MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO
COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS
SERVICIOS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN
CONCEJO
MUNICIPAL DE DISTRITO CÓBANO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Nº D.M. 133-2012.—Despacho del
Ministro.—San José, a las quince horas quince del día doce de julio del dos mil
doce. Nombrar al señor Daniel Soley Gutiérrez, cédula de identidad Nº
1-819-200, en representación del Ministro de Cultura y Juventud, en
Resultando:
1º—Que
2º—Que conforme con la supracitada Ley,
Considerando:
1º—Que mediante Resolución Nº
D.M. 050-2012 del 7 de marzo del 2012, se nombró al señor Adrián Vindas Chaves,
cédula de identidad Nº 4-139-029, como representante del Ministro de Cultura y
Juventud, en
2º—Que el señor Adrián Vindas Chaves, cédula
de identidad Nº 4-139-029, presentó la renuncia a dicho cargo, a partir del 23
de mayo del 2012. Por tanto,
EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:
Artículo 1º—Nombrar al señor
Daniel Soley Gutiérrez, cédula de identidad Nº 1-819-200, en representación del
Ministro de Cultura y Juventud, en
Artículo 2º—Rige a partir del 11 de julio del
2012.
Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud.—1 vez.—O. C. Nº 2172.—Solicitud Nº 7050.—C-30100.—(IN2012102002).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo
de
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de
Artículo 09: Para que se agregue
en el inciso d) separación acordada por
Artículo 18: Para que se agregue
que se permita la figura de tres suplentes, con los mismos requisitos de
miembro de junta directiva, los mismos no podrán sustituir el puesto de
presidente, acatando
En cumplimiento de lo
establecido en los artículos 18, del Reglamento a
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN
Y
EXTRANJERÍA
Res. D. Jur-021-2012.—San José, al ser las doce horas del tres de octubre de dos
mil doce. Se delega la suscripción de certificaciones y resoluciones por medio
de las cuales esta Dirección General prevenga, deniegue, conceda o cancele
cualquiera de los trámites de permisos temporales y residencias bajo cualquier
categoría o subcategoría migratoria y todas aquellas certificaciones, permisos
o autorizaciones y resoluciones relacionados con el trámite de
Resultando:
1º—Que de conformidad con los
artículos 12, 13 y 14 de
2º—Que el artículo 13 inciso 14) de
3º—Que los cambios producidos en las últimas
décadas en relación con los flujos migratorios internacionales, entre los que
se destacan el-crecimiento de la población extranjera residente en el
territorio nacional, la persistente presión de los movimientos migratorios
irregulares y el paulatino crecimiento de nuevas corrientes de foráneos,
plantean la necesidad de definir un nuevo marco de orientaciones jurídicas, que
permitan continuar desarrollando una profunda transformación del sistema de
gestión migratoria y asegurar la aplicación eficiente y transparente de las
políticas migratorias que adopte el Estado costarricense y la legislación
vigente.
IV.—Que
Nacional y Política Económica mediante
oficios DM-1298-2004, del 30 de agosto de 2004, y DM-736-2005, del 10 de mayo
de 2005, aprobó
V.—Que mediante el Decreto N° 37112-G
publicado en el Diario Oficial
VI.—Que en función
de la estructura organizacional de
Considerando:
I.—Que en virtud de lo
establecido por el artículo 134 inciso 2) de
II.—Que la figura de
la delegación encuentra amplio sustento jurídico en
III.—Que por las
razones indicadas, se estima procedente delegar la suscripción de
certificaciones y resoluciones por medio de las cuales esta Dirección General
prevenga, otorgue, deniegue o cancele cualquiera de los trámites de Residencia
bajo cualquier categoría o subcategoría, además de todas aquellas que
constituyan funciones propias de
Conforme a las consideraciones y
citas legales referidas,
Res. D Jur-0026-2012.—San José, al ser las ocho horas del veintidós de octubre
de dos mil doce. Se modifica resolución D. JUR-0005-2012, del 21 de febrero de
2012; mediante el cual se delegó la suscripción de certificaciones y
resoluciones por medio de las cuales esta Dirección General prevenga, deniegue,
conceda o cancele cualquiera de los trámites de permisos temporales y
residencias bajo cualquier categoría o subcategoría migratoria y todas aquellas
certificaciones, permisos o autorizaciones y resoluciones relacionadas con el
trámite de
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS
EDICTO
AE-REG-E-365/2012.—La señora Silvia Garófalo Moya, cédula 1-0593-074, en
calidad de representante legal de la compañía
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
REPOSICIÓN DE TITULOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias, inscrito en el tomo 1,
folio 20, título N° 147, emitido por el Colegio Nocturno PacÍfico Sur en el año
mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Castillo Serrano José Ángel. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 174, título N° 6142, emitido por el Colegio
de San Luis Gonzaga, en el año dos mil ocho, a nombre de Brenes Fernández
Laura. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 49, título N° 621, emitido por el Colegio
Nocturno Braulio Carrillo Colina, en el año dos mil diez, a nombre de Rojas
Rodríguez Anthony Jesús. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 04, título N° 6, emitido por el Liceo
Nocturno de Paraíso, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de
Fernández Morera Kattia Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 40, título N° 1062, emitido por el Liceo de
Tarrazú, en el año dos mil seis, a nombre de Syed Chanto Salim. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 7, título N° 698, emitido por el Liceo
Doctor José María Castro Madriz, en el año mil novecientos noventa y ocho, a
nombre de Arias Quirós Marlon Manrique. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 27, asiento N° 71, emitido por el Colegio
de Cañas Dulces, en el año dos mil siete, a nombre de Junior Ramírez Monge. Se
solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyo nombre
y apellidos correctos son: Junior Alvarado Ramírez. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, asiento 224, emitido por el Liceo de
Miramar, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Vargas Molina
Gabriela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 12, título N° 84, emitido por el Colegio
Latino de Costa Rica, en el año dos mil uno, a nombre de Pizarro Picado Max. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 105, título N° 1019, emitido por el Liceo
Monseñor Rubén Odio Herrera, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre
de Robles Rodríguez Melissa. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, Rama Académica, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo
3, folio 265, título N° 2132, emitido por el Colegio de San Luis Gonzaga, en el
año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Camareno Chacón Mario Alberto.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición Solicitada Dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 44, título Nº 323, emitido por el Liceo de
Santo Domingo, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Casorla
Quirós José Eduardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento, se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 149, título Nº 2080, emitido por el Colegio
Bilingüe de Palmares, en el año dos mil dos, a nombre de Sánchez Méndez María
Karol. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se procede
a la inscripción de la organización denominada: Sindicato de Trabajadores de
Correos de Costa Rica, siglas SITRACORI. Expediente 932-SI. Habiéndose cumplido
con las disposiciones contenidas en los artículos 344 del Código de Trabajo y
49 de
Secretaría general: Jorge Soto Solano
Secretaría general adjunto: Álvaro Murillo Chacón
Secretario de actas: Carlos Porras
Sánchez
Secretaría de finanzas: Jorge Payne Marenco
Secretaría de organización: Óscar Mendoza Torres
Fiscal: Jorge Sánchez
Bonilla
Vocal: Édgar López
Quesada
Vocal: Carlos Alberto
Hidalgo Mesén
San José, 27 de junio del 2012.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2012101928).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de
Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la
organización social denominada: Sindicato de Oficiales de
Presidente |
Edson Contreras Matarrita |
Secretario adjunto |
Ivan Ureña Rodríguez |
Secretaria de finanzas |
Karina Martínez Arias |
Secretaria de conflictos |
Eddie Céspedes Artavia |
Secretaria actas y correspondencia |
Evelyn Solano Arce |
Secretaria de actividades sociales |
Alejandra Mora Pérez |
Vocal |
Leonardo Gómez Solano |
San José, 19 de octubre del 2012.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2012102266).
De conformidad con la autorización
extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad, este Registro ha
procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la
organización social denominada: Sindicato Nacional de Enfermería, siglas SINAE,
acordada en asamblea celebrada el 28 de agosto del 2012. H-10. En cumplimiento
con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
Propiedad
industrial
Para ver las marcas de Fábrica solo en
Cambio de Nombre Nº 79862
Que Giselle Reuben Hatounian,
cédula de identidad 1-1055-703, en calidad de apoderada especial de Grupo
Agroindustrial Numar S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de
Cambio de Nombre
de Compañía Numar S. A., cédula
jurídica 3-101-018453-14 por el de Grupo Agroindustrial Numar S. A., presentada
el día 26 de julio de 2012 bajo expediente 79862. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1900-6039730 Registro Nº 60397 CLOVER BRAND en clase
30 Marca Denominativa, 1900-6356830 Registro Nº 63568 CLOVER en clase 30
Marca Denominativa, 1900-6419929 Registro Nº 64199 CLOVER en clase 29
Marca Denominativa, 1900-6430435 Registro Nº, 64304 CLOVER BRAND en clase
35 Marca Denominativa, 1900-6430504 Registro Nº 64305 CLOVER BRAND en
clase 4 Marca Denominativa, 1900-6430601 Registro Nº 64306 CLOVER BRAND
en clase 1 Marca Denominativa, 1900-6430731 Registro Nº 64307 CLOVER BRAND
en clase 31 Marca Denominativai 1900-6430833 Registro Nº 64308 CLOVER BRAND
en clase 33 Marca Denominativa, 1900-6453132 Registro Nº 64531 CLOVER BRAND
en clase 32 Marca Denominativa, 1900-6453221 Registro Nº 64532 CLOVER BRAND
en clase 21 Marca Denominativa, 1900-6453303 Registro Nº 64533 CLOVER BRAND
en clase 3 Marca Denominativa, 1900-6520400 Registro Nº 65204 CLOVER BRAND en
clase 49 Marca Denominativa, 1999-0009828 Registro Nº 120700 CLOVER BRAND
BALANCE en clase 29 Marca Denominativa, 2001-0008905 Registro Nº 133455 CLOVER
DIPS en clase 29 Marca Denominativa, 2002-0001474 Registro Nº 150189 OLIVITA
BY CLOVER BRAND en clase 29 Marca Denominativa, 2002¬0005559 Registro Nº
140054 CLOVER BRAND EQUILIBRIUM en clase 29 Marca Denominativa,
2003-0000341 Registro Nº 141228 CUIDE SU SALUD CON CLOVER en clase 50
Marca Denominativa, 2003-0001005 Registro Nº 143916 CLOVER OMEGA en
clase 29 Marca Denominativa, 2003-0003170 Registro Nº 151066 CLOVER en
clase 29 Marca Mixto, 2004-0002803 Registro Nº 198444 GIRASOL Clover Band
en clase 29 Marca Mixto, 2004-0002805 Registro Nº 151803 Clover Brand MAIZ
en clase 29 Marca Mixto, 2004-0003152 Registro Nº 151751 Clover Brand Oliva
en clase 29 Marca Mixto, 2005-0005769 Registro Nº 156721 ¡MANTENTE CLOVER!
en clase 50 Marca Denominativa, 2005-0009497 Registro Nº 159889 MANTENTE
CLOVER!! en clase 50 Marca Denominativa, 2007-0002531 Registro Nº 177414 CLOVER
LIGHT en clase 29 Marca Denominativa, 2008-0001554 Registro Nº 181078 “CLOVER:
SABÉS LO QUE ES BUENO” en clase 50 Marca Denominativa, 2009-0003666
Registro Nº 196349 CLOVER SPRAY en clase 29 Marca Denominativa,
2011-0009543 Registro Nº 216463 Clover en clase 1 Marca Mixto,
2011-0009543 Registro Nº 216463 Clover en clase 3 Marca Mixto,
2011-0009543 Registro Nº 216463 Clover en clase 4 Marca Mixto,
2011-0009543 Registro Nº 216463 Clover en clase 21 Marca Mixto,
2011-0009543 Registro Nº 216463 Clover en clase 30 Marca Mixto,
2011-0009543 Registro Nº 216463 Clover en clase 31 Marca Mixto,
2011-0009544 Registro Nº 216464 CLOVER en clase 29 Marca Mixto,
2011-0009545 Registro Nº 216396 Clover en clase 49 Marca Mixto y
2011-0009548 Registro Nº 220571 CLOVER: SALUD Y SABOR EN CADA GOTA en
clase 50 Marca Denominativa. Publicar en
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula
1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Pfizer Inc. de EUA, solicita
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Francisco Guzmán Ortiz,
cédula Nº 1-434-595, en condición de apoderado de Colombina S. A., de Colombia,
solicita el Diseño Industrial denominada CONTENEDOR PARA ALIMENTOS.
Para ver imagen solo en
El diseño para un contenedor para
alimentos, tal cual se muestra y describe La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Desarrollo Los Olivos Número Uno,
con domicilio en la provincia de Cartago, cuyos fines principales entre otros
son los siguientes: El mejoramiento del desarrollo social, cultural, educativo,
organizativo y productivo de sus miembros y la comunidad, así como la creación
de servicios comunales y sociales. Cuyo representante judicial y extrajudicial
de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma,
y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Isaías
Loaiza Amador. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación de Padres de Familia y Patronato
Escolar de
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada: Asociación de Deportes de Parcelas de Quebrada Azul de
Santa Rosa de Tilarán de Guanacaste, con domicilio en la provincia de
Guanacaste; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Contribuir
al mejoramiento del deporte de la comunidad de Parcelas de Quebrada Azul. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente, Jorge William Elizondo Muñoz. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 15436P.—Carter
Construcciones S. A., solicita concesión de:
Exp. 10133A.—Comercial
Marfil de San Carlos S. A., solicita concesión de:
Exp. 15415A.—Condominio
Horizontal Residencial Hacienda Gregal, solicita concesión de:
Exp. 13741A.—Condominio
del Cielo S. A., Solicita concesión de :
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 10201P.—Propiedades
e Inversiones Ireflohi S. A., solicita concesión de:
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Yasmina del Socorro Baldioceda Fajardo,
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1075-11.
Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las trece horas del veintisiete de mayo del dos mil
once. Exp. Nº 31633-10. Resultando 1º..., 2º... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:...,
III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de
Katia Leonor Baldioceda Fajardo..., en el sentido que el nombre de la madre de
la persona ahí inscrita es “Yasmina del Socorro”.—Lic. Óscar Fernando Mena
Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—RP2012327887.—(IN2012102550).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Yorleny Porras Solís, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3606-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas
tres minutos del nueve de octubre del dos mil doce. Ocurso. Exp. N° 28957-2012.
Resultando 1º..., 2º..., Considerando Único: ..., Por tanto: rectifíquese el
asiento de nacimiento de Paublino de Jesús Cubillo Porras...; en el sentido que
el nombre... es “Paulino de Jesús”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2012102674).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Patricia Isabel Mostajo Almonte,
mayor, casada, empresaria, peruana, cédula de residencia 160400010624, vecina
de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante
Joseph Natanael Gómez Romero,
mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155803196122,
vecino de Heredia, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2012CD-000251-0PC00
Contratación de servicios para la elaboración de perfiles
de proyectos a inscribir en el Banco de Proyectos
de Inversión Pública (BPIP)
Se comunica a las empresas
interesadas en participar en
Los interesados en participar podrán retirar
el cartel de esta contratación en
San José, 2 de noviembre del
2012.—Departamento de Contrataciones.—MBA. Luis
Gerardo Leiva Mora, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 2012-000251.—Solicitud
Nº 112-303-00030.—(IN2012103946).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000011-01
Adquisición e implementación de una plataforma
de conectividad para la recaudación por concepto
de pagos de servicios públicos y privados
El Banco de Costa Rica, recibirá
ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del
28 de noviembre del 2012, para la contratación en referencia, las cuales deben
ser depositadas en el buzón de
Los interesados pueden retirar el cartel de
licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en la misma
oficina, con un horario de 9:00 a.m. a 3 p.m.
Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar S., Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº
16630.—Solicitud Nº 920-000040-12.—Crédito.—(IN2012103726).
PROCESO CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000029-PCAD
Contratación de servicios de membresía para consulta
de sistema de vectores de precios para el conglomerado
Banco
Popular
Apertura: Para las 14:00 horas
del día 22 de noviembre del 2012. Venta del cartel: Cajas 23 ó 24 de lunes a
viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p. m. Retiro del cartel en el 6to piso, Oficinas Centrales,
Proceso de Contratación Administrativa del 8:15 a.m. a 4:00 p.m. Costo:
¢2.000.00 (dos mil colones con 00/100).
San José, 02 de noviembre del
2012.—Subproceso de Gestión y Análisis de
Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1
vez.—(IN2012103781).
FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE LA
REGIÓN
SUR DE
Nº 2012LA-000003-01
Contratación de los servicios profesionales
en Ciencias Sociales para FEDEMSUR
Los interesados, solicitar el
cartel al correo electrónico acuafedemsur@gmail.com cualquier información adicional
al teléfono 2789-7885, con la señorita Karla Cortés Zúñiga.
La recepción de ofertas será
únicamente en
Río Claro, Golfito, 5 de
noviembre del 2012.—Karla Beatriz Cortés Zúñiga,
Administradora a. í.—1 vez.—(IN2012103779).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000041-0DI00
Adquisición de equipo de laboratorio para el Departamento
de Calidad de
y Puentes del CONAVI
El Consejo Nacional de Vialidad
(CONAVI), comunica a todos los interesados en el concurso en referencia, que
según artículo XI de la sesión Nº 955-12, de 30 de octubre de 2012, el Consejo
de Administración acordó:
Acuerdo Firme: Analizados los
informes legal, técnico, de razonabilidad de precios, la recomendación de
Metrología Adatec S. A., cédula
jurídica 3-101-210699, por un monto de $5.946.12 (cinco mil novecientos cuarenta y seis
dólares con 12/100) y un plazo de entrega de 45 días hábiles.
Línea 1, 4 (cuatro) bandejas
rectangulares de acero inoxidable
Línea 2, 4 (cuatro bandejas
rectangulares de acero inoxidable
Línea 3, 4 (cuatro) tazones de
acero inoxidable
Línea 4, 2 (dos) botella de
polietileno dispensadora 86D1537 a un precio unitario de $3.71 para un total de
$7.43
Línea 33, 1 (un) extractor de
reflujo 75B0014/A por un monto de $1.559.10
Línea 37, 1 (una) máquina
cortadora de núcleos de cemento 55C0210/BZ y accesorios 55C0210/1 por un monto
de $4.193.02
Suplidora Elvec S. A., cédula jurídica
3-101-527671-34, por un monto de $64.105.00 y un plazo de entrega 45 días
hábiles
Línea 5, 1 (un) libro con normas
y especificaciones AASHTO, edición 32, año 2012, por un monto de $1.750.00
Línea 6, 2 (dos) densímetro
eléctrico, marca Gilson, modelo HM-598+HMA-
Línea 8, 1 (un) separador de
muestras marca Gilson, modelo SM-3L por un monto de $5.960.00
Línea 10, 1 (un) extractor
general para moldes con especímenes (extractor de muestra manual) marca Gilson,
modelo HM-516 con todos sus accesorios por un monto de $1.400.00
Línea 11, 1 (un) equipo para
laboratorio de materiales y análisis de cementos y concretos (set de prueba
cono revenimiento) marca Gilson, modelo HM-45M+HM-48ª+HM-46 por un monto de
$245.00
Línea 29, 1 (un) tamizador
mecánico (agitador de mallas) marca Gilson, modelo SS-30 por un monto de
$3.065.00
Línea 30, 1 (una) máquina para
compresión (concreto) para cilindros y vigas marca Proeti, modelo H-0233+H-0250+H-0251+H-0256 por un monto de $14.500.00
Línea 36, 2 (dos) maquina
extractora de núcleos, marca Gilson, modelo
CD-6+CDA-20+CDA-26+CDA-143+CDA-133+CDA-
Línea 38, 1 (un) extractor
centrifugadora, marca Gilson, modelo HM-803 por un monto de 4.995.00
Línea 7, 1 (un) equipo para laboratorio
de materiales y análisis de suelos DCP, marca Humboldt, modelo H-
Línea 9, 1 (un) compactador
estacionario Marshall de asfalto, marca Humboldt, modelo
H-1366+H-1360A.30+H-1367+H-1341+H-1341P+H-1361P por un monto de $6.650.00
Línea 31, 1 (una) máquina para
compresión Marshall, marca Humboldt, modelo
HM-1327WCR+H-1342+H-1362+H-1349+H-1369+H-4454.100+HM3005SW+HM-2310.10 por un
monto de $13.550.00
Línea 32, 1 (un) baño maría,
mara Bulboldt, modelo H-1394 por un monto de $2.675.00
Línea 34, 2 (dos) balanza
electrónica marca Humboldt modelo HB-
Tecnosagot S. A., cédula
jurídica 3-101-077573, por un monto de $10.852.50 (diez mil ochocientos cincuenta y dos dólares
con 50/100) y un plazo de entrega de 45 días hábiles.
Línea 12, 1 (un) Tamiz de malla
cuadrada 203mm de 75mm malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un monto
de $50.00
Línea 13, 1 (un) Tamiz de malla
cuadrada 203mm de 50mm malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un monto
de $50.00
Línea 14, 1 (un) Tamiz de malla
cuadrada 203mm de 38mm malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un monto
de $50.00
Línea 15, 1 (un) Tamiz de malla
cuadrada 203mm de 25mm malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un monto
de $50.00
Línea 16, 1 (un) Tamiz de malla
cuadrada 203mm de 19mm malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un monto
de $50.00
Línea 17, 1 (un) Tamiz de malla
cuadrada 203mm de 12.7mm malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un
monto de $50.00
Línea 18, 1 (un) Tamiz de malla
cuadrada 203mm de 9.5mm malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un
monto de $50.00
Línea 19, 1 (un) Tamiz de malla
cuadrada 203mm de número 4, malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un
monto de $52.50
Línea 20, 1 (un) Tamiz de malla
cuadrada 203mm de número 8, malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un
monto de $52.50
Línea 21, 1 (un) Tamiz de malla cuadrada
203mm de número 10, malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un monto de
$52.50
Línea 22, 1 (un) Tamiz de malla
cuadrada 203mm de número 16, malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un
monto de $52.50
Línea 23, 1 (un) Tamiz de malla cuadrada
203mm de número 30, malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un monto de
$52.50
Línea 24, 1 (un) Tamiz de malla
cuadrada 203mm de número 40, malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un
monto de $52.50
Línea 25, 1 (un) Tamiz de malla cuadrada
203mm de número 50, malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un monto de
$52.50
Línea 26, 1 (un) Tamiz de malla
cuadrada 203mm de número 60, malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un
monto de $52.50
Línea 28, 1 (un) Tamiz de malla cuadrada
203mm de número 200, malla de acero inoxidable, marca de bronce, por un monto
de $72.50
Línea 35, 3 (tres) transportador
de 8 cilindros Gilson HN-
Línea 39, 1 (un) picnómetro
2000g de 152.4mm de profundidad completo por un monto de $420.00
Línea 40, 1 (un) detector geiger
SE Intl, monitor4 por un monto de $8.990.00
San José, 02 de noviembre del
2012.—MBA Arturo Alvarado Moya, Proveedor
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 1559.—Solicitud Nº 112-303-00032.—Crédito.—(IN20120103892).
LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000043-0DI00
Servicios de agrimensura para la confección de planos
catastrados para efectos de expropiación en varios
proyectos viales
El Consejo Nacional de Vialidad
(CONAVI), comunica a todos los interesados en el concurso en referencia, que
según artículo XII de la sesión Nº 955-12, de 30 de octubre de 2012, el Consejo
de Administración acordó:
Acuerdo firme: Analizados los
informes legal, técnico, la recomendación de
Consultopo Ingeniería S. A.,
cédula jurídica 3-101-113548, por un monto de ¢82.030.417.16 (ochenta y dos millones treinta mil
cuatrocientos dieciséis e colones con 16/100) y un plazo de entrega como se
indica por línea a partir de la orden de inicio.
Línea 1, Ruta nacional 160,
Sámara_Nosara, por un monto de ¢52.427.701.05, y un plazo de entrega de 150
(ciento cincuenta) días naturales.
Línea 2, Ruta nacional 606, Los
Ángeles-Santa Elena, por un monto de ¢17.745.048.23, y un plazo de entrega de
90 (noventa) días naturales.
Línea 5, Rutas nacionales 218 y 401,
Rancho Redondo-Llano Grande, por un monto de ¢10.468.955.76 y un plazo de
entrega de 90 (noventa) días naturales.
Línea 6, Ruta nacional 401,
Llano Grande-Tierra Blanca, por un monto de ¢1.388.712 y un plazo de entrega de
30 (treinta) días naturales.
Ingeniero Luis Guillermo Campos Guzmán,
cédula de identidad personal 1-458-487, por un monto de ¢4.277.000.00 (cuatro
millones doscientos setenta y siete mil colones 00/100) y un plazo de entrega
como se indica por línea a partir de la orden de inicio.
Línea 3, Ruta nacional 145,
Quebrada Grande-El Dos de Tilarán-Santa Elena, por un monto de ¢4.277.000.00 y
un plazo de entrega de 60 (sesenta) días naturales.
Topografía del Norte Sociedad de
Actividades Profesionales (S.A.P.), cédula jurídica 3-108-096840, por un monto de ¢7.186.409.00
(siete millones ciento ochenta y seis mil cuatrocientos nueve colones con
00/100)
Línea 4, Ruta nacional 158,
Hojancha-Lajas, por un monto de ¢7.186.409.00 y un plazo de entrega de 60
(sesenta) días naturales.
San José, 02 de noviembre del
2012.—MBA Arturo Alvarado Moya, Proveedor
Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 1559.—Solicitud Nº
212-303-00031.—Crédito.—(IN2012103896).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2012LN-000047-01
Compra de materiales, mano de obra y transporte para las
actividades de sustitución y/o instalación de cajeros
automáticos en las diferentes oficinas del Banco
Nacional
de Costa Rica a nivel nacional,
con entregas por demanda para
un periodo de cuatro años
Se comunica a los interesados de esta Licitación Pública Nacional, que
el Comité de Licitaciones del Banco Nacional de Costa Rica, en el artículo 05
de la sesión ordinaria Nº 1116-2012, celebrada el 09 de octubre del 2012,
referente a la adjudicación de
ÍTEM 1 |
|
Nombre |
Remodelaciones DVD Ltda. |
Plazo de entrega/ejecución/del
contrato |
De De |
Número de Línea |
Recomendación para adjudicar |
Línea 1 |
¢313,050.00 i.v.i. |
Línea 2 |
¢381,100.00 i.v.i. |
Línea 3 |
¢345,000.00 i.v.i. |
Línea 4 |
¢176,500.00 i.v.i. |
Línea 5 |
¢183,500.00 i.v.i. |
Línea 6 |
¢83,000.00 i.v.i. |
Línea 7 |
¢11,300.00 i.v.i. |
Línea 8 |
¢67,300.00 i.v.i. |
Línea 9 |
¢33,250.00 i.v.i. |
Línea 10 |
¢33,250.00 i.v.i. |
Total |
¢1,627,250.00 i.v.i. |
ITEM 2 |
|
Nombre |
Remodelaciones DVD Ltda. |
Plazo de entrega/ejecución/del
contrato |
De De |
Número de Línea |
Recomendación para adjudicar |
Línea 1 |
¢366,825.00 i.v.i. |
Línea 2 |
¢474,000.00 i.v.i. |
Línea 3 |
¢438,000.00 i.v.i. |
Línea 4 |
¢226,350.00 i.v.i. |
Línea 5 |
¢232,000.00 i.v.i. |
Línea 6 |
¢124,100.00 i.v.i. |
Línea 7 |
¢11,900.00 i.v.i. |
Línea 8 |
¢69,000.00 i.v.i. |
Línea 9 |
¢34,475.00 i.v.i. |
Línea 10 |
¢34,475.00 i.v.i. |
Total |
¢2,011,125.00 i.v.i. |
ITEM 3 |
|
Nombre |
Remodelaciones DVD Ltda. |
Plazo de entrega/ejecución/del
contrato |
De De |
Número de Línea |
Recomendación para adjudicar |
Línea 1 |
¢323,295.00 i.v.i. |
Línea 2 |
¢434,600.00 i.v.i. |
Línea 3 |
¢398,500.00 i.v.i. |
Línea 4 |
¢186,745.00 i.v.i. |
Línea 5 |
¢198,000.00 i.v.i. |
Línea 6 |
¢122,000.00 i.v.i. |
Línea 7 |
¢11,300.00 i.v.i. |
Línea 8 |
¢67,300.00 i.v.i. |
Línea 9 |
¢33,250.00 i.v.i. |
Línea 10 |
¢33,250.00 i.v.i. |
Total |
¢1,808,240.00 i.v.i. |
ITEM 4 |
|
Nombre |
Constructora
y Multiservicios JSP S. A. |
Plazo de entrega/ejecución/del
contrato |
De De |
Número de Línea |
Recomendación para adjudicar |
Línea 1 |
¢305,000.00 i.v.i. |
Línea 2 |
¢405,000.00 i.v.i. |
Línea 3 |
¢370,000.00 i.v.i. |
Línea 4 |
¢180,000.00 i.v.i. |
Línea 5 |
¢190,000.00 i.v.i. |
Línea 6 |
¢110,000.00 i.v.i. |
Línea 7 |
¢10,000.00 i.v.i. |
Línea 8 |
¢65,000.00 i.v.i. |
Línea 9 |
¢30,000.00 i.v.i. |
Línea 10 |
¢30,000.00 i.v.i. |
Total |
¢1,695,000.00 i.v.i. |
ITEM 5 |
|
Nombre |
Constructora y Multiservicios
JSP S. A. |
Plazo
de entrega/ejecución/del contrato |
De De |
Número de Línea |
Recomendación para adjudicar |
Línea 1 |
¢345,000.00 |
Línea 2 |
¢485,000.00 i.v.i. |
Línea 3 |
¢450,000.00 i.v.i. |
Línea 4 |
¢220,000.00 i.v.i. |
Línea 5 |
¢230,000.00 i.v.i. |
Línea 6 |
¢150,000.00 i.v.i. |
Línea 7 |
¢10,000.00 i.v.i. |
Línea 8 |
¢65,000.00 i.v.i. |
Línea 9 |
¢30,000.00 i.v.i. |
Línea 10 |
¢30,000.00 i.v.i. |
Total |
¢2,015,000.00 i.v.i. |
ITEM 6 |
||
Nombre |
Constructora
y Multiservicios JSP S. A. |
|
Plazo
de entrega/ejecución/del contrato |
De De |
|
Número de Línea |
Recomendación para adjudicar |
|
Línea 1 |
¢325,000.00 i.v.i. |
|
Línea 2 |
¢465,000.00 i.v.i. |
|
Línea 3 |
¢430,000.00 i.v.i. |
|
Línea 4 |
¢200,000.00 i.v.i. |
|
Línea 5 |
¢210,000.00 i.v.i. |
|
Línea 6 |
¢150,000.00 i.v.i. |
|
Línea 7 |
¢10,000.00 i.v.i. |
|
Línea 8 |
¢65,000.00 i.v.i. |
|
Línea 9 |
¢30,000.00 i.v.i. |
|
Línea 10 |
¢30,000.00 i.v.i. |
|
Total |
¢1,915,000.00 i.v.i. |
|
ITEM 7 |
|
Nombre |
Constructora
y Multiservicios JSP S. A. |
Plazo
de entrega/ejecución/del contrato |
De De |
Número de Línea |
Recomendación para adjudicar |
Línea 1 |
¢415,000.00 i.v.i. |
Línea 2 |
¢575,000.00 i.v.i. |
Línea 3 |
¢540,000.00 i.v.i. |
Línea 4 |
¢290,000.00 i.v.i. |
Línea 5 |
¢300,000.00 i.v.i. |
Línea 6 |
¢170,000.00 i.v.i. |
Línea 7 |
¢10,000.00 i.v.i. |
Línea 8 |
¢65,000.00 i.v.i. |
Línea 9 |
¢30,000.00 i.v.i. |
Línea 10 |
¢30,000.00 i.v.i. |
Total |
¢2,425,000.00 i.v.i. |
ITEM 8 |
|
||
Nombre |
Constructora
y Multiservicios JSP S. A. |
|
|
Plazo
de entrega/ejecución/del contrato |
De De |
|
|
Número de Línea |
Recomendación para adjudicar |
|
|
Línea 1 |
¢415,000.00 i.v.i. |
||
Línea 2 |
¢575,000.00 i.v.i. |
||
Línea 3 |
¢540,000.00 i.v.i. |
||
Línea 4 |
¢290,000.00 i.v.i. |
||
Línea 5 |
¢300,000.00 i.v.i. |
||
Línea 6 |
¢170,000.00 i.v.i. |
||
Línea 7 |
¢10,000.00 i.v.i. |
||
Línea 8 |
¢65,000.00 i.v.i. |
||
Línea 9 |
¢30,000.00 i.v.i. |
||
Línea 10 |
¢30,000.00 i.v.i. |
||
Total |
¢2,425,000.00 i.v.i. |
||
ITEM 9 |
||
Nombre |
Constructora
y Multiservicios JSP S. A. |
|
Plazo de entrega/ejecución/del
contrato |
De De |
|
Número de Línea |
Recomendación para adjudicar |
|
Línea 1 |
¢325,000.00 i.v.i. |
|
Línea 2 |
¢425,000.00 i.v.i. |
|
Línea 3 |
¢390,000.00 i.v.i. |
|
Línea 4 |
¢200,000.00 i.v.i. |
|
Línea 5 |
¢210,000.00 i.v.i. |
|
Línea 6 |
¢110,000.00 i.v.i. |
|
Línea 7 |
¢10,000.00 i.v.i. |
|
Línea 8 |
¢65,000.00 i.v.i. |
|
Línea 9 |
¢30,000.00 i.v.i. |
|
Línea 10 |
¢30,000.00 i.v.i. |
|
Total |
¢1,795,000.00 i.v.i. |
|
ITEM 10 |
|
Nombre |
Constructora
y Multiservicios JSP S. A. |
Plazo de entrega/ejecución/del
contrato |
De |
De |
|
Número de Línea |
Recomendación para adjudicar |
Línea 1 |
¢395,000.00 i.v.i. |
Línea 2 |
¢535,000.00 i.v.i. |
Línea 3 |
¢500,000.00 i.v.i. |
Línea 4 |
¢270,000.00 i.v.i. |
Línea 5 |
¢280,000.00 i.v.i. |
Línea 6 |
¢150,000.00 i.v.i. |
Línea 7 |
¢10,000.00 i.v.i. |
Línea 8 |
¢65,000.00 i.v.i. |
Línea 9 |
¢30,000.00 i.v.i. |
Línea 10 |
¢30,000.00 i.v.i. |
Total |
¢2,265,000.00 i.v.i. |
La garantía técnica será de doce
(12) meses.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000035-01
Remodelación parcial de
Se informa a los interesados en
la licitación en referencia, que
Ø Componentes del costo
• Obras en general ¢231.451.357,11
• Imprevisto de diseño ¢7.000.000,00
Ø Garantía 3 años
Ø Plazo
de entrega 120 días naturales contados a partir del comunicado de la orden de
inicio al contratista por parte de la oficina de Diseño y Construcción.
Además se adjudicaron los
siguientes mantenimientos:
ØMantenimiento del aire
acondicionado ¢3.535.000,00
ØMantenimiento de planta
eléctrica ¢2.539.392,52
Los mantenimientos se
formalizarán por un año, pudiendo ser renovados por periodos iguales, hasta un
máximo de 3 años.
El costo total de esta adjudicación asciende
a ¢244.525.749,63.
San José, 05 de noviembre del
2012.—Oficina Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar
Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 16630.—Solicitud Nº 920-00041-12.—Crédito.—(IN20120103805).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA-000036-01
Contratación de servicios especializados
en las Herramientas y Plataforma Microsoft
Nos permitimos informarles que
San José, 05 de noviembre del
2012.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar
Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 16630.—Solicitud Nº
920-00042-12.—Crédito.—(IN2012103813).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000009-5101
Película Radiográfica de 35.56 x
(14
x
El ítem único de
San José, 2 de noviembre del
2012.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Mauricio
Hernández Salas, Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 41839.—C-12300.—(IN2012103780).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000052-2104 (Infructosa)
Por la adquisición de marco vertical, marco superior,
barra de empuje, felpa para borde, tuerca,
llavines cerradura etc.
Declárese infructuoso el
presente concurso.
El mismo “se volverá a
publicar”.
Lo anterior según nota del 16 de
octubre del 2012, suscrito por el Dr. Donald Fernández Morales, Subdirector
General.
San José, 2 de noviembre de 2012.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Mario Murillo
Muñoz, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2012103792).
LICITACION PÚBLICA Nº 2012LA-000009-ARESEP
Contratación de servicios profesionales con el propósito
de elaborar protocolos técnicos para la integración
tarifaria abierta del transporte público urbano
de personas por autobús
“LCR Logística S. A.,
quien cotiza la prestación de sus servicios profesionales objeto de esta
contratación, en la suma de $45.000,00 (cuarenta y cinco mil dólares con
00/100).
Plazo de entrega: 180 días
calendario después de recibida la orden de compra y se de la orden de inicio.
Vigencia de la oferta: 45 días hábiles.
Demás condiciones: de conformidad con el
cartel de licitación y su oferta.
San José, 31 de octubre del 2012.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C.
Nº 455 .—Solicitud Nº 775-0074.—Crédito.—(IN2012103871).
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Integración y actualización del Registro de Proveedores
Orotina, 26 de octubre del 2012.—Lic. Jeffry Miranda Mena, Proveedor Institucional.—1 vez.—RP2012328029.—(IN2012102945).
DIRECCIÓN TÉCNICA DE BIENES Y SERVICIOS
ÁREA DE PLANIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
COMUNICAN
Que en atención a los oficios
AMTC-3090-10-2012, del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica y SIEI-1817-2012
de
Código |
Descripción medicamento |
Observaciones |
1-10-04-0044 |
Abacavir 300 mg (como sulfato) |
Versión CFT 61104 Rige a partir de su publicación |
1-10-19-3240 |
Bupivacaina
clorhidrato 0,5% sin preservante |
Versión CFT 18504 Rige a partir de su publicación |
1-10-50-8000 |
Alcohol F.E.U.
de 70° |
70002 CFT Versión Rige a partir de su publicación |
1-10-54-8020 |
Alcohol F.E.U.
de 95° |
Versión CFT 09205 Rige a partir de su publicación |
Estas fichas técnicas se
encuentran disponibles en
Lic. Marlon Barquero Castillo,
Jefe a. í.—1 vez.—O.C. Nº 2112.—Solicitud Nº
2442.—C-13160.—(IN2012103891).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
MÉDICOS
REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2012LN-000002-2699
Compra de servicios por terceros de vigilancia
operativa para el Área de Salud de Limón
Limón, 1º de noviembre del 2012.—Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Mba. Ilse Betancourt Avilés, Cordinadora.—1 vez.—(IN2012103727).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000076-5101
(Aviso
Nº 1)
Metotrexato Feu base Mg tabletas
A los oferentes interesados en
participar en esta compra, se les comunica que la fecha correcta para la
apertura de ofertas es el 06 de diciembre
El resto del cartel permanece
invariable.
San José, 5 de noviembre del
2012.—Subárea de Carteles Argentina Araya Jara,
Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 32793.—C-10660.—(IN2012103778).
LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000017-01
Adquisición de equipo de cómputo
A todos los participantes del
proceso indicado anteriormente, se les aclara que en el desglose de porcentajes
del Punto 3. Garantía del equipo de los criterios de evaluación del cartel, por
error material involuntario se indicaron los siguientes porcentajes: 1. treinta
y seis (36) meses -10%-, 2. Cuarenta y ocho (48) meses -15%- y 3. Superior a cuarenta y ocho (48) meses
-20%-. Siendo lo correcto: 1. Treinta y seis (36) meses -5%-, 2.
Cuarenta y ocho (48) meses -10%- y
3. Superior a
cuarenta y ocho
(48) meses -15%-. Por cuanto el
20% no procede, debido a que en la sumatoria total de puntos daría 105%, siendo
lo correcto 100%. Por lo tanto rectificamos este error aritmético a efecto
de que las ofertas sean calificadas con un máximo de 15%, según corresponda en
cada caso.
Rafael Fernández Bolaños.—Área de Contratación y Suministros.—1 vez.—(IN2012103808).
MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL
CEMENTERIO
DE SAN JUAN DE DIOS
Artículo 5º—Del total de los
lotes en el Cementerio del distrito de San Juan de Dios al día 17 de julio del
2012, los cuales hay disponibles
seiscientos veinte lotes que se distribuirán de la siguiente manera:
cuatrocientos veinte quedarán a la disposición de los habitantes del distrito
de San Juan de Dios, cien lotes para los habitantes del distrito de San Rafael
Arriba y los cien lotes restantes al distrito de San Rafael Abajo. En caso de
que alguno de los distritos adyacentes construya su propio cementerio, el
distrito de San Juan de Dios podrá disponer de los derechos no utilizados hasta
ese momento por tal distrito. Las
dimensiones de los lotes serán de acuerdo a la normativa para este cementerio.
Acuerdo Nº 10 de la sesión Nº 47-2012 celebrada por el Concejo Municipal de
Desamparados el día 14 de agosto de 2012.
Desamparados, 16 de agosto de
2012.—Mario Vindas Navarro, Coordinador de
MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
El Concejo Municipal de Tibás,
en su acuerdo V-6 en su sesión ordinaria Nº 125, celebrada el día 18 de setiembre
del 2012, acordó lo siguiente:
REGLAMENTO PARA
DE LAS
TRANSFERENCIAS CANALIZADAS
POR
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Ámbito subjetivo
de aplicación. Éste Reglamento contiene las regulaciones aplicables al
trámite que debe seguir
Artículo 2º—Objeto. El presente
Reglamento tiene como objeto regular los mecanismos de control que
Está prohibido el uso de transferencias para
fines comerciales o políticos. Asimismo, no será procedente la adquisición de
terrenos, salvo cuando exista una Ley especial que así lo autorice.
Artículo 3º—Definiciones.
Para efectos del presente reglamento se entenderán por:
Administración concedente:
Asociaciones: Organización social que se rige por el
derecho privado, constituida conforme a
Auditoría Interna: Unidad encargada de verificar
la ejecución y liquidación de las Transferencias otorgadas por
Comisión de Transferencias: Órgano colegiado responsable
de coadyuvar con su opinión técnica acerca del trámite que conlleva el proceso
de las transferencias económicas subvencionadas y por distribuir a entidades
privadas por
Dirección de Hacienda: Dependencia de
Encargado de presupuesto: Dependencia de
Tesorería Municipal: Dependencia de
Entidad privada: Aquella organización sin fines de lucro,
que se rige por el derecho privado, las cuales pueden ser asociaciones,
fundaciones, entre otras.
Fundaciones: Entes privados de utilidad pública con
personalidad jurídica, que se establezcan conforme a
Giro de recursos: La labor que realiza
Orden de pago: Se refiere a la autorización para el
desembolso de recursos.
Organización Social Subvencionada: Aquella organización o entidad
privada que por Ley especial se le asignan recursos públicos específicos.
Presupuesto: Es el instrumento que expresa en términos
financieros el plan operativo institucional anual, mediante la estimación de
los ingresos y egresos necesarios para cumplir con los objetivos y las metas de
los programas establecidos.
Proceso presupuestario: Es un conjunto de fases
continuo, dinámico, participativo y flexible, mediante el cual se formula,
discute, aprueba, controla y evalúa la actividad institucional, en sus dimensiones
físicas y financieras, de conformidad con el bloque de legalidad.
Régimen sancionatorio: Responsabilidades contempladas
en
Transferencia: Se refiere a los recursos presupuestarios
de fondos, asignados en el presupuesto Municipal.
Transferencias específicas: Recursos públicos que
Recursos: Cuando no se indique lo contrario se
refiere a recursos económicos.
Artículo 4º—Mecanismos de control. Son
aquellos mecanismos necesarios para verificar si una Asociación o Fundación
cuenta con capacidad legal, administrativa, financiera y aptitud técnica para
realizar programas, proyectos u obras con fondos públicos otorgados por
CAPÍTULO II
De los sujetos públicos a quienes se transfieren
fondos públicos
Artículo 5º—Transferencias de
recursos a sujetos públicos. Cuando por ley se disponga la transferencia de
recursos a un sujeto público,
CAPÍTULO III
De los sujetos privados a quienes se transfieren
fondos públicos
Artículo 6º—De los sujetos
privados susceptibles de transferencias. Serán sujetos privados idóneos
para administrar transferencias, únicamente las organizaciones sociales sin
fines de lucro, legalmente constituidas registradas en el Registro Nacional
como Asociaciones y Fundaciones, que tengan al menos un año de constituidas,
que hayan acreditado haber ejecutado al menos un proyecto relacionado con los
fines de su constitución que demuestren tener la organización apta para manejar
fondos públicos y cumplan con los requisitos establecidos en el presente
reglamento y en la calificación de idoneidad de
Además, se consideran sujetos privados
habilitados para recibir transferencias, las organizaciones sociales
subvencionadas por Ley especial, independientemente de que estén o no
constituidas como Asociaciones o Fundaciones.
Artículo 7º—Del plazo para presentar las
solicitudes de transferencias. Las organizaciones sociales subvencionadas
por Ley especial, independientemente de que estén o no constituidas como
Asociaciones o Fundaciones, deberán presentar sus solicitudes de transferencias
con toda la documentación completa a más tardar la primera semana de diciembre
de cada año, siendo que aquellas presentadas fuera de ese plazo se tendrán como
extemporáneas de modo que no serán consideradas, salvo cuando en casos
especiales se ofrezcan razones suficientes relativas a la naturaleza del
proyecto que a juicio de
La documentación presentada tendrá validez
únicamente para el respectivo período presupuestario.
Artículo 8º—De los recursos a transferir.
Los recursos que se otorguen como transferencias específicas, serán aquellos
que se encuentren autorizados específicamente para cada organización dentro del
Presupuesto Municipal.
Se deberá cumplir con la calificación de
idoneidad correspondiente, como requisito previo e indispensable para la
emisión de la orden de giro de recursos.
CAPÍTULO IV
Del mecanismo de asignación de las transferencias genéricas
Artículo 9º—Del plazo para
presentar las solicitudes de transferencias genéricas. Las organizaciones
sociales constituidas como asociaciones y fundaciones, incluidas en
Las solicitudes presentadas se considerarán
una expectativa de derecho, por lo que no generan obligación alguna a
La documentación presentada tendrá validez
únicamente para el respectivo período presupuestario.
Artículo 10.—El
departamento responsable de recibir las solicitudes. Las solicitudes así
como la documentación que la acompaña deben ser presentadas ante
CAPÍTULO V
De los requisitos para la asignación de transferencias
específicas y genéricas
Artículo 11.—De
los requisitos previos para la asignación de recursos. Las organizaciones
sociales subvencionadas por ley así como las Asociaciones y Fundaciones idóneas
para administrar fondos públicos, que deseen solicitar el aval para la
asignación de recursos públicos a su favor, deberán presentar los siguientes
documentos en
a. Carta de solicitud dirigida a
i. Nombre y número de cédula jurídica del
sujeto privado.
ii. Nombre completo y calidades del(a)
representante legal (profesión u oficio, número de cédula y adjuntar copia de
la cédula legible por ambos lados).
iii. Domicilio legal, domicilio del(a)
representante legal, dirección de la(s) oficina(s) o dirección clara del(a)
representante legal, número de apartado postal, número de teléfono, facsímile y
correo electrónico, según se disponga de esos medios.
iv. Perfil del Programa, Proyecto y su
vinculación con el programa del trabajo y seguridad social, indicando lo
siguiente: Nombre del Programa, proyecto u obra a realizar, costo del proyecto
en colones, duración estimada, lugar (distrito, barrio o caserío, u otras
señas), en qué consiste, los bienes o servicios que se pretenden adquirir o
mejorar, la población beneficiada, la importancia para la comunidad o para la
asociación o fundación solicitante, e indicar si el costo del proyecto a
desarrollar incluye financiamiento de otras entidades públicas o privadas
(indicando el monto y nombre de la institución o empresa).
v. Otra información adicional: Presentar
plano de construcción, presupuesto de mano de obra y/o servicios, permiso
municipal, permiso de funcionamiento, de habilitación, otros permisos
dependiendo del programa, proyecto u obra a realizar.
vi. Señalar un facsímile para notificaciones.
b. Plan de trabajo para el cumplimiento de los
objetivos del programa o proyecto, indicando el número y fecha de sesión en que
i. Nombre del sujeto privado y su cédula
jurídica.
ii. Nombre del programa o proyecto a ejecutar.
iii. Objetivos generales y específicos por
alcanzar con los recursos as transferir. Ambos objetivos deben estar asociados
a las metas que se establezcan.
iv. Metas precisas, cuantificables, medibles y
periódicas, con el respectivo nivel de cumplimiento (mensual, bimensual,
trimestral) y los(as) funcionarios(as) responsables del cumplimiento.
v. Actividades que se proponen desarrollar
para la ejecución de las metas.
vi. Plazos de ejecución.
vii. Nombre completo y calidades del(a)
responsable de la ejecución del proyecto.
c. Presupuesto de ingresos y egresos del
programa o proyecto conforme al formulario que proporcionará
i. Nombre del sujeto privado, cédula
jurídica.
ii. Fecha.
iii. Indicar el número de
iv. Indicar el monto de los ingresos. Ingresos
corrientes o ingresos de capital.
v. Indicar el monto de los gastos, según la
partida presupuestaria.
d. Copia fiel del acta o trascripción del
acuerdo del órgano superior de
e. Certificación de cédula jurídica emitida por
el Registro Nacional. (Decreto Ejecutivo Nº 34691-J, publicado en el Diario
Oficial
f. Certificación literal de la personería
jurídica debidamente inscrita en el Registro Nacional (Público), actualizada,
en la que se indique la vigencia y vencimiento del nombramiento del(a)
representante legal y demás miembros de Junta Directiva o Administrativa.
g. Original y copia de certificación bancaria en
la que se indique el número de cuenta corriente y cuenta cliente asignada,
firmada y sellada por
h. Declaración jurada del(a) representante legal
autenticada por notario(a) público(a) que incorpore los siguientes datos:
i. Que la entidad cuenta con la organización
administrativa adecuada para desarrollar el programa o proyecto, de manera
eficiente y eficaz, para lo cual se adjuntará una copia del organigrama
actualizado y con el sello de la entidad.
ii. Que los fondos no benefician directa ni
indirectamente, ya sea en su carácter personal o como socios o miembros de
iii. Que los fondos serán administrados
exclusivamente en una cuenta corriente separada, “cuenta cliente” y especial
para éste tipo de fondos, en un banco estatal, indicando el número de cuenta en
donde se depositarán los fondos del beneficio patrimonial, y que se llevarán
registros de su empleo, independientes en la contabilidad claramente
identificables de los que correspondan a otros fondos de su propiedad o
administración.
iv. Que los fondos se utilizarán única y
exclusivamente para la finalidad aprobada por el Concejo Municipal.
v. Que se compromete a presentar ante
vi. Indicar el nombre de los(as)
funcionarios(as) responsables y encargados(as) de los procesos administrativos
y contables, personas autorizadas para administrar y ejecutar los recursos en
la cuenta corriente, personal encargado de efectuar los pagos, personal
encargado de registrar y contabilizar los ingresos - gastos; y encargado(a) de
elaborar los informes contables y presupuestarios, para lo cual debe adjuntar
también copia certificada de la cédula por ambos lados de dichos funcionarios
de la entidad privada.
vii. Estar al día en la presentación de informes
y liquidaciones de beneficios recibidos anteriormente de
i. Las Fundaciones organizadas según
Informar sobre las calidades, el número
de teléfono, el grado académico y el número de afiliación al Colegio
Profesional correspondiente de la persona que ocupa el cargo de Auditor(a)
Interno de la fundación, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 18 de
Presentar fotocopia de
j. Las entidades privadas beneficiarias de
fondos provenientes de
k. Las entidades privadas deberán presentar un
estudio especial realizado por un(a) contador(a) público autorizado sobre el
control interno contable, financiero y administrativo del sujeto privado. En
dicho estudio el/
l. Las entidades privadas que en el año
natural anterior hubiere tenido ingresos (en efectivo) de origen público,
deberá presentar a la administración concedente los siguientes documentos:
Original del Dictamen de Auditoría de
Estados Financieros y de los estados financieros auditados (Balance General,
Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujo de
Efectivo y notas a los estados financieros), correspondientes al último período
contable anual. Todas las hojas de los estados financieros que se adjunten al
dictamen de auditoría, y de las notas a los estados financieros auditados,
deberán tener la firma y el sello blanco del Contador Público Autorizado que
elaboró dicha documentación.
Original o copia certificada por un(a)
notario(a) público(a) de
m. Las certificaciones que deban presentar los
sujetos privados no deberán tener más de un mes de haber sido emitidas,
exceptuando aquellas certificaciones cuya vigencia sea de un plazo mayor por
disposición de otra norma jurídica.
Artículo 12.—De
a. Coordinar con
b. Verificar que los documentos presentados por
cada organización privada solicitante de recursos, cumpla con los requisitos
establecidos en este reglamento.
c. Realizar audiencia oral y pública a cada entidad
privada solicitante “exposición y defensa del programa o proyecto”.
d. Rendir al señor (a) Alcalde(a) un criterio
técnico no vinculante de cada una de las solicitudes de transferencias
presentadas por las Asociaciones y Fundaciones, con la respectiva recomendación
para su aprobación o denegación posterior por parte del Concejo Municipal.
e. Conocer los informes mensuales de
seguimiento de avance de la ejecución de los distintos convenios que le
presente
f. Programar visitas y otros medios de control
por parte del personal competente, conforme con las áreas críticas de
valoración de riesgo que se determinen. Lo anterior, sin perjuicio de la
fiscalización que debe ejercer
g. Gestionar el apoyo especializado que se
requiera en cada caso, incluyendo el que puedan proporcionar los Colegios
Profesionales.
h. Rendir un informe anual al(a) Alcalde(a)
consignando recomendaciones y mejores prácticas en la materia.
i. Otras tareas que el Alcalde(a) le asigne.
Artículo 13.—De
la aprobación o denegatoria de la transferencia. Será competencia exclusiva
del Concejo Municipal, el conocimiento y aprobación de las solicitudes de
transferencias que presenten las organizaciones sociales subvencionadas por ley
así como de las Asociaciones y Fundaciones que opten por recursos del rubro
transferencias por distribuir por
Cuando se deniegue una solicitud, el Concejo
Municipal lo comunicará al interesado(a), dejando constancia de la respectiva
notificación escrita.
De toda aprobación y denegatoria se remitirá
copia a
Artículo 14.—Los
sujetos privados, asociaciones o fundaciones que reciban fondos por
transferencias deberán cumplir el fin público previsto por ley, cumplir con las
reglas de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de los fondos recibidos.
CAPÍTULO VI
De la autorización para el giro y ejecución de transferencias
a organizaciones sociales subvencionadas, por distribuir
o genéricas
Artículo 15.—De
la autorización para el giro de transferencia de recursos.
Artículo 16.—De
los informes de ejecución. Las organizaciones sociales subvencionadas, las
Asociaciones o Fundaciones beneficiarias de una transferencia deberán rendir en
tiempo y forma los informes de ejecución establecidos en este reglamento.
Será responsabilidad
CAPÍTULO VII
Del control de recursos que deben ejercer las organizaciones
beneficiarias de transferencias específicas y genéricas
Artículo 17.—(Del
control de los recursos). De la cuenta corriente. Las organizaciones
sociales, las Asociaciones o Fundaciones a las que se le transfieran recursos
deberán poseer una cuenta corriente exclusiva para cada programa o proyecto a
su cargo, destinada al manejo de fondos transferidos por
Deben garantizar la emisión en forma oportuna
de las conciliaciones bancarias de la cuenta corriente autorizada, las cuales
deberán contar con la firma del(a) contador(a) privado que las preparó y del(a)
representante legal y archivarse en un ampo debidamente rotulado por año y por
orden cronológico.
Es obligación de las organizaciones sociales,
asociación o fundación el presentar Auditoría Interna de
Artículo 18.—De
los registros contables. Las organizaciones sociales, las Asociaciones o
Fundaciones a las que se le transfieran recursos deberán utilizar registros
contables independientes y separados de otros registros o fondos de su
propiedad; de manera tal que se permita en todo momento identificar los
ingresos y gastos aplicados con recursos transferidos por
Asimismo, dispondrán de un registro auxiliar
para el manejo de la cuenta corriente asignada. El mismo deberá llevarse en
estricto orden cronológico, sin tachaduras, borrones o alteraciones, en forma
consecutiva por cheque emitido, nota de debito, transferencia bancaria o
electrónica, depósitos, notas de crédito, intereses sobre saldos en cuenta corriente,
así como el registro de otros movimientos de débitos o créditos que afecten el
saldo del libro de banco.
Artículo 19.—De
los requisitos de los comprobantes de gastos realizados con la transferencia de
recursos. Para efectos del presente reglamento y bajo los principios de
eficiencia y seguridad serán reconocidos como medios de pago de los sujetos
privados, los siguientes instrumentos: Cheques de cuenta corriente bancaria y
pagos electrónicos. Toda erogación realizada por los medios establecidos, deberá
contar con la aprobación de los(as) responsables de la firma mancomunada de la
cuenta corriente, para lo cual los sujetos privados deberán establecer los
mecanismos de control necesarios y adecuados que garanticen el uso correcto de
los recursos.
Toda erogación con recursos transferidos por
Artículo 20.—De
la obligación de mantener expedientes cuando se paguen salarios al personal de
la organización. Las organizaciones sociales subvencionadas por Ley, cuyo
destino de la transferencia es gastos operativos para el pago de salarios,
están obligadas a llevar un expediente de todos los(as) funcionarios(as)
(activos y pasivos) de la organización, donde se registre como mínimo: El
nombre completo, cédula de identidad o residencia, nacionalidad, dirección,
teléfono, cargo que desempeña, salario devengado, fecha de ingreso y de egresos
así como la acción de personal respectiva. Asimismo, deberá llevar un
expediente rotulado por año, donde se registre en cada mes, como mínimo los
siguientes documentos: La planilla o nomina de salarios, copia de los cheques o
pago de la transferencia electrónica, la planilla de
Artículo 21.—De
la obligación de mantener adecuados controles sobre los bienes y servicios.
Las organizaciones sociales, las asociaciones y fundaciones estarán en la
obligación de mantener adecuados controles de inventario permanente sobre el
equipo, mobiliario, activos, así como los servicios profesionales, mano de obra
contratada, materiales y suministros adquiridos con fondos transferidos por
Los bienes adquiridos deben ser identificados
con una placa colocada en un lugar visible, que indique que fueron adquiridos
con fondos provenientes de
CAPÍTULO VIII
De la ejecución y liquidación de recursos
Artículo 22.—De
los informes de ejecución y liquidación de recursos. Las organizaciones
sociales subvencionadas por Ley, las Asociaciones o Fundaciones beneficiarias
de transferencias, deberán presentar a
Asimismo deberán presentar los comprobantes
originales del gasto efectuado en el semestre, señalando en la nota el número
de comprobante, facturas, recibos, cheques, así como copia del expediente
relacionado con
Artículo 23.—De
las fechas de presentación de los informes de ejecución y liquidación de
recursos. Las organizaciones sociales subvencionadas por Ley, las
Asociaciones y Fundaciones beneficiarias de transferencias, deberán presentar a
Dichos informes deberán remitirlos con una
nota dirigida a
En cuanto a los recursos no utilizados al
final del año en transferencias,
Artículo 24.—De
la presentación tardía u omisa de los informes de ejecución y liquidación.
En caso de que los sujetos privados no cumplan con la presentación oportuna de
los informes de ejecución y liquidación de las sumas giradas, según lo
establecido en el presente reglamento,
CAPÍTULO IX
Alcances de prohibición
Artículo 25.—De los sujetos que se
encuentran prohibidos para participar como solicitantes de las transferencias
de recursos públicos. En los procedimientos que promuevan los sujetos
privados sometidos al presente Reglamento, tendrán prohibido participar como solicitantes
para las transferencias corrientes y de capital financiadas por los programas
presupuestarios de esta Municipalidad contemplados por el presupuesto, las
siguientes personas:
El tesorero, el Director de Hacienda, en
Encargado de Presupuesto, así como el Proveedor, los funcionarios de
b) Los (as) funcionarios públicos con
influencia o poder de decisión, en cualesquiera de las etapas de asignación,
giro y uso de los recursos públicos, incluso en su fiscalización posterior. Se
entiende que existe injerencia o poder de decisión, cuando el/la funcionario
respectivo, por la clase de funciones que desempeña o por el rango o jerarquía
del puesto que sirve, pueda participar en la toma de decisiones o influir en
ellas de cualquier manera. Este supuesto abarca a quienes deben rendir
dictámenes o informes técnicos, preparar o tramitar alguna de las fases del
procedimiento de transferencia, o fiscalizar la fase de ejecución.
c) Las personas jurídicas tales como
asociaciones y fundaciones, en las cuales las personas sujetas a prohibición figuren
como directivos, fundadores, representantes, asesores(as) o cualquier otro
puesto con capacidad de decisión.
d) Las personas físicas que hayan intervenido
como asesores(as) en cualquier etapa del procedimiento de transferencia, hayan
participado en la elaboración de las especificaciones, o deban participar en su
fiscalización posterior, en la etapa de ejecución.
e) El cónyuge, el compañero o la compañera en
la unión de hecho, de los funcionarios cubiertos por la prohibición, así como
sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado inclusive.
f) Quienes funjan como asesores de cualquiera
de los funcionarios afectados por prohibición, sean estos internos o externos,
a título personal o sin ninguna clase de remuneración, respecto de la entidad
para la cual presta sus servicios dicho(a) funcionario(a).
Artículo 26.—De
la prohibición de influencias. A las personas cubiertas por el régimen de
prohibiciones se les prohíbe intervenir, directa o indirectamente, ante los(as)
funcionarios(as) responsables de las etapas del procedimiento de
transferencias, en la asignación, giro, ejecución y fiscalización del convenio,
a favor propio o de terceros.
Artículo 27.—Efectos
del incumplimiento. La violación del régimen de prohibiciones establecido
en este capítulo, originará la nulidad absoluta del acto de transferencia de
recursos públicos y podrá acarrear a la parte infractora las sanciones
previstas en este Reglamento.
CAPÍTULO X
De las obligaciones, responsabilidades y sanciones
de las organizaciones sociales, asociaciones y fundaciones
SECCIÓN I
De las obligaciones de las asociaciones
y de las fundaciones
Artículo 28.—De las obligaciones en
general. Serán obligaciones de las organizaciones sociales, constituidas
como Asociaciones y Fundaciones a las que se les haya aprobado una
transferencia, además de otras establecidas en este reglamento, las siguientes:
Destinar los recursos económicos otorgados
por
Contar con un expediente de cada uno de sus
funcionarios(as) así como de un registro actualizado de los proveedores de la
misma, cuando corresponda.
Facilitar y coordinar con
Disponer de un control auxiliar para el
manejo de la cuenta corriente que se asigne a los recursos económicos que
transfiere
Emitir oportunamente las conciliaciones
bancarias de la cuenta corriente disponible para el programa, las cuales
deberán estar firmadas por el/la contador(a) privado(a) y archivarse en orden
cronológico.
Establecer los mecanismos de archivo
necesarios para la custodia, protección y manejo de los estados bancarios, así
como de toda la documentación atinente a las liquidaciones presentadas a
Mantener en un expediente, por año,
debidamente rotulado, toda la documentación relacionada con la transferencia de
recursos, ordenada cronológicamente.
Mantener en un expediente, por año,
archivados los comprobantes de pago en forma mensual, respetando el orden de
los cheques emitidos, los cuales deberán ser originales.
Regirse por los principios de la contratación
administrativa en materia de adquisición de bienes y servicios.
En aquellos casos en que los sujetos privados
reciban recursos provenientes de
Artículo 29.—Otra
normativa de control interno aplicable. Será obligación de los sujetos privados,
en lo que les sea aplicable, la observancia de la siguiente legislación:
Ley General de Control Interno. Ley Nº 8292.
Ley Contra
Ley Orgánica de
Ley de Contratación Administrativa y su
Reglamento, Ley Nº 7494 y sus reformas.
Ley de Administración Financiera de
Normas de Control Interno para los Sujetos
Privados que custodien o administren, por cualquier titulo, fondos públicos
(N-1-2009-CO-DFOE).
SECCIÓN II
De las responsabilidades de
Artículo 30.—Responsabilidad de
Emitir la orden de pago oportunamente a las
organizaciones sociales, Asociaciones o Fundaciones los recursos financieros
otorgados por transferencia.
Implementar los mecanismos de control
establecidos en este Reglamento.
Verificar que los sujetos privados agreguen
al principal y con el mismo destino, los intereses que genere en la cuenta
corriente el depósito de fondos de origen público.
Informar a
Estas regulaciones deberán ser cumplidas, sin
perjuicio de la fiscalización que corresponde a
Artículo 31.—De la
responsabilidad de los servidores concedentes de los beneficios otorgados por
SECCIÓN III
De las sanciones
Artículo 32.—Sanciones
en general. Aparte de otras sanciones que pueda establecer el ordenamiento
jurídico, la desviación del beneficio o de la liberación de obligaciones
otorgadas por los componentes de
Cuando la desviación se realice en beneficio
de intereses privados, del sujeto agente o de terceros, la concesión deberá ser
revocada y el beneficiario quedará obligado a la restitución del valor del
beneficio desviado, con los daños y perjuicios respectivos. En este caso, la
recuperación del monto del beneficio desviado podrá lograrse, además, en la vía
ejecutiva, con base en la resolución certificada de
SECCIÓN IV
Del procedimiento para la suspensión del giro de recursos
a los sujetos beneficiarios en atención a irregularidades
de índole financiera
Artículo 33.—Del
procedimiento para la suspensión del giro de los fondos públicos.
Artículo 34.—De
la investigación preliminar. Corresponderá a
Artículo 35.—Informes
de investigación.
Artículo 36.—Otras
investigaciones previas.
Artículo 37.—De
la decisión final.
Si se determina la existencia de conductas de
tipo delictivo,
Artículo 38.—Del
recurso de reposición. Contra la decisión final adoptada en un
procedimiento ordinario cabrá recurso de reposición a interponer dentro del
plazo de tres días hábiles a partir de su comunicación, ante el Alcalde
Municipal, a quien corresponderá su resolución.
Artículo 39.—De
la reanudación de pagos. En caso de que el/la alcalde(a) declare con lugar
el recurso de reposición interpuesto, ordenará la reanudación de los pagos, así
como el reintegro de las sumas retenidas.
Transitorio único: Para los efectos del ejercicio
económico 2012 los plazos empezarán a correr a partir de la publicación.
Artículo 40.—Rige a
partir de su publicación en el Diario Oficial
De conformidad con lo establecido en el
artículo 43 del Código Municipal, se publica el presente Proyecto de Reglamento
en el Diario Oficial
Departamento de Proveeduría
Institucional.—Lic. Karol González Román, Proveedora
Institucional.—1 vez.—Contado.—(IN2012102249).
El Concejo Municipal de Tibás,
en su acuerdo VI-3 en su sesión ordinaria Nº 124, celebrada el día 11 de
setiembre del 2012, aprobó lo siguiente:
REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO INTERNO
ADMINISTRATIVO
EN CASOS DE HOSTIGAMIENTO
SEXUAL
EN
CAPÍTULO I
Principios y definición
Artículo 1º—Principios.
Este Reglamento interno se inspira en aquellos principios inherentes a la
doctrina y normativa de los Derechos Humanos; en especial los de respeto a la
libertad, igualdad, dignidad e integridad de la persona, contenidos en
Artículo 2º—Definición. Por
hostigamiento sexual se entiende toda conducta sexual indeseada por quien la
recibe en forma reiterada y que provoque efectos perjudiciales, en los
siguientes casos:
a) Condiciones materiales de empleo o de
docencia.
b) Desempeño y cumplimiento laboral o educativo.
c) Estado general de bienestar personal.
También se considera
hostigamiento sexual la conducta grave que, habiendo ocurrido una sola vez,
perjudique a la víctima en cualquiera de los aspectos indicados.
CAPÍTULO II
Objetivo, ámbito de aplicación y manifestaciones
del hostigamiento sexual
Artículo 3º—Objetivo. El
objetivo de este reglamento es buscar las medidas tendientes a prevenir,
investigar y sancionar el hostigamiento sexual.
Artículo 4º—Ámbito de aplicación. Las
disposiciones de este Reglamento son de aplicación general, para todos
aquellos(as) servidores(as) públicos(as) que presten servicios en
Artículo 5º—Manifestaciones del
hostigamiento sexual. El hostigamiento sexual puede manifestarse, entre
otros, por medio de los siguientes comportamientos:
5.1. Requerimiento de favores sexuales que
implique:
a) Promesa, implícita o expresa, de un trato
preferencial, respecto de la situación, actual o futura de empleo o de estudio,
de quien la reciba.
b) Amenazas, implícitas o expresas, físicas o
morales, manifiestas u ocultas, de restricciones, daños o castigos referidos a
la situación actual o futura, de estudio o de empleo, para quien las reciba.
c) Exigencias de una conducta cuya sujeción o
rechazo sea, en forma implícita o explícita, condición para el empleo, el
estudio o la atención en salud.
5.2. Uso de palabras de naturaleza sexual,
escritas o verbales, de símbolos o de imágenes, que resulten hostiles,
humillantes u ofensivas para quien las reciba.
5.3. Acercamientos corporales u otras conductas
físicas de naturaleza sexual, indeseadas y ofensivas para quien las reciba.
CAPÍTULO III
Disposiciones generales
Artículo 6º—De la no
conciliación. La denuncia por hostigamiento sexual, por atentar contra la
dignidad de la persona, es inconciliable entre las partes. Una vez recibida la
denuncia
Artículo 7º—De la normativa supletoria.
Todo lo referente al procedimiento disciplinario se desarrollará y tramitará,
en lo que no se le oponga, con apego a la normativa vigente en
En ausencia de norma específica en
a) Código Municipal, Nº 7794 del 30 de abril de
1998.
b) Ley General de
c) Código de Trabajo, Ley Nº 2 del 27 de agosto
de 1943.
d) Código Civil. Ley Nº 63 del 26 de abril de
1886.
e) Código Procesal Civil. Ley Nº 50 del 25 de
enero de 1933.
f) Los principios generales del Derecho.
Lo anterior, sin perjuicio a la
aplicación de otras leyes y reglamentos conexos.
Artículo 8º—De la abstención y de la
recusación. La aplicación de la abstención y de la recusación a los(las) miembros(as) de
Artículo 9º—Del derecho a recurrir.
Las partes tienen derecho a los recursos ordinarios y extraordinarios
contenidos en el Libro II de
Artículo 10.—De
la confidencialidad y privacidad del procedimiento. El expediente y la
información contenida en él son confidenciales. Solamente, las partes
involucradas tendrán libre acceso a todos los documentos y pruebas que lo
conformen. Con base en el artículo 24 de
Artículo 11.—Del
apoyo a las partes afectadas. Las partes afectadas, denunciante y
denunciada, podrán acudir al procedimiento con el patrocinio letrado y con el
apoyo emocional o psicológico de su confianza, quienes deberán cumplir con lo
señalado en el artículo anterior.
CAPÍTULO IV
Prevenciones y su correspondiente responsabilidad
Artículo 12.—De
la divulgación.
Artículo 13.—De
la responsabilidad. Será responsabilidad de quienes ejerzan funciones de
supervisión de personal, la divulgación de la normativa vigente sobre el tema.
CAPÍTULO V
Sobre el procedimiento
Artículo 14.—De
la denuncia. La persona denunciante podrá plantear la denuncia, escrita o
verbal, ante el Alcalde Municipal. En caso de que la denuncia sea verbal se
deberá levantar un acta que suscribirá la persona ofendida, junto con la
persona que el Alcalde, asignará para ese acto, mediante resolución sucinta. El
Alcalde dará traslado de la denuncia a
Artículo 15.—De
la subsanación de defectos. Los defectos u omisiones que pudiera contener
la denuncia, no darán lugar para su rechazo.
Artículo 16.—De
la conformación de la comisión investigadora. En el plazo, improrrogable,
de tres días hábiles, contados a partir del siguiente día en que se presentó la
denuncia ante el Alcalde, quien procederá a la conformación de
Artículo 17.—De
la integración de la comisión investigadora. La comisión investigadora
estará conformada por tres funcionarios(as) de
a) El Coordinador(a) del Departamento de
Recursos Humanos, quien dirigirá
b) Coordinador(a) de Gestión Social.
c) Un(a) profesional, con grado de licenciatura
en leyes y con conocimientos en materia disciplinaria, que velará porque se
respete el debido proceso y tendrá en custodia el expediente administrativo.
Dependiendo del sexo del(la) denunciante, la comisión investigadora estará
conformada, en mayoría, por su igual. Cada uno de los(las)
integrantes tendrán su respectivo suplente, para aquellas ausencias de fuerza
mayor, por parte de los(las) titulares. Todos estos funcionarios(as) tendrán el
deber de mantener la confidencialidad sobre lo conocido y resuelto en el caso.
Artículo 18.—De
las garantías procesales. En el procedimiento se garantizará el debido
proceso y el derecho de defensa se guardará total confidencialidad en su
trámite. Cualquier infidencia de las personas que están obligadas a guardar
confidencialidad será falta, la cual se sancionará de conformidad con la
normativa vigente.
Artículo 19.—De
la ampliación o aclaración. La comisión investigadora podrá solicitar a la
persona denunciante, dentro del término de cinco días hábiles, contados a
partir de su instalación, que amplíe o aclare los términos de la denuncia.
Artículo 20.—Del
traslado de la denuncia. Cumplido lo preceptuado en el artículo anterior,
se dará traslado de la denuncia a la persona denunciada, y se le concederá un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
notificación, para exponer los motivos que tenga de oposición a la denuncia,
junto con el ofrecimiento de las pruebas de descargo. En el caso de que no
ejerza el derecho de defensa, el proceso continuará hasta concluir,
definitivamente, con el informe final.
Artículo 21.—De
las medidas cautelares. El Alcalde podrá dictar, de oficio o a petición de
parte, las medidas cautelares que considere oportunas, de conformidad con el
artículo 24 de
Artículo 22.—Comparecencia
de la persona denunciante. Vencido el plazo que determina el artículo 20 y
en los siguientes cinco días hábiles, la comisión investigadora dará audiencia
a la persona denunciante, para que comparezca ante esta instancia.
Artículo 23.—Evacuación
de la prueba. Una vez recibida a la persona denunciante, se procederá a la
evacuación de la prueba ofrecida por las partes. Tratándose de prueba
testimonial, la citación se hará con al menos tres días hábiles de
anticipación.
Artículo 24.—Valoración
de la prueba. Para la valoración de la prueba deberán tomarse en
consideración todos los elementos indiciarios y directos aportados, así como
los principios de la sana crítica, lógica y experiencia.
Artículo 25.—Comparecencia
de la persona denunciada. La persona denunciada tendrá derecho a una
audiencia oral y privada ante
Artículo 26.—Conclusiones
o alegatos finales. Evacuada la prueba y recibida la comparecencia de la
parte denunciada, las partes podrán presentar sus alegatos finales y
conclusiones dentro de un plazo máximo de tres días hábiles.
Artículo 27.—De
la conclusión e informe final. En el plazo de ocho días naturales, después
de las comparecencias y evacuación de la prueba, la comisión investigadora
informará por escrito al Alcalde Municipal o, en su ausencia, ante quien lo sustituya,
las conclusiones del trámite administrativo y las recomendaciones
disciplinarias, que se consideren aplicables.
Artículo 28.—Resolución
final. El Alcalde o, quien en ausencia lo(la)
sustituya, tendrá quince días desde la fecha de la comparecencia para resolver
lo que corresponda, como acto final.
Artículo 29.—De
los recursos contra la resolución final. En el caso de que el acto final
disponga la destitución del servidor o servidora, podrá interponer dentro de
los ocho días hábiles, contados a partir de la notificación del acto final, un
Recurso de Apelación para ante los Tribunales Laborales del circuito judicial a
que pertenece
CAPÍTULO VI
Calificación de las faltas y sanciones disciplinarias
Artículo 30.—Calificación
de las faltas cometidas por manifestaciones de hostigamiento sexual. Las conductas
que, con fundamento en
a) Faltas leves.
b) Faltas graves.
c) Faltas gravísimas.
Artículo 31.—Las
sanciones disciplinarias. De acuerdo con el artículo 34 de
a) La falta leve será sancionada con
amonestación escrita.
b) La falta grave será sancionada con suspensión
sin goce de salario, hasta por quince días hábiles.
c) La falta gravísima será sancionada con
despedido sin responsabilidad patronal.
Cuando un funcionario(a)
reincide en una conducta de hostigamiento sexual, le será aplicada la sanción
prevista para la calificación más grave siguiente a la que resultare del
procedimiento.
CAPÍTULO VII
Disposiciones finales
Artículo 32.—Derogatoria.
El presente reglamento deroga el Reglamento del Procedimiento Interno
Administrativo en Casos de Hostigamiento Sexual en
Artículo 33.—Modificaciones.
Cualquier modificación a este Reglamento será acordada por el Concejo Municipal
y de aprobarse deberá ser publicada y publicitada a través de los medios
pertinentes.
Artículo 34.—Vigencia.
El presente reglamento regirá a partir de la publicación en el Diario Oficial
Transitorio único.—Los procedimientos actuales. Los
procedimientos disciplinarios que con anterioridad a la publicación de este
reglamento se encuentren activos, finalizarán conforme al reglamento que les
dio inicio.
Departamento de Proveeduría
Institucional.—Lic. Karol González Román, Proveedora
Institucional.—1 vez.—Contado.—(IN2012102251).
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE MONTEVERDE
MODIFICAR EL ARTÍCULO 38 DEL REGLAMENTO
DEL
CEMENTERIO MUNICIPAL
Acuerdo del Concejo Municipal de
Distrito de Monteverde mediante el acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 790
del 22 de octubre del 2012, en el capítulo VIII, artículo 08, inciso g), en
forma unánime, que al texto dice:
Acuerdo Nº 07:
Según la solicitud del
Departamento de Planificación Urbana y Control Constructivo Nº
154-PUCC-30-08-12 este Concejo Municipal de Distrito de Monteverde acuerda
modificar el artículo 38 del Reglamento del cementerio municipal para que en lo
sucesivo se lea: “ Todas las bóvedas construidas en el cementerio municipal
deberán ser de color blanco, no importa el material utilizado en el acabado de
las mismas y estarán identificadas con el nombre del difunto y la fecha de
defunción en material imborrable preferiblemente metal o piedra”. Aplicar el
Artículo 44 y 45 del Código Municipal.
Monteverde, 29 de octubre del
2012.—Milena Ramírez Brenes, Secretaria.—1
vez.—(IN2012103049).
AVISO
PUBLICACIÓN
DE tercera VEZ
De conformidad con lo estipulado por los artículos
708 y 709 del Código de Comercio, el señor Jorge Oldemar Salas Rojas cédula
01-0765-
Alajuela, 30 de octubre del 2012.—Jorge
O. Salas Rojas.—(IN2012102030).
SEÑORES INDUSTRIALES DE FRIJOL Y MAÍZ BLANCO
En cumplimiento con
Solo tiene que registrarse personalmente ante
las Oficinas del Servicio de Información e Inteligencia de Mercados del Consejo
Nacional de Producción, ubicadas en San José, de Yamuni avenida 10,
Para mayor información comuníquese al
teléfono: 2255-0056 o al e-mail: sim@cnp.go.cr
Consulte
Lic. Percy Ávila Picado,
Director Administrativo Financiero.—1 vez.—O. C. Nº 001-2012.—Solicitud Nº
800-00001P.—Crédito.—(IN2012102221).
El Concejo Municipal de Tibás,
en su acuerdo VII-1 en su sesión ordinaria Nº 129, celebrada el día 16 de
octubre del 2012, dispuso lo siguiente:
MOCIÓN
PRESENTADA POR VARIOS
REGIDORES(AS):
Considerando:
Que este Concejo Municipal es consciente
que la época de fin de año, es una oportunidad para que se comparta y mantengan
los valores familiares, culturales y religiosos; razón por la cual se pretende
una pausa durante los últimos días de diciembre.
Que el artículo 35 del Código Municipal
establece: El Concejo acordará la hora y el día de sus sesiones y los publicará
previamente en
SE ACUERDA:
1. Establecer para el mes de diciembre del 2012,
el siguiente calendario para las sesiones ordinarias y extraordinarias del
Concejo Municipal del cantón de Tibás. Todas a partir de las 07:00 p. m.
Sesiones ordinarias:
4 de diciembre del 2012
7 de diciembre del 2012
11 de diciembre del 2012
14 de diciembre del 2012
Sesiones extraordinarias:
6 de diciembre del 2012
13 de diciembre del 2012
Jueves 3 de enero del 2013 Ordinaria
(en sustitución de la correspondiente al 01/01/13).
Departamento de Proveeduría
Institucional.—Lic. Karol González Román, Proveedora
Institucional.—1 vez.—Contado.—(IN2012102259).
INFORMA
El Concejo Municipal de Tibás,
en su acuerdo VI-3 en su sesión ordinaria Nº 125, celebrada el día 18 de
setiembre del 2012, dispuso lo siguiente:
MOCIÓN
Considerando:
1. Que el artículo 74 del Código Municipal
establece que:
“ARTÍCULO 74.- (*) Por los servicios que
preste, la municipalidad cobrará tasas y precios, que se fijarán tomando en
consideración el costo efectivo más un diez por ciento (10%) de utilidad para
desarrollarlos. Una vez fijados, entrarán en vigencia treinta días después de
su publicación en
Los usuarios deberán pagar por los
servicios de alumbrado público, limpieza de vías públicas, recolección de
basuras, mantenimiento de parques y zonas verdes, servicio de policía municipal
y cualquier otro servicio municipal urbano o no urbano que se establezcan por
ley, en tanto se presten, aunque ellos no demuestren interés en tales
servicios.
Se cobrarán tasas por los servicios (de policía
municipal), y mantenimiento de parques, zonas verdes y sus respectivos
servicios. Los montos se fijarán tomando en consideración el costo efectivo de
lo invertido por la municipalidad para mantener cada uno de los servicios
urbanos. Dicho monto se incrementará en un diez por ciento (10%) de utilidad
para su desarrollo; tal suma se cobrará proporcionalmente entre los
contribuyentes del distrito, según la medida lineal de frente de propiedad. La
municipalidad calculará cada tasa en forma anual y las cobrará en tractos
trimestrales sobre saldo vencido. La municipalidad queda autorizada para emanar
el reglamento correspondiente, que norme en qué forma se procederá para
organizar y cobrar de cada tasa.
2. Que el acuerdo V-29 de la sesión ordinaria
Nº 108, celebrada el 22 de mayo del 2012, en donde se remitió el oficio
DAMT-CI-1794-2012, con la propuesta de aumento de tasas de los servicios
urbanos del cantón, fue analizado ampliamente por esta Comisión y se decidió
solicitar a
3. Que
Por tanto,
Para ver imagen solo en
Estas tasas entrarán a regir a
partir del 1º de enero del 2013, una vez realizada la publicación en el
periódico oficial según el marco jurídico respectivo.
Departamento de Proveeduría
Institucional.—Lic. Karol González Román, Proveedora
Institucional.—1 vez.—Contado.—(IN2012102261).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTOS
El Departamento de Zona Marítimo
Terrestre de
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Adán Venegas Chaves, Inspector.—1 vez.—(IN2012102736).
El Departamento de Zona Marítima
Terrestre de
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Adán Venegas Chaves, Inspector.—1 vez.—(IN2012102738).
El Departamento de Zona Marítima
Terrestre de
Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Adán Venegas Chaves, Inspector.—1 vez.—(IN2012102740).
El Concejo Municipal de Cóbano
en sesión ordinaria 38-12, artículo VI, inciso b del día nueve de octubre del dos mil doce acordó cerrar las
oficinas del Concejo Municipal del Distrito de Cóbano del día 24 de diciembre
al 31 de diciembre del 2012, inclusive, otorgando cinco días de vacaciones a
los funcionarios.
- Los funcionarios que por sus funciones operativas, como la
recolección de basura, no se pueden ausentar,
no se someten a este acuerdo, situación que analizará
- Si por los proyectos o trabajos pendientes
dentro de
-
2º—La sesión ordinaria
correspondiente al día 25 de diciembre del 2012 se traslada para el día 20 de
diciembre del 2012, la sesión ordinaria
del día 31 de diciembre del 2012 se suspende. Acuerdo unánime.
Roxana Lobo Granados, Secretaria
Municipal.—1 vez.—(IN2012102870).
COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS
DE
COSTA RICA
Asamblea general ordinaria N° 84-2012
Sita: En la sede del Colegio, setecientos
metros al este del Servicentro
Orden del día
Asamblea Nº 84-2012
1. Comprobación del quórum
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación de la tabla de
distribución de tiempos.
4. Lectura y aprobación del acta N° 83-2012
5. Lectura y aprobación del informe de junta
directiva
6. Elección y juramentación de miembros de Junta
Directiva 2012-2014
Presidente(a)
Secretario(a)
Tesorero(a)
Vocal I
Vocal II
7. Elección y Juramentación de miembros del Tribunal de Honor
2012-2013
Las y los colegiados deben estar
al día en sus responsabilidades financieras con
1. Se recuerda a quienes deseen presentar su nombre como candidato o
candidata a la presidencia que pueden hacerlo hasta el viernes 23 de noviembre
de
2. Se invita a las y los colegiados a visitar la
página WEB del Colegio en la siguiente dirección electrónica:
www.psicologiacr.com
Msc. Milagro Quesada Villegas,
Secretaria Junta Directiva.—(IN2012103167). 2
v. 1.
ASOCIACIÓN CONDOMINIOS APARTOTEL CARIARI
Asociación Condominios Apartotel
Cariari, asamblea general ordinaria y extraordinaria. En el Condominio N° 6,
sábado 17 de noviembre del 2012,
Agenda:
1. Verificación del quórum 2. Aprobación acta anterior
3. Informe del
Presidente 4. Informe de
5. Elección
del Representante Legal 6. Asuntos varios
Roslyn Beswick, cédula de
residencia N° 112400027835, Representante
Legal.—1 vez.—(IN2012103173).
CAFÉ DE ALTURA DE SAN RAMÓN ESPECIAL S. A.
De acuerdo con lo establecido en
la legislación nacional, el señor Marvin Gerardo Rojas Bolaños, cédula
204470191, en calidad de secretario de Café de Altura de San Ramón Especial
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-377316, y por disposición del Consejo
de Administración, convoca a todos los socios de dicha sociedad, a la asamblea
general ordinaria Nº
FUNDACIÓN PARA
Se convoca a la asamblea general
de la junta administrativa de
COLEGIO DE SECRETARIADO PROFESIONAL
DE
COSTA RICA
De conformidad con el artículo
6° de
Orden del día:
I. Lectura y aprobación del acta de la asamblea
general ordinaria efectuada el 26 de noviembre de 2011.
II. Lectura y aprobación del acta de la asamblea general extraordinaria
efectuada el 29 de setiembre de 2012.
III. Informe de la presidencia.
IV. Informe de la tesorería.
V. Informe de la fiscalía.
VI. Aprobación del presupuesto para el período 2013.
VII. Elección de la junta directiva y fiscalía para
el período 2013.
VIII. Asuntos vanos.
La primera convocatoria será a las
14:00 horas y la segunda a las 14 horas y 30 minutos. En caso de no existir el
quórum requerido, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria con
cualquier número de miembros presentes.—Lic. Marcia
Salazar Vargas, Presidenta.—1 vez.—(IN2012103525).
CONDOMINIO EL RINCÓN
Convocatoria de asamblea general
ordinaria de Condominio El Rincón, sirva la presente para convocarlos a la
asamblea general ordinaria, a realizarse en el Condominio, casa Nº 2, el día
miércoles 5 de diciembre del
Agenda:
1) Nombramiento del presidente y secretario de la asamblea.
2) Lectura del acta de la asamblea general
ordinaria y extraordinaria del Condominio El Rincón de fecha lunes 12 de
diciembre del 2011.
3) Informes contables al 30 de noviembre del
2012.
4) Informe del administrador.
5) Comentarios de la junta asesora.
6) Discusión y aprobación del presupuesto
ordinario para el año 2013 y aprobación de cuotas.
7) Nombramiento de la administración y junta
asesora para el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre
del 2013.
Escazú, 25 de octubre del 2012.—Víctor Montero Ch., Administrador.—1
vez.—RP2012328197.—(IN2012103549).
TALLER INDUSTRIAL CALLE FLORES S. A.
Se convoca a los accionistas de
la sociedad Taller Industrial Calle Flores S. A., cédula jurídica 3-101-
VALLE DEL NORTE RHN S. A.
Se convoca a asamblea ordinaria
y extraordinaria de Valle del Norte RHN S. A., cédula de persona jurídica
tres-ciento uno-doscientos sesenta y dos mil seiscientos diez, a celebrarse en
nuestras instalaciones en Cuestillas, Florencia, San Carlos, quinientos metros
este del puente sobre el Río Ron Ron, el día sábado ocho de diciembre del dos
mil doce, en primera convocatoria a las diez horas, y en segunda convocatoria a
las once horas del mismo día. Orden del día: Uno: Saludo de bienvenida por la
presidencia. Dos: Comprobación de quórum. Tres: Lectura del acta anterior.
Cuatro: Lectura y aprobación de la agenda (Orden del día) Cinco: Informe de
presidencia. Seis: Informe de tesorería. Siete: Informe de fiscalía. Ocho:
Propuestas de socios. Nueve: Elección de junta directiva. Diez: Modificación de
las convenciones sexta, octava y décima primera del pacto constitutivo. Once:
modificación del estatuto. Doce: actualización del libro registro de
accionistas. Trece: clausura y refrigerio. Se pide a todos los socios llevar
sus acciones para efectos del punto doce de la agenda. Se convoca mediante el
Diario Oficial según artículo ciento cincuenta y ocho del Código de Comercio.—Lic. José Antonio Ledezma Ramírez, Presidente de la junta
directiva.—1 vez.—RP2012328274.—(IN2012103555).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
UNIVERSIDAD DE LAS CIENCIAS Y EL ARTE
DE
COSTA RICA
Ante este registro se ha
presentado solicitud de reposición del titulo de bachillerato en enfermería y
Licenciatura en enfermería, por causa de extravío, emitido el bachillerato por
la universidad con fecha 20 de agosto del 2005, y el de Licenciatura con fecha
27 de octubre del
LABORATORIOS INDUSTRIALES
SUPERCOLOR
SOCIEDAD ANÓNIMA
Por motivo de extravío hemos
recibido formal solicitud de reposición de los siguientes certificados de acciones
de Laboratorios Industriales Supercolor Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número 3-101-060437, certificados de acciones comunes y nominativas
número uno, dos, tres, cuatro y cinco. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición en el plazo y siguiendo el trámite establecido en el
artículo 689 del Código de Comercio.—San José, 17 de
octubre del 2012.—Roland Puschendorf Zimmer, Presidente.—(IN2012102357).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
LINK SPACE SOCIEDAD ANÓNIMA
De conformidad con el artículo
689 del Código de Comercio, Link Space Sociedad Anónima, portadora de la cédula
jurídica Nº 3-101-328420, cita y emplaza a quienes se consideran interesados en
diligencias de reposición de los títulos accionarios Nº 1, por 99 acciones de
la serie A, y título accionario Nº 2, por 1 acción de la serie A,
pertenecientes a la señora Dina Elizabeth Montero Umaña, mayor de edad,
divorciada una vez, Jefa de Recursos Humanos, portadora de la cédula de
identidad Nº 1-0755-0274, para que hagan valer sus derechos dentro del término
de un mes, contados después de la tercera y última publicación de este
aviso.—Fabio Acuña Martens, Representante Legal.—(IN2012102731).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
CABLE VISIÓN DE COSTA RICA CVCR S. A.
El suscrito Francesco Caldart Cassol,
mayor, vecino de San José, Moravia, empresario, casado una vez, con cédula
número ocho-cero cinco ocho-nueve ocho siete, actuando en mi carácter de
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de
“Cable Visión de Costa Rica CVCR S. A.”, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos ochenta y cinco mil trescientos setenta y tres, se
avisa al público en general y a cualquier interesado lo siguiente: Cable Visión
de Costa Rica CVCR S. A., publicó un edicto en Las Gacetas de los días
21, 24 y 25 de setiembre del 2012, correspondientes a
ASOCIACIÓN COMISIÓN COSTARRICENSE DE DERECHOS HUMANOS
CÉDULA JURÍDICA 3-002-075506
BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 30 DE OCTUBRE DE 2012
(En
miles de colones)
ACTIVO MONTO PASIVO MONTO
ACTIVO CORRIENTE PASIVO
CORRIENTE
Caja General 2.603.692,80 Cuentas
Por Pagar 2.603.692,80
TOTAL DE ACTIVO CORRIENTE TOTAL
DE PASIVO CORRIENTE 2.603.692,80
PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO PATRIMONIO
Terreno 46.073.856,00 Aportes de Asociados 46.073.856,00
TOTAL
PATRIMONIO 46.073.856,00
TOTAL DE ACTIVO 48.677.548.80 TOTAL PASIVO
Y PATRIMONIO 48.677.548,80
El presente Balance Final de
Liquidación de
El importe que se presenta en este Balance
Final de Liquidación en Caja General será utilizado para cubrir los gastos
relativos a los actos formales de cierre, como son las publicaciones de ley,
los gastos y honorarios relativos a la liquidación de
La parte que a cada asociado le corresponde
del Patrimonio (Aportes de Asociados), sea el equivalente al valor del inmueble
(Terreno), el cual se encuentra inscrito bajo el número de folio real 406333,
del Partido de San José, derechos 001 y 002, por acuerdo debidamente
protocolizado de asamblea general extraordinaria del día quince de julio del
dos mil doce, será donado a
ASOCIACIÓN BRUMOSA DE NATACIÓN Y TRIATLÓN
Yo, Ana Lucrecia Aguilar
Silesky, cédula uno-seiscientos ochenta y uno-ochocientos setenta en mi calidad
de Presidenta y representante legal de
ASOCIACIÓN
DEPORTIVA VOLEIBOL DE BELÉN
Yo, Mainor Francisco Murillo Núñez, cédula de
identidad número uno-cero ochocientos trece-cero seiscientos cinco, en mi
calidad de presidente y representante legal de
ASOCIACIÓN DE MUJERES MICROEMPRESARIAS
DEL
ASENTAMIENTO DE SANTA FE DE GUATUSO
La suscrita, Rose María Ugalde
Quesada c/c Rose Marie, cédula de identidad número dos-trescientos cincuenta y
cuatro-doscientos cuarenta y nueve, en mi calidad de Presidenta y Representante
legal de
ASOCIACIÓN DE RESIDENTES DE LAS CALLES
BOMBACHO, HUACALILLO Y ZURQUÍ
Yo, Priscila Hine Mesén, cédula de identidad
número uno-cuatrocientos veintisiete-ochocientos diecisiete, en mi calidad de
Presidenta y Representante Legal de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por escritura firmada el día 23
de octubre de 2012, se suscribió contrato de compra venta del establecimiento
mercantil conocido como Pizza Veleta y Club Pie Loco, situado en el Paseo
de los
Turistas, Puntarenas; mediante el
cual Pizza del Pacífico S. A., cédula jurídica número 3-101-146673, le vendió
el establecimiento a la sociedad Inversiones Grecar Icg S. A., cédula
3-101-533117. De conformidad con los artículos 479, 482, 483 siguientes y
concordantes del Código de Comercio, se cita a los acreedores, para que se
presenten a hacer valer sus acreencias, dentro del término de 15 días a partir
de la primera publicación, en las oficinas del despacho Pacheco, Odio, Alfaro,
en Sabana Norte, Edificio Torre
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura ante el suscrito notario a las 8:00
horas del 24 de octubre del 2012, se modifica domicilio y representación de la
sociedad Inmobiliaria
Ante esta notaría a las catorce horas del
veinticuatro de octubre del año dos mil doce, se constituyó la sociedad Servicios
Médicos de Fortaleza del Alma AC Sociedad Anónima. Presidente apoderado
generalísimo. Capital: Diez mil colones.—San José,
treinta de octubre del año dos mil doce.—Lic. Enrique Alfonso Steele Maltés,
Notario.—1 vez.—RP2012327839.—(IN2012102582).
Ante esta notaría por medio de escritura pública
Nº 170-III, otorgada en Guanacaste a las 14:00 horas del 26 de octubre del año
2012, se protocolizó el acta número cuatro de la sociedad denominada LOG Las
Oropéndolas de Guanacaste S. A., en la cual se tomaron los siguientes
acuerdos: Segundo: Se acuerda la disolución de la sociedad.—Guanacaste,
26 de octubre del 2012.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2012327842.—(IN201212583).
Ante esta notaría por medio de escritura pública
Nº 168-III, otorgada en Guanacaste a las 15:00 horas del 17 de octubre del año
2012, se constituyó la sociedad denominada Te Konte Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con un plazo social: 90 años. Domicilio:
Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, frente al Banco Nacional
Oficina PSC Attorneys, capital social: Doce mil colones, gerente general uno:
Andrés Rodrigo Benavente Amengual. Gerente general dos: Johannes Florian Dan
Mayr.—Guanacaste, 17 de octubre del 2012.—Lic. Laura
Coto Rojas, Notaria.—1
vez.—RP2012327843.—(IN2012102584).
Ante esta notaría por medio de escritura pública
Nº 131-V, otorgada en Guanacaste a las 16:00 horas del 23 de octubre del año
2012, se constituyó la sociedad denominada Milagro Luxury Rentals Limitada,
con un plazo social: 90 años. Domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playa
Hermosa, Centro Comercial, frente a
Por medio de escritura otorgada en San Isidro de
El General de Pérez Zeledón a las dieciséis horas del dieciséis de agosto del
dos mil doce. Se constituyó la sociedad denominada Inversiones Casa Sana y
Vitalidad del Sur S. R. L., con un plazo social de noventa y nueve años, el
domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón,
en su distrito de San Isidro, exactamente treinta metros oeste de Disco Centro,
como presidente Beth Sylvia Klarreich Corwin.—San
José, veintitrés de agosto del año dos mil doce.—Lic. Walter Chacón Barrantes,
Notario.—1 vez.—RP2012327845.—(IN2012102586).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro de
Pérez Zeledón a las catorce horas del día diecinueve de octubre del año dos mil
doce, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de
la compañía tres-ciento dos-quinientos noventa y cinco mil quinientos nueve
sociedad de responsabilidad limitada, mediante la cual se disuelve la
indicada sociedad.—San Isidro de Pérez Zeledón,
diecinueve de octubre del año dos mil doce.—Lic. María Catalina Garro Mora,
Notaria.—1 vez.—RP2012327846.—(IN2012102587).
Por medio de asamblea general extraordinaria
efectuada en San Isidro del General de Pérez Zeledón a las ocho horas del dos
de abril del dos mil doce. Se decidió disolver la sociedad denominada tres-ciento
uno-quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos veintiséis sociedad anónima
número de cédula jurídica 3-101-548426.—Lic. Walter
Chacón Barrantes, Notario.—1
vez.—RP2012327847.—(IN2012102588).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del
General de Pérez Zeledón a las catorce horas del trece de febrero del dos mil
doce. Se realizó la asamblea de la sociedad denominada Industrias Arce
Badilla Sociedad Anónima S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos ochenta mil trescientos cuarenta y cuatro, se decidió disolver
la sociedad anónima por lo que se hace el respectivo aviso para un tercero
interesado. Es todo.—Veinticuatro de octubre del dos
mil doce.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1
vez.—RP2012327848.—(IN2012102589).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del
General de Pérez Zeledón a las catorce horas del doce de octubre del dos mil
doce. Se modificó la cláusula sexta del acta constitutiva de la sociedad
anónima Las Aguas y Vistas de Esteban S. A. con número de cédula
jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y dos mil trescientos treinta y
cinco.—San Isidro del General jueves veintiséis de
octubre año dos mil doce.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012327849.—(IN2012102590).
A las doce horas del veintidós de octubre del dos
mil doce, ante esta notaría se protocolizó acuerdo de socios de la sociedad N
B S It Makes Me Laugh Sociedad Anónima donde se acuerda disolverla y
liquidarla de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código
de Comercio.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—RP2012327850.—(IN2012102591).
Ante la suscrita notaria se constituyó la sociedad
denominada Mired Médica Sociedad Anónima, otorgada a las ocho horas del
treinta de octubre del año dos mil doce. Presidente: Yendry Jiménez Cordero.
Capital social diez mil colones, plazo social: Noventa y nueve años.—Lic. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1
vez.—RP2012327851.—(IN2012102592).
Mediante escritura 17 otorgada ante esta notaría a
las 13:00 horas del 13 de octubre del 2012, se modifica la cláusula sétima del
consejo de administración o junta directiva en la sociedad R Y C Sports Ya
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-603135.—San José 13 de octubre del
2012.—Lic. Ariana Azofeifa Vaglio, Notaria.—1
vez.—RP2012327852.—(IN2012102593).
Por escritura hoy otorgada ante mí, se constituyó
la sociedad Hermanos Nicky S. A., con domicilio en San José, capital
social diez mil colones, plazo social noventa y nueve años.—San
José, quince horas del dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Kattia Mena
Abarca, Notaria.—1 vez.—RP2012327854.—(IN2012102594).
Ante mi notaría, Óscar Ortiz Cuadra y Paul André
Tinoco constituyen sociedad con denominación por número de cédula jurídica.—San José, 20 de setiembre del 2012.—Lic. Sonia Madrigal
Fernández, Notaria.—1
vez.—RP2012327861.—(IN2012102595).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas
de hoy, protocolicé acuerdos de Salgado Ulloa Ltda., por los cuales se
liquida esa sociedad.—San José, 29 de octubre del
2012.—Lic. Eugenio Fco. Jiménez Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2012327863.—(IN2012102596).
Por escritura otorgada a las 11:30 horas del 29 de
octubre de 2012, ante esta notaría se protocoliza acta asamblea general
extraordinaria de accionistas de Filial Condominio Boulevar del Sol Número
Trece Luis S. A. en virtud de la cual, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y en el apartado
VI de
Por escritura otorgada ante el suscrito notario,
en San José, a las 10:00 horas del 25 de octubre de 2012, se constituye Propiedades
Jedisa Limitada. Capital social cien mil colones suscrito y pagado, plazo
de cien años.—San José, 26 de octubre del 2012.—Lic.
Mark Beckford Douglas, Notario.—1
vez.—RP2012327869.—(IN2012102598).
El notario público que suscribe, debidamente autorizado
para tal efecto, a las diecisiete horas del veintitrés de octubre dos mil doce,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Yihara
Youkta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
tres mil setecientos treinta y nueve, donde se nombró, presidente, secretario,
tesorero y fiscal de la junta directiva.—Cóbano de
Puntarenas, veintinueve de octubre dos mil doce.—Lic. Juan Carlos Fonseca
Herrera, Notario.—1 vez.—RP2012327870.—(IN2012102599).
El notario público que suscribe, debidamente
autorizado para tal efecto, a las dieciséis horas del veintitrés de octubre dos
mil doce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Youkturas Montezuma Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos cinco mil doscientos cincuenta y dos, donde se
nombró, presidente, secretario, tesorero y fiscal de la junta directiva.—Cóbano de Puntarenas, veintinueve de octubre dos mil
doce.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1
vez.—RP2012327871.—(IN2012102600).
Ante escritura otorgada el día veintinueve de
octubre del dos mil doce, se modifican los estatutos de la sociedad Certificar
Centro de Evaluaciones e Inspecciones de Costa Rica S. A. con número de
cédula jurídica 3-101-657277. Es todo.—San José,
treinta de octubre del dos mil doce.—Lic. Hugo Madrigal Chinchilla, Notario.—1 vez.—RP2012327872.—(IN2012102601).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas
de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Felipe
Royo Sucesores S. R. L. Se reforman cláusulas segunda y sexta de los
estatutos, referentes al domicilio y administración y se crea una nueva del
agente residente.—Turrialba, veintisiete de octubre
del dos mil doce.—Lic. Roberto Casasola Alfaro, Notario.—1
vez.—RP2012327873.—(IN2012102602).
Por escritura número ciento sesenta y ocho, de las
veinte horas del día dieciocho de octubre del año dos mil doce, visible e
iniciada a folio ciento tres vuelto, del tomo quinto del suscrito notario, se
constituye sociedad denominada SJ Enterprises Sociedad Anónima y su
traducción al español es Empresas SJ Sociedad Anónima, plazo social
noventa y nueve años, capital social, suscrito y pagado. Es todo.—Ciudad de San José, 29 de octubre del 2012.—Lic. Octavio
Mora Hernández, Notario.—1
vez.—RP2012327881.—(IN2012102603).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 29 de
octubre del 2012, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad MPV Fuel
Sociedad Anónima. Se reforma cláusula primera.—Lic.
Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1
vez.—RP2012327882.—(IN2012102604).
Mediante escritura número ciento noventa y uno del
tomo veintitrés de mi protocolo se modificó la cláusula tercera del objeto de
la empresa Inmobiliaria Panorámica del Valle IPV Sociedad Anónima.—Lic.
Miguel Ángel Vásquez López, Notario.—1
vez.—RP2012327883.—(IN2012102605).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas
del veintisiete de junio de dos mil doce, se constituyó la sociedad B &
B Sociedad Anónima, cuya presidenta es Maritza Blanco Vargas.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Ana Victoria Mora
Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012327885.—(IN2012102606).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
dieciséis horas del día veintinueve de octubre del 2012, la sociedad Warren
Guanacaste S. A., protocolizó acuerdos en donde se modifica el pacto social
y se transforma a sociedad de responsabilidad limitada.—San
José, 29 de octubre del 2012.—Lic. Charlotte Brom Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012327888.—(IN2012102607).
Por escritura otorgada ante el notario: Eric
Quesada Arce, a las 14:00 horas del 29 de octubre del 2012, se constituye una
sociedad anónima, sin nombre domiciliada en Tres Ríos, representante con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Guodong Wu Hu,
presidente.—San José, 29 de octubre del 2012.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—1 vez.—RP2012327889.—(IN2012102608).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
ocho horas cuarenta minutos del día veinticuatro de octubre del 2012, la
sociedad Warren Consolidadas S. A., protocolizó acuerdos en donde se
modifica el pacto social y se transforma a sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 25 de octubre del 2012.—Lic. Charlotte Brom
Núñez, Notaria—1 vez.—RP2012327890.—(IN2012102609).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
dieciséis horas treinta minutos del día veintinueve de octubre del 2012, la
sociedad Warren Springs S. A., protocolizó acuerdos en donde se modifica
el pacto social y se transforma a sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 29 de octubre del 2012.—Lic. Charlotte Brom
Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012327891.—(IN2012102610).
Ante esta notaría se constituye la sociedad de
esta plaza denominada Jornada V & R Sociedad Anónima, a las quince
horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil doce, siendo su
presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma, presidente el señor Jorge Luis Valverde Esquivel, y su tesorera:
Margarita Rodríguez Vargas, ante el notario Rodrigo Garita López, en Venecia de
San Carlos.—Alajuela, veintiséis de octubre del dos
mil doce.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1
vez.—RP2012327892.—(IN2012102611).
Ante esta notaría se constituye la sociedad de
esta plaza denominada Seguridad Magero Sociedad Anónima a las doce horas
del catorce de octubre del dos mil doce, siendo su presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Marvin Gerardo Rojas Vargas,
ante el notario Rodrigo Garita López, en Florencia, San Carlos.—Alajuela, veintinueve de octubre del dos mil doce.—Lic.
Rodrigo Garita López, Notario.—1
vez.—RP2012327893.—(IN2012102612).
Por escritura, otorgada ante esta notaría, número
once, de las 10:00 horas del 8 de agosto del 2012, se protocolizó el acta
número uno de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
anónima denominada: Eleroqui S. A., cédula 3-101-575482, por domicilio
social, distribución de acciones, cambio de junta directiva, apoderado
generalísimo.—Heredia 30 de octubre del 2012.—Lic.
Oralia Molina Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2012327895.—(IN2012102613).
Osvaldo José Zanella Giorda,
ciudadano de nacionalidad Argentina y titular del pasaporte ordinario de
El día de hoy he protocolizado
acta constitutiva de la entidad Grupo Seguridad Técnica Dos
S. A. Presidente: Edgar Salazar Salas.—Lic.
Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—RP2012327899.—(IN2012102615).
Por escritura, otorgada ante mí,
a las 17:00 horas del 27 de octubre del año 2012, se constituyó la sociedad Nuestros
Sueños del Norte S & O Sociedad Anónima, con un capital social de diez
mil colones, un plazo de noventa y nueve años y su domicilio en San José.
Presidente: Sindy Johanna Villafuerte Salazar.—San
José, 30 de octubre del 2012.—Lic. Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012327901.—(IN2012102616).
Por escritura, otorgada ante mí,
a las 18:00 horas del 27 de octubre del año 2012, se constituyó la sociedad Plan
B del Pacífico M. J. Sociedad Anónima, con
un capital social de diez mil colones, un plazo de noventa y nueve años y su
domicilio en San José. Presidente: Sindy Johanna Villafuerte Salazar.—San José, 30 de octubre del 2012.—Lic. Luis Gustavo Ocampo
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012327902.—(IN2012102617).
Ante esta notaría se disolvió la
sociedad denominada, Arplot Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-416530. Acuerdo tomado por unanimidad. No existen bienes activos ni
pasivos en la sociedad.—Lic. Luis Fernando Vargas Mora,
Notario.—1 vez.—RP2012327903.—(IN2012102618).
A las 9:00 horas del 29 de
octubre del 2012, en esta notaría se reformó el pacto constitutivo domicilio y
nombre de la sociedad denominada Servicios Comerciales Carsan S. A.—Lic. Katia
María Ledezma Padilla, Notaria.—1
vez.—RP2012327905.—(IN2012102619).
Ante esta notaría, se disolvió
la sociedad denominada: Lows Incorporated Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-554259.—Tilarán, veintinueve de
octubre del año dos mil doce.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2012327907.—(IN2012102620).
Por escritura otorgada ante mí,
a las quince horas del dieciocho de octubre del año dos mil doce, Adrián
Ceciliano Altamirano y Gloriana Loría Espinoza constituyen una sociedad de
responsabilidad limitada, cuyo nombre será Juntos Adelante Con Amor y
Esperanza Limitada, y pudiendo abreviarse la última palabra por las
iniciales Ltda. Su domicilio estará en San Isidro de El General, Pérez
Zeledón, San José, exactamente frente al costado oeste del parque central, en
Vargas Abogados, primer piso, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro
u otros lugares del país o fuera de él. Gerentes en la sociedad: Se nombró a
los señores Wilfred Henry Wilger, James Patrick Gale y Rosa Victoria Wilger.
Capital social: diez mil colones, representado por diez cuotas nominativas de
mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve
años.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón,
veintinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2012327908.—(IN2012102621).
Mediante escritura Nº 202-6 de
las 12 horas un minuto del 22 de junio del 2012, compareció ante esta notaría
la señora Marlene Vílchez Navamuel, mayor de edad, divorciada de su primer
matrimonio, de oficios del hogar, portadora de la cédula de identidad número
uno-cuatrocientos cincuenta y ocho-cero setenta y vecina de Heredia, Los Arcos,
primera casa a mano izquierda, a manifestar que por ser ella la única socia y
tener el 100% del capital accionario de Auto Deutscar del Norte S. A.,
cédula jurídica 3-101-109439, decidió su disolución. Se cita a los interesados,
hacer las reclamaciones del caso en el término de 30 días contados a partir de
esta publicación a la dirección: San José, Barrio Dent, Ofiplaza del Este,
Edifico C, Bufete A. Guardia, Montes & Asociados.—San
José, 22 de junio del 2012.—Lic. José Antonio Pérez Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012327913.—(IN2012102622).
Mediante escritura Nº 195-
Mediante escritura Nº 199-6
otorgada ante el notario José A. Pérez Brenes a las 16 horas 50 minutos del 13
de junio del 2012, se protocolizó acta 1 de asamblea general de socios de la
sociedad Asistentes de Investigación de
Ante esta notaría por escritura
pública otorgada el día treinta de julio del año dos mil doce, a las nueve
horas, se modificó la denominación social de Compañía Veinte de Enero del
Dos Mil Siete Sociedad Anónima, a Farmacia y Clínica Veterinaria
Compañía Veinte de Enero del Dos Mil Siete Sociedad Anónima. En todo lo
demás se mantiene igual. Presidente: Jaime Garita Arauz.—Santo
Domingo de Heredia, el día veintitrés de octubre del dos mil doce a las nueve
horas.—Lic. Fabián Ocampo Zamora, Notario.—1
vez.—RP2012327917.—(IN2012102625).
El suscrito notario Luis Felipe
Vaquerano López hace el conocimiento del público que ante sus oficios
notariales escritura 245 del 30 de octubre del 2012, se protocolizó acta número
trece de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Constructora
Hidalgo Cárdenas Sociedad Anónima en la cual como punto principal se acordó
incrementar el capital social en cinco millones de colones por medio de dos mil
quinientas acciones comunes y nominativas por el socio único y mayoritario
Ramón Hidalgo Cárdenas haciendo un total del capital social de treinta millones
de colones.—San José, el día 30 de octubre del 2012.—Lic. Luis Felipe Vaquerano
López, Notario.—1 vez.—RP2012327918.—(IN2012102626).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad
denominada
Protocolización de acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Villa Gorrión Siete Cerca del Mar Sociedad Anónima, mediante
la cual se reforma la cláusula primera del domicilio. Escritura otorgada en San
José, ante el notario público Sergio Aguiar Montealegre a las dieciséis horas
del veintinueve de octubre del dos mil doce.—Lic.
Sergio Aguilar Montealegre, Notario.—1
vez.—RP2012327920.—(IN2012102628).
Por escritura otorgada el día 23
de octubre del dos mil doce, ante esta notaría, se reforman estatutos de la
sociedad anónima Comercial Metrópolis Solar Sociedad Anónima.—San José,
treinta de octubre del dos mil doce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—RP2012327921.—(IN2012102629).
Por escritura otorgada en la
ciudad de San José, a las 9:00 horas del 5 de setiembre del año 2012, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de
accionistas de Larisa de las
Nieves S. A., mediante la cual se disuelve sociedad.—Lic. Luis Francisco Solórzano Víquez, Notario.—1 vez.—RP2012327922.—(IN2012102630).
Por escritura otorgada en la
ciudad de San José, a las 8:00 horas del 5 de setiembre del año 2012, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria
de accionistas Conida S.
A., mediante la cual se disuelve sociedad.—Lic. Luis Francisco Solórzano
Víquez, Notario.—1 vez.—RP2012327923.—(IN2012102631).
Mediante escritura pública Nº
185-6 de esta notaría a las 10 horas 20 minutos del 30 de abril del 2012, se
protocolizó acta Nº 1 de asamblea general de socios de Monte Plaza de Huacas
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-480045, celebrada en San José, Barrio
Dent, Ofiplaza del Este, en la que se acordó por unanimidad su disolución. Se
cita a los interesados hacer las reclamaciones del caso en 30 días contados a
partir de esta publicación a la dirección: San José, Barrio Dent, Ofiplaza del
Este, Edifico C, oficina número 12.—San José, 20 de
junio del 2012.—Lic. José Antonio Pérez Brenes, Notario.—1
vez.—RP2012327924.—(IN2012102632).
Mediante escritura pública Nº
172-6 de esta notaría a las 17 horas 40 minutos
del 29 de marzo del 2012, se
protocolizó acta Nº 1 de asamblea general de socios de Compandben Costa
Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-597635, celebrada en San
José, Barrio Dent, Ofiplaza del Este, en la que se acordó por unanimidad su
disolución. Se cita a los interesados hacer las reclamaciones del caso en 30
días, contabilizados a partir de esta publicación a la dirección: San José,
Barrio Dent, Ofiplaza del Este, Edifico C, oficina número 12.—San
José, 30 de marzo del 2012.—Lic. José Antonio Pérez Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012327925.—(IN2012102633).
Mediante escritura pública Nº
184-6 de esta notaría a las 10 horas 5 minutos del 30 de abril del 2012, se
protocolizó acta Nº 1 de asamblea general de socios de Condoplaya de
Tamarindo L Y M S. A., cédula jurídica Nº 3-101-480044, celebrada
en San José, Barrio Dent, Ofiplaza del Este, en la que se acordó por unanimidad
su disolución. Se cita a los interesados hacer las reclamaciones del caso en 30
días, contados a partir de esta publicación a la dirección: San José, Barrio
Dent, Ofiplaza del Este, Edifico C, oficina número 12.—San
José, 20 de junio del 2012.—Lic. José Antonio Pérez Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012327926.—(IN2012102634).
Mediante escritura pública Nº
186-6 de esta notaría a las 11 horas 2 minutos del 30 de abril del 2012, se
protocolizó acta Nº 1 de asamblea general de socios de LM Veintidós
de
Mediante escritura pública Nº
187-6 de esta notaría a las 12 horas 5 minutos del 30 de abril del 2012, se
protocolizó acta Nº 1 de asamblea general de socios de Recticorp Inc
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-621218, celebrada en San José, Barrio
Dent, Ofiplaza del Este, en la que se acordó por unanimidad su disolución. Se
cita a los interesados hacer las reclamaciones del caso en 30 días, contados a
partir de esta publicación a la dirección: San José, Barrio Dent, Ofiplaza del
Este, Edifico C, oficina número 12.—San José, 20 de
junio del 2012.—Lic. José Antonio Pérez Brenes, Notario.—1
vez.—RP2012327928.—(IN2012102636).
Ante mí, Carlos Manuel Arroyo
Rojas, se reformó la cláusula sétima del pacto de constitución de la sociedad Inversiones
Ceta de San Carlos S. A.—Ciudad
Quesada, veintinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Carlos Manuel Arroyo
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012327929.—(IN2012102637).
La suscrita notaria Christy
Alejandra Martínez Carvajal, hace constar que mediante escritura ciento ochenta
y nueve-cuatro, visible al folio ciento ochenta y tres vuelto, de mi protocolo
tomo cuatro, se disolvió la sociedad anónima Servicios Turísticos Zamora
Sociedad Anónima, en la ciudad de San José, a las once horas del
veintinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Christy
Alejandra Martínez Carvajal, Notaria.—1
vez.—RP2012327933.—(IN2012102638).
Por escritura pública número
ciento doce-dieciocho, otorgada a las dieciséis y treinta horas del veintinueve
de octubre del año en curso, se constituye la entidad denominada V B Azimut
Ingeniería S. A.—Cartago, 29 de octubre del año 2012.—Lic. Francisco
José Castro Quirós, Notario.—1
vez.—RP2012327934.—(IN2012102639).
Por escritura número trece-once
de las catorce horas del día ocho de octubre del año dos mil doce, se
constituye sociedad anónima con domicilio en Cartago y denominada con el número
de cédula jurídica que le asigne el Registro Mercantil.—Lic.
Renato Ortiz Álvarez, Notario.—1
vez.—RP2012327935.—(IN2012102640).
Por escritura otorgada a las
catorce horas del veinticinco de octubre del dos mil doce ante mí, se
constituyó
Ante mí, se constituyeron las
siguientes sociedades: Aita Group Sociedad Anónima, Agiveo Sociedad
Anónima, Avazu Business Sociedad Anónima, Camideo Limitada, Kideo
Investments Limitada.—San José, veintiséis de
octubre del dos mil doce.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—RP2012327937.—(IN2012102642).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 8:00 horas de hoy se constituyó la sociedad Editorial Paz
Sociedad Anónima, duración 99 años, capital social diez mil colones,
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma,
domicilio Heredia, Heredia avenida 11, calles 8 y 10.—Heredia, 30 de octubre
del 2012.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—1
vez.—RP2012327943.—(IN2012102643).
La suscrita hace constar que al
ser las catorce horas con diez minutos del día veinticinco de octubre del año
dos mil doce, se constituyó ante esta notaría la empresa Cito Presta
Sociedad Anónima, por lo que solicito se publique su edicto. Es todo.—San José, 30 de octubre del 2012.—Lic. Catherine Mora
Chavarría, Notaria.—1
vez.—RP2012327944.—(IN2012102644).
Por escritura número 160-8,
otorgada a las 7:30 horas del 26 de octubre del 2012, ante esta notaria Diana
Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de
la sociedad denominada Los Sueños se hacen Realidad en el Mar Limitada,
en donde se acuerda reformar la cláusula novena de los estatutos.—Puntarenas,
26 de octubre del 2012.—Lic. Diana Pinchaski Fachler, Notaria.—1
vez.—RP2012327946.—(IN2012102645).
Por escritura número 135-8,
otorgada a las 11:00 horas del 19 de setiembre del 2012, ante esta notaria
Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de
cuotistas de la sociedad denominada Lluvia de Corales CR Limitada
en donde se acuerda reformar las cláusulas primera y segunda de los estatutos.—Puntarenas, 25 de octubre del 2012.—Lic. Diana Pinchanski
Fachler, Notaria.—1 vez.—RP2012327947.—(IN2012102646).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las diecisiete horas del veinticinco de octubre del dos mil doce, en
asamblea general extraordinaria de socios número catorce, la sociedad anónima Supermercado
Tacares S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-doscientos dos mil cuatrocientos cuarenta y nueve, revoca el nombramiento
de presidente que ocupaba el señor Guillermo Alberto Rojas Delgado y en su
lugar se nombra a Freddy Fernández Castro con las mismas facultades y por todo
lo que resta del plazo social.—Grecia, 25 de octubre del 2012.—Lic. Greivin
Barrantes Barrantes, Notario.—1
vez.—RP2012327949.—(IN2012102647).
Por escritura otorgada ante mí,
se constituyó: F. R. Green Award Sociedad Anónima. Objeto:
comercio, gestión, construcción, asesoramiento de proyectos, actividad
turística, industrial en general. Escritura otorgada en Heredia, a las
diecisiete horas del cinco de setiembre del dos mil doce.—Lic.
Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1
vez.—RP2012327950.—(IN2012102648).
Por escritura otorgada en esta
notaría en San José de las once horas del veinte de octubre del año dos mil
doce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada Emaka S. A., Se reforma cláusulas primera, segunda y sétima,
presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—San José,
20 de octubre del 2012.—Lic. Rebeca Ortega Muñoz, Notaria.—1
vez.—RP2012327951.—(IN2012102649).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Sesenta y Dos S. A., En la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas
quince minutos del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102757).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Ochenta y Ocho Mil Seiscientos Noventa y Cuatro S. A., en
la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las ocho
horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—(IN2012102759).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Treinta y Tres S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las once horas
quince minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102760).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Trescientos Cuatro S. A., en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas
cincuenta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102761).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Trescientos Veintisiete S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las once horas
quince minutos del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102762).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Veinticuatro S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso d) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las once horas
treinta minutos del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102763).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Sesenta y Ocho S. A., en la cual
se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las once horas trece
minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102765).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Dieciocho S. A., en la cual
se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas diez
minutos del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102766).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento Uno-Quinientos
Cincuenta y Ocho Mil Ciento Treinta y Nueve S. A., en la cual se acuerda
disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D)
del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas treinta
minutos del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102767).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Nueve Mil Seiscientos Dieciséis S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas
quince minutos del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102770).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Sesenta y Cuatro S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas
veinticinco minutos del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102771).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Nueve Mil Seiscientos Ocho S. A., en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las nueve horas
cincuenta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102772).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Cuarenta y Dos S. A., en la cual
se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diecisiete horas del
veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—(IN2012102773).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Setenta y Cuatro Mil Novecientos Nueve S. A., en la cual
se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas quince
minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102774).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Noventa y Uno S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las quince horas
treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102775).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Trescientos Treinta y Seis S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las once horas
treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102777).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Setenta y Uno Mil Cuatrocientos Noventa y Nueve S. A., en
la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las ocho
horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102778).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Ochenta S. A., en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las nueve horas cuarenta
minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102779).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Noventa Mil Trescientos Sesenta y Seis S. A., en la cual
se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciocho horas diez
minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—(IN2012102780).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Doscientos Veintinueve S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diecisiete horas
veinte minutos del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102781).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Ochenta y Nueve S. A., en
la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las
quince horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102782).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Doscientos Cincuenta y Nueve S. A., en
la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las once
horas quince minutos del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102783).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta y Uno S. A., en
la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las
catorce horas del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102784).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Noventa Mil Trescientos Sesenta y Dos S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las dieciocho horas
del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102785).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Setecientos Ochenta y Cinco S. A., en
la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las
quince horas quince minutos del veinticinco de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102786).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Trece S. A., en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diez horas cuarenta
minutos del veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102787).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Setecientos Ochenta y Siete S. A., en
la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las
catorce horas del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—(IN2012102788).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Seis Mil Ciento Noventa y Uno S. A., en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diecisiete horas del
veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—(IN2012102789).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Doscientos Cuarenta y Ocho S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diez horas
treinta y cinco minutos del veintidós de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102790).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Cinco Mil Trescientos Sesenta y Seis S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las trece horas
quince minutos del veintisiete de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102791).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ciento Ochenta y Cuatro S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas
cincuenta y ocho minutos del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102792).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Doscientos Cincuenta y Dos S. A., en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las catorce horas
del diecinueve de junio del dos mil doce.—Lic.
Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1
vez.—(IN2012102793).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Ocho S. A., en la cual se acuerda
disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D)
del Código de Comercio. Escritura otorgada a las ocho horas quince minutos del
veintiséis de junio del dos mil doce.—Lic. Claudio
Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1
vez.—(IN2012102794).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tres-Ciento
Uno-Quinientos Sesenta y Seis Mil Ciento Noventa y Dos S. A., en la cual se
acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno
inciso D) del Código de Comercio. Escritura otorgada a las diecisiete horas
veinticinco minutos del veintiuno de junio del dos mil doce.—Lic.
Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—(IN2012102795).
Por escritura otorgada ante mi
notaría a las 8:00 horas del 31 de octubre del 2012 protocolicé acta de la
empresa: Noventa y Cuatro S. A. mediante la cual renuncian presidente,
tesorero y fiscal y se nombran nuevos.—San José, 31 de
octubre del 2012.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1
vez.—(IN2012102797).
Por escritura otorgada en la
notaría del licenciado Uri Weinstok Mendelewicz, en conotariado con la
suscrita, a las doce horas del día treinta de octubre del presente año, se
protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad denominada: Tres-Ciento
Uno-Quinientos Dieciocho Mil Cuarenta y Dos Sociedad Anónima. Mediante el
cual se reforma la cláusula segunda, representación y nombramiento de junta
directiva y fiscal.—San José, treinta de octubre del
dos mil doce.—Lic. Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1
vez.—(IN2012102799).
Por escritura pública número 114
de las 11:00 del 9 de octubre de 2012, Ramón Fernández-Aparicio y Arroyo y Juan
Carlos Castro Loría, constituyen Tamar Mecánica y Mantenimiento de
Centroamérica S. A., con un capital social de diez mil colones. Es todo.—San José, 31 de octubre del 2012.—Lic. José Milton Morales
Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2012102802).
Por escritura número 95 otorgada
a las 17:00 horas del día de hoy ante el suscrito notario, se constituyó la
sociedad AW Consultant Limitada, con domicilio en San José,
Por escritura pública número 161
de las 7:30 horas del 31 de octubre de 2012, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Tierras
Marcianas S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-508277, mediante
la cual se nombra nuevo presidente junta directiva ante renuncia del anterior.—San José, 30 de octubre del 2012.—Lic. Ignacio Solano
Araya, Notario.—1 vez.—(IN2012102804).
Fabrizio Ravetti Aguayo, notario
público con oficina en San José, comunico que en mi notaría, con vista en la
escritura número 263 se reformó el pacto social de la firma Hibana Sociedad
Anónima, cédula 3-101-119877. Se otorga facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma al secretario de la sociedad pudiendo actuar
conjunta o separadamente con el presidente. Es todo.—San
José, 28 de octubre del 2012.—Lic. Fabrizio Ravetti Aguayo, Notario.—1 vez.—(IN2012102852).
Fabrizio Ravetti Aguayo, notario
público con oficina en San José, comunico que en mi notaría, con vista en la
escritura número 274 se reformó el pacto social de la firma Corporación Tres
H de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-599133. Se modifica
la distribución y número de acciones de la empresa, que en adelante serán
veinte acciones de cincuenta mil colones cada una. Es todo.—San
José, 28 de octubre del 2012.—Lic. Fabrizio Ravetti Aguayo, Notario.—1 vez.—(IN2012102853).
Por escritura número 138-27,
otorgada ante la notaria Mariela Felisa Solís Sandoval, se constituyó la
sociedad Divisas del Cauca Sociedad Anónima presidenta Flor de María
Cotazo Bolaños, domicilio distrito segundo, cantón primero, provincia de
Alajuela,
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las doce horas del treinta de octubre de dos mil doce se reforma
cláusula segunda, de domicilio social, de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seis
Cuatro Ocho Tres Ocho Seis Sociedad Anónima.—San
José, treinta de octubre de dos mil doce.—Lic. Gustavo Chinchilla Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2012102867).
Por escritura Nº 246, otorgada
ante mí, a las 20 horas del 31 de octubre del 2012, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Buenaventura
Herediana S. A., donde se reforma la cláusula del objeto social.—San José, 31 de octubre de 2012.—Lic. José Pablo Masís
Artavia, Notario.—1 vez.—(IN2012102874).
Luivin Gerardo González Zamora,
mayor, casado una vez, cédula número cinco-doscientos cincuenta y
cuatro-ochocientos treinta y nueve, vecino de Alajuela de
El día de hoy el suscrito
notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cuarenta Mil Diecinueve S. A.,
celebrada a las diecisiete horas del veintisiete de setiembre del año dos mil
doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al
domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y
fiscal.—San José, veintinueve de octubre del dos mil doce.—Lic.
Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2012327997.—(IN2012102946).
El día de hoy el suscrito
notario público protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Tres-Ciento Uno-Quinientos Noventa y Tres Mil Ciento Ocho S.
A., celebrada a las siete horas del veintisiete de octubre del año dos mil
doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto al
domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y
fiscal.—San José, veintinueve de octubre del dos mil
doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2012327998.—(IN2012102947).
En mi notaría, mediante
escritura otorgada ante mí, en Nicoya al ser las once horas cuarenta y cinco
minutos del día veinticuatro de octubre del dos mil doce, se constituyó la
sociedad denominará
Por escritura otorgada en mi
notaría a las nueve horas del veinticuatro de octubre de dos mil doce se
protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios, de Maquinaria HR S. A., en
virtud de la cual se reformaron las cláusulas segunda y octava del pacto social.—San Juan de Tibás, veinticuatro de octubre de dos mil
doce.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1
vez.—RP2012328009.—(IN2012102949).
Por escritura otorgada ante mí,
a las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil doce,
se constituyó la sociedad Ticobuy Sociedad Anónima, con un plazo social
de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de
doce mil colones.—San José, cuatro de setiembre del
dos mil doce.—Lic. Rolando Tellini Duarte, Notario.—1
vez.—RP2012328005.—(IN2012102950).
El día de hoy el suscrito
notario público protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cuarenta Mil Setecientos Noventa
S. A., celebrada a las siete horas del veintisiete de octubre del año dos
mil doce, mediante la cual se reforman las cláusulas del pacto social en cuanto
al domicilio social y a la administración y también se nombra junta directiva y
fiscal.—San José, veintinueve de octubre del dos mil
doce.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1
vez.—RP2012327996.—(IN2012102951).
Por escritura otorgada a las
9:00 horas del día de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general
extraordinaria de la compañía Aeroplan Centroamérica Sociedad Anónima
por la cual, entre otros, se reforma la cláusula sétima de los estatutos sobre
la administración.—San José, veintinueve de octubre
del dos mil doce.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012328012.—(IN2012102952).
Por escritura otorgada a las
horas del día de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la compañía denominada Inversiones Delra Sociedad Anónima,
por la cual, entre otros, se modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto
constitutivo.—San José, veintinueve de octubre del dos
mil doce.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP2012328013.—(IN2012102953).
Por escritura otorgada en esta
notaría a las quince horas del día de hoy, se modifica la cláusula primera del
pacto constitutivo de la sociedad Irex Aduanera S. A. mediante la cual
se modifica la denominación social a Adua-Line Logística y Finanzas S. A.—San
José, treinta de octubre del dos mil doce.—Lic. Alejandro Batalla Bonilla,
Notario.—1 vez.—RP2012328024.—(IN2012102954).
Por escritura otorgada ante mi
notaría a las 14 horas del día 30 de octubre del dos mil doce, se acordó disolver
la sociedad Alternativas Comerciales Rojas y Rojas Sociedad Anónima,
domiciliada en Heredia.—Treinta de octubre del dos mil
doce.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1
vez.—RP2012328025.—(IN2012102955).
Por escritura número ciento setenta
y dos otorgada ante esta notaría a las diez horas del treinta de octubre del
dos mil doce, se protocolizó acta de sociedad Cracomos S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y un mil doscientos ochenta y cuatro en
la que se modifica la cláusula del objeto.—Lic. Hazel Delgado Cascante, Notaria.—1 vez.—RP2012328030.—(IN2012102956).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas del 27 de octubre del 2012; se constituyeron cinco
sociedades cuya razón social será su número de cédula jurídica. Presidente,
secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma. Domicilio: la ciudad de Heredia. Capital: suscrito y pagado.—San José, 29 de octubre del 2012.—Lic. Olma Eugenia Cartín
Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2012328032.—(IN2012102957).
Protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Reserva
Ecológica Privada Dominical Limitada, cédula jurídica 3-102-136688. Se
acuerda reformar la cláusula octava del pacto social de la sociedad. Se acuerda
revocar el nombramiento del gerente y subgerente de la sociedad, y se nombran
nuevos gerente y subgerente.—San José, 30 de octubre
de 2012.—Lic. Walter Xavier Niehaus Bonilla, Notario.—1
vez.—RP2012328033.—(IN2012102958).
Hoy protocolicé acuerdos de la
sociedad 3-101-572431 S. A. mediante la cual se modificaron las
cláusulas primera del nombre a Núcleo Corporativo S. A. y la cláusula
quinta del capital social de la sociedad en un aumento de diez millones de
colones.—San José, 30 de octubre de dos mil doce.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa,
Notario.—1 vez.—RP2012328034.—(IN2012102959).
Por escritura otorgada a las
ocho horas del veintinueve de octubre del dos mil doce, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Importadora Tony S. A. en
la cual se modifica la cláusula cuarta, del plazo.—San
José, veintinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel,
Notaria.—1 vez.—RP2012328035.—(IN2012102960).
Que ante la notaría del
suscrito, licenciado Jorge Hernández Calvo, notario público se ha protocolizado
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Servicios
Dentales A B G S. A., escritura número doscientos treinta y seis.—San José, 29 de octubre de 2012.—Lic. Jorge Hernández
Calvo, Notario.—1 vez.—RP2012328037.—(IN2012102961).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las doce horas del veintitrés de octubre del dos mil doce,
la empresa Inversiones Tequisquiapan Sociedad Anónima, modifican
cláusulas segunda, quinta y octava de su pacto constitutivo.—San
José, 25 de octubre del dos mil doce.—Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012328038.—(IN2012102962).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario a las diez horas del veintidós de octubre del dos mil doce, la
empresa Carana de Heredia Sociedad Anónima, modifican cláusulas segunda,
quinta y octava de su pacto constitutivo.—San José, 30
de octubre del dos mil doce.—Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—RP2012328039.—(IN2012102963).
Mediante escritura pública número doscientos sesenta y ocho,
otorgada ante mí a las 8:00 horas del 30 de octubre del dos mil doce, se
constituyó
En mi notaría, al ser las quince horas quince minutos del primero de octubre del dos mil doce, se constituyó la sociedad denominada Gonzalva Inversiones Sociedad Anónima, nombre que será de fantasía pudiendo abreviarse las últimas palabras en S. A.—Lic. Galina Morales Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012328041.—(IN2012102965).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintinueve de octubre del año en curso, se protocoliza el acta de la sociedad denominada The Universal Gun Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula sexta de la junta directiva.—San José, a las quince horas del treinta de octubre del dos mil doce.—Lic. Jorge Fallas Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2012328043.—(IN2012102966).
Por escritura número ciento sesenta y tres del tomo cuatro, otorgada ante esta notaría a las 16:22 horas del veintinueve de octubre de dos mil doce, se constituye la sociedad denominada Sahe Holdings S. A. Se nombra al presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: cien años. Capital social: Cien mil colones.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012328045.—(IN2012102967).
Por escritura otorgada ante mí, al ser las 16 horas del 29 de octubre de 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Adrisyl Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos ochenta y nueve mil ciento noventa y cinco, donde: Se revoca el nombramiento del secretario de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos. Se reforma las cláusula: nueve del pacto constitutivo.—San José, al ser las 7:00 horas del 30 de octubre de 2012.—Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012328046.—(IN2012102968).
Por escritura pública Nº 15, otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas, del 3 de octubre de 2012, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social, es el mismo número de cédula de persona jurídica que asigne el Registro de Personas Jurídicas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Representación judicial y extrajudicial: presidente, capital social totalmente pagado.—San José, 30 de octubre de 2012.—Lic. Marco Vinicio Mora Campos, Notario.—1 vez.—RP2012328049.—(IN2012102969).
Mediante escritura autorizada por el suscrito notario, a las 12:00 horas del día 30 de octubre del 2012, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Flores de Mimosa SRL, mediante la cual se acordó reformar las cláusulas primera y sexta, de los estatutos sociales de la compañía.—San José, 30 de octubre del 2012.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—RP2012328051.—(IN2012102970).
Mediante escritura autorizada por el suscrito notario, a las 13:00 horas del día 30 de octubre del 2012, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Tajo Los Sauces del Pacifico S. A., mediante la cual se acordó reformar las cláusulas primera, segunda y sexta de los estatutos sociales de la compañía.—San José, 30 de octubre del 2012.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—RP2012328052.—(IN2012102971).
Ante mí, en esta ciudad, a las 16 y 30 horas de hoy se constituyó Caryma Azul S. A., por 99 años a partir de hoy. Objeto: Principal la prestación servicios profesionales, así como el comercio, la agricultura, la industria, ganadería. Domicilio Pavas, San José. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 19 de octubre del 2012.—Lic. Gilberth Quirós Castro, Notario.—1 vez.—RP2012328055.—(IN2012102972).
Ante mí, en esta ciudad, a las 16:00 horas de hoy se constituyó Foresta Verde S. A., por 99 años a partir de hoy. Objeto: Principal administración de bienes y servicios, así como el comercio, la agricultura, la industria, ganadería. Domicilio: Pavas, San José. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 19 de octubre del 2012.—Lic. Gilberth Quirós Castro, Notario.—1 vez.—RP2012328057.—(IN2012102973).
El suscrito notario Billy Latouche Ortiz, hace constar que en esta notaría se protocolizó la sociedad: Servicios de Maquinaria Agrícola del Sur Sociedad Anónima. Es todo.—Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las doce horas del día veinticinco de setiembre del 2012.—Lic. Billy Latouche Ortiz, Notario.—1 vez.—RP2012328059.—(IN2012102974).
Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario público Carlos Gutiérrez Font, se constituyó la sociedad Almacén Fiscal y General Alficar Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San Pedro, Los Yoses, de KFC, cien metros al este y setenta y cinco al sur, Casa Esquivol. Capital social: Diez mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—RP2012328060.—(IN2012102975).
Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el notario Gonzalo Vargas Acosta, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la empresa High Permormance Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno trescientos once mil novecientos uno, correspondiendo la representación judicial y extrajudicial al presidente, secretario, tesorero y director primero.—San José, diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—RP2012328061.—(IN2012102976).
Constitución de sociedad por Nicanor González Barrios, nacionalidad nicaragüense, cédula residente permanente 155812824932; Yendry Fabiola González García, cédula 7-219-003; Wenceslao Munguia Meza, nacionalidad nicaragüense, cédula residente permanente 155815748012; Maikol Domingo González García, cédula 5-385-563 y Osman José González Cruz, cédula 2-834-985, siendo Nicanor González Barrios el presidente y Yendry Fabiola González García la vicepresidenta, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, quienes constituyen Sea Queen S. A., siendo su nombre de fantasía. Escritura número cuatrocientos seis, visible a folio ciento setenta y ocho vuelto del tomo cuatro, de la notaria Nydia Elena Fonseca Trejos, otorgada a las doce horas del veinticinco de octubre del año dos mil doce.—Lic. Nydia Elena Fonseca Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2012328066.—(IN2012102977).
Por escritura otorgada el día 10 de octubre del dos mil doce, ante esta notaría, se reforman estatutos de la sociedad Transportes Istmo Perla Azul Sociedad Anónima.—San José, 31 de octubre del 2012.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—RP2012328071.—(IN2012102978).
Por escritura otorgada el día 10 de octubre del dos mil doce, ante
esta notaría, se reforman estatutos de la sociedad Inversiones
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 28 de junio del 2012, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Valle del Descanso S. A., según la cual se acuerda disolver esta sociedad. Se otorgan 30 días naturales para escuchar oposiciones.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—RP2012328073.—(IN2012102980).
Ante esta notaría se protocoliza cambio el nombramiento del nuevo presidente de la sociedad I T Soluciones de Costa Rica S. A. y cambio de domicilio social.—San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. Luis Alberto Apu Oviedo, Notario.—1 vez.—RP2012328074.—(IN2012102981).
En Santa Ana, San José, a las quince horas del día treinta de octubre del año dos mil doce, se constituyó Distribuidora Atus del Sur Sociedad Anónima con un capital social de diez mil colones. Representada por el presidente y secretaria.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—RP2012328083.—(IN2012102982).
Ante esta notaría, a las ocho horas del treinta de octubre del dos mil doce, se reformó el pacto constitutivo de la sociedad Paisajes de San José S. A. Catrave Casa, cédula número seiscientos diecinueve mil setenta y uno.—San José, nueve horas del treinta de octubre del dos mil doce.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—RP2012328084.—(IN2012102983).
Por escritura autorizada a las once horas del veinticinco de
octubre de dos mil doce, protocolicé acuerdos de la asamblea general ordinaria
y extraordinaria de accionistas de Márquez de
Mediante protocolización de acta
de asamblea general extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las
18:00 horas del 18 de setiembre del 2012, se modifica la razón social de la
sociedad tres-ciento uno-quinientos cuarenta y nueve mil trescientos setenta
y tres sociedad anónima, siendo de ahora en adelante Costa Bev Sociedad
Anónima.—Barva, 30 de octubre de 2012.—Lic.
Guillermo Montero Solera, Notario.—1
vez.—RP2012328088.—(IN2012102985).
Mediante escritura otorgada a
las veinte horas del veintitrés de octubre del dos mil doce, ante la notaria
Eida Patricia Sáenz Zumbado, se protocoliza en lo conducente el acta número dos
de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada tres-ciento
uno-seiscientos mil cuatrocientos treinta y nueve, celebrada en su domicilio
social a las once horas del doce de setiembre del dos mil doce; por la cual se
reforman las cláusulas primera, segunda, cuarta, octava y se crean las
cláusulas décima, décimo primera, y se nombra nueva junta directiva.—Curridabat,
30 de octubre del 2012.—Lic. Eida Patricia Sáenz Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2012328090.—(IN2012102986).
Se constituye la sociedad
denominada Graham’s Investments Sociedad Anónima, se nombra como gerente
al señor Terry Gamache. Escritura otorgada en San José, ante el Notario Público
Alejandro Pignataro Madrigal a las doce horas del veintiséis de octubre del dos
mil doce.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2012328092.—(IN2012102987).
Rogelio Sánchez Villalobos,
Jhonny Quiroz Trujillo, Willian Sancho Campos y Gerardo Miranda Ruiz, conforman
la sociedad anónima Tránsitos Terrestres R. Sánchez Sociedad Anónima,
dada en la notaría de Ana María Chacón Solórzano, notaria pública, con carné
número trece mil trescientos seis. Heredia, a las quince horas, del día treinta
de octubre del año dos mil doce, y se reforma la cláusula sexta del pacto
social. Mismo lugar y fecha.—Lic. Ana María Chacón
Solórzano, Notaria.—1
vez.—RP2012328093.—(IN2012102988).
Por escritura otorgada a las
15:00 horas del 29 de octubre del 2012, se constituye la sociedad anónima Distritek
Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Plazo: 99 años.
Presidente: Wilman Arley García Mira.—San José, 31 de
octubre del 2012.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1
vez.—RP2012328095.—(IN2012102989).
Ratificación de Junta Directiva Asociación
de Mujeres Productoras de Hidroponía de Moravia y Coronado, cédula jurídica
3-00577529, protocoliza acta de Nº 4, en la que se ratifica toda
Por medio de la escritura
otorgada ante el notario Diego Soto Solera, número doscientos
veintisiete-siete, a las once horas y cuarenta minutos del ocho de octubre del
dos mil doce, se modifica el domicilio social de la sociedad Cap de Creops
Sociedad Anónima; y se conocen las renuncias de todos los nombramientos de
su junta directiva, y por lo tanto, se nombra nueva junta directiva de la
suscrita sociedad. Es todo.—San José, treinta de
octubre del dos mil doce.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1
vez.—RP2012328098.—(IN2012102991).
Ante esta notaría han comparecido
los señores, Roy Antonio Ruiz Murillo, cédula de identidad número 2-551-045, y
Álvaro Ruiz Salazar, cédula de identidad 5-118-359, ambos vecinos de Canalete,
Upala, Alajuela, frente a la plaza de deportes, a constituir una sociedad
anónima denominada Constructora y Consultora Upaleña Sociedad Anónima.
Domiciliada en la provincia Alajuela, cantón Upala, distrito Upala, detrás del
Templo Católico.—Upala, 30 de octubre del 2012.—Lic. Félix Herrera Álvarez,
Notario.—1 vez.—RP2012328100.—(IN2012102992).
Daniele (nombre) Gentile
(apellido), de único apellido por ser nacional de Canadá, y Carmine (nombre)
Muro (apellido), de único apellido por ser nacional de Canadá, constituyen
sociedad denominada Media Hub Corp S. A. Representación: Presidente del
Consejo de Administración. Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas
del 31 de octubre del 2012.—Lic. Grace María Sánchez
Granados, Notaria.—1
vez.—RP2012328103.—(IN2012102993).
La sociedad Ceragem de Costa Rica Sociedad
Anónima, revoca el cargo del presidente y realiza el nuevo nombramiento con
la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Tres Ríos, 30 de
octubre del 2012.—Lic. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1
vez.—RP2012328104.—(IN2012102994).
Ante mí, Licda. Carla Fiorella
Vincenzi Zúñiga, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Tierras
D’zamoral S. A., mediante escritura número 98 iniciada a folio 128 frente
del tomo 14 de mi protocolo. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Carla Fiorella Vincezi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2012328105.—(IN2012102995).
Por escritura otorgada en mi
notaría se protocolizó acuerdo de la disolución de la sociedad denominada, Grupo
Empresarial y Comercial Costamérica S. A., cédula jurídica 3-101- 405301.
Escritura otorgada en Guápiles, al ser las quince horas del veintiocho de junio
del dos mil doce, ante el notario Kristian Alexander Serrano Morales.—Guápiles treinta y uno de octubre del dos mil doce.—Lic.
Kristian Alexander Serrano Morales, Notario.—1
vez.—RP2012328107.—(IN2012102996).
Por escritura otorgada en mi
notaría se protocolizó acuerdo de la disolución de la sociedad denominada, Constructota
Ibelna JKS S. A., cédula jurídica 3-101-481240. Escritura otorgada en
Guápiles, al ser las dieciséis horas del veintiocho de junio de dos mil doce,
ante el notario Kristian Alexander Serrano Morales.—Guápiles
treinta y uno de octubre del dos mil doce.—Lic. Kristian Alexander Serrano
Morales, Notario.—1 vez.—RP2012328108.—(IN2012102997).
Por escritura otorgada en mi
notaría se protocolizó acuerdo de la disolución de la sociedad denominada, Constructora
Salas Moreira S. A., cédula jurídica 3-101-120257. Escritura otorgada en
Guápiles, al ser las diecisiete horas treinta minutos del veintiséis de junio
de dos mil doce, ante el notario Kristian Alexander Serrano Morales.—Guápiles, treinta y uno de octubre del dos mil doce.—Lic.
Kristian Alexander Serrano Morales, Notario.—1
vez.—RP2012328109.—(IN2012102998).
Por escritura otorgada en mi
notaría, se protocolizó acuerdo de la disolución de la sociedad denominada, Corporación
Agroindustrial Proalza CAP S. A., cédula jurídica 3-101-364401. Escritura
otorgada en Guápiles, al ser las diecisiete horas del veintiséis de junio del
dos mil doce, ante el notario Kristian Alexander Serrano Morales.—Guápiles, treinta y uno de octubre del dos mil doce.—Lic.
Kristian Alexander Serrano Morales, Notario.—1
vez.—RP2012328110.—(IN2012102999).
Por escritura otorgada en mi
notaría se protocolizó acuerdo de la disolución de la sociedad denominada, Inversiones
Menfis S. A., cédula jurídica 3-101-088835. Escritura otorgada en Guápiles,
al ser las diecisiete horas quince minutos del veintiséis de junio del dos mil
doce, ante el notario Kristian Alexander Serrano Morales.—Guápiles,
treinta y uno de octubre del dos mil doce.—Lic. Kristian Alexander Serrano
Morales, Notario.—1 vez.—RP2012328111.—(IN2012103000).
Inversiones Victoria Limitada, solicita disolución de
empresa. Escritura otorgada ante la notaria Arlhene Pradella Balladares, al ser
las diez horas del veintiséis de octubre del dos mil doce.—San
José, veintiséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Arlhene Pradella Balladares,
Notaria.—1 vez.—RP2012328113.—(IN20120103001).
Inmobiliaria Santa Fe S. A., solicita disolución de
empresa. Escritura otorgada ante la notaría Arlhene Pradella Balladares al ser
las once horas del veintiséis de octubre del dos mil doce.—San
José, veintiséis de octubre del dos mil doce.—Lic. Arlhene Pradella Balladares,
Notaria.—1 vez.—RP2012328114.—(IN2012103002).
Distribuidora Comuco Limitada, solicita disolución de
empresa. Escritura otorgada ante la notaria Arlhene Pradella Balladares, al ser
las doce horas del veintiséis de octubre del dos mil doce.—San
José, veintiséis de octubre del dos mil doce.—Licda. Arlhene Pradella
Balladares, Notaria.—1
vez.—RP2012328115.—(IN2012103003).
Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas por la que la sociedad 3-102-575327 S. R. L., reforma la cláusula primera del pacto constitutivo, a fin de que en el futuro se denomine Casa Vivace de San Ramón Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse Casa Vivace de San Ramón S.R.L., que es nombre de fantasía.—San Ramón, veinticinco de octubre del dos mil doce.—Lic. Mario Eduardo Salazar Camacho, Notario.—1 vez.—RP2012328116.—(IN2012103004).
Ante esta notaría, se constituyó
la sociedad denominada Agroveterinaria El Pueblo Jicaral Sociedad Anónima,
con un capital social de diez mil colones, domiciliada en Jicaral, distrito
cuarto Lepanto del cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas,
frente al Banco Nacional, edificio color blanco, cuyo Presidente es Emmanuel
Moreno Abadía.—Jicaral, veintinueve de octubre del dos mil doce.—Lic. Carlos
Fernando Cubero Rojas, Notario.—1
vez.—RP2012328117.—(IN2012103005).
Por escrituras número ciento
noventa y ocho, y doscientos del tomo undécimo respectivamente a las 14:00
horas del 28 de octubre del año 2012, 17:00 horas del 30 de octubre del 2012,
otorgada ante la notaria Kembly Mora Salas, respectivamente se constituyó la
sociedad Alvaliza Sociedad Anónima, y Rodrigo Asociados
Sociedad de Responsabilidad Limitada, presidente y gerente
respectivamente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de la sociedad.—Grecia
de Alajuela, 31 de octubre del 2012.—Lic. Kembly Mora Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012328122.—(IN2012103006).
Por escritura otorgada en mi
notaría se protocolizó acuerdo de la disolución de la sociedad denominada, Grupo
Tecnológico Polcom Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-572870.
Escritura otorgada en Guápiles, al ser las quince horas del veintiséis de junio
de dos mil doce, ante el notario Javier Alejandro Delgado Calderón.—Guápiles, treinta y uno de octubre de dos mil doce.—Lic.
Javier Alejandro Delgado Calderón, Notario.—1
vez.—RP2012328123.—(IN2012103007).
La sociedad Acme Hills Punto
Morado Cero Ochocientos Veinte Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número: tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve mil trescientos cuatro,
reforma la cláusula segunda, y se elige gerente general. Lo anterior es copia
fiel a la original.—Cartago, 26 de octubre del
2012.—Lic. Zeilhy Navarro Rivera, Notaria.—1
vez.—RP2012328125.—(IN2012103008).
Por escritura otorgada en esta
ciudad, a las 12:15 horas de hoy, se otorgó escritura de disolución de Li y
Zhu S. A., cédula jurídica 3-101-146450.—San José,
30 de octubre del 2012.—Lic. Eduardo Con Sanchún, Notario.—1
vez.—RP2012328126.—(IN2012103009).
Por escritura otorgada en esta
ciudad, a las 15:30 horas de hoy, se constituyó la sociedad Warica Kamo S.
A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San
José, 16 de octubre del 2012.—Lic. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—RP2012328127.—(IN2012103010).
Por escritura número 168-22 de
las 15:00 del 25 de junio del 2012, se protocoliza acuerdo donde se fusiona Haras
de Río Achiote Sociedad Anónima, cédula 3-101-370749 y Haras de
Río Mónico Sociedad Anónima, cédula 3-101-438870, mediante absorción de la
segunda por la primera.—Lic. Julio Renato Jiménez
Rojas, Notario.—1 vez.—RP2012328128.—(IN2012103011).
Por escritura otorgada ante mí,
se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Centro Comercial Girasol Sociedad Anónima, se acordó
reformar el domicilio, administración y nombrar nuevo secretario, tesorero y
fiscal. Es todo.—San José, treinta de octubre del
2012.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—RP2012328131.—(IN2012103012).
Por escritura otorgada ante la
notaria Georgina Rojas D’Avanzo, a las ocho horas del primero de agosto del dos
mil doce, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Cofarma
Cosméticos y Farmacéuticos de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 18 de setiembre del 2012.—Lic. Georgina Rojas
D’Avanzo, Notario.—1
vez.—RP2012328132.—(IN2012103013).
Por escritura 206 del tomo 20 de
mi protocolo se cambia junta directiva, y domicilio social de Inversiones Liluma
AB Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos quince mil uno, otorgada al ser las doce horas del veintinueve
de octubre del dos mil doce.—Lic. Silvia Elena Suárez
Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012328134.—(IN2012103014).
Protocolización de asamblea
general extraordinaria de socios de Beautiful Peak of Fire
S. A., la cual reforma la cláusula quinta de los estatutos. Escritura
número ciento cuarenta-tres de las diez horas del treinta y uno de octubre del
dos mil doce.—Lic. Elizabeth María Álvarez Morales,
Notaria.—1 vez.—RP2012328136.—(IN2012103015).
En escritura otorgada ante esta
misma notaría a las 10:00 horas del día 30 de octubre del 2012, se modificó la
cláusula primera del nombre, la segunda del domicilio y la sexta de la representación.
Además se realizan nuevos nombramientos de la sociedad denominada Tres-ciento
dos-quinientos veinticuatro mil novecientos cuarenta y dos S. A.—30 de octubre del 2012.—Lic. Jaime Jiménez Umaña, Notario.—1 vez.—RP2012328141.—(IN2012103016).
En esta notaría se protocolizó
acta en lo conducente mediante escritura otorgada ante esta notaría, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Servicios
Jurídicos AL VAR S. A. modificándose las cláusulas quinta y sexta
del pacto constitutivo, se aumentó capital social y se modificó la
representación. Escritura otorgada en San José a las catorce horas veinte
minutos del veintinueve de octubre del dos mil doce.—Lic.
Erwen Masís Castro, Notario.—1
vez.—RP2012328143.—(IN2012103017).
Por escritura 92-2 otorgada en
esta notaría, de las 14:00 horas del 30 de octubre del 2012, se reformó
cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Servicios Mecánicos a
Domicilio Sermeca S. A., cédula 3-101-384357, con domicilio en San José,
distrito segundo del cantón sexto, San Isidro de la provincia de Heredia, en la
entrada a San Isidro por
Por escritura 93-2 otorgada en
esta notaría, de las l4:30 horas del 30 de octubre del 2012, se reformó
cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Tres-ciento uno
quinientos ochenta y cinco mil ciento ochenta y dos S. A.,
cédula 3-101-586182, con domicilio en San José, Goicoechea, cantón octavo del
distrito tercero, Calle Blancos, Residencial El Encanto, casa 17-L. Se nombra
nueva junta directiva y fiscal.—San Miguel de Santo
Domingo de Heredia, 31 de octubre del dos mil doce.—Lic. Walter Robles Navarro,
Notario.—1 vez.—RP2012328146.—(IN2012103019).
Mediante escritura 143-3 del
20/10/2012 ante la notaria del Lic. David Arrieta Carvajal, oficina Heredia Centro,
frente a
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del veintinueve de octubre de dos mil doce, se
modificó el pacto social de la sociedad Trustor STGI Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de
octubre de 2012.—Lic. Sergio Artavia Barrantes, Notario.—1
vez.—RP2012328148.—(IN2012103021).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las ocho horas treinta minutos del veintidós de octubre de dos mil
doce, se modificaron los estatutos sociales y se nombran miembros de junta
directiva de la sociedad Auben MXL I Sociedad Anónima.—San José, 30 de octubre del 2012.—Lic. Sergio Artavia
Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012328149.—(IN2012103022).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las ocho horas del veintiséis de octubre de dos mil doce, se
constituyó la sociedad BM CR Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Capital social: cien mil colones. Plazo: cien años.—San José, 30 de octubre del 2012.—Dr. Sergio Artavia
Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2012328150.—(IN2012103023).
Por escritura otorgada ante el
notario Gabriel Chaves Ledezma, a las 12:00 horas del 16 de octubre del 2012,
se constituye la sociedad Inversiones Cabuya del Mar Tranquilo Uno
Limitada, Inversiones Cabuya del Mar Soleado Dos Limitada,
Inversiones Cabuya del Mar Pacífico Tres Limitada, Inversiones Cabuya
del Mar Sereno Cuatro Limitada, Inversiones Cabuya del Mar Celeste
Cinco Limitada.—Tamarindo, a las 12 horas del 30
de octubre del 2012.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—RP2012328152.—(IN2012103024).
Por escritura otorgada ante el
notario José Antonio Silva Meneses, a las 12:00 horas del 30 de octubre del
2012, se constituye la sociedad Inversiones Cabuya de Conchal
Limitada, Inversiones Cabuya de Tamarindo Limitada,
Inversiones Cabuya de Playa Grande Limitada.—Tamarindo,
a las 12 horas del 30 de octubre del 2012.—Lic. José Silva Meneses, Notario.—1 vez.—RP2012328153.—(IN2012103025).
Por escritura otorgada ante mí,
el día treinta de octubre del dos mil doce a las ocho horas, se constituyó la
sociedad anónima cuya denominación social es Hunt Mobile ADS Costa
Rica Sociedad Anónima; representada por los gerentes con facultades de
apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, treinta de octubre
del año dos mil doce.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1
vez.—RP2012328158.—(IN2012103026).
Por escritura otorgada ante mi
notaría las dieciséis horas quince minutos del diecisiete de agosto del dos mil
doce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la empresa Consorcio Técnico Vindas & Rodríguez V
& R S. A., mediante la cual se reforma su pacto social y se le cambia
el nombre a Custodias R R Contenedores Sociedad Anónima.—San José, 20 de setiembre del dos mil doce.—Lic. María
Auxiliadora Rodríguez Alpízar, Notaria.—1
vez.—RP2012328159.—(IN2012103027).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 10:00 horas del día 25 de octubre del dos mil doce, se
protocolizó acta de Farmarc Inversiones S. A., mediante la cual se
modifica la cláusula vigésima primera del pacto constitutivo.—Lic.
Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—1
vez.—RP2012328160.—(IN2012103028).
Por escritura número ciento
cuarenta y seis-uno, otorgada a las once horas del día treinta y uno de octubre
del dos mil doce ante el suscrito notario; el señor Ernesto Meyer Quesada y
María Gabriela Moran López constituyen una sociedad de responsabilidad limitada
denominada Gemm Meyer Moran S.R.L.—San José, 31 de octubre del
2012.—Lic. Zentis Uhrig Martínez, Notario.—1
vez.—RP2012328161.—(IN2012103029).
Por escritura otorgada a las
8:00 horas del día de hoy, se protocolizó actas de fusión entre Inversiones
Ojo de Agua S. A. e Inversiones Multinacionales S.
A., prevaleciendo esta última.—San José, 25 de
octubre de 2012.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1
vez.—RP2012328163.—(IN2012103030).
Por escritura número noventa y
ocho-diez, de las once horas del treinta de octubre del dos mil doce, ante
notario público Marcelo Wilson Cole, se reforma la cláusula octava del pacto
constitutivo de la sociedad denominada Sarex del Norte
Sociedad Anónima denominada Kalu Sociedad Anónima.—Heredia,
treinta y uno de octubre del dos mil doce.—Lic. Marcelo Antonio Wilson Cole,
Notario.—1 vez.—RP2012328165.—(IN2012103031).
Ante mí, Henry Alonso Víquez
Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veintiséis de
setiembre del dos mil doce a las catorce horas se realizó asamblea general
extraordinaria de la sociedad Aldila Sociedad Anónima, en la cual se
revoca el nombramiento de presidente y se reforma la cláusula octava del pacto
constitutivo.—Atenas, treinta de octubre del dos mil
doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1
vez.—RP2012328167.—(IN2012103032).
Ante mí, Pablo Arias González,
notario con oficina en Atenas, hago constar que el día veintinueve de octubre
del dos mil doce a las diez horas se realizó asamblea general extraordinaria de
la sociedad El Gran Ricardo Sociedad Anónima, en la cual se revoca el
nombramiento del tesorero y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, treinta de octubre del dos mil doce.—Lic. Pablo
Arias González, Notario.—1
vez.—RP2012328168.—(IN2012103033).
Ante mí, Henry Alonso Víquez
Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día dieciocho de
octubre del dos mil doce a las catorce horas se realizó asamblea general
extraordinaria de la sociedad Las Ilusiones de los Árboles del Amanecer
Sociedad Anónima, en la cual se revoca el nombramiento de presidente y secretaria
y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas,
dieciocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—RP2012328169.—(IN2012103034).
Mediante escritura pública
número treinta y uno, otorgada ante mí, a las dieciocho horas del veintitrés de
octubre del dos mil doce, se protocolizó acta la sociedad Transporte Privado
de Porteadores Villas del Sol S. A.,
mediante la cual se reforma la representación. Acuerdos en firme.—Lic. Bismark Adonis Gómez García, Notario.—1 vez.—RP2012328172.—(IN2012103035).
Por escritura número ciento
veintitrés de las ocho horas veinte minutos del diecinueve de octubre del dos
mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se constituye la sociedad Adumim
II RAC Zafiro S. A.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil
doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1
vez.—RP2012328173.—(IN2012103036).
Por escritura número ciento
veintidós de las ocho horas cinco minutos del diecinueve de octubre del dos mil
doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se constituye la sociedad Adumim
I RAC Amatista S. A.—San José, treinta y uno de octubre del dos
mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1
vez.—RP2012328174.—(IN2012103037).
Por escritura número ciento
veinticuatro de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de
octubre del dos mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se constituye la
sociedad Adumim III RAC Ámbar S. A.—San José, treinta y
uno de octubre del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—RP2012328175.—(IN2012103038).
Por escritura número ciento
veintiséis de las nueve horas treinta minutos del diecinueve de octubre del dos
mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se constituye la sociedad Adumim
V RAC Esmeralda S. A.—San José, treinta y uno de octubre del dos
mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1
vez.—RP2012328176.—(IN2012103039).
Por escritura número ciento
veinticinco de las nueve horas diez minutos del diecinueve de octubre del dos
mil doce, ante el notario Natan Wager Vainer, se constituye la sociedad Adumim
IV RAC Diamante S. A.—San José, treinta y uno de octubre
del dos mil doce.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1
vez.—RP2012328177.—(IN2012103040).
Ante esta notaría, mediante
escritura otorgada a las 9 horas del 25 de octubre del 2012, se protocolizó
acta de asamblea general de El Abrazo del Pacífico S. A., en la que se
reforman cláusulas 2° y 6° del pacto social, y se nombra nueva junta directiva.
Domicilio: San José. Presidente con plenas facultades.—San
José, 25 de octubre del 2012.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012328178.—(IN2012103041).
Al ser las dieciséis horas
treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil doce, se hacen presentes
en mi notaría las señoras María Lourdes Elizabeth Reyes y Ulda Palacios
Alvarado, para constituir la sociedad de responsabilidad limitada denominada Monchys
de Guanacaste Sociedad de Responsabilidad Limitada,
con domicilio en Guanacaste, Liberia, Liberia, Residencial Luna Liberiana, casa
número quince b.—Liberia, veintinueve de octubre de
dos mil doce.—Lic. Seidy Vanessa Ibarra Lanza, Notaria.—1
vez.—(IN2012103051).
Al ser las diecisiete horas
nueve minutos del treinta y uno de octubre de dos mil doce, procedo a
protocolizar el acta general de asamblea general extraordinaria de Liberia
Black Rose Gte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos trece mil cuatrocientos sesenta y ocho, en la cual se reforma
la cláusula: Sétima de la administración.—Liberia,
treinta y uno de octubre de dos mil doce.—Lic. Seidy Vanessa Ibarra Lanza,
Notaria.—1 vez.—(IN2012103052).
Por escritura pública número 10,
tomo 5, otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad denominada: Mi Tierra
Añorada en Costa Rica Limitada. Escritura otorgada en Grecia,
a las 18 horas 30 minutos del día 25 de octubre del 2012. Gerente uno: Reynald
Arthur Laferriere y gerente dos: Janice L. Laferriere.—Lic.
Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1
vez.—(IN2012103070).
Por escritura de las 13:00 horas
del 30 de octubre hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas, de Arrendadora de Vehículos Pérez Zeledón y
San Pedro S. A., por la cual se declara la disolución de la compañía.—Heredia, 1º de noviembre del 2012.—Lic. Rita María
Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—(IN2012103071).
Por escritura pública Nº 423 de
las 10:00 horas del 31 de octubre del 2012, otorgada en conotariado en el
protocolo del notario Ernesto Tulio Perlaza Rojas, se protocolizó acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Estación de Servicio
Ciudad Blanca S. A., cédula jurídica 3-101-44439, en la que se aumenta
capital social.—San José, 1º de noviembre del
2012.—Lic. Jéssica Hernández Quesada, Connotaria.—1
vez.—(IN2012103119).
Por escritura pública Nº 422 de
las 9:00 horas del 31 de octubre del 2012, otorgada en conotariado en el
protocolo del notario Ernesto Tulio Perlaza Rojas, se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Eme S.
A., cédula jurídica 3-101-14503, en la que se aumenta capital social.—San
José, 1º de noviembre del 2012.—Lic. Jéssica Hernández Quesada, Connotaria.—1 vez.—(IN2012103120).
Ante mi notaría a las 11:00
horas del 8 de marzo del 2012, protocolicé acta de la asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Georjeff S. A., se
revoca el nombramiento del presidente y secretario de la junta directiva y se
nombra presidenta María Zeneida Rojas Álvarez, cédula 2-234-783 y secretario
Jefferson Thayer Miley Rojas, cédula 1-1029-878, los cuales ostentan la
representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, de actuación conjunta o
separada.—Lic. Ana Nuria Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—(IN2012103121).
Ante mi notaría, a las 8:00
horas del 28 de junio del 2012, comparecieron Xenia Bolaños Chavarría, cédula
2-425-073 y Jeiner Jiménez Bolaños, cédula 2-645-234, como únicos dueños de la
totalidad del capital social de Corporación Jeixero de Palmares
S. A. a disolver la compañía prescindiendo de los trámites de liquidador
y liquidación de conformidad con el Código de Comercio, además indican que la
compañía no tiene bienes, activos deudas, pasivos ni actividades de ninguna
naturaleza.—Lic. Ana Nuria Ramírez Ulate, Notaria.—1
vez.—(IN2012103122).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del
veinticuatro de octubre del dos mil doce, se fusionan BCR Pensión Operadora
de Planes de Pensiones Complementarias S. A. e INS Pensiones Operadora
de Pensiones Complementarias S. A., prevaleciendo la primera.—San José, 18 de enero del 2012.—Lic. Karla Villalobos
Alpízar, Notaria.—1 vez.—RP2012328182.—(IN2012103401).
Que mediante escritura número ciento cuarenta y tres del dieciséis de octubre
del dos mil doce, se protocoliza el acta número dos de la sociedad anónima Contacto
Total S. A., cédula jurídica N° 3-101-291635, la cual presenta la
modificación de la cláusula quinta del acta constitutiva referente al capital
social, se acepta la renuncia del secretario y por consiguiente el nombramiento
de uno nuevo, y se modifica parcialmente la cláusula sétima sobre la
representación judicial y extrajudicial con apoderado generalísimo sin límite
de suma quedándole únicamente al presidente y se modifica la cédula de
residente temporal del presidente.—Heredia, 1º de noviembre del 2012.—Lic.
Karla Pla Rieger, Notaria.—1
vez.—RP2012328183.—(IN2012103402).
Por escritura otorgada ante esta notaría se protocoliza acta de la asamblea
general extraordinaria de accionistas de Corporación de Inversiones
Internacionales NS &
Ante esta notaría se protocolizó acta de reforma de estatutos de la
sociedad denominada: Electro Plas Sociedad Anónima.—Guápiles
de Pococí, 31 de octubre del 2012.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—RP2012328185.—(IN2012103404).
Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido la(s) firma(s) Urbanización
Kenneth Vásquez Fallas constituye: Fitelec del Este Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Escritura otorgada en San José, a las trece horas del treinta de octubre del año dos mil doce, ante el notario: Luis Rodrigo Poveda Rubio.—Lic. Luis Rodrigo Poveda Rubio, Notario.—1 vez.—RP2012328187.—(IN2012103406).
Sandra Marín Gutiérrez constituye: Fidatel del Sur Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del treinta de octubre del año dos mil doce, ante el notario: Luis Rodrigo Poveda Rubio.—Lic. Luis Rodrigo Poveda Rubio, Notario.—1 vez.—RP2012328188.—(IN2012103407).
María Luzmilda Ceciliano Ureña constituye: Tecnitec Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del treinta de octubre del año dos mil doce, ante el notario: Luis Rodrigo Poveda Rubio.—Lic. Luis Rodrigo Poveda Rubio, Notario.—1 vez.—RP2012328189.—(IN2012103408).
Por escritura otorgada en mi notaría, Alajuela a las dieciséis horas del veinticuatro de octubre del año dos mil doce, se modificó la denominación social de Parqueo Público Villa Rica S. A.; siendo la nueva denominación: Entretenimiento Táctico S. A. Cambio de fiscal.—Lic. Ricardo Ananías Loaiza Morales, Notario.—1 vez.—RP2012328191.—(IN2012103409).
Por escritura de las 14:00 horas del 15 de octubre del 2012, Condominio Belén Seis F Larca S. A., modifica cláusula 7 y reorganiza su junta directiva y fiscal. Presidenta: Aurora Leandro Abarca.—San José, 15 de octubre del 2012.—Lic. Carlos Miguel Chacón Sartoressi, Notario.—1 vez.—RP2012328193.—(IN2012103410).
Mediante escritura número ciento veintidós otorgada a las quince horas veinte minutos del seis de setiembre de dos mil doce, se constituyó la sociedad: Fesakama S. A. con domicilio en San José, Rohrmoser, exactamente del edificio de Alta Tecnología Franklin Chang veinticinco metros norte, oficinas de B.V.S.Q. Abogados. Plazo social: 99 años. Presidente: Edwin Bogantes Jiménez.—San José, 6 de setiembre del 2012.—Lic. Emma Zoraida Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—RP2012328195.—(IN2012103411).
Por escritura número doscientos ochenta y ocho-siete, otorgada ante mi notaría a las ocho horas del dieciséis de octubre del año dos mil doce, se protocolizó el acta de la sociedad Compañía Transportes Bolaños y Gatgens Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-once mil setecientos quince, en la cual se acuerda la disolución de la misma.—Sarchí, 25 de octubre del 2012.—Lic. Máximo Corrales Vega, Notario.—1 vez.—RP2012328196.—(IN2012103412).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del día de hoy, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Alaverde S. A., en la cual nombran nueva junta directiva y fiscal, y se reforma la cláusula segunda de sus estatutos.—San José, 31 de octubre del 2012.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—RP2012328198.—(IN2012103413).
Condominio Mediterráneo Filial Diecisiete Santander Sociedad Anónima, modifica cláusulas del pacto social, escritura N° 158, otorgada en San José a las 11:00 horas del 25 de octubre del 2012.—Lic. Roberto Pochet Torres, Notario.—1 vez.—RP2012328199.—(IN2012103414).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE PUNTARENAS
ÁREA DE RECAUDACIÓN
COBRO ADMINISTRATIVO
Nº ED-DGT-ATP-005-2012.—
Nº Requer. |
Contribuyente |
Cédula |
Impuesto |
Documento |
Período |
Monto (*) |
1911001689405 |
Jiménez Valerio Félix Héctor |
0205530301 |
Renta |
1012016567965 |
12/2010 |
468.727,00 |
(*) Mas los recargos de ley. |
Se concede un plazo de quince días
a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el contribuyente
arriba indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a
Nº ED-DGT-ATP-006-2012.—
Para ver tabla solo en
Se concede un plazo de quince
días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el
contribuyente arriba indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será
trasladado a
Nº ED-DGT-ATP-007-2012.—
Nº Requer. |
Contribuyente |
Cédula |
Impuesto |
Documento |
Período |
Monto (*) |
1911001734144 |
Acarreos Ulate S. A. |
3-101-511091 |
Renta |
1012018199997 |
12/2009 |
119.002,65 |
1911001734144 |
Acarreos Ulate S. A. |
3-101-511091 |
TEC |
1261035838937 |
12/2008 |
9.000,00 |
1911001734144 |
Acarreos Ulate S. A. |
3-101-511091 |
TEC |
1261035838955 |
12/2009 |
9.000,00 |
1911001734144 |
Acarreos Ulate S. A. |
3-101-511091 |
TEC |
1261035838903 |
12/2010 |
9.000,00 |
1911001734144 |
Acarreos Ulate S. A. |
3-101-511091 |
TEC |
1261035838946 |
12/2011 |
9.000,00 |
(*) Mas los recargos de ley. |
Se concede un plazo de quince
días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el
contribuyente arriba indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será
trasladado a
Nº ED-DGT-ATP-008-2012.—
Nº Requer. |
Contribuyente |
Cédula |
Impuesto |
Documento |
Período |
Monto (*) |
1911001731852 |
Cambronero Molina Esteban |
0108540600 |
Sanción |
9231000058646 |
08/2009 |
210.166,59 |
(*) Mas los recargos de ley. |
Se concede un plazo de quince
días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el
contribuyente arriba indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado
a
Nº ED-DGT-ATP-009-2012.—
Nº Requer. |
Contribuyente |
Cédula |
Impuesto |
Documento |
Período |
Monto (*) |
1911001731843 |
Luna Llena Creativa Limitada |
3102580211 |
Renta |
1012258178906 |
12/2009 |
100.168.60 |
1911001731843 |
Luna Llena Creativa Limitada |
3102580211 |
TEC |
1261035782727 |
12/2009 |
9.000,00 |
1911001731843 |
Luna Llena Creativa Limitada |
3102580211 |
TEC |
1261034753151 |
12/2010 |
9.000,00 |
1911001731843 |
Luna Llena Creativa Limitada |
3102580211 |
TEC |
1261036983841 |
12/2011 |
750,00 |
(*) Mas los recargos de ley. |
Se concede un plazo de quince días
a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el contribuyente
arriba indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LIMÓN
NOTIFICACIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO
Contribuyente |
Cédula |
Impuesto |
Documento |
Período |
Monto ¢ (*) |
Barrantes Pérez José Vicente |
0501740405 |
Sanción |
9222000329044 |
12/2009 |
95.390,00 |
Total: |
|
|
|
|
95.390,00 |
(*) Mas los
recargos de ley. |
Se concede un plazo de quince
días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el
contribuyente arriba indicado cancele las deudas. De no hacerlo, el caso será trasladado
a
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
Por ignorarse el domicilio
actual del patrono Opciones L A F S. A., número patronal 2-03101367819-001-001,
número patronal anterior 9-00291936001-001-000, actividades de asesoramiento
empresarial y en materia de gestión, de conformidad con lo dispuesto en el
numeral 241 de
Por ignorarse el domicilio actual del patrono Grupo Motriz Monze
S. A., número patronal 2-03101404204-001-001, número patronal anterior
9-00304924000-001-000, mantenimiento y reparación de vehículos automotores, de
conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de
Por ignorarse el domicilio actual del patrono Corporación Corek
Internacional S. A., número patronal 2-30101438445-001-001, número patronal
anterior 331. 186 00 9, de actividades de mantenimiento y reparación de
vehículos automotores, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de
Por ignorarse el domicilio actual del patrono, Corporación de
Investigación Mantenimiento Asesoría y Seguridad Cimas S. A. número patronal
2-03101363724, actividades de investigación y seguridad, de conformidad con lo
dispuesto en el “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de
Por ignorarse el domicilio de las personas jurídicas conformadas
por el grupo abajo detallado, de
conformidad con el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento
de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”,
Por ignorarse el domicilio actual del patrono Consorcio de
Seguridad Urbana del Sur Sociedad Anónima número patronal
2-03101459516-001-001, número patronal anterior 287.576.000, de actividad
investigación y seguridad, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de
Por ignorarse el domicilio actual del patrono Quiropráctica
Universal Siglo Veintiuno S. A., número patronal 2 03101443617-001-001, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar
el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes”, de
Por ignorarse el domicilio actual del patrono Seguridad Brima
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-384424, número patronal
2-03101384424-001-001 y número patronal anterior 294,065-005, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 20 del “Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”,
de