AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA
COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE TURISMO
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE TURISMO
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
MUNICIPALIDAD
DE MONTES OE OCA
INSTITUTO
DE DESARROLLO AGRARIO
AMBIENTE,
ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
AVISOS
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de
Artículo
Nº 17:
Se agregue y permita la reelección
indefinida, lo demás del artículo queda igual.
Dicha reforma es visible a
folios 36 y 37 del expediente de la organización comunal en mención que se
encuentra en el Departamento de Registro de
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito
en el tomo 1, folio 14, título Nº 238, emitido por el Liceo Académico de
Puriscal, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de Herrera Umaña
José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2,
folio 36, asiento Nº 1439, emitido por el Colegio Bilingüe San Judas Tadeo, en
el año dos mil dos, a nombre de Valerio Solano Fiorelle.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, rama
académica, modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 100,
título N° 1280, emitido por el Liceo José Joaquín
Vargas Calvo, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Sandí Fallas
Doris Jeannette. Se solicita la reposición del título por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 165,
título N° 1441, emitido por el Colegio Seráfico San
Francisco en el año dos mil siete, a nombre de Quesada Martínez Mery Carolina. Se solicita la reposición del título por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 38, título N°
417, emitido por el Colegio Gregorio José Ramírez, en el año mil novecientos
noventa y cinco, a nombre de Morales Chacón Carlos Roberto. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama
Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 92, título
N° 293, emitido por el Colegio de Bagaces, en el año
mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Chaves Sandino Anabelle. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 3,
título N° 1, emitido por el Telesecundaria
San Antonio de Zapotal, en el año dos mil nueve, a nombre de Salas Arias Denis
Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 44,
título N° 219, emitido por el Colegio Cristiano
Bilingüe
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 12,
título N° 89, emitido por el Colegio Técnico
Profesional de San Mateo en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Arburola Campos Ana Lizeth. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 109,
título Nº 475, emitido por el Colegio Santa Margarita en el año dos mil ocho, a
nombre de Herrera Li Rodolfo. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 68,
asiento N° 364, emitido por el Liceo del Sur, en el
año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Solórzano Pereira Ana Flor. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 67,
título N° 2047, emitido por el Instituto de Alajuela
en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Rojas Alfaro Laura
Mariela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 81,
título N° 434, emitido por el Liceo Académico Diurno
de Ciudad Nelly, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Gallardo
González Xinia Gabriela. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias,
inscrito en el tomo 1, folio 06, asiento N° 22,
emitido por el Colegio Nocturno de Golfito, en el año mil novecientos setenta y
ocho, a nombre de Villalta Sánchez Vera Lidieth. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Para ver las marcas de Fábrica y Ganado solo en
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Solicitud Nº 2012-776.—Jorge Alberto Ramírez Rodríguez, cédula de identidad
0106960103, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Quinta
Playa y Diversión de Puerto Carrillo O.V.B.A.
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-422101, solicita la inscripción de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Hojancha, Hojancha, Puerto Carrillo, un kilómetro al oeste de la
escuela carretera a Estrada. Presentada el 05 de junio del 2012. Según
expediente Nº 2012-776. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los seis meses contados a
partir de la publicación de este edicto.—San José, 5 de julio del 2012.—Luz
Vega, Registradora.—1 vez.—Nº RP2012312030.—(IN2012074105).
Solicitud Nº 2010-12360.—Gabriel Solórzano Valerio, cédula de identidad
8-0023-0003, solicita la inscripción de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Puntarenas, Golfito, Golfito, km 9
Cambio de Nombre por Fusión Nº 78198
Que Marco Antonio Jiménez
Carmiol, cédula de identidad 1-299-846, en calidad de apoderado especial de Renesas Electronics Corporation,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión
de Renesas Technology Corp por el de Renesas Electronics Corporation, presentada el día 12 de abril de
2012 bajo expediente 78198. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2004-0009142 Registro Nº 153925 RENESAS en clase 41 Marca Denominativa.
Publicar en
Cambio de Nombre por Fusión Nº 66797
Que Monserrat Alfaro Solano,
cédula de identidad 1-1149-188, en calidad de apoderada especial de Fogel de Centroamérica Sociedad Anónima, solicita a este
registro se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de
Refrigeradores de Guatemala S. A., por el de Fogel de
Centroamérica Sociedad Anónima, domiciliado en tercera avenida número
ocho-noventa y dos de la zona tres de Mixco, Lotificación El Rosario, Ciudad Guatemala, prevaleciendo Fogel de Centroamérica Sociedad Anónima, presentada el 15
de junio de 2010, bajo expediente 66797. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1995-0003105 Registro Nº 94610 FOGEL en clase 11
Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de Nombre por Fusión por Absorción Nº 79056
Que María Del Pilar López
Quirós, cédula 1-1066-0601, en calidad de apoderada especial de Construcorp Internacional SCI Sociedad Anónima, solicita a
este registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Defreico Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-460974,
por el de Construcorp Internacional SCI Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-476633, domicilio San José, Escazú, Centro de
Negocios Plaza Roble, Edificio Los Balcones, cuarto piso, oficinas del Bufete Zürcher Odio & Raven, presentada el 7 de junio de 2012
bajo expediente 79056. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2006-0009797 Registro Nº 167830 CONSTRURED en clase 35 Marca
Denominativa, 2006-0009798 Registro Nº 167828 CONSTRURED en clase 39
Marca Denominativa, 2006-0009799 Registro Nº 167826 CONSTRUITE en clase
35 Marca Denominativa, 2006-0009800 Registro Nº 167827 CONSTRUITE en
clase 39 Marca Denominativa, 2006-0009801 Registro Nº 167824 CONSTRUPLUS
en clase 35 Marca Denominativa, 2006-0009802 Registro Nº 167823 CONSTRUPLUS
en clase 39 Marca Denominativa, 2006-0012025 Registro Nº 170538 CONSTRURED
en clase 35 Marca Mixto, 2006-0012026 Registro Nº 170539 CONSTRURED en
clase 39 Marca Mixto, 2007-0009299 Registro Nº 175893 CONSTRURED en
clase 6 Marca Denominativa, 2007-0009300 Registro Nº 177852 CONSTRURED
en clase 19 Marca Denominativa, 2007-0009301 Registro Nº 176160 CONSTRURED
en clase 36 Marca Denominativa, 2007-0009302 Registro Nº 176161 CONSTRURED
en clase 37 Marca Denominativa, 2007-0009303 Registro Nº 176162 CONSTRURED
en clase 49 Marca Denominativa, 2007-0013687 Registro Nº 189974 CONSTRURED
en clase 6 Marca Mixto, 2007-0013688 Registro Nº 189982 CONSTRURED en
clase 19 Marca Mixto, 2007-0013689 Registro Nº 176168 CONSTRURED en
clase 36 Marca Mixto, 2007-0013690 Registro Nº 176169 CONSTRURED en
clase 37 Marca Mixto, 2007-0013691 Registro Nº 176262 en clase 6 Marca
Figurativa, 2007-0013692 Registro Nº 176263 en clase 19 Marca Figurativa,
2007-0013693 Registro Nº 176264 en clase 35 Marca Figurativa, 2007-0013694
Registro Nº 198413 en clase 36 Marca Figurativa, 2007-0013695 Registro Nº
190164 en clase 37 Marca Figurativa y 2007-0013696 Registro Nº 189986 en clase
39 Marca Figurativa. Publicar en
REGISTRO
DE
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, Siena
Biotech S.P.A., de Italia, solicita la patente de
invención denominada DERIVADOS DE 2-AMINO-5,5-DIFLUOR-5,6-DIHIDRO-4H-[1,3]
OXAZIN-4-IL)-FENIL]-AMIDA.
Para ver imagen
solo en
La presente invención se refiere
a derivados de la 2-amino-5,5-difluor-5,6-dihidro-4H-[1,3] oxazin-4-il)-fenil]-amida de la fórmula I,
que tienen actividad inhibidora de
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Sanofi, de Francia, solicita la patente de invención
denominada: NUEVOS DERIVADOS DE
(HETEROCICLO-TETRAHIDRO-PIRIDIN)-(PIPERAZINA)-1-ALCANONA Y
(HETEROCICLO-DIHIDRO-PIRROLIDIN)-(PIPERAZIN)-1-ALCANONA Y SU UTILIZACIÓN COMO
INHIBIDORES DE p75.
Para ver imagen
solo en
La invención se refiere a los
derivados (heterociclo-tetrahidro-piridin)-1alcanona
y (heterociclo-dihidro-pirrolidin)-(piperazinil). La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados,
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Rohm
and Haas Company, de E.U.A.,
Filtrona Richmond, Inc., de E.U.A.,
solicita la patente de invención denominada ESTRUCTURAS DE FIBRA QUE
CONTIENEN UN COMPLEJO DE ENCAPSULACIÓN. Se proporciona un dispositivo que
comprende una estructura tridimensional que comprende una pluralidad de fibras
y partículas de polvo contenidas en y/o adheridas a dicha estructura, en donde
dichas partículas de polvo comprenden uno o más compuestos volátiles en un
complejo de encapsulación con un agente de encapsulación molecular, un método para liberar un
compuesto volátil a partir de un complejo de encapsulación
molecular usando dicho dispositivo, y un aparato o sistema para realizar dicho
método. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado
especial de Basf SE, de Alemania, solicita
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de Basf SE, de Alemania, solicita
la patente de invención denominada MEZCLAS DE PLAGUICIDAS. Método para
mejorar la salud de una planta, en donde la planta, el locus donde la planta
crece o se espera que crezca, o el material de propagación vegetal del cual la
planta crece se trata con una cantidad eficaz de una mezcla como se definió
anteriormente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
El señor Jorge Tristan Trelles, cédula 1-392-470, mayor, abogado, vecino de San
José, en calidad de apoderado especial de Laboratories
Fournier S. A., de Francia, solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención se refiere a un compuesto
derivado del indol, especialmente útil en terapia, caracterizado porque se
selecciona entre i) los compuestos de fórmula (I); ii) las sales farmacéuticamente aceptables de dichos compuestos de
fórmula (I); Rl, R2, R3, R4, R5, R6, R8, R9 y Cy son como se define en la reivindicación 1; la invención
tiene aplicación en el campo farmacéutico para el tratamiento de enfermedades neurodegenerativas y en particular la enfermedad de
Parkinson. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Wilder
Quirós Arroyo, de Costa Rica, solicita el Modelo de Utilidad denominado LÁMINA
ONDULADA CON SELLO CONTRA FILTRACIONES DE USO EN PAREDES Y TECHOS.
Para ver imagen
solo en
Se refiere a una lámina metálica
ondulada con nervadura longitudinal semicircular para reforzar el simple sello
plano entre las ondas de traslape generando una barrera física que dificulta
que el agua y el polvo superen la pendiente de la geometría lisa e ingrese al
recinto. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
El señor Luis Diego Castro
Chavarría, cédula Nº 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad
de apoderado especial de Exopc, de Canadá, solicita
el Diseño Industrial denominado INTERFASE DE USUARIO.
Para ver imagen
solo en
El diseño consiste en los rasgos
de la forma, configuración y ornamentación de
El señor Rafael Ángel Quesada
Vargas, cédula Nº 1 0994 0112, en condición de apoderado de Celgene
Corporation, de E.U.A., solicita
El señor Rafael Ángel Quesada
Vargas, cédula 1 0994 0112, en condición de apoderado de Signal
Pharmaceuticals LLC, de E.U.A.,
solicita
El señor Luis Diego Castro
Chavarría, cédula 1-669-228, mayor,
abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Plexxikon, Inc., de E.U.A.,
solicita
La señor (a) (ita) María
Del Pilar López Quirós, Céd. 1-1066-0601, mayor,
abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Mag Instrument Inc, de EUA,
solicita el Diseño Industrial denominada LINTERNA.
Para ver imagen
solo en
El presente modelo industrial, tal como se ha
referido e ilustrado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
La señor (a) (ita) María
Del Pilar López Quirós, cédula 1- 1066-0601, en condición de apoderada de Abloy Oy, de Finlandia, solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención se refiere a una cerradura
de cilindro con tumbador de disco y combinación de llave. La cerradura de
cilindro con tumbador de disco (1) de la combinación comprende medios de
limitación de rotación (3) de la llave, y la llave (9) comprende superficies de
guía (10) para el medio de limitación de rotación. El medio de limitación de
rotación comprende un marco (6), el cual tiene una abertura de perfil de llave
(4), y una carcasa (5), que al menos rodea parcialmente el marco. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señor (a) (ita) María
Del Pilar López Quirós, cédula Nº 1 1066-0601, mayor de edad, vecina de San
José, apoderada especial de Amgen Inc., de EUA, Medarex Inc., de EUA, solicita
La señor (a) (ita) María
Del Pilar López Quirós, cédula 1 1066-0601, mayor, abogada, vecina de San José,
en calidad de apoderada especial de Bayer Oy, de Finlandia, solicita
Para ver imagen
solo en
La presente invención se refiere a sistemas
intrauterinos novedosos y a métodos para fabricar estos sistemas. Un sistema
intrauterino de acuerdo con la invención, comprende un depósito y un armazón
continuo, cerrado y flexible. El armazón comprende un elastómero de poliuretano
termoplástico obtenido a partir de un diol de policarbonato, 1, 6-hexametilenodiisocianato
y un extensor de cadena. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El señor Harry Zurcher Blen, cédula 1 0415 1184,
mayor de edad, abogado, apoderado especial de Allergan
Inc., de EUA, solicita
El señor Néstor Morera Víquez,
cédula Nº 1-1018-975, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Merck Sharp & Dohme Corp., de E.U.A., solicita
la patente de invención denominada MODULADORES ALOSTÉRICOS
POSITIVOS DE RECEPTORES M1 DE
Para ver imagen
solo en
La presente invención se refiere
a compuestos de quinolina amida de la fórmula (I). La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
clasificación internacional de patentes edición 2011.01, es A01N 43/42, cuyos
inventores son Kuduk, Scott,
D., Schlegel, Kelly-Ann, Yang, Zhi-Qiang. La solicitud correspondiente lleva el número
2012-0327, y fue presentada a las 12:44:30 del 15 de junio del 2012. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial
El señor Néstor Morera Víquez,
cédula Nº 1-1018-975, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Bayer Intellectual Property GMBH,
de Alemania, solicita la patente de invención denominada TRIAZOLOPIRIDINAS.
Para ver imagen
solo en
Compuestos de triazolopiridina de la fórmula general (I). La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
clasificación internacional de patentes edición 2011.01, es C07D 471/04, cuyos
inventores son Schulze, Volker,
Koppitz, Marcus, Kosemund, Dirk, Schirok, Hartmut, Bader, Benjamin, Lienau, Philip, Wengner, Antje, Margret, Briem, Hans, Holton, Simon, Siemeister, Gerhard, Prechtl, Stefan, Bömer, Ulf. La solicitud correspondiente lleva el número 20120295,
y fue presentada a las 13:50:40 del 30 de mayo del 2012. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Expediente 8171.—El Registro de
Registro de Personas
Jurídicas
Asociaciones civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el
estatuto de la entidad denominada: Asociación de Emprendedores de Hojancha, con domicilio en la provincia de Guanacaste, Hojancha, trescientos metros al norte del Cementerio de Hojancha, en oficina Gerardo Vargas Alvarado. Cuyos fines
principales son: Promover la diversificación de la producción en la zona.
Promover la capacitación técnica financiera y de mercado en la producción. Su
Presidente Gerardo Vargas Alvarado es el representante judicial y extrajudicial
con facultades de apoderado generalísimo limitado a la suma de quinientos mil
colones exactos y demás limitaciones indicadas en el estatuto. El
Vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales, con
iguales atribuciones y obligaciones. Por encontrarse dicha organización, dentro
de las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de
Mujeres Organizadas Beraka de Guadalupe, con
domicilio en la provincia de Guanacaste; cuyos fines principales entre otros
son los siguientes: velar por el bienestar de sus asociadas, capacitación
agropecuaria para acceder recursos para desarrollar proyectos agrícolas. Cuya
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas
en el estatuto lo es
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Cross Country, con domicilio en la provincia de San José. Sus fines, entre
otros están: Dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción y
todo lo relacionado con el deporte del motociclismo en general, en ambos
géneros y en todas sus categorías a nivel nacional o internacional. Su
presidente: Rolando Ávila Rojas, es el representante judicial y extrajudicial,
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y demás
limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las
prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica,
cédula: 3-002-056429, denominación: Asociación Hogar Infantil de Curridabat.
Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las
prescripciones que establece
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones,
ha recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de la persona
jurídica, cédula: 3-002-056317, denominación: Asociación Iglesia Unión. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las
prescripciones que establece
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Iglesia del Dios Vivo Columna y Apoyo de
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones,
ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada:
Asociación Peña Cultural Ramonense, con domicilio en la provincia de Alajuela.
Cuyos fines, entre otros serán los siguientes: Contribuir a la creación y el
desarrollo de las diversas manifestaciones culturales a través de la
interacción comunitaria, en un ambiente lúdico y solidario que propicie una
transformación pacífica hacia una sociedad que respete la naturaleza y los
derechos humanos, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma,
y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente:
Jonathan Zamora Ríos. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones,
ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada:
Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Río
Grande y Río Nuevo, Nicoya, Nicoya, Guanacaste, con domicilio en la provincia
de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas
condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos
del AyA. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás
limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Francisco De
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Caimitalito y Portal
de Belén, Belén de Nosarita, Nicoya, Guanacaste, con domicilio en la provincia
de Guanacaste, Belén, Caimitalito, de la plaza cincuenta metros camino a
Sámara. Cuyos fines primordiales son: administrar, operar, dar mantenimiento,
desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto de conformidad con
las disposiciones y reglamentos emitidos por el AyA. Velar porque todos los
sistemas, instalaciones de acueductos y alcantarillados sanitarios, cumplan los
principios básicos del servicio público. Su presidente: Marvin Rojas Vargas, es
el representante judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones que indica el estatuto.
El vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales, con
iguales atribuciones y obligaciones que este cuando lo sustituye. Por
encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Cristiana Poder de lo Alto Internacional, con domicilio en la provincia de
Limón. Cuyos fines entre otros son los siguientes: Promover el desarrollo
cultural, educativo, social y espiritual de los asociados, promoviendo los
principios bíblicos de amor, unidad espiritual, respeto mutuo. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto, lo es el presidente: José Robles González. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Caritas de San Antonio de Padua, con domicilio en la
provincia de Heredia, Belén, San Antonio, contiguo al Banco Nacional de Costa
Rica. Cuyos fines primordiales entre otros son: velar por el bienestar de la
población de escasos recursos económicos del distrito de San Antonio de Belén.
Ayudar a estudiantes de escasos recursos para que puedan concluir su
preparación profesional. Su presidenta María Isabel González Delgado es la
representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima
sin límite de suma y con las limitaciones que indica el estatuto. El
vicepresidente sustituirá al presidente en sus ausencias temporales con iguales
atribuciones y obligaciones que este cuando lo sustituye. Por encontrarse dicha
organización, dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha
recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-330937, denominación: Asociación Rotaria Belén. Por cuanto dicha
reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 9621A.—Allan, Portuguez
Prado solicita concesión de:
Exp. 9622A.—Rafael Ángel, Mora Chinchilla
solicita concesión de:
Exp. 9667A.—Mireya, Prado Segura, solicita concesión de:
Exp. 13621A.—Osvaldo Solís Marín y Henry
Solís Marín, solicita concesión de:
Exp. 8261P.—Saltamontes Perezoso S. A.,
solicita concesión de:
Exp. 10491P.—Condominio Horizontal
Exp. 15227P.—Azura
Flats S. A., solicita concesión de:
Exp. 488.—H. Peters
S. A., solicita concesión de:
Exp. 15309P.—Vistas de Flamingo Número
Cincuenta S. A., solicita concesión de:
Exp. 10169A.—Hilda, González Vindas,
solicita concesión de:
Exp. 9944A.—Sociedad de Usuarios de Agua
de Santa Rosa, solicita concesión de:
Exp. 15061A.—Municipalidad de San Carlos,
solicita concesión de:
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE
Y
COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES
EDICTO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
284-2012-DGTCC.—San
José, a los veintiséis días del mes de junio del dos mil doce. Se tiene por presentada
la solicitud por parte del señor Óscar Mario Zúñiga Cambronero, mayor, casado,
ingeniero agrónomo, vecino de San Francisco de Dos Ríos cédula de identidad
número uno-cuatrocientos ochenta y uno-quinientos veinticinco, en su condición
de gerente general, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma
de “Cooperativa Agropecuaria de Coronado R. L.” (COOPECORONADO R. L.), cédula
jurídica número tres cero cero cuatro-cero cuatro
cinco cero siete cuatro-cero cinco, y el señor Jorge Julio Pattoni
Sáenz, mayor, casado una vez, ingeniero mecánico, vecino de San José, cédula de
identidad número uno-trescientos noventa y ocho, cuatrocientos dieciséis, en su
condición de gerente general con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma de la “Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L.”,
(COOPROLE R.L.), cédula jurídica número tres-cero cero cuatro-cero cuarenta y
cinco mil dos; quienes solicitan el cambio de titular de un permiso de
almacenamiento de combustible diesel para autoconsumo, cuyo tanque de
almacenamiento tiene una capacidad de dieciocho mil ciento noventa y un litros
(18191L).
El tanque se ubica en la provincia de San
José, cantón de Coronado, distrito San Isidro, en la propiedad cuyo plano es el
SJ-450259-1981, expediente administrativo número TA-697. El permiso mencionado
se encuentra a la fecha a nombre de “Cooperativa Agropecuaria de Coronado R.
L.” antes mencionada, y la solicitud presentada es para que de ahora en
adelante, se proceda al cambio de titular a favor de “Cooperativa de
Productores de Leche Dos Pinos R. L.”, (COOPROLE R. L.).
Con fundamento en el artículo 79 del Decreto
Ejecutivo 30131-MINAE-S, se otorga un plazo de quince días hábiles a partir de
la primera publicación del presente edicto, en el Diario Oficial
Nº
11-2012
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Con fundamento en los artículos
9º, párrafo 3, 99 y 102 de
DECRETA:
Artículo 1º—Adiciónase
un inciso g) al artículo 4º del “Reglamento para la inscripción de candidaturas
y sorteo de la posición de los partidos políticos en las papeletas”, que dirá:
“g) Presentar seis meses antes de la elección que corresponda los
pactos de coalición para su inscripción por parte de
Artículo 2º—Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial.
Dado en San José, el cinco de
julio del año dos mil doce.
Luis Antonio Sobrado González,
Magistrado.—Ovelio Rodríguez
Chaverri, Magistrado.—Fernando del Castillo Riggioni,
Magistrado.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012075148).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 40818-2008.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del
veinticinco de mayo del dos mil doce. Se avisa a las partes interesadas que en
este Registro se encuentra en expediente N°
40818-2008, proceso administrativo para dejar sin efecto razón marginal de
reconocimiento de fecha dieciocho de febrero de dos mil nueve, consignada en el
asiento de nacimiento de Emily Estrellita Montes Ramírez, inscrito en el
asiento número seiscientos sesenta y seis, folio trescientos treinta y tres,
tomo dos mil treinta y ocho, de la provincia de Heredia, Sección de Nacimientos,
por encontrarse acta de reconocimiento a favor de la precitada menor realizada
por el señor Brian Henry Bauer,
no indica otro apellido, pendiente de inscripción conforme lo señala el
artículo 66 de
Exp. Nº 5243-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce
horas veinticuatro minutos del trece de junio del dos mil doce. Diligencias de ocurso
presentadas ante este Registro Civil por Edgar Antonio Sequeira Durán, mayor,
licenciado en administración de negocios, costarricense, cédula de identidad
número uno-cuatrocientos veinticinco-quinientos noventa y uno, tendente a la
rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de
nacimiento... es “veintidós de octubre de mil novecientos cincuenta y uno” y no
como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de
Exp. 10455-98.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos. Marvin Hernández Chavarría,
soltero, costarricense, cédula de identidad número tres-doscientos cuatro-trescientos
tres, vecino de Tres Ríos,
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Ligia del Socorro Rugama, no indica
segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 2140-2012.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas quince minutos del
dieciocho de junio del dos mil doce. Ocurso. Exp. Nº 9569-2012. Resultando:
1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el Fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Francis Mercedes Ñurinda Rugama, en el
sentido que el apellido de la madre... es “Rugama, no indica segundo
apellido”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial
Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012075151).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Gregoria Marbelly Rodríguez Estrada, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1131-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuatro minutos del veintiséis de marzo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 2210-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Kevin José Sánchez Rodríguez...; en el sentido que el nombre de la madre...es “Gregoria Marbelly”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012075255).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Lilliam González Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1460-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas ocho minutos del treinta de abril del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 5332-2011. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Anthony Alfredo Hernández González..., en el sentido que los apellidos de la madre... son “González Hernández”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012075489).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Emelda del Socorro Morales Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1754-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del veintidós de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 10941-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:.., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Elsa Morales Hernández...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Emelda del Socorro”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012075525).
La señor (a) (ita) María Del Pilar López
Quirós, cédula 1 1066-0601, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de
apoderada especial de Bayer Oy,
de Finlandia, solicita
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jacqueline Andrea Campos Rodríguez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2556-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veintitrés minutos del catorce de octubre del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº 30426-2011. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jacqueline Andrea Campos Rodríguez...; en el sentido que los apellidos del padre... son “Araya Campos”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012312981.—(IN2012075721).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Alejandra Campos Rodríguez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 039-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta y siete minutos del tres de enero del dos mil doce. Expediente Nº 30421-2011. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense el asiento de nacimiento de Alejandra Campos Rodríguez, en el sentido que los apellidos del padre... son “Araya Campos”, el asiento de matrimonio de Older Manuel Lacayo Acosta con Alejandra Campos Rodríguez; en el sentido que los apellidos del padre de la cónyuge consecuentemente el primer apellido de la misma son “Araya Campos” y “Araya” respectivamente, el asiento de nacimiento de Jeffers Joshia Quintero Campos y el asiento de nacimiento de Sebastián Lacayo Campos, en el sentido que el primer apellido de la madre... es “Araya”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012312982.—(IN2012075722).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marcelino Jairo Natividad Peralta Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1805-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas veinte minutos del dieciséis de agosto del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº 17382-2010. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Álvaro Andrés Peralta Aguirre...; en el sentido que el nombre y el segundo apellido del padre y el nombre de la madre de la persona ahí inscrita son “Marcelino Jairo Natividad”, “Pérez” y “Nereyda del Carmen” respectivamente”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012313087.—(IN2012075723).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Roberto Enrique Ramos Solórzano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1304-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas trece minutos del trece de abril del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 50308-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jairo José Ramos Bermúdez...; en el sentido que los apellidos de la madre... son “Marcia Bermúdez”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012076005).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jazmina de los Ángeles Morales Alfaro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1878-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veintisiete minutos del treinta y uno de mayo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 9033-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de José Adrián Ruiz Morales...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Jazmina de los Ángeles”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012076013).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Simmel Salvador Ortega Marenco conocido como Simmel Salvador Ortegarrieta
Marenco, mayor, soltero, periodista, nicaragüense, cédula de residencia
155809586614, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Russel Andrés
Brown Depablos, mayor, soltero, estudiante,
estadounidense, cédula de residencia 184000161131, vecino de Heredia, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Ana Silvia Orellana Orellana conocida
como Ana Silvia Orellana de Chávez, mayor, casada, del hogar, salvadoreña,
cédula de residencia Nº 122200276815, vecina de San José, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
José Vilfredo Chávez López conocido como
José Wilfredo Chávez López, mayor, casado, oficial de seguridad, salvadoreño,
cédula de residencia Nº 122200113219, vecino de San José, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
William Patiño Ospina, mayor, soltero, técnico agrícola,
colombiano, cédula de residencia Nº 117000578719, vecino de Heredia, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Luis Eduardo González Contreras, mayor, soltero, ingeniero
industrial, colombiano, cédula de residencia Nº 117000128215, vecino de San
José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Hulmer Ricardo Rocha Hernández, mayor, no indica estado civil,
técnico en computación, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155816138931,
vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Sergio Antonio Mairena Mairena, mayor,
soltero, dependiente, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155803767510,
vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Ismenia Cortez Bado conocida como Hismenia de Jesús Cortés Bado,
mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155809493607,
vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Juana María Quintero Ruiz, mayor, soltera, trabajadora de la
empacadora de tubérculos Frutuverasa, nicaragüense,
cédula de residencia Nº 155806467920, vecina de Heredia, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
María Catalina Panameño Mejía, mayor, viuda, del hogar,
salvadoreña, cédula de residencia Nº 122200487512, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Martha María Morales Batista, mayor, soltera, psicóloga, cubana,
cédula de residencia Nº 119200142231, vecina de Puntarenas, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Hsing-Ju Liao, mayor, soltera,
estudiante, taiwanés, cédula de residencia Nº
115800034722, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Martha Lucía Giraldo Montoya, mayor, viuda, comerciante,
colombiana, cédula de residencia Nº 117000255335, vecina de Alajuela, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Violeta de los Ángeles Zúñiga Sandino, mayor, soltera, miscelánea,
nicaragüense, cédula de residencia 155802556421, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Óscar Danilo Alemán López, mayor, soltero, asistente de
contabilidad, nicaragüense, cédula de residencia 155809493109, vecino de
Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
Juan Alberto Daza Mendoza, mayor, casado, supervisor de producción
en Hospira de Costa Rica S. A, venezolano, cédula de
residencia 186200017201, vecino de Cartago, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante
Jorge Humberto Molina Polanco, mayor, soltero, comerciante,
estadounidense, cédula de residencia 184000984229, vecino de Heredia, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Carlos Flores Flores conocido como
Carlos Flores Mijango, mayor, soltero, pensionado,
salvadoreño, cédula de residencia 122200446713, vecino de Limón, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Yamileth del Carmen Hernández Gazo, mayor, soltera, estudiante,
nicaragüense, cédula de residencia 155802709316, vecina de Heredia, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Francely Arias
Montilla, mayor, soltera, zapatera, colombiana, cédula de residencia
117000688622, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Kenny Geovanny Portilla Ruiz, mayor, soltero, estudiante,
colombiano, cédula de residencia Nº 117000913901, vecino de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Daisy Dorany Ruiz Muñoz, mayor, casada, del hogar, colombiana,
cédula de residencia Nº 117000913831, vecina de San José, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECURIO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000005-0001600005
Traslado de bodega de jaulas
y tarimas de refrina
Barreal de Heredia.—Proceso de Proveeduría.—Ronald Miranda V.—1
vez.—(IN2012077560).
TRÁMITE Nº 2012LN-000067-21500
Servicio de seguridad y vigilancia
Los interesados tienen el cartel
a disposición y en forma gratuita en dicho sistema por medio de la dirección
electrónica https:/www.hacienda.go.cr/comprared,
a partir del día hábil siguiente a esta publicación en el Diario Oficial
Cualquier consulta la pueden
hacer por medio de los correos yabarca@meic.go.cr; fcairol@meic.go.cr
o msolorzano@meic.go.cr
San José, 20 de julio del 2012.—Proveeduría.—MBA. Francisco Cairol
C., Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
16168.—Solicitud Nº 45483.—C-7060.—(IN2012077375).
CENTRO NACIONAL DE
LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000098-00100
Construcción de edificio
El Centro Nacional de
El interesado tiene el cartel a disposición
en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección
http://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha.
San José, 20 de julio del 2012.—Lic. Jorge Rodríguez Solera, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N°
10-2012.—Solicitud N° 34672—C-9420.—(IN2012077310).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000034-01
Reemplazo de switches de Data Center
Se les informa a los interesados
en la contratación en referencia, que el Banco de Costa Rica recibirá ofertas
por escrito hasta las once horas con treinta minutos (11:30 a.m.) del día 22 de
agosto del 2012, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de
El cartel de la licitación que
incluye las especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar de 9:00
a.m. a 3:00 p.m. en esa misma Oficina, ubicada en el tercer piso de Oficinas
Centrales, entre Avenida Central y Segunda, calles 4 y 6.
San José 24 de julio del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano,
Área de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº
6774.—C-14120.—(IN2012077540).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000026-2101
Compra de Incubadoras Cerradas
Se informa a los interesados que
está disponible
Fecha máxima de recepción de ofertas 13 de
agosto del
El cartel se puede adquirir en
San José, 9 de mayo del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi
Céspedes Quirós, Coordinador a. í.—1
vez.—(IN2012077354).
MUNICIPALIDAD DE PARAÍSO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LP-00001-01
Construcción del Centro de Cuido para Niños, ubicado
en Llanos de Santa Lucía (Llave en mano)
La apertura de ofertas será el
día 31 de agosto del
Retirar Cartel Licitatorio en
Departamento de Proveeduría.—Ing. Omar Chavarría Cordero, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2012077547).
JUNTA ADMINISTRATIVA DE
LICITACIÓN PUBLICA N° 2012LN-000098-99999
Servicios de consultoría en arquitectura e ingeniería
para las instalaciones de
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000024-PROV
Servicios médicos bajo la modalidad de consulta individual
para servidores judiciales de San Ramón (incluye
Palmares
y Zarcero)
Se comunica a todos los
interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo
del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 66-12 del 19 de julio de
2012, artículos V; se dispuso adjudicar de la forma siguiente:
Licitación Abreviada
2012LA-000024-PROV. Servicios médicos bajo la modalidad de consulta individual
para servidores judiciales de San Ramón (incluye Palmares y Zarcero).
A: Jorge Enrique Parra
Sánchez, cédula de identidad 103900306, por una tarifa de consulta
individual de ¢22.336,20.
San José, 24 de julio del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón,
Jefa.—1 vez.—(IN2012077345).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000041-5101
Frascos ampolla de fosfatos de potasio
concentrado para inyección 15 ml
El ítem único de
San José, 24 de julio del 2012.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Mauricio Hernández Salas,
Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº
37938.—C-12300.—(IN2012077374).
UNIDAD REGIONAL BRUNCA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-08
Remodelación y pintura de las instalaciones del Centro
Regional
Polivalente Manuel Mora
Valverde
(Río Claro)
De conformidad con el artículo
24 del Reglamento de Adquisición del INA, se acuerda adjudicar
San José, 23 de julio del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº
46923.—C-16400.—(IN2012077512).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000048-02
Suministro e instalación de sellos perimetrales para tanques
en los planteles El Alto,
Le comunicamos a los interesados
en participar en el concurso en referencia que esta contratación, que de
conformidad con lo solicitado por
San José, 24 de julio del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº
47946.—C-9420.—(IN2012077561).
FUNDACIÓN AMOR Y ESPERANZA
COMPRA DIRECTA FUNDAE Nº 001-2012
Adquisición de sillas de ruedas manuales,
adaptadas y eléctricas
Información:
spereirab@fundae.org o ccastro@fundae.org
Teléfono: 2401-1374, Telfax:
2461-1726. Página Web: www.fundae.org.
Shirley Pereira Badilla,
Presidenta.—1 vez.—(IN2012077655).
MUNICIPALIDAD DE PARRITA
COMPRA DIRECTA Nº 2012CD-000079-01
Contratación de confección de página Web
Proveeduría.—Lic.
Alonso Salas Amador, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2012077633).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-01
Vehículo doble tracción
Departamento de Proveeduría.—Lic. Alonso Salas Amador, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012077634).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000005-01
Repuestos
para maquinaria
Departamento de Proveeduría.—Lic. Alonso Salas Amador, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012077635).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000130-00100
Confección de ponchos impermeables
en material retroreflectivo
El Departamento de Proveeduría
del Consejo de Seguridad Vial a través de
Los interesados deberán
presentarse en el Departamento de Proveeduría del Edificio Principal del
COSEVI, contiguo al Banco Nacional de Costa Rica en
La fecha de apertura se traslada
para el día 14 de agosto del
San José, 24 de julio del 2012.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez
Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
767.—Solicitud Nº 4364.—C-16400.—(IN2012077552).
INSTITUTO SOBRE ALCOHOLISMO
Y
FARMACODEPENDENCIA
LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000184-99999
Adquisición de bienes inmuebles para reubicar las Oficinas
Regionales
del IAFA en
El IAFA comunica que se amplía
el plazo para la recepción de ofertas hasta las diez horas del día 16 de agosto
del 2012 y se ha adicionado una aclaración al cartel que puede ser consultada
por medio de Comprared o en
San Pedro de Montes de Oca, 20
de julio del 2012.—Subproceso de Adquisición de Bienes
y Servicios.—Lic. Leónidas Ramírez Villalobos.—1
vez.—O. C. Nº 14942.—Solicitud Nº 46609.—C-13180.—(IN2012077373).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-0000026-PCAD
(Prórroga
Nº 1)
Servicios de Gestión de Cobro por puesto de trabajo
y productividad (Consumo según demanda)
Se les comunica a los
interesados que se prorroga por la atención de recurso de objeción interpuesto
ante
Todas las demás condiciones y
requisitos permanecen invariables.
San José, 23 de julio del 2012.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas
García, Jefe.—1 vez.—(IN2012077566).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000002-2208
(Modificación
y /o aclaraciones al cartel)
Servicios de seguridad y vigilancia para el Hospital
San
Vicente de Paul-Heredia
La fecha de apertura se mantiene
para el día 9 de agosto del
Heredia, 23 de julio del 2012.—Dirección Administrativa.—Msc. Oscar Montero Sánchez,
Director Administrativo.—1 vez.—(IN2012077353).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-01
(Ampliación
del plazo para adjudicar)
Equipamiento para el núcleo de servicios
del Centro de Datos del PANI
El Patronato Nacional de
San José, 23 de julio del 2012.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Licda. Guiselle Zúñiga Coto, MBA. Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº
5894.—C-3500.—(IN2012077369).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000040-02
(Prórroga
Nº 3)
Contratación de los servicios de Consultoría
para el Proyecto Terminal Portuaria
Les comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de
apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 7 de agosto del
San José, 23 de julio del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº
47944.—C-9420.—(IN2012077563).
LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000043-02
(Prórroga
Nº 1)
Suministro e instalación de medidores
de nivel en Refinería
Les comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de
apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 6 de agosto del
San José, 23 de julio del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº
47945.—C-9420.—(IN2012077564).
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
CONCURSO DE ADQUISICION
Nº
2012PP-000015-PROV
Suministro de Unidades Generadores
de Planta Hidroeléctrica Ventanas
Les comunicamos que el recibo de
ofertas del concurso en referencia se prorrogó para el lunes 20 de agosto del
Les indicamos que para este
concurso, se ha realizado la aclaración Nº 3, la cual pueden pasar a retirar en
nuestras oficinas de
Área Licitaciones y Compras al
Exterior.—José Antonio Salas Monge, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(IN2012077306).
MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE FLORES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000007-01
Contratación de equipo tecnológico para la administración,
Concejo
Municipal, Acueducto Municipal, Catastro,
Unidades
Técnicas de Gestión Vial y Ambiental
El Departamento de Proveeduría
de
I. Se elimina por completo el punto 3.3 del cartel.
II. El punto 5.12 del cartel deberá leerse y
entenderse de la siguiente forma:
5.12 Devolución de la garantía
de cumplimiento.
La garantía de cumplimiento se
hará efectiva de conformidad con lo establecido por el artículo 45 del
Reglamento a
Proveeduría.—Lic.
Miguel Hernández Mejía, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012077538).
SECRETARÍA DE ACTAS
Acuerdo de Junta Directiva Nº
SJD-292-2012, tomado en la sesión ordinaria Nº 5752, artículo 4º, inciso I,
celebrada el día 26 de junio del 2012, que dice textualmente:
Se acuerda: De conformidad con
el oficio Nº AG-196-2012 suscrito por
Artículo 1º—Los funcionarios de
Legalidad constitucional: Principio que exige someter
toda actuación pública al ordenamiento jurídico; solo lo expresamente
autorizado por
Igualdad: Principio de derechos humanos
que exige tratar a todas las personas sin ningún tipo de discriminación. No es aceptable
una conducta pública que haga distinciones o discriminaciones.
Regularidad: Las operaciones y actos
administrativos deben asentarse de manera correcta, en registros confiables
financieros, presupuestarios o de otro tipo.
Eficiencia: Los negocios públicos deben
maximizar los resultados ante la escasez de fondos y recursos; los objetivos de
trabajo deben cumplirse al menor costo posible.
Eficacia: Mandato que busca adecuar y
concretizar las políticas públicas, así como el cumplimiento de los objetivos y
metas propuestos.
Austeridad: La asignación, adquisición,
conservación e inversión de los recursos y fondos públicos, deben orientarse a
la satisfacción plena del interés público y al uso racional de éstos.
Transparencia: La rendición de cuentas obliga
a que el ejercicio del poder y el cumplimiento de las funciones públicas
asignadas se haga de cara a la administración.
Lealtad: Todo acto o conducta pública
debe alcanzarse en función del país, la democracia, el bien común, la libertad,
la justicia, la responsabilidad y la probidad.
Probidad: Obligación a trabajar por el
interés público; la gestión debe atender las necesidades prioritarias, según lo
que responsablemente se ha planificado. Esto obliga a mostrar rectitud y buena
fe en el uso de las facultades que confiere la ley.
Responsabilidad: Se debe responder de frente al
país y a los órganos de control, investigación y sanción, por las faltas, desde
los ámbitos ético, disciplinario, civil, político y penal.
Integridad: Los actos deben estar alejados
de buscar beneficios en lo personal, familiar o para sus amigos.
Honestidad: Todo interés diferente al
público, que pudiese ocasionar un conflicto de intereses, debe ser declarado.
De inmediato debe detenerse aquel actuar que potencialmente puede comprometer
la recta honestidad y probidad que deben prevalecer.
Liderazgo: Se debe promover y respaldar
con sano liderazgo y ejemplo los principios antes indicados.
Competencia: Respecto a la competencia, el
Auditor Interno y los funcionarios de
• Participarán sólo en aquellos servicios para los cuales tengan
los suficientes conocimientos, aptitudes y experiencia.
• Desempeñarán todos los servicios de
auditoría interna de acuerdo con las Leyes Nos. 1917, 7428 y 8292, el Reglamento
de Organización y Funcionamiento de
• Mejorarán continuamente sus habilidades y la
efectividad y calidad de sus servicios.
Acuerdo firme.
San José, 5 de julio del 2012.—Lic. Hannia Ureña Ureña, Junta
Directiva.—1 vez.—O. C. Nº 14854.—Solicitud Nº 32885.—C-65820.—(IN2012075447).
MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN
El Concejo Municipal avisa que
en sesión N° 155 ordinaria del 17 de abril de 2012,
mediante acuerdo Nº 01, se aprobó en forma definitiva el siguiente Proyecto de
Reglamento del Procedimiento para el Mejoramiento de Fachadas y el Cobro de
Construcción de Obras y Servicios Realizados por
PROYECTO REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO PARA
EL
MEJORAMIENTO DE FACHADAS Y EL COBRO DE
CONSTRUCCIÓN
DE OBRAS Y SERVICIOS REALIZADOS
POR
DE
PROPIETARIOS
O POSEEDORES DE
INMUEBLES,
LOCALIZADOS EN EL
CANTÓN
DE SAN RAMÓN
El Concejo Municipal del Cantón
de San Ramón, con sustento en lo establecido en los artículos 169 y 170, de
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1°—Objetivos.
Los objetivos generales de este reglamento son:
a- Establecer el procedimiento para el cobro a los propietarios y
poseedores de Bienes Inmuebles del Cantón de San Ramón, por las obras
realizadas por
b- Facilitar la accesibilidad de todas las
personas al entorno tísico y en particular para las personas con discapacidad.
c- Garantizar que el diseño y la construcción de
las aceras, las obras y servicios realizados por
Artículo 2°—Definiciones:
Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
a. Concejo: Concejo Municipal del cantón de San Ramón.
b.
c. Cantón: cantón de San Ramón.
d. Código: Código Municipal.
e. Plan Regulador: Plan Regulador Urbano y Rural
del cantón de San Ramón.
f. Contribuyente: El propietario o poseedor, por
cualquier titulo, de bienes inmuebles localizados en el cantón de San Ramón.
g. Limpieza de lotes: Mantenimiento y limpieza
general realizada por
h. Limpieza de escombros o desechos en la vías
públicas: Trabajo realizado por
i. Construcción y restauración de aceras:
Trabajos realizados por
j. Construcción de cercas: Instalación de cercas
de diferentes materiales, en predios públicos y privados,
k. Instalación de canoas y bajantes frente a la
vía pública: Construcción de canoas y bajantes en edificios privados que
carezcan de éstos.
l. Prevención de accidentes y desastres:
Realización de trabajos para prevenir derrumbes, inundaciones o peligros
causados por estructuras constructivas y tachadas.
Artículo 3°—Deberes y
obligaciones: Son deberes de los propietarios y poseedores, por cualquier
titulo, los establecidos en el artículo 75, del Código, sin perjuicio de la
licencia municipal y el alineamiento respectivo.
Artículo 4°—Incumplimiento de deberes:
Cualquier incumplimiento a los deberes y obligaciones establecidos en el
artículo 75 del Código acarreará la imposición, por parte de
CAPÍTULO II
Procedimiento para el cobro por obras
realizadas por
Artículo 5°—Facultad
municipal:
Artículo 6°—Obligación de pago: El
contribuyente deberá pagar a
Artículo 7°—Costo efectivo: Para
efectos de este Reglamento, el costo efectivo de la obra es la suma del costo
de los materiales, la mano de obra, el uso del equipo, imprevistos, gastos
administrativos y financieros, así como los demás costos directos e indirectos
que tengan que ver con las obras, más un 10 % de utilidad para el desarrollo.
Esto último de conformidad con el artículo 74, del Código Municipal.
Artículo 8°—Obligación de cumplimiento:
Previo a la realización de la obra o servicio,
Artículo 9°—Inspección: Las
notificaciones e inspecciones en general serán competencia de las siguientes
dependencias:
a. Unidad de Gestión Ambiental: Las obligaciones establecidas en los
incisos a), b), c), e), f) y d) del artículo 75, del Código.
b. Sección de Inspección Urbana de
Artículo 10.—Plazo
para cumplimiento:
Artículo 11.—Efectos del incumplimiento:
Vencido el plazo,
Artículo 12.—Cobro de la obra o servicio:
Realizada la obra o servicio por parte de
a. El monto total del costo efectivo, más el 50 % de tal monto por
concepto de multa.
b. El lugar o cuenta bancaria en que podrá ser
depositado.
c. La advertencia de que pasados los ocho días,
d. La advertencia de que, además de la multa, deberá
cancelar los intereses moratorios correspondientes y
e. En el caso de obras, se adjuntará una
certificación municipal en la que se haga constar la cantidad de la obra
construida.
Artículo 13.—Vigencia
de la multa por incumplimiento: La multa trimestral establecida en el
Artículo 76 y 76 bis del Código se impondrá hasta tanto no haya sido cumplida
la obligación, o cancelado el costo en el caso de haber sido realizada por
SECCIÓN I
Construcción de aceras
Artículo 14.—La construcción de
aceras se regirá por los apartados 1 y 2 de
Artículo 15.—Aceras
en mal estado: Conforme lo establecen los artículos 75 y 76 del Código, se
procederá a notificar a los propietarios de los inmuebles respecto a la
obligación de la construcción de la acera y mantener ésta en buen estado.
No obstante las aceras que se encuentren en
regular estado de acuerdo a la tabla de valoración anexa, serán objeto a un
apercibimiento dirigido al propietario como medida preventiva. Se
considerarán aceras en
mal estado, objeto de notificación, aquellas que
contengan huecos, repello levantado, grietas superiores a cinco milímetros,
tapas de caja de registro en mal estado, diferencias de niveles, las entradas a
garajes sin cumplir, en su momento, con las normas del Plan Regulador Urbano y
Rural de San Ramón, el cordón de caño resquebrajado o demolido, hecha con
material y diseño distinto al indicado en este Reglamento.
Artículo 16.—Materiales:
En la construcción de aceras se usará material antiderrapante,
con base cementicia:
a. Concreto cepillado y martelinado.
b. Adoquín en forma rectangular con
c. Losetas prefabricadas de cemento.
En cuanto a los colores,
texturas y formas del adoquinado, solo se podrán colocar adoquines color gris
con ribetes con adoquín color rojo tal y como se presenta en la siguiente
figura. Asimismo, la franja guía, superficies táctiles de prevención de cruces
y/o rampas, para personas con discapacidad serán de color rojo y en
concordancia con
En el área comprendida entre las avenidas 4 y
5 y calles 3 y 6 del Distrito Central, será obligatorio el uso del adoquín de
forma rectangular, salvo los casos que limiten la construcción de este tipo de
aceras, previo estudio del Departamento de Desarrollo y Control Urbano de
En todos los casos, en la calle o avenida, la
obligación comprende ambas aceras. Toda acera cuyo deterioro supere una tercera
parte de la totalidad, deberá reconstruirse totalmente.
Artículo 17.—Pendiente:
La pendiente en el sentido transversal de la acera tendrá como máximo el 3% y
como mínimo el 2%. En los casos de acceso vehicular al predio el desnivel entre
la acera y calzada debe salvarse con rampas construidas desde el cordón del
caño hacia el predio ocupando como máximo
Artículo 18.—Rampas
para personas con discapacidad: En las esquinas de cuadra deberá el
propietario construir las rampas para personas con discapacidad, adaptándose a
los niveles entre acera-calle, de tal forma que permita la continuidad y
fluidez de los recorridos urbanos, exigida por
Las rampas de acceso a los edificios,
terrenos públicos o privados deben cumplir con el artículo 75 del Código
Municipal, por lo tanto deben hacerse dentro de la propiedad.
Artículo 19.—Valor
de un metro cuadrado de acera para todo tipo de material será determinado
anualmente por
SECCIÓN II
Limpieza de predios
Artículo 20.—Valor del metro
cuadrado de limpieza: El valor del metro cuadrado por limpieza para cada
caso en particular lo establecerá el Departamento de Bienes Inmuebles u otro
definido por la administración municipal, de acuerdo a las características de
cada predio.
SECCIÓN III
Construcción de cercas
Artículo 21.—Valor del metro
lineal de construcción de cercas: El valor del metro lineal por
construcción de cercas, para cada caso en particular lo establecerá el
Departamento de Bienes Inmuebles u otro definido por la administración
municipal, de acuerdo a las características de cada predio.
Artículo 22.—Actualización del valor:
El valor del metro cuadrado por limpieza en general de lotes se actualizará en
el mes de enero de cada año, previo estudio municipal, el cual será publicado
en
Artículo 23.—Materiales:
En la construcción de cercas de todo el cantón se usarán los siguientes
materiales:
a. Malla tipo ciclón.
b. Malla electro soldada.
c. Tapias decorativas en bloques.
d. Baldosas o cualquier otra que se consoliden
estructuralmente.
e. Cercas vivas.
En la construcción de cercas en
las partes fuera del distrito central se permite, además, el uso de los
siguientes materiales:
f. Postes de cemento con cuatro hiladas de alambre liso.
g. Zinc de primera, o de segunda pintado.
La cerca debe tener dos metros
de altura como mínimo. Todo sin perjuicio de la licencia municipal y el
alineamiento respectivo.
SECCIÓN IV
Construcción de obras en estado de peligrosidad
Artículo 24.—Estado
de peligrosidad: Se considerará en estado de peligrosidad, toda edificación
que arriesgue la integridad física, la vida, o el patrimonio de las personas, o
cuyo estado de abandono favorezca la comisión de actos delictivos.
Artículo 25.—Notificación:
Artículo 26.—Efectos
del incumplimiento: Si el contribuyente no cumpliere con la prevención,
CAPÍTULO III
Conservación de fachadas
Artículo 27.—Obligación
de conservación: Conforme lo establecen los artículos 75 y 76 del Código,
se procederá a notificar a los propietarios de los inmuebles respecto a la
necesidad de renovación o mejoramiento de fachadas.
Artículo 28.—Concepto
de fachada: Por fachada se entiende la parte exterior y principal de un
edificio o construcción.
Artículo 29.—Notificación:
La notificación a los contribuyentes que deban mejorar sus fachadas, se efectuará
a través de los inspectores municipales, quienes harán su valoración de acuerdo
a lo establecido en este Reglamento.
Artículo 30.—Valoración: Los criterios
para la valoración de las fachadas serán, el estado de los diferentes elementos
que componen las fachadas, tales como: las paredes, marcos y ventanería, pintura, cortinas metálicas, aleros, toldos,
cubiertas, canoas, bajantes, verjas y otros, así como elementos de seguridad
del inmueble conforme se establece en la siguiente “Tabla de Valores”.
Para ver imagen
solo en
Artículo 31.—Vigencia:
Este Reglamento rige a partir de su publicación en
San Ramón, 18 de julio de 2012.—Silvino Sánchez Ortiz,
Secretario Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012076030).
El Concejo Municipal avisa que
en sesión N° 144 ordinaria del 21 de febrero de 2012,
mediante acuerdo Nº 12-B), se aprobó en forma definitiva el siguiente Proyecto
de Reglamento de Becas Temporales a Estudiantes de Escasos Recursos del Cantón
de San Ramón, el cual se somete a consulta pública no vinculante, por un plazo
de diez días hábiles contados a partir de la publicación del mismo.
PROYECTO DE REGLAMENTO DE BECAS
TEMPORALES
A ESTUDIANTES DE ESCASOS
RECURSOS
DEL CANTÓN DE SAN RAMÓN,
DE
“
El Código Municipal en los artículos 4 inciso
a) y 13 inciso c) que establecen la potestad de dictar los reglamentos de
Por tanto este Concejo Municipal en uso de
las facultades otorgadas en los anteriores emite el presente Reglamento para el
Otorgamiento de Becas a los estudiantes que cursan la educación pública en el
segundo ciclo de primaria y secundaria.”
CAPÍTULO I
Artículo 1º—Para el mejor
entendimiento del presente Reglamento, se establecen las siguientes
definiciones:
1. Alcalde: funcionario ejecutivo de elección popular.
2. Tesorería Municipal: Unidad Administrativa
encargada de entregar el dinero correspondiente a las becas aprobadas.
3. Concejo: Concejo Municipal del Cantón
de San Ramón, órgano colegiado de elección popular.
4. Concejos de Distrito: Son los órganos
encargados de vigilar la actividad municipal y colaborar en los distritos de
las respectivas municipalidades.
5. Síndico: Representante de cada distrito
del cantón y del respectivo Concejo de Distrito.
6. Comisión Especial de Becas: Comisión
Especial nombrada cada año por el Concejo Municipal, encargada de aclarar
hechos y dictaminar sobre situaciones específicas a la asignación de becas en
7. Beca: Beneficio económico mediante el
cual
8. Becario: estudiante a quien se le
asigna la beca.
9. Formulario de Beca: Formulario de
solicitud de beca nueva debidamente foliado y sellado que contiene la
información general y básica del beneficiario de
10. Oficina de Bienestar Social y Familia:
Unidad Administrativa encargada de colaborar con
CAPÍTULO II
Disposiciones Generales
Artículo 2º—El Concejo Municipal
de San Ramón, conforme lo estipulado en los artículos 169, 170 de
Artículo 3º—El objeto del presente Reglamento
será la regulación del procedimiento para el otorgamiento de becas de estudio a
los estudiantes vecinos del Cantón de San Ramón, para que la entrega de dichos
incentivos se realice de la forma más justa y equitativa que sea posible; de
manera que la gran mayoría de los niños y jóvenes que necesiten estas ayudas se
vean beneficiados y puedan de esa forma finalizar sus estudios.
Artículo 4º—Para la adjudicación de becas el
Concejo Municipal nombrará una Comisión Especial de Becas que se encargará de
recibir las solicitudes de beca, que cumplan con todos los requisitos de
presentación, para analizarlas y oficializar mediante dictamen la lista de becarios
asignados.
Artículo 5º—Acatamiento imperativo. Este
Reglamento es de imperativo acatamiento de becas en el trámite y otorgamiento
de becas que realice esta Municipalidad. Los integrantes del Concejo Municipal,
de
CAPÍTULO III
De los Requisitos
Artículo 6º—
a) Podrán ser beneficiarios de una beca de estudio todas aquellas
personas que se encuentren cursando el segundo ciclo de educación primaria y la
enseñanza secundaria en las instituciones educativas públicas, siempre y cuando
sean estudiantes de escasos recursos económicos y que hayan demostrado gran
interés en continuar sus estudios.
b) Las becas deberán ser adjudicadas a
estudiantes de escasos recursos económicos, con padres cuyo salario no
sobrepase el monto de 1(un) salario mínimo, vecinos del cantón (Deberá
entenderse por beca, a la ayuda económica que
c) Podrá solicitar una beca de estudio en
1. Ser costarricense y vecino del Cantón de San Ramón.
2. Ser estudiante activo de segundo ciclo de
educación primaria y la enseñanza secundaria en las instituciones educativas
públicas o atendidos en aulas integradas (Ley 7600) en
ubicaciones especiales.
3. Pertenecer a una familia de escasos recursos
económicos.
4. Poseer un promedio de notas trimestral no
inferior al 65% en primaria y un 70% en secundaria.
5. No encontrarse
gozando de una beca otorgada por otra institución.
d) Para cubrir la necesidad de becas para la población de personas
con discapacidad, será reservado el 10% del total de los formularios los cuales
serán asignados por
e) Se tomará en cuenta la recomendación y
criterio emitidos por el director/a, el Departamento de Orientación de la
escuela o colegio de procedencia y los Concejos de Distrito. La comisión estará
facultada para ratificar la información recibida.
CAPÍTULO IV
Del Procedimiento
Artículo 7º—
Artículo 8º—Los Concejos de Distrito serán
los encargados de entregar a
Artículo 9º—Quienes soliciten una beca de
estudio en
a) Formulario de solicitud de beca debidamente lleno, adjuntando la
documentación requerida, en el tiempo y lugar que estipula este Reglamento.
b) Fotocopia de la cédula de menor por ambos
lados del solicitante o constancia del Registro Civil, fotocopia de cédula del
padre, madre o encargado.
c) Copia de la orden patronal, constancias de
salario en caso de que fueren Asalariados, o declaración jurada de ingresos (se
puede utilizar el formato adjunto al formulario) en caso de trabajar por cuenta
propia.
d) Para ser considerado como beneficiario o
beneficiaría a la beca, los ingresos brutos familiares en conjunto, no podrán
exceder de la suma correspondiente a 1 (un) salario base de Ley, de acuerdo a
lo estipulado en
e) Constancia
extendida por
f) Original y copia del último reporte de
calificaciones del año anterior extendido por el centro educativo público que
corresponda.
g) En caso de que algún miembro de la familia
perciba una pensión, debe presentar fotocopia de la certificación que extienda
h) Fotocopia de los comprobantes de los egresos
de su hogar, es decir de las deudas de los recibos de agua, luz, teléfono o
servicios municipales de la casa de habitación, pago de seguro social
voluntario, préstamos, hipotecas, pasajes, etc.
i) En caso de que el estudiante motive su
solicitud de beca con base en una enfermedad crónica o de discapacidad propia
del miembro de su familia que vela por su custodia y tiene a su cargo su
vivienda y manutención, deberá presentar el dictamen médico actualizado; si no
cuenta con Seguro Social debe presentar original y fotocopia de la constancia
que expide
j) Constancia de impuestos municipales y bienes
muebles e inmuebles, emitida por
k) Una vez asignada la beca al estudiante, deberá
presentar fotocopia de la nota trimestral, a más tardar 08 días hábiles después
de haber recibido el pliego de calificaciones. De no hacerlo, el Concejo
Municipal se reserva el derecho de retirar la beca. Estos documentos deberán
ser presentados en
Artículo 10.—
Artículo 11.—Para otorgar la beca se tomará
en cuenta dentro de los requisitos la información presentada mediante
Formulario de Solicitud de Becas Temporales para Estudiantes de Escasos
Recursos del Cantón de San Ramón del/la solicitante, el cual será identificado
por el folio, sello del Concejo y firma del Presidente de
Artículo 12.—El
Concejo Municipal dará a conocer la aprobación de las becas adjudicadas en la
última semana del mes de febrero de cada año.
Artículo 13.—Los expedientes
de las becas asignadas quedarán en custodia de
Artículo 14.—El
estudiante que disfrute la beca municipal podrá revalidar su solicitud cada año
en la fecha estipulada en el artículo 8.
Artículo 15.—Los beneficios que implica la
beca de estudios podrán ser suspendidos o eliminados, a criterio del Concejo
Municipal, previa recomendación de
San Ramón, 18 de julio de 2012.—Silvino Sánchez Ortiz,
Secretario del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012076031).
MUNICIPALIDAD DE BARVA
REGLAMENTO PARA EL COBRO DE
MANTENIMIENTO
DE PARQUES, ZONAS VERDES Y
SUS
RESPECTIVOS SERVICIOS EN EL CANTÓN
DE
BARVA DE HEREDIA
REGLAMENTO PARA EL COBRO DE
MANTENIMIENTO
DE PARQUES, ZONAS VERDES Y
SUS
RESPECTIVOS SERVICIOS EN EL CANTÓN
DE
BARVA DE HEREDIA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objeto. El
presente reglamento tiene por objeto desarrollar el servicio de mantenimiento
de parques y zonas verdes en el cantón de Barva, regular su funcionamiento y el
comportamiento de los administrados dentro de los parques con el fin de
mantener el Aseo y Ornato de los mismos, y evitar las molestias que puedan
alterar el orden público; además el presente Reglamento tiene como objeto
regular el cobro de la tasa correspondiente, de conformidad con el artículo 74
de
Artículo 2º—Definiciones. Para los
efectos de este Reglamento, se entenderá por:
- Cantón: El Cantón de Barva.
- Concejo: El Concejo Municipal de
- Ley Nº 7794: Código Municipal.
- Mantenimiento de parques y zonas verdes:
aquellas actividades técnicas y artesanales, así como el costo financiero que realiza
- Municipalidad:
- Parque: Todo terreno de uso público,
destinado por
- Sujeto pasivo: Toda aquella persona
que sea propietaria de un inmueble, que por tal condición está obligada al pago
de la tasa que cobra
- Tarifa: Tasa.
- Tasa: Tributo cuya obligación tiene
como hecho generador la prestación efectiva o potencial del servicio de
mantenimiento de parques y zonas verdes que brinda
- Zona verde: áreas, jardines o
terrenos públicos existentes entre la línea de construcción de los inmuebles
ubicados en la jurisdicción del cantón y la vía pública o como parte de ella,
en las que
Artículo 3º—Del servicio de
mantenimiento de parques y zonas verdes. Los respectivos servicios que
presta
Artículo 4º—Derecho y deber ciudadano.
Todos los ciudadanos tienen derecho al uso y disfrute de los parques y espacios
públicos, de acuerdo a su naturaleza, y respetando el destino para el que se
hayan designado, y de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento y
demás normativa aplicable.
Los sujetos pasivos y en general los usuarios
de los parques y zonas verdes deberán conservarlos, deberán cumplir con los
señalamientos que al respecto figuren sobre su utilización en indicadores,
anuncios, rótulos y señales acerca de usos y prohibiciones; para lo cual
velarán por que no se destruyan los prados, arbustos o árboles que estén en
ellos plantados ni destruir las obras de ornato que estén en éstos colocadas.
El mobiliario urbano existente o que se instale en los parques y zonas verdes,
consistente en bancas, juegos infantiles, papeleras, fuentes, señalización,
postes y equipo de iluminación así como elementos decorativos (adornos,
estatuas, etc.), deberá mantenerse en el más adecuado y estético estado de
conservación. Los causantes de su deterioro o destrucción serán responsables no
sólo del resarcimiento del daño producido, sino que serán sancionados los que
haciendo uso indebido de tales elementos perjudiquen la buena disposición y
utilización de los mismos por los usuarios de tales sitios.
Artículo 5º—Deberes de
Artículo 6º—Previsiones. Cuando por
motivos de interés general se autoricen en dichos lugares actos públicos, se
deberán tomar las medidas previsoras necesarias para que la mayor afluencia de
personas a los mismos no cause detrimento en los árboles, plantas o mobiliario
urbano.
CAPÍTULO II
De la tasa y del procedimiento de cobro
Artículo 7º—Determinación del
costo del servicio de mantenimiento de parques y zonas verdes. Estos
servicios se determinan de acuerdo al costo efectivo de lo invertido por
Artículo 8º—Tasa. Para el
mantenimiento de los servicios indicados en el capítulo anterior,
Artículo 9º—Fijación de la tarifa.
Corresponde al Concejo Municipal fijar la tarifa de dicho servicio, de
conformidad a lo dispuesto en el inciso b) del artículo 13 de
- Servicios personales: Salarios y cargas sociales.
- Servicios no personales: mantenimiento de
equipo, seguros, pago de otros servicios públicos como agua y electricidad,
servicios contratados a empresas.
- Materiales y suministros
- Maquinaria y equipo.
- Gastos administrativos.
Artículo 10.—Del
10% de utilidad para el desarrollo. El diez por ciento de utilidad para el
desarrollo en que se incrementa la tasa (de acuerdo a lo dispuesto en el
artículo 74 de
Artículo 11.—Vigencia
de la tarifa. La tarifa o tasa por el servicio de mantenimiento de parques
y áreas verdes, una vez aprobada por el Concejo Municipal, deberá ser publicada
en el Diario Oficial
Artículo 12.—Plazo
de la tarifa y forma de pago. La tarifa o tasa por el servicio de
mantenimiento de parques y zonas verdes será anual y se cobrará por trimestres
vencidos. El cobro se efectuará en el mismo recibo con el que se cancelan las
demás obligaciones tributarias del contribuyente.
Artículo 13.—De
los intereses moratorios. El atraso en el pago de esta tasa generará
intereses que se calcularan según lo establecido en el Código de Normas y
Procedimientos Tributarios.
Artículo 14.—De
la deuda. De conformidad con el artículo 70 de
CAPÍTULO IV
Disposiciones finales
Artículo 15.—De
la denuncia. Todo daño en las instalaciones de los parques ocasionados por
un mal uso, deberá ser denunciado ante las autoridades locales para que los
responsables paguen los costos de reparación o sustitución.
Artículo 16.—De la
sanción. A quien produzca daños a los Parques o Zonas Verdes del Cantón de
Barva se le aplicará lo dispuesto en el artículo 1045 del Código Civil.
Artículo 17.—Derogación:
Deróguense todas las normas de igual o menor rango, que en esta misma materia
hayan sido dictadas por este Municipio con anterioridad y que sean
incompatibles o se opongan a este reglamento.
Artículo 18.—Consulta
pública. De conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código
Municipal vigente, este Reglamento se somete a consulta pública no vinculante
por un plazo de diez días hábiles, transcurrido el cual el presente Reglamento
quedará en firme.
Barva, 13 de julio del 2012.—Joel A. Castillo Agüero, Encargado Obras Civiles.—1
vez.—(IN2012075197).
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Margine del Carmen Pineda Betanco, de nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia
Nº
CONSEJO DIRECTIVO
Considerando:
En esas condiciones, el Instituto
Costarricense de Electricidad requiere la adquisición de terreno e
indemnización de construcción, necesario para
El inmueble se encuentra inscrito en el
Registro Público matrícula folio real Nº 2-156618-000 propiedad de Mario Morera
Rojas, mayor, casado, cédula de identidad 2-236-960, comerciante, vecino de Naranjo,
La naturaleza del inmueble para la matrícula
folio real Nº 2-156618-000 es de café, sus linderos son al norte: Alfredo
Ramírez, al sur: Claudio Benavides Ulate, al este: Carretera Nacional y al
oeste: Alfredo Ramírez y para el inmueble matrícula Folio Real 2-121438-002 al
006 y 009, es café con una casa; colinda al norte: Mario Morera Rojas, al sur:
Ramón Molina y Jimmy Benavides González, al este: Carretera Nacional y al
oeste: Alfredo Ramírez sus áreas registrales son
A solicitud del Proyecto Transmisión Central
Norte del Instituto Costarricense de Electricidad, esta adquisición de terreno
e indemnización de construcción, fueron valorados, de acuerdo con el peritaje
de ley, en la suma de ¢23.445.021,40 (Veintitrés millones cuatrocientos
cuarenta y cinco mil veintiún colones con cuarenta céntimos), según avalúo
administrativo número 129-2012.
De acuerdo con los estudios técnicos
realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente
probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de expropiar la
adquisición de terreno e indemnización de construcción, con base en el artículo
45 de
1º—Apruébense las presentes
diligencias por la suma de ¢23.445.021,40 (veintitrés millones cuatrocientos
cuarenta y cinco mil veintiún colones con cuarenta céntimos), según avalúo
administrativo número 129-2012 y comuníquese.
2º—De no ser aceptado por el propietario, el
respectivo avalúo, exprópiese el inmueble anteriormente mencionado propiedad en
matrícula folio real Nº 2-156618-000 propiedad de Mario Morera Rojas, mayor,
casado, cédula de identidad 2-236-960, comerciante, vecino de Naranjo,
La topografía es variable, con pendientes
entre 5% en sus partes más planas, las cuales son mínimas, ya que la mayor
parte del relieve es accidentado y quebrado, alcanzando una pendiente máxima
aproximada de 60% en sectores más quebradas, tal como en las cercanías a los
ríos y quebradas; entre los ríos más destacados se encuentran Pilas, Pilitas y
Colorado. El clima mantiene la relación con el resto del cantón, con una
estación lluviosa que comprende de mayo a noviembre y la seca de diciembre a
abril. Por la influencia de los vientos alisios que atraviesa el Valle de Toro
Amarillo presenta un clima templado cálido.
La mayor parte del terreno se encuentra
construido, dentro de él se ubica una construcción de dos niveles, en la
primera planta se ubica una construcción de dos niveles, en la primera planta
se ubica una bodega de madera y un apartamento, en el segundo un depósito de
maderas, en el fondo de terreno se ubica un patio pequeño con plantas
ornamentales.
Por ser un lote de poca extensión no posee
caminos internos. Solamente el lindero norte se encuentra delimitado por cercas
de alambre de púas, con posteado vivo de caña india,
el resto de los linderos no poseen.
Todo con fundamento en
3º—La finca a expropiar se inscribirá a favor
del ICE.
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo,
tomado en Sesión número 5991, celebrada el 13 de junio del 2012.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Erick Picado Sancho,
Apoderado General Judicial.—1
vez.—(IN2012074650).
Considerando:
En dicho marco legal-institucional, en pos
del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los
costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita
adquirir un terreno, por la forma en que se ve afectado por el paso de la línea
de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Parrita- Palmar Norte), el cual es
parte de la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
matrícula 48.001-000.- Ese lote no se ha segregado e inscrito en forma independiente
de la finca madre, pero se identifica en la materialidad por medio del plano de
Catastro, P-1.553.294, del año 2012, el cual se describe como solar, situado en
el Distrito 2º, Palmar, del cantón 5º, Osa, de la provincia de Puntarenas; mide
El poseedor-propietario del lote, es el señor
Marcos Rojas Montero, cédula de identidad 6-210-800, que lo ha poseído en forma
quieta, pública pacífica y a título de dueño desde hace más de un año en que lo
adquirió por compra a la empresa GW Reyes Ltda, según
indica en declaración jurada, sin fecha, rendida por el aludido señor, a
solicitud de mi representado.
Ø Que a solicitud de
A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto
Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente
demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de adquirir este terreno,
por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las presentes diligencias por
la suma de ¢4.056.000,00 (Cuatro millones cincuenta y seis mil colones con
00/100).
2º—De no ser aceptado por el propietario el respectivo
avalúo, exprópiese, de la finca del Partido de Puntarenas, matrícula
48.001-000, un lote de terreno que se describe así: terreno de solar, sito en
el Barrio Bon de Palmar Norte, distrito 2º del cantón
5º, Osa, de
El lote se ubica en las coordenadas
geográficas CRTM05 Norte 992 238, y Este 558 924, ubicadas en la hoja
cartográfica Changuena, escala 1:50 000. En el lote
no existen construcciones.
3º—Continúese con los trámites de rigor.
4º—Se declara firme el presente acuerdo,
tomado en sesión número 5991 celebrada el 13 de junio del 2012.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Claudio Zeledón Rovira, Apoderado Especial Judicial.—1 vez.—(IN2012075199).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Órgano Director.—Procedimiento
ordinario administrativo contra la empresa Asfije
Asesoría Financiera Jurídica Económica Limitada, Propietaria de
COMUNICA:
Que con base en el oficio
DGA-5282-2012,
Contra esa resolución proceden los Recursos
de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el plazo de tres
días posteriores a la tercera publicación, ante
Lic. Pablo Valverde Madrigal,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº
14854.—Solicitud Nº 12883.—C-76160.—(IN2012075433).
Órgano Director.—Procedimiento
Ordinario Administrativo contra la empresa Amores de Osa S. A., propietaria del
establecimiento de hospedaje Albergue Paraíso del Pacífico.—San José, a las
trece horas del tres de julio del dos mil doce. Comunica que con base en el
oficio DGA-5286-2012,
Procedimiento Ordinario
Administrativo contra la empresa Ramírez y González S. A., propietaria del
establecimiento de hospedaje Apartotel Ramgo.—San José, a las once horas del tres de julio del dos mil
doce. Comunica que con base en el oficio DGA-5284-2012,
Procedimiento Ordinario
Administrativo contra la empresa Paraka S. A.,
propietaria del Restaurante y Pizzería Paraka.—San José, a las diez horas del tres de julio del dos mil
doce. Comunica que con base en el oficio DGA-5280-2012,
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A: Luis Josué Madrigal Hernández y Thania
Karolina Vega Nicolaza, se le comunica la resolución
administrativa de las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil doce, en
favor de la persona menor de edad Fabricio Ramón Madrigal Vega, mediante la
cual se dicta medida de protección de cuido provisional a favor de la persona menor
de edad y se le ubica en el hogar de su abuela materna. Indicándose que debe
señalar tugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: procede recurso de
revocatoria y de apelación si se plantean dentro de los tres días hábiles
siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta oficina
local resolver la revocatoria y el de apelación corresponde resolver a
Al señor Jaime Moisés Duarte Téllez, se le notifica que mediante
resolución de las trece horas del veinticuatro de abril del dos mil doce, se
ordena cuido provisional de la persona menor de edad Aisha
Maylin Duarte Mojica, bajo cuidados y responsabilidad
Blanca Azucena Duarte Téllez. Lo anterior por el plazo máximo de seis meses.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante
A Joseer Rodríguez Morales y Jaimie
Celina Rueda Mendoza, en ejercicio de la patria potestad de Josué David y
Nicole Pamela, ambos Rodríguez Rueda, se les comunica la resolución de las
nueve horas cuarenta minutos del dos de julio del dos mil doce, que ordenó el
inicio del proceso especial de protección a favor de las personas menores de
edad citadas. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas
personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de
Se le comunica al señor Gonzalo Alberto Ramírez Esquivel, la
resolución de las diez horas del día seis de julio del dos mil doce, en la que
resuelve dictar medida de Protección Administrativa de Cuido Provisional en
familia sustituta en beneficio de la persona menor de edad Sharon Oddeth Ramírez Zapata, ubicándola en el hogar de la tía
materna señora Ángela Marín Somarribas. Notifíquese lo anterior a la
interesada, de conformidad con
A Miguel Ángel Reyes Blanco, se le comunica la resolución de las
14:00 horas del 19 de junio del 2011, donde se resuelve: I) Arróguese esta
Oficina Local del Patronato Nacional de
A Humberto Barrera Galeano, se le comunica la resolución
administrativa de las trece horas veinte minutos del seis de julio del dos mil
doce de
Se le comunica al señor Adrián González Rodríguez, la resolución
administrativa de las trece horas del dieciocho de junio del dos mil doce con
la que se inicia el Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa
dictando medida de cuido provisional a favor de las personas menores de edad Dreikol y Darian ambos de
apellidos González Vega; el plazo de la resolución es de seis meses contados a
partir del dictado del acto administrativo. En contra de la presente resolución
procede el recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un
plazo de cuarenta y ocho horas después de notificada. Deberá además señalar
lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro
de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto, incierto o el medio
ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo
transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Exp. Nº 342-00038-2010.—Oficina Local de
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a consulta pública los
siguientes proyectos de norma:
PN INTE 06-09-06:2012, “Lámina de acero al carbono,
galvanizada por el proceso de inmersión en caliente, corrugada para techo.
Requisitos”. (Correspondencia: N.A.).
PN INTE 06-02-33:2012, “Norma para mezcla de espacios,
armarios húmedas, habitaciones húmedas, y tanques de almacenamiento de agua
utilizados en el ensayo de cementos hidráulicos y hormigones”.
(Correspondencia: ASTM C511).
PN INTE/IEC 62305-1:2012, “Protección contra el rayo.
Parte 1: Principios generales”. (Correspondencia: IEC 62305-1).
PN INTE 35-01-01:2012, “Sistemas de gestión de
responsabilidad social. Requisitos”. (Correspondencia: N.A.).
Se recibirán observaciones
durante los siguientes 60 días naturales después de la publicación del presente
aviso.
Para mayor información comuníquese con
Carlos E. Rodríguez, Director
Ejecutivo.—1 vez.—(IN2012075563).
CEMENTERIO CAMPO DE ESPERANZA
SAN
ANTONIO DE ESCAZÚ
- Trámite de exhumaciones en nicho (bóveda), de lunes a viernes de
- Trámite de inhumaciones en nicho (bóveda),
sábados, domingos y días feriados será de ¢20.000,00.
- Cuota de mantenimiento anual 2013 será de
¢16.000,00.
- El interés anual por mora en el pago de la
cuota para el funcionamiento del cementerio será de un 30%. Regirá a partir de enero
del 2013.
- Se acuerda que los restos de las personas
que se encuentren en bóvedas de arrendatarios y los dolientes a la hora de la
exhumación no tienen donde trasladar los restos y solicitan pasarlos al Osario
General del Cementerio, se les ofrecerá el servicio de resguardo mediante el
pago de ¢20.000,00 anual.
17 de julio de 2012.—Junta Administradora.—Francisco Mora Marín, Presidente.—1
vez.—(IN2012075499).
DEPARTAMENTO DE PATENTES
EDICTOS
Nº 014-2012.—Para los fines consiguientes
el Departamento de Patentes de
San Pedro de Montes de Oca, 25
de mayo del 2012.—Liliana Barrantes E., Jefa de
Patentes.—Melania Solano Coto.—1 vez.—RP2012312746.—(IN2012074773).
Nº 014-2012.—Para
los fines consiguientes el Departamento de Patentes de
San Pedro de Montes de Oca, 25
de mayo del 2012.—Liliana Barrantes E., Jefa de
Patentes.—Melania Solano Coto.—1 vez.—RP2012312747.—(IN2012074774).
Puriscal, julio 2012.—Yorleny Guevara Mora, Secretaria del Concejo.—1
vez.—RP2012312357.—(IN2012074775).
La suscrita Secretaria del
Concejo Municipal hace constar que el Concejo Municipal del Cantón de Poás, en
su sesión ordinaria Nº 114 celebrada el 3 de julio de 2012, en forma unánime y
definitivamente aprobado, según Acuerdo Nº 6780-07-2012 aprueba acogerse a los parámetros
de valoración establecidos por el Órgano de Normalización Técnica mediante el
Manual de Valores Base Unitario por Tipología Constructiva, publicado en el
Alcance Digital N° 12 de
http://dgt.hacienda.go.cr/Impuestosolidario/Impsolidfotalec/Paginas/C%C3%A1lculodelImpuestoSoli ario.aspx
e igualmente, se complementa con
San Pedro de Poás, 10 de julio
del 2012.—Edith Campos Víquez, Secretaria del Concejo
a. í.—1 vez.—(IN2012075551).
AVISO
El Concejo Municipal informa,
que la sesión del jueves 2 de agosto, se realizará el viernes 3 de agosto de
Ana Eugenia Ramírez Ruiz,
Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2012076003).
INFORMA
1º—Acuerdo definitivamente
aprobado por el Concejo Municipal de Orotina, en sesión ordinaria número 140, artículo
5, aparte 3, inciso 1. Comunicado mediante oficio CMO 738 2011. Donde se
autoriza la actualización de la tarifa de aseo de vías y sitios públicos de la
siguiente manera:
Tarifa
de aseo de vías:
ciento sesenta y un colones con once céntimos por metro lineal.
2º—Acuerdo definitivamente
aprobado por el Concejo Municipal en Acta de sesión ordinaria Nº 188, artículo
5, inciso 2), puntos 1 y 2. Comunicada mediante oficio SCMO-422-2012. Donde se
autoriza la actualización de las tarifas de servicio de cementerio, inhumación,
exhumación y mantenimiento de la siguiente manera:
Mantenimiento de cementerio
anual:
Cruces: ¢4.343,40.
Lápidas: ¢8.686,79.
Nichos: ¢13.030,19
Inhumación y exhumación:
Fosa: ¢26.000,00
Lápida: ¢23.000,00
Nicho: ¢17.850,00
Así mismo la administración
convoca a audiencia pública el próximo 9 de agosto a la 1:30 p. m. en la sala
de sesiones del Concejo Municipal de
Orotina, 16 de julio del 2012.—Mba. Margoth Montero Jiménez,
Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(IN2012075456).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN NUTRICIÓN
DE
COSTA RICA
1) Confirmación del quórum.
2) Actos protocolarios.
3) Conocer de las renuncias presentadas a las
fiscalías por
4) Elección de los cargos vacantes bajo la
dirección del Tribunal Electoral.
5) En caso que sean electos para los cargos en
elección personas que estén ejerciendo cargos en
6) Juramentación y toma de posesión de las o los
nuevos electos.
7) Acuerdo sobre la reforma al Reglamento de
Fiscalías.
8) Declaración en firme del acta de la presente
sesión.
9) Cierre de la sesión.
Si a la hora señalada no se
reuniera el quórum, desde ahora queda convocada para reunirse en segunda convocatoria
treinta minutos después de la hora señalada para la primera convocatoria
formando quórum cualquier número de miembros activos siempre que no sea
inferior a doce, de acuerdo al artículo 19 de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE
ARQUITECTOS DE COSTA RICA
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío de las
bitácoras relacionadas con los siguientes números de contratos y profesional a
cargo:
Arq. Rodolfo Sánchez Chaves,
A-5839, OC-557438; Arq. Alejandro Cubillo Lorenzo, A-9544, OC-552359; Arq.
Amalia Jara Ocampo, A-7821, OC-550259; Arq. Hugo Guzmán Escalante, A-1727, OC-535755;
Ing. Jaime Esteban Mayorga Marín, ICO-18432, OC-553909; Ing. Peter William López López,
ICO-6236, OC-540576; Arq. Carolina Ulate Flores, A-21865, OC-529993 y
OC-513038; Ing. Ernesto Mora Castro, IC-15108, OC-561870; Ing. Fernando Ulloa
Muñoz, IC-10718, OC-545785; Ing. Mario Alberto García Torres, IC-20356,
OC-538207; Ing. Ronald Venegas Murillo, IC-11419, OC-531491, OC-515217 y
OC-526288; Ing. Gilberto Chacón Sarmiento, IC-21353, OC-513023 y OC-528440;
Ing. Miguel Nema Orozco, IC-8311, OG-555449; Arq. Guillermo Navarro Mairena,
A-1973, OG-530291; Ing. Carlos H. Umaña Herrera, IC-3650, OC-551894; Arq.
Andrés Lazo Behm, A-16995, OC-493740; Ing. Alexander
Rodríguez Vargas, ICO-20301, OC-555350 y OC-544711; Arq. Luis Andrés Madriz
Chacón, A-15153, OC-494980; Ing. Jairo Fernández Herrera, IC-8894, OC-547712;
Arq. Ericka Murillo Garro, A-14666, OC-550148; Ing. Adrián Blanco Castro,
IC-23181, OC-517262, OC-524164 y OC-514919; Ing. Emperatriz Ordeñana
Ayerdis, IC-17296, OC-533304; Ing. Diego Ruiz Arias,
IC-17528, OC-523302; Arq. Wilberth Vargas Gutiérrez, A-22299, OC-559683; Ing.
Julio Quirós Navarro, ICO-4714, OA-556073; Ing. Roy Bogantes González, IC-9632,
OC-426105; Ing. Enrique Paz Aberle, IC-15415,
OC-555214; Ing. Jorge Arturo Ovares Corrales, ICO-18435, OC-522277, OC-517600,
OC-529601, OC-524879, OC-515221, OC-514731, OC-514001 y OC-526230; Arq. Steve
Chacón Rojas, A-15237, OC-566583; Ing. José Alberto Jiménez Morales, IC-2593,
OC-517455 y OC-522686; Ing. Luis Fdo. Venegas Sancho,
IC-9148, OC-528441 y OC-528511; Arq. Mauricio Gómez Ulett,
A-9621, OC-555302; Ing. Ahias Steller Porras,
ICO-3722, OC-527278; Ing. Carlos Rosas Barboza, IC-21899, OC-520181, OC-523044;
Ing. Doris Molina Zamora, IC-23193, OC-529873; Ing. Jorge Arturo Ovares
Corrales, ICO-18435, OC-513018; Ing. Humberto Méndez Sánchez, IC-16786,
OC-534589; Ing. Víctor Cantillano Morán, IC-14695, OC-534486; Arq. Magaly Gabuardi Sánchez, A-1688, OC-555143; Arq. Georgina Zúñiga
García, A-9525, OC-548692.—San José, 6 de julio del
2012.—Departamento de Responsabilidad Profesional.—Ing. Javier Chacón
Hernández, Jefe.—O. C. Nº 458-2012.—Solicitud Nº
37866.—C-135380.—(IN2012074448).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
GRUPO MUTUAL ALAJUELA -
De conformidad con lo estipulado
por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Armando Salazar
Padilla, cédula 6-0037-
URBANIZACIONES GUANACASTECAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Urbanizaciones Guanacastecas
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-026006, solicita ante
CONDOMINIO VERTICAL RESIDENCIAL EL MIRADOR
Condominio Vertical Residencial
El Mirador, cédula de persona jurídica número 3-109-571637, finca matriz número
1-002804-M-000, solicita al Registro Nacional, Registro de Bienes Inmuebles,
Registro de Propiedad en Condominio, la reposición por extravío de los libros
de Caja número uno, Actas de Asamblea de Propietarios número uno y Actas de
Junta Directiva número uno, del referido Condominio. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Bienes Inmuebles,
Sección de Propiedad en Condominio, en el término de ocho días contados a partir
de la publicación de este aviso.—San José, 10 de julio
del 2012.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—(IN2012075132).
CARIARI COUNTRY CLUB S. A.
Para efectos de reposición yo Dino Aita Vaglio
cédula de identidad Nº 1-378-604, en mi posición de propietario de la acción y
título Nº 0271, hago constar que he solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A
hoy, Cariari Country Club S. A., la reposición de los mismos por haberse
extraviado. Por término de la ley se atenderán oposiciones en el Departamento
de Secretaría de Junta Directa, en Cariari Country Club S. A., San Antonio de
Belén, Heredia y transcurrido el mismo se procederá a la reposición.—Dino Aita
Vaglio.—(IN2012075568).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
REPRESENTACIONES BAP S. A.
Jorge Arturo Osborne
Güell, portador de la cédula de identidad costarricense número uno-cero
seiscientos cincuenta y tres-cero cuatrocientos treinta y cinco, actuando en mi
condición de liquidador de la sociedad denominada Representaciones BAP S. A.,
titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
veintidós mil seiscientos setenta y dos, hago constar que: a) El monto del
haber social existente al día de hoy es la suma total de diez mil quinientos
nueve colones con sesenta y un céntimos (¢10.509,61), el cual deriva de la
sumatoria del capital social oportunamente suscrito y pagado y el precio de
venta del único bien del cual era propietaria la sociedad. b) El haber social,
de conformidad con la información que actualmente consta inscrita en el Libro
de Registro de Accionistas de la sociedad, corresponde en forma íntegra a la
sociedad denominada Banco General S. A., una sociedad constituida y vigente de
conformidad con la legislación de
Extravío de placa oficial de
identificación
A las distintas autoridades del
país y público en general se hace saber acerca del extravío de la placa oficial
número 063 de
COLEGIO DE CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA
Por unanimidad se acuerda proceder al
levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:
Alfaro Guerrero Adriana,
Alvarado Monge Karla, Argüello Rojas, David Arroyo
Herrera, Xinia María Barboza Zúñiga, Erick Cabezas Loría, María Carballo Cruz,
Oscar Cedeño Fonseca, Marlene Durán Salas, Silvia Ileana Guillén Castro,
Melissa Gutiérrez Castillo, Enrique Jiménez Chew,
Raúl López Bermúdez, Miguel Martínez Carmona, Kimberly Pamela Rodríguez
Pacheco, María José Romero Pereira, Yadira Suárez, Cartín Gerardo.
• Listado de colegiados suspendidos por morosidad en el pago de
colegiaturas, razón que les impide ejercer la profesión:
ACEBAL MORALES MARÍA CRISTINA,
AGÜERO GALLO ALFREDO, AGUILAR CORONADO DUNIA, ALFARO ROJAS ROSA IRIS, ALVARADO
GRANADOS FRANCISCO, ALVARADO MONGE CARLOS RICARDO, AMARO ALMANZAR MARGARITA,
AMORETTI OROZCO DANELIA, ANGULO ÁVILA BERNAL, ARAYA VALVERDE LIZETH, ARCE
CHAVES FEDERICO, ARCE MONTERO CARLOS ROBERTO, ARGUEDAS CHAVERRI ROLANDO, ARIAS
ALFARO JOHNNY, ARIAS CHAVARRÍA FERNANDO, ARIAS CHAVES MARIO RODRIGO, BADAWY
GUERRERO PATRICIA, BADILLA RODRÍGUEZ MARÍA ALEJANDRA, BALBOA HERRERA RAFAEL
GMO., BARQUERO FIGUEROA VERÓNICA MARÍA, BARRANTES MATA MARCELA, BARZUNA LACAYO
KARINNA, BEITA ARGUEDAS CARLOS, BENAVIDES FAJARDO MARITA, BERGER GARNIER JENNY Ma., BETANCOURT GONZÁLEZ ÁNGEL GONZALO, BOLAÑOS ALPÍZAR
JOSÉ ÁNGEL, BONILLA SALAS SERGIO, BOROWSKI ZANKEL MARGRIT, BRENES LEÓN MICHAEL,
BRENES MADRIZ CYNTHIA, CAMPOS VILLEGAS CICELY, CARBALLO VELIZ WENDY DEL CARMEN,
CARMONA GÓMEZ DAVID, CARRILLO HERNÁNDEZ ELAINE, CARVAJAL SOLÍS JUAN BTA.,
CASCANTE CHAVES ESTEBAN, CASCANTE MORA DORA L., CASTRO MORA MÓNICA, CASTRO
ROJAS NORMAN, CASTRO SOLANO ELIZABETH, CECILIANO ROGERS MARILU, CÉSPEDES CÉSPEDES JAVIER OCTAVIO, CÉSPEDES PAZ ÉDGAR ALFREDO, CHAVES
ALFARO JOSUÉ, CHAVES CONSTENLA MARISOL, CHAVES MORA JULIO CÉSAR, CHAVES SALAZAR
ANDREA, CIUDAD CASSUS CARMEN, CONTRERAS GARCÍA ALVARO, CORDERO AGUILAR FABIO,
CÓRDOBA SOLANO LUIS J., CORRALES AGUILAR RICARDO, DE
Dr. Rafael Porras Madrigal,
Fiscal General.—1 vez. (IN2012075195).
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
El Colegio de Abogados de Costa Rica, avisa: que
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COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN
LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros
registros al 31 de mayo 2012, se encuentran morosos. Transcurridos diez días
hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados
en el diario oficial
Nombre |
Cédula |
Abarca Solís Luis Manuel |
304200783 |
Acuña Aguilar Elian |
111880178 |
Aguilar Chavarría Liseth María |
502950983 |
Aguilar Mora Rosa Elena |
303890350 |
Aguilar Umaña Guiselle Lizbeth |
701370748 |
Alfaro Villegas Dunia |
502610128 |
Alpízar Rodríguez Yarlyn Franciny |
603100336 |
Alpízar Solórzano María Isolina |
202610941 |
Alvarado Alvarado Kenia Patricia |
205710736 |
Alvarado Arias Sobeida |
603080240 |
Álvarez Zamora Ana Yerlin |
503540357 |
Andino Barea Rosibel |
206340064 |
Angulo Leal Sonia Elena |
501870489 |
Angulo Vargas Irene |
401680153 |
Arguedas Víquez Rita |
107340085 |
Arias Vega Hazel |
603000059 |
Astúa Bejarano Ileana María |
107070468 |
Astúa Bejarano Maureen |
108070695 |
Badilla Romero Sianny María |
106750405 |
Baltodano Castillo Ana Patricia |
503150514 |
Barahona Miranda Yohanna |
108890655 |
Barrantes Pizarro Hortensia |
501930381 |
Barrantes Ramírez Carlos Manuel |
103120358 |
Barrientos Sibaja Leda María |
105600167 |
Bernal Vargas Ana María |
113960222 |
Bogarín Rodríguez Ana Isabel |
206000943 |
Bolaños Mora Andrés Rafael |
303420694 |
Bolívar Alvarado Jorge |
603050104 |
Borbón Mora María Alina |
106940473 |
Brenes Mena Paula Andrea |
304470162 |
Briones García Odón |
501580452 |
Bryan Williams Elisia del Carmen |
700470739 |
Burgos Zamora Jeannette |
204180806 |
Bustos Angulo Hazel de los
Ángeles |
112920360 |
Calvo Canales Wilber |
501481280 |
Campos Sancho Larsen Andrés |
206420407 |
Campos Villalobos Jendry Vannesa |
503450950 |
Carballo Alvarado Allinson |
205490360 |
Carballo Araya Mariela |
205360456 |
Carpio Carpio Carmen Andrea |
303710527 |
Cascante Gutiérrez Luis Gerardo |
502740196 |
Castillo Araya Elizabeth |
301900644 |
Castillo Villalobos Marcela |
204680044 |
Chacón Hernández Diana |
304140169 |
Chacón Masís Guillermo |
107500677 |
Chaves Obando María Matilde |
502000096 |
Conejo Quirós Xinia |
204430151 |
Cordero Fernández Isabel María |
203470859 |
Cordero Hernández Juan Antonio |
107210399 |
Cordero Ramírez Egidia |
502910698 |
Cordero Vindas Yendry María |
303920264 |
Cornavaca Mendoza María de los Ángeles |
155815083505 |
Corrales Alfaro Mauren |
603110405 |
Cortes Matarrita Xindy María |
503170989 |
Coto Brenes David Eduardo |
304070532 |
Cruz Alvarado Hugo Armando |
205740233 |
Cruz Carazo Marianela de los
Ángeles |
206420406 |
De las Cuevas Calvo María
Luisa |
104830932 |
Delgado Picado María Elena |
112490779 |
Delgado Umaña Mainor Gerardo |
205210540 |
Delgado Vega Jéssica |
112390996 |
Díaz Baltodano Silvia Yarenis |
503600561 |
Díaz Ureña Yansi
de los Ángeles |
304000682 |
Enríquez Mora Dorcas |
107180172 |
Escalante Herrera Elizabeth |
103830289 |
Escobar Cordero Jacqueline Jassiel |
112680410 |
Esquivel Montoya Carlo Franchesco |
112870416 |
Fagan Lowis Felicia |
108810891 |
Fernández Benavides Patricia |
204210357 |
Fonseca Rodríguez Magdalena |
105510758 |
García Bermúdez Silvia |
108900170 |
García Muñoz Magdalena |
107880103 |
Garita González Freddy Antonio |
109630161 |
Garita Zúñiga Gabriela |
108930357 |
Garro Solano Lena María |
304020383 |
Gazo Chevez
María del Socorro |
155813113917 |
Gómez Pérez Jarvi |
502190229 |
Gómez Rodríguez Magaly |
603480597 |
Gutiérrez Brandt Laura |
112290531 |
Gutiérrez Montoya Flor de Lis |
601690755 |
Guzmán Rojas Laura Cristina |
206450493 |
Hernández Novoa Harry Damasco |
155804184509 |
Hernández Peralta Karol Andrea |
603610812 |
Herrera Azofeifa Militza |
701560067 |
Herrera Gómez Giselle |
900570528 |
Herrera Marín Betty |
103420758 |
Herrera Zúñiga Zaida María |
104570771 |
Huertas Solano Patricia María |
105460265 |
Hurtado Méndez Rosibel |
205020067 |
Hutchison Miller Etsu |
701120631 |
Jiménez Corrales Yadixa |
205520547 |
Jiménez de |
503200993 |
Jiménez Fernández Marco |
112620463 |
Jiménez Martínez Maricruz |
303460764 |
Lanza Valles Andrea |
503710972 |
Leitón Víquez Yessenia María |
401870062 |
León Hernández Xinia Elieth |
107720478 |
Manzanares Orozco Guillermo |
800650462 |
M.Sc. Félix Ángel Salas Castro,
Presidente Junta Directiva.—Lic. José Pablo Porras
Calvo, Pro-Secretario Junta Directiva.—1
vez.—(IN2012075253).
A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros
al 31 de mayo 2012, se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles
contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el
diario oficial
Nombre |
Cédula |
Maroño Salas Luz Eugenia |
107670768 |
Martínez Urbina Xochilth Elieth |
155801015800 |
Masís Zelaya Nidia |
207960040 |
Matarrita Matarrita Rubí |
502970249 |
Matul Romero Francisco Eduardo |
13200013024 |
Mc Sam Bennette Jorge Eduardo |
700570998 |
Medford Bryan Madalene |
106540104 |
Mejía Valverde Juliana |
701690554 |
Mena Mena Elen Isabel |
500920833 |
Miranda Chavarría Cindry María |
503360445 |
Molina Corrales Lizbeth |
104071245 |
Mora Rodríguez Maribel |
601640063 |
Mora Salas José Alberto |
304090860 |
Mora Villanea Flor Danubia |
603330626 |
Moraga Moraga Hannia María |
900750850 |
Moreno Pérez Alejandra Vanessa |
205660249 |
Muñoz Salazar Johnny |
112090680 |
Muñoz Solano Priscilla |
303780676 |
Murillo Fernández Mac Arturo |
105690565 |
Murillo Rodríguez Roxana |
205750010 |
Núñez Alfaro Mauricio |
205800286 |
Núñez Guerrero Ana Cecilia |
304260980 |
Obregón Obregón Ángel |
207940284 |
Odio Sosa Hugo |
800810470 |
Ortega Chavarría Guillermo |
112160609 |
Ortiz Isaba Georgina |
501550986 |
Osorno Camacho Ángela |
601770660 |
Otárola Víquez Paula |
113240816 |
Oviedo Godoy Elizabeth |
601000429 |
Padilla Cerdas Víctor Hugo |
301870205 |
Peralta Ocaña Natalia |
602840249 |
Pérez Rodríguez Yamileth |
204030727 |
Pizarro Hernández Lauren Corina |
502730533 |
Porras Brenes Eugenith de Jesús |
304060176 |
Porras Vega Sully |
304160738 |
Quirós Cascante Manuel |
601490424 |
Quirós Solano Roxana |
106040073 |
Ramírez Chacón Kattia Alejandra |
303840488 |
Ramírez Paniagua Melissa |
401840215 |
Ramírez Quesada Karen |
206420267 |
Ramírez Sancho María Lourdes |
503160716 |
Reina Parra Gloria Beatriz |
CC522778739 |
Rivera Hernández Cindy Vannesa |
701400658 |
Rivera Rodríguez Luis Carlos |
205980784 |
Rivera Vargas Pamela Patricia |
205440499 |
Robleto Castro Cándida Ana |
800470035 |
Rodríguez Abarca Adriana |
503640259 |
Rodríguez Alfaro Diana María |
113130259 |
Rodríguez Barrantes Marianela |
401300605 |
Rodríguez Paniagua Gerardo |
501130226 |
Rodríguez Vega Andrea Johanna |
701120290 |
Rojas Aguilar Gilmar |
205890165 |
Rojas Montoya Hazel María |
303460497 |
Rojas Torres Jonathan |
304240322 |
Rojas Ugalde María Rosario |
204190778 |
Ruiz Arrieta Krysia María |
502970505 |
Saborío Alvarado Shirley María |
204670627 |
Salas Marchena Karla Vanessa |
401900177 |
Salazar Zumbado Angie |
113580993 |
Sanabria Leandro Gabriela María |
303990025 |
Sánchez Alvarado Ingrid Patricia |
108080829 |
Sánchez Umaña Isabel |
701810512 |
Sandoval Guzmán Adriana Patricia |
112680460 |
Sandoval Zumbado Elieth |
502550539 |
Segnini Saballo Ligia |
502140762 |
Segura Zamora Gloriana |
304010705 |
Sibaja Porras Elodia María |
103890631 |
Sojo Logan Johel
de Jesús |
105810325 |
Sossa Valle Edwin |
204960129 |
Soto Estrada Tatiana |
303860372 |
Soto Sánchez Alejandrina |
204930017 |
Soto Torres Hugo |
205230331 |
Soto Vega Karen Andrea |
112580361 |
Soto Villalobos Pamela |
113140880 |
Spence Morgan Richard |
700980536 |
Tames Sánchez Ana Verónica |
303640454 |
Torres Brenes Edith |
601970847 |
Torres Cruz Francisco Javier |
502670750 |
Ulate Chacón Sugey |
205020428 |
Ureña Amador Jensy María |
304100834 |
Valverde Sánchez Jahaira |
401780375 |
Varela Carballo Cindy Patricia |
206450906 |
Vargas Rodríguez Silvia |
205000647 |
Vargas Trejos Yendry |
603380759 |
Vega Araya Joyce |
206340358 |
Vega Chavarría Jairo Andrés |
701460620 |
Viales Álvarez Ana Lisbeth |
502100781 |
Vílchez Víctor Juniethe Marisela |
800900336 |
Villafuerte Marchena Kennia Milena |
503350184 |
Villalobos Villalobos Ginette Patricia |
603610157 |
Villarreal Briceño Gabriela |
503150929 |
Villavicencio Rosales Cristina |
107890701 |
Víquez Calderón Rebeca |
109230080 |
Wilson Pacheco Susan Jenny |
203750297 |
Zárate Núñez Ana Lorena |
900450129 |
Zúñiga Chavarría Verónica Lucrecia |
503300605 |
Zúñiga Medina Alexander |
503010450 |
Zúñiga Samuels Gerardo |
701320475 |
M.Sc. Félix Ángel Salas
Castro Presidente Junta Directiva.—Lic. José Pablo Porras Calvo, Pro-Secretario Junta
Directiva.—1 vez.—(IN2012075254).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
En escritura otorgada ante esta notaría a las
diecisiete horas del veintisiete de abril de dos mil doce, Erial BQ Sociedad
Anónima, reduce capital social.—Lic. Marco Vinicio
Solano Gómez, Notario.—(IN2012073492).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura setenta y ocho del protocolo número octavo de la notaria Mónica Zumbado Fallas en, comparecen los señores Dexter Mena Gutiérrez y Hazel Alfaro Morales, a constituir la sociedad anónima llamada Depandora Technology Sociedad Anónima, por un plazo social de noventa y nueve años y con un capital social de diez mil colones.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—RP2012310569.—(IN2012071508).
Mediante escritura autorizada por mí, a las diez horas treinta minutos del cuatro de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Sweet Boutique LLC Limitada, con un capital social de treinta mil colones.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012310584.—(IN2012071521).
Mediante escritura otorgada a las diez horas quince minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Agencia de Viajes Esmeralda Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-uno uno uno ocho tres uno, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jesús Acosta Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012310585.—(IN2012071522).
Mediante escritura otorgada a las once horas veinticinco minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Ric Moin Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero dos cuatro cero cuatro nueve, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jesús Acosta Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012310586.—(IN2012071523).
Mediante escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del
veintisiete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta
de asamblea general extraordinaria
Mediante escritura otorgada en San José a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria denominada Lo Pequeño es Bonito Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero cuatro seis seis ocho tres-dos seis, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Jesús Acosta Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012310588.—(IN2012071525).
Mediante escritura otorgada a las once horas diez minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria denominada Inversiones Punta Cóncavas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero cinco tres seis dos dos, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Jesús Acosta Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012310589.—(IN2012071526).
Mediante escritura otorgada en esta notaría protocolicé el acta número dos de asamblea general extraordinaria de Lamparilla Tres Cincuenta y Cuatro Limitada, con cédula de persona jurídica: tres-ciento dos-cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos setenta y nueve, en la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San Ramón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Adolfo Hidalgo Agüero, Notario.—1 vez.—RP2012310593.—(IN2012071527).
Ante este notario público, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Residencias y Edificios Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-dieciocho mil quinientos ochenta y siete mediante la cual se modificó la cláusula décima. De la administración de los estatutos, la cláusula segunda: del domicilio y la cláusula quinta: del capital social.—Ciudad de San José a las veinte horas con treinta minutos del día dos de julio del dos mil doce.—Lic. Carlos Gerardo Monge Carvajal, Notario.—1 vez.—RP2012310595.—(IN2012071528).
Ante esta notaría se protocolizó el día de hoy la acta de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada: Inmobiliaria Viatka Sociedad Anónima.—Guápiles de Pococí, 4 de julio del 2012.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2012310596.—(IN2012071529).
Ante esta notaría se protocolizó el día de hoy la acta de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada: Inmobiliaria Herrecopa Sociedad Anónima.—Guápiles de Pococí, 4 de julio del 2012.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2012310597.—(IN2012071530).
Ante esta notaría se protocolizó el día de hoy la acta de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada: Reoagui de Pococí Sociedad Anónima.—Guápiles de Pococí, 4 de julio del 2012.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2012310598.—(IN2012071531).
Mediante escritura otorgada el día 3 de julio del 2012, se acuerda constituir la sociedad Horizonte Positivo S. A.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012310600.—(IN2012071532).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 3 de julio del 2012, mediante la escritura número cincuenta y uno, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad New Jersey Partners Sociedad Anónima, se revocan nombramientos de junta directiva y se nombran nuevos.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—RP2012310601.—(IN2012071533).
Ante esta notaría por medio de escritura número 245-22 de las 18:02 del 27 de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Martony SRL, cédula de persona jurídica número 3-102-191643.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—RP2012310602.—(IN2012071534).
Ante esta notaría por medio de escritura número 246-22, de las 9:46 del 28 de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad Río Motor S. A. cédula de persona jurídica número 3-101-251524.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—RP2012310603.—(IN2012071535).
Por escritura número veintitrés-cinco, otorgada ante el notario público Juan Manuel Cordero Esquivel, a las diez horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Residence Club Suite Seis Mil Seiscientos Once -I- El Caracol Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y siete mil doscientos cincuenta y dos; mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos sociales.—San José, veinticinco de junio de dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2012310604.—(IN2012071536).
El día de hoy ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de
accionistas de Yari Calvo Costa Rica S.R.L.¸Locos de Asar CR S. R. L., Ay Jacinto S.R.L.,
Soleil S. A., Rogelio Ulloa e Hijos S. A., Compañía
Comercial del Sur S. A. y Finca Filial E Siete
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 02/03/2012, se constituyó la sociedad Desarrollos Inmobiliarios Stylos Limitada. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Objeto: genérico. Capital social: suscrito y pagado. Dos gerentes como apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012310606.—(IN2012071538).
Ante esta notaría se ha presentado el cambio de junta defectiva, de domicilio y de la representación de la sociedad anónima denominada García Bonilla Sociedad Anónima. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—RP2012310608.—(IN2012071539).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del día 18 de junio del 2012, protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades: Luxury Homes of Flamingo S. A., Credendo Vides S. A., Seven Hills S. A., Dream Mountain S. A., Us Four S. A., Meditate Lunae S. A., Crinet S. A., Manavama S. A., Unión y Sistemas Us Four S. A., Surf and Turf S. A., Fontis Verum S. A., El Guardamonte S. A., Miserere S. A., Ingnis Arden S. A., Costa Marbella S. A., Magical Woods S. A., según la cual los socios acuerdan por unanimidad disolver la sociedad.—Lic. Anna Lía Volio Elbrecht, Notaria.—1 vez.—RP2012310609.—(IN2012071540).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó una acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de: Villa Montana Uno Primer Nivel Unidad I S. A., Villa Montana I-B Primer Nivel Unidad Dos S. A., Villa Montana II Primer Nivel Unidad III S. A., Villa Montana Dos-B Primer Nivel Unidad IV S. A., Villa Montana Cinco Primer Nivel Unidad V S. A., Villa Montana Cinco-B Primer Nivel Unidad Seis S. A., Villa Montana I Segundo Nivel Unidad Siete S. A., Villa Montana Uno-B Segundo Nivel Unidad VIII S. A., Villa Montana Dos Segundo Nivel Unidad Nueve S. A., Villa Montana II-B Segundo Nivel Unidad X S. A., Villa Montana Cinco Segundo Nivel Unidad Once S. A., Villa Montana Cinco-B Segundo Nivel Unidad XII S. A., Villa Montana I Tercer Nivel Unidad Trece S. A., Villa Montana Uno-B Tercer Nivel Unidad XIV S. A., Villa Montana Dos Tercer Nivel Unidad Quince S. A., Villa Montana II-B Tercer Nivel Unidad XVI S. A., Villa Montana III Tercer Nivel Unidad Diecisiete S. A., Villa Montana Cuatro Tercer Nivel Unidad XVIII S. A., Villa Montana V Tercer Nivel Unidad Diecinueve S. A., Villa Montana I Cuarto Nivel Unidad XX S. A., Villa Montana Uno-B Cuarto Nivel Unidad Veintiuno S. A., Villa Montana Dos Cuarto Nivel Unidad XXII, S. A., Villa Montana II-B Cuarto Nivel Unidad Veintitrés S. A., Villa Montana Cinco Cuarto Nivel Unidad XXIV S. A., Villa Montana V Cuarto Nivel Unidad Veinticinco S. A., Villa Montana I Quinto Nivel Unidad XXVI S. A., Villa Montana Uno-B Quinto Nivel Unidad Veintisiete S. A., Villa Montana Dos Quinto Nivel Unidad Veintiocho S. A., Villa Montana III Quinto Nivel Unidad Treinta S. A., Villa Montana Cuatro Quinto Nivel Unidad XXXI S. A., Villa Montana V Quinto Nivel Unidad Treinta y Dos S. A., Villa Montana I Sexto Nivel Unidad XXXIII S. A., Villa Montana Uno-B Sexto Nivel Unidad Treinta y Cuatro S. A., Villa Montana Dos Sexto Nivel Unidad XXXV S. A., Villa Montana II-B Sexto Nivel Unidad Treinta y Seis S. A., Villa Montana III Sexto Nivel Unidad XXXVII S. A., Villa Montana Cuatro Sexto Nivel Unidad Treinta y Ocho S. A., Villa Montana V Sexto Unidad XXXIX S. A., Villa Montana I Sétimo Nivel Unidad XL S. A.,Villa Montana Uno-B Sétimo Nivel Cuarenta y Uno S. A., Villa Montana Dos Sétimo Nivel Unidad XLII S. A., Villa Montana II-B Sétimo Nivel Unidad Cuarenta y Tres S. A., Villa Montana Cinco Sétimo Nivel Unidad XLIV S. A., Villa Montana V Sétimo Unidad Cuarenta y Cinco S. A., Villa Montana I Octavo Nivel Unidad XLVI S. A., Villa Montana Uno-B Octavo Nivel Unidad Cuarenta y Siete S. A., Villa Montana Dos Octavo Nivel Unidad XLVIII S. A., Villa Montana II-B Octavo Nivel Unidad Cuarenta y Nueve S. A., Villa Montana III Octavo Nivel Unidad L S. A., Villa Montana Cuatro Octavo Nivel Unidad LI S. A., Villa Montana VI Octavo Nivel Unidad LII S. A., Willi Wonka S. A., Suns, Moos and Stara S. A., Soul Rebel S. A.—San José, 13:00 horas del 28 de junio del 2012.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2012310610.—(IN2012071541).
Reforma la cláusula cuarta pacto constitutivo de Comorsa Comercial Moreira S. A., se nombra junta directiva y fiscal. Aumento de capital social a trescientos mil colones.—San José, 25 junio del 2012.—Lic. Wendy Patricia Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—RP2012300611.—(IN2012071542).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución RMT-1298-2012 de las
9:00 horas del día 25 de mayo del 2012.
De conformidad con resolución
RMT-1020-2012 de las 9:00 horas del 8 de mayo del 2012.
REGIÓN PACÍFICO CENTRAL
El IDA hace saber que mediante
resolución que en lo conducente indica: Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría de Asuntos Jurídicos.—Dirección Región Pacífico
Central, en Coyolar de Orotina, a las 13 horas con 35 minutos del martes 10 de
julio de 2012. Exp. 070-2012-NUL. Con fundamento en las facultades que otorga
SISTEMA
NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con lo dispuesto en los artículos
241 y 242 de
PRIMERO: De conformidad con el artículo 34 de
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
Que en
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
CONCEJO MUNICIPAL
En
AMPLIACIÓN AL REGLAMENTO FERIA DE LAS FRUTAS
Se establece como fechas máximas
en las cuales se deberá nombrar a los responsables de la organización de
En el cual debe hacerse la
siguiente corrección:
Donde dice: “Ampliación al Reglamento
Feria de las Frutas”
Debe decir: “Anexo al Manual de
Operaciones para las Comisiones de Festejos Populares”.
Todo lo demás se mantiene igual.
Kattia María Salas Castro,
Secretaria del Concejo.—1 vez.—(IN2012075455).