LA GACETA Nº 160 DEL 21 DE AGOSTO DEL 2012

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOS

EDICTOS

AVISOS

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

CULTURA Y JUVENTUD

LICITACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PUBLICOS

AVISOS

ADJUDICACIONES

SALUD

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

REMATES

MUNICIPALIDADES

REGISTRO DE PROVEEDORES

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

FE DE ERRATAS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

REMATES

HACIENDA

AVISOS

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

HACIENDA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 628-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política; y el artículo 47 inciso 3) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; la Ley N° 9019, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2012 del 2 de diciembre de 2011; y el Reglamento de gastos de viaje y de transportes para funcionarios públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que se ha recibido formal invitación por parte de la organización del “Global Innovation Summit” del Banco Mundial y del Banco Interamericano de Desarrollo, para que el Ministerio de Ciencia y Tecnología participe en las actividades del Global Innovation Summit y el Diálogo Regional de Política sobre Competitividad e Innovación, a realizarse la primera actividad del 16 al 18 de julio del presente año, en San José, California, Estados Unidos, y la segunda actividad el 19 de julio del año en curso en Silicon Valley, California, con el objeto de participar en reuniones con expertos en temas de innovación para proponer soluciones prácticas para el desarrollo sostenible a través de la innovación mundial, crear un ecosistema de innovación mundial y promover nuevas formas de pensamiento en torno al desarrollo y crecimiento económico de países en vías de desarrollo.

II.—Que es de especial interés del Ministerio, que el señor Ministro Alejandro Cruz Molina, asista a estas actividades para fortalecer las capacidades nacionales en temas vinculados a la ciencia, la tecnología e innovación, mediante el intercambio de conceptos con expertos internacionales, así como fortalecer los vínculos con organismos internacionales para promover la innovación en los países en desarrollo.

III.—Que durante los días del 20 al 22 de julio del 2012, el señor Ministro de Ciencia y Tecnología solicita una licencia para atender asuntos personales. Por tanto:

ACUERDA:

1º—Autorizar al señor Alejandro Cruz Molina, cédula de identidad tres-cero ciento noventa y dos-cero trescientos nueve; Ministro de Ciencia y Tecnología, para que participe en las actividades del Global Innovation Summit y el Diálogo Regional de Política sobre Competitividad e Innovación, que se llevarán a cabo del 16 al 19 de julio del presente año, en San José, California, Estados Unidos.

2º—Los gastos correspondientes al boleto aéreo, hospedaje, alimentación y transporte local del 15 al 19 de julio del 2012, serán cubiertos por el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo. Los gastos correspondientes a impuestos de salida y los seguros los cubrirá el Ministerio de Ciencia y Tecnología, por medio de la subpartida 10601 del Programa 893-“Coordinación y Desarrollo Científico y Tecnológico”.

3º—Conceder al señor Ministro de Ciencia y Tecnología, licencia sin goce de salario para atender asuntos personales del 20 al 22 de julio del 2012.

4º—Que desde las 13:01 horas del 15 de julio del dos mil doce hasta las 23:59 horas del 22 de julio de ese mismo año, se nombra Ministro a. i. de Ciencia y Tecnología al señor Keilor Rojas Jiménez, cédula de identidad dos-cero quinientos catorce-cero novecientos cuarenta y cuatro, Viceministro de Ciencia y Tecnología.

5º—Rige a partir de las 13:01 horas del 15 de julio del dos mil doce hasta las 23:59 horas del 22 de julio del dos mil doce.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día once de julio del año dos mil doce.

Publíquese.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 16236.—Solicitud Nº 25704.—C-30550.—(IN2012080389).

ACUERDO 634-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 139, de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Separar del cargo de Viceministra de Juventud a la señora Karina Bolaños Picado, cédula de identidad número 1-847-021, a partir del treinta y uno de julio del dos mil doce.

Artículo 2º—Rige a partir del treinta y uno de julio del dos mil doce.

Dado en la Presidencia de la República, a los treinta días del mes de julio del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 14794.—Solicitud Nº 093.—C-6130.—(IN2012079636).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

380-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 28 párrafo 1 y 2 inciso a) de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2012, Ley 9019, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Mauricio Boraschi Hernández, cédula de identidad número 1-789-060, Viceministro de la Presidencia en Asuntos de Seguridad, para que viaje a México, del 27 al 30 de mayo del año en curso y participe en la “Primera Consulta Técnica para Desarrollar el Esquema Hemisférico contra la Delincuencia Organizada Transnacional”, a celebrarse en dicho país los días 28 y 29 de mayo del 2012. La salida del señor Boraschi Hernández será el 27 de mayo y su regreso estará previsto para el 30 de mayo del 2012.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, el servicio de Internet, servicio de roaming, llamadas oficiales internacionales y gastos conexos se le cancelarán del Título 202- Ministerio de la Presidencia, Programa 03400-Administración Superior, Subpartida 10503-Transporte al Exterior, 10504-Viáticos al Exterior.

Los gastos por concepto de hospedaje serán cubiertos por el Gobierno de México.

Artículo 3º—El funcionario cede las millas otorgadas al Ministerio de la Presidencia en cada uno de los viajes realizados al exterior.

Artículo 4º—Se le otorga la suma adelantada de $138.486,14 por concepto de viáticos, sujetos a liquidación.

Artículo 5º—Rige a partir del 27 y hasta el 30 de mayo del 2012.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil doce.

Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 14795.—Solicitud Nº 094.—C-19740.—(IN2012080384).

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

145-PE

LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006, la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Modificar el punto 1 del acuerdo de viaje 123, el mismo debe leerse:

1.  Autorizar a los Ingenieros: Christian Rodríguez Artavia, cédula 1-846-548, y Yendri Delgado Delgado, cédula 2-555-904, funcionarios de la Región Huetar Atlántica, quienes fueron invitados por el Proyecto Gestión Integral de Ecosistemas en la Cuenca Binacional del Río Sixaola, para que participen en el curso “Agroecología y Desarrollo Urbano y Rural”, que se realizará en San José de las Lajas, Mayabeque, Cuba del 16 al 20 de julio de 2012.

3. Rige a partir del 15 al 21 de julio de 2012.

Dado en el Despacho Ministerial el doce de julio del dos mil doce.

Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(IN2012080340).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Nº 133-2012 AC.—San José, 27 de junio del 2012

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, la Resolución Nº 11830 de las ocho horas diez minutos del trece de octubre del dos mil once del Tribunal de Servicio Civil y la resolución Nº 021-2012 dictada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de junio del dos mil doce por el Tribunal Administrativo de Servicio Civil.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al servidor Ismael Arauz Vásquez, mayor de edad, cédula de residencia Nº 1-558-057208, quien labora como Profesor de Enseñanza General Básica en la Escuela Finca San Juan, de la Dirección Regional Educativa de San José.

Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del diez de julio del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Educación Pública, a. í.—Mario Mora Quirós.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 43757.—C-8200.—(IN2012079582).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

170-2012

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) y 157 de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo 37-2009 de fecha 10 de febrero de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 88 del 08 de mayo de 2009; modificado por el Informe número 94-2009 de fecha 30 de octubre de 2009, emitido por PROCOMER; y por el Acuerdo Ejecutivo 689-2009 de fecha 18 de diciembre de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 106 del 02 de junio de 2010; a la empresa Triquint S. R. L., cédula jurídica número 3-102-168623, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante documentos presentados los días 08 y 10 de mayo de 2012, en la Gerencia de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Triquint S. R. L., solicitó la disminución del nivel mínimo de empleo.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de PROCOMER en la Sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Triquint S. R. L., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER número 55-2012, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que en relación con las disminuciones de los niveles de empleo e inversión, el entonces Ministro de Comercio Exterior, mediante el oficio número DM-911-1 de 26 de setiembre de 2001, señaló lo siguiente:

“(...) No obstante lo anterior, al ser ésta una institución con una misión y vocación clara de servicio a la exportación, sin dejar de lado claro está, su función de supervisión y control, PROCOMER no puede dejar de considerar factores dinámicos, cambiantes propios del entorno y realidad empresarial. Es así como también debemos considerar que en muchas ocasiones las empresas beneficiarias del régimen o bien su casa matriz se ven enfrentadas a graves problemas en la comercialización de sus bienes, a crisis financieras internas inclusive problemas de índole macroeconómicos en sus países y hasta a situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancias todas que las podrían obligar a disponer cambios inmediatos en sus políticas de mercado.

Ha sido el afán del Ministerio atender y tratar de ayudar a solventar de la forma más objetiva posible estas situaciones, no sólo teniendo en consideración la posición de las empresas, sino el resguardo sobre todo de intereses de orden general; al valorar el impacto que supone una modificación considerable en los niveles de inversión y empleo frente al cierre definitivo de la empresa. (...)”

V.—Que en virtud de las reformas legales y reglamentarias que han operado con posterioridad al otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la empresa, se hace necesario adecuar en lo conducente el Acuerdo Ejecutivo original.

VI.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto;

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo 37-2009 de fecha 10 de febrero de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 88 del 08 de mayo de 2009 y sus reformas, para que en el futuro las cláusulas cuarta, quinta y sexta se lean de la siguiente manera:

“4.   La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de las prórrogas acordadas de acuerdo con el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.

Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley 4755 del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.

5.  De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.

Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus productos al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.

6.  La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 190 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo; dadas las circunstancias bajo las cuales la empresa justifica su solicitud de disminución, el compromiso asumido con el nivel mínimo de empleo, deberá ser revisado por ella dentro de los doce meses siguientes a la comunicación de este Acuerdo, con el fin de valorar el eventual incremento del mismo. De igual forma, se obliga a mantener una inversión de al menos US $40.564.223,05 (cuarenta millones quinientos sesenta y cuatro mil doscientos veintitrés dólares con cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir del 24 de marzo de 2009, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional total de al menos US $6.302.000,00 (seis millones trescientos dos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 30 de noviembre de 2009. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US $46.866.223,05 (cuarenta y seis millones ochocientos sesenta y seis mil doscientos veintitrés dólares con cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 10%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.”

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo 37-2009 de fecha 10 de febrero de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 88 del 08 de mayo de 2009 y sus reformas.

3º—Rige a partir de su notificación. Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el primer día del mes de junio del año dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Comercio Exterior, Anabel González Campabadal.—1 vez.—(IN2012080328).

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

Nº SC-012-2012.—San José, 24 de julio del 2012.

Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha emitido la siguiente resolución:

DG-184-2012: Aprueba el Modelo de Evaluación de Desempeño Institucional propuesto por el Tribunal de Servicio Civil.

DG-198-2012: Actualiza el Manual Descriptivo de Clases de Puestos Docentes y Manual Descriptivo de Especialidades Docentes.

Publíquese.—Lic. José Joaquín Arguedas Herrera, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 14382.—Solicitud Nº 025-2012.—C-13180.—(IN2012079950).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOS

La doctora Aura Santacruz Bernal con número de cédula 117000903614, vecina de San José en calidad de regente veterinario de la compañía Suplidora Internacional Royal S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Splash Lavanda y Arándanos, fabricado por Laboratorios Servicios de Maquila Larisa S. A., de Costa Rica, con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Alcohol 50.5 %, Biosil HMW 5 % y las siguientes indicaciones terapéuticas: Cosmético de uso externo para perfumar, dar brillo y humectación en el pelaje en la especie canina. Con base en el Decreto Ejecutivo 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 6 de julio del 2012.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012079916).

La doctora Aura Santacruz Bernal con número de cédula 117000903614, vecina de San José en calidad de regente veterinario de la compañía Suplidora Internacional Royal S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Splash Amapola-Jazmín, fabricado por Laboratorios Servicios de Maquila Larisa S. A., de Costa Rica, con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Alcohol 50.5 %, Biosil HMW 5 % y las siguientes indicaciones terapéuticas: Cosmético de uso externo para perfumar, dar brillo y humectación en el pelaje en la especie canina. Con base en el Decreto Ejecutivo 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. .—Heredia, 6 de julio del 2012.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012079919).

La doctora Aura Santacruz Bernal con número de cédula 117000903614, vecina de San José en calidad de regente veterinario de la compañía Suplidora Internacional Royal S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Splash Ylang-Ylang, fabricado por Laboratorios Servicios de Maquila Larisa S. A., de Costa Rica, con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Alcohol 50.5 %, Biosil HMW 5 %, aroma 3 % y las siguientes indicaciones terapéuticas: Cosmético de uso externo para perfumar, dar brillo y humectación en el pelaje en la especie canina. Con base en el Decreto Ejecutivo 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 6 de julio del 2012.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2012079920).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 85, título 1477, emitido por el Colegio de Limón Diurno, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Ramírez Jiménez Rita Ángel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta y un días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012079131).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 21, título 316, emitido por el Liceo Roberto Gamboa Valverde en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Cervantes Mora Roger Martín. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta”.—Dado en San José, a los veintisiete días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012079138).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Educación Técnica, inscrito en el tomo 1, folio 46, asiento 13, y del Título de Técnico Medio en la modalidad de Secretariado Comercial, inscrito en el tomo 1, folio 47, asiento 13, ambos emitidos por el Colegio Técnico Profesional José Figueres Ferrer, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Solano Araya María del Carmen. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de julio del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012079166).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Educación Técnica Profesional Industrial, inscrito en el tomo 1, folio 54, asiento 20, emitido por el Colegio Técnico Profesional José Figueres Ferrer, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Solano Araya Jorge Eduardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 27 de julio del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012079168).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Área Agropecuaria”, inscrito en el tomo 1, folio 53, asiento 46, título 331, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Acosta, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Arce Meza Carlos Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Arce Fallas Carlos Alberto. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012079212).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de conclusión de estudios de la educación diversificada, Rama Académica Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 3, folio 200, título Nº 1742, emitido por el Liceo de Nicoya en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Enríquez Guevara Lida. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del nombre, cuyos nombre y apellidos correctos son: Enríquez Guevara Lidia. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de mayo del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012315056.—(IN2012079339).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

La Dirección Nacional de Pensiones (DNP) informa a los pensionados residentes y quienes vivan en el extranjero sobre el requerimiento legal de actualizar su registro bancario con un número de identificación válido con el fin de evitarles inconvenientes en el pago de su pensión. Para ello, se informa a todos los pensionados residentes y quienes vivan en el extranjero que es necesario que soliciten el Documento de Identificación Migratorio para Extranjeros (DIMEX) ante la Dirección General de Migración y Extranjería y presenten una copia de dicho documento ante la DNP antes del 16 de setiembre del 2012, de no hacer lo anterior, a partir del mes de octubre del 2012 su monto de pensión será retenido de manera indefinida hasta tanto no acredite que cuenta con un DIMEX y se tenga certeza de su status en vida.—Dunia Madrid, Directora Nacional.—1 vez.—O. C. Nº 14459.—Solicitud Nº 46584.—C-8460.—(IN2012082780).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

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Marcas de Ganado

Nº 45538.—José Nain González Barrantes, cédula de identidad número 5-0154-0662, mayor, soltero, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Veintisiete de Abril, Las Brisas, 100 km al sur de la pulpería Santa Fe. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 6 de junio de 2012.—Lic. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—RP2012314564.—(IN2012078610).

Nº 12844.—José Solón Obando Mendoza, cédula de identidad número 5-0153-0562, mayor, casado, una vez, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Nicoya, Moracia, Río Garzón, Corralillo, del Colegio 1.5 km norte. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 6 de junio de 2012.—Lic. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—RP2012314565.—(IN2012078611).

Nº 13.353.—Edgar Geovanny Porras Quesada, cédula de identidad número 5-239-922, mayor, divorciado, 1, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Las Juntas, Abangares, Concepción, 2 km al oeste de la Escuela de Concepción. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 18 de mayo del 2012.—Lic. Luz Marina Vega Rojas, Registradora.—1 vez.—RP2012314743.—(IN2012078612).

Nº 63.256.—Jeannette Villeda Ramírez, cédula de identidad número 6-0220-0825, mayor, casada, 1, solicita el registro de: SV. como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Abangares, San Juan, Pozo Azul, frente al salón comunal. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 18 de mayo del 2012.—Lic. Luz Marina Vega Rojas, Registradora.—1 vez.—RP2012314744.—(IN2012078613).

Nº 2012-576.—Universidad Nacional, cédula jurídica Nº 4-000-042150, representada por el señor Hechel David Argüello Arce, cédula Nº 4-0174-0845, con facultades de apoderado especial, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Heredia, Heredia, Ulloa, en las instalaciones de la Escuela de Medicina Veterinaria ubicada en el Campus Benjamín Núñez. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto..—San José, 6 de junio de 2012.—Lic. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—O. C. Nº 208-2012.—Solicitud Nº 40096.—C-14420.—(IN2012078698).

Víctor Emmanuel Wolf Pinto, cédula de identidad 0106500407, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Ganadera Chomes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-113490, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado de ganado que usará preferentemente en Puntarenas, Puntarenas, Chomes, Chomes, 9 kilómetros al sur de la Clínica de Chomes de la CCSS, portón rojo a mano derecha. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del 2012, según solicitud Nº 2012-658. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de mayo del 2012.—Luz Vega, Registradora.—RP2012314938.—(IN2012078934).

Nº 2012-55.—Humberto Campbell Allen, cédula de identidad número 1-0600-0922, mayor, casado una vez, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Limón, Siquirres, Pacuarito, de la segunda entrada sobre la pista a Limón, 200 metros norte y 100 metros al oeste. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 29 de febrero del 2012.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP2012315126.—(IN2012079313).

Adrián Alfaro López, cédula de identidad 0202210652, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, Colorado, Zapota 2, Contiguo al Río Zapota, Finca La Zapota. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2012, según el solicitud Nº 2010-63289.—San José, 18 de julio del 2012.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—RP2012315133.—(IN2012079314).

Keilor Peñaranda Arana, cédula de identidad 0205550037, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San Carlos, Fortuna, La Palma, frente a Motel Kioro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2012, según el solicitud Nº 2012-777.—San José, 12 de julio del 2012.—Lic. Anais Mendieta Jiménez, Registradora.—RP2012315181.—(IN2012079315).

Jorge Montoya Ocampo, cédula de identidad 0203960666, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Upala, Upala, Alajuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 12 de mayo del 2004, según solicitud Nº 2010-103788.—San José, 31 de julio del 2012.—Luz Vega, Registradora.—RP2012315047.—(IN2012079316).

Nº 41.845.—Juan Rafael Alfaro Rojas, cédula de identidad Nº 0203600428, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Ganadera Alfaro Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-032589, solicita el registro de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Alajuela, San Carlos, Palmera, Marina, frente al Oratorio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los seis meses contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Anaís Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP2012315371.—(IN2012079696).

Patente de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Édgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de Apoderado Especial de Honda Motor Co, Ltd., de Japón, solicita el Diseño Industrial denominado MOTOCICLETA.

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Una motocicleta con la presencia de elementos de forma principal, una capucha frontal, un tanque de combustible, cobertores laterales, un cobertor trasero y un asiento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12/01, cuyo(s) inventor(es) es(son) Tako, Kenji, Kato, Akira. La solicitud correspondiente lleva el número 20120245, y fue presentada a las 13:41:10 del 11 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de Julio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012079198).

La señora María del Pilar López Quirós, cédula Nº 1 1066 0601, mayor de edad, abogada, vecina de San José, apoderada especial de Mars, Incorporated, de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominado ENFRIADOR.

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El diseño ornamental de un enfriador, tal y como se muestra y se describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 15/07, cuyo(s) inventor(es) es(son) Woolford, Simon, Althorpe, Chris, Unwin, Michael John, Hannant, Bruce. La solicitud correspondiente lleva el número 20120372, y fue presentada a las 08:39:14 del 12 de julio de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de julio de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012079199).

La señora Giselle Reuben Hatounian, cédula 1-1055-0703, en condición de apoderada de Johnson Controls Technology Company, de E. U. A., solicita el Diseño Industrial denominada BATERÍA.

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Diseño ornamental para una batería de forma rectangular. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseño Industriales es: 13/02, cuyos inventores son Nicholas E. Elison, Glenn W. Andersen. La solicitud correspondiente lleva el número 20120205, y fue presentada a las 14:31:12 del 25 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de julio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012315123.—(IN2012079337).

La señora Giselle Reuben Hatounian, cédula 1-1055-0703, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Johnson Controls Technology Company, de E. U. A., solicita el Diseño Industrial denominada BATERÍA.

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Diseño ornamental para una batería de forma rectangular. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 13/02, cuyos inventores son Nicholas E. Elison, Glenn W. Andersen. La solicitud correspondiente lleva el número 20120206, y fue presentada a las 14:31:26 del 25 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012315124.—(IN2012079338).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Jorge Tristán Trelles, cédula Nº 1-392-470, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Ifco Systems GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada CAJA DE TRANSPORTE Y ENTREGA. La presente invención se refiere a cajas para transportar bienes, permitiendo que los bienes transportados en la caja que se presenta a un consumidor y para facilitar el acceso a los bienes en la caja para él o ella. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B65D 1/24; B65D 1/22; B65D 6/16; cuyos inventores son Wolfgang, Orgeldinger, Klaus, Delbrouck. La solicitud correspondiente lleva el número 20120200, y fue presentada a las 10:20:10 del 25 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de julio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012315289.—(IN2012079697).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor de edad, abogado, apoderado especial de The Board Trustees Of The University Of Arkansas, N.A., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: CULTIVAR DE ARROZ CL142-AR. Se divulga un cultivar de arroz denominado CL142-AR. La invención se refiere a las semillas del cultivar de arroz CL142-AR, a las plantas de arroz CL142-AR, a métodos para producir una planta de arroz producida cruzando el cultivar CL142-AR consigo mismo o con otra variedad de arroz, y a métodos para controlar malezas en los alrededores de plantas del cultivar de arroz CL142-AR, que comprenden resistencia aumentada a herbicidas inhibidores de acetohidroxiácido sintasa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A01H 1/04, cuyo(s) inventor(es) es(son) Moldenhauer, Karen, A., K. La solicitud correspondiente lleva el número 20120189, y fue presentada a las 14:22:22 del 18 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012080096).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de The Board Of Trustess Of The University Of Arkansas N.A., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: CULTIVAR DE ARROZ CL181-AR. Se divulga un cultivar de arroz denominado CL181-AR. La invención se refiere a las semillas del cultivar de arroz CL181-AR, a las plantas de arroz CL181-AR, a métodos para producir una planta de arroz producida cruzando el cultivar CL181-AR consigo mismo o con otra variedad de arroz, y a métodos para controlar malezas en los alrededores de plantas del cultivar de arroz CL181-AR, que comprenden resistencia aumentada a herbicidas inhibidores de acetohidroxiácido sintasa. La invención además se refiere a semillas y plantas de arroz híbridas producidas cruzando el cultivar CL181-AR con otro cultivar de arroz. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01H 5/10; C12N 15/82; cuyo(s) inventor(es) es (son) Moldenhauer, Karen A.K. La solicitud correspondiente lleva el número 20120239, y fue presentada a las 13:14:10 del 9 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012080098).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Nestec S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: APARATO PARA EVALUACIÓN DE INTEGRIDAD DEL SELLADO Y MÉTODO DE USO DEL MISMO. La presente invención proporciona generalmente aparatos para evaluar la integridad de un sello del recipiente. Más particularmente, la presente descripción proporciona aparatos para evaluar la integridad del sellado de recipientes con líquidos de distintos tamaños, y métodos para evaluar dichos sellos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G01M 3/40; cuyo(s) inventor(es) es (son) Dzikowicz, Anthony Edward. La solicitud correspondiente lleva el número 20120383, y fue presentada a las 13:36:10 del 17 de julio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2012080099).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en condición de apoderado de Institut National de la Sante ET de la Recherche Medicale (INSERM), de Francia, Centre National de la Recherche Scientifique (CNRS), de Francia, Biorealites, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada: ANTICUERPOS MONOCLONALES FRENTE A PROGASTRINA Y SU USOS. La presente invención está dirigida a anticuerpos monoclonales de progastrina, a fragmentos de éstos, a composiciones que comprenden anticuerpos monoclonales de progastrina y a métodos para preparar y usar los anticuerpos monoclonales de progastrina y composiciones de éstos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/26; A61K 39/395; A61P 35/00, cuyo(s) inventor(es) es(son) Pannequin, Julie, Boudier, Laure, Joubert, Dominique, Hollande, Frédéric. La solicitud correspondiente lleva el número 20120184, y fue presentada a las 14:09:10 del 13 de abril del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de julio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012080100).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Nestec S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: COMPOSICIONES NUTRICIONALES QUE COMPRENDEN HOJUELAS DE FRUTAS QUE INCLUYEN ÁCIDO DOCOSAHEXAENOICO.

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Se proporcionan las composiciones nutricionales y métodos para hacer y utilizar las composiciones nutricionales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Edición 2011.01, es A23L 1/00, cuyo(s) inventor(es) es(son) Chávez, Gabriela. La solicitud correspondiente lleva el número 20120381, y fue presentada a las 13:34:10 del 17 de julio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012080101).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd. 1-335-794, en condición de apoderado de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS DERIVADOS DE AZABICICLO[3.1.0]HEX-2-ILO, SU PROCEDIMIENTO DE PREPARACIÓN Y LAS COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE LOS CONTIENEN.

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Compuestos de la fórmula I, en la que ALK representa una cadena alquileno, W representa un grupo de la fórmula II o de la fórmula III, en la que R y R’ son tales como se han definido en la descripción. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 209/52; A61K 31/403; A61P 25/00; cuyos inventores son Chollet, Anne-Marie, Dhainaut, Alain, Henlin, Jean-Michel, Lestage, Fierre, Panayi, Fany, Casara, Patrick. La solicitud correspondiente lleva el número 20120286, y fue presentada a las 14:03:10 del 29 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de julio del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012080102).

El señor Francisco Guzmán Ortiz, céd. 1-434-595, mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Oy Sinebrychoff Ab, de Finlandia, solicita el Diseño Industrial denominado BOTELLA.

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El presente diseño se refiere a una botella con las siguientes especificaciones y que en relación a los dibujos que se acompañan forman parte del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Novena Edición es 09/01, cuyos inventores son Riikka Salokannel, Rami Toivonen, Lasse Vijanen. La solicitud correspondiente lleva el número 20120243, y fue presentada a las 14:37:10 del 10 de mayo de 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de julio de 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012315599.—(IN2012080179).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Karla Villalobos Wong, cédula Nº 1-1036-375, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Catabasis Pharmaceuticals Inc., de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada CONJUGADOS DE NIACINA Y ÁCIDOS GRASOS Y SUS USOS. La invención se refiere a conjugados de niacina y ácidos grasos, composiciones que contienen una cantidad efectiva de un conjugado de niacina y ácidos grasos y métodos para tratar o prevenir una enfermedad metabólica que consisten en la administración de una cantidad efectiva de un conjugado de niacina y ácidos grasos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/40; A61K 31/44, cuyos inventores son Milne, Jill C., Jirousek, Michael R., Bemis, Jean E-, VU, Chi B. La solicitud correspondiente lleva el número 20120167, y fue presentada a las 14:25:10 del 30 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012315619.—(IN2012080180).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISO

Asociaciones civiles

El Registro de Personas Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Vivienda El Mariposal, con domicilio en la provincia de San José. Sus fines, entre otros están: Gestionar, ayudar y apoyar a los asociados para la consecución de una vivienda para si y para su familia. Impulsar proyectos de desarrollo social, organizativo y vecinal. Su presidenta Flor Zúñiga Rodríguez, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y demás limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus Reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; tomo: 2012, asiento 54066, adicional: 2012-83067.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 50 minutos, del 13 de abril del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2011080318).

REGISTRO NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR

Y DERECHOS CONEXOS

AVISO

Sarah Laure Marie Carrere mayor de edad, soltera, cantautora y arpista, de nacionalidad francesa, pasaporte de su país Nº 04B161972 y vecina de San José, Lourdes de Montes de Oca 350 norte del Palí, Condominio Francisco de Asís Nº 5 solicita la inscripción de los derechos morales y los derechos patrimoniales en la obra artística, individual y publicada que se titula COMPOSICIONES EL ARPA AFRICANA, en la cual ella es autora y productora. Así como derechos conexos morales de intereptación y ejecución a favor de Sarah Laurie Marie Carrere sobre sus ejecuciones e interpretaciones. La obra consiste en un fonograma, en disco compacto, que contiene varias obras musicales, temas personales tocados con el arpa africana. La misma incluye doce obras musicales o canciones estilo tradicional africano, cada una con un significado. El título de cada una de las obras musicales consta en el expediente. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº6683. Expediente 7095.—Curridabat, 18 de julio del 2012.—Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador.—1 vez.—(IN2012080366).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 14434P.—Compañía Bananera Atlántica Ltda., solicita concesión de: 4 litros por segundo de aguas acuífero (Pozo RS-97), efectuando la captación en finca del mismo en Sarapiquí, Puerto Viejo, Heredia, para uso consumo humano y agroindustria. Coordenadas 273.227 / 540.923 hoja Río Sucio. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de abril del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012061465).

Exp. 10131P.—José Manuel, Arce Zumbado solicita concesión de: 0,10 litros por segundo de acuífero (pozo sin número), efectuando la captación en finca de su propiedad en Veintisiete de Abril, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 246.000 / 335.700 hoja Villarreal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de julio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012076363).

Exp. 15249A.—Hacienda Manuelita S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del nacimiento El Tajo, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, Alajuela, para uso consumo humano . Coordenadas 232.927 / 517.007 hoja Barva. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua MINAET.—(IN2012077252).

Exp. 15266A.—Hermanos Pérez Echeverría S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo de la Quebrada Chaves, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, Alajuela, para uso abrevadero y lechería. Coordenadas 235.124 / 517.439 hoja Barva. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012077254).

Exp. 15254A.—Hacienda Manuelita S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro, Alajuela, para uso abrevadero-lechería y agroindustrial. Coordenadas 233.531 / 517.259 hoja San Antonio. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012077255).

Exp. 488H.—Peters S. A., solicita concesión de: 1400 litros por segundo del Rio Colorado, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sarchí Norte, Valverde Vega, Alajuela, para uso fuerza hidráulica generación eléctrica autogeneración eléctrica y venta a terceros. Coordenadas 229.175 / 496.950 hoja Naranjo. Caída bruta (metros) 24,27 m. potencia teórica 333 kw. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director de Agua. MINAET.—(IN2012081479).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 4697A.—Municipalidad de Upala, solicita concesión de: 30 litros por segundo del Nacimiento Milpas, efectuando la captación en finca de María Cecilia Quesada Guerrero en Upala, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 311.600 / 414.700 hoja Miravalles. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio de 2012.—José Miguel Zeledón Calderón. Director de Agua.—(IN2012073039).

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

EDICTOS

Ante la Oficina Regional San Carlos del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se ha presentado solicitud de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmueble sin inscribir en el Registro Nacional y sobre el que a su poseedor se les pagaría por los servicios ambientales brindados por el bosque existente en dicho inmueble según el siguiente detalle:

Para ver tabla solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo Nº 25721-MINAE y sus reformas, se concede un plazo de diez días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición. El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional, sita: Ciudad Quesada, San Carlos, en horario de 08:00 a. m. a 04:00 p. m.—Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro Fallas, Encargada.—O. C. Nº 0264.—Solicitud Nº 47617.—C-61300.—(IN2012079624).                                                                                                                                                                                               2 v. 2.

Ante la Oficina Regional San José Oriental del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los Servicios Ambientales brindados por el bosque existente en dichos inmuebles; según el siguiente detalle:

Para ver tabla solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

De conformidad con el Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo Nº 25721 MINAE y sus reformas, se concede un plazo de diez días hábiles posteriores a la segunda publicación de éste edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse por escrito ante la Oficina Regional de San José Oriental y deberá acompañar los argumentos y pruebas en que se fundamente la oposición. El expediente con la ubicación, plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional de San José Oriental, sita: San José, avenida siete, calles tres y cinco, en horario de 07:00 a. m. a 03:00 p. m.—Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—Lic. Elizabeth Castro Fallas, Encargada.—O. C. Nº 0263.—Solicitud Nº 47616.—C-78340.—(IN2012079625).                                                                                                      2 v. 2.

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOS

Nº 10-2012

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza al señor Luis Carlos Alvarado López, cédula de identidad número dos - cero quinientos cincuenta y ocho - cero seiscientos dieciséis, funcionario de la Oficina Regional de San Ramón, para que firme certificaciones y constancias que se expidan en esa oficina, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial.—San José, 31 de julio del 2012.—Luis Antonio Sobrado González Presidente.—Eugenia María Zamora Chavarría, Magistrada.—Mario Seing Jiménez, Magistrado.—1 vez.—O. C. Nº 14896.—Solicitud Nº 2807-12.—C-14760.—(IN2012079991).

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 33127-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas quince minutos del once de mayo del dos mil doce. Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Winibeth Natasha Seas Fernández, que lleva el número trescientos cincuenta y cuatro, folio ciento setenta y siete, tomo mil quinientos sesenta y tres, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que la misma es hija de “José María Porras Godínez y María Evelia Seas Fernández, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor David Emilio Martínez Montalván y a la joven Winibeth Natasha Seas Fernández, con el propósito que se pronuncien en relación con las presentes diligencias. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. Nº 14896.—Solicitud Nº 625-12.—C-31980.—(IN2012079989).

Exp. Nº 48502-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas del trece de abril del dos mil doce. Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Jofkeim Alexis Forbes Martínez, que lleva el número doscientos veintiocho, folio ciento catorce, tomo trescientos cuarenta y seis, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, en el sentido que el mismo es hijo de “Wilmer Moisés Torres Payán, colombiano y Katia Ivette Forbes Martínez, costarricense”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a los señores Jonnathan Vidal García, Wilmer Moisés Torres Payán y a la señora Katia Ivette Forbes Martínez, con el propósito que se pronuncien en relación con este proceso y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—O. C. Nº 14896.—Solicitud Nº 624-12.—C-31980.—(IN2012079990).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jana Dina Arróliga, único apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3354-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas veintiun minutos del seis de diciembre del dos mil once. Ocurso. Exp. 29683-2010. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, Rectifiqúense el asiento de nacimiento de Bryan José Rauda Orellana y el asiento de nacimiento de Josseline María Rauda Orellana...; en el sentido que los apellidos de la madre... son “Orellana Rauda”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012079914).

Se hace saber a los señores Rodrigo Orlando Jiménez Cascante, Santiago Lara Lara y a la señora Gladys Aguirre Aguirre, que este Registro Civil en proceso administrativo de rectificación de asiento de nacimiento, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2484-2012. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cuarenta minutos del cinco de julio del dos mil doce. Proceso administrativo. Exp. Nº 43740-2009. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., 4º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Francinie Andrea Aguirre Aguirre, que lleva el número cuatrocientos treinta y nueve, folio doscientos veinte, tomo cuatrocientos catorce, de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos, en el sentido que los apellidos de la persona ahí inscrita son “Jiménez Aguirre, hija de Rodrigo Orlando Jiménez Cascante y Gladys Aguirre Aguirre, costarricenses”. Se deniega en cuanto a la inscripción del reconocimiento de hija por parte del señor Santiago Lara Lara a favor de Francinie Andrea Aguirre Aguirre.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 14896.—Solicitud Nº 626-12.—C-13940.—(IN2012079987).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Lissette Gutiérrez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0527-09.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos del veintisiete de abril del dos mil nueve. Expediente Nº 1627-09. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Gema Yulieth Morales Gutiérrez... en el sentido que el apellido de la madre... es “Gutiérrez, no indica segundo apellido”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í., Sección de Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012315627.—(IN2012080181).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Luis Ángel Ferrandino Bustos, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2405-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dos de julio del dos mil doce. Expediente Nº 40821-2011. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense; el asiento de naturalización de Jesús Ferrandino de Angelis..., en el sentido que el nombre... es “Giosue” y el asiento de defunción de Jesús Ferrandino de Angelis..., en el sentido que el nombre de la persona ahí inscrita, el nombre del padre y el nombre de la madre del mismo son “Giosue”, “Francesco” y Mariantonia” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í., Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012315534.—(IN2012080182).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Evelyn Juárez Miranda, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2191-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y veintidós minutos del veintisiete de octubre del dos mil ocho. Ocurso. Exp 27817-08. Resultando: 1º—...2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Johan Jesús Miranda Gamboa... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Juárez Miranda” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(IN2012080330).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Carlos Andrés Estrada Tabares, mayor, soltero, músico, colombiano, cédula de residencia 117000323331, vecino de Puntarenas, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3118-2009.—San José, cuatro de junio de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez—RP2012315596.—(IN2012080183).

José Adrián Benavidez Martínez, mayor, soltero, jardinero, nicaragüense, cédula de residencia 155804547207, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1836-2012.—San José, veintiséis de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012315554.—(IN2012080184).

Sherly Karolina Zelaya Taleno, mayor, casada, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 135-RE-054915, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1810-2008.—San José, diecisiete de julio del dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—RP2012315548.—(IN2012080185).

Nezhat Safaeifard Sharafian, mayor, casada, ama de casa, iraní, cédula de residencia 136400000511, vecina de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.3864-2009.—San José, diecinueve de abril de dos mil doce.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012080374).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

La Contraloría General de la República informa: Se encuentra firme la resolución Nº PA-01-2012 de las 15:00 horas del 13 de enero de 2012, dictada dentro del procedimiento administrativo Nº DJ-36-2011. Dicha resolución en el Por tanto resuelve imponer una prohibición de ingreso o reingreso a cargos de la Hacienda Pública por el plazo de dos años al señor Lorenzo Colphan Reid, cédula de identidad 7-069-0810, de conformidad con el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. La anterior prohibición rige a partir del 29 de marzo de 2012, fecha en que quedó firme el acto final. En razón de ello, sírvanse tomar nota las Administraciones interesadas, a efectos de que dicha persona no sea nombrada en cargos de la Hacienda Pública por el período indicado, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Contraloría General de la República, publicado en La Gaceta Nº 76 del 20 de abril de 2007.

Publíquese.—Lic. Roberto Rodríguez Araica, Integrante Órgano Decidor.—1 vez.—IN2012080373.

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2012

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 09002 Escuela Nacional de Policía el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED

San José, 09 de agosto del 2012—Licda. Jenny Mena Ugalde Directora Proveeduría Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 1456.—Solicitud Nº 30449.—C-6560.—(IN2012081435).

CULTURA Y JUVENTUD

CENTRO NACIONAL DE LA MÚSICA

MODIFICACIÓN AL PLAN ANUAL DE COMPRAS 2012

De conformidad con las modificaciones a la Ley de Contratación Administrativa, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que la Tercera Modificación al Plan Anual de Compras para el año 2012, se encuentra a disposición de los interesados en la página oficial del Ministerio de Cultura y juventud www.mcjd.go.cr, así como en Comprared, en la dirección https://www. hacienda.go.cr/comprared.

San José, 8 de agosto del 2012.—Jorge Rodríguez Solera, Proveedor Institucional—1 vez.—O. C. Nº 11-2012—Solicitud Nº 34673.—C-5760—(IN2012081524).

LICITACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000025-PCAD

Contratación de una empresa que brinde un servicio

de acompañamiento y asesoría para la formulación

del Plan Estratégico de Tecnología del Banco

Popular para el 2013-2015

Apertura: para las 10:00 horas del día 5 de setiembre del 2012. Venta del cartel: Cajas 23 ó 24 de lunes a viernes, de 8:15 a.m. a 4:00 p.m. Retiro del cartel: en el 6to piso, oficinas centrales, Proceso de Contratación Administrativa, de 8:15 a.m. hasta las 4:00 p.m. Costo: ¢1.500,00 (Mil quinientos colones con 00/100).

San José, 14 de agosto del 2012.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compra.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2012082739).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

Nº 2012LN-112008-UL

Contratación de servicios profesionales para proyecto modalidad llave

en mano: estudios preliminares, anteproyecto, viabilidad ambiental,

elaboración y ejecución de la propuesta museográfica, diseño de planos

constructivos, especificaciones técnicas (constructivas y museográficas),

presupuesto detallado y ejecución de la construcción de obra civil

y museografía, acondicionamiento y equipamiento de la edificación

que albergará el Museo del Jade en San José

El Instituto Nacional de Seguros (INS), recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del miércoles 24 de octubre del 2012. para la contratación precitada.

Es indispensable antes de someter la oferta, visitar el sitio, con el propósito que se entere de las condiciones bajo las cuales desarrollarán los trabajos. Para la cual el día de la visita se le extenderá constancia de su participación.

La visita se llevará a cabo el martes, 4 de setiembre del 2012, a las 10:00 horas en la propiedad del INS ubicada en San José, de la Asamblea Legislativa 200 metros oeste, y será coordinada con la Directora Técnica del proyecto Arq. Mónica Martínez Gould, Departamento de Ingeniería y Mantenimiento al teléfono 2287-6000, extensión 2797. En caso de no realizar la visita antes de someter su oferta, será condición suficiente para desestimar la oferta.

Contradictorio: El contradictorio es el acto mediante el cual el Oferente que participó en la visita técnica, tendrá la oportunidad de exponer a la Administración todas las inquietudes, solicitudes de aclaración y otras cuestiones relacionadas con este servicio a contratar.

La fecha del contradictorio es el miércoles, 5 de setiembre del 2012, a las 9:00 horas, en el Auditorio de Planta Baja ubicado en el edificio central del INS (Avenida 7, calle 9 y 9 Bis San José, Costa Rica). En caso que deba extenderse la actividad, se continuará los días jueves 6 y viernes 7 de setiembre del 2012, a partir de las 9:00 horas, en dicho Auditorio para concluir con la misma.

Es deseable que los Oferentes remitan sus observaciones al cartel al Departamento de Proveeduría a más tardar el 4 de setiembre del 2012. Así mismo, se requiere que para tal propósito, el día del contradictorio los interesados hayan analizado la totalidad de los aspectos Cartelarios, con el objeto de entrar a conocer de forma puntual las inquietudes y/o aclaraciones respectivas. La asistencia a dicho evento será obligatoria. No se evaluarán las ofertas de los Oferentes que no asistan a dicho contradictorio.

El CD que contiene el cartel y los anexos, está a su disposición en nuestras oficinas, ubicadas en el octavo piso del Edificio Principal del Instituto Nacional de Seguros, Departamento Proveeduría, (sin costo alguno), o bien lo pueden ubicarlo en los siguientes sitios Web www.mer-link.co.cr, www.mer-link.go.cr o en la página Web del Instituto Nacional de Seguros www.ins-cr.com.

San José, 16 de agosto del 2012.—Proveeduría.—Msc. Francisco Cordero Fallas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 18486.—Solicitud Nº 0665.—C-52660.—(IN2012082755).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERON GUARDIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Nº 2012LN-000012-2101

Compra de reactivos para la determinación

de pruebas de coagulación sanguínea

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Pública Nacional Nº 2012LN-000012-2101, compra de reactivos para la determinación de pruebas de coagulación sanguínea. Fecha máxima de recepción de ofertas 19 de setiembre del 2012 a las 9:00 a.m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 16 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. David Sánchez Valverde.—1 vez.—(IN2012082479).

GERENCIA DE PENSIONES

DIRECCIÓN FINANCIERA ADMINISTRATIVA

VENTA PÚBLICA Nº VP-04-2012

La Gerencia de Pensiones, a través de la Dirección Financiera Administrativa, lleva a cabo la venta de las siguientes propiedades en Venta Pública:

Tipo de inmueble                                                              Localización

5 Casas                              5 San José, (Barrio Cuba, Hatillo 1, Hatillo 6, Calle Blancos, Zetillal)

1 Lote                                1 Puntarenas

Información adicional: El Cartel de este concurso, está a disposición de los interesados en el Área Administrativa, segundo piso Edificio Jorge Debravo, diagonal a la Corte Suprema de Justicia, avenida 8, calle 21, en horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., fecha máxima para la recepción de ofertas es el 27 de setiembre del 2012, a las 11:00 a.m.

Fecha y lugar de apertura de los sobres con las ofertas: El mismo se realiza en el edificio denominado La Casona, 100 metros este edificio Jorge Debravo, el día 27 de setiembre del 2012, a las 11:15 a.m. Lo anterior en conformidad con el inciso 61.2.3 del Reglamento de Contratación Administrativa.

San José, 16 de agosto del 2012.—Área Administrativa.—Lic. Jorge Oviedo Cortés, Jefe.—1 vez.—(IN2012082751).

CENTRO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

DR. HUMBERTO ARAYA ROJAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000004-2203

Coronas de Metal Porcelana

La Subárea de Contratación Administrativa con autorización de la Dirección Médica, les comunica la fecha de apertura de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000004-2203, por Coronas de Metal Porcelana.

La fecha y hora máxima para recibir ofertas será el 13 de setiembre del 2012, al ser las 10:00 horas.

El cartel y las especificaciones técnicas para este concurso, se encuentran a la venta en la Recepción de la Subárea de Contratación Administrativa. Los cupones para la adquisición del cartel, están a la venta en la Caja Chica de este Centro. Valor del cartel ¢200,00. (Dos cientos colones exactos).

San José, 16 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. Marilyn Barrantes Vargas, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2012082764).

AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PUBLICOS

LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000007-ARESEP

Contratación de servicios profesionales para la evaluación

de la calidad de la Auditoría Interna

La Proveeduría Institucional de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº 3-007-042042-09, recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 10:00 horas, del 7 de setiembre del 2012, para la “Contratación de servicios profesionales para la evaluación de la calidad de la Auditoría Interna”.

Las especificaciones técnicas y las condiciones generales, que forman parte de esta Licitación, pueden ser accesadas en la dirección electrónica:

http://www.aresep.go.cr/cgi-bin/index.fwx?area=04&cmd=servicios&id=0325&sub=1415

Para mayor información pueden llamar a los teléfonos 2506-3237 y 2506-3239, o a los correos electrónicos jromero@aresep.go.cr  o  fjaubert@aresep.go.cr.

San José, 8 de agosto del 2012.—Oficina de Proveeduría.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 6602-2012.—Solicitud Nº 46161.—C-20700.—(IN2012082439).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO S. A.

LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000056-02

Suministro e instalación de consolas en refinería

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000056-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 11 de setiembre del 2012.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la página Web de Recope, www.recope.com.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 23 de agosto del 2012 a las 10:00 horas en la entrada principal de la Refinería.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio Web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

San José, 16 de agosto del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-0014.—Solicitud Nº 47970.—C-22580.—(IN2012082736).

ADJUDICACIONES

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE

Y LA RECREACIÓN

COMPRA DIRECTA Nº 2012CD-000063-01

Se les comunica a los interesados en este concurso que el mismo ha sido adjudicado a la Asociación Costarricense de Boxeo Aficionado, cédula jurídica 3-002-061634, la cual cotizó por monto total de ¢9.000.000,00 (nueve millones de colones con 00/100).

San José, 14 de agosto del 2012.—Proveeduría.—Lic. Eduardo Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012082457).

COMPRA DIRECTA Nº 2012CD-000057-01

Contratación de servicios para la organización

y administración de la disciplina deportiva

de Karate Do, masculino y femenino, etapas

eliminatoria y final de la edición XXXII

Juegos Deportivos Nacionales

Desamparados 2012

Se les comunica a los interesados en este concurso que el mismo ha sido adjudicado a la Federación Costarricense de Karate-Do, cédula jurídica 3-002-207477, la cual por un monto total de ¢8.700.000,00 (ocho millones setecientos mil colones con 00/100).

San José, 14 de agosto 2012.—Proveeduría.—Lic. Eduardo Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012082458).

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000003-01

Contratación de la adquisición de cuatro vehículos

todo terreno y dos vehículos tipo Sedan

El Banco Hipotecario de la Vivienda a través de la Gerencia General, mediante resolución motivada resolvió adjudicar la Licitación Pública Nº 2012LN-000003-01, para la “Contratación de la adquisición de cuatro vehículos todo terreno y dos vehículos tipo Sedan”, a la empresa Purdy Motor S. A.

Dirección Administrativa.—Margoth Campos Barrantes, Directora Administrativa.—1 vez.—(IN2012082461).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN INDUSTRIAL

UNIDAD DE COMPRAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000007-8101

Materiales y suministros para el Taller

de Ortesis y Prótesis

Se informa a los participantes en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000007-8101, que por Resolución Administrativa Nº DPI-C-1348-08-2012, de fecha 8 de agosto del 2012, se adjudican los ítems 36, 37, 39, 40, 44, 45 y 48 del concurso mencionado, a la oferta 01 presentada por Centro de Prótesis Avanzadas de C. A. S. A., por un monto total de $3.529,40 (tres mil quinientos veintinueve dólares con 40/100). Se adjudican los ítems del 1 al 10, 15 al 34, 38, 41 al 43, 46, 47 y 49 del concurso mencionado, a la oferta número 03 presentada por Ortopeck Inc., por un monto total de $155.068,00 (ciento cincuenta y cinco mil sesenta y ocho dólares con 00/100). Se adjudican los ítems 13, 14, 16 al 18 y 35 del concurso mencionado, a la oferta número 04 presentada por Chupis Ortopédica S. A., por un monto total de $49.480,00 (cuarenta y nueve mil cuatrocientos ochenta dólares con 00/100), se adjudican los ítems 11 y 12 del concurso mencionado, a la oferta número 05 presentada por Laboratorios Rymco S. A., por un monto total de $20.000,00 (veinte mil dólares con 00/100). La oferta 02 presentada por La Cartaginesa S. A., fue excluida en sede administrativa.

Ver detalle en http://www.ccss.sa.cr

San José, 14 de agosto del 2012.—Dirección Producción Industrial.—Lic. Víctor Díaz Rodríguez, Jefe de Compras.—1 vez.—RP2012316800.—(IN2012082459).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000005-5101

Interferon Beta 1-A origen ADN recombinante

El ítem único de esta licitación se adjudicó a la empresa Stendhal Americas S. A., por un monto de $2.527.773,00 (dos millones quinientos veintisiete mil setecientos setenta y tres dólares exactos). “Vea detalles y mayor información en la Página Web http://www.ccss.sa.cr.

Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Mauricio Hernández Salas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 41825.—C-10660.—(IN2012082738).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000002-99999

Reconstrucción de aceras, cordón y caño

en Paseo Colón, de calle

14 hasta calle 42

El Departamento de Recursos Materiales y Servicios, comunica a los interesados del presente concurso, que por Acuerdo Nº 3, Artículo V, de la Sesión ordinaria Nº 120, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de San José, el día 8 de agosto 2012, se adjudica la licitación de referencia según el siguiente detalle:

Concretos Orosi S. A.

Reconstrucción de aceras, cordón y caño

en Paseo Colón, de calle

14 hasta calle 42

Para ver tabla solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

San José, 14 de agosto del 2012.—Dpto. de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 5091.—Solicitud Nº 130036.—C-10660.—(IN2012082728).

REMATES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA

De conformidad con los artículos 101, 102 y 155 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, se convoca a los interesados en participar en el remate de 9,479 kilos de chatarra clase hierro grueso, el precio base por kg es de ¢70,00 (setenta colones exactos). El remate se realizará en el plantel municipal, ubicado de la CCSS en Sarchí Norte, 1 km al oeste camino a San Juan, a las 10 horas del 30 de agosto del 2012, los interesados tendrán oportunidad de examinar el material objeto del remate en lugar señalado, previa autorización del alcalde o quien este designe, 4 días antes del remate en horario de 7 a. m. a 12 m. o los adjudicatarios deberán cancelar en el momento de la adjudicación el 10% del valor del remate en las oficinas municipales ya sea en dinero efectivo, mediante tarjeta de crédito o mediante depósito bancario a nuestra corriente y se le confiere un plazo de 3 días hábiles para cancelar el restante 90%. El valor del remate no podrá en ningún caso ser inferior al precio base establecido mediante avalúo, el transporte y carga del material correrá por cuenta del adjudicatario. Para dirigir el procedimiento del remate y presidir la diligencia se designan a los funcionarios Verne Corrales Vega, Albán Loría Porras, nombrados por el Concejo Municipal en sesión ordinaria 82 del 6 de diciembre del 2011, art. V, inciso c, miembros de la Comisión para la Venta de Chatarra y ante la ausencia del señor Mayrran Araya Carvajal, se designa al señor Vicealcalde segundo Emilio Arce Porras.

Sarchí, 26 de julio del 2012.—Lic. Luis Antonio Barrantes Castro, Alcalde.—1 vez.—(IN2012080396).

REGISTRO DE PROVEEDORES

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

El Patronato Nacional de la Infancia, cédula jurídica 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministros, Bienes y Servicios, convoca a los interesados en participar en la audiencia previa al cartel para iniciar con el procedimiento para la contratación de la construcción de una alternativa de protección especial en el cantón de Corredores en un terreno perteneciente al Patronato Nacional de la Infancia, la cual se realizará el día 27 de agosto del 2012, a las 10:00 a.m. en la Gerencia de Administración del PANI en las oficinas Centrales en San José, de la Casa de Matute Gómez 300 metros al sur, Barrio Luján.

El borrador del cartel podrá ser retirado de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m. en el Departamento de Suministros, Bienes y Servicios, en la dirección antes indicada.

San José, 16 de agosto del 2012.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5930.—C-3080.—(IN2012082438).

FE DE ERRATAS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000164-10800

Compra de accesorios, herramientas, instrumentos

y repuestos para laboratorio

Se avisa a todos los interesados en la Licitación Pública Nº 2012LN-000164-10800, compra de accesorios, herramientas, instrumentos y repuestos para laboratorio del Servicio Fitosanitario del Estado, que se realizan las siguientes adiciones al cartel de contratación:

Se adiciona al apartado de especificaciones técnicas:

    Línea Nº 190, Catálogo de Referencia:

Similar a catálogo Bioquip Nº 1023E

    Línea Nº 191, Catálogo de Referencia:

Similar a catálogo Bioquip1023F

    Línea Nº 192, Catálogo de Referencia:

Similar a catálogo Bioquip Nº 7324 (red) y 7324D (bolso). (http://www.bioquip.com/html/view_catalog.asp). Pág. 46.

    Línea Nº 193, Catálogo de Referencia:

Similar a catálogo Bioquip Nº 1115 y 1155 A

(http://www.bioquip.com/html/view_catalog.asp?page=57).

    Se eliminan las líneas 238 y 239 del Cartel.

La fecha de apertura del trámite se traslada para el 3 de setiembre del 2012, a las 10:00 horas.

Todo lo demás permanece invariable.

Proveeduría.—Lic. Glenda Ávila Isaac, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 21.—Solicitud Nº 27943.—C-15060.—(IN2012082743).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE SALUD Nº 5, BARRANCA-PUNTARENAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-2590

Carga de gases para uso general y médico (oxígeno gaseoso

medicinal, aire medicinal, óxido nitroso y nitrógeno

líquido en cilindros), según especificaciones

y características técnicas adjuntas al cartel

La Unidad de Gestión de Bienes y Servicios informa que para el concurso de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000001 2590 por “Carga de gases para uso general y médico (oxígeno gaseoso medicinal, aire medicinal, óxido nitroso y nitrógeno líquido en cilindros), según especificaciones y características técnicas adjuntas al cartel”, se modifica la fecha de apertura, quedando para el próximo martes 28 de agosto del 2012, a las 14:00 horas, en el mismo lugar indicado previamente. Así mismo, se les informa que existe aclaraciones al cartel, misma que pueden retirar en la Oficina de Contratación Administrativa, ubicada en Ciudadela Los Almendros, costado suroeste del IMAS, Barranca, Puntarenas. Consultas al Tel. 2663-2948 Ext. 116, Email: alopezb@.ccss.sa.cr

Puntarenas, 14 de agosto del 2012.—Unidad de Gestión, Bienes y Servicios.—Lic. Alejandra López Badilla, Encargada.—1 vez.—(IN2012082442).

HOSPITAL DR. RAFAEL ANGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000026-2101

Incubadoras Cerradas

A los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000026-2101. Por concepto de Incubadoras Cerradas, se les comunica que:

Ha sido modificado, las mismas pueden ser retiradas en forma gratuita en la Subárea de Contratación Administrativa, en la Administración del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, la cual se encuentra ubicada 100 metros oeste del Instituto Meteorológico Nacional ó 100 metros oeste de la entrada del Servicio de Admisión costado noroeste del Hospital.

Así mismo la recepción de ofertas que estaba programada para el día: 22 de agosto del 2012, a las 2:00 p.m., se traslada para el día 29 de agosto del 2012, a las 2:00 p.m.

San José, 16 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. David Sánchez Valverde.—1 vez.—(IN2012082480).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

CONCURSO DE ADQUISICIÓN

Nº 2012PP-000010-PROV

Reconstrucción del sistema de distribución eléctrica

en el cantón de Vázquez de Coronado, incluye

materiales y mano de obra

Les indicamos que para este concurso, se ha realizado la aclaración y modificación Nº 5, la cual pueden pasar a retirar en nuestras oficinas de la Proveeduría.

Proveeduría.—José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012082433).

COMITÉ OLÍMPICO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACION ABREVIADA Nº CON-LA2012-001

Contratación de metodólogos deportivos para el seguimiento

y apoyo de los procesos de entrenamiento desarrollados

por las Federaciones Deportivas a las que pertenecen

los atletas que van a participar en los Juegos

Deportivos Centroamericanos

San José 2013

Por error se indicó que la fecha de recepción de ofertas para este concurso sería el 21 de agosto del 2012, cuando lo correcto es: hasta el 24 de agosto de 2012.

Henry Núñez Nájera, Presidente.—1 vez.—(IN2012082750).

REMATES

HACIENDA

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS

2012

Detalle de mercancías que se rematarán en pública subasta en forma individual en la Aduana Central a las 1:00 horas del día 18 del mes de setiembre del 2012, en las instalaciones de la misma, sita en Calle Blancos, 300 metros al oeste de la Coca Cola, y que de conformidad con la Ley General de Aduanas Nº 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario Aduanero: Almafisa S. A., código 119, cédula jurídica 3-101-008929-34. Dirección: antiguo Jugos del Campo, frente a Motel El Edén, Calle Blancos, San José.

Boleta Nº 57-119-2012. Consignatario: Ólger Rolando Conejo. Documento: 16401. Movimiento de inventario: 2011-861. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca Honda Civic LX, año 2003, color gris, serie No. 1HGEM22523L066360, 2 puertas, transmisión automática, asientos de tela, 1700 CC. Precio Base: ¢2.740.205,32. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 302-119-2012. Consignatario: Luis Fernando Delgado Cárdenas. Documento: 9572. Movimiento de inventario: 2011-542. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca Nissan Altima, año 1998, color café, serie Nº 1N4DL01D3WC225245, asientos de tela, 4 puertas, transmisión manual, 2400 CC. Precio Base: ¢1.839.029,06. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 304-119-2012. Consignatario: Alain Montes. Documento: 171951. Movimiento de inventario: 2010-8448. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca Volkswagen Bettle, año 2004, color blanco, serie No. 3VWCM31Y24M337048, 2 puertas, transmisión manual, asientos de cuero, 2000 CC. Precio Base: ¢3.929.548,87. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 305-119-2012. Consignatario: Alexander Morales M. Documento: 126289. Movimiento de inventario: 2010-6102. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca Chevrolet Astro Van, año 1987, color vino, serie Nº 1GBDM15Z3HB182588, 4 puertas, 7 pasajeros, transmisión automática, asientos de tela, 4300 CC. Precio Base: ¢387.714,55. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 307-119-2012. Consignatario: Guillermo Jiménez. Documento: 20559. Movimiento de inventario: 2011-1208. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca Nissan Quest GXE, año: 1997, color rojo, serie Nº 4N2DN1115VD834780, 4 puertas, transmisión automática, asientos de tela, sun roof, 3000 CC. Precio Base: ¢1.776.155,47. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 309-119-2012. Consignatario: Víctor H. Solano. Documento: 174571. Movimiento de inventario: 2011-1030. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca Dodge Caravan, año 1998, color verde, serie Nº 2B4FP2534WR531802, 4 puertas, transmisión automática, asientos de tela, 3000 CC. Precio Base: ¢1.377.959,50. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 310-119-2012. Consignatario: Alexander Morales Martínez. Documento: 97637. Movimiento de inventario: 2009-5818. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca Mercedes Benz E320, año 1999, color azul, serie No. WDBJF65H2XA810351, 4 puertas, transmisión automática, asientos de cuero, 3200 c.c. Precio Base: ¢3.499.976,67. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 311-119-2012. Consignatario: Gonzalo Hernández C. Documento: 81690. Movimiento de inventario: 2009-5287. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca LEXUS GS 300, año 2001, color blanco, serie Nº JT8BD69S510139447, 4 puertas, transmisión automática, asientos de cuero, 3000 CC. Precio Base: ¢4.427.288,45. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 312-119-2012. Consignatario: Alexander Morales M. Documento: 111039. Movimiento de inventario: 2009-6456. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca Jaguar Vanden Plas XJ6, año 1988, color negro, serie Nº SAJKV1647JC535922, 4 puertas, transmisión automática, asientos de cuero. Precio Base: ¢890.678,85. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 313-119-2012. Consignatario: Jorge Vargas Quirós. Documento: 117984. Movimiento de inventario: 2010-5698. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca Chevrolet S10, pick-up, año 2001, color blanco, serie No. 1GCCS19W418227585, 2 puertas, transmisión automática, asientos de tela, 4300 CC. Precio Base: ¢3.075.524,04. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 318-119-2012. Consignatario: Edwin Salom del Barc. Documento: 72011. Movimiento de inventario: 2009-4662. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca AUDI QUATTRO, año 1998, color azul, serie No. WAUCB28D1WA141878, 4 puertas, sun roof, transmisión manual, asientos de cuero, 1781 CC. Precio Base: ¢2.404.878,40. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 319-119-2012. Consignatario: Alexander Morales. Documento: 61667. Movimiento de inventario: 2009-4213. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca Dodge Caravan SE, año 2001, color gris, serie No. 1B4CP25B51B149426, 4 puertas, transmisión automática, asientos de tela, 2400 CC. Precio Base: ¢2.022.402,16. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 320-119-2012. Consignatario: Alexander Morales. Documento: 75284. Movimiento de inventario: 2009-4803. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca Mercedes Benz E320, año 1998, color negro, serie No. WDBJF65F2WA547677, sun roof, 4 puertas, transmisión automática, asientos de cuero, 3200 CC. Precio Base: ¢3.028.372,39. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Boleta Nº 321-119-2012. Consignatario: Inter. Motor Sport. Documento: 79726. Movimiento de inventario: 2009-5046. Descripción: 1 unidad Vehículo usado marca Dodge Caliber SXT, año 2008, color rojo, serie No. 1B3HB78K58D635149, 4 puertas, transmisión automática, asientos de tela, 2400 CC. Precio Base: ¢5.192.208,99. Bultos: 1. Ubicación: Depositario Fiscal Almafisa S. A.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo Depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas Nº 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días previos a la realización del remate.

Para mayor información, consultar al Depositario Aduanero donde se encuentren las mercancías y la Sección Depósito de la Aduana Central.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Gerardo Bolaños Alvarado, Director General.—V. B. Lic. Roy Chacón Mata, Gerente Aduana Central.—1 vez.—O. C. Nº 15529.—Solicitud Nº 31749.—C-70500.—(IN2012081791).

Detalle de mercancías que se rematarán en pública subasta en forma individual en la Aduana Central a las 9:30 horas del día 18 del mes de setiembre del 2012, en las instalaciones de la misma, sita en Calle Blancos, 300 metros al oeste de la Coca Cola, y que de conformidad con la Ley General de Aduanas Nº 7557, del 8 de noviembre de 995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario Aduanero: Aldefisco S. A. código 116, cédula jurídica 3-101-043817-09. Dirección: del Bar La Bamba 200 este, Colima de Tibás, San José.

Boleta Nº 034-116-2012. Consignatario: Bilavar Srisavang documento Exp. PCF. ATL-0114-2007. Movimiento de inventario: 42016-2007. Descripción: Vehículo usado marca Pontiac Transport, color blanco, año 1994, asientos de tela dañados, automático, gasolina, 3 puertas, CC: 3.1, serie No: 1GMDU06D8RT215312. Precio base: ¢1.046.089.91. Ubicación: Depositario Fiscal Aldefisco S. A.

Boleta Nº 039-116-2012. Consignatario: Autos Bombo, Documento: 006-2010-113681. Movimiento de inventario: 96252-2010 Descripción: Automóvil Nissan Sentra. Modelo 1994, color rojo, manual, asientos de tela, vidrios manuales, 2 puertas Serie No: 1N4EB32A4RC703240, 1600 CC. Precio Base ¢696.486.21 Bultos: 1unidad, Ubicación: Depositario Fiscal Aldefisco S. A.

Boleta Nº 042-116-2012. Consignatario: Carrocería y Pintura. Documento: 006-2010-032893. Movimiento de inventario: 88552-2010. Descripción: Automóvil Toyota MR2, modelo 1988, color rojo. 2 puertas, asientos de tela, 1600 c.c., gasolina, Bultos 1 unidad, Serie: JT2AW16J2J0126055. Precio Base ¢560.612.38. Ubicación: Depositario Fiscal Aldefisco S. A.

Boleta Nº 043-116-2012. Consignatario: Sparks Robert Bryant. Documento: 006-2009-76703. Movimiento: 80752-2009. Descripción: Automóvil Kia Spectra modelo 2002, color rojo, asientos de tela, 4 puertas, AC. DH, automático, vidrios manuales, 1600 CC. Serie: KNAFB121925145654. Precio base: ¢1.493.327.62. Ubicación: Depositario Fiscal Aldefisco S. A.

Boleta Nº 044-116-2012. Consignatario: Roberto Bertheau. Documento: 006-2010-83423. Movimiento de Inventario: 93297-2010. Descripción: Pick-Up Ford Ranger, color blanco, modelo 2002, asientos de tela, AC, DH, automático, no tiene emblema, c.c.: 3000, Serie: 1FTYR14V62PB44005. Precio base: ¢2.939.300,13 Ubicación: Depositario Fiscal Aldefisco S. A.

Boleta Nº 047-116-2012. Consignatario: José Luis Gómez Arce. Documento: 006-2010-53913. Movimiento de Inventario: 90691-2010. Descripción: Motocicleta Honda, modelo: CBR900RR, año: 2003, color rojo y negro, chocada, 900 CC, Serie: JH2SC50033M103804. Precio base: ¢1.440.854,21 Ubicación: Depositario Fiscal Aldefisco S. A.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo Depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas Nº 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta. Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días previos a la realización del remate.

Para mayor información, consultar al Depositario Aduanero en el cual se encuentren las mercancías y la Sección Depósito de la Aduana Central. Los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Gerardo Bolaños Alvarado, Director General de Aduanas.—V. B. Luis Alberto Salazar Herrera, Subgerente Aduana Central.—1 vez.—O. C. Nº 15529.—Solicitud Nº 31748.—C-41360.—(IN2012081793).

AVISOS

FIDUCIARIA INVER CREDIT GROUP S. A.

Fiduciaria Inver Credit Group S. A., cédula jurídica 3-101-335992, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado Fideicomiso de Garantía Condominio Residencial Turístico Condo Hotel Hannia setenta y dos, en adelante identificado como el Fideicomiso, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el Fideicomiso, finca del partido de Puntarenas, con matrícula de Folio Real número 42759-F-000, que es finca filial setenta y dos de una sola planta, ubicada en un primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito cero uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas, con una medida de cuarenta y tres metros con veinte decímetros cuadrados, linda: al norte, Jacó J. Cuarenta y Seis Sociedad Anónima; sur, área común; al este, apartamento once, y oeste, departamento diez y área común; plano catastrado número P-1036006-2005, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro. La subasta se celebrará a las 10 horas con cuarenta minutos del día 3 de setiembre del año 2012, en las oficinas la fiduciaria, ubicadas en San José, La Uruca, Edificio San José Dos Mil, primer piso, frente al Banco Crédito Agrícola de Cartago. El precio base para la subasta es de setenta y cuatro mil ciento treinta y tres dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (US $ 74.133,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, todo oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15 por ciento de dicha base. Dichos montos deberán ser entregados a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de Fiduciaria Inver Credit Group S. A., o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, la subasta se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 15 por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del oferente, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado la ejecución del fideicomiso. Se deja constancia que el fideicomitente deudor fideicomisario subsidiario del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de la subasta aquí referida, caso en el cual se suspenderá la misma.— Carlos Enrique Castillo Fallas.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012315576.—(IN2012080186).

Fiduciaria Inver Credit Group S. A., cédula jurídica 3-101-335992, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado Fideicomiso de Garantía Condominio Hannia treinta y cuatro II, en adelante identificado como el Fideicomiso, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el Fideicomiso, finca del partido de Puntarenas, con matrícula de Folio Real número 42721-F-000, que es finca filial treinta y cuatro de una sola planta, ubicada en un primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito cero uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas, con una medida de cuarenta y ocho metros con veintidós decímetros cuadrados, linda; al norte, apartamento treinta y tres; sur, apartamento treinta y cinco; al este, Mercaplaya Sociedad Anónima, y oeste, área común, plano catastrado número P-1036872-2005, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro. La subasta se celebrará a las 9 horas 20 minutos del día 3 de setiembre del año 2012, en las oficinas la fiduciaria, ubicadas en San José, La Uruca, edificio San José Dos Mil, primer piso, frente al Banco Crédito Agrícola de Cartago. El precio base para la subasta es de setenta y dos mil ciento cuarenta y cinco dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (US $ 72.145,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, todo oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15 por ciento de dicha base. Dichos montos deberán ser entregados a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de Fiduciaria Inver Credit Group S. A., o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, la subasta se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 15 por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del oferente, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado la ejecución del fideicomiso. Se deja constancia que el fideicomitente deudor fideicomisario subsidiario del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de la subasta aquí referida, caso en el cual se suspenderá la misma.—Carlos Enrique Castillo Fallas.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012315577.—(IN2012080187).

Fiduciaria Inver Credit Group S. A., cédula jurídica 3-101-335992, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado Fideicomiso de Garantía Condominio Hannia setenta y uno, en adelante identificado como el Fideicomiso, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el Fideicomiso, finca del partido de Puntarenas, con matrícula de Folio Real número 42758-F-000, que es finca filial setenta y uno de una sola planta, ubicada en un primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito cero uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas, con una medida de cuarenta y tres metros con cincuenta decímetros cuadrados, linda; al norte, área común; sur, apartamento setenta; al este, apartamento setenta y dos, y oeste, área común; plano catastrado número P-1035997-2005, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro. La subasta se celebrará a las 10 horas 20 minutos del día 3 de setiembre del año 2012, en las oficinas la fiduciaria, ubicadas en San José, La Uruca, Edificio San José Dos Mil, primer piso, frente al Banco Crédito Agrícola de Cartago. El precio base para la subasta es de setenta y tres mil ochocientos quince dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (US $ 73.815,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, todo oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15 por ciento de dicha base. Dichos montos deberán ser entregados a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de Fiduciaria Inver Credit Group S. A., o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, la subasta se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 15 por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del oferente, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado la ejecución del fideicomiso. Se deja constancia que el fideicomitente deudor fideicomisario subsidiario del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de la subasta aquí referida, caso en el cual se suspenderá la misma.—Carlos Enrique Castillo Fallas.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012315578.—(IN2012080188).

Fiduciaria Inver Credit Group S. A., cédula jurídica 3-101-335992, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado Fideicomiso de Garantía Condominio Plaza Boulevard seis II, en adelante identificado como el Fideicomiso, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el Fideicomiso, finca del partido de Puntarenas, con matrícula de Folio Real número 51413-F-000, que es finca filial seis de una sola planta, destinado a Local Comercial en proceso de construcción, ubicada en un primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito cero uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas, con una medida de ochenta y ocho metros con cincuenta decímetros cuadrados, linda; al norte, local siete; sur, locales 1, 2 y 3; al este, área común, y oeste, Hoteles Recreativos S. A., plano catastrado número P-1091063-2006, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro. La subasta se celebrará a las 11 horas cuarenta minutos del día 3 de setiembre del año 2012, en las oficinas la fiduciaria, ubicadas en San José, La Uruca, Edificio San José Dos Mil, primer piso, frente al Banco Crédito Agrícola de Cartago. El precio base para la subasta es de ochenta y ocho mil quinientos cincuenta y dos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (US $ 88.552,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, todo oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15 por ciento de dicha base. Dichos montos deberán ser entregados a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de Fiduciaria Inver Credit Group S. A., o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, la subasta se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 15 por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del oferente, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado la ejecución del fideicomiso. Se deja constancia que el fideicomitente deudor-fideicomisario subsidiario del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de la subasta aquí referida, caso en el cual se suspenderá la misma.—Carlos Enrique Castillo Fallas.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012315579.—(IN2012080189).

Fiduciaria Inver Credit Group S. A., cédula jurídica 3-101-335992, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado “Fideicomiso de Garantía Condominio Condominio Hannia treinta y cinco II”, en adelante identificado como el “Fideicomiso”, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el Fideicomiso, finca del partido de Puntarenas, con matrícula de Folio Real número 42722-F-000, que es finca filial treinta y cinco de una sola planta, ubicada en un primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito cero uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas, con una medida de cuarenta y ocho metros con veintidós decímetros cuadrados, linda al norte, apartamento treinta y cuatro; sur, apartamento treinta y seis; al este, Mercaplaya S. A.; y oeste, área común; plano catastrado número P-1037380-2005, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro. La subasta se celebrará a las 11 horas con 20 minutos del día 03 de setiembre del año dos mil doce, en las oficinas la fiduciaria, ubicadas en San José, La Uruca, Edificio San José Dos Mil, primer piso, frente al Banco Crédito Agrícola de Cartago. El precio base para la subasta es de setenta y dos mil ciento cuarenta y cinco dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (US$ 72.145,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, todo oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15 por ciento de dicha base. Dichos montos deberán ser entregados a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de Fiduciaria Inver Credit Group S. A, o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, la subasta se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 15 por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del oferente, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado la ejecución del fideicomiso. Se deja constancia que el fideicomitente deudor- fideicomisario subsidiario del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de la subasta aquí referida, caso en el cual se suspenderá la misma.—Carlos Enrique Castillo Fallas.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012315580.—(IN2012080190).

Fiduciaria Inver Credit Group S. A., cédula jurídica 3-101-335992, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado “Fideicomiso de Garantía Condominio Residencial Turístico Condo-Hotel Hannia cero nueve”, en adelante identificado como el “Fideicomiso”, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el Fideicomiso, finca del partido de Puntarenas, con matrícula de Folio Real número 42696-F-000, que es finca filial nueve de una sola planta, ubicada en un primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito cero uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas, con una medida de cuarenta y tres metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados, linda al norte, Jacó J Cuarenta y Seis, Sociedad Anónima; sur, área común; al este, apartamento diez; y oeste, apartamento ocho, plano catastrado número P- 1035875-2005, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro. La subasta se celebrará a las 8:00 horas del día 3 de setiembre del año dos mil doce, en las oficinas de la fiduciaria, ubicadas en San José, La Uruca, Edificio San José Dos Mil, primer piso, oficina PB-08. El precio base para la subasta es de sesenta y seis mil seiscientos treinta y un dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (US$ 66.631,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, todo oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15 por ciento de dicha base. Dicho monto deberá ser entregado a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de Fiduciaria Inver Credit Group S.A., o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, la subasta se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 15 por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del oferente, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado la ejecución del fideicomiso. Se deja constancia que el fideicomitente deudor- fideicomisario subsidiario del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de la subasta aquí referida, caso en el cual se suspenderá la misma.—Carlos Enrique Castillo Fallas.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012315581.—(IN2012080191).

Fiduciaria Inver Credit Group S. A., cédula jurídica 3-101-335992, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado “Fideicomiso de Garantía Condominio Hannia treinta y tres II”, en adelante identificado como el “Fideicomiso”, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el Fideicomiso, finca del partido de Puntarenas, con matrícula de Folio Real número 42720-F-000, que es finca filial treinta y tres de una sola planta, ubicada en un primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito cero uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas, con una medida de cuarenta y ocho metros con dieciséis decímetros cuadrados, linda al norte, apartamento treinta y dos; sur: apartamento treinta y cuatro; al este, Mercaplaya, Sociedad Anónima; y oeste, área común; plano catastrado número P-1036868-2005, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro. La subasta se celebrará a las 09:00 horas del día 3 de setiembre del año dos mil doce, en las oficinas la fiduciaria, ubicadas en San José, La Uruca, Edificio San José Dos Mil, primer piso, frente al Banco Crédito Agrícola de Cartago. El precio base para la subasta es de setenta y dos mil ciento cuarenta y cinco dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (US$ 72.145,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, todo oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15 por ciento de dicha base. Dichos montos deberán ser entregados a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de Fiduciaria Inver Credit Group S. A., o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, que dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, la subasta se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 15 por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del oferente, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado la ejecución del fideicomiso. Se deja constancia que el fideicomitente deudor- fideicomisario subsidiario del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de la subasta aquí referida, caso en el cual se suspenderá la misma.—Carlos Enrique Castillo Fallas.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012315582.—(IN2012080192).

Fiduciaria Inver Credit Group S. A., cédula jurídica 3-101-335992, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado “Fideicomiso de Garantía Condominio Condominio Hannia doce”, en adelante identificado como el “Fideicomiso”, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el Fideicomiso, finca del partido de Puntarenas, con matrícula de Folio Real número 42699-F-000, que es finca filial doce de una sola planta, ubicada en un primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito cero uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas, con una medida de cuarenta y tres metros con veintitrés decímetros cuadrados, linda al norte, Jacó J Cuarenta y Seis S. A.; sur, área común; al este, apartamento trece; y oeste, apartamento once; plano catastrado número P- 1036851-2005, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro. La subasta se celebrará a las 11 horas del día 3 de setiembre del año dos mil doce, en las oficinas la fiduciaria, ubicadas en San José, La Uruca, Edificio San José Dos Mil, primer piso, frente al Banco Crédito Agrícola de Cartago. El precio base para la subasta es de sesenta y seis mil ochocientos diez dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (US$ 66.810,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, todo oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15 por ciento de dicha base. Dichos montos deberán ser entregados a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de Fiduciaria Inver Credit Group S. A, o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, la subasta se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 15 por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del oferente, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado la ejecución del fideicomiso. Se deja constancia que el fideicomitente deudor fideicomisario subsidiario del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de la subasta aquí referida, caso en el cual se suspenderá la misma.—Carlos Enrique Castillo Fallas.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012315584.—(IN2012080193).

Fiduciaria Inver Credit Group S. A., cédula jurídica 3-101-335992, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado “Fideicomiso de Garantía Condominio Residencial Turístico Condo-Hotel Hannia once”, en adelante identificado como el “Fideicomiso”, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el Fideicomiso, finca del partido de Puntarenas, con matrícula de Folio Real número 42698-F-000, que es finca filial once de una sola planta, ubicada en un primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito cero uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas, con una medida de cuarenta y cuatro metros con treinta y un decímetros cuadrados, linda al norte, Jacó J Cuarenta y Seis Sociedad Anónima; sur, área común; al este, apartamento once; y oeste, departamento diez y área común; plano catastrado número P-1035989-2005, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro. La subasta se celebrará a las 8:00 horas con cuarenta y cinco minutos del día 3 de setiembre del año dos mil doce, en las oficinas la fiduciaria, ubicadas en San José, La Uruca, Edificio San José Dos Mil, primer piso, frente al Banco Crédito Agrícola de Cartago. El precio base para la subasta es de sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y ocho sesenta dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (US$ 66.658,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, todo oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15 por ciento de dicha base. Dichos montos deberán ser entregados a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de Fiduciaria Inver Credit Group S. A, o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, la subasta se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 15 por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del oferente, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado la ejecución del fideicomiso. Se deja constancia que el fideicomitente deudor- fideicomisario subsidiario del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de la subasta aquí referida, caso en el cual se suspenderá la misma.—Carlos Enrique Castillo Fallas.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada.—1 vez.—RP2012315585.—(IN2012080194).

Fiduciaria Inver Credit Group S. A., cédula jurídica 3-101-335992, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado “Fideicomiso de Garantía Condominio Hannia cuarenta y cinco II”, en adelante identificado como el “Fideicomiso”, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el Fideicomiso, finca del partido de Puntarenas, con matrícula de Folio Real número 42731-F-000, que es finca filial setenta y uno de una sola planta, ubicada en un primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito cero uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas, con una medida de cuarenta y cuatro metros con veintitrés decímetros cuadrados, linda al norte, área común; sur, LJKT Azul Marino Sociedad Anónima; al este, apartamento cuarenta y cuatro; y oeste, apartamento cuarenta y seis; plano catastrado número P-1036457-2005, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro. La subasta se celebrará a las 10 horas del día 3 de setiembre del año dos mil doce, en las oficinas la fiduciaria, ubicadas en San José, La Uruca, Edificio San José Dos Mil, primer piso, frente al Banco Crédito Agrícola de Cartago. El precio base para la subasta es de sesenta y siete mil trescientos sesenta dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (US$ 67.360,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, todo oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15 por ciento de dicha base. Dichos montos deberán ser entregados a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de Fiduciaria Inver Credit Group S. A., o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, la subasta se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 15 por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del oferente, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado la ejecución del fideicomiso. Se deja constancia que el fídeicomitente deudor fideicomisario subsidiario del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de la subasta aquí referida, caso en el cual se suspenderá la misma.—Carlos Enrique Castillo Fallas.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012315587.—(IN2012080195).

Fiduciaria Inver Credit Group S. A., cédula jurídica 3-101-335992, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado “Fideicomiso de Garantía Condominio Hannia cuarenta y cuatro II”, en adelante identificado como el “Fideicomiso”, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el Fideicomiso, finca del partido de Puntarenas, con matrícula de Folio Real número 42731-F-000, que es finca filial cuarenta y cuatro de una sola planta, ubicada en un primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito cero uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas, con una medida de cuarenta y cuatro metros con tres decímetros cuadrados, linda al norte, área común; sur, LJKT Azul Marino Sociedad Anónima; al este, apartamento cuarenta y tres; y oeste, apartamento cuarenta y cinco; plano catastrado número P-1035984-2005, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro. La subasta se celebrará a las 9 horas 40 minutos del día 3 de setiembre del año dos mil doce, en las oficinas la fiduciaria, ubicadas en San José, La Uruca, Edificio San José Dos Mil, primer piso, frente al Banco Crédito Agrícola de Cartago. El precio base para la subasta es de sesenta y siete mil trescientos sesenta dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (US$ 67.360,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, todo oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15 por ciento de dicha base. Dichos montos deberán ser entregados a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de Fiduciaria Inver Credit Group S. A., o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, la subasta se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 15 por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del oferente, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado la ejecución del fideicomiso. Se deja constancia que el fideicomitente deudor-fideicomisario subsidiario del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de la subasta aquí referida, caso en el cual se suspenderá la misma.—Carlos Enrique Castillo Fallas.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012315588.—(IN2012080196).

Fiduciaria Inver Credit Group S. A., cédula jurídica 3-101-335992, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado “Fideicomiso de Garantía Condominio Hannia diez”, en adelante identificado como el “Fideicomiso”, procederá a subastar el bien inmueble que se encuentra en el Fideicomiso, finca del partido de Puntarenas, con matrícula de Folio Real número 42697-F-000, que es finca filial diez de una sola planta, ubicada en un primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en el distrito cero uno Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas, con una medida de cuarenta y cuatro metros con dos decímetros cuadrados, linda al norte, Jacó J Cuarenta y Seis S. A.; sur, área común; al este, Jacó J Cuarenta y Seis S. A.; y oeste, apartamento nueve; plano catastrado número P-1035874-2005, libre de anotaciones y con los gravámenes que indica el Registro. La subasta se celebrará a las 8 horas con treinta minutos del día 3 de setiembre del año dos mil doce, en las oficinas de la fiduciaria, ubicadas en San José, La Uruca, Edificio San José Dos Mil, primer piso, oficina PB-08. El precio base para la subasta es de sesenta y cuatro mil doscientos sesenta y siete dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (US$ 64.267,00). Queda entendido que para que una oferta sea válida, todo oferente deberá entregarle a la fiduciaria previo a iniciar la subasta un 15 por ciento de dicha base. Dichos montos deberán ser entregados a la fiduciaria mediante cheque de gerencia, a la orden de Fiduciaria Inver Credit Group S. A., o por cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido a la fiduciaria, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, salvo que el fideicomisario principal autorice un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación de la fiduciaria. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, la subasta se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el 15 por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija por los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del oferente, y el resto en abono al crédito del fideicomisario principal, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado la ejecución del fideicomiso. Se deja constancia que el fideicomitente deudor fideicomisario subsidiario del fideicomiso, podrá cancelar las sumas adeudadas al amparo del crédito garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el fideicomiso, en cualquier momento antes de la celebración de la subasta aquí referida, caso en el cual se suspenderá la misma.—Carlos Enrique Castillo Fallas.—Lic. Héctor Ricardo Cisneros Quesada, Notario.—1 vez.—RP2012315589.—(IN2012080197).

A las 9:00 horas del día 13 de setiembre del 2012, en las oficinas de Farmagro S. A., ubicadas en San José, Av. 8 calles 12 y 14, se procederá a rematar los artículos entregados para su reparación, mismos que no fueron retirados dentro de los 3 meses siguientes y así cumplir con lo estipulado en el contrato entre partes. Se le otorga 5 días hábiles para que procedan al pago de la reparación y bodegaje y retiro del mismo o bien se procederá al remate de dichos bienes. Dentro de los bienes a rematar se encuentran: 1 Chapeadora, modelo FS-87 valor remate: ¢90.000,00, 1 Chapeadora, modelo FS-85 valor remate: ¢90.000,00 , 1 Chapeadora, modelo FS-400 valor remate: ¢150.000,00, 1 Chapeadora, modelo FS-450 valor de remate: ¢150.000,00, 1 bomba de espalda, modelo Agroboss, valor de remate: ¢40.000,00 , 1 Bomba de fumigar, modelo SR-400, valor de remate: ¢190.000,00 , 1 Bomba de fumigar, modelo SR-400, valor de remate: ¢190.000,00, 1 Motosierra, modelo MS-390 valor remate: ¢180.000,00, 1 Motosierra, modelo MS-660 valor remate: ¢190.000,00, 1 Hidrolavadora, modelo RE-800, valor de remate: ¢80.000,00. Base de remate: costo de reparación mas bodegaje. José Solano Zamora, Gerente General.—San José, 13 de agosto del 2012.—Lic. Virginia Apuy Sirias.—1 vez.—RP2012316864.—(IN2012082460).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

Se comunica que la tasa básica que rige a partir del 26 de julio del 2012 y hasta nuevo aviso es: 10,25%.

San José, 31 de julio del 2012.— División Económica.—Róger Madrigal López, Director.—1 vez.—O. C. Nº 12259.—Solicitud Nº 5159.—C-5760.—(IN2012079961).

Se comunica que la tasa básica que rige a partir del 19 de julio del 2012 y hasta nuevo aviso es: 10,0%.

San José, 23 de julio del 2012.— División Económica.—Róger Madrigal López, Director.—1 vez.—O. C. Nº 12259.—Solicitud Nº 5158.—C-5760.—(IN2012079962).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A Kimberly Yuliana Mora Godínez y Mark Allen Roth, se les comunica que el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela, dictó resolución de las nueve horas del veintiséis de julio del dos mil doce, en la que se ordenó la adoptabilidad administrativa de las niñas Nicole Yuliana Mora Godínez y Marilyn Tatiana Roth Mora. Recursos: revocatoria y apelación. Plazo: tres días hábiles contados a partir del siguiente día a la última publicación de este aviso, señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta Oficina, el cual es de un kilómetro alrededor de la sede y si no lo hacen, las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas. Expediente administrativo Nº 231-00110-2010.—Oficina Local de Alajuela, 26 de julio del 2012.—Lic. Alejandra Solís Lara, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5902.—C-13220.—(IN2012079615).

A Andrea Rivas Jiménez se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela, de las quince horas del cuatro de julio de dos mil doce, en la que se resuelve se corrige error material y deberá leerse correctamente: Se advierte a los interesados que en contra de esta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio los que deberán interponerse dentro del plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación ante el Órgano Director de este procedimiento a quien corresponderá resolver el de revocatoria y el de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad, en horas hábiles de siete y treinta horas a las dieciséis horas, sito en San José, en Barrio Luján, en las antiguas instalaciones de la Dos Pinos. Es potestativo usar uno o ambos recursos pero será inadmisible el interpuesto pasado el plazo señalado. Expediente Nº 442-0001-2012.—Oficina Local de Alajuela, 4 de julio de 2012.—Lic. Alejandra Solís Lara, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5902.—C-13220.—(IN2012079616).

Al señor Omar Eduardo Araya Chavarría y a quien interese, se le comunica la resolución administrativa de las trece horas del dieciocho de julio de dos mil doce, que se declara en estado de abandono administrativo de las personas menores de edad Nicola Valentina, Néstor Clemente ambas de apellidos Corrales Venegas, y se depositan en el hogar de la señora Eugenia Corrales Arias, con cédula de identidad número 8-062-603. Se comunica que en resolución de las quince horas del dieciocho de julio del dos mil dos, se modifica medida para ordenar el cuido provisional de los niños Ricardo Yafeth y Fabiola Oxana ambos de apellidos Araya Venegas, bajo responsabilidad de la señora Eugenia Corrales Arias. Recurso: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro del tercer día siguiente a la tercera publicación de este edicto. Expediente 115-00246-09.—Oficina Local de Alajuelita, julio del 2012.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5902.—C-13220.—(IN2012079617).

Al señor Marcos Barquero Rodríguez, se le notifica que mediante resolución de las ocho horas del cinco de julio del dos mil doce, se ordena inclusión en programas socio-educativo, a favor del niño Sebastián Barquero Jiménez, en Asociación Roblealto, por el término que sea indispensable según criterio técnico. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5902.—C-13220.—(IN2012079618).

Se le comunica a cualquier interesado legítimo que en esta Oficina Local se tramita declaratoria de vulnerabilidad a nivel administrativo de la persona menor de edad Kelly Domínguez Jiménez, quien nació el 14 de mayo de mil novecientos noventa y nueve, cuyas actuaciones se integran al expediente número 111-00021-2009. Se dictó resolución de las trece horas y cuarenta y dos minutos del cuatro de junio del dos mil doce en la que se da por iniciado el citado proceso y en virtud del fallecimiento de su progenitora y única representante legal la señora Elizabeth Domínguez Jiménez, esta representación se arroga la representación legal de la citada persona menor de edad y se ordena que permanezca bajo la responsabilidad de su actual guardadora, la señora Alba Luz Quirós Quintero hasta que administrativa o judicialmente se disponga otra cosa. Se ordena continuar la medida de apoyo, orientación y seguimiento a favor de la persona menor de edad y la familia de su guardadora a cargo de la profesional asignada por este Despacho. Audiencia. Se le confiere audiencia a los interesados para que dentro del término de tres días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la notificación de la presente resolución, formulen verbalmente o por escrito los alegatos que sean de su interés, respecto a la condición formal de abandono de niña Kelly, ofreciendo las pruebas que sean de su interés. Comuníquese a cualquier interesado legítimo por medio de publicación de un edicto por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta quienes deberán señalar un lugar o facsímile para recibir notificaciones futuras, en el entendido de que, de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras que llegaren a dictarse en este proceso se darán por notificadas 24 horas después de ser dictadas, conforme a aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Recursos: Contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que se deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal y el de apelación lo será ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Podrán interponerse en forma conjunta o separada, pero será inadmisible el interpuesto después de los tres días indicados. Exp. Adm. 111-00021-2009.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Rafael A. Barrientos Ávila, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 5902.—C-29720—(IN2012079619).

A Jacqueline Alejandra Santamaría Lacayo, mayor, costarricense, portadora de la cédula de identidad número, 1-1260-080, de domicilio y demás calidades desconocidas, progenitora de la persona menor de edad Andrew Daniel Santamaría Lacayo, de cuatro años de edad, nacido el día 12 de setiembre del dos mil siete, nacimiento inscrito bajo las citas número: 1-2005-861, se le comunica la resolución de las trece horas con treinta minutos del día veintiuno de junio del año dos mil doce, de la Oficina Local de Aserrí, que ordenó el cuido provisional, a favor de la persona menor de edad indicada por el plazo de seis meses, en recurso familiar con su abuela materna Ana Mercedes Lacayo Jiménez, portadora de la cédula de identidad número: 1-636-001. Se le previene a la señora Jacqueline Alejandra Santamaría Lacayo, que debe señalar medio para recibir notificaciones de las resoluciones que se dicten por la Oficina Local competente, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión o si el medio señalado se encontrara descompuesto o no recibiera las notificaciones por algún motivo ajeno a la responsabilidad del ente emisor de la notificación, esta operará en forma automática y se le tendrán por notificadas las resoluciones con el solo transcurso de veinticuatro horas. Se le hace saber, además, que contra la citada resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberá interponer en forma verbal o por escrito ante esta Oficina Local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente 145-00055-2009.—Oficina Local de Aserrí.—Lic. Tatiana Torres López. Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 5906.—C-16520—(IN2012079620).

Oficina Local de Heredia Norte A la señora Diana María Víquez Carballo, menor de edad, nacida el trece de agosto de mil novecientos noventa y seis, tarjeta de identidad de menor de edad uno uno ocho nueve dos cero ocho dos cero, de domicilio desconocido por esta oficina local, se le número ciento cincuenta y ocho-dos de las nueve horas del trece de julio de dos mil doce que inicia proceso especial de protección en sede administrativa a favor de Ashley Natasha Víquez Carballo, además dicta abrigo temporal en su favor por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente, además le informa la posibilidad de incluirla junto a su hija en una alternativa de protección y remite el expediente al Área Psicosocial de esta oficina para definir la condición socio legal de la niña y abordar con su persona la situación si es localizada. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Expediente número 431-00071-2012. Publíquese, tres veces.—Oficina Local de Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 5906.—C-18500—(IN2012079621).

Local de Heredia Norte. Al señor MD Khyrul Islam, con un solo apellido en razón de su nacionalidad, calidades y domicilio desconocidos por esta oficina local, se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del diez de julio que modifica cuido provisional dictado a las quince horas del cinco de junio de dos mil doce a favor de sus hijos Andrey y Natasha ambos Islam Cardoso y en su lugar dicta abrigo temporal de ambos niños en albergue institucional por el plazo que resta de la medida de protección, prorrogable judicialmente mientras se realiza el abordaje pertinente. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Asimismo se les emplaza a señalar lugar o medio para atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de dictadas. Igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio señalado. Legajo de Expediente número 113-00039-2002 Publíquese, tres veces.—Oficina Local de Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—O. C. 35342.—Solicitud 5906.—C-16520—(IN2012079622).

Comunica a quien interese la resolución de las diez horas dos minutos del veintisiete de julio del dos mil doce, que declaró administrativamente en estado de abandono a las personas menores de edad Keissi y Santiago ambos de apellidos Solano Arce. Recursos: proceden los de revocatoria con apelación en subsidio. Plazo: tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de la Unión. Patronato Nacional de la Infancia. Expediente Administrativo 342-00058-2012.—Oficina Local de La Unión, 27 de julio del 2012.—Lic. Flor Robles Marín, Directora del Procedimiento Administrativo.—O. C. 35342.—Solicitud 5906.—C-6620—(IN2012079623).

Se le comunica al señor Jerson Orlando Muñoz, colombiano, que por resoluciones de la representación legal de esta Oficina Local de San José Este, de las trece horas del veintiocho de mayo del dos mil doce, y la resolución de las ocho horas del dieciocho de julio del dos mil doce, se le otorgó medida de cuido a las personas menores de edad Julián Felipe Muñoz Ramírez y Sebastián Muñoz Ramírez. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de las 15:41 horas de 27 de noviembre del 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber, además, que contra dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio, los que deberá interponer dentro de los tres días hábiles siguientes, contados a partir de la última notificación a las partes, siendo competencia de esta Oficina Local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Expediente Nº 143-00067-2011.—Oficina Local de San José Este.—MSc. Alma Nuvia Zavala Martínez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5904.—C-31020.—(IN2012079630).

Se les comunica a los señores Andrés Molteni Molina y Pedro Ríos Gutiérrez, nicaragüenses, que por resoluciones de la representación legal de esta Oficina Local de San José Este, de las catorce horas del veinticuatro de abril del dos mil doce, y la resolución de las catorce horas del cinco de julio del dos mil doce, se le otorgó medida de abrigo temporal a las personas menores de edad María Teresa Ríos Ríos, Yilari Bolaños Ríos, María José Ríos Ríos y Naomi Tatiana Molteni Ríos, se le otorgó medida de cuido a las personas menores de edad Ríos Ríos, Bolaños Ríos, Molteni Ríos. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de las 15:41 horas de 27 de noviembre del 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber, además, que contra dicha resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio, los que deberá interponer dentro de los tres días hábiles siguientes, contados a partir de la última notificación a las partes, siendo competencia de esta Oficina Local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Expediente Nº 112-00102-2005.—Oficina Local de San José Este.—MSc. Alma Nuvia Zavala Martínez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5904.—C-31020.—(IN2012079631).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A José Francisco Mejía Jiménez. Se le comunica la resolución de las 16:00 horas del 8 de mayo del 2012, donde se resuelve I) Dar inicio al Proceso de Protección en sede administrativa regulado por las disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley número 7739, del 3 de diciembre de 1997, publicada en La Gaceta Nº 26 del viernes 6 de febrero de 1998. II) Medidas cautelares. Se ordena el cuido provisional de la persona menor de edad Alden Jesús Avendaño Román al lado de la señora María Lourdes Bonilla Vargas, con quien egresara del Albergue El Ángel del Pani donde se encuentra protegido. El niño mantendrá interrelación familiar con sus progenitores y hermanos previa coordinación entre las cuidadoras y con los progenitores. III) Se ordena el cuido provisional de las personas menores de edad José Manuel Avendaño Román y Jahaziel Mejía Román al lado de su abuela materna, Flor de María Reyes Sánchez, con quien egresará del Albergue El Ángel del Pani donde se encuentra protegido. Los niños mantendrán interrelación familiar con su hermano y padres previa coordinación entre las cuidadoras y con los padres. IV) Se advierte a las partes que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, pudiéndose prorrogar en vía judicial. Asimismo se les informa que les asiste el derecho de acceso del expediente administrativo para su estudio y revisión, pudiendo hacerse asesorar y representar por un profesional en derecho. V) Se advierte a los progenitores y progenitora su deber de aportar ayuda económica a las cuidadoras, brindando apoyo económico y sufragando los gastos de manutención de sus hijos, de acuerdo a sus posibilidades y las necesidades de las personas menores de edad, VI) Se advierte a los señores Flor De María Román Reyes y Manuel López Sobalvarro su deber de someterse a valoración de Iafa y en caso de que se recomiende el internamiento su deber de cumplir con los tratamientos que ahí se les indiquen, integrándose a un grupo de apoyo para su problema de adicción sea de Alcohólicos Anónimos y/o narcóticos anónimos y /o grupo a fin de su comunidad, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina, para lo cual se les concede un plazo improrrogable de treinta días. VII) Se le advierte a la señora Flor de María Román Reyes su deber de integrarse a taller de la Oficina de la Mujer (OFIM) “Educando asertivamente a los hijos” y/o grupo a fin de su comunidad, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina, para su incorporación se le concede un plazo improrrogable de treinta días. VIII) Remítase el expediente al Área Integral de esta oficina con énfasis en Trabajo Social y psicología de esta Oficina a fin de que se inicie Plan de Intervención y se rinda el informe respectivo. IX) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia de Alajuela. Plazo: Para interponer recurso de apelación dos días hábiles; señalando lugar para atender notificaciones dentro del Perímetro Administrativo de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Exp. Nº 231-00199-12.—Oficina de Alajuela Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5902.—C-52820.—(IN2012079614).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

DEPARTAMENTO DE LOTERÍAS

Modificación del Calendario Anual de sorteos y planes

de premios de Loterías 2012 Publicado en el Alcance

Digital Nº 104 del 16 de diciembre de 2011

Mediante acuerdo JD-282, artículo II, de la sesión Nº 10-2012, se procede a la modificación del nombre del sorteo extraordinario 4206 del 14 de octubre del 2012, “Mes del Adulto Mayor” por “Día de las Culturas”, ya que se enfoca a resaltar la diversidad étnica y el rescate y divulgación de los valores. Asimismo, es una fecha que marcó el nacimiento de una nueva identidad, producto del encuentro y fusión de los pueblos originarios del continente americano.

Firma Ilegible.—1 vez.—O. C. Nº 16304.—Solicitud Nº 4022.—C-6560.—(IN2012080089).

AVISOS

JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA

TOMÁS SANDOVAL JESÚS DE ATENAS

Se hace conocimiento que la Junta de Educación Escuela Tomás Sandoval Jesús de Atenas, cédula jurídica: Educación 3-008-125524, ha solicitado a la Procuraduría General de la República, la inscripción registral de un bien inmueble, ubicado en la provincia de Alajuela, cantón Atenas, distrito Villa Escobal, terreno donde se localiza el centro educativo Escuela Tomás Sandoval Jesús, el cual linda al norte, con calle pública y línea férrea; al sur, José Trigueros Rodríguez; y oeste, José Trigueros Rodríguez, y al este, Noé Vargas Rodríguez, cuenta con plano catastrado Nº A-79045-92, cuya medida es 1.138,74 metros cuadrados; dicha inscripción se realiza según el artículo 27 de la Ley 5060 Ley General de Caminos Públicos. En dicho inmueble se ha mantenido en posesión la Junta de Educación, en forma quieta, pública pacifica sin interrupción y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de la publicación del presente edicto, en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del Ministerio de Educación Pública o bien a la Procuraduría General de la República, Notaría del Estado, instituciones en las que se tramitan las presentes diligencias. Jorge Enrique Ocaña Porras, portador de la cédula de identidad, 2-0281-1335.—San José, 26 de julio de 2012.—Jorge Enrique Ocaña Porras, Presidente.—1 vez.—RP2012315276.—(IN2012079717).

SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA

DEL MAGISTERIO NACIONAL

Junio 2012

Para ver tabla solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Alejandro Fonseca Murillo, Analista Seguro Mutual.—Lic. Sergio Roldán Roldán, Director de Operaciones.—Lic. Kattia Díaz Corrales, Jefa Seguro Mutual.—1 vez.—(IN2012079873).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

La Municipalidad de Escazú comunica acuerdo adoptado por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria 118, acta 178, del 30 de julio del 2012, que indica lo siguiente: Acuerdo AC-354-12: “Se acuerda: Primero: Revisar los acuerdos municipales AC-196-2012, 198-2012 y 199-2012 de la sesión ordinaria Nº 107, acta 161 del 14 de mayo del 2012. Segundo: Revocar los acuerdos municipales AC-196-2012, 198-2012 y 199-2012 de la sesión ordinaria Nº 107, acta 161 del 14 de mayo del 2012. Tercero: Con fundamento en las disposiciones de los artículos 11 y 169 de la Constitución Política y 11 y 13 de la Ley General de la Administración Pública y las facultades dadas por el Código Municipal en su artículo 74 y sus reformas, se aprueba la tarifa de la siguiente forma:

Por el servicio de Recolección de Basura y Desechos Sólidos

Para ver las tablas solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Por el servicio de Parques

Para ver tabla solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Por el servicio de Aseo de Vías

Para ver tabla solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Declarado definitivamente aprobado.

Escazú, 31 de julio del 2012.—Lic. Ana Parini Degl Saavedra, Secretaria Municipal.—1 vez.—O.C. Nº 032966.—Solicitud Nº 3924.—C-25080.—(IN2012080388).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

DEPARTAMENTO DE RENTAS Y COBRANZAS

EDICTO

Acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 068-2011 del 21-02-2011, en el artículo VI según oficio SCM-380-2011 del 25-02-2011.

La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que en el Cementerio Central existe un derecho a nombre de Familia Rodríguez Pérez, dicha familia la conforman Manuel Rodríguez Pérez y Ageda Pérez González, de este matrimonio tuvieron 4 hijos todos fallecidos solo uno de ellos tuvo 3 hijos, hubieron también cinco sobrinos de esos tres, quedando vivos solo tres. En vista de tal situación la Sra. María Cristina Solera Coronado quien es hija de Ma. Cristina Coronado Rodríguez y curadora de la Sra. Rosario Coronado Rodríguez, de 96 años, ya fallecida, solicita que se actualice el arrendatario traspasándolo a su nombre e incluir beneficiarios a sus sobrinos nombrando así a:

Arrendataria: Ma. Cristina Solera Coronado, cédula Nº 4-076-507

Beneficiarios: Marta Eugenia Solera Coronado, cédula Nº 4-081-622, Eduardo Ant. Víquez Coronado, cédula Nº 4-082-861.

Derecho ubicado en el Cementerio Central lote Nº 86, bloque F, con una medida de 24 metros cuadrados para 9 nichos, según solicitud Nº 1086, recibo Nº 1515, inscrito en el folio 36, libro 1, el cual fue adquirido el 14 de setiembre de 1959. El mismo se encuentra a nombre de Familia Rodríguez Pérez. Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 14 de mayo del 2010. Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Hellen Bonilla Gutiérrez, Jefa de Rentas y Cobranzas.—1 vez.—(IN2012080319).

AVISOS

CONVOCATORIAS

ASOCIACIÓN DE PADRES Y AMIGOS

DEL PROGRAMA DE MÚSICA DE MONTEZUMA

Se convoca a asamblea general ordinaria de asociados de la Asociación de Padres y Amigos del Programa de Música de Montezuma (ASOPROMUSICA) a celebrarse en su domicilio social a las 9:00 horas del día viernes 19 de octubre del 2012. Agenda: primer punto, informes de presidente y tesorero; segundo punto, nombramiento de la nueva directiva.—Diana Chaverri Rodríguez, Presidenta Interina.—1 vez.—RP2012315971.—(IN2012080981).

SUBASTA GANADERA PALERMO DE CARIARI S. A.

Se convoca a todos los socios a asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Subasta Ganadera Palermo de Cariari S. A. cédula de persona jurídica Nº 3-101-272924, la cual se celebrará en sus oficinas, sita en Cariari de Pococí, Palermo, doscientos oeste del Colono Agropecuario, en la Subasta Ganadera Palermo, a las ocho horas del 25 de setiembre del 2012, en primera convocatoria y en segunda convocatoria a las nueve horas del 25 de setiembre del 2012; en la cual el orden del día será el siguiente: 1) Informe del presidente. 2) Se solicitará la venta de bienes inmuebles, propiedad de la empresa.—Cariari, 26 de julio del 2012.—Miguel Zúñiga Jiménez, Presidente de la Junta Directiva.—1 vez.—RP2012315944.—(IN2012080983).

SUNDANCE INVESTMENTS S. A.

Se hace convocatoria a la asamblea general ordinaria de Sundance Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-552765, la cual se celebrará en Guanacaste, Santa Cruz, Cuajiniquil, en el Santuario Resort, a las trece horas del veintidós de octubre del dos mil doce.—San José, trece de agosto del dos mil doce.—Carol Hartmaier, Presidenta.—1 vez.—RP2012316666.—(IN2012082321).

ST SEGURIDAD TURÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los socios de la sociedad ST Seguridad Turística S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta mil trescientos sesenta y siete, a una asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrarse en su domicilio social, sita en Guadalupe de Goicoechea, de la antigua bomba Sheel, trescientos metros al norte y setenta y cinco al este, a las ocho horas del dieciochoavo días después de su publicación en la Gaceta, en primera convocatoria, de no comparecer el quorum de ley, se realizará una hora después, en el mismo lugar una segunda convocatoria, con el capital social que se encuentre presente y acreditado en ese momento. Primero: con el fin de aprobar o improbar créditos y pasivos asumidos por la empresa y/o nueva distribución de participación accionaria por aumento de capital. Segundo: cambios de junta directiva, fiscal, agente residente y representación legal. Tercero: cambio de domicilio social.—Lic. Fabián Antonio Segura Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012316604.—(IN2012082323).

DEL MAR FIDUCIARIA S. A.

Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Del Mar Fiduciaria S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-281633, que se celebrará el 17 de setiembre del 2012 en las instalaciones del Hotel Club Del Mar, sita Jacó, cantón de Garabito, Puntarenas en primera convocatoria a las 16:00 horas. En caso de no reunirse el quórum de ley la asamblea se reunirá en segunda convocatoria a las 17:00 horas con cualquiera que sea el número de las acciones representadas en ese momento. El orden del día será:

a)  Nombramiento de presidente y secretario de la asamblea.

b)  Discutir y aprobar o improbar distribución de dividendos.

c)  Discutir y aprobar o improbar pago de impuesto a dividendos, por distribución de dichos dividendos, en caso aplicable, y autorización a administración para hacer retenciones y pagos según corresponda.

d)  Otorgamiento de autorización a administración para cancelar los dividendos y a pagar las cuentas por cobrar a los señores accionistas, por parte de las sociedades del grupo Club del Mar, girándose posteriormente el monto neto.

Philip Anthony Edwardes, Vicepresidente de la Junta Directiva.—1 vez.—RP2012316593.—(IN2012082326).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Armor Tec Latinoamérica Sociedad Anónima,

Se informa al público en general, que mediante escritura otorgada ante el notario público, Carlos José Oreamuno Morera, a las quince horas del nueve de julio del dos mil doce, se suscribió y ejecutó un contrato de compraventa de establecimiento mercantil mediante el cual Armor Tec Latinoamérica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-372650, vendió parte sustancial de los activos intangibles de su establecimiento a CSS Internacional de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-137163. Se informa a terceros interesados para que, de conformidad con el artículo 479 del Código de Comercio, hagan valer sus derechos dentro del plazo de 15 días a partir de la primera publicación de este edicto. Cualquier reclamo o legalización de créditos que tuviere que hacerse contra la sociedad vendedora deberá notificarse en el Bufete Facio & Cañas Barrio Tournón, frente al parqueo del Centro Comercial El Pueblo, fax: 2255-2510 atención: Carlos José Oreamuno Morera. Transcurrido el plazo legal, la compradora no asumirá ningún reclamo de terceros.—San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—RP2012313728.—(IN2012076506).

BOSQUE PUERTO CARRILLO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Bosque Puerto Carrillo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-054559, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, la señora Elisabeth Blackmore, solicita la reposición de las acciones Nº 4966, 4967, 4968, Grant Thomas Rees, solicita la reposición de las acciones 238, 1517, 1518. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Bosque Puerto Carrillo S. A. c/o Bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería Ramírez Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Presidente.—(IN2012079237).

Bosque Puerto Carrillo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-054559, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Steve Corvese, solicita la reposición de las acciones Nos. 3371 y 3372, Vince Capobianco, solicita la reposición de las acciones 3006 y 3007, y Violette Simard, 3380, 6183 y 6184. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Bosque Puerto Carrillo S. A. c/o Bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería Ramírez Valido, Avenida Central, calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Presidente.—(IN2012079239).

FLORIDA ICE & FARM CO. S. A.

El señor Maxwell Ivan Godfrey, pasaporte Nº 473023697, ha solicitado la reposición del certificado de acciones Nº O 344 por la cantidad de 29.334 acciones del 18 de octubre de 1993 de Florida Ice & Farm Co. S. A., por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—Ramón de Mendiola Sánchez, Director General.—(IN2012079264).

FLORIDA ICE & FARM CO. S. A.

El señor Alexander Glenn Godfrey, pasaporte Nº 206577739, ha solicitado la reposición del certificado de acciones Nº O 343 por la cantidad de 29.334 acciones del 18 de octubre de 1993 de Florida Ice & Farm Co. S. A., por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—Ramón de Mendiola Sánchez, Director General.—(IN2012079265).

El señor Joseph Godfrey Boric, pasaporte Nº 208177371, ha solicitado la reposición del certificado de acciones Nº O 345 por la cantidad de 29.334 acciones del 18 de octubre de 1993 de Florida Ice & Farm Co. S. A., por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—Ramón de Mendiola Sánchez, Director General.—(IN2012079267).

El señor Igor Matkovsky Boric, pasaporte Nº 451620552, ha solicitado la reposición del certificado de acciones Nº O 347 por la cantidad de 29.334 acciones del 18 de octubre de 1993 de Florida Ice & Farm Co. S. A., por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—Ramón de Mendiola Sánchez, Director General.—(IN2012079268).

PROPIEDADES HERNÁNDEZ CALDERÓN LIMITADA

Propiedades Hernández Calderón Limitada, con cédula de persona jurídica 3-102-474668, a solicitud de su titular, realiza reposición de los certificados que representan la totalidad del capital social de la compañía, esto en virtud de haber sido robados a su dueño. Desde ya no se hace responsable por la indebida manipulación de dichos títulos. Sin perjuicio de terceros de mejor derecho. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la notaria pública María de los Ángeles Montero Álvarez, quien cuenta con oficina abierta al público en San José, Escazú, Trejos Montealegre, del Restaurante Tony Roma’s seiscientos metros oeste, Torre Stewart Title, sexto piso en Consortium Laclé & Gutiérrez, en el término de treinta días contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Martín Alejandro Hernández Madriz, Gerente, cédula 3-0342-0148.—RP2012315020.—(IN2012079526).

IRON BUILDING SOCIEDAD ANÓNIMA

Iron Building Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-464754, a solicitud de su titular, realiza reposición de los certificados que representan la totalidad del capital social de la compañía, esto en virtud de haber sido robados a su dueño. Desde ya no se hace responsable por la indebida manipulación de dichos títulos. Sin perjuicio de terceros de mejor derecho. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la notaria pública María de los Ángeles Montero Álvarez, quien cuenta con oficina abierta al público en San José, Escazú, Trejos Montealegre, del Restaurante Tony Roma’s seiscientos metros oeste, Torre Stewart Title, sexto piso en Consortium Laclé & Gutiérrez, en el término de treinta días contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Martín Alejandro Hernández Madriz, Presidente, cédula 3-0342-0148.—RP2012315021.—(IN2012079528).

H & M SERVICIOS MÚLTIPLES SOCIEDAD ANÓNIMA

H & M Servicios Múltiples Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-321302, a solicitud de la titular, realiza reposición de los certificados que representan la totalidad del capital social de la compañía, esto en virtud de haber sido robados a su dueño. Desde ya no se hace responsable por la indebida manipulación de dichos títulos. Sin perjuicio de terceros de mejor derecho. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la notaría Pública María de los Ángeles Montero Álvarez, quien cuenta con oficina abierta al público en San José, Escazú, Trejos Montealegre, del Restaurante Tony Roma’s seiscientos metros oeste, Torre Stewart Tille, sexto piso en Consortium Laclé & Gutiérrez, en el término de treinta días contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Martín Alejandro Hernández Madriz, Secretario, cédula 3-0342-0148.—RP2012315022.—(IN2012079529).

VILLA XXVII NOGAL DE SAN ANTONIO

SOCIEDAD ANÓNIMA

Villa XXVII Nogal de San Antonio Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-328570, a solicitud de su titular, realiza reposición de los certificados que representan la totalidad del capital social de la compañía, esto en virtud de haber sido robados a su dueño. Desde ya no se hace responsable por la indebida manipulación de dichos títulos. Sin perjuicio de terceros de mejor derecho. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la notaria pública María de los Ángeles Montero Álvarez, quien cuenta con oficina abierta al público en San José, Escazú, Trejos Montealegre, del Restaurante Tony Roma’s seiscientos metros oeste, Torre Stewart Title, sexto piso en Consortium Laclé & Gutiérrez, en el término de treinta días contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Martín Alejandro Hernández Madriz, Presidente.—RP20120315023.—(IN2012079530).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

PARISIMA DOS INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

El suscrito, presidente de la junta directiva de la empresa Parisima Dos Internacional Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-noventa y siete mil cuatro, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio informan que a solicitud de la sociedad accionista Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Siete Mil Seiscientos Veinte S. A., sociedad con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y siete mil seiscientos veinte, será repuesto el certificado cuatro-dos mil diez que ampara nueve mil una acciones, correspondiente a la participación accionaria de dicho socio en la compañía, sea el cinco por ciento del capital social, transcurrido el mes al que se refiere dicho artículo. Quien se considere afectado dirigir oposiciones y/o notificaciones a los licenciados Cristian Calderón Cartín y/o Alejandra Baudrit Freer, al 2231-7100.—firma ilegible, Presidente.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—(IN2012079591).

UNIVERSIDAD LATINA

Por medio de la presente la Universidad Latina certifica que ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de los título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con énfasis en I y II ciclos emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre de Steven Mariano Solís Mora, cédula 3-358-945, inscrito en el Libro de la Universidad en el tomo V, folio 63, asiento 26280. Se solicita la reposición, por motivo que el estudiante perdió el original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 23 de julio del 2012.—José Prado Arroyo, Director de Registro.—RP2012315281.—(IN2012079714).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío de las bitácoras relacionadas con los siguientes números de contratos y profesional a cargo:

Ing. Jorge Arturo Ovares Corrales, ICO-18435, OC-504460; Ing. Wagner Mora Miranda, IC-19218, OA-562638; A-José Luis Quesada Sánchez, A-15159, OC-558885; Ing. Geral Vargas Rojas, IC-9400, OC-471472; Arq. Rommel Molina Ríos, A-6065, Ing. Amed Molina Ríos. IME-7034, OC-51740 y OC-520281; Ing. Adrián Blanco Castro; IC-23181, OC-514592; Ing. Alexander Rodríguez Vargas; ICO-20301; OC-554924; Arq. David Blanco Alfaro; A-14910;OC-547881; Ing. Víctor Cantillano Morán; IC-14695; OC-553662; Ing. Francisco García Morales; IC-7554;OC-555472; Arq. Esteban Mora Hidalgo; A-10934; OC-535700; Ing. Rodrigo Romero Lores; IC-2153I; OC-555771; Ing. Bernal Valverde Pacheco; IC-1944; OC-524434; Ing. Charles Lewis Parks; IC-2464;OC-55655; Ing. Guillermo Centeno Madrigal; IC-6255; OC-305441; Arq. Melania Obando Vargas; A-9495; OC-512318; Ing. David Ovares Mora; ICO-18945; OC-522552, OC-522323, OC-519984, OC-523408 y OC-522045; Ing. William Torres Bacca; IC-4537; OC-539256 y OC-539250; Ing. Rodolfo Fernández Vásquez; ICO-14874; OC-506616; Arq. Ricardo Barrantes Bolaños; A-6064; OA-56453; Arq. César A. Hidalgo Quesada; A-11739; OA-558954; Arq. Marvin Cortés Arias; A-22976; OC-553720; Ing. Carlos Díaz Fallas, IC-3918; OC-545575; Ing. Esteban Alonso Villalobos Chaves, IC-11892; OC-543357; Arq. Luis García Salazar; A-16424; OC-542808; Ing. James Pérez Céspedes; IC-20602; OC-517413; Ing. Bryan Rodríguez Araya; IC-20605; OC-537860; Ing. David Guillermo García Zúñiga; IC-8106; OC-560782 y OC-518234; Arq. Luis Manfreed Venegas Brenes; A-16459; OC-554759; Arq. Gonzalo Gálvez Freund; A-1563; OC-404704; Ing. Óscar Fernández Segura; ICO-6738; OC-418285 y OC-550132; Arq. Geovanny Araya García; A-20542; OC-558379; Arq. Werner Fallas Carvajal; A-20925; OC-398197; Arq. Eugenio Castro Jiménez; A-9128; OC-556736; Ing. Antonio Ortiz Hidalgo; IC-11516; OC-553602; Ing. Mauricio Roldan Torres; IC-8080; OC-562250; TA. Diego Castro Rodríguez; TA-8921; Protocolo-17772; Arq. Jorge Rodríguez Vargas; A-10013; OC-543704; Ing. Jorge Arturo Ovares Corrales; OC-567268; Ing. Gustavo Sequeira Dittel; IC-9639; OC-546729 y OC-520988; Arq. Pedro Labarca Pérez; A-18891; OC-547372; Ing. Daniel Gutiérrez Rodríguez; IC-2138; OC-563442; Ing. José Luis Ugalde Herra; IC-18133; OC-465777; Ing. Luis Cordero Jiménez; IC-16355; OC-571086.—San José 11 de julio del 2012.—Departamento de Responsabilidad Profesional.—Ing. Javier Chacón Hernández, Jefe.—O. C. Nº 500.—Solicitud Nº 37887.—C-129740.—(IN2012080097).

CORPORACIÓN DE OPERADORES DE SERVICIOS

TELEMÁTICOS S. A.

Corporación de Operadores de Servicios Telemáticos S. A., cédula jurídica 3-101-299606, domiciliada en distrito tercero Hospital, cantón central de la provincia de San José, calle treinta, avenida segunda, cien metros oeste de la Sala Garbo, está en proceso de reposición de los certificados de acción certificado de acciones número 01 serie 2 por ¢10.559.790,00 y certificado de acciones número 13 serie 3 por ¢20.633.460,96, esto a solicitud de COOPENAE R. L., cédula jurídica 3-004-045205-16, títulos anteriormente propiedad de COOPEMEX R. L., esto conforme al 689 del Código de Comercio. Quien se considere afectado debe dirigir las oposiciones al domicilio social indicado en el término de un mes contado a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Celimo Montero Chaves, Presidente Junta Directiva.—Geovanny Martínez, Secretario.—RP2012315551.—(IN2012080198).

OFICINAS Y SUMINISTROS MILANO S.R.L.

Yo, Javier Alberto Villalobos Umaña, cédula 1-0791-0169, en calidad de apoderado generalísimo de la sociedad Oficinas y Suministros Milano S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-533828, dueña de apartamento 20 en Condominio Residencial Horizontal Vertical Milano, solicito ante el Departamento de Propiedad Horizontal del Registro Público, la reposición del libro uno de Actas de Asambleas de Propietarios de dicho condominio por haberse extraviado. Se emplaza por 8 días hábiles a partir de la publicación a fin de recibir objeciones ante la Junta Directiva en el domicilio social.—San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Katia Jiménez Pochet, Notaria.—RP2012315557.—(IN2012080199).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta notaría a las 8:00 horas del trece de junio del dos mil doce, mediante escritura veintitrés-cuatro se protocoliza acta disminución de capital de la sociedad Consultoría de Estrategia y Negocios de Costa Rica S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y uno mil cero cero seis.—Lic. Rafael A. Rodríguez Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012315019.—(IN2012079532).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas treinta minutos del día veintisiete de julio del año dos mil doce, se protocolizó el acta de la asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Sustainable Hotels Of Costa Rica Sociedad Anónima, disminuyendo su capital social y modificando la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, veintisiete de julio dos mil doce.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—(IN2012080040).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Ante mi notaría, escritura número ciento setenta y cinco, visibPor escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Hidalmadri Sociedad Anónima, capital social: totalmente suscrito y pagado, plazo cien años, domicilio: San José.—San José siete de julio del año dos mil doce.—Lic. Alonso Gerardo Arley Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2012315522.—(IN2012080239).

Por escritura otorgada ante esta notaría pública a las 11:00 horas del 19 de julio de 2012, se constituyó una sociedad cuyo nombre será su número de cédula jurídica; domicilio: Santa Ana; plazo: 500 años; capital: ¢120.000,00; presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma individualmente; secretario y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma conjuntamente.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—RP2012315524.—(IN2012080240).

Por escritura otorgada el día treinta de julio del dos mil doce, se disuelve la sociedad denominada AJ Alemán Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento nueve mil doscientos noventa.—San José, treinta y uno de julio del dos mil doce.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2012315525.—(IN2012080241).

Ante esta notaría, a las doce horas del trece de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de la firma Los Bosques de Aralias Sociedad Anónima, en donde se modifica las cláusulas: primera de la razón social, cambiando su nombre a Urbana Construcciones Sostenibles Sociedad Anónima, segunda del domicilio del pacto social, décimo cuarta de la administración y se nombra nueva directiva.—San José, primero de agosto del dos mil doce.—Lic. Otto Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012315526.—(IN2012080242).

Por escritura autorizada el día de 9 de junio del año en curso, se protocoliza acta de la sociedad Forestales Ciasa Sociedad Anónima, en la que se reforma cláusula segunda del pacto social.—San José, treinta y uno de julio de dos mil doce.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012315536.—(IN2012080243).

Mediante escritura otorgada en mi notaría, a las 17 horas del 10 de mayo del 2012, se disuelve Comercializadora Andama S. A., cédula 3-101-234257. De conformidad con el artículo 222 del Código de Comercio, terceros interesados pueden oponerse en el plazo de un mes a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ana Lorena Umaña Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012315542.—(IN2012080244).

Por escritura número ciento sesenta y tres del tomo cinco del protocolo del suscrito notario, otorgada a las 8:00 horas del dos de agosto del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general de Cape Cod S. A. en la cual se hacen nuevos nombramientos y se reforma administración.—San José, dos de agosto del dos mil doce.—Lic. Luis Antonio Salazar Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2012315544.—(IN2012080245).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del veintitrés de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Importaciones San Lorenzo Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones suscrito y pagado. Presidente, vicepresidente y secretario apoderados de la sociedad.—San Joaquín de Flores, 23 de julio  del 2012.—Lic. Alfieri Cavallini Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012315546.—(IN2012080246).

Protocolización del acta de asamblea general, ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Dream Printing Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-354442, en la cual se reforma la cláusula primera: del nombre que cambia el nombre de la compañía a Pony Printer S. A. Escritura otorgada a las diecinueve horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de noviembre del dos mil once.—Lic. Carlos Eduardo González Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012315549.—(IN2012080247).

En mi notaría se protocoliza modificación al numeral referente al capital social de la entidad Jardines Verticales Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil ciento catorce, la cual fue presentada al diario de mercantil bajo el tomo dos mil doce, asiento doscientos cuarenta mil doscientos treinta y siete, y acordado por asamblea extraordinaria del veintiocho de junio del dos mil doce toma, comisionando al notario Henrich Moya Moya para que protocolice e inscriba al acuerdo correspondiente.—Cartago, 3 de agosto del 2012.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—RP2012315550.—(IN2012080248).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las 8:00 horas del 3 de agosto del 2012, protocolicé acta de la empresa Kilopan S. A., mediante la cual se reforma cláusula quinta de los estatutos sociales en cuanto al capital.—Escazú, 3 de agosto del 2012.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012315552.—(IN2012080249).

Neftalí y Paulo Madrigal Chaverri, constituyen empresa denominada Cor.Matris.Thesaurus Sociedad Anónima.—Heredia, 3 de agosto del 2012.—Lic. Ana Lorena Rojas Araya, Notaria.—1 vez.—RP2012315553.—(IN2012080250).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, 1º de agosto del 2012, la empresa Alianza Inmobiliaria Vanguardia Limitada, protocolizó acuerdos en donde se modifica la cláusula de domicilio social de los estatutos.—San José, 1º de agosto del 2012.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2012315559.—(IN2012080251).

Mediante escritura otorgada, en esta notaría, a las diecinueve horas del veintitrés de julio del dos mil doce, se procede a disolver la entidad denominada Novedades Sone de Pérez Zeledón Sociedad Anónima.—San José, 23 de julio del 2012.—Lic. Marcela Patricia Calvo Lizano, Notaria.—1 vez.—RP2012315560.—(IN2012080252).

Mediante escritura número ciento veintiséis, de las diez horas del doce de julio del dos mil doce, se constituyó la sociedad Black Mantis Angulo & Riascos Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social suscrito y pagado. Es todo.—San José, treinta de julio del dos mil doce.—Lic. María Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2012315561.—(IN2012080253).

Por escritura otorgada, en la ciudad de San José, a las nueve horas del primero de agosto del año dos mil doce, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Auto Splash S. A., en que se acuerda reformar las cláusulas primera, segunda y sexta de los estatutos de la sociedad, y se nombra nuevo secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, 2 de agosto del 2012.—Lic. Marco A. Jiménez Carmiol, Notario.—1 vez.—RP2012315562.—(IN2012080254).

Que la sociedad Paoca’s Boutique S. A., domiciliada en San José, varió el artículo 1º de constitución, y ahora se denomina Comercializadora y Distribuidora Paoca’s S. A.—San José, 3 de agosto del 2012.—Lic. Édgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2012315565.—(IN2012080255).

Por escritura otorgada, hoy ante mí, a las diez horas, Transportes Turísticos R&B Sociedad Anónima, reforma la cláusula segunda del estatuto, la que en sucesivo se leerá: “La Compañía tendrá su domicilio en Sabana Oeste, Barrio Holanda, doscientos metros al norte de la entrada, en el distrito de Pavas, número ciento doce, cantón central de San José.—San José, 2 de marzo del 2010.—Lic. César Fallas Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012315566.—(IN2012080256).

NOTIFICACIONES

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

RES-APB-DN-165-2012.—Aduana Peñas Blancas, La Cruz, Guanacaste, al ser las diez horas con treinta y dos minutos del once  de junio del dos mil doce. Exp. DN-APB-173-2009.

Procede esta Administración a conocer Gestión Nº 0664 presentada en fecha 29 de junio del 2009 por el señor Ronal Salas Chacón, portador de la cédula 2-0388-0483.

Resultando:

Que mediante Gestión Nº 0664 presentada en fecha 29 de junio del dos mil nueve el señor Ronal Salas Chacón, portador de la cédula 2-0388-0483, en su condición de importador de la traileta usada Hilbilt, año 1979, color plateada, mediante la cual solicita:… “la corrección de la póliza 24121097 de fecha 11/10/2004, la cual erróneamente aparece en el correo interno con marca HIGH- En el Departamento de Procesos Aduaneros de la D.G.A., se está tramitando la inclusión de la marca HILBILT, ya que no existe y así poder hacer la inscripción y traspaso en el Registro Nacional”.

Que mediante Oficio APB-DN-093-2010 de fecha 10/02/2010 esta Administración previene al señor Ronal Salas Chacón, para que en el término de diez días hábiles después de recibida la notificación, presente la siguiente información: 1- La solicitud de Rectificación en el formulario establecido por la Dirección General de Aduanas mediante Directriz DIR-DN-04-2009 de fecha 25 de marzo del 2009. 2- La firma en la solicitud debe ser autenticada por un notario público de acuerdo con el artículo 285 de la Ley General de Administración Pública y artículos 81, 111, 119 del Código Notarial. 3- El formulario de resolución debe ser presentado en forma electrónica, ya sea en CD, dispositivo de almacenamiento USB, correo electrónico, disckette, etc. 4- Certificación de Microfilm emitido por el Registro de la Propiedad de la Declaración Aduanera de Importación número 24121097 de fecha 11 de octubre del 2004. 5- Indicar por escrito, dirección o número de fax donde se le puedan enviar notificaciones. En caso contrario se rechazará ad portas la solicitud.

Que mediante Oficio APB-DN-741-2011 de fecha 23 de noviembre del 2011 se envió a la Dirección General de Aduanas, solicitud de notificación por edicto del oficio APB-DN-093-2011 al señor Ronal Salas Chacón, cédula 2-388-483. Mismo que fue publicado en La Gaceta Nº 74 del 17 de abril del 2012.

Que de acuerdo con la documentación que consta en autos, no se registra como recibida hasta la fecha lo solicitado por esta Administración para dar trámite a la gestión.

Que en el presente procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Considerando:

1º—Régimen legal aplicable: De conformidad con los artículos 2, 6, 7, 9, 63, del CAUCA, 4,  8, del RECAUCA 11,13, 14, 24, 33, 35 inciso a), 90 de  la Ley General de Aduanas y, 29, 31 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, artículos 246, 284, 292 de la Ley General de la Administración Pública.

2º—Objeto de la litis: En el presente caso el señor Ronal Salas Chacón, cédula 2-388-483, solicita la corrección en la transmisión al Registro Público de la DAI 24121097, de fecha 11/10/2004,  la cual erróneamente aparece en el correo interno con marca HIGH. Y dicha marca no aparece registrada en el ONVVA.

3º—Sobre la admisibilidad: De conformidad con la documentación aportada a dicha gestión, se determina que la solicitud del señor Salas Chacón,  en su condición de importador de la traileta marca Hilbilt, año 1979, color plateado, se declare inadmisible por improcedente, a pesar que se le previno   mediante oficio APB-DN-093-2010 de fecha 10/02/2010 para su subsanación y no presentó nada. Y se ordena el archivo del expediente administrativo DN-APB-173-2009. Por tanto,

Con fundamento en las consideraciones expuestas y citas legales invocadas, esta Gerencia, resuelve: Primero: Declarar inadmisible la solicitud presentada mediante gestión Nº 0664 de fecha 29 de junio del 2009, por el señor Ronal Salas Chacón, portador de la cédula 2-0388-0483, en su condición de importador de la traileta usada Hilbilt, año 1979, color plateada. Segundo: Se le otorga un plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución, para su impugnación y apelación ante esta Aduana y ante  el Tribunal Aduanero Nacional. Será potestad usar ambos recursos ordinarios o solo uno de ellos. Tercero: Se comisiona al Departamento Normativo a fin de proceder al archivo del expediente administrativo DN-APB-173-2009, una vez en firme la presente resolución. Notifíquese. Al señor Ronal Salas Chacón, cédula 2-388-483 y al Departamento Técnico de esta Aduana.—Lic. Wilson Céspedes Sibaja, Gerente.—1 vez.—O.C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34795.—C-69180.—(IN2012080116).

RES-APB-DN-168-2012.—Aduana de Peñas Blancas, La Cruz, Guanacaste, al ser las ocho horas cuarenta y cuatro minutos del doce de junio del dos mil doce. Exp. DN-APB-189-2010.

La Administración procede a declarar en abandono el vehículo marca Chevrolet, estilo Cavalier LS, número de identificación vehicular (VIN) 1G1JF52T9W7239871, placa norteamericana número W65CKR, sedan 4 puertas, año 1998, color rojo, al cumplir el supuesto establecido en el artículo 56 inciso e) de la Ley General de Aduanas, siendo que la mercancía responde directa y preferentemente ante el Fisco por los tributos, las multas y los demás cargos que causen y que no hayan sido cubiertos total o parcialmente por el sujeto pasivo.

Resultando:

1º—Que mediante resolución RES-APB-DN-AP-016-2011 de fecha 29 de abril del 2011 se inició Procedimiento Ordinario de cobro de la obligación tributaria contra el señor Clifton Louis Dunaway, de nacionalidad estadounidense, con pasaporte de su país número 462341901, al no reexportar dentro del plazo establecido el vehículo de su propiedad marca Chevrolet, estilo Cavalier LS, número de identificación vehicular (VIN) 1G1JF52T9W7239871, placa estadounidense W65CKR, color rojo, año 1998, combustible gasolina, tracción 4x2, transmisión automática, carrocería Sedan 4 puertas, centímetros cúbicos 24cc, clase tributaria 2351991, valor declarado en aduanas $2.196,36, con base en partida arancelaria 8703.23.79.33 y tipo de cambio ¢536,16; estableciéndose un cobro por concepto de impuestos por la suma de ¢930.598,70 más los timbres de ley por la suma de ¢1.680,48, para un total de ¢932.279,18 (novecientos treinta y dos mil doscientos setenta y nueve colones con dieciocho céntimos).  (Ver folios del 25 al 29).

2º—Que la resolución de marras se notificó al señor Clifton Louis Dunaway, a través de publicación en el Diario Oficial La Gaceta Nº 188 de fecha 30 de setiembre del 2011, de conformidad con lo establecido en el artículo 194 inciso e) de la Ley General de Aduanas. (Ver folios del 36 al 40).

3º—No consta en autos que el propietario del vehículo haya presentado ante la Administración alegatos, en contra del acto de inicio del procedimiento ordinario.

4º—Que mediante resolución RES-APB-DN-019-2012 de fecha 12 de enero del 2012 la Aduana de Peñas Blancas dicta el acto final del Procedimiento Ordinario iniciado contra el señor Clifton Louis Dunaway, procediendo la Administración al cobro por concepto de impuestos por la suma de ¢932.279,18 (novecientos treinta y dos mil doscientos setenta y nueve colones con dieciocho céntimos). (Ver folios del 41 al 45).

5º—Que la resolución de marras se notificó al señor Clifton Louis Dunaway a través de notificación automática según oficio APB-DN-115-2012 de fecha 31 de enero del dos mil doce, siendo que dicho señor no señaló medio para atender notificaciones futuras, por lo que le fue comunicada la resolución con solo el transcurso de veinticuatro horas. (Ver folio 46).

6º—Contra el acto final del procedimiento ordinario no consta en el legajo administrativo que el señor Clifton Louis Dunaway haya presentado impugnación alguna contra el acto de cobro de la obligación tributaria, lo que ha quedado en firme en fecha seis de febrero del dos mil doce.    

7º—Que en el presente procedimiento se han observado las prescripciones de ley.

Considerando:

1º—Régimen legal aplicable: De conformidad con el artículo 94 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), 56 inciso e) de la Ley General de Aduanas.

2º—Sobre la competencia de la gerencia: Que de acuerdo con los artículos 13, 24 de la Ley General de Aduanas y los artículos 34, 35 y 36 del Decreto Nº 32481-H, las Aduanas son las unidades técnico administrativas con competencia territorial, siendo una de sus atribuciones exigir y comprobar los elementos que determinen la obligación tributaria aduanera e iniciar los procedimientos administrativos y atender las gestiones que puedan derivarse de la entrada, permanencia y salida de las mercancías al territorio aduanero nacional por lo que le compete al Gerente de la Aduana emitir actos administrativos. La Gerencia, misma que está conformada por un Gerente o un Subgerente subordinado al Gerente y el cual lo remplazara en sus ausencias, con sus mismas atribuciones.

3º—Único: El régimen jurídico aduanero contempla la figura del abandono, entendido como el acto por medio del cual las mercancías, pasan a propiedad del Fisco. De conformidad con lo establecido en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), el abandono de mercancías podrá ser tácito o voluntario.

“Artículo 94.—Abandono de mercancías. El abandono de las mercancías podrá ser voluntario o tácito.

El abandono voluntario se produce cuando el consignatario o quien tenga el derecho de disponer de las mercancías, manifieste expresamente su voluntad de cederlas a favor del Fisco.

Se considerarán tácitamente abandonadas a favor del Fisco.

a)  Las mercancías que no se hubieren sometido a un régimen u operación aduanera, dentro de los plazos establecidos en el Reglamento.

b)  Las mercancías que se encuentren en cualquier otro supuesto establecido en el Reglamento o la legislación nacional…”

En el presente caso se dio el decomiso del vehículo marca Chevrolet, estilo Cavalier LS, número de identificación vehicular (VIN) 1G1JF52T9W7239871, placa estadounidense W65CKR, color rojo, año 1998, combustible gasolina, tracción 4x2, transmisión automática, carrocería Sedan 4 puertas, centímetros cúbicos 24cc, por no reexportar antes del vencimiento del plazo establecido según el Certificado de Importación Temporal Nº 52696 de fecha 21/05/2010. La Administración a través de un procedimiento ordinario realizó el cobro de la obligación tributaria, proceso en el cual se determinó que según el Sistema Arancelario Centroamericano (S.A.C.) vigente a la fecha del hecho generador, la partida arancelaria que le corresponde al vehículo es 8703.23.79.33  y la clase tributaria del vehículo 2351991, además del adeudo tributario por la suma de ¢932.279,18 (novecientos treinta y dos mil doscientos setenta y nueve colones con dieciocho céntimos), desglosado de la siguiente manera: por concepto de Selectivo de Consumo ¢624.128,20 (seiscientos veinticuatro mil ciento veintiocho colones con 20/100); Ley 6946 ¢11.776,00 (once mil setecientos setenta y seis colones con 00/100); por el Impuesto General Sobre las Ventas ¢294.694,49 (doscientos noventa y cuatro mil, seiscientos noventa y cuatro colones con 49/100), más timbres del ley, sin que hasta la fecha se haya presentado recurso alguno ni se nacionalice la misma, quedando en firme en fecha 06 de febrero del 2012. La Ley General de Aduanas señala en su artículo 56 inciso e) que: “… Las mercancías serán considerada legalmente en abandono en los siguientes casos: … e) Cuando las mercancías se encuentren bajo depósito fiscal, incluyendo los de las autoridades portuarias, transcurrido el plazo de un mes, a partir de la fecha de notificación de la obligación tributaria aduanera sin que se hubiere procedido al pago del adeudo tributario…” En virtud de lo anterior esta Administración considera que el plazo de un mes en el artículo referido fue cumplido según la documentación que consta en autos, por lo que procede ordenar la declaratoria de abandono a favor del Fisco del vehículo marca Chevrolet, estilo Cavalier LS, número de identificación vehicular (VIN) 1G1JF52T9W7239871, placa estadounidense W65CKR, color rojo, año 1998, combustible gasolina, tracción 4x2, transmisión automática, carrocería Sedan 4 puertas, centímetros cúbicos 24cc, y se solicitará a la Sección de Depósitos realizar las diligencias pertinentes a fin de efectuar el proceso de subasta pública. Por tanto,

Con fundamento en las consideraciones expuestas y citas legales invocadas, esta Administración, resuelve: Primero: Declarar en abandono el vehículo marca Chevrolet, estilo Cavalier LS, número de identificación vehicular (VIN) 1G1JF52T9W7239871, placa estadounidense W65CKR, color rojo, año 1998, combustible gasolina, tracción 4x2, transmisión automática, carrocería Sedan 4 puertas, centímetros cúbicos 24cc, al quedar en firme el adeudo tributario por la suma de ¢932.279,18 (novecientos treinta y dos mil doscientos setenta y nueve colones con 18/100), desglosado de la siguiente forma: por concepto de Selectivo de Consumo ¢624.128,20 (seiscientos veinticuatro mil ciento veintiocho colones con 20/100); Ley 6946 ¢11.776,00 (once mil setecientos setenta y seis colones con 00/100); por el Impuesto General Sobre las Ventas ¢294.694,49 (doscientos noventa y cuatro mil, seiscientos noventa y cuatro colones con 49/100), más timbres del ley, y determinarse que según el Sistema Arancelario Centroamericano (S.A.C.) vigente a la fecha del hecho generador, la partida arancelaria que le corresponde es 8703.23.79.33 y la clase tributaria la 2351991, cumplido el plazo de un mes. Segundo: Remítase copia del expediente administrativo a la Sección de Depósito a efectos de incluir el vehículo referido en la lista de mercancías destinadas a subasta pública. Tercero: Se comisiona al Departamento Normativo a fin de proceder al archivo del expediente administrativo DN-APB-189-2010. Notifíquese. Al señor Clifton Louis Dunaway a través de publicación por única vez en el Diario Oficial La Gaceta; a la Sección de Depósito y al Departamento Técnico de esta Aduana.—Lic. Wilson Céspedes Sibaja, Gerente.—1 vez.—O.C. Nº 14473.—Solicitud Nº 34794.—C-213600.—(IN2012080117).

EDUCACIÓN PÚBLICA

Exp. Nº 457-12.—La Dirección de Recursos Humanos, a: Badilla Sánchez Carlos Enrrique, cédula 01-487-280, hace saber:

1)  Que en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de falta grave o de alguna gravedad.

2)  De la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:

Que en su condición de Profesor de Enseñanza Unidocente de I y II Ciclo del centro educativo Bijagual Norte, de la Dirección Regional de Educación de Los Santos; no se presentó a laborar los días: 31 de mayo, 1º y 4 de junio; todos del año 2012. Lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver folios del 01 al 07 del expediente de marras).

3)  Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); los artículos 12 incisos c) y k) y 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; artículo 42 incisos a) y q), del Reglamento Interior de Trabajo del Ministerio de Educación Pública.

4)  Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes, al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de que, de no hacerlo, se podrá declarar inadmisible la referida prueba.

Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto, hacerse representar por un abogado.

5.  Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Asuntos Disciplinarios de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública cuarto piso Edificio Rofas, ubicado en avenida segunda, frente a la entrada de emergencias del Hospital San Juan de Dios, San José; debiendo señalar casa u oficina para atender notificaciones, bajo apercibimiento que en caso contrario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas siguientes de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental, y, la no indicación de lugar para recibir notificaciones surtirá los efectos previstos en el artículo de la citada ley.

6.  Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios previstos en el artículo 345 de la Ley General de la Administración Pública.

San José, 25 de junio del 2012.—MSc. Juan Antonio Gómez Espinoza, Director de Recursos Humanos.—1 vez.—O. C. Nº 14542.—Solicitud Nº 43763.—C-21730.—(IN2012079581).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Documento admitido traslado al titular

Ref.: 30/2012/21492.—Marielos Meléndez Hernández, cédula de identidad 6-227-698, en calidad de representante legal de Panalab Sociedad Anónima. Documento: cancelación por falta de uso (Laboratorios Saval S. A., SOLIC).—Nº y fecha: anotación/2-78046 de 27/03/2012.—Expediente: 2003-0007244, registro Nº 147226 DOLTEN en clase 5. Marca Denominativa

Registro de la Propiedad Industrial, a las 15:44:22 del 31 de Mayo de 2012.—Conoce este Registro la solicitud de cancelación por falta de uso promovida por Aarón Montero Sequeira, cédula de identidad 1-908-006, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Saval S. A., contra el registro del signo distintivo DOLTEN, Registro Nº 147226, el cual protege y distingue: productos farmacéuticos para medicina general, en clase 5 internacional, propiedad de Panalab Sociedad Anónima. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el diario oficial La Gaceta sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesora Jurídica.—(IN2012080043).

Resolución acoge cancelación

Ref.: 30/2012/14504.—Cosméticos Samy S. A., C/ Samy Mark Inc.—Documento: cancelación por falta de uso Nº y fecha: Anotación/2-69959 de 23/12/2010.—Expediente: 2003-0003136, Registro Nº 144036 SAMY en clase 3 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 11:33:19 del 16 de abril de 2012. Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por el Lic. Aarón Montero Sequeira, en calidad de apoderado de Cosméticos Samy S. A., contra el registro del signo distintivo SAMY, Nº 144036, el cual protege y distingue “productos para cuidado del cabello, a saber, cahampú, acondicionador, gel para el cabello y spray para cabello”, en clase 3 internacional, propiedad de Samy Mark Inc.

Resultando:

1º—Que por memorial recibido el 23 de diciembre del 2010, el Lic. Aarón Montero Sequeira, en calidad de apoderado de Cosméticos Samy S. A., solicita la cancelación por falta de uso en contra el registro de la marca de fábrica SAMY, Nº 144036, el cual protege y distingue “productos para cuidado del cabello, a saber, cahampú, acondicionador, gel para el cabello y spray para cabello”, en clase 3 internacional, propiedad de Samy Mark, Inc. (Folios 1 a 9).

2º—Que mediante resolución de las 13:25:46 del 7 de febrero de 2011, se le da traslado de la solicitud de cancelación por falta de uso a la titular. (Folio 20).

3º—Que la anterior resolución fue notificada a la titular de la marca el 16 de enero del 2012, mediante publicación (F 13 a 20) y a la solicitante de las presentes diligencias el 17 de febrero del 2011, en forma personal. (Folio 10 vuelto).

4º—No consta en el expediente contestación al traslado de la cancelación por no uso.

5º—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados:

    Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita desde el 05 de febrero del 2004, la marca de fábrica SAMY, Registro Nº 144036, el cual protege y distingue “productos para cuidado del cabello, a saber, champú, acondicionador, gel para el cabello y spray para cabello.”, en clase 3 internacional, propiedad de Samy Mark Inc.

II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.—Legitimación para actuar. Analizado el poder administrativo, que consta en el expediente y que es visible a folio 05, se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso del Lic. Aarón Montero Sequeira, en calidad de Apoderado Especial de Cosméticos Samy S. A.

IV.—Sobre los elementos de prueba. Este Registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso; en cuanto al titular de distintivo al no contestar el traslado no se aporta prueba al expediente.

V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado el expediente se observa que se intentó notificar al titular del signo en forma personal, la resolución mediante la cual se dio traslado de las diligencias de cancelación, ello por los medios que constaban en el expediente. Debido a que dicha gestión fue infructuosa, se le previno al solicitante de las presentes diligencias, que publicara dicha resolución de traslado por tres veces consecutivas; publicaciones que se efectuaron los días 12, 13 y 16 de agosto del 2012 (F. 17 a 20), sin embargo a la fecha, el titular del distintivo marcario no ha contestado dicho traslado.

VI.—Contenido de la Solicitud de Cancelación. A.- De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta, en síntesis se desprenden los siguientes alegatos: 1) Que la marca registrada no ha sido utilizada en Costa Rica por su titular. 2) Que con ésta inactividad la titular de la marca, está faltando a su obligación principal de uso sobre la marca registrada y con dicho accionar está bloqueando la posibilidad de registro de la marca de su representada. 3) Que su representada desea la inscripción de la marca “SAMY”, en clase 3 internacional, lo que es indicativo de un interés directo y legítimo para la tramitación de la presente gestión.

VII.—Sobre el fondo del asunto:

Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registra! Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

Como ya se indicó supra, el artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal, cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a quien alega esa causal.

Por lo anterior, de modo alguno ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado.”

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario. en este caso a Samy Mark Inc, que por cualquier medio de prueba debió de haber demostrado la utilización de su signo.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, se tiene por cierto que la empresa Cosméticos Samy S.A., demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que tal y como se desprende de los alegatos que dio el gestionante, ambas empresas son competidoras y que el registro 144036 es un obstáculo para los planes de expansión de su marca.

En cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala: “Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bayo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional. (...)”

Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca inscrita bajo el registro que hoy se pretende cancelar, al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de lo anterior, dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y efectivo. En apoyo a lo anterior, el solicitante aporta una certificación del Ministerio de Salud en la que se indica que la Marca Samy no se observa en sus sistemas, por lo que se comprueba la falta de uso de la marca que se pretende cancelar por su no uso.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el registro de la marca de FÁBRICA SAMY, Registro Nº 144036, en clase 3 internacional.

IX.—Sobre lo que debe ser resuelto. Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular de signo distintivo SAMY, Registro Nº 144036, al no contestar el traslado otorgado por ley, no comprobó el uso real y efectivo de su marca, por lo que para efectos de este Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo a su correspondiente cancelación.

Por tanto:

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos 7978 y de su Reglamento, Se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por el Lic. Aarón Montero Sequeira, en calidad de apoderado de Cosméticos Samy S. A., contra el registro del signo distintivo SAMY, Nº 144036, el cual protege y distingue “productos para cuidado del cabello, a saber, cahampú, acondicionador, gel para el cabello y spray para cabello”, en clase 3 internacional, propiedad de Samy Mark, Inc., se ordena la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces consecutivas en el diario oficial La Gaceta, de conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y 334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su reglamento, a costa del interesado y se le advierte que hasta tanto no sea publicado el edicto correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta oficina mediante el aporte de los documentos que así lo demuestren, no se cancelará el asiento correspondiente, a manera de excepción y solo en la eventualidad de que al titular del signo distintivo se le haya podido notificar legalmente la presente resolución o el mismo se haya apersonado al procedimiento, la publicación íntegra de la presente resolución deberá hacerse por una sola vez en el diario oficial. Comuníquese esta resolución a los interesados a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles respectivamente contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, 8039. Notifíquese.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—(IN2012080049).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El suscrito Jefe del Área Gestión de Cobro a Trabajadores Independientes de la Dirección de Cobros, Oficinas Centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el presente edicto se procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial; en la vía civil, según corresponda. Se pueden contemplar períodos que ya poseen firmeza administrativa. El monto de la deuda se refleja a las fechas indicadas en el listado.

Para ver tabla solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

San José, 31 de julio del 2012.—Luis Diego Calderón Villalobos, Director División de Cobros.—O. C. Nº 006-12.—Solicitud Nº 45808.—C-4885700.—(IN2012080671).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

Instituto de Desarrollo Agrario, Dirección Región Huetar Atlántica, Órgano Director del Procedimiento Administrativo de Revocatoria de Adjudicación y Nulidad de Título lote Nº 49 asentamiento Aguas Frías, distrito 4 Roxana, cantón 2 Pococí, provincia de Limón Expediente 775 (R) r Batán de Matina provincia Limón a las nueve horas con diez minutos del veinticuatro de julio del dos mil doce. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 110, 111 y 112 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de Solicitantes de Tierra, publicado en Gaceta 116 del 16 de junio del 2010 y los artículo 66, 67 y 68 de la Ley de Tierras y Colonización 2825. Se constituye este Órgano Director por acuerdo de junta directiva tomado artículo 1, sesión 031-003 celebrada el 1º de julio del 2003, para instruir la investigación administrativa a fin de determinar la verdad real de los hechos ocurridos en el lote Nº 49 del asentamiento Aguas Frías, distrito 4 Roxana, cantón 2 Pococí, provincia de Limón el cual fue adjudicado mediante el acuerdo de junta directiva artículo XI, de la sesión 052-97, con fecha 22 de julio de 1997, plano catastrado L-0317861-1996 y se inscribió en el Registro Público folio real matrícula Nº 7-081612-001-002 a favor Wilman Rojas Morales cédula Nº 6-0157-0257 y Xinia María Ruiz Moraga, cédula Nº 3-0260-0948 por cuanto la Oficina Subregional de Pococí determina en ORP-0741-2012, de 24 de julio del 2012 que el señor Wilman Rojas Morales cédula Nº 6-0157-0257 y Xinia María Ruiz Moraga, cédula Nº 3-0260-0948 adjudicatarios y titulares registrales del predio han incurrido en la causal explotación indirecta del predio regulado en el artículo 68 inciso 4 párrafo d) de la Ley de Tierras y Colonización 2825 14 de octubre de 1961 y sus reformas. Se informa a los citados administrados que tienen derecho al recurso de revocatoria contra la resolución inicial del Órgano Director y de Apelación contra la resolución final de la junta directiva los cuales deben interponerse ante este Órgano Director en el momento procesal correspondiente. A los administrados, se les previene que dentro del plazo de tres días contados al día siguiente de la notificación, debe señalar lugar o medio para atender notificaciones en casa u Oficina dentro del perímetro administrativo de la Dirección Regional sita en Batán de Matina, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, sede del Órgano Director, o un número de fax ubicado dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado o el medio indicado, fuese impreciso, incierto o ya no existiere. A los administrados Wilman Rojas Morales cédula Nº 6-0157-0257 y Xinia María Ruiz Moraga, cédula Nº 3-0260-0948 se les concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del segundo edicto, de La Gaceta para que se apersone ante el Órgano Director en defensa de sus derechos y ofrezcan las pruebas de descargo que considere oportunas. Para dicha audiencia se señalan a las catorce horas del siete de setiembre del 2012 y deben acudir personalmente y no por medio de apoderado, aunque si tienen derecho a estar asesorados por un abogado si lo desean. Asimismo se le indica que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, por escrito podrá aportar las pruebas en su favor que considere oportuna y hacer los alegatos que estime pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la señalada. Se hace del conocimiento de los administrados que el proceso se instruye por presunto incumplimiento en la causal de de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, referida a la causal de explotación indirecta regulado en el artículo 68 inciso 4 párrafo d) del predio. Se pone en su conocimiento, el expediente administrativo número 775-R r el cual se encuentra en la Oficina del Órgano Director en la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán de cantón de Matina provincia de Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, el cual podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Se le informa a los administrados que se les está notificando por edicto ya que no fueron localizados en el predio, asentamiento, ni en la Región Huetar Atlántica se desconoce su domicilio o paradero inclusive por sus vecinos y familia según acta que consta en el expediente. Este órgano dispone enviar exhorto de anotación ante el Registro Nacional de la Propiedad Inmueble sobre investigación administrativa con la finalidad de interrumpir el vencimiento de las limitaciones inscritas en citas 458-17414-01-0289-001 de la matrícula Nº 7-081612-001-002, provincia de Limón. Remítase esta resolución a la Imprenta Nacional para la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Lic. Rolando Chaves Castro c.c. Rolando Castro Arce, Órgano Director.—(IN2012079598).                                                                                                                                                                                                                    2 v. 2

Instituto de Desarrollo Agrario.—Oficina Asesoría Jurídica.—Región Chorotega, Liberia, Guanacaste, a las quince horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil doce. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, el procedimiento indicado en los artículos 109 a 117 del Reglamento de Selección y Asignación de Solicitantes de Tierra vigente, publicado en La Gaceta Nº 116 del 16 de junio del 2010, con el uso supletorio de la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil; se inicia proceso administrativo ordinario de revocatoria con la subsecuente nulidad de título contra Eric Alberto López Guadamuz, cédula de identidad Nº 5-0271-0827, adjudicatario del lote Nº 05 del CP Asentamiento El Gallo, que corresponde a la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, partido de Guanacaste, Folio Real matrícula Nº 098621-000. Se resuelve notificar la convocatoria a comparecencia, la cual podrá evacuarse en forma oral o por escrito (artículo 112, inciso h) del Reglamento referido) a los citados adjudicatarios, para ante esta Oficina en un plazo de quince días hábiles para que se apersonen por escrito, contados a partir del día siguiente a la presente notificación la cual se realizará con el fin de que hagan valer sus derechos, asimismo se señalan las catorce horas del día diecinueve de setiembre del dos mil doce, para que comparezcan personalmente y no por medio de apoderado a audiencia oral y privada en las instalaciones del Instituto de Desarrollo Agrario ubicado en Liberia, Guanacaste, seiscientos metros norte de los semáforos, carretera a La Cruz edificio a mano derecha, a dicha audiencia las partes pueden hacerse acompañar por un abogado de su libre elección. Se previene a los administrados, que en su contestación por escrito o en la audiencia oral, a más tardar, deben aportar toda la prueba de descargo que obre en su poder (artículo 312 i. 1-3 y 317 Ley General de Administración Pública); además deben señalar dentro del perímetro judicial de la ciudad de Liberia, lugar o medio electrónico donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, se tendrán por notificadas las resoluciones que se dicten posteriormente en el término de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o el medio elegido no funcione, como lo dispone la Ley de Notificaciones vigente en estos casos (artículo 112 inciso i) del Reglamento y 185 del Código Procesal Civil). A su vez se les informa que este proceso se instruye por violación a los artículos 62, 66, 67 y 68, inciso 4), párrafo b) de la Ley Nº 2825 arriba citada, y artículos 60, 93, 110 y 112 del citado Reglamento, por las causales de abandono injustificado del predio. Se les imputa dicha causal por cuanto según informe técnico de la Oficina Subregional de Liberia con oficio Nº OSRL-611-2010, de fecha 30 de julio del 2010, se logró comprobar mediante inspección realizada que dentro del inmueble no ha vivido ni vive ninguna familia, no existen obras de infraestructura de ningún tipo, ni ocupantes ilegales. En la calle pública que sirve de acceso al lote existe disponibilidad de agua y luz eléctrica, los linderos se encuentran definidos por los colindantes. Para lo que procede se pone en conocimiento que el citado expediente se encuentra en esta oficina para su consulta y fotocopiado en el que constan los siguientes documentos: folios 1 y 2 oficio Nº OSRL-615-2010 de fecha 30 de julio del 2010 donde se solicita inicio del procedimiento, folios 3 a 6 informe de campo con oficio Nº OSRL-611-2010 del 30 de julio del 2011 sobre el estado del lote Nº 5 del CP del Asentamiento El Gallo, folio 7 copia certificado de cancelación, folios 8 y 9 estudio de registro, folios 10 al 15 copia de boleta de diagnóstico, folio 16 copia de plano, folio 17 y 18 copia de estudio registral, folios 19 a 22 copia de acuerdo de adjudicación, segregación y traspaso, folios 23 al 27 boleta de diagnóstico, folio 28 copia de plano, folio 29 acta de inspección, folios 30, 31 y 32 exhorto de anotación de inicio de procedimiento administrativo, folios 33 y 34 estudio de registro. De oficio se ordena anotar en el Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles, al margen de la finca del partido de Guanacaste, matrícula Nº 098621-000, el inicio del presente proceso (artículo 7º de la Ley Nº 6735 del 29 de marzo de 1982 y acuerdo de Junta Directiva, artículo 67, de la sesión Nº 027-2008, celebrada el 4 de agosto del 2008). Se le advierte a la administrada que cualquier mejora introducida posteriormente a la notificación de esta resolución podrá considerarse como mejora de mala fe, con las consecuencias legales correspondientes. Se advierte al administrado que contra esta resolución cabe únicamente recurso de revocatoria el cual deberá interponerse ante esta Oficina dentro del tercer día hábil después de notificado. Por no encontrarse en su domicilio y desconocerse el domicilio actual del señor Eric Alberto López Guadamuz, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública y 108 inciso c) del Reglamento para la Selección y Asignación de Solicitantes de Tierras del Instituto de Desarrollo Agrario vigente, publíquese por dos veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Publíquese.—Lic. Karen Hernández Segura, Asesoría Jurídica.—(IN2012079641).                                                                                                2 v. 2.