MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Nº 09-2013
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que
2º—Que nuestro
país, desde sus inicios, forma parte del Mecanismo de Seguimiento de
3º—Que
4º—Que por
Decreto Ejecutivo N° 32090 de 21 de abril de 2004, se designa a
ACUERDA:
Artículo
I.—Designar a la señora Tatiana Gutiérrez Delgado, cédula de identidad número
108380944, funcionaria de
Artículo II.—Los gastos de la señora Tatiana Gutiérrez Delgado, por concepto de viáticos en el exterior, que comprende alimentación, hospedaje y otros gastos menores por lavado y planchado de ropa y traslado dentro de la ciudad, a saber $2.904,60 (dos mil novecientos cuatro dólares americanos con sesenta centavos exactos), serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504, del Programa 781-00. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del Programa 781-00.
Artículo III.—La
cantidad de millas generadas por el presente viaje, deberán ser cedidas por la
funcionaria Gutiérrez Delgado a
Artículo IV.—Que durante los días del 14 al 23 del mes de marzo de 2013, en que se autoriza la participación de la funcionaria Tatiana Gutiérrez Delgado en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo V.—Rige del 14 de marzo al 24 de marzo del 2013.
Dado en el Ministerio de Justicia y Paz, el día 28 de febrero del 2013.
Fernando Ferraro Castro, Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 18334.—Solicitud Nº 119-781-0017.—C-58300.—(IN2013013464).
Nº 10-2013
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que
2º—Que nuestro
país, desde sus inicios, forma parte del Mecanismo de Seguimiento de
3º—Que
4º—Que por
Decreto Ejecutivo N° 32090 de 21 de abril de 2004, se designa a
ACUERDA:
Artículo
I.—Designar a la señora Ana Lorena Brenes Esquivel, cédula de identidad número
401270782, Procuradora General de
Artículo II.—Los gastos de la señora Ana Lorena Brenes Esquivel, por concepto de viáticos en el exterior, que comprende alimentación, hospedaje dentro de la ciudad, a saber $2.904,60 (dos mil novecientos cuatro dólares americanos con sesenta centavos exactos), serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504, del Programa 781-00. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del Programa 781-00.
Artículo III.—La
cantidad de millas generadas por el presente viaje, deberán ser cedidas por la
funcionaria Brenes Esquivel a
Artículo IV.—Que durante los días del 14 al 23 del mes de marzo de 2013, en que se autoriza la participación de la funcionaria Ana Lorena Brenes Esquivel en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo V.—Rige del 14 de marzo al 24 de marzo del 2013.
Dado en el Ministerio de Justicia y Paz, el día 28 de febrero del 2013.
Fernando Ferraro Castro, Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 18334.—Solicitud Nº 119-781-0018.—C-59240.—(IN2013013466).
N°
006-MEIC
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 25 inciso 1, 27 y 28 inciso 2 acápite b) de
Considerando:
1º—Que es de interés del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio (MEIC) y del Laboratorio Costarricense de
Metrología (LACOMET), participar en las reuniones adicionales del grupo
“Laboratorios Secundarios” del programa “NMI Metrology User Relations”, que
incluyen el Taller sobre Norma ISO/IEC 17043: 2010 requisitos Generales para
Rondas de Aptitud y “Course & workshop-Statistical and Computational
Methods for Interlaboratory Studies and Reference Materials”.
2º—Que dichas actividades se llevarán a cabo respectivamente del día
28 de febrero al día 03 de marzo de 2013 y del día 04 al día 06 de marzo de
2012, en
3º—Que es interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio
(MEIC), y en especial del Laboratorio Costarricense de Metrología participar en
estos eventos, con el objetivo primordial de fortalecer la metrología nacional,
específicamente en la conducción de rondas interlaboratoriales en el área de
metrología química. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al funcionario Bryan
Calderón Jiménez, portador de la cédula número uno-mil ciento
ochenta-cuatrocientos setenta y siete, para que participe en las reuniones
adicionales del grupo “Laboratorios Secundarios” del programa “NMI Metrology
User Relations”, específicamente en el Taller sobre Norma ISO/IEC 17043: 2010
requisitos Generales para Rondas de Aptitud, y en el curso denominado “Course
& workshop- Statistical and Computational Methods for Interlaboratory
Studies and Reference Materials”. Actividades se llevarán a cabo
respectivamente del día 28 de febrero al día 03 de marzo de 2013 y del día 04
al día 06 de marzo de 2012, en
Artículo 2º—Los gastos de transporte aéreo, hospedaje, alimentación,
viáticos y traslados al/del aeropuerto, del 28 de febrero al día 03 de marzo de
2013, serán asumidos por el Physikalisch-Technische Bundesanstalt (PTB). Los
gastos de hospedaje, alimentación, transporte, del 04 al 06 de marzo del 2013,
serán asumidos por Lacomet. Le corresponde al funcionario la suma de
seiscientos cincuenta y siete dólares con 28/100 (657.28 USD), por concepto de
“viáticos en el exterior”, subpartida 10504. Los gastos por transporte interno
dentro del país visitado y otros gastos similares serán cancelados por el
Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET) contra la presentación de las
respectivas facturas.
Artículo 3º—Rige a partir del día 27 de febrero y hasta el día 07 de
marzo de 2013, devengando el funcionario el 100% de su salario durante su
ausencia.
Dado en el Ministerio de Economía Industria y
Comercio, a los doce días del mes de febrero de dos mil trece.
Mayi Antillón Guerrero, Ministra de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº 00002.—Solicitud Nº 111-212-004.—C-28200.—(IN2013013486).
DIRECCIÓN
GENERAL DE SERVICIO CIVIL
AVISO
N°
SC-003-2013.—San José, 25 de febrero de 2013
Se hace saber que
DG-020-2013: Modificar los artículos 2° y 8°
de
DG-024-2013: Marco normativo para la aplicación del Artículo 14 del
Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.
DG-026-2013: Asignar a
Publíquese.—José Joaquín Arguedas Herrera, Director General.—1 vez.—O. C. N° 17341.—Solicitud N° 104-022-00005.—C-7520.—(IN2013014578).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE
AVISOS
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de
Artículo
01º—Para que se modifique el límite sur: Fila
Dicha reforma es visible a folio 18 del tomo I del expediente de la
organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro
de
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 02, folio 77, título N° 696,
emitido por el Colegio Técnico Profesional de Guácimo, en el año dos mil diez,
a nombre de Chacón Carmona Arlette Mayela. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 37, título N° 647, emitido por el Liceo Diurno
José Martí, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Romero Solano Helen.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 72, título N° 2425,
emitido por el Sistema Educativo Saint Claire, en el año dos mil siete, a
nombre de Corrales Cabrera Graciela. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada Rama Académica Modalidad en
Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 41 asiento 12, emitido por el Liceo
Nocturno de Santa Cruz, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de
Canales Castañeda José Donatilo. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento, se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada Rama Educación Familiar y Social, inscrito en el tomo 2, folio
14, título N° 716, emitido por el Colegio Técnico Profesional Agropecuario de
Agua Zarcas, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Rojas
Víquez Maylin Eugenia. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 20, asiento N° 28, emitido por el Liceo Rural Pacayitas, en el
año dos mil diez, a nombre de Rodríguez Núñez Lissette de los Ángeles. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 18, título N° 512,
emitido por el Liceo San Pedro, en el año dos mil siete, a nombre de Fonseca
Ríos Katherine Dayan. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 101, título N° 534,
emitido por el Colegio Nocturno de Pococí, en el año dos mil, a nombre de
Montero Jiménez Víctor. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 123, título N° 721,
emitido por el Colegio Nocturno de Pococí, en el año dos mil dos, a nombre de
Montero Jiménez Oscar Manuel. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 77, asiento 12,
título N° 263, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Fortuna de
Bagaces, en el año dos mil dos, a nombre de Alemán Obregón Luis Felipe. Se
solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Área de Ciencias”, inscrito
en el tomo 1, folio 27, título N° 560, emitido por el Liceo Justo A. Facio
Nocturno, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Castillo
Bolívar Carmen María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 156, título N° 752,
emitido por el Liceo Académico Diurno de Ciudad Neily, en el año dos mil tres,
a nombre de Ramírez Fuentes Yerlyn Gabriela. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 88, título N° 803, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas,
en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Meza Palacios Kattia
Vanessa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 55, título N° 305, emitido por el Liceo San Pedro, en el año
dos mil cuatro, a nombre de Corrales Vargas Ayron. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 88, título N° 2748,
emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año dos mil ocho, a
nombre de Morales Cortés Luis Carlos. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 74, título N° 892, y
del Título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo II, folio 88,
título N° 2724, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico
Profesional de San Sebastián, en el año mil novecientos noventa y seis, a
nombre de Bravo Moreira Claudio Gerardo. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 02, folio 28, título N° 709,
emitido por el Colegio de Santa Ana, en el año dos mil, a nombre de Castro
Fernández Shirley Rocío. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título N° 134,
emitido por el Colegio Técnico Profesional Ricardo Castro Beer, en el año mil
novecientos noventa y uno, a nombre de Herrera Hernández Orlando. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 51, título N° 2227,
emitido por el Sistema Educativo Saint Claire, en el año dos mil cinco, a
nombre de González Chaves Alexa. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 32, asiento 8,
título N° 123, emitido por el Liceo de Frailes con Orientación Tecnológica, en
el año dos mil cuatro, a nombre de Mora Mora Jonathan Miguel. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su Estatuto la organización social denominada: Cooperativa de
Ahorro y Crédito de los Pensionados de los Regímenes de Pensiones de Hacienda,
Poder Legislativo y Caja Costarricense de Seguro Social R. L., siglas COOPASPHAL
R.L, acordada en asamblea celebrada el día 31 de julio de 2012. Resolución
C-1043. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
San José, 22 de febrero del 2013.—Lic. Iris Garita Calderón, Jefa, a. í.—(IN2013013197).
De conformidad con la autorización extendida
por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido
a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la
organización social denominada Sindicato Nacional de Profesionales de
San José, 14 de febrero del 2013.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Exento.—(IN2013013534).
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Para ver las marcas de Fábrica
solo en
Marcas de Ganado
Solicitud N° 2012-1989.—Marco Antonio Delgado Carazo, cédula de identidad 1-1251-0402, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en
como
marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Desamparados, San
Antonio,
Solicitud N° 2012-2000.—Wilson Rodríguez Cordero, cédula de identidad 5-0296-0064, solicita la inscripción de:
Para ver imagen solo en
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, El Higuerón,
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
El señor Jorge Tristán Trelles, cédula de
identidad número 1-392-470, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de Alba, David, de E. U. A., solicita
Para ver imagen solo en
Se describe un sistema para la transferencia,
almacenamiento y distribución de contenedores intermodales de una pluralidad de
longitudes. El sistema comprende una primera área de almacenamiento
comprendiendo una primera pluralidad de carriles dispuestos en un arreglo de
rejilla a lo largo de un primer y segundo eje. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El
señor Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad número 1-392-470, mayor de
edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Euro-Celtique S. A.,
de Luxemburgo, solicita
La
señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad número 1-812-604,
mayor de edad, abogada, apoderada especial de Cemex Research Group AG, de
Suiza, solicita
La
señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad número 1-812-604,
mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Bayer
Cropscience AG, de Alemania, solicita
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora María de
Para ver imagen solo en
La presente invención proporciona compuestos
de inhibidor MDM2 de
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula
N° 1-669-228, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Array
Biopharma Inc., de E.U.A., solicita
Para ver imagen solo en
Compuestos de
El señor Luis Pal Hegedus, cédula N°
1-558-219, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial
de Jarala As, de Noruega, solicita
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad número 1-669-228, mayor
de edad, vecino de San José, Apoderado Especial de Incyte Corporation de
E.U.A., solicita
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula de identidad número
1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Array
Biopharma Inc., de E.U.A., solicita
Para ver imagen solo en
Compuestos
de
La
señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad número 1-812-604,
mayor de edad, vecina de San José, abogada, apoderada especial de Bayer
Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita
La
señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad número 1-812-604, en
condición de apoderada de Vifor (International) AG, de Suiza, solicita
La
señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad número 1-812-604,
mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Bayer
Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita
La
señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad número 1-812-604, en
condición de apoderado de Bayer Pharma Aktiengesellschaft, de Alemania,
solicita
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Cristiana Casa de Restauración Escazú, con domicilio
en la provincia de San José. Sus fines, entre otros están: difundir y enseñar
el Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo, fundado en
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-248845, denominación: Asociación de Acueductos y Alcantarillados de Playa
Tamarindo de Santa Cruz de Guanacaste. Por cuanto
dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro Lucha de
Pijije de Bagaces Mil Novecientos Noventa y Seis, con domicilio en la provincia
de Guanacaste. Sus fines, entre otros están: el bienestar social y económico
del asentamiento
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la eeforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-401136, denominación: Asociación de Desarrollo El Santo. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las
prescripciones que establece
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-066949, denominación: Asociación Pro Hospital San Rafael de Alajuela. Por
cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las
prescripciones que establece
El
Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para
su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro-Vivienda
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
Notaria Cédula Carné Rige
Ana Maritza Fuentes Murillo 1-1252-0759 NC-187 31
de diciembre del 2012
San José, 18 febrero del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 2013-001.—Solicitud 119-786-030RNN.—C-4950.—(IN2013014167).
Notarios Cédula Carné Rige
Francisco Javier Solís
Montero 1-0498-0099 2979 20
de diciembre de 2012.
Ana Maricia Rivas Tinoco 5-0280-0963 11160 1°
de enero de 2013.
San José, 18 febrero del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 2013-001.—Solicitud 119-786-031RNN.—C-5780.—(IN2013014168).
Notarios Cédula Carné Rige
Laura Ureña Ureña 1-1085-0922 15965 17
de diciembre de 2012.
Manuel Emilio Jiménez Bolaños 3-0307-0669 6897 17 de
diciembre de 2012.
Luis Enrique Gómez Portuguez 1-0828-0547 7616 19 de
diciembre de 2012.
Allan Ramírez Villalobos 1-0702-0492 6462 16
de marzo de 1996.
Milena Sanabria Rodríguez 1-0836-0081 7617 29
de octubre de 2012.
María Isabel Rodríguez
Valverde 1-0485-0842 10188 21
de diciembre de 2012.
Hernán Robles Oreamuno 1-0212-0695 644 12
de diciembre de 2012.
Carlos Alberto Corea Arias 4-0060-0380 685 21
de diciembre de 2012.
Gustavo Eduardo Vargas Vargas 1-0982-0177 12102 18 de
diciembre de 2012.
Aida Magally Pochet Meléndez 1-0841-0539 3755 20 de
diciembre de 2012.
Giovanna Campos Bolaños 1-0630-0437 9859 9
de enero de 2013.
Graciela María Fuentes
Brealey 1-0901-0259 9614 23
de octubre de 2012.
Miguel Casafont Seco 1-0219-0057 838 14
de enero de 2013.
Floricel Rojas Expinoza 5-0260-0204 8504 29
de enero de 1999.
Lucía Fallas Chacón 1-0327-0236 17278 18
de diciembre de 2012.
Luis Arturo Elizondo Fallas 1-0541-0960 2991 25
de octubre de 2012.
María Elena Fernández Pacheco 9-0044-0480 7399 12 de
diciembre de 2012.
San José, 18 febrero del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 2013-001.—Solicitud 119-786-032RNN.—C-66120.—(IN2013014169).
Notario Cédula Carné Rige
Carlos Federico Garbanzo
Blanco 1-0932-0468 NC-208 1°
de enero del 2013.
San José, 18 febrero del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 2013-001.—Solicitud 119-786-033RNN.—C-4950.—(IN2013014170).
Notaria Cédula Carné Rige
Vera Mora Rojas 1-0813-0156 17464 11 de
enero del 2013.
San José, 18 febrero del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 2013-001.—Solicitud 119-786-034RNN.—C-4950.—(IN2013014171).
Notarios Carné Fecha de juramentación
Luis Alfredo Rojas Rivera 19403 18 de febrero de 2013.
Raúl Babbar Amiguetti 20209 18 de febrero de 2013.
Rodrigo José Carranza Zúñiga 18916 18 de febrero de 2013.
Luis Andrés Bonilla Ortiz 20142 18 de febrero de 2013.
Ana Lourdes Flores Peralta 19789 18 de febrero de 2013.
Adriana Montoya Chavarría 19639 18 de febrero de 2013.
Ana Yesenia Navarro Montero 20100 18
de febrero de 2013.
Milena Valverde Mora 19482 18 de febrero de 2013.
Judy Elena Rosales Sánchez 19755 18 de febrero de 2013.
Carlos Alberto Franco Cruz 19612 18 de febrero de 2013.
Jonathan Antonio Chincilla 19780 18 de febrero de 2013.
Mario Segura Lobo 20115 18 de febrero de 2013.
Evelyn Daniela Madrigal 20170 18 de febrero de 2013.
Suraye Zaglul Fiatt 20195 18 de febrero de 2013.
Beverly Dinorah Palma Brenes 20245 18
de febrero de 2013.
Daniela Josué Chaverri Salas 19603 18 de febrero de 2013.
Lavaro Sojo Mendieta 4753 18 de febrero de 2013.
Víctor Manuel Soto Piatkina 20259 18 de febrero de 2013.
Rodrigo Castillo Escalante 15000 18 de febrero de 2013.
Ana Laura González Cubero 20226 18 de febrero de 2013.
Juan Carlos Molina Zamudio 12749 18 de febrero de 2013.
San José, 22 de febrero del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 2013-001.—Solicitud 119-786-028RNN.—C-24040.—(IN2013014172).
Notarios Cédula Carné Rige
Orlando Enrique Ramírez Retana 1-0702-0436 12297 18 de enero del 2013.
Andrea Sáenz Mederas 1-0941-0010 12544 23 de enero del 2013.
San José, 18 febrero del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 2013-001.—Solicitud 119-786-029RNN.—C-13020.—(IN2013014173).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp.
9180A.—Leonardo Anchía Campos solicita aumento de concesión:
Exp.
14550P.—Propiedades Tragaldabas S. A., solicita
concesión de:
Exp.
3230P.—Corporación Pipasa S. A. solicita concesión de:
Exp.
15408P.—Sociedad de Usuarios de Agua de Los Espaveles,
solicita concesión de:
Exp.
15190P.—Agro Vicces S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. 11025P.—Productora
Exp. 10163P.—Inversiones
JHB del Oeste S. A., solicita concesión de:
Exp. 7963A.—Río
Minerales S. A., solicita concesión de:
Exp 8154A.—Compañía
Río Minerales S. A., solicita concesión de:
Exp. 13645P.—Constructora
Alta Vista S. A., solicita concesión de:
Exp. 12404P.—Manuel
Antonio, Borge Carvajal solicita concesión de:
Exp. 15552P.—Inversiones
Pacheco y Rodríguez S. A., solicita concesión de:
Exp. 15679A.—Ana
Hernández Quirós solicita concesión de:
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.
A
LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE
HACE SABER
Que en la acción de inconstitucionalidad que
se tramita con el número 12-005133-0007-CO, promovida por Percy Marín Méndez,
en su condición de representante legal del Sindicato Pro Trabajadores del
Consejo Nacional de Producción (SIPROCNP), para que se declare la
inconstitucionalidad del artículo 3 de
Por tanto: «Se declara sin lugar la acción,
siempre que se interprete conforme al Derecho de
San José, 19 de octubre del 2013.
Gerardo
Madriz Piedra
1 vez.—(IN2013014245) Secretario
COLEGIO
UNIVERSITARIO DE CARTAGO
Plan
de adquisiciones año 2013
Proveeduría.—Lic.
Ligia Amador Brenes, Proveedora.—1 vez.—(IN2013015784).
CONCEJO
MUNICIPAL DEL DISTRITO
PAQUERA-PUNTARENAS
Plan
de adquisiciones de bienes y servicios para el 2013
1 SERVICIOS ¢40.211.559.89
1.02 SERVICIOS BÁSICOS 4.730.000.00
1.02.01 Servicio de agua 200.000.00
1.02.02 Servicios eléctricos 3.250.000.00
1.02.03 Servicios de correo 50.000.00
1.02.04 Servicios de
telecomunicaciones 1.200.000.00
1.02.99 Otros servicios
básicos 30.000.00
1.03 SERVICIOS COMERCIALES Y
FINANCIEROS 550.000.00
1.03.01 Información 150.000.00
1.03.02 Publicidad y
propaganda 100.000.00
1.03.06 Comisiones y otros
gastos por servicios financieros 300.000.00
1.04 SERVICIOS DE GESTION Y
APOYO 7.700.000.00
1.04.02 Servicios Jurídicos 0.00
1.04.03 Servicios de
Ingeniería 2.500.000.00
1.04.06 Servicios Generales 5.000.000.00
1.04.99 Otros servicios de
gestión y apoyo 200.000.00
1.05 GASTOS DE VIAJE Y
TRANSPORTE 1.500.000.00
1.05.01 Transporte dentro del
país 300.000.00
1.05.02 Viáticos dentro del
país 1.200.000.00
1.06 SEGUROS, REASEGUROS Y
OTROS 7.452.853.53
1.06.01 Seguros 7.452.853.53
1.07 CAPACITACION Y PROTOCOLO 677.126.16
1.07.01 Actividades de
capacitación 477.126.16
1.07.02 Actividades
protocolarias y sociales 200.000.00
1.08 MANTENIMIENTO Y
REPARACIONES 17.601.850.20
1.08.01 Mantenimiento de
edificios y locales 2.090.512.20
1.08.02 Mantenimiento de Vías
de comunicaciones 15.511.388.00
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 27.708.646.15
2.01 PRODUCTOS QUÍMICOS Y
CONEXOS 2.013.737.15
2.01.01 Combustibles y
lubricantes 1.888.737.20
2.01.99 Otros productos
químicos 125.000.00
2.02 ALIMENTOS Y PRODUCTOS
AGROPECUARIOS 100.000.00
2.02.03 Alimentos y bebidas 100.000.00
2.03 MATERIALES Y PRODUCTOS
CONSTRUCCIÓN 22.700.000.00
2.03.02 Materiales y
productos minerales y asfálticos 22.700.000.00
2.04 HERRAMIENTAS, REPUESTOS
Y ACCESORIOS 300.078.95
2.04.02 Repuestos y
accesorios 300.078.95
2.99 ÚTILES Y MATERIALES 2.594.830.00
2.99.01 Útiles y materiales
de oficina y cómputo 522.415.00
2.99.03 Productos de papel,
cartón e impresos 522.415.00
2.99.04 Textiles y vestuarios 150.000.00
2.99.05 Útiles y materiales
de limpieza 400.000.00
2.99.99 Útiles y materiales
de cocina y comedor 400.000.00
2.99.99 Otros útiles,
materiales y suministros 600.000.00
Iris Flores López, Asistente Administrativa.—1 vez.—(IN2013015707).
COLEGIO
DE ABOGADOS DE COSTA RICA
Modificación
Programa Anual de Adquisiciones 2013
De conformidad con lo estipulado en el
artículo Nº 6 de
Descripción |
Monto equivalente según vigencia del contrato |
Trimestre de trámite de proceso |
Vigencia del contrato |
Contratación de Servicios Profesionales (Ingeniería y Arquitectura) para realizar el diseño de estudios preliminares, anteproyecto, planos constructivos, especificaciones técnicas, presupuesto detallado e inspección de edificio académico, bodega y comedor en las instalaciones del Colegio de Abogados de Costa Rica. |
¢26.617.500,00 |
I al IV |
Única vez |
Nota: Las adquisiciones se cancelarán con el presupuesto
propio del Colegio de Abogados, el cual está contemplado en el Programa Anual
de Gasto Ordinario.
Lic. Mayela Guillén Garro.—1 vez.—O. C. Nº 9043.—Solicitud Nº 982-00044.—Crédito.—(IN2013015764).
PROGRAMA
EQUIDAD Y EFICIENCIA EN
PRÉSTAMO
N° 7284-CR
2013LPN-000003-PROV.
(2013PP-000057-Prov.)
Adquisición
de vehículos doble tracción
1. El
Gobierno de Costa Rica ha recibido un préstamo del Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento/de
2. El Programa Equidad y Eficiencia en
3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación
Pública Nacional (ICB) establecidos en la publicación del Banco Mundial
titulada Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de
4. Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener
información adicional de: el Programa de Equidad y Eficiencia y Eficiencia en
5. Los requisitos de calificaciones incluyen Requisitos clave
técnicos, legales y otros. “No se otorgará” un Margen de Preferencia a
contratistas nacionales elegibles. Mayores detalles se proporcionan en los
Documentos de Licitación.
6. Los licitantes interesados podrán adquirir un juego completo de los
Documentos de Licitación en idioma español, en las oficinas de PROMECE en San
José, calle 1, ave. 1 y 3, Edificio Antigua Embajada Americana, Tercer piso o
en el correo electrónico jorge.morgan.ramirez@mep.go.cr.
7. Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a
más tardar a las 10:00 horas del 2 de mayo del 2013. Ofertas electrónicas [“no
serán “] permitidas. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán
rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los
licitantes que deseen asistir en persona o en-línea en la dirección indicada al
final de este Llamado, a las 10:00 horas del 02 de mayo del 2013. Todas las
ofertas deberán estar acompañadas de una “Garantía de Seriedad de la oferta”
por el monto de ¢7.000.000,00 (siete millones de colones) o la suma equivalente
en una moneda de libre convertibilidad.
8. La dirección (Las direcciones) referida(s) arriba es (son):
Atención: Lic. Marielena Molina Pacheco.
Dirección postal: Calle 1, ave. 1 y 3,
Edificio Antigua Embajada Americana, 3° Piso.
Ciudad: San José.
Código postal: 10433-1000 San José
País: Costa Rica
Teléfono: 506-222-7119
Facsímile: 506-222-7355
Dirección electrónica:
marielena.molina.pacheco@mep.go.cr.
San José, 6 de marzo del 2013.—Mauricio González Oviedo, Director.—1 vez.—(IN2013015692).
2013LPN-000004-PROV.
(2013PP-000058-Prov.)
Adquisición
de motocicletas y cuadraciclos
1. El
Gobierno de Costa Rica ha recibido un préstamo del Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento de
2. El Programa Equidad y Eficiencia en
3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (ICB) establecidos en la publicación del Banco
Mundial titulada Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de
4. Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener
información adicional de: el Programa de Equidad y Eficiencia y Eficiencia en
5. Los requisitos de calificaciones incluyen Requisitos clave
técnicos, legales y otros. “No se otorgará” un Margen de Preferencia a
contratistas nacionales elegibles. Mayores detalles se proporcionan en los
Documentos de Licitación.
6. Los licitantes interesados podrán adquirir un juego completo de los
Documentos de Licitación en idioma español, en las oficinas de PROMECE en San
José, calle 1, ave. 1 y 3, Edificio Antigua Embajada Americana, tercer piso o
en el correo electrónico jorge.morgan.ramirez@mep.go.cr.
7. Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a
más tardar a las 10:00 horas del 3 de mayo del 2013. Ofertas electrónicas [“no
serán”] permitidas. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los licitantes que
deseen asistir en persona o en-línea en la dirección indicada final de este
llamado, a las 10:00 horas del 3 de mayo del 2013. Todas las ofertas deberán
estar acompañadas de una “Garantía de Seriedad de la oferta” por el monto de
¢5.000.000,00 (cinco millones de colones) o la suma equivalente en una moneda
de libre convertibilidad.
La dirección (Las direcciones) referida(s)
arriba es (son): tención: Lic. Marielena Molina Pacheco.
Dirección postal: Calle 1, ave. 1 y 3,
Edificio Antigua Embajada Americana, 3° piso.
Ciudad: San José.
Código postal: 10433-1000 San José
País: Costa Rica.
Teléfono: 506-222-7119.
Facsímile: 506-222-7355.
Dirección electrónica:
marielena.molina.pacheco@mep.go.cr.
San José, 6 de marzo del 2013.—Mauricio González Oviedo, Director.—1 vez.—(IN2013015694).
REMATE
Nº 002-2013
DIVISIÓN
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
ÁREA
DE GESTIÓN Y ANÁLISIS DE COMPRAS
Venta
de bienes en desuso.
(Vehículo para
repuestos)
Apertura: Para las 10:00 horas del día 2 de
abril del 2013. Retiro del cartel en el 6to piso, proceso de
Contratación Administrativa
San José, 7 de marzo del 2013.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013015739).
CUERPO
DE BOMBEROS DE COSTA RICA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 101302
(2013LN-101302-UP)
Precalificación de empresas constructoras para los servicios
de remodelaciones, ampliaciones, modificaciones
o mantenimiento correctivo en el área civil
y eléctrico de las edificaciones del Benemérito
Cuerpo
de Bomberos de Costa Rica
El Benemérito Cuerpo de Bomberos invita a
participar de
El cartel respectivo está a su disposición en
Dirección Administrativa.—Lic. Juan Rafael Hidalgo Bolaños, Jefe.—1 vez.—(IN2013015723).
HOSPITAL
MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000024-2104
“Accesorios
y tubería de cobre”
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el
9 de abril de
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefe.—1 vez.—(IN2013015730).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000022-2104
“Artículos
de ferretería”
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el
9 de abril de
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefe.—1 vez.—(IN2013015731).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000021-2104
“Fibras
de nylon, jabón neutro PH, Hipoclorito
de sodio, exprimidores sin balde”
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el
5 de abril de
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013015734).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000018-2104
“Artículos
de iluminación y cable eléctrico”
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el
5 de abril de
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013015736).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000020-2104
“Accesorios
para lavatorios, piletas y fluxómetros”
Se comunica: Fecha de recepción de ofertas el
5 de abril del
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013015737).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2013LA-000008-PROV
Migración
de los módulos de adjudicatarios, depósitos,
elegibles, seguimientos, financiamientos,
y autorizaciones provisionales, integrado
al Sistema de Administración
de Loterías
El cartel que contiene las especificaciones y
sus posibles modificaciones o aclaraciones se encontrará a disposición de los
interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, enlace:
contrataciones, pueden retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto
piso, Edificio Central sin ningún costo o solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano Méndez
a la dirección electrónica jbaltodano@jps.go.cr a partir de esta notificación.
Proveeduría.—Lic. Mary Valverde Vargas. Subjefa.—1 vez.—O. C. Nº 17108.—Solicitud Nº 504-003P.—Crédito.—(IN2013015767).
POPULAR
VALORES, PUESTO DE BOLSA S. A.
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2013CD-000008-01
Adquisición
de Memoria RAM y discos duros para
los Servidores Marca Sun, propiedad de
Popular Valores,
Puesto de Bolsa S. A.
Popular Valores, Puesto de Bolsa S. A.,
invita a los potenciales oferentes a participar en
San José, 7 de marzo del 2013.—Servicios Administrativos.—Lic. Ricardo Hernández Agüero, Jefe.—1 vez.—(IN2013015715).
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2013CD-000009-01
Elaboración
de formularios de cheques para las cuentas
bancarias de Popular Valores, Puesto de Bolsa S. A.
Popular Valores, Puesto de Bolsa S. A.,
invita a los potenciales oferentes a participar en
San José, 7 de marzo del 2013.—Servicios Administrativos.—Lic. Ricardo Hernández Agüero, Jefe.—1 vez.—(IN2013015716).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACION
ABREVIADA Nº 2013LA-000007-02
Suministro
e instalación de Sistema de Monitoreo
de Inventarios en Tanques de refinería
El cartel respectivo puede retirarse en el
lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso
del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la
página Web de RECOPE, www.recope.com.
La visita al sitio para explicar los alcances
técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día
15 de marzo del
Se recuerda a los proveedores y demás
interesados que a través del sitio Web www.recope.com se encuentran publicadas
las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº 865-00100PROV.—Crédito.—(IN2013015770).
LICITACION
ABREVIADA Nº 2013LA-000008-02
Suministro
de monitores para combate de incendios
El cartel respectivo puede retirarse en el
lugar mencionado previo pago en la caja de Tesorería, situada en el primer piso
del edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible en la
página Web de RECOPE, www.recope.com.
Se recuerda a los proveedores y demás
interesados que a través del sitio Web www.recope.com se encuentran publicadas
las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Dpto. Contrataciones Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº 865-0103PROV.—Crédito.—(IN2013015772).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000056-01
Contratación
de hasta veinte (20) profesionales en topografía,
para establecer un rol, para bienes inmuebles
del Banco Nacional
Se comunica a los interesados de esta
Licitación Pública, que el Comité de Licitaciones en el artículo 02 de
Adjudicar
1. Godofredo
Castro C.
2. Juan Carlos Rojas V.
Todo conforme lo estipulado en el cartel y la
oferta presentada que consta en el expediente administrativo y que forma parte
integral de la presente contratación.
DIVISIÓN
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000041-PCAD
Compra
de componentes tecnológicos
para el almacenamiento VNX 5500
El Proceso de Contratación Administrativa del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados,
según resolución adoptada por
Desca SYS Centroamérica S. A., C. J. Nº 3-101-147670. Monto total
adjudicado: $309.550,72 (U. S. D. trescientos nueve mil quinientos cincuenta
dólares con setenta y dos centavos). Moneda de curso legal de los Estados
Unidos de Norteamérica. Impuesto de ventas incluido.
El costo por hora técnico para la atención
del mantenimiento correctivo no cubierto por la garantía es de $8,00 (U. S. D.
Ocho dólares exactos).
Garantía de cumplimiento: El adjudicatario
deberá de rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los cinco
días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un
monto del 5% sobre el monto total adjudicado, con una vigencia mínima de 38
meses y de acuerdo a los términos del pliego cartelario.
San José, 6 de marzo del 2013.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2013015743).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2013LN-000001-CNR
Contratación
de servicios de limpieza del CONARE
El Consejo Nacional de Rectores avisa a los
interesados que la fecha de apertura programada se suspende hasta nuevo aviso
por interposición de un recurso de objeción al cartel.
Pavas, 1º de marzo del 2013.—Proveeduría.—MAP. Jonathan Chaves Sandoval.—1 vez.—(IN2013015704).
HOSPITAL
MÉXICO
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000004-2104
Posaconazol
40 mg/ml
Empresa adjudicada: “Cefa Central
Farmacéutica S. A.
Lo anterior según nota del 27 de febrero del
2013, suscrito por el Dr. Donald Fernández Morales, Director General a. í.
Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013015719).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000005-2104
Diatrizoato
de Meglumina
Empresa adjudicada: “MEDCO Productos
Diagnósticos S. A.”.
Lo anterior según nota del 27 de febrero del
2013, suscrito por el Dr. Donald Fernández Morales, Director General a. í.
Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr.
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013015720).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2013LA-000006-2104
“Voriconazol
200 mg”
Empresa adjudicada: “Distribuidora Farmanova
S. A.”.
Lo anterior según nota del 27 de febrero de
2013, suscrito por el Dr. Donald Fernández Morales, Director General a. í.
Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013015721).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2013LA-000007-2104
“Lapatinib
250 mg”
Empresa Adjudicada: Farmacias EOS S. A.
Lo anterior según nota del 27 de febrero del
2013, suscrito por el Dr. Donald Fernández Morales, Director General a. í.
Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr.
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013015722).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2013LA-000008-2104
“Rosuvastatina
10 mg”
Empresa adjudicada: “Bio Plus Care S. A.”.
Lo anterior según nota del 27 de febrero del
2013, suscrito por el Dr. Donald Fernández Morales, Director General a. í.
Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013015724).
LICITACIÓN ABREVIADA 2012LA-000064-2104
“Gemcitabina
Empresa Adjudicada: “Farmacia EOS S. A.”.
Lo anterior según nota del 27 de febrero del 2013, suscrito por el Dr. Donald Fernández Morales, Director General a. í.
Vea detalles y mayor información en http:// www.ccss.sa.cr
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—(IN2013015725).
COMPAÑÍA
NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
CONCURSO
DE ADQUISICIÓN N° 2012PP-000017-PROV
Tratamiento,
regeneración y recuperación de aceite dieléctrico
contaminado con bifénilos policlorados mediante
declorinación
química y descontaminación recategorización y
recuperación de transformadores
de distribución y potencia
Le comunicamos que esta Compañía acordó
adjudicar el concurso en referencia de la siguiente manera:
A: Consorcio Redragón - Fortech (Oferta N°
1).
Artículo único US$ 549.770,00.
José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2013015702).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000007-02
Contratación
de los servicios de alimentación
en el Edificio Hernán Garrón Salazar
Se informa que el concurso en referencia, fue
adjudicado según oficio GG-0524-2013 de
Oferta Nº Tres (3).—Oferente:
Multiservicios Jireh MN S. A. Representante Legal: Noelia Hidalgo Mora,
Maykel Martínez Pérez. Monto total: ¢181.456.531,20 en razón de ¢2.189,60 por
servicio y un aproximado de 82.872 servicios al año, de lunes a domingo.
Descripción: Contratación de los servicios de
alimentación para el personal ubicado en las Oficinas Centrales Edificio Hernán
Garrón Salazar, así como del personal ubicado en el Edificio del MINAET.
Demás especificaciones técnicas conforme la
oferta y cartel respectivo.
Forma de pago: Mensual mediante transferencia
bancaria, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de lo indicado en
los documentos contractuales.
Plazo contractual: Un (1) año, prorrogable
por dos períodos iguales a opción y discrecionalidad de RECOPE.
Notas importantes:
1. El
adjudicatario dispone de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza
del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de
cumplimiento, por un monto del diez (10%) por ciento del total adjudicado y con
una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de
recepción definitiva del objeto del contrato, conforme se dispone en la
cláusula 1.11.2 del cartel.
2. El
presente concurso se formalizará con el respectivo pedido el cual será aprobado
internamente por
3. Se
entiende que el servicio se está contratando por el plazo de un año, por lo que
será potestad de RECOPE prorrogar o no la presente contratación.
4. El
contratista debe asumir durante toda la ejecución contractual el costo del gas
propano y demás servicios necesarios en el cumplimiento de la prestación, como
electricidad y agua, donde deberá pagar por estos últimos mensualmente
¢200.000,00, los cuales serán rebajados de la facturación mensual.
Depto. de Contratación de Bienes y Servicios.—Ing. Jhonny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº 865-00102PROV.—Crédito.—(IN2013015778).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO
TÉCNICO
PROFESIONAL DE PUNTARENAS
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000001
Adquisición
de equipo de cómputo,
redes y materiales de cableado
Puntarenas, 5 de marzo del 2013.—Lic. Ricardo Cedeño Aguirre.—1 vez.—(IN2013015706).
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
CONTRATO DIRECTO Nº 2013CD-000010-CAB
Contratación de servicios médicos para una Feria de Salud
en el Colegio de Abogados de Costa Rica
Adjudicatario: Oferta Nº 02 Centro Clínico
Orozco S. A., cédula jurídica 3-101-021096. Monto total estimado:
¢7.000.000,00.
San José, 4 de marzo del 2013.—Proveeduría.—Lic. Mayela Guillén Garro.—1 vez.—O. C. Nº 9044.—Solicitud Nº 982-00045.—Crédito.—(IN2013015761).
MUNICIPALIDAD
DE ESCAZÚ
PROCESO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2013LN-000007-01
(Modalidad de
entrega según demanda)
Transporte
para personas con discapacidad
Se comunica a los potenciales oferentes, cuya
invitación a participar se publicó en el Alcalde Digital Nº 211 del Diario
Oficial
Licitación
Pública modalidad de entrega según demanda
N° 2013LN-000007-01
Transporte
para personas con discapacidad
Queda a disposición de las personas
interesadas el expediente de dicho procedimiento, el cual puede ser revisado en
la oficina de
Cira Castro Myrie, Proveeduría.—1 vez.—(IN2013015703).
MUNICIPALIDAD
DE HEREDIA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000002-01
Contratación
para suministro de materiales y mano de obra
para construcción de aceras y cordón de caño
para
Mediante acuerdo del Concejo Municipal del
cantón central de Heredia, tomado en sesión ordinaria Nº 231-2013 del día 4 de
febrero del 2013, se acuerda por unanimidad adjudicar a la empresa Constructora
Arpi S. A.
Lo anterior para el trámite correspondiente.
Heredia, 6 de marzo del 2013.—Proveeduría.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—O. C. Nº 54851.—Solicitud Nº 200-0020.—Crédito.—(IN2013015781).
HOSPITAL
MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA,
PROMUEVE:
ESTUDIO
DE MERCADO POR EL SIGUIENTE INSUMO
“Bolsa
estéril para almacenar leche materna”
Se comunica a los interesados que la ficha
técnica y especificaciones de dicho insumo se encuentra disponible en el
Servicio de Fotocopiado Público.
La fecha límite para recepción de documentos es: el 20 de marzo 2013,
en la recepción de
Licda. Carmen Rodríguez Castro.—1 vez.—(IN2013015729).
COLEGIO
UNIVERSITARIO DE CARTAGO
El departamento de Proveeduría, del Colegio
Universitario de Cartago, invita a todo Proveedor interesado, a formar parte
del Registro de Proveedores Institucional, así como la renovación de los ya
inscritos.
El formulario podrá ser retirado en oficinas
centrales en Cartago, o bien página web www.cuc.ac.cr. Link información
general, proveeduría. Deberá entregarse en original en el departamento de
Proveeduría del Colegio Universitario de Cartago, sita en Barrio El Molino,
Cartago.
Proveeduría.—Lic. Ligia Amador Brenes, Proveedora.—1 vez.—(IN2013015785).
DIVISIÓN
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2012LN-000043-PCAD
Compra
equipo de comunicación
Enmienda
Nº 3
Se les comunica a todos los interesados en
este concurso que el documento que contiene
Todas las demás condiciones y requisitos
permanecen invariables
San José, 7 de marzo del 2013.—Área de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefe.—1 vez.—(IN2013015740).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
(Enmienda
Nº 1)
LICITACION
ABREVIADA Nº 2013LA-000004-02
Mantenimiento
interno de tanques en refinería
Les comunicamos a los interesados en
participar en el concurso en referencia, que deben pasar al segundo piso de las
Oficinas Centrales de RECOPE, a retirar la enmienda Nº 1, o bien, la misma
estará disponible en la página Web de RECOPE www.recope.com.
Se recuerda a los proveedores y demás
interesados que a través del sitio web www.recope.com., se encuentran publicadas las licitaciones
y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 000220.—Solicitud Nº 865-0101PROV.—Crédito.—(IN2013015777).
REGLAMENTO DE CORREDURÍA
PARA
DE BIENES ADJUDICADOS AL BANCO
CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objetivo: Regular la conformación y administración de un registro de empresas o personas físicas que se dedican a la correduría de bienes raíces, así como lograr la venta en el menor tiempo posible de los bienes raíces adjudicados al Banco, sean estos bienes muebles o inmuebles adquiridos en pago de obligaciones, remates judiciales y dación de pago.
Artículo 2º—Ámbito de aplicación: Es aplicable desde la contratación de los corredores de bienes raíces, su relación con el Banco y hasta la venta de bienes que realicen.
Artículo 3º—Responsables:
Artículo 4º—Documentos relacionados:
• Ley de Contratación Administrativa (Ley Nº 7494) y su Reglamento.
• Ley General
de
• Ley General de Control Interno, Ley Nº 8292.
• Ley Sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, Ley Nº 8204.
• Ley
Administración Financiera de
• Ley Contra
• Reglamento Interno de Contratación Administrativa.
• Políticas
para
• Procedimiento de Contratación Administrativa.
Artículo 5º—Definiciones:
Registro de elegibles: constituye una base de datos, conformada por las ofertas de los corredores de bienes que hayan presentado su solicitud de ingreso al Banco, que cumplan con los requisitos establecidos en este Reglamento.
CAPÍTULO II
Registro de elegibles
Artículo
6º—Convocatoria:
Los documentos
de inscripción deberán ser presentados en
Artículo 7º—Inscripciones:
Los interesados podrán solicitar la inscripción al registro de elegibles, ante
Los corredores de bienes, deberán actualizar cada dos años la información presentada en el registro de elegibles.
Artículo 8º—Requisitos para integrar el registro de elegibles. Los requisitos mínimos que deberán cumplir los oferentes que deseen inscribirse en el registro de elegibles, serán los siguientes:
1. Completar el formulario de registro de elegibles, el cual podrá descargarse en el sitio público www.bancreditocr.com o solicitarse al correo electrónico proveeduria.institucional@bancreditocr.com.
2. Podrán ser personas físicas o jurídicas, que tengan como actividad la correduría de bienes.
3. En el caso de personas jurídicas, deberán aportar certificación de la personería jurídica, con indicación de la distribución del capital accionario, así como copia de la cédula jurídica de la sociedad.
4. Las personas físicas deberán aportar copia de la cédula de identidad vigente.
5. Presentar una
declaración jurada, indicando que no le alcanzan las prohibiciones para
contratar, según los artículos 22 y 22 bis de
6. Presentar una
declaración jurada, que haga constar que se encuentran al día en el pago de las
obligaciones relativas al régimen de impuestos, según el artículo 65 inciso a)
del Reglamento a
7. A la fecha de
la presentación de sus atestados ante el Banco, debe presentar una
certificación de que se encuentra al día en sus obligaciones con
8. Presentar declaración jurada, indicando que cumple estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social, teniéndose en su inobservancia como causal de incumplimiento de las condiciones del presente reglamento y su consecuente exclusión inmediata.
9. Presentar una lista de clientes a quienes ha brindado sus servicios en el último año, la cual deberá tener la siguiente información:
• Nombre de la persona física o jurídica a quien le ha brindado el servicio.
• Fecha en que se brindó el servicio.
• Teléfono y correo electrónico de la persona física o jurídica que se le brindó el servicio.
10. Declaración bajo juramento, de que todos los datos son ciertos y exactos, y que autoriza al Banco a verificar esta información y cualquier otra cuando la institución lo considere pertinente. En caso de ser falsa o inexacta, provocará la exclusión inmediata de la oferta del registro de elegibles.
11. Declaración jurada de que no posee obligaciones crediticias en cobro administrativo o judicial con el Banco.
12. Indicar si posee cuenta corriente o de ahorros con el Banco, haciendo referencia al número, nombre y oficina de apertura.
Artículo
9º—Resolución de la solicitud de inscripción y notificación. El
acto de aprobación o rechazo de la solicitud de inscripción al registro de
elegibles, deberá ser dictado por
Este acto deberá ser notificado a los solicitantes en el lugar que señalaron, dentro de los tres días hábiles siguientes a su emisión.
Artículo 10.—Conformación
del registro de elegibles: Aprobadas en firme las solicitudes respectivas,
Artículo 11.—Expediente:
Artículo 12.—Recurso
contra rechazo de la inscripción. Contra el acto de rechazo de la solicitud
de ingreso que realice
Artículo 13.—De
la renovación del registro de elegibles. Las invitaciones para renovar el
registro de elegibles se realizarán dentro de los primeros 15 días naturales de
cada año, en el Diario Oficial
Los corredores tendrán un plazo de 10 días hábiles para presentar sus atestados, para su debida incorporación a este sistema.
Artículo 14.—Retiro
justificado del registro de elegibles. La solicitud de retiro deberá
presentarse por escrito a
CAPÍTULO III
Promoción y venta de
los bienes
Artículo 15.—Funciones de los corredores de bienes.
1. Ser un intermediario en el proceso de venta de bienes muebles e inmuebles adjudicados al Banco.
2. Promover la venta de los bienes muebles e inmuebles que el Banco ponga a disposición de los corredores, a fin de conseguir a los potenciales compradores.
3. Mostrar el
bien, en coordinación con
Artículo 16.—Condiciones para la promoción de venta.
1. Todos los corredores de bienes inscritos podrán promocionar la venta de los bienes que el Banco designe, independientemente de la zona geográfica donde éstos se ubiquen, lo que implica que no existirá un rol para su participación.
2.
3. Los corredores de bienes podrán utilizar cualquier medio lícito de promoción de los bienes disponibles para la venta (rótulos, anuncios en periódicos, revistas, Internet, etc.), siempre y cuando no se comprometa la imagen e intereses del Banco.
4. Los gastos en que incurra el corredor por la promoción de los bienes, correrán por su cuenta. El Banco no reconocerá suma alguna por este concepto.
5. Los corredores de bienes no tendrán exclusividad para la venta de las propiedades del Banco.
6. La relación entre el Banco y el corredor de bienes, nacida en virtud del presente reglamento, no origina relación de empleo público y su remuneración se limitará únicamente al pago de la comisión establecida.
7. El Banco, en todo momento, se reserva el derecho de aceptar o rechazar una oferta, de acuerdo con su mejor interés.
Artículo
17.—Condiciones de la venta de los bienes.
a)
b) Se tomará como base de referencia, el monto del último avalúo actualizado, el cual no podrá tener más de un año de haberse efectuado.
c) Los clientes interesados en algún bien adjudicado, deberán utilizar el formulario denominado “OFERTA DE COMPRA”, que se agrega en el anexo N° 1 de este Reglamento.
d) En la oferta de compra, el corredor deberá estampar su sello con la firma respectiva.
e) Cuando haya una oferta de compra aprobada y adjudicada, no se recibirán otras ofertas; no obstante, si el comprador no cumple con su ofrecimiento dentro del plazo establecido en el formulario “OFERTA DE COMPRA” se dejará sin efecto, previa comunicación por escrito al oferente y se podrán recibir nuevas ofertas de compra.
f) Cuando el Banco realice alguna publicación para la venta de bienes adjudicados a través de algún periódico de circulación nacional, la fecha y hora consignadas en esta se considerarán como oficiales para los subsiguientes trámites para lo cual, al momento de la recepción, se le anotará la fecha y hora de la entrega.
g) Al realizar
la apertura de las ofertas, las mismas se consignan en el libro de actas;
h) En la venta
de los bienes adjudicados en forma directa, se recibirán las ofertas que
lleguen y se adjudicará la oferta que más le convenga a los intereses del
Banco, siguiendo para ello lo establecido en las Políticas para
i) Si al
momento en que el Banco se adjudique una nueva propiedad, y durante el plazo de
inscripción y toma en posesión, hay manifestaciones expresas de varios clientes
que desean comprar ese bien,
j) A este
reglamento le serán aplicables las demás regulaciones sobre la venta y el
régimen de atribuciones para adjudicar, establecidos en las Políticas para
k) Cuando se trate de la venta de unidades productivas, el corredor podrá promover la venta de la maquinaria, equipo y mobiliario que conformen dicha unidad.
Artículo
18.—Porcentaje de la comisión y forma de pago: El Banco pagará al
corredor de bienes una comisión por la intermediación de venta de hasta el 5%
(cinco por ciento), que será determinada por
a) La venta se deberá haber formalizado mediante la firma de la escritura de compra-venta.
b) La comisión se reconocerá sobre el valor de precio de venta indicado en la escritura de compra-venta.
c) La participación del corredor de bienes en la venta, deberá ser comprobada mediante el sello y firma que deberá de traer el formulario Oferta de Compra.
d) El pago se
efectuará dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación de la
factura en
e) Del monto de la comisión, el Banco rebajará el 2% por concepto de impuesto de renta, por lo que el mismo será deducido al momento del pago.
En
casos excepcionales, y previo análisis y aprobación por parte de
CAPÍTULO IV
Sanciones por
incumplimiento
Artículo
19.—Incumplimiento. Los incumplimientos de las obligaciones por parte de
los corredores, serán sancionados de conformidad con lo establecido en
CAPÍTULO V
Aprobación y vigencia
Artículo
20.—Aprobación y vigencia. Este reglamento fue aprobado por
Proveeduría y Licitaciones.—Lic. Ericka Granados Sánchez, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 15.—Solicitud N° 915-10013.—C-272620.—(IN2013013441).
REGLAMENTO
INTERNO PARA
OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
DEL SISTEMA
DE CONTROL INTERNO
DEL CONSEJO
NACIONAL DE
PRODUCCIÓN
Generalidades
CAPÍTULO
I
Del
objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1º—Objetivo del Reglamento.
El objetivo de este Reglamento es regular el accionar de
Artículo 2º—Ámbito de aplicación. Las disposiciones de este
Reglamento son de aplicación y acatamiento obligatorio para todos los
funcionarios del Consejo Nacional de Producción, que por jerarquía o
delegación, ejecuten funciones decisorias, resolutorias y directivas en los
procesos que ejecuta la administración activa y, por lo tanto, se consideran
Titulares Subordinados.
Artículo 3º—Definiciones. A fin de facilitar la lectura y
comprensión de este reglamento se entenderá por:
LGCI: Ley General de Control Interno N° 8292
CGR: Contraloría General de
SCII: Sistema de Control Interno Institucional
SEVRI: Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional
CNP: Consejo Nacional de Producción
CANCI: Comisión de Alto Nivel para
UTCI: Unidad Técnica de Control Interno
CAPÍTULO
II
De
los requisitos para la operación del SCII
Artículo 4º—Requisitos. Para que el
SCII opere con efectividad,
Artículo 5º—De las responsabilidades y roles. Se le asignará a
cada uno de los funcionarios (as) u órganos de
Artículo 6º—De las actividades del SCII. De acuerdo con
Para la recopilación de esta información se deberán aplicar las
directrices, instrumentos y metodologías que el Máximo Jerarca Administrativo
institucional defina para tal efecto y que deben estar fundamentadas en la
normativa que emane de
CAPÍTULO
III
De
la operación del Sistema de Control Interno Institucional
Artículo 7º—Con el propósito de dar
sostenibilidad y efectividad a la operación del SCII, se establece en el
articulado de este Título, las relaciones estructurales, funcionales, roles y
responsabilidades que deberán asumir los funcionarios y órganos participantes;
como complemento a lo señalado en el Capítulo III de
Artículo 8º—Niveles funcionales. Para la operación del SCII se
definen los siguientes seis niveles funcionales:
a) Decisión
política del SCII, corresponde a
b) Rectoría del SCII, corresponde a
c) Coordinación institucional de las acciones relacionadas con el
SCII, corresponde a
d) Supervisión y fiscalización de las actividades realizadas para el
fortalecimiento del SCII, corresponde a los Titulares Subordinados.
e) Gestión de acciones para el fortalecimiento del SCII, corresponde a
los titulares subordinados.
f) Diseño, implementación y
evaluación de metodologías, mecanismos y sus resultados, aplicables al SCII.
Artículo 9º—Diseño de la estructura.
La estructura que se define para la operación del SCII en el Consejo,
sistematiza de forma coherente el desarrollo de todos los niveles funcionales
que se citan en el artículo anterior de este Reglamento. Para ello se asocia a
cada uno de los jerarcas, Titulares Subordinados u órganos específicos, roles y
responsabilidades afines al objetivo y naturaleza de su actuación.
Artículo 10.—Responsabilidades.
De
Como órgano de decisión política
institucional y componente funcional del SCII, le corresponde:
a) Aprobar
la política institucional en materia de control interno.
b) Aprobar la prioridad y el contenido presupuestario para la
implementación de medidas o planes de acción, que mejoren y garanticen la
efectividad del SCII y la gestión de riesgos.
c) Conocer y aprobar el informe anual sobre los resultados
institucionales de la implementación de medidas o planes de acción que mejoren
y garanticen la efectividad del SCII y la gestión de riesgos.
d) Conocer y aprobar el Plan de tratamiento de riesgos Institucional.
De
Funcionario que ostenta la condición de
Máximo Jerarca Administrativo, con los deberes y obligaciones que le imponen
las leyes, reglamentos y disposiciones de Junta Directiva. En materia de
Control Interno se constituye en el rector del SCII; responsable de:
a) Establecer,
mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional,
según lo establece el artículo 10º de
b) Velar por el cumplimiento y aplicación de
c) Velar por la implementación de los planes de mejora requeridos para
el fortalecimiento del SCII y la administración de los riesgos.
d) Emitir las directrices para el funcionamiento del SEVRI y la
implementación de las autoevaluaciones del SCII.
e) Conocer el informe anual sobre los resultados de la valoración y
gestión de riesgos y aprobar los planes de acción para su mitigación.
f) Conocer el informe anual sobre los resultados de la autoevaluación
del SCII y aprobar los planes de mejora para su fortalecimiento.
g) Conocer los informes anuales sobre el seguimiento dado a la
implementación de los planes de mejora derivados de la autoevaluación del SCII
y de la valoración de riesgos; y, de ser necesario, tomar las medidas
preventivas, correctivas y sancionatorias que juzgue pertinentes.
h) Asignar los recursos que sean necesarios para efectuar una adecuada
administración de los riesgos institucionales y para fortalecer el SCII.
i) Conocer, valorar y elevar a
j) Todas las que se señalan en el Capítulo III de
k) Emitir directrices para la implementación del Plan de tratamiento
de riesgos institucional.
l) Nombrar a los miembros integrantes de
m) Presidir las reuniones de
De
los titulares subordinados: directores nacionales, oficinas
regionales, subgerente de
Como encargados de supervisar y fiscalizar
las actividades realizadas por las Áreas bajo su cargo, en relación con la
gestión de riesgos y el fortalecimiento del SCII; son responsables de:
a) Con
base en la metodología establecida, solicitar a sus subordinados los resultados
de la identificación y valoración de los riesgos realizada en el área funcional
y procesos bajo su responsabilidad.
b) Analizar los resultados del análisis de riesgos realizado en las
áreas funcionales y procesos de los cuales es responsable.
c) Remitir a Planificación formalmente los resultados de la evaluación
y seguimiento de riesgos de las áreas funcionales y procesos de los cuales es
responsable; así como un informe de los planes que se implementarán para su
tratamiento.
d) Gestionar los recursos necesarios, ante
e) Analizar los resultados de la autoevaluación realizada por los
subordinados bajo su cargo para el fortalecimiento del SCIII en las áreas y
procesos a su cargo.
f) Acatar los planteamientos de mejora que se deriven de los
resultados de la autoevaluación practicada para el fortalecimiento del SCII en
las áreas y procesos a su cargo; y remitidos formalmente por
g) Gestionar los recursos necesarios, ante
h) Remitir a
i) Las que les señala el Capítulo III de
j) Aplicar periódicamente el instrumento que se establezca para medir
la madurez de Control Interno y gestionar las medidas que demande el resultado
de dicha evaluación.
k) Diseñar, implementar, controlar, evaluar y ajustar las medidas que
demande el Plan de tratamiento de riesgos.
De
los coordinadores (as) de área, profesionales jefe:
Son todos aquellos funcionarios (as) que, por
jerarquía o delegación, ejecutan funciones decisorias, resolutorias o
directivas. Serán denominados (as) como administradores (as) directos (as) de
los riesgos de su Área y comunicadores (as) formales a su superior jerárquico
de la evaluación de su propia gestión de riesgos y del SCII en su dependencia;
y tendrán las siguientes responsabilidades:
a) Identificar
y valorar los riesgos de los procesos del cual es responsable.
b) Analizar los resultados de la evaluación de riesgos y de la
autoevaluación para el fortalecimiento del SCII del área funcional o proceso a
su cargo.
c) Definir las estrategias y los planes de acción para tratar los
riesgos identificados y para fortalecer el SCII.
d) Coordinar con la jerarquía superior o inferior toda actividad
orientada a la administración de riesgos y fortalecimiento del SCII.
e) Ejecutar las acciones programadas en los planes de acción
diseñados.
f) Documentar y archivar debidamente todo acto realizado como parte
de la gestión de riesgos y del fortalecimiento del SCII.
g) Mantener información actualizada sobre la gestión de riesgos del
área funcional o proceso que representa.
h) Brindar a quien corresponda toda la documentación e información
necesaria para el seguimiento de la gestión de riesgos y el fortalecimiento del
SCII.
i) Elaborar los reportes e informes derivados de la administración de
los riesgos y del fortalecimiento del SCII.
j) Generar reuniones con el personal a su cargo para el análisis y
seguimiento de las acciones realizadas para la el tratamiento de riesgos y el
fortalecimiento del SCII.
k) Las que le señala el Capítulo III de
De
Planificación
Como Dirección especialísima asesora de
a) Coordinar,
con todas las dependencias institucionales, las acciones para efectuar la
evaluación del Plan de tratamiento de riesgos y la autoevaluación anual del
SCII.
b) Recopilar y consolidar toda la información que se genere en el
proceso de autoevaluación del SCII.
c) Evaluar los resultados de los planes de mejora del SCII elaborados
por los titulares subordinados y comunicar oportunamente a
d) Asesorar a los Titulares Subordinados en la implementación y
funcionamiento del sistema de valoración de riesgos y en el proceso de
autoevaluación del SCII.
e) Asesorar a
f) Realizar las autoevaluaciones anuales del SCII y el SEVRI de
acuerdo con las directrices emanadas de
g) Dar el soporte correspondiente a las herramientas creadas con el
propósito de actualizar adecuadamente el SEVRI.
h) Planificación, en coordinación con
Comisión
de Alto Nivel para
de Normativa de Control Interno (CANCI)
CAPÍTULO
IV
De
para
Artículo 11.—Objetivo
de
Artículo 12.—Conformación de
El Auditor(a) General y el Director(a) de
El coordinador de
Artículo 13.—Los miembros de
Artículo 14.—Responsabilidades de
a) Reunirse
al menos una vez al mes.
b) Promover e impulsar el mejoramiento del SCII.
c) Fomentar y promover el conocimiento en materia de control interno
en toda
d) Realizar y proponer los ajustes que requieran los lineamientos y
herramientas institucionales en materia de control interno, orientados a
mantener y perfeccionar el SCII.
e) Formular, divulgar y coordinar, a lo interno de la institución, la
implementación de políticas y directrices en materia de control interno.
f) Coordinar, apoyar y controlar las acciones generales necesarias
para la implementación y funcionamiento del SEVRI.
g) Coordinar y apoyar las acciones para la implementación de las
autoevaluaciones anuales del SCII.
h) Conocer y aprobar el informe de resultados obtenidos en las
autoevaluaciones anuales del SCII y hacer a
i) Conocer y aprobar los informes anuales de seguimiento de la
gestión de riesgos realizada por los Titulares Subordinados y hacer a
j) Recomendar al Máximo Jerarca Administrativo, las sanciones
correspondientes de conformidad con incumplimientos en las gestiones para el
fortalecimiento del SCII.
De
para
Artículo 15.—Sesiones
de
Cualquier miembro de
Las convocatorias serán redactadas por el (la) secretario(a) de
Artículo 16.—Del quórum para sesionar.
Para que exista quórum, es necesaria la presencia de la mayoría simple de sus
miembros permanentes o de los suplentes oficializados, incluido necesariamente
el Gerente General o Subgerente General en su ausencia.
Artículo 17.—Toda la correspondencia que se
genere para atender los acuerdos que sean tomados en cada sesión de
Artículo 18.—Acuerdos. Los acuerdos
serán adoptados por mayoría simple de los integrantes permanentes de
Unidad
Técnica de Control Interno (UTCI)
CAPÍTULO
V
De
de Control Interno (UTCI)
Artículo 19.—Se
constituye
a. Un
funcionario(a) de Planificación que asumirá a tiempo completo las labores de
esta, su coordinación y fungirá como secretario(a) de
b. Un representante de las siguientes dependencias: Administración
Superior, Dirección de Gestión del Talento Humano, Dirección Administrativa
Financiera, Subgerencia de Desarrollo Agropecuario, Contraloría de Servicios,
FANAL y el Área de Tecnología de Sistemas de Información.
c. El coordinador de
Artículo 20.—Responsabilidades
de
a. Presentar
a
I. Las
estrategias, metodologías y herramientas con que se efectuará la evaluación de
riesgos y la autoevaluación anual del SCII.
II. Un cronograma de las actividades a realizar, que incluya el plazo
para ejecutar cada actividad y el responsable de ejecutarlas, por componente de
Control Interno.
III. Estructura general del informe.
b. Dar
seguimiento a la ejecución del programa de trabajo aprobado por
c. Informar, semestralmente (Enero - Julio) a
d. Presentar a
e. Contribuir con Planificación en la incorporación dentro de sus
procesos de planeamiento, evaluación y seguimiento anual, las acciones
requeridas por el SCII.
Artículo 21.—El
Coordinador de
a. Convocar
a los miembros de
b. Asesorar a
c. Realizar las convocatorias a los miembros de
d. Levantar las actas de cada sesión de
e. Mantener control sobre el recibo, despacho y archivo de la
correspondencia y demás documentación que se genere en el accionar de
De
Interno
Artículo 22.—Sesiones
de
Las convocatorias serán redactadas, firmadas y remitidas por el (la)
secretario(a) de
Artículo 23.—Del quórum para sesionar.
Para que exista quórum, es necesaria la presencia de la mayoría simple de sus
miembros, incluido necesariamente el (a) Coordinador(a) de
Artículo 24.—Toda la correspondencia que se
genere para atender los acuerdos que sean tomados en cada sesión de
Artículo 25.—Acuerdos.
Los acuerdos serán adoptados por mayoría simple de sus miembros y adquirirán
firmeza en el momento mismo de la votación.
Mecanismos y
Estrategias para
y Mejora del SCII
CAPÍTULO
VI
De
Interno
Institucional
Artículo 26.—Objetivo
de la autoevaluación del SCII. La autoevaluación del SCII tendrá como fin
identificar las necesidades de mejora y fortalecimiento del SCII, para
emprender las acciones preventivas o correctivas que procedan, de acuerdo con
su importancia y riesgos asociados, y con lo señalado en el Capítulo VI, punto
6.2 de las Normas de control interno para el sector público, N-2-2009-CO-DFOE.
Para ello, cada Titular Subordinado aplicará las estrategias y mecanismos que
defina
Artículo 27.—Implementación y periodicidad
de las autoevaluaciones. La autoevaluación del SCII se realizará una vez al
año, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 inciso c) de
Artículo 28.—Diseño y propuesta de
autoevaluaciones y metodología del SEVRI.
Artículo 29.—Resultados de la
autoevaluación. Planificación elaborará un informe sobre los resultados
obtenidos en la autoevaluación del SCII a nivel institucional y el SEVRI, el
que deberá incluir un análisis estadístico, las conclusiones que se derivaron
del análisis de estos resultados y las recomendaciones que se consideren
pertinentes. Dicho documento deberá ser remitido a
Artículo 30.—Planes de acción. Una vez
aprobado por
Artículo 31.—Registro de información.
Los Titulares Subordinados y los Coordinadores de Área o Departamento deben
crear un registro que contenga toda la información y documentación que se
genere en el proceso de autoevaluación del SCII y el SEVRI, así como la
implementación de los planes de acción; como respaldo de la labor realizada y
para atender los requerimientos de información de los organismos fiscalizadores
sobre dicho accionar.
De
la valoración y gestión de riesgos
Artículo 32.—Objetivo.
La valoración y gestión de riesgos tendrá como objetivo proteger y facilitar el
cumplimiento de la misión, objetivos y metas institucionales.
Artículo 33.—Implementación del sistema
específico de valoración de riesgos (SEVRI). Para la implementación
del SEVRI se diseñará una metodología que guiará a los Titulares Subordinados
en la valoración y gestión de los riesgos de su área de competencia. Así mismo,
en el marco orientador del SEVRI se definirán los elementos que dirigirán el
compromiso institucional de su implementación y los parámetros básicos para
valorar los riesgos institucionales.
Artículo 34.—Metodología para la
valoración y gestión de riesgos. La metodología para la valoración y
gestión de riesgos institucionales deberá considerar la sistematización y
descripción de actividades básicas como: identificación, análisis, evaluación,
administración, revisión, documentación y comunicación. Para el análisis y
evaluación se definirán las variables que deberán ser consideradas y los
parámetros cuantitativos y cualitativos que prevalecerán en la valoración de
los riesgos que se identifiquen.
Artículo 35.—Actividad permanente. De
acuerdo con el objetivo de
Artículo 36.—Responsabilidades de los
Titulares Subordinados y órganos específicos en la operación del Sistema de
Valoración de Riesgos (SEVRI). Se definen como responsables de la
operación de SEVRI todos aquellos funcionarios u órganos de la institución
citados en el artículo 10 del presente Reglamento; asimismo, se definen las
responsabilidades descritas en ese mismo artículo. Todas a ejecutarse de
conformidad con la metodología institucional aprobada para tal efecto.
De
Artículo 37.—Funciones
y competencias. Las funciones y competencias de
Sanciones
CAPÍTULO
VII
De
las sanciones por incumplimiento
Artículo 38.—Sanciones.
El régimen sancionatorio, por el incumplimiento de los deberes establecidos en
el presente Reglamento, se fundamentará en
CAPÍTULO
VIII
Disposiciones
finales
Artículo 39.—Publicación
y vigencia. Este Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario
Oficial
1 vez.—O. C. 008-2013.—Solicitud 800-00008P.—C-498220.—(IN2013013489).
MUNICIPALIDAD
DE ESCAZÚ
REGLAMENTO
DEL PROCESO SEGURIDAD CIUDADANA
El Concejo Municipal de Escazú, de
conformidad con el acuerdo municipal AC-44-13, de la sesión ordinaria 145, acta
217 del 4 de febrero del 2013 y con lo establecido en el artículo 43 del Código
Municipal, se ordena publicar por única vez este proyecto de Reglamento en el
Diario Oficial
Considerando:
I.—Que desde el año 2008
II.—Que la labor de
Asimismo ese Tribunal ha expresado que “velar por la seguridad de
las personas y el orden público” mediante una acción coordinada con las
autoridades y entidades nacionales como función municipal, está limitada a ser ejecutada en un ámbito local determinado
(usualmente expresado como jurisdicción territorial) y por ello su operación y
funcionamiento deben quedar regulados, coordinados y estructurados de tal
forma, que no interfieran con las competencias de origen constitucional
atribuidas a
III.—Que la participación de la policía municipal, desde el punto de
vista de la vigilancia y control de los servicios propiamente comunales, se ha
extendido al cuidado de los parques, la protección de los edificios
municipales, el control sobre las ventas estacionarias y ambulantes, la
fiscalización sobre los patentados de licores y centros de juegos permitidos,
así como las acciones que se deriven como consecuencia de esa fiscalización,
todo ello, considerando a
IV.—Que el artículo 170 de nuestra Carta
Magna establece que las corporaciones municipales son autónomas.
V.—Que de conformidad con el literal 2 del Código Municipal, este
gobierno local es una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y
personalidad, y capacidad jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y
contratos necesarios para cumplir sus fines.
VI.—Que el ordinal 169 de nuestra
Constitución Política así como el literal 3 del Código Municipal, disponen que
la jurisdicción territorial de la municipalidad es el cantón respectivo, cuya
cabecera es la sede del gobierno municipal y que el gobierno y la
administración de los intereses y servicios cantonales estarán a su cargo.
Según el autor Mauro Murillo en su obra: “Ensayos de Derecho Público” el
término “interés”: “sera todo aquello que fuere de utilidad para la
generalidad de los vecinos (…) Y se refiere tanto a “servicios” como a otras
funciones, (…) los servicios públicos son actividades que buscan “satisfacer
necesidades colectivas impostergables mediante prestaciones suministradas
directa e indirectamente a los individuos, bajo un régimen de derecho público”,
definición aceptable si cuestionamos el término “impostergables” (…) Al
respecto rige el principio de que las Municipalidades pueden atender cualquier
servicio o interés diferente, local, por medios no autoritarios, que les
encargue la ley, que hayan venido atendiendo en la práctica, o que así lo
definan1”
VII.—Que según el artículo 4 inciso c) de ese
mismo cuerpo normativo, la municipalidad posee la autonomía política,
administrativa y financiera que le confiere
VIII.—Que en procura de lograr el máximo el
aprovechamiento de los recursos y con el fin de dar un mejor uso y ejercer los
controles adecuados sobre los vehículos del Proceso Seguridad Ciudadana, se
regulará lo referente a su uso y administración, responsabilidades de los
conductores y otros aspectos de interés en el presente reglamento. Por
tanto:
Con base en los artículos 11, 50, 169 y 170
de
REGLAMENTO
DEL PROCESO
DE SEGURIDAD
CIUDADANA
CAPÍTULO
I
De
Artículo 1°—Del objeto:
Artículo 2°—De la función.
Artículo 3°—Del cumplimiento. Para el cumplimiento de sus
funciones,
Artículo 4°—De la potestad. Tiene la potestad de aprehender a
aquellas personas que se encuentren realizando lo descrito en el artículo 37 de
CAPÍTULO
II
Deberes
y obligaciones de los funcionarios y funcionarias
del
Proceso de Seguridad Ciudadana
Artículo 5°—De los deberes y obligaciones.
Desempeñar sus funciones de conformidad a lo establecido en la misión, visión y
valores de
1. Laborar
tiempo extraordinario cuando el superior inmediato los convoque por razones de
urgencia, sean de interés institucional y/o cantonal.
2. Mostrar solidaridad y apoyo a sus compañeros y compañeras, auxilio
a personas habitantes del cantón de Escazú y colaboración a otros cuerpos de
policía que formalmente lo requieran y soliciten.
3. Guardar con discreción toda información que por su naturaleza, deba
ser considerada como confidencial.
4. En el ejercicio de sus funciones debe utilizar las armas, chalecos,
esposas, placas, gases y uniformes adecuadamente, de conformidad con los fines
del servicio.
5. Mostrar laboriosidad, desempeño y eficiencia en el ejercicio de sus
funciones.
6. Desempeñar dignamente sus cargos todos los días del año, observando
las buenas costumbres, la moral y la disciplina así como un trato respetuoso
para todas las personas.
7. Denunciar todo acto de corrupción ante la instancia correspondiente
así como cualquier irregularidad en la que incurra cualquier persona
colaboradora del Proceso de Seguridad Ciudadana.
8. Guardar el debido respeto a sus superiores, compañeros y compañeras
al igual que a toda persona con la que establezca relación en el ejercicio de
sus funciones.
9. Informar a su jefatura inmediata de todo hecho ilícito del que
tenga conocimiento y que para su corrección se requiera el concurso de otros cuerpos
policiales o jurisdiccionales.
10. Cumplir con las disposiciones y órdenes que atañen a sus deberes y
obligaciones, las cuales serán emanadas por sus superiores.
11. Cumplir los acuerdos del Concejo Municipal y las disposiciones de
12. Cada oficial de
13. Cada oficial de
14. Presentar ante la autoridad superior los implementos suministrados
por la institución para la ejecución de sus labores.
15. Utilizar el uniforme policial completo y limpio.
16. Someterse a chequeos médicos anuales y de acondicionamiento
físico.
CAPÍTULO
III
Atribuciones
de
Artículo 6°—De las atribuciones. Serán
atribuciones de
1- Garantizar el cumplimiento de
2- Prevenir
la comisión de delitos; deberán actuar ante la violación y faltas a
3- Garantizar
y coadyuvar en el cumplimiento de las leyes municipales así como delas demás
disposiciones normativas y reglamentarias.
4- Ejercer
las funciones propias de Policía Administrativa.
5- Mantener
la seguridad y control del orden Público en los espacios públicos de
administración municipal e interés local, como lo son: eventos municipales,
centros escolares en temporada lectiva, calles, avenidas, barrios y toda
comunidad del Cantón de Escazú y temporada electoral, entre otras actividades.
6- Desarrollar
programas de prevención del delito en escuelas, colegios, parques y comercio de
las comunidades del cantón.
7- Colaborar
con otros Procesos de
8- Realizar
funciones preventivas de vigilancia y de seguridad de los bienes e intereses
municipales así como de los bienes de la ciudadanía ante los delitos de
flagrancia.
9- Realizar
las diligencias necesarias que permitan la aprehensión de las personas que se
observen el delito in flagranti, todo en estricto apego a la normativa vigente.
10- Ejecutar todo acto emanado a solicitud de parte de instancia
judicial.
11- Realizar y coordinar con otros cuerpos de policía, la ejecución de
operativos y acciones de prevención y protección de la ciudadanía respecto de
delitos in flagranti.
12- Coadyuvar con otros cuerpos de policía del Estado en la protección
del patrimonio e integridad física de las personas que habitan, trabajan o por
cualquier otro motivo transitan en el cantón de Escazú.
13- Colaborar con el Comité Municipal de Emergencias de Escazú en todo
aquello que lo solicite junto con
14- Colaborar en la seguridad y control del orden público, previa
solicitud, en actividades que fortalezcan la identidad local, la cultura, la
recreación, la equidad de género, la prevención del delito, la salud, y los
valores de positiva convivencia, que realicen en el cantón instituciones
públicas y organizaciones sociales.
15- Controlar todo lo relacionado con el comercio formal e informal,
en coordinación con la dependencia que corresponda en
16- Apoyar a las autoridades de
17- Ejecutar las resoluciones y acuerdos municipales que cuenten con
ejecutoriedad plena.
18- Actuar en coordinación con las autoridades municipales
competentes, cumplir con las responsabilidades y obligaciones de quienes
ejercen el comercio de diversas formas, en su respectiva competencia
territorial.
19- En cuanto a la violencia intrafamiliar
20-
21- Los videos, señales, audios y cualquier otra información captada
por los sistemas de vigilancia electrónica instalados por
22-
23-
24- Ejecutar lo referente a
25- Realizar programas de prevención y reducción de factores de riesgo
de consumo de drogas en los centros educativos del cantón.
CAPÍTULO
IV
De
las Pruebas Toxicológicas
Artículo 7°—El funcionario/a activo de
Artículo 8°—Si un/a aspirante a
Artículo 9°—Para la realización de la prueba, en caso de los
funcionarios/as de
Artículo 10.—Todo funcionario/a de
Artículo 11.—De las pruebas Toxicológicas
al funcionariado de
CAPÍTULO
V
Del
uso de los vehículos de
Artículo 12.—Del
uso de los vehículos. Sin perjuicio de lo que se señala en este reglamento
y en otras leyes, son obligaciones específicas de quienes manejan los vehículos
de
1. Mantener
al día la licencia de conducir en la categoría(as) correspondientes, sin
perjuicio de las sanciones aplicables.
2. Tratar con absoluto esmero y cuidado los vehículos de
3. Impedir la conducción de los vehículos que les han sido
encomendados, a personas extrañas a
4. Revisar diariamente el vehículo y reportar inmediatamente ante la
jefatura inmediata, los desperfectos que note y los ruidos que escuche que
hagan presumir la existencia de un daño.
5. Limitar el recorrido del vehículo al estrictamente necesario para
proporcionar el servicio requerido por
6. Asumir la responsabilidad del equipo, llantas de repuesto,
accesorios y herramientas del vehículo, durante el tiempo que permanezca bajo
su cuidado; caso contrario responderá por cualquier pérdida ocasionada por
culpa grave o dolo.
7. Realizar la limpieza diariamente de las unidades correspondientes
con el fin de que cada una de ellas se encuentre en buenas condiciones de
higiene.
8. Todas las personas conductoras de los vehículos de
9. Respetar en todos su extremos el Reglamento de Vehículos de
10. Respetar en todos sus extremos
11. Reportar inmediatamente a su superior, cualquier infracción,
vuelco o accidente de tránsito, entre otros, que sufra, suministrando
información detallada y completa a saber: hora, lugar y circunstancias en las
cuales ocurrió el incidente, el nombre delas personas lesionadas y atropelladas
(si las hay), el nombre y cédula de los testigos (si los hay), las
características del otro vehículo (si fuere el caso) así como suministrar
cualquier otra información que sea relevante.
CAPÍTULO
VI
Del
Régimen Disciplinario
Artículo 13.—De
la aplicación. En lo que no esté contemplado en este Reglamento, se
aplicará lo que indique el Reglamento Autónomo de Servicios de
De igual forma aplíquese para cada una de las faltas demostradas lo
establecido en el Reglamento Autónomo de Servicios de
Sin perjuicio de lo que establezca la ley al respecto existirán tres
tipos de faltas, las leves, graves y las gravísimas.
Artículo 14.—De las faltas leves. Son
consideradas como faltas leves, y serán sancionadas con base en lo que se
contempla en el artículo 149 del Código Municipal y el Reglamento Autónomo de
Servicios de
1. El
descuido en la conservación de instalaciones, documentos y otros materiales de
servicio que no causen un perjuicio grave.
2. Elevar informes, quejas, peticiones o recurrir injustificadamente a
instancias superiores irrespetando la cadena de mando.
Artículo 15.—De
las faltas graves. Serán consideradas Faltas Graves, y serán sancionadas
con base en lo que contempla en el artículo 149 del Código Municipal y el
Reglamento Autónomo de Servicios de
1. Participar
en movimientos, organizaciones o actividades en las que se exijan
reivindicaciones imposibles de conceder o se pretenda directa o indirectamente
la separación o renuncia de cualquier Autoridad Política o Administrativa
Municipal.
2. Violentar el principio de confidencialidad poniendo en conocimiento
de terceras personas, información que ocasione riesgo para la función policial,
la integridad física de personas denunciantes, colaboradoras o personal de
3. Afectar el ambiente laboral en evidente ataque al servicio,
generando rumores infundados, críticas destructivas contra sus superiores,
funcionariado y/o autoridades políticas de
4. Negarse a acatar una orden atinente al servicio, emanada por una
persona con rango superior.
5. Cualquier irrespeto a
6. Impulsar y/o participar en paros, huelgas u otro movimiento que
afecten el servicio.
7. Prestarse a realizar propaganda tendenciosa entre el personal,
hacer circular escritos, folletos o publicaciones de carácter tendencioso, que
afecte de hecho la institucionalidad municipal, sea esto con injurias,
agravios, amenazas o desafíos.
8. Presentarse a laborar sin el carné que le autorice la portación de
armas y licencias de conducción necesarias.
9. Presentarse a laborar sin el debido uniforme completo con sus
distintivos que le relacionan con el servicio que presta.
10. La ingesta de licor en establecimientos sujetos a control por
parte del Ente Municipal.
11. Reunirse individualmente o mantener relaciones de confianza con
personas que hayan sido aprehendidas por
12. Actuar con abuso de sus atribuciones, causando daños o perjuicios
graves a
13. El uso del teléfono celular en tiempo laboral, salvo que el
colaborador demuestre que su utilización era estrictamente necesaria y urgente.
14. El uso de cualquier red social en tiempo de jornada laboral,
mediante cualquier medio tecnológico.
15. Formular falsas imputaciones o hacer críticas ofensivas o
comentarios maldicientes contra superiores, iguales o personas bajo su cargo.
16. El no pago injustificado de una obligación de crédito, que deba
atender como deudor principal y se esté cobrando en la vía judicial.
17. Cometa incorrecciones o fallas en el ejercicio de su cargo o en su
vida privada que puedan afectar el buen servicio público o la imagen de
Artículo 16.—De
las faltas gravísimas. Son consideradas como Faltas Gravísimas y serán
sancionadas con base en lo que contempla en el artículo 149 del Código
Municipal y el Reglamento Autónomo de Servicios de
1. Cualquier
conducta que genere delito doloso.
2. La comisión de un delito doloso y/o culposo debidamente comprobado.
3. Por acciones de violencia intrafamiliar debidamente comprobadas.
4. El abandono injustificado del servicio.
5. Reincidir en cualquier tipo de falta grave en un mismo trimestre.
6. Incurrir en beligerancia política.
7. Recibir dádivas o regalías por los servicios que preste.
8. El boicot comprobado en indicios de lentitud en la prestación del
servicio, deterioro premeditado de equipos de uso policial, como vehículos,
armas u otros accesorios policiales.
9. Presentarse a laborar bajo los efectos del licor o sustancias
enervantes.
10. Exhibir o hacer uso del arma en el desempeño de sus funciones o
fuera de ellas, sin que exista causa justificada.
12. El uso y la utilización ilegal y oculta de sustancias conocidas
como psicotrópicos o alucinógenos prohibidos.
13. Salir positivo en la prueba toxicológica realizada por un
profesional en salud.
14. Utilizar y/o consumir sustancias conocidas como psicotrópicos o
alucinógenos prohibidos.
15. El no contar con el permiso de portación de armas y las licencias
de conducir vigentes, requeridas para sus funciones.
16. Cuando al funcionario se le haya suspendido la licencia por
acumulación de la totalidad de puntos, según lo dispone
17. El ingreso y la portación de armas personales en las instalaciones
de
CAPÍTULO
VII
De
la obligación del uso del uniforme
Del
Uniforme
Artículo 17.—Del
uso de uniforme. El funcionariado del Proceso de Seguridad Ciudadana usará
un mismo uniforme y se reconocerán por el uso de un distintivo que le relaciona
al servicio que presta.
Artículo 18.—Del uniforme de
Artículo 19.—En el transcurso de la jornada
laboral queda terminantemente prohibido el uso de equipo o prendas de vestir
que no se encuentren contemplados en este reglamento.
Artículo 20.—Los distintivos de
Artículo 21.—Fuera de la jornada laboral queda terminadamente
prohibido el uso del uniforme, entiéndase éste como el pantalón azul, camisa
azul con blanco o letras blancas, en el brazo izquierdo el escudo de
Artículo 22.—Los policías municipales deben
asumir la responsabilidad del equipo, chaleco, arma, funda, radio, esposas,
cargador, cinturón y demás accesorios. Durante el tiempo que permanezcan bajo
su cuidado responderán por cualquier pérdida ocasionada por culpa grave o dolo.
Artículo 23.—Si un funcionario de
CAPÍTULO
VIII
Disposiciones
Varias
Artículo 24.—Ante la falta de disposiciones
de este reglamento aplicables a un caso determinado, deben tenerse como normas
supletorias el Código Municipal, el Reglamento Autónomo de Servicios de
Artículo 25.—El presente reglamento entrará
en vigencia en la fecha que se publique en el Diario Oficial
Artículo 26.—
Artículo 27.—Rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial
_____________
1 MURILLO
(Mauro), Ensayos de Derecho Público. Volumen II.
Análisis de leyes y jurisprudencia constitucional, Editorial Juritexto, San
José, Costa Rica, 1995, p.96, 97.
Lic. Ana Parrini Degl Saavedra, Secretaria Municipal.—1 vez.—O. C. N° 22473.—Solicitud N° 52-0036.—C-245360.—(IN2013014501).
BN
SOCIEDAD ADMINISTRADORA
DE FONDOS DE
INVERSIÓN
REGLAMENTO
SOBRE
A FAVOR DE BN
SOCIEDAD ADMINISTRADORA
DE FONDOS DE
INVERSIÓN
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1°—Definiciones.
a) Caución:
Garantía. Monto que rinde el o la caucionante en las distintas formas
permitidas en este Reglamento para cumplir con las funciones asignadas en favor
de BN Fondos.
b) Caucionante: Todo funcionario o funcionaria de BN Fondos
encargado de administrar fondos y valores públicos, dentro de las cuales se
pueden mencionar: recaudar, custodiar, girar instrucciones para debitar la
cuenta corriente de
c) BN Fondos: BN Sociedad Administradora de Fondos de
Inversión.
d) Fondos públicos: Son aquellos recursos monetarios, valores y
demás bienes circulantes propiedad del Estado, de órganos, de empresas o de
entidades públicas.
e) Póliza o Seguro de Fidelidad: Contrato de seguro ofrecido
por entidades autorizadas a brindar ese servicio, con el cual los funcionarios
o funcionarias rinden garantía en beneficio de BN Fondos con tal de afianzar
los daños y perjuicios causados por la comisión de actos culposos y/o dolosos
por parte de éstos en el desempeño de su labor.
Artículo 2°—Ámbito de aplicación. Las
disposiciones contenidas en este Reglamento son aplicables a todos los
funcionarios y las funcionarias de BN Fondos que administren, recauden y
custodien fondos o valores públicos o que por la naturaleza de sus funciones y
responsabilidades deban caucionar.
Artículo 3°—Finalidad de la caución. La caución tiene como
finalidad garantizar el resarcimiento de eventuales daños y perjuicios que el o
la caucionante responsable en el ejercicio de sus funciones, pueda producir al
patrimonio de BN Fondos.
Artículo 4°—Forma de rendir la caución. La caución en favor de
BN Fondos se hará mediante la suscripción con cargo al patrimonio del
funcionario o la funcionaria obligado a rendir caución, de un seguro o póliza
de fidelidad. También podrá otorgar un título valor emitido por una entidad del
sector púbico costarricense denominado en dólares o colones tomado a un 90% de
su valor de mercado. Se aceptará también una inversión en un Fondo de Inversión
del Mercado de Dinero administrado por BN Fondos.
Artículo 5°—Deber de solventar la garantía. Es deber del
caucionante, asumir el costo íntegro de la garantía a favor BN Fondos, el cual
deberá provenir de su propio capital, conforme lo establecido en el artículo 4º
de este Reglamento.
Artículo 6°—Del plazo de las garantías. Las garantías ofrecidas
por los funcionarios o las funcionarias que estén obligados a rendir caución,
se mantendrán vigentes durante todo el tiempo que ocupen sus cargos, hasta un
mes después de haber dejado de laborar en BN Fondos.
Artículo 7°—Momento para rendir la caución. Los funcionarios o
las funcionarias obligados a rendir caución deberán hacerlo una vez notificados
de su designación en el puesto y, como plazo máximo, dentro de los 20 días
hábiles siguientes a la fecha en que asumen el cargo. Corresponderá al Área
Administrativa velar porque la persona obligada haya rendido la garantía
correspondiente dentro de ese plazo, sin perjuicio de las responsabilidades que
corresponden al jerarca y a los titulares subordinados.
CAPÍTULO
II
De
los caucionantes
Artículo 8°—Clasificación por nivel de
responsabilidad. Deberán caucionar todos aquellos funcionarios o
funcionarias que recauden, custodien o administren fondos y valores públicos,
según los siguientes niveles:
a. Nivel
A (Gerencia General).
b. Nivel B (Auditor Interno, Gerencias de línea y Gestor).
d. Nivel C (Jefaturas).
e. Nivel D (Operativo).
También deberán rendir la respectiva caución
los funcionarios o funcionarias que suplan por ausencias a dichos niveles
durante un plazo igual o mayor a un mes. La obligación de caucionar se mantiene
aun cuando la nomenclatura del puesto varíe, siempre que las funciones se
mantengan análogas. Por resolución razonada
Artículo 9°—La definición de los montos a caucionar a los
funcionarios se basará en los siguientes criterios:
a. La
existencia, en forma separada o combinada de las funciones y actividades de
administrar, custodiar o recaudar fondos y valores públicos.
b. La confiabilidad y eficacia del sistema de control interno y el
grado de riesgo de acuerdo con la valoración realizada por
c. El nivel de la responsabilidad y el monto o bienes a cargo o
administrado por el funcionario
Caucionantes
de nivel A: En este nivel deben rendir caución para el ejercicio de su
cargo el Gerente General.
Caucionantes
de nivel B: En este nivel deben rendir caución para el ejercicio de su
cargo, el Auditor Interno, los Gerentes de línea y el Gestor.
Caucionantes
de nivel C: En este nivel deben rendir caución para el ejercicio de sus
cargos las Jefaturas que cuenten con un presupuesto asignado y que realicen
funciones de registro y control de los ingresos de
Caucionantes
de nivel D: En este nivel deben rendir caución para el ejercicio de sus
cargos el personal operativo, que incluya alguna de las funciones que se citan
a continuación:
• Labores de caja chica.
• Girar instrucciones para debitar y acreditar
la cuenta corriente de
• Control y ejecución presupuestaria.
Artículo 10.—Deberes
del caucionante
a) El
funcionario o la funcionaria debe entregar original de los documentos al Área
Administrativa quien entregará una copia al área de Recursos Humanos para
custodiarla en el expediente personal del funcionario o funcionaria. El
documento a entregar al Área Administrativa será el original de la póliza, de
los títulos valores, o del documento que demuestre la pignoración del Fondo de
Inversión, rendida por el funcionario o la funcionaria. En caso de que los
títulos valores sean desmaterializados, deberá entregarse el reporte del
Custodio donde demuestre que los valores se encuentran pignorados a favor de BN
Fondos.
b) En caso de pérdida, defraudación o cualquier otra situación que
afecte a BN Fondos, deberán dar aviso inmediatamente al superior inmediato.
Artículo 11.—Revisión
del listado de funcionarios obligados a caucionar. Una vez al año, el
proceso de Recursos Humanos revisará el listado de funcionarios o funcionarias
obligados a caucionar con el propósito de determinar si se encuentran vigentes,
de lo contrario realizará el trámite para su respectiva actualización.
Artículo 12.—Simultaneidad de funciones
sujetas a caución. Al funcionario o funcionaria que estando obligado a
caucionar, se le asigne una función que genere ese mismo deber, caucionará una
sola vez y por el monto mayor.
Artículo 13.—Ajuste de la caución. El
o la caucionante que por algún motivo sea trasladado de un puesto a otro, que
implique una nueva ubicación en la clasificación por niveles de
responsabilidad, deberá ajustar la caución conforme a la nueva situación, para
lo cual contará con un plazo máximo de 20 días hábiles.
CAPÍTULO
III
Del
monto a caucionar
Artículo 14.—Cálculo
y actualización de los montos de la caución. El monto mínimo de la garantía
a favor de BN Fondos será de quinientos mil colones. Anualmente, el Área
Administrativa, actualizará para cada nivel el monto por caucionar tomando como
parámetro el salario base establecido en
Artículo 15.—Cálculo de la caución.
Nivel A: Quienes desempeñen puestos clasificados dentro del nivel A deberán
rendir una caución equivalente a cinco salarios base.
Nivel B: Aquellos
funcionarios que desempeñen puestos clasificados dentro del nivel B (Auditor
Interno, Gerentes de línea y Gestor), deberán rendir una caución equivalente a
tres y medio salarios base.
Nivel C: En el caso
de los funcionarios que ocupen puestos clasificados dentro del nivel C
(Jefaturas), deberán rendir una caución equivalente a dos y medio salarios
base.
Nivel D: En el caso
de los funcionarios que ocupen puestos clasificados dentro del nivel C
(Operativo), deberán rendir una caución equivalente a uno y medio salario base.
CAPÍTULO
IV
De
la responsabilidad por no presentar caución
Artículo 16.—Responsabilidad
por la no presentación o renovación de la caución. La falta de presentación
de la garantía será causal para el cese en el cargo sin responsabilidad
patronal, en los términos del artículo 120 de
CAPÍTULO
V
De
la administración, custodia y ejecución de las cauciones
Artículo 17.—Competencia.
Será competencia del Área Administrativa:
a. Calcular
y mantener actualizados anualmente los montos que por concepto de las garantías
deben rendir los caucionantes.
b. Recibir, custodiar y verificar la efectividad de los documentos que
comprueban la presentación de garantías por parte de los caucionantes,
estableciendo para ello los controles y medidas de seguridad pertinentes.
c. Notificar por escrito al caucionante, con un mínimo de 20 días
hábiles de anticipación, del momento en que debe renovar o actualizar la
caución, una vez recibida la información del Proceso de Recursos Humanos. La
ausencia de recordatorio no exime al caucionante de su deber de renovación de
la caución.
d. Informar al Área de Recursos Humanos y al superior jerárquico,
cualquier incumplimiento observado en el proceso de caución.
e. Dar seguimiento al resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados
por el caucionante al patrimonio de BN Fondos, cuando la responsabilidad del
caucionante haya sido comprobada.
f. Mantener un registro actualizado de los caucionantes que contenga
al menos: nombre, puesto, tipo de garantía, número de póliza o certificado,
grupo al que pertenece, monto asegurado, fecha de emisión y vencimiento de la
garantía y estado actual en cuanto a su vigencia.
Artículo 18.—Modificación
de parámetros para el cálculo de la caución. Cada cinco años a partir de la
vigencia de este Reglamento, el área Administrativa realizará un estudio de
actualización o ratificación del número de salarios para el cálculo del monto
de la garantía por nivel que deben rendir los caucionantes y proponer los
ajustes que deban ser aplicados. Corresponderá a
Artículo 19.—Ejecución de la garantía. La
ejecución de la garantía será precedida de un procedimiento administrativo, en
donde se demuestre la falta del funcionario o funcionaria caucionante y se
ordene el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados a BN Fondos, sin
detrimento de otras responsabilidades administrativas, civiles y penales que
correspondan.
Artículo 20.—Vigencia. Rige a partir
de su publicación en el DIARIO OFICIAL
Transitorio único.—Los
funcionarios o funcionarias que a la fecha de entrada en vigencia de este
Reglamento estén obligados a caucionar, contarán con un plazo de 30 días
hábiles para gestionar la caución y presentar una copia al Proceso de Recursos
Humanos de BN Fondos.
San José, 28 de febrero del 2013.—Lic. Ana Cecilia Arias F., Gerente Administrativa-Financiera.—1 vez.—(IN2013014507).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ORI-224-2013.—Zúñiga Chinchilla Laura
Viviana, costarricense, cédula 1 1076
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ORI-551-2013.—Ramírez
Chacón Adriana, costarricense, cédula 1-0963-
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
A Steven Alberto Sequeira Vindas, se le
comunica la resolución del Patronato Nacional de
A Narciso Flores Bello y Felipa Magdalena
Martínez Valle se les comunica la resolución del Patronato Nacional de
A las trece horas del quince de febrero del
dos mil trece. Visto: Que existe un error material en la resolución de las diez
horas del veintidós de enero del presente año, ya que por error se consignó de
manera equivocada los apellidos del niño Mattías Alberto y se omitió indicar el
nombre del progenitor del mismo, por lo que de ahora en adelante se debe de
leer el nombre del niño Mattías Alberto Sequeira Sandoval, siendo su padre el
señor Steven Alberto Sequeira Vindas, y no como por error se indicó. Exp. Nº
245-00127-2011. Notifíquese.—Oficina Local de
Grecia.—Lic. Carmen Durán Víquez, Representante Legal.—O.
C. Nº 35921.—Solicitud Nº 62290.—C-9900.—(IN2013013498).
A Julia María García Cascante y al señor
Jorge Gerardo Rodríguez Sánchez se le
comunica la resolución del Patronato Nacional de
Patronato Nacional de
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Se le comunica al señor Juan Luis Chacón
Rivera, mayor de edad, costarricense, con cédula de identidad número
106470357,que por resoluciones de la representación legal de
El Concejo Municipal informa que de
conformidad al acuerdo V-ALT-1 de la sesión ordinaria N° 146 del 12 de febrero
del 2013 y con motivo a
1. Trasladar
la sesión ordinaria del martes 26 de marzo del 2013 para el jueves 21 de marzo
del 2013.
2. Se recibirá correspondencia para esta sesión hasta el día miércoles
20 de marzo del 2013 al medio día. Es todo
Jannina Villalobos Solís, Secretaria del Concejo.—Fernando Barquero, Asistente de Proveduría.—1 vez.—
(IN2013014185).
Acuerdo
tomado por el Concejo Municipal de San Rafael de Heredia en sesión ordinaria Nº
233-2013, del 18 de febrero del 2013, por unanimidad y en firme:
Trasladar la sesión ordinaria del lunes 25 de marzo del 2013, para el
viernes 22 de marzo del
20 de febrero del 2013.—Damaris Ruiz Rojas, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2013013477).
La suscrita Secretaria del Concejo Municipal
de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en
Cronograma
de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del mes de marzo 2013.
Calendario de sesiones ordinarias y extraordinarias para el mes de marzo 2013 |
|
Sesión Ordinaria |
Sesión Extraordinaria |
Martes 05 de marzo |
|
|
Jueves 07 de marzo |
Martes 12 de marzo |
|
|
Jueves 14 de marzo |
Martes 19 de marzo |
|
Jueves 21 de marzo |
|
Se acuerda por unanimidad: Primero: Aprobar el
cronograma de sesiones ordinarias y extraordinarias del mes de marzo 2013.
Segundo: Instruir a la secretaria a realizar la respectiva publicación.
Belén, 13 de febrero del 2013.—Ana Patricia Murillo Delgado, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—O. C. 29094.—Solicitud Nº 257-007-13.—C-10640.—(IN2013013475).
Lic. Marco Porras Quesada.—1
vez.—O. C. 29094.—Solicitud 257-009-13.—C- 5760.—(IN2013014148).
La suscrita Secretaria del Concejo Municipal
de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en
Instruir a
Municipalidad de Belén, 13 de febrero del
2013.—Ana Patricia Murillo Delgado, Secretaria del
Concejo Municipal—1 vez.—O. C. 29094.—Solicitud
257-008-2013.—C-5660.—(IN2013014149).
Cambio
de sesión
Acatando lo dispuesto por el Concejo
Municipal de Carrillo me permito transcribir a usted para su conocimiento y
fines consiguientes; el texto de la moción presentada por la señora Presidenta
Municipal Ana Quintero Vargas, aprobada mediante acuerdo Nº 05, en sesión
ordinaria Nº 08-2013, celebrada el 19 de febrero, literalmente dice:
“La regidora propietaria y Presidenta
Municipal señora Ana Isabel Quintero Vargas, somete a consideración del Concejo
la siguiente moción: solicito que la sesión ordinaria del 26 de marzo se
traslade para el 18 de marzo todo ello con motivo de
Filadelfia, 1° de marzo del 2013.—Sandra Ondoy Ondoy, Secretaria Auxiliar Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2013014836).
El
Concejo Municipal de
Asunto: Traslado del día de sesiones ordinarias de miércoles a
viernes. Por las diversas contradicciones que ocasionan el sesionar los días
miércoles para algunos compañeros y el público en general.
Considerando:
1- Que
el Cantón de Talamanca es uno de los cantones más grandes de este país.
2- Que para los ciudadanos de nuestro cantón es difícil, el traslado
de sus comunidades hacia el Municipio en los días entre semana.
3- Que para los compañeros Regidores (as) que son docentes les queda
mejor, por ser maestros y no tienen permiso del MEP para asistir a sesiones.
4- Para que tanto los ciudadanos como la administración y los miembros
el Concejo Municipal podamos ejercer mejor la responsabilidad que nos han
otorgado. Este Concejo Municipal de Talamanca acuerda: Trasladar los días de
sesiones ordinarias de miércoles, hacia los días viernes de cada semana a la
1:00 p. m. (Para una Talamanca mejor para todos). Acuerdo aprobado por
unanimidad U-L. Esta moción se dispensa de comisión, según los votos obtenidos.
Talamanca, 6 de febrero del 2013.—Concejo Municipal.—Yorleny Obando Guevara, Secretaria.—1 vez.—(IN2013014205).
COLEGIO
DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS,
FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
El Colegio de Licenciados y Profesores en
Letras, Filosofía, Ciencias y Artes, convoca a sus miembros a la asamblea general
ordinaria CV a realizarse el sábado 23 de marzo del
En caso de no alcanzar el quórum requerido la asamblea iniciará una
hora después, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 16 de
Orden del día:
Primera parte:
Primer llamado: Apertura y
comprobación del quórum (6:00 a. m.).
Segundo llamado: Apertura de la
votación (7:00 a.m.).
Desarrollo del Proceso
Electoral de 7:00 a. m. a 1:00 p.m.
Receso de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
Segunda parte: (2:00 p. m.)
V. Himno
Nacional de Costa Rica
VI. Himno al Colegio
VII Saludo y palabras de bienvenida, Presidente de Junta Directiva
VIII. Lectura y aprobación del orden del día.
IX. Entrega del Premio Jorge Volio.
X Declaratoria de miembros electos de Junta Directiva y
Tribunal Electoral.
XI. Informe de
XII. Informe de
XIII. Informe de
XIV. Asuntos de iniciativa de colegiados y colegiadas.
1. Autorización
a Junta Directiva y Junta Regional de Turrialba para identificar finca en la
región de Turrialba que responda a los intereses del Colegio, que responda a
los requerimientos legales, económicos y técnicos y con la autorización a
2. Propuesta para construir un edificio en la propiedad que posee el
Colegio en San José presentado por
XV. Presentación, discusión y aprobación del presupuesto 2013-2014
XVI. Clausura de la asamblea
La documentación estará disponible a partir del lunes 15 de marzo en las sedes de Alajuela y San José.—Junta Directiva.—M.Sc. Félix Ángel Salas Castro, Presidente.—M.Sc. Magda Rojas Saborío, Secretaria.—(IN2013015521). 2 v. 2.
ARROYO GONZÁLEZ SOCIEDAD ANÓNIMA
Se
convoca a los accionistas de
Aumento de capital social de la compañía.
Carmen Arroyo González, Presidenta.—Fernando Arroyo González.—1 vez.—RP2013341697.—(IN2013015350).
CONDOMINIO VERTICAL RESIDENCIAL
TORRES DE
Se
convoca a todos los propietarios del Condominio Vertical Residencial Torres de
Primero: Nombramiento de presidente y secretario de la asamblea.
Segundo: Informes:
a- Informe del Administrador en torno a la situación financiera del Condominio.
b- Aprobación de presupuesto 2013-2014.
c- Nombramiento del Administrador por el plazo de un año.
Tercero: Disposiciones diversas
a- Informe específico del Licenciado Lázaro Brotiman del desarrollo y complicaciones de las obras de infraestructura aprobadas en marzo 2012.
b- Mociones de condóminos.
La asamblea se realizará en el Lobby del Edificio Dos a partir de las diecisiete horas del quince de abril del dos mil trece en primera convocatoria. De no reunirse la presencia de las dos terceras partes de los condóminos, se realizará la asamblea con la presencia de los condóminos presentes una hora después en el mismo lugar señalado.
Se recuerda a cada condómino que en caso de ser persona jurídica, deberá acreditarse con una personería jurídica que así lo legitime y/o de carta poder autenticada por un notario público.—San José, 6 de marzo del 2013.—Inés Zamora Campos, Administradora.—1 vez.—(IN2013015427).
INMOBILIARIA GICEDA U Y R SOCIEDAD ANÓNIMA
Se
convoca a todos los socios de la entidad Inmobiliaria Giceda U y R Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-
1) Estados Financieros al cierre del período fiscal que concluyó el 30 de setiembre 2012.
2) Posible repartición de utilidades.
3) Modificación de la cláusula quinta (administración y representación) del estatuto social.
4) Asuntos varios.
San Pedro de Poás, 27 de febrero del 2013.—César Ugalde Rojas, Vicepresidente.—1 vez.—(IN2013015436).
CONDOMINIO
VERTICAL
RESIDENCIAL SUEÑOS
IMPERIALES
Convocatoria
a asamblea general ordinaria de socios
Se convoca a los socios de Condominio
Vertical Residencial Sueños Imperiales, con cédula de persona jurídica número
tres- ciento nueve- quinientos ochenta y ocho mil ochocientos treinta, a una
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios a celebrarse el próximo
día veinte del mes de marzo del año dos mil trece a las quince horas en el
domicilio social, en la provincia de Puntarenas, distrito uno Jacó, del cantón
once Garabito, en Jacó Centro frente al Hotel Club del Mar en las instalaciones
del Condominio Vertical Residencial Sueños Imperiales. De no presentarse el
quórum de ley en dicha convocatoria, la segunda será una hora después con el
número de socios con derecho a voto que se encuentren presentes. Allí se conocerán
los siguientes asuntos: Temas de la asamblea ordinaria: 1) Verificación del
quórum y apertura de la asamblea. 2) Discusión y confirmación de los poderes de
representación con voto por cada unidad. 3) Discusión del rol del Presidente y
secretario para la asamblea. 4) Nominaciones de Presidente para la asamblea. 5)
Votos para elección de presidente de asamblea. 6) Nominaciones para secretario
de asamblea. 7) Voto para elección de secretario de asamblea. 8) Informe del
Administrador del Condominio: a. Mantenimiento general del Condominio; b. Todas
las unidades vendidas por el Desarrollador; c. Desarrollo en la azotea; d.
Reparaciones e inconvenientes sépticos completados el año pasado; e. Nuevo
formulario de autorización. 9) Discusión y aprobación de los estados
financieros auditados a febrero veintiocho del dos mil trece. 10) Discusión de
la revisión del presupuesto anual. Discusión y aprobación del presupuesto de
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
CENTRO
VACACIONAL BANCOSTA S. A.
Centro Vacacional Bancosta S. A., hace
constar que revisado el libro de accionistas, aparece como socio Errol Gamboa
González, cédula 1-0798-0588 con la acción N° 457 y Beer Jiménez Rodolfo,
cédula 1-185-346 con la acción N° 683, las que se reportan como extraviadas,
por lo que solicitan su reposición.—San José, 20 de
febrero del 2013.—Lic. Alfonso Redondo Álvarez.—RP2013340615.—(IN2013013334).
INMOBILIARIA
CARTAGINESA S. A.
Quien suscribe, en mi condición de secretario
de la junta directiva de Inmobiliaria Cartaginesa S. A., con cédula de persona
jurídica N° 3-101-034316 informa que el representante legal de Weinlug S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
Administración
Tributaria de San José-Este Edicto de
Notificación de Cobro Administrativo
ATSJ-E-GER-012-2013
Por
desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotado las formas de
localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos
137 y 192 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios Ley 9069 antes
artículo 169, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los
contribuyentes que a continuación se indican:
NÚMERO DE REQUERIMIENTO |
CONTRIBUYENTE |
CÉDULA |
IMPUESTO |
DOCUMENTO |
PERIODO |
MONTO (*) |
1911001710107 |
Automóviles Koreanos M A K Ltda. |
3102258262 |
Sanción |
9222000401537 |
122000 TOTAL |
¢2,477,913.25 ¢2,477,913.25 |
1911001741521 |
Autos Nativa S. A. |
3101224299 |
Renta Renta Renta Renta Renta Renta Renta TEC TEC TEC |
1012255316597 1221073124031 1221073124013 1221073123995 1012256781977 1221083075457 1012260640447 1261033188265 1261034647336 1261036930291 |
122009 032010 062010 092010 122010 092011 122011 122009 122010 122011 TOTAL |
¢2,400,334.00 ¢600,083.50 ¢600,083.50 ¢600,083.50 ¢1,834,267.50 ¢908,629.50 ¢3,056,186.50 ¢9,000.00 ¢9,000.00 ¢9,000.00 ¢10,026,668.00 |
1911001715271 |
DGC Capitales Inversiones y Consultores S.A |
3101385341 |
Renta Renta |
9090000347023 1012009209574 |
122006 122006 TOTAL |
¢4,340,785.00 ¢288.47 ¢4,341,073.47 |
1911001715262 |
Distribuidora Dame Centroamericana S.A. |
3101203994 |
Renta |
9090000346987 |
122008 TOTAL |
¢1,965,263.00 ¢1,965,263.00 |
1911001753437 |
Estrada Zúñiga Numa Rodrigo |
103340549 |
Sanción |
9222000469683 |
121999 TOTAL |
¢664,669.83 ¢664,669.83 |
1911001741004 |
Ideas Internacionales de Costa Rica S. A. |
3101177429 |
Renta |
9090000348807 |
122009 TOTAL |
¢8,926,528.00 ¢8,926,528.00 |
1911001709967 |
Importaciones Mariel N V R Ltda. |
3102285904 |
Sanción |
9222000401512 |
122007 TOTAL |
¢11,830,867.00 ¢11,830,867.00 |
ATSJ-E-CCIT-RPM-37-2012 |
Invemoca S.R.L |
3102175261 |
Ventas Ventas Ventas Ventas Ventas Ventas Ventas Renta |
9090000352081 9090000352027 9090000352036 9090000352097 9090000352054 9090000352063 9090000352072 9090000352002 |
112001 122001 042002 052002 072002 082002 092002 122002 TOTAL |
¢647,248.00 ¢498,498.00 ¢1,406,768.00 ¢390,268.00 ¢530,240.00 ¢9,814.00 ¢260,161.00 ¢238,459.00 ¢3,981,456.00 |
1911001731501 |
Orión Sistemas Informáticos S. A. |
3101526087 |
Ventas Ventas Ventas Ventas Ventas Ventas Ventas Renta TEC TEC |
1041077301494 1043016561474 1041081953746 1043018123156 1043018418434 1043018939155 1043019463866 1012016624071 1261033778873 1261035471202 |
032009 042010 052010 082010 102010 112010 012011 122009 122009 122010 TOTAL |
¢79,639.00 ¢608,267.00 ¢43,694.00 ¢95,905.00 ¢32,957.00 ¢44,570.00 ¢14,491..00 ¢6,919,042.00 ¢9,000.00 ¢9,000.00 ¢7.856.565.00 |
(*) Más los recargos de ley.
Se concede un plazo de quince días a partir
del tercer día hábil de esta publicación, para que el contribuyente arriba
indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a
Lic. Carlos Vargas Durán, Director General.—Lic. Marianela Monge Granados, Gerente Tributaria.—1 vez.—O. C. 17346.—Solicitud Nº 109-110-02113G.—C-118020.—(IN2013013474).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE
Propiedad
Industrial
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ref. 30/2012/50081.—Ronald Fernández
Villalta, cédula de identidad número 1-450-559. Documento: Cancelación por
falta de uso (Motomania de Costa Rica S. A. s). N° y Fecha: anotación/2-81894
de 14/12/2012. Expediente N° 1997-0001704 Registro N° 103978 Motomania en clase
49 marca denominativa. Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por
falta de uso, promovida por Motomania de Costa Rica S. A., contra el registro
del signo distintivo Motomania, Registro N° 103978, el cual protege y
distingue: Un establecimiento comercial dedicado a: La importación y venta de
motocicletas de diversas marcas dentro de nuestro territorio nacional. Ubicado
en San José, San Francisco de Dos Ríos Residencial El Faro, cien metros al
oeste de la entrada principal, en clase 49 internacional, propiedad de Ronald
Fernández Villalta, cédula de identidad 1-450-559. Conforme a lo previsto en
los artículos 38/39 de
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
REGISTRO
INMOBILIARIO
Se hace saber a Carlos Guillermo Liebhaber
Villanueva, cédula de identidad 6-060-775, en su condición de titular de los
planos catastrados P-456189-1981 y P-688824-1987, y a El Triunfo de
COLEGIO
DE ABOGADOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Avisa
al licenciado Martín Quirós Sánchez, colegiado 3264, se le hace saber: Que en
proceso disciplinario número 639-11, seguido en su contra se han dictado las
resoluciones que literalmente dicen: se inicia procedimiento administrativo
disciplinario. Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. San José, a las
catorce horas treinta y cinco minutos del veintiséis de octubre del año dos mil
once.
El
Instituto Nacional de Aprendizaje aclara que en el artículo “24. Normativa
derogada” del capítulo VI del Reglamento de Comités Consultivos de Enlace
publicado en
“Artículo 24.—Normativa
derogada. Se deroga el Reglamento Comités Consultivos de Enlace aprobado
por
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Ana Luz Mata Solís, Jefa.—1
vez.—O. C. 22430.—Solicitud 610-00104.—C-19740.—(IN2013013483).