LA GACETA Nº 209 DEL 30 DE OCTUBRE DEL 2012

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

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AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

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LICITACIONES

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CAJACOSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

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CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

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COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA LA EDUCACIÓN

MUNICIPALIDADES

REMATES

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA LA EDUCACIÓN

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SALUD

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

HACIENDA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

N° 035-2012-MTSS

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y en los artículos 7, 31 y 34 concordantes del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte de la Federación Latinoamericana de Auditores Internos (FLAI), para que participe en el Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna Paraguay 2012, el cual se realizará entre los días 14 al 17 de octubre de 2012, en la ciudad de Asunción, Paraguay.

2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal brindar mecanismos eficaces y eficientes, que ayudaran a implementar la transparencia, la equidad social, identificar riesgos corporativos y tecnológicos, la calidad y otras herramientas relacionadas para fortalecer las mejores prácticas de la Auditoría Interna de la Institución.

3º—Que la participación del señor Javier Francisco González Castro, cédula de identidad 1-617-026, en este evento, responde a las funciones de Auditor General del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Javier Francisco González Castro, cédula de identidad 1-617-026, Auditor General del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna Paraguay 2012, el cual se realizará entre los días 14 al 17 de octubre de 2012, en la ciudad de Asunción, Paraguay.

Artículo 2º—Los gastos del señor Auditor General del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, serán cubiertos con recursos de las subpartidas 105.03 y 105.04 del Programa 729, a saber de la siguiente forma: - Por concepto de viáticos al exterior a través de la subpartida 105.04 del Programa 729 se autoriza la suma de US $201,00 diarios para Paraguay (Doscientos Un Dólares con Cero Centavos). El transporte aéreo de ida y regreso será cubierto por la subpartida 105.03 del Programa 729; asimismo por la subpartida 105.04 del Programa 729 se cubrirán los gastos por concepto de inscripción e impuestos, tributos o cánones que se deba pagar en las terminales de transportes o cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse.

Artículo 3º—De acuerdo con la Circular DGABCA-NP-1035-201 y de conformidad con los artículos 2 y 5 de la Resolución N° 78-2011 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, la funcionaria deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Artículo 4º—Que durante los días en que se autoriza al señor Javier Francisco González Castro, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—Rige a partir del 12 al 19 de octubre de 2012.

Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los diez días del mes de setiembre del dos mil doce.

Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 15846.—Solicitud Nº 115-700-035 AC.—C-Crédito.—(IN2012099834).

N° 034-2012-MTSS

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y el Ministerio de Relaciones Exteriores El Salvador, para participar en el Taller de Capacitación sobre Gestión de la Migración Laboral en Centroamérica, México y República Dominicana, el cual se realizará entre los días 4 al 6 de setiembre de 2012, en la ciudad de San Salvador, El Salvador.

2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal contribuir al mejoramiento de la administración de la migración laboral mediante la formación teórica y práctica.

3º—Que la participación de la señora María del Rocío Ruiz Piedra, cédula de identidad 1-672-083, en este evento, responde a las funciones de Analista del Departamento de Migraciones Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora María del Rocío Ruiz Piedra, cédula de identidad 1-672-083, Analista del Departamento de Migraciones Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para participar en el Taller de Capacitación sobre Gestión de la Migración Laboral en Centroamérica, México y República Dominicana, el cual se realizará entre los días 4 al 6 de setiembre de 2012, en la ciudad de San Salvador, El Salvador.

Artículo 2º—Los gastos de la señora María del Rocío Ruiz Piedra, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por la Secretaria de Integración Centroamericana (SICA).

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza a la señora María del Rocío Ruiz Piedra, cédula de identidad 1-672-083, Analista del Departamento de Migraciones Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para participar en el Taller de Capacitación sobre Gestión de la Migración Laboral en Centroamérica, México y República Dominicana, el cual se realizará entre los días 4 al 6 de setiembre de 2012, en la ciudad de San Salvador, El Salvador, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 3 al 7 de setiembre de 2012.

Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los veintitrés días del mes de setiembre del dos mil doce.

Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 15846.—Solicitud Nº 115-700-03AC.—C-Crédito.—(IN2012099837).

N° 036-2012-MTSS

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, República de Guatemala, para que participe en el Seminario Técnico sobre Mercado de Trabajo, el cual se realizara en la ciudad de Guatemala, entre los días 24 al 28 de setiembre de 2012.

2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal contribuir a la construcción de un marco común de indicadores que faciliten el desarrollo de investigaciones futuras de carácter regional que sirvan de apoyo a las políticas de empleo.

3º—Que la participación de la señora María Isabel Paniagua Rojas, cédula número 2-309-948, en este evento, responde a las funciones de investigadora del Observatorio del Mercado Laboral de Costa Rica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora María Isabel Paniagua Rojas, cédula número 2-309-948, investigadora del Observatorio del Mercado Laboral de Costa Rica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el Seminario Técnico sobre Mercado de Trabajo, el cual se realizara en la ciudad de Guatemala, entre los días 24 al 28 de setiembre del 2012.

Artículo 2º—Los gastos de la señora María Isabel Paniagua Rojas por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por la Organización Internacional del Trabajo con su Proyecto Fortalecimiento del Observatorio Laboral de Centroamérica y República Dominicana (OLACD).

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza a María Isabel Paniagua Rojas, cédula número 2-309-948, investigadora del Observatorio del Mercado Laboral de Costa Rica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el Seminario Técnico sobre Mercado de Trabajo, el cual se realizará en la ciudad de Guatemala, entre los días 24 al 28 de setiembre de 2012, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 23 al 29 de setiembre de 2012.

Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los doce días del mes de setiembre del dos mil doce.

Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 15846.—Solicitud Nº 115-700-036AC.—C-Crédito.—(IN2012099839).

N° 037-2012-MTSS

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, República de Guatemala, para que participe en el Seminario Técnico sobre Mercado de Trabajo, el cual se realizara en la ciudad de Guatemala, entre los días 24 al 28 de setiembre de 2012.

2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal contribuir a la construcción de un marco común de indicadores que faciliten el desarrollo de investigaciones futuras de carácter regional que sirvan de apoyo a las políticas de empleo.

3º—Que la participación del señor Luis Orlando García Piedra, número de cédula 1-439-265, en este evento, responde a sus funciones de Coordinador del Observatorio Laboral y Jefe del Departamento de Investigación del Mercado Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Luis Orlando García Piedra, número de cédula 1-439-265, Coordinador del Observatorio Laboral de Costa Rica y Jefe del Departamento de Investigación del Mercado Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que en el Seminario Técnico sobre Mercado de Trabajo, el cual se realizará en la ciudad de Guatemala, entre los días 24 al 28 de setiembre del 2012.

Artículo 2º—Los gastos del señor Luis Orlando García Piedra, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por la Organización Internacional del Trabajo con su Proyecto Fortalecimiento del Observatorio Laboral de Centroamérica y República Dominicana (OLACD).

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza al señor Luis Orlando García Piedra, número de cédula 1-439-265, Coordinador del Observatorio Laboral de Costa Rica y Jefe del Departamento de Investigación del Mercado Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que en el Seminario Técnico sobre Mercado de Trabajo, el cual se realizará en la ciudad de Guatemala, entre los días 24 al 28 de setiembre de 2012, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 23 al 29 de setiembre de 2012.

Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los doce días del mes de setiembre del dos mil doce.

Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 15846.—Solicitud Nº 115-700-037AC.—C-Crédito.—(IN2012099842).

N° 039-2012-MTSS

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el proyecto Reforzar las capacidades para la elaboración y análisis de los indicadores del trabajo decente (RECAP), para participar en el curso de formación sobre la “Recolección y análisis de datos para la medición y seguimiento de los progresos en materia de trabajo decente”, que tendrá lugar en la sede del Centro Internacional de Formación de la OIT en la ciudad de Turín, Italia, del 8 al 19 de octubre 2012.

2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivos principales: i) mejorar la capacidad en el diseño de encuestas nacionales de población activa o de módulos de empleo en las encuestas de hogares, y ii) analizar los datos de estas encuestas con el propósito de desarrollar las capacidades necesarias para producir los indicadores de trabajo decente y hacer un seguimiento de las condiciones del mercado de trabajo.

3º—Que la participación de la señora Ana María Rojas Solano, número de cédula 2-279-010, en este evento, responde a las funciones Analista del Observatorio del Mercado Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Ana María Rojas Solano, número de cédula 2-279-010, Analista del Observatorio del Mercado Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el curso de formación sobre la “Recolección y análisis de datos para la medición y seguimiento de los progresos en materia de trabajo decente”, el cual se realizará los días 8 al 19 de octubre de 2012, en la ciudad Turín, Italia.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Ana María Rojas Solano, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por el Proyecto RECAP.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza a la señora Ana María Rojas Solano, para que participe en el curso de formación sobre la “Recolección y análisis de datos para la medición y seguimiento de los progresos en materia de trabajo decente”, el cual se realizará los días 8 al 19 de octubre de 2012, en la ciudad Turín, Italia, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 6 al 21 de octubre de 2012.

Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los diecisiete días del mes de setiembre del dos mil doce.

Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 15846.—Solicitud Nº 115-700-039AC.—C-Crédito.—(IN2012099846).

N° 043-2012-MTSS

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte de la Comisión Europea y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para participar en el Taller de Sistemas de Información sobre Migración Laboral, el cual se realizará en la ciudad de Granada, Nicaragua, entre los días 25 y 26 de setiembre.

2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal fortalecer las capacidades institucionales tanto a nivel nacional como bilateral- para recopilar, intercambiar y difundir información relevante sobre migración laboral.

3º—Que la participación del señor Johnny Alberto Ruiz Arce, cédula de identidad Nº 1-456-787, en este evento, responde a sus funciones de Jefe de Migraciones Laborales del Departamento de Migraciones Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Johnny Alberto Ruiz Arce, cédula de identidad Nº 1-456-787, Jefe de Migraciones Laborales del Departamento de Migraciones Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que en el Taller de Sistemas de Información sobre Migración Laboral, el cual se realizará en la ciudad de Granada, Nicaragua, entre los días 25 y 26 de setiembre.

Artículo 2º—Los gastos del señor Johnny Alberto Ruiz Arce por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por Comisión Europea.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza al señor Johnny Alberto Ruiz Arce, cédula de identidad Nº 1-456-787, para que en el Taller de Sistemas de Información sobre Migración Laboral, el cual se realizará en la ciudad de Granada, Nicaragua, entre los días 25 y 26 de setiembre, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 24 al 27 de setiembre del 2012.

Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los veinte días del mes de setiembre del dos mil doce.

Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 15846.—Solicitud Nº 115-700-043AC.—C-Crédito.—(IN2012099853).

N° 044-2012-MTSS

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2) y 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte de la Comisión Europea y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para participar en el Taller de Sistemas de Información sobre Migración Laboral, el cual se realizará en la ciudad de Granada, Nicaragua, entre los días 25 y 26 de setiembre.

2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal fortalecer las capacidades institucionales tanto a nivel nacional como bilateral- para recopilar, intercambiar y difundir información relevante sobre migración laboral.

3º—Que la participación del señor Carlos Mauricio Corrales Alvarado, cédula de identidad Nº 1-651-528, en este evento, responde a las funciones Investigador del Observatorio del Mercado Laboral de Costa Rica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Carlos Mauricio Corrales Alvarado, cédula de identidad Nº 1-651-528, Investigador del Observatorio del Mercado Laboral de Costa Rica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que en el Taller de Sistemas de Información sobre Migración Laboral, el cual se realizará en la ciudad de Granada, Nicaragua, entre los días 25 y 26 de setiembre.

Artículo 2º—Los gastos del señor Carlos Mauricio Corrales Alvarado por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por Comisión Europea.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza al señor Carlos Mauricio Corrales Alvarado, cédula de identidad Nº 1-651-528, para que en el Taller de Sistemas de Información sobre Migración Laboral, el cual se realizará en la ciudad de Granada, Nicaragua, entre los días 25 y 26 de setiembre, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige del 24 al 27 de setiembre de 2012.

Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los veintiún días del mes de setiembre del dos mil doce.

Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 15846.—Solicitud Nº 115-700-044AC.—C-Crédito.—(IN2012099864).

N° 045-2012-MTSS

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2) y 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), República de Panamá, Comité para la Erradicación del Trabajo Infantil y Protección a la Persona Adolecente Trabajadora (CETIPPAT) y la Fundación Telefónica España, para participar en el Segundo Encuentro Subregional contra el Trabajo Infantil, el cual se realizará el día 2 de octubre de 2012, en la ciudad Panamá, Panamá.

2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal es discutir, compartir e intercambiar experiencias, avances y retos en el tema de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil.

3º—Que la participación de la señora Esmirna Sánchez Vargas, número de cédula 4-122-869, en este evento, responde a las funciones de Directora de la Dirección de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Esmirna Sánchez Vargas, número de cédula 4-122-869, Directora de la Dirección de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el Segundo Encuentro Subregional contra el Trabajo Infantil, el cual se realizará el día 2 de octubre de 2012, en la ciudad Panamá, Panamá.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Esmirna Sánchez Vargas, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por la Fundación Telefónica España.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza a la señora Esmirna Sánchez Vargas, para participar en el Segundo Encuentro Subregional contra el Trabajo Infantil, el cual se realizará el día 2 de octubre de 2012, en la ciudad Panamá, Panamá, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 01 al 03 de octubre de 2012.

Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil doce.

Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 15846.—Solicitud Nº 115-700-045AC.—C-Crédito.—(IN2012099866).

N° 046-2012-MTSS

LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que se ha recibido invitación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la República de Argentina y la Comisión Europea, para participar en el Foro Unión Europea (UE) América Latina y Caribe (ALC) sobre Cohesión Social, el cual se realizará entre los días 15 y 16 de octubre de 2012, en la ciudad Rosario, Argentina.

2º—Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal conocer e intercambiar experiencias orientadas al fortalecimiento de las políticas de crecimiento sostenible y cohesión social.

3º—Que la participación del señor Juan Manuel Cordero González, cedula 1-682-894, en este evento, responde a las funciones de Viceministro de Trabajo del Área Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Juan Manuel Cordero González, cedula 1-682-894, Viceministro de Trabajo del Área Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el Foro Unión Europea (UE) América Latina y Caribe (ALC) sobre Cohesión Social, el cual se realizará entre los días 15 y 16 de octubre de 2012, en la ciudad Rosario, Argentina.

Artículo 2º—Los gastos del señor Juan Manuel Cordero González, Viceministro de Trabajo del Área Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán asumidos por el Programa para la Cohesión Social en América Latina (EUROSOCIAL).

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza al señor Juan Manuel Cordero González, Viceministro de Trabajo del Área Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el Foro Unión Europea (UE) América Latina y Caribe (ALC) sobre Cohesión Social, el cual se realizará entre los días 15 y 16 de octubre de 2012, en la ciudad Rosario, Argentina, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 14 al 17 de octubre del 2012.

Dado en el Despacho de la Señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil doce.

Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 15846.—Solicitud Nº 115-700-046CA.—C-Crédito.—(IN2012099867).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TITULOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada Rama Técnica, inscrito en el tomo I, folio 115, asiento N° 5, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Mecánica General, inscrito en el tomo 2, folio 30, título N° 3342, ambos títulos fueron extendidos por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año ochenta y seis, a nombre de Campos Páez Johnny. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, los veintiún días del mes de setiembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098169).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 100, título Nº 2546, emitido por el Colegio Patriarca San José, en el año dos mil nueve, a nombre de Carranza Zúñiga Jacqueline. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los tres días del mes de octubre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098227).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 152, título Nº 1034, emitido por el Colegio Nocturno de Limón, en el año dos mil tres, a nombre de De León Aguilar Emerson Andrey. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del mes de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado.—(IN2012098236).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 87, título N° 634, emitido por el Colegio Nocturno de Naranjo, en el año dos mil diez, a nombre de Cubero González Sebastián. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 11 de octubre del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098239).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Medía, inscrito en el tomo 1, folio 05, título N° 44, y del Título de Técnico Medio de la Especialidad de Electromecánica, inscrito en el tomo 1, folio 26, título N° 445, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Limón, ambos títulos fueron emitidos en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Wynter Mc Donald Tony Alfredo. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de octubre del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098255).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 133, Título N° 1396 emitido por el Colegio Redentorista San Alfonso, en el año dos mil tres, a nombre de Castro Marques Zeylin Marena. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario, Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de noviembre del dos mil once.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2012098590).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 97, Asiento N° 720, emitido en el año dos mil ocho y del Título de Técnico Medio en Agroecología, inscrito en el Tomo 2, Folio 58, Asiento N° 646, emitido en el año dos mil nueve por el Colegio Técnico Profesional de Batán, a nombre de Álvarez Pérez Angélica Andrea. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis día del mes de octubre del dos mil doce.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2012098613)

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 41, título Nº 310, emitido por el Liceo de Moravia, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Hernández Barrios Pamela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de setiembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa—RP2012325953.—(IN2012098805).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 78, título Nº 1187, emitido por el Liceo Académico de Puriscal, en el año dos mil, a nombre de Jiménez Zúñiga Yalitza Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de octubre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098913).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 120, título Nº 3663, emitido por el Liceo Mauro Fernández, en el año dos mil diez, a nombre de Cuevas Ordóñez Alex Alonso. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de febrero del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098956).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Educación Técnica” con Especialidad en Educación Familiar y Social, inscrito en el tomo I, folio 178, título N° 251, emitido por el Colegio Técnico Profesional Padre Roberto Evans Saunders de Siquirres, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Meza Martínez Nuria. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diecisiete día del mes de octubre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098989).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Letras, inscrito en el tomo 1, folio 09, título N° 12, emitido por el Colegio Nocturno de Río Frío, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Cantillo Quirós Jorge Luis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pUblica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de octubre del 2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012099036).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica”, Modalidad Letras, inscrito en el tomo 2, folio 42, título N° 373, emitido por el Colegio Nocturno León XIII, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Jara Cascante Rosibel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del mes de octubre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012325990.—(IN2012099141).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 121, título N° 1374, emitido por el Liceo de Poás, en el año dos mil tres, a nombre de Morera Murillo Arleth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de octubre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012099254).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 08, título N° 91, emitido por el Liceo de Florencia, en el año dos mil tres, a nombre de Rodríguez Sequeira Jénnifer María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de octubre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012099259).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 88, título N° 484, emitido por el Liceo Otilio Ulate Blanco, en el año dos mil cuatro, a nombre de Zúñiga Herrera Carol María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, los diecinueve días del mes de setiembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012099262).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 9, título N° 37, emitido por el Liceo Francisco Amighetti de Cedral en el año dos mil cuatro, a nombre de González Rojas Milton Henry. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticinco días del mes de abril del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012099274).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 139, título N° 1950, emitido por el Instituto Superior Julio Acosta García, en el año dos mil, a nombre de Soto Mora Danny Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil doce.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa, Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2012099367).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 195, Título N° 513, emitido por el Colegio Rincón Grande de Pavas, en el año dos mil nueve, a nombre de Vindas Quesada Katherine Noelia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de setiembre del dos mil once.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2012099381).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 29, título Nº 467, emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón Lizano, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Duarte Castillo Selenia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012099401).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa Agropecuaria de Producción Porcina y Servicios Múltiples del Sur R. L, siglas: Coopeporcicultores del Sur R. L., acordada en asamblea celebrada el 7 de junio de 2012. Resolución 1430-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Presidenta:               Patricia Sánchez Calderón

Vicepresidente        Andrés Loaiza Brenes

Secretario                 Adrián Ureña Céspedes

Vocal 1                      Juan Montoya Gómez

Vocal 2                      Jorge Chacón Solano

Suplente 1                Gabriela Quesada Medina

Suplente 2                Gabriel Calderón Corrales

Gerente                     Cristóbal Picado Méndez

San José, 12 de setiembre del 2012.—Registro de Organizaciones Sociales.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2012098546).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Propiedad industrial

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PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Marcas de ganado

Nicolás Ramírez Ramírez, cédula de identidad 0501391294, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Liberia, Nacascolo, 2 kilometros al norte de la Escuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 2 de julio del 2012, según expediente Nº 2012-943. San José, 3 de agosto del 2012.—Lic. Anaís Mendieta Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP2012326240.—(IN2012099504).

José Ureña Altamirano, cédula de identidad 0900400967, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Volcán, Volcán, 1 kilómetro norte de la escuela de Volcán. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 3 de agosto del 2012, según expediente Nº 2012-1127.—San José, 19 de setiembre del 2012.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—RP2012326300.—(IN2012099505).

Cambio de Nombre Nº 80358

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Meiji Seika Pharma CO., Ltd, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Meiji Seika Kaisha, Ltd. por el de Meiji Seika Pharma CO., Ltd, presentada el día 4 de setiembre de 2012, bajo expediente 80358. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2009-0008117 Registro Nº 198043 meiji en clase 5 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de setiembre de 2012.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—1 vez.—(IN2012099374).

Cambio de Nombre Nº 79307

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794 , en calidad de apoderado especial de Novartis AG, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Alcon, Inc. por el de Novartis AG, presentada el día 27 de junio de 2012, bajo expediente 79307. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-2209405 Registro Nº 22094 ALCON en clase 5 marca denominativa, 1900-2569005 Registro Nº 25690 ISOPTO en clase 5 marca denominativa, 1900-4369105 Registro Nº 43691 SOLUTINA en clase 5 marca denominativa, 1900-5240305 Registro Nº 52403 TEARS NATURALE en clase 5 marca denominativa, 1900-5240605 Registro Nº 52406 ECONOPRED en clase 5 marca denominativa, 1900-5240705 Registro Nº 52407 NAPHCON FORTE en clase 5 marca denominativa, 1900-5739205 Registro Nº 57392 FLUORESCITE en clase 5 marca denominativa, 1900-5837505 Registro Nº 58375 DUASORB en clase 5 marca denominativa, 1900-5838605 Registro Nº 58386 BSS en clase 5 marca denominativa, 1900-5838705 Registro Nº 58387 ALCAINE en clase 5 marca denominativa, 1900-5846305 Registro Nº 58463 CYCLOGYL en clase 5 marca denominativa, 1900-6461405 Registro Nº 64614 ISOPTO TEARS en clase 5 marca denominativa, 1900-6587905 Registro Nº 65879 ISOPTO CARPINA en clase 5 marca denominativa, 1900-6600305 Registro Nº 66003 BETOPTIC en clase 5 marca denominativa, 1900-6745705 Registro No 67457 MAXICROM en clase 5 marca denominativa, 1900-6746505 Registro Nº 67465 MAXIDEX en clase 5 marca denominativa, 1900-6766005 Registro Nº 67660 FLAREX en clase 5 marca denominativa, 1900-6845805 Registro Nº 68458 MICRON en clase 5 marca denominativa, 1900-6952705 Registro Nº 69527 TOBREX en clase 5 marca denominativa, 1900-6971405 Registro Nº 69714 MAXITROL en clase 5 marca denominativa, 1900-7205005 Registro Nº 72050 VISCOAT en clase 5 marca denominativa, 1900-7248805 Registro Nº 72488 NAPHTEARS en clase 5 marca denominativa, 1900-7251005 Registro Nº 72510 PROVISC en clase 5 marca denominativa, 1900-7412205 Registro Nº 74122 OPTI-FREE en clase 5 marca denominativa, 1900-7523705 Registro Nº 75237 MYDRIACYL en clase 5 marca denominativa, 1900-7594905 Registro Nº 75949 IOPIDINE en clase 5 marca denominativa, 1900-7595905 Registro Nº 75959 ALOMIDE en clase 5 marca denominativa, 1900-7702905 Registro Nº 77029 TOBRADEX en clase 5 marca denominativa, 1900-7809505 Registro Nº 78095 AFLAREX en clase 5 marca denominativa, 1900-7859305 Registro Nº 78593 NAPHCON en clase 5 marca denominativa, 1991-0001780 Registro Nº 92404 CILOXAN en clase 5 marca denominativa, 1992-0005575 Registro Nº 82654 I-SPEAR en clase 10 marca denominativa, 1993-0002510 Registro Nº 84288 LACRYVISC en clase 5 marca denominativa, 1994-0004713 Registro Nº 89851 NAPHCON A en clase 5 marca denominativa, 1996-0001633 Registro Nº 98776 OPTI-PLUS en clase 5 marca denominativa, 1996-0003455 Registro Nº 98213 OPATANOL en clase 5 marca denominativa, 1996-0005059 Registro Nº 99305 AZOPT en clase 5 marca denominativa, 1996-0005244 Registro Nº 108419 EMADINE en clase 5 marca denominativa, 1996-0006355 Registro Nº 100369 CLORANMICRON en clase 5 marca denominativa, 1996-0006356 Registro Nº 100860 GENTAMICRON en clase 5 marca denominativa, 1996-0006358 Registro Nº 100370 PILOMICRON en clase 5 marca denominativa, 1996-0006360 Registro Nº 100861 GLAUCOMICRON en clase 5 marca denominativa, 1996-0007154 Registro Nº 101024 DUOVISC en clase 5 marca denominativa, 1997-0003908 Registro Nº 105658 CELOFTAL en clase 5 marca denominativa, 1997-0007963 Registro Nº 108453 OPTI-FREE EXPRESS en clase 5 marca denominativa, 1997-0008568 Registro Nº 108433 DROP-TAINER en clase 21 marca denominativa, 1998-0001259 Registro Nº 109875 ALDOX en clase 5 marca denominativa, 1998-0002770 Registro Nº 112289 CILODEX en clase 5 marca denominativa, 1998-0006175 Registro Nº 112358 TIMOLAST en clase 5 marca denominativa, 1998-0008997 Registro Nº 113637 ALCON TRAVATAN en clase 5 marca denominativa, 1999-0000819 Registro Nº 115422 ALCON en clase 10 marca denominativa, 1999-0002631 Registro Nº 117808 ICAPS en clase 5 marca denominativa, 1999-0002632 Registro Nº 117540 ALCON PATANOL en clase 5 marca denominativa, 1999-0002639 Registro Nº 117605 ALCON en clase 5 marca denominativa, 1999-0006948 Registro Nº 119908 en clase 5 marca Figurativa, 2000-0007798 Registro Nº 125563 INTELIPORT en clase 10 marca denominativa, 2001-0000109 Registro Nº 127877 EALCON en clase 42 marca Mixto, 2001-0005075 Registro Nº 130322 TRISORB en clase 5 marca denominativa, 2001-0005648 Registro Nº 130987 PATANASE en clase 5 marca denominativa, 2002-0001467 Registro Nº 138382 SOFENZ en clase 5 marca denominativa, 2002-0002937 Registro Nº 135732 RETAANE en clase 5 marca denominativa, 2002-0004274 Registro Nº 136428 en clase 5 marca Figurativa, 2002-0005330 Registro Nº 136939 BEYOND en clase 5 marca denominativa, 2002-0005966 Registro Nº 137990 REVEAR en clase 5 marca denominativa, 2002-0007455 Registro Nº 141259 PFT en clase 5 marca Mixto, 2003-0000803 Registro Nº 140395 EARSTREAM en clase 5 marca denominativa, 2003-0002139 Registro Nº 141099 VIGAMOX en clase 5 marca denominativa, 2003-0002754 Registro Nº 142236 XTENZ en clase 5 marca denominativa, 2003-0005413 Registro Nº 144514 PROCALYX en clase 5 marca denominativa, 2003-0005697 Registro Nº 144814 EXTRAVAN en clase 5 marca denominativa, 2003-0006501 Registro Nº 146329 INFINITI en clase 10 marca denominativa, 2003-0006502 Registro Nº 146328 AQUALASE en clase 5 marca denominativa, 2003-0006503 Registro Nº 146327 AQUALASE en clase 10 marca denominativa, 2003-0007585 Registro Nº 148656 FALCON en clase 5 marca denominativa, 2004-0000970 Registro Nº 148673 NEVANAC en clase 5 marca denominativa, 2004-0002615 Registro Nº 172560 DISCOVISC en clase 5 marca denominativa, 2004-0004978 Registro Nº 154911 TRAVALERT en clase 10 marca denominativa, 2004-0005674 Registro Nº 172761 OPTI-FREE REPLENISH en clase 5 marca denominativa, 2004-0007591 Registro Nº 156759 VISEO en clase 10 marca denominativa, 2004-0008304 Registro Nº 158437 RETAANE en clase 10 marca denominativa, 2005-0001238 Registro Nº 155403 QUIETEYZ en clase 5 marca denominativa, 2005-0001239 Registro Nº 155404 TEARGLYDE en clase 5 marca denominativa, 2005-0001967 Registro Nº 159616 ACRYSOF en clase 10 marca denominativa, 2005-0002071 Registro Nº 159071 RESTOR en clase 10 marca denominativa, 2005-0005252 Registro Nº 167034 ALCON SILIKON en clase 5 marca Mixto, 2005-0006205 Registro Nº 161797 LAUREATE en clase 10 marca. Denominativa, 2005-0006211 Registro Nº 166664 INTREPID en clase 10 marca denominativa, 2005-0006657 Registro Nº 158611 OZIL en clase 10 marca Mixto, 2005-0006658 Registro Nº 159788 CONSTELLATION en clase 10 marca denominativa, 2005-0008742 Registro Nº 158449 DUOTRAV en clase 5 marca denominativa, 2005-0009610 Registro Nº 159556 ANATERA en clase 5 marca denominativa, 2006-0004335 Registro Nº 163568 SOFZIA en clase 5 marca Mixto, 2006-0004507 Registro Nº 163565 CELLUGEL en clase 5 marca denominativa, 2006-0007006 Registro Nº 165939 ELAZOP en clase 5 marca denominativa, 2006-0007007 Registro Nº 165940 OZOFTA en clase 5 marca denominativa, 2006-0007712 Registro Nº 165931 XAMOXA en clase 5 marca denominativa, 2006-0007713 Registro Nº 165367 VIGASONE en clase 5 marca denominativa, 2006-0007827 Registro Nº 166046 VIGADEXA en clase 5 marca denominativa, 2006-0007913 Registro Nº 166321 ULTRAVIT en clase 10 marca denominativa, 2006-0007914 Registro Nº 166273 TRIESENCE en clase 5 marca denominativa, 2006-0008525 Registro Nº 166516 VIGADEKA en clase 5 marca denominativa, 2006-0010515 Registro Nº 168573 PUREPOINT en clase 10 marca denominativa, 2006-0011269 Registro No 168884 PATADAY en clase 5 marca denominativa, 2007-0000805 Registro Nº 169737 REPLENISH en clase 5 marca denominativa, 2007-0000806 Registro Nº 169750 OFX en clase 5 marca denominativa, 2007-0001846 Registro Nº 170781 AZARGA en clase 5 marca denominativa, 2007-0001847 Registro Nº 170712 MINSICA en clase 5 marca denominativa, 2007-0002339 Registro Nº 171821 ZYNTERA en clase 5 marca denominativa, 2007-0002803 Registro Nº 171710 NATACYN en clase 5 marca denominativa, 2007-0005368 Registro Nº 171738 NAVSTEL en clase 5 marca denominativa, 2007-0005612 Registro Nº 171678 CRYSTAL en clase 10 marca denominativa, 2007-0011116 Registro Nº 187637 ZOPRILUX en clase 5 marca denominativa, 2007-0011617 Registro Nº 178661 ALCON PANTANOL S en clase 5 marca denominativa, 2007-0011928 Registro Nº 173486 en clase 5 marca Figurativa, 2007-0012945 Registro Nº 182366 MAYOR NITIDEZ POR SU DISEÑO en clase 10 marca denominativa, 2008-0001831 Registro Nº 178152 MIOSTAT en clase 5 marca denominativa, 2008-0003104 Registro Nº 179024 ACT en clase 41 marca denominativa, 2008-0003105 Registro Nº 181361 SOCIAL en clase 10 marca denominativa, 2008-0003560 Registro Nº 179014 ZEXIO en clase 5 marca denominativa, 2008-0003561 Registro Nº 179012 VANTAGA en clase 5 marca denominativa, 2009-0001180 Registro Nº 191722 GRIESHABER MAXGRIP en clase 10 marca denominativa, 2009-0001504 Registro Nº 191878 EDGEPLUS en clase 10 marca denominativa, 2009-0002896 Registro Nº 193496 KANAVIG en clase 5 marca denominativa, 2009-0003186 Registro Nº 194134 CACHÉ en clase 10 marca denominativa, 2009-0007021 Registro Nº 197209 ALCON en clase 5 marca Mixto, 2009-0007022 Registro Nº 197539 ALCON en clase 10 marca Mixto, 2009-0008273 Registro Nº 198512 CACHET en clase 10 marca denominativa, 2009-0009816 Registro Nº 199229 OPTI-FREE PUREMOIST en clase 5 marca denominativa, 2009-0009817 Registro Nº 199228 PUREMOIST en clase 5 marca denominativa, 2009-0009873 Registro Nº 199248 VARIVIT en clase 10 marca denominativa, 2010-0001891 Registro Nº 202042 OPTI-FREE EVERMOIST en clase 5 marca denominativa, 2010-0002664 Registro Nº 202791 ULTRACHOPPER en clase 10 marca denominativa, 2010-0002665 Registro Nº 202763 OPTILASIK en clase 44 marca denominativa, 2010-0002666 Registro Nº 202744 ADVANCEMENTS IN RETINAL TECHNOLOGY en clase 41 marca Mixto, 2010-0002669 Registro Nº 202716 OPTILASIK en clase 16 marca denominativa, 2010-0003714 Registro Nº 203338 HYDRAGLYDE en clase 5 marca denominativa, 2010-0003717 Registro Nº 203340 LUBRIVA en clase 5 marca denominativa, 2010-0005387 Registro Nº 205145 AUTOSERT en clase 10 marca denominativa, 2010-0005681 Registro Nº 205177 VIGAZERA en clase 5 marca denominativa, 2010-0007339 Registro Nº 206472 POINT en clase 41 marca Mixto, 2010-0008233 Registro Nº 206893 ACCURUS en clase 10 marca denominativa, 2011-0000186 Registro Nº 209358 OPTI-FREE SEPT en clase 5 marca denominativa y 2011-0003243 Registro Nº 214017 MOXEZA en clase 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de setiembre del 2012.—Juan Carlos Sánchez García, Registrador.—1 vez.—(IN2012099375).

Fusión Nº 80700

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de William-Sonoma, Inc, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Williams-Sonoma, Inc por el de William-Sonoma, Inc, presentada el día 20 de setiembre de 2012 bajo expediente 80700. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0009084 Registro Nº 209282 WILLIAMS-SONOMA en clase 21 marca denominativa, 2002-0009085 Registro Nº 140556 WILLIAMS-SONOMA en clase 35 marca denominativa, 2002-0009086 Registro Nº 209279 WILLIAMS-SONOMA en clase 49 marca denominativa y 2002-0009087 Registro Nº 140555 WILLIAMS-SONOMA en clase 20 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de setiembre de 2012.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2012099377).

Cambio de Nombre Nº 80619

Que Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de MSD Consumer Care, Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Healthcare Products, Inc por el de MSD Consumer Care, Inc., presentada el día 17 de setiembre de 2012 bajo expediente 80619. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-1782803 Registro Nº 17828 COPPERTONE en clase 3 marca mixto, 1900-1899105 Registro Nº 18991 MEXANA en clase 5 marca denominativa, 1900-2170205 Registro Nº 21702 SOLARCAINE en clase 5 marca denominativa, 1900-3156505 Registro Nº 31565 DI-GEL en clase 5 marca denominativa, 1900-4115903 Registro Nº 41159 DON’ T BE A PALEFACE en clase 3 marca mixto, 1900-5003605 Registro Nº 50036 CORRECTOL en clase 5 marca denominativa, 1900-5096503 Registro Nº 50965 MEXANA en clase 3 marca denominativa, 1900-5456503 Registro Nº 54565 TROPICAL BLEND en clase 3 Marca Denominativa, 1900-5551905 Registro Nº 55519 MEXANITA en clase 5 marca denominativa, 1900-5552403 Registro Nº 55524 MEXANITA en clase 3 marca denominativa, 1900-6085603 Registro Nº 60856 HIDRATAN en clase 3 marca denominativa, 1900-6092403 Registro Nº 60924 DR. SCHOLL’S en clase 3 marca denominativa, 1900-6092503 Registro Nº 60925 SCHOLL en clase 3 marca denominativa, 1900-6093025 Registro Nº 60930 DR. SCHOLL’S en clase 25 marca denominativa, 1900-6095110 Registro Nº 60951 DR. SCHOLL’S en clase 10 marca denominativa, 1900-6095325 Registro Nº 60953 SCHOLL en clase 25 marca denominativa, 1900-6150605 Registro Nº 61506 DR. SCHOLL’S en clase 5 marca denominativa, 1900-6686030 Registro Nº 66860 PENETRO en clase 30 marca denominativa, 1900-6874903 Registro Nº 68749 SHADE en clase 3 marca denominativa, 1900-7071303 Registro Nº 70713 WATER BABIES en clase 3 marca denominativa y 1900-7135405 Registro Nº 71354 WATER BABIES en clase 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de setiembre de 2012.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(IN2012099378).

Cambio de Nombre Nº 79815

Que Arnaldo Bonilla Quesada, cédula de identidad 1-0758-0660, en calidad de apoderado especial de Tacccesa S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Tacones Centroamericanos Taccesa S. A., cédula jurídica 3-101-135277 por el de Tacccesa S. A., cédula jurídica 3-101-135277, presentada el 24 de julio de 2012, bajo expediente 79815. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2001-0004872 Registro Nº 131665 KLINSS en clase 3 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto de 2012.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—1 vez.—(IN2012099413).

Cambio de Nombre Nº 80092

Que Carlos Roberto López León, cédula de identidad 1-788-621, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Sued S.R.L., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Laboratorios Sued S. A. por el de Laboratorios Sued S.R.L., domiciliado en número veintisiete de la Avenida Máximo Gómez, Santo Domingo, República Dominicana, presentada el día 13 de Agosto de 2012 bajo expediente 80092. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0001416 Registro Nº 135595 CLIRINEX en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0001433 Registro Nº 198153 ZIDAL en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0001434 Registro Nº 135599 SUMOX en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0001437 Registro Nº 135598 SUTRIMIN en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0001441 Registro Nº 180803 PARAMOX en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0001935 Registro Nº 135594 FUROMET en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0004129 Registro Nº 136952 GASTOP en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0004141 Registro Nº 159495 SUTOX en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0005026 Registro Nº 138220 SUED en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0007210 Registro Nº 174025 CLARIX en clase 5 Marca Denominativa, 2003-0001864 Registro Nº 140738 FLEXTRAN en clase 5 Marca Denominativa, 2003-0007440 Registro Nº 145833 Z 23 en clase 5 Marca Denominativa, 2003-0007441 Registro Nº 145832 TENCEF en clase 5 Marca Denominativa, 2003-0007832 Registro Nº 146144 VADOLOR en clase 5 Marca Denominativa, 2003-0008450 Registro Nº 153786 SUPROFEN en clase 5 Marca Denominativa, 2003-0008451 Registro Nº 146972 SUCLAX en clase 5 Marca Denominativa, 2003-0008452 Registro Nº 146971 SUDOLOL en clase 5 Marca Denominativa, 2003-0008507 Registro Nº 147348 CETIRINA en clase 5 Marca Denominativa, 2003-0008641 Registro Nº 147349 CLATRIX en clase 5 Marca Denominativa, 2003-0008797 Registro Nº 147634 APLISINA-B en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0000103 Registro Nº 147683 PROPINOX en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0000156 Registro Nº 147729 EXOREX en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0001183 Registro Nº 147943 DEFLAMOL en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0001184 Registro Nº 147942 FURONASAL en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0001739 Registro Nº 148499 SUDROXIL en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0004661 Registro Nº 153816 PETITUS en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0006159 Registro Nº 154073 REGULACID en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0006370 Registro Nº 155267 MIGRAPAX en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0006823 Registro Nº 155266 BUCLIZIN en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0008736 Registro Nº 153867 MOMEDERM en clase 5 Marca Denominativa, 2006-0011517 Registro Nº 168656 DEXENO en clase 5 Marca Denominativa, 2006-0011519 Registro Nº 168657 SUTROPIL en clase 5 Marca Denominativa, 2009-0009824 Registro Nº 198780 FIXEM en clase 5 Marca Denominativa, 2010-0006011 Registro Nº 206595 FORMICINA en clase 5 Marca Denominativa y 2010-0006013 Registro Nº 206694 SECALIA en clase 5 Marca Denominativa, Publicar en La Gaceta Oficial por única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de octubre del 2012.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—1 vez.—RP2012326254.—(IN2012099522).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Francisco Guzmán Ortiz, mayor, abogado, cédula 1-434-595, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Bticino S.P.A., de Italia, solicita la Patente de Invención denominada APARATO PARA EL CONTROL Y/O LA DISTRIBUCIÓN DE POTENCIA ELÉCTRICA QUE COMPRENDE UN DISPOSITIVO PROTECTOR ANTI- POLVO.

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Se describe un aparato (1) para el control y/o la distribución de potencia eléctrica, que comprende: una estructura (2) de soporte, con forma generalmente de caja, que delimita un espacio interior (3), comprendiendo la estructura (2) de soporte unas paredes (5-9) de confinamiento del espacio interior (3) en al menos una (5) de las cuales está definida una abertura (15) de acceso hasta el espacio interior (3); y la memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: H01H 9/04; H01H 9/16; H01G 3/08; cuyo inventor es Aletti, Tiziano. La solicitud correspondiente lleva el número 20120431, y fue presentada a las 13:27:10 del 20 de agosto del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 26 de setiembre del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2012325768.—(IN2012098394).

El señor Luis Esteban Hernández Brenes, cédula Nº 4-155-803, mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Javajig Café Sociedad Anónima, de Costa Rica, solicita la Patente de Invención denominada: COPA INDIVIDUAL PARA UN INGREDIENTE DE BEBIDA Y MÉTODO PARA USAR LA MISMA. Una cesta para filtro de café que presenta un retenedor del filtro el cual tiene una cubierta exterior con un extremo superior el cual tiene una parte superior abierta y una parte inferior la cual presenta una abertura, un inserto que presenta un abrazadera superior de menor tamaño que el diámetro del extremo superior del retenedor para ajustarse a este. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A47J 31/00; A47J 31/02; A47J 31/06, cuyo(s) inventor(es) es(son): Otto, Jay D., Graham, William R. La solicitud correspondiente lleva el número 20120324, y fue presentada a las 12:24:31 del 14 de junio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de octubre del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2012325913.—(IN2012098802).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Pedro Oller Taylor, cédula Nº 1-0787-0425, en condición de apoderado de Elas Geotécnica S.R.L., de Italia, solicita la Patente de Invención denominada ARCO PARA SOPORTAR Y REFORZAR UNA EXCAVACIÓN.

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La presente invención se refiere a un arco para soportar y reforzar una excavación. La invención se refiere también a una estructura y a un procedimiento para soportar y reforzar una excavación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E21D 11/18; E21D 11/28; E21D 11/30; cuyo(s) inventor(es) es (son) Bonomi, Cristiano, Frullani, Antonio. La solicitud correspondiente lleva el número 20120398, y fue presentada a las 12:55:26 del 27 de julio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de setiembre del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012326158.—(IN2012099132).

El señor Pedro Oller Taylor, cédula Nº 1-0787-0425, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Elas Geotécnica S.R.L., de Italia, solicita la Patente de Invención denominada PROCEDIMIENTO Y PLANTA PARA LA PRODUCCIÓN DE UN PERFIL DE FIBRA DE VIDRIO PARA SER USADO COMO ELEMENTO REFORZANTE PARA REFORZAR UNA PARED DE EXCAVACIÓN. En la producción de elementos de refuerzo para reforzar la cara de excavación de un túnel, un perfil de fibra de vidrio comprende un cuerpo que se extiende de forma axial formado por fibras de vidrio ancladas en una resina polimérica mediante un proceso de polimeración. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B29C 70/52; B29C 59/02; B29C 53/30; E21D 21/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Bonomi, Cristiano, Frullani, Antonio. La solicitud correspondiente lleva el número 20120293, y fue presentada a las 11:50:10 del 30 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de setiembre del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012326159.—(IN2012099133).

PUBLICACION DE PRIMERA VEZ

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Regeneron Pharmaceuticals, Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada FORMULACIONES ESTABILIZADAS QUE CONTIENEN ANTICUERPOS ANTI-RECEPTOR DE INTERLEUQUINA-6 (IL-6R).

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La presente invención proporciona formulaciones farmacéuticas que comprenden un anticuerpo humano que se une de modo específico al receptor de interleuquina-6 humana (hIL-6R). Las formulaciones pueden contener, además de un anticuerpo anti-hIL-6R, al menos un aminoácidos, al menos un azúcar y/o al menos un tensioactivo no iónico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 0/08; A61K 31/485;A61K 9/00; A61K 39/395; cuyo(s) inventor(es) es(son) Dix, Daniel, B., Graham, Kenneth, S. , Kamen, Douglas, E., Walsh, Scott, M. La solicitud correspondiente lleva el número 20120393, y fue presentada a las 13:55:10 del 23 de julio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.— Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de setiembre del 2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012099369).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Gilead Sciences Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE VIRUS FLAVIVIRIDAE. Se proporcionan compuestos de Fórmula I y sales y esteres farmacéuticamente aceptables de los mismos.

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Los compuestos, composiciones, y métodos que se proporcionan son útiles para el tratamiento de infecciones del virus Flaviviridae, particularmente infecciones de hepatitis C. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 409/12; C07D 409/14; C07D 493/04; A61K 31/381;A61K  31/443;A6lP  31/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Canales, Eda, Chong, Lee, S., Clarke, Michael, O’neil Hanrahan, Doerffler, Edward, Morganelli, Philip, Anthony, Lazerwith, Scott, E., Lew, Willard, Mertzman, Michael, Watkins, William, J. La solicitud correspondiente lleva el número 20120418, y fue presentada a las 14:07:10 del 10 de agosto del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 02 de octubre del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—(IN2012099370).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Davinci Biosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada CÉLULAS MADRE DEL REVESTIMIENTO DE CORDÓN UMBILICAL Y MÉTODOS Y MATERIAL PARA AISLAR Y CULTIVAR LAS MISMAS.

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Se describen células madre de revestimiento de cordón umbilical humanas que son capaces de diferenciarse en células del linaje mesodérmico y linaje ectodérmico, así como también métodos para aislar, expandir, cultivar y crioconservar las células. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C12N 5/074;C12N 5/02; C07K 14/475; cuyos inventores son Silva, Francisco J., González, Rafael. La solicitud correspondiente lleva el número 20120132, y fue presentada a las 14:10:50 del 20 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de setiembre del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2012099371).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Syngenta Participations AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS INSECTICIDAS. La presente invención se relaciona nóveles derivados

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de triazol de fórmula (I) que tienen una actividad insecticida, aplicables a procesos e intermediarios para prepararlos, a 5 composiciones insecticidas, acaricidas, nematicidas o molusquicidas que los comprenden y a métodos para utilizarlos con el objeto de combatir y controlar las plagas de insectos, ácaros, nematodos o moluscos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 249/06; C07D 407/12; C07D 417/12; A01N 43/647; cuyos inventores son Jung, Pierre, Joseph, Marcel, Danko, Peter, Godfrey, Christopher, Richard, Ayles, Renold, Peter, Hueter, Ottmar, Franz. La solicitud correspondiente lleva el número 20120466, y fue presentada a las 14:13:10 del 13 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 04 de octubre del 2012.—José Castro Marín, Registrador.—(IN2012099372).

El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE ARILETINILO. La presente invención se refiere a derivados de etinilo de la fórmula I, en la que: U es =N- o =C(R5)-;V es -CH= o -N=;W es =CH- o =N-; con la condición de que solamente uno de U, V o W pueda ser nitrógeno, R5 es hidrógeno, metilo o halógeno; Y es -N(R6)-, -O-, -C(R7’)(R7)-, -CH20- o -CH2S(O)2-; dicho R6 es hidrógeno o alquilo inferior y R7/R7’ con independencia entre sí son hidrógeno, hidroxi, alquilo inferior o alcoxi inferior. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/04; C07D 401/14; C07D 403/04; C07D 413/04; C07D 413/14; C07D 498/04; cuyos inventores son: Green, Luke, Guba, Wolfgang, Jaeschke, Georg, Jolidon, Synese, Lindemann, Lothar, Ricci, Antonio, Rueher, Daniel, Stadler, Heinz, Vieira, Eric. La solicitud correspondiente lleva el número 20120480, y fue presentada a las 13:43:10 del 24 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de setiembre del 2012.—Randall Abarca, Registrador.—(IN2012099373).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 15440A.—Sergio Orlando Rodríguez Vázquez, solicita concesión de: 4 litros por segundo del nacimiento 1, efectuando la captación en finca de León Zúñiga Sosa en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas 256.297 / 492.865 Hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de setiembre del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—1 vez.—(IN2012097642).

Exp. 15388P.—Campus A Y B de Heredia S. A., solicita concesión de: 1,7 litros por segundo del acuífero captado mediante el pozo TAL-15 en finca de su propiedad en San Antonio, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas: 254.041 / 389.042, hoja Talolinga. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2012098922).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. 8066P.—Foliaje Incorporated S. A., solicita concesión de: 4,4 litros por segundo de acuífero captado mediante BA-276, en finca de su propiedad en San José de La Montaña, Barva, Heredia, para uso agropecuario-riego-ornamentales. Coordenadas: 227.525 / 525.240, hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de octubre del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—Contado.—(IN2012100227).

Exp. 9428A.—Sociedad de Usuarios de Agua de La Fuente del Torito, solicita concesión de: 0,72 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de María Isabel Salazar Flores, en Santa Teresita, Turrialba, Cartago, para uso agropecuario-abrevadero y consumo humano-doméstico. Coordenadas: 221.600 / 570.050, hoja Tucurrique. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de setiembre del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—Contado.—(IN2012100233).

Exp. 2756A.—Bodegas S. A., solicita concesión de: 1,1 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Garita, Alajuela, Alajuela, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico y agropecuario-riego. Coordenadas: 218.250 / 503.650, hoja Río Grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de octubre del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—Contado.—(IN2012100237).

Exp. 8511P.—Inversiones Giacomin Carmiol S. A., solicita concesión de: 0,1 litro por segundo de acuífero, captado mediante pozo RG-437, en finca de su propiedad en Garita, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico, piscina. Coordenadas: 217.800 / 498.950 hoja, Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de setiembre del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—Contado.—(IN2012100246).

Exp. 8120P.—La General de Decoraciones S. A., solicita concesión de: 0,5 litros por segundo de aguas subterráneas, efectuando la captación por medio del pozo BA-507, en finca de su propiedad en Ángeles (San Rafael), San Rafael, Heredia, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 228.600 / 526.750, hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—Contado.—(IN2012100825).

Exp. 6721A.—Cafetalera El Rosario S. A., solicita concesión de: 30 litros por segundo del río Pilas, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Miguel, Naranjo, Alajuela, para uso agropecuario-riego-café. Coordenadas: 229.400 / 495.300, hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de octubre del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—Contado.—(IN2012100826).

Exp. 15361A.—Cooperativa de Productores de Café Servicios Múltiples de Naranjo R.L. (COOPRONARANJO), solicita concesión de: 4,75 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de él mismo, en Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso agroindustrial y agropecuario-riego. Coordenadas: 232.582 / 494.494, hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de agosto del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—Contado.—(IN2012100829).

Exp. 9765A.—Sociedad de Usuarios de Agua Asentamiento Yama, solicita concesión de: 12 litros por segundo de la quebrada Tronadora, efectuando la captación en finca de Familia Solano Cortés, representada por José Manuel Solano Cortés, en Pavones, Turrialba, Cartago, para uso agropecuario-riego. Coordenadas: 210.700 / 578.000, hoja Tucurrique. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de octubre del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—Contado.—(IN2012100835).

Exp. 15447A.—Sociedad de Usuarios de Agua Istarú Paraíso Cervantes, solicita concesión de: 100 litros por segundo del río Turrialba, efectuando la captación en finca de Julio Acuña Obando, en Santa Cruz, Turrialba, Cartago, para uso agropecuario, abrevadero, lechería y riego. Coordenadas: 215.518 / 561.402, hoja Istarú. 26 litros por segundo de la quebrada Honda, efectuando la captación en finca de Julio Acuña Obando, en Santa Cruz, Turrialba, Cartago, para uso agropecuario-abrevadero-lechería y riego. Coordenadas: 210.380 / 560.500, hoja Istarú. 75 litros por segundo de la quebrada Calderón, efectuando la captación en finca de Julio Acuña Obando, en Santa Cruz, Turrialba, Cartago, para uso agropecuario-abrevadero-lechería y riego. Coordenadas: 210.395 / 558.490, hoja Istarú. 18 litros por segundo del río Sereno, efectuando la captación en finca de Julio Acuña Obando, en Santa Cruz, Turrialba, Cartago, para uso agropecuario-abrevadero, lechería y riego. Coordenadas: 216.116 / 561.548, hoja Istarú. 20 litros por segundo de la quebrada Lajas, efectuando la captación en finca de Julio Acuña Obando, en Santa Cruz, Turrialba, Cartago, para uso agropecuario-abrevadero-lechería y riego. Coordenadas: 210.399 / 557.273, hoja Istarú. Predios inferiores: Xinia M. Gómez C. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de octubre del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—Contado.—(IN2012100842).

Exp. 6899A.—Sandra, Rubén, Édgar, Ricardo todos Fernández Abarca, solicita concesión de: 0,32 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Salitral, Santa Ana, San José, para uso consumo humano-doméstico, agropecuario-riego, agropecuario-porquerizas, Coordenadas: 209.100 / 518.400, hoja Abra. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de setiembre del 2012.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—Contado.—(IN2012100844).

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE

DE DOMINIO PÚBLICO

En expediente Nº 11-2011 el señor Hugo Ernesto Brenes González, mayor, costarricense, cédula 3-197-458, presenta solicitud para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Banano.

Localización Geográfica:

Sito en: Quitaria, distrito 04 Matama, cantón 01 Limón, provincia 07 Limón.

Hoja cartográfica:

Hoja cartográfica Río Banano, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas 210641.25 – 210839.60 norte, 636493.42 -636410.02 este límite aguas arriba y 210616.57-210518.13 norte, 638074.89-638124.91 este límite aguas abajo.

Área solicitada:

31 ha 1773.29 m2, longitud promedio 1999.78 metros, según consta en plano aportado al folio 45.

Derrotero: Coordenadas del vértice Nº 1 210509.76 norte, 638116.31 este.

Línea

Acimut

Distancia (mts)

1 – 2

209°45’

43.96

2 – 3

246°03’

77.60

3 – 4

276°22’

92.73

4 – 5

299°33’

110.65

5 – 6

304°43’

76.35

6 – 7

312°34’

75.38

7 – 8

318°31’

109.46

8 – 9

327°10’

83.39

9 – 10

316°52’

127.84

10 – 11

317°38’

83.98

11 – 12

285°48’

44.53

12 – 13

284°50’

72.82

13 – 14

256°44’

79.93

14 – 15

224°54’

75.26

15 – 16

261°55’

27.89

16 – 17

270°09’

49.82

17 – 18

270°26’

55.90

18 – 19

273°43’

65.93

19 – 20

269°38’

87.76

20 – 21

269°54’

58.41

21 – 22

258°37’

62.71

22 – 23

248°55’

62.09

23 – 24

251°56’

82.49

24 – 25

236°46’

52.48

25 – 26

189°39’

70.84

26 – 27

229°12’

30.80

27 – 28

240°32’

66.31

28 – 29

250°50’

39.89

29 – 30

337°12’

215.17

30 – 31

68°06’

4.99

31 – 32

59°33’

52.37

32 – 33

56°26’

69.43

33 – 34

57°23’

48.25

34 – 35

56°25’

71.54

35 – 36

46°37’

34.22

36 – 37

61°29’

112.90

37 – 38

88°55’

89.79

38 – 39

102°38’

97.68

39 – 40

87°03’

95.91

40 – 41

53°57’

94.42

41 – 42

59°03’

41.04

42 – 43

104°22’

59.57

43 – 44

108°56’

84.58

44 – 45

100°10’

79.32

45 – 46

77°09’

88.81

46 – 47

77°31’

40.08

47 – 48

109°12’

47.75

48 – 49

181°50’

56.04

49 – 50

177°03’

23.23

50 – 51

141°52’

71.69

51 – 52

115°04’

55.68

52 – 53

128°57’

45.39

53 – 54

142°40’

91.18

54 – 55

128°43’

37.67

55 – 56

118°48’

31.99

56 – 57

134°31’

89.27

57 – 58

119°46’

81.05

58 – 59

130°54’

73.85

59 – 60

117°43’

69.40

60 – 61

81°24’

44.85

61 – 62

60°01’

22.99

62 – 63

26°30’

13.44

63 – 64

153°04’

110.42

64 - 1

225°47’

12.00

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 15 de junio del 2011, área y derrotero aportados el 11 de enero del 2012.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.

San José a las trece horas diez minutos del veintiocho de setiembre del dos mil doce.—Lic. Rosa María Ovares Alvarado, Jefa a. í.—(IN2012098294).                                                                                                                                                                                               2 v. 2 Alt.

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Antonio Alejandro Dávila Correa, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1780-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas nueve minutos del veintitrés de mayo del dos mil doce. Exp. Nº 10013-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I.-Hechos Probados:..., II.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquense el asiento de nacimiento de Keisy Nahomy Dávila Urbina, en el sentido que el nombre de la madre... es “Jahayra Zenayda” y el asiento de nacimiento de Tylor Alexander Dávila Urbina, en el sentido que el primer nombre de la persona ahí inscrita y el nombre de la madre del mismo son “Tyron” y “Jahayra Zenayda” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección de Actos Jurídicos.—1 vez.—RP2012326195.—(IN2012099530).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Dilana Sánchez Rojas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3241-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas tres minutos del seis de setiembre del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 19406-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Linda Kaira Mora Sánchez...; en el sentido que los apellidos de la madre... son “Sánchez Rojas”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012326239.—(IN2012099531).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Maicol Andrés Rodríguez Vargas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3160-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta y ocho minutos del treinta de agosto del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 22608-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Maicol Andrés Rodríguez Vargas, en el sentido que el primer nombre... es “Michael”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012326307.—(IN2012099532).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Arlen Nohelia Rodríguez Sevilla, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2167-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas catorce minutos del dieciocho de junio del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 10032-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Franggi Valentina Centeno Sevilla, en el sentido que los apellidos y la nacionalidad de la madre... son “Rodríguez Sevilla” y “costarricense” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012326330.—(IN2012099533).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Martha Lucía Meza Montoya, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1871-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo del dos mil doce. Exp. Nº 3924-2012. Resultando 1.-..., 2.-.., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de naturalización de Martha Lucía Mesa Montoya..., en el sentido que el primer apellido del padre de la misma es “Meza” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012326336.—(IN2012099534).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Ángela María Bonilla Rosales, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155801048635, vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2125-2012.—San José, dos de octubre de dos mil doce.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—RP2012326315.—(IN2012099535).

Aura María Hernández López, mayor, soltera, ingeniera industrial, nicaragüense, cédula de residencia 155801698725, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3547-2011.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012099683).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000057-01

Contratación de una (1) empresa que brinde una solución

corporativa de respaldo y recuperación con deduplicación

para los dominios tecnológicos abiertos

en poder del Banco Nacional

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00 a.m.) del 27 de noviembre, para la “Contratación de una (1) empresa que brinde una solución corporativa de respaldo y recuperación con deduplicación para los dominios tecnológicos abiertos en poder del Banco Nacional”.

El cartel puede ser retirado sin costo adicional en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca.

La Uruca, 27 de noviembre del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 925-00035.—(IN2012101167).

CAJACOSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CENTRO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

DR. HUMBERTO ARAYA ROJAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-2203

Suministro de vegetales y frutas frescas y procesados

La Subárea de Contratación Administrativa con autorización de la Dirección Médica, les comunica la fecha de apertura de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000006-2203, por suministro de vegetales y frutas frescas y procesadas.

La fecha y hora máxima para recibir ofertas será el 15 de noviembre del 2012, al ser las 10:00 horas.

El cartel y las especificaciones técnicas para este concurso, se encuentran a la venta en la Recepción de la Subárea de Contratación Administrativa. Los cupones para la adquisición del cartel, están a la venta en la Caja Chica de este Centro. Valor del cartel ¢400,00. (cuatrocientos colones exactos).

San José, 25 de octubre del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. Marilyn Barrantes Vargas, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2012100914).

HOSPITAL DR. ENRIQUE BALTODANO BRICEÑO

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000010-2502

Suministro de diesel y gasolina

Se informa a los interesados que esta disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000010-2502, por adquisición de suministro de diesel y gasolina, ver detalles en: http://www.ccss.sa.cr

Liberia, 25 de octubre del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Cecilia Baltodano Tijerino, Coordinadora.—1 vez.—(IN2012101180).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA Nº 2012CD-000464-01

Compra de punto ecológico para tres

clasificaciones de residuos sólidos

El Proceso Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje recibirá ofertas por escrito para este concurso hasta las 9:00 horas del 7 de noviembre del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito y está a disposición de los interesados en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México; o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/ConsultaCarteles/.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 610-00048.—(IN2012100925).

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000002-01

Contratación de servicio de limpieza para regionales

La Unidad de Contratación Administrativa del Instituto del Café de Costa Rica, invita a todos los interesados a participar en el siguiente concurso.

Concurso: 2013LA-000002-01 “contratación de servicio de limpieza para regionales”

Fecha de apertura: 13/11/2012 Hora: 11:00 a.m.

Lugar de la apertura de ofertas: Oficinas Centrales de ICAFÉ, ubicadas en San José, sita 25 m. oeste y 50 m. sur, de la Fábrica Nacional de Trofeos, calle 1º, avenidas 18 y 20.

Rigen para éste concurso: Las especificaciones técnicas, las condiciones generales, mismas que se encuentran disponibles en la Unidad de Contratación Administrativa, sita en el tercer piso de Oficinas Centrales de ICAFÉ. Horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Ing. Edgar Rojas Rojas, Subdirector Ejecutivo.— Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Sandoval Torres, Jefe.—1 vez.—(IN2012100936).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-0000015-MMO

Contratación de servicios de auditoria externa

La Proveeduría de la Municipalidad de Montes de Oca, invita a todos los posibles oferentes de servicios de auditoria externa, a participar en este proceso licitatorio.

El cartel de licitación se pondrá a disposición de los interesados a partir del día siguiente de ésta publicación, en el Departamento de Proveeduría, ubicado en la primera planta del Palacio Municipal, San Pedro de Montes de Oca, costado norte del Parque Kennedy.

La apertura será diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de esta publicación, a las diez horas, en las oficinas de la Proveeduría Municipal.

Corre por cuenta de los interesados las copias del documento de licitación

San Pedro de Montes de Oca, a los veintidós días del mes de octubre del dos mil doce.—Proveeduría Municipal.—Lic. Víctor Hugo Portilla Madrigal MBA.—1 vez.—(IN2012101145).

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000053-01

Contratación de estudios de las estructuras de pavimentos

existentes de la red vial cantonal de Alajuela y propuesta

de diseño para las nuevas estructuras

del pavimento a construir

La Municipalidad del Cantón Central de Alajuela, cordialmente les invita a participar y recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 10:00 horas del día 8 de noviembre del 2012.

Las especificaciones técnicas y condiciones generales pueden retirarse en la oficina de la Proveeduría Municipal, ubicada en el Edificio Municipal actualmente situado 100 mts. oeste, de la Iglesia La Agonía, en el tercer piso de lunes a jueves de 7:30 hasta las 16:30 y viernes de 7:30 hasta las 15:30, o bien al correo electrónico o_chacon@munialajuela.go.cr (En este caso incluir dirección y número de fax para notificaciones).

Subproceso de Proveeduría.—Lic. Johanna Madrigal Vindas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2012101162).

ADJUDICACIONES

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIVISIÓN DE GESTIÓN DE APOYO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-503

Adquisición de suministros varios (oficina y limpieza)

modalidad entrega según demanda

Acta Nº 17-2012. Acuerdo de adjudicación de la Licitación Pública Nº 2012LN-000004-503 denominada “Adquisición de suministros varios (oficina y limpieza) modalidad entrega según demanda”, con fundamento en lo establecido en el artículo 55 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Se declaran infructuosos los ítemes 39, 87, 94 y 107. Se declaran desiertos los ítemes 78, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 126, 127, 128, 129, 130, 131 y 132. Se acuerda adjudicar la presente Licitación de la siguiente manera: A la empresa Jiménez y Tanzi S. A., se le adjudican los ítemes 1, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 31, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 54, 55, 56, 65, 68, 72, 73, 74, 75, 79, 80, 85, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106 y 108. A la empresa Sauter Mayoreo S. A., se le adjudica se le adjudican los ítemes 32, 33, 41, 53, 59, 60, 62, 64, 66, 67, 69, 76 y 81. A la empresa Prolim PRLM S. A. se le adjudican los ítemes 88, 89, 90, 91, 93, 96, 97, 98, 124, 125. A la empresa Caisa INC de Costa Rica S. A., se le adjudican los se le adjudica se le adjudican los ítemes 82, 83, 84, 86, 92 y 109. A la empresa Oficina Comercializadora OFICOMER S. A. se le adjudican los ítems 2, 3, 4, 6, 7, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 42, 57, 58, 61, 63, 70, 71 y 77. A la empresa Cerfact de Centroamérica S. A., se le adjudican los ítemes 95 y 123. La contratación será por un período de un año y prorrogable por tres períodos adicionales de un año, es decir el período de la contratación será por cuatro años. Todo de acuerdo con las características y condiciones señaladas en las ofertas de las empresas, con fundamento en el artículo 86 del Reglamento de Contratación Administrativa, de conformidad con la recomendación contenida en el acta de la sesión ordinaria Nº 16-2012 de la Comisión Evaluadora de Ofertas y dadas las razones que se acogen en ese documento y en el criterio técnico expresado por la Unidad de Gestión Administrativa mediante oficio DGA-UGA-1166 del diez de octubre de dos mil doce.

Dado en la Contraloría General de la República, a las diez horas del veintitrés de octubre de dos mil doce. Comuníquese a los interesados.

Unidad de Gestión Administrativa.—Ing. Ronald Monge Salazar, Jefe.—1 vez.—(IN2012101166).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº  2012LN-112009-UL

Reparación de sillas de ruedas especiales

para pacientes con lesión medular

En concordancia con las facultades conferidas por el artículo Nº 12 del Reglamento Interno de Contratos Administrativos, la Junta Directiva en oficio JD-00530-2012, del 22 de octubre del 2012, remitió el Acuerdo Nº 9133-VIII, Sesión Ordinaria Nº 9133, Artículo VIII del 17 de octubre del 2012, con sustento en las consideraciones de orden legal y técnico dictaminadas en oficio PROV-08287-2012, del 12 de octubre del 2012, en el cual acuerda lo siguiente:

Adjudicar la presente licitación de la manera que se detalla:

Descripción del Requerimiento:

Servicios de reparación a sillas de ruedas especiales (eléctricas, plegables, rígidas y reclinables) otorgadas por el INS a pacientes con lesiones medulares, radicados en varias partes del país, y que se encuentran asegurados bajo los diversos seguros administrados por el Instituto.

Oferta Única: Melodía Importaciones Sociedad Anónima.

Cédula jurídica: 3-101-118386.

Renglones adjudicados: Nº 1 “Sillas de ruedas marca Quickie” y Nº 5 “Sillas de ruedas marca Loh Enterprises”.

Monto de la contratación: Cuantía Inestimable:

Las condiciones que aplican al adjudicatario serán las estipuladas en el contrato, las cuales se indican en el oficio PROV-08287-2012, del 12 de octubre del 2012.

Se declaran infructuosos los renglones 2, 3, 4, 6, 7 y 8, por falta de ofertas.

Los demás términos, condiciones y características técnicas según cartel y oferta recibida el 19 de setiembre del 2012.

Lo anterior constituye un resumen de la adjudicación, el informe de adjudicación con el detalle completo se encuentra a la vista en el expediente.

San José, 24 de octubre del 2012.—Proveeduría.—Msc. Francisco Cordero Fallas, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 18497.—Solicitud Nº 0686.—C-33860.—(IN2012101177).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000021-2101 (Notificación)

Mantenimiento preventivo y correctivo

para 16 equipos médicos

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael A. Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar el mismo de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Marco Vinicio Zúñiga Azofeifa

Ítem adjudicado: Único

Monto total aproximado: ¢6.146.400,00

Monto en letras: Seis millones ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos colones exactos.

Rutinas de mantenimiento preventivo: Visitas mensuales.

Compra para consumo de un año. Podrá ser prorrogado como máximo por tres periodos iguales si con sesenta (60) días naturales de anticipación a su vencimiento el Hospital, no comunica por escrito su deseo de darlo por terminado

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr

San José, 25 de octubre del 2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador a. í.— 1 vez.—(IN2012100915).

HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000041-2205

Set completo para colocación de Stent

Se informa a los interesados que este concurso se adjudicó a la empresa Corporación Biomur S. A., el ítem 1 entrega según demanda, ver detalles y mayor información en: http://www.ccss.sa.cr.

Alajuela, 23 de octubre del 2012.—Dirección Médica.—Dr. Luis Diego Alfaro Fonseca.—1 vez.—(IN2012101171).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-01

Compra de microcomputadoras

considerando criterios ambientales

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje en la sesión 4552, artículo V, de fecha 16 de octubre del 2012 acuerda adjudicar la licitación en referencia en los siguientes términos:

Adjudicar la Licitación Pública Nº 2012LN-000004-01, para la compra de microcomputadoras considerando criterios ambientales, de conformidad con el informe de recomendación UCIPA-2654-2012, los estudios legales ALCA-229-2012, los estudios técnicos NTM-PGA-336-2012 y USST-ADQ-0185-2012, de la siguiente manera:

    Adjudicar la línea 1 a la oferta 2 de la empresa Componentes El Orbe S. A., por un monto de $40.446,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 22 días hábiles.

    Adjudicar las líneas 2-3-4(base) a la oferta 3 de la empresa Central de Servicios PC S. A., por un monto de $444.858,38, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 22 días hábiles.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº 610-00044.—(IN20120100931).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000024-PROV

Adquisición de una máquina contadora de pliegos

A los interesados en la presente licitación se les informa que con fundamento en el artículo 13, inciso P) del Reglamento Orgánico de la Institución, la Gerencia General mediante acta del 23 de octubre del 2012, procedió a Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000024-PROV por “Adquisición de una máquina contadora de pliegos”, de la siguiente manera:

A: Sommerus S. A., cédula jurídica Nº 3-101-023383.

Línea

Cantidad

Descripción

Precio total

1

1

Máquina contadora de pliegos marca Vacuumatic modelo: Vicount 3 PB FS.

¢22.000.000,00

 

Monto total

¢22.000.000,00

 

Plazo de entrega: 21 de diciembre de 2012

Garantía del equipo: 24 meses.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y oferta respectiva.

Al adjudicatario se le indica que debe rendir una garantía de cumplimiento equivalente a un 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, dentro de los tres días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación. Esta garantía debe estar vigente por dos meses adicionales a la fecha probable de recepción del equipo.

Proveeduría.—Lic. Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 16628.—Solicitud Nº 32572.—C-24540.—(IN2012101147).

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS

     PARA LA EDUCACIÓN

LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000001-01

(Declaratoria de infructuoso)

Venta de bien inmueble ubicado en Coronado

La Comisión Nacional de Préstamos para Educación -CONAPE-, notifica la declaratoria de infructuoso para la licitación referida debido a que en fecha de apertura 19 de octubre del 2012, no se recibieron ofertas para participar.

Sección de Tesorería.—Lic. Eugenio Poveda Pacheco, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 23738.—Solicitud Nº 906-0004.—(IN2012101190).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ

COMPRA DIRECTA Nº 2012-CD-000100-CL01

Alquiler de GPS, para vehículos municipales

La Unidad de Proveeduría de la Municipalidad de Pococí, comunica: que en el proceso de Compra Directa número 2012-CD-000100-CL01, por alquiler de GPS, para vehículos municipales.

Que el día 23-10-2012, la empresa Radio Mensajes S. A., presentó a esta unidad repuesta de audiencia sobre el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa Geos Telecom S. A., en contra de la adjudicación del proceso, siendo que la empresa Radio Mensajes S. A., carece de legitimación para apelar el acto, se rechaza dicha apelación y se mantiene el acto de adjudicación publicado.

Proveeduría.—Lic. Yadira López Calvo, Proveedora a. í.—1 vez.—(IN2012100922).

REMATES

COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS

    PARA LA EDUCACIÓN

REMATE PÚBLICO Nº 2012-000002-01

(Declaratoria de infructuoso)

Motocicleta Vespa modelo Bajaj 2004

La Comisión Nacional de Préstamos para Educación -CONAPE-, notifica la declaratoria de infructuoso para el remate referido debido a que en fecha de remate 17 de octubre del 2012, no se recibieron oferentes para participar.

Sección de Tesorería.—Lic. Eugenio Poveda Pacheco, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 23738.—Solicitud Nº 23738.—(IN2012101198).

FE DE ERRATAS

SALUD

UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000009-UPIMS

Ampliación, reparación menor y equipamiento del CEN de

Ciudad Neily Oficina de Cooperación Internacional

de la Salud (OCIS)

La Unidad de Bienes y Servicios (Proveeduría Institucional) del Ministerio de Salud, comunica: En La Gaceta Nº 203 del 22 de octubre de 2012, la adjudicación para la Línea Nº 1 debe leerse de la siguiente manera:

Línea Nº 1 Ampliación y reparación menor del CEN de Ciudad Neily: Empresa Construcciones Peñaranda S. A., cédula jurídica 3-101-200102, por un monto de sesenta y dos millones ciento setenta y cuatro mil setecientos setenta y seis colones con 43/00 (¢62.174.776,43).

Toda la demás información permanece invariable.

San José, 22 de octubre de 2012.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 114-600-00046.—(IN2012101143).

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL

DEPORTE Y LA RECREACIÓN

PROCESO PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000041-01

Suministro e instalación de elevadores Estadio Nacional

Concurso: Licitación Abreviada Nº 2012LA-000041-01, objeto “Suministro e instalación de elevadores Estadio Nacional”.

A los interesados en este concurso se les informa que se ha realizado una ampliación de la información  técnica en el cartel; la cual deberán retirar a partir de esta publicación, en la Proveeduría Institucional, ubicada en el 4º piso Estadio Nacional. De igual manera se ha prorrogado el plazo para la recepción de ofertas hasta las 11:00 horas del 5 de noviembre del 2012.

San José, 24 de octubre del 2012.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2012101178).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000054-01

(Prórroga Nº 1)

Compra de impresoras multitareas, capaces de validar

documentos, leer caracteres magnéticos y emitir recibos

tipo voucher, con entrega por demanda, para un

período de cuatro (4) años

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación Pública Nº 2012LN-000054-01 lo siguiente:

Fecha de apertura.

Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría del Banco Nacional, situada en La Uruca, a más tardar a las diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este despacho, del 6 de diciembre del 2012, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.

La demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, 23 de octubre del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 925-00034.—(IN2012101173).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOPITAL SAN JUAN DE DIOS

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

CONCURSO Nº 2012LN-000010-2102

Octreotido LAR 30 Mg

Se aclara con respecto al concurso supra, que a la hora de confeccionarse el respectivo acto de adjudicación en el apartado de cantidad se señaló: “120 AMP (…)”; siendo lo correcto y debiendo leerse como:

(1 Ampolla)

Esto por tratarse de una compra bajo el amparo del artículo

154 inciso b. Entrega según demanda

San José, 24 de octubre del 2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Andrés Araya Jiménez, Coordinador.—1 vez.—(IN2012100917).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-01

Contratación de un Gestor Externo para el Cobro

Judicial de los Tributos Municipales

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Guácimo, comunica que con motivo de la Licitación Pública Nº 2012LN-000001-01, para la contratación de un Gestor Externo para el Cobro Judicial de los Tributos Municipales, y en atención de la resolución al recurso de objeción al cartel, R-DCA-527-2012, dictada por la Contraloría General de la República, esta Administración procede a modificar el punto 2.8 del Cartel, denominado “Pago de Honorarios Profesionales” y el punto 3.6 denominado “desempate”, siendo que para dicho efecto se prorroga en cinco días hábiles adicionales, el plazo para el cierre de presentación y apertura de ofertas, quedando como fecha y hora exacta el 6 de noviembre a las 13:00 horas.

Proveeduría.—Zilenia Venegas Vargas, Proveedora Municipal.—Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2012101168).

REGLAMENTOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar:

Que la Asociación de Desarrollo Integral de San Antonio de Coronado, San José.

Por medio de su representante: Juan José Vargas Vargas, portador de la cédula de identidad Nº 6-084-812 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto, Artículos Nº 02 y 02 Bis, 03, 04, 05, 08, 10, 11, 14, 15, 16, 17 y 17 Bis, 18, 19, 20, 21, 30, 22, 32, 33, para que en adelante se lea así:

Artículo 2º—Objetivos de la asociación: promover el desarrollo económico, social y cultural de la comunidad coordinando para ello con el gobierno, las instituciones autónomas, las municipalidades o cualesquiera organismos cuyas actividades contribuyan al desarrollo de la comunidad, mediante la participación activa de los vecinos, e informarles de los planes y programas formulados a efecto de conseguir su participación.

Artículo 2 Bis.—Para los propósitos del presente estatuto, cada vez que en él aparezcan los términos siguientes, entiéndase como se indica: Asociación: Asociación de Desarrollo Comunal Integral de San Antonio de Coronado.

-    DINADECO: Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad.

-    Dirección: DINADECO.

-    Dirección Nacional: DINADECO

-    Junta Directiva: Junta Directiva de la Asociación de Desarrollo.

-    Ley: Ley Nº 3859 sobre Desarrollo de la comunidad.

-    Reglamento: Reglamento a la Ley Nº 3859 sobre Desarrollo de la Comunidad.

De los Afiliados

Artículo 3º—Son afiliados todos los firmantes del acta de constitución, vecinos del lugar, mayores de doce años y quienes posteriormente, con iguales requisitos soliciten por escrito su ingreso a la Asociación. Solamente los afiliados a la Asociación que tengan tres meses de haber sido inscritos como socios mediante acuerdo razonado por la Junta Directiva, tienen derecho a participar en Asambleas Generales con derecho a voz y voto.

Artículo 4º—La afiliación y desafiliación es libre y voluntaria. Para la afiliación y desafiliación debe observarse lo dispuesto en el presente estatuto. El nombre de los afiliados deberá constar en el “Libro de Afiliados”.

Artículo 5º—La condición de afiliado puede perderse:

a)  Por renuncia expresa del afiliado y previo debido proceso

b)  Porque lo solicite la Junta Directiva a la Asamblea General, cuando en alguna forma haya perjudicado las actividades o el prestigio de la Asociación. El acuerdo deberá ser razonado y fundamentado en pruebas y tiene apelación para hacerse ante la Asamblea General

c)  Por no tener su domicilio dentro de la jurisdicción de la Asociación

d)  Por tres inasistencias consecutivas a las Asambleas Generales sin que haya justificación por caso fortuito o fuerza mayor

e)  Por violación al presente Estatuto.

Artículo 8º—De los Derechos de los Afiliados

a)  Elegir y ser elegidos

b)  Participar de actividades de la Asociación.

c)  Participar en la Asambleas Generales con derecho a voz y a voto y en las reuniones de Junta directiva con derecho a voz únicamente.

d)  Solicitar por escrito a la Junta Directiva información sobre el funcionamiento de la Asociación.

Recursos de la Asociación

Artículo 10.—Para la financiación de sus actividades la Asociación podrá contar con los siguientes recursos:

Agréguese dentro de los incisos: el F y G.

f)   Porcentaje del Impuesto sobre la Renta establecido en el Artículo 19 de la ley Nº 3859 de 7 de abril de 1967, y su reglamento. (Así reformado por Ley 4890 del 16 de noviembre de 1971).

g)  Los generados por las actividades y provectos productivos de la Asociación, rentas e intereses.

Artículo 14.—Actuarán como Presidente y secretario ante la Asamblea quienes ocupen iguales cargos en la Junta Directiva. Los acuerdos so aprobarán por mayoría de votos, salvo en los casos en que este estatuto o el Reglamento indiquen una mayoría especial. Se considerarán firmes a partir de su aprobación y deberán constar en el “Libro de Actas de Asambleas Generales”.

Artículo 15.—En las Asambleas Generales deberán tratarse todos los asuntos que por su naturaleza e importancia no puedan ser resueltos por la Junta Directiva. Deberá tratarse en Ordinarias:

a)  Cada dos años el nombramiento de la Junta directiva,

b)  En la Asamblea Ordinaria de medio período, el conocimiento del programa anual de ingreso y egresos -Presupuesto-,

c)  Presentación del plan anual de actividades presentado por la Junta directiva,

d)  Cualesquiera asuntos de importancia que se presentaren a la fecha de la Asamblea,

e)  La autorización a la Junta Directiva para celebrar contratos o contraer obligaciones por más de un millón de colones (¢1.000.000,00).

Artículo 16.—Las asambleas extraordinarias se convocarán para el conocimiento de asuntos especiales que tenga que resolver la Asociación dentro de los cuales estarán:

a)  Reformas al estatuto

b)  La formación de Uniones, Federaciones y confederaciones

c)  Disolución de la Asociación

d)  La autorización a la Junta Directiva para celebrar contratos o contraer obligaciones por más de un millón de colones (¢1.000.000,00)

e)  El conocimiento de las infracciones de los Miembros de la Junta Directiva

f)   Vender, donar o dar en garantía los bienes de la Asociación

g)  Cualesquiera cuya naturaleza e importancia impida esperar para la fecha de la Asamblea Ordinaria. Para la aprobación de estos asuntos se requiere una mayoría de dos tercios con los miembros asistentes. En el caso de disolución deberá aprobarse con una votación de 60% de los Asociados asistentes.

Capítulo V. De la Junta Directiva

Artículo 17.—La Junta Directiva de la Asociación, atendiendo a las reglas establecidas en este Estatuto y los Acuerdos de Asambleas Generales, estará integrada por siete miembros: presidente, vicepresidente, tesorero, secretario, tres vocales, dos suplentes y un fiscal, respetando la paridad de género, que serán nombrados del seno de la Asamblea General, en votación secreta individual y por mayoría de votos. Durarán en sus funciones dos años y podrán ser reelegidos en períodos consecutivos si así lo decide la Asamblea, por tiempo indefinido y han mostrado ser dirigentes comprometidos con la Organización y con el trabajo comunal.

Artículo 17 Bis.—Para el acto de la votación se nombrará del seno de la Asamblea General, una Comisión integrada por tres miembros para la fiscalización del quórum y la elección de la Junta Directiva.

Artículo 18.—Para ser electo miembro de la Junta Directiva se requiere:

a)  Ser vecino de la jurisdicción con seis meses por lo menos de residencia en la misma

b)  Ser mayor de edad o emancipado

c)  Estar al día en el pago de las contribuciones ordinarias y extraordinarias

d)  Ser del estado seglar

e)  No tener parentesco de segundo grado de afinidad, ni tercero de consanguinidad con ningún miembro de la Junta Directiva

f)   No pertenecer a ninguna otra directiva de Asociación de Desarrollo Comunal

g)  No ser Regidor municipal, propietario o suplente

h)  Estar presente en la Asamblea

i)   Haber sido admitidos como socios, por lo menos, con tres meses de anticipación a la celebración de la Asamblea.

Artículo 19.—Funciones de Junta Directiva

a)  Elaborar el plan de trabajo y someterlo a conocimiento y aprobación por parte de la Asamblea General.

b)  Informar a la Asamblea General ordinaria, de las labores efectuadas durante el año.

c)  Elaborar el presupuesto anual vinculado al plan de trabajo.

d)  Representar a la Asociación ante cualesquiera Organismos en cumplimiento de sus fines.

e)  Autorizar por medio de acuerdo todos los gastos de la Asociación hasta por un millón de colones, siempre que estos se encuentren previamente aprobados en el plan trabajo.

f)

g)

h)  Conocer y aprobar las afiliaciones y las desafiliaciones por renuncia, así como presentar ante la Asamblea General la desafiliación de asociados previo debido proceso.

i)   Conocer de las infracciones cometidas por los asociados.

j)

k)

m) Nombrar comisiones. Juntas Auxiliares o Filiales en las comunidades de su jurisdicción.

n)  Nombrar Grupos de Trabajo.

o)

p)  Someter a la Asamblea General todo lo relacionado con los miembros de la Junta Directiva.

q)  Nombrar Secretario Ejecutivo que sea mayor de edad y del estado seglar cuando las actividades lo requieran.

r)   Convocar cada año a Asamblea General Ordinaria con quince días de anticipación por lo menos a la realización de la Asamblea y comunicarlo a la Dirección Legal y de Registro.

s)  Cada dos años cuando se nombre la Junta Directiva, la convocatoria se hará con quince días de anticipación a la realización de la Asamblea y se comunicará a la Dirección Legal y de Registro de DINADECO.

t)

Artículo 20.—Los miembros de la Junta Directiva perderán su condición de tales cuando renuncien o falten a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis alternas sin justificación alguna, a juicio de la Asamblea General, previa aplicación del debido proceso.

Artículo 22.—Funciones de los miembros de Junta Directiva

Del Presidente: El Presidente de la Junta Directiva, es el representante legal de la Asociación con facultades de Apoderado General. Deberá presidir las sesiones de Junta Directiva. El resto de sus funciones está establecido en el Reglamento. Además dentro de los ocho días siguientes a la Asamblea Constitutiva deberá formular la solicitud de inscripción a la Dirección, autenticada por un abogado a la que deberá acompañar una copia íntegra del acta de la Asamblea Constitutiva, incluyendo el estatuto que la rige.

Artículo 26.—Del Fiscal

Además de las funciones establecidas en el Reglamento, deberá cuidar porque la Junta Directiva se ajuste en sus decisiones de acuerdo a la Ley 3859. Su Reglamento y el Estatuto de la Asociación, e informar a la Junta Directiva de las irregularidades que encuentre.

Artículo 30.—La Junta Directiva podrá nombrar Juntas Auxiliares y Comisiones para facilitar el funcionamiento de la Asociación. Las funciones de estas Juntas deberán coordinarse con la Junta Directiva de la Asociación. Sus funciones específicas están determinadas en el Reglamento.

Capítulo VI. De las sanciones y disolución de la Asociación.

Artículo 32.—Tanto la Asamblea General como la Junta Directiva están facultadas para examinar la conducta de los integrantes de la Junta Directiva y la de los afiliados respectivamente en sus relaciones con la Asociación y una vez deducida la responsabilidad, decretar la pérdida de la credencial de Miembro de la Junta Directiva o su desafiliación, o la desafiliación del Asociado respectivamente siguiendo el debido proceso. Tratándose de delitos cometidos en contra de la Asociación, deberá hacerse la denuncia respectiva ante los Tribunales de Justicia.

Artículo 33.—La Asociación podrá ser disuelta voluntariamente, únicamente en la primera sesión de Asamblea General, mediante el voto de las tres cuartas partes de los Asociados activos asistentes, siempre que medien las circunstancias que determina el Reglamento. Podrá ser disuelta administrativamente mediante Decreto Ejecutivo solicitado por la Dirección, cuando concurran las causales establecidas en dicho cuerpo legal. En todo caso el procedimiento lo establecen los artículos del Reglamento mencionado.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.

San José, a las diez horas del día 24 de octubre del 2012, se otorga por segunda vez por no publicación.

Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—(IN20120101207).

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

N° DGT-R-018-2012.—San José, a las diez horas y treinta minutos del día veintinueve de agosto del dos mil doce.

Considerando:

I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios faculta a la Administración Tributaria para dictar normas generales tendientes a la correcta aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.

II.—Que el artículo 47 del citado Código dispone que la devolución podrá efectuarse de oficio o a petición de parte, siguiendo los trámites y procedimientos que reglamentariamente se establezcan.

III.—Que el artículo 100 del Decreto Ejecutivo Nº 29264-H, Reglamento General de Gestión, Fiscalización y Recaudación Tributaria, publicado en La Gaceta Nº 27 del 7 de febrero de 2001, dispone que los requisitos especiales para la devolución de pagos debidos o indebidos de tributos, se establecerán por resolución general.

IV.—Que con el fin de definir los requisitos que se deben aportar para darle trámite a las diferentes solicitudes de devolución, según el impuesto de que se trate, se estima conveniente dictar la presente resolución. Por tanto,

RESUELVE:

CAPÍTULO I

Requisitos generales de las solicitudes

de devolución de créditos fiscales

Artículo 1°—Formulario de Solicitud. El interesado deberá formular su solicitud de devolución de créditos tributarios, en el formulario D.402 “Solicitud de devolución de impuestos” disponible en el sitio web http://dgt.hacienda.go.cr; y deberá presentarlo en la Administración Tributaria a que esté adscrito o bien, podrá realizar la solicitud por medio de los sistemas informáticos que la Administración Tributaria ponga a su disposición.

Tanto el formulario de solicitud como las notas aclaratorias que se presenten, deben estar debidamente suscritas por el solicitante o su representante y, en caso de no presentarlas personalmente, las firmas deben estar debidamente autenticadas en todos los documentos.

Este requisito no será necesario cuando se presente por medios electrónicos autorizados por esta Dirección, salvo que requieran de firma digital, la cual deberá constar.

Artículo 2°—Certificación de personería jurídica o poder. Cuando la solicitud se realice en nombre de una persona jurídica, o en representación de una persona física, quien firme la solicitud de devolución, deberá aportar certificación de personería jurídica con no más de tres meses de emitida, o poder suficiente para actuar.

Artículo 3º—Prueba documental. El interesado deberá presentar la prueba documental en la que fundamenta su solicitud.

Cuando se trate de fotocopias, éstas deberán ser legibles, completas, además de contar con la debida certificación por parte de notario público o de la autoridad competente. En su defecto, podrá aportarse el documento original y una fotocopia, en cuyo caso, la Administración Tributaria procederá a su confrontación.

Cuando se aporten al expediente facturas a crédito o sin sello de cancelación, deberán aportarse los correspondientes recibos de pago.

Artículo 4°—Constancia de Cuenta Cliente. El solicitante deberá presentar constancia de Cuenta Cliente donde desee que se le realice el depósito de la suma reconocida. En caso de que la cuenta cliente no se encuentre a nombre del solicitante, deberá el interesado mediante nota, realizar indicación expresa de que solicita que se le deposite el crédito a su favor en esa cuenta cliente, a fin de que conste en el expediente que no se trata de un error de su parte.

CAPÍTULO II

Otros requisitos y prevención

Artículo 5°—Requisitos específicos. El interesado, además de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos del 1 al 4 de la presente resolución, deberá aportar los requisitos específicos, de acuerdo con la naturaleza del crédito que reclama, detallados en el Anexo “Requisitos específicos para devoluciones según la naturaleza del crédito”, el cual forma parte de esta resolución.

Artículo 6°—Otros requisitos. La Administración Tributaria podrá solicitar requisitos adicionales a los establecidos en esta resolución, siempre y cuando los mismos sean atinentes según la naturaleza del crédito.

Artículo 7°—Requerimiento. En caso de que la solicitud del interesado esté incompleta o cuando a criterio de la Administración Tributaria, sea necesario el cumplimiento de requisitos adicionales, se emitirá un único requerimiento donde se pondrá en conocimiento del interesado los requisitos que debe aportar y se le otorgará un plazo de 10 días hábiles, a efectos de que presente los documentos requeridos. En caso de incumplimiento, se declarará inadmisible la solicitud y se tendrá por no presentada para todos los efectos, procediéndose al archivo del expediente.

Solo se permitirá la emisión de un segundo requerimiento, cuando el material probatorio aportado fuera incompleto o genere inconsistencias.

Artículo 8º—La presente resolución sustituye el apartado denominado “Devolución de saldos acreedores las solicitudes de devolución” del “Manual de trámites del Ministerio de Hacienda”, publicado en el Alcance Nº 47 a La Gaceta Nº 127 del 3 de julio de 2002.

Artículo 9º—Vigencia: Rige a partir de su publicación.

Transitorio I.—Las disposiciones de la presente Resolución son de aplicación en el trámite de aquellas solicitudes de devolución presentadas antes de la entrada en vigencia de esta Resolución, siempre y cuando no se haya notificado al interesado la resolución que atiende su solicitud. Queda facultada la Administración Tributaria para hacer una segunda prevención, en caso de que ya lo hubiera hecho, de los nuevos requisitos indicados en esta Resolución.

Transitorio II.—Los interesados podrán formular la  solicitud de devolución de créditos tributarios, en el formulario pre impreso D.402 “Solicitud de devolución de impuestos” mientras haya en existencia.

ANEXO

Requisitos específicos para devoluciones

según la naturaleza del crédito

Instrucciones generales:

I.   De todo documento que a continuación se indica que deba ser aportado por el interesado, deberá presentarse copia certificada, u original y fotocopia para su confrontación por parte del funcionario tributario, salvo que expresamente se indique que deba aportarse el original.

II.  Todo documento elaborado por el contribuyente, deberá venir firmado por éste o por su representante legal, con la firma debidamente autenticada o en su defecto, presentado por el firmante personalmente para su confrontación por parte del funcionario tributario. Salvo que se trate de documentos digitales que cuenten con firma digital.

III.   En caso de que el interesado presente su solicitud de devolución en un formulario impreso, deberá aportar una nota donde aclare el origen del crédito.

IV.   El gestor encargado del caso del estudio podrá indicar al interesado la remisión de  imágenes o archivos de documentos vía correo electrónico para efectos de celeridad, sin perjuicio de su posterior presentación en documento físico, salvo que se trate de documentos digitales que cuenten con firma digital.

V.  Todos los resúmenes solicitados, deberán ser elaborados en el formato Excel y aportarse en respaldo digital cuando así sea requerido, o cuando su impresión implique un gasto considerable para el interesado.

VI.   De los cuadros resumen elaborados por el interesado, se podrá requerir la presentación de muestras de los documentos ahí enumerados, conforme lo considere el resolutor encargado del estudio.

1.  Cuando el crédito se origina por retenciones del Impuesto sobre la Renta e Impuesto General sobre las Ventas

  Detalle de Agentes de Retención y el monto total retenido, por cada uno de los agentes, donde se indique nombre del agente, cédula del agente, base de la retención, monto total de la retención.

  En caso de que exista diferencia entre lo solicitado por el interesado y lo reportado por el agente retenedor, deberá presentar Certificación original de las retenciones, emitida por el agente de retención.

2.  Impuesto sobre las Ventas y Selectivo de Consumo, según el origen del crédito:

a.  Producción de bienes exentos

  Nota con el detalle de los porcentajes de los bienes gravados y exentos que produce.

b.  Adquisición de maquinaria de alto valor utilizada directamente en el proceso productivo

i.   Póliza de desalmacenaje o factura de compra.

ii.  Informe pericial o técnico, elaborado por una persona experta en el proceso productivo, donde se indique en que etapa de dicho proceso, se utiliza la maquinaria en cuestión.

c.  Ventas al Estado o empresas que gocen de exención

i.   Órdenes de compra a nombre de las entidades exoneradas (muestra de las ventas exentas).

ii.  “Resumen de ventas exentas” y “Resumen de Compras y Servicios Nacionales Gravados” por cada solicitud de devolución. El resumen debe contener la información organizada bajo las siguientes columnas:

1.  Número de factura

2.  Fecha de la Factura

3.  Cliente

4.  Número de: orden de compra, oficio de compras autorizadas, o nota de exoneración

5.  Total venta exenta en colones

iii.    “Resumen de Importaciones Gravadas” por cada solicitud de devolución. El resumen debe contener la información organizada bajo las siguientes columnas:

1.  Número de factura del proveedor

2.  Fecha de la Factura del proveedor

3.  Nombre del Proveedor

4.  Descripción de cada ítem de la factura.

5.  Monto en Dólares

6.  Número de DUA

7.  Fecha del DUA

8.  Tipo de cambio

9.  Monto en colones

10.   Impuestos

11.   Número de factura de la agencia

iv.    Certificación de un Contador Público Autorizado respecto de:

1.  Si los impuestos reclamados fueron o no acreditados en la declaración de ventas correspondiente, o en posteriores rectificaciones a ésta.

2.  Si existen o no, notas de crédito que emitieron los proveedores que afecten los montos de las facturas presentadas en el reclamo tanto en lo que respecta al valor de la mercancía como al impuesto reclamado.

3.  Tratamiento contable dado al impuesto reclamado. Se debe especificar el número o código de las cuentas contables involucradas y su nombre, así como la fecha de los respectivos registros contables (asientos o comprobantes de diario).

v.     Cualquier otra documentación que respalde la existencia del crédito, como por ejemplo: Nota de exoneración original, o resolución en caso de exoneraciones subjetivas y objetivas, debidamente emitidas por el Departamento de Exenciones de la DGH, Resumen de Compras Nacionales Gravadas, etc.

d.  Exportadores

i.   Declaración de exportación presentada en el período a que corresponde el crédito.

ii.  Resumen de Exportaciones, por cada solicitud de devolución. El resumen debe contener la información organizada bajo las siguientes columnas:

1.  Número de factura

2.  Fecha de la Factura

3.  Nombre del Cliente

4.  Número de documento de exportación

5.  Total venta en dólares

6.  Tipo de cambio

7.  Monto en colones

8.  Resumen de Compras y Servicios Nacionales Gravados.

9.  Recibos de pago correspondientes a las facturas presentadas.

10.   Resumen de Importaciones Gravadas.

iii.  Certificación de un Contador Público Autorizado respecto de:

1.  Si los impuestos reclamados fueron o no acreditados en la declaración de ventas correspondiente, o en posteriores rectificaciones a ésta.

2.  Si existen o no, notas de crédito que emitieron los proveedores que afecten los montos de las facturas presentadas en el reclamo tanto en lo que respecta al valor de la mercancía como al impuesto reclamado.

3.  Tratamiento contable dado al impuesto reclamado. Se debe especificar el número o código de las cuentas contables involucradas y su nombre, así como la fecha de los respectivos registros contables (asientos o comprobantes de diario).

e.  Compras Locales Impuesto de Ventas (Zonas Francas)

i.    Resumen de compras locales, por cada solicitud de devolución. El cuadro debe contener la información organizada bajo las siguientes columnas:

1.  Número de factura

2.  Fecha de la Factura

3.  Nombre del Proveedor

4.  Descripción de cada ítem de la factura.

5.  Monto en colones sin el impuesto de cada ítem

6.  Monto impuesto de ventas

7.  Referencia –folio- (en esta columna se anota el número de folio de la respectiva factura)

ii.   Certificación de un Contador Público Autorizado respecto de:

1.  Si los impuestos reclamados fueron o no acreditados en la declaración de ventas correspondiente, o en posteriores rectificaciones a ésta.

2.  Si existen o no, notas de crédito que emitieron los proveedores que afecten los montos de las facturas presentadas en el reclamo tanto en lo que respecta al valor de la mercancía como al impuesto reclamado.

3.  Tratamiento contable dado al impuesto reclamado. Se debe especificar el número o código de las cuentas contables involucradas y su nombre, así como la fecha de los respectivos registros contables (asientos o comprobantes de diario).

3.  Impuesto a la propiedad de vehículos, aeronaves y embarcaciones.

a)  Doble Pago

i.    Documento de devolución emitido por el Instituto Nacional de Seguros  donde se indica el monto de devolución que corresponde a la Dirección General de Tributación.

ii.   Recibo de pago (Marchamo) que prevalece.

b) Crédito generado por pago de otra placa

    Documento de devolución emitido por el  Instituto Nacional de Seguros, donde indica el monto de devolución que le corresponde a la Dirección General de Tributación.

c)  Crédito generado por cambio de placa (particular /taxi– particular /bus)

i.    Nota emitida por el Departamento de concesiones del MOPT, donde conste la fecha en que se autorizó el cambio de categoría y la condición asignada al  automotor.

ii.   Recibo de pago (Marchamo).

d) Crédito generado por tarifa preferencial (carga pesada)

i.    Certificación del Registro Nacional donde conste la característica de carga pesada (8 toneladas o más) del automotor.

ii.   Recibo de pago (Marchamo).

e)  Crédito generado por exoneración no aplicada (Diplomáticos, Misiones Internacionales, Equipo Especial, instituciones gubernamentales, Personas con discapacidad, etc.)

i.    Recibo de pago (Marchamo).

ii.   Nota de exoneración emitida por el Departamento de Exenciones de la Dirección General de Hacienda.

f)  Crédito generado por cambio de valoración del vehículo

i.    Informe técnico realizado por el Área de Valoraciones (resolución determinativa del valor)

ii.   Recibo de pago (Marchamo)

4.  Impuesto a la Transferencia de Vehículos Automotores, Aeronaves y Embarcaciones

a)  Doble pago

i.    Formularios D.121 ó recibos oficiales de pago (D.110) ambos debidamente cancelados que demuestren el doble pago.

ii.   Testimonio de la escritura de traspaso.

b) Crédito generado por cambio de la valoración del vehículo

i.    Formulario D.121 ó recibo oficial de pago (D.110) debidamente cancelado.

ii.   Testimonio de la escritura de traspaso.

iii.  Estudio técnico realizado por el área de Valoraciones (Resolución determinativa del valor).

c)  Crédito generado por pago indebido del Impuesto a la transferencia de vehículos en caso de vehículos de primera inscripción

i.    Formulario D.121 o recibo oficial de pago (D.110) debidamente cancelado.

ii.   Documento de inscripción en el Registro de la Propiedad.

5.  Impuesto de Traspaso de Bienes Inmuebles

a)  Crédito generado por Doble Pago

i.    Formularios D.120 ó recibos oficiales de pago (D.110) cancelados.

ii.   Testimonio de la escritura de traspaso.

b) Crédito generado por cambio de valoración del inmueble

i.    Formulario D.120 o recibo oficial de pago (D.110) debidamente cancelado.

ii.   Testimonio de la escritura de traspaso.

iii.  Estudio técnico realizado por el área de Valoraciones (Resolución determinativa del valor).

6.  Derechos de Salida del Territorio Nacional

i.    Comprobante de pago del “impuesto de salida”.

ii.   En caso de menores de edad, constancia del Registro Civil para verificar que quien solicita la devolución es el padre o madre del menor o bien la certificación de la patria potestad.

7.  Especies Fiscales:

a)  Las especies fiscales que la Dirección General de Tributación administra son únicamente el “Timbre Fiscal” y el “Timbre Consular”.  Para ambos casos se requiere:

i.    Detalle de los timbres objeto de la devolución, indicando la cantidad de timbres según la denominación.

ii.   Aportar la prueba documental pertinente, en la que fundamenta su solicitud: Comprobante de pago y/o los timbres respectivos, si los compró en especie física. Solo se admitirá originales.

iii.  Debe estar claro de qué timbre o especie fiscal se trata, porque la referencia genérica a “especies fiscales” o expresiones similares no permite distinguir qué especie es.

iv.  Para el caso de timbre fiscal, nota de la Contabilidad Nacional donde se indique el ingreso del monto en las arcas del Estado.

v.   Para el caso del timbre consular, nota del Ministerio de Relaciones Exteriores donde se indique que los mismos no fueron utilizados.

b) Cuando se trate de Timbres Fiscales utilizados en licitaciones se deberá presentar además:

i.    Entero de pago o los timbres originales, según el caso.

ii.   Contrato suscrito con el proveedor.

iii.  Copia del cartel de licitación.

iv.  Oficio de la Contraloría General de la República, donde deniega el  refrendo del contrato.

8.  Impuesto solidario:

Doble pago:

i.    Comprobante de ambos pagos.

a) Casos en que no corresponde parcial o totalmente el pago del impuesto (Valor incorrecto, área incorrecta o mala utilización de la tipología).

i.    Justificación que demuestre el por qué no le corresponde el pago del Impuesto.

ii.   Pruebas que considere pertinentes.

Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 14217.—Solicitud Nº 6943.—C-170140.—(IN2012099719).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES

CERTIFICA:

1.  Que la organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria de Pescadores de San Pablos de Nandayure R. L., siglas COOPEJUSANP R.L., se encuentra inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Departamento mediante Resolución Nº 608 del 04 de setiembre de 1984. Que la misma se encuentra disuelta, por haberse ordenado así en sentencia Nº 55-2008, de las 12 horas 48 minutos del 23 de abril de 1998, del Juzgado de Trabajo de Nicoya.

2.  Que de conformidad con lo señalado en el artículo 89 de la Ley de Asociaciones Cooperativas Nº 4179, del 22 de agosto de 1968 y sus reformas, disuelta una cooperativa, ésta entrará en liquidación conservando su personalidad jurídica para estos efectos. Que dicha liquidación estará a cargo de una Comisión Liquidadora, integrada por tres miembros, dos de ellos nombrados por el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), en representación del mismo y de los acreedores y el tercero por el Consejo de Administración de la Cooperativa.

3.  Que en cumplimiento de lo señalado en el punto anterior y con vista en el oficio D.E Nº 1082-2012 de las 12:00 horas del 06 de setiembre de 2012, suscrito por el Lic. Martín Robles Robles, Director Ejecutivo, el Infocoop, integra la Comisión Liquidadora de esta cooperativa con las siguientes personas: como representante del Infocoop, en el cargo de Presidente el señor Luis Diego Hernández Núñez, portador de la cédula de identidad Nº 2-415-400, en representación de los asociados en el cargo de vicepresidente el señor Sergio Vallejos Rosales, portador de la cédula de identidad Nº 5-226-834 y en representación del Infocoop y con el puesto de secretario el señor Jorge Enrique Chaves Villalobos, portador de la cédula de identidad 2-224-244.

4.  Que la Comisión Liquidadora señalada, se encuentra inscrita en los registros que al efecto lleva este Departamento, visible al tomo 3, folio 9, asiento 198 del 25 de setiembre de 2012.

Es conforme: se extiende la presente certificación, a solicitud del Infocoop, a las trece horas del veintiséis de setiembre de dos mil doce.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—1 vez.—O.C. 33629.—Solicitud Nº 35956.—C-37620.—(IN2012099761).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

CONSULTA PÚBLICA NO VINCULANTE

Con fundamento en lo establecido en el artículo 170 de la Constitución Política, artículo 4º, inciso a), 13, inciso c) y 50 del Código Municipal, según consta en el artículo único, capítulo único, del acta de la sesión extraordinaria Nº 057-2012 del 25 de septiembre de 2012, el Concejo Municipal de Curridabat acordó someter a consulta pública no vinculante, por espacio de 10 días hábiles, el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA ORDENACIÓN

DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES

EN CURRIDABAT

Artículo 1º—Hecho Generador: Constituye el hecho generador de las contribuciones especiales la obtención por el sujeto pasivo de beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales de carácter local, tales como el establecimiento o ampliación de servicios, dentro del territorio del cantón de Curridabat.

El producto de las contribuciones especiales no podrá tener un destino ajeno a la financiación de las obras o de las actividades que constituyen la razón de ser de la obligación.

Artículo 2º—Sujeto Activo: Para efectos de este tributo, la municipalidad de Curridabat tendrá el carácter de administración tributaria.

Artículo 3º—Sujeto Pasivo: serán sujetos pasivos de las contribuciones especiales los propietarios o poseedores del inmueble beneficiado.

Artículo 4º—Base Imponible: La base imponible de las contribuciones especiales está constituida por el costo total de la obra o servicio en cuestión. Se incluirá en el costo total, además de los materiales y la mano de obra con sus respectivas cargas sociales, los gastos de administración e ingeniería, el precio de los terrenos por adquirir, el pago de mejoras o indemnizaciones por edificaciones que han de ser demolidas o reparadas y, en su caso, los costos financieros.

Artículo 5º—Criterios de repartición: la base imponible de las contribuciones especiales se repartirá entre los sujetos pasivos aplicando como criterio de reparto, según las particularidades del caso, conjunta o separadamente, los metros lineales de fachada de los inmuebles, su superficie, su volumen edificable y el valor de los inmuebles beneficiados utilizado a efectos del impuesto sobre bienes inmuebles regulado por la ley 7509 y sus reglamentos.

La proporción resultante se aplicará a la base imponible para determinar el monto a pagar por cada sujeto pasivo.

Artículo 6º—Devengo: Las contribuciones especiales se devengan en el momento en que las obras se hayan ejecutado o el servicio haya comenzado a prestarse. Si las obras fueran fraccionables, el devengo se producirá desde que se hayan ejecutado las correspondientes a cada tramo o fracción de la obra.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, una vez aprobado el acuerdo de imposición y ordenación, la Municipalidad podrá exigir por anticipado el pago de las contribuciones especiales en función del importe del coste previsto para el año siguiente. No podrá exigirse el anticipo de una nueva anualidad sin que hayan sido ejecutadas las obras para las cuales se exigió el correspondiente anticipo.

El momento del devengo de las contribuciones especiales se tendrá en cuenta a los efectos de determinar la persona obligada al pago.

Artículo 7º—Pago: El pago de cada contribución especial estará regulado por el acuerdo de ordenación respectivo. Una vez finalizada la realización total o parcial de las obras, o iniciada la prestación del servicio, se procederá a señalar los sujetos pasivos, la base y las cuotas individualizadas definitivas, girando las liquidaciones que procedan y compensando como entrega a cuenta los pagos anticipados que se hubieran efectuado.

Artículo 8º—Morosidad: El atraso en los pagos de tributos generará multas e intereses moratorios, que se calcularán según el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Las deudas por tributos municipales constituirán hipoteca legal preferente sobre los respectivos inmuebles.

Artículo 9º—Imposición: La exacción de las contribuciones especiales precisará la previa adopción del acuerdo de imposición en cada caso concreto. Dicho acuerdo verificará que se realice el hecho generador de las contribuciones especiales y deberá ser aprobado por el Concejo Municipal.

Artículo 10.—Ordenación: El acuerdo relativo a la realización de una obra o al establecimiento o ampliación de un servicio que deba costearse mediante contribuciones especiales no podrá ejecutarse hasta que se haya aprobado la ordenación concreta de éstas. La aprobación de la ordenación seguirá el siguiente proceso:

a)  Un acuerdo provisional de ordenación que al menos contemple i) el costo previsto de las obras y servicios, ii) los sujetos pasivos, iii) la zona beneficiada por la actuación municipal, iv) los criterios de reparto, v) las cuotas individuales correspondientes a cada sujeto pasivo vi) la fecha en que se espera la conclusión de las obras y por consiguiente, el devengo de la contribución, vii) la forma de cobro de las contribuciones, y viii) el inicio y fin del periodo de exposición al público, será publicado en el diario oficial La Gaceta y notificado a los sujetos pasivos identificados – notificación que podrá realizarse por medio de diarios de circulación nacional.

b)  Una vez notificados los sujetos pasivos, se dará un período de exposición al público de al menos 10 días hábiles, dentro del cual los interesados podrán objetar el contenido del acuerdo. De conformidad con el artículo 154 inciso a), estas objeciones no tendrán el carácter de recurso formal por tratarse de un acto provisional, y solamente buscarán dar voz a los munícipes.

c)  Finalizado el período de exposición pública, la Municipalidad podrá adoptar el acuerdo definitivo.

Allan de Jesús Sevilla Mora, Secretario del Concejo.—1 vez.—RP2012326306.—(IN2012099537).

IMPLEMENTACIÓN DEL CERTIFICADO

URBANÍSTICO Y DE RECIBO DE OBRAS

Con fundamento en lo establecido en el artículo 170 de la Constitución Política, artículo 4º, inciso a), 13, inciso c) y 50 del Código Municipal, según consta en el artículo 1º, capítulo 3º, del acta de la sesión ordinaria Nº 122-2012, del 30 de agosto de 2012, el Concejo de Curridabat acordó aprobar y autorizar la implementación del “Certificado Urbanístico y Recibo de Obras” de la Municipalidad de Curridabat que dice literalmente:

Certificado de Cumplimiento Urbanístico y Recibo de Obras.

Artículo 1º—Fundamento. El Certificado de Cumplimiento Urbanístico o recibo de obras, con fundamento en el artículo 89 de la Ley de Construcciones, es el documento mediante el cual la Municipalidad certifica que la obra ha sido construida conforme a lo aprobado en el permiso de construcción y su respectivo plano. En concordancia con el Plan Regulador del Cantón de Curridabat.

Artículo 2º—Funcionario competente. El funcionario municipal competente para otorgar el Certificado de Cumplimiento Urbanístico, es el Director de Desarrollo y Control Urbano.

Artículo 3º—Solicitud. El Certificado de Cumplimiento Urbanístico y recibo de obras, debe ser solicitado por el propietario del proyecto o por el profesional acreditado en la Municipalidad como responsable de la misma una vez finalizada la obra o que tenga un mínimo de avance del 95% de las obras de infraestructuras.

Artículo 4º—Importancia. Para la autorización de ocupación y uso del proyecto, sea este residencial, comercial o mixto, debe ostentar con el Certificado de Cumplimiento Urbanístico y Recibo de Obras, según esta normativa.

Artículo 5º.—Plazo. El Certificado de Cumplimiento Urbanístico deberá ser expedido dentro de los quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a su solicitud. Si la complejidad de la obra requiere de mayor tiempo, la Municipalidad, mediante resolución razonada podrá ampliar dicho término a treinta días hábiles, lo cual deberá ser notificado al solicitante en el lugar o medio señalado para recibir notificaciones.

Artículo 6º—Inspección. Para todos los efectos la Municipalidad, por medio de la sección de inspección, realizara la correspondiente visita de campo y verificación en sitio, dentro del plazo estipulado en el artículo 4, del acatamiento del permiso de construcción otorgado. De encontrarse incumplimientos o faltas, al permiso otorgado, los mismos serán comunicados al propietario, indicándose para cada caso el proceso de corrección. Una vez corregidas las faltas, el propietario deberá solicitar nuevamente el Certificado de Cumplimiento Urbanístico y Recibo de Obra.

Artículo 7º—Contenido del certificado de Cumplimiento Urbanístico. El Certificado de Cumplimiento Urbanístico y recibo de Obra, contiene, el nombre del propietario de la obra, el nombre del profesional responsable, el tipo de obra construida, la ubicación, la identificación de la licencia de construcción, la fecha de expedición, y el nombre, puesto y firma del funcionario que lo expide. Autorizando la Ocupación del Inmueble.

Artículo 8.—Vigencia del certificado de Cumplimiento Urbanístico. La vigencia del Certificado de Cumplimiento Urbanístico es indefinida, hasta tanto la obra no sufra modificaciones o remodelaciones que exijan la obtención de una nueva licencia de construcción.

Artículo 9º—Otorgamiento Parcial del Certificado de Cumplimiento Urbanístico. El Certificado de Cumplimiento Urbanístico podrá ser otorgado en forma parcial, en caso de que la construcción haya sido ejecutada por etapas.

Las instituciones públicas, semi-públicas o autónomas, o las empresas privadas, mixtas, que mediante concesión tengan a cargo la prestación de un Servicio Público, exigirán, previo al otorgamiento de cualquiera de los servicios públicos que presta, el Certificado de Cumplimiento Urbanístico.

Artículo 10.—Reposición. En caso de deterioro o pérdida del Certificado de Cumplimiento Urbanístico, el interesado podrá solicitar su reposición ante la Municipalidad. Para dicha reposición será necesaria la presentación por parte del interesado de una declaración jurada, en el caso de pérdida, y el documento mismo en caso de deterioro. El otorgamiento es gratuito.

Rige a partir de su publicación.

Allan de Jesús Sevilla Mora, Secretario del Concejo.—1 vez.—RP2012326308.—(IN2012099538).

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE FESTEJOS

POPULARES DEL CANTÓN DE CURRIDABAT

Con fundamento en lo establecido en el artículo 170 de la Constitución Política, artículo 4º, inciso a), 13, inciso c) y 50 del Código Municipal, según consta en el artículo único, capítulo único, del acta de la sesión extraordinaria Nº 057-2012 del 25 de setiembre de 2012, el Concejo Municipal de Curridabat acordó promulgar el presente Reglamento de la Comisión de Festejos Populares del Cantón de Curridabat, que se somete a consulta pública no vinculante, por espacio de 10 días hábiles.

CAPÍTULO I

De las funciones, atribuciones y

responsabilidades de la comisión

Artículo 1º—La Comisión de Festejos Populares del Cantón de Curridabat se nombrará con el objetivo de planificar, organizar, administrar y desarrollar los festejos populares que se realicen dentro del Cantón con la finalidad de lograr la mayor obtención de utilidades destinadas a la ejecución de obras comunales que definirá el Concejo Municipal de Curridabat.

Artículo 2º—La Comisión de Festejos Populares del Cantón de Curridabat tiene por naturaleza jurídica el constituirse en un órgano colegiado perteneciente a la Municipalidad de Curridabat. Estará adscrita al Concejo Municipal. Su titularidad corresponde a un conjunto de personas físicas, sujetas a las disposiciones del Concejo Municipal como su superior jerárquico y a la normativa que regula la materia.

Artículo 3º— Esta comisión será nombrada por el Concejo Municipal y estará integrada por cinco miembros, todos mayores de edad, vecinos del Cantón de Curridabat y de reconocida solvencia moral. No podrán ser miembros de la comisión, el Alcalde o Alcaldesa Municipal, las o los Vicealcaldes municipales, las y los regidores propietarios y suplentes, las y los síndicos propietarios y suplentes. Los miembros serán electos por mayoría simple de la totalidad de los miembros del Concejo.

Los integrantes de la comisión deberán rendir declaración jurada de su situación patrimonial al inicio y a la finalización de conformidad con el artículo 23 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, cuando así lo determine la Contraloría General de la República en el uso de las potestades que le confiere la ley.

Artículo 4º—La Comisión y solidariamente sus integrantes, serán responsables de la buena administración de los fondos que maneje la Comisión y del cumplimiento de la normativa legal aplicable.

Artículo 5º—En la primera sesión de la Comisión entre sus integrantes deberán nombrar una Junta Directiva, constituida por Presidente o Presidenta, secretario o secretaria, tesorero o tesorera y dos vocales, junta que será responsable de la dirección de cada una de las subcomisiones que la Comisión resuelva nombrar.

Para efectos operativos, la comisión contará con la asesoría directa y obligatoria de la Tesorería y la Contabilidad Municipal.

Además tendrán la asesoría de: a) Un abogado de la Dirección de Asuntos Jurídicos; b) Un representante de la Proveeduría Municipal; c) Un representante de la Dirección Financiera y un representante de la Auditoria Municipal de conformidad con lo establecido en la Ley de Control Interno que preceptúa la obligación de brindar asesoría al órgano superior.

La Comisión podrá apoyar sus funciones y planes de ejecución con los funcionarios municipales atinentes a la materia y al cargo.

También podrá el Concejo Municipal designar funcionarios municipales que cumplan los perfiles que establece este Reglamento, a los fines de concebir un vínculo más estrecho entre la actividad de los festejos populares y la municipalidad.

Artículo 6º—La Presidencia de la Comisión, tendrá las siguientes funciones:

1.  Abrir, presidir, comprobar el quórum y cerrar las sesiones de la Comisión.

2.  Velar porque la Comisión cumpla con las funciones y propósitos para los cuales fue creada.

3.  Dictar las directrices e impartir las instrucciones administrativas que estime pertinentes, siempre que no contravengan disposiciones o acuerdos de la Comisión.

4.  Confeccionar el orden del día de las sesiones de la Comisión.

5.  Ejecutar y/o vigilar que se ejecuten los acuerdos de la Comisión.

6.  Firmar, conjuntamente con el tesorero de la Comisión, los cheques emitidos para cancelar los gastos autorizados por la Comisión y vigilar que los cheques que deba firmar, anexen los comprobantes y justificantes necesarios, que amparen el egreso y que éste tenga contenido dentro del presupuesto aprobado. En estos casos y para efectos contables, los ingresos y egresos provenientes de Festejos Populares se manejarán en una cuenta bancaria separada de las cuentas municipales.

7.  Firmar conjuntamente con el secretario de la Comisión, las actas de las sesiones.

8.  Suscribir, en representación de la Comisión, los contratos, convenios y compromisos que ésta apruebe.

9.  Informar al Concejo Municipal, dentro del mes siguiente a su nombramiento, sobre el Plan Presupuesto y de Trabajo, que la Comisión ha aprobado. El Concejo, una vez conocido el Plan y el Presupuesto, podrá hacer a la Comisión, las observaciones que estime necesario, con la debida justificación.

10.   Informar mensualmente al Concejo Municipal, sobre el avance del Plan General y sobre la ejecución del presupuesto, con un detalle contable de los ingresos y egresos.

11.   Velar por el cumplimiento del Plan de Trabajo y el Presupuesto aprobado.

12.   Velar por el debido cumplimiento de los contratos suscritos.

13.   Las demás que la Ley o el Concejo Municipal le impongan en razón de su cargo.

Artículo 7º—La tesorería de la Comisión, tendrá las siguientes funciones:

1.  Rendir la garantía, a la que hace referencia el Artículo 6 de la Ley Nº 4286, Ley de Nombramiento de Comisiones de Festejos Populares, la cual consistirá en una póliza de fidelidad por una suma equivalente al diez por ciento del total de los ingresos obtenidos por la Comisión durante los festejos realizados el año inmediato anterior, garantía que será pagada con fondos de la Comisión con una vigencia que irá desde quince días posteriores a su nombramiento hasta un mes posterior a la finalización de los festejos correspondientes.

2.  Supervisar que todos los ingresos de la Comisión ingresen a la cuenta especial que para esos efectos abrirá la oficina municipal correspondiente.

3.  Depositar o verificar que cualquier suma de dinero recibida, sea depositada en la cuenta corriente de la comisión, dentro de las siguientes veinticuatro horas.

4.  Ser responsable y mantener en custodia los cheques en blanco o no entregados, con cargo a la cuenta especial de la comisión.

5.  Firmar, conjuntamente con el presidente de la Comisión, los cheques emitidos para cancelar los gastos autorizados por la Comisión y vigilar que los cheques que deba firmar, anexen los comprobantes y justificantes necesarios, que amparen el egreso y que éste tenga contenido dentro del presupuesto aprobado. Para estos efectos la contabilidad y tesorería municipal a cargo de la cuenta especial de los festejos populares, preparará un expediente para cada emisión de cheques, con toda la información atinente al egreso.

6.  Presentar mensualmente a la Comisión, un informe contable, que consigne los ingresos en dinero efectivo y los egresos realizados. Este informe debe de contemplar, si fuere del caso, las donaciones de materiales y servicios que eventualmente reciba la Comisión, haciendo la respectiva valoración para efectos contables. Para estos fines contará con la asesoría obligatoria de la contabilidad municipal

7.  Vigilar porque los libros y cuentas contables que este Reglamento y las normas contables ordinarias exigen se lleven conforme a las normas contables, usuales y al día.

8.  Ejercer control sobre los egresos para que los mismos se ajusten a lo presupuestado.

9.  Controlar que los pagos efectuados por la Comisión no incluyan el impuesto sobre las ventas y que se hagan las retenciones de impuesto sobre renta, cuando estas correspondan, así como hacer el pago oportuno de esas retenciones a la Tributación Directa.

10.   Vigilar por el buen manejo de la caja chica y velar porque en todo momento haya dinero disponible en ella, pudiendo delegar en el contador de la comisión, el manejo de esta, previo acuerdo de la Comisión.

11.   Las otras que imponga la Ley o el Concejo Municipal le impongan en razón de su cargo.

Deberá coordinar todo lo referente a ingresos y gastos con la Tesorería y la Contabilidad, quiénes estarán obligados a brindar toda la asesoría correspondiente.

Artículo 8º—La secretaría de la Comisión, tendrá las siguientes funciones:

1.  Llevar un Libro de Actas debidamente legalizado por la Auditoria Municipal.

2.  Comunicar las resoluciones de la Comisión a quienes corresponda.

3.  Someter a conocimiento y aprobación de la Comisión, al inicio de cada sesión, el texto del acta de la sesión anterior.

4.  Firmar conjuntamente con el presidente de la Comisión las actas, las que deben de contener fecha y hora de la sesión y detalle de los miembros que asisten a la misma.

5.  Anotar detalladamente cada uno de los acuerdos adoptados y el nombre de los integrantes que votan a favor y el de los que votan en contra. En el detalle de todos los acuerdos adoptados, el secretario pondrá especial énfasis en anotar lo necesario sobre las actividades a realizar, el lugar en que se realizarán, los gastos aprobados, el número de puestos del campo ferial que se rematarán, la base aprobada para el remate de esos puestos, hora, fecha y lugar en que se efectuará cada venta de puestos, detalle del resultado de cada venta, consignando en cada caso el nombre de la persona a quien se adjudicó cada puesto, el precio de la adjudicación y un detalle general de la suma recaudada por ese concepto y cualquier otro dato que se considere importante consignar sobre los eventos especiales que se apruebe realizar a cada subcomisión. De la misma forma, el secretario, anotará el detalle general de los ingresos y egresos de la Comisión, según reporte del tesorero, los gastos aprobados por la Comisión, los contratos autorizados por la Comisión en que se consigne como mínimo el objeto, el precio, la forma de pago y si medió o no alguna forma de concurso para hacer la contratación, cuando esto fuese necesario o en su caso la autorización para que no hubiese concurso. Igualmente se anotará el detalle de los activos que queden al finalizar los festejos.

6.  Atender la correspondencia enviada y recibida, la que anotará en el acta.

7.  Ingresar en el acta el acuerdo de aprobación de la liquidación final de ingresos y egresos de la Comisión.

8.  Las otras que la Ley o el Concejo Municipal le impongan en razón de su cargo.

Artículo 9º—En caso de que la Comisión delegue la organización de actividades especiales en subcomisiones nombradas para tal efecto, éstas deberán contar al menos con un miembro de la Comisión, y deberán rendir un informe escrito a la Comisión con copia al Concejo Municipal detallando todas las actividades realizadas y aportando toda la documentación relativa a la actividad de que se trate.

CAPÍTULO II

De la Fiscalía

Artículo 10.—El Concejo Municipal designará un Fiscal o Fiscala de la Comisión de Festejos que con la idoneidad y conocimiento básico tendrá por funciones las siguientes:

1.  Asistir a todas las sesiones de la Comisión de Festejos con derecho a voz pero sin voto.

2.  Formular observaciones y objeciones en relación a acuerdos o decisiones de la Comisión de Festejos que estime contrarios al ordenamiento jurídico o los principios de transparencia, deber de probidad, imparcialidad y no discriminación, eficiencia y eficacia.

3.  Rendir informes al Concejo Municipal en cualquier momento acerca de cualquier acuerdo, decisión, resolución o convenio que estime contrario al ordenamiento jurídico y que pueda comprometer la responsabilidad patrimonial de la Municipalidad de Curridabat “. 4. Mantener vigilancia acerca de las actividades y actuaciones de las Subcomisiones nombradas para actividades especificas”.

CAPÍTULO III

De los ingresos y donaciones

Artículo 11.—Por la percepción de fondos y donaciones en dinero efectivo, la Tesorería Municipal de la Municipalidad de Curridabat o la entidad bancaria en donde se realice el depósito, emitirá un comprobante de ingreso.

Artículo 12.—Todos los ingresos que se obtengan durante los festejos, deberán ser depositados en la tesorería municipal y acreditados en la cuenta corriente bancaria que para tal efecto debe abrir dicha oficina, a nombre de la Comisión de Festejos Populares. Dichos ingresos deben estar registrados y clasificados en el libro contable Mayor Auxiliar de Ingresos que llevará la contabilidad municipal en forma obligatoria como apoyo a la comisión de festejos populares.

Una vez determinada la correspondiente liquidación de ingresos y egresos, la Tesorería Municipal trasladará los recursos de las utilidades a las arcas municipales y dejará la cuenta inactiva para efectos bancarios; procediendo a activar la misma cuando ingresen los nuevos miembros de Comisión.

Artículo 13.—Todos los fondos que perciba la Comisión y las donaciones en dinero efectivo, materiales y servicios deberán ser comunicados por el Tesorero en la sesión próxima inmediata que realice la Comisión, y constar en el acta respectiva.

Al efectuar los depósitos de los ingresos recaudados, el Tesorero deberá llevar un registro de ingresos, que cuente al menos con numero de depósito o cheque, nombre del depositante, fecha y concepto.

Artículo 14.—La Comisión efectuará la adjudicación de puestos mediante remate público, para lo cual deberá publicarse un aviso en uno de los periódicos de mayor circulación, o en su defecto por medio de “cuñas” radiales. Cada puesto deberá adjudicarse al mejor postor.

Artículo 15.—Los activos que quedaren al finalizar los festejos serán vendidos siguiendo el mismo trámite señalado en el artículo anterior.

Artículo 16.—La adjudicación de puestos, los contratos suscritos por la Comisión con terceros y las ventas de activos sobrantes, deberán ser cancelados en el acto, y depositados en las arcas municipales, en la cuenta corriente de la Comisión.

CAPÍTULO IV

De los gastos

Artículo 17.—Las erogaciones en que incurra la Comisión deberán corresponder, guardar relación y ser indispensables para el desarrollo de las actividades propias para las que fue nombrada la Comisión.

Artículo 18.—Todos los gastos, excepto los pagados por caja chica, deberán pagarse mediante cheque, los cuales se registrarán y clasificarán en el Mayor Auxiliar de gastos por orden numérico consecutivo. Cada gasto deberá ser comprobado mediante justificante original, debidamente cancelado, extendido a nombre de la Comisión y que indique el recibido conforme de los bienes y servicios por parte de algún miembro de la Comisión. Los miembros de la Comisión autorizados para firmar los cheques, deben revisar los justificantes de gastos que los amparan, antes de firmarlos. En todos los cheques emitidos deberá tacharse la leyenda “o al portador”.

Artículo 19.—Todas las erogaciones que requieran emisión de cheque serán autorizadas de previo por la Comisión y constar en actas. Asimismo, dichos egresos requerirán necesariamente de la emisión de una orden de pago.

Artículo 20.—Los gastos que sean objetados por la Auditoría Municipal al efectuar el estudio de los documentos y de la liquidación correspondiente, serán asumidos proporcionalmente por los miembros de la Comisión que los hubieren autorizado, quienes deberán reintegrarlos dentro de un plazo no menor de un mes a partir de la fecha en que se reciba el informe preparado por la Auditoría.

El Concejo Municipal ejercerá las acciones administrativas, civiles o penales necesarias para sentar las responsabilidades del caso, cuando comprobare incorrección o irregularidad en el manejo de fondos, y si fuere del caso, remitirá el asunto a las autoridades judiciales competentes.

Si no se logra la recuperación de esas sumas por la vía administrativa, el Concejo deberá ejercer las acciones judiciales correspondientes para el resarcimiento de las mismas, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 210 de la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 21.—Ningún funcionario municipal que apoye la labor de la Comisión de Festejos Populares devengará dieta alguna.

El Departamento de Presupuesto deberá identificar todos los gastos, en los que incurra la Administración, para que una vez que este lista la liquidación de la Comisión, se procede a rebajar los mismos de dicho monto. El costeo por concepto de recolección de desechos sólidos, aseo de vías, riego, lavado de campo ferial, y los gastos por concepto de horas extras y las cargas sociales sobre las horas extra del personal de apoyo deberán de ser incorporados como gastos propios de los festejos populares. No se autoriza el pago de recargos de funciones. No se autorizan seguros de ningún tipo sobre vehículos que no sean propiedad municipal. La alimentación de los funcionarios que participen en dicha actividad, será por su propia cuenta, en virtud de estar devengando horas extras. Para tal caso se autoriza a la Administración Municipal a realizar los ajustes tributarios correspondientes, por concepto de tasas de recolección de desechos sólidos y aseo de vías.

CAPÍTULO V

De las utilidades

Artículo 22.—Las utilidades obtenidas en los festejos serán depositadas íntegramente por la Comisión en la Municipalidad, para que después de los trámites pertinentes, se proceda a hacer la distribución conforme con el acuerdo previamente tomado por el Concejo Municipal. Dichos fondos serán destinados únicamente para obras de bien comunal y en ningún caso para sufragar gastos administrativos ordinarios o extraordinarios de la corporación municipal.

CAPÍTULO VI

Del Banco

Artículo 23.—Previo acuerdo expreso del Concejo, deberá abrirse una cuenta corriente bancaria especial a nombre de la Comisión con un monto mínimo de ¢2 millones reservado de la liquidación de la comisión anterior. Dicha cuenta funcionará bajo el sistema de dos firmas giradoras mancomunadas: la del presidente o presidenta y del tesorero o tesorera de la Comisión.

Artículo 24.—La cuenta corriente bancaria deberá conciliarse mensualmente conforme se reciban los estados bancarios para cuyo efecto se contará con la asistencia de la contabilidad municipal.

CAPÍTULO VII

Del fondo de caja chica

Artículo 25.—Mediante acuerdo de la Comisión, podrá crearse un fondo fijo reembolsable que funcionará como caja chica para la atención de gastos menores urgentes.

Artículo 26.—El monto del fondo de caja chica dependerá del movimiento económico que pudiesen generar los festejos, a criterio de la Comisión; sin embargo dicho fondo no podrá exceder la suma de ¢40.000,00. Se podrán realizar gastos hasta por la suma de ¢2.000,00 por cada desembolso que se haga con recursos de este fondo.

Artículo 27.—La caja chica se establecerá mediante cheque que se girará a nombre del Tesorero de la Comisión, quien será el responsable de su manejo y velará porque en todo momento haya dinero disponible para la atención de las necesidades urgentes y menores de la Comisión. Su remanente se depositará en la cuenta corriente bancaria de la Comisión, previo a la liquidación.

Artículo 28.—Todos los reembolsos de caja chica deberán respaldarse con justificantes que reúnan los requisitos establecidos en los artículos 17 y 18 de este reglamento. Los cheques que se emitan para efectuar dichos reembolsos deberán girarse a nombre del Tesorero.

CAPÍTULO VIII

De las dietas

Artículo 29.—Los miembros de la comisión tendrán derecho a dietas durante los dos meses anteriores a la fecha de inicio de los festejos populares y en el mes siguiente a su finalización. No podrán celebrar más de cuatro sesiones remuneradas por mes y el monto de cada dieta será igual al cincuenta por ciento de las dietas que reciban los regidores propietarios del cantón respectivo.

CAPÍTULO IX

Del sistema contable

Artículo 30.—La Comisión contará con los siguientes registros contables, que deberán ser legalizados por la Auditoría Municipal.

a)  Un mayor auxiliar de ingresos que contenga: fecha, nombre de la persona o entidad de la cual proviene el ingreso, número y fecha del comprobante de ingreso y del depósito bancario, y un detalle de las cuentas de ingresos.

b)  Un mayor auxiliar de egresos que contenga un detalle de cheque girado y de las cuentas de gastos que se afectan.

Artículo 31.—Para el registro de las operaciones de la Comisión se establece el siguiente cuadro de cuentas:

1.  Ingresos:

1.1   Remate de puestos.

1.2   Venta de entradas a las corridas de toros.

1.3   Venta de entradas a bailes.

1.4   Venta de votos para reinado.

1.5   Venta de entradas a otras actividades especiales (sociales, culturales o deportivas)

1.6   Cobro de inscripciones para carnaval.

1.7   Cobro de inscripciones para tope.

1.8   Cobro de inscripciones para otras actividades especiales (sociales, culturales o deportivas).

1.9   Venta de derechos publicitarios

1.10 Donaciones

1.11 Otros ingresos

2.  Gastos

2.1   Gastos administrativos y generales.

2.2   Gastos relacionados con las corridas de toros.

2.3   Gastos relacionados con las actividades de los bailes.

2.4   Gastos relacionados con la actividad de reinado.

2.5   Gastos relacionados con la actividad del carnaval.

2.6   Gastos relacionados con la actividad del tope.

2.7   Gastos relacionados con otras actividades sociales.

2.8   Gastos relacionados con actividades culturales.

2.9   Gastos relacionados con actividades deportivas.

2.10 Otros gastos.

CAPÍTULO X

De la contratación administrativa

Artículo 32.—La comisión deberá contratar la adquisición de bienes, suministros y servicios, de conformidad con la Ley General de la Contratación Administrativa y el Reglamento de la Contratación Administrativa, rigiéndose para tal efecto por el monto del presupuesto ordinario de la municipalidad para el año en que se realicen los festejos.

Todas las contrataciones se realizarán a través de la Proveeduría Municipal, quien manejará en forma separada de la contratación de la Municipalidad, los concursos de festejos populares.

Artículo 33.—Todas las actuaciones y los documentos relativos a los diferentes procedimientos de contratación empleados por la Comisión, desde los primeros acuerdos hasta el último acto de liquidación, se conservarán en expedientes individuales, debidamente foliados y ordenados.

Artículo 34.—Las contrataciones de bienes, suministros y servicios que efectúe la Comisión, deberán observar lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de la Contratación Administración y sus Reglamento y en las mismas se deberá aplicar las prohibiciones y sanciones establecidas para celebrar contratos administrativos y las prohibiciones del artículo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa.

Artículo 35.—La Comisión conjuntamente con sus asesores podrá determinar si es más beneficioso concursar todas las actividades de festejos populares en forma conjunta.

CAPÍTULO XI

De la liquidación

Artículo 36.—La Comisión deberá elaborar la liquidación final de ingresos y egresos y presentarla a más tardar treinta días naturales después de la finalización de los festejos populares a la Auditoría Interna Municipal para su revisión, acompañada de los correspondientes registros, comprobantes y justificantes; o bien las oficinas municipales en donde se encuentran dichos justificantes. La Auditoría contará con un plazo de sesenta días naturales para trasladar la liquidación al Concejo Municipal para su aprobación, el cual se pronunciara a más tardar quince días naturales después.

Previamente a efectuar la liquidación, la Comisión debe cerciorarse de que no exista cuenta alguna por pagar o por cobrar.

Para los efectos de la elaboración de la liquidación y sus atestados, la Comisión contará con la asistencia técnica de los funcionarios municipales integrados a la misma.

Artículo 37.—Para la revisión y aprobación de la liquidación a que alude el Artículo anterior, el Auditor Municipal elaborarán los papeles de trabajo que consideren necesarios para sustentar el informe que sobre esa liquidación debe remitir al Concejo. Dicho informe contendrá, al menos, información sobre la integración y fines de la Comisión; detalle de los ingresos, gastos y utilidades; incumplimiento de la normativa legal aplicable y medidas de control interno; comentarios sobre cualquier irregularidad detectada; conclusiones (indicando si la liquidación presentada por la Comisión cuenta con su aprobación o no), y las recomendaciones pertinentes.

Artículo 38.—Si en el ejercicio de sus funciones, el Auditor Municipal determinara faltantes, pagos improcedentes, cuentas pendientes de cobro, gastos que no están respaldados con justificantes o cualquier otra irregularidad que causara un perjuicio económico a la Comisión, informará de ello al Concejo Municipal, para que en un término de quince días éste órgano gestione directamente ante los miembros de la Comisión que corresponda, el reintegro de las sumas respectivas a las arcas municipales.

CAPÍTULO XII

Artículo 39.—Resultan aplicables y deberá la Comisión de Festejos Populares, acatar y cumplir con las Normas de Control Interno para el Sector Público, aprobadas mediante resolución número R-CO-9-2009 de la nueve horas del veintiséis de enero del dos mil nueve, de la Contraloría General de la República, y publicadas en La Gaceta número 26 del 6 de febrero del 2009.

CAPÍTULO XIII

Disposiciones finales

Artículo 40.—El presente Reglamento rige a partir de su publicación definitiva en el Diario Oficial La Gaceta.

Allan de Jesús Sevilla Mora, Secretario del Concejo.—1 vez.—RP2012326310.—(IN2012099539).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

OFICINA TAMARINDO

AVISO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Yo, Werner Josef Fuchs, cédula de residencia Nº 175600039517, actuando en calidad de gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Bahía Langosta Tamarindo Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-13510, solicitante del certificado de depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de Tamarindo, que se detalla a continuación:

C.D.P                                 Monto                 Emisión            Vencimiento

400-02-145-001848-8  US$18.235,00         01-02-2011           01-08-2011

Cupón                               Monto                 Emisión            Vencimiento

1                                      US$50.14             01-02-2011           01-08-2011

Título(s) emitido(s) a la orden, a una tasa de interés del 4.01%.

Solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.

Tamarindo, 8 de octubre del 2012.—Walter Rojas Arias, Gerente.—(IN2012098937).

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Nacional de Costa Rica, Oficina Principal, avisa a las siguientes personas que tienen pendiente su retiro de bienes en Custodia por Cajitas de Seguridad abiertas por incumplimiento de contrato:

Cajita

Nombre

Identificación

Apertura

5

Miguel Ángel Martínez Rodríguez

6-0190-0860

30-07-2012

759

Alimentos Naturales Alin S. A.

3-101-048191

27-03-2012

1740

Sociedad de Inversiones y Crédito Ltda.

3-102-648803

27-02-2012

1992

Ana Lucía Quesada Maroto

2-0224-0042

27-02-2012

6456

Jorge Manuel Marín Rodríguez

9-0015-0082

27-02-2012

Para mayor información puede comunicarse a los teléfonos Nos. 2212-2698 ó 2212-2445, Custodia de Valores, Oficina Principal del Banco Nacional de Costa Rica.

San José, 18 de octubre del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 925-00029.—C-48900.—(IN2012099723).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

La señora Silvia Cristina Espinoza Mekbel, cédula de identidad Nº 205820258, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Master in Business Administration con Concentración en Mercadeo, obtenido en el INCAE. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 08 de octubre del 2012..—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20120719.—Solicitud Nº 615-00002.—Crédito.—(IN2012099315).

La señora Xinia Isabel Varela Sojo, cédula de identidad Nº 303980063, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Master Universitario de I Nivel de Diseño Estratégico, obtenido en el Politécnico de Milán, Italia. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 08 de octubre del 2012.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20120719.—Solicitud Nº 615-00003.—Crédito.—(IN2012099317).

La señora María Catalina Rosales López, cédula de identidad Nº 303760336, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Maestra en Ciencias con Especialidad en Biotecnología, obtenido en el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 16 de octubre del 2012.—Licda. Catalina Arias Vegas, Directora a. í.—O. C. Nº 20120719.—Solicitud Nº 615-00004.—Crédito.—(IN2012099318).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A Jean Michael Lalot, de calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las once horas del once de octubre del dos mil doce, que dicta medida de protección de abrigo temporal y ubica a las personas menores de edad Justin Jesús y Donovan Aran ambos de apellidos Lalot Zárate en Albergue Institucional. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede el recurso de apelación si se plantean dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación, corresponde resolver a la Presidencia Ejecutiva. La interposición del recurso no suspende lo resuelto. Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 115-00034-2010.—Oficina Local de San José Oeste, octubre del 2012.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 62156.—C-11880.—(IN2012098943).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A Ivannia María Valverde Arroyo, se le comunica la resolución de las 9:00 horas del 27 de setiembre del 2012, donde: de previo a resolver la elevación del expediente ante el Superior en Grado para que conozca sobre el recurso de apelación interpuesto por los señores, Hugo Antonio Arias Tijerino y Mayra Jesús Segura Rodríguez, se resuelve: I) Remítase el expediente al Área Integral con énfasis en Trabajo Social y Psicología de esta Oficina para que en el plazo improrrogable de quince días rindan los informes respectivos. II) Se señala para la recepción de la prueba testimonial ofrecida las nueve horas del dieciséis de octubre del dos mil doce, por súper abundante la parte interesada deberá escoger y presentar únicamente a dos testigos de los ofrecidos. Quedan las citas a disposición de las partes en el momento en que las soliciten. Notifíquese a través de edictos.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 62160.—C-13200.—(IN2012099696).

A Axhia Judit Manzanares Ruiz, se le comunica la resolución de las 19:00 horas del 27 de setiembre del 2012 donde se resuelve: I) Dar inicio al Proceso de Protección en sede administrativa regulado por las disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley número 7739, del 3 de diciembre de 1997, publicada en La Gaceta Nº 26 del viernes 6 de febrero de 1998. II) Medidas cautelares. III) Se ordena el egreso del niño Josafac Daniel Manzanarez Ruiz de la Asociación Reacción en Cadena por Nuestra Niñez, Casa Luz. IV) Se ordena el abrigo temporal del niño en la Asociación Infantil Hogar Sol. Se advierte a las partes que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, pudiéndose prorrogar en vía judicial. Asimismo se les informa que les asiste el derecho de acceso del expediente administrativo para su estudio y revisión, pudiendo hacerse asesorar y representar por un profesional en derecho. V) Se Advierte a la señora Axhia Judit Manzanares Ruiz su deber de integrarse a un grupo de crecimiento de educación a padres que imparte Trabajo Social de la Clínica Marcial Rodríguez y/o Trabajo Social del Hospital San Rafael de Alajuela y/o grupo a fin de su comunidad, debiendo presentar informes de avance periódicamente a esta oficina. VI) Se advierte a la señora Axhia Judit Manzanares Ruiz su deber de integrarse a un grupo de estilos de vida saludable sobrevivientes de abuso sexual que imparte la Oficina de la Mujer en la Municipalidad de Alajuela y/o grupo a fin de su comunidad, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta oficina. VII) Remítase el expediente al Área Integral de esta oficina con énfasis en Trabajo Social y Psicología que brindan seguimiento a personas menores de edad ingresadas en la Alternativa de Protección Asociación Infantil Hogar Sol, a fin de que se rinda el informe correspondiente. VIII) Comuníquese esta resolución al Departamento de Acreditación. IX) Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia de Alajuela. Plazo: Para interponer recurso de apelación dos días hábiles; señalando lugar para atender notificaciones dentro del Perímetro Jurisdiccional de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº 62160.—C-31020.—(IN2012099697).

AVISOS

CONVOCATORIAS

ASOCIACIÓN INSTITUTO COSTARRICENSE

DE VALUACIÓN

Convoca a asamblea general ordinaria 2012, a realizarse en “Casa Conde Hotel” (Jardines de Cascajal, San Sebastián, San José); el viernes 9 de noviembre del 2012, a las 5:00 p.m. En primera convocatoria y 5:30 p.m. En segunda convocatoria:

Agenda:

a.  Lectura del acta de la última asamblea general ordinaria.

b.  Lectura de los informes de labores: presidencia, tesorería y fiscalía.

c.  Elección de miembros de junta directiva

d.  Asuntos varios.

Ing. Eduardo Páez Campos.—1 vez.—(IN2012100903).

CONDOMINIO STRADIVARI

Se convoca a todos los condóminos, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria, que se llevará a cabo en el Condominio Stradivari, ubicado en San José, Escazú, San Rafael, Barrio Maynard, de la primavera, ciento veinte metros al sur, a mano derecha, el día martes once de diciembre de dos mil doce. Primera convocatoria a las 17:00 horas, segunda convocatoria a las 18:00 horas. Agenda: 1) Nombramiento de administrador. 2) Seguridad en el condominio. Se recuerda a los propietarios que en caso de no poder asistir a esta asamblea pueden otorgar un poder especial a otra persona que lo autorice como tal realizado por notario público.—San José, 22 de octubre del 2012.—Ana María Rivera Herrero, Administradora.—1 vez.—RP2012327001.—(IN20120101187).

KUTA DEL ORIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los accionistas y cualquier interesado de la firma de esta plaza denominada Kuta del Oriente Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-169883, a la celebración de una asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios que se realizará al ser las once horas del día diecinueve de noviembre del dos mil doce, en su domicilio social sito: San José, Barrio Luján, contiguo al Colegio de Químicos en las oficinas del Bufete Guardiola & Asociados. El orden del día será el siguiente: 1) Se efectuará la correspondiente verificación de asistencia de accionistas o quórum de Ley. De no haber quórum en la primera convocatoria, se convoca para realizar la asamblea una hora después, en segunda convocatoria, con el capital social que se encuentre presente en ese momento. 2) Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados del ejercicio anual y de gestión que presenten los administradores, y tomar sobre él las medidas que juzgue oportunas. 3) Acordar en su caso si procede, la distribución de las utilidades conforme lo disponga la escritura social. 4) En su caso, nombrar o revocar el nombramiento de administradores y de los funcionarios que ejerzan vigilancia, así como discutir y establecer los honorarios y viáticos respectivos de dichos funcionarios. 5) En su caso modificar el pacto social. 6) Se escucharán y votarán las propuestas comerciales de parte de los socios para reactivar económicamente la empresa.—Luis Daniel González Aguiluz, Presidente.—1 vez.—RP2012327018.—(IN20120101191).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 1277 a nombre de Manuel Picado Naranjo, cédula de identidad Nº 1-0260-0304, por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 21 de setiembre del 2012.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—(IN2012098972).

ASOCIACIÓN PRO CENTRO DE ENSEÑANZA

CARLOS LUIS VALLE MASÍS

Yo, Jorge Luis Campos Sanabria, cédula de identidad número uno-quinientos setenta-cero noventa y ocho, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Pro Centro de Enseñanza Carlos Luis Valle Masís, cédula jurídica número tres-cero cero dos-ciento veinticuatro mil novecientos noventa y dos, solicito al Departamento de Asociados del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros: Libro de Actas de Asamblea General; libro de Registro de Asociados; libro Mayor; libro Diario y libro de Inventarios y Balances, para un total de cinco libros, todos con el número dos; los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Cartago, dieciséis de octubre del dos mil doce.—Jorge Luis Campos Sanabria, Presidente.—1 vez.—RP2012325818.—(IN2012098808).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA

TRIBUNAL DE ELECCIONES

El Tribunal de Elecciones del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica comunica que, vencido el término reglamentario, habiendo sido presentada una única propuesta, se examinó y queda formalmente inscrita la siguiente papeleta para elegir los cargos directivos, en la asamblea general ordinaria que se realizará el sábado 01 de diciembre del 2012 a partir de las 9:00 y hasta las 17:00 horas.

GRUPO INNOVACIÓN

Prosecretario:       M.Sc. Eduardo Rojas Sánchez

Vocal II:                 M.Sc. Édgar Castrillo Brenes

Vocal III:               Licda. Shirley González Trejos

Vocal IV:               Lic. John Jorge Tapia Salazar

Vocal V:                 Licda. Ana Gabriela Badilla Zeledón

Fiscal:                    Licda. Cindy Vanessa Solórzano Núñez

Asimismo, informa que el grupo queda autorizado para hacer propaganda electoral a partir del 22 de octubre del 2012 y hasta el día anterior a las elecciones, con las restricciones que indica el Reglamento de Elecciones del Colegio de Abogados de Costa Rica

Las elecciones se llevarán a cabo en el Edificio Fundadores y en las siguientes Sedes Regionales:

Puntarenas: Puntarenas, Carrizal diagonal a la entrada principal de FERTICA, 100 metros este de la Farmacia Carrizal.

Alajuela: Alajuela, 100 metros este y 300 metros norte del antiguo Hospital San Rafael

Heredia: Plaza Heredia, local Nº 13 primera planta.

Grecia: Alajuela, Grecia, 200 metros al sur de la sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social o costado oeste Parque Infantil Bo. Pinos, casa esquinera color blanco

Pérez Zeledón: Pérez Zeledón, Pedregoso, contiguo a Ferretería Pedregoso, frente a las instalaciones de Delji.

Santa Cruz: Guanacaste, Santa Cruz, de la entrada principal de los Tribunales de Justicia 100 metros al sur y 50 metros este, casa color blanco con verjas rojas.

Guápiles: Limón, Guápiles, Pococí, Centro Comercial Plaza Pococí, local Nº 5, planta baja, frente a la antigua terminal de buses.

Zona Sur: Ciudad Neily, frente al Centro Turístico Neily

Liberia: Guanacaste, Liberia, de la Tienda Ekono, 75 metros sur, Edificio Anacar, local Nº 02.

Turrialba: Cartago, Turrialba, 200 metros norte de la Delegación de la Fuerza Pública, contiguo a Servicentro la Campiña, casa amarilla con portón blanco.

Limón: Limón centro, costado norte de los Tribunales de Justicia, Edificio María / JAPDEVA

San Carlos: Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Barrio Lourdes, 200 metros sur de la agencia de la Toyota, diagonal a Caja de Ande, frente a la Universidad Técnica Nacional.

Sede Oeste: Guachipelín de Escazú, frente al restaurante DI BARTOLO.

(Publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento de Elecciones).—San José, 12 de octubre del 2012.—Lic. Eladio González Solís, Presidente.—Licda. Mariana Arguedas Vargas, Secretaria.—Firma responsable: Lic. José Luis Meneses Rímola.—1 vez.—O. C. Nº 8894.—Solicitud Nº 982-00001.—C-Crédito.—(IN2012099886).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA

DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Por este medio me permito solicitarles, se realicen las tres publicaciones que indica la ley, con respecto al extravío del título en el grado y carrera de Bachillerato en Ingeniería Informática obtenido por Glinny Annethe Mondragón Oconor, cédula de identidad número cinco-trescientos uno-novecientos cincuenta y ocho, inscrito en el tomo: 6 folio: 109 asiento: 2589, con fecha 27 de marzo de 1999. Se expide la presente solicitud del (la) interesado(a) y para efectos de solicitud de reposición, a los veinte días del mes de setiembre de dos mil doce.—Departamento de Registro.—Johanna Villalobos Barquero, Directora.—(IN2012099666).

MONTES DE WILANJIVAR SOCIEDAD ANÓNIMA

Montes de Wilanjivar Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y cuatro mil seiscientos setenta, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración y Actas de Asamblea de Socios, Diario, Mayor e Inventario y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro de plazo improrrogable de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Grecia, ocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Sara M. Barrantes Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012326337.—(IN2012099540).

MACONDO COSTAS S. A.

Macondo Costas S. A., en su condición de administrador del Condominio Horizontal Residencial Claretiano II, con cédula de persona jurídica 3-109-290736, finca matriz 1456-M-000, provincia Heredia, informa del extravío del libro de Actas de Asamblea de Condóminos del condominio. El libro se encuentra en proceso de reposición y el eventual uso indebido que puedan hacer terceros sobre el libro extraviado exime de cualquier responsabilidad al Condominio y su administración.—Alejandro Crespo Sancho.—RP2012326347.—(IN2012099541).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

FONDO DE AHORRO, PRÉSTAMO, VIVIENDA,

RECREACIÓN Y GARANTÍA DE LOS

TRABAJADORES DE RECOPE

De conformidad con el artículo N° 24 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y el acuerdo tomado en la sesión de Junta Administrativa N° 044-2012 del 16 de octubre 2012, se comunica a los beneficiarios lo siguiente:

Nombramiento del Tribunal Electoral

En la sesión N° 044-2012 del 16 de octubre 2012, se acordó iniciar el trámite para el nombramiento del Tribunal Electoral, que tendrá a su cargo el proceso de elección de los miembros de la junta y fiscal para el período 2013-2015. De conformidad con el artículo 24 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, los interesados en formar parte del Tribunal Electoral, podrán presentar su postulación dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta.—Máster Manuel Quesada Chanto, Gerente General del Fondo.—1 vez.—(IN2012099673).

Ante esta notaría por escritura número ciento quince-dos, otorgada a las diecisiete horas del catorce de agosto del dos mil doce, se modifica la cláusula quinta y sexta, de la sociedad inversiones Globalmax Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-512887.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—(IN2012099631).                                                                                                                                            2 v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada ante ésta notaría a las diecisiete horas del veintisiete de setiembre del dos mil doce, se constituyó la sociedad Qlaros Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo cien años. Capital social diez mil colones.—San José, 11 de octubre del 2012.—Lic. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012326070.—(IN2012099183).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de VDR Torre Nogal Americano Sociedad Anónima, sociedad de esta plaza, en la que se modificó la administración y junta directiva de la sociedad.—San José, dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012326071.—(IN2012099184).

Por escritura autorizada en esta Notaría a las 11:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Negociadora Safig S.F.O. S. A., en que se reformó cláusula sétima de estatutos sociales de la administración.—San José, 8 de octubre del 2012.—Lic. Alfonso Herrera Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012326073.—(IN2012099185).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí se constituyó la compañía Rontos Gizen Management S. A..—San Pablo de Heredia, 17 de octubre del 2012.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2012326079.—(IN2012099186).

Por escritura otorgada ante mi, el día de hoy se constituye una asociación, denominada Asociación Deportiva Aquaterra.—San José, 6 de agosto del 2012.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—RP2012326080.—(IN2012099187).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 03 de octubre del 2012, se constituyó la sociedad Madesant S.B. Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, de la rotonda de San Sebastián, doscientos metros al sur, capital diez mil colones, producción, industria y comercio en general.—San José, 3 de setiembre del 2012.—Lic. Alberto Víquez Aragón, Notario.—1 vez.—RP2012326083.—(IN2012099188).

Mediante escritura pública número veintitrés-dieciséis del tomo dieciséis del protocolo del Notario Manuel Mora Ulate al ser las ocho horas del once de octubre del dos mil doce, se modifica el nombramiento del presidente de la sociedad denominada Importadora Ludaka Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos noventa y siete mil cincuenta y seis.—Liberia, dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Manuel Mora Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012326084.—(IN2012099189).

Por escritura cuatro, otorgada el once de octubre del dos mil doce, se protocoliza acta treinta y tres de asamblea general extraordinaria, renuncia de Luis Mauricio Quesada Monge como presidente de Derivados de Palma Tasa Sur S. A. Cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil quinientos noventa y cinco.—Ciudad Neily, al ser catorce horas treinta minutos del once de octubre del dos mil doce.—Lic. Jeffry González Obando, Notario.—1 vez.—RP2012326086.—(IN2012099190).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Importadora Franco Costarricense Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cinco mil setecientos setenta y ocho, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de la administración. Escritura otorgada a las catorce horas cuarenta minutos del dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012326087.—(IN2012099191).

Ante notaría de Licenciada Nancy Harbottle Morales, a las trece horas del tres de octubre del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Roselin del Sur S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y ocho mil treinta y cuatro, precediéndose al nombramiento de la secretaria y Tesorera.—San José, 3 de octubre del 2012.—Lic. Nancy Harbottle Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012326090.—(IN2012099192).

Olga Laura Myrie Mcfarlane y Leroy Ellis Myrie, constituyen Webserv Sociedad Anónima, capital social cien mil colones, presidente: Olga Laura Myrie Mcfarlane, secretario Roy Myrie Macfarlane, tesorero. Eugenio Poyser Watson, fiscal Delia Picado Myrie.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. María Teresa Mora Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2012326091.—(IN2012099193).

Por escritura otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Your Health Trainers Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-460923. Se acordó reformar las cláusulas de la Razón Social, el domicilio y la administración. Se nombraron nuevo, tesorero, fiscal y secretario, se revocó el agente residente. Es todo.—San José, diecisiete de octubre del año dos mil doce.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2012326092.—(IN2012099194).

Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios la sociedad, Acarreos y Excavaciones Arias Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos catorce mil ochenta y ocho, a las diez horas del primero de octubre del dos mil doce, realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomaron los acuerdos, hacer un nuevo nombramiento, presidente y fiscal.—Alajuela, dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2012326096.—(IN2012099195).

Ante esta notaría, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Seguridad Marova Sociedad Anónima, a las doce horas del catorce de octubre del dos mil doce, siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Marvin Gerardo Rojas Vargas; ante el notario, Rodrigo Garita López, en Florencia, San Carlos, Alajuela.—Quince de octubre del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2012326097.—(IN2012099196).

Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios la sociedad, Soils Solutions Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos dieciocho mil ochocientos sesenta y uno, a las ocho horas del cuatro de octubre del dos mil doce, realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomaron los acuerdos, modificar la cláusula sexta y hacer un nuevo nombramiento, presidente y secretario.—Alajuela, quince de octubre del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2012326098.—(IN2012099197).

Por escritura número treinta y cuatro del tomo siete de mi protocolo se acordó cambiar la persona que ocupa el cargo de tesorero siendo la nueva tesorera, Ilse Vásquez Bogantes, de calidades mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, barrio San José, con cédula de identidad dos-doscientos ochenta y seis-setecientos treinta y dos, de la sociedad denominada Evenezer Village Sociedad Anónima.—Alajuela, dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Pablo Valerio Soto, Notario.—1 vez.—RP2012326104.—(IN2012099198).

El suscrito notario público, hace saber: que en mi notaría, por escritura doscientos noventa y siete, de las doce horas diez minutos del veintinueve de setiembre del dos mil doce, del tomo número cuatro, en asamblea extraordinaria, por acuerdo unánime y firme de la totalidad de socios, conforme el artículo 201 inciso D) del Código de Comercio, se disolvió la entidad Mejía y Rojas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-184602.—Alajuela, 29 de setiembre del 2012.—Lic. Ricardo Vargas Espinoza, Notario.—1 vez.—RP2012326105.—(IN2012099199).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las dieciséis horas del ocho de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad PYM de Costa Rica Limitada. Gerente: César Fabián Marín Gutiérrez.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—RP2012326108.—(IN2012099200).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las dieciocho horas del día once de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad Ruta Urbana Moravia Sociedad Anónima. Presidente: Juan Carlos Pérez Gambassi.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—RP2012326109.—(IN2012099201).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día dieciséis de octubre del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Condominio Hacienda Belén Dos A Monserrat Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman cláusulas segunda y sétima. Se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Lic. Roberto José Araya Lao, Notario.—1 vez.—RP2012326111.—(IN2012099203).

En la notaría de la Lic. Rosa Barinia Mora Castro, se constituye sociedad anónima denominada con el número que indica el Registro Público, escritura número ciento cincuenta y cinco de las diez horas del veintinueve de setiembre del dos mil doce.—Lic. Rosa Barinia Mora Castro, Notaria.—1 vez.—RP2012326117.—(IN2012099205).

En asamblea ordinaria y extraordinaria de asociados de la sociedad Gin Lun Ltda, domiciliada en San José, cédula jurídica 3-102-48422, de las 8:00 horas del 5 de setiembre del 2012, se acordó reformar los datos generales de esta persona jurídica de la siguiente manera: a- Nombre de la sociedad: Gin Lun Limitada, pudiendo abreviarse Gin Lun LTDA, b- Domicilio: San José, Paseo de los Estudiantes, ciento cincuenta metros al este, del ICAA, casa número mil ciento cuarenta y seis, c- Cédula jurídica número tres-ciento dos-cuarenta y ocho mil cuatrocientos veintidós, d- Inscrita en la sección de personas del Registro Mercantil, al tomo doscientos cincuenta y siete, folio ciento veintidós, asiento ciento diez.—San José, 10 de octubre del 2012.—Lic. Bernardo Amador Arias, Notario.—1 vez.—RP2012326123.—(IN2012099206).

Mediante escritura número ciento veintisiete de las trece horas del quince de octubre del dos mil doce, otorgada ante la notaria, Jessica Rodríguez Jara; se constituyó la sociedad anónima, denominada Grupo Urbanista Inmobiliario Aguilar S. A., y su presidente es el señor Jorge Orlando Aguilar Céspedes.—San Rafael de Poas, quince de octubre del dos mil doce.—Lic. Jessica Rodríguez Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012326127.—(IN2012099207).

Por escrituras otorgadas el día 17 y 20 de setiembre 2012, Inmobiliaria Anso S. A., Bosque Negro S. A., Café de Costes S. A., Tora Roja S. A. y Palatino Real S. A., modificaron su domicilio social y administración y nombraron nuevos directores.—San José, 21 de setiembre del 2012.—Lic. Carlos Ayón Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012326128.—(IN2012099208).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas del día cuatro de octubre de dos mil doce, Víctor López Jiménez y Manuel Antonio Pérez Mora, constituyen una sociedad anónima, la cual se denominará Suplidores de Artículos Deportivos Global Sport de Costa Rica S. A.San José, dieciséis de octubre de dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012326129.—(IN2012099209).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas cincuenta minutos del día diecisiete de octubre del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Universidad U Latina S. A., donde se acuerda transformar la presente Sociedad Anónima, en una sociedad de responsabilidad limitada y se acuerda el aumento del capital social.—San José, diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012326130.—(IN2012099210).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas cuarenta minutos del día diecisiete de octubre del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Universidad Americana UAM S. A., donde se acuerda transformar la presente sociedad anónima, en una sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012326131.—(IN2012099211).

Por escritura trescientos veinticinco otorgada a las dieciséis horas del catorce de octubre del dos mil doce, ante el notario Fabián Azofeifa Arce, se protocoliza acta número uno del libro número uno de Registro de Actas de la sociedad The Little Rainbow Garden Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro nueve cero seis cinco tres, mediante el cual se nombra nueva junta directiva y domicilio social.—San José, 15 de octubre del 2012.—Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—RP2012326132.—(IN2012099212).

La sociedad Compañía Proyectos Ambientales Proamsa S. A., nombre nueva junta directiva y modifica sus estatutos.—17 de octubre del 2012.—Lic. Rodolfo Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012326133.—(IN2012099213).

Al ser las dieciocho horas del doce de octubre del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada Las Brisas Astrales Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula del domicilio y se nombra presidente y agente residente.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012326134.—(IN2012099214).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 17 de octubre del 2012, se constituye la sociedad anónima denominada Granja Avícola Kuco Sociedad Anónima.—Naranjo 17 de octubre del 2012.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2012326136.—(IN2012099215).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó el pacto social de la sociedad Inversiones La Perla de los Ángeles S. A., todo de conformidad con la escritura número ciento cincuenta y uno, del tomo veinticuatro del protocolo del suscrito notario.—Lic. Mario Alberto Agosta Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012326140.—(IN2012099216).

Por escritura otorgada ante esta notarial al ser las 9:00 horas del 7de octubre del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Pendleton Coast Pedetrator S. A., se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente, y se cambia de nombre de razón social y de domicilio. Es todo.—Guanacaste, 07 de octubre del 2012.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012326141.—(IN2012099217).

Por escritura otorgada ante esta notaria al ser las 8:30 horas del 7de octubre del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-647504 Limitada, se nombra gerente y subgerente, y se cambia de nombre de razón social. Es todo.—Guanacaste, 07 de octubre del 2012.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012326142.—(IN2012099218).

En mi notaría, por escritura ochenta y nueve-cinco, se acordó la disolución de la sociedad denominada Maresba R. L. Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento cinco-cinco seis cuatro uno tres cinco, domiciliada en Alajuela-Palmares, Rincón de Zaragoza; ochenta metros de la Escuela Pablo Alvarado Vargas. Es todo.—Palmares, dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012326143.—(IN2012099219).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 167-III, otorgada en Guanacaste, a las 15:30 horas del 16 de octubre del  2012, se protocolizó el acta número cuatro de la sociedad denominada Every So Often Limitada, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: segundo: se acuerda la disolución de la sociedad.—Guanacaste, 16 de octubre del 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012326144.—(IN2012099220).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública número 166-III, otorgada en Guanacaste, a las 15:00 horas del 16 de octubre del 2012, se protocolizó el acta número dos de la sociedad denominada Villa Terrestre PGCC LEM 55 S. A., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo. Segundo: Se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo. Tercero: Se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo. Cuarto: Se acuerda remover la actual junta directiva y fiscal. Quinto: Se realizan los siguientes nombramientos: presidente, Giovanny Favaro; secretario, Francesco Gerardo Tony de Caria; tesorero, Gianny Dobrovich; fiscal, Melody Austin.—Guanacaste, 16 de octubre del 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012326145.—(IN2012099221).

Que mediante escritura pública número cincuenta y cuatro, otorgada ante la notaria pública Rocío Villalobos Solís, se procedió a protocolizar el acta de la asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Agro Leisa S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres ocho dos nueve seis nueve, con domicilio social en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, trescientos metros al sur del cementerio, casa a mano derecha, esquinera, en la cual se fusiona con las sociedades: Agroverde del Sol S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres tres seis ocho dos cinco, con domicilio social en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, doscientos metros al oeste, y trescientos metros al sur, de la iglesia católica y Productos Agrícolas del Campo LM S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-dos cinco uno seis cero cinco, con domicilio social en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, doscientos cincuenta metros al oeste, del EBAIS, prevaleciendo Productos Agrícolas del Campo LM S. A., para lo cual se cumplió con lo establecido por el Código de Comercio en sus artículos 220, 221, 222, 223, 224 y 225. Es todo.—Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, nueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Rocío Villalobos Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012326146.—(IN2012099222).

Que mediante escritura pública número cincuenta y tres, otorgada ante la notara pública Rocío Villalobos Solís, se procedió a protocolizar el acta de la asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Agroverde del Sol S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres tres seis ocho dos cinco, con domicilio social en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, doscientos metros al oeste, y trescientos metros al sur, de la iglesia católica en la cual se fusiona con las sociedades: Inversiones Agro Leisa S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres ocho dos nueve seis nueve, con domicilio social en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, trescientos metros al sur, del cementerio, casa a mano derecha, esquinera, y Productos Agrícolas del Campo LM S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-dos cinco uno seis cero cinco, con domicilio social en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, doscientos cincuenta metros al oeste, del EBAIS, prevaleciendo Productos Agrícolas del Campo LM S. A., para lo cual se cumplió con lo establecido por el Código de Comercio en sus artículos 220, 221, 222, 223, 224 y 225. Es todo.—Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, nueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Rocío Villalobos Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012326147.—(IN2012099223).

En escritura 413, otorgada a las 12:00 horas del 15 de octubre del 2012, Richard Earl y Marnie Rae, ambos Maredith constituyen la sociedad Cambio Labs SRL.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012326148.—(IN2012099224).

En escritura 411, otorgada a las 9:00 horas del 12 de octubre del 2012, Luz Marina Arias Fernández, Ángel Alberto, Albert Ademar, Carlos Eduardo, todos Pérez Arais constituyen la sociedad cuyo nombre será la cédula jurídica.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2012326149.—(IN2012099225).

Por escritura número 54 del tomo 14 de mi protocolo, otorgada a las 10:00 horas del 3 de octubre del 2012, ante el suscrito notario, se constituyó una sociedad cuya razón social es Hidroeléctrica Altamira S. A., cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite corresponde al presidente, secretario y tesorero, actuando conjuntamente al menos dos de ellos.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—RP2012326150.—(IN2012099226).

Por escritura otorgada en esta fecha, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Bahía La Coruña Seis S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, cuarta y sexta del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 7 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Salvatierra Ramos, Notario.—1 vez.—RP2012326151.—(IN2012099227).

Por escritura número 88 del tomo 1 de mi protocolo, otorgada a las 10:00 horas del 9 de octubre del 2012, el suscrito notario, constituyó una sociedad cuya razón social es Fibonacci Foods S. A., cuya representación judicial y extrajudicial recae sobre el presidente y secretario.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—RP2012326152.—(IN2012099228).

Ante esta notaría, mediante la escritura número trescientos cuarenta y cinco, de las ocho horas del veintinueve de agosto del dos mil doce, se protocolizó acta número uno, de Transportes Cardel Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintidós mil ochocientos setenta y dos, se reforma cláusula sexta, del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Olga Matarrita Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2012326156.—(IN2012099229).

Por escritura otorgada a las diez horas del diecisiete de octubre del 2012, protocolizo asamblea general extraordinaria de las empresas Agrícola San Clodomiro S. A., Agroazúcar S. A., Cañera Río Sardinal S. A., Cañera el Perico S. A., Mecanizada Ch Dos Mil Quinientos S. A., Cañera El Papaturro S. A., Desarrollo Agrícola La Escuadra S. A., Cañaveral El Cantón S. A., Rancho La Jacinta S. A. Taz Tres Barras S. A., Agropecuaria A W F S. A., Inversiones Wolf Internacional S. A., en la cual se acuerda la fusión por absorción de las once primeras por Inversiones Wolf Internacional S. A., sociedad que prevalece generando un aumento de capital y por ente modificación de la cláusula quinta del pacto social.—San José, diecisiete de octubre del 2012.—Lic. Silvia Ocampo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012326157.—(IN2012099230).

Ante esta notaría, se procedió a realizar cambio de junta directiva de la sociedad denominada como su cédula jurídica 3-101-602322 S. A., cuyo nuevo presidente es el señor Carlos Alberto Mostajo Sotelo. Es todo.—San José diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—RP2012326161.—(IN2012099231).

Por escritura 118-2 otorgada a las 12:00 horas del 4 de octubre del 2012, se modifica la cláusula segunda del domicilio de Desarrollo Agropecuario del Parrita Sociedad Anónima.—San Antonio de Desamparados, 4 de octubre del 2012.—Lic. Paula Marcela Medrano Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2012326162.—(IN2012099232).

Por escritura número 202 otorgada ante la suscrita notaria a las 13:15 horas del dieciséis de octubre del dos mil doce; se modificaron las cláusulas segunda y sexta de los estatutos de la compañía denominada Consolidadores Internacionales J & T SRL.—San José, dieciséis de octubre del dos mil doce.—MSC. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012326163.—(IN2012099233).

Por escritura número 203 otorgada ante la suscrita notaria a las 14:00 horas del dieciséis de octubre del dos mil doce; se modificó la cláusula segunda de los estatutos de la compañía denominada Safelynk S. A.San José, dieciséis de octubre del dos mil doce.—MSC. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012326164.—(IN2012099234).

Por escritura número 201 otorgada ante la suscrita notaria, a las 13:00 horas del dieciséis de octubre del dos mil doce; se modificaron las cláusulas segunda y novena de los estatutos de la compañía denominada Saludcoop Coordinadora para la Salud S. A.San José, dieciséis de octubre del dos mil doce.—MSC. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012326165.—(IN2012099235).

Por escritura número 200 otorgada ante la suscrita notaria, a las 12:15 horas del dieciséis de octubre del dos mil doce; se modificó la cláusula segunda de los estatutos de la compañía denominada S C G H Radiólogos Asociados S. A.San José, dieciséis de octubre del dos mil doce.—MSC. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012326166.—(IN20120992326).

Por escritura número 198 otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del día 9 de octubre del 2012, se constituyó Joshua Giraffe Sociedad Anónima. Capital social 100.000 colones íntegramente suscritos y pagado. Domicilio social será en Limón, Talamanca, Cahuita, un kilómetro al sur, carretera a Puerto Viejo y cuatrocientos metros al oeste, de la entrada a Puerto Vargas. Plazo social 99 años. Presidente Martin Ahki Bamendan.—Siquires, 9 de octubre del 2012.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—RP2012326167.—(IN2012099237).

El notario, hace constar que por escritura Nº 3, otorgada ante esta notaría, el día de hoy a las 16:00 horas, se reformaron las cláusulas primera, segunda y tercera del pacto constitutivo de La Foresta C. O. R. P. S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-519859, en las que se cambió el nombre por el de Tácticas en salud S. A., y se modificaron el domicilio y el objeto social.—San José, 25 de setiembre del 2012.—Lic. Ramón María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—RP2012326168.—(IN2012099238).

Por escritura autorizada a esta notaría a las 14:00 horas del 12 de octubre del 2012, se constituye la sociedad Bestfrend Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado en su totalidad. Domicilio: San José, Sabanilla, frente al parqueo de la Universidad Estatal a Distancia; local número doce. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012326169.—(IN2012099239).

Mediante escritura número diez, se nombra nuevo presidente y secretario de la sociedad Inversiones Condominio Villa Bartolome del Este Número Cinco Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2012326173.—(IN2012099240).

Mediante escritura número seis, se disuelve la sociedad José Obando Constructores Asociados Sociedad Anónima, por unanimidad de votos.—San José, dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2012326174.—(IN2012099241).

Por escritura número ciento dos-cinco, otorgada en mi notaría a las quince horas con treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil doce, se constituyó Farmacia San Pedro de Barva de Heredia Sociedad Anónima, su domicilio será San Pedro de Barva; cien metros norte del parque de San Pedro; plazo noventa y nueve años, capital íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, 17 de octubre del 2012.—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario.—1 vez.—RP2012326175.—(IN2012099242).

Ante esta notaría, se apersonó Daniel Abbyta Gómez Zamora; para protocolizar pacto constitutivo de la sociedad denominada Natación Total Sociedad Anónima S. A., celebrada el día de doce de octubre de dos mil doce. Es todo.—San José, a las once horas del doce de octubre de dos mil doce.—Lic. Laura Lao Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012326177.—(IN2012099243).

Por escritura otorgada por el suscrito Álvaro Restrepo Muñoz, a las diecisiete horas del ocho de octubre del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, acta número tres, de la compañía Los Colibríes de Alta Vista Lote Uno Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cinco mil cuarenta y cuatro, por lo que se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto social.—Guanacaste, ocho de octubre de dos mil doce.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012326178.—(IN2012099244).

En esta notaría al ser las 10:00 horas del 31 de agosto del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad RSI Peccary at Twenty SRL, en la que se acuerda nombrar nuevo gerente, así como modificar la cláusula del nombre.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—RP2012326183.—(IN2012099245).

En esta notaría al ser las trece horas del 16 de octubre del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad RSI River Otter at Sixteen SRL., en la que se acuerda nombrar nuevo gerente, así como modificar la cláusula del nombre.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. Javier Francisco Chaverrí Ross, Notario.—1 vez.—RP2012326184.—(IN2012099246).

Por escritura número 63-18, otorgada ante el suscrito notario, a las 8:00 horas del 17 de octubre del 2012, Enersol de Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-280182, protocoliza acta mediante la cual reforma las cláusulas quinta y  sétima y nombra junta directiva.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. William Sequeira Solís, Notario.—1 vez.—RP2012326185.—(IN2012099247).

Ante esta notaría pública, al ser las once horas cincuenta minutos del día diecisiete de octubre del dos mil doce, otorgo escritura pública número noventa y dos, para reformar la cláusula de la administración de la sociedad 3-101-562085 Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil ochenta y cinco.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—RP2012326187.—(IN2012099248).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó asamblea de socios en la que Incimarna Plateado H. D. O. S. A., acordó nombrar nuevos presidente, secretario, tesorero y fiscal, y modificar las cláusulas segunda: del domicilio, y sexta: de la representación.—San José, a las diecinueve horas del treinta de enero del dos mil doce.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—RP2012326190.—(IN2012099249).

Ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima, denominada Corporated Holding Tiko Internacional Sociedad Anónima, con capital social de ciento veinte mil colones y domiciliada en Grecia centro, provincia Alajuela.—San José, diez de agosto del dos mil doce.—Lic. Roger Adriano Bogantes Zamora, Notario.—1 vez.—RP2012326191.—(IN2012099250).

Por escritura otorgada en Alajuela, ante esta notaría, a las 14:00 horas del 17 de octubre del 2012, se modificó la cláusula sexta de Creypa Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-91066. Presidente: Carlos Luis Rodríguez Vargas.—Alajuela, 17 de octubre del 2012.—Lic. Edwin Chavarría González, Notario.—1 vez.—(IN2012099263).

Por escrituras del día diez y once de octubre del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asambleas generales de las siguientes compañías en las cuales se modifica los artículos dos y siete del pacto constitutivo y se nombra nuevo presidente cargo que ocupa Michael Brannon Hutson: tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos doce Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos ochenta y tres Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos diez Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos ochenta y seis Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos ocho Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y nueve mil novecientos noventa Sociedad Anónima y tres ciento uno seiscientos treinta y nueve mil ochocientos noventa y nueve Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos doce Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos ochenta y tres Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos diez Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos ochenta y seis Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos ocho Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y nueve mil novecientos noventa Sociedad Anónima y tres ciento uno seiscientos treinta y nueve mil ochocientos noventa y nueve Sociedad Anónima.—San José, octubre 17 del 2012.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012099264).

Hernán García Cruz y otro constituyen Industrias Galeón S. A., se nombra junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en Heredia, a las 17:00 horas del 25 de setiembre del dos mil doce.—Lic. Maritza Quintanilla Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012099267).

El suscrito Lic. Marlon Campbell Griffiths, abogado y notario, con número de carnet 9963, con oficinas en San José, comunica que ante mi notaría se han apersonado los señores: María José Madríz Rojas, quien es mayor, soltera, costarricense, portadora de la cédula de identidad número uno-uno cinco cinco seis cero siete uno dos, hija de Susan Madriz Rojas, quien es de nacionalidad costarricense; y Alí (nombre) Komeiha (apellido), quien es mayor, soltero, comerciante, ciudadano libanes, portador del pasaporte número RL dos tres dos nueve ocho uno cero, hijo de Malek (nombre) Komeiha (apellido) y Fátima (nombre) El Chami (apellido), ambos vecinos de San José, para contraer matrimonio civil en mi oficina . Por lo antes expuesto invito a todas aquellas personas que, si conoce algún impedimento legal, para la celebración de la misma, comunicarse a los teléfonos 2290 0727 ó al 8393 4793. Es todo.—San José, 18 de octubre del 2012.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1 vez.—(IN2012099268).

Ante esta notaría, al ser las once horas del dieciocho de octubre del dos mil doce, se ha constituido la sociedad Grupo Caribeños S. A., con domicilio social en San José, de la Catedral Metropolitana; seiscientos metros al norte, Gran Terminal del Caribe, teniendo la representación el presidente y el secretario de la junta directiva. Dado en esta capital el dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Jorge Francisco González Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012099273).

Por escritura otorgada en mi notaría, Alajuela a las diecisiete horas del diecisiete de octubre del dos mil doce; se modificó el pacto constitutivo de The Golden Goddness Columbia S. A.; cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil seiscientos cincuenta y cuatro. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y cambios de junta directiva y fiscal.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012099293).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las diez horas del dieciséis de octubre del dos mil doce; se modificó el pacto constitutivo de Virval S. A.; cédula jurídica: tres-ciento uno-noventa y cinco mil quinientos sesenta y uno. Domicilio social: Costa Rica, Alajuela, Central, Residencial Romelia, casa Diez D. presidente, vicepresidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Cambio de junta directiva.—Lic. José  Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012099294).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del diecisiete de octubre del dos  mil doce, se constituyó la sociedad anónima cuyo nombre se designará por su número de  cédula jurídica. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años. Objeto: Comercio, bienes raíces. Presidenta: Claudia Gómez Betancourt.—San José, diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Daniel León Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2012099302).

Por escritura otorgada el día de hoy ante el suscrito notario público, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Parque Industrial Sandal Sociedad Anónima, mediante los cuales se modifica la cláusula primera, segunda y octava del pacto constitutivo.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1 vez.—(IN2012099322).

Mediante escritura otorgada numero cuarenta y nueve de esta notaria a las doce horas del día dieciocho de octubre del dos mil doce se modifica el pacto social: cambio de nombre Aysa Sociedad Anónima aumento de capital a diez millones de colones y cambio de Junta Directiva de la compañía de esta plaza Ayza Look Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años. Presidente el señor Alfredo Muñoz Ledo Carrillo.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Firma ilegible.—1 vez.—(IN2012099328).

Por escritura de las catorce horas del veintiocho de setiembre del dos mil doce, se protocolizó asambleas de socios de la sociedad Inmobiliaria Pirineos, Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula uno del pacto constitutivo correspondiente a la razón social, para que en lo sucesivo se lea así: Desarrollos Los Pirineos del Norte Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2012099329).

Mediante escritura otorgada en esta notaría o las doce horas del dieciocho de octubre del año en curso, los señores Paulo Gomes Lopes, y José Luis Moreno Villegas, constituyen la sociedad denominada Terraquea Developments Sociedad Anónima, cuya traducción al idioma español seria Terraquea Desarrollos Sociedad Anónima. Presidente: Paulo Gomes Lópes. Capital social: diez mil colones.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—(IN2012099345).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del día diecisiete de octubre del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Ventura Nicolet S. A., mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012099351).

Que por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día doce de octubre del año dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía El Mesón del Angel, S. A., mediante la cual se acordó la disolución de la sociedad.—San José, dieciséis de octubre del año dos mil doce.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012099352).

Por escritura número ciento cuarenta y ocho-doce, de las quince horas del diecisiete de octubre del año dos mil doce, en mi notaría, por el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Moda Pacífico S. A., mediante la cual se nombró nuevo presidente y secretario, de su junta directiva. Asimismo se nombró a su nuevo fiscal, nombramientos por todo el resto del plazo social.—Puntarenas, 18 de octubre del año 2012.—Lic. Javier Desanti Henderson, Notario.—1 vez.—(IN2012099354).

Mediante escritura número cuarenta y siete-ocho otorgada a las catorce horas con treinta minutos del día de hoy, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad: Inmobiliaria Kima S. A. Capital social: cien mil colones. Presidente y secretario serán apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, dos de octubre de dos mil doce.—Lic. Sinda Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012099364).

Hoy día ante esta notaría se ha disuelto la sociedad cuya razón social es Desarrollos Terrestres del Norte S. A., titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos cinco cero dos cuatro seis, en asamblea extraordinaria y por acuerdo unánime de todo el capital social, todo de acuerdo a los procedimientos señalados por el artículo doscientos uno y siguientes del Código de Comercio. Es todo.—Ciudad de Alajuela, nueve horas de hoy dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Jorge Arturo Guardia Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2012099365).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó la empresa Tamar de Centroamérica S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado; plazo 99 años; domicilio en San José. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 9 de octubre del 2012.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012099403).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó la empresa Commain de Centroamérica S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado; plazo 99 años; domicilio en San José. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 9 de octubre del 2012.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012099404).

Ramón Gonzalo González Sancho, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria San Rafael de Heredia Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Lourdes Vindas Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2012099407).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 14:00 horas se protocolizó en lo conducente el acta número 01, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Creaciones Artísticas Thomjagu S. A., mediante la cual se modifica el pacto constitutivo en lo referente a la administración, se nombra nueva junta directiva y fiscal por el resto del plazo social.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—RP2012326194.—(IN2012099542).

Por escritura ante mí, se solicita al Registro Nacional desinscribir D’ Niños y Más Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-seis tres cuatro cero tres seis, al amparo de la ley nueve mil veinticuatro.—Cartago, diecisiete de octubre dos mil doce.—Lic. Kattia Jacqueline Serrano Retana, Notaria.—1 vez.—RP2012326196.—(IN2012099543).

Ante esta notaría se protocolizó la constitución de la sociedad denominada: Hermanos Calvo Sibaja Sociedad Responsabilidad Limitada.—Guápiles de Pococí, 12 de octubre del 2012.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2012326198.—(IN2012099544).

Ante esta notaría se protocolizó la constitución de la sociedad denominada: Kismayo Cero Cinco Sociedad Responsabilidad Limitada.—Guápiles de Pococí, 12 de octubre del 2012.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2012326199.—(IN2012099545).

El día de hoy el suscrito notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno-Quinientos Noventa y Tres Mil Cuatrocientos Ochenta y Dos S. A., celebrada a las siete horas del veintinueve de setiembre del año dos mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y fiscal.—San José, catorce de octubre del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2012326204—(IN2012099546).

El día de hoy el suscrito notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta y Nueve Novecientos Veinticinco S. A., celebrada a las siete horas del veintiocho de setiembre del año dos mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y fiscal.—San José, catorce de octubre del año dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2012326205.—(IN2012099547).

El día de hoy el suscrito notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta y Nueve Mil Novecientos Veintisiete S.A., celebrada a las diecisiete horas del doce de octubre del dos mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y fiscal.—San José, catorce de octubre del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2012326206.—(IN2012099548).

El día de hoy el suscrito notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cuarenta y Dos Mil Treinta y Cinco S. A., celebrada a las siete horas del dieciocho de agosto del año dos mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y fiscal.—San José, diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—RP2012326207.—(IN2012099549).

Por escritura otorgada a las diez horas del 12 de octubre del 2012 ante la notaría de Rosibelle Dejuk Xirinachs, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas donde se nombra nueva secretaria en junta directiva en Wood Cross Sociedad Anónima.—San José, 12 de octubre del 2012.—Lic. Rosibelle Dejuk Xirinachs, Notaria.—1 vez.—RP2012326208.—(IN2012099550).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público, en la ciudad de San José, a las once horas del diecisiete de octubre de dos mil doce, protocolicé el acta de la sociedad Q.V.I. Los Llanos de Guachipelín Ocho Sociedad Anónima, por medio del cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto social y nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 17 de octubre de 2012.—Lic. Manuel Mairena Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012326217.—(IN2012099551).

Ante la suscrita notaría se constituyó la sociedad denominada Oval Costa Rica Sociedad Anónima, otorgada a las once y treinta y cinco horas del cuatro de octubre del año dos mil doce. Presidente: Herbert Poveda Hernández. Capital social diez mil colones. Plazo social: Noventa y nueve años.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012326220.—(IN2012099552).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del diez de setiembre del dos mil doce, María Lizet y Brenda ambas Bendafla Herrera constituyen Compuvisión Sur Sociedad Anónima. Es todo.—San José, doce horas del diez de septiembre del dos mil doce.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1 vez.—RP2012326223.—(IN2012099553).

Ante esta notaría en escritura de las nueve horas del diecisiete de octubre del dos mil doce, la sociedad Grupo Internacional Technovet del Este Sociedad Anónima, nombra nueva junta directiva y se reforma artículo dos del pacto constitutivo.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Annette Cambronero Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2012326224.—(IN2012099554).

Por escritura ante esta notaria de las 15:00 horas del 9 de octubre 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Marco Soto Sociedad Anónima, en la cual se disuelve dicha sociedad.—11 de octubre del 2012.—Lic. María Isabel Blanco Morales, Notaria.—1 vez.—RP2012326225.—(IN2012099555).

Mediante escritura pública número doscientos treinta y nueve otorgada ante mí a 14:00 horas del día 16 de octubre del 2012, se protocolizó acta la sociedad tres-ciento uno-seiscientos diecinueve mil quinientos noventa y uno sociedad anónima, mediante la cual se modifica la cláusula 1,9 y se nombra nuevo presidente y secretario.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—RP2012326229.—(IN2012099556).

Mediante escritura número ochenta y tres-nueve, del tomo nueve: Hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Egypcian Mau Sociedad Anónima, en lo conducente, Se recibe la renuncia del presidente y se nombra nuevo.—San José 12 de octubre de 2012.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2012326230.—(IN2012099557).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de asociados de la Asociación Amigos Fundación Acción Ya en la cual se constituye dicha asociación. Domicilio San José, Santa Ana, Salitral, del Súper La Gloria, doscientos cincuenta metros oeste, doscientos cincuenta metros sur. Junta directiva compuesta por presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, vocal uno y fiscal.—San José, 12 de octubre del 2012.—Lic. Eugenia Carazo Gólcher, Notaria.—1 vez.—RP2012326232.—(IN2012099558).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del dieciséis de octubre dos mil doce, se constituyó Log(N) S. R. L. Capital social totalmente suscrito y pagado. El gerente uno y gerente dos son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar individualmente.—San José, dieciséis de octubre de dos mil doce.—Lic. Marco Abellán Acevedo, Notario.—1 vez.—RP2012326235.—(IN2012099559).

Rafael del Carmen Barrantes Guido, Grettel Villegas Ramírez y Ángel Santos Barrantes Guido titulares de las acciones que componen el total del capital social de la compañía Transporte Nuevo Amanecer S. A. disuelven la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio y en el apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas. Escritura N° 134 de las 8:48 minutos del día 13 de agosto del 2012, otorgada ante el notario Jesús Roberto Jiménez Angulo.—Lic. Jesús Roberto Jiménez Angulo, Notario.—1 vez.—RP2012326238.—(IN2012099560).

Por escritura de las once horas del dieciséis de octubre del dos mil doce, ante mí: Se protocolizan acuerdos sociales de la sociedad Las Acacias de las Nubes S. A., en donde se modifica la cláusula quinta del pacto social constitutivo.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. José Ricardo Rojas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012326241.—(IN2012099561).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30 horas de hoy, se protocolizan acuerdos de socios de Nanda Aventuras Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-413187, por medio de los cuales se reforma la cláusula del domicilio y se nombra presidente.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Manuel Antonio Solano Ureña, Notario.—1 vez.—RP2012326242.—(IN2012099562).

Eraya Finca Uno Sociedad Anónima cambia junta directiva y reforma cláusula segunda, escritura protocolizada a las a las doce horas del diecisiete de octubre del dos mil doce, ante notaria Gabriela Rodríguez Méndez, fax 22574255.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—RP2012326243.—(IN2012099563).

Por escritura otorgada ante mí a las 8:45 horas de hoy, se protocolizan acuerdos de socios de 3-101-614.619 sociedad anónima, misma cédula jurídica, por medio de los cuales se reforma la cláusula del domicilio y de asamblea de socios y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Manuel Antonio Solano Ureña, Notario.—1 vez.—RP2012326244.—(IN2012099564).

Ante mí, Yeudi Aguirre Aguirre, notario público, se ha constituido una sociedad anónima denominada Grupo Roherchar Corporación Limitada, cuyo representante con calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma es Ronny Hernández Chavarría en su condición de gerente. Escritura Nº 217, tomo 5, otorgada el 21 de setiembre del 2012.—Ciudad Neily, 17 de octubre del 2012.—Lic. Yeudi Aguirre Aguirre, Notario.—1 vez.—RP2012326247.—(IN2012099565).

Ante mí, Saúl López López, notario público, se ha constituido una sociedad anónima denominada Joyeka Limitada cuyo representantes con calidades de apoderados generalísimos sin límite de suma son Yeudi Aguirre Aguirre y Kattia Vanessa Álvares Badilla, gerentes. Escritura Nº 124, tomo tres, otorgada el 5 de octubre del 2012.—Ciudad Neily, 5 de octubre del 2012.—Lic. Saúl López López, Notario.—1 vez.—RP2012326248.—(IN2012099566).

El día 22 de mayo del 2012, por acuerdo del capital accionario de la entidad denominada Maderas El Llanero Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-190558, con domicilio La mansión de Nicoya ochocientos metros oeste del cruce La Mansión, acordaron disolver la citada entidad, de acuerdo al artículo 201 inciso d del Código de Comercio. Es todo.—Hojancha, 17 de octubre del 2012.—Lic. María Eugenia Castro Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2012326256.—(IN2012099567).

Ante esta notaría mediante escritura de las 16:30 horas del 4 de octubre del 2012, se constituyó la sociedad Consorcio Familia Jiménez Umaña de Turru Limitada, gerente Marco Vinicio Jiménez Umaña y subgerente Marco Tulio Jiménez Vega, ambos con facultades de apoderados generalísimos.—Lic. Alejandra Rodríguez Soto, Notaria.—1 vez.—RP2012326253.—(IN2012099568).

Por escritura otorgada ante mí, el día 24 de setiembre del 2012, se constituyó Family Remix de Costa Rica Sociedad Anónima, Objeto: producción, comercialización, producción, comercialización al por menor y por mayor de toda clase de productos hortofrutícolas, frutas, verduras, legumbres frescas y hortalizas, plazo 99 años, capital íntegramente suscrito y pagado, presidente; Jaime Hernández Arango, secretaria: Juliana Hernández Velásquez, tesorera; Olga Lucía Velásquez Ángel, son los representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 17 de setiembre del 2012.—Lic. Marta Eugenia Cascante Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2012326255.—(IN2012099569).

Por escritura otorgada en mi Notaría a las 8:00 horas del 15 de octubre del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de: Doña Bárbara S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula sétima.—San Juan de Tibás, 16 de octubre del 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012326257.—(IN2012099570).

El suscrito notario protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de PVG Total Travel Limitada, reforman cláusulas tercera, quinta, sétima del pacto social. Renuncia gerente y agente residente. Se nombran gerente, subgerente y agente residente.—San José, 18 de octubre del 2012.—Lic. Alberto Antonio Agüero Echeverría, Notario.—1 vez.—RP2012326261.—(IN2012099571).

Por escritura trescientos diecinueve otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día diecisiete de octubre del año dos mil doce, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Bosco Investments Costa Rica Sociedad Anónima y se nombraron nuevos representantes y secretario.—Turrialba, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notaria.—1 vez.—RP2012326263.—(IN2012099572).

Paul Kevin Grandy, Ramona Maire Grandy, Kraig Tyler Grandy y Kyle Ritchie Grandy, constituyen la sociedad denominada RMI Industries S. A. Capital social ¢100.000,00. Plazo: 99 años. Domicilio social: San José, San Francisco de Dos Ríos, trescientos metros sur de la Iglesia. Presidente: Paul Kevin Grandy.—Lic. Juan Ávila Abrahams, Notario.—1 vez.—RP2012326264.—(IN2012099573).

Por escritura otorgada en esta notaría a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del doce de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada que utilizará el número de cédula jurídica como denominación social. Capital suscrito y pagado. Gerente y Subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial, quienes pueden actuar conjunta o separadamente.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Eduardo López Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2012326266.—(IN2012099574).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Empresa Eléctrica Matamoros Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco mil novecientos setenta y siete, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio, sétima de la administración, octava de la asamblea de accionistas, y la cláusula undécima. Escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012326267.—(IN2012099575).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Familia González Carvajal Gonzac Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y ocho mil trescientos veintiséis, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio. Escritura otorgada a las diecisiete horas del diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—RP2012326268.—(IN2012099576).

A las trece horas del cinco de octubre del dos mil doce, ante mi Notaría se constituyó la sociedad denominada Capacita Int Sociedad Anónima. Presidente André Barrantes Ramírez.—Lic. Carlos Fernández Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2012326270.—(IN2012099577).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, a las 13:00 horas del 17 de octubre del 2012, se constituyó la sociedad Inversiones IMF de CR Sociedad Anónima.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—RP2012326272.—(IN2012099578).

Ante esta notaría, el diecinueve de setiembre del dos mil doce, se constituyo la sociedad denominada JI & JO Digital Pixel de Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en Tibás, ciento veinticinco metros al oeste de la entrada de sol del Estadio Saprissa, cuyo capital social será la suma cien mil colones y cuyo presidente será José Miguel Ortega Orias.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Diego José Mata Morales, Notario.—1 vez.—RP2012326274.—(IN2012099579).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día 9 de octubre del 2012, a las 8:00 horas, la sociedad Nasko Nacascolo S. A., protocolizó acuerdos en que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 9 de octubre del 2012.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012326280.—(IN2012099580).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día 16 de octubre del 2012, a las 9:00 horas, la sociedad Centro de Arte Creativo Leadam S. A., protocolizó acuerdos en donde se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social y se nombra junta directiva.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012326281.—(IN2012099581).

Por escritura otorgada en esta Notaría a las trece horas del veintisiete de setiembre del año dos mil doce, se constituyó la sociedad Seapack Costa Rica Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado.—Alajuela, dieciséis de octubre del año dos mil doce.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—RP2012326282.—(IN2012099582).

Por escritura otorgada en esta Notaría a las nueve horas del dieciséis de octubre del año dos mil doce, se protocolizó acta de la Asociación de Psicodrama, Sociometría y Teatro Espontáneo de Costa Rica Asiste CR, donde se reforma articulo vigésimo segundo.—Alajuela, diecisiete de octubre del año dos mil doce.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—RP2012326283.—(IN2012099583).

Por escritura número 73-145, otorgada ante el Notario Jorge Luis Quesada Hidalgo, a las 10:00 horas del 1º de octubre del año 2012, se reforman estatutos en la sociedad denominada Ganadera Luisamar S. A.—Dr. Jorge Luis Quesada Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012326286.—(IN2012099584).

Mediante escritura número 59-2, otorgada a las 9:00 horas del 1º de octubre del 2012, se acordó: constitución de la cláusula de la sociedad denominada Transportes Comerciales E Y A de Costa Rica S. A., capital social: Diez mil colones, Domicilio: San José.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—RP2012326288.—(IN2012099585).

Ante esta Notaría a las 9:00 horas del día de hoy, se constituye la sociedad denominada Amaia Lifecare Sociedad Anónima. Capital social  ¢10.000,00 totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años. Presidente: Luis Diego Fernández Piedra.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Randall Fernández Argüello, Notario.—1 vez.—RP2012326294.—(IN2012099586).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la empresa de esta plaza, denominada Apartamentos Avenida Siete W & M Sociedad Anónima. Domicilio social: Será en la ciudad de San José, de la Pop`s de la Sabana, quinientos metros al oeste. Capital social: Será la suma de diez mil colones. Representación: Corresponde al presidente, vicepresidente de la junta directiva.—San José, 18 de octubre del 2012.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012326296.—(IN2012099587).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la empresa de esta plaza, denominada Apartamentos Parque Nacional de Costa Rica W & M Sociedad Anónima. Domicilio social: Será en la ciudad de San José, de la Pop`s de la Sabana, quinientos metros al oeste. Capital social: Será la suma de diez mil colones. Representación: Corresponde al presidente, vicepresidente de la junta directiva.—San José, 18 de octubre del 2012.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012326298.—(IN2012099588).

Por escritura otorgada ante mí, se modifica la cláusula tercera  del  objeto:  de  la  firma Valverde Carrillo y Asociados S. A. fecha: 1º de octubre del 2012. Lugar de otorgamiento: San José; Notarios: Lilliana Fallas Valverde y Daniel Aguilar González.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—RP2012326301.—(IN2012099589).

Por escritura de esta Notaría el día de hoy, se ha reformado el pacto constitutivo de la sociedad denominada Restaurante Ochenta y Ocho Limitada. Se modifica la cláusula segunda: Domicilio: San Pedro de Montes de Oca. Se nombran gerente, dos subgerentes y agente residente.—San José, diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Gerardo Sibaja Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012326302.—(IN2012099590).

Por escritura otorgada en esta Notaria a las catorce horas del día dieciséis de octubre del año dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada O.M.A.G. Solutions Sociedad Anónima, domicilio San Josecito de Alajuelita. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, diecisiete de octubre del año dos mil doce.—Lic. Marta E. Benavides Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2012326304.—(IN2012099591).

José Francisco Chaves Campos, abogado, hace constar que mediante escritura número diecinueve-ciento noventa y tres, se nombra nueva junta directiva en la sociedad Imobiliaria Ju Se Se Sa.—18 de octubre del 2012.—Lic. José F. Chaves Campos, Notario.—1 vez.—RP2012326305.—(IN2012099592).

Mediante escritura pública número siete-diez de trece horas del nueve de octubre del año dos mil doce, Maribel Zúñiga Castro y Rodrigo Arauz Figueroa, constituyen Maribel Zúñiga Castro Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente: Maribel Zúñiga Castro.—Lic. Francisco Javier Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—RP2012326309.—(IN2012099593).

Mediante escritura número trescientos treinta y uno, otorgada a las dieciséis horas del día seis de julio del año dos mil doce, visible al folio ciento setenta y ocho frente y vuelto, del tomo primero de mi protocolo, se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo, y se nombran nuevos miembros de la junta directiva, de la sociedad denominada Fertama Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y tres. Es todo.—San José, diez de julio del año dos mil doce.—Lic. Marcela Vargas García, Notaria.—1 vez.—RP2012326312.—(IN2012099594).

Por escritura otorgada ante mí, a las 20:00 horas del 17 de octubre del 2012, se constituyó la sociedad denominada, Seguridad Madrigal GMK S. A., siendo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: 100 años. Capital social: Diez mil colones.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012326313.—(IN2012099595).

Ante mi notaría, en fecha quince de octubre del dos mil doce, a las once horas treinta minutos. Yendry Cubillo Soto, portadora de la cédula de identidad número uno-mil ciento sesenta y dos-setecientos treinta y ocho, Alfonso Valderrama Ortiz. Portador de la cédula de residencia número uno uno siete cero cero cero tres siete siete cinco dos siete, de nacionalidad Colombiano, María Carmen Soto Arce. portadora de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y dos-setecientos veintitrés, constituyeron la sociedad denominada Valcub Sociedad Anónima, domiciliada en San José (provincia), Santa Ana (cantón) Río Oro (distrito), un kilómetro al sur de la entrada principal, calle Macho Madrigal, ultima casa de dos plantas, capital social diez mil colones, la primera ostenta el cargo de presidenta, el segundo ostenta el cargo de secretario y el tercero ostenta el cargo de tesorero, el presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma.—Lic. Carlos Gerardo Monge Carvajal, Notario.—1 vez.—RP2012326314.—(IN2012099596).

Por escritura otorgada a las ocho horas del dieciocho de octubre del dos mil doce, ante esta notaría se reforma la cláusula sexta del pacto social de la sociedad tres-ciento dos-quinientos ochenta y nueve mil doscientos veintidós sociedad responsabilidad limitada.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—RP2012326323.—(IN2012099597).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fallas Granados Sociedad Anónima, domicilio en el cantón de San Ramón, provincia de Alajuela. Plazo: noventa años. Capital social un millón de colones.—3 de octubre del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2012326331.—(IN2012099598).

Mediante escritura otorgada por el suscrito notario Omar Ayales Aden, a las 12:00 horas del 10 de octubre del 2012, protocolicé acuerdos del acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Porsche House S. A., donde se modifican las cláusulas segunda y novena de su pacto social en cuanto al domicilio y la representación de la sociedad así como revocatorias y nombramientos en la administración.—Playas del Coco, 10 octubre de 2012.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1 vez.—RP2012326334.—(IN2012099599).

Por medio de la escritura número doscientos tres del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Pacífico Marino S. A., mediante la cual se reforma la cláusula quinta relativa al capital social, así como cláusula novena, relativa a la administración de la sociedad.—San José, diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2012326335.—(IN2012099600).

Ante esta notaría al ser las 17 horas del 12 de abril del 2004, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Azzary Internacional S. A., cédula jurídica número 3-101-174684, en la cual se nombró nueva junta directiva y correspondió el cargo de presidente al señor José Miguel Ortiz Zamora, cédula 108730831, por el resto del plazo social de dicha sociedad.—Lic. Víctor Rojas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012326338.—(IN2012099601).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Servicios de Gestión en Seguridad Vial SGSV S. A., donde se acuerda modificar la cláusula del capital social.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamúz García, Notaria.—1 vez.—RP2012326339.—(IN2012099602).

Ante esta notaría bajo la escritura doscientos setenta y dos-ocho de las trece horas del ocho de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad Distribuidora Yivu China Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de dos millones de colones.—San José, 8 de octubre del 2012.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—RP2012326340.—(IN2012099603).

Ante esta notaría bajo la escritura numero doscientos setenta y tres de las catorce horas del ocho de octubre del dos mil doce, se protocolizó el acta número dieciocho de la sociedad La Segunda Arca Sociedad Anónima, donde se modifica el pacto social.—San José, 8 de octubre del 2012.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—RP2012326341.—(IN2012099604).

Ante esta notaría bajo la escritura doscientos cuarenta y dos- ocho de las doce horas del ocho de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad Importaciones Internacionales del Oriente Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de diez mil colones.—San José, 8 de octubre del 2012.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—RP2012326342.—(IN2012099605).

Ante esta notaría se constituyó Inversiones la Cruz de los Andes Sociedad Anónima. Domicilio en San Ramón de Alajuela. Plazo: noventa años. Capital social cien mil colones. Fecha de constitución: cuatro de agosto del dos mil doce.—Lic. Ana Luz Villalobos Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012326343.—(IN2012099606).

Por escritura número ciento treinta y cuatro, otorgada ante el suscrito notario, en San José a las 12 horas del 17 de octubre de 2012, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Maitechu Mia Sociedad Anónima.—San José, 18 de octubre de 2012.—Lic. Luis Alberto Palma León, Notario.—1 vez.—RP2012326345.—(IN2012099607).

En la notaría del Licenciado Álvaro Meza Lazarus, se disolvió por acuerdo de socios la sociedad Desarrollos Nau-Ticos S.A., cédula jurídica número tres-ciento uno- trescientos cincuenta y seis mil seiscientos sesenta y nueve, y se nombra a Roberto Fiatt Seravalli, representante de esta sociedad para solicitar el cierre de cuentas en dólares y colones a nombre de esta plaza en el banco privado City Bank, así como el retiro de los fondos, si los hubiere de las mismas. Es todo.—San José, diez de julio de dos mil doce.—Lic. Álvaro Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—RP2012326346.—(IN2012099608).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy se constituyó la sociedad: Inversiones Cigala S. A. Capital social cien mil colones. Presidente con facultades.—San José, tres de octubre del dos mil doce.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012326349.—(IN2012099609).

Mediante escritura número ciento cuarenta y uno-quince de las catorce horas del once de octubre del dos mil doce; se reforma la cláusula segunda del domicilio de la sociedad Puerto de Catesveltrano Sociedad Anónima.—San José, once de octubre del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—RP2012326350.—(IN2012099610).

Mediante escritura número doscientos setenta y seis-tres de las nueve horas del seis de agosto del dos mil doce; se reforma la cláusula primera de nombre de la sociedad M A Plaza Mundo Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012326351.—(IN2012099611).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-661335 s. a., donde se acuerda modificar las cláusulas primera, segunda, cuarta y sexta de los estatutos.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Magally María Guadamúz García, Notaria.—1 vez.—RP2012326370.—(IN2012099612).

Mediante escritura número catorce otorgada el 17 de octubre del 2012, a las once horas en el tomo segundo del protocolo del notario Kerry Orlando Ramírez Salas, se cambia domicilio social, se reforma pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva en Importaciones El Sol Naciente L P H L Sociedad Anónima.— Lic. Kerry Orlando Ramírez Salas, Notario.—1 vez.—RP2012326352.—(IN2012099613).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del doce de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada con el mismo número de cédula jurídica que le asigne el Registro Nacional. Capital: cien mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—María Viviana Jiménez Ramírez.—1 vez.—RP2012326353.—(IN2012099614).

Por escritura otorgada ante el notario Rafael Elías Madrigal Brenes, la Fundación Pococí Limpio, cédula jurídica 3-106-503393; modifica su domicilio el cual es distrito primero, Guápiles, cantón segundo, Pococí, provincia de Limón, en las instalaciones de la Municipalidad.—Guápiles, 16 de octubre del 2012.—1 vez.—RP2012326359.—(IN2012099615).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las 19:15 horas del 17 de octubre del año dos mil doce, se constituyó la empresa Ayroma Consultores Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de Santa Ana, San José. Capital social: suscrito y pagado. Representantes con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma: el presidente y vicepresidente de la junta directiva, señores Ana Yensi Rojas Mayorga y Juan Carlos Molina.—San José, 18 de octubre del 2012.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012326360.—(IN2012099616).

Por escritura trescientos treinta y seis, visible a folio ciento noventa y cuatro vuelto, tomo tercero, otorgada ante la Notaria pública Yirlany González Blanco, de la ciudad de Guápiles, Pococí, Limón, constituyen sociedad anónima, Gerardo Vargas Montoya, mayor, divorciado, comerciante, cédula de identidad número uno-setecientos veinte-novecientos cuarenta y nueve, vecino de La Gloria Palmitas, de Cariari, Pococí, Limón, ciento setenta y cinco metros de la iglesia Pentecostal y Susaylin Villegas Briones, conocida como Susaylin Caravaca Briones, mayor, soltera en unión de hecho, ama de casa, cédula de identidad número siete-ciento cincuenta y nueve-cuatrocientos cinco, vecina de La Gloria Palmitas, de Cariari, Pococí, Limón, ciento setenta y cinco metros de la iglesia Pentecostal Guápiles Pococí, con el nombre Inversiones y Desarrollos Empresariales Vargas Brioles S. A.—Limón, 16 de mayo del 2012.—Licda. Yirlany González Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012326361.—(IN2012099617).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:45 horas del quince de octubre del dos mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Condominio Belén Diecinueve A Somosierra Sociedad Anónima, por medio de la cual se modificó el domicilio, la cláusula de representación y se nombró nuevo presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente el por el resto del plazo social.—San José, 15 de octubre del 2012.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012326362.—(IN2012099618).

Por escritura trescientos treinta y cinco, visible a folio ciento noventa y tres frente, tomo tercero, otorgada ante la notaria pública Yirlany González Blanco, de la ciudad de Guápiles, Pococí, Limón, constituyen sociedad anónima, Gerardo Vargas Montoya, mayor, divorciado, comerciante, cédula de identidad número uno-setecientos veinte-novecientos cuarenta y nueve, vecino de La Gloria Palmitas, de Cariari, Pococí, Limón, ciento setenta y cinco metros de la iglesia Pentecostal y Susaylin Villegas Briones, conocida como Susaylin Caravaca Briones, mayor, soltera en unión de hecho, ama de casa, cédula de identidad número siete-ciento cincuenta y nueve-cuatrocientos cinco, vecina de La Gloria Palmitas, de Cariari, Pococí, Limón, ciento setenta y cinco metros de la iglesia Pentecostal Guápiles Pococí, con el nombre Reciclajes La Esquina de Pococí S. A.—Limón 16 de mayo del 2012.—Licda. Yirlany González Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012326363.—(IN2012099619).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 12 de octubre del 2012, se constituye en esta Notaría la sociedad sin nombre, únicamente con cédula jurídica. Plazo social: 99. Capital social: cien mil colones. Presidente: Juan Carlos Gutiérrez Rodríguez con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—San José, 18 de octubre del 2012.—Lic. Víctor Joel Valverde Rodríguez y Carlos Enrique López, Notarios.—1 vez.—RP2012326365.—(IN2012099620).

Ante esta notaría, a las once horas del dieciocho de octubre del dos mil doce, se constituye una sociedad denominada Hotel Golf Cariari S. A. Domicilio: su domicilio social será Belén de Heredia. Plazo social: cien años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Luis Diego Hernández Núñez, Notario.—1 vez.—RP2012326367.—(IN2012099621).

En mi Notaría, se protocolizó acta de la sociedad La Olla Criolla S. A., en la que se hace nuevo nombramiento de secretario.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—RP2012326369.—(IN2012099622).

El suscrito Notario hace constar que en mi Notaría, mediante escritura número ciento cincuenta y ocho del dieciocho de octubre del dos mil doce, se reforma la cláusula novena, así como la junta directiva de la compañía Abax Asesores Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—RP2012326371.—(IN2012099623).

Por escritura otorgada de las diez horas del dieciséis de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Gismo Hotels Management Pura Vida Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Raymundo Bolaños Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012326372.—(IN2012099624).

Por escritura número doce-veintiséis, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día doce de octubre del año dos mil doce, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San José, doce de octubre del dos mil doce.—Lic. Jorge Manuel Casafont Quirós, Notario.—1 vez.—RP2012326374.—(IN2012099625).

En San José, ante esta notaría, al ser las catorce horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil doce se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará con el número de cédula jurídica que la Sección Mercantil del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción, capital social suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 18 de octubre del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portacarrero, Notario.—1 vez.—RP2012326375.—(IN2012099626).

En San José, ante esta notaría, al ser las ocho horas del dieciocho de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará con el número de cédula jurídica que la Sección Mercantil del Registro Público de oficio le asigne al momento de su inscripción. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 18 de octubre del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portacarrero, Notario.—1 vez.—RP2012326376.—(IN2012099627).

Ante esta notaría se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social es Adnunciate Sociedad Anónima. El capital social de dicha sociedad se encuentra debidamente suscrito y pagado, siendo el presidente, el vicepresidente, el secretario y el tesorero de la junta directiva apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente ya sea el presidente con el tesorero, o el vicepresidente con el Secretario.—San José, dieciséis de octubre del dos mil doce.—Román Alberto Fallas Cordero, Notario.—1 vez.—RP2012326377.—(IN201299628).

Mediante escritura número ciento treinta y tres, visible al folio noventa y tres frente, del tomo décimo tercero del protocolo del Notario José Álvaro Bonilla Rojas, se constituyó la sociedad denominada Focus Finances J Y A Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, once de octubre del dos mil doce.—Lic. José Alvarado Bonilla Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012326317.—(IN2012099629).

Mediante escritora número ciento treinta y dos, visible al folio noventa vuelto, del tomo décimo tercero del protocolo del notario José Álvaro Bonilla Rojas, se constituyó la sociedad denominada Montero Adventures M Y M Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, once de octubre del dos mil doce.—Lic. José Álvaro Bonilla Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012326318.—(IN2012099630).

Ante esta notaría por escritura número ciento sesenta-dos, otorgada a las ocho horas del veintiséis de setiembre del dos mil doce, se modifica la cláusula novena, y décimo segunda, de la sociedad Bebucho Dos Mil Tres S. A., con cédula jurídica número 3-101-360183.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—(IN2012099633).

Ante esta notaría por escritura número ciento setenta y dos-dos, otorgada a las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil doce, se modifica la cláusula décimo quinta, de la sociedad Servi Aduanas JCB Internacional S. R. L., con cédula jurídica número 3-102-645168.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—(IN2012099634).

Ante esta notaría por escritura número ciento setenta y uno-dos, otorgada a las ocho del cuatro de octubre del dos mil doce, se modifica la cláusula décimo primera de la sociedad Carbejo S. A., cédula jurídica 3-101-283976.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—(IN2012099635).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del día 18 de octubre del 2012, El Tranvía de Alajuela S. A., modifica cláusula sétima del pacto social y nombra nueva junta directiva.—Lic. Luis Mario Pérez Mena, Notario.—1 vez.—(IN2012099640).

Por escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del 21 de setiembre del 2012, ante el notario, José Alberto Cabezas Dávila, se constituyó la sociedad denominada Big Kahuna Trading LLC Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de San José, Mercedes de Montes de Oca de La Paulina; 25 metros al norte, casa siete. Presidente, Glen París; secretario, Cristina Berrocal Salazar.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. José Alberto Cabezas Dávila, Notario.—1 vez.—(IN2012099641).

Mediante escritura numero ciento setenta y tres otorgada ante el suscrito notario, Antonio Maklouf Coto, a las quince horas con treinta minutos del doce de octubre del  dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento dos-seiscientos treinta y siete mil ochocientos sesenta y siete s. r. l., en la cual se acordó por unanimidad reformar la cláusula primera en cuanto a su denominación social y la cláusula segunda y la quinta donde se nombran nuevo gerente.—San José, diez horas del diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(IN2012099642).

Mediante escritura número ciento setenta y cuatro otorgada ante el suscrito notario, Antonio Maklouf Coto, a las dieciséis horas del doce de octubre del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Corporación Celanova Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es tres-ciento uno-noventa y cinco mil once. En la cual se acordó por unanimidad reformar la cláusula sexta donde se nombran nuevo presidente y secretario.—San José, a las diez horas con cinco minutos del diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(IN2012099643).

Mediante escritura número ciento setenta y cinco otorgada ante el suscrito notario, Antonio Maklouf Coto, a las dieciséis horas con quince minutos del doce de octubre del dos mil doce, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de G L T Sociedad, cuya cédula jurídica es tres ciento uno ciento seis mil trescientos cuarenta y ocho, en la cual se acordó por unanimidad reformar la cláusula sexta donde se nombra nuevo presidente.—San José, a las diez horas con diez minutos del diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(IN2012099644).

Mediante escritura número ciento setenta y dos otorgada ante el suscrito notario, Antonio Maklouf Coto, a las dieciséis horas del veintiséis de setiembre del dos mil doce, constituyen sociedad anónima denominada Bonadea de la Uruka Sociedad Anónima, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San José, diez horas del diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(IN2012099645).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9:00 del 19 de octubre del 2012, se modifica la cláusula quinta del pacto social de Agencia de Seguros Protección de Vida Sociedad Anónima.—San José, 19 de octubre del 2012.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—(IN2012099646).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 15:00 del 19 de octubre del 2012, se acuerda la liquidación y disolución de Krisbola Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—(IN2012099648).

Por escritura número noventa y seis-nueve, otorgada en la ciudad de San José, a las 8:00 horas del día 4 de octubre del 2012, ante el notario público, Christian Jiménez Ramírez, se modificó la cláusula segunda, del pacto constitutivo de la entidad jurídica denominada Cordenandez Sociedad Anónima, cédula jurídica número. 3-101-206536, modificándose el domicilio social de la empresa, a saber Heredia / San Rafael, así mismo se modifica la cláusula sexta, del pacto constitutivo, de la administración de la sociedad, la cual será administrada por una junta directiva compuesta por cuatro miembros, a saber presidente, vicepresidente, tesorero y secretario. Se revoca nombramientos del tesorero secretario y fiscal.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Christian Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012099652).

Por escritura número ochenta y seis-nueve, otorgada en la ciudad de San José, a las 17:00 horas del día 6 de setiembre del 2012, ante el notario público, Christian Jiménez Ramírez, se modificó la cláusula segunda, del pacto constitutivo de la entidad jurídica denominada Fashion Inox R. P. L. Sociedad Anónima, cédula jurídica número. 3-101-632338 modificándose la cláusula quinta, del pacto constitutivo del capital social; el capital social lo será la suma de cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de mi colones cada una. Se revoca nombramientos del secretario y tesorero.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Christian Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2012099653).

Por escritura 286-4 otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del día diecisiete de octubre de dos mil doce, se cambia la cláusula primera del pacto social sea el nombre de la sociedad Porvenir Mydas Sociedad de Responsabilidad Limitada, a sociedad Tropisol Produce Sociedad de Responsabilidad Limitada; de igual forma se cambia la cláusula sexta de la administración de la empresa, así como se hacen nombramientos de gerente, subgerente y agente residente.—San José, 19 de octubre del 2012.—Lic. Juan José Nassar Guell, Notario.—1 vez.—(IN2012099654).

En esta notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Niupor S. A. Se nombra nuevo fiscal, al ser las doce horas del día doecisiete de octubre del dos mil doce. Es todo.—Lic. Viviana Vargas González, Notaria.—1 vez.—(IN2012099657).

El suscrito notario, público, hace constar que en fecha primero de octubre del dos mil doce, mediante escritura número doscientos cincuenta-nueve, de las once horas doce minutos del cuatro de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad GM-Grafik Design Sociedad Anónima, que en español significa GM-Diseño Gráfico S. A. Domicilio en San José, capital suscrito y pagado, acciones nominativas, junta directiva de tres miembros, plazo de noventa y nueve años, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Álvaro Jiménez Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2012099686).

Luis Loría Rojas y Mónica Araya Esquivel, constituyen la sociedad denominada Centro Regional de Competitividad Empresarial CRECE Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: un millón de colones. Domicilio: San Rafael de Escazú, Centro Comercial Plaza Escazú, local E uno. Escritura número 107, otorgada en San José, a las 11:00 del once de octubre del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2012099711).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la compañía Suministros Entomológicos Costarricenses Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y ocho mil seiscientos sesenta y cuatro, por la que se reforman los estatutos sociales en cuanto a la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2012099715).

Que en escritura autorizada por el suscrito notario, el dieciocho de octubre del dos mil doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Leña Procesada Q & A Sociedad Anónima, mediante la cual se hacen nuevos nombramientos y reformas al pacto constitutivo.—Sarchí, 18 de octubre del 2012.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012099716).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 16:00 horas del 17 de octubre del 2012, se protocolizó acta de la sociedad Bagelmens de Costa Rica Limitada, según la cual se aumenta el capital social.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2012099720).

A las ocho horas con veinte minutos del día dieciséis de octubre del dos mil doce, protocolicé el acta número nueve de Electrónica y Comunicaciones ELCOMSA S. A., donde se acepta la renuncia del presidente y secretario, se nombre a Stanley Rodríguez Murillo y Kasthya Hernández Guevara, en su debido orden y se modifica la cláusula sexta del pacto social.—San José, diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2012099725).

A las nueve horas del día dieciséis de octubre del dos mil doce, protocolicé el acta número siete de Mega Visión Digital MVD S. A., donde se acepta la renuncia del presidente, se nombre a Luis Salazar Carpio y se modifica la cláusula sexta del pacto social.—San José, diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2012099726).

A las ocho horas del día dieciséis de octubre del dos mil doce, protocolicé el acta de American Data Networks S. A., donde se acepta la renuncia del presidente y secretario, se nombre a Luis Solano Díaz y Carolina Núñez Díaz; en su debido orden y se modifica la cláusula sétima del pacto social.—San José, diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2012099727).

Ante este notario, se protocolizó la asamblea de accionista de la sociedad, Casa Esquinera Naranja S. A., en San José, a las trece horas del quince de setiembre del dos mil doce, en la cual se da la modificación de la cláusula sexta de los estatutos sociales, acordando un cambio en la representación legal de la empresa.—San José, quince de setiembre del dos mil doce.—Lic. Sharon Mariaca Carpio, Notaria.—1 vez.—(IN2012099728).

El día de hoy se constituyó la compañía Soluciones Mi Pymes S.M.P. de Costa Rica S. A.Escazú, 12 de octubre del 2012.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012099742).

Licenciada, María Teresa Urpí Sevlla, mediante escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, número noventa y dos-uno, a las dieciséis horas del dieciocho de octubre del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas donde se modifican las cláusulas primera, cambiando el nombre de la sociedad a Konrad Group International Sociedad Anónima, y octava, cambiando la representación de la sociedad así cómo nombramiento de nueva junta directiva de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos sesenta mil cuatrocientos noventa y uno, sociedad anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos sesenta mil cuatrocientos noventa y uno. Es todo.—San José dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. María Teresa Urpí Sevilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012099750).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 10 de enero del 2012, y adicional de las 20:00 del 19 de octubre del 2012, se constituye la sociedad denominada Inversiones Dos Cedros Sociedad Anónima.—San José. 19 de octubre del 2012.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012099773).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:34 horas, del 19 de octubre del 2012, se protocoliza acta número cuatro de asamblea general de accionistas de la sociedad denominada Consultores Arquitectos y Turísticos Catur Sociedad Anónima.—San José, 19 de octubre del 2012.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012099775).

Corporación Inversionista Zúñiga González S. A. Sociedad Anónima, domiciliada en San José, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuatro mil ochocientos cincuenta y uno, se cambia domicilio social, y junta directiva. Escritura número 24, otorgada a las dieciséis horas del día veinte de octubre del dos mil doce, del tomo sétimo.—Lic. David Aarón Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012099779).

Por escritura otorgada a las ocho horas del dieciocho de octubre del dos mil doce, se modificaron las cláusulas primera y segunda del pacto social de la compañía tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil veintiuno Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil veintiuno. Teléfono 2297-0909.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012099781).

Joel Manuel Martínez Rivera y Yendry Vanessa Pérez Núñez; constituyen Ronin Maximum Security S. A., en San José, a las veinte horas del diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2012099782).

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-1477-2012 de las 9:00 horas del día 27 de junio del 2012, la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-823-2012, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 26 del abril del 2012, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga Traspaso de Pensión de Guerra incoadas por, Cousin Brenes Sara Virginia, cédula de identidad N° 6-045-390, a partir del día 1 de marzo del 2012; por la suma de setenta y un mil setecientos cincuenta y nueve colones con cero céntimos (¢71.759,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa Notifíquese.—Licda. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Acuña, Directora.—1 vez.—RP2012326929.—(IN20120100497).

De conformidad con resolución RMT-1568-2012 de las 9:00 horas del día 24 de julio del 2012. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-1365-2012, de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 28 de junio del 2012, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Montoya Arguedas Guillermina, cédula de identidad Nº 6-051-870, a partir del día 1º de marzo del 2009; por la suma de sesenta mil trescientos veintiún colones con cero céntimos (¢60.321,00); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa.—Notifíquese.—Lic. Sandra Piszk Feinzilber, Ministra de Trabajo y Seguridad Social.—Dunia Madrid Aguña, Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—(IN20120100888).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Documento admitido traslado al titular. Ref: 30/2012/21114. Nicolás Boom de Jong y Mario Augusto Matarrita Ma. Documento: Cancelación por falta de uso. Nº y fecha: Anotación/2-78196 de 12/04/2012. Expediente: 1900-4183300. Registro Nº 41833. VASTALUX en clase 49 marca denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 15:36:49 del 29 de mayo de 2012. Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por Alejandro Batalla Bonilla, en calidad de apoderado especial de Pinturas Mundial de Centroamerica S. A.., contra el registro del signo distintivo Vastalux, Registro Nº 41833, el cual protege y distingue: sus establecimientos comerciales o industriales y los que se establezcan en el futuro en otras poblaciones del país dedicados a la venta de pintura y afines en clase 49 internacional, propiedad de Nicolás Boon de Jong y Mario Augusto Matarrita Ma. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2), 3) y 4) y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Johana Peralta, Asesora Jurídica.—RP2012325632.—(IN2012098400).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

Se hace saber que el edicto publicado en La Gaceta Nº 222, el 19 de noviembre del 2001, página Nº 48, correspondiente a la solicitud de concesión que tramita la empresa Northwest Internacional Caro Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-296988, sobre un terreno en Playa Coyote, distrito sexto-Bejuco, cantón noveno-Nandayure, de la provincia de Guanacaste, plano catastrado Nº G-0982663-1991, el uso pretendido es para vivienda unifamiliar (residencia recreativa) como uso condicional dentro de la zona de alojamiento turístico dispuesta en el plan regulador.

Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Departamento de ZMT.—Jokcuan Aju Altamirano, Encargado.—1 vez.—RP2012327051.—(IN20120101189).