TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
N° 610-P
En ejercicio de las facultades
conferidas en el artículo 47 inciso 1) de
Considerando:
I.—Que se ha emitido por medio
del Decreto Ejecutivo N° 34582-MP-PLAN del 4 de junio del 2008, publicado en
II.—Que el Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones requiere la designación de un Viceministro que atienda el
Sector de Agua y Mares, por ser esta un área especializada y de gran
importancia en la agenda política de la presente Administración, la cual
requiere atención urgente.
III.—Que por ser esta un área especializada y
de gran importancia en la agenda política de la presente Administración, se
requiere la atención permanente de un Viceministro de Agua y Mares. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1°—Nombrar al señor
José Lino Chaves López, cédula de identidad seis-ciento cincuenta y
uno-doscientos setenta y nueve, Viceministro de Agua y Mares del Ministerio de
Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.
Artículo 2°—Rige a partir del diecisiete de
julio del dos mil doce.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 14019.—Solicitud Nº 2063.—C-17860.—(IN2012080403).
N° 630-P
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 139 de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo 596-P
del catorce de junio de dos mil doce, modificado por Acuerdo 615-P, del
veintisiete de junio de dos mil doce, se autorizó al señor Mario Zamora
Cordero, cédula de identidad N° 2-449-150, Ministro de Gobernación, Policía y
Seguridad Pública, para asistir a la actividad denominada “Reunión con el
Primer Viceministro del Estado de Israel” por realizarse en Israel, Tel Aviv,
del 22 al 29 de junio del 2012 (incluye salida y regreso).
II.—Que de conformidad con el oficio
701-2012-DI, de fecha 12 de julio de 2012, suscrito por
ACUERDA:
Artículo 1º—Modifíquese el
artículo 4 del Acuerdo 596-P del catorce de junio de dos mil doce, para que se
agregue al final de dicho artículo, lo siguiente: “El Ministerio de Seguridad
Pública reconocerá mediante el Subprograma 089-00 Gestión Administrativa de los
Cuerpos Policiales, en la subpartida 1.05.04 Viáticos al Exterior, los gastos
de hospedaje del día 28 de junio de
Artículo 2º—Todos los demás aspectos
autorizados en el Acuerdo 596-P y 615-P se mantienen incólumes.
Artículo 3º—Rige de las diecisiete horas del
día veintidós de junio, hasta las quince horas cinco minutos del día
veintinueve de junio del dos mil doce.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 13888.—Solicitud Nº 5410.—C-18800.—(IN2012080390).
CONTABILIDAD NACIONAL
En cumplimiento de sus deberes y
funciones como Órgano Rector del Subsistema de Contabilidad, atribuidos por
disposición expresa de
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
El Dr. Fernando Arturo Zúñiga
Rodríguez, cédula 110810189, vecino de San José, en calidad de regente
veterinario de
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada en las “Modalidades de Ciencias Agropecuaria y
Educación Familiar y Social”, inscrito en el tomo 1, folio 258, asiento N° 543,
y del Diploma de Técnico Medio en las Modalidades de Ciencias Agropecuarias y
Educación Familiar y Social, inscrito en el tomo 2, folio 41, asiento N° 449,
ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Padre Roberto
Evans Saunders de Siquirres en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre
de Rodríguez Rojas Johnny. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original y por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos
correctos son: Garza Rojas Johnny. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada “Rama Académica” Modalidad Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio
39, asiento 617, emitido por el Colegio Nocturno José Martí en el año mil
novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Aguirre Mendoza Marianela. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 70, título N° 2857, emitido por el Colegio Gregorio José
Ramírez Castro, en el año dos mil nueve, a nombre de Villalobos Escobar
Katherine Magali. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este, departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 147, título N° 1182, emitido por el Colegio El Carmen de
Alajuela, en el año dos mil cinco, a nombre de Jiménez Téllez Cristian Alonso.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 15, asiento 17, título N° 28, emitido por el Colegio
Telesecundaria Pacayitas, en el año dos mil ocho, a nombre de Araya Fuentes
Dessiree Fiorella. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 267, título N° 2600, emitido por el Liceo Mauro Fernández Acuña,
en el año dos mil tres, a nombre de Hernández López Kattia María. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo III, folio 49, título
N° 201, emitido por el Liceo de Nicoya, en el año setenta y cinco, a nombre de
Torres López Nury. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 49, título Nº 620, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A.
Pérez, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Pastora Briceño
Emilio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Para ver las marcas de Fábrica solo en
REGISTRO
INMOBILIARIO
Regularización de Catastro y
Registro
En el marco del Programa de Regularización del Catastro y Registro del
Gobierno de Costa Rica y
Provincia Cantón Distrito Fecha Dirección
Cartago |
Paraíso |
Cachí Santiago |
del 24 de agosto al 02 de setiembre 2012 |
En el Salón de |
Esto con el fin de que examinen
los registros y mapas catastrales, suscriban el acta de conformidad o
manifiesten su inconformidad. De no presentarse el Catastro Nacional dará los
datos por correctos, según lo indica el Artículo 19 de
Cambio de nombre Nº 79207
Que Melissa Mora Martin, cédula de identidad
1-1041-825, en calidad de apoderada especial de Nutriss Colombiana S.A.S.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de
Productora Colombiana de Alimentos Nutricionales Nutriss Co. S. A. por el de
Nutriss Colombiana S.A.S., presentada el día 19 de junio de 2012 bajo
expediente 79207. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0008966
Registro Nº 140279 NUTRISS en clase 31 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre por fusión Nº 78277
Que Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad
1-908-006, en calidad de apoderado especial de Teddy S.P.A., solicita a este
Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre por fusión de
Rosenruist-Gestao E Servicos Lda, domiciliado en Rua Serpa Pinto N.4, 4° Andar,
9000-029 Funchal-Madeira, Portugal, por el de Teddy S.P.A., domiciliado en Vía
Coriano 58, Gros Rimini Blocco 97, 47924 Rimini (RN), Italia, presentada el día
17 de abril de 2012 bajo expediente 78277. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2011-0003205 Registro Nº 213230 RINASCIMENTO en clase
18 Marca Denominativa y 2011-0003205 Registro Nº 213230 RINASCIMENTO en
clase 25 Marca Denominativa. Publicar en
Cambio de nombre Nº 79028
Que María Gabriela Bodden Cordero, cédula de
identidad 7-118-461, en calidad de apoderada especial de V&S Vin &
Sprit Aktiebolag, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de
Nombre de V&S Vin & Sprit Aktiebolag (publ) por el de V&S Vin &
Sprit Aktiebolag presentada el día 5 de junio de 2012 bajo expediente 79028. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7295933 Registro Nº 72959 ABSOLUT
en clase 33 Marca Mixto, 1900-7833433 Registro Nº 78334 ABSOLUT COUNTRY OF
SWEDEN CITRON en clase 33 Marca Mixto, 1900-8096525 Registro Nº 80965 ABSOLUT
en clase 25 Marca Denominativa, 1995-0004816 Registro Nº 94502 ABSOLUT
COUNTRY OF SWEDEN KURANT en clase 33 Marca Mixto, 1999-0004745 Registro Nº
123394 ABSOLUT COUNTRY OF SWEDEN MANDRIN en clase 33 Marca Mixto,
2003-0000511 Registro Nº 142364 ABSOLUT COUNTRY OF SWEDEN VANILIA en
clase 33 Marca Mixto, 2004-0000233 Registro Nº 149259 LEVEL en clase 33
Marca Denominativa, 2004-0000234 Registro Nº 149468 LEVEL en clase 32
Marca Denominativa, 2004-0000237 Registro Nº 151760 ABSOLUT CUT en clase
33 Marca Mixto, 2004-0000238 Registro Nº 149489 ABSOLUT CUT en clase 33
Marca Denominativa, 2004-0000239 Registro Nº 156097 LEVEL en clase 32
Marca Mixto, 2004-0000240 Registro Nº 156096 LEVEL en clase 21 Marca
Mixto, 2004-0000241 Registro Nº 156095 LEVEL en clase 33 Marca Mixto,
2004-0006150 Registro Nº 156197 ABSOLUT RASPBERRI COUNTRY OF SWEDEN en
clase 33 Marca Mixto, 2004-0006151 Registro Nº 157073 ABSOLUT CUT en
clase 32 Marca Mixto, 2005-0003887 Registro Nº 164402 ABSOLUT COUNTRY OF
SWEDEN APEACH en clase 33 Marca Mixto, 2006-0003132 Registro Nº
164214 ABSOLUT RUBY RED en clase 33 Marca Mixto, 2006-0006886 Registro
Nº 172114 ABSOLUT COUNTRY OF SWEDEN PEARS en clase 33 Marca Mixto,
2006-0008439 Registro Nº 168421 ABSOLUT COUNTRY OF SWEDEN 100 en
clase 33 Marca Mixto, 2007-0006058 Registro Nº 176374 DANZKA en clase 33
Marca Denominativa, 2007-0013156 Registro Nº
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Jorge Tristán Trelles,
cédula Nº 1-392-470, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de Ifco Systems GMBH, de Alemania, solicita
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº
1-335-794, mayor de edad, abogado, apoderado especial de The Board Trustees Of
The University Of Arkansas, N.A., de E.U.A., solicita
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de The Board Of Trustess Of The University Of Arkansas N.A., de E.U.A.,
solicita
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº
1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Nestec S. A., de Suiza, solicita
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº
1-335-794, en condición de apoderado de Institut National de
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº
1-335-794, mayor de edad, abogado, apoderado especial de Nestec S. A., de
Suiza, solicita
Para ver imagen
solo en
Se proporcionan las
composiciones nutricionales y métodos para hacer y utilizar las composiciones
nutricionales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
El señor Víctor Vargas Valenzuela, céd.
1-335-794, en condición de apoderado de Les Laboratoires Servier, de Francia,
solicita
Para ver imagen
solo en
Compuestos de la
fórmula I, en la que ALK representa una cadena alquileno, W representa un grupo
de la fórmula II o de la fórmula III, en la que R y R’ son tales como se han
definido en la descripción. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
El señor Francisco Guzmán Ortiz, céd.
1-434-595, mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Oy
Sinebrychoff Ab, de Finlandia, solicita el Diseño Industrial denominado BOTELLA.
Para ver imagen
solo en
El presente diseño
se refiere a una botella con las siguientes especificaciones y que en relación
a los dibujos que se acompañan forman parte del mismo. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora Karla Villalobos Wong,
cédula Nº 1-1036-375, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de
apoderada especial de Catabasis Pharmaceuticals Inc., de E. U. A., solicita
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que el licenciado
Néstor Morera Víquez, en calidad de apoderado especial de Eli Lilly and
Company, domiciliada en Estados Unidos, solicita a este Registro se inscriba el
traspaso por cesión de la solicitud de concesión de
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
Asociaciones civiles
El Registro de Personas
Jurídicas, Registro de Asociaciones, ha recibido para su inscripción, el
estatuto de la entidad denominada: Asociación Bíblica
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Escuela de Fútbol Concepción de Tres Ríos, con
domicilio en la provincia de Cartago; cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: promocionar el deporte en los niños de la comunidad. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente: José Manuel Aguirre Camacho. Al encontrarse dicha
organización, dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Community Action Alliance, en español Asociación
Alianza de Acción Comunitaria con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos
fines entre otros serán los siguientes: Agrupación de los vecinos de San Ramón
de Alajuela, para promover actividades de caridad, educativas, cívicas y
ambientales. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones
establecidas en el estatuto, lo es el presidente Michael Joseph Styles. Por
encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-143462, denominación: Asociación
Centro Diurno Pilar Gamboa. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las
prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales,
se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2012, asiento: 198343.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 51
minutos y 47 segundos, del 17 de julio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera,
Director.—1 vez.—RP2012315826.—(IN2012080496).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del
estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-579493, denominación: Asociación
Administradora de Acueducto del barrio El Bosque de Guácimo de Limón. Por
cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la
ley Nº 218 del 8 de Agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y
habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días
hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2011, asiento:
273344.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 56 minutos y 11 segundos,
del 16 de julio del 2012.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—RP2012315829.—(IN2012080497).
DIRECCIÓN DE AGUA
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 14434P.—Compañía Bananera
Atlántica Ltda., solicita concesión de:
Exp. 10131P.—José Manuel, Arce Zumbado
solicita concesión de:
Exp. 15249A.—Hacienda Manuelita S. A.,
solicita concesión de:
Exp. 15266A.—Hermanos Pérez Echeverría S. A.,
solicita concesión de:
Exp. 15254A.—Hacienda Manuelita S. A.,
solicita concesión de:
Exp. 488H.—Peters S. A., solicita concesión
de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 4697A.—Municipalidad de
Upala, solicita concesión de:
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 33127-2010.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas
quince minutos del once de mayo del dos mil doce. Procedimiento administrativo
de rectificación del asiento de nacimiento de Winibeth Natasha Seas Fernández,
que lleva el número trescientos cincuenta y cuatro, folio ciento setenta y
siete, tomo mil quinientos sesenta y tres, de la provincia de San José, Sección
de Nacimientos, en el sentido que la misma es hija de “José María Porras
Godínez y María Evelia Seas Fernández, costarricenses”. Conforme lo señala el
artículo 66 de
Exp. Nº 48502-2009.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince
horas del trece de abril del dos mil doce. Procedimiento administrativo de
rectificación del asiento de nacimiento de Jofkeim Alexis Forbes Martínez, que
lleva el número doscientos veintiocho, folio ciento catorce, tomo trescientos
cuarenta y seis, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, en el
sentido que el mismo es hijo de “Wilmer Moisés Torres Payán, colombiano y Katia
Ivette Forbes Martínez, costarricense”. Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Petrona Yudit Velázquez Téllez, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3369-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las doce horas cincuenta y nueve minutos del siete de
diciembre del dos mil once. Exp. Nº 43419-2011. Resultando 1º—..., 2º—...
Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el
Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Yaret Emmanuel
Granados Velázquez, en el sentido que el nombre de la madre... es “Petrona
Yudit”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—RP2012315695.—(IN2012080501).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Fanny del Carmen Chávez Arvizú, este Registro Civil ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1487-2011.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez
horas diez minutos del trece de julio del dos mil once. Exp. Nº 41895-2010.
Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquense
los asientos de nacimiento de Karen Prisilla Traña Chaves, en el sentido que
los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Chávez Arvizú”, el de
Leonardo Rafael Chaves Arbizú y el de David Josué Chaves Arbizú..., en el
sentido que el nombre y los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas
son “Fanny del Carmen Chávez Arvizú”.—Lic. Oscar Fernando Mena Carvajal,
Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012315816.—(IN2012080502).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Marisol Lobo Morales y Paulo Manuel Meza
Escobar, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2518-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las diez horas ocho minutos del nueve de julio del dos mil doce. Exp.
Nº 28778-2001-35207-2010. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando:
I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese la razón
marginal consignada mediante sello de reconocimiento de fecha veinticuatro de
julio del dos mil, en el asiento de nacimiento de Keilor Manuel Escobar
Lobo..., en el sentido que el primer nombre y los apellidos del padre..., son
“Paulo” y “Meza Escobar” respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira,
Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012080701).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Jieying Huang, mayor, soltera,
estudiante, china, cédula de residencia 115600375030, vecina de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Francisco Jarquin Guevara, mayor, soltero,
peón agrícola, nicaragüense, cédula de residencia 155812323221, vecino de
Limón, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000155-00200
Diseño y construcción de puentes peatonales
El Departamento de Proveeduría
del Consejo de Seguridad Vial, a través de
Se informa que habrá reunión
única de preoferta por líneas de
Línea 1: Para las 10:00 horas el
día 31 de agosto del 2012, sita: provincia 01: San José; cantón: 18 Curridabat;
distrito: 01 Curridabat. Ruta Nacional Nº 2 Autopista Florencio del Castillo,
cercanías del Servicentro
Línea 2: Para las 11:00 horas el
día 3 de setiembre del 2012, sita: provincia 07: Limón; cantón: 02: Pococí;
distrito: 01 Guápiles. Ruta Nacional Nº 32, Braulio Carrillo, a la altura de
Línea 3: Para las 11:00 horas
del día 4 de setiembre del 2012, sita provincia 01: San José, cantón: 19: Pérez
Zeledón; distrito 03: Daniel Flores. Ruta Nacional Nº 2 Interamericana Sur, a
la altura del kilómetro 138, cercanías del Centro Comercial Plaza Monte
General.
Con el Ing. Adrián Rojas
Barrientos, quien tendrá la conducción de dicha reunión con el fin de evacuar
dudas y/o aclaraciones relacionadas con el objeto de la contratación. Código
Comprared Nº CRAV14764196222012.
San José, 17 de agosto del
2012.—Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.C. Nº 767.—Solicitud Nº
4369.—C-24620.—(IN2012083060).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-0000156-00100
Servicio de centro de llamadas telefónicas (Call Center),
mediante
un único número a nivel nacional
El Departamento de Proveeduría
del Consejo de Seguridad Vial, a través de
El (los) interesado(s) tiene(n)
el cartel a su disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la
dirección http://www.hacienda.go.cr, accesando el Link de Comprared de Internet
a partir del día hábil siguiente a esta publicación.
Se informa que habrá reunión
única de preoferta de
San José, 17 de agosto del
2012.—Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillen, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.C. Nº 767.—Solicitud Nº
4369.—C-15580.—(IN2012083061).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE
SALUD CENTRAL SUR
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000003-2399
Servicios profesionales de seguridad y vigilancia
para
el Área de Salud Coronado
San José, 16 de agosto del 2012.—Dr. Armando Villalobos Castañeda, Director Regional.—1
vez.—(IN2012083139).
COMPRA DIRECTA 2012CD-000313-01
Compra de motocicleta usada para uso didáctico
El Proceso de Adquisiciones de
San José, 17 de agosto del
2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº
46936.—C-9420.—(IN2012083156).
MUNICIPALIDAD DE LIBERIA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-01
Construcción y equipamiento del Centro de Cuido
y
Desarrollo Infantil en el cantón de Liberia
Los interesados deben retirar el
cartel con las especificaciones técnicas en el Departamento de Proveeduría y
Licitaciones, ubicado en el Edificio Municipal de Liberia, Guanacaste, costado
este de la antigua Comandancia de Plaza. El costo del cartel es por el monto de
¢5.000,00 (cinco mil colones).
Liberia, 9 de agosto del
2012.—Proveeduría.—Lic. Juan Pablo Mora Ulloa, Proveedor Municipal a. í.—1 vez.—(IN2012082818).
DIVISIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN FINANCIERA DE BIENES Y SERVICIOS
UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000015-UPIMS
Alquiler de inmueble para albergar
Área
Rectora de Salud Garabito
El Consejo Técnico de Asistencia
Médico Social (CTAMS) con fondos del Fideicomiso 872, comunica que por
Resolución Nº 0118-2012, se adjudicó de la siguiente manera:
Corese Terra di Jaco Ltda., cédula jurídica
3-102-393406, representada por su apoderado generalísimo el señor Paolo
Alegiani de un solo apellido en razón de su nacionalidad italiana, cédula de
residencia 138000130217, Oferta Nº l.
Línea única: Servicio de
alquiler de inmueble para albergar al Área Rectora de Salud de Garabito, por un
período de un año prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de 48 meses.
Monto adjudicado: dos mil setecientos treinta dólares exactos. ($2.730,00)
mensuales con cargo al Consejo Técnico de Asistencia Médico Social con fondos del
Fideicomiso 872.
San José, 13 de agosto del
2012.—Proveeduría.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1
vez.—O.C. Nº 14143.—Sol. Nº 41080.—C-9840.—(IN2012083155).
SEDE ATENAS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA000004-UTN02
Obras varias
Adjudicar Oferta Nº 1 en los
ítem Nº 1, Nº 2 y Nº 3 al Sr. Evans Castillo Arguedas, cédula
de identidad 2-0538-0889.
Se declaran infructuosos los
ítems Nº 4 y Nº 5.
Todo conforme lo estipulado en
el cartel, la oferta presentada que consta en el expediente administrativo y
que forma parte integral de la presente contratación.
Atenas, 1º de agosto del 2012.—Depto. Proveeduría y Almacenamiento.—Dr. Glenn Dway Chacón
Gutiérrez, Jefe.—1 vez.—(IN2012083049).
ÁREA DE SALUD BUENOS AIRES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012-LA-000002-2732
Suministro de gases médicos y de uso general
A los interesados en el presente
concurso se les comunica que según acto de adjudicación suscrito por el Lic.
Alexander Sánchez Solano, administrador, resulta adjudicado a los proveedores:
-Infra G. I. de Costa Rica S.
A., por un monto de ¢2.977.000,00.
-Praxair de Costa Rica S. A.,
por un monto de ¢6.760.000,00.
Ver detalles en página Web
http://www.ccss.sa.cr.
Buenos Aires, Puntarenas, 16 de
agosto del 2012.—Administración.—Lic. Alexander Sánchez Solano, Administrador.—1 vez.—(IN2012083133).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000005-01
Adquisición de servicios de recepción técnica a través de líneas
telefónicas:
enlace de llamadas por el sistema 9-1-1, línea
gratuita
1147 para niños, niñas y adolescentes, línea
gratuita
800-2262626 para adolescentes madres
El Patronato Nacional de
Se adjudica al oferente Nº 1 Fundación
Ser y Crecer, cedula jurídica 3-006-112587, todo el proyecto por un monto
anual de ¢199.603.295,00 (ciento noventa y nueve millones seiscientos tres mil
doscientos noventa y cinco colones exactos).
Se advierte que de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento a
San José, 16 de agosto del 2012.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Guiselle
Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº
5934.—C-7480.—(IN2012082831).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000001-SUTEL
Contratación para la adquisición de licencia del software
adquirido
por
de
sistemas de radiofrecuencia denominado
CHIRplus
BC, de la empresa LS Telcom.
Ebistic S. A., cédula jurídica Nº
3-101-250371, para un costo total adjudicado de $201.890,32 (Doscientos un mil
ochocientos noventa dólares, con treinta y dos centavos).
Proveeduría.—Lic. Noilly Chacón González.—1 vez.—O. C. Nº 0195-12.—Solicitud Nº 40927.—C-18820.—(IN2012082821).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000025-02
Suministro de equipo de Laboratorio
Se informa que el concurso en
referencia, fue adjudicado según oficio GG-1196-2012 de
Oferta Nº Uno (1).—Oferente Tecnosagot
S. A. Representante Legal: Myriam Sagot Ruiz. Monto Adjudicado
¢15.492.090,95 I.V.I.
Descripción: Suministro de
equipo de laboratorio. Línea 1: Un (1) equipo de prueba de sedimentos totales,
Stanhope Seta 16120-2, incluye dos celdas de filtración y manual de
instrucciones, operación, mantenimiento y partes de repuesto.
Accesorios:
-12 cajas de 100 filtros de
papel 16120-001.
-1 Bomba de aire
de vacío y presión 14030-2 D.
-1Generador de
vapor 16130-
-2 termómetros
calibrados ASTM 222 10022C-C.
-1 Baño de
añejamiento 110/120V 50/60Hz 16155-4 D.
-2 paquetes de 10
frascos cónicos 16156-0.
-2 paquetes de 10
tubos condensadores 16157-0.
-3 frascos Buchner
de 500 ML con tapa de seguridad 16120-004 con disco sinterizado 16120-005.
Precio: ¢11.960.885,00 S.I.V. ¢13.515.800,05 I.V.I.
1 Kit de partes adicionales que
incluye:
-4 paquetes
adicionales de filtros de papel 16120-001.
-5 clips y juntas
16120-008.
-1 tubo de silicón
16130-203.
-1 indicador de
temperatura 16125-0.
Precio: ¢1.748.930,00 S.I.V. Total ¢1.976.290,90 I.V.I.
Forma de Pago Crédito a treinta (30) días
calendario.
Tiempo de Entrega Noventa (90) días naturales.
Lugar de Entrega Plantel El Alto de Ochomogo
Garantía: Dieciocho (18) meses
posteriores a su aceptación por parte de RECOPE.
Oferta Nº Ocho (8).—Oferente: Consultores
Químicos Internacionales S. A. Representante Legal: José Armando Rodríguez
S. Monto Adjudicado: $6.553,99 I.V.I.
Descripción: Suministro de equipo
de laboratorio. Línea 2: Tres (3) equipos para determinación de conductividad
en combustibles tipo Jet A-1, modelo 1152 marca EMCEE. Caja de transporte:
resistente a solventes, con una sonda desmontable
Precio Unit.: 1.933.33 S.I.V. Total $6.553,99 I.V.
Forma de Pago: Crédito a treinta
(30) días calendario. El pago se efectuará en la moneda en que fue pactada la
contratación o en colones, según convenga a los intereses de RECOPE. Tratándose
de moneda extranjera será facultativo realizar los pagos en colones, en cuyo
caso se utilizará el tipo de cambio de venta de referencia que reporta el Banco
Central de Costa Rica, al momento de hacerse efectivo el pago.
Tiempo de Entrega: Sesenta y
cinco (65) días hábiles.
Lugar de Entrega: Plantel El
Alto de Ochomogo.
Garantía: Dieciocho (18) meses
posteriores a su aceptación por parte de RECOPE.
Oferta Nº Cinco (5).—Oferente: Servicios
Técnicos S. A. Representante Legal: Gabriel Castro Castro. Monto
Adjudicado: $9.912,64 I.V.I
Descripción: Suministro de
equipo de laboratorio. Línea 3: Dos (2) baños termostáticos para prueba de
penetración en Asfaltos, marca Petrotest Instruments GMBH & CO. Kg., modelo
25-0673.
Precio Unit.: 3.590.21 S.I.V. Total $8.113,87 I.V.I.
Accesorios:
-Cuatro (4) termómetros ASTM
Precio Unit.: 243.09 S.I.V. Total $1.098.77 I.V.I.
Forma de Pago: Crédito a treinta
(30) días calendario. El pago se efectuará en la moneda en que fue pactada la
contratación o en colones, según convenga a los intereses de RECOPE. Tratándose
de moneda extranjera será facultativo realizar los pagos en colones, en cuyo
caso se utilizará el tipo de cambio de venta de referencia que reporta el Banco
Central de Costa Rica, al momento de hacerse efectivo el pago.
Tiempo de Entrega: Ocho (8)
semanas.
Lugar de Entrega: Plantel El
Alto de Ochomogo
Garantía: Dieciocho (18) meses
contra defectos y materiales.
Oferta Nº Tres (3).—Oferente: Ventas
y Servicios de Equipo Médico y Electrónico Orgoma S. A. Representante
Legal: Orlando González. Monto Adjudicado: $239.599.55 I.V.I.
Descripción: Suministro de
equipo de laboratorio. Línea 4: Un (1) cromatógrafo marca Agilent modelo 7890,
configurado para el análisis de azufre, hidrocarburos y gases fijos en gas natural,
LPG y líquidos (gasolina diesel).
Precio Unit.: $174.490,00 S.I.V. Total $197.173.70 I.V.I.
Equipo instalado y funcionando
en forma correcta en los Laboratorios de Moín Limón.
Accesorios y repuestos
recomendados para 3 años:
-1 set de
repuestos generales que incluye: un juego de columnas y férulas, 1 válvula y
actuador de 10 puertos, 1 válvula y actuador de 6 puertos, 1 válvula y actuador
de 4 puertos, 1 válvula de muestreo de líquidos con actuador, 3 collares de
actuador de válvula, switch de aire, 3 filtros para muestras líquidas, 3
filtros para muestras gas, 6 paquetes de 25 liners.
-4 septa, paquete
de 50 unidades Nº 5183-4757.
-4 o-rings,
paquete de 10 unidades Nº 5188-5365.
-12 sellos de oro
Nº 5188-5367.
-3 arandelas,
paquete con 12 unidades Nº 5061-5869.
-8 cartuchos de
salida de purga, G1544-80530.
-2 férrula, Nº
0100-1332.
-2 férrula, Nº
5080-8774.
-2 muestras para
detectores Nº 18710-60170.
-2 férrula
posterior, paquete 10 unidades Nº 5182-3477.
-2 férrula
-2 férrula
-2 férrula
-2 dispositivos
detector TCD, Nº G3432-60220.
-9 ignitor, Nº
19231-60680.
-6 aislantes del
colector G1531-20700.
-9 cuerpos del
colector G1531-20690.
-6 Jet, Nº G1531-80560.
-6 Jet, Nº 18710-20119.
-3 Kit de
mantenimiento para detector quimioluminiscencia, Nº G6600-67009.
-1 Kit de tubos
cerámicos del quemador, Nº G6600-60037.
Precio Total $41.860,85 I.V.I.
Capacitación: En Laboratorio de
Moín Limón.
Precio: $500,00 S.I.V. Total $ 565,00 I.V.I.
Forma de Pago: Carta de crédito
local
Tiempo de Entrega: Veinte (20)
semanas
Lugar de Entrega: Plantel El
Alto de Ochomogo
Garantía: Dieciocho (18) meses,
tanto en mano de obra como en partes, contados a partir de la aceptación por
parte de RECOPE. Incluye dos visitas durante el periodo de la garantía, sin
costo adicional para RECOPE.
Oferta Nº Dos (2).—Oferente: Isasa
Latam S. A. Representante Legal: Iliana González Santamaría. Monto Adjudicado:
$31.956,00 I.V.I.
Descripción: Suministro de
equipo de laboratorio. Línea 5: Un (1) espectrofotómetro UV- visible de barrido
de doble haz marca Thermo Scientific modelo -Evolution 220 con control local.
Incluye un software INSIGHT para computador Nº 834-081200.
-1 computador HP Compaq Elite
8200.
-2 celdas de
cuarzo (190mm -1100mm)
-1 lámpara de
mercurio Nº 840-211300
-1 módulo
integrado de fibra óptica Nº 840-211400.
-1 sonda de fibra
óptica Versa Nº 222-214100.
-1 esfera de
integración para Evo 220 ISA -220 Nº 222-269400.
-1 soporte para
cubetas de polvos Nº 222-269600.
-1 soporte para
cubetas EV-220 Nº 222-269500.
Incluye:
-Capacitación
-Dos (2) visitas
de mantenimiento preventivo.
-Equipo instalado
y funcionando en forma correcta en los
Laboratorios de
Moín Limón.
Precio Total $29.100,00 I.V.I.
Consumibles necesarios para 3
años:
-24 piezas de celdas de cuarzo
(190nm-1100 nm) de
Precio Total $2.856,00 I.V.I.
Forma de Pago: Crédito a treinta
(30) días calendario. El pago se efectuará en la moneda en que fue pactada la
contratación o en colones, según convenga a los intereses de RECOPE. Tratándose
de moneda extranjera será facultativo realizar los pagos en colones, en cuyo caso
se utilizará el tipo de cambio de venta de referencia que reporta el Banco
Central de Costa Rica, al momento de hacerse efectivo el pago.
Tiempo de Entrega: Cincuenta
(50) días hábiles.
Lugar de Entrega: Plantel El
Alto de Ochomogo
Garantía: Dieciocho (18) meses
sobre cualquier defecto de fábrica y vicios ocultos a partir de la fecha de
instalación del equipo.
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, por un monto del 10% del total adjudicado y con una
vigencia mínima de tres meses adicionales a la fecha probable de recepción
definitiva del objeto del contrato, observando todos los requisitos y
condiciones que al respecto establece
2. La presente contratación se formalizará mediante la emisión
respectiva del pedido. Para el caso de la adjudicación que recae a favor de la
oferta Nº 3, el pedido será aprobado internamente por
3. Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para
formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies
fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto total del contrato,
pagadero en su totalidad por el contratista.
4. Cuando hubiere atraso en la entrega del objeto contractual por
causas imputables al contratista, éste pagará a RECOPE 0,1% por ciento del
monto total adjudicado por cada día natural de atraso hasta un máximo del 25%.
En caso que se haya pactado la contratación en moneda extranjera, las multas
que se apliquen se calcularán en la moneda en que fue presentada la oferta.
5. Por medio del oficio DAC-0116-2012
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio Web www.recope.com se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº
2012-0014.—Solicitud Nº 47971.—C-259420.—(IN2012083140).
DIVISIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN FINANCIERA DE BIENES Y SERVICIOS
UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000011-UPIMS
Campaña publicitaria para plan de mercadeo
en
alimentación saludable y actividad física
Leer correctamente: Para un monto total de ciento
seis millones doscientos ochenta mil colones exactos (¢106.280.000,00) con
cargo al Consejo Técnico de Asistencia Médico Social con fondos del Fideicomiso
872 BNCR-MS.
Toda la demás información
permanece invariable.
San José, 13 de agosto del
2012.—Proveeduría.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1
vez.—O.C. Nº 14143.—Sol. Nº 41079.—C-6560.—(IN2012083153).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-UTN
(Modificación
al cartel y prórroga de apertura)
Construcción de edificio de aulas Sede Central
Finalmente, se señala como nueva
fecha y hora máxima para la recepción de ofertas el día jueves 30 de agosto del
año en curso hasta las 10:00 horas.
En todo lo demás se mantiene
invariable el cartel.
14 de agosto del
2012.—Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel Ángel González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2012082870).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000045-2104
(Aviso Nº 1 - Prórroga)
Agujas para biopsia y localización de mama, agujas para
biopsia
de próstata: radiología e imágenes médicas
Las modificaciones al cartel se
podrán retirar una vez publicado en el Diario oficial
San José, 17 de agosto del
2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro,
Jefa.—1 vez.—(IN2012083134).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000042-2104
(Aviso Nº 1 - Prórroga)
Paquetes de ropa quirúrgica descartable para atención
de
partos y laparotomía, delantales quirúrgicos
desechables
y cubre cabello para varones:
Dirección
de Enfermería
Las modificaciones al cartel se
podrán retirar una vez publicado en el Diario Oficial
San José, 17 de agosto del
2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2012083135).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000017-01
Compra de vehículos institucionales
Ante la presentación de Recursos
de Objeción al cartel de Licitación en tiempo y forma, se prorroga el plazo
para recibir ofertas para el día 31 de agosto del
Se invita a los proveedores a
retirar las modificaciones al Cartel en
Ing. Ronald Peter Seevers,
Director Ejecutivo.—Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Sandoval Torres,
Jefe.—1 vez.—(IN2012083057).
COMPRA VENTA Y CASA DE EMPEÑO PRESTA FÁCIL
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contiguo a antigua Boutique Americana Taz el 10 de setiembre de
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Fernando Rojas Arredondo, Apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones
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Compra Venta y Casa de Empeño
Tango y Cash Nº 3 saca a remate al mejor postor a llevarse a cabo en Ciudad
Neily contiguo a antigua Boutique Americana Taz el 10 de setiembre del
Hiner Segura Aguilar y Luis
Fernando Rojas Arredondo, Apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones
S. A., cédula jurídica 3-101-313400.—1
vez.—RP2012317085.—(IN2012083069).
COMPRA VENTA Y
CASA DE EMPEÑO
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Y CASH Nº 1
Compra Venta y Casa de Empeño
Tango y Cash Nº 1 saca a remate al mejor postor a llevarse a cabo en Ciudad
Neily contiguo a antigua Boutique Americana Taz el 10 de setiembre de
Hiner Segura Aguilar y Luis
Fernando Rojas Arredondo, Apoderados Tango y Cash Asesoramiento de Inversiones
S. A., cédula jurídica 3-101-313400.—1
vez.—RP2012317086.—(IN2012083070).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ORI-3108-2012.—Viana Martínez Germán Alberto,
R-169-2012, colombiana, residente temporal:
ORI-3022-2012.—Pérez
Albarracin Jairo Arturo, R-170-2012, colombiano, cédula de residente temporal
ORI-3015-2012.—Morán Ruiz Carola Lucía,
R-175-2012, peruana, residente temporal:
ORI-3105-2012.—Lamicq Gamboa Viviana María,
R-172-2012, costarricense, cédula de identidad: 1-1248-
ORI-3020-2012.—Karremans Adam Philip,
R-174-2012, holandés, pasaporte NXR7D21CO, ha solicitado reconocimiento del
diploma de Maestría en Ciencias (M.Sc.), Universidad Wageningen, Holanda
(Países Bajos). Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y
costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 17 días
del mes de julio del 2012.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A.
Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118708.—Solicitud Nº
38658.—C-33860.—(IN2012080649).
ORI-2878-2012.—Guevara Villalobos Álvaro
José, R-161-2012, costarricense, cédula de identidad número 1 1075
ORI-3017-2012.—Baltodano Andujo Gianella,
R-173-2012, costarricense, cédula de identidad 1-0889-
ORI-3113-2012.—Arellano Moya Arturo Eduardo,
R-l54-2012, venezolano, cédula de residente permanente
ORI-3106-2012.—Amaiz Flores José Luis,
R-163-2012, venezolano, pasaporte:
ORI-2884-2012.—Aguilar Roa Idayda Antonia,
R-167-2012, nicaragüense. Residente Permanente Libre Condición número
ORI-3045-2012.—Wachong Fu Luis, R-182-2012,
costarricense, cédula de identidad: 1 0991
ORI-3006-2012.—Argüello Mena Pablo Adrián,
R-183-2012, costarricense, cédula de identidad: 1 1127
ORI-2908-2012.—Daza Díaz Amiro Miguel,
R-119-2012, colombiano, pasaporte número CC8718746, ha solicitado
reconocimiento del diploma de Médico y Cirujano, Universidad Metropolitana,
Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres
del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante
esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 5 de julio del 2012.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
118708.—Sol. 38659.—C-33860.—(IN2012080724).
ORI-3111-2012.—Guillén Cubas María Estela,
R-185-2012, peruana, cédula de residente temporal
ORI-3039-2012.—Luna Mercado Nancy Del Carmen,
R-176-2012, colombiana, cédula de residente temporal:
ORI-2870-2012.—Martínez Castellanos Jenny
Lilian, R-113-2012, colombiana, Residente Permanente Libre Condición número
ORI-3003-2012.—Montero Echeverría Walter
Esteban, R-129-2012-B, costarricense, cédula de identidad: 1 1051
ORI-3028-2012.—Puentes Mojica Claudia
Azucena, R-277-2000-B, colombiana, cédula de residente permanente
ORI-3026-2012.—Rodríguez Ordeñana María José,
R-180-2012, costarricense, cédula de identidad 1-1045-
ORI-3004-2012.—Sáenz Bonilla Jorge Mario,
R-178-2012, costarricense, cédula de identidad 1 1160
ORI-3024-2012.—Salas Brenes Carla María,
R-177-2012, costarricense, cédula de identidad 1-0831-
ORI-3007-2012.—Urbano Viloria Ruby Javier,
R-192-2011-B, venezolano, pasaporte:
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A Kimberly Yuliana Mora Godínez
y Mark Allen Roth, se les comunica que el Patronato Nacional de
A Andrea Rivas Jiménez se le comunica la
resolución del Patronato Nacional de
Al señor Omar Eduardo Araya Chavarría y a
quien interese, se le comunica la resolución administrativa de las trece horas
del dieciocho de julio de dos mil doce, que se declara en estado de abandono
administrativo de las personas menores de edad Nicola Valentina, Néstor
Clemente ambas de apellidos Corrales Venegas, y se depositan en el hogar de la
señora Eugenia Corrales Arias, con cédula de identidad número 8-062-603. Se
comunica que en resolución de las quince horas del dieciocho de julio del dos
mil dos, se modifica medida para ordenar el cuido provisional de los niños
Ricardo Yafeth y Fabiola Oxana ambos de apellidos Araya Venegas, bajo
responsabilidad de la señora Eugenia Corrales Arias. Recurso: Procede
apelación, si se interpone ante este despacho, dentro del tercer día siguiente
a la tercera publicación de este edicto. Expediente 115-00246-09.—Oficina Local
de Alajuelita, julio del 2012.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante
Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 5902.—C-13220.—(IN2012079617).
Al señor Marcos Barquero Rodríguez, se le
notifica que mediante resolución de las ocho horas del cinco de julio del dos
mil doce, se ordena inclusión en programas socio-educativo, a favor del niño
Sebastián Barquero Jiménez, en Asociación Roblealto, por el término que sea
indispensable según criterio técnico. Contra la presente resolución podrá
interponerse recurso de apelación ante
Se le comunica a cualquier interesado
legítimo que en esta Oficina Local se tramita declaratoria de vulnerabilidad a
nivel administrativo de la persona menor de edad Kelly Domínguez Jiménez, quien
nació el 14 de mayo de mil novecientos noventa y nueve, cuyas actuaciones se
integran al expediente número 111-00021-2009. Se dictó resolución de las trece
horas y cuarenta y dos minutos del cuatro de junio del dos mil doce en la que
se da por iniciado el citado proceso y en virtud del fallecimiento de su progenitora
y única representante legal la señora Elizabeth Domínguez Jiménez, esta
representación se arroga la representación legal de la citada persona menor de
edad y se ordena que permanezca bajo la responsabilidad de su actual
guardadora, la señora Alba Luz Quirós Quintero hasta que administrativa o
judicialmente se disponga otra cosa. Se ordena continuar la medida de apoyo,
orientación y seguimiento a favor de la persona menor de edad y la familia de
su guardadora a cargo de la profesional asignada por este Despacho. Audiencia.
Se le confiere audiencia a los interesados para que dentro del término de tres
días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la notificación de la
presente resolución, formulen verbalmente o por escrito los alegatos que sean
de su interés, respecto a la condición formal de abandono de niña Kelly,
ofreciendo las pruebas que sean de su interés. Comuníquese a cualquier
interesado legítimo por medio de publicación de un edicto por tres veces
consecutivas en el Diario Oficial
A Jacqueline Alejandra Santamaría Lacayo,
mayor, costarricense, portadora de la cédula de identidad número, 1-1260-080,
de domicilio y demás calidades desconocidas, progenitora de la persona menor de
edad Andrew Daniel Santamaría Lacayo, de cuatro años de edad, nacido el día 12
de setiembre del dos mil siete, nacimiento inscrito bajo las citas número:
1-2005-861, se le comunica la resolución de las trece horas con treinta minutos
del día veintiuno de junio del año dos mil doce, de
Oficina Local de Heredia Norte A la señora
Diana María Víquez Carballo, menor de edad, nacida el trece de agosto de mil novecientos
noventa y seis, tarjeta de identidad de menor de edad uno uno ocho nueve dos
cero ocho dos cero, de domicilio desconocido por esta oficina local, se le
número ciento cincuenta y ocho-dos de las nueve horas del trece de julio de dos
mil doce que inicia proceso especial de protección en sede administrativa a
favor de Ashley Natasha Víquez Carballo, además dicta abrigo temporal en su
favor por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente, además le informa
la posibilidad de incluirla junto a su hija en una alternativa de protección y
remite el expediente al Área Psicosocial de esta oficina para definir la
condición socio legal de la niña y abordar con su persona la situación si es
localizada. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda
publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá
interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; oficina que lo
elevará ante
Local de Heredia Norte. Al señor MD Khyrul
Islam, con un solo apellido en razón de su nacionalidad, calidades y domicilio
desconocidos por esta oficina local, se le comunica la resolución
administrativa de las ocho horas del diez de julio que modifica cuido
provisional dictado a las quince horas del cinco de junio de dos mil doce a
favor de sus hijos Andrey y Natasha ambos Islam Cardoso y en su lugar dicta
abrigo temporal de ambos niños en albergue institucional por el plazo que resta
de la medida de protección, prorrogable judicialmente mientras se realiza el
abordaje pertinente. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de
la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual
deberá interponerse ante esta Oficina Local, en forma verbal o escrita; Oficina
que lo elevará ante
Comunica a quien interese la resolución de
las diez horas dos minutos del veintisiete de julio del dos mil doce, que
declaró administrativamente en estado de abandono a las personas menores de
edad Keissi y Santiago ambos de apellidos Solano Arce. Recursos: proceden los
de revocatoria con apelación en subsidio. Plazo: tres días hábiles contados a
partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse
ante el Órgano Director de
Se le comunica al señor Jerson Orlando Muñoz,
colombiano, que por resoluciones de la representación legal de esta Oficina
Local de San José Este, de las trece horas del veintiocho de mayo del dos mil
doce, y la resolución de las ocho horas del dieciocho de julio del dos mil
doce, se le otorgó medida de cuido a las personas menores de edad Julián Felipe
Muñoz Ramírez y Sebastián Muñoz Ramírez. Se les confiere audiencia por tres
días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las
pruebas que estimen necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse
asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como
consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su
disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San
José, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberá señalar lugar conocido o número de
facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o
si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el
medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
Institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán
firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del
artículo 12 de
Se les comunica a los señores Andrés Molteni
Molina y Pedro Ríos Gutiérrez, nicaragüenses, que por resoluciones de la
representación legal de esta Oficina Local de San José Este, de las catorce
horas del veinticuatro de abril del dos mil doce, y la resolución de las
catorce horas del cinco de julio del dos mil doce, se le otorgó medida de
abrigo temporal a las personas menores de edad María Teresa Ríos Ríos, Yilari
Bolaños Ríos, María José Ríos Ríos y Naomi Tatiana Molteni Ríos, se le otorgó
medida de cuido a las personas menores de edad Ríos Ríos, Bolaños Ríos, Molteni
Ríos. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los
alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se le
advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y
técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del
expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y
horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 0 y 2, calle 38. Deberá señalar
lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta Institución se interrumpiere la comunicación, las
resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación
supletoria del artículo 12 de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A José Francisco Mejía Jiménez. Se le comunica la
resolución de las 16:00 horas del 8 de mayo del 2012, donde se resuelve I) Dar
inicio al Proceso de Protección en sede administrativa regulado por las
disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de
A.J.D.I.P./244-2012.—Puntarenas,
a los veinticinco días del mes de mayo del dos mil doce.
Considerando:
1º—Que al amparo del artículo 34
de
2º—Que el Poder Ejecutivo de conformidad con
el artículo 36 de la ley supra citada, podrá autorizar el destino de fondos del
Presupuesto Nacional a favor de INCOPESCA para la realización de los estudios
sobre vedas, y a favor del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), con el
propósito de desarrollar programas de asistencia socioeconómica diseñados
especialmente con tal propósito, a favor de los pescadores que se vean
afectados en los períodos de veda.
3º—Que dichos programas de asistencia
socioeconómica por parte del IMAS conllevan necesariamente la realización de un
Servicio de Trabajo Comunal por parte de los beneficiarios.
4º—Que con el fin de regular dicho Servicio
el INCOPESCA emitió las Regulaciones Temporales para
5º—Que de conformidad con los resultados y
experiencias obtenidas en la realización y supervisión de ese trabajo, por
parte de los funcionarios del Departamento de Extensión y Capacitación del
INCOPESCA y del IMAS, se ha considerado oportuno y conveniente modificar
algunas de las regulaciones del acuerdo supra citado, en aras de mejorar ese
Servicio en el cumplimiento de los objetivos que éste conlleva en beneficio de
las comunidades pesqueras y otros entes públicos y privados. Por tanto,
DE
PESCA Y ACUICULTURA, ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar los
artículos 3º y 4º del acuerdo Nº A.J.D.I.P./417-2005, publicado en el Diario
Oficial
“Artículo 3º—Todo pescador
beneficiario deberá de cumplir durante el período de las vedas establecidas por
el INCOPESCA, un Servicio de Trabajo Comunal, en adelante STC, que consistirá
en un mínimo de 30 horas ponderadas por mes y para lo cual las Organizaciones y
diferentes entes beneficiarios, deberán de aportar los bienes recursos,
materiales, equipos y cualquier otro apoyo logístico necesario para la
realización de las obras o actividades en cumplimiento del mismo.
Dentro de un plazo prudencial
previo al inicio de los períodos de vedas establecidos, las Organizaciones y
diferentes entes beneficiarios, deberán presentar para conocimiento del
INCOPESCA y del IMAS, sus propuestas y actividades de STC en cada una de las
comunidades pesqueras.
Tanto para la presentación de
sus propuestas como para el control, registro y reporte individual de las
diferentes actividades y horas ponderadas realizadas por cada pescador, deberán
de utilizarse los formularios establecidos para esos efectos.
Una vez que las autoridades
competentes del INCOPESCA y/o el IMAS, hayan analizado las diferentes
propuestas presentadas, comunicarán de manera oportuna a las Organizaciones y
diferentes entes beneficiarios, la respectiva autorización para que puedan
iniciarse las actividades del STC en cada comunidad pesquera, las cuales serán
supervisadas en cualquier momento de forma conjunta y coordinada, por las
autoridades competentes del INCOPESCA y el IMAS, conforme a la disponibilidad
de recurso humano y presupuestario en cada una de esas instituciones.
Dados los plazos administrativos
requeridos por las autoridades competentes del INCOPESCA y el IMAS para
realizar los procesos de supervisión y control sobre el cumplimiento del STC
por parte de los pescadores, así como la realización de los trámites para la formulación,
emisión y entrega de las ayudas económicas otorgadas por el IMAS, será
permitido que las actividades del STC puedan iniciarse 7 días calendario antes
del inicio de los períodos de veda.
Cumplidas las actividades y el
total de horas ponderadas por mes por parte del pescador para un determinado
mes calendario, se permitirá reconocer y sumar como válidas para el mes
calendario posterior, aquellas otras actividades y horas ponderadas que se
realicen, siempre y cuando hayan dado inicio también 7 días calendario antes
del inicio del mes calendario correspondiente.
Conforme a sus competencias las
autoridades del INCOPESCA y/o el IMAS, podrán establecer actividades de
participación obligatoria para los pescadores, especialmente aquellas
orientadas a la capacitación.”
“Artículo 4º—Para los efectos de lo indicado
en el artículo anterior, los pescadores de las comunidades pesqueras en las
áreas definidas en la veda, deberán de cumplir con alguno de los siguientes
mecanismos o alternativas como STC y de acuerdo con la valoración del número de
horas ponderadas detallado en el siguiente cuadro:
CUADRO PARA REALIZADAS COMO PARTE DEL SERVICIO DE TRABAJO COMUNAL EN LAS COMUNIDADES PESQUERAS |
||
TIPO DE ACTIVIDAD |
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD |
Valor de participación (horas ponderadas) |
OBRAS DE CONSTRUCCIÓN |
Se refiere a
todas las obras que conlleva la construcción de edificios, oficinas, bodegas,
redondeles, escuelas, aulas, bibliotecas, comedores infantiles, hogares para
niños, jóvenes adolescentes o adultos mayores, centros de atención médica,
salones comunales, iglesias, cementerios, calles, caminos, acueductos,
alcantarillados, aceras, portones, tapias, cercas, muros de contención,
servicios sanitarios, tanques sépticos, drenajes, huecos o rellenos para la
disposición de desechos o basura, zanjas, muebles y otras de similar
naturaleza, realizadas durante: |
|
Jornadas de 4
horas completas diarias. |
7 |
|
Jornadas de 8
horas completas diarias. |
14 |
|
OBRAS DE REPARACIÓN, INSTALACIÓN O MANTENIMIENTO |
Se refiere a
todas las obras que conlleva la reparación o mantenimiento de las obras de
construcción ya existentes descritas anteriormente, tales como pintura,
repello de paredes, cielo raso, sistema eléctrico, ventanas, verjas, techos,
canoas, pisos y otras de similar naturaleza, realizadas durante: |
|
Jornadas de 4
horas completas diarias. |
6 |
|
Jornadas de 8
horas completas diarias. |
12 |
|
CAPACITACIÓN |
Se refiere a
la participación en cualquier tipo de talleres, seminarios, cursos y otras
actividades de similar naturaleza afín con la actividad pesquera y acuícola o
que tengan un evidente interés público, impartidos por funcionarios del
Instituto, funcionarios de cualquier otra Institución Pública o representantes
de Organizaciones No Gubernamentales, siempre y cuando hayan sido debidamente
coordinadas con el INCOPESCA, realizadas durante: |
|
Jornadas de 4
horas completas diarias |
8 |
|
Jornadas de 8
horas completas diarias |
16 |
|
LABORES DE LIMPIEZA Y/O LAVADO |
Se refiere a
la limpieza o lavado de las obras de construcción ya existentes descritas
anteriormente, así como la limpieza o recolección de basura o desechos en
playas, esteros, ríos, lotes baldíos, plazas de deportes, zonas verdes y
otras de similar naturaleza, realizadas durante: |
|
Jornadas de 4
horas completas diarias. |
6 |
|
Jornadas de 8
horas completas diarias. |
12 |
|
LABORES DE JARDINERÍA |
Se refiere a
la siembra o reforestación de árboles y plantas, chapia, derrame o corta de
árboles, derrame, poda o corta de ramas y plantas y otras de similar
naturaleza, realizadas durante: |
|
Jornadas de 4
horas completas diarias |
6 |
|
Jornadas de 8
horas completas diarias |
12 |
|
SERVICIOS DE BIEN SOCIAL Y/O COMUNAL |
Se refiere a
la atención de la población infantil, jóvenes adolescentes, adultos mayores
en abandono o drogadicción, en los centros de atención respectivos, realizada
durante: |
|
Jornadas de 4
horas completas diarias. |
5 |
|
Jornadas de 8
horas completas diarias. |
9 |
Artículo 4º—Deróguese el acuerdo
Nº A.J.D.I.P./489-2005 del 29 de setiembre del 2005.
Artículo 5º—Acuerdo firme. Publíquese.
Luis Dobles Ramírez, Presidente
Ejecutivo.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe Secretaría Técnica Junta
Directiva.—1 vez.—O. C. Nº 12-0135.—Solicitud Nº
47582.—C-316900.—(IN2012080718).
AJDIP/160-2012.—Puntarenas,
a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil doce.
Considerando:
1º—Presenta el MSc. Hubert Araya
Umaña, propuesta de Plan de Ordenamiento Pesquero para el establecimiento del
Área Marina de Pesca Responsable de Puerto Níspero, en la desembocadura del río
Tempisque, misma que se sustenta en el oficio DDI/0028-2012 del 26 de marzo del
2012.
2º—Que el Área Marina para
- Determinar y regular las artes y métodos de pesca a utilizar en
el área.
- Conservar y aprovechar de una manera
sostenible los recursos marinos del área.
- Aportar a la conservación de la
biodiversidad marina que realizaran los pescadores artesanales que pertenecen a
- Ejercer un control y vigilancia en conjunto
con las instituciones gubernamentales que tenga que ver con el funcionamiento
del manejo del Área Marina para
- Certificar el producto capturado bajo la
modalidad de AMPR como un producto de mejor calidad que el capturado con otras
artes de pesca.
- Gestionar apoyo adicional financiero y
técnico para las diferentes necesidades que se requiera en el manejo adecuado
del Área Marina de Pesca Responsable.
- Desarrollar proyectos prototipos
relacionados con la maricultura.
- Desarrollo de proyectos turísticos en armonía
con la naturaleza.
3º—Manifiesta el Sr. Hubert
Araya que dentro de la propuesta de establecimiento de Área Marina de Pesca
Responsable de Puerto Níspero, otros productos esperados son:
- Que el Área Marina de Pesca Responsable a establecer, sea evaluada
y apoyada como un modelo de gestión y regulación del aprovechamiento de los
recursos marino-costeros, que apoye su conservación y utilización de manera
sostenible a largo plazo.
- Apoyar el fortalecimiento de un Sistema de
Información (base de datos), desarrollo de capacidad tecnológica,
capacitaciones y control, para el adecuado seguimiento a esta iniciativa y a su
código de pesca responsable.
- Apoyar el acopio, proceso y
comercialización de productos pesqueros, que mejore la manipulación, inocuidad,
valor agregado y generación de ingresos.
4º—Considera
ACUERDA:
1- Aprobar el establecimiento y
2- El área total que abarca ésta Área Marina
para
Cuadro Nº 3: Puntos geográficos de la zona
solicitada como Área de Pesca Responsable en
Nombre |
Punto |
Latitud |
Longitud |
Vuelta El Perro |
1 |
85° 14´ |
10° 11´ |
La Tigra |
2 |
85° 14´ |
10° 11´ |
Punta Panamá |
3 |
85° 14´ |
10° 12´ |
Lado sur Isla Toro |
4 |
85° 14´16” |
10° 12´ |
Puerto Níspero |
5 |
85° 11´ |
10° 12´ |
Fuente: Proyecto Estrategia de
Manejo Participativa para las Pesquerías del Golfo de Nicoya 2010. UNA.
Para ver imagen
solo en
(Así reformado mediante
AJDIP/245-2012).
Por otro lado,
Para ver imagen
solo en
Figura 1: Ubicación de los
puntos que marcan los vértices geográficos de la zona solicitada por
En esta zona la pesca se realiza
en los márgenes rocosos, detalle que se observa en la figura 2, no así en el
centro del área, sin embargo se ha propuesto incluir el centro para proteger
las especies que se mueven de un área a otra y así reducir la fragmentación del
hábitat.
Se pretende la pesca comercial,
concuerda, como único arte de pesca permitido, aunque se propone a mediano
plazo realizar actividades acuícolas de menor escala. Por otro lado, como el
área es una zona de paso, habrá libre tránsito para los pescadores de otras
áreas.
Para ver imagen
solo en
Figura 2: Batimetría de la zona
solicitada por
3- Acuerdo firme.
4- Rige a partir de su publicación.
Luis Dobles Ramírez, Presidente
Ejecutivo.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe Secretaría Técnica Junta
Directiva.—1 vez.—O. C. Nº 12-0135.—Solicitud Nº
47582.—C-294340.—(IN2012080719).
A.J.D.I.P./154-2012.—Puntarenas,
a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil doce.
Considerando:
1º—Se recibe en audiencia al
MSc. Hubert Araya Umaña, Jefe del Departamento de Desarrollo e Investigación a
efecto que presente la propuesta de Plan de Ordenamiento Pesquero para el
establecimiento del Área Marina de Pesca Responsable de las comunidades de
Palito y Montero, Isla de Chira, misma que fue remitida mediante oficio
DDI/022-2012 de fecha 19 de marzo del 2012.
2º—Que el Área Marina de Pesca Responsable de
las comunidades de Palito y Montero, Isla de Chira, que se pretende determinar
y desarrollar permite:
- Reconocer la importancia de la pesca artesanal como una
actividad económica relevante para la creación de empleo, seguridad alimentaria
y la erradicación de la pobreza en las poblaciones costeras.
- Determinar y regular las artes y métodos de
pesca a utilizar en el área.
- Conservar y aprovechar de una manera
sostenible los recursos marinos del área.
- Reconocer el aporte a la conservación de la
biodiversidad marina que realizan los pescadores artesanales que pertenecen a
las Asociaciones de Pescadores Cuerderos de Palito y de la comunidad de Montero
de
- Ejercer un control y vigilancia en conjunto
con las instituciones gubernamentales que tenga que ver con el funcionamiento
del manejo del Área Marina de Pesca Responsable.
- Certificar el producto capturado con cuerda
a mano como un producto de mejor calidad que el capturado con otras artes de
pesca y que es un producto sostenible.
- Gestionar apoyo financiero y técnico para
las diferentes necesidades que se requiera en el manejo adecuado del Área
Marina de Pesca Responsable.
- Desarrollar proyectos prototipos
relacionados con la maricultura.
- Desarrollo de proyectos turísticos en
armonía con la naturaleza.
3º—Igualmente dentro que el Área
Marina de Pesca Responsable a establecer, sea evaluada y apoyada como un nuevo
modelo de gestión y regulación del aprovechamiento de los recursos
marino-costeros que apoye su conservación y su utilización sostenible.
- Realizar en conjunto con las Asociaciones un control y vigilancia
que garanticen el cumplimiento de las leyes vigentes.
- Apoyo para el fortalecimiento de un Sistema
de Información (base de datos), desarrollo de capacidad tecnológica,
capacitaciones y de control para el adecuado seguimiento a esta iniciativa y a
su código de pesca responsable.
- Apoyar el acopio, proceso y
comercialización de productos pesqueros que mejore la manipulación, inocuidad,
valor agregado y generación de ingresos.
- Actividades orientadas al desarrollo
turístico de
4º—Debidamente escuchadas las
argumentaciones y la presentación realizada por el Departamento de Desarrollo e
Investigación de la ampliación del Área Marina de Pesca Responsable hacia
Montero y la aprobación del Plan de Ordenamiento y Seguimiento del Área Marina
de Pesca Responsable,
ACUERDA:
1- Aprobar la ampliación del Área Marina de Pesca Responsable de
Palito hacia Montero, Isla de Chira, de conformidad con Plan de Ordenamiento y
Seguimiento, presentado por el MSc. Hubert Araya Umaña, el cual se compone de
siete ejes temáticos; según oficio DDI/022-2012 de fecha 19 de marzo del 2012,
mismo que pasa a ser parte integral del presente acuerdo.
2- Se
establecen asimismo las siguientes condiciones y coordenadas de ubicación
geográfica del Área Marina de Pesca Responsable Palito-Montero.
|
Latitud |
Longitud |
1 |
10º 06´ 54.1´´ |
85º 11´ 59.7´´ |
2 |
10º 06´51´´ |
85º 12´27´´ |
3 |
10º 06´34´´ |
85º 12´26.3´´ |
4 |
10º 05´34´´ |
85º 11´36.9´´ |
5 |
10º 04´41.5´´ |
85º11´04.4´´ |
6 |
10º 04´56.1´´ |
85º 10´53.7´´ |
7 |
10°8´4.61´´ |
-85°11´47.36´´ |
8 |
10°8´4.86´´ |
-85°11´16.97´´ |
9 |
10°7´11.09´´ |
-85°11´16.76´´ |
10 |
10°7´9.30´´ |
-85°11´26.39´´ |
11 |
10°7´14.27´´ |
-85°11´37.53´´ |
12 |
10°7´8.26´´ |
-85°11´44.08´´ |
13 |
10°7´2.59´´ |
-85°11´45.65´´ |
14 |
10°6´57.61´´ |
-85°11´49.77´´ |
15 |
10°6´49.88´´ |
-85°11´52.38´´ |
16 |
10°6´46.67´´ |
-85°12´19.39´´ |
17 |
10°7´28.12´´ |
-85°12´2.57´´ |
Para ver imagen
solo en
3- Rige a partir de su publicación.
4- Acuerdo firme.
Luis Dobles Ramírez, Presidente
Ejecutivo.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe Secretaría Técnica Junta
Directiva.—1 vez.—O. C. Nº 12-0135.—Solicitud Nº
47582.—C-103220.—(IN2012080720).
A.J.D.I.P./315-2012.—Puntarenas,
a los veintidós días del mes de junio del dos mil doce.
Considerando:
1º—Se recibe en audiencia al
Lic. Edwin Fallas Quirós, MBA. Betty Valverde Cordero, miembros de
2º—Que se somete a consideración y discusión
la propuesta planteada, misma que se sustenta en el cobro de un carné para la
actividad de pesca turística, sustentado en un modelo de cobro diferenciado,
con variación sobre el número de días para el desarrollo de la actividad.
3º—Que el esquema y modelo de costos
propuesto lleva contemplado el costo de supervisión, y aquellos elementos de
control que resulten necesarios para garantizar la efectividad del cumplimiento
de lo establecido por Ley, así como los costos de acceso a la actividad y
aquellos que resulten administrativamente.
4º—Que sometido a consideración, análisis y
discusión, los Sres. Directores, consideran pertinente y oportuno, establecer
un modelo de cobro de carnés de pesca turística diferenciado, que venga a
incidir positivamente en el desarrollo de la actividad de pesca turística, con
la potencialización del ingreso de recursos frescos a
5º—Que en razón de las observaciones vertidas
y las necesidades de fortalecimiento institucional y del sector,
ACUERDA:
1- Establecer
el modelo tarifario para la venta de carnés de pesca deportiva, de conformidad
con el siguiente modelo:
Periodo |
Tarifa |
Carné desde tierra-anual (nacional o residente) |
$10.00 |
Carné de |
$15.00 |
Carné de 30 días (nacional,
residente o extranjero) |
$25.00 |
Carné anual-nacional, residente
o extranjero |
$50.00 |
2- Esta tarifa será sometida a revisión dentro de los tres meses
siguiente a partir de su vigencia.
3- Esta tarifa modifica los ítems Nos. 67 y 69,
del acuerdo AJDIP/330-2011 en lo correspondiente.
4- Acuerdo firme.
5- Publíquese, rige a partir de su publicación.
Luis Dobles Ramírez, Presidente
Ejecutivo.—Lic. Guillermo Ramírez Gätjens, Jefe Secretaría Técnica Junta
Directiva.—1 vez.—O. C. Nº 12-0135.—Solicitud Nº
47582.—C-45920.—(IN2012080721).
EDICTO
Se hace saber: que ante esta Municipalidad se
tramita solicitud de Elena Deyanira Chinchilla Benavides, mayor, soltera,
cédula 1-494-696, María Isabel Chinchilla Benavides, mayor, casada, cédula
1-417-805, Víctor Hugo Chinchilla Benavides, mayor, casado, cédula 1-558-251,
Greivin Rubén Chinchilla Benavides, soltero en unión libre, cédula 1-463-609,
todos vecinos del cantón de Alajuelita, en su condición de hijos y únicos
herederos de quien en vida se llamó Adelina Benavides Chinchilla, cédula
1-197-397, solicitan que se les adjudique la bóveda que se encuentra a nombre
de la causante, por partes iguales a nombre de las dos primeras, ubicada en el
cementerio de esta localidad, correspondiente al número 7, del bloque 4-3. Se
emplaza a los interesados a hacer valer sus derechos en un plazo improrrogable
de diez días hábiles, a partir de la publicación de este edicto, caso de no
presentarse oposición se procederá conforme lo solicitado.—Alajuelita,
25 de enero del 2012.—Lic. Edwin Alemán Villalobos, Administración Tributaria.—1 vez.—(IN2012080699).
Traspaso
de patente de licor
El Departamento de Patentes de
2 de julio del 2012.—Arnulfo
Miranda Romero, Jefe de Patentes.—1 vez.—RP2012315796.—(IN2012080503).
Departamento
de Patentes
El Concejo Municipal mediante Acuerdo N° 639-2012,
tomado en la sesión ordinaria N° 32-2012, celebrada en el salón de sesiones a
las diecisiete horas con ocho minutos del día 28 de mayo del 2012, aprueban la
actualización del monto de la patente por máquina a ¢12.000,00 por trimestre
para el III y IV trimestre del año 2012, y que a partir del I trimestre del año
2013 el monto a aplicar corresponde a ¢16.100,00 por máquina por trimestre, con
la modalidad de cancelación adelantada como lo dispone el Código Municipal.
Barva, 7 de agosto del 2012.—Lic.
Yorleny Díaz Zárate, Encargada a. í.—1
vez.—(IN2012080707).
ADEFA S. A.
Se convoca a los socios de ADEFA
S. A., cédula jurídica número: 3-101-
CONDOMINIO GALERÍA CENTRAL
RAMÍREZ VALIDO
Se convoca a todos los propietarios
regístrales a asamblea general de Condóminos de Condominio Galería Central
Ramírez Valido, a celebrarse el día domingo dos de setiembre del año dos mil
doce, en oficina administrativa del condominio. Primera convocatoria a las diez
horas, de no alcanzarse el quórum de Ley, equivalente a las dos terceras partes
del total de propietarios registrales, se celebrará en segunda convocatoria a
las once horas del mismo día, con el número de condóminos que se encuentren
presentes. Convoca Lic. Cynthia Venegas Obando, cédula uno-mil dos-cero
trescientos noventa y siete, Administradora en ejercicio. Lic: Cynthia Venegas
Obando, Notaria.—1 vez.—(IN2012081737).
Se convoca a los socios de Adefa S. A.,
cédula jurídica número: 3-101-
Por acuerdo tomado en junta directiva el día
3 de agosto del 2012, se convoca a los y las asociadas de Asiste C. R., a la
asamblea general extraordinaria a celebrarse en Itari, sita, San Pedro,
setecientos cincuenta metros al sur de
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
PARISIMA DOS INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito, presidente de la
junta directiva de la empresa Parisima Dos Internacional Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-noventa y siete mil cuatro,
de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio informan que a
solicitud de la sociedad accionista Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Siete
Mil Seiscientos Veinte S. A., sociedad con cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos setenta y siete mil seiscientos veinte, será repuesto el
certificado cuatro-dos mil diez que ampara nueve mil una acciones, correspondiente
a la participación accionaria de dicho socio en la compañía, sea el cinco por
ciento del capital social, transcurrido el mes al que se refiere dicho
artículo. Quien se considere afectado dirigir oposiciones y/o notificaciones a
los licenciados Cristian Calderón Cartín y/o Alejandra Baudrit Freer, al
2231-7100.—firma ilegible, Presidente.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—(IN2012079591).
UNIVERSIDAD LATINA
Por medio de la presente
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE
ARQUITECTOS DE COSTA RICA
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío de las
bitácoras relacionadas con los siguientes números de contratos y profesional a
cargo:
Ing. Jorge Arturo Ovares Corrales, ICO-18435,
OC-504460; Ing. Wagner Mora Miranda, IC-19218, OA-562638; A-José Luis Quesada
Sánchez, A-15159, OC-558885; Ing. Geral Vargas Rojas, IC-9400, OC-471472; Arq.
Rommel Molina Ríos, A-6065, Ing. Amed Molina Ríos. IME-7034, OC-51740 y OC-520281;
Ing. Adrián Blanco Castro; IC-23181, OC-514592; Ing. Alexander Rodríguez
Vargas; ICO-20301; OC-554924; Arq. David Blanco Alfaro; A-14910;OC-547881; Ing.
Víctor Cantillano Morán; IC-14695; OC-553662; Ing. Francisco García Morales;
IC-7554;OC-555472; Arq. Esteban Mora Hidalgo; A-10934; OC-535700; Ing. Rodrigo
Romero Lores; IC-2153I; OC-555771; Ing. Bernal Valverde Pacheco; IC-1944;
OC-524434; Ing. Charles Lewis Parks; IC-2464;OC-55655; Ing. Guillermo Centeno
Madrigal; IC-6255; OC-305441; Arq. Melania Obando Vargas; A-9495; OC-512318;
Ing. David Ovares Mora; ICO-18945; OC-522552, OC-522323, OC-519984, OC-523408 y
OC-522045; Ing. William Torres Bacca; IC-4537; OC-539256 y OC-539250; Ing.
Rodolfo Fernández Vásquez; ICO-14874; OC-506616; Arq. Ricardo Barrantes
Bolaños; A-6064; OA-56453; Arq. César A. Hidalgo Quesada; A-11739; OA-558954;
Arq. Marvin Cortés Arias; A-22976; OC-553720; Ing. Carlos Díaz Fallas, IC-3918;
OC-545575; Ing. Esteban Alonso Villalobos Chaves, IC-11892; OC-543357; Arq.
Luis García Salazar; A-16424; OC-542808; Ing. James Pérez Céspedes; IC-20602;
OC-517413; Ing. Bryan Rodríguez Araya; IC-20605; OC-537860; Ing. David
Guillermo García Zúñiga; IC-8106; OC-560782 y OC-518234; Arq. Luis Manfreed
Venegas Brenes; A-16459; OC-554759; Arq. Gonzalo Gálvez Freund; A-1563;
OC-404704; Ing. Óscar Fernández Segura; ICO-6738; OC-418285 y OC-550132; Arq.
Geovanny Araya García; A-20542; OC-558379; Arq. Werner Fallas Carvajal;
A-20925; OC-398197; Arq. Eugenio Castro Jiménez; A-9128; OC-556736; Ing.
Antonio Ortiz Hidalgo; IC-11516; OC-553602; Ing. Mauricio Roldan Torres;
IC-8080; OC-562250; TA. Diego Castro Rodríguez; TA-8921; Protocolo-17772; Arq.
Jorge Rodríguez Vargas; A-10013; OC-543704; Ing. Jorge Arturo Ovares Corrales;
OC-567268; Ing. Gustavo Sequeira Dittel; IC-9639; OC-546729 y OC-520988; Arq.
Pedro Labarca Pérez; A-18891; OC-547372; Ing. Daniel Gutiérrez Rodríguez;
IC-2138; OC-563442; Ing. José Luis Ugalde Herra; IC-18133; OC-465777; Ing. Luis
Cordero Jiménez; IC-16355; OC-571086.—San José 11 de julio del
2012.—Departamento de Responsabilidad Profesional.—Ing. Javier Chacón
Hernández, Jefe.—O. C. Nº 500.—Solicitud Nº 37887.—C-129740.—(IN2012080097).
CORPORACIÓN DE OPERADORES DE SERVICIOS
TELEMÁTICOS S. A.
Corporación de Operadores de
Servicios Telemáticos S. A., cédula jurídica 3-101-299606, domiciliada en
distrito tercero Hospital, cantón central de la provincia de San José, calle
treinta, avenida segunda, cien metros oeste de
OFICINAS Y SUMINISTROS MILANO S.R.L.
Yo, Javier Alberto Villalobos
Umaña, cédula 1-0791-0169, en calidad de apoderado generalísimo de la sociedad
Oficinas y Suministros Milano S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-533828, dueña de
apartamento 20 en Condominio Residencial Horizontal Vertical Milano, solicito
ante el Departamento de Propiedad Horizontal del Registro Público, la
reposición del libro uno de Actas de Asambleas de Propietarios de dicho
condominio por haberse extraviado. Se emplaza por 8 días hábiles a partir de la
publicación a fin de recibir objeciones ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
BANCO PROMERICA DE COSTA RICA S. A.
Por este medio Banco Promérica
de Costa Rica S. A., hace constar que Corrugadora de Costa Rica S. A., cédula
jurídica 3-101-027462-12, es la propietaria del siguiente documento: cheque de
gerencia número
Por este medio Banco Promérica de Costa Rica
S. A. hace constar que Fotolit S. A., cédula jurídica 3-101-031523-05, es la
propietaria del siguiente documento: cheque de gerencia número
HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA S. A.
Para efectos del artículo 689 del Código de
Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A., hace saber a quien interese, que
por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción Nº
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
El Colegio de Abogados de Costa
Rica avisa que la junta directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica
constituida en Consejo de Disciplina, sesiones 35-2011 y 11-2012, acuerdos
2011-35-090 y 2012-11-037, le impuso al licenciado José Manuel Gutiérrez
Gutiérrez, colegiado 1691, la sanción disciplinaria de tres meses de suspensión
en el ejercicio de su profesión de abogado. Rige a partir de esta publicación.
(Expediente administrativo 721-09).—Fiscalía.—Lic. Rocío Leiva Trejos, Fiscal.—1 vez.—O. C. Nº 8745.—Solicitud Nº 40562.—C-9420.—(IN2012080407).
El Colegio de Abogados de Costa
Rica avisa que la junta directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica
constituida en Consejo de Disciplina, sesiones 36-2010 y 12-2011, acuerdos
2010-36-008 y 2011-12-015, le impuso a la licenciada Lissette Rodríguez
Barrantes, colegiada 4234, la sanción disciplinaria de cuatro meses de
suspensión en el ejercicio de su profesión de abogado. Rige a partir de esta
publicación. (Expediente administrativo 433-09).—Fiscalía.—Lic. Rocío Leiva
Trejos, Fiscal.—1 vez.—O. C. Nº 8745.—Solicitud Nº
40562.—C-9420.—(IN2012080409).
ASOCIACIÓN DE FRAILES MENORES
CONVENTUALES
DE AMERICA CENTRAL
Yo, Erick
Marín Carballo, cédula de
identidad número: 2-0518-0248, en calidad de Presidente y
representante legal de Asociación de Frailes Menores Conventuales de America
Central, cédula jurídica número 3-002-056915, solicito al Departamento de
Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, los libros legales y contables
por primera vez (1. Actas de Junta Directiva, 2. Acta de Asamblea General, 3.
Registro de Asociados, 4. Diario, 5. Mayor y 6. Inventario y Balance).—Erick Marín Carballo, Presidente y representante legal.—1
vez.—(IN2012080449).
Se le hace saber a las personas interesadas
que ante el suscrito Jorge Mario Piedra Arias, notario público, con oficina
abierta en Aserrí, se procedió a protocolizar el acta número uno, la cual se
encuentra en el libro de actas de asamblea de socios celebrada al ser las
dieciséis horas del ocho de junio del dos mil doce, en donde se acordó de manera
unánime disolver la sociedad denominada D Y S Barboza y Asociados Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número: 3-101-618828, la cual se encuentra
debidamente inscrita en el Registro Nacional Sección Mercantil bajo el tomo:
2010; asiento: 256925. Es todo.—San José, cuatro de agosto del dos mil
doce.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1
vez.—RP2012315813.—(IN2012080596).
ASOCIACIÓN SOLIDARISTA DE EMPLEADOS
DE COMPONENTES INTEL DE
COSTA RICA S. A. Y AFINES
Nombre |
Cédula |
Monto |
Abarca Azofeifa Luis Álvaro |
109240816 |
31.623,32 |
Aguilar Chacón Anyelik |
110170915 |
24.852,08 |
Arce Sáenz Carlos Migue |
108030249 |
49.131,24 |
Avilés Suárez Luis |
112320223 |
12.259,96 |
Caravaca Peralta Edwin |
112550202 |
3.336,47 |
Herra Montiel Ernesto |
113620459 |
3.070,11 |
Méndez Valverde Edwin |
108340556 |
126.626,87 |
Montes
De Oca Campos Fernando |
109430548 |
16.184,21 |
Mora Marín Xinia |
111080896 |
11.211,37 |
Murillo Mejías Suamy |
205890937 |
6.636,07 |
Oviedo Rodríguez Andrea |
113220339 |
308,89 |
Quevedo Castro Adriana |
109180400 |
134.691,82 |
Sánchez Arce Alex Eduardo |
109360691 |
27.495,46 |
Rojas Calvo Rodrigo |
205640457 |
25.157,23 |
Rojas Madrigal Evelyn |
112400690 |
7.145,43 |
Umaña Hernández Carlos |
112140725 |
7.736,12 |
Alicia Meléndez Vargas, Presidenta.—1 vez.—(IN2012080715).
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
AVISA:
Que
Que
Que
Que
Que
Que
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta notaría a las 8:00
horas del trece de junio del dos mil doce, mediante escritura veintitrés-cuatro
se protocoliza acta disminución de capital de la sociedad Consultoría de
Estrategia y Negocios de Costa Rica S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-trescientos ochenta y uno mil cero cero seis.—Lic. Rafael A.
Rodríguez Salazar, Notario.—1
vez.—RP2012315019.—(IN2012079532).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las diecisiete horas treinta minutos del día veintisiete de julio del año dos
mil doce, se protocolizó el acta de la asamblea ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Sustainable Hotels Of Costa Rica Sociedad Anónima,
disminuyendo su capital social y modificando la cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San José, veintisiete de julio dos mil
doce.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—(IN2012080040).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
Que por escritura número cincuenta y
tres-treinta y tres, otorgada a las catorce horas del veinticuatro julio del
año dos mil doce, ante el notario público Alexander Elizondo Quesada, se
protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad
denominada Comerciantes Detallistas del Sur CODESUR Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y siete mil seiscientos
treinta y ocho, en la cual se acuerda la disminución del capital social de
dicha sociedad.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintisiete de julio del año dos
mil doce.—Lic. Alexander Elizondo Quesada, Notario.—
RP2012314995 y RP2012315455.—(IN2012080661).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante escritura pública
número cuarenta y uno, otorgada a las trece horas con treinta minutos del
primero de agosto del dos mil doce, ante mi notaría, se reformó la cláusula
segunda (del domicilio), de los estatutos de la sociedad Nautical Masters
Costa Rica S. A., con cédula de persona jurídica número tres - ciento
uno-seiscientos cincuenta y cuatro mil quinientos cincuenta y tres.—San José, tres de agosto del dos mil doce.—Lic. Eduardo
Zúñiga Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012315568.—(IN2012080257).
Mediante escritura pública número cuarenta,
otorgada a las trece horas del primero de agosto del dos mil doce, ante mi
notaría, se reformó la cláusula segunda (del domicilio), de los estatutos de la
sociedad Marítima
Mediante escritura pública número treinta y
nueve - cuatro, otorgada a las doce horas con treinta minutos del primero de
agosto del dos mil doce, ante mi notaría, se reformó la cláusula segunda (del
domicilio), de los estatutos de la sociedad Marina Aracely S. A., con
cédula de persona jurídica número tres - ciento uno -seiscientos cincuenta y
seis mil novecientos noventa y cuatro.—San José, tres de agosto del dos mil
doce.—Lic. Eduardo Zúñiga Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012315570.—(IN2012080259).
Mediante escritura pública número treinta y
ocho - cuatro, otorgada a las doce horas del primero de agosto del dos mil
doce, ante mi notaría, se reformó la cláusula segunda (del domicilio), de los
estatutos de la sociedad Green Tuna BFB S. A., con cédula de persona
jurídica número tres - ciento uno -seiscientos cincuenta y dos mil doce.—San
José, tres de agosto del dos mil doce.—Lic. Eduardo Zúñiga Brenes, Notario.—1
vez.—RP2012315571.—(IN2012080260).
Mediante escritura pública número cuarenta y
dos, otorgada a las catorce horas del primero de agosto del dos mil doce, ante
mi notaría, se reformó la cláusula segunda (del domicilio), de los estatutos de
la sociedad Naviera Bernardino S. A., con cédula de persona jurídica
número tres - ciento uno -seiscientos cincuenta tres mil trescientos cinco.—San
José, tres de agosto del dos mil doce.—Lic. Eduardo Zúñiga Brenes, Notario.—1
vez.—RP2012315572.—(IN2012080261).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a
las 12 horas 30 minutos del 20 de julio del 2012, se modifica la cláusula
quinta del pacto constitutivo y se crea la reserva legal de la empresa Importadora
Almacema Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2012.—Lic. Marcel
Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—RP2012315573.—(IN2012080262).
A las 20:00 horas del 22 de julio del 2012,
se constituyó en esta notaría, la empresa: Barrientos & Jiménez
Desarrolladores Sociedad Anónima, presidente: Josué Manuel Barrientos
Mora.—Lic. German Jerry Campos Monge; Notario.—1 vez.—RP2012315574.—(IN2012080263).
Por escritura de las diez horas de treinta y
uno de julio dos mil doce, protocolicé acta de liquidación y desinscripción de
empresa Lavamex S. A.—Lic. Edwin Angulo Gatgens, Notario.—1
vez.—RP2012315575.—(IN2012080264).
Por escritura otorgada ante mí, el día
primero de agosto del dos mil doce, a las trece horas, se constituyó la
sociedad anónima cuya denominación social es Chapiricuchi Sociedad Anónima;
representada por el presidente, vicepresidente, secretario y tesorero de la
junta directiva con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de
suma.—San José, primero de agosto del
dos mil doce.—Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario.—1
vez.—RP2012315586.—(IN2012080265).
Por escritura número 111-3, otorgada a las
8:00 horas del 1º de agosto del dos mil doce, ante el suscrito notario, se
acuerda modificar la cláusula segunda del domicilio, así mismo se revocan los
cargos de gerente y agente residente y se hacen nuevos nombramientos, de la
sociedad de este domicilio, denominada Finca Aguas Claras Limitada.—San
José, 1º de agosto del 2012.—Lic. Julian Antonio Batalla Gallegos, Notario.—1
vez.—RP2012315590.—(IN2012080266).
Por escritura 128-18 otorgada a las 12:00
horas del 27 de julio del 2012, se disuelve de conformidad con el artículo 201
inciso D) del Código de Comercio la sociedad Roalsa Internacional Limitada.—San
Antonio de Desamparados, veintisiete de julio del 2012.—Lic. Bernal Jiménez
Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012315591.—(IN2012080267).
Ante esta notaría a las 14:30 horas del 1º de
agosto del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada
Inversiones Matosa de Cartago S. R. L., cédula jurídica número
3-102-464911, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma es Mario Guzmán Pereira, donde se acuerda disolver la sociedad,
mediante la escritura número 320-25 del tomo 25 del protocolo del
Ante esta notaría a las 14:20 horas del 1º de
agosto del 2012, se protocolizó el acta de la sociedad de esta plaza denominada
Corporación Los Cuatro de El Guarco S. A., cédula jurídica
número 3-101-533879, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma es Mario Guzmán Brenes, donde se acuerda disolver la
sociedad, mediante la escritura número 319-25 del tomo 25 del protocolo de
Por protocolización del acta de asamblea
general extraordinaria de las 8:30 horas del 12 de marzo del 2012, se reformó
la cláusula 2da del pacto constitutivo de tres-ciento
uno-quinientos veinte mil novecientos cuarenta y ocho s. a.—San José, 12 de
marzo del 2012.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1
vez.—RP2012315597.—(IN2012080270).
El señor Jonathan Chaves Arias, portador de
la cédula de identidad número uno-mil noventa y ocho-cuatrocientos noventa y
ocho, debidamente autorizado por todos los socios de Seven Three Four
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
dieciséis mil setecientos dos, solicita al Registro Público de
Yo, Robin Bonilla Monge, hago consta que he
protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de R & C
Consultores en Proyectos Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-595941, se reforma y modifica cláusula primera de la razón social, la
compañía se denominará Jimenaco Sociedad Anónima. Se reforma y modifica
la cláusula sexta del pacto constitutivo. Se revoca nombramiento y se hacen
nuevos, presidenta María Mariela Monge Vega, cédula 1-458-380 vicepresidenta:
Cristina Eugenia Ortiz Arias, cédula 3-349-802, ambas con la representación
judicial y extrajudicial actuando conjuntamente.—Lic. Robin Bonilla Monge,
Notario.—1 vez.—RP2012315604.—(IN2012080272).
Por escritura otorgada ante esta notaría el
día de hoy se disolvieron las siguientes sociedades: Beverly Sociedad
Anónima, Boker Tov Javer Sociedad Anónima, Casa Quinran
Corporation Sociedad Anónima, Corporación Veintinueve de Diciembre
Sociedad Anónima, Corporación Aerosoles R Y W de Costa Rica Sociedad
Anónima, Desarrollos Mil Novecientos Cincuenta y Siete del Sol Sociedad
Anónima, Desarrollos Veinticinco de Mayo L Y E Sociedad Anónima,
Desarrollos Empresariales Maktal Sociedad Anónima, Ebichter Internacional
Sociedad Anónima, Erliz Sociedad Anónima, Eyal Sociedad Anónima,
Fistukim de Costa Rica Sociedad Anónima, Gashashe Sociedad Anónima,
GLJ Bamba Dos Sociedad Anónima, GLJ Carlo Uno Sociedad Anónima,
Grupo Comercial Ofna Sociedad Anónima, Importaciones ALJ Sociedad
Anónima, Inversiones Metula Sociedad Anónima, Jadashot Dos Mil
Cinco Sociedad Anónima, Kirial Bialik Sociedad Anónima,
Maddenworld CR Sociedad Anónima Mercantil Mil Novecientos Cincuenta y Cuatro
del Oeste Sociedad Anónima, Mercantil Veinticinco de Mayo Sociedad
Anónima, Ritmo de Brasil Sociedad Anónima y Sariliz Bags Sociedad
Anónima.—San José, veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Joel Valverde
Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012315605.—(IN2012080273).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
cuya denominación social es el número de cédula jurídica, con un capital social
de diez mil colones, domiciliada en
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario
público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día primero
de agosto del dos mil doce, protocolicé acta de la empresa Galería Betsy
Bickar Limitada, en la que se modifica la cláusula de la denominación
social a Galería Dali Limitada.—San José, 1º de agosto del 2012.—Lic.
Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2012315609.—(IN2012080275).
Mediante escritura autorizada por mí, a las
catorce horas del primero de agosto del dos mil doce, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Refugio
Sagrado Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos cinco mil quinientos setenta y nueve; mediante la cual se
transformó a Refugio Sagrado Sociedad de Responsabilidad Limitada,
y en virtud de ello se modifica la totalidad del pacto constitutivo.—San José,
primero de agosto del dos mil doce.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo,
Notario.—1 vez.—RP2012315611.—(IN2012080276).
Mediante escritura otorgada a la nueve horas
del día de hoy, la sociedad Inversiones JDT S. A., acuerda
disolver la sociedad.—San José 01 de agosto del 2012.—Lic. Harry Wohlstein
Rubinstein, Notario.—1 vez.—RP2012315612.—(IN2012080277).
Mediante escritura otorgada a la nueve horas
del día de hoy, la sociedad Tari de Costa Rica S. A.,
acuerda disolver la sociedad.—San José 01 de agosto del 2012.—Lic. Harry
Wohlstein Rubinstein, Notario.—1 vez.—RP2012315613.—(IN2012080278).
Mediante escritura otorgada a la nueve horas
del día de hoy, la sociedad Electro Guarco S. A., acuerda
disolver la sociedad.—San José 01 de agosto del 2012.—Lic. Harry Wohlstein
Rubinstein, Notario.—1 vez.—RP2012315614.—(IN20120800279).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza,
notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada Grupo Ecoplast Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y ocho mil cuatrocientos
sesenta, para reformar cláusula sétima del pacto constitutivo y nombramiento de
nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—Palmares, tres de agosto del dos mil
doce.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1
vez.—RP2012315616.—(IN2012080280).
Que por escritura otorgada a las nueve horas
del primero de agosto se constituyó la sociedad Grupo de Sarraga
Mercadeo Sociedad Anónima.—San José, tres de agosto del dos mil doce.—Lic.
Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—RP2012315620.—(IN2012080281).
Que por escritura otorgada a las diecisiete y
treinta horas del día cuatro de junio se protocolizó la asamblea general
extraordinaria de cuotistas, de la sociedad de esta plaza denominada 3-102-541092
Sociedad de Responsabilidad Limitada, en donde se reforma la cláusula
décima del pacto constitutivo.—San José, cuatro de junio del dos mil doce.—Lic.
Edwin Manuel Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—RP2012315621.—(IN2012080282).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las quince horas treinta minutos del día primero de agosto del dos mil doce,
donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Hala Pandanus HPD S. A., donde se
acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta de los estatutos.—San José,
tres de agosto del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2012315622.—(IN2012080283).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las quince horas del día primero de agosto del dos mil doce, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-648951
SRL, donde se acuerda modificar la cláusula novena de los estatutos.—San
José, tres de agosto del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—RP2012315623.—(IN2012080284).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las quince horas quince minutos del día primero de agosto del dos mil doce,
donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Akebia Kinata Aka S. A.,
donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta de los estatutos.—San
José, tres de agosto del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—RP2012315624.—(IN2012080285).
Se constituyó la sociedad denominada Imágenes
Dentales Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente y
secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es
todo.—San José, a las ocho horas del treinta de julio del dos mil doce.—Lic.
Sandra Camacho Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012315628.—(IN2012080286).
Por escritura pública número ciento sesenta y
nueve-cuatro, se constituye la sociedad denominada Real Game S. A. Es
todo.—San José, treinta de julio dos mil doce.—Lic. Michael Calderón Segura,
Notario.—1 vez.—RP2012315629.—(IN2012080287).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
sociedad anónima conforme a su número de cédula jurídica, que se le designará
al efecto. Decreto número tres tres uno siete uno del catorce de junio del año
dos mil seis. Presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Golfito, diez de julio de dos mil doce.—Lic.
Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012315630.—(IN2012080288).
Por escritura otorgada ante mí, a las once
horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil doce, se reformaron las
cláusulas tercera y sexta del los estatutos de Multiservicios Generales
Deijodi Sociedad Anónima.—Golfito, veinte de julio del dos mil doce.—Lic.
Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012315631.—(IN2012080289).
Por escritura número cuatrocientos
veinticinco, otorgada el uno de agosto de dos mil doce ante esta notaría, se
constituye una sociedad anónima que se denominará Baticarvade Sociedad
Anónima. Capital social de cien mil colones.—San José, 2 de agosto del
2012.—Lic. Ernesto Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012315632.—(IN2012080290).
Mediante escritura número cuatro, visible al
folio: diez vuelto del tomo veintiuno otorgada a las trece horas del treinta y
uno de julio del dos mil doce, por la notaria Sara M. Barrantes Hernández,
acuerda el señor Jaime Norberto Bolaños Castro en su condición de tesorero con
facultades de apoderado generalísimo de la sociedad denominada Grupo BMU
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos
cuarenta y ocho mil ciento veintiuno, renuncia a su puesto de tesorero en la
junta directiva de dicha sociedad.—Grecia, treinta y uno de julio del dos mil
doce.—Lic. Sara María Barrantes Hernández, Notaria.—1
vez.—RP2012315638.—(IN2012080291).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las trece horas del treinta y uno de julio dos mil doce, se modifica la
cláusula sétima del pacto de
Mediante escritura número: cien, visible al
folio: ciento sesenta vuelto del tomo veinte otorgada a las diez horas del
veintiséis de junio del dos mil doce, por la notario Sara María Barrantes
Hernández, se acuerda disolver la sociedad denominada Inversiones Mar
YE Cordero Herrera Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y un mil trescientos veintidós,
por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d)
del Código de Comercio.—Grecia, veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic.
Sara María Barrantes Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012315640.—(IN2012080293).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las doce horas del día treinta y uno de julio del dos mil doce, se nombra
secretario y se modifica cláusula de la administración de la sociedad Propiedades
Carasol S. A..—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1
vez.—RP2012315641.—(IN2012080294).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Corporación
Tenedora BAC Credomatic S. A., aumentó el capital social.—San José, 3 de
agosto del 2012.—Lic. Franklin Matamoros Calderón, Notario.—1 vez.—RP2012315642.—(IN2012080295).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, Banco BAC San José S. A., aumentó el capital
social.—San José, 3 de agosto del 2012.—Lic. Franklin Matamoros Calderón,
Notario.—1 vez.—RP2012315644.—(IN2012080296).
Por asamblea de las doce horas del
veintisiete de junio del dos mil doce, se modifica junta directiva de la
compañía Inversiones Cariari Kurubande SRL, domicilio Tibás,
gerente: Gabriel Esquivel Flores.—San José, 3 de agosto del 2012.—Lic. Jorge
Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—RP2012315646.—(IN2012080297).
Ante esta notaría, al ser las 15:00 horas del
30 de julio del 2012, protocolicé en lo conducente, acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de la sociedad Transportes Joyage S. A.,
cédula jurídica número 3-101-591532, mediante la cual se nombró como nuevo
presidente de la junta directiva al señor Luis Alberto Arguedas Zamora, cédula
de identidad número 1-473-711, por el resto del plazo social de la
sociedad.—Lic. Víctor Rojas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012315647.—(IN2012080298).
El suscrito notario hace constar que en mi
notaría se modificó estatutos de la entidad constituyó la entidad Arflo
Inversiones Garantizadas Sociedad Anónima, cláusula sexta de los
estatutos.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1 vez.—RP2012315648.—(IN2012080299).
Los suscritos, Julio César Gutiérrez Zeledón
y César Irving Gutiérrez González disuelven sociedad denominada Gutiérrez y
Zeledón GyS S. A.—Lic. Hilda Marta Alpízar Castrillo, Notaria.—1
vez.—RP2012315649.—(IN2012080300).
Por escritura otorgada a las trece horas del
día veintisiete julio del año dos mil doce, en esta notaría se protocolizó acta
de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad San
Crispin Real Cariari Sociedad Anónima, donde se reforman las cláusulas
segunda: domicilio y octava: de la administración y se integran las vacantes
del consejo de administración y fiscal ocupando nuevos puestos por el resto del
periodo legal.—San José, tres de agosto del año dos mil doce.—Lic. Fernando
Ramírez Loría, Notario.—1 vez.—RP2012315652.—(IN2012080301).
Por escritura otorgada a las doce horas del
día veintisiete julio del año dos mil doce, en esta notaría se protocolizó acta
de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad San
Crespin Plaza Real Sociedad Anónima, donde se reforman las cláusulas
segunda: domicilio y octava: de la administración y se integran las vacantes
del consejo de administración y fiscal ocupando nuevos puestos por el resto del
período legal.—San José, tres de agosto del año dos mil doce.—Lic. Fernando
Ramírez Loría, Notario.—1 vez.—RP2012315653.—(IN2012080302).
Por escritura otorgada ante mí, en la ciudad
de San José al ser las veinte horas del seis de julio de dos mil doce, se
protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la
sociedad Fútbol Cinco
La suscrita notaria Jennifer Vargas López,
hace constar que en escritura número ciento doce, visible a folio sesenta y
cinco frente hasta el sesenta y cinco vuelto del tomo primero de mi protocolo,
otorgada al ser las ocho horas del veintiséis de julio del dos mil doce, se
cambió el nombramiento de gerente de la sociedad Runing Sloth Sociedad
Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y
tres mil doscientos nueve.—Garabito, veintiséis de julio del dos mil doce.—Lic.
Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.—RP2012315655.—(IN2012080304).
Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario
con oficina en Atenas, hago constar que el día cuatro de julio del dos mil
doce, a las ocho horas se realizó asamblea general extraordinaria de la
sociedad JCCR Mantenimientos Sociedad Anónima, en
la cual se revoca el nombramiento del presidente y del tesorero y se reforma la
cláusula primera del pacto constitutivo.—Atenas, dos de agosto del dos mil
doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1
vez.—RP2012315657.—(IN2012080305).
Por escritura número ciento
veinticuatro-ochenta y nueve: otorgada ante esta notaría: notarios públicos
Rolando Clemente Laclé Zúñiga y David Arturo Campos Brenes, a las nueve horas
treinta minutos del día primero de agosto del año dos mil doce, se protocoliza
el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inversiones
Eólicas de Orosí Uno S. A., cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos ochenta, mediante
la cual se reforma la cláusula: sétima.—San José, primero de agosto del dos mil
doce.— Lic. Rolando Clemente Laclé Zúñiga y Lic. David Arturo Campos Brenes,
Notarios.—1 vez.—RP2012315658.—(IN2012080306).
Por escritura número ciento
veintitrés-ochenta y nueve: otorgada ante esta notaría: notarios públicos Rolando
Clemente Laclé Zúñiga y David Arturo Campos Brenes, a las nueve horas del día
primero de agosto del año dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Vientos del Volcán S.
A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos doce mil
cuatrocientos cuatro, mediante la cual se reforma la cláusula: sexta.—San José,
primero de agosto del dos mil doce.—Lic. Rolando Clemente Laclé Zúñiga y Lic.
David Arturo Campos Brenes, Notarios.—1 vez.—RP2012315660.—(IN2012080307).
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario
público con oficina abierta en San José, en escritura otorgada: a las 11:00
horas del tres de agosto del dos mil doce, se constituyó la fundación: Faner,
capital social totalmente suscrito y pagado, domicilio social: San José,
Aserrí, Asentamiento Primero de Mayo, del Puente Cañas, quinientos metros al
norte sobre carretera hacia Aserrí, trescientos metros al sur, casa treinta y
nueve.—San José, 3 de agosto del 2012.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1
vez.—RP2012315661.—(IN2012080308).
Por escritura número ciento veintidós-ochenta
y nueve: otorgada ante esta notaría, notarios públicos Rolando Clemente Laclé
Zúñiga y David Arturo Campos Brenes, a las ocho horas treinta minutos del día
primero de agosto del año dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inversiones Eólicas de
Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-
cuatrocientos ochenta y nueve mil novecientos noventa y cinco, mediante la cual
se reforma la cláusula: sexta.—San José, primero de agosto de dos mil
doce.—Lic. Rolando Clemente Laclé Zúñiga y David Arturo Campos Brenes,
Notarios.—1 vez.—RP2012315662.—(IN2012080309).
Por escritura número ciento veintiuno-ochenta
y nueve: otorgada ante esta notaría, notarios públicos Rolando Clemente Laclé
Zúñiga y David Arturo Campos Brenes, a las ocho horas del día primero de agosto
del año dos mil doce, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad Costa Rica Energy Holding S. A., cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil
doscientos cuarenta y dos, mediante la cual se reforma la cláusula: sexta.—San
José, primero de agosto de dos mil doce.—Lic. Rolando Clemente Laclé Zúñiga y
Lic. David Arturo Campos Brenes, Notarios.—1 vez.—RP2012315663.—(IN2012080310).
Por escritura número ciento
veinticinco-ochenta y nueve: otorgada ante esta notaría, notarios públicos
Rolando Clemente Laclé Zúñiga y David Arturo Campos Brenes, a las diez horas
del día primero de agosto del año dos mil doce, se protocoliza el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inversiones
Eólicas de Orosí Dos S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-quinientos cuarenta y ocho mil quinientos cuarenta, mediante la cual se
reforma la cláusula: sétima.—San José, primero de agosto del dos mil doce.—Lic.
Rolando Clemente Laclé Zúñiga y Lic. David Arturo Campos Brenes, Notarios.—1
vez.—RP2012315665.—(IN2012080311).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a
las ocho horas del día treinta y uno de julio del año dos mil doce, se
constituye la sociedad Multiservicios Muñoz y Castillo S. A., capital
social diez mil colones.—Lic. Jorge Mejía Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2012315666.—(IN2012080312).
Se comunica y hace saber: que por escritura
número: cero sesenta y cinco-treinta y siete, de hoy, se protocolizó el acuerdo
firme de accionistas para la disolución de la sociedad AES en Computación S.
A., con cédula jurídica 3-101-089757 y domicilio en Heredia. No se hizo
nombramiento de liquidador, por innecesario. Por favor, interesados dirigirse a
mi oficina: costado norte de
Por escritura pública 066-37 de hoy, por
acuerdo firme de accionistas, se acordó la disolución de la sociedad Corporación
Estrella de
Mediante escritura pública otorgada, por la
notaria Ariadna María Arguedas Porras, en la ciudad de Heredia, a las catorce
horas del dieciocho de junio de dos mil doce, se protocoliza el acta número
cinco de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad tres- ciento uno- quinientos veintitrés mil ciento noventa y nueve
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- quinientos veintitrés
mil ciento noventa y nueve, en la cual se modifica la cláusula primera: “Del
nombre: La sociedad se denominará Inversiones Sureña JMU Sociedad Anónima.—San
José, tres de agosto del dos mil doce.—Lic. Ariadna María Arguedas Porras,
Notaria.—1 vez.—(IN2012080315).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
la compañía denominada Agility Costa Rica Club Canino-ACRCC Limitada. Su
plazo social es de cien años, su capital se encuentra totalmente suscrito y
pagado, los dos gerentes son los representantes legales, con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 6 de agosto del
2012.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(IN2012080324).
El suscrito notario hace constar, que hoy he
protocolizado acta de asamblea de accionistas de la sociedad Toucson Family
Car Sociedad de Responsabilidad Limitada y se modificó la cláusula
primera.—San José, 3 de agosto del 2012.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán,
Notario.—1 vez.—(IN2012080332).
Por escritura número doscientos cuarenta y
cinco - cuarenta y dos, otorgada hoy ante mí, se acuerda disolver la sociedad Asesorías
Empresariales Sherlock S. A., de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, diecinueve de julio del año
dos mil doce.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012080335).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, en
el día de hoy, se constituye la sociedad Bienes de Roedma Limitada.
Capital social: Diez mil colones. Gerente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma. Domiciliada en San José.—Santo Domingo de
Heredia, veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—(IN2012080341).
Por escritura otorgada por esta notaría, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de disolución de la
sociedad Pradera del Diamante Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-quinientos ocho mil novecientos veinticinco. Quien se considere
afectado deberá comunicar por escrito la oposición en el domicilio social de la
empresa.—Santo Domingo de Heredia, a las diez horas del tres de agosto de dos
mil doce.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012080343).
Por escritura otorgada, por esta notaría, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Charo de
San Carlos Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula tercera y se
nombra secretario y fiscal.—Santo Domingo de Heredia, a las diecisiete horas
del primero de agosto del dos mil doce.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—(IN2012080345).
En esta notaría, al ser las catorce horas del
veintitrés de julio del dos mil doce, se protocolizó acta de la empresa H H
Hill House on Nosara S. A., en la que se reformó la cláusula segunda
del pacto social y se nombra nueva directiva y fiscal.—San José, veintitrés de
julio del dos mil doce.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1
vez.—(IN2012080347).
En esta notaría, al ser las diez horas del
dieciséis de abril del dos mil once, se protocolizó acta de la empresa tres
- ciento dos - cinco seis cinco siete ocho tres Sociedad de Responsabilidad
Limitada, en la que se reformó la cláusula sexta del pacto social.—San
José, veintitrés de abril del dos mil doce.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío,
Notario.—1 vez.—(IN2012080348).
Por medio de escritura otorgada, al ser las
ocho horas del dos de mayo del año dos mil doce, ante el notario público
Esteban Cherigo Lobo, los señores Agustín Membreño Hidalgo y Tatiana Blanco
Villegas, constituyeron la sociedad de esta plaza Empaques Ecopak CR Inc
Sociedad Anónima.—Heredia, tres de agosto del año dos mil doce.—Lic.
Esteban Cherigo Lobo, Notario.—1 vez.—(IN2012080352).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
quince horas del veinticinco de junio del dos mil doce, comparecieron ante esta
notaría, los señores Sandra Horowitz Schartzberg secretaria y el señor Samuel
Bursztyn Vainberg presidente de la sociedad denominada Onivisur Sociedad
Anónima. Cambio de identificación del secretario y presidente.—San José, 6
de agosto del 2012.—Lic. Lucrecia Campos Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2012080355).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la disolución
de
En escritura número sesenta y ocho-veinte-dos
mil doce, de las quince horas del día treinta de julio del dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de 3-101-480162
S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo de la sociedad, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente
residente. Presidenta: María Soledad Martínez Alfaro. Lic. Felipe Beeche
Pozuelo y Ronald Odio Rohrmoser, Notarios.—San José, 30 de julio del 2012.—Lic.
Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—(IN2012080364).
A las 9:00 horas del 29 de junio del 2012, se
constituyó en esta notaría la sociedad anónima denominada Gestión
Hospitalaria de Centro América S. A. Presidente: Andy Bezara Higle.—Lic.
Katia María Ledezma Padilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012080370).
A las 8:00 horas del 6 de agosto del 2012, se
protocolizó el acta de ECC del Encanto de Pital Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-488717, en la cual se realiza nombramiento de nueva junta
directiva y se modifican los estatutos.—Lic Katia María Ledezma Padilla,
Notaria.—1 vez.—(IN2012080371).
Por escritura número ciento cinco otorgada
ante esta notaría a las catorce horas del nueve de mayo de dos mil doce, se
constituyó una sociedad anónima denominada Order Organic Sociedad Anónima.
Domicilio: San José, Escazú, carretera Próspero Fernández, Edificio Plaza
Roble, oficina FF uno-tres. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su
fecha de constitución. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y
pagado. Administración: Presidente, secretario y tesorero les corresponden la
representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San
José, seis de agosto del año dos mil doce.—Lic. José Alejandro Martínez Castro,
Notario.—1 vez.—(IN2012080394).
Por escritura número doscientos veintiséis
otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del diecinueve de junio de
dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria celebrada
por los socios de Mocosa Insolente Limitada, en donde se modificó la
cláusula del plazo.—San José, seis de agosto del año dos mil doce.—Lic. Adrián
Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(IN2012080395).
Por escritura número ciento treinta y cuatro
otorgada ante esta notaría a las once horas del veintisiete de junio de dos mil
doce, se acordó disolver la sociedad Genesis Medical Transportation S. A.,
de acuerdo al inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio y en
el apartado VI de
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario en San José a las 12 horas de hoy, he protocolizado el acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Vida de Serenidad Inc
Sociedad Anónima, celebrada en San José a las 9:00 horas del 13 de setiembre
del 2011, mediante la cual se acordó reformar la cláusula 7° del pacto social y
nombrar nuevos presidente y secretario de la junta directiva.—Lic. Alejandro
Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—(IN2012080398).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario,
a las 9:00 horas del día 6 de agosto del 2012; se constituyó la sociedad
denominada American Choppers Sociedad Anónima, por un plazo social de
noventa y nueve años, con un capital social de diez mil colones. Domicilio
social metros norte de la escuela,
La suscrita Llulisa María Herrera Rojas,
cedula 1-1141-0006 en calidad de presidenta de la sociedad Farmacia Herrera
Rojas S. A., cédula jurídica 3-101-659695 por medio de la presente hago
constar que adquirí
Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, notario
público, se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad FJ Cruiser Azul Sociedad Anónima. Se
reforma cláusula sétima y se nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada
en San José a las catorce horas del diez de julio del dos mil doce.—Lic. Luis
Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—RP2012315672.—(IN2012080505).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las
17:00 horas del día 28 de junio del dos mil doce, se acordó disolver la
sociedad Don Micdo Cero Seis Sociedad Anónima, domiciliada en
Heredia.—Nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—RP2012315675.—(IN2012080506).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las
17:00 horas 15 minutos del día 28 de junio del dos mil doce, se acordó disolver
la sociedad El Salto Participaciones Sociedad Anónima, domiciliada en
Heredia.—Nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—RP2012315676.—(IN2012080507).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las
17:00 horas 10 minutos del día 28 de junio del dos mil doce, se acordó disolver
la sociedad Don Arabe Cero Cuatro Sociedad Anónima, domiciliada en
Heredia.—Nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—RP2012315675.—(IN2012080508).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las
16 horas 40 minutos del día 28 de junio del dos mil doce, se acordó disolver la
sociedad Roytreysi Sociedad Anónima. Domiciliada en Heredia.—Nueve de
julio del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1
vez.—RP2012315678.—(IN2012080509).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
16 horas 30 minutos del día 28 de junio del dos mil doce, se acordó disolver la
sociedad Las Huacas de Coronado Sociedad Anónima, domiciliada en
Heredia.—Nueve de julio del dos mil doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—RP2012315679.—(IN2012080510).
En mi notaría por escritura número 154 del
tomo 78 de mi protocolo, otorgada en la ciudad de Limón a las 16:00 horas del
31 de julio del 2012, se constituye Boutique Stilius S. A., domicilio:
Limón, capital: suscrito y pagado objeto: venta de artículos de boutique,
presidente y tesorero: apoderados generalísimos sin límite de suma.—Limón, 31
de julio del 2012.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1
vez.—RP2012315681.—(IN2012080511).
Ante esta notaría se ha presentado la
solicitud de disolución de la sociedad denominada Importaciones Ferreteras
Garro & Araya Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuarenta treinta y cinco catorce. Se lleva a cabo esta publicación para los
fines pertinentes.—San José, primero de agosto del dos mil doce.—Lic. Juan
Bautista Loría Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012315682.—(IN2012080512).
Mediante escritura otorgada en esta notaría a
las 13:00 horas del 3 de agosto del año dos mil doce, y estando presente la
totalidad del capital social de la empresa Luar Asesores S. A., se
reforma la cláusula segunda y novena.—San José, 3 de agosto del año dos mil
doce.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2012315683.—(IN2012080513).
Ante mi, Roy Zumbado Ulate, los señores Óscar
Gómez Arce y Patricia Salazar Rodríguez, solicitan la disolución de la sociedad
El Bodegón de Las Llantas S. A.—Santa Bárbara de Heredia, 3 de agosto
del 2012.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012315684.—(IN2012080514).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE ALAJUELA
ÁREA DE RECAUDACIÓN
COBRO ADMINISTRATIVO
Por desconocerse el domicilio actual y habiéndose agotado las formas
de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos
137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a
notificar por edicto los saldos deudores de los contribuyentes o responsables
que a continuación se indican:
REQUERIMIENTO Nº |
CONTRIBUYENTE |
CÉDULA |
IMPUESTO |
DOCUMENTO |
PERÍODO |
MONTO(* ) |
1911001625373 |
FERNÁNDEZ CAMPOS MARIO ALBERTO |
20533044413 |
RENTA |
1191000257982 |
12/2009 |
283.800.00 |
1911001633423 |
PRADILLA MEDRANO CARLOS RAFAEL |
50300021712 |
RENTA |
1012016752713 |
12/2009 |
402.039.00 |
1911001633475 |
RUBÍ LEÓN JEINOR |
10849070822 |
RENTA |
1191000251095 |
12/2009 |
29.936.80 |
(*) Devenga intereses y recargos
de ley.
Se concede un plazo de quince días a partir
del tercer día hábil de esta publicación, para que los contribuyentes arriba
indicados cancelen la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a
Lic. Carlos Vargas Durán,
Director General de Tributación.—1 vez.—O. C.
14217.—Solicitud Nº 6933.—C-10400.—(IN2012080635).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Documento admitido traslado al titular
Ref.: 30/2012/21492.—Marielos Meléndez Hernández, cédula de identidad
6-227-698, en calidad de representante legal de Panalab Sociedad Anónima.
Documento: cancelación por falta de uso (Laboratorios Saval S. A., SOLIC).—Nº y
fecha: anotación/2-78046 de 27/03/2012.—Expediente: 2003-0007244, registro Nº
147226 DOLTEN en clase 5. Marca Denominativa
Registro de
Resolución acoge cancelación
Ref.: 30/2012/14504.—Cosméticos Samy S. A., C/ Samy Mark Inc.—Documento: cancelación por falta de uso Nº y fecha:
Anotación/2-69959 de 23/12/2010.—Expediente: 2003-0003136, Registro Nº 144036
SAMY en clase 3 Marca Denominativa.
Registro de
Resultando:
1º—Que por memorial recibido el
23 de diciembre del 2010, el Lic. Aarón Montero Sequeira, en calidad de
apoderado de Cosméticos Samy S. A., solicita la cancelación por falta de uso en
contra el registro de la marca de fábrica SAMY, Nº 144036, el cual
protege y distingue “productos para cuidado del cabello, a saber, cahampú,
acondicionador, gel para el cabello y spray para cabello”, en clase 3
internacional, propiedad de Samy Mark, Inc. (Folios
2º—Que mediante resolución de las 13:25:46
del 7 de febrero de 2011, se le da traslado de la solicitud de cancelación por
falta de uso a la titular. (Folio 20).
3º—Que la anterior resolución fue notificada
a la titular de la marca el 16 de enero del 2012, mediante publicación (F
4º—No consta en el expediente contestación al
traslado de la cancelación por no uso.
5º—En el procedimiento no se notan defectos
ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados:
• Que en este Registro de
II.—Sobre los hechos no
probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.
III.—Legitimación para actuar.
Analizado el poder administrativo, que consta en el expediente y que es visible
a folio 05, se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este
proceso del Lic. Aarón Montero Sequeira, en calidad de Apoderado Especial de
Cosméticos Samy S. A.
IV.—Sobre los elementos de prueba.
Este Registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo
manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación
por falta de uso; en cuanto al titular de distintivo al no contestar el
traslado no se aporta prueba al expediente.
V.—En cuanto al Procedimiento de
Cancelación. El Reglamento de
VI.—Contenido de
VII.—Sobre el fondo del asunto:
Para la resolución de las
presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran
importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registra! Administrativo en
el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre
de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de
“Como ya se indicó supra, el
artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por
falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta
de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de
declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que
establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien
alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal,
cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que
corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria
corresponde a quien alega esa causal.
Por lo anterior, de modo alguno ese precepto
normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que
cada norma cumple una función pero desde una integración de ella con el resto
del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico y en el caso
concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se
estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una
marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos,
por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es cancelación
por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye
que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.
Solucionado lo anterior, entramos a otra
interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa
costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que
cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que
compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la
comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o
servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas,
en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han
realizado.”
En virtud de esto, en el caso de las
cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario. en este caso a Samy Mark
Inc, que por cualquier medio de prueba debió de haber demostrado la utilización
de su signo.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos
del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta
de uso, se tiene por cierto que la empresa Cosméticos Samy S.A., demuestra
tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta
de uso, ya que tal y como se desprende de los alegatos que dio el gestionante,
ambas empresas son competidoras y que el registro 144036 es un obstáculo para
los planes de expansión de su marca.
En cuanto al uso, es importante resaltar que
el artículo 40 de
Es decir, el uso de la marca debe de ser
real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos
a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado,
además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no
son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida
no se procederá a la cancelación del registro respectivo.
Visto el expediente se comprueba que el
titular de la marca inscrita bajo el registro que hoy se pretende cancelar, al
no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a
este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca,
tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o
certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los
artículos 39 y 40 de
Siendo la figura de la cancelación un
instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una
solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real,
efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos
competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando
de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se
procede a cancelar por no uso el registro de la marca de FÁBRICA SAMY,
Registro Nº 144036, en clase 3 internacional.
IX.—Sobre lo que debe ser resuelto.
Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular
de signo distintivo SAMY, Registro Nº 144036, al no contestar el
traslado otorgado por ley, no comprobó el uso real y efectivo de su marca, por
lo que para efectos de este Registro y de la resolución del presente
expediente, se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo a su
correspondiente cancelación.
Por tanto:
Con base en las razones
expuestas y citas de
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
El
suscrito Jefe del Área Gestión de Cobro a Trabajadores Independientes de
Para ver tabla
solo en
San José, 31 de julio del 2012.—Luis
Diego Calderón Villalobos, Director División de Cobros.—O. C. Nº 006-12.—Solicitud
Nº 45808.—C-4885700.—(IN2012080671).
SUCURSAL DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La suscrita Licenciada Ana
Guadalupe Vargas Martínez, Administradora de
Nº
Patronal Razón
social Monto
2-03101600953-001-001 Aleska HDEAK S A ¢5.347.361,00
0-00501680760-999-001 Álvarez Jiménez Martín Alexandre ¢1.116.923,00
0-00401800188-999-001 Arce Villalobos John Hendry ¢1.131.548,00
2-03101166012-001-001 Asesoría Aduanera ROHAPI S A ¢4.261.276,00
0-00401650947-999-001 Barquero Rodríguez José ¢1.002.066,00
0-00108100273-999-001 Bravo León Marta Elena ¢983.081,00
0-00302960922-999-001 Brenes Jiménez José Ángel ¢963.713,00
0-00203230400-999-001 Cartín Varela Javier ¢212.338,00
0-00204280611-999-001 Castro Porras Irma María ¢1.075.331,00
0-00106880855-999-001 Castro Zamora Ricardo Adolfo ¢806.557,00
2-03101221517-001-001 Centro de Pinturas Villalobos S A ¢233.081,00
0-00112060252-999-001 Cerdas Chavarría Félix Alexis ¢1.173.309,00
7-00018264817-999-001 Escobar Orozco Herling ¢1.032.751,00
7-00015016464-999-001 Fariñas
Tapia Lino Mercedes ¢853.897,00
2-03101472842-001-001 For
Kids Clothes and More S A ¢207.973,00
0-00401390202-999-001 García Chavarría Martín Alexander ¢867.405,00
0-00109650866-999-001 Gómez Monge Davis ¢758.129,00
0-00110470346-999-001 Guevara Valverde Luis Emilio ¢1.435.898,00
0-00401720627-999-001 Hernández Carballo Melvin Roberto ¢939.405,00
2-03101200640-001-001 Inversiones Shaluka S A ¢1.045.506,00
0-00800820971-999-001 Jiménez Madrid Félix Alexis ¢1.445.282,00
0-00107020342-999-001 Jiménez Valverde Ana Lorena ¢1.248.808,00
0-00111230689-999-001 Jiménez Villalobos Jason Alberto ¢849.553,00
7-00017524024-999-001 Liu No indica otro Zhi Wei ¢839.007,00
0-00108940969-999-001 Lobo Quirós Alexander ¢866.207,00
0-00109050534-999-001 López Arce Carlos Roberto ¢1.053.720,00
0-00601320587-999-001 Marín Camacho Wilbert ¢1.009.447,00
Lic. Ana Guadalupe Vargas
Martínez, Administradora.—(IN2012077239).
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
FISCALÍA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Al licenciado Luis Alexander
Rojas Fallas, colegiado 16985, cédula de identidad 1-681-225, se le hace saber:
Que en proceso disciplinario número 723-10, seguido en su contra se han dictado
las resoluciones que literalmente dicen: se inicia procedimiento administrativo
disciplinario. Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. Fiscalía del
Colegio de Abogados de Costa Rica. San José, a las once horas treinta minutos
del once de enero del año dos mil doce.
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE ALAJUELA
SUBGERENCIA DE RECAUDACIÓN
ÁREA DE COBRO
En edicto publicado en
Se concede un plazo de quince días a partir
del tercer día hábil de esta publicación, para que el contribuyente arriba
indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a
Lic. Carlos Vargas Durán,
Director General.—Freddy Jiménez Cubero, Gerente.—1 vez.—O. C. 14217.—Solicitud
Nº 6935.—C-9400.—(IN2012080639).