LA GACETA Nº 143 DEL 24 DE JULIO DEL 2012

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

HACIENDA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

SALUD

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

PODER JUDICIAL

ACUERDOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

MUNICIPALIDADES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

LICITACIONES

SALUD

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ADJUDICACIONES

SALUD

PODER JUDICIAL

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REMATES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

PODER LEGISLATIVO

SEGURIDAD PÚBLICA

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGLAMENTOS

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUTO COSTARRICESENE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN

MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

HACIENDA

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

AVISOS

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

AVISO

Nº SC-010-2012.—San José, 2 de julio de 2012

Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha emitido la siguiente  resolución:

DG-181-2012.—Aprueba el Modelo de Evaluación de Desempeño Institucional propuesto por la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias.

DG-182-2012.—Modifica la Resolución DG-399-2010, Manual Descriptivo de Especialidades Docentes.

Publíquese.—José Joaquín Arguedas Herrera, Director General.—1 vez.—O.C. Nº 14382.—Solicitud Nº 020-2012.—C-11300.—(IN2012073890).

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE

DESARROLLO DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de El Encanto de Cariari, Pococí, Limón. Por medio de su representante: José Porfirio de la Trinidad Vega Barquero, cédula 600860898 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, 9 de julio del 2012.—Área Legal y de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2012311570.—(IN20120673109).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica para el Asfaltado y Mantenimiento de Caminos de Gutiérrez Brown Santa Elena de Pittier de Coto Brus, Puntarenas. Por medio de su representante: Jorge Garita Hernández, cédula 202880412 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 10:36 horas del día 10 de julio del 2012.—Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—RP2012311862.—(IN2012073583).

DIRECCION GENERAL DE MIGRACIÓN

Y EXTRANJERÍA

Acuerdo Delegatorio N° 12-2012.—Dirección General de Migración y Extranjería.—San José, al ser las nueve horas del doce de junio de dos mil doce. Se delega la suscripción de resoluciones interlocutorias por medio de las cuales esta Dirección General prevenga a las personas administradas cualquiera de los trámites o requisitos previos al otorgamiento de la condición de persona refugiada, las autorizaciones de emisión de documentos de viaje y su renovación, así como las certificaciones de estatus migratorios de las personas refugiadas, con fundamento en el artículo 13 incisos 14) y 26), artículos 193, 198, 199 y 203 de la Ley General de Migración y Extranjería y su Reglamento, así como los artículos 89, 90, 91, 92 y los artículos 285, 287, 288, 293, 337, 338, 339, 340 de la Ley General de la Administración Pública, en el funcionario Allan Rodríguez Vargas, mayor, abogado, portador de la cédula de identidad número 1-1011-0155, vecino de San José, en su condición de Coordinador del Subproceso de Refugio.

Resultando:

1º—Que de conformidad con los artículos 12 y 13 de la Ley General de Migración y Extranjería; Ley N° 8764, la Dirección General es un órgano de desconcentración mínima adscrito al Ministerio de Gobernación y Policía con las competencias y funciones que señala el referido cuerpo legal.

2º—Que el artículo 13 inciso 14) de la Ley General de Migración y Extranjería, establece como una de las funciones de la Dirección General de Migración y Extranjería, la de “...Delegar y avocar, en caso necesario, facultades de su competencia, cuando con ello se faciliten los servicios que debe prestar”. Asimismo, los artículos 89 al 92 de la Ley General de la Administración Pública desarrollan en forma general lo referente a la delegación de firma para cierto tipo de actos.

3º—Que los cambios producidos en las últimas décadas en relación con los flujos migratorios internacionales, entre los que se destacan el crecimiento de la población extranjera residente en el territorio nacional, la persistente presión de los movimientos migratorios irregulares y el paulatino crecimiento de nuevas corrientes de personas foráneas, plantean la necesidad de definir un nuevo marco de orientación jurídica, que permita continuar desarrollando una profunda transformación del sistema de gestión migratoria y asegurar la aplicación eficiente y transparente de las políticas migratorias que adopte el Estado costarricense y la legislación vigente.

4º—Que la Dirección General de Migración y Extranjería requiere de estructuras orgánicas modernas y de personal formado, con capacidad de ejercer sus funciones de manera eficiente y eficaz, para brindar un servicio de calidad a las personas usuarias, tanto nacionales como extranjeras. Que el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica mediante oficios N° DM-1298-2004, del 30 de agosto de 2004, y N° DM-736-2005, del 10 de mayo de 2005, aprobó la Estructura Organizacional de la Dirección General, misma que se dirige a la prestación de un servicio público eficiente y eficaz en beneficio de las personas administradas.

5º—Mediante el artículo 264 de la Ley General de Migración y Extranjería, se creó la Unidad de Refugio, Visas Restringidas y Consulares como órgano de apoyo técnico y administrativo de la Comisión de Visas Restringidas y Refugio, adscrito a la Dirección General de Migración y Extranjería.

6º—Que en función de la estructura organizacional de la Dirección General de Migración y Extranjería, se hace necesaria e indispensable la delegación de firma de esta representación en el señor Allan Rodríguez Vargas, para algunos trámites que se realicen en dicha Unidad, con el fin de agilizar los procesos y que el servicio sea cada vez más eficiente para las personas usuarias.

Considerando:

1º—Que en virtud de lo establecido en el artículo 134 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, con relación a la necesidad de firma en todos los actos administrativos como requisitos de validez y en razón de la creación de la Unidad de Refugio, se hace indispensable la delegación de la firma de esta Representación, con el objeto de que no se concentre esa función de firmar exclusivamente en las personas que ocupan la titularidad de la Dirección o Subdirección General de Migración y Extranjería, y así garantizar a las personas administradas celeridad y, por ende, eficacia administrativa, en relación con algunos trámites que se realicen en la Unidad de Refugio.

2º—Que la figura de la delegación encuentra amplio sustento jurídico en la Ley General de Migración y Extranjería y en la Ley General de la Administración Pública; además en el dictamen de la Procuraduría General de la República número C-057-99, del 19 de marzo de 1999 y en el voto de la Sala Constitucional 2005-01562, de las catorce horas con cuarenta y nueve minutos del dieciséis de febrero de dos mil cinco. Si bien, dicho voto fue emitido encontrándose vigente la Ley General de Migración y Extranjería N° 7033, ya derogada, la actual Ley N° 8764 mantiene la misma disposición.

3º—Que por las razones indicadas, se estima procedente delegar la suscripción de resoluciones interlocutorias por medio de las cuales esta Dirección General prevenga al administrado/a cualquiera de los trámites o requisitos previos al otorgamiento de la condición de refugiado tendentes a completar los requisitos faltantes en los expedientes de las y los solicitantes de refugio, las autorizaciones de emisión de documentos de viaje y su renovación, así como las certificaciones de estatus migratorio de las personas refugiadas, en el funcionario que se determinará en el Por tanto de esta resolución. Por tanto:

Conforme a las consideraciones y citas legales referidas, la Directora General de Migración y Extranjería, acuerda: Delegar la suscripción de resoluciones interlocutorias por medio de las cuales esta Dirección General prevenga a las personas administradas cualquiera de los trámites o requisitos previos al otorgamiento de la condición de persona refugiada, las autorizaciones de emisión de documentos de viaje y su renovación, así como las certificaciones de estatus migratorios de las personas refugiadas, en el señor Allan Rodríguez Vargas, mayor, abogado, portador de la cédula de identidad número 1-1011-0155, vecino de San José, en su condición de Coordinador del Subproceso de Refugio. Rige a partir del 13 de junio del 2012. Publíquese.

Kathya Rodríguez Araica, Directora General de Migración y Extranjería.—1 vez.—O. C. Nº 15215.—Solicitud Nº 41435.—C-51720.—(IN2012073451).

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

N° DGT-R-011-2012 Dirección General de Tributación.—San José, a las trece horas y veinte minutos del día 20 de junio del dos mil doce.

Considerando:

1º—Que el artículo 99 de la Ley N° 4755 “Código de Normas y Procedimientos Tributarios”, faculta a la Administración Tributaria para dictar normas generales para la correcta aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.

2º—Que el artículo 4° de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, N° 8220 de 4 de marzo del 2002, publicada en el Alcance 22 a La Gaceta N° 49 de 11 de marzo del 2002, establece que todo trámite o requisito, con independencia de su fuente normativa, para que pueda exigirse al administrado, deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.

3º—Que mediante resolución N° DGT-R-037-2011 de las catorce horas, treinta y cinco minutos del tres de noviembre del dos mil once, esta Dirección estableció las condiciones generales que regulan el uso del portal denominado Tributación Direct@, y la responsabilidad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias materiales y de los deberes formales que recaen sobre los usuarios.

4º—Que progresivamente esta Dirección ha ido incorporando el uso de la nuevas tecnologías para ciertos grupos de contribuyentes, con miras a universalizar los servicios electrónicos que facilitan los procesos de control y fiscalización para la Administración Tributaria, abaratan los costos administrativos de la recaudación, minimizan los errores de digitación, y facilitan a los usuarios el acceso a los servicios que brinda la Administración vía Internet. De esta forma, la Administración Tributaria es consecuente con la filosofía de servicio al contribuyente, utilizando el desarrollo tecnológico, para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, porque reconoce que el empleo de medios electrónicos favorece no solo la eficiencia y productividad de las actividades de los sujetos pasivos, sino también su control y supervisión. Estos sistemas de declaración y pago electrónico mediante el uso de Internet, han comprobado ser una opción ágil, segura y eficiente para facilitar ese cumplimiento.

5º—Que la Sala Constitucional considera que debe tenerse presente la brecha digital para no incurrir en desigualdades que afecten a quienes no tienen acceso a las nuevas tecnologías de la información y del conocimiento o, teniéndolo, enfrentan serias dificultades para su utilización plena, como el caso de las personas que no son “info-nativos”. Igualmente se refiere el órgano judicial a que, el subdesarrollo de la infraestructura en telecomunicaciones, la ausencia de políticas públicas para liderar y desarrollar plenamente el gobierno digital o electrónico, la carencia de políticas públicas de solidaridad digital o de inclusión digital, la carencia de centros comunales para el uso de las nuevas tecnologías, serían aspectos imputables al Estado, en sentido amplio, y no a las personas. Conforme a dichas consideraciones, esa Administración Tributaria ha puesto a disposición quioscos tributarios para que aquellos contribuyentes que por limitaciones económicas, de conocimientos o destrezas, que no puedan acceder a este tipo de tecnología, sean asistidos para la presentación de sus declaraciones mediante programa EDDI-7, accesible por Internet, contando con la asistencia de funcionarios capacitados. Asimismo ha extendido el servicio, completamente gratuito y accesible a todos los interesados, mediante los Centro Comunitarios Inteligentes (CECIS), ubicados en centros universitarios, bibliotecas públicas, municipalidades y otros lugares al servicio del contribuyente, todo esto gracias a la coordinación interinstitucional con el Ministerio de Ciencia y Tecnología, la Universidad Estatal a Distancia, las Municipalidades de Belén, Barva y Curridabat, y el Colegio de Contadores Públicos para sus agremiados. Lo cual demuestra el compromiso del Estado costarricense en facilitar y promover la universalización del uso de las últimas tecnologías en el pago de impuestos. Las acciones que ha adoptado esta Dirección han contribuido a que el país haya escalado 18 lugares en la variable de facilidades para el pago de impuestos conforme al Doing Business 2012, ranking que mide el entorno para la facilitación de negocios que destaca también el bajo costo para pagar impuestos en Costa Rica.

6º—Bajo este orden de consideraciones, y debido a que los avances en materia de tecnología y comunicaciones permiten a la Administración Tributaria estandarizar, simplificar, agilizar e integrar la información contenida en las bases de datos, y en vista de que el 98% de los contribuyentes presentó la declaración del Impuesto General sobre las Ventas y Renta de forma digital, lo cual implica un ahorro de ¢141 millones para el Ministerio de Hacienda en el pago de comisiones por digitalización, mediante resolución DGT-05-2012 se estableció el uso obligatorio del portal “Tributación Direct@” para la presentación de declaraciones en dicho impuesto, lo cual fue asumido sin molestias por parte de los sujetos pasivos, a los cuales no afecta la brecha digital.

7º—En razón de lo anterior, se estima conveniente y oportuno establecer el uso obligatorio de los servicios electrónicos de Tributación Direct@ para todos los agentes de retención o percepción establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta por constituir un grupo de sujetos pasivos que se considera idóneo para sumarse al uso obligatorio de dicho modelo informático, ya que se encuentran a la vanguardia en el uso de tecnologías para la elaboración y presentación de declaraciones tributarias y, existe garantía de que estos sujetos pasivos cuenta con acceso a Internet y experiencia en esta materia. Por tanto,

RESUELVE:

USO OBLIGATORIO DEL PORTAL DE TRIBUTACIÓN

DIRET@ POR PARTE DE LOS AGENTES DE

RETENCIÓN O PERCEPCIÓN ESTABLECIDAS

EN LA LEY DEL IMPUESTO

SOBRE LA RENTA

Artículo 1º—Se establece el uso obligatorio de los servicios electrónicos de Tributación Direct@ para la presentación de declaraciones liquidativas y sus rectificativas a cargo de los agentes de retención o percepción, establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta y en la Ley de Protección al Trabajador. Estos servicios estarán disponibles a través del portal de Tributación Direct@, desde el sitio: www.hacienda.go.cr/tributaciondirecta.

Quedan excluidos de la aplicación de esta resolución los agentes de retención o percepción que actualmente declaran por medio del sitio de Tributación Digital.

Artículo 2º—Es de acatamiento obligatorio para los sujetos pasivos indicados en artículo 1°, la resolución de esta Dirección N° DGT-R-037-2011 de las catorce horas, treinta y cinco minutos del tres de noviembre del dos mil once, la cual constituye el marco jurídico general para el cumplimiento de las obligaciones tributarias por medio de los servicios electrónicos de Tributación Direct@.

Artículo 3º—A partir de la entrada en vigencia de esta resolución, ninguna entidad recaudadora podrá recibir el formulario preimpreso, modelo D.103 “Declaración Jurada de Retenciones en la Fuente”.

Artículo 4º—Rige a partir del 1º de agosto del 2012.

Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 14217.—Solicitud Nº 6921.—C-59220.—(IN2012076357).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOS

El señor Héctor Solís Ruiz con Nº de cédula 6-0151-0771, vecino de San José, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Droguería Perfil Nucleico S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Dermavet Crema Fabricado por: Laboratorio Pide S. A., con los siguientes principios activos: cada 100 g contiene: óxido de zinc 99 % 5 %, vaselina sólida 20 %, cera de abejas 7 %, y las siguientes indicaciones terapéuticas: coadyuvante en el tratamiento de heridas en la piel de los animales. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 12 horas del día 19 de junio del 2012.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012072426).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

AVISOS

La Dirección General de Aviación Civil, avisa que el señor Carlos Víquez Jara, mayor de edad, casado una vez, abogado, vecino de San Francisco de Heredia, portador de la cédula de identidad número 1-443-327, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma, de la compañía Aerovías de México Sociedad Anónima de Capital Variable, cédula jurídica 3-012-470959 ha solicitado para su representada ampliación al certificado de explotación para brindar servicios de transporte aéreo internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta: Cancún, México-San José, Costa Rica y viceversa, explotando derechos de tercera y cuarta libertad del aire, con frecuencia de tres (3) vuelos semanales: martes, jueves y sábados. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T del 25 de octubre de 1973, el RAC 119 Reglamento de Certificado de Operador Aéreo (COA, Certificados operativos y autorizaciones de operación), publicado en La Gaceta 75 del 19 de abril, 2006 y demás disposiciones nacionales e internacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo octavo de la sesión ordinaria número 47-2012 celebrada el día 18 del mes de junio del 2012, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 9:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Álvaro Vargas Segura, Subdirector General.—1 vez.—O. C. Nº 22786.—Solicitud Nº 41761.—C-14100.—(IN2012073989).

La Dirección General de Aviación Civil, avisa que el señor Georg (nombre) Kiechle (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad alemana, mayor, casado una vez, separado de hecho, vecino de Bahía Ballena Osa, Puntarenas, contiguo al Aeropuerto, cédula de residencia anterior número setecientos cuatro-uno nueve cuatro siete tres seis-cero cero-mil novecientos ochenta y ocho, hoy con cédula de residencia número uno dos siete seis cero cero cero uno dos tres uno cuatro, en condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Ultralight Tour Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y cinco mil ciento veinte, ha solicitado para su representada Renovación al Certificado de Explotación para brindar los servicios de vuelos recreativos comerciales con vehículos ultraligeros. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, Reglamentos para el Otorgamiento de Certificados de Explotación, y demás disposiciones nacionales e internacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo sétimo de la sesión ordinaria número 47-2012 celebrada el día 18 del mes de junio del 2012, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 9:30 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Álvaro Vargas Segura, Subdirector General.—1 vez.—O. C. Nº 22786.—Solicitud Nº 41760.—C-14100.—(IN2012073992).

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

DIRECCIÓN EJECUTIVA

ACUERDO Nº 007-2012.—San José, 18 de junio del 2012

Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, a los siguientes funcionarios:

NOMBRE

CEDULA

No. PUESTO

CLASE PUESTO

Diego Vásquez Sánchez.

05-0317-0279

503611

Profesional de Servicio Civil 2

José Antonio Araya Álvarez

02-0285-0093

503595

Profesional Jefe de Servicio Civil 3

Artículo 2º—Rige a partir del 01 de abril del 2012.

Publíquese.—Ing. José Luis Salas Quesada, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud Nº 47766.—C-7160.—(IN2012073496).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 53, título N° 299, emitido por el Liceo de Villarreal en el año dos mil diez, a nombre de Santana Gutiérrez Jazmín Herminia. Se solicita la reposición del título por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de mayo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—Nº RP2012310101.—(IN2012071032).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Área de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 13, título N° 269, emitido por el Colegio Nocturno de Limón en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Alterno Foster Tito Cirilo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintinueve días del mes de mayo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012071665).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 110, título N° 2708, emitido por el Colegio Patriarca San José, en el año dos mil diez, a nombre de Vindas Mora Priscila. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiún días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012071679).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 165, título N° 1658, emitido por el Colegio Redentorista San Alfonso, en el año dos mil cinco, a nombre de González Arrieta María Yohandra. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012071690).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 165, título N° 932, emitido por el Liceo Nocturno de Desamparados, en el año dos mil diez, a nombre de Quesada Godínez Armando. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, treinta de enero del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012071745).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 281, título N° 3925, emitido por el Instituto de Alajuela en el año dos mil diez, a nombre de Quirós Álvarez Víctor Hugo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012071753).

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título Nº 420 y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad, inscrito en el tomo 2, folio 102, título Nº 4676, emitido por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Rodríguez Calderón Ana Cristina. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012310920.—(IN2012071912).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Área de Ciencias y Letras”, inscrito en el tomo 1, folio 120, título N° 95, emitido por el Instituto de Educación Dr. Clodomiro Picado, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Calderón Solano Maritza. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veintinueve días del mes de febrero del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012311258.—(IN2012072498).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 28, título N° 231, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Herrera Venegas Jorge Mario. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012072300).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 41, título N° 677, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Villegas Espinoza Yoryanela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012072301).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en Ciencias Agropecuarias, inscrito en el tomo 1, folio 61, título N° 650, emitido por el Colegio Técnico Profesional Los Chiles, en el año miL novecientos noventa y seis, a nombre de Edie Hernández Alemán. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Edis Rafael Hernández Alemán. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de mayo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012072437).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 66, título N° 84-107, emitido por el Liceo Unesco en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Quesada Castillo Jorge Arturo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012072885).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 78, título N° 622, emitido por el Liceo de Moravia, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Guzmán Villalobos Yesenia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós días del mes de setiembre del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(IN2012073500).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 96, título N° 1836, emitido por el Colegio Superior de Señoritas, en el año dos mil seis, a nombre de Azofeifa Ruiz Francia Alejandra. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los once días del mes de febrero del dos mil diez.—M.Sc. Trino Zamora Zumbado, Jefe Departamento de Evaluación de la Calidad.—(IN2012073521).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 258, título N° 515, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Castañeda Gómez Carlos Manuel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012073833).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 118, título N° 1048, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas en el año dos mil uno, a nombre de Robles Segura Carlos Alberto. Se solicita la reposición del titulo indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012073944).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE

Y LA RECREACIÓN

La Dirección Nacional del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación. En cumplimiento del artículo 11 bis del Reglamento de la Ley Nº 7800, “Creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación y del Régimen Jurídico de la Educación Física, el Deporte y la Recreación”, ante la renuncia de dos de los miembros de la terna escogida en la asamblea del sábado 16 de junio del 2012,

CONVOCA:

A los Presidentes de los Comités Cantonales de Deportes y Recreación para la realización de una asamblea que se llevará a cabo el día sábado 4 de agosto del 2012 a las 10:00 a. m. en el Estadio Nacional. Dicha asamblea tendrá por objeto la elección de dos miembros que completarán la terna que se enviará al Consejo de Gobierno para la elección de su Representante ante el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, y que regirá durante el periodo comprendido entre agosto 2012 y agosto 2016.

Información y requisitos:

1º—La asamblea dará inicio a las diez horas. Se recomienda presentarse en el Estadio Nacional al menos con una hora de anticipación para los trámites de verificación de credenciales.

2º—Si a la hora señalada no está presente la mitad más uno de los convocados, se iniciará la sesión en segunda convocatoria treinta minutos después, siempre que estén presente cuatro o más de las personas convocadas.

3º—Para su participación en la asamblea es necesario la presentación de certificación de nombramiento, en el cargo de Presidente del Comité Cantonal de Deportes y la Recreación, emitido por la Secretaría de la Municipalidad respectiva,  la  cual  debe tener menos de un mes de emitida. Este requisito es indispensable para participar en la asamblea.

4º—Presentación de cédula de identidad de la persona acreditada. Este requisito es indispensable para participar en la asamblea.

5º—Las personas que integren la terna deberán al menos haber pertenecido por tres años consecutivos o alternos a algunos de los órganos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, para lo cual deberán demostrar el cumplimiento de este requisito mediante una certificación de experiencia. Esta certificación  es indispensable para postular la candidatura durante la asamblea.

6º—Las personas que integren estas ternas deben pertenecer efectivamente al organismo que los propone.

7º—Para ser electo en la terna debe estar presente en la asamblea.

La asamblea será coordinada y dirigida por un funcionario del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación.—Lic. Alba Quesada Rodríguez, Directora Nacional a. í.—1 vez.—(IN2012074628).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Tecnologías de Información y Comunicaciones R.L. siglas: COOPETICS R.L., acordada en asamblea celebrada el 31 de marzo de 2012. Resolución 1418-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Presidente                   Endrik Mejías Moreira

Vicepresidente            Natalia Rojas Canales

Secretaria                     Hannia Serrano Jara

Vocal 1                         Cristopher Manjarrez Arana

Vocal 2                         José Bernardo Víquez Zamora

Suplente 1                   Rohner Díaz Chavarría

Suplente 2                   Vacante

Gerente                        Sandra Rojas Araya

San José, 25 de junio de 2012.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—RP2012310285.—(IN2012071031).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Para ver las marcas de Fábrica y de Ganado solo en La Gaceta PDF o impresa

Cambio de nombre Nº 77819

Que Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad Nº 1-1143-447, en calidad de apoderada especial de Alimentos Prosalud Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Sardimar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-18721, por el de Alimentos Prosalud Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-18721, presentada el día 14 de marzo del 2012, bajo expediente Nº 77819. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1995-0001142 Registro Nº 756 UN REGALO DEL MAR...EL MEJOR en clase 50 marca denominativa; 1995-0008479 Registro Nº 831 EL ATUN DE LA CASA en clase 50 marca mixto; 1997-0002943 Registro Nº 1085 SARDIMAR, ASI DE FACIL en clase 50 marca denominativa; 1998-0008716 Registro Nº 1400 SARDIMAR, EL ATUN DE LAS COSAS BUENAS en clase 50 marca denominativa; 1998-0008717 Registro Nº 1402 NADIE MAS...SOLO SARDIMAR en clase 50 marca denominativa; 1998-0008718 Registro Nº 1399 DIVERSION SARDIMAR, PARA GANAR Y GANAR en clase 50 marca denominativa; 1998-0008720 Registro Nº 1401 Y DONDE ESTA EL ATUN en clase 50 marca denominativa; 1999-0005274 Registro Nº 1506 TUCAN MANIA en clase 50 marca mixto; 2003-0005403 Registro Nº 144826 SARDIMAR LISTOS PARA COMER¡ en clase 49 marca denominativa, y 2004-0000539 Registro Nº 150992 SARDIMAR SALVADITAS en clase 50 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de mayo del 2012.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2012073013).

Cambio de nombre Nº 77814

Que Karla Villalobos Wong, cédula de identidad Nº 1-1036-0375, en calidad de poder especial de Alimentos Prosalud Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Sardimar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-18721, por el de Alimentos Prosalud Sociedad Anónima, presentada el día 14 de marzo del 2012, bajo expediente Nº 77814. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1998-0000371 Registro Nº 110318 PUERTO AZUL en clase 29 marca denominativa; 2008-0009436 Registro Nº 188863 SARDIMAR en clase 29 marca mixto; 2008-0009437 Registro Nº 188754 SARDIMAR en clase 29 marca mixto; 2008-0009439 Registro Nº 188757 OMEGA 3 SARDIMAR en clase 29 marca mixto; 2008-0009441 Registro Nº 188732 SARDIMAR SALMON en clase 29 marca mixto; 2008-0009442 Registro Nº 196513 SARDIMAR en clase 29 marca mixto; 2008-0009443 Registro Nº 188746 SARDIMAR LIGHT en clase 29 marca mixto; 2008-0009445 Registro Nº 188750 SARDIMAR en clase 29 marca mixto; 2008-0009446 Registro Nº 188562 Sardimar Mix en clase 29 marca mixto, y 2010-0010862 Registro Nº 211039 AURORA en clase 29 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de abril del 2012.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—1 vez.—(IN2012073014).

Cambio de nombre Nº 77816

Que Karla Villalobos Wong, cédula de identidad Nº 1-1036-0375, en calidad de apoderada especial de Alimentos Prosalud Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Sardimar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-018721, por el de Alimentos Prosalud Sociedad Anónima, presentada el día 14 de marzo del 2012, bajo expediente Nº 77816. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2007-0009900 Registro Nº 188832 PACIFICO AZUL en clase 29 marca denominativa; 2007-0009901 Registro Nº 172852 SARDIMAR en clase 29 marca denominativa; 2007-0009902 Registro Nº 180351 SPLASH en clase 29 marca denominativa; 2007-0010474 Registro Nº 173618 Sardi en clase 29 marca mixto; 2007-0013460 Registro Nº 178621 CHICA PICA SARDINAS en clase 29 marca mixto; 2008-0003169 Registro Nº 183646 Sardimar Mix en clase 29 marca mixto; 2008-0007991 Registro Nº 186204 en clase 29 marca figurativa; 2008-0009435 Registro Nº 188859 SARDIMAR en clase 29 marca mixto; 2008-0009444 Registro Nº 188748 SARDIMAR en clase 29 marca mixto, y 2008-0009447 Registro Nº 186007 SARDIMAR en clase 29 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de abril del 2012.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—1 vez.—(IN2012073015).

Cambio de nombre Nº 77148

Que Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad Nº 1-1143-447, en calidad de apoderado especial de Discovery Communications LLC, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Discovery Communications Inc., por el de Discovery Communications LLC, presentada el día 10 de febrero del 2012, bajo expediente Nº 77148. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1994-0003399 Registro Nº 89336 THE DISCOVERY CHANNEL en clase 41 marca denominativa; 1996-0003746 Registro Nº 98990 CLUB DISCOVERY CHANNEL en clase 41 marca denominativa; 1996-0007464 Registro Nº 101509 DISCOVERY KIDS en clase 38 marca denominativa; 1996-0007465 Registro Nº 101529 DISCOVERY KIDS en clase 41 marca denominativa; 2001-0003267 Registro Nº 134086 DISCOVERY SCIENCE CHANNEL en clase 41 marca denominativa, y 2006-0010159 Registro Nº 167568 THE DISCOVERY CHANNEL en clase 38 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de marzo del 2012.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—1 vez.—(IN2012073016).

Cambio de nombre Nº 77813

Que Karla Villalobos Wong, cédula de identidad Nº 1-1036-375, en calidad de poder especial de Alimentos Prosalud Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Sardimar Sociedad Anónima por el de Alimentos Prosalud Sociedad Anónima, presentada el día 14 de marzo del 2012, bajo expediente Nº 77813. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2011-0006233 Registro Nº 216471 SARDIMAR DELI en clase 29 marca denominativa; 2011-0011146 Registro Nº 218187 Sardimar en clase 29 marca mixto, y 2011-0011149 Registro Nº 218190 Sardimar en clase 49 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de abril del 2012.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—1 vez.—(IN2012073017).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Manuel E. Peralta Volio, cédula 9-012-480, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la patente de invención denominada: ISOQUINOLINONAS Y QUINAZOLINONAS SUBSTITUIDAS.

Para ver imagen solo en La Gaceta  impresa o en formato PDF

La invención se refiere a heterociclos bicíclicos que contienen nitrógeno sustituidos de la fórmula (I): La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes edición 2011.01, es A61P 35/00, cuyos inventores son Berghausen, Joerg, Buschmann, Nicole, Furet, Pascal, Gessier, François, Hergovich Lisztwan, Joanna, Holzer, Philipp, Jacoby, Edgar, Kallen, Joerg, Masuya, Keiichi, Pissot Soldermann, Carole, Ren, Haixia, Stutz, Stefan. La solicitud correspondiente lleva el número 20120333 y fue presentada a las 11:05:10 del 19 de junio de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de junio de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012071710).

La señora María de la Cruz Villanea Villegas, cédula Nº 1-0984-0695, mayor de edad, abogada, apoderada especial de Amgen INC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PROTEÍNAS DE ENLACE AL ANTÍGENO IL-23 HUMANAS. Se proporcionan proteínas de enlace al antígeno que enlazan a la proteína IL-23 humano. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07K 16/24, cuyo(s) inventor(es) es(son) Towne E. Jennifer, Cheng D. Janet, O’neill, Jason, Zhang, Yu, Sun, Yu, Cerne, Heather, Piper E. Derek, Ketchem R. Randal. La solicitud correspondiente lleva el número 20120210 y fue presentada a las 11:50:10 del 26 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012310945.—(IN2012071910).

La  señora  María de  la  Cruz Villanea  Villegas,  cédula Nº 1 0984 0695, mayor de edad, abogada, apoderada especial de Global Fresh Foods, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada SISTEMAS Y MÉTODOS PARA MANTENER ALIMENTOS PERECEDEROS.

Para ver imagen solo en La Gaceta  impresa o en formato PDF

La presente invención se refiere a sistemas y métodos de envasado útiles para extender la vida de almacenamiento de producto alimenticio tal como pescado fresco.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A23B 4/16, cuyo(s) inventor(es) es (son) Bell, Laurence D. La solicitud correspondiente lleva el número 20120222, y fue presentada a las 13:49:10 del 30 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012310949.—(IN2012071911).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Federico Rucavado Luque, 1-839-188, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Eli Lilly and Company, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada ANÁLOGO PEPTÍDICO DE OXINTOMODULINA. La presente invención se refiere a un análogo peptídico de oxintomodulina empleado en el tratamiento de diabetes y/u obesidad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: A61K 38/17; A61K 38/26; A07K 14/605; A61P 3/04; A61P 3/10; cuyos inventores son Alsina Fernández, Jorge, Kohn, Wayne, David. La solicitud correspondiente lleva el número 20120338, y fue presentada a las 10:00:00 del 22 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012072272).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Sanofi-Aventis Deutschland GmbH, de Alemania, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIÓN FARMACÉUTICA QUE COMPRENDE UN AGONISTA DE GLP-1, UNA INSULINA Y METIONINA. Una composición líquida que comprende un agonista de GLP-1 y/o una sal farmacológicamente tolerable del mismo, una insulina y/o una sal farmacológicamente tolerable de la misma y opcionalmente, al menos un excipiente farmacéuticamente aceptable, en la que la composición comprende metionina, como terapia complementaria con metformina cuando sea apropiado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 38/28; A61P 3/10; A61K 38/26; A61K 47/20, cuyos inventores son Hagendorf, Annika, Hauck, Gerrit, Müller, Werner, Schoettle, Isabell, Siefke-Henzler, Verena, Tertsch, Katrin. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0218, y fue presentada a las 13:09:10 del 27 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012311500.—(IN2012073091).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Helssin Healthcare S. A., de Suiza, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIONES PARA TRATAR NAUSEAS Y VÓMITO CENTRALMENTE MEDIADOS, se proveen composiciones y métodos para tratar o prevenir náuseas y vómito en pacientes que pasan por quimioterapia, radioterapia o cirugía. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/573; A61K 31/4178; A61K 31/473; A61K 45/06; A61K 31/496; A61P 1/08; cuyos inventores son Trento, Fabio, Rossi, Giorgia, Cannella, Roberta, Bonadeo, Daniele, Braglia, Riccardo, Cantoreggi, Sergio. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0216 y fue presentada a las 14:14:10 del 26 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012311501.—(IN2012073092).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de The Regents of the University of Michigan, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada ANTAGONISTAS DE ESPIRO-OXINDOL DE MDM2. En la presente memoria se proporcionan compuestos, composiciones y métodos en el campo de la química médica. Los compuestos y composiciones proporcionadas en la presente memoria se refieren a espiro-oxindoles que funcionan como antagonistas de la interacción entre p53 y MDM2, y a su uso como agentes terapéuticos para el tratamiento del cáncer y otras enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 487/10; C07D 491/107; C07D 495/10; A61K 31/407; A61P 35/00; cuyos inventores son Wang, Shaomeng, Yu, Shanghai, Sun, Wei, Kumar, Sanjeev, Sun, Duxin, Zou, Peng, Zhao, Yujun, Mceachern, Donna. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0313 y fue presentada a las 14:15:10 del 8 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012311502.—(IN2012073093).

REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR

Y DERECHOS CONEXOS

Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad dos-seis cinco cero-nueve cinco seis, vecina de San José, mayor de edad, soltera, abogada, en su condición de apoderada especial de la compañía Navegación Satelital de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cinco cero tres dos seis, solicita la inscripción de los derechos morales a favor del señor Federico Amador Lizano, quien es mayor de edad, casado una vez, Ingeniero Civil, vecino de San José, cédula de identidad uno-novecientos diez-seiscientos cincuenta y la titularidad de los derechos patrimoniales a favor de la compañía Navegación Satelital S. A., sociedad organizada y constituida en Costa Rica, cédula jurídica uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos veintiséis, domiciliada en San José, de la Obra Artística Individual Publicada que se titula MAPA EZFIND 5.07.2 RAC/RETAIL. La obra consiste en un mapa ruteable, a través de los diferentes procesos que se detallan a continuación: levantamiento de información de campo, como por ejemplo, medición de ubicación en un punto determinado- digitalización de la información- digitalización de vialidad y restricciones de giro- digitalización de puntos de interés, compilación y encripción, para que cada mapa que se elabora funcione únicamente en un aparato GPS específico; actualizaciones constantes. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 6873.—San José, 7 de mayo del 2012.—Carmen Valverde Ch., Registradora.—1 vez.—RP2012311542.—(IN2012073095).

Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad 2-650-956, vecina de San José, mayor, soltera, abogada, apoderada especial de Navegación Satelital de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-450326, solicita la inscripción de la titularidad de los derechos patrimoniales en la obra individual, artística y publicada que se titula MAPA EZFIND 5.00 RAC RETAIL. Los derechos morales son del autor Federico Amador Lizano, mayor, casado, ingeniero civil, cédula de identidad 1-910-650, vecino de San José, Escazú, Guachipelín. La obra es un mapa digital en disco compacto, un mapa ruteable que se instala en un aparato GPS y funciona junto con un software de navegación. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente Nº 6872.—Curridabat, 3 de mayo del 2012.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—RP2012311544.—(IN2012073096).

Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad 2-650-956, vecina de San José, mayor, soltera, abogada, apoderada especial de Navegación Satelital de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-450326, solicita la inscripción de la titularidad de los derechos patrimoniales en la obra individual, artística y publicada que se titula MAPA EZFIND 4.9 RAC RETAIL. Los derechos morales son del autor Federico Amador Lizano, mayor, casado, ingeniero civil, cédula de identidad 1-910-650, vecino de San José, Escazú, Guachipelín. La obra es un mapa digital en disco compacto, un mapa ruteable que se instala en un aparato GPS y funciona junto con un software de navegación. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente Nº 6870.—Curridabat, 3 de mayo del 2012.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—RP2012311545.—(IN2012073097).

Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad 2-650-956, vecina de San José, mayor soltera abogada, apoderada especia, de Navegación Satelital de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-450326, solicita la inscripción de la titularidad de los derechos patrimoniales en la obra individual artística y publicad, que se titula MAPA EZFIND 4.7.1 RAC RETAIL. Los derechos morales son del autor Federico Amador Lizano, mayor, casado, ingeniero civil, cédula de identidad 1-910-650 vecino de San José, Escazú, Guachipelín. La obra es un mapa digital en disco compacto, un mapa ruteable que se instala en un aparato GPS y funciona junto con un software de navegación. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficia, La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente Nº 6868.—Curridabat, 3 de mayo del 2012.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—RP2012311546.—(IN2012073098).

Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad 2-650-956, vecina de San José, mayor, soltera, abogada, apoderada especial de Navegación Satelital de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-450326, solicita la inscripción de la titularidad de los derechos patrimoniales en la obra individual, artística y publicada que se titula MAPA EZFIND 4.6 RAC RETAIL. Los derechos morales son del autor Federico Amador Lizano, mayor, casado, ingeniero civil, cédula de identidad 1-910-650, vecino de San José, Escazú, Guachipelín. La obra es un mapa digital en disco compacto, un mapa ruteable que se instala en un aparato GPS y funciona junto con un software de navegación. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente Nº 6866.—Curridabat, 3 de mayo del 2012.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—RP2012311547.—(IN2012073099).

Cinthya Delgado Solórzano, cédula de identidad 2-650-956, vecina de San José, mayor, soltera, abogada, apoderada especial de Navegación Satelital de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-450326, solicita la inscripción de la titularidad de los derechos patrimoniales en la obra individual, artística y publicada que se titula MAPA EZFIND 3.3.1 RAC RETAIL. Los derechos morales son del autor Federico Amador Lizano, mayor, casado, ingeniero civil, cédula de identidad 1-910-650, vecino de San José, Escazú, Guachipelín. La obra es un mapa digital en disco compacto, un mapa ruteable que se instala en un aparato GPS y funciona junto con un software de navegación. Publíquese por una sola vez en el diario oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente Nº 6864.—Curridabat, 3 de mayo del 2012.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—RP2012311548.—(IN2012073100).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Vivienda La Esperanza de Bello Horizonte de Vista de Mar, Goicoechea, con domicilio en la provincia de San José, Goicoechea, Ipis, el Salón Comunal de las Amelias Dos, de la última parada de autobuses de Purral trescientos metros al norte. Cuyos fines primordiales, entre otros, son: Identificar posibles amenazas de desastres naturales y establecer la coordinación y el apoyo respectivo con la Comisión Nacional de Emergencia. Propiciar la reflexión y práctica de los valores sociales entre los asociados. Su presidenta Yensey Vanessa Jiménez Mesén es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones que indica el estatuto. El vicepresidente sustituirá a la presidenta en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones que este cuando lo sustituya. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012 asiento: 222092, sin adicionales.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 35 minutos, del 4 de julio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012311563.—(IN2012073085).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-056696, denominación: Asociación Club Rotario San José Noreste. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2012 Asiento: 191969. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 28 minutos y 37 segundos, del 4 de julio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012311575.—(IN2012073086).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Karate Tradicional Nishiyama, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover la correcta enseñanza del karate tradicional en Costa Rica, por medio de sus principios y valores. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Juan Diego Montezuma López. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 111500, adicional tomo: 2012-165609).—Curridabat, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012311600.—(IN2012073087).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación para la Conservación y Desarrollo de la Comunidad de Montezuma, con domicilio en la provincia de Puntarenas, Cóbano, Comunidad de Montezuma, en el Hotel el Pargo Feliz, cien metros al este del Templo Católico. Cuyos fines primordiales entre otros son: fomentar el desarrollo de la comunidad mediante diversos proyectos que lleve a cabo la asociación, fomentar la cooperación y la participación activa de la población, para alcanzar el desarrollo social, económico, cultural y ambiental. Su presidenta Victoria Quirós Ramírez es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones que indica el estatuto. El vicepresidente sustituirá a la presidenta en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones que este cuando lo sustituya. Por encontrarse dicha organización dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 172558, sin adicionales. Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 35 minutos del 20 de junio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012311621.—(IN2012073088).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-102431, denominación: Asociación de Empresarios del Parque Industrial de Cartago. Por cuanto t dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 2 minutos y 1 segundo del 18 de junio del 2012. Documento tomo: 2012, asiento: 170338.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012311624.—(IN2012073089).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cívica Pableña de San Pablo de León Cortés, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: trabajar por el mejoramiento de las condiciones de la zona de los Santos, primordialmente el cantón de León Cortés. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Gabriela Clark Cordero. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 182573).—Curridabat, 21 de junio del 2012.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—RP2012311680.—(IN2012073090).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Vecinos El Mallorquino, con domicilio en la provincia de San José, San Sebastián, del Colegio Técnico San Sebastián, cincuenta metros al oeste. Cuyos fines principales, entre otros son: Fomentar la limpieza de la comunidad. Impulsar y estimular a las personas a cuidar las zonas verdes. Su presidenta Yetty Castro Zúñiga es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y demás limitaciones indicadas en el estatuto. El Vicepresidente sustituirá a la presidenta en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite; tomo: 2012 asiento 157981. Sin adicionales.—Curridabat, 13 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2012073307).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva Bonsai, con domicilio en la provincia de Alajuela, Central, El Cacao, del Hotel Orquídeas trescientos metros al norte, carretera a San Pedro de Poás, casa color blanco. Cuyo fines primordiales, entre otros, son: Administrar, organizar, fomentar, todas las actividades tanto recreativas como competitivas de las diferentes disciplinas del taekwondo y otros deportes. Velar por el cumplimiento y respeto a los reglamentos y normas que rijan todas las competencias del taekwondo en el país. Su presidente Héctor Hernández Villalobos es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones que indica el estatuto. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones que este cuando lo sustituye. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite; tomo: 2011, asiento: 283428, sin adicionales.—Curridabat, 28 de junio del 2012.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—(IN2012073360).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Federación de Taekwondo, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover el deporte del taekwondo en todas sus modalidades y categorías, en ambos géneros. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Wilmar Alvarado Castillo. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 157488.—Curridabat, 28 de junio del 2012.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez.—(IN2012073362).

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva Taekwondo Trinidad, con domicilio en la provincia de Alajuela, Central, El Coyol, Urbanización Brizuelas, casa quince J. Cuyos fines primordiales, entre otros son: Realizar campeonatos y eventos anuales en las diferentes ramas y categorías del taekwondo. Administrar, organizar, fomentar, todas las actividades tanto recreativas como competitivas de las diferentes disciplinas del taekwondo, y otros deportes. Su presidente Kesly Andre Zúñiga Ruiz, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones que indica el estatuto. El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales, con iguales atribuciones y obligaciones que este cuando lo sustituye. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite; tomo: 2011, asiento: 283426, sin adicionales.—Curridabat, 3 de julio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2012073363).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la Asociación Pro-Bienestar al Adulto Mayor, cédula jurídica 3-002-557140, misma que en adelante se denominará Asociación Pro Bienestar al Adulto Mayor del Hospital Nacional de Geriatría y Gerontología Doctor Raúl Blanco Cervantes. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012 asiento: 138476, sin adicionales. Dado en el Registro Nacional a las 10 horas 46 minutos, del ocho de junio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2012074088).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 15243A.—Granja La Guadalupana S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Evelio Ramírez Carranza en Piedades Sur, San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano y granja avícola. Coordenadas 233.660 / 475.690 hoja Miramar. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068831).

Exp. 15242A.—Carlos Vindas Guevara solicita concesión de: 0,6 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Juan Vindas Rubí en Mercedes Norte, Puriscal, San José, para uso consumo humano y granja avícola. Coordenadas 201.889 / 498.990 hoja Rio Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068833).

Exp. 15241A..—Fausser de La O S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Olimpia Rodríguez Solís en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano y granja avícola. Coordenadas 257.346/493.481 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068840).

Exp. 15240A.—Jariomas S. A., solicita concesión de: 0,8 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Jorge Rodríguez Murillo en San Isidro, Grecia, Alajuela, para uso consumo humano-granja avícola. Coordenadas 234.585/507.736 hoja Carbonal. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068843).

Exp. 14037P.—Heartland Hockey S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de acuifero (pozo ME-395), efectuando la captación en finca de el mismo, Bagaces, Guanacaste, para uso consumo humano para autoabastecimiento en condominio 1000 personas. Coordenadas 281.066/387.082 hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de mayo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068846).

Exp. 14045P.—Desarrollos Lenamar GTM Internacional S. A, solicita concesión de: 0,60 litros por segundo de acuifero (pozo CZ-159), efectuando la captación en finca de el mismo en Hojancha, Guanacaste, para uso autoabastecimiento en condominio - piscina domestica y riego. Coordenadas 207.579 / 355.071 hoja Cerro Azul. 1,75 litros por segundo de acuifero (pozo CZ-156), efectuando la captación en finca de el mismo en Hojancha, Guanacaste, para uso autoabastecimiento en condominio-piscina domestica y riego. Coordenadas 207.395 / 375.054 hoja Cerro Azul. 2,20 litros por segundo de acuifero (pozo CZ-155), efectuando la captación en finca de el mismo en Hojancha, Guanacaste, para uso Autoabastecimiento en Condominio-piscina domestica y riego. Coordenadas 207.242/374.925 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de mayo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068856).

Exp. 14047P.—Desarrollos Lenamar GTM Internacional S. A, solicita concesión de: 3,2 litros por segundo acuifero (pozo CZ-157), efectuando la captación en finca de el mismo en Puerto Carrillo, Hojancha, Guanacaste, para uso consumo humano para autoabastecimiento en condominio 150 fincas filiales y riego. Coordenadas 206.984/375.490 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068859).

Exp. 7527A.—Agropecuaria Milda S. A., solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Ignasio Méndez Méndez en Cot, Oreamuno, Cartago, para riego Coordenadas 207.800 / 550.750 hoja Istaru. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de junio de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068861).

Exp. 7697A.—Don Bando S.R.L., solicita concesión de: 3 litros por segundo de la Quebrada Pinol, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guadalupe, Zarcero, Alajuela, para riego. Coordenadas 240.300/490.400 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2012068871).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 6563P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 5,46 litros por segundo de acuífero (pozo AZ-16), efectuando la captación en finca de su propiedad en Pital, San Carlos, Alajuela, para uso riego y aplicación de fertilizantes. Coordenadas 271.000 / 507.200 hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073482).

Exp. 15248P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 9,5 litros por segundo de acuífero (pozo RS-91) en finca de el mismo en Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 272.248 / 545.640 hoja Río Sucio. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073485).

Exp. 9486P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 0,90 litros por segundo de acuífero (pozo 4), efectuando la captación en finca de su propiedad en Buenos Aires, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 128.197 / 608.904 hoja general. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN201273497).

Exp. 9488P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 0,90 litros por segundo de aguas acuífero (pozo sin número), efectuando la captación en finca de su propiedad en Buenos Aires, Puntarenas, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 128.368 / 609.354 hoja General. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 20 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073499).

Exp. 5091A.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 105 litros por segundo del río Volcán (toma 1), efectuando la captación en finca de su propiedad en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso riego y fumigaciones. Coordenadas 359.000 / 522.660 hoja Buenos Aires. 145 litros por segundo del río Volcán (toma 2), efectuando la captación en finca de su propiedad en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso riego y fumigaciones. Coordenadas 129.425 / 599.540 hoja Buenos Aires. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073501).

Exp. 9487P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 0,90 litros por segundo de acuífero (pozo 6 ), efectuando la captación en finca de su propiedad en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 129.792 / 597.548 hoja General. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073505).

Exp. 6263P.—Compañía Palma Tica S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo de acuífero (pozo 12), efectuando la captación en finca del mismo en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 156.452 / 524.764 hoja Quepos. 2 litros por segundo de acuífero (pozo 13), efectuando la captación en finca del mismo en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 156.511 / 524.785 hoja Quepos. 2 litros por segundo de acuífero (pozo 14), efectuando la captación en finca del mismo en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 156.476 / 524.810 hoja Quepos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073507).

Exp. 15273A.—Carlos Luis, Chacon Gamboa, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca del mismo en Llano Bonito, León Cortés, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 187.900 / 526.200 hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073508).

Exp. 15260A.—José Fabio, Chavarría Arguedas, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo de la Quebrada El Palo, efectuando la captación en finca de Jesús Chan Camacho en Puntarenas, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 221.050 / 450.100 hoja Chapernal. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073510).

Exp. 10018P.—Luis Antonio, Vargas Vargas, solicita concesión de: 0,55 litros por segundo de acuífero (pozo NA-525), efectuando la captación en finca de su propiedad en Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso riego. Coordenadas 224.150 / 486.750 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073513).

Exp. 15168P.—Automotriz Zunapo del Monte S. A., solicita concesión de: 0,10 litro por segundo de acuífero (pozo sin número), efectuando la captación en finca del mismo en Colón, Mora, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 212.110 / 509.541 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073515).

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante la Oficina Regional San José Occidental del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los servicios ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles según el siguiente detalle:

Solicitante

Presolicitud

UBICACIÓN GEOGRÁFICA

N° DE PLANO

AREA BAJO PSA

Hermanos J & F de Puriscal S. A.

SJ01025612

Caserío: Alto Limón

Distrito: Mercedes Sur

Cantón:  Puriscal

Provincia: San José

SJ-1441282-2010

19.2

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo número 25721-MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional de San José Occidental y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición. El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional, sita San José, 175 m oeste de las Oficinas Centrales del INS, avenida 7, calles 3 y 5, en horario de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.

Lic. Elizabeth Castro Fallas, Encargada, Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—O. C. Nº 0244.—Solicitud Nº 47613.—C-71700.—(IN2012073404).

PODER JUDICIAL

ACUERDOS

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los montos señalados en los acuerdos de pago numerados del 929 al 1194 del 2012 por la suma líquida de ¢5.774,524.155,51; para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargo a las respectivas partidas del presupuesto. El detalle de dichos pagos puede ser consultado en la siguiente dirección electrónica: http://www.poder-judiclal.go.cr/fico/Publicación_acuerdos_de_pago.html

3 de julio del 2012.—Dirección Ejecutiva.—MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Subdirectora.—Departamento Financiero Contable.—Lic. Nacira Valverde Bermúdez, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 2012-021176.—Solicitud Nº 1391-2012.—C-11300.—(IN2012074038).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Norman Estiph Chaves Orozco, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1610-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cinco minutos del once de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 9423-2012. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Norman Estiph Chaves Orozco...; en el sentido que el segundo nombre... es “Steve”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012072833).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Glenda Isabel Rodríguez Martínez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 972-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas y cuarenta minutos del catorce de marzo del dos mil doce. Exp. Nº 14902-2011. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Yader José Cerdas Zapata con Glenda Isabel Rodríguez Martínez...; en el sentido que el segundo nombre del padre, el nombre y el segundo apellido de la madre de la cónyuge son “Antonio”, “Socorro” y “Téllez” respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012072865).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Adelaida Pérez Selva, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2554-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veintiún minutos del catorce de octubre del dos mil once. Ocurso. Exp. N° 20117-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Eliam Gabriel Vanegas Pérez...; en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... son “Rosa Adelaida” y “Selva” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012073043).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Brenda de la Concepción Morán, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1153-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuatro minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce.—Ocurso. Expediente Nº 9443-2011. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Wanda de la Concepción Herrera Morán...; en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Brenda de la Concepción Morán, no indica segundo apellido”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012311495.—(IN2012073107).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Eric Rivera Paniagua, Expediente Nº 27189-2002, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 478-2003.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil tres.—Diligencias de ocurso incoadas por Eric Rivera Paniagua, soltero, estudiante, costarricense, mayor, cédula de identidad número uno-mil doscientos veintidós-ochocientos noventa y cuatro, vecino de Hatillo, San José. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Eric Steev Rivera Paniagua... en el sentido de que el nombre de la persona ahí inscrita es “Erick Steev” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Departamento Civil.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—RP2012311511.—(IN2012073108).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Karla Patricia Salazar Espinoza, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1322-10. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas del doce de julio del dos mil diez. Exp. Nº 13191-10. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Yeremin Estiben Espinoza Busto... en el sentido que los apellidos de la madre... son “Salazar Espinoza”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012073320).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rocío Fuentes Agüero, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2146-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del dieciocho de junio del dos mil doce. Exp. Nº 6913-2012. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquense; el asiento de nacimiento de Rocío Fuentes Agüero..., en el sentido que el primer apellido de la madre... es “Calderón” y el asiento de matrimonio de Luis Diego Castro Bonilla con Rocío Fuentes Agüero..., en el sentido que el primer apellido de la madre de la cónyuge, consecuentemente el segundo apellido de la misma es “Calderón”, asimismo rectifíquense; el asiento de nacimiento de Sara Castro Fuentes..., el de Rocío Castro Fuentes... y el de Mariana Castro Fuentes..., en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Calderón”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012073334).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por María Amanda Zelaya Monge, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 648-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas tres minutos del catorce de febrero del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 47534-2011. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de Mariam Amanda Manzanares Zelaya...; en el sentido que el nombre de la madre... es “María Amanda”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012073455).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por José Aguilino López Cantillano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 455-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del tres de febrero del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 49847-2010. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese la razón marginal de veinticinco de junio del dos mil cuatro consignada mediante sello de reconocimiento en el asiento el nacimiento de Nelson Aquiles López Urbina...; en el sentido que el segundo nombre y el segundo apellido del padre... son “Aguilino” y “Cantillano” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. i.—1 vez.—(IN2012073491).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por María Roxana Méndez García, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 2729-2003.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del dieciocho de diciembre del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas por María Roxana Méndez García, mayor, soltera, oficios del hogar, costarricense, cédula de identidad número uno-mil cinco-cuatrocientos sesenta y cuatro, vecina de San Vito. Exp. 24171-2003. Resultando: 1º—..., 2º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jesús Alberto García Abarca..., en el sentido de que los apellidos de la madre son “Méndez García” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefe.—1 vez.—(IN2012073493).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Santos Nohemi Martínez Rocha, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1519-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del siete de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 5384-2012. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—. Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Yeikel Alonso Martínez Rocha, en el sentido que el nombre de la madre... es “Santos Nohemi”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012073509).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Isabel Santamaría Quiróz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1698-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuatro minutos del diecisiete de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. Nº 841-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de María Belén Porras Santamaría, en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Quiróz”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012073840).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Calixta de los Ángeles Torres Padilla, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 962-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas y dos minutos del cuatro de junio del dos mil nueve. Exp. Nº 9116-09. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..; II.—Hechos no Probados:..; III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Angélica Paola Sanabria Tórrez...; en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre son “Calixta de los Ángeles Torres Padilla”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección de Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2012073888).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Yngrid Alvarado Ybarra, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1344-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil doce. Exp. Nº 50026-2010 y 39642-2011. Resultando 1º—...; 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..; II.—Sobre el Fondo:… Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Ingrid Rachel Vásquez Alvarado...; en el sentido que el segundo nombre y el segundo apellido de la madre... son “Yngrid” e “Ybarra” respectivamente y el asiento de nacimiento de Max Albert Vásquez Alvarado…; en el sentido que el nombre de la madre... es “María Yngrid”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección de Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2012073917).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jennifer Susana Vega Zamora, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1040-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del veintiuno de marzo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 51400-2011. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:...; II. Hechos no Probados:..; III. Sobre el Fondo:..; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jenniffer Susana Vega Zamora...; en el sentido que el primer nombre... es “Jennifer”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2012074086).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN

Avisos de solicitud de naturalización

Alexander de Jesús Varela Rivera, mayor, soltero, peón lechero, nicaragüense, cédula de residencia 155801775118, vecino de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2250-2012.—San José, nueve de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012072854).

Andrew Paul Castillo Ewens, mayor, soltero, estudiante, hondureno, pasaporte 4978, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1342-2008.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barqueros, Jefe.—1 vez—RP2012311509.—(IN2012073101).

Dorothy Alegría Azagoury Lutwak, mayor, divorciada, estudiante, venezolana, cédula de residencia 186200217322, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2208-2012.—San José, cinco de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez—RP2012311515.—(IN2012073102).

Jéssica Azagoury Lutwak, mayor, soltera, estudiante, venezolana, cédula de residencia 186200110522, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1776-2012.—San José, seis de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012311516.—(IN2012073103).

Lesbia del Rosario Román Álvarez, mayor, soltera, miscelánea y estilista, nicaragüense, cédula de residencia 155800461731, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2524-2012.—San José, cinco de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez—RP2012311582.—(IN2012073104).

Marvin David Mendoza Ortega, mayor, soltero, agente de ventas, nicaragüense, cédula de residencia 155810597435, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2500-2012.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez—RP2012311628.—(IN2012073105).

Luisa Yaribeth Cáceres López, menor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155809482035, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1392-2012.—San José, siete de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012311639.—(IN2012073106).

Inés de la Caridad Ruiz García, mayor, separada, contadora, cubana, cédula de residencia 119200335101, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 1420-2008.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012073318).

Aquiles Christian Alemán Vargas, mayor, soltero, profesor de inglés, nicaragüense, cédula de residencia 155802918402, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 1926-2012.—San José, cinco de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012073330).

Iris del Socorro Ceren Cruz, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 155800904002, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 4602-2011.—San José, veintidós de mayo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012073354).

Daniela Niño Campo, mayor, soltera, estudiante, colombiana, cédula de residencia 117001393316, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº 2464-2012.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012073361).

Juan Gabriel Molina Ospina, mayor, soltero, estudiante, colombiano, cédula de residencia 117001350729, vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4658-2009.—San José, primero de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012073473).

Carlos Roberto Segura Contreras, mayor, soltero, agente de ventas, salvadoreño, cédula de residencia 122200397010, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 581-2012.—San José, veintidós de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012073490).

Víctor Antonio Espinoza Hernández, mayor, casado, pintor, nicaragüense, cédula de residencia 155801863832, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1371-2012.—San José, diez de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012311885.—(IN2012073580).

María José López Gadea, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155804232215, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.2039-2010.—San José, seis de marzo de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012311982.—(IN2012073581).

Jefrin Abrahan Sevilla Aguilar conocido como Jefrin Abraham Sevilla Aguilar, mayor, soltero, bodeguero, nicaragüense, cédula de residencia 155803478530, vecino de Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1701-2012.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012312001.—(IN2012073582).

Mario Enrique Romero Mejía, mayor, soltero, pensionado, salvadoreño, cédula de residencia 122200179811, vecino de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.2443-2012.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012073941).

Martha Lorena Ramírez Martínez, mayor, casada, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 155805627814, vecina de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.2516-2012.—San José, cuatro de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012073945).

Félix Ramón Estrada Rizo, mayor, casado, soldador, nicaragüense, cédula de residencia 155812162502, vecino de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2517-2012.—San José, cuatro de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012073946).

Marlin Yalila Pizarro Urbina, mayor, soltera, cajera, nicaragüense, cédula de residencia 155805842829, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2212-2012.—San José, trece de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012073947).

Darling Verónica Alcocer Guzmán, mayor, soltera, oficios domésticos, nicaragüense, cédula de residencia 155802221707, vecina de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.893-2012.—San José, veintinueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012074046).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN

VARIACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES

Se comunica a los interesados que el detalle de la variación al Plan Anual de Adquisiciones para el 2012, se encuentra a disposición en la dirección: www.launion.go.cr de Internet a partir de esta publicación.

La Unión, 16 de julio del 2012.—Bach. Marvin Durán, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012076004).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD DE LIMÓN

PLAN ANUAL DE COMPRAS 2012

El Área de Salud de Limón, Unidad Programática 2632, comunica a los interesados que las modificaciones del Plan Anual de Compras 2012 se encuentran disponibles en la página de la Caja Costarricense de Seguro Social, en la dirección electrónica www.ccss.sa.cr.

Limón, 12 de junio 2012.—Lic. Raymond Berty Vílchez, Administrador.—1 vez.—(IN2012073470).

LICITACIONES

SALUD

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000016-UPIMS

Servicio de publicidad y propaganda

La Unidad de Bienes y Servicios (Proveeduría Institucional) del Ministerio de Salud, por medio del Presupuesto de CTAMS con Fondos del Fideicomiso 872, recibirá propuestas hasta las 14:00 horas del 10 de agosto del 2012, para contratar:

Línea 1: 10 cuñas de 30 segundos cada una y 4 cápsulas de 1.15 minutos cada una por mes en el programa “Panorama” que transmite la Cámara Nacional de Radio. Ubicar hasta diciembre, 2012.

Línea 2: 48 cuñas de 30 segundos cada una por mes en el programa Eco Municipal que se transmite en Radio Nacional en las frecuencias 101.5 FM y 590 AM. Ubicar hasta diciembre, 2012.

El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha contratación administrativa podrán retirarse por parte de los interesados, sin costo alguno, a partir de la presente publicación en la Proveeduría Institucional de ese Ministerio, sita tercer piso del edificio sur del Ministerio de Salud, ubicado en la calle 16, avenidas 6 y 8.

San José, 19 de julio del 2012.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 41074.—C-10340.—(IN2012076389).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA-HOSPITAL DE GUÁPILES

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-2602

Contratación de servicios de operación y mantenimiento

de planta de tratamiento

Se comunica a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000006-2602 para la contratación de servicios de operación y mantenimiento de planta de tratamiento, concurso que tendrá apertura el día 14 de agosto del 2012, a las 14:00 horas.

El cartel puede ser retirado en esta subárea ubicada en la casa administrativa Nº 17 del Hospital de Guápiles o podrá ser solicitado por teléfono llamando al 2710-1205 ó 2710-7469 ó 2710-2853 extensiones 2107 ó 2004. Ver detalles en www.ccss.sa.cr

Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Irma Wilson González.—1 vez.—(IN2012076386).

ADJUDICACIONES

SALUD

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-UPIMS

Alquiler de inmueble para albergar Área Rectora

de Salud de Desamparados

El Consejo Técnico de Asistencia Médico Social (CTAMS), comunica que por Resolución Nº 0092-2012, se adjudicó de la siguiente manera: Ganadera Chacón Caamaño S. A., cédula jurídica 3-101-319027, representada sus apoderados generalísimos la señora Luisa María Chacón, cédula de identidad 1-0858-0838 y el señor Jaime Chacón Caamaño, cédula de identidad 1-0204-0339. Oferta Nº 1.

Leer correctamente el señor Jaime Chacón Peralta, cédula de identidad 1-0204-0339.

Toda la demás información permanece invariable.

San José, 17 de julio del 2012.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 41076.—C-6580.—(IN2012076388).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 65-12 del 17 de julio del 2012, artículo VI, se dispuso adjudicar de la forma siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000017-PROV

Contratación de servicios de alimentación para los privados

de libertad que permanecen en las celdas del OIJ de Cartago

A: Sandra Ramírez Picado, cédula de identidad 3-0264-0841, por un monto unitario de:

Desayuno: ¢1.000,00

Almuerzo: ¢1.500,00

Cena: ¢1.500,00

Demás características y condiciones según el cartel.

San José, 19 de julio del 2012.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2012076073).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000043-01 (Infructosa)

Compra de juegos de sala por demanda,

para un periodo de cuatro años

Se comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000043-01, que el Subcomité de Licitaciones en el artículo 4 de la Sesión Ordinaria Nº 605-2012 celebrada el 17 de julio del 2012, acordó:

Declarar infructuoso dicha licitación.

La Uruca, 24 de julio del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 5844.—C-13180.—(IN2012076099).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000011-01

Remodelación oficina BCR-Paso Canoas

Se les informa a los interesados en la licitación en referencia, que el Comité Ejecutivo del BCR, en reunión 14-2012, CCE del 27 de junio del 2012, acordó lo siguiente:

1-Adjudicar parcialmente la licitación en referencia a la empresa Constructora Navarro & Hábiles S. A., por un monto total de ¢764.338.542,57 (setecientos sesenta y cuatro millones trescientos treinta y ocho mil quinientos cuarenta y dos colones 57/100) según el siguiente detalle:

Detalle

Monto

Remodelación general

¢753.838.542,57

Imprevisto de diseño

¢10.500.000,00

Monto total

¢764.338.542,57

2-Adjudicar parcialmente los contratos de mantenimiento total de ¢6.518.403,03 (seis millones quinientos dieciocho mil cuatrocientos tres colones 03/100), por un periodo de un año, pudiéndose prorrogar hasta un máximo de 3 años, rigen a partir de la entrega definitiva de la Remodelación General.

3-El plazo de entrega: Es de 200 días naturales, el cual rige a partir de que se le comunique al Contratista que el contrato está listo para su ejecución y se de la orden de inicio por parte de la Oficina de Diseño y Construcción.

4-Garantías: Rigen a partir de la recepción definitiva de las obras:

    Trabajos generales, (todas las obras, componentes del proyecto y otros equipos) tres años.

    Trabajos de impermeabilización de las cubiertas, diez años.

    UPS, tres años.

    Rótulos exteriores, tres años.

5-El monto total de la adjudicación es de ¢770.856.945,60 (setecientos setenta millones ochocientos cincuenta y seis mil novecientos cuarenta y cinco colones 60/100).

San José, 19 de julio del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar, Solórzano Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6471.—C-50250.—(IN2012076379).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. ENRIQUE BALTODANO BRICEÑO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-2502

Se informa que la Dirección Administrativa Financiera mediante oficio Nº HEBB-DAF-402-07-2012, readjudica a la empresa: Agroservicios XL del Norte S. A., el ítem único (mantenimiento y limpieza de zonas verdes) ver detalles en: http:/www.ccss.sa.cr.

Liberia, 18 de julio del 2012.—Subárea de Contratación.—Lic. Cecilia Baltodano Tiberino, Coordinadora.—1 vez.—(IN2012076061).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2009LN-000014-1142

(Declaratoria de infructuosa)

Esterilizadores y autoclaves

El ítem Nº 1 de la Licitación Pública Nº 2009LN-000014-1142 para la adquisición de esterilizadores y autoclaves se declara infructuoso según sesión Nº 8589 celebrada el 3 de julio del 2012; en oficio Nº 35.218 de fecha 5 de julio del 2012, emitido por la Junta Directiva. Vea detalles y mayor información en la página web http://www.ccss.sa.cr

San José, 19 de julio del 2012.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Mauricio Hernández Salas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 37936.—C-10680.—(IN2012076362).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

UNIDAD REGIONAL BRUNCA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000006-08

(Declaración infructuosa)

Seguridad física y electrónica para el Centro Regional

Polivalente Manuel Mora Valverde (Río Claro)

La Comisión Local Regional de Adquisiciones, de la Unidad Regional Brunca, según artículo I inciso G, acta 52 del 19-07-2012, acordó:

Declarar infructuosa la Licitación Pública Nº 2012LN-000006-08 “Contratación de servicio de seguridad y vigilancia física y electrónica para el Centro Regional Polivalente Manuel Mora Valverde (Río Claro), con fundamento en los resultados del estudio técnico elaborado por la Unidad de Recursos Materiales, según oficio URMA-SG-524-2012, del 13 de junio del 2012, al considerarse que ninguna de las ofertas recibidas cumplen a cabalidad con las especificaciones y condiciones técnicas señaladas en el cartel administrativo de la licitación.

San José, 19 de julio del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46920.—C-18820.—(IN2012076384).

AVISOS

BCR PENSIONES S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-12

Contratación de servicios técnicos en

actuariado para BCR pensiones

BCR Pensiones S. A., informa que la Gerencia General resolvió adjudicar la licitación en referencia de la siguiente forma:

Empresa adjudicada: Ernst & Young S. A.

Precio por hora: ¢40.000,00.

Cantidad máxima de horas anual: 500.

Plazo del contrato: Un año, pudiéndose prorrogar por dos períodos iguales, para un máximo total de 3 años.

BCR Pensiones S. A., pagará solamente las horas efectivamente utilizadas.

San José, 18 de julio del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6470.—C-14100.—(IN2012076380).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POÁS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000005-ASISTA

Adquisición e instalación de Geomembranas (443.75 m3)

para diez tanques de almacenamiento de agua

del Acueducto Municipal de Poás

La suscrita Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria del Concejo Municipal de la Municipalidad de Poás, hago constar que: El Concejo Municipal del Cantón de Poás, en su Sesión Ordinaria Nº 116 celebrada el 17 de julio del 2012, en forma unánime y definitivamente aprobado, tomó el Acuerdo Nº 6798-07-2012, adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000005-ASISTA, a Inversiones Garita y González S. A., cédula jurídica 3-101-105423, para la adquisición e instalación de Geomembranas (443.75 m3) para diez tanques de almacenamiento de agua del Acueducto Municipal de Poás, por un monto total de ¢17.525.450,00 (diecisiete millones quinientos veinticinco mil cuatrocientos cincuenta 00/100). Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

San Pedro de Poás, 18 de julio del 2012.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012076101).

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

LICTACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000010-01

Adquisición de servicios para trámite de permiso de concesión

minera en cauce de dominio público, ante la Dirección

de Gelología y Minas

Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Esparza en acta número once de sesión ordinaria, según artículo número veinte, capítulo cuarto, efectuada el lunes dieciséis de julio del dos mil doce, con respecto a la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000010-01 “Adquisición de servicios para trámite de permiso de concesión minera en cauce de dominio público, ante la Dirección de Gelología y Minas”, acuerda declarar infructuoso el presente proceso.

Esparza, 18 de julio del 2012.—Proveeduría.—Luis Espinoza Alfaro, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012076079).

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-000034-01

Compra de uniformes

Acuerdo tomado por la Comisión de Contratación Administrativa, efectuada el lunes diecisiete de julio de dos mil doce, con respecto a la Contratación Directa Nº 2012CD-000034-01 “Compra de uniformes”, misma que se acuerda adjudicar a Industrias M H S. A., por un monto total de ¢1.277.500,00 (un millón doscientos setenta y siete mil quinientos colones 00/100) con un tiempo de entrega de treinta días calendario, con una garantía de 12 meses.

Esparza, 18 de julio del 2012.—Proveeduría.—Luis Espinoza Alfaro, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012076080).

REMATES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD DE CARIARI

REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA

El Área de Salud de Cariari, invita a todos los interesados en participar en el siguiente remate.

REMATE

Remate de 25.709 metros cúbicos de madera de laurel, su precio base es de ¢140,00 por metro cúbico. Los árboles en pie, ubicados en la zona verde de las casas de habitación propiedad de la CCSS en Finca Uno de Ticabán, los mismos podrán ser examinados el 30 de julio del 2012, a las 10:00 horas en el Ebais de Ticabán.

Fecha y hora del remate: 3 de setiembre del 2012, a las 09:00 horas en la Oficina de Compras de la Sede del Área de Salud de Cariari.

Los documentos se pueden adquirir en la Oficina de Contratación Administrativa del Área de Salud de Cariari, sita: costado oeste del parque del Cariari. Teléfono: 2767-7527 Oficina de Compras.

Subárea de Contratación Administrativa.—Jorge Yen León, Coordinador.—1 vez.—(IN2012076001).

FE DE ERRATAS

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000013-01

Compra de servidores Blade y sus componentes

debidamente instalados

Se les avisa a todos los interesados en la Licitación antes mencionada, que se han realizado las siguientes aclaraciones y modificaciones:

Aclaraciones Nº 2 y Modificación Nº 1

La Asamblea Legislativa informa a los interesados en participar en la Licitación indicada, que deben pasar a la Proveeduría Institucional, ubicada en el segundo piso del edificio Sasso, sita del Cine Magaly 50 metros norte y 50 metros oeste, a retirar las aclaraciones Nº 2 y modificación Nº 1 al cartel, o bien las mismas estarán disponibles, en la página web de la Asamblea Legislativa bajo el siguiente acceso:

http://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Proveeduria

San José, 18 de julio del 2012.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—O. C. Nº 22003.—Solicitud Nº 35707.—C-8460.—(IN2012076367).

SEGURIDAD PÚBLICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000314-09003

Compra de equipo para transporte

(Vehículos Modificados CAP y UPC)

La Dirección de Proveeduría del Ministerio de Seguridad Pública comunica a todos los interesados en la contratación arriba indicada, que para efecto de realizar modificaciones al cartel, la apertura de la misma se prorroga para las 10:00 horas del 20 de agosto del 2012.

San José, 19 de julio del 2012.—Dirección Proveeduría.—Lic. Jenny Mena Ugalde, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 14377.—Solicitud Nº 5413.—C-7990.—(IN2012076398).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN LOGÍSTICA DE RECURSOS MATERIALES

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000005-01

(Prórroga Nº 5 y Fe de erratas Nº 1)

Contratación de una Empresa que provea los servicios

de custodia de cajas selladas con documentos

del Banco Nacional de Costa Rica

Se comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000005-01, que el Comité de Licitaciones en el artículo 01 de la Sesión Extraordinaria Nº 1103-2012 celebrada el 11 de julio del 2012, acordó dejar sin efecto las modificaciones Nº 2 publicadas el día 18 de julio 2012 en el Diario La Gaceta Nº 139.

Se prórroga de oficio la apertura de ofertas para el 3 de agosto del 2012, a las 10:00 horas.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, 24 de julio del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 5843.—C-13180.—(IN2012076100).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

Nº 2012LN-000005-2102 (Prórroga)

Adquisición de reactivos

La presente es para informarles que el concurso mencionado en el epígrafe promovido por el Área de Gestión de Bienes y Servicios, que se le reprogramó una fecha de apertura para el día 27 de julio del 2012, a las 9:00 horas, ha sido prorrogado el plazo para la recepción de la oferta hasta nuevo aviso debido a que se presentó ante la Contraloría General de la República solicitud de Recurso de Objeción al cartel licitatorio y una aclaración en el Área de Gestión de Bienes y Servicios.

No obstante, se les comunicará por este mismo medio las variaciones que vaya a tener el cartel y la respectiva fecha de apertura.

San José, 18 de julio del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Msc. Dennys Miranda Boza, Coordinador.—1 vez.—(IN2012076067).

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000022-2101

Compra de Juegos de Artroscopia

Se informa a los interesados en la Licitación Abreviada bajo la modalidad entregas por demanda, 2012LA-000022-2101. Compra de Juegos de Artroscopia. Fecha de recepción de ofertas programada para el día: 23 de julio del 2012, a las 2:00 p. m. Se traslada para el día: 27 de julio del 2012, a las 10:00 a. m.

San José, 19 de julio del 2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2012076381).

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000007-2102

(Modificación al cartel)

Adquisición de frutas frescas

Les informamos que se realizó una serie de modificaciones al cartel licitatorio, el cual se encuentra disponible en la recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital San Juan de Dios.

También indicarles que la nueva fecha de apertura de dicho concurso, se fija para el día 06 de agosto del año en curso a las 09:00 horas.

San José, 19 de julio del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—MSc. Dennys Miranda Boza, Coordinador.—1 vez.—(IN2012076721).

REGLAMENTOS

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA

APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN A REGLAMENTO INSTITUCIONAL

REGLAMENTO PARA EL USO DE VEHÍCULOS

DEL CUERPO DE BOMBEROS

El Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica comunica que el Reglamento para el uso de vehículos del Benemérito Cuerpo de Bomberos, fue modificado por el Consejo Directivo de Bomberos mediante acuerdo VI de la Sesión Ordinaria Nº 0051 del lunes 25 de junio de 2012.

San José, 6 de julio de 2012.—Lic. Juan Rafael Hidalgo Bolaños, Director Administrativo.—1 vez.—(IN2012072855).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

APROBACIÓN REFORMA REGLAMENTARIA

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 24° de la sesión 8588, celebrada el 28 de junio de 2012 acordó:

Acuerdo Primero: prorrogar hasta el 30 de setiembre del año 2012, la aplicación de los Transitorios II, III, IV y V del Reglamento que regula la formalización y suscripción de arreglos y convenios de pago de las contribuciones a la seguridad social, aprobado por la Junta Directiva en el artículo 3° de la sesión N° 8550 celebrada el 14 de diciembre del 2011 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 18 del 25 de enero del 2012.

Acuerdo Segundo: conforme lo acordado por esta Junta Directiva en el artículo 2° de la sesión N° 8578, celebrada el 10 de mayo del 2012 y dentro del espíritu que ahí privó, solicitar a la Gerencia Financiera que presente a esta Junta Directiva, antes del 30 de setiembre del 2012, una propuesta de reforma al Reglamento que regula la formalización y suscripción de arreglos y convenios de pago de las contribuciones a la seguridad social, en la cual se establezcan posibles mecanismos o condiciones para facilitar las adecuaciones de pago por adeudos de patronos y trabajadores independientes.

Acuerdo Firme.

Junta Directiva.—Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 37416.—C-18820.—(IN2012073899).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Nacional de Costa Rica, Agencia de Guadalupe 077, avisa al Sr. Yamil Valiente Pascual, pasaporte Nº 315020603208054* que tiene pendiente su retiro de bienes en custodia por cajita de seguridad cancelada.

Para mayor información puede comunicarse a los teléfonos 2246-1370, 2246-1376. Lic. Guiselle Calvo Sánchez, Gerente.

*Número de pasaporte registrado, pudo haber cambiado con el tiempo.

La Uruca, 11 de julio del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 5835.—C-31040.—(IN2012074064).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Las señoras Flora María Arrieta Córdoba cédula 03-0137-0831 y/o Argentina Arrieta Córdoba cédula 03-0115-0022, han solicitado la reposición del Certificado de depósito a plazo Nº 205 304 2057427 por la suma de ¢800.000,00 (ochocientos mil colones exactos), el cual venció el día 25 de mayo del 2012, y los cupones de intereses Nº 903895 por ¢12,699.90 y Nº 903896 por ¢12.699,90, los cuales fueron extraviados. Dichos documentos fueron emitidos por el Banco Crédito Agrícola de Cartago.

Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro Código de Comercio, Artículos 708 y 709. Transcurrido el término de quince días a partir de la última publicación, se repondrá dicho Título Valor.

Cartago, 25 de mayo del 2012.—Plataforma de Servicios.—Randall Castro Vega, Bancrédito Los Ángeles.—RP2012310426.—(IN2012071035).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-2270-2012.—Coen Alfaro Enrique, R-130-2012, costarricense, cédula de identidad número 109510459, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster de Ciencia Ingeniería Eléctrica, Universidad de Idaho, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072403).

ORI-2226-2012.—Cisneros Orozco Oscar Eduardo, R-132-2012, costarricense, cédula de identidad: 5-0329-0842, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Implantología Buco Maxilo Facial, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos del vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072404).

ORI-2464-2012.—Cifre Montaner Amparo, R-139-2012, española, pasaporte BE 425665, ha solicitado  reconocimiento del  diploma de Licenciada en Derecho, Universidad de Valencia, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 5 días del mes de junio del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072405).

ORI-2337-2012.—Chavarría Bolaños Daniel, R-126-2012, costarricense, cédula de identidad 1-1142-0889, ha solicitado  reconocimiento del diploma de Maestro en Endodoncia, Universidad Autónoma de San Luis Potosí, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 29 días del mes de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072406).

ORI-2285-2012.—Aguilar Aguirre Elizabeth, R-125-2012, costarricense, cédula de identidad número 4-0118-0430, ha solicitado reconocimiento del diploma de Interuniversitario de Homeopatía, Universidad París 13, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 23 días del mes de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072407).

ORI-2288-2012.—Carballo Murillo Natalia Eugenia, R-122-2012, costarricense, cédula de identidad número 206100853, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster Universitario en: Estudios Territoriales y de la Población. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 23 días del mes de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072408).

ORI-2349-2012.—Arnaiz Sori Karel, R-089-2012, cubano, categoría especial libre condición número 119200385614, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Instituto Superior de Ciencias Médicas de Camagüey, Cuba. Cualquier persona interesado en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 29 días del mes de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072409).

ORI-2466-2012.—Alicandu Martínez Eduardo José, R-142-2012, venezolana, pasaporte 041715974, ha solicitado  reconocimiento del diploma de Ingeniero en Información, Universidad Tecnológica del Centro, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 5 días del mes de junio del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072410).

ORI-2345-2012.—Alfaro Ureña Alonso, R-141-2011-B, costarricense, cédula de identidad número 1-1192-0653, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía, Universidad de Pennsylvania, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 29 días del mes de mayo del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38654.—C-28220.—(IN2012072411).

ORI-2677-2012.—Araya González Jorge Arnoldo, costarricense, cédula 1-0518-0312, ha solicitado reposición del título de Licenciado en Agronomía. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los veinte días del mes de junio del año dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072412).

ORI-2656-2012.—Arias Murillo Mario Enrique, costarricense, cédula 5-0133-0482, ha solicitado reposición del título de Doctor en Medicina y Cirugía. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072413).

ORI-2660-2012.—León Rodríguez Adán Alberto, costarricense, cédula 2-0464-0088, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Computación e Informática. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072414).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-2662-2012.—López Ramírez Óscar Eduardo, costarricense, cédula 6 0359 0534, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Turismo Ecológico. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072415).

ORI-2663-2012.—Núñez Molina Marlene, costarricense, cédula 3-0302-0516, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Administración de Negocios. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072416).

ORI-2664-2012.—Rodríguez Quesada Luis Carlos, costarricense, cédula 2-0595-0148, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en la Enseñanza de los Estudios Sociales. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072417).

ORI-2665-2012.—Sancho Gutiérrez Ana Laura, costarricense, cédula 3-0358-0036, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Química. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072418).

ORI-2666-2012.—Venegas Soto Alexis Gerardo, costarricense, cédula 6-0151-0136, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Administración de Negocios. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072419).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer, una servidumbre así como dos sitios de torre, necesarios para la Línea de Transmisión denominada SIEPAC (Tramo Parrita-Palmar Norte). La cual se describe así: Sobre una finca inscrita en el Registro Público, al Folio Real 130.645-000, ubicada en el distrito 2a, Savegre, del Cantón 6°, Aguirre, de la Provincia de Puntarenas; cuya naturaleza es terreno de montaña y potrero, con una casa de madera y techo de zinc, mide 3.888.699 metros con 10 decímetros cuadrados. Linda: al norte, con Finca Los Primos S. A., Marco Tulio Cárdela Ramírez y Bill Oldwin; al sur, con camino público y Omar Quesada Rubí; al este, Warren Borges Limantu; y al oeste, Finca Los Primos y Río Guabas. Se identifica en la materialidad con el plano inscrito en el Catastro Nacional bajo el número P-0860083-2003.

El propietario de la finca es la Empresa denominada Sueños de Luz SRL., con cédula jurídica 3-102-325582 cuya representación judicial y extrajudicial esta a cargo del señor Scott Richard Lennes, cédula de residencia número 184000338036.

Que a solicitud de la Empresa Propietaria de la Red S. A., se valoró la servidumbre y dos sitios de torre en la suma de ¢18.425.644,70 (dieciocho millones cuatrocientos veinticinco mil seiscientos cuarenta y cuatro colones con setenta céntimos), según se desglosa en el avalúo número 1015-2011.

A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto:

Primero: Apruébense las presentes diligencias por las sumas de ¢18.425.644,70 (dieciocho millones cuatrocientos veinticinco mil seiscientos cuarenta y cuatro colones con setenta céntimos).

Segundo: De no ser aceptado por el Apoderado Legal de la Sociedad indicada el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre y dos sitios de torre, los cuales se describen así:

La franja de la servidumbre posee una longitud total sobre la línea de centro de 742.47 metros lineales y un área de afectación de 2 hectáreas, 2198 metros con 98 decímetros cuadrados, con 30 metros de ancho (15 metros a cada lado de la Niñea centro); afectándose un 0.72% del área total, tiene forma irregular. Tiene una orientación de Norte-Sureste, con una topografía del 35% de pendiente, ingresa por el Norte, con el sitio de torre denominado Z83 Rev, con un azimut 163° 323’ 04” y llega al sitio denominado Z84, sigue por un bosque en recuperación y llega al PI denominado Z85 Norte, variando en este punto su azimut de 211°33’12” y sale por la propiedad por la colindancia Sur por la Compañía Reforestadora Quepos S. A. Se establecerán dos sitios de torre denominados Z84N y Z85N, el área que ocupará cada sitio de torre es de 100 metros

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres, antes deberá consultársele al I.C.E. El propietario deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada.

Tercero: Continúese con los trámites de rigor.

Cuarto: Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5991 celebrada el 13 de junio del 2012.

Sexto: Publíquese en el. Diario Oficial.

San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado Especial Judicial.—1 vez.—(IN2012072949).

INSTITUTO COSTARRICESENE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

Nº 2012-222

JUNTA DIRECTIVA

ASUNTO:      Convenio de delegación Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado de Loma Bonita de Belén.

Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.

Resultando:

1º—Que de conformidad con los artículos 50, 129 de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las Municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas N° 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta N° 150 del 05 de agosto de 2005, se establece que A y A es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando:

I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

II.—Que la comunidad de Loma Bonita de Belén de Carrillo, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

III.—Que en Asamblea General de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al A y A, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

IV.—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Loma Bonita de Belén de Carrillo de Guanacaste, cédula jurídica tres-cero cero dos-seiscientos treinta y tres mil ochocientos setenta y seis, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número dos mil diez, asiento número trescientos veinte mil ciento noventa y tres.

V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Chorotega, por memorando N° RCH-2012-226 del día 01 de junio del 2012, así como de la Dirección Jurídica en el Memorando N° PRE-J-2012-2461 del 11 de junio del 2012, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

VI.—Que mediante el dictamen legal N° PRE-J-SD-2012-028 del 11 de junio del 2012, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública N° 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas N° 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable N° 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1, 4, 11, 16, 113.12, 114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente N° 7554 del 04 de octubre de 1995, artículo 4 y 33 de la Ley Forestal N° 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre N° 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos N° 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de A y A Decreto N° 26066-S, publicado en La Gaceta N° 109 del 09 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo N° 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 31545 del 09 de octubre de 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo N° 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario N° 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el diario oficial La Gaceta N° 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA:

    Otorgar la delegación de la administración del acueducto de Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Loma Bonita de Belén de Carrillo de Guanacaste, cédula jurídica tres-cero cero dos-seiscientos treinta y tres mil ochocientos setenta y seis.

    Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

    Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnica, ambiental, financiera, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y Reglamentos.

    Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el diario oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y Reglamentos. Comuníquese y publíquese.

Acuerdo firme.

Rige a partir de su publicación. Publíquese en el diario oficial La Gaceta. Acuerdo Nº 2012-222, adoptado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en el artículo Nº 4 inciso 4.7 de la sesión ordinaria Nº 2012-028, celebrada el 26 de junio del 2012.

Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42129.—C-128100.—(IN2012073385).

Nº 2012-221

ASUNTO:      Convenio de delegación Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Río Piedra Don Miguel La Loba.

Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.

Resultando:

1º—Que de conformidad con los artículos 50, 129 de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las Municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas N° 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta N° 150 del 05 de agosto de 2005, se establece que A y A es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando:

I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

II.—Que la comunidad de Río Piedra Don Miguel La Loba, con aporte de la comunidad, de A y A y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

III.—Que en Asamblea General de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al A y A, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

IV.—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario Río Piedra Don Miguel La Loba, cédula jurídica tres-cero cero dos-quinientos ochenta y tres mil ciento treinta y ocho, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número dos mil nueve, asiento número cuarenta y siete mil setecientos dieciocho.

V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Chorotega, por memorando N° RCH-2012-226 del día 01 de junio del 2012, así como de la Dirección Jurídica en el Memorando N° PRE-J-2012-2461 del 11 de junio del 2012, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

VI.—Que mediante el dictamen legal N° PRE-J-SD-2012-029 del 11 de junio del 2012, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública N° 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas N° 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable N° 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1, 4, 11, 16, 113.12, ,114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente N° 7554 del 04 de octubre de 1995, artículo 4 y 33 de la Ley Forestal N° 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre N° 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos N° 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de A y A Decreto N° 26066-S, publicado en La Gaceta N° 109 del 09 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo N° 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 31545 del 09 de octubre de 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo N° 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario N° 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el diario oficial La Gaceta N° 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA:

    Otorgar la delegación de la administración del acueducto y alcantarillado sanitario Río Piedra Don Miguel La Loba, cédula jurídica tres-cero cero dos-quinientos ochenta y tres mil ciento treinta y ocho.

    Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

    Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnica, ambiental, financiera, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y Reglamentos.

    Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el diario oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y Reglamentos. Comuníquese y publíquese.

Acuerdo firme.

Rige a partir de su publicación. Publíquese en el diario oficial La Gaceta. Acuerdo Nº 2012-221, adoptado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en el artículo Nº 4 inciso 4.6 de la sesión ordinaria Nº 2012-028, celebrada el 26 de junio del 2012.

Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42129.—C-128100.—(IN2012073386).

Nº 2012-220

ASUNTO:      Convenio de delegación Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado de Cuatro Bocas de Upala.

Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.

Resultando:

1º—Que de conformidad con los artículos 50, 129 de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las Municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas N° 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta N° 150 del 05 de agosto de 2005, se establece que A y A es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando:

I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

II.—Que la comunidad de Cuatro Bocas de Upala con aporte de la comunidad, de A y A y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

III.—Que en Asamblea General de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al A y A, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

IV.—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación de Acueducto Rural de Cuatro Bocas de Upala, cédula jurídica tres-cero cero dos-cuatrocientos cincuenta y nueve mil cincuenta y dos, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número quinientos cincuenta y siete, asiento número once mil cincuenta y dos.

V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Chorotega, por memorando N° RCH-2012-226 del día 01 de junio del 2012, así como de la Dirección Jurídica en el Memorando N° PRE-J-2012-2461 del 11 de junio del 2012, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

VI.—Que mediante el dictamen legal N° PRE-J-SD-2012-030 del 11 de junio del 2012, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública N° 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas N° 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable N° 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1, 4, 11, 16, 113.12, 114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente N° 7554 del 04 de octubre de 1995, artículo 4 y 33 de la Ley Forestal N° 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre N° 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos N° 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de A y A Decreto N° 26066-S, publicado en La Gaceta N° 109 del 09 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo N° 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 31545 del 09 de octubre de 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo N° 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario N° 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el diario oficial La Gaceta N° 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA:

    Otorgar la delegación de la administración del acueducto rural de Cuatro Bocas de Upala, cédula jurídica tres-cero cero dos-cuatrocientos cincuenta y nueve mil cincuenta y dos.

    Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

    Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnica, ambiental, financiera, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y Reglamentos.

    Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el diario oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y Reglamentos. Comuníquese y publíquese.

Acuerdo firme.

Rige a partir de su publicación. Publíquese en el diario oficial La Gaceta. Acuerdo Nº 2012-220, adoptado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en el artículo Nº 4 inciso 4.5 de la sesión ordinaria Nº 2012-028, celebrada el 26 de junio del 2012.

Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42129.—C-128100.—(IN2012073387).

Nº 2012-219

ASUNTO:      Convenio de delegación Asociación Administradora del Acueducto de Pilas de Bejuco de Nandayure.

Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.

Resultando:

1º—Que de conformidad con los artículos 50, 129 de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las Municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

3º—Que de conformidad con los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 150 del 5 de agosto del 2005, se establece que AyA es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando:

1º—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

2º—Que la comunidad de Pilas de Bejuco con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

3º—Que en Asamblea General de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

4º—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto de Pilas de Bejuco de Nandayure, cédula jurídica tres- cero cero dos- doscientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y cinco, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número cuatrocientos sesenta y seis, asiento número mil quinientos sesenta y tres.

5º—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Chorotega, por memorando Nº RCH-2012-226 del día 1º de junio del 2012, así como de la Dirección Jurídica en el memorando Nº PRE-J-2012-2461 del 11 de junio del 2012, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

6º—Que mediante el dictamen legal Nº PRE-J-SD-2012-031 del 11 de junio del 2012, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública Nº 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1º, 4º, 11, 16, 113.12, 114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente Nº 7554 del 4 de octubre de 1995, artículo 4º y 33 de la Ley Forestal Nº 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre Nº 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de AyA Decreto Nº 26066-S, publicado en La Gaceta Nº 109 del 9 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo Nº 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 31545 del 9 de octubre del 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo Nº 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario Nº 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo del 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 5 de agosto del 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA:

    Otorgar la delegación de la administración del acueducto de Pilas de Bejuco de Nandayure, cédula jurídica tres-cero cero dos-doscientos cuarenta y ocho mil quinientos ochenta y cinco.

    Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

    Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnica, ambiental, financiera, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las Leyes y Reglamentos.

    Aprobado el Convenio, notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el Diario Oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las Leyes y Reglamentos. Comuníquese y publíquese.

Acuerdo firme.

Rige a partir de su publicación. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo Nº 2012-219, adoptado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en el artículo Nº 4º inciso 4.4 de la Sesión Ordinaria Nº 2012-028, celebrada el 26 de junio del 2012.

Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42129.—C-128100.—(IN2012073388).

Nº 2012-218

ASUNTO:      Convenio de delegación Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Curime.

Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.

Resultando:

1º—Que de conformidad con los artículos 50, 129 de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar  de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las Municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

3º—Que de conformidad con los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 150 del 5 de agosto del 2005, se establece que AyA es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando:

1º—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

2º—Que la comunidad de Curime, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

3º—Que en Asamblea General de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

4º—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Curime, cédula jurídica tres- cero cero dos- cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos veintiséis, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número quinientos cincuenta y seis, asiento número tres mil setecientos sesenta y siete.

5º—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Chorotega, por memorando Nº RCH-2012-228 del día 1º de junio del 2012, así como de la Dirección Jurídica en el memorando Nº PRE-J-2012-2461 del 11 de junio del 2012, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

6º—Que mediante el dictamen legal Nº PRE-J-SD-2012-032 del 11 de junio del 2012, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos  11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública Nº 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1º, 4º, 11, 16, 113.12, 114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente Nº 7554 del 4 de octubre de 1995, artículo 4 y 33 de la Ley Forestal Nº 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre Nº 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de AyA Decreto Nº 26066-S, publicado en La Gaceta Nº 109 del 9 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo Nº 32327 del 10 de febrero del 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 31545 del 9 de octubre de 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo Nº 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario Nº 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo de 2002.  Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 5 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA:

    Otorgar la delegación de la administración del acueducto y alcantarillado sanitario de Curime, cédula jurídica tres-cero cero dos-cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos veintiséis.

    Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

    Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnica, ambiental, financiera, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y Reglamentos.

    Aprobado el Convenio, notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el Diario Oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las Leyes y Reglamentos. Comuníquese y publíquese.

Acuerdo firme.

Rige a partir de su publicación. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo Nº 2012-218, adoptado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en el artículo Nº 4º inciso 4.3 de la Sesión Ordinaria Nº 2012-028, celebrada el 26 de junio del 2012.

Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42129.—C-128100.—(IN2012073389).

Nº 2012-217

ASUNTO:      Convenio de delegación Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de San Rafael de Abangares de Guanacaste.

Conoce esta Junta Directiva de la solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.

Resultando:

1º—Que de conformidad con los artículos 50, 129 de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las Municipalidades velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.

3º—Que de conformidad con los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 150 del 5 de agosto del 2005, se establece que AyA es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente constituidas al efecto.

Considerando:

1º—Que la participación de la comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte más adecuado asignar en las comunidades su administración.

2º—Que la comunidad de San Rafael de Abangares con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.

3º—Que en Asamblea General de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.

4º—Que por las características del sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de San Rafael de Abangares de Guanacaste, cédula jurídica tres-cero cero dos-trescientos ochenta y cuatro mil ochenta y dos, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número quinientos treinta y tres, asiento número quince mil cuatrocientos noventa y dos.

5º—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Chorotega, por memorando Nº RCH-2012-226 del día 1º de junio del 2012, así como de la Dirección Jurídica en el memorando Nº PRE-J-2012-2461 del 11 de junio del 2012, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva organización.

6º—Que mediante el dictamen legal Nº PRE-J-SD-2012-033 del 11 de junio del 2012, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo que cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por tanto:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de A y A, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública Nº 5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas Nº 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable Nº 1634 del 18 de setiembre de 1953, artículos 1º, 4º, 11, 16, 113.12, 114 de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Ambiente Nº 7554 del 4 de octubre de 1995, artículo 4º y 33 de la Ley Forestal Nº 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre Nº 7317 de 30 de octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de AyA Decreto Nº 26066-S, publicado en La Gaceta Nº 109 del 9 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto Ejecutivo Nº 32327 del 10 de febrero del 2005; Reglamento de Uso y Vertido del la Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 26042-S-MINAE del 19 de junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo Nº 31545 del 9 de octubre del 2003 y Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo Nº 21279-S del 15 de mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario Nº 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de marzo del 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales Nº 32529-S-MINAE, publicado en La Gaceta 150 del 5 de agosto del 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a los Clientes, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 159 del 20 de agosto de 1997.

ACUERDA:

    Otorgar la delegación de la administración del acueducto y alcantarillado sanitario de San Rafael de Abangares de Guanacaste, cédula jurídica tres-cero cero dos-trescientos ochenta y cuatro mil ochenta y dos.

    Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con anterioridad.

    Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnica, ambiental, financiera, legal organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y Reglamentos.

    Aprobado el Convenio, notifíquese a todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el Diario Oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las Leyes y Reglamentos. Comuníquese y publíquese.

Acuerdo firme.

Rige a partir de su publicación. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo Nº 2012-217, adoptado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en el artículo Nº 4º inciso 4.2 de la Sesión Ordinaria Nº 2012-028, celebrada el 26 de junio del 2012.

Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud Nº 42129.—C-128100.—(IN2012073390).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A Fabio José Solórzano Ramírez, se le comunica resolución de las diez horas con cinco minutos del día seis de febrero del año dos mil doce, que ordena iniciar medida de protección de cuido provisional en beneficio de la persona menor de edad B. Y. S. P. Por un período de seis meses. Expediente administrativo 246-00001-2012. Garantía de defensa: Se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Recurso: Se le hace saber a la parte que contra esta resolución procede el Recurso de Apelación si se interpone ante este Despacho o bien ante la Presidencia Ejecutiva, el cual deberá interponerse dentro de 48 horas contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el diario oficial La Gaceta. También se le previene que debe señalar lugar o fax donde recibir futuras notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrá por notificada la resolución; de conformidad con la aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de las 15:41 horas del 27 de noviembre de 2002 de la Sala Constitucional. La interposición del Recurso de Apelación no suspende el acto administrativo.—Oficina Local de Upala, Guatuso, 25 de junio de 2012.—Lic. Katia Corrales Medrano, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5864.—C-14540.—(IN2012072337).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A Luis A. Palacios Bustos. Se le comunica que en esta Oficina Local ordenó dictar resolución administrativa de inicio del proceso especial de protección, dictada a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día primero de junio del año dos mil doce, en la cual se ordena llevar a cabo investigación sobre los hechos denunciados, por aparente maltrato físico en perjuicio de las personas menores de edad Palacios Ruiz. Plazo para interponer alguna oposición o recurso de apelación dos días hábiles, después de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso, debiendo la parte interesada señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Se notifica por este medio, debido a que se desconoce el domicilio actual del señor Palacios Bustos Expediente número 642-00069-2012.—Ciudad Neily, Corredores, 5 de noviembre del 2011.—Lic. Dinia Vallejos Badilla, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 5866.—C-11880.—(IN2012073440).

A Andrea Rivas Jiménez se le comunica que el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela, dictó resolución de las nueve horas del veintiocho de junio de dos mil doce, en la que se ordenó la adoptabilidad administrativa de la niña Ariela Rivas Jiménez, y se eleva el expediente Nº 442-00001-2012 al Consejo Nacional de Adopciones para su ubicación, Recursos: Apelación. Plazo: 48 horas contadas a partir del siguiente día a la última publicación de este aviso, señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina, el cual es de un kilómetro alrededor de la sede y si no lo hacen, las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.—Alajuela, 28 de junio de 2012.—Lic. Alejandra Solís Lara, Representante Legal.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5874.—C-9240.—(IN2012073839).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

TRASLADO DE SESIÓN ORDINARIA

Por este medio se comunica, que mediante acuerdo que consta en el artículo 1°, capítulo 4°, del acta de la sesión ordinaria Nº 115-2012, del jueves 12 de julio de 2012, el Concejo de Curridabat, dispuso unánimemente, trasladar la sesión ordinaria correspondiente al jueves 2 de agosto de 2012, para que se celebre el viernes 3 de agosto, de 2012 a las 19:00 horas.—Allan de Jesús Sevilla Mora, Secretario.—1 vez.—(IN2012075193).

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

La Municipalidad de Escazú, comunica el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal, en la Sesión Ordinaria 113, Acta 170 del 25 de junio del 2012 que indica lo siguiente:

Acuerdo AC-275-12 BIS: Se acuerda: Con dispensa de trámite de comisión: La Municipalidad de Escazú, mediante acuerdo AC-191-12, tomado por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria Nº 107, Acta Nº 161, del 14 de mayo del 2012 y conformidad con las facultades dadas por el Código Municipal en el artículo Nº 74, las disposiciones de los artículos 11 y 169 de la Constitución Política y 11 y 13 de la Ley General de Administración Pública, se aprueba la solicitud del señor Alcalde Arnoldo Barahona Cortés, el precio del servicio de construcción de aceras, de la siguiente forma:

Servicio

Precio por metro cuadrado

Construcción de aceras

¢26.265,00

Declarado definitivamente aprobado.

Proceso de Fiscalización y Tarifas.—Lic. Miguel Francisco Mena Angulo, Jefe.—1 vez.—O. C. 32966.—Sol. 3923.—C-6560.—(IN2012072979).

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

AVISA:

Que el Concejo Municipal de San Carlos, en Sesión Ordinaria celebra el lunes 11 de junio del 2012, mediante artículo Nº 22, acta Nº 35, acordó: Modificar  la hora en que se realizarán las sesiones ordinarias del Concejo Municipal, iniciando las mismas a las cinco de la tarde (5:00 p.m) y finalizando a las ocho y cuarenta y cinco de la noche (8:45p.m.); horario que empezará a regir después de su publicación en el Diario Oficial; dejándose sin efecto el artículo Nº 04, acta Nº 34 de la sesión celebrada el sábado 21 de mayo del 2011. Votación unánime. Acuerdo definitivamente aprobado.

Rige a partir de su publicación.

Concejo Municipal.—Lic. Alejandra Bustamante Segura, Secretaria.—1 vez.—(IN2012073900).

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN

Tarifa Servicio Estacionamientos y Terminales

La Municipalidad de La Unión informa que mediante acuerdo municipal del 25 de junio de 2012; SM Nº 284-2012 tomado en la Sesión Nº 165 celebrada el día 21 de junio de 2012 se acuerda aprobar las nuevas tarifas de servicio de estacionamiento y terminales del cantón de La Unión, de la siguiente forma.

Categoría                          Detalle                             Tarifa Aprobada

1                         Boleta de 1/2 hora                                        ¢225,00

2                         Boleta de 1 hora                                            ¢450,00

3                         Sticker residencial 6 meses                    ¢23.400,00

4                         Sticker comercial 6 meses                       ¢46.800,00

5                         Sticker residencial 12 meses                  ¢46.800,00

6                         Sticker comercial 12 meses                     ¢93.500,00

Dichas tarifas entrarán a regir 30 días después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

La Unión, 5 de julio del 2012.—Marvin Durán Vega, Proveedor.—1 vez.—RP2012311894.—(IN2012073587).

MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO

El Concejo Municipal de El Guarco, mediante acuerdo N° 354, artículo N° 5, de la sesión ordinaria N° 166-2012 celebrada el día 3 de julio del 2012, por votación unánime acuerda derogar el “Reglamento para la obtención del permiso y explotación de máquinas autorizadas” publicado en La Gaceta N° 30 del 10 de febrero del 2006.

El Guarco, 5 de julio del 2012.—Flor Mª Arrieta Pereira, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2012073872).

Se hace de conocimiento que la Municipalidad de El Guarco cedula jurídica 3-014-042082, gestionará por medio de la Procuraduría General de la Republica, a través de la notaría del Estado, la inscripción del inmueble sin inscribir en donde actualmente se encuentra ubicado el cementerio, a nombre de la Municipalidad, según plano de catastro número C-970220-2005, propiedad ubicada en el distrito primero Tejar, cantón octavo El Guarco, de la provincia de Cartago, con un área de 5 617.42 m2, que linda al norte, con calle pública; sur, con Guarcococo S. A.; este, con Municipalidad de El Guarco (juegos infantiles) y Guarcococo S. A., y al oeste, con calle pública; todo de conformidad con el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos, número 5060. Dicho inmueble se ha mantenido en posesión de la Municipalidad de El Guarco de forma quieta, pacífica, sin interrupción y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de la publicación del presente edicto, en la Secretaria de la Municipalidad de El Guarco. Para la publicación del presente edicto se cuenta con autorización del Concejo Municipal, mediante acuerdo número 358 unánime y definitivamente aprobado en sesión 166-2012 artículo 5 inciso 8) del día 3 de julio de 2012. Asesoría Legal, Municipalidad de El Guarco.

Lic. Priscilla Barahona Vargas, Asesora Legal.—1 vez.—(IN2012073875).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Acuerdo tomado en la Sesión Ordinaria Nº 172-2012 del 28-05-2012, en el Artículo V. Según Oficio SCM-1274-2012 del 31-05-2012.

La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el Cementerio de Mercedes, existe un derecho registrado a nombre de Familia Villalobos Rojas, los que conforman dichas familia solicitan se actualice el arrendatario y se incluyan beneficiarios, nombrando así a:

Arrendataria:           Xenia Villalobos Rojas, céd. Nº 4-125-674

Beneficiarios:           Mireya Rojas Vega, ced. Nº 4-080-993

                                   Luis Villalobos Hernández, céd. Nº 4-071-280

                                   Hugo Miguel Villalobos Rojas, céd. Nº 4-121-385

Derecho ubicado en el Cementerio Mercedes, lote Nº 28 bloque B con una medida de 9 metros cuadrados para 6 nichos, inscrito en el folio 2, libro 1, el cual fue adquirido el 13 de febrero de 1990. El mismo se encuentra a nombre de Familia Villalobos Rojas.

Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 12 de setiembre del 2011.

Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Rentas y Cobranzas.—Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa.—1 vez.—(IN2012072974).

DEPARTAMENTO DE RENTAS Y COBRANZAS

Acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 152-2012 del 05-03-2012, en el artículo V, según Oficio SCM-550-2012 del 08-03-2012.

La Municipalidad de Heredia, hace saber a quien interese que en el Cementerio Central existe un derecho a nombre de Familia Ugalde Cascante, los cuales la conforman un matrimonio quienes solicitan que se actualice nombrando así como:

Arrendataria:           Jeannette Cascante Miranda           céd. Nº 4-094-658

Beneficiarios:          Guillermo Emilio Ugalde Arce        céd. Nº 4-084-356

                                Jonathan Ugalde Cascante               céd. Nº 1-768-216

Derecho ubicado en el Cementerio Central, lote Nº 90-A bloque F, con una medida de 3 metros cuadrados para 2 nichos, solicitud Nº 404, recibo Nº 119239, inscrito en el folio 25, libro 2, el cual fue adquirido el 23 de marzo de 1990. El misino se encuentra a nombre de Familia Ugalde Cascante.

Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 5 de diciembre del 2011.

Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa.—1 vez.—(IN2012073367).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CLIMATISA CLIMATIZACIÓN INDUSTRIAL S. A.

En mi carácter de Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Climatisa Climatización Industrial S. A. cédula de persona jurídica 3-101-505.197, con fundamento en lo dispuesto en la cláusula octava de los estatutos de la sociedad y en artículos 155 y 156, 158, 164, 168 y 182 del Código de Comercio, convocó a asambleas generales ordinaria y extraordinaria de accionistas de la citada sociedad, que se celebrarán en las oficinas administrativas de la compañía, localizadas en San Rafael de Escazú, del Centro Comercial Monte Escazú, veinticinco metros al oeste a mano derecha, edificio de dos plantas, en el segundo piso en primera convocatoria, a partir de las diez horas del día décimo quinto natural, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial La Gaceta. En ese cómputo no se tomará en cuenta el día de celebración de las asambleas. Se advierte que si la fecha de celebración coincide en ese cómputo en días sábado o domingo, las Asambleas se realizarán válidamente el lunes inmediato siguiente en el mismo lugar. En todo caso la administración de la sociedad recordará a los representantes de los accionistas la fecha exacta de celebración de las Asambleas, al menos con una antelación de ocho días naturales. En segunda convocatoria podrán celebrarse las asambleas, a partir de las once horas del mismo día, con cualesquiera sea el número de acciones representadas. Las citadas asambleas se convocan para conocer del siguiente Orden del Día: 1) Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados financieros del ejercicio anual al 31 diciembre 2011. 2) Acordar, en su caso, la distribución de utilidades conforme a lo dispuesto en la escritura social y el Código de Comercio. 3) Conocer del Informe de Gestión de la administración al último de diciembre de 2011. y 4) Aumento del capital social de la compañía y reforma a la cláusula quinta de los estatutos.—Lic. Rogelio González Hidalgo, Presidente.—1 vez.—(IN2012075194).

CONDOMINIO EL ESTORIL

Se convoca a los condóminos del edificio habitacional El Estoril, a asamblea ordinaria para el viernes 10 de agosto del 2012, en la oficina de administración de este edificio, a las 18:00 horas en primera convocatoria, y a las 18:30 horas en segunda convocatoria, si no hubiese quórum, se aplicará lo establecido al efecto de ley.

a)  Acreditación Condóminos. (Es obligatorio presentar la personería jurídica y certificación del título de propiedad con un mínimo de 30 días).

b)  Lectura y aprobación acta anterior.

c)  Informe de la presidencia.

d)  Informe de la tesorería.

e)  Informe del fiscal.

f)   Aprobación presupuesto 2013.

g)  Asuntos varios.

h)  Propuestas condóminos.

i)   Nombramiento de la nueva junta asesora.

j)   Disolución del Condominio El Estoril S. A.

San José, 18 de julio del 2012.—Lusitana Fonseca Argüello, Presidenta.—1 vez.—(IN2012075566).

COMERCIALIZADORA ADIVA SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los accionistas de Comercializadora Adiva Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos tres mil seiscientos dieciséis, a asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrarse en Naranjo, Alajuela, en la oficina del Lic. Erick Varela Vargas, sita: en Barrio El Carmen, de la Capilla setenta y cinco metros sur, localizable al teléfono: 2450-1692, a celebrarse el día 14 de setiembre del 2012, al ser las 14:00 horas en primera convocatoria, y una hora después en segunda convocatoria, para tratar: 1) Comprobar quórum. 2) Modificación de cláusulas quinta, sétima de pacto social. 3) Informe contable y estados financieros de la empresa. 4) Cualquier otro. Es todo.—Alajuela, 16 de julio del 2012.—Andrea Vanessa Paniagua Garita, Presidenta.—1 vez.—RP2012313235.—(IN2012075944).

ASOCIACIÓN CÁMARA COSTARRICENSE

DE LA INDUSTRIA ALIMENTARIA

Conforme con lo dispuesto al efecto en el artículo noveno de los estatutos, se convoca a los asociados de la Asociación Cámara Costarricense de la Industria Alimentaria, a la asamblea general ordinaria de asociados a celebrarse el miércoles 8 de agosto del 2012, a partir de las 05:00 p. m. en primera convocatoria, y en segunda convocatoria a las 06:00 p. m. En caso de no presentarse el quórum estatutario en primera convocatoria, se procederá a sesionar válidamente en segunda convocatoria con el número de asociados presentes. La misma se realizará en las instalaciones del Hotel Ramada Herradura, Salón Bouganvillea. Los puntos a tratar en esta reunión son los que se indican en el siguiente orden del día.

-    Informe del señor presidente.

-    Informe del señor tesorero.

-    Informe del señor fiscal.

-    Entrega de credenciales a nuevos asociados.

-    Entrega de certificado mejor record de asistencia.

-    Elección parcial de junta directiva.

-    Proposiciones de señores directores.

-    Asuntos varios.

-    Aprobación del acta de asamblea.

-    Clausura.

Para dar cumplimiento de la Ley de la República Nº 8901 “Ley Porcentaje mínimo de mujeres que deben integrar las directivas de asociaciones, sindicatos y asociaciones solidaristas”, publicada en La Gaceta Nº 251 del 27 de diciembre del 2010, se insta a las mujeres empresarias del sector de alimentos a que nos acompañen y tomen participación en la nueva conformación de la junta directiva, donde las postulaciones y elección se llevará a cabo durante la asamblea.—Mario Montero P., Vicepresidente Ejecutivo.—1 vez.—(IN2012076015).

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

El Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, convoca a asamblea general extraordinaria Nº 133-2012, que se celebrará el día 21 de setiembre del 2012. La asamblea dará inicio en primera convocatoria a partir de las 04:00 p. m., de no haber quórum a la hora indicada, se celebrará a las 05:00 p. m. en segunda convocatoria con los miembros presentes, de conformidad con el artículo Nº 10 de la Ley Nº 1269, y 9 del Reglamento respectivo. La asamblea se llevará a cabo en el Auditorio San Mateo, en la sede central del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, Calle Fallas de Desamparados.

Orden del día:

1.  Verificación del quórum.

2.  Lectura y aprobación del orden del día.

3.  Himno Nacional de Costa Rica.

4.  Himno del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica.

5.  Palabras del Presidente del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, Máster José Antonio Corrales Chacón.

6.  Conocimiento y resolución del Recurso de Revocatoria con Apelación presentado por el CPI. Juan Carlos Ugalde Huezo, investigado en el expediente administrativo Nº 01-2011.

7.  Cierre de asamblea.

Notas:

A. De conformidad con el artículo Nº 10 de nuestra Ley Orgánica y sus reformas, sólo se conocerán los asuntos para los cuales fueron convocadas las asambleas.

B.  Conforme lo establece el Reglamento de Asambleas en su artículo Nº 6, sólo se permitirá la participación en las asambleas a aquellos contadores privados incorporados que se encuentren al día en el pago de las cuotas de colegiatura al mes de agosto del 2012.

C.  Los Colegiados que deseen integrarse a las asambleas encontrándose en estado de morosidad, podrán hacerlo previo pago de sus cuotas atrasadas en la caja auxiliar de Tesorería que para tal efecto se ubicará en nuestra sede.

D. Además del recibo cancelado de acuerdo con el literal C), deberán presentar su carné de Colegiado o cédula de identidad, a efecto de otorgarles el derecho de voz y voto.

E.  Para la permanencia en el recinto de la asamblea, una vez iniciada ésta, se aplicará para todos los presentes el artículo Nº 7 del Reglamento de Asambleas.

San José, 18 de julio del 2012.—CPI. José Antonio Corrales Chacón, Presidente.—CPI. Edwin Antonio Fallas Hidalgo, Primer Secretario.—Lic. Fabián Arce Soto, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2012076025).

CONDOMINIO LAS PALMAS

Condominio Las Palmas por medio de la presente se convoca y se comunica a todos los propietarios a la Asamblea Extraordinaria que se llevará a cabo en el rancho, el día jueves, 23 de agosto del 2012.

Se establece como primera convocatoria las 19:00 horas y sí no hubiese quórum de ley se establece una segunda convocatoria a las 19:30 horas, la cual se celebrará con el número de propietarios presentes.

Como orden del día se establece:

1.  Lectura y aprobación del acta anterior.

2.  Elección del administrador.

3.  Asuntos Varios.

Geovanny Montoya, Presidente.—1 vez.—(IN2012076066).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.

Certificado de Acción Nº 2641 y Certificado de Libre Alojamiento Nº 2641 a nombre de Wendy Simpson Roberts. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692, 708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 21 de junio del 2012.—Arturo Salazar Calvo, Contralor General.—RP2012310367.—(IN2012071034).

BANCO CITIBANK DE COSTA RICA S. A.

María Carmenza Calero de único apellido, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Heredia, de nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia 155808919018, hace saber que soy dueña del certificado de depósito a plazo 2250030006198 del Banco Citibank de Costa Rica S. A. y que el mismo se me extravió por lo cual solicito su reposición.—Heredia, 4 de julio del 2012.—María Carmenza Calero.—(IN2012071597).

DESARROLLO LA COSTA S. A.

Desarrollo La Costa S. A. comunica a los interesados y público en general que por haberse extraviado la acción común y título de capital número 765, correspondiente a la semana número 9, documentos registrados a nombre de los Sres. Ramírez Benavides Jorge M/ Carvajal Salas María Isabel portadores de las cédulas de identidad 6-0085-0665 y 1-0527-0276. Se procederá a su reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo.—San José, julio del 2012.—Roy Montoya Quesada, Contralor General.—(IN2012071635).

BALDIOSA S. A.

Baldiosa S. A., cédula jurídica 3-101-150119, ha solicitado la reposición por sustracción de los certificados de acciones del número 01 hasta el 10 inclusive representativo de 10 acciones comunes y nominativas de 10.000 colones cada una, a saber la totalidad del capital social de 100.000 colones, de Baldiosa S. A. Quien se considere afectado favor proceder en el término de un mes contado a partir de la última publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículo 689 y 690 del Código de Comercio. Notificaciones al fax 2272-6006.—San José, 29 de junio 2012.—Rodrigo Baldioceda Castro, Apoderado Generalísimo.—(IN2012071652).

BANCO CATAY

Yo Hu Xiao Juan, de nacionalidad china, cédula de residencia 115600370630, consciente de las penas de la Ley Costarricense castiga el delito de perjurio y falso testimonio, solicito la reposición de un certificado del Banco Catay por dinero, con número 8241, por un monto de $15.000, fecha de emisión el 5 de enero del 2012 y vencimiento el 7 de abril del 2012 y se me extravió. Es todo.—Hu Xiao Juan.—RP2012311097.—(IN2012071928).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

LA ESQUINA DEL CAFÉ S. A.

La Esquina del Café S. A., cédula jurídica 3-101-190498, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, y a solicitud de los accionistas de esta sociedad, manifiestan que procederán a realizar la reposición de los certificados de acciones de esta sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el término de un mes contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario de circulación nacional. Las oposiciones podrán ser dirigidas a las oficinas de BLP Abogados, ubicadas en el Centro Empresarial Vía Lindora, cuarto piso, con atención a Simón Sauvé. Transcurrido el término de ley, sin que hayan existido oposiciones, y habiéndose cumplido con todo lo que establece el artículo 689 del Código de Comercio, se procederá con la reposición solicitada.—Susana Rodríguez Beer, Presidenta.—IN2012072867).

IMPACO TRADING SOCIEDAD ANÓNIMA

Impaco Trading Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-quinientos ochenta y cinco mil seiscientos ochenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes primeros libros: Registro de Accionistas, Asambleas Generales, Junta Directiva, Inventarios y Balances, Diario y Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—RP2012311811.—(IN2012073584).

HOLCIM (COSTA RICA) S. A.

Herman Solano Sánchez cédula de identidad 3-0128-0014 solicita la reposición de los títulos Nº 208 Serie A por 164,882 acciones; Nº 2215 Serie A por 49,464 acciones; Nº 621 Serie B por 21,435 acciones de Holcim (Costa Rica) S. A. (antes Industria Nacional de Cemento S. A.) los cuales fueron extraviados. Si hubiese alguna persona interesada en que no se haga esta reposición, favor hacerlo saber en las oficinas del emisor en los treinta días siguientes a ésta.—Herman Solano Sánchez.—RP2012311912.—(IN2012073585).

CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL

 PORTAL DE ÁNGEL

Ernesto Pineda Larios, mayor, divorciado dos veces, contador, vecino de Santa Ana, Condominio Horizontal Residencial Portal de Ángel, filial número seis, cédula de identidad 1-0457-0367, en su condición de Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad El Portal del Ángel de la Quebrada S. A; cédula jurídica 3-101-294478, sociedad propietaria de la finca filial número 1-30724-f-000, del Condominio Horizontal Residencial Portal de Ángel, cédula jurídica 3-109-303020, finca matriz SJ-001533-M-000, siendo que el nombramiento de la Junta Administradora se encuentra vencido y los libros extraviados, solicita ante la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público de la Propiedad Inmueble, la reposición de los siguientes libros: Caja, Actas de Asamblea de Propietarios y Junta Directiva, todos en número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público de la Propiedad Inmueble.—Santa Ana, nueve de julio de dos mil doce.—Ernesto Pineda Larios, Presidente.—(IN2012074024).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

BANCO IMPROSA SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Alfonso Meléndez Vega, mayor, portador de la cédula de identidad número uno-ochocientos treinta-cuatrocientos cuarenta y siete, en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma para este acto de Banco Improsa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y nueve mil seis, personería debidamente inscrita en el Registro Mercantil del Registro Público; sociedad que figura como Fiduciario del Fideicomiso de Garantía denominado 1-3461-2012, suscrito para garantizar obligaciones otorgadas a favor de Banco Popular y de Desarrollo Comunal, cédula de persona jurídica número cuatro-cero cero cero-cero cuarenta y dos mil ciento cincuenta y dos, hago del conocimiento del señor Douglas Agüero Picado, mayor, cédula de identidad número uno-seiscientos cincuenta y nueve-setecientos setenta y nueve, como Fideicomitente-Deudor de dicho Fideicomiso lo siguiente: 1-) Que el Fideicomisario Único nos ha notificado que a esta fecha el señor Douglas Agüero Picado, mayor, cédula de identidad número uno-seiscientos cincuenta y nueve-setecientos setenta y nueve,  se encuentra atrasado en el cumplimiento y debido pago del crédito garantizado en el Contrato antes indicado. 2-) Que en vista de lo anterior y  al no haberse realizado los pagos solicitados por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Banco Improsa Sociedad Anónima, ha recibido instrucciones expresas del Fideicomisario Único para proceder con la ejecución del Contrato de Fideicomiso y realizar la publicación del edicto de primer remate de la finca del partido de San José matrícula de Folio Real número: cuatrocientos treinta y dos mil novecientos sesenta-cero cero cero, misma que conforma el Patrimonio del Fideicomiso y garantía del crédito otorgado y 3-) Que según lo establecido en la cláusula 2.05 del Fideicomiso de Garantía denominado I-3461-2012, el señor Douglas Agüero Picado, cédula de identidad número uno-seiscientos cincuenta y nueve-setecientos setenta y nueve, en su condición de Fideicomitente-Deudor, cuenta con el plazo de diez días naturales contados a partir de  la fecha de esta publicación, para desalojar la propiedad antes indicada. En caso de no cumplirse con lo establecido en dicha cláusula, se iniciarán las gestiones de desalojo Administrativo. La presente comunicación se realiza en cumplimiento de lo indicado en la cláusula 5.11 del Fideicomiso antes mencionado. Es todo.—San José, nueve de julio del año dos mil doce.—Alfonso Meléndez Vega, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—(IN2012072874).

COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA RICA

COMUNICA:

Que la Junta Directiva con fundamento en lo establecido en el artículo 14 de la Ley Nº 7221 y con base en la potestad que le concede el inciso k) artículo 47 de la citada ley, acordó en la sesión 15-2012, celebrada el 25 de junio del 2012, suspender del ejercicio de la profesión a los siguientes colegiados:

Número

Nombre

Cédula

005222

Sánchez Chang Raúl Fernando

1801442

004761

Elizondo Cerdas Rosaura

1874888

004858

Méndez Osegueda Eduardo

1882023

000945

Herrera Molina Jeannette

2322717

002774

Acosta Solórzano Raúl

2373539

003029

Calderón Solano Ana Guiselle

3245269

003772

Acuña Pérez Walter

3255217

002508

Miranda Murillo Omar

5165019

004054

Solórzano Arroyo José Arturo

6226371

003093

Gómez Lugo José María

8053909

002011

Araya Jiménez Juan Eliécer

104300590

0AF436

García Díaz Fernando

105270588

005932

Delgado Torres Adrián

111250962

007017

Elizondo Herrera Marilyn Andrea

112110442

003183

Sandí Chavarría Juan Luis

202831127

003604

Solano Torres Miguel Ángel

202980139

0AF550

Hernández Cruz Fátima María

205690881

006830

Villalobos Acuña Laura Verónica

206170057

006610

Vargas Sánchez Edwin Alonso

401920034

007145

Martínez Flores José Miguel

501590295

005718

González López Douglas Antonio

502740271

006814

Zúñiga Bermúdez Julio Cesar

503270284

006300

Rodríguez González Harold

602780802

006143

Franco Mejía Lorena Guadalupe

800980719

004593

Marín Castro Deoli Mireya

900830433

005898

Gutiérrez Arroyo Edgar

901010630

Así mismo informa que el Colegio efectuará las acciones que considere necesarias ante quien corresponda, con el propósito de evitar que los colegiados citados ejerzan la profesión, mientras se mantengan en su condición de suspendidos.

Por Junta Directiva.—Ing. Agr. Cristóbal Montoya Marín, Presidente.—Ing. Agr. Óscar Valladares Araya, Secretario.—Ing. Agr. Walter Badilla Arroyo, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2012072987).

Yo, Manuel Solís Vargas, mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad uno-setecientos cincuenta y seis-ochocientos veintiuno, vecino de Santa Ana, en mi condición de representante legal de la Asociación Deportiva Municipal Santa Ana, cédula jurídica tres-cero cero dos, uno cuatro uno cinco tres ocho, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los siguientes libros: Diario 2, Mayor 2, Inventarios y Balances 2, Actas de Junta Directiva 2, Registro de Asociados 2, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Santa Ana, 11 de julio del 2012.—Manuel Antonio Solís Vargas, Presidente.—1 vez.—(IN2012073885).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por escritura otorgada en esta ciudad ante los notarios Mario Alberto Umaña Rojas y el suscrito, a las 9 horas del 18 de mayo en curso, Ricrisán de Salud S. A., cédula jurídica 3-101-511301, traspasó a Farmacia Rohrmoser S. A., cédula jurídica 3-101-301438, el establecimiento mercantil denominado Farmacia Rohrmoser, situada en San José, 250 metros sur antes de llegar al final del boulevard. El precio de la venta quedó depositado en manos de la señora Jacinta Acón Ng, cédula de identidad 8-041-850, apoderada de la compradora quien lo entregará a la transmitente, una vez que hayan transcurrido 15 días a partir de la primera publicación, de las 3 publicaciones consecutivas que se harán en el Diario Oficial, citando a acreedores e interesados para que se presenten a hacer valer sus derechos en la citada Farmacia o al teléfono 2232-2873. La entrega del dinero a la vendedora se hará según la normativa del Código de Comercio.—San José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Eduardo Con Sanchún, Notario.—RP2012302066.—(IN2012067689).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por escritura otorgada, a las quince horas del dieciséis de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos por los que se disminuye el capital social de la empresa Constenla S. A.—San José, 16 de junio del 2012.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.— (IN2012068823).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura número cincuenta y dos de las diez horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se disuelve la sociedad Palm Casinos S. A.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012308970.—(IN2012069484).

Por escritura número sesenta y dos de las siete horas treinta minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se disuelve la sociedad Proyectos Desarrollos Industriales Eléctrico Metal Mecánicos S. A.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012308971.—(IN2012069485).

Por escritura número cincuenta y cuatro de las doce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se disuelve la sociedad Property Partners S. A.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Warner Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012308972.—(IN2012069486).

Por escritura número ciento treinta y siete-doce, otorgada ante mi notaría, protocolo número doce, a las quince horas del día veintiocho de junio del año dos mil doce, se reformó el estatuto de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta mil quinientos noventa y siete sociedad anónima, en cuanto a su razón social.—Puntarenas, 28 de junio del año 2012.—Lic. Javier Desanti Henderson, Notario.—1 vez.—RP2012308973.—(IN2012069487).

Por escritura número sesenta y tres de las siete horas treinta y cinco minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se disuelve la sociedad Electro Gama S. A.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Waner Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012308974.—(IN2012069488).

Por escritura número ciento treinta y cinco-doce, otorgada ante mi notaría, protocolo número doce, a las diez horas del día veintiocho de junio del año dos mil doce, se disolvió la entidad denominada La Confianza de Esparza F.Y.M. Sociedad Anónima.—Puntarenas, 28 de junio del año 2012.—Lic. Javier Desanti Henderson, Notario.—1 vez.—RP2012308975.—(IN2012069489).

Por escritura número cincuenta y seis de las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se disuelve la sociedad Guanacaste Digital S. A.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012308976.—(IN2012069490).

Por escritura número cincuenta y siete de las siete horas cinco minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se disuelve la sociedad Decoración Italiano S. A.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Waner Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012308977.—(IN2012069491).

Por escritura número ciento treinta y seis-doce, otorgada ante mi notaría, protocolo número doce, a las trece horas del día veintiocho de junio del año dos mil doce, se disolvió la entidad denominada Racavi Sociedad Anónima.—Puntarenas, 28 de junio del año 2012.—Lic. Javier Desanti Henderson, Notario.—1 vez.—RP2012308978.—(IN2012069492).

Por escritura número cincuenta y nueve de las siete horas cinco minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se disuelve la sociedad Cuquicoquette S. A.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012308979.—(IN2012069493).

Por escritura número sesenta de las siete horas veinte minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se disuelve la sociedad Plastorgvat S. A.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012308980.—(IN2012069494).

Por escritura otorgada ante mí, 18:30 horas del día 28 de junio del año 2012, protocolicé acuerdo de asamblea extraordinaria de socios de Patou Transporte Sociedad Anónima, en la que por unanimidad se acuerda disolver la empresa.—Esparza, 28 de junio del 2012.—Lic. Franklin José Garita Cousin, Notario.—1 vez.—RP2012308983.—(IN2012069496).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, el día 28 de junio del 2012, a las trece y quince horas respectivamente, se disolvieron por acuerdo de socios de conformidad con el artículo 201, inciso d, del Código de Comercio de la República de Costa Rica, las sociedades: Servicios Integrados Almeka S. A., cédula jurídica 3-101-464077 y Corporación Textil F & R S. A., cédula jurídica 3-101-236363, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio, se otorga un plazo de 30 días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—Escazú, 28 de junio del 2012.—Lic. Mayra Tatiana Alfaro Porras, Notaria.—1 vez.—RP2012308984.—(IN2012069497).

El día de hoy por escritura 183 otorgada a las 8:30 horas los socios de Agrorita Ltada., cédula jurídica: 3-102-038038, acuerdan disolver dicha entidad.—28 de junio del año 2012.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012308986.—(IN2012069498).

El día de hoy por escritura 184 otorgada a las 9:00 horas los socios  de  Soluciones  Técnicas  Inmobiliarias  de  Costa  Rica S. A., cédula jurídica 3-101-43080, acuerdan disolver dicha entidad.—28 de junio del año 2012.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012308987.—(IN2012069499).

Mediante escritura número sesenta y ocho de las once horas con veintiséis minutos del día veintiséis de junio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Ramos Vargas S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y cinco mil novecientos sesenta, se disolvió y liquidó dicha sociedad.—Guadalupe, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Lucy Dayana Camacho Guzmán, Notaria.—1 vez.—RP2012308989.—(IN2012069500).

Ante esta notaría, a las dieciséis horas del día seis de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Checo Checa S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cinco mil trescientos treinta y ocho, mediante la cual se acordó liquidar y disolver esta sociedad.—Guadalupe, seis de junio del dos mil doce.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1 vez.—RP2012308991.—(IN2012069501).

Inversiones GVT Gabipat Sociedad Anónima, acuerda disolver la sociedad, escritura Nº 93, otorgada en San José, a las 10 horas del 28 de junio del 2012.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012308992.—(IN2012069502).

Servicios de Consultoría Profesional SECOP Sociedad Anónima, acuerda disolver la sociedad, escritura Nº 95, otorgada en San José, a las 11 horas del 28 de junio del 2012.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012308994.—(IN2012069503).

Inversiones Roilka Sociedad Anónima, acuerda disolver la sociedad, escritura Nº 87, otorgada en San José a las 15 horas del 15 de junio del 2012.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012308995.—(IN2012069504).

Domus Duarte Villalobos Sociedad Anónima, acuerda disolver la sociedad, escritura Nº 93, otorgada en San José a las 9:00 horas del 28 de junio del 2012.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012308996.—(IN2012069505).

En escritura otorgada en esta notaría a las 10:00 horas del 28 de junio del 2012, los socios disolvieron por acuerdo la sociedad Bufete Quesada Madrigal S. A., cédula jurídica 3-101-137334.—San José, Tibás, 28 de junio del 2012.—Lic. Edgar Gutiérrez López, Notario.—1 vez.—RP2012308997.—(IN2012069506).

Vielka Yasel de Aranjuez S. A., cédula jurídica 3-101-515551, acordó disolverla S. A., con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Cualquier comunicado puede hacerlo al correo consorciogomez@gmail.com.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Gómez Castro, Notario.—1 vez.—RP2012308998.—(IN2012069507).

Mediante escritura número cuatrocientos veinte del tomo octavo. Hoy se disolvió la sociedad Views of Venice S.R.L., cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y cinco mil doscientos dieciocho.—San José, quince de marzo del dos mil doce.—Lic. Rómulo Eduardo Pacheco Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012308999.—(IN2012069508).

En escritura otorgada en esta notaría alas 16:00 horas de hoy, el señor Matthew Mitchell Cook sin segundo apellido y disuelve la sociedad Desarrollo Verde NFR Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012309000.—(IN2012069509).

Inversiones Grecal S.B. S. A., cédula jurídica 3-101-089143, acordó disolver la S. A., con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Cualquier comunicado puede hacerlo al correo consorciogomez@gmail.com.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Gómez Castro, Notario.—1 vez.—RP2012309001.—(IN2012069510).

Mediante escritura número cuatrocientos veintiséis del tomo octavo: Hoy se disolvió la sociedad Servicios Profesionales y Docentes San M.P. S. A.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Rómulo Eduardo Pacheco Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012309002.—(IN2012069511).

Novamundy S. A., cédula jurídica 3-102-605859, acordó disolver la S. A., con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio. Cualquier comunicado puede hacerlo al correo consorciogomez@gmail.com.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Gómez Castro, Notario.—1 vez.—RP2012309003.—(IN2012069512).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:15 horas del 21 de junio del 2012, se solicita la disolución de la mercantil Grupo Latinoamericano de Inversiones S. A., cédula jurídica número 3-101-089425 por acuerdo de socios.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—RP2012309064.—(IN2012069513).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:10 horas del 27 de junio del 2012, se solicita la disolución de la mercantil Street Road S. A., cédula jurídica 3-101-550732 por acuerdo de socios.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—RP2012309005.—(IN2012069514).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:50 horas del 22 de junio del 2012, se solicita la disolución de la mercantil Autorestauraciones Prado y Cirman S. A., cédula jurídica número 3-101-265306 por acuerdo de socios.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—RP2012309006.—(IN2012069515).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:05 horas del 13 de junio del 2012, se solicita la disolución de la mercantil Safe Solutions P.P.B. S. A., cédula jurídica 3-101-516933 por acuerdo de socios.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—RP2012309007.—(IN2012069516).

Mediante escritura publica número siete-cuatro, visible al folio cuatro vuelto, del tomo cuatro del protocolo del notario Andrés Francisco González Angada, se protocoliza fusión de las sociedades denominadas P G Diez Tepezcuintle X Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres nueve cero dos uno ocho, P G Tres El Tigre III Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa mil ciento setenta y dos, P G Dos Ceibo II Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa mil cuatrocientos tres, Leopard Spots Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos diecinueve, Guiones River Otters Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-trescientos ochenta mil setecientos sesenta y nueve y Guiones Blue Thunder Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-tres ocho cuatro nueve cinco ocho, prevaleciendo la ultima, así mismo se modifica el capital social de dicha compañía. Es todo.—Nosara, Guanacaste, al ser las doce horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—RP2012309008.—(IN2012069517).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 27 de junio del 2012, se solicita la disolución de la mercantil Autorestauracines Pelán S. A., cédula jurídica 3-101-566182 por acuerdo de socios.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Siu-Len Wing-Ching Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012309009.—(IN2012069518).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 26  de  junio  del  2012,  se  solicita  la  disolución de la mercantil A & B Consultores Periodísticos S. A., cédula jurídica 3-101-181796 por acuerdo de socios.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Melina Cortés Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012309010.—(IN2012069519).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del 26 de junio del 2012, se solicita la disolución de la mercantil Mayka Soluciones Integrales S. A., cédula jurídica 3-101-418124 por acuerdo de socios.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Rafael Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012309011.—(IN2012069520).

Mediante escritura cuatro-cuatro visible al folio dos vuelto del tomo cuarto del Licenciado Andrés González Anglada, se procedió al cierre de la compañía denominada El Loco Mar de Jabilla Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-cuatro nueve tres cuatro cinco tres, de conformidad con el transitorio II de la ley nueve mil veinticuatro. Es todo.—Nosara, Guanacaste, al ser las catorce horas un minuto del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—RP2012309012.—(IN2012069521).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 30 de abril del 2012, se solicita la disolución de la mercantil 3-101-518728 s. a., cédula jurídica 3-101-518728 por acuerdo de socios.—San José, 30 de abril del 2012.—Lic. Rafael Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012309013.—(IN2012069522).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:20 horas del 21 de junio del 2012, se solicita la disolución de la mercantil Inversiones Panamericanas H.J. S. A., cédula jurídica 3-101-102430 por acuerdo de socios.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—RP2012309014.—(IN2012069523).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 20 de junio del 2012, se solicita la disolución de la mercantil Inversiones Amores de Rohmoser S. A., cédula jurídica 3-101-4911l5 por acuerdo de socios.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Rafael Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012309015.—(IN2012069524).

Por escritura número uno, tomo IV de mi protocolo, otorgada el día veintinueve junio del dos mil doce, ante esta notaría, se solicita fusión de la sociedad anónima denominada Investment Concepts Sociedad Anónima, por parte de Inmobiliaria La Pinta Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Iván Villegas Franco, Notario.—1 vez.—RP2012309016.—(IN2012069525).

Se disuelven las sociedades denominadas, Tintas Sánchez Sociedad Anónima, Corporación Care de Centroamerica S. A., Security Advisor of Costa Rica S. A. y Markup-Creations Sociedad Anónima. No se nombra liquidador. Por sendas escrituras otorgadas a las 18:00 horas de 20 de junio, 8:00 y 8:30 horas del 26 de junio, y 8:00 horas del 27 de junio del 2012.—Lic. Carlos Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—RP2012309017.—(IN2012069526).

En esta notaría a las dieciséis horas del veintiséis de junio del dos mil doce, en escritura número doscientos cuarenta y cuatro, se disuelve sociedad anónima denominada, Ulshy S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Monge Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012309018.—(IN2012069527).

En esta notaría a las quince horas del veintiséis de junio del dos mil doce, en escritura número doscientos cuarenta y tres, se disuelve sociedad anónima denominada, Piscinas Cristalinas de Costa Rica S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Monge Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012309019.—(IN2012069528).

Por escritura otorgada a las ocho horas cuarenta minutos del veintidós de junio del dos mil doce, en esta notaría, se protocoliza acta de liquidación de la sociedad denominada Marana del Este Veintinueve S. A.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Sánchez Garbanzo, Notario.—1 vez.—RP2012309020.—(IN2012069529).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas veinte minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, en esta notaria, se protocoliza acta de liquidación de la sociedad denominada Edbagras Limitada.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Sánchez Garbanzo, Notario.—1 vez.—RP2012309021.—(IN2012069530).

Se disuelve la sociedad León Alado Sociedad Anónima. No se nombra liquidador. Escritura otorgada a las 14:00 horas del 22 junio del 2012.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—RP2012309023.—(IN2012069531).

Se disuelve la sociedad Arco Iris de Montezuma Sociedad Anónima. No se nombra liquidador. Escritura otorgada a las 13:00 horas del 21 de junio del 2012.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—RP2012309024.—(IN2012069532).

Por escritura otorgada ante mí, se solicita al Registro Nacional proceda a desinscribir la sociedad denominada Complejo Automotriz Firesa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento once mil cuatrocientos cincuenta y ocho, lo anterior al amparo de la ley nueve mil veinticuatro.—Ciudad Quesada, San Carlos, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Olga Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012309025.—(IN2012069533).

Por escritura otorgada ante mí, se solicita al Registro Nacional proceda a desinscribir la sociedad denominada Llantas Firmes y Resistentes Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos nueve mil novecientos ochenta y siete, lo anterior al amparo de la ley nueve mil veinticuatro.—Ciudad Quesada, San Carlos, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Olga Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012309026.—(IN2012069534).

Por escritura otorgada ante mí, se solicita al Registro Nacional proceda a desinscribir la sociedad denominada Jiménez y Guerrero Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y nueve mil novecientos nueve, lo anterior al amparo de la ley nueve mil veinticuatro.—Ciudad Quesada, San Carlos, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012309027.—(IN2012069535).

Por escritura otorgada ante mí, se solicita al Registro Nacional proceda a desinscribir la sociedad denominada Fabarma e Hijos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y cinco mil ciento cuarenta y siete, lo anterior al amparo de la ley nueve mil veinticuatro.—Ciudad Quesada, San Carlos, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012309028.—(IN2012069536).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día veintisiete de junio del presente año, se disuelve Natajor Punto Com Sociedad Anónima, no se nombra liquidador por no existir dinero acreencias ni deudas.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Víctor Raúl Obando Mendoza, Notario.—1 vez.—RP2012309029.—(IN2012069537).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día veintiocho de junio del presente año, se disuelve Duva de Cartago Sociedad Anónima, no se nombra liquidador por no existir dinero acreencias ni deudas.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Víctor Raúl Obando Mendoza, Notario.—1 vez.—RP2012309030.—(IN2012069538).

Yo, Ileana Patricia Vega Montero, notaría pública con oficina en San José, Paseo de los Estudiantes, costado norte de la iglesia La Soledad, casa 969, hago del conocimiento público, que en mi notaría, en escritura número 184, visible al folio 200 frente del tomo 9 de mi protocolo, otorgada a las 14:30 horas del 28 de junio del 2012, la suscrita protocolizó el acta número uno de la sociedad denominada Florivare Sociedad Anónima, número de cédula jurídica 3-101-231200, en donde se acuerda disolver ésta sociedad.—San José, veintiocho de junio del 2012.—Lic. Ileana Patricia Vega Montero, Notaria.—1 vez.—RP2012309031.—(IN2012069539).

Por escritura número veintinueve otorgada en San José a las nueve horas y cuarenta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la Sociedad Anónima Soluciones para Vestir S. A., y se acuerda disolver la sociedad. Por la Licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, nueve horas y cincuenta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309032.—(IN2012069540).

Por escritura número treinta otorgada en San José, a las diez horas y veinte minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima Arelinda de Monte Alto S. A., y se acuerda disolver la sociedad. Por la Licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, diez horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309034.—(IN2012069541).

Por escritura número treinta y uno otorgada en San José, a las once horas y diez minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima Bosques El Abedul S. A., y se acuerda disolver la sociedad. Por la Licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, once horas y veinte minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309035.—(IN2012069542).

Por escritura número treinta y dos otorgada en San José, a las once horas y cincuenta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima Loringo S. A., y se acuerda disolver la sociedad. Por la Licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, doce horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309036.—(IN2012069543).

Por escritura número treinta y tres otorgada en San José, a las doce horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima Importadora Estilo Libre S. A., y se acuerda disolver la sociedad. Por la Licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, doce horas y cuarenta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309037.—(IN2012069544).

Por escritura otorgada a las diez horas del veintiocho de junio de dos mil doce, ante esta notaría se otorgó escritura de disolución, por acuerdo de socios de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos treinta y siete mil doscientos cincuenta y seis sociedad anónima, artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2012309038.—(IN2012069545).

Por escritura otorgada a las diez horas del veintiocho de junio de dos mil doce, ante esta notaría se otorgó escritura de disolución, por acuerdo de socios de la sociedad denominada Soluciones Contables Condesa de Penaguel Limitada, artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 29 de junio de 2012.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2012309039.—(IN2012069546).

Por escritura otorgada a las diez horas del veintiocho de junio de dos mil doce, ante esta notaría se otorgó escritura de disolución, por acuerdo de socios de la sociedad denominada Soluciones Lualbert Sociedad Anónima, artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 29 de junio de 2012.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2012309040.—(IN2012069547).

Por escritura otorgada a las nueve horas del veintiocho de junio de dos mil doce, ante esta notaría se otorgó escritura de disolución, por acuerdo de socios de la sociedad denominada Soluciones Dudu Sociedad Anónima, artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 29 de junio de 2012.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2012309041.—(IN2012069548).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del veintiocho de junio de dos mil doce, ante esta notaría se otorgó escritura de disolución, por acuerdo de socios de la sociedad denominada Música y Cosas Sociedad Anónima, artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 29 de junio de 2012.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2012309042.—(IN2012069549).

Por escritura otorgada en mi notaría, al ser las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad: Inversiones RAM de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y nueve mil setecientos sesenta y dos, domiciliada en barrio El Jardín de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, contiguo a Refrigeración Arias; de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, San Carlos, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012309043.—(IN2012069550).

Por escritura otorgada en mi notaría, al ser las ocho horas con treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad: Mirador del Monte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos mil cuatrocientos cuarenta y ocho, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, setenta y cinco metros al oeste del Banco Popular, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, San Carlos, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012309044.—(IN2012069551).

Por escritura otorgada en mi notaría, al ser las ocho horas con quince minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad: Inversiones J.R. Huetar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y nueve mil setecientos cuarenta y ocho, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, en Ferretería El Roble, cien metros al este de Autos San Carlos; de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, San Carlos, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012309045.—(IN2012069552).

A las nueve horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Consultoría Interdisciplinaria en Transporte S. A. donde se acordó disolver la sociedad de acuerdo con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Jacquelinne Martínez Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012309046.—(IN2012069553).

Ante esta notaría, se protocoliza acta de disolución de la empresa Guayacán Adventures S. A., cédula jurídica: tres-uno cero uno-quinientos treinta y ocho mil ciento dieciséis. No hay activos ni pasivos, ante las notarias Sonia Montero Briceño y Hazel Villalobos Villar.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—RP2012309047.—(IN2012069554).

Por escritura otorgada en mi notaría, al ser las dieciséis horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad: Ganadera Era Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y un mil cuatrocientos veintiocho, domiciliada en Venado, San Carlos, Alajuela, dos kilómetros al este de la iglesia; de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, San Carlos, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012309049.—(IN2012069555).

A las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Impresos La Araucania S. A., donde se acordó disolver la sociedad de acuerdo con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—Cartago, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Jacquelinne Martínez Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012309051.—(IN2012069556).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas del día de hoy, se disuelve la compañía Corporación Indio Athuey Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012309052.—(IN2012069557).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Arclad de Centro América Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo en cuanto a domicilio social. Se aceptan las renuncias del secretario y la tesorera de la junta directiva y se nombran nuevos.—San José, catorce de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012309054.—(IN2012069558).

Por escrituras números ciento setenta y uno y ciento setenta y siete otorgadas ante mi notaría, a las dieciocho horas y veintitrés horas y treinta minutos del tres de abril del dos mil doce, protocolicé acta de disolución de las sociedades Grupo Guayacán La Unión Número Tres S. A. y Adminiservicios BP S. A. respectivamente.—San José, cuatro de abril del 2012.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—RP2012309056.—(IN2012069559).

Por escrituras números; ciento sesenta y siete, ciento setenta y ocho y ciento setenta y nueve, otorgadas ante mi notaria, a las diecisiete, dieciocho y diecinueve horas del cuatro de abril del dos mil doce, protocolicé acta de disolución de las sociedades denominadas Corporación Forestal del Caribe S. A., Polute GJT S. A. y Tekaforesta del Valle S. A., respectivamente.—San José, 4 abril del 2012.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—RP2012309057.—(IN2012069560).

El día 27 de junio del 2012, compareció ante esta notaría el señor Torres Solano Rigoberto, cédula de identidad número tres-cero tres cuatro tres-cero cuatro uno siete, a protocolizar el acta de disolución de Imprenta Torres Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-uno cero dos-cero uno dos seis seis siete.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—RP2012309058.—(IN2012069561).

El día 26 de junio del 2012, se procede a protocolizar acta general extraordinaria de Scalamon cédula jurídica 3-101-174309 Sociedad Anónima, para cambiar domicilio social.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—RP2012309059.—(IN2012069562).

El día 26 de junio del 2012, compareció ante esta notaría los señores Gamboa Zamora Claudio, cédula 1-746-442 y Ronald Gamboa Zamora, cédula 1-645-217, para constituir, disolver la sociedad 3-101-631476.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—RP2012309060.—(IN2012069563).

Por escritura otorgada a las doce horas del 20 de junio de 2012, se disolvió la sociedad denominada Las Jalapas Club de Playa Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones suscrito y pagado.—San José, 26 de junio de 2012.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309061.—(IN2012069564).

Por escritura otorgada a las once horas del 20 de junio de 2012, se disolvió la sociedad denominada Inversiones La Negrita Cucurumbé Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones suscrito y pagado.—San José, 26 de junio de 2012.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309062.—(IN2012069565).

Por escritura otorgada a las nueve horas veinte minutos del 20 de junio de 2012, se disolvió la sociedad denominada Mar Azul Playas del Coco Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones suscrito y pagado.—San José, 26 de junio de 2012.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309063.—(IN2012069566).

Por escritura otorgada ante esta notaría, disuelven la sociedad Canine Segurity International de Costa Rica S. A. Escritura otorgada en San José a las doce horas del veintiocho de junio del 2012.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309064.—(IN2012069567).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintiocho de junio dos mil doce, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios mediante la cual se dispone la disolución de la sociedad Empresa Social Alternativa ESA S. A., a partir del veintisiete de junio de este dos mil doce, y se designa como liquidador a su presidente Carlos Enrique Balma Alfaro, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Óscar Arias Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012309065.—(IN2012069568).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Ruivar del Caribe S. A., mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Olga Cascante Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2012309067.—(IN2012069569).

Por escritura otorgada ante esta notaría, disuelven la sociedad AA ABSIT Seguros S. A. Escritura otorgada en San José.—San José a las diecisiete horas del veintiocho de junio del 2012.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309068.—(IN2012069570).

Se emplaza a cualquier interesado para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, haga valer sus derechos u oponerse judicialmente de conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio en relación a la liquidación de la sociedad denominada Asesores Barrantes J.O.R.O.L.U. Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y un mil ochocientos once.—Jacó, 28 de junio del 2012.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2012309069.—(IN2012069571).

Óscar Rojas Cambronero, solicita disolución de la sociedad Alfer de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica ciento cuarenta y dos mil doscientos veintidós.—San Ramón, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Otto André Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012309070.—(IN2012069572).

Se emplaza a cualquier interesado para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, haga valer sus derechos u oponerse judicialmente de conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio en relación a la liquidación de la sociedad denominada Lobster Lounge Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y nueve mil quinientos setenta y dos.—Jacó, 28 de junio del 2012.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2012309071.—(IN2012069573).

Por acuerdo unánime de socios de la sociedad Kiaritas de San Ramón S. A., cédula jurídica 3-101-479709, se procede a realizar la disolución de la misma, a partir del 26 de junio del dos mil doce.—Lic. Isel Robles Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2012309072.—(IN2012069574).

Se emplaza a cualquier interesado para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, haga valer sus derechos u oponerse judicialmente de conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio en relación a la liquidación de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos dos mil cuatrocientos cincuenta y tres sociedad anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos dos mil cuatrocientos cincuenta y tres.—Jacó, 28 de junio del 2012.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2012309073.—(IN2012069575).

Hoy ante esta co-notaría, los accionistas de la sociedad Asesores Alfaqui Sociedad Anónima; solicitan su disolución.—San José 28 de junio del 2012.—Lic. Anabelle López Delgado, Conotaria.—1 vez.—RP2012309074.—(IN2012069576).

Hoy ante esta notaría, los accionistas de la Corporación Henoel Sociedad Anónima, y Despacho Jurídico Mora Espinoza y Asociados Sociedad Anónima; solicitan su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Anabelle López Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2012309075.—(IN2012069577).

Por escritura número trescientos veinticuatro, visible al folio ciento cincuenta frente del tomo décimo otorgada hoy ante mí, en la ciudad de Guápiles, Pococí, Limón, a las 15:00 horas del 27 de junio del 2012, la sociedad denominada Incorrica de San Gerardo Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-524867, en la cual se acuerda disolver la presente sociedad.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309076.—(IN2012069578).

Hoy ante esta notaría, los accionistas de la sociedad Los Pequeños Pasos S. A. y Sedapa S. A.; solicitan su disolución.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Randall Alberto Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2012309077.—(IN2012069579).

Óscar Rojas Cambronero y Shirley Paniagua Paniagua, solicitan disolución de la sociedad innominada, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y seis mil ciento dieciocho.—San Ramón veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Otto André Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012309079.—(IN2012069580).

Boris Jurado Carvajal solicita disolución de la sociedad Consultorías y Sistemas BEKH Sociedad Anónima, cédula jurídica trescientos cuarenta y tres mil trescientos veinticinco.—San Ramón veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Otto André Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012309080.—(IN2012069581).

Ante esta notaría, a las siete horas treinta minutos del día de hoy, se disolvió la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Polmi del Divino Niño Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil veintidós.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2012309081.—(IN2012069582).

Ante este notario, mediante escritura número cincuenta y nueve de las nueve horas del veintinueve de junio de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad JV Inversiones Caerobareque Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta mil setecientos treinta y seis. Es todo.—San José, veintinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309082.—(IN2012069583).

Que al ser las 9:30 horas del 28 de junio del 2012, mediante escritura número 107 del tomo 2 de mi protocolo, protocolicé el acuerdo de asamblea general extraordinaria de Consultores Romego Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos quince mil ciento sesenta y siete, donde se acuerda su disolución.—San Ramón, 28 de junio del 2012.—Lic. Laura Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012309083.—(IN2012069584).

Ante esta notaría, a las siete horas del día de hoy, se disolvió la sociedad de esta plaza denominada Tres Ciento Uno-Quinientos Veintiséis Mil Novecientos Sesenta y Siete Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil novecientos sesenta y siete.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2012309084.—(IN2012069585).

Ante este notario, mediante escritura número cincuenta y seis de las dieciocho horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad La Florcita Roja de Álvaro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y un mil doscientos treinta y uno. Es todo.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309085.—(IN2012069586).

Que al ser las 9:00 horas del 28 de junio del 2012, mediante escritura número 106 del tomo 2 de mi protocolo, protocolicé el acuerdo de asamblea general extraordinaria de Tamar de Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos sesenta y un mil trescientos noventa y cuatro, donde se acuerda su disolución.—San Ramón, 28 de junio del 2012.—Lic. Laura Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012309086.—(IN2012069587).

Ante este notario, mediante escritura número cincuenta y cinco de las dieciocho horas del veintiocho de junio de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad La Florcita Amarilla de Luis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta un mil cuatrocientos cinco. Es todo.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309087.—(IN2012069588).

Ante este notario, mediante escritura número cincuenta y cuatro de las diecisiete horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad La Florcita Blanca de Daniel Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y cinco mil setecientos siete. Es todo.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309088.—(IN2012069589).

Por cambio de junta directiva Frepaes Grupo Independiente Sociedad Anónima, cédula tres ciento uno seis tres cinco dos siete tres, presidenta Lourdes Azofeifa Jiménez, mediante escritura: cuatrocientos noventa-seis del veintisiete de junio de dos mil doce.—Pérez Zeledón, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Diana Chaves Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309089.—(IN2012069590).

Ante este notario, mediante escritura número cincuenta y tres de las diecisiete horas del veintiocho de junio de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad Grupo Inmobiliario Siglo de Oro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos quince mil ochocientos dieciséis. Es todo.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309090.—(IN2012069591).

La sociedad denominada Bama de La Bajura Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta mil seiscientos setenta y cuatro, representada por su presidente Pedro Barrios Bastidas, ciudadano venezolano, mayor, casado una vez, licenciado en contaduría pública, vecino de Santa Cruz Guanacaste, frente a Coopemapro R.L., cédula de residencia número cuatrocientos ochenta-uno seis dos cinco cinco uno-cero cero cero nueve ocho cero, actualmente cédula de residente permanente libre de condición número uno ocho seis dos cero cero cero uno cinco tres cero seis; procede a disolver sociedad anónima.—Santa Cruz, Guanacaste, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1 vez.—RP2012309091.—(IN2012069592).

Por escritura ciento veintiocho-veinticuatro otorgada en esta notaría el día veintiocho de junio del dos mil doce, a las diecinueve horas con treinta minutos, se procede con la disolución de la sociedad denominada: Asesoría Agropecuaria Ajosoma Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-440140. Se acuerda la disolución de la sociedad y por no existir bienes se prescinde del nombramiento de liquidador y trámites de liquidación.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Belisario Antonio Solano Solano, Notario.—1 vez.—RP2012309092.—(IN2012069593).

La sociedad denominada Inversiones JSZ in Guipuzcua Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos diez mil doscientos noventa y cinco, representada por su presidenta María de los Ángeles Molina González, mayor, soltera, empresaria, vecina de Playa Tamarindo de Santa Cruz, en Cabinas Marielos, cédula número dos-doscientos cuarenta y cuatro-seiscientos noventa; procede a disolver sociedad anónima.—Santa Cruz, Guanacaste, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1 vez.—RP2012309093.—(IN2012069594).

Por escritura ciento veintisiete-veinticuatro otorgada en esta notaría el día veintiocho de junio del dos mil doce, a las diecinueve horas, se procede con la disolución de la sociedad denominada: Comercial Los Amigos de Tierra Blanca Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-217000. Se acuerda la disolución de la sociedad y por no existir bienes se prescinde del nombramiento de liquidador y trámites de liquidación.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Belisario Antonio Solano Solano, Notario.—1 vez.—RP2012309094.—(IN2012069595).

En esta notaría pública se procedió a solicitar al Registro Mercantil, del Registro Público, la disolución de la sociedad anónima con la siguiente razón social Inversiones J C de Cartago Anónima. Representada por Juan Carlos Salazar Mora escritura otorgada a las trece horas del veintisiete de junio del dos mi doce.—Lic. Sick Abdul Rezak Bustos, Notario.—1 vez.—RP2012309095.—(IN2012069596).

Por escritura ciento veintinueve-veinticuatro otorgada en esta notaría el día veintiocho de junio del dos mil doce, a las veinte horas, se procede con la disolución de la sociedad denominada: Fiestas Brumosas Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-123638. Se acuerda la disolución de la sociedad y por no existir bienes se prescinde del nombramiento de liquidador y trámites de liquidación.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Belisario Antonio Solano Solano, Notario.—1 vez.—RP2012309096.—(IN2012069597).

Por escritura ciento veinticinco-veinticuatro otorgada en esta notaría el día veintiocho de junio del dos mil doce, a las ocho horas, se procede con la disolución de la sociedad denominada: Transmisiones Deportivas Becara Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-095277. Se acuerda la disolución de la sociedad y por no existir bienes se prescinde del nombramiento de liquidador y trámites de liquidación.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Belisario Antonio Solano Solano, Notario.—1 vez.—RP2012309098.—(IN2012069598).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la disolución de la sociedad de esta plaza denominada Coll Car. U S. A., cédula jurídica 3-101-334803, la cual se encuentra inscrita en el Registro Mercantil al tomo 1638, asiento 16710. Siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo Manuel Emilio Solano Chinchilla; con cédula de identidad número 1-1090-515 para que dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, Desamparados, Residencia Casa Blanca casa número 30.—Lic. José Alberto Delgado Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012309099.—(IN2012069599).

Por escritura ciento veintiséis-veinticuatro otorgada en esta notaría el día veintiocho de junio del dos mil doce, a las dieciocho horas, se procede con la disolución de las sociedades denominadas: Corporación Jaigela Veinticuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos mil doscientos treinta y uno, Analtex Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos diecinueve mil ciento veintiuno y A La Moda Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinte mil quinientos treinta y ocho. Se acuerda la disolución de la sociedad y por no existir bienes se prescinde del nombramiento de liquidador y trámites de liquidación.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Belisario Antonio Solano Solano, Notario.—1 vez.—RP2012309100.—(IN2012069600).

Por escritura doscientos ochenta y seis-dos otorgada en esta notaría el día 28 de junio del dos mil doce, a las 8:30 horas, se procede con la disolución de la sociedad denominada: Imprenta Rigon Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-049404. Se acuerda la disolución de la sociedad y por no existir bienes se prescinde del nombramiento de liquidador y trámites de liquidación.—Cartago, 29 junio dos mil doce.—Lic. Jorge Eduardo Sanabria Rosito, Notario.—1 vez.—RP2012309101.—(IN2012069601).

Por escritura doscientos ochenta y cinco-dos otorgada en esta notaría el día 28 de junio del dos mil doce, a las 8:00 horas, se procede con la disolución de la sociedad denominada: Arte y Decoración Picado Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-181056. Se acuerda la disolución de la sociedad y por no existir bienes se prescinde del nombramiento de liquidador y trámites de liquidación.—Cartago, 29 junio dos mil doce.—Lic. Jorge Eduardo Sanabria Rosito, Notario.—1 vez.—RP2012309102.—(IN2012069602).

Por escritura doscientos ochenta y cuatro-dos otorgada en esta notaría el día veinticuatro de junio del dos mil doce, a las quince horas, se procede con la disolución de la sociedad denominada: Instituto de Transformación Integral Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-600672. Se acuerda la disolución de la sociedad y por no existir bienes se prescinde del nombramiento de liquidador y trámites de liquidación.—Cartago, veinticinco de junio dos mil doce .—Lic. Jorge Eduardo Sanabria Rosito, Notario.—1 vez.—RP2012309103.—(IN2012069603).

Por escritura ciento veinticuatro-veinticuatro otorgada en esta notaría el día veintiocho de junio del dos mil doce, a las siete horas con treinta minutos, se procede con la disolución de la sociedad denominada: Becara Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-088408. Se acuerda la disolución de la sociedad y por no existir bienes se prescinde del nombramiento de liquidador y trámites de liquidación.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil doce .—Lic. Belisario Antonio Solano Solano, Notario.—1 vez.—RP2012309104.—(IN2012069604).

Ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, Edwin Rodolfo Navarrete Angulo, en su condición de apoderado generalísimo y accionista de la sociedad Grupo Feo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y tres mil quinientos ochenta y dos, acuerda la disolución de la sociedad dicha, mediante acuerdo de junta directiva.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1 vez.—RP2012309105.—(IN2012069605).

Ante esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, Eliécer Mora Lobo, en su condición de apoderado generalísimo y accionista de la sociedad Molo de San Ramón Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-ciento cincuenta y seis mil seiscientos cincuenta y uno, acuerda la disolución de la sociedad dicha, mediante acuerdo de junta directiva.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1 vez.—RP2012309106.—(IN2012069606).

Que por escritura otorgada ante este notario a las catorce horas cuarenta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Cerro Horizontal Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil ciento cuarenta y cinco.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—RP2012309107.—(IN2012069607).

Mediante escritura otorgada ante mi notaría, el dieciséis de junio del dos mil doce se disuelve y declara la liquidación de Diagnóstico Sonido Diason Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento trece mil trescientos cuarenta y seis.—San José, 16 de junio del dos mil doce.—Lic. José Ramón Chavarría Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012309108.—(IN2012069608).

Que por escritura otorgada ante este notario, a las trece horas veinte minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Buena Vista Dos Tulemar Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos quince mil ochocientos veintiuno.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—RP2012309109.—(IN2012069609).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Ricardo Echandi y Asociados Limitada Anónima.—San José, Desamparados, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309110.—(IN2012069610).

Que por escritura otorgada ante este notario a las trece horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Babaken Kep Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil quinientos diez.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—RP2012309111.—(IN2012069611).

Mediante escritura otorgada ante mi notaría, el dieciséis de junio del dos mil doce se disuelve y declara la liquidación de Diagno-Imágenes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y dos mil quinientos sesenta y siete.—San José, 16 de junio del dos mil doce.—Lic. José Ramón Chavarría Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012309112.—(IN2012069612).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Baltodano Echandi y Lara Sociedad Anónima.—San José, Desamparados, veintisiete de junio del dos mil.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309113.—(IN2012069613).

Que por escritura otorgada ante este notario a las catorce horas veinte minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Corporación Vista al Océano Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos mil ciento setenta y ocho.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—RP2012309114.—(IN2012069614).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del veintisiete de junio del año dos mil doce se protocolizó acta de disolución de sociedad anónima denominada Estudios Geotécnicos Bel Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, Desamparados, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309115.—(IN2012069615).

Que por escritura otorgada ante este notario a las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Manuel Antonio Golf & Country Club Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y un mil setecientos tres.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—RP2012309116.—(IN2012069616).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las quince horas con treinta minutos del día veintiséis de junio del dos mil doce se protocolizó acta de la sociedad denominada Tío Szabo Sociedad Anónima por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012309117.—(IN2012069617).

Por escritura número dos mil veinte de las once horas del veintisiete de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad Inversiones Hernández Vílchez AV Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil novecientos nueve.—San José, 24 de abril del 2012.—Lic. Luis Arturo Mayorga Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012309118.—(IN2012069618).

Por escritura número doscientos sesenta y siete-dieciséis, de las dieciocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se solicitó la disolución de la sociedad Diseños Filatélicos S. A.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309119.—(IN2012069619).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las trece horas del día veintiséis de junio del dos mil doce se protocolizó acta de la sociedad denominada Café Cavehaz Sociedad Anónima por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012309120.—(IN2012069620).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las catorce horas del día veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Inversiones Punta India Sociedad Anónima, por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012309122.—(IN2012069621).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:15 horas del 28 de junio del 2012, comparecen Carlos Manuel Álvarez Mayrena y Carlos Eduardo Álvarez Montero, para disolver la sociedad denominada Fantasía Canfi Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012309123.—(IN2012069622).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:10 horas del 22 de junio del 2012, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos dieciocho Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la misma.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Pia Picado González, Notario.—1 vez.—RP2012309124.—(IN2012069623).

Por escritura otorgada en mi notaría en esta ciudad, a las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta para su disolución, de sociedad denominada Constructora Gragesa y Asociados Sociedad Anónima.—Lic. Enrique Araya Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012309125.—(IN2012069624).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las catorce horas del día veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada tres-ciento uno-cinco cuatro cinco uno seis cinco Sociedad Anónima, por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012309126.—(IN2012069625).

Por escritura número 294 otorgada ante esta notaría a las 9:30 del 28 de junio del 2012, se protocoliza asamblea general de socios se acuerda disolver la sociedad Ballaton Transportista Irazú Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-372739.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2012309127.—(IN2012069626).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 22 de junio del 2012, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil ciento trece Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la misma.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Pía Picado González, Notario.—1 vez.—RP2012309128.—(IN2012069627).

Por escrituras otorgadas en esta notaría, se procede con la disolución de las sociedades denominadas, tres-ciento uno-seis cero ocho tres cero nueve S. A.; tres-ciento uno-seis cero ocho ocho uno seis S. A.; tres-ciento uno-seis cero ocho ocho uno siete S. A.; tres-ciento uno-seis cero ocho ocho uno ocho S. A., tres-ciento uno-seis cero ocho ocho dos cero S. A.; Proyectos Dos Mil Quince S. A.; Inversiones Dosmilquince S. A.; Ofibodega Central S. A.; Fashina S. A.; La Cuna del Arco Iris S. A. y Gasolinera Sarapiquí S. A..—Heredia, 29 de junio del 2012.—Lic. Marilú Quirós Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2012309129.—(IN2012069628).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:20 horas del 22 de junio del 2012, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Discmusic Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la misma.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Pia Picado González, Notaria.—1 vez.—RP2012309130.—(IN2012069629).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el 28 de junio de 2012, a las 15:00 horas, se acuerda la disolución de la sociedad Osvi Limitada.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Jürgen Gustav Nanne Koberg, Notario.—1 vez.—RP2012309132.—(IN2012069630).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, el día 21 de junio de 2012, se acuerda constituir las siguientes sociedades Trisuli Star Ltda., Alen Park Ltda., Be the Best Ltda., Prima Polaris Ltda.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012309133.—(IN2012069631).

Mediante escritura otorgada el día 21 de junio de 2012, se acuerda reformar la cláusula seis de la sociedad Global Oddyssey Ltda.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012309134.—(IN2012069632).

Por escritura otorgada ante mi notaría, de las 08:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad social denominada Distribuidora de Materiales de Construcción Dimaco JTFK S. A., cédula jurídica 3-101-538830, mediante la cual se toma acuerdo de disolver definitivamente la sociedad al tenor del artículo 201 incido d) del Código de Comercio.—San Ramón, 28 de junio del 2012.—Lic. Róger Alexis Barboza Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2012309135.—(IN2012069633).

Mediante escritura número doscientos ochenta y cinco-veintiocho del tomo veintiocho del protocolo del suscrito, se disolvió la sociedad Aprendamos Jugando C y C de Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y seis mil seiscientos dieciocho.—San Ramón, 28 de junio de dos mil doce.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—RP2012309136.—(IN2012069634).

Por escritura otorgada el día de hoy, protocolice el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa de nombre 3-101-619555 S. A., en que se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309137.—(IN2012069635).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número tres de la empresa tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil ciento ochenta y uno sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco ocho siete uno ocho uno. Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—Cartago, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309138.—(IN2012069636).

Anta esta notaría, se disolvió la sociedad Inversiones H y H de Alajuelita Sociedad Anónima, como así consta en escritura otorgada en San José, a las diecinueve horas del dieciocho de junio de dos mil doce.—San José, veintiocho de junio del 2012.—Lic. Lizeth Genoveva León Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012309139.—(IN2012069637).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número cinco de la empresa Alimentos Industriales Centroamericanos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos dos dos cinco cuatro ocho. Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—Cartago, 26 de junio del 2012.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309140.—(IN2012069638).

Ante esta notaría, se disolvió la sociedad Distribuidora Torva Sociedad Anónima, como así consta en escritura otorgada en San José, a las ocho horas del trece de junio de dos mil doce.—San José, veintiocho de junio del 2012.—Lic. Lizeth Genoveva León Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012309141.—(IN2012069639).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número siete de Empaques Caseros PO Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres cero uno nueve cero siete. Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—Cartago, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309142.—(IN2012069640).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas del veintiséis de junio del dos mil doce, el señor David Kierszenson Mamet, en representación de Válvulas y Conexiones Urrea Sociedad Anónima; solicita la disolución de la compañía Inversiones y Desarrollos La Violeta Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y cuatro mil quinientos nueve.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012309143.—(IN2012069641).

Por escritura otorgada ante este notario, a las catorce horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, los señores David Kierszenson Mamet, en representación de Válvulas y Conexiones Urrea Sociedad Anónima y José León Froimzon Rochweger, en representación de Importadora Froki Sociedad Anónima, solicitan la disolución de la compañía Industria Ciclística Nacional Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y nueve mil doscientos sesenta y nueve.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012309144.—(IN2012069642).

Ante la notaría del licenciado Oscar Madrigal Jiménez, escritura número ciento sesenta y uno, folio ciento veinte del tomo cuatro, se ha presentado la solicitud de disolución y liquidación por voluntad de la totalidad de los socios de la sociedad denominada S Y B Consultoría Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil doscientos treinta.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Gilberto Calvo Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012309145.—(IN2012069643).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se modifican cláusulas del pacto social, en cuanto a domicilio, representación, nombre y se revocan nombramientos, se nombran nuevos personeros de la sociedad denominada Proveedora Marquesa Ltda..—Cartago, a las 17:30 horas del 7 de junio del 2012.—Lic. Gerardo Machado Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012309147.—(IN2012069644).

Ante esta notaría, mediante escritura número 291-5 de fecha 28 de junio del 2012, por acuerdo unánime de socios se acordó disolver la sociedad anónima Compañía de Sistemas Masijim S. A., cédula jurídica 3-101-198450.—Lic. Paola Patricia Campos Ruiz, Notaria.—1 vez.—RP2012309148.—(IN2012069645).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se liquidó la sociedad denominada León y Scriffignano Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-44787.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Priscila Ureña Duarte, Notaria.—1 vez.—RP2012309419.—(IN2012069646).

Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 28 del tomo 15, de las 15:00 horas del día 25 del mes de junio del 2012, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Luis Manuel Chin Várela y Compañía Ltda., donde se acuerda su disolución.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2012309150.—(IN2012069647).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas del día dieciséis de mayo del año dos mil doce, protocolicé acuerdos de la sociedad denominada Taranova Fantasy Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—RP2012309151.—(IN2012069648).

Los señores, José Eladio Alvarado Chacón, Maritza Montoya Cruz, Ana Lucía Alvarado Montoya, Alejandra Alvarado Montoya y José Francisco Alvarado Montoya; constituyen la sociedad denominada Papyros Sociedad Anónima, domicilio social hospital de San José, diagonal al edificio del parqueo de la Clínica Bíblica.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Gabriela Valenciano Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012309152.—(IN2012069649).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas y treinta minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía D’anconia Development Company S. A., mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—RP2012309153.—(IN2012069650).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas y cuarenta minutos del día veintiocho de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Continental Investments Partners C. I .P. S. A., mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—RP2012309154.—(IN2012069651).

Por escritura pública otorgada por el notario licenciado Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, mediante escritura número doscientos sesenta y siete, otorgada a las diecisiete horas del veintiocho de junio de dos mil doce, visible al folio ciento cincuenta y nueve frente, del tomo sesenta y cuatro de mi protocolo, se protocolizó acta número uno de la sociedad denominada Marsotrac S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y seis mil setecientos dos, donde se acordó la disolución de la presente sociedad.—Grecia, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2012309155.—(IN2012069652).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad cláusula Fasoula Property Brokers Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Gabriela Valverde Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012309156—(IN2012069653).

Ante esta notaría, mediante escritura número 68, otorgada a las 15:00 horas del 27 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Frutales Río Celeste Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-218460.—Upala, 27 de junio del 2012.—Lic. Ronald Núñez Vilallobos, Notario.—1 vez.—RP2012309157.—(IN2012069654).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:30 horas del 28 de junio del dos mil doce, se solicita la desiscripción de la sociedad denominada Constructora Enwi Sociedad Anónima, presidente Gerardo Enrique Mata Vega.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—RP2012309158.—(IN2012069655).

Se deja constancia que en esta notaría, compareció Vanessa Calvo González, en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A. e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-504632 S. R. L., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las once horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309159.—(IN2012069656).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 27 de junio del dos mil doce, se solicita la desiscripción de la sociedad denominada Servicios a Domicilio Ahorro y Crédito SAC Sociedad Anónima, presidenta Sonia Aguilar Castillo.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—RP2012309160.—(IN2012069657).

Se deja constancia que en esta notaría, compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A. e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-513778 S. R. L., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las once horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309161.—(IN2012069658).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:20 horas del día 28 de junio del dos mil doce, se solicita la desiscripción de la sociedad denominada Construetna Sociedad Anónima, presidente Enrique Mata Vega.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—RP2012309162.—(IN2012069659).

Se deja constancia que en esta notaría, compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A., e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-608648 S. R. L., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las once horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309163.—(IN2012069660).

Se deja constancia que en esta notaría, compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A. e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-629333 S. R. L., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las once horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309164.—(IN2012069661).

Se deja constancia que en esta notaría, compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A. e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-629193 S. R. L., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las once horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309166.—(IN2012069662).

Por escritura número 67, otorgada a las 16:30 horas del 27 de junio del 2012, ante la suscrita notaria, se disolvió la sociedad anónima Rastmia Sociedad Anónima, la cual contaba con domicilio en San José, Zapote, Quesada Duran, Condominios Mar del Plata, apartamento número ciento treinta y tres, sociedad que se encontraba debidamente inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, bajo la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y cuatro sesenta y seis veintiuno; plazo social era de noventa y nueve años; el capital social era de diez mil colones, representadas por diez acciones comunes y nominativas, con un valor de mil colones cada una. La representación judicial correspondía al presidente, quien tenía facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Maritza Rodríguez García, Notaria.—1 vez.—RP2012309168.—(IN2012069663).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las trece horas cero minutos del día veintisiete de junio del dos mil doce, se procede a disolver la entidad denominada Omega Rojo Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Edison Moya Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012309170.—(IN2012069664).

Se deja constancia que en esta notaría, compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A., e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-487367 S. R. L., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las nueve horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309171.—(IN2012069665).

Por escritura otorgada a las nueve horas del día de hoy, se procedió a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Villalobos y Valencia Limitada, mediante la cual se acordó proceder a la liquidación de esa sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Edison Moya Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012309172.—(IN2012069666).

Se deja constancia que en esta notaría, compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A. e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-486362 S. R. L., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las nueve horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309173.—(IN2012069667).

Se deja constancia que en esta notaría, compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A. e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-486362 S. R. L., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las nueve horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309174.—(IN2012069668).

Por escritura otorgada a las diez horas del día de hoy, la sociedad Odontología Expreso Sociedad Anónima, procedió a solicitar su disolución ante el Registro Mercantil del Registro Nacional.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Edison Moya Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012309175.—(IN2012069669).

Se deja constancia que en esta notaría, compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A., e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-489828 S. R. L., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las nueve horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309176.—(IN2012069670).

Se deja constancia que en esta notaría, compareció Vanessa Calvo González, en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A. e Indy Track S. A., dueña del total del capital social de 3-102-486325 S. R. L., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las nueve horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309178.—(IN2012069671).

Ante la suscrita notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Importadora de Autos Andrea Sociedad Anónima, otorgada a las quince horas del veintiocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012309179.—(IN2012069672).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 10:20 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizó el acta número 1 de asamblea general extraordinaria de socios de Movilización y Gestión Mundial Imperio R. O. G. E. S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012309180.—(IN2012069673).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 10:10 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizó el acta número 1 de asamblea general extraordinaria de socios de Logística y Transporte Clase Mundial S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012309181.—(IN2012069674).

Ante la suscrita notaría, se constituyó la sociedad denominada Carsilva Hermanos Sociedad Anónima, otorgada a las nueve y treinta horas del veintiocho de junio del año dos mil doce. Presidente: Carlos Silves Várela. Capital social diez mil colones, plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012309182.—(IN2012069675).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 10:30 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizó el acta número 2 de asamblea general extraordinaria de socios de 3-101-511607 S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012309183.—(IN2012069676).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 10:40 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizó el acta número 1 de asamblea general extraordinaria de socios de Agroindustrial Arenal S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012309184.—(IN2012069677).

Por escritura número ciento ochenta y nueve otorgada en esta notaría, a las doce horas del veintiocho de junio de dos mil doce, por los señores Francisco Reyes Hernández, cédula seis-cero cero noventa y cuatro-cero ciento setenta y ocho, casado una vez, empresario, vecino de Guadalupe, Goicoechea y Alberto Gonzalo Obando, cédula uno-cero trescientos sesenta y nueve-cero cero sesenta y dos, soltero, jubilado, vecino San José, calle dieciséis, avenidas catorce y dieciocho, número mil cuatrocientos cincuenta y dos, se disuelve la sociedad denominada Ámbar Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero treinta y un mil trescientos noventa, domiciliada en San José, calle dieciséis, avenidas catorce y dieciocho.—Lic. Yamileth Obando Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2012309185.—(IN2012096978).

Ante este notaría, mediante escritura número sesenta y uno de las doce horas del veintiocho de junio de dos mil doce, se acordó la fusión de las sociedades Portisanca Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cuatro dos cuatro cinco tres y Perapol Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-ciento veintidós mil doscientos setenta y cinco prevaleciendo esta última. Es todo.—San José, veintiocho de junio del  dos mil doce.—Lic. Víctor Fernández Kopper, Notario.—1 vez.—RP2012309186.—(IN2012069679).

Por acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios de Fresol Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-ciento treinta y seis mil ciento uno, se acuerda disolver la sociedad tal y como lo establece el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. La sociedad no tiene actualmente ningún bien o activo, ni tiene actividades ni operaciones de ninguna naturaleza. Por ende, se prescinde del nombramiento de liquidador, así como el resto de trámites de liquidación.—Grecia, 28 de junio del 2012.—Lic. Rosa María Bolaños Alpízar, Notaria.—1 vez.—RP2012309187.—(IN2012069680).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las 15:30 horas del 28 de junio del 2012, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la compañía Floristería y Regalos Fiestamor  S. A., cédula jurídica 3-101-109947.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. Jorge Eduardo Brenes Garro, Notario.—1 vez.—RP2012309188.—(IN2012069681).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 28 de junio del 2012, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio las siguientes compañías: Bohy y Asociados S. A., cédula jurídica 3-101-038303; Ermerive S. A., cédula jurídica 3-101-038262; e Inversiones Rhoda Centroamericana S. A., cédula jurídica 3-101-162963.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. Jaime López Moya, Notario.—1 vez.—RP2012309189.—(IN2012069682).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvió la compañía denominada Inversiones Ridali Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil ochocientos ochenta y siete.—San José, 27 de junio del  2012.—Lic. Noilly Vargas Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2012309190.—(IN2012069683).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la compañía denominada Distribuidora Mily Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y dos mil quinientos ochenta y cuatro.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Noilly Vargas Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2012309191.—(IN2012069684).

Por escritura ochenta y dos, a las quince horas del veintiocho de junio del dos mil doce, tomo cuatro. Notaría: Ana Guiselle Valeria Segura, se disolvió la sociedad anónima Arco Perfecto APS S. A., 3-101-469880.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Ana Guiselle Valeria Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012309192.—(IN2012069685).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó el acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad 3-101-641270 S. A., cédula 3-101-641270. Se reforma el pacto constitutivo en la cláusula primera del nombre y cláusula octava de la administración.—Limón, 28 de junio 2012.—Lic. Francisco Morales Ayales, Notario.—1 vez.—RP2012309193.—(IN2012069686).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria celebrada a las 14:00 horas del 25 de junio del 2012, de la sociedad tres-ciento dos-quinientos sesenta y seis mil seiscientos noventa y ocho Ltda., se acuerda la disolución de esta sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—RP2012309194.—(IN2012069687).

Por acta extraprotocolar ante mí, en la ciudad de San José, a las 20:30 horas del 4 de junio del 2012, se acuerda por unanimidad de votos de los socios, disolver la sociedad Sociedad Periodística Realidad Sociedad Anónima.—San José, 4 de junio del 2012.—Lic. Noilly Vargas Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2012309195.—(IN2012069688).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria celebrada a las 15:00 horas del 25 de junio del 2012, de la sociedad La Travesía de la Verde Planicie S. A., se acuerda la disolución de esta sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—RP2012309196.—(IN2012069689).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvió la compañía denominada Asesoría de Libros Yanae Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y ocho mil ochocientos sesenta y dos.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Noilly Vargas Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2012309197.—(IN2012069690).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se protocolizaron actas de asamblea general extraordinaria celebrada a las 17:00 horas del 25 de junio del 2012, de la sociedad Distribuidora Calderón Rodríguez del Norte S. A., se acuerda la disolución de esta sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—RP2012309198.—(IN2012069691).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocolizan acuerdos de la sociedad tres-ciento uno-quinientos doce mil ochocientos noventa sociedad anónima, se reforma cláusula segunda, se suprime cláusula undécima. Se destituye agente residente. Es todo.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Lucrecia Flaqué Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012309199.—(IN2012069692).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 10:00 horas del 26 de junio del 2012, Fabiola Ester Ureña Sancho y Juan Jesús Gómez Álvarez, llevan a cabo la disolución de la sociedad Palmares Dalamos S. A., de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—26 de junio del 2012.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012309200.—(IN2012069693).

Por escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las trece horas del día veintisiete de junio del 2012, se protocoliza el acuerdo de la accionista de la sociedad 3-101-593758 S. A., donde se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Hernández Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012309201.—(IN2012069694).

Por escritura otorgada en esta notaría, el día 22 de junio del 2012, a las 14:00 horas se acordó la disolución de La Virgen de la Candelaria S. A., cédula 3-101-319246, conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda la disolución de la sociedad por no existir activos ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna clase, se prescinde del nombramiento de liquidador.—Palmares, 25 de junio del 2012.—Lic. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1 vez.—RP2012309202.—(IN2012069695).

Por escritura otorgada en esta notaría, el día 26 de junio del 2012, a las 17:00 horas se acordó la disolución de La Candelaria Dos de Florencia S. A., cédula 3-101-359000, conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda la disolución de la sociedad por no existir activos ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna clase, se prescinde del nombramiento de liquidador.—Palmares, 27 de junio del 2012.—Lic. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1 vez.—RP2012309203.—(IN2012069696).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas el veinticuatro de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Rangil del Norte Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento cinco-ciento cincuenta y un mil quinientos setenta y ocho, en la cual se acuerda disolver la sociedad, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo Fernando Rafael Asenjo Gómez, mayor casado una vez agricultor vecino de Tierra Blanca de Cartago, con cédula número tres-doscientos cuarenta y tres-trescientos siete. Mediante escritura número doscientos sesenta y ocho del tomo nueve de mi protocolo, visible al folio ciento cincuenta y nueve frente.—Cartago, 24 de junio del 2012.—Lisbeth Castillo Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2012309204.—(IN2012069697).

Por escritura otorgada en esta notaría, el día 26 de junio del 2012, a las 10.00 horas se acordó la disolución de Fercasti Palmareña S. A., cédula 3-101-304967, conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda la disolución de la sociedad por no existir activos ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna clase se prescinde del nombramiento de liquidador.—Palmares, 27 de junio del 2012.—Lic. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1 vez.—RP2012309205.—(IN2012069698).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas el veinticuatro de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada Comercializadora y Distribuidora de Cebollas de Altura Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento setenta y cinco mil seiscientos trece, en la cual se acuerda disolver la sociedad, cuyo gerente con facultades de apoderado generalísimo Benjamín Adriano Ramírez Sanabria, mayor casado una vez agricultor vecino de Cot de Cartago, con cédula número tres-doscientos sesenta y uno-ciento setenta y cuatro. Mediante escritura número doscientos setenta del tomo nueve de mi protocolo, visible al folio ciento sesenta frente.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lisbeth Castillo Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2012309206.—(IN2012069699).

Por escritura otorgada en esta notaría, el día 27 de junio del 2012, a las 09:00 horas se acordó la disolución de Lomaga S. R. L., cédula 3-102-245712, conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda la disolución de la sociedad por no existir activos ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna clase se prescinde del nombramiento de liquidador.—Palmares, 28 de junio del 2012.—Lic. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1 vez.—RP2012309207.—(IN2012069700).

En esta notaría, a las 10:00 horas del día 18 de junio del 2012, en asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Variedades R Y R Sociedad Anónima. Acta número uno, se acordó la disolución de la sociedad de conformidad con el Código de Comercio. Domicilio: Cartago, distrito segundo Cot, cantón sétimo Oreamuno.—Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. Lisbeth Castillo Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2012309208.—(IN2012069701).

En esta notaría, a las 14:00 horas del día 14 de junio del 2012, en asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada The Natural Spanish School Sociedad Anónima. Acta número uno se acordó la disolución de la sociedad de conformidad con el Código de Comercio. Domicilio: Cartago, distrito segundo Cot, cantón sétimo oreamuno.—San José, 14 de junio del 2012.—Lic. Sonsire Ivonne Espinoza Rios, Notaria.—1 vez.—RP2012309209.—(IN2012069702).

Por escritura otorgada en esta notaría, el día 27 de junio del 2012, a las 16:30 horas, se acordó la disolución de Ópticas del Occidente J& E Sore S. A., cédula 3-101-519428, conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda la disolución de la sociedad por no existir activos ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna clase se prescinde del nombramiento de liquidador.—Palmares, 28 de junio del 2012.—Lic. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1 vez.—RP2012309210.—(IN2012069703).

Por escritura número diez otorgada en San José, a las trece horas del veintinueve de mayo del dos mil doce, protocolizo constitución de la sociedad anónima Artes CR Producciones S. A., por la licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, diez horas del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309212.—(IN2012069704).

Por escritura número siete otorgada en San José, a las once horas del nueve de mayo del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima Valgam Internacional S. A. y se acuerda disolver la sociedad. Por la licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, a las once horas y treinta minutos del diez de mayo del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309213.—(IN2012069705).

Por escritura número cinco otorgada en San José, a las nueve horas del nueve de mayo del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima Sunin Dos Mil S. A. y se acuerda disolver la sociedad. Por la licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, a las diez horas del diez de mayo del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309214.—(IN2012069706).

Por escritura número seis otorgada en San José, a las diez horas del nueve de mayo del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima Lopolo de Cerro Azul L. P. L. S. A. y se acuerda disolver la sociedad. Por la licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, a las diez horas y treinta minutos del diez de mayo del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309215.—(IN2012069707).

Por escritura número veintiséis otorgada en San José, a las trece horas del veintisiete de junio del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima Tangoindia Representaciones Artísticas S. A. y se acuerda disolver la sociedad. Por la licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309216.—(IN2012069708).

Por escritura número veintiocho otorgada en San José, a las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima Riargo Internacional S. A. y se acuerda disolver la sociedad. Por la licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, a las nueve horas y diez minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309217.—(IN2012069709).

Por escritura número veintisiete otorgada en San José, a las ocho horas y veinte minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima Lirgo del Oeste S. A. y se acuerda disolver la sociedad. Por la licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309218.—(IN2012069710).

Por escritura número treinta y cuatro otorgada en San José, a las trece horas y diez minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima IP Telecomunicaciones S. A. y se acuerda disolver la sociedad. Por la licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, a las trece horas y veinte minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309220.—(IN2012069711).

Por escritura número ocho otorgada en San José, a las diez horas y treinta minutos del diez de mayo del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima Grupo Técnico Automotriz G. T. A. S. A. y se acuerda disolver la sociedad. Por la licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, a las once horas del once de mayo del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309221.—(IN2012069712).

Por escritura número veinticinco otorgada en San José, a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, protocolizo disolución de sociedad anónima de la sociedad denominada sociedad anónima Meisa de Costa Rica S. A. y se acuerda disolver la sociedad. Por la licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, a las once horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309222.—(IN2012069713).

Ante este notario, mediante escritura número sesenta de las nueve horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad IPC Cósmica S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta y dos. Es todo.—San José, veintinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309223.—(IN2012069714).

Ante este notario, mediante escritura número cincuenta y ocho, de las ocho horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad Módulos Urbanos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero veintiún mil quinientos noventa y dos. Es todo.—San José, veintinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309224.—(IN2012069715).

Ante este notario, mediante escritura número cincuenta y siete, de las ocho horas del veintinueve de junio de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad La Florcita Dorada de Roberto Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y un mil seiscientos veintitrés. Es todo.—San José, veintinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309226.—(IN2012069716).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada CAHB Inversiones Soiedad Anónima, se acuerda disolver la sociedad.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012309227.—(IN2012069717).

Los señores Clinton Cruickshank Smith y Rodolph Morgan Williams, hacen saber la disolución de la sociedad Clintrod Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero seis cuatro cero tres-cero, por acuerdo unánime de asamblea extraordinaria y por acuerdo de todo el capital social.—Limón, 19 de junio del dos mil doce.—Lic. Osman Frew Davidson, Notario.—1 vez.—RP2012309228.—(IN2012069718).

Ante este notario, mediante escritura número sesenta y uno de las diez horas del veintinueve de junio de dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad Sema Outsorcing Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y tres mil ochocientos cincuenta y dos. Es todo.—San José, veintinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309229.—(IN2012069719).

Por escritura otorgada, a las once horas del cinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de Souvenirs Outlet S. A..—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—RP2012309230.—(IN2012069720).

Por escritura otorgada a las once horas del cinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de La Tienda de Souvenirs de Sarchí S. A.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—RP2012309231.—(IN2012069721).

Por escritura otorgada ante mí, Jorge Walter Ruiz González, a las 16:00 horas del 11 de mayo del 2012, se disuelve la sociedad Consorcio Jurídico Badilla Siglo XXI Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-465519.—Lic. Jorge Walter Ruiz González, Notario.—1 vez.—RP2012309232.—(IN2012069722).

Por escritura otorgada a las catorce horas del día veinticuatro de mayo del dos mil doce, se disolvió Arenal Volcano Tent Camp S. A.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—RP2012309233.—(IN2012069723).

Por escritura otorgada a las nueve horas del quince de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de Escazú Comercial Ramcub S. A.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012309234.—(IN2012069724).

Ante mi notaría, por escritura doscientos once tomo noveno, folio noventa y ocho vuelto, Cofago S. A., otorga poder generalísimo.—San José, diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Pérez Montiel, Notario.—1 vez.—RP2012309235.—(IN2012069725).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, el día de hoy, protocolicé actas de asambleas generales extraordinarias de socios de las compañías: Tres-ciento uno-quinientos treinta mil trescientos veinticuatro S. A.; Consorcio de Transporte Público del Sector Oeste S. A., y Tres-ciento uno-quinientos noventa y un mil doscientos noventa y dos S. A., en las cuales se acordó su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Marín Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012309236.—(IN2012069726).

Por escritura otorgada ante mí, a las siete horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, la sociedad Grupo de Inversiones Carrefour S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley número nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309237.—(IN2012069727).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas diez minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, la sociedad: Flores Felices Servicios y Consultorías S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley número nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309238.—(IN2012069728).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad: Bio-Essentia Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Jorge Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309239.—(IN2012069729).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas veinte minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, la sociedad J C B Sierra Dominical S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley número nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309240.—(IN2012069730).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad: Bufete Castellón Shible S. A., de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Jorge Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309241.—(IN2012069731).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas veinte minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, la sociedad: Inversiones La Orquídea Vacilona del Dominical S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley número nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309242.—(IN2012069732).

Por escritura otorgada ante mí, a las siete horas cincuenta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, la sociedad: Second Nature S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley número nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309243.—(IN2012069733).

Por escritura otorgada ante mí, a las siete horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, la sociedad Inmobiliaria Dos Cerros S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley número nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309244.—(IN2012069734).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Instituto Costarricense de Lógica, Informática y Derecho S. A., de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Jorge Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309245.—(IN2012069735).

Por escritura otorgada ante mí, a las siete horas cuarenta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, la sociedad Resplandor S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley número nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309246.—(IN2012069736).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veinticinco de junio del dos mil doce, la sociedad Corporación Elibola-General Sur S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley número nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309247.—(IN2012069737).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Ayllu Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Jorge Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309248.—(IN2012069738).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se procede a disolver definitivamente la empresa denominada Segsab Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos noventa y cinco doscientos trece.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—RP2012309249.—(IN2012069739).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad: Bufete Castro Fernández S. A., de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Jorge Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309250.—(IN2012069740).

Por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad: J M A Sourcing S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad. Notarias Flor de María García Solano y Ana Sánchez Castillo.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Ana Sánchez Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012309251.—(IN2012069741).

Por escritura otorgada a las nueve horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Transportes Veloz S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad. Notarias Flor de María García Solano y Ana Sánchez Castillo.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Ana Sánchez Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012309252.—(IN2012069742).

Por escritura número doscientos sesenta y dos, otorgada el día veintisiete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo de socios, se acuerda disolver la sociedad Transportes Tony Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta. Gerente y subgerente, en su orden Rodolfo Solís Zúñiga y Mario Francisco Godínez Porras.—San Marcos de Tarrazú, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Arnoldo Valverde Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2012309254.—(IN2012069743).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública se modifica pacto social de la sociedad de responsabilidad limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seis cero ocho ocho seis cero, nombre o razón social: La Felicidad Corporación G y G de Esparza Sociedad de Responsabilidad Limitada. Citas de presentación: tomo: dos mil diez, asiento: uno seis uno cinco cero dos.—Puntarenas, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012309255.—(IN2012069744).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, las 09:00 horas del 27 de junio del 2012, se acordó disolver la sociedad denominada: Jones & Compañía S. A.—Ciudad Quesada, 27 de junio del 2012.—Lic. Cristina Córdoba Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012309256.—(IN2012069745).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública se modifica pacto social de la sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres seis dos cinco uno ocho, nombre o razón social: Corporación Jardines del Pacífico A.V.E.F. Sociedad Anónima.—Puntarenas, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012309257.—(IN2012069746).

Mediante escritura otorgada en ésta notaría, a las trece horas cero minutos del día veintisiete de junio del dos mil doce, se procede a disolver la entidad denominada: Dulce Tentación Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012309258.—(IN2012069747).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública se modifica pacto social de la sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres seis dos cuatro cinco cero, nombre o razón social: Inversiones Orquídea A.V.F.E. Sociedad Anónima.—Puntarenas, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012309259.—(IN2012069748).

Industria Flomart Z B Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento doscientos cuarenta y cinco mil ochocientos cuarenta y ocho, domiciliada en San José, Montes de Oca, Sabanilla, veinticinco metros al oeste del Seminario San Agustín, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, y transitorio quinto de la ley número noventa veinticuatro, y la Directriz Registral número DRPJ cero cero dos-doce mil doce, a fin de trasladar el bien sin pago de los impuestos respectivos. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de ley, contados a partir de la publicación de el Diario Oficial La Gaceta en la siguiente dirección en San José, Barrio Escalante, de la Iglesia Santa Teresita tres cuadras al este y veinticinco metros al sur, ante la notaría de la Lic. Giselle Solórzano Guillén.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—RP2012309260.—(IN2012069749).

Mediante escritura otorgada en ésta notaría, a las trece horas quince minutos del día veintisiete de junio del dos mil doce, se procede a disolver la entidad denominada Mensajería y Cobro Favis Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012309261.—(IN2012069750).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública se modifica pacto social de la sociedad anónima: Goldcoast Associates Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco ocho uno uno seis uno, tomo: dos cero cero nueve, asiento: dos cero cuatro uno tres dos.—Puntarenas, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Marleny Mendoza Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2012309262.—(IN2012069751).

Por escritura Nº 185 otorgada en mi notaría, a las 08:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza las actas en las que constan los acuerdos de disolución de la sociedad Desarrollo de Energía Renovable S. A.—San Ramón, 28 de junio del 2012.—Lic. Vivian María Artavia Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012309263.—(IN2012069752).

Por escritura número cuarenta y cuatro-treinta y cuatro, otorgada en mi notaría, a las 15:00 horas del 26 de junio del 2012, los socios de Peco Occidental Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno nueve dos dos tres nueve, en que se acuerda la disolución de la misma. Presidente José Enrique Agosta Rodríguez. Es todo.—San Ramón, 26 de junio del 2012.—Lic. Víctor Julio Pérez Cascante, Notario.—1 vez.—RP2012309264.—(IN2012069753).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública se modifica pacto social de la sociedad anónima Servicios Profesionales y de Capacitación Vhersa Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y ocho once cuarenta.—Puntarenas, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Marleny Mendoza Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2012309265.—(IN2012069754).

Por escritura otorgada ante mí, Jorge Walter Ruiz González, se cambia al secretario y fiscal de Inversiones Internacionales Francisco de Atenas Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-134920.—Lic. Jorge Walter Ruiz González, Notario.—1 vez.—RP2012309266.—(IN2012069755).

Ante esta notaría, en el protocolo quince, mediante escritura Nº 307, otorgada a las 16:30 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Tres-ciento uno-seis dos cinco uno uno cinco S. A., cédula jurídica Nº 3-101-625115.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012309267.—(IN2012069756).

Ante esta notaría, en el protocolo dos, mediante escritura Nº 105, otorgada a las 16:00 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad: Inversiones Balu de la Llanura S. A., cédula jurídica Nº 3-101-320374.—Lic. Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012309268.—(IN2012069757).

Por escritura otorgada ante mí, Jorge Walter Ruiz González, a las 11:00 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Inversiones Miher Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-376038.—Lic. Jorge Walter Ruiz González, Notario.—1 vez.—RP2012309269.—(IN2012069758).

Ante esta notaría, en el protocolo dos, mediante escritura Nº 106, otorgada a las 11:00 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad: Xinma Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-171915.—Lic. Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012309270.—(IN2012069759).

Por escritura otorgada ante mí, Jorge Walter Ruiz González, se cambia al fiscal de Quinta 4 Estrellas de Plata Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-447147.—Lic. Jorge Walter Ruiz González, Notario.—1 vez.—RP2012309272.—(IN2012069760).

De conformidad con lo dispuesto en el transitorio segundo de la ley número nueve mil veinticuatro, así como lo que regula el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, por acuerdo de socios fue disuelta la sociedad denominada: Monaloma Dorada Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y seis mil ciento treinta y uno, domiciliada en San José, Barrio Córdoba, de la antigua Coopeguaria, ciento setenta y cinco metros al norte, casa número dos mil doscientos veinticuatro; sociedad que está inscrita en el tomo: quinientos setenta y uno, asiento: diez mil quinientos sesenta y siete; según consta en la escritura pública número ciento veintiséis-tres de las diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, ante el notario público José Fabio Oconitrillo Tenorio.—Lic. José Fabio Oconitrillo Tenorio, Notario.—1 vez.—RP2012309274.—(IN2012069761).

El suscrito notario público Rodrigo Navarro Godínez, doy fe que ante mi notaría, se está tramitando la disolución de la sociedad Anubi Camuri Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil quinientos veintiséis, a partir del dieciocho de junio del dos mil doce.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Navarro Godínez, Notario.—1 vez.—RP2012309276.—(IN2012069762).

Por acuerdo de la totalidad del capital social, a las trece horas del veintiséis de junio del dos mil doce, la sociedad: Frutos Selectos de la Unión Sociedad Anónima, se ha disuelto a solicitud de sus socios Luis Diego Cervantes Ramírez y Rosa María Mata Chacón.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mónica Mora Peralta, Notaria.—1 vez.—RP2012309277.—(IN2012069763).

Por acuerdo de la totalidad del capital social, a las dieciocho horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, la sociedad: Centro Infantil para el Aprendizaje Creativo Sociedad Anónima, se ha disuelto a solicitud de sus socios Cristina Fonseca Vargas, Lorena Díaz Loría y Gabriela Alpízar Montoya.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Margarita Murillo Sandoval, Notaria.—1 vez.—RP2012309278.—(IN2012069764).

A las dieciséis horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se disuelve la sociedad denominada Perfiles Mobiliarios del Caribe S. A. Domicilio: San José. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Representación: Presidente: Rafael Ángel Murillo Sandoval, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Margarita Murillo Sandoval, Notaria.—1 vez.—RP2012309279.—(IN2012069765).

Ante mí, Jenny Vargas Quesada, notaria pública de Guácimo, comparecieron: Teodorico Marenco Sandí, cédula de residencia Nº 159100149811; Greivin Marenco Molina, cédula Nº 7-01780588; Alejandrina Molina Pérez, cédula Nº 6-01430325; Dellanira Marenco de Morgan, pasaporte Nº 1695272; Grethel Monge Marenco, cédula Nº 3-0309-0579; Duneshtka Monge Marenco, cédula Nº 7-0205-0111, a constituir mediante escritura Nº 230, visible al folio 130 del tomo 13 de mí protocolo, la sociedad: Rama Verde del Manú S. A., con un capital de 100 mil colones, dividido en 100 acciones comunes y nominativas de 10.000 c/u. El socio Teodorico Marenco Sandí y Dellanira Marenco de Morgan, suscriben y pagan 18 acciones c/u; Greivin Marenco Molina, Alejandrina Molina Pérez, Grethel Monge Marenco y Duneshtka Monge Marenco, suscriben y pagan 16 acciones c/u. Figura como apoderados generalísimos sin límite de suma: Teodorico Marenco Sandí y Grethel Monge Marenco.—Guácimo, a las 08:00 horas del 28 de junio del 2012.—Lic. Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012309280.—(IN2012069766).

Por escrituras otorgadas en esta ciudad, de las catorce horas del veinticinco de junio y diez horas del veintiséis de junio, por su orden, los socios de Chicles de Colores C.C. S. A., y El Destierro S. A., por acuerdo unánime acordaron liquidar esas sociedades.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—RP2012309281.—(IN2012069767).

Por escrituras otorgadas en esta ciudad, ante la suscrita, de las ocho y catorce horas por su orden, protocolicé actas de asambleas de socios de Laster S. A., y Marcanto & Marcoe S. A., en las que acordaron la disolución y liquidación de las mismas.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—RP2012309282.—(IN2012069768).

A las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se disuelve la sociedad denominada Gordog’s Limitada. Domicilio San José. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Representación: gerentes generales: Luis Diego Arguedas Torres y Javier Arguedas Torres, apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Margarita Murillo Sandoval, Notaria.—1 vez.—RP2012309283.—(IN2012069769).

A las dieciocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se disuelve la sociedad denominada: CR BC Entretenimientos Limitada. Domicilio: San José. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Representación: gerentes generales: Luis Diego Arguedas Torres y Javier Arguedas Torres, apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Margarita Murillo Sandoval, Notaria.—1 vez.—RP2012309284.—(IN2012069770).

Randall Chavarría Alvarado, cédula de identidad número uno-cero ochocientos veinticuatro-cero quinientos cuarenta y seis y Adriana Denisse Coto Boza, cédula de identidad número uno-cero novecientos cincuenta-cero cero cuarenta y nueve, solicitan desinscripción de Provetec Proveeduría Técnica S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos trece mil quinientos cuarenta y dos.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012309285.—(IN2012069771).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A., e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-487323 S. R. L., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las once horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309286.—(IN2012069772).

A las veinte y cuarenta horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría se disuelve la sociedad denominada Cuatro Torres Unidas LD & JS Sociedad Anónima, domicilio San José, capital suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años, representación presidente, secretario y tesorero, Luis Diego Arguedas Torres, David Arguedas Torres, Javier Arguedas Torres, todos apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Margarita Murillo Sandoval, Notaria.—1 vez.—RP2012309287.—(IN2012069773).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A. e Indy Track S. A., dueña del total del capital social de Le Nard Rouge Limitada, para proceder a disolverla,  el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las once horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309288.—(IN2012069774).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de la entidad Visión Inversionista de Alquimia S. A., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las once horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309289.—(IN2012069775).

Se deja constancia que en esta notaría, compareció Vanessa Calvo González, en su calidad de única socia de la entidad Las Lomas de Cabagra S. A., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce, mediante escritura otorgada a las once horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309291.—(IN2012069776).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de la entidad Cristóbal Enterprises INC. S. A., para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las once horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309292.—(IN2012069777).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las once horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de El Yoro de Altura Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos siete mil quinientos setenta y ocho, en la cual se acordó la disolución y liquidación de la sociedad. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Fabio Israel Hernández Flores, Notario.—1 vez.—RP2012309293.—(IN2012069778).

En esta notaría, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso D) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la sociedad denominada Usaca G.L.O. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-267800.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Henry Manuel Palomo Palavicini, Notario.—1 vez.—RP2012309294.—(IN2012069779).

En esta notaría, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso D) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la sociedad denominada Beltran & Rodríguez Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-318452.—San José, 28 de junio del  dos mil doce.—Lic. Henry Manuel Palomo Palavicini, Notario.—1 vez.—RP2012309296.—(IN2012069780).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil doce,  se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Mununus Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos siete mil doscientos treinta y cuatro, en la cual se acordó la disolución y liquidación de la sociedad. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Fabio Israel Hernández Flores, Notario.—1 vez.—RP2012309297.—(IN2012069781).

En esta notaría, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso D) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la sociedad denominada F Y L Asesorías y Servicios Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-050843.—San José, 28 de junio del dos mil doce.—Lic. Henry Manuel Palomo Palavicini, Notario.—1 vez.—RP2012309298.—(IN2012069782).

Por escritura ante mí, se disolvieron las sociedades 3-102-580198 Ltda., El Mundo de las Especias S. A., Josh Punch S. A., Sabagui de Pocosí S. A., Murillo Álvarez S. A., y se protocoliza y nombra junta directiva y se reforma cláusula seis de la entidad Productos Alimenticios Tío Fran.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Diego Vargas Gould, Notario.—1 vez.—RP2012309300.—(IN2012069783).

Los señores Ronny Acón Monge, cédula 1-0844-0291 y, Gloriana Vargas Sancho, cédula 3-0377-873, en su condición de accionistas de la sociedad Corporación de Acarreo y Excavaciones Marisa Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y seis mil quinientos treinta y cinco, proceden a acortar el plazo, y su disolución y liquidación.—Lic. Francisco Izaguirre García, Notario.—1 vez.—RP2012309301.—(IN2012069784).

El día de hoy, protocolicé, el acta número uno, de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía domiciliada en Jardines de Tibás, Inversiones La Mandarina de Oro Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-573093, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad dicha, prescindiéndose del proceso de liquidación por no existir activos ni pasivos a nombre de la sociedad.—Goicoechea, 27 de junio de 2012.—Lic. María del Rosario Elizondo Fallas, Notaria.—1 vez.—RP2012309302.—(IN2012069785).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, los socios acordaron liquidar la compañía domiciliada en Cartago, Inversiones Los Piros del Rincón Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y siete mil ciento catorce, prescindiéndose del proceso de liquidación por no existir activos ni pasivos a nombre de la sociedad.—Goicoechea, 16 de junio del 2012.—Lic. María del Rosario Elizondo Fallas, Notaria.—1 vez.—RP2012309303.—(IN2012069786).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, los socios acordaron liquidar la compañía domiciliada en Montelimar de Goicoechea, Montero y Sojo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa mil ochocientos cuarenta y cuatro, prescindiéndose del proceso de liquidación por no existir activos ni pasivos a nombre de la sociedad.—Goicoechea, 16 de junio del 2012.—Lic. María Antonieta Argüello Garita, Notaria.—1 vez.—RP2012309304.—(IN2012069787).

Mediante escritura pública número doscientos cinco otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce se disolvió y se liquidó la empresa, Administración y Organización de Empresas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-once mil doscientos ochenta.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Beatriz Rivas Ríos, Notaria.—1 vez.—RP2012309305.—(IN2012069788).

Mediante escritura pública número doscientos cuatro otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce se disolvió y se liquidó Thaleheifra Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-treinta y tres mil ciento treinta y cinco.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Beatriz Rivas Ríos, Notaria.—1 vez.—RP2012309306.—(IN2012069789).

Por escritura otorgada el día veintinueve de junio del dos mil doce, se disuelve la compañía denominada Siete Hectáreas Orígenes Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil ciento cuarenta y uno.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2012309307.—(IN2012069790).

Por escritura otorgada el día veintiocho de junio del dos mil doce, se disuelve la compañía denominada Sales Consulting Group Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos quince mil quinientos sesenta.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2012309308.—(IN2012069791).

Por escritura otorgada el día veintinueve de junio del dos mil doce, se disuelve la compañía denominada Inversiones Salto Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y cinco mil novecientos diecinueve.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cynthia Wo Ching Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012309309.—(IN2012069792).

Por escritura otorgada el día veintiocho de junio del dos mil doce, se disuelve la compañía denominada Inversionistas Externos Siete Hectáreas Orígenes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil noventa y siete.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2012309310.—(IN2012069793).

Por escritura otorgada el día veintinueve de junio del dos mil doce, se disuelve la compañía denominada Inversiones Dieciséis de Diciembre de Mil Novecientos Setenta y Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cinco mil doscientos ochenta y ocho.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cynthia Wo Ching Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012309311.—(IN2012069794).

Por escritura otorgada el día veintiocho de junio del dos mil doce, se disuelve la compañía denominada Agropecuaria Tilawua Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento-cuatrocientos mil trescientos veintiuno.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2012309312.—(IN2012069795).

Por escritura otorgada el día veintiocho de junio del año dos mil doce, se disuelve la compañía denominada Limón Comercial Soto Camacho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis.—San José, veintinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2012309313.—(IN2012069796).

Mediante escritura otorgada a las doce horas del veinticuatro de noviembre del dos mil once, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Inversora El Valle Griego Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y dos mil novecientos cuarenta y ocho, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012309314.—(IN2012069797).

Por escritura otorgada el día veintinueve de junio del año dos mil doce, se disuelve la compañía Servicios Secretariales Pica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y un mil cinco.—San José, veintinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Cynthia Wo Ching Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012309315.—(IN2012069798).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas con treinta minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se, protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Tres-Uno Cero Dos-Cuatro Seis Cero Cinco Seis Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-uno cero dos-cuatro seis cero cinco seis cuatro, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012309316.—(IN2012069799).

Ante esta notaría a las 10:00 horas del 27 y 28 de junio del 2012, mediante escrituras 280 y 281, se acuerdan disolver, Artema Artes Gráficas Digitales Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-224598 e Inversiones Brenes y Castrillo M C P Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-289694.—Lic. José Pablo Arce Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012309317.—(IN2012069800).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas con quince minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Tres-Uno Cero Dos-Cuatro Seis Cero Cinco Ocho Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-uno cero dos-cuatro seis cero cinco ocho tres, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012309318.—(IN2012069801).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Bufete Rigioni & Asociados Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-seiscientos diecinueve mil setecientos siete, mediante la cual se reforma el pacto constitutivo y se cambian los directores.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jesús Acosta Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012309319.—(IN2012069802).

Mediante escritura otorgada a las diez horas cuarenta y cinco minutos del diez de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Centro Médico H.H.H. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y seis mil ciento veinte, mediante la cual se disuelve y se liquida.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.  Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012309320.—(IN2012069803).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas del veintinueve de junio del dos mil doce, ante esta notaría., se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Tres-Uno Cero Dos-Cinco Uno Uno Cuatro Cinco Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-uno cero dos-cinco uno uno cuatro cinco tres, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012309321.—(IN2012069804).

Mediante escritura otorgada a las once horas con quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Servicios Profesionales Lizher S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-dos ocho siete seis cinco seis, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012309323.—(IN2012069805).

De conformidad con los artículos 201, 207, 303 y siguientes de Código de Comercio se procede a la disolución de Alfesa Sociedad Anónima, con cedula jurídica: tres-ciento uno- quinientos cincuenta y nueve mil sesenta y seis, para lo cual se comunica a todos los que les interese realizar la oposición de ley en el plazo indicado. Se realizó en esta notaría.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Violeta Arias Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012309325.—(IN2012069806).

Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del veinticuatro de junio del año dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada DTS Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años. Capital social cien mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas por los socios. Representación judicial y extrajudicial, el presidente, secretario y tesorero.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Carlos Antillón Morera, Notario.—1 vez.—RP2012309326.—(IN2012069807).

De conformidad con los artículos 201 y 207 y siguientes de Código de Comercio se procede a la disolución de Dormond y Dormond Consultorías Sociedad Anónima, con cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta y tres, para lo cual se comunica a todos los que les interese realizar la oposición de ley en el plazo indicado. Se realizó en esta notaría.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Violeta Arias Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012309327.—(IN2012069808).

De conformidad con los artículos 201, 207 y siguientes de Código de Comercio se procede a la disolución de Soda Dos Cercas Sociedad Anónima, con cédula jurídica: tres- ciento uno - ciento un mil doscientos cincuenta y seis, para lo cual se comunica a todos los que les interese realizar la oposición de ley en el plazo indicado. Se realizó en esta notaría.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Violeta Arias Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012309328.—(IN2012069809).

De conformidad con los artículos 201, 207, 303 y siguientes de Código de Comercio se procede a la disolución de Inversiones Barboza y Pineda Sociedad Anónima, con cédula jurídica: tres-ciento uno-seiscientos quince mil ciento setenta y seis, para lo cual se comunica a todos los que les interese realizar la oposición de ley en el plazo indicado. Se realizó en esta notaría.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Violeta Arias Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012309329.—(IN2012069810).

De conformidad con los artículos 201, 207, 303 y siguientes de Código de Comercio se procede a la disolución de La Vereda del Futuro que Corre Sociedad Anónima, con cédula jurídica: tres-ciento uno - trescientos trece mil seiscientos treinta y uno, para lo cual se comunica a todos los que les interese realizar la oposición de ley en el plazo indicado. Se realizó en esta notaría.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Violeta Arias Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012309330.—(IN2012069811).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veinticinco de junio del año dos mil doce, la sociedad Strong Wall S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309331.—(IN2012069812).

De conformidad con los artículos 201 y 207 y siguientes de Código de Comercio se procede a la disolución de Barboza Pineda y Monge Sociedad Anónima, con cédula jurídica: tres- ciento uno - trescientos cuarenta y nueve mil quinientos setenta y ocho, para lo cual se comunica a todos los que les interese realizar la oposición de ley en el plazo indicado. Se realizó en esta notaría.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Violeta Arias Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012309332.—(IN2012069813).

De conformidad con los artículos 201 y 207 y siguientes de Código de Comercio se procede a la disolución de Berlop Consultores Sociedad Anónima, con cédula jurídica: tres-ciento uno - trescientos dieciséis mil trescientos cuarenta y nueve, para lo cual se comunica a todos los que les interese realizar la oposición de ley en el plazo indicado. Se realizó en esta notaría.—San José, veintisiete de junio del 2012.—Lic. Violeta Arias Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012309333.—(IN2012069814).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de junio del año dos mil doce, la sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Sesenta y Dos Mil Ochocientos Treinta y Uno S. A. se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309334.—(IN2012069815).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas cuarenta minutos del veinticinco de junio del año dos mil doce, la sociedad Chacón Brand Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada, se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309335.—(IN2012069816).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas cincuenta minutos del veinticinco de junio del año dos mil doce, la sociedad Unlimited Sun Energy S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309336.—(IN2012069817).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veinticinco de junio del año dos mil doce, la sociedad Solo Bueno San Josecito S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309337.—(IN2012069818).

Por escritura otorgada ante mí, número ciento cincuenta y uno, de las dieciséis horas diez minutos del día veintiocho de junio del año dos mil doce, por acuerdo unánime de los socios convienen en disolver la sociedad denominada Dominós Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-081147, por no tener activos ni pasivos se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—Lic. Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012309339.—(IN2012069819).

Se disuelve la sociedad Famicas S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-cero sesenta y cuatro mil ochocientos ochenta y cinco. Escritura otorgada ante la notaria Cecilia Ivette Villalobos Soto, a las 9:00 horas del veintinueve de junio del dos mil doce, escritura número 64 del tomo 22 del protocolo, en San Miguel, Santo Domingo, Heredia.—Lic. Cecilia Ivette Villalobos Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012309341.—(IN2012069820).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria número veintitrés de las quince horas del veintisiete de abril del año dos mil doce, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad Sistemas Contables Eriales Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos doce mil doscientos cuarenta y seis.—Heredia, veintisiete de abril del año dos mil doce.—Lic. María Auxiliadora Montoya Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012309343.—(IN2012069821).

El día 19 de mayo del 2012, se constituyó en esta notaría la Fundación Comedor de Niños Jesús, fundadora señora Margarita González Hernández, domicilio Santa Bárbara de Heredia, distrito Jesús, del cantón Santa Bárbara de la provincia de Heredia; sin plazo, objetivo la ayuda a niños desamparados, familias necesitadas, ancianos, enfermos.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Guillermo Ávila Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309344.—(IN2012069822).

Por escritura otorgada ante mí, número ciento cincuenta, de las dieciséis horas del día veintiocho de junio del año dos mil doce, por acuerdo unánime de los socios convienen en disolver la sociedad denominada Cric Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-105340, por no tener activos ni pasivos se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—Lic. Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012309345.—(IN2012069823).

Se liquida y disuelve la sociedad Taller de Prescisión N.R. S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y seis mil quinientos. Escritura otorgada ante la notaria Cecilia Ivette Villalobos Soto, a las 8:00 horas del veintinueve de junio del dos mil doce otorgada en San Miguel, Santo Domingo, Heredia.—Lic. Cecilia Ivette Villalobos Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012309346.—(IN2012069824).

Actuando en Santo Domingo de Heredia, en escritura pública número dos-ciento cincuenta, otorgada a las dieciséis horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, mediante asamblea de socios debidamente protocolizada, de la sociedad Pereira Mairena Sociedad Anónima, se acuerda disolver dicha sociedad.—Santo Domingo de Heredia, a las siete horas del veintinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Tatiana María Barboza Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012309349.—(IN2012069825).

El suscrito Juan de Dios González Chacón como representante legal de la sociedad Ortopédica Técnica Avenida Segunda Sociedad Anónima, notifica que se ha determinado la disolución de esta sociedad, al haber logrado los objetivos de ventas de servicios.—San José, 29 de junio del dos mil doce.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1 vez.—RP2012309350.—(IN2012069826).

El suscrito Marcos Noel Sáenz Acevedo como representante legal de la sociedad Protecnologías Sociedad Anónima, notifica que se ha determinado la disolución de esta sociedad, al haber logrado los objetivos de ventas de servicios.—San José, 29 de junio del dos mil doce.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1 vez.—RP2012309351.—(IN2012069827).

Actuando en Santo Domingo de Heredia, en escritura pública número dos-ciento cincuenta y uno, otorgada a las diecisiete horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, mediante asamblea de socios debidamente protocolizada, de la sociedad R y V Rivesa Sociedad Anónima, se acuerda disolver dicha sociedad.—Santo Domingo de Heredia, a las siete horas y cinco minutos del veintinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Tatiana María Barboza Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012309352.—(IN2012069828).

El suscrito Marcos Noel Sáenz Acevedo como representante legal de la sociedad Inversiones M & G Sociedad Anónima notifica que se ha determinado la disolución de esta sociedad, al haber logrado el objetivo de venta de servicios.—San José, 29 de junio del dos mil doce.—Lic. Sandra Isabel González Pinto, Notaria.—1 vez.—RP2012309353.—(IN2012069829).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, otorgada en Barva, Heredia al ser las diecisiete horas del día veintiocho de junio del año dos mil doce, se disuelve la sociedad de esta plaza Video Costarricense Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cero siete nueve cinco dos cero, personería y vigencia de lo cual la suscrita notaria da fe con vista en las siguientes citas: Tomo: cero cuatro cinco uno; folio: uno dos seis; asiento: cero cero uno dos cinco.—Heredia, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2012309354.—(IN2012069830).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, otorgada en Barva, Heredia al ser las diecisiete horas del día veintiocho de junio del año dos mil doce, se disuelve la sociedad de esta plaza Xin Dong Hai Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cinco seis seis ocho nueve dos, personería y vigencia de lo cual la suscrita notaria da fe con vista en las siguientes citas: Tomo: dos cero cero nueve; asiento: cinco siete cero ocho siete.—Heredia, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2012309355.—(IN2012069831).

Ante esta notaria se procedió a acordar la disolución de la sociedad Autorepuestos Zapote S. A. mediante escritura número veintiuno de su protocolo sétimo.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Nidia Shadid Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012309356.—(IN2012069832).

Mediante escritura otorgada, a las catorce horas quince minutos del siete de junio de dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria Domo Holding Corporation Limitada, cédula jurídica número tres - uno cero dos - cuatro ocho cinco ocho cinco cuatro, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012309357.—(IN2012069833).

Por escritura otorgada por mí, número ciento cuarenta y nueve, de las doce horas diez minutos del día veintisiete de junio del año dos mil doce, protocolizó acta número tres de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada La Mina de Heredia Limitada, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, por no tener activos ni pasivos se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—Lic. Ana Lucíia Campos Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012309358.—(IN2012069834).

Por escritura otorgada ante mí, número ciento sesenta y siete, de las quince horas quince minutos del día veintiséis de junio del año dos mil doce, por acuerdo unánime de los socios convienen en disolver la sociedad denominada Negocios Chiarelli Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-572267, por no tener activos ni pasivos se prescinde del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—Lic. Carlos Manuel Chaves Delgado, Notario.—1 vez.—RP2012309359.—(IN2012069835).

La suscrita María de los Ángeles González Fernández notaria pública, protocolicé que por acuerdo de la totalidad de socios de la sociedad Propiedades y Zaharis K&M S. A. cédula jurídica tres- ciento uno-cuatrocientos trece mil diez. Se disuelve la sociedad lo anterior de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d del Código de Comercio.—Palmares, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María de los Ángeles González Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012309362.—(IN2012069836).

Por escritura otorgada ante mí a las 14:00 horas del 26 de junio del 2012 se protocolizó acta de disolución de Multiservicios La Porra S. A.—Desamparados, 26 de junio del 2012.—Lic. Rodney Zamora Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309363.—(IN2012069837).

Por escritura otorgada ante mí a las 11:00 horas del 31 de mayo del 2012 se protocolizó acta de disolución de la sociedad denominada Ferretería El Perpetuo Socorro S. A..—Desamparados, 12 de junio del 2012.—Lic. Rodney Zamora Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309364.—(IN2012069838).

Por escritura otorgada ante mí a las 14:00 horas del 27 de junio del 2012 se protocolizó acta de disolución de Inversiones El Sol R Y R S. A.—Desamparados, 27 de junio del 2012.—Lic. Rodney Zamora Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309366.—(IN2012069839).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 horas del 27 de junio del 2012 se protocolizó acta de disolución de Maktel Skytel S. A..—Desamparados, 27 de junio del 2012.—Lic. Rodney Zamora Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309367.—(IN2012069840).

Servicios de Salud Preventiva Primurc S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y nueve mil setecientos noventa y cinco, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y Transitorio quinto de la ley noventa veinticuatro y la directriz registral DRPJ cero cero dos-doce mil doce, a fin de trasladar el bien sin pago de los impuestos respectivos. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta en la siguiente dirección en San José, Barrio Escalante de la iglesia Santa Teresita tres cuadras al este y veinticinco metros al sur, ante la notaría de la Licenciada Nancy Harbottle Morales.—Costa Rica, 25 de junio del 2012.—Lic. Nancy Harbottle Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012309368.—(IN2012069841).

Se hace constar que ante mí, Walter Eduardo Acuña Navarro, se constituyó la sociedad Fernández y Ballestero S. A. El día 28 de noviembre del 2011, presidente Manuel Enrique Fernández Gómez.—Lic. Walter Eduardo Acuña Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012309369.—(IN2012069842).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Philippe Quesada Jassoud en su calidad de único socio y dueño del total del capital social de la entidad Tica Mar F y L de Jacó S. A. para proceder a disolverla, el veintiséis de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las quince horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309370.—(IN2012069843).

Se deja constancia que en esta Notaría compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A. e Indy Track S. A., dueñas total del capital social de 3-102-487344 S.R.L para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las nueve horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309371.—(IN2012069844).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A. e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-487345 S.R.L para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las nueve horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309372.—(IN2012069845).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A. e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-487875 S.R.L para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las nueve horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309373.—(IN2012069846).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Vanessa Calvo González en su calidad de única socia de las entidades Efesus Romana S. A. e Indy Track S. A., dueñas del total del capital social de 3-102-491824 S.R.L para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce ; mediante escritura otorgada a las nueve horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309374.—(IN2012069847).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil Trescientos Cinco S. A., domiciliada en San José, donde se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 7 de junio del año 2012.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012309375.—(IN2012069848).

Por escritura número ciento noventa y nueve-diecisiete de las dieciséis horas del veintidós de junio del dos mil doce, se liquida la sociedad de esta plaza denominada Guimaka de León Cortés Sociedad Anónima.—León Cortés, 27 de junio dos mil doce.—Lic. Gabriela Varela Solano, Notaria.—1 vez.—RP2012309376.—(IN2012069849).

Por escritura Nº 315 de las 11:00 horas del 23 de junio de 2012, protocolizo acta de asamblea de accionistas que acuerdan la disolución y desincripción de Inversiones Iorunavai S. A..—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Emilia Ma. Marín Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012309377.—(IN2012069850).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas, cuarenta y cinco minutos, del día veintiocho de junio del año dos mil doce, de la sociedad denominada Siete Once del Trópico Sociedad Anónima, en la que por unanimidad de socios se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012309378.—(IN2012069851).

Por escritura N° 192, otorgada ante esta notaría, se solicita la disolución y desinscripción de Creaciones Cindirella S. A.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic. Olga Martínez Calvo, Notaria.—1 vez.—RP2012309379.—(IN2012069852).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas, del día veintiocho de junio del año dos mil doce, de la sociedad denominada Constructora Menfis Sociedad Anónima, en la que por unanimidad de socios se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012309381.—(IN2012069853).

Al ser las catorce horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de Grupo Consultor de Sistemas Salas Castro Sociedad Anónima.—Lic. Alejandro Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—RP2012309382.—(IN2012069854).

Al ser las catorce horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de Manualidades Cretty Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Alfaro Araya, Notario.—1 vez.—RP2012309383.—(IN2012069855).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas, treinta minutos del día veintiocho de junio del año dos mil doce, de la sociedad denominada Accounting And Legal Consultans Sociedad Anónima, en la que por unanimidad de socios se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012309385.—(IN2012069856).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas, quince minutos, del día veintiocho de junio del año dos mil doce, de la sociedad denominada Grupo Asesor Técnico Especializado Grates Sociedad Anónima, en la que por unanimidad de socios se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012309386.—(IN2012069857).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día veintiocho de junio del año dos mil doce, de la sociedad denominada La Plantación de Café del Gringo Sociedad Anónima, en la que por unanimidad de socios se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012309388.—(IN2012069858).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las siete horas del día veintinueve de junio del dos mil doce, se acordó por unanimidad de los socios que conforman el capital social la disolución de la sociedad de esta plaza denominada Bragmars Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y ocho mil setecientos treinta y dos.—Lic. Luis Alberto Víquez Aragón, Notario.—1 vez.—RP2012309389.—(IN2012069859).

Ante esta notaría, a las quince horas del veintiocho de junio de dos mil doce se otorga escritura de disolución de sociedad Industrias Soto y Rojas Sociedad Anónima cédula jurídica tres ciento uno ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y tres. Es todo.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Lourdes Ruiz Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012309390.—(IN2012069860).

Mediante escritura número cincuenta y dos de las dieciséis horas del veinte de junio del año dos mil doce se celebró asamblea general extraordinaria de Constructora Mecano Sociedad Anónima, mediante la cual se tomó el acuerdo de disolver esta compañía. Se cita dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado quien quiera oponerse judicialmente a la presente disolución. Se publica el presente edicto para los efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012309391.—(IN2012069861).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las siete horas treinta minutos del día veintinueve de junio del dos mil doce, se acordó por unanimidad de los socios que conforman el capital social la disolución de la sociedad de esta plaza denominada Ópalo de Anasan Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y tres mil setecientos veintidós.—Lic. Luis Alberto Víquez Aragón, Notario.—1 vez.—RP2012309392.—(IN2012069862).

El suscrito Lic. Álvaro Retana Carmona, solicita se cancele el siguiente edicto que corresponde a empresa JMKA Motor Sports Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil trescientos ochenta y dos, para su desinscripción.—28 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Retana Carmona, Notario.—1 vez.—RP2012309393.—(IN2012069863).

El suscrito Lic. Álvaro Retana Carmona, solicita se cancele el edicto de las empresas denominadas, Ólger y Leticia Sociedad Anónima, Bryan y Ólger Sociedad Anónima y Construcciones Agrícolas de Pococí Sociedad Anónima, lo anterior para su respectiva desinscripción.—28 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Retana Carmona, Notario.—1 vez.—RP2012309394.—(IN2012069864).

Mediante escritura veintiuno, se constituye la sociedad Inversiones Jucase J.C. Sociedad Anónima. Presidente: Juan Carlos Acuña Sequeira.—San José, 29 de junio de 2012.—Lic. Rolando Rojas Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012309395.—(IN2012069865).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de junio del año dos mil doce, la sociedad Propiedad de Marian S. A. se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos  mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309396.—(IN2012069866).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas cuarenta minutos del veinticinco de junio del año dos mil doce, la sociedad La Finca de Million S. A. se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notario.—1 vez.—RP2012309397.—(IN2012069867).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas cincuenta minutos del veinticinco de junio del año dos mil doce, la sociedad Inversiones Otras Alternativas del Sur S. A. se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309398.—(IN2012069868).

En mi notaría, a las once horas del veintiocho de junio de dos mil doce, protocolicé acta de Tres-Ciento Dos-Seiscientos Cincuenta y Seis Mil Ochocientos Treinta y Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada; en la que se modificó cláusulas primera, segunda y sétima y se nombró gerente.—Lic. Vladimir Mora Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012309399.—(IN2012069869).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veinticinco de junio del año dos mil doce, la sociedad Tres- Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Cincuenta y Uno S. A. se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309400.—(IN2012069870).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas diez minutos del veinticinco de junio del año dos mil doce, la sociedad Inversiones Cheyme del Valle S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309401.—(IN2012069871).

Disolución de sociedad El Pez de Cristal Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintisiete mil ciento veintinueve, celebrada en su domicilio social, de las diez horas del primero de junio del dos mil doce, escritura otorgada en San José, al ser las diez horas del quince de junio dos mil doce ante la notaria Linette González Rojas.—Lic. Linette González Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012309403.—(IN2012069872).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas veinte minutos del veinticinco de junio del año dos mil doce, la sociedad Compañía C & G Internacional S. A. se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012309402.—(IN2012069873).

Ante esta notaría, se disolvió las sociedades denominadas: 3-101-620456 S. A., cédula jurídica número 3-101-620456, 3-101-620462 S. A., cédula jurídica número 3-101-620462, y 3-101-620464 S. A., cédula jurídica número 3-101-620464.—Tilarán, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012309404.—(IN2012069874).

Ante esta notaría se otorgó escritura de disolución de la compañía Estrada Shipping Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-422794. Escritura otorgada ante el notario Carlos Manuel Soto Estrada, en San José a las veintiuna horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Manuel Soto Estrada, Notario.—1 vez.—RP2012309405.—(IN2012069875).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con quince minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Pillow Investments Limitada con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos veinticinco mil trescientos cincuenta y dos.—Tilarán, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—RP2012309406.—(IN2012069876).

Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 32 del tomo 15, de las 19:00 horas del día 25 del mes de junio del año 2012, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Importaciones & Exportaciones Lambert de Costa Rica S. A. donde se acuerda su disolución.—San José, 28 de junio del año 2012.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2012309408.—(IN2012069877).

Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 31 del tomo 15, de las 18 horas del día 25 del mes de junio del año 2012, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Bendiciones Trinidad Santa S. A. donde se acuerda su disolución.—San José, 28 de junio del año 2012.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2012309409.—(IN2012069878).

Ante esta notaría según acuerdo firme y asentado en las respectivas actas de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, se disuelve la sociedad C T Accesorios para Óptica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y ocho mil novecientos treinta y nueve; según lo estipulado en artículo doscientos uno, enciso D de Código de Comercio. Gerardo Humberto Coto Arias, presidente: cédula-uno-cero quinientos siete-cero cero treinta y nueve.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012309410.—(IN2012069879).

Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 30 del tomo 15, de las 17:00 horas del día 25 del mes de junio del año 2012, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Vista Sol de Heredia S. A. donde se acuerda su disolución.—San José, 28 de junio del año 2012.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2012309411.—(IN2012069880).

Por escritura otorgada ante el notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número 29 del tomo 15, de las 16:00 horas del día 25 del mes de junio del año 2012, se protocoliza la asamblea de socios de la sociedad denominada Trejos & Morales Artesanía Digital S. A. donde se acuerda su disolución.—San José, 28 de junio del año 2012.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—RP2012309412.—(IN2012069881).

Mediante escritura treinta y dos-tomo tres, se disuelve por acuerdo de cuotistas la sociedad: Inversiones Jota & Dani Limitada, cédula persona jurídica: 3-102-571383, conforme artículo: 201 inciso d) del Código Comercio; Transitorio segundo Ley N° 9024; y la Directriz Registral N. D.R.P.J. 002-2012 del Registro Personas Jurídicas, en su apartado sexto. Se advierte la compañía no tiene ningún bien o activo, ni deudas o pasivos, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. José Miguel Úbeda Mejía, Notario.—1 vez.—RP2012309913.—(IN2012069882).

Por escritura número 72-56, visible al folio 32 vuelto del tomo 56 del protocolo del suscrito notario, otorgada a las 16:00 horas del 21 de junio del 2012, se protocoliza el acta de disolución de Inversora Piedras Blancas del Sur Sociedad Anónima, 3-101-154358.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012309414.—(IN2012069883).

Por escritura otorgada el día 26 de junio del 2012 en el tomo cuarto de la suscrita notaria, se protocolizó la siguiente acta de asamblea general extraordinaria de socios. Escritura número 150: renuncia al puesto de vocal 1 de la junta directiva, renuncia al puesto de secretaria de la junta directiva, nombramiento del nuevo secretario de junta directiva y modificación de la cláusula sexta del pacto social: Administración conformada por tres miembros: presidente, secretario y tesorero.—Lic. Xiomara Solís Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012309417.—(IN2012069884).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Philippe Quesada Jassoud en su calidad de único socio y dueño del total del capital social de la entidad Inversiones Hermanos Orlando S. A. para proceder a disolverla, el veintiséis de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las quince horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309418.—(IN2012069885).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Philippe Quesada Jassoud en su calidad de único socio y dueño del total del capital social de la entidad Haciendas de Punta Uva Pino Jaspe S. A., para proceder a disolverla, el veintiséis de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las quince horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309419.—(IN2012069886).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Philippe Quesada Jassoud en su calidad de único socio y dueño del total del capital social de la entidad Corporación Hotelera Jasfasol Pacífico S. A para proceder a disolverla, el veintiséis de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las quince horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309420.—(IN2012069887).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Philippe Quesada Jassoud en su calidad de único socio y dueño del total del capital social de la entidad Gimnasio Corpus de Jacó S. A. para proceder a disolverla, el veintiséis de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las quince horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309421.—(IN2012069888).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Philippe Quesada Jassoud en su calidad de único socio y dueño del total del capital social de la entidad Gastronómica Quesada Jassoud PQJ S. A. para proceder a disolverla, el veintiséis de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las quince horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309422.—(IN2012069889).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Grace Leana Woodman Maloy en su calidad de única socia de la entidad Transacciones entre Los Dos Océanos S. A., y por ende dueñas del total del capital social, para proceder a disolverla, el veinticinco de junio del dos mil doce, mediante escritura otorgada a las diez horas.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—RP2012309424.—(IN2012069890).

Se deja constancia que en esta notaría compareció Philippe Quesada Jassoud en su calidad de único socio y dueño del total del capital social de la entidad Quephil P y G de Jacó S. A. para proceder a disolverla, el veintiséis de junio del dos mil doce; mediante escritura otorgada a las quince horas.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309425.—(IN2012069891).

En mi notaría, los señores Guillermo Montero Zúñiga, cédula 1-420-628 y Carmen Emilia Campos Solís, cédula 2-310-672 acuerda disolver la sociedad anónima, Hombres con Visión, cédula jurídica 3-101-507801.—San Rafael de Heredia, 28 de junio de 2012.—Lic. Danilo Hernández Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012309427.—(IN2012069892).

En mi notaría por escritura a las 12:30 horas del 18 de junio del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Oficina Técnica de Agrimensura y Catastro Otaca S. A. por la cual se acuerda la disolución de la sociedad. Cualquier interesado o acreedor podrá presentar su oposición en el domicilio social de esta sociedad.—Ciudad Quesada, dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—RP2012309428.—(IN2012069893).

Por escrituras número doscientos setenta y nueve y doscientos ochenta protocolizada en mi notaria a las doce horas y a las diecisiete horas del veintiocho de junio, se procede a disolver las sociedades Inversiones Rodríguez y Reyes S. A. cédula jurídica: 3-101-397246 y Bienes Raíces Real Estado S. A. cédula: 3-158943 no existen activos que liquidar.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Ángel Paniagua Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309429.—(IN2012069894).

Los señores Danilo Alexander Arce Rojas, cédula 4-0125-0392, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Tecno Eme E.I.R.L., propietaria de cinco acciones y María del Pilar Aguilar Vargas, cédula 1-0631-0906, propietaria de cinco acciones, conforman la totalidad del capital social de la empresa Consultores y Tecnología Avanzada Arce Aguilar Limitada, cédula de persona jurídica Nº 3-102-304600, acuerdan la disolución y liquidación de dicha sociedad, la cual está inscrita en la Sección Mercantil, al tomo 1479, folio 116, asiento 114.—Lic. Francisco Izaguirre García, Notario.—1 vez.—RP2012309430.—(IN2012069895).

E1 suscrito notario hace constar que en mi notaría se constituyó la entidad Sokralu Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: ochenta mil colones. Domicilio, San Miguel de Santo Domingo de Heredia, contiguo al Restaurante Bromelias del Río. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1 vez.—RP2012309432.—(IN2012069896).

El suscrito notario hace constar que en mi notaría se protocolizó el acta de la entidad Albeergue de Montaña Santa Elena Sociedad Anónima, de aumento de capital a veintidós millones de colones.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1 vez.—RP2012309433.—(IN2012069897).

Por escritura número diecisiete otorgada en San José, a las doce horas del veintiséis de junio del dos mil doce, protocolizo asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Pas A Pas Comunicación Visual S. A., y se acuerda disolver la sociedad por la licenciada María del Carmen Garita Araya.—San José, a las doce horas y cuarenta minutos del veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. María del Carmen Garita Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012309434.—(IN2012069898).

En mi notaría en San Francisco de Dos Ríos, San José, de El Lagar, ciento cincuenta metros al este, cien metros sur y diez metros este, se ha disuelto la sociedad denominada Inversiones la Maravilla de Milano de Pococí Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos ochenta y cuatro mil doscientos ocho.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Luis Alberto Valverde Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309435.—(IN2012069899).

Ante esta notaría protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Corporación Romayo Sociedad Anónima, donde se acuerda disolver dicha sociedad.—Guápiles, Pococí, Limón, 29 de junio del 2012.—Lic. Alice María Aguilar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012309436.—(IN2012069900).

Ante esta notoría protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Corporación Maroyo Sociedad Anónima, donde se acuerda disolver dicha sociedad.—Guápiles, Pococí, Limón, 29 de junio del 2012.—Lic. Alice María Aguilar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012309437.—(IN2012069901).

Ante esta notoria protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Luisali L.A. Sociedad Anónima, donde se nombra nuevo presidente de la junta directiva.—Guápiles, Pococí, Limón, 29 de junio del 2012.—Lic. Alice María Aguilar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012309438.—(IN2012069902).

Se avisa a cualquier interesado que el 20 de junio del 2012, por asamblea extraordinaria de socios se ha procedido a disolver la sociedad Rufer del Norte S. A., cédula jurídica número: tres-uno cero uno-uno dos uno cuatro cinco seis, por lo que cuenta con 30 días siguientes a esta publicación para que puedan oponerse judicialmente a la disolución. Se nombra liquidador al suscrito notario público, con oficina abierta en San José, Goicoechea, El Alto de Guadalupe, seiscientos metros al este de la Clínica Jerusalem.—Lic. Rolando Segura Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012309439.—(IN2012069903).

Por escritura número treinta-cinco, otorgada por el notario Juan Manuel Cordero Esquivel, a las diez horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Arenal Tierra Bonitas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos mil setecientos treinta y uno, mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de dicha sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2012309440.—(IN2012069904).

Mediante escritura otorgada por el suscrito notario Omar Ayales Aden, a las 13:00 horas del 19 de junio del 2012, protocolicé acuerdos del acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Ololourdes S. A., donde se modifican las cláusulas primera y cuarta de su pacto social en cuanto al nombre, domicilio y representación de la sociedad por lo que en adelante se denominará Tres Hoosier Monkeys S. A., así como revocatorias y nombramientos en la administración de la sociedad.—Playas del Coco, 19 de junio de 2012.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1 vez.—RP2012309441.—(IN2012069905).

Por escritura otorgada a las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general de socios de la sociedad Inmobiliario Sueños Beta Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y un mil setecientos cincuenta y tres, en la que se acordó la disolución de la sociedad. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Quesada Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012309442.—(IN2012069906).

Mediante escritura otorgada por el suscrito notario Omar Jalil Ayales Aden, a las 17 horas del 27 de junio del 2012, protocolicé acuerdos de socios de la sociedad denominada Lago de Valencia SRL, donde se acordó la disolución de la sociedad.—Playas del Coco, 27 de junio del 2012.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—RP2012309443.—(IN2012069907).

Mediante escritura otorgada por el suscrito notario Omar Jalil Ayales Aden, a las dieciséis horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, protocolicé acuerdos de socios de la sociedad denominada White Crest S. A., donde se acordó la disolución de la sociedad.—Playas del Coco, 27 de junio del 2012.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—RP2012309444.—(IN2012069908).

Ante esta notaría por escritura número ciento veintidós, otorgada a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se modificó la cláusula de la representación de Vermont Tamarindo Treinta y Uno Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—RP2012309445.—(IN2012069909).

Mediante escritura otorgada por el suscrito notario Omar Jalil Ayales Aden, a las quince horas y treinta minutos del día veintisiete de junio del dos mil doce, protocolicé acuerdos de socios de la sociedad denominada 3-102-480940 SRL, donde se acordó la disolución de la sociedad.—Playas del Coco, 27 de junio del 2012.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—RP2012309446.—(IN2012069910).

Ante esta notaría por escritura número cinco-ciento siete, otorgada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Cocomo Tropical Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—RP2012309447.—(IN2012069911).

Ante esta notaría por escritura número cinco-ciento ocho, otorgada a las dieciséis horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Don Uriel Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—RP2012309448.—(IN2012069912).

Ante esta notaría se ha realizado asamblea general extraordinaria de los socios de la sociedad denominada Seguros la Vida es Bella Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y dos mil seiscientos sesenta y ocho. Al amparo de lo consignado en el inciso d), artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acuerda la disolución a partir del veintiséis de junio del dos mil doce, se otorgan treinta días a partir de esta publicación para que se hagan las oposiciones de quienes se consideren perjudicados, deben realizarse ante el órgano jurisdiccional conforme establece el artículo 207 del Código de Comercio.—Palmares, 26 de junio del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309449.—(IN2012069913).

Ante esta notaría se constituyó Importaciones Yoder Solano Sociedad Anónima. El capital social doscientos mil colones. Plazo de noventa y nueve años a partir del día de su constitución. Objeto: importación de bienes y el comercio en general. Domicilio en Esquipulas de Palmares, Alajuela exactamente setecientos metros al este de la escuela Julia Fernández. Apoderado: el presidente de la junta directiva.—Palmares, 27 de junio del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309451.—(IN2012069914).

Ante esta notaría se ha realizado asamblea general extraordinaria de los socios de la sociedad denominada Muebles Cedral Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento dos mil ochocientos setenta y ocho. Al amparo de lo consignado en el inciso d), artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acuerda la disolución a partir del veintiséis de junio del dos mil doce, se otorgan treinta días a partir de esta publicación para que se hagan las oposiciones de quienes se consideren perjudicados, deben realizarse ante el órgano jurisdiccional conforme establece el artículo 207 del Código de Comercio.—Palmares, 26 de junio del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309452.—(IN2012069915).

Por escritura 342-14, otorgada en San José, a las 17:00 horas del 28 de mayo del 2012, se protocoliza acta primera de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Distribuidora Griega de Productos Comerciales Limitada, por votación unánime se acuerda la disolución de la sociedad anónima.—Lic. Annia Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012309453.—(IN2012069916).

Por escritura otorgada por esta notaría, se disolvió por acuerdo unánime de socios el 27 de junio del 2012 la sociedad denominada By Costa Rica Comercial del Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-275377. Es todo.—Guápiles, 27 de junio del 2012.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012309454.—(IN2012069917).

Por escritura otorgada por esta notaría se disolvió por acuerdo unánime de socios el 28 de junio del 2012, la sociedad denominada Passion Fashion Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-420215. Es todo.—Guápiles, 27 de junio del 2012.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012309455.—(IN2012069918).

Por escritura 345-14, otorgada en San José a las 14:00 horas del 5 de junio del 2012, se protocoliza acta primera de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Linares y Rojas Limitada. Por votación unánime se acuerda la disolución de la sociedad anónima.—Lic. Annia Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012309456.—(IN2012069919).

Por escritura 342-14, otorgada en San José, a las 17:00 horas del 2 de junio del 2012, se protocoliza acta primera de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Computación Vacsa de San José S. A. Por votación unánime se acuerda la disolución de la sociedad anónima.—Lic. Annia Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012309457.—(IN2012069920).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 28 de junio del 2012, mediante la escritura número 12-33, el señor Jorge Céspedes Gutiérrez, presidente de la sociedad Inmobiliaria Jorcesgut S. A., acuerda la disolución de la sociedad.—29 de junio del 2012.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—RP2012309458.—(IN2012069921).

Por escritura 343-14, otorgada en San José a las 19:00 horas del 1º de junio del 2012, se protocoliza acta primera de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Corporación Arrendadora S.I.S.J S. A. Por votación unánime se acuerda la disolución de la sociedad anónima.—Lic. Annia Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012309459.—(IN2012069922).

Por escritura 345-14, otorgada en San José, a las 14:00 horas del 4 de junio del 2012, se protocoliza acta primera de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Inversiones Himody S. A. Por votación unánime se acuerda la disolución de la sociedad anónima.—Lic. Annia Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012309460.—(IN2012069923).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 28 de junio del 2012, mediante la escritura número 11-33, el señor Jorge Céspedes Gutiérrez, presidente de la sociedad Jorge Céspedes y Asociados S. A., acuerda la disolución de la sociedad.—29 de junio del 2012.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—RP2012309461.—(IN2012069924).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades Nikis Aze S. A. y 3-102-469799 SRL, donde se fusionaron por absorción las anteriores sociedades subsistiendo Nikis Aze S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—RP2012309462.—(IN2012069925).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría el 28 de junio de 2012, a las 09:00, 09:30 y 10:00 horas, se acuerda la disolución de las siguientes sociedades Romasamadi S. A., Mayapanya S. A. y Leilasila S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012309463.—(IN2012069926).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Comercializadora de Productos Unidos del Norte C. P. U. S. A., mediante la cual en forma unánime por medio de la totalidad de los socios se acuerda la liquidación y disolución de la presente sociedad de conformidad con el Código de Comercio y la Ley 9024 y que no existen bienes a liquidar.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012309464.—(IN2012069927).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Químicas Orgánicas de Costa Rica S. A., mediante la cual en forma unánime por medio de la totalidad de los socios se acuerda la liquidación y disolución de la presente sociedad de conformidad con el Código de Comercio y la ley 9024 y que no existen bienes a liquidar.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012309465.—(IN2012069928).

Liquidación y disolución de la compañía denominada Corrales y Picado e Hijos S. A., cédula jurídica 3-101-631012, domiciliada en la provincia de San José, cantón de Aserrí, Barrio Jocotal, 300 metros oeste de la iglesia católica. Lo anterior de acuerdo con la Ley Nº 9024 publicada en La Gaceta Nº 249 del 27 de diciembre del 2011.—Lic. Sergio Vidal Zúñiga López, Notario.—1 vez.—RP2012309466.—(IN2012069929).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Inversiones Educativas Joluma S. A., mediante la cual en forma unánime por medio de la totalidad de los socios se acuerda la liquidación y disolución de la presente sociedad de conformidad con el Código de Comercio y la Ley 9024 y que no existen bienes a liquidar.—San José, 26 de junio de 2012.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012309467.—(IN2012069930).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad El Oráculo de Delfos S. A., mediante la cual en forma unánime por medio de la totalidad de los socios se acuerda la liquidación y disolución de la presente sociedad de conformidad con el Código de Comercio y la Ley 9024 y que no existen bienes a liquidar.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012309468.—(IN2012069931).

Por disolución de la sociedad de esta plaza denominada Zamoco Internacional Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento quince mil ochocientos cuarenta y cinco, se convoca a todos los interesados a hacer valer sus derechos dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto. Notaría del Lic. Juan Carlos González Rojas, sita: San José, Barrio Córdoba, diagonal al Liceo Castro Madriz Rojas. Es todo.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Juan Carlos González Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309469.—(IN2012069932).

Liquidación y disolución de la compañía denominada ACM Servicios Eléctricos S. A., cédula jurídica 3-101-605549, domiciliada en San Ignacio de Acosta, de la escuela de Agua Blanca, 600 metros al noreste. Lo anterior de acuerdo con la Ley Nº 9024 publicada en La Gaceta Nº 249 del 27 de diciembre del 2011.—Lic. Sergio Vidal Zúñiga López, Notario.—1 vez.—RP2012309470.—(IN2012069933).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Conexión Nueve Uno Uno S. A., mediante la cual en forma unánime por medio de la totalidad de los socios se acuerda la liquidación y disolución de la presente sociedad de conformidad con el Código de Comercio y la Ley 9024 y que no existen bienes a liquidar.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012309471.—(IN2012069934).

Liquidación y disolución de la compañía denominada Castro Villegas S. A., cédula jurídica 3-101-245900, domiciliada en la ciudad de Desamparados, San José, Residencial el Diamante, 25 metros al sur del play. Lo anterior de acuerdo con la Ley Nº 9024 publicada en La Gaceta Nº 249 del 27 de diciembre del 2011.—Lic. Sergio Vidal Zúñiga López, Notario.—1 vez.—RP2012309472.—(IN2012069935).

Por escritura número 179 otorgada ante el suscrito notario a las 10:00 horas del 25 de junio de 2012; se acuerda la disolución de la compañía Textos Modernos Catleya Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio de 2012.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012309473.—(IN2012069936).

Por acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de 3-102-576431 Sociedad de Responsabilidad Limitada, efectuada ante esta notaría a las dieciocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acuerda su disolución.—Heredia, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Villalobos Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2012309474.—(IN2012069937).

Liquidación y disolución de la compañía denominada Calderón Fallas e Hijos S. A., cédula jurídica 3-101-627285, domiciliada en la provincia de San José, cantón de Acosta, Barrio María Auxiliadora, 50 metros al oeste de Coopecaraigres. Lo anterior de acuerdo con la Ley Nº 9024 publicada en La Gaceta Nº 249 del 27 de diciembre del 2011.—Lic. Sergio Vidal Zúñiga López, Notario.—1 vez.—RP2012309475.—(IN2012069938).

Por escritura número 178 otorgada ante el suscrito notario a las 9:00 horas del 25 de junio de 2012; se modificó la cláusula segunda de los estatutos relacionada del objeto de la compañía Dada Textil Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio de 2012.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012309477.—(IN2012069939).

La suscrita notaria hace constar que por acuerdo de socios se ha acordado la disolución de la sociedad Inversiones Profesionales Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trece mil sesenta y cuatro.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Carla Amador Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012309478.—(IN2012069940).

A las once horas del veintinueve de junio de dos mil doce, ante la notaría del Licenciado Gerardo Benavides Sánchez, se protocolizó la disolución de la sociedad denominada Ortiz e Hijos Asociados Ltda., con número de cédula jurídica: tres-ciento dos-quinientos cuarenta y tres mil trecientos diecinueve, cuyo representante y apoderado generalísimo sin límite de suma es Luis Ortiz, con un solo apellido por razón de su nacionalidad colombiana. Es todo.—Lic. Gerardo Benavides Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012309479.—(IN2012069941).

El suscrito notario hace constar que por acuerdo de socios se ha acordado la disolución de la sociedad Pinedisa CD Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y dos mil seiscientos setenta y ocho.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Danilo Chaverri Soto, Notario.—1 vez.—RP2012309480.—(IN2012069942).

R Y M de Palmares S. A., en acta tres de asamblea general extraordinaria de accionistas, reforma cláusula sexta de sus estatutos. Representantes legales: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—Palmares, Alajuela, a las 10 horas del 18 de junio del 2012.—Lic. Ana Ruth Palma Céspedes, Notaria.—1 vez.—RP2012309481.—(IN2012069943).

El suscrito notario hace constar que por acuerdo de socios se ha acordado la disolución de la sociedad Mendiote WV Once Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y tres mil ciento veintinueve.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Danilo Chaverri Soto, Notario.—1 vez.—RP2012309482.—(IN2012069944).

Por escritura otorgada en esta notaría el 25 de junio del 2012 a las 14:00 horas, se acordó la disolución de Ruymapic S.R. Ltda, cédula 3-102-255363 conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda la disolución de la sociedad. Por no existir activos, ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna clase se prescinde del nombramiento de liquidador. Gerente: María Isabel Castillo Valverde.—Palmares, Alajuela, 25 de junio del 2012.—Lic. Ligia María Vargas Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012309483.—(IN2012069945).

La empresa Santo Domingo Asesores Sociedad Anónima, modifica cláusula octava de la administración, reforma junta directiva y nombra fiscal, mediante escritura otorgada en esta notaría a las ocho horas treinta minutos del 29 de junio del 2012.—Lic. José Francisco Monge Masís, Notario.—1  vez.—RP2012309484.—(IN2012069946).

La empresa San Miguel Consultores Sociedad Anónima, modifica cláusula octava de la administración, reforma junta directiva y nombra fiscal, mediante escritura otorgada en esta notaría a las ocho horas del 29 de junio del 2012.—Lic. José Francisco Monge Masís, Notario.—1  vez.—RP2012309485.—(IN2012069947).

El suscrito notario hace constar que por acuerdo de socios se ha acordado la disolución de la sociedad Waltin XY Doce Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y tres mil doscientos cincuenta y nueve.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Danilo Chaverri Soto, Notario.—1 vez.—RP2012309486.—(IN2012069948).

Por escritura otorgada en esta notaría el 25 de junio del 2012 a las 14:00 horas se acordó la disolución de Cuatro J T S Limitada, cédula 3-102-154134 conforme al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acuerda la disolución de la sociedad. Por no existir activos, ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna clase, se prescinde del nombramiento de liquidador. Gerente: José Luis Rodríguez González.—Palmares, Alajuela, 25 de junio del 2012.—Lic. Ana Ruth Palma Céspedes, Notaria.—1 vez.—RP2012309487.—(IN2012069949).

La suscrita notaria hace constar que por acuerdo de socios se ha acordado la disolución de la sociedad Caclari Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dieciséis mil novecientos sesenta y seis.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Carla Amador Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012309488.—(IN2012069950).

Por escritura otorgada en esta notaría el 28 de junio del 2012 a las 10:00 horas, se acordó la disolución de Ileta de Jehova S. A., cédula 3-101-606636 conforme al artículo 201, inciso d) del Código de comercio, se acuerda la disolución de la sociedad. Por no existir activos, ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna clase se prescinde del nombramiento de liquidador. Presidenta: María Ileana Palma Céspedes.—Palmares de Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2012309489.—(IN2012069951).

El suscrito notario hace constar que por acuerdo de socios se ha acordado la disolución de la sociedad Condominios del Roble Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cinco mil veintiocho.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Danilo Chaverri Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012309490.—(IN2012069952).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria en San José, a las ocho horas del veinticinco de junio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Corporación de Transportes Demyen Sociedad Anónima, donde se procede a la disolver la sociedad.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2012309491.—(IN2012069953).

Ante mi notaría se disuelve la sociedad anónima Mercurio Representaciones y Suministros S. A., domiciliadas en San José. Presidente: Víctor Manuel Ariza Vargas, se agregan y cancelan derechos y timbres de ley.—Lic. Juan Felipe Chacón Herra, Notario.—1 vez.—RP2012309493.—(IN2012069954).

Ante mi notaría se disuelven las sociedades anónimas Corporación Armi Quinta Avenida y Suministros A & M Avenida Central, domiciliadas en San José. Presidente de ambas, Gabriel Milgrán Szuster, se agregan y cancelan derechos y timbres de ley.—Lic. Juan Felipe Chacón Herra, Notario.—1 vez.—RP2012309494.—(IN2012069955).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce, por unanimidad de votos se disolvió la sociedad Materiales de Zapatería el Mejor Precio S. A.—Heredia, veintiocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Kattia Vanessa Ramos González, Notaria.—1 vez.—RP2012309496.—(IN2012069956).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce, por unanimidad de votos se disolvió la sociedad Ejomsa S. A.—Heredia, veintiocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Kattia Vanessa Ramos González, Notaria.—1 vez.—RP2012309497.—(IN2012069957).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, a las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad Materiales de Zapatería El Buey S. A.—Heredia, veintiocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Kattia Vanessa Ramos González, Notaria.—1 vez.—RP2012309499.—(IN2012069958).

Por escritura uno otorgada ante mí notaría, a las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se reforman cláusulas segunda, octava, sétima y décimo primera del pacto constitutivo de la sociedad denominada Geyli Q y T S. A.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Joaquín Gerardo Ramos Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012309498.—(IN2012069959).

Por escritura cuatrocientos veinticinco-cuatro de las diez horas del veintinueve de junto del dos mil doce, se disuelve y liquida la compañía B Y M Tecnología Sociedad Anónima de cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos diecisiete mil trescientos doce, otorgada ante la Lic. Martha Eugenia Pacheco Rojas.—Lic. Martha Eugenia Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012309500.—(IN2012069960).

Por escritura pública doscientos veintiséis del tomo primero del protocolo del suscrito notario, otorgada a las diez horas del veintinueve de junio del dos mil doce, se protocoliza el acta número uno de la sociedad Heroque del Norte S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos diecinueve mil doscientos ochenta y uno, por la cual se disuelve la sociedad.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Baudilio Arturo Morales Monroy, Notario.—1 vez.—RP2012309501.—(IN2012069961).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, Zevi Sociedad Anónima, acordó la disolución de dicha sociedad.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—RP2012309502.—(IN2012069962).

Por escritura otorgada ante mí notaría, se disolvió la sociedad anónima Lavacar La Pampa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos diecisiete mil cuarenta y uno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, y en el aparatado VI de la Directriz cero cero dos-dos mil doce, del Registro de Personas Jurídicas.—Santa Cruz, Guanacaste, 30 de mayo del 2012.—Lic. Luis Eduardo Leal Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309503.—(IN2012069963).

Por escritura otorgada ante mí notaría, se constituyó sociedad anónima, donde se faculta al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional para que como denominación social de la presente sociedad se establezca el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción, que su domicilio será en Barrio El Edén de Cartagena de Santa Cruz, Guanacaste, contiguo al Tempo Evangélico, que la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma le corresponde al presidente, de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—Santa Cruz, Guanacaste, a las dieciséis horas, diecinueve minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Eduardo Leal Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309504.—(IN2012069964).

Por escritura otorgada ante mí notaría, se constituyó sociedad anónima denominada Finca Río Cholo Sociedad Anónima, que su domicilio será en Jazminal de Cuajiniquil de Santa Cruz, Guanacaste, de la escuela pública, ochocientos metros al sureste, que la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma le corresponde al presidente, de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—Santa Cruz, Guanacaste, a las diecisiete horas, diecisiete minutos del catorce de octubre del dos mil doce.—Lic. Luis Eduardo Leal Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309505.—(IN2012069965).

Ante mí notaría a las dieciséis horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se ha otorgado escritura pública con la comparecencia de la totalidad del capital accionario de la sociedad anónima Hermanos Miangel Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta y seis, donde acuerdan por unanimidad disolver la sociedad, declarando que no cuenta con activos ni pasivos y no tienen operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Lic. Santiago Vargas Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012309506.—(IN2012069966).

Por escritura otorgada ante mí notaría, se constituyó sociedad anónima denominada Hoppa Valma Sociedad Anónima, que su domicilio será en Nicoya, Guanacaste, cincuenta metros al este del Salón Comunal de Barrio Santa Lucía, que la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma le corresponde al presidente y secretaria, actuando conjunta o separadamente de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—Santa Cruz, Guanacaste, a las dieciséis horas, quince minutos del 7 de marzo del 2012.—Lic. Luis Eduardo Leal Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309507.—(IN2012069967).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del día 28 de junio del 2012, protocolicé asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Maicena Honig S. A., se disuelve la sociedad.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—RP2012309508.—(IN2012069968).

Ante mí notaría, a las a las diez horas del veintinueve de junio del dos mil doce, he protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima La Esperanza Orgánica Sociedad Anónima, con domicilio en San José, San Isidro de Coronado, de la Farmacia El Pilar, cien metros sur, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintiocho mil novecientos noventa, celebrada a las nueve horas del veintinueve de junio del dos mil doce, donde acuerda por unanimidad disolver la sociedad, siendo que la misma no cuenta con activos ni pasivos.—Lic. Santiago Vargas Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012309509.—(IN2012069969).

Por escrituras otorgadas ante mí, a las 8:00 y 9:00 horas del 16 de junio del 2012, protocolicé asambleas extraordinarias de socios de las sociedades Autos Chusos S. A. y W.Wg. & Partners Co. S. A., se disuelven ambas sociedades.—Lic. Francisco H. Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012309511.—(IN2012069970).

Mediante escritura número ciento setenta y cinco de las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría se acuerda la disolución de la sociedad G.E.B. Gestión y Desarrollo Profesional Tres S. A. Lo anterior de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Carlos Chaverri Negrini, Notario.—1 vez.—RP2012309512.—(IN2012069971).

Mediante escritura número cincuenta y siete de las siete horas, cuarenta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce otorgada ante esta notaría, se acuerda la disolución de la sociedad Suplidora Marítima Karakatsanis SRL. Lo anterior de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Deiby Gutiérrez Atencio, Notario.—1 vez.—RP2012309513.—(IN2012069972).

Mediante escritura número cuarenta y dos de las veinte horas del catorce de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría, se acuerda la disolución de la sociedad Tecnología Ejecutiva Costarricense S. A. Lo anterior de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 21 de junio de 2012.—Lic. Deiby Gutiérrez Atencio, Notario.—1 vez.—RP2012309514.—(IN2012069973).

Mediante escritura número cuarenta y uno de las diecinueve horas, treinta minutos del catorce de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría, se acuerda la disolución de la sociedad Corporación de Consulrtoría Xisa S. A. Lo anterior de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Deiby Gutiérrez Atencio, Notario.—1 vez.—RP2012309515.—(IN2012069974).

Mediante escritura número cincuenta y nueve de las ocho horas, veinte minutos del veintiuno de junio del dos mil doce otorgada ante esta notaría, se acuerda la disolución de la sociedad Inversiones Xtreme Sports Costa Rica S. A. Lo anterior de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Deiby Gutiérrez Atencio, Notario.—1 vez.—RP2012309516.—(IN2012069975).

Mediante escritura número cincuenta y seis de las siete horas, veinte minutos del veintiuno de junio del dos mil doce otorgada ante esta notaría, se acuerda la disolución de la sociedad Chameki S. A. Lo anterior de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Deiby Gutiérrez Atencio, Notario.—1 vez.—RP2012309517.—(IN2012069976).

Mediante escritura número veintiuno de las catorce horas del veintisiete de abril del dos mil doce otorgada ante esta notaría, se acuerda la disolución de la sociedad Infoservicios de Centro América S. A. Lo anterior de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Deiby Gutiérrez Atencio, Notario.—1 vez.—RP2012309518.—(IN2012069977).

Mediante escritura número veinte de las trece horas del veintisiete de abril del dos mil doce otorgada ante esta notaría, se acuerda la disolución de la sociedad Cafachon Ltda. Lo anterior de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Deiby Gutiérrez Atencio, Notario.—1 vez.—RP2012309519.—(IN2012069978).

Mediante escritura número cincuenta y ocho de las ocho horas del día veintiuno de junio del dos mil doce otorgada ante esta notaría, se acuerda la disolución de la sociedad Isranac Inversiones S. A. Lo anterior de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Deiby Gutiérrez Atencio, Notario.—1 vez.—RP2012309520.—(IN2012069979).

Ante mí notaría por escritura número: ciento cuarenta y dos, otorgada a las dieciocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé literalmente los acuerdos de la compañía Inversiones Hefestion Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro mil novecientos ochenta y cuatro, donde fue pactada la disolución de la citada compañía, todo de conformidad con lo establecido por el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Zizi Annette Montoya Quintana, Notaria.—1 vez.—RP2012309521.—(IN2012069980).

Ante mí notaría por escritura número: ciento cuarenta y tres, otorgada a las dieciocho horas con treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé literalmente los acuerdos de la compañía Bienes de la Chinita Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos cuarenta y dos mil ciento noventa y ocho, donde fue pactada la disolución de la citada compañía, todo de conformidad con lo establecido por el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Zizi Annette Montoya Quintana, Notaria.—1 vez.—RP2012309522.—(IN2012069981).

Ante mí, Roy Zumbado Ulate, notario los señores José Manuel Vega Vega y Vivian López Martínez, solicitan expresamente la disolución de la sociedad Papas San Gerardo S. A., cédula jurídica 3-101-326136.—28 de junio del 2012.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012309524.—(IN2012069982).

El Deporte es Salud Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-doscientos nueve mil cuarenta, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309526.—(IN2012069983).

El Gran Repuesto Importado Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-doscientos quince mil setenta y cinco, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309527.—(IN2012069984).

Josevil Sociedad Anónima, acuerda su disolución. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del veintiocho de junio del dos mil doce ante el notario: Humberto Jarquín Anchía.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—RP2012309528.—(IN2012069985).

Beneficiadora La Eternidad Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento veintiún mil doscientos diez, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309531.—(IN2012069986).

Bodegón Moto Locura Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cinco mil doscientos setenta y cuatro, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309532.—(IN2012069987).

Comercializadora El Campeón en Línea Blanca Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-doscientos siete mil ciento cuarenta y cinco, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309533.—(IN2012069988).

Cosas y Casas Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-doscientos ocho mil uno, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309534.—(IN2012069989).

Distribuidora Todo & Moto Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-doscientos ochenta y ocho mil novecientos veintiocho, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309535.—(IN2012069990).

Protocolización asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Aciano S. A., donde se acuerda la disolución de dicha sociedad, por acuerdo de socios. Escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 28 de junio del 2012.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2012309536.—(IN2012069991).

A las ocho horas de hoy, se protocolizó la liquidación de la sociedad Consultores Asociados Hidrotecnia S. A.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Giovanni Enrique Incera Segura, Notario.—1 vez.—RP2012309537.—(IN2012069992).

Hago constar que mediante la escritura número ciento noventa y tres, visible al folio ciento cincuenta y dos del tomo décimo tercero de mi protocolo, se constituyó la entidad denominada Inmobiliaria Perfil S. A., escritura otorgada a las ocho horas, ocho minutos del veintiocho de junio del dos mil doce. Está domiciliada en Heredia, San Francisco cien metros sur, cien metros este y cincuenta metros sur del templo católico, su objeto principal será la adquisición de inmuebles para su explotación. Su plazo social es de cien años contados a partir del veintiocho de junio del dos mil doce, al presidente y al secretario corresponde la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, debiendo actuar siempre de manera conjunta.—Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel de Jesús Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—RP2012309538.—(IN2012069993).

Ante esta notaría, al ser las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce y mediante escritura pública número ciento treinta y cinco, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios número uno de la empresa La Fiesta Rápida S. A., mediante la cual acuerda la disolución de la sociedad con fundamento en el inciso d) del artículo 201 del Código de Comercio.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Patricia Castro Molina, Notaria.—1 vez.—RP2012309540.—(IN2012069994).

Ante esta notaría por comparecencia de los socios y por acuerdo unánime se acuerda la disolución de la sociedad Librería y Bazar Angellus S. A. Escritura otorgada en Mercedes Norte de Heredia, a las 12:00 horas del 26 de junio del 2012.—Lic. Alan Picado Badilla, Notario.—1 vez.—RP2012309541.—(IN2012069995).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del día 21 de junio del año 2012, confeccioné declaración jurada de la compañía Martidel S. A., mediante el cual se acuerda disolver esta compañía.—Heredia, 29 de junio del 2012.—Lic. Karina Rojas Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012309542.—(IN2012069996).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas del veinticinco de junio del presente, se otorgó documento en el que por acuerdo de los accionistas convienen disolver la sociedad denominada Namasté Desde Mi Alma S. A.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Rafael Alberto Gamboa Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2012309544.—(IN2012069997).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas del veinticinco de junio del presente, se otorgó documento en el que por acuerdo de los accionistas convienen disolver la sociedad denominada La Danesa Azul S. A.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Rafael Alberto Gamboa Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2012309546.—(IN2012069998).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas de veintisiete de junio del presente, se otorgó documento en el que por acuerdo de los accionistas convienen disolver la sociedad denominada Aluminio y Acero Dos Mil S. A.—Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. Kareen Cambronero Montero, Notaria.—1 vez.—RP2012309547.—(IN2012069999).

Por escritura otorgada ante la notaría de la licenciada Ericka María Esquivel Quirós, se modificaron las cláusulas segunda, novena y cambio de junta directiva, de la empresa Inmobiliaria Pavlodar Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos veinticuatro.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Ericka María Esquivel Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012309548.—(IN2012070000).

La sociedad One Security and Innovation Ltda., cédula jurídica Nº 3-101-562316 modifica su razón social, cambio de junta directiva, y amplían el objeto de la sociedad.—Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Amalia Bone Mo, Notaria.—1 vez.—RP2012309549.—(IN2012070001).

Todo Repuestos Para su Negocio de Motos Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-doscientos quince mil setenta y seis, se reforma la cláusula cuarta: El plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309551.—(IN2012070002).

Tu Moto Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-trescientos cuarenta y siete mil cuatrocientos setenta, reforma se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309552.—(IN2012070003).

Unitraxxas Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-trescientos dos mil cuatrocientos treinta, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309553.—(IN2012070004).

Corporación de Financiamiento La Eficiencia Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento cincuenta mil quinientos quince, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309554.—(IN2012070005).

Transportes Apolo Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento cuarenta y ocho mil novecientos noventa y cuatro, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309555.—(IN2012070006).

Que por escritura otorgada ante la notaría de la licenciada Martha Eugenia Araya Chaverri, a las ocho horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de la compañía Ijala CPU Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Martha Eugenia Araya Chaverri, Notaria.—1 vez.—RP2012309556.—(IN2012070007).

Por escritura autorizada a las dieciséis horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Marucha Internacional S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento diecinueve mil novecientos cincuenta y seis, celebrada en la sede social a las nueve horas del veintidós de junio de este año, en la que la totalidad de los socios acordaron por unanimidad disolver dicha sociedad. Se cita y emplaza dentro de los treinta días siguientes a partir de esta publicación en La Gaceta, a cualquier interesado, para qua pueda oponerse judicialmente a la indicada disolución.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012309557.—(IN2012070008).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad: Inversiones Jema Azul S. A. donde se acuerda su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—RP2012309558.—(IN2012070009).

Por escritura autorizada a las catorce horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Importadora de Vinos Viva S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero setenta y tres mil seiscientos setenta y cinco, celebrada en la sede social a las dieciséis horas del veintiuno de junio de este año, en la que la totalidad de los socios acordaron por unanimidad disolver dicha sociedad. Se cita y emplaza dentro de los treinta días siguientes a partir de esta publicación en La Gaceta, a cualquier interesado, para que pueda oponerse judicialmente a la indicada disolución.—San José, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Fernando Chacón Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012309559.—(IN2012070010).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad: Grupo Vicalpo S. A. donde se acuerda su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—RP2012309560.—(IN2012070011).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad: Seguros Royal Aragón S. A. donde se acuerda su disolución.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—RP2012309561.—(IN2012070012).

Por escritura otorgada ante mí, a las 19:00 horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de las sociedades: Samaca Josefina S. A. y Maremman S. A. donde se acuerdan su fusión, prevaleciendo la sociedad: Samaca Josefina S. A. Plazo: 99 años. Domicilio: San José. Presidente con todos los poderes.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—RP2012309562.—(IN2012070013).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad: Optomel S. A. donde se acuerda su disolución.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Ricardo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—RP2012309563.—(IN2012070014).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las nueve horas, cincuenta y seis minutos del día de hoy, se modifica la cláusula, quinta del pacto constitutivo de la sociedad Grupo Rancho Redondo S. A.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandro Batalla Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309565.—(IN2012070015).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las catorce horas, cuarenta minutos del día de hoy, se protocoliza acuerdo totalitario de socios mediante el cual se acuerda la disolución de la sociedad Plantas Ornamentales de Turrialba S. A., cédula jurídica Nº 3-101-131402.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Rafaela Solano Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012309566.—(IN2012070016).

Se deja constancia que en mí notaría, a las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad Servicios Periodísticos Globales Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos seis mil novecientos setenta y nueve, asamblea que contó con la asistencia de la totalidad del capital social y mediante la cual acordaron la disolución de la sociedad Servicios Periodísticos Globales S. A. Es todo.—Lic. Emma Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012309567.—(IN2012070017).

Por escritura protocolizada hoy a las dieciséis horas, Condominio VP Durazno Siete S. A. modificó cláusulas segunda, quinta, sexta, octava del pacto social, creó la cláusula décimo cuarta, nombra junta directiva, fiscal y agente residente. Presidenta: Natalia Carvajal Lorenzo.—San José, ocho de junio del dos mil doce.—Lic. María Montserrat Brich Mesegué, Notaria.—1 vez.—RP2012309572.—(IN2012070018).

Se hace constar que mediante escritura Nº 278-9 de las 18:00 horas del 26 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Quimsolo S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas 3, 6, 8, y se elimina la 14 de los estatutos y se revoca y nombra nuevo fiscal.—Lic. Efraín Mauricio Carvajal Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012309573.—(IN2012070019).

Huellas Modernas Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-doscientos noventa y ocho mil cuatrocientos setenta y ocho, se reforma te cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309575.—(IN2012070020).

Jugo de Caña Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento veintinueve mil doscientos ochenta y dos, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio dl 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309576.—(IN2012070021).

K Locura Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-trescientos cuarenta y siete mil cuatrocientos ochenta y ocho, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309577.—(IN2012070022).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada sociedad Ganadera Arias y Arias Limitada, titular de la cédula jurídica número tres-ciento dos-cuarenta y nueve mil setecientos cincuenta y cinco, en la cual se modificó la cláusula sexta referente a la administración social. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012309578.—(IN2012070023).

Mitos y Motos Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-trescientos cuarenta y siete mil trescientos noventa y ocho, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309579.—(IN2012070024).

Sentidos Opuestos Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-doscientos noventa y seis mil cuatrocientos dos, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309580.—(IN2012070025).

Súper Compras del Milenio Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-doscientos noventa y ocho mil setecientos sesenta y dos, se reforma la cláusula cuarta: el plazo social de la compañía será hasta el treinta de junio del dos mil doce.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309581.—(IN2012070026).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veintiocho de junio del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general de socios de la compañía de esta plaza Ganadera La Faena S. A. en que se disuelve la compañía y se nombra liquidador: Harry Castro Carranza.—Lic. Harry Jesús Castro Carranza, Notario.—1 vez.—RP2012309582.—(IN2012070027).

Por escrituras números: doscientos noventa y seis y doscientos noventa y siete, respectivamente, visibles en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se protocolizan actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Edden de Costa Rica y Edumel m h a, ambas Sociedad Anónima, donde disuelven las mismas. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alexánder Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309583.—(IN2012070028).

Por escrituras números doscientos ochenta y cinco; doscientos ochenta y seis; doscientos ochenta y siete, respectivamente, visibles en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acuerdo de socios de tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil ciento dieciséis; tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil ciento diecisiete; tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil ciento diecinueve, todas Sociedad Anónima, donde se disuelven las mismas. Es todo.—San José, veintiséis del junio del dos mil doce.—Lic. Alexánder Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309584.—(IN2012070029).

En escritura número trescientos veintiuno, otorgada el veintisiete de junio del dos mil doce, mediante declaración jurada de la totalidad del capital social de Teocalli del Sol Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil seiscientos noventa y dos, con domicilio en San José, Sabana Norte, Edificio Torre La Sabana cien metros norte y cincuenta metros este, donde se acuerda de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio disolver la sociedad indicada, la entidad no cuenta con activos ni pasivos que repartir. Es todo.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—RP2012309585.—(IN2012070030).

Por escritura número doscientos noventa y dos, visible en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se constituyó la empresa Cali Comercial GMBH. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alexánder Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309586.—(IN2012070031).

En escritura número trescientos dieciséis, otorgada el veintidós de junio del dos mil doce, mediante declaración jurada de la totalidad del capital social de Rosega S C R Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos sesenta mil ciento noventa y cinco, con domicilio en San José, Montes de Oca, costado sur de la Universidad de Costa Rica cien metros este de Helados Monpik, se acuerda de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio disolver la sociedad indicada, la entidad no cuenta con activos ni pasivos que repartir. Es todo.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—RP2012309588.—(IN2012070032).

Mediante escritura número trescientos veinte, otorgada el veinticinco de junio del dos mil doce, se protocoliza acta número uno: asamblea general extraordinaria de socios de Lex Global Soluciones en Comercio Exterior Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veinticinco mil-cuatrocientos setenta y cinco, domiciliada en San José, San Francisco de Dos Ríos, Urbanización Zurquí, casa número uno, donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y sétima y nombrar nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—RP2012309587.—(IN2012070033).

En escritura número trescientos diecinueve, otorgada el veinticinco de junio del dos mil doce, mediante declaración jurada de la totalidad del capital social de Cariaxf Sociedad Anónima cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos seis mil ochocientos veintisiete, con domicilio en San José, Montes de Oca, ciento veinticinco sur de la Escuela Betania, se acuerda de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio disolver la sociedad indicada, la entidad no cuenta con activos ni pasivos que repartir. Es todo.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—RP2012309589.—(IN2012070034).

Ante la notaria, Wendy Patricia Meneses Orozco, se disolvió JV Five Ermitaño Verde V S. A., cédula 3-101-438148. Presidente: Santiago Rodríguez Rodríguez.—San José, 25 del junio del 2012.—Lic. Wendy Patricia Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2012309591.—(IN2012070035).

Ante la notaria, Wendy Patricia Meneses Orozco, se disolvió Importaciones y Exportaciones Valerie S. A., cédula 3-101-411485. Presidente: Roberto Quesada León.—San José, 28 del junio del 2012.—Lic. Wendy Patricia Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2012309592.—(IN2012070036).

Ante la notaria, Wendy Patricia Meneses Orozco, se disolvió Inmobiliaria Loas Internacional S. A., cédula 3-101-481598. Presidente: Roberto Quesada León.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Wendy Patricia Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2012309593.—(IN2012070037).

Ante la notaria, Wendy Patricia Meneses Orozco, se disolvió Invermóvil Dos Mil S. A., cédula 3-101-269958. Presidente: Roberto Quesada León.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Wendy Patricia Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2012309594.—(IN2012070038).

Por escritura Nº 114 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Hair & Body Care Center Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-317387.—San José, 12 de mayo del 2012.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309595.—(IN2012070039).

Por escritura Nº 154 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, Eprem Electricidad y Potencia Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-256836, modifica estatutos.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309596.—(IN2012070040).

Por escritura Nº 152 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, Power Electric Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-361529, modifica estatutos.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309597.—(IN2012070041).

Por escritura Nº 151 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, Suo Tempore Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-545639, modifica estatutos.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309598.—(IN2012070042).

Por escritura Nº 101 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve William M. Mercer Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-310379.—San José, 5 de mayo del 2012.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309600.—(IN2012070043).

Por escritura Nº 150 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, Constructora Menviq Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-471640, modifica estatutos.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309599.—(IN2012070044).

Por escritura Nº 102 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Técnicos en Seguros Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-133816.—San José, 5 de mayo del 2012.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309601.—(IN2012070045).

Por escritura Nº 103 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Servicios y Asesorías Seassa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-134539.—San José, 5 de mayo del 2012.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309602.—(IN2012070046).

Por escritura Nº 113 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Boncavar Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-365007.—San José, 12 de mayo del 2012.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309603.—(IN2012070047).

Por escritura número setenta y dos-cuatro, del tomo cuarto del suscrito notario, otorgada a las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número dos de la sociedad Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco S. A., cédula jurídica: 3-101-487475, en que se disuelve la empresa.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—RP2012309605.—(IN2012070048).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se procede a protocolizar asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada Estacionamiento Milenio S. A. Por medio de la cual se le otorga poder generalísimo sin límite de suma al señor Carlos Alberto Guardia Gutiérrez.—Lic. Silvia Patricia Cordero Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012309606.—(IN2012070049).

Por escritura otorgada a las 11:20 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la compañía Rodolseguros MA S. A., cédula jurídica Nº 3-101-418233.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012309608.—(IN2012070050).

Por escritura otorgada en mí notaría a las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Jomaca Silver River S. A., mediante la cual se acordó su disolución.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Luis Ricardo Montenegro Solano, Notario.—1 vez.—RP2012309609.—(IN2012070051).

Por escritura otorgada en mí notaría a las once horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Famiulasa S. A., mediante la cual se acordó su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Luis Ricardo Montenegro Solano, Notario.—1 vez.—RP2012309610.—(IN2012070052).

Por escritura otorgada en mí notaría a las trece horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Cherish Inversiones S. A., mediante la cual se acordó su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Luis Ricardo Montenegro Solano, Notario.—1 vez.—RP2012309611.—(IN2012070053).

Por escritura otorgada en mí notaría a las once horas y treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Maripiro S. A., mediante la cual se acordó su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Luis Ricardo Montenegro Solano, Notario.—1 vez.—RP2012309612.—(IN2012070054).

Por escritura otorgada en mí notaría a las once horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Transportes Mar y Mir S. A., mediante la cual se acordó su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Luis Ricardo Montenegro Solano, Notario.—1 vez.—RP2012309613.—(IN2012070055).

Ante mí notaría mediante escritura Nº 142 de las 8:00 horas del día 28 de junio del 2012, de conformidad con acta de las 14:00 horas del día 28 de junio del 2012 se acuerda disolver la sociedad Diagnóstico y Salud SAL, cédula jurídica Nº 3-101-257460.—Santo Domingo, Heredia, 29 de junio del 2012.—Lic. Grethel Sánchez Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2012309616.—(IN2012070056).

Ante mí notaría mediante escritura Nº 138 de las 8:00 horas del día 27 de junio del 2012, de conformidad con acta de las 8:00 horas del día 25 de junio del 2012 se acuerda disolver la sociedad Condominio Importación de Bolsos S R Ltda, cédula jurídica Nº 3-102-628972.—Santo Domingo, Heredia, 29 de junio del 2012.—Lic. Grethel Sánchez Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2012309618.—(IN2012070057).

Ante mí notaría mediante escritura Nº 140 de las 10:00 horas del día 27 de junio del 2012, de conformidad con acta de las 10:00 horas del día 25 de junio del 2012 se acuerda disolver la sociedad E. Business Center S R Ltda, cédula jurídica Nº 3-102-628558.—Santo Domingo, Heredia, 29 de junio del 2012.—Lic. Grethel Sánchez Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2012309619.—(IN2012070058).

Ante mí notaría mediante escritura Nº 141 de las 13:00 horas del día 27 de junio del 2012, de conformidad con acta de las 13:00 horas del día 25 de junio del 2012 se acuerda disolver la sociedad Simply Courtesy S. A. cédula jurídica Nº 3-101-479822.—Santo Domingo, Heredia, 29 de junio del 2012.—Lic. Grethel Sánchez Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2012309620.—(IN2012070059).

Ante mí notaría mediante escritura Nº 139 de las 9:00 horas del día 27 de junio del 2012, de conformidad con acta de las 9:00 horas del día 25 de junio del 2012 se acuerda disolver la sociedad Operia Corporation Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-522925.—Santo Domingo, Heredia, 29 de junio del 2012.—Lic. Grethel Sánchez Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2012309621.—(IN2012070060).

Se disuelve P. C. Mundo Servicios Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro seis uno cinco seis dos. Capital social: diez mil colones. Presidente: Yehudi Alberto Jiménez Barrientos. Secretario: Álvaro Gatgens Segura.—Lic. Yadira Correa Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2012309622.—(IN2012070061).

Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Clínica de Tratamiento de Adicciones y Neuropsiquiatría MYS Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y un mil doscientos cuarenta, de las diecinueve horas del trece de junio del dos mil doce, se acuerda: a) modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo, en cuanto al capital social y b) modificar la cláusula octava del mismo documento referente a la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Shileny Méndez Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012309623.—(IN2012070062).

Se disuelve Fazu de Liberia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-uno cinco cinco siete uno nueve. Capital social: quince mil colones. Presidenta: Mercedes Zúñiga Umaña. Secretario: Alejandro Zúñiga Delgado. Tesorero: Bernardo Aguilar Fallas.—Lic. Yadira Correa Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2012309624.—(IN2012070063).

Que los socios de la entidad Listón Dorado del Sur S. A., cédula 3-101-387584, avisan que se ha disuelto esta entidad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Édgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2012309626.—(IN2012070064).

Que los socios de la entidad Inmobiliaria Kiam Guk S. A., cédula 3-101-449764, avisan que se ha disuelto esta entidad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Édgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2012309627.—(IN2012070065).

Que los socios de la entidad G. Babies & Gift S. A., cédula 3-101-499246, avisan que se ha disuelto esta entidad.—San José 26 de junio del 2012.—Lic. Édgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2012309628.—(IN2012070066).

Que los socios de la entidad G.M. Soluciones Integrales S. A., cédula 3-101-242984, avisan que se ha disuelto esta entidad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Édgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2012309629.—(IN2012070067).

Que los socios de la entidad Ramírez y Villalta S. A., cédula 3-101-120435, avisan que se ha disuelto esta entidad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Édgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2012309630.—(IN2012070068).

Por medio de la escritura número nueve, otorgada ante la notaria Marianela Portuguez Sánchez, a las nueve horas del día veinticinco de junio del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad denominada Inversiones Compresores y Repuestos para Aire y Refrigeración AR Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cuatro uno tres siete cero y en virtud de que no existen pasivo y activo que repartir se declara liquidada esta sociedad.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Marianela Portuguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012309632.—(IN2012070069).

Ante mí se ha disuelto la sociedad denominada Academia de Corte y Confección Costa Rica Limitada, en escritura de las dieciséis horas del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Ligia Mora Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012309634.—(IN2012070070).

Por escritura Nº 156 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Inversiones Hermanas Pakain Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-222959.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309635.—(IN2012070071).

Por escritura Nº 157 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Estructuras Symsa del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-223036.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309636.—(IN2012070072).

Por escritura Nº 158 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Constructora y Distribuidora San Andrés Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-180605.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Wálter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309637.—(IN2012070073).

Por escritura Nº 125 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Covedelarro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-576201.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Wálter Fco. Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309638.—(IN2012070074).

Por escritura Nº 159 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve de X-BC Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-625485.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Wálter Fco. Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309639.—(IN2012070075).

Por escritura Nº 126 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Rejesar Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-391049.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Wálter Fco. Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309640.—(IN2012070076).

Por escritura Nº 160 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, Industrias Hache Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-058643, modifica estatutos.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Wálter Fco. Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309641.—(IN2012070077).

Por escritura Nº 153 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Eventos y Barras Móviles de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-590843.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Wálter Fco. Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309642.—(IN2012070078).

Por escritura Nº 155 de esta fecha del tomo trece de mi protocolo, se disuelve Víquez Valverde Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-72195.—San José, 26 de junio del 2012. Wálter Fco. Corrales Granados, Notario.—1 vez.—RP2012309643.—(IN2012070079).

Por escritura otorgada, hoy ante esta notaría, se protocolizó el acta de Daguerrotipia S. A., en la que se acuerda modificar las cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto constitutivo, así como la sustitución de los representantes.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012309644.—(IN2012070080).

Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada El Arbolito S. A., mediante la cual se acuerda disolver dicha entidad por mayoría de accionista. Escritura otorgada en Grecia, a las 9:00 horas del día 29 de junio del año 2012, ante notario: José Guillermo Bolaños Hidalgo.—Lic. José Guillermo Bolaños Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012309645.—(IN2012070081).

Según asamblea general extraordinaria de socios se ha modificado la cláusula octava de la empresa Distribuidora Clean Pro Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las ocho horas del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Tatyana Brenes Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012309646.—(IN2012070082).

Por escritura número veinticinco del tomo setenta y uno del protocolo del suscrito notario, se disolvió la sociedad Inversiones Bodo Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-uno cero dos-uno dos dos tres ocho cuatro.—Heredia, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Braulio Enrique Sánchez González, Notario.—1 vez.—RP2012309647.—(IN2012070083).

Por escritura Nº 122 del tomo 7 del protocolo del suscrito notario, se disolvió la sociedad Distribuidora J Monge Sociedad Anónima.—Lic. Carlos Manuel Sánchez González, Notario.—1 vez.—RP2012309648.—(IN2012070084).

Por escritura número veintiséis del tomo setenta y uno del protocolo de suscrito notario, se disolvió la sociedad Bolaños y Dobles Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos tres uno cinco dos cero.—Heredia, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Braulio Enrique Sánchez González, Notario.—1 vez.—RP2012309649.—(IN2012070085).

Por escritura Nº 124 del tomo 4 del protocolo del suscrito notario, se fusionaron las sociedades Siva Internacional S. A., y Tricom Leasing CO S. A., prevaleciendo la primera.—Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Carlos Manuel Sánchez González, Notario.—1 vez.—RP2012309651.—(IN2012070086).

Por escritura número sesenta y seis otorgada hoy treinta de junio del dos mil doce, ante mí notaría, se protocoliza acuerdo de disolución de la sociedad Drofdem Sports Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento dos-tres nueve dos seis nueve cinco.—Lic. Olga María Mata Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012309653.—(IN2012070087).

Por acuerdo unánime de socios, se disuelve Autorepuestos Aguilar y Núñez Limitada, cédula de persona jurídica Nº 3-102-199519, domiciliada en Cartago, del Abastecedor Hormiga de Oro 175 metros al norte, y en virtud de que no existen pasivo y activo que repartir se declara liquidada esta sociedad.—San José, 18 de mayo del año 2012.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012309669.—(IN2012070088).

Andrés Rivera Ramírez, cédula tres-trescientos cincuenta y uno-trescientos diez, dueño de la entidad Bien Único Vi.Ra.Co Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento cinco-cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos ochenta y uno, vende dicha entidad a Juan Rafael Arce Artavia, cédula tres-doscientos noventa y uno-doscientos once.—Cartago, 29 de junio del 2012.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2012309675.—(IN2012070089).

José Adrián Meléndez Rodríguez, dueño de la entidad Bienes Joam Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento cinco-quinientos sesenta y dos mil doscientos tres, acuerda disolver la entidad.—Cartago, 29 de junio del 2012.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2012309676.—(IN2012070090).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, en San José, a las diez horas del día veintisiete de junio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad Adoyco Sociedad Anónima. San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Méndez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309677.—(IN2012070091).

Por escritura número ciento setenta y siete, otorgada a las dieciocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce, comparecen los señores Luis Diego Hernández Jara, Henry Sánchez Ramírez, Max Andrés Espinosa Álvarez y José Luis Reyes Bolaños en calidad de propietarios de la totalidad del capital social de la sociedad denominada Desarrollo Comercial San Rafael Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y ocho mil ocho. Se conoce el acuerdo de socios y se procede a disolver la sociedad anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Aráuz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012309678.—(IN2012070092).

Ante esta notaría, a las 9:00 horas del día 28 de junio del 2012, se disuelve Rema y Acri S. A. Domicilio: San José. Presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma. Notario: Manuel Fernando Anrango Bonilla.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309679.—(IN2012070093).

Por escritura otorgada en Grecia, número cuarenta y nueve a las ocho horas del día veintinueve de junio del dos mil doce, se solicita la disolución de la entidad jurídica denominada Inversiones Andrew Stephen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Ana Cristina Quesada Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2012309680.—(IN2012070094).

Por escritura número noventa y seis-noventa y ocho, otorgada ante el notario público Rolando Laclé Castro, a las nueve horas del día veintisiete de junio del dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Fertica S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y cinco mil treinta y cuatro; mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Rolando Laclé Castro, Notario.—1 vez.—RP2012309681.—(IN2012070095).

Mediante escritura autorizada, por la suscrita notaria, a las 12:00 horas del día 25 de junio del 2012, los señores Esteban Carranza Kopper y Diego Alonso Arias Zeledón, constituyen la sociedad Crowley Costa Rica Shared Services S. A.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012309682.—(IN2012070096).

Maverick Alexánder Aguilar Rosales y Ana Deysi Aguilar Vásquez constituyen la sociedad denominada Opti Salud Veinte Veinte Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, con domicilio en Heredia y se dedicará a Servicios Ópticos.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Leonardo Crespi Zorino, Notario.—1 vez.—RP2012309683.—(IN2012070097).

Por escritura número ciento veintiséis-once, otorgada ante esta notaría, notario público: Juan Manuel Godoy Pérez, a las quince horas del veinticuatro de abril del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Caprikana S. A.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012309684.—(IN2012070098).

En asamblea de accionistas de la sociedad Cabuto Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-537930, efectuada el veinticinco de junio del año dos mil doce, se modificaron los miembros de toda la junta directiva y fiscalía de la sociedad. Acta protocolizada en escritura pública Nº 154 del tomo noveno del notario José Germán Zamora Leal.—Lic. José Germán Zamora Leal, Notario.—1 vez.—RP2012309685.—(IN2012070099).

Por escritura otorgada, a las nueve horas del día de hoy, en esta notaría, se protocolizó actas de las compañías denominadas Inversiones Octagón de Costa Rica S. A. y Roperfu S. A., por la cual se fusionan prevaleciendo la última. Se reforma la cláusula quinta de Roperfu S. A.—Escazú, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Édgar Chamberlain Trejos, Notario.—1 vez.—RP2012309686.—(IN2012070100).

Por escritura otorgada, a las diez horas del día de hoy, en esta notaría, se protocolizó actas de las compañías denominadas Empresas Gastronómicas del Oeste S. A. y Perama S. A., por la cual se fusionan prevaleciendo la última.—Escazú, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Édgar Chamberlain Trejos, Notario.—1 vez.—RP2012309687.—(IN2012070101).

Por escritura otorgada, a las ocho horas del día de hoy, en esta notaría, se protocolizó actas de las compañías denominadas Inversiones Pemape S. A., El Oso de Tabarcia Ltda. y Gemelas Siglo XXI S. A., por la cual se fusionan prevaleciendo la última. Se reforma la cláusula quinta del pacto social de Gemelas Siglo XXI S. A., y se hacen nombramientos.—Escazú, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Édgar Chamberlain Trejos, Notario.—1 vez.—RP2012309689.—(IN2012070102).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas, del veintiséis de junio del dos mil doce, se reformaron las cláusulas segunda y sexta de Brennen North Pacific S. A., con cédula jurídica 3-101-377356.—Cartago, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—RP2012309690.—(IN2012070103).

Ante mí notaría, mediante escritura Nº 143 de las 9:00 horas del día 28 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad Diamantes Negros del Oriente S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-301220.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Grethel Sánchez Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2012309693.—(IN2012070104).

Ante esta notaría comparecen Victoria Lozada Acosta y Mariselle Verdesia Meneses, quienes el día de hoy constituyen la sociedad de responsabilidad limitada denominada Easy Entertainment Group Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo capital ha sido totalmente suscrito y pagado.—San José, veintinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012309694.—(IN2012070105).

Por escritura ante esta notaría, de las 8:00 horas del 25 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Servicios Multisur Sociedad Anónima, cédula tres-uno cero uno-uno siete cuatro cuatro ocho cero, para disolver dicha sociedad.—Golfito, 25 de junio del 2012.—Lic. Ana del Carmen Morales Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012309695.—(IN2012070106).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 16 de junio del 2012, ante Alejandra Echeverría Alfaro, se constituyó la sociedad Soluzione Diseño y Función Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Domicilio: San Francisco de Heredia. Capital social: diez mil colones. Presidente: Cristian Oviedo Arce.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012309696.—(IN2012070107).

Por medio de escritura Nº 8-111 otorgada a las 13:00 horas del día 27 de junio del año 2012, se protocolizó acta de la sociedad Expert Dental S. A., por medio de la cual se acordó la disolución de la empresa.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012309699.—(IN2012070108).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de Inversiones Ovares y Blanco Renta Cel Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete mil cuarenta y dos; se reforman la cláusula novena, se nombra consejo de administración y se cambia el domicilio.—Montes de Oca, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jenny Anne Vargas Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012309700.—(IN2012070109).

En mi notaría a las 9:00 horas del 23 de junio del 2012, según escritura Nº 296-32, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad 3-101-608619 sociedad anónima, con cédula jurídica 3-101-608619, donde se procede a la disolución de la misma.—San Isidro, Pérez Zeledón, 23 de junio del 2012.—Lic. María Cecilia Vargas Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012309701.—(IN2012070110).

En mí notaría, a las 13:00 horas del 18 de junio del 2012, según escritura Nº 291-32, se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la disolución de Vargas y Mora S. A. cédula jurídica 3-101-097215.—San Isidro, Pérez Zeledón, 20 de junio del 2012.—Lic. María Cecilia Vargas Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012309702.—(IN2012070111).

En mí notaría, a las 16:00 horas del 19 de junio del 2012, según escritura Nº 292-32, se procedió a la disolución de 3-101-495834 S. A., cédula jurídica Nº 3-101-495834.—San Isidro, Pérez Zeledón, 20 de junio del 2012.—Lic. María Cecilia Vargas Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012309703.—(IN2012070112).

En mí notaría, a las 14:30 horas del 1º de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Luisva del Sur S. A. Se reforma parcialmente cláusula 10 del pacto constitutivo y se nombra nuevo presidente.—San Isidro, Pérez Zeledón, 20 de junio del 2012.—Lic. María Cecilia Vargas Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012309704.—(IN2012070113).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las 10:20 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad 3-101-606654 S. A., con cédula jurídica número 3-101-606654, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2012309705.—(IN2012070114).

En mí notaría, a las 12:00 horas del 20 de junio del 2012, mediante escritura Nº 294-32 se procedió a la disolución de Constructora A Z de Pérez Zeledón S. A., con cédula jurídica 3-101-160295.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, 20 de junio del 2012.—Lic. María Cecilia Vargas Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012309706.—(IN2012070115).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las 9:30 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad 3-101-606653 S. A., con cédula jurídica número 3-101-606653, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2012309707.—(IN2012070116).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad 3-101-604043 S. A., con cédula jurídica número 3-101-604043, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2012309708.—(IN2012070117).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las 10:40 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad 3-101-606472 S. A., con cédula jurídica número 3-101-606472, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2012309709.—(IN2012070118).

Por escritura otorgada, ante mí el día de hoy, protocolicé acuerdos para disolución de la empresa Multinivel TJ. S. A.—San José, 31 de mayo del 2012.—Lic. Loana Leitón Porras, Notaria.—1 vez.—RP2012309710.—(IN2012070119).

Por escritura número ciento doce, otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día veintiséis de junio del año dos mil doce, se constituyó la sociedad R & R Soluciones Web Ltda. Plazo social: cien años. Capital social: cien mil colones, dividido en cien cuotas nominativas de mil colones cada una. Representación judicial: gerente uno y gerente dos.—San José, veintiséis de junio del año dos mil doce.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez Notario.—1 vez.—RP2012309711.—(IN2012070120).

Por escritura de las 16:30 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de asamblea de socios de Costa Rica Electronic Security Solutions S. A., en la cual los socios acordaron disolverla y liquidarla.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012309712.—(IN2012070121).

Por escritura otorgada, hoy en esta ciudad a las 11:20 horas, ante el suscrito notario, se protocolizó acta de la compañía de esta plaza denominada Altos de Nunciatura Ceibo Unidad Siete A Sociedad Anónima, en la cual se reformó totalmente la cláusula sexta de los estatutos.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—RP2012309713.—(IN2012070122).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario a las doce horas del día de hoy, se reforman los estatutos y se nombra nueva junta directiva para la sociedad 3-101-616708 Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. José Antonio Jalet Brandt, Notario.—1 vez.—RP2012309714.—(IN2012070123).

Por escritura pública otorgada, ante esta notaría, el día de hoy, se ha protocolizado acta de la sociedad Adami H.L.B. Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula décima del pacto social, se nombra nuevo secretario y tesorero.—San José, diecisiete horas y cuarenta minutos del día veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Virginia Madrigal Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012309715.—(IN2012070124).

En esta notaría, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad Iure Et De Iure S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-uno uno cero cuatro tres tres.—Alajuela, 29 de junio del 2012.—Lic. Diego Gerardo Solano Cabezas, Notario.—1 vez.—RP2012309719.—(IN2012070125).

En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad Borbón y Soto Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos siete ocho cinco siete seis.—Alajuela, 15 de junio del 2012.—Lic. Ana Lorena Castro Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2012309720.—(IN2012070126).

Se comunica a todos los interesados que ante la notaría de Henry Carmona Sandí, con oficina en Alajuelita ciento veinte este del Súper El Acapulco, se confecciona la sociedad Distribuidora Ferretera Hedyke Sociedad Anónima, con diez acciones comunes y nominativas. Es todo.—San José, ocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Henry Carmona Sandí, Notario.—1 vez.—RP2012309721.—(IN2012070127).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Compañía Inversionista Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-tres mil doscientos ochenta y tres. Se acuerda disolver y liquidar la Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012309722.—(IN2012070128).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Celadon Capital INC Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda, se cambia junta directiva y se nombra gerente general.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2012309723.—(IN2012070129).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Celadon Teak Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda, se cambia junta directiva y se nombra gerente general.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2012309724.—(IN2012070130).

Hoy protocolicé, acta de asamblea de accionistas de Condominio Montecristo Tipo Morella Primero Bloque C Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012309725.—(IN2012070131).

El suscrito notario público, Andrés Eduardo Calvo Herra, hace constar que mediante escritura número ochenta y uno, del tomo quinto de mi protocolo, se protocolizó el acta número dos de asamblea general de la compañía Chacón Ferrero Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil treinta y seis, que es acta de disolución de la citada compañía. Es todo.—San José, el día veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2012309726.—(IN2012070132).

Por escritura otorgada, a las doce horas del día de hoy, se constituye la sociedad denominada Planet Jungle Limitada.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012309727.—(IN2012070133).

La sociedad Saymu S. A., cédula jurídica Nº 3-101-94775, acuerda por unanimidad su disolución. Es todo.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2012309728.—(IN2012070134).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: tres-ciento uno-quinientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y nueve sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y nueve. Se acuerda disolver y liquidar la Sociedad Anónima.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012309729.—(IN2012070135).

Por escritura otorgada, a las doce horas del día de hoy, se constituye la sociedad denominada Trescientos Sesenta Global Forestry Investments Limitada.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012309730.—(IN2012070136).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día veintinueve de junio del año dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad GLC Global Care Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas segunda y sétima.—San José, veintinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—RP2012309731.—(IN2012070137).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las 10 horas y 30 minutos del 21 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Comercial Bolsón Limitada, con cédula jurídica número 3-102-081090, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2012309732.—(IN2012070138).

Por escritura otorgada, a las doce horas de hoy, ante esta notaría, se da la disolución de la sociedad cuya denominación social es tres-ciento uno-seiscientos quince mil ochocientos dieciséis sociedad anónima. No existen activos ni pasivos, por lo que no se nombra liquidador. Presidenta: María Cecilia Fernández Cordero.—Cartago, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Kattya Acuña Remón, Notaria.—1 vez.—RP2012309733.—(IN2012070139).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 22 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Corporación Maqir Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-266268, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2012309734.—(IN2012070140).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 22 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Corporación Febo y Palas Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-255100, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2012309735.—(IN2012070141).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 19:00 horas de hoy, se disuelve la sociedad denominada Inversiones V.G.A. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-538.841. No existen activos ni pasivos por lo que no se nombra liquidador.—Paraíso de Cartago, 28 de junio del 2012.—Lic. William Alberto Calvo Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012309736.—(IN2012070142).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Grupo J Y P Soluciones Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-196924, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2012309737.—(IN2012070143).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 20:00 horas de hoy, se disuelve la sociedad denominada Wannasoft Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-584.498. No existen activos ni pasivos por lo que no se nombra liquidador.—Paraíso de Cartago, 26 de junio del 2012.—Lic. William Alberto Calvo Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012309738.—(IN2012070144).

Por protocolización efectuada a las ocho horas del veintinueve de junio del dos mil doce, de la asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías Autos Verano S. A., EISA Educación en Informática S. A. y Keskan S. A., fusión por absorción de la segunda y tercera por la primera, y se modifica la cláusula quinta y del pacto social de Autos Verano S. A.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—RP2012309740.—(IN2012070145).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 9:00 horas del 29 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Café Legendario Sunburst Sociedad Anónima, en donde se disuelve la sociedad anónima.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—RP2012309741.—(IN2012070146).

Por escritura pública número noventa y nueve, de las dieciséis horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, ante mí notaría, se acuerda disolver la sociedad Magma Experiencias Innovadoras S. A. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Yanina Jiménez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012309743.—(IN2012070147).

Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Alesebas S. A., cédula jurídica 3-101-359325, de las 11:00 horas del 26 de junio del dos mil doce, protocolizada por el suscrito notario, se modifica la cláusula sétima del pacto social y se nombra secretario de junta directiva.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.—RP2012309744.—(IN2012070148).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del día 26 de junio del 2012, se constituyó la sociedad Transportes Logísticos Reyes de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Francisco Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012309749.—(IN2012070149).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asambleas extraordinarias de socios de la sociedad denominada Jorosal Sociedad Anónima, donde se acuerda su disolución.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Irene María Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012309750.—(IN2012070150).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Importadora de Vehículos y Repuestos Pase de Santa Ana Limitada, donde se disuelve y liquida la sociedad.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012309751.—(IN2012070151).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Cárdenas Pereira Hermanos Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012309752.—(IN2012070152).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad denominada, Mafela Sociedad Anónima. Los activos serán traspasados al señor, Marvin Vindas Villalobos. Acuerdo unánime de los socios. La sociedad no tiene pasivos.—San Pablo de Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Luis Fernando Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309753.—(IN2012070153).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad denominada, Constructora LRG Sociedad Anónima. La sociedad no tiene activos ni pasivos. Acuerdo unánime de los socios.—San Pablo de Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Luis Fernando Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309754.—(IN2012070154).

Se protocoliza acuerdo de disolución de Empresa Inversiones Diversas Madri S. A., por medio de escritura de las dieciséis horas del veintiséis de abril del dos mil doce.—San José, catorce de mayo del dos mil doce.—Lic. Alban Morales Mena, Notario.—1 vez.—RP2012309755.—(IN2012070155).

Por escritura otorgada a las ocho horas, treinta minutos del día dos de julio del dos mil doce, ante esta notaría, se reforma la cláusula sétima del pacto social de la sociedad Kalor del Mediterráneo Sociedad Anónima.—San José, dos de julio del dos mil doce.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—RP2012309757.—(IN2012070156).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13:30 horas del día de 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Zarahemla Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—RP2012309758.—(IN2012070157).

Por escritura otorgada a las ocho horas del día dos de julio del dos mil doce, ante esta notaría, se reforma la cláusula sexta del pacto social de la sociedad Flores de Majagua Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, dos de julio del dos mil doce.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—RP2012309759.—(IN2012070158).

Por escritura número veinticinco-cuatro, otorgada ante esta notaría a las diez horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, por unanimidad de votos se acordó la disolución y liquidación de la compañía tres-ciento uno-quinientos ochenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y dos sociedad anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-585442. Dentro de los 30 días naturales siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o practicada.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Eduardo José Zúñiga Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012309760.—(IN2012070159).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil doce, se procede a la disolución voluntaria de la compañía Distribuidora Avícola Sima Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012309761.—(IN2012070160).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiuno de junio de dos mil doce, se procede a la disolución voluntaria de la compañía Mundi Eventos y Seminarios Latinoamericanos Limitada.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012309762.—(IN2012070161).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se procede a la disolución voluntaria de la compañía Industrias Orvach Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012309763.—(IN2012070162).

Por escritura ciento veintitrés otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las catorce horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Cartago Real Investments Corp S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y tres mil ciento treinta y uno, en la cual se acordó aumentar el capital social de la compañía y modificar la cláusula quinta relativa al capital social y a la naturaleza de las acciones. Nuevo capital social: trescientos ochenta y un millones doscientos mil colones.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—RP2012309764.—(IN2012070163).

Por escritura otorgada en San José, a las catorce horas del día veintisiete de junio del año dos mil doce, en esta notaría el señor Manuel Robles Conejo, renuncia a su cargo de presidente de la sociedad Ting Denmark Sociedad Anónima.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Bernan Luis Salazar Ureña, Notario.—1 vez.—RP2012309765.—(IN2012070164).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Maximiza tu Salud S. A., mediante se acuerda su disolución.—Escazú, 27 de junio del 2012.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012309766—(IN2012070165).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Quebrada San Juan S. A., mediante se acuerda fusionarse con Ingenieros de Sistemas Aurrelli S. A., prevaleciendo la primera.—Escazú, 27 de junio del 2012.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012309767.—(IN2012070166).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Río Broi S. A., mediante se acuerda fusionarse con Servicios Integrados del Este Sidesa S. A., prevaleciendo la primera.—Escazú, 28 de junio del 2012.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012309768.—(IN2012070167).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las once horas, la empresa Argón J.A.A.G. S. A., acuerda disolver sociedad por no tener activos de ningún tipo, de acuerdo al transitorio segundo de la ley número nueve mil veinticuatro.—San Pedro de Montes de Oca, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Oscar José Ocampo Soto, Notario.—1 vez.—RP2012309697.—(IN2012070168).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Inmobiliaria QSJ Quinientos Uno S. A., mediante se acuerda su disolución.—Escazú, 28 de junio del 2012.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012309771.—(IN2012070169).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Vidimo S. A., mediante se acuerda su disolución.—Escazú, 29 de junio del 2012.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012309772.—(IN2012070170).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Futfac M.A.B. S. A., mediante se acuerda su disolución.—Escazú, 25 de junio del 2012.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012309773.—(IN2012070171).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Representaciones Zemara R Y G S. A., mediante se acuerda su disolución.—Escazú, 27 de junio del 2012.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012309774.—(IN2012070172).

Asamblea general extraordinaria de socios de la Trequi del Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con cédula de personería jurídica número tres-ciento cinco-uno dos uno cuatro tres dos, celebrada en su domicilio social sita Siquirres, Barrio Palmiras, contiguo al Restaurante Calinda, al ser las catorce horas del quince de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime de la totalidad de los socios se disuelve la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio. No existe activo de pasivos y no se nombra liquidador, no existen deudas con la Dirección General de Tributación.—Lic. Silvia Delgado Montero, Notaria.—1 vez.—RP2012309775.—(IN2012070173).

Asamblea general extraordinaria de socios de El Duque del Caribe Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-cinco cinco cinco uno uno uno, celebrada en su domicilio social sita Limón, Siquirres centro, al ser las diez horas del veintisiete de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime de la totalidad de los socios se disuelve la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio. No existe activo de pasivos y no se nombra liquidador, no existen deudas con la Dirección General de Tributación.—Lic. Silvia Delgado Montero, Notaria.—1 vez.—RP2012309776.—(IN2012070174).

Ante mí, María de Los Ángeles Solano Mora, notaría pública con oficina en Coronado, comparecen a las veinte horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, los socios de la sociedad anónima constituida de conformidad con el Decreto Ejecutivo ciento treinta y tres mil seiscientos setenta y uno-J, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cinco tres nueve tres, en donde solicitan la disolución de la sociedad.—San José, veintinueve de junio del 2012.—Lic. María de Los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012309783.—(IN2012070175).

Ante mí, María de los Ángeles Solano Mora, notaría pública con oficina en Coronado, comparecen a las nueve horas del veintiséis de junio del año dos mil doce, los socios de la sociedad anónima Ahorroagro La Campiña S. A., en donde acuerdan disolver por unanimidad de votos dicha sociedad y se prescinde de la liquidación de la misma.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012309784.—(IN2012070176).

Ante mí, María de los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en Coronado, comparecen a las ocho horas del veintiséis de junio del año dos mil doce, los socios de la sociedad anónima Proyedigital del Pacífico S. A., en donde acuerdan disolver por unanimidad de votos dicha sociedad y se prescinde de la liquidación de la misma.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012309785.—(IN2012070177).

Ante mí, María de los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en Coronado, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad anónima Farmacia Dulce Nombre, en donde disuelven la sociedad.—San José, veintinueve de junio del 2012.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012309786.—(IN2012070178).

Por escritura número cien-cuatro, otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las diez horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad denominada C & M Los Olivos S. A. Es todo.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Marlly Condega Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012309787.—(IN2012070179).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 107-décimo, otorgada en San José, a las 15:30 horas del 25 junio del año 2012, se realizó la disolución de la sociedad denominada Inversiones y Construcciones Rodar Sociedad Anónima.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012309788.—(IN2012070180).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 102-III, otorgada en Guanacaste a las 11:30 horas del 26 de junio del año 2012 se protocolizó el acta número dos de la sociedad denominada Monte Bello Lote Veintidós B.L. Y Sociedad Anónima, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: Se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo. Segundo: Se remueven los puestos de presidente, secretario y tesorero. Tercero: Se realizan los siguientes nombramientos: presidente: Raymond Brodeour, Secretario: Francine Dupont, Tesorero: Michel Simón Cote.—Guanacaste, 26 de junio del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012309789.—(IN2012070181).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 108-III, otorgada en Guanacaste a las 15:00 horas del 29 de junio del año 2012 se protocolizó el acta número uno de la sociedad denominada Las Delicias Bungalows Properties C.A. Limitada. Acuerdos: Primero: por unanimidad de votos se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo. Segundo: por unanimidad de votos se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo. Tercero: se remueve los cargos de gerente y subgerente de la sociedad. Cuarto: por unanimidad de votos se realiza el siguiente nombramiento: Gerente General, Priscilla Solano Castillo.—Guanacaste, 29 de junio del 2012.—Lic. Laura Carolina Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012309790.—(IN2012070182).

Por escritura noventa y dos otorgada hoy ante mi, se confirió declaración jurada para disolución por acuerdo unánime de socios de Unión de Dos Lunas Sociedad Anónima, 3-101-158.329, por no tener activos o pasivos se prescinde del trámite de liquidación.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Dinorah Obando Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012309792.—(IN2012070183).

Ante la notaría de Elena Murillo Agüero, se protocoliza acta de Inversiones Bella Flor del Sur S. A., cédula jurídica 3-101-181561 donde se acuerda disolver la sociedad.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—RP2012309794.—(IN2012070184).

Ante esta notaría de Elena Murillo Agüero, se protocoliza acta de Transportes Ángel Johan de Jerusalén S. A., cédula 3-101-622345, donde se nombra apoderado generalísimo y reforma el pacto constitutivo.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Elena Murillo Agüero, Notaria.—1 vez.—RP2012309795.—(IN2012070185).

A las quince horas con dos minutos de hoy, ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Inversiones Auto AV S. A., por medio de la cual se modificaron las cláusulas primera, segunda, tercera y novena del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva y fiscalía.—Cartago, treinta de junio de dos mil doce.—Lic. Esteban Troyo Dittel, Notario.—1 vez.—RP2012309797.—(IN2012070186).

Ante mi notaría, a las 11:00 horas del 27 de junio del 2012, se disolvió la sociedad denominada Iban Continental Sociedad Anónima. Apoderado: Juan Luis Vargas Vargas.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Farid Breedy G, Notario.—1 vez.—RP2012309798.—(IN2012070187).

Se hace constar que el día veintiocho de junio del dos mil doce, a las quince horas, acordó disolver la sociedad tres-ciento uno-cinco dos cinco tres cuatro seis sociedad anónima.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2012309799.—(IN2012070188).

Ante mi notaría, mediante escrituras números, setenta y cinco-treinta y dos, de las ocho horas del veintiséis de junio, dos mil doce y números, setenta y ocho-treinta y dos y, setenta y nueve-treinta y dos, de las dieciséis horas y, diecisiete horas, respectivamente, del veintisiete de junio de dos mil doce, se firman los instrumentos correspondientes a protocolizaciones de actas y declaraciones juradas, mediante las cuales se procede a la disolución de las siguientes  sociedades:  Inversiones  Lagunilla S. A., Isleta del Moro S. A., y, M & M Importaciones Técnicas S. A.—Goicoechea, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Luis Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012309800.—(IN2012070189).

Por escritura otorgada en mi notaría, en esta ciudad, a las 17:00 horas de hoy, se protocolizó el acta de asamblea de accionistas de Johnny Chan Cía. Limitada, cédula jurídica 3-102-44393, en la que se nombró nuevo gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, se reforma la cláusula segunda referente al domicilio.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012309801.—(IN2012070190).

Por escritura otorgada en mi notaría, en esta ciudad, a las 16:00 horas de hoy, se protocolizó el acta de asamblea de accionistas de Fedemauri S. A., cédula jurídica 3-101-101969, en la que se nombra apoderado generalísimo sin límite de suma, se revoca nombramiento de agente residente y fiscal de la sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012309802.—(IN2012070191).

Por escritura Nº 163 de fecha 25 de junio del presente año, se modifica cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Ramocagh S. A., y se nombra nuevo presidente, secretario y agente residente.—Lic. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—RP2012309803.—(IN2012070192).

Por escritura Nº 164 de fecha 25 de junio del presente año, se nombra nuevo presidente, secretario y agente residente de la sociedad Hemages TRP S. A.—Lic. Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—RP2012309804.—(IN2012070193).

Por escritura ochenta y cuatro, otorgada en San Pedro de Montes de Oca, diez horas treinta minutos del siete de mayo del dos mil doce, se protocolizó en acta uno de Everwell Danisa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y nueve mil ciento veintitrés, se reformó la cláusula X y se nombró nueva junta directiva.—Ciudad Neily, doce horas del veintiocho de mayo del dos mil doce.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012309806.—(IN2012070194).

Por escritura ciento veintiuno, otorgada en Ciudad Neily, al ser doce horas treinta minutos del quince de junio del dos mil doce, se protocolizó en acta uno de Plumería Rubra Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y cinco mil trescientos dos, y se reformó la cláusula X y se nombró nuevo presidente.—Ciudad Neily, al ser dieciocho horas del día veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012309807.—(IN2012070195).

Por acta de asamblea general extraordinaria número uno de Casa Solana Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y ocho mil ciento tres, en Ciudad Neily, cincuenta metros al este del Banco Popular, al ser trece horas del veintiuno de junio del dos mil doce, se reformó la cláusula X y se nombró nuevo presidente.—Ciudad Neily, diez horas del día veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012309808.—(IN2012070196).

Por escritura otorgada a las quince horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, se constituyó la empresa Yullwin Consultoría y Planificadora Constructiva Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo gerente es Edwin Aguilar León.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012309809.—(IN2012070197).

Ante mí, Adrián Tames Muñoz, se constituyó sociedad anónima denominada Taller Electromecánico Arbo Cybab. Escritura otorgada en Cartago, al ser las 15:00 horas del día 14 de junio del dos mil doce.—Lic. Adrián Tames Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012309810.—(IN2012070198).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, se constituyó la empresa Destrezas Constructivas y Materiales del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo gerente es Edwin Aguilar León.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012309811.—(IN2012070199).

Por escritura otorgada ante esta notaría el 29 de junio del 2012, se acuerda la liquidación de la sociedad Eventum Capacitación Ejecutiva Ltda.—San José, 1º de julio del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012309812.—(IN2012070200).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario, se disolvieron y liquidaron en esta fecha las sociedades: Cugat Sociedad Anónima, y Rincón Escondido del Este H. M. S. Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Tomas Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012309813.—(IN2012070201).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve Bema del Norte S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-sesenta y siete mil quinientos veintisiete.—Lic. María José Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—RP2012309814.—(IN2012070202).

Por escritura otorgada a las nueve horas del día veinticinco de junio del dos mil doce, ante el notario Manuel Antonio Lobo Salazar, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Geanke S. A., celebrada en su domicilio social a las doce horas del día quince de junio del dos mil doce, acordando la disolución de la sociedad.—Lic. Manuel Antonio Lobo Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012309815.—(IN2012070203).

Por escritura otorgada en San José, a las catorce horas del veintidós de junio del dos mil doce, ante el notario público Manuel Antonio Lobo Salazar, se constituyó la sociedad BFR de Costa Rica S. A., con domicilio social en San José, San Antonio de Desamparados, Urbanización La Constancia, casa cincuenta y siete-uno. Presidenta: Francinie Liliana Rojas Díaz, cédula 1-970-434.—Lic. Manuel Antonio Lobo Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012309816.—(IN2012070204).

Ante esta notaría ubicada ciento diez metros este de los semáforos de la Cruz Roja en Alajuela, se acuerda disolver las siguientes sociedades Carnes Integradas González Oviedo S. A., cédula jurídica 3101440205, mediante escritura 260-04, S & M Kids Corner S. A., cédula jurídica 3101536578, mediante escritura 261-04, Progente S. A., cédula jurídica 3101376599, mediante escritura 262-04, Martech Robotica S. A., cédula jurídica 3101535542, mediante escritura 263-04, Transportes Vera López S. A., cédula 3-101-348436, mediante escritura 323-4.—Alajuela, 29 de junio del 2012.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012309819.—(IN2012070205).

Mediante escrituras públicas otorgadas en esta notaría se disolvieron las sociedades; Costa de Mata Redonda Sociedad Anónima, Insta Kasa Sociedad Anónima, Collintic Sociedad Anónima, Multifashion Setenta y Dos Sociedad Anónima, Corporación OZ Interprise Sociedad Anónima, y Staws Comercial Sociedad Anónima, Delta Importaciones Sociedades, El Punto Radíx Limitada, Mar Amarillo Sociedad Anónima e Inversiones Rodan de Grecia MYM Sociedad Anónima.—Alajuela, 29 junio del 2012.—Lic. Oscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012309821.—(IN2012070206).

Mediante escrituras públicas otorgadas en esta notaría se disolvieron las sociedades: Crow Sociedad Anónima, X Quelee Entretenimiento Sociedad Anónima, Boutique Traga Sociedad Anónima, Tiosa Ropa Deportiva Sociedad Anónima, Importaciones y Exportaciones Ropacio Sociedad Anónima, La Serena Diecinueve Sociedad Anónima, Almacén El Seguro Sociedad Anónima y Ansa Interprise Sociedad Anónima.—Alajuela, 29 de junio del 2012.—Lic. Oscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2012309822.—(IN2012070207).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Almacén Casalvolone Fernández S. A. Se reforma el domicilio y la cláusula sexta de la administración. Se nombra vicepresidente, secretario, tesorero y agente residente.—Lic. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—RP2012309823.—(IN2012070208).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad J M Conceptos Comerciales S. A. Se acuerda disolver y liquidar la sociedad J M Conceptos Comerciales S. A.—Lic. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—RP2012309824.—(IN2012070209).

Mediante escritura otorgada ante mi notaría, de las diecisiete horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de la sociedad José Villegas e Hijos S. A.—Lic. Henry A. Núñez Arias, Notario.—1 vez.—RP2012309829.—(IN2012070210).

Mediante escritura otorgada ante mi notaría, de las dieciséis horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de la sociedad Corporación Kayros S. A.—Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Henry Antonio Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012309832.—(IN2012070211).

A las ocho horas  del veintiuno de junio de dos mil doce, ante esta notaría se disuelve la entidad denominada Electrónica Redel EIRL, cédula jurídica tres-ciento cinco-cero tres tres cuatro ocho seis, por acuerdo de la totalidad del capital social.—Lic. Alexandra Alfaro Céspedes, Notaria.—1 vez.—RP2012309835.—(IN2012070212).

A las nueve horas del trece de junio de dos mil doce, ante esta notaría se disuelve la sociedad denominada Inversiones Trece de Febrero S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos nueve mil ochocientos sesenta, por acuerdo de la totalidad del capital social.—Lic. Alexandra Alfaro Céspedes, Notaria.—1 vez.—RP2012309836.—(IN2012070213).

A las nueve horas del trece de junio de dos mil doce, ante esta notaría se disuelve la sociedad denominada Inversiones Trece Cero Dos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y siete mil trescientos noventa y uno, por acuerdo de la totalidad del capital social.—Lic. Alexandra Alfaro Céspedes, Notaria.—1 vez.—RP2012309837.—(IN2012070214).

A las ocho horas del veintiséis de junio del dos mil doce, ante esta notaría se disuelve la sociedad denominada tres-ciento dos-quinientos veintiocho mil cuatrocientos treinta y siete sociedad de responsabilidad limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos veintiocho mil cuatrocientos treinta y siete, por acuerdo de la totalidad del capital social.—Lic. Alexandra Alfaro Céspedes, Notaria.—1 vez.—RP2012309838.—(IN2012070215).

Ante esta notaría, mediante la escritura 209 de las 16 horas del 19 de junio, se acordó la disolución de la sociedad a partir de esta fecha de la compañía Somos Grupo Guarumo S. A.—Lic. Errol Solís Mata y Lic. Ana María Rosales Rosas, Conotarios.— Lic. Errol Solís Mata, Notario.—1 vez.—RP2012309841.—(IN2012070216).

Ante esta notaría, mediante la escritura 207 de las 16:00 horas del 27 de marzo 2012, se acordó la reducción del plazo social hasta el 28 de marzo del año 2012 de la compañía Consultoría Valruiz de Cartago S. A.—Lic. Errol Solís Mata, Notario.—1 vez.—RP2012309842.—(IN2012070217).

Ante esta notaría, mediante la escritura 208 de las 16:15 horas del 27 de marzo 2012, se acordó la reducción del plazo social hasta el 28 de marzo del año 2012 de la compañía Palmacar Dos Mil S. A.—Lic. Errol Solís Mata, Notario.—1 vez.—RP2012309843.—(IN2012070218).

Ante esta notaría, mediante la escritura 210 de las 16:00 horas del 26 de junio, se acordó la disolución de la sociedad a partir de esta fecha de la compañía Tria Consultores S. A.—Lic. Errol Solís Mata y Ana María Rosales Rosas, Conotarios.— Lic. Errol Solís Mata.—1 vez.—RP2012309844.—(IN2012070219).

La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Mueblar Desing Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y dos mil trescientos dieciséis, para realizar nuevo nombramiento de presidente. Es todo.—Palmares, dos de julio del dos mil doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012309845.—(IN2012070220).

Se disuelve por acuerdo de socios las siguientes compañías: a-) Inversiones Atiel Z & A Sociedad Anónima, cédula: tres-ciento uno-cinco nueve tres cero ocho seis, b-) Arfer del Tempisque Sociedad Anónima cédula: tres-ciento uno-dos nueve cero siete cero cero, c-) Inversiones Zuar Belén Sociedad Anónima, cédula, tres-ciento uno-cinco nueve dos ocho cuatro cinco, en Santa Cruz, Guanacaste, a las ocho horas del primero de junio del dos mil doce, ante notaria Kattia Vanessa Álvarez Rodríguez. Se cita a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos.—Lic. Vanessa Álvarez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012309846.—(IN2012070221).

Se disuelve por acuerdo de socios las siguientes compañías: a-) Importaciones de Autos La Victoria Sociedad Anónima, cédula: tres-ciento uno-dos ocho cinco cinco cuatro dos, b-) R G V Sociedad Griega Sociedad Anónima cédula: tres-ciento uno-dos ocho dos cuatro cero seis, c-) Wagmag G.R.A. Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula: tres-ciento dos-cuatro cuatro dos dos cuatro tres, d-) Vidmela R.A.G Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula, tres-ciento dos-cuatro cuatro cuatro uno dos tres, en Santa Cruz, Guanacaste, a las ocho horas con treinta minutos del primero de junio del dos mil doce, ante notaria Kattia Vanessa Álvarez Rodríguez. Se cita a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos.—Lic. Kattia Vanessa Álvarez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012309847.—(IN2012070222).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas del veinte de junio del dos mil doce, se nombra junta directiva y fiscal de la sociedad tres-ciento uno-cuatro cinco dos tres cuatro nueve s. a.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—RP2012309848.—(IN2012070223).

Ante mí, María de los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en Coronado, se protocolizó acta de reasamblea general extraordinaria de la sociedad: Araguti Inversiones S. A., a las veintidós horas del veintiséis de octubre del dos mil once, en donde se acordó disolver por unanimidad de votos dicha sociedad, y se prescinde de la liquidación de la misma.—Coronado, 26 de junio del 2012.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012309849.—(IN2012070224).

Ante nosotras, Rita Gerardina Díaz Amador, notaria pública con oficina en San Pedro de Montes de Oca; María de los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en Coronado, actuando la segunda en connotariado con el protocolo de la primera, se protocolizó acta de reasamblea general extraordinaria de la sociedad: Publinegocios On Line. Com S. A., a las once horas del diecisiete de mayo del dos mil doce, en donde se acordó disolver por unanimidad de votos dicha sociedad, y se prescinde de la liquidación de la misma.—Coronado, 26 de junio del 2012.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012309850.—(IN2012070225).

Se disuelve por acuerdo de socios, la siguiente compañía: A) Transportes Polo de Papagayo Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro cuatro ocho cinco seis cuatro, en Santa Cruz, Guanacaste, a las nueve horas con treinta minutos del primero de junio del dos mil doce, ante la notaria Kattia Vanessa Álvarez Rodríguez. Se cita a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos. Telefax: 2680-1694.—Lic. Kattia Vanessa Álvarez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012309851.—(IN2012070226).

A las nueve horas del veinticinco de junio del dos mil doce, ante esta notaría, mediante escritura número ciento veintiocho-tres se solicita disolver la sociedad: Defensa del Grupo P.V S. A., de acuerdo con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012309852.—(IN2012070227).

A las nueve horas del veintisiete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad: Petreco S. A., donde se acordó disolver la sociedad de acuerdo con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Cartago, 27 de junio del 2012.—Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012309853.—(IN2012070228).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:30 horas del 28 de junio del 2012, con el acuerdo de la totalidad de los socios, se disolvió la empresa: Inca Pepper Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-359351.—Lic. Hernán Alexis Pérez Sanabria, Notario.—1 vez.—RP2012309854.—(IN2012070229).

A las trece horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad: Hal Nueve Mil S. A., donde se acordó disolver la sociedad de acuerdo con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012309855.—(IN2012070230).

El suscrito notario hace constar que hoy he protocolizado acta de asamblea donde se acordó la disolución de la sociedad con la razón social: Consorcio Jurídico Montero & Morales Asociados Sociedad Anónima.—San José, 22 de mayo del 2012.—Lic. Esaú González Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012309856.—(IN2012070231).

A las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce, ante esta notaría, mediante escritura número ciento veintisiete-tres, se solicita disolver la sociedad: Main Holding Sensei S. A., de acuerdo con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012309857.—(IN2012070232).

En mi notaría, por escritura ochenta y cinco, del tomo II, se constituyó la sociedad denominada: Julexxx Sociedad de Responsabilidad Limitada. Presidente y secretario, como apoderados generalísimos. Capital social: ¢10.000.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Henry Sandoval Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012309858.—(IN2012070233).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía: Oriental Plantexpo Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012309859.—(IN2012070234).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía: Flores del Pacífico O H S Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012309860.—(IN2012070235).

Mediante escritura de las 08:30 horas del 2 de julio del 2012, los señores: Kattia Isabel Vargas Rivera, Eugenia Herminia Rivera Rivera, José Ángel Vargas Agüero, y Karen Margarita Rojas Rivera, constituyen la sociedad anónima: Corporación Master Eventos de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidenta: Kattia Isabel Vargas Rivera. Plazo social: será de noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones exactos, constituido por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Objeto: la prestación de servicios en eventos especiales y turismo, todo lo relacionado con el comercio y prestación de servicios en general.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Luis Miguel Ortega Meléndez, Notario.—1 vez.—RP2012309863.—(IN2012070236).

Que en la escritura treinta, del tomo primero de la notaria pública Jenny Isabel Hernández Fuentes, se protocolizó la disolución de la sociedad: Finca Antares Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-dos cinco nueve dos cinco cero.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Jenny Isabel Hernández Fuentes, Notaria.—1 vez.—RP2012309864.—(IN2012070237).

Por acuerdo unánime de los socios de la sociedad: Inversiones Betel Lugar de Luz Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-390088, se acordó la disolución de la sociedad según el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Santa Cruz, a las 13:00 horas del 25 de junio del 2012.—Lic. Óscar Francisco Díaz Montiel, Notario.—1 vez.—RP2012309865.—(IN2012070238).

Por acuerdo unánime de los socios de Compañía de Exportaciones e Importaciones Komaflor Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-109124, se acordó la disolución de la sociedad según el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—Santa Cruz, a las 15:00 horas del 25 de junio del 2012.—Lic. Óscar Francisco Díaz Montiel, Notario.—1 vez.—RP2012309866.—(IN2012070239).

Ante esta notaría, la sociedad: Unión Zamart del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y un mil quinientos setenta y siete, se ha disuelto por acuerdo de socios.—Miramar, doce horas del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1 vez.—RP2012309867.—(IN2012070240).

Ante esta notaría, la sociedad: Inversiones Ramical del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y cinco, se ha disuelto por acuerdo de socios.—Miramar, doce horas del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1 vez.—RP2012309868.—(IN2012070241).

Ante esta notaría, la sociedad: Jams y Morque Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y un mil trescientos noventa y cinco, se ha disuelto por acuerdo de socios.—Miramar, doce horas con treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1 vez.—RP2012309869.—(IN2012070242).

Ante esta notaría, la sociedad: Distribuidora Henry Mora H M Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil cuarenta y nueve, se ha disuelto por acuerdo de socios.—Miramar, once horas con treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1 vez.—RP2012309870.—(IN2012070243).

Ante esta notaría, la sociedad: Inversiones González & Urgarte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil quinientos sesenta y uno, se ha disuelto por acuerdo de socios.—Miramar, once horas del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1 vez.—RP2012309872.—(IN2012070244).

En esta notaría, al ser las diecisiete horas y siete minutos del veintidós de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad anónima, cuya denominación será: Multiservicios y Asesorías Especializadas S. A., de acuerdo a la escritura número ciento dieciséis-cinco, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Es todo.—Limón, Pococí, veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. David López García, Notario.—1 vez.—RP2012309873.—(IN2012070245).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las nueve horas treinta y nueve minutos de hoy, se nombró nuevo secretario de la junta directiva de la sociedad: Nicklaus Flint Hepsoe Sociedad Anónima. Secretario: Giacalone Russell. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintinueve de marzo del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Herrera Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2012309874.—(IN2012070246).

A las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad: Efod B Q S. A., donde se acordó disolver la sociedad de acuerdo con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012309875.—(IN2012070247).

Ante esta notaría, por escritura número ciento cincuenta y uno-veintiuno, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Inversiones Marcab K & B Internacional Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012309876.—(IN2012070248).

Ante esta notaría, por escritura número ciento cincuenta y siete-veintiuno, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Hidroagro Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012309878.—(IN2012070249).

Ante esta notaría, por escritura número ciento cuarenta y tres-veintiuno, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Irridelco Latino América Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012309880.—(IN2012070250).

Ante esta notaría, la sociedad: Montajes Industriales T M B Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y dos mil novecientos cincuenta y cinco, se ha disuelto por acuerdo de socios.—Miramar, once horas del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1 vez.—RP2012309881.—(IN2012070251).

Ante esta notaría, la sociedad: Autotransportes Ruta Seiscientos Cincuenta y Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y nueve mil novecientos veinticuatro, se ha disuelto por acuerdo de socios.—Miramar, once horas con treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Shirley Ávila Cortés, Notaria.—1 vez.—RP2012309882.—(IN2012070252).

Ante esta notaría, por escritura número ciento cuarenta y cuatro-veintiuno, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Audimax EIRL, en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012309884.—(IN2012070253).

Ante esta notaría, por escritura número ciento cuarenta y cinco-veintiuno, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Corporación Coresa Colorantes y Resinas Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012309885.—(IN2012070254).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las diez horas del día veintiséis de junio del dos mil doce, se transformó la sociedad: Cruce Tamarindo Limitada en sociedad anónima.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012309886.—(IN2012070255).

Por escritura número trescientos veintiuno, de fecha veintinueve de junio del dos mil doce, se procedió a la disolución de la sociedad denominada: Urbanizadora Topacio Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-ciento treinta y seis mil ochocientos cincuenta y tres. Lo anterior conforme con la Ley número nueve mil veinticuatro del 23 de diciembre del 2011.—Cartago, 29 de junio del 2012.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2012309887.—(IN2012070256).

Mediante escritura pública Nº 113-8, otorgada a las 14:00 horas del 27 de junio del 2012, por acuerdo unánime de la totalidad del capital social, según lo dispuesto por el transitorio II de la Ley Nº 9024, se disolvió la sociedad: Internacional A Y S Asociados S. A., cédula jurídica Nº 3-101-172232.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Pamela Andrea Meza Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012309888.—(IN2012070257).

El suscrito notario público Franklin Aguilera Amador, hago constar que mediante asamblea general de socios de la sociedad: Multiservicios Universal Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil quinientos sesenta y dos, del día veinte de junio del dos mil doce, se cambió la representación legal y junta directiva.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2012309889.—(IN2012070258).

Mediante escritura pública Nº 15-2, otorgada a las 18:00 horas del 28 de junio del 2012, por acuerdo unánime de la totalidad del capital social, según lo dispuesto por el transitorio II de la Ley Nº 9024, se disolvió la sociedad: Business & Marketing Realty S.A., cédula jurídica Nº 3-101-443560.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Geovanni Navarro Solano, Notario.—1 vez.—RP2012309890.—(IN2012070259).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad: Sabores Culinarios de Autor S.R.L. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José. Representación: dos gerentes.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Pal Hegedüs, Notario.—1 vez.—RP2012309891.—(IN2012070260).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad: Cocina de Autor S.R.L. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José. Representación: dos gerentes.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Pal Hegedüs, Notario.—1 vez.—RP2012309892.—(IN2012070261).

Hoy protocolicé acta de asamblea de socios de Fisioestética Natural Spa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos mil ochocientos noventa y dos, acordando su disolución y liquidación. Domicilio: San José.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012309893.—(IN2012070262).

Hoy protocolicé acta de asamblea de socios de Tres-Ciento Uno-Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil Cincuenta S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cuatro mil cincuenta, acordando su disolución y liquidación. Domicilio: San José.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012309894.—(IN2012070263).

Por escritura otorgada ante esta notaria pública, el día 28 de junio del 2012, a las 14:00 horas, se constituyó la sociedad: Magnolia Corporation Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero: apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. María de La Cruz Villanea Villegas, Notaria.—1 vez.—RP2012309895.—(IN2012070264).

Hoy protocolicé acta de asamblea de socios de Innovaeléctrica S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y tres mil ochocientos treinta y siete, acordando su disolución. Domicilio: San José.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012309896.—(IN2012070265).

Por escritura otorgada ante esta notaria pública, el día 29 de junio del 2012, a las 14:00 horas, se constituyó la sociedad: VRB Sistemas Integrados de Mercadeo Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario: apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Fabiola Sáenz Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012309897.—(IN2012070266).

El veinte de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea de cuotistas de Inmobiliaria Cairo Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento siete mil ciento cincuenta y seis, acordando disolver la sociedad. Domicilio: San José.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012309898.—(IN2012070267).

He protocolizado actas de disolución de la siguiente sociedad, en donde se acuerda: disolverla y liquidarla, y es la sociedad: Telco Telecomunicacios de Costa Rica S. A.—Guadalupe, 22 de junio del 2012.—Lic. Juan Quirós Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012309900.—(IN2012070268).

He protocolizado actas generales extraordinarias de accionistas y disoluciones de las siguientes sociedades, en donde se acuerda: disolverlas y liquidarlas, y son las sociedades: Club Campestre Los Amigos S. A.; Ferretería Quico S. A.; Bloquera Quico S. A.; Las Tres Rosas S. A.; Sodimac del Este S. A.; WWW.G.Q.R.COM S. A.; Wagi G.W del Este S. A., e Inversiones F.Q.G. S. A.La Trinidad de Moravia, 26 de junio del 2012.—Lic. Rafael Gutiérrez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012309901.—(IN2012070269).

Bismark Adonis Gómez García, notario público, hace constar que mediante escritura Nº 362 de las 08:00 horas del 8 de junio del 2012, se constituyó la sociedad de este domicilio denominada: CRS Investors S. A., que no tiene traducción. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente, con representación judicial y extrajudicial. Notificaciones: 2233-4333 o al correo: bismark@bufetegygasociados.com.—San José, 2 de marzo del 2012.—Lic. Bismark Adonis Gómez García, Notario.—1 vez.—RP2012309904.—(IN2012070270).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó una sociedad anónima con la denominación de la cédula jurídica que se le asigne. Plazo: cien años a partir de su constitución. Capital social: cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de un mil colones, totalmente suscritas y pagadas. Objeto: el ejercicio amplio y general del comercio.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Rodolfo Aguirre Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012309905.—(IN2012070271).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó una sociedad anónima con la denominación de la cédula jurídica que se le asigne. Plazo: cien años a partir de su constitución. Capital social: cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de un mil colones, totalmente suscritas y pagadas. Objeto: el ejercicio amplio y general del comercio.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Rodolfo Aguirre Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012309906.—(IN2012070272).

En escritura otorgada en esta notaría, a las 19:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de la sociedad: Tapas Bravas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-624169, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad por acuerdo de socios, y siendo que no tienen pasivo alguno ni bienes o activos, operaciones ni actividades de ninguna naturaleza se prescinde del trámite de liquidación.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Jimmy León Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012309907.—(IN2012070273).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó una sociedad anónima con la denominación de la cédula jurídica que se le asigne. Plazo: cien años a partir de su constitución. Capital social: cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de un mil colones, totalmente suscritas y pagadas. Objeto: el ejercicio amplio y general del comercio.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Carlos Enrique Aguirre Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012309908.—(IN2012070274).

En escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de la sociedad: CJE Sucesiones Notariales S. A., cédula jurídica Nº 3-101-289664, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad por acuerdo de socios, y siendo que no tienen pasivo alguno ni bienes o activos, operaciones ni actividades de ninguna naturaleza se prescinde del trámite de liquidación.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Alejandra Ramírez Sutherland, Notaria.—1 vez.—RP2012309909.—(IN2012070275).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó una sociedad anónima con el nombre: Agropecuaria Doña Nena M & B Sociedad Anónima. Plazo: cien años a partir de su constitución. Capital social: cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de un mil colones, totalmente suscritas y pagadas. Objeto: el ejercicio amplio y general del comercio.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Carlos Enrique Aguirre Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012309910.—(IN2012070276).

En escritura otorgada en esta notaría, a las 15:10 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de la sociedad: Criadero de Crustáceos y Mariscos del Sur S. A., cédula jurídica Nº 3-101-072357, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad por acuerdo de socios, y siendo que no tienen pasivo alguno ni bienes o activos, operaciones ni actividades de ninguna naturaleza se prescinde del trámite de liquidación.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Alejandra Ramírez Sutherland, Notaria.—1 vez.—RP2012309911.—(IN2012070277).

En escritura otorgada en esta notaría, a las 15:20 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de la sociedad: Fincas Marinas Golfiteñas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-074815, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad por acuerdo de socios, y siendo que no tienen pasivo alguno ni bienes o activos, operaciones ni actividades de ninguna naturaleza se prescinde del trámite de liquidación.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Alejandra Ramírez Sutherland, Notaria.—1 vez.—RP2012309912.—(IN2012070278).

Por escritura Nº 126 otorgada ante mi notaría, a las 09:00 horas del 27 de junio del 2012, se constituyó la sociedad: Divine Salon Spa M&D Sociedad Anónima. Representante, con facultades de apoderado generalísimo: presidente y secretaria. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012309913.—(IN2012070279).

En escritura otorgada en esta notaría, a las 15:30 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de la sociedad: Servicios Secretariales Guillén y Romero S. A., cédula jurídica Nº 3-101-035391, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad por acuerdo de socios, y siendo que no tienen pasivo alguno ni bienes o activos, operaciones ni actividades de ninguna naturaleza se prescinde del trámite de liquidación.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Alejandra Ramírez Sutherland, Notaria.—1 vez.—RP2012309914.—(IN2012070280).

Por escritura Nº 122 otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del 21 de junio del 2012, se acuerda disolver la sociedad: Carrocerías Americanas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-121835.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012309915.—(IN2012070281).

En escritura otorgada en esta notaría, a las 08:30 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de la sociedad: Propiedades Atzlajah S. A., cédula jurídica Nº 3-101-327621, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad por acuerdo de socios, y siendo que no tienen pasivo alguno ni bienes o activos, operaciones ni actividades de ninguna naturaleza se prescinde del trámite de liquidación.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alejandra Ramírez Sutherland, Notaria.—1 vez.—RP2012309916.—(IN2012070282).

NOTIFICACIONES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE ALAJUELA

ÁREA DE RECAUDACIÓN

COBRO ADMINISTRATIVO

Por desconocerse el domicilio actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los contribuyentes o responsables que a continuación se indican:

Requerimiento                   Contribuyente                                  Cédula            Impuesto              Documento               Período             Monto (* )

1911001710387                 Chacón Vega Jorge                          400500944            Ventas            1191000276252            12/2010          1.411.629,00

1911001710825                 Vargas Chacón Frank Enrique        204580969            Sanción          9231000066924            01/2010             220.050,00

1911001710825                 Vargas Chacón Frank Enrique        204580969            Sanción          9231000066014            12/2010               36.675,00

1911001708673                 Sánchez Salazar Sofía Natalia         111380929            Renta              1012016726253            12/2010             432.539,00

1911001706336                 Alfaro Salas Sergio Iván                 204640884            Renta              1012600241012            12/2011             792.647,50

1911001720022                 Marín Solórzano Juan Gabriel        205620115            Sanción          9222000406367            09/2011             308.100,00

(*)      Devenga intereses y recargos de ley.

Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que los contribuyentes arriba indicados cancelen la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para el trámite correspondiente.—Lic. Carlos Vargas Durán, Director General.—1 vez.—O.C. Nº 14217.—Solicitud Nº 6920.—C-34120.—(IN2012073520).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Resolución acoge cancelación

Ref.: 30/2012/10580.—Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de representante legal de Schering-Plough Ltd.—Documento: cancelación por falta de uso (Galenica AG).—Nº y fecha: Anotación/2-74311 de 01/09/2011.—Expediente: 1997-0002704, Registro Nº 104729 IFOR en clase 5 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:16:24 del 15 de marzo de 2012. Conoce este Registro la solicitud de cancelación por no uso interpuesta por la Lic. Marianella Arias Chacón, en su condición de apoderada especial de Galenica AG, contra el registro de la marca “IFOR”, Registro Nº 104729, inscrita el 24 de noviembre de 1997, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: “Preparaciones para el tratamiento de la virulencia progresiva y condiciones crónicas inflamatorias”, propiedad de la empresa Shering-Plough Ltd.

Resultando:

1º—Que por memorial recibido el 01 de setiembre del 2012, el Lic. Marianella Arias Chacón, en su condición de apoderada especial de Galenica AG, presenta solicitud de cancelación por falta de uso contra el registro de la marca “IFOR”, Registro Nº 104729, inscrita el 24 de noviembre de 1997, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: “Preparaciones para el tratamiento de la virulencia progresiva y condiciones crónicas inflamatorias”, propiedad de la empresa Shering-Plough Ltd. (Folio 1 a folio 7).

2º—Que por resolución de las 15:19:28 horas de 09 de setiembre del 2011 el Registro de Propiedad Industrial procede a dar traslado al titular del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación presentada. (Folio 11). Dicha resolución fue notificada al solicitante de la cancelación el 16 de setiembre del 2011. (Folio 11).

3º—Que por resolución de las 14:22:26 horas del 22 de noviembre del 2011, el Registro de Propiedad Industrial, vista la imposibilidad material de notificar al titular marcario ordena publicar el traslado de la cancelación en La Gaceta por tres veces consecutivas quedando el edicto correspondiente a disposición de las partes. (Folio 12). Dicha resolución fue debidamente notificada el 25 de noviembre del 2011. (Folio 12 vuelto).

4º—Que por memorial de fecha 01 de febrero del 2012 el solicitante de la cancelación aporta copia de las publicaciones del traslado de la cancelación por no uso en el Diario Oficial La Gaceta Nos. 17, 18 y 19 de fecha 24, 25 y 26 de enero del 2012 respectivamente. (Folio 14).

5º—Que no consta en el expediente contestación del traslado de la cancelación por no uso.

6º—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados. Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita la marca “IFOR”, Registro Nº 104729, inscrita el 24 de noviembre de 1997, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: “Preparaciones para el tratamiento de la virulencia progresiva y condiciones crónicas inflamatorias”, propiedad de la empresa Shering-Plough Ltd.

Que en este Registro de Propiedad Industrial se encuentra la solicitud de inscripción de la marca “VIFOR”, en clase 5 de la nomenclatura internacional para proteger y distinguir: “Preparaciones farmacéuticas y veterinarias lo mismo que preparaciones sanitarias (cuidado de la salud) incluyendo productos parafarmacéuticos; preparaciones dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastes dentales, materiales para improntas dentales; desinfectantes”, solicitada por Galenica AG cuyo estado administrativo es “Con resolución rechazo de plano”.

II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.—Legitimación para actuar. Analizado el poder especial administrativo, documento referido por el interesado en su escrito de solicitud de la presente cancelación por falta de uso y que consta en el expediente 2011-264, se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso de la Lic. Marianella Arias Chacón como apoderada especial de la empresa Galenica AG.

IV.—Sobre los elementos de prueba. Este Registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso y una certificación basada en la información obtenida de la base de datos electrónica de la Dirección de Atención al Cliente del Ministerio de Salud que se encuentra en la página de internet del Ministerio de Salud: www.ministeriodesalud.go.cr.

V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado dé la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación promovidas por Marianella Arias Chacón en su condición de apoderado especial de Galenica AG, se notificó mediante edicto debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta los días 24, 25 y 26 de enero del 2012, sin embargo a la fecha, el titular del distintivo marcario no contestó dicho traslado.

VI.—Contenido de la solicitud de cancelación. A.- De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta por la Lic. Marianella Arias Chacón, en su carácter dicho, se desprenden los siguientes alegatos: 1) Que su representada es una importante empresa farmacéutica suiza que presentó la solicitud de inscripción de la marca VIFOR en clase 5 bajo la solicitud 2011-264. 2) Que la compañía Shering-Plouh Ltd inscribió desde el 24 de noviembre de 1997, el registro número 104729, marca IFOR, el cual no tiene registro sanitario ante el Ministerio de Salud tal y como se demuestra en la certificación presentada como prueba. 3) Que en la actualidad no se está comercializando en el mercado costarricense ningún producto identificado con la marca IFOR, por lo que de conformidad con el artículo 37 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos el registro debe cancelarse.

VII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo del asunto:

Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

“En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado.”

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a la empresa Schering Plough Ltd, que por cualquier medio de prueba debe de demostrar la utilización de la marca IFOR para distinguir productos en clase 5.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la sociedad Galenica AG demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que de la solicitud de cancelación de marca se desprende que las empresas son competidores directos y existió una solicitud de inscripción de esta empresa que fue rechazada por el registro 104729.

En cuanto al uso, es importante resalta que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:

“Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.

Una marca registrada deberá usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de manera diferente de la forma en que1 aparece registrada solo en cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que él confiere.

El uso de una marca por parte de un licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca”.

Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, sí por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca IFOR al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de lo anterior, dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el registro N 104729, marca IFOR en clase 5 internacional propiedad de Schertng Plough Ltd. Por tanto:

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento: l) se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso interpuesta por Lic. Marianella Arias Chacón, en su condición de apoderada especial de Galenica AG, en contra de la marca “IFOR”, registro 104729, inscrita el 24 de noviembre del 1997, para proteger y distinguir: “Preparaciones para el tratamiento de la virulencia progresiva y’ condiciones crónicas inflamatorias”, propiedad de la empresa Schering Plough Ltd. Se ordena la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y 334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual Nº 8039. Notifíquese.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—(IN2012071712).

Documento Admitido Traslado al Titular

Ref.: 30/2012/7219.—Guillermo Guix García, céd; pasaporte 37024000, en calidad de Representante Legal de Chemo Centroamericana Sociedad Anónima; cédula jurídica 3-101-62338.—Documento: Cancelación por falta de uso (Terapia Sociedad Anónima soli).—Nro y fecha: Anotación/2-75228 de 27/10/2011.—Expediente: 2001-0005956 Registro Nº 133602 CIPLAT en clase 5 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:47:31 del 23 de febrero de 2012. Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad 1-812-604, en calidad de apoderada especial de Terapia Sociedad Anónima; contra el Registro del signo distintivo CIPLAT, Registro Nº 133602, el cual protege y distingue: Un producto farmacéutico de uso exclusivamente humano. En clase 5 internacional, propiedad de Chemo Centroamericana Sociedad Anónima; cédula jurídica 3-101-62338. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesor Jurídico.—RP2012311175.—(IN2012072507).

Ref.: 30/2012/6788.—Edgar Zurcher Gurdian, cédula de identidad 1-532-390, en calidad de Representante Legal de Novartis AG.—Documento: Cancelación por falta de uso (Zodiac International Corporati).—Nro y fecha: Anotación/2-76972 de 01/02/2012.—Expediente: 2002-0004861 Registro Nº 136824 LITYNDA en clase 5 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 14:08:35 del 20 de febrero de 2012. Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por José Paulo Brenes Lleras, cédula de identidad 1-694-636, en calidad de apoderado general de Zodiac International Corp; contra el Registro del signo distintivo LITYNDA, Registro Nº 136824, el cual protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano, en clase 5 internacional, propiedad de Novartis AG. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesor Jurídico.—RP2012311223.—(IN2012072508).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

REGISTRO INMOBILIARIO

Se hace saber a Rosibel Chacón Vargas, cédula de identidad 1-334-883, en su condición de titular registral de la finca de San José, 435942 y 435970 y a Nancy Patricia Villalobos Picado, cédula de identidad 1-719-256, en su condición de titular de la finca del partido de San José, 518242, que en este Registro se ventila Diligencias Administrativas bajo expediente 2011-1093-RIM. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 11:59 horas del 1º de noviembre del 2010, se autorizó la publicación por una vez de un edicto para conferirle audiencia a la sociedad mencionada en la persona de su representante, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro Inmobiliario, Decreto Ejecutivo N° 35509-J; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de la materia y 11 de la  Ley Nº 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Ref. Exp. (2011-1093-RIM), Registro Inmobiliario, División Registral.—Curridabat, 14 de junio del 2012.—Lic. Joe Herrera Carvajal, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. Nº 12-0002.—Solicitud Nº 35174.—C-28220.—(IN2012072985).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIÓN CENTRAL DE SUCURSALES

SUCURSAL DE CARTAGO

EDICTO

El suscrito Lic. Rafael Alexis Brenes Ramírez, Administrador de la Caja Costarricense de Seguro Social, Sucursal Cartago. Mediante el presente edicto y por ignorarse el domicilio actual  del  patrono  Instituto de Tecnología en Computación ITC S. A., número patronal actual 2-03101119016-1-1, número patronal anterior 9-231479004-1-0, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”, de la Caja, se procede a notificar por medio de edicto (publicar 1 vez), que el Departamento de Inspección, ha dictado el traslado de cargos que en lo que interesa indica:

Según solicitud de estudio S-1206-02321-2011 de fecha 07-12-2011, el Departamento de Inspección recibe denuncia formal interpuesta por la señora Grettel Gámez Medina, número identificación 7-2850099611, la cual refiere que laboró al servicio del patrono en estudio, desde el 04-09-2008 hasta el 28-09-2009, y no la aseguraron como a derecho corresponde. De los documentos que forman parte del expediente administrativo, constan notas internas emitidas por el patrono en estudio, comprobantes de pago y declaraciones de testigos.

De acuerdo con lo anterior, se presume un vínculo laboral entre el patrono Instituto de Tecnología en Computación ITC S. A. número patronal 2-0310119016-1-1 y la señora Gámez Medina por el periodo 04-09-2008 al 28-09-2009; por tanto el total de salarios que se le imputan al patrono ascienden a la suma de ¢1.996.680,00 de los cuales deberá cancelar por concepto de cuotas obrero patronales de los regímenes que administra la CCSS la suma de ¢439.263,00.

Se le otorga un plazo de diez días hábiles contados a partir del sexto día posterior a la publicación de este edicto, para ofrecer la prueba de descargo y hacer las alegaciones que considere pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro administrativo de Cartago. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al traslado de cargos se tendrán por notificados con solo el transcurso de 24:00 horas, contadas a partir de la fecha de la resolución.

Consulta expediente: En la Sucursal de Seguro Social en Cartago 2do piso, Bº El Molino, calle 9, avenida 1, contiguo a Coopeservidores.—Lic. Alexis Brenes Ramírez, Jefe Administrativo.—1 vez.—RP2012311541.—(IN2012073110).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

REGIÓN BRUNCA

Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal Región Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, a las trece horas del diecinueve de junio del dos mil doce. Que habiéndose dictado resolución inicial dentro del procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y subsecuente nulidad de título, por la causal de Incumplimiento del artículo 68 inciso 4) apartado b), en relación con el 66 de la ley 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, sea abandono injustificado del terreno se cita y emplaza a la Empresa de Maquinaria Pesada Taller y Construcción MAYKO Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-200251 para que comparezcan a una audiencia oral y privada que se realizará a las nueve horas del día cinco de agosto del dos mil doce en las instalaciones de la Dirección Regional Brunca del Instituto de Desarrollo Agrario ubicadas contiguo a la agencia de la Cervecería Costa Rica en Daniel Flores de Pérez Zeledón. Se pone en conocimiento que la prueba de la administración esté contenida en el expediente NUL-001-OSRC-001-2012, que se encuentra la Asesoría Legal de la Región Brunca en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Agrario, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Deben los administrados, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar o ratificar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, o un fax que se encuentre dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o fuese imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del procedimiento que se califica como ordinario se le advierte a los administrados que el día de la comparecencia puede hacerse acompañar por un abogado. En caso de no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se les hace saber que máximo al día y hora de la audiencia pueden ofrecer y aportar toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados. A la audiencia deben comparecer en forma personal y no por medio de apoderado, de igual forma se les hace saber que de comprobarse los hechos investigados se le revocará la adjudicación del terreno y se ordenará al Registro Público de la Propiedad anular el título de propiedad señalado supra, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta al Instituto de Desarrollo Agrario. Notifíquese.—Lic. Álvaro Chanto Ureña, Asesoría Legal Región Brunca.—(IN2012072436)                                                                                                                                                                                                                    2 v. 2.

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La Junta Directiva General en su sesión Nº 28-11/12-G.E., de fecha 22 de mayo de 2012, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 16, de la sesión Nº 09-11/12-G.E., debido a que según oficio N° 287-2012-TH  del Departamento de Tribunales de Honor, no fue posible notificar al Ing. Guillermo Rivas Aguilar (IT-18059), en el expediente Nº 043-11:

La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión Nº 09-11/12-G.E. de fecha 17 de enero de 2012, acordó lo siguiente:

“Acuerdo N° 16:

a.     Se aprueba lo recomendado por la Instructora de Régimen Disciplinario y en consecuencia, se instaura un Tribunal de Honor en el expediente Nº 43-11 de denuncia interpuesta por el Sr. Manuel Ugarte Soto, en contra del Ing. Guillermo Rivas Aguilar (IT-18059), con el fin de llegar a la verdad real de los hechos, según oficio Nº 2925-2011-DRD.

“HECHOS:

En fecha 11 de febrero de 2011, el Sr. Manuel Ugarte Soto, presenta denuncia en contra del Ing. Guillermo Rivas Aguilar, indicando lo siguiente: (folio 01)

-       Que contrató los servicios del profesional denunciado para obtener un plano catastrado de un terreno de su propiedad, pagándole la suma de ¢90.000,00 y que no ha obtenido resultados desde el 10 de marzo de 2010.

-       El denunciante aporta copia de la factura Nº 138471 en la que se anota que se abonó un monto de ¢45.000,00 quedando un saldo del mismo monto. (Folio 3)

Este caso también fue trasladado a la Unidad de Asesoría Especializada del Colegio Federado, pero según oficio n.° UAE-050-2011 de dicha Unidad, fue imposible localizar al Ing. Rivas Aguilar, a pesar de haberlo intentado en varias ocasiones. (Folio 05)

ANÁLISIS DE LOS DESCARGOS

A pesar de que el Ing. Rivas Aguilar, fue notificado de la denuncia en su contra mediante el oficio Nº 0911-2011-DRD, por medio del Diario Oficial La Gaceta, en publicaciones del 26, 27 y 30 de mayo de 2011, el mismo no presentó sus pruebas de descargo.

RECOMENDACIÓN DE LA INSTRUCTORA  DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO

En virtud de la prueba documental a la vista del expediente y del análisis realizado a la misma, la Instructora del Régimen Disciplinario, recomienda a la estimable Junta Directiva General del Colegio Federado, instaurar un tribunal de honor para el Ing. Guillermo Rivas Aguilar, IT-18059.

FUNDAMENTO:

Con base en el análisis de los documentos que acompañan la denuncia interpuesta por el Sr. Manuel Ugarte Soto, y con base en la investigación realizada, se tiene que los hechos objeto de este informe, se refieren a presuntas responsabilidades del investigado en el ámbito ético de su ejercicio profesional, por cuanto:

Según consta en la base de datos del Departamento de Registro del Colegio Federado, el Ing. Guillermo Rivas Aguilar, IT-18059, es miembro de este Colegio desde el 02/05/2007. A la fecha, no ha sido sancionado disciplinariamente por violación al Código de Ética de este Colegio, sin embargo, se encuentra en condición de separado a partir del 05/10/2011 según acuerdo n° 17, sesión Nº 41-10/11-G.O. de 09/08/2011, la inhabilitación rige a partir de la publicación en La Gaceta y en un diario de circulación nacional, las cuales se realizaron en las siguientes fechas: La Gaceta Nº 185 del 27/09/2011 y en el periodo al día el 04/10/2011. (Folio 18).

-       Según la denuncia presentada, el Ing. Rivas Aguilar fue contratado por el Sr. Ugarte Soto para obtener un plano catastrado de un terreno de su propiedad, pagándole la suma de ¢90.000,00, sin embargo señala el denunciante que no ha obtenido resultados desde el 10 de marzo de 2010, fecha en la que le canceló el monto mencionado. (Folio 03)

-       A pesar de que el Ing. Rivas Aguilar, fue notificado de la denuncia en su contra mediante el oficio n.° 0911-2011-DRD, por medio del Diario Oficial La Gaceta, en publicaciones del 26, 27 y 30 de mayo de 2011, el mismo no presentó sus pruebas de descargo.

-       Al analizar la documentación que consta en el expediente, se observa que desde la fecha de pago al profesional, hasta la presentación de la denuncia ha transcurrido un plazo de 11 meses, lo cual se considera desmedido para el servicio contratado, a menos que medien circunstancias extremadamente especiales, lo cual en ningún momento fue aclarado por el profesional investigado.

-       Por otro lado, el asesor externo del Departamento Régimen Disciplinario investiga en el Catastro Nacional y obtiene únicamente dos planos catastrados a nombre del Sr. Manuel Ugarte Soto, el  G-1484880-2011 (folio 19), realizado por el TA. Allister Soto Barquero y el G-548461-84 (folio 20) realizado por el Ing. Édgar Huertas Agüero, de lo cual se desprende en primer lugar, que ninguno de los planos mencionados fue realizado por el profesional investigado, incluso uno de ellos (G-548461-84), fue elaborado muchos años antes de la contratación realizada al denunciado, por lo cual se podría presumir que el Ing. Guillermo Rivas Aguilar habría recibido dinero de su cliente para ejecutar un trabajo que finalmente no realizó, con lo cual no habría sido leal ni habría dado su máximo esfuerzo para brindar un trabajo de excelencia a su contratante.”

b.     El Tribunal de Honor para el profesional denunciado estará conformado por el Ing. Juan Andrés Mora Monge, el Ing. Juan Carlos Saborío Zeledón, el Ing. Luis Enrique Portilla Barquero (en calidad de suplente), del Tribunal de Honor Permanente del Colegio de Ingenieros Topógrafos; y por el Ing. Olman Vargas Zeledón, en su condición de Director Ejecutivo del C.F.I.A.

c.     El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento.

Asimismo, se informa que el CFIA garantiza en todo momento el acceso al expediente, sus piezas y a los antecedentes que motivaron el presente acuerdo. Contra la anterior resolución cabrá el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación de la resolución de instaurar el Tribunal de Honor, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública”.—3 de julio del 2012.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 446-2012.—Solicitud Nº 37884.—C-327140.—(IN2012072976).

La Junta Directiva General en su sesión Nº 28-11/12-G.E., de fecha 22 de mayo de 2012, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 19, de la sesión Nº 19-11/12-G.E., debido a que según oficio N° 275-2012-TH del Departamento de Tribunales de Honor, no fue posible notificar a la empresa Costa Verde Estates Group S. A. (CC-4696), en el expediente Nº 181-07:

La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 19-11/12-G.E. de fecha 20 de marzo de 2012, acordó lo siguiente:

 “Acuerdo N° 19:

Se conoce informe final N° 066-2012/181-07-INFIN remitido por el Tribunal de Honor Permanente Multidisciplinario, integrado para conocer expediente N° 181-07 de denuncia interpuesta por el C.F.I.A., en contra del Arq. Ramiro González Navia (A-9467), de la Ing. Yadira Murillo Porras (IE-15281), de la Ing. Elke María Vargas Chacón (IE-14138) y de la empresa Costa Verde Estates Group S.A. (CC-4696).

(…)

POR LO TANTO SE ACUERDA:

a.     Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor y en consecuencia, se ordena archivar las causas seguidas a las profesionales Ing. Yadira Murillo Porras IE-15281 e Ing. Elke María Vargas Chacón IE-14138, en el expediente N° 181-07 al haberse probado que no infringieron el Código de Ética Profesional.

b.     Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor y en consecuencia se impone una sanción de doce meses de suspensión al Arq. Ramiro González Navia A-9467 y a la empresa Costa Verde Estates Group S. A. CC-4696, en el expediente N° 181-07, al haberse probado que infringieron el Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica en sus artículos 3 y 4 con base en las sanciones  establecidas en el artículo 31 del mismo Código y en virtud de la gravedad de los hechos.

Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, las sanciones impuestas, son ejecutables de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.

Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los tribunales de justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de diez días hábiles, contados a partir de la notificación a la presente resolución.

La interposición del recurso de reconsideración suspende la ejecución de la sanción, hasta que la Junta Directiva General resuelva en definitiva dicha impugnación. Esa decisión agota la vía administrativa.”.—3 de julio del 2012.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 446-2012.—Solicitud Nº 37884.—C-169220.—(IN2012072978).