LA GACETA Nº 144 DEL 26 DE JULIO DEL 2012

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R-159-2012-MINAET.—Poder Ejecutivo.—San José a las ocho horas del diez de mayo del dos mil doce. Exp. 24-2010/Quebradores ALFA S. A./DGM

Resultando:

1º—Que el día 21 de octubre del 2010, el señor Olman Aguilar Castro, mayor, divorciado, abogado, vecino de Curridabat, portador de la cédula de identidad número 1-658-734, en su condición de representante legal de la sociedad Quebradores Alfa S. A. portadora de la cédula jurídica 3-101-450515; presentó formal solicitud de concesión de explotación en Cauce de Dominio Público en el Río Reventazón, con las siguientes características:

Localización Geográfica: distritos: 01 Juan Viñas y 02 Tucurrique, cantón: 04 Jiménez, provincia: 03 Cartago.

Hoja cartográfica: Tucurrique, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización cartográfica: Entre coordenadas generales 204878.0360-204928.7590 norte, 566910.7840-566915.0650 este límite aguas arriba y 204510.3630-204465.4132 norte, 568591.7021-568598.1228 este límite aguas abajo.

Área solicitada: 15 ha 4405.76 m2, longitud promedio 1799.92 metros, según consta en plano aportado al folio 36.

Derrotero: Coordenadas del vértice 1 204878.0360 norte, 566910.7840 este.

Línea

ACIMUT

Distancia (Mts)

1 – 2

04°49’27”

50.903

2 – 3

103°36’59”

36.807

3 – 4

103°36’59”

26.964

4 – 5

103°54’18”

131.983

5 – 6

111°51’17”

88.837

6 – 7

124°13’29”

161.352

7 – 8

96°16’15”

120.287

8 – 9

110°42’04”

103.245

9 – 10

110°54’57”

127.584

10 – 11

104°01’12”

170.839

11 – 12

95°19’15”

73.813

12 – 13

111°31’10”

93.750

13 – 14

99°04’46”

83.129

14 – 15

100°22’43”

116.707

15 – 16

100°22’43”

130.549

16 – 17

103°08’48”

125.733

17 – 18

86°16’41”

102.321

18 – 19

81°09’21”

60.749

19 – 20

171°52’15”

45.406

20 – 21

254°25’15”

140.334

21 – 22

248°28’15”

88.651

22 – 23

282°31’54”

194.576

23 – 24

285°30’20”

178.015

24 – 25

291°34’48”

144.101

25 – 26

278°00’36”

172.288

26 - 27

255°31’46”

174.254

27 - 28

294°17’18”

35.609

28 - 29

322°15’55”

120.646

29 - 30

303°20’13”

58.417

30 - 31

287°39’15”

126.527

31 - 32

305°45’51”

129.197

32 - 33

305°45’51”

149.731

33 - 34

276°52’21”

133.848

34 - 35

276°52’21”

28.226

35 - 36

276°52’21”

16.088

36 - 1

276°52’21”

42.705

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 21 de octubre del 2010, área y derrotero aportados el 9 de marzo del 2011.

2º—Que el Programa de Explotación y el Estudio de Factibilidad fue aprobado por la Dirección de Geología y Minas por nota DGM-SIGMA-070-2011 de fecha 28 de octubre de 2011, suscrita por el coordinador minero de la Región Central 2. Se emiten las siguientes recomendaciones técnicas para el otorgamiento de la concesión:

“Satisfechas, en anexo, las enmiendas al estudio de Factibilidad Técnica-económica del expediente 24-2010, y realizada la respectiva comprobación de campo, el 26 de abril de 2011, junto con el geólogo responsable del estudio, Lic. Oscar Madrigal Castro, se procede a la aprobación de esta solicitud y a emitir las recomendaciones técnicas para el otorgamiento del título:

-    Plazo de vigencia en 10 años.

-    Volumen de explotación a una tasa que no excederá los 500 metros cúbicos por día.

-    Se autoriza el uso de quebrador. De previo a su instalación, se deberá presentar ante la DGM, el respectivo diagrama de flujo, debidamente detallado en sus componentes con especificaciones técnicas y capacidad instalada.

-    No se podrá remover del cauce más del 40% de los cantos sobretamaño (granulometrías mayores a 1 metro de diámetro). Su extracción deberá hacerse siguiendo la distribución típica de ese sector. La implementación de esta disposición requerirá mantener actualizado un registro fotográfico de los frentes activos de explotación (con toma de fotografías al menos una vez al mes).

-    Los frentes de explotación, en la parte superior de la concesión (aguas arriba), deberá guardar un retiro de al menos 400 metros con respecto al lindero de la concesión existente aguas arriba.

-    En los informes anuales deberá reportarse estas dos últimas disposiciones. Asimismo, en el estado de resultados se deberá reflejar como rubro aparte, los costos de las medidas y obras de mitigación ambiental, así como presentar un levantamiento topográfico de nivel de fondo del cauce para monitorear la coraza del aluvión y gradiente del río.

-    En los frentes de explotación (cauce) únicamente podrá operar la maquinaria aprobada para las labores de extracción. En estos sitios, así como en las terrazas del río, no se podrá realizar despacho de materiales a terceros (clientes).

-    La maquinaria y equipo, sea propio o por arrendamiento, deberá mantenerse en perfecto estado de funcionamiento. Para ello, se deberá implementar un protocolo de mantenimiento y hoja de registro, que deberán estar bajo responsabilidad del jefe o encargado de las operaciones de la cantera y a disposición de la DGM

3º—Que por resolución Nº 2075-2010-SETENA de las 8:15 horas del 1º de setiembre del 2010, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, aprobó el Estudio de Impacto Ambiental, otorgando a su vez la Viabilidad Ambiental del Proyecto.

4º—Que mediante oficio DA-5179-2011 de fecha 9 de noviembre del 2011, la Dirección de Aguas, consideró conveniente que se otorgue la concesión de explotación de materiales. Señaló que no existen concesiones de agua dentro de la zona de extracción ni aguas abajo, que eventualmente podrían verse afectadas por la actividad de extracción de materiales de dicho río. Se establecen las siguientes condiciones:

“…3. Queda totalmente prohibida la extracción de materiales de las márgenes del río.

4. La extracción de los materiales será mecanizada en forma laminar por lo que no se deben utilizar ningún tipo de equipo que no garantice éste tipo de extracción.

5. Podrá ser realizada en toda época del año en que no sea impedida por las crecidas normales del río.

6. Queda totalmente prohibida la acumulación de materiales en el cauce del río para evitar que se puedan presentar represamientos.

7. Se deberá dejar en el caso de estructuras existentes (Puentes y otras) una distancia de 200 metros para evitar posibles daños”

5º—Que publicados los edictos no se presentaron oposiciones.

6º—Que por medio de la nota DGM/RNM-564-2012 del 23 de abril del 2012, la Dirección de Geología y Minas recomienda al Poder Ejecutivo otorgar la concesión minera por un período de diez años, con una tasa de extracción máxima de 500 por día a favor de la empresa Quebradores Alfa S. A., con cédula jurídica número 3-101-450515, bajo las condiciones técnicas recomendadas en la nota DGM-SIGMA-70-2012 del 28 de febrero del 2011.

7º—Que el Poder Ejecutivo acoge la recomendación emitida por la Dirección de Geología y Minas, por medio de la nota DGM/RNM-564-2012 del 23 de abril del 2012.

8º—Que a efectos de esta resolución, el criterio legal se encuentra incorporado en el contenido de la misma, según lo establece el artículo 356 de la LGAP.

Considerando:

1º—Con fundamento en el artículo primero del Código de Minería, el Estado tiene el dominio absoluto, inalienable e imprescriptible de todos los recursos minerales existentes en el país, existiendo la potestad del Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones de otorgar concesiones para el reconocimiento, exploración, y explotación de los recursos mineros, sin que se afecte de algún modo el dominio estatal sobre esos bienes.

2º—Que los artículos 84 y 89 del Código de Minería establecen que la resolución de otorgamiento será dictada por el Poder Ejecutivo, previa recomendación de la Dirección de Geología y Minas del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.

3º—Que se han cumplido con los requisitos técnicos y legales necesarios para obtener la concesión de explotación de materiales, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 38 del Reglamento al Código de Minería, por lo que es procedente dictar el acto administrativo para el otorgamiento de la concesión de explotación minera.

4º—Que el concesionario minero deberá de cumplir durante la ejecución de las labores de explotación con las condiciones técnicas mineras emitidas por la Dirección de Geología y Minas en la nota DGM-SIGMA-70-2011 del 28 de octubre del 2011, cuyas recomendaciones se detallan en el Resultando Segundo de esta resolución. Todas las recomendaciones técnicas señaladas forman parte integral de esta resolución.

5º—El concesionario queda obligado a acatar cualquier otra recomendación que emita la Dirección de Geología y Minas, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, la Dirección de Agua y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, en las áreas de su competencia, además de lo expresado en el presente acto.

6º—Que el concesionario queda sujeto al cumplimiento de obligaciones y al disfrute de derechos, señalados en el Código de Minería y el Reglamento al Código de Minería, Decreto Ejecutivo Nº 29300-MINAE. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AMBIENTE, ENERGIA Y

TELECOMUNICACIONES

RESUELVEN:

1º—Otorgar a favor de la sociedad Quebradores Alfa S. A. portadora de la cédula jurídica 3-101-450515 concesión de explotación de materiales en el cauce de dominio público del Río Reventazón, por un plazo de 10 años y con una tasa de extracción máxima de 500 por día, con las características de localización geográfica y cartográfica, hoja cartográfica, área y derrotero señaladas en el Resultando Primero de esta resolución.

2º—Las labores de explotación se ejecutarán de acuerdo con el Plan Inicial de Trabajo y Programa de Explotación, previamente aprobados y cumpliendo las recomendaciones que al efecto señaló la Dirección de Geología y Minas y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, ambas del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.

3º—Que el concesionario minero deberá de cumplir durante la ejecución de las labores de explotación con las condiciones técnicas mineras emitidas por la Dirección de Geología y Minas en la nota DGM-SIGMA-70-2011 del 28 de octubre del 2011, cuyas recomendaciones se detallan en el Resultando Segundo de esta resolución. Todas las recomendaciones técnicas señaladas forman parte integral de esta resolución

4º—Asimismo, queda sujeta al pago y cumplimiento de las obligaciones que le impone el Código de Minería y su Reglamento, así como acatar las directrices que emita la Dirección de Geología y Minas. Caso contrario podría ser sujeto a la cancelación de la concesión.

5º—El concesionario queda sujeto al cumplimiento de obligaciones y al disfrute de derechos, señalados en el Código de Minería y en el Reglamento al Código de Minería, Decreto Ejecutivo Nº 29300-MINAE.

6º—Contra el presente acto, procede la interposición del recurso de reconsideración o revocatoria, dentro del término que se establece en el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública.

7º—Publíquese y notifíquese.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Dr. René Castro Salazar.—(IN2012073443).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 28, título 231, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Herrera Venegas Jorge Mario. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012072300).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 41, título 677, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Villegas Espinoza Yoryanela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012072301).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en Ciencias Agropecuarias, inscrito en el tomo 1, folio 61, título 650, emitido por el Colegio Técnico Profesional Los Chiles, en el año miL novecientos noventa y seis, a nombre de Edie Hernández Alemán. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Edis Rafael Hernández Alemán. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de mayo del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012072437).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 66, título 84-107, emitido por el Liceo Unesco en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Quesada Castillo Jorge Arturo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012072885).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 78, título 622, emitido por el Liceo de Moravia, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Guzmán Villalobos Yesenia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veintidós días del mes de setiembre del dos mil nueve.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Guisela Céspedes Lobo, Asesora.—(IN2012073500).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 96, título 1836, emitido por el Colegio Superior de Señoritas, en el año dos mil seis, a nombre de Azofeifa Ruiz Francia Alejandra. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los once días del mes de febrero del dos mil diez.—M.Sc. Trino Zamora Zumbado, Jefe Departamento de Evaluación de la Calidad.—(IN2012073521).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 258, título 515, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Castañeda Gómez Carlos Manuel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012073833).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 118, título 1048, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas en el año dos mil uno, a nombre de Robles Segura Carlos Alberto. Se solicita la reposición del titulo indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012073944).

SALUD

INSTITUTO SOBRE ALCOHOLISMO Y FARMACODEPENDENCIA

EDICTO

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2º del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación de nómina 067-09 de la Dirección General del Servicio Civil, se nombra en propiedad a Marilyn Salguero Osejo, con el número de cédula 111750289, en el número de puesto 503204, clase Profesional de Servicio Civil 1-B, a partir del 16 de enero del 2009.

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2º del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación de nómina 192911 de la Dirección General del Servicio Civil, se nombra en propiedad a Andrea Solano Navarrete, con el número de cédula 109930780, en el número de puesto 402007, clase Oficinista de Servicio Civil 2 a partir del 1º de agosto del 2011.

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2º del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación de nómina 75010 de la Dirección General del Servicio Civil, se nombra en propiedad a Catalina González Murillo, con el número de cédula 111270203, en el número de puesto 503205, clase Profesional Servicio Civil 1-B a partir del 1º de marzo del 2011.

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2º del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación de nómina 269611 de la Dirección General del Servicio Civil, se nombra en propiedad a Marielos de los Ángeles Sandí Naranjo, con el número de cédula 602560559, en el número de puesto 502927, clase Profesional de Servicio Civil 1-B a partir del 16 de noviembre del 2011.

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2º del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación de nómina 372211 de la Dirección General del Servicio Civil, se nombra en propiedad a Grace Rodríguez Ramírez, con el número de cédula 205490371, en el número de puesto 502943, clase Oficinista de Servicio Civil 1 a partir del 01 de febrero del 2012.

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2º del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación de nómina 228411 De la Dirección General del Servicio Civil, se nombra en propiedad a María Elena Mejía Zarate, con el número de cédula 401570807, en el número de puesto 503202, clase Profesional de Servicio Civil 1-B a partir del 01 de octubre del 2011.

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2º del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por la aplicación de nómina 278611 de la Dirección General del Servicio Civil, se nombra en propiedad a Yeiner Eduardo Barrantes Salazar, con el número de cédula 205590117, en el número de puesto 401939, clase Profesional de Servicio Civil 1-B a partir del 17 de octubre del 2011.

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2º del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por Traslado en propiedad de la Dirección General del Servicio Civil, se nombra en propiedad a Marianella Cascante Días, con el número de cédula 111540109, en el número de puesto 503183, clase Profesional de Servicio Civil 1-B a partir del 16 de noviembre del 2011.

En acatamiento a lo establecido en el artículo 2º del Estatuto de Servicio Civil, se hace del conocimiento a interesados y a terceros que por aplicación de nómina 279011 De la Dirección General del Servicio Civil, se nombra en propiedad a Gloriana Quesada Quirós, con el número de cédula 110820324, en el número de puesto 503203, clase Profesional de Servicio Civil 1-B a partir del 16 de noviembre del 2011.—Subproceso de Gestión Humana.—Lic. Guiselle Ramírez Solano, Encargada.—O. C. Nº 102802.—Solicitud Nº 46608.—C-61120.—(IN2012073948).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Para ver las marcas de Fábrica y Ganado solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Nº 107.497.—José Alejandro Betancourt Chévez, cédula Nº 5-172-396, mayor, viudo una vez, solicita el Registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Liberia, Barrio La Cruz, del Bar La Grupera un kilómetro al sur. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, a las catorce horas veintisiete minutos del dieciocho de mayo del dos mil doce.—Viviana Segura De La O, Registradora.—1 vez.—RP2012310505.—(IN2012070951).

Nº 2012-394.—Neftalí Obando Aragón, cédula de identidad número 5-0370-0880, mayor, soltero, solicita el registro de:

N

O    A

como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, La Cruz, Santa Cecilia, Las Juantas de Caoba, en finca Los Ángeles, de la escuela 1 km al noroeste. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 16 de mayo del 2012.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP20120310661.—(IN2012070952).

Nº 2012-700.—Roberto Marín Segura, cédula de identidad Nº 5-0174-0699, mayor, soltero en unión libre. Solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Líbano de Tilarán, 800 m este del puente Líbano. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Marta Ureña Núñez, Registradora.—1 vez.—RP2012310850.—(IN2012071885).

Nº 2012-591.—Asdrúbal Castro Murillo, cédula de identidad número 5-0145-1496, mayor, casado una vez Solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Alajuela, Los Chiles, Caño Negro, 10 km al sur de la escuela de Caño Negro. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—RP2012310860.—(IN2012071886).

Nº 2012-592.—Albin Gerardo Brenes Mata, cédula de identidad número 3-0245-0029, mayor, casado dos veces. Solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, San Rafael, Silencio, 1 km al sur de la escuela El Silencio. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a: partir de la publicación de este edicto.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—RP2012310861.—(IN2012071887).

Nº 2012-284.—Juan Carlos Mejías Fernández, cédula de identidad Nº 2-0289-1325, mayor, casado una vez. Solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, San Juan Grande, 250 metros noroeste del Rancho Annia. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Marta Ureña Núñez, Registradora.—1 vez.—RP2012310909.—(IN2012071888).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Federico Rucavado Luque, 1-839-188, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Eli Lilly and Company, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada ANÁLOGO PEPTÍDICO DE OXINTOMODULINA. La presente invención se refiere a un análogo peptídico de oxintomodulina empleado en el tratamiento de diabetes y/u obesidad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: A61K 38/17; A61K 38/26; A07K 14/605; A61P 3/04; A61P 3/10; cuyos inventores son Alsina Fernández, Jorge, Kohn, Wayne, David. La solicitud correspondiente lleva el número 20120338, y fue presentada a las 10:00:00 del 22 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012072272).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Sanofi-Aventis Deutschland GmbH, de Alemania, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIÓN FARMACÉUTICA QUE COMPRENDE UN AGONISTA DE GLP-1, UNA INSULINA Y METIONINA. Una composición líquida que comprende un agonista de GLP-1 y/o una sal farmacológicamente tolerable del mismo, una insulina y/o una sal farmacológicamente tolerable de la misma y opcionalmente, al menos un excipiente farmacéuticamente aceptable, en la que la composición comprende metionina, como terapia complementaria con metformina cuando sea apropiado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 38/28; A61P 3/10; A61K 38/26; A61K 47/20, cuyos inventores son Hagendorf, Annika, Hauck, Gerrit, Müller, Werner, Schoettle, Isabell, Siefke-Henzler, Verena, Tertsch, Katrin. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0218, y fue presentada a las 13:09:10 del 27 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012311500.—(IN2012073091).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Helssin Healthcare S. A., de Suiza, solicita la patente de invención denominada COMPOSICIONES PARA TRATAR NAUSEAS Y VÓMITO CENTRALMENTE MEDIADOS, se proveen composiciones y métodos para tratar o prevenir náuseas y vómito en pacientes que pasan por quimioterapia, radioterapia o cirugía. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/573; A61K 31/4178; A61K 31/473; A61K 45/06; A61K 31/496; A61P 1/08; cuyos inventores son Trento, Fabio, Rossi, Giorgia, Cannella, Roberta, Bonadeo, Daniele, Braglia, Riccardo, Cantoreggi, Sergio. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0216 y fue presentada a las 14:14:10 del 26 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012311501.—(IN2012073092).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de The Regents of the University of Michigan, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada ANTAGONISTAS DE ESPIRO-OXINDOL DE MDM2. En la presente memoria se proporcionan compuestos, composiciones y métodos en el campo de la química médica. Los compuestos y composiciones proporcionadas en la presente memoria se refieren a espiro-oxindoles que funcionan como antagonistas de la interacción entre p53 y MDM2, y a su uso como agentes terapéuticos para el tratamiento del cáncer y otras enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 487/10; C07D 491/107; C07D 495/10; A61K 31/407; A61P 35/00; cuyos inventores son Wang, Shaomeng, Yu, Shanghai, Sun, Wei, Kumar, Sanjeev, Sun, Duxin, Zou, Peng, Zhao, Yujun, Mceachern, Donna. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0313 y fue presentada a las 14:15:10 del 8 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012311502.—(IN2012073093).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 6563P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 5,46 litros por segundo de acuífero (pozo AZ-16), efectuando la captación en finca de su propiedad en Pital, San Carlos, Alajuela, para uso riego y aplicación de fertilizantes. Coordenadas 271.000 / 507.200 hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073482).

Exp. 15248P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 9,5 litros por segundo de acuífero (pozo RS-91) en finca de el mismo en Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 272.248 / 545.640 hoja Río Sucio. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073485).

Exp. 9486P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 0,90 litros por segundo de acuífero (pozo 4), efectuando la captación en finca de su propiedad en Buenos Aires, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 128.197 / 608.904 hoja general. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN201273497).

Exp. 9488P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 0,90 litros por segundo de aguas acuífero (pozo sin número), efectuando la captación en finca de su propiedad en Buenos Aires, Puntarenas, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 128.368 / 609.354 hoja General. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 20 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073499).

Exp. 5091A.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 105 litros por segundo del río Volcán (toma 1), efectuando la captación en finca de su propiedad en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso riego y fumigaciones. Coordenadas 359.000 / 522.660 hoja Buenos Aires. 145 litros por segundo del río Volcán (toma 2), efectuando la captación en finca de su propiedad en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso riego y fumigaciones. Coordenadas 129.425 / 599.540 hoja Buenos Aires. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073501).

Exp. 9487P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, solicita concesión de: 0,90 litros por segundo de acuífero (pozo 6 ), efectuando la captación en finca de su propiedad en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 129.792 / 597.548 hoja General. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073505).

Exp. 6263P.—Compañía Palma Tica S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo de acuífero (pozo 12), efectuando la captación en finca del mismo en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 156.452 / 524.764 hoja Quepos. 2 litros por segundo de acuífero (pozo 13), efectuando la captación en finca del mismo en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 156.511 / 524.785 hoja Quepos. 2 litros por segundo de acuífero (pozo 14), efectuando la captación en finca del mismo en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 156.476 / 524.810 hoja Quepos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073507).

Exp. 15273A.—Carlos Luis, Chacon Gamboa, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca del mismo en Llano Bonito, León Cortés, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 187.900 / 526.200 hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073508).

Exp. 15260A.—José Fabio, Chavarría Arguedas, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo de la Quebrada El Palo, efectuando la captación en finca de Jesús Chan Camacho en Puntarenas, para uso consumo humano y riego. Coordenadas 221.050 / 450.100 hoja Chapernal. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073510).

Exp. 10018P.—Luis Antonio, Vargas Vargas, solicita concesión de: 0,55 litros por segundo de acuífero (pozo NA-525), efectuando la captación en finca de su propiedad en Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso riego. Coordenadas 224.150 / 486.750 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073513).

Exp. 15168P.—Automotriz Zunapo del Monte S. A., solicita concesión de: 0,10 litro por segundo de acuífero (pozo sin número), efectuando la captación en finca del mismo en Colón, Mora, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 212.110 / 509.541 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012073515).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 9621A.—Allan, Portuguez Prado solicita concesión de: 0,05 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de, Rafael Mora Chinchilla en Vuelta de Jorco, Aserrí, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 195.550 / 520.550 hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de julio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012074044).

Exp. 9622A.—Rafael Ángel, Mora Chinchilla solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Vuelta de Jorco, Aserrí, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 195.550 / 520.550 hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de julio de, 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012074045).

Exp. 9667A.—Mireya, Prado Segura, solicita concesión de: 0,05 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de, Rafael Mora Chinchilla en Vuelta de Jorco, Aserrí, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 195.550 / 520.550 hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de julio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012074048).

Exp. 13621A.—Osvaldo Solís Marín y Henry Solís Marín, solicita concesión de: 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Caribeco S. A., en Florencia, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario-lechería y turístico-piscina. Coordenadas 265.600 / 486.100 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012074050).

Exp. 8261P.—Saltamontes Perezoso S. A., solicita concesión de: 0,10 litros por segundo de, acuífero (Pozo GA-47), efectuando la captación en finca de su propiedad en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 218.200 / 356.675 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012074055).

Exp. 10491P.—Condominio Horizontal La Inmaculada, solicita concesión de: 0,50 litros por segundo de acuífero (pozo BA-725), efectuando la captación en finca de su propiedad en Concepción, San Rafael, Heredia, para uso consumo autoabastecimiento de agua en Condominio Horizontal La Inmaculada para 150 personas. Coordenadas 223.800 / 528.950 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012074056).

Exp. 15227P.—Azura Flats S. A., solicita concesión de: 1 litros por segundo de acuífero (pozo AB-2105), efectuando la captación en finca del mismo en Piedades, Santa Ana, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 213.053 / 512.029 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012074057).

Exp. 488.—H. Peters S. A., solicita concesión de: 1000 litros por segundo de río Colorado, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sarchí, Valverde Vega, Alajuela, para uso fuerza hidráulica autogeneración eléctrica y venta a terceros. Coordenadas 229,000 / 497,000 hoja Colorado. Caída bruta (metros) 24,27 m Potencia teórica (Kw) 237,94 kw. Propietarios de terrenos aguas debajo de, no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del término de un mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Dirección de Aguas. MINAET.—(IN2012074058).

Exp. 15309P.—Vistas de Flamingo Número Cincuenta S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de acuífero (pozo sin número), efectuando la captación en finca del mismo en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 271.900 / 344.750 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de julio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN201274059).

Exp. 10169A.—Hilda, González Vindas, solicita concesión de: 0,53 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en su propiedad en Paquera, Puntarenas, para uso consumo humano y abrevadero. Coordenadas 207.350 / 430.550 hoja Golfo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de marzo de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012074060).

Exp. 9944A.—Sociedad de Usuarios de Agua de Santa Rosa, solicita concesión de: 16 litros por segundo del río Acapulco, efectuando la captación en finca de, Gerardo Cruz Rodríguez en Guacimal, Puntarenas, para uso riego. Coordenadas 241.750 / 448.150 hoja Juntas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012074061).

Exp. 15061A.—Municipalidad de San Carlos, solicita concesión de: 108 litros por segundo del Nacimiento Aguilar, efectuando la captación en finca de Agrícola Ganadera Las Palmeras, S. A., en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 255.509 / 491.956 hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de marzo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012075154).

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

EDICTO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante la Oficina Regional San José Occidental del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los servicios ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles según el siguiente detalle:

Solicitante

Presolicitud

UBICACIÓN GEOGRÁFICA

N° DE PLANO

AREA BAJO PSA

Hermanos J & F de Puriscal S. A.

SJ01025612

Caserío: Alto Limón

Distrito: Mercedes Sur

Cantón:  Puriscal

Provincia: San José

SJ-1441282-2010

19.2

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo número 25721-MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional de San José Occidental y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición. El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional, sita San José, 175 m oeste de las Oficinas Centrales del INS, avenida 7, calles 3 y 5, en horario de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.

Lic. Elizabeth Castro Fallas, Encargada, Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—O. C. Nº 0244.—Solicitud Nº 47613.—C-71700.—(IN2012073404).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000004-UTN

Construcción del edificio de aulas sede central

La Proveeduría Institucional de la Universidad Técnica Nacional recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del jueves 23 de agosto del 2012, para la construcción del edificio de aulas sede central.

El cartel y los planos correspondientes se venderán a partir de la publicación, por un monto de ¢15.000,00, y debe ser cancelado a través de las siguientes cuentas del BNCR (Cuenta corriente: 100-01-002-014465-6, cuenta cliente: 151-00-210-01014465-1), posteriormente con el comprobante del depósito retirarlo en las oficinas de la Proveeduría Institucional, (300 metros al sur de Pastas Roma, carretera a Villa Bonita, Alajuela).

Para consultas al correo jperez@utn.ac.cr con copia al mgozalez@utn.ac.cr y al gavila@utn.ac.cr y/o al fax 2430-3496.

19 de julio del 2012.—Lic. Miguel González Matamoros Director Proveeduría Institucional.—1 vez.—(IN2012076489).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000027-PRI

Contratación de horas de mantenimiento correctivo

y preventivo sistemas de radiocomunicación

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 14 de agosto del 2012, para la “Contratación de horas de mantenimiento correctivo y preventivo sistemas de radiocomunicación”

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr. link Proveeduría, Expediente Digital.

Dirección de Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillen.—1 vez.—O. C. Nº 1970.—Solicitud. Nº 42137.—C-15060.—(IN2012076722).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la apertura del siguiente proceso:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000008-01

Contratación de servicios para la elaboración de las Bases

Jurídicas que regirán el Instituto de Desarrollo

Rural (INDER) con base a la Ley 9036

Fecha y Hora de recepción de ofertas:

Viernes, 10 de agosto 2012, a las 11:00 horas (11:00 a.m.).

El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras oficinas centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Área de Contratación y Suministros, planta baja del Edificio B, el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página Web del IDA, www.ida.go.cr, Link Licitaciones, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a la siguiente dirección: kacris@ida.go.cr

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(IN2012076760).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el siguiente procedimiento:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-01

Compra de play ground para diversas comunidades

del cantón de Santa Cruz

Fecha y hora de apertura: 07 de agosto del 2012, a las 09:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Departamento de Proveeduría; sita al costado noroeste del parque Bernabela Ramos, Santa Cruz, Guanacaste; o bien, solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente dirección: proveeduriasantacruz@gmail.com En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24:00 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse al teléfono 2680-0101 ext.: 213 ó 130.

Santa Cruz, 18 de julio del 2012.—Lic. Keylor Jaén Rosales, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012076488).

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el siguiente procedimiento:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000007-01

Contratación de una persona física o jurídica que construya

bajo la modalidad llave en mano un edificio para

el Centro de Cuido y de Desarrollo Infantil

Fecha y hora de apertura: 07 de agosto del 2012, a las 11:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Departamento de Proveeduría; sita al costado noroeste del parque Bernabela Ramos, Santa Cruz, Guanacaste; o bien, solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente dirección: proveeduriasantacruz@gmail.com En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24:00 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse al teléfono 2680-0101 ext.: 213 ó 130.

Santa Cruz, 18 de julio del 2012.—Lic. Keylor Jaén Rosales, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012076490).

CONCEJO MUINICIPAL DE DISTRITO MONTEVERDE

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01-2012

Adquisición de una vagoneta y un back hoe nuevos

El Concejo Municipal de Distrito de Monteverde, estará recibiendo ofertas hasta las 15:00 horas tres de la tarde el día 21 de agosto del 2012, los interesados podrán adquirir el cartel en nuestras oficinas situadas costado oeste de la Agencia Banco Nacional de Costa Rica, en Santa Elena Centro. El costo del cartel es de ¢1.000,00 (mil colones). Se puede obtener más información de esta licitación en las oficinas del Concejo Municipal de Distrito de Monteverde, con el Ing. Olman Quesada Ugalde o Francisco Vargas Leitón, a los teléfonos 2645-6909 ó munimonteverde@ice.co.cr

Santa Elena Monteverde, 20 de julio del 2012.—José Francisco Vargas Leitón, Intendente Municipal.—1 vez.—(IN2012076486).

ADJUDICACIONES

AGRICULTURA Y GANADERÍA

PROVEEDURIA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-000140-10900

Contratación de 3 talleres mecánicos para reparaciones

de enderezado y pintura, mecánica y eléctrica

general, para casos INS

Se avisa a todos los interesados en esta licitación, que ya se emitió la Resolución de Adjudicación 161-2012, de las 10:00 horas del día 18 de julio del 2012, correspondiente al trámite 2012LN-000140-10900.

Dicha resolución estará disponible en CompraRed un día hábil siguiente a la publicación de este aviso. Para consultar dicha resolución visitar la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de internet.

San José, 18 de julio del 2012.—Servicio Fitosanitario del Estad.—Lic. Glenda Ávila Isaac, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. 21.—Solicitud 27940.—C-9400.—(IN2012076725).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACION PÚBLICA Nº 2012LN-000008-PCAD

Alquiler de un local para ubicar la oficina

bancaria en San Vito de Coto Brus

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Pública Nº 2012LN-000008-PCAD que la Comisión de Licitaciones Públicas, mediante Acta Nº 596-2012 del 17 de julio del 2012, resolvió adjudicar la presente Licitación a: Floricundio S. A., cédula jurídica Nº 3-101-520607. Matrícula Folio Real Nº 159827-000.

Monto Adjudicado: ¢9.900,00 / M2. (Nueve mil novecientos colones por metro cuadrado).Costo alquiler por tres años: ¢96.299.280,00 (Noventa y seis millones doscientos noventa y nueve mil doscientos ochenta colones 00/100). Plazo entrega del inmueble debidamente terminado 6 meses.

Demás condiciones y requisitos según lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular en su informe de Adjudicación Nº 106-2012.

San José, 19 de julio del 2012.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2012076771).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000002-5101

Guantes ambidextros de latex, tamaño pequeño, no estéril

El ítem único de esta licitación se adjudicó a la empresa Nipro Medical Corporation Sucursal de Costa Rica por un monto de $491.920,00 (cuatrocientos noventa y un mil novecientos veinte dólares exactos). Vea detalles y mayor información en la página Webb http://www.ccss.sa.cr

Subárea de Adjudicaciones.—Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios.—Lic. Mauricio Hernández Salas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 37937.—C-13180.—(IN2012076749).

HOSPITAL MONSEÑOR SANABRIA

ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-2501

Suministro de carne de res y cerdo,

bajo la modalidad de entrega según demanda

A los interesados en el presente concurso, se les comunica que por resolución de la Dirección Administrativa y Financiera del Hospital Monseñor Sanabria, Oficio DAF-HMS-585-12 del 18 de julio del 2012, esta se adjudica a:

Oferta 2: Gerardo Alberto Benavides Moraga

Ítem

Descripción artículo

UM

CN

Precio unitario

Único

Alipego

KG

1

¢2.800,00

 

Carne molida de res

KG

1

¢2.800,00

 

Costilla de res

KG

1

¢2.000,00

 

Hígado de res

KG

1

¢1.800,00

 

Hueso carnudo de res

KG

1

¢2.000,00

 

Mondongo

KG

1

¢1.500,00

 

Posta para bistec

KG

1

¢3.200,00

 

Carne molida de cerdo

KG

1

¢2.400,00

 

Chuleta de cerdo

KG

1

¢2.400,00

 

Costilla de cerdo

KG

1

¢2.400,00

 

Posta de cerdo

KG

1

¢2.400,00

Monto anual estimado: ¢55.246.275,00 (cincuenta y cinco millones doscientos cuarenta y seis mil doscientos setenta y cinco colones costarricenses 00/100).

Puntarenas, 19 de julio del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Francisco A. Jaén Vargas, Coordinador.—1 vez.—(IN2012076777).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

PRECALIFICACIÓN DE OFERTAS

Nº 2011PR-2011-00001-PROV

Adquisición de sillas de ruedas manuales,

eléctricas y sillas de ruedas tipo coche

A los interesados en el presente concurso se les comunica que con fundamento en el artículo 13, inciso q) del Reglamento Orgánico de la Institución, la Gerencia General con base en el criterio externado por el Departamento de Acción Social, de conformidad con el método de valoración de las muestras, los criterios de admisibilidad, además que la oferta cumple legalmente con las condiciones establecidas en el cartel y el Acta de Recomendación, considerando que se cumple con los procedimientos establecidos en la Ley y el Reglamento de la Contratación Administrativa, procede a aprobar el resultado de la segunda Precalificación de Ofertas Nº 2011PR-2011-00001-PROV por, adquisición de sillas de ruedas manuales, eléctricas y sillas de ruedas tipo coche de la siguiente manera:

A: Karla Medaglia, precalifica para los ítems: 1, 2 y 5.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y oferta respectiva.

Por lo anterior, la oferta será invitada a participar en los procesos de compra que se lleven a cabo durante el período del contrato, en los ítems en que resultó precalificada.

Por lo anterior, esta oferta será invitada a participar en los procesos de compra que se lleven a cabo durante el período del contrato, en los ítems en que resultó precalificada.

El adjudicatario debe presentar certificación correspondiente a ISO 9000 e ISO 13485 del fabricante dentro de un mes posterior al presente acto de adjudicación, deben ser documentos consularizados y debidamente legalizados en Costa Rica por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores.

La Institución no asegura al adjudicatario ningún volumen mínimo de los equipos objeto de esta precalificación, por lo que las cantidades podrá aumentar o disminuir según las necesidades reales, sin que ello implique variación alguna de las condiciones contractuales ni otorgue derecho alguno de resarcimiento al adjudicatario, por lo que en consecuencia no se asegura tampoco al adjudicatario suma mínima alguna de ingresos por concepto de la presente contratación, pues estos se cancelarán conforme a la cantidad real efectivamente adjudicada en cada proceso de contratación que se origine de esta precalificación.

San José, 20 de julio del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Mary Valverde Vargas, Subjefa.—1 vez.—O. C. Nº 163303.—Solicitud Nº 32559.—C-40440.—(IN2012076774).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

PROCESO PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000007-01

Contratación de servicio de suministro e instalación

de llantas y reencauche de llantas

La Municipalidad de Escazú comunica que en Sesión Ordinaria 116, Acta 175 del 16 de julio del dos mil doce, Acuerdo AC-334-12 se adjudica la Licitación Pública 2012LN-000007-01 “Contratación de servicio de suministro e instalación de llantas y reencauche de llantas” por líneas a la persona jurídica Mayorista de Llantas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-364473, la línea Nº 1 por un precio unitario de $360,00, la línea Nº 2 por un precio unitario de $ 295,00, la línea Nº 3 por un precio unitario de $ 290,00, la línea Nº 4 por un precio unitario de $ 280,00, la línea Nº 5 por un precio unitario de $365,00, la línea Nº 6 por un precio unitario de $97,00, la línea Nº 7 por un precio unitario de $170,00, la línea Nº 8 por un precio unitario de $240,00, la línea Nº 9 por un precio unitario de $53,00, la línea Nº 10 por un precio unitario de $73,00, la línea Nº 11 por un precio unitario de $305,00, la línea Nº 12 por un precio unitario de $280,00, la línea Nº 13 por un precio unitario de $130,00, la línea Nº 14 por un precio unitario de $88,00, la línea Nº 15 por un precio unitario de $50,00, la línea Nº 16 por un precio unitario de $30,00, la línea Nº 17 por un precio unitario de $425,00, la línea Nº 18 por un precio unitario de $410,00, la línea Nº 19 por un precio unitario de $640,00, la línea Nº 20 por un precio unitario de $550,00, la línea Nº 21 por un precio unitario de $375,00. A la persona jurídica Recauchadora Gigante S. A., cédula jurídica Nº 3-101-014717, la línea Nº 22 por un precio unitario de $150,00, la línea Nº 23 por un precio unitario de $265,00, la línea Nº 24 por un precio unitario de $235,00, la línea Nº 25 por un precio unitario de $80,00, la línea Nº 26 por un precio unitario de $115,00, la línea Nº 27 por un precio unitario de $260,00, la línea Nº 28 por un precio unitario de $86,00, la línea Nº 29 por un precio unitario de $84,00, la línea Nº 30 por un precio unitario de $150,00, la línea Nº 31 por un precio unitario de $690,00, la línea Nº 32 por un precio unitario de $565,00, la línea Nº 33 por un precio unitario de $155,00.

Se advierte que de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, estos actos pueden recurrir dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente de su comunicación o su debida publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dicho recurso se puede interponer ante la Contraloría General de la República conforme a los artículos 27 inciso e), 84 inciso e) y 91 de la Ley de Contratación Administrativa. Acuerdo en firme.

Macro Proceso Administrativo Financiero.—Bernardita Jiménez Martínez.—1 vez.—O. C. Nº 32992.—Solicitud Nº 3953.—C-23520.—(IN2012076505).

REMATES

AVISOS

ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE

AVISO DE REMATE Nº 2012-RE-004-02

Venta de terreno por parte del Comité

Auxiliar en Aguas Zarcas

La Asociación Cruz Roja Costarricense, cédula jurídica 3-002-045433, comunica a los interesados que rematará al mejor oferente, el terreno matrícula número 2-221766-000, plano A-626262-1986, perteneciente a la Asociación Cruz Roja Costarricense (Comité Auxiliar en Aguas Zarcas). El remate será realizado el próximo miércoles 22 de agosto del 2012, a las 10:00 horas, en las instalaciones del Comité Auxiliar de la Cruz Roja Costarricense en Aguas Zarcas ubicadas 100 metros este, 100 metros sur y 100 metros este del Banco de Costa Rica de Aguas Zarcas.

La propiedad a rematar se encuentra ubicada en: el distrito Aguas Zarcas. Cantón San Carlos de la provincia de Alajuela. Plano catastrado: A-0626262-1986, área: quinientos sesenta metros con tres decímetros cuadrados. No posee gravámenes ni anotaciones.

El Precio base es de: ¢50.402.700,00 (cincuenta millones cuatrocientos dos mil setecientos colones), por lo que el oferente no podrá ofrecer un precio menor según lo estipulado en el Artículo 50 inciso “a” de la LCA. Para que la adjudicación sea eficaz, el adjudicatario (oferente que ofreció el precio mayor por el terreno) deberá depositar a la Administración el mismo día del remate, una vez finalizado el mismo, una garantía de cumplimiento del 10% (diez por ciento) en dinero efectivo, según se menciona en el Artículo 50 inciso “f” de la LCA., el cual será contado en presencia del adjudicatario y de los representantes de la Institución, y posteriormente se le entregará un recibo que indique el monto de dinero recibido. El saldo correspondiente, deberá cancelarlo en un plazo máximo de tres días hábiles posterior al día del remate, como lo establece el Artículo 50 inciso “g” de la LCA., que deberá ser cancelada en las cajas de la Unidad de Tesorería ubicadas en el Edificio Administrativo Surgy Taylor, Zapote, 75 metros norte, de la Casa Presidencial, San José, o bien mediante depósito en la cuenta número 120470-0 del Banco Nacional de Costa Rica a nombre de la Asociación Cruz Roja Costarricense, se debe indicar en el detalle del depósito “Garantía de Cumplimiento del Remate Nº 2012-RE-004-02”, de lo contrario no podrá efectuarse el trámite correspondiente.

En caso de que el adjudicatario no realice el depósito correspondiente como se indica por causas imputables a él o que decida retirarse del proceso, el monto de la garantía depositada quedará a favor de la Institución a título de daños y perjuicios por el incumplimiento, y no le será devuelto al oferente. La Cruz Roja se reserva el derecho de readjudicar a la segunda mejor oferta.

Los interesados podrán ir a visitar el terreno, antes del remate, como lo establece el Artículo 50 inciso “c” de la LCA., para lo cual deben coordinar la visita con señor Víctor Villegas, Administrador del Comité Auxiliar de la Cruz Roja Costarricense en Aguas Zarcas, al teléfono 2474-4085.

Departamento de Proveeduría.—Lic. Verny Alexander Rodríguez Martínez, Jefe.—1 vez.—(IN2012076778).

FE DE ERRATAS

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

DE BIENES Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-CMBYC

Licitación de convenio marco para la adquisición y leasing

equipos, software y accesorios informáticos para las

Instituciones Públicas que utilizan compr@red

La Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, procede a suspender el acto de apertura para recibir ofertas correspondientes a este procedimiento, por haberse interpuesto recursos de objeción al mismo; por lo que una vez resuelto se procederá a fijar las nuevas fechas para la recepción de ofertas y la reunión informativa.

San José, 19 de julio del 2012.—Patricia Navarro Vargas, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 14437.—Solicitud Nº 15266.—C-6580.—(IN2012076727).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

“Fe de erratas a comisión publicada en La Gaceta Nº 24 del jueves 2 de febrero del 2012”.

Capítulo V Del Manual de Comisiones

V Cuentas Corriente, Ahorro, Electrónicas, Cajas y Tesorería Se modifican:

5.1 Transferencias Nacionales

Excluir mínimo ¢2.500,00 máximo abierto

5.2 Transferencias Nacionales en moneda extranjera Léase correctamente

Hasta $150 porcentaje 2% acumulado $3

Exceso de $150 hasta $750 porcentaje 1.5% acumulado $12

Exceso de $750 hasta $1.800 porcentaje 1.0% acumulado $22,50

De $1.800 en adelante porcentaje de 0.25%

Mínimo $3 máximo abierto

La Uruca, 20 de julio del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—O. C. 511780.—Solicitud 5847.—C-15060.—(IN2012076503).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000032-01

Contratación de un consultor para la interpretación

de la Ley FATCA y sus reglamentos

El Banco de Costa Rica, informa a los interesados en la licitación en referencia que el cartel se modifica de manera que los puntos que seguidamente se indican deben leerse de la siguiente manera:

    Punto 26.3. Ser profesional litigante (abogado) incorporado al colegio profesional respectivo, con grado de maestría o superior. En caso de ser extranjero comprobar el conocimiento y experiencia de la legislación nacional en general, y en particular la bancaria. Adicionalmente, en caso de que el adjudicado corresponda a una empresa o firma, se debe suministrar el nombre del consultor que cumple con los requisitos, y el compromiso de que se mantendrá como responsable ante el Banco por el tiempo que perdure la contratación.

    Punto 16.1. El precio del servicio deberá hacerse por el periodo de un año, correspondiente a los entregables (documentos de análisis, recomendaciones, presentaciones a comités y Junta Directiva, sesiones de trabajo y otros propios a la labor de asesoría y consultoría).

    Punto 16.2. Se elimina.

    Punto 16.3. Se elimina.

    Punto 16.4. El monto máximo anual que se contratará será de $180.000,00.

    Punto 17.1. Se pagará mensualmente un doceavo del monto total contratado, para lo cual el consultor deberá presentar un informe de labores realizadas durante ese periodo y la factura respectiva.

    Punto 24. Se elimina el cuadro.

Rubro Evaluado              Porcentaje

Precio/hora                      100%

Por otra parte se adiciona el siguiente punto

    Punto 26.7. El profesional o empresa adjudicada debe tener disponibilidad presencial, esto es, tener disponibilidad para atender de forma presencial, personal e inmediata sesiones de trabajo en las instalaciones del BCR en cualquier momento que se le requiera, para lo cual el profesional debe tener una condición que facilite su contacto continuo y presencia inmediata cuando el banco así lo disponga y durante el tiempo que lo amerite. Si existen gastos de traslado, alimentación u hospedaje, estos correrán por cuenta del profesional adjudicado.

Las demás condiciones se mantienen invariables.

Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº 6472.—C-48900.—(IN2012076773).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000038-2104

(Aviso Nº 1)

Ciclos de esterilización a baja temperatura

Se informa según indicaciones del Servicio solicitante: “se realizan modificaciones al cartel”, las mismas podrán ser retiradas en el centro de copiado público, ubicado en el pasillo anexo al Laboratorio de Sangre del Hospital México.

Se prorroga: Fecha de recepción de ofertas el 6 de agosto de 2012, a las 13:00 horas. Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 18 de julio del 2012.—Subárea de Contracción Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012076786).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000022-PCAD

(Prórroga Nº 2)

Compra de cajeros automáticos y dispensadores automáticos

(Consumo según demanda)

Se les comunica a los interesados que se prorroga de oficio, la apertura de ofertas de este concurso, para a las 14:00 horas del día 17 de agosto del 2012.

Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

San José, 19 de julio del 2012.—Proceso Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(IN2012076772).

AVISOS

BN VITAL OPERADORA DE PENSIONES

COMPLEMENTARIAS DEL BANCO

NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000002-BNV01UCA

Actualización de la infraestructura de comunicaciones

para la red de BN VITAL OPC

Informa que se efectuaron aclaraciones al cartel y están disponibles en el expediente de la licitación o pueden solicitarse a los correos electrónicos tvarelgo@bncr.fi.cr o bnvcontranadm@bncr.fi.cr. La Unidad de Contratación Administrativa de BN Vital situada en el edificio Cartagena, sétimo piso, calles central y primera, avenida primera, San José.

San José, 20 de julio del 2012.—Unidad de Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana Varela González, Encargada.—1 vez.—(IN2012076775).

REGLAMENTOS

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

CONSEJO NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

SECRETARÍA EJECUTIVA

R-SINAC-CONAC-12-2012.—El Consejo Nacional de Áreas de Conservación, a las 08:00 horas del 7 de mayo del 2012, y de conformidad al acuerdo Nº 14 de la sesión ordinaria Nº 11-2009 del 23 de noviembre del 2009, y en cumplimiento del artículo 12 inciso d) del Reglamento a la Ley de Biodiversidad Nº 7788, Decreto Ejecutivo Nº 34433-MINAE, aprueba y emite el presente:

PLAN DE MANEJO DEL PARQUE

NACIONAL CORCOVADO

Resultando:

1º—Que de acuerdo con el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad se crea el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, con personería jurídica propia, como un sistema de gestión y coordinación institucional, desconcentrado y participativo, que integra las competencias en materia forestal, vida silvestre y áreas protegidas, con el fin de dictar políticas, planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de Costa Rica.

2º—Que es política prioritaria de el SINAC facilitar y promover acciones que conlleven a la protección, conservación y manejo sostenible de los recursos naturales y la biodiversidad presentes en las Áreas Silvestres Protegidas, en adelante las ASP, de las Áreas de Conservación.

3º—Que de acuerdo con los artículos 23 y 28 de la Ley de Biodiversidad Nº 7788, publicada en La Gaceta Nº 101 del 27 de mayo de 1998 y los artículos 9º y 21 del Reglamento a la Ley de Biodiversidad, Decreto Ejecutivo Nº 34433-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 68 del 8 de abril del 2008, el Área de Conservación Osa, en adelante denominada el ACOSA, es parte de la organización y competencia del SINAC.

4º—Que es competencia del Sistema Nacional de Áreas de Conservación a través de cada Área de Conservación, la administración y protección de las áreas silvestres protegidas a lo largo de todo el territorio nacional.

Considerando:

I.—Que el plan de manejo de las áreas silvestres protegidas es el instrumento orientador para una efectiva administración y manejo de los elementos naturales y culturales presentes en dichas áreas y de la dinámica socio ambiental ligada a éstos. Por lo tanto, es un medio muy propio de cada área protegida y debe verse como una herramienta técnica propiedad de los gestores, administradores y grupos de interés, por lo tanto la primera instancia que debe realizar la validación de la propuesta de manejo son las autoridades del Área de Conservación, así como las instancias oficiales de participación social establecidas en ellas. (Consejo Regional, Comités Locales u otra).

II.—Que el Consejo Nacional de Áreas de Conservación (CONAC) mediante acuerdo Nº 17 de la sesión extraordinaria Nº 6 del 4 de agosto del 2008, aprobó el Manual de Procedimientos para la publicación de los Planes de Manejo de las Áreas Silvestres Protegidas.

III.—Que el Plan de Manejo fue aprobado por CORACOSA (Consejo Regional del Área de Conservación Osa), en el acuerdo Nº III de la sesión ordinaria Nº 01 del día 18 de febrero del 2010.

IV.—Que en el acta de la sesión ordinaria Nº 11-2009, del Consejo Nacional de Áreas de Conservación (CONAC), efectuada el 23 de noviembre del 2009, en el punto Nº 9: “Subcomisión Áreas Silvestres Protegidas”. El Consejo Nacional de Áreas de Conservación, mediante el acuerdo Nº 14, resuelve: Aprobar el Plan de Manejo del Parque Nacional Corcovado.

V.—Que el CONAC en acuerdo Nº 8 de la sesión extraordinaria Nº 02-2011 del 2 de mayo del 2011, acordó modificar el acuerdo Nº 17 de la sesión extraordinaria Nº 06-2008 del 4 de agosto del 2008, para que la zonificación definida en el Plan de Manejo se publique íntegramente. Por tanto,

LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL CONSEJO NACIONAL

DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN, RESUELVE:

1º—Publicar el presente resumen del Plan de Manejo del Parque Nacional Corcovado, a efectos de su oficialización:

1.   Objetivos del Parque Nacional Corcovado

1.    Asegurar la conservación y protección de una muestra de la zona de vida bosque muy húmedo tropical única en la Vertiente Pacífica de Centroamérica, permitiendo el desarrollo normal de los procesos naturales que se dan en ella.

2.    Asegurar la integridad física de los ecosistemas marinos, de tal forma que se garantice la protección y conservación de los recursos naturales que en ellos se encuentren.

3.    Propiciar e incentivar la investigación científica como herramienta para la toma de decisiones en el manejo del Parque.

4.    Ofrecer al visitante las mejores oportunidades para aprender sobre el significado biológico del Parque Nacional Corcovado, su importancia y la necesidad de conservarlo.

5.    Incentivar a los habitantes de la Península de Osa, para dar a conocer y valorar los recursos naturales existentes en el Parque, a fin de que comprendan, aprecien, disfruten y participen activamente en su conservación.

6.    Fomentar el desarrollo sostenible de la Península de Osa y contribuir a su logro, para asegurar de este modo la protección y conservación de los recursos naturales y culturales existentes en el Parque.

2.   Objetivos del plan de manejo

Son aspectos puntuales que el Plan de Manejo desea alcanzar, en temas específicos que son atendidos por medio de los Programas de Manejo, de manera que cada uno de estos programas responde a uno de estos objetivos planteados.

a.    Garantizar el mantenimiento de la integridad y viabilidad de los recursos naturales y culturales del Parque Nacional Corcovado, a través de la investigación, el manejo y el monitoreo en coordinación con la protección y el control, manteniendo o incrementando el bienestar de las comunidades aledañas.

b.    Hacer cumplir las disposiciones jurídicas vigentes y otras buenas prácticas en el PNC, tanto en la zona marina costera, terrestre y sus áreas de influencia, para proteger y conservar los recursos naturales y culturales existentes, así como prevenir delitos ambientales en conjunto con las poblaciones locales y otros actores institucionales en forma participativa.

c.    Mejorar la experiencia, el aprendizaje y la atención al visitante, buscando que las comunidades aledañas se beneficien económica y socialmente, y manteniendo un balance entre las expectativas del visitante, su seguridad y la protección de los ecosistemas.

d.    Promover, fortalecer, mantener e implementar buenas relaciones y acciones coordinadas entre las poblaciones locales y la Unidad de Gestión del PNC, fomentando el desarrollo sostenible y responsable en la zona de influencia, logrando aumentar la viabilidad de los recursos naturales y culturales, a través de la reducción de amenazas y el aumento de la valoración social del Parque Nacional Corcovado.

e.    Generar conciencia y educar en materia ambiental a las comunidades de las zonas de amortiguamiento e influencia, para su propio beneficio y el de los recursos naturales del Parque Nacional Corcovado.

f.     Promover, implementar y mantener buenas prácticas ambientales, relacionadas con el uso de agua, energía, manejo de desechos, uso de flora y fauna (entre otras), que estimulen un desarrollo sostenible de las comunidades aledañas al PNC para su beneficio y el de los recursos naturales del Parque Nacional Corcovado.

g.    Garantizar la existencia de los recursos humanos, financieros, técnicos y logísticos necesarios para la operación efectiva y eficiente de la Unidad de Gestión del Parque Nacional Corcovado, la conservación de la biodiversidad y el beneficio de las comunidades aledañas y usuarios en general.

3.   Zonificación

Dado que para la elaboración de este plan de manejo se utilizó una metodología de zonificación no antes usada en el país, en el documento completo se ha incluido como anexo una explicación profunda de la misma, con el objetivo de que el lector pueda comprender mejor los aspectos contenidos en este apartado. Dado que para este documento se omite el anexo mencionado en el párrafo anterior, se hará una mención rápida pero precisa de la misma.

La zonificación usada en este plan de manejo se conoce con el nombre de zonificación por condición y difiere de la tradicional (llamada zonificación por usos), en que la usada en este plan de manejo zonifica la condición de conservación final en la que esperamos que esté el recurso, una vez finalizado el Plan de Manejo.

Esta condición final es una limitante a su vez de los usos que se den en ella en términos de que determina los tipos de uso, sus intensidades y los controles institucionales que son compatibles o recomendados para la condición deseada. Por ejemplo, no verán zonificadas las áreas de uso turístico, pero la condición deseada nos dirá si se puede hacer este tipo de uso y de qué tipo, en qué intensidad y qué controles debemos aplicar.

     Zonificación terrestre

       Condición deseada para la Zona de Intervención Mínima o Nula

       Objetivo de conservación: Conservar de la manera más prístina posible ecosistemas, hábitat y recursos naturales y culturales en general, así como permitir procesos naturales o asistidos de recuperación de ecosistemas y biodiversidad que dirijan la zona a esa condición.

       Descripción: En esta zona, es posible experimentar un alto grado de naturalidad e integridad ecológica y una composición original de especies nativas y endémicas, o bien, se avanza en su recuperación hasta alcanzar una condición similar a la prístina. El área tiene suficiente tamaño para mantener y soportar procesos naturales como depredación, incendios, inundaciones, enfermedades, etc. Las especies determinadas como de interés están presentes, transitan y se dispersan naturalmente sin obstáculos humanos.

       Esta zona abarca la mayor parte del Parque Nacional Corcovado, por lo que hay oportunidad para experimentar autonomía y soledad, el acceso puede ser difícil, presentando un nivel alto de desafío y riesgo para las personas.

       Hay un alto grado de protección de los recursos biofísicos y culturales y la presencia humana está altamente controlada y restringida, habilitada para el personal del área, investigadores y visitantes especiales, preferentemente acompañados por una persona del área. (Mapa 6).

       Indicadores de manejo

       Tecnología aceptable: Métodos, equipos, instrumentos, procedimientos, etc. de muy bajo impacto, de manera que no alteren la condición del sitio, no atenten con sus posibilidades de recuperación, ni dejen evidencias de su presencia en la zona. Se acepta un mínimo uso de equipos motorizados para ocasiones particulares que no permitan otra opción y que estén especialmente relacionadas con la seguridad de personas o del recurso, pero no se admite la presencia de ruidos frecuentes y elevados, salvo en caso de emergencia o uso de la institución.

       Frecuencia o intensidad aceptable: Se sugiere que la presencia humana en la zona sea muy baja, es decir que, un grupo de personas tenga escasas posibilidades de encontrarse con otro. Se admite que sólo los investigadores y personal del área pernocten en la zona. La frecuencia o intensidad de muestreos en el caso de investigaciones, no debe interferir con los procesos naturales del objeto de investigación con el resto de la flora y fauna residente, o con el proceso de recuperación de la zona.

       Controles de gestión: Los permisos de investigación en esta zona deberán ser revisados con rigurosidad, prestando especial atención a que la presencia del investigador y las técnicas de muestreo, no sobrepasen las tecnologías y frecuencias aceptables en la zona. Las prácticas en los campamentos de patrullaje deberán mantenerse dentro los límites de tecnología y frecuencia aceptables. La Administración debe tener cuidado en estas limitaciones a la hora de aprobación de los Planes de Patrullaje.

       Niveles de intervención: Es aceptable, la manipulación con justificación científica y técnica de especies nativas, amenazadas de extinción para su investigación, cría en cautiverio, reliberación o reintroducción. También se acepta, la intervención activa en caso de recuperación de zonas alteradas ya sea, a través de reforestación u otras técnicas. Esta zona puede ser intervenida, o manejada activamente en el caso de la presencia de especies introducidas invasoras que no desaparecerán, a través de un proceso natural. En tal caso, se sugiere la intervención activa y erradicación de las especies invasoras con las técnicas más eficientes y seguras para el ambiente.

       Criterios que fueron utilizados para zonificar sitios de intervención mínima o nula:

ü    Zonas con predominancia de pendientes mayores al 30%.

ü    Zonas con nacientes de ríos y quebradas.

ü    Sitios con cobertura forestal primaria.

ü    Sitios relevantes para mantener la productividad, la integridad y la viabilidad de los ecosistemas.

ü    Sitios con predominancia o esenciales para la supervivencia de especies, ecosistemas o hábitat raros, endémicos y amenazados (pe. sitios de anidamiento, dormideros, de valor para la reproducción, etc.).

ü    Sitios que se desea recuperar y mantener prístinos.

ü    Sitios muy vulnerables a las actividades humanas.

ü    Sitios estratégicos para las actividades de protección de los recursos naturales y/o culturales del ASP.

       Cuadro 1. Umbrales de intervención máxima permitido para la zona de intervención mínima o nula.

Categoría

de intervención

Factores de intervención

Intervención mínima o nula

Acceso

Tipo de vía

Trillos para patrullaje.

Tipo de transporte

A pie, tracción animal o motorizado de la institución para traslado de carga administrativa y/o emergencias.

Investigación

Tipo de investigación

Muy bajo impacto, con tecnología que no produzca contaminación, retirando todo tipo de evidencias de su presencia una vez terminada la investigación.

Frecuencia e intensidad de muestreo

No interfiere con los procesos naturales por más de unos pocos días y que el efecto sea reversible.

Interacción social

Infraestructura

No existe.

Servicios básicos

Descansaderos, rotulación de señalización y rescate.

Intervención biofísica

Contaminación humana

Sónica

Nada.

Física

Nada.

Manejo activo/adaptativo

Erradicación o control de especies invasoras o potencialmente invasoras.

Recuperación asistida de ecosistemas y poblaciones de especies degradados por causas antrópicas.

Sensación, emociones

y valores

Sensación que se puede tener en la zona

Reverencia, recogimiento espiritualidad, humildad, unión con la naturaleza, aventura, asombro.

       Condición deseada para la Zona de Intervención Baja

       Objetivo de conservación: Conservar ecosistemas, hábitat y recursos naturales y culturales en buen estado de salud, de forma que los procesos ecológicos naturales se mantengan con la presencia de actividades humanas de bajo impacto.

       Descripción: En esta zona es posible experimentar un alto grado de naturalidad e integridad ecológica y una composición semejante a la original, de especies nativas y endémicas o bien se avanza en su recuperación, hasta alcanzar una condición de buena salud ecológica. Las especies determinadas como de interés están presentes, transitan y se dispersan naturalmente. Dicha condición puede alcanzarse en interacción con actividades humanas de bajo impacto, que no alteren su integridad.

       Hay oportunidad para experimentar autonomía, soledad y desafío. Hay alto grado de protección de los recursos y el uso de técnicas de impacto mínimo es obligatorio. (Mapa 6).

       Indicadores de manejo

       Tecnología aceptable: Métodos, equipos, instrumentos, procedimientos, etc. de bajo impacto, de manera que no alteren la condición del sitio, no atenten con sus posibilidades de recuperación, ni dejen evidencias de su presencia en la zona. Se acepta el uso de manera poco frecuente de equipos motorizados pero no se admite la presencia de ruidos frecuentes y elevados. El acceso es normalmente a pie o con bestias, a través de senderos de uso para el público sencillos y construidos con técnicas de bajo impacto.

       Frecuencia o intensidad aceptable: Se sugiere que en la zona la presencia humana sea baja, es decir que el tamaño de los grupos sea pequeño (recomendado menos de 15 personas) y que un grupo se encuentre con otro esporádicamente (recomendado no más de 2 encuentros diarios). La frecuencia o intensidad de muestreos en el caso de investigaciones no debe interferir con los procesos naturales del objeto de investigación, con el resto de la flora y fauna residente en la zona o con el proceso de recuperación de la zona. No se aceptará la presencia nocturna de visitantes en esta zona.

       Controles de gestión: La actividad turística deberá estar controlada y regulada, fomentando las actividades certificadas en turismo sostenible o en proceso de certificación. Los permisos de investigación en esta zona deberán ser revisados con rigurosidad, prestando especial atención para que la presencia del investigador y las técnicas de muestreo no sobrepasen las tecnologías y frecuencias aceptables en la zona. Las prácticas en los campamentos de patrullaje deberán mantenerse dentro los límites de tecnología y frecuencia aceptables. La Administración debe ser cuidadosa en las limitaciones a la hora de aprobar los Planes de Patrullaje.

       Niveles de intervención: Es aceptable la manipulación de especies nativas amenazadas de extinción, con justificación científica y técnica para su investigación, cría en cautiverio, reliberación o reintroducción. También se acepta la intervención activa en caso de recuperación de zonas alteradas ya sea por medio de reforestación u otras técnicas.

       Esta zona puede ser intervenida o manejada activamente en el caso de la presencia de especies introducidas invasoras que no desaparecerán por un proceso natural. En tal caso, se sugiere la intervención activa y erradicación de las especies invasoras con las técnicas más eficientes y seguras para el ambiente.

       Criterios que fueron utilizados para zonificar sitios de intervención mínima o nula

ü    Zonas con ecosistemas saludables y de interés para el turismo que admitan la presencia humana de bajo impacto.

       Cuadro 2. Umbrales de intervención máxima permitido para la zona de intervención baja.

Categoría

de intervención

Factores de intervención

Intervención baja

Acceso

Tipo de vía

Senderos rústicos, de baja área de corredor, con adaptaciones para el ecoturismo de aventura.

Tipo de transporte

A pie, tracción animal o motorizado de la institución para traslado de carga administrativa.

Investigación

Tipo de investigación

Muy bajo impacto, con tecnología que no produzca contaminación, retirando todo tipo de evidencias de su presencia una vez terminada la investigación.

Frecuencia e intensidad de muestreo

Diseñado de modo que no interfiera con los procesos por más de unos pocos días y que el efecto sea reversible.

Interacción social

Tipos de turismo

Ecoturismo: visitante que desea experimentar contacto con la naturaleza de una manera en que se minimicen los impactos que pueda causar y que por lo general prefiere ASP y lugares en los que se desarrollen prácticas amigables con el ambiente.

Científico, sostenible certificado, observación de flora y fauna.

Infraestructura

Campamentos temporales para patrullaje y control, miradores, puentes simples.

Servicios básicos

Rotulación ocasional para señalización, miradores, descansaderos.

Intervención biofísica

Contaminación humana

Sónica

Muy baja, muy poco frecuente.

Física

Nada.

Manejo activo/adaptativo

Erradicación o control de especies introducidas y/o invasoras.

Recuperación asistida de ecosistemas y poblaciones de especies degradados por causas antrópicas.

Sensación, emociones

y valores

Sensación que se puede tener en la zona

Reverencia, recogimiento espiritual, humildad, unión con la naturaleza, aventura, asombro, aprendizaje.

       Condición deseada para la Zona de Intervención Media

       Objetivo de conservación: Conservar ecosistemas, hábitat o recursos naturales y culturales en el mejor estado posible de salud ecológica, con la presencia de actividades humanas de impacto medio y con un componente importante de interpretación ambiental.

       Descripción: El entorno biofísico y cultural parece natural, detectando evidencias de la actividad del ser humano. El paisaje puede contener una mezcla de rasgos naturales y culturales. La zona presenta (o llegará a tener) bosques, humedales u otros ecosistemas originales del área, aunque se aceptan variaciones en la composición y/o reducción en la presencia o tránsito de especies de interés. La cobertura forestal final dependerá del estado inicial de la zona y los esfuerzos invertidos en su recuperación.

       La condición deseada se alcanzará en interacción con actividades humanas que no reduzcan su integridad presente y que permitan su recuperación. Por ende no son aceptables las intervenciones de alto impacto. Hay oportunidades para la privacidad tanto como para el encuentro y la interacción con usuarios y personal del área. Es posible ver grupos grandes (más de 15 personas) y tours comerciales. El control y las normas para visitantes están presentes y visibles. Hay también atención a la seguridad del visitante. (Mapa 6).

       Indicadores de manejo

       Tecnología aceptable: Métodos, equipos, instrumentos, procedimientos, etc. de medio impacto, de manera que no reduzcan la condición del sitio, no atenten con sus posibilidades de recuperación y dejen pocas evidencias de su presencia en la zona. Se acepta el uso de equipos motorizados pero no se admite la presencia de ruidos constantes y elevados.

       Frecuencia o intensidad aceptable: Los grupos pueden ser de tamaño grande y un grupo de usuarios o visitantes puede encontrarse con cierta frecuencia con otros grupos (más de 2 encuentros al día). No se aceptará que los visitantes pernocten en esta zona. La frecuencia o intensidad de muestreos en el caso de investigaciones no debe interferir con los procesos naturales del objeto de investigación, con el resto de la flora y fauna residente en la zona o con el proceso de recuperación de la zona.

       Controles de gestión: La entrega de permisos de investigación en esta zona puede ser más laxa que en la zona de intervención baja. La actividad turística deberá estar bien controlada y regulada fomentándose las operaciones certificadas en turismo sostenible o en proceso de certificación. Se deberán implementar técnicas de manejo de visitantes en esta zona, que incluyan el análisis de la experiencia del visitante, límite aceptable de cambio y capacidad de carga dinámica (que se pueda cambiar en el momento mismo en que cambien las condiciones o factores que la determinan).

       Niveles de intervención en la gestión: Es aceptable la manipulación, con justificación científica y técnica, de especies nativas amenazadas de extinción, para su investigación, cría en cautiverio, reliberación o reintroducción. También se acepta la intervención activa en caso de recuperación de zonas alteradas, ya sea a través de reforestación u otras técnicas.

       Esta zona puede ser intervenida o manejada activamente en el caso de la presencia de especies introducidas invasoras que no desaparecerán por un proceso natural. En tal caso, se sugiere la intervención activa y erradicación de las especies invasoras con las técnicas más eficientes y seguras para el ambiente.

       Criterios que fueron utilizados para zonificar sitios de intervención media

ü    Sitios estratégicos para el turismo, la educación y la investigación.

ü    Sitios con redes de senderos actuales o futuras.

ü    Sitios que pueden fomentar el desarrollo ecoturístico de comunidades rurales adyacentes al Parque.

       Cuadro 3. Umbrales de intervención máxima permitido para la zona de intervención media.

Categoría

de intervención

Factores de intervención

Intervención media

Acceso

Tipo de vía

Senderos con normas de accesibilidad de mayor área de corredor, autoguiados, caminos elaborados de tierra, grava, cemento u otros materiales.

Tipo de transporte

A pie, tracción animal o motorizado de la institución para traslado de carga administrativa.

Investigación

Tipo de investigación

Impacto medio, con tecnología que no produzca contaminación o bien con medidas de mitigación y retirando todo tipo de evidencias de su presencia una vez terminada la investigación.

Frecuencia e intensidad de muestreo

Diseñado de modo que no interfiera con los procesos naturales por más de un mes y que el efecto sea reversible.

Interacción social

Tipos de turismo

Ecoturismo: tipo de visitante que desea experimentar contacto con la naturaleza de una manera en que se minimicen los impactos que pueda causar. Por lo general prefiere ASP y lugares en los que se desarrollen prácticas amigables con el ambiente.

Científico, sostenible certificado, observación de flora y fauna, educativo.

Infraestructura

Senderos elaborados de mayor área de corredor, escaleras, barandas, puentes elaborados, miradores y descansaderos frecuentes, con capacidad para grupos grandes y diseño basado en prevención de riesgos.

Servicios básicos

Rotulación frecuente, regulatoria, de señalización e interpretativa. Contenedores para el manejo de desechos. No hay servicios sanitarios, áreas de campamento, zona de parqueo o áreas de almuerzo.

Intervención biofísica

Contaminación humana

Sónica

Baja, ocasional, sonidos discontinuos.

Física

Nada fuera de los dispositivos para su manejo.

Manejo activo/adaptativo

Recuperación asistida de ecosistemas y poblaciones de especies degradados por causas antrópicas.

Erradicación o control de especies introducidas y/o invasoras.

Sensación, emociones

y valores

Sensación que se puede tener en la zona

Diversión, deporte, aprendizaje, unión con la naturaleza, curiosidad, calma.

       Condición deseada para la Zona de Intervención Alta

       Objetivo de conservación: Dar soporte a la gestión del uso público y operación administrativa del ASP, por lo que la conservación de los recursos naturales es indirecta. La zona no tiene como objetivo alcanzar una cobertura forestal ni un nivel de presencia y tránsito de especies de interés determinado. La condición se relaciona directamente con la elevada presencia humana. Estas son áreas sustancialmente modificadas y “sacrificables” desde el punto de vista ecológico. Su integridad ecológica no es una condición prioritaria, lo que implica que puede haber altos impactos a los ecosistemas.

       Descripción: El entorno biofísico y cultural no es natural y se percibe de manera constante la actividad y presencia humana (infraestructura habitacional y de servicio). El paisaje puede contener una mezcla de rasgos naturales y, predominantemente artificiales. (Mapa 6).

       Aunque existan evidencias de impactos altos, éstos están focalizados (por ejemplo alteración sustancial de hábitat, apertura de áreas de bosque, presencia controlada de especies introducidas no invasoras, construcciones, contaminación sustancial visual y sónica). Los impactos no llegan a niveles tales como la amenaza de extinción de poblaciones, la modificación profunda de conductas animales, la contaminación permanente (química u orgánica), la pérdida de conectividad entre zonas con cobertura forestal o la erosión profunda.

       Hay pocas oportunidades para la privacidad, los encuentros y la interacción con otros usuarios y personal del área es constante. Es común ver grupos grandes y tours comerciales. El control y las normas para visitantes están presentes y visibles.

       Indicadores de manejo:

       Tecnología aceptable: Métodos, equipos, instrumentos, procedimientos, etc. de alto impacto, que no reduzcan la condición del sitio. Se admite el uso de equipos motorizados y, en sectores designados, la presencia de ruidos constantes y elevados (aunque no por encima de la normativa ambiental, 84 decibeles).

       Frecuencia o intensidad aceptable: La presencia humana en la zona es constante, puede haber comedores y facilidades para pernoctar y pasar períodos ilimitados. La frecuencia o intensidad de muestreos en el caso de investigaciones no tiene restricciones, aunque no es admisible la alteración de procesos naturales de especies amenazadas de extinción.

       Controles de gestión: Los permisos de investigación en esta zona tendrán menos restricciones.

       Niveles de intervención: Esta zona puede ser intervenida o manejada activamente en el caso de la presencia de especies introducidas invasoras que no desaparecerán por medio de un proceso natural. En tal caso, se sugiere la intervención activa y erradicación de las especies invasoras con las técnicas más eficientes y seguras para el ambiente.

       Es aceptable la manipulación de especies nativas amenazadas de extinción, para su investigación, cría en cautiverio, reliberación o reintroducción, siempre y cuando se cuente con la justificación científica y técnica. También se acepta la intervención activa en caso de recuperación de zonas alteradas antrópicamente ya sea a través de reforestación u otras técnicas.

       Criterios que fueron utilizados para zonificar sitios de intervención alta

ü    Zonas no expuestas a las mareas marinas extremas.

ü    Sitios clave para el control y la promoción de las actividades turísticas, académicas y científicas.

ü    Sitios estratégicos para la protección de los recursos naturales y culturales del ASP en términos de hospedaje y desplazamiento de patrullas.

ü    Sitios seguros para la permanencia constante de personas.

ü    Sitios donde están los sectores operativos actuales o futuros del ASP.

ü    Preferiblemente sitios localizados en la periferia del ASP.

       Cuadro 4. Umbrales de Intervención Máxima permitido para la Zona de Intervención Alta.

Categoría

de intervención

Factores de intervención

Intervención alta

Acceso

Tipo de vía

Camino natural, de grava o asfaltado, de una vía, campo de aterrizaje para sitios claves.

Tipo de transporte

Motorizado público.

Investigación

Tipo de investigación

Impacto medio, con una contaminación aceptable y medidas de mitigación, sin dejar muestras de su presencia una vez terminada la investigación.

Frecuencia e intensidad de muestreo

Sin restricciones.

Interacción social

Tipos de turismo

Turistas de todo tipo.

Infraestructura

Puestos operativos, casetas de ingreso, comedor, baños públicos, centros de visitantes, camping, bodegas, laboratorios y otra infraestructura diseñada y adecuada para un uso intensivo.

Servicios básicos

Información, alimentos, hospedaje, interpretación, transporte, parqueo, servicios sanitarios, primeros auxilios, etc.

Intervención biofísica

Contaminación humana

Sónica

Alta, sonidos continuos.

Física

Zona de manejo de desechos.

Manejo activo/adaptativo

Erradicación o control de especies invasoras.

Sensación, emociones

y valores

Sensación que se puede tener en la zona

Masificación, información, socialización, comunicación, aprendizaje.

       Condición comunal deseada para la Zona de Influencia

       Objetivo de conservación: Una población con buenos índices de desarrollo humano y conciencia ecológica, facilita de manera directa e indirecta la conservación de los recursos naturales. De esta forma, el trabajo de la Unidad de Gestión en la zona de influencia facilitará el logro de la Visión del ASP en al menos los siguientes ámbitos:

ü    Reforzar la gestión para el mantenimiento de la viabilidad e integridad de los ecosistemas del ASP.

ü    Reducir la presión del ser humano sobre los recursos protegidos.

ü    Aumentar la percepción del valor social del recurso natural por parte de la persona.

ü    Facilitar la participación social en el manejo del área protegida.

ü    Facilitar mejores índices de desarrollo humano.

       Descripción: Esta zona mantiene una relación social, económica y ambiental con el área silvestre protegida. Aquí se mantiene la dinámica propia de cualquier comunidad o pueblo, suceden relaciones productivas, comerciales, recreativas, organizativas, de acción social, de conservación, educativas y de cualquier orden que tienen que ver con la cotidianidad del ser humano. Esta convivencia humana genera relaciones con los recursos naturales y ambiente inmediato e influye, directa e indirectamente, sobre el estado de salud de los ecosistemas protegidos, las comunidades presentes en el ASP y la Visión del ASP.

       En la zona de influencia se espera contar con condiciones adecuadas de bienestar humano, de manera que dicha estabilidad facilite las buenas relaciones de gestión, uso racional y conservación de los recursos naturales protegidos y apoye y fomente el bienestar de las comunidades del ASP (Mapa 6).

       Características de la condición deseada: Para lograr el bienestar humano de la población ubicada en la zona de influencia del ASP se requiere el logro de objetivos precisos, que deben acompañar y estar plenamente articulados con el proceso de gestión y manejo del área. De acuerdo con la visión estratégica, la condición deseada de las comunidades ubicadas en la zona de influencia al menos debe responder a las siguientes características:

ü    Estabilidad y proyección al mejoramiento de su condición social y económica.

ü    Amplitud y libre criterio para la gestión y toma de decisiones de su propio desarrollo.

ü    Normalidad en el estado de situación de los títulos de propiedad.

ü    Presencia de importantes y diversos proyectos de desarrollo social y productivo.

ü    Fomento y desarrollo de actividades productivas sostenibles.

ü    Compromiso con el cuidado del medio ambiente.

ü    Distinción de valores al nivel individual y colectivo.

       Criterios que fueron utilizados para identificar la zona de influencia

       Criterios geomorfológicos

ü    Comunidades en cuencas compartidas con el ASP.

ü    Comunidades dentro de límites relacionados con accidentes geográficos destacados (pe. desembocaduras, ríos, filas, penínsulas, golfos, islas, costas, etc.)

       Criterios de relación socio-económica con el ASP

ü    Comunidades que obtienen beneficios legales directos e indirectos del ASP.

ü    Corredores comerciales y sociales vinculados con el ASP.

       Criterios ecológicos

ü    Comunidades vinculadas a corredores biológicos relevantes para el ASP.

       Criterios de protección

ü    Comunidades con prácticas de alto impacto negativo legal e ilegal para el ASP.

ü    Zonas de producción agropecuaria y forestal relevantes para el ASP.

       Criterio de cobertura

ü    Comunidades dentro del área de cobertura definida por la capacidad de gestión del ASP.

       Condición deseada para la Zona de Amortiguamiento

       Objetivo de conservación: Mitigar de la mejor forma posible, los posibles actuales y potenciales impactos que las actividades humanas desarrolladas en las zonas colindantes al Parque, puedan causar a los recursos contenidos dentro de este.

       Descripción: Esta zona ocupa una franja de 500 m de ancho que rodea al Parque. El entorno biofísico es natural, la cobertura forestal es prácticamente continua o bien con fragmentación baja. Hay presencia y tránsito de especies de interés, y simultáneamente hay evidencias de la actividad del ser humano. El paisaje contiene una mezcla de rasgos naturales y culturales. Desestimular la urbanización a media y gran escala y se fomenta e incentiva el uso de mejores prácticas en las propiedades privadas. (Mapa 6).

       Es posible encontrar casas aisladas que implementan mejores prácticas, áreas de acampar, eco-albergues, extracción de madera caída o permisos pequeños y algunas actividades productivas sostenibles. No es recomendable el uso de técnicas de alto impacto.

       Indicadores de manejo

       Tecnología aceptable: Se estimula y fomenta el uso de técnicas de impacto medio o bajo, con medidas de mitigación asociadas. Se fomenta el aprovechamiento forestal de muy bajo impacto, con tracción animal o humana, aprovechando recursos forestales tales como la madera caída, la suita u otros que no afecten permanente o por tiempo largos los procesos naturales. Se estimulan actividades productivas sostenibles. No son recomendables las actividades de cacería, tala comercial, plantaciones forestales, ganadería extensiva ni cultivos agrícolas extensivos. Esta zona se recomienda como prioritaria para el pago de servicios ambientales para conservación de bosque y los incentivos para la implementación de mejores prácticas.

       Frecuencia o intensidad aceptable: La frecuencia de uso de esta zona no debe atentar contra las condiciones ecológicas deseadas no se define por que dependerá de los diferentes tipos de usos posibles.

       Controles de gestión: Coordinar con la Unidad de Gestión de la Reserva Forestal Golfo Dulce, el manejo y supervisión de esta área. Los permisos para cualquier tipo de aprovechamiento en esta zona deberán ser revisados con rigurosidad y deberán tener los respectivos estudios de impacto ambiental, prestando especial atención para que no sobrepasen las tecnologías aceptables en la zona. Se debe tener especial cuidado en estas limitaciones a la hora de aprobar los permisos de aprovechamiento forestal. La actividad turística deberá estar bien regulada y supervisada.

       Criterios que fueron utilizados para definir la zona de amortiguamiento

       El criterio para definir los 500 metros de ancho para la banda, está basado en un estándar promedio recomendado para este tipo de zonas y usado con frecuencia en varias áreas protegidas. Es una alternativa aceptable ante el hecho de que dependiendo de las diferentes actividades humanas, así se debería definir su ancho, sin embargo la realidad en el campo es que hay un mosaico tan grande de alternativas de actividades humanas que deberían tener un trabajo de mitigación (extracción forestal, agricultura, vivienda, silvicultura, etc.) cada una de ellas con distancias diferentes, que se opta por 500 metros como un promedio aceptable.

     Zonificación marina

       Condición deseada para la Zona Marina de Intervención Mínima o Nula

       Objetivo de conservación: Mantener los arrecifes rocosos y coralinos del Parque y sus comunidades animales y vegetales asociadas, en condiciones casi prístinas de forma que los procesos evolutivos y ecológicos se mantengan a largo plazo.

       Descripción: Estas zonas contienen recursos marinos como arrecifes rocosos y coralinos de alto valor ecológico. Se observa un alto grado de naturalidad e integridad ecológica, al igual que el desarrollo de procesos ecológicos y una composición de especies nativas y endémicas en muy buen estado de salud. La idea es mantener estas zonas en las condiciones más cercanas posibles a las originales o bien avanzar en su recuperación hasta alcanzar dicha condición con tamaños y procesos cercanos a los óptimos. Hay un alto grado de protección de los recursos biofísicos y la presencia humana está altamente controlada y limitada al personal del área, algunos investigadores y visitantes especiales, normalmente acompañados por una persona del área. (Mapa 6).

       Indicadores de manejo

       Tecnología aceptable: Métodos, equipos, instrumentos, procedimientos, etc. de bajo impacto, que no alteren la condición del sitio, no atenten las posibilidades de recuperación, ni dejen evidencias de su presencia en la zona. No se admite el uso de equipos motorizados. Se recomienda fondear fuera, en la zona de intervención media. No se admiten equipos que puedan provocar contaminación química o sónica. En esta zona la tecnología se refiere a actividades de submarinismo para las cuales se recomienda el uso de equipos de buceo de circuito cerrado (rebreather).

       Frecuencia o intensidad aceptable: La presencia humana en la zona será muy baja. La intensidad y frecuencia de las investigaciones no deben atentar contra los procesos ecológicos o aumentar la vulnerabilidad de las poblaciones de especies presentes en la zona, ni interferir con los procesos naturales del objeto de investigación u otros asociados. La frecuencia del tránsito de embarcaciones en la periferia, no debe poner en peligro los procesos ecológicos marinos. Se debe regular la frecuencia de presencia humana en el sitio.

       Controles de gestión: Se solicitarán licencias de buceo, certificados de salud o desligamiento de responsabilidades al ASP y los permisos y licencias de navegación pertinentes. Se priorizará y estimulará el ingreso de personal capacitado en buenas prácticas y se supervisarán las prácticas de navegación. Se revisarán las lanchas para confirmar el cumplimiento de la reglamentación de la zona. Los permisos de investigación en esta zona deberán ser revisados con rigurosidad. Se controlará la presencia de contaminantes potenciales en las embarcaciones que se acerquen y no se admitirá actividad turística en estas zonas.

       Niveles de intervención: Capacitar a investigadores y personal del área en las buenas prácticas relacionadas con las actividades que se realizan en la zona, así como una revisión sistemática de la implementación de dichas prácticas.

       Criterios que fueron utilizados para identificar la zona marina de intervención mínima

ü    Arrecifes rocosos y coralinos y comunidades coralinas que son sitios relevantes para el mantenimiento de la productividad, la integridad y la viabilidad de los ecosistemas y poblaciones de especies marinas.

ü    Sitios con muy alta posibilidad de mantener especies, ecosistemas o hábitat raros, endémicos y amenazados.

ü    Sitios vulnerables a las actividades humanas.

       Cuadro 5. Umbrales de Intervención máxima permitido para la zona marina de intervención mínima o nula.

Categoría

de intervención

Factores de intervención

Zona marina de

intervención mínima o nula

Acceso

Vía

No hay vías demarcadas.

Fondeo y boyas

No hay fondeo, los barcos que llevan gente fondean en la zona periférica. Las boyas delimitan el área.

Tipo de transporte

No motorizado. Kayak, remo, natación.

Motorizado en emergencias.

Investigación

Tipo de investigación

Con estudio previo de impacto. Muy bajo impacto, no produce contaminación, retira todo tipo de evidencias de su presencia una vez terminado el proyecto.

Frecuencia de muestreo

Diseñado de modo que no interfiera con los procesos naturales por más de unos pocos días y, en tal caso, que el efecto sea reversible.

Turismo

Tipo de actividades turísticas

Nado con mascarilla y/o buceo, preferentemente con equipo de circuito cerrado.

Tipo de turismo

No se permite el turismo.

Intervención biofísica

Contaminación humana

Sónica

Nada.

Física

Nada.

Manejo activo/adaptativo

Zonas vedadas para recuperación o descanso de arrecifes.

Sensación, emociones

y valores

Experiencia sensorial

Exposición dominante a los estímulos naturales.

Sensación que se puede tener en la zona

Reverencia, recogimiento espiritual, humildad, unión con la naturaleza, desafío, asombro.

       Condición deseada para la Zona Marina de Intervención Baja

       Objetivo de conservación: Mantener presencia y tránsito de especies de interés y procesos ecológicos en zonas marinas combinados con actividades humanas recreativas y/o comerciales no extractivas.

       Descripción: Se observa un alto grado de naturalidad e integridad ecológica, al igual que el desarrollo de procesos ecológicos y buena salud de especies nativas y endémicas. Se desea mantener estas zonas en condiciones cercanas a las originales, aunque no idénticas, o bien avanzar en su recuperación hasta alcanzar una condición de buena salud ecológica con tamaños y procesos cercanos a los óptimos. Hay un alto grado de protección de los recursos biofísicos y la presencia humana se limita al tránsito de embarcaciones ocasionales y con permiso o bien en casos de emergencia. (Mapa 6).

       Indicadores de manejo

       Tecnología aceptable: Equipos y procedimientos de medio impacto que no amenacen la condición del sitio. Se admite la presencia de equipos motorizados y la existencia de ruidos elevados de manera ocasional. Se recomienda el uso de motores de cuatro tiempos y eléctricos, excluyendo progresivamente los motores de dos tiempos. Son recomendados los equipos que no producen contaminación química por la presencia o derrame de aceites y combustibles. Se prohíbe el tránsito de embarcaciones de alto calado como los barcos transatlánticos de pasajeros y cargueros y barcos de arrastre. Las investigaciones deberán utilizar tecnologías que no pongan en riesgo el recurso.

       Frecuencia o intensidad aceptable: La frecuencia del tránsito de embarcaciones no debe poner en peligro los procesos ecológicos marinos, lo que deberá definirse con estudios científicos y monitoreo. La intensidad y frecuencia de las investigaciones no deben atentar contra los procesos ecológicos ni amenazar las poblaciones de especies presentes en la zona.

       Controles de gestión: Solicitar permisos y licencias de navegación pertinentes. Se supervisarán las prácticas de navegación para evitar la contaminación. Se revisaran las lanchas para confirmar el cumplimiento de la reglamentación de la zona. Se requerirán permisos previos para investigación. Se deberán implementar técnicas de manejo de visitantes en esta zona, que incluyan el análisis de la experiencia del visitante, límite aceptable de cambio y capacidad de carga dinámica (que se pueda cambiar en el momento mismo en que cambien las condiciones o factores que la determinan).

       Niveles de intervención en la gestión: Capacitar a capitanes, tripulantes y pasajeros en las buenas prácticas exigidas por el ASP, la revisión sistemática de la implementación de dichas prácticas y la implementación de un programa de educación ambiental marino.

       Criterios que fueron utilizados para identificar la zona marina de intervención baja

ü    Zonas que no incluyen arrecifes rocosos o coralinos, comunidades coralinas, zonas de pastos de fanerógamas u otros.

ü    Toda el área marina no incluida en zonas de intervención mínimas o altas.

       Cuadro 6. Umbrales de intervención máxima permitido para la zona marina de intervención baja.

Categoría

de intervención

Factores de intervención

Zona marina

de intervención baja

Acceso

Fondeo y boyas

En áreas periféricas a las zonas mínimas o nulas.

Tipo de transporte

Motorizado público y privado.

Investigación

Tipo de investigación

Con estudio previo de impacto. Muy bajo impacto, no produce contaminación, retira todo tipo de evidencias de su presencia una vez terminado el proyecto.

Frecuencia de muestreo

Diseñado de modo que no interfiera con los procesos por más de unos pocos días y, en tal caso, que el efecto sea reversible.

Turismo

Tipo de actividades turísticas

Tránsito entre sitios, observación de flora y fauna.

Tipo de turismo

Ecoturista o turismo responsable de bajo impacto.

Intervención biofísica

Contaminación humana

Sónica

Media/alta, ocasional, sonidos discontinuos.

Física

Nada.

Manejo activo/adaptativo

Control de boyas.

Restauración ecológica.

Erradicación o control de especies invasoras.

Sensación, emociones

y valores

Experiencia sensorial

Exposición dominante a estímulos naturales con estímulos artificiales ocasionales.

Sensación que se puede tener en la zona

Aprendizaje, unión con la naturaleza, curiosidad, calma, diversión.

       Condición deseada para la Zona Marina de Intervención Alta o Desembarco

       Objetivo de conservación: El objetivo de conservación de los recursos naturales en esta zona es indirecto ya que aquí se facilitan las tareas que permiten la operación del resto del ASP. El objetivo directo es proporcionar oportunidades para las actividades e infraestructura de desembarco y fondeo que dan soporte a la gestión del uso público marino del ASP.

       Descripción: Estas son áreas sustancialmente modificadas y “sacrificables” desde el punto de vista ecológico, cuyo impacto se limita al estrictamente necesario para el desembarco seguro de funcionarios y visitantes según sea el caso. Independientemente del estado actual, no se espera que los ecosistemas alcancen o mantengan un estado de buena salud ecológica. Su integridad no es una condición prioritaria, lo que implica que puede haber altos impactos sobre los ecosistemas. La condición se relaciona directamente con la elevada presencia de actividades humanas de alto impacto. (Mapa 6).

       Estas zonas incluyen el área marina requerida para el fondeo y desembarco de embarcaciones públicas y privadas, así como también la zona de playa adjunta. Puede haber evidencias de impactos fuertes provocados por las actividades humanas (contaminación sónica y química, alteración de la turbidez del agua, alteración de la superficie costera de desembarco y del fondo marino para fondeo, alteración de las comunidades de fauna marino costera y alteración de los bosques costeros por la presencia de senderos de acceso y alto tránsito de personas). Sin embargo, dichos impactos están focalizados sólo al sitio de requerido para el desembarco y no provocan la muerte de fauna, la modificación profunda de conductas animales, la contaminación permanente (química u orgánica), la alteración de corrientes superficiales, temperatura y turbidez del agua de manera permanente.

       Indicadores de manejo

       Tecnología aceptable: Equipos y procedimientos de medio impacto que no reduzca, la condición ya alterada del sitio. Se admite la presencia de equipos motorizados y la existencia de ruidos frecuentes y elevados. Se recomienda el uso de motores de cuatro tiempos y eléctricos, excluyendo progresivamente los motores de dos tiempos.

       En esta zona se deben implementar mejores prácticas en todas las actividades (turismo, carga y descarga de alimentos, gasolina y aceites de manera que no se produzcan derrames, prácticas de seguridad en el desembarco de personas, reduciendo la posibilidad de accidentes, etc.). Toda infraestructura debe contar con estudios previos de impacto ambiental y con procedimientos de bajo impacto y medidas de mitigación.

       Frecuencia o intensidad aceptable: La presencia humana y de vehículos motorizados en la zona es frecuente pero no constante. No es admisible una intensidad y frecuencia de embarcaciones semejante a los de una marina, por el contrario es recomendable que no sobrepase de 15 embarcaciones diarias en el caso de embarcaderos que permiten lanchas para el traslado de visitantes. No se admite el desembarco o fondeo de embarcaciones de alto calaje como yates, cruceros y otros similares.

       Controles de gestión: Permisos y licencias pertinentes. Se supervisarán las prácticas de desembarco y manipulación de líquidos y sólidos. Se colocarán y dará mantenimiento a boyas para guiar el acceso, el fondeo y el desembarco. Se revisarán las lanchas para confirmar el cumplimiento de la reglamentación de la zona. Se establecerá una lista de capitanes autorizados a desembarcar en estas zonas, basados en su comprobada experiencia y buen manejo de embarcaciones. Se fomentará el acceso de vehículos y compañías certificadas y se hará la supervisión pertinente.

       Niveles de intervención en la gestión: Implementar buenas prácticas en carga y descarga de alimentos, gasolina y aceites de manera que no produzcan derrames, buenas prácticas en las maniobras de aproximación y fondeo, así como prácticas de seguridad en el desembarco de personas, reduciendo la posibilidad de accidentes. Todo esto puede implicar la necesidad de diseño de desembarcaderos y bodegas u otro tipo de infraestructura que se construirán con previo estudio de impacto ambiental y con procedimientos de bajo impacto y medidas de mitigación.

       Se recomienda la capacitación a capitanes, tripulantes y pasajeros en las buenas prácticas exigidas por el ASP, así como una revisión sistemática de la implementación de las mismas.

       Criterios que fueron utilizados para identificar la zona marina de intervención alta

ü    Zonas elegidas históricamente por los capitanes y pescadores para el desembarco y fondeo.

ü    Sitios con muy baja posibilidad de mantener especies, ecosistemas o hábitat raros, endémicos y amenazados.

ü    Sitios seguros para el fondeo y desembarco de turistas, personal, alimento, equipo, etc.

ü    Zonas cercanas a sectores operativos o a vías de acceso.

ü    Sitios poco vulnerables por las actividades humanas de alto impacto.

       Cuadro 7. Umbrales de intervención máxima permitido para la zona marina de intervención alta.

Categoría

de intervención

Factores de intervención

Zona marina de intervención

alta o desembarco

Acceso

Vía

Vía de ingreso a zona de desembarco y fondeo.

Fondeo y boyas

Boyas demarcan sitios de fondeo.

Tipo de transporte

Motorizado público y privado de escala pequeña (tipo pangas o lanchas).

Investigación

Tipo de investigación

Impacto alto, con una contaminación aceptable y medidas de mitigación, sin dejar muestras de su presencia una vez terminada la investigación.

Frecuencia e intensidad de muestreo

Sin restricciones al respecto.

Interacción social

Turismo

Preferentemente acceso a turismo comunitario, ecoturismo de aventura de bajo impacto.

Operaciones certificadas con buenas prácticas de turismo sostenible.

Infraestructura

Desembarcaderos, rampas, bodegas, sitios de descanso, boyas.

Servicios

Primeros auxilios.

Intervención biofísica

Contaminación humana

Sónica

Alta en horario de marea adecuada para el desembarco No sobrepasa los 84 decibeles.

Física

Boyas, Manejo de desechos.

Manejo activo/adaptativo

Mantenimiento y supervisión de zona de desembarco y fondeo.

Sensación, emociones y valores

Experiencia sensorial

Exposición mixta a estímulos naturales y artificiales, con dominancia de los últimos.

Sensación que se puede tener en la zona

Socialización, comunicación, información.

4.   Elementos estratégicos

Los elementos estratégicos son aquellos que definen el norte del Parque, marcan el rumbo hacia el cual apunta todo el esfuerzo de gestión promovido por el Plan de Manejo. Es lo que podríamos llamar el gran sueño que se quiere alcanzar con la existencia del PNC y la ejecución del Plan de Manejo.

Revisión de la categoría de manejo actual

El equipo de planificación luego de revisar el marco jurídico, los usos actuales y potencialmente deseados para el área, así como sus características biofísicas y la Misión que se ha definido para esta área protegida, decide no recomendar ningún cambio de categoría, considerando la de parque nacional como idónea para esta área.

Misión

La Misión es el enunciado de Objetivos Superiores que rigen o marcan la razón de ser del Parque Nacional Corcovado y que su vigencia es atemporal, o sea que no se alcanzan necesariamente con este Plan de manejo.

Conservar los ecosistemas del PNC lo más prístinos posibles y garantizar su viabilidad para beneficio de las comunidades de la península de Osa, por medio de la planificación y ejecución de actividades en temas como la educación ambiental, protección y control, la investigación científica aplicada, administración financiera, gestión comunitaria, atención a visitantes y el fortalecimiento institucional de su Unidad de Gestión. Se realizará un manejo activo de acuerdo con la zonificación, cuando estuviese justificado. Los recursos humanos, tecnológicos y financieros se aprovecharán de manera óptima para el uso sostenible de la biodiversidad dentro y fuera del Parque.

Valores

Son aquellas conductas, actitudes, creencias y compromisos humanos, que deberán fomentarse en los miembros de la Unidad de Gestión del Parque y en las comunidades aledañas o de su zona de influencia.

Valores que deben estar presentes en la Unidad de Gestión del PNC

   Los miembros de la UG deben ser responsables de sus actos y desarrollarlos garantizando el apego al mejor esfuerzo.

   Los miembros de la UG deben ser transparentes en sus acciones, eliminando dudas o incertidumbre respecto de las razones que las originan.

   Los miembros de la UG deben poner en práctica toda su creatividad, generando acciones innovadoras y eficientes.

   Los miembros de la UG deben tener alto espíritu de cooperación, siendo solidarios entre sí y con las comunidades.

   Los miembros de la UG deben tener gran capacidad de trabajo en equipo, de manera que las soluciones sean el producto del esfuerzo conjunto, más que del individual.

   Los miembros de la UG deben ser respetuosos de los procesos y de la idiosincrasia social de las poblaciones locales, resultando en actos que no lesionen de manera intencional y/o innecesaria a las personas.

   Los miembros de la UG deben ser puntuales, llegando siempre oportunamente a donde han sido solicitados o donde sean necesarios.

                   Los miembros de la UG deben actuar con equidad, tratando a todas las personas con los mismos derechos y deberes, sin favoritismos de ningún tipo.

Valores que deben estar presentes en las comunidades aledañas al PNC

   Las comunidades deben estar en paz, manejando apropiadamente los conflictos que se generan entre sí y con los recursos naturales.

   En las comunidades debe haber un liderazgo positivo, que tenga como meta el bienestar humano y de los ecosistemas que lo sustentan.

   Las comunidades deben ser solidarias, apoyando equitativamente a quienes lo necesitan.

   En las comunidades debe haber justicia social, de manera que todos tengan acceso al bienestar humano, sean estos de cualquier edad, género, raza, credo u origen geográfico.

                   Las comunidades deben tener arraigo, con pobladores orgullosos de vivir en ellas, esforzándose por mejorar las condiciones para las generaciones futuras.

   En las comunidades debe haber libertad, pudiendo elegir sin presiones el modo de vida que consideren más conveniente, sin afectar el modo de vida de los demás.

Visión

La Visión es la imagen objetivo que este Plan de Manejo desea alcanzar en los 10 años que tendrá de ejecución. Está plasmada en 3 componentes; el institucional y responde a la pregunta ¿cómo queremos ver la Unidad de Gestión dentro de 10 años?, el social y responde a la pregunta ¿cómo queremos ver las comunidades y su relación con el Parque dentro de 10 años? y el biofísico, que responde a la pregunta ¿cómo queremos ver los recursos naturales del Parque dentro de 10 años?

Componente Institucional

   La Unidad de Gestión toma decisiones ágilmente.

   La UG tiene las amenazas bajo control sin posibilidad de resurgir.

   La UG tiene alianzas estratégicas interinstitucionales consolidadas.

   La UG tiene un equipo humano y tecnológico destinado a la captación y administración de fondos, permitiendo la estabilidad de recursos humanos y financieros.

   La UG ha fortalecido las alianzas con el sector turismo consiguiendo que este sector apoye financieramente la gestión operativa del área.

   La UG cuenta con los recursos necesarios para una gestión óptima basada en el plan de manejo.

   La administración del parque mantiene buenas prácticas en sus Sectores Operativos minimizando los impactos sobre el área.

Componente biofísico

   Los ecosistemas terrestres y marinos se mantienen íntegros y viables, con el máximo tamaño y composición específica que sus límites ecológicos les permiten alcanzar.

   Las especies nativas acuáticas y terrestres se mantienen en buen estado de salud, transitan, se dispersan y reproducen libremente dentro del Parque y están libres de amenazas antrópicas.

Sub-componente límites:

   El espacio aéreo del Parque está protegido, previniendo la contaminación sonora y visual producida por el tránsito de aeronaves.

   La zona marina del Parque se ha ampliado hasta la línea batimétrica de 50 metros frente a las costas del PNC o bien 2 km a partir de San Pedrillo hasta colindar con el Refugio Río Oro.

   La extensión terrestre del Parque ha aumentado, incorporando propiedades aledañas que tengan prácticas altamente incompatibles con el bienestar ecológico del Parque y/o tengan recursos naturales o culturales de alto valor ecológico o de alto valor para la sociedad costarricense.

Componente social

   Las comunidades están organizadas y han desarrollado proyectos sostenibles en torno al PNC.

   Con el plan de manejo se ha contribuido a disminuir la pobreza en la península de Osa.

   El programa de educación ambiental está consolidado y da resultados en cuanto a generación de conciencia social y ambiental.

   Las comunidades han desarrollado infraestructura comercial y habitacional amigable con el medio ambiente, gracias a la ejecución del plan de manejo del PNC y de la RFGD.

   En la zona de amortiguamiento se implementan buenas prácticas de manejo de aguas, desechos, energía y conservación.

5.   Dirección física y electrónica donde los usuarios pueden acceder al Plan de Manejo del Parque Nacional Isla del Coco, en forma completa

Direcciones físicas:

   La Oficina Administrativa del Parque Nacional Corcovado, ubicada frente al Aeropuerto de Puerto Jiménez de Golfito, Provincia de Puntarenas.

   La Oficina de la Dirección Regional de ACOSA, ubicada en Golfito 1km al este del aeropuerto de Golfito, en el Refugio Nacional de Fauna Silvestre Golfito, Puntarenas.

Direcciones electrónicas: www.sinac.go.cr

2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Giselle Méndez Vega, Secretaria Ejecutiva.—1 vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 35394.—C-546680.—(IN2012074648).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Banco Nacional de Costa Rica, Agencia de Guadalupe 077, avisa al Sr. Yamil Valiente Pascual, pasaporte Nº 315020603208054* que tiene pendiente su retiro de bienes en custodia por cajita de seguridad cancelada.

Para mayor información puede comunicarse a los teléfonos 2246-1370, 2246-1376. Lic. Guiselle Calvo Sánchez, Gerente.

*Número de pasaporte registrado, pudo haber cambiado con el tiempo.

La Uruca, 11 de julio del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 5835.—C-31040.—(IN2012074064).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-2662-2012.—López Ramírez Óscar Eduardo, costarricense, cédula 6 0359 0534, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Turismo Ecológico. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072415).

ORI-2663-2012.—Núñez Molina Marlene, costarricense, cédula 3-0302-0516, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Administración de Negocios. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072416).

ORI-2664-2012.—Rodríguez Quesada Luis Carlos, costarricense, cédula 2-0595-0148, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en la Enseñanza de los Estudios Sociales. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072417).

ORI-2665-2012.—Sancho Gutiérrez Ana Laura, costarricense, cédula 3-0358-0036, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Química. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072418).

ORI-2666-2012.—Venegas Soto Alexis Gerardo, costarricense, cédula 6-0151-0136, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Administración de Negocios. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil doce.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 114713.—Solicitud Nº 38042.—C-33080.—(IN2012072419).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A Fabio José Solórzano Ramírez, se le comunica resolución de las diez horas con cinco minutos del día seis de febrero del año dos mil doce, que ordena iniciar medida de protección de cuido provisional en beneficio de la persona menor de edad B. Y. S. P. Por un período de seis meses. Expediente administrativo 246-00001-2012. Garantía de defensa: Se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Recurso: Se le hace saber a la parte que contra esta resolución procede el Recurso de Apelación si se interpone ante este Despacho o bien ante la Presidencia Ejecutiva, el cual deberá interponerse dentro de 48 horas contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el diario oficial La Gaceta. También se le previene que debe señalar lugar o fax donde recibir futuras notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrá por notificada la resolución; de conformidad con la aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de las 15:41 horas del 27 de noviembre de 2002 de la Sala Constitucional. La interposición del Recurso de Apelación no suspende el acto administrativo.—Oficina Local de Upala, Guatuso, 25 de junio de 2012.—Lic. Katia Corrales Medrano, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5864.—C-14540.—(IN2012072337).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A Luis A. Palacios Bustos. Se le comunica que en esta Oficina Local ordenó dictar resolución administrativa de inicio del proceso especial de protección, dictada a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día primero de junio del año dos mil doce, en la cual se ordena llevar a cabo investigación sobre los hechos denunciados, por aparente maltrato físico en perjuicio de las personas menores de edad Palacios Ruiz. Plazo para interponer alguna oposición o recurso de apelación dos días hábiles, después de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso, debiendo la parte interesada señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Se notifica por este medio, debido a que se desconoce el domicilio actual del señor Palacios Bustos Expediente número 642-00069-2012.—Ciudad Neily, Corredores, 5 de noviembre del 2011.—Lic. Dinia Vallejos Badilla, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 5866.—C-11880.—(IN2012073440).

A Andrea Rivas Jiménez se le comunica que el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela, dictó resolución de las nueve horas del veintiocho de junio de dos mil doce, en la que se ordenó la adoptabilidad administrativa de la niña Ariela Rivas Jiménez, y se eleva el expediente Nº 442-00001-2012 al Consejo Nacional de Adopciones para su ubicación, Recursos: Apelación. Plazo: 48 horas contadas a partir del siguiente día a la última publicación de este aviso, señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina, el cual es de un kilómetro alrededor de la sede y si no lo hacen, las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.—Alajuela, 28 de junio de 2012.—Lic. Alejandra Solís Lara, Representante Legal.—O.C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5874.—C-9240.—(IN2012073839).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

A quien pueda interesar, se hace saber que los herederos de quien en vida se llamó Hernán Arguedas Salas, cédula dos - ciento setenta y cinco - ciento sesenta y seis, señores: Ana Cecilia Chaves Gutiérrez, mayor, viuda en primeras nupcias, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número uno- trescientos dieciséis-seiscientos ochenta, Marcela Arguedas Chaves, mayor, soltera, arquitecta, portadora de la cédula número cuatro- ciento treinta y nueve- doscientos cuarenta y seis, como albacea provisional de la sucesión del señor Hernán Arguedas Salas, Roberto Arguedas Chaves, mayor, casado, estudiante, portador de la cédula de identidad número uno- mil ciento sesenta y seis- setecientos veintiuno, Sergio Arguedas Chaves, mayor, soltero, arquitecto, portador de la cédula de identidad número cuatro-ciento cuarenta y uno- seiscientos sesenta y cinco, todos los anteriores son vecinos de Heredia centro, avenida seis, calles cinco y siete, y Ana Gabriela Arguedas Chaves, mayor, casada una vez, abogada, portadora de la cédula de identidad número uno- setecientos treinta y ocho- cero cincuenta y tres, vecina de San Pablo de Heredia, del gimnasio del Colegio María Auxiliadora cincuenta metros al este, hemos solicitado ante la Oficina de Patentes de la Municipalidad de Heredia, el traspaso y la reposición por extravío del certificado de Licores de Patentes Nacionales número catorce, ubicada en el distrito primero del cantón Central de la provincia de Heredia, en avenida seis calles cinco y siete, Bar Tilawa. Lo anterior para que cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad de Heredia dentro de un período de diez días hábiles a partir de este aviso.

Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Representante Legal.—1 vez.—RP2012311434.—(IN2012072480).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CONDOMINIO VILMA

Asamblea General Ordinaria de Propietarios Condominio Vilma. Se convoca formalmente a todos los propietarios y demás personas que por ley tengan un interés legítimo, a la celebración de asamblea general ordinaria de propietarios. Lugar: casa 8 del Condominio Vilma. Hora: 12:00 m.d. en primera convocatoria (72 propietarios); 01:00 p.m. en segunda convocatoria (54 propietarios); 02:00 p.m. (cualquier número de presentes). Fecha: sábado 25 de agosto del 2012. Orden del día 1. Comprobación del quórum. 2. Nombramiento del presidente y secretario de asamblea. 3. Informe general de labores preliminares. 4. Nombramiento de administrador. 5. Elección de junta directiva. 6. Fijación de cuota de mantenimiento. 7. Asuntos varios. 8. Cierre de asamblea. Quórum: De previo a tenerlo por constituido legalmente, es obligación de cada propietario, aportar documentos en los cuales comprueben ser propietarios de la filial respectiva. Derecho al voto: Los votos se pueden ejercer personalmente o por representación, siempre y cuando sean acreditados adecuadamente, o por poderes especiales en los cuales se debe señalar que es otorgado para la Asamblea específica, y con indicación de cuáles actos puede el apoderado realizar (artículo 1256 del Código Civil).—German Valverde Vindas, cédula 06-0220-0205, Propietario.—1 vez.—(IN2012076417).

HIDROTÁRCOLES SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los socios de Hidrotárcoles Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y ocho mil setecientos trece, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad, a realizarse el día lunes 13 de agosto del 2012 a las 9:00 a. m., en primera convocatoria, que se tendrá por constituida con las tres cuartas partes del capital social debidamente representado, y en segunda convocatoria a las 10:00 a. m., teniéndose por constituida con el capital social representado que se encuentre presente, se llevará a cabo en el domicilio social de la sociedad, y los puntos a tratar serán los siguientes:

a)  Revocatoria y nuevo nombramiento de los miembros de la junta directiva y fiscal.

b)  Aprobación del aumento de capital (equity).

c)  Modificación de los estatutos sociales, en sus cláusulas quinta “Del Capital Social” y sexta “De la Administración”.

d)  Revocatoria de los acuerdos tomados en la asamblea general ordinaria y extraordinaria celebrada a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil once.

e)  Aprobación de nombramiento del Director de Proyecto y otorgamiento de facultades.

f)   Asuntos varios.

Nota: Los libros legales y demás documentos pertinentes a esta asamblea se encuentran en el domicilio social de la sociedad, y podrán ser consultados por cualquier miembro de la asamblea, si existieren otros puntos importantes a tratar podrán ser añadidos a esta agenda. Los accionistas podrán hacerse representar mediante carta-poder debidamente autenticada, de conformidad con lo establecido en el artículo 146 del Código de Comercio. El representante de personas jurídicas, deberá de acreditar su personería jurídica mediante certificación registral o notarial.—San José, 16 de julio del 2012.—Juan Rafael Rojas Madrigal, Presidente.—1 vez.—RP2012313452.—(IN2012076430).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

LA ESQUINA DEL CAFÉ S. A.

La Esquina del Café S. A., cédula jurídica 3-101-190498, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, y a solicitud de los accionistas de esta sociedad, manifiestan que procederán a realizar la reposición de los certificados de acciones de esta sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el término de un mes contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario de circulación nacional. Las oposiciones podrán ser dirigidas a las oficinas de BLP Abogados, ubicadas en el Centro Empresarial Vía Lindora, cuarto piso, con atención a Simón Sauvé. Transcurrido el término de ley, sin que hayan existido oposiciones, y habiéndose cumplido con todo lo que establece el artículo 689 del Código de Comercio, se procederá con la reposición solicitada.—Susana Rodríguez Beer, Presidenta.—IN2012072867).

IMPACO TRADING SOCIEDAD ANÓNIMA

Impaco Trading Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-quinientos ochenta y cinco mil seiscientos ochenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes primeros libros: Registro de Accionistas, Asambleas Generales, Junta Directiva, Inventarios y Balances, Diario y Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—RP2012311811.—(IN2012073584).

HOLCIM (COSTA RICA) S. A.

Herman Solano Sánchez cédula de identidad 3-0128-0014 solicita la reposición de los títulos Nº 208 Serie A por 164,882 acciones; Nº 2215 Serie A por 49,464 acciones; Nº 621 Serie B por 21,435 acciones de Holcim (Costa Rica) S. A. (antes Industria Nacional de Cemento S. A.) los cuales fueron extraviados. Si hubiese alguna persona interesada en que no se haga esta reposición, favor hacerlo saber en las oficinas del emisor en los treinta días siguientes a ésta.—Herman Solano Sánchez.—RP2012311912.—(IN2012073585).

CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL

 PORTAL DE ÁNGEL

Ernesto Pineda Larios, mayor, divorciado dos veces, contador, vecino de Santa Ana, Condominio Horizontal Residencial Portal de Ángel, filial número seis, cédula de identidad 1-0457-0367, en su condición de Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad El Portal del Ángel de la Quebrada S. A; cédula jurídica 3-101-294478, sociedad propietaria de la finca filial número 1-30724-f-000, del Condominio Horizontal Residencial Portal de Ángel, cédula jurídica 3-109-303020, finca matriz SJ-001533-M-000, siendo que el nombramiento de la Junta Administradora se encuentra vencido y los libros extraviados, solicita ante la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público de la Propiedad Inmueble, la reposición de los siguientes libros: Caja, Actas de Asamblea de Propietarios y Junta Directiva, todos en número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público de la Propiedad Inmueble.—Santa Ana, nueve de julio de dos mil doce.—Ernesto Pineda Larios, Presidente.—(IN2012074024).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por escritura otorgada, a las quince horas del dieciséis de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos por los que se disminuye el capital social de la empresa Constenla S. A.—San José, 16 de junio del 2012.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.— (IN2012068823).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

En escritura otorgada en esta notaría, a las 09:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de la sociedad: Inversiones W Y F de San Pedro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-197127, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad por acuerdo de socios, y siendo que no tienen pasivo alguno ni bienes o activos, operaciones ni actividades de ninguna naturaleza se prescinde del trámite de liquidación.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alejandra Ramírez Sutherland, Notaria.—1 vez.—RP2012309917.—(IN2012070283).

Mediante escritura otorgada ante mí, se disuelve la sociedad: Servicios Jukeda S. A., cédula jurídica Nº 3-101-505620. Domiciliada: en San Antonio del Tejar de El Roble de Alajuela.—Palmares, 27 de junio del 2012.—Lic. Armando Blanco González, Notario.—1 vez.—RP2012309918.—(IN2012070284).

El día veintiocho de junio del dos mil doce, se otorgó escritura en donde se solicita la disolución de la sociedad: Distribuidora del Diario S. A.—Palmares, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309919.—(IN2012070285).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del 28 de mayo del 2012, se disolvió la sociedad: M Y P Soluciones Corporativas de Mercadeo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-333876.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012309920.—(IN2012070286).

El día veintiocho de junio del dos mil doce, se otorgó escritura en donde se solicita la disolución de la sociedad: Inversiones Agropecuarias El Cas S. A.—Palmares, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012309921.—(IN2012070287).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 22 de junio del 2012, se protocolizó la fusión por absorción de las sociedades: Monte del Gallo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-354521, y Agropecuaria Federico Apéstegui Sobrado S. A., cédula jurídica Nº 3-101-011759, prevaleciendo la empresa: Monte del Gallo S. A.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Gabriela Gómez Solera, Notaria.—1 vez.—RP2012309922.—(IN2012070288).

En escritura número treinta y seis, otorgada ante esta notaría, el día primero de julio del dos mil doce, misma visible al folio sesenta y tres frente del tomo veintiuno, se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionista de Dicobol Sociedad Anónima, mediante la cual, se modifican las cláusulas “segunda: domicilio”; “tercera: el objeto”, y “novena: de la representación” del pacto constitutivo de la compañía: Bicobol S. A. Además, se hace nombramiento completo de la junta directiva.—San José, dos de julio del dos mil doce.—Lic. Maureen Hernández Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012309923.—(IN2012070289).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 16:00 horas del 27 de junio del 2012, la sociedad denominada: Eva M Y F Corporation S.R.L., modificó la cláusula relativa a la administración.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. Francisco González Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2012309924.—(IN2012070290).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 28 de junio del 2012, la señora Imelda Acuña Rodríguez, acuerda la disolución del Instituto Tecnológico de Moravia ITM S. A., cédula jurídica Nº 3-101-557156, con fundamento en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Se emplaza a terceros y acreedores a hacer valer sus derechos en la vía judicial dentro del plazo establecido en el artículo 207 del Código citado. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien activo, deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Lic. Emil Steve Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012070297).

Ante mí, la empresa: Ganadera Cóndor Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y seis mil quinientos cuarenta y tres, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria celebrada al ser las diez horas trece minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, por unanimidad se acordó disolver la presente compañía por no tener bienes inscritos a su nombre.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Enrique Hernández Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2012070303).

Ante mí, la empresa: Servicios Técnicos en Asesoría Ambiental Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta, mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria celebrada al ser las dieciocho horas trece minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, por unanimidad se acordó disolver la presente compañía por no tener bienes inscritos a su nombre.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Enrique Hernández Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2012070304).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en el tomo uno escritura número setenta y dos, a las nueve horas del treinta y uno de mayo del dos mil doce, se constituye sociedad anónima con un capital social de cien mil colones, y con domicilio en la ciudad de Garabito, provincia de Puntarenas.—San José, a las nueve horas con quince minutos del tres de julio del dos mil doce.—Lic. Andrés Gómez Tristán, Notario.—1 vez.—(IN2012070307).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, el día tres de julio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general de cuotistas de la sociedad: Refpek Internacional Limitada, en donde se acordó disolver la sociedad.—San José, a las nueve horas con veinte minutos del tres de julio del dos mil doce.—Lic. Andrés Gómez Tristán, Notario.—1 vez.—(IN2012070308).

Guillermo, Fernando, Miguel Ángel, Irma, Elena, Luisa María, María Isabel, y Mario todos Corrales Bogantes, desinscribe: Corrales Bogantes Hermanos Ltda., cédula jurídica número tres-ciento dos-ochenta y un mil doscientos dos. Escritura otorgada en Grecia, a las 10:00 horas del 28 de junio del 2012, ante el notario Carlos Eduardo Rojas Castro.—Grecia, 28 de junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012070311).

Por escritura otorgada el 27 de junio del 2012, Consultores en Modernización Empresarial CME S. A., cédula jurídica Nº 3-101-208670, acuerda disolución.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—(IN2012070314).

Por escritura otorgada el 27 de junio del 2012, Bolaños y Torres S. A., cédula jurídica Nº 3-101-629828, acuerda disolución.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—(IN2012070315).

En esta notaría, mediante escritura pública Nº 8-25 otorgada en San Isidro de Heredia, a las 12:00 horas del 20 de junio del 2012, se reformaron las cláusulas primera, segunda y sexta del acta constitutiva de la sociedad: Apaguiz S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-584283.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012070316).

Mediante escritura número sesenta y cuatro, otorgada a las quince horas treinta minutos del día ocho de junio del dos mil doce, ante el notario público Sergio Aguiar Montealegre, se constituye sociedad de responsabilidad limitada denominada: Invesma Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(IN2012070317).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante el suscrito, número 260, otorgada a las 08:00 horas del 20 de junio del 2012, tomo sexto de mí protocolo, se disolvió la sociedad denominada: Moritepe Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-631645. Aquellos interesados en oponerse a la presente disolución cuentan con el plazo señalado en el numeral 207 del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, 20 de junio del 2012.—Lic. Carlos Francisco Millet Nieto, Notario.—1 vez.—(IN2012070324).

Por escritura Nº 211 otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Tierrita Poderosa BR Dos Mil S. A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha empresa.—Lic. Esteban Quesada Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2012070331).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 08:00 horas del 27 de junio del 2012, se acuerda la disolución de Comytel S. A.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2012070333).

Por escritura número ciento treinta y nueve, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Cultura para la Integridad y el Desarrollo L Y C S. A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha empresa.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2012070334).

Por escritura número ciento treinta y ocho, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Barmo Alajuelense S. A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha empresa.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2012070336).

Por escritura número ciento cuarenta, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Diba de La Garita S. A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha empresa.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2012070337).

Por escritura número ciento cuarenta y uno, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios de tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y ocho S. A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha empresa.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2012070338).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 09:00 horas del 26 de junio del 2012, se acuerda la disolución de Valuación Inmobiliaria B Y R S. A.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2012070339).

Por escritura Nº 210 otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios de Fotocopias Ompa S. A., mediante la cual se solicita la disolución de dicha empresa.—Lic. Esteban Quesada Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2012070340).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 16 de junio del 2012, se acuerda la disolución de Columna de Hierro S. A.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2012070341).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del 16 de junio del 2012, se acuerda la disolución de Taplo S. A.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2012070342).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 13:30 horas del 16 de junio del 2012, se acuerda la disolución de Galm Producciones Ltda.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2012070344).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 12:30 horas del 14 de junio del 2012, se acuerda la disolución de Video Arte Producciones Ltda.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2012070345).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 14 de junio del 2012, se acuerda la disolución de Aeno del Norte Ltda.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2012070346).

Por escritura Nº 65 de 12:00 horas del 26 de junio del 2012, de la notaria Celina María González Ávila, se disuelve la sociedad: Comercializadora Ventas Directas de Alajuela Sociedad Anónima.—Lic. Celina María González Ávila, Notaria.—1 vez.—(IN2012070352).

Por escritura Nº 64 de 11:00 horas del 26 de junio del 2012, de la notaria Celina María González Ávila, se disuelve la sociedad: Deportes Industria Internacional Sociedad Anónima.—Lic. Celina María González Ávila, Notaria.—1 vez.—(IN2012070354).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las trece horas del veintinueve de junio del dos mil doce, se hicieron nuevos nombramientos de la sociedad denominada: Repuestos para Camiones de Norte Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos dos mil trescientos once.—Ciudad Quesada, catorce horas y quince minutos del veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2012070355).

Ante esta notaría, han comparecido los socios para disolver la sociedad: Grupo Tekna Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cierto treinta y ocho mil novecientos ochenta y uno. Es todo.—Heredia, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2012070357).

Por escritura Nº 37 de 11:00 horas del 26 de abril del 2012, de la notaria Celina María González Ávila, Ok Ja Baek renuncia al cargo de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma en Cinco por Cinco Sociedad Anónima.—Lic. Celina María González Ávila, Notaria.—1 vez.—(IN2012070358).

Asamblea de accionistas de la empresa: Hermoca de Heredia Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-246952, acuerdan disolver la empresa. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 4 de junio del 2012.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2012070360).

Por escritura número doscientos cincuenta hecha ante la notaria Marianela Blanco Alfaro a las diecisiete hora cinco minutos del dos de julio del año dos mil doce se constituyó la sociedad Compañía Wu Gong S. A.—Heredia, a las diez horas del día tres de julio del año dos mil doce.—Lic. Marianela Blanco Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012070361).

Por escritura número doscientos cincuenta y cuatro otorgada a las doce horas del veintiséis de junio del dos mil doce se disolvió Torre Antigua Vistarreal Alfa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos dos mil ciento cincuenta y cuatro. Por escritura número doscientos cincuenta y ocho otorgada a las diecisiete horas del dos de julio del dos mil doce, se modificó la cláusula sexta de Alimentos Animales del Valle Sociedad Anónima Sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos dos mil ciento cincuenta y cuatro. Por escritura número doscientos cincuenta y nueve otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del dos de julio del dos mil doce, se modificó la cláusula sexta de Comercializadora de Granos Rocha Sociedad Anónima.—Lic. Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2012070364).

A las once horas del día tres de julio del dos mil doce, protocolicé Acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Los Sueños de Vanjord Sociedad Anónima, celebrada en las oficinas de la compañía, a las once horas del cinco de junio del dos mil doce, mediante la cual se acuerda unánimemente modificar el nombramiento del secretario y el tesorero.—San José, doce horas del tres de julio del dos mil doce.—Lic. Leda Díaz Valladares, Notaria.—1 vez.—(IN2012070365).

La suscrita notaria pública, Zaira Salazar Castro, hago contar que mediante escritura número ciento cuarenta y seis, de fecha diecinueve de junio del año dos mil doce se procedió a protocolizar el acta de asamblea de socios de la sociedad de esta plaza denomina da Marilui Limitada con cédula jurídica número tres-ciento dos quinientos sesenta y siete mil ciento treinta y cinco, mediante la cual se dispuso disolver la sociedad.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Zaira Salazar Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2012070368).

Por escritura ante mi notaría a las ocho horas del tres de julio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Bufete Sotre & Asociados Sociedad Anónima, en la que se reforman las cláusulas primera, segunda, cuarta, sexta y sétima del pacto constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. Hernán Sánchez Guevara, Notario.—1 vez.—(IN2012070369).

Ante mi notaría a las trece horas de dieciséis de junio de dos mil doce, se solicitó la disolución de la sociedad BC Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-272339 domiciliada en San José, Jardines de Moravia.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Hernán Sánchez Guevara, Notario.—1 vez.—(IN2012070370).

Ante mi notaría a las nueve horas del dieciséis de junio de dos mil doce, se solicitó la disolución de la sociedad BC Tecnología Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-242950 domiciliada en San José, barrio González Lahmann.—San José, veintinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Hernán Sánchez Guevara, Notario.—1 vez.—(IN2012070371).

En escritura autorizada por la suscrita notaría a las dieciséis horas del día veintisiete de junio de dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Beaumont Dos S. A., mediante la cual se reformó las cláusulas segunda y sétima del pacto social.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Lucrecia Agüero Guier, Notaria.—1 vez.—(IN2012070374).

En escritura autorizada por la suscrita notaria a las diecisiete horas del día veintisiete de junio de dos mil doce se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Willmar Dieciocho S. A., mediante la cual se reformó las cláusulas segunda y sétima del pacto social.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Lucrecia Agüero Guier, Notaria.—1 vez.—(IN2012070375).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, número 241, en la ciudad de San José, al ser las 9:00 horas del 3 de julio del año 2012, protocolicé acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Costa Rica Natural Food Sociedad Anónima, por reforma de estatutos. Es todo.—San José. 3 de julio del año 2012.—Lic. Hildred Román Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012070382).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, número 242, en la ciudad de San José, al ser las 12:00 horas del 3 de julio del año 2012, protocolicé acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Laboratorios Integrales Biolab Sociedad Anónima, por reforma de estatutos. Es todo.—San José. 3 de julio del año 2012.—Lic. Hildred Román Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012070383).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, número 242, en la ciudad de San José, al ser las 10:00 horas del 3 de julio del año 2012, protocolicé acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Homeoterapia Proactiva Sociedad Anónima, por reforma de estatutos. Es todo.—San José. 3 de julio del año 2012.—Lic. Hildred Román Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012070384).

En esta notaría, a las 10:00 horas, 28 de junio del 2012, se liquidó y disolvió 3-101-585683 s. a.—Lic. Ciro Casas Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2012070386).

En esta notaría, a las 11:00 horas, 28 de junio del 2012, se liquidó y disolvió 3-101-585512 s. a.—Lic. Ciro Casas Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2012070387).

En esta notaría, a las 12:00 horas, 28 de junio del 2012, se liquidó y disolvió 3-101-557636 s. a.—Lic. Ciro Casas Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2012070388).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del 27 de junio del 2012 se disuelve la Tecnologías de Información de Centroamérica Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2012070389).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del 27 de junio del 2012 se disuelve la tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cinco mil setecientos sesenta y cuatro sociedad anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2012070390).

Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del 27 de junio del 2012 se disuelve la sociedad Bioagricultura de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2012070391).

Por escritura otorgada ante mí a las veinte horas del 28 de junio del 2012 se disuelve la sociedad tres-ciento uno-quinientos sesenta y nueve mil cero sesenta y tres sociedad anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2012070392).

Por escritura otorgada ante mí a las diecinueve horas del 28 de junio del 2012 se disuelve la sociedad tres-ciento uno-seiscientos quince mil seiscientos sesenta y tres sociedad anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2012070393).

Por escritura otorgada ante mí a las veintiún horas del 28 de junio del 2012 se disuelve la sociedad Corporación Aromas Especiales Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2012070394).

Por escritura otorgada ante mí a las veintidós horas del 28 de junio del 2012 se disuelve la sociedad Toccata y Fuga Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2012070395).

Por escritura otorgada ante mí a las trece horas del 27 de junio del 2012 se disuelve la Compañía Marsurosa Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2012070396).

Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas del 27 de junio del 2012 se disuelve la Jinyo de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2012070397).

Por escritura otorgada ante mi a las quince horas del 27 de junio del 2012 se disuelve la tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cinco mil setecientos sesenta y cinco sociedad anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2012070398).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del 28 de junio del 2012 se disuelve la sociedad Centro Odontológico Viabel Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2012070399).

Por escritura otorgada ante mi a las trece horas del 28 de junio del 2012 se disuelve la sociedad Centro Odontológico Fiorella Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2012070400).

Por escritura otorgada en Alajuela ante esta notaría a las 9:00 horas del 28 de junio del 2012, se modificó la cláusula séptima de Ingeniería Codimel Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-588955. Presidente: Néstor Alexander García Hernández.—Alajuela, 01 de julio del 2012.—Lic. Edwin Chavarría González, Notario.—1 vez.—(IN2012070409).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Inmobiliaria Rojas y Sibaja Internacional S. A., cédula jurídica número 3-101-482757, en escritura 112 del las 20:00 horas del 28 de junio del año 2012 en el protocolo segundo del suscrito notario, donde comparecieron su presidenta Xinia Sobaja Chávez y el secretario Carlos H. Rojas Venegas.—Lic. Julio López Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2012070410).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Tecnifrío Carva S. A. cédula jurídica número 3-101-562151, en escritura 68 de las 9:00 horas del 18 de junio del año 2012 en el protocolo tercero del suscrito notario, donde comparecieron su presidenta Xinia Sibaja Chávez y el secretario Carlos Francisco Sibaja Chávez, notario Carlos Humberto Rojas Venegas. Con oficina en San José Hatillo uno, contiguo al Juzgado Penal.—Lic. Carlos Humberto Rojas Venegas, Notario.—1 vez.—(IN2012070411).

Por escritura otorgada ante mí a las trece horas veintisiete de Junio de dos mil doce, se constituye la sociedad denominada Play Lacrosse Limitada.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2012070413).

Por escritura otorgada ante mí a las quince horas treinta minutos del dos de julio del dos mil doce se constituyeron dos sociedades de responsabilidad limitada denominadas Bougainvillea 8315 LLC Limitada y Rico 41 LLC Limitada. Domicilio: Guanacaste, Liberia Centro de Negocios Plaza Futura, oficina número ocho, Cordero & Cordero Abogados. Capital social: diez mil colones. Se nombraron gerente, subgerente y agente residente.—Lic. Hernán Cordero Maduro, Notario.—1 vez.—(IN2012070414).

Por escritura número cuarenta y seis-tres, visible al folio 46 frente, otorgada ante la suscrita notaria a las trece horas del día dos de julio del dos mil doce se reforma la cláusula primera y décimo tercera, del pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil doscientos doce sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- seiscientos veintiún mil doscientos doce.—Poás, dos de julio del dos mil doce.—Lic. Yesenia Quesada Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2012070416).

Por escrituras otorgadas en Cartago, ante esta notaría, se disuelven las sociedades Condominio Claro del Monte S. A., Constructora Muros del Valle S. A., y se reforma la cláusula siete de tres-ciento uno-seiscientos cuarenta mil novecientos ochenta y siete s. a.—Cartago, 26 de junio del 2012.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—(IN2012070417).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 26 de junio de 2012, en mí notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la empresa Desarrollo Bananero La Lidia S. A. y se modifica por acuerdo cláusula primera y segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Rodrigo A. Hernández González, Notario.—1 vez.—(IN2012070432).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas treinta minutos del dos de julio de dos mil doce, protocolicé acuerdos de TB Properties Sociedad Anónima cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos setenta y nueve mil novecientos setenta y nueve. Se modificó domicilio social.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Edwin Javier Mojica Pochet, Notario.—1 vez.—(IN2012070439).

Grettel Elizondo Álvarez y Patricia Vanessa Rojas Villalobos acuerdan disolver sociedad Representaciones e Inversiones P & G S. A., cédula jurídica Nº 3-101-509694. Escritura otorgada en Desamparados, San José, a las 11:30 horas del 27 de junio del 2012.—Lic. Óscar E. Gómez Ulloa, Notario.—1 vez.—(IN2012070446).

Vivian María Chinchilla Solís disuelve sociedad Inversiones Jacrilea S. A., cédula jurídica Nº 3-101-540207. Escritura otorgada en Desamparados, San José, a las 12:30 horas del 27 de junio del 2012.—Lic. Óscar E. Gómez Ulloa, Notario.—1 vez.—(IN2012070478).

Víctor Hugo Castro Zúñiga y Luis Gerardo Castro Zúñiga acuerdan disolver sociedad Unión Familiar Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-095625. Escritura otorgada en Desamparados, San José, a las 13:00 horas del 28 de junio del 2012.—Lic. Óscar E. Gómez Ulloa, Notario.—1 vez.—(IN2012070479).

Los socios de Compañía de Servicios Múltiples Valverde Mora Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-doscientos veintidós mil cuatrocientos sesenta y cinco, domiciliada en Desamparados, Urbanización Riveralta, casa número uno, San José. Anuncian que en mi notaría han acordado la disolución y liquidación de dicha sociedad. Se llama a acreedores e interesados, para que dentro del término de ley a partir de la publicación de este edicto presenten sus reclamos.—San José, 30 de junio del 2012.—Lic. Manuel Eduardo Barrantes Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012070480).

Los socios de Importaciones GMP Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento quince mil cuatrocientos ochenta y ocho, domiciliada en San José, Curridabat, frente a Mudanzas Mundiales, edificio Marielos, oficinas cuatro y cinco. Anuncian que en mi notaría han acordado la disolución y liquidación de dicha sociedad. Se llama a acreedores e interesados, para que dentro del término de ley a partir de la publicación de este edicto presenten sus reclamos.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Manuel Eduardo Barrantes Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012070481).

Los socios de Creaciones Celina Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento catorce mil cuatrocientos cincuenta y seis, domiciliada en San José, Avenida Central, entre calles siete y nueve. Anuncian que en mi notaría han acordado la disolución y liquidación de dicha sociedad. Se llama a acreedores e interesados, para que dentro del término de ley a partir de la publicación de este edicto presenten sus reclamos.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Manuel Eduardo Barrantes Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012070482).

Central Industrializadora M Y G Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y un mil ciento diez, domiciliada en Curridabat, de la Pop’s cincuenta metros al este y quinientos al norte anuncia que en asamblea general extraordinaria de socios se acordó modificar íntegramente su pacto constitutivo.—San José, 30 de junio del 2012.—Lic. Manuel Eduardo Barrantes Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012070483).

Mediante protocolización otorgada en escritura pública número diez-cuatro, otorgada a las quince horas del veintiséis de junio de dos mil doce, ante esta notaría, se reformó totalmente la cláusula primera y tercera del pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos cuarenta mil setecientos noventa y uno sociedad de responsabilidad limitada, que en adelante se denominará Corporación Air Charter Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse esto último como S. R. L.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Eduardo José Zúñiga Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2012070485).

Por escritura número ciento veinticuatro otorgada ante esta notaría a las diez horas del día veinticinco de junio de dos mil doce, se protocolizo el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Vou Habaccuc Profesional Sociedad Anónima, en donde se disuelve la sociedad.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012070521).

En mi notaría, se protocolizó el acuerdo de disolución de la sociedad Bufete Capra y Asociados S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero noventa y un mil ciento setenta y siete. Dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012070524).

A las nueve del día veintinueve de junio de dos mil doce, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Consultores en Alquiler de Vehículos S. A., celebrada en San José, Tibás, Llorente, de La Nación doscientos metros al este, cien sur, cien este y setenta y cinco sur, mediante la cual se reforma la cláusula segunda: Del Domicilio y se acuerda disolver la sociedad.—San José, veintinueve de junio de dos mil doce.—Lic. Helen Adriana Solano Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2012070525).

Por escritura de las doce horas del día veintiocho de mayo del dos mil doce otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de socios de la compañía tres-ciento uno quinientos veintiún mil trescientos ochenta y tres, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, 28 de mayo del 2012.—Lic. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—(IN2012070527).

Mediante escritura de las 8:00 del 5 de junio del 2012 ante la notaría de Helen Duarte Gamboa, se constituyó la sociedad Electrónica Bracamontes S. A., cuya representación legal con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma recae en el presidente y secretario de la compañía.—San José, 24 de juno del 2012.—Lic. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—(IN2012070528).

Por escritura de las 17:00 horas del veintisiete de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de socios de la compañía El Bambú Grupo Carranza Sociedad Anónima, cédula jurídica numero tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil seiscientos cuarenta y cinco, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2012070529).

Por escritura de las 18:00 horas del veintisiete de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de socios de la compañía Brisas Grupo Carranza Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil ochocientos setenta y dos, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Adriana  Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2012070531).

Por escritura de las catorce horas del veintidós de junio del dos mil doce, otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de socios de la compañía Satrinsa del Norte Sociedad Anonima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cuatro mil trescientos cinco, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Lilliana Hernández Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012070532).

Por escritura de las catorce horas del veintidós de junio del dos mil doce otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de socios de la compañía Corrales, Córdoba y Loaiza Consultores Legales, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos nueve mil quinientos veinticinco, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Lilliana Hernández Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012070533).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas de este día, se reforman las cláusulas 8, 9, y 10, del pacto constitutivo de la empresa Pueblo Mar S. A.—San José, 12 de marzo del 2012.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2012070534).

Mediante escrituras números 264-2, 265-2, se protocolizan actas de asamblea de las sociedades Nation Wide Real State Sociedad Anónima y 3102598841 limitada, en su respectivo orden, se reforma cláusulas de administración y se nombran representantes legales. Es Todo.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Ruth Mary Salas Cedeño, Notaria.—1 vez.—(IN2012070560).

En mi notaría, se acordó disolver la sociedad Alyjake S. A. Cualquier oposición o reclamo por parte de eventuales acreedores, verificarlo judicialmente en el plazo de Ley.—Alajuela, 25 de junio del 2012.—Lic. Henry Miguel Vega Cruz, Notario.—1 vez.—(IN2012070577).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:45 horas del 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de disolución de la sociedad Cool Change S. A.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—(IN2012070584).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:30 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Sin City Brasilito S. A.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—(IN2012070585).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:15 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Sur and Turf Brasilito S. A.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—(IN2012070586).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Desarrollos Agradable Vista Club S. A.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—(IN2012070587).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:45 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Buenos Tiempos S. A.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—(IN2012070588).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de disolución de la sociedad Sendero Internacional SII S. A.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—(IN2012070589).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de disolución de la sociedad Phoenix Land Company PLC S. A.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—(IN2012070590).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cinco mil doscientos veintinueve S. A..—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—(IN2012070591).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 25 de junio del 2012, se protocoliza acta de disolución de la sociedad Corporación Sylova S. A.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—(IN2012070592).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:50 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Paraíso Mountain Club S. A.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—(IN2012070593).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:15 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Bio Village One S. A..—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—(IN2012070594).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de la sociedad Autocentro Mi Llanta Sociedad Anónima, en donde se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 27 de junio del año 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2012070599).

Por escritura autorizada hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Exportadora Comercial Cafetalera S. A., cédula jurídica 3-101-007284, por los cuales se disuelve y liquida.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Mario Alberto Venegas Barrenechea, Notario.—1 vez.—(IN2012070604).

Por escritura autorizada hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Aensa S. A., cédula jurídica 3-101-149999, por los cuales se disuelve y liquida.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Mario Alberto Venegas Barrenechea, Notario.—1 vez.—(IN2012070605).

Por escritura autorizada hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Urbanizadora El Llano Ltda., cédula jurídica 3-102-077245, por los cuales se disuelve y liquida.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Mario Alberto Venegas Barrenechea, Notario.—1 vez.—(IN2012070608).

Disolución de sociedad Remagri Limitada. Escritura otorgada ante la suscrita notaria pública a las 14:00 horas del día 28 de junio del 2012.—Lic. María Elena Gamboa Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012070617).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:30 horas del 16 de febrero del 2012, se modificó la cláusula novena de sociedad de esta plaza: Carrocería Enderezado y Pintura S R M Sociedad Anónima.—29 de mayo del 2012.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012070618).

En esta notaría pública, a las ocho horas del cuatro de julio del dos mil doce, se acuerda la fusión de Breanne S. A. y Grupo Santa Fe del Occidente S. A., prevaleciendo la primera.—San José, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—(IN2012070619).

En esta notaría pública, a las diecisiete horas del tres de julio del dos mil doce, se acuerda la creación de la reserva legal para Breanne S. A.—San José, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—(IN2012070621).

En esta notaría pública, a las dieciséis horas del tres de julio del dos mil doce, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de Bienes y Servicios Atlas del Norte W & C S. A..—San José, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—(IN2012070623).

Ante esta notaría, en San José, al ser las nueve horas del dieciocho de junio del dos mil doce, se reforma la cláusula novena de la sociedad Filial XXXVIII Magenta BL Sociedad Anónima y se nombra secretario y tesorero.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012070624).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la sociedad Munchkin Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-uno cero uno-cinco nueve tres tres cuatro cuatro, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012070625).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la sociedad Nebulung Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-uno cero uno-cinco nueve cuatro ocho tres siete, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012070626).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la sociedad Cartujoso C. T J. Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-uno cero uno-cinco nueve seis seis cuatro nueve, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012070627).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la sociedad Maine Coon Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-uno cero uno-cinco nueve cuatro nueve cuatro seis, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012070628).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la sociedad Pixie Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-uno cero uno-cinco nueve seis siete cero uno, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012070629).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la sociedad Cymric Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-uno cero uno-cinco nueve tres dos cuatro nueve, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012070630).

Por escritura otorgada ante mí a las trece horas quince minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Senda de Oro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco nueve tres siete uno seis.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070631).

Por escritura otorgada ante mi a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Retador Primero Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno siete cero uno cero ocho.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070632).

Por escritura otorgada ante mi a las quince horas quince minutos del siete junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Gyrocopteros Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro uno uno cuatro tres seis.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070633).

Por escritura otorgada ante mi a las diecisiete horas del siete junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Araya y Asociados R A A R Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cinco ocho cero cero uno uno.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070634).

Por escritura otorgada ante mi a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Worldwide Phone Three G, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cinco siete cero cuatro ocho.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070635).

Por escritura otorgada ante mi a las catorce horas del veintidós de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Transportes Corporativos Alajuelenses Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno dos ocho dos seis cuatro.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070636).

Por escritura otorgada ante mi a las dieciséis horas quince minutos del veintiuno junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Transportes Corporativos del Atlántico Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno dos ocho uno nueve siete.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070637).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas quince minutos del veintiuno junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Panacobre Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos seis cero dos cuatro cuatro.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070638).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Kaukor Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos cuatro siete cero cero cero.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070639).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Internacional del Cuero Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-uno tres ocho dos cero cuatro.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070640).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Importadora Vegasa de Asís Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula jurídica número tres-ciento dos-uno siete uno seis nueve cero.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070641).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Importaciones Memo de Alajuela Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-uno seis cuatro nueve uno uno.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070642).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Importadora Heyma de Tures Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-uno siete dos uno nueve uno.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070643).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veinte junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Hermova W. J. L. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres nueve cuatro cero cuatro cuatro.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070644).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Guialque Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos siete tres nueve cinco nueve.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070645).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintiuno junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Equipos Técnicos de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos seis dos tres dos dos.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070646).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas quince minutos del doce junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada El Bucanero del Atlántico Int. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres nueve cero ocho uno uno.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070647).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del doce junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada El Gran Guayacán Real del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro uno nueve cuatro uno uno.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070648).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Arte Metal F y R Herediano Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres cero siete cinco uno nueve.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070649).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del doce junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada La Costa de Los Piratas RYJ Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro siete cinco cero siete cinco.—Alajuela, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2012070650).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la sociedad Javanes Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-uno cero uno-cinco nueve cinco cinco cuatro dos, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—(IN2012070651).

Por escritura número noventa y uno, otorgada en Alajuela, a las 9:05 horas del 21 de junio del 2012 ante esta notaría, se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la disolución de la entidad jurídica: Arboledas de Paz y Rey de Esperanza S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco nueve tres siete uno cero domiciliada en la cuidad de Alajuela.—Lic. Salvador Castro Oviedo, Notario.—1 vez.—(IN2012070657).

Por escritura número noventa y tres, otorgada en Alajuela, a las 12:00 horas del 21 de junio del 2012 ante esta notaría, se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la disolución de la entidad jurídica: Inversiones La Cúpula Expreso S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-dos uno dos cuatro cuatro ocho domiciliada en la cuidad de Alajuela.—Lic. Salvador Castro Oviedo, Notario.—1 vez.—(IN2012070658).

Por escritura número noventa y dos, otorgada en Alajuela, a las 10:20 horas del 21 de junio del 2012 ante esta notaría, se protocolizó por acuerdo expreso de los socios, la disolución de la entidad jurídica: Vagoneta Expres S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-dos cero cuatro cuatro cuatro nueve, domiciliada en la cuidad de Alajuela.—Lic. Salvador Castro Oviedo, Notario.—1 vez.—(IN2012070659).

Por escritura otorgada ante esta notaría, número doscientos tres de las catorce horas del día veintidós de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Pacific Security and Service Corporation A&B Sociedad Anónima con domicilio social en la provincia de Puntarenas, Parrita, cuatrocientos norte, tanque de agua proyecto Lomas, su capital social es de noventa mil colones, el cual ha sido suscrito y pagado por los socios y su plazo social es de noventa y nueve años. Es todo.—San José, veintiocho de junio dos mil doce.—Lic. Marvin Madrigal Bermúdez, Notario.—1 vez.—(IN2012070662).

Por escritura número cincuenta y uno, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad denominada API Office Systems Sociedad Anónima, la cual no posee activos y pasivos, ni bienes muebles e inmuebles, que liquidar, lo anterior por no haber cumplido el objetivo por la cual fue creada. Es todo.—San José veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Sandra Moya Serrano, Notaria.—1 vez.—(IN2012070663).

Por escritura número cincuenta y tres, otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad denominada Tango Feroz Sociedad Anónima, la cual no posee activos y pasivos, ni bienes muebles e inmuebles, que liquidar, lo anterior por no haber cumplido el objetivo por la cual fue creada. Es todo.—San José veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Sandra Moya Serrano, Notaria.—1 vez.—(IN2012070665).

Por escritura número doscientos siete, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad denominada Codex Consultores Sociedad Anónima, la cual no posee activos y pasivos, ni bienes muebles e inmuebles, que liquidar, lo anterior por no haber cumplido el objetivo por la cual fue creada. Es todo.—San José veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Marvin Madrigal Bermúdez, Notario.—1 vez.—(IN2012070666).

Por escritura número doscientos seis, otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad denominada Garyvar Sociedad Anónima, la cual no posee activos y pasivos, ni bienes muebles e inmuebles, que liquidar, lo anterior por no haber cumplido el objetivo por la cual fue creada. Es todo.—San José veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Marvin Madrigal Bermúdez, Notario.—1 vez.—(IN2012070667).

Por escritura número doscientos cinco, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad denominada Reco D C R Sociedad Anónima, la cual no posee activos y pasivos, ni bienes muebles e inmuebles, que liquidar, lo anterior por no haber cumplido el objetivo por la cual fue creada. Es todo.—San José veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Marvin Madrigal Bermúdez, Notario.—1 vez.—(IN2012070669).

Por escritura número cincuenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del tres de julio del dos mil doce, se acuerda aumentar el capital social de la sociedad denominada Reauto Sociedad Anónima, en la suma de treinta millones de colones y se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad con relación al domicilio de la compañía, que será en San José, barrio México, calle veinte y veintidós, avenida once, de la estación de bomberos ciento setenta y cinco metros oeste, pudiendo establecer agencias en cualquier lugar de la república o fuera de ella. Es todo.—San José tres de julio del dos mil doce.—Lic. Sandra Moya Serrano, Notaria.—1 vez.—(IN2012070670).

Por escritura de esta notaría a las 17:30 horas del 28 de junio del 2012 se protocolizó asamblea general extraordinaria de Centro Comercial Roma S. A., en la que se reforman las cláusula 2 y 6 y se nombra junta directiva y agente residente.—Limón, 28 de junio del 2012.—Lic. Loahn Lindo Dell, Notario.—1 vez.—(IN2012070673).

Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, notario público con oficina en San José, se constituye la sociedad Anita Fruit CR Sociedad de Responsabilidad Limitada capital suscrito y pagado. Gerente y subgerente apoderados generalísimos escritura otorgada en San José a las once horas del tres de julio del dos mil doce.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—(IN2012070678).

La suscrita Andrea Rojas Rodríguez, notaria pública con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que el día tres de julio del año dos mil doce, al ser las diecisiete horas, en mí notaría, se realizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Faveygo Atenas Sociedad Anónima, en la cual se nombra un presidente, una tesorera, un secretario y una fiscal, cuyo presidente, tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, referente al domicilio social.—Atenas, 3 de julio del 2012.—Lic. Andrea Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012070679).

Ante esta notaría, al ser las quince horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil doce, se reduce el plazo social de la sociedad Turbo Inyección San Carlos Sociedad Anónima. Capital suscrito y pago.—Lic. Gustavo Ávila Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012070680).

Ante esta notaría al ser las dieciséis horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se reduce el plazo social de la sociedad Promotora Cifuentes Sociedad Anónima. Capital suscrito y pago.—Lic. Gustavo Ávila Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012070681).

Ante esta notaría al ser las dieciséis horas veinticinco minutos del diecinueve de junio del dos mil doce, se reduce el plazo social de la sociedad Solimer Sociedad Anónima. Capital suscrito y pago.—Lic. Gustavo Ávila Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012070682).

Ante esta notaría al ser las quince horas del diecinueve de junio del dos mil doce, se reduce el plazo social de la sociedad Vime V &I Sociedad Anónima. Capital suscrito y pago.—Lic. Gustavo Ávila Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012070683).

Ante esta notaría, por escritura número trescientos treinta y cuatro, del tomo tres, otorgada a las ocho horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se disuelve Agropecuaria Pana Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cero cinco mil setecientos nueve.—Lic. José Joaquín Rojas Montoya, Notario.—1 vez.—(IN2012070685).

Por acta de asamblea extraordinaria de accionistas número dos, de la sociedad Misson Lakes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-620060, se acuerda modificar las cláusulas segunda en el sentido de que el nuevo domicilio es San Pablo de Heredia, 25 metros al este de la estación de servicio San Pablo y la cláusula sexta se nombra nueva junta directa presidente: Mauricio Erasmo Pozo Villalobos c.c Mauricio Umaña Villalobos, cédula 6-516-197, secretaria: Dineth Villalobos Araya, cédula 2-326-906, tesorero: Humberto Pozo Córdoba c.c Humberto Pozzo Córdoba, cédula 8-074-749, fiscal: Ricardo Lexander Pozo Villalobos c.c Ricardo Umaña Villalobos, cédula 6-507-277, agente residente: Asdrúbal Carvajal Porras, cédula 9-034-705.—Pérez Zeledón, 14 horas, 3 de julio del 2012.—Lic. Asdrúbal Carvajal Porras, Notario.—1 vez.—(IN2012070687).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas de dos de julio de dos mil doce se reforma cláusula sétima, de la administración, de la sociedad Electromedicals Systems Sociedad Anónima.—San José, dos de julio de dos mil doce.—Lic. Gustavo Chinchilla Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2012070691).

Ante este notario público, José Fermín Morales Campos, se constituye escritura número ciento noventa y tres, iniciada en el folio ciento veintiuno frente, del tomo seis de mi protocolo, en donde se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad Real States Mountain Properties RMP Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil noventa y siete, referentes al domicilio y a la representación judicial y extrajudicial de dicha sociedad. Es todo.—Alajuela, el cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012070693).

Ante mí, Josefina Apuy Ulate, notaria pública, el día dos de julio del 2012, mediante la escritura ciento trece, de tomo sesenta y uno, se fusionan las sociedades Govalen S. A., cédula jurídica número: 3-101-325398 con Demaco Ingeniería S. A., cédula jurídica número 3-101-484473, prevaleciendo esta última. Es todo.—San José, 2 de julio del dos mil doce.—Lic. Josefina Apuy Ulate, Notaria.—1 vez.—(IN2012070703).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas del 22 de junio del 2012 se protocoliza acta de la compañía Inversiones Mazeid S. A. por la que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Rolando Clemente Laclé Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2012070705).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:30 horas del 22 de junio del 2012 se protocoliza acta de la compañía Laguna Pastoria S. A. por la que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 22de junio del 2012.—Lic. Rolando Clemente Laclé Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2012070706).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas del 28 de junio del 2012 se protocoliza acta de la compañía SA Representaciones e Inversiones Latinas Inverlat S. A. por la que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2012070707).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas del 27 de junio del 2012 se protocoliza acta de la compañía BSV Proyectos Construcciones y Consultoría S. A. por la que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 27de junio del 2012.—Lic. José Pablo Valverde Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012070709).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas del 27 de junio del 2012 se protocoliza acta de la compañía Inversiones Anaka S. A. por la que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. José Pablo Valverde Marín, Notario.—1 vez.—(IN2012070710).

Mediante escritura otorgada en Cartago, se procedió a la disolución y liquidación de la sociedad Rosogar Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—Lic. Jorge Eduardo Brenes Garro, Notario.—1 vez.—(IN2012070715).

Por escritura pública número ciento veintitrés-tres, otorgada ante mí, a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, por unanimidad de la totalidad de los accionistas que conforman el capital social de Terra Galeda Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa mil quinientos doce, se acordó la disolución de la sociedad supracitada por no existir activos ni pasivos, ni tener operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Lic. Sergio Bravo Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012070716).

Por escritura de protocolización de acta de Corporación Yepeto A. L. Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y un mil veinticuatro, otorgada ante mí, a las diez horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se acordó disolver y liquidar la sociedad supracitada.—Lic. Luis Diego Arias Trigo, Notario.—1 vez.—(IN2012070717).

Por escritura de protocolización de acta de Distribuidora Suki del Este Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y ocho, otorgada ante mí, a las diez horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se acordó disolver y liquidar la sociedad supracitada.—Lic. Sergio Bravo Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2012070718).

Por escrituras de las 13:30, 13:40, 13:50, 14:00, 14:10, 14:20, 14:30, horas de hoy, en esta ciudad protocolicé Tres-Ciento uno-quinientos noventa y nueve mil setecientos noventa y cinco s. a., tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil setecientos noventa y tres s. a., tres-ciento uno-seiscientos mil setenta y uno s. a.; tres-ciento uno-seiscientos mil ciento cincuenta y uno s. a.; tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil seiscientos ochenta y seis s. a.; tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil ochocientos dieciséis s. a.; tres-ciento uno-seiscientos mil novecientos noventa y seis s. a. en la cual los socios acordaron disolverlas y liquidarlas.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012070720).

Por escrituras de las 12:30, 12:40, 12:50, 13:00, 13:10, 13:20, horas de hoy, en esta ciudad protocolicé actas de asamblea de socios de tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil cuatrocientos ochenta y seis s. a.; tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil cuatrocientos ochenta y siete s. a.; tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil cuatrocientos sesenta y dos s. a.; tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil cuatrocientos quince s. a.; tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil seiscientos veinticinco s. a.; tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil setecientos cuarenta s. a. en la cual los socios acordaron disolverlas y liquidarlas.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012070721).

Por escrituras de las 11:30, 11:40, 11:50, 12:00, 12:10, 12:20 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé actas de asamblea de socios de tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil quinientos setenta y nueve s. a.; tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil seiscientos seis s. a.; tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil setecientos treinta y siete s. a.; tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil quinientos setenta y cuatro s. a.; tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil cuatrocientos veintinueve s. a.; tres-ciento uno-quinientos noventa y nueve mil quinientos setenta y ocho s. a. en la cual los socios acordaron disolverlas y liquidarlas.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012070722).

Por escrituras de las 8:00, 8:10, 8:20, 8:30, 8:40; 8:50 horas de hoy, en esta ciudad protocolicé actas de asamblea de socios de Colinas de Don Roberto Actinio ABC S. A.; Colinas de Don Roberto Áreas Especiales Fin S. A.; Colinas de Don Roberto Americio JKL S. A.; Colinas de Don Roberto Aluminio GHI S. A.; Colinas de Don Roberto Berilio HJL S. A.; Colinas de Don Roberto Plata DEF S. A. en la cual los socios acordaron disolverlas y liquidarlas.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012070723).

Por escrituras de las 15:50, 16:00, 16:10, 16:20, 16:30, 16:40, 16:50, horas de hoy, en esta ciudad protocolicé actas de asamblea de socios de Solid Uno S. A.; Colinas de Don Roberto Astato RST S. A.; Colinas de Don Roberto Berkelio YAC S. A.; Colinas de Don Roberto Oro UVW S. A.; Colinas de Don Roberto Argón MNÑ S. A.; Colinas de Don Roberto Carbono CGL S. A.; Colinas de Don Roberto Arsénico OPQ S. A. en la cual los socios acordaron disolverlas y liquidarlas.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012070724).

Por escrituras de las 14:50, 15:00, 15:10, 15:20, 15:30,15:40, horas de hoy, en esta ciudad protocolicé actas de asamblea de socios de Noventa y Uno de Diciembre S. A.; Propiauto Catorce Espectro S. A.; Propiauto Dieciséis Orión S. A.; Propiauto Seis Oro S. A.; Propiauto Ocho S. A.; Jaher Comercializadora S. A. en la cual los socios acordaron disolverlas y liquidarlas.—San José, 27 de junio de 2012.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012070725).

Para protocolización ante mi notaría, mediante asamblea general extraordinaria de Fibrotécnica J.C.A.C. del Sur, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica: tres-ciento cinco-trescientos noventa y tres mil quinientos nueve, de las dieciséis horas del dieciocho de junio de dos mil doce, mediante la cuál se realiza la cesión del aporte de capital al señor Juan Federico Echandi Salas, cédula de identidad número: uno-setecientos cuarenta y cuatro-trescientos cincuenta y seis, constituyéndose en dueño y gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. De igual forma se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, siendo hoy el domicilio social: San José, Goicoechea, Mata de Plátano, residencial Azul del Prado, casa A-tres.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Mauricio Granados Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2012070726).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 9:00 horas del día 3 de julio del 2012 de la sociedad Ortotecnólogos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta, mediante la cual se conoce el balance general de dicha sociedad, se aprueba el estado final de liquidación y se procede a realizar el pago correspondiente a los accionistas de conformidad con el balance final aprobado.—San José, 3 de julio del dos mil doce.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012070727).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 15 de junio del 2012 se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Vehículo Seis Uno Cero Siete Cinco Cinco S. A. donde nombra junta directiva y se reforma la cláusula del domicilio de la administración.—San José, 15 de junio del 2012.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012070729).

Por escritura número noventa y cuatro cuarenta y siete, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch actuando en el protocolo del primero, a las ocho horas del día tres de julio del año dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cuarenta y Siete Mil Cuatrocientos Sesenta y Seis S. A. donde modifica la representación, se adiciona una cláusula de derecho preferente, se nombra junta directiva y fiscal y se reforma la razón social para que en adelante se denomine Pérez - Gavilán y Guevara Sociedad Anónima.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2012070731).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Inversiones Geranio Escarlata de Guanacaste Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar al presidente y secretario de la junta directiva del pacto constitutivo de la empresa. Ante el notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, al ser diez horas del día tres de julio del dos mil doce.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012070734).

Ante el infrascrito notario por escritura número 210 otorgada a las 17:00 hrs. del 28 de junio del año 2012, se protocolizaron los acuerdos de las asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades: Dendroenergie Sociedad Anónima, Desafor Palmar Sociedad Anónima, Hidro Camaquiri Sociedad Anónima, Hidro Jabillos Sociedad Anónima, Hidro Palmas, Sociedad, Miércoles Catorce de Julio Sociedad Anónima, Montajes SRT Sociedad Anónima, Multimec Sociedad Anónima, Multripref Sociedad, Saret Management & Services Sociedad, Servicios de Fabricación y Montaje SRT Sociedad Anónima, Servicios de Fabricación SRT Sociedad Anónima y Equinstal Ltda. Por medio de las cuales, respectivamente, se disuelven las sociedades dichas.—Alajuela, 29 de junio de 2012.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012070738).

Ante el infrascrito notario por escritura número 211 otorgada a las 8:00 hrs. del 29 de junio del año 2012, se acordó la disolución de la sociedad Saret Ejecución de Proyectos S. A., cédula 3-101-341372.—Alajuela, 29 de junio de 2012.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012070739).

Ante el infrascrito notario por escritura número 214 otorgada a las 10:00 hrs. del 29 de junio del año 2012, se acordó la disolución de la sociedad Rico Móvil S. A., Empaques Cyberpaq Ltda., Agrícola Cuenca del Caribe S. A. y Embalex de Centroamérica S. A. cédulas 3-101-107418, 3-102-197921, 3-101-060057 y 3-101-292041, respectivamente.—Alajuela, 29 de junio de 2012.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012070740).

Ante el infrascrito notario por escritura número 211 otorgada a las 8:30 hrs. del 29 de junio del año 2012, se acordó la disolución de la sociedad Ramonense Industrial S. A., cédula 3-101-019986.—Alajuela, 29 de junio de 2012.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012070741).

Por escritura número 215 otorgada a las 12:00 hrs. del 29 de junio del año 2012, por medio de la cual se acuerda la disolución de la sociedad Saret Electromecánica S. A., cédula 3-101-410473.—Alajuela, 29 de junio de 2012.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(IN2012070742).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 hrs. del 22/06/2012, protocolicé acta de asamblea de socios de la sociedad Asesoría y Consultoría Marruecos S. A., mediante la cual se acordó su liquidación.—Lic. Guido Soto Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012070747).

Por escritura Nº 198 otorgada a las 13:40 horas del día 26 de junio del 2012, Dinia Mora Rojas, Rafael Soto Solano, Eduardo Amador Coto solicitan la disolución de la empresa Protección Integral en Seguros Prinsesa Sociedad Anónima.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012070749).

Por escritura Nº 197 otorgada a las 13:00 horas del día 26 de junio del 2012, Lucía López-Calleja Villalobos solicita la disolución de la empresa Representaciones de Mercadería de C. R. Sociedad Anónima.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012070751).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 19 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Hospital del Trauma S. A., cédula jurídica 3-101-593.087, mediante la cual se reforma la cláusula quinta referida al capital social.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Maritza Sáenz Bolaños, Notaria.—1 vez.—(IN2012070800).

Se avisa que la sociedad: Constructota del Oeste G O P R Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-cinco cinco seis uno cinco siete, por acuerdo unánime de sus socios, está en tramite de disolución.—Heredia, 3 de julio del 2012.—Lic. Alexandra Barrantes Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2012070806).

Ante la notaría de la suscrita, Lucía Romero Bonilla, notaria pública con oficina abierta en Heredia, Belén, La Asunción, entrada calle Zumbado, mediante la escritura número sesenta y seis-dos otorgada a las diez horas treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar compañía La Casita de Dillo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cinco mil ochocientos catorce. Es todo.—Alajuela, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Lucía Romero Bonilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012070807).

Ante la notaría de la suscrita, Marcela Padilla Valverde, en San Rafael de Alajuela, mediante la escritura número treinta y cuatro otorgada a las diez horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar compañía Diego y Ocampo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos sesenta y cinco mil doscientos veintidós. Es todo.—Alajuela, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012070808).

Modificación de nombre, domicilio, junta directiva de Diosas Griegas Sociedad Anónima.—Escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del día cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Juan Édgar Fallas García, Notario.—1 vez.—(IN2012070816).

En mi notaría se ha modificado el pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Geosegura S. A. para disolver dicha sociedad presidente la socia Guadalupe Olaso Hernández.—Guadalupe, a las diez horas del dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012070819).

En mi notaría se ha modificado el pacto constitutivo de la sociedad Asegura de San José Sociedad Anónima para disolver dicha sociedad. Presidente el socio Guillermo Echeverría Olaso.—Guadalupe, a las once horas del dieciocho de junio dos mil doce.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012070820).

En mi notaría se ha modificado el pacto constitutivo de la sociedad Instalaciones G B Sociedad Anónima. Presidente el socio Luis Gerardo Barahona Sánchez.—Guadalupe, a las diez horas veintiuno de mayo del dos mil doce.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012070822).

Ante la notaría de los suscritos Alejandro Goicuría Jiménez y Daniel Guillén Jiménez, en San Rafael de Escazú, mediante la escritura número cuarenta y dos, a las doce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar la compañía Empresa de Seguridad e Inversiones Chavelo de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y nueve mil cincuenta y dos. Es todo.—Lic. Alejandro Goicuria Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2012070823).

Ante la notaría de la suscrita Ariadna Arguedas Porras, en San Rafael de Escazú, mediante la escritura número veinte, a las catorce horas veinticinco minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar la compañía Inversiones Goicuría y BV Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y cuatro mil trescientos diecinueve. Es todo.—Lic. Ariadna Arguedas Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2012070824).

Mediante escritura otorgada por mí, al ser las ocho horas del veinticinco de mayo de dos mil doce, se modificó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la compañía Ganadera El Barroso Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuarenta y seis mil novecientos noventa y nueve, misma que en adelante se leerá así: Cuarta: del plazo social: su plazo social será de cuarenta años a partir del día de su constitución el trece de marzo del mil novecientos ochenta y uno, sea que vence el trece de marzo de dos mil veintiuno. Es todo.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. Guy Greenwood Ávila, Notario.—1 vez.—(IN2012070825).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas con cuarenta y cinco del dieciocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Cellphone de Costa Rica Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda y quinta del pacto constitutivo.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012070835).

Se constituye la sociedad Don Tolo S. A. Capital social ¢10.000,00. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de la junta directiva, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 25 de mayo de 2012.—Lic. Patricia Lizano Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2012070836).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas treinta minutos del diecinueve de Junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la Sociedad denominada Guillermo Gardel Sociedad Anónima. En la cual por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2012070837).

Por escritura otorgada ante ésta notaría, a las 10:20 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Reifer y Rubinstein Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—1 vez.—(IN2012070840).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Bodega El Barrealito Dos Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—1 vez.—(IN2012070842).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:10 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Bodega El Barrealito Tres Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—1 vez.—(IN2012070843).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:20 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Bodega El Barrealito Cuatro Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—1 vez.—(IN2012070845).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Bodega El Barrealito Cinco Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—1 vez.—(IN2012070847).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:40 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Bodega El Barrealito Seis, Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—1 vez.—(IN2012070848).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:50 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Comercial El Barrealito Ocho Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—1 vez.—(IN2012070849).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:10 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Parque R Y R Uno Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—1 vez.—(IN2012070850).

Protocolización del acta de la asamblea general  extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Quinientos Seis Comunicación Global Sociedad Anónima, en la cual se fusiona con la sociedad Inversiones Frajim Sociedad Anónima. Ante el notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, al ser quince horas del día cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012070851).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:20 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Parque Re y Ru Dos Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—(IN2012070852).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:30 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Parque Rei y Rub Tres Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—(IN2012070853).

A quien interese de conformidad con los artículos dos cientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio se procede a la disolución, tres- ciento dos- cinco nueve ocho siete seis siete sociedad de responsabilidad limitada, cedula jurídica, tres- ciento dos- cinco nueve ocho siete seis siete, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012070854).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:40 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Parque RR y Tres Veces Cuatro Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—(IN2012070856).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio si procede a la disolución, tres-ciento dos-cinco nueve ocho nueve seis uno sociedad de responsabilidad limitada, cedula jurídica, tres-ciento dos-cinco nueve ocho nueve seis uno, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012070857).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio si procede a la disolución, tres-ciento dos-cinco nueve nueve cuatro uno siete sociedad de responsabilidad limitada, cédula jurídica, tres-ciento dos-cinco nueve nueve cuatro uno siete, para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012070858).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:50 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Parqueo Rego Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—(IN2012070859).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:50 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad R Rubinstein y Compañía Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—(IN2012070860).

A quien interese de conformidad con los artículos doscientos uno, doscientos seis y doscientos siete, del Código de Comercio si procede a la disolución, tres-ciento dos-seis cero cero siete tres cinco sociedad de responsabilidad limitada, cedula jurídica, tres-ciento dos-seis cero cero siete tres cinco para lo cual se comunica a los interesados para que puedan realizar las oposiciones de ley. Realizada ante esta notaría.—Lic. Evelio Pacheco Barahona, Notario.—1 vez.—(IN2012070861).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:10 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Rego Sociedad Anónima; mediante los cuales se reforma la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva y Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notarios.—(IN2012070862).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del día veintiocho de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Arena Blanca de Costa Rica S. A., mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012070864).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas, treinta minutos del día veintiocho de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Vía Tica S. A., mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012070865).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas, treinta minutos del día veintiocho de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Hacienda La Mariposa S. A., mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012070866).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Respiel Centroamericana Sociedad Anónima; mediante los cuales se disuelve la sociedad.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012070867).

Por escritura pública número ochenta y siete, otorgada ante mí notaria el día veintitrés de junio del dos mil doce, por acuerdo unánime de todos los accionistas se disuelve y liquida la sociedad Representaciones Deportivas Breca Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro uno seis siete dos ocho.—Santa Bárbara de Heredia, veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Luis Rodríguez Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2012070868).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Barclay Towers Sociedad Anónima; mediante los cuales se disuelve la sociedad.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012070869).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Transportes Asociados del Sur Transasur S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Cartago, 26 de junio del 2012.—Lic. Patricia María Meza Meza, Notaria.—1 vez.—RP2012309926.—(IN2012071037).

Se aprueba la disolución de la sociedad Hacienda Agropecuaria Los Tres Villalobos S. A. Escritura otorgada en Grecia a las 16.00 horas del día 28 de junio del 2012.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012309927.—(IN2012071038).

Se aprueba la disolución de la sociedad Diahi Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia a las 9:00 horas del día 28 de junio del 2012.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012309928.—(IN2012071039).

Se aprueba la disolución de la sociedad Distribuidora Blanco y Díaz Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia a las 10:00 horas del día 28 de junio del 2012.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012309929.—(IN2012071040).

Mediante escritura otorgada en mí notaría, a las 16:00 horas del 28 de junio del 2012, protocolicé acta en que se disuelve F Y B Carrocería y Pinturas de Grecia S. A. De conformidad con el artículo 222 del Código de Comercio, terceros interesados pueden oponerse en el plazo de un mes a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ana Lorena Umaña Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012309930.—(IN2012071041).

Por escritura 107-52, del tomo 52, del suscrito notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en San Isidro de El General, de Pérez Zeledón a las 12:00 horas del 28 de junio del 2012; protocolicé el acta, en la cual se disuelve la siguiente sociedad costarricense: Agropecuaria Rivamontes S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta y seis mil cuatrocientos sesenta y uno.—San Isidro de El General, 29 de junio del 2012.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309933.—(IN2012071042).

Por escritura 110-52 del tomo 52 del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 11:00 horas del 2 de julio del 2012, la sociedad costarricense 3-102-470976 S.R.L cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos setenta mil novecientos setenta y seis, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 2 de julio del 2012.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309934.—(IN2012071043).

Por escritura 108-52, del tomo 52, del suscrito notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en San Isidro de El General, de Pérez Zeledón a las 8:00 horas del 29 de junio del 2012; protocolicé el acta, en la cual se disuelve la siguiente sociedad costarricense: Administradora de los Meridianos de Matapalo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil cuatrocientos cincuenta y uno.—San Isidro de El General, 29 de junio del 2012.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309935.—(IN2012071044).

Sección Mercantil. Adelina Herrera Cruz, José de Jesús Ruelas Gutiérrez, Isidro Gerardo Herrera Cruz, y María del Carmen Ramírez, acuerdan disolver la sociedad denominada Corporación Ruelas Herrera Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos siete cuatro cuatro uno seis. Escritura otorgada en Grecia, a las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del doce de junio del año 2012.—Lic. Kendal Araya Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012309936.—(IN2012071045).

Por escritura 111-52, del tomo 52, del suscrito notario Casimiro Vargas Mora, otorgada en San Isidro de El General, de Pérez Zeledón a las 14:00 horas del 2 de julio del 2012; protocolicé acta, en las cual se acuerda fusionar las siguientes sociedades costarricenses: Gonra S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-dieciséis mil seiscientos cuarenta y siete, Inversiones Vista al Valle de El General S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y tres mil doscientos cuarenta y cuatro, Inversiones Carpa de San Isidro S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y un mil quinientos cincuenta y cuatro, Corporación de Inversiones El Surco Generaleño S. A. con cedula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y seis mil quinientos dieciséis y El Nuevo Arado Isidreño S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-treinta y dos mil novecientos sesenta y tres.—San Isidro de El General, 2 de julio del 2012.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012309937.—(IN2012071046).

Se aprueba la disolución de la sociedad Inversiones Villaro de Grecia S. A. Escritura otorgada en Grecia a las 18:00 horas del día 27 de junio del 2012.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012309938.—(IN2012071047).

Ante mí a las 14:10 horas del 27 de junio del dos mil doce, escritura número 244-8 del tomo 8 del protocolo de la suscrita se protocolizó acta número dos de la sociedad Consultora Global de Internet Minutada, con cédula jurídica número 3-102-560445 en donde se acuerda disolver esta sociedad.—Pérez Zeledón, 27 de junio del 2012.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—RP2012309939.—(IN2012071048).

Se aprueba la disolución de la sociedad Comercializadora de Seguros Bienestar Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia a las 11:00 horas del día 28 de junio del 2012.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012309940.—(IN2012071049).

Sección Mercantil. Montajes Industriales de Grecia Sociedad Anónima, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Escritura otorgada en Grecia a las 18:30 horas del día 29 de junio del 2012.—Lic. Kendal Araya Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012309941.—(IN2012071050).

Por escritura número ciento doce-seis de las diez horas del veintinueve de junio del dos mil doce, visible al folio sesenta y cinco vuelto del tomo seis del protocolo del notario Royran Arias Navarro, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Long Star Pacific Boutique S. A. por la cual se disuelve la misma.—San José, Pérez Zeledón, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Royran Arias Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012309942.—(IN2012071051).

Mediante escritura número dos-seis, otorgada ante esta notaría, a las 8:50 horas del 28 de junio del 2012, protocolicé acta número uno, de asamblea general extraordinaria de accionistas de Produlce El General Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Vanessa Rojas Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012309943.—(IN2012071052).

Que por escritura número 86, visible a folio 85 vuelto se modificó la cláusula primera, cambiando el nombre a Autotransportes Roseq S. A., las cláusulas quinta, sexta, y se nombró nuevo presidente, secretario y tesorero de la empresa denominada empresa D & H Importaciones S. A., cédula jurídica 3-101-608213, visible en el tomo 33 del protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la disolución de la empresa indicada.—Uvita de Osa, a las 8:00 horas del 2 de julio del 2012.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012309944.—(IN2012071053).

Que por escritura número 53, visible a folio 53 frente, se modificaron las cláusulas segunda, sexta del pacto social, se eliminó la cláusula tercera y nombró nuevo gerente, gerente financiero y gerente operativo, de empresa Garland Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica 3-102-402074. Visible en el tomo 20 del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas. Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, a las 9:00 horas del 2 de julio del año 2012.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012309945.—(IN2012071054).

Por escritura noventa y dos del tomo veintidós de mi protocolo, otorgada el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Fevarma S. A., mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad, no se nombró liquidador en razón de que no existen activos ni pasivos.—San Isidro de Pérez Zeledón, 28 de junio del 2012.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—RP2012309946.—(IN2012071055).

Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Línea Urbana Sociedad Anónima, en la que se aprueba su disolución.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Orlando Bermúdez Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012309949.—(IN2012071056).

Hoy he protocolizado acta número uno, de Finca Los Aguacates Sociedad Anónima. Donde se acuerda disolver la sociedad.—15 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—RP2012309950.—(IN2012071057).

Hoy he protocolizado acta número uno, de Finca de Higinio Sociedad Anónima. Donde se acuerda disolver la sociedad.—15 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—RP201230951.—(IN2012071058).

Por escritura de las 11:20 horas del 29 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de C.B. Península del Tesoro S. A., en la que por unanimidad de socios acuerdan disolver la sociedad, fundamentado en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Presidente: Carlos Umaña Altamirano.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012309952.—(IN2012071059).

Por escritura de las 11:10 horas del 29 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Waterfall Dreams S. A., en la que por unanimidad de socios acuerdan disolver la sociedad, fundamentado en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Presidente: Carlos Umaña Altamirano.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012309953.—(IN2012071060).

Por escritura de las 8:40 horas del 29 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Rescatando La Naturaleza Sin Fin S. A., en la que por unanimidad de socios acuerdan disolver la sociedad, fundamentado en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Presidente: Aquileo Alvarado Cascante.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012309954.—(IN2012071061).

Por escritura de las 11:30 horas del 29 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de C U LA Selva del Tesoro S. A., en la que por unanimidad de socios acuerdan disolver la sociedad, fundamentado en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Presidente: Carlos Umaña Altamirano.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012309955.—(IN2012071062).

Al ser las trece horas del veintiocho de junio del año en curso, se llevó asamblea extraordinaria de Facevar H.C Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos dieciocho mil ciento cuarenta. Estando la totalidad del capital social reunido y han acordado en disolver la sociedad, la misma no tiene ningún activo o pasivo que dividir. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Jenny Sandí Romero, Notaria.—1 vez.—RP2012309957.—(IN2012071063).

Por escritura pública número ciento cincuenta y dos-uno, del protocolo de la notaria Laura Ureña Ureña, al ser las diez horas del dos de julio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Cascante Elizondo S. A., en la cual se reforma la cláusula sétima de la administración y se nombra nueva secretaria.—San Isidro de El General, dos de julio del dos mil doce.—Lic. Laura Ureña Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012309960.—(IN2012071064).

Por escritura otorgada ante este notario, a las doce horas, veinte minutos del veintidós de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Emergencias Médicas del Viajero S. A..—Liberia, Guanacaste, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—RP2012309961.—(IN2012071065).

Por escritura otorgada ante este notario, a las doce horas, treinta minutos del veintidós de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Badipalm S. A.—Liberia, Guanacaste, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—RP2012309966.—(IN2012071066).

Por escritura otorgada ante este notario a las doce horas, diez minutos del veintidós de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Ambulancia Aérea A.P. S. A..—Liberia, Guanacaste, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—RP2012309963.—(IN2012071067).

Por escritura otorgada ante este notario a las doce horas del veintidós de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Marda de San José S. A..—Liberia, Guanacaste, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—RP2012309965.—(IN2012071068).

Por escritura otorgada ante esta notaría, protocolizo acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-617916 Sociedad Anónima. Cambio de junta directiva.—Pérez Zeledón, tres de julio del dos mil doce.—Lic. Olman Martínez Picado, Notario.—1 vez.—RP2012309966.—(IN2012071069).

La suscrita notaria hace constar que mediante escritura de las once horas del veinticinco de junio del dos mil doce, la totalidad de los socios acuerdan disolver y eximir del trámite de liquidación a la sociedad Importadora Sión S. A, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y cuatro mil setecientos veintisiete.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1 vez.—RP2012309972.—(IN2012071070).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 8:00 horas del 28 de junio del 2012, Olympia Central Sociedad, cédula jurídica 3-101-293846 reforma cláusula de la administración del pacto social.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—RP2012309973.—(IN2012071071).

Al ser las 15:00 horas del 28 de junio del 2012, en escritura número dieciocho, se constituye una sociedad anónima que se denominará Costa Rica After Dark Vip S. A. Se nombra como presidente al señor Daniel Jackson Chambers.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012309974.—(IN2012071072).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaría a las 14:00 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Fontana Finca Filial Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-656620 disolviendo y liquidando la compañía.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—RP2012309975.—(IN2012071073).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 12:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Finca El Clavel Rojo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-535973 disolviendo y liquidando la compañía.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—RP2012309975.—(IN2012071074).

Ante mí, Kattia Bermúdez Montenegro, notaria pública, escritura número once, folio ocho vuelto, tomo catorce, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Itellum Ltda. Se modifica la cláusula sétima.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012309977.—(IN2012071075).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 8:30 horas del 28 de junio del 2012, las señoras Sonia Monge Bastos y Ligia Monge Castro acuerdan disolver y liquidar a 3-101-615213 Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-615213.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—RP2012309978.—(IN2012071076).

Al ser las 12:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Fomento Inmobiliario Cesky Strakovic Púrpura S. A., Se modifican las cláusulas primera, segunda y sexta. Se nombra como presidena a la señora Ana Lucrecia Rojas Chavarría.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012309980.—(IN2012071077).

Por escritura autorizada en esta notaría el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la entidad Carga Internacional de Costa Rica S. A., por la cual se reformó la cláusula segunda del acta constitutiva y se nombró presidente y secretario por el resto del plazo social.—Heredia, 2 de julio del año 2012.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—1 vez.—RP2012309981.—(IN2012071078).

Al ser las 12 horas, 30 minutos del 27 de junio del dos mil doce, escritura número cinco del tomo catorce, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, comparecen los que componen el capital accionario de la sociedad Consultoría Half Price S. A. y de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio de Costa Rica, se acuerda disolver esta sociedad.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012309982.—(IN2012071079).

Al ser las 12 horas, 15 minutos del 27 de junio del dos mil doce, escritura número tres del tomo catorce, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, comparecen los que componen el capital accionario de la sociedad Tikttalia S. A. y de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio de Costa Rica, se acuerda disolver esta sociedad.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012309983.—(IN2012071080).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se protocolizó acta uno de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y seis mil novecientos treinta y cinco sociedad anónima, donde se modificó junta directiva. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 123 de las 9:00 horas del 29 de junio del 2012.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—RP2012309985.—(IN2012071081).

Ante esta notaría se solicitó la constitución de la sociedad H&H Business S. A. Capital: suscrito y pagado. Domicilio social: Dulce Nombre de Coronado. Escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del veintidós de junio del dos mi doce.—Lic. Giovanni Varela Dijeres, Notario.—1 vez.—RP2012309986.—(IN2012071082).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del veintiséis de junio del dos mil doce se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Kadosh H.C.V Distribuidora Litográfica S. A., en su domicilio social donde se acordó la disolución de la sociedad.—Santa Ana, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012309987.—(IN2012071083).

Ante mí notaría, Mónica Gago Brenes, mediante escritura número doscientos diez de mi tomo décimo, se protocolizó acta de la sociedad Brenes Sáenz B & S S. A.—Santa Ana, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012309988.—(IN2012071084).

Por escritura otorgada ante nosotros, el día de hoy, se constituyó la empresa Pars Mundial S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado, acciones comunes y nominativas. Plazo: 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Esteban Rodríguez López, Lic. José Milton Morales Ramírez, Notarios.—1 vez.—RP2012309989.—(IN2012071085).

Por escritura otorgada, ante nosotros el día de hoy, se constituyó la empresa Inversión Mundial S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas. Plazo: 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Esteban Rodríguez López, Lic. José Milton Morales Ramírez, Notarios.—1 vez.—RP2012309990.—(IN2012071086).

Por escritura otorgada, ante nosotros el día de hoy, se constituyó la empresa Exim Internacional S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas. Plazo: 99 años. Domicilio en Cartago. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Esteban Rodríguez López, Lic. José Milton Morales Ramírez, Notarios.—1 vez.—RP2012309991.—(IN2012071087).

Al ser las 13:00 horas del 27 de junio del dos mil doce, escritura número ocho del tomo catorce, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, comparecen los que componen el capital accionario de la sociedad Digital Consulting S. A., y de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio de Costa Rica, se acuerda disolver esta sociedad.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012309993.—(IN2012071088).

Al ser las 13 horas, 30 minutos del 27 de junio del dos mil doce, escritura número nueve del tomo catorce, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, comparecen los que componen el capital accionario de la sociedad Representaciones Cheroke Jeep Dos Mil Dos S. A. y de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio de Costa Rica, se acuerda disolver esta sociedad.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012309994.—(IN2012071089).

Al ser las 13 horas, 15 minutos del 27 de junio del dos mil doce, escritura número siete del tomo catorce, ante la notaría Kattia Bermúdez Montenegro, comparecen los que componen el capital accionario de la sociedad Inversiones Belén y Rivas S. A. y de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio de Costa Rica, se acuerda disolver esta sociedad.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012309995.—(IN2012071090).

Al ser las 15:00 horas del 27 de junio del dos mil doce, escritura número siete del tomo catorce, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, comparecen los que componen el capital accionario de la sociedad Mesegarit S. A. y de conformidad con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio de Costa Rica, se acuerda disolver esta sociedad.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—RP2012309997.—(IN2012071091).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Armadillo Engineering Services Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Capital social: veinte mil colones. Presidente: José Alfredo Hernández Agundis.—Lic. Elsa María Vásquez Calderón, Notaria.—1 vez.—RP2012309998.—(IN2012071092).

Por escritura otorgada, ante el notario público Farid José Ayales Bonilla, Ronald Steinvorth Berrocal y Ericka Pastrana Bermúdez, constituyen sociedad de responsabilidad limitada en la que se faculta al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional para que como denominación social de la sociedad establezca el número de cédula de persona jurídica, que le sea asignado al momento de su inscripción. La referencia a tal número deberá seguirse con el aditamento sociedad de responsabilidad limitada, el cual podrá abreviarse S.R.L.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Farid Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012310000.—(IN2012071093).

Por escritura número ciento cincuenta y ocho del tomo cinco del protocolo del suscrito notario, otorgada a las 10:00 horas del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general de Torreón Internacional S. A., en la cuál se acuerda disolver la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012310002.—(IN2012071094).

Habiéndose establecido el trámite de disolución y liquidación por acuerdo societario, de la empresa Distribuidora Familiar de San José Sociedad Anónima, empresa costarricense con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y siete mil ocho, con domicilio en San José, Curridabat, Pinares, de la Farmacia Fischel doscientos metros norte y ciento cincuenta metros este, celebrada a las siete horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) y 207 del Código de Comercio, se convoca a los posibles interesados para que se apersonen ante esta notaría, en San José, Barrio Escalante, calles 29 y 31, avenida 1, casa 2907, en caso de presentar oposición a estos trámites, en el plazo de los 30 días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.—1 vez.—RP2012310003.—(IN2012071095).

Habiéndose establecido el trámite de disolución y liquidación por acuerdo societario, de la empresa Corporación Trijota Sociedad Anónima, empresa costarricense con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y dos mil quinientos noventa y uno, con domicilio en San José, celebrada a las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, ante esta notaría, de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) y 207 del Código de Comercio, se convoca a los posibles interesados, para que se apersonen ante esta notaría, en San José, Barrio Escalante, calles 29 y 31, avenida 1, casa 2907, en caso de presentar oposición a estos trámites en el plazo de los 30 días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.—1 vez.—RP2012310005.—(IN2012071096).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las catorce horas con treinta minutos del día veintiocho de junio del año dos mil doce, la sociedad de esta plaza Berno Proquim Sociedad Anónima, acuerda su disolución.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.—1 vez.—RP2012310007.—(IN2012071097).

Por escritura número ciento cincuenta y siete, del tomo cinco del protocolo del suscrito notario, otorgada a las 9:00 horas del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general de Lupeca S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012310008.—(IN2012071098).

Por escritura número ciento cincuenta y tres bis del tomo cinco del protocolo del suscrito notario, otorgada a las 8:00 horas del veintisiete de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general de Roviglio S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012310010.—(IN2012071099).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce, ante mí notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Cano Jiménez Concesiones de Costa Rica S. A., se prorroga el plazo social.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2012310011.—(IN2012071100).

Por escritura número ciento cuarenta y seis, del tomo número nueve de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las trece horas del día dos de julio del año dos mil doce, se constituyó la compañía Consultores Talamanca Sociedad Anónima.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012310012.—(IN2012071101).

En asamblea general extraordinaria de socios de las 16:00 horas del día 25 de junio del dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada Inversiones Alimar Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-155897, acta protocolizada ante esta notaría.—Lic. Adriana Castro Vindas, Notaria.—1 vez.—RP2012310013.—(IN2012071102).

En asamblea general extraordinaria de socios de las 16:00 horas del día 26 de junio del dos mil doce, se declaró disuelta y liquidada la sociedad Corporación Montana Blu Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-317522, acta protocolizada ante esta notaría.—Lic. Carlos Luis Mellado Soto, Notario.—1 vez.—RP2012310014.—(IN2012071103).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las once horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Servicios de Dociencia Monge Casasola Limitada Sociedad Anónima, por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012310015.—(IN2012071104).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las doce horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad denominada Quick Solutions Sociedad Anónima, por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012310016.—(IN2012071105).

En mí notaría, al ser las diez horas del dos julio del año dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea donde se acuerda la disolución por mayoría votos de socios la sociedad Ángela Miller Internacional Sociedad Anónima, portadora de la cédula jurídica número tres-ciento uno-seis dos tres uno uno ocho Presidenta: Ángela Jiménez Castro.—San José, diez horas, cuarenta y cinco minutos del dos de julio del año dos mil doce.—Lic. Xinia Sibaja Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012310019.—(IN2012071106).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas, treinta minutos del ocho de junio del dos mil doce, se constituyó: conforme sea asignado de oficio por el Registro Público de Personas Jurídicas, de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, debiendo indicar las palabras sociedad anónima, representada por su presidenta: Martha Isela Gutiérrez Sánchez, pasaporte número G cero ocho seis cuatro tres siete siete ocho.—Ciudad Quesada, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012310024.—(IN2012071107).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del treinta de mayo del dos mil doce, protocolicé acta en la cual se acordó y solicitó la disolución de la sociedad denominada A & M Wood Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y ocho mil doscientos veintiséis, esto para cumplir con lo establecido en el artículo doscientos siete del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Jorge Arturo Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012310025.—(IN2012071108).

Ante esta notaría por medio de escritura número doscientos treinta y seis-quince, de las nueve horas, diez minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Arquitectura y Diseño Internacional VTMGCS Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y nueve mil doscientos noventa.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012310027.—(IN2012071109).

Ante esta notaría, por medio de escritura número doscientos treinta y cinco-quince, de las ocho horas, veinte minutos del día veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Inversiones Internacionales Colorado Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y siete mil trescientos setenta y tres.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012310028.—(IN2012071110).

Por escritura número cincuenta y cuatro otorgada, ante esta notaría a las diez horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de disolución de la sociedad Los Horcones de La Garita Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta mil ochocientos ochenta y siete.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012310029.—(IN2012071111).

Ante esta notaría, por medio de escritura número doscientos treinta y tres-quince, de las diez horas, cincuenta minutos del día veintiséis de junio del dos mil doce se acordó la disolución de la sociedad Verano Soleado Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y cinco mil setecientos noventa y nueve.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012310030.—(IN2012071112).

Que mediante acta número dos de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Caliticos Colón Sociedad Anónima, celebrada a las diez horas del día veintitrés de junio del dos mil doce, se acordó por mayoría de socios la disolución de la misma, de acuerdo al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Ciudad Colón, a las doce horas, treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Bustamante Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012310031.—(IN2012071113).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, en San José a las 10:00 horas del 2 de julio del 2012, se protocoliza acta de Nasoft de Costa Rica S. A., en la que se acuerda adicionar la cláusula décima tercera del pacto constitutivo.—Lic. Silvia Eugenia Dobles Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012310032.—(IN2012071114).

El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada ante mí a las once horas del día veintiséis de junio del año dos mil doce, en San José, se disolvió la sociedad denominada F G Centroamérica Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos catorce mil ciento sesenta y seis.—San José, once horas, cinco minutos del veintiséis de junio del año dos mil doce.—Lic. Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012310038.—(IN2012071115).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas del día veinticinco de junio del dos mil doce, procedí a la constitución de la sociedad Proyectos en Vidrio Arquitectónico Limitada.—San José, 25 de junio del 2012.—Dr. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012310042.—(IN2012071116).

En esta notaría, al ser las 16:00 horas del 2 de julio del 2012, se protocoliza acta número 4 de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Corporación Cacho y Barba S. A., en las que se otorga y confiere poder generalísimo sin límite de suma. Presidente: Víctor Marquis Aita.—Naranjo, 3 de julio del 2012.—Lic. Emilia María Pacheco Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012310043.—(IN2012071117).

En esta notaría, al ser las 15:20 horas del 2 de julio del 2012, se protocoliza acta número 1 de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de The Roses Enterprises S. A., en las que se otorga y confiere poder generalísimo sin límite de suma, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento al cargo de presidente y se hace nuevo nombramiento. Presidenta: Tania Mora Porras.—Naranjo, 3 de julio del 2012.—Lic. Emilia María Pacheco Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012310045.—(IN2012071118).

Por escritura pública otorgada, ante esta notaría el día de hoy, se ha protocolizado acta de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos treinta y nueve mil ochocientos ochenta y dos Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula primera del pacto social, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero.—San José, diecinueve horas del día dos de julio del dos mil doce.—Lic. Ana Virginia Madrigal Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012310047.—(IN2012071119).

Ante esta notaría, se procede a la disolución de la sociedad Mishpahat Mego Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil ciento setenta y siete, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público, bajo las citas tomo quinientos sesenta y nueve, asiento treinta y ocho mil seiscientos once, mediante escritura número ciento noventa y uno, de fecha veintiocho de junio del dos mil doce.—San José veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012310048.—(IN2012071120).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario en San José, a las 8:30 horas de hoy, he protocolizado el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Turtle Haven Sociedad Anónima, celebrada en San José a las 8:00 horas del 29 de junio del 2012, mediante la cual se acordó reformar la cláusula 7º del pacto social y nombrar nueva junta directiva.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—RP2012310049.—(IN2012071121).

Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios de STD Arias Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento quince mil doscientos sesenta y cuatro, a las dieciocho horas del primero de junio del dos mil doce, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó un único acuerdo que dice así: que por haber aumentado el capital social se acuerda modificar la cláusula: Tercera: Del capital social.—Alajuela, San Carlos, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2012310050.—(IN2012071122).

Ante esta notaría, mediante la escritura número doscientos treinta y seis-treinta y ocho, otorgada a las quince horas del dos de julio del dos mil doce, se constituye la sociedad cuyo nombre o denominación social es Campastilla Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012310051.—(IN2012071123).

Ante esta notaría, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Nova Ditex Costa Rica Sociedad Anónima, el día veinticinco de junio del dos mil doce, siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Carlos Antonio Arias Durán, ante el notario Rodrigo Garita López.—San Carlos, Alajuela, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López. Notario.—1 vez.—RP2012310052.—(IN2012071124).

Ante esta notaría, mediante la escritura número doscientos treinta y ocho-treinta y ocho, otorgada a las dieciséis horas del dos de julio del dos mil doce, se constituye la sociedad cuyo nombre o denominación social es Tigaraska Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 3 de julio del año 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012310053.—(IN2012071125).

Ante esta notaría, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Holding Diesel Arias Sociedad Anónima, a las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce, siendo su Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Carlos Antonio Arias Durán, ante el notario Rodrigo Garita López.—San Carlos, Alajuela, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2012310054.—(IN2012071126).

Ante esta notaría, mediante la escritura número doscientos treinta y siete-treinta y ocho, otorgada a las quince horas con treinta minutos del dos de julio del dos mil doce, se constituye la sociedad cuyo nombre o denominación social es Bailletlatour Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012310055.—(IN2012071127).

Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios de Compañía Maderera Río Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y tres mil quinientos treinta y siete, a las once horas del doce de noviembre del año dos mil diez, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó un único acuerdo que dice así: nombramiento nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—Alajuela, San Carlos, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2012310057.—(IN2012071128).

Condominio Los Itabos Filial Dos Litio S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y dos mil trescientos cuarenta y cuatro, domiciliada en Heredia, San Rafael, Santiago, Condominios Flor de Itabos, apartamento catorce-A, setecientos este del Ovsicori de la Universidad Nacional de Heredia, protocoliza acta: modifica domicilio social y fiscal; modifica administración; revoca nombramientos de junta directiva y fiscal; y nombra junta directiva, y nombra fiscal por el resto del plazo social. Escritura ochenta y siete-veintiuno del tomo número veintiuno, otorgada a las doce horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Lic. Ananías Matamoros Carvajal, Notarios.—1 vez.—RP2012310059.—(IN2012071129).

En escritura autorizada por la suscrita notaria, a las once horas del día veintinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de FK Educación Tecnológica Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—San José, dos de julio del dos mil doce.—Lic. Lucrecia Agüero Guier, Notaria.—1 vez.—RP2012310060.—(IN2012071130).

En escritura autorizada por la suscrita notaria, a las diez horas del día veintinueve de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas Lague del Este S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Lucrecia Agüero Guier, Notaria.—1 vez.—RP2012310061.—(IN2012071131).

Por escritura otorgada, ante el notario: Eric Quesada Arce, a las 16:00 horas del 25 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea de Inmobiliaria Don Paco Sociedad Anónima. Domiciliada en La Unión, Cartago. Representante con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma: María Virginia Conejo Víquez, presidenta.—Curridabat, 3 de julio del 2012.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—1 vez.—RP2012310062.—(IN2012071132).

Por escritura número sesenta y uno, de las siete horas, veinticinco minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se disuelve la sociedad Proyectos Eléctricos Industriales S. A.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012310063.—(IN2012071133).

Por escritura ante mí, de las 9:00 horas del 3 de julio del 2012, protocolicé acta de la sociedad denominada El Mago Internacional S. A., se acepta renuncia y se realiza nombramiento de presidente.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012310064.—(IN2012071134).

Mediante escritura otorgada, ante esta misma notaría, a las 15:00 horas del día 28 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Auto Pizza Express (AUPIZEXP) S. A., cédula jurídica 3-101-386830, en donde se cambia la junta directiva y se modifican las cláusulas segunda, octava y novena.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—RP2012310065.—(IN2012071135).

Ante esta notaría, mediante escritura pública número doscientos cinco-once, iniciada a folio ciento veintiséis frente del tomo onceavo de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Golden Bear Properties S. A.; donde se acordó su disolución.—Santa Cruz, Guanacaste.—Lic. Paulino Ugarte Bustos, Notario.—1 vez.—RP2012310066.—(IN2012071136).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, en San José a las 13:00 horas del 5 de junio del 2012, se protocoliza acta de Creaciones Satori S. A., en la que se acuerda la disolución de dicha sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 5 de junio del 2012.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—RP2012310067.—(IN2012071137).

Ante esta notaría, mediante escritura pública número ciento noventa-once iniciada al folio ciento catorce frente del tomo onceavo de mi protocolo; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Comercializadora Varmont de Nicoya Sociedad Anónima; mediante la cual se reformó el domicilio social y se nombró nueva junta directiva.—Santa Cruz, Guanacaste.—Lic. Paulino Ugarte Bustos, Notario.—1 vez.—RP2012310068.—(IN2012071138).

Que en mí notaría, mediante escritura número ciento diecinueve visible al folio ciento treinta y cinco frente del tomo ciento cuarenta y uno de mi protocolo, se conviene disolver la sociedad denominada Transportes Arque Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-ciento dos mil ciento cincuenta y dos; domiciliada en San Ramón de Alajuela, cincuenta metros norte del costado este del Mercado Municipal, otorgada el veinticinco de junio del dos mil doce, y debidamente firmada por los socios.—San Ramón de Alajuela, 25 de junio del 2012.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.—RP2012310071.—(IN2012071139).

Por medio de escritura número 8-110, otorgada a las 12:00 horas del día 27 de junio del año 2012, se protocolizó acta de la sociedad Ankilos S. A., por medio de la cual se acordó la disolución de la empresa.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012310075.—(IN2012071140).

La compañía Inmobiliaria Ochomogo B C Once S. A., avisa que ha aumentado su capital a la suma de ¢4.500.000 (cuatro millones quinientos mil colones). Por escritura otorgada en San José el 20 de junio del 2012, visible al folio 78-f del protocolo de la notaria Azuola Castro.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Monique Azuola Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012310076.—(IN2012071141).

Mediante escritura número 84-1, folio 64 frente y vuelto, tomo 1 del protocolo del suscrito notario, otorgada en San José, a las 7 horas, 30 minutos del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Endeavor M & S S. A., cédula jurídica 3-101-523188.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Eduardo Alvarado Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012310077.—(IN2012071142).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizaron acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de Agroindustrial Coquiva S. A., mediante los cuales se acuerda su liquidación.—Santa Ana, 26 de junio del 2012.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—RP2012310078.—(IN2012071143).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de Beneficiadora San Miguel S. A., mediante los cuales se reforma la cláusula sexta del pacto social.—Santa Ana, 2 de julio del 2012.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—RP2012310079.—(IN2012071144).

Por escritura otorgada, en mí protocolo, a las 13:30 horas del 27 de junio del 2012, se protocolizan acuerdos de asamblea de socios de Plem S. A., por los cuales se acuerda por unanimidad su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alexánder Chacón Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012310082.—(IN2012071145).

Por escritura otorgada, en mí protocolo, a las 13:45 horas del 27 de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea de socios de Condofatitos S. A., por los cuales se acuerda por unanimidad su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alexánder Chacón Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012310083.—(IN2012071146).

Por escrituras otorgadas, ante mí notaría, se protocolizó las actas de asamblea general extraordinaria de socios, celebradas en su respectivo domicilio social, de disolución y liquidación de las siguientes sociedades: Soluciones Diversas en Informática Contables Sociedad Anónima; Orejas y Chanchos O Y C Sociedad Anónima y Gaviota de La Montaña Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Andrés Carrillo Rosales, Notario.—1 vez.—RP2012310084.—(IN2012071147).

Por escritura otorgada, en mí protocolo, a las trece horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de la totalidad de socios de Centro Internacional de Negocios I T C S. A., por los cuales se acuerda por unanimidad su disolución.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alexánder Chacón Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012310085.—(IN2012071148).

Por escritura otorgada, en mí protocolo, a las trece horas, quince minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea de socios de Sequeira & Asociados S. A., por los cuales se acuerda por unanimidad su disolución.—San José 27 de junio del 2012.—Lic. Alexánder Chacón Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012310086.—(IN2012071149).

Por escritura otorgada, en mí protocolo, a las 15:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocolizan acuerdos de asamblea de socios de Diseños Ergonómicos S. A., por los cuales se modifica el plazo social.—San José 27 de junio del 2012.—Lic. William Sequeira Solís, Notario.—1 vez.—RP2012310087.—(IN2012071150).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el 25 de junio del 2012, se acuerda disolución de la sociedad Inversiones L & H del Pacifico Central Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-uno seis cinco seis dos tres.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Jenaro Sánchez Arias, Notario.—1 vez.—RP2012310089.—(IN2012071151).

Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, el 27 de junio del 2012, se acuerda disolución de la sociedad Sun Ling Chinese Trade Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-dos siete uno seis siete seis.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Luis Chen Mok, Notario.—1 vez.—RP2012310090.—(IN2012071152).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones Salsolaceo Saltarín S H P Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y un mil quinientos setenta y uno, celebrada en su domicilio social, a las diez horas del veinticinco de junio del dos mil doce, por unanimidad se acuerda la disolución de la misma.—Puntarenas, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Zúñiga Guillén, Notario.—1 vez.—RP2012310091.—(IN2012071153).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada El Canario Rojo de Manzanillo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y tres mil doscientos quince, celebrada en su domicilio social a las diez horas del treinta de marzo del dos mil doce, por unanimidad se acuerda la disolución de la misma.—Puntarenas, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Zúñiga Guillén, Notario.—1 vez.—RP2012310092.—(IN2012071154).

En asamblea general extraordinaria de accionistas de Finale Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y cuatro mil trescientos sesenta y siete, domiciliada en San José, al ser las dieciséis horas del veintinueve de junio del dos mil doce, se acuerda la disolución de dicha entidad, todo conforme a la Ley de Impuestos de Personas Jurídicas número nueve mil veinticuatro, artículo catorce. Escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Kattia Gamboa Víquez, Notaria.—1 vez.—RP2012310094.—(IN2012071155).

Por escritura otorgada, ante mí notaría, protocolizo acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Compañía Aguilar Vásquez S. A., mediante la que se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo, para acortar el plazo social.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012310095.—(IN2012071156).

Por medio de escritura número doscientos cincuenta y seis, otorgada a las 11:00 horas del 26 de junio del 2012, ante esta notaría, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Lubricentro J y M de Orotina S. A.—Orotina, 26 de junio del 2012.—Lic. Thais Melissa Hernández Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012310096.—(IN2012071157).

Habiéndose establecido el trámite de disolución y liquidación por acuerdo societario, de la empresa Juegos Avanzados K.R. Sociedad Anónima, empresa costarricense con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-tres cuatro siete nueve dos cero, con domicilio en San José Centro, avenida seis, calles cuatro y seis, sea de la Prensa Libre cien metros sur y veinticinco al oeste, celebrada en San José al ser las nueve horas del día veintiocho de junio del año dos mil doce, ante esta notaría, de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) y doscientos siete del Código de Comercio y ciento veintinueve del Código Notarial, se convoca a los posibles interesados para que se apersonen ante esta notaría, en San José, Barrio Francisco Peralta, doscientos este y cincuenta sur de la Casa Italia, casa ochocientos treinta y siete, en caso de presentar oposición a este trámite, en el plazo de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1 vez.—RP2012310099.—(IN2012071158).

Habiéndose establecido el trámite de disolución y liquidación por acuerdo societario de la empresa Video Juegos Coqui Sociedad Anónima, empresa costarricense con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco cinco siete uno seis nueve, con domicilio en San José Centro, de la Prensa Libre, cien metros sur, celebrada en San José al ser las diez horas del veintinueve de junio del dos mil doce, ante esta notaría de conformidad con lo dispuesto en el articulo doscientos uno, inciso d) y doscientos siete del Código de Comercio y ciento veintinueve del Código Notarial, se convoca a los posibles interesados para que se apersonen ante esta notaría en San José, Barrio Francisco Peralta, doscientos este y cincuenta sur de la Casa Italia, casa ochocientos treinta y siete, en caso de presentar oposición a este trámite en el plazo de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1 vez.—RP2012310100.—(IN2012071159).

Por escritura número noventa y cinco-diez, otorgada ante la suscrita notaría, a las trece horas del veintidós de junio del dos mil doce, se disuelve la sociedad Publiplasma R y C S. A., cédula jurídica 3-101-413410.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María del Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012310102.—(IN2012071160).

Ante esta notaría por escritura otorgada ante mí, a las 9:30 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Best Advanced Solutions Bascr S. A., con cédula jurídica número 3-101-589759, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012310103.—(IN2012071161).

Mediante escritura de las 16:00 horas del 2 de julio del 2012, protocolicé asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Green & Purple Developments Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-521111, donde: (i) Se reforma la cláusula segunda del domicilio social.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012310104.—(IN2012071162).

Ante esta notaría por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Sky Solutions Costa Rica S. A., con cédula jurídica número 3-101-575195, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Alonso Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012310106.—(IN2012071163).

Por escritura otorgada ante mí a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, la empresa Feyba Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero noventa y un mil cuatrocientos sesenta y siete, solicitan disolución de sociedad. Presidente: Mario Enrique Fernández Urpí y secretaria: Lina María Barrantes Pacheco.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—RP2012310107.—(IN2012071164).

Por escritura número ciento dieciocho se constituye la sociedad denominada Servicios de Seguridad Nubo Sociedad Anónima. Presidente: Omar Antonio Núñez Monge. Capital social: veinte mil colones. Domicilio: Alajuelita.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—RP2012310108.—(IN2012071165).

Ante esta notaría por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Mar de Piedra S. A., con cédula jurídica número 3-101-151893, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—RP2012310109.—(IN2012071166).

Ante esta notaría por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Sunset Shangri-La Limitada, con cédula jurídica número 3-102-569800, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—Lic. Manrique Rojas Ibarra Notario.—1 vez.—RP2012310110.—(IN2012071167).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas con treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, la empresa Ilas Inversiones e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y dos mil setecientos cincuenta y tres, solicita disolución de sociedad. Presidenta: Iris Lourdes Arroyo Sánchez.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—RP2012310111.—(IN2012071168).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con diez minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, la empresa Constructora Cruz y Herrera Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos siete mil veintitrés, solicita disolución de sociedad. Presidenta: Yenory Andrea Cruz Fernández.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—RP2012310112.—(IN2012071169).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del 27 de junio del 2012, la empresa Servicios de Vigilancia Goyro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y ocho mil cuatrocientos ochenta, solicita disolución de sociedad. Presidente: Marco Antonio González Rojas.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012310113.—(IN2012071170).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, la empresa Corporación La Rebeca del Valle Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa mil dieciséis, solicita disolución de sociedad. Presidente: Mario Enrique Fernández Urpí y secretaria: Lina María Barrantes Pacheco.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—RP2012310114.—(IN2012071171).

Por escritura otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de la asamblea general de cuotistas de la sociedad Los Sueños del Pacífico Central S.P.C. Limitada, se acordó reformar el domicilio, la administración y nombrar nuevo gerente. Es todo.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2012310115.—(IN2012071172).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, la empresa Vericafé Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y cuatro mil seiscientos dieciséis, solicitan disolución de sociedad. Presidente: Mario Enrique Fernández Urpí y secretaria: Lina María Barrantes Pacheco.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—RP2012310116.—(IN2012071173).

Ante esta notaría mediante escritura número 163-1, se constituyó la sociedad Rister Sociedad Anónima, con domicilio en San Pedro de Montes de Oca, cuya representación recaerá en el señor Luis Mariano Calvo Jiménez, cédula de identidad 1-1335-0275. Es todo.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Diego José Mata Morales, Notario.—1 vez.—RP2012310118.—(IN2012071174).

Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria del 25 de junio del 2012 de Corporación Astuviva Sociedad Anónima, en donde se procedió a reformar cláusula sexta.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—RP2012310119.—(IN2012071175).

Por escritura número noventa y seis-cuarenta y nueve, otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas del veintinueve de junio del dos mil doce, se constituye sociedad denominada Asomo de Los Árboles Sociedad Anónima, tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Gastón Ulett Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012310120.—(IN2012071176).

Por escritura pública otorgada ante mí notaría, a las 16:30 horas del 25 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Letagui Previsiones para El Futuro Sociedad Anónima, se acuerda la disolución definitiva de esta sociedad.—Ciudad Colón, Mora, a las 17:00 horas del 25 de junio del 2012.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—RP2012310121.—(IN2012071177).

De conformidad con los artículos 201, inciso a) y 207 del Código de Comercio, los efectos de la Ley Nº 9024, se da aviso al público en general y por el término de ley, se solicitará ante el Registro Mercantil la disolución de Multiservicios Montes de Oca “MMO” S. A., cédula jurídica 3-101-548270.—26 de junio del 2012.—Lic. Roberto Enrique Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2012310122.—(IN2012071178).

De conformidad con los artículos 201, inciso a) y 207 Código de Comercio, los efectos de la Ley Nº 9024, se da aviso al público en general y por el término de ley se solicitará ante el Registro Mercantil la disolución de Nice Bulding Company S. A., cédula jurídica 3-101-447676.—26 de junio del 2012.—Lic. Roberto Enrique Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2012310123.—(IN2012071179).

De conformidad con los artículos 201, inciso a) y 207 Código de Comercio, los efectos de la Ley Nº 9024, se da aviso al público en general y por el término de ley se solicitará ante el Registro Mercantil la disolución de Posada Real Casa Amón S. A., cédula jurídica 3-101-376243.—26 de junio del 2012.—Lic. Roberto Enrique Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2012310124.—(IN2012071180).

Por escritura número seis, de las ocho horas del dos de julio del dos mil doce, Ronald Elizondo Campos, Paola María Lucci Venturini, Caterina y Silvia ambas de apellidos Elizondo Lucci, constituyen la sociedad anónima denominada Scandiana Sociedad Anónima. Presidente: Ronald Elizondo Campos.—Lic. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1 vez.—RP2012310125.—(IN2012071181).

De conformidad con los artículos 201, inciso a) y 207 Código de Comercio, los efectos de la Ley Nº 9024, se da aviso al público en general y por el término de ley se solicitará ante el Registro Mercantil la disolución de Maquinaria y Servicios Especializados Dos Mil Ocho S. A., cédula jurídica 3-101-548870.—26 de junio del 2012.—Lic. Roberto Enrique Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2012310126.—(IN2012071182).

Por escritura otorgada ante mí, Ilse González Menéndez, constituyó Alvesheim Sociedad Anónima, abreviada a su aditamento S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Representación legal ejerciendo su presidente: Evgeny Dyachenko.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Ilse María González Menéndez, Notaria.—1 vez.—RP2012310128.—(IN2012071183).

Mediante escritura número ciento veintitrés-tres, otorgada a las catorce horas del veintiséis de junio del dos mil doce, procedí a protocolizar en lo conducente el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Jorva de Santa Ana Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-166838, en la cual se tomó el acuerdo de disolución de sociedad, a partir del 26 de mayo del 2012, de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio y en vista de que la misma no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza, se prescinde del nombramiento del liquidador y demás trámites de liquidación. Presidente: Jorge Luis Vargas León.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Virginia Marín Badilla, Notaria.—1 vez.—RP2012310130.—(IN2012071184).

Mediante la escritura número veintiocho, del tomo veintiséis, otorgada ante mí, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de socios de Villas Summer Waltz S. A. y Desarrollos Corporativos Bahía Sonriente S. A., mediante el cual ambas sociedades acuerdan fusionarse entre sí, prevaleciendo Villas Summer Waltz S. A. De acuerdo con el artículo doscientos veintiuno del Código de Comercio, se transcribe un extracto de la escritura de fusión: la sociedad supérstite será Villas Summer Waltz S. A., de igual forma se modifica todo el pacto social, se da el nombramiento de nueva junta directiva, fiscal y agente residente. De acuerdo con el artículo doscientos veinticuatro del Código de Comercio conexos y concordantes con el artículo doscientos veinte del mismo código, los derechos y obligaciones de las sociedades constituyentes serán asumidos de pleno derecho por la sociedad que prevalece a saber: Villas Summer Waltz S. A., en el momento en que llegue a concretarse la fusión.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012310131.—(IN2012071185).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las trece horas con cuarenta y cinco minutos del veintiuno de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de Quinta Mi Mejor Amigo de Costa Rica Limitada, por medio de la cual se modifican las cláusulas primera, quinta, sexta y sétima del pacto social, se revoca el nombramiento del gerente uno y gerente dos de la compañía y se nombra nuevo gerente de la compañía.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012310132.—(IN2012071186).

Por medio de la escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas, treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se celebró asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Jomiar del General JMA Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la disolución de la empresa. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. María Catalina Garro Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012310134.—(IN2012071187).

La suscrita notaría pública hace constar que por acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Asru JP Sociedad Anónima, celebrada a las quince horas del ocho de junio del dos mil doce y protocolizada en esta notaría el dos de julio del dos mil doce, se modifica la cláusula primera para que se llame Inversiones Valcha Julián Sociedad Anónima y la sexta de la administración, se revocan nombramientos y se nombra presidenta a la señora Roxana Chávez Villareal.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012310135.—(IN2012071188).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada A.L.S. Compañía Constructora Cacao del Valle Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la disolución de la empresa. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—RP2012310137.—(IN2012071189).

Por escritura número dieciocho se constituyó la sociedad anónima denominada L Angolo DEI Desideri Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente y secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, veintiséis de junio del dos mil once.—Lic. Gerardo Calderón León, Notario.—1 vez.—RP2012310138.—(IN2012071190).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del dos de julio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de tres-ciento uno-quinientos dieciocho mil cuarenta y cuatro sociedad anónima, donde se reforman las cláusulas quinta y octava de los estatutos.—Cartago, dos de julio del dos mil doce.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—RP2012310140.—(IN2012071191).

Por escritura otorgada ante este notario, a las doce horas del dos de julio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Inversiones Las Montañas de Mi Pueblo LLC Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas octava y décima del pacto social.—San José, dos de julio del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012310141.—(IN2012071192).

Por escritura número ciento treinta y uno, las señoras María Quijano Barrantes y Karla Meléndez Vargas, solicitan la disolución de Cozen Solutions S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-543639.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Arturo Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012310142.—(IN2012071193).

Por escritura número ciento treinta y cinco, se protocolizó acta número nueve de disolución de la empresa Los Bosques Altos de Orosol S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-332155.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Arturo Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—RP2012310143.—(IN2012071194).

Por escritura otorgada por mí, al ser las nueve horas del tres de julio del dos mil doce, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento uno-quinientos noventa y ocho mil seiscientos noventa y tres sociedad anónima, se modifica la cláusula de administración de la compañía.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. Daniel Guillén Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012310144.—(IN2012071195).

Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las 15:00 horas del 18 de junio del 2012, María del Carmen Araya Saborío, cédula 2-203-030, en su condición de única accionista de la sociedad Baraya Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-20667, solicita la disolución de esta sociedad en sede notarial, de conformidad con la ley número nueve mil veinticuatro del veintisiete de diciembre del dos mil once. Se hace esta publicación para los efectos de artículo 207 del Código de Comercio.—Lic. Guillermo Cornejo Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012310146.—(IN2012071196).

Por escritura otorgada ante mí en San José, a las 11:00 horas del 19 de junio del 2012, Gabriela Andrea Quesada Segura, cédula 1-942-913, en su condición de única accionista de la sociedad Inversiones Meija Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-162601, solicita la disolución de esta sociedad en sede notarial, de conformidad con la ley número nueve mil veinticuatro del veintisiete de diciembre del dos mil once. Se hace esta publicación para los efectos de artículo 207 del Código de Comercio.—Lic. Guillermo Cornejo Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012310147.—(IN2012071197).

Por escritura otorgada ante mí en San José, a las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce, Danilo Gerardo, cédula 1-545-264 y Ethel Geovanna, cédula número 1-453-055 ambos Huertas Baltodano, en su condición de únicos accionistas de la sociedad Huertas Baltodano Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-359621, solicita la disolución de esta sociedad en sede notarial, de conformidad con la ley número nueve mil veinticuatro del veintisiete de diciembre del dos mil once. Se hace esta publicación para los efectos de artículo 207 del Código de Comercio.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—RP2012310148.—(IN2012071198).

Por escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizó acta de disolución de Jewel of The Lake Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio. Notarios: Marianella Coto Porras y Franklin Morera Sibaja.—Lic. Marianella Coto Porras, Notaria.—1 vez.—RP2012310149.—(IN2012071199).

Por escritura otorgada en San José, a las 13:00 horas del 26 de junio del 2012, se protocolizó acta de disolución de Intermontama de Plata Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio. Notarios: Marianella Coto Porras y Franklin Morera Sibaja.—Lic. Marianella Coto Porras, Notaria.—1 vez.—RP2012310150.—(IN2012071200).

Por escritura otorgada en San José, a las 12:30 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de disolución de Alfabetos y Diseños Gráficos de Centroamérica (ALDISA) Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012310151.—(IN2012071201).

Ante esta notaría mediante la escritura número ciento once, de las nueve horas del 3 de julio del 2012, del tomo dos de mí protocolo, se protocolizó asambleas de socios de Guadual Transparente Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-305849, que modifica las cláusulas primera, segunda y novena del pacto constitutivo. Es todo.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—RP2012310152.—(IN2012071202).

Por escritura otorgada en San José, a las 12:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de disolución de Vigilante Marine Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012310153.—(IN2012071203).

Ante esta notaría, mediante la escritura número ciento diez, de las ocho horas y quince minutos del 3 de julio del 2012 del tomo dos de mi protocolo, se protocolizó asambleas de socios de Mano de Obra Profesional a Su Alcance Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-443016, que modifica las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo. Es todo.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—RP2012310154.—(IN2012071204).

Ante esta notaría mediante la escritura número ciento nueve, de las ocho horas del 3 de julio del 2012 del tomo dos de mi protocolo, se protocolizó asambleas de socios de Representaciones Artísticas Mayfa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-419765, que modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo. Es todo.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—RP2012310155.—(IN2012071205).

Por escritura otorgada en San José, a las 11:30 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de disolución de Inversiones Simi Centroamericana Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012310156.—(IN2012071206).

Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de disolución de Badhersfeld Tres Limitada, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012310157.—(IN2012071207).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el 2 de julio del 2012, se acuerda reformar la cláusula de administración de la sociedad Informatech CRC Ltda.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012310159.—(IN2012071208).

Ante esta notaría se constituyó, la sociedad anónima denominada QuéChiripa.com Sociedad Anónima, mediante escritura número treinta y cinco.—Lic. Mayra Lucía Chaves Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012310160.—(IN2012071209).

Al ser las 10:00 horas del 26 de junio del 2012, se constituye Agroverduras del Pacífico G Y C S. R. L. Gerente: Carmen Solano Solano.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012310161.—(IN2012071210).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las nueve horas del ocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de Corporación Rey y Méndez S. A., en la que se acuerda la disolución de dicha sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Gabriela Vargas Rounda, Notaria.—1 vez.—RP2012310162.—(IN2012071211).

Al ser las 15:00 horas del 25 de junio del 2012, el señor Sergio Valverde Segura socio dueño de la totalidad del capital social de la compañía Carmiol Valverde y Weeb Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y un mil setecientos treinta y uno, comparece ante esta notaría a disolver la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Gabriela Vargas Rounda, Notaria.—1 vez.—RP2012310163.—(IN2012071212).

Al ser las 15:30 horas del 25 de junio del 2012, las señoras Ana Lorena, Marcela y Gloriana todas Fernández Bejarano, socias dueñas de la totalidad del capital social de la compañía Barquito de Papel Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y tres mil noventa y uno, comparecen ante esta notaría a disolver por acuerdo unánime la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Gabriela Vargas Rounda, Notaria.—1 vez.—RP2012310164.—(IN2012071213).

Al ser las 16:00 horas del 25 de junio del 2012, el señor Sergio Valverde Segura, socio dueño de la totalidad del capital social de la compañía Corporación Reburg Internancional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y siete mil trescientos cincuenta y nueve, comparece ante esta notaría a disolver la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Gabriela Vargas Rounda, Notaria.—1 vez.—RP2012310165.—(IN2012071214).

Por escritura otorgada ante mí, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Ángel Tour Transportation Sociedad Anónima, mediante la que se modifica la cláusula octava y la décima cuarta de la representación legal y la junta directiva y se realizan nuevos nombramientos de la junta directiva y se nombró un nuevo representante. Escritura otorgada en ciudad de Palmares, a las dieciocho horas del dos de junio del dos mil doce.—Lic. Erwen Masís Castro, Notario.—1 vez.—RP2012310166.—(IN2012071215).

Por escritura otorgada ante mí, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Palito Palito El Lago Sociedad Anónima, mediante la que se modifica la cláusula octava y la décima cuarta de la representación legal y la junta directiva y se realizan nuevos nombramientos de la junta directiva y se nombró un nuevo representante legal. Escritura otorgada en ciudad de Palmares, a las quince horas del dos de julio del dos mil doce.—Lic. Erwen Masís Castro, Notario.—1 vez.—RP2012310167.—(IN2012071216).

Los socios José Andrés Fletes Almanza y Flor María Guido Morales, convienen en disolver y cancelar los asientos registrales de la entidad Agroindustrial Asfli Sociedad Anónima. Es todo.—Cariari, Pococí, al ser las once horas, quince minutos del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Alexis Barillas Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012310168.—(IN2012071217).

Por escritura pública número treinta-dieciocho, otorgada a las ocho horas del veinticinco de junio del año en curso, se protocoliza acta de disolución y liquidación de la entidad Invierta, Asesoría Bursátil y Finanzas S. A.—Cartago, 26 de junio del 2012.—Lic. Francisco José Castro Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012310169.—(IN2012071218).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 19:00 horas del 29 de junio del 2012, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Fambarca Sociedad Anónima. La presidenta: Isabel Cristina Barrientos Calvo. Plazo: 99 años. Domiciliada en la ciudad de Heredia del 29 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2012310170.—(IN2012071219).

Por escritura noventa y ocho del veintisiete de junio se procede a la disolución de Gein Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-noventa y cuatro mil trescientos sesenta y siete, realizada ante esta notaría.—Lic. Lizeth Mata Serrano, Notaria.—1 vez.—RP2012310171.—(IN2012071220).

Por escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de disolución de Espíritu de San Luis Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012310173.—(IN2012071221).

Por escritura otorgada en San José, a las 10:30 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de disolución de Bafang del Plata Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012310174.—(IN2012071222).

Por escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de disolución de C E M Consultores y Constructores Asociados Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012310175.—(IN2012071223).

Mediante la escritura número 179-6, autorizada en mí notaría al ser las 14:00 horas del 2 de julio del 2012, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Consorcio LM de Chinchilla Sociedad Anónima, en la cual reforma el pacto constitutivo, se nombra secretaria y se cambia domicilio social.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—RP2012310176.—(IN2012071224).

Por escritura otorgada en San José, a las 9:30 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de disolución de Slice of Heaven LLC Limitada, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012310177.—(IN2012071225).

Por escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de disolución de Meazo Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012310178.—(IN2012071226).

Mediante la escritura número 178-6, autorizada en mí notaría al ser las 13:30 horas del 2 de julio del 2012, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Bosques Dorados de Morúa Sociedad Anónima, en la cual reforma el pacto constitutivo y se nombra secretaria.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—RP2012310179.—(IN2012071227).

Mediante la escritura número 177-6, autorizada en mí notaría al ser las 13:00 horas del 2 de julio del 2012, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad Global MOV Comercial Sociedad Anónima, en la cual reforma el pacto constitutivo y se nombra secretaria.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—RP2012310180.—(IN2012071228).

Protocolización de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Salud Ocupacional Insotec Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinticinco mil quinientos cincuenta y siete, en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Brizza Mena Segura, Notaria.—1 vez.—RP2012310181.—(IN2012071229).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Asesoría Berba Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012310183.—(IN2012071230).

Por escritura otorgada ante los notarios Federico Martén Sancho y Marcela Vargas Madrigal, a las 16:00 horas del 27 de junio del 2012, se procedió a disolver la sociedad Servicios Profesionales Automotrices Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y dos mil cuatrocientos setenta.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012310184.—(IN2012071231).

Por escritura otorgada ante los notarios Gonzalo Fallas y Marcela Vargas Madrigal, a las 8:00 horas del 21 de junio del 2012, se procedió a disolver la sociedad Escuela de Equitación de San Rafael Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil trescientos setenta.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012310185.—(IN2012071232).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito, a las diez horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Bayelsa Urhobo Sociedad Anónima mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas primera y segunda del pacto social, se revocan los nombramientos de la junta directiva y se nombran sustitutos.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Jaime Amador Hasbun, Notario.—1 vez.—RP2012310186.—(IN2012071233).

Por escritura otorgada ante mí a las 11:00 horas del 27 de junio del 2012, se constituye la empresa La Managuita del Norte S. A.—Lic. Ronald Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012310187.—(IN2012071234).

NOTIFICACIONES

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE

ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La Junta Directiva General en su sesión Nº 28-11/12-G.E., de fecha 22 de mayo de 2012, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 16, de la sesión Nº 09-11/12-G.E., debido a que según oficio 287-2012-TH  del Departamento de Tribunales de Honor, no fue posible notificar al Ing. Guillermo Rivas Aguilar (IT-18059), en el expediente Nº 043-11:

La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión Nº 09-11/12-G.E. de fecha 17 de enero de 2012, acordó lo siguiente:

“Acuerdo 16:

a.  Se aprueba lo recomendado por la Instructora de Régimen Disciplinario y en consecuencia, se instaura un Tribunal de Honor en el expediente Nº 43-11 de denuncia interpuesta por el Sr. Manuel Ugarte Soto, en contra del Ing. Guillermo Rivas Aguilar (IT-18059), con el fin de llegar a la verdad real de los hechos, según oficio Nº 2925-2011-DRD.

“HECHOS:

En fecha 11 de febrero de 2011, el Sr. Manuel Ugarte Soto, presenta denuncia en contra del Ing. Guillermo Rivas Aguilar, indicando lo siguiente: (folio 01)

-    Que contrató los servicios del profesional denunciado para obtener un plano catastrado de un terreno de su propiedad, pagándole la suma de ¢90.000,00 y que no ha obtenido resultados desde el 10 de marzo de 2010.

-    El denunciante aporta copia de la factura Nº 138471 en la que se anota que se abonó un monto de ¢45.000,00 quedando un saldo del mismo monto. (Folio 3)

Este caso también fue trasladado a la Unidad de Asesoría Especializada del Colegio Federado, pero según oficio n.° UAE-050-2011 de dicha Unidad, fue imposible localizar al Ing. Rivas Aguilar, a pesar de haberlo intentado en varias ocasiones. (Folio 05)

ANÁLISIS DE LOS DESCARGOS

A pesar de que el Ing. Rivas Aguilar, fue notificado de la denuncia en su contra mediante el oficio Nº 0911-2011-DRD, por medio del Diario Oficial La Gaceta, en publicaciones del 26, 27 y 30 de mayo de 2011, el mismo no presentó sus pruebas de descargo.

RECOMENDACIÓN DE LA INSTRUCTORA  DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO

En virtud de la prueba documental a la vista del expediente y del análisis realizado a la misma, la Instructora del Régimen Disciplinario, recomienda a la estimable Junta Directiva General del Colegio Federado, instaurar un tribunal de honor para el Ing. Guillermo Rivas Aguilar, IT-18059.

FUNDAMENTO:

Con base en el análisis de los documentos que acompañan la denuncia interpuesta por el Sr. Manuel Ugarte Soto, y con base en la investigación realizada, se tiene que los hechos objeto de este informe, se refieren a presuntas responsabilidades del investigado en el ámbito ético de su ejercicio profesional, por cuanto:

Según consta en la base de datos del Departamento de Registro del Colegio Federado, el Ing. Guillermo Rivas Aguilar, IT-18059, es miembro de este Colegio desde el 02/05/2007. A la fecha, no ha sido sancionado disciplinariamente por violación al Código de Ética de este Colegio, sin embargo, se encuentra en condición de separado a partir del 05/10/2011 según acuerdo 17, sesión Nº 41-10/11-G.O. de 09/08/2011, la inhabilitación rige a partir de la publicación en La Gaceta y en un diario de circulación nacional, las cuales se realizaron en las siguientes fechas: La Gaceta Nº 185 del 27/09/2011 y en el periodo al día el 04/10/2011. (Folio 18).

-    Según la denuncia presentada, el Ing. Rivas Aguilar fue contratado por el Sr. Ugarte Soto para obtener un plano catastrado de un terreno de su propiedad, pagándole la suma de ¢90.000,00, sin embargo señala el denunciante que no ha obtenido resultados desde el 10 de marzo de 2010, fecha en la que le canceló el monto mencionado. (Folio 03)

-    A pesar de que el Ing. Rivas Aguilar, fue notificado de la denuncia en su contra mediante el oficio n.° 0911-2011-DRD, por medio del Diario Oficial La Gaceta, en publicaciones del 26, 27 y 30 de mayo de 2011, el mismo no presentó sus pruebas de descargo.

-    Al analizar la documentación que consta en el expediente, se observa que desde la fecha de pago al profesional, hasta la presentación de la denuncia ha transcurrido un plazo de 11 meses, lo cual se considera desmedido para el servicio contratado, a menos que medien circunstancias extremadamente especiales, lo cual en ningún momento fue aclarado por el profesional investigado.

-    Por otro lado, el asesor externo del Departamento Régimen Disciplinario investiga en el Catastro Nacional y obtiene únicamente dos planos catastrados a nombre del Sr. Manuel Ugarte Soto, el  G-1484880-2011 (folio 19), realizado por el TA. Allister Soto Barquero y el G-548461-84 (folio 20) realizado por el Ing. Édgar Huertas Agüero, de lo cual se desprende en primer lugar, que ninguno de los planos mencionados fue realizado por el profesional investigado, incluso uno de ellos (G-548461-84), fue elaborado muchos años antes de la contratación realizada al denunciado, por lo cual se podría presumir que el Ing. Guillermo Rivas Aguilar habría recibido dinero de su cliente para ejecutar un trabajo que finalmente no realizó, con lo cual no habría sido leal ni habría dado su máximo esfuerzo para brindar un trabajo de excelencia a su contratante.”

b.  El Tribunal de Honor para el profesional denunciado estará conformado por el Ing. Juan Andrés Mora Monge, el Ing. Juan Carlos Saborío Zeledón, el Ing. Luis Enrique Portilla Barquero (en calidad de suplente), del Tribunal de Honor Permanente del Colegio de Ingenieros Topógrafos; y por el Ing. Olman Vargas Zeledón, en su condición de Director Ejecutivo del C.F.I.A.

c.  El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento.

Asimismo, se informa que el CFIA garantiza en todo momento el acceso al expediente, sus piezas y a los antecedentes que motivaron el presente acuerdo. Contra la anterior resolución cabrá el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación de la resolución de instaurar el Tribunal de Honor, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública”.—3 de julio del 2012.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 446-2012.—Solicitud Nº 37884.—C-327140.—(IN2012072976).

La Junta Directiva General en su sesión Nº 28-11/12-G.E., de fecha 22 de mayo de 2012, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 19, de la sesión Nº 19-11/12-G.E., debido a que según oficio 275-2012-TH del Departamento de Tribunales de Honor, no fue posible notificar a la empresa Costa Verde Estates Group S. A. (CC-4696), en el expediente Nº 181-07:

La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión 19-11/12-G.E. de fecha 20 de marzo de 2012, acordó lo siguiente:

 “Acuerdo 19:

Se conoce informe final 066-2012/181-07-INFIN remitido por el Tribunal de Honor Permanente Multidisciplinario, integrado para conocer expediente 181-07 de denuncia interpuesta por el C.F.I.A., en contra del Arq. Ramiro González Navia (A-9467), de la Ing. Yadira Murillo Porras (IE-15281), de la Ing. Elke María Vargas Chacón (IE-14138) y de la empresa Costa Verde Estates Group S.A. (CC-4696).

(…)

POR LO TANTO SE ACUERDA:

a.  Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor y en consecuencia, se ordena archivar las causas seguidas a las profesionales Ing. Yadira Murillo Porras IE-15281 e Ing. Elke María Vargas Chacón IE-14138, en el expediente 181-07 al haberse probado que no infringieron el Código de Ética Profesional.

b.  Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor y en consecuencia se impone una sanción de doce meses de suspensión al Arq. Ramiro González Navia A-9467 y a la empresa Costa Verde Estates Group S. A. CC-4696, en el expediente 181-07, al haberse probado que infringieron el Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica en sus artículos 3 y 4 con base en las sanciones  establecidas en el artículo 31 del mismo Código y en virtud de la gravedad de los hechos.

Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, las sanciones impuestas, son ejecutables de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.

Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley 8508, es facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los tribunales de justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de diez días hábiles, contados a partir de la notificación a la presente resolución.

La interposición del recurso de reconsideración suspende la ejecución de la sanción, hasta que la Junta Directiva General resuelva en definitiva dicha impugnación. Esa decisión agota la vía administrativa.”.—3 de julio del 2012.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O.C. Nº 446-2012.—Solicitud Nº 37884.—C-169220.—(IN2012072978).