos Villar.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—RP2012308786.—(IN2012068477).

Por escritura otorgada ante mí a las veintiún horas del 26 de junio del 2012 se disuelve la Sistemas Integrales de Computación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012308787.—(IN2012068478).

Ante esta notaría se protocoliza acta de disolución de la empresa Montebena de Corralar S. A., cédula jurídica: tres-uno cero uno-doscientos setenta y dos mil cuatrocientos veinte. No hay activos ni pasivos, ante las notarias Giovanna Ajún Murillo y Hazel Villalobos Villar.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—RP2012308788.—(IN2012068479).

Por escritura otorgada ante mí a las diecinueve horas del 26 de junio del 2012 se disuelve la Grupo Tecsa Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012308789.—(IN2012068480).

Ante esta notaría comparecen los socios a disolver la empresa Soccer and Events Group Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil quinientos cuarenta y tres. No hay activos ni pasivos, ante las notarias Sonia Montero Briceño y Hazel Villalobos Villar.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—RP2012308790.—(IN2012068481).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las quince horas del día veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Multiservicios Phillips del Sur Sociedad Anónima, por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012308791.—(IN2012068482).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciocho horas del 26 de junio del 2012 se disuelve la Taller/Galería Cecilia Amighetti Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012308792.—(IN2012068483).

Ante esta notaría se protocoliza acta de disolución de la empresa La Filial Claro de Luna Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintiocho mil seiscientos cincuenta y tres. No hay activos ni pasivos, ante las notarias Sonia Montero Briceño y Hazel Villalobos Villar.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—RP2012308793.—(IN2012068484).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las catorce horas con treinta minutos del día veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Fervor de Buenos Aires Proyectos Culturales Sociedad Anónima por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012308794.—(IN2012068485).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas del 26 de junio del 2012 se disuelve la Inmobiliaria Inés Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012308795.—(IN2012068486).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las nueve horas del día veintiséis de junio del dos mil doce se protocolizó acta de la sociedad denominada Centro Senderos de Luz Sociedad Anónima por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012308796.—(IN2012068487).

Ante esta notaría comparecen los socios a disolver la empresa Centro Educativo Santa Paula Sociedad de Responsabilidad Limitada con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos trece mil novecientos treinta y cuatro. No hay activos ni pasivos, ante las notarias Sonia Montero Briceño y Hazel Villalobos Villar.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—RP2012308797.—(IN2012068488).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las ocho horas del día veinticinco de junio del dos mil doce se protocolizó acta de la sociedad denominada Jomule del Norte Sociedad Anónima. Por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012308798.—(IN2012068489).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del 26 de junio del 2012 se disuelve la Reciclub Electronics Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012308799.—(IN2012068490).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las ocho horas del día veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Centro Alquimia Sociedad Anónima por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012308800.—(IN2012068491).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy se presentó el señor Marvin Vega Sánchez, mayor, con cédula de identidad número seis-ciento sesenta y dos-trescientos cincuenta y seis. Presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad anónima Distribuidora Vega & Alvarado Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos cinco nueve cero cuatro cero, domiciliada en Puntarenas, Corredores, Coto Cuarenta y Siete, frente a la plaza de finca cincuenta y cuatro. Donde por acuerdo de socios, artículo doscientos uno inciso d del Código de Comercio acuerdan disolver dicha sociedad.—Paso Canoas, once de junio del dos mil doce.—Lic. Marvin Alvarado Vega, Notario.—1 vez.—RP2012308801.—(IN2012068492).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy se presentó el señor: Ólger Salazar Villegas, mayor, casado una vez, pensionado, con cédula de identidad número seis-cero cero noventa y seis-mil doscientos cuarenta y dos. Presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad anónima Compañía Salazar Arroyo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seis cero ocho cinco nueve cero, domiciliada en Puntarenas, Corredores, La Fortuna de Ciudad Neily contiguo a taller Fibras. Por acuerdo de socios artículo doscientos uno inciso d del Código de Comercio acuerdan disolver dicha sociedad.—Paso Canoas, once de junio del dos mil doce.—Lic. Marvin Alvarado Vega, Notario.—1 vez.—RP2012308802.—(IN2012068493).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy se presentó la señora: Mauren Alvarado Durán, mayor, con cédula de identidad número seis-doscientos cincuenta y nueve-novecientos noventa y cinco, presidenta y apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad anónima Agroservicios Alvarado de Río Nuevo S. A. cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco seis siete nueve siete nueve, domiciliada en Puntarenas, Corredores, Ciudad Neily, la última casa de calle gemelas a mano izquierda. Donde por acuerdo de socios, artículo doscientos uno inciso d del Código de Comercio acuerdan disolver dicha sociedad.—Paso Canoas, once de junio del dos mil doce.—Lic. Marvin Alvarado Vega, Notario.—1 vez.—RP2012308803.—(IN2012068494).

Por escritura otorgada el día veintiocho de junio del dos mil doce, se disuelve la compañía denominada Inversiones Shots Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y cuatro mil novecientos cincuenta y cinco, al tomo: mil trescientos noventa y dos.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cindy María Blanco González, Notaria.—1 vez.—RP2012308805.—(IN2012068495).

Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se disolvió la sociedad Piedra del Mundoimport Limitada cédula jurídica: 3-102-497870, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, Costa Rica, 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012308806.—(IN2012068496).

Ante esta notaría se protocolizó los acuerdos en donde se procedió a la disolución de las sociedades Proyectos y Asesorías Industriales Costarricenses Sociedad Anónima, Inversiones Sol-Ro Sociedad Anónima, Comercial Werther y Bolaños Sociedad Anónima, Dediles de Centroamérica Sociedad Anónima, Sistemas y Mantenimientos Tecnológicos Symtec Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—RP2012308807.—(IN2012068497).

Por escritura otorgada ante esta notaría se disolvió la sociedad Hidroponía Costarricense S & G Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ocho mil cuatrocientos cuarenta.—Cartago, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Yessenia Sibaja Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012308808.—(IN2012068498).

Por escritura otorgada el día veintiocho de junio del año dos mil doce, se disuelve la compañía denominada Inmobiliaria Llach & Solano Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y siete mil doscientos veintiséis.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil doce.—Licda. Cindy María Blanco González, Notaria.—1 vez.—RP2012308809.—(IN2012068499).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las dieciocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Silvicultura Tecnológica Sociedad Anónima, donde por acuerdo de socios se disuelve la compañía.—Lic. Reyna María Quirós León, Notaria.—1 vez.—RP2012308810.—(IN2012068500).

Por escritura otorgada el día veintiocho de junio del año dos mil doce, se disuelve la compañía denominada Inversiones en Mercadeo Directo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil quinientos cincuenta y ocho.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cindy María Blanco González, Notaria.—1 vez.—RP2012308811.—(IN2012068501).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Finca La Fe S. A., en la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad. Escritura otorgada a las diez horas del veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Tomás Arturo Batalla Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2012308814.—(IN2012068502).

La suscrita Notaria Jenny Patricia Reyes Durán, protocoliza la disolución de la sociedad Vikas Place Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco siete siete nueve tres cuatro.—San José, veintiocho de junio dos mil doce.—Lic. Jenny Patricia Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—RP2012308815.—(IN2012068503).

Por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Montero y Abarca S. A., acordándose la disolución de la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2012308816.—(IN2012068504).

La suscrita Notaría Jenny Patricia Reyes Durán, protocoliza la disolución de la sociedad, La Brew Casa Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-seis dos uno seis seis tres.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Jenny Patricia Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—RP2012308817.—(IN2012068505).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Lacafer Inversiones S. A., en la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad. Escritura otorgada a las ocho horas del veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Tomás Arturo Batalla Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2012308818.—(IN2012068506).

La suscrita notaria Jenny Patricia Reyes Durán, protocoliza asamblea general extraordinaria, donde se realiza la disolución de la sociedad Taller Agrícola Sanabria Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y siete mil seiscientos ochenta y uno.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Jenny Patricia Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—RP2012308819.—(IN2012068507).

Por escritura otorgada a las doce horas del veintisiete de junio del dos mil doce, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de Servicio de Información y Comunicación de Centroamérica S. A., que acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2012308820.—(IN2012068508).

La suscrita notaria Jenny Patricia Reyes Durán, protocoliza asamblea general extraordinaria, donde se realiza la disolución de la sociedad Rolesa Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-veintinueve mil ochocientos noventa y cuatro.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Jenny Patricia Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—RP2012308821.—(IN2012068509).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Monte Quetzal S. A., en la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad. Escritura otorgada a las once horas el veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Tomás Arturo Batalla Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2012308822.—(IN2012068510).

Por escritura otorgada a las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Conextel S. A., acordándose la disolución de la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2012308823.—(IN2012068511).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Cerdos de Altura S. A., en la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad. Escritura otorgada a las nueve horas del veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Tomás Arturo Batalla Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2012308824.—(IN2012068512).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las quince horas del veinticinco de junio del dos mil doce, protocolicé acuerdo de asamblea de socios por medio de la cual se acordó disolver la sociedad denominada Costa Rica Vett Salud Animal Limitada.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—RP2012308825.—(IN2012068513).

Marco Fadricio Sánchez Boniche y Sergio Alfonso Trigueros Garita, acuerdan disolución de la sociedad Obelix M. S. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-607467. Escritura otorgada en San José, a las once horas del veintisiete de junio del 2012.—Lic. Luis Alberto Sáenz Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2012308826.—(IN2012068514).

En mi notaría, los señores Carlos Benavides Hernández cédula 1-660-603, Lil Xiomara Rivas Alas, cédula 8-096-857, acuerdan disolver la sociedad responsabilidad limitada cédula jurídica 3-102-518749.—San Rafael de Heredia, 25 de junio de 2012.—Lic. Danilo Hernández Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308827.—(IN2012068515).

Ante mi notaría la sociedad Corporación Carlo Pietro Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-152293 acordó su disolución por acuerdo de socios. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, siempre y cuando no se base en causa legal o pactada.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012308828.—(IN2012068516).

En mi notaría los señores Carlos Benavides Hernández cédula 1-660-603, acuerda disolver la sociedad anónima, Tecnología Celular Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-172374.—San Rafael de Heredia, 25 de junio del 2012.—Lic. Danilo Hernández Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308829.—(IN2012068517).

Ante mi notaría la sociedad Formularios Siglo Veintiuno Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-276213 acordó su disolución por acuerdo de socios. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, siempre y cuando no se base en causa legal o pactada.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012308830.—(IN2012068518).

Se disuelve la sociedad denominada Grupo Musical Los Guayacanes, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil seiscientos treinta y nueve. Artículo doscientos uno, inciso D del Código de Comercio. Apartado VI de la directriz cero cero dos-dos mil doce del Registro de Personas Jurídicas y Transitorio II de la ley nueve mil veinticuatro.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1 vez.—RP2012308831.—(IN2012068519).

En mi notaría, los señores Carlos Benavides Hernández, cédula 1-660-603, Lil Xiomara Rivas Alas, cédula 8-096-857, acuerdan disolver la sociedad responsabilidad limitada cédula jurídica 3-102-493617.—San Rafael de Heredia, 25 de junio del 2012.—Lic. Danilo Hernández Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308832.—(IN2012068520).

Ante mi notaría la sociedad Brisas de Cahuita Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-573480 acordó su disolución por acuerdo de socios. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, siempre y cuando no se base en causa legal o pactada.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012308833.—(IN2012068521).

En mi notaría, los señores Carlos Benavides Hernández cédula 1-660-603, Javier Peralta Polini, cédula 7-791-620, acuerdan disolver la sociedad anónima Comunicación en Movimiento PB S. A., cédula jurídica 3-101-341304.—San Rafael de Heredia, 25 de junio del 2012.—Lic. Danilo Hernández Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012308834.—(IN2012068522).

Mediante asamblea extraordinaria número uno-dos mil doce, de la compañía de esta plaza Educación Creativa Educresa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y cinco mil seiscientos nueve, se toma el acuerdo unánime de los socios de disolver sociedad, todo esto de acuerdo al artículo doscientos uno, inciso D del Código de Comercio.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1 vez.—RP2012308835.—(IN2012068523).

Ante mi notaría la sociedad Vino Nuevo Librería Cristiana Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-440972 acordó su disolución por acuerdo de socios. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, siempre y cuando no se base en causa legal o pactada.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012308836.—(IN2012068524).

Ante mi notaría la sociedad Inversiones La Huertona Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-568872 acordó su disolución por acuerdo de socios. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, siempre y cuando no se base en causa legal o pactada.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012308837.—(IN2012068525).

Ante mi notaría la sociedad Ranmel Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-603780 acordó su disolución por acuerdo de socios. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, siempre y cuando no se base en causa legal o pactada.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012308838.—(IN2012068526).

Ante mi notaría la sociedad H. A. Cacho Negro Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-564942 acordó su disolución por acuerdo de socios. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, siempre y cuando no se base en causa legal o pactada.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012308839.—(IN2012068527).

Escritura pública 65 bis-2 otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 12 de junio del 2012 se disuelve Unadolka S S. A., personería jurídica 3-101-540337.—San José, al ser las 16 horas del 20 de junio del dos mil doce.—Lic. Magda Elena Azofeifa Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012308840.—(IN2012068528).

Por escritura otorgada ante míi, a las dieciocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce se protocolizó la disolución de la sociedad Danat del Este Sociedad Anónima, todo de conformidad con el artículo doscientos uno, inc. D) del Código de Comercio.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—RP2012308841.—(IN2012068529).

Casa Los Almendros Número Cuarenta y Tres L & G  Sociedad Anónima, aumenta su capital social. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del veintiocho de marzo de dos mil doce.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012308842.—(IN2012068530).

En mi notaría por escritura número 127 del tomo 78 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de Limón a las 10:00 horas del 20 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de J y S Jiménez S. A., donde acuerdan disolver la sociedad.—Limón, 20 de junio del 2012.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012308843.—(IN2012068531).

Arnold Haehner Siermann, como único accionista acuerda disolución de Materiales y Equipos de Costura Industriales Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012308844.—(IN2012068532).

Por escritura de las 14:00 horas del 22 de junio del año en curso, se disolvió la sociedad de esta plaza Ladrillitos S. A.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Javier Apéstegui Zamora, Notario.—1 vez.—RP2012308845.—(IN2012068533).

Arnold Haehner Siermann y Conrad Haehner Siermann como únicos accionistas acuerdan disolución de Aceih de Atlanta Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012308846.—(IN2012068534).

Salvagua Limitada, otorga poder general de administración hasta por la suma de veinte mil dólares, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América al señor David Simón Corrales. Escritura otorgada a las ocho horas del veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012308847.—(IN2012068535).

En mi notaría por escritura número 135 del tomo 78 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de Limón a las 8:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Servicios Dentales y de Computación Valverde S. A., donde acuerdan disolver la sociedad.—Limón, 27 de junio del 2012.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012308848.—(IN2012068536).

En mi notaría por escritura número 136 del tomo 78 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de limón a las 9:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Viza Viales S. A., donde acuerda disolver la sociedad.—Limón, 27 de junio del 2012.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012308849.—(IN2012068537).

Por escrituras otorgadas a las ocho horas y ocho horas y treinta minutos del veintisiete de junio del presente año, ante la suscrita notaria, se acuerda disolver las siguientes sociedades respectivamente Mogabre Fashion Sociedad Anónima y Impercori Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Licda. Carmen Soto Montero, Notaria.—1 vez.—RP2012308850.—(IN2012068538).

En mi notaría por escritura número 137 del tomo 78 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de Limón a las 10:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Arenal Lake Realty Lindermuller S. A., donde acuerdan disolver la sociedad.—Limón, 27 de junio del 2012.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012308851.—(IN2012068539).

Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Masteropa Inversiones Ecológicas Sociedad Anónima, mediante la que se disuelve esa sociedad.—San José, once horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Rosibel Chavarría Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012308852.—(IN2012068540).

Que ante esta notaría se disolvieron las siguientes sociedades Proyecto Oreamuno Primero S. A., Proyecto Oreamuno Décimo S. A., Proyecto El Barón Quinto S. A., Proyecto El Barón Noveno S. A., Proyecto El Barón Décimo S. A.; Proyecto El Barón Décimo Primero S. A., Proyecto La Rita Primero S. A., Proyecto La Rita Segundo S. A., Proyecto La Rita Tercero S. A., Proyecto La Rita Cuarto S. A., Proyecto La Rita Quinto S. A., Proyecto La Rita Sexto S. A., Proyecto La Rita Sétimo S. A., Proyecto La Rita Octavo S. A., Proyecto La Rita Noveno S. A., Proyecto La Rita Décimo Primero S. A., Proyecto La Rita Décimo Segundo S. A., Proyecto La Rita Décimo Tercero S. A., Proyecto Concepción Sr Tercero S. A., Proyecto Concepción Sr Cuarto S. A., Consorcio Macem S. A., Consorcio Dasis S. A., Consorcio Napas del Oeste S. A., Consorcio Trijona S. A., y se fusionaron las sociedades O Vinas Inventarios S. A. e I. A. Consulting S. A., prevaleciendo esta última.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Licda. Vanessa Cubillo Arguedas, Notaria.—1 vez.—RP2012308853.—(IN2012068541).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 26 de junio del 2012, los socios capitalistas acuerdan por unanimidad, disolver la sociedad Kown Institute Language School Kils Sociedad Anónima. Domicilio social: Guápiles, Pococí, Limón, doscientos cincuenta metros oeste del Hospital de Guápiles.—Guápiles, 27 de junio del 2012.—Lic. Carlos Mora Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012308856.—(IN2012068542).

La suscrita notaria hace constar, que el día de hoy compareció ante mi notaría, el señor Rafael Rodríguez Méndez, cédula Nº 1-435-520, en condición de único socio de la empresa, Intercorp Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-68485; a efecto de tramitar la disolución de las mismas.—San José, nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Elizabeth Venegas Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012308857.—(IN2012068543).

La suscrita notaria hace constar: que el día de hoy, comparecieron ante mi notaría, Julio Enrique Flores Varela, cédula de identidad Nº 1-673-993 y Guiselle Cordero Chacón, cédula de identidad Nº 1-568-548; en condición de únicos socios de la empresa: Flores y Cordero Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-194878; a efecto de tramitar la disolución de la misma.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Elizabeth Venegas Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012308858.—(IN2012068544).

La suscrita notaria hace constar: que el día de hoy, compareció ante mi notaría, Bismarck Hernández Jarquín, cédula de identidad Nº 7-037-505; en condición de único socio de la empresa: Importaciones Bismarck Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-139046; a efecto de tramitar la disolución de la misma.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Elizabeth Venegas Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012308859.—(IN2012068545).

La suscrita notaria hace constar, que el día de hoy compareció ante mi notaría, el señor Rafael Rodríguez Méndez, cédula Nº 1-435-520, en condición de único socio de la empresa: Ventas Económicas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-22679; a efecto de tramitar la disolución de la misma.—San José, nueve de junio del dos mil doce.—Lic. Elizabeth Venegas Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012308860.—(IN2012068546).

Ante esta notaría se acuerda proceder a la disolución de las siguientes sociedades basado en el artículo doscientos uno inciso d) de Código de Comercio, según acuerdo firme y asentados en actas número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de: I) Free Trade Agreement Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cinco cuatro uno nueve ocho siete. II) International Brokers JSM Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro tres cero uno uno cuatro. III) Buena Vida Plutón BVP Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cero siete cero siete siete IV) Project Development Management Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cero siete uno nueve cinco, V) ABJS Gestión de Negocios Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro ocho cinco tres cinco cuatro, VI) Desarrolladora ABJS del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro ocho cero ocho tres nueve VI) Easy Real Estate Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-tres ocho uno dos nueve cinco, en todas ellas presidente Jaime Óscar Seminario Alvarado, cédula número uno-cien-setecientos ochenta y seis.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012068547).

Por escritura número doscientos sesenta y uno-tres visible al folio ciento quince vuelto del tomo tres de mi protocolo, otorgada en Rosales, Desamparados, Alajuela, a las 16:00 horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, se liquida la sociedad Barrantes y Salas de Desamparados de Alajuela Sociedad Anónima.—Lic. Róger Sánchez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012068552).

Por escritura número doscientos cincuenta-tres visible al folio ciento diez frente y ciento diez vuelto del tomo tres de mi protocolo, otorgada en Rosales, Desamparados, Alajuela, a las 19:30 horas del dieciocho de junio del año dos mil doce, se liquida la sociedad Inversiones Jams Sociedad Anónima.—Lic. Róger Sánchez Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2012068553).

Por escritura número doscientos sesenta-tres visible al folio ciento catorce vuelto y ciento quince frente del tomo tres de mi protocolo, otorgada en Rosales, Desamparados, Alajuela, a las 14:30 horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, se liquida la sociedad Bienes Inmuebles Atencio Sociedad Anónima.—Lic. Róger Sánchez Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2012068554).

Por escritura número doscientos sesenta y uno-tres visible al folio ciento quince vuelto del tomo tres de mi protocolo, otorgada en Rosales, Desamparados, Alajuela, a las 16:00 horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, se liquida la sociedad Turismo JR Transbasa Sociedad Anónima.—Lic. Róger Sánchez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012068555).

Ante este notario público, Bernardo Guzmán Núñez, se constituye la escritura número ciento veintisiete, iniciada en el folio setenta vuelto del tomo tercero de mi protocolo, de disolución de Confecciones Nuevo Horizonte Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-323976, inscrita en el tomo 1598, folio 41, asiento 39. Dado en Alajuela, a las ocho horas del veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Bernardo Guzmán Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2012068556).

En esta notaría, por escritura pública número 38-14 otorgada a las 15:00 horas del 28 de junio del 2012, se disolvió AKBIS F R S. A.—Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—(IN2012068557).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del veinticinco de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de disolución por acuerdo de socios de la sociedad denominada N.S. de San Pablo Diecinueve Ninenteen Sociedad Anónima. Artículo 207 del Código de Comercio.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Salvador Humberto Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN201068562).

Por escritura otorgada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de disolución por acuerdo de socios de la sociedad denominada N.S. de San Pablo Dieciocho Eigthteen Sociedad Anónima. Artículo 207 del Código de Comercio.—San José, veinticinco de junio de dos mil doce.—Lic. Salvador Humberto Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012068563).

Por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de disolución por acuerdo de socios de la sociedad denominada N.S. de San Pablo Diecisiete Seventeen Sociedad Anónima. Artículo 207 del Código de Comercio.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Salvador Humberto Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012068565).

Por escritura otorgada a las quince horas quince minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de disolución por acuerdo de socios de la sociedad denominada N.S. de San Pablo Dieciséis Sixteen Sociedad Anónima. Artículo 207 del Código de Comercio.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Salvador Humberto Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012068567).

Por escritura otorgada a las quince horas veinticinco de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de disolución por acuerdo de socios de la sociedad denominada N.S. de San Pablo Quince Fifteen Sociedad Anónima. Artículo 207 del Código de Comercio.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Salvador Humberto Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012068568).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se procede a la disolución de Inmobiliaria e Inversiones Coral Verde E.I.R.L. Se nombra liquidador.—Heredia, a las nueve horas del veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Roberto Ulate González, Notario.—1 vez.—(IN2012068569).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se procede a la fusión de Importadora y Distribuidora Servicios Verde S. A.. No se liquidan bienes.—Heredia, a las ocho horas del veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Roberto Ulate González, Notario.—1 vez.—(IN2012068570).

El suscrito notario hace constar que protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Agrícola El Socorro de Cartagena S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012068571).

En asamblea general extraordinaria de socios del cuatro de mayo del dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Endocrinology Coralí O.Y.B.B Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-526968, acta protocolizada ante esta notaría.—Lic. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012068576).

En asamblea general extraordinaria de socios del cuatro de mayo del dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Departamentos Mary M.E.S.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-645203, acta protocolizada ante esta notaría.—Lic. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012068577).

En asamblea general extraordinaria de socios del ocho de junio del dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Odontopaez Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-359845, acta protocolizada ante esta notaría.—Lic. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012068578).

En asamblea general extraordinaria de socios del primero de abril del dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Leosolviva Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-529759, acta protocolizada ante esta notaría.—Lic. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012068579).

Ante mí, Adriana Astúa Quesada, mediante escritura trescientos once-once, se disuelve la sociedad Louranto Agua Buena del Sur Sociedad Anónima.—18 de junio del 2012.—Lic. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012068580).

Ante mí, Adriana Astúa Quesada, mediante escritura doscientos sesenta y siete-once, se disuelve la sociedad Inversiones Acuña Viales Sociedad Anónima.—26 de abril del 2012.—Lic. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012068581).

Por escritura número veintidós-siete de las ocho horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Consorcio Kingo Kuawari Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos quince mil ochenta.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068582).

En asamblea general extraordinaria de socios del nueve de enero del dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Quinta Las Guacas N.B. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-583738, acta protocolizada ante esta notaría.—Lic. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012068584).

Por escritura número veintinueve-siete de las doce horas del veintiuno de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Ulate y Obando Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dieciocho mil trescientos cincuenta y uno.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068585).

Por escritura número veinticuatro-siete de las diez horas del veintiuno de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Comercial La Florida Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y un mil cuatrocientos noventa y ocho.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068586).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 27 junio del 2012, Inmobiliaria Doña Inés Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-088819, reforma cláusula octava de pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, San Carlos, 27 junio del 2012.—Lic. Sonia María Carvajal Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2012068587).

Por escritura número seis-siete de las nueve horas del seis de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa S Y S Telecomunicaciones y Cómputo de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta mil cuarenta y nueve.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068588).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:15 horas del 27 junio del 2012, socios acuerdan la disolución de Ganadera Cacha y San Pablo J D S S Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-323154.—Ciudad Quesada San Carlos, 27 de junio del 2012.—Lic. Sonia María Carvajal Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2012068589).

Por escritura número veintiséis-siete de las diez horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Auto Repuestos Cacharrito Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y nueve mil setenta y seis.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068590).

Por escritura número siete-siete de las diez horas del seis de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa B S Telecomunicaciones y Cómputo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y cuatro mil doscientos trece.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068592).

Por escritura número nueve-siete de las ocho horas del siete de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Comercializadora O. C. G. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuatro mil doscientos cincuenta y cinco.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068594).

Por escritura número diez-siete de las nueve horas del siete de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Cursar Superior de Costa Rica Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y siete mil uno.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068595).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio se acordó y quedó en firme, la disolución de la empresa Inversiones Lumi S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno- ciento treinta y un mil doscientos treinta, de lo cual da fe la notaria que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—Heredia, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2012068596).

Por escritura autorizada en San José, a las 09:00 horas del 28 de junio del 2012, ante los notarios Mario Alberto Ramírez Quesada y Gineth Garita Medrano, se acordó la disolución de la compañía denominada Cronosoft Nexus Limitada.—Lic. Mario Alberto Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012068597).

Por escritura número veintiocho-siete de las once horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Repuestos y Accesorios U de Cañas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil treinta y tres.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068598).

Mediante escritura pública número 166-7 de las 09:00 horas del 29 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de Producciones y Representaciones Marysa S. A., cédula 3-101-437615, en la que se acuerda disolver la sociedad.—Larissa Seravalli Saurez, Notaria.—1 vez.—(IN2012068599).

Por escritura número trescientos setenta, ante el notario público Roberto Marín Segura en su protocolo se desinscribió y se disolvió la sociedad empresa de Seguridad y Responsabilidad Chagu Sociedad Anónima.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—(IN2012068600).

Por escritura otorgada en San José, a las 09:15 horas del 28 de junio del 2012, ante los notarios Mario Alberto Ramírez Quesada y Gineth Garita Medrano, se acordó la disolución de las compañías denominadas Grupo Eco Natural Limitada y Eco Respect Limitada.—Lic. Mario Alberto Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012068601).

Por escritura número diecinueve-siete de las diecinueve horas del veinte de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Corporación Cielo Estrellado C E Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil quinientos veintiocho.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068602).

Por escritura número cinco-siete de las ocho horas del seis de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Fiesta Mágica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta mil ciento cincuenta y uno.—Lic. Marianela González Fonseca Notaria.—1 vez.—(IN2012068603).

Por acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios, tomado el día veintisiete de junio del dos mil doce, la sociedad Marserpi S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos diecinueve mil seiscientos cuarenta y seis, acuerdan por unanimidad de votos, disolver la sociedad tal y como lo establece el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Se advierte que la sociedad no tiene actualmente ningún bien o activo ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene actividades ni operaciones de ninguna naturaleza. Por tal razón se prescinde del trámite de liquidador y su nombramiento así como del resto de trámites excepto el edicto. Marta Cecilia Oconitrillo Ortiz, Presidenta.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ana Isabel Borbón Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2012068604).

El suscrito notario, hace constar que por medio de la escritura número cuarenta y cuatro otorgada a las 15:00 horas del 28 de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma Asesores Múltiples ASEMULSA Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Alonso Andreé Núñez Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012068605).

Por escritura número veinticinco-siete de las diez horas quince minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Inmobiliaria Don Pedro de Grecia Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos mil doscientos noventa y tres.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068606).

Por escritura número veinte-siete de las diecinueve horas quince minutos del veinte de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Toht Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y tres mil cuatrocientos setenta y seis.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068607).

Por escritura número doscientos dos, otorgada ante esta notaría, en San José, al ser las doce horas del veintisiete de junio del dos mil doce y visible a folio ciento ochenta y dos vuelto y ciento ochenta y tres frente, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Proyarte Construcciones Dos Mil Cinco S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos once mil ciento cincuenta, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad. Es todo.—San José, al ser las doce horas y diez minutos del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN201068608).

Por escritura número ocho-siete de las once horas del seis de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Magic Party Número Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil novecientos once.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068609).

Por escritura número veintiuno-siete de las ocho horas del veintiuno de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Repuestos Sion Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciocho mil setecientos ochenta y seis.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068610).

Por escritura número veintitrés-siete de las nueve horas del veintiuno de junio del dos mil doce, se reformó y liquidó la empresa Transportes Halcón Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-veintitrés mil quinientos tres.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068611).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del día 26 de junio del 2012, se disuelve la sociedad denominada Sanmar M Y V Sociedad Anónima. Domicilio: San José.—Escazú, 26 de junio del 2012.—Lic. Iliana María Flores Díaz, Notaria.—1 vez.—(IN2012068613).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del día 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad denominada Servi Compu Hugo Alejandro Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Escazú.—Escazú, 28 de junio del 2012.—Lic. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2012068614).

En mi notaría, a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvió y liquidó la sociedad anónima denominada Loma Telecom S. A.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Mario Alonso Arias Agüero, Notario.—1 vez.—(IN2012068615).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, en proceso de disolución de Distribuidora La Casa del Vinil E.I.R.L., para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación del edicto que en éste acto se ordena expedir, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos que en caso de no hacerlo, la disolución, concluirá. Notaría del licenciado Héctor Sáenz Aguilar. Sita en Siquirres cincuenta metros norte de la estación férrea. Fax: 2768-3564.—Veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Héctor Sáenz Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012068618).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, en proceso de disolución de Servicable S. A., para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación del edicto que en éste acto se ordena expedir, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos que en caso de no hacerlo, la disolución, concluirá. Notaría del licenciado Héctor Sáenz Aguilar. Sita en Siquirres cincuenta metros norte de la estación férrea. Fax; 2768-3564.—Veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Héctor Sáenz Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012068619).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, en proceso de disolución de Yababri Limitada, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación del edicto que en éste acto se ordena expedir, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos que en caso de no hacerlo, la disolución, concluirá. Notaría del licenciado Héctor Sáenz Aguilar. Sita en Siquirres cincuenta metros norte de la estación férrea. Fax: 2768-3564.—Veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Héctor Sáenz Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012068621).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, en proceso de disolución de Gefusa Limitada para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación del edicto que en éste acto se ordena expedir, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos que en caso de no hacerlo, la disolución, concluirá. Notaría del licenciado Héctor Sáenz Aguilar. Sita en Siquirres cincuenta metros norte de la estación férrea. Fax: 2768-3564.—Veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Héctor Sáenz Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012068622).

En escritura 331, tomo 3 de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Soluciones Técnicas Industriales del Istmo Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-dos cero dos seis ocho siete, otorgada el día 28 de junio de 2012. Se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo 201 inciso b) y d), del Código de Comercio.—Lic. Ileana María Sanabria Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012068624).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, en proceso de disolución de Lotes del Atlántico S. A., para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación del edicto que en éste acto se ordena expedir, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos que en caso de no hacerlo, la disolución, concluirá. Notaría del licenciado Héctor Sáenz Aguilar. Sita en Siquirres cincuenta metros norte de la estación férrea. Fax: 2768-3564.—Veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Héctor Sáenz Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012068625).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, en proceso de disolución de Trucks López Chaves Limitada, para que dentro del termino de treinta días contados a partir de la publicación del edicto que en éste acto se ordena expedir, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos que en caso de no hacerlo, la disolución, concluirá. Notaría del licenciado Héctor Sáenz Aguilar. Sita en Siquirres cincuenta metros norte de la estación férrea. Fax: 2768-3564.—Veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Héctor Sáenz Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012068627).

Por escritura pública ante esta misma notaría, se procedió al trámite de liquidación de la sociedad O & S Inmobiliaria Domingueña Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia,  veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Rogelio Segura Ruiz, Notario.—1 vez.—(IN2012068628).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, en proceso de disolución de Sáenz y Aguilar Inmobiliaria Limitada. Para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación del edicto que en éste acto se ordena expedir, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos que en caso de no hacerlo, la disolución, concluirá. Notaría de la licenciada Kathya Maritza Pérez González. Sita en Siquirres, Limón, contiguo a la Terminal de Caribeños. Fax: 2768-7547.—Ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Kathya Maritza Pérez González, Notaria.—1 vez.—(IN2012068629).

Ante esta notaría, se constituye sociedad denominada Hidráulicos Roar Sociedad Anónima. Capital social: cincuenta mil colones. Plazo: 99 años. Domiciliada: Santo Domingo de Heredia. Presidente: Allan Rodríguez García.—Lic. Fabián Ocampo Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2012068631).

Ante esta notaría, se disolvió la sociedad denominada Kary de Moravia Sociedad Anónima, con cédula jurídica que exhibe el número tres-ciento uno-doscientos veintinueve mil cuatrocientos dieciséis, cuya presidenta es la señora Raquel Gómez Ramírez, mayor, soltera, bióloga, vecina de Heredia, Sarapiquí, de la escuela de Chilamate cien metros oeste, con cédula de identidad número uno-mil cuatro doscientos setenta y dos. Es todo.—San José,  veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Evelyn María Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2012068633).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 23 de junio de 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de las sociedades Artcar Properties Limitada y Top Dog Investments Limitada, por la que se acuerda la disolución y liquidación de estas sociedades.—Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. América Zeledón Carrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012068634).

Se avisa que la sociedad Librería y Bazar Victoria Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-dos nueve cuatro siete dos nueve, por acuerdo unánime de sus socios, esta en trámite de disolución.—Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Alexandra Barrantes Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012068635).

Por escritura número ciento ochenta y cuatro-cero cuatro de las ocho horas cincuenta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y cuatro vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Proyectiva Dos Mil Sociedad Anónima, para disolución de la misma.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068636).

Por escritura otorgada a las 13:30 horas del 23 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Expo Andrea C.R. Limitada, por la que se acuerda la disolución y liquidación de esta sociedad.—Heredia, 30 de junio del 2012.—Lic. América Zeledón Carrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012068637).

Por escritura número ciento ochenta y tres-cero cuatro de las ocho horas cuarenta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y cuatro frente del tomo cuarto de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la Corimo Sociedad Anónima, para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068638).

Por escritura pública ante esta notaría, se procedió al trámite de liquidación de la sociedad Nino de Alajuela Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, el día veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Rogelio Segura Ruiz, Notario.—1 vez.—(IN2012068639).

Por escritura número ciento noventa y uno-cero cuatro de las ocho horas treinta minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y siete vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Americanas del Norte Sociedad Anónima, para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono 8385-2752—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068640).

Por escritura pública ante ésta misma notaría, se procedió al tramite de liquidación de la sociedad Mercadeo Operativo Carrillo & Solano Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, a las nueve horas, del día veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Rogelio Segura Ruiz, Notario.—1 vez.—(IN2012068641).

Por escritura número ciento noventa-cero cuatro de las ocho horas veinticinco minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y siete vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Americanas del Norte Sociedad Anónima para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068643).

Por escritura número ciento ochenta y nueve-cero cuatro de las ocho horas veinte minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y siete frente del tomo cuarto de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Administración y Finanzas Técnicas Sociedad Anónima para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068645).

Por escrituras otorgadas ante mí, a las 07:00 horas, 07:30 horas, 08:00 horas todas del 28 de junio, se acordó disolver respectivamente las sociedades Calfer del Este S. A., con cédula jurídica número 3-101-181048, Daarpa S. A., con cédula jurídica número 3-101-161498 y Cacerpe S. A., con cédula jurídica número 3-101-094819, se acuerda disolver dichas sociedades.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068647).

Por escritura número ciento ochenta y ocho-cero cuatro de las ocho horas quince minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y siete frente del tomo cuarto de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Representaciones Menez y Durán Sociedad Anónima para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068648).

Por escrituras otorgadas ante mí, a las 13:00 horas, 13:30 horas, 14:00 horas todas del 28 de junio, se acordó reformar cláusula quinta de la sociedad E.MA.VI S. A., con cédula jurídica número 3-101-131811; se acordó reformar cláusula sétima Calderón Hernández S. A., con cédula jurídica número 3-101-27544 e Inversiones Romar S. A., con cédula jurídica número 3-101-011640, se acordó reformar las cláusulas segunda, tercera y sexta, en todas se realiza cambio de junta directiva.—San José, 28 de junio del 2012.—Licda. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—(IN2012068650).

Por escritura número ciento ochenta y siete-cero cuatro de las ocho horas diez minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y seis vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Adconsa Administración Contable Sociedad Anónima para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono 8385-2752—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068651).

Por escritura número ciento ochenta y seis-cero cuatro de las ocho horas del veintinueve de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y seis vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Mama Sociedad Anónima para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068653).

Por escritura número ciento ochenta y cinco-cero cuatro de las ocho horas cincuenta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y cinco vuelto del tomo cuarto de mí protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Naturaleza del Clavel de Poeta Sociedad Anónima, para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono: 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068654).

Por escritura número de las diecisiete horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta vuelto del tomo cuarto de mí protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Centro de Distribución de Occidente Cendisa Sociedad Anónima, para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono: 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068655).

Por escritura número ciento ochenta-cero cuatro de las ocho del veintiocho de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y dos vuelto del tomo cuarto de mí protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres ciento uno cinco cinco cuatro nueve dos dos sociedad anónima, para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono: 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068656).

Por escritura número ciento setenta y nueve de las diecisiete horas cincuenta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y uno vuelto del tomo cuarto de mí protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Multi H Sociedad Anónima, para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono: 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068659).

La sociedad, Asesores Kavachi Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-497843, acuerda por unanimidad su disolución.—San José, 23 de junio del 2012.—Lic. Carlos Ávila Cortés, Notario.—1 vez.—(IN2012068661).

Por escritura número ciento ochenta y uno-cero cuatro, de las ocho horas y quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y tres, frente del tomo cuarto de mí protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Melissa y Pamela Sociedad Anónima, para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono: 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068662).

Por escritura número ciento ochenta y dos-cero cuatro de las ocho horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta y tres vuelto del tomo cuarto de mí protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Ramjas Sociedad Anónima, para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono: 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068664).

Por escritura otorgada en Heredia, a las diez horas del veintiocho de junio del dos mil doce, Roberto Denis Rosas Moya, apoderado generalísimo sin límite de suma de tres-ciento uno-quinientos cincuenta y tres mil trescientos noventa y uno sociedad anónima, con domicilio en la ciudad de Heredia, solicita la disolución.—Heredia, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1 vez.—(IN2012068666).

Mediante escritura otorgada en San José, a las doce horas con treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, disolviendo la sociedad Comercializadora Feijoo Sociedad Anónima, ante la notaria pública Ileana María Arguedas Maklouf.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Ileana María Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—(IN2012068668).

Mediante escritura otorgada en San José, a las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, disolviendo la sociedad Inversiones R D B Costa Rica Sociedad Anónima, ante la notaria pública Coroliana Feijoo Pitty.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Coroliana Feijoo Pitty, Notaria.—1 vez.—(IN2012068669).

Mediante escritura otorgada en San José, a las doce horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, disolviendo la sociedad Open Logística Arfe Sociedad Anónima, ante la notaria pública Coroliana Feijoo Pitty.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Coroliana Feijoo Pitty, Notaria.—1 vez.—(IN2012068670).

Mediante escritura otorgada en San José, a las trece horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, disolviendo la sociedad Crea Logística S S S Sociedad Anónima, ante la notaria pública Coroliana Feijoo Pitty.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Coroliana Feijoo Pitty, Notaria.—1 vez.—(IN2012068671).

Mediante escritura otorgada en San José, a las catorce horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, disolviendo la sociedad International Metal Logistic Sociedad Anónima, ante la notaria pública Coroliana Feijoo Pitty.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Coroliana Feijoo Pitty, Notaria.—1 vez.—(IN2012068672).

Mediante escritura otorgada en San José, a las quince horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, disolviendo la sociedad Retiro Guanavista Sociedad Anónima, ante la notaria pública Coroliana Feijoo Pitty.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Coroliana Feijoo Pitty, Notaria.—1 vez.—(IN2012068673).

Mediante escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, disolviendo la sociedad Crown Group Costa Rica C G I Sociedad Anónima, ante la notaria pública Coroliana Feijoo Pitty.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Coroliana Feijoo Pitty, Notaria.—1 vez.—(IN2012068674).

Mediante escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, disolviendo la sociedad Grupo de Inversiones La Mandarina Sociedad Anónima, ante la notaria pública Coroliana Feijoo Pitty.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Coroliana Feijoo Pitty, Notaria.—1 vez.—(IN2012068675).

Mediante escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, disolviendo la sociedad Video Juegos J M Sociedad Anónima, ante la notaria pública Coroliana Feijoo Pitty.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Coroliana Feijoo Pitty, Notaria.—1 vez.—(IN2012068676).

Mediante escritura otorgada en San José, a las diecinueve horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, disolviendo la sociedad Corporación Turística Centroamericana Sociedad Anónima, ante la notaria pública Coroliana Feijoo Pitty.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Coroliana Feijoo Pitty, Notaria.—1 vez.—(IN2012068677).

Mediante escritura otorgada en San José, a las diez horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, disolviendo la sociedad Distribuidora Maklouf Sociedad Anónima, ante la notaria pública Coroliana Feijoo Pitty.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Coroliana Feijoo Pitty, Notaria.—1 vez.—(IN2012068678).

Mediante escritura otorgada en San José, a las once horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, disolviendo la sociedad Bausa Noventa y Ocho Sociedad Anónima, ante la notaria pública Coroliana Feijoo Pitty.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Coroliana Feijoo Pitty, Notaria.—1 vez.—(IN2012068679).

Winetwork CR Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro cinco ocho cinco cero uno, en este acto representada por su apoderado generalísimo sin límite de suma: Marta Jiménez Marín, cédula de identidad número dos-cuatrocientos veintiocho-ochocientos sesenta y cinco, manifiesta que mediante acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios, celebrada a las doce horas del cuatro de junio del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad dicha por acuerdo de socios.—Alajuela, diecisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Mónica Antonieta López Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012068680).

Grupo Cero Tres Cincuenta y Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres ciento uno-cinco tres seis seis dos tres, en este acto representada por su apoderado generalísimo sin límite de suma: Henry Fuentes Lain, cédula de identidad número uno-cuatro siete uno-ocho cero uno, manifiesta que mediante acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios, celebrada a las doce horas del tres de junio del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad dicha por acuerdo de socios.—Alajuela, dieciséis de junio del dos mil doce.—Lic. Mónica Antonieta López Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012068681).

Mediante escritura número veinticinco-tres, protocolo tres, del suscrito notario público, se disolvió ante mí, la empresa Corporación Fra y Flo Sociedad Anónima.—San José, a las diez horas del veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Julio Cesar Ruiz Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2012068683).

Por escritura número ciento setenta y cinco de las diecisiete horas quince minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, visible al folio ciento veintinueve del tomo cuarto de mí protocolo, se protocoliza escritura pública para disolución de la sociedad Tikal Supermercado Sociedad Anónima. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono: 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068684).

Mediante escritura número veintiocho del tomo ocho, otorgada a las 10:00 horas del día 27 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Hulera Centroamericana Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-treinta y seis mil novecientos noventa y ocho.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Oswald Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2012068685).

Por escritura número ciento setenta y uno de las trece horas del veintiséis de junio del dos mil doce, visible al folio ciento veinticuatro del tomo cuarto de mí protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Arguello y Méndez Limitada, para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono: 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068686).

Por escritura número ciento setenta y ocho, de las diecisiete horas cuarenta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, visible al folio ciento treinta uno frente del tomo cuarto de mí protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Multi Provedora Tibaseña Sociedad Anónima, para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono: 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068688).

Por escritura número ciento setenta y seis, de las diecisiete horas y veinticinco minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, visible al folio ciento veintinueve del tomo cuarto de mí protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Multicine Sociedad Anónima, para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono: 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068689).

Por escritura número ciento setenta y cuatro, de las diecisiete horas del veintiséis de junio del dos mil doce, visible al folio ciento veintiocho vuelto del tomo cuarto de mí protocolo, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Comercial Cor Sociedad Anónima, para disolución de la misma. Lic. Luis César Monge Hernández, notario público con oficina en San José, teléfono: 8385-2752.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068690).

El suscrito Walter Acosta Campos, notario público con oficina en Heredia, señala que ante su notaría, se presentó Ninette Zamora Zúñiga, Marco Antonio Arvide Loría, Ivonne Zamora Zúñiga, quienes vienen a constituir la sociedad denominada Arza S. A., con un capital social de diez mil colones, domiciliada en San Pablo de Heredia, con una duración de noventa y nueve años. Lo anterior consta en la escritura número doscientos treinta y uno, de las dieciocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Walter Acosta Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012068691).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió tres-uno cero uno-seis uno seis dos dos seis sociedad anónima.—Lic. William Mora Guevara, Notario.—1 vez.—(IN2012068702).

Mediante escritura número noventa y cinco, otorgada ante mi notaría, el veintiocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad C&L Noventa y Cinco Constructora S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-cinco dos dos seis uno cinco.—Lic. Guillermo Sáenz Fuentes, Notario.—1 vez.—(IN2012068703).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió: tres-uno cero uno-seis uno cero dos ocho uno sociedad anónima.—Lic. William Mora Guevara, Notario.—1 vez.—(IN2012068704).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió: tres-uno cero uno-seis uno ocho nueve cinco seis sociedad anónima.—Lic. William Mora Guevara, Notario.—1 vez.—(IN2012068705).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del día 29 de junio del 2012, se disuelve la sociedad denominada: tres ciento uno quinientos treinta y tres novecientos cuarenta y uno sociedad anónima. Domicilio: San José, Escazú.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2012068706).

Por escritura Nº 131 de esta fecha del tomo trece de mí protocolo, se disuelve Daed Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-2281330.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Walter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—(IN2012068708).

Ante mí, Ana Isabel Fallas Aguilar, notaria pública con oficina abierta en San José, en escritura Nº 58 visible al folio 87 vuelto, tomo undécimo de mí protocolo, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Corporación Educativa Isaguz para el Pacífico Central Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil ochocientos setenta y seis, celebrada en su domicilio social, a las doce horas del veintitrés de junio del dos mil doce, en la que se acuerda disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, la presente publicación se realiza para efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ana Isabel Fallas Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2012068713).

Ante mí, Ana Isabel Fallas Aguilar, notaria pública con oficina abierta en San José, en escritura Nº 89 visible al folio 121 frente del tomo undécimo de mí protocolo, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Grupo de Seguridad Las Estrellas de Piedra Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y un mil setecientos cuarenta y uno, celebrada en el domicilio de la sociedad, a las doce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, en la que se acuerda disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, la presente publicación se realiza para efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Ana Isabel Fallas Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2012068714).

Ante mí, Ana Isabel Fallas Aguilar, notaria pública con oficina abierta en San José, en escritura Nº 57 visible al folio 87 frente, tomo undécimo de mí protocolo, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Familia Arias Cordero Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-doscientos cincuenta y dos mil ciento sesenta y cinco, celebrada en el domicilio de la sociedad, a las doce horas del veinte de junio del dos mil doce, en la que se acuerda disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, la presente publicación se realiza para efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ana Isabel Fallas Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2012068715).

La suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria hago constar que con fecha 28 de junio del 2012, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad: Azua y Azua S. A., cédula jurídica Nº 3-101-122271, procediendo a la disolución de dicha sociedad.—Lic. Juan Luis León Blanco, Notario.—1 vez.—(IN2012068716).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Ríos y Sandoval Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento setenta y ocho mil trescientos cincuenta, en la cual se disuelve y liquida empresa. Escritura otorgada en Heredia, a las quince horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Calvo Monney, Notaria.—1 vez.—(IN2012068718).

Que por escritura otorgada ante esta notaria, a las once horas del veintinueve de junio del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada: Buena Vista Two-B Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y tres mil novecientos ochenta y tres.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012068719).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Magimon Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cinco uno tres cero tres dos, en la cual se disuelve y liquida empresa. Escritura otorgada en Heredia, a las quince horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Calvo Monney, Notaria.—1 vez.—(IN2012068721).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Toscana de Heredia Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento veintitrés mil quinientos treinta y uno, en la cual se disuelve y liquida empresa. Escritura otorgada en Heredia, a las quince horas del veintiséis de junio del dos mil doce.—Dr. Francisco Morera Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012068723).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las once horas del día veintinueve de junio del dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria-extraordinaria de accionistas de la sociedad de ésta plaza: Inversiones Suizas en Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y tres mil novecientos veintiséis, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios y por no poseer ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tener operaciones ni actividades de ninguna naturaleza, se acuerda prescindir del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Wilfred Arguello Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2012068726).

Por instrumento notarial protocolar autorizado en San José, en esta notaría, de las trece horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedad tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil, por la cual se acordó disolver la sociedad por no tener activos ni pasivos que repartir, por lo que se liquida la sociedad.—Lic. Gustavo Infante Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2012068729).

Hago constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada ante mí, a las 10:15 horas del 28 de junio, se ha acordado la disolución de la sociedad denominada Total Solutions Systems Inc Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012068730).

Hago constar, para efectos de los artículos 19 y 207 del Código de Comercio, que por escritura otorgada ante mí, a las 10:30 horas del 28 de junio, se ha acordado la disolución de la sociedad denominada Global Link Exports Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Juan Manuel Barquero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012068731).

Por instrumento notarial protocolar autorizado en San José, en esta notaría, de las doce horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil ochocientos ochenta y cinco S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil ochocientos ochenta y cinco, por la cual se acordó disolver la sociedad por no tener activos ni pasivos que repartir, por lo que se liquida la sociedad.—Lic. Gustavo Infante Meléndez, Notario.—1 vez.—(IN2012068733).

Por instrumento notarial protocolar autorizado en San José, en esta notaría, de las trece horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedad Radioperiódicos Reloj S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y nueve mil ciento noventa y tres, por la cual se acordó disolver la sociedad por no tener activos ni pasivos que repartir, por lo que se liquida la sociedad.—Lic. María Lourdes Montes de Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—(IN2012068735).

Por instrumento notarial protocolar autorizado en San José, en esta notaría, de las doce horas treinta minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Grupo Reloj S. A., con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y nueve mil doscientos treinta y nueve, por la cual se acordó disolver la sociedad por no tener activos ni pasivos que repartir, por lo que se liquida la sociedad.—Lic. María Lourdes Montes de Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—(IN2012068737).

Por instrumento notarial protocolar autorizado en San José, en esta notaría, de las doce horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Deportes Reloj HB S. A., con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta, por la cual se acordó disolver la sociedad por no tener activos ni pasivos que repartir, por lo que se liquida la sociedad.—Lic. María Lourdes Montes de Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—(IN2012068738).

Ante esta notaría, en escritura otorgada a las diez horas del treinta de junio de dos mil doce, número treinta y cinco, iniciada al folio dieciocho frente, tomo cinco de mi protocolo, se disuelve y liquida la sociedad Big Valley Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-313139, de acuerdo al transitorio II de la Ley noventa veinticuatro.—Lic. Yolanda Cecilia Solano Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012068739).

Ante mi notaría, a las 13:00 horas del 29 de junio del año 2012, se redactó la escritura número 222 del tomo 5 de la sociedad Dilesca y Hermanos S. A., donde acuerdan disolver la sociedad con base al artículo 201 inciso d del Código de Comercio.—San José, 29 de junio del año 2012.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2012068740).

Por escritura otorgada a las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce Corporación Industrial Global de Centroamérica Sociedad Anónima, ha sido disuelta.—Lic. Lorlly Luna Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012058749).

El suscrito notario hace constar que mediante las escrituras que se indican a continuación en su notaría se han protocolizado las disoluciones de persona jurídica siguientes:

Escritura         Hora y fecha                    Nombre persona jurídica

259 29            8 hrs  28/06/2012            Esta Boca es Mía EIRL

247 29            8 hrs  28/06/2012            3 105 520693 EIRL

245 29           18 hrs  27/06/2012           3 101 479301 S. A.

235 29           12 hrs  22/06/2012           Fallas y Marín de San José

227 29         17:30hrs  18/06/2012         Arquitectura e Ingeniería

                                                                Chavarría de Heredia S. A.

Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012068750).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del veintidós de junio del dos mil doce World e Meds Sociedad Anónima, nombró junta directiva y fiscal.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012068753).

Ante esta notaría mediante escritura número dieciséis, de las veinte horas del veintiocho de junio de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Ingeniería y Construcción del Sur Incosur S. A., en donde se acordó: 1) Disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Orotina, 29 de junio del 2012.—Lic. José Alberto Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068755).

Ante esta notaría mediante escritura número diecisiete, de las veintiún horas del veintiocho de junio de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Mini Super Labrador S. A., en donde se acordó: 1) Disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Orotina, 29 de junio del 2012.—Lic. José Alberto Fernández Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012068757).

Para efectos de ley, se avisa por este medio que la sociedad Centro José de Máquinas de Coser y Tejer Lil S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cinco nueve seis siete ocho, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, celebrada en su domicilio social el día veinticinco de junio del dos mil doce, acordó por unanimidad la disolución de la compañía.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eugenia María Jara Morúa, Notaria.—1 vez.—(IN2012068759).

Por escritura autorizada a esta notaría a las 9:00 horas del 28 de junio del año 2012 se protocolizó disolución y liquidación de la sociedad: C.M. Cafes de Centroamérica S. A.—San José, 29 de junio del año 2012.—Lic. Marco Antonio Molina Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2012068762).

Empresa de Desarrollo Habitacional y Turismo S. A., Constructora y Consultora del Caribe S. A., Empresa de Desarrollo Caribeña de Limón S. A., Financiera del Caribe Fica  S. A., Desarrollo de Exportación e Importación S. A., Fiduciaria del Caribe S. A., Primer Banco Caribeño de Comercio S. A., Global Trade and Internacional Investments Services S. A., y Exclusividades de Pilar S. A., se disuelven por determinación del único dueño de sus acciones. Escritura otorgada en Puerto Limón, a las 15:00 horas del 26 de junio del 2012.—Lic. Romel Orane Anglin, Notario.—1 vez.—(IN2012068763).

Por escritura autorizada a esta notaría a las 8:00 horas del 28 de junio del año 2012 se protocolizó disolución y liquidación de la sociedad: Bakery Suplliers C & M S. A.—San José, 29 de junio del año 2012.—Lic. Marco Antonio Molina Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2012068764).

Ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Publicaciones Majomi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-286614. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, avenidas central y 8, calle 33, casa número 677, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Patricia Castro Molina, Notaria.—1 vez.—(IN2012068765).

Ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Uniformes Internacionales Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-170512. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, avenidas Central y 8, calle 33, casa número 677, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, 29 de junio de 2012.—Lic. Patricia Castro Molina, Notaria.—1 vez.—(IN2012068766).

Ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Muebles Modulares Majomi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-283376. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, avenidas Central y 8, calle 33, casa número 677, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Patricia Castro Molina, Notaria.—1 vez.—(IN2012068768).

Ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Corporación de Eizaza Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-321260. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, avenidas Central y 8 calle 33, casa número 677, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, 29 de junio de 2012.—Lic. Patricia Castro Molina, Notaria.—1 vez.—(IN2012068769).

Ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Jovi Ochenta y Siete Patrimonial Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-342165. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, avenidas Central y 8, calle 33, casa número 677, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Patricia Castro Molina.—1 vez.—(IN2012068770).

Ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y de las directrices D.R.PJ. 002-2012 y D.R.PJ. 003-2012 emitidas por el Registro Nacional, la sociedad denominada Bufete Sánchez, Hernández y Asociados, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-172293. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en San José, avenidas Central y 8, calle 33, casa número 677, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Patricia Castro Molina.—1 vez.—(IN2012068771).

Mediante escritura de las 15:00 horas del 22 de junio de 2012 protocolicé acuerdos de Villas VJ Jicaral Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-450288, por medio de los cuales se disuelve y liquida totalmente dicha sociedad.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic. María de los Ángeles Arias Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012068776).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las diez horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, el único socio Juan Gabriel Rodríguez Alpízar  disolvió  la  sociedad  Agrícola  Cucubande  S. A.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Marvin Eduardo Roldán Granados, Notario.—1 vez.—(IN2012068778).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las ocho horas treinta minutos del 4 de junio del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Naturaleza de la Hierbabuena S. A. mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, 4 de junio del dos mil doce.—Lic. María A. Rodríguez Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2012068779).

Por escritura número ciento setenta y siete de las doce horas del doce de mayo del dos mil doce, se disuelven la sociedad Heradebe S. A. ante esta notaría.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Marvin Eduardo Roldán Granados, Notario.—1 vez.—(IN2012068780).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 12:15 horas del día 17 de mayo del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Robert Bler Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, 17 de mayo del dos mil doce.—Lic. María A. Rodríguez Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2012068781).

Por escritura número doscientos tres otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Pachamama Floresta S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012068782).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del 21 de junio del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Bier y Barr Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. María Rodríguez Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2012068783).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once y treinta minutos del día 16 de mayo del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Cynthias Travel de Costa Rica Sociedad Anónima mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, 16 de mayo del 2012.—Lic. María Rodríguez Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2012068784).

Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las ocho horas del 26 de junio del 2012, se acordó disolver la sociedad denominada Chia Caribeña Limitada.—Lic. Mario Cordero Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012068785).

Por escritura número ciento noventa y seis, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos  mil  doce,  se  disolvió  la  sociedad  Milla Quince S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012068786).

Por escritura número doscientos cincuenta, de las nueve horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disuelven las sociedades Nutrial Centroamericana S. A. y Blue Road Search Inc S. A. ante esta notaría.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Marvin Eduardo Roldán Granados, Notario.—1 vez.—(IN2012068787).

Por escritura número doscientos cuarenta y nueve, de las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Global Capital I.N.C. S. A., ante esta notaría.—San José,  28 de junio del 2012.—Lic. Marvin Eduardo Roldán Granados, Notario.—1 vez.—(IN2012068788).

Por escritura número ciento noventa y siete, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Freshfield Inc S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012068789).

Por escritura número doscientos tres, de las quince horas del veintiuno de mayo del dos mil doce, se disuelve la sociedad Comercial Pago S. A., ante esta notaría.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Marvin Eduardo Roldán Granados, Notario.—1 vez.—(IN2012068790).

Por escritura número ciento setenta y ocho, de las trece horas del doce de mayo del dos mil doce, se disuelve la sociedad Agro Negocios ANSA S. A., ante esta notaría.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Marvin Eduardo Roldán Granados, Notario.—1 vez.—(IN2012068791).

Por escritura número ciento noventa y ocho, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce,  se  disolvió  la  sociedad  Princeville Inc S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012068792).

Por escritura número ciento noventa y nueve, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Quenza Inc S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012068793).

Por escritura número doscientos dos, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Reudav S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012068794).

Por escritura número doscientos, otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Riverdale Inc S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2012068796).

El suscrito notario hace de conocimiento público, que mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día cinco de mayo del año dos mil doce, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Despacho Contabilidad Actual S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Gerardo Alberto Pochet Jiménez.—San José, 5 de mayo del año 2012.—Lic. Rolando Alberto Corrales Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2012068797).

Por escritura número doscientos treinta y uno, otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Mandriles S. A., de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz cero cero dos- dos mil doce del Registro de Personas Jurídicas.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012068799).

Por escritura número doscientos treinta y uno, otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Desarrollos Hoyo en Uno S. A. de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio y en el apartado VI de la directriz cero cero dos-dos mil doce del Registro de Personas Jurídicas.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012068800).

Por escritura número doscientos treinta y dos, otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Comercializadora Lunda Índigo S. A., de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz cero cero dos-dos mil doce del Registro de Personas Jurídicas.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012068801).

En esta notaría, sita en la ciudad de San José, Nº 2708 de la calle 27, Avenidas Central y Primera, Barrio La California, San José, se tramitan los procesos de disolución y liquidación en sede notarial de las siguientes sociedades: Inversiones Terrestres Doña Claudia, cédula 3-101-218591; Unlimited Style Consulting, cédula 3-101-294.024; Agrícola Mateo, cédula 3- 101-226069: Inversiones Los Girasoles, cédula 3-101-216890, todas Sociedades Anónimas. Se emplaza a terceros interesados, para que en el plazo de 30 días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Publíquese por una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Gloria Virginia Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—(IN2012068802).

Por escritura número doscientos treinta y dos, otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Grupo Inversiones Aivicin Ya S. A. de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz cero cero dos- dos mil doce del Registro de Personas Jurídicas.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012068803).

Por escritura número doscientos veinticinco, otorgada ante esta notaría, a las once horas del diecinueve de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Lauratorio S. A., de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz cero cero dos- dos mil doce del Registro de Personas Jurídicas.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012068804).

En esta notaría, sita en la ciudad de San José, No. 2708 de la calle 27, avenidas Central y Primera, Barrio La California, San José, se tramitan los procesos de disolución y liquidación en sede notarial de las siguientes sociedades: Medusa Marina, cédula 3- 101-324043; Portollano Real Estates, cédula 3-101-362375; Desarrollos Marina de Cobalto, cédula 3- 101-316015; Murillo Pizarro, cédula 3-101-097844; Confía Asesores, cédula 3-101- 162643; Green Felt Media, cédula 3-101-431701; Instituto Aveso Infantil, cédula 3-101-390.315: Florencia Mares F M, cédula 3-101-302326; Casa Sinclair, cédula 3-101-584.382, todas Sociedades Anónimas. Se emplaza a terceros interesados, para que en el plazo de 30 días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Publíquese por una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Gloria Virginia Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—(IN2012068805).

Por escritura número doscientos veintidós, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecinueve de junio de dos mil doce, se acordó disolver las siguientes sociedades: a) G M C Equipos y Suministros Sociedad Anónima b) Inversiones Camaruga Sociedad Anónima c) Carucorp Sociedad Anónima y d) Corporación Interamericana Carman Sociedad Anónima, de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz cero cero dos- dos mil doce del Registro de Personas Jurídicas.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012068806).

Por escritura número doscientos treinta y tres, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintiocho de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Head Construction S.R.L., de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz cero cero dos- dos mil doce del Registro de Personas Jurídicas.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012068808).

Por escritura número doscientos veinticuatro, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del diecinueve de junio de dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Inversiones Tililale S. A., de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno de Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz cero cero dos- dos mil doce del Registro de Persona Jurídicas.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012068809).

Yo, José Andrés Masís Calvo, hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Corporate Care Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta mil veintitrés; en la que se acuerda disolver la compañía, de conformidad con el inciso d) del artículo 201 del Código de Comercio. Es todo.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012068810).

Mediante escritura número 359 del tomo 16 del notario Arturo Méndez Jiménez, carné 9302, otorgada a las quince horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce; se estableció por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio disolver la sociedad: Isazumcarcam de Atenas Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-seis dos uno cero seis ocho.—San Vito de Coto Brus, 27 de junio del 2012.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012068813).

Que en mi notaría, se reformaron estatutos de la sociedad Adventure Divers Sercar Sociedad Anónima, a las 11:00 hrs. del 15 de junio del 2012. Presidente. Carlos de único apellido Blasco Bofil.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—(IN2012068815).

Que en la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones María Alejandra 2005 Ltda., celebrada el día 28 de junio del 2012, se acordó por unanimidad de los socios y de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, disolver la sociedad. Es todo.—Heredia, 30 de junio del 2012.—Lic. Wainer González Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2012068819).

Que en la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Diamantes Verdes S. A., celebrada el día 28 de junio del 2012, se acordó por unanimidad de los socios y de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, disolver la sociedad. Es todo.—Heredia, 30 de junio del 2012.—Lic. Wainer González Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2012068821).

Que en la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Proyecto Montecito 2005 Ltda., celebrada el día 28 de junio del 2012, se acordó por unanimidad de los socios y de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, disolver la sociedad. Es todo.—Heredia, 30 de junio del 2012.—Lic. Wainer González Arguedas, Notario.—1 vez.—(IN2012068822).

Por escritura otorgada, en mi notaría, a las 8:00 horas del 21 de junio del año 2012, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Floristería Rococo Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—Alajuela, 21 de junio del 2012.—Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—(IN2012068824).

Por escritura otorgada, en mi notaría, a las 12:00 horas del 20 de junio del año 2012, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Dalyr Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—Alajuela, 20 de junio del 2012.—Lic. Gabriela Porras Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2012068825).

Por escritura otorgada, en mi notaría, a las 14:30 horas del 12 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de las empresas, compañías Índico Costa Rica S. A., mediante la cual se reformó el artículo segundo de los estatutos: Del domicilio.—Alajuela, 26 de junio del 2012.—Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—(IN2012068826).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las 9:00 horas del 25 de junio del 2012, se disolvió Kattiberto Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-102-0570076.—Alajuela, 25 de junio del 2012.—Lic. Rosa Isabel Prieto Pochet, Notaria.—1 vez.—(IN2012068827).

Por escritura 176-3, otorgada en Alajuela, a las 16:00 horas del 28 junio del 2012, ante la Lic. Ana Yancy Fuentes Porras, se protocolizó el acta de disolución, de Magamm M & M S. A. No se nombró liquidador por no haber bienes activos ni pasivos que repartir.—Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Ana Yancy Fuentes Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2012068828).

Por escritura 177-3, otorgada en Alajuela, a las 17:00 horas del 28 junio 2012, ante la Lic. Ana Yancy Fuentes Porras, se protocolizó el acta de disolución de Recompensa de Ocotal S. A. No se nombró liquidador por no haber bienes activos ni pasivos que repartir.—Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Ana Yancy Fuentes Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2012068829).

Por escritura 178-3, otorgada en Alajuela, a las 18:00 horas del 28 junio 2012, ante la Lic. Ana Yancy Fuentes Porras, se protocolizó el acta de disolución de Comercializadora Viensa Internacional S. A. No se nombró liquidador por no haber bienes activos ni pasivos que repartir.—Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Ana Yancy Fuentes Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2012068830).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Fapa & Asociados Global Investment S. A. Ambas con un capital social de un millón de colones, presidente Franco Arturo Pacheco Arce.—Lic. German Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—(IN2012068832).

Mediante acuerdo de socios de Bush Boake Allen de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres- ciento uno- doscientos sesenta y un mil ciento cuarenta y cinco, el día primero de junio, se acordó su disolución.—Heredia 28 de junio del 2012.—Lic. Iliana Zúñiga Valerio, Notaria.—1 vez.—(IN2012068835).

Mediante acuerdo de socios de Rubens Business Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres- ciento uno- trescientos noventa y siete mil cero treinta y cuatro el día tres de junio, se acordó su disolución.—Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Iliana Zúñiga Valerio, Notaria.—1 vez.—(IN2012068836).

Mediante acuerdo de socios de Tejidos y Colores Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de personería jurídica número tres- ciento dos- cero noventa y seis mil cuatrocientos veintinueve-cero dos, el día siete de junio, se acordó su disolución.—Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Iliana Zúñiga Valerio, Notaria.—1 vez.—(IN2012068837).

Mediante acuerdo de socios, de Servinet de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres- ciento uno- ciento ochenta y siete mil quinientos noventa y tres, el día cinco de junio, se acordó su disolución.—Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Iliana Zúñiga Valerio, Notaria.—1 vez.—(IN2012068838).

Mediante escritura pública número ciento cuatro - veintinueve, otorgada por el notario Ademar Soto Alpízar, a las once horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno - J. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Ulises Andrés Chaves Arias. Capital suscrito y pago en su totalidad.—San Pedro de Poás, Alajuela, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Ademar Soto Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2012068844).

Ante mí, Ademar Soto Alpízar, notario público con oficina en San Pedro de Poás, Alajuela, diagonal al supermercado El Faro, a las 16:00 horas del 26 de junio del 2012, se constituyó Suplidora de Repuestos, Materiales y Accesorios Wel Sociedad Anónima, con domicilio en San Pedro de Poás, Alajuela, doscientos metros este y trescientos sur de la iglesia católica.—Lic. Ademar Soto Alpízar, Notario.—1 vez.—(IN2012068845).

Por escritura número ciento dieciocho-veintiuno, a las ocho horas del veintinueve de junio del año dos mil doce, se protocolizó acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Pesquera Wahoo Sociedad Anónima. Se reforma Cláusula Sexta: de la administración; cambio de nombramientos de Junta Directiva.—San José, misma hora y fecha.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2012068857).

Ante mí, Óscar Venegas Córdoba, notario público de San José, a las siete horas del veintinueve de junio del dos mil doce, mediante escritura número cincuenta y seis, visible a folio ciento seis vuelto del tomo once de mi protocolo, se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de Tres-Ciento Uno-Quinientos Ochenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos S. A. para que el nombre sea FJQ Trust S. A.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—(IN2012068858).

Ante esta notaría, Consuelo Consuegra Gómez, y Margarita María Villegas Alcocer, por escritura número 178-5, otorgada a las 11:00 horas del 25 de junio del 2012, constituyeron Desarrollo de Amigos de Plaza Castilla S. A.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(IN2012068863).

Ante esta notaría, por escritura número 180-5, otorgada a las 20:15 horas del 25 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Invirtiendo de Sur a Norte S. A.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(IN2012068864).

Ante esta notaría, por escritura número 181-5, otorgada a las 16:50 horas del 26 de junio del 2012, se disuelven las sociedades: Gestoría de Inversión La Mandarina S. A., Grupo de Inversión Punto Norte Punto Com S. A., Inversiones La Pampa Punto Com S. A., Sistemas de Riego de Guanacaste S. A. y Agrícola Las Playitas S. A.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(IN2012068865).

Ante esta notaría, por escritura número 182-5, otorgada a las 17:00 horas del 26 de junio del 2012, se disuelven las sociedades: Agro Cañera Fila Nueve Productiva S. A., Agro Cañera Fila Tres Carillo S. A., Agro Cañera Fila Once Azul S. A., Agro Cañera Fila Trece Alfa S. A., Agro Cañera Fila Uno Oriente S. A., Arenas Finas del Tempisque S. A., Inversiones del Llano S. A., Mecanización Agrícola S. A.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(IN2012068866).

Ante esta notaría, por escritura número 183-5, otorgada a las 11:30 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Clínica Estética Lasermed S. A.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(IN2012068867).

Ante esta notaría, por escritura número 186-5, otorgada a las 16:30 horas del 28 de junio del 2012, se disuelven las sociedades Dunarudona S. A., Natialdo de Costa Rica S. A. y Mediaconsult S. A.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(IN2012068868).

El suscrito notario público, hago constar que por medio de la escritura número 43-2012, de las 17:00 horas del día 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de sociedad Garvill Veintidós S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-456774, por medio de la cual se acuerda su disolución.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—(IN2012068873).

Por escritura de las 15:00 horas del veintisiete de junio del año 2012, se acuerda disolver la sociedad Cayaju Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012068875).

El suscrito notario, hace constar que el día de hoy se constituyó en mi notaría la sociedad denominada Reco Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—(IN2012068876).

Por escritura número setenta y siete - veintitrés, otorgada ante los notarios públicos Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las catorce horas del día veintiocho de junio del año dos mil doce, se disuelve y liquida la sociedad Leward S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Jorge González Roesch, Conotariado.—1 vez.—(IN2012068877).

Por escritura número ochenta y ocho - cuarenta y siete, otorgada por el notario público Juvenal Sánchez Zúñiga, a las once horas treinta minutos del día veinticinco de junio del año dos mil doce, se reforman el domicilio y la representación, y se nombran gerentes de la compañía Ecoquintas y Paisajes de Quepos RYS Ltda.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2012068878).

Por escritura número ochenta - cuarenta y siete, otorgada ante el notario público Juvenal Sánchez Zúñiga, a las ocho horas del día veintidós de junio del año dos mil doce, se disuelve y liquida la sociedad Grupo JACQ Inc S. A.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2012068879).

Por escritura número noventa y uno - cuarenta y siete, otorgada por los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, en conotariado en el protocolo del primero a las once horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se disuelve y liquida la sociedad Finca de Rbarbranch S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2012068880).

Por escritura número noventa - cuarenta y siete, otorgada por los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, en conotariado en el protocolo del primero a las diez horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disuelven y liquidan las sociedades i) GLD Green Land Development Sociedad Anónima. ii) SLD Sustainable Land Development Sociedad Anónima. iii) El Roble Arriba S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(IN2012068881).

Por escritura número sesenta y nueve - uno, otorgada por el notario público Alexander Alberto Coto Zyzak, a las diecisiete horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disuelven y liquidan las sociedades I) Sant Carles de la Rapita Sociedad Anónima. II) Lagunas de Montebello Sociedad Anónima. III) Ecopropiedades de Manuel Antonio FA Sociedad Anónima. IV) Inversiones Analcima Turquesa VII Sociedad Anónima. V) Inmobiliaria de las Ilusiones del Mar Humar Sociedad Anónima. VI) Ecoquintas y Paisajes de Cabulla Sid Limitada. VII) Ecoquintas y Paisajes de Naranjito BAF Limitada. VIII) Las Murallas de Bizanco Limitada. IX) El Paisaje Protegido de Pino Santo Sociedad Anónima. X) Luna Llena de Manuel Antonio Sociedad Anónima. XI) LLMR&T Juicios Limitada. XII) Negocios Mercantiles LLM Limitada. XIII) Sabana Jaj Legal Services Sociedad Anónima. XIV) Prolaw Abogados Limitada. XV) Legal Services Costa Rica SGR Limitada.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alexander Alberto Coto Zyzak, Notario.—1 vez.—(IN2012068882).

Por medio de escritura número sesenta y siete, escritura otorgada en la ciudad de Limón, a las dieciséis horas del veintidós de junio del año dos mil doce, del tomo número dos del notario público Alberto Baltodano Gutiérrez, se protocolizó acuerdo de socios de la empresa Constructora Rodríguez Salazar Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- cero noventa y seis mil cuatrocientos dieciocho, por medio del cual la totalidad del capital social acuerda disolver dicha sociedad.—Lic. Alberto Baltodano Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2012068884).

Por medio de escritura número sesenta y ocho, escritura otorgada en la ciudad de Limón, a las dieciséis horas treinta minutos del veintidós de junio del año dos mil doce, del tomo número dos del notario público Alberto Baltodano Gutiérrez, se protocolizó acuerdo de socios de la empresa Jopacai Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- ciento cuarenta y un mil trescientos veintiséis, por medio del cual la totalidad del capital social acuerda disolver dicha sociedad.—Lic. Alberto Baltodano Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2012068885).

Ante esta notaría, a las trece horas del día primero de julio de dos mil doce, se constituye la sociedad Inversiones para el Futuro Quirós Eduarte Sociedad Anónima, presidente: Carlos Darío Quirós Morales, secretaria: Grettel Quirós Morales. El domicilio social será San José, Curridabat del correo cien metros este veinticinco metros sur.—Lic. Paola Lucía Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2012068930).

Ante esta notaría, mediante escritura ciento cinco, de las ocho horas treinta minutos del día veintiséis de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la Empresa Proyectos Agropecuarios e Industriales Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- diecisiete mil doscientos ochenta, donde se modificó las cláusulas segunda y sétima pacto social, así como se nombró nueva junta directiva. Es todo.—San José, ocho horas quince minutos del veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Paola Lucía Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2012068931).

Ante esta notaría, mediante escritura ciento cuatro, de las ocho horas del día veintiséis de junio del año dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la Empresa Sal Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- catorce mil novecientos veintitrés, donde se modificó las cláusulas segunda y novena pacto social, así como se nombró nuevo presidente y secretario. Es todo.—San José, ocho horas del veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Paola Lucía Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2012068932).

Mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Campos López Sociedad Anónima, se acordó la disolución de la sociedad según lo que establece el inciso d) del artículo 201 del Código de Comercio. Quienes se consideren afectados deberán manifestarlo dentro de los treinta días siguientes a esta publicación.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Karolina Soto Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2012068935).

Por escritura otorgada, en mi notaría, en Alajuela a las catorce horas treinta minutos del veintiuno de junio del año dos mil doce; se modificó el pacto constitutivo de la sociedad: Inmobiliaria Roca Loca S. A., cédula jurídica número: tres - ciento uno-trescientos mil doscientos dieciséis. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Cambio de junta directiva.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012068941).

Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela a las quince horas del veintiuno de junio del año dos mil doce. Por acuerdo unánime de socios se procede a disolver totalmente B y B Distribuidora del Dos Mil Cinco S. A., cédula jurídica: tres - ciento uno - trescientos noventa y un mil seiscientos diez.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012068942).

Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela a las catorce horas del veintiuno de junio del año dos mil doce. Por acuerdo unánime de socios se procede a disolver totalmente Transportes Pérez y Guzmán S. A., cédula jurídica: tres - ciento uno - cuatrocientos cuarenta mil doscientos veintiuno.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012068943).

Por escritura número 38 otorgada, ante esta notaría, de las 16:16 horas del 28 de junio del 2012, por acuerdo de todos los socios se disuelve la sociedad Barroso & Smith Investments S.A.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Juan José Briceño Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012068969).

Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela a catorce horas del veinticinco de junio del año dos mil doce. Por acuerdo unánime de socios se procede a disolver totalmente Corporación Jiménez Castillo de Alajuela S. A., cédula jurídica: tres - ciento uno - ciento setenta y seis mil trescientos treinta y seis.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012068970).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas del 26 de junio del 2012, se constituye Armonía Trading Company Sociedad Anónima, presidente: Zhen Yang, secretaria Zheng Duan Min, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio social es provincia de San José, cantón San José, distrito Catedral, frente a La Castellana avenida diez calle ocho.—Lic. Juan José Briceño Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012068971).

Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela a las quince horas del veintiséis de junio del año dos mil doce. Por acuerdo unánime de socios se procede a disolver totalmente Seisa Soldadores S. A., cédula jurídica: tres - ciento uno - trescientos setenta y cinco mil.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012068972).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las nueve horas del veinticinco de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime de socios, se procede a disolver totalmente: Muebles Lusoma M.L. S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos trece mil quinientos sesenta y cuatro.—Lic. Ricardo Ananías Loaiza Morales, Notario.—1 vez.—(IN2012068973).

Por escritura otorgada en mi notaría, en Alajuela, a las diez horas del veintiséis de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime de socios, se procede a disolver totalmente: Importaciones Kanata Sabre S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos diecinueve mil cincuenta y cinco.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012068975).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: Centro Educativo Bilingüe G & R S. A., mediante las cuales se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2012068977).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del día 26 de junio del 2012, se solicita la disolución de la sociedad de esta plaza: Marferver S. A.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012068978).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del día 26 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza: Inversiones Integradas de Heredia S. A., por la que se disuelve la misma.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012068979).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 17:00 horas del día 26 de junio del 2012, se solicita la disolución de la sociedad de esta plaza: Alemar Internacional S. A.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012068980).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 17:15 horas del día 26 de junio del 2012, se solicita la disolución de la sociedad de esta plaza: Centro Costarricense de Capacitación para Auxiliares Dentales S. A.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012068981).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del día 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza: Inversiones Royka de San José S. A., por la que se disuelve la misma.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—(IN2012068982).

Mediante escritura Nº 71 otorgada en esta notaría, a las 19:00 horas del día 26 de junio del 2012, se protocolizó acuerdo que se disuelve la sociedad de esta plaza denominada: G Y G Gramen Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Gloriana Vicarioli Guier, Notaria.—1 vez.—(IN2012068983).

Mediante escritura Nº 72 otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del día 27 de junio del 2012, se protocolizó acuerdo que se disuelve la sociedad de esta plaza denominada: Mora Teran & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Gloriana Vicarioli Guier, Notaria.—1 vez.—(IN2012068985).

Por escritura pública otorgada ante mí, el día de hoy, Gloriana Vicarioli Guier y Ana Beatriz Vicarioli Guier, acordaron la disolución de la sociedad: A B V G Producciones S. A.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—(IN2012068986).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad de este domicilio: J R Y Asociados Consultoría y Constructora Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y tres mil ciento sesenta y tres, domiciliada: en San José, avenida diez, calle trece, altos del Bar La Cebra, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, al tomo: cero cuatrocientos catorce, folio: doscientos setenta y siete, asiento: cero cero doscientos cincuenta y seis.—Lic. Jorge Solano Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2012068988).

Por escritura número ciento cincuenta y dos, otorgada ante el notario Luis Marino Castillo López, a las trece horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se procedió a disolver la sociedad: Inversiones Caricias de Dios S. A.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2012068991).

Por acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías que se dirán, se acuerda por decisión unánime de los socios, la disolución de las sociedades: i) Blue Landscapes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-284889; ii) Centro Ecológico de Producción S. A., cédula jurídica Nº 3-101-128571. Sra. Dora Sevilla Ortiz, apoderada generalísima.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Ángel Sánchez Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012068992).

Por acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía que se dirá, se acuerda por decisión unánime de los socios, la disolución de la sociedad: i) 3-101-634172 S. A., cédula jurídica Nº 3-101-634172. Sr. Luis Ángel Sánchez Montero, apoderado generalísimo.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Gloria Leandro Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2012068993).

Mediante escritura número veinticuatro-tres, protocolo tres, del suscrito notario público, se constituyó ante mí, la empresa: Inversiones Romesan Sociedad Anónima.—San José, a las nueve horas quince minutos del dos de julio del dos mil doce.—Lic. Julio César Ruiz Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2012068994).

Por acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías que se dirán, se acuerda por decisión unánime de los socios, la disolución de las sociedades: i) Servicios Integrados de Logística, cédula jurídica Nº 3-101-459716; ii) Agropecuaria La Cima de Palmares, cédula jurídica Nº 3-101-460128; iii) Agropecuaria Von der Spitze, cédula jurídica Nº 3-101-461159; iv) Agropecuaria Ojos Negros, cédula jurídica Nº 3-101-464379 y v) Depofit de Palmares, cédula jurídica Nº 3-101-530754, todas sociedades anónimas. Sr. Luis Ángel Sánchez Montero, apoderado generalísimo.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Gloria Leandro Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2012068995).

Por acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías que se dirán, se acuerda por decisión unánime de los socios, la disolución de la sociedad: i) Inversiones Belgrano Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-482260. Sr. Luciano Montes de Oca Castellanos, apoderado generalísimo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Jéssica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—(IN2012068996).

Por acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías que se dirán, se acuerda por decisión unánime de los socios, la disolución de la sociedad: i) Consorcio Agouti S. A., cédula jurídica Nº 3-101-584857. Sra. María Lorena Lara Bolaños, apoderada generalísima.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Ángel Sánchez Montero, Notario.—1 vez.—(IN2012068998).

Por escritura número ciento cincuenta y nueve, otorgada ante este notario, a las once horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Enetel INC S. A., mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2012069001).

La sociedad denominada: SV Consultores de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y ocho mil ciento noventa y nueve, acuerda disolver la sociedad en sede notarial, no habiendo pasivos ni activos se prescinde de nombrar liquidador, y se liquida por consiguiente la referida sociedad.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012069010).

La sociedad denominada: Conocimiento Artificial S.V.J. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y seis mil quinientos setenta, acuerda disolver la sociedad en sede notarial, no habiendo pasivos ni activos se prescinde de nombrar liquidador, y se liquida por consiguiente la referida sociedad.—Alajuela, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012069011).

La sociedad denominada: Agua y Fuego Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y siete mil trescientos sesenta y dos, acuerda disolver la sociedad en sede notarial, no habiendo activos ni pasivos se prescinde nombrar liquidador y se liquida por consiguiente la referida sociedad.—Alajuela, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012069012).

Por escritura del día, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Fercori, Ferraris de Costa Rica Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos referente al domicilio y se nombra nuevo presidente por renuncia del anterior.—San José, 16 de junio del 2012.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012069022).

A las 11:00 horas del 26 de junio del 2012, protocolicé acta de E Y R Multiservicios de Mensajería Flores S. A. Se acuerda su disolución.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Alfredo Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012069038).

A las 08:00 horas del 26 junio del 2012, protocolicé acta de Inversiones Hagel del Oeste S. A. Se acuerda su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alfredo Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012069039).

A las 10:00 horas del 26 de junio del 2012, protocolicé acta de Inversiones Eca S. A. Se acuerda su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alfredo Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012069040).

Mediante escritura Nº 232-1, otorgada a las 09:00 horas del 28 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad denominada: Geoproyectos S. A. Domicilio: San José.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012069052).

Mediante escritura Nº 236-1, otorgada a las 13:00 horas del 28 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad denominada: Duplicadoras de Costa Rica S. A. Domicilio: Cartago.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012069053).

Mediante escritura Nº 233-1, otorgada a las 09:30 horas del 28 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad denominada: Fyr Lois Corporation S. A. Domicilio: San José.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012069054).

Mediante escritura Nº 234-1, otorgada a las 11:00 horas del 28 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad denominada: Autocar de Escazú S. A. Domicilio: Cartago.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012069055).

Mediante escritura Nº 235-1, otorgada a las 12:00 horas del 28 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad denominada: Dinámico de Costa Rica S. A. Domicilio: Cartago.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012069056).

Mediante escritura Nº 229-1, otorgada a las 15:00 horas del 27 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad denominada: Ganadería El Diamante de Quepos S. A. Domicilio: San José.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012069057).

Por escritura otorgada ante este notario público, el día 14 de junio del 2012, a las 16:00 horas, se constituyó la sociedad Inversiones AFL CRC Limitada. Capital social: cincuenta millones de colones, totalmente suscrito y pagado.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Laura Carmiol Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2012069060).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Yildum Investments S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos treinta y cuatro mil seiscientos veinticinco, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012069061).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Consultoría Sapientia S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta mil setecientos cuatro, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Carmiol Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2012069062).

Por escritura otorgada ante esta notaria pública, el día 12 de junio del 2012, a las 08:00 horas, se constituyó la sociedad: Juwi SPV Holding Limitada. Capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Laura Carmiol Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2012069063).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Branges Services S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2012069064).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, se constituyeron las sociedades: Southwell International S. A.; Galash Services S.A.; Blackfalds Investments S. A.; Benjen Corporation S. A.; y Dunkeld Services S. A. Capitales sociales: suscritos y pagados. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Bernal Zamora Arce.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2012069067).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día veintinueve de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Eco Arenas de Garza Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y uno, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012069068).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día veintinueve de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Ocotal Beach Resort And Spa S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintisiete mil ochenta y siete, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012069069).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Big Green Papaya S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil noventa y cuatro, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Carmiol Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2012069070).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: The Beautiful Ocean Times Like These S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil quinientos ochenta y ocho, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Carmiol Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2012069071).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas veinte minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Inversiones Kotopla S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y siete mil cuatrocientos sesenta y seis, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Carmiol Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2012069072).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Valle Caliera VCC S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiocho mil quinientos uno, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012069073).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas cuarenta minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Montaña Plateada MPC S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiocho mil quinientos, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012069074).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Inversiones Sibundoy Sesenta S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil doscientos ochenta, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012069075).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas veinte minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Servicios Administrativos RG S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil trescientos veintiséis, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012069077).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: La Quinta PQC S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiocho mil cuatrocientos sesenta y ocho, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012069078).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Latin Land Brokers S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres mil ciento ochenta y tres, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Carmiol Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2012069079).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas cincuenta minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Katier Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos catorce mil quinientos ochenta y dos, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Carmiol Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2012069080).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Portafolio de Entretenimientos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil cuatrocientos treinta y tres, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Laura Carmiol Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2012069082).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Móviles Celulares Movilec S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintinueve mil setecientos cuarenta y cinco, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012069083).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Afra Sports S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento-uno-quinientos veintidós mil cuatrocientos treinta y dos, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012069085).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Isbolí Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos setenta mil trescientos noventa y dos, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012069086).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Inversiones Landermburg Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y siete mil setecientos ochenta y ocho, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012069088).

Por escritura otorgada ante mí, el cien por ciento del capital social, acordó disolver y liquidar la sociedad denominada: Grupo Lanzoma S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-586788, en acuerdo con el transitorio II de la Ley Nº 9024, artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, y en el apartado VI de la Directriz Nº 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012069089).

Carlos Antonio Zúñiga Hidalgo, Erick Sánchez Chinchilla, Eddy Mauricio Quesada Bolaños y Jorge Rojas Cerdas, disuelven la sociedad: Grupo Consultorías Integradas JECM Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos cinco tres uno cuatro cinco, a las nueve horas del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Hellen Carolina Aburto Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012069099).

Se constituyen las firmas de esta plaza: Cirujía de Ojos Jeriko Sociedad Anónima y Cirujía de Ojos Lasik de la Sabana Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Juan Diego Mena Rodríguez.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Lilliana Fallas Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012069102).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las siete horas con cinco minutos del catorce de junio del dos mil doce, se declara disuelta la sociedad denominada: Distribuidora de Embutidos Camacho Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y dos mil quinientos ochenta y cuatro.—Lic. Lilliana Fallas Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012069103).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se declara disuelta la sociedad anónima denominada: Corporación Monperben MPB Tech Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y cuatro mil ciento noventa y dos.—Lic. Juan Carlos Delgado Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012069104).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se declara disuelta la sociedad anónima denominada: Inmobiliaria Biarquira del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos diez mil dieciséis.—Lic. Juan Carlos Delgado Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012069105).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas con diez minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se declara disuelta la sociedad anónima denominada: La Ovejita Tulinense M.G.P. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil ochocientos cincuenta y seis.—Lic. Juan Carlos Delgado Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012069106).

Ante mi notaría, se ha constituido la sociedad denominada: Tatar de Atún S. A., en escritura pública número setenta, otorgada en San José, a las nueve horas del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Fiorella Hidalgo Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2012069107).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del cuatro de junio del dos mil doce, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad: Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Dos Mil Doscientos Cuarenta y Ocho Limitada, en la cual se modificaron sus estatutos en la cláusula primera de la razón social la cual será en lo sucesivo Inversiones Inmobiliarias Maquiro S.R.L., segunda del domicilio y sétima de la administración.—San José, dos de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012069109).

A las catorce horas del día diecinueve de junio, ante nosotros, Eugenia Brenes Rojas y Mario Alberto Brenes Arroyo, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada: Transyt Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Mario Alberto Brenes Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2012069110).

Por escritura número sesenta y tres de las diez horas del treinta de junio del dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Transportes Garabito Transgara T.G Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco tres cuatro dos cinco tres, se modifica la cláusula segunda del pacto social en cuanto al domicilio, se reforma la cláusula sétima en cuanto a la administración, y se nombra junta directiva.—Lic. Mario Alberto Brenes Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2012069111).

La sociedad: Cuatro W D Parts S. A., cédula jurídica número 3-101-393201, acuerda por unanimidad su disolución. Es todo.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—(IN2012069112).

La sociedad: Vistas del Cerro Sevilla Diez S. A., cédula jurídica Nº 3-101-327845, acuerda por unanimidad su disolución. Es todo.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—(IN2012069114).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante esta notaría, comparece el propietario del capital social y solicitó la disolución de la sociedad: Grupo de Mantenimiento y Remodelaciones Chavarría y Ceciliano Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-494712.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Roland García Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2012069115).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante esta notaría, comparece el propietario del capital social y solicitó la disolución de la sociedad: Servicios J.M. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-498352.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Roland García Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2012069116).

Por escritura otorgada en San José, a las veinte horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, los señores Luis Enrique Garita Bonilla y Elizabeth Chavarría Matamoros, acordaron la disolución de la sociedad: Horizontes Verticales Jacaranda Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Carlos José Gómez Quintanilla, Notario.—1 vez.—(IN2012069124).

Por escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, los señores Mario Esteban Moya Berrocal y Mario Antonio Moya Cordero, acordaron la disolución de la sociedad: Producciones Moya Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Carlos José Gómez Quintanilla, Notario.—1 vez.—(IN2012069125).

Ante la suscrita notaria se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones y Diseños Norsan Sociedad Anónima, otorgada a las nueve y treinta horas del veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012069134).

Por escritura de 10:30 horas de hoy, se constituyó Depósito Dental B. S. P. S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Presidente, secretario y tesorero con facultades.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Tobías D’ambrosio Umaña, Notario.—1 vez.—(IN2012069143).

Por escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las diez horas del veintiséis de junio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Fototec Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-304517, en la cual se dispuso la disolución de dicha sociedad, por acuerdo unánime de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. No hay activos, ni pasivos que liquidar.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Adriana Tapia Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2012069146).

Por escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las doce horas del veinticinco de junio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Sánchez, Villalobos & Cortés SVC Consultoras Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-363344, en la cual se dispuso la disolución de dicha sociedad, por acuerdo unánime de socios de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. No hay activos, ni pasivos que liquidar.—San José, veinticinco de junio de dos mil doce.—Lic. Adriana Tapia Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2012069147).

Mediante escritura número noventa y siete-ocho del veintidós de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Tajo Triple B Río Peje Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Blanca Rodríguez Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2012069151).

Mediante escritura número 54-21 del tomo 21 de mi protocolo, se disolvió Vitagri S. A., capital social cien mil colones.—Goicoechea, 27 de junio de 2012.—Lic. Freddy Hoffmann Guillén, Notario.—1 vez.—(IN2012069152).

Mediante escritura pública número sesenta y siete-veintinueve, otorgada en mi notaría, a las diez horas con treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, Dagoberto Zamora Blanco, cédula 2-500-018 y Dagoberto Zamora Zamora, cédula 2-296-755, disuelven y liquidan Constructora Zamora de Venecia SRL, cédula jurídica 3-102-324739.—Ciudad Quesada, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2012069234).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas del 22 de junio del 2012, se modificó cláusula octava del pacto social y se nombraron nuevos directivos de Gonva Elyma Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 22 de junio del 2012.—Lic. Luis Ángel González Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012069235).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las 15:45 horas del 27 de junio de 2012, se acordó la disolución en sede notarial de Hidroelectricidad Rocha Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 27 de junio de 2012.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012069236).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciocho horas del dos de julio del dos mil doce, se protocoliza acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de Faez Software Developers S. A., donde se modifica junta directiva. Es todo.—Ciudad Quesada, a las dieciocho horas diez minutos del dos de julio del dos mil doce.—Lic. Liana Sancho Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2012069237).

Mediante escritura pública número sesenta y cuatro-veintinueve, otorgada en mi notaría a las 9 horas del 22 de junio del 2012, los señores María Eugenia Herrera Villalobos, cédula 1-608-992 y Clifton Fred Lees Lees, cédula 8-081-913, disuelven y liquidan las siguientes sociedades: ACUACOAST DESARROLLO S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-432248, BOSQUE DE ENSUEÑO Y PAZ JCB S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-486587, RABIT HILL ELEVEN S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-456673, ARDILLA DIEZ JCB S. A., CÉDULA 3-101-453351, GOLDENGUARIA JCB S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-457355, LINDA VISTA ARENA JCB S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-482543, ÁGUILA J.C.B. TRES S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-456308, ORQUÍDEA JCB TOP HILL S.A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-455419, SLEAR WATER JCB S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-486991, TRES-CIENTO UNO-CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CERO SETENTA Y UNO S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-492071, JCB LOMA VEINTE S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-490571, JUAN CASTRO LOMA AZUL S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-485769, ARROYO HERMOSO JCB S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-484243, PUMA JCB QUINCE S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-455412, SEMINOLE BRAVE JCB S.A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-455503, FALCON HILL JCB S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-454419, TORITO MORADO JCB S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-455929, BELLAS CUMBRES DE SAN CARLOS S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-484621, CUMBRE VERDE JCB S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-489322 y TRES-CIENTO UNO-CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS S. A., CÉDULA JURÍDICA 3-101-485736.—Ciudad Quesada, 22 de junio del 2012.—Lic. Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2012069238).

Ante esta notaría, a las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, por escritura otorgada se disuelve la sociedad HMD de Costa Rica S. A.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Eduardo Charpentier Lobo, Notario.—1 vez.—(IN2012069239).

Ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintiocho de junio del dos mil doce, por escritura otorgada se disuelve la sociedad World Multi Servicios S. A.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Eduardo Charpentier Lobo, Notario.—1 vez.—(IN2012069240).

Ante esta notaría, a las catorce horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, por escritura otorgada, se disuelve la sociedad Servicios de Microfilmación Sermisa S.A.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Eduardo Charpentier Lobo, Notario.—1 vez.—(IN2012069241).

Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria San José, mediante la cual se reforma la cláusula octava de los estatutos sociales y se reorganiza totalmente los nombramientos de la junta directiva y fiscal.—Lic. Orlando Calzada Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2012069248).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Diseño y Soluciones en Ingeniería D S I S. A., en la cual se reformó las cláusulas segunda, quinta, novena y décima del pacto social y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Gabriela Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—(IN2012069249).

El Licenciado Geovanni Bonilla Goldoni comunica que ante mi notaría, en escritura número 88 de las 9:00 horas del 16 de junio 2012, se constituyó la sociedad Digitalcloud CR Sociedad Anónima, domiciliada en La Guácima de Alajuela, segundo piso, Súper La Canastica, nombrándose miembros de junta directiva.—Alajuela, 25 de junio del 2012.—Lic. Geovanni Bonilla Goldoni, Notario.—1 vez.—(IN2012069250).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Electromagnética Sociedad Anónima; por la cual se procede a la disolución de esta sociedad por acuerdo de todos los socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada en Heredia, a las doce horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Víctor Manuel Fallas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012069255).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Hivetech Software Sociedad Anónima; por la cual se procede a la disolución de esta sociedad por acuerdo de todos los socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada en Heredia, a las diecisiete horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Víctor Manuel Fallas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012069256).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Tecnologías Inalámbricas Sociedad Anónima; por la cual se procede a la disolución de esta sociedad por acuerdo de todos los socios, de conformidad con el artículo Doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada en Heredia, a las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Víctor Manuel Fallas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012069257).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del nueve de mayo del dos mil doce, se constituyó la fundación denominada Fundación Ayuda Tenis Amateur.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Arce López, Notaria.—1 vez.—(IN2012069267).

Ante esta notaría se acordó por unanimidad la disolución de las sociedades: Gueztimar S. A., cédula jurídica 3-101-577014, Rifari Dodo S. A., cédula jurídica 3-101-446759, Zebraton Pio S.A., cédula jurídica 3-101-449650, Ruglamo Xaton S. A., cédula jurídica 3-101-448965, ATC Consultoría Jurídico Financiera S.R.L., cédula jurídica 3-102-114434, tres-ciento dos-cuatrocientos sesenta y cinco mil ochocientos diecisiete s.r.l., cédula jurídica 3-102-465817, T&A Consultora S. A., cédula jurídica  3-101-190233,  Robalan San José S. A.,  cédula  jurídica 3-101-178500, La Albertina S. A., cédula jurídica 3-101-113873, Las Domingas L.T.D.A., cédula jurídica 3-102-010060, Asesores Legales y Financieros Alfisa S. A., cédula jurídica 3-101-101501, Orej Informática S. A., cédula jurídica 3-101-343268.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Bernardo Mata Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012069274).

Ante mi notaría, al ser las siete horas treinta minutos del siete de junio de dos mil doce, compareció el cien por ciento del capital social de Alicorp Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veinte mil ochocientos noventa y cinco, por medio del cual acuerdan disolver y liquidar la misma. Es todo.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Jorge Eduardo León Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012069277).

Ante mi notaría, al ser las siete horas cuarenta y cinco minutos del siete de junio de dos mil doce, compareció el cien por ciento del capital social de Multifoods Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa mil seiscientos treinta y seis, por medio del cual acuerdan disolver y liquidar la misma. Es todo.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Jorge Eduardo León Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012069278).

Al ser las diez horas con cuarenta y cinco minutos del trece de junio del dos mil doce, se protocolizó ante esta notaría acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Distribuidora Filnasa Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012069281).

Por escritura otorgada ante el suscrito a las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disuelven las sociedades Juquiva S. A., y Profaquiva S. A., con fundamento en la Ley 9024 (Impuesto a las Personas Jurídicas).—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Francisco Chinchilla Piedra, Notario.—1 vez.—(IN2012069284).

Por escritura otorgada ante el suscrito en este lugar, a las 15 horas de esta fecha, se disuelve la sociedad Mobba S. A., con fundamento en la Ley 9024 (Impuesto a las Personas Jurídicas).—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Francisco Chinchilla Piedra, Notario.—1 vez.—(IN2012069285).

Al ser las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó ante esta notaría acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil ciento noventa y tres sociedad anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012069286).

Al ser las dieciséis horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó ante esta notaría acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Empresa de Transporte Marítima de la Vertiente Atlántica Orion Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012069287).

Al ser las once horas con cuarenta minutos del trece de junio del dos mil doce, se protocolizó ante esta notaría acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Inmobiliarias Alta Vista Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012069288).

Al ser las once horas con treinta minutos del trece de junio del dos mil doce, se protocolizó ante esta notaría acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Turbidensa Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012069290).

Al ser las once horas del trece de junio del dos mil doce, se protocolizó ante esta notaría acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Documentos Seguros Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012069291).

El suscrito notario hace constar que ante su notaría se constituyó la sociedad anónima que llevará por nombre Comercializadora Tahinos S. A., y se protocolizaron actas de la sociedades Power Pack Group S. A.; Ground Substance S. A.; y FSS Servicios Estadounidenses S. A.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012069293).

Se cita y emplaza a todos los interesados para que se presenten a cualquier reclamo que mediante el acta número dos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Sala de Belleza S.L. Ramírez Ramírez S. A., cédula de persona jurídica número tres - ciento uno -seiscientos treinta y dos mil noventa y uno del doce de junio del dos mil doce, se acordó disolver dicha sociedad y cuya protocolización se presentará al Registro Público, Sección Mercantil.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Teodoro Hodgson Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012309840.—(IN2012069376).

E1 suscrito Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el veintiocho de mayo del dos mil doce, protocolicé acta de la empresa tres-ciento uno-quinientos treinta mil trescientos treinta y ocho s. a., en la que se modifica el domicilio de la empresa, la cláusula de la administración y se realizan nuevos nombramientos. De igual forma el ocho de junio dos mil doce, protocolicé acta de la empresa Puente Sena S. A., en la que se modifica la cláusula de la administración y se realizan nuevos nombramientos. El veintisiete de junio del dos mil doce, se otorgaron ante mí, escrituras de disolución de las empresas El Nuevo Esquema S. A., Despectivas S. A., Ofibodegas Milano S.A., y Corporación Gaspar C.G.E. S. A. El veintinueve de junio del dos mil doce, protocolicé acta de la empresa tres-ciento uno-quinientos treinta mil trescientos cuarenta sociedad anónima, en la que se modifica el domicilio, se revocan nombramientos de junta directiva y se realizan nuevos.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012309631.—(IN2012069377).

Se acuerda la disolución anticipada de Arcobaleno Dajoa E.R.L., cédula jurídica 3-102-533164. No existen activos ni pasivos, quedando liquidada la misma. Escritura otorgada a las 19:00 horas del 26 de junio del 2012.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012308861.—(IN2012069378).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Descuentos Facturas Costa Rica EXP S. A., donde se acuerda disolver dicha persona jurídica.—San José, 26 de junio del dos mil doce.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—RP2012308862.—(IN2012069379).

Ante esta notaría bajo escritura número cuarenta y seis-veintiocho del veintisiete de junio del dos mil doce, se tramita la disolución de la sociedad Acacia Ruta al Sol Naciente Sociedad Anónima, autorizando al presidente Ronald Alberto Jiménez Mora, para realizar el trámite de la misma.—27 de junio del 2012.—Lic. Luis Alberto Carrillo Delgado, Notario.—1 vez.—RP2012308863.—(IN2012069380).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintidós de junio del dos mil doce, se solicitó la disolución de la sociedad denominada Calzado Franco S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y tres mil trescientos treinta y ocho.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Carlos Manuel Chaverri Negrini, Notario.—1 vez.—RP2012308864.—(IN2012069381).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Taller Industrial Rase S. A., donde se acuerda disolver dicha persona jurídica.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—RP2012308865.—(IN2012069382).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veintidós de Junio del dos mil doce, se solicitó la disolución de la sociedad denominada de Estancia El Javillo S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil cuatrocientos treinta y dos.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Carlos Chaverri Negrini, Notario.—1 vez.—RP2012308866.—(IN2012069383).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Movimientos de Tierra TNT S. A., donde se acuerda disolver dicha persona jurídica.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—RP2012308868.—(IN2012069384).

Ante esta notaría se protocolizó acta en donde se solicita la disolución de la sociedad Estero Negro Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil trescientos treinta y tres. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veinte de junio de dos mil doce.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012308869.—(IN2012069385).

En escritura pública otorgada ante esta notaría, se procede a la disolución de la sociedad anónima Distribuciones Dei Limitada, por acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas.—Lic. Luis Gonzalo Cortes Enríquez, Notario.—1 vez.—RP2012308870.—(IN2012069386).

Por escritura otorgada en mi notaría, fue constituida la sociedad denominada Estereo Post Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía pudiendo abreviarse S. A. Domiciliada en Escazú, Residencial Altos del Horizonte, casa número ciento treinta. Capital social de cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Andrés Pérez González, Notario.—1 vez.—RP2012308871.—(IN2012069387).

Por escritura otorgada en mi notaría fue constituida la sociedad denominada L. M. E. Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía pudiendo abreviarse S. A. Domiciliada en San José, Barrio Francisco Peralta, calle treinta y tres, avenidas diez y doce, doscientos metros al sur de la biblioteca de la Asamblea Legislativa. Capital social de cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Andrés Pérez González, Notario.—1 vez.—RP2012308873.—(IN2012069388).

En escritura pública otorgada ante esta notaría, se procede a la disolución de la sociedad anónima Distribuciones Ecuménicas Limitada, por acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas.—Lic. Luis Gonzalo Cortés Enríquez, Notario.—1 vez.—RP2012308874.—(IN2012069389).

Mediante escritura número 3, tomo 1, visible a folio 2 vuelto, a las 10:00 horas del 27 de junio del 2012; se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria conforme la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Ribera Alta Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-354031, dicha sociedad no posee activos ni pasivos.—Lic. Fiorella Chaves Varela, Notaria.—1 vez.—RP2012308875.—(IN2012069390).

Se acuerda la disolución de la empresa Artificial Stars in Heaven Ltda, bajo acta número dos, protocolizada bajo escritura 241-14 de las 17:30 horas del 25 de junio del 2012, visible folio 140 vuelto, tomo 14.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308876.—(IN2012069391).

Mediante escritura número 4, tomo 1, visible a folio 3 frente, a las 12:00 horas del 27 de junio del 2012; por acuerdo de socios se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Alfauxi Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-244277, dicha sociedad no posee activos ni pasivos.—Lic. Fiorella Chaves Varela, Notaria.—1 vez.—RP2012308877.—(IN2012069392).

Que por escritura pública número setenta-seis otorgada ante esta notaría en San José, a las diez horas del dieciocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Nuevo Punto S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y seis mil cuatrocientos once, mediante la cual se modifica la cláusula cuarta del plazo social.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012308878.—(IN2012069393).

Que por escritura pública número setenta y uno-seis, otorgada ante esta notaría en San José, a las once horas del dieciocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Inversiones Radindex S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y seis mil quinientos setenta y nueve, mediante la cual se modifica la cláusula cuarta del plazo social.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012308879.—(IN2012069394).

Mediante escritura número 8, tomo 1, visible a folio 6 frente, a las 19:00 horas del 27 de junio del 2012; se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria conforme la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Los Sueños Sport Fishing Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-497022, dicha sociedad no posee activos ni pasivos.—Lic. Fiorella Chaves Varela, Notaria.—1 vez.—RP2012308880.—(IN2012069395).

Mediante escritura número 5, tomo 1, visible a folio 3 vuelto, a las 13:00 horas del 27 de junio del 2012; se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria, conforme la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Jardín Universitario Jardun Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-074070, dicha sociedad no posee activos ni pasivos.—Lic. Fiorella Chaves Varela, Notaria.—1 vez.—RP2012308881.—(IN2012069396).

Que por escritura pública número sesenta y nueve-seis otorgada ante esta notaría en San José, a las nueve horas del dieciocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Estampitas Rologut S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y seis mil seiscientos treinta y dos, mediante la cual se modifica la cláusula cuarta del plazo social.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012308882.—(IN2012069397).

Mediante escritura número 6, tomo 1, visible a folio 4 vuelto, a las 15:00 horas del 27 de junio del 2012; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria, conforme la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad The Big Payback Consultans Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-489981, dicha sociedad no posee activos ni pasivos.—Lic. Fiorella Chaves Varela, Notaria.—1 vez.—RP2012308883.—(IN2012069398).

Mediante escritura número 10, tomo 1, visible a folio 7 frente, a las 9:00 horas del 28 de junio del 2012; se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria, conforme la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Wisdom An Humility Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-490175, sociedad no posee activos ni pasivos.—Lic. Fiorella Chaves Varela, Notaria.—1 vez.—RP2012308884.—(IN2012069399).

Que por escritura pública número sesenta y ocho-seis otorgada ante esta notaría en San José, a las ocho horas del dieciocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Grubiandex S. A., cédula jurídica tres- ciento uno-doscientos treinta y seis mil quinientos ochenta y cuatro, mediante la cual se modifica la cláusula cuarta del plazo social.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012308885.—(IN2012069400).

Mediante escritura número 7, tomo 1, visible a folio 5 frente, a las 16:00 horas del 27 de junio del 2012; se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria conforme la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Chemacataux Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-244258, dicha sociedad no posee activos ni pasivos.—Lic. Fiorella Chaves Varela, Notaria.—1 vez.—RP2012308886.—(IN2012069401).

Mediante escritura número 9, tomo 1, visible a folio 6 vuelto, a las 8:00 horas del 28 de junio del 2012; se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria conforme la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Loyalty and Anger Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-494462, sociedad no posee activos ni pasivos.—Lic. Fiorella Chaves Varela, Notaria.—1 vez.—RP2012308887.—(IN2012069402).

Se acuerda la disolución anticipada de Construcciones Dayfer Limitada, cédula jurídica 3-102-178956. No existen activos ni pasivos, quedando liquidada la misma. Escritura otorgada a las 18:00 horas del 26 de junio del 2012.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012308888.—(IN2012069403).

Mediante escritura número 131, tomo 6, visible a folio 162 vuelto, a las 19:00 horas del 26 de junio del 2012; por acuerdo de socios se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Promesa Producciones CD Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-521709, dicha sociedad no posee activos ni pasivos.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012308889.—(IN2012069404).

Mediante escritura número 11, tomo 1, visible a folio 8 frente, a las 11:00 horas del 28 de junio del 2012; se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria conforme la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad The Big Idea Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-490960, dicha sociedad no posee activos ni pasivos.—Lic. Fiorella Chaves Varela, Notaria.—1 vez.—RP2012308890.—(IN2012069405).

Mediante escritura número 220 de las diez horas del 26 de junio del 2012 del tomo dos de mi protocolo, se disuelve la sociedad Bresilesky Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-237329.—Lic. Rita María Solano Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012308891.—(IN2012069406).

Mediante escritura número 12, tomo 1, visible a folio 8 vuelto, a las 12:00 horas del 28 de junio del 2012; por acuerdo de socios se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Expediciones Flora y Fauna Mor Mor Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-152681, dicha sociedad no posee activos ni pasivos.—Lic. Fiorella Chaves Varela, Notaria.—1 vez.—RP2012308892.—(IN2012069407).

Se acuerda la disolución de la empresa Return to the Old House Ltda, bajo acta número dos, protocolizada bajo escritura 240-14 de las 17:20 horas del 25 junio del 2012, visible folio 140 frente, tomo 14.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308893.—(IN2012069408).

En mi notaría a las 8:00 horas del 28 de junio de 2012, se disuelve y liquida la sociedad denominada Instalaciones Eléctricas y Telefónicas IETEL Sociedad Anónima.—San Diego de La Unión, Cartago, 28 de junio de 2012.—Lic. Marie Kuylen Alpízar, Notaria.—1 vez.—RP2012308894.—(IN2012069409).

Se acuerda la disolución de la empresa Fruits and Spice Ltda, bajo escritura dos, protocolizada bajo escritura 242-14 de las 17:40 horas del 25 de junio del 2012, visible folio 141 frente, tomo 14.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308895.—(IN2012069410).

Ante mi notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad A P Marketing Sociedad Anónima, donde se conviene disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Santo Domingo de Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Gerardo Chaves Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012308896.—(IN2012069411).

Se acuerda la disolución de la empresa Exotical Flowers Bunch Ltda, bajo acta número dos, protocolizada bajo escritura 243-14 de las 17:50 horas del 25 junio del 2012, visible folio 142 frente, tomo 14.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308897.—(IN2012069412).

Se acuerda la disolución de la empresa La Duna del Mediterráneo Ecológico Ltda, bajo acta número dos, protocolizada bajo escritura 244-14 de las 18:00 horas del 25 junio del 2012, visible folio 142 vuelto, tomo 14.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308898.—(IN2012069413).

Se acuerda la disolución de la empresa Herradura de la Bahía Escondida Ltda, bajo acta número dos, protocolizada bajo escritura 245-14 de las 18:10 horas del 25 junio del 2012, visible folio 143 frente, tomo 14.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012308899.—(IN2012069414).

Por escritura número ciento cuarenta y cinco-doce, otorgada a las 18 horas del 27 de junio de 2012, ante mí se solicitó la disolución de la sociedad anónima A Nivel, domiciliada en Barva de Heredia, de la escuela, cien metros sur y cincuenta metros oeste.—Barva de Heredia, 29 de junio del 2012.—Lic. Ligia María Arias Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012308900.—(IN2012069415).

Asamblea de accionistas de la empresa denominada Inversiones Polygonum Sociedad Anónima, domiciliada en Barva de Heredia, con cédula de persona jurídica 3-101-264782, acuerdan su disolución. Escritura otorgada a las 8 horas del 28 de junio del 2012.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308901.—(IN2012069416).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintidós de junio del dos mil doce, se solicitó la disolución de la sociedad denominada de Industria de Calzado Tivic S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y nueve mil ochocientos veintiuno.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Carlos Chaverri Negrini, Notario.—1 vez.—RP2012308902.—(IN2012069417).

Mediante escritura número 126-7 otorgada ante la notaria Laura Granera Alonso, a las 8:00 horas del 28 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Inversiones Fero Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-25316. Dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—RP2012308903.—(IN2012069418).

Asamblea de accionistas de la empresa denominada Transportistas Unitarios Sociedad Anónima domiciliada en el distrito central de Barva de Heredia, con cédula de persona jurídica 3-101-279894 acuerdan su disolución. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 28 de junio del 2012.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308904.—(IN2012069419).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Transportes Unión de Océanos S. A., donde se acuerda disolver dicha persona jurídica.—San José, 26 de junio del año dos mil doce.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—RP2012308905.—(IN2012069420).

Asamblea de accionistas de la empresa denominada Consultores en Arquitectura e Ingeniería Conai Sociedad Anónima domiciliada en el distrito central de San José con cédula de persona jurídica 3-101-237952 acuerdan su disolución. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 28 de junio del 2012.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308906.—(IN2012069421).

La suscrita Lic. Virginia Umaña Segura informa que por escritura número cuarenta y seis del tomo sétimo a las 10:00 horas del 28/06/12 se liquidó Los Quiquillos Sociedad Anónima.—San José 28 de junio del 2012.—Lic. Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012308907.—(IN2012069422).

Por escritura número sesenta y siete-siete, otorgada hoy a las 10:00 horas, ante mí, se solicitó la disolución de la sociedad anónima Inversiones Escam Centroamericana, domiciliada en la provincia de Alajuela, Upala, costado este de la plaza de deportes.—Barva de Heredia 28 de junio del 2012.—Lic. Fanny Víquez Arguedas, Notaria.—1 vez.—RP2012308908.—(IN2012069423).

El suscrito notario hago saber que ante esta notaría se constituyó el presidente y todo el capital social de la sociedad denominada Inversiones Safocsf Limitada para su respectiva disolución.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012308909.—(IN2012069424).

Mediante escritura 16 otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizaron actas de asambleas generales ordinarias y extraordinarias de accionistas de: Condominio Ofi Bodegas Capri Violeta Número Dieciocho S. A., Condominio Ofi Bodegas Capri Café Número Dieciséis S. A., Condominio Ofi Bodegas Capri Naranja Número Diecisiete S. A., Condominio Ofi Bodegas Capri Rojo Número Diez S. A., Condominio Ofi Bodegas Capri Beis Número Quince S. A., Condominio Ofi Bodegas Capri Dorado Número Doce S. A., Condominio Ofi Bodegas Capri Rosado Número Trece S. A., y Sago Asesoría Jurídica S. A., por las cuales se efectúa la fusión por absorción entre dichas compañías, permaneciendo la última con todos los activos y pasivos, derechos, obligaciones y patrimonio, quedando la totalidad de su patrimonio y capital, bienes muebles e inmuebles inscritos o no a nombre de Sago Asesoría Jurídica S. A. La fusión entre las ocho empresas tiene plena validez y eficacia a partir de la firma del acuerdo, sea el veintiocho de mayo del dos mil doce, y efectos a terceros de acuerdo con su inscripción en el Registro Público. Se efectúa una capitalización final que modifica la cláusula quinta.—Lic. Melania Campos Lara, Notaria.—1 vez.—RP2012308910.—(IN2012069425).

El suscrito notario hago saber que ante esta notaría se constituyó el presidente y todo el capital social de la sociedad denominada Los Abuelos Lote Doce Bloque B Sociedad Anónima, para su respectiva disolución.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012308911.—(IN2012069426).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Crisda Farmacéutica Sociedad Anónima. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012308912.—(IN2012069427).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 14:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número 08, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Corporación J & E S. A., mediante la cual se acuerda disolverla.—San José, 28 de junio del año 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012308913.—(IN2012069428).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día veintiocho de junio del dos mil doce. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad Shanti Estudio de Yoga Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012308914.—(IN2012069429).

Mediante escritura otorgada ante esta notaria a las diecinueve horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad El Viejo Sabio de Osa Sociedad Anónima, en donde se acordó disolver dicha sociedad, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-quinientos veinte mil cuatrocientos noventa y nueve.—Coronado de Osa, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Chantal Trejos Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012308915.—(IN2012069430).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Oiko Trópico S. A. Donde se acuerda disolución y liquidación de la compañía.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012308916.—(IN2012069431).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas veinte minutos del veintisiete de junio del 2012, se disolvió la sociedad anónima denominada Turiservicios Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-115463, se prescindió del trámite de liquidación por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, veinticinco de junio de dos mil doce.—Lic. Manuel Detrinidad Gaitán, Notario.—1 vez.—RP2012308917.—(IN2012069432).

Mediante escritura otorgada ante esta notaria a las dieciséis horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Tropic Proper.Com Sociedad Anónima, en donde se acordó disolver dicha sociedad, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y un mil cero treinta y uno.—Coronado de Osa, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Chantal Trejos Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012308918.—(IN2012069433).

Se le hace saber a las personas interesadas, que ante el suscrito Jorge Mario Piedra Arias, notario público, con oficina abierta en Aserrí, procedió a protocolizar el acta número uno, la cual se encuentra en el Libro de Actas de Asamblea de Socios celebrada al ser las diez horas diez minutos del veintiocho de junio de dos mil doce, en donde se acordó de manera unánime disolver la sociedad denominada Bauma del Sur Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-299928, la cual se encuentra debidamente inscrita en el Registro Nacional, Sección Mercantil, bajo el tomo cuatrocientos noventa y tres, asiento cuatro mil quinientos cuarenta y ocho. Es todo.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—RP2012308919.—(IN2012069434).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las trece horas veinte minutos del veintiocho de junio del 2012, se disolvió la sociedad anónima denominada Viajes Mediterráneo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-289293, Se prescindió del trámite de liquidación por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Manuel Detrinidad Gaitán, Notario.—1 vez.—RP2012308920.—(IN2012069435).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas veinte minutos del veintiocho de junio del 2012, se disolvió la sociedad anónima denominada Fesoda Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-416593, se prescindió del trámite de liquidación por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Manuel Detrinidad Gaitán, Notario.—1 vez.—RP2012308921.—(IN2012069436).

Mediante escritura otorgada ante esta notaria a las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Playas del Río Grande de Térraba Sociedad Anónima, en donde se acordó disolver dicha sociedad, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil cero ochenta y nueve.—Coronado de Osa, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Chantal Trejos Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012308922.—(IN2012069437).

Se liquida la sociedad denominada Mercadeo Múltiple Lu Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. José Aparicio Guillén Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012308923.—(IN2012069438).

Se le hace saber a las personas interesadas, que ante el suscrito Jorge Mario Piedra Arias, notario público, con oficina abierta en Aserrí, procedió a protocolizar el acta número uno, la cual se encuentra en el Libro de Actas de Asamblea de Socios celebrada al ser las once horas diez minutos del veintiocho de junio de dos mil doce, en donde se acordó de manera unánime disolver la sociedad denominada Nexcel Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-242785, la cual se encuentra debidamente inscrita en el Registro Nacional, Sección Mercantil, bajo el tomo cuatrocientos sesenta y cuatro, asiento diecinueve mil setecientos setenta y siete. Es todo.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—RP2012308924.—(IN2012069439).

Se le hace saber a las personas interesadas, que ante el suscrito Jorge Mario Piedra Arias, notario público, con oficina abierta en Aserrí, procedió a protocolizar el acta número uno, la cual se encuentra en el libro de Actas de Asamblea de Socios celebrada al ser las catorce horas del veintiocho de junio de dos mil doce, en donde se acordó de manera unánime disolver la sociedad denominada Asesoría y Correduría Aduanera Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-149587, la cual se encuentra debidamente inscrita en el Registro Nacional, Sección Mercantil, bajo el tomo cuatrocientos diez, asiento nueve mil veintisiete. Es todo.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—RP2012308925.—(IN2012069440).

Se liquida la sociedad denominada Núcleo de Desarrollo Empresarial Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. José Aparicio Guillén Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012308926.—(IN2012069441).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las nueve horas del veintiocho de junio del 2012, se disolvió la sociedad denominada Lalado de Tres Ríos Limitada, cédula jurídica número 3-102-159529, se prescindió del trámite de liquidación por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, veinticinco de junio de dos mil doce.—Lic. Manuel Detrinidad Gaitán, Notario.—1 vez.—RP2012308927.—(IN2012069442).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintiocho de junio del 2012, se disolvió la sociedad anónima denominada Baybee Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-121613, se prescindió del trámite de liquidación por no existir activos ni pasivos que liquidar.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce. Lic. Manuel Detrinidad Gaitán. Notario.—1 vez.—RP2012308928.—(IN2012069443).

El suscrito notario Robin Bonilla Monge hace constar que mediante escritura número cuarenta y dos visible al folio treinta y uno frente del tomo tercero del protocolo del suscrito, se ha disuelto la sociedad Inversiones Cygnus Latino del Caribe Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos siete mil trescientos setenta y cinco. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Robin Bonilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2012308929.—(IN2012069444).

En esta notaría a las 8:00 horas del 27 de junio de 2012, se disolvió la sociedad Distribuidora de Productos de Petróleo de Turrialba Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cero diez mil setecientos.—Lic. Marvin Orocú Chavarría. Notario.—1 vez.—RP2012308930.—(IN2012069445).

El suscrito notario Robin Bonilla Monge hace constar que mediante escritura número cuarenta visible al folio veintinueve vuelto del tomo tercero del protocolo del suscrito, se ha disuelto la sociedad Kayi Sociedad Anónima, a la cual se le otorgó cédula de persona jurídica tres ciento uno cuarenta y seis mil novecientos sesenta y ocho. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Robin Bonilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2012308931.—(IN2012069446).

El suscrito notario Robin Bonilla Monge hace constar que mediante escritura número cuarenta y uno visible al folio treinta vuelto del tomo tercero del protocolo del suscrito, se ha disuelto la sociedad Grupo Profesional de Seguridad Onix Grupose Sociedad Anónima, a la cual se le otorgó cédula de persona jurídica tres ciento uno cuatrocientos dos mil seiscientos cincuenta y cuatro.—Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Robin Bonilla Monge, Notario.—1 vez.—RP2012308932.—(IN2012069447).

En esta notaría a las 16:00 horas del 27 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Compañía Las Abras de Turrialba Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cero ochenta y nueve mil trescientos veintiocho.—Turrialba, 27 de junio del 2012.—Lic. Marvin Orocú Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308933.—(IN2012069448).

Hago constar que por escritura de las ocho horas del 16 de junio en curso, ante este notaria, Carolina Rojas Jiménez y Macis Arley Castro, disolvieron la sociedad Pura Semilla de Algodón S.A. cédula jurídica.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Carlos Enrique Castro Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012308934.—(IN2012069449).

Hago constar que por escritura de las diez horas del 16 de junio en curso, ante este notario, se disolvió la sociedad C-S- Asesoría Chaverri S. A., cédula jurídica 3-101-306455.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Carlos Enrique Castro Ch., Notario.—1 vez.—RP2012308935.—(IN2012069450).

En esta notaría a las 10:20 horas del 8 de junio de 2012, se disolvió la Sociedad Euro Escobar Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos diecisiete mil trescientos ochenta y dos.—Lic. Marvin Orocú Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012308936.—(IN2012069451).

Se liquida la sociedad denominada Bienes Raíces Laola Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. José Aparicio Guillén Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012308937.—(IN2012069452).

Por escritura otorgada en San José, a las trece horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Mamut Tecnologías S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Por no haber pasivos ni activos que distribuir no se nombra liquidador.—San José, 28 de abril del 2012.—Lic. Natalia Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012308938.—(IN2012069453).

Por escritura 117-2012, tomo cuarto, otorgada a las 08:00 horas del 22 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Vegle Arquitectos Sociedad Anónima, entidad con cédula jurídica 3-101-225370, donde por unanimidad de votos sus socios acordaron disolver la sociedad, de conformidad con el artículo 201, inciso d), del Código de Comercio vigente y solicitan la desinscripción ante el Registro Público, Sección Mercantil.—Lic. Carmen María Arana Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012308939.—(IN2012069454).

Por escritura 116-2012, tomo cuarto, otorgada a las 17:00 horas del 21 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Kiinuh Cinearte Sociedad Anónima, entidad con cédula jurídica 3-101-589748, donde por unanimidad de votos sus socios acordaron disolver la sociedad, de conformidad con el artículo 201, inciso d, del Código de Comercio vigente y solicitan la desinscripción ante el Registro Público, Sección Mercantil.—Lic. Carmen María Arana Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012308940.—(IN2012069455).

Por escritura otorgada en Grecia, a las 10:20 horas del 29 de mayo del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía 3-101-520679 S. A., donde se acuerda disolver la sociedad.—Grecia, 28 de junio del 2012.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012308941.—(IN2012069456).

Se aprueba la disolución de la sociedad Inversiones Pasur Sebb Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 16:00 horas de día 28 de junio del 2012.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012308942.—(IN2012069457).

Por escritura 118-2012, tomo cuarto otorgada a las 11:00 horas del 22 de junio del 2012, se protocolizó acta Nº 1 de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Auto Tecnología Romero Siete Sociedad Anónima, entidad con cédula jurídica 3-101-159177, donde por unanimidad de votos sus socios acordaron disolver la sociedad, de conformidad con el artículo 201, inciso d, del Código de Comercio vigente y solicitan la desinscripción ante el Registro Público, Sección Mercantil.—Lic. Carmen María Arana Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012308943.—(IN2012069458).

Ante esta notaría, a las 14:00 horas del 25 de junio del año 2012, se modificó junta directiva de Condominio Montealondra Esmeralda II Sociedad Anónima, mediante escritura número 280, la representación judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin límite de suma corresponde al presidente Andria Araya Bougle, con cédula de identidad 7-116-578 y secretaria Tracy Gabriela Bell Araya, con cédula de identidad 7-206-034, ambas vecinas de la provincia de Limón, quienes podrán actuar en forma conjunta.—Limón, 25 de junio del 2012.—Lic. Ania Bonilla Rivas, Notaria.—1 vez.—RP2012308944.—(IN2012069459).

Mediante escritura pública número doscientos noventa y cuatro otorgada en Grecia, a las trece horas treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta de disolución de la sociedad denominada Frutas y Pulpas Sensación de Grecia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos diecisiete mil setecientos noventa y uno, domiciliada en Alajuela, Grecia, San Isidro, ochocientos metros al este del Hogar de Ancianos. Se cita y emplaza a los interesados en dicha disolución a que se presenten a hacer valer sus derechos o reclamos.—Grecia, 27 de junio del año 2012.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012308945.—(IN2012069460).

Por escritura número cuarenta y dos, otorgada ante esta notaría a las quince horas del día veintiocho de junio del año dos mil doce, por unanimidad de votos se acordó la disolución y liquidación de la compañía Inmobiliaria Central Número Cinco I N O Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y nueve mil trescientos veintiuno. Dentro de los 30 días naturales siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o practicada.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Andrea Hütt Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012308946.—(IN2012069461).

Mediante escritura pública número doscientos noventa y cinco otorgada en Grecia, a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta de disolución de la sociedad denominada Equipo de Frío Los Higuerones de Grecia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos diecisiete mil ochocientos noventa y siete, domiciliada en Alajuela, Grecia, San Isidro, ochocientos metros al este del Hogar de Ancianos. Se cita y emplaza a los interesados en dicha disolución a que se presenten a hacer valer sus derechos o reclamos.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012308947.—(IN2012069462).

Se procede con el cierre de las siguientes sociedades: Romabri S. A., Martes Pards S. A., Tecnocelulares S. A., Solecast Importaciones S. A., Luxuri Accesories Parts S. A., Agosto Argas S. A., Nortico del Oeste exportaciones S. A., Agencia de Viajes Turismo de Plata S. A., Inversiones Agrícolas del Valle J&M S. A., El Valle Agrícola C&M S. A., Crux Boreal Inversiones S. A., Inmobiliaria Escar S. A., Noches de Tal Para Cual S. A., y Somorgujo S. A.—San José, Junio 27, 2012.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—RP2012308948.—(IN2012069463).

Se hace saber que ante esta notaría fueron disueltas las sociedades: Exploraciones Mineras La Segovia Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- cero noventa y tres mil novecientos trece, Exploraciones Mineras Siuma Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- cero ochenta y nueve mil cuatrocientos treinta, y Exploraciones Mineras El Rama Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- cero noventa y tres mil setecientos cincuenta y uno.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1 vez.—RP2012308949.—(IN2012069464).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Nutws Production Sociedad de Responsabilidad Limitada, representada por el gerente, y por unanimidad de los socios y propietarios de las cuotas de dicha sociedad disuelta en fecha veintisiete de junio del año dos mil doce.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Joan Salazar Garreta, Notario.—1 vez.—RP2012308950.—(IN2012069465).

Ante esta notaría, procedo a disolver la siguiente sociedad: Roqueal S. A., 3-101-083338, Presidente Víctor Álvarez Estrada.—Jueves, 28 de junio del 2012.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012308951.—(IN2012069466).

Por escritura otorgada ante el notario Álvaro Rojas Morera, el día veintiocho de junio del dos mil doce, Maikel Torres Solís y Luzmilda Solís Parra, acuerdan disolver y liquidar la empresa: Inmobiliaria Torres y Solís Toso S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil novecientos treinta y dos, la cual no posee activos ni pasivos.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Rojas Morera, Notario.—1 vez.—RP2012308952.—(IN2012069467).

Ante esta notaría mediante escritura otorgada a las 10:00 horas del 26 de junio de este año, mediante acuerdo de socios, se acordó disolver la sociedad RV Ravane’s Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Adolfo Mora Gallardo, Notario.—1 vez.—RP2012308959.—(IN2012069468).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del 28 de junio del 2012, los señores Rodrigo González Campos y Rebeca Parra Solís, presidente y secretaria respectivamente de la sociedad Inversiones Piedra Angular S. A., disuelven dicha sociedad.—San José, 29 de junio del dos mil doce.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—RP2012308955.—(IN2012069469).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Grupo Caerus S. A. Donde se acuerda reformar la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012308956.—(IN2012069470).

Asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones JAR Sabaneta Sociedad Anónima, reforma cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo. Se nombran nuevos directores. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del veintisiete de junio dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Palma León, Notario.—1 vez.—RP2012308957.—(IN2012069471).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Doctor Música JC Sociedad Anónima. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012308958.—(IN2012069472).

Por escritura otorgada a las 18:00 horas del 25 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Girso S. A., por la que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012308959.—(IN2012069473).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas quince minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Productora de Éxitos Sociedad Anónima. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012308960.—(IN2012069474).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 horas del 22 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Equa Voltio S. A., por la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012308961.—(IN2012069475).

Por escritura otorgada ante este notaria, a las diecisiete horas del siete de junio del año dos mil doce, se constituyó la fundación denominada Fundación SIFAIS (Sistema Integral de Formación Artística para la Inclusión Social). Con un plazo social perpetuo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012308962.—(IN2012069476).

Por escritura otorgada a las 18:00 horas del 27 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Servicios para el Bienestar Humano Serviesa S. A., por la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012308963.—(IN2012069477).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 22 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Productos de Papel Margarita S. A., por la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012308964.—(IN2012069478).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 25 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Constructora y Comercializadora Herrera Pérez de Coronado S. A., por la que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012308965.—(IN2012069479).

Repuestos La China-Bahia S. A., cédula tres-ciento uno-quinientos doce mil quinientos noventa y dos, inscrita en Mercantil tomo quinientos setenta y tres, asiento noventa y cuatro mil doscientos sesenta y nueve, elige nuevos cargos y modifica cláusula décima primera del pacto social para que corresponda al presidente y vicepresidente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma actuando conjuntamente. Vicepresidente Heriberto Orozco Ledezma, secretario Isaac Saúl Cubero Torres, tesorero Humberto Orozco Quirós y fiscal María Lourdes Morales Mena.—Lic. Fernando Sancho Villalta, Notario.—1 vez.—RP2012308966.—(IN2012069480).

María Elena Herrera León, cédula número uno-seiscientos setenta y uno-setecientos ochenta y seis disuelve Heba Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintitrés mil quinientos treinta y tres, inscrita en Mercantil del Registro Público, tomo trescientos noventa y dos, asiento once mil novecientos cuatro, domiciliada en San José, calles trece y quince avenida diez bis número mil trescientos cincuenta y dos.—Lic. Fernando Sancho Villalta, Notario.—1 vez.—RP2012308967.—(IN2012069481).

Por escritura número cincuenta y cinco de las trece horas de veintiocho de junio del dos mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se disuelve la sociedad Tamarindo Digital S. A..—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012308968.—(IN2012069482).

Por escritura número cincuenta y tres de las once horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se disuelve la sociedad Casinos Playa Langosta S. A..—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012308969.—(IN2012069483).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Resolución acoge cancelación

Ref.: 30/2012/10580.—Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de representante legal de Schering-Plough Ltd.—Documento: cancelación por falta de uso (Galenica AG).—Nº y fecha: Anotación/2-74311 de 01/09/2011.—Expediente: 1997-0002704, Registro Nº 104729 IFOR en clase 5 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:16:24 del 15 de marzo de 2012. Conoce este Registro la solicitud de cancelación por no uso interpuesta por la Lic. Marianella Arias Chacón, en su condición de apoderada especial de Galenica AG, contra el registro de la marca “IFOR”, Registro Nº 104729, inscrita el 24 de noviembre de 1997, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: “Preparaciones para el tratamiento de la virulencia progresiva y condiciones crónicas inflamatorias”, propiedad de la empresa Shering-Plough Ltd.

Resultando:

1º—Que por memorial recibido el 01 de setiembre del 2012, el Lic. Marianella Arias Chacón, en su condición de apoderada especial de Galenica AG, presenta solicitud de cancelación por falta de uso contra el registro de la marca “IFOR”, Registro Nº 104729, inscrita el 24 de noviembre de 1997, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: “Preparaciones para el tratamiento de la virulencia progresiva y condiciones crónicas inflamatorias”, propiedad de la empresa Shering-Plough Ltd. (Folio 1 a folio 7).

2º—Que por resolución de las 15:19:28 horas de 09 de setiembre del 2011 el Registro de Propiedad Industrial procede a dar traslado al titular del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación presentada. (Folio 11). Dicha resolución fue notificada al solicitante de la cancelación el 16 de setiembre del 2011. (Folio 11).

3º—Que por resolución de las 14:22:26 horas del 22 de noviembre del 2011, el Registro de Propiedad Industrial, vista la imposibilidad material de notificar al titular marcario ordena publicar el traslado de la cancelación en La Gaceta por tres veces consecutivas quedando el edicto correspondiente a disposición de las partes. (Folio 12). Dicha resolución fue debidamente notificada el 25 de noviembre del 2011. (Folio 12 vuelto).

4º—Que por memorial de fecha 01 de febrero del 2012 el solicitante de la cancelación aporta copia de las publicaciones del traslado de la cancelación por no uso en el Diario Oficial La Gaceta Nos. 17, 18 y 19 de fecha 24, 25 y 26 de enero del 2012 respectivamente. (Folio 14).

5º—Que no consta en el expediente contestación del traslado de la cancelación por no uso.

6º—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados. Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita la marca “IFOR”, Registro Nº 104729, inscrita el 24 de noviembre de 1997, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: “Preparaciones para el tratamiento de la virulencia progresiva y condiciones crónicas inflamatorias”, propiedad de la empresa Shering-Plough Ltd.

Que en este Registro de Propiedad Industrial se encuentra la solicitud de inscripción de la marca “VIFOR”, en clase 5 de la nomenclatura internacional para proteger y distinguir: “Preparaciones farmacéuticas y veterinarias lo mismo que preparaciones sanitarias (cuidado de la salud) incluyendo productos parafarmacéuticos; preparaciones dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastes dentales, materiales para improntas dentales; desinfectantes”, solicitada por Galenica AG cuyo estado administrativo es “Con resolución rechazo de plano”.

II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.—Legitimación para actuar. Analizado el poder especial administrativo, documento referido por el interesado en su escrito de solicitud de la presente cancelación por falta de uso y que consta en el expediente 2011-264, se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso de la Lic. Marianella Arias Chacón como apoderada especial de la empresa Galenica AG.

IV.—Sobre los elementos de prueba. Este Registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso y una certificación basada en la información obtenida de la base de datos electrónica de la Dirección de Atención al Cliente del Ministerio de Salud que se encuentra en la página de internet del Ministerio de Salud: www.ministeriodesalud.go.cr.

V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado dé la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación promovidas por Marianella Arias Chacón en su condición de apoderado especial de Galenica AG, se notificó mediante edicto debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta los días 24, 25 y 26 de enero del 2012, sin embargo a la fecha, el titular del distintivo marcario no contestó dicho traslado.

VI.—Contenido de la solicitud de cancelación. A.- De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta por la Lic. Marianella Arias Chacón, en su carácter dicho, se desprenden los siguientes alegatos: 1) Que su representada es una importante empresa farmacéutica suiza que presentó la solicitud de inscripción de la marca VIFOR en clase 5 bajo la solicitud 2011-264. 2) Que la compañía Shering-Plouh Ltd inscribió desde el 24 de noviembre de 1997, el registro número 104729, marca IFOR, el cual no tiene registro sanitario ante el Ministerio de Salud tal y como se demuestra en la certificación presentada como prueba. 3) Que en la actualidad no se está comercializando en el mercado costarricense ningún producto identificado con la marca IFOR, por lo que de conformidad con el artículo 37 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos el registro debe cancelarse.

VII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo del asunto:

Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

“En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado.”

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a la empresa Schering Plough Ltd, que por cualquier medio de prueba debe de demostrar la utilización de la marca IFOR para distinguir productos en clase 5.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la sociedad Galenica AG demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que de la solicitud de cancelación de marca se desprende que las empresas son competidores directos y existió una solicitud de inscripción de esta empresa que fue rechazada por el registro 104729.

En cuanto al uso, es importante resalta que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:

“Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.

Una marca registrada deberá usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de manera diferente de la forma en que1 aparece registrada solo en cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que él confiere.

El uso de una marca por parte de un licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca”.

Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, sí por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca IFOR al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de lo anterior, dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el registro N 104729, marca IFOR en clase 5 internacional propiedad de Schertng Plough Ltd. Por tanto:

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento: l) se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso interpuesta por Lic. Marianella Arias Chacón, en su condición de apoderada especial de Galenica AG, en contra de la marca “IFOR”, registro 104729, inscrita el 24 de noviembre del 1997, para proteger y distinguir: “Preparaciones para el tratamiento de la virulencia progresiva y’ condiciones crónicas inflamatorias”, propiedad de la empresa Schering Plough Ltd. Se ordena la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y 334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual Nº 8039. Notifíquese.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—(IN2012071712).

Documento Admitido Traslado al Titular

Ref.: 30/2012/7219.—Guillermo Guix García, céd; pasaporte 37024000, en calidad de Representante Legal de Chemo Centroamericana Sociedad Anónima; cédula jurídica 3-101-62338.—Documento: Cancelación por falta de uso (Terapia Sociedad Anónima soli).—Nro y fecha: Anotación/2-75228 de 27/10/2011.—Expediente: 2001-0005956 Registro Nº 133602 CIPLAT en clase 5 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:47:31 del 23 de febrero de 2012. Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad 1-812-604, en calidad de apoderada especial de Terapia Sociedad Anónima; contra el Registro del signo distintivo CIPLAT, Registro Nº 133602, el cual protege y distingue: Un producto farmacéutico de uso exclusivamente humano. En clase 5 internacional, propiedad de Chemo Centroamericana Sociedad Anónima; cédula jurídica 3-101-62338. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesor Jurídico.—RP2012311175.—(IN2012072507).

Ref.: 30/2012/6788.—Edgar Zurcher Gurdian, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de Representante Legal de Novartis AG.—Documento: Cancelación por falta de uso (Zodiac International Corporati).—Nro y fecha: Anotación/2-76972 de 01/02/2012.—Expediente: 2002-0004861 Registro Nº 136824 LITYNDA en clase 5 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 14:08:35 del 20 de febrero de 2012. Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por José Paulo Brenes Lleras, cédula de identidad 1-694-636, en calidad de apoderado general de Zodiac International Corp; contra el Registro del signo distintivo LITYNDA, Registro Nº 136824, el cual protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano, en clase 5 internacional, propiedad de Novartis AG. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesor Jurídico.—RP2012311223.—(IN2012072508).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

REGIÓN BRUNCA

Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal Región Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, a las trece horas del diecinueve de junio del dos mil doce. Que habiéndose dictado resolución inicial dentro del procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y subsecuente nulidad de título, por la causal de Incumplimiento del artículo 68 inciso 4) apartado b), en relación con el 66 de la ley 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, sea abandono injustificado del terreno se cita y emplaza a la Empresa de Maquinaria Pesada Taller y Construcción MAYKO Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-200251 para que comparezcan a una audiencia oral y privada que se realizará a las nueve horas del día cinco de agosto del dos mil doce en las instalaciones de la Dirección Regional Brunca del Instituto de Desarrollo Agrario ubicadas contiguo a la agencia de la Cervecería Costa Rica en Daniel Flores de Pérez Zeledón. Se pone en conocimiento que la prueba de la administración esté contenida en el expediente NUL-001-OSRC-001-2012, que se encuentra la Asesoría Legal de la Región Brunca en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Agrario, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Deben los administrados, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar o ratificar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, o un fax que se encuentre dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o fuese imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del procedimiento que se califica como ordinario se le advierte a los administrados que el día de la comparecencia puede hacerse acompañar por un abogado. En caso de no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se les hace saber que máximo al día y hora de la audiencia pueden ofrecer y aportar toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados. A la audiencia deben comparecer en forma personal y no por medio de apoderado, de igual forma se les hace saber que de comprobarse los hechos investigados se le revocará la adjudicación del terreno y se ordenará al Registro Público de la Propiedad anular el título de propiedad señalado supra, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta al Instituto de Desarrollo Agrario. Notifíquese.—Lic. Álvaro Chanto Ureña, Asesoría Legal Región Brunca.—(IN2012072436)                                                                                                                                                                                                                    2 v. 1.

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE

ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La Junta Directiva General en su sesión Nº 28-11/12-G.E., de fecha 22 de mayo de 2012, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 16, de la sesión Nº 09-11/12-G.E., debido a que según oficio N° 287-2012-TH  del Departamento de Tribunales de Honor, no fue posible notificar al Ing. Guillermo Rivas Aguilar (IT-18059), en el expediente Nº 043-11:

La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión Nº 09-11/12-G.E. de fecha 17 de enero de 2012, acordó lo siguiente:

“Acuerdo N° 16:

a.  Se aprueba lo recomendado por la Instructora de Régimen Disciplinario y en consecuencia, se instaura un Tribunal de Honor en el expediente Nº 43-11 de denuncia interpuesta por el Sr. Manuel Ugarte Soto, en contra del Ing. Guillermo Rivas Aguilar (IT-18059), con el fin de llegar a la verdad real de los hechos, según oficio Nº 2925-2011-DRD.

“HECHOS:

En fecha 11 de febrero de 2011, el Sr. Manuel Ugarte Soto, presenta denuncia en contra del Ing. Guillermo Rivas Aguilar, indicando lo siguiente: (folio 01)

-    Que contrató los servicios del profesional denunciado para obtener un plano catastrado de un terreno de su propiedad, pagándole la suma de ¢90.000,00 y que no ha obtenido resultados desde el 10 de marzo de 2010.

-    El denunciante aporta copia de la factura Nº 138471 en la que se anota que se abonó un monto de ¢45.000,00 quedando un saldo del mismo monto. (Folio 3)

Este caso también fue trasladado a la Unidad de Asesoría Especializada del Colegio Federado, pero según oficio n.° UAE-050-2011 de dicha Unidad, fue imposible localizar al Ing. Rivas Aguilar, a pesar de haberlo intentado en varias ocasiones. (Folio 05)

ANÁLISIS DE LOS DESCARGOS

A pesar de que el Ing. Rivas Aguilar, fue notificado de la denuncia en su contra mediante el oficio Nº 0911-2011-DRD, por medio del Diario Oficial La Gaceta, en publicaciones del 26, 27 y 30 de mayo de 2011, el mismo no presentó sus pruebas de descargo.

RECOMENDACIÓN DE LA INSTRUCTORA  DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO

En virtud de la prueba documental a la vista del expediente y del análisis realizado a la misma, la Instructora del Régimen Disciplinario, recomienda a la estimable Junta Directiva General del Colegio Federado, instaurar un tribunal de honor para el Ing. Guillermo Rivas Aguilar, IT-18059.

FUNDAMENTO:

Con base en el análisis de los documentos que acompañan la denuncia interpuesta por el Sr. Manuel Ugarte Soto, y con base en la investigación realizada, se tiene que los hechos objeto de este informe, se refieren a presuntas responsabilidades del investigado en el ámbito ético de su ejercicio profesional, por cuanto:

Según consta en la base de datos del Departamento de Registro del Colegio Federado, el Ing. Guillermo Rivas Aguilar, IT-18059, es miembro de este Colegio desde el 02/05/2007. A la fecha, no ha sido sancionado disciplinariamente por violación al Código de Ética de este Colegio, sin embargo, se encuentra en condición de separado a partir del 05/10/2011 según acuerdo n° 17, sesión Nº 41-10/11-G.O. de 09/08/2011, la inhabilitación rige a partir de la publicación en La Gaceta y en un diario de circulación nacional, las cuales se realizaron en las siguientes fechas: La Gaceta Nº 185 del 27/09/2011 y en el periodo al día el 04/10/2011. (Folio 18).

-    Según la denuncia presentada, el Ing. Rivas Aguilar fue contratado por el Sr. Ugarte Soto para obtener un plano catastrado de un terreno de su propiedad, pagándole la suma de ¢90.000,00, sin embargo señala el denunciante que no ha obtenido resultados desde el 10 de marzo de 2010, fecha en la que le canceló el monto mencionado. (Folio 03)

-    A pesar de que el Ing. Rivas Aguilar, fue notificado de la denuncia en su contra mediante el oficio n.° 0911-2011-DRD, por medio del Diario Oficial La Gaceta, en publicaciones del 26, 27 y 30 de mayo de 2011, el mismo no presentó sus pruebas de descargo.

-    Al analizar la documentación que consta en el expediente, se observa que desde la fecha de pago al profesional, hasta la presentación de la denuncia ha transcurrido un plazo de 11 meses, lo cual se considera desmedido para el servicio contratado, a menos que medien circunstancias extremadamente especiales, lo cual en ningún momento fue aclarado por el profesional investigado.

-    Por otro lado, el asesor externo del Departamento Régimen Disciplinario investiga en el Catastro Nacional y obtiene únicamente dos planos catastrados a nombre del Sr. Manuel Ugarte Soto, el  G-1484880-2011 (folio 19), realizado por el TA. Allister Soto Barquero y el G-548461-84 (folio 20) realizado por el Ing. Édgar Huertas Agüero, de lo cual se desprende en primer lugar, que ninguno de los planos mencionados fue realizado por el profesional investigado, incluso uno de ellos (G-548461-84), fue elaborado muchos años antes de la contratación realizada al denunciado, por lo cual se podría presumir que el Ing. Guillermo Rivas Aguilar habría recibido dinero de su cliente para ejecutar un trabajo que finalmente no realizó, con lo cual no habría sido leal ni habría dado su máximo esfuerzo para brindar un trabajo de excelencia a su contratante.”

b.  El Tribunal de Honor para el profesional denunciado estará conformado por el Ing. Juan Andrés Mora Monge, el Ing. Juan Carlos Saborío Zeledón, el Ing. Luis Enrique Portilla Barquero (en calidad de suplente), del Tribunal de Honor Permanente del Colegio de Ingenieros Topógrafos; y por el Ing. Olman Vargas Zeledón, en su condición de Director Ejecutivo del C.F.I.A.

c.  El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento.

Asimismo, se informa que el CFIA garantiza en todo momento el acceso al expediente, sus piezas y a los antecedentes que motivaron el presente acuerdo. Contra la anterior resolución cabrá el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación de la resolución de instaurar el Tribunal de Honor, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública”.—3 de julio del 2012.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 446-2012.—Solicitud Nº 37884.—C-327140.—(IN2012072976).

La Junta Directiva General en su sesión Nº 28-11/12-G.E., de fecha 22 de mayo de 2012, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 19, de la sesión Nº 19-11/12-G.E., debido a que según oficio N° 275-2012-TH del Departamento de Tribunales de Honor, no fue posible notificar a la empresa Costa Verde Estates Group S. A. (CC-4696), en el expediente Nº 181-07:

La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 19-11/12-G.E. de fecha 20 de marzo de 2012, acordó lo siguiente:

 “Acuerdo N° 19:

Se conoce informe final N° 066-2012/181-07-INFIN remitido por el Tribunal de Honor Permanente Multidisciplinario, integrado para conocer expediente N° 181-07 de denuncia interpuesta por el C.F.I.A., en contra del Arq. Ramiro González Navia (A-9467), de la Ing. Yadira Murillo Porras (IE-15281), de la Ing. Elke María Vargas Chacón (IE-14138) y de la empresa Costa Verde Estates Group S.A. (CC-4696).

(…)

POR LO TANTO SE ACUERDA:

a.  Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor y en consecuencia, se ordena archivar las causas seguidas a las profesionales Ing. Yadira Murillo Porras IE-15281 e Ing. Elke María Vargas Chacón IE-14138, en el expediente N° 181-07 al haberse probado que no infringieron el Código de Ética Profesional.

b.  Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor y en consecuencia se impone una sanción de doce meses de suspensión al Arq. Ramiro González Navia A-9467 y a la empresa Costa Verde Estates Group S. A. CC-4696, en el expediente N° 181-07, al haberse probado que infringieron el Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica en sus artículos 3 y 4 con base en las sanciones  establecidas en el artículo 31 del mismo Código y en virtud de la gravedad de los hechos.

Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, las sanciones impuestas, son ejecutables de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.

Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los tribunales de justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de diez días hábiles, contados a partir de la notificación a la presente resolución.

La interposición del recurso de reconsideración suspende la ejecución de la sanción, hasta que la Junta Directiva General resuelva en definitiva dicha impugnación. Esa decisión agota la vía administrativa.”.—3 de julio del 2012.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 446-2012.—Solicitud Nº 37884.—C-169220.—(IN2012072978).

CITACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores por muerte de:

Para ver tabla solo en La Gaceta  impresa o en formato PDF

Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a la Sede señalada anteriormente, en el reclamo de sus derechos, apercibidos que si no lo hiciere la indemnización pasará a quien en derecho corresponda.—San José, 5 de julio del 2012.—Departamento de Comunicaciones.—Lic. Ileana Castro Fatjó,  Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 18486.—Solicitud Nº 4559.—C-113780.—(IN2012072971).