LA GACETA Nº 149 DEL 3 DE AGOSTO DEL 2012

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

HACIENDA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

ADJUDICACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

AVISOS

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

JUSTICIA Y PAZ

PODER JUDICIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

INSTITUTO COSTARICCENSE DE TURISMO

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

MUNICIPALIDAD DE OSA

AVISOS

NOTIFICACIONES

HACIENDA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

FE DE ERRATAS

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

AVISO

Nº SC-011-2012.—San José, 9 de julio del 2012.

Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha emitido las siguientes  resoluciones:

-    DG-098-2012: modifica la resolución DG-007-2012. Revalora en un 2% la categoría 1 y en un 3% la categoría 2 de las clases grupos profesionales de médicos, farmacéuticos, microbiólogos, odontólogos y psicólogos clínicos.

-    DG-100-2012: modifica el artículo 2º de la resolución DG-319-2011para que se lea “Rige a partir del 1º de julio del año 2011 y queda sujeto a disponibilidad presupuestaria”.

-    DG-173-2012: Revalora la clase de puesto docente Orientador 1, Grupo Ocupacional MT-5.

-    DG-174-2012: Modifica las Resoluciones DG-329-2011 y DG-434-2011 en cuanto al título del Manual del Servicio sin Oposición.

-    DG-186-2012: Aprueba el plan de estudio de la Carrera Bachillerato en Gestión de Turismo Rural Sostenible, impartido por el Instituto Tecnológico de Costa Rica, Sede Regional de San Carlos.

Publíquese.—Maricela Tapia Gutiérrez, Directora General.—1 vez.—O. C. Nº 14382.—Solicitud Nº 023-2012.—C-20700.—(IN2012076720).

HACIENDA

UNIDAD EJECUTORA DE REGULARIZACIÓN

DE CATASTRO Y REGISTRO

En el marco del Programa de Regularización del Catastro y Registro del Gobierno de Costa Rica y la Ley de Catastro Nacional y su Reglamento.

Se convoca a los propietarios y poseedores, para que se apersonen a la Exposición Pública de Resultados del Levantamiento Catastral, que se realizará en los siguientes distritos:

Provincia

Cantón

Distritos

Fecha

Dirección

Cartago

Jiménez

Tucurrique

del 17 al 26 de agosto 2012

En el Restaurante de la Iglesia Católica de Tucurrique

Pejibaye

Esto con el fin de que examinen los registros y mapas catastrales, suscriban el acta de conformidad o manifiesten su inconformidad. De no presentarse el Catastro Nacional dará los datos por correctos, según lo indica el Artículo 19 de la Ley de Catastro.

Horario de Atención: De Lunes a Domingo de 8:00 am a 4:00 pm (jornada continua)

Para más información comuníquese al  2202-0999 con María Gómez y/o al 2527-9516 con Zeidy Cedeño.

San José, 30 de julio del 2012.—Unidad Ejecutora 1284/OC-CR.—Homer Badilla Toledo, Especialista en Adquisiciones.—1 vez.—(IN2012078709).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

AE-REG-E-175/2012.—La señora Diana Cruz Fernández, cédula de identidad: 9-0100-0222, en calidad de gerente general de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica S. A. (MACORI), cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Sembradora/Abonadora de líneas marca: Tatu, modelo: T2SI 3L 2800, país de origen: Brasil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-AG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 9 horas con 22 minutos del 11 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.— RP2012313238.—(IN2012075737).

AE-REG-E-158/2012.—La señora Diana Cruz Fernández, cédula de identidad: 9-0100-0222, en calidad de gerente general de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica S. A. (MACORI), cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Sembradora/Abonadora marca: Tatu, modelo: PSA3 19/19, país de origen: Brasil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14 horas con 27 minutos del 16 de mayo del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—RP2012313239.—(IN2012075738).

AE-REG-E-159/2012.—La señora Diana Cruz Fernández, cédula de identidad: 9-0100-0222, en calidad de gerente general de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica S. A. (MACORI), cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Sembradora/Abonadora de marca: Tatu, modelo: PSA3 15/15, país de origen: Brasil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14 horas con 59 minutos del 16 de mayo del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—RP2012313240.—(IN2012075739).

AE-REG-E-160/2012.—Diana Cruz Fernández, cédula de identidad: 9-0100-0222, en calidad de gerente general de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica, S. A. (MACORI), cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Sembradora/Abonadora marca: Tatu, modelo: SDA3 E 15, país de origen: Brasil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-AG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de mayo del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—RP2012313241.—(IN2012075740).

AE-REG-E-161/2012.—La señora Diana Cruz Fernández, cédula de identidad: 9-0100-0222, en calidad de gerente general de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica S. A. (MACORI), cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Sembradora/Abonadora marca: Tatu, modelo: T2SI 6L 3600, país de origen: Brasil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 15 horas con 56 minutos del 16 de mayo del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—RP2012313242.—(IN2012075741).

AE-REG-E-157/2012.—La señora Diana Cruz Fernández, cédula de identidad: 9-0100-0222, en calidad de gerente general de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica S. A. (MACORI), cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Sembradora/Abonadora marca: Tatu, modelo: PHT3 3/2, país de origen: Brasil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13 horas con 09 minutos del 16 de mayo del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—RP2012313243.—(IN2012075742).

AE-REG-E-206/2012.—La señora Diana Cruz Fernández, cédula de identidad: 9-0100-0222, en calidad de gerente general de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Sembradora/Abonadora, marca: Tatu, modelo: SDA CP 15, país de origen: Brasil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 8 horas con 55 minutos del 04 de julio del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—RP2012313244.—(IN2012075743).

AE-REG-E-170/2012.—El señor Héctor Cruz Molina, cédula de identidad: 3-0192-0308, en calidad de representante legal de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica, S. A. (MACORI), cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Sembradora/Abonadora marca: Tatu, modelo: T2SI 4L 2800, país de origen: Brasil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria No. 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a las 14 horas con 36 minutos del 04 de junio del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—RP2012313245.—(IN2012075744).

AE-REG-E-169/2012.—El señor Héctor Cruz Molina, cédula de identidad: 3-0192-0308, en calidad de representante legal de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica S. A. (MACORI), cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Sembradora/Abonadora marca: Tatu, modelo: SDA3 15/15, país de origen: Brasil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14 horas con 31 minutos del 04 de junio del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—RP2012313246.—(IN2012075745).

AE-REG-E-171/2012.—El señor Héctor Cruz Molina, cédula de identidad: 3-0192-0308, en calidad de representante legal de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica S. A. (MACORI), cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Sembradora/Abonadora marca: Tatu, modelo: T2SI 5L 2800, país de origen: Brasil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14 horas con 46 minutos del 04 de junio del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—RP2012313247.—(IN2012075746).

AE-REG-E-207/2012.—La señora Diana Cruz Fernández, cédula de identidad: 9-0100-0222, en calidad de gerente general de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Sembradora/Abonadora, marca: Tatu, modelo: SDA3 19/19, país de origen: Brasil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 9 horas con 50 minutos del 04 de julio del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—RP2012313248.—(IN2012075747).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Nº AE-REG-E-205/2012.—La señora Diana Cruz Fernández, cédula de identidad: 9-0100-0222, en calidad de gerente general de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de la Sembradora/Abonadora, marca: Tatu, modelo: SDA CP 19, país de origen: Brasil. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 15 horas con 45 minutos del 3 de julio del 2012.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—RP2012313237.—(IN2012075736).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

AE-REG-E-192-2012.—El señor Santos Aguilera Vargas, cédula de identidad número 9-0050-0693, en calidad de representante legal de la compañía El Colono Agropecuario S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Limón , solicita inscripción del producto coadyuvante de nombre comercial Carbón Activado Clarimex 100 WP compuesto a base de carbón activado. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10 horas con 48 minutos del 25 de junio del 2012.—Ing. Luis Aguilar Zeledón, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012076358).

AE-REG-E-200/2012.—El señor Juan Enrique Leal Fortuny, cédula 006607768, en calidad de representante legal de la compañía Fertilizantes Nordic de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se  encuentra en la ciudad de San  José, solicita inscripción  del Fertilizante Inorgánico Granular de nombre comercial Nordic Solubor, compuesto a base de Boro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10:30 horas del 2 de julio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012076826).

AE-REG-E-201/2012.—El señor Juan Enrique Leal Fortuny, cédula 006607768, en calidad de representante legal de la compañía Fertilizantes Nordic de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante Inorgánico Granular de nombre comercial Nordic Fertibor, compuesto a base de Boro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10:30 horas del 2 de julio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2012076827).

AE-REG-E-193/2012.—El señor Juan Enrique Leal Fortuny, cédula 006607768, en calidad de representante legal de la compañía Fertilizantes Nordic de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante Granular Inorgánico de nombre comercial Nordic Sulfato de Potasio y Magnesio Standard, compuesto a base de Potasio-Magnesio y Azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 8:30 horas del 29 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Luis A. Aguilar Zeledón, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012076828).

AE-REG-E-194/2012.—El señor Juan Enrique Leal Fortuny, cédula 006607768, en calidad de representante legal de la compañía Fertilizantes Nordic de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante Inorgánico Foliar y al suelo de nombre comercial Nordic Fertibagra 21, compuesto a base de Boro-Sodio-Azufre y Cloro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 8:30 horas del 29 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Luis A. Aguilar Zeledón, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012076829).

AE-REG-E-196/2012.—El señor Juan Enrique Leal Fortuny, cédula 006607768, en calidad de representante legal de la compañía Fertilizantes Nordic de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante Inorgánico Granular de nombre comercial Nordic Rapizinc, compuesto a base de Zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 8:30 horas del 29 de junio del 2012.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Luis A. Aguilar Zeledón, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012076830).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 42, título Nº 171, emitido por el Colegio San José de la Montaña, en el año dos mil siete, a nombre de Sandoval Arrieta María del Rocío. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de julio del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012075996).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 88, título Nº 2732, emitido por el Liceo Dr. Vicente Lachner Sandoval, en el año dos mil nueve, a nombre de Rovira Argüello Erick. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de mayo del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012313627.—(IN2012076673).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en el “Área de Ciencias”, inscrito en el tomo 1, folio 170, título Nº 109, emitido por el Liceo Nocturno de Nicoya, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Villegas Obando Lisbeth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Villegas Obando Lizbeth. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diez días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012313735.—(IN2012076675).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Para ver las marcas de Fábrica y Ganado solo en La Gaceta PDF o impresa

Cambio de nombre Nº 79309

Que Federico Ureña Ferrero, cédula de identidad l-901-453, en calidad de apoderado especial de La Fe Foods Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de González & Tapanes Foods Inc por el de La Fe Foods Inc, presentada el día 27 de junio de 2012 bajo expediente 79309. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0008244 Registro Nº 153928 LA FE en clase 29 marca denominativa y 2004-0008245 Registro Nº 152904 BLUE ROCK (ROCA AZUL) en clase 29 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—2 de julio del 2012.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—(IN2012075601).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Sanofi-Aventis Deutschland GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN FARMACÉUTICA QUE COMPRENDE UN AGONISTA DE GLP-1, Y METIONINA. Una composición líquida que comprende un agonista de GLP-1 y/o una sal farmacológicamente tolerable del mismo y opcionalmente al menos un excipiente farmacéuticamente aceptable, en el que la composición comprende metionina, como terapia de adición con metformina y/o con insulina/derivados de insulina de acción prolongada cuando sea apropiado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 38/26; A61K 47/18; A61P 3/10; cuyo(s) inventores son Brunner-Schwarz, Anette, Müller, Werner, Siefke-Henzler, Verena. La solicitud correspondiente lleva el número 20120242, y fue presentada a las 14:25:40 del 10 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres veces consecutivas en el Diario Ofiicial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de julio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—Nº RP2012313042.—(IN2012075714).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, en condición de apoderado de Cubist Pharmaceuticals Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES LIPOPÉPTIDAS Y MÉTODOS RELACIONADOS.

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La presente divulgación brinda formulaciones de daptomicina en polvo novedosas que han mejorado la estabilidad química y acelerado los tiempos de reconstitución, cuando están en estado sólido. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 7/64; A61K 38/12; A61P 31/04; C07K 7/06; C07K 7/08; cuyos inventores son O’connor, Sandra, Sun, Sophie, Naik, Gaauri. La solicitud correspondiente lleva el número 20120271, y fue presentada a las 14:07:10 del 22 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres veces consecutivas en el Diario Ofiicial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—Nº RP2012313208.—(IN2012075715).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Merck Sharp & Dohme Corp, de E.U.A., Merck Canadá Inc., de Canadá, solicita la Patente de Invención denominada AMINOPIRIMIDINAS COMO INHIBIDORES DE SYK. La presente invención proporciona nuevas pirimidina amidas de fórmula (I) que son potentes inhibidores de la tirosina quinasa del bazo y son útiles en el tratamiento y prevención de enfermedades mediadas por dicha enzima, tales como asma, COPD y artritis 5 reumatoide. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 417/12; A61K 31/497; A61P 11/00; A61P 11/06; A61P 29/00; A61P 35/00; C07D 417/14; cuyos inventores son Altman, Michael, D., Andresen, Brian, M., Arrington, Kenneth, L., Childers, Kaleen, Konrad., Di Francesco, Maria, Emilia, Donofrio, Anthony, Ellis, John, Michael, Fischer, Christian, Guerin, David, Joseph, Haidle, Andrew, M., Kattar, Solomon, Knowles, Sandra, Lee, Li, Chaomin, Lim, Jongwon, Machacek, Michelle, R., Northrup, Alan, B., O’boyle, Brendan, M., Otte, Ryan, D., Petrocchi, Alessia, Reutershan, Michael, H., Romeo, Eric, Siu, Tony, Taoka, Brandon, M., Trotter, B., Wesley, Zhou, Hua, Burch, Jason, Cote, Bernard, Dupont-Gaudet, Kristina, Fournier, Jean-Francois, Gauthier, Jacques, Yves, Guay, Daniel, Robichaud, Joel, S. La solicitud correspondiente lleva el número 20120331, y fue presentada a las 14:00:00 del 18 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres veces consecutivas en el Diario Ofiicial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—Nº RP2012313220.—(IN2012075716).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Bayer Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada ANTICUERPOS NEUTRALIZADORES CONTRA EL RECEPTOR DE PROLACTINA Y SU USO TERAPÉUTICO. El anticuerpo neutralizador contra el receptor de prolactina 005-c04, formas maduras de éste y fragmentos de unión al antígeno de éste. Composiciones farmacéuticas que los contienen. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/28; A61P 35/00; A61K 39/395; A61P 5/08; cuyos inventores son Otto, Christiane, Wolf, Siegmund, Freiberg, Christoph, Harrenga, Axel, Greven, Simone, Trautwein, Mark, Bruder, Sandra, Eicker, Andrea, Wilmen, Andreas. La solicitud correspondiente lleva el número 20120310, y fue presentada a las 13:17:10 del 8 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres veces consecutivas en el Diario Ofiicial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—Nº RP2012313222.—(IN2012075717).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Bayer Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada PROCESO PARA LA PREPARACIÓN DE CALCOBUTROL. Proceso para la preparación del complejo con calcio del ácido 0-(2,3 Dihidroxi-1-(hidroximetil) propil)-1, 4, 7, 10-tetraazaciclodecano-1, 4, 7-triacetico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es C07D 257/02, cuyos inventores son Platzek, Johannes, Trentmann, Wilhelm. La solicitud correspondiente lleva el número 20120235, y fue presentada a las 14:32:10 del 04 de mayo de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres veces consecutivas en el Diario Ofiicial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—Nº RP2012313224.—(IN2012075718).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, casada, abogada, vecina de San José, cédula número 1-0812-0604, en su condición de apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIONES DE COMPUESTOS ACTIVOS. La invención se refiere a combinaciones de compuestos activos, en particular a composición fungicida y/o insecticida, que comprende isotianilo (3, 4-dicloro-N-(2-cianofenil)-5-isotiazolcarboxamida) y al menos otro insecticida del grupo de los derivados del ácido tetrónico y opcionalmente otro insecticida de los neonicotinoides. Además, la invención se refiere a un procedimiento para controlar curativa o preventivamente los hongos fítopatógenos y/o microorganismos y/o plagas de plantas o cultivos, al uso de una combinación según la invención para el tratamiento de semilla, a un procedimiento para proteger una semilla y además a la semilla tratada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es A01/N 43/80, A01P 3/00, A01P 5/00, A01P 7/02, A01P 7/04; cuyos inventores son Assmann, Lutz; Davies, Peter, Howard; Klüken, Michael; Münks, Karl-Wilhelm, Dahmen, Peter; Hungenberg, Heike. La solicitud correspondiente lleva el número 2012-0151 y fue presentada a las 13:41:10 del 27 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012076483).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula Nº 1-812-604, mayor de edad, abogada, apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIONES FUNGICIDAS SINÉRGICAS QUE CONTIENEN UNA DITIINO-TETRACARBOXAMIDA FUNGICIDA. La presente invención se refiere a combinaciones de compuestos activos, de forma particular en una composición fungicida, que comprende A) una ditiino-tetracarboximida de fórmula (I) y un compuesto activo fungicida adicional (B). Además la invención se refiere a un procedimiento para el control curativo o preventivo de hongos fitopatógenos de plantas o cultivos.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A01N 43/90, cuyos inventores son Seitz, Thomas, Wachendorff-Neuman, Ulrike, Dahmen, Peter. La solicitud correspondiente lleva el número 20120125, y fue presentada a las 14:34:10 del 14 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de abril del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012076484).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula Nº 1-812-604, mayor de edad, abogada, apoderada especial de Bayer Shering Pharma Aktiengesellschaft, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE 3,5-DICIANO-4-(1H-INDAZOL-5-IL)-2,6-DIMETIL-l,4-DIHIDROPIRIDINA FLUORO-SUSTITUIDOS Y PROCEDIMIENTOS DE USO DE LOS MISMOS. La presente invención se refiere a nuevos derivados de 3,5-diciano-4-(lH-indazol-5-il)-2,6-dimetil-l,4-dihidropiridina fluoro-sustituidos que tienen actividad inhibidora de tirosina quinasa de proteínas, a un procedimiento para la aplicación de los mismos y al uso de los mismos para el tratamiento de enfermedades mediadas por c-Met o de afecciones mediadas por c Met, en particular cáncer y otros trastornos proliferativos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A61K 31/416, cuyos inventores son Michels, Martin, Follmann, Markus, Vakalopoulos, Alexandros, Zimmermann, Katja, Teusch, Nicole, Lobell, Mario, Bierer, Donald, Engel, Karen. La solicitud correspondiente lleva el número 20120150, y fue presentada a las 13:40:10 del 27 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de abril del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012076485).

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

El Registro de la Propiedad Industrial, Oficina de Patentes, hace saber que por resolución de las nueve horas cinco minutos del veinticinco de mayo del dos mil doce, fue inscrito el Diseño Industrial denominado: TAPA PARA APARATO ELÉCTRICO CON DOS ABERTURAS, a favor de Bticino S.P.A., domiciliada en Italia respectivamente, cuyo creador es: Fabricio Fabrizi, de nacionalidad italiana, se le ha otorgado el número de inscripción de modelo industrial 508, estará vigente hasta el veinticinco de mayo del dos mil veintidós, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 13-03.—San José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del seis de julio del dos mil doce.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—1 vez.—RP2012313613.—(IN2012076672).

Registro de Personas Jurídicas

Asociaciones civiles

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-270944, denominación: Asociación de Árbitros de la Región Huetar Norte. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2012, asiento: 95128.—Dado en el Registro Nacional, a las doce horas cuarenta minutos y un segundo del seis de julio del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012313622.—(IN2012076665).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Latinoamericana de Laringología y Fonocirugía, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el intercambio de información relacionada con la especialidad de laringología, a través de reuniones científicas periódicas, programación de cursos prácticos y publicaciones. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Guillermo Campos Carrillo. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2012, asiento: 106330.—Curridabat, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012313648.—(IN2012076666).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Ministerio Niño Feliz, con domicilio en la provincia de San José. Sus fines, entre otros están: Luchar para que los niños y su familia gocen de todos sus derechos, ayudarle a su formación integral, cooperar con recursos económicos y servicios especiales para brindarle mayores y mejores perspectivas de superación, medios de vida, educación, alimentación decoreosa, esparcimiento dentro de la doctrina Cristiana, sin distingo de religión. Su presidenta: María Eugenia Quirós Ramírez, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 2011, asiento: 334107, adicional: 2012-47467.—Dado en el Registro Nacional, a las quince horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012313725.—(IN2012076667).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 15222P.—L y D Herradura S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo de acuífero (pozo HE-146), efectuando la captación en finca del mismo en, Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano (doméstico y comercial). Coordenadas 183.648 / 466.866 hoja Tárcoles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012076062).

Exp. 14037P.—Heartland Hockey S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de acuífero (pozo ME-395), efectuando la captación en finca del mismo, Bagaces, Guanacaste, para uso consumo humano para autoabastecimiento en condominio 1000 personas. Coordenadas 281.066 / 387.082 hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012076065).

Exp. 9705A.—María Eugenia, Boirivant Rojas, solicita concesión de: 0,15 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Concepción, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano - piscina domestica - abrevadero y granja. Coordenadas 215.250 / 492.900 hoja Río Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de mayo del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012076072).

Exp. 15311A.—Condominio Horizontal Residencial Turístico Arboleda de Machuca, solicita concesión de: 1 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca del mismo en San Mateo, Alajuela, para uso Piscina - doméstica y riego . Coordenadas 216.341 / 481.741 hoja Barranca. 1 litros por segundo del Río Machuca, efectuando la captación en finca del mismo en San Mateo, Alajuela, para uso piscina doméstica y riego. Coordenadas 216.497 / 482.073 hoja Barranca. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de julio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012076103).

Exp. 14964A.—Compañía Bananera Monte Blanco S. A., solicita concesión de: 40 litros por segundo de la quebrada Conejo, efectuando la captación en finca de el mismo, en Siquirres, Siquirres, Limón, para uso agropecuario-riego. Coordenadas: 238.768 / 592.078, hoja Guácimo. Predios inferiores: Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de noviembre del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012076495).

Exp. 14822P.—Cristal de Ballena S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del pozo COR-03, efectuando la captación en finca de el mismo, en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas: 123.711 / 569.646, hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de agosto del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012076496).

Exp. 14982A.—Corporación El Sueñor de los Despiertos S.A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo, en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 135.583 / 556.213, hoja Dominical. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de diciembre del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012076497).

Exp. 14877A.—Anillos del Sol Enterprises S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo del nacimiento Aguas Termales 2, efectuando la captación en finca de Lizanías Zúñiga López, en Bagaces, Bagaces, Guanacaste, para uso acuicultura, agropecuario-riego, piscina y turístico. Coordenadas: 287.905 / 404.804, hoja Tierras Morenas. 5 litros por segundo del río Guipilapa, efectuando la captación en finca de Lizanías Zúñiga López, en Bagaces, Bagaces, Guanacaste, para uso acuicultura, agropecuario-riego, piscina y turístico. Coordenadas: 287.913 / 404.856, hoja Tierras Morenas. 2,5 litros por segundo del nacimiento Naciente Agua Termal, efectuando la captación en finca de Lizanías Zúñiga López, en Bagaces, Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario-riego, piscina y turístico. Coordenadas: 287.665 / 404.650, hoja Tierras Morenas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de octubre del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012076498).

Exp. 15047.—Asociación Luz en Latinoamérica, solicita concesión de: 1 litro por segundo del nacimiento 1, efectuando la captación en finca de Asociación Luz en Latinoamérica, en Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario lechería abrevadero, consumo humano, agropecuario riego y turístico. Coordenadas: 143.216 / 561.420, hoja Dominical. 2 litros por segundo del nacimiento 2, efectuando la captación en finca de Asociación Luz en Latinoamérica, en Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario lechería abrevadero riego y turismo consumo humano. Coordenadas: 142.047 / 561.722, hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de febrero del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012076499).

Exp. 14884A.—Jesús Barboza Marín, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de el mismo, en Barbacoas, Puriscal, San José, para uso consumo humano. Coordenadas: 204.300 / 498.800, hoja Río Grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de octubre del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2012313643.—(IN2012076676).

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE y

COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Nº 304-2012-DGTCC.—San José, a los cuatro días del mes de enero del dos mil doce, se tiene por presentada la solicitud por parte  de  la  señora  María  de  los Ángeles Cerdas Dinarte, cédula 5-0169-0707, en su calidad de representante legal de Servicentro Esso Santa Cruz S. A., cédula jurídica 3-102-015691, solicita cambio de titular de la estación de Servicio Total Santa Cruz S. A., ubicada la provincia de Guanacaste, cantón Santa Cruz, distrito Santa Cruz, en razón de la conclusión del contrato de arrendamiento suscrito entre Servicentro Esso Santa Cruz S. A. y Total Petróleo de Costa Rica, cédula jurídica 3-101-171670. Lo anterior para que de ahora en adelante, se proceda al cambio de titular a nombre de Servicentro Esso Santa Cruz S. A., cédula jurídica 3-102-015691. Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 30131-MINAE-S, artículo 79, se otorga un plazo de quince días hábiles a partir de la publicación del presente edicto, en el Diario Oficial La Gaceta, para que cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar afectada con el cambio del titular, y haga llegar a esta Dirección su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda la prueba que la sustente.—San José, 17 de julio del 2012.—Lic. Humberto Cerdas Brenes, Director General.—(IN2012075977).

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

EDICTOS

Ante la Oficina Regional San José Oriental del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los Servicios Ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles; según el siguiente detalle:

Solicitante

Presolicitud

Ubicación geográfica

N° de plano

Área bajo PSA

Oldemar Valverde Jiménez

SJ02009112

Cerro Nara

Distrito: San Lorenzo

Cantón: Tarrazú Provincia: San José

SJ-1388300-2009

66 has

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo número 25721 MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de este edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional de San José Oriental y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición. El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional de San José Oriental, sita San José, avenida siete, calles tres y cinco en horario de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.—Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro Fallas, Encargada.—O. C. Nº 0255.—Solicitud Nº 47615.—C-71700.—(IN2012076390).                                                                                                       2 v. 2

Ante la Oficina Regional Guápiles del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los servicios ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles según el siguiente detalle:

                                                             Ubicación                        Nº de                  Área

Solicitante   N° presolicitud             geográfica                        plano              bajo PSA

Alicia Brenes                              Tierra Grande, Mercedes,

Briones             PO0I008611      Guácimo, Limón                  L-345992-1996           223

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo Nº 25721-MINAE y sus reformas, se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición. El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional, sita Barrio Diamantes, contiguo a las instalaciones del MINAET Guápiles, Pococí en horario de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.—Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro Fallas, Encargada.— O. C. Nº 0254.—Solicitud Nº 47614.—C-65060.—(IN2012076392).

2 v. 2.

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jacqueline del Carmen Cárdenas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1475-2011. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas siete minutos del trece de julio del dos mil once. Ocurso. Exp. Nº 11139-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ángel Gabriel Cárdenas Cárdenas...; en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Jacqueline del Carmen”.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012075990).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Justina Elizabeth Argeñal, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2130-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas un minuto del dieciocho de junio del dos mil doce. Ocurso. Exp. Nº 5475-2012. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Roberto Esequiel Mercado Argeñal, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Justina Elizabeth Argeñal, no indica segundo apellido”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012075998).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas María José Alvarado Cortez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1152-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas tres minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce. Exp. Nº 38616-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de María Fernanda Alvarado Cortés, de Carolina Alvarado Cortés, de Andrea Paola Rivera Alvarado y de Anny Angélica Rivera Alvarado, en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Cortez”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012076068).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por María del Rosario Zepeda Hernández, ha dictado una Resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1441-10.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas quince minutos del quince de julio del dos mil diez. Exp. Nº 19097-10. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados, … III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de María Fernanda Blandino Zepeda... en el sentido que el nombre de la madre... es “María del Rosario”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº RP2012313454.—(IN2012076173).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Maura Catalina Ramírez Urbina, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3632-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cincuenta y tres minutos del veintiuno de diciembre del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº 45129-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Maura Catalina Ramírez Urbina…, en el sentido que el primer apellido de la madre… es “Díaz”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012313563.—(IN2012076682).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Fernanda Guevara Zamora, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2404-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta y ocho minutos del dos de julio del dos mil doce. Expediente Nº 6637-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de María Fernanda Guevara Zamora…, en el sentido que el segundo nombre y la nacionalidad de la madre de la precitada son “Evidelia” y “panameña”, y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—RP2012313642.—(IN2012076683).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Claudia Xiomara Rocha Soza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2002-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cincuenta y cinco minutos del siete de junio del dos mil doce. Expediente Nº 50400-2011. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese los asientos de nacimiento de Caleb Joseth Cerda Rocha y de Diana Melissa Cerda Rocha…, en el sentido que el primer apellido del padre y el nombre de la madre de los mismos son “Cerdas” y “Claudia Xiomara” respectivamente, y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012313696.—(IN2012076684).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Kunty Jessenia Miranda Herrera conocida como Kunty Jessenia Miranda, mayor, soltera, salonera, nicaragüense, cédula de residencia 155811826719, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2156-2009.—San José, cuatro de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012313331.—(IN2012076174).

Rita Gabriela Cortez López, mayor, soltera, contadora, nicaragüense, cédula de residencia 155806838833, vecina de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 228-2012.—San José, doce de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012313332.—(IN2012076175).

Marina Arlene Rivera de León, mayor, casada, dependiente, panameña, cédula de residencia 159100281608, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1827-2012.—San José, dieciséis de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012313358.—(IN2012076176).

Katherin del Socorro Somarriba Cuellar, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155801139710, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la sección de opciones y naturalizaciones del Registro civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1660-2012.—San José, doce de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012313472.—(IN2012076177).

Mirna del Rosario Cuellar Bermúdez, mayor, divorciada, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 155801921504, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la sección de opciones y naturalizaciones del Registro civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1659-2012.—San José, doce de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012313473.—(IN2012076178).

Daniel José Arango Díaz, mayor, soltero, estudiante, colombiano, carné de misión internacional Nº 9807-09, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2767-2012.—San José, veinte de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012076504).

Christiam Antonio Sánchez Martínez, mayor, soltero, discapacitado, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155810662712, vecino de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1407-2012.—San José, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012313565.—(IN2012076678).

Mario Leonidas Ramírez, mayor, soltero, albañil, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155805436909, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2312-2012.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012313602.—(IN2012076679).

Rommel Antonio Arévalo González, mayor, soltero, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155814557534, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 2449-2012.—San José, diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012313609.—(IN2012076680).

Ana Sofía Zeledón Talavera, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155808325012, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 132-2011.—San José, diecinueve de abril del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012313655.—(IN2012076681).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000041-0DO00

Adquisición de equipo de laboratorio para el Departamento

de Calidad de la Gerencia de Construcción

de Vías y Puentes

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que este Consejo estará recibiendo ofertas de conformidad con los términos cartelarios hasta las 10:00 horas del martes 14 de agosto del 2012, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de La Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

Los interesados en participar podrán retirar el cartel de esta licitación en la Proveeduría, en forma gratuita, a partir de la fecha de publicación de este aviso.

San José, 30 de julio del 2012.—Proveeduría.—MBA. Arturo Alvarado M., Director a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud Nº 47775.—C-7520.—(IN2012078763).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LA-000002-BNCS

Adquisición de una solución contable para las operaciones

y el presupuesto de BN Corredora de Seguros

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00 a. m.) del 27 de agosto del 2012, para la “Adquisición de una solución contable para las operaciones y el presupuesto de BN Corredora de Seguros”.

El cartel puede ser retirado sin costo alguno en la Oficina de Proveeduría, a partir del viernes 3 de agosto del 2012, la misma se encuentra situada en el edificio de la Dirección Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca.

La Uruca, 3 de agosto del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 64806.—C-18060.—(IN2012078674).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000041-01

Contratación de servicios profesionales para establecer un rol

para la valoración de bienes muebles e inmuebles

y la fiscalización de inversiones

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, le comunica a los interesados que a partir del lunes 6 de agosto del 2012, pueden pasar a retirar el acta respectiva de la Licitación, así como realizar la consulta de expedientes.

Todo lo anterior pueden realizarlo en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca.

La Uruca, 3 de agosto del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 64805.—C-13120.—(IN2012078675).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA

COMPRA DIRECTA Nº 2012CD-000185-2205

Mantenimiento preventivo y correctivo de correo neumático

Se informa a los interesados que está disponible la Contratación Directa número 2012CD-000185-2205, para la adquisición de mantenimiento preventivo y correctivo de correo neumático; ver detalles y más información en www.ccss.sa.cr y/o www.hospitalsanrafael.sa.cr

Alajuela, 26 de julio del 2012.—Dirección General.—Dr. Luis Diego Alfaro Fonseca.—1 vez.—(IN2012078689).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

COMPRA DIRECTA Nº 2012CD-000074-09

Contratación de servicios de mantenimiento preventivo

y correctivo para el ascensor marca SCHINDLER,

ubicado en el Centro Nacional Especializado

en Electrónica (CENATE)

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Heredia, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 10 de agosto del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, sita en el Proceso de Adquisiciones, Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica del CCSS o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46927.—C-13120.—(IN2012078753).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-10

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia física

y electrónica para el edificio anexo de la Unidad

Regional Cartago, el Centro de Formación

Profesional de Paraíso y el Centro Nacional

Especializado en Agricultura

Orgánica, La Chinchilla

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Cartago, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 27 de agosto del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, sita en el Proceso de Adquisiciones de Cartago, sita 300 metros al este y 50 metros al norte del Parque Central de Cartago o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46927.—C-13940.—(IN2012078758).

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000016-01

Contratación de estudio de mercado cuantitativo

y cualitativo del consumo del café

La Unidad de Contratación Administrativa del Instituto del Café de Costa Rica invita a todos los interesados a participar en el siguiente concurso:

Concurso Nº 2012LA-000016-01 “Contratación de estudio de mercado cuantitativo y cualitativo del consumo del café”

Fecha de apertura: 21/08/2012, hora: 14:00 horas.

Lugar de la apertura de ofertas: Oficinas Centrales de ICAFE, ubicadas en San José, sita 25 m. oeste y 50 m. sur, de la Fábrica Nacional de Trofeos, calle 1º, avenidas 18 y 2.

Rigen para este concurso: Las especificaciones técnicas, las condiciones generales, mismas que se encuentran disponibles en la Unidad de Contratación Administrativa, sita en el tercer piso de Oficinas Centrales de ICAFE. Horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Ing. Ronald Peters Seevers, Director Ejecutivo.—Lic. Carlos Sandoval Torres, Jefe de Contratación Administrativa.—1 vez.—(IN2012078684).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000017-01

Compra de vehículos institucionales

La Unidad de Contratación Administrativa del Instituto del Café de Costa Rica invita a todos los interesados a participar en el siguiente concurso:

Concurso Nº 2012LA-000017-01, “Compra de vehículos institucionales.” Fecha de apertura: 21/08/2012, hora: 11:00 a. m.

Lugar de la apertura de ofertas: Oficinas Centrales de ICAFE, ubicadas en San José, sita 25 m. oeste y 50 m. sur, de la Fábrica Nacional de Trofeos, calle 1º, avenidas 18 y 2.

Rigen para este concurso: Las especificaciones técnicas, las condiciones generales, mismas que se encuentran disponibles en la Unidad de Contratación Administrativa, sita en el tercer piso de Oficinas Centrales de ICAFE. Horario de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Ing. Ronald Peters Seevers, Director Ejecutivo.—Lic. Carlos Sandoval Torres, Jefe de Contratación Administrativa.—1 vez.—(IN2012078686).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000018-01

Compra de plantas de Híbridos F1

La Unidad de Contratación Administrativa del Instituto del Café de Costa Rica invita a todos los interesados a participar en el siguiente concurso:

Concurso Nº 2012LA-000018-01 “Compra de plantas de Híbridos F1.” Fecha de apertura: 22/08/2012, hora: 11:00 a. m.

Lugar de la apertura de ofertas: Oficinas Centrales de ICAFE, ubicadas en San José, sita 25 m. oeste y 50 m. sur, de la Fábrica Nacional de Trofeos, calle 1º, avenidas 18 y 2.

Rigen para este concurso: Las especificaciones técnicas, las condiciones generales, mismas que se encuentran disponibles en la Unidad de Contratación Administrativa, sita en el tercer piso de Oficinas Centrales de ICAFE. Horario de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

Ing. Ronald Peters Seevers, Director Ejecutivo.—Lic. Carlos Sandoval Torres, Jefe de Contratación Administrativa.—1 vez.—(IN2012078687).

ADJUDICACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-001173-01

Contratación de la suscripción del servicio de consulta

normativa y jurisprudencia para el Banco Nacional

Se comunica a los interesados de esta Contratación Directa, que la Proveeduría General del Banco Nacional acordó:

Adjudicar la Contratación Directa Nº 2012CD-001173-01, promovida para el “Contratación de la suscripción del servicio de consulta normativa y jurisprudencia para el Banco Nacional” de acuerdo al siguiente detalle:

Adjudicar la oferta presentada por la empresa: Globalex Sistemas Informáticos S. R. L., por un monto de ¢3.804.948,00 (tres millones ochocientos cuatro mil novecientos cuarenta y ocho colones con 00/100).

Todo conforme lo estipulado en el cartel y la oferta presentada que consta en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente contratación.

La Uruca, 3 de agosto del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 64804.—C-18060.—(IN2012078673).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000017-02

Suministro de bombas

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según oficio GRE-0328-2012 de la Gerencia de Refinación de la empresa, con fecha del día 26 de julio del 2012, de acuerdo con el siguiente detalle:

Oferta Nº dos (2).—Oferente: Zebol S. A. Representante Legal: Hugo F. Rodríguez Orozco. Monto Adjudicado: $29.360,00 exento de impuestos.

Descripción: Suministro de Bombas. Línea Nº 5: -Una (1)  Bomba denominada DP-801 K, marca Floway modelo 16MKM de 4 etapas. Precio Total: $25.000,00. Repuestos recomendados para dos años: 2 empaquetadura 2 O-ring cámara alojamiento de empaquetadura 1 set de bujes para tazones (5) 1 bujes de ejes de columna 1 buje de cámara de alojamiento de empaquetadura 1 set de anillos de desgaste para tazones (4) 1 impulsor 1 eje de bomba 1 eje de columna 1 acople eje de columna. Precio Total: $4.360,00.

Forma de Pago: Carta de crédito local, conforme la cláusula 1.17 del cartel.

Tiempo de Entrega: Ciento ochenta (180) días naturales.

Lugar de Entrega: Almacén de RECOPE Refinería-Limón.

Garantía: Dieciocho (18) meses contra defectos de fábrica posteriores a la aceptación de los equipos por parte de RECOPE.

Respecto a las líneas Nº 1, 2, 3 y 4 se recomienda declararlas infructuosas dado que las ofertas presentadas no cumplen con los requerimientos técnicos o bien el precio ofertado resulta inconveniente para los intereses de la Administración. Así mismo, de conformidad con lo solicitado por la Unidad Gestionante se solicita la recotización de dichas líneas, previa variación de las características técnicas del equipo por parte de dicha unidad.

Notas Importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, de conformidad con los términos establecidos en la cláusula 1.11.2.

2.  La presente contratación se formalizará mediante la emisión respectiva del pedido.

3.  Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

4.  El presente concurso se encuentra exento del pago del impuesto sobre las ventas, según acuerdo adoptado en el oficio Nº 10-220/2011 del Ministerio de Hacienda, vigente hasta el 31 de diciembre del 2012, por lo que en la factura el adjudicatario debe incluir esta leyenda.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 47952.—C-71700.—(IN2012078740).

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

ÁREA DE PLANIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

Comunican a todos los proveedores

Que:

a)  Se modificó el formulario para la “Solicitud de Precalificación de Proveedores de Medicamentos” Ley Nº 6914, en aspectos técnicos de calidad y administrativos.

b)  Se modificó el formulario para el “Registro Proveedores Precalificado de Materias Primas Ley 6914”, incorporando aspectos administrativos.

c)  Se modificó el Procedimiento para la Inscripción y Actualización de Proveedores de la Caja Costarricense de Seguro Social, según Ley de Contratación Administrativa, Ley 7494 y Ley 6914 para la Compra de Medicamentos y Materias Primas, Reactivos, Material de Empaque y Acondicionamiento

Los formularios con sus modificaciones se encuentran disponibles en la página www.ccss.sa.cr (Gerencia-Logística-Normativa de Abastecimiento y Contratación-Registro de Proveedores) o lo pueden solicitar a los correos electrónicos mbarquero@ccss.sa.cr, ggranja@ccss.sa.cr, amacasto@ccss.sa.cr. eksanchez@ccss.sa.cr y gchinchi@ccss.sa.cr. de la Subárea Registro Institucional de Proveedores de la Caja Costarricense de Seguro Social, teléfonos 2539-1214, 2539-1270 y 2539-1271.

Estas modificaciones rigen a partir de su publicación.

Subárea Registro Institucional de Proveedores.—Lic. Marlon Barquero Castillo, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 2424.—C-20700.—(IN2012076758).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS

ÁREA DE PLANIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

COMUNICAN

Que en atención a los oficios AMTC-2101-07-2012 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica y SIEI-1138-2012 de la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, se informa que se modificaron las siguientes fichas técnicas.

Código

Descripción Medicamento

Observaciones

1-10-50-7175

Aceite de triglicéridos de cadena media

Versión CFT 08503 Rige a partir de su publicación

Estas fichas técnicas se encuentran disponibles en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 13 del Edificio Genaro Valverde, oficinas centrales de la CCSS.

Subárea Registro Institucional de Proveedores.—Lic. Marlon Barquero Castillo, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 2432.—C-18160.—(IN2012076754).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000009-0DI00

Diseño y construcción de estructuras de drenaje mayor

en la Ruta Nacional Nº 121, sección: San Rafael

de Escazú-Ciudad Colón

Se comunica a las empresas interesadas en la licitación en referencia, que por presentación de Recursos de Objeción al Cartel, la fecha de apertura de ofertas se suspende hasta nuevo aviso.

San José, 27 de julio del 2012.—Proveeduría.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 1073.—Solicitud Nº 47774.—C-6580.—(IN2012078761).

JUSTICIA Y PAZ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000138-78300

Contrato de entrega según demanda de alimentos

para los centros penales y las oficinas

administrativas que conforman

el Sistema Penitenciario

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia y Paz, comunica a todos los interesados en la presente Licitación, que la fecha de apertura de ofertas se prorroga para las nueve horas del día veintisiete de agosto, en virtud que se encuentran pendientes de resolución, recursos de objeción al cartel presentados ante la Contraloría General de la República.

San José, 27 de julio del 2012.—Proveeduría.—Rolando Arturo Chinchilla Masís, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012078769).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000019-PROV

(Modificación Nº 1, Prórroga Nº 1)

Compra de marcos detectores de metal

El Departamento de Proveeduría informa a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el procedimiento indicado, que existen modificaciones al pliego de condiciones indicado, las mismas estarán disponibles a partir de esta publicación.

La fecha de apertura se prórroga para el 9 de agosto del 2012, a las 10:00 horas.

San José, 30 de julio del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2012078423).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000053-01

(Prorroga)

Contratación de servicios profesionales de un abogado

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000053-01, “Contratación de servicios profesionales de un abogado” que la fecha de apertura de esta licitación se prorroga para el próximo 6 agosto del 2012, a las 10:00 horas.

Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46927.—C-10660.—(IN2012078747).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000035-01

(Modificación y Prórroga)

Compra de equipos para sistemas

de aire acondicionado

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000035-01, “Compra de equipos para sistemas de aire acondicionado que el cartel de la supramencionada licitación se modifica de la siguiente manera:

El punto 3.14. Experiencia de la empresa, debe leerse correctamente de la siguiente manera:

3.14    EXPERIENCIA DE LA EMPRESA

Podrán participar en este concurso todas aquellas empresas legalmente constituidas que cuenten con un mínimo de 4 años de experiencia en el mercado nacional en la venta de equipos iguales o similares al ofrecido en este concurso, la cual debe incluirse en una tabla similar a la siguiente:

Nombre de la Empresa o Institución

Dirección

Persona a contactar

Teléfono

Equipo Vendido

Fecha de la Venta

 

 

 

 

 

 

El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar la información presentada por el oferente

Debido a lo anterior, la fecha de apertura de esta licitación se prorrogó para el próximo 14 de agosto del 2012, a las 10:00 horas.

Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 46927.—C-21320.—(IN2012078755).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000043-02

(Prórroga Nº 2)

Suministro e instalación de medidores

de nivel en Refinería

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 9 de agosto del 2012, a las 10:00 horas.

San José, 30 de julio del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 47953.—C-11300.—(IN2012078743).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000046-02

(Prórroga Nº 1)

Contratación de los servicios para pintura y limpieza

de tanques en Refinería

Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 10 de agosto del 2012, a las 10:00 horas.

San José, 27 de julio del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 47951.—C-11300.—(IN2012078749).

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

CONCURSO DE ADQUISICIÓN Nº 2012PP-000015-PROV

Suministro de unidades generadores de Planta

Hidroeléctrica Ventanas

Les indicamos que para este concurso, se ha realizado la aclaración y modificación Nº 4, la cual pueden pasar a retirar en nuestras oficinas de la Proveeduría.

Proveeduría.—José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012078431).

CONCURSO DE ADQUISICIÓN Nº 2012PP-000010-PROV

Reconstrucción del Sistema de Distribución Eléctrica

en el cantón de Vázquez de Coronado,

incluye materiales y mano de obra

Les indicamos que para este concurso, se ha realizado la aclaración y modificación Nº 3, la cual pueden pasar a retirar en nuestras oficinas de la Proveeduría.

Proveeduría.—José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012078433).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS

PRÓRROGA A INVITACIÓN A PRESENTAR

EXPRESIONES DE INTERÉSi

Nº DEL PRÉSTAMO ATN/OC-12285-CR BID-008-2012

Se comunica a los potenciales oferentes a presentar expresiones de intereses al proceso ATN/OC-12285-CR BID-008-2012, cuya invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 145 del veinte y siete de julio del dos mil doce, que se prorroga el plazo para la recepción de ofertas hasta las 16:00 horas del día viernes diez de agosto del dos mil doce.

Todas las demás condiciones permanecen invariables.

San Carlos, 27 de julio del 2012.—Proveeduría Municipal.—Bach. Paula Rojas Porras.—1 vez.—(IN2012078721).

Nº DEL PRÉSTAMO ATN/OC-12285-CR BID-007-2012

Se comunica a los potenciales oferentes a presentar expresiones de intereses al proceso ATN/OC-12285-CR BID-007-2012, cuya invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 145 del veinte y siete de julio del dos mil doce, que se prorroga el plazo para la recepción de ofertas hasta las 16:00 horas del día viernes diez de agosto del dos mil doce.

Todas las demás condiciones permanecen invariables.

Proveeduría Municipal.—Bach. Paula Rojas Porras.—1 vez.—(IN2012078722).

MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-PROV

Adquisición de maquinaria y equipo totalmente nuevo

La Proveeduría Municipal comunica que por acuerdo unánime y definitivamente aprobado del Concejo Municipal de este cantón tomado en la sesión Nº 170 del 24 de julio del 2012, se modifica parcialmente el acuerdo publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 137 del 16 de julio anterior, de modo que se lea correctamente de la siguiente manera:

Línea 1: Una moto niveladora: a Comercial de Potencia y Maquinaria S. A., cédula jurídica 3-101-155082 por un total de US $239.025,00. Línea Nº 2: Un retroexcavador: a Comercial de Potencia y Maquinaria S. A., cédula jurídica 3-101-155082 por un total de US $95.850,00. El expediente se encuentra a disposición de los interesados en la Proveeduría Municipal.

Proveeduría.—Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2012078729).

REGLAMENTOS

INSTITUTO COSTARICCENSE DE TURISMO

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DEL

PROCESO DE SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA

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INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

CODIGO: ICT-MGT-PST-PCEH-009

MACROPROCESO DE GESTION TURISTICA

DEPENDENCIA: Proceso de Sostenibilidad Turística

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Proceso de Acreditación por parte de la Comisión Nacional de Acreditación para operación de Órganos Externos de Evaluación

RESPONSABLE: Líder del Proceso de Sostenibilidad en sus funciones de Secretario Técnico de la CNA

ALCANCE: Para aplicación de los funcionarios del Proceso de Sostenibilidad y los Órganos Externos de Evaluación para permitir y solicitar autorización respectivamente, con el fin de realizar Evaluación/Reevaluación a Empresas inscritas en el Programa de Sostenibilidad Turística

ABREVIATURAS

ICT: Instituto Costarricense de Turismo

MGT: Macro proceso de Gestión y Asesoría Turística

PST: Proceso de Sostenibilidad Turística

CST: Certificado de Sostenibilidad Turística

SICST: Sistema de Información del CST

CNA: Comisión Nacional de Acreditación

OEE: Órganos Externos de Evaluación

INTRODUCCIÓN

OBJETIVO: Explicar la secuencia de actividades que los OEE deben realizar para solicitar ante la Comisión Nacional de Acreditación autorización para efectuar Evaluaciones/Reevaluaciones a empresas inscritas en el Programa CST.

CRITERIO: El procedimiento tiene su origen en el Decreto Ejecutivo Nº 36012 MINAET-MEIC-TUR (artículos 14 al 18)

-Publicación en el Diario Oficial La Gaceta del 7 de abril 2010.

PROPÓSITO: Con el procedimiento los OEE podrán conocer las acciones que se deben realizar para solicitar autorización ante la C.N.A. y poder realizar el Proceso de Evaluación/Reevaluación a Empresas inscritas en el Programa CST y que con anterioridad han recibido la Inducción correspondiente al Programa CST, ofrecido por el Comité Técnico del Departamento de Sostenibilidad del I.C.T.

Para que los OEE puedan ser autorizados por la C.N.A. a realizar Evaluaciones/Reevaluaciones deben:

1. Estar conformados por al menos dos evaluadores que hayan aprobado los cursos de capacitación para Evaluadores Externos.

2. Presentar Inscripción de OEE firmado por su representante legal o persona con poder para ello.

3. Presentar Equipo de Evaluadores a acreditar, descripción de la Organización y Organigrama.

4. Presentar Declaración Jurada indicando estar al día en el pago de impuestos nacionales y cuotas obrero patronales de la Caja Costarricense del Seguro Social.

5. Presentar Certificación de aprobación de cursos de capacitación para OEE por parte de los evaluadores participantes en la Organización.

6. Una vez entregados los documentos para ser autorizados,  la C.N.A. procederá a verificar los mismos, en Sesión inmediatamente posterior a haber sido recibidos los documentos.

7. El Grupo de OEE informará a la C.N.A. y a la Jefatura del Departamento de Sostenibilidad, empresas a las que realizarán el Proceso de Evaluación/Reevaluación, antes de proceder a realizar esta etapa del Procedimiento.

8. La C.N.A. y la Jefatura del Departamento de Sostenibilidad, informarán al Grupo de OEE de su aprobación o desaprobación para continuar con el Proceso o la no aprobación por existir incongruencias y/o anomalías con la empresa.

9. Una vez autorizados para realizar la etapa de Evaluación/Reevaluación los OEE podrán continuar con el Proceso.

10. Los OEE deberán presentar ante la Jefatura del Departamento de Sostenibilidad, los Informes correspondientes a la Evaluación/Reevaluación de la Empresa.

11. La Jefatura del Departamento de Sostenibilidad y el Comité Técnico analizarán el Informe entregado por los OEE.

12. La Jefatura del Departamento de Sostenibilidad y el Comité Técnico envían Informe de análisis a los OEE y presentan expediente ante la C.N.A. para su respectiva certificación.

El procedimiento será distribuido a los funcionarios y Jefatura del Proceso de Sostenibilidad Turística y OEE (por medio electrónico y éste será considerado el medio oficial para su recepción)

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INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

CODIGO: ICT-MGT-PST-PCEH-009

MACROPROCESO DE GESTION TURISTICA

DEPENDENCIA: Proceso de Sostenibilidad Turística

RESPONSABLE: Líder del Proceso de Sostenibilidad en sus funciones de Secretario Técnico de la CNA

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Proceso de Acreditación por parte de la Comisión Nacional de Acreditación para operación de Órganos Externos de Evaluación

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INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

CODIGO: ICT-MGT-PST-PCEH-009a

MACROPROCESO DE GESTIÓN TURÍSTICA

DEPENDENCIA: Proceso de Sostenibilidad Turística

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Proceso por Falta o Anomalías en las Obligaciones de Órganos Externos de Evaluación

RESPONSABLE: Líder del Proceso de Sostenibilidad en sus funciones de Secretario Técnico de la CNA

ALCANCE: Para aplicación por parte de los funcionarios del Proceso de Sostenibilidad Turística, de la Comisión Nacional de Acreditación a los OEE por Incumplimiento en sus Obligaciones, Faltas y/o Anomalías

ABREVIATURAS

ICT: Instituto Costarricense de Turismo

MGT: Macro proceso de Gestión y Asesoría Turística

PST: Proceso de Sostenibilidad Turística

CST: Certificado de Sostenibilidad Turística

SICST: Sistema de Información del CST

CNA: Comisión Nacional de Acreditación

OEE: Órganos Externos de Evaluación

INTRODUCCIÓN

OBJETIVO: Explicar la secuencia de acciones que la Comisión Nacional de Acreditación debe considerar cuando los OEE incurran en incumplimiento de sus obligaciones, falta y/o anomalías para sentar las responsabilidades del caso

CRITERIO: El procedimiento tiene su origen en el Decreto Ejecutivo Nº 36012 MINAET-MEIC-TUR (artículos 15 al 18), la Ley de Administración Pública y Manual de Procedimientos Ordinarios

-Publicación en el Diario Oficial La Gaceta del 7 de abril 2010.

PROPÓSITO: Con el procedimiento La Comisión Nacional de Acreditación determinará cuando se debe seguir un Proceso de Investigación Preliminar a un Órgano de Evaluación Externo por incumplimiento de sus obligaciones, falta y/o anomalías y su respectiva sanción según gravedad de la violación cometida, en perjuicio de los objetivos del programa CST y la reincidencia.

Para que la Comisión Nacional de Acreditación considere seguir un Proceso de Investigación y aplicar sanciones por incumplimiento a un OEE debe considerar:

1. Que el Equipo Técnico del CST haya tenido que realizar visita a empresa evaluada/reevaluada por el OEE por presentación de anomalías y/o incongruencia en el Informe de evaluación/reevaluación presentado.

2. Incumplir con las obligaciones dispuestas en el Reglamento.

3. No guardar confidencialidad en asuntos que competen estrictamente a la empresa evaluada/reevaluada

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INSTITUTO COSTARICCENSE DE TURISMO

CODIGO: ICT-MGT-PST-PCEH-009a

MACROPROCESO DE GESTION TURISTICA

DEPENDENCIA: Proceso de Sostenibilidad Turística

RESPONSABLE: Líder del Proceso de Sostenibilidad en sus funciones de Secretario Técnico de la CNA

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO: Proceso por Falta o Anomalías en las Obligaciones de Órganos Externos de Evaluación

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4 de julio del 2012.—MBA. Alberto López Chaves, Líder Proceso de Sostenibilidad Turística.—1 vez.—O. C. Nº 14854.—Solicitud Nº 32881.—C-1326020.—(IN2012075445).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

CONSULTA PÚBLICA NO VINCULANTE

Se comunica por este medio, que el Concejo de Curridabat, mediante acuerdo número 10 de la sesión ordinaria número 114-2012, del 5 de julio de 2012, dispuso modificar el Transitorio III del Reglamento General para la Adaptación y Armonización Territorial del Sistema de Estructuras Soportantes y Continentes de Radiobases de Telecomunicaciones Celulares, para que en adelante se lea:

Transitorio III.—Los permisos de uso en precario de instalaciones provisionales de telecomunicaciones no podrán superar los doce (12) meses de plazo, salvo excepciones muy calificadas.

El texto anterior se somete a consulta pública no vinculante por espacio de diez (10) días hábiles.

Curridabat, 9 de julio de 2012.—Allan Sevilla Mora, Secretario.—1 vez.—RP2012313298.—(IN2012076179).

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA

Por acuerdo del Concejo Municipal de Santa Ana, en sesión ordinaria N° 113 celebrada el 3 de julio de 2012, se aprueba en firme lo siguiente:

Modificar el Reglamento General para Obtener Licencias Municipales en Telecomunicaciones (publicado en La Gaceta Nº 197 del 13-10-2010), en los siguientes términos:

1.  Modificar el artículo 10, eliminando la frase “siendo esta la altura mínima de colocación de los dispositivos de transmisión o antena”, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 10.—La altura mínima necesaria de la obra constructiva para colocar los equipos de tres operadores es de 30 metros, por lo que no se aceptarán solicitudes con alturas menores.

2.  Modificar el artículo 11, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 11.—Se deberá mantener una franja de amortiguamiento alrededor de una torre de telecomunicaciones de al menos el diez por ciento (10%) de su altura, medido desde el borde más sobresaliente de la obra constructiva incluyendo las antenas que se le vayan a adherir.

3.  Derogar el artículo 12.

4.  Modificar el artículo 13, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 13.—Para resguardar el espacio urbano ambiental y minimizar el impacto visual, no se autorizarán nuevas torres, postes o estructuras en un radio de 250 metros de otra torre, poste o estructura que haya sido autorizada previamente. Cuando se reciba más de una solicitud dentro de un mismo radio de cobertura, se le otorgará la licencia de construcción al primer solicitante, siempre que haya cumplido con todos los requisitos.

5.  Derogar el artículo 15.

6.  Incluir un nuevo artículo, que ocuparáa el numeral 15 y que dispone lo siguiente:

Artículo 15.—Toda estructura, ubicada fuera del área de influencia del Aeropuerto, podrá ser mimetizada con colores que se disimulen con el entorno.

Santa Ana, 18 de julio del 2012.—Secretaría del Concejo.—Nazzira Hernández Madrigal.—1 vez.—(IN2012076741).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

REGLAMENTO DE COMITÉS DE CAMINOS

DEL CANTÓN DE NANDAYURE

Artículo 1º—Ámbito de aplicación. El presente reglamento regula la naturaleza, objetivos, convocatoria, dirección y composición, relaciones de dependencia, requisitos de adscripción, investidura, vigencia, renuncia, destitución y sustitución, competencia territorial, funciones, atribuciones, organización y funcionamiento, rendición de cuentas y, en general, todo el accionar de los comités de caminos del cantón de Nandayure.

Artículo 2º—Definiciones. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:

Organización comunal: Grupo de munícipes, representantes de una comunidad, que se manifiestan mediante organizaciones de diversa índole, a nivel local y cuyo fin es la coordinación de esfuerzos para el logro de objetivos comunes.

Asamblea general de vecinos y vecinas: La reunión pública y abierta de vecinos y vecinas de una comunidad, convocada por parte de la asociación de desarrollo integral respectiva, la municipalidad u otro tipo de organización de interés público, a través de los medios de comunicación locales apropiados como radio, televisión, carteles, invitaciones u otros pertinentes, cuya finalidad es legitimar la existencia y funcionamiento del comité de caminos.

Comité de caminos: Grupo de vecinos y vecinas elegidos /as en asamblea general de vecinos (as), adscritos a la asociación de desarrollo integral, a la municipalidad o a otro tipo de organización, o entidad de interés público y juramentados por el Concejo Municipal del cantón y que en forma voluntaria se organizan para contribuir con las labores de planificación y definición de prioridades que realice el concejo de distrito correspondiente, así como trabajar conjuntamente con la municipalidad u otros órganos competentes en la ejecución de las tareas relacionadas con el desarrollo y la conservación vial de la jurisdicción que determine la asamblea general de vecinos /as, bajo la modalidad participativa de ejecución de obras.

Red vial cantonal: Está constituida por la red de calles y caminos públicos que no forman parte de la Red Vial Nacional y cuya administración es responsabilidad municipal en lo que corresponde.1

Conservación vial: Es el conjunto de actividades destinadas a preservar, en forma continua y sostenida el buen estado de las vías, de modo que se garantice un óptimo servicio al usuario (as). La conservación vial comprende el mantenimiento rutinario, periódico y la rehabilitación de los diferentes componentes de la vía: derecho de vía, sistema de drenaje, puentes, obras de arte y la base de la vía o pavimento, sea esta a base de asfalto, concreto hidráulico, lastre o tierra.

1-   Artículo 1 de la Ley General de Caminos Públicos, N° 5060 de 22 de agosto de 1972 en relación con el Reglamento sobre la Inversión Pública en la Red Vial Cantonal, Decreto Ejecutivo N° 30263-MOPT de 5 de marzo del 2002, Capítulo 1, Artículo 3.

Modalidad participativa de ejecución de obras: Se le conoce también como “conservación vial participativa” y se refiere a la coordinación y cooperación que se establece entre la municipalidad, el gobierno central, las organizaciones comunales y la sociedad civil de un cantón; con la finalidad de planificar, ejecutar, controlar y evaluar obras de diversa índole, contempladas dentro de la conservación y construcción vial, en el entendido de que la ejecución de recursos no implica el traslado horizontal de los mismos de una organización a otra. Su aplicación contribuye a garantizar la sostenibilidad de las vías, ya que además de los recursos del gobierno y la municipalidad, permite incorporar los valiosos aportes de las comunidades y la sociedad civil en general, en efectivo o en especie. Esta modalidad, requiere acompañar las obras técnicas con otros elementos como organización, capacitación, promoción y control social, que motiven el interés de los usuarios, la cooperación y la solidaridad.2

Unidad técnica de gestión vial municipal: es la dependencia que tendrá a su cargo el servicio de gestión de caminos cantonales en el gobierno local; fungirá como secretaría técnica de la junta vial cantonal. De ser posible contará al menos con un ingeniero (a) de caminos, un (a) técnico asistente, y un (a) promotor (a) social. Su operación y financiamiento se incluirá dentro del Plan Operativo Anual de la municipalidad, en carácter de servicio de gestión vial.

Rehabilitación: Reparación selectiva y refuerzo del pavimento de la calzada, previa demolición parcial de la estructura existente, con el objeto de restablecer la solidez estructural y la calidad de ruedo originales. Considera también la construcción o reconstrucción de los sistemas de drenaje. Antes de cualquier rehabilitación en la superficie de ruedo, deberá verificarse que el sistema de drenaje funcione bien. En el caso de los puentes y de las alcantarillas mayores, la rehabilitación comprende las reparaciones mayores tales como el cambio de elementos o componentes estructurales principales, el cambio de la losa del piso, la reparación mayor de los bastiones, delantales u otros. En el caso de muros de contención se refiere a la reparación o cambio de las secciones dañadas o a su reforzamiento, posterior al análisis de estabilidad correspondiente.

Mantenimiento rutinario: Es el conjunto de actividades que deben ejecutarse con mucha frecuencia durante todo el año, para preservar la condición operativa de la vía, su nivel de servicio y la seguridad de los usuarios.

Mantenimiento periódico: Es el conjunto de actividades programables cada cierto periodo, tendientes a renovar la condición original de los pavimentos mediante la aplicación de capas adicionales de lastre, grava, tratamientos superficiales, sellos o recarpeteos asfálticos, según sea el caso, sin alterar la estructura subyacente a la capa de ruedo, así como la restauración de taludes de corte y de relleno y del señalamiento en mal estado. El mantenimiento periódico de los puentes incluye la limpieza, pintura, reparación o cambio de los componentes estructurales o de protección, así como la limpieza del cauce del río o quebrada, en las zonas aledañas.

2-Artículo 2 de la Ley General de Caminos Públicos, N° 5060 de 22 de agosto de 1972 en relación con el Reglamento sobre la Inversión Pública en la Red Vial Cantonal, Decreto Ejecutivo N° 30263-MOPT de 5 de marzo del 2002, Capítulo 1, Artículo 3.

Mantenimiento mecanizado: Se compone de labores como la conformación, el relastreado y la compactación de la superficie de ruedo. En estas labores se utiliza maquinaria pesada (cargador, motoniveladora, tractor, vagonetas y compactador).

Mantenimiento manual: Entiéndase por éstas: descuaje, desmonte, chapea, limpieza de cunetas y contra cunetas, limpieza de alcantarillas, limpieza de cabezales, limpieza de canales de salida, confección de canales transversales o sangrías, bacheo en lastre.

Mejoramiento: Es el conjunto de mejoras o modificaciones de los estándares horizontal y/o vertical de los caminos, relacionadas con el ancho, el alineamiento, la curvatura o la pendiente longitudinal, a fin de incrementar la capacidad de la vía, la velocidad de circulación y aumentar la seguridad de los vehículos. También se incluyen dentro de esta categoría, la ampliación de la calzada, el cambio del tipo de superficie de tierra a lastre o de lastre a asfalto, entre otros, y la construcción de estructuras tales como alcantarillas mayores, puentes o intersecciones.

Artículo 3º—Naturaleza de los comités de caminos. Los Comités de Caminos son órganos auxiliares de las municipalidades que en forma voluntaria apoyan las tareas de conservación y desarrollo vial cantonal.

Artículo 4º—Objetivos de los comités de caminos. Los comités de caminos contribuirán en la planificación, ejecución, supervisión, fiscalización y, en general todas las actividades inherentes al desarrollo y conservación de la Red Vial Cantonal, en función de las necesidades presentadas y detectadas, en forma coordinada con la municipalidad u otros entes competentes.

Artículo 5º—Convocatoria y elección. La convocatoria a asamblea general de vecinos y vecinas estará a cargo de las y los interesados (a) y deberá realizarse utilizando los medios de comunicación idóneos (radio, televisión, carteles, invitaciones, prensa, perifoneo y otros) y al menos con quince días naturales de anticipación. La elección será nominal y bajo las reglas de la mayoría simple; resultando electos (a) las y los miembros que alcancen el mayor número de votos de los asambleístas.

Artículo 6º—Dirección y composición. El comité de caminos estará integrado al menos por un mínimo de cinco miembros titulares con sus respectivos suplentes, mayores de edad que constituyen una junta directiva compuesta por los siguientes cargos: Presidente (a), secretario (a), tesorero (a) y vocales. Contará además con un fiscal con voz pero sin voto; todos elegidos (as) en asamblea general de vecinos (as), conforme se establece en este reglamento, sin distingo de género, religión, sexo y preferentemente por personas que no tengan lazos de consanguinidad o afinidad.

Artículo 7º—Relaciones de dependencia. El comité de caminos depende, en primera instancia, de la Asociación de desarrollo integral, de la municipalidad u otro tipo de organización o entidad de interés público y, en segunda instancia, de la asamblea general de vecinos (as); siendo ésta el órgano máximo de representación.

Artículo 8º—Requisitos para la adscripción del comité de caminos: Para la adscripción de los comités de caminos se deberá cumplir con lo siguiente:

a.  Presentar los requisitos que indique la organización o entidad de interés público a la cual estará adscrita.

b.  Solicitud formal indicando la nómina de las y los integrantes, el código o códigos y el nombre del camino a intervenir (en caso de no existir, brindar la ubicación y descripción del mismo). De ello informará a la Unidad Técnica de Gestión Vial de la Municipalidad de Nandayure.

c.  Resolución afirmativa de la entidad u órgano a la que se adscribe.

Artículo 9º—Investidura del comité de caminos: El comité de caminos, para su legitimación, deberá ser juramentado en un plazo máximo de treinta días naturales, a partir de la presentación de la solicitud, por el Concejo Municipal de Nandayure a petición de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal.

Artículo 10.—Vigencia. El Comité de Caminos tendrá una vigencia de dos años, a partir del día de su juramentación; pudiendo ser re electos.

Artículo 11.—Renuncia, destitución y sustitución. Los y las miembros (as) del comité de caminos podrán renunciar a su cargo por cualquier motivo, debiendo presentar por escrito las razones de su renuncia ante la Junta Directiva. De igual forma podrán ser destituidos, por causa justificada o incumplimiento de deberes, previo otorgamiento del debido proceso y derecho a la defensa, que brindará la junta directiva, la que resolverá lo que corresponda y contra lo cual procederán los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, ante la asamblea general de vecinos (as), que se convocará para tal efecto. En cualquiera de los casos, se procederá a la sustitución con los suplentes electos.

Artículo 12.—Competencia territorial. La competencia territorial del comité de caminos estará delimitada por el (los) camino (s) de su circunscripción.

Artículo 13.—Funciones y atribuciones: Las funciones del comité de caminos son:

1.  Coordinar con la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, o en su ausencia, con la dependencia municipal competente, los procesos que proponga el comité de caminos o solicite la municipalidad para la rehabilitación, mantenimiento, reconstrucción, mejoramiento y/u obra nueva de los caminos de su jurisdicción.

2.  Servir de enlace entre la Unidad Técnica de Gestión Vial u otra competencia municipal y la comunidad, cooperativas, asociaciones, fundaciones, empresas, así como con cualquier otro ente u órgano interesado y competente en materia vial.

3.  Cooperar con los diversos actores mencionados en el inciso anterior, las labores de ejecución y control de las obras de diversa índole contempladas dentro de la conservación y construcción de la red vial de su competencia.

4.  Informar por escrito a la Unidad Técnica de Gestión Vial u otra competencia municipal, respecto de sus actuaciones y problemas puntuales de la red vial, ejemplo: alcantarillas que no abastecen, fugas de agua, localización de fuentes de material, ampliaciones de vías, construcción de cordón y caño, construcción de cabezales, construcción y limpieza de cunetas, descuajes y chapeas, o cualquier otra situación relevante que afecte su prestación de servicio. La unidad técnica o la dependencia municipal competente, mantendrá un expediente actualizado de esos informes.

5.  Fiscalizar los proyectos viales ejecutados, bajo cualquier modalidad, por la municipalidad de Nandayure y de otras organizaciones e instituciones públicas o privadas, en las vías de su jurisdicción; para ello coordinará con la Unidad Técnica de Gestión Vial u otra competencia municipal.

6.  Fomentar actividades dentro del marco de la Conservación Vial Participativa.

7.  Rendir cuentas a la comunidad sobre sus labores y actividades realizadas, mediante los informes correspondientes ante la asamblea general anual.

8.  Programar y desarrollar actividades que permitan la recaudación y aprovisionamiento de recursos de cualquier tipo para ser utilizados en el mantenimiento, rehabilitación, reconstrucción y/o mejoramiento de los caminos de su jurisdicción; los recursos recaudados también podrán ser utilizados para solventar las necesidades operativas del comité, ejemplo: materiales didácticos y herramientas para realizar mantenimiento manual (carretillos, palas, machetes), entre otros. El origen y administración de estos recursos, se incorporará en el informe anual.

9.  Autorizar los pagos y desembolsos que sean necesarios para el cumplimiento de sus cometidos.

10.   Inspeccionar, documentar e informar a la unidad técnica o a la dependencia municipal competente, sobre el cumplimiento de los deberes de los propietarios y poseedores de fundos colindantes, con vías públicas en términos de lo establecido en la Ley General de Caminos Públicos y el Código Municipal sobre el particular.

11.   Coordinar, promover, apoyar en la logística y participar en las actividades de capacitación relacionadas con la Conservación Vial Participativa.

12.   Promover y participar en eventos de divulgación -murales, entrevistas de radio, TV, prensa escrita; entre otros- a nivel local, regional o nacional, de acuerdo a sus posibilidades.

13.   Ejecutar cualquier otra actividad de su competencia, que le encomiende la asamblea de vecinos (as), la asociación de desarrollo integral o por su representante legal, concejo de distrito, el concejo municipal o la municipalidad, mediante la Unidad Técnica de Gestión Vial u otro órgano competente.

Artículo 14.—Organización y funcionamiento. Para el cumplimiento de sus cometidos, el comité de caminos deberá:

1.  Acordar como primera medida el periodo y lugar para celebrar sus reuniones.

2.  Definir en un plazo no mayor de dos meses a partir de su nombramiento, los objetivos y labores en un plan de trabajo, en el que se determinará las actividades, plazo para ser ejecutadas y responsables. Dicho plan de trabajo deberá presentarse, conjuntamente con el informe de labores, en la asamblea anual.

3.  Realizar sus funciones en forma honorífica, pudiendo percibir únicamente el reembolso de los gastos en que incurra para el desempeño de sus funciones; debiendo justificar documentalmente dichas erogaciones (gastos).

4.  Reunirse como mínimo, ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando así lo determine el presidente o dos terceras partes de los y las miembros (as). El quórum estará conformado por la mitad más uno de sus miembros.

5.  Tomar los acuerdos por simple mayoría de votos.

6.  Nombrar, en caso de ser necesario, los subcomités de apoyo, para lo cual deberá integrar la mayor cantidad de miembros (as) posibles de la comunidad, los cuales funcionarán conforme a los lineamientos que el comité establecerá para tal fin.

7.  En lo no dispuesto anteriormente, el comité regirá su funcionamiento por lo establecido en la Ley General de Administración Pública para los órganos colegiados.

Artículo 15.—Funciones del presidente (a)

1.  Presidir las reuniones de la junta directiva.

2.  Firmar las actas de las sesiones conjuntamente con el secretario (a).

3.  Firmar conjuntamente con el secretario (a) la comunicación de los acuerdos.

4.  Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos tomados por el comité.

5.  Elaborar con los demás miembros el plan de trabajo y el informe anual de labores.

6.  Ejercer la representación del comité cuando sea necesario y procedente.

7.  Exponer el informe anual de labores a la asamblea general de vecinos.

8.  Ejecutar cualquier otra tarea que la junta directiva le encomiende.

Artículo 16.—Funciones del secretario (a):

1.  Actualizar y custodiar el libro de actas de la junta directiva.

2.  Firmar conjuntamente con el presidente (a) las actas de las sesiones.

3.  Firmar conjuntamente con el presidente (a) la comunicación de acuerdos.

4.  Leer y tramitar la correspondencia a la brevedad posible.

5.  Llevar un archivo completo y ordenado de la correspondencia recibida y enviada, así como de las actividades proyectadas, realizadas y en ejecución.

6.  Entregar, toda la documentación en su poder a su sucesor (a) inmediatamente finalizadas sus funciones.

7.  Ejecutar cualquier otra tarea que la junta directiva le encomiende.

Artículo 17.—Funciones del tesorero (a):

1.  Mantener actualizado el registro contable de ingresos y egresos del comité.

2.  Desembolsar las sumas o pagos que sean acordados en junta directiva.

3.  Preparar el informe económico que se incorporará en el informe anual que presentará la junta directiva a la asamblea general.

4.  Establecer formas de divulgación utilizando medios locales, regionales o nacionales según corresponda, para informar sobre los recursos disponibles, recaudaciones realizadas después de cada actividad de generación de recursos, para ello podría utilizar la iglesia, escuela, negocios comerciales locales.

5.  Entregar toda la documentación y recursos en su poder a su sucesor (a) inmediatamente finalizadas sus funciones.

6.  Ejecutar cualquier otra tarea que la junta directiva le encomiende.

Artículo 18.—Funciones del o la fiscal:

1.  Vigilar que se cumplan los acuerdos de la junta directiva y de la asamblea general de vecinos (a).

2.  Velar porque cada miembro de la junta directiva cumpla con su labor.

3.  Fiscalizar y vigilar la marcha del comité de caminos.

4.  Denunciar, ante la asamblea general de vecinos (a) y/o quien corresponda sobre el acaecimiento de irregularidades o anomalías en que incurra la organización.

Artículo 19.—Funciones de las y los vocales: Los vocales sustituirán temporalmente en su orden de nombramiento a las y los miembros de la Junta Directiva ausentes.

Transitorio único: Los comités de caminos existentes a la fecha de promulgación del presente Reglamento, mantendrán su condición hasta su fenecimiento, o sea al cumplir los dos años de existencia.

Aprobado por el Concejo Municipal de Nandayure, sesión ordinaria Nº 93 de 6 de febrero del 2012.

Nandayure, 17 de julio del 2012.—Carlos Arias Chaves, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2012076401).

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO

PROYECTO DE REGLAMENTO SOBRE ORGANIZACIÓN

Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ CANTONAL DE

DEPORTES Y RECREACIÓN DE MONTES DE

ORO Y COMITÉS COMUNALES DE

DEPORTE Y RECREACIÓN

El Concejo Municipal de Municipalidad de Montes de Oro, aprobó mediante Sesión Extraordinaria Nº 12-12, inciso Nº 3, Capitulo Nº 11, de fecha 11 de julio del 2012, el “Proyecto de Reglamento sobre Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Montes de Oro y Comités Comunales de Deporte y Recreación, de la siguiente manera:

El Concejo Municipal de Montes de Oro en uso de las facultades que le confieren los incisos A) y C) de los artículos 4 y 13, respectivamente; y el artículo 169 del Código Municipal, Ley 7794 del 30 de abril de 1998, publicado en La Gaceta Nº 94 del 18 de mayo de 1998, promulga el presente reglamento para la organización y el funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación y los Comités Comunales de Deportes del Cantón de Montes de Oro.

CAPÍTULO I

De la constitución y fines

Artículo 1º—De la dependencia. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación, es un órgano adscrito a la Municipalidad, de carácter técnico, deportivo, recreativo y administrativo, dirigido a promover la actividad física y la recreación para la salud física y mental; así como a fomentar el deporte competitivo y recreativo en el Cantón en coordinación con el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, según lo dispuesto en la Ley No 7800 del ICODER.

Artículo 2º—De la personería jurídica. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de conformidad con lo que establece el artículo 164 del Código Municipal, cuenta con personería jurídica instrumental, únicamente para el cumplimiento de los fines que la Ley le otorgue. La certificación de personería será extendida por la Secretaría del Concejo Municipal.

Artículo 3º—De la estructura. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación estará estructurado por:

3.1-  La Junta Directiva

3.2-  Los Comités  Comunales de Deporte y Recreación adscritos al Comité Cantonal.

3.3-  Las Comisiones permanentes y Temporales nombradas por el Comité Cantonal.

3.4-  Las Asociaciones Deportivas y Recreativas vigentes y afiliadas al Comité Cantonal.

Artículo 4º—Del plazo de nombramiento. Los miembros de la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, durarán en sus cargos dos años, podrán ser reelegidos y no devengarán dietas ni remuneración alguna. Serán juramentados por el Consejo Municipal, en la primera semana del mes de agosto  del año en que finaliza la gestión del Comité Cantonal de Deportes y Recreación saliente.

Artículo 5º—De la convocatoria. La municipalidad  treinta días hábiles antes del nombramiento, informará por escrito al presidente  de las asociaciones deportivas, recreativas y comunales, de la convocatoria y apertura para la recepción de candidatos y los nombramientos se harán de la siguiente forma.

5.1- Dos miembros de nombramiento directo del Consejo Municipal

5.2- Dos miembros de las organizaciones deportivas y recreativas del Cantón

5.3- Un miembro de las organizaciones comunales.

De los cinco miembros que integran la junta directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, al menos dos deben ser mujeres, para cumplir con la equidad de género.

Artículo 6º—De la presentación de informe final y juramentación de miembros. El Concejo Municipal, dentro del plazo de ocho días hábiles, después de realizado el nuevo nombramiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, hará una sesión extraordinaria donde recibirá los informes del Comité saliente y juramentará a los miembros del Comité entrante.

Artículo 7º—De las  funciones. Para lograr sus fines, el Comité Cantonal debe cumplir con las siguientes funciones:

7.1 Asesorar, supervisar, coordinar y ejecutar con los comités comunales de deporte y recreación  de su cantón aquellas tareas que favorezcan el desarrollo de planes y programas que beneficien la salud integral, estilos de vida saludables y el deporte competitivo de la población mediante la actividad física el deporte recreativo y el uso activo del tiempo libre, como verdadero servicio deportivo recreativo municipal.

7.2 Promover en las empresas y centros de trabajo la práctica de la actividad física, del deporte y la recreación para la salud y una mejor calidad de vida de los trabajadores.

7.3 Promover en las Escuelas y Colegios la práctica de la actividad física, el deporte y la recreación para la salud y una  mejor calidad de vida de las y los estudiantes.

7.4 Elaborar y proponer al Consejo Municipal para su aprobación en concordancia con las políticas y estrategias nacionales formuladas por el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación y el Congreso Nacional del Deporte y la Recreación, el Plan Anual Deportivo y Recreativo, el cual debe de responder a las necesidades de la población del Cantón en los campos de la actividad física, la recreación y el deporte para la salud integral y la competición deportiva.

7.5 Coordinar con todos los actores sociales de la comunidad proyectos y programas a nivel comunal que contribuyan y fomenten la salud, y estilos de vida activos por medio de la actividad física, el deporte y la recreación en todos los sectores de la población.

7.6 Facilitar el desarrollo y organización de todas aquellas disciplinas deportivas de carácter competitivo con miras a una representación cantonal, nacional y por ende contribuyan a incentivar el deporte de alto rendimiento de nuestro país.

7.7 Brindar apoyo a las Asociaciones, Federaciones Deportivas y Recreativas, grupos organizados de deporte, legalmente constituidas en el Cantón, promoviendo la Capacitación y otras modalidades relacionadas con el servicio deportivo-recreativo municipal.

7.8 Constituir y juramentar los Comités Comunales de Deporte en cada uno de los distritos y caseríos y colaborar con los programas y actividades que formulen esas organizaciones.

7.9   Participar y recomendar lineamientos que permitan fortalecer el Congreso Nacional del Deporte de conformidad con la Ley 7800 del ICODER.

7.10 Reconocer, apoyar, estimular y coordinar acciones de organización y promoción de la actividad física para la salud, el deporte y la recreación que formule el ICODER.

7.11 Fiscalizar el uso de fondos públicos que se invierten en el deporte y la recreación y determinar el procedimiento de control interno que garanticen una puntual y eficaz rendición de cuentas

7.12 Garantizar el acceso y uso equitativo de las instalaciones públicas deportivas y recreativas administradas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

7.13 Diseñar un plan de inversión, y construcción de obras en el Cantón en coordinación con la Municipalidad y el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, además, velar por el adecuado mantenimiento, seguridad e higiene de esas instalaciones deportivas y recreativas que se construyan, reconstruyan o se modifiquen.

Artículo 8º—De la coordinación de acciones. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación, coordinará con el ICODER y la Municipalidad, dentro del marco que le señala la Ley, todas las acciones necesarias en materia de: gestión del servicio deportivo-recreativo municipal, gestión de instalaciones y áreas físicas para la práctica de la actividad física, el deporte y la recreación en el ámbito comunitario, sus funciones esenciales y las formas administrativas para el manejo de fondos públicos.

Artículo 9º—De la presentación del plan anual de trabajo y del informe de labores. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación deberá presentar ante el Consejo Municipal en la primera semana de julio  de cada año, su programa anual de trabajo, con su respectivo presupuesto, (actividades, obras e inversión), además, deberán presentar un informe por escrito  de los resultados de la gestión correspondiente al año anterior.

Artículo 10.—De las obligaciones. EL Comité Cantonal de Deportes y Recreación  tendrá las siguientes obligaciones:

A. Nombrar y juramentar a los miembros de los Comités Comunales de Deportes.

B.  Presentar anualmente al Concejo Municipal las políticas generales que pretende seguir dicho Comité para incentivar y promover el desarrollo de los deportes y/o la recreación en el Cantón, así como para fomentar la participación ciudadana en estas actividades, lo cual hará mediante la presentación del Plan Anual Operativo que deberá entregarse en la primera semana de julio de cada año, con el fin de que sea incorporado en el Presupuesto Ordinario de la Municipalidad. Para la elaboración del Plan Anual Operativo deberá el Comité Cantonal de Deportes y Recreación dar audiencia a los Comités Comunales y agrupaciones deportivas y/o recreativas del Cantón, durante el mes de mayo de cada año, con el fin de proponer sus proyectos y actividades a ejecutar en el año inmediato siguiente. Sin embargo, sus propuestas  serán valoradas de acuerdo al presupuesto ordinario del periodo siguiente para el Comité Cantonal.

C.  Incorporar en el Plan Anual Operativo anteriormente descrito, una partida para el financiamiento de proyectos específicos de los Comités, Comunales Deportivos y/o Recreativos, o de agrupaciones deportivas y/o recreativas, que se hayan sometido oportunamente a su consideración.

Artículo 11.—Del domicilio Legal. El domicilio legal del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  será en un local  ubicado en propiedad municipal para tales efectos, en el Distrito de Miramar, pudiendo variarse para casos excepcionales la sede en forma temporal previo acuerdo de la Junta Directiva.

Artículo 12.—De la responsabilidad. A los miembros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, se les aplicarán las normas de responsabilidad establecidas en los artículos 190 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública.

CAPÍTULO II

De las funciones de la junta directiva

Artículo 13.—De la integración de la Junta Directiva. Los integrantes del Comité Cantonal de Deportes y Recreación,  en la primera sesión ordinaria siguiente a su nombramiento, elegirán de entre sus miembros por mayoría simple de votos, la Junta Directiva de ese Órgano, nombrándose así un Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y un Vocal, quienes entrarán en posesión de sus cargos de forma inmediata, y durarán un año en sus puestos, pudiendo ser reelegidos.

Artículo 14.—De las funciones de la junta Directiva. Son funciones de la Junta Directiva, las que se detallan a continuación:

a)  Aprobar los reglamentos internos que promulgue para la organización y funcionamiento interno de sus dependencias, así como las reformas que se promuevan posteriormente, las cuales no podrán anteponerse a lo prescrito en este Reglamento, debiendo ser sometidas posteriormente a aprobación del Concejo Municipal para su respectiva publicación y entrada en vigencia.

b)  Resolver los conflictos que pudieran presentarse con motivo de la aplicación o interpretación de sus reglamentos o resoluciones.

c)  Someter a conocimiento y aprobación del Concejo Municipal las tarifas para derechos de alquiler y publicidad de las instalaciones deportivas y recreativas.

d)  Otorgar el permiso de uso de instalaciones deportivas para las celebraciones de actividades deportivas- culturales, recreativas, de beneficencia o fiestas cívicas. De otorgarse dicho permiso, se deberá suscribir el respectivo contrato entre las partes, el cual contendrá el pago por el uso de los activos del Comité Cantonal, el otorgamiento de garantías por eventuales daños y perjuicios y la obtención de las pólizas de responsabilidad civil que ofrece la Aseguradora autorizada.

e)  Recomendar la construcción, restauración y/o mejoras de la infraestructura deportiva y recreativa del Cantón, previa coordinación con la Municipalidad y el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación.

f)   Gestionar la consecución de recursos económicos, materiales y humanos para destinarlos al cumplimiento de sus fines.

g)  Participar activamente en el desarrollo de los programas deportivos y recreativos, a nivel cantonal o nacional.

h)  Promover y desarrollar programas de capacitación para los integrantes de los Comités Comunales, con el fin de que estos puedan posteriormente capacitar a las comunidades en ésta materia.

i)   Divulgar e informar  sobre el desarrollo de sus actividades.

j)   Preparar un informe financiero semestral en la primera semana de julio y en el mes  de enero y de labores anual en la primera semana de julio  remitiendo ambos  al Concejo Municipal para su conocimiento.

k)  Nombrar y sancionar en su oportunidad a los empleados del Comité Cantonal, podrá contar con la asesoría del Departamento de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad o del Concejo Municipal.

l)   Recomendar anualmente al Concejo Municipal la designación de atleta, entrenador o dirigente distinguido del Cantón.

Artículo 15.—De las dietas o Remuneraciones. Los miembros de la Junta Directiva no devengarán dietas ni remuneración alguna, ya que el cargo es totalmente ad honorem. Sin embargo, podrán gozar de reconocimiento de gastos de viaje y de representación según acuerdo de la Junta Directiva y adicionalmente, se les reconocerán dichos gastos para su participación en los Juegos Nacionales.

Articulo 16.—De las funciones del Presidente. Son funciones del Presidente (a) las que a continuación se detallan:

A. Representar al Comité Cantonal de Deportes y Recreación en los actos oficiales.

B.  Presidir las sesiones de la Junta Directiva.

C.  Firmar junto con el Secretario las actas de las sesiones de Junta Directiva.

D. Convocar a sesiones extraordinarias, conforme las disposiciones de este Reglamento.

E.  Representar judicialmente y extrajudicialmente al Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

F.  Velar por el cumplimiento de las obligaciones y objetivos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

G.  Nombrar a los miembros de las Comisiones Ordinarias y Especiales del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

H. Coordinar la ejecución de labores del personal administrativo y de las comisiones de trabajo.

I.   Firmar los convenios o contratos que celebre o suscriba el Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

J.   Firmar conjuntamente con el secretario las actas aprobadas y asentadas en el libro original.

K. Firmar conjuntamente con el Tesorero, los cheques contra las cuentas del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

L.  Efectuar junto con el Tesorero, arqueos mensuales de caja chica y libro de tesorería, dejar constancia de ello en el libro de actas.

M.      Juramentar a los miembros de los Comités Comunales, grupos organizados y de las Comisiones.

N. Firmar los carnés extendidos a diferentes órganos, atletas y personas en general que realicen actividades deportivas y/o recreativas en el Cantón.

Artículo 17.—De las funciones del Vicepresidente. Son funciones del Vicepresidente, las siguientes:

Sustituir al Presidente en sus ausencias temporales, con las mismas atribuciones y obligaciones establecidas para éste, reguladas en el artículo anterior.

Artículo 18.—De las funciones del Secretario. Son funciones del Secretario, las siguientes:

A. Atender la correspondencia del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

B.  Tomar la minuta de la sesión, elaborar las actas y tenerlas listas antes del inicio de la sesión siguiente, para aprobarlas oportunamente. Una vez aprobadas, deberá firmarlas junto con el Presidente.

C.  Transcribir, comunicar o notificar los acuerdos, la correspondencia y demás comunicaciones o publicaciones del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

D. Extender las certificaciones solicitadas al Comité Cantonal de Deportes y Recreación y presentar oportunamente la correspondencia,  proyectos, programas, invitaciones y otros, a la Junta Directiva.

E.  Llevar un registro actualizado de todas las organizaciones del Cantón, cuya actuación se relacione con Deportes y Recreación, así como de los Comités Comunales de Deportes y Recreación de ésta circunscripción territorial.

F.  Asesorar a lo secretarios de todas las organizaciones y entidades adscritas al Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

G.  Revisar periódicamente los libros de actas de los Comités Comunales, organizaciones deportivas y las diferentes comisiones.

H. Elaborar junto al presidente la agenda de sesiones, reuniones y asambleas, así como, los informes al Concejo Municipal.

Para la realización de estas labores será asistido por un Secretario Administrativo, quien se encargará de las funciones administrativas del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

Artículo 19.—De las funciones del Tesorero. Son funciones del Tesorero las siguientes:

A. Custodiar y responder por los dineros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

B.  Fiscalizar y recaudar los ingresos económicos, ordinarios, y extraordinarios que ingresen a la cuenta corriente del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

C.  Llevar los libros de tesorería al día y vigilar  porque la contabilidad se encuentre correcta y al día.

D. Llevar un estricto control de las cuotas, participaciones, donaciones y demás valores que ingresen a los fondos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  y extender el correspondiente recibo.

E.  Firmar conjuntamente con el Presidente, los cheques contra las cuentas del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

F.  Suministrar toda la información financiera necesaria para la elaboración de los planes anuales.

G.  Preparar y autorizar mensualmente con su firma el informe económico que debe presentar a la Junta Directiva.

H. Suscribir una póliza de fidelidad en una aseguradora autorizada, acorde al presupuesto asignado.

I.   Asesorar a los tesoreros de todas las organizaciones y entidades adscritas al Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

J.   Presentar semestralmente al Concejo Municipal un informe debidamente aprobado por la Junta Directiva, sobre la relación ingreso-gasto del Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Dicho informe debe ser presentado a más tardar, el último día hábil de los meses de julio y enero de cada año. El no cumplimiento de esta disposición facultará al Concejo Municipal a retener los recursos económicos que corresponden al Comité Cantonal de Deportes y Recreación  hasta tanto se cumpla con la presentación de dicho informe y el mismo sea recibido de conformidad.

K- Llevar los siguientes libros: Diario, Mayor, General, Caja y Bancos Inventarios y Balances, los cuales deberán estar debidamente sellados, y autorizados por la Tributación Directa.

Para la adquisición de bienes y servicios el Tesorero será responsable y vigilante de que se respeten los principios y la normativa de Contratación Administrativa, de conformidad con lo que establece la Ley de la Contratación Administrativa y su Reglamento. En consecuencia deberá publicar en la fecha correspondiente el cuadro de compras del Comité Cantonal de Deportes y Recreación para la realización de los trámites respectivos. Con el fin de cumplir a cabalidad con lo aquí prescrito, el Tesorero puede asesorarse directamente con la Proveeduría Municipal y el Departamento de Asuntos Jurídicos de la municipalidad o del Concejo Municipal.

L.  Realizar las compras de materiales deportivos, o de oficina que sean requeridos y necesarios para el Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

M.      Controlar bajo inventario todos los activos y patrimonios del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

Para tales funciones el Tesorero del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  será asistido por un contador privado que formará parte del Órgano Administrativo de dicho Comité, bajo la modalidad de servicios profesionales.

Artículo 20.—De las funciones del Vocal. Son funciones del Vocal las siguientes:

A. Sustituir al Vicepresidente, al Secretario, en ausencia del titular, con sus  mismos deberes y atribuciones.

B.  Estudiar y promover modificaciones que tiendan a mejorar la eficiencia de la organización administrativa del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

C.  Sugerir y ejecutar en caso de aprobación, las medidas de coordinación con los distintos órganos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  y de éste con otras organizaciones.

D. Tramitar los asuntos que para su estudio o ejecución se le encomienden.

E.  Ejercer supervisión en las entidades y personas sometidas a la jurisdicción del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

F.  Vigilar las actuaciones de los directores, funcionarios y empleados e integrantes de las organizaciones bajo su responsabilidad inmediata.

G.  Velar por el fiel cumplimiento de los acuerdos dictados por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación y organizaciones superiores.

H. Tramitar las denuncias  y levantar las informaciones  que le sean encomendadas por la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

I.   Fiscalizar la aplicación de los reglamentos vigentes.

CAPÍTULO III

Del quórum y desarrollo de las sesiones

Artículo 21.—Del Quórum. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación, constituido en Junta Directiva, podrá sesionar válidamente cuando estén presentes la mayoría simple de sus integrantes, sea, al menos tres de sus miembros.

Artículo 22.—De las sesiones ordinarias. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación deberá sesionar ordinariamente  una vez cada quince días

Artículo 23.—De las sesiones extraordinarias. La Junta Directiva podrá reunirse en sesión extraordinaria cuando sea convocada por el presidente o conjuntamente por tres de sus miembros, la convocatoria debe hacerse por escrito con veinticuatro  horas antes, con señalamiento del objeto de la sesión. En las sesiones extraordinarias únicamente se conocerá lo incluido en la convocatoria y además los que por unanimidad acuerden conocer los miembros de la junta directiva.

Artículo 24.—De la validez de las sesiones. Para que las sesiones tengan validez deberán iniciarse a más tardar (15) minutos después de la hora señalada. En los casos de falta de quórum, se hará constar la asistencia de los presentes para efectos de computar la ausencia de los restantes miembros.

Artículo 25.—De la toma de acuerdos. El quórum para sesionar está integrado por tres miembros. Los acuerdos se tomarán por simple mayoría de votos presentes salvo cuando se estipule en este reglamento un número mayor de votos, en caso de empate en una votación, se votará de nuevo en el mismo acto o en la sesión ordinaria inmediata siguiente y, de empatar otra vez, el asunto se tendrá por desechado.

Artículo 26.—De la justificación de ausencias. Todo miembro deberá comunicar por escrito, cuando procedan las razones de su inasistencia a las sesiones, a más tardar en la sesión siguiente de su ausencia. De no hacerlo, una ausencia será considerada injustificada y sancionable.

Artículo 27.—De las causas de destitución. Son causas de destitución de los miembros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación y de los Comités Comunales la:

A.    Inasistencia a cuatro sesiones consecutivas, sin justificación.

B.    Ausencias injustificadas y alternas a ocho sesiones, durante el año.

C.    Por violación evidente a las leyes y reglamentos que rigen la materia.

D.    Por inhabilitación judicial.

E.     Por renuncia voluntaria hecha por escrito.

F.     Por pérdida de confianza ante el Consejo Municipal, el acuerdo debe ser justificado por dos terceras partes del total de sus miembros.

Artículo 28.—De la notificación de destitución de un miembro. Cuando se produzca alguna de las causas del artículo 27, por miembros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, la Junta Directiva comunicará por escrito al Consejo Municipal fundamentando los hechos. La Municipalidad tomará las acciones administrativas que correspondan a efecto de proceder a tramitar la destitución y nombramiento del nuevo miembro conforme lo señale este reglamento.

Artículo 29.—Del cumplimiento del debido proceso. Cuando se produzca alguna de las causas del artículo 27, el Comité Cantonal de Deportes y Recreación comunicará al Concejo Municipal, quién deberá conocer y pronunciarse sobre la renuncia o perdida de credencial, de los miembros salientes, cerciorándose que dicha renuncia siguió el debido proceso y de ser así, proceder con el trámite respectivo, para que elijan el o los nuevo (s) integrante(s) que finalice (n) el periodo vigente tipificado en el reglamento.

Artículo 30.—De las formas de Votación. Existen dos tipos de votación; Nominal y Secreta. Es nominal la votación cuando cada uno de los miembros de la Junta Directiva exprese en forma oral su voto. Es secreta aquella votación que se haga mediante voto secreto.

Artículo 31.—Del Uso de la palabra. El Presidente es el encargado de conceder la palabra, siguiendo el orden en que ésta se solicite, salvo moción de orden que se presente, caso en el que se dará la palabra al proponente de la moción y a cualquier otro miembro que la apoye y luego a los miembros que se opongan,  si existieren. Quien haga uso de la palabra no podrá extenderse por más de cinco minutos, y únicamente se permitirá una sola réplica. La presidencia observará el orden en que se pidió la palabra para cumplir con lo aquí dispuesto. Cuando un miembro esté en el uso de la palabra no podrá ser interrumpido, salvo que él mismo permita una breve interrupción sobre el tema, la cual debe aprobar. Queda prohibido en las discusiones apartarse del tema que se trata y corresponderá al Presidente hacer el llamado al orden o en caso de reiteración, suspender el uso de la palabra o bien dar por agotado el tema. Esta regulación sobre el uso de la palabra, se aplicará en lo que corresponda al público en general que asista a las sesiones del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

Artículo 32.—Del Orden del día. El orden del día será preparado por el Secretario del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, con las instrucciones que sobre la misma brinde el Presidente de dicho órgano. En su orden se procurará incluir:

A.    Comprobación de quórum.

B.    Atención al público.

C.    Aprobación del acta anterior

D.    Lectura de correspondencia

E.     Informe del presidente

F.     Informes de comisiones.

G.    Mociones y acuerdos.

H.    Asuntos de trámite urgente.

I.      Asuntos varios.

J.     Cierre de sesión.

Artículo 33.—De las resoluciones. Las resoluciones que tome la junta directiva en las sesiones, se denominarán acuerdos o fallos. Son fallos todas aquellas resoluciones que resuelvan controversias o contengan un juicio de valor, siendo acuerdos todos los demás.

Artículo 34.—De los Acuerdos firmes y definitivamente aprobados. Los acuerdos quedarán en firme en la sesión ordinaria inmediata siguiente, con la lectura y aprobación del acta respectiva. Sin embargo, por votación de las dos terceras partes de la totalidad de los  miembros podrá acordarse que los acuerdos y fallos queden definitivamente aprobados en la misma sesión en que han sido tomados.

Artículo 35.—De la Suspensión de efectos. Ningún acuerdo o fallo administrativo que haya sido recurrido, podrá surtir efectos hasta tanto sea resuelto en forma definitiva por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

CAPÍTULO IV

De las actas

Artículo 36.—De la Obligación de llevar actas. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación, comités comunales, comisiones permanentes y especiales, deberán llevar un libro de actas, debidamente sellado y foliado por la Auditoría Municipal, podrá usarse a folio suelto, su numeración deberá ser consecutiva, asimismo, en éste se asentará una razón de apertura realizada por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación  y en dichos libros de actas se tomarán en forma sucinta los acuerdos, las iniciativas y mociones y demás incidencias que estos traten en sus sesiones. Competerá a la Secretaría Municipal llevar el control de los tomos autorizados y custodiar sus originales en ausencia de la Junta Directiva por vencimiento del periodo o por falta de quórum estructural 

Artículo 37.—De la Entrega de actas. El proyecto de acta de cada sesión se entregará a los directivos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, a más tardar dos horas antes de la sesión ordinaria donde serán aprobadas.

Artículo 38.—De las  Firmas de las actas. Las actas aprobadas deberán llevar obligatoriamente las firmas del Presidente y del Secretario del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

Artículo 39.—De la solicitud de los libros de actas. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación  podrá solicitar en cualquier momento estos libros a las entidades que se encuentran bajo su responsabilidad, con la finalidad de verificar que están en perfecto estado y debidamente al día. Debiendo hacer constar en un memorial sus observaciones.

CAPÍTULO V

De la impugnación de los actos del Comité

Cantonal de Deportes y Recreación

Artículo 40.—De los recursos. Contra los acuerdos tomados por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación podrán presentarse los siguientes recursos:

Recursos Ordinarios Internos. Corresponde a los recursos que pueden interponer los mismos directivos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  contra sus propios acuerdos.

Recurso de revisión. Los directivos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  podrán solicitar revisión de los acuerdos y/o fallos tomados por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, previo a que éstos queden en firme. Si la revisión fuese acogida, el asunto revisado volverá al estado en que se encontraba al momento anterior a su revisión y si procede se realizarán las enmiendas del caso.

Recursos (ordinarios Externos. Corresponden a los recursos que cualquier Interesado puede interponer contra los actos o fallos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación:

2.1      El recurso de revocatoria. Este procede contra los acuerdos o fallos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Debe presentarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en que adquirió firmeza el acuerdo o a aquel en que haya sido notificado el mismo por escrito y puede ser presentado por parte de aquellos interesados quienes tengan un derecho subjetivo o una situación Jurídica consolidada o un interés actual y legítimo en la situación impugnada.

  2.2    El recurso de apelación. Este procederá contra los acuerdos o fallos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, para su conocimiento ante el Concejo Municipal, debe presentarse ante la Secretaria Municipal dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en que adquirió firmeza el acuerdo o a aquél en que haya sido notificado el mismo, por escrito y puede ser presentado por parte de aquellos interesados quienes tengan un derecho subjetivo o una situación jurídica consolidada o un interés actual y legítimo en la situación impugnada.

  2.3    Excepciones. Cualquier acuerdo estará sujeto a los recursos de revocatoria y de apelación, excepto:

2.3.1.  Los que no hayan sido aprobados definitivamente o que no estén en firme.

2.3.2   Los de mero trámite de ejecución, confirmación o ratificación de acuerdos anteriores y los consentidos expresa o implícitamente.

2.3.3   Los reglamentarios.

2.3.4.  Los que aprueben presupuestos, sus modificaciones y adiciones.

Artículo 41.—De la procedencia de los recursos. Los recursos supra descritos, procederán por razones de oportunidad y/o de legalidad.

CAPÍTULO VI

De las comisiones de trabajo

Artículo 42.—De la integración de las Comisiones de Trabajo y Especiales. Todas las comisiones de trabajo y comisiones especiales nombradas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación estarán integradas por un mínimo de tres personas que gocen de una excelente reputación en el ejercicio como ciudadano de la comunidad y conforme a la equidad de género.

Artículo 43.—Del plan de trabajo. Cada comisión debe elaborar y ejecutar su plan de trabajo, mismos que previamente deben ser aprobados por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, que le brindará para su funcionamiento el soporte administrativo y económico en la medida de sus posibilidades.

Artículo 44.—De la rendición de informes. Cada Comisión debe elaborar y rendir un informe escrito mensual al Comité Cantonal de Deportes y Recreación, sobre las actividades realizadas y resultados obtenidos.

Artículo 45.—De la subordinación de las comisiones. Las comisiones como órganos subalternos, deben guiarse por las leyes, reglamentos, decretos y lineamientos generales, que regulan el funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

Artículo 46.—De la implementación de las comisiones. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación implementará las comisiones que considere oportunas.

CAPÍTULO VII

De la oficina sede del Comité Cantonal

de Deportes y Recreación

Artículo 47.—De la Oficina Central. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación  contará con una oficina central que se localizará en una propiedad Municipal. Dicha oficina es la unidad técnica administrativa, de carácter permanente, contará con un secretario administrativo – deportivo, de  tiempo completo y un contador privado, contratado bajo la modalidad de servicios profesionales,   así como del personal técnico o profesional auxiliar necesario para el desarrollo de programas o preparación de las diversas disciplinas deportivas.

Artículo 48.—De la Secretaría Administrativa – Deportiva. Corresponde al secretario administrativo - deportivo, las siguientes funciones:

A.    Promover, ejecutar y coordinar con todos los actores sociales de la comunidad los planes y programas que beneficien la salud de la población incentivando la actividad física como un verdadero servicio deportivo, recreativo municipal.

B.    Promover y coordinar los programas de capacitación del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

C.    Promover el desarrollo, y la organización de todas aquellas disciplinas de carácter deportivo y recreativo.

D.    Coordinar asesorar y colaborar con los Comités Comunales, Comisiones de Trabajo, instituciones de Salud y otras organizaciones comunales el uso activo del tiempo libre, el deporte y la recreación física, como un medio de fomentar la salud y estilos de vida activos en el ámbito comunitario.

E.     Coordinar con la Presidencia del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, la organización administrativa de la Oficina Central.

F.     Levantar junto con el Secretario del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, las actas de este último.

G.    Presentar ante la junta directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, los informes solicitados.

H.    Organizar y llevar un archivo adecuado de toda documentación correspondiente al Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

I.      Tramitar todo tipo de correspondencia.

J.     Velar por que se cumplan y dar seguimiento a los acuerdos de Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y recreación.

K.    Mantener al día el inventario de bienes del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, así como de los equipos, materiales de oficina e implementos deportivos.

L.     Realizar todo tipo de pago, previa autorización de la Junta Directiva.

M.   Realizar mediante la aplicación de los procedimientos de contratación administrativa, las compras de materiales deportivos o de oficina que se requieran.

N.    Tramitar las licitaciones necesarias cuando así se haya acordado por la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

O.    Cualquier otra función que le encomiende el Comité Cantonal de Deportes y Recreación y que no exceda de sus funciones o de su jornada laboral.

Artículo 49.—De las funciones del Contador Privado. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación contará con un Contador privado, contratado   bajo la modalidad de servicios profesionales y tendrá las siguientes funciones:

A.    Asistir al Tesorero de la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación en todas sus funciones.

B.    Presentar las liquidaciones y los informes que le sean solicitados y en la fecha indicada.

C.    Cualquier otra función contable que se le  asigne por parte de la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  o del Tesorero de este órgano.

CAPÍTULO VIII

De las finanzas

Artículo 50.—Del periodo fiscal. Para los efectos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación, el año económico se inicia el 1° de enero y finaliza el 31 de diciembre de cada año.

Articulo 51.—De los ingresos. Para el cumplimiento de sus objetivos y metas el Comité Cantonal de Deportes y Recreación  contará con los siguientes recursos:

A.- Ordinarios: Como mínimo se le transferirá un 3% de los ingresos Ordinarios anuales de la Municipalidad de Montes de Oro.

B.    Extraordinarios: Cualquier partida adicional del presupuesto municipal que el Concejo Municipal acuerde  transferirles,  ya sea para la participación  en  los  Juegos  Deportivos  Nacionales, construcción, reconstrucción y mejoras a las instalaciones deportivas.

C.    Pago de cuotas O tarifas por concepto de alquiler de instalaciones deportivas.

D.    Cualquier partida específica destinada por la Asamblea Legislativa para construcción o mejoras de instalaciones, actividades deportivas o recreativas, o compra de equipo o implementos deportivos.

Artículo 52.—Del destino de los recursos. Los recursos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  solamente se podrán invertir en obras, actividades y/o servicios, de interés deportivo y/o recreativo para el Cantón de Montes de Oro, así como en la capacitación, promoción y participación de atletas, entrenadores, árbitros y dirigentes del Cantón.

Artículo 53.—De la adquisición de bienes y servicios. La adquisición de bienes y servicios, y en general, la construcción, reparación y mantenimiento de las instalaciones deportivas, se regirá por los procedimientos que al efecto establece la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. Adicionalmente, el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, podrá aplicar supletoriamente el Manual de Procedimientos para la Proveeduría Municipal, o bien, promulgar su propio manual de procedimientos para este propósito, y ser asistido por la Proveeduría Municipal en todo procedimiento de contratación administrativa que requiera efectuar, quedando facultado para utilizar el Registro de Proveedores de la Municipalidad.

Artículo 54.—De la responsabilidad. Todo directivo, funcionario, empleado o delegado del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  y de sus diferentes órganos, encargados de recibir, custodiar y administrar dineros, bienes, implementos deportivos o valores de cualquier naturaleza del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  o cuyas atribuciones permitan o exijan su tenencia, serán responsables de ellos, de su adecuada administración, así como de cualquier pérdida o daño que experimenten, debiendo reparar los daños y perjuicios producidos a éstos con los bienes de su propio peculio, así como responder tanto civil, administrativa,  disciplinaria  como penalmente, según corresponda.

Artículo 55.—De los órganos dependientes. El Comité Cantonal de Deportes suministrará a todos los órganos de su dependencia, un libro de tesorería, debidamente autorizado por la auditoría municipal  y recibos por dinero, debidamente membretados, foliados  y autorizados por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación,  los cuales deberán usarse en todas las gestiones de cobro que se realicen.

Artículo 56.—De la presentación de libros. Cada trimestre los tesoreros de los órganos dependientes del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  deberán presentar ante éste el libro de tesorería, adjuntando las facturas, comprobantes y recibos correspondientes para su respectiva revisión, si éste no se presentare, El Comité Cantonal de Deportes y Recreación  podrá retener cualquier transferencia al respectivo Órgano, hasta tanto no cumplan con la obligación prescrita en éste artículo.

CAPÍTULO IX

Del régimen laboral y disciplinario

Artículo 57.—Del Régimen Laboral. La Relación Laboral o de Servicio se efectuará de la siguiente manera:

a)  Corresponderá al  Comité Cantonal de Deportes y Recreación  nombrar al Secretario Administrativo Deportivo de este órgano colegiado y   contratar bajo la modalidad de servicios profesionales al contador privado.

b)  El Comité Cantonal de Deportes y Recreación  podrá elegir de entre las ofertas de servicios que estime pertinentes la contratación de los promotores, entrenadores, instructores o demás profesionales o técnicos que requiera  para el desarrollo de las actividades programadas para las diversas disciplinas deportivas o labores administrativas. Para este propósito El Comité Cantonal de Deportes y Recreación  solicitará al Departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad, que promueva el respectivo concurso. Una vez recibidas las ofertas de servicios, la selección la harán los directivos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

Artículo 58.—Del régimen disciplinario de los funcionarios del Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Para efectos disciplinarios y según la gravedad del caso, el Comité Cantonal de Deportes y Recreación podrá imponer de previo al debido proceso, a sus funcionarios, las siguientes sanciones:

a)  Prevención.

b)  Amonestación verbal.

c)  Amonestación escrita.

d)  Suspensión de trabajo sin goce de salario.

e)  Despido sin responsabilidad patronal.

Artículo 59.—Del procedimiento. Las anteriores sanciones se regirán de conformidad con lo que establecen los artículos 149 y 150 del Código Municipal.

Artículo 60.—Del procedimiento. Para la aplicación de éstas sanciones se deberá seguir el debido proceso, y adicionalmente, de ser procedente, el Comité Cantonal de Deportes y Recreación podrá exigir la reparación integral del daño causado y el pago de los daños y perjuicios producidos por la actuación del infractor.

CAPÍTULO X

De los reconocimientos y beneficios para atletas

Artículo 61.—De los reconocimientos. Para gozar de cualquier reconocimiento, beneficio, uso de instalaciones e implementos deportivos, así como para participar en juegos oficiales, federados, cantonales, y juegos deportivos nacionales, estudiantiles, toda organización deportiva o recreativa del Cantón deberá afiliarse a los órganos dependientes del Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Para los efectos anteriores, el Comité Cantonal de Deportes y Recreación emitirá el reglamento correspondiente donde se establecerán los requisitos para cada caso.

Artículo 62.—De los estímulos a dirigentes y atletas. Para estimular a los dirigentes, atletas y entrenadores el Comité Cantonal de Deportes y Recreación  nombrará una Comisión integrada por tres miembros, cuya función primordial será seleccionar al mejor atleta, mejor entrenador y mejor dirigente deportivo, con el fin de efectuar un reconocimiento público. Las personas designadas, recibirán en una sesión extraordinaria del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  un pergamino o placa como reconocimiento. Este reconocimiento será independiente de aquel que pueda realizar el Concejo Municipal de conformidad con éste Reglamento.

CAPÍTULO XI

De los comités comunales de deportes

Artículo 63.—De la integración de los Comités Comunales de Deportes. Los Comités Comunales de Deportes estarán integrados por cinco miembros residentes en la comunidad respectiva, que serán nombrados en sesión convocada para tal efecto por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Estos se organizarán como Junta Directiva, por lo que de entre sus miembros nombrarán a un Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y un Vocal, los cuales tendrán en lo que proceda, las mismas obligaciones y deberes que los miembros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

De los cinco miembros de los Comités Comunales de Deportes, al menos dos serán mujeres, conforme a la equidad de género.

Artículo 64.—De las prohibiciones. Los concejales, el alcalde, los vicealcaldes, tesorero, el auditor y el contador, sus cónyuges o parientes en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, están inhibidos para integrar estos comités.

Artículo 65.—Del período del cargo. Los miembros de cada comité Comunal de Deportes  durarán en sus cargos dos años, podrán ser reelegidos y no devengarán dietas ni remuneración alguna.

Artículo 66.—De las atribuciones de los Comités Comunales de Deportes. Los Comités Comunales de Deportes  son órganos adscritos al Comité Cantonal de Deportes y Recreación  y tendrán las siguientes atribuciones:

1.  Promover la participación ciudadana en  las actividades deportivas y recreativas en su  comunidad.

2.  Coordinar con el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, las actividades deportivas de sus respectivas comunidades.

3.  Apoyar las actividades y programas del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

4.  Participar activamente en la planeación anual que realice el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, de dichas actividades, así como en la planeación de los proyectos de construcción, reparación, mejoramiento y/o cualquier tipo de obras que éstos pretendan realizar para la consecución de sus fines.

5.  Denunciar al Concejo Municipal cualquier anomalía en la administración de los fondos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

Articulo 67.—De la presentación de los Planes de trabajo. En la segunda semana del mes de mayo de cada año, los Comités Comunales harán entrega al Comité Cantonal de Deportes y Recreación  del documento que contenga los planes de trabajo para el año inmediato posterior, los cuales, serán aprobados por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación  o devueltos sin aprobar en el lapso de cinco días al Comité Comunal para la Formulación de una nueva propuesta o para corregir el presentado inicialmente, según corresponda. Será competencia del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  implementar los procedimientos y controles para la ejecución de dichos planes.

CAPÍTULO XII

De las instalaciones deportivas

Artículo 68.—De la delegación de administración de instalaciones deportivas. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación  será el administrador general de las instalaciones deportivas públicas del Cantón y podrá delegar mediante la firma de un convenio  en Juntas Administrativas, Comités Comunales y Asociaciones Deportivas; la administración y mantenimiento de campos o centros deportivos existentes en su jurisdicción.

Artículo 69.—Del uso de las Instalaciones deportivas. En el uso de las instalaciones deportivas existentes, los comités comunales, deberán dar participación a todos los grupos deportivos organizados de la comunidad, teniendo preferencia para tal uso, los equipos o grupos que representen al distrito o al Cantón en torneos o campeonatos oficiales. Los equipos organizados de liga menor contarán con privilegio especial en el uso de dichas instalaciones, como impulso al deporte. La programación que para tal efecto se le dé, será respaldada y se hará en forma periódica conforme las necesidades.

Artículo 70.—De la clasificación de instalaciones deportivas. Las instalaciones deportivas serán clasificadas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, en categorías de acuerdo con la infraestructura de éstas, también regulará el uso de las mismas por los usuarios, de acuerdo con el tipo de actividad que realicen.

Con sustento en este ordenamiento se definirán las tarifas por derecho de uso de las instalaciones y el periodo que abarca dicha cuota.

Artículo 71.—De las tarifas. Las tarifas por el uso de las instalaciones deportivas y recreativas son de cobro obligatorio y no pueden ser alteradas sin previa autorización del Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Para entrenamientos programados se cobrará un cincuenta por ciento de la tarifa ordinaria, se exceptúa de dicho pago a los equipos de juegos nacionales del Cantón, los de programas de promoción deportiva y los de liga menor de la comunidad. Si el uso es en horas nocturnas deberán pagar el costo de la luz eléctrica, según lo establezca el Comité Cantonal de Deportes y Recreación. El entrenamiento debe estar bajo la dirección de un monitor, entrenador titulado o persona autorizada por el Comité Cantonal. Los campos deportivos deberán estar abiertos al público un mínimo de cuarenta horas semanales. Las tarifas serán elaboradas por el Secretario Administrativo del Comité Cantonal de Deportes y Recreación  en concurso con algún funcionario del Departamento de Contabilidad  de la Municipalidad de Montes de Oro a designar por la jefatura de dicho departamento  y con base en el estudio que presenten dichos funcionarios, el Comité Cantonal de Deportes y Recreación  acordará, aprobará y publicará las tarifas definitivas previo acuerdo del Concejo Municipal  a su entrada en vigencia.

Artículo 72.—De la prioridad de Uso. Los equipos afiliados, los del programa de iniciación deportiva, equipos de liga menor y selecciones locales que representen oficialmente a la comunidad y que estén reconocidos por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación  tendrán prioridad para el uso de instalaciones. Las competencias aficionadas tendrán preferencia sobre las no aficionadas o profesionales.

Artículo 73.—De las prohibiciones. En las instalaciones deportivas está prohibido:

a)  El expendio y venta de bebidas alcohólicas, y cualquier tipo de droga o sustancias enervantes prohibidas por ley.

b)  El uso de calzado inadecuado para las instalaciones.

c)  La realización de actividades deportivas, culturales y sociales que no se enmarquen dentro de la naturaleza propia del inmueble, o de las condiciones para la debida protección y conservación de la infraestructura existente.

Artículo 74.—De los usos diversos. Para la realización de eventos o actividades no deportivas como ferias, bingos, Fiestas, y otros, dentro de las instalaciones deportivas o en los alrededores de las mismas, debe contarse con la autorización escrita del Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Para su otorgamiento el Comité podrá exigir una garantía de cumplimiento en dinero, por un monto suficiente, para resarcir el pago de los eventuales daños que puedan ocasionar al inmueble o de los perjuicios que puedan producir. Igualmente, para estos eventos siempre se exigirá la póliza de responsabilidad civil de una aseguradora autorizada.

Artículo 75.—De la autorización de rótulos. El Comité Cantonal de Deportes podrá autorizar la colocación de rótulos en las instalaciones deportivas, siempre y cuando obtenga beneficio económico por tal autorización y lo permita la normativa aplicable al caso. Tales rótulos no podrán hacer alusión a publicidad para bebidas alcohólicas, anuncio de cigarrillos o aquellos que por su contenido atenten contra, los principios éticos y morales de la comunidad.

Artículo 76.—Del mantenimiento de instalaciones. El mantenimiento de las instalaciones deportivas en cada una de las comunidades estará a cargo del respectivo Comité Comunal de Deportes. Este mantenimiento debe darlo el Comité Comunal por lo menos una vez al año, en cualquiera de sus meses, debiendo permanecer totalmente cerradas las instalaciones durante el tiempo necesario para la realización del mismo, para lo cual deberán comunicarlo a los interesados y usuarios de estas.

Artículo 77.—De las  cuotas de ingreso. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación  regulará y aprobará las cuotas de ingreso a las instalaciones deportivas por concepto de alquiler de las instalaciones deportivas. Los ingresos que por ese concepto se produzcan, se destinarán a las actividades y en el porcentaje que a continuación se indica:

a)  Un 10% para gastos administrativos del Comité Cantonal de Deportes y Recreación.

b)  Un 15% para los programas de promoción deportiva.

c)  Un 10% para las ligas menores de la jurisdicción.

d)  Un 65% para mantenimiento de las instalaciones.

Artículo 78.—De la administración de las instalaciones deportivas de los centros educativos públicos. Todas las instalaciones deportivas de instituciones educativas, sean gimnasios, plaza de deportes, estadios, pistas de atletismo, piscinas y otras que hayan sido construidas con fondos públicos o por dependencias gubernamentales, deberán  ser puestas al servicio de las respectivas comunidades del Cantón en horario no lectivo así como en el periodo de vacaciones. La administración de dichas instalaciones se le encargará a un comité administrador que estará integrado por tres miembros:

El Director del centro educativo  o su representante.

Un representante del Comité Cantonal de Deportes y

Recreación de la terna que propondrá el presidente.

Un representante del Concejo Municipal.

Artículo 79.—Del  uso de las instalaciones deportivas de los centros educativos públicos. Este comité administrador coordinará con los centros educativos el uso de las instalaciones no pudiendo programar actividades extraescolares en horario de 7:00 a. m. a las 18:00 horas.

Artículo 80.—Del plazo de nombramiento. Los miembros del Comité Administrador permanecerán en sus cargos hasta por un período de dos años y podrán ser removidos por el órgano responsable de su nombramiento por causa justa.

CAPÍTULO XIII

De las disposiciones finales

Artículo 81.—De las reformas. Cualquier reforma que se proponga a este Reglamento, se pondrá en conocimiento de el Comité Cantonal de Deportes y Recreación  para su valoración y recomendación, y de considerarla procedente será remitida al Concejo Municipal para su aprobación o rechazo.

Artículo 82.—De la derogación de disposiciones anteriores. Se deroga cualquier disposición Reglamentaria anterior.

Artículo 83.—De la entrada en vigencia. Este Reglamento entrará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Juanita Villalobos Arguedas, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2012076395).

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

Nº SM-2012-384.—Apruébese y comuníquese.—Esta Comisión recomienda ante el honorable Concejo Municipal proceda aprobar el nuevo Reglamento para el Cobro de la Tasa sobre el Servicio de Limpieza de Vías Públicas y dejar sin efecto el reglamento aprobado por el Concejo Municipal, Municipalidad de Parrita mediante acuerdo Nº 14, artículo cuarto, correspondencia, asunto Nº 10, sesión ordinaria Nº 2440-2012, celebrada el doce de marzo del dos mil doce.

Se somete a votación el informe de la comisión de Asuntos Jurídicos y el mismo es aprobado con cinco votos a favor según acuerdo Nº 04, artículo tercero, informes, punto Nº 03, asunto Nº 01, sesión ordinaria Nº 2456-2012, celebrada el veintiocho de mayo del dos mil doce.

REGLAMENTO PARA EL COBRO DEL SERVICIO

DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE VÍAS

PÚBLICAS DEL CANTÓN DE PARRITA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objetivo. El presente Reglamento tiene por objetivo establecer las normas que regularán el pago sobre el servicio de mantenimiento y limpieza de vías públicas del cantón de Parrita.

Artículo 2º—Ámbito de aplicación. Este Reglamento será de aplicación obligatoria para todos los contribuyentes a los que se les brinde el servicio de mantenimiento y limpieza de vías públicas en el cantón de Parrita.

De las definiciones

Artículo 3º—Definiciones. Para los efectos del presente Reglamento, se entiende por:

a)   Reglamento: Reglamento para el cobro del Servicio de Mantenimiento y Limpieza de Vías Públicas del cantón de Parrita.

b)   Municipalidad: Municipalidad de Parrita.

c)   Contribuyente: Persona física o jurídica propietaria de un inmueble quien por tal condición está obligada al pago de la tasa que cobra la Municipalidad por el servicio de mantenimiento y limpieza de vías públicas.

d)   Tasa: Tributo cuya obligación tiene como hecho generador, la prestación efectiva o potencial de un servicio público que brinda la Municipalidad, cuyo producto no debe tener un destino ajeno al servicio, razón de ser de la obligación.

e)   Vías públicas: Áreas de terreno fijadas por la Municipalidad de Parrita, frente a los bienes inmuebles que están ubicados en su la jurisdicción.

CAPÍTULO II

Del procedimiento del cobro

Artículo 4º—Están obligados a pagar el tributo los propietarios del bien inmueble por la prestación del servicio de mantenimiento y limpieza de vías públicas.

Artículo 5º—El cálculo de esta tasa lo hará la Municipalidad en forma anual a cada uno de los contribuyentes y lo cobrará trimestralmente sobre el saldo vencido.

Artículo 6º—La tarifa para el cobro del servicio de mantenimiento y limpieza de vías públicas, se establece mediante el total del costo efectivo más el diez por ciento (10%) de utilidad para el desarrollo, dividido entre el imponible de valor de los Bienes Inmuebles donde se brinda el servicio y el resultado se multiplicará sobre el valor individual de cada Bien Inmueble.

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CAPÍTULO III

Disposiciones finales

Artículo 7º—Lo no dispuesto expresamente en el presente Reglamento, se regirá por la normativa contenida en el Código Municipal, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley General de Salud y demás normas atinentes.

Artículo 8º—El presente Reglamento deroga cualquier disposición de la misma naturaleza que haya emitido la Municipalidad con anterioridad al presente.

Artículo 9º—De conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal vigente, este Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Sandra Hernández Chinchilla, Secretaria del Concejo Municipal.

________

Nº SM-2012-438.—Según acuerdo Nº 06, artículo tercero, informes, punto Nº 03, asunto Nº 01, sesión ordinaria Nº 2459-2012, celebrada el dieciocho de junio del dos mil doce. Se somete a votación el informe de asuntos jurídicos y el mismo es aprobado con cinco votos a favor lo siguiente:

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Rige diez días hábiles posteriores a su publicación.

Sandra Hernández Chinchilla, Secretaria del Concejo Municipal.

________

Nº SM-2012-446.—Según acuerdo Nº 07, artículo cuarto, correspondencia, punto Nº 18, asunto Nº 18, sesión ordinaria Nº 2460-2012, celebrada el veinticinco de junio del dos mil doce. Se somete a votación el informe de asuntos jurídicos y el mismo es aprobado con cinco votos a favor lo siguiente:

Para ver tabla solo en La Gaceta  impresa o en formato PDF

Rige diez días hábiles posteriores a su publicación.

Sandra Hernández Chinchilla, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2012076361).

MUNICIPALIDAD DE CORREDORES

De conformidad con el acuerdo número  quince de la Sesión Ordinaria  número veintidós del 4 de junio del mes de junio  del año 2012. y según lo establecido en los artículos 170 de la Constitución Política, 2, 3, 4 inciso a), 13 inciso c) y 43 del Código Municipal, al haberse hecho la primera publicación en La Gaceta Nº 126 del 26 de junio del año 2012 y al no haber mediado oposición, se procede a publicar el siguiente Reglamento Para la Recaudación de Los Tributos y Cobro del Impuesto a La Producción de Palma Aceitera Municipalidad de Corredores

REGLAMENTO PARA LA RECAUDACIÓN DE LOS

TRIBUTOS Y COBRO DEL IMPUESTO A LA

PRODUCCIÓN DE PALMA ACEITERA

La Municipalidad de Corredores, conforme a las facultades que le otorga el artículo cuatro inciso a) del Código Municipal, decreta el siguiente Reglamento para la Recaudación de los Tributos en el Cantón de Corredores y Cobro del Impuesto a la Producción de Palma Aceitera

CAPÍTULO PRIMERO

Organización y funciones

Artículo 1º—Se entiende como la actividad de recaudación, el conjunto de actividades que realiza la Municipalidad destinadas a percibir efectivamente el pago de todas las deudas tributarias de los contribuyentes. En lo pertinente, este Reglamento se aplicará también en la recaudación de deudas no tributarias.

La función de recaudación se efectuará en tres etapas sucesivas: voluntaria, administrativa y ejecutiva.

En la voluntaria, el sujeto pasivo cancelará sus obligaciones sin necesidad de actuación alguna por parte de la Municipalidad, más que la necesaria para operar el sistema de recaudos por medio de las oficinas de las entidades autorizadas o de la caja de institucional destinada al efecto.

En la administrativa, la Municipalidad efectuará un requerimiento persuasivo de pago a los sujetos pasivos morosos.

En la ejecutiva, la recaudación se efectúa coactivamente, utilizando los medios legales establecidos y recurriendo a los órganos jurisdiccionales respectivos.

Artículo 2º—La recaudación tributaria será desarrollada por la Municipalidad en el siguiente orden:

La voluntaria y la administrativa estarán a cargo de la dependencia asignada al efecto.

La ejecutiva será ejercida por los abogados asignados al efecto.

Salvo los casos especificados en la norma, toda resolución resultante de la aplicación de este Reglamento deberá emitirla el titular de la Alcaldía Municipal o su delegado en los términos de ley.

Artículo 3º—Serán funciones de la Municipalidad, en materia de recaudación, las siguientes:

Ejecutar los programas de recaudación establecidos.

Llevar a cabo las actuaciones de cobro en las etapas voluntaria, administrativa y ejecutiva, de obligaciones morosas en vía administrativa o judicial, según corresponda.

Requerir a los agentes recaudadores y a los sujetos pasivos la información pertinente para ejercer un control eficiente de las deudas tributarias.

Elaborar los planes internos tendientes a mejorar los procedimientos de recaudación.

Recibir y dar curso a las solicitudes de arreglos de pago, compensación, ajuste o devolución de saldos a favor, de carácter tributario.

Artículo 4º—Son funciones de los abogados respecto al cobro judicial y extrajudicial, las siguientes:

Disponer el ejercicio de la acción de cobro a más tardar dentro del mes siguiente al recibo de la certificación del  adeudo, que tendrá el carácter de título ejecutivo.

Otorgar a los deudores, previo a la ejecución, un plazo de ocho días hábiles, para que procedan a la cancelación del crédito tributaria impago, bajo apercibimiento que de no hacerlo, se le iniciará ejecución para hacer efectivo dicho crédito y sus accesorios legales.

Decretar las medidas cautelares normativamente disponibles a fin de hacer efectivo el cobro de las deudas tributarias.

Ejercer inmediata vigilancia sobre la gestión cobratoria a su cargo.

CAPÍTULO SEGUNDO

Pago de las deudas tributarias

Artículo 5º—El tributo debe pagarse dentro de los plazos que fijen las leyes respectivas. Cuando la ley no fije plazo, el tributo debe pagarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que ocurra el hecho generador. Todos los demás pagos por concepto de tributos resultantes de resoluciones firmes en vía administrativa, deben efectuarse dentro de los quince días siguientes a la notificación de la resolución.

En todo caso, los intereses se calcularán a partir de la fecha en que los tributos debieron pagarse.

Artículo 6º—El pago de las deudas tributarias deberá hacerse mediante moneda de curso legal o por medio de cheque, salvo cualquiera otro autorizado legalmente.

Artículo 7º—El pago de las deudas tributarias deberá hacerse en las agencias o sucursales de las entidades recaudadoras autorizadas por la Municipalidad conforme con la normativa legal aplicable, o en las  cajas dispuestas al efecto por  la Municipalidad.

Los pagos realizados a órganos o entidades públicas o privadas no autorizados para recibir pago, no liberan al deudor de su obligación de pago ni del cómputo de los intereses respectivos, sin perjuicio de las responsabilidades de todo orden en que incurra, quien reciba indebidamente esos pagos.

Artículo 8º—El pago efectuado voluntariamente por un tercero extinguirá la obligación tributaria y quien pague se subrogará en el crédito, sus garantías y privilegios, mas no en aquellas potestades que se deriven de la naturaleza pública del acreedor inicial.

Artículo 9º—Los comprobantes de pago, como documentos que demuestran que el pago de la deuda tributaria se ha llevado a cabo total o parcialmente, serán emitidos por la Municipalidad, sea en la forma de recibos o abonos a cuenta, de declaraciones juradas en las que conste el pago respectivo, o de enteros efectuados mediante nómina.

Los comprobantes deberán contener los siguientes requisitos:

Nombre y apellidos, razón social o denominación y número de cédula del sujeto pasivo.

Tipo de impuesto, periodo fiscal, periodo de pago y monto de la deuda.

Fecha de vencimiento.

Sello de cancelado del ente u oficina recaudadora.

Artículo 10.—El pago realizado con los requisitos normativos extingue la deuda y libera al deudor y demás responsables.

El pago de un débito de vencimiento posterior no presupone la cancelación de los anteriores, ni extingue el derecho de la Municipalidad de percibir aquellos que estén en descubierto, sin perjuicio de los efectos de  la prescripción.

Artículo 11.—La deuda correspondiente a cada tributo será independiente de las demás obligaciones a cargo del deudor.

Al efectuar el pago, el deudor de varias deudas podrá imputarlo a aquella o aquellas que libremente determine.

En los casos en que el deudor no indique la imputación del pago, la Municipalidad deberá establecerla por orden de antigüedad de los débitos, determinadas éstas por la fecha de vencimiento del plazo para el pago de cada uno.

En todos los casos, la imputación de pagos se hará primero a las obligaciones accesorias y por último a la principal. Esta regla será aplicable a cualquier medio de extinción de las obligaciones tributarias.

Artículo 12.—Ante falta de pago por parte del sujeto pasivo dentro de los términos legales correspondientes, la Municipalidad le notificará los saldos adeudados, confiriéndole un plazo de 10 días hábiles para su cancelación. Vencido este término sin que haya realizado el pago, la Administración Tributara certificará el adeudo e iniciará la etapa de cobro ejecutivo, incrementándose con las obligaciones accesorias y costas que en cada caso sean exigibles.

Artículo 13.—Los contribuyentes, en pago total o parcial de tributos adeudados pueden ofrecer bienes muebles o inmuebles, de su propiedad o de terceros, y libre de gravámenes, como dación en pago a favor de la Municipalidad, conforme a los requisitos que al efecto definirá el Concejo Municipal mediante resolución de carácter general. En caso de que el valor de los bienes sea superior a la deuda, se generará una situación activa a favor del sujeto pasivo, con todos los efectos consiguientes.

Artículo 14.—La novación como forma de extinción de la obligación tributaria, consistirá en la transformación o sustitución de una obligación por otra. La novación se admitirá únicamente cuando se mejoren las garantías a favor de la Municipalidad y ello no implique demérito de la efectividad en la recaudación.

CAPÍTULO TERCERO

Aplazamientos y fraccionamientos de pago

Artículo 15.—Los aplazamientos para el pago de las obligaciones tributarias deberán solicitarse antes del vencimiento del plazo para efectuar el pago y sólo pueden ser concedidos en casos de excepción, cuando a juicio de la Municipalidad se justifiquen las causas que impiden el cumplimiento normal de la obligación de que se trate.

Artículo 16.—Las facilidades de pago pueden solicitarse en cualquier momento, pero sólo se concederán si a juicio de la Municipalidad han sobrevenido circunstancias que tornen difícil el cumplimiento normal de la obligación, o que puedan dañar seriamente la economía del deudor si dicho cumplimiento se produce.

Artículo 17.—Corresponderá al interesado adjuntar con su solicitud de aplazamiento o facilidad de pago, los elementos probatorios necesarios y suficientes que justifiquen el otorgamiento de lo solicitado, así como el planteamiento de una propuesta de la forma en que atenderá sus obligaciones tributarias.

Artículo 18.—La resolución que deniegue el otorgamiento de aplazamientos o facilidades de pago carecerá de recurso alguno, no obstante deberá ser razonada.

Artículo 19.—La Municipalidad deberá valorar los casos en que la concesión de aplazamientos o facilidades de pago conlleve la rendición de una garantía.

CAPÍTULO CUARTO

Compensación de deudas tributarias

Artículo 20.—La Municipalidad deberá compensar, de oficio o a petición de parte, los créditos tributarios firmes, líquidos y exigibles que tenga a su favor con los de igual naturaleza del sujeto pasivo, empezando por los más antiguos, sin importar que provengan de distintos impuestos a favor de la Municipalidad.

Artículo 21.—El sujeto pasivo podrá solicitar la compensación, pero podrá aplicarla hasta que haya sido aceptada mediante resolución de la Municipalidad, retrotrayéndose la compensación al momento del surgimiento del crédito.

Artículo 22.—Solamente podrán ser rechazadas aquellas solicitudes de compensación que resulten legalmente improcedentes, mediante resolución motivada.

CAPÍTULO QUINTO

Condonación de deudas tributarias

Artículo 23.—Las deudas por tributos sólo pueden ser condonadas por ley, mediante un acuerdo del Concejo Municipal.

Las obligaciones accesorias podrán ser condonadas mediante resolución de la Municipalidad, con las formalidades y bajo las condiciones que establezca la ley.

Procederá la condonación de obligaciones accesorias, cuando se demuestre que éstas tuvieron como causa el error imputable a la Municipalidad, entendido éste como aquella actuación administrativa que haya dificultado o hecho imposible al sujeto pasivo cumplir con sus obligaciones tributarias dentro de los términos legales.

CAPÍTULO SEXTO

Supresión de deudas incobrables

Artículo 24.—La Municipalidad podrá cancelar de sus registros aquellas deudas que, una vez ejercidas  las diligencias pertinentes para su cobro, se encuentren sin respaldo al no existir bienes embargables ni garantía alguna, o no se tenga noticia del deudor o éste hubiere fallecido o desaparecido jurídicamente.

Artículo 25.—La supresión de registro de deudas incobrables no implica condonación de las mismas.

CAPÍTULO SÉTIMO

Prescripción de las deudas tributarias

Artículo 26.—La prescripción es la forma de extinción de la obligación tributaria que surge como consecuencia de la inactividad de la Municipalidad en el ejercicio de una acción cobratoria. Los plazos para que ésta opere, los casos en que se interrumpirá y demás aspectos sustanciales se regirán conforme con la ley.

Artículo 27.—La declaratoria de prescripción se aplicará de oficio cuando se hayan presentado las condiciones señaladas en el artículo 21de este Reglamento.

También podrá declararse la prescripción a petición de parte.

La solicitud de prescripción deberá ser presentada por el interesado a la Municipalidad. La resolución que así la declare debe ser emitida por el Alcalde Municipal y ser puesta en conocimiento de las oficinas respectivas a fin de cancelar las deudas de los registros.

El pago que haga el deudor de una obligación prescrita se tendrá por bien efectuado y no dará derecho a repetir lo pagado.

CAPÍTULO OCTAVO

Devolución de tributos

Artículo 28.—Los contribuyentes que tengan saldos a favor, podrán solicitar su devolución dentro del término de ley, a menos que hayan sido objeto de un procedimiento de determinación, en cuyo caso se resolverá lo procedente una vez firme la resolución final.

Artículo 29.—Presentada la solicitud, la Municipalidad procederá a determinar el saldo a favor del contribuyente, y de previo a la devolución, realizará las compensaciones correspondientes. Aplicada la compensación, y si de ésta resultare un remanente, se emitirá una resolución reconociendo su existencia, por intermedio del Alcalde Municipal, salvo que procediere su acreditación para ser aplicado a obligaciones tributarias futuras.

Artículo 30.—Sin perjuicio de los requisitos especiales que para la devolución de impuestos se establezcan dependiendo de la naturaleza de cada uno de ellos, el solicitante de una devolución deberá cumplir lo siguiente:

Presentar directamente o por medio de apoderado, la solicitud autenticada al Alcalde Municipal.

Acreditar personería, poder o autorización, según el caso.

Indicar nombre o razón social completos, así como los números de cédula de identidad o de cédula jurídica.  Aportar los documentos que comprueben la existencia del saldo a favor cuya devolución se solicita. Señalar domicilio fiscal y lugar para notificaciones.

CAPÍTULO NOVENO

Archivo temporal de deudas tributarias

Artículo 31.—De conformidad con el inciso c) del artículo 103 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el Concejo Municipal fijará mediante Resolución General, los montos considerados exiguos para efectos de archivar temporalmente las deudas en gestión administrativa o judicial.

CAPÍTULO X

Cierre de negocios

Artículo 32.—Se considerará como causal de cierre de negocio la falta de pago de dos o más trimestres del impuesto de patente.

Artículo 33.—Previo a la ejecución de la orden de cierre la Municipalidad de hacer un requerimiento formal al contribuyente, para que ingrese dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación, las sumas adeudadas.

El requerimiento deberá contener los siguientes requisitos:

a)  Efectuarse en forma escrita, dirigida al sujeto pasivo y firmado por el Jefe del área encargada de la recaudación del tributo.

b)  Indicar que en caso de incumplimiento se ordenará el cierre de negocio.

c)  Notificarse en el domicilio de conformidad con lo establecido en el artículo 137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, con aplicación supletoria de la Ley General de la Administración Pública, Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales y el Código Procesal Civil.

Vencido el plazo de cinco días sin que el sujeto pasivo hubiese cancelado el tributo adeudado, acordado un arreglo de pago o demostrado la defensa de pago, la Municipalidad decretará y ejecutará la orden de cierre del negocio. Esta resolución deberá emitirla el Alcalde Municipal a más tardar dentro de los tres días siguientes al vencimiento del plazo de cinco días.

Artículo 34.—La orden de cierre recaerá en el establecimiento de comercio, industria, oficina o sitio donde se ejerza la actividad u oficio, y reunirá los siguientes requisitos:

a)  Enunciación del lugar, hora, fecha y Municipalidad.

b)  Indicación del tributo y del período fiscal cuando corresponda.

c)  Indicación de la infracción que se le atribuye.

d)  Apreciación de las pruebas y defensas alegadas.

e)  Fundamento jurídico de la decisión.

f)   Firma del funcionario legalmente autorizado para resolver.

Artículo 35.—La orden de cierre se ejecutará como mínimo por medio de un funcionario de la Municipalidad y un miembro de la Fuerza Pública; de todo lo actuado se levantará un acta que deberá ser firmada por los ejecutores y el dueño, gerente o administrador del establecimiento o quien lo represente. Si éste se negare a firmar o se retirare sin hacerlo, se consignará en el acta esa circunstancia.

Artículo 36.—La ejecución del cierre material podrá ser realizada a cualquier hora del día como mejor convenga a los intereses fiscales, pero de preferencia se efectuará en horas en que hubiere el menor número de personas dentro del establecimiento. La Municipalidad podrá habilitar horas inhábiles de conformidad con la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 37.—La orden de cierre puede afectar una casa de habitación o bien otros negocios.

a)  Cierre de locales que afecte casas de habitación o varios establecimientos: si la orden de cierre afecta a un local que sirva de habitación a una o más personas, o a un edificio en que se encuentren varios establecimientos, la orden de cierre se ejecutará de tal forma que no impida el acceso a la casa de habitación o a los otros establecimientos comerciales.

b)  Cierre de locales compartidos por varios negocios: si en un mismo local se encuentran varios negocios, ya sea que compartan o no el equipo o la maquinaria, la orden de cierre consistirá en la prohibición expresa para el infractor de ejercer la actividad, lo cual se hará constar en un acta.

Artículo 38.—Si en el establecimiento que se va a cerrar, se encuentran mercancías de fácil descomposición, se solicitará al dueño, gerente o administrador, que las coloque en un lugar apropiado, para que no se dañen o deterioren. En caso de negativa, la pérdida será atribuible al propietario del negocio.

Si se encuentran animales vivos dentro del local, serán puestos a disposición del interesado.

Artículo 39.—La orden de reapertura del negocio procederá únicamente cuando el sujeto pasivo satisfaga la deuda con su pago o mediante un arreglo aceptado por la Municipalidad.

Artículo 40.—Para demostrar la infracción de destrucción o alteración de sellos establecida en la normativa penal, se deberá levantar un “Acta” la que deberá contener un detalle de todo lo ocurrido y constatado, así como de la información recabada respecto de posibles testigos de lo sucedido. Si existiere en el (o los) negocio(s) infractor (es), el representante o cualquier empleado del mismo, se le entregará copia del acta. Si no existiere, se procederá a entregar dicha copia en el domicilio fiscal registrado del contribuyente.

CAPÍTULO XI

Sobre el impuesto a la venta de la producción de palma

Artículo 41.—A los efectos del artículo trece de la ley siete mi ciento treinta y nueve, todo productor de palma producida en el Cantón de Corredores, deberá presentar a la Municipalidad, dentro de los primeros quince días de cada mes, una declaración jurada, en los formularios respectivos, en donde consigne la cantidad total de hectáreas de tierra sembrada de palma, la cantidad total de fruta producida en el mes anterior, así como el valor de venta efectivo de cada tonelada. Dichos formularios serán confeccionados y entregados por la Municipalidad.

Artículo 42.—La Municipalidad, por medio del departamento correspondiente, podrá requerir a los productores de palma, la documentación que considere pertinente a efectos de determinar la veracidad de la información consignada en la declaración jurada.

Artículo 43.—Toda empresa o compañía que tenga planta productora, recibidora o de compra de materia prima, ubicada dentro del Cantón de Corredores, tendrá la obligación de presentar a la Municipalidad dentro de los primeros quince días de cada mes, una declaración en donde se indique la cantidad de fruta recibida y monto pagado a cada persona física o jurídica que entregue fruta producida en el cantón, en el mes anterior. Estos formularios serán confeccionados y entregados por la Municipalidad.

Artículo 44.—En caso de que la Municipalidad considerare que el contribuyente ha omitido información, esta ha sido parcial, no la ha presentado del todo o bien no ha cancelado el tributo correspondiente, podrá iniciar un procedimiento de determinación de oficio del impuesto a pagar, en su condición de administración tributaria, con fundamento en la información brindada por las empresas, así como cualquier otro elemento probatorio pertinente. 

Artículo 45.—Las empresas mencionadas en el artículo tras anterior, estarán obligadas a presentar a la Municipalidad, cualquier otra información adicional que esta solicitare en relación con el impuesto aquí reglamentado, dentro del plazo de quince días luego de solicitado. Tal información será estrictamente confidencial y de uso exclusivo de la Municipalidad únicamente para efectos de la determinación del impuesto a pagar por el productor.

Artículo 46.—Una vez recibida la información, la Municipalidad procederá a determinar el monto del impuesto a pagar según el porcentaje establecido en la ley, conforme a la documentación recibida. Le prevendrá al contribuyente a efectos de que dentro del término de que establece el artículo 5 de este reglamento proceda a realizar el respectivo pago. De lo resuelto por el departamento correspondiente, cabrá recurso en los términos que establece el Código Municipal. Dicho recurso lo será en efecto devolutivo.

Artículo 47.—Firme el acto administrativo que declaró la existencia de la deuda tributaria, en caso de que el contribuyente no haya hecho el pago, la deuda será ejecutada conforme al artículo 12 de este Reglamento.

Artículo 48.—La Municipalidad, en su condición de Administración Tributaria, podrá implementar los procedimientos necesarios a efectos de hacer efectivo el pago del impuesto, conforme a la ley.

Artículo 49.—A efectos de ser beneficiarios de la beca de los hijos de productores de palma, con recursos del impuesto indicado en el artículo 41 de este Reglamento, será requisito indispensable que tales productores se encuentren al día en el pago de tal impuesto, conforme a los registros municipales.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Corredores, 18 de julio del 2012.—Sonia González Núñez, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2012076408).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se extravío cupón de certificado de depósito a plazo materializado Nº 400-01-010-023-554-9 a nombre de Cooperativa Agroindustrial y Servicios Múltiples de San Antonio de Pérez Zeledón (COOPEASSA) R. L., con fecha de vencimiento 13/05/2011, Banco emisor: Banco Nacional de Costa Rica.—Walter Elizondo Naranjo, Gerente General COOPEASSA, cédula 108610973.—(IN2012076105).

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

Capítulo X: Tarjeta de Crédito VISA y MasterCard

10.17 Comisión por Servicio de Retiro de Fondos de Cuentas PayPal

0.5% por transacción Comisión Mínima $11.

La Uruca, 20 de julio del 2012.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 5848.—C-6600.—(IN2012076500).

Capítulo XI: Servicios Electrónicos.

11.15 Internet Banking Corporativo: Envío masivo de transferencias nacionales.

$2.40 por cada transferencia enviada

Comisión piso de $1.80.

La Uruca, 20 de julio del 2012.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 5849.—C-6600.—(IN2012076502).

AVISOS

ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La Asociación Cruz Roja Costarricense comunica el extravío del cheque emitido por la Caja Costarricense de Seguro Social, documento número 24414 de fecha 08-02-2010 con orden de no pago. A su vez se solicita la reposición del mismo ante la Caja Costarricense de Seguro Social.—Lic. Ingrid Camacho Quirós, Gerente General.—(IN2012076776).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

EDICTO

Se hace saber que ante esta Municipalidad se tramita solicitud de Luz María, mayor, cédula 2-259-117, Herminia, mayor, cédula 2-204-216, María Marta, mayor, cédula 2-213-795, Xinia María, mayor, cédula 2-291-1479, Juan Félix, mayor, cédula 2-219-064 y Miguel Ángel, mayor, cédula 9-060-490 todos de apellidos Chaves Chavarría, en su condición de herederos de quien en vida se llamó Joaquina Chavarría Sánchez, cédula 2-090-8579 solicitan que se le adjudique la bóveda que se encuentra a nombre del causante, ubicada en el cementerio de esta localidad, correspondiente al número 2, del bloque 3-7 con tres nichos. Se emplaza a los interesados a hacer valer sus derechos a partir de la publicación de este edicto.

Alajuelita, 17 de julio del 2012.—Lic. Edwin Alemán Villalobos, Administración Tributaria.—1 vez.—(IN2012076768).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Departamento de Rentas y Cobranzas

EDICTO

Acuerdo tomado de la sesión ordinaria Nº 152-2012 del 5-3-2012, en el artículo V, según oficio SCM-550-2012 del 8-3-2012. La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el Cementerio Central existe un derecho donde el arrendatario falleció el 31 de enero de 1990, su familiar indica que para que no se pierda el derecho al uso, solicita que se traspase a su nombre y se incluyan beneficiarios, ya que no hay descendencia directa de dicho señor, quedando de la siguiente manera:

Arrendataria:      Gilda Conejo Montero              cédula Nº 4-080-221

Beneficiarios:     Ma. Patricia Conejo Rojas        cédula Nº 2-422-150

                   Roberto Villalobos Conejo       cédula Nº 1-801-145

Derecho ubicado en el Cementerio Central, lote Nº 120 bloque E, con una medida de 3 metros cuadrados para 2 nichos, solicitud Nº 843-1717 recibo Nº 158-k y 76, inscrito en el folio 27-49, libro 1, el cual fue adquirido el 7-3-1951 y 17-8-1970. El mismo se encuentra a nombre de José Conejo Carvajal. (Fallecido). Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 5 de diciembre del 2011. Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa.—1 vez.—(IN2012076482).

MUNICIPALIDAD DE ESPARZA

El Concejo Municipal de Esparza, en acta número diez de sesión ordinaria, según artículo número once, capítulo cuarto, efectuada el lunes nueve de julio dos mil doce, acuerda por unanimidad lo siguientes.

Aprobar la recomendación de la Administración para que con fundamento en los artículos 11 y 170 de la Constitución Política, 11 y 13 de la Ley General de la Administración Pública, 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, con respecto al pago de intereses que deben realizar los contribuyentes por la morosidad en el pago de tributos municipales, se aplique para el segundo semestre del año dos mil doce de una tasa de interés del 18,33% anual, lo que equivale a un 1,53% mensual.

Marilyn Soto Carballo, Encargada de Cobros.—1 vez.—(IN2012076078).

MUNICIPALIDAD DE OSA

PROVEEDURÍA MUNICIPAL

El Concejo Municipal de Osa, mediante acuerdo Nº 1 capítulo VIII, de la sesión ordinaria Nº 29-2012, celebrada el día 18 de julio del 2012, en vista de que se avecina el día de la Virgen de los Ángeles y se realizan fiestas Patronales en la Parroquia de Ciudad Cortés, cabecera de cantón y que las mismas son a beneficio de la Iglesia Católica, y con el afán de que los empleados públicos puedan asistir a las actividades religiosas y colaboren con dicha actividad, acuerda por unanimidad dar el día viernes 3 de agosto como Asueto a Nivel Cantonal.—Ciudad Cortés, 19 de julio del 2012.—Alberto Cole de León, Alcalde.—1 vez.—(IN2012076404).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 0163 a nombre de Lilliana Brenes Orozco, cédula de identidad Nº 3-226-315 por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 24 de mayo del 2012.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—(IN2012075968).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

FÁBRICA DE HARINA DE HUESO SOCIEDAD ANÓNIMA

Fernando Chávez Solano, cédula uno-quinientos cuarenta y ocho-quinientos cuarenta y cuatro en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Fábrica de Harina de Hueso Sociedad Anónima, cédula jurídica numero tres-ciento uno-cero dos seis nueve cero ocho, declara que se han extraviado los títulos accionarios que conforman el capital social de cinco millones ciento cincuenta mil colones de la empresa sean veinte acciones comunes y nominativas de doscientos cincuenta y siete mil colones cada una, por lo solicita se repongan los títulos accionarios. Es todo.—Dieciocho de junio de dos mil doce.—Fernando Chávez Solano, representante legal y apoderado generalísimo.—RP2012311527.—(IN2012073169).

DESARROLLO LA COSTA S. A.

Desarrollo la Costa S. A., comunica a los interesados y público en general que por haberse extraviado la acción común y título de capital número: 3260, correspondiente a la semana número: 80, documentos registrados a nombre de la compañía Comercial Francisco Rodríguez S. A., cédula jurídica Nº 3-101-055411, se procederá a su reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo.—David Monge Córdoba, Contador General.—RP2012313202.—(IN2012075734).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

HOTEL PUNTA LEONA S. A.

(HOY REAL DE PUNTA LEONA S. A.)

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio Real de Punta Leona S. A., (antes Hotel Punta Leona S. A.), hace saber a quien interese que por habérsele extraviado al propietario, repondrá la acción preferida Nº 167 de la serie E, a nombre de Inversiones Paco S. A., cédula jurídica número 3-101-032453-326, endosada a Franklin Chinchilla Hidalgo, con cédula de identidad número 1-0405-0584, cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—Arq. Eugenio Gordienko Orlich, Apoderado Generalísimo.—Franklin Chinchilla Hidalgo, Responsable.—(IN2012075981).

HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.

Hotelera Playa Flamingo S. A., certificado de acciones Nº 2123 y Nº 1518 a nombre de Allison Swift. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692, 708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 11 de julio del 2012.—Arturo Salazar Calvo, Contralor General.—(IN2012076047).

Hotelera Playa Flamingo S. A., certificado de acciones Nº 2464 y de libre alojamiento Nº 2464 a nombre de Edward H. Kyaw and Virginia S. Kyaw. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692, 708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 11 de julio del 2012.—Arturo Salazar Calvo, Contralor General.—(IN2012076048).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 0698 a nombre de Amaro Rodríguez González, cédula de identidad Nº 8-034-858 por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—3 de julio 2012.—Christian Calderón M., Gerente General.—RP2012313280.—(IN2012076180).

Para los efectos de lo dispuesto en el Código de Comercio, se hace saber que por escritura pública número cincuenta y tres-cuatro, otorgada a las quince horas treinta minutos del día trece de julio del dos mil doce, ante esta notaría, la señora Cindy Quirós Hernández, cédula Nº 5-0351-0635, vendió a la señora Fabiola García Ulate, cédula Nº 1-0887-0824, su establecimiento mercantil llamado: Spa Integral, dedicado al tratamientos de uñas y pies por medio de Spa. Conforme a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio, se cita a los acreedores e interesados por el término de quince días naturales a partir de la primera publicación de este aviso, para hacer valer sus derechos.—San José, trece julio del dos mil doce.—Lic. Pablo Bogarín Bustamante, Notario.—RP2012313390.—(IN2012076271).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 0790 a nombre de VL & Asociados Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-039699 por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—16 de julio 2012.—Christian Calderón M., Gerente General.—(IN2012076356).

ASOCIACIÓN PRO AYUDA A LA PERSONA CON

DISCAPACIDAD MENTAL HOGAR EMANUEL

 DE PÉREZ ZELEDÓN

Yo, Gerardo Arce Herrera cédula de identidad numero 1-337-841, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Pro Ayuda a la Persona con Discapacidad Mental Hogar Emanuel de Pérez Zeledón, cédula jurídica 3-002-260061, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro de Asambleas de Actas número 1. El cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San Isidro, Pérez Zeledón, 18 de julio del 2012.—Gerardo Arce Herrera, Presidente.— RP2012313517.—(IN2012076686).

ASOCIACIÓN IGLESIA DE COMUNIDAD

CRISTIANA DE LA PLAYA

Nosotros, los suscritos, Donald Frederick Hopkins, quien es mayor de edad, casado, ciudadano retirado, vecino de Guanacaste, Playa Flamingo, antiguamente portador del pasaporte estadounidense 711569440 y actualmente portador de la cédula de residencia número 184000025614 y Michael Derrick Sherman, quien es mayor, casado, empresario, portador del pasaporte estadounidense número 424489156, actuando en su condición de vicepresidente y tesorero respectivamente de la Asociación Iglesia de Comunidad Cristiana de la Playa, con cédula de persona jurídica Nº 3-002-398879 solicitamos al Registro de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros de a) Actas de Junta Directiva Nº 1, b) Actas de Asamblea General Nº 1, c) Registro de Asociados, Nº 1 d) Diario Nº 1, e) Mayor Nº 1, f) Inventario Nº 1, g) Balances Nº 1, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—29 de junio del 2012.—Donald Frederick Hopkins.—Michael Derrick Sherman.—RP2012313666.—(IN2012076687).

BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.

Por este medio Banco Promérica de Costa Rica S. A., hace constar que Óscar Eduardo Rosabal Ross, cédula de identidad: uno-mil ciento cuarenta y seis-novecientos cuarenta y nueve, es el único propietario y beneficiario de los siguientes documentos: un Certificado de Depósito a plazo número uno cero cuatro cinco uno cuatro por la suma de cuatro millones de colones y ocho cupones numerados del uno cero cuatro cinco uno cuatro- cinco al uno cero cuatro cinco uno cuatro-doce por, la suma de treinta y cuatro mil ciento sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos cada uno, de Banco Promérica de Costa Rica S. A., fecha de emisión: dos de enero del dos mil doce y fecha de vencimiento dos de enero del dos mil trece. Por lo cual solicita la orden de no pago de los mismos y su reposición.—San José, diecisiete de julio dos mil doce.—Luis Carlos Rodríguez Acuña.—(IN2012076782).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN ADMINISTRATIVA DEL

ACUEDUCTO SAN BUENAS CORONADO

DE CIUDAD CORTÉS, OSA, PUNTARENAS

El suscrito Luis Felipe López Vargas, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Ciudad Cortés, Osa, Puntarenas, San Buenaventura, contiguo cancha de golf con cédula de identidad numero seis-cero noventa-cero diecinueve, en mi condición de apoderado generalísimo de la Asociación Administrativa del Acueducto San Buenas Coronado de Ciudad Cortés, Osa, Puntarenas, cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-dos uno dos dos cero ocho, asociación con domicilio en Puntarenas, Osa, Multiuso de San Buenaventura, Ciudad Cortés, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro Acta Registro de Socios de la Asociación el número uno el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones. Es todo dado en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las once horas treinta minutos del día dieciséis de mayo del dos mil doce.—Luis Felipe López Vargas, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—RP2012313300.—(IN2012076181).

FUNDACIÓN INTERNATIONAL YOUTH FELLOWSHIP

Yo, Jin Hwan Kim, pasaporte N° M78674128, en calidad de presidente y representante legal de la Fundación International Youth Fellowship, cédula jurídica 3-006-503328, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del Libro de Junta Directiva, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 31 de marzo del 2011.—Jin Hwan Kim, Presidente.—1 vez.—RP2012313736.—(IN2012076685).

COLEGIO CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica en sesión Nº 1511 celebrada el día 5 de julio 2012, tomó el siguiente acuerdo que literalmente expresa:

Por unanimidad se acuerda proceder al levantamiento de suspensión de los siguientes odontólogos:

Arias Castro Andrés Eli, Barrantes Mata Gerardo, Fletes Narváez Renee Augusto, Garita Cascante Vanessa, Loaiza Chinchilla Diego Alonso, Madrigal Gutiérrez, Tatiana, Martínez Chaves Raymond, Pérez Quesada Esteban, Rosales Menjívar Vladimir, Sáenz Peña Jorge Antonio, Salazar Pérez Adriana Patricia, Seravalli Leitón Eduardo José, Trejos Matamoros Adrián Ugalde Vargas Ligia María, Valenciano Salazar Héctor Antonio Zamora Chacón Elena.—Dr. Rafael Porras Madrigal, Fiscal General.—1 vez.—(IN2012076719).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Plantaciones Forestales de Fila Negra Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos cinco mil quinientos treinta y ocho, disminuye su capital social a la suma de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica, capital social representada por cien acciones comunes y nominativas de mil colones, cada una. Es todo.—Lic. Fernando Vargas Zeledón, Notario.—RP2012312525.—(IN2012075104).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Ante mí, Óscar Venegas Córdoba, notario público de San José, a las nueve horas del once de junio del dos mil doce, mediante escritura número treinta y ocho, visible a folio ochenta y seis frente del tomo once de mi protocolo, se reforman las cláusulas primera, segunda, tercera y sétima del pacto constitutivo de tres-ciento uno-quinientos tres mil cuatrocientos veintisiete s.a.—San José, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—(IN2012073925).

Ante mí, Óscar Venegas Córdoba, notario público de San José, a las dieciséis horas del catorce de junio del dos mil doce, mediante escritura número cuarenta y siete, visible a folio noventa y seis vuelto del tomo once de mi protocolo, se reforma la cláusula primera, segunda, tercera y sétima del pacto constitutivo de tres-ciento uno-quinientos tres mil quinientos once s. a.—San José, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—(IN2012073926).

Ante mí, Óscar Venegas Córdoba, notario público, hace saber a todos los interesados que mediante escritura número cincuenta y cinco, otorgada a las trece horas del veintisiete de junio del dos mil doce, visible al folio ciento cinco vuelto, del tomo once de mi protocolo, se disuelve la sociedad Ultralight Production S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil novecientos ochenta y siete. Se emplaza a los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto puedan oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada. Quedan debidamente apercibidos que de no haber oposición dentro de este término, la disolución quedará confirmada. Lugar de oposiciones en Multipark, oficina número cuarenta y uno, San Rafael de Escazú, San José.—San José, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—(IN2012073927).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Tropitransport CR S. A., se conoce renuncia de vocal junta directiva y se nombra otro.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2012073932).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Grupo TLA S. A., se conoce renuncia de vocal de junta directiva y se nombra otro.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2012073933).

Ante la suscrita notaria María de los Ángeles Angulo Gómez los socios de la sociedades Torres Modulares Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-490162, Absalon Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-535456, Caliope Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-541652, todas con domicilio en Cartago, del Parque de la Basílica de los Ángeles, 100 m norte y 50 m oeste, calles 12 y 14, Avenida 6 y la sociedad Karvalo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-154084, con domicilio en San José, Tibás, San Rafael, cinco esquinas, diagonal a la iglesia, han solicitado a esta Notaría protocolizar acta de disolución de sociedad por acuerdo de socios. A todos lo interesados se informa para que hagan valer sus intereses a los teléfonos 2551 0027 25510387 o al correo m.angulogomez@gmail.com.—Lic. María de Los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2012073951).

Ante la suscrita notaria María de los Ángeles Angulo Gómez los socios Asenat María Cabrera Masís, cédula 1-1293-557 y Condominio Tres Sierras Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula jurídica 3-102-648484 constituyeron la sociedad Liankas Sociedad de Responsabilidad Limitada con domicilio en Cartago, La Unión, Tres Ríos de la Iglesia Católica 200 m este, 200 m sur y 500 m este, lote L siete, Residencial Estancia Antigua y un capital social de ¢1.000.000,00.—Lic. María de Los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2012073956).

Por escritura número ciento cincuenta y seis, otorgada en esta notaría a las 12:00 horas del seis de julio del 2012, se protocoliza acta dos de Tecnibaterías del Caribe Sociedad Anónima en la que se nombra presidente a Harrison Serginio Smith Parker.—Limón, 7 de julio del 2012.—Lic. Giovana Brown Cunninghan, Notaria.—1 vez.—(IN2012073961).

Ante esta notaría, comparece el señor Alberto Chocano Dobles cédula de identidad N° 1-806-404 y la señora Catalina Dobles Trejos, cédula de identidad N° 1-379-635, y dicen: Que mediante acuerdo de socios, se acordó disolver la sociedad Revistas Internacionales de América S. A., cédula jurídica N° 3-101-531724 Es todo.—San José, 18 de junio del dos mil doce.—Lic. José Ramón Zúñiga Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2012073963).

Ante esta notaría, comparece el señor Alberto Chocano Dobles cédula de identidad N° 1-806-404 y dice: Que mediante asamblea general extraordinaria de socios, se acordó disolver la sociedad Lo de Lach S. A., cédula jurídica N° 3-101-87755. Es todo.—San José, 18 de junio del dos mil doce.—Lic. José Ramón Zúñiga Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2012073965).

Por escritura 193 del tomo ocho de las 13:00 horas del día 11-07-2012 en esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Caimital Sociedad Anónima por la cual se modifica cláusula segunda del domicilio, cláusula quinta del plazo social, se elimina agente residente y se nombra presidente, tesorero y secretario y fiscal.—San José, Pavas. San José, 11-07-2012.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—(IN2012073966).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las trece horas treinta minutos del 28 de junio de 2012 se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Representaciones Ever Gold Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2012073968).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se modifica el pacto social en sus cláusulas segunda y quinta, a la vez que se nombran nuevos gerentes de la sociedad Cabo Verde Santa Ana CVSA Limitada.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012073969).

Mediante escritura número 3-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Liberimport S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073971).

Mediante escritura número 4-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa L Ymagesh  S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073972).

Mediante escritura número 7-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Encaju JC Cuatro S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073973).

Mediante escritura número 9-13 otorgada ante la Notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Proyecto Isaías Cincuenta y Uno S. A. —Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073975).

Mediante escritura número 10-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Margabi Zusol del Cuatro S. A. —Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073976).

Mediante escritura número 13-13 otorgada ante la Notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa J & J Decorarte S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073979).

Mediante escritura número 14-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Renming M S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073980).

Mediante escritura número 28-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Representaciones Kaluga del Occidente S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073981).

Mediante escritura número 29-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Adripa Inversiones y Consultoría S. A. —Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073982).

Mediante escritura número 30-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa 3-101-541149 S. A. —Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073983).

Mediante escritura número 32-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa 3-101-553629 S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073986).

Mediante escritura número 34-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa 3-101-553630 S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073988).

Mediante escritura número 36-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Transportes Guagara del Brillante S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073990).

Mediante escritura número 37-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Multiservicios Claze del Norte S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073991).

Mediante escritura número 38-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Microgenesis Bereishit S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073993).

Mediante escritura número 16-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Hal Ceba  e Hijos S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073994).

Mediante escritura número 39-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa M DC Compañía Distribuidora Médica S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073995).

Mediante escritura número 40-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Compu Can del Sur S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073996).

Mediante escritura número 18-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa M R Solution Services S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073997).

Mediante escritura número 19-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Regalo Import S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073998).

Mediante escritura número 41-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Mdc Vet Dos Mil S .A. —Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012073999).

Mediante escritura número 42-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Unaker SRL.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012074000).

Mediante escritura número 20-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Inversiones Cromu CC S. A. —Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012074001).

Mediante escritura número 21-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa El Regalo Ideal R I S. A. —Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012074002).

Mediante escritura número 43-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Bariatricare SRL. —Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012074003).

Mediante escritura número 44-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Desarrollo Empresarial Thimphu S. A. —Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012074004).

Mediante escritura número 22-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Chili MCR S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012074005).

Mediante escritura número 45-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Medcosta Alfa X, SRL—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012074006).

Mediante escritura número 26-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa La Carpentaria del Este Inmobiliaria S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012074007).

Mediante escritura número 46-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Astral Plata V SRL—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012074008).

Mediante escritura número 55 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se reforman los estatutos de la empresa Joyería Allison S. A., en su cláusula primera. Se nombra nueva junta directiva—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012074009).

Mediante escritura número 27-13 otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se disuelve la empresa Bawi Inversiones y Desarrollos S. A.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012074010).

Por escritura otorgada en mí notaría, a las quince horas del cinco de julio del dos mil doce, se modifican cláusulas y se nombra nueva junta directiva y fiscal, de la sociedad denominada Ganadera Agua Azul Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, cinco de julio del dos mil doce.—Lic. Antonio Marin Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012074029).

Por escritura otorgada en mí notaría, a las ocho horas del veintinueve de Junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada: Reforestaciones Dulce Nombre Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - ciento setenta y cuatro mil quinientos treinta y siete, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela; de conformidad con inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, San Carlos, Veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012074030).

Por escritura otorgada en mí notaría, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada: Multiservicios Rimadinsa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- trescientos veintidós mil ciento cuarenta y uno, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela; de conformidad con inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—Ciudad Quesada, San Carlos, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Antonio Marín Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012074031).

Por escritura otorgada en mi notaría, al ser las catorce horas del cinco de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad que se denominará Compañía Comercializadora del Norte CCN Sociedad Anónima, domiciliada en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, cinco de julio del dos mil doce.—Lic. Antonio Marín Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2012074032).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las trece horas del seis de julio de dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Agropecuaria Miraflores Sociedad Anónima, modificando la cláusula de la representación.—San José, seis de julio del dos mil doce.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012074039).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima que tendrá por nombre Enduro Adventure Tour Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del año 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2012074041).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima que tendrá por nombre Enduro Costa Rica Tours Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del año 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(IN2012074042).

Por escritura otorgada ante esta notaría y en esta ciudad a las ocho horas del día once de julio del año dos ml doce, VRBB Sociedad Anónima, se reforma la cláusula primera y nombra nuevo presidente.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—(IN2012074043).

Ante esta notaría, se reforma las cláusulas décimo sétima y vigésima primera del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva, fiscal y se revocan poderes generalísimos de la sociedad Concreto Industrial Sociedad Anónima.—San José, once de julio del año dos mil doce.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(IN2012074084).

Por escritura 114-52 del tomo 52 del protocolo del notario público Casimiro Vargas Mora, otorgada en esta ciudad a las 10:00 horas del 10 de julio del 2012, la sociedad costarricense Yerik Solutions S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos noventa y tres mil dos, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 10 de julio del 2012.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312014.—(IN2012074136).

La suscrita notaria, hace constar y da fe que Complejo Conme Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número: 3-105-077352, reformó la cláusula segunda del acta constitutiva bajo escritura número 44 del tomo 6 de mi protocolo el día 16 de mayo del 2012. Y que se leerá así: Segundo: el domicilio social será en San José, distrito sexto San Francisco de Dos Ríos del cantón primero de la provincia de San José, cincuenta metros al sur del Almacén Eléctrico.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. Rosibel Olivares Ulloa, Notaria.—1 vez.—RP2012312015.—(IN2012074137).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del diez de julio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza tres - ciento uno - seiscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos veintisiete Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - seiscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos veintisiete, en la cual se modificaron las cláusulas “segunda” y “sexta” de los estatutos se nombran nuevos miembros de junta directiva y fiscal de la sociedad.—San José, diez de julio de dos mil doce.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—RP20123012016.—(IN2012074138).

Hoy he protocolizado, acta número cuatro de Valeysa Diseños Sociedad Anónima; donde se reforman cláusulas dos y ocho del pacto constitutivo; y se nombra nueva presidenta.—10 de mayo del 2012.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—RP2012312017.—(IN2012074139).

Para los efectos del artículo 207, de Código de Comercio, se avisa que ante esta notaría, en forma unánime la totalidad de socios, acordó la disolución de Inversiones Yiyi Cielo y Mar S.A., cédula jurídica 3-101-210168; Viso del Norte S. A., cédula jurídica 3-101-149589 y de Montaña Tranquila Estates S. A., cédula jurídica 3-101-493792.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Alejandro Marín Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012312018.—(IN2012074140).

Mediante la escritura pública número ciento cuatro, otorgada ante esta notaría, a las seis horas con treinta minutos del día veintiséis del mes de junio del año dos mil doce, se protocolizaron acuerdos de disolución y liquidación de la entidad González Hall Consultores S.R.L., con domicilio social en Sabanilla de Montes de Oca, San José.—Lic. Carlos Eduardo Herrera Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012312020.—(IN2012074141).

Mediante la escritura pública número ciento diez, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día diez del mes de julio del año dos mil doce, se constituyó la entidad Construcciones Mova M & V S. A., con domicilio social en Mercedes Norte de Heredia.—Lic. Carlos Eduardo Herrera Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012312021.—(IN2012074142).

Por escritura número veinticuatro - cuatro, correspondiente a acta número tres de asamblea general extraordinaria de la sociedad Co-Inversiones Terracan de Caracas Sociedad Anónima, otorgada ante la suscrita notaria, a las ocho horas treinta minutos del diez de julio del dos mil doce, se realiza renuncia de tesorero y nombramiento de nuevo tesorero.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Christy Alejandra Martínez Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012312022.—(IN2012074143).

Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se constituyó Corporación Puifong Sociedad Anónima. Capital trescientos mil colones.—San José, treinta y uno de mayo del dos mil doce.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—RP2012312024.—(IN2012074144).

Por acuerdo de socios y mediante escritura otorgada en mi notaría, número 46 de las 19 horas 15 minutos del 25 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad: (A) 3-101-492236 S.A., cédula 3-101-492236. Interesados tendrán 30 días para oponerse.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Roxana Molestina Gaviria, Notaria.—1 vez.—RP2012312025.—(IN2012074145).

Por acuerdo de socios y mediante escritura otorgada en mi notaría, número 45 de las 19 horas del 25 de junio del 2012, se acordó la disolución de las siguientes sociedades: (A) Alta Mont S. A., cédula 3- 101-255493. (B) Humanae Vitae S. A., cédula 3- 101-255515 Interesados tendrán 30 días para oponerse.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Roxana Molestina Gaviria, Notaría.—1 vez.—RP2012312026.—(IN2012074146).

Por acuerdo de socios y mediante escritura otorgada en mi notaría, número 47 de las 19 horas 30 minutos del 25 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad: (A) Cachumbo S. A., cédula 3-101-043506. Interesados tendrán 30 días para oponerse.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Roxana Molestina Gavina, Notaria.—1 vez.—RP2012312027.—(IN2012074147).

Por acuerdo de socios y mediante escritura otorgada en mi notaría, número 49 de las 20 horas del 25 de junio de 2012 se acordó la disolución de la sociedad: (A) A.L.J. & Asociados S.A., cédula 3-101-211332. Interesados tendrán 30 días para oponerse.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Roxana Molestina Gaviria, Notaria.—1 vez.—RP2012312028.—(IN2012074148).

Por acuerdo de socios y mediante escritura otorgada en mi notaría, número 48 de las 19:55 horas del 25 de junio del 2012, se acordó la disolución de la sociedad: (A) Maggan SRL, cédula 3-102-098498, interesados tendrán 30 días para oponerse.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Roxana Molestina Gavina, Notaria.—1 vez.—RP2012312029.—(IN2012074149).

Por escritura número ciento sesenta del tomo cinco del protocolo del suscrito notario, otorgada las 13:00 horas del diez del julio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general de Rafael Cruz S.A.,  en la cual se reforma cláusula sexta.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012312031.—(IN2012074150).

Ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta número treinta y uno de asamblea general ordinaria extraordinaria de la sociedad Bimbo de Costa Rica S. A., en donde se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012312032.—(IN2012074151).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 7:00 horas del día de hoy, las sociedades Constructora Villadra S. A., cédula jurídica 3-101-223556; Inversiones Son Font S. A., cédula jurídica 3-101-351224; e Inversiones Laethelroca S. A., cédula jurídica 3-101-373805, se fusionaron por absorción con la sociedad Los Cachorros de Oro S. A., cédula jurídica 3-101-279262, y la sociedad prevaleciente modificó sus cláusulas primera, segunda y cuarta de sus estatutos sociales.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012312033.—(IN2012074152).

Ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta número ocho de asamblea general extraordinaria de sociedad Solano y Quintanilla del Llano S. A., en donde se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012312034.—(IN2012074153).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:45 horas del día de hoy, las sociedades Torres Alella Tres B Borja S. A., cédula jurídica 3-101-489176; y tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil ciento diecisiete S. A., cédula jurídica 3-101-576117, se fusionaron por absorción con la sociedad Torres Alella Uno B Badux S. A., cédula jurídica 3-101-488395, y la sociedad prevaleciente modificó sus cláusulas primera y cuarta de sus estatutos sociales.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012312035.—(IN2012074154).

Ante esta notaría, se procedió a protocolizar acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres - ciento uno- quinientos sesenta y un mil ochocientos cincuenta y cuatro Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Steven Ferris Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012312036.—(IN2012074155).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 13:45 horas del día de hoy, protocolizó acta de disolución de la sociedad Investments The Rock Eigth S. A., cédula jurídica 3-101-364694.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012312037.—(IN2012074156).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:15 horas del día de hoy, protocolizó acta de disolución de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos trece mil quinientos treinta y nueve S.A., cédula jurídica 3-101-613539.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012312038.—(IN2012074157).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:00 horas del día de hoy, protocolizó acta de disolución de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos cincuenta y un mil ciento cuarenta y nueve Ltda, S. A. cédula jurídica 3-102-651149.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012312039.—(IN2012074158).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:15 horas del día de hoy, protocolizó acta de disolución de la sociedad Tres-ciento dos-seiscientos cuarenta y nueve mil ochocientos cincuenta Ltda., S. A., cédula jurídica 3-102-649850.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012312040.—(IN2012074159).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:00 horas del día de hoy, las sociedades Corporación A Uno de Ultramar S. A., cédula jurídica 3-101-373805; Compañía de Servicios Integrales Especiales -COSIESA- S. A., cédula jurídica 3-101-503569; Grupo PYR Inmobiliario Ltda., cédula jurídica 3-102-494626; PYR del Este Amarillo Ltda., cédula jurídica 3-102-501658; PYR del Sur Rojo Ltda., cédula jurídica 3-102-504268; PYR del Oeste Verde Ltda., cédula jurídica 3-102-493696, se fusionaron por absorción con la sociedad Proyectos y Realizaciones S. A., cédula jurídica 3-101-485992, y la sociedad prevaleciente modificó sus cláusulas primera y quinta de sus estatutos sociales.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012312041.—(IN2012074160).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:30 horas del día de hoy, protocolizó acta de disolución de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos cuarenta y nueve mil setecientos dieciséis Ltda., S. A., cédula jurídica 3-102-649716.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012312042.—(IN2012074161).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:45 horas del día de hoy, protocolizó acta de disolución de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos cuarenta y nueve mil ochocientos cuarenta y nueve Ltda., S. A., cédula jurídica 3-102-649849. San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012312043.—(IN2012074162).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 18:00 horas del día de hoy, protocolizo acta de disolución de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos cuarenta y nueve mil seiscientos ochenta y ocho Ltda., S. A., cédula jurídica 3-102-649688.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012312044.—(IN2012074163).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del nueve de julio dos mil doce, se constituyó la sociedad Fields M.L.T. Centro S. A. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2012312045.—(IN2012074164).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del nueve de julio dos mil doce, se constituyó la sociedad Fields Metrópolis FM S. A. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2012312046.—(IN2012074165).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del nueve de julio dos mil doce, se constituyeron cinco sociedades anónimas. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2012312047.—(IN2012074166).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:25 hrs. del 10 julio, 2012, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La segunda: del domicilio. La novena: del consejo de administración o junta directiva. Se hacen nuevos nombramientos, en Tavogus S. A.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—RP2012312048.—(IN2012074167).

Ante esta notaría, a las quince horas del siete de julio del dos mil doce, se protocolizó acta en donde se modifica la cláusula segunda del domicilio del pacto social de la firma La Casa de la Pradera Limitada y se nombran nuevos gerentes.—San José, siete de julio del dos mil doce.—Lic. Otto Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012312049.—(IN2012074168).

Ante esta notaría, a las once horas cuarenta minutos de veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvió la firma Obras Civiles del Nuevo Milenio Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. En tiempo se emplaza a quien se pueda considerar afectado para que manifieste su oposición.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Otto Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012312050.—(IN2012074169).

Ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvió la firma Industrial Jardín Secreto Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. En tiempo se emplaza a quien se pueda considerar afectado para que manifieste su oposición.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Otto Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012312052.—(IN2012074170).

Ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvió la firma Primero de Diciembre Sociedad Anónima, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. En tiempo se emplaza a quien se pueda considerar afectado para que manifieste su oposición.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Otto Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012312053.—(IN2012074171).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se constituyó la empresa Inmobiliaria Los Olivos de Paseo Colón Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Santa Ana, correspondiendo la representación judicial y extrajudicial al presidente. Capital social: ciento veinte mil colones.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012312054.—(IN2012074172).

Por escritura número 3, tomo 9, de la notaría de Vivian Wyllins Soto, se modifica la cláusula sexta de la administración, la segunda del domicilio, y se nombra nueva junta directiva y fiscal de tres-ciento uno -cinco tres cinco tres cuatro nueve. Es todo.—San José, 9 de julio de 2012.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—RP2012312057.—(IN2012074173).

Por escritura número 2 tomo 9, de la notaría de Vivian Wyllins Soto, se modifica el nombre de tres- ciento uno -seis tres seis cuatro cero dos S. A., a Inversiones Joka Inc S. A., se modifica la cláusula sexta de la administración, la segunda del domicilio y se nombra junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 9 de julio del 2012.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—RP2012312058.—(IN2012074174).

Por escritura número cinco-veintidós, a las dieciséis horas del diez de julio del año dos mil doce, se protocolizó acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Condominio Los Itabos Filial Cautro Sodio Sociedad Anónima. Se reforman cláusula segunda: del domicilio y cláusula octava: de la administración y junta directiva.—San José, misma hora y fecha.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—RP2012312059.—(IN2012074175).

Por escritura número cuatro-veintidós, a las diez horas del diez de julio del año dos mil doce, se protocolizó acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y cinco mil ochocientos veinte Sociedad Anónima. Se reforma cláusula sexta: de la Administración..—San José, misma hora y fecha.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012312060.—(IN2012074176).

Se hace constar que ante el notario Víctor Hugo Castillo Mora, mediante escritura número sesenta y seis de las once horas del ocho de junio del año dos mil doce, se constituyó la sociedad Diagnóstico Molecular y Genético DMG Sociedad Anónima, por los socios Guillermo Gerardo Echandi Meza y José Pablo Montes de Oca Murillo.—San José, nueve de julio del año dos mil doce.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312061.—(IN2012074177).

Por escritura otorgada hoy ante mí protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Antigua Finca Vía Libre S. A., mediante la cual se modificó la cláusula sexta, se nombró junta directiva y se adicionó el acta uno de asamblea general extraordinaria celebrada a las 13:00 horas del 20 de mayo del 2012, cuya escritura principal se encuentra presentada al diario del Registro bajo el tomo 2012, asiento 160444, y se reforma la cláusula quinta.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario.—1 vez.—RP2012312062.—(IN2012074178).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del día seis de julio del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Quinientos Noventa y Seis Sociedad Anónima y Hotel Presidente Gudes & Scriba S. A., mediante la cual se fusiona la sociedad Corporación Quinientos Noventa y Seis S.A., con Hotel Presidente Gudes & Scriba S. A., y se reforma la cláusula del capital social.—San José, seis de julio del año dos mil doce.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2012312063.—(IN2012074179).

Anali Clotilde Pinnock Roper, mayor, casada una vez, Psicóloga, portadora de la cédula de identidad número siete - cero ochenta y uno - quinientos setenta y uno, Percival Marvin Mc Kenzie Mc Carthy, mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número siete - cero sesenta y cuatro - cuatrocientos dos, y Marlon Pinnock Roper, mayor, casado en segundas nupcias, ingeniero, portador de la cédula de identidad número siete -cero setenta y siete - cero quince, son los únicos titulares de la totalidad de acciones que conforman el capital social de la sociedad denominada Anagelmar Sociedad Anónima, domiciliada en Limón, sociedad que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, al tomo: seiscientos treinta y nueve, folio: cuarenta y ocho, asiento: cincuenta y siete, con cédula de persona jurídica número tres - uno cero uno - uno uno tres nueve cinco cero; por este medio manifiestan su voluntad de disolver dicha sociedad por acuerdo de socios. Escritura otorgada a las 16:30 horas del 28/06/2012.—Lic. Jermaine Cruickshank Edwards, Notario.—1 vez.—RP2012312064.—(IN2012074180).

Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las once horas del cuatro de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Fapha Jaco Amapola Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos tres mil setecientos sesenta y dos, reformando su cláusula quinta y reformando su junta directiva. Es todo.—Jacó, 4 de julio del 2012.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2012312065.—(IN2012074181).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 19 de junio del 2012, compareció la totalidad del capital social de la sociedad domiciliada en San José, denominada Chupas Bar S.A., acordando la disolución de la sociedad por no existir ni activos ni pasivos.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012312066.—(IN2012074182).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías Carné Setenta y Tres S. A., y Urashalim S. A., mediante la cual las sociedades se fusionaron por absorción subsistiendo la sociedad Urashalim S. A.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria.—1 vez.—RP2012312067.—(IN2012074183).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:15 horas del 21 de junio de 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Suplidora de Materiales de Construcción S. A., por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria.—1 vez.—RP2012312070.—(IN2012074184).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:45 horas del siete de junio de 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Producciones y Homenajes PROHOSA S. A., por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria.—1 vez.—RP2012312068.—(IN2012074185).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 8:00 horas del día 27 de junio del dos mil doce, se acordó disolver la sociedad Inversiones Océano Luna Sociedad de Responsabilidad Limitada, domiciliada en Heredia.—Nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2012312071.—(IN2012074186).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 21 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Concreto y Construcciones Especializadas de Costa Rica S. A., por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria.—1 vez.—RP2012312072.—(IN2012074187).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 19 de junio de 2012 compareció la totalidad del capital social de la sociedad domiciliada en San José, denominada Mama Activa S.A., acordando la disolución de la sociedad por no existir ni activos ni pasivos.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Ana Cristina Moya Bedoya, Notario.—1 vez.—RP2012312073.—(IN2012074188).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:30 horas del 3 de julio del 2012, protocolicé acta número uno -dos mil doce, de asamblea general extraordinaria de accionistas de Gizeh Costa Pacífico Celeste Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sexta del acta constitutiva y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Gustavo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012312074.—(IN2012074189).

Por protocolización noventa y dos, de las dieciséis horas del diez de mayo del dos mil doce, se protocoliza acta de disolución de Inversiones Milenio de Terrenos IMTE Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- doscientos noventa y tres mil quinientos veintiuno.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012312075.—(IN2012074190).

Mediante escritura 56-49, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Corporación Casa Blanca y Negocios Sociedad Anónima.—Lic. Gustavo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012312076.—(IN2012074191).

Mediante escritura 56-49, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve la sociedad Inversiones Bismay Inc Sociedad Anónima, cédula jurídica numero: tres -ciento uno -cuatrocientos veintisiete mil sesenta y seis.—Lic. Gustavo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP20123012077.—(IN2012074192).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 29 de junio del 2012, protocolicé acta número uno -dos mil doce, de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Ferreteras Cedisa del Sur Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Gustavo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012312078.—(IN2012074193).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 29 de junio del 2012, protocolicé acta número uno -dos mil doce, de asamblea general extraordinaria de accionistas de Playa Caliza Pacífico Verde Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Gustavo A. Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012312079.—(IN2012074194).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 5 de julio de 2012, ante esta notaría, se protocolizó acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de Almendar Lambda XI S.A.; mediante se reforma la cláusula sexta, se hacen nuevos nombramientos y se revocan poderes generalísimos.—San José, 9 de julio del 2012.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012312081.—(IN2012074195).

Por escritura otorgada a las 11:30 horas del 06 de julio de 2012, ante esta notaría, se protocolizó acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de Agroindustrial Montevideo S. A.; mediante se reforma la cláusula del domicilio, y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 9 de julio del 2012.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012312082.—(IN2012074196).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 6 de julio del 2012, ante esta notaría, se protocolizó acuerdos de asamblea ordinaria  y  extraordinaria de socios de Inversiones El Pochote W S R S. A.; mediante se reforma la cláusula sexta, cláusula del domicilio, y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 9 de julio del 2012.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012312083.—(IN2012074197).

Mediante escritura pública número treinta y siete, otorgada ante mí, a las 12:30 horas del 10 de julio del dos mil doce, se constituyó la Sibo CR Diseño S. A. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario, representación judicial y extrajudicial.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—RP2012312085.—(IN2012074198).

En mi notaría, por escritura número dos, otorgada en la ciudad de San José, a las quince horas del veintidós de mayo del año dos mil doce, se solicitó la disolución de Inmobiliaria Jifre de San José Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno- doscientos catorce mil ciento sesenta y seis.—San José, 22 de mayo del 2012.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012312088.—(IN2012074199).

En mi notaría, por escritura número doscientos cuarenta y ocho, otorgada en San José, a las ocho horas del diez de mayo del año dos mil doce, se acordó aumentó de capital de Agroambiente de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno- quinientos diez mil ochocientos noventa y dos.—San José, 10 de mayo de 2012.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012312089.—(IN2012074200).

La Lic. Jenny María Ávila González, hace constar que por acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Geo Servicios Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y dos mil novecientos treinta y siete, a las dieciséis horas del seis de julio del dos mil doce, se modificó el pacto constitutivo en cuanto a nuevo domicilio social: en Buenos Aires de Palmares de Alajuela, veinticinco metros sur de la esquina suroeste de la Plaza de Deportes y se nombró nueva junta directiva por el resto del plazo social: presidente: Alexander González Jiménez, secretario: Olman González Jiménez, tesorero: Juan José González Céspedes, fiscal: Carol Vanessa Segura Acuña.—Palmares, Alajuela, 7 de julio del 2012.—Lic. Jenny María Ávila González, Notaria.—1 vez.—RP2012312090.—(IN2012074201).

Ante esta notaría, se procedió a constituir la sociedad denominada Automotores Mainor González Rojas S. A. Cuyo presidente es el señor Mainor González Rojas. Y su capital social es la suma de diez mil colones. Es todo.—San José, nueve de mayo del dos mil doce.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—RP2012312091.—(IN2012074202).

Por escritura otorgada ante este notario, a las siete horas y treinta minutos del veintinueve de junio del año dos mil doce, Las Nuves de Galicia Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-sesenta y siete mil cuatrocientos uno, protocoliza acta de disolución de sociedad.—Liberia, diez de julio del año dos mil doce.—Lic. Manuel Enrique Leiva Chamorro, Notario.—1 vez.—RP2012312092.—(IN2012074203).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas con treinta minutos del cuatro de junio del año dos mil doce; comparece todo el capital social de la sociedad Pinto Solid Sociedad Anónima, y dicen que acordaron la disolución de la misma.—Heredia, cuatro de junio del año dos mil doce.—Lic. Gabriela Miranda Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012312099.—(IN2012074204).

Por escritura número 126 del tomo 10 de mi protocolo, se acordó la disolución de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Diecisiete Mil Setecientos Cuarenta y Seis S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-517746. Por escritura número 127 del tomo 10 de mi protocolo, se acordó la disolución de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Diecisiete Mil Setecientos Cuarenta y Siete S. A., con cédula de persona jurídica 3-101-517747. Por escritura número 128 del tomo 10 de mi protocolo, se acordó la disolución de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Diecisiete Mil Setecientos Cuarenta y Ocho S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-517748. Por escritura número 129 del tomo 10 de mi protocolo, se acordó la disolución de la sociedad, Tres-Ciento Uno-Quinientos Diecisiete Mi1 Setecientos Cuarenta y Nueve S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-517749.—San José, 5 de julio del 2012.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012312100.—(IN2012074205).

Por escritura número 123 del tomo 10 de mi protocolo, se acordó la disolución de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Diecisiete Mil Setecientos Cuarenta y Dos S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-517742. Por escritura número 124 del tomo 10 de mi protocolo, se acordó la disolución de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Diecisiete Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-517744. Por escritura número 125 del tomo 10 de mi protocolo, se acordó la disolución de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos  Diecisiete  Mil  Setecientos Cuarenta y Cinco S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-517745.—San José, 5 de julio del 2012.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012312101.—(IN2012074206).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad Parrot Magic Sociedad de Responsabilidad Limitada, en español Loro Mágico Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Puntarenas. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Garo John Paroonagian.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312103.—(IN2012074207).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del diez de julio del dos mil doce, se protocolizó el acta número siete de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Centurión Real Estate Sociedad Anónima, donde se modifican las cláusulas sexta y sétima del pacto constitutivo en cuanto a la asamblea general y el consejo de administración respectivamente y se nombra tesorero y fiscal.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012312104.—(IN2012074208).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón a las nueve horas del día doce de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de Captain Ron’s Cove LLC Limitada, por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2012312105.—(IN2012074209).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón a las diecisiete horas con quince minutos del día dieciocho de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de Dragon Scooter Rentals LLC Limitada, por medio de la cual se modifica laa cláusulas segunda y octava del pacto social, se revoca el nombramiento de los gerentes de la compañía y se nombra nuevo gerente de la compañía.—San Isidro de Pérez Zeledón, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2012312106.—(IN2012074210).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón a las catorce horas con quince minutos del día cuatro de julio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de The Due Diligence & Title Search Company Sociedad de Responsabilidad Limitada, por medio de la cual se modifica las cláusulas primera, tercera, quinta, sexta, sétima y décima del pacto social, se revoca el nombramiento del gerente de la sociedad, se nombra nuevo gerente uno, gerente dos, gerente tres y gerente cuatro de la compañía, y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312107.—(IN2012074211).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas del día dieciocho de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Patatus del Sur Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y sétima del pacto social, se sustituye al presidente y secretaria de la junta directiva, se nombra nuevo presidente y secretaria de la junta directiva, se revoca poder generalísimo sin límite de suma otorgado al señor Manfred Gerhard Marshall Facio, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312108.—(IN2012074212).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince hora con quince minutos del día dieciocho de junio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de Lakewood Ranch Vistas Limitada, por medio de la cual se modifica las cláusulas segunda y octava del pacto social, se revoca el nombramiento de los gerentes de la compañía, se nombra nuevo gerente de la compañía, se revoca el nombramiento del agente residente, se nombra nuevo agente residente y se revoca poder generalísimo sin límite de suma otorgado al señor Manfred Gerhard Marshall Facio.—San Isidro de Pérez Zeledón, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312109.—(IN2012074213).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se disolvió la sociedad denominada V&V Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y cinco mil ciento cincuenta y seis.—San Ramón, 2 de julio del 2012.—Lic. Alfredo Cordero Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012312110.—(IN2012074214).

Los señores: César Duarte Ugalde, cédula de identidad número siete-ciento veintisiete-cero veinticinco y José Alberto Duarte Ugalde, cédula de identidad número siete-ciento setenta y tres-trescientos veintidós, constituyen la sociedad denominada: Fashion Floors Investments Sociedad Anónima.—Cariari, Pococí, Limón, al ser las dieciséis horas del veintisiete de abril del dos mil doce.—Lic. Trinidad Carrillo Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012312112.—(IN2012074215).

Los señores: José Francisco Mora Mora, cédula de identidad número uno-quinientos cincuenta y cinco-ochocientos ocho, Melany Rodríguez Mora, cédula de identidad número dos-quinientos setenta y cinco-quinientos veintiocho y Susana Rivera Mora, cédula de identidad número siete-ciento cuarenta y siete-quinientos ochenta y cinco, constituyen la sociedad denominada: El Vigía del Horizonte Sociedad Anónima.—Cariari, Pococí, Limón, al ser las diecisiete horas del seis de mayo dos mil once.—Lic. Trinidad Carrillo Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012312113.—(IN2012074216).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Helicópteros del Norte Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y seis mil quinientos treinta y cuatro, por medio de la cual se realizaron nombramientos de tesorero y fiscal.—Lic. Román Alberto Fallas Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012312114.—(IN2012074217).

Se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Abrahams Medical Solutions y se cambia de nombre a Medical Solutions Technology S. A. Escritura otorgada en la ciudad de San José a las doce horas del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Zaida María Rojas Cortés, Notaria.—1 vez.—RP2012312115.—(IN2012074218).

Por escritura otorgada en mi notaría a las trece horas del día de hoy, protocolicé acta de la compañía Tienda Raúl Vega Sucesores S. A., por la cual se disuelve dicha sociedad.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Zaida Rojas Cortés, Notaria.—1 vez.—RP2012312116.—(IN2012074219).

Por escritura otorgada ante esta notaría el 10 de julio del 2012, la empresa Vistamar del Pacífico Picacon VM Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada, protocolizo acuerdos en donde se modifican la cláusula de administración y domicilio social de los estatutos.—San José, 10 de julio de 2012.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012312117.—(IN2012074220).

Protocolización de acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad CPM Proyectos Especiales Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos quince mil trescientos uno, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del capital social en razón de su aumento. Escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del diez de julio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312118.—(IN2012074221).

Protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Comunicaciones Múltiples JV de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil novecientos cuarenta y uno, en la cual se reforma la cláusula tercera: plazo. Escritura otorgada a las trece horas del diez de julio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cártín, Notario.—1 vez.—RP2012312119.—(IN2012074222).

En esta notaría al ser las 15:00 horas del 5 de junio del 2012, se protocolizó acta de la empresa L.M Holding S. A., en la cual se modifica el pacto social y se nombra presidente por el resto del periodo.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Bárbara van Nierop, Notaria.—1 vez.—RP2012312120.—(IN2012074223).

En esta notaría al ser las 10:00 horas del 10 de julio del 2012, se protocolizó acta de la empresa Labor Anka Sociedad Anónima Laboral, se nombra presidente por el resto del periodo.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Bárbara van Nierop, Notaria.—1 vez.—RP2012312121.—(IN2012074224).

Horacio Villalobos Hernández, casado una vez, Bernardita Alfaro Vargas, casada una vez, educadora, Heiner y Rony ambos Villalobos Alfaro, todos empresarios cédulas en su orden: 2-264-059 y 9-054-965, 2-542-599 y 2-590-281, vecinos de Alajuela, constituyen en esta plaza Los Villalta Sociedad Anónima, ante la notaria Esther Azalea Sibaja González, escritura otorgada a las 11 horas del 10 de julio del 2012, tomo 6, número 116. Presidente, secretario, tesorero y fiscal con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: 10 mil colones.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Esther Azalea Sibaja González, Notaria.—1 vez.—RP2012312123.—(IN2012074225).

La entidad Rinoceronte Gris GTE. S. A., solicita disolución de dicha entidad a partir del 26 de junio de 2012 y su desinscripción ante Registro Mercantil.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 28 de junio de 2012.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012312124.—(IN2012074226).

La entidad Siga Sarapiquí S. A., solicita disolución de dicha entidad a partir del 20 de marzo de 2012 y su desinscripción ante Registro Mercantil.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 28 de junio de 2012.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012312125.—(IN2012074227).

La entidad Inversiones Noma de San José S. A., cédula jurídica 3-101-181301 solicita disolución de dicha entidad a partir del 26 de junio de 2012 y su desinscripción ante Registro Mercantil.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 28 de junio de 2012.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012312126.—(IN2012074228).

La entidad 3-101-612944 S. A., solicita disolución de dicha entidad a partir del 26 de junio de 2012 y su desinscripción ante Registro Mercantil.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 28 de junio de 2012.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012312127.—(IN2012074229).

La entidad Servicios Comunales Integrados S. A., solicita disolución de dicha entidad a partir del 26 de junio de 2012 y su desinscripción ante Registro Mercantil.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 28 de junio del 2012.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012312128.—(IN2012074230).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 11 de julio del 2012, protocolicé acuerdos de la empresa Sonrisa de Buda S. A., reformando estatutos.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Alejandro Delgado Faith, Notario.—1 vez.—RP2012312130.—(IN2012074231).

En mi notaría se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es Entai Sociedad Anónima, capital social 10.000.000 colones. Domicilio Cóbano de Puntarenas, gerente Natanel Aricha.—Santa Teresa de Cóbano, 6 de julio del 2012.—Lic. Aland Masís Angulo, Notario.—1 vez.—RP2012312131.—(IN2012074232).

Mediante escritura número doscientos treinta y nueve-seis de las quince horas del diez de julio del dos mil doce, se constituye sociedad anónima denominada Redrock Sociedad Anónima. Es todo.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—RP2012312132.—(IN2012074233).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las doce horas del diez de julio del dos mil doce, se constituye la sociedad Edom Mil Doscientos Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada. Con un capital social de doce mil colones.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012312133.—(IN2012074234).

Por medio de la escritura número ciento cincuenta y cuatro, del tomo segundo de mi protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Urban American Clothing Co. S. A. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, relativa al domicilio social.—San José, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312136.—(IN2012074235).

Escritura número 294 otorgada por este notario, de las 8 horas del 10 de julio de 2012, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Heliopol Costa Rica Limitada. Se cambió el domicilio social. Asimismo se revoca agente residente y se nombra el licenciado Eduardo Acuña Castro, abogado y notario, carne 4503 cédula 1-544-187, vecino de San José.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Eduardo Acuña Castro, Notario.—1 vez.—RP2012312139.—(IN2012074236).

Por escritura número doscientos tres de las diez horas del día veintiocho de junio del dos mil doce, otorgada en la notaría que se dirá, se disuelve la sociedad denominada: Grupo Caribe Investa S. A., con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cero sesenta y cuatro mil trescientos noventa y nueve.—Lic. José Alberto Fonseca D’Avanzo, Notario.—1 vez.—RP2012312140.—(IN2012074237).

Por escritura número: 76 de las 10 horas del 6 de junio del año 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Mil Novecientos Treinta y Dos S. A., en la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos y se nombra presidente y secretario.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2012312144.—(IN2012074238).

Por escritura pública número ochenta y uno-dieciséis de las nueve horas del diez de julio del dos mil doce, se constituye la Fundación Lazarus de la Muerte a la Vida con domicilio en el distrito Santa Ana, cantón Santa Ana, de la provincia de San José, exactamente de INASA cien metros la norte.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Carolina Soto Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012312147.—(IN2012074239).

Cristhian Hernández Vargas y Adriana Cordero Ramírez, constituyen Exfire Security S. A., mediante el pago de diez acciones comunes y nominativas, con un valor nominal de mil colones cada una.—Lic. Mario Rodríguez Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012312151.—(IN2012074240).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría a las nueve horas de día veinticinco de junio del dos mil doce, el cien por ciento del capital social acordó por unanimidad la disolución de la sociedad Consultores de Mercadeo Estratégico Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de junio del dos mil dos.—Lic. Silvia Pacheco Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012312153.—(IN2012074241).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría a las diez horas de día veinticinco de junio del dos mil doce, el cien por ciento del capital social acordó por unanimidad la disolución de la sociedad Asesora Costarricense de Pensiones Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Pacheco Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012312154.—(IN2012074242).

Ante esta notaría, se esta constituyendo la sociedad anónima Importaciones Prisma Color Sociedad Anónima. Presidente German Arcesio Bedoya Rojas.—San José 10 de julio dos mil doce.—Lic. Natalia Sarmiento V., Notaria.—1 vez.—RP2012312155.—(IN2012074243).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría a las ocho horas de día veintiséis de junio del dos mil doce, el cien por ciento del capital social acordó por unanimidad la disolución de la sociedad Farsightedden Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Maureen Baldizon Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012312156.—(IN2012074244).

Ante esta notaría, se hace cambió de junta directiva de la sociedad Quality Lavacar Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio dos mil doce.—Lic. Natalia Sarmiento V., Notaria.—1 vez.—RP2012312157.—(IN2012074245).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría a las nueve horas de día veinte de junio del dos mil doce, el cien por ciento del capital social acordó por unanimidad la disolución de la sociedad Pruden CIA Seguros Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Maureen Baldizon Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012312158.—(IN2012074246).

Eric Alberto Villalobos Salas, cédula 2-634-427 y Carlos Alberto Hernández Arrieta, cédula 2-597-246, constituyen sociedad anónima denominada Inversiones Suntra del Norte Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: el comercio en general.—Pital, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Acuña Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012312159.—(IN2012074247).

Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las 15 horas del 10 de julio del año 2012, se hacen nombramientos de junta directiva y fiscal de la sociedad Apartamentos Heredianos San Vicente Sociedad Anónima. Vicepresidente: Guillermo Montero Solera, cédula uno-setecientos setenta y cinco-quinientos cuarenta y dos, secretaria: María Lourdes Rodríguez Vargas, cédula cuatro-ciento cincuenta y siete-cero setenta y dos, fiscal Wálter Cambronero Solís, cédula uno-ochocientos sesenta y seis-seiscientos cincuenta y tres.—Barva, 10 de julio de 2012.—Lic. Mónica Miranda Villalta, Notaria.—1 vez.—RP2012312160.—(IN2012074248).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas del 26 de junio del año 2012, se constituyó la organización conforme la Ley de Aguas denominada Sociedad de Usuarios de Aguas del Monte. Presidenta: María Elsa Ruiz Núñez, cédula cuatro-ochenta y siete-trescientos ochenta y siete.—Barva, 10 de julio de 2012.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2012312161.—(IN2012074249).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tres-Ciento Dos-Quinientos Ochenta y Dos Mil Trescientos Cuarenta y Dos SRL, domiciliada en Heredia, cantón Flores, distrito San Joaquín en San Lorenzo, trescientos metros al oeste del Colegio Saint Nicholas, casa de dos plantas a mano derecha, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos ochenta y dos mil trescientos cuarenta y dos, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima del acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, a los veintiocho días del mes de junio de dos mi doce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—RP2012312163.—(IN2012074250).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Granados Esquivel Servicios de Pintura S. A., domiciliada en San José, Hatillo Ocho, alameda dieciocho, casa setecientos setenta y nueve, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiocho mil quinientos sesenta y ocho, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, a los veintiséis días del mes de junio de dos mi doce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—RP2012312164.—(IN2012074251).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Compañía Brott S. A., domiciliada en Heredia, del Cuerpo de Bomberos de Santo Domingo, seiscientos metros al norte y setenta y cinco metros al oeste, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y seis mil seiscientos, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, a los veintidós días del mes de junio del dos mil doce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—RP2012312165.—(IN2012074252).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Hand y Asociados S. A., domiciliada en San José, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cincuenta y siete mil setecientos cincuenta y cuatro, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, a los veintidós días del mes de junio de dos mil doce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—RP2012312166.—(IN2012074253).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Talavera del Norte S. A., domiciliada en San José, Barrio Otoya, avenidas siete y nueve, calle quince, edificio Apartamentos Interamericanos, número uno, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta mil novecientos ochenta y uno, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, a los catorce días del mes de junio de dos mil doce.—Lic. Fabián Fernández Faith y William Fernández Sagot, Notarios.—1 vez.—RP2012312167.—(IN2012074254).

Ante mí, Fernando Mena Alvarado, notario público con domicilio en Grecia centro, Alajuela, 125 metros norte de los Perimercados, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada: Mabelisa Sociedad Anónima, domiciliada de barrio Latino de Grecia, Alajuela, 175 metros oeste de las oficinas de Sueños Latinos, cédula jurídica número 3-101-334716 y en la que indica que habiendo cesado la sociedad su giro comercial, se ha convenido en disolverla.—Grecia once de julio del dos mil doce.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012312169.—(IN2012074255).

Claudio Jesús Loría Padilla, Miguel Ángel Salas Bonilla y Carlos Alberto Bogantes Herrera, constituyen la sociedad denominada Evolvhealth Costa Rica S. A., domiciliada en Tibás, capital social: treinta mil colones.—Tibás, a las diez horas del cuatro de julio de dos mil doce.—Lic. Jorge Antonio Salas Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012312172.—(IN2012074256).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Distribuidora Cumi S. A., domiciliada en San José, Paso Ancho, urbanización Monte Azul, casa número siete-R, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y nueve mil seiscientos noventa y cinco, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil doce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—RP2012312173.—(IN2012074257).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria  de  socios  de  la  sociedad Distribuidora Rosauli S. A., domiciliada en San José, Paso Ancho, urbanización Monte Azul, casa número siete-R, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y dos mil ciento sesenta y cuatro, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil doce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—RP2012312174.—(IN2012074258).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Minisúper Los Tres Amigos S. A., domiciliada en San José, Sabana Oeste, del Ministerio de Agricultura y Ganadería seiscientos metros al oeste, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos un mil doscientos sesenta y seis, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil doce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—RP2012312175.—(IN2012074259).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tanco & Pacheco Arquitectura S. A., domiciliada en San José, Guadalupe, Barrio Esquivel Bonilla, de la entrada ciento cincuenta metros al norte, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y nueve mil ochocientos ochenta y seis, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil doce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—RP2012312176.—(IN2012074260).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Comercial Callao Veinticuatro Quince Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula sétima de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José a las quince horas treinta minutos del día veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—RP2012312177.—(IN2012074261).

Por medio de asamblea de socios se acuerda, por unanimidad del capital social y al tenor del artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la sociedad Fajardo & Mc Neil Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y seis mil seiscientos cincuenta y cinco, con domicilio social en San José, Moravia, frente a Romanas Ballar. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Juzgado correspondiente, dentro del término de treinta días siguientes a la publicación de este aviso.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Eduardo Medina Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012312178.—(IN2012074262).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Limacri J A. S. A., domiciliada en San José, barrio González Lahmann, avenida diez bis, calle veintitrés, casa dos tres cero nueve, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y un mil novecientos sesenta y uno, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, a los veintiséis días del mes de junio de dos mil doce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—RP2012312179.—(IN2012074263).

Por medio de asamblea de socios se acuerda, por unanimidad del capital social y al tenor del artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la sociedad Asesorías E Cairo Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cinco mil seiscientos doce, con domicilio social en San José, Moravia, residencial Saint Clare, condominio Prisma, apartamento número seis. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Juzgado correspondiente, dentro del término de treinta días siguientes a la publicación de este aviso.—San José, veinticinco de junio de dos mil doce.—Lic. Eduardo Medina Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012312180.—(IN2012074264).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Corporación Inmobiliaria Crane S. A., domiciliada en San José, cédula jurídica número tres-ciento uno-sesenta y tres mil ciento dieciséis, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima de la acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar.—San José, a los veintiocho del mes de junio de dos mil doce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—RP2012312181.—(IN2012074265).

Por asamblea general extraordinaria de Accionistas se acuerda, por unanimidad del capital social y al tenor del artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la sociedad GVGP Devancal Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos catorce mil ochocientos cuarenta y tres, con domicilio social en San José, Curridabat, urbanización Hacienda Vieja, del colegio cien metros al norte y cincuenta metros al oeste. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Juzgado correspondiente, dentro del término de treinta días siguientes a la publicación de este aviso.—San José, 29 de junio de dos mil doce.—Lic. Esteban Calvo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012312182.—(IN2012074266).

Al ser las 15:00 horas del día de hoy, se constituyó la empresa Transportes Unitarios Sapapiqueños Sociedad Anónima, capital social quince mil colones cancelado en dinero efectivo, presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, domicilio Horquetas de Sarapiquí de Heredia.—Río Frío, seis de julio del dos mil doce.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012312184.—(IN2012074267).

A las diez horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas número uno de la sociedad Venture Creations Group Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social, por la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2012312186.—(IN2012074268).

A las diez horas del veinticinco de junio del dos mil doce, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas número dos de la sociedad Representaciones Limabravo Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social por la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2012312187.—(IN2012074269).

Hoy protocolicé acta de asamblea de accionistas de Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta y Tres Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Warner Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012312188.—(IN2012074270).

A las diez horas con siete minutos de hoy, ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de La Casa de Tatá S. A., por medio de la cual se modificaron las cláusulas primera, segunda, tercera y novena del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva y fiscalía.—Cartago, siete de julio de dos mil doce.—Lic. Esteban Troyo Dittel, Notario.—1 vez.—RP2012312189.—(IN2012074271).

A las diecisiete horas con diez minutos del día de hoy, ante esta notaría se constituyó la empresa denominada Inversiones Agrícolas Cindy Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado por los socios.—Cartago, siete de julio de dos mil doce.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012312190.—(IN2012074272).

La suscrita, Kattia Quirós Chévez, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día seis de julio del dos mil doce, protocolicé acta de la empresa Servicios Logísticos Siglo Veintiuno S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración, se conoce la renuncia del secretario de la junta directiva y se realiza nuevo nombramiento. De igual forma el día diez de julio del dos mil doce, protocolicé acta de la empresa Monte Radi M.R. S. A., en la que se modifica la denominación social a Monte Vedi S. A., se modifica el domicilio, la cláusula de la administración, se revocan los nombramientos de junta directiva y se realizan nuevos nombramientos.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—RP2012312191.—(IN2012074273).

En mi notaría, a las 18 horas del 27 de junio de 2012, se disuelve sociedad Insidesolutions OS S. A.—Cartago, 27 de junio de 2012.—Lic. Gabriela Rodríguez Loría, Notaria.—1 vez.—RP2012312192.—(IN2012074274).

Por escritura otorgada ante mí, número 158, visible al folio 125 frente del tomo número 9 de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Tabata del Sur y Asociados Sociedad Anónima, se reformó el pacto constitutivo: se modifica la representación judicial y extra- judicial con poder generalísimo sin límite de suma, se hace nombramiento en los cargos de presidente y secretaria.—Las Juntas de Abangares, 9 horas del 10 de julio del 2012.—Lic. Gina Matarrita Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2012312193.—(IN2012074275).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día cinco de julio del año dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad Desarrollo Trumijago del Sur Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sexta.—San José, cinco de julio del dos mil doce.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—RP2012312195.—(IN2012074276).

Se constituye sociedad anónima numérica por Allan Sibaja Alvarado María Vega, para los alcances de ley y oposiciones de ley. Escritura doscientos cuatro de la suscrita notaria. Es todo, al ser las ocho horas del dos de julio del dos mil doce.—Lic. Floribeth Portilla Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2012312196.—(IN2012074277).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Tres-Ciento Uno-Seis Cuatro Dos Tres Siete Tres Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar la cláusula octava, al presidente, secretario, tesorero y el fiscal de la junta directiva del pacto constitutivo de la empresa. Es todo.—San José, al ser once horas del día once de julio del dos mil doce.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312197.—(IN2012074278).

En mi notaría, a las dieciséis horas del diez de julio de dos mil doce, protocolicé acta de Tres-Ciento Dos-Seiscientos Veintiún Mil Doscientos Noventa y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada; en la que se modificó cláusula segunda y se nombraron gerentes.—Lic. Édgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2012312198.—(IN2012074279).

Por escritura otorgada ante mí, el día 11 de julio del dos mil doce a las 10:00 horas, se protocolizó acta de tres-ciento uno-quinientos tres mil doscientos cincuenta srl., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula segunda. Se nombra gerente.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Enrique A. Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—RP2012312204.—(IN2012074280).

Mediante escritura número ciento diez otorgada en mi notaría a las once horas de hoy, se protocolizó acuerdo de asamblea de cuotistas de Suisei Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento nueve mil setecientos noventa, en el cual se reformó la cláusula segunda de sus estatutos, fijándose la dirección exacta del domicilio social.—San José, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012312205.—(IN2012074281).

Mediante escritura número ciento once otorgada en mi notaría a las doce horas de hoy, se protocolizó acuerdo de asamblea de cuotistas de Kinsei Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento veintinueve mil cuatrocientos ocho, en el cual se reformó la cláusula segunda de sus estatutos, fijándose la dirección exacta del domicilio social.—San José, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012312206.—(IN2012074282).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas de hoy, tres-ciento uno-seiscientos veinticuatro mil trescientos setenta y cuatro sociedad anónima, se reforman estatutos, se aumenta el capital social y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 9 de julio del 2012.—Lic. Bernal Ulloa Flores, Notario.—1 vez.—RP2012312207.—(IN2012074283).

En escritura otorgada ante mí, hoy a las dieciséis horas, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tokio Motorsa Sociedad Anónima, en la que se modificó su domicilio social, su cláusula de administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, once de julio del año dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Céspedes Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012312208.—(IN2012074284).

Por escritura, otorgada ante mí, a las diecinueve horas del 18 de junio del año 2012, se constituyó la sociedad Educación V & M de Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, un plazo de noventa y nueve años y su domicilio en San José. Presidenta: Viviana María Broutin Echandi.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012312209.—(IN2012074285).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día cuatro de julio del dos mil doce, a las ocho horas se realizó asamblea general extraordinaria de la Sociedad JCCR Mantenimientos Sociedad Anónima, en la cual se revoca el nombramiento de presidente y tesorero y se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo.—Atenas, once de julio del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—RP2012312210.—(IN2012074286).

Por escritura número cuarenta y cinco-cinco otorgada en mi notaría a las doce horas del quince de mayo del dos mil doce, se constituyó Grupo Inmobilia Alas Limitada, su domicilio será en la provincia de Heredia, cantón central, veinticinco metros norte y setenta y cinco este del Cementerio General de Heredia, oficina al fondo número cuatro capital íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, 11 de julio del 2012. Teléfono 2262-3573—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario.—1 vez.—RP2012312211.—(IN2012074287).

Por acuerdo unánime de todo el capital social y por no existir ni pasivos ni activos, se acuerda disolver y liquidar la empresa Tuanis Card de Costa Rica S. A.—Heredia, 28 de junio del 2012.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri, Notario.—1 vez.—RP2012312212.—(IN2012074288).

Consolidaciones KARPA Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y nueve mil trescientos veintidós, reforma la siguiente cláusula: Segunda: del capital social: El capital social será la suma de ciento cuarenta millones de colones, representado por ciento cuarenta acciones comunes y nominativas de un millón de colones cada una. Es todo.—San José, seis de julio del dos mil doce.—Lic. Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—RP2012312213.—(IN2012074289).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 9 de julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Inversiones Marys Land Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma junta directiva, cláusula segunda de los estatutos, se nombra fiscal y vocal.—San José, 9 de julio del 2012.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2012312214.—(IN2012074290).

Los señores Catherine Jiménez Hernández y Esteban David Picado Blanco. Constituyen la sociedad Servicios Terapéuticos J Y H S. A. Domicilio en provincia de San José, plazo 99 años, a partir del 10 de julio del 2012, capital social ¢10.000,00, junta directiva: Presidente, secretario y tesorero.—Cartago, 10 de julio del 2012.—Lic. Christian Rodrigo Blanco Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012312217.—(IN2012074291).

Por escritura otorgada en mi notaría, en San José a las 11:00 horas 30 minutos de hoy, los socios de la compañía Bufete Internacional W.S. S. A., domiciliada en San José, Barrio La California, de la Bomba La Primavera, sesenta metros al sur y cincuenta metros este, cédula jurídica 3-101-311297, acuerdan su disolución.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Mayela Bonilla García, Notaria.—1 vez.—RP2012312218.—(IN2012074292).

Por escritura otorgada en mi notaría, en San José a las 14:00 horas de hoy, los socios de la compañía Saca de Agua S. A., domiciliada en San José, intersección de calle veintiuno con avenida segunda, cédula jurídica 3-101-154830, acuerdan su disolución.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Mayela Bonilla García, Notaria.—1 vez.—RP2012312219.—(IN2012074293).

Por escritura otorgada en mi notaría, en San José a las 13:00 horas de hoy, los socios de la compañía Kipus de Oro S. A., domiciliada en San José, intersección de calle veintiuno con avenida segunda, cédula jurídica 3-101-155866, acuerdan su disolución.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Mayela Bonilla García, Notaria.—1 vez.—RP2012312220.—(IN2012074294).

Por escritura pública número ciento sesenta, otorgada ante esta notaría, tomo sexto del protocolo del suscrito notario, a las catorce horas del diez de julio del dos mil doce, se protocoliza acta número cuatro de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: Propincosa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno nueve ocho siete siete cero y en el acuerdo primero: se modifica cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad, para cambio de nombre del ya inscrito a, Propincosa Profesionales en Pintura y Construcción de Heredia Sociedad Anónima, quedando en lo demás, firme y valedera la escritura principal constitutiva.—Heredia, a los 10 días del mes de julio del dos mil doce.—Lic. José Luis Marín Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012312222.—(IN2012074295).

Protocolización acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Harrahs del Oeste J.L.G. Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la administración.—San José, primero de junio del dos mil doce.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312224.—(IN2012074296).

Por escritura otorgada en San José a las dieciocho horas del veintiséis de junio último, los dueños del capital social, acordaron la disolución de la sociedad Ingenierias Aplicadas Gallardo y Vindas Sociedad Anónima, ante el notario Rafael Ángel Morales Araya.—Lic. Rafael Ángel Morales Araya, Notario.—1 vez.—RP2012312226.—(IN2012074297).

Por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día veintiocho de junio del año dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Construtora Rapu S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y ocho mil quinientos ochenta y siete.—San José, once de julio del año dos mil doce.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—RP201231227.—(IN2012074298).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del 25 de junio del 2012, donde se protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada El Ciriaco Libertado Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-479095, donde se acuerda la disolución de la compañía.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2012312228.—(IN2012074299).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:30 horas del 22 de junio del 2012, donde comparecen los socios de la sociedad Dragones de Punta Mala Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-129042 y mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad, se acuerda la disolución de la compañía.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2012312230.—(IN2012074300).

Por escritura de las 19:00 horas del 21 de junio del año 2012, se constituyó la sociedad Grupo SSMD del Este S. A.. Con domicilio en San José. Presidenta: Sonia Chavarría Ledezma.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012312231.—(IN2012074301).

Ante mi notaría, se otorgó escritura pública de disolución de sociedad otorgada por los socios de la sociedad Elimelec Sociedad Anónima, el día veintisiete de junio del dos mil doce.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. María Estrella Jiménez Sancho, Notaria.—1 vez.—RP2012312232.—(IN2012074302).

Por escritura número ciento noventa y nueve, otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de junio del año dos mil doce, ante esta notaría, mediante protocolización de acta de disolución de la sociedad denominada Vistamar Condesa Sociedad Anónima, por no existir pasivos ni activos.—Golfito, veintitrés de junio del años dos mil doce.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012312234.—(IN2012074303).

Por escritura número doscientos siete, otorgada a las diez horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, ante esta notaría, mediante protocolización de acta de disolución de la sociedad denominada Orilla del Ensueño Sociedad Anónima, por no existir pasivos ni activos.—San José, veintiocho de junio del años dos mil doce.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012312235.—(IN2012074304).

Por escritura, otorgada ante mí a las diez horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se reformaron las cláusulas primera y décima de los estatutos de God’s Promise to Leah Sociedad Anónima.—Golfito, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Bernal Castro Gutierrez, Notario.—1 vez.—RP201231237.—(IN2012074306).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 16:00 horas del 10 de julio del 2012 se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de Inversiones Bratsi Blanca S. A..—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—RP2012312238.—(IN2012074307).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 16:30 horas del 10 de julio del 2012, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de Inversiones Tuhl Rosada S. A.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—RP2012312239.—(IN2012074308).

Por esta escritura otorgada en esta notaría en San José a las diez horas del día dos de julio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Tesoro Real Altair Sociedad Anónima. Se reforma cláusula primera, segunda, sexta y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—RP2012312240.—(IN2012074309).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José de las trece horas del día cinco de julio del año dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Marclaphi Sociedad Anónima. Presidente, tesorero y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—RP2012312241.—(IN2012074310).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José de las trece horas del día diez de julio del año dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Fabandco Sociedad Anónima. Presidente, tesorero y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—RP2012312242.—(IN2012074311).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José de las catorce horas y treinta minutos del día diez de julio del año dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Bofil Sociedad Anónima. Presidente, tesorero y secretario con facultades de apoderado generalísimos sin límite de suma.—San José, 10 de junio del 2012.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—RP2012312243.—(IN2012074312).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Bienes y Propiedades Ramírez Aguilar S. A., donde se modifica la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 10 de julio del año 2012.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—RP2012312244.—(IN2012074313).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Mezcladoras del Valle S. A., donde se modifica la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 10 de julio del año 2012.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—RP2012312246.—(IN2012074314).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad El Tabernáculo S. A., donde se modifica la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 10 de julio del año 2012.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—RP2012312247.—(IN2012074315).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Grupo JHR e Hijos S. A., donde se modifica la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 10 de julio del año 2012.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—RP2012312249.—(IN2012074316).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Costa Rica Export And Commission Company S. A., donde se modifica la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 10 de julio del año 2012.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—RP2012312250.—(IN2012074317).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Ramírez y Asociados S. A., donde se modifica la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 10 de julio del año 2012.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—RP2012312251.—(IN2012074318).

En esta notaría, a las 16:00 horas del día de hoy, se constituyeron las sociedades Corporación Bella Vista del Golfo S. A. y Cerital Corporation S. A.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012312253.—(IN2012074319).

Ante esta notaría se protocolizó acta de disolución de la sociedad denominada Gayma Transportes de Carrillos de Poás Sociedad Anónima.—Carrillos de Poás, 28 de junio del 2012.—Lic. Vera Solórzano Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012312254.—(IN2012074320).

Ante esta notaría se protocolizo acta de disolución de la sociedad denominada Inversiones Agrocomerciales Jillo Sociedad Anónima.—Carrillos de Poás, 29 de junio del 2012.—Lic. Vera Solórzano Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012312255.—(IN2012074321).

Mediante escritura número: ciento treinta y cuatro, visible al folio: setenta vuelto a setenta y uno frente del tomo tercero otorgada a las quince horas del veintiséis de junio del dos mil doce, por el notario Jonathan Barrantes Alfaro, se acuerda disolver la sociedad denominada Pipo Inversiones Internacionales S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil ochocientos cincuenta y cinco, por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Grecia, once de junio del dos mil doce.—Lic. Jonathan Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012312257.—(IN2012074322).

Mediante escritura número: ciento treinta y cinco, visible al folio: setenta y uno frente y vuelto del tomo tercero otorgada a las diecisiete horas del veintiséis de junio del dos mil doce, por el notario Jonathan Barrantes Alfaro, se acuerda disolver la sociedad denominada Taller Industrial Rodríguez S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y siete mil ciento treinta y seis, por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Grecia, 11 de junio del 2012.—Lic. Jonathan Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012312258.—(IN2012074323).

Por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del seis de julio del dos mil doce se reformó la cláusula sétima, octava, novena, décima, décima tercera y se adiciona la cláusula décima cuarta de la sociedad Dione Sociedad Anónima.—Lic. Ivette Marie Hoffman de Pass, Notaria.—1 vez.—RP2012312259.—(IN2012074324).

Por escritura número ciento noventa y tres del veintiséis de junio del dos mil doce, se acuerda disolver por unanimidad de socios la sociedad Servicios Profesionales Alpízar Chaverri Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil seiscientos treinta y cuatro.—Grecia, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012312261.—(IN2012074325).

Por escritura número ciento ochenta y tres del dieciocho de junio del dos mil doce, se acuerda disolver por unanimidad de socios la sociedad Consultores P & Q Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y cuatro mil ciento dieciocho.—Grecia, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012312262.—(IN2012074326).

Por escritura número ciento noventa y dos del veinticuatro de junio del dos mil doce, se acuerda disolver por unanimidad de socios la sociedad Lin Chen y Familia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos diecinueve.—Grecia, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012312263.—(IN2012074327).

Por escritura número ciento noventa y cuatro del veintiséis de junio del dos mil doce, se acuerda disolver por unanimidad de socios la sociedad Copias Alfaba AB Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y nueve mil quinientos quince.—Grecia, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012312264.—(IN2012074328).

Por medio de asamblea general extraordinaria, la sociedad Deportes Acuáticos de San José Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno siete cinco nueve siete cinco, decide disolverse.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Rosmery Solís Corea, Notaria.—1 vez.—RP2012312265.—(IN2012074329).

Por medio de asamblea general extraordinaria, la sociedad Nostrum de Potrero H Y G Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seis cero seis dos uno tres, decide disolverse.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Rosmery Solís Corea, Notaria.—1 vez.—RP2012312266.—(IN2012074330).

Por escritura número 84-7 de las 9: 00 del 9 de julio del 2012, se constituyó la sociedad Inversiones Empresariales D.A.K.R.A S. A., domiciliada en San José, Santa Ana bodegas del oeste número 15. Presidente y secretario ostentan la representación legal de forma conjunta o separada.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—RP2012312268.—(IN2012074331).

Por escritura número 83-7 de las 8: 00 del 9 de julio del 2012, se constituyó la sociedad Inversiones D.A.K.E.L. S. A., domiciliada en San José, Santa Ana bodegas del oeste número 15. Presidente y secretario ostentan la representación legal de forma conjunta o separada.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—RP2012312269.—(IN2012074332).

Por escritura número 79-7 de las 10:00 del 6 del julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Exportadora Frumar S. A., cédula jurídica 3-101-096583. Se agregan cláusulas quinta bis, décima, décima primera: se reforman las cláusulas: sexta, segunda, sétima y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—RP2012312270.—(IN2012074333).

Por escritura otorgada por la señora Flora Castro López, propietaria de la totalidad de las acciones que componen el capital social de Aglapa S. A., a las 12 horas con 30 minutos del 27 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea de socios de Aglapa S. A., en virtud de la cual dicha compañía se disuelve y liquida y entra en estado de liquidación. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, se conceden 30 días a partir de esta publicación para interponer oposiciones judiciales de terceros.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012074336).

Por escritura otorgada por la señora Flora Castro López, propietaria de la totalidad de las acciones que componen el capital social de Cartui S. A., a las 12:00 horas del 27 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea de socios de Cartui S. A., en virtud de la cual dicha compañía se disuelve y liquida y entra en estado de liquidación. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, se conceden 30 días a partir de esta publicación para interponer oposiciones judiciales de terceros.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012074339).

A las 12:00 horas del 11 de julio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Motores Aventureros S. A., por medio de la que se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto social, se revocan nombramientos de administradores, fiscal y agente residente y se hacen nuevos nombramientos.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(IN2012074340).

En esta notaría a las 18:15 horas del 10 de julio del 2012, José Antonio Benavides Jiménez e Ivannia Serrano Romero constituyen San Antonio Doscientos Noventa y Uno Sociedad Anónima. Capital social: 10.000,00 colones representada por cuatro acciones comunes y nominativas de 2.500,00 colones cada una. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(IN2012074341).

Se acuerda disolución de sociedad denominada Karaoke Pista Visión Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento dos-ciento veintiséis mil novecientos setenta y nueve. Otorgada en San Isidro de Alajuela, a las nueve horas con diez minutos del día veinticinco de junio del dos mil doce.—Alajuela, 25 de junio del 2012.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2012074346).

Se acuerda disolución de sociedad denominada Suprema Internacional Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica numero: tres-ciento uno-ciento veintiún mil cuatrocientos catorce. Otorgada en San Isidro de Alajuela, a las nueve horas con treinta minutos del día veinticinco de junio del dos mil doce.—Alajuela, 25 de junio del 2012.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2012074347).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del dos de julio del dos mil doce, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías Compañía de Inversiones Pedralbes Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-treinta y seis mil setecientos cincuenta, y Cinco Punto Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y un mil ochocientos ochenta y seis, mediante la cual las sociedades se fusionaron por el sistema de absorción subsistiendo la sociedad Cinco Punto Cinco Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dos de julio del dos mil doce.—Lic. Rita Calvo González, Notaria.—1 vez.—(IN2012074348).

Se acuerda disolución de sociedad denominada Café Abuelita Sara Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica numero: tres-ciento uno-doscientos sesenta y dos mil ochocientos noventa y cuatro. Otorgada en San Isidro de Alajuela, a las diecisiete horas del día veintiséis de junio del dos mil doce.—Alajuela, 26 de junio del 2012.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2012074349).

Se acuerda disolución de sociedad denominada Máxima Suerte Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos catorce mil seiscientos treinta y siete. Otorgada en San Isidro de Alajuela, a las nueve horas con veinte minutos del día veinticinco de junio del dos mil doce.—Alajuela, 25 de junio del 2012.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2012074350).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil doce, se constituyo la sociedad Comunidad Crecer S. A., capital social suscrito y pagado.—Lic. Arlenny Fernández Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2012074357).

Por escritura número doscientos ochenta y ocho se protocolizó acta de asamblea ordinaria extraordinaria de socios de la sociedad denominada Correduría de Desalmacenajes Eléctricos CODELEC S. A., cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos quince mil cuatrocientos setenta y tres, donde se acuerda disolver y liquidar la sociedad, se cita a los interesados para que en termino de treinta días hagan valer sus derechos. Teléfono 2233-6439.—San José, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Jeiner Navas Beita, Notario.—1 vez.—(IN2012074360).

Por escritura número doscientos ochenta y ocho se protocolizó acta de asamblea ordinaria extraordinaria de socios de la sociedad denominada Codelec S. A., cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos setenta y siete mil ochocientos ochenta y cuatro, donde se acuerda disolver y liquidar la sociedad, se cita a los interesados para que en termino de treinta días hagan valer sus derechos. Teléfono 2233-6439.—San José quince de junio del dos mil doce.—Lic. Jeiner Navas Beita, Notario.—1 vez.—(IN2012074361).

Por escritura número doscientos noventa y uno-dos se protocolizó acta de asamblea ordinaria extraordinaria de socios de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil seiscientos treinta y siete s. a., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinticuatro mil seiscientos treinta y siete, donde se acuerda disolver y liquidar la sociedad, se cita a los interesados para que en termino de treinta días hagan valer sus derechos. Teléfono 2233-6439.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Jeiner Navas Beita, Notario.—1 vez.—(IN2012074362).

Por escritura número doscientos ochenta y siete se protocolizó acta de asamblea ordinaria extraordinaria de socios de la sociedad denominada Industria Galva Fibra S. A., cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cinco mil treinta y nueve, donde se acuerda disolver y liquidar la sociedad, se cita a los interesados para que en termino de treinta días hagan valer sus derechos. Teléfono 2233-6439.—San José, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Jeiner Navas Beita, Notario.—1 vez.—(IN2012074363).

La suscrita notaría hace saber que en esta notoría, mediante la escritura número doscientos dos, de las doce horas del primero de julio del dos mil doce, se procedió a disolver la sociedad de esta plaza social, denominada Imprenta y Encuadernación Navas S. A.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Floribeth Portilla Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012074365).

Por escritura número doscientos noventa y tres-dos se protocolizo acta de asamblea ordinaria extraordinaria de socios de la sociedad denominada Desarrollo D. M. D. Levy S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos dieciocho mil cuatrocientos uno, donde se acuerda nombrar secretario y se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo. Teléfono 2233-6439.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Jeiner Navas Beita, Notario.—1 vez.—(IN2012074366).

Mediante escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del diez de julio de dos mil doce se constituyeron las siguientes veintiún sociedades de responsabilidad limitada: Reserva de la Rambla Merlot Unidad Uno Limitada, Reserva de la Rambla Bonarda Unidad Dos Limitada, Reserva de la Rambla Malbec Unidad Tres Limitada, Reserva de la Rambla Tempranillo Unidad Cuatro Limitada, Reserva de la Rambla Shyrah Unidad Cinco Limitada, Reserva de la Rambla Garnacha Unidad Seis Limitada, Reserva de la Rambla Semillon Unidad Siete Limitada, Reserva de la Rambla Moscatel Unidad Ocho Limitada, Reserva de la Rambla Chardonnay Unidad Nueve Limitada, Reserva de la Rambla Sauvignon Unidad Diez Limitada, Reserva de la Rambla Pinot Unidad Once Limitada, Reserva de la Rambla Albariño Unidad Doce Limitada, Reserva de la Rambla Riesling Unidad Trece Limitada, Reserva de la Rambla Chenin Unidad Catorce Limitada, Reserva de la Rambla Palomino Unidad Quince Limitada, Reserva de la Rambla Verdejo Unidad Dieciséis Limitada, Reserva de la Rambla Viura Unidad Diecisiete Limitada, Reserva de la Rambla Monastrell Unidad Dieciocho Limitada, Reserva de la Rambla Toro Unidad Diecinueve Limitada, Reserva de la Rambla Pedro Ximenez Unidad Veinte Limitada, Reserva de la Rambla Torrontes Unidad Veintiuno Limitada. Es todo.—San José, diez de julio de dos mil doce.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2012074367).

Mediante escritura pública número seis-doce, otorgada ante el notario público Yuri Herrera Ulate, a las diez horas del día doce de julio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Bayer Sociedad Anónima, por medio de la cual se reorganiza, la junta directiva, se revocan poderes y se otorgan nuevos poderes.—San José, Doce de julio del año dos mil doce.—Lic. Yuri Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2012074372).

Mediante escritura pública número cinco-doce, otorgada ante el notario público Yuri Herrera Ulate, a las nueve horas del día doce de julio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Bayer Central America Sociedad Anónima, por medio de la cual se reorganiza la junta directiva, se revocan poderes y se otorgan nuevos poderes.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Yuri Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2012074374).

Mediante escritura número ciento noventa y uno-seis, otorgada ante el notario Edgar Quirós Cavallini, a las ocho horas del diez de julio del dos mil doce, se protocolizó el acta número uno de la sociedad Global Hunters Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y seis mil catorce, mediante la cual se acordó el cambio de nombre a I Taltrade Investment Group Sociedad Anónima.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Edgar Quirós Cavallini, Notario.—1 vez.—(IN2012074375).

Lic. Diego Oporto Mejia, carné 6787: Declaro que en mi notaría, a las nueve horas de 16 de junio del 2012, Kathryn Rodell Ramírez y Ana Yuri Rodríguez Navarro constituyen S. A. denominada Cuatro K Sociedad Anónima.—Heredia, 29 de junio del 2012.—Lic. Diego Oporto Mejia, Notario.—1 vez.—(IN2012074378).

Richmond Technology Solutions S. A., cédula jurídica 3-101-325179, modifica las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo, y nombra presidente de la junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en San José, a las 18:00 horas del 2 de julio del 2012, ante el notario Nelson Gerardo Palacio Díaz-Granados.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Nelson Palacio Díaz-Granados, Notario.—1 vez.—(IN2012074379).

Por escritura autorizada de la notaría de Javier Francisco Monge Rodríguez, número ciento doscientos diez, a las nueve horas del doce de julio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Chandra Valley Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo en cuanto a la representación.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Javier Francisco Monge Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012074387).

Ante esta notaría, en el protocolo dos, mediante escritura Nº 98, otorgada a las 18:00 horas del 21 de julio del 2012, se disuelve la sociedad: M Y T Carisma Comunicaciones S. A., cédula jurídica Nº 3-101-374676.—Lic. Alejandra Arias Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2012074396).

Por escritura otorgada a las trece horas del once de julio del dos mil doce, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, con un capital social: de diez mil colones, domiciliada: en San José. Presidente: Julián Ernesto Volio Volkmer.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1 vez.—(IN2012074397).

Por escritura número cincuenta y nueve-seis, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día doce de julio del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada: Rapid Wash C.R. S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve mil veintiséis, en la que se acuerda modificar la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—(IN2012074404).

Inversiones Zusoma de Barva de Heredia Sociedad Anónima, comunica que mediante asamblea general extraordinaria celebrada al ser las 08:00 horas del 8 de junio del 2012, se revocó la cláusula quinta del pacto constitutivo aumentando el capital social a la suma de treinta millones de colones.—Lic. Otto Giovanni Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—(IN2012074407).

Mediante acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza: El Cacharrito de Oro S. A., se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo, y se nombró nueva junta directiva. Presidente, con plenas facultades: Roy Vargas Navarro. Dicha asamblea fue debidamente protocolizada.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. María del Socorro Cortés Arias, Notaria.—1 vez.—(IN2012074408).

Ante esta notaría, se constituyeron las siguientes sociedades mercantiles: C.E. & B and Sir Wrangler on the See - Number Thirty One Sociedad Anónima; Br. & Chr. Sir Wrangler Enjoing the Sunset Number Thirty Three Sociedad Anónima, y Ch. Br. So. Ell. & Sir Wrangler Walking by the Sea, Number Thirty Four Sociedad Anónima. Representación judicial y extrajudicial corresponden al: presidente y al tesorero, conjunta o separadamente. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones cada una.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. José Alan Tinoco, Notario.—1 vez.—(IN2012074409).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las siete horas del veinte de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Osca & Lica Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074412).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, alas ocho horas del veinte de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Lubrillantas de Naranjo Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074413).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las nueve horas del veinte de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Serjas Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074414).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las diez horas del veinte de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Isitoy Mil Doscientos Veinte Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074415).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las once horas del veintitrés de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Prodecon Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074416).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las once horas con treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Asesoría Aduanera Centroamericana Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074417).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las doce horas del veintitrés de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de las siguientes sociedades: Campos de Montes de Oro Cabaña Primera Sociedad Anónima; Campos de Montes de Oro Cabaña Segunda Sociedad Anónima; Campos de Montes de Oro Cabaña Tercera Sociedad Anónima; Campos De Montes de Oro Cabaña Cuarta Sociedad Anónima; Campos de Montes de Oro Cabaña Quinta Sociedad Anónima; Campos de Montes de Oro Cabaña Sexta Sociedad Anónima; Campos de Montes de Oro Cabaña Sétima Sociedad Anónima; Campos de Montes de Oro Cabaña Octava Sociedad Anónima; Campos de Montes de Oro Cabaña Novena Sociedad Anónima; Campos de Montes de Oro Cabaña Décima Sociedad Anónima; Campos de Montes de Oro Cabaña Onceava Sociedad Anónima; Campos de Montes de Oro Cabaña Doceava Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074418).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las doce horas con treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de las siguientes sociedades: Anturio de Espamar Villa Número Uno Sociedad Anónima; Anturio de Espamar Villa Número Dos Sociedad Anónima; Anturio de Espamar Villa Número Tres Sociedad Anónima; Anturio de Espamar Villa Número Cuatro Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074419).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las catorce horas del veintitrés de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de las siguientes sociedades: La Reserva de Espamar Apartamento Primero Sociedad Anónima; La Reserva de Espamar Apartamento Segundo Sociedad Anónima; La Reserva de Espamar Apartamento Tercero Sociedad Anónima; La Reserva De Espamar Apartamento Cuarto Sociedad Anónima; La Reserva de Espamar Apartamento Quinto Sociedad Anónima; La Reserva de Espamar Apartamento Sexto Sociedad Anónima; La Reserva de Espamar Apartamento Sétimo Sociedad Anónima; La Reserva de Espamar Apartamento Octavo Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074420).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela a las quince horas del veintitrés de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de las siguientes sociedades: Amapola de Villamar Villa Número Uno Sociedad Anónima, Amapola de Villamar Villa Número Dos Sociedad Anónima, Amapola de Villamar Villa Número Tres Sociedad Anónima, Amapola de Villamar Villa Número Cuatro Sociedad Anónima, Amapola de Villamar Villa Número Cinco Sociedad Anónima, Amapola de Villamar Villa Número Seis Sociedad Anónima.—Alexander Montero Ramírez. Notario público.—1 vez.—(IN2012074421).

Por escritura suscrita en Naranjo Alajuela alas dieciséis horas del veintitrés de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de las siguientes sociedades: Heliconia de Terramar Sociedad Anónima, Tulipán de Terramar Sociedad Anónima, La Plaza de Espamar Sociedad Anónima y Heliconia de Espamar Sociedad Anónima.—Alexander Montero Ramírez Notario Público.—1 vez.—(IN2012074422).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las dieciséis horas con treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Campos de Montes de Oro C&S Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074423).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Anturio de Terramar Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074424).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las nueve horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Tulipán de Villamar Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074425).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las diez horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Campos y Designios Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074426).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Tecno Cómputo M Y M Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074427).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las diecinueve horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Aires Briceño Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074428).

Por escritura suscrita en Naranjo, Alajuela, a las diecinueve horas con treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se ordena la disolución de Desarrollos Ecológicos Piloya Sociedad Anónima.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012074429).

Por escritura otorgada por el infrascrito notario, a las catorce horas del día de hoy, se liquidó y disolvió la sociedad: Hispano - Cost SA Sociedad Anónima.—San José, seis de julio del dos mil doce.—Lic. Carlos Fernández Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012074437).

Por escritura otorgada a las trece horas del día de hoy, se acordó disolver la sociedad: tres-ciento uno-quinientos veintinueve mil seiscientos ochenta y siete sociedad anónima.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—(IN2012074438).

Por escritura número ciento setenta y ocho, otorgada a las 10:00 horas del día 10 de julio del 2012, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad: Lebanon Exports S. A., con domicilio en San José. Representación: presidente, secretario y tesorero, todos con facultades de apoderados generalísimos. Plazo: cien años.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2012074440).

En mi notaría, se protocolizaron los acuerdos de fusión por absorción de las sociedades: Finca Estrella de Cuervito S. A., cédula jurídica Nº 3-101-402134; Hacienda El Baru de Cuervito S. A., cédula jurídica Nº 3-101-401642, con la sociedad: Jo and Crispin S. A., cédula jurídica Nº 3-101-365936. Dentro del mes siguiente a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la fusión.—Lic. Manuel Gomis Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2012074441).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del 12 de julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Rico Marañón S. A., en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas primera, segunda, quinta, octava y décima tercera del pacto social, y se eliminó la cláusula décima cuarta del mismo.—San Juan de Tibás, 12 de julio del 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012074442).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas de hoy, protocolizo acta donde acuerdan disolución de compañía domiciliada en San José, 3-101-569740 Ltda., y se informa a los interesados, conforme artículo 207 del Código de Comercio, por un plazo de treinta días, a partir de esta publicación.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012074445).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas de hoy, protocolizo acta donde acuerdan disolución de compañía domiciliada en Ipís de Guadalupe, Arte Floral Calathea Ltda. Se informa a los interesados, conforme artículo 207 del Código de Comercio, por un plazo de treinta días, a partir de la publicación.—San José, 12 de junio del 2012.—Lic. Juan José Rímolo Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2012074446).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas de hoy, protocolizo acta donde acuerdan disolución de compañía domiciliada en San José, José Rímolo e Hijos Ltda., se nombra a Sandra Rímolo Gambassi como liquidadora, y se informa a los interesados, conforme artículo 207 del Código de Comercio, por un plazo de treinta días, a partir de esta publicación.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012074447).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas de hoy, protocolizo acta donde acuerdan disolución de compañía domiciliada en San José, Roble Coral Siglo Veintiuno S. A., y se informa a los interesados, conforme artículo 207 del Código de Comercio, por un plazo de treinta días, a partir de esta publicación.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012074449).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy, protocolizo acta donde acuerdan disolución de compañía domiciliada en San José, Natirene S. A., y se informa a los interesados, conforme artículo 207 del Código de Comercio, por un plazo de treinta días, a partir de esta publicación.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012074451).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas de hoy, protocolizo acta donde acuerdan disolución de compañía domiciliada en San José, Administradores El Almirantazgo S. A., se nombra a Marco Antonio Rímolo Bolaños, liquidador, y se informa a los interesados, conforme artículo 207 del Código de Comercio, por un plazo de treinta días, a partir de esta publicación.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012074452).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas de hoy, protocolizo acta donde acuerdan disolución de compañía domiciliada en San José, Cirano del Norte S. A., y se informa a los interesados, conforme artículo 207 del Código de Comercio, por un plazo de treinta días, a partir de esta publicación.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012074453).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas de hoy, protocolizo acta donde acuerdan disolución de compañía domiciliada en San José, Industrias D.G. S. A., y se informa a los interesados, conforme artículo 207 del Código de Comercio, por un plazo de treinta días, a partir de esta publicación.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012074454).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas de hoy, protocolizo acta de la compañía de esta plaza, 3-101-569739 Ltda., reformando cláusulas segunda y sexta del pacto social, y nombrando gerente.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012074456).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas de hoy, se constituye la compañía limitada, domiciliada en San José, Excecutive Assistant Services Ltda. Representante: un gerente. Capital: suscrito y pagado.—San José, 8 de junio del 2012.—Lic. José Rafael Echeverría Zeledón, Notario.—1 vez.—(IN2012074458).

Por escritura ciento ochenta y ocho-siete, otorgada ante la notaría del Lic. Jorge Morales Fernández, a las trece horas del veintitrés de mayo del dos mil doce, se incrementó el capital social de la sociedad: Alfejo S. A.—Heredia, 22 de octubre del 2011.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2012074462).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del once de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Manolito Arrendamientos Sociedad Anónima, en la cual por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. Guillermo Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012074463).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del once de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Sara Arrendamientos Heredia Sociedad Anónima, en la cual por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. Guillermo Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012074464).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del once de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Masara de Concepción Sociedad Anónima, en la cual por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. Guillermo Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2012074465).

La suscrita notaria hago constar y doy fe que hoy, ante mí, se constituyó la empresa: Koltuv S.R.L.—San José, 7 de junio del 2012.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2012074487).

La suscrita notaria hago constar y doy fe que hoy, ante mí, se constituyó la empresa: Inversiones GVM Mil Novecientos Cincuenta y Tres S. A.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2012074488).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Palmalexa Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y un mil ochocientos cuarenta y ocho, en la que se modificó la cláusula segunda del domicilio social de la empresa, y la cláusula sétima de la administración.—San José, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2012074520).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día ocho de junio del dos mil doce, se fusionaron las sociedades: Sueños Bonitos WPM Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y nueve mil ochocientos noventa y cuatro, y la sociedad: Sueños Bonitos Vehiculares Ltda., con cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos ochenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y seis, prevaleciendo por absorción de la otra la sociedad: Sueños Bonitos Vehiculares Limitada.—San José, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2012074521).

Por escritura número ciento nueve, otorgada a las doce horas con treinta minutos del doce de julio del dos mil doce, se disuelve: Rogi Consultores Sociedad Anónima.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—(IN2012074529).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas treinta minutos del diez de julio del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad: Telefónica de Costa Rica TC Sociedad Anónima. Se acuerda modificar la cláusula quinta del capital social, y aumentar el capital social.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012074530).

En esta notaría, al ser las ocho horas veinte minutos del cinco de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de la empresa: Cronos de Garza S. A., en la que se reformó la totalidad del pacto social, y se hace nombramientos de gerentes.—San José, cinco de julio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2012074548).

Por escritura otorgada por esta notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de disolución de la sociedad: Mi Nosareña Luna Chiquitita S.R.L., cédula jurídica número tres-ciento dos-cinco cero nueve cero cinco ocho. Quien se considere afectado deberá comunicar por escrito la oposición en el domicilio de la empresa ubicado en provincia de San José, cantón de San José, distrito de Mata Redonda, Sabana Sur, setenta y cinco al sur de la Pops, o al fax: dos dos dos dos nueve seis cinco tres.—San José, a las nueve horas del nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2012074550).

En esta notaría, al ser las ocho horas del trece de julio del dos mil doce, se constituyó la empresa: VWR International Limitada. Gerente: James M. Kalinovich. Capital: cien mil colones. Domicilio: San José.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2012074553).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las once horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada: Oljo Alajuela S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno trescientos dos mil seiscientos dieciséis.—Heredia, 27 de junio del 2012.—Lic. José Miguel Hernández Matamoros, Notario.—1 vez.—(IN2012074575).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del 27 de junio del 2012, se protocolizó en lo conducente asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Alejandría Sociedad Anónima, y se modifica cláusula segunda.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Mario Saborío Rocafort, Notario.—1 vez.—(IN2012074578).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 21 de junio del 2012, se constituyó la fundación denominada: Fundación Carmen Naranjo Coto. Capital social: diez mil colones. Administración: junta directiva de cinco miembros. El presidente, ostenta la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado general sin límite de suma.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Mario Saborío Rocafort, Notario.—1 vez.—(IN2012074579).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del veinte de junio del dos mil doce, se protocolizó en lo conducente asambleas extraordinarias de socios de las sociedades denominadas: Topotur S. A., y La Chicharra de Islita S. A., mediante las cuales se fusionan por absorción, prevalece La Chicharra de Islita S. A., y se modifica la cláusula quinta.—San José, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Saborío Rocafort, Notario.—1 vez.—(IN2012074581).

El suscrito Walter Acosta Campos, notario público con oficina en Heredia, señala que ante su notaría, se presentó Ninette Zamora Zúñiga, Marco Antonio Arvide Loría, Ivonne Zamora Zúñiga, quienes vienen a constituir la sociedad denominada: Arvi-Zamo S. A., con un capital social: de diez mil colones, domiciliada: en San Pablo de Heredia, con una duración: de noventa y nueve años. Lo anterior consta en la escritura número doscientos treinta y uno, de las dieciocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Walter Acosta Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012074600).

Ante esta notaría, han comparecido Manuel Castro Calderón, Ana Ligia Miranda Matus, a disolver la sociedad: Namajo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-158792.—28 de junio de 2012.—Lic. Sandra Obando Juárez, Notaria.—1 vez.—(IN2012074602).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta número siete de asamblea general extraordinaria de socios de la  compañía:  Servicios  Médicos  de  Emergencia S. A., cédula jurídica Nº 3-101-112460, mediante la cual, por unanimidad se acuerda la disolución de la sociedad. Es todo.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Héctor Luis Venegas Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2012074605).

Por escritura número cien, otorgada ante mi notaría, en Carrillos de Poás de Alajuela, a las trece horas del veintiséis de mayo del dos mil doce, iniciada al folio ochenta y frente del tomo décimo de mí protocolo, los señores Natalia Apú Solano, y Rodolfo Apú Bolaños, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada: Genapu Limitada. Objeto: actividades de agricultura y ganadería, así como el comercio en el sentido más amplio. Gerente: Natalia Apú Solano.—Lic. Adriana Núñez Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2012074616).

Por escritura Nº 40 otorgada ante esta notaría, a las 18:19 horas del día 4 de julio del 2012, se disuelven las sociedades: Inversiones Lenfrangelin  de  Costa Rica  S. A., y  Romeralva S. A.—San José, 5 de julio del 2012.—Lic. Juan José Briceño Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2012074619).

De conformidad con lo establecido por el artículo diecinueve y doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, en la asamblea general extraordinaria cero uno-dos mil doce, por unanimidad de votos, la totalidad de los socios han acordado disolver la sociedad: Olman Chaves S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y nueve mil novecientos ochenta y seis, con domicilio social en Heredia, Urbanización La Esmeralda, costado norte del Colegio Manuel Benavides. Inscrita en Sección Mercantil del Registro Público al tomo: mil trescientos sesenta y cuatro; folio: cincuenta y siete; asiento: sesenta. Escritura número ciento quince-cuatro, otorgada en San Francisco de San Isidro de Heredia, a las catorce horas del veintitrés de junio del dos mil doce, visible su inicio en el folio ciento ochenta y nueve frente del tomo cuatro del protocolo del notario Carlos Eduardo Vargas Bolaños.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2012074636).

Por escritura número ciento cuarenta y dos, José Andrés Masís Calvo, otorgada ante esta notaría, a las trece horas del doce de julio del dos mil doce, se constituyó una sociedad denominada: Grupo LMS Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: el domicilio social será en la provincia de San José, Vargas Araya, de la Fundación Costa Rica-Canadá doscientos cincuenta metros suroeste, apartamento número uno. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su fecha de constitución. Capital social: doce mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Administración: a las gerentes, les corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2012074640).

Por escritura pública Nº 244-1, de las 12:20 horas del 14 de julio del 2012, autorizada por el notario público Herman Emilio García Osorio, se constituyó la empresa individual de responsabilidad limitada denominada: Comercializadora Tekun Umam E.I.R.L.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Herman Emilio García Osorio, Notario.—1 vez.—(IN2012074644).

Por escritura otorgada ante el notario público Otto Bonilla Fallas, se reformó el pacto social la sociedad anónima denominada: Discovery Travel S. A., revocando nombramientos de junta directiva y nombrando una nueva.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Otto Bonilla Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012074653).

Mediante escritura Nº 260 otorgada ante este notario, a las 10:00 horas del 27 de junio del 2012, se acuerda disolver la sociedad: 3-101-169518 Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-169518. Con base al artículo 207 Código de Comercio. Es todo.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2012074658).

Por escritura número ciento treinta y nueve-tres, de las dieciséis horas del día trece de julio del dos mil doce, otorgada ante el Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, la sociedad anónima denominada: Abreu y Abreu Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-uno cero uno-dos tres seis seis siete uno, reforma la cláusula número quinta del pacto social.—Alajuela, al ser las nueve horas del día dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2012074669).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día seis de julio del dos mil dos, se constituyó la sociedad: Wyogon Real Estate Limitada. Capital social: doce mil colones. Gerente y subgerente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, diez de julio del dos mil dos.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(IN2012074671).

Mediante escritura Nº 131-5, otorgada a las 09:00 horas del 11 de julio del 2012, se constituyó la sociedad denominada: Inversiones Mena y Mena de Centroamérica S. A. Plazo: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio: Cartago.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1 vez.—RP2012312452.—(IN2012074776).

Hoy protocolicé acuerdos de Inversiones M & M Perques, por los que se modificó la cláusula octava del pacto social.—Heredia, once de julio del dos mil doce.—Lic. Guillermo Salas Campos, Notario.—1 vez.—RP2012312548.—(IN2012074777).

Mediante escritura de las catorce horas del veintisiete de junio del dos mil doce, ante el notario Róger Solórzano Pacheco, se acuerda la disolución de la sociedad: Especialidades en Muebles de Cocina Sociedad Anónima, domiciliada: en San José, cédula jurídica número tres-ciento uno-cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y nueve.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Róger Solórzano Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2012312549.—(IN2012074778).

Mediante escritura pública número siete-ciento ochenta y seis, de las trece horas del nueve de julio del dos mil doce, otorgada en el protocolo siete de la notaria pública Ileanna Navarro Castro, mediante acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad anónima denominada: Inmobiliaria Horeb Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y cuatro mil ochocientos noventa y ocho, se modificaron los nombramientos de los miembros de la junta directiva.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Ileanna Navarro Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012312551.—(IN2012074779).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 12:15 horas del 12 de julio del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad: Fuente de Aguas Cristalinas CR S. A., donde se reforma las cláusulas segunda, décimo, sétima, vigésimo segunda, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Roxana María Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012312552.—(IN2012074780).

A las siete horas del doce de julio del dos mil doce, la asociación: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Los Ángeles de Cartago Norte y San Pedro, hace la modificación de su junta directiva, se comisionó al notario Tobías Gerardo Chacón Porras, para protocolizar el acta.—Lic. Tobías Gerardo Chacón Porras, Notario.—1 vez.—RP2012312553.—(IN2012074781).

Por asamblea general extraordinaria de socios de Talentos Biotecnológicos Sociedad Anónima, se acordó disolver esta sociedad, por lo que se otorga un plazo de treinta días a partir de su publicación en La Gaceta, para que cualquier interesado que se considere lesionado en sus derechos, se apersone a hacer sus manifestaciones. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del 26 de junio del año dos mil doce.—Lic. Randall Junnell Calvo Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312554.—(IN2012074782).

Por escritura otorgada a las 16:10 horas del 27 de junio del 2012, se disuelve la compañía Jardín Infantil My Little Club Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-495926.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012312556.—(IN2012074783).

En mí notaría a las dieciocho horas del día veintidós de junio del año dos mil doce, se ha constituido la sociedad denominada Academia Europea y Americana de Idiomas S. A., domiciliada en San Gabriel de Aserrí, de la guardia rural setenta y cinco metros sur y setenta y cinco metros este, con un capital social de cien mil colones exactos, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. Christian Vinicio Castro Marín, Notario.—1 vez.—RP2012312557.—(IN2012074784).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 11 de julio del 2012, se constituyó la sociedad La Cápsula Roja Sociedad Anónima.—San José, 11 de junio del 2012.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—RP2012312558.—(IN2012074785).

Por la escritura doscientos ocho, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del once de julio del dos mil doce, se constituyó la empresa L & A Consultores, con domicilio en Heredia, San Isidro, Concepción, 700 metros al norte, de la iglesia católica, calle Chilillal, número cincuenta y uno. Como presidente se nombró al señor Luis Rodolfo Amador Soto.—Ciudad Colón, 11 de julio de 2012.—Lic. Ana Marcia Aguiluz Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012312559.—(IN2012074786).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecisiete de mayo del dos mil doce, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como denominación social de acuerdo al número de consecutivo que el Registro Nacional le asigne. Domicilio: San José, San Francisco de Calle Blancos, Barrio Tournón, de la Cámara de Comercio, doscientos metros al este, Bufete Facio y Cañas. Presidenta: Virginia Hilda León Hernández. Capital social: un millón quinientos mil colones.—San José, junio del dos mil doce.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—RP2012312560.—(IN2012074787).

El suscrito Manuel Emilio Campos Alfaro, mayor de edad, casado en primeras nupcias, administrador, vecino de Heredia, San Rafael, Urbanización Piedra Blanca casa treinta y seis C, portador de la cédula de identidad número cuatro-ciento cuarenta y seis-cuatrocientos seis, en su condición de apoderado generalísimo de la Corporación del Obispo Presidente de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de Los Últimos Días, con cédula de persona jurídica número 3-002-45104, manifiesta que su representada es una organización sin ánimo de lucro constituida bajo las Leyes de Costa Rica.—Lic. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—RP2012312561.—(IN2012074788).

Se constituye, Comercializadora Tres Equis Sociedad Anónima. Presidente: Heriberto Abarca Valverde, portador de la cédula de identidad número uno-dos siete tres-tres ocho seis. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Gerardo Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012312563.—(IN2012074789).

Ante mí, Denia Vázquez Pacheco, notaría pública en escritura número doscientos cuarenta y siete se protocolizó el acta número uno del libro primero de la empresa Arenal Monkey Tour Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y ocho mil setecientos veinte, donde se acuerda reformar la cláusula número tercera, del pacto constitutivo.—Fortuna, San Carlos, seis de julio del dos mil doce.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—RP2012312564.—(IN2012074790).

En escritura de protocolización de acta, número 74 la sociedad Agencias de Seguridad Máxima, cédula jurídica 3-101-233940 comunica que realizó aumento de capital.—San José, 9 de julio del 2012.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012312565.—(IN2012074791).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se reformó la cláusula quinta del capital social de la sociedad Zija Costa Rica Services International S. R. L.—San José, 9 de julio del 2012.—Lic. Marianella Arias Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012312567.—(IN2012074792).

Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, los socios de Valguz S. A., solicitan al Registro Nacional la disolución de esa sociedad.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2012312568.—(IN2012074793).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas de hoy se constituyó la empresa Torregrossa Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Luis Barrantes Portuguez. Domicilio: San José. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Mario Rucavado Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012312569.—(IN2012074794).

Por escritura pública de las 8:30 horas, del once de julio del 2012, se reforma la cláusula quinta del capital de la sociedad Corporación Alepatos Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Rose Mary Carro Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2012312570.—(IN2012074795).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José, de las once horas del tres de julio del año dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Call Center Tamarindo Paradise S. A., presidente, secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012312571.—(IN2012074796).

Por escritura otorgada ente esta notaría al ser las dieciocho horas del día 12 de julio del 2012, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Eco Consulting KMP S. A. Objeto: Comercio en general, domicilio: Guanacaste, Santa Cruz.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012312573.—(IN2012074797).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 10:00 horas del 5 de julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza, denominada Azulandia S. A., se nombra nuevo presidente y fiscal y se modifica el domicilio.—Guanacaste, 5 de julio del 2012.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012312574.—(IN2012074798).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diecinueve horas, treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad anónima Galada DRG Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. José Antonio Jalet Brandt, Notario.—1 vez.—RP2012312577.—(IN2012074799).

El día 12 de julio del 2012, el suscrito notario Oscar José Porras Cascante, debidamente autorizado para protocolizar el acta de disolución Ojpoca Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos siete cinco tres tres dos.—Lic. Oscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—RP2012312578.—(IN2012074800).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 11 de julio del dos mil doce, se constituyó Boyd Coatings Research Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Los gerentes uno y dos son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Juan Carlos Cersosimo D’Agostino, Notario.—1 vez.—RP2012312579.—(IN2012074801).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaría pública de Alajuela, a las 11:00 horas del 10 de julio del 2012, se reformó las cláusulas segunda y novena, y se nombró nueva junta directiva de tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil novecientos seis S. A., cédula jurídica número 3-101-587906.—Alajuela, 10 de julio del 2012.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012312581.—(IN2012074802).

Ante mí, Hellen Cordero Mora, se disuelve Empaques y Regalos Marma S. A.—Heredia, 13 de julio del 2012.—Lic. Hellen Cordero Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012312582.—(IN2012074803).

Ante mí, Hellen Cordero Mora, se disuelve Direco de San José S. A.—Heredia, 13 de julio del 2012.—Lic. Hellen Cordero Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012312583.—(IN2012074804).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Sococo de Costa Rica Sociedad Anónima; mediante los cuales se disminuye el capital social mediante la absorción de la cuenta de pérdidas por diferencial cambiario, en la suma de cuatrocientos cinco dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y se reforma el capital social.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—RP2012312585.—(IN2012074805).

Se disuelve la entidad denominada, Ricanate Sociedad Anónima. No se nombra liquidador. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 11 de julio del 2012.—Lic. Carlos Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—RP2012312586.—(IN2012074806).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas, treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se constituye la sociedad Nación Bonanza de Concepción Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidente: Manuel Eduardo Agüero Abarca.—Pejibaye de Pérez Zeledón, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Barrantes Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012312587.—(IN2012074807).

Mediante escritura otorgada el día 12 de julio del 2012, se acuerda la liquidación de la sociedad Coolcar Publicidad CCP S. A.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012312588.—(IN2012074808).

Mediante escritura otorgada el día 10 de julio del 2012, se acuerda constituir la sociedad Batian Peak S. A.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012312589.—(IN2012074809).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la empresa denominada Zenaidura Limitada. Plazo: cien años. Capital social: doce mil colones. Administración: un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—RP2012312590.—(IN2012074810).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria donde se disuelve la sociedad Mercantil Centro Llantero San José S. A.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Gerardo Rodríguez León, Notario.—1 vez.—RP2012312591.—(IN2012074811).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas y treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria donde se disuelve la sociedad Mercantil Mega Pan S. A.—San José, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Mario Rojas Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012312592.—(IN2012074812).

Ante esta notaría mediante la escritura número noventa, de las trece horas y diez minutos del treinta y uno de mayo del 2012, del tomo dos de mi protocolo, que acuerda disolver la plaza Moondanger Holding Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-417868. Es todo.—San José, a los doce días del mes de julio del dos mil doce.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—RP2012312593.—(IN2012074813).

Ante esta notaría mediante la escritura número noventa y cuatro, de las ocho horas del ocho de junio del 2012, del tomo dos de mi protocolo, que acuerda disolver la plaza Condominios Dorados Guachipelín Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-285623. Es todo.—San José, a los doce días del mes de julio del dos mil doce.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—RP2012312594.—(IN2012074814).

Ante esta notaría mediante la escritura número ochenta y nueve, de las trece horas del treinta y uno de mayo del 2012, del tomo dos de mi protocolo, que acuerda disolver la plaza Camel Hump Holdings Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-417212. Es todo.—San José, a los doce días del mes de julio del dos mil doce.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—RP2012312595.—(IN2012074815).

Ante esta notaría mediante la escritura número noventa y cinco, de las ocho horas y diez minutos del ocho de junio del 2012, del tomo dos de mi protocolo, que acuerda disolver la plaza Unicornio Tierra Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-294829. Es todo.—San José, a los doce días del mes de julio del dos mil doce.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—RP2012312597.—(IN2012074816).

Maricela Alpízar Chacón, Nº 4-238 de las 19:00 horas del 10 de junio del 2012, protocoliza acta de Cortico Internacional S. A., reforma el domicilio de la sociedad nuevo domicilio social: Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, contiguo al Hotel Bougainvillea Condominio Jardines de Santo Tomás.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—RP2012312600.—(IN2012074817).

Por escritura número ciento veinticuatro-uno, otorgada ante la notaría pública Karla Corrales Gutiérrez, a las 9:00 horas del día 11 de julio del 2012, se reforma la cláusula vigésima primera del pacto constitutivo de la sociedad denominada Farmac Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Karla Corrales Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2012312605.—(IN2012074818).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil trescientos S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las trece horas, cuarenta minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312606.—(IN2012074819).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil trescientos veinticinco S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las nueve horas, quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312607.—(IN2012074820).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil doscientos noventa y uno S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312608.—(IN2012074821).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil trescientos tres S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas, cuarenta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312609.—(IN2012074822).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil doscientos noventa y ocho S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diez horas, cuarenta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312610.—(IN2012074823).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Desarrollos Urbanísticos MTJFK Diecisiete PPP S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diecisiete horas, cinco minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312611.—(IN2012074824).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil trescientos dieciséis S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas, quince minutos del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312612.—(IN2012074825).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil ciento ochenta y nueve S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las once horas, treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312613.—(IN2012074826).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y siete mil novecientos ochenta y cinco S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312614.—(IN2012074827).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil doscientos veintiséis S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las ocho horas, cuarenta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312616.—(IN2012074828).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil nueve S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las nueve horas, quince minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312617.—(IN2012074829).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil setecientos veintiocho S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas, cuarenta y cinco minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012312618.—(IN2012074830).

La suscrita notaría, Pamela Cerdas Cerdas, hace constar que en acta número cuatro de asamblea general de accionistas, celebrada el día veintiocho de junio del dos mil doce, al ser las ocho horas, se acordó por unanimidad, la disolución de la sociedad PH PK Investments Partners Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Pamela Cerdas Cerdas, Notaria.—1 vez.—RP2012312619.—(IN2012074831).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil trescientos ochenta y seis S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012312620.—(IN2012074832).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil trecientos treinta y uno S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas, treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012312621.—(IN2012074833).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil setecientos ochenta y seis S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012312622.—(IN2012074834).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Desarrollos Urbanísticos Segmento MTJFK Doce LLL S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diecisiete horas, veinticinco minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312624.—(IN2012074835).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil ciento treinta y cinco S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas, quince minutos del dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312625.—(IN2012074836).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil trescientos treinta y siete S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las ocho horas, treinta minutos del veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312626.—(IN2012074837).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil trescientos cincuenta S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas, veinticinco minutos del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312627.—(IN2012074838).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil doscientos veintitrés S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312628.—(IN2012074839).

Se deja constancia que en esta notaría Cruz del Lago Sociedad Anónima, el cuatro de julio del dos mil doce, mediante escritura otorgada a las doce horas protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios, en la cual se hacen cambios en la junta directiva. Presidente: Gabor Soos.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—RP2012312630.—(IN2012074840).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos sesenta y cinco mil cuatrocientos dos S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas, treinta y cinco minutos del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312632.—(IN2012074841).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil seiscientos doce S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diez horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312634.—(IN2012074842).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Desarrollos Urbanísticos Segmento MTJFK Uno AAA S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diecisiete horas, cuarenta y cinco minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312635.—(IN2012074843).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y siete S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las ocho horas del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312636.—(IN2012074844).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil trescientos veintisiete S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las once horas, cuarenta minutos del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312637.—(IN2012074845).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Desarrollos Urbanísticos Segmento MTJFK Catorce NNN S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas, cincuenta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312638.—(IN2012074846).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil ciento diecinueve S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las ocho horas, quince minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312639.—(IN2012074847).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil ciento cuarenta y cinco S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diecisiete horas, cincuenta y cinco minutos del dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312640.—(IN2012074848).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Concreto Rápido S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las trece horas del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012312641.—(IN2012074849).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Inmobiliaria Casa Sofía Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ochenta y cinco mil quinientos dieciocho. En la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las doce horas, treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312642.—(IN2012074850).

Se procede a la disolución de las sociedades denominadas Comando Sesenta y Seis Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-292640, Software de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-384319.—Veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Alejandro Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012312643.—(IN2012074851).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Desarrollo José y Clarence Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y tres mil novecientos cuarenta. En la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312644.—(IN2012074852).

Al ser las 10:00 horas del 29 de junio del 2012, se protocoliza disolución de Todo en Acabados Selah S. A. Presidente: Jorge Quirós Acuña.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012312646.—(IN2012074853).

Por medio de la escritura número diecinueve del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en mí notaría en Cartago, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó disolver, acorde al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, la sociedad Compañía Internacional de Consultores Aeronáuticos S. A.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—RP2012312650.—(IN2012074854).

Por medio de la escritura número dieciocho del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en mí notaría en Cartago, a las diez horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó disolver, acorde al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, la sociedad Consorcio Ami S. A.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—RP2012312651.—(IN2012074855).

Por escritura número 124 otorgada a las 9:30 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Interiors 5-2 Sociedad Anónima, en español Interior Urbano 5-2 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Interiors Sociedad Anónima, en español Interior Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313090.—(IN2012075856).

Por escritura número 125 otorgada a las 9:40 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Gallery 6-1 Sociedad Anónima, en español Galería Urbano 6-1 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Gallery Sociedad Anónima, en español Galería Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313091—(IN2012075857).

Por escritura número trescientos treinta y cuatro del protocolo catorce del suscrito notario, de las dieciséis horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada por su cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos sesenta y nueve mil ciento uno sociedad anónima, donde se acordó la disolución de esa sociedad.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—RP2012312654.—(IN2012074858).

Por escritura número 127 otorgada a las 10:00 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Space 7-1 Sociedad Anónima, en español Espacio Urbano 7-1 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Space Sociedad Anónima, en español Espacio Urbano Sociedad Anónima.—San José 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313093.—(IN2012075859).

Por medio de la escritura número veintiuno del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en mí notaría en Cartago, a las doce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se acordó disolver, acorde al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, la sociedad Disol Comercial DCA S. A.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—RP2012312656.—(IN2012074860).

Por escritura otorgada ante la notaría del Lic. Rubén Rojas Castillo de las ocho horas del día diez de julio del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Servicio de Turismo Médico y Aventura S. A. se revoca nombramiento del presidente, secretario y fiscal. Se cambia nombre de la sociedad y se nombra a José Milanés, Fabricio Mora Garbanzo y Esteban Chavea Huertas. Once de julio del dos mil doce.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012313098.—(IN2012075861).

Mediante escritura autorizada por mí, a las nueve horas del diecisiete de julio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Villa Gateshead Diez Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil seiscientos setenta y seis; mediante la cual se transformó a Villa Gateshead Diez Sociedad de Responsabilidad Limitada, y en virtud de ello se modifica la totalidad del pacto constitutivo.—San José, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012313108.—(IN2012075862).

Por escrituras otorgadas ante este notario, a las diez horas treinta minutos, a las once horas, a las once horas treinta minutos, a las doce horas y a las doce horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, se protocolizaron las actas de asamblea general extraordinaria de socios de las compañías Analítica Internacional RL Sociedad Anónima; Comercializadora Atlántica del Oeste Sociedad Anónima; Analítica Hanover Internacional Mo Sociedad Anónima; Cotoso Sociedad Anónima y Sociedad Agrícola Miriam Limitada mediante la cual se disuelven las sociedades.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012313109.—(IN2012075863).

Por medio de la escritura número veintitrés del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en mí notaría en Cartago, a las quince horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizaron acuerdos para disolver, acorde al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, la sociedad Murisol DDK S. A.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—RP2012312661.—(IN2012074864).

Por medio de la escritura número veinte del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en mí notaría en Cartago, a las once horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se acordó disolver, acorde al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, la sociedad Rutas Comerciales RyA Limitada.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—RP2012312662.—(IN2012074865).

Por medio de la escritura número veintiséis del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en mí notaría en Cartago, a las dieciocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizaron acuerdos para disolver, acorde al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio, la sociedad Central de Telemercadeo S. A.—Cartago, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—RP2012312664.—(IN2012074866).

Por escritura número 130 otorgada a las 10:30 horas de, 13 de julio del 2012 se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Unique 9-2 Sociedad Anónima, en español, Único Urbano 9-2 Sociedad Anónima para formar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Unique Sociedad Anónima, en español, Único Urbano Sociedad Anónima.—San José 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313113.—(IN2012075867).

Por escritura número 128 otorgada a las 10:10 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Place 7-2 Sociedad Anónima, en español Lugar Urbano 7-2 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Place Sociedad Anónima, en español Lugar Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313114.—(IN2012075868).

Mediante escritura número ciento cuatro, a las  14:00 horas del día 5 de julio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de 494448 S. A. celebrada en el domicilio social a las 18 horas del 27 de junio del 2012, por virtud de la cual se modifica las cláusulas primera y segunda de los estatutos, se cambian los nombramientos de junta directiva.—Lic. Maynor Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012313116.—(IN2012075869).

En mí notaría, se reformaron las cláusulas segunda y décima de los estatutos de Productos Farmacéuticos San Benito Sociedad Anónima. Se nombra nueva junta directiva.—Hojancha, 14 de junio del 2012.—Lic. Greiman Herrera Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2012312668.—(IN2012074870).

En mí notaría, se reformó la cláusula décima de los estatutos de Jaguarundi de Sámara Sociedad Anónima. Se nombra nueva junta directiva.—Hojancha, 12 de julio del 2012.—Lic. Greiman Herrera Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2012312669.—(IN2012074871).

Industrias Cinco de Centroamérica Sociedad Anónima, modifica cláusula cuarta. Escritura otorgada en Moravia, a las 16:00 horas del 28 de junio del 2012.—Lic. John Brenes Ortiz, Notario.—1 vez.—RP2012312670.—(IN2012074872).

La suscrita notaria hace constar que hoy, se otorgó escritura de disolución de Alimentos Castelodile Sociedad Anónima, domiciliada en San José, La Uruca, de la Pozuelo, 200 norte y 250 noroeste y cédula jurídica Nº 3-101-356937, de conformidad con el transitorio II de la Ley Nº 9024 e inciso d) del artículo 201 del Código de Comercio y apartado VI de la Directriz Nº 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas, cualquier interesado en oponerse judicialmente a esta disolución puede hacerlo dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012312672.—(IN2012074873).

Por escritura otorgada a las nueve horas quince minutos del veintiocho de junio de dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo unánime de socios, se acuerda disolver la sociedad RR Santos PC Limitada cédula jurídica tres-ciento dos-tres cinco siete ocho dos seis, de conformad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Gerente: Rodrigo Alberto Jiménez Robles.—San Marcos de Tarrazú, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Heilyn Valverde Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012313132.—(IN2012075874).

El suscrito notario público Lic. Marvin Cerdas Cerdas, hace constar que en escritura número ciento setenta y cinco, visible al folio setenta y uno frente, del tomo noveno de su protocolo, y misma otorgada a las diez horas del diez de julio del dos mil doce, se reformó las cláusulas sexta y novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Walesca Sociedad Anónima.—Lic. Marvin Cerdas Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012312674.—(IN2012074875).

Por escritura número 135 otorgada a las 11:10 horas del 13 de julio del 2012 se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Metrópolis 9-1 Sociedad Anónima, en español, Metropoli Urbano 9-1 Sociedad Anónima, para reformar las cláusulas primera y segunda de sus estatutos de manera que se modifica su nombre por Urban Metrópolis Sociedad Anónima, en español, Metrópoli Urbano Sociedad Anónima y su domicilio social será en San José, distrito Zapote, del cantón de San José, del Automercado Los Yoses, 75 metros al sur, edificio San Ignacio, oficina número 3.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313134.—(IN2012075876).

Por escritura número 136 otorgada a las 11:15 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban View 3-2 Sociedad Anónima, en español Vista Urbano 3-2 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban View Sociedad Anónima, en español Vista Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313135.—(IN2012075877).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del 13 de julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Marbella Highland Sociedad Anónima. En la cual se reforma el pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—RP2012312677.—(IN2012074878).

Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad compañía tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos ocho sociedad anónima, celebrada al ser las catorce horas y cincuenta minutos del día cuatro de junio del dos mil doce, en donde se reforma la cláusula primera. Es todo.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—RP2012312678.—(IN2012074879).

Por escritura número ochenta y tres de las ocho horas del día veinticinco de junio del año dos mil doce, otorgada en la notaría que se dirá, se disuelve la sociedad denominada: Expresiones Cartago S. A., con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cero noventa y cinco mil seiscientos setenta y tres.—Lic. Jacqueline Martínez Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012312679.—(IN2012074880).

Por escritura número 202 otorgada ante el suscrito notario a las 14:00 horas del 10 de julio del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de Oficina Tecninova S. A., en los que se reforman las cláusulas de capital social: ¢600.000,00 representado por seis acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y la representación: la tendrán el presidente y el secretario de la junta directiva.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2012312682.—(IN2012074881).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario público en la dudad de San José, a las 10:00 horas del 11 de julio del 2012, protocolicé el acta de asamblea general de socios de la empresa Inversiones Carliza S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cinco mil ochocientos setenta, mediante la cual se acuerda disolver la compañía.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Miguel Herrera González, Notario.—1 vez.—RP2012312683.—(IN2012074882).

En esta notaría, al ser las nueve horas treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil doce, se disolvió Piedra del Ángel Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dieciséis de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Alonso Arias Castro, Notario.—1 vez.—RP2012312685.—(IN2012074883).

En esta notaría, al ser las nueve horas del dieciséis de junio del dos mil doce, se disolvió Hacienda Tiempos Mejores Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dieciséis de junio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Alonso Arias Castro, Notario.—1 vez.—RP2012312686.—(IN2012074884).

En esta notaría, al ser las nueve horas quince minutos del dieciséis de junio del dos mil doce, se disolvió Karja Siete Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dieciséis de junio de dos mil doce.—Lic. Mauricio Alonso Arias Castro, Notario.—1 vez.—RP2012312687.—(IN2012074885).

Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día once de julio del año dos mil doce, en esta notaría se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Paseo del Sena Sociedad Anónima, realizando sustitución del fiscal y nombramiento por todo el periodo fiscal.—San José, doce de julio del año dos mil doce.—Lic. Eugenia Gutiérrez Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012312688.—(IN2012074886).

Por escritura otorgada a las once horas del día once de julio del año dos mil doce, en esta notaría se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El Arte Gótico Europeo Sociedad Anónima, realizando sustitución del fiscal y nombramiento por todo el periodo fiscal.—San José, doce de julio del año dos mil doce.—Lic. Eugenia Gutiérrez Masís, Notaria.—1 vez.—RP2012312689.—(IN2012074887).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Mammylock de Costa Rica S. A., en la que por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9024 y con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, se acordó su disolución.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312692.—(IN2012074888).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:50 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad La Casa de los Aditamentos S. A., en la que por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9024 y con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, se acordó su disolución.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312693.—(IN2012074889).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:45 horas del día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ensamble Rucasew S. A., en la que por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9024 y con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, se acordó su disolución.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312694.—(IN2012074890).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos doce mil cuatrocientos treinta y cuatro s. a. en la que por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9024 y con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, se acordó su disolución.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312695.—(IN2012074891).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del día de hoy por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9024, y con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, se acordó la disolución de la sociedad denominada Tres Mil Veinte S. A..—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312696.—(IN2012074892).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:15 horas del día de hoy por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9024 y con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, se acordó la disolución de la sociedad denominada Escuela Metropolitana S.A..—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312697.—(IN2012074893).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del día de hoy por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9024 y con fundamento en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acordó la disolución de la sociedad denominada Agroindustrial Barhnos S.A..—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312698.—(IN2012074894).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:50 horas del día de hoy por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9024 y con fundamento en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acordó la disolución de la sociedad denominada Doce Cero Cuatro S. A..—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312699.—(IN2012074895).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:45 horas del día de hoy por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Lev 9024 y con fundamento en el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio, se acordó la disolución de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos veintisiete mil treinta y ocho s. a..—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312700.—(IN2012074896).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:55 horas del día de hoy por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9024 y con fundamento en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acordó la disolución de la sociedad denominada Optapodus S. A..—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312701.—(IN2012074897).

Mediante escritura 2-64, de las 8 horas del 11 de julio del 2012, notaria Francela Rivera López, del tomo 2, protocoliza nueva junta directiva de Asociación Pro-Bienestar del Anciano en Hatillo, cédula jurídica 3-002-087153 presidenta: Hellen Pérez Quirós, mayor, divorciada, psicóloga, cédula 1-779-448, vicepresidenta: María de los Ángeles Rodó Muñoz, mayor, viuda, ama de casa, cédula 1-280-573, tesorero: Gilberth Duarte Badilla mayor, comerciante, casado 2 veces, cédula 1-499-881, secretaria María del Carmen Quesada Agüero, mayor, casada una vez, secretaria, cédula 6-076-471, vocales: María Eugenia Cruz Dávila, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 1-320-406, Zoily Borbón Barrantes, mayor, ama de casa, casada una vez, cédula l-641-512, Cecilia Vargas Fallas, mayor, soltera, secretaria, cédula l-327-006, todos vecinos y domicilio social Hatillo 5, del multifamiliar 200 metros oeste, local de la Iglesia Bíblica Getsemaní. Es todo.—Lic. Francela Rivera López, Notaria.—1 vez.—RP2012312703.—(IN2012074898).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:15 horas del día de hoy por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9024, y con fundamento en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acordó la disolución de la sociedad denominada Mil Seiscientos S. A..—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312704.—(IN2012074899).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día de hoy, por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9024, y con fundamento en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acordó la disolución de la sociedad denominada Consultores Industriales de Centroamérica y del Caribe S. A..—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312705.—(IN2012074900).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:30 horas del día de hoy, por acuerdo unánime de socios, de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9024, y con fundamento en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se acordó la disolución de la sociedad denominada Cinco Mil Uno S. A..—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312706.—(IN2012074901).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 10 de julio del 2012, se reformó la junta directiva de Desarrollo Vacacional Solymar S. A.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Emmanuel Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012312709.—(IN2012074902).

Cindy Villalobos Valverde, acuerda disolver la sociedad por ser la única dueña del total de cuotas del capital social de la sociedad 3-101-499853 S. A., cédula jurídica número 3-101-499853. Ante Lic. Criselda Valverde Elizondo.—Guápiles, a las once horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Criselda Valverde Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2012312710.—(IN2012074903).

Cindy Villalobos Valverde, acuerda disolver la sociedad por ser la única dueña del total de cuotas del capital social de la sociedad Electro San Martín SRL, cédula jurídica número 3-102-155090. Ante Lic. Criselda Valverde Elizondo.—Guápiles, a las once horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Criselda Valverde Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2012312711.—(IN2012074904).

La suscrita notaria hace constar y da fe que mediante la escritura número doscientos uno-dos, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad H y N Inversiones del Cañón Ltda., en la cual se acordó modificar las cláusulas: i) Segunda del domicilio; ii) Sétima de la administración. Es todo.—San José, 15 de mayo del 2012.—Lic. Gueneth Marjorie Williams Mullins, Notaria.—1 vez.—RP2012312713.—(IN2012074905).

El día 12 de julio del año 2012, ante esta notaría se protocolizó acta de la sociedad Servicios y Transportes Calfer Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-517465, en la cual se modifica la cláusula sexta, hacen nombramientos de junta directiva y ceden acciones.—Cartago, doce de julio del año dos mil doce.—Lic. Rodolfo Camacho Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012312714.—(IN2012074906).

El día dos de julio del año dos mil doce, ante esta notaría se protocolizó acta de la sociedad Cosusa Innovaciones Tropical Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-603208, en la cual se hacen nombramientos de junta directiva.—Cartago, dos de julio del año dos mil doce.—Lic. Rodolfo Camacho Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012312715.—(IN2012074907).

A las 20 horas del 11 de julio del 2012, protocolicé asamblea general extraordinaria de socios de la entidad Enekasera Sociedad Anónima, en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—RP2012312716.—(IN2012074908).

A las 21 horas del 11 de julio del 2012, protocolicé asamblea general extraordinaria de socios de la entidad Gariuga Sociedad Anónima, en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—RP2012312717.—(IN2012074909).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de RMG Asesoría Estratégica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa mil ciento treinta y ocho. Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—Cartago, veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Betzi Zúñiga Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012312718.—(IN2012074910).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, compareció la totalidad del capital social de la sociedad denominada Gugui del Oriente Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y nueve mil ochocientos ochenta. Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad. El presente edicto es copia fiel y exacta de su original digital.—Cartago, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Betzi Zúñiga Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012312719.—(IN2012074911).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, compareció la totalidad del capital social de la sociedad denominada Estética Dental Lafare Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y cuatro mil ciento sesenta y nueve. Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad. El presente edicto es copia fiel y exacta de su original digital.—Cartago, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Carolina Gutiérrez Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012312720.—(IN2012074912).

Por escritura número ciento nueve de las ocho horas del doce de julio del dos mil doce, se constituye sociedad anónima denominada Instituto Culinario La Nouvelle Cuisine Sociedad Anónima, capital social doce mil colones, presidente representante judicial y extrajudicial.—Lic. Marvin Alfaro Chacón y Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notarios.—1 vez.—RP2012312721.—(IN2012074913).

Por escritura número 365-7 otorgada ante el notario público Félix Rodríguez Rojas al ser las 14 horas con 46 minutos del día 25 de junio del año 2012, se acordó disolver la sociedad, denominada Hijaru S. A., cédula jurídica 3-101-260994.—Ciudad Quesada, al ser las 9 horas con 32 minutos del día 26 de junio del año 2012.—Lic. Félix Rodríguez Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012312722.—(IN2012074914).

Por escritura número 66 otorgada a las 13:00 horas del 12 de julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la compañía Suplilab Sociedad Anónima, mediante la cual se revocan y nombran tesorero, secretario y fiscal.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Humberto Gómez Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012312724.—(IN2012074915).

Por escritura número ciento sesenta y seis se reforma cláusula segunda y sétima de la sociedad denominada Promotores de Vivienda y Urbanismo Sociedad Anónima.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Alessio Blandón Castellón, Notario.—1 vez.—RP2012312727.—(IN2012074916).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las once horas del catorce de mayo del dos mil doce, se disolvió la sociedad Platanales de La Mona Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-311622, por acuerdo de socios, con fundamento en el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—San José, 11 de mayo del 2012.—Lic. Erick Duarte Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012312729.—(IN2012074917).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintitrés de mayo del dos mil doce, se procedió a la disolución de la sociedad D Y K Dakar Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-248556, por acuerdo de socios, con fundamento en el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—San José, 25 de mayo del 2012.—Lic. Erick Duarte Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012312730.—(IN2012074918).

Por escritura ochenta y cuatro-cuatro, otorgada en Cariari, Pococí, a las siete horas del trece de julio del dos mil doce, ante el suscrito notario, se protocoliza acta de modificación de cláusulas uno, dos, cuatro, seis y diez, del pacto constitutivo de: tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil setecientos once s. a., que se modifica a: Comunimedia S. A., cédula: tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil setecientos once. Se nombra junta directiva y fiscal. No se nombra agente residente. Domicilio social: provincia: San José, cantón: Goicoechea, distrito: Calle Blancos, Montelimar, de la entrada principal Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, setenta y cinco metros al norte, a mano izquierda casa color terracota, portón negro.—Cariari, Pococí, siete horas quince minutos del trece de julio del dos mil doce.—Lic. Giovanni José Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—RP2012312731.—(IN2012074919).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 14:00 horas del 12 de julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo de Inversiones P. H. S. Sociedad Anónima (la compañía), cédula de persona jurídica número 3-101-571866, mediante la cual se acordó reformar la cláusula octava, de la representación del pacto constitutivo de la compañía.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Rafael Arturo Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—RP2012312733.—(IN2012074920).

Ante esta notaría, mediante la escritura número ciento cuarenta y dos otorgada a las diez horas del diez de julio del dos mil doce, se modifican los siguientes estatutos de la sociedad El Escondite de Rizzo Sociedad Anónima, para que en adelante se lean: Primera: La sociedad se denominará Energía Deportiva Sociedad Anónima. Quinta: Capital social. Dos mil colones representados por cuatro acciones comunes y nominativas de quinientos colones cada una. Décima: La sociedad estará administrada por una junta directiva de cuatro miembros, Undécima: La representación, presidente.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012312734.—(IN2012074921).

Ante esta notaría, mediante la escritura número ciento cuarenta y cuatro otorgada a las catorce horas del diez de julio del dos mil doce, se modifican los siguientes estatutos de la sociedad Gossips Sociedad Anónima, para que en adelante se lean: Décima: La sociedad estará administrada por una junta directiva de tres miembros. Undécima: La representación, presidente.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012312735.—(IN2012074922).

La suscrita notaria, Alejandra Grandoso Lemoine, carné 8699, hace constar que ante esta notaría por escritura número doscientos setenta y nueve-trece del tomo trece del protocolo de la suscrita notaria, otorgada a las quince horas del diez de julio del año dos mil doce, se disolvió la sociedad Luz Led International INT S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-seiscientos cincuenta y siete mil cuatrocientos treinta y dos.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine, Notaria.—1 vez.—RP2012312736.—(IN2012074923).

Las señoras Karla Mora Sáenz y Katherinne Mora Sáenz constituyen sociedad anónima que se denomina High DEF Digital de Costa Rica Sociedad Anónima. Registro Público Sección Mercantil. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 12:00 horas del día 12 de julio del 2012.—Lic. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012312737.—(IN2012074924).

Las señoras Karla Mora Sáenz y Katherinne Mora Sáenz constituyen sociedad anónima que se denomina Mobile Media de Costa Rica Sociedad Anónima. Registro Público Sección Mercantil. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 12:10 horas del día 12 de julio del 2012.—Lic. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012312738.—(IN2012074925).

En esta notaría mediante escritura de las 15:00 horas y 16:00 horas del 12 de julio del año 2012, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de las sociedades: Autotransportes San Antonio S. A. y Transbosque Pacífica S. A., en las que, en ambas se aumenta capital y se reforma cláusula quinta de los estatutos.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Kadir Cortés Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012312739.—(IN2012074926).

En esta notaría mediante escrituras de las 8:00 horas, 8:20 horas, 8:40 horas, 9:00 horas, 9:30 horas y 10:00 horas, todas del 28 de junio del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de las sociedades: Biratnagar Corporation S. A., Proyectos de Ingeniería S. A., M & H Grupo Profesional S. A., La Feria del Queso Alajuelita S. A., Tintorius de España S. A, y AMX Aremex S. A., en las que se toman acuerdos para su disolución.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Grettel Zúñiga Tortós, Notaria.—1 vez.—RP2012312740.—(IN2012074927).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 28 de junio del 2012, los señores Miguel Ángel Mena Solano, cédula uno-setecientos cincuenta y seis-cuatrocientos cincuenta y ocho y Ernesto Javier Núñez Alfaro, cédula dos-trescientos cincuenta y seis-quinientos ochenta y seis, acuerdan la disolución de Equs Technologies S. A., cédula jurídica 3-101-518694.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. María Gabriela Ulloa Raabe, Notaria.—1 vez.—RP2012312741.—(IN2012074928).

Yo, María Gabriela Ulloa Raabe, notaría pública de San José, a las 20:00 horas del 6 de julio del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general de socios de Miremur MMN S. A., cédula jurídica 3-101-630360, donde se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombra nuevo secretario y tesorero.—Lic. María Gabriela Ulloa Raabe, Notaria.—1 vez.—RP2012312742.—(IN2012074929).

Por escritura otorgada a las ocho horas, treinta minutos del día veintinueve de junio del año dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Construtora Serrano O López S. A. cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y tres mil ochocientos cinco.—San José, doce de julio del año dos mil doce.—Lic. Marcelo José Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012312743.—(IN2012074930).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 13 de julio del año 2012, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Plaza Comercial Casa Vieja Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-629563, en la cual se aumentó el capital social en la suma de ¢99.990.000 colones y se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo en cuanto al capital social.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012312744.—(IN2012074931).

Rosalex Sociedad Anónima, reforma las cláusulas segunda, sexta y sétima del pacto constitutivo y hace nombramientos. Escritura otorgada en San José, a las once horas del veintiocho de junio del año dos mil doce, ante el notario: Humberto Jarquín Anchía.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—RP2012312271.—(IN2012074932).

Que por escritura número 63, visible a folio 58 frente, se constituyó la empresa representada por la gerente Linda Rochford (nombres) Gray (apellido) denominada Blue Heaven Rendezvous S. R. L., el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada. Todas visibles en el tomo 20 del protocolo del suscrito notario público, licenciado Eduardo Abarca Vargas, carné 9005. Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, a las 7:00 horas del 11 de julio del año 2012.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012312272.—(IN2012074933).

Que por escritura número 37, visible a folio 34 vuelto se constituyó la empresa representada por el gerente Alayna Joy (nombres) Bloom (apellido) denominada Smaragdus Somnium S. R. L., el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada. Todas visibles en el tomo 20 del protocolo del suscrito notario público, licenciado Eduardo Abarca Vargas carné 9005. Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, a las 7:00 horas del 11 de julio del año 2012.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012312273.—(IN2012074934).

Al ser las doce horas del diez de julio del año dos mil doce, mediante la escritura once-treinta y tres, otorgada ante el notario público Alexánder Elizondo Quesada, se constituyó la sociedad Grupo Umanzor Sociedad de Responsabilidad Limitada, de la cual el gerente es Ángel Arquímedes Umanzor Herrera, cédula de residente permanente número uno dos dos dos cero cero dos cuatro cinco ocho cero cinco y la subgerente es Vilma Argentina Jiménez Villatoro, cédula de residencia número uno dos dos dos cero cero dos cuatro cinco siete tres cinco.—San Isidro de Pérez Zeledón, el día diez de julio del año dos mil doce.—Lic. Alexánder Elizondo Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012312274.—(IN2012074935).

Mediante escritura número ciento noventa y ocho-nueve, otorgada ante esta notaría, al ser las ocho horas del día once de julio del año dos mil doce, se hacen modificaciones parciales en cláusulas del pacto constitutivo de la empresa Multillantas Paquita Número Uno Sociedad Anónima. Presidente: Maximino Tencio Alfaro. Capital social: diez mil colones, notario público: licenciada María Vita Monge Granados.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, once de julio del año dos mil doce.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—1 vez.—RP2012312275.—(IN2012074936).

Que por escritura número tres-treinta y tres, otorgada a las ocho horas del diez de julio del año dos mil doce, ante el notario público Alexánder Elizondo Quesada, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Barchica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y tres mil novecientos noventa y cinco, en la cual se realiza cambio de junta directiva.—San Isidro de Pérez Zeledón, diez de junio del año dos mil doce.—Lic. Alexánder Elizondo Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012312276.—(IN2012074937).

Por escritura autorizada a las quince horas de hoy protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de socios de Marfepi Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula sétima de sus estatutos, en cuanto a la administración de la sociedad; se reorganiza la junta directiva, se nombra fiscal, se confiere poder generalísimo y se elimina el agente residente.—San José, once de julio del año dos mil doce.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2012312279.—(IN2012074938).

A las 16:00 horas del 9 de julio del 2012, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Excursiones Cisca Ltda., con domicilio en San Andrés de San Isidro del General de Pérez Zeledón de San José, trescientos metros norte y cien metros este de la plaza de deportes del lugar, corresponderá al presidente Adrián Cisneros Campos, cédula número 1-1073-150, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro del General, Pérez Zeledón, catorce horas del 11 de julio del 2012.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—RP2012312280.—(IN2012074939).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas del veintidós de junio del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar la sociedad: Ventosus Montis Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos tres mil seiscientos cuatro. En las cuales no se nombró liquidador.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012312281.—(IN2012074940).

Por escritura ciento diez, de las trece horas, treinta minutos del ocho de junio del dos mil doce, del tomo tercero del protocolo del notario David Zúñiga Jiménez se constituyó la sociedad Ruby Martes S. R. L. quedando como gerente: Kais Adnan Faddah. Capital: diez mil colones. Es todo.—Pérez Zeledón, al ser las siete horas del cinco de julio del dos mil doce.—Lic. Jefté David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012312282.—(IN2012074941).

Ante mí notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día cinco de junio del dos mil doce, se solicita el cambio de miembros de la sociedad: Mark Twain del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos dos mil cuatrocientos.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012312283.—(IN2012074942).

Ante mí notaría, por escritura otorgada a las diez horas del día veinticuatro de mayo del dos mil doce, se solicita el cambio de domicilio y miembros de la sociedad: Summer Sky Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta mil trescientos veintidós.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012312284.—(IN2012074943).

En mí notaría a las trece horas, cuarenta minutos del veintinueve de junio del año dos mil doce Inversiones Jorkafa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintiséis mil novecientos cincuenta, disuelven sociedad anónima.—Pérez Zeledón, veintinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012312285.—(IN2012074944).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas del veintidós de junio del dos mil doce, se acuerda disolver y liquidar la sociedad: Las Chicas Valientes del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos cuatro mil doscientos. En las cuales no se nombró liquidador.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012312286.—(IN2012074945).

En mí notaría a las trece horas, treinta minutos del veintinueve de junio del año dos mil doce tres-ciento uno-seiscientos un mil ochocientos ochenta y siete sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos un mil ochocientos ochenta y siete, disuelven sociedad anónima.—Pérez Zeledón, veintinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012312287.—(IN2012074946).

Ante mí notaría, por escritura otorgada a las diez horas del día veinticuatro de mayo del dos mil doce, se solicita el cambio de domicilio y miembros de la sociedad tres-ciento uno-quinientos noventa y cinco mil cuatrocientos setenta y siete sociedad anónima.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012312288.—(IN2012074947).

En mí notaría a las once horas, cuarenta minutos del primero de junio del año dos mil doce, Agroinmobiliaria Tukumel del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y un mil cuarenta y cinco, disuelve sociedad anónima.—Pérez Zeledón, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—RP2012312289.—(IN2012074948).

Que por acta de asamblea general extraordinaria de Daverasa Soluciones Administrativas Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-515289, celebrada el día 13 de junio del año dos mil doce, se hace nombramiento de un nuevo subgerente. Es todo.—San Isidro, 9 de julio del año 2012.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012312290.—(IN2012074949).

Que por acta de asamblea general extraordinaria de Finca Buril S. A., cédula jurídica 3-101-52631, celebrada el día 8 de julio del año dos mil doce, se modifican las cláusulas tercera, sétima y octava, en cuanto al objeto de la sociedad, la administración, la vigilancia de la sociedad. Es todo.—San Isidro, 9 de julio del año 2012.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012312291.—(IN2012074950).

A las 8:30 horas del 27 de junio del 2012, se disolvió la sociedad denominada Risageve de San Isidro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil seiscientos noventa y nueve.—Lic. Oscare Sevilla Ureña, Notario.—1 vez.—RP2012312292.—(IN2012074951).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se reforman las cláusulas segunda, novena y se nombra presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente, de la sociedad Villa Concha Piquer de Valencia Sociedad Anónima.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—RP2012312293.—(IN2012074952).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se reforma la cláusula quinta de la sociedad Ganaderos Industriales de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012312295.—(IN2012074953).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se reforma la cláusula quinta de la sociedad Ganaderos Industriales de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2012312296.—(IN2012074954).

En mí notaría por escritura a las 10:30 horas del 18 de junio del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Sucesores de Jesús Corrales S. A. por la cual se modifica la cláusula segunda referente al domicilio.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—RP2012312297.—(IN2012074955).

En mí notaría a las 11:00 horas del 12 de julio del 2012, se constituyó la sociedad Kevin’s Gourmet Kitchen S. A.; Domicilio: Ciudad Quesada, San Carlos. Capital social: cien mil colones. Representación: corresponde al presidente y secretaria de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 12 de julio del 2012.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—RP2012312298.—(IN2012074956).

Por escritura número 67 del tomo 22 otorgada ante la suscrita notaría a las 16:00 horas del 9 de julio del 2012, mediante la cual se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza C.I.M.E Inversiones S. A., mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad.—Lic. Cecilia Ivette Villalobos Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012312301.—(IN2012074957).

Ante esta notaría, se acuerda disolver la empresa Stein S. A., cédula 3-101-20880; presidente: Carlos Enrique Salazar Sauter, cédula 1-374-354. Escritura otorgada el 21 de junio del dos mil doce.—Lic. Óscar Gerardo Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012312303.—(IN2012074958).

En asamblea general extraordinaria de socios, se acuerda disolver la empresa Luz del La Conciencia S.A., cédula 3-101-582547. Presidenta: Encarnación Hidalgo Molina, pasaporte AF165442. Escritura otorgada el 27 de junio del dos mil doce.—Lic. Gerardo Humberto Mora Salas, Notario.—1 vez.—RP2012312304.—(IN2012074959).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 7 de junio del 2012, se disuelve por acuerdo de socios Transportes L Y S de Costa Rica S. A. cédula jurídica 3-101-329776. No existen activos ni pasivos.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—RP2012312305.—(IN2012074960).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del tres de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Grenadine Corporation LLC. Es todo.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012312309.—(IN2012074961).

Por escritura número trescientos cuarenta y cinco visible al folio ciento noventa y siete frente, tomo cuarto, otorgada ante el notario Ronald Araya Marín, a las dieciséis horas del dos de julio del dos mil doce, por acuerdo de sus socios se disolvió la sociedad Tecno Diseños Electrónicos Limitada.—Lic. Ronald Araya Marín, Notario.—1 vez.—RP2012312311.—(IN2012074962).

Por escritura número trescientos cuarenta y tres visible al folio ciento noventa y seis vuelto, tomo cuarto, otorgada ante el notario Ronald Araya Marín, a las quince horas del dos de julio del dos mil doce, por acuerdo de sus socios se disolvió la sociedad Lannet Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Ronald Araya Marín, Notario.—1 vez.—RP2012312312.—(IN2012074963).

Por escritura número trescientos cuarenta y cinco visible al folio ciento noventa y siete vuelto, tomo cuarto, otorgada ante el notario Ronald Araya Marín, a las diecisiete horas del dos de julio del dos mil doce, por acuerdo de sus socios se disolvió la sociedad Capacitaciones Multidisciplinarias Limitada.—Lic. Ronald Araya Marín, Notario.—1 vez.—RP2012312315.—(IN2012074964).

Se hace constar que mediante protocolización de acuerdos ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se modificó la razón social de la empresa Los Islotes de Ferradura S. A. a Los Islotes de San Martín S. A. Escritura otorgada el día 22 de junio del año 2012.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012312317.—(IN2012074965).

Hoy Horst Krause Hannemann y Sandra Montalbert Lee constituyeron Kramo Alsacia Ltda. Capital: 10.000.—San José, 11 julio del 2012.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2012312318.—(IN2012074966).

Malinche del Bosque MDB Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-33047, domiciliada en Esterillos Este de Parrita, Puntarenas, cambia cláusula tercera de su pacto constitutivo adicionando a su objeto social actividades de vigilancia privada, capacitación y todo lo relacionado con personal de vigilancia privada, importación de armas y sus aditamentos. Notificaciones al fax 2248-0547, correo lic_umanzor@hotmail.com.—Lic. José Antonio Umanzor Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012312319.—(IN2012074967).

En esta notaría a las 11:00 horas del día de hoy, se protocolizó el acta de disolución de la sociedad Don Lino y Doña Cata S. A., cédula jurídica 3-101-642108, por acuerdo unánime de socios. Domicilio social: Santiago Oeste, El Coco, calle Monge contiguo a Abastecedor La Familia.—4 de junio del 2012.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—RP2012312325.—(IN2012074968).

En esta notaría a las trece horas, treinta minutos del día de hoy se protocolizó el acta de disolución de la sociedad Familia Navarro Quirós S. A., cédula jurídica 3-101-429566, por acuerdo unánime de socios. Domicilio social: Ciruelas de Alajuela 250 metros sur de la plaza deportes.—Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—RP2012312326.—(IN2012074969).

En esta notaría a las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del día de hoy se protocolizó el acta de disolución de la sociedad Menavi 97 S. A. cédula jurídica 3-101-333411, por acuerdo unánime de socios. Domicilio social: El Roble de Alajuela de la plaza deportes 100 metros norte, cien metros este y 100 metros norte.—Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—RP2012312327.—(IN2012074970).

En esta notaría a las ocho horas, treinta minutos del día de hoy se protocolizó el acta de disolución de la sociedad Vimena 91 S. A. cédula jurídica 3-101-333172 por acuerdo unánime de socios. Domicilio social: El Roble de Alajuela de la plaza deportes 100 metros norte, cien metros este y 100 metros norte.—Alajuela, 26 de abril del 2012.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—RP2012312328.—(IN2012074971).

En esta notaría a las 19:00 horas del día de hoy, se protocolizó el acta de disolución de la sociedad JJ Poison S. A., cédula jurídica 3-101-280459, por acuerdo unánime de socios. Domicilio social: San José de Alajuela, 100 metros sur de Club Campestre Llobet.—Alajuela, 28 de junio del 2012.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—RP2012312329.—(IN2012074972).

Quiel Rivera y Asociados S. A., nombra nueva junta directiva, cambia su razón social y modifica su objeto. Escritura otorgada, en San José, a las ocho horas del doce de julio del dos mil doce, ante el notario William Quiel Rivera.—Lic. William Quiel Rivera, Notario.—1 vez.—RP2012312330.—(IN2012074973).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Centro de Decoración S.A., mediante los cuales, se disuelve la sociedad.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Mónica Romero Piedra, Notaria.—1 vez.—RP2012312331.—(IN2012074974).

Por escritura número doscientos noventa y cuatro, visible en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se constituyó la empresa Techno Park y Digi Park, ambas Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alexánder Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312332.—(IN2012074975).

Por escritura otorgada hoy, ante la suscrita notaria, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Jomay M Y J Internacional S. A., mediante los cuales, se disuelve la sociedad.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Guisselle Zúñiga Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012312333.—(IN2012074976).

Por escritura otorgada hoy, ante la suscrita notaria, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Tienda Elieth S. A., mediante los cuales, se disuelve la sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Guisselle Zúñiga Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012312334.—(IN2012074977).

Por escritura otorgada hoy, ante la suscrita notaria, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Unión de Importadores Salvadoreñas S. A., mediante los cuales, se disuelve la sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Guisselle Zúñiga Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012312335.—(IN2012074978).

Por escritura otorgada hoy, ante la suscrita notaria, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Marblan S. A., mediante los cuales, se disuelve la sociedad.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Guisselle Zúñiga Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012312336.—(IN2012074979).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Lirio de La Fuerte Roca S. A. por medio de la cual se modifica la cláusula tercera del plazo social del pacto constitutivo.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012312337.—(IN2012074980).

Mediante escritura número doscientos cincuenta, otorgada ante la suscrita notaria, en el tomo once de mi protocolo, a las 13:15 horas del 20 de junio del 2012, se disolvió la sociedad denominada Lubricentro Hermanos Rodríguez Limitada.—Ciudad Quesada, 27 de junio del 2012.—Lic. Fressia Patricia Guzmán Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012312338.—(IN2012074981).

Mediante escritura número doscientos cincuenta y tres, otorgada ante la suscrita notaria, en el tomo once de mi protocolo, a las 11:00 horas del 22 de junio del 2012, se disolvió la sociedad denominada Finca Queli Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 27 de junio del 2012.—Lic. Fressia Patricia Guzmán Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012312339.—(IN2012074982).

Mediante escritura número doscientos cuarenta y tres, otorgada ante la suscrita notaria, en el tomo once de mi protocolo, a las 15:00 horas del 11 de junio del 2012, se disolvió la sociedad denominada Producciones Cedeño Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 27 de junio del 2012.—Lic. Fressia Patricia Guzmán Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012312340.—(IN2012074983).

Mediante escritura número doscientos cuarenta y cuatro, otorgada ante la suscrita notaria, en el tomo once de su protocolo, a las 11:00 horas del 13 de junio del 2012, se disolvió la sociedad denominada Rosa Blanca de Pocosol Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 27 de junio del 2012.—Lic. Fressia Patricia Guzmán Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012312341.—(IN2012074984).

Mediante escritura número doscientos cuarenta y ocho, otorgada ante la suscrita notaria, en el tomo once de su protocolo, a las 12:00 horas del 20 de junio del 2012, se disolvió la sociedad denominada Transportes Guscano Caravi Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 26 de junio del 2012.—Lic. Fressia Patricia Guzmán Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012312342.—(IN2012074985).

Mediante escritura número doscientos cuarenta y nueve, otorgada ante la suscrita notaria, en el tomo once de mi protocolo, a las 13:00 horas del 20 de junio del 2012, se disolvió la sociedad denominada Sociedad Familia Rodríguez y Jara Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 27 de junio del 2012.—Lic. Fressia Patricia Guzmán Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012312343.—(IN2012074986).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las once horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Dotworkers Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente y su secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actor conjunta o separadamente.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012312346.—(IN2012074987).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las diez horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Agi Forever Linked Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, salvo para disponer de activos de la sociedad en cuyo caso requerirá de la autorización de la asamblea de socios.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012312347.—(IN2012074988).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del once de julio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea para modificación de los estatutos de constitución de la sociedad Publicaciones Porras y Gamboa GAV Sociedad Anónima.—San José, Desamparados, 12 de julio del año 2012.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312348.—(IN2012074989).

Por escritura otorgada por el infrascrito notario, a las ocho horas del día de hoy, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza AVI Fashion Sociedad Anónima, en la que se reformó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, doce de julio del año dos mil doce.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—RP2012312349.—(IN2012074990).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del nueve de julio del año dos mil doce, se aprueba por unanimidad modificar los artículos décimo tercero: de las asambleas generales y décimo sétimo: de la junta directiva de los estatutos de la sociedad Asociación Empresarial para El Desarrollo, con cédula de persona jurídica número 3-002-208908.—San José, doce de julio del año dos mil doce.—Lic. Andrea Hutt Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012312352.—(IN2012074991).

Por escritura número ciento once, otorgada a las once horas y treinta minutos del día cinco de julio del año 2012, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Desarrollos Kabar DK Sociedad Anónima en la cual se acordó disolver la compañía.—San José, nueve de julio del año dos mil doce.—Lic. Federico Torrealba Navas, Notario.—1 vez.—RP2012312353.—(IN2012074992).

Por escritura número ciento nueve, otorgada a las quince horas del día cinco de julio del año 2012, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía: Hacienda Midelto XIII Limitada, en la cual se acordó modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, así como revocar al gerente y subgerente y realizar nuevos nombramientos.—San José, nueve de julio del año dos mil doce.—Lic. Federico Torrealba Navas, Notario.—1 vez.—RP2012312354.—(IN2012074993).

Por escritura otorgada ante mí notaría, protocolizo acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Sepry S. A., mediante la que se designan: presidente, vicepresidente, tesorero, secretario de la junta directiva y el fiscal, y se modifica la cláusula del domicilio social.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012312355.—(IN2012074994).

Por escritura otorgada ante mí notaría, protocolizo acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Gad Cubanos S. A., mediante la que se designan: presidente, vicepresidente, tesorero, secretario de la junta directiva y el fiscal, y se modifica la cláusula del domicilio social.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012312356.—(IN2012074995).

Por escritura autorizada por los suscritos notarios, a las 10:00 horas del 10 de julio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Lienhsing Sociedad Anónima, en que se cancelan derechos de usufructo, se reforma la cláusula sexta de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Rosa Berenzon y Lic. Hermann Kuhlmann, Notarios.—1 vez.—RP2012312360.—(IN2012074996).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 7 de julio del 2012: Carrocerías y Repuestos Yire de Costa Rica Sociedad Anónima y Tucán Motor Sociedad Anónima, se fusionan prevaleciendo Tucán Motor Sociedad Anónima.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—RP2012312363.—(IN2012074997).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios que acuerda la disolución de la sociedad denominada Consultoría y Capacitación Empresarial Sociedad Anónima.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Zaida Hernández Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2012312364.—(IN2012074998).

Loaiza Hermanos Sociedad Anónima, en asamblea general extraordinaria, celebrada el día 10 de julio del 2012, a las 15:00 horas, modificó el pacto constitutivo en la cláusula segunda del domicilio social y sustituyó agente residente.—Ciudad Neily, 11 de julio del 2012.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—RP2012312366.—(IN2012074999).

Por escrituras otorgadas ante mí notaría, a las trece horas del veinte de junio del dos mil doce; once horas, treinta minutos; doce horas; doce horas, treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, protocolizó actas de las sociedades Segurazur S. A.; Tropical Murcia S. A.; Los Hermanos Jugoso S. A. y Cum Grano Salís S. A., que en latín significa Con un Grano de Sal S. A., respectivamente, mediante las cuales se acuerda la liquidación de dichas sociedades.—Tres Ríos, 27 de junio del 2012 .—Lic. Flor de María García Solano, Notaria.—1 vez.—RP2012312368.—(IN2012075000).

Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las once horas del diez de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Tormenta Blanca Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa mil trescientos veintisiete, reformando su cláusula sétima y nombrando nueva junta directiva. Es todo.—Jacó, 10 de julio del 2012.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2012312369.—(IN2012075001).

Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las diez horas del diez de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Morgan’s Cove Resort and Casino Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y siete mil seiscientos ochenta, reformando su cláusula primera. Es todo.—Jacó, 10 de julio del 2012.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2012312370.—(IN2012075002).

Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las doce horas del diez de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad KPC de Jacó Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y siete mil quinientos cuarenta, reformando su cláusula décima y nombrando nueva junta directiva.—Es todo.—Jacó, 10 de julio del 2012.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2012312371.—(IN2012075003).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día veintiocho de junio de abril del año dos mil doce, se protocolizan actas de las siguientes sociedades: a) Catran Sociedad Anónima, b) Megafarma Sociedad Anónima”, c) E.A.D.A. El Aura de Afrodita S. A., Sociedad Anónima; d) Farmacia Barrio Luján Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en sus aditamentos S. A. siendo estos nombres de fantasía.; donde se acuerda la disolución de las sociedades.—San José, a las diecinueve horas del veintiocho de junio dos mil doce.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012312374.—(IN2012075004).

Mediante escritura número 39 de tomo sexto protocolizaron los socios acuerdo de Distribuidora de Licores Cuatro Plumas Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-360678.—Cartago, 9 de julio del 2012.—Lic. Erika Gabriela Sanabria Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012312376.—(IN2012075005).

He constituido la sociedad Adskylabs Sociedad Anónima; con un capital social de sesenta mil colones exactos, un plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como presidente: Andrey Fuentes Leiva.—Cartago, 12 de julio del 2012.—Lic. Erika Gabriela Sanabria Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012312377.—(IN2012075006).

Por medio de asamblea de socios se acuerda, por unanimidad del capital social y al tenor del artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la sociedad Las Guilas del Llano Bonito Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y cinco mil doscientos sesenta y uno, con domicilio social Cartago, Jiménez, Juan Viñas, veinticinco metros al sur de la Escuela Cecilio Lindor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Juzgado correspondiente, dentro del término de treinta días siguientes a la publicación de este aviso.—San José, doce de julio de dos mil doce.—Lic. Esteban Calvo Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012312378.—(IN2012075007).

Mediante escritura número 37 de tomo sexto protocolizaron los socios acuerdo de disolución de Veinticinco Punto Ocho Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-360678.—Cartago, 9 de julio del 2012.—Lic. Erika Gabriela Sanabria Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012312379.—(IN2012075008).

Mediante escritura número 36 de tomo sexto protocolizaron los socios acuerdo de disolución de Seguros Tres Ríos Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-201566.—Cartago, 9 de julio del 2012.—Lic. Erika Gabriela Sanabria Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012312380.—(IN2012075009).

Mediante escritura número 35 de tomo sexto protocolizaron los socios acuerdo de disolución de Importaciones Canela y Banana Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-360678.—Cartago, 9 de julio del 2012.—Lic. Erika Gabriela Sanabria Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012312381.—(IN2012075010).

Mediante escritura número 38 de tomo sexto protocolizaron los socios acuerdo de Distribuidora de Licores Don Salvador Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-181490.—Cartago, 9 de julio del 2012.—Lic. Erika Gabriela Sanabria Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012312382.—(IN2012075011).

Mediante escritura número 23 de tomo sexto protocolizaron los socios acuerdo de disolución de la Inversiones Reales P Deliens Sociedad de Responsabilidad Limitada con cédula jurídica 3-102-308359.—Cartago, 9 de julio del 2012.—Lic. Erika Gabriela Sanabria Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012312383.—(IN2012075012).

Mediante escritura número 16 de tomo sexto protocolizaron los socios acuerdo de disolución de la sociedad Seguros Integral M y S Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-213337.—Cartago, 9 de julio del 2012.—Lic. Erika Gabriela Sanabria Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012312384.—(IN2012075013).

Mediante escritura número 11 de tomo sexto protocolizaron los socios acuerdo de disolución de la sociedad Red Positiva S. A. con cédula jurídica 3-101-641892.—Cartago, 9 de julio del 2012.—Lic. Erika Gabriela Sanabria Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012312385.—(IN2012075014).

Mediante escritura número 34 de tomo sexto protocolizaron los socios acuerdo de disolución de Verdes y Naturales Sociedad de Responsabilidad Limitada con cédula jurídica 3-102-139654.—Cartago, 9 de julio del 2012.—Lic. Erika Gabriela Sanabria Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012312386.—(IN2012075015).

Mediante escritura número 29 de tomo sexto protocolizaron los socios acuerdo de disolución de la Trasportes Trawa Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-157426.—Cartago, 9 de julio del 2012.—Lic. Erika Gabriela Sanabria Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012312387.—(IN2012075016).

Por escritura número cuarenta y seis de fecha diez horas del once de julio del dos mil doce, se constituye la sociedad Centro de Fotocopiado e Impresión Digital Cheves y Asociados Sociedad Anónima, San José, doce de julio del 2012.—Lic. Vilma C. Paco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012312394.—(IN2012075017).

Mediante escritura otorgada a las doce horas del julio del dos mil doce, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria Tres-Ciento Uno-Quinientos Ochenta y Siete Mil Setecientos Noventa y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil setecientos noventa y dos, mediante la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012312398.—(IN2012075018).

Ante mí, se constituyó sociedad anónima denominada Artísticos Escénicos y Productores Asociados Sociedad Anónima, eligiéndose como presidenta a Daniela de Jesús Chávez Palomino, mayor, soltera, docente, vecina de Alajuela, Atenas, cedula ocho-cero noventa y seis-seiscientos noventa y cuatro.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—RP2012312400.—(IN2012075019).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del once de julio del año dos mil doce, se constituyó la sociedad Three Comunicación Sociedad Anónima, nombrándose como presidenta Gloria Alejandra Venegas Oirdobro. Es todo.—San José, once de julio del año dos mil doce.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2012312401.—(IN2012075020).

Por escritura número ciento setenta y siete-doce, de las dieciocho horas del cuatro de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Deportes y Recreaciones Mar-Ba Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años. Presidente Gustavo Adolfo Martínez Barboza.—Lic. Mario Cortés Parrales, Notario.—1 vez.—RP2012312405.—(IN2012075021).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de Perspectiva Internacional M S. A., se disuelve la sociedad, por un término de 30 días a partir de esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución que no se base en causa legal o pactada. Escritura autorizada a las doce horas del once de julio de dos mil doce.—Lic. Carlos Eduardo Umaña Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012312410.—(IN2012075022).

Yo, la suscrita notaria pública Xinia Arias Naranjo hago constar y doy fe que ante esta notaría, se modificó el pacto constitutivo de la siguiente sociedad: Scent Of The Papaya S.A.—Ciudad Cortés, Osa, Puntarenas, veinticinco de junio de dos mil doce.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—RP2012312412.—(IN2012075023).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:05 horas del 28 de junio del 2012, se acordó la liquidación de Control Electrónico Sociedad Anónima.—Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—RP2012312414.—(IN2012075024).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se disolvió y liquidó la sociedad Asesores Aduanales Expim A & M Sociedad Anónima.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Carlos Francisco Salvatierra Ramos, Notario.—1 vez.—RP2012312415.—(IN2012075025).

Por escritura otorgada en esta fecha, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tres-Uno Cero Dos-Seis Cuatro Cuatro Cuatro Tres Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Carlos Francisco Salvatierra Ramos, Notario.—1 vez.—RP2012312416.—(IN2012075026).

Ante esta notaría se disolvió la sociedad Syntexis S. A., con cédula jurídica 3-101-229289. Es todo.—San José, 12 de julio de 2012.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012312418.—(IN2012075028).

Por escritura pública otorgada el 25 de junio del 2012, Luis Fernando Solano Acuña, cédula 1-398-912 y Julia María López Álvarez, solicitan la disolución de la sociedad Servicios Técnicos Soltel S. A., cédula jurídica Nº 3-101-200350.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2012312419.—(IN2012075029).

Por escritura pública otorgada el 27 de junio del 2012, Luis Fernando Solano Acuña, cédula 1-398-912 y Adrián Rivera Quesada, solicitan la disolución de la sociedad Servicios Técnicos Riso S. A., cédula jurídica Nº 3-101-96587.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2012312420.—(IN2012075030).

Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Consultores Alfa Sociedad Anónima, otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 19 de junio del año 2012, se hacen nombramientos de junta directiva, fiscal y agente residente, se reforma la representación legal, se modifica el domicilio social.—Barva, 11 de julio del 2012.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1 vez.—RP2012312421.—(IN2012075031).

Por escritura veintiséis, otorgada ante mí, a las doce horas del treinta de mayo del año dos mil doce, se acuerda por unanimidad de socios la disolución de la sociedad Gamers J.y.J Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, doce de Julio del año dos mil doce.—Lic. Álvaro Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012312424.—(IN2012075032).

Por escritura otorgada ante mí a las 11:30 horas del 11 de julio de 2012; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Agropecuaria Moreneña S. A., mediante la cual se modifica la denominación social y el domicilio social.—San Ramón de Alajuela, 11 de julio de 2012.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—RP2012312428.—(IN2012075033).

Por escritura ciento veintiuno-cuatro, visible a folio ciento treinta vuelto y ciento treinta y uno frente del tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, otorgada en San José, a las dieciséis horas del veintisiete de junio del dos mil doce, la totalidad de los socios acordó disolver la entidad Inversiones de Lucca & Cuzak Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y tres mil trescientos veintiuno.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. José Bernardo Soto Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012312429.—(IN2012075034).

Por escritura ciento veintidós-cuatro, visible a folio ciento treinta y uno frente y vuelto y ciento treinta y dos frente, del tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, otorgada en San José, a las dieciocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce, la totalidad de los socios acordó disolver la entidad Grupo Mallorca LFMA Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta mil trescientos cuarenta y dos.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. José Bernardo Soto Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012312430.—(IN2012075035).

En escritura otorgada ante esta misma notaría a las 9:30 horas del día 20 de junio del 2012, se constituyó la sociedad denominada Infiniti Interactive S. A.—12 de julio del 2012.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—RP2012312435.—(IN2012075036).

Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por acta protocolizada en esta notaría mediante la escritura número ciento sesenta y tres del tomo once de mi protocolo, de las catorce horas del once de julio del dos mil doce, la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Novecientos Cinco S. A., modifica la cláusula quinta de su pacto constitutivo.—Lic. Anthony Fernández P., Notario.—1 vez.—RP2012312436.—(IN2012075037).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las once horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, se realizó el cambio de junta directiva de la sociedad Tyckle de Turrialba Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos tres mil cuatrocientos veintinueve.—Turrialba, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1 vez.—RP2012312437.—(IN2012075038).

Mega Operaciones Sociedad Anónima, solicita disolución de empresa. Escritura otorgada ante la notaria Julieth Gómez Gamboa, al ser las ocho horas del veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Julieth Gómez Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012312438.—(IN2012075039).

Por escrituras otorgadas ante mi notaría, a las quince horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce; a las dieciséis horas del veintiséis de junio del dos mil doce; a las dieciséis horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce; y a las diecisiete horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce; respectivamente protocolizo actas de las sociedades Finca Pacuar Sociedad Anónima; Finca Las Mesas de Pejibaye Sociedad Anónima; Alquileres Jarvar Sociedad Anónima e Inmobiliaria PZ Sociedad Anónima, mediante las cuales se acuerda la disolución de dichas sociedades. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Merlin Leiva Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012312439.—(IN2012075040).

Por escrituras otorgadas ante mi notaría, a las diez horas del veintiuno de junio del dos mil doce, a las quince horas del veintidós de junio del dos mil doce; a las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce; respectivamente protocolizo actas de las sociedades Vargas y Vallecillo Sociedad Anónima, Servimag del Sur Sociedad Anónima y Agroinmobiliaria del Sur Sociedad Anónima, mediante las cuales se acuerda la disolución de dichas sociedades. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—RP2012312440.—(IN2012075041).

Por escritura otorgada ante mí, a las siete horas treinta minutos del veintinueve de junio del año dos mil doce, la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Treinta Mil Cuatrocientos Noventa y Tres S. A., se disuelve por aplicación de lo dispuesto en la ley nueve mil veinticuatro.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Olman Gerardo Vargas Jara, Notario.—1 vez.—RP2012312441.—(IN2012075042).

Por escritura número dieciocho- cinco, de las diez horas del diez de julio del dos mil doce, en el protocolo de la notaria Erika Díaz Morera, se modifica la cláusula quinta del pacto social de la sociedad Quálitas Compañía de Seguros (Costa Rica) S. A. Es todo.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Erika Díaz Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012312442.—(IN2012075043).

Se avisa a cualquier interesado que el día 25 de Junio del 2012, los accionistas de la empresa Delfín Blanco S. A., han acordado disolver la sociedad por lo que cuentan con treinta días siguientes a esta publicación para que puedan oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada.—Puerto Jiménez, 25 de junio del 2012.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—RP2012312443.—(IN2012075044).

Se avisa a cualquier interesado que el día 25 de junio del 2012, los accionistas de la empresa denominada Auto Transportes Costanera Sur S. A., han acordado disolver la sociedad, por lo que cuentan con treinta días siguientes a esta publicación, para que puedan oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada.—Puerto Jiménez, 25 de junio del 2012.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—RP2012312444.—(IN2012075045).

Se avisa a cualquier interesado que el día 25 de junio del 2012, por acuerdo de accionistas de la empresa Ferry Corcovado S. A., han acordado disolver la sociedad, por lo que cuentan con treinta días siguientes a esta publicación, para que puedan oponerse judicialmente a la disolución que no se base en causa legal o pactada.—Puerto Jiménez, 25 de abril del 2012.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—RP2012312445.—(IN2012075046).

Por escritura número Doscientos sesenta y siete, ante mí, se disolvió la empresa RYR Asesores Sociedad Anónima, a las quince horas del veinte de junio dos mil doce.—Lic. Mercedes Margarita Pacheco Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012312447.—(IN2012075047).

Por escritura número ciento treinta y dos, ante mí, se disolvió Comercializadora Momadi Sociedad Anónima.—A las nueve horas del veintiséis de junio dos mil doce.—Lic. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012312448.—(IN2012075048).

Por escritura número ciento diecisiete, ante mí, se disolvió la sociedad Aviceca Sociedad Anónima.—A las nueve horas del seis de junio dos mil doce.—Lic. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012312449.—(IN2012075049).

Mediante escritura autorizada por mí, a las diecisiete horas del veintiuno de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Jalopy LLC Limitada, con un capital social de treinta mil colones.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012312454.—(IN2012075050).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintisiete de junio del año dos mil doce, comparecieron Javier Alonso Marín Fernández y Javier Marín Quesada y como únicos socios de la compañía de Palmares de Alajuela, denominada Instalaciones Mafer Sociedad Anónima, acordaron disolver la sociedad.—Lic. Lilliana Fernández Urpi, Notaria.—1 vez.—RP2012312455.—(IN2012075051).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintisiete de junio del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de Palmares de Alajuela, denominada Bodegas La Cima Z.V. Sociedad Anónima, en la que se acordó disolver la sociedad.—Lic. Lilliana Fernández  Urpi, Notaria.—1 vez.—RP2012312456.—(IN2012075052).

Por asamblea general extraordinaria celebrada a las 18 horas del 26 de junio del 2012, por la totalidad de socios de C.A.P. Central American Partners Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos- trescientos veintisiete mil cuatrocientos treinta y cuatro, se modificaron las cláusulas segunda: del domicilio y quinta: del capital social.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic. Francisco Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012312457.—(IN2012075053).

En esta notaría al ser las diecisiete horas y siete minutos del veintidós de junio del dos mil doce, se constituyó la Sociedad Anónima, cuya denominación será Multiservicios y Asesorías Especializadas Itec S. A., de acuerdo a la escritura número ciento dieciséis-cinco, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Es todo.—Limón, Pococí, veintidós de junio de dos mil doce.—Lic. David López García, Notario.—1 vez.—RP2012312458.—(IN2012075054).

Mediante escritura pública 271, otorgada ante el suscrito notario el día trece de junio del dos mil doce, se protocoliza acta mediante la cual la sociedad 3-101-614069 Sociedad Anónima, modifica la cláusula sexta de la administración y representación social.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012312459.—(IN2012075055).

Mediante escritura número doscientos setenta, del trece de junio del dos mil doce, otorgada ante el suscrito notario, se protocoliza acta mediante la cual los socios acuerdan la disolución de Estructuras La Lucha S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento un mil novecientos noventa y tres.—Guápiles, once de julio del 2012.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012312460.—(IN2012075056).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se procedió a la disolución de la sociedad J B & M Bienes Raíces Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-299582, por acuerdo de socios, con fundamento en el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—San José, veinticinco de junio del 2012.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012312462.—(IN2012075057).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaria a las catorce horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se procedió a la disolución de la sociedad Diseño Estructural M & M Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-529210, por acuerdo de socios, con fundamento en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, veinticinco de junio del 2012.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012312463.—(IN2012075058).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaria a las catorce horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce, se procedió  a  la disolución  de  la sociedad  Alquiler  de  Equipos  M & M Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-529052, por acuerdo de socios, con fundamento en el artículo doscientos uno  inciso d) del Código de Comercio.—San José, veinticinco de junio del 2012.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012312464.—(IN2012075059).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaria a las quince horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se procedió a la disolución de la sociedad Proyectos Mayma A.L. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-541191, por acuerdo de socios, con fundamento en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, veinticinco de junio del 2012.—Lic. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012312465.—(IN2012075060).

Ante esta notaría el día 23 de julio de 2012, se protocolizó acta de asamblea de Agua para el Futuro del Mundo S. A., en la que se disuelve la misma, capital suscrito y pagado.—San José, 12 de Julio de 2012.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—RP2012312466.—(IN2012075061).

Ante esta notaría el día 23 de julio de 2012 se protocolizó acta de asamblea de Sharing Nature Costa Rica S. A., en la que se disuelve la misma capital suscrito y pagado.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—RP2012312467.—(IN2012075062).

Ante esta notaría el día 23 de julio de 2012 se protocolizó acta de asamblea de Empresa Costarricense de Travesías Elgantes (Ecotravel) S. A. en la que se disuelve la misma capital suscrito y pagado.—San José, 12 de julio de 2012.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—RP2012312468.—(IN2012075063).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Derde Treinta Sociedad Anónima, en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312469.—(IN2012075064).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Corporación Operadora de Restaurantes RP Sociedad Anónima, en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012312470.—(IN2012075065).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Cextech Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres -ciento uno-doscientos tres mil setecientos sesenta y uno, en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diecisiete horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312471.—(IN2012075066).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Soler Cartín Garnier Asociados S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las trece horas del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312472.—(IN2012075067).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de  accionistas  de  la  compañía  Cacao  Extremo S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312473.—(IN2012075068).

Se hace saber: Que en la notaría del Lic. Wilberth Lobo Rojas, comparecieron la totalidad de los socios de Inversiones Vihuma y Familia de Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve mil setecientos setenta y dos, para dejar establecida su voluntad de disolver dicha sociedad, en escritura número dieciséis de tomo dos, de las dieciséis horas del once de mayo del dos mil doce. Se cita a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos.—San Ramón, quince horas del diez de julio del dos mil doce.—Lic. Wilberth Lobo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012312475.—(IN2012075069).

Por escritura número doscientos cuarenta y dos, ante esta notaría, el día cinco de julio del dos mil doce, se ha constituido sociedad denominada Arocu de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidenta: Ana Irma Cubero Segura. Domicilio: San José, cantón Goicoechea, distrito Mata de Plátano, trescientos metros al sur del Abastecedor El Selecto, Barrio Jardín. Plazo noventa y nueve años.—Heredia, cinco de julio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—RP2012312477.—(IN2012075070).

Por escritura otorgada a las quince horas del 22 de junio del 2012 ante la notaria de Rosibelle Dejuk Xirinachs, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas donde se disuelve Altos del Mar de Goya Sociedad Anónima, cuyo apoderada es Gloriana Herrera Arauz.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Rosibelle Dejuk Xirinachs, Notaria.—1 vez.—RP2012312478.—(IN2012075071).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del 27 de junio del 2012 ante la notaría de Rosibelle Dejuk Xirinachs, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas donde se disuelve Grupo Gilji Sociedad Anónima, cuyo apoderado es Lucas Gil Jiménez.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Rosibelle Dejuk Xirinachs, Notaria.—1 vez.—RP2012312479.—(IN2012075072).

Por escritura otorgada a las nueve horas del 22 de junio del 2012 ante la notaría de Rosibelle Dejuk Xirinachs, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas donde se disuelve Vistazul de Goya Sociedad Anónima, cuyo apoderada es Gloriana Herrera Arauz.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Rosibelle Dejuk Xirinachs, Notaria.—1 vez.—RP2012312480.—(IN2012075073).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Bioproductos de Costa Rica Limitada por la cual, entre otros, se acuerda reformar la cláusula primera para se denomine Doglioni Inversiones Inmobiliarias Limitada y la cláusula del domicilio social.—San José, diez de julio del 2012.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012312481.—(IN2012075074).

En escritura otorgada en esta notaría a las 10:00 horas de hoy, doña Lil Madrigal Diermissen, como accionista única disuelve la sociedad Turquesa y Plata S. A.—San José, Goicoechea, 15 de junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012312482.—(IN2012075075).

Por escritura otorgada ante esta notaría, por acuerdo de socios, se disuelve la sociedad anónima denominada Entertainment Group Sociedad Anónima.—San José, tres de julio dos mil doce.—Lic. Luis Humberto Barahona de León, Notario.—1 vez.—RP2012312485.—(IN2012075076).

Por escritura otorgada ante esta notaría, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad anónima denominada The Big Valley of Fortune Sociedad Anónima.—San José, 6 de julio dos mil doce.—Lic. Jorge A. Silva Loáiciga, Notario.—1 vez.—RP2012312486.—(IN2012075077).

Por escritura otorgada ante esta notaría, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad anónima denominada Valores y Bienes Raíces Penta Sociedad Anónima.—San José, 6 de julio dos mil doce.—Lic. Jorge A. Silva Loáiciga, Notario.—1 vez.—RP2012312488.—(IN2012075078).

Por escritura otorgada ante esta notaría, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad anónima denominada Constructora Bianchini Sociedad Anónima.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. Luis Humberto Barahona De León, Notario.—1 vez.—RP2012312489.—(IN2012075079).

En mi notaría mediante escritura número sesenta y dos, otorgada a las once horas del diez de julio de dos mil doce se modifica la cláusula segunda (del domicilio) del pacto constitutivo de la compañía Silent Water Sociedad Anónima.—San José, once de julio de dos mil doce.—Lic. Roxana Molestina Gaviria, Notaria.—1 vez.—RP2012312490.—(IN2012075080).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del diez de julio del dos mil doce, se acuerda disolver la entidad Ileage Alegre E.I.R.L.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—RP2012312491.—(IN2012075081).

Por escritura número sesenta y tres-cuatro de las quince horas del diez de julio del dos mil doce, otorgada ante la notaria María José Chaves Cavallini, se disolvió la sociedad Firex Sociedad Anónima.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—RP2012312492.—(IN2012075082).

Por escritura número ciento dieciocho, se constituye la sociedad denominada Service Integra Sociedad Anónima. Presidente: Verny Moya Cordero. Capital social veinte mil colones, Domicilio: Escazú.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. José Manuel Mojica Cerda, Notario.—1 vez.—RP2012312493.—(IN2012075083).

Por escritura otorgada en mi notaría se acuerda disolver las sociedades denominadas Productos Frescos del Valle de Ujarrás S.A. y Breñas Quirós Exportadores S. A.Cartago, 29 junio del 2012.—Lic. Eduardo Cortés Morales, Notario.—1 vez.—RP2012312495.—(IN2012075084).

Por escritura otorgada en mi notaría se acuerda disolver la sociedad denominada Víctor Vega Seguridad S. A.—Cartago, 15 junio del 2012.—Lic. Eduardo Cortés Morales, Notario.—1 vez.—RP2012312496.—(IN2012075085).

Por escritura otorgada en mi notaría se acuerda disolver la sociedad denominada Exclusividades Stephanie S. A.Cartago, 29 junio del 2012.—Lic. Eduardo Cortés Morales, Notario.—1 vez.—RP2012312497.—(IN2012075086).

Por escritura otorgada en mi notaría se acuerda disolver la sociedad denominada Productos Tropicales B&C del Valle S.A.Cartago, 20 junio del 2012.—Lic. Eduardo Cortés Morales, Notario.—1 vez.—RP2012312498.—(IN2012075087).

Por escritura número 58-56, visible a folio 27 frente de tomo 56 del suscrito notario, otorgada a las 8 horas del 14 de junio del 2012, se realiza disolución de la sociedad Monge Fallas Brunca Sur S. A., cédula jurídica 3-101-444391.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012312500.—(IN2012075088).

Por escritura número 84-56, visible al folio 40 vuelto del tomo 56 del protocolo del suscrito notario, otorgada a las 6 horas del 3 de julio del 2012, se protocoliza acta de disolución de la sociedad Vista Ecológica El Chirripó S.R.L., cédula jurídica 3-102-582178.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012312501.—(IN2012075089).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del diez de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad anónima denominada Soluciones Solymar Sociedad Anónima. Presidente: Olivier Martín Martínez Castro. Capital: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. María Eugenia Céspedes Navas, Notaria.—1 vez.—RP2012312503.—(IN2012075090).

Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se protocoliza acta de Comercializadora del Trópico Caribeño Cotrosa S. A., Modifica cláusula de administración.—San José, diez de julio del dos mil doce.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—RP2012312507.—(IN2012075091).

Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se protocoliza acta de Plantor Sociedad Anónima, modifica plazo social.—San José, veinte de enero del dos mil doce.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—RP2012312508.—(IN2012075092).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del 11 de julio de 2012, se protocoliza acta de la asamblea general de Sem Olde Keizer Limitada, donde se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la razón social y la cláusula octava de la administración.—San José, 11 de julio de 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012312512.—(IN2012075093).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas y treinta minutos del 11 de julio de 2012, se protocoliza acta de la asamblea general de Indah Fajar LLC Limitada, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo del domicilio de la compañía.—San José, 11 de julio de 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012312513.—(IN2012075094).

Se hace constar que ante el notario Víctor Hugo Castillo Mora, mediante escritura número ochenta y nueve de las doce horas del seis de julio del dos mil doce, por los socios Georg Maximilian Piser y Roney Clarke Martínez, cuyo nombre se determinará por el número de cédula jurídica que se asigne.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312514.—(IN2012075095).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del diez de julio del dos mil doce, se protocolizó el acta número once de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Pacific Seaside City Sociedad Anónima, donde se modifican las cláusulas sexta y sétima del pacto constitutivo en cuanto a la asamblea general y el consejo de administración respectivamente y se nombra tesorero y fiscal.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012312515.—(IN2012075096).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del 11 de julio de 2012, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de Centurion Projects & Development CPD Sociedad Anónima, donde se modifican la cláusula quinta del capital social incrementándolo a quince mil colones, la cláusula sexta del lugar de celebración de las asambleas y la sétima del consejo de administración o junta directiva. Igualmente se realizan nuevos nombramientos.—San José, 11 de julio de 2012.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2012312516.—(IN2012075097).

Cambio de presidente de Hernández Rodríguez Maquinaria Buenos Aires S. A., cédula 3-101-536759.—11 de julio de 2012.—Lic. Didier Carranza Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012312517.—(IN2012075098).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del diez de julio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tierra Limpia Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula sexta del pacto social y se nombra junta directiva.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—RP2012312518.—(IN2012075099).

En mi notaría hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de este domicilio Piña de Plata S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos un mil ciento quince, celebrada el veintidós de junio dos mil doce, en la que se disolvió dicha sociedad, que tenía un capital de diez mil colones, con acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, que era administrada por una junta directiva de tres miembros, cuyo presidente era Manrique Villegas Soto.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 29 de julio del 2012.—Lic. Juan Héctor Orozco Bastos, Notario.—1 vez.—RP2012312520.—(IN2012075100).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas del 11 de julio del 2012, se constituye la sociedad denominada Repuestos y Equipos Diesel D.C.R. S. A., con domicilio en San José, La Úruca, frente a la Pozuelo, Edificio HTPURDY. Plazo social: 100 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma Jaime Perala Lizano.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312521.—(IN2012075101).

En la notaría del licenciado Álvaro José Meza Lazarus, mediante escritura número ciento doce, al ser las doce horas del catorce de junio de dos mil doce, se aumentó el capital social por la suma de doscientos cuarenta millones de colones, por acuerdo de socios de modo tal que de ahora en adelante el capital social de la sociedad denominada Codocsa S. A. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ochenta mil nueve, será de cuatrocientos ochenta millones de colones. Es Todo.—San José, doce de julio de dos mil doce.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—RP2012312522.—(IN2012075102).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, informo que el 11 de julio del año en curso en la escritura número 090-22 del tomo 22 del suscrito notario Miguel Chacón Alvarado, comparecieron los señores Young Sup Shim, mayor, de un solo apellido en razón de su nacionalidad Coreana, cédula de residencia actual número Uno cuatro uno cero cero cero cero cero ocho cero dos ocho y Soon Hee Shim Chung, mayor, de nacionalidad Coreana, cédula de residencia actual uno cuatro uno cero cero cero cero dos dos dos cero cinco, en su condición de socios y dueños del cien por ciento del capital social de la sociedad Exportadora y Distribuidora Jae Hong Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento siete mil cuatrocientos ochenta y siete, en dicha escritura se procedió a la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012312524.—(IN2012075103).

Plantaciones Forestales de Fila Negra Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos cinco mil quinientos treinta y ocho, nombra un nuevo tesorero por el resto del plazo social, además modifica su representación legal. Es todo.—Lic. Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.—RP2012312526.—(IN2012075105).

Por escritura otorgada ante esta notaría pública a las 11:30 hrs. del 10 de julio de 2012, Chuggie S. A., reformó su cláusula sexta en cuanto a la representación y nombró nuevo tesorero y nuevo secretario.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—RP2012312527.—(IN2012075106).

Ante mi notaría a las ocho horas del diecinueve de junio de dos mil doce, mediante escritura número ciento noventa y tres del protocolo número, se procede a la disolución de la sociedad de esta plaza denominada Propiedad Mapa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco cuatro cinco cuatro seis nueve, de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—San José, 19 de junio del 2012.—Lic. María Eugenia Corrales Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012312528.—(IN2012075107).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las once horas con treinta minutos del doce de julio de dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Hibiscus Car Primero Ltda. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones. Gerente: María Alejandra Crocker Santalla.—San José, 12 de julio de 2012.—Lic. José Pablo Mata Ferreto, Notario.—1 vez.—RP2012312529.—(IN2012075108).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 11 de julio del 2012, se modifican las cláusulas primera, segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento uno-quinientos treinta y seis mil seiscientos cinco s. a., cédula jurídica 3-101-536605.—Lic. Galina Morales Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012312530.—(IN2012075109).

Por escritura otorgada ante mí, se acordó modificar el pacto constitutivo creándose la cláusula décimo tercera para nombrar agente residente al Lic. Juan Carlos Montes de Oca Vargas, con cédula Nº 1-654-560, con oficina abierta en Oficentro Trilogía Nº 211, San Rafael de Escazú, de la sociedad denominada Executive Business Solutions S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-516675, en acuerdo con el artículo 18 inciso 3) del Código de Comercio.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Juan Carlos Montes De Oca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012312531.—(IN2012075110).

Ante esta notaría se ha presentado reforma de la administración de la sociedad anónima denominada Sociedad Casa Itkal Sociedad Anónima, se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José, 9 de julio del 2012.—Lic. Johnny Loría Maetínez, Notario.—1 vez.—RP2012312532.—(IN2012075111).

Por escritura otorgada ante mí, en Cartago hoy a las 11 horas, se disuelve Bella Imagen S. A.—Cartago, 21 de junio del 2012.—Lic. Luis Guillermo Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—RP2012312533.—(IN2012075112).

Por escritura otorgada ante mí, en Cartago hoy a las 10 horas, se disuelve Autotransportes DAX S. A.—Cartago, 21 de junio del 2012.—Lic. Luis Guillermo Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—RP2012312534.—(IN2012075113).

El señor Pasquale Gallina y la señora Flor Ángela Jiménez Arias, constituyen sociedad anónima, su domicilio será en Guachipelín, Escazú, exactamente del AM/PM, doscientos veinticinco metros al oeste, apartamentos a mano derecha, color café, República de Costa Rica.—San José, 11 de julio de 2012.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—RP2012312535.—(IN2012075114).

Por escritura otorgada en esta notaría a las diecisiete horas del once de julio de dos mil doce, se constituyó la sociedad con domicilio en San José denominada Jolm Consultores Tributarios y Financieros S. A., capital totalmente suscrito y pagado.—San José, doce de julio de dos mil doce.—Lic. Hernán Alexis Pérez Sanabria, Notario.—1 vez.—RP2012312536.—(IN2012075115).

Ante mí Natalia Carolina Espinoza Chaves, notaria con oficina en Atenas, hago constar que a las ocho horas del 20 de junio del 2012 en la ciudad de Atenas, se realizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Grupo D.F.C. Económico de Costa Rica Sociedad Anónima, en la cual se disuelve dicha sociedad.—Atenas, 5 de julio del 2012.—Lic. Natalia Carolina Espinoza Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012312537.—(IN2012075116).

A las ocho horas de hoy, ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Amli Sistemas EPC S. A., por medio de la cual se modificaron las cláusulas primera, segunda, cuarta y quinta del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva y fiscalía.—Cartago, 12 de julio del 2012.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012312540.—(IN2012075117).

Por escritura otorgada a las 16 horas del 11 de julio de 2012, se constituyó la sociedad Presupuestos Civiles S. A. Plazo: 99 años. Capital: ¢20.000. Presidenta: Ivania Carolina Chinchilla Bazán.—San José, 12 de julio de 2012.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012312541.—(IN2012075118).

Por escritura número 79, otorgada a las 10:00 horas del 9 de julio del 2012, ante la suscrita notaria se modifica y/o ceden y traspasan las acciones de la sociedad denominada con nombre de cédula jurídica tres-ciento uno-sesenta y cuatro treinta y cinco cuarenta s. a., domiciliada en la ciudad de San José, de la antigua AID, cuatrocientos metros al oeste, doscientos cincuenta metros sur, edificio Wotan, urbanización La Favorita, Rohrmoser, San José, Costa Rica, de la siguiente manera: el señor Friedrich Gunther (nombre) Heindl que es dueño de diez de las acciones dichas y el señor Jean-Pierre Pfleger Stauss que es dueño de dos, traspasan en ese orden: i) el señor Friedrich Gunter cede y traspasa cuatro de sus acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y, ii) el señor Jean-Pierre Pfleger Stauss, cede y traspasa sus dos acciones, comunes y nominativas de mil colones cada una, siendo ambas sesiones y traspasos para el cesionario Jakob (nombre) Trojer (único apellido en razón de su nacionalidad italiana), mayor de edad, ingeniero civil, divorciado, pasaporte italiano número: AA uno siete tres ocho tres tres cinco, vecino de Am Pferderennplatz, Merano-Bozen, Italia. Por lo tanto se acuerda modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo de la empresa con la cesión de acciones indicada.—Lic. Maritza Rodríguez García, Notaria.—1 vez.—RP2012312543.—(IN2012075119).

Por escritura número 78, otorgada a las 17:00 horas del 6 de julio del 2012, ante la suscrita notaría se modifica y/o amplía el plazo social de la sociedad tres-ciento uno-sesenta y cuatro treinta y cinco cuarenta s. a., domiciliada en la ciudad de San José, de la antigua AID, cuatrocientos metros al oeste, doscientos cincuenta metros sur, edificio Wotan, urbanización La Favorita, Rohrmoser, San José, Costa Rica, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-sesenta y cuatro treinta y cinco cuarenta, quedando en noventa y nueve años a partir de esta fecha, (el plazo anterior era de un año). Por lo tanto se acuerda modificar la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la empresa, a fin de aumentar el plazo social allí establecido a un plazo de noventa y nueve años y no el de un año como se estableció en dicha cláusula.—Lic. Maritza Rodríguez García, Notaria.—1 vez.—RP2012312544.—(IN2012075120).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del once de julio del presente año, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Hoteles Tuanis Mahe Sociedad Anónima S. A., mediante la cual se reforma la cláusula quinta del capital social.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2012312545.—(IN2012075121).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 23 de junio del 2012, se protocolizó acta de Varsol Inversiones de Margarita S.A., cédula jurídica 3-101-320809; se modifica cláusula novena de los estatutos y se nombra junta directiva.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2012312546.—(IN2012075122).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocolizan acuerdos de la sociedad Seguridad Internacional Privada S.I.P. S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa mil setecientos doce.—San José, doce de julio de dos mil doce.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012312547.—(IN2012075123).

Por escritura otorgada a las 14:15 horas del 7 de junio del 2012, se disuelve por acuerdo de socios Transportes Loría Solís S.A., cédula jurídica 3-101-148801. No existen activos ni pasivos.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—RP2012312306.—(IN2012075124).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Cipex Congreso Iberoamericano de Publicidad Exterior Limitada, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. María Carolina Rojas Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012075128).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Art Print Máxima Resolución Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. María Carolina Rojas Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2012075130).

El suscrito notario hace constar que ante su notaría se constituyó la sociedad anónima que llevará por nombre Corporación Vans de Costa Rica S. A.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2012075136).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 8:00 horas del 13 de julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Compañía Editora de Revistas de Centro América S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil ciento veinticuatro, celebrada a las trece horas del 11 de julio del 2012, mediante la cual se modifica el domicilio social, se revocan poderes y se otorga un nuevo poder generalísimo.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(IN2012075138).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del dieciséis de julio del dos mil doce, se constituyeron las sociedades: Britton Holding S. A., Marcy Trading S. A., Shefford Advisors S. A., Gosford Group S. A., capitales sociales suscritos y pagados. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Bernal Zamora Arce.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2012075147).

Mediante escritura número cincuenta y seis-dos, otorgada el 10 de julio de 2012, ante el suscrito notario se constituyó la sociedad Soltico S.R.L., con domicilio en la provincia de San José, San José, Guachipelín de Escazú, de la escuela, veinticinco metros al norte, Condominios Rocafort, casa número cuarenta y seis. Plazo social: 1.112 años. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad recae en los gerentes. Capital: 10.000,00 colones.—San José, 11 de julio de 2012.—Lic. Mchael Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2012075152).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del seis de julio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Eco Motors International E.M.I. Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se aumenta el capital social reformándose la cláusula quinta de su pacto constitutivo.—San José, 12 de julio de 2012.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012075153).

Mediante escritura 25-11 de las 8:00 horas del 20 junio, protocolicé reforma de estatutos de Quinsridge S. A., mediante escritura 24-11 de las 12:00 horas del 14 de junio, protocolicé disolución de El Punto Marino de Henry S. A., mediante escritura 19-11 de las 8:00 horas del 30 de mayo, protocolicé reforma de estatutos de 3-102-654164 srl.—Tamarindo, 6 de junio del 2011.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—(IN2012075160).

Llulisa María Herrera Rojas y Daniel Herrera Rojas, constituyen la sociedad que se denomina: Farmacia Herrera Rojas Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Farmacia Herrera Rojas S. A., mediante escritura otorgada en Alajuela, a las catorce horas del quince de julio de dos mil doce. Domicilio de San Antonio de los Tejares, Alajuela, seiscientos metros oeste de Industrias Alfaro, cantón uno Alajuela, distrito cuatro San Antonio de la provincia dos Alajuela, representación presidente y secretario.—Lic. Paola Lucía Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2012075162).

Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del veintiocho de junio del dos mil doce, compareció el socio de Comercializadora Intermundial CLG Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos treinta y un mil ciento treinta y cuatro, mediante la cual se acuerda la disolución de esta sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012075166).

Por escritura otorgada ante mí a las siete horas treinta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad HC Corporaciones Mercantil S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y cinco mil treinta y ocho, de las diez horas del veintisiete de junio de dos mil doce, mediante la cual se acuerda la disolución de esta sociedad por acuerdo de socios conformidad con el artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012075168).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas diez minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Cordero & Cordero GTE S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y cuatro, de las once horas treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil doce, mediante la cual se acuerda la disolución de esta sociedad por acuerdo de socios conformidad con el artículo doscientos uno, inciso D del Código de Comercio.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012075169).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del cuatro de julio de dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos cincuenta y seis mil trescientos cincuenta y seis limitada, con mismo número de cédula de persona jurídica, de las ocho horas treinta minutos del cuatro de julio del dos mil doce, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos y se nombra nuevo gerente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012075171).

Mediante escritura número diez-uno, otorgada a las once horas con treinta minutos del seis de julio de dos mil doce, se constituyó sociedad anónima Actualidad Informática S. A., capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, actuando individualmente.—San José, doce de julio de dos mil doce.—Lic. Zaira María Mora Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012075177).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 11 de julio del 2012, se constituyó ante esta notaría la sociedad La Gaveta de Don Guillermo Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social diez mil colones. Presidente: Guillermo Solís Herrera.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1 vez.—(IN2012075196).

Por escritura otorgada en Palmares, a las once horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Agrícola Kepur Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento veintisiete mil quinientos nueve, mediante la cual se reforma la cláusula del pacto social.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—(IN2012075200).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad denominada Syvec Asesores Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman la cláusula segunda y la cláusula sétima de sus estatutos.—Puntarenas, Garabito, 13 de julio del  2012.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2012075218).

Ante mí Jorge Jiménez Ramírez, mediante escritura número ciento veinticuatro, visible a folio noventa y cinco frente del tomo dos de mi protocolo, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad ATS Advance Tecnology Solution S.A.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Jorge Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012075235).

Mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro, otorgada a las quince horas del veintiséis de junio del dos mil doce, por la notaria María Vanesa Murillo Fernández, visible al folio ciento treinta frente del tomo tercero de mi protocolo, se reforma la cláusula sétima de los estatutos; con relación a la cantidad de miembros que conforman la junta directiva de la sociedad Alevirol de la Ceiba Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y tres mil doscientos cuarenta y uno.—Alajuela, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012075236).

Mediante escritura número ciento cincuenta y dos, otorgada a las doce horas del veintitrés de junio del dos mil doce, por la notaria María Vanesa Murillo Fernández, visible al folio ciento veintiocho vuelto del tomo tercero de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea de socios donde por unanimidad de votos se acuerda disolver la sociedad Inmobiliaria Arle de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y nueve mil ciento diecisiete.—Alajuela, 26 de junio del 2012.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012075238).

Mediante escritura número ciento cincuenta y ocho, otorgada a las quince horas del dieciséis de julio del dos mil doce, por la notaria María Vanesa Murillo Fernández, visible al folio ciento treinta y dos vuelto del tomo tercero de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea de socios donde por unanimidad de votos se acuerda disolver la sociedad Inmobiliaria Hermanos Lear de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y ocho mil quinientos diecinueve.—Alajuela, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012075240).

Mediante escritura número ciento cincuenta y siete, otorgada a las doce horas del día dieciséis de julio del dos mil doce, por la notaria María Vanesa Murillo Fernández, visible al folio ciento treinta y dos frente del tomo tercero de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea de socios donde por unanimidad de votos se acuerda disolver la sociedad Cachaco Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento setenta y dos mil.—Alajuela, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012075241).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Club Postal Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de junio del dos mil doce.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2012075252).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 26 de junio de 2012, se constituyó Abjocha Comercial S. A. Domicilio en San José, plazo 99 años. Presidente y secretario tendrán la representación judicial actuando conjunta o separadamente.—San José, 13 de julio de 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris, Notario.—1 vez.—(IN2012075259).

Que en escritura número veinticinco, ante la notaria Judyth Ramírez Morera, se disolvió la sociedad anónima Muelitas Sociedad Anónima. Es todo.—Puntarenas, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Judyth Ramírez Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012312749.—(IN2012075308).

Ante mi notaría, se modificó el pacto constitutivo de Profinte Import y Export S. A., en lo referente a la administración.—Cartago, 11 de julio del 2012.—Lic. Jonnathan Rojas Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012312751.—(IN2012075309).

Ante mi notaría, se modificó el pacto constitutivo de Meneses y Quesada S. A., ampliando el plazo social e integrando nueva junta directiva.—Cartago, 11 de julio del 2012.—Lic. Jonnathan Rojas Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012312752.—(IN2012075310).

Ante mi notaría, se modificó el pacto constitutivo de Grupo Fresgo del Guarco S. A. y se integra nueva junta directiva.—Cartago, 11 de julio del 2012.—Lic. Jonnathan Rojas Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012312753.—(IN2012075311).

Hago constar que por escritura pública otorgada el día de hoy ante mi notaría, se acordó la disolución y liquidación de la empresa Corporación Puerto Madero Internacional S. A.—San José, 12 de julio de 2012.—Lic. Claudio Zeledón Rovira, Notario.—1 vez.—RP2012312754.—(IN2012075312).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Casiopea del Oeste S. A., se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, domicilio social y representación, otorgada en San José, a las 14:00 horas del 13 de julio del 2012.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2012312755.—(IN2012075313).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en Barva de Heredia, se constituyó la sociedad Mulkana Sociedad Anónima. Presidente, Aaron Montero Arbustini.—Barva de Heredia, 13 de julio del 2012.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2012312756.—(IN2012075314).

Ante el notario Harold Núñez Muñoz, se constituyó en Alajuela a las 11:00 horas del 13 de julio del 2012, la sociedad Inversiones Yinvanet Limitada, capital 100.000,00 colones, plazo 99 años, domicilio San Rafael, Alajuela, gerente Yinnette Portuguez Siu.—13 de julio del 2012.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012312757.—(IN2012075315).

Mediante escritura número 234-5 del protocolo número cinco, se protocolizó el acta número catorce de la asamblea de socios de la sociedad Exportadora P.M.T S. A.,  donde se procedió al aumento del capital social de la suma de ciento veinticinco millones de colones a seiscientos millones de colones.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012312759.—(IN2012075316).

Mediante escritura número 226-5 de la notaria Reyna Liz Mairena Castillo, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Tec Info de Centroamérica S. A., se conoce de la renuncia del vocal y del nombramiento del nuevo vocal por todo el plazo social.—San José, 15 de julio del 2012.—Lic. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2012312760.—(IN2012075317).

El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diez de julio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Almacén Oller Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó integralmente los estatutos de la sociedad. Es todo.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012312761.—(IN2012075318).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 09:00 horas del 14 de julio del año dos mil doce, se constituyó Fragrama FGM Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando en forma separada.—San José, 14 de julio del año 2012.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012312762.—(IN2012075319).

En mi notaría, a las diez horas del doce de julio del año dos mil doce, se modifica el pacto social de Refrescos Ticos S. A., en cuanto a su representación, para ser ejercida únicamente por el presidente. Se extiende la presente en San José, a los dieciséis días de julio del 2012.—Lic. Marlon Schlotterhausen Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012312764.—(IN2012075320).

Se avisa a todos los interesados, que Caledian S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y cuatro mil setecientos treinta y ocho, por escritura de las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce, otorgada ante el suscrito notario, se acordó disolverla y prescindir del trámite de liquidación, por no tener activos ni pasivos y en tal virtud se les cita para que dentro del plazo de treinta días a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto, puedan oponerse judicialmente a dicha disolución.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Carlos Jiménez Volio, Notario.—1 vez.—RP2012312767.—(IN2012075321).

Se avisa a todos los interesados, que Caldian S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil ciento sesenta y dos, por escritura de las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil doce, otorgada ante el suscrito notario, se acordó disolverla y prescindir del trámite de liquidación, por no tener activos ni pasivos y en tal virtud se les cita para que dentro del plazo de treinta días a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto, puedan oponerse judicialmente a dicha disolución.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Carlos Jiménez Volio, Notario.—1 vez.—RP2012312768.—(IN2012075322).

Por escritura pública número 075-9, otorgada a las 16:32 horas del día 4 de julio del año dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Madayme Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo de la empresa en cuanto a la representación se refiere. Es todo.—Miramar, Montes de Oro, Puntarenas, cuatro de julio del año dos mil doce.—Lic. Yessenia Villalobos Leitón, Notaria.—1 vez.—RP2012312771.—(IN2012075323).

Ante esta notaría, mediante escritura Nº 56, tomo II, folio 27, del 15 de julio del 2012, se protocoliza acta número 1 de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-101-470986 S. A., donde se acuerda cambiar el nombre a Comunicación Publicidad Sociedad Anónima. Lic. María Yisela Quesada León, notaría pública, en Moravia, Residencial Saint Clare, número 10-F.—Lic. Lic. María Yisela Quesada León, Notaria.—1 vez.—RP2012312774.—(IN2012075324).

Según escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 18:00 horas del día 26 de junio del 2012, la sociedad denominada Inmobiliaria de San Pablo de Heredia D.R.S. Sociedad Anónima y con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y un mil seiscientos veinticinco protocoliza acuerdos para su liquidación.—San José, 15 de julio del 2012.—Lic. Fabián Antonio Segura Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012312775.—(IN2012075325).

Se hace saber a todos los interesados que la empresa, A. S. J. Ikebana Sociedad Anónima, con domicilio en Cartago, calle nueve, avenida dos, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y siete mil seiscientos sesenta y tres y su apoderado generalísimo sin límite de suma, Álvaro Solano Jiménez, cédula tres-ciento cuarenta y dos-doscientos cincuenta y uno, para que en el plazo de un mes, hagan valer sus derechos en vista de que se ha solicitado, la disolución de tal sociedad, con apercibimiento de que si no se apersonan dentro de ese plazo, la sociedad será disuelta como en derecho corresponde. Expediente cero cero cero uno-dos mil doce.—Cartago, seis de julio del dos mil doce.—Lic. Víctor Manuel Ramírez Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012312776.—(IN2012075326).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, los socios de Guzball S. A., han convenido por unanimidad y con presencia de la totalidad del capital social en disolverla totalmente.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Luis Alfonso Romero Coto, Notario.—1 vez.—RP2012312778.—(IN2012075327).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, los socios de Corporación Judimosa CH S. A., han convenido por unanimidad y con presencia de la totalidad del capital social en disolverla totalmente.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Luis Alfonso Romero Coto, Notario.—1 vez.—RP2012312779.—(IN2012075328).

Por escrituras otorgada, ante este notario, a las diecisiete horas del once de julio del dos mil doce, se solicita ante esta notaría la disolución de la compañía Palma & Rojas Asociados S. A., cédula tres-ciento uno-doscientos ochenta y cinco mil doscientos treinta y tres.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2012312780.—(IN2012075329).

Mediante escritura número cuarenta y cuatro-seis, con fecha del trece de julio del año dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Fabi Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y un mil quinientos cincuenta y ocho, donde se realiza el cambio de presidente y de domicilio social de dicha sociedad.—Guápiles, 13 de julio del año 2012.—Lic. Guiselle Arias López, Notaria.—1 vez.—RP2012312781.—(IN2012075330).

Mediante escritura número veintiocho-seis, con fecha del veinticinco de junio del año dos mil doce, por acuerdo tomado por unanimidad se solicita la disolución de la sociedad, Distribuidora e Importadora Avaraya Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos dieciséis mil setecientos sesenta y cuatro.—Guápiles, veintiséis de junio del año dos mil doce.—Lic. Guiselle Arias López, Notario.—1 vez.—RP2012312782.—(IN2012075331).

Mediante escritura 311, visible a folio 143 frente del protocolo tomo 8, del notario público Marlon Fernando Arce Blanco, a las 09:00 horas del 11 de julio del año 2012, se reformó la cláusula octava del estatuto constitutivo de la Sociedad denominada Constructora Rokejoro del Norte Sociedad Anónima.—Lic. Marlon Fernando Arce Blanco, Notario.—1 vez.—RP2012312784.—(IN2012075332).

Por escritura pública número cuarenta y seis-ocho, otorgada ante mi notaría, se tomaron acuerdos en asamblea de accionistas y se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Villas Puerto Bello de Curridabat, Sociedad Anónima. Es todo.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—RP2012312785.—(IN2012075333).

Yo, Ingrid Brown Sequeira, hago constar que ante mi notaría, constituí la sociedad denominada E&F Royvi S. A. Domicilio: Curridabat, capital social cien mil colones, objeto comercio en general. Presidente: Emilio Rojas Chacón. Escritura otorgada en San José, a las 07:30 a.m. del 11 de julio del dos mil doce.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2012312787.—(IN2012075334).

Por escritura número 35, otorgada ante el suscrito notario, a las 13:45 horas del 21 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Beneficiadora Palma Sociedad Anónima, en los que se acordó la disolución de la sociedad. Cualquier interesado puede oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada, dentro de los 30 días siguientes a esta publicación.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Marco Antonio Jiménez Carmiol, Notario.—1 vez.—RP2012312788.—(IN2012075335).

Por escritura número 34, otorgada ante el suscrito notario, a las 13:30 horas del 21 de junio del 2012, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de El Aroma del Bronce Sociedad Anónima, en los que se acordó la disolución de la sociedad. Cualquier interesado puede oponerse judicialmente a la disolución que no se base en causa legal o pactada, dentro de los 30 días siguientes a esta publicación.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Marco Antonio Jiménez Carmiol, Notario.—1 vez.—RP2012512789.—(IN2012075336).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Inmobiliaria Nonina Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales, se nombra nueva junta directiva.—San José, 21 de junio del 2012.—Lic. Carlos Enrique Anglada Soler, Notario.—1 vez.—RP2012312790.—(IN2012075337).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía J.C.B.S de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la compañía.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Carlos Enrique Anglada Soler, Notario.—1 vez.—RP2012312791.—(IN2012075338).

Por escritura otorgada ante nosotros, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía tres-ciento uno-quinientos sesenta y ocho mil doscientos setenta y uno sociedad anónima, mediante la cual se disuelve la compañía.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Carlos Enrique Anglada Soler, Notario.—1 vez.—RP2012312792.—(IN2012075339).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inversiones El Encino S. A., mediante la cual se reforma pacto social.—San José, a las diez horas del trece de julio de dos mil doce.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012312793.—(IN2012075340).

Ante la notaría del licenciado Alex Leitón Miranda, mediante escritura número dieciséis del tomo cuarenta y nueve de su protocolo, otorgada a las nueve horas diez minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, se constituyó de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, la sociedad que se denominará de acuerdo al número de cédula jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público le otorgue a la hora de su inscripción, más los términos sociedad anónima.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Alex Leitón Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012312797.—(IN2012075341).

Hoy ante esta notaría, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades denominadas Giardino Della Primera S. A.; Dundee Internacional S. A.; Importadora Zunturra S. A. y Servicios Bursátiles del Oeste S. A., en la que se fusionaron prevaleciendo la primera.—San José, 29 de junio del 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012312798.—(IN2012075342).

Hoy ante esta notaría, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades denominadas Steinig Elegance Real Estate S. A.; Administradora de Inversiones JPM S. A. y Fakahina Internacional S. A., en la que se fusionaron prevaleciendo la primera.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012312799.—(IN2012075343).

Mediante escritura pública número noventa y tres, otorgada ante mi notaría, a las trece horas del veintisiete de junio de dos mil doce, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Desarrollos Magamo Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y cuatro mil seiscientos treinta y tres, en la cual se acordó la disolución de la sociedad con base en el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—RP2012312801.—(IN2012075344).

Se hace saber que en mi notaría, a las nueve horas del día diecinueve de junio del año dos mil doce, se modificó las cláusula segunda del pacto constitutivo, de la sociedad denominada SDI Legal Sociedad Anónima.—San José, 16 de junio del 2012.—Lic. William Alfredo Chinchilla Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012312804.—(IN2012075345).

En escritura número 257-9, otorgada el 13 de julio de 2012, la sociedad Inversiones Cartaginesas Quisa S. A., cédula jurídica número 3-101-074673. Procedió al cambio de junta directiva.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. Francisco Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—RP2012312805.—(IN2012075346).

Ante este notario, mediante escritura número setenta y siete de las catorce horas treinta minutos del nueve de julio del dos mil doce, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Makurdi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y dos mil seiscientos ochenta y dos. Es todo.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012312806.—(IN2012075347).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones La Roca Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Liberia, cuatrocientos metros al norte del Banco de Costa Rica, barrio Los Cerros, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiún mil trescientos sesenta y nueve, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece en la cláusula sétima del acta constitutiva, ya que no existen activos ni pasivos que liquidar, inscrita al tomo, quinientos setenta y cuatro, asiento treinta y ocho mil seiscientos cincuenta y tres.—Liberia, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Veralicia Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—RP2012312808.—(IN2012075348).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Alquileres González y Campos Uno Liberia Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Liberia, barrio El Capulín, de la Burger King cuatrocientos metros al oeste, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil setecientos nueve. Todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido de nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima del acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar, inscrita al tomo quinientos sesenta y nueve, asiento cuarenta mil trescientos veintitrés, consecutivo uno.—Liberia, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—RP2012312809.—(IN2012075349).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones Psrahiya Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Liberia, barrio Alaska, cien metros al sur del campo de juego para niños, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cinco mil setecientos ochenta y seis. Todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima del acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar, inscrita al tomo, quinientos sesenta y siete, asiento, setenta y cinco mil setecientos doce.—Liberia, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Veralicia Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—RP2012312810.—(IN2012075350).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada L.G.C González Campos Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Liberia, contiguo a Mundo de Juguetes, en el Bufete Montiel y Asociados en la oficina del licenciado Eric Badilla Córdoba, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta y seis, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima del acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar, inscrita al tomo, quinientos sesenta y ocho, asiento, cuarenta y cinco mil setecientos diecinueve, consecutivo uno.—Liberia, veintidós de junio del año dos mil doce.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2012312811.—(IN2012075351).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones Bernog Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Bagaces, de la Municipalidad doscientos metros oeste y cincuenta metros norte, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil doscientos treinta y cinco, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima del acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar, inscrita al tomo, quinientos cincuenta y nueve, asiento dieciocho mil cero cincuenta y dos.—Liberia, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2012312812.—(IN2012075352).

En mi notaría, he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones Cupi de Liberia Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Liberia, barrio La Victoria, de la plaza de fútbol doscientos metros sur, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y cinco mil quinientos cuarenta y uno, todos los socios tomaron el acuerdo principal de disolver la sociedad que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme se establece la cláusula sétima del acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que liquidar, inscrita al tomo, dos mil doce, asiento ciento treinta mil setecientos ochenta y ocho.—Liberia, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—RP2012312813.—(IN2012075353).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y uno S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las ocho horas cincuenta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312814.—(IN2012075354).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y tres S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas quince minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312815.—(IN2012075355).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil setecientos veinticinco S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312817.—(IN2012075356).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil siete S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las ocho horas quince minutos del veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312818.—(IN2012075357).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil trescientos veintiocho S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012312819.—(IN2012075358).

Por medio de la escritura número ciento cincuenta y seis, del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El Bombazo Ropa Americana Sociedad Anónima. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, relativa al domicilio social.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312820.—(IN2012075359).

Por medio de la escritura número ciento sesenta y uno, del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Suprema Ropa Americana. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, relativa al domicilio social.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312821.—(IN2012075360).

Por medio de la escritura número ciento cincuenta y nueve, del tomo segundo de mi protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Scarboro American Clothing Sociedad Anónima. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, relativa al domicilio social.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312822.—(IN2012075361).

Por medio de la escritura número ciento sesenta, del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Streetwear American Clothing. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, relativa al domicilio social.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312823.—(IN2012075362).

Por medio de la escritura número ciento cincuenta y siete, del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Excelsior Ropa Americana Sociedad Anónima. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, relativa al domicilio social.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312824.—(IN2012075363).

Por medio de la escritura número ciento sesenta y dos, del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad York American Clothing CO S. A.. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, relativa al domicilio social.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312825.—(IN2012075364).

Por medio de la escritura número ciento cincuenta y cinco, del tomo segundo de mi protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad American Clothing Company Sociedad Anónima. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, relativa al domicilio social.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312826.—(IN2012075365).

Por medio de la escritura número ciento sesenta y tres, del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Costa Esterillos Estates Calamo Doscientos Ochenta y Dos Sociedad Anónima. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, quinta y octava relativas al domicilio social, capital social y representación.—San José, doce de julio del dos mil doce- Lie. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312827.—(IN2012075366).

Por medio de la escritura número ciento cincuenta y ocho, del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Mundo Americano Sociedad Anónima. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, relativa al domicilio social.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312828.—(IN2012075367).

Por medio de la escritura número ciento sesenta y siete, del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Costa Esterillos Estates Guillomo Trescientos Dos Sociedad Anónima. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, quinta y octava relativas al domicilio social, capital social y representación.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312829.—(IN2012075368).

Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 16 de julio del 2012, Loryi Alejandra Vargas Solano, dona Rosa Iris Solano Chinchilla, el punto comercial denominado, Farmacia Alajuelita, situado en San José, San Felipe de Alajuelita, setenta y cinco metros al norte de la Escuela de San Felipe.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Rocío Loaiza Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012312830.—(IN2012075369).

Por medio de la escritura número ciento sesenta y seis, del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Costa Esterillos Estates Grindelia Trescientos Tres Sociedad Anónima. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, quinta y octava relativas al domicilio social, capital social y representación.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312831.—(IN2012075370).

Por medio de la escritura número ciento sesenta y cuatro, del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Costa Esterillos Estates Correhuela Trescientos Uno Sociedad Anónima. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, quinta y octava relativas al domicilio social, capital social y representación.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012312832.—(IN2012075371).

Por medio de la escritura número ciento sesenta y cinco, del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Costa Esterillos Estates Esquinacea Trescientos Sociedad Anónima. Mediante la cual se modificó toda la junta directiva y fiscal, asimismo se reforma la cláusula segunda, quinta y octava relativas al domicilio social, capital social y representación.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario, Notario.—1 vez.—RP2012312833.—(IN2012075372).

Por escritura otorgada por mí, el día once de julio del dos mil doce, a las once horas, se protocolizó el acta de la sociedad denominada Inmobiliaria de Sevilla S. A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda (domicilio) y octava (de la administración).—San José, doce de julio de dos mil doce.—Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—RP2012312838.—(IN2012075373).

Por escritura otorgada por mí, el día once de julio del dos mil doce, a las doce horas, se protocolizó el acta de la sociedad denominada Parque Aguamarina Seiscientos Tres A S. A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda (domicilio) y octava (de la administración).—San José, doce de julio de dos mil doce.—Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—RP2012312839.—(IN2012075374).

Por escritura otorgada por mí, el día once de julio del dos mil doce, a las trece horas, se protocolizó el acta de la sociedad denominada Parque Perla Mil Doscientos Diez A S. A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda (domicilio) y octava (de la administración).—San José, doce de julio de dos mil doce.—Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—RP2012312841.—(IN2012075375).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Rosch de Turrialba Sociedad Anónima, capital social debidamente suscrito y pagado. Domicilio social sito en Cartago, Turrialba, Platanillo, costado sur del la Iglesia Católica, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Turrialba, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1 vez.—RP2012312842.—(IN2012075376).

Que ante la notaría del suscrito, Lic. Jorge Hernández Calvo, notario público, se ha constituido la sociedad anónima Distribuidora Romi S. A., escritura número ciento ochenta y dos.—San José, 26 de junio del 2012.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012312845.—(IN2012075377).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 25 de junio del 2012, se disolvió la sociedad Hermanos Arrieta Freer S.R.L.—Lic. Sandra Araya Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012312846.—(IN2012075378).

Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 11 de julio del 2012, se constituyó la sociedad Mena y Monge de Dulce Nombre S. A.—Lic. Eugenio F. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012312848.—(IN2012075379).

Que ante la notaría del suscrito, Lic. Jorge Hernández Calvo, notario público, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Internacionales Varval S. A., escritura número ciento ochenta y siete. Otorgada en la ciudad de San José, a las diez horas treinta minutos del catorce de junio del año dos mil doce.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012312849.—(IN2012075380).

Que ante la notaría del suscrito, Lic. Jorge Hernández Calvo, notario público, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de disolución de la sociedad Lydani S. A., escritura número ciento ochenta y seis. Otorgada en la ciudad de San José, a las once horas treinta minutos del catorce de junio del año dos mil doce.—Lic. Jorge Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012312850.—(IN2012075381).

Ante esta notaría, mediante escritura número novecientos setenta y siete, se constituye sociedad anónima Decorugama S. A. Su presidente, tendrá la representación judicial y extrajudicial como apoderado generalísimo y sin límite de suma. Su domicilio fiscal es Heredia, Mercedes Norte de la iglesia trescientos metros al norte. Es todo.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Lourdes Ruiz Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012312855.—(IN2012075382).

Por escritura ciento doce-tres, otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 29 de junio del 2012, protocolicé acta de asamblea general de accionistas. Nombran junta directiva, fiscal y aumentan capital, de Las Cuñas S. A.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012312856.—(IN2012075383).

Por escritura ciento dieciséis-tres, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 13 de julio del 2012, protocolicé acta de asamblea general de accionistas, con el nombramiento de secretario de la junta directiva de S D C Construcciones Centroamericanas S. A.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012312857.—(IN2012075384).

Por escritura otorgada en Grecia, a las 08:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea de socios de la compañía El Jardín de Sabanilla S. A., donde se acuerda disolver dicha sociedad ya que no existen pasivos no activos por liquidar.—Grecia, 16 de julio del 2012.—Lic. Édgar Enrique Alfaro Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012312859.—(IN2012075385).

Se comunica a los interesados, que según acta número uno-dos mil doce-ago celebrada el dieciséis de marzo del dos mil doce de Asociación Cívica Rescate Zapoteño, se eligió nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—RP2012312862.—(IN2012075386).

La suscrita notaria, hace constar que al ser las diecisiete horas del veintiséis de junio del dos mi doce, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tecnología Byhte Internacional S. A., en la cual se acordó por unanimidad de votos disolver esta sociedad y prescindir del trámite de liquidación de la misma.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—RP2012312863.—(IN2012075387).

Por escritura número cuatro, otorgada ante esta notaría, notario Manuel Salas Raven, a las dieciséis horas treinta minutos del día veintiocho de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Empresa Consultora Nacascolo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta mil doscientos veintitrés, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Manuel Salas Raven, Notario.—1 vez.—RP2012312866.—(IN2012075388).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del 16 de julio del 2012, se reforman los estatutos de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos seis mil ochocientos noventa y nueve sociedad anónima. Se modifica el nombre a Net Teller Solutions Sociedad Anónima, la administración y se nombran presidente, secretario y tesorero.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—RP2012312870.—(IN2012075389).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las dieciocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se acuerda disolver la sociedad Agüero Chavarría Consultores Sociedad Anónima.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—RP2012312873.—(IN2012075390).

Por escritura otorgada, en Cartago a las once horas del cinco de junio del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada Gypsum Universal NM.-MJ S. A., domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social de diez mil colones. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—1 vez.—RP2012312874.—(IN2012075391).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 17:00 horas del día de 30 de abril del 2012, se disuelve la sociedad Oulanem Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, tres de mayo del dos mil doce.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—RP2012312875.—(IN2012075392).

En esta notaría, se protocolizó acta de las sociedades Servicios Multidisiplinarios Hidalgo Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa mil doscientos noventa y seis, Inversiones Múltiples Hidalgo Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y nueve mil ochocientos noventa y nueve, en donde se acuerda disolver dichas sociedades.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012312877.—(IN2012075393).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecinueve horas treinta minutos del día trece de julio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-648950 SRL. Donde se acuerda modificar la cláusula primera y novena de los estatutos.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012312878.—(IN2012075394).

Mediante la escritura pública otorgada a las catorce horas y diez minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de las sociedades La Machina Rossa Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil ciento cincuenta y cinco, El Loro Verde Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y tres mil doscientos dos en donde se acuerda fusionar dichas sociedades.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012312880.—(IN2012075395).

Mediante la escritura pública otorgada a las catorce horas y cuarenta minutos del día veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Auto Álvarez Mora de Desamparados Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veinticinco mil doscientos seis, en donde se acuerda disolver dicha sociedad.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012312881.—(IN2012075396).

Mediante la escritura pública otorgada a las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de las sociedades Corporación La Tourette Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta mil novecientos noventa y uno, My Mobil Line A K H Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y nueve mil quinientos setenta y tres, R & E Runas de Occidente Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil cuatrocientos treinta y tres, en donde se acuerda fusionar dichas sociedades.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012312882.—(IN2012075397).

En la escritura pública otorgada a las doce horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de las sociedades Green River Ángel S. A., titular de la cédula jurídica tres-ciento-cuatrocientos cuatro mil ciento veinte, de la sociedad Conkling Corporación S. A., titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y nueve mil setecientos treinta y nueve, de la sociedad Potrero Valley S. A., titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil treinta y dos, Los Mensajeros de Atardecer S. A., titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos siete mil quinientos noventa, Los Mensajeros de Ópalo S. A., titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos siete mil ochocientos noventa y cinco, Los Mensajeros de Amanecer S. A., titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos siete mil trescientos setenta y nueve, Potrero By The Sea S. A., titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos siete mil setecientos setenta y seis en donde se funcionan dichas sociedades.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012312883.—(IN2012075398).

En esta notaría, se protocolizó acta de las sociedades Inversiones El Cedro Amargo Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil setecientos dos, Inversiones El Cedro Dulce P H Seis Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil ciento veintiocho, Inversiones El Ciprés P H Siete Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cinco mil seiscientos ochenta y ocho, Inversiones El Jocote P H Dos Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil ciento noventa y seis, Inversiones El Pochote P H Uno Sociedad Anónima, titular de cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil cuatrocientos noventa y nueve, Inversiones El Malinche P H Tres Sociedad Anónima, titular cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres mil seiscientos cuatro, Los Monos Felices de Cabo Blanco P G F Limitada titular de la cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos treinta y un mil doscientos cuarenta, Inversiones El Sura P H Eight Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y nueve, Inversiones El Guayacan P H Nueve Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil doscientos treinta y tres, en donde se acuerda la disolución de dichas sociedades.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—RP2012312884.—(IN2012075399).

Por escritura otorgada a las diecinueve horas del día once de julio de dos mil doce, ante esta notaría se nombró nueva junta directiva y fiscal de la sociedad denominada F J Gris de Cartago Sociedad Anónima.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marín, Notario.—1 vez.—RP2012312886.—(IN2012075400).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Sociedad Anónima de María del Mar Alfaro Vargas y Jorge Enrique Palacios Alpízar conforme a su número de cédula jurídica que se le designará al efecto según Decreto número tres tres uno siete uno-J del catorce de junio del dos mil seis. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, once de julio del dos mil doce.—Lic. Flor Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012312887.—(IN2012075401).

En escritura otorgada ante la notaria Marisela Araya Araya, número doscientos sesenta y siete del veintisiete de junio del dos mil doce, visible al folio ciento noventa y seis vuelto hasta el folio ciento noventa y siete vuelto del tomo uno del protocolo de la suscrita notaria, se protocoliza acta de la empresa denominada Plan Grande de Altura Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-371685, en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. Marisela Araya Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012312888.—(IN2012075402).

En escritura otorgada ante la notaria Carmen María Rodríguez Madrigal, número veintitrés del veintisiete de junio del año dos mil doce, visible al folio cincuenta y cinco frente y vuelto del tomo cinco del protocolo de la suscrita, se protocoliza acta de la empresa denominada Distribuidora M Y M de Barva Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-175354, en la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. Carmen María Rodríguez Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012312889.—(IN2012075403).

Mediante escritura número 10-2, otorgada a las 8:30 horas del 12 de julio de 2012 se acordó: modificación junta directiva, modificación domicilio social, modificación representación de la sociedad denominada Grupo Vehículos del Norte S. A., Domicilio: Heredia.—San José, 12 de julio de 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312893.—(IN2012075404).

Mediante escritura número 77, del tomo 27 del protocolo del suscrito, otorgada a las 12 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Mini Bodegas S. A., según la cual se acuerda unánimemente su disolución.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic. Federico Martén Sancho, Notario.—1 vez.—RP2012312894.—(IN2012075405).

Mediante escritura número 75, del tomo 27 del protocolo del suscrito notario público, otorgada a las 10 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Sustainable Development International S. A., según la cual se acuerda unánimemente su disolución.—San José, 2 de junio de 2012.—Lic. Federico Martén Sancho, Notario.—1 vez.—RP2012312895.—(IN2012075406).

Mediante escritura número 142-04, del tomo IV del protocolo del suscrito notario público, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Netram Group S. A., según la cual se acuerda unánimemente su disolución. Escritura otorgada en San José, a las 14 horas del 26 de junio del 2012.—Lic. Mauricio López Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2012312896.—(IN2012075407).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las once horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de junio del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Bebidas V & M Fruti-K y Algo Mas Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar solo de manera conjunta.—Cartago, cinco de julio del dos mil doce.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2012312897.—(IN2012075408).

Mediante escritura número 143-04, del tomo IV del protocolo del suscrito notario público, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Gandul S. A., según la cual se acuerda unánimemente su disolución. Escritura otorgada en San José, a las 15 horas del 26 de junio del 2012.—Lic. Mauricio López Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2012312898.—(IN2012075409).

Mediante escritura número 144-04, del tomo IV del protocolo del suscrito notario público, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Florida Logistics Consulting Ltda., según la cual se acuerda unánimemente su disolución. Escritura otorgada en San José, a las 16 horas del 26 de junio del 2012.—Lic. Mauricio López Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2012312899.—(IN2012075410).

El suscrito notario da fe que el día diez del mes de julio, en la notaría ubicada en Escazú, setenta y cinco metros al este de la Escuela Juan XXIII, en San Antonio de Escazú, se solicita la modificación a la sociedad anónima GBS Data Corporation con cédula jurídica tres ciento uno trescientos veintisiete mil setecientos veintinueve. Escritura otorgada en San José a las nueve horas diez minutos del día diez del mes de julio del dos mil doce. Solicita al Registro su inscripción.—Lic. Alonso Humberto Ramírez Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012312900.—(IN2012075411).

Ante esta notaría, en la ciudad de San José, San Pedro, Los Yoses, del restaurante Le Chandelier cincuenta metros al sur, en las oficinas de la firma PricewaterhouseCoopers, a las dieciséis horas treinta minutos del nueve de julio del dos mil doce, autorizada para este acto, procedí a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Information Technology Development I.T.D Sociedad Anónima mediante la cual se modifica el pacto social de la compañía, específicamente la cláusula primera del nombre, la cláusula segunda del domicilio, la cláusula sétima de la representación.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—RP2012312902.—(IN2012075412).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 13 de julio del 2012, ante la notaria Lina Rebeca Rodríguez Otárola se modificó la junta directiva de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cinco Cinco Ocho Uno Tres Dos.—Lic. Lina Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—RP2012312904.—(IN2012075413).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad G C S Consultores Financieros S. A. Se modificó estatutos y se cambió a nueva razón social: Innova Software As A Service S. A.—San José, diez horas del día dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Edwin Ramírez Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012312905.—(IN2012075414).

Por escritura otorgada hoy, se protocoliza reforma parcial a los estatutos de la entidad 3-101-634755 S. A.—Turrialba, 13 de julio del 2012.—Lic. Ligia Gamboa Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012312906.—(IN2012075415).

En escritura 312 otorgada de las 10 horas del 12 de julio del 2012, se disuelve la sociedad El Verde Retoño Limitada.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012312907.—(IN2012075416).

Ante notaría de la suscrita notaria pública María de los Ángeles Angulo Gómez los socios de la sociedad Casa Blanca de Monserrat Primera Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos catorce mil ciento cincuenta y dos, con domicilio en San José, protocolizan acta mediante la cual se reforma la cláusula sétima de la representación.—Lic. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012312909.—(IN2012075417).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día siete de julio del dos mil doce a las catorce horas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Bambers in CR Limitada, en la cual se revoca el nombramiento de gerente uno, gerente dos y gerente tres se reforman la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Atenas, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—RP2012312910.—(IN2012075418).

Ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada; Piensos Jicaral Sociedad Anónima, capital social: cien mil colones. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con atribuciones de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Luis Antonio Ugalde Ramos, Notario.—1 vez.—RP2012312911.—(IN2012075419).

Ante esta notaría se ha constituido Servicios Diagnósticos J & S Sociedad Anónima. Domicilio se ubicará en el distrito primero, Palmares del cantón sétimo, Palmares, de la provincia de Alajuela exactamente cincuenta metros norte del Club de Amigos Palmareños. Objeto principal lo constituye el servicio químico, clínico y microbiológico y el comercio en general. Plazo social de noventa y nueve años, a partir del día 14 de julio 2012. Capital social de doscientos mil colones.—Palmares, 14 de julio del 2012.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012312912.—(IN2012075420).

En mi notaría, al ser las 15:00 hrs. del 14 de julio del 2012, se constituyó la sociedad Tranportes TCR S. A., capital social de diez mil colones íntegramente suscrito y pagado, con domicilio social en Cartago, Guadalupe, y donde corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2012312921.—(IN2012075422).

En mi notaría, al ser las 7:30 hrs. del día 28 de junio del 2012, se constituyeron los socios que conforman la totalidad del capital social de la sociedad G y R de Escazú Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-uno tres siete seis nueve tres, donde por unanimidad se acuerda la disolución de la sociedad descrita.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—RP2012312922.—(IN2012075423).

Hago constar que por escritura ante el suscrito notario, número ciento treinta y cinco de doce de julio, se disolvió la saciedad Sonido Portátil S. A.—16 de julio del 2012.—Lic. Carlos Enrique Castro Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012312924.—(IN2012075424).

Por escritura número ciento dos-cinco otorgada ante esta notaría a las once horas del día trece de julio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones La Morita S Y C Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos mil ochenta y dos, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad, se nombra nuevo presidente, secretaria y agente residente. Es todo.—San José, diecisiete de julio de dos mil doce.—Lic. Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2012075425).

Por escritura número ciento tres-cinco otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día dieciséis de julio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Tichen International Trade Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos cinco, mediante la cual se nombra nueva fiscal y agente residente. Es todo.—San José, diecisiete de julio de dos mil doce.—Lic. Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2012075426).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza, acta de la compañía Contabilidades Sayco Sociedad Anónima, mediante la cual se aprueba la disolución de la empresa.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Raúl Herrera Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2012075442).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Inversiones Versubio Sociedad Anónima, mediante la cual se aprueba la disolución de la empresa.—San José, veintiséis de junio de dos mil doce.—Lic. Raúl Herrera Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2012075443).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Royma Sociedad Anónima, mediante la cual se aprueba la disolución de la empresa.—San José, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Raúl Herrera Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2012075444).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito a las nueve horas del veinticuatro de abril del dos mil doce protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Calicruz Sociedad Anónima mediante la cual se acuerda modificar la cláusula tercera del domicilio social.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Jaime Amador Hasbun, Notario.—1 vez.—(IN2012075450).

Por escritura ante mí, se protocolizó acta de asamblea general de socios de GDF Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y tres mil novecientos sesenta y nueve, en la cual se procede a la disolución de la sociedad.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Patricia Prada Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2012075461).

Por escritura número setenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, notario Manuel Ortiz Coronado, a las nueve horas treinta minutos del día veintinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Almara Enero Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cinco mil noventa y cuatro, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Manuel Ortiz Coronado, Notario.—1 vez.—(IN2012075462).

Por escritura número cinco, otorgada ante esta notaría, notario Manuel Enrique Ortiz Coronado, a las diez horas del día veintinueve de junio de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Giramar de Santa Ana Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y cuatro mil quinientos sesenta y dos, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Manuel Enrique Ortiz Coronado, Notario.—1 vez.—(IN2012075464).

Por escritura número dos, otorgada ante el suscrito notario público, a las catorce horas del día veintisiete de junio de dos mil doce, se protocolizan las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de las compañías Arrendamientos Mobiliarios AML Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y dos mil setenta y nueve, Inversiones Comerciales Incomla Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y dos mil ochenta, Lacori (Costa Rica) Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y ocho mil doscientos tres, Mochica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y dos mil ciento sesenta y cinco, Siglo Catorce Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y seis mil novecientos treinta y uno, Transferencias Centroamericanas Rapienvíos Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos doce mil doscientos noventa y uno, y El Poar Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cinco mil quinientos noventa y tres, mediante la cual las sociedades anteriormente indicadas se fusionaron por el sistema de absorción subsistiendo la sociedad El Poar Sociedad Anónima, reformándose la cláusula cuarta del capital social de la sociedad prevaleciente.—San José, dieciséis de julio de dos mil doce.—Lic. Manuel Salas Raven, Notario.—1 vez.—(IN2012075466).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del catorce de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Inversiones Roble y Sabana AYM Sociedad Anónima que es nombre fantasía y puede abreviarse Inversiones Roble y Sabana AYM S. A. correspondiendo al presidente y secretario ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en calidad de apoderados generalísimos sin limitación de suma que deberán ejercer necesariamente de manera conjunta.—Lic. Mario Felipe Marín Cascante, Notario.—1 vez.—(IN2012075467).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del trece de julio del dos mil doce, se protocolizó acuerdo de disolución de la sociedad Gpallied Latin America Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cinco ocho cuatro nueve seis tres.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—(IN2012075472).

En esta notaría se protocoliza acta de cambio nombre de la sociedad Zion Corporación por Zion Corp así como representación judicial.—Lic. Floria Segreda Sagot, Notaria.—1 vez.—(IN2012075477).

Hago constar que por escritura número ciento treinta y siete de esta fecha, ante el suscrito notario, se disolvió la sociedad Inversiones García Soto de Moravia S. A.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Carlos Enrique Castro Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012075481).

Por escritura otorgada a las 8 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad Leonamar Rodio Cuarenta y Cinco S. A., en la cual se reforma el pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 17 de julio del 2012.—Lic. Javier Camacho Granados, Notario.—1 vez.—(IN2012075482).

José Francisco Chaves Campos, abogado, hace constar que mediante escritura número diecinueve-ciento cuarenta y nueve del tomo diecinueve se nombra nueva junta directiva y se nombra nuevo fiscal y agente residente y se modifican las cláusulas dos, tres, trece y la veintiuno del pacto constitutivo de la sociedad El Hispano S. A.—25 de junio 2012.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012075485).

José Francisco Chaves Campos, abogado, hace constar que mediante escritura número diecinueve-ciento cincuenta y uno, del tomo diecinueve se nombra nueva junta directiva y se nombra nuevo fiscal y agente residente y se modifican las cláusulas dos, tres, doce,y la veinte del pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria J.G. S. A.—25 de junio del 2012.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012075486).

José Francisco Chaves Campos, abogado, hace constar que mediante escritura número diecinueve-ciento cincuenta del tomo diecinueve se nombra nueva junta directiva y se nombra nuevo fiscal y agente residente y se modifican las cláusulas dos, tres, doce y la veintiuno del pacto constitutivo de la sociedad Pistacho S. A.—25 de junio del 2012.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012075487).

Por escritura otorgada hoy ante mí, Camposanto El Labrador reforma estatutos, aumenta el capital social y nombra junta directiva.—San José, 17 de julio del 2012.—Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—(IN2012075488).

José Francisco Chaves Campos, abogado, hace constar que mediante escritura número diecinueve-ciento cincuenta y uno B, del tomo diecinueve, se nombra nueva junta directiva y se nombra nuevo fiscal y agente residente y se modifican las cláusulas dos, tres, doce y la veinte del pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria .G.F. S. A.—25 de junio del 2012.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012075490).

José Francisco Chaves Campos, abogado, hace constar que mediante escritura número diecinueve-ciento cincuenta y dos, del tomo diecinueve, se nombra nueva junta directiva y se nombra nuevo fiscal y agente residente, y se modifican las cláusulas tres, diez del pacto constitutivo de la sociedad El Hispano Inmobiliaria de La California S. A.—25 de junio del 2012.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012075492).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas y treinta minutos, del día trece de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Grupo Hermanos Santamaría Solís Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado; presidenta: Denia Santamaría Solís; plazo: noventa y nueve años.—San José, viernes 13 de julio del 2012.—Lic. Alban Sing Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2012075493).

José Francisco Chaves Campos, abogado, hace constar que mediante escritura número diecinueve-ciento cincuenta y tres, del tomo diecinueve se nombra nueva junta directiva y se nombra nuevo fiscal y agente residente y se modifican las cláusulas tres, diez del pacto constitutivo de la sociedad Punta Respingue S.A.—25 de junio del 2012.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012075496).

José Francisco Chaves Campos, abogado, hace constar que mediante escritura número diecinueve-ciento cincuenta y seis B, del tomo diecinueve, se modifican las cláusulas sexta, segunda y se nombran nuevos directores de la sociedad Lukhris Ltda.—12 de julio 2012.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(IN2012075497).

El suscrito notario hace constar y da fe de que ha protocolizado acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Sonivisión S. A. a las 16:00 horas del 05 de junio del 2012, en la cual se modifica la denominación de las acciones de la sociedad.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012075510).

El suscrito notario hace constar y da fe de que ha protocolizado acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Videotek S. A. a las 17:00 horas del 5 de junio del 2012, en la cual se modifica la denominación de las acciones de la sociedad.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012075511).

El suscrito notario hace constar y da fe de que ha protocolizado acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada S.P. Corporación de Bienes Muebles S. A. a las 18:00 horas del 5 de junio del 2012, en la cual se modifica la denominación de las acciones de la sociedad.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012075512).

El suscrito notario hace constar y da fe de que ha protocolizado acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Electroimpex S. A. a las 19:00 horas del 5 de junio del 2012, en la cual se modifica la denominación de las acciones de la sociedad.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012075514).

La sociedad denominada Grupo JP-OZ Belén Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y cinco mil seiscientos noventa y tres, reforma domicilio social, administración, representación social y se realiza aumento de capital social.—Alajuela, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Óscar Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012075526).

La sociedad denominada It’s All Right Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco ocho cero uno tres ocho, acuerda disolver la sociedad no habiendo activos ni pasivos se prescinde nombrar liquidador y se  liquida por consiguiente la referida sociedad.—Alajuela, catorce horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil doce.—Lic. Óscar Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012075527).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría a las once horas treinta minutos se constituyó la sociedad denominada Arrimu Sociedad Anónima.—Alajuela, once de julio del dos mil doce.—Lic. Óscar Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012075528).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, la empresa Sarria Sociedad Anónima, modifica la cláusula segunda del pacto social.—San José, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Rita María Calvo González, Notaria.—1 vez.—(IN2012075552).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, la empresa Vallvidrera Sociedad Anónima, modifica la cláusula segunda del pacto social.—San José, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Rita María Calvo González, Notaria.—1 vez.—(IN2012075553).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del diecisiete de julio del año dos mil doce, se reformaron la cláusula sexta de la administración y se nombran nuevos secretario y tesorero de la sociedad M & J C Sociedad Anónima. Presidente. Luis Guillermo Sandoval Alfaro.—Alajuela, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Ernesto Mora Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2012075554).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Costacan S. A., otorgada a las 16 horas del día 12 de julio del 2012, se reformó la cláusula octava, administración, se nombró tesorero de la junta directiva.—Belén, Heredia, 12 de julio del 2012.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012075558).

Por escritura 128 otorgada en esta notaría, a las 13:00 horas del 26 de junio del 2012, la sociedad Maxcol Maro Internacional S. A., solicitó su disolución y prescindió de liquidador.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2012075569).

Por escritura 66 otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 26 de junio del 2012, la sociedad Lag Twenty One S. A., solicitó su disolución y prescindió de liquidador.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012075570).

Por escritura otorgada ante mí, Mauricio Cordero Alfaro y Esteban Cordero Alfaro, constituyen Desarrollo Inmobiliario Coral Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse denominará Desarrollo Inmobiliario Coral S. A. Domicilio social La Ribera de Belén, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Mauricio Cordero Alfaro.—Heredia, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2012075572).

Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Doris Cecilia Vargas Vargas, constituyen El Galerón de San Francisco AAG Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse denominará El Galerón de San Francisco AAG S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: veinte mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—Heredia, diecisiete de julio del  dos mil doce.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2012075573).

Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Doris Cecilia Vargas Vargas, constituyen Los Piquique IMR Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse denominará Los Piquique IMR S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: veinte mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—Heredia, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2012075574).

Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Doris Cecilia Vargas Vargas, constituyen KMM El Bebedero Occidental Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse denominará KKM El Bebedero Occidental S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: Noventa y nueve años. Capital social: veinte mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—Heredia, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2012075575).

A las dieciséis horas de dieciséis de julio del dos mil doce se constituyó en mi oficina la sociedad denominada Productos Corrugados de Alajuela Sociedad Anónima, con su domicilio en San José, Sabana Sur, Barrio Corazón de Jesús, al costado sur, del Cementerio Israelí, contiguo casa número tres mil cuatrocientos sesenta, siendo sus representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente los señores Yadira Vargas Vargas, mayor, soltera, estudiante, vecina de Cartago, Tres Ríos, cédula de identidad número uno-mil trescientos treinta y dos-seiscientos noventa y dos y Marlon Rojas Arias, mayor, soltero, estudiante, vecino de Alajuela, Palmares, cédula de identidad número uno-mil trescientos cincuenta y siete-cero setenta y seis.—San José, a las ocho horas del diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Luz Mery Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012075590).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad denominada Wooden Bridge of Auverne Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y novena de sus estatutos.—Puntarenas, Garabito, 16 de julio del 2012.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2012075591).

A las diecisiete horas de dieciséis de julio del dos mil doce se constituyó en mi oficina la sociedad denominada Inversiones Bougainvillea Sociedad Anónima, con su domicilio en San José, Sabana sur, Barrio Corazón de Jesús, al costado sur, del Cementerio Israelí, contiguo casa número tres mil cuatrocientos sesenta, siendo sus representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente los señores Yadira Vargas Vargas, mayor, soltera, estudiante, vecina de Cartago, Tres Ríos, cédula de identidad número uno-mil trescientos treinta y dos-seiscientos noventa y dos y Marlon Rojas Arias, mayor, soltero, estudiante, vecino de Alajuela, Palmares, cédula de identidad número uno-mil trescientos cincuenta y siete-cero setenta y seis.—San José, a las ocho horas y veinte minutos del diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Luz Mery Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2012075592).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del día de hoy, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Hydro Skyboard Limitada, Michael Kenneth Mc Bride, gerente. Capital social debidamente suscrito y pagado.—Puntarenas, Jacó, 13 de julio del 2012.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2012075593).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 12:00 horas del 12 de julio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa compañía Tecnología Sexada S. A., mediante la cual se reformó el artículo primero y segundo de los estatutos: del nombre y del domicilio.—Alajuela, 16 de julio del 2012.—Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—1 vez.—(IN2012075598).

Mediante escritura número trece, visible al folio ocho vuelto del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las ocho horas del treinta y uno de mayo del dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general de socios de la empresa denominada Condominio Tierras de Café Lote Ciento Tres EEE Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil doscientos veintitrés. Es todo.—San José, 17 de julio del dos mil doce.—Lic. Gretchen Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012075602).

Mediante escritura número doce, visible al folio ocho frente del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las quince horas treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil doce, se acordó disolver la empresa denominada Corporación Melissa R & M Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos cincuenta y dos. Es todo.—San José, 17 de julio del dos mil doce.—Lic. Gretchen Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012075603).

Mediante escritura número quince, visible al folio once frente del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las trece horas del veintitrés de junio año dos mil doce, se acordó disolver la empresa denominada Núcleo Cinco Servicios Profesionales Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y dos mil novecientos veintiocho. Es todo.—San José, 17 de julio del dos mil doce.—Lic. Gretchen Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2012075604).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas cuarenta minutos del veintiocho de julio del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Servicios Móviles Integrales de Centroamérica Limitada, cédula de persona jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y dos mil trescientos ochenta y seis, de las once horas del veintiocho de junio del dos mil doce, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2012075617).

Por escritura número ciento sesenta y dos otorgada ante este notario, a las ocho horas del tres de julio del dos mil doce, se protocolizó acta número seis de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Pacha Mama del Pacífico S.A., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula octava de los estatutos sociales, se nombra nueva junta directiva y se revocan poderes.—San José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. Manuel Rudelman Wholstein, Notario.—1 vez.—(IN2012075621).

Por escritura número ciento sesenta y tres otorgada ante este notario a las diez horas del cuatro de julio del dos mil doce, se protocolizó acta número nueve de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Encontrando Armonía S. A., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sétima de los estatutos sociales, se nombra nueva junta directiva y se revocan poderes.—San José, cinco de julio del dos mil doce.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(IN2012075622).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:30 horas del 22 de marzo del 2012, mediante la escritura número 78, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Zurcher Blen & Asociados S. A., mediante la cual modifica la cláusula segunda del pacto social.—17 de julio del dos mil doce.—Lic. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—RP2012312928.—(IN2012075748).

Ante mí, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad 3-101-512037, en la cual se reforma totalmente las cláusulas segunda, tercera y sexta de los estatutos sociales, correspondiente al domicilio, objeto y representación social de la sociedad. Además se revoca el nombramiento de los miembros de la junta directiva y fiscal, y se nombra nueva junta directiva y fiscal, así como agente residente. Escritura otorgada en la San Isidro de Pérez Zeledón, a las 12:30 horas del 25 de junio del 2012.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—RP2012312929.—(IN2012075749).

Por escritura número ciento cuatro del tomo veintidós de mi protocolo otorgada el día de hoy se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la empresa Villa Cuernos de Búfalo S. A., donde se revocó el nombramiento del presidente y secretaria y se reformó la cláusula de la representación de legal de la sociedad.—San Isidro de Pérez Zeledón, 12 de julio del 2012.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—RP2012312931.—(IN2012075750).

Mediante escritura número cuarenta y seis-cuatro, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintisiete de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Mercadería Deportiva Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Eduardo Rojas Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2012312934.—(IN2012075751).

Ante esta notaría a las doce horas del doce julio del dos mil doce se constituye Gringo Sales Palace R. S. R. L. Capital social es de doce mil colones y se nombra gerente: Nick Edward Harbaugh y subgerente Rosibel María Rodríguez Solano.—San Isidro de Pérez Zeledón, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Édgar Fallas Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012312935.—(IN2012075752).

Mediante escritura pública número 62 tomo 6 otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 13 de julio de 2012, se constituyó la sociedad Inversiones Rodríguez Aguilar Sociedad Anónima, con un capital social de sesenta mil colones, domiciliada en Barrio Jesús de Santa Bárbara de Heredia, Urbanización La Florecilla, casa número uno.—Santa Bárbara de Heredia, 13 de julio 2012.—Lic. Hernán Paniagua Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012312936.—(IN2012075753).

Por medio de la escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas quince minutos del trece de julio del año en curso, se constituyó la sociedad denominada Jesba S. A. Presidente, Jesús Badilla Rodríguez.—San Isidro de Pérez Zeledón, 16 de julio del 2012.—Lic. María Cecilia Cuendis Badilla, Notaria.—1 vez.—RP2012312944.—(IN2012075754).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituye la empresa Consulting Services International of Costa Rica LLC, capital debidamente suscrito y garantizado.—Pérez Zeledón, a las trece horas del dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—RP2012312946.—(IN2012075755).

Ante esa notaría se constituyó la sociedad denominada denominará Delfrut Corporación Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor Yerik Francisco González Ortiz, con cédula de identidad número dos-cinco seis nueve-siete nueve dos.—San José, diecisiete de julio de dos mil doce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012312949.—(IN2012075756).

Que ante esta notaría, se está tramitando la disolución por acuerdo de socios mediante la escritura pública número noventa y uno, del tomo dos del Licenciado Geovanny José Sibaja Fallas, acuerdan disolver la sociedad Pérez Zeledón Producciones S. A., con cédula jurídica 3-101-446541, por no tener activos ni pasivos se acuerda la disolución de la misma.—2 de julio 2012.—Lic. Geovanny José Sibaja Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012312951.—(IN2012075757).

Que ante esta notaría, se está tramitando la disolución por acuerdo de socios en acta número cuatro de la sociedad Inversiones Valverde y Umaña S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-dos siete seis cero ocho ocho, por no tener activos ni pasivos se acuerda la disolución de la misma.—2 de julio del 2012.—Lic. Geovanny José Sibaja Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012312952.—(IN2012075758).

Que ante esta notaría, se está tramitando la disolución por acuerdo de socios mediante la escritura pública número noventa del tomo dos del Licenciado Geovanny José Sibaja Fallas, acuerdan disolver la sociedad Reservas Costa Rica S. A., con cédula jurídica 3-101-443628, por no tener activos ni pasivos se acuerda la disolución de la misma.—2 de julio del 2012.—Lic. Geovanny José Sibaja Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012312953.—(IN2012075759).

Ante mi notaría, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Inversiones Peve del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos diecinueve mil ochenta y cuatro; mediante la cual se modificó la cláusula sétima, se nombró junta directiva y fiscal, cuya acta fue protocolizada el día de hoy.—Pérez Zeledón, diez de julio del dos mil doce.—Lic. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012312954.—(IN2012075760).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del día trece de julio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Jokulsa Internacional S.A., donde se acuerda modificar la cláusula décima del pacto constitutivo.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012312955.—(IN2012075761).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día trece de julio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Brisalia Citrino S. A., donde se acuerda modificar la cláusula de la administración del pacto constitutivo.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012312956.—(IN2012075762).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día dieciséis de julio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Desarrollos Lomas de Guachipelín S. A., donde se acuerda modificar las cláusulas segunda, quinta y sétima del pacto social.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012312957.—(IN2012075763).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas cincuenta minutos del día dieciséis de julio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de socios de la sociedad denominada Comercio de las Américas S. A., donde se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012312958.—(IN2012075764).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas quince minutos del día dieciséis de julio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Velocita S. A., donde se acuerda modificar las cláusulas segunda, cuarta y quinta del pacto social.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012312959.—(IN2012075765).

La compañía Asesores y Consultores Villamon S. A., modifica cláusula primera, segunda y sétima de sus estatutos y nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 13 de julio del dos mil doce.—Lic. Arnoldo Parini Guevara, Notario.—1 vez.—RP2012312960.—(IN2012075766).

Por asamblea general extraordinaria número uno de la sociedad Hiba Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y cinco mil doscientos setenta, se decide su disolución. Artículo doscientos uno inc. D) del Código de Comercio.—San Ramón, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. María Mercedes González Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012312962.—(IN2012075767).

Por asamblea general extraordinaria número uno de la sociedad Almacén Hidalgo Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-noventa y tres mil quinientos noventa y nueve, se decide su disolución. Artículo doscientos uno inc. D) del Código de Comercio.—San Ramón, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. María Mercedes González Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012312963.—(IN2012075768).

Por escritura otorgada a las diez horas de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de Distribuidora Valbag S. A., modificando estatutos y reestructurando junta directiva.—San José, catorce de julio dos mil doce.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312964.—(IN2012075769).

Por escritura otorgada a las nueve horas de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de Valverde y Bagnarello S. A., modificando estatutos y reestructurando junta directiva.—San José, 14 de julio 2012.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312965.—(IN2012075770).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del dieciséis de julio de dos mil doce, se reforma cláusula segunda, de domicilio social, de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seis Cuatro Ocho Tres Ocho Uno Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de julio de dos mil doce.—Lic. Gustavo Chinchilla Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012312979.—(IN2012075771).

Ante esta notaría se modifica la cláusula quinta del pacto social para aumento de capital social, se revocan los nombramientos de secretario y tesorero de la sociedad Elements Spa Sociedad Anónima. Otorgado en Heredia, al ser las dieciséis horas del dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Iliana Cruz Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2012312980.—(IN2012075772).

Por protocolización de asamblea general extraordinaria de la sociedad Costa Rica Travel and Living S. A., reforma cláusula novena y se nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada en  San José, a las ocho horas del día doce de julio del 2012.—Lic. Édgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2012312984.—(IN2012075773).

Por escritura pública número trescientos diez-tres, otorgada ante esta notaría, el día catorce de julio del dos mil doce, se disolvió la entidad denominada Flobaj Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco ocho tres tres dos siete, domiciliada en Cartago, Los Ángeles.—Cartago, 16 de julio del 2012.—Lic. Elizabeth María Campos Solano, Notaria.—1 vez.—RP2012312986.—(IN2012075774).

Ante esta notaría mediante la escritura número ciento catorce, de las ocho horas del trece de julio del año 2012, del tomo dos de mi protocolo, se protocolizó asambleas de socios de Depósito y Ferretería Colón Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-165547, que modifica las cláusulas primera y tercera del pacto constitutivo. Es todo.—San José, a los dieciséis días del mes de julio del dos mil doce.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—RP2012312987.—(IN2012075775).

Por escritura número ciento seis otorgada ante esta notaría a las ocho horas del trece de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de la sociedad Grupo Inmobiliario Covene S. A., se reforma la cláusula primera del pacto social.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—RP2012312991.—(IN2012075776).

Por escritura otorgada a las catorce horas de este día protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Comapan S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—RP2012312994.—(IN2012075777).

Por escritura otorgada a las catorce y treinta horas de este día, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Grupo Musi S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas décimo sétima y vigésimo primera de los estatutos.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—RP2012312995.—(IN2012075778).

Por escritura otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos de este día protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Pacma de San José S. A., mediante la cual se reforma la cláusula cuarta de los estatutos.—San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—RP2012312996.—(IN2012075779).

Por escritura otorgada a las ocho y treinta horas de este día, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Panemark S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas décimo sétima y vigésimo primera de los estatutos.—San José, 5 de julio del 2012.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—RP2012312997.—(IN2012075780).

Ante mi notaría, a las quince horas del día dieciséis de julio del dos mil doce, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Wive Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-noventa y un mil ciento cuarenta y siete, donde se reforman las cláusulas segunda, sétima y décima.—Lic. Santiago Vargas Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012312998.—(IN2012075781).

Por escritura otorgada a las once horas de este día, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Premezclas Industriales para Panadería S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos.—San José, 5 de julio del 2012.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—RP2012312999.—(IN2012075782).

Por escritura Nº 222 otorgada a las 9:00 horas del día 12 de julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general de la empresa OR Fischel Medical Supply Sociedad Anónima, donde se modifica pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012313000.—(IN2012075783).

En la notaría del Lic. Roldán Morales Novoa, se protocolizó el acta de la sociedad Rodaka Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y ocho seiscientos cuarenta y seis. Es todo.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce. 1Vez. RP2012313001 (IN2012075784).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 18: 00 horas del primero de julio del 2012, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Servicios Comerciales Mejía y Calderón S. A., mediante la cual se acuerda su disolución.—San José, 1 de julio del 2012.—Lic. Orlando Calzada Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012313002.—(IN2012075785).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 27 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Inversiones Fast Food S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cuatro mil ochocientos diecinueve, en la que se disuelve la sociedad.—Lic. María José Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—RP2012313003.—(IN2012075786).

Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las ocho horas del 13 de julio del 2012, la señora María Verónica Riboldi López en representación de Vectormex International Inc. constituye la sociedad Vectorglobal WMG Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 13 de julio del 2012.—Jéssica Paola Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2012313004.—(IN2012075787).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 26 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil novecientos sesenta y cuatro, en la que se disuelve la sociedad.—Licda. María José Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—RP2012313005.—(IN2012075788).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 12 de julio del 2012 se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Corporación Río Pacífico S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y seis mil setecientos noventa y ocho, en la que se modifica la cláusula de la representación de la sociedad. Licda. María José Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—RP2012313006.—(IN2012075789).

En la notaría de la Licenciada Susana Chaves Sell, mediante escritura número veinticinco, al ser las diez horas y treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil doce, se disolvió, por acuerdo de socios, la sociedad Grupo B Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y nueve mil novecientos treinta y ocho, la cual no tiene activos ni pasivos a su nombre. Es todo.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Susana Patricia Chaves Sell, Notaria.—1 vez.—RP2012313007.—(IN2012075790).

En la notaría de la Licenciada Susana Chaves Sell, mediante escritura número veinticuatro, al ser las diez horas del veintisiete de abril de dos mil doce, se disolvió, por acuerdo de socios, la sociedad Akopgalat Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil trescientos veinticinco, la cual no tiene activos ni pasivos a su nombre. Es todo.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Susana Patricia Chaves Sell, Notaria.—1 vez.—RP2012313008.—(IN2012075791).

En la notaría de la Licenciada Susana Chaves Sell, mediante escritura número veintiséis, al ser las once horas del veintisiete de abril de dos mil doce, se disolvió, por acuerdo de socios, la sociedad Comercial Yamieka Town Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil trescientos once, la cual no tiene activos ni pasivos a su nombre. Es todo.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Susana Patricia Chaves Sell, Notaria.—1 vez.—RP2012313010.—(IN2012075792).

Condominio Mediterráneo número Nueve Salamanca Sociedad Anónima, modifica cláusulas del pacto social. Escritura N° 109, otorgada en San José, a las 21:00 horas del 29 de julio del 2012.—Lic. Roberto Pochet Torres, Notaria.—1 vez.—RP2012313012.—(IN2012075793).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Administradora Troncos de Niebla S. A., cédula jurídica 3-101-589870. Se acuerda disolver y liquidar la sociedad anónima.—San José, 28 de marzo del 2012.—Lic. Fernando Ramírez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012313013.—(IN2012075794).

Ante el Notario Público Fernando Ramírez Muñoz, mediante escritura otorgada a las once horas del once de julio del año dos mil doce, se constituyó la sociedad de esta plaza Split Second Sociedad Anónima.—Lic. Fernando Ramírez Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012313014.—(IN2012075795).

Por medio de escritura otorgada al ser las catorce horas del día dieciséis de julio del año dos mil doce, ante el Notario Público Juan Francisco Molinero Hernández, por medio de protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios, se acordó reformar las cláusulas segunda y sexta de la sociedad de esta plaza Peterson Consulting Of Alajuela Sociedad Anónima.—San José, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Juan Francisco Molinero Hernández, Notario.—1 vez.—RP2012313015.—(IN2012075796).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 16 de julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Palo Blanco Dos del Este S. A. Se modifican cláusula 2° del domicilio y cláusula  7° de la administración.—Giovanni Enrique Incera Segura, Notario.—1 vez.—RP2012313017.—(IN2012075797).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas del 16 de julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Importaciones Marín Chavarría IMACH S. A. Se modifica cláusula 7° de la administración.—Lic. Giovanni Enrique Incera Segura, Notario.—1 vez.—RP2012313018.—(IN2012075798).

Por escritura número trescientos ocho visible en el tomo octavo de mi protocolo se constituyó, Grupo Tatinke Sociedad Anónima. Es todo.—San José, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2012313020.—(IN2012075800).

Por escrituras números trescientos doce, trescientos trece y trescientos catorce, visibles en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se protocolizan respectivamente actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las empresas: Elo Hena Cinco, Pulgi y Mj Asesorías Shemesh, todas sociedad anónima donde se reforman las cláusulas de la administración y se nombra nuevo presidente,.y secretario. Es todo.—San José, julio once del dos mil doce.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2012313021.—(IN2012075801).

Por escritura número trescientos quince, visible en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Representaciones Winiker S. A., donde se disuelve la misma. Es todo.—San José, doce de julio del dos mil doce.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2012313022.—(IN2012075802).

Ante esta Notaría comparecieron Carlos López Zúñiga, cédula cinco-doscientos treinta y cuatro-cuatrocientos cuarenta y siete, y Marlene Caravaca Mena, cédula cinco-doscientos setenta y seis-ciento ochenta y seis, para solicitar la disolución de la sociedad A y M de Nicoya Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-quinientos-cuarenta y siete mil treinta y uno.—Nicoya, dieciocho abril del dos mil once.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—RP2012313023.—(IN2012075803).

Por escritura otorgada el día dieciséis de julio del año dos mil doce, se nombra nuevo Fiscal de la compañía denominada Latín American Consulting Group Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil novecientos noventa y seis.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Andrea Carvajal Lizano, Notaria.—1 vez.—RP2012313024.—(IN2012075804).

Por escritura número 107-5 del 17 de julio del 2012, otorgada en Cartago, a las 08:00 horas; se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad denominada Uaramat Sociedad Anónima, en la cual se tomó el acuerdo de reformar la cláusula sexta de los estatutos.—Lic. Kathia Valverde Molina, Notaria.—1 vez.—RP2012313025.—(IN2012075805).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 16:30 horas del 20 de junio del 2012, se disolvió por comparecencia de socios la sociedad Sánchez Rodríguez y Asociados S. A., cédula jurídica 3-101-154773. Acuerdo único disolución de sociedad.—Ciudad Quesada, 16 de junio del 2012.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012313027.—(IN2012075806).

Por escritura otorgada ante mí, Robert Solís Sauma, a las 11:00 horas del 11 de julio del 2012, se constituyó la sociedad anónima denominada Elizondo Corrales & Asociados Sociedad Anónima, con capital social totalmente suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 11 de julio del 2012.—Lic. Robert Solís Sauma, Notario.—1 vez.—RP2012313029.—(IN2012075807).

Mediante escritura número 272-13, otorgada en mi notaría, a las 18:00 horas del 20 de marzo del 2012, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Agrícols Isabella Sociedad Anónima, domiciliada en Puerto Escondido, Pital, San Carlos, Urbanización San Antonio, casa 63. Capital social: ¢20.000,00 colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de ¢2.000.00 colones cada una. Presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, cargo que recae en María Isabel Rojas Salas.—Lic. Xinia Isabel Salas Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012313030.—(IN2012075808).

Protocolicé acta de asamblea general de accionistas de Finca Villa Adina S. A. Se disuelve la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d), 206, siguientes y concordantes del Código de Comercio.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Fernando Montero López y Luis Gustavo Pereira León, Notarios.—1 vez.—RP2012313032.—(IN2012075809).

Protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de María Pía S. A. Se disuelve la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d), 206, siguientes y concordantes del Código de Comercio.—San José, 28 de junio del 2012.—Fernando Montero López y Luis Gustavo Pereira León, Notarios.—1 vez.—RP2012313033.—(IN2012075810).

Protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Carcas S. A. Se disuelve la sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d), 206, siguientes y concordantes del Código de Comercio.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Mario Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2012313034.—(IN2012075811).

Por escritura pública otorgada el 28 de junio del 2012, Álvaro Montealegre Castillo, cédula 1-891-650 disuelve la sociedad Servicios  Electromecánicos Álvaro Montealegre S. A., cédula jurídica número 3-101-366333.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Mario Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2012313035.—(IN2012075812).

Por escritura pública otorgada el 25 de junio del 2012, Ulises Quesada Pérez c. c. López Pérez, cédula 9-103-813 y María de los Ángeles Fernández Monge, cédula 1-979-202 disuelven la sociedad Mariuli S. A., cédula jurídica número 3-101-571407.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Mario Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—RP2012313036.—(IN2012075813).

Por escritura número ciento uno-cuarenta y siete, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a las nueve horas treinta minutos del día dieciséis de julio del dos mil doce, se reforma el domicilio, la representación, se nombran junta directiva y fiscal de la sociedad Montañas de Santa Ana Cuatro DK S.A.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—RP2012313037.—(IN2012075814).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:30 horas del 2 de julio del 2012, se protocolizó acta de Lochenvat S.A., mediante la cual se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente, y se reforman las cláusulas II y VIII del pacto constitutivo.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—RP2012313038.—(IN2012075815).

Por escritura otorgada ante mí a las diecinueve horas del once de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad anónima de esta plaza Servaquircar S. A. Servicios Automotrices Quirós Carvajal Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Roxana Pujol Sobalvarro, Notaria.—1 vez.—RP2012313039.—(IN2012075816).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Veintinueve S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313041.—(IN2012075817).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Setenta y Siete S.A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313043.—(IN2012075818).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Veintitrés S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313044.—(IN2012075819).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Treinta y Cuatro S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diez horas veinticinco minutos del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313045.—(IN2012075820).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Seis Mil Trescientos Dos S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313046.—(IN2012075821).

José Eladio Alvarado Chacón, Maritza Montoya Cruz, Ana Lucía Alvarado Montoya, Alejandra Alvarado Montoya, José Francisco Alvarado Montoya, constituyen la sociedad denominada Grupo Empresarial Papyros Sociedad Anónima. Domicilio social: Hospital de San José, diagonal al edificio del parqueo de la Clínica Bíblica.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Gabriel G. Valenciano Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012313047.—(IN2012075822).

Por escritura otorgada ante esta notarla el día de hoy se disolvió la sociedad Maxhenry Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cinthya Abarca Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012313052.—(IN2012075823).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy se disolvió la sociedad Corporación Deco Versatile Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cinthya Abarca Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012313053.—(IN2012075824).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy se disolvió la sociedad Elsama Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cinthya Abarca Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012313054.—(IN2012075825).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas treinta minutos del nueve de julio dos mil doce, se constituyó una sociedad anónima. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2012313055.—(IN2012075826).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del nueve de julio dos mil doce, se constituyó una sociedad anónima. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2012313056.—(IN2012075827).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del nueve de julio dos mil doce, se constituyó una sociedad anónima. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2012313057.—(IN2012075828).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas treinta minutos del nueve de julio dos mil doce, se constituyó una sociedad anónima. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2012313058.—(IN2012075829).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Trescientos Quince S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313059.—(IN2012075830).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del nueve de julio dos mil doce, se constituyó una sociedad anónima. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2012313060.—(IN2012075831).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Setenta y Cinco S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas veinticinco minutos del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313061.—(IN2012075832).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Diecinueve S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo  doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas veinte minutos del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313062.—(IN2012075833).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Noventa Mil Ciento Tres S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas treinta y cinco minutos del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313063.—(IN2012075834).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Setecientos Veinticuatro S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012313064.—(IN2012075835).

El suscrito notario da fe que por medio de escritura número sesenta y cuatro-uno, de las diez horas del dieciséis de julio de dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la Asociación Institución de Cooperación Educacional Colegio Lincoln, domiciliada en Heredia, cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-cero seis seis nueve ocho cero, en la cual se acordó modificar los artículos cuarto, quinto, sexto, noveno, décimo segundo, décimo cuarto, décimo quinto y décimo sexto de los estatutos de la asociación.—San José, dieciséis de julio de dos mil doce.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012313065.—(IN2012075836).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Sesenta y Cinco S.A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313066.—(IN2012075837).

Por escritura otorgada ante mí, se reformó la cláusula octava de Agropecuaria La Cascada S. A., en cuanto a la representación. Representada por su presidente y secretaria.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, trece horas del trece de julio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1 vez.—RP2012313067.—(IN2012075838).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Desarrollos Urbanísticos Segmento MTJFK Dieciséis OOO S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diecisiete horas del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313068.—(IN2012075839).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Veintiocho S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diez horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313069.—(IN2012075840).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Ochenta y Siete, S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313070.—(IN2012075841).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Ochenta y Uno S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas cincuenta minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313071.—(IN2012075842).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Veintiocho S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas diez minutos del dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313072.—(IN2012075843).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Setenta y Dos S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313074.—(IN2012075844).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Quinientos Trece S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas diez minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313075.—(IN2012075845).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Siete Mil Novecientos Ochenta y Seis S. A., en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas del dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313076.—(IN2012075846).

Mediante escritura número noventa y cuatro, del tomo diez, de mi protocolo se constituyó la sociedad denominada Cuerpo y Piel Sociedad Anónima.—San José, trece julio de dos mil doce.—Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario.—1 vez.—RP2012313078.—(IN2012075847).

Por escritura número 122 otorgada a las 9:10 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Square 4-2 Sociedad Anónima, en español Cuadrante Urbano 4-2 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Square Sociedad Anónima, en español Cuadrante Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313080.—(IN2012075848).

Por escritura número 120 otorgada a las 8:50 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Tower 2-2 Sociedad Anónima, en español Torre Urbano 2-2 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Tower Sociedad Anónima, en español Torre Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313081.—(IN2012075849).

Por escritura número 119 otorgada a las 8:40 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Planet 1-2 Sociedad Anónima, en español Planeta Urbano 1-2 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Planet Sociedad Anónima, en español Planeta Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313082.—(IN2012075850).

Mediante escritura número dos, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas y diez minutos del dieciséis de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad: Quepos Green Paradise S.R.L.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. George de Ford González, Notario.—1 vez.—RP2012313083.—(IN2012075851).

Por escritura número 118 otorgada a las 8:30 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Living 1-1 Sociedad Anónima, en español Vida Urbano 1-1 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Living Sociedad Anónima, en español Vida Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313084.—(IN2012075852).

Por escritura número 121 otorgada a las 9:00 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Contemporary 4-1 Sociedad Anónima, en español Contemporáneo Urbano 4-1 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Contemporary Sociedad Anónima, en español Contemporáneo Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313085.—(IN2012075853).

El suscrito notario hace constar que, según escritura doscientos tres-siete, se ha constituido la sociedad limitada denominada Corporación Orozco Serrano Responsabilidad Limitada, donde figura como gerente José Francisco Orozco Serrano, cédula de identidad tres-trescientos treinta y uno-quinientos cincuenta y dos.—Cartago, diecisiete de julio de dos mil doce.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—RP2012313086.—(IN2012075854).

Por escritura número 123 otorgada a las 9:20 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Park 5-1 Sociedad Anónima, en español Parque Urbano 5-1 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Park Sociedad Anónima, en español Parque Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313089.—(IN2012075855).

Por escritura número 124 otorgada a las 9:30 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Interiors 5-2 Sociedad Anónima, en español Interior Urbano 5-2 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Interiors Sociedad Anónima, en español Interior Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313090.—(IN2012075856).

Por escritura número 125 otorgada a las 9:40 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Gallery 6-1 Sociedad Anónima, en español Galería Urbano 6-1 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Gallery Sociedad Anónima, en español Galería Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313091—(IN2012075857).

Por escritura número 126 otorgada a las 9:50 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Creative 6-2 Sociedad Anónima, en español Creativo Urbano 6-2 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Creative Sociedad Anónima, en español Creativo Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313092.—(IN2012075858).

Por escritura número 127 otorgada a las 10:00 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Space 7-1 Sociedad Anónima, en español Espacio Urbano 7-1 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Space Sociedad Anónima, en español Espacio Urbano Sociedad Anónima.—San José 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313093.—(IN2012075859).

Por escritura número 132 otorgada a las 10:50 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban City 3-1 Sociedad Anónima, en español Ciudad Urbano 3-1 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Brightness Sociedad Anónima, en español Brillo Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313097.—(IN2012075860).

Por escritura otorgada ante la notaría del Lic. Rubén Rojas Castillo de las ocho horas del día diez de julio del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad Servicio de Turismo Médico y Aventura S. A. se revoca nombramiento del presidente, secretario y fiscal. Se cambia nombre de la sociedad y se nombra a José Milanés, Fabricio Mora Garbanzo y Esteban Chavea Huertas. Once de julio del dos mil doce.—Lic. Rubén Rojas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012313098.—(IN2012075861).

Mediante escritura autorizada por mí, a las nueve horas del diecisiete de julio del dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Villa Gateshead Diez Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil seiscientos setenta y seis; mediante la cual se transformó a Villa Gateshead Diez Sociedad de Responsabilidad Limitada, y en virtud de ello se modifica la totalidad del pacto constitutivo.—San José, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012313108.—(IN2012075862).

Por escrituras otorgadas ante este notario, a las diez horas treinta minutos, a las once horas, a las once horas treinta minutos, a las doce horas y a las doce horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil doce, se protocolizaron las actas de asamblea general extraordinaria de socios de las compañías Analítica Internacional RL Sociedad Anónima; Comercializadora Atlántica del Oeste Sociedad Anónima; Analítica Hanover Internacional Mo Sociedad Anónima; Cotoso Sociedad Anónima y Sociedad Agrícola Miriam Limitada mediante la cual se disuelven las sociedades.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012313109.—(IN2012075863).

Por escritura número 131 otorgada a las 10:40 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Pavilion 10-1 Sociedad Anónima, en español Pabellón Urbano 10-1 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Pavilion Sociedad Anónima, en español Pabellón Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313110.—(IN2012075864).

Por escritura número 129 otorgada a las 10:20 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Building 8-2 Sociedad Anónima, en español Edificio Urbano 8-2 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Building Sociedad Anónima, en español Edificio Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313111.—(IN2012075865).

Por escritura pública número setenta y ocho-cinco, de las catorce horas del veinticinco de junio del dos mil doce, se protocolizó acta que aprueba la disolución de la sociedad anónima: La Gasilla del Pacífico Sociedad Anónima, por acuerdo tomado entre los socios, de lo cual esta notaría da fe.—Liberia, 10 julio 2012.—Lic. Jesús Díaz Viales, Notario.—1 vez.—RP2012313112.—(IN2012075866).

Por escritura número 130 otorgada a las 10:30 horas de, 13 de julio del 2012 se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Unique 9-2 Sociedad Anónima, en español, Único Urbano 9-2 Sociedad Anónima para formar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Unique Sociedad Anónima, en español, Único Urbano Sociedad Anónima.—San José 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313113.—(IN2012075867).

Por escritura número 128 otorgada a las 10:10 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Place 7-2 Sociedad Anónima, en español Lugar Urbano 7-2 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban Place Sociedad Anónima, en español Lugar Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313114.—(IN2012075868).

Mediante escritura número ciento cuatro, a las  14:00 horas del día 5 de julio del 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de 494448 S. A. celebrada en el domicilio social a las 18 horas del 27 de junio del 2012, por virtud de la cual se modifica las cláusulas primera y segunda de los estatutos, se cambian los nombramientos de junta directiva.—Lic. Maynor Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012313116.—(IN2012075869).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del día dieciséis de julio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de las sociedades denominadas Bayer Central América S. A y Bayer S. A., Donde se acuerda fusionar por absorción dichas sociedades, prevaleciendo la última, y se acuerda modificar la cláusula quinta del pacto social.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012313119.—(IN2012075870).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas cuarenta minutos del veintiséis de junio de dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo unánime de socios, se acuerda disolver la sociedad Frutales de La Pastora Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-noventa y seis mil cuatrocientos doce, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Presidente: Rodrigo Alberto Jiménez Robles.—San Marcos de Tarrazú, veintisiete de junio de dos mil doce.—Lic. Heilyn Valverde Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012313129.—(IN2012075871).

Por escritura número 133 otorgada a las 11:00 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Soul 2-1 Sociedad Anónima, en español Alma Urbano 2-1 Sociedad Anónima, para reformar las cláusulas primera y segunda de sus estatutos, de manera que se modifica su nombre por Urban Soul Sociedad Anónima, en español Alma Urbano Sociedad Anónima y su domicilio social será en San José, distrito Zapote, del cantón de San José, del Automercado Los Yoses, 75 metros al sur, edificio San Ignacio, oficina número 3.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313130.—(IN2012075872).

Por escritura otorgada a las nueve horas del veintiocho de junio de dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo unánime de socios, se acuerda disolver la sociedad Pack Net Los Santos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres siete cuatro tres seis cuatro, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Presidente: Rodrigo Alberto Jiménez Robles.—San Marcos de Tarrazú, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Heilyn Valverde Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012313131.—(IN2012075873).

Por escritura otorgada a las nueve horas quince minutos del veintiocho de junio de dos mil doce, ante esta notaría, por acuerdo unánime de socios, se acuerda disolver la sociedad RR Santos PC Limitada cédula jurídica tres-ciento dos-tres cinco siete ocho dos seis, de conformad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Gerente: Rodrigo Alberto Jiménez Robles.—San Marcos de Tarrazú, veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Heilyn Valverde Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012313132.—(IN2012075874).

Por escritura número 134 otorgada a las 11:05 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Hemisphere 8-1 Sociedad Anónima, en español Hemisferio Urbano 8-1 Sociedad Anónima, para reformar las cláusulas primera y segunda de sus estatutos, de manera que se modifica su nombre por Urban Hemisphere Sociedad Anónima, en español Hemisferio Urbano Sociedad Anónima y su domicilio social será en San José, distrito Zapote, del cantón de San José, del Automercado Los Yoses, 75 metros al sur, edificio San Ignacio, oficina número 3.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313133.—(IN2012075875).

Por escritura número 135 otorgada a las 11:10 horas del 13 de julio del 2012 se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban Metrópolis 9-1 Sociedad Anónima, en español, Metropoli Urbano 9-1 Sociedad Anónima, para reformar las cláusulas primera y segunda de sus estatutos de manera que se modifica su nombre por Urban Metrópolis Sociedad Anónima, en español, Metrópoli Urbano Sociedad Anónima y su domicilio social será en San José, distrito Zapote, del cantón de San José, del Automercado Los Yoses, 75 metros al sur, edificio San Ignacio, oficina número 3.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313134.—(IN2012075876).

Por escritura número 136 otorgada a las 11:15 horas del 13 de julio del 2012, se adicionó la escritura constitutiva de la empresa Urban View 3-2 Sociedad Anónima, en español Vista Urbano 3-2 Sociedad Anónima, para reformar la cláusula primera de sus estatutos, y modificar su nombre por Urban View Sociedad Anónima, en español Vista Urbano Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Federico Sosto López, Notario.—1 vez.—RP2012313135.—(IN2012075877).

En esta notaría, por instrumento público número ciento siete, otorgado a las 16:00 horas del 16 de julio del 2012, se protocoliza acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de Mopro Org S. A., cédula jurídica 3-101-325741. Se prescinde del agente residente y se modifica número de documento de identificación del presidente.—Lic. Flor de María López Guido, Notaria.—1 vez.—RP2012313136.—(IN2012075878).

Mediante escritura número ciento veinte otorgada en conotariado ante las notarias Ana Gabriela González González y Andrea Cordero Montero, actuando en el protocolo de la primera, en San José, a las dieciséis horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Servicios & Logística Traex Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cuatro mil doscientos siete. Es todo.—San Rafael de Alajuela, a las quince horas del dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Ándrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—RP2012313137.—(IN2012075879).

Mediante escritura número: setenta y cuatro, otorgada ante la suscrita notaría, en San Rafael, Alajuela a las ocho horas del diecisiete de julio del dos mil doce; se modificaron las cláusulas segunda del domicilio y sexta de la administración de la sociedad denominada Tapicería Durán Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos catorce mil ochocientos once. Es todo.—San Rafael de Alajuela, a las nueve horas del diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—RP2012313138.—(IN2012075880).

En esta notaría, por instrumento público número ciento ocho, otorgado a las 16:15 horas del 16 de julio del 2012, se protocoliza acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de Promo S. A., cédula jurídica 3-101-195341. Se prescinde del agente residente y se modifica número de documento de identificación del presidente.—Lic. Flor de María López Guido, Notaria.—1 vez.—RP2012313139.—(IN2012075881).

Mediante escritura de las 8:30 horas del dos de julio del 2012, los señores, Kattia Isabel Vargas Rivera, Eugenia Herminia Rivera Rivera, José Ángel Vargas Agüero, y Karen Margarita Rojas Rivera, constituyen la sociedad anónima Corporación de Eventos Especiales Efratá Sociedad Anónima, presidente Kattia Isabel Vargas Rivera. Plazo social será de noventa y nueve años. Capital social cien mil colones exactos, constituido por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Objeto: La prestación de servicios en eventos especiales y turismo, todo lo relacionado con el comercio y prestación de servicios en general.—San José, 17 de julio de 2012.—Lic. Luis Miguel Ortega Meléndez, Notario.—1 vez.—RP2012313141.—(IN2012075882).

E1 suscrito Leonardo Alonso Rojas Rodríguez, notario público con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos veintiocho, iniciada al folio ciento cincuenta y seis vuelto, del tomo sexto de mi protocolo, otorgada ante mi notaría al ser las doce horas del día dieciséis de junio del año en curso, se acordó por acuerdo de la asamblea extraordinaria de socios la disolución de la sociedad anónima denominada Doctora Piscinas Atenas Sociedad Anónima.—Lic. Leonardo Alonso Rojas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012313142.—(IN2012075883).

Se hace saber, que ante esta notaría se constituye la sociedad, Multiservicios Mil Ochocientos Dieciocho S. A. Domicilio San José, barrio Francisco Peralta, apartamento Miami, plazo social noventa y nueve años. Capital social cincuenta mil colones. Presidente tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Siete de julio del dos mil doce.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1 vez.—RP2012313143.—(IN2012075884).

Por Escritura otorgada ante mí, el día 4 de julio del 2012, a las 10:00 horas, se constituyó la sociedad denominada MAIN Event Producciones Ltda. Capital social: quinientos mil colones, representada por un gerente y un subgerente, individualmente con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—RP2012313148.—(IN2012075885).

El día de hoy ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de R B Ramírez Bonilla e Hijos Ltda. en la que se modifican las cláusulas primera, tercera y sétima del pacto constitutivo.—San José, cinco de julio del dos mil doce.—Lic. María Vanessa Castro Jaramillo, Notaria.—1 vez.—RP2012313149.—(IN2012075886).

Por Escritura otorgada ante mí a las nueve horas del dieciséis de julio del dos mil doce, se reformaron las cláusulas primera, cuarta, décimo primera y décimo segunda del pacto social de  Establishment Labs Sociedad Anónima, cédula jurídica uno-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil trescientos treinta y siete.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Luis Manuel Gutiérrez Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012313153.—(IN2012075888).

Por escritura N° 55, de las 10:00 horas del 6 de julio del 2012, se constituyó, la sociedad Karimbre S. A. con domicilio en San Vicente de Santo Domingo de Heredia, capital social cien mil colones netos suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—San Miguel de Santo Domingo de Heredia, 11 de marzo del 2012.—Lic. Wálter Robles Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012313156.—(IN2012075889).

Por asamblea extraordinaria de accionistas de Gesproseguros Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-535056, se acuerda cambiar su nombre a Lufraguma de La Sierra S. A.—Guadalupe, 17 de julio del 2012.—Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—RP2012313157.—(IN2012075890).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día veintitrés de junio del dos mil doce, se disuelve la empresa Inmobiliaria C & K Del Sur Sociedad Anónima.—San Ramón, veintitrés de junio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012313166.—(IN2012075891).

Por escritura otorgada en esta notaría a las once horas del día once de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza Chunco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-126412, mediante la cual se reforma la cláusula novena de su pacto social referente a la administración y representación.—San José, dieciséis de julio del 2012.—Lic. Álvaro Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—RP2012313167.—(IN2012075892).

Por escritura otorgada el día de hoy, Centro de Pinturas Porras y Alvarado Sociedad Anónima, acuerda por unanimidad de socios su disolución. Escritura otorgada en Grecia, a las ocho horas veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—RP2012313174.—(IN2012075893).

Ante mí, Rolando Espinoza Rojas, notario público, los señores Naji Said (nombre) El Jaouhari (apellido), mayor, casado una vez, empresario, vecino de San Pedro de Valverde Vega, provincia de Alajuela, de la entrada a Calle Cinco Manzanas, doscientos metros noroeste, de nacionalidad venezolana, con pasaporte de su país: cero tres cero cero dos cero cinco uno tres. Óscar Sharif (nombre) El Jaouhari Ghannam (apellidos) mayor, soltero, empresario, del mismo domicilio que el anterior, de nacionalidad venezolana, con pasaporte de su país: cero cero uno nueve nueve uno uno cuatro uno, y mediante la escritura número ciento treinta y nueve-cuarenta y cinco, de fecha catorce horas del día dieciséis de julio del año en curso constituyen la sociedad Desarrollos Fimarca Sociedad Anónima, con domicilio en Costa Rica, Alajuela, Naranjo: El Rosario, quinientos metros sur del peaje.—16 de julio 2012.—Lic. Rolando Espinoza Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012313176.—(IN2012075894).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas del doce de julio del dos mil doce, se fusionaron las sociedades Hidroeléctrica Purisil S. A. y Vistas Del Polo Sur S. A. prevaleciendo la primera. Asimismo se reformó la cláusula quinta de la sociedad, Hidroeléctrica Purisil Sociedad Anónima.—San José, trece de julio de dos mil doce.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—RP2012313177.—(IN2012075895).

La suscrita notaria hace constar que el día de hoy, ante mi notaría se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Ochenta y Ocho Mil Ochocientos Sesenta y Ocho S. A., en la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San Rafael de Heredia, veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2012313178.—(IN2012075896).

Por escritura número cinco-cuatro, correspondiente a acta número uno de asamblea general extraordinaria de la Sociedad Trans Zamo Cargo T.Z.C. S.R.L., otorgada ante la suscrita notaria, a las ocho horas del catorce de junio del dos mil doce, se realiza modificación de la cláusula primera del nombre por Corporación Slac Punto Com Limitada, así mismo se modifica el domicilio social.—San José, quince de junio del dos mil doce.—Lic. Christy Alejandra Martínez Carvajal, Notaria.—1 vez.—RP2012313180.—(IN2012075897).

La suscrita notaria hace constar que al ser las once horas del veintiocho de febrero del dos mi doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Integra de Centroamérica S. A., en la cual se acordó por unanimidad de votos disolver esta sociedad y prescindir del trámite de liquidación de la misma.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—RP2012313181.—(IN2012075898).

La suscrita notaria Rosa Puello Suazo, da fe que el nuevo domicilio de Arkouda Internacional Sociedad Anónima, es Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, condominios Villa Verde uno, apartamento diecisiete. Es todo.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Rosa Puello Suazo, Notaria.—1 vez.—RP2012313182.—(IN2012075899).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Casa Tres Valladolid Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó aumentar capital social de la compañía, y en consecuencia se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—RP2012313183.—(IN2012075900).

Se publica edicto de liquidación de la sociedad; Liromovil S. A., cédula jurídica; 3-101-141.777. Cualquier interesado, o terceras personas, que se opongan a la liquidación de esta, o tenga algún alegato al respecto favor hacerlo mediante comunicado al domicilio de la empresa ubicado en San José, Goicoechea, El Alto de Guadalupe ciento veinticinco metros norte del Colegio Madre del Divino Pastor.—Lic. Eduardo Sanabria Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012313186.—(IN2012075901).

Por escritura número cuarenta y seis del tomo primero, al ser las dieciséis horas del catorce de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es Aserradero y Tarimas Los Pinos Limitada, representada por el gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, cuyo capital social es de cincuenta mil colones representadas por diez cuotas comunes y nominativas, el domicilio social es en San Rafael, Guápiles, Pococí.—Lic. Mauricio Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012313187.—(IN2012075902).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las ocho horas del día ocho de mayo del dos mil doce se constituyo la empresa denominada Olmo del Sur Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—San José, diecisiete de julio del 2012.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012313188.—(IN2012075903).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las diecinueve horas del día treinta de abril del dos mil doce se protocolizo acta de la sociedad denominada Asesor HMK Sociedad Anónima por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012313189.—(IN2012075904).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las once horas del veintisiete de junio del dos mil doce se protocolizó acta de la sociedad denominada Patricia y Marco PAMASA Sociedad Anónima por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012313190.—(IN2012075905).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las catorce horas con treinta minutos del día veintisiete de junio del dos mil doce se protocolizó acta de la sociedad denominada Castillo M. R. L. & Asociados Sociedad Anónima por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012313191.—(IN2012075906).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las dieciocho horas del día treinta de abril del dos mil doce se protocolizo acta de la sociedad denominada Piedra y Castillo Sociedad Anónima por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012313192.—(IN2012075907).

Por escritura número 347, otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 10 de julio de 2012, se constituyó la sociedad A & J Seed Farms S. A. Capital suscrito y pagado mediante 2 letras de cambio. Plazo social 99 años. Domicilio social en San José, la Uruca. El presidente es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma, conforme al articulo 1.253 de Código Civil.—San José, julio 16 de 2012.—Lic. José Fidelio Castillo Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012313194.—(IN2012075908).

Ante esta notaría mediante la escritura número ciento once, de las nueve horas del tres de julio del 2012, del tomo dos de mi protocolo se protocolizó asambleas de socios de Guadual Transparente Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-305849, que modifica la cláusula primera, segunda y novena del pacto constitutivo. Es todo.—San José, a los diecisiete días del mes de julio del dos mil doce.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—RP2012313195.—(IN2012075909).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 23 de mayo del 2012, Corporación Triángulo de Licores Internacionales M y M Sociedad Anónima ahora M-M Destilados Internacionales S. A., modifica pacto social, en cuanto al nombre como se indica, capital social, y nombra nuevos directores. Presidente Manuel Antonio Mata Mata.—Lic. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—RP2012313197.—(IN2012075910).

Arturo Montero Flores notario tel. 22786996, hace saber a quien interese que a su oficina se presentó Miguel Rojas Cartín, cédula 1-0518-0399 y dice que en calidad de presidente de junta directiva viene a constituir una sociedad denominada Transportes Rojas CR S. A.—San José, a los dieciséis días de julio de dos mil doce.—Lic. Arturo Montero Flores, Notario.—1 vez.—RP2012313198.—(IN2012075911).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José al ser las veinte horas del día veintisiete de junio del dos mil doce se protocolizó acta de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta Mil Setecientos Setenta y Siete por medio de la cual se desinscribe la sociedad por acuerdo de socios.—San José, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012313200.—(IN2012075912).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 16 de julio del 2012, mediante la escritura número sesenta y dos, se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo de la sociedad Quiet & Sunny Properties Q.S.P. S.R.L., se revocan nombramientos de junta directiva y se nombran nuevos y se revoca el nombramiento del agente residente.—San José, 17 de julio del 2012.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—RP2012313201.—(IN2012075913).

Inversiones y Creaciones Rojas Agudelo S. A. cédula de persona jurídica número: tres -ciento uno-trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y nueve, nombra a un nuevo presidente por el resto del plazo social. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2012313207.—(IN2012075914).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del 11 de julio del 2012, protocolizó el acta número cinco de asamblea general extraordinaria de accionistas de Comercial Ochocientos Ochenta y Dos S. A. cédula jurídica número: 3-101-177.701. En la cual se acuerda disolver la compañía.—Tilarán, 11 de julio del 2012.—Lic. Willy Fernando Elizondo Murillo, Notario.—1 vez.—RP20123133211.—(IN2012075915).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día veintinueve de junio del dos mil doce, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Makromed Costa Rica Inc. S. A. Se acuerda reformar la cláusula segunda, del domicilio, de los estatutos.—San José, ocho horas del día veintinueve junio del dos mil doce.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—RP2012313212.—(IN2012075916).

Por escritura pública número ciento cuarenta y ocho-cero nueve de las 12:00 horas del 16 de julio de 2012, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Banco Cathay Sociedad Anónima, en la que se aumenta el capital social de la compañía.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012313214.—(IN2012075917).

Ante esta notaría pública al ser las quince horas treinta minutos del día doce de julio del dos mil doce, otorgo escritura pública número cuarenta y uno para reformar las cláusulas segunda del domicilio social y quinta del capital social de la sociedad Almacén Osman González A. e Hijos Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuarenta y siete mil trescientos setenta y nueve.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—RP2012313218.—(IN2012075918).

Por escrituras otorgadas a las diecisiete horas y a las dieciocho horas del día veintiuno de junio del año en curso, se protocolizaron las asambleas extraordinarias de accionistas de las sociedades Chilote A.M.Z. Treinta y Cuatro S A y Avoc Z.R.A Nueve S. A. respectivamente, en donde se sustituye la junta directiva de esas sociedades.—Heredia, 30 de junio del 2012.—Lic. Renato Víquez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012313221.—(IN2012075919).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del primero de julio del año en curso, se protocoliza asamblea extraordinaria de accionistas de Paloma Coliblanca K. M. Q Veinte S. A. en donde se nombra presidente y agente residente.—Heredia, 4 de julio del 2012.—Lic. Lucrecia Sancho Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012313223.—(IN2012075920).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas cuarenta y cinco minutos del trece de julio del dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad Equity One Sociedad Anónima.—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Ivette Marie Hoffman De Pass, Notaria.—1 vez.—RP2012313228.—(IN2012075921).

Por escritura número ochenta y ocho-siete, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Miguel A Brenes & Asociados Sociedad Anónima, entidad con número de cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y ocho mil setecientos treinta y cuatro, inscrita en la Sección Mercantil al tomo mil doscientos treinta y ocho, folio ciento diez, asiento ochenta y ocho, no habiendo activos ni pasivos que distribuir entre los socios.—Heredia, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Fernández Valdelomar, Notario.—1 vez.—RP2012313229.—(IN2012075922).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas quince minutos del trece de julio del dos mil doce se reformó la cláusula segunda del domicilio de la sociedad Orgánico Soft Sociedad Anónima.—Lic. Ivette Marie Hoffman de Pass, Notaria.—1 vez.—RP2012313230.—(IN2012075923).

Por escritura número noventa y nueve-siete, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del seis de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad que se denominará de acuerdo al número de cédula jurídica, que le asigne el Registro Público, Sección de Personas Jurídicas, capital social un millón de colones, representada por diez acciones comunes y nominativas, domicilio, San José, Guadalupe, del Cruce Moravia-Guadalupe, en el Centro Comercial Uniplaza, local comercial número veintiuno, plazo noventa y nueve años a partir de su constitución.—Heredia, 6 de julio del 2012.—Lic. Juan Carlos Fernández Valdelomar, Notario.—1 vez.—RP2012313231.—(IN2012075924).

Por escritura número noventa y ocho-siete, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del cinco de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad que se denominará de acuerdo al número de cédula jurídica, que le asigne el Registro Publico, Sección de Personas Jurídicas, capital social un millón de colones, representada por diez acciones comunes y nominativas, domicilio, San Isidro de Heredia, contiguo a la entrada a San Isidro de Heredia por la pista Braulio Carrillo, instalaciones a mano izquierda, plazo noventa y nueve años a partir de su constitución.—Heredia, 5 de julio del 2012.—Lic. Juan Carlos Fernández Valdelomar, Notario.—1 vez.—RP2012313232.—(IN2012075925).

Por escritura número sesenta y uno-treinta otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Vivero Monte Cas Sociedad Anónima, entidad con número de cédula jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y dos mil seiscientos setenta y uno, inscrita en la Sección Mercantil al tomo cuatrocientos sesenta y nueve, Folio doscientos setenta y siete, asiento doscientos veinticuatro, no habiendo activos ni pasivos que distribuir entre los socios.—Heredia, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario.—1 vez.—RP2012313233.—(IN2012075926).

Por escritura otorgada ante el notario Lic. Rafael Elías Madrigal Brenes, los señores Melissa Ballestero Cruz y Ernesto Álvarez Alfaro, conforman la sociedad denominada Cofoem S. A., domiciliada en Jiménez, Pococí, Limón, 200 metros al norte de la plaza de deportes. Capital social cien mil colones.—Guápiles, 9 de julio del 2012.—Lic. Rafael Elías Madrigal Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012313234.—(IN2012075927).

Por medio de la escritura otorgada ante la notaria Liliana Alfaro Rojas, número cincuenta y dos-cinco, a las ocho horas del día nueve de junio de dos mil doce, mediante acuerdo de la totalidad del capital accionario, se procede a disolver la sociedad Inmobiliaria Coquiva Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-sesenta y ocho mil trescientos. Es todo.—Diecisiete de julio de dos mil doce.—Dra. Liliana Alfaro Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012313236.—(IN2012075928).

Por escritura número ochenta y seis-siete, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Inmobiliaria Lotes Ecológicos Sociedad Anónima, entidad con número de cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil setecientos dieciséis, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público al Tomo mil cuatrocientos cuarenta y seis, folio ciento cuarenta y nueve, asiento ciento setenta y dos, no habiendo activos ni pasivos que distribuir entre los socios.—Heredia, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Fernández Valdelomar, Notario.—1 vez.—RP2012313249.—(IN2012075929).

Por escritura número ochenta y seis-siete, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintiséis de junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad denominada Gusticos de Tiquisia Sociedad Anónima, entidad con número de cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil trescientos noventa y tres, inscrita en la Sección de Personas Jurídicas al tomo quinientos setenta y cuatro, asiento ochenta y tres mil cuatrocientos noventa y cinco, no habiendo activos ni pasivos que distribuir entre los socios.—Heredia, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Fernández Valdelomar, Notario.—1 vez.—RP2012313250.—(IN2012075930).

La Lic. Tatiana Zeledón Castro informa que en su oficina se constituyó Seguridad Olympia Inc S. A..—Flores, 11/ 7/12.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012312927.—(IN2012075931).

Por escritura de las 13 horas 50 minutos del 16 de abril del año 2012 la compañía Sun of June S. A. se disuelve.—Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—(IN2012075948).

Por escritura de las 9 horas 50 minutos del 29 de marzo del año 2012 la compañía The Winner and Bigger S. A., se disuelve.—Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—(IN2012075949).

Por escritura de las doce horas treinta minutos del veinticuatro de abril del año dos mil doce Marianas del Oeste S. A. se disuelve.—Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—(IN2012075950).

Por escritura de las 16 horas 50 minutos del 11 de mayo del año 2012 la compañía Sueños Compartidos del Pacífico Guanacasteco S. A. se disuelve.—Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—(IN2012075952).

Por escritura de las 12:00 horas del 12 de mayo del año 2012 la compañía TO BE S. A. se disuelve.—Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notario.—1 vez.—(IN2012075954).

Por escritura otorgada por el suscrito notario a las 9:00 horas del dieciocho de julio del 2012, se procedió a ratificar los actuales miembros de junta directiva, fiscal y agente residente de la sociedad anónima denominada Helicorop, S. A.—San José, 18 de julio de 2012.—Lic. Andrés Gómez Tristan, Notario.—1 vez.—(IN2012075958).

Con vista en el Libro de Actas de Asamblea General de Socios la Sociedad, Partes de Chasis S. A con cédula de persona jurídica número: 3-101-006637, de que a las once horas del dieciséis de julio del dos mil doce, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomaron los acuerdos que dicen así: Se acepta renuncia del presidente y se nombra nuevo miembro.—Heredia, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2012075979).

Por escritura otorgada el día de hoy protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la compañía Zancudo Siempre Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-trescientos veintiséis mil setecientos sesenta y uno mediante la cual se nombra nuevo director.—San José, dieciséis de julio de dos mil doce.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012075982).

Por escritura otorgada el día de hoy protocolizo acta de asamblea general de accionistas de la compañía World Orchid Distributors Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno- trescientos diez mil ciento veinticinco mediante la cual se nombra nuevo director.—San José, dieciséis de julio de dos mil doce.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012075987).

Por escritura otorgada el día de hoy protocolizo acta de asamblea general de accionistas de la compañía Sweet Mango Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno- seis cuatro cuatro uno siete uno mediante la cual se nombra nuevo director.—San José, dieciséis de julio de dos mil doce.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012075988).

Por escritura otorgada el día de hoy protocolizo acta de asamblea general de accionistas de la compañía Lemon Lane Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno- seiscientos cuarenta y cuatro mil ciento treinta y ocho mediante la cual se nombra nuevo director.—San José, dieciséis de julio de dos mil doce.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012075989).

Por escritura otorgada el día de hoy protocolizo acta de asamblea general de accionistas de la compañía Jardín de Clavelones Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento- seis cuatro cinco uno cuatro ocho mediante la cual se nombra nuevo director.—San José, dieciséis de julio de dos mil doce.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012075991).

Por escritura otorgada el día de hoy protocolizo acta de asamblea general de accionistas de la compañía Mangrove Forest Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- seis cuatro cuatro cinco seis cinco mediante la cual se nombra nuevo director.—San José, dieciséis de julio de dos mil doce.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012075992).

Por escritura otorgada el día veinte de julio ante mí se constituyeron las compañías denominadas Pescador en El Paraíso Sociedad Anónima, Robalo Grande del Pacífico Sociedad Anónima, Zancudo Orquid del Pacifico Sociedad Anónima, Capital social cien mil colones. Plazo Social cien años. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, siete de julio de dos mil doce.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012075994).

Por escritura otorgada el día de hoy protocolizo acta de asamblea general de accionistas de la compañía Chancho Grande Del Pacifico S. A., cedula jurídica tres- ciento uno- doscientos cuarenta y ocho mil ochocientos doce mediante la cual se nombra nuevo director.—San José, dieciséis de julio de dos mil doce.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012075995).

Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Se Lo Llevo Se Lo Guardo Sociedad Anónima.—San José, diez de julio de dos mil once.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2012076000).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy, se disuelve la sociedad Rodrigo Blanco Consultores S. A.—San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Blanco Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2012076006).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del diecisiete de julio del dos mil doce, se constituyó Debajo de los Volcanes Limitada, con un capital social de cien mil colones. Primer gerente: John Andrey Honeyman; segundo gerente: Tito de Jesús Arana López.—Cóbano de Puntarenas, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2012076008).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se acordó la disolución de C.S.C. Casada de Grecia S. A. según acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de socios, celebrada a las ocho horas del veinte de junio del dos mil doce.—Lic. Luz Argentina Bejarano Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2012076009).

Ante el suscrito notario público, comparecieron: Jonathan David Jiménez Quesada y Jazmina Socorro Somarriba Fonseca; por escritura otorgada: a las 8:15 horas del 22 de marzo del 2012; han constituido Costarican Products and Services Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: Iván Cesar Hervoso Candia. subgerente: Denia Jiménez Cubero. Domicilio: provincia Alajuela, cantón uno Alajuela, distrito uno Alajuela, ciudad Alajuela, urbanización Barcelona casa ciento veintiuno plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—Alajuela, 17 de julio de 2012.—Lic. Óscar Fernando Murillo Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012076010).

Grupo Zamora Chaves Investments S. A. cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco ocho dos cero cero seis, comunica que reformó la cláusula quinta y nombró nuevo agente residente.—Belén, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Flor María Delgado Rumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2012076018).

Por escritura veinte-trece, celebrada en el tomo trece del protocolo del suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las diecisiete horas del nueve de julio del dos mil doce, por acuerdo de socios se acuerda disolver la sociedad denominada Despachos y Movimientos de Carga Vigo Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cinco cero dos seis cuatro cuatro. Es todo.—Carrillos de Poás, a las ocho horas del once de julio del dos mil doce.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012076020).

Por escritura veintitrés-trece, celebrada en el tomo trece del protocolo del suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las diez horas con treinta minutos del once de julio del dos mil doce, se protocolizó el cambio de secretario y fiscal de la sociedad denominada Roles y Repuestos Mundiales Sociedad Anónima, es todo.—Alajuela, Carrillos de Poás, once de julio del dos mil doce.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012076021).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada The Grand Father Sociedad Anónima. En la cual por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2012076027).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintisiete de junio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Desinsa Construcciones Sociedad Anónima. En la cual por acuerdo de los socios se disuelve la sociedad.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2012076028).

NOTIFICACIONES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE PUNTARENAS

ÁREA DE RECAUDACIÓN

COBRO ADMINISTRATIVO

Nº ED-DGT-ATP-002-2012.—La Dirección General de Tributación, de conformidad con lo establecido en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios vigente, por desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotado las formas de localización posibles, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los contribuyentes que a continuación se indica:

Nº Requer.                          Contribuyente                                       Cédula                  Impuesto        Documento            Periodo              Monto (*)

1911001639976           Constructora Morales Arbizu S. A.          310150664817           Renta           1012018741343        12/2009           400.637.00

1911001639976           Constructora Morales Arbizu S. A.          310150664817            TEC             1261033936626        12/2008               6.000.00

1911001639976           Constructora Morales Arbizu S. A.          310150664817            TEC             1261035835263        12/2009               9.000.00

1911001639976           Constructora Morales Arbizu S. A.          310150664817            TEC             1261035835272        12/2010               6.000.00

(*) Mas los recargos de ley.

Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el contribuyente arriba indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros Judiciales para el trámite correspondiente. Publíquese.—Lic. Carlos Vargas Durán, Director General.—Lic. Elsie Madrigal Quesada, Gerente a. í.—1 vez.—O. C. Nº 14217.—Solicitud Nº 6925.—C-15820.—(IN2012076479).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-1002-2012 de las 9:00 horas del día 7 de mayo del 2012, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, resuelve impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-796-2012, de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 26 del abril del 2012, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de Guerra incoadas por Solano Brenes Victoria, cédula de identidad Nº 3-083-359, a partir del día 1º de enero del 2012; por la suma de sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y nueve colones con cero céntimos (¢68.259,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—(IN2012076046).

De conformidad con resolución RMT-1254-2012 de las 9:00 horas del día 31 de mayo del 2012, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-841-2012 de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 26 de abril del 2012, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Picado Herra María Rosa, cédula de identidad Nº 5-061-112, a partir del día 1º de febrero del 2012, por la suma de sesenta y ocho mil trescientos veintiocho colones con cero céntimos (¢68.328,00), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional.—1 vez.—RP2012313673.—(IN2012076677).

De conformidad con resolución RMT-1024-2012 de las 9:00 horas del día 16 de mayo del 2012. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-433-2012, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 26 del abril del 2012, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Umaña Ureña Elvira, cédula de identidad N° 1-194-880, a partir del día 1 de diciembre del 2011; por la suma de sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y nueve colones con cero céntimos (¢68.259.00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—(IN2012076784).

De conformidad con resolución RMT-1022-2012 de las 9:00 horas del día 8 de mayo del 2012. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-829-2012, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 26 del abril del 2012, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Allan Brenes Maureen, cédula de identidad N° 1-229-477, a partir del día 1º de diciembre del 2011; por la suma de sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y nueve colones con cero céntimos (¢68.259,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—(IN2012076785).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Documento  admitido traslado al titular 50357-T. Tecnofen S. A. de C.V. C/Mireya Alfaro Seara. Ref: 30/2012/19052. Documento: cancelación por falta de uso (Tecnofen S. A. de C.V, solicita) número y fecha: anotación/2-78424 de 25/04/2012 Expediente: 1900-5035700 Registro Nº 50357 Floricel nombre comercial.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:01:06 del 14 de mayo de 2012. Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por el Giselle Reuben Hatounian, en calidad de apoderada especial de Tecnofen S. A. de C.V., contra el Registro del nombre comercial Floricel, Registro Nº 50357, el cual protege y distingue: un establecimiento comercial dedicado a la venta de arreglos florales, propiedad de Mireya Alfaro Seara. Conforme a lo previsto en el artículos 39 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, y los Artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de marcas y otros signos distintivos, decreto ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el Expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—RP2012313324.—(IN2012076172).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA FINANCIERA

DIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES

REGIÓN ATLÁNTICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El suscrito Director Regional de la Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica C.C.S.S., mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La Institución le concede cinco días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. El monto adeudado se refleja al 12 y 20 de abril del 2012 en el caso de la Sucursal de Bribri. Al 25 de abril y 19 de junio del 2012 en el caso de la Sucursal de Guápiles. Al 23 mayo del 2012 en el caso de la Sucursal de Sixaola. Al 24 de mayo del 2012 en el caso de la Sucursal de Cariari. Al 25 mayo del 2012 en el caso de las Sucursales de Siquirres y Puerto Viejo, Sarapiquí. Al 19 junio del 2012 en el caso de la Sucursal de Río Frío. Al 20 de junio del 2012 en el caso de la Sucursal de La Fortuna, Limón al 20 y 21 de junio del 2012 en el caso de la Sucursal de Limón; pueden contemplar periodos que ya poseen firmeza administrativa.

Para ver tabla solo en La Gaceta  impresa o en formato PDF

Limón, 18 de julio del 2012.—Lic. Óscar Vindas Masís, Director Regional.—(IN2012076394).

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

FISCALÍA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Al Lic. Manuel David Rojas Saborío, colegiado 15100, cédula de identidad Nº 6-310-674, se le hace saber: Que en proceso disciplinario Nº 757-11, seguido en su contra se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Se inicia procedimiento administrativo disciplinario.—Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica.—San José, a las diez horas del veintinueve de febrero del dos mil doce. La Junta Directiva del Colegio de Abogados, mediante acuerdo Nº 2012-06-033, sesión ordinaria Nº 06-2012, celebrada el trece de febrero del dos mil doce, dispuso trasladar el presente expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. De conformidad con las potestades que se le otorgan a esta Fiscalía, téngase por instaurado el presente procedimiento disciplinario en contra del Lic. Manuel David Rojas Saborío, colegiado 15100 con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los hechos que constan en la denuncia adjunta, los cuales consisten en: “Indicó la señora Cinthia Venegas Fernández, que conoció al Lic. Manuel David Rojas Saborío, por recomendaciones de una amistad lejana, quien les contactó. El 7 de julio del 2011, tuvo el primer acercamiento con el Lic. Rojas, a quien le narró la situación que vive con su hija Linda Yalexa. En ese momento el denunciado le recomendó, plantear, bajo su supervisión, un proceso de Suspensión de la Autoridad Parental, contra el progenitor de su hija Linda. Posteriormente fue visitada en su casa por el Lic. Rojas quien fijó sus honorarios en la suma de ¢750.000, cubriendo con ellos los gastos del proceso, al día siguiente consiguió el dinero y se lo entregó, según consta en recibo Nº 0291, del 6 de julio del 2011, por el monto de $1.500 americanos. En la primera semana del mes de agosto, el denunciado, valiéndose de su confianza y a la vez desconocimiento de su persona de las etapas del proceso que iba a plantear, le dijo que había publicado un edicto, en La Gaceta -diario de circulación nacional- para proceder a la notificación de la parte demandada, siendo que el mismo es de paradero desconocido. A finales del mes, sospechando que los documentos que supuestamente había elaborado el Lic. Rojas Saborío, para los efectos que fue contratado, no estaban listos, ni presentados, procedió a solicitarle la dirección de su oficina para conversar personalmente, evadiendo dicha información, diciendo que él se apersonaría a su casa de habitación y no lo hizo, perdiendo a partir de ese momento todo contacto con el denunciado y al consultar al Juzgado de Familia de Heredia para conocer del proceso, le informaron que no habían en sus controles de ingreso, ninguno que coincidiera con las partes de que se trata. Los anteriores hechos pueden configurar las faltas establecidas en el artículos 14, 17, 19, 31, 32, 33, 34 con relación a los artículos 82 y 83 inciso a) y e) del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, así como lo establecido en el artículo 10 incisos 3) y 6) de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, sin perjuicio, de la calificación definitiva que deba hacerse en el acto final.” Se le otorga a la parte denunciada acceso al expediente que se encuentra en la Fiscalía de este Colegio, sita en el edificio de Zapote, para que dentro del plazo de ocho días a partir de la notificación de este acto, proceda si a bien lo tiene, rendir por escrito un informe sobre los hechos que se le atribuyen, en el entendido de que la rendición o no del informe de cita, no es impedimento para continuar el procedimiento administrativo disciplinario. Se tiene por establecida esta Fiscalía como órgano director y se delega en la Lic. Maryoni Pérez Castro la instrucción del presente procedimiento, que se regirá por lo establecido en el artículo 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública y la normativa legal vigente del Colegio de Abogados. Sobre el ofrecimiento de prueba: Se les hace saber a las partes que la admisión y evacuación de la prueba testimonial, documental o cualquier otra será en la comparecencia oral y privada, que para efecto de instruir la queja se señale, por lo que se les previene que toda prueba que tengan a bien ofrecer con relación con este asunto, deberán presentarla ante esta oficina en el mismo acto de la comparecencia oral y privada, o bien en fecha anterior, en cuyo caso deberán hacerlo por escrito, excepto las periciales e inspecciones oculares que se estimen pertinentes, las cuales se deben ofrecer antes de la realización de la comparecencia, para que de ser posible, se evacuen con antelación a la audiencia (artículo 309, párrafo segundo Ley General de la Administración Pública), lo anterior bajo pena de caducidad de ese derecho, en el entendido de no recibir ninguna prueba fuera de los plazos indicados, declarándose la misma inevacuable o inadmisible, excepto la que el órgano director, de oficio o a petición de parte, ordene recibir para mejor resolver por considerarla indispensable para el establecimiento de la verdad real. Solución alternativa del conflicto: Con fundamento en los principios de economía y celeridad procesal, así como justicia pronta y cumplida, se hace saber a las partes que deben indicar en el plazo de ocho días, si están dispuestas o no a llegar a un acuerdo a efecto de citar a audiencia de conciliación. De no considerar las partes necesaria la intervención de la Fiscalía para ese efecto, el acuerdo podrán hacerlo llegar por escrito a éste despacho, el cual, si es conforme a derecho, sin dilación procederá a remitir el expediente a la Junta Directiva para la homologación de convenio y el archivo del expediente. En caso que se omita indicar sobre el punto anterior se procederá con el trámite ordinario. De mero trámite: Se informa a las partes que tratándose de faltas muy graves la Junta Directiva del Colegio de Abogados, en su calidad de Consejo de Disciplina, podrá denegar o limitar el acuerdo conciliatorio, tomando en consideración las circunstancias del caso. Así mismo se les recuerda a las partes que de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, una vez firme el acto final no se admitirá para su conciliación arreglo o transacción alguna. También se hace del conocimiento del denunciante que la decisión final que se tome no tendrá pronunciamiento en cuanto a daños y perjuicios, sino que estos se tomarán en cuenta para agravar o atenuar la sanción a imponer al profesional denunciado. Celebración de la comparecencia: La comparecencia será oral y privada y se realizará en base a lo estipulado en los artículos 309 al 319 de la Ley General de la Administración Pública. En esa audiencia se deberá presentar toda la prueba que no haya sido aportada al expediente bajo pena de caducidad de ese derecho, asimismo se podrán formular los interrogatorios de rigor e igualmente se expondrán los argumentos y las conclusiones que se estimen pertinentes. Se advierte que la no asistencia a la comparecencia no impedirá que esta se lleve a cabo, evacuándose la prueba que hubiese ofrecido la parte ausente con antelación y que conste en el expediente (artículo 315 Ley General de la Administración Pública). Igualmente se les informa que tienen el derecho de hacerse asistir o representar por un profesional en Derecho durante la tramitación del presente procedimiento y durante la comparecencia oral y privada. Notificaciones: Se le previene a la partes que tiene el deber de señalar un medio donde atender notificaciones, que puede ser electrónico, fax o en estrados. En cuanto al medio electrónico: se advierte a la partes que cualquier imposibilidad con la entrega final a la cuenta es su propia responsabilidad. Referente al fax: se harán los cinco intentos que señala la ley, con los intervalos establecidos, de resultar todos negativos se tiene como notificación automática. Respecto a la notificación en estrados: ésta aplica en ausencia de las anteriores, siempre y cuando la parte la haya señalado como medio. La notificación en estrados se hará los días martes y jueves, mediante la exhibición de la lista de los procedimientos. Si estos días fueren inhábiles, la exhibición se hará el día hábil siguiente. Cuando no se señale medio alguno para notificación, de los indicados supra, aplica la notificación automática teniéndose por notificada veinticuatro horas después de dictada la resolución. Se informa a la partes que los únicos medios para que gestionen ante la Fiscalía de este Colegio, es a través del fax Nº 2283-0920 o remitido a estas instalaciones de forma escrita. Recursos: Contra esta resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El primero será resuelto por el suscrito fiscal y el segundo por la Junta Directiva de este Colegio constituida en Consejo de Disciplina. Estos recursos se deberán interponer dentro de las veinticuatro horas siguientes a la última comunicación a todas las partes (artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública). El acto final que se dicte tendrá el recurso ordinario de revocatoria y se deberá interponer ante esta Fiscalía dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del mismo, quedando su resolución a cargo de la Junta Directiva, todo de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados en relación con los artículos 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública. La resolución del recurso interpuesto contra el acto final dará por agotada la vía administrativa. Oportunamente se designará hora y fecha para la comparecencia oral y privada. Notifíquese.—Lic. Rocío Leiva Trejos, Fiscal.—O.C. Nº 8705.—Solicitud Nº 40561.—C-445580.—(IN2012075229).

COLEGIO DE PROFESIONALEN EN CIENCIAS

ECONÓMICAS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con el artículo Nº 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar por publicación a los siguientes miembros del Colegio, los cuales no fue posible la notificación en las direcciones que constan en la base de datos del Colegio, el Acuerdo Nº 4, de la Sesión Ordinaria de Junta Directiva Nº 2331-2012, celebrada el 16 de enero de 2012, en el cual se acordó suspenderlos del ejercicio de la profesión por morosidad en el pago de sus cuotas de colegiatura, según lo establecido en el Artículo 35, inciso r) y 50 inciso b) de la Ley Orgánica Nº 7105.

Carné                                   Nombre                                          Cuotas

11631         ACON HO EDWIN JESUS                                          19

14181         ALFARO ESQUIVEL VICTOR MANUEL                14

20140         ALVARADO MELENDEZ CARLOS ANTONIO    14

1972           ALVARADO SANCHEZ JUAN CARLOS               17

9505           ARGUEDAS CONTRERAS MINOR                         19

21187         ARRIETA ALVAREZ CYNTHIA                              13

11273         AVENDAÑO MOSCOA CARLOS GUSTAVO        15

18775         BADILLA STEELE GERARDO DANOVAL             16

12291         BETANCOURT COREA JUAN ROLANDO            20

8938           CANALES VILLEGAS JUAN                                     18

8922           CARRILLO MENDEZ JESUS HILARIO                   17

23514         CARVAJAL CERDAS JORGE ARTURO                  18

12954         CASCANTE MARIN RAMIRO                                 16

10677         CASTRO ROJAS ORLANDO                                     15

25703         CHAVARRIA JIMENEZ VIVIAN MILENA             14

22627         CHRISTIAN EASY MARVETH DAVONY              17

22921         CONTRERAS CASTRO HEYDDRI

                   ANGELICA                                                                    20

25760         CORDERO CEDEÑO ADRIAN                                  14

11198         CORONADO MARIN MARIA ISABEL                   16

24468         CORRALES QUIROS ANDRES MAURICIO           20

5868           ESPINOZA GUZMAN XITLALI                               20

10587         ESQUIVEL GATJENS ROY EDUARDO                    16

18867         FERNANDEZ BARAHONA ERIK ARTURO          14

16204         FERNANDEZ CORRALES LUIS GUILLERMO       13

2997           FLORES BARAHONA ROGER                                  19

15211         FOSTER DIXON ILSE MARIE                                   17

24720         GARCIA BRENES CHRISTIAN ROBERTO             19

9734           GARCIA BRICEÑO GRICELDA                                 20

6971           GARCIA CRUZ RONALD                                          18

11329         GRANADOS AGUILAR YURI ALBERTO               14

25131         HENRIQUEZ MILLON LUIS RICARDO                   17

533             HERNANDEZ JIMENEZ MARCO ANTONIO        17

10889         HERNANDEZ MATAMOROS EDGAR                   14

22318         HERRA RAMIREZ HEILYN VANEZA                     20

8378           JIMENEZ MORALES RONALD ALBERTO            19

6577           LIZANO GAMBOA MARCO ANTONIO                16

25011         LO POLITO AUSTIN OSCAR                                    14

13739         LOBO ALVAREZ ALFONSO RIGOBERTO             19

19369         LORIA BARRANTES GINNETTE MARIA             18

25207         LUMBERT GRANT MARIA ESTELA                      14

15131         MARCHENA JIMENEZ MARIA JOHANNA         20

21402         MATARRITA CHAVEZ SYLVIA ELENA               14

11326         MEJIA MOLINA SUSANA VANESA                      16

21230         MORA LEIVA MINOR STANLEY                            19

20007         MORA QUIROS YAMILETH                                     17

11683         MORALES ARAUZ WILLIAM G.                            19

3713           MORALES MARTINEZ EDWIN                               18

21830         MOSS GIBBS DERICKA SUBABY                           14

6991           MURILLO CHAVES CARLOS RICARDO                16

23933         OLIVER QUIROS MARCO VINICIO                         16

22376         ORTEGA HERNANDEZ WINDY                              20

24578         PARADA NUÑEZ LEVI GIOVANNI                         17

19861         QUINTANA VARGAS CARLOS RODOLFO          20

25128         QUIROS PORTUGUEZ WALTER                             17

17652         RAMIREZ ARRIETA SANDRA PATRICIA           20

16538         REDONDO GARRO JAVIER                                      17

16115         RIGGIONI CHAVES REBECA                                    15

24514         RODRIGUEZ CHACON ADA MAVERICH             20

23161         RODRIGUEZ MORERA TATIANA MARIA          18

24266         ROJAS ARGUEDAS LAUREN MARIA                   17

22822         ROJAS SOLIS CHRISTIAN                                        18

25679         RUIZ CONTRERAS LUIS ROLANDO                      15

14326         SOLERA CARRANZA GREIVIN                               17

2642           UGALDE SANCHEZ FABRICIO                               15

11079         VALERIO HERNANDEZ VANESSA                        18

21912         VALVERDE ELIZONDO PATRICIA MARIA         19

 23191        VASQUEZ MACHADO ALBERTO ESTEBAN      18

15603         VILLALOBOS NARANJO WILLIAM                      18

7671           VIZCAINO GUARDIA CARLOS EDUARDO          10

12805         ZAVALA MARTINEZ YORLENY                            19

En ese sentido, le permitimos informar que para levantar la condición de suspensión debe cancelar el monto que tiene pendiente o realizar un arreglo de pago.  Para mayores detalles se puede comunicar a la Plataforma de Servicios al teléfono 2253-0214  a las extensiones  104, 106, 108 y 132 en horarios de oficina.  Se recuerda que el Colegio procederá a comunicar a las instituciones públicas y privadas, así como al público en general su condición de colegiado suspendido.—Lic. Javier Francisco Vega Zúñiga,  Fiscal.—Lic. Héctor José Trócoli Romero, Secretario.—MBA. Jonathan Quirós Maroto, Director Ejecutivo.—(IN2012076396).

CENTRO TURÍSTICO REGIÓN NORTE EMPLEADOS

SEGURO SOCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Centro Turístico Región Norte Empleados Seguro Social Sociedad Anónima (CETRENSS S. A.), cédula jurídica Nº 3-101-047753 publica lista de accionistas en calidad de morosos con más de seis cuotas por concepto de desarrollo, conservación y mantenimiento, a efecto de que se apersonen en el término improrrogable de treinta días hábiles a partir de la publicación de este aviso, a las oficinas administrativas situadas en El Coyol de Alajuela, 2 kilómetros oeste de Riteve, con el fin de efectuar el debido pago. En caso de no cumplirse con las obligaciones pendientes, la empresa automáticamente dará por terminado los derechos, según lo estipulado en el Reglamento Interno de la Empresa. Accionistas:

Vilma Barrantes Camacho    cédula Nº 4-0102-0873     accionista Nº 2135.

Ileana Hidalgo López,          cédula Nº 1-0560-0203     accionista Nº 1665.

Noé Mario Marín Garita      cédula Nº 1-0415-0518     accionista Nº 1658.

Eduardo Umaña Rojas          cédula Nº 1-0599-0269     accionista Nº 2803.

Cecilia Vargas Castro           cédula Nº 1-0510-0838     accionista Nº 1333.

Dr. Eduardo Antonio Blanco Umaña, Presidente Junta Directiva.—(IN2012076481).

PUBLICACIÓN DE unA VEZ

CONDOMINIO GALERÍA CENTRAL

RAMÍREZ VALIDO

Se notifica a Luz Hannia Quesada Valverde, cédula 7-0067-0789, propietaria de los inmuebles 1-502-F, 1-503-F, 1-504-F, 1-507-F y 1-508-F, que adeuda a Condominio Galería Central Ramírez Valido, cédula 3-109-051445, la suma de cuatro millones cincuenta y nueve mil quinientos ochenta y dos colones con setenta céntimos (capit. + int. a marzo 2012), concepto: Fondo de Reserva I, II, III, IV, V y VI de las filiales de cita. Se le otorgan 10 días hábiles una vez notificada para cancelar, caso contrario se procederá judicialmente contra los bienes de cita. Notifica Licenciada Cynthia Venegas Obando, en condición de apoderada general del Condominio op.cit.—San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Cynthia Venegas Obando, Notaria.—1 vez.—RP2012313150.—(IN2012075887).

FE DE ERRATAS

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA

En La Gaceta Nº 140 del jueves 19 de julio del 2012, en la página 7, se publicó por error material en el Resuelve, punto 1º, la palabra petrológicos, siendo lo correcto la palabra metrológicos.

Todo lo demás permanece igual.

La Uruca, San José, julio del 2012.—Dirección General.—Jorge Luis Vargas Espinoza, Director General de la Imprenta Nacional.—1 vez.—(IN2012078791).