LA GACETA N° 78 DEL 24 DE ABRIL DEL 2013

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 37588-MAG-MS-MICIT-MINAET

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

CONSEJO DE GOBIERNO

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

JUSTICIA Y PAZ

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y  ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

BANCO DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

CULTURA Y JUVENTUD

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 37588-MAG-MS-MICIT-MINAET

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,

LA MINISTRA DE SALUD, EL MINISTRO DE CIENCIA Y

TECNOLOGÍA Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE, ENERGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, 27.1, 28.2.b de la Ley N°  6227 del 2 de mayo de 1978,  Ley General de Administración Pública; la Ley N° 7664 del 8 de abril de 1997, Ley de Protección Fitosanitaria;  la Ley  Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, Ley General de Salud; la Ley 8495 del 6 de abril de 2006, Ley General del Servicio Nacional de  Salud Animal; la Ley Nº 7788, del 30 de abril de 1998,  Ley de Biodiversidad; el Decreto Ejecutivo N° 26921-MAG de 20 de marzo de 1998,  Reglamento a la Ley de Protección  Fitosanitario; el Decreto Ejecutivo Nº 31946-MAG, del 9 de julio del 2004, modificación al Reglamento a la Ley de Protección Fitosanitaria.

Considerando

1º—Que mediante Ley N° 7664, Ley de Protección Fitosanitaria, en su artículo 40 se crea la Comisión Técnica de Bioseguridad.

2º—Que mediante Decreto Ejecutivo N°  26921-MAG de 20 de marzo de 1998,  se emitió el Reglamento a la Ley de Protección Fitosanitaria y en su artículo 112  se estableció la integración de la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad.

3º—Que mediante  Ley N° 7788, Ley de Biodiversidad, se señala que mediante reglamento se establecerán los mecanismos y procedimientos para el acceso a los elementos de la Biodiversidad con fines de investigación, desarrollo, producción, aplicación, liberación o introducción de organismos modificados genéticamente o exóticos.

4º—Que mediante Decreto  Ejecutivo N° 31946-MAG-MINAE-MICIT, se modificó la integración de la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad, a fin de incluir a la sociedad civil.

5º—Que la Ley N° 8495, Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal en el  artículo 6 inciso h) señala que la Comisión Técnica de Bioseguridad fungirá como Organo Asesor del Servicio Nacional de Salud Animal en el ámbito de su competencia.

6º—Que la Ley  Nº 5395, en su artículo 2  indica que es función esencial del Estado velar por la salud de la población. Por tanto,

Decretan:

Modificar el artículo 112 del Reglamento a la  Ley de

Protección Fitosanitaria N° 7664

Artículo 1º—Modifíquese el artículo 112 del Decreto Ejecutivo Nº 26921-MAG, denominado Reglamento a la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664,  publicado en La Gaceta Nº 98 del 22 de mayo de 1998, para que se lea de la siguiente manera:

 “Artículo 112.—De la integración de la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad.

La Comisión está integrada por:

a)  Un representante del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

b)  Dos representantes del Ministerio de Salud.

c)  Un representante del Servicio Fitosanitario del Estado.

d)  Un representante del Servicio Nacional de Salud Animal.

e)  Dos representantes del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.

f)  Un representante de la Oficina Nacional de Semillas.

g)  Dos representantes designados por la Academia Nacional de Ciencias.

h)  Un representante de la Federación para la Conservación del Ambiente.

i)   Un representante de la Red para la Conservación de la Naturaleza.”

Artículo 2º—Rige  2 meses después de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de noviembre del 2012.

ALFIO PIVA MESÉN.—La Ministra de Agricultura y Ganadería, Gloria Abraham Peralta.—El Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, René Castro Salazar.—La Ministra de Salud, Daisy Corrales Díaz.—El Ministro de Ciencia y Tecnología, Alejandro Cruz Molina.—1 vez.—O. C. N° 181.—Solicitud N° 27951.—C-36660.—(D37588-IN2013024539).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 524-PE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales, previstas en los artículos 140, inciso 20 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDAN:

Artículo 1°—Integrar en la Comitiva Oficial que acompañará a la Señora Laura Chinchilla Miranda, Presidenta de la República en su viaje a Panamá el 14 de marzo del 2013 con el fin de inaugurar la “LVIII Feria Internacional de David”, en conjunto con el Excelentísimo señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal, Presidente de Panamá, a las siguientes personas:

    Sra. Irene Pacheco Alfaro, Asistente Personal de la Señora Presidenta.

    Sr. Francisco Chacón González, Ministro de Comunicación y Enlace Institucional.

    Sr. Ludwig Sibaja Mora, Director a. í. de Protocolo.

    Sr. Jorge Gómez Vargas, Jefe de Escolta Presidencial.

    Sr. Luis Herrera Díaz, Escolta.

    Sr. Fabián Vargas Boza, camarógrafo.

    Sr. Roberto Montero Salazar, fotógrafo.

    Sr. Alonso Solano Solano, operador equipo móvil.

    Sr. Manuel Madrigal Campos, operador equipo móvil.

    Sr. Pool Vargas Sánchez, escolta.

    Srita. Catalina Valverde Ovares, oficial de Protocolo.

    Sr. Gerardo Fernández Fernández, oficial de giras y protocolo.

    Sra. Licxia Álvarez González, periodista.

Artículo 2°—Cabe destacar que en el caso de los señores Chacón González, Sibaja Mora y la señora Pacheco Alfaro la salida será el 14 de marzo del 2013 y su regreso el mismo día. Los demás miembros de la Comitiva viajarán del 13 al 15 de marzo del 2013, vía terrestre.

Artículo 3°—Rige a partir del 13 y hasta el 15 de marzo del 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los trece días del mes de marzo del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de la Presidencia a. í., Gustavo Alvarado Chaves.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 048.—C-20680.—(IN2013024461).

N° 525-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013, Ley Nº 9103, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Irene Pacheco Alfaro, portadora de la cédula de identidad número 1-463-491, Asistente Personal de la Señora Presidenta de la República, para que viaje a la Ciudad de Roma, Italia, acompañando en su Comitiva Oficial, a la Señora Presidenta, quien participará en la “Ceremonia de Entronización de Su Santidad Francisco I”. La salida de la señora Pacheco Alfaro será el 17 de marzo y su regreso está previsto para el 21 de marzo del 2013.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título 201- Presidencia de la República, Programa 02100- Administración Superior, Subpartida 10503- Transporte al Exterior y 10504- Viáticos al Exterior.  La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 17 al 21 de marzo del 2013.

Artículo 3º—Se le cancelarán viáticos en la II columna de la tabla del artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, según el artículo 37 del mismo reglamento, por cuanto la funcionaria desempeña funciones de personal de apoyo de la señora Presidenta de la República.

Artículo 4º—Del 17 al 21 de marzo del 2013 se autoriza a la funcionaria Pacheco Alfaro utilizar el servicio de raoming para llamadas oficiales del teléfono celular institucional asignado a su persona. El pago se realizará al Instituto Costarricense de Electricidad en su facturación mensual.

Artículo 5º—La funcionaria cede las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al exterior.

Artículo 6º—Se le otorga la suma adelantada de ¢616.088,76 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 7º—En caso de que el monto adelantado por concepto de hospedaje resultare insuficiente, se reconocerá el monto excedido pagado por la funcionaria contra la presentación de la respectiva factura, según el artículo 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos.

Artículo 8º—Rige a partir del 17 de marzo y hasta el 21 de marzo  del 2013.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los quince días del mes de marzo del año dos mil trece.

Gustavo Alvarado Chaves, El Ministro de la Presidencia, a. í.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 042.—C-22560.—(IN2013024540).

N° 526-PE

MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en el artículo 141 de la Constitución Política; lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013, Ley Nº 9103, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar al señor Ludwig Sibaja Mora, portador de la cédula de identidad número 1-593-723, Director a. i. de Protocolo, para que viaje a la Ciudad de Roma, Italia, acompañando en la Comitiva Oficial, a la Señora Presidenta, quien participará en la “Ceremonia de Entronización de Su Santidad Francisco I” La salida del señor Sibaja Mora será el 18 de marzo y su regreso esta previsto para el 21 de marzo del 2013.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título 201- Presidencia de la República, Programa 02100-Administración Superior, Subpartida 10503-Transporte al Exterior y 10504-Viáticos al Exterior.

El funcionario devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 18 al 21 de marzo del 2013.

Artículo 3°—Del 18 al 21 de marzo del 2013 se autoriza al funcionario Sibaja Mora utilizar el servicio de raoming para llamadas oficiales del teléfono celular institucional asignado a su persona. El pago se realizará al Instituto Costarricense de Electricidad en su facturación mensual.

Artículo 4°—El funcionario cede las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al exterior.

Artículo 5°—Se le otorga la suma adelantada de ¢440.063,40 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 6°—Rige a partir del 18 de marzo y hasta el 21 de marzo del 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los quince días del mes de marzo del año dos mil trece.

Gustavo Alvarado Chaves, Ministro de la Presidencia a. i.— 1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 042.—C-28200.—(IN2013024499).

Nº 805-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el Artículo N° 47, inciso 3 de la “Ley General de la Administración Pública” y con fundamento en la “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, Fiscal y por Programas para el Ejercicio Económico de 2013”, N° 9103 del 4 de diciembre de 2012, y el Capítulo IV del “Reglamento de Gastos de Viajes y de Transporte para Funcionarios Públicos” emitido por la Contraloría General de la República, Artículo Nos. 29, 31, 32 y 33.

Considerando:

I.—Que el señor Manuel Obregón López, viajará del 08 al 11 de febrero de 2013, a Bolivia, para asistir a la Fiesta de la Entrada del Carnaval de Oruro.

II.—Que con motivo de la ausencia del señor Ministro de Cultura y Juventud, se hace imperativo designar a un titular a. í. en esa Cartera. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Manuel Obregón López, cédula N° 1-565-129, Ministro de Cultura y Juventud, para que asista a la Fiesta de la Entrada del Carnaval de Oruro, a realizarse el sábado 09 de febrero de 2013, en la ciudad de El Pagador, Oruro, Bolivia.

Artículo 2º—El transporte internacional será cubierto por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.03-Transporte en el Exterior, por un monto de ¢1.117.180,00 (un millón ciento diecisiete mil ciento ochenta colones exactos), equivalentes a $2.000.00 (dos mil dólares exactos); el hospedaje, la alimentación y el transporte interno serán cubiertos por el Ministerio de Culturas del Estado Plurinacional de Bolivia. Cabe señalar, que por motivos de itinerario el señor Obregón López, debe salir del país el 08 y regresar el 11 de febrero del presente año.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Manuel Enrique Obregón López, nombrar al señor Iván Alexis Rodríguez Rodríguez, Viceministro de Cultura, cédula Nº 1-626-183, como Ministro a. í. de Cultura y Juventud.

Artículo 4º—Rige a partir de las 15:45 horas del día 08 de febrero de 2013 hasta las 13:40 horas del día 11 de febrero de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a los 07 días del mes de febrero del año 2013.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 18052.—Solicitud N° 117-750-003-749.—C-18800.—(IN2013024480).

Nº 806-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo N° 47, inciso 3 de la “Ley General de la Administración Pública” y con fundamento en la “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, Fiscal y por Programas para el Ejercicio Económico de 2013”, N° 9103, del 4 de diciembre de 2012, y el Capítulo IV del “Reglamento de Gastos de Viajes y de Transporte para Funcionarios Públicos” emitido por la Contraloría General de la República, Artículo Nos. 29, 31, 32 y 33.

Considerando:

I.—Que el señor Manuel Obregón López, asistirá a la Vigésima Segunda Feria Internacional del Libro, que se realizará en La Habana, Cuba, del 14 al 17 de febrero de 2013.

II.—Que con motivo de la ausencia del señor Ministro de Cultura y Juventud, se hace imperativo designar a un titular a.í. en esa Cartera. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Manuel Enrique Obregón López, cédula N° 1-565-129, Ministro de Cultura y Juventud, para que asista a la Vigésima Segunda Feria Internacional del Libro, a realizarse del 14 al 24 de febrero de 2013, en la ciudad de La Habana, Cuba.

Artículo 2º—El transporte internacional y el transporte interno, serán cubiertos por este Ministerio en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 1.05.03-Transporte en el Exterior, por un monto de ¢730.016.00 (setecientos treinta mil dieciséis colones exactos); equivalentes a $1,400.00 (mil cuatrocientos dólares exactos); el hospedaje, la alimentación, serán cubiertos por los organizadores del evento. Cabe señalar, que por motivos de itinerario el señor Obregón López, debe salir del país el 14 y regresar el 17 de febrero del presente año.

Artículo 3°—Nombrar como Ministra a. í. de Cultura y Juventud a la señora Ileana González Álvarez, cédula Nº 104600541, Viceministra Administrativa, a partir de las 8:26 horas del día 14 de febrero de 2013 a las 23:59 horas del 15 de febrero de 2013 y a partir de las 00:01 horas del 16 de febrero de 2013 a las 16:26 horas del 17 de febrero de 2013, nombrar como como Ministro a. í. de Cultura y Juventud, al señor Iván Alexis Rodríguez Rodríguez, cédula Nº 1-626-183, Viceministro de Cultura.

Artículo 4º—Rige a partir de las 08:26 horas del día 14 de febrero de 2013 hasta las 16:26 horas del día 17 de febrero de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a los 13 días del mes de febrero del año 2013.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 18052.—Solicitud N° 117-750-004-749.—C-18800.—(IN2013024491).

Nº 828-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 47, Inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

1°—Que el señor Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud, viajará del 13 al 16 de marzo de 2013, a Paramaribo, Surinam, para asistir a la I Reunión de Ministros de Cultura de los Países Miembros de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC).

2º—Que con motivo de la ausencia del señor Ministro de Cultura y Juventud, se hace imperativo designar a un titular a.í. en esa Cartera. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Manuel Obregón López, cédula N° 1-565-129, Ministro de Cultura y Juventud, para que asista a la I Reunión de Ministros de Cultura de los Países Miembros de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), a realizarse los días 14 y 15 de marzo de 2013, en Paramaribo, Surinam.

Artículo 2º—El transporte internacional, el hospedaje, la alimentación y el transporte interno, serán cubiertos por los organizadores.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Manuel Obregón López, nombrar al señor Iván Rodríguez Rodríguez, Viceministro de Cultura, cédula Nº 1-626-183, como Ministro a.í. de Cultura y Juventud.

Artículo 4º—Rige a partir de las 07:00 horas del día 13 de marzo de 2013 hasta las 15:55 horas del día 16 de marzo de 2013

Dado en la Presidencia de la República, a los 11 días del mes de marzo del 2013.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 18052.—Solicitud N° 117-750-012-749.—C-12200.—(IN2013024492).

Nº 829-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 139, inciso 2) de la Constitución Política, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013, Ley Nº 9103 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1°—Viajar a Roma, Italia, en Visita Oficial, para participar en la “Ceremonia de Entronización de Su Santidad Francisco I”. La salida será el 18 de marzo y el regreso está previsto para el 21 de marzo del 2013.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, fax, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título 201- Presidencia de la República, Programa 02100- Administración Superior, Subpartida 10503- Transporte al Exterior y 10504- Viáticos al Exterior.

Artículo 3º—Ceder las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al exterior.

Artículo 4°—Se otorga la suma adelantada de ¢524.980,44 por concepto de viáticos y la suma de ¢ 1.007.640,00 por concepto de Gastos de Representación sujetos a liquidación.

Artículo 5°—Rige a partir de las 07:28 horas del día 18 de marzo y hasta las 16:15 horas del 21 de marzo del 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los quince días del mes de marzo del año dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 043.—C-15980.—(IN2013024334).

Nº 830-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las atribuciones constitucionales, señaladas en el artículo 135 de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Único.—Con motivo de viajar a Roma, Italia, en Visita Oficial, para participar en la “Ceremonia de Entronización de Su Santidad Francisco I”. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Llamar al Ejercicio de la Presidencia de la República, al Segundo Vicepresidente de la República, Señor Luis Liberman Ginsburg.

Artículo 2°—Rige a partir de las 07:28 horas del 18 de marzo y hasta las 16:15 horas del 21 de marzo del 2013.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los quince días del mes de marzo del año dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 043.—C-9400.—(IN2013024331).

N° 832-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12, de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,

Considerando:

I.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Enrique Castillo Barrantes,  viajará a Colombia del 6 al 7 de marzo para participar de la Conferencia sobre el Desarrollo Sostenible en América Latina y el Caribe: Seguimiento de la agenda para el desarrollo después de 2015 y Río+20, que tendrá lugar del 7 al 9 de marzo de 2013, en el Hotel Crowne Plaza Tequendama, Bogotá, el cual es organizado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), en conjunto con el Gobierno de Colombia.

II.—Que la conferencia abordará los siguientes temas: el seguimiento de la agenda  de desarrollo post-2015,  para lo cual se ha convocado a representantes del Panel de Alto Nivel de la agenda de desarrollo post-2015; el seguimiento de la conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Rio+20) y la preparación de la Tercera Conferencia Internacional de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo (SIDS), entre otros.

III.—Que es de interés para Costa Rica la participación del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Enrique Castillo Barrantes en esta Conferencia sobre Desarrollo Sostenible en América Latina y el Caribe, en Bogotá Colombia.

IV.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Enrique Castillo Barrantes,  viajará a Venezuela el día 8 de marzo de 2013 para asistir al funeral del señor Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chaves Frías. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Enrique Castillo Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula de identidad número 1-399-937, para que viaje a Colombia y Venezuela, durante los días del 06 al 08 de marzo de 2013.

Artículo 2º—Los gastos de hospedaje, tiquetes aéreos, viáticos, transporte interno, gastos en tránsito, llamadas internacionales y gastos de representación, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, Programa 079-Actividad Central, subpartida 1.05.03 de tiquetes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos en el exterior.  Se autoriza la suma de US$325,00 diarios en Colombia, para un total de US$650,00, y la suma de US$424,00 diarios en Venezuela, para un total de US$424,00. Se le autoriza al señor Ministro la suma de US$500,00 para Gastos de Representación.  Se autoriza al señor Ministro el uso de internet.  Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto se nombra como Ministro a. í. al señor Luis Fernando Salazar Alvarado, Viceministro Administrativo de Relaciones Exteriores y Culto de las 15:25 horas del 06 de marzo hasta las 18:55 horas del 08 de marzo de 2013.

Artículo 4º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 5º—De conformidad con el Artículo 5° de la Resolución N° 78-2010 del Ministerio de Hacienda, el millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 6º—Rige a partir de las 15:25 horas del 06 de marzo hasta las 18:55 horas del 8 de marzo de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a las 11:00 horas del día 6 de marzo de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 18087.—Solicitud N° 13788.—C-32900.—(IN2013024551).

N° 834-P

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE

EN EL EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en la Constitución Política, artículo 139, y la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública, artículo 47 inciso 3) del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que resulta necesario que la señora Gloria Abraham Peralta, participe en la Reunión de Ministros y Ministras de Agricultura y Ganadería de Centroamérica, a realizarse el día 20 de marzo del dos mil trece en Ciudad David, Panamá, como Presidenta pro tempere del Consejo Centroamericano Agropecuario (CAC) e integrante del Comité Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (CIRSA).

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Gloria Abraham Peralta, portadora de la cédula de identidad número 1-416-056, Ministra de Agricultura y Ganadería, para que participe en la Reunión de Ministros y Ministras de Agricultura y Ganadería de Centroamérica, a realizarse el día 20 de marzo del dos mil trece en Ciudad David, Panamá, como Presidenta pro tempere del Consejo Centroamericano Agropecuario (CAC) e integrante del Comité Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (CIRSA).

Artículo 2º—Los gastos de transporte aéreo, de viaje y estadía serán sufragados por el Comité Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (CIRSA).

Artículo 3º—Se nombra Ministra a. í. a la Viceministra Xinia María Chaves Quirós, cédula de identidad número 1-468-752, de las doce horas del diecinueve de marzo del dos mil trece a las nueve horas del veintiuno de marzo del dos mil trece.

Artículo 4º—Rige a partir de las doce horas del diecinueve de marzo del dos mil trece a las nueve horas del veintiuno de marzo del dos mil trece.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciocho días del mes de marzo del dos mil trece.

LUIS LIBERMAN GINSBURG.—1 vez.—O. C. N° 17315.—Solicitud N° 40286.—C-18800.—(IN2013024546).

  835-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2013 (Ley N° 9103 del 04 de diciembre de 2012) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Leonardo Garnier Rímolo, cédula de identidad N° 1-433-621, Ministro de Educación Pública, para que participe en el lanzamiento del Proyecto “Te Invito a Leer Conmigo”, que se realizará en la ciudad de Santo Domingo de República Dominicana, del 13 al 16 de marzo de 2013.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención serán cubiertos por la Organización de Estados Iberoamericanos-OEI.

Artículo 3º—Se incluye los cánones por concepto de traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, que serán rembolsados mediante la subpartida presupuestaría 10503 del Programa Presupuestario 550-00. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—Se nombra a la señora Silvia Víquez Ramírez, Viceministra de Educación Pública, encargada del Área Administrativa, como Ministra a. í. del Ministerio de Educación Pública, a partir de las 15:23 horas del 13 de marzo hasta las 09:31 horas del 16 de marzo de 2013.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir de las 15:23 horas del 13 de marzo hasta las 09:31 horas del 16 de marzo de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a los siete días del mes de marzo del año dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 17349.—Solicitud N° 11917.—C-14100.—(IN2013024542).

N° 839-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12, de la Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,

Considerando:

I.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Enrique Castillo Barrantes, viajará a Washington, Estados Unidos de América del 21 al 23 de marzo de 2013 para participar de la Asamblea General Extraordinaria de la Organización de Estados Americanos.

II.—Que en dicha Asamblea se tocarán los siguientes temas: Elección del Presidente, Formalización de los acuerdos adoptados por la Comisión Preparatoria, Informe del Secretario General y consideración de las propuestas del Consejo Permanente; por lo que se espera la participación de los representantes de los países miembros. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Enrique Castillo Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula de identidad número 1-399-937, para que viaje a Washington, Estados Unidos de América durante los días del 21 al 23 de marzo de 2013.

Artículo 2º—Los gastos de hospedaje, tiquetes aéreos, viáticos, transporte interno, gastos en tránsito, llamadas internacionales y gastos de representación, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, Programa 079-Actividad Central, subpartida 1.05.03 de tiquetes aéreos y subpartida 1.05.04 de viáticos en el exterior. Se autoriza la suma de US$436,00 diarios, para un total de US$1.308,00. Se le autoriza al señor Ministro la suma de US$500,00 para Gastos de Representación. Se autoriza al señor Ministro el uso de internet. Se autoriza al señor Ministro a realizar llamadas internacionales. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto se nombra como Ministro a. í. al señor Luis Fernando Salazar Alvarado, Viceministro Administrativo de Relaciones Exteriores y Culto de las 06:30 horas del 21 de marzo hasta las 19:00 horas del 22 de marzo de 2013 y al señor Carlos Roverssi Rojas, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto de las 19:01 horas del 22 de marzo hasta las 16:04 horas del 23 de marzo de 2013.

Artículo 4º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 5º—De conformidad con el Artículo 5° de la Resolución N° 78-2010 del Ministerio de Hacienda, el millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 6º—Rige a partir de las 06:30 horas del 21 de marzo de 2013 hasta las 16:04 horas del 23 de marzo de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a los 6 días del mes de marzo de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N°.—18087.—Solicitud N° 13790.—C-21150.—(IN2013024537).

N° 840-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 139 de la Constitución Política; artículo 47 inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública y artículos 7 párrafo final, 29 y 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para funcionarios públicos.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Mario Zamora Cordero, cédula de identidad N° 2-449-150, Ministro de Gobernación, Policía y de Seguridad Pública, para que asista como parte de la Delegación Oficial de Costa Rica, en el marco de la 58° Feria Internacional de David, por realizarse en la Ciudad de Panamá, Panamá,  el día 14 de marzo de 2013 (incluye salida y regreso).

Artículo 2º—El objetivo del viaje es acompañar a la Sra. Presidenta de la República a la reunión.

Artículo 3º—Desde las dieciséis horas hasta las veintidós horas del día catorce de marzo, en ausencia del señor Mario Zamora Cordero, se nombra como Ministro a. í. de los Ministerios de Gobernación y Policía y de Seguridad Pública, al Señor Walter Navarro Romero, Viceministro de  Unidades Regulares de la Fuerza Pública del Ministerio de Seguridad Pública.

Artículo 4º—El Ministerio de Seguridad Pública, mediante el Sub Programa 089-00 Gestión Administrativa de los Cuerpos Policiales,  subpartida 1.05.04 “Viáticos al Exterior” costeará los gastos de alimentación, transporte interno, impuestos migratorios y cualquier otro gasto.  El transporte aéreo, será proporcionado por el Servicio de Vigilancia Aérea  del Ministerio de Seguridad Pública.

Artículo 5º—Rige de las dieciséis horas  hasta las veintidós horas del día catorce de marzo del dos mil trece.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los trece días del mes de marzo del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 17941.—Solicitud N° 108-090-00023.—C-14100.—(IN2013024541).

Nº 841-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 47, Inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

I.—Que el señor Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud, viajará del 01 al 05 de abril de 2013, a Toronto, Canadá, para asistir al Koerner Speaker Series in Neotropical Conservation.

II.—Que con motivo de la ausencia del señor Ministro de Cultura y Juventud, se hace imperativo designar a un titular a. i. en esa Cartera. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Manuel Obregón López, cédula N° 1-565-129, Ministro de Cultura y Juventud, para que asista al Koerner Speaker Series in Neotropical Conservation, que se realizará del 02 al 04 de abril de 2013, en la Universidad de York, en Toronto, Canadá.

Artículo 2º—El transporte internacional, el hospedaje, la alimentación y el transporte interno, serán cubiertos por la Universidad de York.

Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Manuel Obregón López, nombrar al señor Iván Rodríguez Rodríguez, Viceministro de Cultura, cédula Nº 1-626-183, como Ministro a. i. de Cultura y Juventud.

Artículo 4º—Rige a partir de las 12:20 horas del día 01 de abril de 2013 hasta las 16:05 horas del día 05 de abril de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a los 22 días del mes de marzo del 2013.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 18052.—Solicitud N° 117-750-015-749.—C-12200.—(IN2013024497).

N° 842-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 139 de la Constitución Política; artículo 47 inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública: y artículos 7 párrafo final, 29 y 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para funcionarios públicos.

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al señor Mario Zamora Cordero, cédula de identidad N° 2-449-150, Ministro de Gobernación, Policía y de Seguridad Pública, para que asista a la actividad denominada “Conferencia Centroamericana sobre Seguridad”, por realizarse en la Ciudad de Panamá, Panamá, del 15 al 20 de abril de 2013 (incluye salida y regreso).

Artículo 2.—El objetivo del viaje es participar en la conferencia, para tratar el tema: “Esfuerzos regionales para Combatir el Crimen Organizado Transnacional”.

Artículo 3°—Desde las ocho horas del quince de abril hasta las veinticuatro horas del veinte de abril de dos mil trece, en ausencia del señor Mario Zamora Cordero, se nombra como Ministro a. i. de los Ministerios de Gobernación y Policía y de Seguridad Pública, al Lic. Celso Gamboa Sánchez, Viceministro de Unidades Especiales del Ministerio de Seguridad Pública.

Artículo 4°—El Gobierno de los Estados Unidos de América sufragará los gastos del transporte, alojamiento y alimentación. El Ministerio de Seguridad Pública, mediante el Sub Programa 089-00 Gestión Administrativa de los Cuerpos Policiales, subpartida 1.05.04 “Viáticos al Exterior” costeará los gastos de transporte interno, impuestos migratorios y cualquier otro gasto.

Artículo 5°—Rige de las ocho horas del quince de abril hasta las veinticuatro horas del veinte de abril de dos mil trece.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintidós días del mes de marzo del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 17941.—Solicitud N° 108-090-00024.—C-15040.—(IN2013024456).

N° 843-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política (inciso 1), así como lo dispuesto en el artículo 47 inciso 3° de la Ley N° 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, en la Ley Nº 9103 Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2013, publicada en el alcance digital de La Gaceta Digital N° 204 el día 14 de diciembre del 2012 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República reformado mediante la Resolución R-DC-10-2012 del 23 de febrero del 2012.

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al señor Edgar Ayales Esna, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad número uno-trescientos ochenta y tres- trescientos diecisiete, para que participe en el Foro Global sobre Desarrollo OCDE, a celebrarse en París, Francia del 02 de abril del 2013 al 08 de abril del 2013.

Artículo 2°—Todos los gastos por concepto de estadía, manutención y otros, e impuestos o cánones transporte de taxis, seguro de vida, que se deban pagar en las terminales de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10504 por un monto aproximado de $1500 y los gastos por concepto de tiquete aéreo por un monto aproximado de $5000 será cubierto por la subpartida 10503, Internet será cubierto con recursos de la subpartida 10204 del programa 132 Administración Superior, del título 206 Ministerio de Hacienda.

Artículo 3°—En tanto dure la ausencia del señor Edgar Ayales Esna, se nombra Ministro a.í. al señor José Luis Araya Alpízar, Vicemimstro de Egresos, cédula número dos-trescientos veintiocho-ochocientos cincuenta y cinco, a partir de las 14:00 horas del 02 de abril del 2013 hasta las 16:00 horas del 08 de abril del 2013.

Artículo 4°—El presente acuerdo rige a partir de las 14:00 horas del 02 de abril del 2013 hasta las 16:00 horas del 08 de abril del 2013.

Dado en la Presidencia de la República a los 22 días del mes de marzo del 2013.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 17960.—Solicitud N° 10730.—C-18800.—(IN2013024463).

N° 844-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 de la Constitución Política y 26 inciso a) y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública (Ley N° 6227 de 2 de mayo de 1978).

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al señor Guido Alberto Monge Fernández, cédula de identidad 1-581-868, Ministro de Vivienda y Asentamientos Humanos, para que viaje a la ciudad de San Salvador, República de El Salvador y en representación del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos participe en la exposición a celebrarse en San Salvador del 4 al 7 de abril de 2013 del Programa Conjunto denominado: “Modelo Comunidades Productivas Sostenibles: Desarrollo inclusivo y sostenible de asentamientos precarios”, que desarrollan en dicho país las siguientes agencias del Sistema de Naciones Unidas: Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos ONU Hábitat. La salida del señor Monge Fernández a la ciudad de San Salvador será el 5 de abril de 2013 a las seis horas quince minutos y su regreso a Costa Rica será el 7 de abril de 2013 a las dieciséis horas y cinco minutos.

Artículo 2°—Durante la ausencia del señor Guido Alberto Monge Fernández, nombrar como Ministro a. í. de Vivienda y Asentamientos Humanos, al señor Roy Barboza Sequeira, cédula de identidad 1-620-656, Viceministro de Vivienda y Asentamientos Humanos.

Artículo 3°—No se cancelarán gastos de pasajes ni viáticos con cargo al Erario Público. Los gastos relativos a transporte aéreo y terrestre, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos ONU Hábitat.

Artículo 4°—Durante los días del 5 al 7 de abril de 2013, el funcionario autorizado a participar en la actividad devengará el cien por ciento (100%) de su salario.

Artículo 5º—Rige de las seis horas quince minutos del 5 de abril de 2013 a las dieciséis horas y cinco minutos del 7 de abril de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, a las catorce horas del veintidós de marzo de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 17501.—Solicitud N° 123-810-003-13.—C-18800.—(IN2013024494).

Nº 846-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1) y 146 de la Constitución Política y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 de 2 de mayo de 1978), en la Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por Concepto de Transportes para Todos los Funcionarios del Estado (Nº 3462 de 26 de noviembre de 1964), en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013 (Nº 9103 de 4 de diciembre de 2012) y en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República (R-4-DI-AA-2001 de 10 de mayo de 2001).

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Roberto Gallardo Núñez, cédula de identidad número 1-549-255, Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, para que viaje y participe en el “Encuentro de Expertos y Hacedores de Políticas sobre Gestión de Riesgo en el Istmo Centroamericano”, organizado por la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (SG/OEA), a realizarse en Tegucigalpa, Honduras, del 9 al 11 de abril de 2013.

Artículo 2º—El organizador cubrirá gastos por concepto de transporte y viáticos. El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) cubrirá gastos por concepto de impuestos sobre boletos de transporte, tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de transporte y póliza de seguro por accidente (INS: Seguro Viajeros con Asistencia), con cargo al Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica), Programa 863 (Actividades Centrales), Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el Exterior) y 1.06.01 (Seguros) del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2013.

Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Gallardo Núñez, se nombra como Ministra a. i. a la señora Silvia Hernández Sánchez, cédula de identidad número 1-954-364.

Artículo 4º—Rige de las 19:00 horas del 9 de abril a las 18:00 horas del 11 de abril de 2013.

Dado en la Presidencia de la República, al segundo día del mes de abril del año dos mil trece.

Publíquese.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. N° 17894.—Solicitud N° 127-860-13003.—C-18800.—(IN2013024467).

CONSEJO DE GOBIERNO

N° 142

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Veintinueve celebrada el veintisiete de noviembre del dos mil doce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Ante el vencimiento del plazo del nombramiento efectuado por el Consejo de Gobierno que consta en el artículo cuarto de la sesión número diecinueve, celebrada el treinta y uno de agosto del dos mil diez; conforme lo solicita la Ministra de Agricultura y Ganadería, señora Gloria Abraham Peralta y con fundamento en lo que dispone el artículo veinticinco de la Ley Orgánica de la Agricultura e Industria de la Caña de Azúcar, se nombra a la señora Tania López Lee, cédula de identidad número 2-350-207, Viceministra de Agricultura y Ganadería, como Suplente de la Ministra de Agricultura y Ganadería ante la Junta Directiva de la Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar (LAICA), con rige del 1 de enero del 2013 hasta el 8 de mayo del 2014. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-12220.—(IN2013024528).

N° 143

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo cuarto del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Veintinueve celebrada el veintisiete de noviembre del dos mil doce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Con fundamento en el artículo 7, inciso d) de la Ley de Creación del Instituto de Pesca y Acuacultura (INCOPESCA), Ley N° 7384: a. Se nombra al señor Mauricio González Gutiérrez, cédula de identidad 2-435-131, y a la señora Anita Mac Donal Rodríguez, cédula de identidad 7-112-514, como miembros de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Pesca y Acuacultura (INCOPESCA), en representación de las organizaciones de pescadores o acuacultores de las provincias costeras del país, Puntarenas y Limón, respectivamente. b. Se nombra a la señora Jeannette Pérez Blanco, cédula 1-573-828, como miembro suplente ante la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Pesca y Acuacultura (INCOPESCA). Rigen estos nombramientos a partir del 27 de noviembre del 2012 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 30 de junio del 2014. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-13160.—(IN2013024527).

N° 144

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta celebrada el cuatro de diciembre del dos mil doce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Nombrar como representantes del sector público, provenientes de diferentes ministerios, ante la Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), a los señores: a) Guido Alberto Monge Fernández, cédula número 1-581-868, Ministro de Vivienda y Asentamientos Humanos y b) Santiago Villalobos Garita, cédula número 3-164-491, Asesor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.  El señor Guido Alberto Monge Fernández, quien fuera nombrado en esa Junta Directiva como representante del Ministerio de Economía Industria y Comercio, según consta el artículo tercero del acta de la sesión número siete celebrada por el Consejo de Gobierno el 15 de junio del 2010, deja esa condición para asumir como representante del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos, dado su cese como Asesor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio y posterior nombramiento como Ministro de Vivienda y Asentamientos Humanos, ante la renuncia de la señora Irene Campos Gómez. Rigen estos nombramientos a partir 04 de diciembre del 2012 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2014. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-9400.—(IN2013024525).

N° 145

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Dos celebrada el dieciocho de diciembre del dos mil doce, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Aceptar la renuncia presentada por el señor Gerardo Lizano Vindas, cédula de identidad número 1-372-066, al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en la República del Ecuador, a partir del 31 de enero de 2013. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-9400.—(IN2013024524).

N° 146

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Tres celebrada el ocho de enero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Nombrar al señor Lionel Peralta Lizano, cédula de identidad número 1-543-530, como Suplente de la Ministra de Economía, Industria y Comercio ante la Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar (LAICA), a partir del 08 de enero del 2013 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de diciembre 2014. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-9400.—(IN2013024523).

N° 147

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Cuatro celebrada el quince de enero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Tener por conocida la renuncia presentada por la señora Marcela Soto Molina, al cargo que ha venido desempeñando como Directora ante la Junta Directiva de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), misma que se hizo efectiva a partir del diez de enero del dos mil trece. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-9400.—(IN2013024521).

N° 148

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Cuatro celebrada el quince de enero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Tener por conocida la renuncia presentada por la señora Raquel Barrientos Cordero, al cargo que ha venido desempeñando como Directora ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), misma que se hizo efectiva a partir del ocho de enero del dos mil trece. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-9400.—(IN2013024520).

N° 149

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo cuarto del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Cuatro celebrada el quince de enero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Tener por conocida la renuncia presentada por la señora Sara Faingezicht Waisleder, cédula de identidad número 8-310-459, al cargo que ha venido desempeñando como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica ante la República de Perú, a partir del 31 de marzo del 2013. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-9400.—(IN2013024519).

N° 150

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo sexto del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Cuatro celebrada el quince de enero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Resultando: Primero: El Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo cuarto del acta de la sesión ordinaria número ciento veintidós, celebrada el 9 de octubre del 2012, nombró como Presidenta Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), a la señora  Iris Arias Angulo, cédula de identidad 5-122-188, a partir del 15 de octubre del 2012 y por el resto del periodo legal correspondiente, hasta el 8 de mayo del 2014, plazo establecido en el inciso a) del artículo cinco de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia. Segundo: En el acta correspondiente al acuerdo antes citado se consignó como fecha de rige a partir del 15 de noviembre del 2012, siendo lo correcto a partir del 15 de octubre del 2012. Tercero: Mediante oficio PE-0012-2013 de 7 de enero del 2013, la señora Iris Arias Angulo, Presidenta Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, solicita la rectificación del error material de cita. Considerando: único: De conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo ciento cincuenta y siete de la Ley General de la Administración Pública, en cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos. Por tanto: El Consejo de Gobierno acuerda: Con fundamento en la norma contenida en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, se corrige el error material contenido en el artículo cuarto del acta de la sesión ordinaria número ciento veintidós, celebrada el 9 de octubre del 2012, únicamente en el siguiente sentido: Para que la fecha de rige del nombramiento sea a partir del 15 de octubre del 2012. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-18800.—(IN2013024517).

N° 151

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Cinco celebrada el veintidós de enero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Nombrar a la señora Cathalina García Santamaría, cédula de identidad número 1-579-326, como Directora ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), a partir del 22 de enero del 2013 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 02 de noviembre del 2016. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-9400.—(IN2013024516).

N° 152

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Seis celebrada el veintinueve de enero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice: “1.- Tener por conocida la renuncia presentada por el señor Rolando González Ulloa, al cargo que ha venido desempeñando como Presidente Ejecutivo del Instituto de Desarrollo Rural (INDER), misma que hará efectiva a partir del próximo 03 de febrero. 2.- Nombrar en sustitución suya, al señor Víctor Julio Carvajal Garro, cédula de identidad número 2-280-693, a partir 03 de febrero del 2013 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 08 de mayo del 2014. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-9400.—(IN2013024514).

N° 153

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Seis celebrada el veintinueve de enero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Tener por conocida la renuncia presentada por la señora María Mayela Morera Ávila, al cargo que ha venido desempeñando como Directora ante la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), misma que hizo efectiva el pasado 23 de enero del presente año. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-9400.—(IN2013024513).

N° 154

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo cuarto del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Seis celebrada el veintinueve de enero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice:  “Nombrar al señor  Marco  Peraza  Salazar,  cédula de identidad número 1-394-700 en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica ante el Honorable Gobierno de la República del Paraguay, con sede en Asunción, a partir del 1º de abril del 2013. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 045.—C-9400.—(IN2013024511).

N° 155

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo quinto del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Seis celebrada el veintinueve de enero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice:  “En razón de haberse conocido la renuncia que presentara la señora  Marcela Soto Molina, al cargo que venía desempeñando como Directora ante la Junta Directiva de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), según consta en el artículo segundo de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Cuatro del pasado 15 de enero del 2013,  se nombra en sustitución suya, a la señora Magda Verónica Taylor Wa Chong, cédula de identidad número 7-113-667, a partir del 29 de enero del 2013 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2018. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 044.—C-9400.—(IN2013024509).

N° 156

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Ocho celebrada el doce de febrero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice: “En razón de haberse conocido la renuncia presentada la señora María Mayela Morera Ávila, al cargo que venía desempeñando como Directora ante la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), según consta en el artículo tercero de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Seis del pasado 29 de enero del 2013, se nombra en sustitución suya, a la señora Gladys González Barrantes, cédula de identidad número 2-316-619, a partir del 12 de febrero del 2013 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2014. Acuerdo declarado firme por unanimidad.

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 044.—C-11280.—(IN2013024507).

N° 157

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Ocho celebrada el doce de febrero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Nombrar en el cargo de Tesorera Nacional, a la señora Martha Eugenia Cubillo Jiménez, cédula de identidad número 1-541-781 y al señor  Mauricio  Arroyo  Rivera, cédula de identidad número 2-469-662, en el cargo de Subtesorero Nacional. Rigen estos nombramientos a partir del 01 de marzo del 2013 y por el período legal correspondiente, hasta el 28 de febrero del 2017. Acuerdo declarado firme por unanimidad.”

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 044.—C-9400.—(IN2013024505).

N° 158

MARTHA MONGE MARÍN

SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica:

Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y Nueve celebrada el veintiséis de febrero del dos mil trece, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Tener por conocida la renuncia presentada por el señor Carlos Villalobos Szuster, cédula de identidad número 1-646-367, al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en la República Argentina, a partir del 15 de mayo del 2013. Acuerdo declarado firme por unanimidad.”

Martha Monge Marín, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 18091.—Solicitud N° 044.—C-9400.—(IN2013024503).

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

312-PE

LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, La Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006, La Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Modificar el punto 2 del acuerdo de viaje 285-PE, para el caso de Sergio Abarca Monge, el cual debe leerse:

2.  Los gastos de transporte, hospedaje y desayuno serán cubiertos por la GIZ (Cooperación Alemana).

Se autoriza el complemento de gastos de un 24% sobre la tarifa de Doha, Qatar, para cubrir almuerzos y cenas del 24 de noviembre al 8 de diciembre de 2012 y además los gastos de hospedaje de dos noches en Madrid, por motivo de conexiones de vuelos. Estos gastos serán cubiertos por el presupuesto ordinario del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Dado en el Despacho Ministerial, el siete de diciembre del dos mil doce.

Xinia Chaves Quirós, Ministra de Agricultura y Ganadería a. í..—1 vez.—O. C. Nº 17315.—Solicitud Nº 110-170-00001.—C-Crédito.—(IN2013023064).

JUSTICIA Y PAZ

Nº 013-MJP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 29744-J del cuatro de setiembre de dos mil uno.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Acoger la renuncia de la señor Hyun Dae Kim Yang conocido como Johnny Kim Yang, cédula de identidad número 8-0057-0608, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Baik, cédula jurídica Nº 3-006-559386 y dejar sin efecto el Acuerdo N° 019 del dieciséis de febrero de dos mil nueve.

Artículo 2º—Nombrar al señor Maximiliano Anderson Rodríguez, conocido como Max Anderson Rodríguez, cédula de identidad N° 1-0454-0853 como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Baik, cédula jurídica Nº 3-006-559386, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 3º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día once de febrero de dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—Ministro de Justicia y Paz, Fernando Ferraro Castro.—1 vez.—O. C. N° 18879.—Solicitud N° 119-780-069-OM.—C-Crédito.—(IN2013023029).

Nº 017-MJP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del dos de febrero del dos mil once.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Fernando Herrera Fernández, cédula de identidad número 1-0422-0405, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Costa Rica Internacional Carbono Neutro, cédula jurídica Nº 3-006-654211, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día diecinueve de febrero del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Fernando Ferraro Castro.—1 vez.—O. C. Nº 18879.—Solicitud Nº 119-780-070-OM.—C-Crédito.—(IN2013023028).

Nº 019-MJP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del dos de febrero de dos mil once.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Michele Marie Montenegro, cédula de residencia número 184000989802, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación El Puente Cristiano, cédula jurídica Nº 3-006-651179, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día veintiséis de febrero del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Fernando Ferraro Castro.—1 vez.—O. C. Nº 18879.—Solicitud Nº 119-780-071-OM.—C-Crédito.—(IN2013023032).

Nº 023-MJP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Steven David Quirós Peñaranda, cédula de identidad número 1-1369-0175, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Protegiendo a los Niños, cédula jurídica Nº 3-006-655841, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día primero de marzo del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Fernando Ferraro Castro.—1 vez.—O. C. Nº 18879.—Solicitud Nº 119-780-072-OM.—C-Crédito.—(IN2013023033).

Nº 024-MJP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº 29744-J del cuatro de setiembre de dos mil uno.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Acoger la renuncia de la señora Milena Sanabria Rodríguez, cédula de identidad Nº 1-0836-0081, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Fomentando Oportunidades y Desarrollo, cédula jurídica Nº 3-006-657792 y dejar sin efecto el Acuerdo N° 123-MJP del nueve de agosto de dos mil doce.

Artículo 2º—Nombrar al señor Wandal Rojas Calvo, cédula de identidad N° 5-0319-0954 como representante del Poder Ejecutivo en la Fomentando Oportunidades y Desarrollo, cédula jurídica Nº 3-006-657792, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 3º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día primero de marzo del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Justicia y Paz, Fernando Ferraro Castro.—1 vez.—O. C. Nº 18879.—Solicitud Nº 119-780-073-OM.—C-Crédito.—(IN2013023063).

N° 036

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ.

Con fundamento en el artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978 y el artículo 02 de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Paz, Ley Nº 6739 del 28 de abril de 1982. Así como lo dispuesto en la Ley  Nº 8908 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011” y los artículos 7, 34, y 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Lilliana María Rivera Quesada, cédula 01-0637-0369, en su condición de Viceministra de Asuntos Penitenciarios, para que participe en la  Reunión Plenaria de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos a realizarse los días 04 y  05 de abril del 2013, en Viña de Mar, Chile.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo y hospedaje serán cubiertos por la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos.

Artículo 3º—Los gastos por concepto de viáticos (entiéndase alimentación y gastos menores) de los días 04 y  05 de abril del 2013, serán cubiertos por la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos.

Artículo 4º—La funcionaria devengará el 100% de su salario durante el tiempo en que rija este acuerdo.

Artículo 5º—Rige del 03 hasta el 06 de abril del 2013, ambas fechas inclusive.

Dado en el Despacho del Ministro de Justicia y Paz, el día veintiuno del mes de marzo del dos mil trece.

Fernando Ferraro Castro, Ministro de Justicia y Paz.—1 vez.—O. C. Nº 18879.—Solicitud Nº 119-780-068-OM.—C-Crédito.—(IN2013023027).

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

Nº 001-MICITT-2013

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

En uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política; el inciso 1) del artículo 25 y el inciso 2.b) del artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el artículo 8 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Ley Nº 7169 del 26 de junio de 1990; y

Considerando:

1º—Que la Asociación de Estudiantes de Ingeniería Química en conjunto con la Escuela de Ingeniería Química de la Universidad de Costa Rica, son parte del Comité Organizador del Congreso denominado “XIX Congreso Latinoamericano de Estudiantes de Ingeniería Química y Afines (COLAEIQ) y I Congreso Nacional de Estudiantes de Ingeniería Química y Carreras Afines (CEIQCA)”, el cual se estará llevando a cabo en San José, Costa Rica, en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, los días 22 al 27 de julio del 2013.

2º—Que el COLAEIQ es una actividad que se realiza anualmente y reúne a estudiantes y profesionales del campo de la Ingeniería Química, Alimentos, Forestal, Metalurgia y Maderas a lo largo de Latinoamérica. El evento ha desarrollado en cada una de sus ediciones espacios de interacción, permitiendo a los estudiantes acercarse a los nuevos avances en el campo.

3º—Que con la realización del XIX COLAEIQ en Costa Rica, se efectuará el lanzamiento del I Congreso Nacional de Estudiantes de Ingeniería Química y Carreras Afines (CEIQCA). Con esta actividad se busca lograr un acercamiento entre las carreras de Ingeniería Química, Alimentos, Metalurgia, Ciencias Materiales, Forestal y Ambiental, Biotecnología y Bioprocesos de las Universidades Estatales que las imparten y establecerlo como un evento que año tras año reúna a los y las estudiantes en actividades de intercambio de conocimientos con profesionales, que les permitan fortalecer sus experiencias.

4º—Que la implementación y desarrollo del I CEIQCA en nuestro país, permitirá la interacción entre estudiantes y docentes al acercamiento de nuevas tecnologías, fomentando generar nuevos profesionales para el mercado nacional y de esta manera contribuir al desarrollo industrial y económico del país; de igual manera permitirá a las empresas ser parte de la formación de los profesionales que llegarán a cubrir la mano de obra especializada de nuestro país.

5º—Que con la realización del XIX COLAEIQ en Costa Rica, la Asociación de Estudiantes de Ingeniería Química en conjunto con la Escuela de Ingeniería Química busca celebrar el 50 aniversario de la carrera, teniendo como lema para el evento de conmemoración y del congreso “50 Años a la vanguardia de la Industria y la Educación”.

6º—Que de conformidad con el artículo 8º de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Nº 7169, todas las actividades científicas y tecnológicas sin fines de lucro, realizadas por las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, son de interés público. Por tanto,

ACUERDAN:

“DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO DEL “XIX CONGRESO

LATINOAMERICANO DE ESTUDIANTES DE INGENIERÍA

QUÍMICA Y AFINES (COLAEIQ) Y I CONGRESO NACIONAL

DE ESTUDIANTES DE INGENIERÍA QUÍMICA

Y CARRERAS AFINES (CEIQCA)”

Artículo 1º—Con fundamento en el artículo 8 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Nº 7169, se declara de interés público el “XIX Congreso Latinoamericano de Estudiantes de Ingeniería Química y Afines (COLAEIQ) y I Congreso Nacional de Estudiantes de Ingeniería Química y Carreras Afines (CEIQCA)” que se llevará a cabo en San José, Costa Rica, en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, los días 22 al 27 de julio del 2013.

Artículo 2º—Se insta a las entidades públicas y privadas, para que en la medida de sus posibilidades y dentro de la normativa jurídica vigente, contribuyan con el aporte de recursos económicos, logísticos y técnicos para la exitosa realización de la actividad mencionada.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de febrero del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, José Alejandro Cruz Molina.—1 vez.—O. C. Nº 17593.—Solicitud Nº 128-898-015.—C-Crédito.—(IN2013023067).

Nº 002-MICITT-2013

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

En uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política; el inciso 1) del artículo 25 y el inciso 2.b) del artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el artículo 8 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Ley Nº 7169 del 26 de junio de 1990; y

Considerando:

1º—Que las Ramas Estudiantiles del IEEE (Institute of Electrical and Electronic Engineers) Sección Costa Rica, organizan el evento, denominado “XXXII Convención de Estudiantes de Centroamérica y Panamá (CONESCAPAN 2013) del IEEE”; el cual se estará llevando a cabo en San Antonio de Belén, Heredia, Costa Rica, en el Hotel Double Tree Cariari by Hilton, los días 23 al 27 de setiembre del 2013.

2º—Que la Convención mencionada, es de gran importancia para el sector de ciencia y tecnología y al país en general, toda vez que reúne a estudiantes de toda la región centroamericana, fortalece los conocimientos técnicos y académicos de los participantes de la Convención, tanto estudiantes como profesionales y reconoce la investigación y el desarrollo de proyectos estudiantiles de Centroamérica y Panamá. Además, fomenta la creatividad de los futuros profesionales mediante el desarrollo de proyectos innovadores, da a conocer los últimos avances en el campo de tecnologías aeroespaciales desarrolladas en Centroamérica y Panamá, con el fin de promover su progreso, impulsa el desarrollo de energías renovables en los países de Centroamérica y Panamá dada la creciente necesidad de tecnologías verdes para evitar el calentamiento global y reducir la dependencia en el uso de derivados del petróleo. Finalmente, motiva a los estudiantes para que se involucren con el IEEE, que es una asociación profesional sin fines de lucro de más de 125 años de existencia y 400.000 miembros en más de 160 países, que es y ha sido promotor de la tecnología para el avance de la Humanidad, y por este medio buscar oportunidades de desarrollo personal, profesional y de la sociedad.

3º—Que la temática fundamental de la actividad es Energías Renovables y Tecnología Aeroespacial, ambas de interés dentro del Plan Nacional de Ciencia, tecnología e Innovación 2011-2014, en el apartado 3.1 Ciencias de la Tierra y el Espacio, y 3.6 Energías Alternativas.

4º—Que de conformidad con el artículo 8º de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Nº 7169, todas las actividades científicas y tecnológicas sin fines de lucro, realizadas por las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, son de interés público. Por tanto,

ACUERDAN:

DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO DE LA CONVENCIÓN

DENOMINADA: “XXXII CONVENCIÓN DE ESTUDIANTES

DE CENTROAMÉRICA Y PANAMÁ (CONESCAPAN 2013)

DEL IEEE”

Artículo 1º—Con fundamento en el artículo 8 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Nº 7169, se declara de interés la Convención denominada: “XXXII Convención de Estudiantes de Centroamérica y Panamá (CONESCAPAN 2013) del IEEE” que se llevará a cabo en San Antonio de Belén, Heredia, Costa Rica, en el Hotel Double Tree Cariari by Hilton, los días 23 al 27 de setiembre del 2013.

Artículo 2º—Se insta a las entidades públicas y privadas, para que en la medida de sus posibilidades y dentro de la normativa jurídica vigente, contribuyan con el aporte de recursos económicos, logísticos y técnicos para la exitosa realización de la actividad mencionada.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de febrero del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, José Alejandro Cruz Molina.—1 vez.—O. C. Nº 17593.—Solicitud Nº 128-898-016.—C-Crédito.—(IN2013023069).

Nº 003-MICITT-2013

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

En uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política; el inciso 1) del artículo 25 y el inciso 2.b) del artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el artículo 8 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Ley Nº 7169 del 26 de junio de 1990; y

Considerando:

1º—Que en celebración a los 110 años de fundado el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, ante tan importante acontecimiento se ha organizado el Congreso denominado “Innovación + Integración = Desarrollo”; el cual se estará llevando a cabo en Heredia, Costa Rica, Hotel Ramada Plaza Herradura, los días 17 al 19 de julio del 2013.

2º—Que el Congreso mencionado, se busca la participación de los profesionales en Ingeniería y Arquitectura en el ámbito nacional e internacional que desarrollen sus labores tanto en el ámbito público como en el privado, y donde se busca apoyar al profesional miembro en toda la dinámica de la innovación y el cambio tecnológico que se desarrolla en la actualidad y que es de fundamental importancia para poder responder adecuadamente a las necesidades de la sociedad a la que se sirve.

3º—Que la temática fundamental de la actividad es el intercambio de experiencias y conocimientos de profesionales en Ingeniería y en Arquitectura nacional y extranjeros, la proyección de la Ingeniería  y de la Arquitectura en la sociedad por medio de la exposición de iniciativas que aporten soluciones a situaciones actuales de nuestras ciudades, analizar las demandas de los nuevos modelos de desarrollo mundiales, fomentar nuevas tecnologías para Ingeniería y para la Arquitectura, crear, desarrollar y promover procesos de formación continua de los profesionales en Ingeniería y en Arquitectura.

4º—Que de conformidad con el artículo 8º de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Nº 7169, todas las actividades científicas y tecnológicas sin fines de lucro, realizadas por las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, son de interés público. Por tanto,

ACUERDAN:

DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO

DEL CONGRESO DENOMINADO:

“INNOVACIÓN + INTEGRACIÓN = DESARROLLO”

Artículo 1º—Con fundamento en el artículo 8 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Nº 7169, se declara de interés público el Congreso denominado: “Innovación + Integración = Desarrollo” que se llevará a cabo en Heredia, Costa Rica, en el Hotel Ramada Plaza Herradura, los días 17 al 19 de julio del 2013.

Artículo 2º—Se insta a las entidades públicas y privadas, para que en la medida de sus posibilidades y dentro de la normativa jurídica vigente, contribuyan con el aporte de recursos económicos, logísticos y técnicos para la exitosa realización de la actividad mencionada.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de febrero del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, José Alejandro Cruz Molina.—1 vez.—O. C. Nº 17593.—Solicitud Nº 128-898-017.—C-Crédito.—(IN2013023070).

Nº 004-MICITT-2013

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA

Y TELECOMUNICACIONES

En uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política; el inciso 1) del artículo 25 y el inciso 2.b) del artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el artículo 8 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Ley Nº 7169 del 26 de junio de 1990; y

Considerando:

1º—Que la Comisión Paritaria de Género del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) y del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), organizan el Curso Internacional denominado “Mujeres en Liderazgo: Profesionales, Científicas y Ejecutivas”, el cual se llevará a cabo en las instalaciones del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, los días 7, 8 y 9 de marzo del 2013.

2º—Que el curso internacional indicado, tiene como objetivo el brindar herramientas teórico-metodológicas para enfrentar y solucionar los retos actuales de las mujeres que ejercen liderazgo, especialmente mujeres profesionales, científicas y ejecutivas; además a mujeres que están en procesos de emprededurismo.

3º—Que el MICITT en colaboración con la Comisión Paritaria de Género del CFIA, han fijado líneas de acción que permitan promover la participación de las mujeres en espacios no tradicionales, especialmente en la ingeniería y ciencias básicas; además se ha logrado promover el acercamiento de las y los estudiantes a las científicas que trabajan en estos campos, brindándoles las herramientas para que a la hora de tomar decisiones, éstas sean con una base de información más adecuada.

4º—Que el curso internacional “Mujeres en Liderazgo: Profesionales, Científicas y Ejecutivas”, es de gran importancia, ya que con su desarrollo, se pretende capacitar el recurso humano en el sector de ciencia y tecnología, y al país en general, toda vez que se potencian las posibilidades de desarrollar destrezas gerenciales y de liderazgo, especialmente en las mujeres profesionales, científicas y ejecutivas.

5º—Que la temática fundamental de la actividad es el desarrollo de capacidades para enfrentar y solucionar los retos actuales de las mujeres que ejercen su liderazgo en los sectores políticos, públicos y privado, mediante la aplicación de metodologías modernas y efectivas de andragogía, en temas como liderazgo, motivación, cambio, balance familia-trabajo, técnicas de comunicación efectiva para las mujeres y creación de redes de alto impacto (Networking).

6º—Que de conformidad con el artículo 8º de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Nº 7169, todas las actividades científicas y tecnológicas sin fines de lucro, realizadas por las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, son de interés público. Por tanto,

ACUERDAN:

“DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO

DEL CURSO INTERNACIONAL

MUJERES EN LIDERAZGO: PROFESIONALES,

CIENTÍFICAS Y EJECUTIVAS”

Artículo 1º—Con fundamento en el artículo 8 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Nº 7169, se declara de interés público el Curso Internacional denominado “Mujeres en Liderazgo: Profesionales, Científicas y Ejecutivas”, que se llevará a cabo en las instalaciones del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, los días 7, 8 y 9 de marzo del 2013.

Artículo 2º—Se insta a las entidades públicas y privadas, para que en la medida de sus posibilidades y dentro de la normativa jurídica vigente, contribuyan con el aporte de recurso humano, económico, logístico y técnico para la exitosa realización de la actividad mencionada.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de febrero del dos mil trece.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, José Alejandro Cruz Molina.—1 vez.—O. C. Nº 17593.—Solicitud Nº 128-898-013.—C-Crédito.—(IN2013023072).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

AE-REG-E-094-2013.—El señor Rubén Alberto Ortiz Vega cédula de identidad: 1-0497-0193, en calidad de representante legal, de la compañía Agrosoil Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del equipo: Cooper Pegler, tipo: pulverizador de mochila manual, modelo: CP 15 Classic, Capacidad: 20 litros, Peso: 4.75 kilogramos cuyo fabricante es: Exel GSA-Francia. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:00 horas del 26 de marzo del 2013.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—(IN2013023933).

AE-REG-E-092-2013.—El señor Rubén Alberto Ortiz Vega cédula de identidad: 1-0497-0193, en calidad de representante legal, de la compañía Agrosoil Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del equipo: Cooper Pegler, tipo: pulverizador de mochila manual, modelo: CP 18, capacidad: 18 litros, Peso: 3.70 kilogramos cuyo fabricante es: Exel GSA-Francia. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:20 horas del 26 de marzo del 2013.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—(IN2013023934).

AE-REG-E-093-2013.—El señor Rubén Alberto Ortiz Vega cédula de identidad: 1-0497-0193, en calidad de representante legal, de la compañía Agrosoil Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del equipo: Cooper Pegler, tipo: pulverizador de mochila manual, modelo: CP 3, Classic, capacidad: 20 litros, Peso: 5 kilogramos cuyo fabricante es: Exel GSA-Francia. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:40 horas del 26 de marzo del 2013.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—(IN2013023935).

AE-REG-E-095/2013.—El señor Rubén Alberto Ortiz Vega, cédula de identidad: 1-0497-0193, en calidad de representante legal de la compañía Agrosoil Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita la inscripción del equipo: Cooper Pegler, Tipo: pulverizador de mochila manual, Modelo: CP 3, capacidad: 15 litros, peso: 4.4 kilogramos, cuyo fabricante es: Exel GSA-Francia. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N°7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:20 horas del 26 de marzo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2013023936).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

AE-REG-E-86-2013.—El señor Luis Sanabria Ramírez, cédula 3-252-523, en calidad de representante legal de la compañía Agronegocios Suplidora Verde S.A, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Firmeza KCS, compuesto a base de Nitrógeno (1.8%), Potasio (6%), Calcio (9.8%), Azufre (4.1), Sílice (11%) todos declarados en peso/volumen, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:30 horas del 21 de marzo del 2013.—Ing. Dennis Matamoros Rojas, Jefe a. í Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—1 vez.—(IN2013023929).

AE-REG-E-77-2013.—El señor Luis Sanabria Ramírez, Cédula 3-252-523, en calidad de representante legal de la compañía Agronegocios Suplidora Verde S.A, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Sun Stop, compuesto a base de Nitrógeno, Calcio, Magnesio, Zinc y Boro, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:45 horas del 14 de marzo del 2013.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—1 vez.—(IN2013023930).

AE-REG-E-75/2013.—El señor Dennis Murillo Soto, cédula 1-893-940, en calidad de representante legal de la compañía Terminales del Pacífico S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Tilarán, Guanacaste, solicita inscripción de materia prima para fertilizante de nombre comercial Ácido Súper Fosfórico, compuesto a base de Fósforo. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:45 horas del 14 de marzo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013023937).

AE-REG-E-76/2013.—El señor Dennis Murillo Soto, cédula 1-893-940, en calidad de representante legal de la compañía Terminales del Pacífico S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Tilarán, Guanacaste, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Golden Boro, compuesto a base de Boro. Conforme a Lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:45 horas del 14 de marzo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013023938).

AE-REG-E-54/2013.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de representante legal de la compañía Agricenter S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial Ca-Center 50, compuesto a base de Calcio (50%) declarado en peso/volumen. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:15 horas del 11 de marzo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013023939).

AE-REG-E-55/2013.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de representante legal de la compañía Agricenter S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del Enmienda de Suelo de nombre comercial Carbocenter -Si, compuesto a base de Calcio (28%), Magnesio (20%) y Silicio (20%) todos declarados en peso/peso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:25 horas del 11 de marzo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013023940).

AE-REG-E-56/2013.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de representante legal de la compañía Agricenter S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del Enmienda de Suelo de nombre comercial Carbocenter Plus, compuesto a base de Calcio (35%), Magnesio (10%) y Azufre (3%) todos declarados en peso/peso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:30 horas del 11 de marzo del 2013.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013023941).

AE-REG-E-87/2013.—El señor Enrico Giordano Sesia, cédula 8-0079-0676, en calidad de representante legal de la compañía Sur Química S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción de la Materia Prima para Elaboración de Fertilizante de nombre comercial Magnesiumoxide Type F2, compuesto a base de Magnesio (92%) declarado en peso/peso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:45 horas del 21 de marzo del 2013.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Dennis Matamoros Rojas, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2013023943).

AE-REG-E-78/2013.—El señor Miguel Obregón Gómez, cédula 6-167-627, en calidad de representante legal de la compañía Asesoramiento Fitosanitario Laboratorio del Doctor Obregón S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita inscripción del Fertilizante Bioestimulante de nombre comercial Cillium, compuesto a base de polisacáridos totales, aminoácidos y extractos de algas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:55 horas del 14 de marzo del 2013.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013023944).

AE-REG-E-79/2013.—El señor Alonso Pasapera Vargas, cédula 1-981-430, en calidad de representante legal de la compañía Industrias Biológicas S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Guápiles, Limón, solicita inscripción del Fertilizante Bioestimulante de nombre comercial Forza -I, compuesto a base de aminoácidos vegetales y extracto de algas marinas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:55 horas del 14 de marzo del 2013.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—(IN2013023945).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

Nº 006-2013.—San José, 13 de marzo del 2013.—Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, al siguiente funcionario:

Nombre

Cédula

Nº Puesto

Clase Puesto

Zeledón Leiva Efraim

01-1145-0086

503619

Profesional de Servicio Civil 1-A

 

Artículo 2º—Rige a partir del 31 de diciembre de 2012.

Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. José Luis Salas Quesada, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2105.—Solicitud Nº 112-303-00149.—Crédito.—(IN2013023961).

Nº 007-2013.—San José, 13 de marzo del 2013.—Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, al siguiente funcionario:

Nombre

Cédula

Nº Puesto

Clase puesto

Monge Hernández Leonardo

03-0370-0860

503586

Profesional de Servicio Civil 1-A

 

Artículo 2º—Rige a partir del 7 de enero de 2013.

Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. José Luis Salas Quesada, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2105.—Solicitud Nº 112-303-00150.—Crédito.—(IN2013023963).

Nº 008-2013.—San José, 13 de marzo del 2013.—Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, al siguiente funcionario:

Nombre

Cédula

Nº Puesto

Clase puesto

Mora Obando Harold

01-0978-0387

503585

Profesional de Servicio Civil 1-A

 

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de enero del 2013.

Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. José Luis Salas Quesada, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2105.—Solicitud Nº 112-303-00151.—Crédito.—(IN2013023964).

Nº 009-2013.—San José, 22 de marzo del 2013.—Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, al siguiente funcionario:

Nombre

Cédula

Nº Puesto

Clase puesto

León Montero Andrey

01-1112-0928

503547

Profesional de Servicio Civil 2

 

Artículo 2º—Rige a partir del 31 de diciembre de 2012.

Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. José Luis Salas Quesada, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2105.—Solicitud Nº 112-303-00152.—Crédito.—(IN2013023969).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN YEVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Educación Técnica Profesional, inscrito en el tomo 1, folio 7, asiento N° 112, y del Título de Técnico Medio en Educación Familiar y Social, inscrito en el tomo 1, folio 10, asiento N° 122, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Sardinal, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de García Canales Olga Cristo. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de abril del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013023091).

Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 13, título N° 1391, emitido por el Liceo Diurno José Martí, en el año dos mil nueve, a nombre de Guevara Duarte José Andrés. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los catorce días del mes de marzo del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013023009).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 21, título N° 571, emitido por el Colegio Ricardo Fernández Guardia, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Aguilar Blanco María Luisa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de marzo del 2013.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013023079).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 77, título N° 304, emitido por el Liceo Nocturno Pacífico Sur, en el año dos mil cinco, a nombre de Arias Jiménez Karol Tatiana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, ocho de abril del dos mil trece.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2013345450.—(IN2013023208).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 15, Título N° 1063, emitido por el Colegio Bilingüe San Judas Tadeo, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Gudiño Camacho Silvia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecinueve de setiembre del dos mil doce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2013023921).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Para ver las marcas de Fábrica solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

Cambio de Nombre por fusión N° 83316

Que Cristian Calderón Cartín, cédula de identidad 1-800-402, en calidad de apoderado especial de P.F Chang’s China Bistro, Inc, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de PFCCB Administration Inc por el de P.F Chang’s China Bistro, Inc, presentada el 26 de febrero de 2013, bajo expediente 83316. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2008-0012482 Registro N° 193339 PF CHANG’S en clase 43 Marca Mixto y 2008-0012483 Registro N° 193340 P.F. CHANG’S en clase 43 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1° de abril de 2013.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—RP2013345456.—(IN2013023202).

Cambio de nombre por fusión Nº 82874

Que Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad N° 9-012-480, en calidad de apoderado especial de Mattel Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Fisher-Price Inc., por el de Mattel Inc., presentada el día 5 de febrero del 2013, bajo expediente N° 82874. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-4553428 Registro Nº 45534 FP en clase 28 marca mixto; 1900-4553528 Registro Nº 45535 en clase 28 marca figurativa; 1900-4701328 Registro Nº 47013 FISHER-PRICE en clase 28 marca denominativa; 1994-0006644 Registro Nº 90894 FISHER-PRICE en clase 25 marca denominativa; 1995-0008852 Registro Nº 105226 FISHER-PRICE en clase 24 marca denominativa; 1995-0008854 Registro Nº 105228 FISHER-PRICE en clase 16 marca denominativa; 1995-0008855 Registro Nº 105227 FISHER-PRICE en clase 12 marca denominativa, y 1996-0007814 Registro Nº 112856 FISHER-PRICE en clase 9 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de febrero del 2013.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—1 vez.—(IN2013023566).

Cambio de nombre Nº 82269

Que Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 1-679-960, en calidad de apoderada especial de ADT Services GMBH, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de ADT Services AG por el de ADT Services GMBH, presentada el día 14 de enero del 2013, bajo expediente N° 82269. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5249409 Registro Nº 52494 ADT en clase 9 marca mixto; 1999-0002346 Registro Nº 115828 ADT en clase 9 marca denominativa; 1999-0002347 Registro Nº 115830 ADT en clase 37 marca denominativa; 1999-0002348 Registro Nº 115832 ADT en clase 45 marca denominativa; 2002-0003568 Registro Nº 136882 ADT en clase 16 marca mixto; 2002-0003569 Registro Nº 136897 ADT en clase 37 marca mixto; 2002-0003570 Registro Nº 138604 ADT en clase 45 marca mixto; 2002-0003571 Registro Nº 137584 en clase 16 marca figurativa; 2002-0003572 Registro Nº 137585 en clase 37 marca figurativa; 2002-0003573 Registro Nº 142642 en clase 45 marca figurativa; 2006-0000805 Registro Nº 162091 ADT en clase 36 marca denominativa; 2006-0000806 Registro Nº 162090 ADT en clase 35 marca denominativa; 2006-0009251 Registro 167813 ADT en clase 9 marca denominativa; 2006-0009252 Registro Nº 167833 ADT en clase 35 marca denominativa; 2006-0009253 Registro N° 170119 ADT en clase 37 marca denominativa; 2006-0009254 Registro Nº 167832 ADT en clase 45 marca denominativa; 2006-0009255 Registro Nº 167814 ADT ALWAYS THERE en clase 9 marca denominativa; 2006-0009256 Registro Nº 170801 ADT ALWAYS THERE en clase 35 marca denominativa; 2006-0009257 Registro Nº 170118 ADT ALWAYS THERE en clase 37 marca denominativa; 2006-0009258 Registro Nº 167831 ADT ALWAYS THERE en clase 45 marca denominativa; 2006-0009259 Registro Nº 177411 ADT en clase 9 marca mixto; 2006-0009260 Registro Nº 172837 ADT en clase 35 marca mixto; 2006-0009261 Registro Nº 170117 ADT en clase 37 marca mixto; 2006-0009262 Registro Nº 170086 ADT en clase 45 marca mixto; 2006-0009263 Registro Nº 170085 ADT en clase 9 marca mixto; 2006-0009264 Registro Nº 170084 ADT en clase 35 marca mixto; 2006-0009265 Registro Nº 169355 ADT en clase 37 marca mixto; 2006-0009266 Registro Nº 169745 ADT en clase 45 marca mixto; 2006-0009267 Registro Nº 166729 en clase 9 marca figurativa; 2006-0009268 Registro Nº 173767 en clase 35 marca figurativa; 2006-0009269 Registro Nº 170083 en clase 37 marca figurativa; 2006-0009270 Registro Nº 167820 en clase 45 marca figurativa; 2006-0009271 Registro Nº 175197 ADT en clase 9 marca mixto; 2006-0009272 Registro Nº 169746 ADT en clase 35 marca mixto; 2006-0009273 Registro Nº 169354 ADT en clase 37 marca mixto; 2006-0009274 Registro Nº 170082 ADT en clase 45 marca mixto, y 2011-0006736 Registro Nº 214134 ADT PULSE en clase 9 38 42 45 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de febrero del 2013.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—1 vez.—(IN2013023582).

Marcas de ganado

Solicitud N° 2012-1931.—Alexander Alvarado Méndez, cédula de identidad 0602420151 y Verónica Sheehan, pasaporte 45847918, en calidad de apoderados generalísimos sin límite de suma de Sociedad Ecologitica Limitada, cédula jurídica 3-102-663067, solicita la inscripción de:

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Puntarenas, Guacimal, la primera entrada a la izquierda después del Bar El Punto 400 metros sur. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 30 de noviembre del 2012. Según el expediente Nº 2012-1931.—San José, 12 de marzo del 2013.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—RP2013345585.—(IN2013023136).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, en condición de apoderada de Bayer Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita la patente de invención denominada PROCEDIMIENTO PARA LA PREPARACIÓN DE {4,6-DIAMINO-2-[l-(2-FLUOROBENCIL)-1H-PIRAZOLO [3,4-B] PIRIDIN-3-IL] PIRIMIDIN-5-IL} METILCARBAMATO DE METILO Y SU PURIFICACIÓN PARA SU USO COMO PRINCIPIO ACTIVO FARMACÉUTICO. La presente invención se refiere a un procedimiento para la preparación de {4,6-diamino-2-[1-(2-fluorobencil)-1H-pirazolo [3,4-b]piridin-3-il]pirimidin-5-il} metilcarbamato de metilo de la fórmula (I), y a un procedimiento para la purificación del producto bruto del compuesto de fórmula (I) para el uso como sustancia farmacéuticamente activa, aislándose para la purificación como intermedio o produciéndose como intermedio en este procedimiento de purificación, dado el caso presente en una mezcla {4,6-diamino-2-[1-(2-fluorobencil)-1H-pirazolo [3,4-b]piridin-3-il] pirimidin-5-il} metilcarbamato de metilo-sulfinildimetano (1:1), es decir, un compuesto de la fórmula (II). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/04; cuyos inventores son Mais, Franz-Josef, Rehse, Joachim, Joentgen, Winfried, Siegel, Konrad. La solicitud correspondiente lleva el número 20120280 y fue presentada a las 14:19:10 del 24 de mayo del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de febrero del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013345354.—(IN2013022841).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Bayer Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita la patente de invención denominada 5-FLUORO-1H-PIRAZOLOPIRIDINAS SUSTITUIDAS Y SU USO. La presente solicitud se refiere a nuevas 5-fluoro-1H- pirazolopiridinas sustituidas, a procedimientos para su preparación, a su uso solas o en combinaciones para el tratamiento y/o prevención de enfermedades, así como a su uso para la preparación de medicamentos para el tratamiento y/o prevención de enfermedades, en especial para el tratamiento y/o prevención de enfermedades cardiocirculatorias La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/04; A61P 9/00; A61K 31/437; A61P 15/00; cuyos inventores son Follmann, Markus, Stasch, Johannes-Peter, Redlich, Gorden, Ackerstaff, Jens, Griebenow, Nils, Kroh, Walter, Knorr, Andreas, Becker, Eva-Maria, Wunder, Frank, Li, Volkhart Min-Jian, Hartmann, Elke, Mittendorf, Joachim, Schlemmer, Karl-Heinz, Jautelat, Rolf, Bierer, Donal. La solicitud correspondiente lleva el número 20120596 y fue presentada a las 14:05:00 del 26 de noviembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de enero del 2013.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—RP2013345355.—(IN2013022842).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, en condición de apoderada de Bayer Intellectual Property GMBH, de Alemania, solicita la patente de invención denominada: HETEROCICLILBENCILPIRAZOLES SUSTITUIDOS Y USO DE LOS MISMOS. La presente solicitud se refiere a derivados de 1-[3-(heterociclil)bencil]-1H-pirazol novedosos, a procedimientos para su preparación, a su uso para el tratamiento y/o la prevención de enfermedades y a su uso para la producción de medicamentos para el tratamiento y/o la prevención de enfermedades, más particularmente para el tratamiento y/o la prevención de enfermedades hiperproliferativas y angiogénicas y las enfermedades que se originan de la adaptación metabólica a estados hipóxicos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 413/14; A61P 35/00; A61K 31/424; cuyos inventores son Harter, Michael, Beck, Hartmut, Greschat, Susanne, Ellinghaus, Peter, Berhorster, Kerstin, Schuhmacher, Joachim. La solicitud correspondiente lleva el número 20120570 y fue presentada a las 13:16:00 del 8 de noviembre del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de enero del 2013.—Lic. José Castro Marín, Registrador.—RP2013345356.—(IN2013022843).

La señora Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula 1-812-604, mayor de edad, vecina de San José, abogada, apoderada especial de Rotam Agrochem International Co., Ltd, de Hong-Kong, solicita la patente de invención denominada: PROCEDIMIENTO PARA TRATAR INFECCIONES FÚNGICAS, COMPOSICIONES FUNGICIDAS Y SU USO. Se proporciona una composición fungicida, comprendiendo la composición al menos tres componentes de principios activos (A), (B) y (C), de manera opcional junto con una o más sustancias auxiliares de formulación habituales, en la que el componente (A) es uno o más fungicidas de triazol, el componente (B) es uno o más fungicidas de estrobilurina y el componente (C) es uno o más fungicidas de bencimidazol. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/50; cuyos inventores son Bristow, James Timothy. La solicitud correspondiente lleva el número 20120405 y fue presentada a las 13:14:10 del 1° de agosto del 2012. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de enero del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2013345357.—(IN2013022844).

La señora Alejandra Castro Bonilla, cédula 1-0880-0194, mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de Abbvie Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: LIGANDOS FOSFINA PARA REACCIONES CATALÍTICAS. La invención hace referencia a: (a) ligandos fosfaciclo; (b) métodos de uso de dichos ligandos fosfaciclo en reacciones de formación de enlaces; y (c) métodos para preparar ligandos fosfaciclo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B01J 31/24; cuyos inventores son Shekhar, Shashank, Franczyk, Thaddeus S., Barnes, David M., Dunn, Travis B., Haight, Anthony R., Chan, Vincent S. La solicitud correspondiente lleva el número 20130057 y fue presentada a las 14:52:00 del 8 de febrero del 2013. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de marzo del 2013.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—RP2013345413.—(IN2013022845).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones Civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Agricultores Los Chungas de La Chompipera de Caño Negro, nombre de fantasía con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: la siembra y cosecha de todo tipo de grano, verduras, frutas, legumbres, hortalizas, flores, plantas ornamentales, árboles así como de sus productos y subproductos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Ariel Loría Alfaro. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 Asiento: 314068.—Curridabat, 18 de febrero del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345472.—(IN2013023193).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana de Consolidación Mana, con domicilio en la provincia de Puntarenas; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Propagación de la fe cristiana con base en la doctrina de Cristo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Víctor Chavarría Astorga. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 Asiento: 358554, Adicional Tomo: 2013 Asiento: 53794).—Curridabat, a los cuatro días del mes de marzo del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345503.—(IN2013023194).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-658346, denominación: Asociación Progresista de Desarrollo de la Isleta, Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 38 minutos y 45 segundos, del 19 de febrero del 2013. Documento Tomo: 2013 Asiento: 30868.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345542.—(IN2013023195).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Cristiana Iglesia La Nueva Jerusalem Predicando La Sana Doctrina, con domicilio en la provincia de Limón, cuyos fines, entre otros serán los siguientes: apoyar a las comunidades con un enfoque cristiano en los problemas sociales que la aquejan. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta Norma González Obando. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 2013, Asiento 58955).—Curridabat, cuatro de abril del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345543.—(IN2013023196).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Personal Docente Profesional de la Universidad Estatal a Distancia UNED-PRO, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Procurar el mejoramiento profesional, académico y socioeconómico de los asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Rafael López Alfaro. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2013 Asiento: 32941).—Curridabat, a los catorce días del mes de marzo del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345563.—(IN2013023197).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Potrerillos, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos del AyA. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma a cien mil colones exactos y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Jorge Aguilar Jiménez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomos: 2012 y 2013 Asientos: 363377, 61736.—Curridabat, 12 de marzo del dos mil trece.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345569.—(IN2013023198).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva Goalball de San José, con domicilio en la provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover la práctica del Goalball. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Marielos Monge Alvarado. Al encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012 Asiento: 351627.—Curridabat, 14 de diciembre del dos mil doce.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345582.—(IN2013023199).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-056604, denominación: Asociación de Esposas de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de Agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el registro nacional, a las 15 horas 31 minutos y 27 segundos, del 4 de marzo del 2013. Documento Tomo: 2012. Asiento; 279909.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345599.—(IN2013023200).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula: 3-002-352402, denominación: Asociación Deportiva de Fútbol El Carmen. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 15 minutos y 31 segundos del 8 de abril del 2013. Documento tomo: 2013, asiento: 23246.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2013345602.—(IN2013023201).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

AVISOS

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: Que los notarios que se indican a continuación, fueron juramentados y habilitados para el ejercicio del notariado pleno a partir de las fechas que se consignan.

Notario

Carné

Fecha de Juramentación

Acuña Martínez Armando

19929

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Alvarado Rodríguez Olga Teresa

17365

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Arias Fernández Francisco  Javier

19509

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Badilla Toledo Omer Emilio

19307

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Brenes Villalta Kareen Yanina

17373

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Briceño Marchena Álvaro

18249

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Calderón Garita Grace

20050

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Chaves Quesada Juan Diego

19127

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Chaves Reyes Rebeca Maria

18636

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Elizondo Murillo Luis Fernando

19606

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Jiménez Soto Rita Isabel

16537

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Quirós Rojas Carolina

20181

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Samudio Mora Wilberth

18507

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Sevilla Moragiselle

20117

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Tristán Trelles Cecilia Ester

19057

Dieciocho de marzo de dos mil trece

Umaña Calderón Daniel José

 

20001

Dieciocho de marzo de dos mil trece

 

San José, 01 de abril del 2013.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—O. C. N° 2013-001.—Solicitud N° 119-786-040-RNN.—(IN2013023025).

La Dirección Nacional de Notariado, comunica: que ante este Despacho el Lic. Roberto Enrique Cordero Brenes, cédula de identidad N° 1-1166-0540, carné profesional N° 18477, ha presentado solicitud de inscripción y habilitación para ejercer la actividad notarial, por lo que se solicita a las personas que conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de este profesional, lo comuniquen a esta Dependencia dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente administrativo N° 13-000894-0624-NO.—San José, Curridabat, primero de marzo del dos mil trece.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—(IN2013023379).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 10246P.—Inversiones y Proyectos Sav de Centroamérica S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo sin número en finca de su propiedad en San Juan de Mata, Turrubares, San José, para uso agropecuario-riego-ornamentales. Coordenadas 207.050 / 480.700 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de marzo de 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013020590).

Exp 10247A.—Inversiones y Proyectos Sav de Centroamérica S. A., solicita concesión de: 1,9 litros por segundo de la Quebrada 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Juan de Mata, Turrubares, San José, para uso agropecuario - riego - ornamentales. Coordenadas 208.500 / 481.500 hoja Río Grande. 3,5 litros por segundo de la Quebrada 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Juan de Mata, Turrubares, San José, para uso agropecuario-riego-ornamentales. Coordenadas 208.400 / 481.650 hoja Abra. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de marzo de 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013020593).

Exp. 15274P.—Costarinox Limitada, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo de acuífero captado mediante pozo CZ-165 en finca de su propiedad en Porvenir, Nandayure, Guanacaste, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 209.571 / 394.879 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013020596).

Exp. 15270P.—Costarinox Limitada, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo de acuífero captado mediante pozo CZ-164 en finca de su propiedad en Bejuco, Nandayure, Guanacaste, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 205.105 / 392.230 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013020600).

Exp. Nº 15647A.—Juan Castellón y Leonor Ibarra Dinarte, solicita concesión de: 0,3 litros por segundo del nacimiento sin .., efectuando la captación en finca de su propiedad en Arenal, Tilarán, Guanacaste, para uso agropecuario. Coordenadas 281.916 / 441.453 hoja Arenal. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de febrero del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013022759).

Exp. Nº 8581A.—Banco Improsaq S. A., solicita concesión de: 0,2 litros por segundo del nacimiento termal, efectuando la captación en finca de su propiedad en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso Turístico Balneario. Coordenadas 261.700 / 494.800 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de marzo del 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013022762).

Exp. Nº 8219A.—Banco Improsa S. A., solicita concesión de: 0,18 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Cañera Los Leones S. A., en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario lechería, abrevadero y consumo humano doméstico. Coordenadas 258.400 / 494.450 hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de marzo del 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013022763).

Exp. Nº 15714A.—Inmobiliaria ZF S. A., solicita concesión de: 12,7 litros por segundo del nacimiento Zamora, efectuando la captación en finca de Inmobiliaria ZF S. A., en Asunción, Belén, Heredia, para uso Industria. Coordenadas 217.463 / 516.942 hoja San Antonio. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013022765).

Exp. Nº 15441P.—Vista Atenas Sesenta y Cuatro S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, captado mediante pozo RG-892 en finca de su propiedad en Jesús, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 217.004 / 491.821 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de octubre del 2012.—J.M. Zeledón Calderón, Director.—(IN2013022766).

Exp. Nº 7681A.—Pasco R. S. Cuatro S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Coyolar, Orotina, Alajuela, para uso agropecuario riego frutal. Coordenadas 204.000 / 471.350 hoja Barranca. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de marzo del 2013.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2013022767).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 15156P.—Patricia Murillo Marchena, solicita concesión de: 1,1 litros por segundo del acuífero, captado mediante el pozo N° MT-414 en finca de la misma, en Nicoya, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano y riego. Coordenadas: 235.198 / 375.691, hoja Matambú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013023342).

Exp. 14098P.—Roxana María Espinoza, Espinoza Ledezma, solicita concesión de: 1 litro por segundo del acuífero captado mediante el pozo sin nombre en finca de Roxana Espinoza Ledezma, en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas: 184.779 / 411.279, hoja Río Ario. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013023346).

Exp. 15307P.—Yahira Yaukta S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del acuífero, captado mediante el pozo N° CY-191 en finca de del mismo, en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas: 182.114 / 418.547, hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013023348).

Exp. 14139P.—Connected Properties Ltda, solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuífero, captado mediante el pozo N° CN-708 en finca de Connected Properties Ltda., en Palmira, Carrillo, Guanacaste, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas: 282.027 / 361.885, hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013023350).

Exp. 8269P.—Pan Tzung Chou, solicita concesión de: 0,25 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1393, en finca de su propiedad en Pozos, Santa Ana, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 214.950 / 515.650, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de marzo del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013023368).

Exp. 10079P.—Villacu N M S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MI-63 en finca de su propiedad en San Isidro (Montes de Oro), Montes de Oro, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico y varios. Coordenadas: 228.350 / 457.100, hoja Miramar. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de marzo del 2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2013023371).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. N° 15638P.—Trópico Arena y Mar Clara Hermosa S.A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del acuífero, captado mediante el pozo número CN-369 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 280.975/351.250 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de febrero de 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director.—(IN2013009850).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil -Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sinia del Socorro Solís, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2848-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas veintitrés minutos del nueve de agosto del dos mil doce. Exp. Nº 21084-2012. Resultando 1°..., 2°..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Rudy Enrique Solís Solís y el de José Gabriel Solís Solís, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Sinia del Socorro Solís, no indica segundo apellido.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2013023100).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Anixia Cigalix Osorio Argeñal, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 849-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas quince minutos del veintiocho de febrero de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 48636-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Emiliano Zeledón Osorio...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Anixia Cigalix”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345423.—(IN2013023203).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas Pamela Patricia Whyte Whyte, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 667-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas veintidós minutos del trece de febrero de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 45991-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Pamela Patricia Whyte Whyte, en el sentido que los apellidos de la persona ahí inscrita son “West White, hija de Judith Elmera West White” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345427.—(IN2013023204).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por el Lic. Freddy Jiménez Peña, en calidad de apoderado de Genier Enrique Navarro Aguirre, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 4656-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil doce. Exp. N° 32288-2012. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: Único..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Genier Enrique Navarro Aguirre... en el sentido que el primer nombre... es “Heiner”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345442.—(IN2013023205).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Alejandra Patricia Fuentes Oviedo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3539-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas del dos de octubre del dos mil doce. Exp. N° 29164-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Adolfo Sánchez Cascante con Alejandra Patricia Campos Oviedo, conocida como Alejandra Fuentes Oviedo..., en el sentido que los apellidos y el número de la cédula de identidad de la cónyuge son “Fuentes Oviedo, hija de Víctor Gerardo Fuentes Marín y Maritza de los Ángeles Oviedo Quesada, costarricenses” y “uno-dos mil ciento treinta y ocho-doscientos cuarenta y tres” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345482.—(IN2013023206).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Cinthya Eliomara Lizano, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 568-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas siete minutos del cuatro de febrero de dos mil trece. Exp. N° 35356-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I.- Hechos Probados:..., II.- Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Darwin Josué Lizano Mercado y el asiento de nacimiento de Luis Pablo León Lizano, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre... son “Cinthya Eliomara Lizano, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2013345589.—(IN2013023207).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Yaser Antonio Nicaragua Vega, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155803240322, vecino de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 962-2013.—San José, doce de abril de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—(IN2013023923).

Karely Escarleth Navarrete Espinoza, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 155811418406, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 9260-2013.—San José, diez de abril de dos mil trece.—Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe.—1 vez.—(IN2013023942).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000015-00100

Arrendamiento de computadoras de escritorio

para el Registro Nacional

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional, invita a participar en la licitación de referencia para la cual se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 15 de mayo del 2013. El cartel correspondiente se encuentra disponible en Comprared en la página de internet www.hacienda.go.cr/comprared

San José, 15 de abril del 2013.—Lic. Rodolfo Chacón Jiménez, Coordinador de Compras.—1 vez.—O. C. Nº 13-0001.—Solicitud Nº 119-783-13-000.—Crédito.—(IN2013025551).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000016-00100

Modernización de la plataforma tecnológica, mejoramiento

y adaptación del sistema de bienes muebles

del Registro Nacional

El departamento de Proveeduría del Registro Nacional, invita a participar en la licitación de referencia para la cual se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 22 de mayo de 2013. El cartel correspondiente se encuentra disponible en Comprared en la página de internet www.hacienda.go.cr/comprared

San José, 16 de abril del 2013.—Lic. Hazel Ruiz Morales, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº 13-0001.—Solicitud Nº 119-783-13-000.—Crédito.—(IN2013025593).

AMBIENTE Y  ENERGÍA

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

SECRETARÍA EJECUTIVA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

PROYECTO FORTALECIMIENTO DEL PROGRAMA DE TURISMO

EN ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS. BID-TURISMO

Invitación a presentar expresiones de interés (servicios de

consultoría) Proyecto Fortalecimiento del Programa de

Turismo Sostenible en Áreas Silvestres Protegidas,

Préstamo Nº 1824/OC-CR-Costa Rica

La República de Costa Rica ha recibido el financiamiento, del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y se propone utilizar parte de los fondos para efectuar los pagos correspondientes a la contratación de servicios de consultoría en el marco del Proyecto Fortalecimiento del Programa de Turismo Sostenible en Áreas Silvestres Protegidas, ejecutado por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación.

Se reciben expresiones de interés de firmas consultoras, para cada uno de los siguientes productos:

1.  Elaboración de la Estrategia de Mercadeo Turístico 2013-2017 para las Áreas Silvestres Protegidas del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC). Diseño de material promocional, educativo e informativo del Proyecto y de los servicios y productos turísticos de las áreas silvestres protegidas.

2.  Elaboración del Manual de Rotulación para el Sistema Nacional de Áreas de Conservación.

3.  Elaboración de Estrategia de Turismo Sostenible 2013-2017 y Actualización de Planes de Turismo Sostenible Áreas Silvestres Protegidas.

4.  Elaboración del Estudio de Necesidades de Capacitación en Turismo Sostenible y la elaboración del Plan de Capacitación al Personal del SINAC, Guías Locales, Actores Locales y Municipios.

5.  Implementación de la Capacitación a Guías Locales y a actores locales sobre el tema de Servicios No Esenciales

6.  Desarrollo del Sistema de Monitoreo de Impacto del Proyecto Fortalecimiento del Programa de Turismo Sostenible así como el Desarrollo de una herramienta informática para el Monitoreo de Impacto del Proyecto

7.  Elaboración de la Línea Base del Proyecto Fortalecimiento del Programa de Turismo Sostenible en Áreas Silvestres Protegidas.

Una descripción general de los servicios a ser contratados para cada uno de los productos anteriormente descritos podrá ser ubicada el día siguiente de esta publicación, en la página Web del SINAC www.sinac.go.cr

El Sistema Nacional de Áreas de Conservación, invita a los consultores elegibles a expresar su interés en prestar los servicios solicitados. Los consultores interesados deberán proporcionar información que indique que están cualificados para suministrar los servicios (folletos, descripción de trabajos similares, experiencia en condiciones similares, disponibilidad de personal que tenga los conocimientos pertinentes, etc.). Los consultores se podrán asociar con el fin de mejorar sus calificaciones.

Los consultores serán seleccionados conforme a los procedimientos indicados en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, de julio del 2006, y podrán participar en ella todos los licitantes de países de origen que sean elegibles, según se especifica en dichas políticas.

Los consultores interesados pueden obtener más información en la dirección indicada al final de este documento, durante horas de oficina de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. Las expresiones de interés deberán ser enviadas vía correo directo, o correo electrónico a la dirección indicada a continuación, a más tardar el 8 de mayo del 2013.

Unidad Coordinadora del Proyecto

MBA. Guisselle Méndez Vega, Coordinadora

Tel. central: (506) 2522-6500 / 2522-6666 ext. 416

San José, Barrio Tournón, av. 15, calle 1, apdo. 11384-1000

San José, Costa Rica

Correo electrónico bid.turismo@sinac.go.cr

Web. www.sinac.go.cr

Unidad Coordinadora del Proyecto.—MBA. Guisselle Méndez Vega, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 129-884-046.—Crédito.—(IN2013025370).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000005-85001

Contratación del mantenimiento preventivo y correctivo de aires

acondicionados y sistema ventilación forzada en la sede central

y oficinas regionales del Tribunal Supremo de Elecciones

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones, recibirá ofertas digitales presentadas mediante el sistema CompraRED 2.0 hasta las 10:00 horas del día 21 de mayo de 2013, para la citada licitación. Los interesados en este concurso tienen el cartel a su disposición en forma gratuita, en la página web del Ministerio de Hacienda, www.hacienda.go.cr link Comprared; o en la página Web del Tribunal Supremo de Elecciones www.tse.go.cr, link “Tribunal Supremo de Elecciones/El TSE en la Red Interinstitucional de Transparencia/Adquisiciones/Licitaciones Públicas/2013”, o podrán obtenerlo en la Proveeduría, sita: Costado oeste del Parque Nacional en San José, tercer edificio, planta baja, para lo cual deberá aportar un dispositivo de almacenamiento masivo (llave maya). No se suministrarán ejemplares impresos.

Proveeduría.—Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 17957.—Solicitud Nº 125-851-3-006.—Crédito.—(IN2013025574).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000006-01

Alquiler, instalación y mantenimiento de equipos purificadores

de agua bajo la modalidad de demanda, en los edificios

del Banco de Costa Rica, ubicados en todo el país

El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.), del 17 de mayo del 2013, para la licitación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso de oficinas centrales.

El cartel para la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.

San José, 19 de abril del 2013.—Oficina de Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Licitaciones.—1 vez.—O. C. Nº 62703.—Solicitud Nº 920-00072-13.—Crédito.—(IN2013025511).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000002-UTN

Contratación de servicios profesionales para consultoría especialista

en normas internacionales de contabilidad para definición

y elaboración de políticas y manual de cuentas contables

de la Universidad Técnica Nacional

La Proveeduría Institucional de la Universidad Técnica Nacional, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 9 de mayo del 2013, para la contratación de este servicio.

El cartel se encuentra disponible en la página Web www.utn.ac.cr>contratacionadministrativa>licitaciones abreviadas o podrá ser solicitado al correo electrónico de la Srita. Katherin Herrera, kherrera@utn.ac.cr. y/o al fax 2430-3496.

Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel A. González Matamoros, Director.—1 vez.—(IN2013025371).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000020-05101

Espaciador para adulto, uso de inhalador de dosis medida

La Caja Costarricense de Seguro Social, invita a los interesados a participar en el Concurso Nº 2013LA-000020-05101, para la adquisición de espaciador para adulto, uso de inhalador de dosis medida. El cartel se encuentra disponible a través del sitio Comprared en la siguiente dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr/comprared. La apertura del proceso se llevará a cabo el 17 de mayo del 2013, a las 9:00 horas. Durante ese periodo la Administración recibirá ofertas únicamente por medios electrónicos a través del Sistema Comprared en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared.

A los proveedores de Bienes y Servicios interesados en participar en los procesos de adquisición, se les recuerda la obligación de inscribirse en el sistema de compras electrónicas de Comprared, así como sus respectivos códigos.

San José, 19 de abril del 2013.—Lic. Maynor Barrantes Castro Jefe a. í.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 37198.—C-16420.—(IN2013025369).

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000010-2101

Compra de jabón líquido para manos

Se informa a los interesados que está disponible la Licitación Abreviada Nº 2013LA-000010-2101, compra de jabón líquido para manos. Fecha máxima de recepción de ofertas 15 de mayo a las 2:00 p.m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 24 de abril del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. David Sánchez Valverde, Coordinador a.í.—1 vez.—(IN2013025522).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000007-2101

Compra de Set de Aferecis

Se informa a los interesados que está disponible la Licitación Abreviada Nº 2013LA-000007-2101, compra de Set de Aferesis, fecha máxima de recepción de ofertas 13 de mayo a las 2:00 p.m. El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 24 de abril del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. David Sánchez Valverde, Coordinador a.í.—1 vez.—(IN2013025524).

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2013CD-000004-4402

PERMISO DCA-0754-2013

Sistema de Angiografía cielítico y readecuación del Servicio

de Hemodinamia del Hospital México

Apertura ofertas: Jueves 23 de mayo del 2013, a las 10:00 a.m. Visita al sitio: lunes, 29 de abril del 2013, a las 10:00 a.m., Hospital México. Para la obtención del cartel, sita: Avenida primera, calles 3 y 5, San José, de lunes a jueves, de 8:00 a.m. a 4:30 y viernes de 8:00 a.m. a 3:30 p.m. Favor traer un disco compacto.

San José, 19 de abril del 2013.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Bernard Fallas Gamboa, Administrador.—Lic. Ana Lorena Cruz Herrera, Jefa.—1 vez.—(IN2013025568).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA–00007-PRI

Servicios de consultoría para la construcción y ajuste

geográfico de datos espaciales de los sistemas de agua

potable y saneamiento

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 21 de mayo del 2013, para el “Servicios de consultoría para la construcción y ajuste geográfico de datos espaciales de los sistemas de agua potable y saneamiento”.

Los documentos que conforman el cartel, podrán descargarse en la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien retirarse en la Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

Dirección Proveeduría.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº 870-0000062.—Crédito.—(IN2013025540).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

Invita: al conversatorio-proveedores de equipo de cómputo

portátil: tabletas e impresoras portátiles robustas

La Compañía Nacional de Fuerza y Luz S. A., está interesada en la adquisición de equipo de cómputo portátil, del tipo tabletas e impresoras portátiles robustas como complemento de su gestión administrativa. Por esta razón, se invita por este medio, a proveedores de estos dispositivos a participar de un conversatorio sobre este tema el día martes, 30 de abril de las 10:00 am a las 12:00 m.d. Esta actividad tendrá lugar en el Laboratorio de Capacitación que tiene la Compañía en sus instalaciones en La Uruca, frente a la Ciudad Toyota. En esta reunión se tratarán diversos aspectos sobre el uso que se les darán a los equipos por adquirir y el contexto operacional de los mismos. Se agradece su confirmación a participar al teléfono 2295-5329.

Proveeduría.—José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2013025336).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000002-01

Adquisición de un hidrovaciador

La Municipalidad del Cantón Central de Alajuela, cordialmente les invita a participar y recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 10:00 horas del día 16 de mayo de 2013.

Las especificaciones técnicas y condiciones generales deben retirarse en la oficina de la Proveeduría Municipal, ubicada en el Edificio Municipal actualmente situado 100 mts., oeste de la Iglesia La Agonía, en el tercer piso a partir de esta publicación de lunes a jueves de 7:30 hasta las 16:30 y viernes de 7:30 hasta las 15:30.

Proveeduría.—Lic. Johanna Madrigal Vindas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2013025361).

ADJUDICACIONES

AMBIENTE Y ENERGÍA

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Nº 2012LPN-001-1824/OC-R

Compra de vehículos

Avisa a través de la Proveeduría Institucional, que se encuentra adjudicado el trámite. El interesado tiene la Resolución de adjudicación a disposición en la Proveeduría Institucional del SINAC ubicadas “costado sur de la ULACIT, antiguas instalaciones del Banco HSBC, Barrio Tournón, San José, Costa Rica” a partir del siguiente día hábil de la presente publicación.

Proveeduría.—Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 129-884-047.—Crédito.—(IN2013025375).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES URHN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000001-06

Concesión y explotación de soda para el Centro de Formación

Profesional Monseñor Víctor Manuel Sanabria y la Unidad

Regional Huetar Norte

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, en su acta Nº 04-2013, del día 16 de abril del 2013, artículo III, tomó el siguiente acuerdo de conformidad con los criterios técnicos, jurídicos y administrativo, según detalle:

Adjudicar el concurso de la Licitación Pública Nº 2013LN-000001-06, para la “Concesión y explotación de soda para el Centro de Formación Profesional Monseñor Víctor Manuel Sanabria y la Unidad Regional Huetar Norte”, a la Oferta Nº Dos (2) del señor Víctor Manuel Benavídez Rojas, por cumplir técnicamente con lo solicitado en el cartel de licitación y obtener una puntuación de un 100%. El monto del canon ofrecido por dicho señor fue de ¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones mensuales).”

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00135.—Crédito.—(IN2013025585).

LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA-000001-01

(Modificación y prórroga)

Compra de equipo Macintosh

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada 2013LA-000001-01, Compra de equipo Macintosh que el cartel de la supramencionada licitación se modifica de la siguiente manera:

Especificaciones técnicas:

Línea 2, punto 8, debe leerse correctamente de la siguiente manera:

8. Pantalla panorámica brillante, mínimo 39.11 cm (15.42”) en diagonal, retroiluminada por Led, con resolución mínima de 1920x1200 píxeles, con cámara Facetime HD integrada.

Debido a lo anterior la fecha de apertura de esta licitación se prorroga para el próximo 6 de mayo del 2013, a las 10:00 horas.

Proceso Adquisiciones.—Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—O. C. 22430.—Solicitud 610-00137.—Crédito.—(IN2013025587).

UNIDAD REGIONAL PACÍFICO CENTRAL

COMPRA DIRECTA Nº 2013CD-000035-07 (Infructuoso)

Servicio de alquiler de piscina para prácticas de buceo

del Centro Nacional Especializado Náutico Pesquero

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica que el concurso de la Compra Directa Nº 2013CD-000035-07 “Servicio de alquiler de piscina para prácticas de buceo del Centro Nacional Especializado Náutico Pesquero”, se declara infructuoso, por no presentación de ofertas, según acta del Proceso de Adquisiciones Nº 024-2013 del día 17 de abril de 2013.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00138.—Crédito.—(IN2013025589).

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN CARLOS

 “De conformidad con la resolución final del procedimiento administrativo PAIC-HSC-001-2011 del Hospital San Carlos y en apego a lo establecido en el artículo 7 del “Instructivo para la aplicación del Régimen Sancionador contra Proveedores y Contratistas de la CCSS”, se impone sanción de inhabilitación a la empresa Servicios Selpro de Costa Rica S. A., Proveedor Nº 9148, en el código: 0-03-15-0060/8-63-05-0010, por incumplimiento en el Contrato por mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de lavandería, Contrato N° 2010-000007-HSC. Sanción rige a partir del 21-03-2013 al 20-03-2023.

4 de abril del 2013.—Lic. Ma Dolores Zúñiga G, MBA, Jefa Área Gestión Bienes y Servicios.—1 vez.—(IN2013023101).

FE DE ERRATAS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-0000001-10800

Compra de equipo de laboratorio y software para varios

departamentos del Servicio Fitosanitario del Estado

La Proveeduría Institucional del Servicio Fitosanitario del Estado, avisa a todos los interesados en la Licitación Pública Nº 2013LN-000001-10800, que se ha modificado y/o aclarado la metodología de evaluación de la misma.

La aclaración está disponible en el Sistema de Compras Gubernamentales Comprared, en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de internet a partir de esta fecha, también podrá obtenerlo en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional, para lo cual deberá traer un dispositivo de respaldo digital (Disquette, CD o Llave USB).

Se prorroga la fecha de recepción de ofertas para el día 20 de mayo del 2013, a las 10:00 horas.

La Proveeduría Institucional del Servicio Fitosanitario del Estado se encuentra ubicada en San José, Sabana Sur, antiguo Colegio la Salle, contiguo al edificio del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Proveeduría.—Lic. Glenda Ávila Isaac, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 17.—Solicitud Nº 27952.—C-12220.—(IN2013025533).

CULTURA Y JUVENTUD

MUSEO DE ARTE COSTARRICENSE

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN-000105-00200

Servicio de seguridad y vigilancia para el Centro Cultural

del Este, oficinas centrales y acopio del Museo

de Arte Costarricense

La Junta Administrativa del Museo de Arte Costarricense, les informa sobre la Licitación Pública Nº 2012LN-000105-00200 por Fe de erratas Nº 01-2013 de las 15:20 horas del 9 de abril del 2013. Acuerdo de Junta MAC-007-2013/5.1-2013 se adjudica de la siguiente manera:

Donde se indica:

Ítem 1 a la oferta Nº 5 Sevin Ltda., cédula jurídica 3-102-067171, por un costo mensual de ¢3.396.000,00 y costo anual de ¢47.752.000,00.

Debe leerse correctamente:

Ítem 1 a la oferta Nº 5 Sevin Ltda., cédula jurídica 3-102-067171 por un costo mensual de ¢3.936.000,00 y costo anual de ¢47.232.000.00.

Puede ser revisada en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la siguiente dirección electrónica, en la dirección http://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir de esta fecha.

San José, 10 de abril del 2013.—MBA Yorleny Sequeira, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 26075.—Solicitud Nº 48698.—Crédito.—(IN2013025577).

JUSTICIA Y PAZ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000009-78300

(Suspención de apertura)

Contrato de entrega según demanda-compra de colchones

semiortopédicos, cobijas y sábanas individuales

A los oferentes interesados en la licitación citada anteriormente, se les comunica que la misma se suspenderá hasta nuevo aviso, con el fin de atender Recurso de Objeción presentado contra el cartel.

San José, 15 de abril del 2013.—Rolando Arturo Chinchilla Masís, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 18854.—Solicitud Nº 119-780-028-DA.—Crédito.—(IN2013025515).

AMBIENTE Y ENERGÍA

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Nº 2012LPN-006-1824/OC-R

Obras de construcción en los senderos del Parque

Nacional Manuel Antonio

Avisa la suspensión del trámite hasta nuevo aviso.

Proveeduría.—Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 001.—Solicitud Nº 129-884-051.—Crédito.—(IN2013025373).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

HOSPITAL DEL TRAUMA S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000001-00103

(Comunicado de modificación al cartel)

Servicios de alimentación para pacientes y funcionarios

del Hospital del Trauma

Se avisa a todos aquellos interesados en este concurso “Servicios de alimentación para pacientes y funcionarios del Hospital del Trauma”, que una modificación al cartel se encuentra a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared.

San José, 19 de abril del 2013.—Lic. Fernando León Murillo, Proveedor.—1 vez.—(IN2013025552).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CLÍNICA DR. CLORITO PICADO T.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000002-CA2213

(Alcance Nº 01 - Modificaciones y aclaraciones)

Suministro e instalación de ascensores para la Clínica

Dr. Clorito Picado

Se le informa a los interesados en el presente concurso, que para obtener el Alcance Nº 01 con las aclaraciones y modificaciones producto de la visita al sitio, deben presentarse a las oficinas de la Subárea de Contratación Administrativa de la Clínica, ubicadas en San José, Tibás, Cinco Esquinas, al frente de la Escuela Esmeralda Oreamuno, con una llave maya o algún otro medio de almacenamiento que permita entregarles el documento con dichas modificaciones.

De igual forma, se le indica a los potenciales oferentes que se prorroga la fecha de apertura originalmente señalada para el 26 de abril del 2013, a las 10:00 am, en cinco días hábiles siguientes, por tanto, la fecha de apertura para este procedimiento queda pactada para el 6 de mayo del 2013 a las 11:00 am.

Los demás términos del cartel permanecen invariables.

San José, 19 de abril del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Josué Castro Camacho.—1 vez.—(IN2013025372).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000001-CA2213

(Modificación Nº 1)

Mantenimiento y soporte de la red de conectividad

y comunicación entre equipos de la Clínica

Dr. Clorito Picado

Se les informa a los interesados en el presente concurso, que se realizan las siguientes modificaciones al concurso arriba mencionado.

Especificaciones Técnicas:

Punto 5.5: Deberá leerse y entenderse como:

Punto 5.5: El Administrador del contrato deberá contar con un grado de Licenciado en Ingeniería en Informática, Electrónica, Eléctrica, Telemática, Computación o en Sistemas Informáticos, con una experiencia mínima de dos años en la ejecución de proyectos de comunicación similares. Para hacer válido este punto, el oferente debe demostrar esta condición mediante la presentación en su oferta de los siguientes documentos: atestados académicos y currículo profesional del funcionario.

Los demás términos del cartel permanecen invariables.

San José, 19 de abril del 2013.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Josué Castro Camacho.—1 vez.—(IN2013025374).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000013-PRI

 (Circular 1)

Compra de materiales de limpieza (modalidad

entrega según demanda)

El Instituto costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se prorroga la fecha de apertura de la licitación arriba indicada, para el día 2 de mayo del 2013, a las 9:00 horas, a partir de la presente publicación podrán hacer retiro de la Circular 1. Los documentos que conforman la Circular 1 podrán descargarse de la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien retirarse en la Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA ubicado en Pavas.

Dirección Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 2141.—Solicitud Nº 870-00061.—Crédito.—(IN2013025544).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

DEPARTAMENTO DE SUMINISTROS,

BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000003-01

Construcción de alternativas de protección especial en los cantones

de Turrialba (provincia de Cartago), Naranjo y Upala (provincia

de Alajuela), así como de la oficina local de Puntarenas

(provincia de Puntarenas)

El Patronato Nacional de la Infancia, cédula jurídica Nº 3-007-042039-35, a través del Departamento de Suministros, Bienes y Servicios, sito de la Casa de Matute Gómez 300 metros al sur, Barrio Luján, comunica que ya se encuentran disponibles las nuevas aclaraciones de la Licitación Pública Nº 2013LN-000002-01 “Construcción de alternativas de protección especial en los cantones de Turrialba (provincia de Cartago), Naranjo y Upala (provincia de Alajuela), así como de la oficina local de Puntarenas (provincia de Puntarenas).

Así mismo se informa, que en caso de declararse asueto por parte de la Presidencia de la República el día 3 de mayo del 2013, el cual afecte nuestros servicios, la fecha de apertura de las ofertas se llevará a cabo el día 6 de mayo del 2013 a las 9:00 horas. Los demás términos del cartel permanecen invariables.

Las mismas podrán ser retiradas de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m. en el Departamento de Suministros, Bienes y Servicios.

San José, 18 de abril del 2013.—Lic. Guiselle Zúñiga Coto, MBA Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 35921.—Solicitud Nº 61462.—C-8800.—(IN2013025337).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA-000001-10 (Modificación)

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia

para las instalaciones del Centro Nacional

Especializado Los Santos

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2013LA-000001-10, Contratación de servicios de seguridad y vigilancia para las instalaciones del Centro Nacional Especializado Los Santos, que el cartel de esta licitación se modifica de la siguiente manera:

Modificación a las especificaciones técnicas

En el punto 6.2

Debe leerse correctamente:

-1  detector manual de metales, por cada uno de los puestos de control de acceso, con las respectivas baterías y cargadores.

Las demás especificaciones técnicas, fecha y hora de apertura quedan invariables.

Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 22430.—Solicitud Nº 610-00136.—Crédito.—(IN2013025586).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

CONCURSO DE ADQUISICIÓN Nº 2013PP-000001-PROV

Aclaración y modificación Nº 10

Financiamiento, diseño, construcción del Parque Eólico San

Buenaventura, incluyendo el micrositing, el edificio de centro de

control, el taller de mantenimiento, fabricación, suministro, montaje e

instalación de todo el equipamiento electromecánico, módulo de conexión

de línea en la subestación Garabito, la conexión con fibra óptica, la

línea de transmisión, y la puesta en operación del Parque Eólico San

Buenaventura, bajo la modalidad “Llave en Mano Supervisada”

Les indicamos que para este concurso, se ha realizado la aclaración y modificación Nº 10, la cual pueden pasar a retirar en nuestras oficinas de la Proveeduría.

Proveeduría.—José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(IN2013025335).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN-000009-01

Adquisición de herramientas

Con respecto a la licitación de marras se comunica que se prorroga el tiempo de adjudicación hasta el día martes catorce de mayo del presente año. Lo anterior, según lo indicado en el Artículo Nº 45 de la Ley de Contratación Administrativa y el Artículo Nº 87 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Asimismo, se solicita a todos los oferentes ampliar la vigencia de la oferta presentada hasta el catorce de mayo del presente año. Aplicando lo indicado en el Artículo Nº 45 de la Ley de Contratación Administrativa y el Artículo Nº 87 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Proveeduría.—Cira Castro Myrie.—1 vez.—(IN2013025356).

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2013LN-000001-01

Adquisición de un camión con volquete

Se les comunica a todos los interesados de esta contratación, que se realiza la siguiente modificación al cartel:

En la página número 27, artículo 5 “Referencias Comerciales”

“Se asignará 1 punto por cada carta por cliente que se aporte en la oferta hasta un máximo de 5 cartas. La carta debe indicar la marca del equipo, número de serie, empresa vendedora, año de la venta de la vagoneta en los últimos 5 años, la experiencia respecto al suministro de repuestos y taller, nombre y número de cédula de la persona que suscribe, puesto que desempeña en la empresa, número de teléfono y de fax. El cliente corresponde a la persona física o jurídica, propietaria del vehículo o vehículos, no a la cantidad de máquinas vendidas a ese cliente. Los vehículos indicados deben ser iguales o semejantes al modelo ofrecido, al menos en los componentes del tren dinámico (motor, embrague, caja cambios, diferenciales) del chasis, dado que lo que se pretende es evaluar el respaldo del servicio de repuestos y taller por el concesionario u oferente, al equipo ofrecido.

La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada en cada carta.

La oferta que no incluya la carta de referencia o ésta no cumpla con todos los términos indicados, obtiene 0 puntos”.

17 de abril del 2013.—Proveeduría.—Floribeth Chaves Ramírez, Proveedora Municipal a. í.—1 vez.—(IN2013025368).

REGLAMENTOS

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE CAMBIO CLIMÁTICO

Con fundamento en los artículos 28, 102 y 103 de la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Convención Marco de la Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Ley N° 7414 del 13 de junio de 1994; el Convenio Centroamericano sobre Cambios Climáticos, Ley N° 7513 del 9 de junio de 1995; la Ley de Aprobación del Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Ley No 8219 del 8 de marzo del 2002 y el Reglamento Orgánico del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Decreto Ejecutivo N° 35669-MINAET, del 4 de diciembre de 2009 y sus reformas.

DISPOSICIONES PARA EL USO DEL SÍMBOLO OFICIAL

CARBONO NEUTRAL DEL MINISTERIO

DE AMBIENTE Y ENERGÍA

1º—Toda organización que reciba la certificación Carbono Neutralidad o su similar autorizado por el Ministerio de Ambiente y Energía, a través de la Dirección de Cambio Climático, debe hacer uso del símbolo de la marca Carbono Neutral como resultado de las actividades incluidas en el alcance de la Declaración de Carbono Neutralidad.

Para ello debe seguir las siguientes etapas:

l.   La organización que cuente con los requisitos indicados en la Solicitud de Participación en Programa País, publicada en la página web de la Dirección de Cambio Climático, y a la cual la Dirección de Cambio Climático, haya indicado vía correo electrónico, el número de expediente correspondiente, podrá utilizar el símbolo de la marca Carbono Neutral en la papelería, afiches y demás símbolos externos de la organización, que se indican en esta disposición y que sean autorizados expresamente en forma individual para cada uso.

2.  El tiempo de vigencia de uso de la marca “Carbono Neutral” será de 1 año calendario, a partir de la fecha indicada en la declaración de certificación emitida por el organismo verificador/validador acreditado ante el Ente Costarricense de Acreditación, en cumplimiento con lo indicado en el Acuerdo 36-MINAET publicado en La Gaceta del 19 de junio 2012. Las organizaciones a las cuales se [es entregue la marca “Carbono Neutral” serán publicadas en la página de la Dirección de Cambio Climático, en la sección de Carbono Neutralidad 2021. Cuando la organización realice la renovación de su declaración de carbono neutralidad, deberá informarlo a la Dirección de Cambio Climático, con el fin de actualizar la fecha. De no ser así, se indicará por los medios apropiados que la organización no cuenta con la marca “Carbono Neutral” reconocida por el Gobierno de Costa Rica, y por tanto, no podrá hacer uso de la misma, en cuyo caso de hacerlo Sin permiso oficial, se establecerán las acciones legales correspondientes.

3.  La organización a la cual se le ha otorgado la marca “Carbono Neutral” autorizada por el MINAE, debe solicitar a la Dirección de Cambio Climático la aprobación de uso de símbolo o marca, cada vez que lo va a emplear en un documento o medio diferente, al que le fue aprobado en ocasiones anteriores.

4.  La organización puede solicitar el uso de del símbolo “Carbono Neutral” en:

    Documentos de tipo publicitario o de promoción, folletos, anuncios referentes al alcance de la declaración de carbono neutralidad, sitio web de la organización.

Cotizaciones relativas a las actividades debidamente autorizadas en el alcance de la declaración de carbono neutralidad.

2º—Restricciones de uso de símbolo. El símbolo o marca de “Carbono Neutral” otorgado por el MINAE no puede utilizarse en los siguientes casos:

a.     Si la organización está en proceso de evaluación por un organismo de tercera parte,  si cuenta con la declaración de carbono neutralidad vencida, retirada o suspendida.

b.     En informes o documentos de la organización relacionados con actividades que se encuentran fuera del alcance indicado en la declaración de carbono neutralidad.

c.     En documentos emitidos por la organización como resultado de actividades distintas  de aquellas incluidas en el alcance de la declaración de carbono neutralidad.

d.     En encabezados, papelería corporativa, o facturas por parte de la organización, en tarjetas de presentación personal, uniformes, gafetes o identificaciones.

e.     En cualquier situación que pueda dar lugar a una interpretación incorrecta de la condición de la organización (Ejemplo: que pueda inducir a considerar actividades no cubiertas por el alcance de la declaración de carbono neutralidad y que resulte abusiva ajuicio del MINAE).

f.     El símbolo “Carbono Neutral” asociado a la norma nacional INTE 12-01-06:2011 no deberá ser utilizada en productos de la organización.

g.     Las organizaciones con autorización para uso de símbolo o marca “Carbono Neutral” no autorizarán a sus clientes que utilicen el símbolo, bajo ninguna circunstancia.

h.     No se permite el uso del símbolo “Carbono Neutral” en cualquier documento que no haya sido aprobado con anterioridad por el MINAE.

i.      No se puede utilizar el símbolo “Carbono Neutral” en certificados e informes, en los cuales todos los resultados de actividades que se registren, estén fuera del alcance de la declaración de carbono neutralidad de la organización.

j.      En los informes de la organización se permite que incluyan alcances indicados para la declaración de carbono neutralidad, así como los alcances no incluidos dentro de la declaración de carbono neutralidad. Esto se puede realizar por medio de una nota al pie, y dónde se haga referencia al número de expediente y publicación oficial en la página de la Dirección de Cambio Climático.

k.     La organización no puede transferir su derecho de uso del símbolo de “Carbono Neutral” a subcontratistas o a terceros. Así como, el uso del símbolo “Carbono Neutral” en documentos derivados de subcontratistas, reportes de cumplimiento de especificaciones, reportes de opinión e interpretaciones.

l.      El símbolo “Carbono Neutral” no puede ser colocado en productos (según la         declaración de carbono neutralidad bajo la norma INTE 12-01-06:2011)

m.   El uso del símbolo “Carbono Neutral”, no implica que el MINAE apruebe un determinado producto o artículo, o una opinión emitida por la organización.

n.     El símbolo “Carbono Neutral” no debe ser utilizado de tal forma que pueda dar la impresión de que el MINAE está aceptando responsabilidad por los procesos asociados con la organización.

o.     Queda prohibido incluir cualquier elemento dentro del logotipo o símbolo “Carbono Neutra Queda prohibido colocar el logotipo o símbolo “Carbono Neutral” como fondo en las hojas, así como plasmarlo con elementos, imágenes o texturizados que provoquen la distorsión o alteren su percepción.

p.     No se puede colocar el símbolo “Carbono Neutral” otorgado a una organización junto al símbolo o logotipo de otra organización que no cuente con el símbolo “Carbono Neutral” otorgado.

q.     Encontrarse moroso en sus obligaciones tributarias.

r.      Tener una sanción judicial firme por delitos o infracciones a la legislación ambiental, o sanción administrativa firme por violación a la normativa ambiental o condena por daño ambiental.

3º—Forma y color del logotipo. El siguiente logotipo “Carbono Neutral”, es el oficialmente registrado, que podrá ser utilizado por las organizaciones autorizadas.

a.  Logotipo “Carbono Neutral”, “Carbón Neutral”.

b.  Tipo de letra de “Carbono Neutral”: Insaniburger / Regular

c.  Tipo de letra de “Reconocido por el Gobierno de Costa Rica”: ClementePDaa-Hairline / Hairline

d.  El logo podrá ser utilizado en inglés, con el mismo formato y tipo de texto el cual se incluye abajo

e.  Colores:

a.  verde y celeste utilizados en logotipo oficial del MINAE

b   Gris: C:0% / M:0% / K: 80%.

Para ver imagen solo en La Gaceta impresa o en formato PDF

4º—Rige a partir de su publicación.

San José, a los veintisiete días del mes de febrero del dos mil trece.

Dr. René Castro Salazar, Ministro de Ambiente y Energía.—1 vez.—(IN2013023112).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-714-2013.—Garro Madrigal Viviana, R-017-2013, costarricense, cédula de identidad: 1-0964-0747, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Dirección Estratégica Especialidad en Tecnologías de La Información, Universidad Internacional Iberoamericana, Puerto Rico. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00126R.—C-Crédito.—(IN2013022126).

ORI-727-2013.—Acker Jennifer Michelle, R-021-2013,  canadiense, residente permanente: 112400187609, ha solicitado  reconocimiento del diploma de Bachiller en Enfermería, Universidad De New Brunswick, Canadá. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00127R.—C-Crédito.—(IN2013022127).

ORI-898-2013.—Bermúdez Monge Jenny, R-026-2013, costarricense, cédula de identidad: 1-1071-0838, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magister en Ciencias con Especialización en Entomología, Universidad de Panamá, Panamá. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00110R.—C-Crédito.—(IN2013022128).

ORI-721-2013.—Chaurel Pérez Armando Antonio, R-028-2013, venezolano, pasaporte: 027929616, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Ingeniero en Computación, Universidad Fermín Toro, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00128R.—C-Crédito.—(IN2013022129).

ORI-896-2013.—Vivas Reyes Carlos Ramón, R-033-2013,  costarricense, cédula de identidad: 7-0181-0318, ha solicitado  reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinomericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00116R.—C-Crédito.—(IN2013022130).

ORI-897-2013.—Berrocal Jiménez Alexander, R-035-2013, costarricense, cédula de identidad: 1-0944-0034, ha solicitado reconocimiento del diploma de Grado de Doctor en Ciencias e Industrias de la Madera, Universidad Del Bío-Bío, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00111R.—C-Crédito.—(IN2013022131).

ORI-975-2013.—Núñez Sánchez Jorge, R-038-2013, español, docente: 172400158405, ha solicitado reconocimiento del  diploma de Ingeniero Técnico Industrial, Especialidad en Mecánica, Universidad de Málaga, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00113R.—C-Crédito.—(IN2013022132).

ORI-617-2013.—Picado Alfaro Miguel Evelio, R-041-2013 B, costarricense, cédula de identidad número 109560990, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster Universitario en Didáctica de la Matemática, Universidad de Granada, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00121R.—C-Crédito.—(IN2013022133).

ORI-627-2013.—Maio Jesica Marta, R-043-2013, argentina, pasaporte número 32125028 N, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Psicología, Universidad de Belgrano, Argentina. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00122R.—C-Crédito.—(IN2013022134).

ORI-654-2013.—Hernández Rivera Patricia Eugenia, R-056-2013, costarricense, cédula de identidad número 110790281, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Maestra en Administración de Instituciones Educativas, Instituto Tecnológico y Estudios Superiores de Monterrey, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00123R.—C-Crédito.—(IN2013022135).

ORI-986-2013.—Cuairán Chavarría María Cecilia, R-057-2013, mexicana, pasaporte: 07390016129, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciado en Odontología, Universidad Intercontinental, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso .—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00117R.—C-Crédito.—(IN2013022136).

ORI-661-2013.—Bubis Abramovits Marcos, R-060-2013, venezolano, residente permanente libre condición número 186200141211, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Abogado, Universidad Católica Andrés Bello, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00124R.—C-Crédito.—(IN2013022137).

ORI-820-2013.—Bubis Abramovits Marcos, R-060-2013 B, venezolano, residente permanente libre condición número 186200141211, ha solicitado  reconocimiento del Diploma de Máster en Políticas Públicas, Instituto de Estudios Superiores de Administración (IESA), Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 5 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00112R.—C-Crédito.—(IN2013022138).

ORI-830-2013.—Bubis Abramovits Marcos, R-060-2013 B, venezolano, residente permanente libre condición número 186200141211, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Administración, Instituto de Estudios Superiores de Administración, (IESA) Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 5 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00118R.—C-Crédito.—(IN2013022139)

ORI-669-2013.—Maldonado Mora Tito José, R-064-2013, costarricense, cédula de identidad número 111630326, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Ciencias, Área Principal de Estudios: Física, Uppsala Universitet, Suecia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00125R.—C-Crédito.—(IN2013022140).

IORI-951-2013.—Ucrós Castañeda María Eugenia, R-065-2013, colombiana, residente permanente: 117000634533, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magister en Ingeniería de Sistemas y Computación, Universidad de Los Andes, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-001.—C-Crédito.—(IN2013022141).

ORI-852-2013.—Funes Canales Ronald Josué, R-066-2013, hondureño, pasaporte número C786838, ha solicitado  reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina y Cirugía, Universidad Nacional Autónoma De Honduras, Honduras. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00119R.—C-Crédito.—(IN2013022142).

ORI-858-2013.—Pizarro Aguilar Melissa, R-072-2013, costarricense, cédula de identidad número 112060077, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias (Ingeniería Industrial y de Sistemas), Universidad Estatal De Ohio, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00129R.—C-Crédito.—(IN2013022143).

ORI-860-2013.—Villalba Velásquez Vladimir, R-074-2013, venezolano, residente permanente libre condición número 186200033026, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Ingeniero Agrónomo, Universidad Central de Venezuela, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00114R.—C-Crédito.—(IN2013022144).

ORI-864-2013.—Muñoz Del Collado Fernando Arturo, R-076-2013, cubano, residente temporal libre condición número 119200396120, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciado en Música Perfil: Violín, Instituto Superior de Arte, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00120R.—C-Crédito.—(IN2013022145).

ORI-867-2013.—Fonseca Molina Johanna Catalina, R-078-2013, costarricense, cédula de identidad número 303710430, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Maestra en Educación, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Universidad Virtual, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00131R.—C-Crédito.—(IN2013022146).

ORI-870-2013.—Álvarez Marquez Karina Dolores, R-079-2013 A, española, pasaporte número XD449322, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Magíster en Ingeniería Química, Universidad Simón Bolívar, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00130R.—C-Crédito.—(IN2013022147).

ORI-872-2013.—Álvarez Marquez Karina Dolores, R-079-2013 B, española, pasaporte número XD449322, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Ingeniero Químico, Universidad Metropolitana, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00132R.—C-Crédito.—(IN2013022148)

ORI-913-2013.—Paz Leis Manuel, R-085-2013, español, pasaporte número AAG447925, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Licenciado en Ciencias (Sección de Biológicas), Universidad de Santiago De Compostela, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 124257.—Solicitud Nº 780-00115R.—C-Crédito.—(IN2013022149).

ORI-717-2013.—Sauter Ortiz Elke Marie, R-019-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-1328-0708, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Ciencias, Ingeniería Civil, Texas A&M University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00107R.—(IN2013023408).

ORI-725-2013.—Spence Arias María Stuardo, R-025-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-0853-0792, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magister en Salud Pública, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00108R.—(IN2013023409).

ORI-956-2013.—Castillo Barahona Rolando, R-040-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-0660-0066, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía en Ingeniería Civil, Universidad de Canterbury, Nueva Zelanda. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00139R.—(IN2013023410).

ORI-623-2013.—Picado Alfaro Miguel Evelio, R-041-2013 A, costarricense, cédula de identidad N° 109560990, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor. Didáctica de la Matemática, Universidad de Granada, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 25 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00102R-13.—(IN2013023411).

ORI-978-2013.—Díaz Calvo Guiselle, R-042-2013, mexicana, residente permanente N° 148400160825, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Psicología, Universidad Autónoma de San Luis Potosí, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00134R.—(IN2013023412).

ORI-984-2013.—Ochoa Luisa Eugenia, R-047-2013, estadounidense, residente permanente N° 184000480832, ha solicitado reconocimiento del diploma de Socióloga, Universidad Nacional de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00136R.—(IN2013023413).

ORI-947-2013.—Rojas Jiménez José Pablo, R-049-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-1121-0937, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ingeniería Biológica y Agrícola, Louisiana State University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00144R.—(IN2013023414).

ORI-985-2013.—De Souza Pinto Andrea Regina, R-051-2013, brasileña, residente permanente N° 107600045818, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Ciencias Jurídicas y Sociales, Facultad de Derecho de Guarulhos, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00135R.—(IN2013023415).

ORI-651-2013.—Pulgarín Montoya Diego Fernando, R-054-2013, colombiano, pasaporte N° CC71267528, ha solicitado reconocimiento del diploma de Odontólogo, Universidad de Antioquía, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00103R.—(IN2013023416).

ORI-952-2013.—Rodríguez Rodríguez Carlos Esteban, R-055-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-1114-0011, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Biotecnología, Universidad Autónoma de Barcelona, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00141R.—(IN2013023417).

ORI-658-2013.—Vargas González Patricia, R-058-2013, costarricense, cédula de identidad N° 108860238, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora. Problemas Actuales de Derecho Penal, Universidad de Salamanca, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00104R.—(IN2013023418).

ORI-955-2013.—Núñez Rodríguez Erick, R-059-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-0816-0747, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor, Derecho Privado, Universidad de Salamanca, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 11 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00138R-13.—(IN2013023419).

ORI-954-2013.—Garro Vargas Anamari, R-61-2013, costarricense, cédula de identidad N° 1-0676-0952, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Derecho, Universidad de Los Andes, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 8 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00143R.—(IN2013023420).

ORI-666-2013.—Jacques Craig William, R-062-2013, canadiense, residente permanente libre condición N° 112400184606, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Quiropráctica, Life University College of Chiropractic, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00105R.—(IN2013023421).

ORI-976-2013.—Castro Quintero Jonathan, R-063-2013, costarricense, cédula de identidad N° 6-0371-0758, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 12 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00137R.—(IN2013023422).

ORI-1039-2013.—Gurrera Vallverdú Andreu, R-071-2013, español, pasaporte N° BE669680, ha solicitado reconocimiento del diploma de Título Universitario Oficial de Licenciado en Historia, Universidad Rovira I Virgili, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 15 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00140R.—(IN2013023423).

ORI-1121-2013.—Sánchez Guerrero Lidieth María, R-086-2013, costarricense, cédula N° 2-0398-0527, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Sociales, Universidad Pontificia Bolivariana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 20 de marzo del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00142R.—(IN2013023424).

ORI-648-2013.—Gómez Sánchez Ingrid, R-353-2012-A, costarricense, cédula de identidad N° 109880504, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría Artes, Letras, Lenguas, Mención Lenguas, Lingüística y Fle (francés lengua extranjera), Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00106R.—(IN2013023425).

ORI-640-2013.—Gómez Sánchez Ingrid, R-353-2012-B, costarricense, cédula de identidad N° 109880504, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciatura en Artes, Letras, Lenguas. Mención Lenguas, Literaturas, y Civilización Extranjeras Especialidad Español, Universidad de Nantes, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 26 de febrero del 2013.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 118707.—Solicitud Nº 780-00109R.—(IN2013023426).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Mary Luz Ortiz Pedroza, cédula de residencia Nº 117000309117, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Arquitecto, obtenido en la Universidad Santo Tomás, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 27 de febrero del 2013.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20130101.—Solicitud Nº 615-0024.—(IN2013023400).

Ante el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado Jonnathan Brenes Arrieta, cédula Nº 112130691, carné de estudiante N° 200338475, a solicitar reposición de su título de Técnico Superior en Electrónica, Grado Académico: Diplomado, según consta en el Libro Oficial de Graduados tomo 4, acta Nº 159, página 37, registro Nº ETS2005012, graduación efectuada el 8 de setiembre del 2005, por extravío. Se publica este edicto para recibir oposiciones a esta reposición, dentro del término de cinco días hábiles a partir de la tercera publicación.—Departamento de Admisión y Registro.—Máster William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20130101.—Solicitud Nº 615-0031.—(IN2013023401).

El señor David Sánchez Ordoñez, cédula de residencia N° 186200355800, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Ingeniero en Electrónica, mención: Automatización y Control, obtenido en la Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 4 de marzo del 2013.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20130101.—Solicitud Nº 615-0021.—(IN2013021528).

La señora Hayda Lucía Avendaño Hernández, cédula de residencia N° 117001624103, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Tecnólogo en Administración de Finanzas y Negocios Internacionales, obtenido en la Corporación Universitaria Unitec. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Cartago, 7 de marzo del 2013.—MBA. William Vives Brenes, Director.—O. C. Nº 20130101.—Solicitud Nº 615-0022.—(IN2013021529).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 04 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 03 de mayo de 1995 y la ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere la adquisición de terreno, necesario para la construcción del Repetidor Celular en Cubujuquí de Mercedes Sur de Heredia, situado en el Partido Cuarto Heredia, Cantón Tercero Heredia, Distrito Segundo Mercedes; el inmueble se localiza de la esquina noroeste de la plaza de deportes de Cubujuquí (San Jorge).

Es propiedad de la Municipalidad de Heredia, cédula jurídica 3-014-042092, cuyo representante legal el alcalde municipal, José Manuel Ulate Avendaño, cédula de identidad 9-0049-0376, mayor, divorciado, administrador de negocios, domicilio de la municipalidad de Heredia, calle 1, diagonal a la Iglesia Inmaculada Concepción.

El inmueble se encuentra inscrito en el Registro Público en Folio Real Nº 4-94194-000, la naturaleza del terreno es para construcción y calles. El inmueble colinda al norte, río Burio, Lotes 1 J, 2 J, 3 J, y otros; al sur, con Sánchez Gómez S. A., Salomón Chavarría, al este, calle pública, río Burio, lote 29 C y al oeste, calle pública, Lotes 1 k, 2 k, 3 k, otro. Plano catastrado no se indica.

A solicitud de la División Negocio Móvil del Instituto Costarricense de Electricidad, esta adquisición de terreno, fue valorada de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢45.900.000,00 (cuarenta y cinco millones novecientos mil colones exactos) según avalúo administrativo número 0071-2013.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de adquirir este terreno, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 7495 del 03 de mayo de 1995, y las leyes arriba citadas, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto,

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢45.900.000,00 (cuarenta y cinco millones novecientos mil colones exactos) según avalúo administrativo número 0071-2013 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, exprópiese el inmueble anteriormente mencionado propiedad de Municipalidad de Heredia, cédula jurídica 3-014-042092, cuyo representante legal el alcalde municipal, José Manuel Ulate Avendaño, cédula de identidad 9-0049-0376, mayor, divorciado, administrador de negocios, domicilio de la municipalidad de Heredia, calle 1, diagonal a la Iglesia Inmaculada Concepción.

El sector se ubica al oeste de la ciudad de Heredia. La zona es netamente urbana, y cuenta con servicios de diversa índole. Por su cercanía con la ciudad de Heredia, se convierte en una zona de transición entre esta ciudad y los poblados que se ubican al noroeste, pertenecientes a los cantones de Barva y San Joaquín de Flores. El sector está definido en cuadrantes, contando con una importante infraestructura y acceso por los cuatro puntos cardinales.

En lo que respecta a su topografía, la zona en general se caracteriza por ser bastante plana, existiendo una leve inclinación descendiente de este a oeste, asimismo al costado norte de Cubujuquí corre en sentido este oeste, el río Burío. El clima es agradable durante todo el año, existiendo brisa en sentido noreste - suroeste.

La propiedad mide 270,00 m² (según plano catastrado H-1628304-2012), su relieve es plano (pendiente 0%) y se encuentra sobre nivel de calle. Su forma es regular, de acuerdo con su plano catastrado, posee un frente de 14,86 metros a calle pública en su sector oeste. Está cerrado con tapia de concreto (mampostería confinada) y contando además sobre dicha tapia con alambre de navaja. Se respeta una franja de zona verde en los sectores norte y oeste del lote, esta franja se mantiene sin cerrar.

Su tipo de vía se clasifica como tipo 3, posee como servicios 1 acera y cordón de caño, asimismo como servicios 2 cuenta con teléfono, electricidad, agua potable y alumbrado público.

El lote por valorar es esquinero, se ubica en la esquina noroeste de la plaza de postes de Cubujuquí, donde convergen la avenida central y la calle 38. En el lote existe una torre de celular propiedad del I.C.E., desde el año 2000 mediante un convenio firmado por esta institución con la Municipalidad de Heredia.

Los linderos del inmueble por segregar según plano catastrado H-1628304-2012 son al norte: Calle pública, al sur: Municipalidad de Heredia; al este: Municipalidad de Heredia, y al oeste: Calle pública.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—La finca segregada, se inscribirá a favor del ICE, se describe así; sita en el Distrito Segundo Mercedes, Cantón Primero Heredia de la Provincia de Heredia, cuya naturaleza es terreno para construcción y calles y linda al norte: calle pública, al sur: Municipalidad de Heredia, calle pública en parte; al este: Municipalidad de Heredia; y al oeste: calle pública. Tiene una medida de 270 m² y se identifica la materialidad del terreno con el plano inscrito en el catastro nacional H-1628304-2012. El resto de la finca madre se describe así, naturaleza terreno es para construcción y calles; situada en el Distrito Segundo Mercedes, del Cantón Primero Heredia de la Provincia de Heredia el cual linda al norte: norte: río Burio, Lotes 1 J, 2 J, 3 J, y otros y lote segregado en parte; al sur: con Sánchez Gómez, S. A., Salomón Chavarría, al este: Calle pública, río Burio, lote 29 C y al oeste: calle pública, Lotes 1 k, 2 k, 3 k, otro y lote segregado en parte. Tiene una medida de 58.228,09 m².

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 6028, celebrada el 19 de marzo de 2011.

7º—Publíquese en el Diario Oficial. San José, 05 de abril, 2013.

Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 03104.—Solicitud Nº 815-00052-DJI.—C-Crédito.—(IN2013023024).

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la Ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere la ampliación de servidumbre, cambio de condiciones y dos sitios de torre nuevos, necesarios para la Reconstrucción de la Línea de Transmisión Río Macho-Tejar-El Este, en finca inscrita en el Registro Público matrícula Folio Real 3-230420-000, ubicada en el Partido Tercero Cartago, Cantón Primero Cartago, Distrito Quinto San Francisco, el inmueble se ubica aproximadamente del Poblado de Navarrito arriba, 4 km al sur de Tejar. ID Prop. Nº 6T26T27.

El inmueble es propiedad de Carlos Manuel Navarro Pereira, cédula de identidad 9-068-979, mayor, casado una vez, ingeniero forestal, vecino de Turrialba, 4 km al sur de Tejar.

La naturaleza del terreno es Tacotal, plano catastrado C-0929718-2004; linda al norte, Río Navarrito, Calle Pública con un frente a calle de 21 mts., 60 cms., lineales, Fraser Pirie y Jesús Salas Araya, al sur, Héctor Arce Mora, al este, Carlos Obando Castillo y al oeste, Luis Ramírez Rodríguez.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Líneas de Transmisión Río Macho-El Este del I.C.E., esta ampliación de servidumbre, cambio de condiciones y dos sitios de torre nuevos, fueron valorados en la suma de ¢2.534.411,10 (dos millones quinientos treinta y cuatro mil cuatrocientos once colones con diez céntimos), según avalúo administrativo número 498-2012.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de la ampliación de servidumbre, cambio de condiciones y dos sitios de torre nuevo, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley 7495, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto;

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢2.534.411,10 (dos millones quinientos treinta y cuatro mil cuatrocientos once colones con diez céntimos), según avalúo administrativo número 498-2012 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, exprópiese la ampliación de servidumbre, cambio de condiciones y dos sitios de torre nuevo, en propiedad de Carlos Manuel Navarro Pereira, cédula de identidad 9-068-979, mayor, casado una vez, ingeniero forestal, vecino de Turrialba, 4 km al sur de Tejar.

La propiedad presenta varios usos de suelo, en el centro del inmueble existe un área de repasto con presencia de pastos altos cultivados y algunos sectores con árboles plantados de eucalipto y ciprés, el resto de la propiedad tiene bosque. Dispone de los servicios de agua de naciente, no tiene electricidad, ni alumbrado público, carece de acera y cordón de caño, según plano catastrado C-929718-2004, tiene 21,60 m de frente a calle pública secundaria (derrotero del plano catastrado del vértice 34 al 37), de lastre y en buen estado, está al mismo nivel de la vía de acceso, la topografía que prevalece es accidentada (pendiente promedio de 30%), tiene un camino interno principal en lastre que cruza la propiedad de este a oeste. La forma del predio es irregular, es medianero, en cuento a los linderos, se alcanzó a observar el colindante este el cual está delimitado por postes de madera con tres hilos de alambre de púas en buen estado, hasta donde se alcanzó a observar no se vieron construcciones. En cuanto a condiciones de riesgo, debido al tipo de topografía y suelo puede ser propenso a deslizamiento de tierra.

El Instituto Costarricense de Electricidad reconstruirá la Línea de Transmisión Río Macho-El Tejar-El Este, en este caso la reconstrucción será sobre la franja de la servidumbre establecida en la propiedad de Carlos Manuel Navarro Pereira, la cual afecta la parte central del inmueble atravesándola de este a oeste, la longitud de la línea de centro es de 307,00 m. El área de servidumbre total es de 9005,14 m²; de los cuales 155,14 m² corresponde al área de servidumbre nueva y 8850 m² equivalen al área de servidumbre establecida (esta área incluye los 105 m² correspondientes a los sitios de torre); el área de servidumbre total representa un 8,32% del área total de la propiedad. El ancho de la servidumbre en este tramo es de 30,00 m (15,00 m de ancho a ambos lados de la línea de centro), su forma es irregular.

La servidumbre ingresa a la finca en los linderos este con Griffith Llave al Paraíso, S. A., con un azimut de 272º11,5’, el cual conserva hasta el sitio de torre Nº 26, a partir de este punto el azimut cambia a 280º13,4’ y el cual se mantiene hasta llegar al sitio de torre Nº 27, a partir de este punto nuevamente el azimut cambia a 280º11,3” hasta salir por la colindancia oeste con Luis Ramírez Rodríguez, los datos se tomaron del croquis de la servidumbre suministrado por el Proyecto de Reconstrucción de la L. T. Río Macho-El Tejar, El Este.

La franja de servidumbre afecta un área de bosque, continúa por una zona de pasto y sale por una zona boscosa, la topografía es accidentada. La presente valoración requiere de la colocación de dos nuevos sitio de torre. El sitio de torre Nº 26 ocupa un área de 65,00 m², se encuentra aproximadamente a 25,35 m del lindero este con Griffith Llave al Paraíso S. A., aproximadamente en las coordenadas norte, 1 084 434.35; este, 507 592,55; el sitio de torre Nº 27 requiere de un área de 40,00 m², se localiza aproximadamente a 9,42 m del lindero oeste, con Luis Ramírez Rodríguez, aproximadamente en las coordenadas norte, 1 084 482,70; este, 507 324,62.

Los linderos de la servidumbre son al norte, Resto de finca, al sur, Resto de finca, al este, Griffith Llave al Paraíso S. A., y al oeste, Luis Ramírez Rodríguez.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—Que el Instituto Costarricense de Electricidad, es dueño de la finca inscrita en el Partido de Cartago, matrícula número cero cincuenta y ocho mil cincuenta y nueve-cero cero cero, cuya naturaleza es casa de máquinas subestación y canal, en el Distrito Tercero Orosí, Cantón Segundo Paraíso de la Provincia de Cartago; mide noventa y dos mil novecientos cuarenta y cuatro metros con veintidós decímetros cuadrados, y linda al norte, Carretera y Otros; al sur, María Manuela Vargas Solano, al este, Camino Público en medio otros y al oeste, María Manuela Vargas Solano; plano catastrado no se indica.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 6026 del 6 de marzo del 2013.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 3 de abril del 2013.—Consejo Directivo.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 309.—Solicitud Nº 815-00060-DJI-13.—Crédito.—(IN2013023981).

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la Ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere el establecimiento de servidumbre e indemnización por construcción, necesario para la Línea de Transmisión Río Macho-Moín (Tramo Río Macho-Cachí), en finca inscrita en Folio Real 3-181339-001 y 002, ubicada en el Partido Tercero Cartago, Cantón Quinto Turrialba, Distrito Tercero Peralta, el inmueble se ubica del cruce de Chitaría, 5.40 km hacia el oeste en dirección al Sol de Chitaría.

El inmueble es propiedad de José Ángel Camacho Ramos cédula de identidad 3-0198-0279, mayor, casado, derecho 1 y María Campos Obando, cédula de identidad 3-0239-0082, mayor, casada, derecho 02, ambos casados vecinos de San Juan Sur de Turrialba, 500 m., al sureste del templo católico, casa a mano izquierda, color crema.

La naturaleza del terreno es para la agricultura, Lote 12, según plano catastrado C-0565298-1999. Linda: al norte, calle pública; al sur, Jorge Jiménez; al este, lote 11 y al oeste, lote 13-1.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Transmisión Eléctrica Región Huetar-Brunca de la U.E.N. de Proyectos y Servicios Asociados del I.C.E., este establecimiento de servidumbre e indemnización por construcción fueron valorados en la suma de ¢4.926.752,10 (Cuatro millones novecientos veintiséis mil setecientos cincuenta y dos colones con diez céntimos), según avalúo administrativo número 573-2012.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia del establecimiento de servidumbre e indemnización por construcción, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley 7495, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto;

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢4.926.752,10 (Cuatro millones novecientos veintiséis mil setecientos cincuenta y dos colones con diez céntimos), según avalúo administrativo número 573-2012 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, exprópiese el establecimiento de servidumbre e indemnización por construcción en propiedad de José Ángel Camacho Ramos cédula de identidad 3-0198-0279, mayor, casado, derecho 1 y María Campos Obando, cédula de identidad 3-0239-0082, mayor, casada, derecho 02, ambos casados vecinos de San Juan Sur de Turrialba, 500 m., al sureste, del templo católico, casa a mano izquierda, color crema.

La finca se ubica en el Sol de Chitaría. Se localiza en las coordenadas CRTM05 1 102 687 N, 547 039 E; según levantamiento en el campo. La forma de la propiedad es regular. La propiedad presenta un topografía de 40% promedio. Tiene un área total de 4 ha 069,09 m² con una distancia de frente a calle pública de 142,29 m según el plano catastrado.

Cuenta con una bodega rústica que es afectada por el paso de la línea de transmisión y con linderos físicos definidos tanto con cerca viva como por ejemplo poró y madero negro y con alambre de púas.

En cuanto a los servicios públicos cuenta con electricidad, alumbrado público y agua. La propiedad se dedica a la agricultura, tiene un área sembrada con culantro coyote aproximadamente 2 500 m², ayote un área de 1 000 m², plátano un área de 5 000 m² y tres apartos con pasto natural que en este momento no los están utilizando. También cuenta con una tanqueta con Tilapia que es alimentado por un riachuelo que pasa por la propiedad.

Hay una galera que posee una habitación, un sector para comedor, un baño muy sencillo, una zona que sirve como bodega para almacenamiento de materiales y productos agrícolas tiene un solo nivel y un área constructiva de 34,77 m². En el costado posterior se encuentra un servicio de hueco de 1 m x 1 m.

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá el derecho de servidumbre existente en una franja de terreno cuyos propietarios son José Ángel Camacho Ramos y María Isabel Campos Obando. La servidumbre eléctrica y de paso forma una figura similar a un trapecio con las siguientes medidas aproximadas: 146,39 m de base mayor, 132,47 m de base menor y de altura 30,00 m para un área de 4 183,00 m² y se ubica en el sector norte de la propiedad.

La nueva servidumbre ingresa a la propiedad por el sector oeste en la colindancia con el propietario Parcela Nº 13-1, con un azimut de 35º5’28” y una longitud de 147,25 m. La línea sale por el sector norte con colindancia a calle pública y el mismo azimut. La información anterior fue brindada por el departamento de Topografía del P.T.R.H.B. a través del croquis de la propiedad con el área de afectación de la servidumbre.

La zona afectada por la línea está conformada por un área que se encuentra una galera, barbecho y zona preparada para la siembre de culantro coyote. Los linderos de la franja de servidumbre son al norte, Calle pública, al sur, Resto de la propiedad, al este: Parcela Nº 11 (I.D.A.), y al oeste, Parcela Nº 13 (I.D.A.).

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—Que el Instituto Costarricense de Electricidad, es dueño de la finca inscrita en el Partido de Cartago, matrícula número ciento cinco mil setecientos treinta y dos-cero cero cero, que es de ampliación de Planta Eléctrica de Cachí, sito en el Distrito Segundo Tucurrique, del Cantón Cuarto Jiménez de la Provincia de Cartago; mide cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta y tres metros con dieciséis decímetros cuadrados, y linda al Norte con Río Reventazón; al sur, con Hacienda la Gloria, S. A., al este, con Hacienda La Gloria y al Oeste con Rigoberto Fernández e IDA, tiene el plano catastrado numero C-cero quinientos veintidós mil ciento veintiuno-mil novecientos ochenta y tres.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 6021 del 6 de febrero del 2013.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 4 de abril del 2013.—Consejo Directivo.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 309.—Solicitud Nº 815-000614-DJI-13.—Crédito.—(IN2013023982).

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la Ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere la adquisición de terreno y mejoras, necesario para el Proyecto Hidroeléctrico Reventazón, situado en el Partido Sétimo Limón, Cantón Tercero Siquirres, Distrito Tercero Florida; el inmueble se localiza siguiendo la Ruta 415 de la Alegría a Pascua, desviación frente al abastecedor del pueblo de San Antonio al este, 1.9 km, posteriormente con dirección este en la intersección con un recorrido de 0.4 km.

El inmueble se encuentra en posesión de Freddy Alpízar Murillo, cédula de identidad 2-0437-0283, mayor, soltero, vecino de El Coyol de Alajuela aproximadamente a 1 km al suroeste, de la estación de RITEVE, contiguo al Taller Carrocería Alpízar.

El inmueble se encuentra sin inscribir en el Registro Público, cuenta con plano catastrado L-359795-1979, el uso actual del terreno es forestal y ganadería. El inmueble colinda al norte, calle pública; al sur, Playón del Río; al este, Playón del Río y al oeste, Ferrocarril.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón del Instituto Costarricense de Electricidad, esta adquisición de terreno y mejoras, fueron valoradas, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢26.259.792,05 (veintiséis millones doscientos cincuenta y nueve mil setecientos noventa y dos colones con cinco céntimos) según avaluó administrativo número 672-2012.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de la adquisición de terreno y mejoras, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, y las leyes arriba citadas, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto;

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢26.259.792,05 (veintiséis millones doscientos cincuenta y nueve mil setecientos noventa y dos colones con cinco céntimos) según avaluó administrativo número 672-2012 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado el respectivo avalúo, exprópiese el inmueble anteriormente mencionado en posesión de Freddy Alpízar Murillo, cédula de identidad 2-0437-0283, mayor, soltero, vecino de El Coyol de Alajuela aproximadamente a 1 km al suroeste de la estación de RITEVE, contiguo al Taller Carrocería Alpízar.

La propiedad está en una zona rural con altas temperaturas y una vegetación típica del bosque húmedo tropical siempre verde, con elevada precipitación que caracteriza a la zona Atlántica. La topografía de la zona se puede clasificar como plana en las zonas paralelas a la carretera con pendientes de 0% a 5%, ondulada con pendientes aproximadas de 5% y 15% y accidentada en el sector sur de la cuenca del Río Reventazón, con pendientes aproximadas entre 15% y 30%.

Con respecto a la distribución de la tierra, está se encuentra en manos de pequeños productores agropecuarios. El tamaño de las fincas puede oscilar entre las 1 ha y 115 ha, y se dedican principalmente a la ganadería de doble propósito y pequeñas explotaciones de ornamentales. En algunos casos se combina actividad ganadera junto con los cultivos. También se presentan sistemas agroforestales (potreros arbolados) y plantaciones forestales con especies tales como Cebo, Laurel, y Pilón.

Cuenta con los servicios de agua proveniente de la asada local, servicio eléctrico y alumbrado público. El servicio de buses es poco frecuente, ya que pasa únicamente dos veces a la semana. También hay escuela, iglesia, abastecedor y cancha de fútbol.

Para accesar se realizó por el sector sur de la propiedad luego de atravesar otra de las propiedades pertenecientes al señor Freddy Alpízar Murillo, unos 400 m., al norte, sobre la vía férrea al norte, esto debido a que el paso a través de dicha vía fue truncado a razón del efecto del río Reventazón el cual cortó el paso por ambos extremos.

Debido a esta condición, a pesar de que en el plano catastrado se indica un frente a ferrocarril de 591,26 m; el mismo no se consideró como un frente útil, por lo que se estableció como longitud de frente unos 7,00 m ante el acceso que debe realizarse a través de la otra propiedad. El inmueble no posee acceso a los servicios eléctricos, ni agua potable por acueducto.

La finca posee una topografía quebrada (aproximadamente 5%). La propiedad es utilizada en la explotación de ganadería de engorde como parte de un sistema productivo de mayor tamaño con especies de plantas de importancia forestal y agrícola dispersas en toda la propiedad, con apartos de potrero condiciones delimitados por cercas vivas y alambre de púas en general de buen estado, así como el cauce del río Reventazón. Con presencia de fuentes de agua naturales que atraviesan la propiedad de norte a sur.

Ante la cantidad de variaciones en la conformación del total de las cercas, se determinaron “cercas tipo”. Para lo cual se realizó una sumatoria de la distancia de cada agrupación de cercas según sus características y se consideró aquella que se presentó en una mayor distancia. De lo cual se obtuvo una “cerca de 3 hilos con postes cada 1,0 m” y una “cerca de 4 hilos con postes cada 1,0 m”. La valoración se realizó de acuerdo con esta tipología y finalmente se definió un valor unitario del total.

Hay dos comederos para ganado, se consideró una construcción artesanal. Con postes de madera aserrada, láminas de zinc conformando el techo y estañones plásticos seccionados a la mitad, cuenta con un área de construcción total de 04,00 m².

Entre las especies encontradas se identificaron: guayaba, limón mandarina, entre otras especies, según “Informe Censo Forestal Propiedad Plano L-359795-1979 San Antonio-Siquirres, Costa Rica”, generado por el Departamento Forestal del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón”.

Para la valoración de la madera la información contenida en el inventario realizado por el personal del Departamento de Gestión Ambiental del Proyecto Reventazón denominados “Informe Nº 1 Censo Forestal Propiedad Plano L-359795-1979 San Antonio-Siquirres, Costa Rica,” en donde se detalla el nombre de la especie, la cantidad de metros cúbicos separados por clase diamétrica y la cantidad total de metros cúbicos de cada especie.

La valoración de los individuos que presentaron un diámetro mayor o igual a 15 centímetros, esto porque es la medida mínima de comercialización en Costa Rica de madera en troza, debido al diámetro mínimo de aserrío.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y  supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—La finca a expropiar se inscribirá a favor del ICE.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 6026, celebrada el 6 de marzo del 2013.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 2 de abril del 2013.—Consejo Directivo.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 309.—Solicitud Nº 815-00056-DJI-13.—Crédito.—(IN2013023983).

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la Ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad necesita la adquisición de terreno y mejoras, necesario para el Proyecto Hidroeléctrico Reventazón, situado en el Partido Sétimo Limón, Cantón Tercero Siquirres, Distrito Tercero Florida; el inmueble se localiza siguiendo la Ruta 415 de la Alegría a Pascua, desviación frente al abastecedor del pueblo de San Antonio al este, 1.9 km, posteriormente con dirección este en la intersección con un recorrido de 0.4 km.

El inmueble se encuentra en posesión de Freddy Alpízar Murillo, cédula de identidad 2-0437-0283, mayor, soltero, vecino de El Coyol de Alajuela aproximadamente a 1 km al suroeste, de la estación de RITEVE, contiguo al Taller Carrocería Alpízar.

El inmueble se encuentra sin inscribir en el Registro Público, cuenta con plano catastrado L-1523596-2011, el uso actual del terreno es forestal y ganadería. El inmueble colinda al norte, Playón del Río; al sur, Freddy Alpízar Murillo, al este, Playón del Río y al oeste: Ferrocarril.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón del Instituto Costarricense de Electricidad, esta adquisición de terreno y mejoras, fueron valoradas, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢9.448.678,70 (nueve millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil seiscientos setenta y ocho colones con setenta céntimos), según avaluó administrativo número 680-2012.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de la adquisición de terreno y mejoras, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, y las leyes arriba citadas, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto;

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢9.448.678,70 (nueve millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil seiscientos setenta y ocho colones con setenta céntimos), según avaluó administrativo número 680-2012 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado el respectivo avalúo, exprópiese el inmueble anteriormente mencionado en posesión de Freddy Alpízar Murillo, cédula de identidad 2-0437-0283, mayor, soltero, vecino de El Coyol de Alajuela aproximadamente a 1 km al suroeste de la estación de RITEVE, contiguo al Taller Carrocería Alpízar.

La propiedad está en una zona rural con altas temperaturas y una vegetación típica del bosque húmedo tropical siempre verde, con elevada precipitación que caracteriza a la zona Atlántica. La topografía de la zona se puede clasificar como plana en las zonas paralelas a la carretera con pendientes de 0% a 5%, ondulada con pendientes aproximadas de 5% y 15% y accidentada en el sector sur de la cuenca del río Reventazón, con pendientes aproximadas entre 15% y 30%.

Con respecto a la distribución de la tierra, está se encuentra en manos de pequeños productores agropecuarios. El tamaño de las fincas puede oscilar entre las 1 ha y 115 ha, y se dedican principalmente a la ganadería de doble propósito y pequeñas explotaciones de ornamentales. En algunos casos se combina actividad ganadera junto con los cultivos. También se presentan sistemas agroforestales (potreros arbolados) y plantaciones forestales con especies tales como Cebo, Laurel, y Pilón.

Cuenta con los servicios de agua proveniente de la asada local, servicio eléctrico y alumbrado público. El servicio de buses es poco frecuente, ya que pasa únicamente dos veces a la semana. También hay escuela, iglesia, abastecedor y cancha de fútbol.

Para accesar se realizó por el sector sur de la propiedad luego de atravesar otra de las propiedades pertenecientes al señor Freddy Alpízar Murillo hasta llegar a la vía férrea, esto debido a que el paso a través de dicha vía fue truncado a razón del efecto del río Reventazón el cual cortó el paso por ambos extremos.

Debido a esta condición, a pesar de que en el plano catastrado se indica un frente a ferrocarril de 556,59 m.; el mismo no se consideró como un frente útil, por lo que se estableció como longitud de frente 7,00 m ante el acceso que debe realizarse a través de la otra propiedad. El inmueble no posee acceso a los servicios eléctricos, ni agua potable por acueducto.

La finca posee una topografía quebrada (aproximadamente 5%). La propiedad es utilizada en la explotación de ganadería de engorde como parte de un potrero de mayor tamaño con especies de plantas consideradas de importancia forestal y agrícola dispersas en toda la propiedad. No presenta aspectos físicos que determinen los linderos norte y oeste, que los linderos norte y oeste, mientras que en el lindero sur se observó una hilera de árboles de poró, el lindero este se da por el cauce del río Reventazón, el cual establece un riesgo latente de erosión y perdida de área en la propiedad. La propiedad cuenta pequeñas pasos de agua natural que atraviesan la propiedad y alguno accesos al río Reventazón.

Entre las especies encontradas se identificaron: cas, guayaba, limón mandarina, entre otras, según “Informe Censo Forestal Propiedad Plano L-1523596-2011 San Antonio-Siquirres, Costa Rica”, generado por el Departamento Forestal del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón”.

Para la valoración de la madera la información contenida en el inventario realizado por el personal del Departamento de Gestión Ambiental del Proyecto Reventazón denominados “Informe Nº 1 Censo Forestal Propiedad Plano L-1523596-2011 san Antonio-Siquirres, Costa Rica,” en donde se detalla el nombre de la especie, la cantidad de metros cúbicos separados por clase diamétrica y la cantidad total de metros cúbicos de cada especie.

La valoración de los individuos que presentaron un diámetro mayor o igual a 15 centímetros, esto porque es la medida mínima de comercialización en Costa Rica de madera en troza, debido al diámetro mínimo de aserrío.

Para determinar el valor unitario por especie se utilizó la información contenida en el informe “Estudio de mercado de precios de referencia de la madera en la zona atlántica Costa Rica 2010, actualización de informe”. Este informe contiene el valor por metro cubico de madera en pie (denominado valor unitario en el Cuadro 2), que al multiplicarlo por la cantidad de metros cúbicos de cada especie (denominado volumen en pie en el Cuadro 2) se obtiene un valor total a indemnizar.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y  supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—La finca a expropiar se inscribirá a favor del ICE.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 6026, celebrada el 6 de marzo del 2013.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 2 de abril del 2013.—Consejo Directivo.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 309.—Solicitud Nº 815-00054-DJI-13.—Crédito.—(IN2013023984).

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la Ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere la adquisición de terreno y mejoras, necesario para el Proyecto Hidroeléctrico Reventazón, situado en el Partido Sétimo Limón, Cantón Tercero Siquirres, Distrito Tercero Florida; el inmueble se localiza siguiendo la Ruta 415 de la Alegría a Pascua, desviación frente al abastecedor del pueblo de San Antonio al este, 1.9 km, posteriormente con dirección este en la intersección con un recorrido de 0.4 km.

El inmueble se encuentra en posesión de Freddy Alpízar Murillo, cédula de identidad 2-0437-0283, mayor, soltero, vecino de El Coyol de Alajuela aproximadamente a 1 km al suroeste, de la estación de RITEVE, contiguo al Taller Carrocería Alpízar.

El inmueble se encuentra sin inscribir en el Registro Público, cuenta con plano catastrado L-1591107-2012, el uso actual del terreno es forestal y ganadería. El inmueble colinda al norte: Freddy Alpízar Murillo; al sur, Vía férrea, al este, Freddy Alpízar Murillo y al oeste, Osvaldo Brenes Salguero y Darío Brenes Salguero.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón del Instituto Costarricense de Electricidad, esta adquisición de terreno y mejoras, fueron valoradas, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢15.252.275,35 (quince millones doscientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y cinco colones con treinta y cinco céntimos), según avaluó administrativo número 685-2012.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de la adquisición de terreno y mejoras, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, y las leyes arriba citadas, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto;

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢15.252.275,35 (quince millones doscientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y cinco colones con treinta y cinco céntimos), según avaluó administrativo número 685-2012 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado el respectivo avalúo, exprópiese el inmueble anteriormente mencionado en posesión de Freddy Alpízar Murillo, cédula de identidad 2-0437-0283, mayor, soltero, vecino de El Coyol de Alajuela aproximadamente a 1 km al suroeste, de la estación de RITEVE, contiguo al Taller Carrocería Alpízar.

La propiedad está en una zona rural con altas temperaturas y una vegetación típica del bosque húmedo tropical siempre verde, con elevada precipitación que caracteriza a la zona Atlántica. La topografía de la zona se puede clasificar como plana en las zonas paralelas a la carretera con pendientes de 0% a 5%, ondulada con pendientes aproximadas de 5% y 15% y accidentada en el sector sur de la cuenca del río Reventazón, con pendientes aproximadas entre 15% y 30%.

Con respecto a la distribución de la tierra, está se encuentra en manos de pequeños productores agropecuarios. El tamaño de las fincas puede oscilar entre las 1 ha y 115 ha, y se dedican principalmente a la ganadería de doble propósito y pequeñas explotaciones de ornamentales. En algunos casos se combina actividad ganadera junto con los cultivos. También se presentan sistemas agroforestales (potreros arbolados) y plantaciones forestales con especies tales como Cebo, Laurel, y Pilón.

Cuenta con los servicios de agua proveniente de la asada local, servicio eléctrico y alumbrado público. El servicio de buses es poco frecuente, ya que pasa únicamente dos veces a la semana. También hay escuela, iglesia, abastecedor y cancha de fútbol.

Para accesar se realizó por el sector sur de la propiedad luego de atravesar otra de las propiedades pertenecientes al señor Freddy Alpízar Murillo, unos 400 m al norte sobre la vía férrea al norte, esto debido a que el paso a través de dicha vía fue truncado a razón del efecto del Río Reventazón; el cual cortó el paso por ambos extremos.

Debido a esta condición, a pesar de que en el plano catastrado se indica un frente a ferrocarril de 62,00 m.; el mismo no se consideró como un frente útil, por lo que se estableció como longitud de frente 7,00 m ante el acceso que debe realizarse a través de la otra propiedad. El inmueble no posee acceso a los servicios eléctricos, ni agua potable por acueducto.

La finca posee una topografía quebrada (aproximadamente 25%) con una sección de alta pendiente y una zona plana. La propiedad es utilizada en la explotación de ganadería de engorde como parte de un potrero de mayor tamaño con especies de plantas consideradas de importancia forestal y agrícola dispersas en toda la propiedad, sin cercas que lo delimitaran, excepto en el lindero oeste que presenta una cerca viva y alambre de púas en buen estado. Sin embargo, un 33% de la propiedad presentaba una condición boscosa. Con presencia de fuentes de agua naturales y un área del sector empleado como potrero con presencia de especies de plantas características de zonas anegadas.

Ante la cantidad de variaciones en la conformación del total de las cercas, se determinaron “cercas tipo”. Para lo cual se realizó una sumatoria de la distancia de cada agrupación de cercas según sus características y se consideró aquella que se presentó en una mayor distancia. De lo cual se obtuvo una “cerca de 4 hilos con postes cada 0,5 m”. La valoración se realizó de acuerdo con esta tipología y finalmente se definió un valor unitario del total.

Para la valoración de la madera la información contenida en el inventario realizado por el personal del Departamento de Gestión Ambiental del Proyecto Reventazón denominados “Informe Nº 1 Censo Forestal Propiedad Plano L-1591107-2012 San Antonio-Siquirres, Costa Rica,” en donde se detalla el nombre de la especie, la cantidad de metros cúbicos separados por clase diamétrica y la cantidad total de metros cúbicos de cada especie.

La valoración de los individuos que presentaron un diámetro mayor o igual a 15 centímetros, esto porque es la medida mínima de comercialización en Costa Rica de madera en troza, debido al diámetro mínimo de aserrío.

Entre las especies encontradas se identificaron: cas, guayaba, mandarina y limón mandarina, según “Informe Censo Forestal Propiedad Plano L-1591107-2012 San Antonio-Siquirres, Costa Rica”, generado por el Departamento Forestal del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón”.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y  supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—La finca a expropiar se inscribirá a favor del ICE.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 6026, celebrada el 6 de marzo del 2013.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 2 de abril del 2013.—Consejo Directivo.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 309.—Solicitud Nº 815-00057-DJI-13.—Crédito.—(IN2013023985).

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la Ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere la adquisición de terreno y mejoras, necesario para el Proyecto Hidroeléctrico Reventazón, situado en el Partido Sétimo Limón, Cantón Tercero Siquirres, Distrito Tercero Florida; el inmueble se localiza siguiendo la Ruta 415 de la Alegría a Pascua, desviación frente al abastecedor del pueblo de San Antonio al este, 1.9 km, posteriormente con dirección este en la intersección con un recorrido de 0.4 km.

El inmueble se encuentra en posesión de Freddy Alpízar Murillo, cédula de identidad 2-0437-0283, mayor, soltero, vecino de El Coyol de Alajuela aproximadamente a 1 km al suroeste, de la estación de RITEVE, contiguo al Taller Carrocería Alpízar.

El inmueble se encuentra sin inscribir en el Registro Público, cuenta con plano catastrado L-507801-1983, el uso actual del terreno es forestal y ganadera. El inmueble colinda al norte, frente a Freddy Alpízar Murillo; al sur, frente a ferrocarril; al este, frente a Freddy Alpízar Murillo y al oeste, Frente a Freddy Alpízar Murillo. El mismo no presenta una delimitación física apreciable.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón del Instituto Costarricense de Electricidad, esta adquisición de terreno y mejoras, fueron valoradas, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢28.282.585,05 (veintiocho millones doscientos ochenta y dos mil quinientos ochenta y cinco colones con cinco céntimos) según avaluó administrativo número 686-2012.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de la adquisición de terreno y mejoras, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, y las leyes arriba citadas, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto;

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢28.282.585,05 (veintiocho millones doscientos ochenta y dos mil quinientos ochenta y cinco colones con cinco céntimos) según avaluó administrativo número 686-2012 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado el respectivo avalúo, exprópiese el inmueble anteriormente mencionado en posesión de Freddy Alpízar Murillo, cédula de identidad 2-0437-0283, mayor, soltero, vecino de El Coyol de Alajuela aproximadamente a 1 km al suroeste, de la estación de RITEVE, contiguo al Taller Carrocería Alpízar.

La propiedad está en una zona rural con altas temperaturas y una vegetación típica del bosque húmedo tropical siempre verde, con elevada precipitación que caracteriza a la zona Atlántica. La topografía de la zona se puede clasificar como plana en las zonas paralelas a la carretera con pendientes de 0% a 5%, ondulada con pendientes aproximadas de 5% y 15% y accidentada en el sector sur de la cuenca del Río Reventazón, con pendientes aproximadas entre 15% y 30%.

Con respecto a la distribución de la tierra, está se encuentra en manos de pequeños productores agropecuarios. El tamaño de las fincas puede oscilar entre las 1 ha y 115 ha, y se dedican principalmente a la ganadería de doble propósito y pequeñas explotaciones de ornamentales. En algunos casos se combina actividad ganadera junto con los cultivos. También se presentan sistemas agroforestales (potreros arbolados) y plantaciones forestales con especies tales como Cebo, Laurel, y Pilón.

Cuenta con los servicios de agua proveniente de la asada local, servicio eléctrico y alumbrado público. El servicio de buses es poco frecuente, ya que pasa únicamente dos veces a la semana. También hay escuela, iglesia, abastecedor y cancha de futbol.

Para accesar se realizó por el sector sur de la propiedad luego de atravesar otra de las propiedades pertenecientes al señor Freddy Alpízar Murillo, esto debido a que el paso a través de dicha vía fue truncado a razón del efecto del río Reventazón el cual cortó el paso por ambos extremos.

Debido a esta condición, a pesar de que en el plano catastrado se indica un frente a ferrocarril de 285,71 m.; el mismo no se consideró como un frente útil, por lo que se estableció como longitud de frente 7,00 m., ante el acceso que debe realizarse a través de la otra propiedad. El inmueble no posee acceso a los servicios eléctricos, ni agua potable por acueducto.

La finca posee una topografía quebrada (aproximadamente 20%) con una sección de alta pendiente y una zona plana. La propiedad es utilizada en la explotación de ganadería de engorde con especies de plantas de importancia forestal y agrícola dispersas en toda la propiedad, con cercas vivas que de forma general se encontraban en buen estado que delimitan y conforman potreros. También, se ubicó un corral para el manejo de ganado. La propiedad presentaba un área en condición boscosa. Con presencia de fuentes de agua naturales.

Tiene un corral que está conformado en madera casi en su totalidad, además presenta una manga para dar mantenimiento al ganado con una pequeña zona techada y tres portones en madera, con una superficie en pasto, tiene un solo nivel y un área de construcción total de 85,00 m².

Hay dos comederos para ganado, se consideró una construcción artesanal, lo cual concuerda con la condición observada. Con postes de madera aserrada, láminas de zinc conformando el techo y estañones plásticos seccionados a la mitad, cuenta con un área de construcción total de 04,00 m².

Ante la cantidad de variaciones en la conformación del total de las cercas, se determinaron “cercas tipo”. Para lo cual se realizó una sumatoria de la distancia de cada agrupación de cercas según sus características y se consideró aquella que se presentó en una mayor distancia. De lo cual se obtuvo una “cerca de 3 hilos con postes cada 1,0 m” y una “cerca de 4 hilos con postes cada 0,5 m”. La valoración se realizó de acuerdo con esta tipología y finalmente se definió un valor unitario del total.

Entre las especies encontradas se identificaron: cas, guayaba, mandarina y limón mandarina, según “Informe Censo Forestal Propiedad Plano L-547521-1984 San Antonio-Siquirres, Costa Rica”, generado por el Departamento Forestal del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón”.

Para la valoración de la madera la información contenida en el inventario realizado por el personal del Departamento de Gestión Ambiental del Proyecto Reventazón denominados “Informe Nº 1 Censo Forestal Propiedad Plano L-507801-1983 San Antonio-Siquirres, Costa Rica,” en donde se detalla el nombre de la especie, la cantidad de metros cúbicos separados por clase diamétrica y la cantidad total de metros cúbicos de cada especie.

La valoración de los individuos que presentaron un diámetro mayor o igual a 15 centímetros, esto porque es la medida mínima de comercialización en Costa Rica de madera en troza, debido al diámetro mínimo de aserrío.

Para determinar el valor unitario por especie se utilizó la información contenida en el informe “Estudio de mercado de precios de referencia de la madera en la zona atlántica Costa Rica 2010, actualización de informe”. Este informe contiene el valor por metro cubico de madera en pie (denominado valor unitario en el Cuadro 3), que al multiplicarlo por la cantidad de metros cúbicos de cada especie (denominado volumen en pie en el Cuadro 3) se obtiene un valor total a indemnizar.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y  supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—La finca a expropiar se inscribirá a favor del ICE.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 6026, celebrada el 6 de marzo del 2013.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 2 de abril del 2013.—Consejo Directivo.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 309.—Solicitud Nº 815-00055-DJI.—Crédito.—(IN2013023986).

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la Ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere la segregación de terreno e indemnización de mejoras, necesario para el Proyecto Hidroeléctrico Reventazón, situado en el Partido Sétimo Limón, Cantón Tercero Siquirres, Distrito Tercero Florida; el inmueble se localiza siguiendo la Ruta 415 de la Alegría a Pascua, desviación frente al abastecedor del pueblo de San Antonio al este, 1.9 km, posteriormente con dirección este en la intersección con un recorrido de 0.4 km.

El inmueble es propiedad de Freddy Alpízar Murillo, cédula de identidad 2-0437-0283, mayor, soltero, vecino de El Coyol de Alajuela aproximadamente a 1 km al suroeste, de la estación de RITEVE, contiguo al Taller Carrocería Alpízar.

El inmueble se encuentra inscrito en el Registro Público, folio real 7-029496-000, la naturaleza del terreno es para la agricultura, el inmueble colinda al norte, Rodrigo Fallas Arroyo; al sur, Eliseo Corrales Pérez; al este, línea férrea con 257 m., 66 cm., y al oeste, Eduardo Brenes Alvarado, plano catastrado L-0547521-1984.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón del Instituto Costarricense de Electricidad, esta segregación de terreno e indemnización de mejoras, fueron valoradas, de acuerdo con el peritaje de ley, en la suma de ¢35.478.574,65 (treinta y cinco millones cuatrocientos setenta y ocho mil quinientos setenta y cuatro colones con sesenta y cinco céntimos) según avaluó administrativo número 708-2012.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de la segregación de terreno e indemnización de mejoras, con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, y las leyes arriba citadas, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto;

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢35.478.574,65 (treinta y cinco millones cuatrocientos setenta y ocho mil quinientos setenta y cuatro colones con sesenta y cinco céntimos) según avaluó administrativo número 708-2012 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado el respectivo avalúo, exprópiese el inmueble anteriormente mencionado propiedad de Freddy Alpízar Murillo, cédula de identidad 2-0437-0283, mayor, soltero, vecino de El Coyol de Alajuela aproximadamente a 1 km al suroeste de la estación de RITEVE, contiguo al Taller Carrocería Alpízar.

La propiedad está en una zona rural con altas temperaturas y una vegetación típica del bosque húmedo tropical siempre verde, con elevada precipitación que caracteriza a la zona Atlántica. La topografía de la zona se puede clasificar como plana en las zonas paralelas a la carretera con pendientes de 0% a 5%, ondulada con pendientes aproximadas de 5% y 15% y accidentada en el sector sur de la cuenca del río Reventazón, con pendientes aproximadas entre 15% y 30%.

Con respecto a la distribución de la tierra, está se encuentra en manos de pequeños productores agropecuarios. El tamaño de las fincas puede oscilar entre las 1 ha y 115 ha, y se dedican principalmente a la ganadería de doble propósito y pequeñas explotaciones de ornamentales. En algunos casos se combina actividad ganadera junto con los cultivos. También se presentan sistemas agroforestales (potreros arbolados) y plantaciones forestales con especies tales como Cebo, Laurel, y Pilón.

Cuenta con los servicios de agua proveniente de la asada local, servicio eléctrico y alumbrado público. El servicio de buses es poco frecuente, ya que pasa únicamente dos veces a la semana. También hay escuela, iglesia, abastecedor y cancha de futbol.

Para accesar al inmueble se realizó por el sector noroeste de la propiedad luego de atravesar un camino de tierra en malas condiciones, que permite el paso de personas y animales, esto debido a que el paso a través de dicha vía fue truncado a razón del efecto del río Reventazón el cual cortó el paso por ambos extremos.

Debido a esta condición, a pesar de que en el plano catastrado se indica un frente a ferrocarril de 257,31 m.; el mismo no se consideró como un frente útil, por lo que se estableció como longitud de frente 7,00 m., ante el acceso que debe realizarse a través de la otra propiedad. El inmueble no posee acceso a los servicios eléctricos, ni agua potable por acueducto.

La finca posee una topografía quebrada (aproximadamente 25%) con una sección de alta pendiente y una zona plana. La propiedad es utilizada en la explotación de ganadería de bovina con especies de plantas consideradas de importancia forestal y agrícola dispersas en toda la propiedad, con cercas vivas que de forma general se encontraban en buen estado que delimitan y conforman potreros. Además tiene presencia de fuentes de agua naturales.

Ante la cantidad de variaciones en la conformación del total de las cercas, se determinaron “cercas tipo”. Para lo cual se realizó una sumatoria de la distancia de cada agrupación de cercas según sus características y se consideró aquella que se presentó en una mayor distancia. De lo cual se obtuvo una “cerca de 3 hilos con postes cada 0,5 m” y una “cerca de 4 hilos con postes cada 0,5 m”. La valoración se realizó de acuerdo con esta tipología y finalmente se definió un valor unitario del total.

Entre las especies encontradas se identificaron: cas, guayaba, mandarina y limón mandarina y limón mandarina, según “Informe Censo Forestal Propiedad Plano L-547521-1984 San Antonio Siquirres, Costa Rica”, generado por el Departamento Forestal del Proyecto Hidroeléctrico Reventazón”.

Para la valoración de la madera la información contenida en el inventario realizado por el personal del Departamento de Gestión Ambiental del Proyecto Reventazón denominados “Informe Nº 1 Censo Forestal Propiedad Plano L-547521-1984 San Antonio-Siquirres, Costa Rica,” en donde se detalla el nombre de la especie, la cantidad de metros cúbicos separados por clase diamétrica y la cantidad total de metros cúbicos de cada especie.

La valoración de los individuos que presentaron un diámetro mayor o igual a 15 centímetros, esto porque es la medida mínima de comercialización en Costa Rica de madera en troza, debido al diámetro mínimo de aserrío.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y  supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—La finca segregada, se inscribirá a favor del ICE, se describe así; sita en el Distrito Tercero Florida, Cantón Tercero Siquirres de la Provincia de Limón, cuya naturaleza es terreno de potrero y montaña el cual linda al norte, Jorge Astorga Romero, al sur y al este, Freddy Alpízar Murillo y resto de finca madre; y al oeste, Con línea férrea. Tiene una medida de 104.752 m² y se identifica con la materialidad del terreno con el plano inscrito en el catastro nacional L-1580110-2012. El resto de la finca madre se describe así, naturaleza terreno para agricultura situada en el Distrito Tercero Florida, del Cantón Tercero Siquirres de la Provincia de Limón el cual linda al norte, Rodrigo Fallas Arroyo y lote segregado en parte; al sur, Eliseo Corrales Pérez y lote segregado en parte, al este, lote segregado I.C.E. y al oeste, Eduardo Brenes Alvarado. Tiene una medida de 49.984,56 m² y se identifica en la materialidad del terreno, con un plano inscrito en el catastro nacional número L-0547521-1984.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 6026, celebrada el 6 de marzo del 2013.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 2 de abril del 2013.—Consejo Directivo.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 309.—Solicitud Nº 815-00053-DJI.—Crédito.—(IN2013023987).

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la Ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere la indemnización por establecimiento de un sitio de torre (enmienda), necesario para la Línea de Transmisión Río Macho-Moín (Tramo Freehold - Moín), en finca inscrita en Folio Real 7-15839-001 y 002, plano catastrado no se indica, ubicada en el Partido Sétimo Limón, Cantón Primero Limón, Distrito Tercero Río Blanco, el inmueble se ubica 300 m oeste, de la estación de revisión técnica RITEVE, sobre la carretera.

El inmueble es propiedad de Emily Shirley Robinson Wright cédula de identidad 7-0047-1247, mayor, casada, derecho 1 y Oscar Van Gray Doman, cédula de identidad 7-0024-0202, mayor, casado, pensionado, derecho 02, ambos casados vecinos de New York. La naturaleza del terreno es para construir una casa, linda al norte, lote 201 y lote 202; al sur, calle, al este, Calle y al oeste, lote 200 y lote 199.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Transmisión Atlántica del I.C.E., esta indemnización por establecimiento de un sitio de torre (enmienda) fue valorado en la suma de ¢709.720,00 (setecientos nueve mil setecientos veinte colones exactos), según avalúo administrativo número 899-2012.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de la indemnización por establecimiento de un sitio de torre (enmienda), por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley 7495, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto;

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢709.720,00 (setecientos nueve mil setecientos veinte colones exactos), según avalúo administrativo número 899-2012 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, exprópiese la indemnización por establecimiento de un sitio de torre (enmienda) en propiedad de Emily Shirley Robinson Wright cédula de identidad 7-0047-1247, mayor, casada, derecho 1 y Oscar Van Gray Doman, cédula de identidad 7-0024-0202, mayor, casado, pensionado, derecho 02, ambos casados vecinos de New York.

La propiedad no presenta actividad productiva alguna, está cubierto de pasto a baja altura con una palma y el sitio de torre número 97 de la línea de transmisión. En cuanto a los linderos de la finca todos, están definidos por una cerca de postes de concreto con cinco hilos de alambre de púas en buen estado.

Tiene acceso al servicio de electricidad y de agua a partir de los colindantes este y sur, no es atravesada por ningún camino, ni quebrada y carece de construcciones salvo la torre. El nivel de la entrada con respecto a los caminos de acceso se encuentra al mismo nivel, la topografía es plana. Es una propiedad de forma cuadrangular que tiene dos frentes a calle pública, uno al sur con 36,52 m y otro al este con 54,25 m. El acceso hasta los costados este y sur del inmueble es posible en cualquier época de año, en cualquier tipo de vehículo.

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un sitio de torre nuevo sobre una franja de terreno en propiedad de Emily Shirley Robinson Wrigth y Oscar Van Gray Doman para la Línea de Transmisión Río Macho-Moín (Tramo Freehold-Moín), la longitud total sobre la línea del centro es de 36,17 m., el ancho de la servidumbre en este tramo es de 20,00 m (10,00 m a ambos lados de la línea de centro).

El actual avalúo se realiza como enmienda al avalúo administrativo Nº 557-2008 ya que por error se consideró el 60% del sitio de torre, siendo lo correcto el 100%. La presente indemnización solo considera lo correspondiente al sitio de torre, ya que el derecho de servidumbre eléctrica dentro de la propiedad ya ha sido considero mediante el avaluó Nº 0309-1982.

La línea de transmisión atraviesa a la propiedad en la sección este, sobre un área de terreno en verde de topografía plana, ingresa por la colindancia este con calle pública, con un azimut de 113º45’36”, hasta el sitio de torre 97, la cual tiene un área aproximada de 100 m² y continua con un azimut de 113º44’17”, hasta salir por la colindancia oeste con Alquileres I. &. R. S. A.

Al llevar a cabo la reconstrucción de la línea de transmisión, se hace necesario establecer sitios de torre nuevos para el soporte y elevación de los conductores. Por lo tanto, lo que se cancela es un derecho para la colocación de una torre. El sitio de torre se ubica a 6,38 m del lindero oeste, sobre la línea de centro de la franja de servidumbre. Los linderos de la servidumbre son al norte, Resto de la propiedad, al sur, Resto de la propiedad, al este, calle pública, al oeste, Alquileres I. &. R. S. A.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente. No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos. Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—Que el Instituto Costarricense de Electricidad, es dueño de la finca inscrita en el Partido de Cartago, matrícula número ciento cinco mil setecientos treinta y dos-cero cero cero, que es de ampliación de Planta Eléctrica de Cachí, sito en el Distrito Segundo Tucurrique, del Cantón Cuarto Jiménez de la Provincia de Cartago; mide cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta y tres metros con dieciséis decímetros cuadrados, y linda al Norte con Río Reventazón; al sur, con Hacienda la Gloria, S. A., al este con Hacienda La Gloria y al Oeste con Rigoberto Fernández e IDA, tiene el plano catastrado numero C-cero quinientos veintidós mil ciento veintiuno-mil novecientos ochenta y tres.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 6026 del 6 de marzo del 2013.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 4 de abril del 2013.—Consejo Directivo.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 309.—Solicitud Nº 815-00063-DJI.—Crédito.—(IN2013023988).

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la Ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere la ampliación de servidumbre y cambio de condiciones, necesarios para la Reconstrucción de la Línea de Transmisión Río Macho-Tejar-El Este, en finca inscrita en el Registro Público matrícula Folio Real 3-69763-000, ubicada en el Partido Tercero Cartago, Cantón Segundo Paraíso, Distrito Tercero Orosí, el inmueble se ubica en Río Macho, aproximadamente 6,0 km al noroeste, del templo católico, sobre el camino del embalse de Río Macho, la propiedad está a la izquierda del camino.

El inmueble es propiedad de Inversiones Ganaderas Alsoma, S. A., cédula jurídica 3-101-408610 cuya representación legal, (Presidente) Álvaro Solano Masís, cédula de identidad 3-289-956 casado, vecino de Orosí, de la escuela 150 m al sur, carretera al cementerio, casa a mano derecha al frente galerón de verjas color negro.

La naturaleza del terreno es potrero, plano catastrado C-0765457-2002; linda al norte, Adelia Martínez, al sur, Nicolás Martínez, al este, Carlos Portuguez Guillén y al oeste, Álvaro Esquivel.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Líneas de Transmisión Río Macho-El Este del I.C.E., esta ampliación de servidumbre y cambio de condiciones, fueron valorados en la suma de ¢2.028.425,85 (dos millones veintiocho mil cuatrocientos veinticinco colones con ochenta y cinco céntimos), según avalúo administrativo número 939-2012.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de la ampliación de servidumbre y cambio de condiciones, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley 7495, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto;

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢2.028.425,85 (dos millones veintiocho mil cuatrocientos veinticinco colones con ochenta y cinco céntimos), según avalúo administrativo número 939-2012 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, exprópiese la ampliación de servidumbre y cambio de condiciones, en propiedad de Inversiones Ganaderas Alsoma S. A., cédula jurídica 3-101-408610 cuya representación legal, (Presidente) Álvaro Solano Masís, cédula de identidad 3-289-956 casado, vecino de Orosí, de la escuela 150 m al sur, carretera al cementerio, casa a mano derecha al frente galerón de verjas color negro.

En la propiedad existe una mezcla de árboles frutales, jardines en áreas verdes y árboles forestales, tiene un camino interno principal en lastre y otros de menos importancia de tierra, la topografía es accidentada, con pendientes promedio entre 15% y 30%, tiene acceso a los servicios de agua y electricidad, cuenta con agua propia de naciente, carece de alumbrado público, de telefonía, de acera y de cordón de caño. No se alcanzó a observar la existencia de construcciones. Los linderos esta delimitados por cercas de poste vivo con tres hilos de alambre de púas en buenas condiciones.

La vista panorámica que tiene es del sistema montañoso circundante en la zona, por su topografía y tipo de suelo es propensa a deslizamientos de tierra, se le accede por medio de la servidumbre de paso del A y A la cual es de concreto en el sector frente al costado sur del inmueble, ese frente a servidumbre mide 201,91 m (de los puntos 15 al 18 del derrotero del plano catastrado C-765457-2002) y la propiedad está bajo nivel alrededor de 3,00 m. La servidumbre está en buen estado, sin embargo, por ser una zona donde ocurren constantes deslizamientos se puede accesar solamente en vehículos de doble tracción y el pase se dificulta en época de invierno.

El Instituto Costarricense de Electricidad reconstruirá la Línea de Transmisión Río Macho-El Tejar-El Este, en este caso la reconstrucción será la franja de la servidumbre establecida en la propiedad de Inversiones Ganaderas Alsoma S. A. La franja de reconstrucción originará una nueva área de afectación y un área de traslape sobre la servidumbre establecida. Afecta la esquina suroeste del inmueble atravesándola de sur a noroeste, la longitud de la línea de centro es de 65,32 m., (distancia del punto de entrada PE1 al punto de salida PS1), para un área de afectación total de 1 940,70 m², de los cuales 469,64 m² corresponden al área de servidumbre nueva y 1 471,06 m² equivalen al área de servidumbre traslapada según el croquis de la servidumbre, suministrado por el Proyecto de Reconstrucción de la L. T. Rio Macho-El Tejar-El Este; el área total de servidumbre representa un 8,70% del área total de la propiedad.

El ancho de la servidumbre en este tramo es de 30,00 m (15,00 m de ancho a ambos lados de la línea de centro), su forma es similar a un trapecio cuyas dimensiones aproximadas son una base mayor de 84,35 m, una base menor de 45,00 m y un ancho de 30,00 m. La servidumbre ingresa a la finca por el lindero sur con Propiedades HYM de Cartago S.R.L., con un azimut de 316º52,2’, el cual conserva hasta salir por la colindancia oeste con servidumbre de paso en medio de Álvaro Esquivel, el azimut se aprecia en la parte de la franja de servidumbre junto con la flecha que indica la dirección de la línea de transmisión. Se afecta un área de jardines y un sector arbolado con frutales y forestales, la topografía es accidentada. Los linderos de la servidumbre son al norte, Resto de finca, al sur, Propiedades HYM S.R.L., al este, Resto de finca, y al oeste, Álvaro Esquivel y resto de finca.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—Que el Instituto Costarricense de Electricidad, es dueño de la finca inscrita en el Partido de Cartago, matrícula número cero cincuenta y ocho mil cincuenta y nueve-cero cero cero, cuya naturaleza es casa de máquinas subestación y canal, en el Distrito Tercero Orosí, Cantón Segundo Paraíso de la Provincia de Cartago; mide noventa y dos mil novecientos cuarenta y cuatro metros con veintidós decímetros cuadrados, y linda al norte, Carretera y Otros; al sur, María Manuela Vargas Solano, al este, Camino Público en medio otros y al oeste, María Manuela Vargas Solano; plano catastrado: no se indica.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 6026 del 6 de marzo del 2013.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 4 de abril del 2013.—Consejo Directivo.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 309.—Solicitud Nº 815-00062-DJI.—Crédito.—(IN2013023989).

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la Ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere el establecimiento de servidumbre, necesario para la Reconstrucción de la Línea de Transmisión Río Macho-Tejar-El Este, en finca sin inscribir, cuenta con plano catastrado C-1013351-2005 ubicada en el Partido Tercero Cartago, Cantón Primero Cartago, Distrito Quinto Agua Caliente, el inmueble se ubica del Hotel de Montaña Río Perlas, aproximadamente 1 km al suroeste, camino hacia Navarro del Muñeco, la propiedad está a mano derecha de la vía.

El inmueble es propiedad en posesión de Luis Diego Fernández Vilapriño, cédula de identidad 3-249-567, mayor, soltero, arquitecto, vecino de Cartago, calle 8 avenidas 5 y 6.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Líneas de Transmisión Río Macho-El Este del I.C.E., este establecimiento de servidumbre, fue valorado en la suma de ¢2.604.432,90 (dos millones seiscientos cuatro mil cuatrocientos treinta y dos colones con noventa céntimos), según avalúo administrativo número 978-2012.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia del establecimiento de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley 7495, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto;

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢2.604.432,90 (dos millones seiscientos cuatro mil cuatrocientos treinta y dos colones con noventa céntimos), según avalúo administrativo número 978-2012 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, exprópiese el establecimiento de servidumbre, en propiedad en posesión de Luis Diego Fernández Vilapriño, cédula de identidad 3-249-567, mayor, soltero, arquitecto, vecino de Cartago, calle 8 avenidas 5 y 6.

La propiedad se ubica entre una vía pública y el margen sur del río Navarro, como uso del suelo tiene montes altos, tipo charral y rodales de árboles de eucalipto, hacia el sector este del terreno. La topografía que prevalece es plana, con pendiente promedio del 5%, tiene acceso a los servicios de agua, electricidad, alumbrado y telefonía fija, carece de acera y de cordón de año, es cruzada por una quebrada que viene de sur a norte, no tiene linderos demarcados, los define la misma vegetación existente, limita al norte con el río Navarro, no se observaron caminos internos, ni construcciones.

De acuerdo al plano catastrado C-1013351-2005, tiene una forma irregular, con 519,89 m de frente a calle pública (puntos del 1 al 24 del derrotero), está bajo nivel alrededor de 1,5 m. tiene vista panorámica hacia el sistema montañoso del norte, por su ubicación y topografía es propenso a inundaciones con las crecidas del río o a perder terreno en el sector norte por impacto del río. La vía de acceso es de orden secundario y está en buenas condiciones.

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un área de servidumbre nueva de la Línea de Transmisión Río Macho-El Tejar-El Este sobre la propiedad en posesión de Luis Diego Fernández Vilapriño.

La franja de servidumbre afecta la parte intermedia del inmueble atravesándola de sureste a noroeste, la longitud de la línea de centro es de 75,87 m (distancia desde el punto de ingreso PE1 hasta el punto de salida PS1), para un área de afectación de 524,32 m², el área de servidumbre representa un 3,03% del área total de la propiedad.

El ancho de la servidumbre en este tramo es de 30,00 m (15,00 m de ancho a ambos lados de la línea de centro), su forma es similar aun paralelogramo cuyas dimensiones aproximadas son un largo de 17,48 m por un ancho de 30,00 m. La servidumbre ingresa a la finca en el lindero sur con calle pública y un azimut de 322º41,2’, el cual se conserva hasta salir por la colindancia norte con el río Navarro, los datos se tomaron del croquis de la servidumbre suministrada por el Proyecto de Reconstrucción de la L. T. Rio Macho-El Tejar-El Este. La servidumbre afecta un área de monte alto (tipo charral). La topografía es plana.

Los linderos de la servidumbre son al norte, Río Navarro, al sur, calle pública, al este, Resto de finca y al oeste, Resto de finca.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—Que el Instituto Costarricense de Electricidad, es dueño de la finca inscrita en el Partido de Cartago, matrícula número cero cincuenta y ocho mil cincuenta y nueve-cero cero cero, cuya naturaleza es casa de máquinas subestación y canal, en el Distrito Tercero Orosí, Cantón Segundo Paraíso de la Provincia de Cartago; mide noventa y dos mil novecientos cuarenta y cuatro metros con veintidós decímetros cuadrados, y linda al Norte: Carretera y Otros; al sur, María Manuela Vargas Solano, al este, Camino Público en medio otros y al oeste, María Manuela Vargas Solano; plano catastrado: no se indica.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 6026 del 6 de marzo del 2013.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 3 de abril del 2013.—Consejo Directivo.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 309.—Solicitud Nº 815-00058-DJI.—Crédito.—(IN2013023990).

Considerando:

La Constitución Política, artículo 45, la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del ICE, Nº 6313 del 4 de enero de 1979, supletoriamente, la Nº 7495, del 3 de mayo de 1995 y la Ley 8660 del 13 de agosto del 2008, regulan la imposición de servidumbres y expropiaciones forzosas por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, como servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En esas condiciones, el Instituto Costarricense de Electricidad requiere la ampliación de servidumbre, necesarios para la Reconstrucción de la Línea de Transmisión Río Macho-Tejar-El Este, en finca inscrita en el Registro Público matrícula Folio Real 3-039729-000, ubicada en el Partido Tercero Cartago, Cantón Primero Cartago, Distrito Quinto San Francisco, el inmueble se ubica en Orosí, aproximadamente 2 km oeste, del puente Negro, camino a Navarro del Muñeco.

El inmueble es propiedad de Agrícola Río Navarro S. A., cédula jurídica 3-101-109598, cuyo representante legal es el señor Luis Rafael Tinoco Alvarado, cédula de identidad 1-333-503, mayor, casado, abogado, vecino de Curridabat, Lomas Aguirre, del restaurante de Doña Lela 75 m., sur.

La naturaleza del terreno es tres casas, café, potrero y bosques, plano catastrado no se indica; linda al norte, Quebrada, Eloy Solano y otro; al sur, Río Navarro, al este, Río Navarro y al oeste, José Joaquín Masís y otro.

A solicitud de la Dirección del Proyecto Líneas de Transmisión Río Macho-El Este del I.C.E., esta ampliación de servidumbre, fue valorada en la suma de ¢1.012.745,00 (un millón doce mil setecientos cuarenta y cinco colones exactos), según avalúo administrativo número 788-2012.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de la ampliación de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979 y supletoriamente la Ley 7495, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto;

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢1.012.745,00 (un millón doce mil setecientos cuarenta y cinco colones exactos), según avalúo administrativo número 788-2012 y comuníquese.

2º—De no ser aceptado por el propietario, exprópiese la ampliación de servidumbre, en propiedad de Agrícola Río Navarro, S. A., cédula jurídica 3-101-109598, Representante Legal, Luis Rafael Tinoco Alvarado, cédula de identidad 1-333-503, mayor, casado, abogado, vecino de Curridabat, Lomas Aguirre, del restaurante de Doña Lela 75 m., sur.

En la propiedad existen dos usos del suelo, uno es el bosque y el otro uso corresponde a sectores de pastos. La topografía va de muy accidentada a quebrada con pendientes entre 30% y 45% y en algunos sectores, superior a 45%. El sector sur tiene acceso a los servicios de electricidad, agua y alumbrado. No se alcanzó a observar la presencia de construcciones y de caminos internos, en cuanto a colindantes, se observó una parte del lindero norte, definido por cerca de poste vivo con cuatro hilos de alambre de púas en buen estado. En cuanto a hidrología, limita al sur con el Río Navarro, es atravesada por varias quebradas, y por el río Navarrito en la parte suroeste. Ofrece una vista panorámica del sistema montañoso circundante y en lo referente a riesgos, es posible la ocurrencia de deslizamientos dado el tipo de topografía.

De acuerdo al plano catastrado C-805426-2002, el inmueble tiene una forma irregular, con un frente a calle pública de 197,90 m., esta vía de acceso es de orden terciario, de lastre y tierra, está en regulares condiciones y es transitable solamente en vehículos de doble tracción y se dificulta el paso en época de lluvia. Por el costado sur, el río Navarro esta en medio con la vía que va paralela, esta es de orden secundario, de lastre, en buen estado pero transitable preferiblemente en vehículo de doble tracción.

El Instituto Costarricense de Electricidad reconstruirá la Línea de Transmisión Río Macho-El Tejar-El Este, por lo que la nueva franja de la servidumbre modificará la franja de servidumbre existente. La franja de reconstrucción originará una nueva área de afectación y un área de traslape sobre la servidumbre establecida en la propiedad de Agrícola Río Navarro S. A. Afecta la parte suroeste del inmueble atravesándola de sureste a noroeste, la longitud de la línea de centro es de 245,50 m., para un área de afectación total de 7 364,81 m², de los cuales 1 147,29 m² corresponde al área de servidumbre nueva y 6 217,52 m² equivalente al área de servidumbre traslapada según el croquis de la servidumbre, suministrado por el Proyecto de Reconstrucción de la L. T. Río Macho-El Tejar-El Este; el área total de servidumbre representa un 1,28% del área total de la propiedad.

El ancho de la servidumbre en este tramo es de 30,00 m (15,00 m de ancho a ambos lados de la línea de centro), su forma es irregular. La servidumbre ingresa en el bloque A, a la finca en el lindero sur con Río Navarro y un azimut de 322º41,2’, este azimut es el mismo desde el punto ingreso de la línea de centro hasta el punto de salida (PS1) en la en la colindancia con una quebrada de nombre desconocido que atraviesa la propiedad, ingresa nuevamente en el bloque B con la quebrada (PE2) y con el mismo azimut hasta el punto de salida (PS2) con el lindante norte con Hermanos Masis. Afecta un área de bosque. La topografía es muy quebrada.

Los linderos de la servidumbre son al norte, Resto de finca, al sur, Resto de finca, al este, Río Navarro, y al oeste, Hermanos Masís.

Los propietarios deberán limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente.

No podrán sembrarse cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia.

Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberán permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada y supletoriamente la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995.

3º—Que el Instituto Costarricense de Electricidad, es dueño de la finca inscrita en el Partido de Cartago, matrícula número cero cincuenta y ocho mil cincuenta y nueve-cero cero cero, cuya naturaleza es casa de máquinas subestación y canal, en el Distrito Tercero Orosí, Cantón Segundo Paraíso de la Provincia de Cartago; mide noventa y dos mil novecientos cuarenta y cuatro metros con veintidós decímetros cuadrados, y linda al norte, Carretera y Otros; al sur, María Manuela Vargas Solano, al este, Camino Público en medio otros y al oeste, María Manuela Vargas Solano; plano catastrado: no se indica.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 6026 del 6 de marzo del 2013.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 3 de abril del 2013.—Consejo Directivo.—Lic. Erick Picado Sancho, Apoderado General Judicial.—1 vez.—O. C. Nº 309.—Solicitud Nº 815-00059-DJI.—Crédito.—(IN2013023991).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

DEPARTAMENTO DE PATENTES

EDICTO

N° 009-2013.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que Grandes Sueños de Centroamérica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-344627, ha presentado solicitud de traspaso de licencia comercial Nº 7763, a nombre de GBB Latinoamérica SRL, cédula jurídica Nº 3-102-643555. La Municipalidad de Montes de Oca otorga ocho días naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 19 de marzo del 2013.—Lilliana Barrantes E., Jefa Patentes.—Melania Solano Coto.—1 vez.—RP2013345460.—(IN2013023338).

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

El suscrito, Adrián Barquero Saborío, Alcalde de la Municipalidad de Grecia, cumpliendo con lo estipulado en los artículos 3° y 12 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles y de conformidad con la sentencia Nº 1073-2010 del 18 de marzo del 2010 del Contencioso, Sección III, así como la resolución Nº 2011-003075 del 9 de marzo del 2011 de la Sala Constitucional, procedo con la adhesión de este municipio a la publicación del Manual de Valores Base Unitaria por Tipología Constructiva publicado en el Alcance Nº 22 del Diario Oficial La Gaceta Nº 23 del 1° de febrero del 2013, documento emitido por el Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda.

Grecia, 5 de abril del 2013.—Lic. Adrián Barquero Saborío, Alcalde Municipal.—1 vez.—RP2013345455.—(IN2013023337).

MUNICIPALIDAD DE VALVERDE VEGA

La Municipalidad del cantón Valverde Vega, comunica que mediante el artículo IX, inciso a), de la sesión ordinaria N° 150, celebrada el día 2 de abril del 2013, se aprobó por unanimidad, adherirse a la publicación del Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva, publicado en Alcance 22 de La Gaceta N° 23 del día 1° de febrero de 2013, por el Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda. Comuníquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Daniela Muñoz Chaves, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2013023922).

MUNICIPALIDAD DE PARRITA

Requisitos para el trámite de declaraciones de bienes

inmuebles de la Municipalidad de Parrita

La Municipalidad de Parrita, con base al artículo 4, inciso b) de la Ley 8220: “Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos”; informa a los contribuyente la publicación de los Requisitos para el Trámite de Declaraciones de Bienes Inmuebles.

Departamento de Bienes Inmuebles

Requisitos para el Trámite de Declaraciones de Bienes Inmuebles

Persona física:

    Copia de la cédula de identidad

    Copia de escritura o estudio de registro

    Copia de plano catastrado

Persona jurídica1, 2:

    Original o copia de personería jurídica

    Copia de cédula de identidad o pasaporte del representante

    Copia de escritura o estudio de registro

    Copia de plano catastrado

Nota:

1  En caso que el contribuyente no pueda presentarse a declarar debe de asignar mediante un poder especial autenticada por un abogado para que proceda a firmar la declaración y presentarla.

2  El contribuyente tiene el derecho de firmar la declaración y autenticarla por un abogado en caso de no poder presentarse a declarar y enviar a otra persona a cargo del trámite.

Rige a partir de su publicación.

Freddy Garro Arias, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2013023909).

La Municipalidad de Parrita, se adhiere al “Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva”, publicado por el Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda en el Alcance Digital N° 22 de La Gaceta N° 23 del 1° de febrero del 2013, para efectos de lo indicado en la Ley 7509. Rige a partir de su publicación

Freddy Garro Arias, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2013023910).

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

La Municipalidad de Guácimo, se adhiere a la publicación del Alcance Digital Nº 22 de La Gaceta Nº 23 del 1º de febrero del 2013. Acuerdo N° 01. Aprobado unánimemente, acuerdo en firme. (Sesión ordinaria N° 10-13, celebrada el 11 de marzo del 2013).

Gerardo Fuentes González, Alcalde Municipal.—1 vez.—(IN2013023395).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CONDOMINIO HORIZONTAL VERTICAL

RESIDENCIAL MANA

Convocatoria asamblea general ordinaria, a celebrarse el día jueves 02 de mayo del 2013, en las instalaciones del condominio en el área del rancho, alrededor de la piscina, a efecto de tratar asuntos de gran interés y de obligatoria atención conforme con las disposiciones de la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, se convoca a los propietarios de las fincas filiales del Condominio Horizontal Vertical Residencia Mana, cédula 3-109-391016, ubicado en Alajuela, 200 metros al norte y 200 metros al oeste de los Tribunales de Justicia, a la asamblea ordinaria de condóminos con la siguiente agenda: 1) Primera convocatoria 18:30 horas (6:30 p. m.) 2) Segunda convocatoria 19:30 horas (7:30 p. m.) 3) Agenda: Nombramiento del administrador.—Adrián Andrés Porras Jiménez, Administrador.—1 vez.—(IN2013023862).

TAKE OFF COSTA RICA S. A.

La sociedad de esta plaza Take Off Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-487994, domicilio social en San José, Sabana norte, del edificio del ICE 300 este y 75 norte, centro Comercial Gran Campo, local número 7, convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas a celebrarse el 8 de mayo del 2013, a celebrarse en Paseo Colón, Taco Bell, 100 norte, Agencia Ascomi, a las 18:00 en primera convocatoria. De no conformarse el quórum requerido, se celebrará en segunda convocatoria, a las 19:00, Agenda: informe anual y revocación de miembros junta directiva, Público. Notificaciones bufete.briceno.benavides@gmail.com. Firma Presidente.—Lic. Juan José Briceño Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2013025584).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CS CARTAGINÉS DEPORTIVA S. A.

Ronald Schmidt Díaz, mayor, casado una vez, Ingeniero Agrónomo, cédula de identidad número 9-023-234, vecino de San José, Guadalupe ha solicitado la reposición del certificado de acciones N° 283, por la cantidad de mil cincuenta y seis acciones del CS Cartaginés Deportiva S. A., cédula jurídica número 3-101-237753, a su nombre, por motivo de haberse extraviado. Se publica para efectos del artículo 689 del Código de Comercio. Es todo.—Cartago, cuatro de abril del dos mi trece.—Ronald Schmidt Díaz.—RP2013345320.—(IN2013022852).

ATARDECER EN YORK AEY SOCIEDAD ANÓNIMA

Quien suscribe, Juan Manuel Cordero Esquivel, cédula 1-1115-635, en mi condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Atardecer en York AEY Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-313896, como propietaria de la finca 1-34993F-000 que es parte del Condominio Residencial Horizontal Terracota, cédula jurídica 3-109-336942, correspondiente a la finca matriz 1-1737M-000, procederá a solicitar al Departamento de Propiedad en Condominio del Registro Inmobiliario del Registro Nacional, la reposición de los libros de asambleas de condóminos, junta directiva y cajas, todos del condominio antes indicado, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro Nacional.—San José, veintisiete de febrero de 2013.—Juan Manuel Cordero Esquivel, Apoderado Generalísimo.—RP2013345340.—(IN2013022954).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

MAGNOLIA DEL ESTE S. A.

Condominio Vertical Residencial Lomas Doradas. El suscrito Rodolfo Echeverría Lutz, cédula número 1-342-035, en mi condición de representante de la sociedad denominada Magnolia del Este S. A., cédula jurídica número 3-101-138583, compañía propietaria de la finca filial número 1-030900-F-000, la cual es parte del condominio Condominio Vertical Residencial Lomas Doradas, 3-109-304335 y finca matriz número 1-001540-M-000, solicito la reposición de la totalidad de los libros de dicho condominio (Actas de Asamblea de Condóminos, Junta Directiva y Caja), los cuales se extraviaron en las oficinas del condominio. Se emplaza a cualquier interesado a oponerse a la presente reposición de libros en un plazo de 8 días hábiles, ante las oficinas del Registro Nacional, Departamento de Propiedad Horizontal.—San José, 2 de abril de 2013.—Rodolfo Echeverría Lutz, representante.—RP2013345444.—(IN2013023213).

HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.

Certificado de acciones C1641 y libre alojamiento CF1642, a nombre de Margareth S. Butcher and June E. Lohman. Certificado de acciones y libre alojamiento Nº 1448, Nº 1449, Nº 1450 y Nº 1675, a nombre de Joseph Passino. Certificado de acciones y libre alojamiento Nº 1850, a nombre de Wayne Delk. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692, 708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 4 de abril del 2013.—Arturo Salazar Calvo, Contralor General.—RP2013345447.—(IN2013023335).

PANAMERICAN WOODS PLANTATIONS S. A.

Panamerican Woods Plantations S. A., cédula jurídica Nº 3-101-243251, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Mark A. Richardson, ha solicitado la reposición de las acciones números 2092 y 4566. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Panamerican Woods Plantations S. A. c/o Bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería Ramírez Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Presidente.—(IN2013023352).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DE ACUEDUCTO

Y ALCANTARILLADO SANITARIO EL PUENTE

Yo Carlos Ramírez Ramírez, cédula de identidad N° seis-cero dos nueve nueve-cero tres nueve dos, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Administradora de Acueducto y Alcantarillado Sanitario El Puente, cédula jurídica 3-002-492548, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro Nacional la reposición de: libro de Actas de Junta Directiva (1), libro de Asociados (1), libro de Actas Asambleas Generales (1) y los libros contables a saber: libro Diario (1), libro Mayor (1), libro de Inventarios y Balances (l), los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones del Registro Nacional.—Carlos Ramírez Ramírez, Presidente.—1 vez.—RP2013345454.—(IN2013023209).

ASOCIACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL LIBERIA

Yo, Arnoldo Sánchez Bolaños, cédula 5-261-972 en mi calidad de Presidente y representante legal de la Asociación Deportiva Municipal Liberia, cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-cero cincuenta y un mil quinientos ochenta y uno, solicita al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro de Diario número uno, Mayor número uno, Inventario y Balances número uno, Actas de Asamblea General de Asociados número uno, Actas del Consejo de Administración número uno y Registro de Asociados número uno, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Liberia, 5 de abril de 2013.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—RP2013345560.—(IN2013023210).

G Y S HERMANOS SOCIEDAD ANÓNIMA

G y S Hermanos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: 3-101-185284, solicita al Registro Mercantil, la reposición del libro de Registro de Socios, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea de General todos números uno, en virtud de que estos se mojaron y dañaron en su totalidad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alajuela, 8 de abril del 2013.—Elba María Sandí Delgado, Apoderada Generalísima.—1 vez.—RP2013345593.—(IN2013023211).

URBANIZADORA LA ITABA SOCIEDAD ANÓNIMA

Urbanizadora La Itaba Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-169278, solicita ante el Registro Nacional, la reposición de los libros de Actas de Junta Directiva y Registro Accionistas, por haberse extraviado los mismos.—San José, 5 de abril de 2013.—Nora Urbini Alvarado, Secretaria.—1 vez.—RP2013345607.—(IN2013023212).

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS

POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES

El Colegio de Profesionales en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, domiciliada en San José, cédula jurídica Nº 3-007-097564, comunica sobre la conformación de su nueva Junta Directiva para el período 2013-2015, de acuerdo con el resultado de la elección de los directores que ocuparan los cargos de Presidencia, Vicepresidencia, Tesorería, Secretaría, Vocalía I, Vocalía II, Vocalía III y la Fiscalía, realizada en la asamblea general ordinaria del 26 de marzo del 2013, por lo cual la Junta Directiva quedó conformada de la siguiente manera:

                                                                                  Cédula

Cargo                             Nombre                          de identidad     Período

Presidente:          Walter Gutiérrez Carmona           1-0633-0908  2013-2015

Vicepresidenta:   Rocío Barrientos Solano             1-0703-0484  2012-2014

Tesorero:            Edel Reales Noboa                      1-0989-0798  2013-2015

Secretaria:           Kattia Benavides Morales           1-1118-0186  2013-2015

Vocal I:              Jackeline María Montero López  4-0181-0119  2013-2015

Vocal II:             Henry David Salazar Quesada     1-1268-0445  2012-2014

Vocal III:            Patricia Benavides González       1-1080-0806  2012-2014

La Fiscalía quedó electa de la siguiente manera:

Fiscal:                 Irene Adriana Rodríguez Mena   1-1062-0806  2012-2014

Fiscal Suplente:  Francisco Rodríguez Araya         4-0166-0241  2013-2015

San José, 4 de abril del 2013.—Walter Gutiérrez Carmona, Presidente Junta Directiva.—1 vez.—RP2013345430.—(IN2013023334).

COLEGIO DE INGENIEROS AGRONÓMOS DE COSTA RICA

El Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, comunica que la Junta Directiva con fundamento en lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 7221 y con base en la potestad que le concede el inciso k) artículo 47 de la citada ley, acordó en la sesión 08-2013; celebrada el 1° de abril de 2013, suspender del ejercicio de la profesión a los siguientes colegiados:

SUSPENSIONES MARZO 2013

Número                        Nombre                                          Cédula

002357      Rojas Delgado Kenneth                                14181213

002973      Odio Victory Luis Carlos                              9008898

003311      Robles Coronas Arturo                                 1611588

003480      Vargas Moya Luis Rodolfo                         106940520

003500      Jiménez Venegas Bolívar                             5202440

004134      Rodríguez Rodríguez Mario Alberto          1663872

004299      Matamoros Ramírez Luis Adrián               108840463

004715      Álvarez Cortés Leonardo                             303250866

005886      Mora Solano Édgar                                       302690382

006309      Jiménez Palma Rafael Fernando                205560223

006434      Vargas Castillo María Del Pilar                   206000928

006704      Jiménez Díaz Roselyn                                   111710428

006836      García Bogantes Mariadina                        113530665

006870      Alpízar Sánchez Johann Berny                   112090176

007216      Valerio Valerio Juan Manuel                       111210093

007272      Aguilera Zúñiga Katherine Roxana            206530671

007351      Velasco Borge Francisco Salomón             113370617

0AF361     Chinchilla Lizano Álvaro A.                        106230490

0AF473     Rojas Campos Freddy Eduardo                 110060571

0AF505     Barrantes Vargas William                            205720779

0AF508     Alvarado Núñez Jorge Arturo                      5035100007

Así mismo informa que el Colegio efectuará las acciones que considere necesarias ante quien corresponda, con el propósito de evitar que los colegiados citados ejerzan la profesión, mientras se mantengan en su condición de suspendidos.—San José, 2 de abril del 2013.—Junta Directiva.—Ing. Agr. Eugenio Porras Vargas, Presidente.—Ing. Agr. Óscar Valladares Araya, Secretario.—1 vez.—(IN2013023925).

ASISSA, ASISTENCIA S. A.

Yo, Nelson Chacón Zamora, con número de identificación de 01-0629-0857, en mi condición de representante legal de la sociedad anónima Asissa, Asistencia S. A., cédula de persona jurídica 3-101-193339. Solicito la reposición de los tres libros sociales por extravío.—Nelson Chacón Zamora, Representante Legal.—1 vez.—(IN2013023926).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso de localización de derecho indiviso a favor de la sociedad La Pincoya S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-dos uno seis dos cero dos, propiedad con número de plano catastrado: L-uno seis cero nueve nueve ocho dos-dos mil doce, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos. Expediente: 001-2013, San José, contiguo al Hotel Balmoral, tel/fax: 2268-7857, cel:  8369-0766.—Lic. Jesua de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2013345492.—(IN2013023328).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso de localización de derecho indiviso a favor de la sociedad Le Grand Motte Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dos-cuatro seis siete cuatro cuatro uno, propiedad con número de plano catastrado: L-uno uno tres siete ocho cuatro nueve-dos mil siete, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos. Expediente: 005-2013, San José, contiguo al Hotel Balmoral, tel/fax: 2268-7857, cel: 8369-0766.—Lic. Jesua de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2013345493.—(IN2013023329).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso de localización de derecho indiviso a favor de la sociedad Berlinguette Group S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cuatro tres dos nueve siete, propiedad con número de plano catastrado: L-uno uno tres uno nueve cero nueve-dos mil siete, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos. Expediente Nº 004-2013. Notario: Jesua de Montserrat Solís Hernández, San José, contiguo al Hotel Balmoral, tel/fax: 2268-7857, cel: 8369-0766.—Lic. Jesua de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2013345495.—(IN2013023330).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso de localización de derecho indiviso a favor de Ulrich Kleinmanns, de un único apellido en razón de su nacionalidad alemana, pasaporte alemán: tres dos uno dos cero uno tres cero cinco nueve, arquitecto, vecino de Playa Chiquita de Puerto Viejo de Talamanca de Limón, contiguo al restaurante Pura Gula, con número de plano catastrado: L-uno cero nueve nueve ocho cinco siete-dos mil seis, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos. Expediente Nº 003-2013. Notario: Jesua de Montserrat Solís Hernández, San José, contiguo al Hotel Balmoral, tel/fax: 2268-7857, cel: 8369-0766.—Lic. Jesua de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2013345497.—(IN2013023331).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso de localización de derecho indiviso a favor de Ulrich Kleinmanns, de un único apellido en razón de su nacionalidad alemana, pasaporte alemán: tres dos uno dos cero uno tres cero cinco nueve, arquitecto, vecino de Playa Chiquita de Puerto Viejo de Talamanca de Limón, contiguo al restaurante Pura Gula, con número de plano catastrado: L-uno cero cuatro dos cuatro dos uno-dos mil cinco, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos. Expediente Nº 002-2013. Notario: Jesua de Montserrat Solís Hernández. San José, contiguo al Hotel Balmoral, tel/fax: 2268-7857, cel: 8369-0766.—Lic. Jesua de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—RP2013345498.—(IN2013023332).

Por escritura otorgada ante el notario público Carlos Lizano Lépiz, a las dieciocho horas del nueve de abril del año dos mil trece, se constituyó la sociedad anónima Divino ID Online Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.—Heredia, 9 de abril del 2013.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—RP2013345843.—(IN2013024070).

La suscrita notaria hace constar que ante mí se constituyó Fundación Fútbol Consultants. Domicilio: San José, Costa Rica, San Isidro de Coronado, mil doscientos metros al este del cementerio de Coronado. Capital social: Diez mil colones. Plazo: perpetua. Administración: Presidenta con facultades de apoderada general sin límite de suma: Mónica Malavassi Álvarez.—San José, catorce de marzo del dos mil doce.—Lic. Ana Cecilia Salazar Segura, Notaria.—1 vez.—RP2013345844.—(IN2013024071).

Ante mí, Enrique Corrales Barrientos, se constituyó la sociedad Las Piedras de Linda Vista Limitada.—San Vito de Coto Brus, 8 de abril del 2013.—Lic. Enrique Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2013345848.—(IN2013024072).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas cincuenta minutos del día diez de abril del dos mil trece, donde se protocolizan acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones RWB (MMVII), S. A.. Donde se acuerda reformar la cláusula sexta y el capital social.—San José, diez de abril del dos mil trece.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2013345849.—(IN2013024073).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se protocolizó el acta siete de la sociedad anónima Mint of Costa Rica, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y un mil quinientos setenta y dos. Se nombró junta directiva y fiscal.—San José, 10 de abril del 2013.—Lic. Pablo Barahona Kruger, Notario.—1 vez.—RP2013345850.—(IN2013024074).

Al ser las doce horas del nueve de abril de dos mil trece, procedo a protocolizar el acta general de asamblea general extraordinaria de First Option Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta mil setecientos catorce, en la cual se reforma la cláusula: Segunda: del domicilio y sexta de la administración.—Liberia, nueve de abril del dos mil trece.—Lic. Seidy Vanessa Ibarra Lanza, Notaria.—1 vez.—RP2013345851.—(IN2013024075).

Ante mí, Juan Pablo Delgado Vargas, notario público, por escritura tres, protocolo número siete, se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo de la compañía denominada: Empresas Ballar Asociadas Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos ochenta mil cuatrocientos. Se acuerda nombramiento de nuevo secretario de la junta directiva. Escritura otorgada en la ciudad de San José a las diez horas del diez de abril del dos mil trece.—San José, doce de abril del dos mil trece.—Lic. Juan Pablo Delgado Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013345852.—(IN2013024076).

Por escritura número ochenta y nueve, otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José ,a las quince horas del once de marzo del dos mil trece, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inverciones y Bienes Raíces H Y M del Oeste S. A., en la cual se hace nombramiento de nuevo secretario y tesorero.—San José, 11 de marzo del 2013.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2013345853.—(IN2013024077).

Por escritura otorgada ante esta notaría de las dieciséis horas del ocho de abril del dos mil trece, se constituye la sociedad denominada Inversiones Camocha Sociedad Anónima. Presidente el señor Minor Gerardo del Carmen Rodríguez Salas, mayor, soltero, costarricense, contratista, vecino, de Esparza de Puntarenas, en la comunidad de Barón de San Rafael, seiscientos metros al oeste de la escuela, cédula de identidad número dos-cuatrocientos cuarenta y nueve-cero sesenta Capital social doce acciones comunes nominativas de diez mil colones cada una.—San José, 12 de abril del 2013.—Lic. Greibin Alfredo Moncada Cortés, Notario.—1 vez.—RP2013345854.—(IN2013024078).

Hoy se constituyó ante esta notaría la compañía con domicilio en la provincia de San José, Index Marketing Evolution Limitada pudiendo abreviarse a Index Marketing Evolution Ltda. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Gerente: Daniella Chavarría Simpson y subgerente Wendy Simpson Roberts.—San José, 14 de enero del 2013.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2013345856.—(IN2013024079).

Se notifica que se ha variado el artículo 7 de Administración, de la entidad Inversiones G.B.T. S. A..—San José, 12 de abril del 2013.—Lic. Édgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—RP2013345857.—(IN2013024080).

Los señores accionistas de la sociedad Inversiones Anros Sociedad Anónima cédula jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos trece mil trescientos noventa, acuerdan disolver y desinscribir dicha sociedad en el Registro Mercantil, ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—RP2013345858.—(IN2013024081).

Por medio de escritura otorgada al ser las quince horas del día diez de abril del dos mil trece, ante el notario público Franklin Ariel Montero Blanco, por medio de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios, se acordó incluir cláusula décima primera y reformar las cláusulas tercera, quinta y sétima, de la sociedad de esta plaza Loma Roja Sociedad Anónima.—San José, doce de abril del dos mil trece.—Lic. Franklin Ariel Montero Blanco, Notario.—1 vez.—RP2013345859.—(IN2013024082).

Por medio de escritura otorgada al ser las dieciséis horas del día diez de abril del dos mil trece, ante el notario público Franklin Ariel Montero Blanco, por medio de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios, se acordó incluir cláusula décima primera y reformar las cláusulas tercera, quinta y sétima, de la sociedad de esta plaza Aguas Verdes Sociedad Anónima.—San José, doce de abril del dos mil trece.—Lic. Franklin Ariel Montero Blanco, Notario.—1 vez.—RP2013345860.—(IN2013024083).

Por medio de escritura otorgada al ser las catorce horas del día diez de abril del dos mil trece, ante el notario público Franklin Ariel Montero Blanco, por medio de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios, se acordó incluir clausula décima primera y reformar las cláusulas tercera, quinta y sétima de la sociedad de esta plaza Los Espabeles Sociedad Anónima.—San José, doce de abril del dos mil trece.—Lic. Franklin Ariel Montero Blanco, Notario.—1 vez.—RP2013345861.—(IN2013024084).

A las ocho horas del día de hoy, se constituyó la empresa MDM Materiales para el Desarrollo de Costa Rica Sociedad Anónima, capital: seiscientos mil colones.—San José, 11 de abril del 2013.—Lic. María del Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1 vez.—RP2013345863.—(IN2013024085).

A las 18:00 y a las 18:30 horas de hoy protocolizamos actas de asamblea general ordinaria-extraordinaria de accionistas de las sociedades Hacienda Claridades S. A. y Santarelli Mármoles y Granitos S. A., en el primer caso se modifican las clausulas segunda, sétima y décima primera. Se revocan miembros de junta directiva y se nombran otros y en el segundo caso se modifica la cláusula sexta de los estatutos y se nombra junta directiva.—San José, 21 de marzo del 2013.—Lic. Manuel Gomis Muñoz y Arturo Ortiz Sánchez, Notarios.—1 vez.—RP2013345868.—(IN2013024086).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las dieciséis horas del día veinticinco de marzo del dos mil trece, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios, que consta en el acta número uno de la empresa Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cinco Mil Seiscientos Seis Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma el pacto constitutivo y por acuerdo unánime se modificó la cláusula de la representación judicial y extrajudicial, así mismo se revocaron y realizaron nuevos nombramientos en la junta de administración. Es todo.—Liberia, Guanacaste, a las diecisiete horas del veinticinco de marzo del dos mil trece.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1 vez.—RP2013345869.—(IN2013024087).

Ante esta Notaría, en San José, al ser las doce horas del nueve de abril del dos mil trece, se reforman las cláusulas tercera y novena de la sociedad Lander Investment Sociedad Anónima.—San José, 9 de abril del 2013.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—RP2013345870.—(IN2013024088).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del día 9 de abril del 2013, número 187-4, del protocolo 4 de la suscrita notaria pública, se disuelve la sociedad 3-102-581788 Limitada.—San José, La Uruca, 10 de abril del 2013.—Lic. Grace Patricia Zúñiga Campos, Notaria.—1 vez.—RP2013345871.—(IN2013024089).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las ocho horas del nueve de abril del dos mil trece, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Jardines del Sol Azul Diecinueve S. A., en la cual se modificó la cláusula sexta.—San José, nueve de abril del dos mil trece.—Lic. Marco Antonio Abellán Acevedo, Notario.—1 vez.—RP2013345873.—(IN2013024090).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del nueve de abril del presente año, se protocoliza acuerdos tomados en asambleas generales extraordinarias de accionistas de la compañía  Hotelera Fontana Sociedad Anónima., de mediante el cual se reforma la cláusula novena de los estatutos. Se hace nuevo nombramiento de la junta directiva.—San José, 9 de abril del 2013.—Lic. Rodolfo Loría Sáenz, Notario.—1 vez.—RP2013345876.—(IN2013024091).

Por escritura otorgada a las 9:30 horas del 01 de abril del 2013, ante esta notaría mediante la cual se reformó la totalidad de las cláusulas de la sociedad Compusauter, Limitada; y su nueva razón social será: Inversiones Comerciales Kapes I.C.K Sociedad Anónima.—San José, 10 de abril del 2013.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara, Notario.—1 vez.—RP2013345878.—(IN2013024092).

Luis Fernando Aguilar Oses notario público domiciliado en San José, avenida catorce, calle cuatro edificio Roag; deja constancia: Que mediante escritura número: setenta y ocho-cinco; visible al folio: cincuenta y dos vuelto; del tomo: cinco, de su protocolo; otorgada a las trece horas treinta minutos del día nueve de abril del dos mil trece, se: modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada; Holman Enterprises S. A. cédula de persona jurídica número: tres-ciento-uno-trescientos treinta y tres mil ochocientos setenta y dos; referida al domicilio social y se sustituyen directores y fiscal; Acuerdo unánime de la totalidad de los socios de dicha entidad.—San José, 12 de abril del dos mil trece.—Lic. Luis Fernando Aguilar Oses, Notario.—1 vez.—RP2013345879.—(IN2013024093).

Luis Fernando Aguilar Oses Notario Público domiciliado en San José, avenida catorce, calle cuatro, edificio Roag; deja constancia: Que mediante escritura número: setenta y siete-cinco; visible al folio: cincuenta y uno frente del tomo: cinco, de su protocolo; otorgada a las doce horas treinta minutos del día nueve de abril del dos mil trece, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada; Tres-Ciento-Uno-Quinientos Treinta y Un Mil Cuarenta y Nueve S. A.. cédula de persona jurídica número: tres-ciento-uno-quinientos treinta y un mil cuarenta y nueve; referida al domicilio social y se sustituyen directores y fiscal; acuerdo unánime de la totalidad de los socios de dicha entidad.—San José, 12 de abril del 2013.—Lic. Luis Fernando Aguilar Oses, Notario.—1 vez.—RP2013345880.—(IN2013024094).