LA GACETA Nº 209 DEL 30 DE
OCTUBRE DEL 2012
MINISTERIO DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJACOSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL
DE APRENDIZAJE
INSTITUTO DEL CAFÉ
DE COSTA RICA
CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL
DE APRENDIZAJE
COMISIÓN NACIONAL
DE PRÉSTAMOS PARA LA EDUCACIÓN
COMISIÓN NACIONAL
DE PRÉSTAMOS PARA LA EDUCACIÓN
CAJA COSTARRICENSE
DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
N° 035-2012-MTSS
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la
Administración Pública, del 2 de mayo de 1978 y en los artículos 7, 31 y 34
concordantes del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes para Funcionarios
Públicos de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación
por parte de la Federación Latinoamericana de Auditores Internos (FLAI), para
que participe en el Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna Paraguay
2012, el cual se realizará entre los días 14 al 17 de octubre de 2012, en la
ciudad de Asunción, Paraguay.
2º—Que dicha actividad es de gran interés
para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal brindar mecanismos
eficaces y eficientes, que ayudaran a implementar la transparencia, la equidad
social, identificar riesgos corporativos y tecnológicos, la calidad y otras
herramientas relacionadas para fortalecer las mejores prácticas de la Auditoría
Interna de la Institución.
3º—Que la participación del señor Javier
Francisco González Castro, cédula de identidad 1-617-026, en este evento,
responde a las funciones de Auditor General del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Javier Francisco González Castro, cédula de identidad 1-617-026, Auditor General
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el Congreso
Latinoamericano de Auditoría Interna Paraguay 2012, el cual se realizará entre
los días 14 al 17 de octubre de 2012, en la ciudad de Asunción, Paraguay.
Artículo 2º—Los gastos del señor Auditor
General del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, serán cubiertos con
recursos de las subpartidas 105.03 y 105.04 del Programa
Artículo 3º—De acuerdo con la Circular DGABCA-NP-1035-201
y de conformidad con los artículos 2 y 5 de la Resolución N° 78-2011 del
Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de
Administración de Bienes y Contratación Administrativa, la funcionaria deberá
ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social.
Artículo 4º—Que durante los días en que se
autoriza al señor Javier Francisco González Castro, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 5º—Rige a partir del 12 al 19 de
octubre de 2012.
Dado en el Despacho de la Señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los diez días del mes de
setiembre del dos mil doce.
Sandra Piszk, Ministra de
Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº
15846.—Solicitud Nº 115-700-
N° 034-2012-MTSS
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la
Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento
de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría
General de la República.
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación
por parte de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y el
Ministerio de Relaciones Exteriores El Salvador, para participar en el Taller
de Capacitación sobre Gestión de la Migración Laboral en Centroamérica, México
y República Dominicana, el cual se realizará entre los días 4 al 6 de setiembre
de 2012, en la ciudad de San Salvador, El Salvador.
2º—Que dicha actividad es de gran interés
para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal contribuir al
mejoramiento de la administración de la migración laboral mediante la formación
teórica y práctica.
3º—Que la participación de la señora María
del Rocío Ruiz Piedra, cédula de identidad 1-672-083, en este evento, responde
a las funciones de Analista del Departamento de Migraciones Laborales del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora María del
Rocío Ruiz Piedra, cédula de identidad 1-672-083, Analista del Departamento de
Migraciones Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para
participar en el Taller de Capacitación sobre Gestión de la Migración Laboral
en Centroamérica, México y República Dominicana, el cual se realizará entre los
días 4 al 6 de setiembre de 2012, en la ciudad de San Salvador, El Salvador.
Artículo 2º—Los gastos de la señora María del
Rocío Ruiz Piedra, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo,
serán asumidos por la Secretaria de Integración Centroamericana (SICA).
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza a la señora María del Rocío Ruiz Piedra, cédula de identidad
1-672-083, Analista del Departamento de Migraciones Laborales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, para participar en el Taller de Capacitación sobre
Gestión de la Migración Laboral en Centroamérica, México y República Dominicana,
el cual se realizará entre los días 4 al 6 de setiembre de 2012, en la ciudad
de San Salvador, El Salvador, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 3 al 7 de
setiembre de 2012.
Dado en el Despacho de la Señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los veintitrés días del mes
de setiembre del dos mil doce.
Sandra Piszk, Ministra de
Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº
15846.—Solicitud Nº 115-700-03AC.—C-Crédito.—(IN2012099837).
N° 036-2012-MTSS
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la
Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del
Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación
por parte del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, República de Guatemala,
para que participe en el Seminario Técnico sobre Mercado de Trabajo, el cual se
realizara en la ciudad de Guatemala, entre los días 24 al 28 de setiembre de
2012.
2º—Que dicha actividad es de gran interés
para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal contribuir a la
construcción de un marco común de indicadores que faciliten el desarrollo de
investigaciones futuras de carácter regional que sirvan de apoyo a las
políticas de empleo.
3º—Que la participación de la señora María
Isabel Paniagua Rojas, cédula número 2-309-948, en este evento, responde a las
funciones de investigadora del Observatorio del Mercado Laboral de Costa Rica
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora María Isabel
Paniagua Rojas, cédula número 2-309-948, investigadora del Observatorio del
Mercado Laboral de Costa Rica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
para que participe en el Seminario Técnico sobre Mercado de Trabajo, el cual se
realizara en la ciudad de Guatemala, entre los días 24 al 28 de setiembre del
2012.
Artículo 2º—Los gastos de la señora María
Isabel Paniagua Rojas por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo,
serán asumidos por la Organización Internacional del Trabajo con su Proyecto
Fortalecimiento del Observatorio Laboral de Centroamérica y República
Dominicana (OLACD).
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza a María Isabel Paniagua Rojas, cédula número 2-309-948, investigadora
del Observatorio del Mercado Laboral de Costa Rica del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, para que participe en el Seminario Técnico sobre Mercado de
Trabajo, el cual se realizará en la ciudad de Guatemala, entre los días 24 al
28 de setiembre de 2012, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 23 al 29 de
setiembre de 2012.
Dado en el Despacho de la Señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los doce días del mes de
setiembre del dos mil doce.
Sandra Piszk, Ministra de
Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº 15846.—Solicitud
Nº 115-700-036AC.—C-Crédito.—(IN2012099839).
N° 037-2012-MTSS
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la
Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del
Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación
por parte del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, República de Guatemala,
para que participe en el Seminario Técnico sobre Mercado de Trabajo, el cual se
realizara en la ciudad de Guatemala, entre los días 24 al 28 de setiembre de
2012.
2º—Que dicha actividad es de gran interés
para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal contribuir a la
construcción de un marco común de indicadores que faciliten el desarrollo de
investigaciones futuras de carácter regional que sirvan de apoyo a las
políticas de empleo.
3º—Que la participación del señor Luis
Orlando García Piedra, número de cédula 1-439-265, en este evento, responde a
sus funciones de Coordinador del Observatorio Laboral y Jefe del Departamento
de Investigación del Mercado Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Luis Orlando García Piedra, número de cédula 1-439-265, Coordinador del
Observatorio Laboral de Costa Rica y Jefe del Departamento de Investigación del
Mercado Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que en el
Seminario Técnico sobre Mercado de Trabajo, el cual se realizará en la ciudad
de Guatemala, entre los días 24 al 28 de setiembre del 2012.
Artículo 2º—Los gastos del señor Luis Orlando
García Piedra, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán
asumidos por la Organización Internacional del Trabajo con su Proyecto
Fortalecimiento del Observatorio Laboral de Centroamérica y República
Dominicana (OLACD).
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza al señor Luis Orlando García Piedra, número de cédula 1-439-265,
Coordinador del Observatorio Laboral de Costa Rica y Jefe del Departamento de
Investigación del Mercado Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
para que en el Seminario Técnico sobre Mercado de Trabajo, el cual se realizará
en la ciudad de Guatemala, entre los días 24 al 28 de setiembre de 2012,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 23 al 29 de
setiembre de 2012.
Dado en el Despacho de la Señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los doce días del mes de
setiembre del dos mil doce.
Sandra Piszk, Ministra de
Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº
15846.—Solicitud Nº 115-700-037AC.—C-Crédito.—(IN2012099842).
N° 039-2012-MTSS
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la
Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del
Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación
por parte de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el proyecto
Reforzar las capacidades para la elaboración y análisis de los indicadores del
trabajo decente (RECAP), para participar en el curso de formación sobre la
“Recolección y análisis de datos para la medición y seguimiento de los
progresos en materia de trabajo decente”, que tendrá lugar en la sede del
Centro Internacional de Formación de la OIT en la ciudad de Turín, Italia, del
8 al 19 de octubre 2012.
2º—Que dicha actividad es de gran interés
para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, debido a que tiene como objetivos principales: i) mejorar la
capacidad en el diseño de encuestas nacionales de población activa o de módulos
de empleo en las encuestas de hogares, y ii) analizar los datos de estas
encuestas con el propósito de desarrollar las capacidades necesarias para
producir los indicadores de trabajo decente y hacer un seguimiento de las
condiciones del mercado de trabajo.
3º—Que la participación de la señora Ana
María Rojas Solano, número de cédula 2-279-010, en este evento, responde a las
funciones Analista del Observatorio del Mercado Laboral del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Ana María
Rojas Solano, número de cédula 2-279-010, Analista del Observatorio del Mercado
Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el
curso de formación sobre la “Recolección y análisis de datos para la medición y
seguimiento de los progresos en materia de trabajo decente”, el cual se
realizará los días 8 al 19 de octubre de 2012, en la ciudad Turín, Italia.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Ana María
Rojas Solano, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán
asumidos por el Proyecto RECAP.
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza a la señora Ana María Rojas Solano, para que participe en el curso de
formación sobre la “Recolección y análisis de datos para la medición y
seguimiento de los progresos en materia de trabajo decente”, el cual se realizará
los días 8 al 19 de octubre de 2012, en la ciudad Turín, Italia, devengará el
100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 6 al 21 de
octubre de 2012.
Dado en el Despacho de la Señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los diecisiete días del mes
de setiembre del dos mil doce.
Sandra Piszk, Ministra de
Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº
15846.—Solicitud Nº 115-700-039AC.—C-Crédito.—(IN2012099846).
N° 043-2012-MTSS
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la
Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del
Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación por parte de
la Comisión Europea y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM),
para participar en el Taller de Sistemas de Información sobre Migración
Laboral, el cual se realizará en la ciudad de Granada, Nicaragua, entre los
días 25 y 26 de setiembre.
2º—Que dicha actividad es de gran interés
para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal fortalecer las
capacidades institucionales tanto a nivel nacional como bilateral- para
recopilar, intercambiar y difundir información relevante sobre migración
laboral.
3º—Que la participación del señor Johnny
Alberto Ruiz Arce, cédula de identidad Nº 1-456-787, en este evento, responde a
sus funciones de Jefe de Migraciones Laborales del Departamento de Migraciones
Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Johnny
Alberto Ruiz Arce, cédula de identidad Nº 1-456-787, Jefe de Migraciones
Laborales del Departamento de Migraciones Laborales del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, para que en el Taller de Sistemas de Información sobre
Migración Laboral, el cual se realizará en la ciudad de Granada, Nicaragua,
entre los días 25 y 26 de setiembre.
Artículo 2º—Los gastos del señor Johnny
Alberto Ruiz Arce por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán
asumidos por Comisión Europea.
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza al señor Johnny Alberto Ruiz Arce, cédula de identidad Nº 1-456-787,
para que en el Taller de Sistemas de Información sobre Migración Laboral, el
cual se realizará en la ciudad de Granada, Nicaragua, entre los días 25 y 26 de
setiembre, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 24 al 27 de setiembre
del 2012.
Dado en el Despacho de la Señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los veinte días del mes de
setiembre del dos mil doce.
Sandra Piszk, Ministra de
Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº
15846.—Solicitud Nº 115-700-043AC.—C-Crédito.—(IN2012099853).
N° 044-2012-MTSS
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 25 inciso 2) y 28 inciso 1) de la Ley General de la
Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del
Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación
por parte de la Comisión Europea y la Organización Internacional para las
Migraciones (OIM), para participar en el Taller de Sistemas de Información
sobre Migración Laboral, el cual se realizará en la ciudad de Granada,
Nicaragua, entre los días 25 y 26 de setiembre.
2º—Que dicha actividad es de gran interés
para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal fortalecer las
capacidades institucionales tanto a nivel nacional como bilateral- para
recopilar, intercambiar y difundir información relevante sobre migración
laboral.
3º—Que la participación del señor Carlos
Mauricio Corrales Alvarado, cédula de identidad Nº 1-651-528, en este evento,
responde a las funciones Investigador del Observatorio del Mercado Laboral de
Costa Rica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Carlos Mauricio Corrales Alvarado, cédula de identidad Nº 1-651-528,
Investigador del Observatorio del Mercado Laboral de Costa Rica del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, para que en el Taller de Sistemas de Información
sobre Migración Laboral, el cual se realizará en la ciudad de Granada,
Nicaragua, entre los días 25 y 26 de setiembre.
Artículo 2º—Los gastos del señor Carlos
Mauricio Corrales Alvarado por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete
aéreo, serán asumidos por Comisión Europea.
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza al señor Carlos Mauricio Corrales Alvarado, cédula de identidad Nº
1-651-528, para que en el Taller de Sistemas de Información sobre Migración
Laboral, el cual se realizará en la ciudad de Granada, Nicaragua, entre los
días 25 y 26 de setiembre, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 24 al 27 de setiembre de
2012.
Dado en el Despacho de la Señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los veintiún días del mes
de setiembre del dos mil doce.
Sandra Piszk, Ministra de
Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº
15846.—Solicitud Nº 115-700-044AC.—C-Crédito.—(IN2012099864).
N° 045-2012-MTSS
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 25 inciso 2) y 28 inciso 1) de la Ley General de la
Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del
Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación
por parte del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), República
de Panamá, Comité para la Erradicación del Trabajo Infantil y Protección a la
Persona Adolecente Trabajadora (CETIPPAT) y la Fundación Telefónica España,
para participar en el Segundo Encuentro Subregional contra el Trabajo Infantil,
el cual se realizará el día 2 de octubre de 2012, en la ciudad Panamá, Panamá.
2º—Que dicha actividad es de gran interés
para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal es discutir, compartir
e intercambiar experiencias, avances y retos en el tema de Prevención y
Erradicación del Trabajo Infantil.
3º—Que la participación de la señora Esmirna
Sánchez Vargas, número de cédula 4-122-869, en este evento, responde a las
funciones de Directora de la Dirección de Seguridad Social del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora
Esmirna Sánchez Vargas, número de cédula 4-122-869, Directora de la Dirección
de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que
participe en el Segundo Encuentro Subregional contra el Trabajo Infantil, el
cual se realizará el día 2 de octubre de 2012, en la ciudad Panamá, Panamá.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Esmirna
Sánchez Vargas, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete aéreo, serán
asumidos por la Fundación Telefónica España.
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza a la señora Esmirna Sánchez Vargas, para participar en el Segundo
Encuentro Subregional contra el Trabajo Infantil, el cual se realizará el día 2
de octubre de 2012, en la ciudad Panamá, Panamá, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 01 al 03 de
octubre de 2012.
Dado en el Despacho de la Señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los veinticinco días del
mes de setiembre del año dos mil doce.
Sandra Piszk, Ministra de
Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº
15846.—Solicitud Nº 115-700-045AC.—C-Crédito.—(IN2012099866).
N° 046-2012-MTSS
LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la
Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del
Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que se ha recibido invitación
por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la República
de Argentina y la Comisión Europea, para participar en el Foro Unión Europea
(UE) América Latina y Caribe (ALC) sobre Cohesión Social, el cual se realizará
entre los días 15 y 16 de octubre de 2012, en la ciudad Rosario, Argentina.
2º—Que dicha actividad es de gran interés
para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, debido a que tiene como objetivo principal conocer e
intercambiar experiencias orientadas al fortalecimiento de las políticas de
crecimiento sostenible y cohesión social.
3º—Que la participación del señor Juan Manuel
Cordero González, cedula 1-682-894, en este evento, responde a las funciones de
Viceministro de Trabajo del Área Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Juan
Manuel Cordero González, cedula 1-682-894, Viceministro de Trabajo del Área
Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el
Foro Unión Europea (UE) América Latina y Caribe (ALC) sobre Cohesión Social, el
cual se realizará entre los días 15 y 16 de octubre de 2012, en la ciudad
Rosario, Argentina.
Artículo 2º—Los gastos del señor Juan Manuel
Cordero González, Viceministro de Trabajo del Área Social del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, por concepto de hospedaje, alimentación, tiquete
aéreo, serán asumidos por el Programa para la Cohesión Social en América Latina
(EUROSOCIAL).
Artículo 3º—Que durante los días en que se
autoriza al señor Juan Manuel Cordero González, Viceministro de Trabajo del
Área Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en
el Foro Unión Europea (UE) América Latina y Caribe (ALC) sobre Cohesión Social,
el cual se realizará entre los días 15 y 16 de octubre de 2012, en la ciudad
Rosario, Argentina, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 14 al 17 de
octubre del 2012.
Dado en el Despacho de la Señora
Ministra de Trabajo y Seguridad Social, San José, a los veintiséis días del mes
de setiembre del año dos mil doce.
Sandra Piszk, Ministra de
Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—O. C. Nº
15846.—Solicitud Nº 115-700-046CA.—C-Crédito.—(IN2012099867).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TITULOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada Rama Técnica, inscrito en el tomo I, folio 115, asiento
N° 5, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Mecánica General,
inscrito en el tomo 2, folio 30, título N° 3342, ambos títulos fueron
extendidos por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año ochenta y
seis, a nombre de Campos Páez Johnny. Se solicita la reposición de los títulos
indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, los veintiún días del mes de setiembre del dos mil doce.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098169).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo II, folio 100, título Nº 2546, emitido por el
Colegio Patriarca San José, en el año dos mil nueve, a nombre de Carranza
Zúñiga Jacqueline. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los tres días del mes de octubre del dos mil doce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098227).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 152, título Nº 1034, emitido por el Colegio
Nocturno de Limón, en el año dos mil tres, a nombre de De León Aguilar Emerson
Andrey. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del mes
de julio del dos mil doce.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino
Zamora Zumbado.—(IN2012098236).
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 87, título N° 634, emitido por el Colegio Nocturno de Naranjo,
en el año dos mil diez, a nombre de Cubero González Sebastián. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 11 de octubre del 2012.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098239).
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Medía, inscrito en
el tomo 1, folio 05, título N° 44, y del Título de Técnico Medio de la
Especialidad de Electromecánica, inscrito en el tomo 1, folio 26, título N°
445, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Limón, ambos títulos fueron
emitidos en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Wynter Mc Donald
Tony Alfredo. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de
los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de octubre del
2012.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2012098255).
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 133, Título N° 1396 emitido por el Colegio Redentorista San
Alfonso, en el año dos mil tres, a nombre de Castro Marques Zeylin Marena. Se
solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario,
Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días
del mes de noviembre del dos mil once.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2012098590).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 97, Asiento N° 720, emitido en el año dos
mil ocho y del Título de Técnico Medio en Agroecología, inscrito en el Tomo 2,
Folio 58, Asiento N° 646, emitido en el año dos mil nueve por el Colegio
Técnico Profesional de Batán, a nombre de Álvarez Pérez Angélica Andrea. Se
solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos
originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis día
del mes de octubre del dos mil doce.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2012098613)
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 41, título Nº 310, emitido por el Liceo de
Moravia, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Hernández
Barrios Pamela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
siete días del mes de setiembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa—RP2012325953.—(IN2012098805).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 78, título Nº 1187, emitido por el Liceo
Académico de Puriscal, en el año dos mil, a nombre de Jiménez Zúñiga Yalitza
Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos
días del mes de octubre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica
y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098913).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 120, título Nº 3663, emitido por el Liceo
Mauro Fernández, en el año dos mil diez, a nombre de Cuevas Ordóñez Alex
Alonso. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
quince días del mes de febrero del dos mil doce.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098956).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, “Educación Técnica” con Especialidad en Educación
Familiar y Social, inscrito en el tomo I, folio 178, título N° 251, emitido por
el Colegio Técnico Profesional Padre Roberto Evans Saunders de Siquirres, en el
año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Meza Martínez Nuria. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los diecisiete día del mes de octubre del
dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012098989).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada en Letras, inscrito en el tomo 1, folio 09, título N°
12, emitido por el Colegio Nocturno de Río Frío, en el año mil novecientos
setenta y cinco, a nombre de Cantillo Quirós Jorge Luis. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pUblica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, 17 de octubre del 2012.—Departamento de Evaluación
Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012099036).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, “Rama Académica”, Modalidad Letras, inscrito en el
tomo 2, folio 42, título N° 373, emitido por el Colegio Nocturno León XIII, en
el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Jara Cascante Rosibel. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días
del mes de octubre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2012325990.—(IN2012099141).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 121, título N° 1374, emitido por el Liceo
de Poás, en el año dos mil tres, a nombre de Morera Murillo Arleth. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes
de octubre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012099254).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 08, título N° 91, emitido por el Liceo de
Florencia, en el año dos mil tres, a nombre de Rodríguez Sequeira Jénnifer
María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los dieciséis días del mes de octubre del dos mil doce.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012099259).
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 88, título N° 484, emitido por el Liceo
Otilio Ulate Blanco, en el año dos mil cuatro, a nombre de Zúñiga Herrera Carol
María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, los diecinueve días
del mes de setiembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012099262).
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 9, título N° 37, emitido por el Liceo
Francisco Amighetti de Cedral en el año dos mil cuatro, a nombre de González
Rojas Milton Henry. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los veinticinco días del mes de abril del dos mil
doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2012099274).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 139, título N° 1950, emitido por el
Instituto Superior Julio Acosta García, en el año dos mil, a nombre de Soto
Mora Danny Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil doce.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa, Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—(IN2012099367).
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 195, Título N° 513, emitido por el Colegio Rincón Grande de
Pavas, en el año dos mil nueve, a nombre de Vindas Quesada Katherine Noelia. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de
setiembre del dos mil once.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—(IN2012099381).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias, inscrito en el
tomo 1, folio 29, título Nº 467, emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón
Lizano, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Duarte Castillo
Selenia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciocho de octubre del dos
mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—(IN2012099401).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se
ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa
Agropecuaria de Producción Porcina y Servicios Múltiples del Sur R. L, siglas:
Coopeporcicultores del Sur R. L., acordada en asamblea celebrada el 7 de junio
de 2012. Resolución 1430-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29
de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio
de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto
de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Presidenta: Patricia Sánchez Calderón
Vicepresidente Andrés Loaiza Brenes
Secretario Adrián Ureña Céspedes
Vocal 1 Juan Montoya Gómez
Vocal 2 Jorge Chacón Solano
Suplente 1 Gabriela Quesada Medina
Suplente 2 Gabriel Calderón Corrales
Gerente Cristóbal Picado Méndez
San José, 12 de setiembre del
2012.—Registro de Organizaciones Sociales.—Lic. José
Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2012098546).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Propiedad
industrial
Para ver las marcas de Fábrica y Ganado solo en
La Gaceta impresa
o en formato PDF
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Marcas de ganado
Nicolás Ramírez Ramírez, cédula
de identidad 0501391294, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
como marca de ganado que usará
preferentemente en Guanacaste, Liberia, Nacascolo, 2 kilometros al norte de la
Escuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante
esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 2 de julio del 2012, según
expediente Nº 2012-943. San José, 3 de agosto del 2012.—Lic.
Anaís Mendieta Jiménez, Registradora.—1
vez.—RP2012326240.—(IN2012099504).
José Ureña Altamirano, cédula de
identidad 0900400967, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
como marca de ganado que usará
preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Volcán, Volcán,
Cambio de Nombre Nº 80358
Que Víctor Vargas Valenzuela,
cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de Meiji Seika
Pharma CO., Ltd, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de Meiji Seika Kaisha, Ltd. por el de Meiji Seika Pharma CO., Ltd,
presentada el día 4 de setiembre de 2012, bajo expediente 80358. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2009-0008117 Registro Nº 198043 meiji en
clase 5 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº
Cambio de Nombre Nº 79307
Que Víctor Vargas Valenzuela,
cédula de identidad 1-335-794 , en calidad de apoderado especial de Novartis
AG, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de
Alcon, Inc. por el de Novartis AG, presentada el día 27 de junio de 2012, bajo
expediente 79307. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-2209405
Registro Nº 22094 ALCON en
clase 5 marca denominativa, 1900-2569005 Registro Nº 25690 ISOPTO en clase 5 marca denominativa,
1900-4369105 Registro Nº 43691 SOLUTINA en clase 5 marca denominativa, 1900-5240305 Registro Nº 52403 TEARS NATURALE en clase 5 marca denominativa,
1900-5240605 Registro Nº 52406 ECONOPRED en clase 5 marca denominativa, 1900-5240705 Registro Nº 52407 NAPHCON FORTE en clase 5 marca denominativa,
1900-5739205 Registro Nº 57392 FLUORESCITE en clase 5 marca denominativa, 1900-5837505
Registro Nº 58375 DUASORB en
clase 5 marca denominativa, 1900-5838605 Registro Nº 58386 BSS en clase 5 marca
denominativa, 1900-5838705 Registro Nº 58387 ALCAINE en clase 5 marca denominativa,
1900-5846305 Registro Nº 58463 CYCLOGYL en clase 5 marca denominativa, 1900-6461405 Registro Nº 64614 ISOPTO TEARS en clase 5 marca denominativa,
1900-6587905 Registro Nº 65879 ISOPTO CARPINA en clase 5 marca denominativa, 1900-6600305
Registro Nº 66003 BETOPTIC
en clase 5 marca denominativa, 1900-6745705 Registro No 67457 MAXICROM en clase 5 marca denominativa,
1900-6746505 Registro Nº 67465 MAXIDEX en clase 5 marca denominativa, 1900-6766005 Registro Nº 67660 FLAREX en clase 5 marca denominativa,
1900-6845805 Registro Nº 68458 MICRON en clase 5 marca denominativa, 1900-6952705 Registro Nº 69527 TOBREX en clase 5 marca denominativa,
1900-6971405 Registro Nº 69714 MAXITROL en clase 5 marca denominativa, 1900-7205005 Registro Nº 72050 VISCOAT en clase 5 marca denominativa,
1900-7248805 Registro Nº 72488 NAPHTEARS en clase 5 marca denominativa, 1900-7251005 Registro Nº 72510 PROVISC en clase 5 marca denominativa,
1900-7412205 Registro Nº 74122 OPTI-FREE en clase 5 marca denominativa, 1900-7523705
Registro Nº 75237 MYDRIACYL
en clase 5 marca denominativa, 1900-7594905 Registro Nº 75949 IOPIDINE en clase 5 marca denominativa,
1900-7595905 Registro Nº 75959 ALOMIDE en clase 5 marca denominativa, 1900-7702905 Registro Nº 77029 TOBRADEX en clase 5 marca denominativa,
1900-7809505 Registro Nº 78095 AFLAREX en clase 5 marca denominativa, 1900-7859305 Registro Nº 78593 NAPHCON en clase 5 marca denominativa,
1991-0001780 Registro Nº 92404 CILOXAN en clase 5 marca denominativa, 1992-0005575 Registro Nº 82654 I-SPEAR en clase 10 marca denominativa,
1993-0002510 Registro Nº 84288 LACRYVISC en clase 5 marca denominativa, 1994-0004713 Registro Nº 89851 NAPHCON A en clase 5 marca denominativa, 1996-0001633
Registro Nº 98776 OPTI-PLUS en
clase 5 marca denominativa, 1996-0003455 Registro Nº 98213 OPATANOL en clase 5 marca denominativa,
1996-0005059 Registro Nº 99305 AZOPT en clase 5 marca denominativa, 1996-0005244 Registro Nº 108419 EMADINE en clase 5 marca denominativa,
1996-0006355 Registro Nº 100369 CLORANMICRON en clase 5 marca denominativa, 1996-0006356
Registro Nº 100860 GENTAMICRON
en clase 5 marca denominativa, 1996-0006358 Registro Nº 100370 PILOMICRON en clase 5 marca denominativa,
1996-0006360 Registro Nº 100861 GLAUCOMICRON en clase 5 marca denominativa, 1996-0007154
Registro Nº 101024 DUOVISC en
clase 5 marca denominativa, 1997-0003908 Registro Nº 105658 CELOFTAL en clase 5 marca denominativa,
1997-0007963 Registro Nº 108453 OPTI-FREE EXPRESS en clase 5 marca denominativa, 1997-0008568
Registro Nº 108433 DROP-TAINER
en clase 21 marca denominativa, 1998-0001259 Registro Nº 109875 ALDOX en clase 5 marca denominativa,
1998-0002770 Registro Nº 112289 CILODEX en clase 5 marca denominativa, 1998-0006175
Registro Nº 112358 TIMOLAST
en clase 5 marca denominativa, 1998-0008997 Registro Nº 113637 ALCON TRAVATAN en clase 5 marca denominativa,
1999-0000819 Registro Nº 115422 ALCON en clase 10 marca denominativa, 1999-0002631
Registro Nº 117808 ICAPS en
clase 5 marca denominativa, 1999-0002632 Registro Nº 117540 ALCON PATANOL en clase 5 marca denominativa,
1999-0002639 Registro Nº 117605 ALCON en clase 5 marca denominativa, 1999-0006948
Registro Nº 119908 en clase 5 marca Figurativa, 2000-0007798 Registro Nº 125563
INTELIPORT en clase 10 marca denominativa,
2001-0000109 Registro Nº 127877 EALCON en clase 42 marca Mixto, 2001-0005075
Registro Nº 130322 TRISORB en
clase 5 marca denominativa, 2001-0005648 Registro Nº 130987 PATANASE en clase 5 marca denominativa,
2002-0001467 Registro Nº 138382 SOFENZ en clase 5 marca denominativa, 2002-0002937
Registro Nº 135732 RETAANE en
clase 5 marca denominativa, 2002-0004274 Registro Nº 136428 en clase 5 marca
Figurativa, 2002-0005330 Registro Nº 136939 BEYOND en clase 5 marca denominativa,
2002-0005966 Registro Nº 137990 REVEAR en clase 5 marca denominativa, 2002-0007455
Registro Nº 141259 PFT en
clase 5 marca Mixto, 2003-0000803 Registro Nº 140395 EARSTREAM en clase 5 marca denominativa,
2003-0002139 Registro Nº 141099 VIGAMOX en clase 5 marca denominativa, 2003-0002754
Registro Nº 142236 XTENZ en
clase 5 marca denominativa, 2003-0005413 Registro Nº 144514 PROCALYX en clase 5 marca denominativa,
2003-0005697 Registro Nº 144814 EXTRAVAN en clase 5 marca denominativa, 2003-0006501
Registro Nº 146329 INFINITI
en clase 10 marca denominativa, 2003-0006502 Registro Nº 146328 AQUALASE en clase 5 marca denominativa,
2003-0006503 Registro Nº 146327 AQUALASE en clase 10 marca denominativa, 2003-0007585
Registro Nº 148656 FALCON en
clase 5 marca denominativa, 2004-0000970 Registro Nº 148673 NEVANAC en clase 5 marca denominativa,
2004-0002615 Registro Nº 172560 DISCOVISC en clase 5 marca denominativa, 2004-0004978
Registro Nº 154911 TRAVALERT
en clase 10 marca denominativa, 2004-0005674 Registro Nº 172761 OPTI-FREE
REPLENISH en clase
5 marca denominativa, 2004-0007591 Registro Nº 156759 VISEO en clase 10 marca denominativa,
2004-0008304 Registro Nº 158437 RETAANE en clase 10 marca denominativa, 2005-0001238
Registro Nº 155403 QUIETEYZ
en clase 5 marca denominativa, 2005-0001239 Registro Nº 155404 TEARGLYDE en clase 5 marca denominativa,
2005-0001967 Registro Nº 159616 ACRYSOF en clase 10 marca denominativa, 2005-0002071
Registro Nº 159071 RESTOR en
clase 10 marca denominativa, 2005-0005252 Registro Nº 167034 ALCON SILIKON en clase 5 marca Mixto,
2005-0006205 Registro Nº 161797 LAUREATE en clase 10 marca. Denominativa,
2005-0006211 Registro Nº 166664 INTREPID en clase 10 marca denominativa, 2005-0006657
Registro Nº 158611 OZIL en
clase 10 marca Mixto, 2005-0006658 Registro Nº 159788 CONSTELLATION en clase 10 marca denominativa,
2005-0008742 Registro Nº 158449 DUOTRAV en clase 5 marca denominativa, 2005-0009610
Registro Nº 159556 ANATERA en
clase 5 marca denominativa, 2006-0004335 Registro Nº 163568 SOFZIA en clase 5 marca Mixto,
2006-0004507 Registro Nº 163565 CELLUGEL en clase 5 marca denominativa, 2006-0007006
Registro Nº 165939 ELAZOP en
clase 5 marca denominativa, 2006-0007007 Registro Nº 165940 OZOFTA en clase 5 marca denominativa,
2006-0007712 Registro Nº 165931 XAMOXA en clase 5 marca denominativa, 2006-0007713
Registro Nº 165367 VIGASONE en
clase 5 marca denominativa, 2006-0007827 Registro Nº 166046 VIGADEXA en clase 5 marca denominativa,
2006-0007913 Registro Nº 166321 ULTRAVIT en clase 10 marca denominativa, 2006-0007914
Registro Nº 166273 TRIESENCE
en clase 5 marca denominativa, 2006-0008525 Registro Nº 166516 VIGADEKA en clase 5 marca denominativa,
2006-0010515 Registro Nº 168573 PUREPOINT en clase 10 marca denominativa, 2006-0011269
Registro No 168884 PATADAY en
clase 5 marca denominativa, 2007-0000805 Registro Nº 169737 REPLENISH en clase 5 marca denominativa,
2007-0000806 Registro Nº 169750 OFX en clase 5 marca denominativa, 2007-0001846 Registro Nº 170781 AZARGA en clase 5 marca denominativa,
2007-0001847 Registro Nº 170712 MINSICA en clase 5 marca denominativa, 2007-0002339
Registro Nº 171821 ZYNTERA en
clase 5 marca denominativa, 2007-0002803 Registro Nº 171710 NATACYN en clase 5 marca denominativa,
2007-0005368 Registro Nº 171738 NAVSTEL en clase 5 marca denominativa, 2007-0005612
Registro Nº 171678 CRYSTAL en
clase 10 marca denominativa, 2007-0011116 Registro Nº 187637 ZOPRILUX en clase 5 marca denominativa,
2007-0011617 Registro Nº 178661 ALCON PANTANOL S en clase 5 marca denominativa, 2007-0011928
Registro Nº 173486 en clase 5 marca Figurativa, 2007-0012945 Registro Nº 182366
MAYOR
NITIDEZ POR SU DISEÑO en
clase 10 marca denominativa, 2008-0001831 Registro Nº 178152 MIOSTAT en clase 5 marca denominativa,
2008-0003104 Registro Nº 179024 ACT en clase 41 marca denominativa, 2008-0003105 Registro Nº 181361 SOCIAL en clase 10 marca denominativa,
2008-0003560 Registro Nº 179014 ZEXIO en clase 5 marca denominativa, 2008-0003561
Registro Nº 179012 VANTAGA en
clase 5 marca denominativa, 2009-0001180 Registro Nº 191722 GRIESHABER MAXGRIP en clase 10 marca denominativa,
2009-0001504 Registro Nº 191878 EDGEPLUS en clase 10 marca denominativa, 2009-0002896
Registro Nº 193496 KANAVIG en
clase 5 marca denominativa, 2009-0003186 Registro Nº 194134 CACHÉ en clase 10 marca denominativa,
2009-0007021 Registro Nº 197209 ALCON en clase 5 marca Mixto, 2009-0007022
Registro Nº 197539 ALCON en
clase 10 marca Mixto, 2009-0008273 Registro Nº 198512 CACHET en clase 10 marca denominativa,
2009-0009816 Registro Nº 199229 OPTI-FREE PUREMOIST en clase 5 marca denominativa, 2009-0009817
Registro Nº 199228 PUREMOIST en
clase 5 marca denominativa, 2009-0009873 Registro Nº 199248 VARIVIT en clase 10 marca denominativa,
2010-0001891 Registro Nº 202042 OPTI-FREE EVERMOIST en clase 5 marca denominativa, 2010-0002664
Registro Nº 202791 ULTRACHOPPER
en clase 10 marca denominativa, 2010-0002665 Registro Nº 202763 OPTILASIK en clase 44 marca denominativa,
2010-0002666 Registro Nº 202744 ADVANCEMENTS IN RETINAL TECHNOLOGY en clase 41 marca Mixto,
2010-0002669 Registro Nº 202716 OPTILASIK en clase 16 marca denominativa, 2010-0003714
Registro Nº 203338 HYDRAGLYDE
en clase 5 marca denominativa, 2010-0003717 Registro Nº 203340 LUBRIVA en clase 5 marca denominativa,
2010-0005387 Registro Nº 205145 AUTOSERT en clase 10 marca denominativa, 2010-0005681
Registro Nº 205177 VIGAZERA
en clase 5 marca denominativa, 2010-0007339 Registro Nº 206472 POINT en clase 41 marca Mixto,
2010-0008233 Registro Nº 206893 ACCURUS en clase 10 marca denominativa, 2011-0000186
Registro Nº 209358 OPTI-FREE SEPT en clase 5 marca denominativa y 2011-0003243 Registro Nº 214017 MOXEZA en clase 5 marca denominativa.
Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el
artículo 32 de la Ley Nº
Fusión Nº 80700
Que Víctor Vargas Valenzuela,
cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de
William-Sonoma, Inc, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio
de nombre de Williams-Sonoma, Inc por el de William-Sonoma, Inc, presentada el
día 20 de setiembre de 2012 bajo expediente 80700. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2002-0009084 Registro Nº 209282 WILLIAMS-SONOMA en
clase 21 marca denominativa, 2002-0009085 Registro Nº 140556 WILLIAMS-SONOMA
en clase 35 marca denominativa, 2002-0009086 Registro Nº 209279 WILLIAMS-SONOMA
en clase 49 marca denominativa y 2002-0009087 Registro Nº 140555 WILLIAMS-SONOMA
en clase 20 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº
Cambio de Nombre Nº 80619
Que Víctor Vargas Valenzuela,
cédula de identidad 1-335-794, en calidad de apoderado especial de MSD Consumer
Care, Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de
Nombre de Schering-Plough Healthcare Products, Inc por el de MSD Consumer Care,
Inc., presentada el día 17 de setiembre de 2012 bajo expediente 80619. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-1782803 Registro Nº 17828 COPPERTONE en clase 3 marca mixto,
1900-1899105 Registro Nº 18991 MEXANA en clase 5 marca denominativa, 1900-2170205 Registro Nº 21702 SOLARCAINE en clase 5 marca denominativa,
1900-3156505 Registro Nº 31565 DI-GEL en clase 5 marca denominativa, 1900-4115903 Registro Nº 41159 DON’ T BE A
PALEFACE en clase 3
marca mixto, 1900-5003605 Registro Nº 50036 CORRECTOL en clase 5 marca denominativa,
1900-5096503 Registro Nº 50965 MEXANA en clase 3 marca denominativa, 1900-5456503 Registro Nº 54565 TROPICAL BLEND en clase 3 Marca Denominativa,
1900-5551905 Registro Nº 55519 MEXANITA en clase 5 marca denominativa, 1900-5552403 Registro Nº 55524 MEXANITA en clase 3 marca denominativa,
1900-6085603 Registro Nº 60856 HIDRATAN en clase 3 marca denominativa, 1900-6092403 Registro Nº 60924 DR. SCHOLL’S en clase 3 marca denominativa,
1900-6092503 Registro Nº 60925 SCHOLL en clase 3 marca denominativa, 1900-6093025 Registro Nº 60930 DR. SCHOLL’S en clase 25 marca denominativa,
1900-6095110 Registro Nº 60951 DR. SCHOLL’S en clase 10 marca denominativa, 1900-6095325
Registro Nº 60953 SCHOLL en
clase 25 marca denominativa, 1900-6150605 Registro Nº 61506 DR. SCHOLL’S en clase 5 marca denominativa,
1900-6686030 Registro Nº 66860 PENETRO en clase 30 marca denominativa, 1900-6874903 Registro Nº 68749 SHADE en clase 3 marca denominativa,
1900-7071303 Registro Nº 70713 WATER BABIES en clase 3 marca denominativa y 1900-7135405
Registro Nº 71354 WATER BABIES
en clase 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº
Cambio de Nombre Nº 79815
Que Arnaldo Bonilla Quesada,
cédula de identidad 1-0758-0660, en calidad de apoderado especial de Tacccesa
S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de
Tacones Centroamericanos Taccesa S. A., cédula jurídica 3-101-135277 por el de
Tacccesa S. A., cédula jurídica 3-101-135277, presentada el 24 de julio de
2012, bajo expediente 79815. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2001-0004872 Registro Nº 131665 KLINSS en clase 3 Marca Denominativa.
Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el
artículo 32 de la Ley Nº
Cambio de Nombre Nº 80092
Que Carlos Roberto López León,
cédula de identidad 1-788-621, en calidad de apoderado especial de Laboratorios
Sued S.R.L., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de Laboratorios Sued S. A. por el de Laboratorios Sued S.R.L.,
domiciliado en número veintisiete de la Avenida Máximo Gómez, Santo Domingo,
República Dominicana, presentada el día 13 de Agosto de 2012 bajo expediente
80092. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0001416 Registro Nº
135595 CLIRINEX en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0001433 Registro Nº
198153 ZIDAL en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0001434 Registro Nº
135599 SUMOX en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0001437 Registro Nº
135598 SUTRIMIN en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0001441 Registro Nº
180803 PARAMOX en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0001935 Registro Nº
135594 FUROMET en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0004129 Registro Nº
136952 GASTOP en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0004141 Registro Nº 159495
SUTOX en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0005026 Registro Nº 138220 SUED
en clase 5 Marca Denominativa, 2002-0007210 Registro Nº 174025 CLARIX en
clase 5 Marca Denominativa, 2003-0001864 Registro Nº 140738 FLEXTRAN en
clase 5 Marca Denominativa, 2003-0007440 Registro Nº 145833 Z 23 en
clase 5 Marca Denominativa, 2003-0007441 Registro Nº 145832 TENCEF en
clase 5 Marca Denominativa, 2003-0007832 Registro Nº 146144 VADOLOR en
clase 5 Marca Denominativa, 2003-0008450 Registro Nº 153786 SUPROFEN en
clase 5 Marca Denominativa, 2003-0008451 Registro Nº 146972 SUCLAX en
clase 5 Marca Denominativa, 2003-0008452 Registro Nº 146971 SUDOLOL en
clase 5 Marca Denominativa, 2003-0008507 Registro Nº 147348 CETIRINA en
clase 5 Marca Denominativa, 2003-0008641 Registro Nº 147349 CLATRIX en
clase 5 Marca Denominativa, 2003-0008797 Registro Nº 147634 APLISINA-B
en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0000103 Registro Nº 147683 PROPINOX
en clase 5 Marca Denominativa, 2004-0000156 Registro Nº 147729 EXOREX en
clase 5 Marca Denominativa, 2004-0001183 Registro Nº 147943 DEFLAMOL en
clase 5 Marca Denominativa, 2004-0001184 Registro Nº 147942 FURONASAL en
clase 5 Marca Denominativa, 2004-0001739 Registro Nº 148499 SUDROXIL en
clase 5 Marca Denominativa, 2004-0004661 Registro Nº 153816 PETITUS en
clase 5 Marca Denominativa, 2004-0006159 Registro Nº 154073 REGULACID en
clase 5 Marca Denominativa, 2004-0006370 Registro Nº 155267 MIGRAPAX en
clase 5 Marca Denominativa, 2004-0006823 Registro Nº 155266 BUCLIZIN en
clase 5 Marca Denominativa, 2004-0008736 Registro Nº 153867 MOMEDERM en
clase 5 Marca Denominativa, 2006-0011517 Registro Nº 168656 DEXENO en
clase 5 Marca Denominativa, 2006-0011519 Registro Nº 168657 SUTROPIL en
clase 5 Marca Denominativa, 2009-0009824 Registro Nº 198780 FIXEM en
clase 5 Marca Denominativa, 2010-0006011 Registro Nº 206595 FORMICINA en
clase 5 Marca Denominativa y 2010-0006013 Registro Nº 206694 SECALIA en
clase 5 Marca Denominativa, Publicar en La Gaceta Oficial por única vez
de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
El señor Francisco Guzmán Ortiz,
mayor, abogado, cédula 1-434-595, vecino de San José, en su condición de
apoderado especial de Bticino S.P.A., de Italia, solicita la Patente de
Invención denominada APARATO PARA EL CONTROL Y/O LA DISTRIBUCIÓN DE POTENCIA
ELÉCTRICA QUE COMPRENDE UN DISPOSITIVO PROTECTOR ANTI- POLVO.
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
Se describe un aparato (1) para
el control y/o la distribución de potencia eléctrica, que comprende: una estructura
(2) de soporte, con forma generalmente de caja, que delimita un espacio
interior (3), comprendiendo la estructura (2) de soporte unas paredes (5-9) de
confinamiento del espacio interior (3) en al menos una (5) de las cuales está
definida una abertura (15) de acceso hasta el espacio interior (3); y la
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: H01H 9/04; H01H 9/16; H01G 3/08;
cuyo inventor es Aletti, Tiziano. La solicitud correspondiente lleva el número
20120431, y fue presentada a las 13:27:10 del 20 de agosto del 2012. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso.—San José, 26 de setiembre
del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2012325768.—(IN2012098394).
El señor Luis Esteban Hernández
Brenes, cédula Nº 4-155-803, mayor de edad, vecino de San José, abogado,
apoderado especial de Javajig Café Sociedad Anónima, de Costa Rica, solicita la
Patente de Invención denominada: COPA INDIVIDUAL PARA UN INGREDIENTE DE
BEBIDA Y MÉTODO PARA USAR LA MISMA. Una cesta para filtro de café que
presenta un retenedor del filtro el cual tiene una cubierta exterior con un
extremo superior el cual tiene una parte superior abierta y una parte inferior
la cual presenta una abertura, un inserto que presenta un abrazadera superior
de menor tamaño que el diámetro del extremo superior del retenedor para
ajustarse a este. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A47J 31/00;
A47J 31/02; A47J 31/06, cuyo(s) inventor(es) es(son):
Otto, Jay D., Graham, William R. La solicitud correspondiente lleva el número
20120324, y fue presentada a las 12:24:31 del 14 de junio del 2012. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de octubre del 2012.—Lic. Fabián Andrade
Morales, Registrador.—RP2012325913.—(IN2012098802).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El señor Pedro Oller Taylor,
cédula Nº 1-0787-0425, en condición de apoderado de Elas Geotécnica S.R.L., de
Italia, solicita la Patente de Invención denominada ARCO PARA SOPORTAR Y
REFORZAR UNA EXCAVACIÓN.
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
La presente invención se refiere
a un arco para soportar y reforzar una excavación. La invención se refiere también
a una estructura y a un procedimiento para soportar y reforzar una excavación.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: E21D 11/18; E21D 11/28; E21D
11/30; cuyo(s) inventor(es) es (son) Bonomi, Cristiano, Frullani, Antonio. La
solicitud correspondiente lleva el número 20120398, y fue presentada a las
12:55:26 del 27 de julio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 24 de
setiembre del 2012.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2012326158.—(IN2012099132).
El señor Pedro Oller Taylor,
cédula Nº 1-0787-0425, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de Elas Geotécnica S.R.L., de Italia, solicita la Patente de
Invención denominada PROCEDIMIENTO Y PLANTA PARA LA PRODUCCIÓN DE UN
PERFIL DE FIBRA DE VIDRIO PARA SER USADO COMO ELEMENTO REFORZANTE PARA REFORZAR
UNA PARED DE EXCAVACIÓN. En la producción de elementos de refuerzo para reforzar la cara de
excavación de un túnel, un perfil de fibra de vidrio comprende un cuerpo que se
extiende de forma axial formado por fibras de vidrio ancladas en una resina
polimérica mediante un proceso de polimeración. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: B29C 70/52; B29C 59/02; B29C 53/30; E21D 21/00;
cuyo(s) inventor(es) es (son) Bonomi, Cristiano, Frullani, Antonio. La
solicitud correspondiente lleva el número 20120293, y fue presentada a las
11:50:10 del 30 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 24 de
setiembre del 2012.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2012326159.—(IN2012099133).
PUBLICACION DE PRIMERA VEZ
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor de edad, vecino de San José, apoderado
especial de Regeneron Pharmaceuticals, Inc., de E.U.A., solicita la patente de
invención denominada FORMULACIONES ESTABILIZADAS QUE CONTIENEN
ANTICUERPOS ANTI-RECEPTOR DE INTERLEUQUINA-6 (IL-6R).
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
La presente invención
proporciona formulaciones farmacéuticas que comprenden un anticuerpo humano que
se une de modo específico al receptor de interleuquina-6 humana (hIL-6R). Las
formulaciones pueden contener, además de un anticuerpo anti-hIL-6R, al menos un
aminoácidos, al menos un azúcar y/o al menos un tensioactivo no iónico. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 0/08; A61K 31/485;A61K 9/00; A61K 39/395; cuyo(s) inventor(es) es(son) Dix,
Daniel, B., Graham, Kenneth, S. , Kamen, Douglas, E., Walsh, Scott, M. La
solicitud correspondiente lleva el número 20120393, y fue presentada a las
13:55:10 del 23 de julio del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de setiembre del
2012.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2012099369).
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Gilead Sciences
Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE
VIRUS FLAVIVIRIDAE.
Se proporcionan compuestos de Fórmula I y sales y esteres farmacéuticamente
aceptables de los mismos.
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
Los compuestos, composiciones, y
métodos que se proporcionan son útiles para el tratamiento de infecciones del
virus Flaviviridae, particularmente infecciones de hepatitis C. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 409/12; C07D 409/14; C07D
493/04; A61K 31/381;A61K 31/443;A6lP 31/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Canales,
Eda, Chong, Lee, S., Clarke, Michael, O’neil Hanrahan, Doerffler, Edward,
Morganelli, Philip, Anthony, Lazerwith, Scott, E., Lew, Willard, Mertzman,
Michael, Watkins, William, J. La solicitud correspondiente lleva el número
20120418, y fue presentada a las 14:07:10 del 10 de agosto del 2012. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 02 de octubre del 2012.—Lic. José Castro Marín,
Registrador.—(IN2012099370).
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, mayor, abogado, cédula 1-335-794, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Davinci Biosciences LLC, de E.U.A., solicita
la Patente de Invención denominada CÉLULAS MADRE DEL REVESTIMIENTO DE CORDÓN
UMBILICAL Y MÉTODOS Y MATERIAL PARA AISLAR Y CULTIVAR LAS MISMAS.
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
Se describen células madre de
revestimiento de cordón umbilical humanas que son capaces de diferenciarse en
células del linaje mesodérmico y linaje ectodérmico, así como también métodos
para aislar, expandir, cultivar y crioconservar las células. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C12N 5/074;C12N
5/02; C07K 14/475; cuyos inventores son Silva, Francisco J., González, Rafael.
La solicitud correspondiente lleva el número 20120132, y fue presentada a las
14:10:50 del 20 de marzo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 21 de
setiembre del 2012.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(IN2012099371).
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, en condición de apoderado de Syngenta
Participations AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS
INSECTICIDAS.
La presente invención se relaciona nóveles derivados
Para ver imagen solo en La
Gaceta impresa o en formato PDF
de triazol de fórmula (I) que
tienen una actividad insecticida, aplicables a procesos e intermediarios para
prepararlos, a 5 composiciones insecticidas, acaricidas, nematicidas o
molusquicidas que los comprenden y a métodos para utilizarlos con el objeto de
combatir y controlar las plagas de insectos, ácaros, nematodos o moluscos. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 249/06; C07D 407/12; C07D
417/12; A01N 43/647; cuyos inventores son Jung, Pierre, Joseph, Marcel, Danko,
Peter, Godfrey, Christopher, Richard, Ayles, Renold, Peter, Hueter, Ottmar,
Franz. La solicitud correspondiente lleva el número 20120466, y fue presentada
a las 14:13:10 del 13 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 04 de octubre del
2012.—José Castro Marín, Registrador.—(IN2012099372).
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de F. Hoffmann-La Roche AG, de Suiza, solicita la Patente de
Invención denominada DERIVADOS DE ARILETINILO. La presente invención se
refiere a derivados de etinilo de la fórmula I, en la que: U es =N- o =C(R5)-;V
es -CH= o -N=;W es =CH- o =N-; con la condición de que solamente uno de U, V o
W pueda ser nitrógeno, R5 es hidrógeno, metilo o halógeno; Y es -N(R6)-, -O-,
-C(R7’)(R7)-, -CH20- o -CH2S(O)2-; dicho R6 es hidrógeno o alquilo inferior y R7/R7’
con independencia entre sí son hidrógeno, hidroxi, alquilo inferior o alcoxi
inferior. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/04; C07D
401/14; C07D 403/04; C07D 413/04; C07D 413/14; C07D 498/04; cuyos inventores
son: Green, Luke, Guba, Wolfgang, Jaeschke, Georg, Jolidon, Synese, Lindemann,
Lothar, Ricci, Antonio, Rueher, Daniel, Stadler, Heinz, Vieira, Eric. La
solicitud correspondiente lleva el número 20120480, y fue presentada a las
13:43:10 del 24 de setiembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de setiembre del
2012.—Randall Abarca, Registrador.—(IN2012099373).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 15440A.—Sergio
Orlando Rodríguez Vázquez, solicita concesión de:
Exp. 15388P.—Campus
A Y B de Heredia S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 8066P.—Foliaje
Incorporated S. A., solicita concesión de:
Exp. 9428A.—Sociedad
de Usuarios de Agua de La Fuente del Torito, solicita concesión de:
Exp. 2756A.—Bodegas
S. A., solicita concesión de:
Exp. 8511P.—Inversiones
Giacomin Carmiol S. A., solicita concesión de:
Exp. 8120P.—La
General de Decoraciones S. A., solicita concesión de:
Exp. 6721A.—Cafetalera
El Rosario S. A., solicita concesión de:
Exp. 15361A.—Cooperativa
de Productores de Café Servicios Múltiples de Naranjo R.L. (COOPRONARANJO),
solicita concesión de:
Exp. 9765A.—Sociedad
de Usuarios de Agua Asentamiento Yama, solicita concesión de:
Exp. 15447A.—Sociedad
de Usuarios de Agua Istarú Paraíso Cervantes, solicita concesión de:
Exp. 6899A.—Sandra,
Rubén, Édgar, Ricardo todos Fernández Abarca, solicita concesión de:
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE
DE
DOMINIO PÚBLICO
En expediente Nº 11-2011 el
señor Hugo Ernesto Brenes González, mayor, costarricense, cédula 3-197-458,
presenta solicitud para extracción de materiales en cauce de dominio público
sobre el Río Banano.
Localización Geográfica:
Sito en: Quitaria, distrito 04 Matama, cantón
01 Limón, provincia 07 Limón.
Hoja cartográfica:
Hoja cartográfica Río Banano, escala 1:50.000
del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre coordenadas 210641.25 – 210839.60
norte, 636493.42 -636410.02 este límite aguas arriba y 210616.57-210518.13
norte, 638074.89-638124.91 este límite aguas abajo.
Área solicitada:
Derrotero: Coordenadas del vértice Nº 1 210509.76
norte, 638116.31 este.
Línea |
Acimut |
Distancia (mts) |
1 – 2 |
209°45’ |
43.96 |
2 – 3 |
246°03’ |
77.60 |
3 – 4 |
276°22’ |
92.73 |
4 – 5 |
299°33’ |
110.65 |
5 – 6 |
304°43’ |
76.35 |
6 – 7 |
312°34’ |
75.38 |
7 – 8 |
318°31’ |
109.46 |
8 – 9 |
327°10’ |
83.39 |
9 – 10 |
316°52’ |
127.84 |
10 – 11 |
317°38’ |
83.98 |
11 – 12 |
285°48’ |
44.53 |
12 – 13 |
284°50’ |
72.82 |
13 – 14 |
256°44’ |
79.93 |
14 – 15 |
224°54’ |
75.26 |
15 – 16 |
261°55’ |
27.89 |
16 – 17 |
270°09’ |
49.82 |
17 – 18 |
270°26’ |
55.90 |
18 – 19 |
273°43’ |
65.93 |
19 – 20 |
269°38’ |
87.76 |
20 – 21 |
269°54’ |
58.41 |
21 – 22 |
258°37’ |
62.71 |
22 – 23 |
248°55’ |
62.09 |
23 – 24 |
251°56’ |
82.49 |
24 – 25 |
236°46’ |
52.48 |
25 – 26 |
189°39’ |
70.84 |
26 – 27 |
229°12’ |
30.80 |
27 – 28 |
240°32’ |
66.31 |
28 – 29 |
250°50’ |
39.89 |
29 – 30 |
337°12’ |
215.17 |
30 – 31 |
68°06’ |
4.99 |
31 – 32 |
59°33’ |
52.37 |
32 – 33 |
56°26’ |
69.43 |
33 – 34 |
57°23’ |
48.25 |
34 – 35 |
56°25’ |
71.54 |
35 – 36 |
46°37’ |
34.22 |
36 – 37 |
61°29’ |
112.90 |
37 – 38 |
88°55’ |
89.79 |
38 – 39 |
102°38’ |
97.68 |
39 – 40 |
87°03’ |
95.91 |
40 – 41 |
53°57’ |
94.42 |
41 – 42 |
59°03’ |
41.04 |
42 – 43 |
104°22’ |
59.57 |
43 – 44 |
108°56’ |
84.58 |
44 – 45 |
100°10’ |
79.32 |
45 – 46 |
77°09’ |
88.81 |
46 – 47 |
77°31’ |
40.08 |
47 – 48 |
109°12’ |
47.75 |
48 – 49 |
181°50’ |
56.04 |
49 – 50 |
177°03’ |
23.23 |
50 – 51 |
141°52’ |
71.69 |
51 – 52 |
115°04’ |
55.68 |
52 – 53 |
128°57’ |
45.39 |
53 – 54 |
142°40’ |
91.18 |
54 – 55 |
128°43’ |
37.67 |
55 – 56 |
118°48’ |
31.99 |
56 – 57 |
134°31’ |
89.27 |
57 – 58 |
119°46’ |
81.05 |
58 – 59 |
130°54’ |
73.85 |
59 – 60 |
117°43’ |
69.40 |
60 – 61 |
81°24’ |
44.85 |
61 – 62 |
60°01’ |
22.99 |
62 – 63 |
26°30’ |
13.44 |
63 – 64 |
153°04’ |
110.42 |
64 - 1 |
225°47’ |
12.00 |
Edicto basado en la solicitud
inicial aportada el 15 de junio del 2011, área y derrotero aportados el 11 de
enero del 2012.
Con quince días hábiles de
término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos
mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.
San José a las trece horas diez
minutos del veintiocho de setiembre del dos mil doce.—Lic.
Rosa María Ovares Alvarado, Jefa a. í.—(IN2012098294). 2
v. 2 Alt.
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Antonio Alejandro Dávila Correa, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1780-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas nueve minutos del veintitrés de mayo del
dos mil doce. Exp. Nº 10013-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando:
I.-Hechos Probados:..., II.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquense el
asiento de nacimiento de Keisy Nahomy Dávila Urbina, en el sentido que el
nombre de la madre... es “Jahayra Zenayda” y el asiento de nacimiento de Tylor
Alexander Dávila Urbina, en el sentido que el primer nombre de la persona ahí
inscrita y el nombre de la madre del mismo son “Tyron” y “Jahayra Zenayda”
respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección de Actos
Jurídicos.—1 vez.—RP2012326195.—(IN2012099530).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Dilana Sánchez Rojas, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3241-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez
horas tres minutos del seis de setiembre del dos mil doce. Ocurso. Exp. N°
19406-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos
Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Linda Kaira Mora Sánchez...; en el sentido que los apellidos de
la madre... son “Sánchez Rojas”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012326239.—(IN2012099531).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Maicol Andrés Rodríguez Vargas, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3160-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta y ocho minutos del treinta de
agosto del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 22608-2012. Resultando 1.-..., 2.-...,
Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Maicol Andrés Rodríguez Vargas, en el
sentido que el primer nombre... es “Michael”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—RP2012326307.—(IN2012099532).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Arlen Nohelia Rodríguez Sevilla, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2167-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas catorce minutos del dieciocho de junio
del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 10032-2012. Resultando 1.-..., 2.-...,
3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por
tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Franggi Valentina Centeno
Sevilla, en el sentido que los apellidos y la nacionalidad de la madre... son
“Rodríguez Sevilla” y “costarricense” respectivamente.—Lic.
Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—RP2012326330.—(IN2012099533).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Martha Lucía Meza Montoya, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1871-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo del dos mil doce. Exp. Nº 3924-2012.
Resultando 1.-..., 2.-.., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el
Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de naturalización de Martha Lucía
Mesa Montoya..., en el sentido que el primer apellido del padre de la misma es
“Meza” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—RP2012326336.—(IN2012099534).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Ángela María Bonilla Rosales,
mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155801048635,
vecina de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud para que los presenten por escrito a este Registro dentro del término
de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2125-2012.—San José, dos de octubre de dos mil doce.—Lic. German
Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—RP2012326315.—(IN2012099535).
Aura María Hernández López, mayor, soltera,
ingeniera industrial, nicaragüense, cédula de residencia 155801698725, vecina
de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3547-2011.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. Ricardo Chavarría
Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2012099683).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000057-01
Contratación de una (1) empresa que brinde una solución
corporativa de respaldo y recuperación con deduplicación
para los dominios tecnológicos abiertos
en poder del Banco Nacional
La Proveeduría General del Banco
Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00
a.m.) del 27 de noviembre, para la “Contratación de una (1) empresa que brinde
una solución corporativa de respaldo y recuperación con deduplicación para los
dominios tecnológicos abiertos en poder del Banco Nacional”.
El cartel puede ser retirado sin costo
adicional en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección
de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca.
La Uruca, 27 de noviembre del
2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora
Chacón, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº
925-00035.—(IN2012101167).
CENTRO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
DR.
HUMBERTO ARAYA ROJAS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000006-2203
Suministro de vegetales y frutas frescas y procesados
La Subárea de Contratación
Administrativa con autorización de la Dirección Médica, les comunica la fecha
de apertura de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000006-2203, por suministro de
vegetales y frutas frescas y procesadas.
La fecha y hora máxima para
recibir ofertas será el 15 de noviembre del 2012, al ser las 10:00 horas.
El cartel y las especificaciones
técnicas para este concurso, se encuentran a la venta en la Recepción de la
Subárea de Contratación Administrativa. Los cupones para la adquisición del
cartel, están a la venta en la Caja Chica de este Centro. Valor del cartel
¢400,00. (cuatrocientos colones exactos).
San José, 25 de octubre del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. Marilyn
Barrantes Vargas, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2012100914).
HOSPITAL DR. ENRIQUE BALTODANO BRICEÑO
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000010-2502
Suministro de diesel y gasolina
Se informa a los interesados que
esta disponible el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000010-2502, por
adquisición de suministro de diesel y gasolina, ver detalles en:
http://www.ccss.sa.cr
Liberia, 25 de octubre del 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Cecilia
Baltodano Tijerino, Coordinadora.—1
vez.—(IN2012101180).
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA Nº 2012CD-000464-01
Compra de punto ecológico para tres
clasificaciones de residuos sólidos
El Proceso Adquisiciones de la
Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje
recibirá ofertas por escrito para este concurso hasta las 9:00 horas del 7 de
noviembre del 2012. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el
cual es gratuito y está a disposición de los interesados en el Proceso de
Adquisiciones, sita La Uruca,
Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº
610-00048.—(IN2012100925).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000002-01
Contratación de servicio de limpieza para regionales
La Unidad de Contratación
Administrativa del Instituto del Café de Costa Rica, invita a todos los
interesados a participar en el siguiente concurso.
Concurso: 2013LA-000002-01
“contratación de servicio de limpieza para regionales”
Fecha de apertura: 13/11/2012 Hora: 11:00
a.m.
Lugar de la apertura de ofertas:
Oficinas Centrales de ICAFÉ, ubicadas en San José, sita
Rigen para éste concurso: Las especificaciones
técnicas, las condiciones generales, mismas que se encuentran disponibles en la
Unidad de Contratación Administrativa, sita en el tercer piso de Oficinas
Centrales de ICAFÉ. Horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Ing. Edgar Rojas Rojas,
Subdirector Ejecutivo.— Contratación
Administrativa.—Lic. Carlos Sandoval Torres, Jefe.—1
vez.—(IN2012100936).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-0000015-MMO
Contratación de servicios de auditoria externa
La Proveeduría de la
Municipalidad de Montes de Oca, invita a todos los posibles oferentes de
servicios de auditoria externa, a participar en este proceso licitatorio.
El cartel de licitación se
pondrá a disposición de los interesados a partir del día siguiente de ésta
publicación, en el Departamento de Proveeduría, ubicado en la primera planta
del Palacio Municipal, San Pedro de Montes de Oca, costado norte del Parque
Kennedy.
La apertura será diez días
hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de esta publicación, a
las diez horas, en las oficinas de la Proveeduría Municipal.
Corre por cuenta de los
interesados las copias del documento de licitación
San Pedro de Montes de Oca, a
los veintidós días del mes de octubre del dos mil doce.—Proveeduría
Municipal.—Lic. Víctor Hugo Portilla Madrigal MBA.—1
vez.—(IN2012101145).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000053-01
Contratación de estudios de las estructuras de pavimentos
existentes de la red vial cantonal de Alajuela y propuesta
de diseño para las nuevas estructuras
del pavimento a construir
La Municipalidad del Cantón
Central de Alajuela, cordialmente les invita a participar y recibirá ofertas
por escrito y en sobre cerrado hasta las 10:00 horas del día 8 de noviembre del
2012.
Las especificaciones técnicas y
condiciones generales pueden retirarse en la oficina de la Proveeduría
Municipal, ubicada en el Edificio Municipal actualmente situado 100 mts. oeste, de la Iglesia La Agonía, en el tercer piso de lunes a
jueves de 7:30 hasta las 16:30 y viernes de 7:30 hasta las 15:30, o bien al
correo electrónico o_chacon@munialajuela.go.cr (En este caso incluir
dirección y número de fax para notificaciones).
Subproceso de Proveeduría.—Lic. Johanna Madrigal Vindas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2012101162).
DIVISIÓN DE GESTIÓN DE APOYO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-503
Adquisición de suministros varios (oficina y limpieza)
modalidad entrega según demanda
Acta Nº 17-2012. Acuerdo de
adjudicación de la Licitación Pública Nº 2012LN-000004-503 denominada
“Adquisición de suministros varios (oficina y limpieza) modalidad entrega según
demanda”, con fundamento en lo establecido en el artículo 55 de la Ley Orgánica
de la Contraloría General de la República. Se declaran infructuosos los ítemes
39, 87, 94 y 107. Se declaran desiertos los ítemes 78, 110, 111, 112, 113, 114,
115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 126, 127, 128, 129, 130, 131 y 132. Se
acuerda adjudicar la presente Licitación de la siguiente manera: A la empresa Jiménez
y Tanzi S. A., se le adjudican los ítemes 1, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14,
15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 31, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 43, 44, 45,
46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 54, 55, 56, 65, 68, 72, 73, 74, 75, 79, 80, 85, 99,
100, 101, 102, 103, 104, 105, 106 y
Dado en la Contraloría General de la
República, a las diez horas del veintitrés de octubre de dos mil doce.
Comuníquese a los interesados.
Unidad de Gestión Administrativa.—Ing. Ronald
Monge Salazar, Jefe.—1 vez.—(IN2012101166).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2012LN-112009-UL
Reparación de sillas de ruedas especiales
para pacientes con lesión medular
En concordancia con las
facultades conferidas por el artículo Nº 12 del Reglamento Interno de Contratos
Administrativos, la Junta Directiva en oficio JD-00530-2012, del 22 de octubre
del 2012, remitió el Acuerdo Nº 9133-VIII, Sesión Ordinaria Nº 9133, Artículo
VIII del 17 de octubre del 2012, con sustento en las consideraciones de orden
legal y técnico dictaminadas en oficio PROV-08287-2012, del 12 de octubre del
2012, en el cual acuerda lo siguiente:
Adjudicar la presente licitación
de la manera que se detalla:
Descripción del Requerimiento:
Servicios de reparación a sillas
de ruedas especiales (eléctricas, plegables, rígidas y reclinables) otorgadas
por el INS a pacientes con lesiones medulares, radicados en varias partes del
país, y que se encuentran asegurados bajo los diversos seguros administrados
por el Instituto.
Oferta Única: Melodía
Importaciones Sociedad Anónima.
Cédula jurídica: 3-101-118386.
Renglones adjudicados: Nº 1
“Sillas de ruedas marca Quickie” y Nº 5 “Sillas de ruedas marca Loh
Enterprises”.
Monto de la contratación: Cuantía
Inestimable:
Las condiciones que aplican al
adjudicatario serán las estipuladas en el contrato, las cuales se indican en el
oficio PROV-08287-2012, del 12 de octubre del 2012.
Se declaran infructuosos los
renglones 2, 3, 4, 6, 7 y 8, por falta de ofertas.
Los demás términos, condiciones
y características técnicas según cartel y oferta recibida el 19 de setiembre
del 2012.
Lo anterior constituye un
resumen de la adjudicación, el informe de adjudicación con el detalle completo
se encuentra a la vista en el expediente.
San José, 24 de octubre del 2012.—Proveeduría.—Msc. Francisco Cordero Fallas, Jefe.—1
vez.—O. C. Nº 18497.—Solicitud Nº 0686.—C-33860.—(IN2012101177).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000021-2101 (Notificación)
Mantenimiento preventivo y correctivo
para 16 equipos médicos
La Subárea de Contratación
Administrativa del Hospital Dr. Rafael A. Calderón Guardia, les comunica a los
interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar el mismo de la
siguiente manera:
Empresa adjudicada: Marco
Vinicio Zúñiga Azofeifa
Ítem adjudicado: Único
Monto total aproximado: ¢6.146.400,00
Monto en letras: Seis millones
ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos colones exactos.
Rutinas de mantenimiento preventivo: Visitas
mensuales.
Compra para consumo de un año.
Podrá ser prorrogado como máximo por tres periodos iguales si con sesenta (60)
días naturales de anticipación a su vencimiento el Hospital, no comunica por
escrito su deseo de darlo por terminado
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr
San José, 25 de octubre del 2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Yehudi Céspedes
Quirós, Coordinador a. í.— 1 vez.—(IN2012100915).
HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACION ABREVIADA Nº 2012LA-000041-2205
Set completo para colocación de Stent
Se informa a los interesados que
este concurso se adjudicó a la empresa Corporación Biomur S. A., el ítem
1 entrega según demanda, ver detalles y mayor información en:
http://www.ccss.sa.cr.
Alajuela, 23 de octubre del 2012.—Dirección Médica.—Dr. Luis Diego Alfaro Fonseca.—1
vez.—(IN2012101171).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000004-01
Compra de microcomputadoras
considerando criterios ambientales
La Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje en la sesión
4552, artículo V, de fecha 16 de octubre del 2012 acuerda adjudicar la
licitación en referencia en los siguientes términos:
Adjudicar la Licitación Pública Nº
2012LN-000004-01, para la compra de microcomputadoras considerando criterios
ambientales, de conformidad con el informe de recomendación UCIPA-2654-2012,
los estudios legales ALCA-229-2012, los estudios técnicos NTM-PGA-336-2012 y
USST-ADQ-0185-2012, de la siguiente manera:
• Adjudicar la línea
• Adjudicar las líneas 2-3-4(base) a la oferta
3 de la empresa Central de Servicios PC S. A., por un monto de
$444.858,38, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio
razonable, con un plazo de entrega de 22 días hábiles.
Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 21711.—Solicitud Nº
610-00044.—(IN20120100931).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000024-PROV
Adquisición de una máquina contadora de pliegos
A los interesados en la presente
licitación se les informa que con fundamento en el artículo 13, inciso P) del
Reglamento Orgánico de la Institución, la Gerencia General mediante acta del 23
de octubre del 2012, procedió a Adjudicar la Licitación Abreviada Nº
2012LA-000024-PROV por “Adquisición de una máquina contadora de pliegos”, de la
siguiente manera:
A: Sommerus S. A., cédula jurídica Nº
3-101-023383.
Línea |
Cantidad |
Descripción |
Precio total |
1 |
1 |
Máquina contadora de pliegos marca Vacuumatic modelo: Vicount 3 PB
FS. |
¢22.000.000,00 |
|
Monto total |
¢22.000.000,00 |
Plazo de entrega: 21 de
diciembre de 2012
Garantía del
equipo: 24 meses.
Todo de acuerdo
con los términos del cartel y oferta respectiva.
Al adjudicatario se le indica que
debe rendir una garantía de cumplimiento equivalente a un 5% (cinco por ciento)
del monto total adjudicado, dentro de los tres días hábiles siguientes a la
firmeza del acto de adjudicación. Esta garantía debe estar vigente por dos
meses adicionales a la fecha probable de recepción del equipo.
Proveeduría.—Lic. Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 16628.—Solicitud Nº 32572.—C-24540.—(IN2012101147).
LICITACIÓN PÚBLICA 2012LN-000001-01
(Declaratoria
de infructuoso)
Venta de bien inmueble ubicado en Coronado
La Comisión Nacional de
Préstamos para Educación -CONAPE-, notifica la declaratoria de infructuoso para
la licitación referida debido a que en fecha de apertura 19 de octubre del 2012,
no se recibieron ofertas para participar.
Sección de Tesorería.—Lic. Eugenio Poveda Pacheco, Jefe.—1
vez.—O. C. Nº 23738.—Solicitud Nº
906-0004.—(IN2012101190).
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
COMPRA DIRECTA Nº 2012-CD-000100-CL01
Alquiler de GPS, para vehículos municipales
La Unidad de Proveeduría de la
Municipalidad de Pococí, comunica: que en el proceso de Compra Directa número
2012-CD-000100-CL01, por alquiler de GPS, para vehículos municipales.
Que el día 23-10-2012, la
empresa Radio Mensajes S. A., presentó a esta unidad repuesta de audiencia
sobre el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa Geos Telecom S. A.,
en contra de la adjudicación del proceso, siendo que la empresa Radio Mensajes
S. A., carece de legitimación para apelar el acto, se rechaza dicha apelación y
se mantiene el acto de adjudicación publicado.
Proveeduría.—Lic.
Yadira López Calvo, Proveedora a. í.—1
vez.—(IN2012100922).
REMATE PÚBLICO Nº 2012-000002-01
(Declaratoria
de infructuoso)
Motocicleta Vespa modelo Bajaj 2004
La Comisión Nacional de
Préstamos para Educación -CONAPE-, notifica la declaratoria de infructuoso para
el remate referido debido a que en fecha de remate 17 de octubre del 2012, no
se recibieron oferentes para participar.
Sección de Tesorería.—Lic. Eugenio Poveda Pacheco, Jefe.—1
vez.—O. C. Nº 23738.—Solicitud Nº
23738.—(IN2012101198).
UNIDAD DE BIENES Y SERVICIOS
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000009-UPIMS
Ampliación, reparación menor y equipamiento del CEN de
Ciudad
Neily Oficina de Cooperación Internacional
de la Salud (OCIS)
La Unidad de Bienes y Servicios
(Proveeduría Institucional) del Ministerio de Salud, comunica: En La Gaceta
Nº 203 del 22 de octubre de 2012, la adjudicación para la Línea Nº 1 debe
leerse de la siguiente manera:
Línea Nº 1 Ampliación y
reparación menor del CEN de Ciudad Neily: Empresa Construcciones Peñaranda S.
A., cédula jurídica 3-101-200102, por un monto de sesenta y dos millones ciento
setenta y cuatro mil setecientos setenta y seis colones con 43/00
(¢62.174.776,43).
Toda la demás información
permanece invariable.
San José, 22 de octubre de 2012.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº
14143.—Solicitud Nº 114-600-00046.—(IN2012101143).
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL
DEPORTE
Y LA RECREACIÓN
PROCESO PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2012LA-000041-01
Suministro e instalación de elevadores Estadio Nacional
Concurso: Licitación Abreviada
Nº 2012LA-000041-01, objeto “Suministro e instalación de elevadores Estadio
Nacional”.
A los interesados en este concurso se les
informa que se ha realizado una ampliación de la información técnica en el cartel; la cual deberán retirar
a partir de esta publicación, en la Proveeduría Institucional, ubicada en el 4º
piso Estadio Nacional. De igual manera se ha prorrogado el plazo para la
recepción de ofertas hasta las 11:00 horas del 5 de noviembre del 2012.
San José, 24 de octubre del 2012.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(IN2012101178).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000054-01
(Prórroga
Nº 1)
Compra de impresoras multitareas, capaces de validar
documentos, leer caracteres magnéticos y emitir recibos
tipo voucher, con entrega por demanda, para un
período de cuatro (4) años
La Proveeduría General del Banco
Nacional comunica a los interesados en la Licitación Pública Nº
2012LN-000054-01 lo siguiente:
Fecha de apertura.
Todas las ofertas deberán
entregarse en la Proveeduría del Banco Nacional, situada en La Uruca, a más
tardar a las diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este despacho, del 6
de diciembre del 2012, momento en el cual serán abiertas en presencia de los
interesados que deseen asistir.
La demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
La Uruca, 23 de octubre del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón,
Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº 925-00034.—(IN2012101173).
HOPITAL SAN JUAN DE DIOS
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
CONCURSO Nº 2012LN-000010-2102
Octreotido LAR 30 Mg
Se aclara con respecto al
concurso supra, que a la hora de confeccionarse el respectivo acto de
adjudicación en el apartado de cantidad se señaló: “120 AMP (…)”; siendo lo
correcto y debiendo leerse como:
(1 Ampolla)
Esto por tratarse de una compra
bajo el amparo del artículo
154 inciso b. Entrega según demanda
San José, 24 de octubre del 2012.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Andrés Araya
Jiménez, Coordinador.—1 vez.—(IN2012100917).
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000001-01
Contratación de un Gestor Externo para el Cobro
Judicial
de los Tributos Municipales
El Departamento de Proveeduría
de la Municipalidad de Guácimo, comunica que con motivo de la Licitación
Pública Nº 2012LN-000001-01, para la contratación de un Gestor Externo para el
Cobro Judicial de los Tributos Municipales, y en atención de la resolución al
recurso de objeción al cartel, R-DCA-527-2012, dictada por la Contraloría
General de la República, esta Administración procede a modificar el punto 2.8
del Cartel, denominado “Pago de Honorarios Profesionales” y el punto 3.6
denominado “desempate”, siendo que para dicho efecto se prorroga en cinco días
hábiles adicionales, el plazo para el cierre de presentación y apertura de
ofertas, quedando como fecha y hora exacta el 6 de noviembre a las 13:00 horas.
Proveeduría.—Zilenia
Venegas Vargas, Proveedora Municipal.—Gerardo Fuentes González, Alcalde
Municipal.—1 vez.—(IN2012101168).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE
LA COMUNIDAD
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo
de la Comunidad, hace constar:
Que la Asociación de Desarrollo
Integral de San Antonio de Coronado, San José.
Por medio de su representante:
Juan José Vargas Vargas, portador de la cédula de identidad Nº 6-084-
Artículo 2º—Objetivos de la
asociación: promover el desarrollo económico, social y cultural de la comunidad
coordinando para ello con el gobierno, las instituciones autónomas, las
municipalidades o cualesquiera organismos cuyas actividades contribuyan al
desarrollo de la comunidad, mediante la participación activa de los vecinos, e
informarles de los planes y programas formulados a efecto de conseguir su
participación.
Artículo 2 Bis.—Para
los propósitos del presente estatuto, cada vez que en él aparezcan los términos
siguientes, entiéndase como se indica: Asociación: Asociación de Desarrollo
Comunal Integral de San Antonio de Coronado.
- DINADECO: Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad.
- Dirección: DINADECO.
- Dirección Nacional: DINADECO
- Junta Directiva: Junta Directiva de la
Asociación de Desarrollo.
- Ley: Ley Nº 3859 sobre Desarrollo de la
comunidad.
- Reglamento: Reglamento a la Ley Nº 3859
sobre Desarrollo de la Comunidad.
De los Afiliados
Artículo 3º—Son afiliados todos
los firmantes del acta de constitución, vecinos del lugar, mayores de doce años
y quienes posteriormente, con iguales requisitos soliciten por escrito su
ingreso a la Asociación. Solamente los afiliados a la Asociación que tengan
tres meses de haber sido inscritos como socios mediante acuerdo razonado por la
Junta Directiva, tienen derecho a participar en Asambleas Generales con derecho
a voz y voto.
Artículo 4º—La afiliación y
desafiliación es libre y voluntaria. Para la afiliación y desafiliación debe
observarse lo dispuesto en el presente estatuto. El nombre de los afiliados
deberá constar en el “Libro de Afiliados”.
Artículo 5º—La condición de
afiliado puede perderse:
a) Por renuncia expresa del afiliado y previo debido proceso
b) Porque lo solicite la Junta Directiva a la
Asamblea General, cuando en alguna forma haya perjudicado las actividades o el
prestigio de la Asociación. El acuerdo deberá ser razonado y fundamentado en
pruebas y tiene apelación para hacerse ante la Asamblea General
c) Por no tener su domicilio dentro de la
jurisdicción de la Asociación
d) Por tres inasistencias consecutivas a las
Asambleas Generales sin que haya justificación por caso fortuito o fuerza mayor
e) Por violación al presente Estatuto.
Artículo 8º—De los Derechos de
los Afiliados
a) Elegir y ser elegidos
b) Participar de actividades de la Asociación.
c) Participar en la Asambleas Generales con
derecho a voz y a voto y en las reuniones de Junta directiva con derecho a voz
únicamente.
d) Solicitar por escrito a la Junta Directiva
información sobre el funcionamiento de la Asociación.
Recursos de la Asociación
Artículo 10.—Para
la financiación de sus actividades la Asociación podrá contar con los
siguientes recursos:
Agréguese dentro de los incisos: el F y G.
f) Porcentaje del Impuesto sobre la Renta establecido en el Artículo
19 de la ley Nº 3859 de 7 de abril de 1967, y su reglamento. (Así reformado por
Ley 4890 del 16 de noviembre de 1971).
g) Los generados por las actividades y provectos
productivos de la Asociación, rentas e intereses.
Artículo 14.—Actuarán
como Presidente y secretario ante la Asamblea quienes ocupen iguales cargos en
la Junta Directiva. Los acuerdos so aprobarán por mayoría de votos, salvo en
los casos en que este estatuto o el Reglamento indiquen una mayoría especial.
Se considerarán firmes a partir de su aprobación y deberán constar en el “Libro
de Actas de Asambleas Generales”.
Artículo 15.—En
las Asambleas Generales deberán tratarse todos los asuntos que por su
naturaleza e importancia no puedan ser resueltos por la Junta Directiva. Deberá
tratarse en Ordinarias:
a) Cada dos años el nombramiento de la Junta directiva,
b) En la Asamblea Ordinaria de medio período, el
conocimiento del programa anual de ingreso y egresos -Presupuesto-,
c) Presentación del plan anual de actividades
presentado por la Junta directiva,
d) Cualesquiera asuntos de importancia que se
presentaren a la fecha de la Asamblea,
e) La autorización a la Junta Directiva para
celebrar contratos o contraer obligaciones por más de un millón de colones
(¢1.000.000,00).
Artículo 16.—Las
asambleas extraordinarias se convocarán para el conocimiento de asuntos
especiales que tenga que resolver la Asociación dentro de los cuales estarán:
a) Reformas al estatuto
b) La formación de Uniones, Federaciones y
confederaciones
c) Disolución de la Asociación
d) La autorización a la Junta Directiva para
celebrar contratos o contraer obligaciones por más de un millón de colones
(¢1.000.000,00)
e) El conocimiento de las infracciones de los
Miembros de la Junta Directiva
f) Vender, donar o dar en garantía los bienes de
la Asociación
g) Cualesquiera cuya naturaleza e importancia
impida esperar para la fecha de la Asamblea Ordinaria. Para la aprobación de
estos asuntos se requiere una mayoría de dos tercios con los miembros
asistentes. En el caso de disolución deberá aprobarse con una votación de 60%
de los Asociados asistentes.
Capítulo V. De la Junta
Directiva
Artículo 17.—La
Junta Directiva de la Asociación, atendiendo a las reglas establecidas en este Estatuto
y los Acuerdos de Asambleas Generales, estará integrada por siete miembros:
presidente, vicepresidente, tesorero, secretario, tres vocales, dos suplentes y
un fiscal, respetando la paridad de género, que serán nombrados del seno de la
Asamblea General, en votación secreta individual y por mayoría de votos.
Durarán en sus funciones dos años y podrán ser reelegidos en períodos
consecutivos si así lo decide la Asamblea, por tiempo indefinido y han mostrado
ser dirigentes comprometidos con la Organización y con el trabajo comunal.
Artículo 17 Bis.—Para el acto de la votación se nombrará del seno de la
Asamblea General, una Comisión integrada por tres miembros para la
fiscalización del quórum y la elección de la Junta Directiva.
Artículo 18.—Para
ser electo miembro de la Junta Directiva se requiere:
a) Ser vecino de la jurisdicción con seis meses por lo menos de
residencia en la misma
b) Ser mayor de edad o emancipado
c) Estar al día en el pago de las contribuciones
ordinarias y extraordinarias
d) Ser del estado seglar
e) No tener parentesco de segundo grado de
afinidad, ni tercero de consanguinidad con ningún miembro de la Junta Directiva
f) No pertenecer a ninguna otra directiva de
Asociación de Desarrollo Comunal
g) No ser Regidor municipal, propietario o
suplente
h) Estar presente en la Asamblea
i) Haber sido admitidos como socios, por lo
menos, con tres meses de anticipación a la celebración de la Asamblea.
Artículo 19.—Funciones
de Junta Directiva
a) Elaborar el plan de trabajo y someterlo a conocimiento y aprobación
por parte de la Asamblea General.
b) Informar a la Asamblea General ordinaria, de
las labores efectuadas durante el año.
c) Elaborar el presupuesto anual vinculado al
plan de trabajo.
d) Representar a la Asociación ante cualesquiera
Organismos en cumplimiento de sus fines.
e) Autorizar por medio de acuerdo todos los
gastos de la Asociación hasta por un millón de colones, siempre que estos se
encuentren previamente aprobados en el plan trabajo.
f)
g)
h) Conocer y aprobar las afiliaciones y las
desafiliaciones por renuncia, así como presentar ante la Asamblea General la
desafiliación de asociados previo debido proceso.
i) Conocer de las infracciones cometidas por los
asociados.
j)
k)
m) Nombrar comisiones. Juntas Auxiliares o
Filiales en las comunidades de su jurisdicción.
n) Nombrar Grupos de Trabajo.
o)
p) Someter a la Asamblea General todo lo
relacionado con los miembros de la Junta Directiva.
q) Nombrar Secretario Ejecutivo que sea mayor de
edad y del estado seglar cuando las actividades lo requieran.
r) Convocar cada año a Asamblea General
Ordinaria con quince días de anticipación por lo menos a la realización de la
Asamblea y comunicarlo a la Dirección Legal y de Registro.
s) Cada dos años cuando se nombre la Junta
Directiva, la convocatoria se hará con quince días de anticipación a la
realización de la Asamblea y se comunicará a la Dirección Legal y de Registro
de DINADECO.
t)
Artículo 20.—Los
miembros de la Junta Directiva perderán su condición de tales cuando renuncien
o falten a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis alternas sin
justificación alguna, a juicio de la Asamblea General, previa aplicación del
debido proceso.
Artículo 22.—Funciones
de los miembros de Junta Directiva
Del Presidente: El Presidente de la Junta
Directiva, es el representante legal de la Asociación con facultades de
Apoderado General. Deberá presidir las sesiones de Junta Directiva. El resto de
sus funciones está establecido en el Reglamento. Además dentro de los ocho días
siguientes a la Asamblea Constitutiva deberá formular la solicitud de
inscripción a la Dirección, autenticada por un abogado a la que deberá
acompañar una copia íntegra del acta de la Asamblea Constitutiva, incluyendo el
estatuto que la rige.
Artículo 26.—Del
Fiscal
Además de las funciones
establecidas en el Reglamento, deberá cuidar porque la Junta Directiva se
ajuste en sus decisiones de acuerdo a la Ley 3859. Su Reglamento y el Estatuto
de la Asociación, e informar a la Junta Directiva de las irregularidades que
encuentre.
Artículo 30.—La
Junta Directiva podrá nombrar Juntas Auxiliares y Comisiones para facilitar el
funcionamiento de la Asociación. Las funciones de estas Juntas deberán
coordinarse con la Junta Directiva de la Asociación. Sus funciones específicas
están determinadas en el Reglamento.
Capítulo VI. De las sanciones y
disolución de la Asociación.
Artículo 32.—Tanto
la Asamblea General como la Junta Directiva están facultadas para examinar la
conducta de los integrantes de la Junta Directiva y la de los afiliados
respectivamente en sus relaciones con la Asociación y una vez deducida la
responsabilidad, decretar la pérdida de la credencial de Miembro de la Junta
Directiva o su desafiliación, o la desafiliación del Asociado respectivamente
siguiendo el debido proceso. Tratándose de delitos cometidos en contra de la
Asociación, deberá hacerse la denuncia respectiva ante los Tribunales de
Justicia.
Artículo 33.—La Asociación podrá
ser disuelta voluntariamente, únicamente en la primera sesión de Asamblea
General, mediante el voto de las tres cuartas partes de los Asociados activos
asistentes, siempre que medien las circunstancias que determina el Reglamento.
Podrá ser disuelta administrativamente mediante Decreto Ejecutivo solicitado
por la Dirección, cuando concurran las causales establecidas en dicho cuerpo
legal. En todo caso el procedimiento lo establecen los artículos del Reglamento
mencionado.
En cumplimiento de lo
establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859
“Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza
por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso,
a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.
San José, a las diez horas del
día 24 de octubre del 2012, se otorga por segunda vez por no publicación.
Departamento de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—(IN20120101207).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
N° DGT-R-018-2012.—San
José, a las diez horas y treinta minutos del día veintinueve de agosto del dos
mil doce.
Considerando:
I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios faculta a la Administración Tributaria para dictar normas generales
tendientes a la correcta aplicación de las leyes tributarias, dentro de los
límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
II.—Que el artículo 47 del citado Código dispone
que la devolución podrá efectuarse de oficio o a petición de parte, siguiendo
los trámites y procedimientos que reglamentariamente se establezcan.
III.—Que el artículo 100 del Decreto Ejecutivo Nº
29264-H, Reglamento General de Gestión, Fiscalización y Recaudación Tributaria,
publicado en La Gaceta Nº 27 del 7 de febrero de 2001, dispone que los
requisitos especiales para la devolución de pagos debidos o indebidos de
tributos, se establecerán por resolución general.
IV.—Que con el fin de definir los requisitos que
se deben aportar para darle trámite a las diferentes solicitudes de devolución,
según el impuesto de que se trate, se estima conveniente dictar la presente
resolución. Por tanto,
RESUELVE:
CAPÍTULO
I
Requisitos
generales de las solicitudes
de devolución de créditos fiscales
Artículo 1°—Formulario de Solicitud. El
interesado deberá formular su solicitud de devolución de créditos tributarios,
en el formulario D.402 “Solicitud de devolución de impuestos” disponible en el
sitio web http://dgt.hacienda.go.cr; y deberá presentarlo en la Administración
Tributaria a que esté adscrito o bien, podrá realizar la solicitud por medio de
los sistemas informáticos que la Administración Tributaria ponga a su
disposición.
Tanto el formulario de solicitud como las notas aclaratorias que se
presenten, deben estar debidamente suscritas por el solicitante o su
representante y, en caso de no presentarlas personalmente, las firmas deben
estar debidamente autenticadas en todos los documentos.
Este requisito no será necesario cuando se presente por medios electrónicos
autorizados por esta Dirección, salvo que requieran de firma digital, la cual
deberá constar.
Artículo 2°—Certificación de personería jurídica o poder. Cuando la
solicitud se realice en nombre de una persona jurídica, o en representación de
una persona física, quien firme la solicitud de devolución, deberá aportar
certificación de personería jurídica con no más de tres meses de emitida, o
poder suficiente para actuar.
Artículo 3º—Prueba documental. El interesado deberá presentar la
prueba documental en la que fundamenta su solicitud.
Cuando se trate de fotocopias, éstas deberán ser legibles, completas,
además de contar con la debida certificación por parte de notario público o de
la autoridad competente. En su defecto, podrá aportarse el documento original y
una fotocopia, en cuyo caso, la Administración Tributaria procederá a su
confrontación.
Cuando se aporten al expediente facturas a crédito o sin sello de
cancelación, deberán aportarse los correspondientes recibos de pago.
Artículo 4°—Constancia de Cuenta Cliente. El solicitante deberá
presentar constancia de Cuenta Cliente donde desee que se le realice el
depósito de la suma reconocida. En caso de que la cuenta cliente no se
encuentre a nombre del solicitante, deberá el interesado mediante nota,
realizar indicación expresa de que solicita que se le deposite el crédito a su
favor en esa cuenta cliente, a fin de que conste en el expediente que no se
trata de un error de su parte.
CAPÍTULO
II
Otros
requisitos y prevención
Artículo 5°—Requisitos específicos. El
interesado, además de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos
del 1 al 4 de la presente resolución, deberá aportar los requisitos
específicos, de acuerdo con la naturaleza del crédito que reclama, detallados
en el Anexo “Requisitos específicos para devoluciones según la naturaleza del
crédito”, el cual forma parte de esta resolución.
Artículo 6°—Otros requisitos. La Administración Tributaria podrá
solicitar requisitos adicionales a los establecidos en esta resolución, siempre
y cuando los mismos sean atinentes según la naturaleza del crédito.
Artículo 7°—Requerimiento. En caso de que la solicitud del
interesado esté incompleta o cuando a criterio de la Administración Tributaria,
sea necesario el cumplimiento de requisitos adicionales, se emitirá un único
requerimiento donde se pondrá en conocimiento del interesado los requisitos que
debe aportar y se le otorgará un plazo de 10 días hábiles, a efectos de que presente
los documentos requeridos. En caso de incumplimiento, se declarará inadmisible
la solicitud y se tendrá por no presentada para todos los efectos,
procediéndose al archivo del expediente.
Solo se permitirá la emisión de un segundo requerimiento, cuando el
material probatorio aportado fuera incompleto o genere inconsistencias.
Artículo 8º—La presente resolución sustituye el apartado denominado
“Devolución de saldos acreedores las solicitudes de devolución” del “Manual de
trámites del Ministerio de Hacienda”, publicado en el Alcance Nº
Artículo 9º—Vigencia: Rige a partir de su publicación.
Transitorio I.—Las
disposiciones de la presente Resolución son de aplicación en el trámite de
aquellas solicitudes de devolución presentadas antes de la entrada en vigencia
de esta Resolución, siempre y cuando no se haya notificado al interesado la
resolución que atiende su solicitud. Queda facultada la Administración
Tributaria para hacer una segunda prevención, en caso de que ya lo hubiera
hecho, de los nuevos requisitos indicados en esta Resolución.
Transitorio II.—Los interesados podrán formular
la solicitud de devolución de créditos
tributarios, en el formulario pre impreso D.402 “Solicitud de devolución de
impuestos” mientras haya en existencia.
ANEXO
Requisitos
específicos para devoluciones
según la naturaleza del crédito
Instrucciones generales:
I. De todo
documento que a continuación se indica que deba ser aportado por el interesado,
deberá presentarse copia certificada, u original y fotocopia para su
confrontación por parte del funcionario tributario, salvo que expresamente se
indique que deba aportarse el original.
II. Todo
documento elaborado por el contribuyente, deberá venir firmado por éste o por
su representante legal, con la firma debidamente autenticada o en su defecto,
presentado por el firmante personalmente para su confrontación por parte del
funcionario tributario. Salvo que se trate de documentos digitales que cuenten
con firma digital.
III. En
caso de que el interesado presente su solicitud de devolución en un formulario
impreso, deberá aportar una nota donde aclare el origen del crédito.
IV. El
gestor encargado del caso del estudio podrá indicar al interesado la remisión
de imágenes o archivos de documentos vía
correo electrónico para efectos de celeridad, sin perjuicio de su posterior
presentación en documento físico, salvo que se trate de documentos digitales
que cuenten con firma digital.
V. Todos
los resúmenes solicitados, deberán ser elaborados en el formato Excel y
aportarse en respaldo digital cuando así sea requerido, o cuando su impresión
implique un gasto considerable para el interesado.
VI. De
los cuadros resumen elaborados por el interesado, se podrá requerir la
presentación de muestras de los documentos ahí enumerados, conforme lo
considere el resolutor encargado del estudio.
1. Cuando el crédito se origina por retenciones del Impuesto sobre
la Renta e Impuesto General sobre las Ventas
■ Detalle de
Agentes de Retención y el monto total retenido, por cada uno de los agentes,
donde se indique nombre del agente, cédula del agente, base de la retención,
monto total de la retención.
■ En caso de
que exista diferencia entre lo solicitado por el interesado y lo reportado por
el agente retenedor, deberá presentar Certificación original de las
retenciones, emitida por el agente de retención.
2. Impuesto sobre las Ventas y Selectivo de Consumo, según el
origen del crédito:
a. Producción de bienes exentos
■ Nota con el
detalle de los porcentajes de los bienes gravados y exentos que produce.
b. Adquisición de maquinaria de alto valor utilizada directamente
en el proceso productivo
i. Póliza de desalmacenaje o factura de compra.
ii. Informe pericial o técnico, elaborado por una
persona experta en el proceso productivo, donde se indique en que etapa de
dicho proceso, se utiliza la maquinaria en cuestión.
c. Ventas al Estado o empresas que gocen de exención
i. Órdenes de compra a nombre de las entidades
exoneradas (muestra de las ventas exentas).
ii. “Resumen de ventas exentas” y “Resumen de
Compras y Servicios Nacionales Gravados” por cada solicitud de devolución. El
resumen debe contener la información organizada bajo las siguientes columnas:
1. Número de factura
2. Fecha de la Factura
3. Cliente
4. Número de: orden de compra, oficio de compras autorizadas, o nota
de exoneración
5. Total venta exenta en colones
iii. “Resumen de Importaciones Gravadas” por cada
solicitud de devolución. El resumen debe contener la información organizada
bajo las siguientes columnas:
1. Número de factura del proveedor
2. Fecha de la Factura del proveedor
3. Nombre del Proveedor
4. Descripción de cada ítem de la factura.
5. Monto en Dólares
6. Número de DUA
7. Fecha del DUA
8. Tipo de cambio
9. Monto en colones
10. Impuestos
11. Número de factura de la agencia
iv. Certificación de un Contador Público
Autorizado respecto de:
1. Si los impuestos reclamados fueron o no acreditados en la
declaración de ventas correspondiente, o en posteriores rectificaciones a ésta.
2. Si existen o no, notas de crédito que
emitieron los proveedores que afecten los montos de las facturas presentadas en
el reclamo tanto en lo que respecta al valor de la mercancía como al impuesto
reclamado.
3. Tratamiento contable dado al impuesto
reclamado. Se debe especificar el número o código de las cuentas contables
involucradas y su nombre, así como la fecha de los respectivos registros
contables (asientos o comprobantes de diario).
v. Cualquier otra documentación que respalde
la existencia del crédito, como por ejemplo: Nota de exoneración original, o
resolución en caso de exoneraciones subjetivas y objetivas, debidamente
emitidas por el Departamento de Exenciones de la DGH, Resumen de Compras
Nacionales Gravadas, etc.
d. Exportadores
i. Declaración de exportación presentada en el
período a que corresponde el crédito.
ii. Resumen de Exportaciones, por cada solicitud
de devolución. El resumen debe contener la información organizada bajo las
siguientes columnas:
1. Número de factura
2. Fecha de la Factura
3. Nombre del Cliente
4. Número de documento de exportación
5. Total venta en dólares
6. Tipo de cambio
7. Monto en colones
8. Resumen de Compras y Servicios Nacionales
Gravados.
9. Recibos de pago correspondientes a las
facturas presentadas.
10. Resumen de Importaciones Gravadas.
iii. Certificación de un Contador Público Autorizado respecto de:
1. Si los impuestos reclamados fueron o no acreditados en la declaración
de ventas correspondiente, o en posteriores rectificaciones a ésta.
2. Si existen o no, notas de crédito que
emitieron los proveedores que afecten los montos de las facturas presentadas en
el reclamo tanto en lo que respecta al valor de la mercancía como al impuesto
reclamado.
3. Tratamiento contable dado al impuesto
reclamado. Se debe especificar el número o código de las cuentas contables
involucradas y su nombre, así como la fecha de los respectivos registros
contables (asientos o comprobantes de diario).
e. Compras Locales Impuesto de
Ventas (Zonas Francas)
i. Resumen de compras locales, por cada solicitud de devolución. El
cuadro debe contener la información organizada bajo las siguientes columnas:
1. Número de factura
2. Fecha de la Factura
3. Nombre del Proveedor
4. Descripción de cada ítem de la factura.
5. Monto en colones sin el impuesto de cada ítem
6. Monto impuesto de ventas
7. Referencia –folio- (en esta columna se anota
el número de folio de la respectiva factura)
ii. Certificación de un Contador Público Autorizado respecto de:
1. Si los impuestos reclamados fueron o no acreditados en la
declaración de ventas correspondiente, o en posteriores rectificaciones a ésta.
2. Si existen o no, notas de crédito que
emitieron los proveedores que afecten los montos de las facturas presentadas en
el reclamo tanto en lo que respecta al valor de la mercancía como al impuesto
reclamado.
3. Tratamiento contable dado al impuesto
reclamado. Se debe especificar el número o código de las cuentas contables
involucradas y su nombre, así como la fecha de los respectivos registros
contables (asientos o comprobantes de diario).
3. Impuesto a la propiedad de vehículos, aeronaves y embarcaciones.
a) Doble Pago
i. Documento de devolución emitido por el Instituto Nacional de
Seguros donde se indica el monto de
devolución que corresponde a la Dirección General de Tributación.
ii. Recibo de pago (Marchamo) que prevalece.
b) Crédito generado por pago de otra placa
■ Documento
de devolución emitido por el Instituto
Nacional de Seguros, donde indica el monto de devolución que le corresponde a
la Dirección General de Tributación.
c) Crédito
generado por cambio de placa (particular /taxi– particular /bus)
i. Nota emitida por el Departamento de concesiones del MOPT, donde
conste la fecha en que se autorizó el cambio de categoría y la condición
asignada al automotor.
ii. Recibo de pago (Marchamo).
d) Crédito generado por tarifa preferencial (carga pesada)
i. Certificación del Registro Nacional donde conste la
característica de carga pesada (8 toneladas o más) del automotor.
ii. Recibo de pago (Marchamo).
e) Crédito generado por exoneración no aplicada (Diplomáticos,
Misiones Internacionales, Equipo Especial, instituciones gubernamentales,
Personas con discapacidad, etc.)
i. Recibo de pago (Marchamo).
ii. Nota de exoneración emitida por el
Departamento de Exenciones de la Dirección General de Hacienda.
f) Crédito
generado por cambio de valoración del vehículo
i. Informe técnico realizado por el Área de Valoraciones (resolución
determinativa del valor)
ii. Recibo de pago (Marchamo)
4. Impuesto a la Transferencia de Vehículos
Automotores, Aeronaves y Embarcaciones
a) Doble pago
i. Formularios D.121 ó recibos oficiales de pago (D.110) ambos
debidamente cancelados que demuestren el doble pago.
ii. Testimonio de la escritura de traspaso.
b) Crédito
generado por cambio de la valoración del vehículo
i. Formulario D.121 ó recibo oficial de pago (D.110) debidamente
cancelado.
ii. Testimonio de la escritura de traspaso.
iii. Estudio técnico realizado por el área de
Valoraciones (Resolución determinativa del valor).
c) Crédito
generado por pago indebido del Impuesto a la transferencia de vehículos en caso
de vehículos de primera inscripción
i. Formulario D.121 o recibo oficial de pago (D.110) debidamente
cancelado.
ii. Documento de inscripción en el Registro de la
Propiedad.
5. Impuesto de Traspaso de Bienes Inmuebles
a) Crédito
generado por Doble Pago
i. Formularios D.120 ó recibos oficiales de pago (D.110) cancelados.
ii. Testimonio de la escritura de traspaso.
b) Crédito
generado por cambio de valoración del inmueble
i. Formulario D.120 o recibo oficial de pago (D.110) debidamente
cancelado.
ii. Testimonio de la escritura de traspaso.
iii. Estudio técnico realizado por el área de
Valoraciones (Resolución determinativa del valor).
6. Derechos de Salida del Territorio Nacional
i. Comprobante de pago del “impuesto de salida”.
ii. En caso de menores de edad, constancia del
Registro Civil para verificar que quien solicita la devolución es el padre o
madre del menor o bien la certificación de la patria potestad.
7. Especies Fiscales:
a) Las especies fiscales que la Dirección General de Tributación
administra son únicamente el “Timbre Fiscal” y el “Timbre Consular”. Para ambos casos se requiere:
i. Detalle de los timbres objeto de la devolución, indicando la
cantidad de timbres según la denominación.
ii. Aportar la prueba documental pertinente, en
la que fundamenta su solicitud: Comprobante de pago y/o los timbres
respectivos, si los compró en especie física. Solo se admitirá originales.
iii. Debe estar claro de qué timbre o especie
fiscal se trata, porque la referencia genérica a “especies fiscales” o
expresiones similares no permite distinguir qué especie es.
iv. Para el caso de timbre fiscal, nota de la
Contabilidad Nacional donde se indique el ingreso del monto en las arcas del
Estado.
v. Para el caso del timbre consular, nota del
Ministerio de Relaciones Exteriores donde se indique que los mismos no fueron
utilizados.
b) Cuando
se trate de Timbres Fiscales utilizados en licitaciones se deberá presentar
además:
i. Entero de pago o los timbres originales, según el caso.
ii. Contrato suscrito con el proveedor.
iii. Copia del cartel de licitación.
iv. Oficio de la Contraloría General de la
República, donde deniega el refrendo del
contrato.
8. Impuesto solidario:
Doble pago:
i. Comprobante de ambos pagos.
a) Casos en que no corresponde parcial o totalmente el pago del
impuesto (Valor incorrecto, área incorrecta o mala utilización de la
tipología).
i. Justificación que demuestre el por qué no le corresponde el pago
del Impuesto.
ii. Pruebas que considere pertinentes.
Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 14217.—Solicitud Nº 6943.—C-170140.—(IN2012099719).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES
CERTIFICA:
1. Que la organización social denominada: Cooperativa Autogestionaria
de Pescadores de San Pablos de Nandayure R. L., siglas COOPEJUSANP R.L., se
encuentra inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este
Departamento mediante Resolución Nº 608 del 04 de setiembre de 1984. Que la
misma se encuentra disuelta, por haberse ordenado así en sentencia Nº 55-2008,
de las 12 horas 48 minutos del 23 de abril de 1998, del Juzgado de Trabajo de
Nicoya.
2. Que de conformidad con lo señalado en el
artículo 89 de la Ley de Asociaciones Cooperativas Nº 4179, del 22 de agosto de
1968 y sus reformas, disuelta una cooperativa, ésta entrará en liquidación
conservando su personalidad jurídica para estos efectos. Que dicha liquidación
estará a cargo de una Comisión Liquidadora, integrada por tres miembros, dos de
ellos nombrados por el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), en
representación del mismo y de los acreedores y el tercero por el Consejo de
Administración de la Cooperativa.
3. Que en cumplimiento de lo señalado en el punto
anterior y con vista en el oficio D.E Nº 1082-2012 de las 12:00 horas del 06 de
setiembre de 2012, suscrito por el Lic. Martín Robles Robles, Director
Ejecutivo, el Infocoop, integra la Comisión Liquidadora de esta cooperativa con
las siguientes personas: como representante del Infocoop, en el cargo de
Presidente el señor Luis Diego Hernández Núñez, portador de la cédula de
identidad Nº 2-415-400, en representación de los asociados en el cargo de
vicepresidente el señor Sergio Vallejos Rosales, portador de la cédula de
identidad Nº 5-226-834 y en representación del Infocoop y con el puesto de
secretario el señor Jorge Enrique Chaves Villalobos, portador de la cédula de
identidad 2-224-244.
4. Que la Comisión Liquidadora señalada, se
encuentra inscrita en los registros que al efecto lleva este Departamento,
visible al tomo 3, folio 9, asiento 198 del 25 de setiembre de 2012.
Es conforme: se extiende la
presente certificación, a solicitud del Infocoop, a las trece horas del
veintiséis de setiembre de dos mil doce.—Lic. José
Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—1 vez.—O.C.
33629.—Solicitud Nº 35956.—C-37620.—(IN2012099761).
MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
CONSULTA PÚBLICA NO VINCULANTE
Con fundamento en lo establecido
en el artículo 170 de la Constitución Política, artículo 4º, inciso a), 13,
inciso c) y 50 del Código Municipal, según consta en el artículo único,
capítulo único, del acta de la sesión extraordinaria Nº 057-2012 del 25 de
septiembre de 2012, el Concejo Municipal de Curridabat acordó someter a
consulta pública no vinculante, por espacio de 10 días hábiles, el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ORDENACIÓN
DE
CONTRIBUCIONES ESPECIALES
EN
CURRIDABAT
Artículo 1º—Hecho Generador:
Constituye el hecho generador de las contribuciones especiales la obtención por
el sujeto pasivo de beneficios derivados de la realización de obras públicas o
de actividades estatales de carácter local, tales como el establecimiento o
ampliación de servicios, dentro del territorio del cantón de Curridabat.
El producto de las contribuciones especiales
no podrá tener un destino ajeno a la financiación de las obras o de las
actividades que constituyen la razón de ser de la obligación.
Artículo 2º—Sujeto Activo: Para
efectos de este tributo, la municipalidad de Curridabat tendrá el carácter de
administración tributaria.
Artículo 3º—Sujeto Pasivo: serán
sujetos pasivos de las contribuciones especiales los propietarios o poseedores
del inmueble beneficiado.
Artículo 4º—Base Imponible: La base
imponible de las contribuciones especiales está constituida por el costo total
de la obra o servicio en cuestión. Se incluirá en el costo total, además de los
materiales y la mano de obra con sus respectivas cargas sociales, los gastos de
administración e ingeniería, el precio de los terrenos por adquirir, el pago de
mejoras o indemnizaciones por edificaciones que han de ser demolidas o
reparadas y, en su caso, los costos financieros.
Artículo 5º—Criterios de repartición:
la base imponible de las contribuciones especiales se repartirá entre los
sujetos pasivos aplicando como criterio de reparto, según las particularidades
del caso, conjunta o separadamente, los metros lineales de fachada de los
inmuebles, su superficie, su volumen edificable y el valor de los inmuebles
beneficiados utilizado a efectos del impuesto sobre bienes inmuebles regulado
por la ley 7509 y sus reglamentos.
La proporción resultante se aplicará a la
base imponible para determinar el monto a pagar por cada sujeto pasivo.
Artículo 6º—Devengo: Las
contribuciones especiales se devengan en el momento en que las obras se hayan
ejecutado o el servicio haya comenzado a prestarse. Si las obras fueran
fraccionables, el devengo se producirá desde que se hayan ejecutado las
correspondientes a cada tramo o fracción de la obra.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado
anterior, una vez aprobado el acuerdo de imposición y ordenación, la
Municipalidad podrá exigir por anticipado el pago de las contribuciones
especiales en función del importe del coste previsto para el año siguiente. No
podrá exigirse el anticipo de una nueva anualidad sin que hayan sido ejecutadas
las obras para las cuales se exigió el correspondiente anticipo.
El momento del devengo de las contribuciones
especiales se tendrá en cuenta a los efectos de determinar la persona obligada
al pago.
Artículo 7º—Pago: El pago de cada
contribución especial estará regulado por el acuerdo de ordenación respectivo.
Una vez finalizada la realización total o parcial de las obras, o iniciada la
prestación del servicio, se procederá a señalar los sujetos pasivos, la base y
las cuotas individualizadas definitivas, girando las liquidaciones que procedan
y compensando como entrega a cuenta los pagos anticipados que se hubieran
efectuado.
Artículo 8º—Morosidad: El atraso en
los pagos de tributos generará multas e intereses moratorios, que se calcularán
según el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Las deudas por tributos municipales
constituirán hipoteca legal preferente sobre los respectivos inmuebles.
Artículo 9º—Imposición: La exacción de
las contribuciones especiales precisará la previa adopción del acuerdo de
imposición en cada caso concreto. Dicho acuerdo verificará que se realice el
hecho generador de las contribuciones especiales y deberá ser aprobado por el
Concejo Municipal.
Artículo 10.—Ordenación:
El acuerdo relativo a la realización de una obra o al establecimiento o
ampliación de un servicio que deba costearse mediante contribuciones especiales
no podrá ejecutarse hasta que se haya aprobado la ordenación concreta de éstas.
La aprobación de la ordenación seguirá el siguiente proceso:
a) Un acuerdo provisional de ordenación que al menos contemple i) el
costo previsto de las obras y servicios, ii) los sujetos pasivos, iii) la zona
beneficiada por la actuación municipal, iv) los criterios de reparto, v) las
cuotas individuales correspondientes a cada sujeto pasivo vi) la fecha en que
se espera la conclusión de las obras y por consiguiente, el devengo de la
contribución, vii) la forma de cobro de las contribuciones, y viii) el inicio y
fin del periodo de exposición al público, será publicado en el diario oficial La
Gaceta y notificado a los sujetos pasivos identificados – notificación que
podrá realizarse por medio de diarios de circulación nacional.
b) Una vez notificados los sujetos pasivos, se
dará un período de exposición al público de al menos 10 días hábiles, dentro
del cual los interesados podrán objetar el contenido del acuerdo. De
conformidad con el artículo 154 inciso a), estas objeciones no tendrán el
carácter de recurso formal por tratarse de un acto provisional, y solamente
buscarán dar voz a los munícipes.
c) Finalizado el período de exposición pública,
la Municipalidad podrá adoptar el acuerdo definitivo.
Allan de Jesús Sevilla Mora,
Secretario del Concejo.—1 vez.—RP2012326306.—(IN2012099537).
IMPLEMENTACIÓN DEL CERTIFICADO
URBANÍSTICO
Y DE RECIBO DE OBRAS
Con fundamento en lo establecido en el artículo 170 de la Constitución
Política, artículo 4º, inciso a), 13, inciso c) y 50 del Código Municipal, según
consta en el artículo 1º, capítulo 3º, del acta de la sesión ordinaria Nº
122-2012, del 30 de agosto de 2012, el Concejo de Curridabat acordó aprobar y
autorizar la implementación del “Certificado Urbanístico y Recibo de Obras” de
la Municipalidad de Curridabat que dice literalmente:
Certificado de Cumplimiento Urbanístico y
Recibo de Obras.
Artículo 1º—Fundamento. El
Certificado de Cumplimiento Urbanístico o recibo de obras, con fundamento en el
artículo 89 de la Ley de Construcciones, es el documento mediante el cual la
Municipalidad certifica que la obra ha sido construida conforme a lo aprobado
en el permiso de construcción y su respectivo plano. En concordancia con el
Plan Regulador del Cantón de Curridabat.
Artículo 2º—Funcionario competente. El
funcionario municipal competente para otorgar el Certificado de Cumplimiento
Urbanístico, es el Director de Desarrollo y Control Urbano.
Artículo 3º—Solicitud. El Certificado
de Cumplimiento Urbanístico y recibo de obras, debe ser solicitado por el
propietario del proyecto o por el profesional acreditado en la Municipalidad
como responsable de la misma una vez finalizada la obra o que tenga un mínimo
de avance del 95% de las obras de infraestructuras.
Artículo 4º—Importancia. Para la
autorización de ocupación y uso del proyecto, sea este residencial, comercial o
mixto, debe ostentar con el Certificado de Cumplimiento Urbanístico y Recibo de
Obras, según esta normativa.
Artículo 5º.—Plazo.
El Certificado de Cumplimiento Urbanístico deberá ser expedido dentro de
los quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a su solicitud. Si
la complejidad de la obra requiere de mayor tiempo, la Municipalidad, mediante
resolución razonada podrá ampliar dicho término a treinta días hábiles, lo cual
deberá ser notificado al solicitante en el lugar o medio señalado para recibir
notificaciones.
Artículo 6º—Inspección. Para todos los
efectos la Municipalidad, por medio de la sección de inspección, realizara la
correspondiente visita de campo y verificación en sitio, dentro del plazo
estipulado en el artículo 4, del acatamiento del permiso de construcción
otorgado. De encontrarse incumplimientos o faltas, al permiso otorgado, los
mismos serán comunicados al propietario, indicándose para cada caso el proceso
de corrección. Una vez corregidas las faltas, el propietario deberá solicitar
nuevamente el Certificado de Cumplimiento Urbanístico y Recibo de Obra.
Artículo 7º—Contenido del certificado de
Cumplimiento Urbanístico. El Certificado de Cumplimiento Urbanístico y
recibo de Obra, contiene, el nombre del propietario de la obra, el nombre del
profesional responsable, el tipo de obra construida, la ubicación, la
identificación de la licencia de construcción, la fecha de expedición, y el
nombre, puesto y firma del funcionario que lo expide. Autorizando la Ocupación
del Inmueble.
Artículo 8.—Vigencia
del certificado de Cumplimiento Urbanístico. La vigencia del Certificado de
Cumplimiento Urbanístico es indefinida, hasta tanto la obra no sufra
modificaciones o remodelaciones que exijan la obtención de una nueva licencia
de construcción.
Artículo 9º—Otorgamiento Parcial del
Certificado de Cumplimiento Urbanístico. El Certificado de Cumplimiento
Urbanístico podrá ser otorgado en forma parcial, en caso de que la construcción
haya sido ejecutada por etapas.
Las instituciones públicas, semi-públicas o
autónomas, o las empresas privadas, mixtas, que mediante concesión tengan a
cargo la prestación de un Servicio Público, exigirán, previo al otorgamiento de
cualquiera de los servicios públicos que presta, el Certificado de Cumplimiento
Urbanístico.
Artículo 10.—Reposición.
En caso de deterioro o pérdida del Certificado de Cumplimiento Urbanístico,
el interesado podrá solicitar su reposición ante la Municipalidad. Para dicha
reposición será necesaria la presentación por parte del interesado de una
declaración jurada, en el caso de pérdida, y el documento mismo en caso de
deterioro. El otorgamiento es gratuito.
Rige a partir de su publicación.
Allan de Jesús Sevilla Mora,
Secretario del Concejo.—1
vez.—RP2012326308.—(IN2012099538).
REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE FESTEJOS
POPULARES
DEL CANTÓN DE CURRIDABAT
Con fundamento en lo establecido
en el artículo 170 de la Constitución Política, artículo 4º, inciso a), 13,
inciso c) y 50 del Código Municipal, según consta en el artículo único,
capítulo único, del acta de la sesión extraordinaria Nº 057-2012 del 25 de
setiembre de 2012, el Concejo Municipal de Curridabat acordó promulgar el
presente Reglamento de la Comisión de Festejos Populares del Cantón de
Curridabat, que se somete a consulta pública no vinculante, por espacio de 10
días hábiles.
CAPÍTULO I
De las funciones, atribuciones y
responsabilidades de la comisión
Artículo 1º—La Comisión de Festejos
Populares del Cantón de Curridabat se nombrará con el objetivo de planificar,
organizar, administrar y desarrollar los festejos populares que se realicen
dentro del Cantón con la finalidad de lograr la mayor obtención de utilidades
destinadas a la ejecución de obras comunales que definirá el Concejo Municipal
de Curridabat.
Artículo 2º—La Comisión de Festejos Populares
del Cantón de Curridabat tiene por naturaleza jurídica el constituirse en un
órgano colegiado perteneciente a la Municipalidad de Curridabat. Estará
adscrita al Concejo Municipal. Su titularidad corresponde a un conjunto de
personas físicas, sujetas a las disposiciones del Concejo Municipal como su
superior jerárquico y a la normativa que regula la materia.
Artículo 3º— Esta comisión será nombrada por
el Concejo Municipal y estará integrada por cinco miembros, todos mayores de
edad, vecinos del Cantón de Curridabat y de reconocida solvencia moral. No
podrán ser miembros de la comisión, el Alcalde o Alcaldesa Municipal, las o los
Vicealcaldes municipales, las y los regidores propietarios y suplentes, las y
los síndicos propietarios y suplentes. Los miembros serán electos por mayoría
simple de la totalidad de los miembros del Concejo.
Los integrantes de la comisión deberán rendir
declaración jurada de su situación patrimonial al inicio y a la finalización de
conformidad con el artículo 23 de la Ley contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, cuando así lo determine la
Contraloría General de la República en el uso de las potestades que le confiere
la ley.
Artículo 4º—La Comisión y solidariamente sus
integrantes, serán responsables de la buena administración de los fondos que
maneje la Comisión y del cumplimiento de la normativa legal aplicable.
Artículo 5º—En la primera sesión de la
Comisión entre sus integrantes deberán nombrar una Junta Directiva, constituida
por Presidente o Presidenta, secretario o secretaria, tesorero o tesorera y dos
vocales, junta que será responsable de la dirección de cada una de las subcomisiones
que la Comisión resuelva nombrar.
Para efectos operativos, la comisión contará
con la asesoría directa y obligatoria de la Tesorería y la Contabilidad
Municipal.
Además tendrán la asesoría de: a) Un abogado
de la Dirección de Asuntos Jurídicos; b) Un representante de la Proveeduría
Municipal; c) Un representante de la Dirección Financiera y un representante de
la Auditoria Municipal de conformidad con lo establecido en la Ley de Control
Interno que preceptúa la obligación de brindar asesoría al órgano superior.
La Comisión podrá apoyar sus funciones y
planes de ejecución con los funcionarios municipales atinentes a la materia y
al cargo.
También podrá el Concejo Municipal designar
funcionarios municipales que cumplan los perfiles que establece este
Reglamento, a los fines de concebir un vínculo más estrecho entre la actividad
de los festejos populares y la municipalidad.
Artículo 6º—La Presidencia de la Comisión,
tendrá las siguientes funciones:
1. Abrir, presidir, comprobar el quórum y cerrar las sesiones de la
Comisión.
2. Velar porque la Comisión cumpla con las
funciones y propósitos para los cuales fue creada.
3. Dictar las directrices e impartir las
instrucciones administrativas que estime pertinentes, siempre que no
contravengan disposiciones o acuerdos de la Comisión.
4. Confeccionar el orden del día de las sesiones
de la Comisión.
5. Ejecutar y/o vigilar que se ejecuten los
acuerdos de la Comisión.
6. Firmar, conjuntamente con el tesorero de la
Comisión, los cheques emitidos para cancelar los gastos autorizados por la
Comisión y vigilar que los cheques que deba firmar, anexen los comprobantes y
justificantes necesarios, que amparen el egreso y que éste tenga contenido
dentro del presupuesto aprobado. En estos casos y para efectos contables, los
ingresos y egresos provenientes de Festejos Populares se manejarán en una
cuenta bancaria separada de las cuentas municipales.
7. Firmar conjuntamente con el secretario de la
Comisión, las actas de las sesiones.
8. Suscribir, en representación de la Comisión,
los contratos, convenios y compromisos que ésta apruebe.
9. Informar al Concejo Municipal, dentro del mes
siguiente a su nombramiento, sobre el Plan Presupuesto y de Trabajo, que la
Comisión ha aprobado. El Concejo, una vez conocido el Plan y el Presupuesto,
podrá hacer a la Comisión, las observaciones que estime necesario, con la
debida justificación.
10. Informar mensualmente al Concejo Municipal,
sobre el avance del Plan General y sobre la ejecución del presupuesto, con un
detalle contable de los ingresos y egresos.
11. Velar por el cumplimiento del Plan de Trabajo
y el Presupuesto aprobado.
12. Velar por el debido cumplimiento de los
contratos suscritos.
13. Las demás que la Ley o el Concejo Municipal
le impongan en razón de su cargo.
Artículo 7º—La tesorería de la
Comisión, tendrá las siguientes funciones:
1. Rendir la garantía, a la que hace referencia el Artículo 6 de la
Ley Nº 4286, Ley de Nombramiento de Comisiones de Festejos Populares, la cual
consistirá en una póliza de fidelidad por una suma equivalente al diez por
ciento del total de los ingresos obtenidos por la Comisión durante los festejos
realizados el año inmediato anterior, garantía que será pagada con fondos de la
Comisión con una vigencia que irá desde quince días posteriores a su
nombramiento hasta un mes posterior a la finalización de los festejos
correspondientes.
2. Supervisar que todos los ingresos de la
Comisión ingresen a la cuenta especial que para esos efectos abrirá la oficina
municipal correspondiente.
3. Depositar o verificar que cualquier suma de
dinero recibida, sea depositada en la cuenta corriente de la comisión, dentro
de las siguientes veinticuatro horas.
4. Ser responsable y mantener en custodia los
cheques en blanco o no entregados, con cargo a la cuenta especial de la
comisión.
5. Firmar, conjuntamente con el presidente de la
Comisión, los cheques emitidos para cancelar los gastos autorizados por la
Comisión y vigilar que los cheques que deba firmar, anexen los comprobantes y
justificantes necesarios, que amparen el egreso y que éste tenga contenido
dentro del presupuesto aprobado. Para estos efectos la contabilidad y tesorería
municipal a cargo de la cuenta especial de los festejos populares, preparará un
expediente para cada emisión de cheques, con toda la información atinente al
egreso.
6. Presentar mensualmente a la Comisión, un
informe contable, que consigne los ingresos en dinero efectivo y los egresos
realizados. Este informe debe de contemplar, si fuere del caso, las donaciones
de materiales y servicios que eventualmente reciba la Comisión, haciendo la
respectiva valoración para efectos contables. Para estos fines contará con la
asesoría obligatoria de la contabilidad municipal
7. Vigilar porque los libros y cuentas contables
que este Reglamento y las normas contables ordinarias exigen se lleven conforme
a las normas contables, usuales y al día.
8. Ejercer control sobre los egresos para que los
mismos se ajusten a lo presupuestado.
9. Controlar que los pagos efectuados por la
Comisión no incluyan el impuesto sobre las ventas y que se hagan las
retenciones de impuesto sobre renta, cuando estas correspondan, así como hacer
el pago oportuno de esas retenciones a la Tributación Directa.
10. Vigilar por el buen manejo de la caja chica y
velar porque en todo momento haya dinero disponible en ella, pudiendo delegar
en el contador de la comisión, el manejo de esta, previo acuerdo de la
Comisión.
11. Las otras que imponga la Ley o el Concejo
Municipal le impongan en razón de su cargo.
Deberá coordinar todo lo
referente a ingresos y gastos con la Tesorería y la Contabilidad, quiénes
estarán obligados a brindar toda la asesoría correspondiente.
Artículo 8º—La secretaría de la
Comisión, tendrá las siguientes funciones:
1. Llevar un Libro de Actas debidamente legalizado por la Auditoria
Municipal.
2. Comunicar las resoluciones de la Comisión a
quienes corresponda.
3. Someter a conocimiento y aprobación de la
Comisión, al inicio de cada sesión, el texto del acta de la sesión anterior.
4. Firmar conjuntamente con el presidente de la
Comisión las actas, las que deben de contener fecha y hora de la sesión y
detalle de los miembros que asisten a la misma.
5. Anotar detalladamente cada uno de los acuerdos
adoptados y el nombre de los integrantes que votan a favor y el de los que
votan en contra. En el detalle de todos los acuerdos adoptados, el secretario
pondrá especial énfasis en anotar lo necesario sobre las actividades a
realizar, el lugar en que se realizarán, los gastos aprobados, el número de
puestos del campo ferial que se rematarán, la base aprobada para el remate de
esos puestos, hora, fecha y lugar en que se efectuará cada venta de puestos,
detalle del resultado de cada venta, consignando en cada caso el nombre de la
persona a quien se adjudicó cada puesto, el precio de la adjudicación y un
detalle general de la suma recaudada por ese concepto y cualquier otro dato que
se considere importante consignar sobre los eventos especiales que se apruebe
realizar a cada subcomisión. De la misma forma, el secretario, anotará el
detalle general de los ingresos y egresos de la Comisión, según reporte del
tesorero, los gastos aprobados por la Comisión, los contratos autorizados por
la Comisión en que se consigne como mínimo el objeto, el precio, la forma de
pago y si medió o no alguna forma de concurso para hacer la contratación,
cuando esto fuese necesario o en su caso la autorización para que no hubiese
concurso. Igualmente se anotará el detalle de los activos que queden al
finalizar los festejos.
6. Atender la correspondencia enviada y recibida,
la que anotará en el acta.
7. Ingresar en el acta el acuerdo de aprobación
de la liquidación final de ingresos y egresos de la Comisión.
8. Las otras que la Ley o el Concejo Municipal le
impongan en razón de su cargo.
Artículo 9º—En caso de que la
Comisión delegue la organización de actividades especiales en subcomisiones
nombradas para tal efecto, éstas deberán contar al menos con un miembro de la
Comisión, y deberán rendir un informe escrito a la Comisión con copia al
Concejo Municipal detallando todas las actividades realizadas y aportando toda
la documentación relativa a la actividad de que se trate.
CAPÍTULO II
De la Fiscalía
Artículo 10.—El
Concejo Municipal designará un Fiscal o Fiscala de la Comisión de Festejos que
con la idoneidad y conocimiento básico tendrá por funciones las siguientes:
1. Asistir a todas las sesiones de la Comisión de Festejos con derecho
a voz pero sin voto.
2. Formular observaciones y objeciones en
relación a acuerdos o decisiones de la Comisión de Festejos que estime
contrarios al ordenamiento jurídico o los principios de transparencia, deber de
probidad, imparcialidad y no discriminación, eficiencia y eficacia.
3. Rendir informes al Concejo Municipal en
cualquier momento acerca de cualquier acuerdo, decisión, resolución o convenio
que estime contrario al ordenamiento jurídico y que pueda comprometer la
responsabilidad patrimonial de la Municipalidad de Curridabat “. 4. Mantener
vigilancia acerca de las actividades y actuaciones de las Subcomisiones
nombradas para actividades especificas”.
CAPÍTULO III
De los ingresos y donaciones
Artículo 11.—Por
la percepción de fondos y donaciones en dinero efectivo, la Tesorería Municipal
de la Municipalidad de Curridabat o la entidad bancaria en donde se realice el
depósito, emitirá un comprobante de ingreso.
Artículo 12.—Todos
los ingresos que se obtengan durante los festejos, deberán ser depositados en
la tesorería municipal y acreditados en la cuenta corriente bancaria que para
tal efecto debe abrir dicha oficina, a nombre de la Comisión de Festejos
Populares. Dichos ingresos deben estar registrados y clasificados en el libro
contable Mayor Auxiliar de Ingresos que llevará la contabilidad municipal en
forma obligatoria como apoyo a la comisión de festejos populares.
Una vez determinada la correspondiente
liquidación de ingresos y egresos, la Tesorería Municipal trasladará los
recursos de las utilidades a las arcas municipales y dejará la cuenta inactiva
para efectos bancarios; procediendo a activar la misma cuando ingresen los
nuevos miembros de Comisión.
Artículo 13.—Todos
los fondos que perciba la Comisión y las donaciones en dinero efectivo,
materiales y servicios deberán ser comunicados por el Tesorero en la sesión
próxima inmediata que realice la Comisión, y constar en el acta respectiva.
Al efectuar los depósitos de los ingresos
recaudados, el Tesorero deberá llevar un registro de ingresos, que cuente al
menos con numero de depósito o cheque, nombre del depositante, fecha y
concepto.
Artículo 14.—La
Comisión efectuará la adjudicación de puestos mediante remate público, para lo
cual deberá publicarse un aviso en uno de los periódicos de mayor circulación,
o en su defecto por medio de “cuñas” radiales. Cada puesto deberá adjudicarse
al mejor postor.
Artículo 15.—Los
activos que quedaren al finalizar los festejos serán vendidos siguiendo el
mismo trámite señalado en el artículo anterior.
Artículo 16.—La adjudicación de puestos, los
contratos suscritos por la Comisión con terceros y las ventas de activos
sobrantes, deberán ser cancelados en el acto, y depositados en las arcas
municipales, en la cuenta corriente de la Comisión.
CAPÍTULO IV
De los gastos
Artículo 17.—Las
erogaciones en que incurra la Comisión deberán corresponder, guardar relación y
ser indispensables para el desarrollo de las actividades propias para las que
fue nombrada la Comisión.
Artículo 18.—Todos
los gastos, excepto los pagados por caja chica, deberán pagarse mediante
cheque, los cuales se registrarán y clasificarán en el Mayor Auxiliar de gastos
por orden numérico consecutivo. Cada gasto deberá ser comprobado mediante
justificante original, debidamente cancelado, extendido a nombre de la Comisión
y que indique el recibido conforme de los bienes y servicios por parte de algún
miembro de la Comisión. Los miembros de la Comisión autorizados para firmar los
cheques, deben revisar los justificantes de gastos que los amparan, antes de
firmarlos. En todos los cheques emitidos deberá tacharse la leyenda “o al
portador”.
Artículo 19.—Todas
las erogaciones que requieran emisión de cheque serán autorizadas de previo por
la Comisión y constar en actas. Asimismo, dichos egresos requerirán
necesariamente de la emisión de una orden de pago.
Artículo 20.—Los
gastos que sean objetados por la Auditoría Municipal al efectuar el estudio de
los documentos y de la liquidación correspondiente, serán asumidos
proporcionalmente por los miembros de la Comisión que los hubieren autorizado,
quienes deberán reintegrarlos dentro de un plazo no menor de un mes a partir de
la fecha en que se reciba el informe preparado por la Auditoría.
El Concejo Municipal ejercerá las acciones
administrativas, civiles o penales necesarias para sentar las responsabilidades
del caso, cuando comprobare incorrección o irregularidad en el manejo de
fondos, y si fuere del caso, remitirá el asunto a las autoridades judiciales
competentes.
Si no se logra la recuperación de esas sumas
por la vía administrativa, el Concejo deberá ejercer las acciones judiciales
correspondientes para el resarcimiento de las mismas, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 210 de la Ley General de la Administración Pública.
Artículo 21.—Ningún
funcionario municipal que apoye la labor de la Comisión de Festejos Populares
devengará dieta alguna.
El Departamento de Presupuesto deberá
identificar todos los gastos, en los que incurra la Administración, para que
una vez que este lista la liquidación de la Comisión, se procede a rebajar los
mismos de dicho monto. El costeo por concepto de recolección de desechos
sólidos, aseo de vías, riego, lavado de campo ferial, y los gastos por concepto
de horas extras y las cargas sociales sobre las horas extra del personal de
apoyo deberán de ser incorporados como gastos propios de los festejos
populares. No se autoriza el pago de recargos de funciones. No se autorizan
seguros de ningún tipo sobre vehículos que no sean propiedad municipal. La
alimentación de los funcionarios que participen en dicha actividad, será por su
propia cuenta, en virtud de estar devengando horas extras. Para tal caso se
autoriza a la Administración Municipal a realizar los ajustes tributarios
correspondientes, por concepto de tasas de recolección de desechos sólidos y
aseo de vías.
CAPÍTULO V
De las utilidades
Artículo 22.—Las
utilidades obtenidas en los festejos serán depositadas íntegramente por la
Comisión en la Municipalidad, para que después de los trámites pertinentes, se
proceda a hacer la distribución conforme con el acuerdo previamente tomado por
el Concejo Municipal. Dichos fondos serán destinados únicamente para obras de
bien comunal y en ningún caso para sufragar gastos administrativos ordinarios o
extraordinarios de la corporación municipal.
CAPÍTULO VI
Del Banco
Artículo 23.—Previo
acuerdo expreso del Concejo, deberá abrirse una cuenta corriente bancaria
especial a nombre de la Comisión con un monto mínimo de ¢2 millones reservado
de la liquidación de la comisión anterior. Dicha cuenta funcionará bajo el
sistema de dos firmas giradoras mancomunadas: la del presidente o presidenta y
del tesorero o tesorera de la Comisión.
Artículo 24.—La
cuenta corriente bancaria deberá conciliarse mensualmente conforme se reciban
los estados bancarios para cuyo efecto se contará con la asistencia de la contabilidad
municipal.
CAPÍTULO VII
Del fondo de caja chica
Artículo 25.—Mediante
acuerdo de la Comisión, podrá crearse un fondo fijo reembolsable que funcionará
como caja chica para la atención de gastos menores urgentes.
Artículo 26.—El
monto del fondo de caja chica dependerá del movimiento económico que pudiesen
generar los festejos, a criterio de la Comisión; sin embargo dicho fondo no
podrá exceder la suma de ¢40.000,00. Se podrán realizar gastos hasta por la
suma de ¢2.000,00 por cada desembolso que se haga con recursos de este fondo.
Artículo 27.—La caja
chica se establecerá mediante cheque que se girará a nombre del Tesorero de la
Comisión, quien será el responsable de su manejo y velará porque en todo
momento haya dinero disponible para la atención de las necesidades urgentes y
menores de la Comisión. Su remanente se depositará en la cuenta corriente
bancaria de la Comisión, previo a la liquidación.
Artículo 28.—Todos
los reembolsos de caja chica deberán respaldarse con justificantes que reúnan
los requisitos establecidos en los artículos 17 y 18 de este reglamento. Los
cheques que se emitan para efectuar dichos reembolsos deberán girarse a nombre
del Tesorero.
CAPÍTULO VIII
De las dietas
Artículo 29.—Los
miembros de la comisión tendrán derecho a dietas durante los dos meses
anteriores a la fecha de inicio de los festejos populares y en el mes siguiente
a su finalización. No podrán celebrar más de cuatro sesiones remuneradas por
mes y el monto de cada dieta será igual al cincuenta por ciento de las dietas
que reciban los regidores propietarios del cantón respectivo.
CAPÍTULO IX
Del sistema contable
Artículo 30.—La
Comisión contará con los siguientes registros contables, que deberán ser
legalizados por la Auditoría Municipal.
a) Un mayor auxiliar de ingresos que contenga: fecha, nombre de la
persona o entidad de la cual proviene el ingreso, número y fecha del
comprobante de ingreso y del depósito bancario, y un detalle de las cuentas de
ingresos.
b) Un mayor auxiliar de egresos que contenga un
detalle de cheque girado y de las cuentas de gastos que se afectan.
Artículo 31.—Para
el registro de las operaciones de la Comisión se establece el siguiente cuadro
de cuentas:
1. Ingresos:
1.1 Remate de puestos.
1.2 Venta de entradas a las corridas de toros.
1.3 Venta de entradas a bailes.
1.4 Venta de votos para reinado.
1.5 Venta de entradas a otras actividades
especiales (sociales, culturales o deportivas)
1.6 Cobro de inscripciones para carnaval.
1.7 Cobro de inscripciones para tope.
1.8 Cobro de inscripciones para otras actividades
especiales (sociales, culturales o deportivas).
1.9 Venta de derechos publicitarios
1.10 Donaciones
1.11 Otros ingresos
2. Gastos
2.1 Gastos administrativos y generales.
2.2 Gastos relacionados con las corridas de
toros.
2.3 Gastos relacionados con las actividades de
los bailes.
2.4 Gastos relacionados con la actividad de
reinado.
2.5 Gastos relacionados con la actividad del
carnaval.
2.6 Gastos relacionados con la actividad del
tope.
2.7 Gastos relacionados con otras actividades
sociales.
2.8 Gastos relacionados con actividades
culturales.
2.9 Gastos relacionados con actividades
deportivas.
2.10 Otros gastos.
CAPÍTULO X
De la contratación administrativa
Artículo 32.—La comisión deberá
contratar la adquisición de bienes, suministros y servicios, de conformidad con
la Ley General de la Contratación Administrativa y el Reglamento de la
Contratación Administrativa, rigiéndose para tal efecto por el monto del
presupuesto ordinario de la municipalidad para el año en que se realicen los
festejos.
Todas las contrataciones se realizarán a
través de la Proveeduría Municipal, quien manejará en forma separada de la
contratación de la Municipalidad, los concursos de festejos populares.
Artículo 33.—Todas
las actuaciones y los documentos relativos a los diferentes procedimientos de
contratación empleados por la Comisión, desde los primeros acuerdos hasta el
último acto de liquidación, se conservarán en expedientes individuales,
debidamente foliados y ordenados.
Artículo 34.—Las
contrataciones de bienes, suministros y servicios que efectúe la Comisión,
deberán observar lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de la Contratación
Administración y sus Reglamento y en las mismas se deberá aplicar las
prohibiciones y sanciones establecidas para celebrar contratos administrativos
y las prohibiciones del artículo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación
Administrativa.
Artículo 35.—La
Comisión conjuntamente con sus asesores podrá determinar si es más beneficioso
concursar todas las actividades de festejos populares en forma conjunta.
CAPÍTULO XI
De la liquidación
Artículo 36.—La Comisión deberá
elaborar la liquidación final de ingresos y egresos y presentarla a más tardar
treinta días naturales después de la finalización de los festejos populares a
la Auditoría Interna Municipal para su revisión, acompañada de los
correspondientes registros, comprobantes y justificantes; o bien las oficinas
municipales en donde se encuentran dichos justificantes. La Auditoría contará con
un plazo de sesenta días naturales para trasladar la liquidación al Concejo
Municipal para su aprobación, el cual se pronunciara a más tardar quince días
naturales después.
Previamente a efectuar la liquidación, la
Comisión debe cerciorarse de que no exista cuenta alguna por pagar o por
cobrar.
Para los efectos de la elaboración de la
liquidación y sus atestados, la Comisión contará con la asistencia técnica de
los funcionarios municipales integrados a la misma.
Artículo 37.—Para la
revisión y aprobación de la liquidación a que alude el Artículo anterior, el
Auditor Municipal elaborarán los papeles de trabajo que consideren necesarios
para sustentar el informe que sobre esa liquidación debe remitir al Concejo.
Dicho informe contendrá, al menos, información sobre la integración y fines de
la Comisión; detalle de los ingresos, gastos y utilidades; incumplimiento de la
normativa legal aplicable y medidas de control interno; comentarios sobre
cualquier irregularidad detectada; conclusiones (indicando si la liquidación
presentada por la Comisión cuenta con su aprobación o no), y las
recomendaciones pertinentes.
Artículo 38.—Si en el ejercicio de sus
funciones, el Auditor Municipal determinara faltantes, pagos improcedentes,
cuentas pendientes de cobro, gastos que no están respaldados con justificantes
o cualquier otra irregularidad que causara un perjuicio económico a la
Comisión, informará de ello al Concejo Municipal, para que en un término de
quince días éste órgano gestione directamente ante los miembros de la Comisión
que corresponda, el reintegro de las sumas respectivas a las arcas municipales.
CAPÍTULO XII
Artículo 39.—Resultan
aplicables y deberá la Comisión de Festejos Populares, acatar y cumplir con las
Normas de Control Interno para el Sector Público, aprobadas mediante resolución
número R-CO-9-2009 de la nueve horas del veintiséis de enero del dos mil nueve,
de la Contraloría General de la República, y publicadas en La Gaceta
número 26 del 6 de febrero del 2009.
CAPÍTULO XIII
Disposiciones finales
Artículo 40.—El
presente Reglamento rige a partir de su publicación definitiva en el Diario
Oficial La Gaceta.
Allan de Jesús Sevilla Mora,
Secretario del Concejo.—1
vez.—RP2012326310.—(IN2012099539).
OFICINA TAMARINDO
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera
VEZ
Yo, Werner Josef Fuchs, cédula
de residencia Nº 175600039517, actuando en calidad de gerente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Bahía Langosta
Tamarindo Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-13510, solicitante del certificado
de depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de
Tamarindo, que se detalla a continuación:
C.D.P Monto Emisión Vencimiento
400-02-145-001848-8 US$18.235,00 01-02-2011 01-08-2011
Cupón Monto Emisión Vencimiento
1 US$50.14 01-02-2011 01-08-2011
Título(s) emitido(s) a la orden,
a una tasa de interés del 4.01%.
Solicito reposición de este documento por
causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír
reclamos de terceros, por el término de quince días.
Tamarindo, 8 de octubre del 2012.—Walter Rojas Arias, Gerente.—(IN2012098937).
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Banco Nacional de Costa Rica, Oficina Principal, avisa a las
siguientes personas que tienen pendiente su retiro de bienes en Custodia por
Cajitas de Seguridad abiertas por incumplimiento de contrato:
Cajita |
Nombre |
Identificación |
Apertura |
5 |
Miguel Ángel Martínez Rodríguez |
6-0190-0860 |
30-07-2012 |
759 |
Alimentos Naturales Alin S. A. |
3-101-048191 |
27-03-2012 |
1740 |
Sociedad de Inversiones y Crédito Ltda. |
3-102-648803 |
27-02-2012 |
1992 |
Ana Lucía Quesada Maroto |
2-0224-0042 |
27-02-2012 |
6456 |
Jorge Manuel Marín Rodríguez |
9-0015-0082 |
27-02-2012 |
Para mayor información puede
comunicarse a los teléfonos Nos. 2212-2698 ó 2212-2445, Custodia de Valores,
Oficina Principal del Banco Nacional de Costa Rica.
San José, 18 de octubre del 2012.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón,
Proveedora.—O. C. Nº 511780.—Solicitud Nº
925-00029.—C-48900.—(IN2012099723).
DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera
VEZ
La señora Silvia Cristina
Espinoza Mekbel, cédula de identidad Nº
Cartago, 08 de octubre del
2012..—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20120719.—Solicitud Nº
615-00002.—Crédito.—(IN2012099315).
La señora Xinia Isabel Varela
Sojo, cédula de identidad Nº
Cartago, 08 de octubre del 2012.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20120719.—Solicitud Nº
615-00003.—Crédito.—(IN2012099317).
La señora María Catalina Rosales
López, cédula de identidad Nº
Cartago, 16 de octubre del 2012.—Licda. Catalina Arias Vegas, Directora a. í.—O. C. Nº 20120719.—Solicitud Nº
615-00004.—Crédito.—(IN2012099318).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A Jean Michael Lalot, de
calidades desconocidas, se le comunica la resolución administrativa de las once
horas del once de octubre del dos mil doce, que dicta medida de protección de
abrigo temporal y ubica a las personas menores de edad Justin Jesús y Donovan
Aran ambos de apellidos Lalot Zárate en Albergue Institucional. Indicándose que
debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Procede el
recurso de apelación si se plantean dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a su notificación, corresponde resolver a la Presidencia Ejecutiva.
La interposición del recurso no suspende lo resuelto. Se les previene a las
partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en
derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente
administrativo. Expediente Nº 115-00034-2010.—Oficina
Local de San José Oeste, octubre del 2012.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez,
Representante Legal.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº
62156.—C-11880.—(IN2012098943).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A Ivannia María Valverde Arroyo, se le comunica la
resolución de las 9:00 horas del 27 de setiembre del 2012, donde: de previo a
resolver la elevación del expediente ante el Superior en Grado para que conozca
sobre el recurso de apelación interpuesto por los señores, Hugo Antonio Arias
Tijerino y Mayra Jesús Segura Rodríguez, se resuelve: I) Remítase el expediente
al Área Integral con énfasis en Trabajo Social y Psicología de esta Oficina
para que en el plazo improrrogable de quince días rindan los informes
respectivos. II) Se señala para la recepción de la prueba testimonial ofrecida
las nueve horas del dieciséis de octubre del dos mil doce, por súper abundante
la parte interesada deberá escoger y presentar únicamente a dos testigos de los
ofrecidos. Quedan las citas a disposición de las partes en el momento en que
las soliciten. Notifíquese a través de edictos.—Oficina
de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 35342.—Solicitud Nº
62160.—C-13200.—(IN2012099696).
A Axhia Judit Manzanares Ruiz, se le comunica la
resolución de las 19:00 horas del 27 de setiembre del 2012 donde se resuelve:
I) Dar inicio al Proceso de Protección en sede administrativa regulado por las
disposiciones del artículo 128 y siguientes del Código de la Niñez y la
Adolescencia, Ley número 7739, del 3 de diciembre de 1997, publicada en La
Gaceta Nº 26 del viernes 6 de febrero de 1998. II) Medidas cautelares. III)
Se ordena el egreso del niño Josafac Daniel Manzanarez Ruiz de la Asociación
Reacción en Cadena por Nuestra Niñez, Casa Luz. IV) Se ordena el abrigo
temporal del niño en la Asociación Infantil Hogar Sol. Se advierte a las partes
que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en
tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, pudiéndose prorrogar en
vía judicial. Asimismo se les informa que les asiste el derecho de acceso del
expediente administrativo para su estudio y revisión, pudiendo hacerse asesorar
y representar por un profesional en derecho. V) Se Advierte a la señora Axhia
Judit Manzanares Ruiz su deber de integrarse a un grupo de crecimiento de
educación a padres que imparte Trabajo Social de la Clínica Marcial Rodríguez
y/o Trabajo Social del Hospital San Rafael de Alajuela y/o grupo a fin de su
comunidad, debiendo presentar informes de avance periódicamente a esta oficina.
VI) Se advierte a la señora Axhia Judit Manzanares Ruiz su deber de integrarse
a un grupo de estilos de vida saludable sobrevivientes de abuso sexual que
imparte la Oficina de la Mujer en la Municipalidad de Alajuela y/o grupo a fin
de su comunidad, debiendo rendir informes de avance periódicamente a esta
oficina. VII) Remítase el expediente al Área Integral de esta oficina con
énfasis en Trabajo Social y Psicología que brindan seguimiento a personas
menores de edad ingresadas en la Alternativa de Protección Asociación Infantil
Hogar Sol, a fin de que se rinda el informe correspondiente. VIII) Comuníquese
esta resolución al Departamento de Acreditación. IX) Comuníquese esta
resolución al Juzgado de Familia de Alajuela. Plazo: Para interponer recurso de
apelación dos días hábiles; señalando lugar para atender notificaciones dentro
del Perímetro Jurisdiccional de esta oficina, contados a partir de la tercera
publicación de este edicto.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº
35342.—Solicitud Nº 62160.—C-31020.—(IN2012099697).
ASOCIACIÓN INSTITUTO COSTARRICENSE
DE
VALUACIÓN
Convoca a asamblea general
ordinaria
Agenda:
a. Lectura del acta de la última asamblea general ordinaria.
b. Lectura de los informes de labores: presidencia, tesorería y
fiscalía.
c. Elección de miembros de junta directiva
d. Asuntos varios.
Ing. Eduardo Páez Campos.—1 vez.—(IN2012100903).
CONDOMINIO STRADIVARI
Se convoca a todos los
condóminos, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria, que se llevará a
cabo en el Condominio Stradivari, ubicado en San José, Escazú, San Rafael,
Barrio Maynard, de la primavera, ciento veinte metros al sur, a mano derecha,
el día martes once de diciembre de dos mil doce. Primera convocatoria a las
17:00 horas, segunda convocatoria a las 18:00 horas. Agenda: 1) Nombramiento de
administrador. 2) Seguridad en el condominio. Se recuerda a los propietarios
que en caso de no poder asistir a esta asamblea pueden otorgar un poder
especial a otra persona que lo autorice como tal realizado por notario público.—San
José, 22 de octubre del 2012.—Ana María Rivera Herrero, Administradora.—1
vez.—RP2012327001.—(IN20120101187).
KUTA DEL ORIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a los accionistas y
cualquier interesado de la firma de esta plaza denominada Kuta del Oriente
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
SAN JOSÉ
INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A.,
tramita la reposición de la acción Nº
ASOCIACIÓN PRO CENTRO DE ENSEÑANZA
CARLOS
LUIS VALLE MASÍS
Yo, Jorge Luis Campos Sanabria,
cédula de identidad número uno-quinientos setenta-cero noventa y ocho, en mi
calidad de presidente y representante legal de la Asociación Pro Centro de
Enseñanza Carlos Luis Valle Masís, cédula jurídica número tres-cero cero
dos-ciento veinticuatro mil novecientos noventa y dos, solicito al Departamento
de Asociados del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros:
Libro de Actas de Asamblea General; libro de Registro de Asociados; libro
Mayor; libro Diario y libro de Inventarios y Balances, para un total de cinco
libros, todos con el número dos; los cuales fueron extraviados. Se emplaza por
ocho días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado a fin de
oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Cartago,
dieciséis de octubre del dos mil doce.—Jorge Luis Campos Sanabria,
Presidente.—1 vez.—RP2012325818.—(IN2012098808).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA
TRIBUNAL DE ELECCIONES
El Tribunal de Elecciones del Colegio
de Abogados y Abogadas de Costa Rica comunica que, vencido el término
reglamentario, habiendo sido presentada una única propuesta, se examinó y queda
formalmente inscrita la siguiente papeleta para elegir los cargos directivos,
en la asamblea general ordinaria que se realizará el sábado 01 de diciembre del
GRUPO INNOVACIÓN
Prosecretario:
M.Sc. Eduardo Rojas Sánchez
Vocal
II: M.Sc. Édgar Castrillo
Brenes
Vocal
III: Licda. Shirley González
Trejos
Vocal IV: Lic. John Jorge Tapia Salazar
Vocal V: Licda. Ana Gabriela Badilla
Zeledón
Fiscal: Licda. Cindy Vanessa
Solórzano Núñez
Asimismo, informa que el grupo
queda autorizado para hacer propaganda electoral a partir del 22 de octubre del
2012 y hasta el día anterior a las elecciones, con las restricciones que indica
el Reglamento de Elecciones del Colegio de Abogados de Costa Rica
Las elecciones se llevarán a
cabo en el Edificio Fundadores y en las siguientes Sedes Regionales:
Puntarenas: Puntarenas, Carrizal diagonal
a la entrada principal de FERTICA,
Alajuela: Alajuela,
Heredia: Plaza Heredia, local Nº 13
primera planta.
Grecia: Alajuela, Grecia,
Pérez Zeledón: Pérez Zeledón, Pedregoso,
contiguo a Ferretería Pedregoso, frente a las instalaciones de Delji.
Santa Cruz: Guanacaste, Santa Cruz, de la
entrada principal de los Tribunales de Justicia
Guápiles: Limón, Guápiles, Pococí,
Centro Comercial Plaza Pococí, local Nº 5, planta baja, frente a la antigua
terminal de buses.
Zona Sur: Ciudad Neily, frente al Centro
Turístico Neily
Liberia: Guanacaste, Liberia, de la
Tienda Ekono,
Turrialba: Cartago, Turrialba,
Limón: Limón centro, costado norte de
los Tribunales de Justicia, Edificio María / JAPDEVA
San Carlos: Alajuela, San Carlos, Ciudad
Quesada, Barrio Lourdes,
Sede Oeste: Guachipelín de
Escazú, frente al restaurante DI BARTOLO.
(Publicación de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 23 del Reglamento de Elecciones).—San
José, 12 de octubre del 2012.—Lic. Eladio González Solís, Presidente.—Licda. Mariana Arguedas Vargas, Secretaria.—Firma responsable: Lic. José Luis Meneses Rímola.—1 vez.—O. C. Nº 8894.—Solicitud Nº
982-00001.—C-Crédito.—(IN2012099886).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD
LATINOAMERICANA
DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Por este medio me permito solicitarles, se
realicen las tres publicaciones que indica la ley, con respecto al extravío del
título en el grado y carrera de Bachillerato en Ingeniería Informática obtenido
por Glinny Annethe Mondragón Oconor, cédula de identidad número
cinco-trescientos uno-novecientos cincuenta y ocho, inscrito en el tomo: 6
folio: 109 asiento: 2589, con fecha 27 de marzo de 1999. Se expide la presente
solicitud del (la) interesado(a) y para efectos de solicitud de reposición, a
los veinte días del mes de setiembre de dos mil doce.—Departamento
de Registro.—Johanna Villalobos Barquero, Directora.—(IN2012099666).
MONTES DE WILANJIVAR SOCIEDAD ANÓNIMA
Montes de Wilanjivar Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y cuatro mil
seiscientos setenta, solicita ante la Dirección General de la Tributación
Directa la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de
Administración y Actas de Asamblea de Socios, Diario, Mayor e Inventario y
Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la
Administración Tributaria de Alajuela, dentro de plazo improrrogable de ocho
días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Grecia, ocho de
octubre del dos mil doce.—Lic. Sara M. Barrantes Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012326337.—(IN2012099540).
MACONDO COSTAS S. A.
Macondo Costas S. A., en su
condición de administrador del Condominio Horizontal Residencial Claretiano II,
con cédula de persona jurídica 3-109-290736, finca matriz 1456-M-000, provincia
Heredia, informa del extravío del libro de Actas de Asamblea de Condóminos del
condominio. El libro se encuentra en proceso de reposición y el eventual uso
indebido que puedan hacer terceros sobre el libro extraviado exime de cualquier
responsabilidad al Condominio y su administración.—Alejandro
Crespo Sancho.—RP2012326347.—(IN2012099541).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
FONDO DE
AHORRO, PRÉSTAMO, VIVIENDA,
RECREACIÓN Y GARANTÍA DE
LOS
TRABAJADORES DE RECOPE
De conformidad con el artículo N° 24 del
Reglamento de Organización y Funcionamiento y el acuerdo tomado en la sesión de
Junta Administrativa N° 044-2012 del 16 de octubre 2012, se comunica a los
beneficiarios lo siguiente:
Nombramiento
del Tribunal Electoral
En la sesión N° 044-2012 del 16 de octubre 2012,
se acordó iniciar el trámite para el nombramiento del Tribunal Electoral, que
tendrá a su cargo el proceso de elección de los miembros de la junta y fiscal
para el período 2013-2015. De conformidad con el artículo 24 del Reglamento de
Organización y Funcionamiento, los interesados en formar parte del Tribunal Electoral,
podrán presentar su postulación dentro de los 10 días hábiles siguientes a la
publicación de este acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta.—Máster
Manuel Quesada Chanto, Gerente General del Fondo.—1 vez.—(IN2012099673).
Ante esta notaría por escritura
número ciento quince-dos, otorgada a las diecisiete horas del catorce de agosto
del dos mil doce, se modifica la cláusula quinta y sexta, de la sociedad
inversiones Globalmax Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
3-101-512887.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—(IN2012099631). 2
v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada ante ésta
notaría a las diecisiete horas del veintisiete de setiembre del dos mil doce,
se constituyó la sociedad Qlaros Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Plazo cien años. Capital social diez mil colones.—San
José, 11 de octubre del 2012.—Lic. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012326070.—(IN2012099183).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de VDR Torre Nogal Americano Sociedad
Anónima, sociedad de esta plaza, en la que se modificó la administración y
junta directiva de la sociedad.—San José, dieciséis de
octubre del dos mil doce.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2012326071.—(IN2012099184).
Por escritura autorizada en esta
Notaría a las 11:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Negociadora
Safig S.F.O. S. A., en que se reformó cláusula sétima de
estatutos sociales de la administración.—San José, 8
de octubre del 2012.—Lic. Alfonso Herrera Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012326073.—(IN2012099185).
Por escritura otorgada el día de
hoy, ante mí se constituyó la compañía Rontos Gizen Management S. A..—San Pablo de
Heredia, 17 de octubre del 2012.—Lic. Edgardo Campos
Espinoza, Notario.—1
vez.—RP2012326079.—(IN2012099186).
Por escritura otorgada ante mi,
el día de hoy se constituye una asociación, denominada Asociación Deportiva
Aquaterra.—San José, 6 de agosto del 2012.—Lic.
Fernando Montero López, Notario.—1
vez.—RP2012326080.—(IN2012099187).
Por escritura otorgada a las
13:00 horas del 03 de octubre del 2012, se constituyó la sociedad Madesant
S.B. Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, de la rotonda de San
Sebastián, doscientos metros al sur, capital diez mil colones, producción,
industria y comercio en general.—San José, 3 de
setiembre del 2012.—Lic. Alberto Víquez Aragón, Notario.—1
vez.—RP2012326083.—(IN2012099188).
Mediante escritura pública
número veintitrés-dieciséis del tomo dieciséis del protocolo del Notario Manuel
Mora Ulate al ser las ocho horas del once de octubre del dos mil doce, se
modifica el nombramiento del presidente de la sociedad denominada Importadora
Ludaka Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos
noventa y siete mil cincuenta y seis.—Liberia,
dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Manuel Mora Ulate, Notario.—1 vez.—RP2012326084.—(IN2012099189).
Por escritura cuatro, otorgada
el once de octubre del dos mil doce, se protocoliza acta treinta y tres de
asamblea general extraordinaria, renuncia de Luis Mauricio Quesada Monge como
presidente de Derivados de Palma Tasa Sur S. A. Cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos sesenta y seis mil quinientos noventa y cinco.—Ciudad
Neily, al ser catorce horas treinta minutos del once de octubre del dos mil
doce.—Lic. Jeffry González Obando, Notario.—1
vez.—RP2012326086.—(IN2012099190).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Importadora
Franco Costarricense Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
número tres-ciento dos-cinco mil setecientos setenta y ocho, mediante la cual
se reforma la cláusula sexta de la administración. Escritura otorgada a las
catorce horas cuarenta minutos del dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1
vez.—RP2012326087.—(IN2012099191).
Ante notaría de Licenciada Nancy
Harbottle Morales, a las trece horas del tres de octubre del dos mil doce, se
protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Roselin del Sur S. A.,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y ocho mil
treinta y cuatro, precediéndose al nombramiento de la secretaria y
Tesorera.—San José, 3 de octubre del 2012.—Lic. Nancy Harbottle Morales,
Notaria.—1 vez.—RP2012326090.—(IN2012099192).
Olga Laura Myrie Mcfarlane y
Leroy Ellis Myrie, constituyen Webserv Sociedad Anónima, capital social
cien mil colones, presidente: Olga Laura Myrie Mcfarlane, secretario Roy Myrie
Macfarlane, tesorero. Eugenio Poyser Watson, fiscal Delia Picado Myrie.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. María Teresa Mora
Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2012326091.—(IN2012099193).
Por escritura otorgada ante mí
se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas
de la empresa Your Health Trainers Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número 3-101-460923. Se acordó reformar las cláusulas de la
Razón Social, el domicilio y la administración. Se nombraron nuevo, tesorero,
fiscal y secretario, se revocó el agente residente. Es todo.—San
José, diecisiete de octubre del año dos mil doce.—Lic. José Alberto Schroeder
Leiva, Notario.—1 vez.—RP2012326092.—(IN2012099194).
Con vista en el libro de actas
de asamblea general de socios la sociedad, Acarreos y Excavaciones Arias
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos catorce mil ochenta y ocho, a las diez horas del primero de
octubre del dos mil doce, realizó la asamblea general extraordinaria, la cual
estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomaron
los acuerdos, hacer un nuevo nombramiento, presidente y fiscal.—Alajuela,
dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—RP2012326096.—(IN2012099195).
Ante esta notaría, se constituye
la sociedad de esta plaza denominada Seguridad Marova Sociedad
Anónima, a las doce horas del catorce de octubre del dos mil doce, siendo
su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el
señor Marvin Gerardo Rojas Vargas; ante el notario, Rodrigo Garita López, en
Florencia, San Carlos, Alajuela.—Quince de octubre del
dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1
vez.—RP2012326097.—(IN2012099196).
Con vista en el libro de actas
de asamblea general de socios la sociedad, Soils Solutions Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos dieciocho mil
ochocientos sesenta y uno, a las ocho horas del cuatro de octubre del dos mil
doce, realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada
por la totalidad del capital social, en la cual se tomaron los acuerdos,
modificar la cláusula sexta y hacer un nuevo nombramiento, presidente y
secretario.—Alajuela, quince de octubre del dos mil doce.—Lic. Rodrigo Garita
López, Notario.—1 vez.—RP2012326098.—(IN2012099197).
Por escritura número treinta y
cuatro del tomo siete de mi protocolo se acordó cambiar la persona que ocupa el
cargo de tesorero siendo la nueva tesorera, Ilse Vásquez Bogantes, de calidades
mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, barrio San José, con
cédula de identidad dos-doscientos ochenta y seis-setecientos treinta y dos, de
la sociedad denominada Evenezer Village Sociedad Anónima.—Alajuela, dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic.
Pablo Valerio Soto, Notario.—1
vez.—RP2012326104.—(IN2012099198).
El suscrito notario público,
hace saber: que en mi notaría, por escritura doscientos noventa y siete, de las
doce horas diez minutos del veintinueve de setiembre del dos mil doce, del tomo
número cuatro, en asamblea extraordinaria, por acuerdo unánime y firme de la
totalidad de socios, conforme el artículo 201 inciso D) del Código de Comercio,
se disolvió la entidad Mejía y Rojas Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-184602.—Alajuela, 29 de setiembre del 2012.—Lic. Ricardo Vargas Espinoza,
Notario.—1 vez.—RP2012326105.—(IN2012099199).
Por escritura pública otorgada
ante mí, a las dieciséis horas del ocho de octubre del dos mil doce, se
constituyó la sociedad PYM de Costa Rica Limitada. Gerente: César Fabián
Marín Gutiérrez.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre,
Notario.—1 vez.—RP2012326108.—(IN2012099200).
Por escritura pública otorgada
ante mí, a las dieciocho horas del día once de octubre del dos mil doce, se
constituyó la sociedad Ruta Urbana Moravia Sociedad Anónima. Presidente:
Juan Carlos Pérez Gambassi.—Lic. Sergio Aguiar
Montealegre, Notario.—1
vez.—RP2012326109.—(IN2012099201).
Por escritura pública otorgada
ante esta notaría, a las catorce horas del día dieciséis de octubre del dos mil
doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada Condominio Hacienda Belén Dos A Monserrat Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforman cláusulas segunda y sétima. Se nombra nueva junta
directiva. Es todo.—Lic. Roberto José Araya Lao,
Notario.—1 vez.—RP2012326111.—(IN2012099203).
En la notaría de la Lic. Rosa
Barinia Mora Castro, se constituye sociedad anónima denominada con el número
que indica el Registro Público, escritura número ciento cincuenta y cinco de
las diez horas del veintinueve de setiembre del dos mil doce.—Lic.
Rosa Barinia Mora Castro, Notaria.—1
vez.—RP2012326117.—(IN2012099205).
En asamblea ordinaria y
extraordinaria de asociados de la sociedad Gin Lun Ltda, domiciliada en
San José, cédula jurídica 3-102-48422, de las 8:00 horas del 5 de setiembre del
2012, se acordó reformar los datos generales de esta persona jurídica de la
siguiente manera: a- Nombre de la sociedad: Gin Lun Limitada, pudiendo
abreviarse Gin Lun LTDA, b- Domicilio: San José, Paseo de los
Estudiantes, ciento cincuenta metros al este, del ICAA, casa número mil ciento
cuarenta y seis, c- Cédula jurídica número tres-ciento dos-cuarenta y ocho mil
cuatrocientos veintidós, d- Inscrita en la sección de personas del Registro
Mercantil, al tomo doscientos cincuenta y siete, folio ciento veintidós,
asiento ciento diez.—San José, 10 de octubre del 2012.—Lic. Bernardo Amador
Arias, Notario.—1 vez.—RP2012326123.—(IN2012099206).
Mediante escritura número ciento
veintisiete de las trece horas del quince de octubre del dos mil doce, otorgada
ante la notaria, Jessica Rodríguez Jara; se constituyó la sociedad anónima,
denominada Grupo Urbanista Inmobiliario Aguilar S. A., y su presidente
es el señor Jorge Orlando Aguilar Céspedes.—San Rafael de Poas, quince de
octubre del dos mil doce.—Lic. Jessica Rodríguez Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012326127.—(IN2012099207).
Por escrituras otorgadas el día
17 y 20 de setiembre 2012, Inmobiliaria Anso S. A., Bosque
Negro S. A., Café de Costes S. A., Tora Roja S. A. y Palatino
Real S. A., modificaron su domicilio social y administración y nombraron
nuevos directores.—San José, 21 de setiembre del
2012.—Lic. Carlos Ayón Lacayo, Notario.—1 vez.—RP2012326128.—(IN2012099208).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las dieciocho horas del día cuatro de octubre de dos mil doce,
Víctor López Jiménez y Manuel Antonio Pérez Mora, constituyen una sociedad
anónima, la cual se denominará Suplidores de Artículos Deportivos Global
Sport de Costa Rica S. A.—San José, dieciséis de octubre de dos mil doce.—Lic.
Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2012326129.—(IN2012099209).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las ocho horas cincuenta minutos del día diecisiete de octubre del
dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Universidad U Latina
S. A., donde se acuerda transformar la presente Sociedad Anónima, en una
sociedad de responsabilidad limitada y se acuerda el aumento del capital social.—San José, diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic.
Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—RP2012326130.—(IN2012099210).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las ocho horas cuarenta minutos del día diecisiete de octubre del
dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Universidad
Americana UAM S. A., donde se acuerda transformar la presente sociedad
anónima, en una sociedad de responsabilidad limitada.—San
José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2012326131.—(IN2012099211).
Por escritura trescientos
veinticinco otorgada a las dieciséis horas del catorce de octubre del dos mil
doce, ante el notario Fabián Azofeifa Arce, se protocoliza acta número uno del
libro número uno de Registro de Actas de la sociedad The Little Rainbow
Garden Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro nueve cero
seis cinco tres, mediante el cual se nombra nueva junta directiva y domicilio
social.—San José, 15 de octubre del 2012.—Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1
vez.—RP2012326132.—(IN2012099212).
La sociedad Compañía
Proyectos Ambientales Proamsa S. A., nombre nueva junta directiva y
modifica sus estatutos.—17 de octubre del 2012.—Lic.
Rodolfo Fernández Herrera, Notario.—1
vez.—RP2012326133.—(IN2012099213).
Al ser las dieciocho horas del doce
de octubre del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la entidad denominada Las Brisas Astrales
Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula del domicilio y se nombra
presidente y agente residente.—Lic. Allan Garro
Navarro, Notario.—1 vez.—RP2012326134.—(IN2012099214).
Por escritura otorgada a las
11:00 horas del 17 de octubre del 2012, se constituye la sociedad anónima
denominada Granja Avícola Kuco Sociedad Anónima.—Naranjo 17 de octubre
del 2012.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1
vez.—RP2012326136.—(IN2012099215).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se reformó el pacto social de la sociedad Inversiones La Perla de
los Ángeles S. A., todo de conformidad con la
escritura número ciento cincuenta y uno, del tomo veinticuatro del protocolo
del suscrito notario.—Lic. Mario Alberto Agosta
Gutiérrez, Notario.—1
vez.—RP2012326140.—(IN2012099216).
Por escritura otorgada ante esta
notarial al ser las 9:00 horas del 7de octubre del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Pendleton
Coast Pedetrator S. A., se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente
residente, y se cambia de nombre de razón social y de domicilio. Es todo.—Guanacaste, 07 de octubre del 2012.—Lic. Ismene Arroyo
Marín, Notaria.—1 vez.—RP2012326141.—(IN2012099217).
Por escritura otorgada ante esta
notaria al ser las 8:30 horas del 7de octubre del 2012, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-647504
Limitada, se nombra gerente y subgerente, y se cambia de nombre de razón
social. Es todo.—Guanacaste, 07 de octubre del
2012.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1
vez.—RP2012326142.—(IN2012099218).
En mi notaría, por escritura
ochenta y nueve-cinco, se acordó la disolución de la sociedad denominada
Maresba R. L. Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica número tres-ciento cinco-cinco seis cuatro uno tres cinco, domiciliada
en Alajuela-Palmares, Rincón de Zaragoza; ochenta metros de la Escuela Pablo
Alvarado Vargas. Es todo.—Palmares, dieciséis de
octubre del dos mil doce.—Lic. Olger Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012326143.—(IN2012099219).
Ante esta notaría, por medio de
escritura pública número 167-III, otorgada en Guanacaste, a las 15:30 horas del
16 de octubre del 2012, se protocolizó
el acta número cuatro de la sociedad denominada Every So Often Limitada,
en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: segundo: se acuerda la
disolución de la sociedad.—Guanacaste, 16 de octubre
del 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2012326144.—(IN2012099220).
Ante esta notaría, por medio de
escritura pública número 166-III, otorgada en Guanacaste, a las 15:00 horas del
16 de octubre del 2012, se protocolizó el acta número dos de la sociedad
denominada Villa Terrestre PGCC LEM 55 S. A., en la cual se tomaron los
siguientes acuerdos: primero: se modifica la cláusula primera del pacto
constitutivo. Segundo: Se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo.
Tercero: Se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo. Cuarto: Se
acuerda remover la actual junta directiva y fiscal. Quinto: Se realizan los
siguientes nombramientos: presidente, Giovanny Favaro; secretario, Francesco
Gerardo Tony de Caria; tesorero, Gianny Dobrovich; fiscal, Melody Austin.—Guanacaste, 16 de octubre del 2012.—Lic. Laura Coto Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2012326145.—(IN2012099221).
Que mediante escritura pública
número cincuenta y cuatro, otorgada ante la notaria pública Rocío Villalobos
Solís, se procedió a protocolizar el acta de la asamblea extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Inversiones Agro Leisa S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-tres ocho dos nueve seis nueve, con domicilio
social en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, trescientos metros al
sur del cementerio, casa a mano derecha, esquinera, en la cual se fusiona con
las sociedades: Agroverde del Sol S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-tres tres seis ocho dos cinco, con domicilio social en Santa Rosa de
Pocosol, San Carlos, Alajuela, doscientos metros al oeste, y trescientos metros
al sur, de la iglesia católica y Productos Agrícolas del Campo LM S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-dos cinco uno seis cero cinco, con domicilio
social en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, doscientos cincuenta
metros al oeste, del EBAIS, prevaleciendo Productos Agrícolas del Campo LM
S. A., para lo cual se cumplió con lo establecido por el Código de Comercio
en sus artículos 220, 221, 222, 223, 224 y 225. Es todo.—Santa
Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, nueve de octubre del dos mil doce.—Lic.
Rocío Villalobos Solís, Notaria.—1
vez.—RP2012326146.—(IN2012099222).
Que mediante escritura pública
número cincuenta y tres, otorgada ante la notara pública Rocío Villalobos
Solís, se procedió a protocolizar el acta de la asamblea extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Agroverde del Sol S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-tres tres seis ocho dos cinco, con domicilio
social en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, doscientos metros al
oeste, y trescientos metros al sur, de la iglesia católica en la cual se
fusiona con las sociedades: Inversiones Agro Leisa S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-tres ocho dos nueve seis nueve, con domicilio social
en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, trescientos metros al sur, del
cementerio, casa a mano derecha, esquinera, y Productos Agrícolas del Campo
LM S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-dos cinco uno seis cero cinco,
con domicilio social en Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, doscientos
cincuenta metros al oeste, del EBAIS, prevaleciendo Productos Agrícolas del
Campo LM S. A., para lo cual se cumplió con lo establecido por el Código
de Comercio en sus artículos 220, 221, 222, 223, 224 y 225. Es todo.—Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, nueve de
octubre del dos mil doce.—Lic. Rocío Villalobos Solís, Notaria.—1 vez.—RP2012326147.—(IN2012099223).
En escritura 413, otorgada a las
12:00 horas del 15 de octubre del 2012, Richard Earl y Marnie Rae, ambos
Maredith constituyen la sociedad Cambio Labs SRL.—Lic.
José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1
vez.—RP2012326148.—(IN2012099224).
En escritura 411, otorgada a las
9:00 horas del 12 de octubre del 2012, Luz Marina Arias Fernández, Ángel
Alberto, Albert Ademar, Carlos Eduardo, todos Pérez Arais constituyen la
sociedad cuyo nombre será la cédula jurídica.—Lic.
José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1
vez.—RP2012326149.—(IN2012099225).
Por escritura número 54 del tomo
14 de mi protocolo, otorgada a las 10:00 horas del 3 de octubre del 2012, ante
el suscrito notario, se constituyó una sociedad cuya razón social es Hidroeléctrica
Altamira S. A., cuya representación judicial y extrajudicial con facultades
de apoderado generalísimo sin límite corresponde al presidente, secretario y
tesorero, actuando conjuntamente al menos dos de ellos.—San
José, 16 de octubre del 2012.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—RP2012326150.—(IN2012099226).
Por escritura otorgada en esta
fecha, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Bahía
La Coruña Seis S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda,
cuarta y sexta del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 7 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Salvatierra
Ramos, Notario.—1 vez.—RP2012326151.—(IN2012099227).
Por escritura número 88 del tomo
1 de mi protocolo, otorgada a las 10:00 horas del 9 de octubre del 2012, el
suscrito notario, constituyó una sociedad cuya razón social es Fibonacci
Foods S. A., cuya representación judicial y extrajudicial recae sobre el
presidente y secretario.—San José, 16 de octubre del
2012.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1
vez.—RP2012326152.—(IN2012099228).
Ante esta notaría, mediante la
escritura número trescientos cuarenta y cinco, de las ocho horas del
veintinueve de agosto del dos mil doce, se protocolizó acta número uno, de Transportes
Cardel Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos
veintidós mil ochocientos setenta y dos, se reforma cláusula sexta, del pacto
constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Olga Matarrita Rojas,
Notaria.—1 vez.—RP2012326156.—(IN2012099229).
Por escritura otorgada a las
diez horas del diecisiete de octubre del 2012, protocolizo asamblea general
extraordinaria de las empresas Agrícola San Clodomiro S. A.,
Agroazúcar S. A., Cañera Río Sardinal S. A., Cañera el Perico S. A., Mecanizada
Ch Dos Mil Quinientos S. A., Cañera El Papaturro S. A., Desarrollo Agrícola La
Escuadra S. A., Cañaveral El Cantón S. A., Rancho La Jacinta S. A. Taz Tres
Barras S. A., Agropecuaria A W F S. A., Inversiones Wolf Internacional S. A.,
en la cual se acuerda la fusión por absorción de las once primeras por Inversiones
Wolf Internacional S. A., sociedad que prevalece generando un aumento de
capital y por ente modificación de la cláusula quinta del pacto social.—San
José, diecisiete de octubre del 2012.—Lic. Silvia Ocampo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2012326157.—(IN2012099230).
Ante esta notaría, se procedió a
realizar cambio de junta directiva de la sociedad denominada como su cédula
jurídica 3-101-602322 S. A., cuyo nuevo presidente es el señor Carlos
Alberto Mostajo Sotelo. Es todo.—San José diecisiete
de octubre del dos mil doce.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—RP2012326161.—(IN2012099231).
Por escritura 118-2 otorgada a
las 12:00 horas del 4 de octubre del 2012, se modifica la cláusula segunda del
domicilio de Desarrollo Agropecuario del Parrita Sociedad Anónima.—San Antonio de Desamparados, 4 de octubre del 2012.—Lic.
Paula Marcela Medrano Barquero, Notaria.—1
vez.—RP2012326162.—(IN2012099232).
Por escritura número 202
otorgada ante la suscrita notaria a las 13:15 horas del dieciséis de octubre
del dos mil doce; se modificaron las cláusulas segunda y sexta de los estatutos
de la compañía denominada Consolidadores Internacionales J & T SRL.—San
José, dieciséis de octubre del dos mil doce.—MSC. Jennifer Aguilar Monge,
Notaria.—1 vez.—RP2012326163.—(IN2012099233).
Por escritura número 203
otorgada ante la suscrita notaria a las 14:00 horas del dieciséis de octubre
del dos mil doce; se modificó la cláusula segunda de los estatutos de la
compañía denominada Safelynk S. A.—San José, dieciséis de octubre del dos mil
doce.—MSC. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1
vez.—RP2012326164.—(IN2012099234).
Por escritura número 201
otorgada ante la suscrita notaria, a las 13:00 horas del dieciséis de octubre
del dos mil doce; se modificaron las cláusulas segunda y novena de los
estatutos de la compañía denominada Saludcoop Coordinadora para la Salud S.
A.—San
José, dieciséis de octubre del dos mil doce.—MSC. Jennifer Aguilar Monge,
Notaria.—1 vez.—RP2012326165.—(IN2012099235).
Por escritura número 200
otorgada ante la suscrita notaria, a las 12:15 horas del dieciséis de octubre
del dos mil doce; se modificó la cláusula segunda de los estatutos de la
compañía denominada S C G H Radiólogos Asociados S. A.—San José, dieciséis de octubre
del dos mil doce.—MSC. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1
vez.—RP2012326166.—(IN20120992326).
Por escritura número 198
otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del día 9 de octubre del
2012, se constituyó Joshua Giraffe Sociedad Anónima. Capital social
100.000 colones íntegramente suscritos y pagado. Domicilio social será en
Limón, Talamanca, Cahuita, un kilómetro al sur, carretera a Puerto Viejo y
cuatrocientos metros al oeste, de la entrada a Puerto Vargas. Plazo social 99
años. Presidente Martin Ahki Bamendan.—Siquires, 9 de
octubre del 2012.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1
vez.—RP2012326167.—(IN2012099237).
El notario, hace constar que por
escritura Nº 3, otorgada ante esta notaría, el día de hoy a las 16:00 horas, se
reformaron las cláusulas primera, segunda y tercera del pacto constitutivo de La
Foresta C. O. R. P. S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-519859,
en las que se cambió el nombre por el de Tácticas en salud S. A., y se
modificaron el domicilio y el objeto social.—San José, 25 de setiembre del
2012.—Lic. Ramón María Yglesias Piza, Notario.—1
vez.—RP2012326168.—(IN2012099238).
Por escritura autorizada a esta
notaría a las 14:00 horas del 12 de octubre del 2012, se constituye la sociedad
Bestfrend Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado en su totalidad.
Domicilio: San José, Sabanilla, frente al parqueo de la Universidad Estatal a
Distancia; local número doce. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2012326169.—(IN2012099239).
Mediante escritura número diez,
se nombra nuevo presidente y secretario de la sociedad Inversiones
Condominio Villa Bartolome del Este Número Cinco Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de octubre del dos mil doce.—Lic.
Ericka Castro Argüello, Notaria.—1
vez.—RP2012326173.—(IN2012099240).
Mediante escritura número seis,
se disuelve la sociedad José Obando Constructores Asociados Sociedad Anónima,
por unanimidad de votos.—San José, dieciséis de
octubre del dos mil doce.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2012326174.—(IN2012099241).
Por escritura número ciento dos-cinco,
otorgada en mi notaría a las quince horas con treinta minutos del dieciséis de
octubre del dos mil doce, se constituyó Farmacia San Pedro de Barva de
Heredia Sociedad Anónima, su domicilio será San Pedro de Barva; cien metros
norte del parque de San Pedro; plazo noventa y nueve años, capital íntegramente
suscrito y pagado.—Heredia, 17 de octubre del
2012.—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario.—1
vez.—RP2012326175.—(IN2012099242).
Ante esta notaría, se apersonó
Daniel Abbyta Gómez Zamora; para protocolizar pacto constitutivo de la sociedad
denominada Natación Total Sociedad Anónima S. A., celebrada el día de doce de octubre de dos mil doce. Es todo.—San José, a las once horas del doce de octubre de dos mil
doce.—Lic. Laura Lao Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012326177.—(IN2012099243).
Por escritura otorgada por el
suscrito Álvaro Restrepo Muñoz, a las diecisiete horas del ocho de octubre del
dos mil doce, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas, acta número tres, de la compañía Los
Colibríes de Alta Vista Lote Uno Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cinco mil
cuarenta y cuatro, por lo que se reforman las cláusulas segunda y sétima del
pacto social.—Guanacaste, ocho de octubre de dos mil doce.—Lic. Álvaro Restrepo
Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2012326178.—(IN2012099244).
En esta notaría al ser las 10:00
horas del 31 de agosto del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la sociedad RSI Peccary at Twenty SRL, en
la que se acuerda nombrar nuevo gerente, así como modificar la cláusula del
nombre.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross,
Notario.—1 vez.—RP2012326183.—(IN2012099245).
En esta notaría al ser las trece
horas del 16 de octubre del 2012, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la sociedad RSI River Otter at Sixteen SRL.,
en la que se acuerda nombrar nuevo gerente, así como modificar la cláusula del
nombre.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. Javier Francisco Chaverrí Ross,
Notario.—1 vez.—RP2012326184.—(IN2012099246).
Por escritura número 63-18,
otorgada ante el suscrito notario, a las 8:00 horas del 17 de octubre del 2012,
Enersol de Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-280182, protocoliza acta mediante la cual reforma las cláusulas quinta
y sétima y nombra junta directiva.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. William Sequeira
Solís, Notario.—1 vez.—RP2012326185.—(IN2012099247).
Ante esta notaría pública, al
ser las once horas cincuenta minutos del día diecisiete de octubre del dos mil
doce, otorgo escritura pública número noventa y dos, para reformar la cláusula
de la administración de la sociedad 3-101-562085 Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y dos mil
ochenta y cinco.—San José, 17 de octubre del
2012.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1
vez.—RP2012326187.—(IN2012099248).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se protocolizó asamblea de socios en la que Incimarna Plateado H.
D. O. S. A., acordó nombrar nuevos presidente, secretario, tesorero y
fiscal, y modificar las cláusulas segunda: del domicilio, y sexta: de la
representación.—San José, a las diecinueve horas del
treinta de enero del dos mil doce.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—RP2012326190.—(IN2012099249).
Ante esta notaría, se constituye
la sociedad anónima, denominada Corporated Holding Tiko Internacional
Sociedad Anónima, con capital social de ciento veinte mil colones y
domiciliada en Grecia centro, provincia Alajuela.—San
José, diez de agosto del dos mil doce.—Lic. Roger Adriano Bogantes Zamora,
Notario.—1 vez.—RP2012326191.—(IN2012099250).
Por escritura otorgada en
Alajuela, ante esta notaría, a las 14:00 horas del 17 de octubre del 2012, se
modificó la cláusula sexta de Creypa Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3-101-91066. Presidente: Carlos Luis Rodríguez Vargas.—Alajuela,
17 de octubre del 2012.—Lic. Edwin Chavarría González, Notario.—1 vez.—(IN2012099263).
Por escrituras del día diez y
once de octubre del dos mil doce, protocolicé acuerdos de asambleas generales
de las siguientes compañías en las cuales se modifica los artículos dos y siete
del pacto constitutivo y se nombra nuevo presidente cargo que ocupa Michael
Brannon Hutson: tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos
doce Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil
ochocientos ochenta y tres Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos
treinta y cinco mil ochocientos diez Sociedad Anónima, tres ciento uno
seiscientos treinta y cinco mil ochocientos ochenta y seis Sociedad Anónima,
tres ciento uno seiscientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta
Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil
ochocientos ocho Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y
nueve mil novecientos noventa Sociedad Anónima y tres ciento uno
seiscientos treinta y nueve mil ochocientos noventa y nueve Sociedad Anónima,
tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos doce Sociedad
Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos
ochenta y tres Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y
cinco mil ochocientos diez Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos
treinta y cinco mil ochocientos ochenta y seis Sociedad Anónima, tres
ciento uno seiscientos treinta y nueve mil ochocientos cincuenta Sociedad
Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil ochocientos
ocho Sociedad Anónima, tres ciento uno seiscientos treinta y nueve mil
novecientos noventa Sociedad Anónima y tres ciento uno seiscientos treinta y
nueve mil ochocientos noventa y nueve Sociedad Anónima.—San José, octubre
17 del 2012.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2012099264).
Hernán García Cruz y otro
constituyen Industrias Galeón S. A., se nombra junta directiva y fiscal.
Escritura otorgada en Heredia, a las 17:00 horas del 25 de setiembre del dos
mil doce.—Lic. Maritza Quintanilla Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2012099267).
El suscrito Lic. Marlon Campbell
Griffiths, abogado y notario, con número de carnet 9963, con oficinas en San
José, comunica que ante mi notaría se han apersonado los señores: María José
Madríz Rojas, quien es mayor, soltera, costarricense, portadora de la cédula de
identidad número uno-uno cinco cinco seis cero siete uno dos, hija de Susan
Madriz Rojas, quien es de nacionalidad costarricense; y Alí (nombre) Komeiha
(apellido), quien es mayor, soltero, comerciante, ciudadano libanes, portador
del pasaporte número RL dos tres dos nueve ocho uno cero, hijo de Malek
(nombre) Komeiha (apellido) y Fátima (nombre) El Chami (apellido), ambos
vecinos de San José, para contraer matrimonio civil en mi oficina . Por lo
antes expuesto invito a todas aquellas personas que, si conoce algún
impedimento legal, para la celebración de la misma, comunicarse a los teléfonos
2290 0727 ó al 8393 4793. Es todo.—San José, 18 de
octubre del 2012.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1
vez.—(IN2012099268).
Ante esta notaría, al ser las
once horas del dieciocho de octubre del dos mil doce, se ha constituido la
sociedad Grupo Caribeños S. A., con domicilio social en San José, de la
Catedral Metropolitana; seiscientos metros al norte, Gran Terminal del Caribe,
teniendo la representación el presidente y el secretario de la junta directiva.
Dado en esta capital el dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic.
Jorge Francisco González Ramírez, Notario.—1
vez.—(IN2012099273).
Por escritura otorgada en mi
notaría, Alajuela a las diecisiete horas del diecisiete de octubre del dos mil
doce; se modificó el pacto constitutivo de The Golden Goddness Columbia S.
A.; cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil
seiscientos cincuenta y cuatro. Presidente y vicepresidente con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma y cambios de junta directiva y
fiscal.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012099293).
Por escritura otorgada en mi
notaría, a las diez horas del dieciséis de octubre del dos mil doce; se
modificó el pacto constitutivo de Virval S. A.; cédula jurídica:
tres-ciento uno-noventa y cinco mil quinientos sesenta y uno. Domicilio social:
Costa Rica, Alajuela, Central, Residencial Romelia, casa Diez D. presidente,
vicepresidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma y representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Cambio
de junta directiva.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(IN2012099294).
Por escritura otorgada ante mí,
a las dieciocho horas del diecisiete de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad anónima
cuyo nombre se designará por su número de
cédula jurídica. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años.
Objeto: Comercio, bienes raíces. Presidenta: Claudia Gómez Betancourt.—San José, diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic.
Daniel León Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2012099302).
Por escritura otorgada el día de
hoy ante el suscrito notario público, se protocolizan acuerdos de la asamblea
general extraordinaria de accionistas de Parque Industrial Sandal Sociedad
Anónima, mediante los cuales se modifica la cláusula primera, segunda y
octava del pacto constitutivo.—San José, 17 de octubre
del 2012.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta, Notario.—1
vez.—(IN2012099322).
Mediante escritura otorgada
numero cuarenta y nueve de esta notaria a las doce horas del día dieciocho de
octubre del dos mil doce se modifica el pacto social: cambio de nombre Aysa
Sociedad Anónima aumento de capital a diez millones de colones y cambio de
Junta Directiva de la compañía de esta plaza Ayza Look Sociedad Anónima,
plazo social noventa y nueve años. Presidente el señor Alfredo Muñoz Ledo
Carrillo.—San José, dieciocho de octubre del dos mil
doce.—Firma ilegible.—1 vez.—(IN2012099328).
Por escritura de las catorce
horas del veintiocho de setiembre del dos mil doce, se protocolizó asambleas de
socios de la sociedad Inmobiliaria Pirineos, Sociedad Anónima, mediante
la cual se modificó la cláusula uno del pacto constitutivo correspondiente a la
razón social, para que en lo sucesivo se lea así: Desarrollos Los Pirineos
del Norte Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de
octubre del dos mil doce.—Lic. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2012099329).
Mediante escritura otorgada en
esta notaría o las doce horas del dieciocho de octubre del año en curso, los
señores Paulo Gomes Lopes, y José Luis Moreno Villegas, constituyen la sociedad
denominada Terraquea Developments Sociedad Anónima, cuya traducción al
idioma español seria Terraquea Desarrollos Sociedad Anónima. Presidente:
Paulo Gomes Lópes. Capital social: diez mil colones.—Lic.
Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—(IN2012099345).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría a las doce horas del día diecisiete de octubre del año dos mil
doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la compañía Ventura Nicolet S. A., mediante la cual se acordó la reforma
de la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José,
dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012099351).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría a las catorce horas del día doce de octubre del año dos mil doce,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía
El Mesón del Angel, S. A., mediante la cual se acordó la disolución de
la sociedad.—San José, dieciséis de octubre del año dos mil doce.—Lic. Roberto
Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2012099352).
Por escritura número ciento
cuarenta y ocho-doce, de las quince horas del diecisiete de octubre del año dos
mil doce, en mi notaría, por el suscrito notario se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Moda Pacífico S. A.,
mediante la cual se nombró nuevo presidente y secretario, de su junta
directiva. Asimismo se nombró a su nuevo fiscal, nombramientos por todo el
resto del plazo social.—Puntarenas, 18 de octubre del
año 2012.—Lic. Javier Desanti Henderson, Notario.—1
vez.—(IN2012099354).
Mediante escritura número
cuarenta y siete-ocho otorgada a las catorce horas con treinta minutos del día
de hoy, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad: Inmobiliaria
Kima S. A. Capital social: cien mil colones. Presidente y secretario serán
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José,
dos de octubre de dos mil doce.—Lic. Sinda Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012099364).
Hoy día ante esta notaría se ha
disuelto la sociedad cuya razón social es Desarrollos Terrestres del Norte
S. A., titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos
cinco cero dos cuatro seis, en asamblea extraordinaria y por acuerdo unánime de
todo el capital social, todo de acuerdo a los procedimientos señalados por el
artículo doscientos uno y siguientes del Código de Comercio. Es todo.—Ciudad de Alajuela, nueve horas de hoy dieciséis de
octubre del dos mil doce.—Lic. Jorge Arturo Guardia Víquez, Notario.—1 vez.—(IN2012099365).
Por escritura otorgada ante mí
el día de hoy, se constituyó la empresa Tamar de Centroamérica S. A.
Capital social totalmente suscrito y pagado; plazo 99 años; domicilio en San
José. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma.—San José, 9 de octubre del
2012.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1
vez.—(IN2012099403).
Por escritura otorgada ante mí
el día de hoy, se constituyó la empresa Commain de Centroamérica S. A.
Capital social totalmente suscrito y pagado; plazo 99 años; domicilio en San
José. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma.—San José, 9 de octubre del
2012.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1
vez.—(IN2012099404).
Ramón Gonzalo González Sancho,
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria
San Rafael de Heredia Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula
quinta del pacto constitutivo. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a
las quince horas con cuarenta y cinco minutos del dieciséis de octubre del dos
mil doce.—Lic. Lourdes Vindas Carballo, Notaria.—1 vez.—(IN2012099407).
Por escritura otorgada en mi
notaría hoy a las 14:00 horas se protocolizó en lo conducente el acta número
01, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad de esta plaza, Creaciones Artísticas Thomjagu S. A., mediante
la cual se modifica el pacto constitutivo en lo referente a la administración,
se nombra nueva junta directiva y fiscal por el resto del plazo social.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Álvaro Corrales
Solís, Notario.—1 vez.—RP2012326194.—(IN2012099542).
Por escritura ante mí, se
solicita al Registro Nacional desinscribir D’ Niños y Más Limitada,
cédula jurídica tres-ciento dos-seis tres cuatro cero tres seis, al amparo de
la ley nueve mil veinticuatro.—Cartago, diecisiete de
octubre dos mil doce.—Lic. Kattia Jacqueline Serrano Retana, Notaria.—1 vez.—RP2012326196.—(IN2012099543).
Ante esta notaría se protocolizó
la constitución de la sociedad denominada: Hermanos Calvo Sibaja Sociedad
Responsabilidad Limitada.—Guápiles de Pococí, 12
de octubre del 2012.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1
vez.—RP2012326198.—(IN2012099544).
Ante esta notaría se protocolizó
la constitución de la sociedad denominada: Kismayo Cero Cinco Sociedad
Responsabilidad Limitada.—Guápiles de Pococí, 12
de octubre del 2012.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1
vez.—RP2012326199.—(IN2012099545).
El día de hoy el suscrito
notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Tres-Ciento Uno-Quinientos Noventa y Tres Mil Cuatrocientos
Ochenta y Dos S. A., celebrada a las siete horas del veintinueve de
setiembre del año dos mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del
pacto social en cuanto al domicilio social y a la administración y también se
nombra junta directiva y fiscal.—San José, catorce de
octubre del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2012326204—(IN2012099546).
El día de hoy el suscrito
notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta y Nueve Novecientos Veinticinco S. A.,
celebrada a las siete horas del veintiocho de setiembre del año dos mil doce,
mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al
domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y
fiscal.—San José, catorce de octubre del año dos mil
doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2012326205.—(IN2012099547).
El día de hoy el suscrito
notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta y Nueve Mil Novecientos
Veintisiete S.A., celebrada a las diecisiete horas del doce de octubre del
dos mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto
al domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y
fiscal.—San José, catorce de octubre del dos mil
doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2012326206.—(IN2012099548).
El día de hoy el suscrito
notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cuarenta y Dos Mil Treinta y
Cinco S. A., celebrada a las siete horas del dieciocho de agosto del año
dos mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en
cuanto al domicilio social y a la administración y también se nombra junta
directiva y fiscal.—San José, diecisiete de octubre
del dos mil doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2012326207.—(IN2012099549).
Por escritura otorgada a las
diez horas del 12 de octubre del 2012 ante la notaría de Rosibelle Dejuk
Xirinachs, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas donde se
nombra nueva secretaria en junta directiva en Wood Cross Sociedad Anónima.—San
José, 12 de octubre del 2012.—Lic. Rosibelle Dejuk Xirinachs, Notaria.—1 vez.—RP2012326208.—(IN2012099550).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario público, en la ciudad de San José, a las once horas del
diecisiete de octubre de dos mil doce, protocolicé el acta de la sociedad Q.V.I.
Los Llanos de Guachipelín Ocho Sociedad Anónima, por medio del cual se
reforman las cláusulas segunda y octava del pacto social y nombra nueva junta
directiva y fiscal.—San José, 17 de octubre de
2012.—Lic. Manuel Mairena Díaz, Notario.—1
vez.—RP2012326217.—(IN2012099551).
Ante la suscrita notaría se constituyó la sociedad
denominada Oval Costa Rica Sociedad Anónima, otorgada a las once y
treinta y cinco horas del cuatro de octubre del año dos mil doce. Presidente:
Herbert Poveda Hernández. Capital social diez mil colones. Plazo social:
Noventa y nueve años.—Lic. Irene Salazar Jiménez,
Notaria.—1 vez.—RP2012326220.—(IN2012099552).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
doce horas del diez de setiembre del dos mil doce, María Lizet y Brenda ambas
Bendafla Herrera constituyen Compuvisión Sur Sociedad Anónima. Es todo.—San José, doce horas del diez de septiembre del dos mil
doce.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1
vez.—RP2012326223.—(IN2012099553).
Ante esta notaría en escritura de las nueve horas
del diecisiete de octubre del dos mil doce, la sociedad Grupo Internacional
Technovet del Este Sociedad Anónima, nombra nueva junta directiva y se
reforma artículo dos del pacto constitutivo.—San José,
dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Annette Cambronero Valverde,
Notaria.—1 vez.—RP2012326224.—(IN2012099554).
Por escritura ante esta notaria de las 15:00 horas
del 9 de octubre 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de Marco Soto Sociedad Anónima, en la cual se disuelve dicha sociedad.—11 de octubre del 2012.—Lic. María Isabel Blanco Morales,
Notaria.—1 vez.—RP2012326225.—(IN2012099555).
Mediante escritura pública número doscientos
treinta y nueve otorgada ante mí a 14:00 horas del día 16 de octubre del 2012,
se protocolizó acta la sociedad tres-ciento uno-seiscientos diecinueve mil
quinientos noventa y uno sociedad anónima, mediante la cual se modifica la
cláusula 1,9 y se nombra nuevo presidente y secretario.—Lic. Paul Tacsan
Tacsan, Notario.—1 vez.—RP2012326229.—(IN2012099556).
Mediante escritura número ochenta y tres-nueve,
del tomo nueve: Hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Egypcian
Mau Sociedad Anónima, en lo conducente, Se recibe la renuncia del
presidente y se nombra nuevo.—San José 12 de octubre
de 2012.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1
vez.—RP2012326230.—(IN2012099557).
Hoy protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de asociados de la Asociación Amigos Fundación Acción Ya en
la cual se constituye dicha asociación. Domicilio San José, Santa Ana,
Salitral, del Súper La Gloria, doscientos cincuenta metros oeste, doscientos
cincuenta metros sur. Junta directiva compuesta por presidente, vicepresidente,
secretario, tesorero, vocal uno y fiscal.—San José, 12
de octubre del 2012.—Lic. Eugenia Carazo Gólcher, Notaria.—1
vez.—RP2012326232.—(IN2012099558).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
dieciséis horas del dieciséis de octubre dos mil doce, se constituyó Log(N)
S. R. L. Capital social totalmente suscrito y pagado. El gerente uno y
gerente dos son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma pudiendo actuar individualmente.—San
José, dieciséis de octubre de dos mil doce.—Lic. Marco Abellán Acevedo, Notario.—1 vez.—RP2012326235.—(IN2012099559).
Rafael del Carmen Barrantes Guido, Grettel
Villegas Ramírez y Ángel Santos Barrantes Guido titulares de las acciones que
componen el total del capital social de la compañía Transporte Nuevo
Amanecer S. A. disuelven la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio y en el
apartado VI de la Directriz 002-2012 del Registro de Personas Jurídicas.
Escritura N° 134 de las 8:48 minutos del día 13 de agosto del 2012, otorgada
ante el notario Jesús Roberto Jiménez Angulo.—Lic.
Jesús Roberto Jiménez Angulo, Notario.—1
vez.—RP2012326238.—(IN2012099560).
Por escritura de las once horas del dieciséis de
octubre del dos mil doce, ante mí: Se protocolizan acuerdos sociales de la
sociedad Las Acacias de las Nubes S. A., en donde se modifica la
cláusula quinta del pacto social constitutivo.—San
José, 17 de octubre del 2012.—Lic. José Ricardo Rojas Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012326241.—(IN2012099561).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30 horas
de hoy, se protocolizan acuerdos de socios de Nanda Aventuras Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-413187, por medio de los cuales se reforma
la cláusula del domicilio y se nombra presidente.—San
José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Manuel Antonio Solano Ureña, Notario.—1 vez.—RP2012326242.—(IN2012099562).
Eraya Finca Uno Sociedad Anónima cambia junta directiva y reforma cláusula
segunda, escritura protocolizada a las a las doce horas del diecisiete de
octubre del dos mil doce, ante notaria Gabriela Rodríguez Méndez, fax 22574255.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1
vez.—RP2012326243.—(IN2012099563).
Por escritura otorgada ante mí a las 8:45 horas de
hoy, se protocolizan acuerdos de socios de 3-101-614.619 sociedad anónima,
misma cédula jurídica, por medio de los cuales se reforma la cláusula del
domicilio y de asamblea de socios y se nombra junta directiva, fiscal y agente
residente.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic.
Manuel Antonio Solano Ureña, Notario.—1
vez.—RP2012326244.—(IN2012099564).
Ante mí, Yeudi Aguirre Aguirre, notario público,
se ha constituido una sociedad anónima denominada Grupo Roherchar
Corporación Limitada, cuyo representante con calidad de apoderado
generalísimo sin límite de suma es Ronny Hernández Chavarría en su condición de
gerente. Escritura Nº 217, tomo 5, otorgada el 21 de setiembre del 2012.—Ciudad Neily, 17 de octubre del 2012.—Lic. Yeudi Aguirre
Aguirre, Notario.—1 vez.—RP2012326247.—(IN2012099565).
Ante mí, Saúl López López, notario público, se ha
constituido una sociedad anónima denominada Joyeka Limitada cuyo
representantes con calidades de apoderados generalísimos sin límite de suma son
Yeudi Aguirre Aguirre y Kattia Vanessa Álvares Badilla, gerentes. Escritura Nº
124, tomo tres, otorgada el 5 de octubre del 2012.—Ciudad
Neily, 5 de octubre del 2012.—Lic. Saúl López López, Notario.—1
vez.—RP2012326248.—(IN2012099566).
El día 22 de mayo del 2012, por
acuerdo del capital accionario de la entidad denominada Maderas El Llanero
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-190558, con domicilio La
mansión de Nicoya ochocientos metros oeste del cruce La Mansión, acordaron
disolver la citada entidad, de acuerdo al artículo 201 inciso d del Código de
Comercio. Es todo.—Hojancha, 17 de octubre del
2012.—Lic. María Eugenia Castro Villalobos, Notaria.—1
vez.—RP2012326256.—(IN2012099567).
Ante esta notaría mediante
escritura de las 16:30 horas del 4 de octubre del 2012, se constituyó la
sociedad Consorcio Familia Jiménez Umaña de Turru Limitada, gerente
Marco Vinicio Jiménez Umaña y subgerente Marco Tulio Jiménez Vega, ambos con
facultades de apoderados generalísimos.—Lic. Alejandra
Rodríguez Soto, Notaria.—1
vez.—RP2012326253.—(IN2012099568).
Por escritura otorgada ante mí, el
día 24 de setiembre del 2012, se constituyó Family Remix de Costa Rica
Sociedad Anónima, Objeto: producción, comercialización, producción,
comercialización al por menor y por mayor de toda clase de productos
hortofrutícolas, frutas, verduras, legumbres frescas y hortalizas, plazo 99
años, capital íntegramente suscrito y pagado, presidente; Jaime Hernández
Arango, secretaria: Juliana Hernández Velásquez, tesorera; Olga Lucía Velásquez
Ángel, son los representantes legales con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma.—San José, 17 de setiembre del 2012.—Lic. Marta Eugenia
Cascante Alvarado, Notaria.—1
vez.—RP2012326255.—(IN2012099569).
Por escritura otorgada en mi
Notaría a las 8:00 horas del 15 de octubre del 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de: Doña Bárbara S. A., en
virtud de la cual se reformó la cláusula sétima.—San
Juan de Tibás, 16 de octubre del 2012.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2012326257.—(IN2012099570).
El suscrito notario protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de PVG Total
Travel Limitada, reforman cláusulas tercera, quinta, sétima del
pacto social. Renuncia gerente y agente residente. Se nombran gerente,
subgerente y agente residente.—San José, 18 de octubre
del 2012.—Lic. Alberto Antonio Agüero Echeverría, Notario.—1
vez.—RP2012326261.—(IN2012099571).
Por escritura trescientos
diecinueve otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día diecisiete de
octubre del año dos mil doce, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Bosco
Investments Costa Rica Sociedad Anónima y se nombraron nuevos
representantes y secretario.—Turrialba, dieciocho de
octubre del dos mil doce.—Lic. Viriam Fumero Paniagua, Notaria.—1 vez.—RP2012326263.—(IN2012099572).
Paul Kevin Grandy, Ramona Maire
Grandy, Kraig Tyler Grandy y Kyle Ritchie Grandy, constituyen la sociedad
denominada RMI Industries S. A. Capital social
¢100.000,00. Plazo: 99 años. Domicilio social: San José, San Francisco de Dos
Ríos, trescientos metros sur de la Iglesia. Presidente: Paul Kevin Grandy.—Lic. Juan Ávila Abrahams, Notario.—1
vez.—RP2012326264.—(IN2012099573).
Por escritura otorgada en esta
notaría a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del doce de octubre del
dos mil doce, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada que
utilizará el número de cédula jurídica como denominación social. Capital
suscrito y pagado. Gerente y Subgerente con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial,
quienes pueden actuar conjunta o separadamente.—San
José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Eduardo López Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2012326266.—(IN2012099574).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Empresa
Eléctrica Matamoros Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cinco mil novecientos setenta y siete, mediante la cual se
reforma la cláusula segunda del domicilio, sétima de la administración, octava
de la asamblea de accionistas, y la cláusula undécima. Escritura otorgada a las
dieciséis horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1
vez.—RP2012326267.—(IN2012099575).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Familia
González Carvajal Gonzac Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos cuarenta y ocho mil trescientos veintiséis,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio. Escritura
otorgada a las diecisiete horas del diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1
vez.—RP2012326268.—(IN2012099576).
A las trece horas del cinco de
octubre del dos mil doce, ante mi Notaría se constituyó la sociedad denominada Capacita
Int Sociedad Anónima. Presidente André Barrantes Ramírez.—Lic.
Carlos Fernández Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2012326270.—(IN2012099577).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaría, a las 13:00 horas del 17 de octubre del 2012, se constituyó
la sociedad Inversiones IMF de CR Sociedad Anónima.—San
José, 17 de octubre del 2012.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—RP2012326272.—(IN2012099578).
Ante esta notaría, el diecinueve
de setiembre del dos mil doce, se constituyo la sociedad denominada JI &
JO Digital Pixel de Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en
Tibás, ciento veinticinco metros al oeste de la entrada de sol del Estadio
Saprissa, cuyo capital social será la suma cien mil colones y cuyo presidente
será José Miguel Ortega Orias.—San José, dieciocho de
octubre del dos mil doce.—Lic. Diego José Mata Morales, Notario.—1 vez.—RP2012326274.—(IN2012099579).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el día 9 de octubre del
Por escritura otorgada ante esta
notaría el día 16 de octubre del
Por escritura otorgada en esta
Notaría a las trece horas del veintisiete de setiembre del año dos mil doce, se
constituyó la sociedad Seapack Costa Rica Sociedad Anónima, capital
íntegramente suscrito y pagado.—Alajuela, dieciséis de
octubre del año dos mil doce.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—RP2012326282.—(IN2012099582).
Por escritura otorgada en esta
Notaría a las nueve horas del dieciséis de octubre del año dos mil doce, se
protocolizó acta de la Asociación de Psicodrama, Sociometría y Teatro
Espontáneo de Costa Rica Asiste CR, donde se reforma articulo
vigésimo segundo.—Alajuela, diecisiete de octubre del año dos mil doce.—Lic.
José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—RP2012326283.—(IN2012099583).
Por escritura número 73-145,
otorgada ante el Notario Jorge Luis Quesada Hidalgo, a las 10:00 horas del 1º
de octubre del año 2012, se reforman estatutos en la sociedad denominada Ganadera
Luisamar S. A.—Dr. Jorge Luis Quesada Hidalgo, Notario.—1
vez.—RP2012326286.—(IN2012099584).
Mediante escritura número 59-2,
otorgada a las 9:00 horas del 1º de octubre del 2012, se acordó: constitución
de la cláusula de la sociedad denominada Transportes Comerciales E Y
A de Costa Rica S. A., capital social: Diez mil colones, Domicilio:
San José.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic.
Fernando Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—RP2012326288.—(IN2012099585).
Ante esta Notaría a las 9:00
horas del día de hoy, se constituye la sociedad denominada Amaia Lifecare Sociedad
Anónima. Capital social ¢10.000,00
totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años. Presidente: Luis Diego
Fernández Piedra.—San José, 17 de octubre del
2012.—Lic. Randall Fernández Argüello, Notario.—1
vez.—RP2012326294.—(IN2012099586).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, se constituyó la empresa de esta plaza, denominada Apartamentos
Avenida Siete W & M Sociedad Anónima. Domicilio social: Será en la
ciudad de San José, de la Pop`s de la Sabana, quinientos metros al oeste.
Capital social: Será la suma de diez mil colones. Representación: Corresponde
al presidente, vicepresidente de la junta directiva.—San
José, 18 de octubre del 2012.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—RP2012326296.—(IN2012099587).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, se constituyó la empresa de esta plaza, denominada Apartamentos
Parque Nacional de Costa Rica W & M Sociedad Anónima. Domicilio social:
Será en la ciudad de San José, de la Pop`s de la Sabana, quinientos metros al
oeste. Capital social: Será la suma de diez mil colones. Representación:
Corresponde al presidente, vicepresidente de la junta directiva.—San José, 18 de octubre del 2012.—Lic. Ana Lorena Ramírez
González, Notaria.—1
vez.—RP2012326298.—(IN2012099588).
Por escritura otorgada ante mí, se
modifica la cláusula tercera del objeto: de
la firma Valverde Carrillo y
Asociados S. A. fecha: 1º de octubre del 2012. Lugar de
otorgamiento: San José; Notarios: Lilliana Fallas Valverde y Daniel Aguilar
González.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—RP2012326301.—(IN2012099589).
Por escritura de esta Notaría el
día de hoy, se ha reformado el pacto constitutivo de la sociedad denominada Restaurante
Ochenta y Ocho Limitada. Se modifica la cláusula segunda: Domicilio: San Pedro
de Montes de Oca. Se nombran gerente, dos subgerentes y agente residente.—San José, diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic.
Gerardo Sibaja Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2012326302.—(IN2012099590).
Por escritura otorgada en esta
Notaria a las catorce horas del día dieciséis de octubre del año dos mil doce,
se constituyó la sociedad denominada O.M.A.G. Solutions Sociedad Anónima,
domicilio San Josecito de Alajuelita. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, diecisiete de octubre del año dos mil doce.—Lic.
Marta E. Benavides Rodríguez, Notaria.—1
vez.—RP2012326304.—(IN2012099591).
José Francisco Chaves Campos,
abogado, hace constar que mediante escritura número diecinueve-ciento noventa y
tres, se nombra nueva junta directiva en la sociedad Imobiliaria Ju Se Se Sa.—18 de octubre del 2012.—Lic. José F. Chaves Campos,
Notario.—1 vez.—RP2012326305.—(IN2012099592).
Mediante escritura pública
número siete-diez de trece horas del nueve de octubre del año dos mil doce,
Maribel Zúñiga Castro y Rodrigo Arauz Figueroa, constituyen Maribel Zúñiga
Castro Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente: Maribel
Zúñiga Castro.—Lic. Francisco Javier Stewart
Satchuell, Notario.—1
vez.—RP2012326309.—(IN2012099593).
Mediante escritura número
trescientos treinta y uno, otorgada a las dieciséis horas del día seis de julio
del año dos mil doce, visible al folio ciento setenta y ocho frente y vuelto,
del tomo primero de mi protocolo, se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo, y se nombran nuevos miembros de la junta directiva, de la
sociedad denominada Fertama Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-ciento setenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y tres. Es todo.—San José, diez de julio del año dos mil doce.—Lic. Marcela
Vargas García, Notaria.—1
vez.—RP2012326312.—(IN2012099594).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 20:00 horas del 17 de octubre del 2012, se constituyó la sociedad
denominada, Seguridad Madrigal GMK S. A., siendo
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo:
100 años. Capital social: Diez mil colones.—San José,
17 de octubre del 2012.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1
vez.—RP2012326313.—(IN2012099595).
Ante mi notaría, en fecha quince
de octubre del dos mil doce, a las once horas treinta minutos. Yendry Cubillo
Soto, portadora de la cédula de identidad número uno-mil ciento sesenta y
dos-setecientos treinta y ocho, Alfonso Valderrama Ortiz. Portador de la cédula
de residencia número uno uno siete cero cero cero tres siete siete cinco dos siete,
de nacionalidad Colombiano, María Carmen Soto Arce. portadora de la cédula de
identidad número uno-cuatrocientos setenta y dos-setecientos veintitrés,
constituyeron la sociedad denominada Valcub Sociedad Anónima,
domiciliada en San José (provincia), Santa Ana (cantón) Río Oro (distrito), un
kilómetro al sur de la entrada principal, calle Macho Madrigal, ultima casa de
dos plantas, capital social diez mil colones, la primera ostenta el cargo de
presidenta, el segundo ostenta el cargo de secretario y el tercero ostenta el
cargo de tesorero, el presidente y secretaria con facultades de apoderados
generalísimo sin límite de suma.—Lic. Carlos Gerardo Monge Carvajal, Notario.—1 vez.—RP2012326314.—(IN2012099596).
Por escritura otorgada a las ocho
horas del dieciocho de octubre del dos mil doce, ante esta notaría se reforma
la cláusula sexta del pacto social de la sociedad tres-ciento dos-quinientos
ochenta y nueve mil doscientos veintidós sociedad responsabilidad limitada.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic.
Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1
vez.—RP2012326323.—(IN2012099597).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Fallas Granados Sociedad Anónima,
domicilio en el cantón de San Ramón, provincia de Alajuela. Plazo: noventa
años. Capital social un millón de colones.—3 de
octubre del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1
vez.—RP2012326331.—(IN2012099598).
Mediante escritura otorgada por
el suscrito notario Omar Ayales Aden, a las 12:00 horas del 10 de octubre del
2012, protocolicé acuerdos del acta de asamblea extraordinaria de socios de la
sociedad Porsche House S. A., donde se modifican las cláusulas segunda y
novena de su pacto social en cuanto al domicilio y la representación de la sociedad
así como revocatorias y nombramientos en la administración.—Playas
del Coco, 10 octubre de 2012.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1
vez.—RP2012326334.—(IN2012099599).
Por medio de la escritura número
doscientos tres del tomo segundo de mí protocolo, procedí a protocolizar acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones
Pacífico Marino S. A., mediante la cual se reforma la cláusula quinta
relativa al capital social, así como cláusula novena, relativa a la
administración de la sociedad.—San José, diecisiete de
octubre del dos mil doce.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1
vez.—RP2012326335.—(IN2012099600).
Ante esta notaría al ser las 17
horas del 12 de abril del 2004, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria
de socios de la sociedad Azzary Internacional S. A., cédula jurídica
número 3-101-174684, en la cual se nombró nueva junta directiva y correspondió
el cargo de presidente al señor José Miguel Ortiz Zamora, cédula 108730831, por
el resto del plazo social de dicha sociedad.—Lic.
Víctor Rojas Aguilar, Notario.—1
vez.—RP2012326338.—(IN2012099601).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del diecisiete de octubre del
dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Servicios de Gestión en Seguridad
Vial SGSV S. A., donde se acuerda modificar la cláusula del capital social.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic.
Magally María Guadamúz García, Notaria.—1
vez.—RP2012326339.—(IN2012099602).
Ante esta notaría bajo la
escritura doscientos setenta y dos-ocho de las trece horas del ocho de octubre
del dos mil doce, se constituyó la sociedad Distribuidora Yivu China
Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de dos millones de
colones.—San José, 8 de octubre del 2012.—Lic. Luis
Gerardo Brenes Solano, Notario.—1
vez.—RP2012326340.—(IN2012099603).
Ante esta notaría bajo la
escritura numero doscientos setenta y tres de las catorce horas del ocho de octubre
del dos mil doce, se protocolizó el acta número dieciocho de la sociedad La
Segunda Arca Sociedad Anónima, donde se modifica el pacto social.—San José, 8 de octubre del 2012.—Lic. Luis Gerardo Brenes
Solano, Notario.—1 vez.—RP2012326341.—(IN2012099604).
Ante esta notaría bajo la
escritura doscientos cuarenta y dos- ocho de las doce horas del ocho de octubre
del dos mil doce, se constituyó la sociedad Importaciones Internacionales
del Oriente Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de diez mil
colones.—San José, 8 de octubre del 2012.—Lic. Luis
Gerardo Brenes Solano, Notario.—1
vez.—RP2012326342.—(IN2012099605).
Ante esta notaría se constituyó Inversiones
la Cruz de los Andes Sociedad Anónima. Domicilio en San Ramón de Alajuela.
Plazo: noventa años. Capital social cien mil colones. Fecha de constitución:
cuatro de agosto del dos mil doce.—Lic. Ana Luz
Villalobos Chacón, Notario.—1
vez.—RP2012326343.—(IN2012099606).
Por escritura número ciento
treinta y cuatro, otorgada ante el suscrito notario, en San José a las 12 horas
del 17 de octubre de 2012, se protocolizan acuerdos de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Maitechu Mia Sociedad Anónima.—San
José, 18 de octubre de 2012.—Lic. Luis Alberto Palma León, Notario.—1 vez.—RP2012326345.—(IN2012099607).
En la notaría del Licenciado
Álvaro Meza Lazarus, se disolvió por acuerdo de socios la sociedad Desarrollos
Nau-Ticos S.A., cédula jurídica número tres-ciento uno- trescientos
cincuenta y seis mil seiscientos sesenta y nueve, y se nombra a Roberto Fiatt
Seravalli, representante de esta sociedad para solicitar el cierre de cuentas
en dólares y colones a nombre de esta plaza en el banco privado City Bank, así
como el retiro de los fondos, si los hubiere de las mismas. Es todo.—San José, diez de julio de dos mil doce.—Lic. Álvaro Meza
Lazarus, Notario.—1 vez.—RP2012326346.—(IN2012099608).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el día de hoy se constituyó la sociedad: Inversiones Cigala S. A.
Capital social cien mil colones. Presidente con facultades.—San
José, tres de octubre del dos mil doce.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012326349.—(IN2012099609).
Mediante escritura número ciento
cuarenta y uno-quince de las catorce horas del once de octubre del dos mil
doce; se reforma la cláusula segunda del domicilio de la sociedad Puerto de
Catesveltrano Sociedad Anónima.—San José, once de
octubre del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—RP2012326350.—(IN2012099610).
Mediante escritura número
doscientos setenta y seis-tres de las nueve horas del seis de agosto del dos
mil doce; se reforma la cláusula primera de nombre de la sociedad M A Plaza
Mundo Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de
octubre del dos mil doce.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—RP2012326351.—(IN2012099611).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del diecisiete de octubre del
dos mil doce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada 3-101-661335 s. a., donde se
acuerda modificar las cláusulas primera, segunda, cuarta y sexta de los
estatutos.—San José, dieciocho de octubre del dos mil
doce.—Lic. Magally María Guadamúz García, Notaria.—1
vez.—RP2012326370.—(IN2012099612).
Mediante escritura número
catorce otorgada el 17 de octubre del
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del doce de octubre del dos mil doce, se constituyó
la sociedad de responsabilidad limitada denominada con el mismo número de
cédula jurídica que le asigne el Registro Nacional. Capital: cien mil colones,
totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el gerente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—María
Viviana Jiménez Ramírez.—1 vez.—RP2012326353.—(IN2012099614).
Por escritura otorgada ante el
notario Rafael Elías Madrigal Brenes, la Fundación Pococí Limpio, cédula
jurídica 3-106-503393; modifica su domicilio el cual es distrito primero, Guápiles,
cantón segundo, Pococí, provincia de Limón, en las instalaciones de la
Municipalidad.—Guápiles, 16 de octubre del 2012.—1
vez.—RP2012326359.—(IN2012099615).
Por escritura autorizada ante
esta notaría, a las 19:15 horas del 17 de octubre del año dos mil doce, se
constituyó la empresa Ayroma Consultores Sociedad Anónima.
Domiciliada en la ciudad de Santa Ana, San José. Capital social: suscrito y
pagado. Representantes con facultades de apoderados generalísimos sin
limitación de suma: el presidente y vicepresidente de la junta directiva,
señores Ana Yensi Rojas Mayorga y Juan Carlos Molina.—San
José, 18 de octubre del 2012.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012326360.—(IN2012099616).
Por escritura trescientos
treinta y seis, visible a folio ciento noventa y cuatro vuelto, tomo tercero,
otorgada ante la Notaria pública Yirlany González Blanco, de la ciudad de
Guápiles, Pococí, Limón, constituyen sociedad anónima, Gerardo Vargas Montoya,
mayor, divorciado, comerciante, cédula de identidad número uno-setecientos
veinte-novecientos cuarenta y nueve, vecino de La Gloria Palmitas, de Cariari,
Pococí, Limón, ciento setenta y cinco metros de la iglesia Pentecostal y
Susaylin Villegas Briones, conocida como Susaylin Caravaca Briones, mayor,
soltera en unión de hecho, ama de casa, cédula de identidad número siete-ciento
cincuenta y nueve-cuatrocientos cinco, vecina de La Gloria Palmitas, de
Cariari, Pococí, Limón, ciento setenta y cinco metros de la iglesia Pentecostal
Guápiles Pococí, con el nombre Inversiones y Desarrollos Empresariales
Vargas Brioles S. A.—Limón, 16 de mayo del 2012.—Licda. Yirlany González
Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2012326361.—(IN2012099617).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 11:45 horas del quince de octubre del dos mil doce, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de Condominio Belén Diecinueve A
Somosierra Sociedad Anónima, por medio de la cual se modificó el domicilio,
la cláusula de representación y se nombró nuevo presidente, secretario,
tesorero, fiscal y agente residente el por el resto del plazo social.—San José, 15 de octubre del 2012.—Lic. Paúl Murillo
Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012326362.—(IN2012099618).
Por escritura trescientos
treinta y cinco, visible a folio ciento noventa y tres frente, tomo tercero,
otorgada ante la notaria pública Yirlany González Blanco, de la ciudad de
Guápiles, Pococí, Limón, constituyen sociedad anónima, Gerardo Vargas Montoya,
mayor, divorciado, comerciante, cédula de identidad número uno-setecientos
veinte-novecientos cuarenta y nueve, vecino de La Gloria Palmitas, de Cariari,
Pococí, Limón, ciento setenta y cinco metros de la iglesia Pentecostal y
Susaylin Villegas Briones, conocida como Susaylin Caravaca Briones, mayor,
soltera en unión de hecho, ama de casa, cédula de identidad número siete-ciento
cincuenta y nueve-cuatrocientos cinco, vecina de La Gloria Palmitas, de
Cariari, Pococí, Limón, ciento setenta y cinco metros de la iglesia Pentecostal
Guápiles Pococí, con el nombre Reciclajes La Esquina de Pococí S. A.—Limón
16 de mayo del 2012.—Licda. Yirlany González Blanco, Notaria.—1
vez.—RP2012326363.—(IN2012099619).
Por escritura otorgada a las
14:00 horas del 12 de octubre del 2012, se constituye en esta Notaría la
sociedad sin nombre, únicamente con cédula jurídica. Plazo social: 99. Capital
social: cien mil colones. Presidente: Juan Carlos Gutiérrez Rodríguez con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando conjunta o
separadamente.—San José, 18 de octubre del 2012.—Lic.
Víctor Joel Valverde Rodríguez y Carlos Enrique López, Notarios.—1 vez.—RP2012326365.—(IN2012099620).
Ante esta notaría, a las once
horas del dieciocho de octubre del dos mil doce, se constituye una sociedad
denominada Hotel Golf Cariari S. A. Domicilio: su domicilio social será
Belén de Heredia. Plazo social: cien años. Capital social: íntegramente
suscrito y pagado. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—San José, dieciocho de octubre del dos
mil doce.—Lic. Luis Diego Hernández Núñez, Notario.—1
vez.—RP2012326367.—(IN2012099621).
En mi Notaría, se protocolizó
acta de la sociedad La Olla Criolla S. A., en la que se hace nuevo
nombramiento de secretario.—San José, dieciocho de
octubre del dos mil doce.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—RP2012326369.—(IN2012099622).
El suscrito Notario hace constar
que en mi Notaría, mediante escritura número ciento cincuenta y ocho del
dieciocho de octubre del dos mil doce, se reforma la cláusula novena, así como
la junta directiva de la compañía Abax Asesores Sociedad Anónima.—San
José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora,
Notario.—1 vez.—RP2012326371.—(IN2012099623).
Por escritura otorgada de las
diez horas del dieciséis de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad
denominada Gismo Hotels Management Pura Vida Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. Raymundo
Bolaños Calvo, Notario.—1
vez.—RP2012326372.—(IN2012099624).
Por escritura número doce-veintiséis,
otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día doce de octubre del
año dos mil doce, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social
se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto
Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San
José, doce de octubre del dos mil doce.—Lic. Jorge Manuel Casafont Quirós,
Notario.—1 vez.—RP2012326374.—(IN2012099625).
En San José, ante esta notaría,
al ser las catorce horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil
doce se constituyó la sociedad de esta plaza que se denominará con el número de
cédula jurídica que la Sección Mercantil del Registro Público de oficio le
asigne al momento de su inscripción, capital social suscrito y pagado: diez mil
colones exactos.—San José, 18 de octubre del
2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portacarrero, Notario.—1
vez.—RP2012326375.—(IN2012099626).
En San José, ante esta notaría,
al ser las ocho horas del dieciocho de octubre del dos mil doce, se constituyó
la sociedad de esta plaza que se denominará con el número de cédula jurídica
que la Sección Mercantil del Registro Público de oficio le asigne al momento de
su inscripción. Capital social: suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 18 de octubre del 2012.—Lic. Juan Carlos Bonilla
Portacarrero, Notario.—1
vez.—RP2012326376.—(IN2012099627).
Ante esta notaría se constituyó
una sociedad anónima cuya denominación social es Adnunciate Sociedad Anónima.
El capital social de dicha sociedad se encuentra debidamente suscrito y pagado,
siendo el presidente, el vicepresidente, el secretario y el tesorero de la
junta directiva apoderados generalísimos sin límite de suma actuando
conjuntamente ya sea el presidente con el tesorero, o el vicepresidente con el
Secretario.—San José, dieciséis de octubre del dos mil
doce.—Román Alberto Fallas Cordero, Notario.—1
vez.—RP2012326377.—(IN201299628).
Mediante escritura número ciento
treinta y tres, visible al folio noventa y tres frente, del tomo décimo tercero
del protocolo del Notario José Álvaro Bonilla Rojas, se constituyó la sociedad
denominada Focus Finances J Y A Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San
Carlos, once de octubre del dos mil doce.—Lic. José Alvarado Bonilla Rojas,
Notario.—1 vez.—RP2012326317.—(IN2012099629).
Mediante escritora número ciento
treinta y dos, visible al folio noventa vuelto, del tomo décimo tercero del
protocolo del notario José Álvaro Bonilla Rojas, se constituyó la sociedad
denominada Montero Adventures M Y M Sociedad Anónima.—Ciudad
Quesada, San Carlos, once de octubre del dos mil doce.—Lic. José Álvaro Bonilla
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012326318.—(IN2012099630).
Ante esta notaría por escritura
número ciento sesenta-dos, otorgada a las ocho horas del veintiséis de
setiembre del dos mil doce, se modifica la cláusula novena, y décimo segunda,
de la sociedad Bebucho Dos Mil Tres S. A., con cédula jurídica
número 3-101-360183.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1
vez.—(IN2012099633).
Ante esta notaría por escritura
número ciento setenta y dos-dos, otorgada a las nueve horas del cuatro de
octubre del dos mil doce, se modifica la cláusula décimo quinta, de la sociedad
Servi Aduanas JCB Internacional S. R. L., con cédula jurídica número
3-102-645168.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—(IN2012099634).
Ante esta notaría por escritura
número ciento setenta y uno-dos, otorgada a las ocho del cuatro de octubre del
dos mil doce, se modifica la cláusula décimo primera de la sociedad Carbejo
S. A., cédula jurídica 3-101-283976.—Lic. Hugo
Salazar Solano, Notario.—1 vez.—(IN2012099635).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 8:00 horas del día 18 de octubre del 2012, El Tranvía de Alajuela
S. A., modifica cláusula sétima del pacto social y nombra nueva junta
directiva.—Lic. Luis Mario Pérez Mena, Notario.—1 vez.—(IN2012099640).
Por escritura otorgada en San
José, a las 14:00 horas del 21 de setiembre del 2012, ante el notario, José
Alberto Cabezas Dávila, se constituyó la sociedad denominada Big Kahuna
Trading LLC Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de San José,
Mercedes de Montes de Oca de La Paulina;
Mediante escritura numero ciento
setenta y tres otorgada ante el suscrito notario, Antonio Maklouf Coto, a las
quince horas con treinta minutos del doce de octubre del dos mil doce, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de socios de tres-ciento dos-seiscientos treinta y siete mil
ochocientos sesenta y siete s. r. l., en la cual se acordó por unanimidad
reformar la cláusula primera en cuanto a su denominación social y la cláusula
segunda y la quinta donde se nombran nuevo gerente.—San José, diez horas del
diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(IN2012099642).
Mediante escritura número ciento
setenta y cuatro otorgada ante el suscrito notario, Antonio Maklouf Coto, a las
dieciséis horas del doce de octubre del dos mil doce, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de socios de Corporación Celanova Sociedad Anónima,
cuya cédula jurídica es tres-ciento uno-noventa y cinco mil once. En la cual se
acordó por unanimidad reformar la cláusula sexta donde se nombran nuevo
presidente y secretario.—San José, a las diez horas
con cinco minutos del diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Antonio
Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(IN2012099643).
Mediante escritura número ciento
setenta y cinco otorgada ante el suscrito notario, Antonio Maklouf Coto, a las
dieciséis horas con quince minutos del doce de octubre del dos mil doce, se
protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de G L T Sociedad,
cuya cédula jurídica es tres ciento uno ciento seis mil trescientos cuarenta y
ocho, en la cual se acordó por unanimidad reformar la cláusula sexta donde se
nombra nuevo presidente.—San José, a las diez horas con diez minutos del
diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(IN2012099644).
Mediante escritura número ciento
setenta y dos otorgada ante el suscrito notario, Antonio Maklouf Coto, a las
dieciséis horas del veintiséis de setiembre del dos mil doce, constituyen
sociedad anónima denominada Bonadea de la Uruka Sociedad Anónima, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San José,
diez horas del diecisiete de octubre del dos mil doce.—Lic. Antonio Maklouf
Coto, Notario.—1 vez.—(IN2012099645).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9:00
del 19 de octubre del 2012, se modifica la cláusula quinta del pacto social de Agencia
de Seguros Protección de Vida Sociedad Anónima.—San
José, 19 de octubre del 2012.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—(IN2012099646).
Por escritura otorgada en mi
notaría, a las 15:00 del 19 de octubre del 2012, se acuerda la liquidación y
disolución de Krisbola Sociedad Anónima.—San
José, diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya,
Notario.—1 vez.—(IN2012099648).
Por escritura número noventa y
seis-nueve, otorgada en la ciudad de San José, a las 8:00 horas del día 4 de
octubre del 2012, ante el notario público, Christian Jiménez Ramírez, se
modificó la cláusula segunda, del pacto constitutivo de la entidad jurídica
denominada Cordenandez Sociedad Anónima, cédula jurídica número.
3-101-206536, modificándose el domicilio social de la empresa, a saber Heredia
/ San Rafael, así mismo se modifica la cláusula sexta, del pacto constitutivo,
de la administración de la sociedad, la cual será administrada por una junta
directiva compuesta por cuatro miembros, a saber presidente, vicepresidente,
tesorero y secretario. Se revoca nombramientos del tesorero secretario y fiscal.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic.
Christian Jiménez Ramírez, Notario.—1
vez.—(IN2012099652).
Por escritura número ochenta y
seis-nueve, otorgada en la ciudad de San José, a las 17:00 horas del día 6 de
setiembre del 2012, ante el notario público, Christian Jiménez Ramírez, se
modificó la cláusula segunda, del pacto constitutivo de la entidad jurídica
denominada Fashion Inox R. P. L. Sociedad Anónima, cédula jurídica
número. 3-101-632338 modificándose la cláusula quinta, del pacto constitutivo
del capital social; el capital social lo será la suma de cien mil colones,
representado por cien acciones comunes y nominativas de mi colones cada una. Se
revoca nombramientos del secretario y tesorero.—San
José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Christian Jiménez Ramírez,
Notario.—1 vez.—(IN2012099653).
Por escritura 286-4 otorgada
ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del día diecisiete de octubre de
dos mil doce, se cambia la cláusula primera del pacto social sea el nombre de
la sociedad Porvenir Mydas Sociedad de Responsabilidad Limitada, a
sociedad Tropisol Produce Sociedad de Responsabilidad Limitada; de igual
forma se cambia la cláusula sexta de la administración de la empresa, así como
se hacen nombramientos de gerente, subgerente y agente residente.—San José, 19
de octubre del 2012.—Lic. Juan José Nassar Guell, Notario.—1
vez.—(IN2012099654).
En esta notaría se protocolizó
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Inversiones Niupor S. A. Se nombra nuevo fiscal, al ser las
doce horas del día doecisiete de octubre del dos mil doce. Es todo.—Lic. Viviana Vargas González, Notaria.—1
vez.—(IN2012099657).
El suscrito notario, público,
hace constar que en fecha primero de octubre del dos mil doce, mediante
escritura número doscientos cincuenta-nueve, de las once horas doce minutos del
cuatro de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad GM-Grafik
Design Sociedad Anónima, que en español significa GM-Diseño Gráfico S.
A. Domicilio en San José, capital suscrito y pagado, acciones nominativas,
junta directiva de tres miembros, plazo de noventa y nueve años, presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Diecinueve de octubre
del dos mil doce.—Lic. Álvaro Jiménez Calderón, Notario.—1
vez.—(IN2012099686).
Luis Loría Rojas y Mónica Araya
Esquivel, constituyen la sociedad denominada Centro Regional de
Competitividad Empresarial CRECE Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Capital social: un millón de colones. Domicilio: San Rafael de Escazú, Centro
Comercial Plaza Escazú, local E uno. Escritura número 107, otorgada en San
José, a las 11:00 del once de octubre del dos mil doce.—Lic.
Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1
vez.—(IN2012099711).
Por escritura otorgada el día de
hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la
compañía Suministros Entomológicos Costarricenses Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y ocho mil seiscientos sesenta y
cuatro, por la que se reforman los estatutos sociales en cuanto a la
administración y se nombra nueva junta directiva.—San
José, diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. José Fernando Carter Vargas,
Notario.—1 vez.—(IN2012099715).
Que en escritura autorizada por
el suscrito notario, el dieciocho de octubre del dos mil doce, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Leña Procesada Q &
A Sociedad Anónima, mediante la cual se hacen nuevos nombramientos y
reformas al pacto constitutivo.—Sarchí, 18 de octubre del 2012.—Lic. Josué
Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2012099716).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 16:00 horas del 17 de octubre del 2012, se protocolizó acta de
la sociedad Bagelmens de Costa Rica Limitada, según la cual se aumenta
el capital social.—San José, 17 de octubre del
2012.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1
vez.—(IN2012099720).
A las ocho horas con veinte
minutos del día dieciséis de octubre del dos mil doce, protocolicé el acta
número nueve de Electrónica y Comunicaciones ELCOMSA S. A., donde se
acepta la renuncia del presidente y secretario, se nombre a Stanley Rodríguez
Murillo y Kasthya Hernández Guevara, en su debido orden y se modifica la
cláusula sexta del pacto social.—San José, diecinueve
de octubre del dos mil doce.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2012099725).
A las nueve horas del día
dieciséis de octubre del dos mil doce, protocolicé el acta número siete de Mega
Visión Digital MVD S. A., donde se acepta la renuncia del presidente, se
nombre a Luis Salazar Carpio y se modifica la cláusula sexta del pacto
social.—San José, diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Andrea María
Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2012099726).
A las ocho horas del día dieciséis
de octubre del dos mil doce, protocolicé el acta de American Data Networks
S. A., donde se acepta la renuncia del presidente y secretario, se nombre a
Luis Solano Díaz y Carolina Núñez Díaz; en su debido orden y se modifica la
cláusula sétima del pacto social.—San José, diecinueve
de octubre del dos mil doce.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2012099727).
Ante este notario, se
protocolizó la asamblea de accionista de la sociedad, Casa Esquinera Naranja
S. A., en San José, a las trece horas del quince de setiembre del dos mil
doce, en la cual se da la modificación de la cláusula sexta de los estatutos
sociales, acordando un cambio en la representación legal de la empresa.—San José, quince de setiembre del dos mil doce.—Lic. Sharon
Mariaca Carpio, Notaria.—1 vez.—(IN2012099728).
El día de hoy se constituyó la
compañía Soluciones Mi Pymes S.M.P. de Costa Rica S. A.—Escazú, 12 de octubre del
2012.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1
vez.—(IN2012099742).
Licenciada, María Teresa Urpí
Sevlla, mediante escritura otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San
José, número noventa y dos-uno, a las dieciséis horas del dieciocho de octubre
del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas donde
se modifican las cláusulas primera, cambiando el nombre de la sociedad a Konrad
Group International Sociedad Anónima, y octava, cambiando la representación
de la sociedad así cómo nombramiento de nueva junta directiva de la sociedad
tres-ciento uno-seiscientos sesenta mil cuatrocientos noventa y uno, sociedad
anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos sesenta mil
cuatrocientos noventa y uno. Es todo.—San José
dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. María Teresa Urpí Sevilla, Notaria.—1 vez.—(IN2012099750).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas del 10 de enero del 2012, y adicional de las 20:00
del 19 de octubre del 2012, se constituye la sociedad denominada Inversiones
Dos Cedros Sociedad Anónima.—San José. 19 de
octubre del 2012.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla,
Notaria.—1 vez.—(IN2012099773).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20:34 horas, del 19 de octubre del 2012, se protocoliza acta
número cuatro de asamblea general de accionistas de la sociedad denominada Consultores
Arquitectos y Turísticos Catur Sociedad Anónima.—San José, 19 de octubre
del 2012.—Lic. Ana María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1
vez.—(IN2012099775).
Corporación Inversionista Zúñiga
González S. A. Sociedad Anónima, domiciliada en San José, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento cuatro mil ochocientos cincuenta y uno, se cambia domicilio social,
y junta directiva. Escritura número 24, otorgada a las dieciséis horas del día
veinte de octubre del dos mil doce, del tomo sétimo.—Lic.
David Aarón Garita Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2012099779).
Por escritura otorgada a las
ocho horas del dieciocho de octubre del dos mil doce, se modificaron las
cláusulas primera y segunda del pacto social de la compañía tres-ciento
uno-quinientos setenta y seis mil veintiuno Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil veintiuno. Teléfono
2297-0909.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—(IN2012099781).
Joel Manuel Martínez Rivera y
Yendry Vanessa Pérez Núñez; constituyen Ronin Maximum Security S. A., en
San José, a las veinte horas del diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1
vez.—(IN2012099782).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución
RMT-1477-2012 de las 9:00 horas del día 27 de junio del 2012, la Ministra de
Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución
JPIGTA-823-2012, de sesión celebrada en San José a las 9:00 horas del 26 del abril
del 2012, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga
Traspaso de Pensión de Guerra incoadas por, Cousin Brenes Sara Virginia, cédula
de identidad N° 6-045-
De conformidad con resolución
RMT-1568-2012 de las 9:00 horas del día 24 de julio del 2012. La Ministra de
Trabajo y Seguridad Social Resuelve: Impartir aprobación final a la resolución
JPIGTA-1365-2012, de sesión celebrada en San José, a las 9:00 horas del 28 de
junio del 2012, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga
traspaso de pensión de guerra incoadas por Montoya Arguedas Guillermina, cédula
de identidad Nº 6-051-
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Documento admitido traslado al
titular. Ref: 30/2012/21114. Nicolás Boom de Jong y Mario Augusto Matarrita Ma.
Documento: Cancelación por falta de uso. Nº y fecha: Anotación/2-78196 de
12/04/2012. Expediente: 1900-4183300. Registro Nº 41833. VASTALUX en clase 49
marca denominativa.—Registro de la Propiedad
Industrial, a las 15:36:49 del 29 de mayo de 2012. Conoce este Registro, la solicitud
de cancelación por falta de uso, promovida por Alejandro Batalla Bonilla, en
calidad de apoderado especial de Pinturas Mundial de Centroamerica S. A..,
contra el registro del signo distintivo Vastalux, Registro Nº 41833, el cual
protege y distingue: sus establecimientos comerciales o industriales y los que
se establezcan en el futuro en otras poblaciones del país dedicados a la venta
de pintura y afines en clase 49 internacional, propiedad de Nicolás Boon de
Jong y Mario Augusto Matarrita Ma. Conforme a lo previsto en los artículos
38/39 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49
del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo
Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso
al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día
hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a
la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que
estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a
disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el
señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al
titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará
notificado de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro
horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley
de Notificaciones, Ley N°
MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
Se hace saber que el edicto
publicado en La Gaceta Nº 222, el 19 de noviembre del 2001, página Nº
48, correspondiente a la solicitud de concesión que tramita la empresa
Northwest Internacional Caro Sociedad Anónima, con cédula jurídica
3-101-296988, sobre un terreno en Playa Coyote, distrito sexto-Bejuco, cantón
noveno-Nandayure, de la provincia de Guanacaste, plano catastrado Nº
G-0982663-1991, el uso pretendido es para vivienda unifamiliar (residencia
recreativa) como uso condicional dentro de la zona de alojamiento turístico
dispuesta en el plan regulador.
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Departamento de ZMT.—Jokcuan Aju Altamirano, Encargado.—1
vez.—RP2012327051.—(IN20120101189).