MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
AMBIENTE, ENERGÍA
Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO
DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A
LOS PROGRAMAS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
JUNTA DE
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
AMBIENTE, ENERGÍA
Y TELECOMUNICACIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
BANCO HIPOTECARIO
DE LA VIVIENDA
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
JUNTA DE
PENSIONES Y JUBILACIONES
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Nº
414-PE
EL
MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Irene Pacheco
Alfaro, portadora de la cédula de identidad número 1-463-491, Asistente
Personal de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, servicio de
taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales
internacionales, fax, fotocopias, impresiones y el servicio de Internet se le
cancelarán del Título 201- Presidencia de
Artículo 3º—La funcionaria cede las millas otorgadas al Ministerio de
Artículo 4º—La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario,
durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre el día 18 de julio
del 2012.
Artículo 5º—Se le otorga la suma adelantada de ¢20.662,34 por concepto de
viáticos sujetos a liquidación.
Artículo 6º—Rige el día 18 de julio del 2012.
Dado en
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de
Nº
417-PE
Y EL MINISTRO DE
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales,
previstas en los artículos 140, inciso 20 y 146 de
ACUERDAN:
Artículo
1º—Integrar en
• Sra. Irene Pacheco Alfaro, Asistente
Personal de
• Sr. Juan Manuel Azofeifa Olivares,
Periodista.
• Sr. Fabián Vargas Boza, camarógrafo.
Artículo 2º—Rige para el 18 de julio del 2012.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Nº 607-P
Con fundamento en el artículo 139, inciso 2) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Asistir a Tegucigalpa, Honduras, para
participar en la “XXXIX Reunión Extraordinaria de Jefes de Estado y de
Gobierno”. La salida será el 29 de junio y el regreso estará previsto para el
mismo día.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, servicio de
taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, servicio de Internet,
llamadas oficiales internacionales y gastos conexos se le cancelarán del Título
201- Presidencia de
La señora Chinchilla Miranda viajará en vuelo privado ofrecido por el
Gobierno de Honduras, por lo que no incurrirá en gasto con cargo al Erario
Público.
Artículo 3º—Se otorga la suma adelantada de ¢9.101,65 por concepto de
viáticos y ¢251.705,00 para gastos de representación, sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir de las 08:00 horas del día 29 de junio y hasta
las 17:00 horas del mismo día.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud Nº 087.—C-15980.—(IN2012077304).
Nº 608-P
En uso de las atribuciones constitucionales,
señaladas en el artículo 135 de
Considerando:
Único.—Con motivo de viajar a Tegucigalpa,
Honduras, el 29 de junio del 2012, para participar en el “XXXIX Reunión
Extraordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno”. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Llamar al Ejercicio de
Artículo 2º—Rige desde las 08:00 horas del 29 de junio y hasta las 17:00
horas del mismo día.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud Nº 087.—C-15980.—(IN2012077307).
Nº 616-P
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 26,
inciso b) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Conceder licencia sin goce de salario
al señor Francisco Chacón González, cédula de identidad Nº 01-0565-0585,
Ministro de Comunicación y Enlace Institucional, para atender asuntos
personales, del 10 al 13 de julio del 2012.
Artículo 2º—Rige del 10 al 13 de julio del dos mil doce.
Dado en
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud Nº 088.—C-7520.—(IN2012077297).
Nº 619-P
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
139, inciso 1) de
ACUERDA:
Artículo 1º—Conceder vacaciones a la señora Anabel
González Campabadal, portadora de la cédula de identidad número 1-615-367,
Ministra de Comercio Exterior, del 5 al 13 de julio de 2012.
Artículo 2º—Durante la ausencia de la señora González Campabadal, se nombra
como Ministro a. í., al señor Fernando Ocampo Sánchez, Viceministro de Comercio
Exterior.
Artículo 3º—Rige del 5 al 13 de julio de 2012.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 14414.—Solicitud Nº 32189.—C-9400.—(IN2012077311).
Nº 624-P
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
139, inciso 1) de
Considerando:
Único.—Que
ACUERDA:
Artículo 1º—Conceder vacaciones a la señora Sandra
Piszk Feinzilber, cédula de identidad Nº 1-357-156, Ministra de Trabajo y
Seguridad Social, en los siguientes términos: medio día del 12 de julio y los
días 13 y 16 de julio del 2012, para un total de 2 días y medio de vacaciones.
Artículo 2º—Conceder licencia sin goce de salario a la señora Sandra Piszk
Feinzilber, cédula de identidad Nº 1-357-156, Ministra de Trabajo y Seguridad
Social, a partir del 17 al 20 de julio del 2012.
Artículo 3º—Durante la ausencia de la señora Ministra de Trabajo y
Seguridad Social, se nombra como Ministro a.í. al señor Eugenio Solano
Calderón, cédula Nº 3-186-228, Viceministro de Trabajo y Seguridad Social, de
las 12:00 horas del 12 de julio a las 24:00 horas del 20 de julio del 2012.
Artículo 4º—Rige desde las 12:00 horas del jueves 12 de julio hasta las
24:00 horas del viernes 20 de julio del dos mil doce.
Dado en
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 14459.—Solicitud Nº 46576.—C-16940.—(IN2012077296).
Nº 626-P
En uso de las facultades que le confiere el
artículo 139, de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo 477-P, del doce de enero del
dos mil doce, se encargó al Ministerio de
II.—Que en virtud de la designación del Ministro del Deporte, se hace
necesario dejar sin efecto el Acuerdo 477-P. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Dejar sin efecto el Acuerdo 477-P, del
doce de enero del dos mil doce, mediante el cual se encarga al Ministerio de
Artículo 2º—Nombrar al señor William Gerardo Corrales Araya, cédula de
identidad Nº 2-246-130, como Ministro del Deporte sin cartera y como integrante
y Presidente del Consejo Nacional del Deporte y
Artículo 3º—Rige a partir del veintisiete de julio del dos mil doce.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 15852.—Solicitud Nº 091.—C-15980.—(IN2012077333).
Nº 54-MP
Y EL MINISTRO DE
En uso de las facultades que les confieren los
artículos 140, incisos 3) y 18) de
Considerando:
1º—Que mediante Acuerdo Nº 010-MP de fecha
veintidós de junio del dos mil diez, se tuvo por designados a los integrantes
de
2º—Que mediante Acuerdo Nº 010-MP de fecha veintidós de junio del dos mil
diez, se tuvo por designado al señor Mainor Mora Valderramos, cédula de
identidad número 6-141-571, en representación de
3º—Que el Concejo Municipal de
4º—Que el 27 de octubre de 2011,
5º—Que a las designadas no le afectan las prohibiciones que se establecen
en el artículo 6 del Reglamento de Organización y Servicios de JUDESUR. Por
tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1°—Tener por designadas a las integrantes
de
a) Sra. Anais Matamoros Guadamuz, mayor, divorciada, comerciante,
cédula de identidad número 1-663-295, vecina de Buenas Aires de Puntarenas,
como representante de
b) Sra. Heilyn Maritza Flores Campos, mayor,
divorciada, regidora municipal, cédula de identidad número 1-0772-0120, vecina
de Sabalito, como representante de
Artículo 2°—Rige a partir del nueve de julio del
dos mil doce.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de
Nº 121
Y EL MINISTRO DE OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en el artículo 140, inciso l) de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin
responsabilidad para el Estado al servidor Gerardo Arturo Morales Soto, cédula
de identidad número 3-301-179.
Artículo 2º—El presente Acuerdo de Despido rige a partir del veintitrés de
abril de año dos mil doce.
Dado en
Publíquese.—LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro
de Obras Públicas y Transportes, Ing. Luis Llach C.—1 vez.—O. C. Nº
14247.—Solicitud Nº 34577.—C-6560.—(IN2012077630).
N°
124-MOPT
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en la “Ley General
de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el Capitán Luis Carlos Araya Monge en su calidad de Viceministro de
Transporte Aéreo Marítimo Portuario del MOPT, ha sido designado para participar
en dicha reunión, en representación de este Ministerio, en su carácter de
representante titular ante el Directorio del COCESNA, de la cual Costa Rica es
miembro. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al Capitán Luis Carlos Araya
Monge, cédula de identidad Nº 2-280-568, Viceministro de Aéreo Marítimo Portuario
del MOPT, para que participe en la “Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del
COCESNA”, organizado por el COCESNA, a realizarse en la ciudad de Nicaragua,
del 27 al 30 de junio de 2012.
Artículo 2º—Los gastos de transporte terrestre, hospedaje, alimentación y
transporte local, serán cubiertos por COCESNA.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del citado
funcionario para participar en las actividades indicadas en el artículo 1°,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 27 de junio del 2012.
Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas
y Transportes, a los cinco días del mes de junio del 2012.
Ing. Luis Llach C., Ministro de Obras Públicas y
Transportes.—1 vez.—O. C. Nº 14712.—Solicitud Nº 34575.—C-11480.—(IN2012077631).
N°
125-MOPT
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en la “Ley General
de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el Señor Harold Quirós Mora como chofer del señor Viceministro de
Transporte Aéreo Marítimo Portuario del MOPT, Cap. Luis Carlos Araya Monge,
será quien realice el traslado vía terrestre hacia ciudad de Managua,
Nicaragua. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al Señor Harold Quirós Mora,
cédula de identidad Nº 2-381-123, funcionario del Despacho Aéreo Marítimo
Portuario del MOPT, para que realice el traslado del Viceministro a la “Sesión
Ordinaria del Consejo Directivo del COCESNA” organizado por el COCESNA, a
realizarse en la ciudad de Managua, Nicaragua, del 27 al 30 de junio de 2012.
Artículo 2º—El MOPT le girará por concepto de viáticos en el exterior la
suma de $624,00 y por impuestos de salida y entrada la suma de $30,00 para un
total del $654,00, con cargo a la subpartida 1.05.04 del Programa 326,
Actividad 01.
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la ausencia del citado
funcionario para participar en las actividades indicadas en el artículo 1º,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 27 de junio del 2012.
Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas
y Transportes, a los cinco días del mes de junio del 2012.
Ing. Luis Llach C., Ministro de Obras Públicas y
Transportes.—1 vez.—O. C. Nº 14712.—Solicitud Nº
34575.—C-11480.—(IN2012077632).
N° 083
EL
MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
En el ejercicio de las atribuciones que le
confieren los artículos 140, inciso 20) y 146 de
Considerando
1º—Que conforme a
2º—Que el Decreto Ejecutivo N° 34803-J, publicado en el Diario Oficial
3º—Que el artículo 3º del citado decreto, dispone que le corresponde al
Ministerio de Justicia y Gracia (a ese momento), hoy denominado Ministerio de
Justicia y Paz, conforme la letra del transitorio de
4º—Que dicho decreto, derogó los Decretos Ejecutivos números 21037-J,
publicado en
5º—Que en fecha veintitrés de mayo del año en curso, se suscribió el
Convenio de Cooperación Interinstitucional entre
ACUERDA:
Artículo
1º—Nombrar como certificadores auxiliares del Registro Nacional en forma ad
honórem a las siguientes personas;
Nombre |
Cédula Nº |
Villalobos Varela Heidy |
2-0630-0441 |
Mora Aragón Martín |
8-0049-0809 |
Herrera Garita Barley |
2-0521-0268 |
Funcionarios todos de
Artículo 2º—Dichos certificadores auxiliares deben
cumplir con las obligaciones señaladas en
Artículo 3º—Rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en el Ministerio de Justicia y Paz, al ser
las catorce y treinta horas del veinticinco de mayo de dos mil doce.
Publíquese.—Fernando Ferraro Castro, Ministro de
Justicia y Paz a. í.—1 vez.—O. C. Nº 12-0003.—Solicitud Nº
29886.—C-33890.—(IN2012077283).
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO MIGRATORIO
Resolución Administrativa Nº
0001-2012-TAM.—San José, al ser las diez horas cuarenta minutos del diez de
julio de dos mil doce. Se delega la firma y aprobación de todas las acciones
tendientes a la ejecución del presupuesto asignado al programa 048, en el
funcionario Esteban Lemus Laporte, cédula de identidad Nº 1-1096-854, en
calidad de Vicepresidente del Tribunal Administrativo Migratorio, para que
actúe en su ausencia de
Resultando:
I.—Que según el artículo segundo
de
II.—Que
III.—Que
IV.—Que en virtud de la especialidad de la
materia y dadas las distintas responsabilidades y competencias que le atañen a
quien desempeñe el cargo de Presidente (a) de este Tribunal, resulta necesario,
para el óptimo funcionamiento de
V.—Que en el dictado de la presente
resolución, se han observado los procedimientos de ley.
Considerando:
I.—Que para una eficiente
gestión en el Tribunal Administrativo Migratorio, resulta necesario delegar la
firma y aprobación de todas las acciones tendientes a la ejecución del
presupuesto asignado al programa 048, en el funcionario Esteban Lemus Laporte,
cédula de identidad Nº 1-1096-0854, en calidad de Vicepresidente del Tribunal Administrativo
Migratorio, para que actúe en ausencia de
“…De lo expuesto, se concluye:
Primero, pese a lo que expone el Área de Servicios Gubernamentales,
comprendemos que no se está dando una delegación “irrestricta”, si no una
designación, seria y responsable, en ciertos funcionarios públicos ampliamente
calificados para firmar tan importantes documentos. Segundo, así como el
competente debe tener registrada su firma, los posibles delegados deben sufrir
igual suerte. Tercero, el jefe sigue siendo el responsable de la competencia
por lo que siempre dará cuenta y será responsable, ante la autoridad de que se
trate. Por ende, el régimen de control interno, tan importante para este órgano
contralor, no se ve disminuido. Cuarto, el asunto de la idoneidad del jefe no
tiene relación con la delegación del acto material “firma”; por ello,
compartimos que por la especial preparación del jefe, su competencia de
valoración de pertinencia no puede ser delegada, pero eso es diferente a
aceptar que el acto material de firmar sí pueda delegarse. Así, no se puede
delegar la competencia sustancial del funcionario, por así disponerlo el
párrafo tercero del artículo 89 de
Por lo tanto,
1) Los documentos de ejecución presupuestaria deben estar firmados por
el responsable de la unidad financiera y el jefe de programa, subprograma o
proyecto, según el caso; estas firmas deben estar en un registro debidamente
levantado.
2) Sí es posible delegar el acto material de
firmar por parte de los jefes de programa, subprograma o proyecto; no así, la
competencia de establecer la pertinencia de aprobar, de previo, el documento de
que se trate.
3) Delegando solo la firma, la responsabilidad por
el acto aprobatorio acordado y firmado, recae siempre en el titular de la
competencia.
4) La firma del delegado debe registrarse
igualmente….”
II.—Que en virtud de la
especialidad de la materia y dadas las distintas responsabilidades y
competencias que le atañen a quien desempeñe el cargo de Presidente (a) del
Tribunal Administrativo Migratorio, con fundamento en la normativa y criterios
citados anteriormente, autoriza la delegación no jerárquica en los términos del
artículo 89 inciso 2) de
MIGRATORIO
DEL MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
Y
POLICÍA, RESUELVE:
1º—Delegar la firma y aprobación
de todas las acciones tendientes a la ejecución del presupuesto asignado al
programa 048, en el Licenciado Esteban
Lemus Laporte, cédula de identidad Nº 1-1096-854, en calidad de Vicepresidente
del Tribunal Administrativo Migratorio, para que actúe en ausencia de
2º—Comuníquese y publíquese en el Diario
Oficial
3º—Rige a partir del 17 de mayo del 2012.
Marlen Luna Alfaro, Presidenta
del Tribunal Administrativo Migratorio.—1 vez.—O. C. Nº 15366.—Solicitud Nº
4479.—C-52170.—(IN2012076470).
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS
ÁREA DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN
El señor Rolando Sánchez Corrales, mayor, soltero, vecino de
Para ver tabla solo en
San José, once de julio del dos
mil doce.—MBA. Rolando Sánchez Corrales, Director de Gestión Institucional de
Recursos Humanos.—1 vez.—O. C. Nº 21.—Solicitud Nº 27939.—C-117080.—(IN2012076724).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Nº AE-REG-E-205/2012.—La señora
Diana Cruz Fernández, cédula de identidad: 9-0100-0222, en calidad de gerente
general de la compañía Maquinaria Agrícola de Costa Rica S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Nº AE-REG-E-212/2012.—El señor
Tomás Suárez Castro, cédula de identidad 1-0669-0175, en calidad de
Representante Legal de la compañía Distribuidora Agro Comercial S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción
de la enmienda de suelo, de nombre comercial Tornado P, compuesto a base de
Fósforo-Magnesio-Silicio-Calcio-Boro-Azufre. Conforme a lo que establece
Nº AE-REG-E-191-2012.—El señor
Randall Álvarez Cabalceta, portador de la cédula de identidad número
3-0223-0740 en su calidad de representante legal de la compañía Agrícola Piscis
S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la
inscripción del producto fertilizante de nombre comercial Humitec- Zn,
compuesto a base de Nitrógeno-Azufre y Zinc. Conforme a lo que establece
Nº AE-REG-E-189-2012.—El señor Randall Álvarez Cabalceta, portador
de la cédula de identidad número 3-0223-0740 en su calidad de representante
legal de la compañía Agrícola Piscis S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra
en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del producto Fertilizante de
nombre comercial Humitec- B, compuesto a base de Boro. Conforme a lo que
establece
Nº AE-REG-E-190-2012.—El señor Randall Álvarez Cabalceta, portador
de la cédula de identidad número 3-0223-0740 en su calidad de representante
legal de la compañía Agrícola Piscis S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra
en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción del producto fertilizante de
nombre comercial Humitec-Mn, compuesto a base de Nitrógeno-Azufre y Manganeso.
Conforme a lo que establece
Nº AE-REG-E-188-2012.—El señor Enrico Giordano Sesia, portador de
la cédula de identidad número 8-0079-0676, en su calidad de representante legal
de la compañía Sur Química S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de San José, solicita la inscripción del producto Enmienda de Suelo de
nombre comercial Sur Yeso, compuesto a base de Calcio y Azufre. Conforme a lo
que establece
Nº AE-REG-E-202/2012.—La señora Jeannette Tinoco Mora, cédula
05-0176-0529, en calidad de representante legal de la compañía Eurosemillas S.
A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Curridabat, San José,
solicita inscripción del Fertilizante Inorgánico Foliar de nombre comercial
Euroagro Zinc Especial, compuesto a base de
Zinc-Manganeso-Magnesio-Hierro-Cobre-Boro-Aminoácidos. Conforme a lo que
establece
Nº AE-REG-E-203/2012.—La señora Jeannette Tinoco Mora, cédula
05-0176-0529, en calidad de representante legal de la compañía Eurosemillas S.
A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Curridabat, San José,
solicita inscripción del Fertilizante Inorgánico Foliar de nombre comercial Euroagro
Zinc-Manganeso Especial, compuesto a base de Zinc-Manganeso-Aminoácidos.
Conforme a lo que establece
Nº AE-REG-E-195/2012.—El señor Juan Enrique Leal Fortuny, cédula
006607768, en calidad de representante legal de la compañía Fertilizantes
Nordic de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
San José, solicita inscripción del Fertilizante Inorgánico Granular de nombre
comercial Nordic Sulfato de Potasio y Magnesio Granular, compuesto a base de
Potasio-Magnesio-Azufre. Conforme a lo que establece
Nº AE-REG-E-197/2012.—El señor Juan Enrique Leal Fortuny, cédula
006607768, en calidad de representante legal de la compañía Fertilizantes
Nordic de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
San José, solicita inscripción del Fertilizante Inorgánico Granular de nombre
comercial Nordic Kieserite Granular, compuesto a base de Magnesio-Azufre.
Conforme a lo que establece
Nº AE-REG-E-198/2012.—El señor Juan Enrique Leal Fortuny, cédula
006607768, en calidad de representante legal de la compañía Fertilizantes
Nordic de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
San José, solicita inscripción del Fertilizante Inorgánico Granular de nombre
comercial Nordic Ulexita 9% B, compuesto a base de
Potasio-Boro-Calcio-Magnesio-Sodio. Conforme a lo que establece
Nº AE-REG-E-199/2012.—El señor Juan Enrique Leal Fortuny, cédula
006607768, en calidad de representante legal de la compañía Fertilizantes
Nordic de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
San José, solicita inscripción del Fertilizante Inorgánico Granular de nombre
comercial Nordic Granubor 2, compuesto a base de Boro. Conforme a lo que
establece
AE-REG-E-210/2012.—El señor Carlos Rodríguez González, pasaporte
9-996-792, en calidad de representante legal de la compañía Quelaris Costa Rica
S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago solicita la
inscripción del Bioestimulante, de nombre comercial Botrifun, compuesto a base
de Ácidos Orgánicos Esterificados (30.00%), Hierro (2.40%). Conforme a lo que
establece
AE-REG-E-208/2012.—El señor Carlos Rodríguez González, pasaporte
9-996-792, en calidad de representante legal de la compañía Quelaris Costa Rica
S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago solicita la
inscripción del Fertilizante, de nombre comercial Fosfonin Flow, compuesto a
base de (P2O5) 72.70%, (K2O) 8.30%. Conforme a lo que establece
AE-REG-E-209/2012.—El señor Carlos Rodríguez González, pasaporte: 9-996-792,
en calidad de representante legal de la compañía Quelaris Costa Rica S. A.,
cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago solicita la
inscripción del Fertilizante, de nombre comercial Mas Raíz+, compuesto a base
de Boro (0.27%), Cobalto (0.02%), Hierro (0.10%), Manganeso (1.35%), Molibdeno
(0.06%), Zinc (1.08%), Carboxilatos Naturales (10.80%), Crema de Algas (6.75%),
Aminoácidos (2.70%), Polisacáridos (60.75%). Conforme a lo que establece
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 42, título Nº 171, emitido por el Colegio
San José de
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 88, título Nº 2732, emitido por el Liceo
Dr. Vicente Lachner Sandoval, en el año dos mil nueve, a nombre de Rovira
Argüello Erick. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 115, título Nº 847, emitido por el Colegio
Nuestra Señora de Sion en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de
Ramírez Fernández María Margarita. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama
Académica” modalidad Ciencias y Letras inscrito en el tomo 1, folio 9, título
N° 89, emitido por el Liceo Académico de Puriscal en el año mil novecientos
setenta y seis, a nombre de Espinoza González Rosa María. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del título de Bachiller en Educación Media inscrito en el tomo 1, folio 7,
título N° 83, emitido por el Liceo San Francisco Coyote en el año dos mil
cuatro, a nombre de Bermúdez Paniagua Mariela. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 455,
título N° 1425, emitido por el Liceo Edgar Cervantes Villalta, en el año dos
mil nueve, a nombre de Jiménez Mena Raquel Milena. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 31,
título N° 36, emitido por el Instituto Profesional Femenino
DEPARTAMENTO DE
ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por
la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a
la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la
organización social denominada Unión Campesina Agrícola de Sarapiquí, siglas
UCASARAPIQUI, acordada en asamblea celebrada el día 28 de abril del 2012.
Expediente Nº S-C124. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del
Código de Trabajo y 49 de
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
Cambio
de nombre por fusión Nº 78777
Que Luis Esteban Hernández Brenes, cédula de
identidad 4-155-803, en calidad de apoderado especial de Importadora AD Nat
Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre por fusión de Automecanix S. A., cédula jurídica 3-101-358153 por el de
Importadora AD Nat Sociedad Anónima, presentada el día 21 de mayo de 2012 bajo
expediente 78777. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0003191
Registro Nº 150101 AUTO MECANIX en clase 49 Marca Mixto y 2010-0010733
Registro Nº 209065 AUTO MECANIX LLANTAS Y SERVICIO en clase 37
Marca Mixto. Publicar en
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de Sanofi-Aventis Deutschland GMBH, de Alemania, solicita
El señor Luis Diego Castro Chavarría,
cédula 1-669-228, en condición de apoderado de Cubist Pharmaceuticals Inc., de
E.U.A., solicita
Para ver imagen solo en
La presente divulgación brinda
formulaciones de daptomicina en polvo novedosas que han mejorado la estabilidad
química y acelerado los tiempos de reconstitución, cuando están en estado
sólido. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, abogado,
vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Merck Sharp & Dohme
Corp, de E.U.A., Merck Canadá Inc., de Canadá, solicita
El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, abogado,
vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Bayer Intellectual
Property GMBH, de Alemania, solicita
El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, abogado,
vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Bayer Intellectual
Property GMBH, de Alemania, solicita
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora Ana Catalina Monge
Rodríguez, mayor, casada, abogada, vecina de San José, cédula número
1-0812-0604, en su condición de apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de
Alemania, solicita
La señora Ana Catalina Monge
Rodríguez, cédula Nº 1-812-604, mayor de edad, abogada, apoderada especial de
Bayer Cropscience AG, de Alemania, solicita
La señora Ana Catalina Monge
Rodríguez, cédula Nº 1-812-604, mayor de edad, abogada, apoderada especial de
Bayer Shering Pharma Aktiengesellschaft, de Alemania, solicita
PUBLICACIÓN DE unA VEZ
AVISO DE TRASPASO
Se hace saber que
REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
Gerardo Porras Sanabria, cédula
uno - cinco tres siete - cinco uno seis, vecino de San José, Llorente de Tibás,
Residencial
Registro de Personas Jurídicas
Asociaciones
civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción El
estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos para el Desarrollo de
Finca Bretaña, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines entre
otros serán los siguientes: Realizar planes de desarrollo comunal de los
vecinos de Finca Bretaña. Cuya representante judicial y extrajudicial de la
asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con
las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta Nacira
Gabriela Chaves Ardon. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2012,
asiento 49018 y documento adicional tomo 2012, asiento 179298).—Curridabat,
diecinueve de junio del año dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera,
Director.—1 vez.—(IN2012076456).
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Cristiana Dios es Amor las Palmitas, con domicilio en la provincia de Limón.
Sus fines, entre otros están: Promover los medios para efectuar y expresar la
unión fraternal, afirmar el llamado al ministerio pastoral y dignificar y
desarrollar al máximo la unidad de los cristianos evangélicos a través de poner
a disposición recursos como información escrita, talleres y otros recursos
educativos, los cuales podrán obtenerse a través del Ministerio Evangelístico
nacional e internacional, entre otras entidades afines. Su presidente Carlos
López López, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto.
Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas
en
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-229198, denominación: Asociación de Damas Diplomáticas. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2012, asiento: 191255.—Curridabat, 25 de junio del 2012.—Lic. Rosa Isela Esquivel Aguilar, Directora a. í.—1 vez—RP2012313815.—(IN2012076995).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Nacional de Artistas, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la búsqueda de seguros para activos pertenecientes a los artistas a través de seguros colectivos que los protegen en caso de robo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Luis Duvalier Quirós Murillo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 228266).—Curridabat, a los diecisiete días del mes de julio del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2012313901.—(IN2012076996).
El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha
recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación
Indígena Ditsokata de Talamanca, con domicilio en la provincia de Limón, cantón
Talamanca, distrito Bratsi, en la comunidad de Cachabri, propiamente ciento
cincuenta metros al oeste de
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 15222P.—L y D Herradura S.
A., solicita concesión de:
Exp. 14037P.—Heartland Hockey S. A., solicita concesión de:
Exp. 9705A.—María Eugenia, Boirivant Rojas, solicita concesión de:
Exp. 15311A.—Condominio Horizontal Residencial Turístico Arboleda
de Machuca, solicita concesión de:
Exp. 14964A.—Compañía Bananera Monte Blanco S. A., solicita
concesión de:
Exp. 14822P.—Cristal de Ballena S. A., solicita concesión de:
Exp. 14982A.—Corporación El Sueñor de los Despiertos S.A.,
solicita concesión de:
Exp. 14877A.—Anillos del Sol Enterprises S. A., solicita concesión
de:
Exp. 15047.—Asociación Luz en Latinoamérica, solicita concesión
de:
Exp. 14884A.—Jesús Barboza Marín, solicita concesión de:
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE y
COMERCIALIZACIÓN
DE COMBUSTIBLES
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Nº 304-2012-DGTCC.—San José, a
los cuatro días del mes de enero del dos mil doce, se tiene por presentada la
solicitud por parte de la
señora María de los
Ángeles Cerdas Dinarte, cédula 5-0169-0707, en su calidad de representante
legal de Servicentro Esso Santa Cruz S. A., cédula jurídica 3-102-015691,
solicita cambio de titular de la estación de Servicio Total Santa Cruz S. A.,
ubicada la provincia de Guanacaste, cantón Santa Cruz, distrito Santa Cruz, en
razón de la conclusión del contrato de arrendamiento suscrito entre Servicentro
Esso Santa Cruz S. A. y Total Petróleo de Costa Rica, cédula jurídica
3-101-171670. Lo anterior para que de ahora en adelante, se proceda al cambio
de titular a nombre de Servicentro Esso Santa Cruz S. A., cédula jurídica
3-102-015691. Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 30131-MINAE-S, artículo
79, se otorga un plazo de quince días hábiles a partir de la publicación del
presente edicto, en el Diario Oficial
Nº 4444-M-2012.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San
José, a las quince horas, cuarenta y siete minutos del trece de junio de dos
mil doce. Expediente Nº 008-E-2010.
Solicitud de cancelación de credencial de
Guillermo Abarca Jiménez regidor propietario del Concejo Municipal de León
Cortés, provincia San José, por contravenir, presuntamente, lo dispuesto en los
artículos 24, inciso b) del Código Municipal y 258 del Código Electoral.
Resultando
1º—Mediante oficio Nº CMLC-06-87-2012 de fecha 5
de enero de 2012, presentado en
En auto de las 8:35 horas del 20 de abril de 2012, cuya notificación se
realizó a través de la empresa Correos de Costa Rica S. A. el día 30 de abril
del mismo año, el Magistrado Instructor concedió audiencia al señor Abarca
Jiménez a fin de que, dentro del término de ocho días hábiles, contados a
partir del día hábil siguiente al de la notificación de ese auto, justificara
sus ausencias o bien manifestara lo que considerase más conveniente a sus
intereses (folios 11-13).
En la substanciación del proceso se han observado las prescripciones
legales.
Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,
Considerando:
I.—Hechos probados: Como tales y de relevancia para la resolución
del presente asunto se tiene los siguientes: a) que el señor Guillermo
Abarca Jiménez fue electo regidor propietario del cantón León Cortés,
provincia San José, según lo declarado por este Tribunal mediante resolución N°
2055-E11-2010 de las 08:30 horas del 25 de marzo de 2010 (folios
II.—Sobre el fondo. a) Sobre la cancelación de credencial de regidor
propietario por ausencia a las sesiones del Concejo Municipal: El Código
Municipal dispone en el artículo 24, inciso b), que es causal de pérdida de la
credencial de regidor la ausencia injustificada
a las sesiones del concejo por más de dos meses.
En la especie, del análisis integral y detallado de
las piezas que constituyen el soporte probatorio se desprende, inequívocamente,
que el señor Abarca Jiménez no se presentó a las sesiones del
Concejo Municipal de León Cortés por más de dos meses y no justificó esas
ausencias ante ese colegiado (ver folios 06). Según los documentos presentados
por esa autoridad municipal el 23 de enero de 2012, el citado regidor no asiste
a sesiones del concejo desde el día 31 de octubre de 2011.
Como parte de las diligencias propias del proceso, en auto de las 8:35
horas del 20 de abril de 2012, cuya notificación se realizó a través de la
empresa Correos de Costa Rica S. A., el Magistrado Instructor concedió
audiencia al señor Abarca Jiménez a fin de que, dentro del término de ocho días
hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación de ese
auto, justificara sus ausencias o bien manifestara lo que considerase más
conveniente a sus intereses. Según se desprende de los documentos visibles a
folios 12 y 13 la notificación fue realizada en su domicilio el 30 de abril de
del presente año y fue recibida por la señora Magaly Alvarado Abarca, cédula de
identidad Nº 1-1023-794, quien es su cónyuge, tal como se verifica de la
información que se encuentra contenida en los soportes documentales que al
efecto posee
Por lo expuesto, lo procedente es cancelar la credencial de regidor
propietario que ostenta.
b) Sobre las reglas de sustitución de los regidores propietarios que
establece el Código Electoral vigente. Resulta indispensable señalar que el artículo 208 del Código Electoral
vigente integra reglas generales y aplicables para la sustitución de los funcionarios municipales de elección popular,
cuya aplicación resulta preceptiva a partir de las elecciones nacionales de
febrero de 2010 en el caso de los regidores y, a partir de las elecciones
municipales de diciembre de ese mismo año, en el caso de los concejales de
distrito. En ese sentido, el párrafo segundo del citado numeral establece que
el Tribunal Supremo de Elecciones “dispondrá la sustitución llamando a
ejercer el cargo, por el resto del período constitucional, a quien en la misma
lista obtuvo más votos o a quien siga en la misma lista, según corresponda”.
Cabe resaltar que esta norma introduce cambios sustanciales en las reglas
relativas a la sustitución de los miembros propietarios, que en el pasado se
rigieron por lo dispuesto en el artículo 56 del Código Municipal.
En consecuencia, al amparo de la normativa vigente, corresponde a este
Tribunal sustituir a los regidores propietarios que deban abandonar sus
funciones remplazándolos por el candidato de la misma naturaleza que siga en la
lista propuesta por el partido político del servidor saliente y que no hayan
resultado electos ni hayan sido designados para desempeñar el cargo.
c) Sobre la sustitución del regidor propietario Guillermo Abarca Jiménez. Al cancelarse la credencial del señor Abarca
Jiménez se produce una vacante entre los regidores propietarios de
Por ello, al tenerse probado en autos que la candidato que sigue en la
nómina de regidores propietarios del Partido Liberación Nacional que no resultó
electo, ni ha sido designado por este Tribunal para desempeñar el cargo, es el
señor Hernán Enrique Rodríguez Rivera (nómina de candidatos e
integración del Concejo Municipal de León Cortés a folios 09 y 30,
respectivamente), lo procedente es designarlo como regidor propietario de ese
municipio. La presente designación lo será por el período que va desde su
juramentación hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. Por tanto,
Cancélese la credencial de regidor propietario de
Nº 4986-M-2012.—Tribunal Supremo de
Elecciones.—San José, a las quince horas, cincuenta y dos minutos del
veintinueve de junio de dos mil doce. Expediente Nº 138-E-2012.
Diligencias de cancelación de credencial de
regidora propietaria de
Resultando:
1º—Mediante resolución Nº 4115-M-2012 de las 13:15 horas del
30 de mayo de 2012, este Tribunal dispuso cancelar la credencial de regidora
propietaria correspondiente a la señora María del Rosario Ramírez Chaves, por
el partido Liberación Nacional en
2º—En oficio del 12 de
junio de 2012, presentado ante
3º—Mediante auto de las
10:40 horas del 18 de junio de 2012, el Magistrado Instructor del expediente
previno al señor Ureña Guillén para que dentro del plazo de cinco días hábiles
posteriores al recibo de la notificación respectiva indicara, de manera
expresa, por cuál de los dos cargos, primer alcalde suplente o regidor
propietario, optaba (folio 33).
4º—En memorial del 21 de
junio de 2012, presentado ante
5º—En el procedimiento se
han observado las prescripciones legales y no se notan defectos que causen
nulidad o indefensión.
Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,
Considerando:
I.—Cuestión preliminar. En la especie, mediante
resolución Nº 4115-M-2012 de las 13:15 horas del 30 de mayo de 2012, este
Tribunal dispuso cancelar la credencial de regidora propietaria
correspondiente a la señora María del Rosario Ramírez Chaves, por el partido
Liberación Nacional en
No obstante, en oficio del
12 de junio de 2012, el señor Ureña Guillén manifestó que desde el 07 de
febrero de 2011 funge como vicealcalde primero de la municipalidad de San Ramón
(folios 30 y 31). Por esa razón, mediante auto de las 10:40 horas del 18 de
junio de 2012, el Magistrado Instructor del expediente le previno que indicara,
de manera expresa, por cuál de los dos cargos, primer alcalde suplente o
regidor propietario, optaba (folio 33).
En acatamiento de la
prevención citada y mediante memorial del 21 de junio de 2012, el señor Ureña
Guillén manifestó expresamente que opta por el
cargo de vicealcalde primero que ejerce (folio 35).
En virtud de lo expuesto,
lo procedente es reponer la vacante que se produjo con la cancelación de la
credencial de la señora María del Rosario Ramírez Chaves, dispuesta mediante
resolución Nº 4115-M-2012, con el candidato
a regidor propietario que siga en la lista del mismo partido político y que
no haya resultado electo ni haya sido designado por este Tribunal para ocupar
esa plaza.
II.—Sobre la sustitución
de la regidora propietaria María del Rosario Ramírez Chaves: Siendo que la
candidata que sigue en la nómina de regidores propietarios del PLN por el
citado cantón, que no resultó electa ni ha sido designada por este Tribunal
para desempeñar algún cargo de elección popular, es la señora Isabel
Cristina Ramírez Fuentes, cédula de identidad Nº 205350067 (ver folios 5,
36 y 37), corresponde designarla para reponer la vacante que se produjo con la
cancelación de la credencial de la señora Ramírez Chaves, dispuesta mediante
resolución Nº 4115-M-2012 de las 13:15 horas del 30 de mayo de 2012. La
presente designación rige a partir de la juramentación y hasta el treinta de
abril de dos mil dieciséis. Por tanto,
Se repone la vacante que se produjo con la
cancelación de la credencial de la señora María del Rosario Ramírez Chaves,
dispuesta mediante resolución Nº 4115-M-2012 de las 13:15 horas del 30
de mayo de 2012, designando en su lugar a la señora Isabel Cristina Ramírez
Fuentes, cédula de identidad Nº 205350067, quien ocupará el último puesto
de la respectiva fracción partidaria. La presente designación rige a partir de
la juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. Comuníquese
y publíquese en el Diario Oficial. Notifíquese al Concejo de
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Yamilet de los Santos Martínez Ruiz, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2319-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las ocho horas cinco minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.
Ocurso. Exp. N° 16606-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Gabriela de los Ángeles Chavarría Martínez...; en el sentido que
el nombre de la madre... es “Yamilet de los Santos”.—Lic. Luis Antonio Bolaños
Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2012076399).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Blanca Rosa Martínez Martínez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2289-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de junio del dos mil doce. Expediente Nº 18995-2012. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de José Francisco Vallejos Martínez..., en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Martínez” y el de Fauricio Alejandro Carmona Martínez..., en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre... son “Blanca Rosa” y “ Martínez” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012076425).
Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Nelson Meléndez Cáceres, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 076-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas treinta minutos del seis de enero del dos mil doce. Exp. Nº 28158-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Pablo César Meléndez Rodríguez..., en el sentido que el nombre del padre... es “Nelson Williams”, de Alejandro José Meléndez Rodríguez..., en el sentido que los apellidos del padre... son “Meléndez Cáceres”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012076795).
Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Ronal Andrés Campos Salas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1334-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del dieciocho de abril del dos mil doce. Ocurso. Exp. Nº 5204-2012. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ronal Andrés Campos Salas...; en el sentido que el primer nombre... es “Ronald”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012076799).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Juana Agustina Gómez Sevilla, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 481-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuatro minutos del seis de febrero del dos mil doce. Ocurso. Exp. Nº 44398-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Cristian Hernán Miranda Gómez...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Juana Agustina”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012076819).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Elbert William Bonilla Mora ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2031-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cincuenta y nueve minutos del ocho de junio del dos mil doce. Expediente Nº 8323-2012. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Elbert William de los Ángeles Bonilla Mora..., en el sentido que el primer nombre del mismo es “Herberth” y no como se consignó y el asiento de matrimonio de Herbert William Bonilla Mora con Rosa María Castillo Castillo..., en el sentido que el primer nombre del cónyuge es “Herberth” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012313738.—(IN2012077000).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Estrella Estrella ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1862-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas veinticinco minutos del veintinueve de mayo del dos mil doce. Expediente Nº 698-2012. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Yustin Caleb Marchena Vega y de Manases Marchena Vega..., en el sentido que el primer apellido del padre de los mismos es “Estrella” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012313783.—(IN2012077001).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Adriana María Sánchez Vásquez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1724-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas veintitrés minutos del dieciocho de mayo del dos mil doce. Ocurso. Expediente Nº 47541-2011. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kendra Naomi Vargas Vásquez...; en el sentido que los apellidos de la madre... son “Sánchez Vásquez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012313784.—(IN2012077002).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Auxiliadora Ruiz Tenorio, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2310-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cincuenta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 14914-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Jessica del Carmen Tenorio Tenorio...; en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre... son “María Auxiliadora” y “Ruiz” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012313803.—(IN2012077003).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Keyla Raquel Lobo Ramírez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1504-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del tres de mayo del dos mil doce. Exp. Nº 48135-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-... Considerando: I.- Hechos Probados:..., II.- Sobre el fondo:..., por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Yoshed Steven Cascante Ramírez... en el sentido que los apellidos de la madre... son “Lobo Ramírez”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012313847.—(IN2012077004).
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Sonia Iris Miranda Pineda, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2516-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas seis minutos del ocho de noviembre del dos mil diez. Ocurso. Exp. N° 29936-2010. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Óscar Duany Brown Miranda...; en el sentido que el segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Pineda” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012313854.—(IN2012077005).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Irene Alfaro Olivares, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1300-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas nueve minutos del trece de abril del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 404-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Maricela Ordoñez Alfaro...; en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Olivares”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. íi.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012313895.—(IN2012077006).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Sara de los Ángeles Reyes Ruiz,
mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 155808213428,
vecina de Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Juan Carlos Ubeda Rugama, mayor, soltero, encargado de bodega,
nicaragüense, cédula de residencia 155809050424, vecino de Alajuela, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Wilbert Mercedes Reyes Hurtado, mayor, soltero, estudiante,
nicaragüense, pasaporte 5060867, vecino de San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante
Ana Isabel Saad Llinas, mayor, soltera, administradora de
empresas, colombiana, cédula de residencia 117000669617, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Ana Pastora Hernández Peña, mayor, soltera, asistente de gerencia,
nicaragüense, cédula de residencia 155805512622, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
REGIÓN CHOROTEGA, ÁREA DE SALUD DE TILARÁN
MODIFICACIÓN Nº 1 PLAN ANUAL DE COMPRAS 2012
Se les comunica a todos los
interesados que la primera modificación al Plan Anual de Compras año 2012 del
Área de Salud de Tilarán, Unidad programática 2558. Se encuentra disponible en
Tilarán, 23 de julio del
2012.—Msc. Ana Lorena Picado Loáiciga, Administradora.—1 vez.—(IN2012077548).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000162-78300
Contrato de entrega según demanda-
Suministro
de productos eléctricos
El cartel estará a disposición tanto en el
Sistema de Compras Gubernamentales Comprared a partir de esta fecha, en la
dirección: https://www.hacienda.go.cr/rp/ca/InformacionTramite.aspx?TRAMIDEN=2012LN-000162-78300&TITUTRAM=1414,
como en
San José, 30 de julio del
2012.—Lic. Rolando A. Chinchilla Masís, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C.
Nº 043-2012.—Solicitud Nº 64751.—C-9400.—(IN2012078894).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-112007-UL
Servicios de aseo para sedes, puntos de ventas
y
centros médicos regionales del INS
El Instituto Nacional de Seguros
recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 4 de setiembre del 2012,
para la contratación de “Servicios de aseo para sedes, puntos de ventas y
centros médicos regionales del INS”
Se tiene programada visitas a los sitios
entre la semana del 7 de agosto al 24 de agosto del 2012, en horario de 8:00
a.m. a 4:00 p.m., para lo cual deben coordinar la misma con el señor Gustavo
Vargas Morera al teléfono 2287-6000 extensión 2103.
Los interesados pueden pasar a retirar el pliego
de condiciones, sin costo alguno, en el Departamento Proveeduría, ubicado en el
octavo piso del edificio de oficinas centrales o bien lo pueden ubicar en el
sitio de Internet www.mer-link.co.cr o www.mer-link.go.cr
San José, 26 de julio del
2012.—Departamento de Proveeduría.—Msc. Francisco Cordero Fallas, Jefe a. í.—1
vez.—O. C. Nº 18486.—Solicitud Nº 0662.—C-16940.—(IN2012079137).
ÁREA DE SALUD PÉREZ ZELEDÓN
ADMINISTRACIÓN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000003-2760
Contratación de servicio de limpieza a Ebais de:
Barrio
Los Ángeles, Pavones, San Pablo, San Pedro, Páramo,
Río
Nuevo, Villa Ligia y
de
Salud de Pérez Zeledón
El Área de Salud de Pérez
Zeledón, Unidad Programática 2760, comunica que se encuentra en concurso
San Isidro de El General, 26 de
julio del 2012.—Lic. Luis Solís Fonseca, Administrador a. í.—1
vez.—(IN2012078879).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000039-PRI
Suministro e instalación sistema de protección
catódica
Acueducto Orosi
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 31 de agosto del 2012, para
contratar el “Suministro e instalación sistema de protección catódica Acueducto
Orosi.”
Así mismo, se les comunica que el 9 de agosto
del
Los documentos que conforman el cartel,
pueden ser retirados en
Dirección Proveeduría.—Lic.
Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 51-1970.—Solicitud Nº 42142.—C-16940.—(IN2012079121).
Abastecimiento de agua potable para la zona oeste de San José
(Perforación
de pozos etapa III)
El Instituto costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 10 de setiembre del 2012,
para contratar el “Abastecimiento de agua potable para la zona oeste de San
José (perforación de pozos etapa III”.
Los documentos que conforman el
cartel podrán descargarse de la dirección electrónica www.aya.go.cr
o bien retirarse en
Dirección Proveeduría.—Lic.
Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 51-1970.—Solicitud Nº
42143.—C-13180.—(IN2012079128).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000053-02
Conexiones del Poliducto en
El cartel respectivo puede retirarse en el
lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso
del edificio, por un costo de ¢5.000,00, o bien, el mismo está disponible en la
página Web de Recope, www.recope.com.
La visita al sitio para explicar
los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a
cabo el día 9 de agosto del
Dirección de Suministros.—Ing.
Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº
47956.—C-18820.—(IN2012079099).
LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000052-02
Suministro de Enclosure
El cartel respectivo puede
retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada
en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo
está disponible en la página Web de RECOPE, www.recope.com.
San José, 31 de julio del
2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 47954.—C-14120.—(IN2012079101).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000026-PROV
(Aviso
de infructuosa)
Compra de sillas ergonómicas
Se comunica a todos los
interesados en el procedimiento de contratación indicado, por acuerdo del
Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión Nº 68-12, celebrada el 26 de
julio del 2012, artículo VIII, dispuso declarar infructuosa la licitación de
comentario.
San José, 30 de julio del 2012.—Proceso
de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(IN2012078888).
ÁREA DE SALUD TURRIALBA-JIMÉNEZ
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-2348
Arrendamiento de local para uso del Ebais Central A
A los interesados en el presente
concurso, se les comunica que por medio de acta suscrita en fecha 9 de julio
del 2012, se tomó la decisión de declarar infructuoso este procedimiento
licitatorio. Más información en el expediente administrativo que se encuentra
ubicado en el Área de Salud Turrialba-Jiménez.
Turrialba, 24 de julio del
2012.—Lic. Xinia Rojas Quesada, Administradora.—1 vez.—(IN2012078899).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-2348
Arrendamiento de local para uso del EBAIS
Clodomiro
Picado A.
A los interesados en el presente
concurso se les comunica que por medio de acta suscrita en fecha 19 de julio
del 2012, se tomó la decisión de declarar infructuoso este procedimiento
licitatorio. Más información en el expediente administrativo que se encuentra
ubicado en el Área de Salud Turrialba-Jiménez.
Turrialba, 24 de julio del
2012.—Administración.—Lic. Xinia Rojas Quesada, Administradora.—1
vez.—(IN2012078900).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000040-5101
Bolsa estéril de 3000 ml
El ítem único de esta licitación
se adjudicó a la empresa Nutricare S. A., por un monto de $147.000,00
(ciento cuarenta y siete mil dólares exactos). “Vea detalles y mayor
información en
Subárea de Adjudicaciones.—Lic.
Mauricio Hernández Salas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº
37940.—C-9840.—(IN2012079102).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000001-01
Concesión de la prestación del servicio de carga, descarga,
estiba,
desestiba y manejo de mercancías en las terminales
portuarias
actuales de Limón y Moín
Se comunica a todos los
interesados en el concurso de referencia, que nuestro Consejo de Administración
en sesión ordinaria Nº 20-2012 celebrada el día 19 de julio del 2012, artículo
III-D, acordó:
Adjudicar
1) Comercializadora ANFO S. A.
2) Consorcio Swisstec-Bayside
3) Serporatla S. A.
4) Cadesa S. A.
5) COOPEUNITRAP R. L.
6) Servinave S. A.
7) Estibadora Limonense S. A.
Garantía
de cumplimiento: ¢30.000.000,00 (treinta
millones de colones).
El plazo de la concesión será de
cinco años contados a partir de la orden de inicio que gire JAPDEVA.
Limón, 30 de julio del
2012.—Proveeduría.—Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor Admón. Portuaria.—1
vez.—O. C. Nº 2486.—Solicitud Nº 49760.—C-20500.—(IN2012079095).
ALMACÉN FISCAL AGRÍCOLA DE CARTAGO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-00002-01
Alquiler de un montacargas de pasillo angosto
con
pantógrafo doble para la bodega del
Almacén
General ubicado en Alajuela
Cartago, 31 de julio del
2012.—Lic. Andrey Gómez Gómez, Contralor.—1 vez.—(IN2012079126).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000029-02
(Notificación
de declaratoria de infructuosa)
Contratación de los servicios para implementación
de
un proyecto para la virtualización
de servidores
y escritorios
Se informa que
San José, 31 de julio del
2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 47955.—C-11300.—(IN2012079098).
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO
DE CÓBANO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000008-01
Compra de tres Centros de Recreación
El Concejo Municipal de Distrito
de Cóbano, comunica a todos los interesados en el procedimiento de contracción
de referencia, fue adjudicado a Maderas y Construcciones Exclusivas Bedoya
S. A., según acuerdo tomado en sesión Nº 27-12, celebrada el veinticuatro
de julio del dos mil doce.
Cóbano, 26 de julio del
2012.—Proveeduría Municipal.—Jackeline Rodríguez Rodríguez.—1
vez.—(IN2012078904).
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000044-00200
Concesión de servicios no esenciales
Parque
Nacional Chirripó
Se avisa a todos aquellos
interesados en
Lo demás permanece invariable.
San José, 23 de julio del
2012.—Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
01-12.—Solicitud Nº 47517.—C-10660.—(IN2012078871).
BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-101202-UP
(2012LN-101202-UP)
Herramientas especializadas y de rescate
para
el Cuerpo de Bomberos
El Benemérito Cuerpo de Bomberos
de Costa Rica comunica a los interesados en la contratación citada que se
encuentra a su disposición los documentos respectivos, a la resolución del
Recurso de Revocatoria y Modificación parcial del acuerdo de adjudicación.
(CBCR-024453-2012-DAB-00420 y CBCR-024751-2012-DAB-00425).
Los detalles de estas
resoluciones pueden ser consultados directamente en
San José, 30 de julio del
2012.—Unidad de Proveeduría.—Lic. Guido Picado Jiménez, Proveedor.—1
vez.—(IN2012079124).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-101207
Servicios de vigilancia para edificaciones
del
Benemérito Cuerpo de Bomberos
El Benemérito Cuerpo de Bomberos
comunica la publicación de una serie de aclaraciones y modificaciones a
El cartel, junto con las
aclaraciones y modificaciones respectivas podrán visualizarlas y descargarlas
del portal de Internet www.bomberos.go.cr.
San José, 31 de julio del
2012.—Unidad de Proveeduría.—Lic. Guido Picado Jiménez, Proveedor.—1
vez.—(IN2012079125).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000037-2104
(Aviso
Nº 2)
Equipo de Endoscopía Terapéutica
Se informa: “se prorroga fecha
de apertura por objeción al cartel”, las especificaciones técnicas podrán ser
retiradas en el centro de copiado público, ubicado en el pasillo anexo al
Laboratorio de Sangre del Hospital México, una vez ya publicado en el Diario
Oficial
Se prorroga: Fecha de recepción
de ofertas el 16 de agosto del
Vea detalles y mayor información
en http://www.ccss.sa.cr
San José, 30 de julio del
2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro,
Jefa.—1 vez.—(IN2012079097).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000022-2101
(Modalidad
entregas por demanda)
Compra
de juegos de Artroscopia
Se informa a los interesados que
al cartel de
Ha sido modificado, las mismas
pueden ser retiradas en forma gratuita en
Así mismo la recepción de
ofertas se mantiene programada para el día 3 de agosto del
San José, 31 de julio del
2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós,
Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2012079129).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000037-01
Contratación del desarrollo de un Mega Portal Web
Institucional
y Sistema de inscripción
de
matrícula en línea
El Proceso de Adquisiciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en
participar en
San José, 31 de julio del
2012.—Proceso de Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C.
Nº 21711.—Solicitud Nº 46928.—C-14120.—(IN2012079139).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000005-99999
(Se
anula proceso licitatorio)
Concesión del redondel de toros de Zapote
para
su explotación comercial
El Departamento de Recursos
Materiales y Servicios, Área de Licitaciones, ubicado en el Sótano del Edificio
Municipal José Figueres Ferrer, avenida 10, comunica a los interesados en el
presente concurso, que por resolución R-DCA-372-2012, de las trece horas del
dieciséis de julio del dos mil doce, emitida por
San José, 28 de julio del
2012.—Deoartamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº
5073.—Solicitud Nº 130036.—C-6150.—(IN2012079118).
“Acuerdo Nº 12:
Considerando:
I.—Que por medio del acuerdo
número 6 de la sesión 29-2012 del 30 de abril de 2012, esta Junta Directiva
sometió a consulta de las entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional
para
II.—Que habiendo trascurrido el plazo
legalmente establecido para la referida consulta y tomando en consideración las
observaciones planteadas por los interesados,
III.—Que hechas las modificaciones que se han
estimado pertinentes, esta Junta Directiva estima pertinente aprobar las
referidas disposiciones, al amparo de lo establecido en los artículos 57 y 65
de
De conformidad con lo
establecido en el artículo 26, inciso d), de
Aprobar los siguientes:
LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO Y
ADMINISTRACIÓN
DE LOS CRÉDITOS DEL FONAVI
El proceso de otorgamiento de
créditos a las Entidades Autorizadas del Sistema Financiero Nacional para
I.—Sobre las solicitudes de
crédito
1. Presentación de solicitudes de crédito: Las Entidades
Autorizadas del SFNV deberán presentar ante el BANHVI sus solicitudes de
crédito para ser financiadas con recursos del FONAVI, debidamente firmadas por
su Gerente General o Subgerente General, indicando el monto total requerido y
el plan de inversión asociado.
Con base en la disponibilidad de
recursos del FONAVI y en los parámetros incorporados en los Programas de
Crédito aprobados por
2. Requisitos para la aceptación de
solicitudes de crédito: Para que
a. Que
b. Que
c. Que
d. Que las garantías ofrecidas por los créditos
vigentes de
e. Que
Ante el incumplimiento de
cualquiera de las condiciones señaladas, la solicitud de crédito será denegada,
informándose lo pertinente a
3. Información básica para el
análisis del crédito:
a. Solicitud formal de financiamiento debidamente suscrita por
b. Estados Financieros Auditados de
c. Estados Financieros de
d. Flujo de caja proyectado para un periodo de
doce meses, con el detalle de los supuestos utilizados en la proyección; en el
caso de financiamiento de proyectos específicos, el periodo proyectado debe
contemplar el plazo total del crédito, con proyección mensual para los primeros
12 meses y anual para el periodo restante. Las proyecciones efectuadas deberán
proporcionarse además en medios electrónicos y con formatos que permitan la sensibilización
de los valores proyectados.
e. Para el caso de Entidades supervisadas por
SUGEF, ficha CAMELS emitida por esa Superintendencia para los últimos dos
trimestres.
f. Formulario e información complementaria
requerida para la aplicación de
g. Último informe disponible de una agencia
calificadora de riesgo autorizada por
h. Clasificación de
i. Detalle de las obligaciones con Entidades
Financieras a la última fecha de corte y desglose de captaciones con el público
por moneda.
j. Autorización al BANHVI para solicitar
información de
k. Información sobre la conformación de grupos de
interés económico mediante el formulario denominado “Grupos de Interés
Económico”.
l. Plan de inversión de los recursos
solicitados, indicando el número de soluciones de vivienda que se estima
colocar y el monto promedio de los créditos que serán otorgados.
m. Cronograma programado para el desembolso de los
recursos del crédito solicitado.
n. Características de las garantías que serán
otorgadas en respaldo del crédito solicitado, acordes con lo dispuesto en estos
Lineamientos.
o. Nombre completo del gerente, los directores y
representantes legales. Certificación de los poderes del apoderado(s) generalísimo(s)
de
p. Estudio de
q. Información sobre el grado académico y años de
experiencia en
r. Detalle de deudores que de manera individual
representan el 20% o más de la cartera de crédito de
s. Detalle de inversionistas o acreedores que de
manera individual representan el 20% o más de los pasivos de
t. Listado con información de los saldos adeudados
y montos de inversión de los principales 20 deudores y principales 20
inversionistas de
u. Para el caso de las Entidades Autorizadas que
a su vez son instituciones del Sector Público, debe presentarse la
documentación que permita evidenciar la existencia de contenido presupuestario
para la atención de las obligaciones que se generarían a partir del
otorgamiento del crédito, debidamente autorizado por
4. Otra información requerida: A partir del análisis de la información
remitida por
II.—Sobre el análisis de las
solicitudes de crédito. El análisis de las solicitudes de crédito
presentadas por las Entidades Autorizadas deberá comprender - sin que
constituya una lista taxativa - los siguientes factores básicos:
a. Análisis de la capacidad de pago: Comprende la situación financiera
y capacidad de
b. Análisis de comportamiento de pago histórico:
Corresponde a la conducta de pago de
c. Análisis de morosidad: Contempla el mayor
número de días de atraso en el pago de principal, intereses, otros productos y
cuentas por cobrar asociados a las operaciones crediticias que presenta
d. Evaluación de garantías: Incluye la valoración
de las condiciones de calidad y cobertura de las garantías que aportará
El estudio de las garantías
ofrecidas por
Adicionalmente, si corresponde,
se analizará el comportamiento de
e. Límite de operaciones activas de
f. Aplicación de
g. Cualquier otro aspecto técnico que se derive
del análisis realizado.
III.—Sobre la aprobación de
las solicitudes de crédito.
1. Verificación de la información remitida para el análisis de la
solicitud de crédito:
2. Dictamen técnico de
3. Dictamen del Comité de Crédito: El dictamen
técnico de la solicitud de crédito será analizado en sesión del Comité de
Crédito que se realizará en un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de
la recepción del referido dictamen. Corresponde al Comité de Crédito acoger o
rechazar lo dictaminado por
4. Resolución definitiva de
5. Actividad discrecional: El otorgamiento de
financiamiento es una actividad discrecional del BANHVI y no de carácter
obligatoria, por lo que la aprobación o rechazo de las solicitudes de crédito
presentadas por las Entidades Autorizadas estará sujeta incluso a razones de
conveniencia y oportunidad para el BANHVI y el Sistema Financiero Nacional para
IV.—Sobre los programas de
crédito.
1. Incorporación de créditos a los Programas: El financiamiento
que se otorgue mediante la aprobación de créditos por parte de
2. Establecimiento de Programas de Crédito:
3. Formalización de contratos: Una vez
aprobada una operación de crédito, su formalización dependerá de que
Dentro del contrato de crédito
se incluirán cláusulas de salida como resguardo necesario para proteger los
recursos del BANHVI, de manera que sea factible suspender el desembolso de
recursos o dar por vencida la obligación, haciendo exigible su pago inmediato
en caso de que
V.—Sobre las garantías de los
créditos otorgados. Aplicando los procedimientos apropiados para su
constitución y valoración, se podrán aceptar las siguientes garantías en
respaldo de los créditos otorgados:
a. Hipoteca sobre terrenos y edificaciones.
b. Cédula hipotecaria constituida sobre bienes
inmuebles.
c. Depósitos o instrumentos financieros que
respaldan operaciones “back to back”.
d. Instrumento de deuda debidamente inscrito en
una bolsa de valores autorizada o emitido por el Banco Central de Costa Rica o
el Gobierno de Costa Rica.
e. Instrumento de deuda emitido por una entidad
supervisada por
f. Participación en un fondo de inversión
abierto debidamente inscrito en la plaza correspondiente.
g. Participación en un fondo de inversión cerrado
debidamente inscrito en una bolsa de valores autorizada.
h. Aval o fianza solidaria emitidos por una
institución del sector público costarricense.
i. Fideicomiso de garantía.
j. Cartera hipotecaria propiedad de la entidad
autorizada y recibida en respaldo o garantía de sus propios créditos. Solo se
podrán recibir créditos hipotecarios que fueron acompañados del otorgamiento de
un bono de vivienda para el financiamiento de la solución habitacional, en los
casos en los que se determine que
k. Garantías fiduciarias con carácter temporal,
por un plazo máximo de 6 meses.
VI.—Sobre la recuperación de
cartera. Las acciones de cobro de la cartera de crédito del BANHVI estarán
debidamente incorporadas dentro del Manual de Políticas y Procedimientos de
este Banco. El plazo para la cancelación de las cuotas mensuales de los
créditos otorgados será de diez días naturales contados a partir de la fecha de
facturación, periodo durante el cual no correrán intereses moratorios.
Los procedimientos de cobro deberán incluir
las gestiones de cobro administrativo y judicial de las operaciones que se
encuentran en estado de morosidad, así como las relacionadas con los posibles
arreglos de pago. Todo arreglo de pago o refinanciamiento deberá ser autorizado
por
VII.—Sobre los expedientes de crédito. El
expediente de cada Entidad deudora deberá incorporar la información que
justifica la calificación otorgada a esa Entidad y el monto de la estimación de
cada una de sus operaciones, así como los documentos y registros que evidencian
el cumplimiento de los reglamentos, lineamientos y políticas, aprobados por
El expediente de crédito es individualizado
para cada deudor y comprenderá como mínimo las siguientes secciones: a.
Información general del deudor, b. Documentos de aprobación de cada operación,
c. Información financiera del deudor y de fiadores o avalistas, d. Análisis
financiero, e. Información de garantías, f. Sustitución de garantía temporal,
g. Calificación del deudor, h. Información interna e i. Justificación de
colocaciones con recursos BANHVI.
El expediente de crédito de cada Entidad
deudora debe depurarse con regularidad, de manera que se mantenga ordenado por
secciones, en orden cronológico y actualizado de conformidad con lo establecido
en el acuerdo SUGEF 1-05 “Reglamento para
VIII.—Sobre la calificación de deudores y
la estimación mínima. En forma mensual
El análisis de capacidad de pago de cada una
de las Entidades deudoras del BANHVI será actualizado al menos con periodicidad
anual y también cuando se identifique alguna situación relevante, incorporando
como mínimo los aspectos contemplados en el acuerdo SUGEF 1-05 “Reglamento para
El BANHVI debe determinar el monto de la
estimación de cada operación crediticia de las Entidades deudoras, contemplando
el saldo total adeudado, el porcentaje de estimación correspondientes y la
existencia de mitigadores del riesgo, representados fundamentalmente por las
garantías que respaldan los créditos otorgados.
Las garantías que cumplan con los requerimientos
que establecen el Acuerdo SUGEF 1-05 “Reglamento para
Para estos efectos
Para el caso de aquellas garantías que no son
utilizadas como mitigadores del riesgo de las operaciones que respaldan, el
seguimiento de calidad y cobertura deberá efectuarse al menos trimestralmente,
para lo cual las Entidades deudoras deberán aportar a
IX.—Disposiciones generales. Con la
emisión de estos Lineamientos para el Otorgamiento y Administración de los
Créditos del FONAVI se derogan las siguientes disposiciones:
a. El “Reglamento para el Otorgamiento de Crédito con Recursos del
Fondo Nacional de Vivienda a las Entidades Autorizadas del Sistema Financiero
Nacional para
b. La modificación a las condiciones y
requerimientos que establece el “Reglamento para el Otorgamiento de Crédito con
Recursos del Fondo Nacional de Vivienda a las Entidades Autorizadas del Sistema
Financiero Nacional para
Rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial
Acuerdo Unánime.-”
David López Pacheco, Secretario Junta Directiva.—1 vez.—O. C. Nº 21027.—Solicitud Nº 48075.—C-451220.—(IN2012077160).
REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN, BECAS E INDUCCIÓN
DEL
PATRONATO NACIONAL DE
Considerando:
I.—Que el artículo ciento
ochenta y ocho de
II.—Que el artículo seis inciso e) de
III.—Que
IV.—Que existe un Plan Quinquenal que
responde al Plan Estratégico Institucional aprobado por
V.—Que la inversión en capacitación del
recurso humano es un asunto de primordial interés para el PANI, debido a que
tiene como fin último, la mejora continua en los servicios y la consecución de
los objetivos institucionales, a través del mejoramiento de los conocimientos,
habilidades, destrezas aptitudes del capital humano y por ende forma parte del
Plan Operativo Institucional. Por tanto:
REGLAMENTO DE CAPACITACIÓN, BECAS
E
INDUCCIÓN DEL PANI:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objeto del
Reglamento. El presente Reglamento tiene como objeto regular todo lo
relativo a los procesos de capacitación, becas e Inducción de los funcionarios
y las funcionarias del PANI, con el fin de mejorar los servicios propios del
quehacer de la institución en aras de la satisfacción del interés público.
Artículo 2º—Actividades Excluidas del
presente reglamento. Están excluidas de la aplicación del presente
reglamento, la asistencia a foros, reuniones, y conferencias, a nivel nacional
e internacional, así como las actividades de capacitación a nivel
internacional, generadas a partir de invitaciones de organismos internacionales
o instituciones públicas o privadas de otros países. Las actividades del
personal de
Artículo 3º—Definiciones. Para efecto
del presente reglamento, se entiende por:
a. PANI: El Patronato Nacional de
b. Junta Directiva:
c. Presidencia Ejecutiva:
d. Departamento de Recursos Humanos: El
Departamento de Recursos Humanos del Patronato Nacional de
e. Centro de Cultura: El Centro de Cultura
de los Derechos de
f. Comisión de Capacitación:
g. Funcionario o funcionaria: La persona
física que presta servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros al
PANI, en forma permanente o transitoria, en virtud de una relación de servicio.
h. Capacitación: Participación en eventos
formativos, congresos, seminarios, cursos, charlas, simposios. Complementan la
formación con la cual el/la funcionaria fue contratada, ante necesidad
planteada institucionalmente. No están orientados a obtener pregrado, grado o
post-grado.
i. Capacitación no programada: Toda acción
de capacitación a nivel nacional o internacional, no considerada dentro del
Programa Anual de Capacitación del PANI.
j. Capacitación programada: Toda acción
de capacitación a nivel nacional o internacional, que se encuentre incluida
dentro del Programa Anual de Capacitación.
k. Diagnóstico de Necesidades de Capacitación:
Estudio técnico y periódico realizado por el Departamento de Recursos Humanos,
en coordinación con otras instancias jerárquicas del PANI, con el fin de
identificar las necesidades de participación en procesos de capacitación de los
funcionarios del PANI.
l. Plan Estratégico Institucional: Plan
propuesto por
m. Programa Anual de Capacitación: Conjunto
de acciones específicas de capacitación a ejecutar anualmente en avance del
cumplimiento del Plan Estratégico Institucional.
n. Becas: financiamiento y/o tiempo
laboral para el inicio o continuación de estudios de primaria, secundaria o
universitaria a nivel de pregrado, grado o post grado, sea en el país o en el
exterior.
o. Becario, becaria o persona becada: Todo
funcionario o funcionaria del PANI que se beneficia con una beca.
p. Certificado: Titulo emitido por el
Centro de Cultura de los Derechos de
q. Contrato de Estudio: Documento mediante
el cual se formalizan las obligaciones y derechos que corresponden a cada una
de las partes cuando se otorga una beca.
r. Inducción: Proceso de integración y
sensibilización del (a) nuevo (a) colaboradora (a) del Patronato Nacional de
CAPÍTULO II
Instancias que participan en los procesos de
capacitación
y becas y sus atribuciones
Artículo 4º—
a. Aprobar el Plan Estratégico Institucional quinquenal, el cual
contempla los requerimientos en materia de capacitación para el período
administrativo respectivo.
b. Aprobar el presupuesto para la ejecución anual
del programa de capacitación, en el marco del presupuesto anual de la
institución correspondiente al Plan Operativo Institucional (POI).
c. Aprobar el presupuesto en el rubro de Becas,
en el marco del presupuesto anual de la institución.
d. Aprobar los permisos de estudio de los
funcionarios y funcionarias, con o sin goce de salario, cuando se capacitan o
se benefician con una beca, dentro o fuera del país, siempre que tales estudios
sean por períodos superiores a seis meses, sean que estos formen parte o no del
Programa Anual de Capacitación institucional.
e. Conocer y aprobar las becas dentro del país
por plazos mayores a los seis meses, bajo licencia con goce de salario.
f. Conocer y aprobar todas las becas que se
propongan fuera del país, con o sin goce de salario.
Artículo 5º—
a. Remitir para aprobación a
b. Aprobar el Programa Anual de Capacitación.
c. Apoyar y supervisar, como superior jerárquico,
las acciones que en materia de capacitación desarrolle el Centro de Cultura.
d. Resolver las solicitudes de licencias con y
sin goce de salario para efectos de capacitaciones o becas que forman parte o
no del Programa Anual de Capacitación, siempre y cuando estas no excedan los
seis meses.
Artículo 6º—El Departamento
de Recursos Humanos. Serán atribuciones del Departamento de Recursos
Humanos:
a. Liderar el proceso de construcción, ejecución y evaluación de los
Programas anuales de capacitación mediante la articulación de todas las
instancias y personas involucradas.
b. Asesorar a las diversas jefaturas del PANI, en
materia de valoración y seguimiento de las actividades de capacitación en el
desempeño laboral.
c. Ejercer la coordinación de
d. Dirigir en su totalidad el proceso de gestión
de becas mediante la articulación de las instancias y personas involucradas.
e. Confeccionar, suscribir, dar seguimiento y
verificar el cumplimiento de los contratos de becas que se realicen.
f. Gestionar ante
g. Recibir solicitudes de becas o proponer becas
requeridas para el fortalecimiento y preparación del recurso humano de la
institución.
h. Proponer con el apoyo del Centro de Cultura,
los temas a becar, incluyendo materias, estudio técnico y criterio inicial para
ser conocido en
Artículo 7º—El Centro de
Cultura de
a. Elaborar y presentar a
b. Planificar, programar, organizar, ejecutar y
evaluar (objetivos y reacción) las acciones de capacitación del personal del
PANI, considerando los más altos estándares técnicos en el manejo del
conocimiento de los temas y en atención a las necesidades en materia de
capacitación planteadas por las diversas instancias.
c. Elaborar el estudio técnico y realizar los
trámites administrativos para la contratación o coordinación con otras
instancias, de las acciones de capacitación, incluyendo aspectos financieros y
metodológicos, en coadyuvancia con la respectiva contraparte técnica o
instancias competentes en la materia.
d. Certificar la participación y aprovechamiento
a funcionarios que han cumplido con la totalidad de las horas y requisitos
establecidos en los cursos del Programa Anual de Capacitación, así como en
capacitaciones promovidas por Oficinas Locales, Direcciones Regionales,
gremios, sindicatos y otras instancias que ejecutan procesos de capacitación
bajo el patrocinio del PANI.
e. Gestionar acciones de capacitación y promover
la suscripción de convenios de cooperación, de conformidad con las necesidades
Institucionales.
f. Comunicar al Departamento de Recursos Humanos,
el incumplimiento de los compromisos que deben asumir los/las funcionarios en
procesos de capacitación.
g. Ejecutar el presupuesto de la cuenta de
capacitación y coordinar la fiscalización con la contraparte técnica
respectiva.
h. Administrar y custodiar el equipo audiovisual,
el material y la documentación que se requiere para la ejecución de
capacitaciones.
i. Llevar un registro unificado de la
capacitación que reciban los funcionarios y funcionarias, ordenado por materia,
o por funcionario y transmitir periódicamente esta información al Departamento
de Recursos Humanos para lo de su competencia.
j. Elaborar y remitir los informes de
capacitación a cada una de las instancias institucionales pertinentes y con la
información del interés particular para cada una.
k. Analizar, y emitir el criterio respectivo para
permisos con goce de salario que gestionan gremios y sindicatos ante
l. Informar a las Direcciones Regionales sobre
el Programa Anual de Capacitación, los perfiles de las personas participantes y
el cronograma respectivo, para que se realice con suficiente antelación la
matrícula respectiva.
m. Acreditar a los funcionarios funcionarias que
participen como instructores internos en programas de capacitación.
n. Mantener un banco de materiales de
capacitación en los cuales se ha fundamentado cada uno de los cursos que brinda
o. Gestionar la inclusión del Programa Anual de
Capacitación en el Plan Anual Operativo de
p. Llevar estadística de todos los procesos de
capacitación en que participan funcionarios de
q. Apoyar los aspectos técnicos de cursos de
especialidad, maestrías, post-grados y otros de alto nivel para los cuales el
PANI defina apoyos a manera de beca, por medio de su Plataforma Académica
–Enlace PANI-Universidades.
Artículo 8º—De
a. Proponer los temas que permitan articular el Programa Anual de
Capacitación con el Plan Nacional de Desarrollo.
b. Mantener vigilancia y retroalimentación sobre
las acciones de capacitación insertas en las metas institucionales frente a las
instancias externas a las cuales rinde cuentas esta Dirección.
Artículo 9º—De
a.
b. Seleccionar a los/las funcionarias que
participarán en procesos del Programa Anual de Capacitación, de acuerdo con el
perfil y sugerencias establecidas para cada curso.
c. Formalizar ante el Centro de Cultura la
matrícula de sus funcionarios en los procesos elegidos.
d. Apoyar la convocatoria que realiza el Centro
de Cultura
e. Mantener un flujo permanente de información
hacia las Oficinas Locales y Oficinas centrales de su competencia sobre las
pautas en materia de capacitación, informes y otras que se conozcan en
reuniones gerenciales, boletines, informes y otros espacios.
f. Mantener a nivel regional, local e instancias
del nivel central una política de socialización de conocimientos adquiridos.
g. Desarrollar al menos una evaluación anual
sobre la transferencia de conocimientos adquiridos en procesos de capacitación
y remitir al Centro de Cultura las recomendaciones correspondientes, con base a
los instrumentos facilitados por esa instancia.
h. Remitir al Centro de Cultura a más tardar en
el mes de agosto del año anterior, sus necesidades en materia de capacitación.
i. Facilitar espacios para la socialización de
experiencias de capacitación que facilite la máxima divulgación de nuevos
conocimientos.
j. Analizar la pertinencia y conveniencia de
estudios de post grado y emitir recomendaciones para ser incorporadas al
estudio que debe realizar el Departamento de Recursos Humanos en el proceso de
aprobación de becas.
Artículo 10.—Comisión de
Capacitación y Becas y sus atribuciones.
a. Créase
b. Las decisiones de
Serán atribuciones de
a. Analizar y aprobar la propuesta del Programa Anual de Capacitación
con base en el insumo borrador que presente el Centro de Cultura, el cual debe
ser finalmente aprobado por
b. Conocer los informes semestrales que en
materia de capacitación emite el Centro de Cultura, y realizar las
observaciones y sugerencias técnicas pertinentes.
c. Conocer y emitir criterio sobre ajustes al
Programa Anual de Capacitación que deban realizarse sobre la marcha.
d. Conocer y emitir criterio sobre solicitudes de
capacitación no programada en el Programa Anual, cuando estas sean gestionadas
por instancias internas o funcionarios. Estas solicitudes deben ser previamente
aprobadas por la jefatura correspondiente.
e. Analizar los estudios técnicos realizados por
el Departamento de Recursos Humanos relacionados con solicitudes de becas que
presenten los funcionarios y funcionarias y emitir el criterio correspondiente,
el cual será incluido en el expediente que será conocido por
f. Conocer, analizar y emitir criterio sobre
situaciones especiales en materia de capacitación que le sea transferido por
cualquier instancia interna del PANI.
g. Retroalimentar cualquier proceso relacionado
con capacitación y becas que sea presentado a
CAPÍTULO III
Capacitación
Artículo 11.—Definición y
políticas.
a. Se reglamentan en este artículo, las acciones de la naturaleza de
eventos formativos, congresos, seminarios, cursos, charlas, simposios que
complementan la formación con la cual el/la funcionaria fue contratada, ante
necesidad planteada institucionalmente.
b. La capacitación será una prioridad
institucional y tendrá como cometido el mejoramiento paulatino de los servicios
que presta la institución y el desarrollo de su personal.
c. Anualmente,
d. Será obligación de todas las jefaturas de
Artículo 12.—Aspectos
generales en materia de capacitación.
a. Podrán participar en procesos de capacitación los funcionarios y
las funcionarias que se encuentren nombrados en propiedad y los que estén
nombrados en forma interina, siempre y cuando tales nombramientos sean por un
período igual o superior a los tres meses.
b. Una vez formalizada la matrícula de un
funcionario en un proceso de capacitación, sea este en jornada laboral o no, la
asistencia y cumplimiento de los requisitos del curso es de carácter
obligatorio.
c. El Centro de Cultura certificará únicamente
los procesos de asistencia, participación o aprovechamiento en los cuales el
funcionario participó en el 100% de las horas programadas y cumplió con todos
los requisitos establecidos en el curso, de acuerdo con el acta emitida por los
instructores y el control de asistencia respectivo.
d. Los/las funcionarias que abandonan procesos de
capacitación deberán restituir a la administración el costo total del curso,
mediante trámite legal y administrativo gestionado por el Departamento de
Recursos Humanos. Esta medida no se aplicará en aquellos casos en que el/la
funcionaria presente incapacidad de
e. La jefatura inmediata deberá emitir criterio
sobre si es pertinente o no que un funcionario repita determinado curso, fuera
o dentro del horario laboral, que, habiendo cumplido con todos los requisitos,
haya sido reprobado.
f. En ocasiones en que la programación de un
proceso de capacitación coincida con las vacaciones del funcionario, la
jefatura correspondiente negociará con este la pertinencia de reposición de
vacaciones o sustitución del funcionario por otra persona, para lo cual deberá
comunicar el cambio formalmente ante el Centro de Cultura.
g. La jefatura inmediata negociará con el/la
funcionaria sus horas de descanso, cuando los horarios de los procesos de
capacitación requeridos, coincidan con este.
h. El Centro de Cultura emitirá constancia de
horas de asistencia a cursos si el/la funcionaria requiere justificar las horas
laborales respectiva, en caso de deserción.
i. Para efectos de carrera profesional,
únicamente aplicarán los Certificados de cursos aprobados en la totalidad de
sus horas, sean del Centro de Cultura u otras instancias. Las constancias de
asistencia parcial no aplican para carrera profesional.
CAPÍTULO IV
Becas
Artículo 13.—Definición y
políticas.
a. Se reglamentan en este artículo las acciones orientadas a brindar
financiamiento y/o tiempo laboral para el inicio o continuación de estudios de,
secundaria o universitaria a nivel de pregrado, grado o post grado, sea en el
país o en el exterior.
b. Se otorgarán becas, únicamente en aquellos
estudios que hayan sido declarados de alto interés y necesidad institucional a
la luz de la relación costo beneficio y disponibilidad presupuestaria, y que
cuenten con el aval de
c.
Artículo 14.—Aspectos
generales.
a. Podrán recibir el beneficio de beca, únicamente personas con plaza
en propiedad con más de dos años de trabajar en
b. En los casos que proceda, se otorgará beca de
post grado, una única vez en la carrera profesional del funcionario, salvo
situaciones altamente justificadas por el Departamento de Recursos Humanos.
c. Se otorgará beca para la culminación de
estudios de educación general básica, secundaria primer y segundo ciclo,
únicamente en situaciones altamente justificadas por el Departamento de
Recursos Humanos.
d. Las solicitudes de beca que no se ajusten a
los requerimientos del cargo, serán rechazadas ad portas por el Departamento de
Recursos Humanos.
e. Para optar por una beca los solicitantes
deberán haber finalizado su período de retribución de tiempo por una beca
anterior, salvo que se trate de un grado superior al que le financió
f. El/la funcionaria que quiera gestionar una
beca, deberá presentar un documento adicional a los formularios establecidos en
el cual se establezca con toda claridad: Pertinencia para el PANI y su cargo,
contenido de los programas de estudios frente a las necesidades del PANI,
criterios de admisión, horarios, costos, fechas de inicio y de finalización del
curso, calidad docente, infraestructura, acreditaciones nacionales e
internacionales y cualesquier otro aspecto que considere, sea de interés para
el PANI.
g. Se considerarán para efectos de beca, las
siguientes categorías:
1- Permiso con goce de salario tiempo completo.
2- Permiso parcial con goce de salario.
3- Permiso sin goce de salario por tiempo
completo.
4- Permiso parcial sin goce de salario.
5- Pago de viáticos y de gastos de transporte de
conformidad con el Reglamento de Gastos de Viaje y Trasporte Público para
Funcionarios Públicos emitido por
6- Pago total de todas las obligaciones del
estudiante.
7- Permiso parcial o tiempo completo con o sin
goce de salario, combinando alguna de las alternativas de pago.
8- Contribuciones al costo de los estudios
claramente identificadas y justificadas.
Artículo 15.—Compromisos de
las personas becadas.
a. Suscribir un contrato de estudio para asistir a las acciones de
capacitación y educación, siempre y cuando se de alguno de los siguientes
supuestos:
1. Cuando el costo de las mismas sean iguales o superiores a dos
salarios mínimos de la escala salarial del PANI.
2. Cuando el tiempo efectivo del contrato sea
igual o mayor a un mes.
3. Cuando la acción de capacitación o educación
supere las noventa horas.
4. Apoyar a la institución, generando un efecto
multiplicador de sus estudios, cuando así se requiera.
b. Presentar al Departamento de Recursos Humanos los atestados que le
sean solicitados como informes de notas, títulos académicos, certificados,
informe de asistencia y cualesquier otra información que le sea requerida.
Artículo 16.—Becas fuera del
país.
a. La persona becada en el exterior, deberá comunicar previamente al
Departamento de Recursos Humanos cualquier desplazamiento fuera del país sede
del Centro de Estudios al que asiste, si esto interfiere con sus estudios
b. La persona becada al reintegrarse a su
trabajo, deberá presentar ante el Departamento de Recursos Humanos la siguiente
documentación.
1. Un informe de su participación, el cual deberá elaborarse de
conformidad con la guía que al respecto defina el citado Departamento de
Recursos Humanos.
2. El certificado que acredite su participación
en la actividad a la que asistió.
3. Un reporte de asistencia emitido por la
entidad organizadora, cuando así se haya definido, en relación con dicha
actividad.
c. Todos los documentos que presenta la persona becada en el exterior
(certificados, calificaciones, constancias y otros), deben cumplir con todos
los requisitos que para estos efectos tiene establecido el Ministerio de
Relaciones Exteriores.
Artículo 17.—Anomalías en el
disfrute de beca.
a. Se podrán suspender temporalmente estudios becados por razones de
incapacidad por enfermedad o accidente.
b. La persona becada que deba suspender
totalmente sus estudios, deberá reintegrar a la institución el monto total que
le haya sido girado, salvo situaciones de incapacidad debidamente certificada
por
c. Se exime de responsabilidad la persona becada
que deba suspender sus estudios por cierre del curso por parte de la entidad
educativa.
d. Cuando la persona becada deba suspender sus
estudios por cierre de cursos por parte de la entidad educativa, deberá
informarlo de inmediato y presentar alternativas para la continuación, las
cuales deben haberse dado por agotadas para cerrar el expediente y eximirle de
responsabilidades.
e. Corresponde al Departamento de Recursos
Humanos emitir el informe técnico y resolución de cierre de beca por suspensión
de estudios, lo cual será comunicado a
Artículo 18.—Retribución de
la beca.
a. La persona becada estará obligada a trabajar para el PANI hasta
retribuir el doble del tiempo que duró el programa de estudios o de
capacitación, para lo cual se computará el plazo a partir del momento en que
presente ante el Departamento de Recursos Humanos, el título académico obtenido
o la certificación correspondiente. El plazo de retribución no podrá exceder de
cinco años.
b. El/la funcionaria que se encuentre en el
período de retribución de tiempo por beca, no podrá ser trasladado a otro ente
público.
c. El/la funcionaria que se encuentre en el
período de retribución de tiempo por beca, no podrá solicitar permiso sin goce
de salario, hasta tanto cumpla con el período de retribución de tiempo por
beca.
d. Si el/la funcionaria renuncia o es despedido
sin responsabilidad patronal, deberá cancelar el monto proporcional al tiempo
no retribuido, el cual será estimado por el Departamento de Recursos Humanos.
e. Si la persona becada ha sido despedida con
responsabilidad patronal se le eximirá de cualquier reembolso.
f. Si la persona becada renuncia a su puesto
durante el período de la beca o de la retribución de tiempo, deberá rembolsar
al PANI lo equivalente a lo que le ha sido invertido o gastado tanto por
dineros eventualmente girados, por días no laborados y otros gastos incurridos.
g. Durante el tiempo de estudios y durante el
tiempo de retribución,
Artículo 19.—Revocatoria de
becas.
a. Las becas serán revocadas cuando se compruebe alguna de las
siguientes situaciones:
1. La persona becada deje de laborar para el PANI por motivo de
renuncia o despido.
2. La persona becada interrumpa los estudios sin
informar a
3. Cuando la persona becada cometa faltas que
conlleven la expulsión del centro de estudios.
4. Cuando la persona becada utilice el tiempo
otorgado para estudio en actividades diferentes.
5. Cuando la persona becada haya aportado
información falsa que coadyuvara a la concesión o mantenimiento de la beca.
6. Cuando la persona becada incumpla con el plan
de estudios acordado previamente, sin causa justificable.
7. Cuando el tiempo de suspensión de los estudios
exceda un período lectivo completo.
b. El Departamento de Recursos Humanos presentará todas las
revocatorias de becas con el debido informe y recomendaciones, a
Artículo 20.—Recuperación del
costo de la beca.
a. Corresponde al Departamento de Recursos Humanos realizar las
diligencias y trámites pertinentes a efecto de que el PANI pueda recuperar los
dineros que fueron cancelados por concepto de las becas concedidas a
funcionarios y funcionarias que incumplieron con las disposiciones contenidas
en el presente reglamento.
b. El Departamento de Recursos Humanos deberá
determinar cuál es el monto que debe ser retribuido al PANI y realizará la
gestión de cobro frente a la persona becada que abandonó sus estudios. Para
esto, el Departamento de Recursos Humanos gestionará dos avisos de cobro.
c. Si la persona becada no responde al segundo
llamado de cobro que le realice el Departamento de Recursos Humanos, el mismo
presentará solicitud ante
d. El Departamento Recursos Humanos deberá
efectuar la primera gestión de cobro, en un plazo no mayor a 30 días naturales
a partir del momento en que tiene conocimiento de los hechos que motivan la
recuperación de tales sumas. Igualmente las gestiones subsiguientes las
realizará en igual plazo, dando 30 días naturales entre una y otra.
e.
Artículo 21.—De las sanciones
disciplinarias. El Departamento de Recursos Humanos pondrá en conocimiento
de
CAPÍTULO V
Inducción de los (as) colaboradores (as)
Artículo 22.—Objetivo de
Aunado a lo anterior, se le brinda una
explicación de la organización y funciones de la instancia donde prestará las
funciones, en concordancia con lo expuesto en el párrafo anterior, para que
comprenda y resuelva las dudas acerca de beneficios, procedimientos y políticas
institucionales.
Artículo 23.—Aplicación y Alcance. El
proceso de inducción, tiene aplicación para todos (as) los (as) colaboradores
(as) de nuevo ingreso, en condición de propiedad e interinos y para aquellos
(as) colaboradores (as), que se trasladan a laborar a otra dependencia dentro
de la misma institución.
Dicho proceso, se realizará dentro de los
tres primeros días, a partir del momento que rige el nombramiento o traslado.
Artículo 24.—Del Programa de Inducción. Para
efectos del establecer el programa de inducción, se diseñará un proceso formal,
que contendrá:
a. Historia de la institución y
b. Estructura orgánica y funcional de la
institución.
c. Misión, visión, valores y políticas de la
institución.
d. Principios éticos del funcionario público.
e. Charla de
f. Servicios que da la institución.
g. Expectativas de la institución respecto a sus
colaboradores.
h. Principales Leyes, Convenios Internacionales,
Códigos y normas que rigen el accionar de la institución.
i. Principales normas y procedimientos vigentes
en a la institución.
j. Beneficios e incentivos que ofrece la
institución a sus colaboradores (as).
k. Deberes y derechos de los (as) colaboradores
(as) de la institución.
l. Charla impartida por las organizaciones
internas (Asociación Solidarista, Asociaciones de Profesionales y no
Profesionales y Sindicatos).
m. Información específica del puesto.
n. Funciones básicas de la unidad, instancia o
departamento donde se ubicará.
o. Procesos de trabajo.
p. Coordinación de la unidad con otras unidades,
dentro y fuera de la organización.
q. Características del cargo a desempeñar, tales
como naturaleza, funciones, condiciones de trabajo, consecuencia del error,
supervisión ejercida y recibida, entre otros aspectos
r. Visita a los lugares más importantes de la
institución.
s. Otros aspectos: días y procedimiento de pago,
días festivos, etc.
Artículo 25.—Corresponderá al
Departamento de Recursos Humanos, en el marco del presente reglamento, respecto
del Programa de Inducción, lo siguiente:
a. Formular y aplicar el programa de inducción a nivel institucional.
b. Facilitar el apoyo logístico necesario a los
participantes en el programa de inducción, tales como: salas, equipo
audiovisual, materiales, etc.
c. Coordinar la capacitación de los responsables
de llevar a cabo actividades de inducción, entre ellos, los jefes e
instructores u otras instancias a nivel institucional, que sea necesaria su
participación.
d. Velar por la correcta aplicación del programa
de inducción, así como procurar su actualización, de manera que se realicen los
cambios necesarios, cuando éstos se justifiquen.
e. Cuando se realicen nombramientos a
colaboradores (as) en forma interina, en propiedad o traslados a otra
dependencia dentro de la misma institución, con una vigencia superior a los
tres meses, el Departamento de Recursos Humanos, será el responsable de aplicar
lo que se establece el artículo 24 de este reglamento.
f. Evaluar el programa de inducción
institucional.
Artículo 26.—Corresponderá al
jefe o superior jerárquico inmediato del (la) nuevo (a) colaborador (a), en el
marco del presente reglamento, respecto del Programa de Inducción lo siguiente:
a. Recibir al (la) nuevo (a) colaborador (a) y expresarle su
complacencia por llegar a formar parte de la institución.
b. Preparar al (la) nuevo (a) colaborador (a)
para que asuma sus funciones dentro de la unidad o departamento.
c. Preparar las reuniones mensuales que permitan
elaborar los informes de adaptación.
d. Informar al Departamento de Recursos Humanos
sobre los resultados del programa de inducción y sobre el período de prueba.
e. Realizar los trámites necesarios ante quién
corresponda, para acondicionar y dotar del mobiliario, equipo e instrumentos
necesarios al empleado, con el propósito de que pueda ejecutar sus labores
adecuadamente.
f. Suministrar la información específica del
puesto, cuando esto sea necesario.
g. Coordinar con el Departamento de Recursos
Humanos y con cualquier otra instancia, todo lo relacionado con el proceso de
inducción.
h. Cuando se trate de nombramientos interinos
iguales o inferiores a tres meses, el superior jerárquico inmediato de la
instancia donde se ubicará el (la) nuevo (a) colaborador (a), deberá atender
las principales acciones inductivas, establecidas en el artículo 24 de este
mismo reglamento.
Artículo 27.—Vigencia: El
presente reglamento rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario
Oficial
Aprobado en sesión ordinaria
2012-012, celebrada el lunes 19 de marzo del 2012.
Juan Carlos Pereira Jiménez,
Director Secretario de Junta Directiva.—1 vez.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº
5886.—C-161260.—(IN2012076931).
REGLAMENTO GENERAL DE ORGANIZACIÓN
Y
FUNCIONAMIENTO DE
Y
JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL
TÍTULO II
De
CAPÍTULO V
De las sesiones, del quórum y de la asistencia
Artículo 20.—De la asistencia
a sesiones
Asistirán de manera permanente el
Director Ejecutivo, el Asesor Legal de
De igual forma, cuando así lo estimen
conveniente estos participantes, podrán solicitar que conste en el acta su
intervención.
El Auditor Interno, participará en las
sesiones que celebre
Dicha asistencia se norma con los siguientes
lineamientos:
A) El Auditor Interno brindará asesoría sobre asuntos concretos y a
solicitud explícita por parte del jerarca.
B) Se brindará asesoría únicamente en asuntos de
su competencia y sin que esto menoscabe o comprometa su independencia y
objetividad en el desarrollo posterior de sus demás competencias.
C) La asesoría consiste en proponer criterios,
opiniones u observaciones que provean al jerarca, de elementos de juicio para
coadyuvar en la toma de decisiones; la asesoría puede ser expresada en forma
verbal, pero de preferencia debe ser escrita.
D) La asesoría que el Auditor Interno brinde al
Órgano Colegiado, debe darse en condiciones que le permitan a éste conocer de
previo y con suficiente anticipación la materia de los asuntos sobre la que se
requiere asesoría; con el propósito que el auditor pueda documentarse y recabar
información, que le permita formar su criterio, e inclusive anticipar si el
asunto u objeto de consulta, es o no de su competencia, y hacerlo ver al
jerarca.
E) La asesoría del auditor no tiene carácter
vinculante, excepto que el ordenamiento jurídico así lo establezca.
F) El Auditor tiene la facultad de solicitar el
posponer su asesoría, si considera que necesita recabar información adicional
para emitir un criterio sobre el asunto u objeto de consulta. En ese caso, el
Órgano Colegiado tiene la potestad de tomar su decisión de inmediato o
postergarla, el tiempo que considere razonable para que el Auditor Interno
pueda brindar la asesoría.
Si el jerarca decide postergar
su decisión, es prudente que, de común acuerdo con el Auditor Interno, se
establezca la fecha y forma en que se brindará la asesoría respectiva.
G) Ni la presencia ni el silencio del Auditor
Interno en las sesiones, releva al jerarca de la responsabilidad de respetar el
ordenamiento jurídico y técnico en lo que acuerde. Además, el silencio no
impide que el Auditor Interno emita su opinión posteriormente, en forma verbal
o por escrito.
H) El Auditor Interno participará en las sesiones
que sea convocado, con voz pero sin voto.
I) El Auditor Interno debe solicitar y vigilar
que sus intervenciones consten en las actas respectivas.
J) El Auditor Interno debe abstenerse de
participar en comisiones de trabajo o similares, de naturaleza eminentemente
administrativa.
K) La asistencia del Auditor Interno, no debe ser
continua y obligatoria a todas las sesiones de Junta Directiva.
San José, 16 de julio del
2012.—Lic. Róger Porras Rojas, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2012076472).
El Banco Nacional de Costa Rica comunica
a las entidades acreedoras supervisadas por
Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 5840.—C-13160.—(IN2012076914).
El Banco Nacional de Costa Rica,
comunica a las entidades acreedoras supervisadas por
Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 5845.—C-13160.—(IN2012076932).
Nº 2012-241
ASUNTO: Convenio de Delegación Asociación Administradora del
Alcantarillado Sanitario de Concepción de Vainilla de Paquera.
JUNTA DIRECTIVA
Conoce esta Junta Directiva de
Resultando:
1º—Que de conformidad con los
artículos 50, 129 de
2º—Que de conformidad con los artículos 11,
21, 129 y 169 de
3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2,
3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
1º—Que la participación de la
comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para
lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde
2º—Que la comunidad de Concepción de Vainilla
de Paquera, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido
un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de
habitantes.
3º—Que en Asamblea General de vecinos,
dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la administración
de los sistemas en dicha organización.
4º—Que por las características del sistema,
es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida
al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario
de Concepción de Vainilla de Paquera, cédula jurídica tres-cero cero
dos-quinientos cuarenta y dos mil novecientos cuarenta y seis, que se encuentra
debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo
el tomo número quinientos setenta y cinco, asiento número ochenta y un mil
quinientos quince.
5º—Que para los efectos de lo dispuesto en el
Reglamento,
6º—Que mediante el dictamen legal Nº PRE-J-SD-2012-034
del 26 de junio del 2012,
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
• Otorgar la delegación de la administración del Acueducto y
Alcantarillado Sanitario de Concepción de Vainilla de Paquera, cédula jurídica
tres-cero cero dos-quinientos cuarenta y dos mil novecientos cuarenta y seis.
• Autorizar
• Disponer que
• Aprobado el Convenio, notifíquese a todos
los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de
publicación en el Diario Oficial
Acuerdo firme.
Rige a partir de su publicación. Publíquese
en el Diario Oficial
Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 2012-02.—Solicitud Nº 42136.—C-129980.—(IN2012077138).
Nº
2012-242
ASUNTO: Convenio de delegación Asociación Administradora del
Alcantarillado Sanitario de Pueblo Nuevo de Paquera.
JUNTA DIRECTIVA
Conoce esta Junta Directiva de
Resultando:
1º—Que de conformidad con los
artículos 50, 129 de
2º—Que de conformidad con los artículos 11,
21, 129 y 169 de
3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2,
3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
1º—Que la participación de la
comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr
la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde
2º—Que la comunidad de Pueblo Nuevo de
Paquera, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un
sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de
habitantes.
3º—Que en Asamblea General de vecinos,
dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la
administración de los sistemas en dicha organización.
4º—Que por las características del sistema,
es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida
al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado
Sanitario de Pueblo Nuevo de Paquera, cédula jurídica tres-cero cero
dos-cuatrocientos cincuenta y ocho mil trescientos treinta y dos, que se
encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro
Nacional bajo el tomo número quinientos sesenta y ocho, asiento número
veintinueve mil cuatrocientos cuarenta y siete.
5º—Que para los efectos de lo dispuesto en el
Reglamento,
6º—Que mediante el dictamen legal Nº
PRE-J-SD-2012-035 del 26 de junio del 2012,
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
• Otorgar la delegación de la administración del acueducto y
alcantarillado sanitario de Pueblo Nuevo de Paquera, cédula jurídica tres-cero
cero dos-cuatrocientos cincuenta y ocho mil trescientos treinta y dos.
• Autorizar
• Disponer que
• Aprobado el Convenio, notifíquese a todos
los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de
publicación en el Diario Oficial
Acuerdo firme.
Rige a partir de su publicación. Publíquese
en el Diario Oficial
Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 2012-02.—Solicitud Nº 42136.—C-129980.—(IN2012077141).
Nº
2012-243
ASUNTO: Convenio de Delegación Asociación Administradora del
Alcantarillado Sanitario de Pozo de Agua de San Antonio, Nicoya, Guanacaste.
JUNTA DIRECTIVA
Conoce esta Junta Directiva de
la solicitud de Delegación de
Resultando:
1º—Que de conformidad con los
artículos 50, 129 de
2º—Que de conformidad con los artículos 11,
21, 129 y 169 de
3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2,
3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
1º—Que la participación de la
comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para
lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde
2º—Que la comunidad de Pozo de Agua de San
Antonio de Nicoya, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha
construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una
población de habitantes.
3º—Que en Asamblea General de vecinos,
dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la
administración de los sistemas en dicha organización.
4º—Que por las características del sistema,
es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida
al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado
Sanitario de Pozo de Agua de San Antonio, Nicoya, Guanacaste, cédula jurídica
tres-cero cero dos-trescientos diecisiete mil setecientos setenta y ocho, que
se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro
Nacional bajo el expediente número catorce mil doscientos nueve.
5º—Que para los efectos de lo dispuesto en el
Reglamento,
6º—Que mediante el dictamen legal Nº
PRE-J-SD-2012-036 del 26 de junio del 2012,
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
• Otorgar la delegación de la administración del acueducto y
alcantarillado sanitario de Pozo de Agua de San Antonio, Nicoya, Guanacaste,
cédula jurídica tres-cero cero dos-tres- cero cero dos- trescientos diecisiete
mil setecientos setenta y ocho.
• Autorizar
• Disponer que
• Aprobado el Convenio, notifíquese a todos
los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de
publicación en el Diario Oficial
Acuerdo firme.
Rige a partir de su publicación. Publíquese
en el Diario Oficial
Lic. Karen Naranjo Ruiz, Secretaria General.—1 vez.—O. C. Nº 2012-02.—Solicitud Nº 42136.—C-129980.—(IN2012077142).
JUNTA DIRECTIVA
APROBACIÓN REVALUACIÓN Nº 63 DE LOS MONTOS
DE LAS
PENSIONES EN CURSO DE PAGO DEL
SEGURO
INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE (IVM)
1. Revalorizar los montos de las pensiones en curso de pago en un
2.66%.
En el caso de muerte la
revalorización se aplica al monto de la pensión del causante y corresponderá a
los beneficiarios el monto de pensión que indica el Reglamento del Seguro de
IVM (Invalidez, Vejez y Muerte).
2. Incrementar el monto mínimo de pensión mensual
de ¢115.331 (ciento quince mil trescientos treinta y un colones) a ¢118.399
(ciento dieciocho mil trescientos noventa y nueve colones).
3. Aumentar el monto de pensión mensual máxima
sin postergación de ¢1.359.093 (un millón trescientos cincuenta y nueve mil
noventa y tres colones) a ¢1.395.245 (un millón trescientos noventa y cinco mil
doscientos cuarenta y cinco).
En caso de postergación, se
aplica lo siguiente:
a) Para las pensiones que se otorguen con los Transitorios XII y XIII
del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, regirán los topes
máximos según la siguiente tabla:
Para ver imagen solo en
b) Para las pensiones que se otorguen sin la aplicación de los
Transitorios XII y XIII del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte,
el tope máximo de pensión estará determinado por el tope sin postergación;
asimismo, el asegurado tendrá derecho a una pensión adicional por postergación,
que consistirá en el 0.1333% por mes sobre el salario promedio calculado, según
el artículo 23º de dicho Reglamento.
4. Rige a partir del 1º de julio del año 2012.
Acuerdo firme”.
Emma C. Zúñiga Valverde,
Secretaria de Junta Directiva.—1 vez.—O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº
37417.—C-62720.—(IN2012077169).
ÁREA DE
ESTADÍSTICAS CONTINUAS
UNIDAD
ÍNDICES DE PRECIOS
El
Instituto Nacional de Estadística y Censos avisa que los índices de Precios de
|
Índice mayo 2012 |
Índice junio 2012 |
Variación porcentual mensual |
Índice de precios de edificios Índice de precios de vivienda de interés social |
100.083 99.766 |
99.488 100.799 |
-0.59 1.04 |
Índices de precios de insumos y servicios especiales |
|
|
|
Índice de precios de costo de posesión de maquinaria y equipo |
98.745 |
98.027 |
-0.73 |
Índice de precios de repuestos |
99.179 |
98.690 |
-0.49 |
Índice de precios de llantas |
97.909 |
97.366 |
-0.55 |
Índice de precios de combustibles |
115.725 |
115.725 |
0.00 |
Índice de precios de lubricantes |
100.774 |
100.852 |
0.08 |
Índice de precios de asfálticos |
113.508 |
113.508 |
0.00 |
Índice de precios de cemento Pórtland |
101.596 |
101.271 |
-0.32 |
Índice de precios de adquisición de Áridos |
100.000 |
100.000 |
0.00 |
Índice de precios de encofrados |
98.700 |
100.493 |
1.82 |
Índice de precios de tuberías de plástico |
104.325 |
104.325 |
0.00 |
Índice de precios de tuberías de concreto |
100.000 |
100.000 |
0.00 |
Índice de precios de hierro fundido |
100.903 |
101.105 |
0.20 |
Índice de precios de hierro dúctil |
103.152 |
103.846 |
0.67 |
Índice de precios de acero de refuerzo |
100.000 |
100.000 |
0.00 |
Índice de precios de acero estructural |
96.225 |
96.225 |
0.00 |
Índice de precios de acero estructural de importación |
96.387 |
92.412 |
-4.12 |
Índice de precios de cable eléctrico |
97.022 |
94.754 |
-2.34 |
Índice de precios de señalización y demarcación vial |
90.822 |
90.578 |
-0.27 |
Índice de precios de explosivos |
98.135 |
98.135 |
0.00 |
Floribel Méndez Fonseca, Gerente.—1 vez.—O. C. Nº 3499.—Solicitud Nº 20780.—C-53140.—(IN2012075938).
ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
EDICTOS
Nº DCI-OF-361-2012.—Para los
fines consiguientes el Departamento de Captación de Ingresos de
San Pedro de Montes de Oca, 19
de julio del 2012.—Departamento de Captación de Ingresos.—Alejandra Villalobos
M., Jefa.—1 vez.—RP2012313924.—(IN2012077008).
Nº 023-2012.—Para los fines
consiguientes el Departamento de Patentes de
San Pedro de Montes de Oca, 21
de junio del 2012.—Departamento de Patentes.—Lilliana Barrantes E.,
Jefa.—Melania Solano C.—1 vez.—RP2012313929.—(IN2012077009).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
FÁBRICA DE HARINA DE HUESO SOCIEDAD ANÓNIMA
Fernando Chávez Solano, cédula uno-quinientos
cuarenta y ocho-quinientos cuarenta y cuatro en su calidad de representante
legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Fábrica de
Harina de Hueso Sociedad Anónima, cédula jurídica numero tres-ciento uno-cero
dos seis nueve cero ocho, declara que se han extraviado los títulos accionarios
que conforman el capital social de cinco millones ciento cincuenta mil colones
de la empresa sean veinte acciones comunes y nominativas de doscientos cincuenta
y siete mil colones cada una, por lo solicita se repongan los títulos
accionarios. Es todo.—Dieciocho de junio de dos mil doce.—Fernando Chávez
Solano, representante legal y apoderado
generalísimo.—RP2012311527.—(IN2012073169).
DESARROLLO
Desarrollo
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
HOTEL PUNTA LEONA S. A.
(HOY
REAL DE PUNTA LEONA S. A.)
Para efectos del artículo 689
del Código de Comercio Real de Punta Leona S. A., (antes Hotel Punta Leona S. A.),
hace saber a quien interese que por habérsele extraviado al propietario,
repondrá la acción preferida Nº 167 de la serie E, a nombre de Inversiones Paco
S. A., cédula jurídica número 3-101-032453-326, endosada a Franklin Chinchilla
Hidalgo, con cédula de identidad número 1-0405-0584, cualquier persona
interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última
publicación de este aviso.—Arq. Eugenio Gordienko Orlich, Apoderado
Generalísimo.—Franklin Chinchilla Hidalgo, Responsable.—(IN2012075981).
HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.
Hotelera Playa Flamingo S. A.,
certificado de acciones Nº 2123 y Nº
Hotelera Playa Flamingo S. A.,
certificado de acciones Nº 2464 y de libre alojamiento Nº
El San José Indoor Club S. A.,
tramita la reposición de la acción Nº
Para los efectos de lo dispuesto
en el Código de Comercio, se hace saber que por escritura pública número
cincuenta y tres-cuatro, otorgada a las quince horas treinta minutos del día
trece de julio del dos mil doce, ante esta notaría, la señora Cindy Quirós
Hernández, cédula Nº 5-0351-0635, vendió a la señora Fabiola García Ulate,
cédula Nº 1-0887-0824, su establecimiento mercantil llamado: Spa Integral,
dedicado al tratamientos de uñas y pies por medio de Spa. Conforme a lo dispuesto
en el artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio, se cita a
los acreedores e interesados por el término de quince días naturales a partir
de la primera publicación de este aviso, para hacer valer sus derechos.—San
José, trece julio del dos mil doce.—Lic. Pablo Bogarín Bustamante,
Notario.—RP2012313390.—(IN2012076271).
SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A.,
tramita la reposición de la acción Nº
ASOCIACIÓN PRO AYUDA A
DISCAPACIDAD
MENTAL HOGAR EMANUEL
DE PÉREZ ZELEDÓN
Yo, Gerardo Arce Herrera cédula
de identidad numero 1-337-841, en mi calidad de presidente y representante
legal de
ASOCIACIÓN IGLESIA DE COMUNIDAD
CRISTIANA
DE
Nosotros, los suscritos, Donald
Frederick Hopkins, quien es mayor de edad, casado, ciudadano retirado, vecino
de Guanacaste, Playa Flamingo, antiguamente portador del pasaporte estadounidense
711569440 y actualmente portador de la cédula de residencia número 184000025614
y Michael Derrick Sherman, quien es mayor, casado, empresario, portador del
pasaporte estadounidense número 424489156, actuando en su condición de
vicepresidente y tesorero respectivamente de
BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S. A.
Por este medio Banco Promérica
de Costa Rica S. A., hace constar que Óscar Eduardo Rosabal Ross, cédula de
identidad: uno-mil ciento cuarenta y seis-novecientos cuarenta y nueve, es el
único propietario y beneficiario de los siguientes documentos: un Certificado
de Depósito a plazo número uno cero cuatro cinco uno cuatro por la suma de
cuatro millones de colones y ocho cupones numerados del uno cero cuatro cinco
uno cuatro- cinco al uno cero cuatro cinco uno cuatro-doce por, la suma de
treinta y cuatro mil ciento sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos
cada uno, de Banco Promérica de Costa Rica S. A., fecha de emisión: dos de
enero del dos mil doce y fecha de vencimiento dos de enero del dos mil trece.
Por lo cual solicita la orden de no pago de los mismos y su reposición.—San
José, diecisiete de julio dos mil doce.—Luis Carlos Rodríguez
Acuña.—(IN2012076782).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A., HOY
CARIARI
COUNTRY CLUB S. A.
Para efectos de reposición yo José
Miguel Rodríguez Moran, cédula identidad Nº 800440994, en mi condición de
propietario de la acción y título Nº 2575, hago constar que he solicitado a
Inmobiliaria Los Jardines S. A., hoy Cariari Country Club S. A., la reposición
de los mismos por haberse extraviado. Por término de la ley, se atenderán
oposiciones en el Departamento de Secretaria de Junta Directiva, en Cariari
Country Club S. A. San Antonio de Belén, Heredia y transcurrido el mismo se
procederá a la reposición.—José Miguel Rodríguez Moran,
Propietario.—(IN2012076467).
Se hace saber que
FINANCIERA
CAFSA S. A.
De conformidad con lo estipulado en los artículos
708 y 709 del Código de Comercio, la sociedad Servicios Turísticos Turial S.
A., cédula jurídica 3-101-
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
JUNTA DE EDUCACIÓN DE
RAMONA
SOSA MORENO
Se hace conocimiento que
San José, 20 de julio de
2012.—Eithel Harry Pasos Canales, Director.—1 vez.—(IN2012076832).
SCOTIABANK
DE COSTA RICA S. A.
En cumplimiento con el artículo 12 del Reglamento
sobre Autorizaciones, Registros y Requisitos de Funcionamiento de Entidades
Supervisadas por
Nueva denominación social: Scotia Corredora de Seguros Sociedad Anónima.
Domicilio: Provincia de San José, cantón Central, distrito Mata Redonda, Sabana
Norte, Avenida de Las Américas, exactamente frente al costado norte del Estadio
Nacional, Edificio Scotiabank San José.
Plazo: noventa y nueve años a partir del día ocho de enero del año dos mil tres.
Nuevo Objeto: Será exclusivo y se dedicará al ejercicio de la intermediación de seguros
bajo la figura de correduría de seguros.
Capital Social: Seis millones cuatrocientos mil colones, representado por ciento sesenta
acciones comunes y nominativas de cuarenta mil colones cada una.
Asambleas de Socios: Los socios celebrarán una reunión anual ordinaria
dentro de los tres meses siguientes a la clausura del año económico.
Junta Directiva: La sociedad será administrada por una junta
directiva compuesta por seis miembros: Presidente, vicepresidente, secretario,
tesorero, director uno y director dos, quienes pueden ser socios o no y durarán
en sus cargos por un plazo fijo de dos años o la fracción correspondiente a
partir de su nombramiento.
Representación: Corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial
quien tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme
al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo actuar
individualmente. También les corresponderá la representación judicial y
extrajudicial de la compañía al vicepresidente, secretario, tesorero, director
uno y director dos de la junta directiva, quienes tendrán para esos efectos
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo
mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, cuando actúen conjuntamente
al menos dos de ellos.
Requisitos e incompatibilidades para ser miembro
del órgano director: Los miembros
de la junta directiva deberán ser de reconocida honorabilidad y capacidad en el
campo de las finanzas, banca o seguros. No podrán ser directores quienes
desarrollen personalmente actividades asociadas, directa o indirectamente, con
la actividad intermediación de seguros en Costa Rica y que puedan generar
conflictos de interés o perjuicios a la compañía.
De
Reuniones de Junta Directiva: La junta directiva o consejo de administración se
reunirá cada vez que así lo considere conveniente. Sus reuniones se celebrarán
en el domicilio social o en cualquier lugar de
Inventarios y balances: El ejercicio financiero de la sociedad será el año
natural, pero al cierre del último día hábil de cada semestre se hará una
liquidación completa de sus ganancias y pérdidas
De las ganancias y pérdidas: Las ganancias y pérdidas se distribuirán y
absorberán conforme a la proporción de las acciones que posea cada socio. Los
dividendos o distribuciones de cualquier género entre los socios, podrán hacerse
en dinero efectivo, bienes muebles e inmuebles, títulos valores o créditos,
según lo acuerde
De la reserva legal: De las utilidades netas semestrales, se destinará
un diez por ciento para la formación e incremento de un fondo de reserva legal
De la disolución y liquidación: La sociedad se disolverá por el vencimiento del
plazo o cualquiera de las causas previstas en el artículo doscientos uno del
Código de Comercio.
De la vigilancia: La vigilancia de la sociedad estará a cargo de un
fiscal de nombramiento de la asamblea general de accionistas, que durará en su
cargo por dos años y que puede ser o no socio; sus facultades son las que
determina el Código de Comercio
Celebrada en San José, cantón Central, distrito
Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida de Las Américas, frente al costado norte
del Estadio Nacional, edificio Scotiabank a las quince horas del diecinueve de
junio del año dos mil doce.—Sergio Sauma Cozza.—1 vez.—(IN2012076846).
Aviso
a nuestros clientes
Scotiabank de Costa Rica S. A. informa a cada
cliente que a partir de los 30 días naturales, posteriores a la presente
publicación, regirán los siguientes cambios y tarifas en los servicios que a
continuación se detallan:
• Comisión
por Saldo Mínimo Promedio Mensual que se aplicará cuando el saldo promedio
mensual sea inferior al mínimo establecido por tipo de cuenta:
- Cuentas corrientes comerciales: saldo mínimo promedio mensual de
¢1.250.000 ó $2500 según corresponda; cargo mensual de ¢12.500 ó $25 en su
orden.
El cliente inconforme con los cambios anteriores,
puede notificarlo a la sucursal más cercana y dejar de hacer uso del servicio
antes de la vigencia de estos cambios. Caso contrario, la falta de aviso por
parte del cliente se entenderá como una aceptación tácita de estas nuevas
condiciones.—San José, 3 de junio del 2012.—Jean Luc Rich, Gerente General.—1
vez.—(IN2012076847).
GRUPO
CAMACHO S. A.
Grupo Camacho S. A., cédula jurídica Nº
3-101-102133, hace del conocimiento público que por motivo de sustracción, los
siguientes talonarios, se encuentran extraviados y solicitamos no aceptarlos.
Empresa licenciado Carlos Camacho Córdoba (
ASOCIACIÓN DE AWAPA INDÍGENAS DE COSTA RICA
Yo, Ricardo Morales López,
cédula de identidad número 7-0470-0305, en mi calidad de presidente y
representante legal de
PUBLICACIÓN DE SEGUDA VEZ
Plantaciones Forestales de Fila Negra
Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos cinco mil
quinientos treinta y ocho, disminuye su capital social a la suma de cien mil
colones, moneda del curso legal de Costa Rica, capital social representada por
cien acciones comunes y nominativas de mil colones, cada una. Es todo.—Lic.
Fernando Vargas Zeledón, Notario.—RP2012312525.—(IN2012075104).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura número ciento setenta y
dos-dos, otorgada ante los notarios públicos Cinzia Víquez Renda y Ana Sáenz Beirute,
a las diez horas del día diecisiete de julio de dos mil doce, en el protocolo
del notario Víquez Renda, las compañías Teletec S. A., Soluciones Ubiccar S.
A., Verifica Sasi S. A., E-Marka de San Pedro S. A., vendieron el
establecimiento mercantil de su propiedad dedicado al suministro de reportes de
crédito, servicios de investigación o mercadeo relacionados con bases de datos
con información de individuos y compañías y otros servicios auxiliares al
principal referido bajo la denominación Teletec S. A., en la república de Costa
Rica a la compañía EFX de Costa Rica Sociedad Anónima. Con el objeto de cumplir
con lo establecido en el artículo cuatrocientos ochenta y uno del Código de
Comercio, el precio del establecimiento mercantil se encuentra depositado con
la empresa Intermanagement Costa Rica Limitada, cédula de persona jurídica
3-102-361039, con domicilio en San José, Mata Redonda, Sabana Sur, Oficentro
Ejecutivo
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Al ser las 11:40 horas del 15 de
julio del 2012, se constituye Importaciones Rakenvy M y C Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Gerente: Kenner Castro Esquivel.—Lic. Vera Garro
Navarro, Notaria.—1 vez.—RP2012313019.—(IN2012075799).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 16:15 horas del trece de julio del dos mil doce, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de Dive Academy Ballena Blanca
Sociedad Anónima, por la cual se modificó el domicilio y capital social, la
representación y se nombró por el resto del plazo social nuevo presidente,
secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 13 de julio del
2012.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2012076032).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 16:55 horas del trece de julio del dos mil doce, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de 3-101-610572 Sociedad Anónima,
por la cual se modificó el domicilio y capital social, nombrándose por el resto
del plazo social nuevo presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente
residente.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. Paúl Murillo Miranda,
Notario.—1 vez.—(IN2012076033).
María Ordóñez Ugalde, cédula
número seis-ciento catorce-cero ochenta y cuatro, solicita disolución registral
de la sociedad Inversiones Marbill, cédula jurídica tres-ciento
uno-ciento sesenta y tres mil ochocientos sesenta y cinco. Escritura otorgada a
las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Rafael Ángel
Vílchez Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012076039).
Aiza Leonor Cedeño Calvo, cédula
número tres-doscientos veinte-cero cincuenta y cinco, solicita disolución
registral de la sociedad Alajuela Asesores de Carga, cédula
jurídica tres-ciento uno-trescientos veintisiete mil trescientos ochenta y cinco.
Escritura otorgada a las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil
doce.—Lic. Rafael Ángel Vílchez Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012076040).
Ante esta notaría han otorgado
las escrituras de disolución de la sociedades denominadas: Toolkit Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos
setenta y tres mil trescientos veinte; Ecologistas Consultores M A Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos
noventa mil setecientos sesenta y nueve; y
Ante esta notaría han otorgado
las escrituras de disolución de la sociedades denominadas: Limpia Max de
Coto Brus Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil cuatrocientos uno y Doña Mami Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos
veintitrés mil setecientos treinta y cuatro. En la ciudad de San Vito, Coto
Brus, Puntarenas, veinte de junio del
dos mil doce.—Lic. Marianela Álvarez Carazo, Notaria.—1
vez.—(IN2012076051).
Ante esta notaría han otorgado
las escrituras de disolución de la sociedades denominadas: Acon, Rojas y
Matamoros Consultores Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica numero:
tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil setecientos sesenta y tres; y Cafetales
El Indio Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento
uno-trescientos sesenta mil quinientos cincuenta y nueve. Se constituyó a las
diez horas del día dieciocho de junio de dos mil doce la empresa denominada: Grupo
MDFU del Danto Sociedad Anónima. Presidenta: Magaly Agüero Madrigal,
portadora de la cédula de identidad número: seis-doscientos
veinticinco-novecientos treinta.—San Vito de Coto Brus, Puntarenas, dieciocho
de junio de dos mil doce.—Lic. Adolfo Álvarez Medina, Notario.—1
vez.—(IN2012076052).
La suscrita notaria Maritza
Araya Rodríguez, hago constar que en mi notaría se solicitó la disolución de
las sociedades: Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Audicon del
Sur, cédula jurídica tres-uno cero cinco-tres siete uno ocho dos uno, y Empresa
Individual de Responsabilidad Limitada M&M, cédula jurídica tres-uno
cero cinco-tres cuatro cuatro dos cinco cuatro. Es todo.—San Vito, veinticinco
de junio del dos mil doce.—Lic. Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2012076053).
Por escritura otorgada ante mí,
a las nueve horas del dieciséis de julio de dos mil doce, Rafael Ángel
Rodríguez Rojas y Ronny Gerardo Rodríguez Rodríguez, constituyeron El
Encanto de las Mariposas Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse El
Encanto de las Mariposas S. A.. Capital social: treinta mil colones. Plazo
social: noventa y nueve años. Representación: Presidente, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 17 de julio del
2012.—Lic. David Rogelio Jiménez Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2012076059).
Por escritura otorgada ante mí,
a las ocho horas del dieciocho de julio de dos mil doce, se reforma la cláusula
sexta del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad.—Tamacún
Iman S. A., cédula jurídica 3-101-097414.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo,
Notaria.—1 vez.—(IN2012076070).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día 9
de julio del 2012, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de
la empresa de esta plaza denominada Once y Media Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-406463, en la cual se modifica la denominación social,
domicilio social, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente
residente.—San José, 9 de julio del 2012.—Lic. Arturo Parra Espinoza,
Notario.—1 vez.—(IN2012076074).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 16:00 horas del 28 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad 3-101-635249 S. A.—Heredia, 6 de julio de 2012.—Lic. Luis Ant.
Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076082).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 17:00 horas del 28 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad Grupo Mobiliario Esquivalde S. A.—Heredia, 6 de julio de
2012.—Lic. Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076083).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 18:30 horas del 28 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad Distribuidora Productos Médicos Arama S. A.—Heredia, 6 de julio
de 2012.—Lic. Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076084).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 20:00 horas del 28 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad Inmobiliaria Flory y Alfaro e Hijos S. A.—Heredia, 6 de
julio de 2012.—Lic. Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076085).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 21:00 horas del 28 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad Zonas Verdes Mapacris S. A.—Heredia, 6 de julio de
2012.—Lic. Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076086).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 12:00 horas del 19 de junio del 2012, se disuelve la
sociedad Inversiones C A P I S. A.—Heredia, 6 de julio de 2012.—Lic.
Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076087).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 12:00 horas del 20 de junio del 2012, se disuelve la
sociedad Compañía Rivata y Rivata S. A.—Heredia, 6 de julio de
2012.—Lic. Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076088).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 17:00 horas del 27 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad Grupo P J Fioma SA SA.—Heredia, 6 de julio de 2012.—Lic. Luis
Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076089).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 17:30 horas del 27 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad Inversiones Fioma S. A.—Heredia, 6 de julio de
2012.—Lic. Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076090).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 18:00 horas del 27 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad Productos Sanitarios Internacionales S. A.—Heredia, 6 de
julio de 2012.—Lic. Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076091).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 20:00 horas del 27 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad Attimo S.A.—Heredia, 6 de julio de 2012.—Lic. Luis Ant.
Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076092).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 20:30 horas del 27 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad Clínica Areté S. A.—Heredia, 6 de julio de 2012.—Lic.
Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076093).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 8:00 horas del 28 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad Inversiones Bealemo S. A.—Heredia, 6 de julio de
2012.—Lic. Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076094).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 14:00 horas del 28 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad Mirbudem S. A.—Heredia, 6 de julio de 2012.—Lic. Luis
Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076095).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las 14:30 horas del 28 de junio de 2012, se disuelve la
sociedad Corporación Carpokabio S. A.—Heredia, 6 de julio de
2012.—Lic. Luis Ant. Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2012076096).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria a las 14:00 horas del 7 de junio de 2012, se disuelven las
sociedades 3-101-556327 S. A., y 3-101-556328 S. A.—Heredia,
6 de julio de 2012.—Lic. Lourdes Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012076097).
Por escritura 17, autorizada en
esta notaría a las 14:30 del 17 de julio del 2012, se protocolizó acta 5 de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Pronet de Costa Rica S. A.,
por medio de la cual se disuelve y liquida la sociedad.—San José, 17 de julio
del 2012.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—(IN2012076102).
Ante esta notaría, en San José,
al ser las ocho horas diez minutos del dieciséis de julio del dos mil doce, se
reforma la cláusula novena de la sociedad Cuadrículas Azul Grana del
Occidente Ancestral Sociedad Anónima y se nombra presidente.—San José, 16
de julio del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—(IN2012076104).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría al ser las 12:00 horas, del 28 de junio del 2012, la totalidad de
los socios de Ecoproducciones Tropicales S. A., con cédula jurídica número 3-101-300688,
donde acordaron unánimemente disolverla.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic.
Ericka María Esquivel Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2012313252.—(IN2012076183).
Mediante escritura número
doscientos setenta y dos otorgada a las doce horas del jueves veintiocho de
junio de dos mil doce, ante el notario Ricardo Francisco Martínez Herrera se
disolvió la empresa tres-ciento uno-seiscientos treinta y siete trescientos
ochenta y cuatro sociedad anónima.—Lic. Ricardo Francisco Martínez Herrera,
Notario.—1 vez.—RP2012313253.—(IN2012076184).
Mediante escritura número
doscientos sesenta y tres otorgada a las diecisiete horas del miércoles veinte
de junio de dos mil doce, ante el notario Ricardo Francisco Martínez Herrera se
cambia domicilio, se modifica el objeto, se aumenta el capital social y se
nombran directivos, fiscal y agente residente de la empresa Equipos A B de
Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Ricardo Francisco Martínez Herrera,
Notario.—1 vez.—RP2012313254.—(IN2012076185).
Mediante escritura número
doscientos sesenta y seis otorgada a las nueve horas del lunes veinticinco de
junio de dos mil doce, ante el notario Ricardo Francisco Martínez Herrera se
disolvió la empresa Grupo Empa de Moravia Sociedad Anónima.—Lic. Ricardo
Francisco Martínez Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012313255.—(IN2012076186).
Mediante escritura número
doscientos sesenta y siete otorgada a las diez horas del lunes veinticinco de
junio de dos mil doce, ante el notario Ricardo Francisco Martínez Herrera se
disolvió la empresa Medical Platiniun Sociedad Anónima.—Lic. Ricardo
Francisco Martínez Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012313256.—(IN2012076187).
Mediante escritura número
doscientos setenta y cinco otorgada a las diez horas del jueves veintiocho de
junio de dos mil doce, ante el Notario Ricardo Francisco Martínez Herrera se
disolvió la empresa Oscareño Sociedad Anónima.—Lic. Ricardo Francisco
Martínez Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012313257.—(IN2012076188).
Mediante escritura número doscientos sesenta y
ocho otorgada a las once horas del lunes veinticinco de junio de dos mil doce,
ante el notario Ricardo Francisco Martínez Herrera se disolvió la empresa Inversiones
Tele J W Sociedad Anónima.—Lic. Ricardo Francisco Martínez Herrera,
Notario.—1 vez.—RP2012313258.—(IN2012076189).
Mediante escritura número
doscientos ochenta y ocho otorgada a las diecinueve horas con quince minutos
del lunes dieciséis de julio de dos mil doce ante el notario Ricardo Francisco
Martínez Herrera se disolvió la empresa Reparaciones y Remodelaciones Geve
Sociedad Anónima.—Lic. Ricardo Fco. Martínez Herrera, Notario.—1
vez.—RP2012313259.—(IN2012076190).
Mediante escritura número
doscientos sesenta y cinco otorgada a las ocho horas del VIERNES veintidós de
junio de dos mil doce ante el notario Ricardo Francisco Martínez Herrera se
cambia domicilio, se modifica el objeto, se aumenta el capital social y se
nombran directivos, fiscal y agente residente de la empresa GSM Celulares
Tres G Sociedad Anónima.—Lic. Ricardo Fco. Martínez Herrera, Notario.—1
vez.—RP2012313261.—(IN2012076191).
Mediante escritura número
doscientos setenta otorgada a las doce horas del lunes veinticinco de junio de
dos mil doce, ante el notario Ricardo Francisco Martínez Herrera se disolvió la
empresa Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Tres Mil Quinientos Doce
Sociedad Anónima.—Lic. Ricardo Fco. Martínez Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012313262.—(IN2012076192).
Mediante escritura número
doscientos setenta y uno otorgada a las trece horas del lunes veinticinco de
junio de dos mil doce ante el notario Ricardo Francisco Martínez Herrera se
disolvió la empresa Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil
Novecientos Diecinueve Sociedad Anónima.—Lic. Ricardo Fco. Martínez
Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012313263.—(IN2012076193).
Por escritura pública número
301, otorgada en mi notaría a las 16:00 horas, del día 11 de julio del año
2012, procedí a protocolizar acta número 4 de asamblea general extraordinaria
de cuotistas de Smily Violets Limitada. Se modificó cláusula del
domicilio social, de la representación y se nombró nuevo gerente.—Lic. Fernando
Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—RP2012313267.—(IN2012076194).
Concorde Segundo Sociedad
Anónima,
acuerda su disolución. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del
diecisiete de julio del año dos mil doce, ante el notario: Luis Rodrigo Poveda
Rubio.—Lic. Luis Rodrigo Poveda Rubio, Notario.—1
vez.—RP2012313268.—(IN2012076195).
Por escritura otorgada ante mi Nidia Arias Vindas,
a las 16:15 horas del 26 de junio del 2012, se disolvió Casa Tropi Tica
Limitada, cédula jurídica 3-102-079001.—Flores, 17 de julio del 2012.—Lic.
Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—RP2012313272.—(IN2012076196).
Por escritura otorgada a las
ocho horas del veintiséis de marzo del dos mil doce ante el notario Andrés
Elliot Sule, las sociedades Hospitodo Sociedad Anónima, Medi Todo Sociedad
Anónima, ARFM Médica Sociedad Anónima, Bmedic Sociedad Anónima, Medfon Sociedad
Anónima, Secutron Security and Electronics Sociedad Anónima, Saluker Beta X
Sociedad Anónima, Salchem Oro X Sociedad Anónima, Medasol Sociedad Anónima,
Simelca Plata Sociedad Anónima, Beta Médica Sociedad Anónima, Securon Oro XII
Sociedad Anónima, Securex Oro XI Sociedad Anónima, Apexeléctrica Sociedad
Anónima, acuerdan fusionarse con la sociedad Medialfa Sociedad Anónima
prevaleciendo esta última.—San José, ocho horas del dieciséis de julio del dos
mil doce.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1
vez.—RP2012313275.—(IN2012076197).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas en que se reforman las cláusulas segunda, quinta, sexta y se nombra
presidente, vicepresidente, secretario y tesorero de la sociedad Teca Sol
Pacífico Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Mauricio
Martínez Parada, Notario.—1 vez.—RP2012313277.—(IN2012076198).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las ocho horas hoy, se constituyó para dedicarse por cien
años al comercio en general, Proyectos Foltovoltaicos CR S. A.
Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando
separadamente.—San José, dieciocho de julio dos mil doce.—Lic. Ricardo Ugarte
Mora, Notario.—1 vez.—RP2012313283.—(IN2012076199).
Yo, Lorena Montt Villacura,
notaria pública con oficina en San José, el día de hoy protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Importaciones Automotrices SM
S. A. Se modifica el plazo social.—San José, diecisiete de JULIO del dos
mil doce.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1
vez.—RP2012313284.—(IN2012076200).
El suscrito notario hace constar
y da fe que en mi protocolo número uno se ha constituido
Por escritura otorgada ante esta
notaria a las 16:00 horas del día 17 de julio de 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas que modificó el domicilio social
de Tikomercializadora Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y ocho mil ochocientos
cuarenta y cinco, que es la cláusula segunda del pacto constitutivo; también se
revoca nombramiento de agente residente y se hacen nuevos nombramientos de
gerente y subgerente.—San José, 17 de julio de 2012.—Lic. José Ramón Quesada
Acuña, Notario.—1 vez.—RP2012313286.—(IN2012076202).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 14:00 horas del día 17 de julio de 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas que modificó el domicilio social
de Inversiones Realix R M Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-263915, que es la cláusula segunda
del pacto constitutivo.—San José, 17 de julio del 2012.—Lic. José Ramón Quesada
Acuña, Notario.—1 vez.—RP2012313287.—(IN2012076203).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría a las ocho horas del diez de junio del año dos mil doce se declara
disuelta la sociedad Sicha de Coronado Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres- ciento uno-ciento sesenta y dos mil cincuenta y nueve.—Lic. Jorge Fredy
Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012313289.—(IN2012076204).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las once horas del da diecisiete de julio del 2012 se constituyó la
sociedad anónima denominada Remodelaciones Costa Rica Solcatech Sociedad
Anónima, el plazo es de cien años, con capital social de cien mil colones,
el presidente es el representante con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma actuando conjunta o separadamente.—Lic. Jorge Fredy Chacón
Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012313290.—(IN2012076205).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las dieciocho horas del veinticinco de junio del dos mil doce se
declara disuelta la sociedad Advanced Geography Systems A G S Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y
cinco mil ciento sesenta y dos.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1
vez.—RP2012313291.—(IN2012076206).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las quince horas quince minutos del catorce de junio del dos mil doce
se reforma la cláusula quinta referente al capital social de la sociedad Soluciones
y Espacios Habitacionales Conhogar Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica tres-ciento uno-seiscientos seis mil doscientos dieciséis.—Lic. Jorge
Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012313293.—(IN2012076207).
Por escritura de las 18:00 horas
del 27 de junio del 2012, se constituye: Kamogawa Corporation Sociedad
Anónima. Plazo social: cien años. Domiciliada: en San José, Escazú, San
Rafael, Hospital Cima San José, torre uno, consultorio diecisiete, quinto piso.
Objeto social: cirugía hepatobiliar y trasplante. Capital social: diez mil
colones. Junta directiva: Presidenta: María Amalia Matamoros Ramírez.
Secretario: José Pablo Garbanzo Corrales. Tesorero: Roberto Matamoros Ramírez.
Fiscal: Silvia Garbanzo Corrales.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Gabriela
Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—RP2012313294.—(IN2012076208).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del diecisiete de julio del dos mil doce, se
protocolizan acuerdos de las asambleas generales extraordinarias de accionistas
de las sociedades: Costa Montaña Estates Tortuga Verde Cero Ochenta y Cinco
S. A.; Costa Montaña Estates Fauna Floreciente Cero Ochenta y Tres S. A.,
y de Costa Montaña Estates Gaviotas Cero Ochenta y Cuatro S. A.,
mediante los cuales todas se fusionan por absorción, desapareciendo: Costa
Montaña Estates Tortuga Verde Cero Ochenta y Cinco S. A.; Costa Montaña
Estates Fauna Floreciente Cero Ochenta y Tres S. A., y permaneciendo: Costa
Montaña Estates Gaviotas Cero Ochenta y Cuatro S. A., la cual asumirá todos
los activos y pasivos, derechos y obligaciones e ingresos y gastos de las
sociedades absorbidas. Además, se reforma la cláusula quinta de Costa
Montaña Estates Gaviotas Cero Ochenta y Cuatro S. A., y se ratifican los
actuales miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente.—San José,
diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1
vez.—RP2012313296.—(IN2012076209).
Por escritura ciento cincuenta y
uno-tres, otorgada a las nueve horas del día trece de julio del dos mil doce,
ante la notaria Viviana Solís Gómez, por no existir activos o pasivos, la
señora Ana Sarita Lobo Soto y la señora Ingrid Marcela Rodríguez Arias,
disuelven la sociedad: Corporación Peniel de Centroamérica S. A.—San
José, 18 de julio del 2012.—Lic. Viviana Solís Gómez, Notaria.—1
vez.—RP2012313299.—(IN2012076210).
Por escritura otorgada a las quince horas de este
día, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad: Jobstak Inc. S. A., mediante la cual se
reforma la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 16 de julio del
2012.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—RP2012313301.—(IN2012076211).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las nueve y treinta horas de este día, se constituyó la
sociedad: Yes Florida Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.
Capital: suscrito y pagado: doce mil colones.—San José, 26 de junio del
2012.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—RP2012313302.—(IN2012076212).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas del 11 de julio del 2012, se procede a protocolizar
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad: Papelco Sociedad
Anónima. Se acuerda unánimente disolver la sociedad. Es todo.—San José,
once de julio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—RP2012313303.—(IN2012076213).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08:30 horas del 15 de julio del 2012, se procede a protocolizar
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad: Muflas y Accesorios
de Costa Rica M A C Sociedad Anónima. Se nombra nueva junta directiva. Es
todo.—San José, quince de julio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias
Mena, Notario.—1 vez.—RP2012313304.—(IN2012076214).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09:00 horas del 15 de julio del 2012, se procede a protocolizar
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad: Escana Sociedad
Anónima. Se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, quince de
julio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—RP2012313305.—(IN2012076215).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08:00 horas del 15 de julio del 2012, se procede a protocolizar
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad: Partex - CR Limitada.
Se acuerda revocar poder generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José,
quince de julio del dos mil doce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1
vez.—RP2012313306.—(IN2012076216).
Por medio de escritura número
doscientos sesenta y nueve, otorgada a las trece horas del seis de julio del
dos doce, ante esta notaría, se constituyó la sociedad: M Y G Saza Sociedad
Anónima.—Orotina, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Thais Melissa Hernández
Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012313307.—(IN2012076217).
Por medio de escritura número
doscientos setenta y nueve, otorgada a las dieciséis horas del once de julio
del dos mil doce, ante esta notaría, se constituyó la sociedad: Corporación
Bozalas Sociedad Anónima.—Orotina, trece de julio del dos mil doce.—Lic.
Thais Melissa Hernández Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012313308.—(IN2012076218).
Por escritura autorizada en mi
notaría, a las 08:00 horas del 12 de julio del 2012, la empresa: Vista
Rincón S. A., modifica la cláusula primera de los estatutos para llamarse
en adelante: Tamalitos Tía Carmen S. A., la segunda y la
octava.—Liberia, 12 de julio del 2012.—Lic. Óscar Alpízar Carvajal, Notario.—1
vez.—RP2012313309.—(IN2012076219).
Por escritura número ciento ocho, otorgada en mi
Despacho, a las ocho horas del día diecisiete de julio del dos mil doce, se
realizó aumento de capital de la sociedad: Temasaed S. A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y dos mil seiscientos
veinticuatro, además se otorga poder generalísimo. Es todo.—Grecia, diecisiete
de julio del dos mil doce.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1
vez.—RP2012313310.—(IN2012076220).
Por escritura número ciento
cuatro-ochenta y nueve, otorgada ante esta notaría, notario público: Rolando
Clemente Laclé Zúñiga, a las doce horas del dieciséis de julio del dos mil
doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la
sociedad: Grupo de Inversiones y Promociones El Almendro SRL, mediante la
cual se modifica las cláusulas novena, quinta y sétima del pacto
constitutivo.—San José, dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Rolando
Clemente Laclé Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012313311.—(IN2012076221).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos sesenta y cinco mil doscientos setenta y cuatro S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas
treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón
Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313312.—(IN2012076222).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Witeth
Pharmaceuticals Central America Services S. A., cédula jurídica número
tres-cero doce-quinientos diez mil trescientos cincuenta y seis, en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las trece horas treinta
minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón
Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313313.—(IN2012076223).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos sesenta y cinco mil cuatrocientos dieciocho S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las trece horas
cuarenta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313314.—(IN2012076224).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento uno-cuatrocientos
treinta y dos mil cincuenta y dos S. A., en la cual se acuerda disolver la
sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio. Escritura otorgada a las diez horas quince minutos del veintisiete de
junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—RP2012313315.—(IN2012076225).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos sesenta y cinco mil trescientos catorce S. A., en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas del
veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—RP2012313316.—(IN2012076226).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y ocho mil trescientos cuarenta y seis S.A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las once horas
cincuenta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313317.—(IN2012076227).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y ocho mil doscientos treinta y dos S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas
del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín,
Notario.—1 vez.—RP2012313318.—(IN2012076228).
Mediante escritura pública
número noventa y nueve-uno, otorgada ante mí, el día diez de julio del dos mil
doce, se protocoliza acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas
de la sociedad: Mary Land Mar Vista Estate Limitada, con cédula jurídica
número tres-ciento dos-trescientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cuatro,
donde se acuerda reformar el domicilio, correspondiente a la cláusula segunda
del pacto constitutivo.—Lic. Elías Shadid Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2012313320.—(IN2012076229).
Por escritura otorgada ante mí,
se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad: Esquivel Centro América Investments Inc. S. A., se
acordó reformar el nombre a Sumedco de Costa Rica S. A., así como la
administración y nombrar nuevo presidente y tesorero. Es todo.—San José, 16 de
julio del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—RP2012313323.—(IN2012076230).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta S. A., en la cual
se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas
veinticinco minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón
Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313325.—(IN2012076231).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos sesenta y cinco mil doscientos dieciséis S. A., en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas del
diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—RP2012313326.—(IN2012076232).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y siete mil novecientos cincuenta y ocho S.A., en
la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las
quince horas cuarenta minutos del dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313328.—(IN2012076233).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y ocho mil ciento cuarenta y ocho S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diecisiete
horas cuarenta minutos del dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313329.—(IN2012076234).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y ocho mil trescientos setenta y ocho S.A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas
cuarenta y cinco minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic.
Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012313330.—(IN2012076235).
Por escritura número ciento
cinco-cuarenta y siete, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez
Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo
del primero, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de
julio del dos mil doce, se disuelve y liquida la sociedad: Del Parque
Caballo S. A.—San José, 17 de julio del 2012.—Lic. Jorge González Roesch,
Conotario.—1 vez.—RP2012313335.—(IN2012076236).
Por medio de escritura pública
de las 16:30 horas del 12 de julio del 2012, protocolicé acuerdos de asamblea
general extraordinaria de Corporación Reval Sociedad Anónima, en la cuál
se reforma la cláusula octava, y se nombra nueva junta directiva.—San José, 12
de julio del 2012.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1
vez.—RP2012313336.—(IN2012076237).
Por escritura de las 10:00 horas
del 17 de julio del 2012, se fusiona la sociedad: Eco-Tech Sistemas Sociedad
Anónima, con la sociedad: Performance Cuatro Por Cuatro Sociedad Anónima,
prevaleciendo: Eco-Tech Sistemas Sociedad Anónima. Con motivo de dicha
fusión se reforma la cláusula quinta de los estatutos referente al capital.—San
José, 17 de julio del 2012.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012313337.—(IN2012076238).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y ocho mil ciento treinta y ocho S. A., en la cual
se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas
quince minutos del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313338.—(IN2012076239).
Por escritura otorgada por mí,
se reformaron las cláusulas primera y sétima del pacto constitutivo de Wilmargap
Global Realty S. A., cambiándose su nombre por Topobol S. A.—Alajuela,
nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Edwin Chavarría González, Notario.—1
vez.—RP2012313339.—(IN2012076240).
Por escritura número doscientos
veintitrés-diez, otorgada ante esta notaría, al ser las diez horas treinta y
seis minutos del día catorce de julio del dos mil doce, se constituyó la
sociedad: Exclusive Options Trading Sociedad Anónima. Capital social: de
diez mil colones. Presidenta: Rebeca Quirós Santos.—Nicoya, dieciséis de julio
del dos mil doce.—Lic. Ricardo Suárez Badilla, Notario.—1
vez.—RP2012313340.—(IN2012076241).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos sesenta y cinco mil doscientos ochenta y seis S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas
cincuenta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313341.—(IN2012076242).
Por escritura pública número
ochenta y dos, otorgada ante mí, a las catorce horas del día 12 de julio del
2012, se constituyó la empresa: Ave Azul de Belén Sociedad Anónima.
Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 18 de julio del
2012.—Lic. Álvaro Enrique Dengo Solera, Notario.—1
vez.—RP2012313342.—(IN2012076243).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y ocho mil setecientos veintidós S. A., en la cual
se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las trece horas
cincuenta minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313343.—(IN2012076244).
Que en esta notaría, se
constituyó la sociedad Servicios Especiales de Protección y Seguridad
Inteligente CR Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.
Domicilio social: Heredia, San Miguel.—San José, diez de julio del dos mil
doce.—Lic. Luis Diego Castillo Guzmán, Notario.—1
vez.—RP2012313344.—(IN2012076245).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos sesenta y cinco mil trescientos doce S. A., en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diecisiete horas
treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón
Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313345.—(IN2012076246).
Por escritura otorgada ante mí,
a las ocho horas del nueve de julio del dos mil doce, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Camino Este de Cal
Sociedad Anónima, por la cual se reforma la cláusula segunda de los
estatutos, y se nombra nueva junta directiva.—San José, 9 de julio del
2012.—Lic. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012313346.—(IN2012076247).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta y cinco S.A., en
la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las
catorce horas quince minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313347.—(IN2012076248).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Papacon S. A.,
en la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las
catorce horas cinco minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.
Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012313349.—(IN2012076249).
Se emplaza a cualquier
interesado para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, haga valer sus derechos u oponerse judicialmente de
conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio en relación a la
liquidación de la sociedad denominada: Maravillas Naturales de Jacó Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y ocho
mil novecientos treinta y seis.—Jacó, 17 de julio del 2012.—Lic. César Augusto
Mora Zahner, Notario.—1 vez.—RP2012313350.—(IN2012076250).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y ocho mil seiscientos S. A., en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas quince
minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer,
Notaria.—1 vez.—RP2012313351.—(IN2012076251).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y ocho mil trescientos noventa S. A., en la cual
se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas
quince minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit
Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012313352.—(IN2012076252).
Que en escritura número ciento
treinta y tres, otorgada en esta notaría, a las ocho horas del dieciocho de
julio del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la compañía: Grapas San José Sociedad Anónima, en la cual
se modifica la cláusula segunda de dicha sociedad.—San José, dieciocho de julio
del dos mil doce.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1
vez.—RP2012313353.—(IN2012076253).
El suscrito notario hace constar
que se protocolizó mediante escritura Nº 82-10, actas de asambleas
extraordinarias de las sociedades: Corporarte Customer Analitycal Services
S.R.L., y Calle Ocho y Avenida del Comercio S.R.L., donde se hizo
cambio de gerente. Otorgada a las diez horas del diecisiete de julio del dos
mil doce.—Lic. Mario Enrique Vargas Barguil, Notario.—1
vez.—RP2012313356.—(IN2012076254).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, el 17 de julio del
Ante esta notaría, a las doce horas
del trece de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de la firma: Amendola
Griega Sociedad Anónima, en donde se modifica las cláusulas: primera de la
razón social, cambiando su nombre a Quintas y Vistas Turísticas de Paraíso
Sociedad Anónima; segunda del domicilio del pacto social; decimocuarta de
la administración, y se nombra nuevo presidente.—San José, siete de julio del
dos mil doce.—Lic. José Duarte Sibaja, Notario.—1
vez.—RP2012313362.—(IN2012076256).
Por escritura Nº 114 del tomo
dos, de las 08:00 horas del 11 de julio del 2012, he protocolizado acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Zona Azul Canyonning CR
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-515962, se reforma la
cláusula cuarta del pacto social, en cuanto al aumento del capital
social.—Turrubares, 11 de julio del 2012.—Msc. Omar Retana Quirós, Notario.—1
vez.—RP2012313369.—(IN2012076257).
Por escritura Nº 109 del tomo
segundo, de las 15:00 horas del 27 de junio del 2012, se ha disuelto por
acuerdo de socios la compañía: Viajes Bahía Herradura Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-175798, se acordó disolver la sociedad, de conformidad
con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Se advierte
que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o
pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza.—Herradura,
Puntarenas, 27 de junio del 2012.—Msc. Omar Retana Quirós, Notario.—1
vez.—RP2012313370.—(IN2012076258).
Por escritura Nº 105 del tomo
dos, de las 08:45 horas del 25 de junio del 2012, se ha disuelto por acuerdo de
socios la compañía: Namasakita de
Debidamente facultado al efecto
procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Teléfonos Portátiles de Heredia Cinco S. A., mediante la cual se reforma
el domicilio social, y se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero.—San
José, diecinueve horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil
doce.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1
vez.—RP2012313372.—(IN2012076260).
Ante esta notaría, mediante
escritura otorgada a las dieciséis horas del veintiocho de junio del dos mil
doce, se procede a la disolución de la sociedad: Grupo Daytona San Carlos
Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, dieciséis de julio del dos
mil doce.—Lic. Hubert Rojas Araya, Notario.—1
vez.—RP2012313373.—(IN2012076261).
Ante esta notaría, a las trece
horas del veintiocho de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Miriam Bienes Raíces Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y tres
mil sesenta y siete, de esta plaza mediante la cual se acordó disolver la
sociedad por acuerdo de socios.—San Ramón de Alajuela, nueve de julio del dos
mil doce.—Lic. Rocío Chaves Quirós, Notaria.—1
vez.—RP2012313376.—(IN2012076262).
Por escritura otorgada ante mí,
Ilse González Menéndez, constituyo: Kirara Sociedad Anónima, abreviada a
su aditamento S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Representación legal
ejerciendo su presidenta: Lorena Barrantes Gutiérrez, y secretario: Paul
Richard Coleman.—San José, once de julio del dos mil once.—Lic. Ilse María
González Menéndez, Notaria.—1 vez.—RP2012313377.—(IN2012076263).
El suscrito, Alonso Calderón
Jiménez, notario público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que
mediante escritura número cuarenta y nueve, iniciada al folio veintisiete
frente, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada ante mi notaría, a las
quince horas del trece de julio del dos mil doce, se acordó disolver y liquidar
la sociedad anónima denominada: Grupo de Tecnología Inversiones y Desarrollo
TIDESA Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-sesenta y
cinco mil seiscientos cuarenta.—Atenas, 16 de julio del 2012.—Lic. Alonso
Calderón Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012313378.—(IN2012076264).
Negocios Corporativos Coase
Sociedad Anónima,
con número de cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cuatro tres cuatro tres
siete, celebró asamblea general extraordinaria para modificar cláusula de junta
directiva, y a la vez nombramiento de junta directiva.—San José, diecisiete de
julio del dos mil doce.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1
vez.—RP2012313379.—(IN2012076265).
Easyflycr Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-657642, aumenta el capital social a tres millones de colones. Escritura
Nº 433, folio 200v, tomo 9. Es todo.—San José, 11 de julio del 2012.—Lic. Luis
Arturo Escalante Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012313380.—(IN2012076266).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 10:00 horas del 17 de julio del 2012, se protocolizó acta de
asamblea de socios de Entrevalles Siente MN S. A., en la que se reforma
la cláusula segunda del pacto social.—San José, diecisiete de julio del dos mil
doce.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012313381.—(IN2012076267).
Se hace constar que en acta
número uno de las nueve horas del dieciséis de julio del dos mil doce, se
modificó la junta directiva y el domicilio de Las Arenas de San Pedro
Sociedad Anónima.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1
vez.—RP2012313382.—(IN2012076268).
Mediante escritura pública
ocho-sesenta y nueve, otorgada ante el suscrito notario público, a las diez
horas del once de julio del dos mil doce, se constituye la sociedad denominada:
Scanteca Woods Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, por un
plazo de cien años.—San José, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. Juan
Ignacio Gallegos Gurdián, Notario.—1 vez.—RP2012313383.—(IN2012076269).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las nueve horas del dieciocho de julio del dos mil doce, se
protocolizó acta de la sociedad: Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y
seis mil trescientos cuarenta y seis S. A., en la que se sustituye la
secretaria del consejo directivo de la sociedad.—Dr. Rodrigo Barahona Israel,
Notario.—1 vez.—RP2012313389.—(IN2012076270).
En escritura pública número
doscientos cuarenta y dos, los accionistas de la empresa: Manufacturera
La sociedad: Agro Comercial
Ujarraz Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-256656, reforma junta
directiva y facultades de apoderados.—Lic. María Gabriela Chavarría Mena,
Notaria.—1 vez.—RP2012313393.—(IN2012076273).
Por medio de escritura otorgada
en San José, a las 19:00 horas del 17 de julio del 2012, se constituyó la
sociedad denominada: Channel Seafoods Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 17 de julio del 2012.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1
vez.—RP2012313394.—(IN2012076274).
Mediante escritura Nº 241 de
tomo uno, protocolizaron los socios
acuerdo de disolución
de Inversiones Danzas del
Sol J & T Sociedad Anónima,
con cédula jurídica Nº 3-101-495201.—Cartago, 16 de julio del 2012.—Lic. María
Gabriela Chavarría Mena, Notaria.—1 vez.—RP2012313395.—(IN2012076275).
Mediante escritura Nº 240 de
tomo uno, protocolizaron los socios acuerdo de disolución de la empresa: Comercializadora
Azmeco Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-225995.—Cartago, 16
de julio del 2012.—Lic. María Gabriela Chavarría Mena, Notaria.—1
vez.—RP2012313396.—(IN2012076276).
Mediante escritura Nº 239 de tomo
uno, protocolizaron los socios acuerdo de disolución de la sociedad: Ourdoor
Systems Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-321131.—Cartago, 16
de julio del 2012.—Lic. María Gabriela Chavarría Mena, Notaria.—1
vez.—RP2012313397.—(IN2012076277).
Mediante escritura Nº 49 de tomo
sexto, protocolizaron los socios acuerdo de disolución de
La sociedad: Sonafe de Dos
Ríos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
sesenta y cuatro mil seiscientos quince, acordó su disolución a partir de esta
fecha y solicitó al Registro Nacional su desinscripción.—Desamparados, 17 de
julio del 2012.—Lic. Claudio Enrique Badilla Mora, Notario.—1
vez.—RP2012313399.—(IN2012076279).
La sociedad: Grupo Denisa
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos un mil
cuatrocientos sesenta y siete, acordó su disolución a partir de esta fecha y
solicitó al Registro Nacional su desinscripción.—Desamparados, 30 de abril del
2012.—Lic. Claudio Enrique Badilla Mora, Notario.—1
vez.—RP2012313400.—(IN2012076280).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José,
al ser las veinte horas cuarenta y cuatro minutos del día lunes dieciséis del
mes de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad anónima denominada: Corporación
Internacional Lirio de los Valles Sociedad Anónima, ante la notaría del
notario Luis Alexander Corrales Alvarado.—San José, dieciocho de julio del dos
mil doce.—Lic. Luis Alexander Corrales Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2012313401.—(IN2012076281).
Milagro Solano Arce y María Solano Arce,
constituyen: Medios Unidos de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente:
representación judicial y extrajudicial. Domicilio: Dulce Nombre, Cartago.
Capital: diez mil colones. Escritura otorgada en Cartago, al ser las 08:00
horas del 28 de julio del 2012.—Lic. Gilberth Monge Aguirre, Notario.—1
vez.—RP2012313402.—(IN2012076282).
Ante esta notaría mediante
escritura número ocho, otorgada a las dieciséis horas del diecisiete de julio
del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Dermoestética CR Inc.
Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma César Andrés Villalobos Morales, capital social un millón de
colones, plazo social noventa y nueve años.—San José, diecisiete de julio del
dos mil doce.—Lic. César Gerardo Azofeifa Anchía, Notario.—1
vez.—RP2012313404.—(IN2012076283).
En asamblea general
extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Bodepharma S. A.,
domiciliada en San José, Goicoechea, Calle Blancos, frente al Motel El Edem, en
el edificio de Technopharma, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos un mil
cuatrocientos veinte, con la presencia de quienes son dueños de la totalidad
del capital social se prescinde del trámite de convocatoria previa y unanimidad
se toman los siguientes acuerdos que se declaran firmes:...: Primero: se nombra
nueva junta directiva recayendo la presidencia en el señor Jorge Gerardo
Montero Carvalho.—Cartago, 17 de julio del 2012.—Lic. Rosalba Brenes Navarro,
Notaria.—1 vez.—RP2012313406.—(IN2012076284).
Que al ser las dieciocho horas
del 28 de junio del 2012, mediante escritura número doscientos once del tomo
dos del protocolo del suscrito notario; se procede a protocolizar la disolución
de Desarrollos Forestales Badilla S. A.—San Ramón, 28 de junio del
2012.—Lic. Álvaro Quesada Salas, Notario.—1 vez.—RP2012313407.—(IN2012076285).
Que al ser las diecinueve horas
del 28 de junio del 2012, mediante escritura número doscientos doce del tomo
dos del protocolo del suscrito notario; se procede a protocolizar la disolución
de Desarrollos Urbanísticos Badilla Badilla S. A.—San Ramón, 28 de junio
del 2012.—Lic. Álvaro Quesada Salas, Notario.—1
vez.—RP2012313408.—(IN2012076286).
Que al ser las diecisiete horas
treinta minutos del 28 de junio del 2012, mediante escritura número ciento
catorce del tomo diez del protocolo del suscrito notario; se procede a
protocolizar la disolución de AQ Áreas de Occidente S. A.—San Ramón, 28
de junio del 2012.—Lic. Álvaro Quesada Salas, Notario.—1
vez.—RP2012313409.—(IN2012076287).
Que al ser las veinte horas del
28 de junio del 2012, mediante escritura número doscientos trece del tomo dos
del protocolo del suscrito notario; se procede a protocolizar la disolución de T
H G Cuatro H S. A.—San Ramón, 28 de junio del 2012.—Lic. Álvaro Quesada
Salas, Notario.—1 vez.—RP2012313410.—(IN2012076288).
Por escritura de protocolización
de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria, otorgada ante mí, a las
dieciséis horas del diecisiete de julio del dos mil doce, la sociedad Aguas
Claras Sevillanas M.B.C y M.M.C Sociedad Anónima, modificó su
cláusula primera referente al domicilio social y se modificó la administración
que serán presidente, tesorero y secretario y se revoca el nombramiento de los
actuales miembros de la junta directiva y fiscal y se nombran y reemplazan por
el resto del plazo social, presidenta: Pedrina Rivera Lemus; tesorero: Manuel
Benitez Corral; secretaria: Nora Virginia Vaquerano Campos. San José,
diecisiete de julio del dos mil doce. Notario: José David Vaquerano Rivera, con
oficina abierta en San José, frente al costado este de la plaza de las
Garantías Sociales, Edificio María Cristina, local número catorce.—Lic. José
David Vaquerano Rivera, Notario.—1 vez.—RP2012313411.—(IN2012076289).
Ante este notario, mediante
escritura número cuarenta y dos de las diez horas, treinta minutos del
veintiuno de junio del dos mil doce, se modificaron las cláusulas del domicilio
y representación del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Makurdi
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
cincuenta y dos mil seiscientos ochenta y dos. Es todo.—San José, dieciocho de
julio de dos mil doce.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2012313412.—(IN2012076290).
Por escritura número ciento
veinte, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Borrachas del Sol Sociedad Anónima, se reforma los estatutos
constitutivos de la junta directiva.—Liberia, 16 de julio del 2012.—Lic. José
Humberto Alvarado Ángulo, Notario.—1 vez.—RP2012313417.—(IN2012076291).
Ante esta notaría, comparecen
Vilma Ivette López Zúñiga, mayor, casada dos veces, administradora de empresas,
vecina de San José, Curridabat, Condominio Lomas de Granadilla, casa ciento
cinco, cédula de identidad uno-seiscientos noventa y seis-setecientos diez y
Arnoldo Fonseca Sánchez, mayor, casado una vez, administrador de empresas, del
mismo domicilio de la anterior, cédula de identidad uno-ochocientos
cinco-ciento dieciséis y constituyen una sociedad de responsabilidad limitada
denominada Importaciones Arvi Internacional Limitada, pudiendo
abreviarse Importaciones Arvi Internacional Ltda, con un plazo social de
cien y capital social de diez mil colones.—Cartago, cinco de julio del dos mil
doce.—Lic. José Roberto Quirós Brenes, Notario.—1
vez.—RP2012313420.—(IN2012076292).
Ante esta notaría, comparecen
Yamileth Esquivel Guillén, mayor, casada una vez, publicista, vecina de
Cartago, San Rafael de Oreamuno, Urbanización Yerris, cuarta casa a mano
izquierda, cédula de identidad uno-ochocientos noventa y ocho-ciento sesenta y
seis y Aníbal de Jesús Ramírez Guillén, mayor, casado una vez, oficinista,
vecino de Cartago, San Rafael de Oreamuno, de
Ante esta notaría, comparecen
Giovanni Julio Blanco Badilla, mayor, cédula de identidad tres-doscientos
cuarenta y uno-setecientos noventa y seis, autorizado para la protocolización
debida de la sociedad Compañía de Servicios Integrales en Cultura Sociedad
Anónima y cuyo acto modifican el poder otorgado al presidente y secretario,
quienes podrán actuar separadamente, así como modifican los accionistas con el
ingreso de un nuevo accionista.—Cartago, dieciocho de julio del dos mil
doce.—Lic. José Roberto Quirós Brenes, Notario.—1
vez.—RP2012313422.—(IN2012076294).
Ante esta notaría, comparecen
Andrés Ricardo Quirós Mora, cédula de identidad uno-mil doscientos
veinticuatro-ochocientos treinta y tres; Jonathan Mauricio Martínez Salgado,
cédula de identidad número uno-mil trescientos trece-setecientos sesenta y tres
y Mauricio Daniel Arguedas Castro, cédula de identidad número uno-mil ciento
cincuenta y cinco-doscientos diecinueve, mayor, cédula de identidad
tres-doscientos cuarenta y uno-setecientos noventa y seis, autorizado para la
protocolización debida de la sociedad Compañía de Servicios Integrales en
Cultura Sociedad Anónima y constituyen una sociedad anónima denominada Quarma
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Quarma S. A., con un plazo
social de noventa y nueve años y capital social de diez mil colones.—Cartago,
dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. José Roberto Quirós Brenes,
Notario.—1 vez.—RP2012313423.—(IN2012076295).
Ante Lic. Fernando Mena
Alvarado, notario público con oficina en Grecia centro, Alajuela,
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las nueve horas del diecisiete de julio del dos mil doce,
protocolicé acta de Inmobiliaria Lote Lindo Sociedad Anónima, se cambia
el domicilio, se reforma la administración, se nombra nueva junta directiva.
Presidente: Masood Davoodi Kheyrani.—Lic. Tatiana María De
Mediante escritura pública
número quince, otorgada en Grecia, a las ocho horas del trece de julio del dos
mil doce, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Royzeros
Sociedad de Responsabilidad Limitada, tres gerentes con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve
años.—Grecia, 13 de julio del 2012.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro,
Notario.—1 vez.—RP2012313430.—(IN2012076298).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las once horas del veintisiete de junio del dos doce, se disuelve la
sociedad MP Technological Investments Sociedad Anónima, por la cual no
existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San
José, 27 de mayo de 2012.—Lic. Marlene Brenes Corrales, Notaria.—1
vez.—RP2012313431.—(IN2012076299).
Por escritura número dos,
otorgada al ser las ocho horas del dieciocho de julio del dos mil doce, ante el
suscrito notario, se modifican estatutos de la sociedad Passe Compose
Sociedad Anónima.—Cartago,
Mediante escritura número 76,
del tomo 27 del protocolo del suscrito notario público, otorgada a las 11:00
horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Ursus S. A., según la cual se
acuerda unánimemente su disolución.—San José, 25 de junio de 2012.—Lic.
Federico Martén Sancho, Notario.—1 vez.—RP2012313433.—(IN2012076301).
Mediante escritura número 76,
del tomo 27 del protocolo del suscrito notario público, otorgada a las 10:30
horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Shamuk S. A., según la cual se
acuerda unánimemente su disolución.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic.
Federico Martén Sancho, Notario.—1 vez.—RP2012313435.—(IN2012076302).
Mediante escritura número 84,
del tomo 27 del protocolo del suscrito notario público, otorgada a las 08:00
horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Montaña de Sueños S. A., según la
cual se acuerda unánimemente su disolución.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic.
Federico Martén Sancho, Notario.—1 vez.—RP2012313436.—(IN2012076303).
Mediante escritura número 80,
del tomo 27 del protocolo del suscrito notario público, otorgada a las 14:00
horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Audioproducciones J.G. S. A.,
según la cual se acuerda unánimemente su disolución.—San José, 27 de junio de
2012.—Lic. Federico Martén Sancho, Notario.—1
vez.—RP2012313437.—(IN2012076304).
Mediante escritura número 78,
del tomo 27 del protocolo del suscrito notario público, otorgada a las 13:00
horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Beca Ceramiche Costa Rica S. A.,
según la cual se acuerda unánimemente su disolución.—San José, 25 de junio de
2012.—Lic. Federico Martén Sancho, Notario.—1
vez.—RP2012313438.—(IN2012076305).
En escritura número 152-39,
otorgada ante la notaria Sehaneth Varela Trejos, el 19 de junio del 2012, se
acuerdan por unanimidad de votos disolver la sociedad anónima denominada Jangpapo
Consultores jurídicos y Registrales, cédula jurídica número
3-101-592534.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1
vez.—RP2012313439.—(IN2012076306).
Mediante escritura número 87,
del tomo 27 del protocolo del suscrito notario público, otorgada a las 10:00
horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada
Mediante escritura número 86,
del tomo 27 del protocolo del suscrito notario público, otorgada a las 09:00
horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Importadora Exportadora el Águila S.
A., según la cual se acuerda unánimemente su disolución.—San José, 28 de
junio de 2012.—Lic. Federico Martén Sancho, Notario.—1
vez.—RP2012313443.—(IN2012076308).
Mediante escritura número 82,
del tomo 27 del protocolo del suscrito notario público, otorgada a las 15:00
horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Compu Café S. A., según la cual se
acuerda unánimemente su disolución.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic.
Federico Martén Sancho, Notario.—1 vez.—RP2012313444.—(IN2012076309).
Mediante escritura de la nueve
horas del primero de junio de dos mil doce, Osdel Arzola Quilez y Guillermina
Morales Pérez, constituyen una sociedad anónima, amparada al decreto ejecutivo
número tres tres uno siete uno-J. Presidente: Osdel Arzola Quilez, el plazo
social será noventa y nueve años, capital social diez mil colones, constituido
por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Objeto: toda
clase de ejercicio comercial en su forma más amplia, industria, ganadería,
agricultura, turismo, servicios, exportación e importación.—San José, primero
de junio del 2012.—Lic. Olman Eduardo Campos Mora, Notario.—1
vez.—RP2012313445.—(IN2012076310).
Por escritura otorgada ante este
notario público, el día 28 de junio del
Ante esta notaría, se está
haciendo cambios de la junta directiva de la sociedad denominada Asfaltos y
Carreteras Jorpoa Sociedad Anónima.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic.
Natalia Sarmiento Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012313447.—(IN2012076312).
Por escritura otorgada en mi
notaría, a las diecisiete horas de hoy, se nombró nuevo presidente de la junta
directiva de la sociedad E Y M Ediciones y Publicaciones Unidas Sociedad
Anónima. Presidente Christopher Solís López.—Dieciséis de julio del dos mil
doce.—Lic. Rodrigo Herrera Fonseca, Notario.—1
vez.—RP2012313450.—(IN2012076313).
Ante esta notaría, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía
denominada H.J.J. de Santa Cruz S. A.—Guápiles, Pococí, 28 de junio del
2012.—Lic. Rocío Zamora Moya, Notaria.—1
vez.—RP2012313451.—(IN2012076314).
Por escritura número
veintisiete, otorgada ante el suscrito notario el 18 de julio del 2012, he
protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Inversiones Avenida de las Américas Sociedad Anónima, en que se
reforman las cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo.—San José, 18 de
julio del 2012.—Lic. Manuel Salas Raven, Notario.—1
vez.—RP2012313456.—(IN2012076316).
Por escritura 331, del tomo 19
de mi protocolo, se disuelve la empresa Aquila Altair Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y dos mil
doscientos sesenta y cinco, otorgada al ser las catorce horas cero del
veintiocho de junio de dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez,
Notaria.—1 vez.—RP2012313457.—(IN2012076317).
Ante mí Ramiro José Alvarado Larios,
notario público con oficina abierta en San José, protocoliza actas varias con
el siguiente orden con cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos setenta y
un mil quinientos cincuenta; tres-ciento uno-cien cuatrocientos
treinta y seis; tres-ciento uno-quinientos setenta y cinco ochocientos
setenta y uno; tres-ciento uno-cinco siete cuatro siete tres nueve; tres-ciento
uno-cinco dos tres dos cero cero; tres-ciento uno-cinco siete dos uno
dos seis; tres-ciento uno-quinientos setenta y cuatro seiscientos
dieciséis; tres-ciento uno-tres nueve seis ocho dos ocho; tres-ciento
uno-tres nueve seis ocho tres cero; tres-ciento uno-ciento ochenta y un
mil trescientos cincuenta y cinco, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento
treinta y ocho mil novecientos noventa y nueve; cédula jurídica tres-ciento
uno-ciento ochenta y un mil ochocientos cuarenta y cinco; cédula jurídica
tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta cuatro mil, ochocientos treinta y
cuatro; cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos siete mil trece; cédula
jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta mil trescientos cincuenta y siete.—San
José, dieciséis de junio de dos mil doce.—Lic. Mayling Larios, Alegría,
Notaria.—1 vez.—RP2012313458.—(IN2012076318).
Por escritura número trescientos
cuatro, visible en el tomo octavo de mi protocolo, se constituyó una sociedad
anónima, cuya razón social será el número de cédula que asigne el Registro
Público. Es todo.—San José, nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Alexander
Calderón Mora, Notario.—1 vez.—RP2012313459.—(IN2012076319).
La suscrita notaria hace constar
que en mi notaría, se protocolizaron actas de las sociedades números: tres-ciento
uno-uno siete dos dos cinco tres; tres-ciento uno-cinco siete cuatro
siete tres nueve; tres-ciento uno-cinco dos tres dos cero cero; tres-ciento
uno-cinco nueve tres seis uno tres; tres-ciento uno-cinco siete cuatro
seis uno seis; tres-ciento uno-cinco siete uno nueve cinco cero; tres-ciento
uno-cuatro cero cinco cero cuatro seis; tres-ciento uno-cinco siete dos
uno dos seis; tres-ciento uno-cinco siete ocho coho uno; tres-ciento
uno-uno ocho uno siete ocho siete; tres-ciento uno-cinco siete dos uno
dos seis.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mayling
Larios Alegría, Notaria.—1 vez.—RP2012313460.—(IN2012076320).
Por escritura otorgada ante el
notario Mario Rodríguez Vargas, a las 11:00 horas del 18 de junio del 2012, se
constituyó Salud y Rehabilitación UR S. A., cuyo capital social se
encuentra totalmente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 29 de junio del
2012.—Lic. Mario Rodríguez Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012313463.—(IN2012076321).
Mediante escritura pública
número cincuenta y seis, otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 16 de julio
del 2012, se constituyó empresa individual de responsabilidad limitada nombre por
asignar, cuotas totalmente suscritas y pagadas. Gerente, representación
judicial y extrajudicial.—Lic. Paul Tacsan Chen, Notario.—1
vez.—RP2012313464.—(IN2012076322).
Mediante escritura pública
número cincuenta y cinco otorgada ante mí, a las 14:30 horas del día 16 de
julio del 2012, se protocolizó acuerdo de la sociedad Mil Sesenta y Ocho
Empresa de Responsabilidad Limitada Sociedad Anónima,
mediante la cual se nombra gerente y traspasan cuotas.—Lic. Paul Tacsan Chen, Notario.—1
vez.—RP2012313465.—(IN2012076323).
Por escritura otorgada ante este
notario en San José, a las diez horas del veintinueve de junio del dos mil
doce, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación
social será Hussmann Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic.
Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—RP2012313468.—(IN2012076324).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de
julio del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de las sociedades denominadas Inversiones
Marieco S. A. y
Por escritura 37-4 de las 07:00
horas del 28 de junio de 2012, protocolicé el acuerdo de disolución de Agropecuaria
Marín y Chacón S. A., cédula jurídica Nº 3-101-060276, no existen activos
ni pasivos sociales.—Cartago, 17 de julio del 2012.—Lic. Jorge Vega Aguilar,
Notario.—1 vez.—RP2012313474.—(IN2012076326).
Por escritura número 44-4 de las
08:30 horas del 18 de julio de 2012, se constituye Lake View Paradise
Sociedad Anónima, con domicilio en Cartago, Cantón Central, distrito San
Nicolás, frente a
Por escritura número 45-4 de las
10:00 horas del 18 de julio de 2012, se protocolizan acuerdos de asamblea
general de Famizuca FZC S. A., cédula jurídica 3-101-270338, modificándose
el domicilio social.—Lic. Jorge Vega Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2012313476.—(IN2012076328).
La suscrita notaria Jenny
Patricia Reyes Durán, protocoliza asamblea general extraordinaria, donde se
realiza la revocatoria del apoderado general de la compañía Condominio
Villas los Jamines L. LL. S.R.L.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Jenny
Reyes Durán, Notario.—1 vez.—RP2012313479.—(IN2012076329).
Que mediante escritura número
trece-ocho, de las nueve horas del dieciocho de julio de dos mil doce, al folio
nueve frente del tomo octavo de la notaria Geanina Soto Chaves, se constituyó Cosmo
Plast S. A. Plazo: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones.—San
José, dieciocho de julio de dos mil doce.—Lic. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1
vez.—RP2012313480.—(IN2012076330).
Que mediante escritura
doce-ocho, de las nueve horas del cinco de julio de dos mil doce, del tomo
octavo de la notaria pública Geanina Soto Chaves, se protocolizó acta que
modificó la cláusula sétima de la administración de la sociedad Condominio
Montealondra Topacio III S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y un mil seiscientos treinta y cuatro.—San José,
nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1
vez.—RP2012313481.—(IN2012076331).
Ante esta notaría, se constituye
la sociedad Go Up Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Goicoechea,
Guadalupe, frente autoservicio de CNFL, casa número tres uno dos, su objeto
será el comercio en general, plazo de cien años a partir del veintiocho de
junio del dos mil doce y capital social de cien mil colones. Presidente: Fabián
Sánchez Montero, cédula uno-mil trescientos sesenta y cuatro-cero cincuenta y
cuatro.—San José, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Lissette Susana
Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012313482.—(IN2012076332).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, la sociedad Desarrollos Haro Construcciones S. A., reforma la
cláusula sexta de estatutos sociales.—San José, 3 de julio del 2012.—Lic.
Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012313483.—(IN2012076333).
Por escritura de las 08:00 horas
del día de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea extraordinaria de socios de Tecislo
Fusel del Norte S. A., por los que se acuerda disolver la sociedad y
adjudicar inmueble. Doy fe de que la versión digital es exacta y que en el
original consta mi firma y sello, registrados en
En mi notaría, se celebró
asamblea extraordinaria de socios de Gaminedes S. A., cédula
3-101-028804 con domicilio en San José, en la que se acuerda disolver la
sociedad, sin nombramientos de liquidador en ausencia de activos y pasivos. Doy
fe de que la versión digital es exacta y que en el original consta mi firma y
sello, registrados en
En mi notaría se celebró
asamblea extraordinaria de socios de CRC Constructora S. A., cédula
3-101-039405, con domicilio en San José, en la que se acuerda disolver la
sociedad, sin nombramientos de liquidador en ausencia de activos y pasivos. Doy
fe de que la versión digital es exacta y que en el original consta mi firma y
sello, registrados en
Por escritura otorgada ante mí,
se protocolizaron actas de las compañías Maderas Llorente, Disol-Tec,
ambas Sociedad Anónima, donde se liquidan y disuelven y se protocoliza
acta de Palacio del Sol Sociedad Anónima, donde se modifica cláusula
segunda y renuncia agente residente.—Lic. Karla Santana Vega, Notaria.—1
vez.—RP2012313487.—(IN2012076337).
Por escrituras otorgada ante mí,
se protocolizaron actas de las compañías
Empresa de Servicios Servigom
VSJ S. A.,
cédula jurídica número 3-101-364909, acordó disolver
Melvin Alexis Jiménez Arias y
David Villegas Jiménez, constituyen sociedad anónima que se denominará Simiestabulados
Santa Rosa Sociedad Anónima. Capital social noventa mil colones.—San Ramón,
17 de junio del 2012.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Notario.—1
vez.—RP2012313493.—(IN2012076340).
Se ha constituido ante esta
notaría, la sociedad denominada Solara Soluciones Analíticas y Ambientales
Araya Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social
diez mil colones, se ha nombrado junta directiva con presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, dieciocho de julio del
dos mil doce.—Lic. Otto José Andre Barrantes, Notario.—1
vez.—RP2012313494.—(IN2012076341).
Ante mi notaría, hoy, se ha
constituido la sociedad de responsabilidad limitada Inversiones Voltaros
Limitada. Plazo social: noventa años. Capital social: cien mil colones.
Domicilio social: San José, avenida nueve entre calles trece y quince, número
mil trecientos cincuenta. Gerente: Pieter van der Ros.—San José, veintidós de
junio de dos mil doce.—Lic. Fernando Castro Esquivel, Notario.—1
vez.—RP2012313497.—(IN2012076342).
Ante mi notaría, hoy, se ha
constituido la sociedad de responsabilidad limitada Le Rappel des Oiseaux
Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil
colones. Domicilio social: San José, avenida nueve, entre calles trece y
quince, número mil trecientos cincuenta. Gerente: Anne Adrianus van de
Werken.—San José, veintidós de junio de dos mil doce.—Lic. Fernando Castro
Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2012313498.—(IN2012076343).
Ante mí, Gregorio Alberto
Avendaño Guzmán, carné número once mil ochocientos noventa y seis, al ser las
quince horas del dieciocho de julio del dos mil doce, comparecieron: Weili
Zhang y Yueyun Yang, ambas ciudadanas de origen chino, para constituir en sus
calidades de únicas socias accionistas la sociedad de esta plaza denominada H.L.R.
Sociedad Anónima. Lo anterior bajo escritura número ciento veintinueve del
tomo cuarto de mi protocolo en uso.—Lic. Gregorio Alberto Avendaño Guzmán,
Notario.—1 vez.—RP2012313500.—(IN2012076344).
Ante mí, Gregorio Alberto
Avendaño Guzmán, carné número once mil ochocientos noventa y seis, al ser las
quince horas del treinta de junio del dos mil doce, comparecieron: Wenlong
Qiang y Ya Mei Yin, ambos ciudadanos de origen chino, para constituir en sus
calidades de únicos socios accionistas la sociedad de esta plaza denominada Alejun
Hijos de Oriente Sociedad Anónima. Lo anterior bajo escritura número ciento
veintisiete del tomo cuarto de mi protocolo en uso.—Lic. Gregorio Alberto
Avendaño Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2012313501.—(IN2012076345).
Danilo Barrantes Mata y Adolfo
Barrantes Mata este último representado por Teresita Mata Ureño, liquidan
sociedad anónima denominada Agro - Bama de Cariari Sociedad Anónima, domiciliada
en Pococí, Cariari, Las Vegas, frente al Bar Las Vegas, cédula jurídica número
tres-ciento uno-dos ocho nueve seis siete dos. Escritura otorgada a las catorce
horas del veintidós de mayo del dos mil doce, visible al folio ciento noventa y
uno vuelto del tomo segundo del notario José Luis Ruiz Rodríguez.—Lic. José
Luis Ruiz Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012313503.—(IN2012076346).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las catorce horas del seis de julio del dos mil doce, se reforman
estatutos y se nombran nuevos secretario y tesorero de la junta directiva y
fiscal de la sociedad de esta plaza tres-ciento uno-quinientos seis mil
ochocientos sesenta y nueve sociedad anónima.—San José, seis de julio del
dos mil once.—Lic. Susana Patricia Chaves Sell, Notaria.—1
vez.—RP2012313505.—(IN2012076347).
Por escritura otorgada a las
doce horas del veintinueve de junio de dos mil doce, se constituye sociedad Multiservicios
Quique Sociedad Anónima. Capital representado por doce acciones comunes y
nominativas de mil colones cada una, totalmente suscrito y pagado.—Lic. Flor
María Trigueros Arce, Notaria.—1 vez.—RP2012313504.—(IN2012076348).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del tres de julio del dos mil doce, se reformó el
pacto constitutivo en su cláusula segunda y se procedió al nombramiento de
nueva junta directiva de la sociedad Espacios y Conceptos Arquitectura S. A.—San
José, tres de julio del dos mil doce.—Lic. Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1
vez.—RP2012313506.—(IN2012076349).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las trece horas del veintidós de junio del dos mil doce, por acuerdo
de socios y de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código
de Comercio y el apartado VI de la directriz cero cero dos-dos mil doce del
Registro de Personas Jurídicas, se disuelve la sociedad Compañía NMR
Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic.
Susana Patricia Chaves Sell, Notaria.—1 vez.—RP2012313507.—(IN2012076350).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del veintidós de junio del dos mil doce, por
acuerdo de socios y de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d)
del Código de Comercio y el apartado VI de la directriz cero cero dos-dos mil
doce del Registro de Personas Jurídicas se disuelve la sociedad Loredan DCA
Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic.
Susana Patricia Chaves Sell, Notaria.—1 vez.—RP2012313509.—(IN2012076351).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del dieciocho de junio del dos mil doce, por acuerdo
de socios y de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código
de Comercio y el apartado VI de la directriz cero cero dos-dos mil doce del
Registro de Personas Jurídicas, se disuelve la sociedad Casa Cerros de
Escazú Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de junio del dos mil
doce.—Lic. Vinicio Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012313510.—(IN2012076352).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las once horas del dieciocho de junio del dos mil doce, por acuerdo
de socios y de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código
de Comercio y el apartado VI de la directriz cero cero dos-dos mil doce del
Registro de Personas Jurídicas, se disuelve la sociedad Raventrovir Sociedad
Anónima.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Vinicio
Zamora Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012313511.—(IN2012076353).
Por escritura otorgada ante mí,
a las diez horas del veintiuno de junio de dos mil doce, se disuelven la
sociedad Half Time Inc Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
3-101-334215 y la sociedad Amber y Shawn Sociedad Anónima,
3-101-485130.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2012076359).
Por escritura otorgada ante mí,
a las dieciséis horas del diecisiete de julio del dos mil doce, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Distribuidora
de Carnes San Martín Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos un mil setecientos dieciocho, de las catorce
horas del diecisiete de julio de dos mil doce, mediante la cual se reforma la
cláusula sexta de los estatutos.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1
vez.—(IN2012076360).
Por escritura número 47,
otorgada a las 16:00 horas del 9 de julio de 2012, Fan Ping Fan Wei y Luis
Manuel Arguello Zamora, constituyeron TCR Trading Corporation Limitada,
con un capital social de diez mil colones exactos. Es todo.—San José, 18 de
julio de 2012.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—(IN2012076368).
Por escritura otorgada a las
doce horas del 16 de julio del 2012, se reformó la cláusula primera de la
denominación social Universidad de Heredia Doctora Ema Gamboa Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y
cuatro mil cuatrocientos ocho, con domicilio en la ciudad de Heredia en su
domicilio social en Heredia, Avenida Central, calles dos y cuatro, para que de
ahora en adelante se denomine Instituto Parauniversitario Richard Nixon
Sociedad Anónima. Presidenta, Yolanda Calderón Sandí. Lic. Yolanda Calderón
Sandí y Lic. Sonia Víquez Chaverri.—Heredia, a las ocho horas del 17 de julio
del 2012.—Lic. Sonia Víquez Chaverri, Notaria.—1 vez.—(IN2012076369).
En esta notaría, a las once
horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se protocolizó el acta número
dos de la compañía Transportes Conejo Veloz S. A., por la que se acuerda
su disolución conforme al artículo doscientos uno inciso d) del Código de
Comercio.—Alajuela, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Deyanira Jiménez
Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012076372).
Ante esta notaría, por escritura
número trescientos cincuenta y cuatro, de las ocho horas del día veintinueve de
junio de dos mil doce, Metalúrgica del Pacífica S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-cuarenta mil noventa y nueve, de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio por acuerdo de socios disuelve
la sociedad supra indicada.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notario.—1
vez.—(IN2012076373).
Por escritura otorgada, ante
esta notaría, a las quince horas del veintiocho de junio de dos mil doce. Se
disuelve la sociedad Villagar Export Limitada.—Lic. Rafael Antonio
Álvarez Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2012076375).
Por escrituras otorgadas ante
mí, protocolicé asambleas extraordinarias de socios de las sociedades Inversiones
Miriada de Playas M.A.A.M. S. A., se nombra secretario. Corporación
Gerencial S. A., se revoca poder y Concretos de Centroamérica S. A.,
se reforma cláusula del plazo social.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1
vez.—(IN2012076376).
La suscrita Zelmira Valverde
González, como socia y dueña del capital social de la sociedad Inmobiliaria
Chaparral Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos veinticuatro
mil setecientos veintinueve notifica que se ha determinado la disolución de
esta sociedad.—Alajuela, treinta de junio del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Chacón
Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012076377).
Ante esta notaría, mediante escritura
pública número ciento veintidós, otorgada al ser las doce horas del día trece
de julio del dos mil doce, por decisión unánime de socios se han acordado
fusionar las sociedades anónimas denominadas tres-ciento uno-seiscientos dos
mil cuatrocientos cincuenta y seis S. A. y LKC Arrendamientos S. A.,
prevaleciendo la segunda sociedad. Es todo.—San José, diecisiete de julio del
dos mil doce.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—(IN2012076378).
Los socios y únicos accionistas
Randall Muñoz Matamoros y Sonia Arroyo Yanaerella, de la empresa Farvas
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-388263, acordaron
disolver la sociedad.—Heredia, 6 de julio del 2012.—Lic. Sharon Adriana
Chinchilla Villalta, Notaria.—1 vez.—(IN2012076393).
Mediante escritura autorizada
por mí, a las doce horas del dieciocho de julio del dos mil doce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento
dos-quinientos noventa y cinco mil quinientos treinta y nueve limitada (La
“Compañía”), cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos
noventa y cinco mil quinientos treinta y nueve, mediante la cual se acuerda
modificar la cláusula segunda del domicilio y se nombra un nuevo gerente.—San
José, diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Óscar Soley Loría, Notario.—1
vez.—(IN2012076407).
En mi notaría, en Esparza,
doscientos metros al norte de Coopesparta R. L., a las quince horas del quince
de julio del dos mil doce, por escritura pública número cuatro, iniciada a folio
tres frente, del tomo sexto del protocolo del suscrito notario, se constituye
la sociedad denominada Servicios Médicos Empresariales del Pacífico Sociedad
Anónima, domiciliada en Puntarenas, Esparza, San Juan Chiquito, un
kilómetro al este de la agencia del ICE. Representante legal:
presidenta.—Esparza, diecinueve de julio del 2012.—Lic. Warner Calvo Dinarte,
Notario.—1 vez.—(IN2012076410).
Ante esta notaría, por escritura
número ciento sesenta y siete, otorgada a las ocho horas del día dieciséis de
julio del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la
empresa de esta plaza denominada Condominio Montealondra Águila Blanca XXXIX
Sociedad Anónima. Se modifica cláusula segunda y se nombra nueva junta
directiva y fiscal.—Alajuela, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Melba
Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2012076413).
Ante esta notaría, por escritura
número ciento sesenta y ocho, otorgada a las ocho horas del día dieciséis de
julio del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la
empresa de esta plaza denominada Condominio Montealondra Magnolia XVI
Sociedad Anónima. Se modifican las cláusulas segunda, sétima y se nombra
nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, diecisiete de julio del dos mil
doce.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(IN2012076414).
Ante esta notaría, por escritura
número ciento sesenta y seis, de las doce horas del día diez de veintinueve de
junio del dos mil doce, se protocolizó actas de asamblea general
extraordinarias de la sociedad Camaleón Dormido Sociedad Anónima. Donde
se procede a la disolución de la sociedad.—Alajuela, veintinueve de junio del
dos mil doce.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notario.—1 vez.—(IN2012076415).
La asamblea general
extraordinaria de accionistas de Inversiones El Estuario Rojo Internacional
Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101- 215455, celebrada a las ocho
horas del diecinueve de julio del dos mil doce. Reforma el pacto constitutivo.
Cláusula del domicilio de la sociedad. Además se realiza un nuevo nombramiento
de presidente de la junta directiva. Acta protocolizada en la escritura número
198, de las once horas del 19 de julio del dos mil doce, en el protocolo de
Mediante escritura pública
número veintinueve-cuatro, otorgada a las catorce horas con quince minutos del
doce de julio del dos mil doce, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Pure
Health Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, dieciséis de julio
del dos mil doce.—Lic. Eduardo José Zúñiga Brenes, Notario.—1
vez.—(IN2012076465).
Ante esta notaría y mediante
escritura pública número siete-dos, otorgada el veintidós de julio del dos mil doce,
he protocolizado acta número dos de la sociedad Luxyvillas Tatiex D.E.F
Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de dicha sociedad.—San
José, diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Benito Abad López Dinartes,
Notario.—1 vez.—(IN2012076466).
En esta notaría, protocolicé
acta de asamblea de la sociedad Condominio Belén Diez I Salerno S. A.,
en la que modifica las cláusulas primera de la razón social, para que se llame Inversiones
Camimarce S. A., segunda, del domicilio, estima de la administración,
octava de las asambleas de socios y junta directiva y se elimina la décima
tercera del agente residente.—San José, 19 de julio del 2012.—Lic. Arturo Ortiz
Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012076471).
Por escritura otorgada, a las ocho
horas del dieciocho de julio del dos mil doce, se protocolizan acuerdos por los
que se aumenta el capital social de la empresa Novapark Parque Empresarial
S. A..—San José, 20 de julio del 2012.—Lic. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1
vez.—(IN2012076487).
Por escritura otorgada, a las
diez horas treinta minutos del trece de julio de dos mil doce, ante esta
notaría, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de
accionistas de las sociedades mercantiles: Alturas Belén Once Sociedad
Anónima y Automóvil Miatta Rojo Sociedad Anónima, en la que se
acuerda fusionar las sociedades prevaleciendo la primera. Además, en la
sociedad prevaleciente se modifica la cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San José, catorce de julio de dos mil doce.—Lic. Ariadna M.
Arguedas Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2012076501).
Se informa al público en
general, que mediante escritura otorgada ante el notario público, Carlos José
Oreamuno Morera, a las quince horas del nueve de julio del dos mil doce, se
suscribió y ejecutó un contrato de compraventa de establecimiento mercantil
mediante el cual Armor Tec Latinoamérica Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número 3-101-372650, vendió parte sustancial de los activos
intangibles de su establecimiento a CSS Internacional de Costa Rica Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-137163. Se informa a
terceros interesados para que, de conformidad con el artículo 479 del Código de
Comercio, hagan valer sus derechos dentro del plazo de 15 días a partir de la
primera publicación de este edicto. Cualquier reclamo o legalización de
créditos que tuviere que hacerse contra la sociedad vendedora deberá
notificarse en el Bufete Facio & Cañas Barrio Tournón, frente al parqueo
del Centro Comercial El Pueblo, fax: 2255-2510 atención: Carlos José Oreamuno
Morera. Transcurrido el plazo legal, la compradora no asumirá ningún reclamo de
terceros.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera,
Notario.—1 vez.—RP2012313728.—(IN2012076506).
Que por escritura número 99,
visible a folio 90 frente, se acordó disolver la empresa denominada Orion
Wheels Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-558957
visible en el tomo 33 del protocolo del suscrito notario público, el motivo de
este edicto es la disolución de la empresa indicada.—Pérez Zeledón, a las 08:00
horas del 12 de julio del 2012.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1
vez.—RP2012313513.—(IN2012076507).
Por escritura otorgada en mi
notaría, hoy, a las 14:00 horas se protocolizó en lo conducente el acta número
02, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad de esta plaza Acosta y Vidal S. A., mediante la cual se
modifica el pacto constitutivo en lo referente el domicilio y la
administración. San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís,
Notario.—1 vez.—RP2012313518.—(IN2012076508).
Por escritura otorgada en mi
notaría, hoy, a las 17:00 horas se protocolizó en lo conducente el acta número
02, asentada en el libro número tres de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad de esta plaza, Procón S. A., mediante la cual
se modifica el pacto constitutivo en lo referente al domicilio, capital social
y se nombra nueva junta directiva y fiscal por el resto del plazo social.—San
José, 18 de julio del año 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1
vez.—RP2012313519.—(IN2012076509).
Por escritura número trescientos
dieciocho, visible en el tomo octavo del protocolo del suscrito notario, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Nintesco
al S. A., donde se modifica la
cláusula segunda y se nombre nuevo presidente y secretario. Es todo.—San José,
julio diecisiete de dos mil doce.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1
vez.—RP2012313520.—(IN2012076510).
En asamblea extraordinaria de
Mediante escritura pública
número ochenta y nueve-ocho, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas
del día dieciocho de julio de dos mil doce, se protocolizan acuerdos de
asamblea general de la compañía Global Software Solutions SLR, en los
que se modifica la cláusula sétima de los estatutos sociales. San José, 18 de
julio del 2012.—Lic. María Montero Álvarez, Notaria.—1
vez.—RP2012313522.—(IN2012076512).
Mediante escritura número ciento
setenta y tres, otorgada a las once horas del día diecisiete de julio del dos
mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Paseo Metrópoli Sociedad Anónima, en la cual se modificó el pacto
social, en su artículo sétimo, estableciéndose una nueva conformación de la
junta directiva, integrada por cinco miembros.—San José, 18 de julio del
2012.—Lic. Armando Céspedes Abarca, Notario.—1
vez.—RP2012313523.—(IN2012076513).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las 11:00 horas del 13 de julio del 2012, protocolicé acuerdos
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Grupo
Iberoamericano de Seguridad S. A., donde se reforma la cláusula segunda y
se nombra nuevo presidente.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. Daniel Eduardo
González Mora, Notario.—1 vez.—RP2012313524.—(IN2012076514).
Por escritura número 87-8,
otorgada a las 15:30 horas del 16 de julio del 2012, ante la notaria Diana Elke
Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de socios de la
sociedad denominada Wilshire Real Estate Properties Ltda, en donde se
acuerda reformar la cláusula novena de los estatutos.—Puntarenas, 16 de julio
del dos mil doce.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notario.—1
vez.—RP2012313528.—(IN2012076515).
Por escritura número 86-8,
otorgada a las 15:15 horas del 16 de julio del 2012, ante la notaria Diana Elke
Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de socios de la
sociedad denominada Tourist Condominium Horseshoe Sociedad Anónima, en
donde se acuerda reformar la totalidad del pacto constitutivo.—Puntarenas, 16
de julio del 2012.—Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notario.—1
vez.—RP2012313529.—(IN2012076516).
Por escritura 260-7, otorgada
ante esta notaría, a las 08:00 horas del 13 de julio del 2012, se protocolizó
el acta número dos de Las Leñitas SRL, cédula jurídica 3-102-632123,
donde se cambió la primer gerente se reformó la cláusula sétima.—Sarchí, julio
16 del 2012.—Lic. Máximo Corrales Vega, Notario.—1
vez.—RP2012313530.—(IN2012076517).
Bufete Serrano y Asociados,
escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 4 de julio del 2012,
constitución sociedad Torre Zafiro Constructora Sociedad Anónima.
Presidente: José Ángel López Castro.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís,
Notario.—1 vez.—RP2012313531.—(IN2012076518).
Que mediante escritura de las nueve horas del dieciocho de julio del dos mil doce, se reformaron las cláusulas quinta, sexta y décimo primera del pacto social de Inversiones Agrícolas y Habitacionales Quesada Vargas S. A. y se nombra nueva junta directiva.—Coronado, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. Roxana Jara Tenorio, Notaria.—1 vez.—RP2012313536.—(IN2012076519).
La entidad 3-101-591649 S. A., reforma cláusula novena del pacto constitutivo, referente a la representación social.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 18 de julio del 2012.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012313538.—(IN2012076520).
Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria, del 17 de julio del dos mil doce, de Ecospring Sociedad Anónima, en donde se procedió a disolver la sociedad.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—RP2012313543.—(IN2012076521).
Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria, del 20 de junio del dos mil doce, de Cimco Sociedad Anónima, en donde se procedió a reformar cláusula novena.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—RP2012313544.—(IN2012076522).
Por escritura número 169, del tomo 3 de mi protocolo de las 12:00 horas del 10 de julio de 2012, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Magos del Tiempo S. A., cédula jurídica 3-101-378852, en la que se modificaron las cláusulas primera y quinta del pacto constitutivo.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Marco Vinicio Ureña Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012313545.—(IN2012076523).
Por escritura otorgada el veinticinco de mayo del dos mil doce, se protocoliza acta de la empresa Multivalores Rolfer S. A., cédula: tres - ciento uno - cero noventa y nueve mil novecientos ochenta y uno, en la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, diez de junio del año dos mil doce.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012313546.—(IN2012076524).
Hoy he protocolizado acuerdos de Control Electrónico S.A., mediante la cual se aumenta el capital social.—San José, 18 julio del 2012.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—RP2012313547.—(IN2012076525).
Por escritura otorgada ante el suscrito, a las diecisiete horas
del esta fecha, se constituye la sociedad Bejarano y Castro de Cañas S. A.,
con domicilio en
Ante esta notaría, se procedió a constituir la sociedad denominada según su cédula jurídica, cuyo presidente es el señor José Manuel González Solano. Y su capital social es la suma de diez mil colones. Es todo.—San José, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—RP2012313549.—(IN2012076527).
Por escritura número: doscientos sesenta y tres, de las ocho horas de hoy, los socios de la sociedad con domicilio en Santa Lucía de Barva, denominada: Sezamo Sociedad Anónima, cédula de jurídica Nº 3-101-102999, acordaron su disolución.—Heredia, julio 16, del 2012.—Lic. German Araya Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012313551.—(IN2012076528).
Por escritura ciento treinta y cinco, tomo primero, otorgada ante mí, Rafael Ángel Díaz Casares, notario público de Guápiles, a las ocho horas del dieciséis de julio del dos mil doce, se disuelve la empresa Cruz y López S. A., según acuerdo firme de la asamblea general extraordinaria número uno de las quince horas del catorce de julio del año dos mil doce.—Guápiles, Pococí, julio dieciséis del año dos mil doce.—Lic. Rafael Ángel Díaz Casares, Notario.—1 vez.—RP2012313552.—(IN2012076529).
Por escritura otorgada el día diecisiete de julio del año dos mil doce, se modifica cláusula sétima de la administración, se nombra nuevo presidente y secretario de la compañía denominada Inversiones Maveca Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y seis mil doscientos trece.—San José, dieciocho de julio del año dos mil doce.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2012313554.—(IN2012076530).
Por escritura otorgada el día diez de julio del año dos mil doce, se nombra nuevo secretario de la compañía denominada Industrias Chanter J&R Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- quinientos cincuenta y cinco mil quinientos doce.—San José, dieciocho de julio del año dos mil doce.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2012313555.—(IN2012076531).
Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Agropecuaria
Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Helados Reina S.A.,
mediante la cual en forma unánime por medio de la totalidad de los socios se
acuerda la liquidación y disolución de la presente sociedad de conformidad con
el Código de Comercio y
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las ocho horas con treinta minutos del día ocho de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Valle Treinta y Cinco Sociedad Anónima, el cual es nombre de fantasía. Capital suscrito y pagado. Es todo.—San José, diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2012313558.—(IN2012076534).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día ocho de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Valle Cuarenta y Dos Sociedad Anónima, el cuál es nombre de fantasía. Capital suscrito y pagado. Es todo.—San José, diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Kattia Vargas Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012313559.—(IN2012076535).
Por escritura doscientos veintiocho, otorgada ante mí, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del día trece de julio del año 2012, se acuerda por unanimidad de socios la disolución de la sociedad Aqualung Age Sociedad Anónima.—Turrialba, 18 de julio del 2012.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notaria.—1 vez.—RP2012313560.—(IN2012076536).
Ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del diez de julio del dos mil doce, se constituyó la firma Inner Voice Comunicación Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones.—Santo Domingo de Heredia, 10 de julio del 2012.—Lic. Gloriana Arias Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012313562.—(IN2012076537).
Por escritura numero ciento setenta y dos de esta notaría, las sociedades tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y seis S. A., y tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y ocho mil seiscientos treinta y dos S. A., se fusionaron con la sociedad Gargollo de Coronado S. C., subsistiendo esta ultima, ya que las sociedades absorbidas no tenían activos ni pasivos. Se modifica la cláusula quinta de Gargollo de Coronado S. C., aumentando a la suma de veinte mil colones, quedando el capital constituido por veintiuna cuotas sociales de mil colones cada una.—San José, diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012313564.—(IN2012076538).
La suscrita notaria hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las dieciocho horas del diecisiete de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Vomsa S.R.L., capital suscrito y pagado, gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—Cartago, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Adriana Ortiz Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012313567.—(IN2012076539).
En esta notaría pública, a las dieciocho horas del doce de julio de dos mil doce, se constituyó Crike S. A..—San José, trece de julio del dos mil doce.—Lic. Alejandra María Arguedas Ortega, Notaria.—1 vez.—RP2012313568.—(IN2012076540).
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Borcamsa J C M S. A., mediante los cuales se disuelve la sociedad.—San José, veintiocho de junio del 2012.—Lic. José Pablo Arauz Villarreal, Notario.—1 vez.—RP2012313570.—(IN2012076541).
Por escritura, otorgada ante mí,
a las veinte horas del dieciocho de julio del 2012, se constituyó la sociedad Coastal
Scale C. R. Sociedad Anónima, con un capital social de diez
mil colones, un plazo de noventa años y su domicilio en Cartago. Presidente:
Marco Daniel Hidalgo Brenes.—San José, 18 de julio del 2011.—Lic. Luis Gustavo
Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012313572.—(IN2012076542).
Mediante escritura número
noventa y tres, de las doce horas del veintiséis de abril del dos mil doce, se
modifica el plazo social de la sociedad Shuang Cheng Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-tres nueve tres uno cero ocho. Es todo.—San
José, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. María Lourdes Rojas Martínez,
Notaria.—1 vez.—RP2012313573.—(IN2012076543).
Mediante escritura número ciento
treinta y dos de las catorce horas del dieciocho de julio del dos mil doce, se
constituye la sociedad Sion Música L & Q Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Capital social: suscrito y pagado. Es todo.—San José, dieciocho
de julio del dos mil doce.—Lic. María Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1
vez.—RP2012313574.—(IN2012076544).
Mediante escritura número ciento
veintiséis de las diez horas del doce de julio del dos mil doce, se constituye
la sociedad Black Mantis Security Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Capital social: suscrito y pagado. Es todo.—San José, diecinueve
de julio del dos mil doce.—Lic. María Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1
vez.—RP2012313575.—(IN2012076545).
En mí notaría se constituye Inversiones
Caña Dulce de Turrialba Limitada, según consta en documento
presentado al diario al tomo dos mil doce, asiento doscientos veintiocho mil
seiscientos setenta y siete, apoderada Karen Guiselle Pereira Pereira, cédula
tres-trescientos cincuenta y nueve-quinientos cuatro.—Cartago, 17 de julio del
2012.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2012313579.—(IN2012076546).
Por escritura pública de las
13:00 horas del 16 de julio del 2012, se protocolizó el acta número uno de 3-101-635320
Sociedad Anónima, mediante la cual se le cambió su denominación social a Noia
y Maya Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 19 de julio del
2012.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1
vez.—RP2012313581.—(IN2012076547).
Al ser las diecinueve horas del
dieciséis de julio del dos mil doce, en esta notaría se constituyó la sociedad
anónima denominada Almacén Hnos. Jiménez de Cariari Sociedad Anónima,
domiciliada en Cariari del salón comunal ciento cincuenta metros al oeste y
doscientos metros al norte, Pococí, Limón, con un capital social de
¢110.000,00, representada por Juan Guillermo Jiménez Hernández, mayor de edad,
casado una vez, dependiente, con cédula de identidad número siete-ciento
veintidós-ochocientos quince, vecino de Urbanización El Encanto casa número
ochenta, Cariari, Pococí, Limón.—Cariari, dieciocho de julio del dos mil
doce.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1
vez.—RP2012313582.—(IN2012076548).
Protocolización de acta número
tres de asamblea general extraordinaria de la sociedad Breboni de Heredia S.
A., con número de cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y
tres mil seiscientos treinta y seis, cambio de junta directiva y representantes
legales. Escritura otorgada en la cuidad de Heredia, a las once horas del diecisiete
de julio del 2012. Es todo.—Lic. Gerardo Alonso Benavides Sánchez, Notario.—1
vez.—RP2012313584.—(IN2012076549).
Se hace constar que ante el
notario público Víctor Hugo Castillo Mora, lo siguiente: a) Mediante escritura
número sesenta y ocho de las catorce horas con treinta minutos del ocho de
junio del dos mil doce, los socios convinieron disolver la sociedad Móvil
Dentist Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos treinta y seis mil novecientos quince. b) Mediante escritura
número setenta y siete, de las nueve horas con treinta minutos del veintiséis
de junio del dos mil doce, los socios convinieron disolver la sociedad Servicio
de Créditos Rápidos Servicredit Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos cincuenta mil ochocientos veintinueve. c)
Mediante escritura número setenta y nueve de las once horas del veintiséis de
junio del dos mil doce, los socios convinieron disolver la sociedad Ayarco
Sur Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos
cuatro mil setecientos cincuenta y uno. d) Mediante escritura número ochenta de
las ocho horas con treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce,
los socios convinieron disolver la sociedad Inversiones Corporativas
Crissand Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos sesenta y tres mil ochocientos treinta y dos. e) Mediante
escritura número ochenta y uno de las nueve horas del veintiocho de junio del
dos mil doce, los socios convinieron en disolver la sociedad Canoas Galvalum
de Costa Rica O.R.C.A. Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos doce mil noventa y siete. f) Mediante escritura
número ochenta y dos de las nueve horas con treinta minutos del veintiocho de
junio del dos mil doce, los socios convinieron disolver la sociedad Centro
Radiológico Sirius Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos diecisiete mil seiscientos setenta y nueve. g) Mediante
escritura número ochenta y tres de las catorce horas del veintiocho de junio
del dos mil doce, los socios convinieron en disolver la sociedad Bioclinic
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
ochenta y dos mil doscientos sesenta y tres. h) Mediante escritura número
ochenta y seis de las quince horas con treinta minutos del veintiocho de junio
del dos mil doce, los socios convinieron en disolver la sociedad Inversiones
Mega Trading Siglo XXI Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos cuatro mil cero ochenta y seis. Todos de conformidad con la ley
número nueve mil veinticuatro, Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas. Es
todo.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora,
Notario.—1 vez.—RP2012313586.—(IN2012076550).
Ante mí notaría, por escritura
número ciento cuarenta y nueve-uno, al tomo primero, a las ocho horas del
diecisiete de julio del dos mil doce, se solicita el cambio de miembros de la
junta directiva y la modificación de la cláusula sexta de la sociedad Ficus
de Punta Banco S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta
y dos mil seiscientos seis.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, nueve
horas del dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Estrada Chavarría,
Notario.—1 vez.—RP2012313587.—(IN2012076551).
Por escritura setenta y nueve
otorgada a las 8:00 horas del día de hoy, se modifica la cláusula quinta del Sahe
Representaciones Internacionales S. A.—Nueve de julio del dos mil
doce.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012313588.—(IN2012076552).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento
uno-seiscientos cincuenta mil doscientos ochenta y seis sociedad anónima.
Mediante la cual se reforma la cláusula primera del nombre y la cláusula de la
administración. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Sergio
Aguiar Montealegre, a las dieciséis horas del dieciséis de julio del dos mil
doce.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—RP2012313589.—(IN2012076553).
Por escritura otorgada ante mí,
a las trece horas del día trece de julio del 2012, se protocoliza acta de la
sociedad denominada Sword and Shield Ark S. A., se reforma
cláusula segunda, se revoca presidente de la junta directiva y agente residente
y se nombran nuevos.—Lic. Kennia Guerrero Ruiz, Notaria.—1
vez.—RP2012313591.—(IN2012076554).
Por escritura otorgada ante mí,
a las once horas del día cinco de julio del 2012, se protocoliza acta de la
sociedad denominada Cronos Flamingo Tres S. A., se reforman cláusulas
segunda y octava y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Iván Granados
Fischel, Notario.—1 vez.—RP2012313593.—(IN2012076555).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria en Guanacaste, a las 13:00 horas del 4 de julio del 2012, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Hydraulus
S. A., donde se reformó la cláusula segunda, se revocó el agente
residente, nombrándose uno nuevo.—Lic. Kennia Guerrero Ruiz, Notaria.—1
vez.—RP2012313594.—(IN2012076556).
Por escritura pública número
083-9, otorgada por la suscrita notaria a las 20:15 horas del día 18 de julio
del dos mil doce, se acuerda disolver la empresa denominada Arras Dos Mil
Limitada, con cédula jurídica número 3-102-251292 con base en el inciso d)
del artículo doscientos uno del Código de Comercio. Es todo.—Lic. Yesenia
Villalobos Leitón, Notaria.—1 vez.—RP2012313595.—(IN2012076557).
Por escritura número ciento
dieciséis-quince, de las trece horas del cuatro de mayo del dos mil doce, del
tomo quince de mi protocolo, se constituye la sociedad CO. RI. ME S.
A., se nombra presidente, secretario, tesorero. Se nombra fiscal.—Lic. Juan
Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—RP2012313596.—(IN2012076558).
Mediante escritura autorizada
por la suscrita notaría, a las 16:00 horas del día 6 de julio del 2012, se
protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Servicios Inmobiliariso Valparaíso S. A., mediante la
cual se reforman en su totalidad los estatutos sociales de la compañía.—San
José, 6 de julio del 2012.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1
vez.—RP2012313597.—(IN2012076559).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las nueve horas, diez minutos del veintisiete de junio del mil doce,
se acordó la disolución de la sociedad Brove Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil
doscientos setenta y cuatro. Dentro de los 30 días siguientes a esta
publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución,
que no se base en causa legal o pactada.—Lic. Fabiana Guiérrez León-Páez,
Notaria.—1 vez.—RP2012313598.—(IN2012076560).
Por escritura número cincuenta y
siete, otorgada ante este notario a las quince horas con treinta minutos del
dieciséis de julio del dos mil doce, se constituyó Grupo Asies Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, dieciséis de julio del dos mil
doce.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—RP2012313599.—(IN2012076561).
Por escritura número cincuenta y
seis, otorgada ante este notario a las quince horas con veinte minutos del
dieciséis de julio del dos mil doce, se constituyó Grupo Corptraloc Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, dieciséis de julio del dos mil
doce.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—RP2012313600.—(IN2012076562).
Por escritura pública número
cuarenta y cinco-XI, otorgada ante mi notario, se protocolizaron acuerdos de la
asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa C R Casa
Serenity Sociedad Anónima, en la cual se acordó reformar y cambiar las
cláusulas segunda del domicilio y novena de la administración del pacto
constitutivo de la sociedad. Es todo.—San José, dieciocho de julio del dos mil
doce.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—RP2012313601.—(IN2012076563).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria en San José a las 18:00 horas del 20 de junio del 2012, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad, Tejados
de
Por escritura pública número
ciento setenta y siete de las 9:00 horas del 19 de julio del 2012, protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Lorus
Antenor Limitada, en la que se modifica la cláusula sexta de la
administración y se nombra gerente.—Lic. Gabriel Lizama Oliger, Notario.—1
vez.—RP2012313610.—(IN2012076565).
Que en mí notaría mediante
escritura número ciento veintiséis visible del folio ciento cuarenta vuelto, al
folio ciento cuarenta y uno frente del tomo ciento cuarenta y uno de mi
protocolo, se protocoliza el acta número uno de socios de la sociedad
denominada Maderas Finas Tres M Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-ciento doce mil setecientos cincuenta y dos; celebrada en las
oficinas de la sociedad. Donde se acordó: la modificación del plazo social.—San
Ramón de Alajuela, 18 de julio del 2012.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1
vez.—RP2012313615.—(IN2012076566).
Ante las conotarias, Marta
Cecilia Jiménez Chaves y Ana Heitman Ardon, actuando en el protocolo de la
primera, a las 11:00 horas de hoy, escritura siete, se constituyó Asistencias
Funerarias de Centroamérica S. A. Capital: totalmente suscrito y
pagado.—San José, 9 de diciembre del 2011.—Lic. Ana Cecilia Heitman Ardon,
Notaria.—1 vez.—RP2012313616.—(IN2012076567).
Por escritura otorgada ante los
licenciados Sonia María Cedeño Monge y Ernesto Azofeifa Cedeño, número 303 del
protocolo 6 del notario Cedeño Monge, a las 14:00 horas, del veintinueve de
junio del dos mil doce, se disolvió la sociedad anónima Cortés y Soto
S. A. Domicilio: San José. Presidente: Sergio Cortez Soto.—Veintinueve de
junio del dos mil doce.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1
vez.—RP2012313618.—(IN2012076568).
Mediante escritura número 169,
visible a folio 95 vuelto del protocolo número 7, se protocolizó acta Nº dos,
de la sociedad anónima denominada Agropecuaria Salcamu de San Miguel
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-307404, donde se reforma la cláusula
novena, en cuanto a la representación judicial y extrajudicial y se nombra
nueva junta directiva, quedando como presidente con poder generalísimo sin
límite de suma el señor Luis Diego Salas Castro, mayor, con cédula
2-641-237.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Lidilia Alfaro Alfaro,
Notaria.—1 vez.—RP2012313619.—(IN2012076569).
Mediante escritura número 168,
visible a folio 95 frente del protocolo número 7, se protocolizó acta Nº 5, de
la sociedad anónima denominada Refacciones Digessa S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-196176, donde se reforma la cláusula sétima, en cuanto a la
representación judicial y extrajudicial y se nombra nueva junta directiva,
quedando como presidente con poder generalísimo sin límite de suma el señor
José Alonso Salas Alfaro, mayor, con cédula 2-486-341.—San José, 17 de julio
del 2012.—Lic. Lidilia Alfaro Alfaro, Notaria.—1
vez.—RP2012313620.—(IN2012076570).
Por escritura de las 8:00 horas
del 29 de mayo del 2012, se constituye la sociedad denominada Incala
Solutions LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, veintiocho de
junio del 2012.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1
vez.—RP2012313621.—(IN2012076571).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciocho horas, treinta minutos del diecisiete de julio del dos
mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de cuotistas,
celebrada a las ocho horas del treinta del junio del dos mil once, se acordó la
disolución de Mahalo Kai Resort Properties S. R. L.—San José,
diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Marco Antonio Abellán Acevedo,
Notario.—1 vez.—RP2012313623.—(IN2012076572).
Por escritura pública otorgada
ante el notario Héctor Manuel Fallas Vargas, en San José, a las quince horas del
diecisiete de julio del dos mil doce, por acuerdo de la totalidad de los socios
se acordó disolver la sociedad Incentives for Investments Sociedad Anónima.—San
José, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2012313624.—(IN2012076573).
Ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Comercializadora
de Productos Chilenos (COPROCHI) S. A., cédula jurídica
3-101-186418, se modifica cláusula primera en cuanto al nombre y cláusula
quinta por aumento de capital social.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic.
Roberto Umaña Balser, Notario.—1 vez.—RP2012313625.—(IN2012076574).
Por escritura pública número
ciento ochenta y cuatro, otorgada el dieciocho de julio del dos mil doce ante
esta notaría, de la sociedad Nutri-Ceutical Tecnologies of Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y cinco mil novecientos treinta y nueve; se revoca el
nombramiento del secretario y se hace nuevo nombramiento; se revoca poder
generalísimo y se otorga poder generalísimo.—Heredia, 18 de julio del
2012.—Lic. Marcela Abellán Rosado, Notaria.—1
vez.—RP2012313628.—(IN2012076575).
Por escritura pública número
ciento ochenta y dos, otorgada el dieciocho de julio del dos mil doce, ante
esta notaría se reformó la cláusula décima de la administración del pacto
constitutivo de la sociedad Novax Group S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-cuatro cuatro uno nueve seis cuatro; se revoca el nombramiento
del secretario, fiscal y agente residente y se hacen nuevos
nombramientos.—Heredia, 18 de julio del 2012.—Lic. Marcela Abellán Rosado,
Notaria.—1 vez.—RP2012313629.—(IN2012076576).
Por escritura pública otorgada
el día dieciocho de julio del dos mil doce, ante esta notaría se protocoliza la
disolución de la sociedad Jiangling Motors Costa Rica S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro seiscientos
setenta y nueve, con domicilio social en San José.—Heredia, 18 de julio del
2012.—Lic. Marcela Abellán Rosado, Notaria.—1
vez.—RP2012313630.—(IN2012076577).
La suscrita notaria Jenny
Patricia Reyes Durán, protocoliza asamblea general extraordinaria, donde se
realiza reforma del objeto en la constitución de la sociedad Umalva Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-uno tres ocho cero
nueve cero.—San José, diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Jenny Patricia
Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—RP2012313632.—(IN2012076578).
La suscrita notaria Jenny
Patricia Reyes Durán, protocoliza asamblea general extraordinaria, donde se
realiza aumento al capital, reforma del objeto de la constitución de la
sociedad Compañía de Alquiler de Vehículo y Telefonía Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco ocho seis uno cinco nueve.—San
José, diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Jenny Patricia Reyes Durán,
Notaria.—1 vez.—RP2012313633.—(IN2012076579).
Sonia del Carmen Meléndez Reyes
y José Cristóbal Velásquez Meléndez, constituyen la sociedad denominada Velmel
V & M Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio
social: San José. Escritura: otorgada en la ciudad de San José, el día
dieciséis de julio del dos mil doce.—Lic. Rosibel Reyes Ochoa, Notaria.—1
vez.—RP2012313634.—(IN2012076580).
Mediante escritura de las ocho horas del día
diecinueve de julio del dos mil doce, se reforma la cláusula sexta del pacto
constitutivo de la sociedad Proveedores Exclusivos Limitada, cédula
jurídica tres-ciento dos cinco cero siete cero seis. Es todo.—Lic. Ana Gabriela
Peña Valle, Notaria.—1 vez.—RP2012313635.—(IN2012076581).
Ante esta notaría comparecen María Victoria Lozada
Acosta y Mariselle Verdesia Meneses, quienes el día de hoy constituyen la
sociedad de responsabilidades limitadas denominada Millhouse Capital
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo capital ha sido totalmente
suscrito y pagado.—San José, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. Luis
Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012313638.—(IN2012076582).
Ante esta notaría, por escritura
número ochenta y nueve-siete, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de
socios de Inversiones B & O de Cartago Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil
cuatrocientos setenta y tres, a las once horas con veinte minutos del
veintiséis de abril del dos mil doce, hago constar que se acordó disolver la
sociedad.—Cartago, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Xochitl Camacho
Medina, Notaria.—1 vez.—RP2012313640.—(IN2012076583).
Por escritura otorgada ante mí,
se protocolizó acta de la sociedad Bórica Real Estate Holding Sociedad
Anónima, donde se reforma todo el pacto constitutivo. Objeto: servicios
informáticos. Presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1
vez.—RP2012313641.—(IN2012076584).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se disolvió la sociedad denominada Estilo y Actitud Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta
y seis mil cuarenta y siete.—San Ramón, 12 julio del 2012.—Lic. Alfredo Cordero
Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012313644.—(IN2012076585).
Por escritura 18 del tomo 20 de
mi protocolo se cambia presidente y secretario de Nuevos Horizontes Yogibear
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
ochenta mil cuarenta y siete, otorgada al ser las nueve horas del diecinueve de
julio del dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2012313645.—(IN2012076586).
Por escritura otorgada a las
dieciocho horas del día dieciséis de julio del dos mil doce, se protolizó acta
de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Constructora
Raasa Sociedad Anónima, en la cual se modifican las cláusulas novena,
quinta y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 19 de julio del dos mil
doce.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1
vez.—RP2012312646.—(IN2012076587).
Ante esta notaría se constituyó Saskya
S. A. Objeto: el comercio, industria y otros. Socios: Oky María Cubero Carmona
y María de los Ángeles Carmona Arenas. Presidenta la primera. Plazo social: 99
años. Domicilio: San José, San Francisco de Dos Ríos. Capital social:
¢100.000.—Alajuelita, 18 julio del 2012.—Lic. Fernando Calderón Salazar,
Notario.—1 vez.—RP2012313647.—(IN2012076588).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17:00 horas del 10 de julio del dos mil doce, se protocoliza
acta de la asamblea general extraordinaria de Golf Course Limitada,
donde se modifica la cláusula octava en cuanto a la administración y se nombra
agente residente.—San José, 10 de julio del 2012.—Lic. Pía Picado González,
Notaria.—1 vez.—RP2012313649.—(IN2012076589).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16:00 horas del 10 de julio del dos mil doce, se protocoliza
acta de la asamblea general extraordinaria de Bay Leaf Investments Limitada,
donde se modifica la cláusula octava en cuanto a la administración y se
adiciona la cláusula décimo segunda en cuanto al agente residente.—San José, 10
de julio del 2012.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1
vez.—RP2012313650.—(IN2012076590).
Por escritura Nº 288, de 18:00
horas de 18 de julio del 2012; se constituye Crystal Clear It Solutions
S. A. Capital social: diez mil colones. Representación conjunta del
presidente y secretario.—Lic. Jorge Luis Porras Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2012313651.—(IN2012076591).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Voulevant, mediante escritura
otorgada a las 7:00 horas del día 29 de junio del dos mil doce. Presidenta:
Evelyn Garita Madrigal.—Lic. Leyla Rita Calderón Campos, Notaria.—1
vez.—RP2012313652.—(IN2012076592).
Ante esta notaría por medio de
escritura pública número 115-111, otorgada en Guanacaste a las 10:00 horas del
11 de julio del 2012, se protocolizó el acta número dos de la sociedad
denominada Las Delicias Costa Marina Limitada, en la cual se tomaron los
siguientes acuerdos: primero: se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo; segundo: se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo;
tercero: se remueve al gerente y subgerente de la sociedad; cuarto: se realizan
el siguiente nombramiento: gerente general: Dennis Joseph
Cospolich.—Guanacaste, 11 de julio del 2011.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2012313653.—(IN2012076593).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las quince horas del día dieciocho de julio del 2012, la sociedad tres-ciento
dos-seiscientos treinta y siete mil ciento tres Limitada, protocolizó
acuerdos en que se modifican las cláusulas primera y novena del pacto
social.—San José, dieciocho de julio del 2012.—Lic. Charlotte Brom Núñez,
Notaria.—1 vez.—RP2012313654.—(IN2012076594).
La suscrita Marta Emilia Rojas
Carranza, notaría pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada Familia Agüilar Campos FAC y Sucesores
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintisiete
mil doscientos setenta y nueve, para hacer nuevo nombramiento de presidente y
secretaria. Es todo.—Palmares, diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Marta
Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—RP2012313656.—(IN2012076595).
Ante mí, José Alberto Cabezas
Dávila, mediante escritura ciento veintitrés otorgada el día veintitrés de
junio del dos mil doce y a solicitud de socios de la sociedad denominada tres-ciento
uno-seiscientos quince mil doscientos ochenta y ocho S. A., acuerdan
protocolizar el acta la disolución de la sociedad en concordancia con el
transitorio II de
Ante mí, José Alberto Cabezas
Dávila, mediante escritura ciento cuarenta y tres otorgada el día 28 de junio
del dos mil doce y a solicitud de socios de la sociedad denominada Amador
Cigars Company S. A., acuerdan protocolizar el acta la disolución de
la sociedad en concordancia con el transitorio II de
Ante mí, José Alberto Cabezas
Dávila, mediante escritura ciento uno otorgada el día catorce de junio del dos
mil doce y a solicitud de socios de la sociedad denominada Thams Corporation
Limitada S. A., acuerdan protocolizar el acta la disolución de la sociedad
en concordancia con el transitorio II de
Ante mí, José Alberto Cabezas
Dávila, mediante escritura ciento cuarenta y dos otorgada el día 28 de junio
del dos mil doce y a solicitud de socios de la sociedad denominada
Ante esta notaría al ser trece
horas, veinte minutos del día veintinueve de junio del dos mil doce, se
constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Agrícolas Los Abuelos
Sociedad Anónima, con domicilio social en Alajuela y con un capital social
de ciento treinta mil colones.—Alajuela, al ser once horas, treinta minutos del
día diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo,
Notario.—1 vez.—RP2012313662.—(IN2012076600).
Que en la asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad Costa Verde y Celeste L.L.C. Tres
Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos cincuenta y
ocho trescientos noventa y cinco, de las 14:00 horas del 16 de julio del año
dos mil doce, se acordó reformar la cláusula de la administración.—8 de marzo
del 2012.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1
vez.—RP2012313663.—(IN2012076601).
Por medio de la escritura número
ciento noventa otorgada a las 11:00 horas del 18 de julio del 2012, ante el notario
público Paul Oporta Romero, se modifica la cláusula octava de la representación
y undécima de los nombramientos de gerente y subgerente de la sociedad tres-ciento
dos-seiscientos cincuenta y cuatro mil novecientos siete Limitada.—Tamarindo,
18 de julio del 2012.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1
vez.—RP2012313664.—(IN2012076602).
Por medio de la escritura número
ciento ochenta y nueve otorgada a las 14:00 horas del 17 de julio del 2012,
ante el notario público Paul Oporta Romero, se modifica la cláusula octava de
la representación y undécima de los nombramientos de gerente y subgerente de la
sociedad tres-ciento dos-secientos cincuenta y cuatro mil novecientos nueve
Limitada.—Tamarindo, 17 de julio del 2012.—Lic. Paul Oporta Romero,
Notario.—1 vez.—RP2012313665.—(IN2012076603).
Ante mí, José Alberto Cabezas
Dávila, mediante escritura ciento veintidós, otorgada el día veintidós de junio
del dos mil doce y a solicitud de socios de la sociedad denominada Transmodal
S. A., acuerdan protocolizar el acta la disolución de la sociedad en
concordancia con el transitorio II de
Ante mí, José Alberto Cabezas
Dávila, mediante escritura ciento cuarenta y seis, otorgada el día veintiocho
de junio del dos mil doce y a solicitud de socios de la sociedad denominada Cardenal
Rinky S. A., acuerdan protocolizar el acta la disolución de la sociedad en
concordancia con el transitorio II de
Ante mí, José Alberto Cabezas
Dávila, mediante escritura ciento veinticuatro otorgada el día veintidós de
junio del dos mil doce y a solicitud de socios de la sociedad denominada Representaciones
Mar y Tierra S. A., acuerdan protocolizar el acta la disolución de la
sociedad en concordancia con el transitorio II de
Ante mí, José Alberto Cabezas Dávila,
mediante escritura ciento veintitrés otorgada el día veintidós de junio del dos
mil doce y a solicitud de socios de la sociedad denominada Repremart
Logística S. A., acuerdan protocolizar el acta la disolución de la sociedad
en concordancia con el transitorio II de
Ante mí, José Alberto Cabezas
Dávila, mediante escritura ciento veintisiete otorgada el día veintitrés de
junio del dos mil doce y a solicitud de socios de la sociedad denominada tres-ciento
uno-quinientos cuarenta y cinco mil ciento veintisiete S. A., acuerdan
protocolizar el acta la disolución de la sociedad en concordancia con el
transitorio II de
Mediante escritura número doce,
visible al tomo sexto de mi protocolo, se modificaron cláusulas segunda,
sétima, octava, y puestos de secretario y tesorero y fiscal de la sociedad Admintek
S. A. Es todo.—San José, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. Federico
Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—RP2012313674.—(IN2012076609).
Mediante escritura número trece,
visible al tomo sexto de mí protocolo, se modificaron cláusulas segunda,
octava, y puesto de secretario de la sociedad Compañía Costa de Pájaros Dos
Mil Seis S. A. Es todo.—San José, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic.
Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—RP2012313675.—(IN2012076610).
Mediante escritura número
catorce, visible al tomo sexto de mí protocolo se modificó cláusula segunda, y
puesto de tesorero de la sociedad Wazzuu S. A. Es todo.—San José,
dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1
vez.—RP2012313676.—(IN2012076611).
Mediante escritura número
quince, visible al tomo sexto de mí protocolo se modificó cláusula segunda, y
puesto de secretario de la sociedad Lakota FFPI Nueve Celeste S. A. Es
todo.—San José, dieciocho de julio del año dos mil doce.—Lic. Federico Ureña
Ferrero, Notario.—1 vez.—RP2012313677.—(IN2012076612).
Mediante escritura número once,
visible al tomo sexto de mí protocolo se modificó puesto de secretario de la
sociedad Centro Creativo Noventa y Seis S. A. Es todo.—San José,
dieciocho de julio del año dos mil doce.—Lic. Federico Ureña Ferrero,
Notario.—1 vez.—RP2012313678.—(IN2012076613).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas con quince minutos del veinticinco de junio del año
dos mil doce; se protocolizó el acta donde se acordó la disolución de la
sociedad Te Uno Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-trescientos setenta y ocho mil quinientos tres.—San José,
veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera,
Notario.—1 vez.—RP2012313686.—(IN2012076614).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas con quince minutos del veinticinco de junio del año
dos mil doce; se protocolizó el acta donde se acordó la disolución de la
sociedad Servicios Interpretativos Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-ciento trece mil quinientos ochenta y
cuatro.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos José
Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—RP2012313687.—(IN2012076615).
Ante mí, Kattia Bermúdez
Montenegro, notaria pública, escritura número treinta y cinco, folio veintisiete
frente, tomo quince, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Itellum
Ltda. Se nombra gerente dos.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1
vez.—RP2012313688.—(IN2012076616).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del veinticinco de junio del año dos mil doce; se
protocolizó el acta donde se acordó la disolución de la sociedad Paraíso
Verde de Osa VII Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-quinientos cuarenta y siete mil novecientos
ochenta y ocho.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Carlos
José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—RP2012313689.—(IN2012076617).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas con treinta minutos del veinticinco de junio del año
dos mil doce; se protocolizó el acta donde se acordó la disolución de la
sociedad Corporación RCB Cuatro-Cuatro Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil
quinientos setenta y ocho.—San José, veintisiete de junio del dos mil
doce.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1
vez.—RP2012313690.—(IN2012076618).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diecisiete horas con quince minutos del veinticinco de junio del
año dos mil doce; se protocolizó el acta donde se acordó la disolución de la
sociedad Environmental Solutions Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y seis mil trescientos cincuenta
y nueve.—San José, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Alexánder Araya
Zúñiga, Notario.—1 vez.—RP2012313691.—(IN2012076619).
Protocolización de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Quirós Luna y Asociados
Representaciones Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula
primera para que en adelante se denomine Motorworx Speed Shop Sociedad
Anónima, también se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se
nombra nueva junta directiva y fiscal. Se modifica la cláusula segunda del
pacto constitutivo estableciéndose un nuevo domicilio social. Escritura
otorgada a las diez horas, treinta minutos del día nueve de mayo del dos mil
doce.—Lic. Ricardo Alberto Araya Lara, Notario.—1 vez.—RP2012313692.—(IN2012076620).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:00 horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Distribuidora Ruvasa Valverde Limitada,
cédula jurídica 3-102-134151, donde se acuerda la disolución de la misma.—San
José, 19 de julio del año dos mil doce.—Lic. Maribel Astúa Tiffer, Notaria.—1
vez.—RP2012313693.—(IN2012076621).
Por escritura de protocolización
ante esta notaría, de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, a
las diecisiete horas de hoy, se vuelve a elegir la junta directiva por el resto
del plazo social, se elimina el cargo de agente residente, de Importaciones
y Representaciones Zalobo de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, cinco
de julio del dos mil doce.—Lic. Maribel Astúa Tiffer, Notaria.—1
vez.—RP2012313694.—(IN2012076622).
Hoy, en mí notaría, se
constituyó Dentall Gallery Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones.
Domicilio: Goicoechea, Presidente: Carlos Aguilar León.—Moravia, 12 de julio
del 2012.—Lic. Manuel Núñez Carrillo, Notario.—1
vez.—RP2012313697.—(IN2012076623).
Mediante escritura número nueve,
visible al tomo sexto de mí protocolo se modificó puesto secretario de la
sociedad Phpbeast S. A. Es todo.—San José, dieciocho de julio del año
dos mil doce.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1
vez.—RP2012313698.—(IN2012076624).
Mediante escritura número siete,
visible al tomo sexto de mí protocolo, se modificó cláusula segunda y tesorero
de la sociedad Finca
Mediante escritura número ocho,
visible al tomo sexto de mí protocolo se modificó cláusula segunda, y tesorero
de la sociedad Compañía Finquera
Por escritura otorgada ante mí
notaría, a las diecinueve horas del siete de junio del 2012, los señores Diego
Franco y Mauricio Antonio Sánchez Ramírez, constituyeron la sociedad D Y M
Dos Mil Doce Sociedad Anónima, representación conjunta.—San José, siete de
junio del 2012.—Lic. Ashin Castrillo Fernández, Notaria.—1
vez.—RP2012313701.—(IN2012076627).
Mediante escritura número diez,
visible al tomo sexto de mí protocolo se modificó puesto de fiscal de la
sociedad Data Miners S. A. Es todo.—San José, dieciocho de julio del año
dos mil doce.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1
vez.—RP2012313702.—(IN2012076628).
Por escritura del suscrito
notario, a las 8:00 horas del día 9 de julio del 2012; se constituyó la
sociedad LGC Worldwide Logistics S. A. con traducción a LCG
Logísticas Mundiales S. A. Presidente y secretario con facultades de
apoderados generalísimos, actuando conjuntamente. Capital: suscrito y pagado.
Domicilio: La ciudad de San José.—San José, 19 de julio del 2012.—Lic. Carlos
Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2012313703.—(IN2012076629).
Protocolización de acuerdos de
la asamblea extraordinaria de Centro Ejecutivo Equinox Sociedad de
Responsabilidad Limitada, a las trece horas del veintisiete de junio del
año dos mil doce, por medio de la cual se reforma cláusula sétima del pacto
social.—San José, diez horas del doce de julio del año dos mil doce.—Lic. Anna
Lía Volio Elbrecht, Notaria.—1 vez.—RP2012313705.—(IN2012076630).
Ante esta notaría, mediante la
escritura número ciento cuarenta y tres otorgada a las trece horas del diez de
julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Traspasando
Distancias TD Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Goicoechea, San
Francisco (frente al parqueo del Centro Comercial El Pueblo).
Representación: Presidente.—San José, diez de
julio del dos mil doce.—Lic. Alexánder Araya Zúñiga, Notario.—1
vez.—RP2012313706.—(IN2012076631).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las nueve horas del veintiocho de junio del año dos mil doce; se
protocolizó el acta donde se acordó la disolución de la sociedad Múltiple
Blue Solutions Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y dos mil novecientos treinta y nueve.—San José,
veintisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Alexánder Araya Zúñiga, Notario.—1
vez.—RP2012313707.—(IN2012076632).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diecisiete horas del veinticinco de junio del año dos mil doce;
se protocolizó el acta donde se acordó la disolución de la sociedad Tamaguchi
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos nueve mil doscientos cuarenta y uno.—San José, veintisiete de
julio del dos mil doce.—Lic. Alexánder Araya Zúñiga, Notario.—1
vez.—RP2012313708.—(IN2012076633).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del veintisiete de junio del año dos mil doce; se
protocolizó el acta donde se acordó la disolución de la sociedad American
Seven Numbers Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y tres mil seiscientos treinta dos.—San
José, veintisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Alexánder Araya Zúñiga,
Notario.—1 vez.—RP2012313709.—(IN2012076634).
En asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Mullings Watson
Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos veinticinco mil doscientos cincuenta y ocho, domiciliada en San
José, San Francisco de Dos Ríos, a las quince horas del día tres de abril del
dos mil doce, se acordó disolver la sociedad.—Cartago, diez de mayo del dos mil
doce.—Msc. Jazmín Soza Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2012313713.—(IN2012076635).
Por escritura otorgada en mí
notaría, a las 14:00 horas del 10 de julio del 2012, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de Inversiones Don Tiger Sociedad Anónima,
en la que se reforma la cláusula 5 del estatuto social en cuanto al capital
social.—Heredia, 13 de julio del 2012.—Lic. Óscar Rosabal Lizano, Notario.—1
vez.—RP2012313714.—(IN20120766636).
En asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmoviliaria Pablo Nicole
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta
y cinco mil trescientos ochenta y tres, domiciliada en San José, Desamparados,
Frailes, a las catorce horas del día diez de febrero del dos mil doce, se
acordó disolver la sociedad.—Cartago, diez de mayo del dos mil doce.—Msc.
Jazmín Soza Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2012313715.—(IN2012076637).
El suscrito notario hace constar
que el día de hoy, se ha protocolizado, el acta número ocho de asamblea general
extraordinaria donde se reforma la cláusula de administración, escritura número
cincuenta y cuatro, del tomo treinta y cuatro del protocolo del conotario Luis
Enrique Gutiérrez Rodríguez.—San José, dieciocho de julio del año dos mil
doce.—Lic. Luis Diego Hernández Núñez, Notario.—1
vez.—RP2012313716.—(IN2012076638).
Ante esta notaría, a las ocho
horas con treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce, se constituye
una sociedad denominada MBA E. GRIER D. S. A. Domicilio: su domicilio
social será en San José. Plazo social: cien años. Capital social: íntegramente
suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—San José, treinta de marzo del año dos mil doce.—Lic. Luis
Diego Hernández Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012313717.—(IN2012076639).
Por escritura otorgada a las
trece horas del dieciséis de julio del dos mil doce, se reformó la cláusula
segunda del domicilio de la sociedad Alquileres y Propiedades de Centro
America Sociedad Anónima.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loaiza, Notario.—1
vez.—RP2012313718.—(IN2012076640).
En San José, a las catorce horas
del trece de junio del dos mil doce, Michael Saba Beckman y Liany Bernice
Rodríguez Montalbán, constituyeron Grupo de Moda Chelsea Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cuyo domicilio estará en San José, Sabana Norte,
Edificio Torre
Mario Ramírez Castillo y Susana
Castillo Rojas constituyen la sociedad: nombre por asignar de acuerdo con el
Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, la cual tendrá su domicilio en Heredia, cantón
seis San Isidro, distrito tres Concepción, Barrio Santa Cecilia, de la iglesia
católica ochocientos al este, y ciento cincuenta al norte, casa con portón de
dos hojas. El capital social es la suma de cien mil colones y el objeto de la
misma será sin limitación alguna, a cualquier actividad comercial, científica,
industrial, agraria, de turismo en general u otras que le produzcan retribución
económica. Plazo: 99 años. Gerente: Mario Ramírez Castillo. Escritura otorgada
en Heredia, a las 11:00 horas del 17 de julio del 2012.—Lic. Wainer González
Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2012313720.—(IN2012076642).
Hoy protocolicé actas de
asamblea de socios de las sociedades: Tiantani Corporation Ltda.;
Inversiones Basketto Ltda.; Inversiones Antandroy Ltda.;
Inversiones Globalizadas de
Hoy protocolicé actas de
asamblea de socios de las sociedades Colemu S.A. y Sierra Guadarrama
S. A. en las que se reforman cláusulas del pacto social.—San José, 18 de
julio de 2012.—Lic. Mario Carazo Zeledón, Notario.—1
vez.—RP2012313722.—(IN2012076644).
Por medio de escritura número
doscientos noventa y siete del tomo tres de mí notaría se constituye la
sociedad Taller Loaiza CR Sociedad Anónima. Con una capital social de
diez mil colones. Un plazo de noventa y nueve años y donde el presidente cumple
la función de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 18 de julio
del 2012.—Lic. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1
vez.—RP2012313723.—(IN2012076645).
Ante el suscrito notario Vitkykhuis
S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta mil
ciento ochenta, modifica y cambia su domicilio social a Puntarenas, Osa,
Sierpe, Bahía Chal, Finca Ave de Mar de la entrada principal setecientos metro
sur y por la segunda entrada doscientos metros este; pudiendo establecer
sucursales en cualquier lugar de
Por escritura número 109 visible
a folio 43 vuelto del tomo sexto de la notaria Ania Bonilla Rivas, se constituyó
sociedad anónima por número de cédula jurídica, siendo el presidente Eddy
Alejandro Vega Sánchez, cédula de identidad número 7-166-608, quien es
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Ania Bonilla Rivas, Notaria.—1
vez.—RP2012313726.—(IN2012076647).
Por escritura número setenta y
ocho-siete, del primero de julio del dos mil doce, otorgada ante mí, se
constituyó la sociedad denominada Psico-Salud Limitada.—Turrialba,
diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Luis Carlos Jiménez Castro, Notario.—1
vez.—RP2012313727.—(IN2012076648).
La suscrita notaria, doy fe que
en mí notaría procedí a realizar la protocolización del cambio de junta
directiva de la sociedad anónima, Tiquicia Businnes Sociedad Anónima. Es
todo, Guácimo al ser las siete horas, cuarenta minutos del dieciocho de julio
del dos mil doce.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1
vez.—RP2012313729.—(IN2012076649).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 14:00 horas del 17 de julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Inversiones PEI S. A.—Lic. Eugenio F. Ortiz
Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012313730.—(IN2012076650).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 17:00 horas del 17 de julio del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Inmobiliaria Miryam Elena S. A.—Lic. Eugenio
F. Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012313731.—(IN2012076651).
William Román Calderón e Ileana
Aguilar Madriz constituyen W Corporación Román Aguilar. Escritura
número 51.—Paraíso de Cartago, a las 13:30 horas del 18 de julio del 2012.—Lic.
Ana Irene Granados Solano, Notaria.—1 vez.—RP2012313732.—(IN2012076652).
Ante la suscrita notaria pública
María de los Ángeles Angulo Gómez, los socios Asenat María Cabrera Masís,
cédula 1-1293-557 y José Andrés Solano Alvarado, cédula 1-1279-756 constituyen
la sociedad L & M Inversiones y Propiedades Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con capital sociedad de 1.000.000.00 y domicilio en Cartago,
Ante este notario se
protocolizó, la asamblea de accionistas de la sociedad, Finanzas
Continentales Ficosa FCF S. A. en San José a las diez horas del catorce de
julio del dos mil doce, en la cual se da la modificación de la cláusula segunda
de los estatutos sociales, acordando el cambio de domicilio de la empresa.—San
José, quince de julio del dos mil doce.—Lic. Sharon E. Mariaca Carpio,
Notaria.—1 vez.—(IN2012076726).
Publíquese el cambio de junta
directiva de la sociedad Control Biológico Fraijanes Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y cuatro mil seiscientos
veintiocho. Presidente: William Villalobos Carballo. Secretaria: Rosibel
Herrera Alfaro. Tesorera: Laura Dayana Villalobos Herrera. Otorgada en Alajuela
el día dieciséis de julio del año dos mil doce, en escritura número ciento uno,
visible al folio sesenta y seis frente del tomo primero del protocolo de la
notaria Alejandra Céspedes Elizondo.—San José, 17 de julio de 2012.—Lic.
Alejandra Céspedes Elizondo, Notaria.—1 vez.—(IN2012076729).
Ante esta notaría y mediante
escritura número trescientos sesenta y siete-cuatro, visible en su inicio a
folio ciento ochenta frente, del tomo cuatro del protocolo de esta notaría, se
protocoliza el acta número tres de la entidad denominada Servicios Asgid CE
Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda cambiar la junta
directiva.—Alajuela, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. Óscar Gabriel
Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2012073732).
Mediante escritura 143, otorgada
ante este notario a las 8:00 horas del 13 de julio del 2012, se modifica la
cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Tiburón Rojo VII GTE
Limitada, cédula jurídica número 3-102-521123 y ahora la sociedad será
representada por dos gerentes generales, a quienes les corresponde la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Es todo.—Playas del
Coco, Guanacaste, 13 de julio del 2012.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo,
Notario.—1 vez.—(IN2012076735).
Por escritura número sesenta y
nueve, otorgada a las quince horas del diecinueve de julio del dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Costa Esterillos Estates Protalo Doscientos Cuarenta y
Seis Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula octava del pacto
constitutivo, se nombra nueva junta directiva.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada,
Notario.—1 vez.—(IN2012076757).
Por escritura otorgada a las
9:30 horas del 16 de julio del 2012, protocolicé acuerdos de tres-ciento
uno-seiscientos cincuenta mil ciento cuarenta y cuatro s. a., por medio de
la cual se reforma razón social a Bagel Guanacaste S. A.—San José, 16 de
julio del 2012.—Lic. Alejandro Delgado Faith, Notario.—1
vez.—RP2012312844.—(IN2012076759).
La asamblea general extraordinaria
de accionistas de Servicios Empresariales Q.U.I.R.I & C.U.A. del
Norte Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-uno cero uno-cuatro cuatro
nueve uno cinco nueve, celebrada a las veintiún horas del veintinueve de junio
del dos mi doce, reforma el pacto constitutivo; cláusula del domicilio de la
sociedad, cláusula de administración. Además se realiza un nuevo nombramiento
de presidente y secretario de la junta directiva. Acta protocolizada en la
escritura número 200, de las 8:00 horas del 20 de julio del dos mil doce, en el
protocolo de
Por escritura otorgada en esta
ciudad y notaría a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general
de Prenasa S. A., celebrada en Cartago, a las dieciocho horas del cuatro
de julio en curso, mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto
social, se designa junta directiva y agente residente, y se toman otros
acuerdos.—San José, 20 de julio del 2012.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore,
Notario.—1 vez.—(IN2012076781).
El suscrito notario hace constar
que por medio de la escritura número cuarenta y cinco, otorgada a las catorce
horas, treinta minutos del seis de julio del 2012, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma Vista
Tucán del Pacifico Azul S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas
segunda y octava de los estatutos sociales.—San José, 6 de julio del 2012.—Lic.
Alonso Andree Núñez Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012076783).
A las 15:00 horas del 16 de
julio del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de Inversiones Mijas S. A., de esta plaza, mediante la
cual se reforman las cláusulas segunda y sétima; se aceptan las renuncias que
de sus cargos presentan la totalidad de los miembros de la junta directiva y
fiscal y se nombran sustitutos; se revoca nombramiento de agente residente y se
nombra sustituto.—San José, 20 de julio del 2012.—Lic. Victoria Medrano
Guevara, Notaria.—1 vez.—(IN2012076789).
A las 14:00 horas del 16 de
julio del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de Inversiones California S. A., de esta plaza, mediante
la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima; se aceptan las renuncias
que de sus cargos presentan la totalidad de los miembros de la junta directiva
y fiscal y se nombran sustitutos; se revoca nombramiento de agente residente y
se nombra sustituto.—San José, 20 de julio del 2012.—Lic. Victoria Medrano
Guevara, Notaria.—1 vez.—(IN2012073790).
A las 17:00 horas del 16 de
julio del 2012, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de Inversiones Torremolinos S. A., de esta plaza,
mediante la cual se acordó disolver y liquidar la sociedad por acuerdo de
socios.—San José, 20 de julio del 2012.—Lic. Victoria Medrano Guevara,
Notaria.—1 vez.—(IN2012076792).
Por escritura número doscientos
treinta y cuatro, otorgada a las siete horas del veinte de julio del dos mil
doce, se modificaron las cláusulas sexta y tercera de Racinbe R Y M Sociedad
Anónima.—Lic. Karla Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2012076796).
Mediante escritura pública número doscientos
treinta y ocho-siete, de las dieciséis horas del veinticinco de junio del año
dos mil doce, se protocolizó acuerdo de disolución de la empresa Rodomo
Sociedad Anónima.—Heredia, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic.
Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2012076800).
Por escritura otorgada en mí
notaría, a las 16 horas, 15 minutos del 28 de junio del 2012, se concluyó la
sociedad Begon de Costa Rica S. A. Capital: suscrito y pagado.—Heredia,
catorce horas, treinta y cinco minutos del 18 de julio del 2012.—Lic. Jorge
Edo. Morales Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2012076801).
Se protocoliza acuerdo de disolución de la empresa
Manadoda Sociedad Anónima.—Heredia, trece de julio del dos mil
doce.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2012076802).
Se protocoliza acuerdo de disolución de la empresa
Corporación 7543 Sociedad Anónima.—Heredia, trece de julio del dos mil
doce.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2012076803).
Por escritura otorgada en mí notaría, a las 11:41
horas del 23 de mayo del 2012, se constituyó la sociedad DXS Grupo S. A. Capital:
suscrito y pagado.—Heredia, 14:30 horas del 13 de julio del 2012.—Lic. Jorge
Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2012076804).
Se protocoliza acuerdo de disolución de la empresa
Esquivel Lanaspa Sociedad Anónima.—Heredia, trece de julio del dos mil
doce.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2012076805).
Por escritura otorgada ante mí
notaría, a las catorce horas del 21 de junio del 2012, se acuerda la disolución
de la sociedad Johkat Tibaseña S. A., representada por el señor Melvin
Picado Hernández.—Lic. Mónica Ledezma Venegas, Notaria.—1 vez.—(IN2012076833).
Por escritura número ciento
once-cuarenta y siete, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez
Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch actuando en el protocolo
del primero, a las ocho horas, treinta minutos del día veinte de julio del año
dos mil doce, mediante la cual la sociedad tres-ciento uno -seiscientos tres
mil setecientos catorce sociedad anónima se transforma a una sociedad de
responsabilidad limitada que se denominará tres-ciento dos-seiscientos tres
mil setecientos catorce limitada.—San José, 20 de julio del 2012.—Lic.
Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2012076834).
Por escritura número ciento
doce-cuarenta y siete, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez
Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch actuando en el protocolo
del primero, a las nueve horas del veinte de julio del dos mil doce, mediante
la cual las sociedades Inversiones Coyolli Ltda. y
Por escritura número ciento
diez-cuarenta y siete, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez
Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch actuando en el protocolo
del primero, a las ocho horas del día veinte de julio del año dos mil doce,
mediante la cual la sociedad tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y siete
mil cuatrocientos sesenta sociedad anónima se transforma a una sociedad de
responsabilidad limitada que se denominará tres-ciento dos-seiscientos
cuarenta y siete mil cuatrocientos sesenta limitada.—San José, 20 de julio
del 2012.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(IN2012076737).
Mediante asamblea general
extraordinaria de las sociedades Frenagu Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-tres siete cinco cero seis nueve, celebrada mediante
la escritura pública número cincuenta y ocho-treinta y nueve, en la notaría del
licenciado Édgar Pizarro Matarrita, veinticinco metros este del Patronato
Nacional de
Por escritura número ciento
ocho-cuarenta y siete, otorgada ante los notarios públicos Juvenal Sánchez
Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch actuando en el protocolo
del primero, a las nueve horas del día diecinueve de julio del año dos mil
doce, se protocoliza acta de la sociedad tres-ciento dos–seiscientos
cincuenta y tres mil doscientos cuarenta y uno s. r. l. donde modifica el
domicilio, la representación, se nombra gerente y se reforma la razón social
para que en adelante se denomine Tierra Sagrada Limitada.—San José, 20
de julio del 2012.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1
vez.—(IN2012076839).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
doce horas del día veinte de julio del dos mil doce, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Mistral
Caribe Holding S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta de
los estatutos.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2012076844).
En mí notaria por escritura
número 139 del tomo 78 de mí protocolo, otorgada en la ciudad de Limón a las
10:00 horas del 29 de junio del 2012, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de Agruni Agrimensores Unidos S. A., donde acuerdan
disolver la sociedad.—29 de junio del 2012.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1
vez.—(IN2012076845).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las 15:00 horas del 5 de junio del 2012, protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la
sociedad Inversiones Secano S. A. donde se reforma la cláusula segunda y
se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 20 de
junio del 2012.—Lic. Adolfo Antonio García Baudrit, Notario.—1
vez.—(IN2012076850).
Por instrumento público
autorizado a las 8:00 horas del 20 de julio del 2012, ante esta notaría se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Pa’Studiar
Limitada, en virtud de la cual se acordó reformar cláusula del
domicilio.—San José, 20 de julio de 2012.—Lic. Cecilia Naranjo Arias, Notaria.—1
vez.—(IN2012076851).
Yo, Adrián Echeverría Escalante,
protocolicé acta general extraordinaria de la sociedad tres-ciento
uno-seiscientos cuarenta y un mil setecientos veinticuatro sociedad anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y un mil
setecientos veinticuatro; donde se modifica la cláusula novena de la
representación. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del veinte de
julio del dos mil doce.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1
vez.—(IN2012076864).
Hoy día ante esta notaría se ha
disuelto la sociedad cuya razón social es P Z Software Developers Limitada,
titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cinco cuatro
siete tres cuatro tres, en asamblea extraordinaria y por acuerdo unánime de
todo el capital social, todo de acuerdo a los procedimientos señalados por el
artículo doscientos uno y siguientes del Código de Comercio. Es todo.—Ciudad de
Alajuela, a las nueve horas de hoy, seis de julio del dos mil doce.—Lic. Jorge
Arturo Guardia Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2012076865).
Hoy día ante esta notaría se ha
disuelto la sociedad cuya razón social es Kalahari Tropical Centro Turístico
S. A., titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos
tres seis uno cuatro cinco, en asamblea extraordinaria y por acuerdo unánime de
todo el capital social, todo de acuerdo a los procedimientos señalados por el
artículo doscientos uno y siguientes del Código de Comercio. Es todo.—Ciudad de
Alajuela, a las nueve horas del once de julio del dos mil doce.—Lic. Jorge
Arturo Guardia Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2012076866).
Ante esta notaría se constituyó
sociedad anónima Allan Sibaja Alvarado y María Vega Hernández, al ser
las once horas del seis de julio del dos mil doce, mediante escritura número
doscientos siete, se comunica a efecto de realizar las oposiciones de ley. Es
todo.—San José, veintitrés de julio del dos mil doce.—Lic. Floribeth Portilla
Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2012076897).
Por escritura otorgada ante mí
notaría, a las 16:00 horas del 15 de junio del 2012, se protocoliza acta en la
que se acuerda la disolución de la sociedad Agrofrutas de Valle Central AVC
S. A., cédula jurídica número 3-101-549871.—San José, 3 de julio del
2012.—Lic. Gustavo Adolfo Acuña Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2012076913).
Que mediante asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Coco Plaza Treinta y Tres IH
Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social a las 15:00 horas del 7
de marzo del 2012, se acordó modificar la cláusula cuarta.—San José, 30 de mayo
del 2012.—Lic. Pablo Ugalde Argüello, Notario.—1 vez.—(IN2012076920).
Que mediante asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Coco Plaza Treinta y Tres IH
Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social a las 13:00 horas del 10
de marzo del 2012, se acordó modificar la cláusula primera, siendo la nueva
razón social de la sociedad Los Chunches de Fer Sociedad Anónima.—San
José, 30 de mayo del 2012.—Lic. Pablo Ugalde Argüello, Notario.—1
vez.—(IN2012076922).
Que mediante asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento dos-seiscientos
diecinueve mil seiscientos cincuenta y dos limitada, celebrada en su
domicilio social a las 15:00 horas del 17 de noviembre del 2011, se acordó
modificar la cláusula segunda del domicilio.—San José, 30 de mayo del
2012.—Lic. Pablo Ugalde Argüello, Notario.—1 vez.—(IN2012076925).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16:30 horas del 4 de julio del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Hospital del
Trauma S. A., cédula jurídica 3-101-593.087, mediante la cual se reforma la
cláusula quinta referida al capital social—San José, 5 de julio del 2012.—Lic.
Maritza Sáenz Bolaños, Notaria.—1 vez.—(IN2012076929).
Por escritura otorgada en San
José, a las 18:00 horas del 19 de julio del 2012, la sociedad denominada Mi
Casa de Lagunilla S. A., protocolizó acuerdos mediante los cuales reforma
la cláusula sétima.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—RP2012313739.—(IN2012077011).
Por escritura otorgada el 26 de
junio del 2011 ante mí Ms.c Frank Herrera Ulate, se disuelve la sociedad Q
Motors (QMCR) S. A.—San José, 19 de julio del 2012.—Msc Frank Herrera
Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012313740.—(IN2012077012).
Por escritura otorgada ante mí
el día de hoy, a las once horas, se constituyó una sociedad denominada Americar
Import & Export Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado de
doce mil colones. Plazo social: cien años. Representación judicial y extrajudicial
a cargo del presidente, vicepresidente y secretario con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o
separadamente.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Juan Carlos Céspedes
Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012313741.—(IN2012077013).
Astrid Binns Rodríguez, notaria
pública, domiciliada en Turrialba aviso por medio de escritura número
doscientos veinte, otorgada a las catorce horas del catorce de junio del dos
mil doce, visible a folio ciento treinta y uno vuelto y ciento treinta y dos
frente del tomo veinticuatro del protocolo de la suscrita notaria, se modificó
el nombre de la sociedad Fotolinda S. A. a Costa Rica Viking Quercus
GO S. A.—Turrialba, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. Astrid Binns
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012313742.—(IN2012077014).
Por escritura autorizada a las
doce horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
socios de Representaciones Internacionales F. P. Sociedad Anónima, en
que se acuerda disolver la sociedad.—San José, dieciocho de julio del dos mil
doce.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1
vez.—RP2012313743.—(IN2012077015).
Por escritura autorizada a las
trece horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
socios de Estudio Fotográfico Fepe Sociedad Anónima, en que se acuerda
disolver la sociedad.—San José, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. José
Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2012313744.—(IN2012077016).
Mediante la escritura pública
número ciento catorce, otorgada ante esta notaría a las doce horas con cuarenta
y cinco minutos del diecinueve de julio del dos mil doce, se protocolizaron
acuerdos de asamblea general extraordinaria de los socios de Valeria
Veintiséis Dubnio S. A., con domicilio social en Heredia, para reformar las
cláusulas primera y segunda de su pacto constitutivo.—Lic. Carlos Eduardo
Herrera Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012313745.—(IN2012077017).
Por escritura otorgada en San José,
a las diecisiete horas del catorce de julio del dos mil doce, ante la notaria
Laura Avilés Ramírez, se constituye la sociedad Siembra y Cosecha de
Bendiciones S. A., la representación la ostenta el presidente. Es todo.—San
José, diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Laura Avilés Ramírez,
Notaria.—1 vez.—RP2012313747.—(IN2012077018).
Por escritura otorgada el
veintiocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de la empresa Sala
de Belleza Markez S. A., cédula tres-ciento uno-cinco cinco cuatro cuatro
seis cinco, en la cual se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, diez
de junio del dos mil doce.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012313749.—(IN2012077019).
Mediante escritura número ciento
treinta y nueve-cuatro, que es visible a los folios ochenta y uno y ochenta y
dos frente y vuelto del tomo cuarto del notario Edwin Martínez Rodríguez, se
constituyó la sociedad cuya razón social será Agrícola Hermanos Dimarco S.
A., en la que el presidente es el señor Diego Dimarco Suárez, cédula
6-310-970.—Upala, Alajuela, dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. Edwin
Martínez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012313750.—(IN2012077020).
Por escritura otorgada el
veintiocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de la empresa Inmobiliaria
Rocersa S. A., cédula tres-ciento uno-doscientos cincuenta y cuatro mil
trescientos veintitrés, en la cual se acuerda disolver la sociedad. Es
todo.—San José, diez de junio del dos mil doce.—Lic. Adrián Fernández
Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012313751.—(IN2012077021).
Por escritura otorgada el
diecinueve de julio del dos mil doce, se protocoliza acta de la empresa Inversiones
Metales del Pacífico S. A., cédula tres-ciento uno-seis cero cinco ocho
cuatro cuatro, en la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda y sétima
del pacto constitutivo y nombrar nueva secretaria de junta directiva. Es
todo.—San José, veinte de julio del dos mil doce.—Lic. Adrián Fernández
Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012313752.—(IN2012077022).
Por escritura otorgada el
veinticinco de abril del dos mil doce, se protocoliza acta de la empresa Corporación
Prisma del Sur S. A., cédula tres-ciento uno-uno dos uno cuatro nueve
nueve, en la cual se acuerda modificar las cláusulas cuarta y sexta del pacto
constitutivo y nombrar nueva junta directiva. Es todo.—San José, diez de julio
del dos mil doce.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012313753.—(IN2012077023).
Por escritura otorgada el
veintiocho de junio del dos mil doce, se protocoliza acta de la empresa Acabados
y Servicios para
Por escritura otorgada en mí
notaría hoy, a las 9:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número
02 de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Metal Dunes Business S. A., mediante la cual se modifica el pacto
constitutivo en lo referente al domicilio y la administración, se nombra nueva
junta directiva y fiscal por el resto del plazo social.—San José, 19 de julio
del 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012313755.—(IN2012077025).
Por escritura otorgada en mí
notaría hoy a las 10:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número
02 de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta
plaza Corporación El Manco de Lepanto S. A., mediante la cual se
modifica el pacto constitutivo en lo referente al domicilio, el capital social
y la administración, se nombra nueva junta directiva y fiscal por el resto del
plazo social.—San José, 19 de julio del 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís,
Notario.—1 vez.—RP2012313756.—(IN2012077026).
Por escritura de las 8:00 horas
de hoy, se protocolizó acta de la sociedad 3-101-658477 s. a., en la que
se reforma la cláusula primera de los estatutos.—San José, 19 de julio del
2012.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1
vez.—RP2012313765.—(IN2012077027).
Por escritura número ciento
cuarenta y cinco, otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del 23 de
junio del 2012, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad denominada Corporación
Arte y Naturaleza Tierra Beula S. A., cédula jurídica
3-101-624253.—Heredia, 23 de junio del 2012.—Lic. Luis Fdo. Chavarría Saborío,
Notario.—1 vez.—RP2012313766.—(IN2012077028).
Por escritura número ciento
cuarenta y ocho, otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas, treinta minutos
del 25 de junio del 2012, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad
denominada Previsiones Lubemi Ltda, cédula jurídica
3-102-459560.—Heredia, 25 de junio del 2012.—Lic. Luis Fdo. Chavarría Saborío,
Notario.—1 vez.—RP2012313767.—(IN2012077029).
Por escritura número ciento
cuarenta y siete, otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del 25 de
junio del 2012, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad denominada Compañía
Agroinformática R Y C Ltda, cédula jurídica 3-102-356546.—Heredia,
25 de junio del 2012.—Lic. Luis Fdo. Chavarría Saborío, Notario.—1
vez.—RP2012313768.—(IN2012077030).
Por escritura número ciento
cincuenta y uno, otorgada ante esta notaría a las veintidós horas del 26 de
junio del 2012, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad denominada Inversiones
Verjoremo S. A., cédula jurídica 3-101-297729.—Heredia, 26 de junio del
2012.—Lic. Luis Fdo. Chavarría Saborío, Notario.—1
vez.—RP2012313769.—(IN2012077031).
Por escritura número ciento
cuarenta y nueve, otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del 25 de
junio del 2012, por acuerdo de socios se disuelve la sociedad denominada Data
Power Soft S. A., cédula jurídica 3-101-361010.—Heredia, 25 de junio del
2012.—Lic. Luis Fdo. Chavarría Saborío, Notario.—1 vez.—RP2012313770.—(IN2012077032).
Por escritura número ciento
cuarenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del 22 de
junio del 2012, protocolicé el acta mediante la cual se disuelve la sociedad
denominada Naturaleza Mágica de Costa Rica S. A., cédula jurídica
3-101-550178.—Heredia, 22 de junio del 2012.—Lic. Luis Fdo. Chavarría Saborío,
Notario.—1 vez.—RP2012313771.—(IN2012077033).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las dieciocho horas del veintiocho de mayo del dos mil doce, se
constituyó la sociedad Renta Equipos Food Service S. A. Capital social:
suscrito y pagado.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1
vez.—RP2012313772.—(IN2012077034).
Ante esta notaría a las nueve
horas y a las diez horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se procedió
a la disolución y/o liquidación de las compañías por mutuo acuerdo de socios de
Inversiones SYG Dos Mil Uno S. A. y Smagas de Costa Rica S. A.—San
José, 19 de julio de 2012.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1
vez.—RP2012313775.—(IN2012077035).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las quince horas, veinte minutos del diecinueve de julio del dos mil
doce, donde se protocolizan carta de acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada EXT Promociones S.
A., donde se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto social.—San
José, diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamúz García,
Notaria.—1 vez.—RP2012313776.—(IN2012077036).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las once horas, cuarenta minutos del diecinueve de julio del dos mil
doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de las sociedades
denominadas: Casa Chameleon Management Corporation Limitada y Casa
Chameleon Holding Corporation Limitada, donde se acuerda fusionar por
absorción dichas sociedades, prevaleciendo Casa Chameleon Management
Corporation Limitada.—San José, diecinueve de julio del dos mil doce.—Lic.
Magally María Guadamúz García, Notaria.—1 vez.—RP2012313777.—(IN2012077037).
Por escritura pública de las dieciséis
horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil doce, se protocolizó
asamblea general extraordinaria de Abemasa S. A., se modifica la
cláusula sétima del pacto constitutivo, se cambia la junta directiva. Es
todo.—San José, a las diecisiete horas y treinta minutos del dieciocho de julio
del dos mil doce.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1
vez.—RP2012313778.—(IN2012077038).
Por escritura pública de las
quince horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil doce, se
protocolizó asamblea general extraordinaria de El Monte de Athos S. A.,
se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo, se cambia la junta
directiva. Es todo.—San José, a las dieciocho horas y treinta minutos del
dieciocho de julio del dos mil doce.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1
vez.—RP2012313779.—(IN2012077039).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las once horas del diecinueve de julio del dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo
de Diseño y Mercadeo Arte y Lógica S. A., en la cual se reformaron las
cláusulas segunda, octava y novena del pacto social y se hacen nuevos
nombramientos.—San José, 19 de julio 2012.—Lic. Gabriela Coto Esquivel,
Notaria.—1 vez.—RP2012313782.—(IN2012077040).
Mediante escritura autorizada
por la suscrita notaria, a las 10:30 horas del 25 de junio del 2012, se
protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Desing Collborative DC Inc S.
A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad por acuerdo de
socios.—San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Pamela Mora Soto, Notaria.—1
vez.—RP2012313785.—(IN2012077041).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, en San José a las trece horas del catorce del día de hoy, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-102-578634
limitada, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 14 de
julio del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1
vez.—RP2012313786.—(IN2012077042).
Por escritura otorgada en San
José, a las trece horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la sociedad Universo del Oso LLC Limitada,
mediante la cual se reformó la cláusula sétima de los estatutos.—San José, 10
de julio del 2012.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2012313787.—(IN2012077043).
Por escritura otorgada ante mí,
se protocolizó la presente acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Espavel Cuarenta XYZ S. A.—Dieciocho
de julio del dos mil doce.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2012313788.—(IN2012077044).
Ante esta notaría mediante
escritura número 331, visible al folio 157 frente del tomo 6 de mi protocolo,
otorgada al ser las nueve horas con veintitrés minutos del 11 de julio del
2012, comparecieron la totalidad de los socios y de manera unánime acordaron la
liquidación y disolución de la sociedad denominada Agropecuaria San Marino
RAM.VA.D & Basan de CAR.V.J. del Caribe Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-567887. Es todo.—Las Palmitas,
Ante esta notaría mediante
escritura número trescientos veintiuno, visible al folio ciento cincuenta y uno
vuelto y ciento cincuenta y dos frente del tomo seis de mi protocolo, otorgada
al ser las dieciocho horas con catorce minutos del tres de julio del dos mil
doce, comparecieron los socios Antonio Sánchez Navarro, cédula 1-649-500 y
Damaris Rojas Rojas, cédula 2-428-059 y de manera unánime acordaron liquidar y
disolver la sociedad Las Vegas del Desenredo S. A., cédula jurídica
número 3-101-494618. Es todo.—Las Palmitas,
Los suscritos Nelson Roberto
Porras Artavia, cédula siete -ciento cincuenta y tres-doscientos veintinueve,
Cristian Eduardo Porras Artavia, cédula número siete-ciento setenta y
dos-ciento cuarenta y uno, Heiner Alberto Porras Artavia, con cédula siete-ciento
noventa y cinco-ochocientos cuarenta y dos y Luis Daniel Porras Artavia, con
cédula de identidad número siete-doscientos siete-ochocientos sesenta y nueve,
constituyen la empresa denominada Hermanos Porras del Atlántico Sociedad
Anónima. Es todo.—Las Palmitas de
Mediante escritura de las ocho
horas del veinte de julio del dos mil doce, otorgada ante ésta notaría, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Soma
Soluciones Móviles Alternativas S. A., cédula jurídica 3-101-507398, en la
cual se reformaron la cláusulas décimo octava del domicilio, sexta de la
representación, décimo primera de las convocatorias, décimo sétima del agente residente
y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic, Bárbara Jiménez Coble,
Notaria.—1 vez.—RP2012313796.—(IN2012077048).
Por escritura protocolizada ante
mi notaría de las 16:00 horas del 6 de junio del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de la entidad social con domicilio en
Puntarenas, Jacó, Garabito, denominada tres ciento dos seiscientos cincuenta
mil novecientos sesenta y siete S.R.L., mediante la cual se reforman
cláusulas sétima y octava de los estatutos y se nombra nuevo gerente dos para
el resto del periodo.—Jacó, 8 de junio del 2012.—Lic. Jorge Barboza Álvarez,
Notario.—1 vez.—RP2012313797.—(IN2012077049).
Ante esta notaría comparece la
señora Linda RH De Donder, mayor, con cédula de residencia número: 105600020628
y dice que se ha modificado la junta directiva de la sociedad Mares y
Canales S. A., cédula jurídica número: 3-101-293878. Es todo.—San José, 20
de julio del 2012.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1
vez.—RP2012313798.—(IN2012077050).
Protocolización de acta de
asamblea general ordinaria de
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y siete mil novecientos ochenta y cuatro S.A., en
la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las nueve
horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313801.—(IN2012077052).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Pórticos
Reales Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta
y ocho mil setecientos sesenta y tres, en la cual se acuerda disolver la
sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d) del Código de
Comercio. Escritura otorgada a las trece horas cuarenta minutos del veintiocho
de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—RP2012313802.—(IN2012077053).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía tres-ciento
uno-quinientos sesenta y cinco mil trescientos veintidós, S. A., en la cual
se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el articulo doscientos uno
inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las nueve horas cuarenta
minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón
Cartín, Notario.—1 vez.—RP2012313804.—(IN2012077054).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Desarrollos Urbanísticos
Segmento MTJFK Diecinueve RRR S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos treinta y tres mil ochenta y nueve, en la cual se acuerda
disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d)
del Código de Comercio. Escritura otorgada a las once horas quince minutos del
veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—RP2012313805.—(IN2012077055).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario el día de hoy se constituyó la sociedad denominada S M
Hospital Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad
de Alajuela centro, plazo: cien años, presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, cuatro de julio de dos
mil doce.—Lic. Eduardo Gamboa Rojas, Notario.—1
vez.—RP2012313806.—(IN2012077056).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 13:00 del 28 de junio del 2012, se protocoliza acuerdos de
asamblea de accionistas de Sociedad Fuduciaria de Crédito y Valores Soficreval
S. A., cédula jurídica 3-101-263998, mediante los cuales se disuelve dicha
empresa. Es todo.—San José, 28 de junio de 2012.—Lic. Lothar Arturo Volio
Volkmer, Notario.—1 vez.—RP2012313808.—(IN2012077057).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 11:00 horas del 5 de julio de 2012, se protocoliza acuerdos de
asamblea de accionistas de Apollonia Morena S. A., cédula jurídica
3-101-540905, nombrando nuevos miembros de junta directiva. Es todo.—San José,
5 de julio de 2012.—Lic. Botho Steinvorth Koberg, Notario.—1
vez.—RP2012313809.—(IN2012077058).
Por escritura 86-2 otorgada a
las 11:00 horas del 28 de junio del 2012, se disuelve de conformidad con el
artículo 201 inciso d) del Código de Comercio la sociedad Montaña Púa de
León Sociedad Anónima.—San Antonio de Desamparados, 28 de junio del
2012.—Lic. Juan Antonio Batalla Gallegos, Notario.—1
vez.—RP2012313810.—(IN2012077059).
Por escritura 60-7 de las 12:30
horas del 27 de junio de 2012, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Inversiones Feldman y Solano (FELSOLSA) Sociedad
Anónima, se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Ricardo Badila Reyes,
Notario.—1 vez.—RP2012313811.—(IN2012077060).
En esta notaría a las 8:00 horas
del 19 de julio del 2012, se reformó el artículo primero de los estatutos y
nombramiento de junta directiva de
Mediante escritura autorizada
por mí, a las 20:00 horas del 27 de junio del 2012, se acordó disolver y
liquidar las siguientes sociedades: ( i ) Deportes Escazú Sociedad Anónima,
de esta plaza, cédula de persona jurídica número 3-101-115094; ( ii ) Deportes
Azul Sociedad Anónima, de esta plaza, cédula de persona jurídica número
3-101-128349; e, ( iii ) Consultores de Bancos Suizos Sociedad Anónima,
de esta plaza, cédula de persona jurídica número 3-101-098440.—San José, 28 de
mayo del 2012.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—RP2012313814.—(IN2012077062).
Mediante escritura número 153-2,
de las 8:00 horas del 18 de julio del 2012, se modificó el acta constitutiva de
la sociedad Repracem Limitada, modificando las cláusulas segunda, quinta
y sexta de su pacto constitutivo, así como nombramiento de nueva
Subgerente.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Kendall David Ruiz Jiménez,
Notario.—1 vez.—RP2012313816.—(IN2012077063).
Ante el notario público Danny
Pérez Matarrita, colegiado número 14399 con oficina en Santa Cruz, Guanacaste,
del Palacio Municipal, doscientos metros al oeste y cien metros al sur, a las
nueve horas con treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil once, se
constituyó la persona jurídica Seguridad Alcon Lys S.A., con un capital
social de diez mil colones. Es todo.—Santa Cruz, Guanacaste, veinte de julio
del dos mil doce.—Lic. Danny Pérez Matarrita, Notario.—1
vez.—RP2012313825.—(IN2012077064).
Ante esta notaría mediante
escritura pública número ciento doce, otorgada al ser las doce horas del
veintiséis de junio del dos mil doce, los señores Magaly Camacho Carranza,
cédula tres-trescientos dieciocho-setecientos noventa y tres, Ana María Rivera
Méndez, cédula tres-trescientos cuarenta y cuatro-novecientos sesenta y ocho,
Rodolfo Alvarado Coto, cédula tres-trescientos cincuenta y tres-setecientos
quince, Hugo Randall Robles Vega, cédula uno-mil trece-cero cincuenta y cinco y
Carlos Bermúdez Rivera, cédula de identidad número uno-novecientos
veintidós-trescientos ochenta y siete, constituyen la fundación denominada Fundación
Cristal, cuyo objeto es apoyar, ayudar y ofrecer una mejor calidad de vida
a aquellas personas que padecen de la enfermedad denominada Osteogénesis
Imperfecta. Es todo.—San José, 19 de julio del 2012.—Lic. William
Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—RP2012313828.—(IN2012077065).
Protocolización de acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada
Real el Ingenio de Grecia S. A., mediante la cual se acuerda disolver
dicha entidad por mayoría de accionista. Escritura otorgada en Grecia, a las 15
horas del 27 de junio del 2012. Ante el notario: José Guillermo Bolaños
Hidalgo.—Lic. José Guillermo Bolaños Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2012313829.—(IN2012077066).
Mediante acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Luispa Asesora de Seguros
Sociedad Anónima, se acordó su disolución.—San José, cinco de junio del dos
mil doce.—Lic. Sonia Madrigal Fernández, Notaria.—1
vez.—RP2012313833.—(IN2012077067).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría los socios acuerdan la disolución de la sociedad Bolero of the
Sea Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic.
Sonia Madrigal Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012313834.—(IN2012077068).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría los socios acuerdan la disolución de la sociedad Jabones
Aromáticos Uge Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de junio del dos mil
doce.—Lic. Sonia Madrigal Fernández, Notaria.—1
vez.—RP2012313835.—(IN2012077069).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría los socios acuerdan la disolución de la sociedad Planeta
Aventura Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de junio del dos mil
doce.—Lic. Sonia Madrigal Fernández, Notaria.—1
vez.—RP2012313836.—(IN2012077070).
Mediante acta de asamblea
general de socios de la sociedad Ingenios Azucareros Sociedad Anónima,
se acordó su disolución.—San José, veintinueve de junio del dos mil doce.—Lic.
Sonia Madrigal Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2012313837.—(IN2012077071).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría los socios acuerdan la disolución de la sociedad Diseños De
Muebles Camo Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de junio del dos mil
doce.—Lic. Sonia Madrigal Fernández, Notaria.—1
vez.—RP2012313838.—(IN2012077072).
Mediante escritura otorgada ante
mi notaría, a las ocho horas del veinte de julio del dos mil doce, se
protocoliza acta de Finca los Tucanes de Colón Sociedad Anónima, se
nombra nuevo vicepresidente, tesorero y secretario de la junta directiva, se
nombra nuevo fiscal, se reforma la representación social y se aumenta el plazo
social.—Ciudad Colón, Mora, a las nueve horas del veinte de julio del dos mil
doce.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1
vez.—RP2012313839.—(IN2012077073).
Por escritura número 203 otorgada
ante la suscrita notaria, a las 14:30 horas del 18 de julio del 2012, se
constituyó Andean Valley Costa Rica S. A. Domicilio: San José,
Ante este notario y por escritura
otorgada a las once horas del dos de julio del dos mil doce, se modificó la
cláusula cuarta (del plazo) de los estatutos de la sociedad de esta plaza: Industria
Automotriz Cobra Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic.
Karla Villalobos Carballo, Notaria.—1 vez.—RP2012313842.—(IN2012077075).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas del 18 de julio del 2012, se constituyó la sociedad
anónima denominada: American College of Interpersonal Development Sociedad
Anónima, pudiendo abreviarse como Americancol S.A. Domicilio social:
San José, Tres Ríos, de la subestación del ICE,
La sociedad Distribuidora
Yoryari Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
setenta y cuatro mil doce, informa a todos los interesados y socios que se
reformó la cláusula octava donde corresponderá únicamente al presidente la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad y la cláusula décima
cuarta del acta constitutiva, sea que se nombra como nuevo presidente al señor
Edwin Matarrita Medina, cédula de identidad número seis-doscientos
veintinueve-doscientos cincuenta y uno, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, mediante la última asamblea general
extraordinaria realizada el pasado 28 de junio del 2012.—Lic. Adriana Astúa
Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2012313844.—(IN2012077077).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las 14:00 horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Agropecuaria el Conejo S. A., mediante
la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José. 02 de junio del
2012.—Lic. Óscar Bejarano Coto, Notario.—1 vez.—RP2012313845.—(IN2012077078).
Ante mi Ana Isabel Fallas
Aguilar, notario público, con oficina abierta en San José, en escritura número
once visible al folio seis vuelto, tomo once de mi protocolo, se protocolizó el
acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Bosque de
Playa Hermosa Sexto Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-592243,
celebrada en el domicilio de la sociedad, a las doce horas del quince de junio
de dos mil doce, en la que se acuerda cambiar el nombre de la sociedad y se
denominará Corporación Más Que Un Café Popim Sociedad Anónima.—San José,
20 de julio del 2012.—Lic. Ana Isabel Fallas Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2012313846.—(IN2012077079).
Ante esta notaría, mediante la
escritura número ciento veintiuno, de las doce horas con doce minutos del
diecinueve de julio del 2012, del tomo dos de mi protocolo se protocolizó
asambleas de socios de Wing Nuts Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-250616, que modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo. Es
todo.—San José, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil
doce.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—RP2012313848.—(IN2012077080).
Ante esta notaría, se procede a
la protocolizar de la reforma del pacto constitutivo de la sociedad Pascualino
de San Juan Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
ochenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y nueve.—San José, 19 de julio del
2012.—Lic. Óscar Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012313849.—(IN2012077081).
Por escritura pública al ser las
dieciséis horas de hoy. Ante mí, la empresa Moto Servicios a su Tiempo S. A.,
protocoliza acuerdos de asamblea extraordinaria de socios, en que se aprueba
renuncia de secretario y tesorero se modifican cláusulas primera y tercera y
nombra nueva junta directiva.—Cartago, dieciséis de julio del dos mil
doce.—Lic. Orontes Gutiérrez Pérez, Notario.—1 vez.—RP2012313855.—(IN2012077082).
El suscrito notario Roberto
Vargas Mora, llevó acabo la publicación
de la reforma del acta constitutiva de la sociedad denominada Cofee Momo de
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres - ciento uno - seis
cinco cinco cinco tres seis. Es todo.—San José, veinte de julio del dos mil
doce.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2012313856.—(IN2012077083).
Por escritura otorgada, ante
esta notaría, el 22 de junio de
Mediante protocolización de acta
de asamblea general extraordinaria de socios, otorgada ante esta notaría, a las
9:00 horas del 27 de junio del 2012, se acordó disolver la sociedad Alimen
Tc Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nª 3-101-359903.—Barva, 18 de julio del 2012.—Lic. Isaac Montero Solera,
Notario.—1 vez.—RP2012313861.—(IN2012077085).
Por escritura otorgada ante mí,
a las nueve horas del diez de julio del mil doce, protocolicé acuerdos de
asamblea general extraordinaria de socios le la compañía de esta plaza, Fitch
Costa Rica Calificadora de Riesgo Sociedad Anónima, en que se reforma la
cláusula quinta del pacto social.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1
vez.—RP2012313863.—(IN2012077086).
Por escritura otorgada, a las
8:00 horas del 28 de junio del 2012, protocolicé acta de acuerdos de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Autocarro de Costa Rica S. A.,
cédula jurídica 3-101-091200, que aprobaron disolución y liquidación de la
misma. No se nombró liquidador por no haber pasivos ni activos que
repartir.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Rodrigo Gutiérrez Schwanhäuser,
Notario.—1 vez.—RP2012313867.—(IN2012077087).
Por medio de asamblea general
extraordinaria, la sociedad Quantum Cuarenta y Cuatro Servidores Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica tres - ciento uno - cuatro siete
nueve seis seis tres, decide disolverse.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic.
María Inés Corea Montenegro, Notaria—1 vez.—RP2012313868.—(IN2012077088).
Por escritura otorgada ante mí,
Luis Javier Blandino Herrera, notario con oficina en Alajuela, el día de hoy se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El
Coquito Feliz Sociedad Anónima. Domiciliada en Guadalupe, San José, en la
cual se nombran nueva junta directiva. Escritura otorgada en Alajuela, ocho
horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic. Luis Javier Blandino
Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012313876.—(IN2012077089).
Por escritura otorgada, ante
esta notaría, a las diez horas del veintiocho de junio del dos mil doce, se
acordó disolver la entidad denominada Servicios Médicos para Emergencias de
Adultos S. A., por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Alajuela, veintiocho de junio
del año dos mil doce.—Lic. Luis Javier Blandino Herrera, Notario.—1
vez.—RP2012313877.—(IN2012077090).
En mi notaría por escritura
número 142, otorgada en San José a las 8:00 horas del 17 de julio del año 2012,
del tomo 7mo, se constituyó
Se hace saber que mediante
escrituras otorgadas ante esta notaría: A) a las doce horas veintiocho de junio
de dos mil doce se acordó la liquidación de Imagínate Esto S. A.; B) a
las once horas del veintiocho de junio de dos mil doce se acordó la liquidación
Rockies Internet Ventures S. A.; C) a las ocho horas del veintinueve de
junio dos mil doce se acordó la liquidación de Canessa de Turrialba S. A.;
D) a las nueve horas del treinta de abril de dos mil doce se modificó la
cláusula segunda de Gatuti SRL; E) a las nueve horas treinta minutos del
treinta de mayo de dos mil doce se modificó la cláusula segunda de Centrix
V.C.A. Ltda.; F) a las ocho horas cuarenta minutos del veintinueve de junio
de dos mil doce se acordó la liquidación de 3-101-474598 S. A., G) a las
ocho horas del veinte de julio de dos mil doce se acordó la modificación de la cláusula
novena de 3-101-461316 S. A. y H) a las nueve horas del veinte de julio
del dos mil doce se acordó la modificación de la cláusula primera, cambio de
nombre a Al Khobar Ltda., y cláusula segunda de 3-102-551541 Ltda.—San
José, 20 de julio del 2012.—Lic. Juan Carlos Castro Pacheco, Notario.—1
vez.—RP2012313880.—(IN2012077092).
La empresa El Diamante del
Suerre Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno- trescientos
ochenta mil ciento cuarenta y cuatro, con domicilio en Guápiles, Pococí, Limón,
por renuncia de la anterior junta directiva, nombra a los nuevos miembros de la
nueva junta directiva, quedando los cargos así: presidente: Arturo Olaso
Solórzano, cédula: uno - quinientos sesenta - cero once. Secretario: Arturo
Olaso Zúñiga, cédula, cuatro - doscientos siete -cuatrocientos setenta y dos.
Tesorera: Yerardy Zúñiga González, cédula: cuatro - ciento treinta y cinco
-seiscientos cincuenta y cuatro. Fiscal: Edwin Alonso Zúñiga González, cédula
uno - setecientos sesenta - trescientos cincuenta y ocho, ante la notaría del Lic. Esequías Lobo
Chaves.—Guápiles, dieciocho de julio del año dos mil doce.—Lic. Esequías Lobo
Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012313881.—(IN2012077093).
La empresa Tayrona Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno, seiscientos veinte mil
novecientos treinta y nueve, con domicilio en Guápiles, Pococí, Limón, modifica
sus estatutos en cuanto al capital social, representación legal, y nombramiento
de la nueva junta directiva, quedando los cargos de la nueva junta directiva
así: presidente: Yerardy Zúñiga González, cédula: cuatro- ciento treinta y
cinco-seiscientos cincuenta y cuatro, secretaria: Jenny Patricia Barrantes
González, cédula uno - quinientos diecisiete - cuatrocientos veinte, tesorera:
Alba Luz Velásquez Villalta, cédula: siete - cero sesenta y seis - quinientos
noventa y cinco, fiscal: Arturo Olaso Solórzano, cédula: uno - quinientos
sesenta - cero once , ante la notaría del Lic. Esequías Lobo Chaves.—Guápiles,
dieciocho de julio del año dos mil doce.—Lic. Esequías Lobo Chaves, Notario.—1
vez.—RP2012313882.—(IN2012077094).
Al ser las quince horas del día
treinta de mayo del dos mil doce, se modificó cláusula del plazo social de
sociedad denominada Los Rocíos del Valle Verde Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres- ciento uno- trescientos treinta y ocho mil seiscientos ochenta y
ocho.—Lic. Leticia Pérez Hidalgo, Notaria.—1 vez.—RP2012313889.—(IN2012077095).
Por escritura otorgada, a las
14:00 horas del día 21 de junio del año 2012, protocolicé acta Nº 2 de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la empresa Carmenere By The Sea S.
A., cédula jurídica número 3-101-469796, según la cual los socios acuerdan
por unanimidad disolver la sociedad.—Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1
vez.—RP2012313892.—(IN2012077096).
Por escritura pública otorgada
ante esta notaría, a las nueve horas del día diecinueve de julio del año dos
mil doce, se cambia junta directiva y se reforma la cláusula segunda del
domicilio de la sociedad de esta plaza Stefan Y Yo, Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2012.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2012313896.—(IN2012077097).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada el día diecinueve de julio del año dos mil doce se constituye Transportes
Dijo Gómez Guillén Sociedad Anónima, para que la representación sea en
forma separada o conjunta de presidente y secretario.—Cartago, diecinueve de
julio del año dos mil doce.—Lic. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1
vez.—RP2012313897.—(IN2012077098).
Por escritura otorgada, en esta
notaría, se protocolizan acuerdos de socios de la sociedad Molina y Robles
Limitada. Se reforma cláusula sexta de la escritura social para crear un
puesto más de gerente, con la representación judicial y extrajudicial de la
sociedad como apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar
conjunta o separadamente con el otro gerente. Escritura otorgada en San Juan de
Por medio de la escritura número
ciento uno, otorgada a las ocho horas treinta minutos del día veintiocho de
junio del año dos mil doce, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Cris Surf Sociedad
Anónima, por medio de la cual se acuerda disolver esta sociedad al no tener
deudas, ni pasivos ni activos, por lo que no se nombra liquidador que asuma
esta función al no ser necesaria y por lo que se revoca el poder de sus representantes.—Playas
del Coco, Guanacaste.—Lic. Jóse Manuel Arias González, Notario.—1
vez.—RP2012313900.—(IN2012077100).
Por escritura otorgada, ante el
notario Gabriel Chaves Ledezma, a las 9:00 horas del 19 de julio del 2012, se
constituye la sociedad Capital Asset Management C.A.M.—San José, a las
10:00 horas del 19 de julio del 2012.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—RP2012313902.—(IN2012077101).
Ante mí, Lic. Carla Fiorella Vincenzi
Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Softfour
C.R. S. A. mediante escritura número 51 iniciada a folio 60 frente del tomo
14 de mi protocolo. Se nombra nueva junta directiva y se modifican cláusulas
del pacto social.—Lic. Carla Fiorella Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1
vez.—RP2012313903.—(IN2012077102).
Mediante escritura otorgada,
ante esta notaría, a las diez horas del día dieciséis de julio de dos mil doce,
se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Constructora Tapezco Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-ciento noventa y nueve mil-ochocientos treinta y seis, en la
que se acepta renuncia de secretario y se procede a nuevos nombramientos de
junta directiva.—San José, 20 de julio del 2012.—Lic. Mauricio Alvarado Prada,
Notario.—1 vez.—RP2012313909.—(IN2012077103).
Mediante escritura pública
número sesenta y seis otorgada, ante la suscrita notaría, a las doce horas del
dieciocho de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad de
responsabilidad limitada, denominada Deliterranea, cuyos gerentes son
Carlos Segnini Villalobos y Marisela Bonilla Freer.—Lic. Sandra Rojas Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2012313910.—(IN2012077104).
Hoy he protocolizado, acta de
disolución de la compañía Equipos Especiales Rojas y Rojas de Tibás Sociedad
Anónima. Cédula jurídica 3-101-218634.—Mercedes de Montes de Oca, 18 de
julio del 2012.—Lic. Deborah Lores Lares, Notario.—1
vez.—RP2012313911.—(IN2012077105).
Por escritura número 256-6 del
tomo número 6 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las 16:00
horas del 17 de julio del 2012, se protocolizaron acuerdos de la asamblea
general de accionistas de la sociedad Basic Construction Company, Ltda.,
mediante los cuales se reformó la cláusula octava del pacto social y se nombra
nuevo gerente.—Lic. Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1
vez.—RP2012313912.—(IN2012077106).
Por escritura número 257-6 del
tomo número 6 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las 16:15
horas del 17 de julio del 2012, se protocolizaron acuerdos de la asamblea
general de accionistas de la sociedad Basic Seats Ltda., mediante los
cuales se reformó la cláusula octava del pacto social y se nombra nuevo
gerente.—Lic. Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—RP2012313913.—(IN2012077107).
Por escritura número 258-6 del
Tomo número 6 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las 16:30
horas del 17 de julio del 2012, se protocolizaron acuerdos de la asamblea
general de accionistas de la sociedad Basic Rentals Ltda., mediante los
cuales se reformó la cláusula octava del pacto social y se nombra nuevo
gerente.—Lic. Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1
vez.—RP2012313914.—(IN2012077108).
Por escritura número 248-6 del
tomo número 6 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las 9:00
horas del 05 de julio del 2012, se protocolizaron acuerdos de la asamblea
general de accionistas de la sociedad Montevarchi SRL. Mediante los
cuales se reformó la cláusula quinta del pacto social.—Lic. Sebastián Jiménez
Monge, Notario.—1 vez.—RP2012313915.—(IN2012077109).
Por escritura número 249-6 del
tomo número 6 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las 10:00
horas del 05 de julio del 2012, se protocolizaron acuerdos de la asamblea
general de accionistas de la sociedad Desarrollos Ventotene, SRL.,
mediante los cuales se reformó la cláusula quinta del pacto social.—Lic.
Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—RP2012313916.—(IN2012077110).
En mi notaría, a las diecisiete
horas del dos de julio del 2012, se constituyó la sociedad Clínica
Veterinaria Pet Center S. A., capital suscrito y pagado.—San José, dos de
julio de dos mil doce.—Lic. Milena Pacheco Revilla, Notaria.—1
vez.—RP2012313917.—(IN2012077111).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
compañía Art Of Nuevo Arenal, Limitada, celebrada al ser las ocho horas
y treinta minutos del día veinte de julio del dos mil doce, en donde se reforma
la cláusula décima. Es todo.—San José, veinte de julio del dos mil doce.—Lic.
Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—RP2012313918.—(IN2012077112).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
compañía Jennie And Harry LLC Sociedad Anónima, celebrada al ser las
ocho horas y veinte minutos del nueve de julio de dos mil doce, en donde se
reforman todas sus cláusulas. Es todo.—San José, dieciocho de julio del dos mil
doce.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—RP2012313919.—(IN2012077113).
Ante mí, Gonzalo Víquez Carazo,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
compañía tres- ciento uno- seiscientos cincuenta y ocho mil doscientos
dieciocho Sociedad Anónima, celebrada a las doce horas del primero de julio
del dos mil doce, en donde se reforma la cláusula sétima. Es todo.—San José,
cuatro de julio del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1
vez.—RP2012313920.—(IN2012077114).
Por escritura otorgada, ante
esta notaría, los socios de Camvar Sociedad Anónima, acuerdan la
disolución de la misma. No existen bienes que liquidar ni distribuir.—San José,
siete de julio del dos mil doce.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Notario.—1
vez.—RP2012313921.—(IN2012077115).
Por escritura otorgada, ante
esta notaría, los socios de Heibel Limitada, acuerdan la disolución de
la misma.—San José, siete de julio del dos mil doce.—Lic. Jeremías Vargas
Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012313922.—(IN2012077116).
Por escritura otorgada, ante
esta notaría, a las diez horas del día diecinueve de julio del dos mil doce, se
protocolizó acta número ciento treinta y cuatro de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Diursa Inmobiliaria de Costa
Rica, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno
- doscientos veintitrés mil setecientos treinta y cuatro, por medio de la cual
se acuerda reformar la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José,
veinte de julio del dos mil doce.—Lic. Kathya Araya Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2012313923.—(IN2012077117).
Ante la notaría del Lic. Víctor
Manuel González Loría, mediante escritura número doscientos noventa y cuatro-
dos, de las diecisiete horas del día quince de julio del año dos mil doce, se
protocoliza la modificación de la cláusula cuarta de los estatutos, referente
al capital social, de la sociedad denominada Inversines
Por escritura otorgada, ante
esta notaría, a las 14:00 horas del 19 de julio de dos mil doce, se constituyó Lote
de Ashlyn Mccoy Jackson Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital
social totalmente suscrito y pagado. El gerente es representante con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 19 de julio del
2012.—Lic. Juan Carlos Cersosimo D´Agostino, Notario.—1
vez.—RP2012313926.—(IN2012077119).
Ante esta notaría por medio de
escritura pública número 106-V, otorgada en Guanacaste a las 15:00 horas del 19
de julio del año 2012, se protocolizó el acta número uno de la sociedad
denominada Valuable Legacy Investment Limitada. Acuerdos: Primero: Por
unanimidad de votos se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto
constitutivo. Segundo: Se remueve el cargo de gerente general uno de la
sociedad. Tercero: Por unanimidad de votos se realiza el siguiente
nombramiento: Gerente general uno: James Carrol Eastwood.—Guanacaste, 19 de
julio del 2012.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notario.—1
vez.—RP2012313928.—(IN2012077120).
Por escritura otorgada, a las
13:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Near Future S.
A., donde se reforma cláusula segunda y sexta de los estatutos y se nombra
nueva junta directiva.—San José, veinte de julio del dos mil doce.—Lic. Édgar
Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012313930.—(IN2012077121).
Por escrituras otorgadas, en
esta ciudad y notaría a las 12:00,12:05, 12:30 horas, del 19 de julio del 2012
se protocolizaron respectivamente actas de asambleas generales y
extraordinarias de Inmobiliaria SSBR S. A., Las Montañas Soleadas S. A., y
Pochotes Pamperos S. A., según las cuales se modifican las cláusulas,
quinto y sétima; sexta; y sétima respectivamente. Adicionalmente se modifica la
junta directiva de todas las sociedades. Es todo.—San José, veinte de julio del
2012.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2012313931.—(IN2012077122).
Por escritura otorgada ante mí,
el dia 02 de julio del
Por escritura otorgada ante mí,
a las 8:30 horas del día 2 de julio del 2012, se constituye la sociedad anónima
C.A.P Alter-Pharma INC. Sociedad Anónima, la cual es de nombre de
fantasía. Domicilio en San José, República de Costa Rica. El capital social es
de doce mil colones exactos, íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años.
Presidente representación judicial, todos con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma. Presidente: Pablo Arnoldo Villalta del
Valle.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2012313933.—(IN2012077124).
Constitución de sociedad de
responsabilidad limitada, llamada Winnersquare SRL (nombre de fantasía y
cuya traducción significa Plaza del Ganador). Escritura otorgada ante el
notario Ulises Alberto Obregón Alemán, en la ciudad de San José, a las 11:00
horas del 20 de julio del 2012.—San José, 20 de julio de 2012.—Lic. Ulises
Obregón Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012313936.—(IN2012077125).
Constitución de sociedad de
responsabilidad limitada, llamada Luckycourt SRL., (nombre de fantasía y
cuya traducción significa Corte afortunada). Escritura otorgada por el notario
Ulises Alberto Obregón Alemán, en la ciudad de San José, a las 10:00 horas del
20 de julio del 2012.—Lic. Ulises Obregón Alemán, Notario.—1 vez.—RP2012313937.—(IN2012077126).
Protocolización de acuerdos
adoptados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Omi
Support SRL, cédula jurídica 3-102-639625. Se acuerda cambiar de nombre
social de la compañía a Palladium Support SRL. Escritura autorizada por
el notario Ulises Alberto Obregón Alemán, en la ciudad de San José, a las nueve
horas del 20 de julio del 2012.—Lic. Ulises Obregón Alemán, Notario.—1
vez.—RP2012313938.—(IN2012077127).
Por escritura número trescientos
ocho, visible al folio ciento treinta y ocho vuelto del tomo cincuenta y dos,
otorgada ante mí, a las doce horas del veinte de julio de dos mil doce, se
acuerda disolver la sociedad denominada Autos Usados Vehel Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres - ciento uno - doscientos noventa y tres mil
quinientos ochenta y nueve, por acuerdo de socios, de conformidad con el
artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Grecia, veinte de
julio de dos mil doce.—Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—RP2012313939.—(IN2012077128).
Por escritura número doscientos
veintidós, visible al folio ciento dos vuelto del tomo cincuenta y dos,
otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintiocho de junio de dos mil
doce, se acuerda disolver la sociedad denominada CIA Agrícola Q y C Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres -ciento uno - quinientos seis mil
novecientos noventa y cinco, por acuerdo de socios, de conformidad son el
artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Grecia, veinte de
julio de dos mil doce.—Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1
vez.—RP2012313940.—(IN2012077129).
Por escritura número doscientos
veintitrés, visible al folio ciento tres frente del tomo cincuenta y dos, otorgada
ante mi, a las dieciocho horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos
mil doce, se acuerda disolver la sociedad denominada Lumafre Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - noventa y tres mil
novecientos cuarenta y dos, por acuerdo de socios, de conformidad con el
artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Grecia, veinte de
julio de dos mil doce.—Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1
vez.—RP2012313941.—(IN2012077130).
Por escritura otorgada, a las
doce horas del diecinueve de julio del dos mil doce, se modificaron las
cláusulas segunda y décima del pacto social de Producto de Café Tres Puentes
S. A.—Tres Ríos, 20 de julio del 2012.—Lic. Roxana Sanabria Castillo,
Notario.—1 vez.—RP2012313942.—(IN2012077131).
Por escritura otorgada en mi
notaría, a las catorce horas del día de hoy se constituyó la compañía Representaciones
Moka M y C Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Curridabat. Capital: cien
mil colones. Corresponde al presidente la representación judicial y
extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—San José, doce de julio del año dos mil doce.—Lic. Ana Lidiette
Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—RP2012313943.—(IN2012077132).
Se protocoliza acta de la firma
de esta plaza Comercializadora Risaralda Sociedad Anónima. Se reforma
cláusula sexta y se nombra junta directiva.—San José, veintiuno de julio del
año dos mil doce.—Notarios Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Lilliana Fallas
Valverde, Notarios.—1 vez.—(IN2012077143).
Por escritura Nº 167, de las
12:00 horas del 18 de julio de 2012, se protocolizó una reforma a las cláusulas
segunda y sétima de la compañía denominada Filial Condominio Villa Sitio de
Ensueño Manganeso Anfión Treinta y Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-366253.—Lic. Carlos Arturo Hernández Estrada, Notario.—1
vez.—(IN2012077144).
Por escritura Nº 147, de las
14:10 horas del 9 de junio de 2012, estando presente la totalidad del capital
social de la compañía denominada tres ciento uno quinientos noventa y tres
mil trescientos cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-593304, se
acordó su disolución.—Lic. Carlos Arturo Hernández Estrada, Notario.—1
vez.—(IN2012077145).
Por escritura Nº 161, de las
15:00 horas del 27 de junio del 2012, estando presente la totalidad del capital
social de la compañía denominada tres-ciento uno- seiscientos cuarenta y
tres mil ochocientos cuarenta y tres Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-643843, se acordó su disolución.—Lic. Carlos Arturo Hernández Estrada,
Notario.—1 vez.—(IN2012077146).
Por escritura Nº 162, de las
15:10 horas del 27 de junio 2012, estando presente la totalidad del capital
social de la compañía denominada Las Hijas de Eva Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-634931, se acordó su disolución.—Lic. Carlos Arturo
Hernández Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2012077147).
Por escritura Nº 160, de las
14:40 horas del 27 de junio 2012, estando presente la totalidad del capital
social de la compañía denominada Rodríguez Moya Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-113511, se acordó su disolución.—Lic. Carlos Arturo Hernández
Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2012077148).
Por escritura Nº 159, de las
14:30 horas del 27 de junio 2012, estando presente la totalidad del capital
social de la compañía denominada Centro de Empaques CENESA Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-081939, se acordó su disolución.—Lic. Carlos Arturo
Hernández Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2012077149).
Por escritura Nº 158, de las
14:20 horas del 27 de junio 2012, estando presente la totalidad del capital
social de la compañía denominada MAJOCAXI Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-149878, se acordó su disolución.—Lic. Carlos Arturo Hernández
Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2012077150).
Por escritura Nº 163, de las 15:20
horas del 27 de junio 2012, estando presente la totalidad del capital social de
la compañía denominada Oficina Novecientos Treinta y Siete Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-603586, se acordó su disolución.—Lic. Carlos Arturo
Hernández Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2012077151).
Se protocoliza acta de la firma
de esta plaza Hacienda
En esta notaría, al ser las
11:00 horas del diecinueve de julio de 2012, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad tres- ciento uno- seiscientos quince
mil ochocientos setenta y nueve Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de
julio del dos mil doce.—Lic. Lorena Méndez Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2012077155).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE PUNTARENAS
ÁREA DE RECAUDACIÓN
COBRO ADMINISTRATIVO
Nº ED-DGT-ATP-001-2012.—
Nº
Requer. Contribuyente Cédula Impuesto Documento Periodo Monto
(*)
1911001639915 Grupo Greko S. A 310143520606 Renta 1012258213276 12/2009 237.421.00
1911001639915 Grupo Greko S. A. 310143520606 Renta 1012258214816 12/2010 269.318.00
1911001639915 Grupo Greko S. A. 310143520606 T.E.C 1261035836401 12/2009 9.000.00
1911001639915 Grupo Greko S. A. 310143520606 T.E.C 1261035836401 12/2010 9.000.00
(*) Mas los recargos de ley.
Se concede un plazo de quince
días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el
contribuyente arriba indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será
trasladado a
Nº ED-DGT-ATP-003-2012.—
Nº
Requer. Contribuyente Cédula Impuesto Documento Periodo Monto
(*)
1911001640003 Tati de Jacó Dos Mil S. A 310128714021 Ventas 104013320011 05/2009 1.018,94
1911001640003 Tati de Jacó Dos Mil S. A 310128714021 Renta 1192000070195 12/2009 2.114.786,00
1911001640003 Tati de Jacó Dos Mil S. A 310128714021 TEC 1261033411741 12/2009 9.000,00
(*) Mas los recargos de ley.
Se concede un plazo de quince
días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el
contribuyente arriba indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será
trasladado a
Nº ED-DGT-ATP-004-2012.—
Nº
Requer. Contribuyente Cédula Impuesto Documento Periodo Monto
(*)
1911001697963 Segura Ugalde Gerardo 0601360622 Sanción 9231000063494 12/2007 105.300,00
1911001697963 Segura Ugalde Gerardo 0601360622 Sanción 9231000063476 12/2008 113.500,00
1911001697963 Segura Ugalde Gerardo 0601360622 Sanción 9231000063485 12/2009 134.900,00
1911001697963 Segura Ugalde Gerardo 0601360622 Sanción 9231000063503 12/2009 33.725,00
1911001697963 Segura Ugalde Gerardo 0601360622 Sanción 9231000063747 12/2009 51.054,33
(*) Mas los recargos de ley.
Se concede un plazo de quince
días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el
contribuyente arriba indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será
trasladado a
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE HEREDIA
SUBGERENCIA DE CONTROL EXTENSIVO
N° ED-DGT-ATH-01-2012.—Por desconocerse el domicilio fiscal actual y
habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a
lo establecido en el inciso “d” del artículo 137 y segundo párrafo del artículo
150, ambos del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a
notificar por edicto la resolución administrativa sancionatoria del
contribuyente que a continuación se indica:
N° cédula |
Contribuyente |
Doc. |
Impuesto |
Período fiscal |
Monto adeudado |
3-101-213379 |
Techno Tres S. A. |
SAG-04-R-217-11 |
Renta |
2007 |
¢824.087.00 |
(1)
(2) Devenga intereses y recargos de ley.
Se le informa al interesado que
dentro del plazo de tres días, contados a partir del tercer día hábil siguiente
a la publicación de este edicto, podrá interponer contra ésta resolución el
recurso de revocatoria y apelación, en
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE ZONA NORTE
SUBGERENCIA DE RECAUDACIÓN
ÁREA DE COBRO ADMINISTRATIVO
Por desconocerse el domicilio
actual y habiéndose agotado las formas de localización posible, para dar
cumplimiento de lo establecido en los artículos 169 y 137 del Código de Normas
y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos
deudores del contribuyente que a continuación se indica:
Contribuyente Cédula Impuesto Documento Periodo Monto
¢
Alpízar Torres
Fausto 205200349 Ventas 1044000843261 10-2009 63.411,00
Ventas 1044000844914 12-2009 142.461,00
Ventas 1044001053137 01-2010 133.934,00
Ventas 1044001053146 02-2010 134.224,00
Ventas 1044001053155 03-2010 120.351,00
Ventas 1044001053164 04-2010 92.065,00
Ventas 1044001053173 05-2010 91.534,00
Ventas 1044001053191 07-2010 89.346,00
Ventas 1044001053207 08-2010 85.210,00
Ventas 1044001053216 09-2010 81.367,00
Renta 1191000272131 12-2010 1.045.312,82
(*) Devenga intereses y recargos de ley
Se concede un plazo de quince días a partir
del tercer día hábil de esta publicación, para que los contribuyentes arriba
indicados cancelen la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución
RMT-1300-2012 de las 9:00 horas del 25 de mayo del 2012.
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Documento admitido traslado al titular 50357-T. Tecnofen
S. A. de C.V. C/Mireya Alfaro Seara. Ref: 30/2012/19052. Documento: cancelación
por falta de uso (Tecnofen S. A. de C.V, solicita) número y fecha:
anotación/2-78424 de 25/04/2012 Expediente: 1900-5035700 Registro Nº 50357
Floricel nombre comercial.—Registro de
GERENCIA FINANCIERA
DIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES
REGIÓN ATLÁNTICA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El suscrito Director Regional de
Para ver tabla solo en
Limón, 18 de julio del
2012.—Lic. Óscar Vindas Masís, Director Regional.—(IN2012076394).
COLEGIO DE PROFESIONALEN EN CIENCIAS
ECONÓMICAS
DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con el artículo
Nº 241 de
Carné Nombre Cuotas
11631 ACON HO EDWIN JESUS 19
14181 ALFARO ESQUIVEL VICTOR MANUEL 14
20140 ALVARADO MELENDEZ CARLOS ANTONIO 14
1972 ALVARADO SANCHEZ JUAN CARLOS 17
9505 ARGUEDAS CONTRERAS MINOR 19
21187 ARRIETA ALVAREZ CYNTHIA 13
11273 AVENDAÑO MOSCOA CARLOS GUSTAVO 15
18775 BADILLA STEELE GERARDO DANOVAL 16
12291 BETANCOURT COREA JUAN ROLANDO 20
8938 CANALES VILLEGAS JUAN 18
8922 CARRILLO MENDEZ JESUS HILARIO 17
23514 CARVAJAL CERDAS JORGE ARTURO 18
12954 CASCANTE MARIN RAMIRO 16
10677 CASTRO ROJAS ORLANDO 15
25703 CHAVARRIA JIMENEZ VIVIAN MILENA 14
22627 CHRISTIAN EASY MARVETH DAVONY 17
22921 CONTRERAS CASTRO HEYDDRI
ANGELICA 20
25760 CORDERO CEDEÑO ADRIAN 14
11198 CORONADO MARIN MARIA ISABEL 16
24468 CORRALES QUIROS ANDRES MAURICIO 20
5868 ESPINOZA GUZMAN XITLALI 20
10587 ESQUIVEL GATJENS ROY EDUARDO 16
18867 FERNANDEZ BARAHONA ERIK ARTURO 14
16204 FERNANDEZ CORRALES LUIS GUILLERMO 13
2997 FLORES BARAHONA ROGER 19
15211 FOSTER DIXON ILSE MARIE 17
24720 GARCIA BRENES CHRISTIAN ROBERTO 19
9734 GARCIA BRICEÑO GRICELDA 20
6971 GARCIA CRUZ RONALD 18
11329 GRANADOS AGUILAR YURI ALBERTO 14
25131 HENRIQUEZ MILLON LUIS RICARDO 17
533 HERNANDEZ JIMENEZ MARCO ANTONIO 17
10889 HERNANDEZ MATAMOROS EDGAR 14
22318 HERRA RAMIREZ HEILYN VANEZA 20
8378 JIMENEZ MORALES RONALD ALBERTO 19
6577 LIZANO GAMBOA MARCO ANTONIO 16
25011 LO POLITO AUSTIN OSCAR 14
13739 LOBO ALVAREZ ALFONSO RIGOBERTO 19
19369 LORIA BARRANTES GINNETTE MARIA 18
25207 LUMBERT GRANT MARIA ESTELA 14
15131 MARCHENA JIMENEZ MARIA JOHANNA 20
21402 MATARRITA CHAVEZ SYLVIA ELENA 14
11326 MEJIA MOLINA SUSANA VANESA 16
21230 MORA LEIVA MINOR STANLEY 19
20007 MORA QUIROS YAMILETH 17
11683 MORALES ARAUZ WILLIAM G. 19
3713 MORALES MARTINEZ EDWIN 18
21830 MOSS GIBBS DERICKA SUBABY 14
6991 MURILLO CHAVES CARLOS RICARDO 16
23933 OLIVER QUIROS MARCO VINICIO 16
22376 ORTEGA HERNANDEZ WINDY 20
24578 PARADA NUÑEZ LEVI GIOVANNI 17
19861 QUINTANA VARGAS CARLOS RODOLFO 20
25128 QUIROS PORTUGUEZ WALTER 17
17652 RAMIREZ ARRIETA SANDRA PATRICIA 20
16538 REDONDO GARRO JAVIER 17
16115 RIGGIONI CHAVES REBECA 15
24514 RODRIGUEZ CHACON ADA MAVERICH 20
23161 RODRIGUEZ MORERA TATIANA MARIA 18
24266 ROJAS ARGUEDAS LAUREN MARIA 17
22822 ROJAS SOLIS CHRISTIAN 18
25679 RUIZ CONTRERAS LUIS ROLANDO 15
14326 SOLERA CARRANZA GREIVIN 17
2642 UGALDE SANCHEZ FABRICIO 15
11079 VALERIO HERNANDEZ VANESSA 18
21912 VALVERDE ELIZONDO PATRICIA MARIA 19
23191 VASQUEZ MACHADO ALBERTO ESTEBAN 18
15603 VILLALOBOS NARANJO WILLIAM 18
7671 VIZCAINO GUARDIA CARLOS EDUARDO 10
12805 ZAVALA MARTINEZ YORLENY 19
En ese sentido, le permitimos
informar que para levantar la condición de suspensión debe cancelar el monto
que tiene pendiente o realizar un arreglo de pago. Para mayores detalles se puede comunicar a
CENTRO TURÍSTICO REGIÓN NORTE EMPLEADOS
SEGURO
SOCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Centro Turístico Región Norte
Empleados Seguro Social Sociedad Anónima (CETRENSS S. A.), cédula jurídica Nº
3-101-047753 publica lista de accionistas en calidad de morosos con más de seis
cuotas por concepto de desarrollo, conservación y mantenimiento, a efecto de
que se apersonen en el término improrrogable de treinta días hábiles a partir
de la publicación de este aviso, a las oficinas administrativas situadas en El
Coyol de Alajuela,
Vilma Barrantes Camacho cédula Nº 4-0102-0873 accionista
Nº 2135.
Ileana Hidalgo
López, cédula Nº 1-0560-0203 accionista Nº 1665.
Noé Mario Marín
Garita cédula Nº 1-0415-0518 accionista Nº 1658.
Eduardo Umaña
Rojas cédula Nº 1-0599-0269 accionista Nº 2803.
Cecilia Vargas
Castro cédula Nº 1-0510-0838 accionista Nº 1333.
Dr. Eduardo Antonio Blanco
Umaña, Presidente Junta Directiva.—(IN2012076481).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
En edicto dado en San José, a
los veintiséis días del mes de junio del dos mil ocho, a nombre de García
Gutiérrez Cira, de solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo I, folio 54 y título Nº 530, emitido por el Liceo
Miguel Araya Venegas, por error se le consignó: el año mil novecientos
ochenta y cinco, siendo lo correcto: en el año mil novecientos noventa y
cinco. Se extiende la presente a los dieciocho días del mes de enero del dos
mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—1 vez.—(IN2012078853).