MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
Nº 627-P
Con fundamento en el artículo
139 de
Considerando:
I.—Con la finalidad de que el
señor Ministro de Obras Públicas y Transportes conozca el Programa de
Cooperación Técnica de
II.—De conformidad
con lo anterior, por ser el señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, el
representante del Ministerio en el Consejo Técnico de Aviación Civil, reviste
gran importancia el conocimiento de los proyectos correspondientes al área de
aviación civil que se tramitan con
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al Señor
Luis Llach Cordero, cédula de identidad número 1-303-856, Ministro de Obras
Públicas y Transportes, para que viaje a Montreal, Canadá, del 18 al 21 de
julio del 2012; ambos días inclusive.
Artículo 2º—Los gastos del Señor Ministro
correspondientes a los días del 18 al 21 de julio del año en curso, serán
cubiertos con recursos del Consejo Técnico de Aviación Civil, el suministro de
boletos aéreos se hará de conformidad con el artículo 225 de
Artículo 3º—Durante la ausencia del Señor
Ministro, se nombra como Ministro a. í. al señor Rodrigo Rivera Fournier,
cédula de identidad 1-467-303, Viceministro de Transporte Terrestre y Seguridad
Vial.
Artículo 4º—Rige a partir de las 5:00 horas
del día 18 de julio y hasta las 19:40 horas del día 21 de julio, ambos del año
2012.
Dado en
LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 14247.—Solicitud Nº 34584.—C-18420.—(IN2012083374).
N° AH-96-2012
EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 25 inciso 1), artículo 28 incisos 1) y 2) acápite a) de
Considerando:
I.—Que en la ciudad de Santiago,
Chile se llevará a cabo el seminario “Tributación y Crecimiento con Equidad”, a
realizarse los días 13 y 14 de agosto del 2012.
II.—Que es
fundamental que el señor Álvaro Ramos Chaves, cédula de identidad número
1-1192-165, Viceministro de Ingresos del Ministerio de Hacienda, participe en
dicha actividad como representante del Ministerio de Hacienda. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor
Álvaro Ramos Chaves, cédula de identidad número 1-1192-165, Viceministro de
Ingresos del Ministerio de Hacienda, para que viaje y participe en el seminario
“Tributación y Crecimiento con Equidad”, a realizarse en la ciudad de Santiago,
Chile, los días 13 y 14 de agosto del 2012.
Artículo 2º—Los gastos del señor Ramos
Chaves, por concepto de alimentación, hospedaje y transporte aéreo, serán
cubiertos por
Artículo 3º—Que durante los días comprendidos
del 12 al 15 de agosto del 2012, en que se autoriza el viaje y la participación
del señor Álvaro Ramos Chaves en las actividades, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 12 al 15 de
agosto del dos mil doce, ambas fechas inclusive.
Dado en el Ministerio de Hacienda, el 20 de
julio del 2012.
Edgar Ayales, Ministro de Hacienda.—1 vez.—O. C. Nº 15327.—Solicitud Nº 10692.—C-16200.—(IN2012083372).
N° 164 MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto
en la “Ley General de
Considerando:
I.—Que el Departamento de Comercio
de los Estados Unidos de América, ha planificado realizar un taller en los
Puertos de Miami y Everglades, en el marco del proyecto de aduanas y gestión de
fronteras con nuestro país.
II.—Que en el marco
de cooperación técnica que existe entre Costa Rica y el Gobierno de los Estados
Unidos de América, se ha nominado al ingeniero Jorge Eduardo Hernández
Chavarría, Director de
III.—Que para Costa
Rica reviste de mucha importancia la participación del ingeniero Hernández
Chavarría para la toma de decisiones. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al
ingeniero Jorge E. Hernández Chavarría, portador de la cédula de identidad N°
1-527-192, Director de
Artículo 2º—Los gastos de transporte aéreo,
hospedaje y alimentación, serán cubiertos por el Departamento de Comercio de los
Estados Unidos de América.
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza la ausencia del ingeniero Jorge E. Hernández Chavarría, devengará el
100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 06 al 10 de
agosto del 2012.
Dado en el Despacho del Ministro
de Obras Públicas y Transportes, a los 27 días del mes de julio del 2012.
Ing. Luis Llach Cordero,
Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C.
Nº 14712.—Solicitud Nº 34580.—C-14350.—(IN2012083373).
N° 166 MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto
en la “Ley General de
Considerando:
I.—Que
II.—Que en el marco de cooperación técnica
que existe entre Costa Rica y
III.—Que para Costa
Rica reviste de mucha importancia la participación del ingeniero Zúñiga Chaves
como apoyo en la implementación uniforme y eficaz de los instrumentos de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al
ingeniero Darío Zúñiga Chaves, portador de la cédula de identidad N° 3-327-272,
Coordinador de Capitanías de Puerto de
Artículo 2º—Los gastos de transporte aéreo,
hospedaje y alimentación, serán cubiertos por
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza la ausencia del ingeniero Darío Zúñiga Chaves, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 18 al 26 de
agosto del 2012.
Dado en el Despacho del Ministro
de Obras Públicas y Transportes, a los 6 días del mes de agosto del 2012.
Ing. Luis Llach Cordero,
Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C.
Nº 14712.—Solicitud Nº 34585.—C-14350.—(IN2012083380).
N° 168 MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto
en la “Ley General de
Considerando:
I.—Que
II.—Que el Ing.
Alonso Leiva Arias ha sido propuesto por el Director General de
III.—Que en virtud
de la relevancia de la temática a tratar en este Seminario Taller, cuyo
contenido contribuirá a la implementación del plan de protección portuaria y
del buque, es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes la
participación del funcionario en esta actividad. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al Ing.
Alonso Leiva Arias, cédula de identidad Nº 5-273-241, funcionario del Programa
328 de
Artículo 2º—Los gastos de transporte aéreo,
hospedaje, alimentación, material y certificado serán cubiertos por
Artículo 3°—Se le reconocerán los gastos por
concepto de transporte residencia-aeropuerto-residencia del funcionario,
mediante la subpartida 10504, por un monto de $80, deducibles del área 01,
actividad 04.
Artículo 4º—Que durante los días en que se
autoriza la ausencia del funcionario para que participe en la actividad
indicada en el artículo 1°, devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—Rige a partir del 14 de agosto hasta
su regreso el día 18 de agosto del 2012.
Dado en el Despacho del Ministro
de Obras Públicas y Transportes, a los 9 días del mes de agosto del 2012.
Ing. Luis Llach Cordero,
Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C.
Nº 14712.—Solicitud Nº 34586.—C-18420.—(IN2012083378).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
Nº DGT-R-016-2012.—San
José, a las nueve horas del día 06 de agosto del dos mil doce.
Considerando:
I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios faculta a
II.—Que los artículos 251 siguientes y concordantes del Código de Comercio,
51 y 77 de
III.—Que de conformidad con la resolución Nº
DGT-R-034-2011 de las doce horas del dieciocho de octubre del dos mil once se
estableció que podrán ser llevados en formato digital todos los libros sociales
y comerciales que se indican en las leyes anteriormente señaladas.
IV.—Que el artículo 1 de la resolución
DGT-09-2010, reformado mediante resolución DGT-R-041-2011, de las 9:10 horas
del 12 de diciembre del 2011, establece que el trámite de legalización de
libros debe efectuarse mediante el formulario D-406 “Solicitud de legalización
de libros”, siendo que además serán igualmente válidos los trámites que se
realicen mediante dicho formulario en el momento en que esté disponible en el
sitio de creación de empresa de Gobierno Digital.
V.—Que
VI.—Que de igual manera, los contribuyentes
inscritos deben cumplir su obligación formal de llevar libros legalizados, por
lo que deben conocer las opciones que les brinda
VII.—Que la resolución DGT-034-2011 supra citada,
contiene un error material en el primer párrafo de su artículo 2, en cuanto que
establece que el número de registro o entrada electrónica deberá consignarse en
cada uno de los folios de los libros digitales legalizados, siendo lo correcto
que se consigne no solo en los libros digitales, sino en todos los tipos de
libros legalizados. Lo anterior, en armonía con el inciso 2) del artículo 2 de
la resolución DGT-09-2010, de las 11:15 horas del 13 de mayo del 2010,
reformada por dicha resolución DGT-034-2011.
VIII.—Que igualmente, el Transitorio I de la
resolución DGT-034-2011 debe ser ajustado, por cuanto debe consignarse que
también a través del sitio del Registro Público, cuando proceda la constitución
de una sociedad por ese medio, quedará implícita la legalización de los
respectivos libros.
IX.—Que esta Dirección General ha llevado adelante
una política que promueve la simplificación de los trámites administrativos, a
fin de racionalizar las gestiones que realizan los particulares ante
X.—Que el artículo 157 de
RESUELVE:
Artículo 1º—La administración tributaria asignará
el número de autorización de legalización de libros, a los contribuyentes que
se inscriban en sus registros. En cuanto a las personas físicas, este acto se
llevará a cabo cuando se registren como contribuyentes ante
En cuanto a las personas jurídicas que se presenten a inscribirse ante
Para obtener el número de autorización de legalización de libros, no es
necesario que el contribuyente presente el formulario D-406 “Solicitud de
legalización de libros”, ya que con la presentación de la “Declaración de
inscripción” formulario D140, queda implícita la solicitud de apertura y cierre
de libros, según corresponda.
Cuando el trámite de inscripción se realice por Internet,
En el momento en que la administración tributaria modifique el proceso de
inscripción en línea, el número de autorización de legalización de libros
quedará implícito en la constancia de inscripción, dicha constancia será
enviada al correo electrónico suministrado por el contribuyente.
Artículo 2º—El comprobante de pago de los timbres de ley deberá adherirse a
los libros legales en el primer folio; sean empastados o de hojas sueltas, sin
necesidad de que se presenten ante la administración tributaria.
En el caso de los libros digitales, el contribuyente deberá contar con el
comprobante de pago de los timbres respectivos, en caso de que la
administración así lo solicite.
Artículo 3º—Para todos aquellos contribuyentes e interesados, que hayan
realizado el trámite de legalización de libros antes del 1° de noviembre del
2011, es decir, antes de la entrada en vigencia de las resoluciones
DGT-034-2011 y DGT-041-2011 y que no cuentan con un número de autorización para
la legalización de libros,
Artículo
4º—Si por alguna circunstancia el dato correspondiente al número de
autorización de legalización de libros no se encuentra disponible en el sitio
de CrearEmpresa, el interesado lo podrá solicitar mediante petición pura y
simple, de acuerdo con lo establecido en el artículo 102 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios; solicitud que se podrá enviar a uno de los
correos electrónicos que se detallan a continuación siempre y cuando el
interesado cuente con firma digital, a efecto de que
Administración Tributaria |
Correo Electrónico |
Administración
Tributaria de San José - Este (Outlet Mall) **Nueva** |
atsanjoseeste@hacienda.go.cr |
Administración
Tributaria de San José-Oeste |
infoatsanjose@hacienda.go.cr |
Administración Tributaria de Cartago |
infoatcartago@hacienda.go.cr |
Administración Tributaria de Alajuela |
infoatalajuela@hacienda.go.cr |
Administración Tributaria de Heredia |
infoatheredia@hacienda.go.cr |
Administración
Tributaria de Zona Sur |
infoatzonasur@hacienda.go.cr |
Administración
Tributaria de Zona Norte |
infoatzonanorte@hacienda.go.cr |
Administración Tributaria de Puntarenas |
infoatpuntarenas@hacienda.go.cr |
Administración Tributaria de Guanacaste |
infoatguanacaste@hacienda.go.cr |
Administración Tributaria de Limón |
infoatlimon@hacienda.go.cr |
En caso de que el interesado, no cuente con firma
digital la petición la deberá presentar por escrito ante
Si en el momento de presentar la petición, se determina que el interesado
ya cuenta con un número asignado, se le remitirá para que consulte la
información en el sitio de CrearEmpresa.
Artículo 5º—Las administraciones tributarias no atenderán solicitudes de
información sobre autorizaciones de legalizaciones de libros, pues para esos
efectos se pone a disposición la consulta desde el sitio de CrearEmpresa, que
se podrá acceder desde cualquier sitio con acceso a Internet o bien, desde los
Quioscos tributarios ubicados en las administraciones tributarias del país.
Artículo 6º—Modifíquense el artículo 1° y el párrafo primero del artículo 2
de la resolución DGT-034-2011, de las doce horas del dieciocho de octubre del
dos mil once, para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo 1º—Libros legalizados por
“Artículo 2º—Solicitud de legalización y
asignación de número de registro. Se entenderá cumplida la prestación
tributaria de legalización de los libros indicados en el artículo 1° de esta
resolución una vez que
“(…)”
Artículo 6º—Modifíquese el transitorio I de la
resolución DGT-034-2011, de las doce horas del dieciocho de octubre del dos mil
once, para que se lea de la siguiente manera:
“Transitorio I.—En el
momento en que se materialice la digitalización de la solicitud de constitución
de una sociedad a través del sitio del Registro Mercantil, quedará implícita en
ese trámite la legalización de los respectivos libros, para lo cual se le
proporcionará un número de registro o entrada electrónica que será notificada
al solicitante y a partir de tal fecha, el interesado deberá anotar dicho
número en sus libros legales, independientemente de la forma en que decida
llevarlos.”
Artículo 7º—Vigencia: Rige a partir de su publicación.
Publíquese.
Carlos Vargas Durán, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 14217.—Solicitud Nº 6936.—C-99280.—(IN2012083243).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
AE-REG-E-251/2012.—El señor Ronald Alvarado
Quirós, cédula de identidad: 1-1119-0164, en calidad de representante legal de
la compañía Inverplant del Agro S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación, Tipo:
Pulverizador Manual de 2 lltros, de nombre comercial Meitai, Modelo: MT-207,
país de origen: China. Conforme a lo que establece
AE-REG-E-250/2012.—El señor Ronald Alvarado
Quirós, cédula de identidad: 1-1119-0164, en calidad de representante legal de
la compañía Inverplant del Agro S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación, Tipo:
Pulverizador Manual de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Nº REG-E-248/2012.—El señor
Eduardo Vivero Agüero, cédula de identidad: 1-665-002, en calidad de
representante legal de la compañía Servicio Agrícola Cartaginés S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita la inscripción
del equipo de aplicación, tipo: pulverizador eléctrico, de nombre comercial
Torino 16E Plus, modelo: KB-16E-4, País de origen: China. Conforme a lo que
establece
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Nº AE-REG-E-244/2012.—El señor Pablo Alexis Hernández Herrera, cédula 002275866,
en calidad de representante legal de la compañía Fertica S. A.,
cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad del Pavas, San José, solicita
inscripción del Fertilizante Inorgánico Foliar de nombre comercial Ferti-Feed
Ácido Bórico, compuesto a base de B conforme a lo que establece
CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
Nº
009-2012.—San José, 19 de julio de 2012
Con fundamento en lo que establece el artículo
140, inciso 2) de
ACUERDA:
Artículo
1.—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de
Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, a
los siguientes funcionarios:
Nombre |
Cédula |
Nº puesto |
Clase puesto |
Orlando Vargas Karlsson |
01-0446-0495 |
503634 |
Profesional de Servicio Civil 3 |
Eugenia Sequeira Rovira |
01-0999-0736 |
073079 |
Profesional de Servicio Civil 2 |
Carlos Hernández Acosta |
01-0593-0044 |
503615 |
Profesional de Servicio Civil 1-B |
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de julio del
2012.
Publíquese.—Ing. José
Luis Salas Quesada, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 1559.—Solicitud Nº
47785.—C-11650.—(IN2012083630).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 65, título N° 3196, emitido por el Colegio
Experimental Bilingüe de Palmares en el año dos mil siete, a nombre de Castillo
Quesada Tamara. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 29, título 336, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de
Naranjo, en el año dos mil seis, a nombre de Sanz Castillo Alejandra María. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 146, título 532, emitido por el Liceo de Calle Fallas, en el
año dos mil cuatro, a nombre de Rojas Álvarez Diego Andrés. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio
202, asiento 403, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año
mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Briceño Ortiz Melvin Francisco. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Titulo de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 432, título N° 2187, emitido por el Liceo Rodrigo Facio
Brenes, en el año dos mil nueve, a nombre de Cuadra Picado Carlos Alberto. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Resolución DOS-37-07-2012.—Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.—Departamento de
Organizaciones Sociales.—A las nueve horas diez minutos del diez de julio de
dos mil doce. Diligencia de Cancelación de Asiento de Inscripción. Vista la
sentencia de las once horas diez minutos del quince de mayo de dos mil doce,
del Juzgado Trabajo y de Mayor Cuantía de Puntarenas, en proceso de disolución
de cooperativa, gestionado por el INFOCOOP en contra de
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Para
ver las marcas de Fábrica solo en
Marcas de ganado
Nº 2012-851.—Néstor
Morera Víquez, cédula de identidad Nº 0110180975, en calidad de apoderado
especial de Henry Víquez Vega, cédula de identidad Nº 0204200998, solicita el
registro de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Heredia, Santa Bárbara, Puraba, San Bosco, de
Nº 2012-940.—Carmen
Angulo Díaz, cédula de identidad Nº 0501170207, solicita el registro de:
Para ver imagen
solo en
como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Carrillo, Belén, Los Planes, Finca Ojoche, de la
plaza de deportes mil metros al norte. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 3 de julio del 2012. Según el expediente Nº 2012-940.—San José, 3 de agosto del 2012.—Lic. Anaís Mendieta
Jiménez, Registrador.—1 vez.—RP2012317009.—(IN2012082910).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Jorge Tristán Trelles, mayor, abogado,
cédula 1-392-470, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de
Amazonia Fitomedicamentos Ltda., de Brasil, solicita
La señora María de
Para ver imagen
solo en
Un paquete (1) para artículos
relacionados con tabaco comprende una envoltura (2) que tiene una pared frontal
(10), una pared posterior, dos paredes laterales (14) opuestas una a otra así
como también una parte superior. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora Silvia Salazar Fallas,
cédula 1-622-930, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada
especial de Cajas para Exportación Retornables S. A., de Costa Rica, solicita
Para ver imagen
solo en
Esta invención se refiere a un
sistema de manufactura y configuración de miembros estructurales básicos
diseñados para construir tarimas multidiseño, reutilizables, reparables y
reciclables que particularmente son livianas, versátiles y con capacidad de
carga configurable a múltiples aplicaciones.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados,
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Green Building Council (Consejo para
INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL
DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y TOPOGRAFÍA
AVISO Nº 2012-06
ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
Amojonamiento de zona pública
Estero/manglar
San Francisco
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 63 del Reglamento de
Estero/manglar San Francisco:
Para
ver tabla solo en
(153 mojones, enumerados del AP02-0001 al AP02-0143
y del AP02-0145 al AP02-0154)
Los datos técnicos oficiales del
trabajo han quedado registrados con el número 2A en el Registro de
AVISO Nº 2012-09
ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
Delimitación de zona pública
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 63 del Reglamento de
COMUNICA:
1º—Que utilizó en el cantón 10º
2º—Que la zona pública de
Cantón 10º
Playa Pochotes
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
01 |
CRTM05 |
1,224,514.13 |
316,698.48 |
1,222,822.39 |
317,717.75 |
||
|
|
|
|
Lambert |
338,943.38 |
352,909.59 |
|
337,253.50 |
353,930.84 |
Puerto Soley
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
02 |
CRTM05 |
1,221,014.82 |
317,500.21 |
1,220,973.33 |
317,474.54 |
||
|
|
|
|
Lambert |
335,446.17 |
353,715.79 |
|
335,404.65 |
353,690.18 |
03 |
CRTM05 |
1,220,775.02 |
317,298.35 |
1,220,519.70 |
317,100.46 |
||
|
|
|
|
Lambert |
335,206.16 |
353,514.31 |
|
334,950.65 |
353,316.82 |
04 |
CRTM05 |
1,220,507.78 |
317,089.73 |
1,220,477.31 |
317,061.22 |
||
|
|
|
|
Lambert |
334,938.73 |
353,306.11 |
|
334,908.22 |
353,277.65 |
05 |
CRTM05 |
1,220,472.45 |
317,056.51 |
1,220,408.34 |
316,984.34 |
||
|
|
|
|
Lambert |
334,903.37 |
353,272.94 |
|
334,839.17 |
353,200.88 |
06 |
CRTM05 |
1,220,351.49 |
316,898.13 |
1,220,293.94 |
316,641.48 |
||
|
|
|
|
Lambert |
334,782.22 |
353,114.77 |
|
334,724.34 |
352,858.27 |
Playa Papaturro
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
07 |
CRTM05 |
1,220,222.23 |
316,346.90 |
1,220,085.64 |
316,125.66 |
||
|
|
|
|
Lambert |
334,652.27 |
352,563.88 |
|
334,515.42 |
352,342.89 |
Bahía Junquillal
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
08 |
CRTM05 |
1,214,166.05 |
315,496.64 |
1,213,233.92 |
315,460.50 |
||
|
|
|
|
Lambert |
328,596.81 |
351,721.88 |
|
327,664.92 |
351,686.98 |
Bahía Junquillal
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
09 |
CRTM05 |
1,212,802.14 |
315,173.17 |
1,212,777.51 |
314,206.61 |
||
|
|
|
|
Lambert |
327,232.9 |
351,400.30 |
|
327,207.02 |
350,434.08 |
Bahía Cuajiniquil - Bahía El Torno
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
10 |
CRTM05 |
1,211,265.13 |
313,651.53 |
1,211,404.03 |
313,884.78 |
||
|
|
|
|
Lambert |
325,694.40 |
349,881.14 |
|
325,833.56 |
350,114.13 |
Cantón 01º Liberia - provincia
de Guanacaste
Playa Cabuyal
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
01 |
CRTM05 |
1,187,548.33 |
318,272.28 |
1,185,413.72 |
318,360.63 |
||
|
|
|
|
Lambert |
301,991.07 |
354,529.80 |
|
299,857.26 |
354,620.65 |
Cantón 03º Santa Cruz -
provincia de Guanacaste
Bahía Brasilito:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
01 |
CRTM05 |
1,153,753.58 |
303,533.36 |
CRTM05 |
1,153,636.74 |
303,677.14 |
|
|
|
|
|
Lambert |
268,192.40 |
339,833.84 |
|
Lambert |
268,075.76 |
339,977.67 |
02 |
CRTM05 |
1,153,427.76 |
303,817.96 |
CRTM05 |
1,152,977.23 |
303,996.70 |
|
|
|
|
|
Lambert |
267,867.01 |
340,118.66 |
|
Lambert |
267,416.85 |
340,297.79 |
Punta Pargos:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
03 |
CRTM05 |
1,128,926.92 |
298,905.83 |
CRTM05 |
1,128,810.99 |
298,890.20 |
|
|
|
|
|
Lambert |
243,371.52 |
335,232.30 |
|
Lambert |
243,255.63 |
335,216.78 |
Playa Lagarto
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
04 |
CRTM05 |
1,119,744.60 |
303,300.67 |
CRTM05 |
1,119,342.06 |
303,505.88 |
|
|
|
|
|
Lambert |
234,196.81 |
339,633.50 |
|
Lambert |
233,794.61 |
339,838.98 |
Punta Coco:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
05 |
CRTM05 |
1,117,020.91 |
304,121.29 |
CRTM05 |
1,116,483.43 |
304,490.00 |
|
|
|
|
|
Lambert |
231,474.88 |
340,456.14 |
|
Lambert |
230,937.92 |
340,825.17 |
Playa Coco:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
06 |
CRTM05 |
1,116,420.33 |
304,559.10 |
CRTM05 |
1,116,157.10 |
304,802.11 |
|
|
|
|
|
Lambert |
230,874.90 |
340,894.30 |
|
Lambert |
230,611.97 |
341,137.44 |
Playa Azul:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
07 |
CRTM05 |
1,112,736.92 |
306,963.84 |
CRTM05 |
1,112,429.92 |
307,441.85 |
|
|
|
|
|
Lambert |
227,194.89 |
343,301.25 |
|
Lambert |
226,888.40 |
343,779.34 |
Playa Rosario - Punta India:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
08 |
CRTM05 |
1,093,161.37 |
327,252.53 |
CRTM05 |
1,092,671.82 |
327,812.17 |
|
|
|
|
|
Lambert |
207,641.63 |
363,599.49 |
|
Lambert |
207,152.64 |
364,159.37 |
Playa Rayo:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
09 |
CRTM05 |
1,107,493.93 |
311,542.90 |
CRTM05 |
1,107,040.22 |
311,976.99 |
|
|
|
|
|
Lambert |
221,957.52 |
347,883.04 |
|
Lambert |
221,504.32 |
348,317.35 |
Playa Ostional:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
10 |
CRTM05 |
1,107,004.17 |
312,028.11 |
CRTM05 |
1,106,785.30 |
312,285.46 |
|
|
|
|
|
Lambert |
221,468.33 |
348,368.48 |
|
Lambert |
221,249.74 |
348,625.93 |
11 |
CRTM05 |
1,106,632.90 |
312,463.49 |
CRTM05 |
1,106,420.93 |
312,686.79 |
|
|
|
|
|
Lambert |
221,097.53 |
348,804.02 |
|
Lambert |
220,885.81 |
349,027.42 |
12 |
CRTM05 |
1,106,042.03 |
313,037.73 |
CRTM05 |
1,105,519.48 |
313,567.31 |
|
|
|
|
|
Lambert |
220,507.33 |
349,378.55 |
|
Lambert |
219,985.38 |
349,908.39 |
Cantón 02º Nicoya - provincia de
Guanacaste
Punta Nosara:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
01 |
CRTM05 |
1,102,117.56 |
315,818.64 |
CRTM05 |
1,102,049.19 |
315,875.19 |
|
|
|
|
|
Lambert |
216,586.34 |
352,161.74 |
|
Lambert |
216,518.04 |
352,218.32 |
Playa Guiones:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
02 |
CRTM05 |
1,098,515.91 |
317,728.30 |
CRTM05 |
1,098,263.03 |
317,932.30 |
|
|
|
|
|
Lambert |
212,987.30 |
354,073.66 |
|
Lambert |
212,734.65 |
354,277.80 |
Punta Guiones:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
03 |
CRTM05 |
1,096,080.79 |
317,598.25 |
CRTM05 |
1,095,680.99 |
317,497.45 |
|
|
|
|
|
Lambert |
210,552.79 |
353,945.54 |
|
Lambert |
210,153.03 |
353,845.08 |
Las Playitas - Punta Garza
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
04 |
CRTM05 |
1,095,652.19 |
318,193.96 |
CRTM05 |
1,095,556.21 |
318,618.07 |
|
|
|
|
|
Lambert |
210,124.78 |
354,541.42 |
|
Lambert |
210,029.15 |
354,965.48 |
Playa Garza:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
05 |
CRTM05 |
1,096,220.26 |
319,491.54 |
CRTM05 |
1,096,254.41 |
319,653.85 |
|
|
|
|
|
Lambert |
210,693.69 |
355,838.18 |
|
Lambert |
210,727.96 |
356,000.41 |
Bajo Escondido:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
06 |
CRTM05 |
1,095,811.51 |
320,809.02 |
CRTM05 |
1,095,254.48 |
321,363.46 |
|
|
|
|
|
Lambert |
210,286.08 |
357,155.60 |
|
Lambert |
209,729.63 |
357,710.33 |
Playa Barco Quebrado:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
07 |
CRTM05 |
1,093,924.41 |
324,094.91 |
CRTM05 |
1,094,090.18 |
324,492.36 |
|
|
|
|
|
Lambert |
208,402.03 |
360,442.07 |
|
Lambert |
208,568.06 |
360,839.29 |
08 |
CRTM05 |
1,094,118.10 |
324,587.28 |
CRTM05 |
1,094,122.95 |
325,197.27 |
|
|
|
|
|
Lambert |
208,596.05 |
360,934.17 |
|
Lambert |
208,601.38 |
361,544.00 |
09 |
CRTM05 |
1,094,110.68 |
325,223.49 |
CRTM05 |
1,094,062.07 |
325,275.18 |
|
|
|
|
|
Lambert |
208,589.13 |
361,570.21 |
|
Lambert |
208,540.57 |
361,621.93 |
Playa Barrigona:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
10 |
CRTM05 |
1,093,161.37 |
327,252.53 |
CRTM05 |
1,092,671.82 |
327,812.17 |
|
|
|
|
|
Lambert |
207,641.63 |
363,599.49 |
|
Lambert |
207,152.64 |
364,159.37 |
Punta Buena Vista:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
11 |
CRTM05 |
1,092,983.62 |
328,912.95 |
CRTM05 |
1,092,702.95 |
329,840.18 |
|
|
|
|
|
Lambert |
207,465.22 |
365,259.63 |
|
Lambert |
207,185.33 |
366,186.87 |
Punta Sámara:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
12 |
CRTM05 |
1,092,256.64 |
331,391.39 |
CRTM05 |
1,092,397.35 |
331,746.00 |
|
|
|
|
|
Lambert |
206,740.33 |
367,738.06 |
|
Lambert |
206,881.29 |
368,092.49 |
Punta Indio:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
13 |
CRTM05 |
1,091,360.27 |
334,715.30 |
CRTM05 |
1,091,234.12 |
335,329.90 |
|
|
|
|
|
Lambert |
205,846.74 |
371,061.94 |
|
Lambert |
205,721.10 |
371,676.51 |
Playa Carrillo:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
14 |
CRTM05 |
1,091,623.97 |
335,501.54 |
CRTM05 |
1,091,695.65 |
335,610.36 |
|
|
|
|
|
Lambert |
206,111.00 |
371,847.81 |
|
Lambert |
206,182.76 |
371,956.55 |
Playa Moreno:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
15 |
CRTM05 |
1,128,587.98 |
363,422.49 |
CRTM05 |
1,126,953.42 |
363,439.06 |
|
|
|
|
|
Lambert |
243,092.67 |
399,731.50 |
|
Lambert |
241,458.37 |
399,749.63 |
16 |
CRTM05 |
1,126,180.89 |
363,386.96 |
CRTM05 |
1,125,893.73 |
363,345.84 |
|
|
|
|
|
Lambert |
240,685.91 |
399,698.26 |
|
Lambert |
240,398.75 |
399,657.42 |
Cantón 09º Nandayure - provincia
de Guanacaste
Peña Guastomate:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
01 |
CRTM05 |
1,088,696.52 |
349,645.92 |
CRTM05 |
1,088,515.72 |
350,352.04 |
|
|
|
|
|
Lambert |
203,195.23 |
385,991.96 |
|
Lambert |
203,015.02 |
386,698.12 |
Estero Bejuco:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
02 |
CRTM05 |
1,086,301.91 |
353,931.79 |
CRTM05 |
1,086,183.70 |
353,901.83 |
|
|
|
|
|
Lambert |
200,804.36 |
390,279.13 |
|
Lambert |
200,686.13 |
390,249.27 |
Punta San Miguel:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
03 |
CRTM05 |
1,085,868.81 |
353,809.99 |
CRTM05 |
1,085,799.02 |
353,938.56 |
|
|
|
|
|
Lambert |
200,371.21 |
390,157.69 |
|
Lambert |
200,301.53 |
390,286.30 |
Estero Jabilla:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
04 |
CRTM05 |
1,084,450.36 |
357,707.94 |
CRTM05 |
1,084,355.74 |
357,821.07 |
|
|
|
|
|
Lambert |
198,956.02 |
394,056.29 |
|
Lambert |
198,861.50 |
394,169.48 |
Estero Coyote - Punta Coyote - Playa Caletas - Playa Pencal:
Sector |
Coordenadas |
Norte |
Este |
05 |
CRTM05 |
1,081,033.06 |
361,362.27 |
CRTM05 |
1,076,658.54 |
364,797.54 |
|
|
|
|
|
Lambert |
195,541.97 |
397,712.95 |
|
Lambert |
191,170.51 |
401,151.36 |
3º—Los sectores costeros del
cantón 10º
4º—Los datos técnicos oficiales de la
delimitación digital georreferenciada de la zona pública de
RN/IGN_GDG-IGN-ZMT_510/Geolinea_Versión_01_30/06/2012
RN/IGN_GDG-IGN-ZMT_501/Geolinea_Versión_01_30/06/2012
RN/IGN_GDG-IGN-ZMT_503-Geolinea_Versión_01_30/06/2012
RN/IGN_GDG-IGN-ZMT_502/Geolinea_Versión_01_30/06/2012
RN/IGN_GDG-IGN-ZMT_509/Geolinea_Versión_01_30/06/2012
San José, 31 de julio de 2012.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1
vez.—O. C. Nº 02-12.—Solicitud Nº 25615.—C-477460.—(IN2012081529).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
AVISO
ACUERDA:
Girar a la orden de los
interesados los montos señalados en los Acuerdos de Pago numerados del 1195 al
1406 del 2012 por la suma líquida de ¢5.350.034.359,14, para atender el pago de
las cuentas correspondientes con cargo a las respectivas partidas del
presupuesto. El detalle de dichos pagos puede ser consultado en la siguiente dirección
electrónica:
http://www.poder-judicial.go.cr/fico/Publicacion_acuerdos_de_pago.html
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,
Subdirectora Ejecutiva.—Departamento Financiero
Contable.—Lic. Nacira Valverde Bermúdez, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 2012-021176.—Solicitud Nº 1561-12.—C-11300.—(IN2012083338).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Sigmund Rossler Gierke, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2747-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce
horas treinta minutos del primero de agosto del dos mil doce. Exp. Nº
13198-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:...,
II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de defunción de Ana
Teresa Gierke Hittsteiner..., en el sentido que el nombre del padre y el
segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita, consecuentemente el
segundo apellido de la misma son “Carlos Segundo”, “Kittsteiner” y
“Kittsteiner” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—RP2012517366.—(IN2012083483).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Diana Carolina Castrillo, no indica segundo
apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2560-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas doce minutos del once de julio
del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 13356-2012. Resultando 1.-..., 2.-...,
3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por
tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de María Fernanda Castrillo
Castrillo...; en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son
“Diana Carolina Castrillo, no indica segundo apellido”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1
vez.—RP2012317306.—(IN2012083484).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Ana Marquely Zúñiga Franco, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1250-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece
horas del nueve de abril del dos mil doce. Exp. Nº 7515-2012. Resultando
1.-..., 2.-... 3.- Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el
Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Fraydell Alanis
Zúñiga Franco... en el sentido que el nombre y el primer apellido de la
madre... son “Ana Marquely” y “Zúñiga” respectivamente.—Lic.
Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—RP2012317207.—(IN2012083485).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Tomás González Castetbon
conocido como Tomás González Bonorino, mayor, soltero, encargado de cuentas por
cobrar, argentino, cédula de residencia 103200095624, vecino de San José, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Raquel Auxiliadora Henríquez Lanuza, mayor,
soltera, asistente administrativo, nicaragüense, cédula de residencia
155810480027, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante
Adelayda de los Ángeles Samuria Baltodano,
mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 155813559819,
vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
Marta Lorena Chávez Monjarrez, mayor,
soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia 155815620810, vecina de
San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
Melis Sierra Naranjo, mayor, soltera,
estudiante, colombiana, cédula de residencia 117000059930, vecina de San José,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
Edy García Morales, mayor, soltero,
agricultor, nicaragüense, cédula de residencia 155815303502, vecino de
Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
José Gertrudis Portillo Rodas, mayor,
soltero, comerciante, salvadoreño, cédula de residencia 122200446536, vecino de
San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
ÁREA DE SALUD CARRILLO
U. P. 2560
SEGUNDA MODIFICACIÓN AL PROGRAMA
DE
ADQUISICIONES AÑO 2012
En
Filadelfia, 17 de agosto del
2012.—Dra. Eva Edith Camargo, Directora Médica.—1 vez.—(IN2012083662).
MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
De conformidad con lo
establecido en el artículo 7 del Reglamento a
Sección Administrativa.—Róger Granados Ugalde, Jefe.—1 vez.—(IN2012084669).
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000116-20300
Canje y compra de vehículos y motocicletas para
General
de Migración y Extranjería
Se avisa a todos los interesados
en esta Licitación para
La oferta deberá presentarse solamente en
forma electrónica y deberá ser enviada y firmada digitalmente por quien tenga
poder legal para ello. No se aceptarán ofertas en forma escrita ni en algún
medio magnético (disco compacto o llave maya, correo electrónico, fax, etc.),
si se presentan de esa forma serán descartadas del proceso de contratación.
El interesado tiene el pliego de condiciones
a disposición en el Sistema Comprared, en la dirección
https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir de este día.
Cualquier consulta adicional puede remitirse, por escrito a
San José, 27 de agosto del 2012.—Proveeduría.—MBA. Erika García Díaz, Gestora de
Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 10301.—Solicitud Nº
41441.—C-12320.—(IN2012086131).
PROYECTO DE EQUIDAD Y EFICIENCIA
DE
PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE
DE
Nº 2012PP-000080-00100 (2012LPN-000007-PROV)
Construcción en
El Programa de Mejoramiento de
El objetivo de la licitación es
construir obra nueva en el Centro Educativo de
Esta licitación se promueve en el marco del
Proyecto de Equidad y Eficiencia de
Los interesados podrán adquirir un juego
completo de los pliegos de licitación y planos en las oficinas de
Los licitantes deben presentar una garantía
de participación por un monto no menor de ¢30.550.000,00 (treinta millones
quinientos cincuenta mil colones exactos), tendrá una vigencia de 120 días
naturales contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.
La adjudicación de la presente Licitación
está sujeta a una prórroga del plazo de ejecución del préstamo respectivo del
Gobierno de Costa Rica con el Banco Mundial.
Para cualquier notificación o aclaración se
debe remitir con la siguiente leyenda:
Unidad de Adquisiciones de
PROMECE
Ministerio de Educación Pública
antigua Embajada Americana, 3er piso,
calle 1, avenidas 1 y 3.
San José, Costa Rica.
Construcción de obra nueva en el
Centro Educativo Liceo de Térraba.
Licitación Pública Nacional Nº
2012PP-000080-00100 (2012LPN-000007-PROV).
Las ofertas deberán ser
presentadas en sobre cerrado en
San José, 28 de agosto del 2012.—Lic. Marielena Molina Pacheco, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 862012.—Solicitud Nº
42418.—C-42300.—(IN2012086127).
HOSPITAL DR. RAFAEL Á. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000030-2101
Compra de sistema de terapia de presión negativa
Se informa a los interesados que
está disponible el cartel de
El cartel se puede adquirir en
San José, 28 de agosto del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi
Céspedes Quirós, Coordinador.—1 vez.—(IN2012085947).
HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LA-000041-2205
Set completo para colocación de Stent
Se informa a los interesados que
está disponible
Alajuela, 20 de agosto del 2012.—Dirección General.—Dr. Francisco Pérez Gutiérrez.—1
vez.—(IN2012086134).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012CD-000340-01
Construcción de una alternativa de protección especial
en el cantón de Corredores en un terreno perteneciente
al Patronato Nacional de
El Patronato Nacional de
La visita técnica se realizará
el día jueves 7 de setiembre del
Las ofertas serán recibidas
hasta las 9:00 horas del día 14 de setiembre del 2012, inmediatamente se
procederá con la apertura.
San José, 28 de agosto del 2012.—Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.—Guiselle
Zúñiga Coto, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº
62104.—C-4840.—(IN2012086142).
MUNICIPALIDAD DE
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000003-01
Contratación de una persona física o jurídica para la concesión
de las instalaciones de los servicios sanitarios, ubicados
en la terminal de buses de
primero
Detalle del bien a concesionar
Precio base mensual ¢56.326,90
Área del local 43m2
Las instalaciones objeto de este
proceso estarán disponibles para ser inspeccionado en el momento que el
interesado lo requiera dentro del horario de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. de lunes a
viernes, previa cita coordinada con el Departamento de Proveeduría.
Para obtener toda la información
adicional y aclaraciones pertinentes y el cartel de Licitación Pública objeto
de este proceso comunicarse al telefax 2679-9878 con el departamento de
Proveeduría, sita
MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000007-01
Contratación para la construcción de un puente colgante
peatonal en la desembocadura del Río Congo
y El Telire dentro del Territorio
Indígena
de Piedra Meza
Se informa a los oferentes que
el cartel se encuentra a la venta en el Departamento de Proveeduría de
Para información, llamar al
2751-0100. Ext 110.
Talamanca, 27 de agosto del 2012.—Lic. Melvin Cordero Cordero, Alcalde.—1
vez.—(IN2012086162).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-01
Contratación de servicios de inventario
de
de Talamanca
Se informa a los oferentes que
el cartel se encuentra a la venta en el Departamento de Proveeduría de
Para información, llamar al
2751-0100.
Talamanca, 27 de agosto del 2012.—Melvin Cordero Cordero, Alcalde.—1 vez.—(IN2012086164).
MUNICIPALIDAD DE MATINA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000011-01
Contratación para el servicio de tratamiento
y depósito final de desechos sólidos
El Departamento de Proveeduría
de
Dicho cartel estará a disposición de
cualquier interesado en las Oficinas de
Matina, 27 de agosto del 2012.—Proveeduría.—Lic. Ana Luz Alfaro Mancía, Proveedora a. í.—1 vez.—(IN2012086209).
FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE CANTONES
PRODUCTORES
DE BANANO DE COSTA RICA
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2012CD-000026-01
Contratar servicios profesionales de un Ingeniero
Eléctrico
para
Con la finalidad de contratar
servicios profesionales de un Ingeniero Eléctrico para
Los interesados deberán retirar el cartel en
nuestras oficinas, ubicadas en Siquirres Barrio El Mangal, costado este del
polideportivo. Teléfono 2768-7359.
Siquirres, Barrio el Mangal.—Lic. Johnny Rodríguez Rodríguez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2012085830).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Se comunica a todos los
interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo
del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 75-12 del 21 de agosto del
2012, artículo VIII, se dispuso adjudicar de la forma siguiente:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000014-PROV
Servicios de jardinería y otros en el edificio de los Tribunales
de Justicia de Pérez Zeledón y en
San
Joaquín de Flores
A: Germán Gonzalo Sánchez
Mora, cédula 105860485
Línea Nº 1: Servicios de
jardinería y otros en el edificio de los Tribunales de Justicia de Pérez
Zeledón. Por un monto anual de ¢1.945.627,84.
A: Multinegocios
Internacionales América S. A., C. J. Nº 3-101-098063
Línea Nº 2: Servicios de
jardinería y otros en
Demás especificaciones conforme
lo indicado en el pliego de condiciones de esta licitación.
San José, 28 de agosto del 2012.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Yurli Argüello Araya,
Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—(IN2012085951).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000008-01
Contratación de hasta cinco (5) empresas que brinden servicios
de mantenimiento por requerimientos en diferentes áreas
(obras menores) para los edificios de las oficinas
del Banco Nacional
Se comunica a los interesados de
esta Licitación Pública Nacional, que el Comité de Licitaciones en el artículo
3 de
Adjudicar
Ítem 1, Regional San José, a la empresa Corporación Alfa Durán S.
A., por un monto por hora para cada operario de acuerdo al siguiente
detalle:
Descripción |
Monto |
Ebanista |
¢6.102,00 |
Albañil |
¢6.102,00 |
Cerrajero |
¢10.530,00 |
Carpintero |
¢6.102,00 |
Misceláneo |
¢5.900,00 |
Eléctrico |
¢7.410,00 |
Ítem 2, Regional Cartago Sur, a la empresa Cytec MGS S. A.,
por un monto por hora para cada operario de acuerdo al siguiente detalle:
Descripción |
Monto |
Ebanista |
¢9.601,20 |
Albañil |
¢9.580,29 |
Cerrajero |
¢8.011,10 |
Carpintero |
¢9.580,29 |
Misceláneo |
¢9.908,91 |
Eléctrico |
¢9.580,29 |
Ítem 3, Regional Guanacaste-Puntarenas (Pacífico Norte), a la empresa Cytec
MGS S. A., por un monto por hora para cada operario de acuerdo al siguiente
detalle:
Descripción |
Monto |
Ebanista |
¢7.126,67 |
Albañil |
¢7.102,63 |
Cerrajero |
¢4.212,02 |
Carpintero |
¢7.102,63 |
Misceláneo |
¢7.346,26 |
Eléctrico |
¢7.102,63 |
Ítem 4, Regional Guanacaste-Puntarenas (Pacífico Central), a la
empresa Cytec MGS S. A., por un monto por hora para cada operario de
acuerdo al siguiente detalle:
Descripción |
Monto |
Ebanista |
¢7.126,67 |
Albañil |
¢7.102,63 |
Cerrajero |
¢4.212,02 |
Carpintero |
¢7.102,63 |
Misceláneo |
¢7.346,26 |
Eléctrico |
¢7.102,63 |
Ítem 5, Dirección Regional Heredia Limón, a la empresa Corporación
Alfa Durán S. A., por un monto por hora para cada operario de
acuerdo al siguiente detalle:
Descripción |
Monto |
Ebanista |
¢8.800,00 |
Albañil |
¢8.800,00 |
Cerrajero |
¢10.000,00 |
Carpintero |
¢8.800,00 |
Misceláneo |
¢7.000,00 |
Eléctrico |
¢9.000,00 |
El plazo de entrega de la
contratación será de un año, prorrogable en forma automática por tres periodos
iguales, cuatro años en total y una garantía técnica sobre los trabajos
entregados de seis (6) meses.
Todo conforme lo estipulado en
el cartel de marras y la oferta presentada que consta en el expediente
administrativo y que forma parte integral de la presente contratación.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000005-01
Adquisición por demanda de hasta 335
microcomputadoras portátiles
Nos permitimos informarles que
Ítem I: “Tipo A - Ejecutivos” (300 unidades):
Nº de Oferta |
Oferente |
Equipo cantidad máxima |
Costo unitario |
Precio máximo |
3 |
Nortec Consulting S. A. |
300 |
US $1.552,68 i.v.i. |
US
$465.805,54 i.v.i. |
Mantenimiento preventivo y correctivo * |
Un
año prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de 3 años |
|
US $10,00 |
US $3.000,00 |
Precio máximo |
|
|
|
US $468.805,54 i.v.i. |
Garantía de buen funcionamiento |
36 meses |
|
|
|
Para el ítem II: “Tipo B-Gerentes” (35 unidades):
Nº de Oferta |
Oferente |
Equipo cantidad máxima |
Costo unitario |
Precio máximo |
4 |
PC
Notebook de Costa Rica S. A. |
35 |
US $1.898,65 |
US $66.452,63 i.v.i. |
Mantenimiento preventivo y correctivo * |
Un
año prorrogable por períodos iguales hasta un máximo de 3 años |
|
US $78,00 |
US $2.730,00 |
Precio máximo |
|
|
|
US $69.182,63 i.v.i. |
Garantía de buen funcionamiento |
36 meses |
|
|
|
* El Mantenimiento preventivo y
correctivo darán inicio una vez recibido a satisfacción cada uno de los
pedidos.
Plazo de la primera entrega: 30
días hábiles, a partir de la comunicación por parte del Banco, de que el
contrato está listo para su retiro y de acuerdo a las siguientes cantidades:
Ítem
l-“Tipo A-Ejecutivos”: Cien (100) unidades.
Ítem
II-“Tipo B-Gerentes”: Treinta y cinco (35) unidades.
Plazo
de entrega del resto del equipo: Para el resto de los equipos, la administración realizará la
solicitud de acuerdo a las necesidades, para lo cual el plazo de entrega será
de 30 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la comunicación
y verificación vía fax al contratista.
Vigencia
del Contrato de Adquisición: El plazo para que el Banco solicite equipos es de un año (1) a partir
de la comunicación por parte del Banco, de que el contrato está lista para su
retiro o hasta que se consuma la cantidad máxima adjudicada, lo que suceda
primero.
El Banco pagará solamente los
equipos que solicite y sean recibidos a satisfacción.
San José, 27 de agosto del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández M. Área de
Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº
65019.—C-48920.—(IN2012086165).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000008-UADQ
Resolución de Adjudicación Nº UADQ 463-2012
Concesión temporal de un local para la prestación de servicios
de alimentación en
Se acuerda:
1. Adjudicar
A: Oferta Nº 1: María Elena
Cortés Benavides, cédula física Nº 1-0700-0127.
Monto mensual del canon:
¢650.000,00
Monto total: ¢6.500.000,00
Orden de inicio:
Vigencia del contrato: La
contratación que se realizará de la licitación en referencia es por un año.
Dicho contrato podrá prorrogarse anualmente por un período similar, hasta un
máximo de 4 años, previo acuerdo entre las partes, por escrito, un mes antes
del vencimiento del período contratado o de sus prórrogas; y una vez aprobado
el nuevo canon mensual por parte de
Precios establecidos para los servicios prestados:
Tipo de servicio |
Precio |
Desayuno |
¢1.310,00 |
Almuerzo |
¢1.485,00 |
Cena |
¢1.100,00 |
Meriendas |
¢1.270,00 |
Para los meses no lectivos, es
decir, julio, diciembre, enero y febrero, el contratista deberá pagar
únicamente el 50% del valor mensual del canon.
Monto total adjudicado ¢6.500.000,00.
Sabanilla de Montes de Oca, a
los 24 días del mes de agosto del 2012.—Departamento
de Adquisiciones.—M.B.A. Vanessa Jaubert Pazzani, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº
118708.—Solicitud Nº 3480.—C-30680.—(IN2012086135).
FÁBRICA NACIONAL DE LICORES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000007-PV
Compra de etiquetas varias
Por lo anterior, se invita al
adjudicatario a que deposite la garantía de cumplimiento por el 5% del monto
adjudicado, con los siguientes requisitos:
• Esta garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días
adicionales de la fecha de recepción definitiva del contrato.
• Presentar declaración jurada en donde
indique que la empresa se encuentra al día en el pago de impuestos nacionales.
• Ajuntar un timbre deportivo de ¢5,00 (cinco
colones).
• Aportar certificación extendida por
Todo lo anterior deberá
presentarse en la oficina de
22 de agosto del 2012.—Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino
Carmona, Coordinador.—1 vez.—(IN2012085912).
MUNICIPALIDAD DE
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000002-01
Contratación de una persona física o jurídica para la concesión
del uso de las instalaciones del Centro Turístico y Cultural
El
Mirador, distrito primero
del cantón de
El Departamento de Proveeduría
de
MUNICIPALIDAD DE TILARÁN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000005-01
Adquisición equipo de cómputo e impresoras, proyecto
mejoramiento Área de Tecnologías de Información
y Comunicación
Mediante resolución
DAM-286-2012, del 27 de agosto del 2012, se adjudica
Tilarán, 28 de agosto del 2012.—Proveeduría.—Lic. Shirley Ramírez Méndez, Proveedora
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 521-2012.—Solicitud Nº
32803.—C-8220.—(IN2012086129).
BCR CORREDORA DE SEGUROS S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000002-13
Compra de vehículo tipo automóvil
San José, 27 de agosto del 2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Francis Hernández Monge. Área
de Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 61630.—Solicitud Nº
65014.—C-9840.—(IN2012086166).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000030-02
Contratación de los servicios de construcción de un tanque
para almacenamiento de agua en el Plantel de Siquirres
Se informa que el concurso en
referencia, fue adjudicado según oficio GDV-0211-2012, de
Oferta Nº Dos (2).—Oferente: Consorcio IIMA TDS (Instalaciones
Industriales M A & Asociados S. A. / Tablas de Swale S. A.).
Representante Legal: Luis Max Acosta Alfaro. Monto total: $339.068,10.
Descripción: Construcción de un
tanque para almacenamiento de agua en el Plantel de Siquirres. Demás
especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.
Forma de pago: Mensualmente de acuerdo con el
avance de la obra. El pago se efectuará en la moneda en que fue pactada la
contratación o en colones, según convenga a los intereses de RECOPE. Tratándose
de moneda extranjera será facultativo realizar los pagos en colones, en cuyo
caso se utilizará el tipo de cambio de venta de referencia que reporta el Banco
Central de Costa Rica, al momento de hacerse efectivo el pago.
RECOPE retendrá de cada uno de los pagos por
avance un diez por ciento (10%) con el propósito de asegurarse que la ejecución
total de los trabajos y demás obligaciones del contratista, cuando el
contratista incurra en un atraso cuyo impacto sea superior al diez por ciento
(10%) del plazo total de entrega de la obra, según el PDT aprobado por RECOPE y
vigente a la fecha de la facturación.
Plazo contractual: Ejecución de la obra:
Doscientos veinte (220) días naturales. Requisitos previos: Treinta (30) días
naturales. De los cuales el contratista dispondrá de 20 días naturales.
Condiciones climáticas adversas: Veinte (20) días naturales.
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total
adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha
probable de recepción definitiva del objeto del contrato, contemplando los
aspectos señalados en el apartado 6.2 del cartel.
2. La presente contratación se formalizará
mediante la emisión respectiva del pedido, el cual será aprobado internamente
por
3. Con el fin de validar jurídicamente el
documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán
reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto
total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.
4. De conformidad con el Acuerdo Consorcial
aportado por la empresa recomendada se tiene que el buen pago se realizará a la
empresa Instalaciones Industriales M A & Asociados S. A. (IIMA).
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio Web www.recope.com se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
RECOPE.
San José, 28 de agosto del 2012.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2012-00014.—Solicitud Nº
47982.—C-68060.—(IN2012086179).
MUNICIPALIDAD DE PARRITA
INVITACIÓN A FORMAR PARTE DEL REGISTRO
DE
PROVEEDORES
De conformidad con el artículo
108 de
Departamento de Proveeduría.—Lic. Alonso Salas Amador, Proveedor.—1
vez.—(IN2012084983).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-0CV00
Suministro de puentes modulares metálicos
lanzables tipo Bailey según demanda
En ocasión de la licitación
arriba indicada, se informa a las empresas interesadas que al tenor de lo
dispuesto por el Ente Contralor en
San José, 27 de agosto del 2012.—Proveeduría.—MBA Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1
vez.—O. C. Nº 1559.—Solicitud Nº 47788.—C-12320.—(IN2012086133).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-112007-UL
Servicios de aseo para sedes, puntos de ventas
y centros médicos regionales del INS
Se comunica a los interesados en
el presente concurso, cuya invitación se publicó en el Diario Oficial
I. Modificación:
• En el Capítulo I, Aparte III, Segunda Etapa, se incorpora como
punto K la siguiente cláusula:
…“K. En caso que el oferente
considere que los estados financieros deben ser confidenciales, deberá aportar los mismos en sobre a parte
(junto con dos copias completas) e indicar que son confidenciales. ”…
• En el Capítulo I, Aparte V, punto 5, párrafo cuarto, debe leerse
de la siguiente manera:
“Preferiblemente el Oferente
deberá presentar, en su oferta, la constancia de la visita, la cual será
emitida por los funcionarios que el Instituto designe. En caso de no realizar
la visita a alguno de los lugares incluidos en el presente servicio, se
entenderá que el oferente acepta prestar el servicio ajustado a todas las
condiciones y requerimientos incluidos en el pliego de condiciones del presente
concurso…”
• En el Capítulo II, Aparte II “Condiciones Generales Formales para
el oferente”, punto G, debe leerse de la siguiente manera:
…G. “Plazo para adjudicar: El acto de adjudicación será
emitido en un plazo de 60 días hábiles
contados a partir de la apertura de ofertas, el cual corresponde al doble del
fijado para recibir ofertas.”…
• En el Capítulo II, Aparte III “Requisitos Formales para el
oferente”, punto L, inciso 2, debe leerse de la siguiente manera:
…“2. Vigencia: De conformidad
con el artículo 43 del Reglamento a
II. Aclaración
• En el Capítulo I, Aparte V, punto 1, en cuanto a los aseadores se
aclara que el personal que debe contar con el curso de manejo de desechos
biopeligrosos, son TODOS los aseadores solicitados en cada uno de los
requerimientos Nos. 2, 5, 6, 8, 10, 11, 17, 19, 27, 31 y 32.
• En el Capítulo I, Aparte II, punto B, se aclara que cada oferente
deberá definir el personal que a su conveniencia realizará las labores según
sus estándares de producción y plasmarlo de esa manera en su oferta.
• En cuanto a la capacitación del personal objeto de la
contratación, se indica que
Igualmente, existen empresas
dedicadas al manejo de desechos biopeligrosos que están avaladas por el
Ministerio de Salud para otorgar este curso.
III. Prórroga
La recepción y apertura de
ofertas se prorroga para las 9:00 horas del 25 de setiembre del 2012.
Todos los demás términos y
condiciones permanecen invariables.
San José, 27 de agosto del 2012.—Proveeduría.—Msc. Francisco Cordero Fallas, Jefe a. í.—1
vez.—O. C. Nº 18486.—Solicitud Nº 0668.—C-61120.—(IN2012086194).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000040-2104
Por la adquisición de lentes intraoculares
Se les comunica a los
interesados que pueden retirar a partir del día de hoy las respectivas
modificaciones de las Especificaciones Técnicas al Centro Fotocopiado del
Hospital México.
San José, 27 de agosto del 2012.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Jackelinne
Villalobos Hernández, Coordinadora.—1
vez.—(IN2012086159).
LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000007-08
Contratación de servicios de seguridad y vigilancia física
y electrónica, para las instalaciones del Centro
Regional
Polivalente Manuel
Mora
Valverde (Río Claro)
En
San José, 28 de agosto del 2012.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº
46942.—C-14120.—(IN2012086199).
MUNICIPALIDAD DE TURRIALBA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000008-01
Se comunica a los interesados de
esta Licitación Abreviada, que en la publicación del día 27 de agosto del 2012,
en
Compra de Procesador de Partes
para el Departamento de Estacionamientos en lugar de: Proyecto
Conclusión y Ampliación Gimnasio Centenario Turrialba.
Además les comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia que la fecha de apertura
y recepción de ofertas se prorrogó para el día 12 de setiembre del
Turrialba, 28 de agosto del 2012.—Proveeduría.—Jesús Romero Prado, Proveedor.—1
vez.—(IN2012086189).
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-CAB
Léase correctamente en la publicación realizada en
Proveeduría.—MBA.
Merari Herrera Campos, Proveedora General.—1 vez.—O.
C. Nº 8816.—Solicitud Nº 48650.—C-13180.—(IN2012085897).
ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE
REMATE Nº 2012-RE-001-01 (Por segunda vez)
Remate de vehículos donados por el Instituto Costarricense
Sobre
Drogas (ICD) a
Cruz
Roja Costarricense
Los bienes a rematar se
encuentran ubicados en: el Comité Auxiliar de
El precio base de los materiales
es de: ¢300.000,00 (trescientos mil colones exactos) para el vehículo marca
Nissan placas 183904, decomisado en la causa 03-000633-066, ¢100.000,00 (cien
mil colones exactos) para el vehículo marca Daewoo placas 226585, decomisado en
la causa 02-002365-647, ¢200.000,00 (doscientos mil colones exactos) para el
vehículo marca Honda placas 197256, decomisado en la causa 98-001467-066 por lo
que el oferente no podrá ofrecer un precio menor. Para que la adjudicación sea
eficaz, el adjudicatario (oferente que ofreció el precio mayor por vehículo
para chatarra) deberá depositar a
El remate se llevará a cabo en
el Comité Auxiliar en León XIII, a las 10:00 horas del lunes 17 de setiembre
del 2012, y los interesados podrán ir a examinar los bienes, antes del remate,
como lo establece el Artículo 50 de
Departamento de Proveeduría.—Lic. Verny Alexander Rodríguez Martínez, Jefe.—1 vez.—(IN2012086171).
REMATE Nº 2012-RE-003-02 (Por segunda vez)
Remate de vehículos donados por el Instituto Mixto de Ayuda
Social
(IMAS) a
(Comité
Auxiliar en Acosta)
Los bienes a rematar se encuentran
ubicados en: las instalaciones del Comité Auxiliar de
El Precio base de los materiales
es de: ¢4.230.000,00 (cuatro millones doscientos treinta mil colones exactos)
para el vehículo marca Subarú modelo Legacy, Nº de VIN 4S3BH625146300694,
¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones exactos) para el vehículo marca
Mitsubishi, Nº de VIN JB7FL24D7HP107074, ¢937.500,00 (novecientos treinta y
siete mil quinientos colones exactos) para el vehículo marca Subarú modelo
Impreza, Nº de VIN JF1GD67555G525549, por lo que el oferente no podrá ofrecer
un precio menor según lo estipulado en el Artículo 50 inciso “A” de
El remate se llevará a cabo en
el Comité Auxiliar de
Departamento de Proveeduría.—Lic. Verny Alexander Rodríguez Martínez, Jefe.—1 vez.—(IN2012086173).
MUNICIPALIDAD DE
REMATE Nº 2012RT-000002-01
Remate para arrendamiento de local comercial
Detalle del bien a Rematar
Precio base mensual ¢71.680,00
Área del local
El local comercial objeto de
este remate estará disponible para ser inspeccionado en el momento que el
interesado lo requiera dentro del horario de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. de lunes a
viernes, previa cita coordinada con el Departamento de Proveeduría.
El adjudicatario deberá cancelar
en el mismo acto de adjudicación, por concepto de garantía de cumplimiento, el
equivalente al 10% del precio del local de acuerdo a las condiciones y términos
del cartel, de esta forma perfeccionar la adjudicación. Para cancelar el resto
del precio, dispondrá de tres días hábiles siguientes a la fecha de la
adjudicación. Si el adjudicatario no efectuara la cancelación del total del
precio, se declarará insubsistente a la adjudicación y se adjudicará el bien al
segundo mejor postor si este manifiesta su anuencia.
Para obtener toda la información
adicional y aclaraciones pertinentes a este proceso comunicarse al telefax
2679-9878 con el Departamento de Proveeduría, sita
REPOSICIÓN DE TÍTULO
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante el Departamento de Admisión
y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado Sigifredo
Cruz Rojas, cédula Nº 204950589, carné de estudiante
Cartago, 31 de julio de 2012.—Departamento de Admisión y Registro.—Máster William Vives
Brenes, Director.—O. C. Nº 0719.—Solicitud Nº 35590.—C-18820.—(IN2012082846).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A la señora Evelyn Madrigal Castro,
se le notifica que mediante resolución de las once horas del veintiséis de
julio del dos mil doce, se ordena cuido provisional de las personas menores de
edad Amber Nicole Madrigal Castro y Kelly Anneken Calix Madrigal, bajo cuidados
y responsabilidad de la señora Julia Madrigal Castro. Lo anterior por un plazo
máximo de seis meses. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso
de apelación ante
A Ausner Rojas Castro se le comunica la
resolución de las ocho horas diez minutos del diez de junio del dos mil once,
que ordenó el inicio del proceso especial de protección, en beneficio de las
personas menores de edad Whitney Alejandra Rojas Hernández y Jean Pool
Hernández Carranza. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro
horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será
de conocimiento de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Oficina Local de Cañas a Ausner
Rojas Castro se le comunica la resolución de las trece horas del veintisiete de
julio del dos mil doce, que ordenó medida especial de protección de
orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia, en beneficio de las
personas menores de edad Whitney Alejandra Rojas Hernández y Jean Pool
Hernández Carranza. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso
será de conocimiento de
Se le comunica formalmente al señor Albinson
Álvarez Reyes, de nacionalidad nicaragüense, la resolución administrativa de
las dieciséis horas del día primero de agosto del dos mil doce, mediante la
cual se ordenó como medida especial de protección el abrigo temporal de la
adolescente Sugeydi Fabiola Álvarez Jiménez en el Albergue Institucional N° 2
de El Roble de Puntarenas, por un plazo de seis meses máximo. Se ordenó
seguimiento psicosocial de la persona menor de edad, búsqueda de recursos
familiares y/o comunales e intervención psicológica con la adolescente.
Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o
representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al
estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe
en
Oficina Local de Corredores a la señora
Karina Isabel Alvarado Jarquín, se le comunica la resolución de las diez horas
cincuenta minutos del día tres de agosto del año dos mil doce, en la cual se
ordenó, el inicio del proceso especial de protección en sede administrativa,
por motivos de incumplimiento de deberes parentales en perjuicio del niño Dilan
Gabriel Alvarado Jarquín, de un año de edad, el cual permanece bajo el cuido y
protección de la abuela materna la señora Rosa Jarquín Centeno, Que se notifica
por medio de edicto a la señora Alvarado Jarquín. Debido a que se desconoce su
domicilio actual. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de
Se le comunica al señor Ilich Ernesto Ulloa
Tosso, costarricense, que por resolución de la representación legal de esta
Oficina Local de San José Este, de las catorce horas del dos de marzo del dos
mil doce se le otorgó medida de cuido a la persona menor de edad Nadia Felicity
Ulloa Pérez, y la resolución de las ocho horas del primero de agosto del dos
mil doce, donde se revoca medida de cuido de la persona menor de edad antes
mencionada para ubicar
A Francisco González Molina, se le comunica
resolución de las once horas con cuarenta y cinco minutos del día dieciséis de
julio del año dos mil doce, que ordena iniciar medida de protección de
orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia en beneficio de
las personas menores
de edad J. M, Y. B, J. M. y R.
E., todos de apellidos González Molina. Expediente Administrativo
246-00005-2012. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a
hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a
tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Recurso: se
le hace saber a la parte que contra esta resolución procede el recurso de
apelación si se interpone antes este Despacho o bien ante
A Francisco González Alemán, se le comunica
resolución de las nueve horas con cinco minutos del día veinticinco de abril
del año dos mil doce, que ordena la revocatoria parcial de la resolución de las
siete horas con cuarenta y cinco minutos del día trece de febrero del año dos
mil doce, en beneficio de la persona menor de edad J.M.G.M, ordenándose medida
de abrigo temporal para dicho niño. Expediente administrativo Nº
246-00005-2012. Garantía de Defensa: Se le hace saber que tiene derecho a
hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a
tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Recurso: Se
le hace saber a la parte que contra esta resolución procede el recurso de
apelación si se interpone antes este Despacho o bien ante
A la señora Modesta Del Carmen Quintero Jirón
se le pone en conocimiento la resolución de las catorce horas del treinta de
julio del año dos mil doce, la cual ordenó la declaratoria de adoptabilidad
administrativa de la niña Angélica María Quintero Jirón, para ser ubicada con
una familia pre adoptiva valorada y aprobada por el Departamento de Adopciones
del Patronato Nacional de
A Magally Yalile González Jiménez, se le
comunica la resolución de las 15:00 horas del 30 de julio del 2012, donde se
resuelve: I) Se descarta el hogar recurso de los señores Gerardo Campos
Solórzano y María Francisca Brenes Artavia como recurso familiar para la
permanencia de la persona menor de edad Douglas Yamil González Jiménez. II) Se
aprueba el hogar recurso comunal de los señores Walter Sánchez Monge y Lizeth
Fernández Montoya para la permanencia del niño Douglas Yamil González Jiménez
con fines de adopción. III) Se sustituye el cuido provisional de la persona
menor de edad Douglas Yamil González Jiménez hecho en el hogar de la señora
Jénnifer Campos González y en su lugar ordenar el cuido provisional del niño en
el hogar de los señores Walter Sánchez Monge y Lizeth Fernández Montoya,
debiendo las partes acudir a la vía judicial a dar inicio al proceso judicial
correspondiente En lo demás queda incólume la supra citada resolución. IV)
Bríndese seguimiento psicosocial por parte del Área Integral de
A Angie González Trejos y Steven Corella Mora
se les comunica la resolución del Patronato Nacional de
Se le comunica formalmente a los señores
Tatiana Ramírez Gonzaga, costarricense, y José Ismael Dávila Sánchez, de
nacionalidad nicaragüense, la resolución administrativa de las catorce horas
del día veintitrés de julio del dos mil doce, mediante la cual se ordenó la
sustitución de la medida de protección de abrigo temporal, dictada a las once
horas del día veintitrés de marzo del dos mil once, que ordenó la ubicación del
niño Brandon Dávila Ramírez en Hogarcito de San Ramón, por una medida de cuido
provisional bajo la responsabilidad de su tío paterno José David Martínez
Sánchez y María Eugenia Villarreal Sandino. Se ordenó seguimiento a nivel
social de la situación del niño en el recurso y la suspensión de las visitas de
los progenitores a la persona menor de edad. El plazo de vigencia de esta
medida es por seis meses a partir del dictado de la medida de protección de
abrigo temporal y vence el veintitrés de setiembre del dos mil doce. Garantía
de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar
por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y
revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en
Se le comunica formalmente a la señora
Tatiana Ramírez Gonzaga, costarricense, la resolución administrativa de las
quince horas del día veintitrés de julio del dos mil doce, mediante la cual se
ordenó como medida especial de protección el cuido provisional de su hijo Emeni
Josué Ramírez Gonzaga bajo la responsabilidad de la señora Paula María Sánchez,
con cédula 155800165323, tía paterna biológica. Se ordenó seguimiento a nivel
social de la situación del niño en el recurso y la suspensión de las visitas de
los progenitores a la persona menor de edad. El plazo de vigencia de esta
medida es por dos meses y vence el veintitrés de setiembre del dos mil doce.
Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o
representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al
estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe
en
Se le comunica formalmente al señor Deiven
Moreira González las siguientes resoluciones administrativas: A) De las trece
horas del día dieciocho de julio del dos mil doce, mediante la cual se ordenó
como medida especial de protección el abrigo temporal de su hijo Deivis Jafet
Moreira Urbina en el Albergue Institucional de El Roble de Puntarenas, por un
plazo de seis meses máximo. Se ordenó seguimiento psico-social de la persona
menor de edad, búsqueda de recursos familiares y/o comunales e intervención
psicológico. B) De las ocho horas del día veintitrés de julio del dos mil doce,
mediante la cual se sustituyó la medida de protección de abrigo temporal en
Albergue Institucional por una medida de abrigo temporal en ONG Hogar de
Atención al menor ambulante, Hogar Ama, por lo que se ordenó el traslado de la
citada persona menor de edad a
Se les comunica a la señora Dahiana Jiménez
Salas y al señor Manuel Arnesto Morales, la resolución administrativa de las
nueve horas quince minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, con la que
se inicia el proceso especial de protección en sede administrativa dictando
medida de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Juliana Arnesto
Jiménez; la resolución de las ocho horas cincuenta y cinco minutos del treinta
y uno de julio del dos mil doce, con la cual se revocó la medida de abrigo
temporal, y la resolución de las nueve horas cinco minutos del treinta y uno de
julio del dos mil doce, con la cual se reubicó a la joven en
Se les comunica a los señores Ericka Armalia
Sosa Tercero y Luis Alberto Tercero Traña, la resolución de las trece horas del
veintitrés de julio del dos mil doce, en la que resuelve dictar medida de
protección administrativa de abrigo temporal en beneficio de las personas
menores de edad Yaoska Abigaíl Tercero Sosa y su hijo Milton Steven Tercero
Sosa, ubicándolos en el Albergue Posada de Belén. Notifíquese lo anterior a la
interesada, de conformidad con
Se le comunica formalmente al señor Édgar
José Arismendi, de único apellido, venezolano, la resolución administrativa
dictada por
A la señora Dorlisa Picott, y al señor Édgar
Gerardo Suárez Barrantes, se les comunica la resolución de las quince horas del
siete de agosto del dos mil doce, que ordenó inicio del proceso especial de
protección. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta Institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante
esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes
a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de
conocimiento de
A la señora Rosalina López Reyes, se le
comunica la resolución de las siete horas del diez de agosto del dos mil doce,
que ordenó inicio del proceso especial de protección. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no
hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta Institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de
Se le comunica a la señora Yojana Chavarría
Romero, que en
A María Isabel Ledezma Lara, se le comunica
que el Patronato Nacional de
Patronato Nacional de
Resultando:
I.—Situación de las personas
menores de edad se atiende ante referencia del Departamento de Trabajo Social
del Hospital Enrique Baltodano Briceño, en el que se informa que el padre de
las personas menores de edad se encuentra hospitalizado por “cáncer de vías
biliares avanzado con metástasis a hígado, con pronóstico reservado de pocos
días a pocas horas de vida”, siendo que sus hijas están al cuidado de la señora
Elena Martínez, hermana paterna de las jóvenes, quien ha asumido su cuido en
razón de la enfermedad del padre y conductas negligentes de la progenitora.
II.—Según boleta de
registro de Información de Actividades del treinta y uno de mayo del dos mil
doce, elaborado por la licenciada Milene Ruiz Briceño, trabajadora social de
III.—De acuerdo al
informe citado, se realiza visita domiciliar en casa del señor Gerardo
Martínez, refiriendo la familia que el señor Gerardo había fallecido y que las
niñas estaban a cargo de la hermana mayor de ellas, señora Elena Martínez.
IV.—En entrevista a
doña Elena, indica que ella ya en otras ocasiones ha asumido el cuido de sus
hermanas, ya que ellas sufrían maltrato por parte de la progenitora, así como
vivencias de abandono por parte de ésta hacia las niñas. Refiere además, que
cuando ella contrajo matrimonio se trasladó para Guápiles pero a raíz de la
enfermedad de su padre ella y el esposo se devuelven para Bagaces para cuidar
de su padre y de sus hermanas. Con respecto al cuido de las niñas, Elena y su
esposo evidencian tener vínculos afectivos con las niñas y expresan haberse
comprometido con don Gerardo a hacerse cargo de ellas.
V.—En entrevista realizada a las personas
menores de edad, éstas indicaron que se sienten bien bajo el cuido de su
hermana Elena y su esposo, que se llevan bien con ellos, que las tratan bien y
que desean continuar bajo su cuido.
VI.—Respecto a la
progenitora, se tiene referencia de que cuando el señor Gerardo se encontraba
hospitalizado, se presentó a dicho centro hospitalario exigiendo que don
Gerardo le firmara un documento para que le heredara a ella el menaje del
hogar. Sin embargo las niñas no tienen certeza si su madre se regresó para
Nicaragua o si se encuentra en Cañas, ya progenitora no mantiene contacto con
ellas.
VII.—Del proceso de
intervención realizado por el área de trabajo social del PANI Liberia, se
tienen como factores de riesgo para las niñas al lado de su progenitura los
siguientes: 1) Madre con conductas negligentes y maltrato hacia las hijas,
delegando en tercero el cuido de las niñas. 2) Progenitora evidencia no tener
vínculos con sus hijas. 3) Se desconoce ubicación de progenitora ya que no
mantiene contacto con sus hijas. En cuanto a los factores protectores para las
niñas al lado de su hermana paterna, señora Elena Martínez, se tiene: 1)
Disposición de doña Elena y su familia de continuar brindando protección a
Milady y Jennifer. 2) Vínculo afectivo entre las niñas y Elena y su familia. 3)
Niñas evidencian estar recibiendo de sus guardadores los cuidados que requieren
para que no se vean expuestas a situaciones de vulnerabilidad.
Sexto: En razón de lo anterior y dado que
según el informe social de la licenciada Milene Ruiz Briceño doña Elena
Martínez Espinoza y su familia, cuentan con las condiciones necesarias de
idoneidad para brindarle a Jennifer Patricia y Milady Paola los cuidados que
requieren para no verse expuestos a situaciones de vulnerabilidad, es menester
de esta Representación, acoger la recomendación de Trabajo Social de iniciar el
Proceso Especial de Protección en sede administrativa y dictar Medida Especial
de Protección de Cuido Provisional a favor de las niñas Jennifer Patricia y
Milady Paola, ambas Martínez Mendoza, en el hogar recurso familiar de la señora
Elena Martínez Espinoza, hermana paterna de las personas menores de edad.
Considerando:
I.—Que este Órgano Director del
Procedimiento, es competente, según el Código de
II.—Que en la
presente tramitación se han observado las formalidades y procedimientos legales
establecidos, no existen vicios de nulidad que hagan nugatorios la validez del
proceso, ni los derechos de los administrados. Sobre el Fondo: Nuestros
legisladores, por medio de la ratificación de
Fundamento
Legal:
Con fundamento en el artículo 55
de
De acuerdo con la anterior
fundamentación fáctico-jurídica, esta Representación RESUELVE: 1. Dar inicio al
Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa.
II.—Se ordena el
cuido provisional a favor de las personas menores de edad Jennifer Patricia y
Milady Paola, ambos Martínez Mendoza, para que permanezcan en el hogar recurso
familiar de la señora Elena Martínez Espinoza, hermana paterna de las personas
menores de edad.
III.—Dicha medida de
Cuido Provisional será por el plazo de seis meses y será del día treinta y uno
de mayo del dos mil doce al treinta y uno de noviembre del dos mil doce.
IV.—Por parte del
área social Licenciada Milene Ruiz Briceño, Trabajadora social, realizar en el
plazo de quince días informe ampliado de la situación de los niños Jennifer
Patricia y Milady Paola, ambas Martínez Mendoza.
V.—Notifíquese la presente
resolución a Marlen Yasmina Mendoza Rocha. Con la advertencia de que debe
señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en
caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a
desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la
presente resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que
deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas
hábiles después de notificada la presente resolución, Recurso que será resuelto
por
A Karla Tatiana Ávalos Bustamante y Céesar
Vinicio Montoya Jiménez, se les comunica la resolución de las diez horas del
siete de agosto del dos mil doce, mediante la cual
Oficina Local de PANI, Liberia. Hace saber a:
Marlen Yasmina Mendoza Rocha, en ejercicio de la patria potestad de Milady
Paola y Jennifer Patricia, ambas Martínez Mendoza, se le comunica la resolución
de las catorce horas treinta y cinco minutos del treinta y uno de mayo del dos
mil doce, que ordenó el inicio del proceso especial de protección y el cuido
provisional en el hogar recurso familiar de la señora Elena Martínez Espinoza,
a favor de las personas menores de edad citadas. Así mismo, se le comunica la
resolución de las doce horas cinco minutos del veintiséis de julio del dos mil
doce, que dicta la incompetencia en razón del territorio, remitiendo el
expediente 542-0001-
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se comunica a Jiahui Wu, la
resolución dictada por
Se hace saber que ante el Departamento de Rentas
de
Limón, 7 de agosto del 2012.—Departamento de Rentas.—Lic. Kemerly Taylor Barnes, Jefa.—1 vez.—RP2012317242.—(IN2012083489).
FITOTEC
SOCIEDAD ANÓNIMA
Fitotec Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número 3-101-390204, convoca a asamblea ordinaria y extraordinaria de
socios a realizar a las 9:00 horas del día 17 de setiembre del 2012, en
Heredia, Flores, Llorente, de la plaza de deportes,
Roxana Villalobos Molina, Secretaria.—1
vez.—RP2012316784.—(IN2012082561).
INVERSIONES CERBERO DE ARACAAGRA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Cerbero de Aracaagra Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número 3-101-503227, convoca a asamblea ordinaria y
extraordinaria de socios a realizar a las 9:00 horas del día 18 de setiembre
del 2012, en San José, Costa Rica, Los Yoses, final de avenida diez,
Corporación de Oficinas número diez, el cual conocerá de los siguientes
asuntos:
Acuerdo de venta de la
totalidad de las acciones en que la compañía figure como titular.
Acuerdo de venta de
activos de la compañía.
Cualquier otro
asunto que sea de interés de los socios.
Mariano Zúñiga Caamaño, Presidente.—1
vez.—RP2012316787.—(IN2012082562).
GRASAS DEL PACÍFICO S. A.
Se convoca a asamblea general
ordinaria-extraordinaria de accionistas de la sociedad Grasas del Pacífico S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-60833, en su domicilio social, el día 21 de
setiembre del
Ing. Arnoldo Charpentier
Ramírez, Presidente.—1
vez.—RP2012316976.—(IN2012082563).
INVERSIONES CROWEA SALIGNA S. A.
Se convoca a todos los socios de
la sociedad denominada: Inversiones Crowea Saligna Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y tres mil
quinientos cincuenta y tres, a la asamblea general extraordinaria de socios a
celebrarse en su domicilio social, en San José, San Rafael de Escazú, Centro
Corporativo, Plaza Roble, Edificio El Patio, tercer piso, oficina uno, el día
veintiséis de setiembre del dos mil doce, en primera convocatoria a las nueve
horas y en segunda convocatoria a las diez horas, para discutir y tomar todos
los acuerdos societarios que sean necesarios sobre asuntos varios a tratar en
el momento de la asamblea. Siendo el orden del día el siguiente:
Orden del día:
1. Llamada al orden. (Primera convocatoria: 09:00 a. m., segunda
convocatoria: 10:00 a. m.).
2. Apertura de la asamblea:
2.1 Aprobación de agenda oficial.
3. Aprobación de la gestión del presidente desde su nombramiento
hasta la fecha.
4. Informe de la situación financiera de la
sociedad:
4.1. Informe de pasivos existentes: Situación
fiscal por deuda de impuesto territorial, deuda por impuesto a las ventas,
multas, y otros tributos y cargas impositivas.
4.2 Cumplimiento del convenio con
5. Inversiones y aportes extraordinarios de socios para solventar
gastos de mantenimiento de la propiedad activo de la sociedad.
6. Aumento de capital.
7. Autorización al presidente para proceder con
la venta del inmueble propiedad de la sociedad.
8. Cambio de domicilio social.
9. Nombramiento de nuevo agente residente.
10. Otros asuntos.
11. Cierre.
Horacio Sterman.—1 vez.—RP2012317087.—(IN2012082937).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
En asamblea extraordinaria de accionistas de Motos
Suki Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres ciento
uno doscientos catorce mil doscientos cincuenta y cuatro, celebrada en su
domicilio social a las catorce horas del día diez del mes de julio del año dos
mil doce, por unanimidad de votos se acordó eliminar las acciones preferentes
de la sociedad; por la suma de quinientos mil dólares moneda de los Estados
Unidos de América, representado por diez acciones preferentes, con el valor de
cincuenta mil dólares cada una; disminuyendo en esa cantidad el capital social
de la misma. Es todo.—San José, catorce de agosto del
dos mil doce.—Lic. Dahiana Fernández Marín, Notaria.—(IN2012082763).
CONDOMINIO RESIDENCIAL VERTICAL
PALMA
DEL VALLE
Reposición de libros de
Condominio Residencial Vertical Palma del Valle, cédula jurídica tres-uno cero
nueve-cinco cero nueve siete nueve cinco, finca matriz de San José Folio Real
dos cinco cuatro seis-M-cero cero cero, compuesta de dieciséis fincas filiales
ubicadas en Pozos de Santa Ana: distrito tres, cantón nueve. Quien suscribe
Danilo Bolaños Bogantes, cédula dos-tres ocho uno-uno cuatro dos; gerente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Inversiones Mejías
& Bolaños S. R. L, domiciliada en Alajuela Naranjo Dulce Nombre trescientos
este y cincuenta sur de la iglesia, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatro seis
cuatro tres ocho cero; en su condición de propietaria registral de las fincas
filiales de San José folios reales matrícula seis tres nueve cinco nueve-f-cero
cero cero y seis tres nueve seis dos-f-cero cero cero; solicita al Registro Nacional
Departamento de Propiedad Horizontal, que se repongan y legalicen los libros
de: actas de caja, asamblea de propietarios y junta directiva, por haberse
extraviado.—Grecia, 14 de agosto del 2012.—Danilo Bolaños Bogantes, gerente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Inversiones Mejías
& Bolaños S. R. L.—RP2012317129.—(IN2012082938).
David Ureña Castillo, cédula Nº 2-0642-
ALBERTO L. ARCE SOCIEDAD ANÓNIMA
Para efectos de reposición la sociedad denominada
Alberto L. Arce Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-cero cero tres mil novecientos noventa y uno, en la condición de propietario
de la acción y título número cero dos ocho cuatro. Hace constar que hemos
solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., hoy Cariari Country Club S. A.,
la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por término de la ley, se
atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaría de Junta Directiva, en
Cariari Country Club S. A, San Antonio de Belén-Heredia y transcurrido el mismo
se procederá a la reposición.—Rodolfo Luis Arce
Hernández, Apoderado Generalísimo.—(IN2012083197).
LOMAS DE FARO ESCONDIDO S. A.
Se hace saber que Lomas del Golfo G.R. Ltda., con
cédula jurídica número 3-102-206245, propietaria del certificado de acciones
número dos, Serie A, de Lomas de Faro Escondido S. A., ha solicitado la
reposición de dicho título, con base en el artículo seiscientos ochenta y nueve
del Código de Comercio. Se cita y emplaza a los interesados para que se
apersonen en el plazo de un mes contado a partir de la última publicación de
este aviso, para que hagan valer sus derechos u oposiciones, ante el presidente
de la junta directiva de esta empresa en San José, Oficentro
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA COSTARRICENSE
Que ante el Departamento de
Registro de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad FSA
Electromecánica Sociedad Anónima, sociedad con cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos treinta y dos mil ciento setenta y seis, mediante la cual se
reforma la cláusula quinta del capital en razón de su disminución. Escritura
otorgada a las nueve horas del diecisiete de agosto del dos mil doce.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—RP2012317346.—(IN2012083579).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por medio de asamblea de socios
se acuerda, por unanimidad del capital social y al tenor del artículo
doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la sociedad Asesorías
E Calro Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos cinco mil seiscientos doce, con domicilio social en
San José, Moravia, residencial Saint Clare, condominio Prisma, apartamento
número seis. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Juzgado correspondiente, dentro del término de treinta días siguientes a la
publicación de este aviso.—San José, veinticinco de
junio de dos mil doce.—Lic. Eduardo Medina Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2012312180.—(IN2012074264).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 11:00 horas del 14 de agosto del 2012, se constituyó la sociedad Manoluna
Sociedad Anónima.—San José, 14 de agosto del
2012.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1
vez.—(IN2012082799).
Por escritura otorgada ante mí, protocolicé
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad
denominada Arrendamientos Marina S. A., mediante la cual se reforman las
cláusulas tercera, quinta, sexta y sétima y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 16 de agosto de 2012.—Lic. Hugo Gerardo Cavero
Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012082822).
Mediante escritura número 78 visible a folio
97 vuelto del tomo 8, otorgada a las 14:00 horas del 16 de agosto del 2012, se
protocoliza acta de asamblea de socios de LV Cinco S.R.L., cédula
jurídica número 3-102-530239; en la cual se acuerda disolver la sociedad.—San
José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—(IN2012082836).
Por escritura número 76 otorgada ante este
notaría a las 10:40 horas del 16 de agosto del 2012, se constituyó la sociedad
denominada Nice and Beautiful Sunrise S.R.L., con domicilio en
Puntarenas, Parrita, Esterillos Este, en el Proyecto Monterey, casa número 3.
Gerente: Esteban Protti Ramírez.—San José, 16 de
agosto del 2012.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1
vez.—(IN2012082837).
Por escritura número 77 otorgada ante este
notaría a las 11:00 horas del 16 de agosto del 2012, se constituyó la sociedad
denominada My Dream Spot S.R.L., con domicilio en Puntarenas, Parrita,
Esterillos Este, en el Proyecto Monterey, casa número 2. Gerente: Esteban
Protti Ramírez.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic.
Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1
vez.—(IN2012082838).
Mediante escritura número 79 visible a folio
98 frente del tomo 8, otorgada a las 14:30 horas del 16 de agosto del 2012, se
protocoliza acta de asamblea de socios de LV Treinta y Siete S.R.L.,
cédula jurídica número: 3-102-529640; en la cual se acuerda disolver la
sociedad.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura,
Notaria.—1 vez.—(IN2012082839).
En la protocolización de actas de la empresa Multicard
Sociedad Anónima, por unanimidad se acuerda: A) Realizar cambio de tesorero
de la junta directiva.—San José, dieciséis de agosto
del dos mil doce.—Lic. Franklin Solano Venegas, Notario.—1
vez.—(IN2012082860).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas
del trece de agosto del dos mil doce, ante esta notaría, se constituyó la
siguiente sociedad: Fontana del Oeste Finca Filial Cero Seis S.R.L.—San José,
catorce de agosto del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2012082863).
Por escritura otorgada a las nueve horas del
dieciséis de agosto del dos mil doce, ante esta notaría, se reforma la cláusula
segunda y novena del pacto social de la sociedad Rejoka RJK S. A.—San
José, dieciséis de agosto del dos mil doce.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez,
Notaria.—1 vez.—(IN2012082864).
Ante esta notaría, se ha modificado la
cláusula sexta del pacto constitutivo de Maxipoten S. A., cédula
jurídica 3-101-132720, la cual establece que los negocios sociales serán
administrados por una junta directiva de tres miembros que serán presidente,
secretario y tesorero, correspondiéndole al presidente y tesorero la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de
apoderados generalísimos sin limitación de suma que indica el artículo mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo otorgar nuevos poderes,
sustituir su poder parcial o totalmente, revocar sustituciones y hacer otras de
nuevo, delegar su poder en todo o en parte, siempre y en todo momento sin
perder por ello su representación. Escritura de las 8:00 horas del 16 agosto
del 2012. Presidente: Montserrat Sigrid Gutiérrez Marín, cédula de identidad
8-061-451.—Lic. Oscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012082866).
Por escritura 6 otorgada ante mí, a las 11:00
horas del 9 de agosto del 2012, se disuelva la empresa Agropecuaria Cerdas y
Rubí Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-582209.—Lic.
María del Milagro Mora Mendoza, Notaria.—1
vez.—(IN2012082868).
Por escritura número doscientos veintitrés
otorgada ante mí, a las diecisiete horas del seis de agosto del dos mil doce,
compareció el señor Joaquín David Chaverri Miranda, en su condición de albacea
testamentario y en cumplimiento de la disposición testamentaria de quien en
vida fuera la señora Carmen María Scaglietti Martínez, procedió a constituir la
fundación que se denomina: Fundación Carmen María Scaglietti para
Por escritura de las 8:00 horas de hoy ante
mi notaría se constituyó Versat Design Limitada. Plazo: 99 años.
Gerente: representación judicial y facultades de apoderado generalísimo.
Capital: 100.000 colones suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Carlos Manuel
Fernández Alvarado, Notario.—1
vez.—RP2012316991.—(IN2012082939).
Por escritura otorgada en mi notaría, hoy a
las siete horas protocolizo acuerdos de asamblea de socios de Los Pirinchos
S. A., en donde se modifican las cláusulas 2 y 6 del pacto social.—Heredia,
13 de agosto del 2012.—Dr. Ovelio Rodríguez León, Notario.—1
vez.—RP2012316993.—(IN2012082940).
Hoy protocolicé acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de Servicios Comerciales Mejía y Calderón S.
A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima de los estatutos
sociales y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San
José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Orlando Calzada Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012316994.—(IN2012082941).
Se hace constar que mediante escritura
otorgada ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se protocolizó la disolución de
la empresa Corporación Internacional Teno S. A., cédula jurídica tres
ciento uno ciento diecisiete mil quinientos ochenta y cinco.—San José, trece de
agosto del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1
vez.—RP2012316995.—(IN2012082942).
Ante esta notaría se procedió a protocolizar
acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad Ninfa Pura
S. A., en donde se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto
constitutivo.—San José, diez de agosto del dos mil doce.—Lic. Marcela Freer
Rohrmoser, Notaria.—1
vez.—RP2012316997.—(IN2012082943).
Por escritura número catorce del tomo tres
del protocolo de la suscrita notaria y otorgada a las ocho horas treinta
minutos del día catorce de agosto del dos mil doce, se reformó la cláusula del
capital social y de la junta directiva del pacto constitutivo de Distribuidora
Matrix Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
cincuenta y ocho mil seiscientos ochenta y cuatro.—San
José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012316998.—(IN2012082944).
Que en la asamblea general extraordinaria de
socios de la compañía Dos Amigos de Conchal Blanco Sociedad
Anónima, de las catorce horas del cuatro de julio del dos mil doce, se
modificó la cláusula de la administración y del domicilio.—Trece
de agosto del dos mil doce.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—RP2012317001.—(IN2012082945).
Por escritura otorgada ante el notario
público, José Antonio Silva Meneses, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad Indiana Tamarindo Trece S. A.,
de las 16:00 horas del 9 de agosto del 2012, mediante la cual se realiza
nombramientos de la junta directiva.—Tamarindo, 13 de agosto del 2012.—Lic.
José Antonio Silva Meneses, Notario.—1
vez.—RP2012317003.—(IN2012082946).
Por escritura otorgada ante el notario
público, Gabriel Chaves Ledezma, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria
de socios de la sociedad Catalina Island Group Limitada, de las 10:00 horas
del 13 de agosto del 2012, mediante la cual se modificó la cláusula de la
administración, así mismo como la del domicilio y se realizan nombramientos de
la junta directiva.—Tamarindo, 13 de agosto del
2012.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—RP2012317005.—(IN2012082947).
Por escritura número trescientos cinco tomo
tres otorgada el día siete de agosto de dos mil doce, en mi notaría, se
constituyó la sociedad Optilosa Sociedad de Responsabilidad Limitada,
con un plazo social de noventa y nueve años, capital social debidamente
suscrito y pagado, administrada por un gerente y subgerente con la función de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José,
10-08-2012.—Lic. Seanny Jiménez Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2012317006.—(IN2012082948).
Por medio de asamblea general extraordinaria,
la sociedad Palmitas Verdes, cédula jurídica número tres dos-ciento
veinticinco mil novecientos treinta y seis modifica su nombre a Agrorepuestos
y Llantas, en lo restante se mantiene tal y como consta en su pacto constitutivo.—San José, 8 de agosto de 2012.—Lic. Seanny Jiménez Alfaro,
Notario.—1 vez.—RP2012317007.—(IN2012082949).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
veinte horas del nueve de agosto del dos mil doce, se constituye la sociedad
anónima P. E. Quequer Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad Santo
Domingo de Heredia, del Colegio Santa María de Guadalupe, cien metros norte y
cincuenta sur, representada por su presidente con las facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma; con un capital social de cien mil colones.—Lic. Fausto Alejandro Bolaños Araya, Notario.—1 vez.—RP2012317010.—(IN2012082950).
En esta notaría a las diez horas del nueve de
agosto del dos mil doce. Se protocoliza reformas de las cláusulas: primera y
segunda de sociedad denominada: Feliz Renta Carros Sociedad Anónima, con
cédula jurídica: tres-ciento-uno cuatro siete cuatro uno nueve, apoderado:
Manuel Jiménez Paniagua.—San José, 9 de agosto del
2012.—Lic. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1
vez.—RP2012317013.—(IN2012082951).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10
horas del 2 de agosto del 2012, se modificaron las cláusulas primera y segunda
del pacto constitutito de Brown-Muller S. A., donde se cambia el nombre
por Constructora Indecon S. A.—San José, 2 de
agosto del 2012.—Lic. Vilma Alpízar Matamoros, Notaria.—1
vez.—RP2012317014.—(IN2012082952).
Informo que, comparecieron a esta notaría
Erick Alberto Gerrero Bravo, cédula uno-ochocientos nueve-novecientos setenta y
seis, Wendy Abarca Sánchez, cédula seis-doscientos noventa y ocho-seiscientos
setenta y seis, Kattia Vanessa Cruz Vargas, cédula uno-ochocientos
uno-ochocientos treinta, para constituir la fundación Fundación Grupo
Magdalena para Mujeres que Aman Demasiado. Dicha
fundación fue constituida a las 13:00 horas del día 4 de agosto del 2012 por el
notario Gerardo Quesada Monge, en escritura número 42-24 del tomo 24 de su
protocolo.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic.
Gerardo Quesada Monge, Notario.—1
vez.—RP2012317016.—(IN2012082953).
Por escritura que autoricé hoy, se constituyó
la sociedad Servicios Agropecuarios, Agrarios, Forestales e Industriales
Costa Rica Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Colima de Tibás, de
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las once horas doce de julio del dos mil doce, se constituye sociedad
denominada Exvensa Sociedad Anónima, en donde el presidente y el
secretario son apoderados generalísimos sin límite de suma con un plazo social
de noventa y nueve años y un capital social de diez mil colones, domiciliada en
Barva de Heredia, de la iglesia católica trescientos norte y quinientos oeste.—Lic. Henry González Guerrero, Notario.—1
vez.—RP2012317018.—(IN2012082955).
Por escritura otorgada ante mí se
protocolizaron acuerdos de la asamblea general de cuotistas de la sociedad Kreis
Limitada, se acordó reformar el domicilio, la administración, así como
nombrar nuevos gerentes. Es todo.—San José, 14 de
agosto del 2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—RP2012317021.—(IN2012082956).
Por escritura otorgada ante mí a las quince
horas del quince de junio del dos mil doce, se reformó la cláusula novena de la
sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cuarenta y Tres Mil Novecientos
Cuarenta y Ocho Sociedad Anónima.—San José, quince
de junio de dos mil doce.—Lic. Paola María Montealegre Sauma. Notaria.—1 vez.—RP2012317022.—(IN2012082957).
Ante esta notaría: Fabio Andrés Miranda
Hamburger, mayor de edad, casado una vez, ingeniero informático, cédula de
identidad ocho-noventa y seis-setecientos ochenta y dos-vecino de Rincón Orozco,
San Rafael de San Ramón y otros convienen en constituir empresa denominada: Appiied
Research Sociedad Anónima, por escritura número ciento treinta y
ocho-cuatro otorgada por
Ante esta notaría, por escritura otorgada
ante mí, a las 16 horas del 13 de agosto del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de 3-102-463032 S.R.L.
mediante la cual se modificó la administración y convocatorias, se reafirmó en
su cargo al primer gerente y se nombró segundo gerente.—Lic.
Alonso Vargas Araya, Notario.—1
vez.—RP2012317026.—(IN2012082959).
Por escritura otorgada ante mí ,a las 15 horas del 14 de agosto del 2012, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Balmaco S. A.—San
José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Federico Balma Zumbado, Notario.—1 vez.—RP2012317029.—(IN2012082960).
Por escritura otorgada hoy, se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad RyS
Suministros Punto Com S. A., mediante la cual se reforman las
cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo y se nombran nuevos
secretario, tesorero y fiscal.—San José, 10 de agosto
de 2012.—Lic. Mario Alberto Muñoz Quesada, Notario.—1
vez.—RP2012317035.—(IN2012082961).
Asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Sadrac Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil cuatrocientos
cincuenta y tres, mediante acta número tres protocolizada ante el notario
Alejandro Castro Carvajal. Se modifica la cláusula cuarta del pacto
constitutivo, respecto al plazo social, según escritura número ochenta y cinco,
otorgada a las once horas con treinta minutos del día nueve de agosto del año
dos mil doce, visible al folio número ochenta y seis frente del tomo número
veintisiete de su protocolo..—San José, nueve de agosto del dos mil doce.—Lic. Alejandro Castro Carvajal, Notario.—1
vez.—RP2012317038.—(IN2012082962).
Asamblea general extraordinaria de asociados
de la asociación denominada Asociación Cristiana de Comunicaciones Canal
Veintitrés, cédula jurídica número tres-cero cero dos-cero ochenta y siete
mil noventa y siete. Se modifica el artículo catorce del pacto constitutivo,
según acta número veintinueve, protocolizada mediante escritura número ochenta
y tres, visible al folio número ochenta y cuatro frente del tomo número
veintisiete del protocolo del notario Alejandro Castro Carvajal, otorgada a las
diez horas con treinta minutos del día nueve de agosto del dos mil doce.—San José, nueve de agosto del dos mil doce.—Lic. Alejandro
Castro Carvajal, Notario.—1
vez.—RP2012317039.—(IN2012082963).
Asamblea general extraordinaria de asociados
de la asociación denominada Asociación Entidades Latinoamericanas de
Comunicación por Televisión Cristiana Enlace, cédula jurídica número
tres-cero cero dos-ciento ochenta y nueve mil novecientos veintiséis. Se
modifica el artículo primero y el artículo décimo tercero del pacto
constitutivo, según acta número dieciséis, protocolizada mediante escritura
número ochenta y dos, visible al folio número ochenta y tres vuelto del tomo
número veintisiete del protocolo del notario Alejandro Castro Carvajal,
otorgada a las diez horas del día nueve de agosto del dos mil doce.—San José, nueve de agosto del dos mil doce.—Lic. Alejandro
Castro Carvajal, Notario.—1
vez.—RP2012317040.—(IN2012082964).
Asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Mesac y Asociados Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cinco
mil trescientos sesenta, mediante acta número cuatro protocolizada ante el
notario Alejandro Castro Carvajal. Se modifica la cláusula cuarta del pacto
constitutivo, respecto al plazo social, según escritura número ochenta y
cuatro, otorgada a las once horas del día nueve de agosto del año dos mil doce,
visible al folio número ochenta y cinco frente del tomo número veintisiete de
su protocolo.—San José, nueve de agosto del dos mil
doce.—Lic. Alejandro Castro Carvajal, Notario.—1
vez.—RP2012317041.—(IN2012082965).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las ocho horas del catorce de agosto del dos mil doce, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de
Por escritura otorgada ante esta notaría el
14 de agosto del 2012, la empresa Lenguaje del Río S.
A., protocolizó acuerdos en donde se modifica la cláusula de domicilio
social y cláusula de la administración de los estatutos.—San
José, 16 de agosto de 2012.—Lic. Charlotte Brom Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012317046.—(IN2012082967).
Por escritura ante mí, de las 15:00 horas del
8 de julio del 2012, se constituyó la sociedad denominada Grupo
Internacional Kadima S. A. Capital social: diez mil colones. Presidenta:
Yesenia Durán Castro.—San José, 16 de agosto del
2012.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—RP2012317048.—(IN2012082968).
La suscrita notaria debidamente autorizada
para protocolizar sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Cuarenta y Siete Mil
Seiscientos Treinta y Dos Sociedad Anónima, nombramientos de la junta
directiva: presidente: Luis Diego Cubero Marín, secretaria: María Teresa Cubero
Torres, tesorera: María del Rosario Cubero Marín, y fiscal: Heidy Alpízar
Rojas. Se modifica la cláusula segunda del domicilio, para que sea el
siguiente: domicilio: provincia de Alajuela, Alto Castro, cantón Sarchí,
Valverde Vega setenta y cinco metros al norte del Supermercado
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las catorce horas del catorce de agosto del dos mil doce, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Costa Montaña Estates
Limón Dulce Cero Treinta y Tres S. A., en la que se modifica la cláusula
segunda.—San José, catorce de agosto del dos mil
doce.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1
vez.—RP2012317051.—(IN2012082970).
Ante mi notaría, a las 14:00 horas del 14 de
agosto del 2012, se constituyó la sociedad denominada: Las Tierras del Diría
S. A. Duración: 99 años. Domicilio: Guanacaste. Capital social: diez mil
colones. Presidente: Jaime Salazar Sánchez, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, catorce de
agosto del dos mil doce.—Lic. Ana Yhansey Fernández Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2012317052.—(IN2012082971).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
la sociedad de esta plaza denominada: Transportes Sollanz Sociedad Anónima.
Capital: suscrito y pagado. Duración: noventa y nueve años.—San
José, 16 de agosto del 2012.—Lic. José Zeledón Colombari, Notario.—1 vez.—RP2012317053.—(IN2012082972).
Por escritura número sesenta y siete de las
nueve horas del dos de mayo del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea de
socios de la sociedad: Representaciones Moro M & S S. A., en la cual
se acordó la disolución de la sociedad.—San José, 27
de julio del 2012.—Lic. Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1
vez.—RP2012317054.—(IN2012082973).
Por medio de escritura pública de las nueve
horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Sistema
Docente Médico de San José S. A., por medio de la cual se acordó su
disolución. Lic. María Montserrat Brich Mesegué, notaria pública.—San José, 18 de junio del 2012.—Lic. Roberto Gourzong
Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012317055.—(IN2012082974).
Por escritura número sesenta y siete de las nueve
horas del cuatro de junio del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea de
socios de la sociedad: TECNOPArking S. A., en la cual se acordó la
disolución de la sociedad.—San José, 27 de julio del
2012.—Lic. Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1
vez.—RP2012317056.—(IN2012082975).
Por medio de escritura pública de las nueve
horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Veterinaria
y Ferretería J V S. A., por medio de la cual se acordó su disolución.—San José, 16 de junio del 2012.—Lic. Roberto Gourzong
Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012317057.—(IN2012082976).
Por medio de escritura pública de las once
horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Alonsoft
Tecnología de Información S. A., por medio de la cual se acordó su disolución.—San José, 4 de junio del 2012.—Lic. Roberto Gourzong
Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012317058.—(IN2012082977).
Por medio de escritura pública de las diez
horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Arcansoft y
Asociados S. A., por medio de la cual se acordó su disolución.—San José, 4 de junio del 2012.—Lic. Roberto Gourzong
Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2012317059.—(IN2012082978).
Mediante escritura Nº 282-2, se protocoliza
acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad de esta
plaza: Ruano de Morava S. A. Se nombra nuevo presidente. Es todo.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Ruth Mary Salas
Cedeño, Notaria.—1 vez.—RP2012317061.—(IN2012082979).
Por escritura número nueve, otorgada ante la
suscrita notaria, a las 09:00 horas del 9 de agosto del 2012, se protocoliza
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de MBT
Computación de Costa Rica S. A., en la que se reforman las cláusulas
segunda y quinta, se nombra tesorero y fiscal, y se elimina nombramiento de
agente residente.—San Antonio de Belén, 10 de agosto
del 2012.—Lic. María Gabriela Rojas Ulloa, Notaria.—1
vez.—RP2012317063.—(IN2012082980).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
denominada: Guana Rasta Costa Rica Entertaiment S. A., mediante
escritura otorgada a las 15:00 horas del día 21 de abril del 2012. Presidente:
Cristian Alonso Canales Picado.—Lic. Bernardo Vargas
Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012317065.—(IN2012082981).
Que por medio de la escritura número noventa
y dos-uno, otorgada a las doce horas del día veintinueve de julio del dos mil
doce, en el tomo primero del protocolo de la notaria pública Myrna Valverde
López, se modifica cláusula sétima de la representación y el domicilio de la
sociedad denominada: Edboirias Ebis S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos veintinueve.—San José, treinta de julio del dos mil doce.—Lic. Myrna
Valverde López, Notaria.—1
vez.—RP2012317068.—(IN2012082982).
Por escritura otorgada a las diez horas de hoy,
protocolicé acuerdos de Ilmavir S. A., por los cuales se reforman
estatutos, y se nombra junta directiva.—San José, 8 de
agosto del 2012.—Lic. Roig Mora Chaves, Notario.—1
vez.—RP2012317070.—(IN2012082983).
El suscrito notario público, doy fe y hago constar
que el pasado diez de agosto del dos mil doce, en mi notaría, se constituyó la
persona jurídica denominada: Sabores de España con Denominación de Origen
Importaciones Sociedad Anónima. Es todo.—San José,
a las nueve horas del día trece de agosto del dos mil doce.—Lic. Esteban Calvo
Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012317075.—(IN2012082984).
Por escritura otorgada ante el notario
público Gabriel Castro Benavides, a las 11:00 horas del día 13 de agosto del
2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía:
Tislam Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula segunda
del pacto social en cuanto al domicilio, de la compañía.—San
José, el día 14 de agosto del 2012.—Lic. Gabriel Castro Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012317076.—(IN2012082985).
Mediante escritura pública otorgada ante esta
notaría, al ser las quince horas del veintitrés de julio del dos mil doce, se
ha protocolizado el acta número uno de la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas, modificándose las cláusulas segunda, sétima,
décimo segunda, décimo quinta y junta directiva de Ignition King Centro
América Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos cuarenta y tres mil trescientos noventa y uno.—Grecia, a las
quince horas del veintitrés de julio del dos mil doce.—Lic. Karolina Venegas
Morera, Notaria.—1 vez.—RP2012317081.—(IN2012082986).
Por escritura otorgada ante mí, a las 19:00
horas del 11 de julio del 2012, se constituyó Servaquircar Sociedad Anónima.—San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Roxana Pujol
Sobalvarro, Notaria.—1
vez.—RP2012317082.—(IN2012082987).
Inversiones Surinam I.S Sociedad Anónima, protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria, se nombra secretario, y se reforma la cláusula novena
del pacto constitutivo. Otorgada a las 13:00 horas del día 8 de agosto del
2012. Sección Mercantil.—Lic. Óscar Guevara Arias,
Notario.—1 vez.—RP2012317089.—(IN2012082988).
Según escritura otorgada en la ciudad de San
José, a las 16:00 horas del día 26 de junio del 2012, la sociedad denominada: Inversiones
Vigo del Este Sociedad Anónima, y con cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos setenta y seis mil cincuenta y cuatro, protocoliza acuerdos
para su liquidación.—15 de julio del 2012.—Lic. Fabián
Antonio Segura Salazar, Notario.—1
vez.—RP2012317090.—(IN2012082989).
Por escritura otorgada en la ciudad de San
José, a las 08:30 horas del 14 de agosto del 2012, protocolizo acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de Pelada Dreams Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta, octava y novena del
pacto social.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012317091.—(IN2012082990).
Según escritura otorgada en la ciudad de San
José, a las 19:00 horas del día 26 de junio del 2012, la sociedad denominada: Inversiones
Gómez y Ruiz Sociedad Anónima, y con cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos treinta mil cuatrocientos sesenta, protocoliza acuerdos para su
liquidación.— 3 de agosto del 2012.—Lic. Fabián
Antonio Segura Salazar, Notario.—1
vez.—RP2012317092.—(IN2012082991).
Según escritura otorgada en la ciudad de San
José, a las 08:00 horas del día 18 de mayo del 2012, se constituyó la sociedad
denominada: R.U.M. Condominio Santa Fe de
Según escritura otorgada en la ciudad de San
José, a las 08:00 horas del día 18 de mayo del 2012, se constituyó la sociedad
denominada: C.M.U. Condominio Santa Fe de Tres Ríos Sociedad Anónima,
con acciones nominativas de mil colones cada una, y su presidenta es Rosa
Uriarte Mendoza.—12 de agosto del 2012.—Lic. Fabián
Antonio Segura Salazar, Notario.—1
vez.—RP2012317094.—(IN2012082993).
Ante esta notaría, se modificó la cláusula
octava del pacto constitutivo de la sociedad: Desarrollos y Comunicación
Renovar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos trece mil trescientos treinta y dos.—San
José, doce de agosto del dos mil doce.—Lic. Franklin Solano Venegas, Notario.—1 vez.—RP2012317095.—(IN2012082994).
El suscrito notario hace constar que el día
de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las diez horas
cincuenta minutos del día catorce de agosto del año dos mil doce, se modifica
la cláusula tercera del pacto constitutivo referente al objeto, de la sociedad
denominada Marnav & Lumafe Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Cartago, dieciséis de agosto del dos mil doce.—Lic. Erick
Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1
vez.—RP2012317132.—(IN2012083016).
Por escritura otorgada ante mí a las 10:00
horas de hoy, Fafer y Nivon S. A., cédula jurídica: 3-101-596843,
reforma su denominación social y domicilio, así: “La sociedad se denominará Nivon
Sociedad Anónima que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse su
aditamento en S. A.”; “Su domicilio social será en la provincia de
Puntarenas, cantón de Aguirre, distrito Quepos, de
Por escritura otorgada a las 8:00 horas de
hoy, protocolice acuerdos de la sociedad Nakatomi Sociedad Anónima,
domiciliada en San José, Curridabat, Hacienda Vieja, donde se acordó disolver
la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 1º de
agosto del 2012.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2012317134.—(IN2012083018).
El suscrito notario hace constar que por
escritura otorgada ante mí a las quince horas del día veintisiete de junio del
año dos mil doce, en San José, se disolvió la sociedad denominada M A
Damasquillo Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-doscientos setenta y dos mil novecientos setenta y ocho.—San José, quince horas cinco minutos del veintisiete de
junio del año dos mil doce.—Lic. José Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—RP2012317136.—(IN2012083019).
El suscrito notario hace constar que por
escritura otorgada ante mí a las trece horas del día dieciocho de junio del año
dos mil doce, en San José, se disolvió la sociedad denominada Lempa S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-dieciocho mil doscientos veintiuno.—San
José, trece horas cinco minutos del dieciocho de junio del año dos mil
doce.—Lic. José Antonio Giralt Fallas, Notario.—1
vez.—RP2012317137.—(IN2012083020).
Por escritura pública otorgada ante mí en San
José, a las 9:00 horas del día de hoy, se modificó lo concerniente al domicilio
de la compañía Inversiones Monteforte S. A., con cédula de persona
jurídica Nº 3-101-546891.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Aldo Fabricio
Morelli Lizano, Notario.—1
vez.—RP2012317138.—(IN2012083021).
El suscrito notario público, Ricardo Vargas
Guerrero con oficina en Playas de Coco, Guanacaste, hace constar que mediante
la escritura de las diez horas del veinticinco de julio de dos mil doce, mediante
escritura número doscientos treinta y tres, visible al folio ciento cuarenta y
cuatro vuelto del tomo quinto de mi protocolo. Se cambia el nombre de la
sociedad tres ciento uno cuatro siete seis cinco tres cuatro sociedad
anónima, por el nuevo nombre The Rock Water Sports Sociedad Anónima.
Es todo.—Playas del Coco Guanacaste.—Lic. Ricardo
Vargas Guerrero, Notario.—1
vez.—RP2012317140.—(IN2012083022).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Ruinas Doradas Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-151820. Se acuerda modificar la cláusula
segunda del pacto social de la sociedad. Se acuerda revocar el nombramiento del
agente residente de la sociedad.—San José, 9 de agosto
del 2012.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1
vez.—RP2012317142.—(IN2012083023).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Prusia Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-100323. Se modifica la cláusula segunda del pacto social
de la sociedad. Se acuerda revocar el nombramiento del fiscal de la sociedad, y
se nombra nuevo fiscal. Se acuerda revocar el nombramiento del agente residente
de la sociedad.—San José, 9 de agosto del 2012.—Lic.
Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1
vez.—RP2012317143.—(IN2012083024).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Oxal Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-024280. Se modifica la cláusula segunda del pacto social
de la sociedad. Se acuerda revocar el nombramiento del fiscal de la sociedad, y
se nombra nuevo fiscal. Se acuerda revocar el nombramiento del agente residente
de la sociedad.—San José, 9 de agosto del 2012.—Lic.
Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1
vez.—RP2012317144.—(IN2012083025).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Nixalco Limitada,
cédula jurídica 3-101-011093. Se modifica la cláusula segunda del pacto social
de la sociedad. Se acuerda revocar el nombramiento del agente residente de la
sociedad.—San José, 9 de agosto del 2012.—Lic. Eduardo
Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1
vez.—RP2012317145.—(IN2012083026).
Protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Germania S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-016414. Se modifica la cláusula segunda del pacto
social de la sociedad. Se acuerda revocar el nombramiento del agente residente
de la sociedad.—San José, 9 de agosto del 2012.—Lic.
Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1
vez.—RP2012317146.—(IN2012083027).
Por escritura otorgada ante mí a las 18:00
horas del 6 de agosto de 2012; se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Sonepran S. A., mediante la
cual se modifica la denominación social y el domicilio social.—San Ramón de
Alajuela, 13 de agosto del 2012.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—RP2012317148.—(IN2012083028).
En esta notaría a las 16:00 horas del 21 de
de junio del 2012, por escritura 277, se disuelve la sociedad Bosque
Manantial de Vida Hogar-Retiro S. A.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012317149.—(IN2012083029).
En mi notaría este año en julio diecisiete Importadora
Panesa Limitada S. R. L., modifica cláusula segunda, y nombra nueve
gerente y subgerente.—San José, trece de agosto del
dos mil doce.—Lic. Eduardo Mora Castro, Notario.—1
vez.—RP2012317150.—(IN2012083030).
Por escritura otorgada ante el notario,
licenciado Francisco José Rivera Gómez, de las nueve horas del doce de agosto
del año dos mil doce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la
sociedad Grupo Mal Paraíso S. A., se reforma la cláusula segunda del
pacto constitutivo y se nombra presidente, secretario y tesorero. Es todo.—San José, veintisiete de junio del año dos mil doce.—Lic.
Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1
vez.—RP2012317151.—(IN2012083031).
En mi notaría al ser las ocho horas cincuenta
minutos del trece de agosto del año dos mil doce, se reformaron las cláusulas
primera y sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada 3-102-655514
s.r.l.—San José, trece de agosto del año dos mil doce.—Lic. Gonzalo
Gutiérrez Acevedo, Notario.—1
vez.—RP2012317152.—(IN2012083032).
Cambio de secretario de la junta directiva y
reforma de las cláusulas primera y sexta de la sociedad Sinomed S. A.,
cédula jurídica 3-101-582600. Asamblea general extraordinaria de accionistas,
celebrada a las ocho horas del ocho de agosto del dos mil doce, en su domicilio
social.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012317155.—(IN2012083033).
Cambio de secretario de la junta directiva de
la sociedad Inversiones Portero Montero S. A., cédula jurídica
3-101-057387. Asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada a las
diez horas del veintiséis de marzo del dos mil doce, en su domicilio social.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1
vez.—RP2012317156.—(IN2012083034).
Por escritura ochenta y tres otorgada ante la
notaria Carolina Ulate Zárate, a las catorce horas treinta minutos del día
siete de agosto de año dos mil doce se acuerda la disolución de la sociedad
denominada Alumitec (Centroamericana) Sociedad Anónima.—Heredia, siete de agosto del año dos mil doce.—Lic.
Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1
vez.—RP2012317157.—(IN2012083035).
Constitución de la sociedad anónima regida
por las disposiciones del Código de Comercio vigente, llamada Melnik S. A.,
con domicilio San José, Guadalupe, Purral, Urbanización María Beatriz, casa
blanca de tres plantas.—Lic. Marianela Fonseca Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2012317158.—(IN2012083036).
Por escritura treinta y dos-ciento veintidós
otorgada ante el notario Mario Enrique Ulate Ulate, a las trece horas del día
diez de agosto del año dos mil doce, se acuerda la disolución de la sociedad
denominada Transportes Escobar y Escobar Sociedad Anónima.—Heredia diez
de agosto del año dos mil doce.—Lic.. Mario Enrique Ulate Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012317159.—(IN2012083037).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00
horas del 25 de julio del 2012, se constituyó Desarrolladora y Representante
de Franquicias DRF S. A., cuyo plazo es por 99 años, y su representación
recae sobre el presidente y tesorero.—San José, 16 de
agosto del 2012.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012317161.—(IN2012083038).
Por escritura numero ciento veintinueve
otorgada en esta notaría pública se disuelve Multiservicios Diriamo S. A.,
cédula tres-ciento uno-trescientos setenta y tres mil novecientos ochenta y dos.—Cartago, 6 de agosto del 2012.—Lic. Laura Gómez Martínez,
Notaria.—1 vez.—RP2012317164.—(IN2012083039).
Por escritura número ciento treinta otorgada
en esta notaría pública se disuelve Multiservicios de Rodríguez Guzmán S. A.,
cédula tres-ciento uno-trescientos setenta y tres mil novecientos ochenta y dos.—Lic. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1
vez.—RP2012317165.—(IN2012083040).
Mediante escritura cuarenta y dos-tres, del
veintiséis de julio del dos mil doce, Juan Guillermo Naranjo Aristizabal y
Ernesto Quirós Fallas, constituyeron Enmiendas y Soluciones Río Claro
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio social; San José,
Goicoechea, Calle Blancos, Montelimar, de los Tribunales del Segundo Circuito
Judicial de San José, cien metros al oeste y ciento cincuenta metros al sur. Es
todo.—San José, veintisiete de julio del dos mil doce.—Lic.
Marco Antonio Leiva Díaz, Notario.—1
vez.—RP2012317166.—(IN2012083041).
En esta notaría mediante escritura número
doscientos noventa y uno acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad denominada Inversiones Turrialbeñas Diez de Agosto P. P.
B. R. Sociedad Anónima, se acuerda disolver dicha sociedad, en
virtud de que la sociedad no tiene activos ni pasivos.—Turrialba, 14 de agosto
del 2012.—Lic. Manuelita Meza Zúñiga, Notaria.—1
vez.—RP2012317169.—(IN2012083042).
Ante mí, Pablo Arias González, notario
público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad de responsabilidad
limitada denominada Haberes Martin Limitada, a las once
horas del nueve de agosto del dos mil doce. Gerente con la representación
judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de
apoderado generalísimo sin limite de suma.—Atenas,
diez de agosto del dos mil doce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—RP2012317170.—(IN2012083043).
Ante mí Henry Alonso Víquez Arias, notario
con oficina en Atenas, hago constar que el día cinco de julio del dos mil nueve
a las ocho horas en Atenas centro se realizo asamblea general extraordinaria de
la sociedad centro educativo Valle Verde de Atenas Sociedad Anónima, en la cual
se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Atenas,
catorce de agosto del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—RP2012317171.—(IN2012083044).
Por escritura otorgada en San José a las
catorce horas del catorce de agosto del dos mil doce, se protocolizó el acta de
la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Corporación
Decaprim Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
veintitrés mil setecientos treinta y cinco. Se modifican las cláusulas segunda,
tercera y quinta y se revoca poder conferido a favor del agente residente. Ante
la notaría del Licenciado Rolando Guardiola Arroyo.—Lic.
Rolando Guardiola Arroyo, Notario.—1
vez.—RP2012317172.—(IN2012083045).
Ante mí Henry Alonso Víquez Arias, notario
con oficina en Atenas, hago constar que el día veintitrés de julio del dos mil
doce, a las ocho horas en Los Ángeles de Atenas se realizo asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Grand Prix El Caballo Europeo
Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto
constitutivo.—Atenas, dieciséis de agosto del dos mil
doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1
vez.—RP2012317173.—(IN2012083046).
Por escritura número 74 otorgada
hoy ante mí, se acordó disolver la sociedad Joraya Sociedad Anónima. Cédula
3-101-065-364.—San José, 14:30 horas del 14 de agosto
del 2012.—Lic. Claudio A. Hernández Guerrero, Notario.—1
vez.—RP2012317174.—(IN2012083047).
Por escritura otorgada ante esta notaría al
ser las once horas con treinta minutos del ocho de agosto del año dos mil doce,
se constituyó la sociedad de esta plaza denominada, Máxime Michelle
Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones,
moneda del curso legal de Costa Rica totalmente suscrito y pagado. Distrito de
Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic.
Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1
vez.—RP2012317176.—(IN2012083048).
Rafael Ángel Guzmán Chinchilla y Oldemar
Ureña Navarro constituyen
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
protocolizó acta en la que Buenas Piedras S. A., modifica su
domicilio, su administración y representación y nombra nuevos miembros de junta
directiva y fiscal.—San José, a las once horas del
dieciséis de agosto del dos mil doce.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(IN2012083055).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaría
pública de Alajuela a las 15:00 horas del 10 de mayo del 2012, se disolvió la
empresa Dos Rosas S. A., cédula jurídica número
3-101-124242.—Alajuela, 15 de mayo del 2012.—Lic.
Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2012083058).
Por escritura número veintidós-catorce, del
tomo número catorce de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las
diecisiete horas del día trece de agosto del año dos mil doce, Jaime Tabor
Reimers y Ana Patricia Vásquez Castillo, constituyeron una Sociedad
Limitada.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1
vez.—(IN2012083066).
Por escritura número ciento treinta y uno del
trece de agosto del dos mil doce, se constituyo ante esta notaría la sociedad
denominada Perfil de Horizonte Consulting Sociedad Limitada. Los
negocios sociales serán administrados por un Gerente y Subgerente.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—1 vez.—(IN2012083136).
Condominio Los Itabos Filial Ocho Itrio S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos treinta y dos mil trescientos cincuenta, domiciliada
en Heredia, San Rafael, Santiago, Condominios Flor de Itabos, Apartamento
veinte-A, setecientos este del Ovsicori de
Por escritura otorgada ante mí a las 15:00
horas del 14 de agosto del 2012, se constituyó sociedad de responsabilidad
limitada con la denominación del número de identificación que asigne el
Registro. Domicilio San José, plazo 100 años, objeto genérico, capital social
suscrito y pagado, dos gerentes como apoderados generalísimos sin límite de
suma.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—(IN2012083142).
Mediante escritura número ciento nueve,
visible al folio noventa y seis vuelto, del tomo octavo de mi protocolo, se
constituyó la sociedad denominada según el decreto ejecutivo número treinta y
tres mil ciento setenta y uno-J. Es todo.—San José,
veinticuatro de agosto del dos mil diez.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—(IN2012083144).
Mediante escritura número cuatro, visible al
tomo sexto de mi protocolo se disolvió la sociedad denominada Asesores
Suplidores S. A. Es todo.—San José,
veintiocho de junio del año dos mil doce.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—(IN2012083145).
Mediante escritura 44-11, de las 13:00 horas
del 10 de agosto del 2012, se constituyo la sociedad Tide Academy Sociedad
Anónima.—Tamarindo, 14 de agosto del 2012.—Lic.
Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—(IN2012083146).
Por escritura número noventa, otorgada a las
once horas del diecisiete de agosto del dos mil doce, protocolicéX el acta de
asamblea general de socios, mediante la cual se modifica la cláusula segunda de
los estatutos y se nombra nueva junta directiva de Propiedades
Por escritura número ciento ochenta y siete,
del trece de agosto del dos mil doce, se protocoliza acta de la sociedad
anónima tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil trescientos treinta y
tres s. a., mediante la cual se modifica cláusula primera, para que sea
denominada Afine Farmaceuticaldrugs S. A., y se nombre nuevo fiscal; y
por escritura ciento ochenta y nueve, del trece agosto del 2012, constituyó la
sociedad anónima Aplicaciones Tecnológicas Aplitec S. A., con domicilio
en San José. Representación: Presidente y secretario con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: cien años.—San
José, dieciséis de agosto del dos mil doce.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—(IN2012083157).
Por escritura otorgada ante esta notaría el
día dieciséis de agosto del dos mil doce, a las ocho horas, se reforman las
cláusulas segunda y sexta de los estatutos de la sociedad denominada tres-ciento
uno-quinientos noventa y tres mil cuatrocientos sesenta y ocho s. a.,
tres-ciento uno-quinientos noventa y tres mil cuatrocientos sesenta y ocho.—San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Elsa Maribel Cortés
Sorto, Notaria.—1 vez.—(IN2012083172).
La sociedad denominada Total Copy S.
A. protocoliza acuerdos de asamblea de socios. Diecisiete de agosto del año
dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea,
Notario.—1 vez.—(IN2012083175).
La sociedad denominada Clifford Kar-Su
S.A. protocoliza acuerdos de asamblea de socios. Diecisiete de agosto
del año dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Ramírez
Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2012083176).
La sociedad Ribecentro cerca del Campestre
S. A., protocoliza acuerdos de asamblea de socios. Diecisiete de agosto del
dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea,
Notario.—1 vez.—(IN2012083177).
La sociedad Ribecentro cerca del Campestre
S. A., protocoliza acuerdos de asamblea de socios. Diecisiete de agosto
del dos mil doce.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea,
Notario.—1 vez.—(IN2012083178).
El día de hoy, ante esta notaría se
constituyeron las sociedades Costa Rica Cash Com. Ltda.; Amigos Money
CR. Ltda; y Helpful Amigos Ltda., todas con un plazo social de cien
años y un capital social de cien mil colones exactos.—San
José, dieciséis de agosto del año dos mil doce.—Lic. Román Esquivel Font,
Notario.—1 vez.—(IN2012083181).
La suscrita Kattya Arias Arroyo, abogada y
notaria, hago constar que el día 14 de agosto del 2012, se constituyó la
sociedad Constructora Electromecánica y Aire Cema Sociedad Anónima, cuyo
representante es el señor Nelson Hidalgo Agüero, con su domicilio social en la
ciudad de Heredia, con un capital de 10.000 colones.—San José, 14 de agosto del
2012.—Lic. Kattya Arias Arroyo, Notaria.—1
vez.—(IN2012083184).
Por escritura otorgada ante esta notaría al
ser las 7:00 horas del 20 de agosto del 2012, se protocoliza acta de asamblea
de C.A.B Gasco Costa Rican Holdings Sociedad Anónima, se modifica
la cláusula sétima.—San José, 20 de agosto del
2012.—Lic. Andrea Ovares López, Notaria.—1
vez.—(IN2012083349).
Se realiza la publicación del cambio de
nombramientos en la junta directiva y representación de la sociedad Odontología
Extrema JJ Centroamericana Sociedad Anónima.—Lic.
Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1
vez.—(IN2012083356).
Por escritura Nº 169, de las 14:00 horas del
14 de agosto del 2012, estando presente la totalidad del capital social de la
compañía denominada PB Metals Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-589474, se aumentó su capital social y se modificó la
cláusula quinta del pacto constitutivo.—Lic. Carlos
Arturo Hernández Estrada, Notario.—1
vez.—(IN2012083358).
Por haber otorgado la notaria Mayra Amores Hernández,
la escritura número catorce, a las catorce horas del trece de agosto del dos
mil doce, se constituyó la sociedad denominada Amores y Campos
Sociedad Anónima. Su domicilio social será en Alajuela, San Carlos,
Por haber otorgado la notaria Mayra Amores
Hernández, la escritura número seis, a las diez horas del veintiséis de junio
del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Indyu
Sociedad Anónima. Su domicilio social será en Alajuela, San Carlos, Ciudad
Quesada, Barrio Baltazar Quesada, cien metros oeste y cincuenta metros sur, de
Por escritura de las 9:00 horas de hoy,
protocolicé acta de la compañía Sociedad Club Campestre José Marti
S. A., por la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo,
así como también se nombra junta directiva y fiscal.—Montes de Oca, 16 de
agosto del 2012.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1
vez.—RP2012317284.—(IN2012083542).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce
horas del dieciséis de agosto de dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea
extraordinaria de socios de Agropecuaria Zume Sociedad Anónima, mediante
la cual se modifica cláusula del pacto constitutivo.—Ciudad
Quesada, 16 de agosto del 2012.—Lic. David Rogelio Jiménez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2012317287.—(IN2012083543).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las 16:00 horas del 16 de agosto del 2012, se protocolizó acta de asamblea de
socios de Despacho Lara Eduarte S.C., modificándose las cláusulas
segunda y quinta del pacto social.—San José, 16 de
agosto del 2012.—Lic. Haidel Sequeira Guzmán, Notaria.—1
vez.—RP2012317289.—(IN2012083544).
Por escritura número ciento quince, otorgada
ante este notario a las doce horas del nueve de agosto del dos mil doce, se
protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas, de Inversiones
Calle Alfonso Sociedad Anónima.—San José, trece de agosto del dos mil
doce.—Lic. Paola María Montealegre Sauma, Notaria.—1
vez.—RP2012317292.—(IN2012083545).
Por escrituras números 110, 111, 112 y 113,
otorgadas ante esta notaría, respectivamente, a las 9:00, 10:00, 11:00 y a las
12:00 horas, todas del 16 de agosto del año en curso, se acordó la disolución
de las sociedades CI Centroamérica Ltda, Kanalu Trading Company Ltda,
3-102-398302 y Sky Forest Ltda.—San José, 16 de agosto del
2012.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1
vez.—RP2012317294.—(IN2012083546).
Xiaozhen Yang, cédula de residencia número
uno uno cinco seis cero cero tres cinco dos siete tres tres, constituye
sociedad anónima denominada Real Sarapiquí Sociedad Anónima, domiciliada
en Puerto Viejo de Sarapiquí de Heredia, cien metros al sur del Banco Nacional
de C. R. Es todo.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 16 de
agosto del dos mil doce.—Lic. Gerardo Alvarado Montoya, Notario.—1 vez.—RP2012317295.—(IN2012083547).
Yerlen Gerardo Vargas Castro y María Elena
Jiménez Ramírez, constituyen Transportes VYJ Sociedad Anónima, en San
Pedro de Poás.—Alajuela, a las dieciocho horas del
catorce de agosto de dos mil doce.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2012317297.—(IN2012083548).
Ante el Licenciado Marvin Ramírez Víquez, el
día 10 de agosto del 2012, se cambia razón social de Insatec Inversiones
Contempraneas S. A., a Corporación Mar Azul S. A.—10 de agosto del
2012.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1
vez.—RP2012317299.—(IN2012083549).
Por escritura otorgada hoy, ante la suscrita
notaria, los señores Michael Christopher Gerhard y Brian Thomas Bratton
constituyen la sociedad Rock N Wings Ltda., para dedicarse por cien años
y con domicilio en la ciudad de San José, a la industria y comercio en general.
Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José,
17 de agosto del 2012.—Lic. Mónica Romero Piedra, Notaria.—1
vez.—RP2012317303.—(IN2012083550).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada
a las ocho horas del día dieciséis de agosto del dos mil doce, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Milmayrob
Sociedad Anónima, mediante la cual se renueva el plazo de la junta directa
y fiscal por el resto del plazo social, y se reforma la cláusula segunda del
pacto constitutivo.—San José, dieciocho de agosto del
dos mil doce.—Lic. Zihanny M. Elías González, Notaria.—1
vez.—RP2012317305.—(IN2012083551).
En mi notaría por escritura otorgada a las 17:00
horas del 28 de mayo del 2012, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Consultores Energéticos Sociedad Anónima. Se
disuelve y liquida sociedad.—Santa Ana, 14 de agosto
del 2012.—Lic. Sergio Fernando Jiménez Guevara, Notario.—1
vez.—RP2012317308.—(IN2012083552).
En mi notaría por escritura otorgada en la
ciudad de Santa Ana, a las 10:00 horas del 13 de agosto del 2012, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Diseño Mas Diseño S. A.
Se nombra nueva junta directiva.—Santa Ana, 13 de
agosto del 2012.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1
vez.—RP2012317309.—(IN2012083553).
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Resolución Nº 157-2012.—Proveeduría Institucional.—Ministerio de Agricultura y
Ganadería.—San José, a las catorce horas del seis de agosto del dos mil doce.
Procedimiento de Inhabilitación, seguido a la
empresa HJ Sistemas S. A., por Incumplimiento de las siguientes contrataciones:
Contratación Directa Nº
2010CD-001720-1600, pedido de compra Nº 4500112859, trámite que se crea como
contratación adicional de
Licitación Abreviada Nº 2010LA-000152-16900,
pedido de compra Nº 4500116232.
Licitación Abreviada Nº 2010LA-000330-16900,
pedido de compra Nº 4500118071.
Resultando:
1º—Que esta Proveeduría
Institucional realizó el procedimiento de apercibimiento que establece el
artículo 99 inciso a) de
a- Resolución Nº 266-2010 de las catorce horas del veintisiete de
agosto del dos mil diez, remitida al Registro de Proveedores del Ministerio de
Hacienda con Oficio Prov. 205-2011 el día 7 de abril del 2011. Contratación
Directa Nº 2010CD-001720-1600, Pedido de Compra Nº 4500112859 del 24 de mayo
del 2010. (Trámite que se crea como contrato adicional de
b- Resolución Nº 028-2011 de las trece horas del
ocho de marzo del dos mil once, remitida al Registro de Proveedores del
Ministerio de Hacienda con Oficio Prov. 254-2011 el día 13 de mayo del 2011.
Licitación Abreviada 2010LA-000152-16900, Pedido de Compra Nº 4500116232 del 30
de agosto del 2010.
c- Resolución Nº 030-2011 de las once horas del
once de marzo del dos mil once, remitida al Registro de Proveedores del
Ministerio de Hacienda con Oficio Prov. 255-2011 el día 13 de mayo del 2011.
Licitación Abreviada 2010LA-000330-16900, Pedido de Compra Nº 4500118071 del 07
de octubre del 2010.
Por la compra de equipo de
cómputo, para uso de
2º—Que mediante oficio Prov. 273-2011, del 14
de enero del 2011, se le comunicó a la empresa HJ Sistemas S. A., el inicio de
un procedimiento administrativo para la aplicación de una eventual sanción de
inhabilitación de acuerdo a lo que establece el artículo 100 inciso a) de
3º—Que la empresa HJ Sistemas S. A., no respondió
dentro del plazo concedido el citado oficio Prov. 273-2011, del 23 de mayo del
2011, sin poder conocer
Por lo que en el escrito de la audiencia se
señala que por la gravedad de la falta cometida por dicha empresa, a la misma
se le aplique
4º—Que en el procedimiento para la resolución
del presente asunto, se han observado los procedimientos de Ley.
Considerando:
I.—Que la empresa HJ Sistemas S.
A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-165205-11 incurrió en
incumplimiento por entregas tardías y la no entrega del objeto contractual
adjudicado con relación a los procedimientos de contratación administrativa
promovidos por esta Proveeduría Institucional para la compra de equipo de
cómputo durante el año 2010, con relación a los trámites de Contratación
Directa 2010CD-001720-16900,
Sobre el fondo del asunto: Siendo el Cartel, el marco de
la contratación o negocio jurídico que se formalizara en esta contratación
cuyos términos y condiciones que finalmente son tomados en consideración con el
objeto de proceder a la evaluación de los factores como mejor opción a los
intereses administrativos. Es en la oferta donde se consideran de vital
importancia los plazos de entrega propuestos por el oferente, plazo fijado por
el contratista que empezó a correr un día hábil después del retiro de los
correspondientes pedidos de compra, lo que fue plena e inequívocamente aceptado
por la empresa adjudicataria, el que fue consta como hecho puro y simple.
En este procedimiento el adjudicatario no
responde la audiencia concedida, misma que es publicada mediante el diario
oficial
II.—Que por las razones expuestas en el
Considerando Primero de la presente Resolución, por la gravedad de la falta se
aplica la sanción de inhabilitación que establece el artículo 100, inciso a) de
RESUELVE:
1º—Aplicar una sanción de
inhabilitación por un período de cinco años, contado a partir de la firmeza de
la presente, a la empresa HJ Sistemas S. A., por la entrega en forma tardía el
equipo de cómputo adjudicado mediante
2º—Contra la presente cabe Recurso de
Revocatoria dentro de tercero día a partir de su notificación.
3º—Notifíquese a la empresa HJ Sistemas S.
A., por medio de publicación en el Diario Oficial
Proveeduría Institucional.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora Institucional.—O. C. Nº 16446.—Solicitud Nº
28789.—C-191760.—(IN2012082867).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Resolución
acoge cancelación
Ref: 30/2012/10625.—Marco Antonio Jiménez Carmiol,
cédula de identidad 1-299-846, en calidad de Representante Legal de Renaissance
Capital Corporation.—Documento: Cancelación por falta
de uso.—Nº y fecha: Anotación/2-69937 de 23/12/2010.—Expediente: 1995-0006639
Registro Nº 98556 FIESTA en clase 31 Marca Denominativa
Registro de
Conoce este Registro la solicitud de CANCELACIÓN POR NO USO, interpuesta por
Resultando:
I.—Que por memorial recibido el 23 de diciembre del
2010,
II.—Que por resolución de las 15:54:14 horas de 28
de febrero del 2011 el Registro de Propiedad Industrial procede a dar traslado
al titular del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie respecto a la
solicitud de cancelación presentada. (Folio 15) Dicha resolución fue notificada
al solicitante de la cancelación el 05 de abril del 2011. (Folio 15 vuelto).
III.—Que por resolución de las 13:58:16 horas del
04 de octubre del 2011, el Registro de Propiedad Industrial, vista la
imposibilidad material de notificar conforme derecho al titular marcario ordena
publicar el traslado de la cancelación en
IV.—Que por resolución de las 14:27:15 horas del
25 de noviembre del 2011 el Registro de Propiedad Industrial corrige el error
material que adolece la resolución de las 13:58:16 horas del 4 de octubre del
2011. (Folio 23) Dicha resolución fue debidamente notificada el 25 de noviembre
del 2011. (Folio 23 vuelto).
V.—Que memorial de fecha 17 de enero del 2012 el solicitante de la cancelación
aporta copia de las publicaciones del traslado de la cancelación por no uso en
el Diario Oficial
VI.—Que no consta en el expediente contestación
del traslado de la cancelación por no uso.
VII.—En el procedimiento no se notan defectos ni
omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado,
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados. Que en este Registro de
Que en este Registro de Propiedad Industrial se encuentra la solicitud de
inscripción de la marca “FIESTA”, en clase 31 de la nomenclatura
internacional para proteger y distinguir: “Productos agrícolas, hortícolas y
forestales y granos no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y
vegetales frescos; semillas, plantas y flores naturales; productos alimenticios
para animales; malta; frijoles frescos y frijoles en grano.” solicitada por
Rubi Importing and Exporting Sociedad Anónima cuyo estado administrativo es “Con
suspensión a pedido de parte”
II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno
relevante para la resolución del presente asunto.
III.—Legitimación para actuar. Analizado el
poder especial administrativo, documento referido por el interesado en su
escrito de solicitud de la presente cancelación por falta de uso y que consta
en el expediente 2009-2509, se tiene por debidamente acreditada la facultad
para actuar en este proceso de
IV.—Sobre los elementos de prueba. Este
Registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo
manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación
por falta de uso y un Acta Notarial ante el Notario Público Alwin Mendoza
Oviedo.
V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de
VI.—Contenido de
VII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado
el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo
del asunto:
Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por
falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal
Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas
treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a
los artículos 42 de
“En tal sentido
este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en
todo momento al titular de la marca.
Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede
comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el
segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba
admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y
efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de
publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios
mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin
todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han
realizado.”
En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones
por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este
caso a la empresa Renaissance Capital Corporation, que por cualquier medio de
prueba debe de demostrar la utilización de la marca FIESTA para
distinguir productos en clase 31.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las
presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las
actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la sociedad
Rubi Importing and Exporting S. A. demuestra tener legitimación y un interés
directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que de la solicitud
de cancelación de marca se desprende que las empresas son competidores directos
y existe una solicitud de inscripción de esta empresa que se encuentra
actualmente en suspenso.
En cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de
“Se entiende que una marca registrada se encuentra
en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el
comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde,
tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o
servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También
constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la
exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el
extranjero desde el territorio nacional. Una marca registrada deberá usarse en
el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de
manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en cuanto a
detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la
marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que
él confiere. El uso de una marca por parte de un licenciatario u otra persona
autorizada para ello será considerado como efectuado por el titular del
registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca.”
Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe
necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma
distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar
disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al
titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a
la cancelación del registro respectivo.
Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca FIESTA
al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que
indicara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de
su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos
contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos
por los artículos 39 y 40 de
Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de
Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de
aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan
obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el
registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal
(del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el
registro Nº 98556, marca FIESTA en clase 31 internacional propiedad de
Renaissance Capital Corporation. Por tanto,
Con base en las razones expuestas y citas de
Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—RP2012317408.—(IN2012083487).
DIRECCIÓN
REGIÓN CENTRAL DE SUCURSALES
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El suscrito Licenciado Mauricio López Fernández,
Administrador de
Patronos
ALDAIR
CUMA S. A. 3101347629 ¢1.992.495,00
ARROYO SANCHEZ JUANA
ENRIQUETA AMABLE 400510823 ¢114.463,00
AUTOGLOBAL SERVICE S. A.
3101616428 ¢499.281,00
COSTA RICA NATURAL MARKET S. A.
3101598584 ¢77.068,00
COOPERATIVA DE SERVICIOS MULIPLES
DE LOS FUNCIONARIOS DEL CONSORCIO
DE COOPERATIVAS DE CONSUMO R L
3004269516 ¢88.398,00
CONSULTORES EN INFORMATICA F E S.
A. 3101234335 ¢569.538,00
CHAVES GONZALEZ OSCAR EDUARDO
401330039 ¢1.662.487,00
CHENOA S. A. 310149811 ¢767.152,00
CURY MARTINEZ MANZUR RAFAEL
800870698 ¢8.388.947,00
DISTRIBUIDORA Y SERVICIOS
MULTIPLES
FERSAN DE HEREDIA S. A. 3101387036 ¢139.481,00
JEAN
HWHH ARQUITECTURA S.
A. 3101507548 ¢123.694,00
ICATEL DE COSTA RICA S. A.
3101597212 ¢1.963.745,00
PACIFIC BUILDERS S. A. 3101430266 ¢965.829,00
PRODUCTOS ALIMENTICIOS
IMPERIAL S. A. 3101037382 ¢15.197.313,00
RODRIGUEZ MENDEZ AYLLIN 110570433 ¢591.966,00
SERVICIOS TELEMATICOS DE ORIENTE
3101614177 ¢383.893,00
SERVICIOS TERBI S. A. 3101503507 ¢394.180,00
SOLINTEC SOLUTIONS LIMITADA
3102610890 ¢577.998,00
THALER METAL INDUSTRIES
(COSTA RICA) S. A. 3101418665 ¢192.319,00
TUFTS GABRIELA ELENA 2820097416 ¢36.027,00
VENTAS DINAMICAS DE CENTROAMERICA
VEDICA S. A. 3101208295 ¢565.405,00
WASHBURN HEALY MARK ALAN 800820906 ¢2.673.949,00
TRABAJADORES INDEPENDIENTES
ALVARADO FERNANDEZ MARCO VINICIO
112510504 ¢941.838,00
ARCE OVIEDO GERARDO 401790255 ¢186.292,00
ARRIETA JIMENEZ JOSE DANILO
502860152 ¢1.265.146,00
AVENDAÑO ALPIZAR MARIO ALBERTO
107760696 ¢503.205,00
BETANCUR VALENCIA CARLOS ALBERTO
16656290 ¢1.088.960,00
BREISIG CAMPODONICO JOHN VINCENT
15424600 ¢1.219.350,00
CORTES PORRAS SONIA ESTRELLA
601980647 ¢1.040.973,00
DE ESTRADA BURTO LUIS
MIGUEL DUQUE 16423516 ¢1.615.623,00
DOMINGUEZ MONDRAGON
BEATRIZ ELENA 27817144 ¢1.255.411,00
FERNANDEZ BRENES JOSE DANIEL
103650322 ¢2.109.376,00
GONZALEZ CASTILLO ALFREDO 17910408 ¢234.441,00
GONZALEZ CHAVES JOSE MIGUEL
205320744 ¢259.964,00
JEAN SAINT LOUIS LESLIE 800810696 ¢1.096.301,00
HERNANDEZ DINARTE JULIO 1559953 ¢285.227,00
HERNANDEZ LOPEZ JOSE WILLIAM
502810559 ¢33.326,00
LOPEZ SOTO DAVID 111230795 ¢616.945,00
MATA FONSECA JOHANNA VANESSA
303630300 ¢2.292.794,00
MORENO POCHET LUIS DIEGO 109910507 ¢639.585,00
MURILLO MADRIGAL DANIELLA
108510044 ¢2.084.656,00
PANIAGUA GONZALEZ NATALIA ELISA
111960703 ¢547.449,00
RODRIGUEZ OLIVAS HAROLD 17357202 ¢202.835,00
ROJAS UGALDE JESSICA MARIA
110770885 ¢688.054,00
VIQUEZ ARIAS HILDA MARIA 105060815 ¢969.224,00
Sucursal de San Joaquín de Flores.—Lic. Mauricio López Fernández, Jefe.—(IN2012083068).
REGIÓN CHOROTEGA
Expediente de nulidad de título:
NUL-041-2009-OSRL-ALCH.—Contra: Juan Antonio Eras Castillo.—Lote Nº 12
Asentamiento El Consuelo.—Instituto de Desarrollo Agrario, Oficina Asesoría
Jurídica, Región Chorotega, Liberia, Guanacaste a las nueve del día treinta de
julio del año dos mil doce. Con fundamento en las facultades que otorga
COLEGIO
FEDERADO DE INGENIEROS Y DE
ARQUITECTOS DE COSTA
RICA
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
“
Acuerdo N° 05:
a. Se
aprueba lo recomendado por el Instructor de Régimen Disciplinario y en
consecuencia, se instaura un Tribunal de Honor en el expediente N° 089-11 de
denuncia interpuesta por el Sr. Miguel Cubillo López y por el C.F.I.A., en
contra del TA Pedro López Cascante (TA-9585), con el fin de llegar a la verdad
real de los hechos, según oficio N° 1892-2011 -DRD: (...)
b. El
Tribunal de Honor para el profesional denunciado estará conformado por el Ing. Juan
Andrés Mora Monge, el Ing. Juan Carlos Saborío Zeledón, el Ing. Luis Enrique
Portilla Barquero (en calidad de suplente), del Tribunal de Honor Permanente
del Colegio de Ingenieros Topógrafos; y por el Ing. Olman Vargas Zeledón, en su
condición de Director Ejecutivo del C.F.I.A.
c. El
Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del
procedimiento. Asimismo, se informa que el CFIA garantiza en todo momento el
acceso al expediente, sus piezas y a los antecedentes que motivaron el presente
acuerdo. Contra la anterior resolución cabrá el recurso de revocatoria ante
N° 0028-11/12-JDG, 08 de noviembre de 2011
Por un error material involuntario en el oficio N°
1334-10/11-JDG, correspondiente al acuerdo N° 05 de la sesión N° 49-10/11-G.E.
de
Por tanto, de conformidad con lo establecido en el artículo 157 de